Evaluación SEA

Lote W-2 y W-3

Rol 2157263445
SEA · DIA · Aprobado · 2025-06-16 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · INMOBILIARIA POCURO SPA

12°. La Resolución Exenta Nº20230600114 de fecha 26 de enero de 2023, de la Dirección Regional ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

13°. Los demás antecedentes que constan en el expediente del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto Lote W-2 y W-3 , incluido el expediente de participación ciudadana, y del recurso administrativo, en el marco de la DIA del Proyecto Lote W-2 y W-3 id_expediente=2157263445, y del id_expediente=2157263445; respectivamente.

14°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40, del 30 de octubre de 2012, y sus modificaciones posteriores; del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653, de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°202306101347/2023, de fecha 11 de septiembre de 2023, que Aprueba Modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de Evaluación Ambiental; en la Resolución TRA 119046/2/2025, de fecha 13 de mayo de 2025, del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra a Yamal Karim Suez Muñoz en el cargo de Director , que Fija Normas sobre Exención a Trámite de toma de razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Pocuro SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ( SEIA ) la DIA del Proyecto Lote W-2 y W-3 del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria Pocuro SpA

Rut 96.602.000-8

Domicilio Nueva Lyon N° 145, Piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago.

Nombre Representante Legal Paulo Andrés Marconi Zursiedel.

Domicilio representante legal Nueva Lyon N°145, Piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago.

Correo electrónico Titular o representante legal pmarconi@pocuro.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 20 de mayo de 2025, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región ha recomendado aprobar/rechazar el Proyecto, por cuanto:

El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables (PAS 119, 139, 140, 142 y 156 del Reglamento del SEIA) identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y, el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de el ICE

3°. Que, en la Sesión Ordinaria N°5 de fecha 5 de junio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región acordó calificar favorablemente el Proyecto Lote W-2 y W-3 íntegramente el contenido del ICE de 20 de mayo de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y sus Anexos, en su Adenda Complementaria y sus Anexos, y, en su Adenda Complementaria Extraordinaria y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El Proyecto tiene por objeto la CONSTRUCCIÓN de un Proyecto inmobiliario que contempla edificación con destino habitacional, mediante la CONSTRUCCIÓN de 499 viviendas o unidades habitacionales del tipo casas, en una superficie de terreno de 18,06 hectáreas, con sus correspondientes estacionamientos, equipamiento, áreas verdes y vialidad, las que buscan atender la demanda habitacional en la comuna de Machalí, Región del Libertador General Bernardo

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De acuerdo con el Certificado de Informaciones Previas N°455 con fecha 10 de agosto 2023 correspondiente a Lote W-1, al Certificado N°456 con fecha 10 de agosto 2023 correspondiente a Lote W-2 y al Certificado N°457 con fecha 10 de agosto 2023 correspondiente a Lote W-3, todos de la I. Municipalidad de Machalí y que se adjuntan en el ANEXO 1 de la ADENDA, y que respecto a Lote W-3 considera la apertura de la calle Hernán Ciudad hacia Avenida Sanchina la que corresponde a un tipo de vía Troncal.

De acuerdo con lo anterior, el Proyecto debe someterse al Sistema de artículo 8, y artículo 10 letra h) de la Ley General de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, modificada por la Ley Nº20.417; y, del artículo 2° por tratarse de una modificación de Proyecto que constituye un cambio de consideración, dado que la suma de las partes y obras tipifican por sí sola en el artículo 3° del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio correspondiente al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.,

h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o trocales;

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la CONSTRUCCIÓN de trescientas (300) o más viviendas.

De conformidad con la tipología de Proyecto inmobiliario antes citada, el Proyecto requiere ingresar al SEIA en consideración a que:

Se emplaza en una zona que ha sido declarada zona saturada para material particulado respirable MP10, de acuerdo al D.S. Nº7, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (en adelante

Respirable MP10, como concentración anual y de 24 horas el Valle 82, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que rectifica límite norte de la Declaración de Zona Saturada del Valle Central de la Región de O'Higgins, del MINSEGPRES. Y que mediante el D.S. N°1/del Ministerio de Medio Ambiente, se Establece el Plan de Descontaminación Atmosférica ( PDA ) para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Por lo tanto, se cumple el primer requisito relativo a emplazarse en una zona declarada saturada.

De acuerdo con el Certificado de Informaciones Previas N°457 con fecha de 10 de agosto 2023 de la I. Municipalidad de Machalí, correspondiente al Lote W- 3, el cual indica que el Proyecto en sus líneas oficiales considera Avenida Sanchina la cual corresponde a una vía Troncal. El Proyecto considera la apertura de una vía de la calle de servicio Hernán Ciudad hacia Avenida Sanchina.

Asimismo, el Proyecto Lote W-2 y W-3 Proyecto existente sin RCA, donde en conjunto se emplazan en una superficie de 18,06 ha aproximadamente y suman una cantidad de 499 viviendas, lo que supera el umbral de 300 viviendas y 7 hectáreas de superficie total establecidas en el literal h.1.3 del artículo 3 del Reglamento del SEIA.

En vista de lo señalado, el Proyecto Lote W-2 y W-3 SEIA al cumplirse los requisitos para ser Proyecto 19.300 y su Reglamento.

Vida útil La vida útil proyectada es indefinida, dado que se trata de un Proyecto inmobiliario que contempla edificación con destino habitacional.

Monto de inversión El monto estimado de la inversión del presente Proyecto Lote W-2 y W- 3

Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA De conformidad con el artículo 16 del Reglamento del SEIA, el acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del Proyecto o actividad, da cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, consiste en el cierre y delimitación del área y la instalación de faena de la primera FASE CONSTRUCTIVA del presente Proyecto.

De acuerdo con lo anterior, se presenta la siguiente planilla de control para mantener registro del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente:

Fuente: Tabla 1 del ADENDA.

El Titular avisa a la SMA de la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de ejecución de obras. Lo anterior, en el

marco del cumplimiento normativo del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, específicamente, en relación con la observación el cumplimiento de lo indicado en sus artículos 16 y 73, siendo en este último, en donde se expresa lo siguiente Titular edebe informar a la Superintendencia la realización de la gestión, acto o faena mínima .

Adicionalmente, se indicará a la SMA, con al menos una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases que componen al presente Proyecto, con el objeto de dar adecuado seguimiento a cada una de las fases del Proyecto.

Proyecto se desarrolla por Fases Si No En virtud de lo establecido en el artículo 14 del Reglamento del SEIA, no corresponde a un Proyecto desarrollado por fases.

[X] Proyecto modifica un Proyecto o actividad Si No El Proyecto Lote W-2 y W- 3 -2 y lote w-3, y que consiste en la ampliación del Proyecto inmobiliario - Calificación Ambiental (RCA), puesto que no supera, por sí solo, los umbrales definidos en el literal h) Sub literal h.1.3., establecidos en el artículo 3° D.S. N°40/2012 y sus modificaciones posteriores del Ministerio de Medio Ambiente, es construido y desarrollado en 2 FASES CONSTRUCTIVAS:

FASE CONSTRUCTIVA 1: Considera la CONSTRUCCIÓN de 177 viviendas en una superficie de terreno neto de 57.340,44 m2.

FASE CONSTRUCTIVA 2: Considera la CONSTRUCCIÓN de 121 viviendas en una superficie de terreno neto de 36.559,88 m2.

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto no modifica alguna RCA, debido a que la situación basal Lote W-1 existente no cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), puesto que no supera por sí solo, los umbrales definidos en el literal h) Sub literal h.1.3., establecidos en el artículo 3° D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa El Proyecto Lote W-2 y W-3

Descripción de la localización El Proyecto se emplaza en dos predios particulares, el lote W-2 de ROL avalúo N°104-300 ubicado en calle Bahía Fitz Roy N°64, de superficie de terreno de 61.379,55 m2 y, el lote W-3 de Rol avalúo N°104-301 se ubica en calle Escrivá de Balaguer (hoy denominada Avenida Nueva San China) N°1000, posee una superficie de terreno de 55.523,72 m2, de acuerdo con los respectivos Certificados de Informaciones Previas adjuntos en el ANEXO 3 de la DIA.

Se ejecuta en una zona con conexión a la red pública de agua potable y alcantarillado, de acuerdo con las condiciones que establece la empresa sanitaria ESSBIO S.A. y al D.S. N° 50/2003 del Ministerio de Obras Públicas, que tienen por objeto regular los Proyectos, la CONSTRUCCIÓN y puesta en servicio de las instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado.

En el ANEXO 3 de la DIA, se adjunta Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019. Adicionalmente, el Proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad Sanitaria actualizado N°202301000469/2023, adjunto en el ANEXO 1 de la ADENDA.

Además, la propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de CGE Distribución S.A., y esta se encuentra de acuerdo con las normas vigentes y disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del Proyecto se ajustan a la normativa técnica vigente. La correcta ejecución de dichas instalaciones se acredita ante la Dirección de Obras Municipales acompañando a la solicitud y por consiguiente la recepción de la obra, la copia de la declaración de instalación, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible. En el ANEXO 3 de la DIA, además, se adjunta el Certificado de Factibilidad Eléctrica otorgado por la empresa CGE Distribución S.A.

Por otra parte, de acuerdo con el Plan Regulador Comunal de Machalí, ambos predios se encuentran ubicados dentro del límite urbano de la comuna, específicamente en la zona residencial 7 (ZU-7), de acuerdo con los Certificado de Informaciones Previas N°168 y 169 con fecha 24 de marzo de 2022 otorgados por la Ilustre Municipalidad de Machalí, adjuntos en el ANEXO 2 de la DIA.

Los usos de suelo permitidos en esta zona corresponden a residencial, equipamiento, actividades productivas e infraestructura, esto en relación al Plan Regulador de la Comuna de Machalí aprobado por Decreto Alcaldicio N°616 de 23 de agosto de 2007 del Consejo Municipal de Machalí y publicado en el Diario Oficial del 5 de diciembre de 2007, el cual presenta 13 modificaciones, siendo la última aprobada mediante decreto N°1684 de la Ilustre Municipalidad de Machalí, y publicada en el Diario Oficial el 2 de diciembre de 2021.

Asimismo, el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua (PRIR), abarca las comunas de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, Machalí y Olivar. La zonificación del PRIR en el sector del Proyecto corresponde a de suelos establecidos en el PRC de Machalí, en la que se permiten los usos de suelos residencial, equipamiento científico, comercio, culto y cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad, servicios y social; actividades productivas inofensivas y terminales de transporte.

Por otra parte, en lo que compete principalmente a la cercanía a distintos equipamientos como lo son centros de salud público y privado, establecimientos educacionales cercanos, equipamientos y servicios, que se identifican en la comuna de Machalí, es preciso señalar de acuerdo al Estudio de Medio Humano adjunto en el ANEXO 10 de la DIA, que en la comuna existen 28 establecimientos educacionales, de los cuales a comuna presenta 9 establecimientos de educación municipal, 13 Particular Subvencionado, 6 particulares pagados.

En el caso de los establecimientos de Educación Parvularios se identificaron 15, de los cuales 13 se encuentran en el área de influencia del Proyecto Artístico Santa Teresa de Los Andes.

En el caso de centros de salud público, en la comuna se encuentra el Consultorio Machalí, la posta de salud rural Coya, el SAPU-Machalí y el Centro Comunitario de Salud Santa Teresa, este último ubicado en el área

de influencia del Proyecto. La comuna no cuenta con centro de salud privado. Cabe señalar, que el Hospital Regional de Rancagua se encuentra ubicado a 9 km aproximadamente del área de emplazamiento del Proyecto.

Por último, de acuerdo con el Estudio de Flora y Vegetación adjunto en el ANEXO 6 de la DIA, y ANEXO del ADENDA, el sector está compuesto principalmente por la presencia de especies introducidas, las más abundantes corresponden al grupo de las herbáceas, muchas consideradas, como plantas invasoras. El área de influencia está altamente intervenida, con praderas en desuso con progresiva degradación, zonas agrícolas y zonas residenciales. Por lo que, podemos afirmar que, las características vegetacionales del área de estudio se definen por el alto grado de intervención antrópica observada (acumulación de residuos domiciliarios) lo que ha modificado el paisaje y facilita el establecimiento de especies vegetales invasoras, las cuales no permiten el crecimiento y desarrollo de especies de flora nativa.

En cuanto a la fauna silvestre del área de emplazamiento del Proyecto, no fue posible identificar anfibios, pero no se descarta su presencia pues el área de influencia del Proyecto cuenta con las características idóneas para constituir un hábitat para dicho grupo.

Para el grupo de los reptiles, durante la temporada de monitoreo se identificó la especie Liolaemus cyanogaster (Lagartija de vientre azul), la cual se encuentra clasificada como Preocupación según los criterios del Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres (RCE) e igualmente como Preocupación Menor según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). La ausencia de anfibios se asocia a la alta influencia antrópica, lo que no permite que existan condiciones de calidad ecológica adecuada para el desarrollo de estas especies.

En el caso de las aves, se identificaron un total de 12 especies pertenecientes a 5 Ordenes, siendo el Orden Paseriformes el de mayor abundancia, representando a un 50% de las especies registradas, mientras que el Orden Columbiformes representa a un 25% de la abundancia de aves. Los Ordenes con menor representatividad son los Charadriiformes, Falconiformes y Apodiformes, pues cada uno de ellos representa solo al 8% de las especies de aves observada.

La mayoría de las aves se observaron asociadas a los cordones arbóreos y zonas de cultivos agrícolas y las praderas del área del Proyecto y su área de influencia. Gran parte de las especies registradas presentan algún criterio de protección, ya sea como especie beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria (B) y/o como beneficiosas para la mantención del equilibrio de los ecosistemas (E). Dentro de estas especies se encuentra Sephanoides sephanoides, Vanellus chilensis, Tachycineta leucopyga, Troglodytes aedon y Elaenia albiceps. Adicionalmente, ninguna de las especies de aves registradas se encuentra con problemas de conservación según las categorías de clasificación de especies. Con la finalidad de contribuir con la protección de las especies mencionadas, se sugiere capacitar a los trabajadores sobre la presencia de estas especies en el área del Proyecto, a través de la entrega de material audiovisual y/o capacitaciones para entregar información sobre la relevancia de estas especies en los ecosistemas y la importancia de su conservación.

Para el grupo de los mamíferos no lograron registrarse especies nativas, sin embargo, no se descarta su presencia dadas las características del área. Se observaron signos de existencia de especies asociadas a hábitat degradados (conejos y liebres).

Finalmente, de acuerdo con los resultados, las condiciones actuales del terreno y considerando las sugerencias antes mencionadas, se puede descartar que el Proyecto genere un efecto adverso significativo sobre el componente fauna. Además, se debe considerar que, la gran mayoría de las especies identificadas poseen facilidad de adaptación y reacción frente a la perturbación de su hábitat.

Por lo tanto, el emplazamiento del Proyecto se ubica en un predio dentro del límite urbano cuya zonificación del PRC de Machalí y del PRI de Rancagua, los cuales permiten el desarrollo del Proyecto y también a que no se realiza afectación a la flora y fauna identificada en el área de ubicación del Proyecto. Además, su ubicación se encuentra cercano al Centro Comunitario de Salud Familiar (CESCOF) Santa Teresa, el cual se encuentra ubicado a 650 metros aproximadamente del área de emplazamiento del Proyecto. Del mismo modo, en el área de influencia del Proyecto es posible encontrar diversos establecimientos educacionales tanto para educación básica como secundaria.

Dentro de la movilización y/o transporte público, la comuna de Machalí incluyendo sus localidades como Coya, cuenta con líneas de buses (Micros) y Colectivos, que tienen como recorrido a la ciudad de Rancagua es decir son Interurbanos y cumplen la función de ser de acercamiento interno en la comuna para los habitantes. La frecuencia de los Servicios Machalí Rancagua comprende 5 minutos en día hábil y 35 minutos en sábado, domingo y festivos;

En tanto, el horario de estos servicios de microbuses es de lunes a sábado de 08:30 a 22:00 y, domingo y festivos de 09:00 a 22:00. Cabe señalar, avenida que permite al acceso al Proyecto en sus intersecciones con Av. Bahía Fitz Roy y Av. Nueva Hernán Ciudad. Además, existe la línea de microbuses Expreso Rancagua, siendo la línea 103 la única que llega a Machalí, por Av. San Juan.

Superficie El Proyecto Lote W-2 y W-3 consiste en la ampliación del referido Proyecto inmobiliario mediante la CONSTRUCCIÓN de 298 viviendas adicionales que se emplazan en los lotes W-2 y W-3 de ROL 104-300 y 104-301, respectivamente; en una superficie de terreno de 116.903,27 m2 (11,69 hectáreas), con sus correspondientes estacionamientos, áreas verdes, zonas de equipamiento y vialidad.

Las superficies, cantidad de viviendas y los respectivos lotes que contempla cada Proyecto mencionado anteriormente, se presentan a continuación

Superficies generales por FASE CONSTRUCTIVA del Proyecto: Fuente: Tabla ANEXO Fichas del ADENDA COMPLEMENTARIA

En la siguiente tabla se presentan la numeración de las partes que conforman la instalación de faenas de la FASE CONSTRUCTIVA 1 y 2 ubicada en el lote W-2 y lote W-3 del Proyecto:

Fuente: Tabla 1. Componentes instalación de faenas para la FASE CONSTRUCTIVA 1 y 2, del ADENDA.

Fuente: Tabla 2. Componentes instalación de faenas para la FASE CONSTRUCTIVA 1 y 2, del ADENDA.

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del Proyecto se presentan en la siguiente Tabla:

Fuente: Tabla ANEXO Fichas del ADENDA COMPLEMENTARIA

Fuente: Ver Tabla 3. Superficies de los Lotes del ADENDA.

Fuente: Ver Figura 9 del ADENDA.

Fuente: Ver Figura 10 del ADENDA.

Se aclara en respuesta 1.4 del ADENDA COMPLEMENTARIA, que dentro de las partes obras y acciones de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, se contempla el proceso de desmontaje y montaje de la instalación de faenas de las faenas, para su traslado del Lote W-2 al Lote W-3, una vez que culmine la FASE CONSTRUCTIVA 1.

Luego en respuesta 1.7 del ADENDA COMPLEMENTARIA, se aclara que, para el Proyecto Existente, es decir, el emplazado en el Lote W-1, se utiliza la instalación de faenas que también es utilizada para la FASE CONSTRUCTIVA 1 del presente Proyecto en Evaluación, es decir, la que se emplazará en el Lote W-2. En esta misma línea, se aclara que las partes y obras consideradas en la Tabla 16 de la DIA aplican, de igual manera, para el Proyecto Existente, sin diferenciarse algún componente con las futuras partes y obras de instalación de faenas. En conclusión, se reitera la Tabla 16 presentada en la DIA (página 82 del documento mencionado), la cual es aplicable para el Proyecto Existente.

Fuente: Ver Tabla 8 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Tabla 16 del ADENDA.

Fuente: Ver Figura 11 del ADENDA.

Fuente: Ver Tabla 17 del ADENDA.

Caminos de acceso Considerando como caminos de acceso el sector de la Avenida Nueva Sanchina desde el cruce de la Ruta Carretera del Cobre hasta la conexión con el eje de Avenida San Juan.

En virtud de lo expuesto, se presentan las rutas de acceso/egreso ampliadas en la siguiente Figura:

Fuente: Ver Figura 2 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Con respecto a los caminos de acceso y egreso del Proyecto, con respecto a la clasificación que le otorga el Instrumento de Planificación Territorial, en este caso, el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua y el Plan Regulador Comunal de Machalí.

Cabe mencionar que las vías mencionadas en la siguiente Tabla son las que presentan una clasificación de acuerdo con alguno de los Instrumentos mencionados anteriormente. Para el resto de las vías de ingreso y egreso al Proyecto, no existe una clasificación explícita en los documentos citados.

Fuente: Ver Tabla 9 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

FASE de CONSTRUCCIÓN Para el ingreso al Proyecto en la FASE de CONSTRUCCIÓN se consideran diferentes caminos de ingreso dependiendo de la dirección y de la FASE CONSTRUCTIVA, estos se detallan a continuación:

En la FASE DE CONSTRUCTIVA 1, el ingreso y egreso se realiza por la Avenida Fritz Roy.

Por otra parte, en el caso de la FASE CONSTRUCTIVA 2, el ingreso y egreso se realiza por Av. Nueva Hernán Ciudad.

Bahía Fitz Roy: La vía está compuesta de una calzada doble, materializada en hormigón, de 7 metros de ancho cada una, con 2 pistas de 3,5 metros de ancho para cada sentido. Según su perfil desarrollado, posee mediana. El pavimento se encuentra en buen estado y confinado mediante soleras, además de los dispositivos de rodado correspondientes en los accesos a pasajes y calles que intersecan con la vía.

Bahía Acosta: La vía está compuesta de una calzada simple, materializada en hormigón, de 7 metros de ancho, con 1 pista de 3,5 metros de ancho para cada sentido. Según su perfil desarrollado, la calzada posee acera y vereda en ambos costados, y está confinado mediante soleras. Existen pasos de rodados en las intersecciones. El pavimento se encuentra en buen estado.

Avenida Nueva Hernán Ciudad: La vía está compuesta de una calzada simple, materializada en hormigón en buen estado, de 7 metros de ancho, con 1 pista de 3,5 metros de ancho para cada sentido. Según su perfil desarrollado, posee acera y vereda sólo en el costado norte. Existen pasos de rodados en las intersecciones. Además, en ese mismo costado, existe un ciclo banda en dirección poniente, de 1,5 metros de ancho.

Avenida Nueva Sanchina (anteriormente denominada Avenida Monseñor Escrivá de Balaguer) (Ruta H-255): La vía está compuesta de una calzada simple, materializada en asfalto en regular estado, de 7 metros de ancho, con 1 pista de 3,5 metros de ancho para cada sentido. Según su perfil desarrollado, posee acera y vereda sólo en el costado oriente. Además, en ese mismo costado, existe una ciclovía en dirección poniente, de 1,5 metros de ancho.

Fuente: Ver Figura 4 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

FASE de OPERACIÓN En el caso de la FASE de OPERACIÓN, el transporte que ingrese o egrese del loteo se efectúa directamente por las vías Av. Bahía Fitz Roy, Bahía Acosta y Av. Nueva Hernán Ciudad las cuales se conectan a su vez con Av. Monseñor Escrivá de Balaguer (actualmente Avenida Nueva Sanchina) que corresponde a una vía de dos sentidos. Todas las vías descritas corresponden a las naturales utilizadas en rutas de ingreso y egreso al Proyecto.

Además, se complementan los nodos viales del Proyecto considera como caminos de acceso el sector de la Avenida Nueva Sanchina desde el cruce de la Ruta Carretera del Cobre (Ruta H-27) hasta la conexión con el eje de Avenida San Juan.

Respecto a la circulación de transporte público, existe la línea de microbuses Expreso Rancagua, empresa de transporte público que cubre recorridos 100 de Trans- a Machalí. Además, de los Servicios Machalí-Rancagua de Trans- el centro de Rancagua, una por Av. San Juan y Miguel Ramírez mientras que la otra transita por la Carretera del Cobre y Bombero Villalobos hasta Alameda, llegando al R por Av. Monseñor Escrivá de Balaguer, avenida cercana al emplazamiento del Proyecto.

Fuente: Ver Tabla 10 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información COMPLEMENTARIA sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 1 de la Declaración de Impacto Ambiental

Capítulo 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

En el ANEXO 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, se adjunta el archivo .kmz con las partes y obras que componen el Proyecto.

Adicionalmente, en el ANEXO 11 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, se adjuntan las superficies actualizadas en el documento de Fichas Resumen.

En el ANEXO 2 de la presente ADENDA COMPLEMENTARIA, se adjuntan los planos del loteo y urbanización en formato shape de la totalidad de obras que comprenden al Proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Proceso de montaje y desmontaje Al término de la FASE CONSTRUCTIVA 1, se realiza el desmontaje y montaje de la instalación de faenas desde el Lote W-2 al Lote W-3. La instalación de faenas de la FASE CONSTRUCTIVA 2 mantiene los mismos componentes de la FASE CONSTRUCTIVA 1.

Las obras de desmontaje, al ser obras de desmontables, se realizan por personal del Proyecto, en conjunto del traslado con la maquinaria de este.

Cabe destacar que previo a las obras de desmontaje, se retiran, a disposición final o reutilización, según sea el caso, los residuos de la bodega de residuos peligrosos, área de acopio de residuos sólidos no peligrosos y asimilables a domiciliarios.

Esta acción se realiza por medio de los caminos internos entre Proyecto, sin usar el espacio público para su traslado.

El montaje, al igual que el desmontaje, se realiza por el personal del Proyecto.

Cierre perimetral Se contempla el cierre perimetral, con el objetivo de restringir el acceso a la zona de CONSTRUCCIÓN.

Portería Para el control de acceso se construye una garita de 4 m2, la estructura es de madera revestida con OSB.

Acopio de tierra Para el material excedente de escarpe y excavaciones se dispone de un área de 86,4 m2 para su acopio temporal, dicho material es reutilizado paulatinamente para relleno de áreas verdes y patios de viviendas.

Escarpe o extracción de la capa vegetal del suelo Se realiza escarpe en toda el área de emplazamiento del Proyecto, para la implementación de caminos, obras de urbanización y viviendas.

La superficie de escarpe corresponde aproximadamente a 11,69 ha, estimándose un volumen total de tierra a ser removida de 35.070 m3, considerando un escarpe de 30 cm.

Movimiento de tierra Los movimientos de tierra están relacionados a la CONSTRUCCIÓN de las viviendas y las obras de urbanización como: Pavimentación, agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, entre otros.

Este material se va disponiendo en un área de acopio dentro de la instalación de faenas para su posterior uso en el relleno de áreas verdes y patios de viviendas.

Instalación de faenas Corresponde a la infraestructura necesaria para la CONSTRUCCIÓN de todas las partes, obras y acciones del Proyecto.

Cabe señalar que, para la FASE CONSTRUCTIVA 1 del Proyecto se encuentra habilitada la misma instalación de faena que se utilizó en el Proyecto existente, la cual se encuentra ubicada en el área de emplazamiento del presente Proyecto en evaluación ambiental, específicamente, en el Lote W-2. Y, para la FASE CONSTRUCTIVA 2 se traslada al Lote W-3.

Oficina Jefatura, administración, subcontratos y sala de reuniones Dentro de la instalación de faenas existen oficinas para trabajos administrativos relacionados a la obra, las cuales corresponden a conteiner habilitados con mobiliario de oficina y, también a estructuras de madera revestida con OSB.

Comedor administración y trabajadores Dentro de la instalación de faenas se dispone de un espacio con las condiciones adecuadas para la alimentación de los trabajadores. La estructura corresponde a madera revestida con OSB.

Servicio Higiénicos En la instalación de faena se dispone de un espacio destinado a servicios higiénicos, dentro del cual se contempla baños y camarines. Existiendo espacio diferenciados para hombres y mujeres.

La estructura para los camarines corresponde a madera revestida con OSB y para los baños y duchas corresponden a contenedores.

Estacionamientos personales de obra Existe un área destinada a estacionamientos, la estructura corresponde a madera revestida con OSB.

Bodega de sustancias peligrosas El Proyecto cuenta con una bodega para el almacenamiento de sustancias peligrosas de 16,5 m2, la cual cumple con lo dispuesto en el D.S. N°43/2015 y su modificación ambos del MINSAL.

Los tipos de sustancias a almacenar son aquellas que pueden significar un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar de los seres humanos y animales, según NCh. 382/2013: lubricantes, adhesivos, aerosoles, pintura y barnices, siliconas y otros productos de sellado, tubos fluorescentes, pilas y baterías, tornes y cartridge.

Bodega de combustibles Debido a que se utiliza maquinaria es necesario combustible, para lo cual, se almacena en la instalación de faena.

Esta bodega posee una superficie de 7,5 m2, el volumen almacenado no superará los 1.000 litros y se cumple en todo momento con lo dispuesto en el D.S. N°160/2009 y su modificación del Ministerio de Energía.

La bodega corresponde a una estructura metálica revestida con malla de acero.

Bodega de Residuos Peligrosos En la instalación de faena se dispone de una bodega destinada para el almacenamiento de residuos peligrosos emitidos durante la CONSTRUCCIÓN del Proyecto. Esta bodega cuenta con una superficie de 6 m2.

La bodega corresponde a una estructura metálica revestida con malla de acero.

Para más detalle véase el plano de instalación de Faenas adjunto en el ANEXO 13 de la DIA y el PAS 142 en el ANEXO 10.2 y 10.3 del ADENDA.

Sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos En la instalación de faena se dispone de un sitio de acopio de residuos no peligrosos, provenientes de la materialización de viviendas.

Posee una superficie de 15 m2 y con una capacidad máxima de almacenamiento de 22,5 m2.

Para más detalle véase el plano de instalación de Faenas adjunto en el ANEXO 13 de la DIA y el PAS 140 en el ANEXO 10.2 PASM 140 del ADENDA

Para más detalle véase el ANEXO 4 de la DIA, 02 y 03 del ADENDA, actualizados en ANEXO 02 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Sitio de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos. Posee una superficie de 16 m2 y con una capacidad máxima de almacenamiento de 3,6 m2.

Para más detalle véase el Plano de Instalación de Faenas adjunto en el ANEXO 13 de la DIA y el PASM 140 en el ANEXO 10.2 del ADENDA.

Acopio de materiales Dentro de la instalación de faenas, se dispone de sitios destinado al acopio de materiales utilizados en obra, tales como: PVC, maderas, fierros de CONSTRUCCIÓN, estructuras metálicas, planchas, cerámicas, etc.

Bodega de materiales Dentro de la instalación de faenas, se dispone de contenedores para el almacenamiento de insumos, herramientas y equipos.

Talleres Hojalatería, soldador y enfierraduras Corresponde a estructuras de madera para realizar labores de hojalatería (63 m2), soldadura (54 m2) y enfierraduras (63 m2).

Galpón de mantención Dentro de la instalación de faenas, se dispone de una estructura de madera tipo galpón para realizar mantención de la maquinaria a utilizar en el desarrollo del Proyecto.

Zona lavado de ruedas Dentro de la instalación de faenas, se dispone un área de 24 m2 para el lavado de ruedas, donde se realiza el lavado de ruedas de todo camión o maquinaria que deba abandonar la instalación de faenas, con la finalidad de no dejar restos de residuos (barro, hormigón u otros) en caminos o rutas públicas aledañas.

Para esto, el sistema de lavado de ruedas contempla una máquina de chorro de agua de alta presión (hidrolavadora), cuyo objetivo es retirar los residuos de las ruedas de los camiones.

Agua potable

Mientras se realiza la conexión al sistema de agua potable de ESSBIO S.A., se abastece a la obra para consumo mediante agua potable envasada, utilizando sistemas de dispensadores, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable D.S. N° 594/99 MINSAL, en sus artículos 13, 14 y 15.

Se adjunta Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

Suministro eléctrico El abastecimiento de electricidad se efectúa mediante la conexión a la red pública, dado que el Proyecto cuenta con factibilidad de suministro eléctrico emitido por la CGE Distribución S.A. (ANEXO 3).

Conjunto de viviendas El Proyecto es de carácter inmobiliario con destino habitacional residencial, donde se contempla la CONSTRUCCIÓN de 298 viviendas en una superficie aproximada de 11,69 ha.

El Proyecto contempla 3 modelos distintos de viviendas de 2 pisos, denominados: Catemu adosada (77,29 m2), -Catemu aislada (77,29 m2) y -Patagua (97,14 m2).

Áreas de estacionamiento residencial El Proyecto contempla la habilitación de 298 estacionamientos en total que son ejecutados de forma proporcional a las FASES CONSTRUCTIVAS y distribuidos de manera que cada vivienda cuenta con 1 estacionamiento.

Infraestructura de agua potable El Proyecto considera la red necesaria para dotar de este elemento a 298 viviendas, se conforma de cañerías de HDPE-PE100-PN10 de diámetros

110, 160 y 200 mm; en los cruces bajo calzada, la tubería se protege mediante un encamisado de PVC Colector, Clase I, del doble de diámetro.

Los grifos están ubicados a lo largo de la red, de acuerdo con lo que indica la normativa. Este Proyecto se empalma con el Proyecto W-

Para más detalle véase el ANEXO 4 de la DIA.

Infraestructura de aguas servidas El Proyecto considera la red necesaria para dotar de este elemento a 298 viviendas, se conforma de cañerías de PVC-U SN4 de diámetro 200 mm y de longitud total de 3.051 m.

Este Proyecto se empalma con el Proyecto

modo, se descargan las aguas servidas en el emisario existente denominado Nogales I, tramo Las Rosas San Juan (HDPE PE80 PN6; D=560 mm).

Para más detalle véase el ANEXO 4 de la DIA.

Suministro eléctrico La propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de CGE Distribución S.A. (ver ANEXO 3 de la DIA).

Cabe señalar que se materializan las conexiones eléctricas interiores de cada una de las viviendas contempladas en el Proyecto, la cual, se regirá por lo establecido en las disposiciones reglamentarias incluidas en los pliegos técnicos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Infraestructura de pavimentación Se contempla el Proyecto de pavimentación de las vías internas y externas, que son utilizadas por los futuros propietarios de las viviendas. Además, contempla la continuidad de la vía Avenida Bahía Fitz Roy y, con respecto a la Av. Nueva Hernán Ciudad se construye la otra vía, tal como se indica en el plano del Proyecto de pavimentación adjunto en el ANEXO 4 de la DIA.

Infraestructura de aguas lluvias El Proyecto de aguas lluvias consistente en canalizar las aguas lluvias a través de redes de sumideros de descarga Tipo S1, para luego ser infiltradas en el terreno mediante zanjas absorbentes con bolones, ubicadas en las áreas verdes del Proyecto.

Para más detalle véase el ANEXO 4 de la DIA.

Infraestructura modificación de cauce Se contempla el entubamiento de dos acequias de regadío por medio del entubamiento de cuatro canales, uno se encuentra ubicado en el límite sur del Proyecto y comienza desde el término de la canaleta de piedra existente, hasta el límite oriente del Lote W-3, el que se identifica como Canal 1, y, se encuentra paralelo a la Av. Nueva Hernán Ciudad; el Canal 2 se entuba por la acera poniente de la futura calle San Marcelino en el Lote W-3 hasta conectarse a la modificación de cauce realizada en el Proyecto existente, en la cámara de inspección C.I N°34; el Canal 3 y 4 que se ubica en el interior del área de emplazamiento del Proyecto Lote W-2 y W-3, se entuba para permitir el cruce por la Av. Nueva Hernán Ciudad hasta las cámaras existentes.

Para más detalle véase el PAS 156 en el ANEXO 10.4 de la ADENDA.

Áreas verdes El Proyecto considera una superficie total de 7.666,45 m2 distribuidas en 4 áreas verdes.

Equipamiento El Proyecto considera una superficie total de 2.126,05 m2 de equipamiento, distribuidas en 2 áreas las cuales son cedidas a la municipalidad.

Es importante señalar que no se realizan construcciones en la zona de equipamiento, dado que se entrega el terreno a cesión de la Ilustre Municipalidad de Machalí de acuerdo con el plano de loteo general adjunto en el ANEXO 2 de la DIA.

Para más detalle véase el ANEXO 4 de la DIA, 02 y 03 del ADENDA, actualizados en ANEXO 02 y 03 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Recursos naturales renovables No se contempla la extracción de recursos naturales renovables, para satisfacer las necesidades del Proyecto en la FASE de CONSTRUCCIÓN de éste.

El agua requerida en esta FASE es suministrada en primera instancia por una empresa mediante agua potable envasada, mientras se realiza la conexión definitiva al sistema de agua potable provisto por la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A., se adjunta Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

Emisiones y efluentes Emisiones Emisiones a la Atmósfera (Favor remitirse al ANEXO 08. del ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA)

Según los antecedentes disponibles, el Proyecto Lote W-2 y W-3 calificado ambientalmente de forma desfavorable mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°20240600182, de fecha 19 de abril de 2024, emitida por la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de e abril de 2024. Frente a dicha calificación, el Titular interpuso un Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con fecha 4 de junio de 2024.

El mencionado recurso fue acogido mediante la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de 2024, mediante la cual, la Dirección Ejecutiva del SEA ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto a la FASE inmediatamente anterior a la presentación de la ADENDA COMPLEMENTARIA, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente la estimación de emisiones. En cumplimiento de dicha mitió la Resolución Exenta Nº20250610153, de fecha 5 de febrero de 2025, la cual fue notificada el 6 de febrero de 2025.

Asimismo, mediante la Carta N°20250610341, de fecha 06 de febrero de 2025, se envió el Informe Consolidado Complementario Extraordinario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Complementario Extraordinario) ordenado por la Resolución individualizada precedentemente.

En consecuencia, las materias planteadas han sido abordadas por el Titular en la referida ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, cuyos contenidos deben ser considerados en la revisión y análisis de esta observación, conforme al principio de evaluación integral consagrado en el D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente.

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la

actualización de las emisiones atmosféricas; y en consecuencia, se actualiza el cronograma de desarrollo de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, el cual mantiene su distribución de actividades acorde al cronograma original presentado, variando exclusivamente en el año de inicio de desarrollo del Proyecto, el cual se estima para julio de 2025. Lo anterior, se puede observar en las siguientes tablas:

Fuente: Tabla 1. Cronograma fechas estimadas de inicio y término de cada FASE constructiva del presente Proyecto en evaluación ambiental, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Fuente: Tabla 2. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 1 (Lote W-2), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Tabla 3. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 2 (Lote W-3), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Metodología de Estimación de Emisiones Atmosféricas

A continuación, se presenta para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, las fuentes de emisión identificadas para esta fase son las siguientes:

Fuente: Tabla 9. Fuentes de emisiones atmosféricas identificadas en FASE de CONSTRUCCIÓN, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones atmosféricas que se generan en la FASE de CONSTRUCCIÓN se asocian al material particulado y gases de combustión. A continuación, en la siguiente tabla, se indica la estimación de las emisiones de material particulado y gases de combustión por año, considerando las 2 FASES CONSTRUCTIVAS. Es del caso señalar que, las FASES CONSTRUCTIVAS no se sobreponen, es decir, no se realizan actividades de una o más FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto en conjunto; la construcción del Proyecto tiene una duración de 56 meses en total, considerando que cada FASE CONSTRUCTIVA dura 28 meses:

Fuente: Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Respecto al sistema de calefacción de las viviendas correspondientes al presente Proyecto, el Titular implementa equipos de calefacción eléctrica tanto para las viviendas del Lote W-2 como las viviendas del Lote W-3, para lo cual, varía en su cantidad dependiendo la tipología de vivienda y la demanda energética asociada a esta.

En este sentido, se da cumplimiento al artículo 18 del D.S. 1/2023 del PDA el cual señala que decreto, se prohíbe la instalación de equipos de calefacción a leña, en viviendas nuevas que se construyan en áreas urbanas de la zona saturada. Para cumplir con lo anterior, las viviendas nuevas deben contar con un sistema de calefacción ya integrado que no utilice leña como combustible, encontrarse conectadas a un sistema de calefacción distrital o tener una demanda de calefacción menor a 15 kWh/m2 . El detalle de calefactores a incorporar por vivienda se detalla en la siguiente Tabla:

Fuente: Tabla 4 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las especificaciones técnicas de los calefactores eléctricos implementados se pueden observar en las siguientes Figuras, como también en los documentos de demanda energética adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA:

Las emisiones se calcularon a partir de la demanda energética de cada vivienda y se consideraron las emisiones correspondientes al tránsito y combustión de vehículos.

Respecto a la calefacción domiciliaria, cabe destacar a propósito del Proyecto existente (Lote W-1) que, de conformidad con el artículo 4 del PDA (D.S. N°1/2021 MMA), a contar del 29 marzo de 2025 comenzó a comuna de Machalí), en cuanto a la imposibilidad de usar calderas de calefacción de uso domiciliario, así como de usar calefactores y cocinas que utilicen o puedan utilizar leña, carbón mineral y vegetal y otros derivados de la madera. A su turno, como se ve, para el Proyecto en el Titular ha incorporado la implementación de calefactores eléctricos suficientes para cubrir la demanda energética según el tipo de vivienda que corresponda.

Teniendo presente lo anterior, y considerando la necesidad de contar con datos ciertos respecto al sistema de calefacción para el Proyecto existente, la Estimación de las Emisiones se realizó, metodológicamente, considerando la implementación de un catastro en la totalidad de las - de información en terreno ejecutado durante el mes de enero de 2025, en el cual se consultó a los propietarios de las viviendas ya operativas, el sistema de calefacción implementado en su vivienda.

En este sentido, el catastro consultó si existe un método de calefacción en la vivienda y, en caso de respuesta positiva, cuál era el sistema utilizado. El modelo de implementación del catastro y los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 71 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Tabla 72 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De la tabla anterior, se obtiene un total de 161 viviendas catastradas de un total de 201, lo cual representa más de un 80% del tamaño de la población objetivo; de las viviendas catastradas, fueron 128 las que tenían actualmente algún sistema de calefacción instalado1.

Lo anterior, refleja la situación real de calefacción con la cual se encuentra el Proyecto existente y que, a su vez, proyecta la tendencia del tipo de calefacción predominante que se da en el sector. Los resultados en detalle por tipo de calefactor implementado y por tipología de vivienda, se pueden observar en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 73 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Es de importancia señalar que, para el caso de viviendas catastradas que contaban con 2 o más sistemas de calefacción, se consideró el cálculo de emisiones en virtud de la demanda energética de cada tipología de vivienda, utilizando el calefactor que cumpla con el criterio de peor condición en términos de factores de emisión.

En este sentido, se utilizó la distribución de tipología de artefactos de calefacción diagnosticada en el catastro para proyectar las viviendas que no cuentan con sistema de calefacción o que no se encuentre habitadas a la fecha de realización del catastro. En virtud de lo mencionado, se presentan los resultados de la proyección proporcional del catastro para la totalidad de las viviendas del Proyecto existente, según tipología.

Resultado catastro Proyecto existente con distribución proporcional de artefactos de calefacción (Lote W-1)

Fuente: Tabla 74 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Los resultados del catastro, así como la identificación pormenorizada de cada vivienda, se encuentran adjuntos en el ANEXO ADENDA EXTRAORDINARIA.

En la tabla a continuación, se presentan las emisiones de material particulado y gases de combustión para la FASE de OPERACIÓN de la situación base (Lote W-1).

Fuente: Tabla 76 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

A continuación, se presenta una tabla síntesis con las emisiones totales para la FASE de CONSTRUCCIÓN de las dos fases, más la FASE de OPERACIÓN del Lote W-1, y, sucesivamente la OPERACIÓN de los Lotes W-2 y W-3.

Fuente: Tabla 79 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo con dichos valores y a los valores límites establecidos por el (Tabla 26 del PDA), el Proyecto debe compensar emisiones, ya que para el año 4 (1,62 ton/año), supera los límites establecidos por el PDA para el componente MP10 (Tabla 80). En este sentido y de acuerdo del artículo 40 del citado PDA, el Proyecto debe compensar el 120% de las emisiones generadas en el año de peor condición, es decir, la cantidad estimada de 1,944 ton/año.

Límites para la compensación de emisiones según PDA

Fuente: Tabla 80 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Es del caso señalar que, las fases constructivas no se sobreponen; es decir, no se realizan actividades de una o más FASES CONSTRUCTIVAS en conjunto, según lo indicado en el cronograma actualizado del Proyecto.

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Medidas de abatimiento y control

Las medidas de abatimiento y control de emisiones atmosféricas que se implementan en la FASE de CONSTRUCCIÓN son las siguientes:

- Los vehículos y maquinarias que se utilizan en esta FASE cuentan con su revisión técnica al día. - Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases. - Se humectan las superficies de suelo donde se realizan movimientos de tierra. - Los camiones circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. - El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos es de 20 km/h en la obra.

Se aplica supresor de polvo sobre las zonas de tránsito (caminos no pavimentados), presentado como compromiso ambiental voluntario en la Tabla 11.1.11. del Informe Consolidado de Evaluación.

Emisiones de Ruido: Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, genera Emisiones Acústicas, y, están relacionadas principalmente con las actividades de movimiento de tierra, obra gruesa y terminaciones, por lo que se modeló las Emisiones de Ruido relacionadas a estas actividades.

Para la elaboración del Emisiones de Ruido fueron seleccionados sectores de evaluación correspondientes a zonas habitadas próximas a los trabajos a desarrollar, según el criterio de la menor distancia entre fuente y receptor.

El detalle del sector a evaluar se muestra a continuación: Figura. Ubicación de los sectores en evaluación. Consultor: Carta: Escala: Simbología SECTORES EN EVALUACIÓ N Según imagen Proyecto en evaluación ambiental Proyección : WGS 84 UTM H19 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

Tabla. Descripción de los puntos medidos. Pun to Calle Nº Detalle Distan cia al Proyec to [m] Nº Piso s P1 Av. Monseñor Escriva de Balaguer 789 Vivienda - Almacén Suroest e 2

P2 Calle 7 Aguas Puras 37 Vivienda Sur 2 P3 Avenida Hernán de Ciudad 105 Vivienda Oeste 2 P4 Pasaje Bahía Morris 95 Vivienda Noroes te 2 P5 Santa Teresa 325 Vivienda Norte 1 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

Tabla. Ubicación georreferenciada de los puntos evaluados. Pun to Coordenadas UTM DATUM WGS84 (HUSO H 19) Tipo de receptor

FC 1 [m]

FC 2 [m] Este Norte P1 344689 621605 5 Existente 367 20 P2 344881 621615 0 Existente 158 20 P3 344972 621627 3 Existente 10 20 P4 344835 621644 3 Existente 10 244 P5 345086 621694 2 Existente 350 243 PA 344818 621649 4 Referencial Proyecto existente 30 225 PB 345011 621658 0 Referencial FC 1 - 20 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

Mediante el Ruido de Fondo se describe el ambiente acústico que está presente en un lugar en ausencia de la fuente fija a evaluar.

En el presente caso el ruido de fondo caracteriza la situación basal del sector en estudio, lo cual corresponde al contexto acústico, el que se puede entender como la acción de todos los campos sonoros simultáneos en un punto de audición.

Para determinar los niveles provenientes del campo sonoro asociado al ruido de fondo, se debe definir cuáles son las fuentes características, habituales y/o reconocibles para ser consideradas en la medición de ruido de fondo, lo anterior discriminando todo campo sonoro asociado a ruidos ocasionales, los cuales corresponden a ruidos no habituales en el campo sonoro del ruido de fondo.

Al momento de realizar la medición de ruido de fondo se debe prestar atención a todo lo que ocurra, obteniéndose una medición que refleje los niveles realmente asociados al campo sonoro que se está caracterizando.

A continuación, se presentan los resultados de las mediciones realizadas, en base a los parámetros anteriormente descritos, según la normativa aplicada se detalla el nivel obtenido a los 10 minutos de medición ante la estabilización del nivel de ruido de fondo (diferencia menor o igual a 2 dB entre periodos de 5 minutos).

Tabla. Niveles de Ruido de Fondo, diurno. Punt o Ruido De Fondo dB(A) Diurno Hora Componentes del entorno acústico LEQ

LEQ

P1 46 46 17:00 Tráfico vehicular, ruido comunitario, aves, perros. P2 42 42 17:15 P3 40 40 17:30 P4 41 41 17:45 P5 40 40 18:00 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

Tal como se mencionó anteriormente, el ruido de fondo en los puntos se ve directamente influenciado por factores ambientales, como la presencia de aves y perros, además del efecto del viento sobre follaje, el ruido comunitario y tráfico vehicular del sector.

Las condiciones de viento al momento de la medición fueron despreciables con velocidades menores a 0,8 m/s.

Por otra parte, el horario de medición contempla un periodo dentro del cual es posible encontrar zonas valle para el transcurso de un día laboral, lo cual se asocia a periodos de menor emisión acústica dentro de un ambiente sonoro, relacionado a componentes como el tráfico vehicular y tránsito de personas.

Según los datos entregados es posible indicar que el levantamiento de información relacionada con la línea base de ruido de fondo del sector, considera la peor condición para su obtención, registrando el menor nivel de ruido en el periodo de actividad asociado al Proyecto.

Por otro lado, en la FASE de CONSTRUCCIÓN las faenas consideran excavaciones, preparación del terreno, movimiento de material y construcción de viviendas, entre otras, acorde a una situación habitual constructiva para el tipo de Proyecto en estudio. La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN, según la normativa aplicable para jornada diurna, se detallan en la siguiente tabla: Tabla. Evaluación del nivel proyectado en FASE de CONSTRUCCIÓN. Punto FASE de CONSTRUCCI Ó Máximo D.S. N° 38/11 di Supera Si / No FC 1 FC 2 FC 1 FC P1 53 53 60 NO NO P2 56 55 65 NO NO P3 71 53 65 SI NO P4 69 43 65 SI NO P5 44 46 65 NO NO PA 66 48 65 SI NO PB - 70 65 - SI Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

De acuerdo con las proyecciones realizadas, se prevé incumplimiento de la norma en la línea base evaluada para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, para receptores existentes. Debido a esta condición se hace necesaria la implementación de medidas de control de ruido a las faenas.

La evaluación se estima únicamente en jornada diurna debido a que la FASE de CONSTRUCCIÓN se realiza dentro de los límites horarios para dicho periodo. Para dar cumplimiento a la normativa, en la FASE de CONSTRUCCIÓN es necesaria la utilización de barreras Acústicas, ante lo cual según definición indicada en la norma ISO 9613, Parte 2, determina que un objeto debe ser considerado como obstáculo (barrera) si cumple con una densidad superficial de al menos 10 Kg/m2 y tiene una superficie cerrada sin grandes grietas o huecos. Según lo indicado anteriormente, para el presente caso se recomienda una Barrera Acústica Perimetral construida considerando el siguiente esquema, utilizando tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas con la finalidad de absorber el sonido incidente, como muestra la figura. Figura. Esquema de barrera propuesta. Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA. La barrera está orientada a mitigar los frentes de trabajo en la FASE de CONSTRUCCIÓN, enfocándose en la situación crítica que dirige las faenas a menor distancia de los receptores. Se recomienda que una vez implementada la medida, se mantenga durante el desarrollo completo de esta fase a fin de reducir los niveles de ruido sobre los receptores afectados. La medida de control se debe implementar considerando las siguientes características y consideraciones respecto a su construcción: Tabla. Dimensiones de la solución propuesta. FASE CONSTRU CTIVA BARR ERA ALT URA [M] EXTEN SION [M] COMPOSICION FC 1 B1 3.5 510 Panel de OSB 15mm Material absorbente 50mm Malla para protección o material de mayor FC 2 B2 3.5 377 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA El uso de la barrera debe asegurar la menor distancia posible a la fuente que se busca mitigar, a fin de lograr el óptimo desempeño de la solución propuesta. Se recomienda ser aplicada según el avance de las obras,

cubriendo la totalidad de la faena desarrollada. La extensión indicada corresponde al total de metros lineales a cubrir con la solución, según la ubicación de la actividad desarrollada.

Las características constructivas indicadas, fueron establecidas en base a la perdida por inserción de la barrera considerando la altura y extensión necesarias para permitir la atenuación de los niveles de ruido generados en todo momento, considerando que se estima el uso de fuentes de ruido fijas y móviles.

Además de la solución indicada, se debe tener en consideración buenas prácticas frente a las faenas de construcción, las cuales deben ser implementadas tanto al interior de la obra como con los receptores asociados a la comunidad.

Buenas Prácticas en Faenas de Construcción

Al interior de la obra se debe evitar faenas ruidosas simultáneas, esta condición genera un alto nivel de ruido y es la que mayor molestia puede ocasionar en los receptores afectados.

Se prohíbe la utilización de bocinas en las proximidades e interior del sector de emplazamiento de la actividad, excepto en caso necesario.

Se establece velocidades vehiculares bajas al interior del Proyecto.

Se realiza mantención de los caminos interiores y caminos de accesos.

Se evita la generación de ruidos de corta duración provocados por la operación de maquinaria o equipos.

Se evita ruidos innecesarios, como golpes producto de la mala manipulación de herramientas o materiales, al igual que gritos u otros ruidos provenientes directamente de los trabajadores de la obra.

Buenas Prácticas frente a la Comunidad

Se mantiene informada a la comunidad de horarios y faenas a realizar en la obra, esto con el fin de reducir la molestia producto de los ruidos que se generan.

Se informa a la comunidad en cuanto a las faenas ruidosas a desarrollar y los plazos de duración que estos tienen, procurando mantener el control de las emisiones al interior de la faena.

Se mantiene un canal de comunicación con la comunidad, el cual debe estar disponible a la vista en obra, indicando datos de contacto del personal a cargo para consultas o reclamos.

La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN para los frentes de trabajo, considerando la medida de control propuesta, se detalla en la tabla a continuación. Tabla. Evaluación de los niveles proyectados para la FASE de CONSTRUCCIÓN, en Jornada Diurna, con medidas de control. Punt o FASE de CONSTRUC Máxim o D.S. N° Supera Si / No FC 1 FC 2 FC 1 F P1 53 53 60 NO N P2 55 55 65 NO N P3 59 53 65 NO N P4 59 40 65 NO N P5 42 44 65 NO N PA 55 41 65 NO N PB - 58 65 - N Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

La evaluación solo se realizó en horario diurno debido a la naturaleza de las actividades, las cuales son desarrolladas únicamente en dicho periodo de evaluación.

En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la FASE de CONSTRUCCIÓN, mediante la implementación de la medida de control propuesta.

Emisiones de Vibraciones:

Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, las Emisiones Acústicas están relacionadas principalmente con las actividades de movimiento de tierra, obra gruesa y terminaciones, por lo que se modeló las emisiones de ruido relacionadas a estas actividades.

Para la elaboración del estudio fueron seleccionados sectores de evaluación correspondientes a zonas habitadas próximas a los trabajos a desarrollar, según el criterio de la menor distancia entre fuente y receptor.

El detalle del sector a evaluar se muestra a continuación.

Figura. Ubicación de los sectores en evaluación. Consultor: Carta: Escala: Simbología SECTORES EN EVALUACIÓ N Según imagen Proyecto en evaluación ambiental Proyección : WGS 84 UTM H19 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

Tabla. Descripción de los puntos medidos. Pun to Calle Nº Detalle Dista ncia al Proye cto [m] Nº Piso s P1 Av. Monseñor Escrivá de Balaguer (Avenida Nueva Sanchina) 789 Vivienda - Almacén Suroes te 2 P2 Calle 7 Aguas Puras 37 Vivienda Sur 2 P3 Avenida Nueva Hernán de Ciudad 105 Vivienda Oeste 2 P4 Pasaje Bahía Morris 95 Vivienda Noroe ste 2 P5 Santa Teresa 325 Vivienda Norte 1 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

Tabla. Ubicación georreferenciada de los puntos evaluados. Punt o Coordenadas UTM DATUM WGS84 (HUSO H 19) Tipo de receptor Dista ncia a FC 1 [m] Distanci a a FC 2 [m] Este Norte P1 344689 621605 5 Existente 367 20 P2 344881 621615 0 Existente 158 20 P3 344972 621627 3 Existente 10 20 P4 344835 621644 3 Existente 10 244 P5 345086 621694 2 Existente 350 243 PA 344818 621649 4 Referencial Proyecto existente 30 225 PB 345011 621658 0 Referencial FC 1 - 20 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

El método de estimación de velocidad vibratoria está basado en la el criterio normado se establecen niveles de vibración para diferentes actividades según el tipo de maquinaria utilizada, a continuación, se indica en extracto, dicha información.

Tabla. Indicadores de vibración de distintas maquinarias, medidos a 25 pies. Velocidad peak de partícula y niveles de vibración Maquinaria PPV [in/s] a 25 Lv [VdB] a 25 pies Rodillo vibratorio 0.210 94 Martillo percutor en excavadora 0.089 87 Bulldozer 0.089 87 Camión cargado 0.076 86 Kango 0.035 79 - FTA.

Según la modelación realizada y en base al equipamiento destinado a la obra en construcción, la proyección de vibraciones considero la maquinaria retroexcavadora estimando un factor de cresta de 8, lo cual

entrega un valor par Lv de 81 VdB a proyectar, siendo evaluado como equipo considerado de mayor emisión de vibraciones según las actividades a desarrollar, estimando la peor condición.

El Proyecto contempla como FASE de CONSTRUCCIÓN, la preparación del terreno y la construcción de viviendas.

En base a las estimaciones indicadas anteriormente, a continuación, se presenta la proyección de vibración para el Proyecto.

Tabla. Niveles de vibración proyectados para la FASE de CONSTRUCCIÓN. Punto Lv [VdB] FC1 Lv [VdB] FC2 Distancia [m] Proyectad o Distancia [m] Proyectado P1 367 30 20 68 P2 158 41 20 68 P3 10 77 20 68 P4 10 77 244 36 P5 350 31 243 36 PA 30 63 225 37 PB - - 20 68 Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

Según los valores presentados en la Tabla anterior, los niveles de vibración proyectados hacia los receptores se encuentran sobre el nivel límite para criterio de molestia en Categoría 2, por lo cual es posible indicar que es necesario aplicar medidas de control, en base a la vibración generada por las actividades de construcción, considerando las edificaciones próximas existentes.

Las medidas de control para la vibración de la construcción requieren considerar la ubicación y los procesos de la faena a desarrollar, de la siguiente manera:

Consideraciones de diseño del Proyecto:

Dirigir los camiones y maquinaria pesada lejos de sectores residenciales sensibles. Seleccionar lugares con la menor cantidad de hogares si no hay alternativas disponibles.

Opere el equipo de movimiento de tierra en el lote de construcción lo más lejos posible de sitios sensibles a la vibración.

Secuencia de Operaciones:

Evitar faenas simultáneas de movimiento de tierra e impacto en el suelo, para que no ocurra en el mismo período de tiempo. A diferencia del ruido, el nivel de vibración total producido podría ser significativamente menor cuando cada fuente de vibración funciona por separado.

Métodos alternativos de Construcción:

Seleccionar métodos de construcción que no impliquen impacto, siempre que sea posible. Por ejemplo, retirar paneles de suelo en vez de usar martillos neumáticos para su demolición.

Evitar equipos vibratorios cerca de áreas sensibles, priorizando el uso de maquinaria de menor emisión, con niveles de vibración no superior a 72 VdB a 20 metros.

Evitar maquinaria pesada generadora de vibración cerca de áreas sensibles, priorizando el uso de equipos o métodos constructivos que no generen vibración sobre el suelo o bien que generen niveles de vibración mínimos.

Control de vibración mediante la delimitación de una zona de seguridad.

Se debe implementar una zona de seguridad para el uso de equipos generadores de vibración, como retroexcavadora y camión tolva, con relación a la ubicación de los receptores afectados, dicha solución busca generar un área dentro del cual se asegura la reducción del nivel de vibración, alejando las fuentes de vibración de los receptores afectados. La distancia por considerar desde el límite asociado a la ubicación de los receptores P3 y P4, es de 10 metros hacia el interior del predio del Proyecto.

En caso de desarrollar actividades con maquinaria generadora de vibración, según la descrita en el presente estudio como peor condición, dentro de dicha zona de seguridad, se debe activar un protocolo de control de vibración, a cargo de personal de la obra o empresa externa. Dicho protocolo debe ser desarrollado en base al plan de control de vibración indicado más adelante. A continuación, se indica la zona delimitada.

El Plan de Control se desarrollará e implementa durante las fases de diseño y construcción del Proyecto. El objetivo del plan debe ser minimizar la molestia por vibración de la construcción utilizando todos los medios razonables y factibles disponibles. El plan debe proporcionar un procedimiento para establecer el umbral y limitar los valores de vibración para reducir la molestia. El plan además debe incluir el desarrollo de un programa de monitoreo de cumplimiento durante la construcción.

Debido a la naturaleza de este tipo de actividades, las opciones para reducir la vibración son limitadas. Puede ser posible maximizar la distancia entre la fuente y el receptor, pero generalmente hay poca o ninguna flexibilidad a este respecto.

Realizar el trabajo cuando la mayoría de las personas no se encuentra en el área (por ejemplo, en el trabajo) puede evitar o minimizar la molestia.

En ausencia de medidas que puedan reducir físicamente la vibración inducida del suelo, informar al público sobre el Proyecto y los posibles efectos de las actividades de construcción es, en muchos casos, la mejor manera de evitar reacciones adversas del público o reducir su molestia. a continuación, se indican las variables a considerar en el plan de control de vibración.

Se debe hacer todo lo posible para mitigar los efectos adversos de vibración de las actividades de construcción mediante el uso de técnicas, procedimientos y equipos de baja emisión. es igualmente importante desarrollar un proceso, para abordar los problemas identificados por el público que pueden surgir de las actividades de construcción, incluso cuando los niveles de vibración están muy por debajo de los niveles en los que se producen daños a las estructuras o molestias excesivas para los humanos.

Deben tomarse los siguientes pasos:

  1. Identificar posibles áreas problemáticas que rodean el sitio del Proyecto (receptores indicados en el presente estudio).
  2. Determinar las condiciones que existen antes de que comience la construcción, identificando el estado de viviendas y estructuras próximas al Proyecto.
  3. Informar a la comunidad sobre el Proyecto y las posibles

consecuencias relacionadas con la vibración. 4. Programar el trabajo para reducir los efectos adversos, considerando horarios en que los receptores próximos al Proyecto se encuentren en su mayoría fuera de los recintos que puedan verse afectados. 5. Diseñar actividades de construcción para reducir la vibración, desarrollando procesos tendientes a reducir la emisión de vibración sobre el suelo próximo a los posibles receptores afectados, tales como priorizar maquinaria que genere la menor vibración sobre el suelo. 6. Notificar a los residentes y propietarios cercanos que la actividad generadora de vibraciones es inminente. Mediante la información, los residentes pueden estar al tanto de las actividades y programar sus actividades personales para, por ejemplo, no encontrarse en el recinto al momento en que se desarrolle la actividad de mayor vibración. 7. Monitorear niveles y registrar la vibración de la actividad. Verificando la afectación de los diversos procesos constructivos que se vayan desarrollando durante la construcción del Proyecto, se podrá mantener la comunicación directa con la comunidad afectada, identificando las actividades críticas. A su vez se podrá generar un antecedente, frente a posibles quejas que puedan surgir. 8. Responder e investigar quejas, manteniendo un canal de comunicación directo con la comunidad, el cual debe estar disponible en obra de forma visible, indicando datos de contacto del personal a cargo.

Considerando la situación descrita, a continuación, se presenta el escenario a existir considerando la implementación de las medidas de control a la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Tabla. Evaluación de los niveles de vibración proyectados [VdB] para la Etapa de CONSTRUCCIÓN. Punt o Nivel Proyectado FC1 Lv [VdB] Valor Criterio Categoría 2 [VdB] Supera Si / No P1 30 75 NO P2 41 75 NO P3 68 75 NO P4 68 75 NO P5 31 75 NO PA 63 75 NO Fuente: Estudio de Ruido y Vibraciones. ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA

EMISIONES LÍQUIDAS Aguas Servidas

Las emisiones líquidas asociadas a esta fase corresponden a aguas servidas producidas por el personal resultantes de la operación de los baños químicos y baños conectados a la red una vez se obtenga la conexión. Se estima la generación de 18 m3/día.

La mantención de los baños químicos, así como el retiro de los residuos estará a cargo de empresas autorizadas.

El vertido de las aguas servidas se efectúa en un lugar autorizado que cumpla con la normativa vigente. Esta acción se realiza hasta que exista la conexión al sistema de alcantarillado.

Una vez, concluida esta acción, las aguas servidas son evacuadas a través del sistema de alcantarillado provisto por la empresa de servicios

sanitarios ESSBIO S.A., se adjunta Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA. Adicionalmente, el Proyecto cuenta con certificado de factibilidad sanitaria actualizado N°202301000469/2023, adjunto en el ANEXO 1 de la ADENDA.

Además, producto del lavado de ruedas de camiones, se estima una generación de 0,08 m3/día. Cuando el agua del estanque no cumpla su objetivo, limpieza de ruedas, estas son retiradas, transportadas y dispuestas por un camión limpia fosas de una empresa externa autorizada

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos asimilables a domésticos

Se estima que los Residuos Sólidos Asimilables a Domésticos generados por el personal durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, alcanza un promedio de 1,2 m3/día, dado que se estima un máximo de 180 trabajadores y una generación de 0,0067 m3/díatrabajador (1 kg/díatrabajador).

De esta manera, considerando 22 días de trabajo mensual, la estimación anual corresponde a 318,4 m3/año (47,76 t/año).

Estos Residuos Sólidos, son almacenados y dispuestos en bolsas de nylon dentro de contenedores con tapas rotulados e identificados, donde posteriormente los contenedores son retirados por un tercero autorizado, transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado, con una frecuencia estimada de 3 días a la semana.

Se mantiene en obras los documentos (certificados, facturas y/o boletas) que acrediten la disposición final de estos residuos.

Mayores antecedentes ver PASM 140 ANEXO 10.2 del ADENDA.

Residuos No Peligrosos

Los residuos no peligrosos de la construcción corresponden a restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos y escombros. los escombros contemplados corresponden a; ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido, producto de las actividades constructivas de las viviendas. para los escombros se estima generar 145,83 m3/año, generando 12,15 m3/mes, dado que se contempla el retiro de una vez al mes. para el caso de residuos no peligrosos de la construcción, se totalizan 1.752,12 m3/mes.

Es importante señalar que se contara con dos áreas para el acopio de estos residuos, una destinada para el material de escarpe y excavaciones con una superficie de 86,4 m2, y para el resto de los residuos sólidos no peligrosos de la construcción (restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos y escombros) se almacenarán en un área de 15 m2. Por lo tanto, se estima una capacidad de almacenamiento 22,5 m3 aproximadamente al interior de la zona de acopio de residuos no peligrosos de la construcción, por lo que, el área de acopio logra cumplir con la capacidad máxima de almacenamiento, considerándose una generación de 12,47 m3/mes aproximadamente. En el caso de los residuos no peligrosos correspondientes al material de escarpe y excavaciones, se estima generar 1.740 m3/mes aproximadamente, los cuales se utilizan paulatinamente para el relleno de áreas verdes y patios de viviendas, por lo tanto, se estima una capacidad de almacenamiento de 346 m3, evitando que se superen los 4 m de altura de pila de almacenamiento.

Por otra parte, los residuos no peligrosos correspondientes al material excedente producto de la preparación del terreno, específicamente escarpe y excavaciones, es utilizada paulatinamente como relleno en áreas verdes y patios.

Mayores antecedentes ver PASM 140 ANEXO 10.2 del ADENDA.

Residuos Peligrosos

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta FASE. Capítulos 4, 6, 8, 9 y 10 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Administración y entrega de viviendas El tiempo de duración de dicha actividad estará supeditado a la entrega de la totalidad de las viviendas de cada FASE CONSTRUCTIVA, una vez obtenida la recepción final.

Tabla. Cronograma de actividades, FASE de OPERACIÓN FASE Inicio (año) Actividad término 1 Noviembre 2027 Entrega de Certificado de Recepción final otorgado por la I. Municipalidad de Machalí. Indefinido 2 Julio 2030 Entrega de Certificado de Recepción final otorgado por la I. Municipalidad de Machalí. Indefinido Tránsito por movilidad de la población El Proyecto se encuentra ubicado en la localidad de Machalí.

En lo que refiere al Proyecto, se señala que posee accesibilidad vial por Av. Nueva Hernán Ciudad, Bahía Acosta y Av. Fritz Roy, conforme al origen del viaje, las cuales se conectan a su vez con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Monseñor Escrivá de Balaguer) que corresponde a una vía de dos sentidos. Todas las vías descritas corresponden a las naturales utilizadas en rutas de ingreso y egreso al Proyecto.

OPERACIÓN de sistema de agua potable y alcantarillado Se realiza una conexión a la red pública de agua potable y alcantarillado, de acuerdo con las condiciones que establece la empresa sanitaria ESSBIO S.A., se adjunta Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA. Adicionalmente, el Proyecto cuenta con certificado de factibilidad actualizado N°202301000469/2023, adjunto en el ANEXO 1 de la ADENDA.

El Proyecto de agua potable considera la red necesaria para dotar de este elemento a 298 viviendas, se conforma de cañerías de HDPE-PE100- PN10 de diámetros 110, 160 y 200 mm; en los cruces bajo calzada, la tubería se protege mediante un encamisado de PVC Colector, Clase I, del doble de diámetro. Los grifos están ubicados a lo largo de la red, de acuerdo con lo que indica la normativa.

Este Proyecto se empalma con el Proyecto

En el caso del Proyecto de alcantarillado, considera la red necesaria para dotar de este elemento a 298 viviendas, se conforma de cañerías de PVC- U SN4 de diámetro 200 mm y de longitud total de 3.051 m.

Este Proyecto se empalma con el Proyecto

modo, se descargarán las aguas servidas en el emisario existente denominado Nogales I, tramo Las Rosas San Juan (HDPE PE80 PN6; D=560 mm).

OPERACIÓN del sistema de aguas lluvia En cuanto al Proyecto de Evacuación de las Aguas Lluvias del Proyecto, se ha considerado el escurrimiento de las aguas lluvias en forma superficial, a través de las calles del loteo, complementado con otras obras, las que se han proyectado en concordancia con el análisis realizado, las cuales corresponden principalmente a una serie de sumideros tipo S1 y una red de colectores de evacuación de aguas lluvias, para luego ser infiltradas en el terreno mediante zanjas absorbentes con bolones, ubicadas en las áreas verdes del Proyecto.

Cabe señalar, que los sumideros han sido distribuidos de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedan definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles y pasajes de los respectivos conjuntos habitacionales (Lote W-2 y W-3).

Para la determinación de la lluvia de diseño se adopta un período de retorno de 2 años y una duración igual al tiempo de concentración. Para definir la precipitación máxima en 24 horas se utilizó el valor establecido para Soluciones de Aguas lluvias Urbanismo.

para cada tramo de los colectores se verificó que el caudal de escurrimiento fuera menor que la capacidad para una altura normal del 80% del diámetro.

Las zanjas de absorción se han proyectado con bolones mediante la planilla de cálculo de SERVIU Metropolitano, por lo que, se contabilizan 11 zanjas absorbentes con bolones para el Proyecto.

Se han proyectado sumideros tipo S1.

El cálculo y diseño de sumideros se ha ejecutado de acuerdo con la planilla de cálculo CAPSERVIU de SERVIU Metropolitano.

Para más detalle véase el ANEXO 4 de la DIA, 02 y 03 del ADENDA, actualizados en ANEXO 02, 03, 06, 07.1, 07.2 y 07.3 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Productos generados El Proyecto es de carácter inmobiliario con destino residencial, donde se contempla la construcción de 298 viviendas en una superficie aproximada de 11,69 hectáreas.

El Proyecto contempla 3 modelos distintos de viviendas de 2 pisos, denominados: Catemu adosada (77,29 m2), Catemu aislada (77,29 m2) y Patagua (97,14 m2).

Para más detalle véase el ANEXO 4 de la DIA, 02 y 03 del ADENDA, actualizados en ANEXO 02 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción de recursos naturales durante su FASE de OPERACIÓN.

Emisiones y efluentes Emisiones a la Atmósfera

Según los antecedentes disponibles, el Proyecto Lote W-2 y W-3 calificado ambientalmente de forma desfavorable mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°20240600182, de fecha 19 de abril de 2024, emitida por la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de e abril de 2024. Frente a dicha calificación, el Titular interpuso un Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con fecha 4 de junio de 2024.

El mencionado recurso fue acogido mediante la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de 2024, mediante la cual, la Dirección Ejecutiva del SEA ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto a la etapa inmediatamente anterior a la presentación de la ADENDA COMPLEMENTARIA, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente la estimación de emisiones. En cumplimiento de dicha emitió la Resolución Exenta Nº20250610153, de fecha 5 de febrero de 2025, la cual fue notificada el 6 de febrero de 2025.

Asimismo, mediante la Carta N°20250610341 de fecha 06 de febrero de 2025, se envió el Informe Consolidado Complementario Extraordinario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Complementario Extraordinario) ordenado por la Resolución individualizada precedentemente.

En consecuencia, las materias planteadas han sido abordadas por el Titular en la referida ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, cuyos contenidos deben ser considerados en la revisión y análisis de esta observación, conforme al principio de evaluación integral consagrado en el D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente.

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas.

Las actividades que generan emisiones atmosféricas en la FASE de OPERACIÓN corresponden al tránsito de vehículos, pertenecientes a los futuros propietarios de las viviendas, y al sistema de calefacción domiciliaria.

Para el cálculo de las emisiones de resuspensión de MP10 y MP2,5 y de gases de combustión por el uso del motor de los vehículos, las emisiones fueron calculadas por fases en función a la cantidad de estacionamientos, tal como se muestra en la tabla a continuación:

Para el cálculo se utilizaron las fórmulas expresadas para la combustión del motor de los vehículos, y para el tránsito de vehículos en vías pavimentadas se utilizó la siguiente formula de factor de emisión:

Parámetros considerados para la estimación de emisiones fugitivas de material particulado de caminos pavimentados

De esta manera, de acuerdo con la potencia, tecnología y contaminante, los factores de emisión base para los vehículos se presentan a continuación:

Parámetros considerados para modelación de emisiones de MP y gases de combustión de vehículos

Para el caso de las viviendas correspondientes al Proyecto, el Titular implementa equipos de calefacción eléctrica tanto para las viviendas del

-

de equipos varía dependiendo la tipología de vivienda y la demanda energética asociada a esta. En este sentido, se da cumplimiento al artículo 18 del D.S. 1/2021 del PDA.

El detalle de calefactores a incorporar por vivienda se detalla en la siguiente tabla:

Fuente: Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las especificaciones técnicas de los calefactores eléctricos a implementar se pueden observar en las siguientes Figuras, como también en los documentos de demanda energética adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA:

Las emisiones se calcularon a partir de la demanda energética de cada vivienda y se consideraron las emisiones correspondientes al tránsito y combustión de vehículos.

Las emisiones generadas para la FASE de OPERACIÓN se calcularon a partir de la demanda anual de energía de calefacción de cada vivienda (determinada mediante cálculo y simulación térmica), con el fin de evaluar el comportamiento de la envolvente y garantizar que las emisiones generadas por los equipos de calefacción sean lo menores posibles, dando cuenta del proceso de desarrollo indicado en el PDA.

Cabe destacar a propósito del Proyecto existente que, de conformidad con el artículo 4 del Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle (D.S. N°1/2021 del Ministerio de Medio Ambiente), que indica que a contar del 29 marzo de 2025 comenzó a regir una prohibición absoluta para la Zona A del Plan de Descontaminación Atmosférico (que incluye la comuna de Machalí), en cuanto a la imposibilidad de usar calderas de calefacción de uso domiciliario, así como de usar calefactores y cocinas que utilicen o puedan utilizar leña, carbón mineral y vegetal y otros derivados de la madera.

A su turno, el Titular ha incorporado como parte de éste la implementación de calefactores eléctricos suficientes para cubrir la demanda energética según el tipo de vivienda que corresponda.

Teniendo presente lo anterior, y considerando la necesidad de contar con datos ciertos respecto al sistema de calefacción para el Proyecto existente, la estimación de las emisiones se realizó, metodológicamente, considerando la implementación de un catastro en la totalidad de las - por medio de un levantamiento de información en terreno ejecutado durante el mes de enero de 2025, en el cual se consultó a los propietarios de las viviendas ya operativas, el sistema de calefacción implementado en su vivienda. En este sentido, el catastro consultó si existe un método de calefacción en la vivienda y, en caso de respuesta positiva, cuál era el sistema utilizado.

El modelo de implementación del catastro y los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 71 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Tabla 72 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De la tabla anterior, se obtiene un total de 161 viviendas catastradas de un total de 201, lo cual representa más de un 80% del tamaño de la población objetivo; de las viviendas catastradas, fueron 128 las que tenían actualmente algún sistema de calefacción instalado.

Lo anterior, refleja la situación real de calefacción con la cual se encuentra el Proyecto existente y que, a su vez, proyecta la tendencia del tipo de calefacción predominante que se da en el sector. Los resultados en detalle por tipo de calefactor implementado y por tipología de vivienda, se pueden observar en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 73 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Es de importancia señalar que, para el caso de viviendas catastradas que contaban con 2 o más sistemas de calefacción, se consideró el cálculo de emisiones en virtud de la demanda energética de cada tipología de vivienda, utilizando el calefactor que cumpla con el criterio de peor condición en términos de factores de emisión.

En este sentido, se utilizó la distribución de tipología de artefactos de calefacción diagnosticada en el catastro para proyectar las viviendas que no cuentan con sistema de calefacción o que no se encuentre habitadas a la fecha de realización del catastro.

En virtud de lo mencionado, se presentan los resultados de la proyección proporcional del catastro para la totalidad de las viviendas del Proyecto existente, según tipología.

Resultado catastro Proyecto existente con distribución proporcional de artefactos de calefacción (Lote W-1)

Fuente: Tabla 74 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Los resultados del catastro, así como la identificación pormenorizada de cada vivienda, se encuentran adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA EXTRAORDINARIA.

Por otra parte, en lo relacionado a los sistemas de calefacción para el Proyecto en evaluación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 Plan de Descontaminación Atmosférico del Valle Central de la Región de presente decreto, se prohíbe la instalación de equipos de calefacción a leña, en viviendas nuevas que se construyan en áreas urbanas de la zona saturada. Para cumplir con lo anterior, las viviendas nuevas deben contar con un sistema de calefacción ya integrado que no utilice leña como combustible, encontrarse conectadas a un sistema de calefacción distrital o tener una demanda de calefacción menor a 15 kWh/m2 ; además de esto, debe considerarse lo indicado previamente, en cuanto a que el artículo 4 del PDA prohíbe actualmente el uso de calefactores a leña, entre otros, en la comuna de Machalí.

Por ello, los propietarios futuros del Proyecto no pueden utilizar sistemas de calefacción a leña.

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular, para las viviendas del Proyecto en evaluación, es decir, las correspondientes a los Lotes W-2 y W-3 (FASES CONSTRUCTIVAS 1 y 2), considera sistemas de calefacción eléctrica implementados en las viviendas en cantidad suficiente para atender la demanda energética según tipología de vivienda, dando así cumplimiento al artículo 18 del citado PDA.

En la tabla a continuación, se presentan el número de viviendas y estacionamientos y, en la Tabla 119 se presentan los resultados de la FASE de OPERACIÓN, considerando que tanto el Proyecto existente como el Proyecto Lote W-2 y W-3 OPERACIÓN completa, considerando entregas intermedias:

Fuente: Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo, a lo descrito precedentemente, las emisiones de material particulado y gases de combustión se resumen en las siguientes tablas:

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN Proyecto existente (Lote W-1). Fuente: Tabla 26 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-2) Fuente: Tabla 27 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-2) Fuente: Tabla 28 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones atmosféricas totales, es decir, contabilizando las emisiones atmosféricas de la FASE de OPERACIÓN en conjunto con las emisiones

de la FASE de CONSTRUCCIÓN. Así, se considera el Proyecto existente

OPERACIÓN y, las FASES de CONSTRUCCIÓN y de OPERACIÓN según corresponda, contemplando entregas intermedias por cada una de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto en evaluación ambiental.

De lo anterior mencionado se obtiene las siguientes emisiones totales por año:

Fuente: Tabla 29 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo con dichos valores y a los valores límites establecidos por el (Tabla 26 del PDA), el Proyecto debe compensar emisiones, ya que para el año 4 (1,62 ton/año), supera los límites establecidos por el PDA para el componente MP10 (Tabla 80). En este sentido y de acuerdo del artículo 40 del citado PDA, el Proyecto debe compensar el 120% de las emisiones generadas en el año de peor condición, es decir, la cantidad estimada de 1,944 ton/año.

Límites para la compensación de emisiones según PDA

Fuente: Tabla 30 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Emisiones de Ruido Para Mayores antecedentes ver ANEXO 05 Estudio de Ruido y Vibraciones, del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Debido a las características del Proyecto, se menciona que no es factible realizar un análisis proyectado de las emisiones de ruido en la FASE de OPERACIÓN del Proyecto, ya que, en caso de superar la norma establecida de estimación de ruido, no se podrían proponer medidas de control de ruido.

Emisiones Líquidos Aguas Servidas

Las emisiones líquidas que genera el Proyecto en su FASE de OPERACIÓN corresponden a aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes de las viviendas, las cuales son descargadas al sistema de alcantarillado público de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. Se adjunta Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domiciliarios

Durante el desarrollo de la FASE de OPERACIÓN del presente Proyecto en evaluación ambiental, se generan residuos sólidos asimilables a domiciliarios producto de las actividades diarias de los habitantes.

De acuerdo con ello, se estima un promedio de 3 habitantes por vivienda en consideración a que el promedio de personas por hogar.

De esta manera, se totalizan 894 habitantes para todo el Proyecto y una generación de 0,0067 m3/díapersona de residuos sólidos (1 kg/díapersona), por tanto, se estima generar 6,0 m3/día o 898 kg/día de residuos asimilables a domésticos para todo el Proyecto.

El almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos dependerá de los futuros propietarios de las viviendas, quienes deben disponer adecuadamente sus residuos de modo tal de evitar malos olores y la proliferación de vectores. Posteriormente, son retirados y transportados por camiones de recolección municipal y son trasladados para su disposición final en un relleno sanitario autorizado.

Residuos Peligrosos

No se identifica la generación de residuos peligrosos en la FASE de OPERACIÓN del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta FASE. Capítulos 4, 6, 8, 9 y 10 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE La vida útil proyectada es indefinida, razón por la cual, el Proyecto no contempla FASE de cierre o abandono. Por lo anterior, no se contemplan partes y obras para dicha FASE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..1 Cronología de las Fases del Proyecto o actividad Lote W2 Fecha estimada de inicio Julio de 2025.

Parte, obra o acción que establece el inicio La actividad que marca el inicio de la FASE de CONSTRUCCIÓN de cada FASE Constructiva es la delimitación del área del Proyecto, a través de la instalación de un cerco perimetral para la posterior instalación de faenas.

Fecha estimada de término Octubre de 2027.

Parte, obra o acción que establece el término Por otra parte, la actividad que da término a la FASE de CONSTRUCCIÓN en cada FASE CONSTRUCTIVA corresponde a la obtención de la recepción definitiva de las viviendas y finaliza con la recepción de la última vivienda por el municipio.

4.4.1.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Noviembre de 2027.

Parte, obra o acción que establece el inicio Para iniciar la FASE de OPERACIÓN, es necesario que las viviendas se encuentren completamente habilitadas para su uso, lo que ocurre cuando se obtiene el Certificado de Recepción Final otorgado por la Ilustre Municipalidad de Machalí.

Fecha estimada de término FASE de OPERACIÓN indefinida

Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.4.1.3. FASE DE CIERRE: No Aplica

Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..2 Cronología de las Fases del Proyecto o actividad Lote W3 4.4.2.1 FASE de CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio marzo de 2028. Parte, obra o acción que establece el inicio La actividad que marca el inicio de la FASE de CONSTRUCCIÓN de cada FASE CONSTRUCTIVA es la delimitación del área del Proyecto, a través de la instalación de un cerco perimetral para la posterior instalación de faenas.

Fecha estimada de término junio de 2030.

Parte, obra o acción que establece el término Por otra parte, la actividad que da término a la FASE de CONSTRUCCIÓN en cada FASE CONSTRUCTIVA corresponde a la obtención de la recepción definitiva de las viviendas y finaliza con la recepción de la última vivienda por el municipio.

4.4.2.2 FASE de OPERACIÓN Fecha estimada de inicio julio de 2030. Parte, obra o acción que establece el inicio Para iniciar la FASE de OPERACIÓN, es necesario que las viviendas se encuentren completamente habilitadas para su uso, lo que ocurrirá cuando obtengan el Certificado de Recepción Final otorgado por la Ilustre Municipalidad de Machalí.

Fecha estimada de término FASE de OPERACIÓN indefinida

Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.4.2.3 FASE de Cierre

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1 SOBRE LA INEXISTENCIA DE RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración a la calidad del aire Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y gases (NOx, CO, SO2, u otros). Alteración por aumento de niveles de ruido Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto. Alteración a los niveles de vibración

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada Área de influencia de ruido

Fuente: Ver ANEXO 05. Estudio de Ruido y Vibración., del ADENDA COMPLEMENTARIA

El detalle de los receptores que se incorporan a la evaluación de efecto sinérgico, se indica a continuación:

Fuente: Ver ANEXO 05. Estudio de Ruido y Vibración., del ADENDA COMPLEMENTARIA

Fuente: Ver ANEXO 05. Estudio de Ruido y Vibración., del ADENDA COMPLEMENTARIA

En los respectivos análisis de emisiones Acústicas para cada Proyecto, se presentó el área de influencia considerada. Mediante la información indicada es posible establecer si existe cruce de áreas de influencia, entre los Proyectos en estudio. A continuación, se presenta el detalle de los Proyectos con sus respectivas áreas de influencia.

En los respectivos análisis de emisiones Acústicas para cada Proyecto, se presentó el área de influencia considerada. Mediante la información indicada es posible establecer si existe cruce de áreas de influencia, entre los Proyectos en estudio. A continuación, se presenta el detalle de los Proyectos con sus respectivas áreas de influencia.

Fuente: Ver ANEXO 05. Estudio de Ruido y Vibración, del ADENDA COMPLEMENTARIA

Área de influencia de emisiones atmosféricas y calidad del aire

Según los antecedentes disponibles, el Proyecto Lote W-2 y W-3 ambientalmente de forma desfavorable mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°20240600182, de fecha 19 de abril de 2024, emitida por la notificada el 23 de abril de 2024. Frente a dicha calificación, el Titular interpuso

un Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con fecha 4 de junio de 2024.

El mencionado recurso fue acogido mediante la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de 2024, mediante la cual, la Dirección Ejecutiva del SEA ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto a la etapa inmediatamente anterior a la presentación de la ADENDA COMPLEMENTARIA, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente la estimación de emisiones. En cumplimiento de dicha resolución, la Dirección emitió la Resolución Exenta Nº20250610153, de fecha 5 de febrero de 2025, la cual fue notificada el 6 de febrero de 2025.

Asimismo, mediante la Carta N°20250610341, de fecha 06 de febrero de 2025, se envió el Informe Consolidado Complementario Extraordinario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Complementario Extraordinario) ordenado por la Resolución individualizada precedentemente.

En consecuencia, las materias planteadas han sido abordadas por el Titular en la referida ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, cuyos contenidos deben ser considerados en la revisión y análisis de esta observación, conforme al principio de evaluación integral consagrado en el D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente.

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas

A continuación, en la siguiente tabla se presentan los valores límites de referencia para el análisis del presente documento.

Fuente: Ver ANEXO 08 Informe de Estimación de Emisiones a la Atmósfera del ADENDA COMPLEMENTARIA

respirable MP10, como concentración anual y diaria, por el D.S N°7/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y a su vez, posteriormente es declarada zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5, como concentración anual y diaria, por el D.S N°42/2017 del Ministerio del Medio Ambiente, de acuerdo con lo registrado en las estaciones de monitoreo con representatividad poblacional (EMRP).

Posteriormente, por resolución exenta Nº 503, de 21 de junio de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 28 de junio de 2018, se dio inicio al proceso de actualización del Plan de Descontaminación Atmosférica por MP 10 para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins y se acumula este procedimiento con el de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica por MP2,5 para esa misma zona saturada, siendo publicada en el Diario Oficial el 4 de septiembre de 2018. Lo anterior se justifica porque coinciden las fuentes emisoras de MP2,5 y MP10.

Además, que, por resolución exenta Nº 1.180, de fecha 30 de septiembre de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en extracto, en el Diario Oficial el 23 de enero de 2017, se aprobó el AnteProyecto del Plan de Descontaminación Atmosférica por MP2,5, para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.

Que, por el Acuerdo Nº 24, de 14 de noviembre de 2020, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, se pronunció favorablemente sobre el Proyecto Definitivo del Plan de Descontaminación Atmosférica por MP2,5, para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.

Para evaluar la calidad de aire en la zona de ubicación del Proyecto se considera la estación más cercana, la cual corresponde a la EMRP Rancagua I, la cual se encuentra a aproximadamente 3,24 km del Proyecto.

A continuación, en la siguiente imagen se presenta la ubicación de dicha estación con respecto al Proyecto.

Fuente: Ver ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Para una correcta representatividad y fidelidad en el análisis, el periodo contemplado para la caracterización de la calidad de aire de la zona correspondió a los datos anuales de la estación periodo 2022 2024, al ser los más actuales que se disponen.

El Proyecto considera emisiones atmosféricas tanto en la FASE de CONSTRUCCIÓN como en la FASE de OPERACIÓN (en el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA se adjunta el Estudio de Emisiones Atmosféricas). Las principales emisiones atmosféricas en la FASE de CONSTRUCCIÓN son material particulado MP10 y MP2,5 las cuales se producen como consecuencia de las actividades.

Las emisiones atmosféricas que se generan en la FASE de OPERACIÓN corresponden a las que se producen debido al tránsito de vehículos, asociados a la actividad diaria de los futuros habitantes del conjunto habitacional. En cuanto a emisiones producidas por calefacción, el Proyecto considera calefacción eléctrica para los Lotes W-2 y W-3, por consiguiente, solo se consideran emisiones producto de calefacción domiciliaria para la OPERACIÓN del Proyecto existente.

En conclusión, dado los antecedentes de la modelación atmosféricas realizada en el ANEXO 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, la cual toma como peor condición el año de mayor emisión de la simultaneidad de FASEs, correspondiente al año 4 de desarrollo del Proyecto, el área de influencia corresponderá a la presentada en la siguiente figura:

Fuente: Ver ANEXO 03. Capítulos actualizados DIA, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De las representaciones de isolíneas presentadas anteriormente, se puede concluir que, en los compuestos evaluados, es en MP10 y MP2,5 que la mayor concentración se da hacia el noroeste próximo al Proyecto en CONSTRUCCIÓN, es decir donde se encuentra los receptores R1, R2, R3 Y

R4, siendo este último el que registra mayores concentraciones, correspondiendo, entonces, al punto de máximo impacto.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

La superación de los valores de las concentracione s y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Según los antecedentes disponibles, el Proyecto Lote W-2 y W-3 ambientalmente de forma desfavorable mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°20240600182, de fecha 19 de abril de 2024, emitida por la notificada el 23 de abril de 2024. Frente a dicha calificación, el Titular interpuso un Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con fecha 4 de junio de 2024.

El mencionado recurso fue acogido mediante la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de 2024, mediante la cual, la Dirección Ejecutiva del SEA ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto a la etapa inmediatamente anterior a la presentación de la ADENDA COMPLEMENTARIA, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente la estimación de emisiones. En cumplimiento de dicha resolución, la Dirección emitió la Resolución Exenta Nº20250610153, de fecha 5 de febrero de 2025, la cual fue notificada el 6 de febrero de 2025.

Asimismo, mediante la Carta N°20250610341, de fecha 06 de febrero de 2025, se envió el Informe Consolidado Complementario Extraordinario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Complementario Extraordinario) ordenado por la Resolución individualizada precedentemente.

En consecuencia, las materias planteadas han sido abordadas por el Titular en la referida ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, cuyos contenidos deben ser considerados en la revisión y análisis de esta observación, conforme al principio de evaluación integral consagrado en el D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente.

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas.

FASE de CONSTRUCCIÓN

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas; y, en consecuencia, se actualiza el cronograma de desarrollo de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, el cual mantiene su distribución de actividades acorde al cronograma original presentado, variando

exclusivamente en el año de inicio de desarrollo del Proyecto, el cual se estima para julio de 2025.

Lo anterior, se puede observar en las siguientes tablas.

Fuente: Ver Tabla 1. Cronograma fechas estimadas de inicio y término de cada FASE constructiva del presente Proyecto en evaluación ambiental, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver Tabla 2. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 1 (Lote W-2), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver Tabla 3. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 2 (Lote W-3), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Metodología de estimación de emisiones atmosféricas

A continuación, se presenta para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, las fuentes de emisión identificadas para esta fase son las siguientes:

Fuente: Tabla 9. Fuentes de emisiones atmosféricas identificadas en FASE de CONSTRUCCIÓN, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones atmosféricas que se generan en la FASE de CONSTRUCCIÓN se asocian al material particulado y gases de combustión. A continuación, en la siguiente tabla se indica la estimación de las emisiones de material particulado y gases de combustión por año, considerando las 2 FASES CONSTRUCTIVAS. Es del caso señalar que, las FASES CONSTRUCTIVAS no se sobreponen, es decir, no se realizan actividades de una o más FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto en conjunto; la construcción del Proyecto tiene una duración de 56 meses en total, considerando que cada FASE CONSTRUCTIVA dura 28 meses:

Fuente: Ver Tabla 25 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Medidas de abatimiento y control

Las medidas de abatimiento y control de emisiones atmosféricas que se implementan en la FASE de CONSTRUCCIÓN son las siguientes:

- Los vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase cuentan con su revisión técnica al día. - Se realizan mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases. - Se humectan las superficies de suelo donde se realizan movimientos de tierra.

- Los camiones circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. - El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos es de 20 km/h en la obra. - Se aplica supresor de polvo sobre las zonas de tránsito (caminos no pavimentados), presentado como compromiso ambiental voluntario en la Tabla 11.1.11. del presente Informe Consolidado de Evaluación.

FASE de OPERACIÓN

Las actividades que generan emisiones atmosféricas en la FASE de OPERACIÓN corresponden al tránsito de vehículos, pertenecientes a los futuros propietarios de las viviendas, y al sistema de calefacción domiciliaria.

Para el cálculo de las emisiones de resuspensión de MP10 y MP2,5 y de gases de combustión por el uso del motor de los vehículos, las emisiones son calculadas por fases en función a la cantidad de estacionamientos, tal como se muestra en la tabla a continuación:

Para el cálculo se utilizaron las fórmulas expresadas para la combustión del motor de los vehículos, y para el tránsito de vehículos en vías pavimentadas se utilizó la siguiente formula de factor de emisión:

Parámetros considerados para la estimación de emisiones fugitivas de material particulado de caminos pavimentados De esta manera, de acuerdo con la potencia, tecnología y contaminante, los factores de emisión base para los vehículos se presentan a continuación:

Parámetros considerados para modelación de emisiones de MP y gases de combustión de vehículos

Para el caso de las viviendas correspondientes al Proyecto, el Titular implementa

- varía dependiendo la tipología de vivienda y la demanda energética asociada a esta.

En este sentido, se da cumplimiento al artículo 18 del D.S. N°1/2021 del PDA. El detalle de calefactores a incorporar por vivienda se detalla en la siguiente tabla:

Fuente: Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las especificaciones técnicas de los calefactores eléctricos a implementar se pueden observar en las siguientes Figuras, como también en los documentos de demanda energética adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA:

Las emisiones se calcularon a partir de la demanda energética de cada vivienda y se consideraron las emisiones correspondientes al tránsito y combustión de vehículos.

Las emisiones generadas para la FASE de OPERACIÓN se calcularon a partir de la demanda anual de energía de calefacción de cada vivienda (determinada mediante cálculo y simulación térmica), con el fin de evaluar el comportamiento de la envolvente y garantizar que las emisiones generadas por los equipos de calefacción sean lo menores posibles, dando cuenta del proceso de desarrollo indicado en el PDA.

Cabe destacar a propósito del Proyecto existente que, de conformidad con el artículo 4 del PDA (D.S. N°1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente), a contar del 29 marzo de 2025 comenzó a regir una prohibición absoluta para la Zona A del PDA (que incluye la comuna de Machalí), en cuanto a la imposibilidad de usar calderas de calefacción de uso domiciliario, así como de usar calefactores y cocinas que utilicen o puedan utilizar leña, carbón mineral y vegetal y otros derivados de la madera.

A su turno, el Proyecto ha incorporado como parte de éste la implementación de calefactores eléctricos suficientes para cubrir la demanda energética según el tipo de vivienda que corresponda.

Teniendo presente lo anterior, y considerando la necesidad de contar con datos ciertos respecto al sistema de calefacción para el Proyecto existente, la estimación de las emisiones se realizó, metodológicamente, considerando la - se realizó por medio de un levantamiento de información en terreno ejecutado

durante el mes de enero de 2025, en el cual se consultó a los propietarios de las viviendas ya operativas, el sistema de calefacción implementado en su vivienda.

En este sentido, el catastro consultó si existe un método de calefacción en la vivienda y, en caso de respuesta positiva, cuál era el sistema utilizado.

El modelo de implementación del catastro y los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 5 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Tabla 6 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De la tabla anterior, se obtiene un total de 161 viviendas catastradas de un total de 201, lo cual representa más de un 80% del tamaño de la población objetivo; de las viviendas catastradas, fueron 128 las que tenían actualmente algún sistema de calefacción instalado.

Lo anterior, refleja la situación real de calefacción con la cual se encuentra el Proyecto existente y que, a su vez, proyecta la tendencia del tipo de calefacción predominante que se da en el sector.

Los resultados en detalle por tipo de calefactor implementado y por tipología de vivienda, se pueden observar en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 7 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Es de importancia señalar que, para el caso de viviendas catastradas que contaban con 2 o más sistemas de calefacción, se consideró el cálculo de emisiones en virtud de la demanda energética de cada tipología de vivienda, utilizando el calefactor que cumpla con el criterio de peor condición en términos de factores de emisión.

En este sentido, se utilizó la distribución de tipología de artefactos de calefacción diagnosticada en el catastro para proyectar las viviendas que no cuentan con

sistema de calefacción o que no se encuentre habitadas a la fecha de realización del catastro.

En virtud de lo mencionado, se presentan los resultados de la proyección proporcional del catastro para la totalidad de las viviendas del Proyecto existente, según tipología.

Resultado catastro Proyecto existente con distribución proporcional de artefactos de calefacción (Lote W-1) Fuente: Tabla 8 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Los resultados del catastro, así como la identificación pormenorizada de cada vivienda, se encuentran adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA EXTRAORDINARIA.

Por otra parte, en lo relacionado a los sistemas de calefacción para el Proyecto en evaluación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 Plan de expresa que: prohíbe la instalación de equipos de calefacción a leña, en viviendas nuevas que se construyan en áreas urbanas de la zona saturada. Para cumplir con lo anterior, las viviendas nuevas deben contar con un sistema de calefacción ya integrado que no utilice leña como combustible, encontrarse conectadas a un sistema de calefacción distrital o tener una demanda de calefacción menor a 15 kWh/m2 ; además de esto, debe considerarse lo indicado previamente, en cuanto a que el artículo 4 del PDA prohíbe actualmente el uso de calefactores a leña, entre otros, en la comuna de Machalí. Por ello, los propietarios futuros del Proyecto no podrán utilizar sistemas de calefacción a leña.

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular, para las viviendas del Proyecto en evaluación, es decir, las correspondientes a los Lotes W-2 y W-3 (FASES CONSTRUCTIVAS 1 y 2), considera sistemas de calefacción eléctrica implementados en las viviendas en cantidad suficiente para atender la demanda energética según tipología de vivienda, dando así cumplimiento al artículo 18 del citado PDA.

En la tabla a continuación, se presentan el número de viviendas y estacionamientos y, en la Tabla 119 se presentan los resultados de la FASE de OPERACIÓN, considerando que tanto el Proyecto existente como el Proyecto Lote W-2 y W-3 operación completa, considerando entregas intermedias:

Fuente: Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo, a lo descrito precedentemente, las emisiones de material particulado y gases de combustión se resumen en las siguientes tablas:

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN Proyecto existente (Lote W-1).

Fuente: Tabla 26 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-2)

Fuente: Tabla 27 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-2) Fuente: Ver Tabla 28 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones atmosféricas totales, es decir, contabilizando las emisiones atmosféricas de la FASE de OPERACIÓN en conjunto con las emisiones de la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Así, se considera el Proyecto

plena operación y, las FASES de CONSTRUCCIÓN y de OPERACIÓN según corresponda, contemplando entregas intermedias por cada una de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto.

De lo anterior mencionado se obtiene las siguientes emisiones totales por año: Fuente: Ver Tabla 29 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo con dichos valores y a los valores límites establecidos por el D.S. PDA), el Proyecto debe compensar emisiones, ya que para el año 4 (1,62 ton/año), supera los límites establecidos por el PDA para el componente MP10 (Tabla 80).

En este sentido y de acuerdo del artículo 40 del citado PDA, el Proyecto debe compensar el 120% de las emisiones generadas en el año de peor condición, es decir, la cantidad estimada de 1,944 ton/año.

Límites para la compensación de emisiones según PDA

Fuente: Ver Tabla 30 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Concentraciones de acuerdo con las normas de calidad primaria para descartar riesgo a la salud de la población

Contextualizado los escenarios de modelación, para evaluar la concentración de los compuestos evaluados, aportada por las emisiones generadas por el Proyecto se elaboró un mapa de isoconcentración de los límites establecidos en cada una de las concentraciones expuestas en las normas de calidad primaria, dichos mapas de isolíneas de concentración de MP10, MP2,5, NOx, CO, SO2 en el entorno del Proyecto se presentan en detalle en la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De las representaciones de isolíneas presentadas anteriormente, se puede concluir que, en los compuestos evaluados, es en MP10 y MP2,5 que la mayor concentración se da hacia el noroeste próximo al Proyecto en CONSTRUCCIÓN, es decir donde se encuentran los receptores R1, R2, R3 Y R4, siendo este último el que registra mayores concentraciones, correspondiendo, entonces, al punto de máximo impacto. Respecto a lo anterior, para MP10 y MP2,5 diario, se puede ver que en dirección a R4, se presentan 3 3 3 y 3 para concentración media anual. Por otro lado, para los compuestos gaseosos SO2, NOx y CO, se puede observar que existe un rango de concentraciones alto que se observa al suroeste del sector, en donde las fuentes de emisión por tránsito vehicular en FASE de OPERACIÓN se encuentran presentes. Las concentraciones máximas de cada contaminante dependen del receptor evaluado, en donde a modo de ejemplo, para el SO2, las concentraciones más altas se observan en el receptor R1, para el NOx horario, en el receptor R8 y para el CO, en el receptor R7.

Ubicación de receptores cercanos al Proyecto

Fuente: Ver Figura 129. Ubicación receptores, del ANEXO 02 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Con respecto a los resultados obtenidos en los puntos discretos, a continuación, en la siguiente tabla se indican los valores de concentración de compuestos generados por las fuentes, como material particulado respirable (MP10), material particulado respirable fino (MP2,5), dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOX) y monóxido de carbono (CO), el escenario de mayores emisiones del Proyecto para cada receptor.

De la Tabla anterior, se puede concluir que las concentraciones generadas por el Proyecto se encuentran por debajo de las concentraciones límites establecidas en la normativa de calidad de aire primaria para los compuestos evaluados.

Sobre la relación porcentual de los aportes del Proyecto respecto de la normativa de calidad de aire primaria, cabe destacar que el MP10 anual presenta el mayor porcentaje, correspondiente a un 5,84%, lo cual se considera poco significativo,

según se describirá, con valores ínfimos respecto a los establecidos en la normativa y los de la situación base. En la Tabla que se presenta a continuación, se presenta la evaluación de los aportes del Proyecto para cada receptor sensible identificado y su respectivo contaminante, en términos de relación porcentual con los valores límites establecidos por la respectiva norma primaria.

Fuente: Ver ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Finalmente, a modo de síntesis, se presenta a continuación, una tabla de comparación de las máximas concentraciones presentadas para cada uno de los compuestos evaluados en los puntos de máxima concentración y relación porcentual respecto a la correspondiente norma primaria de calidad ambiental.

Fuente: Ver Tabla 168 del ANEXO 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Complementario a los resultados presentados, con el objetivo de evaluar los niveles de concentración de los contaminantes generados por la ejecución del Proyecto, primeramente, para el caso de contaminantes que no se encuentran saturados en la zona, se comparará la magnitud de los valores obtenidos con la condición basal del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo ativa primaria de calidad ambiental respectiva.

Así, se realiza un análisis con el valor de concentración de receptor más alto entre los años 2022-2024, concluyéndose que no existe una superación de la norma respecto a los aportes de contaminantes por consecuencia de la ejecución del Proyecto. Al respecto, se hace presente que, expuesta en la Tabla 168 la relación porcentual de los aportes del Proyecto respecto de las correspondientes normas primarias para cada uno de los receptores considerados, al realizar la siguiente evaluación para el punto de máximo impacto, sus conclusiones son plenamente replicables para el resto de los receptores que, valga la redundancia, están expuestos a un menor aporte de concentración por la ejecución del Proyecto. Lo anterior se puede observar en la siguiente Tabla:

Tabla 169. Evaluación de niveles de concentración de contaminantes no saturados respecto a normas primarias de calidad ambiental respectivas

Fuente: Ver Tabla 169 del ANEXO 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Como se observa en la tabla anterior, las emisiones de contaminantes que aporta el Proyecto respecto a las normas primarias de calidad ambiental de los componentes SO2, NOx y CO no contribuyen a una superación de los límites establecidos en los cuerpos legales respectivos.

Ahora bien, para el caso de las emisiones de MP10 y MP2,5 se hace un análisis completo en términos de posibles impactos significativos para la población, presentándose la relación porcentual de los aportes de concentración del Proyecto para los receptores considerados, tanto respecto al límite establecido por la norma primaria de calidad ambiental respectiva, como respecto a la situación basal levantada en la estación EMRP Rancagua I, debiendo considerarse que la zona se encuentra basalmente en situación de saturación para ambos componentes en sus concentraciones anual y diaria, según da cuenta de ello las declaraciones comprendidas en los actos mencionados en el Estudio de Modelación Atmosférica del ANEXO 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Para lo anterior, estando la información de situación basal en las Tablas 3, 4, 5 y 6 del Informe de Modelación Atmosférica, se hace presente que, en virtud de lo dispuesto en las guías correspondientes, y lo dictaminado expresamente por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental en el considerando 5.2.11. de la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de más de un año de registros, se debe t teniendo ello en consideración para el análisis que se expone a continuación.

Fuente: Ver Tabla 24 del Anexo 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Fuente: Ver Tabla 24 del Anexo 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Fuente: Ver Tabla 172 del Anexo 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA Tal como se puede observar en las tablas anteriores, lo obtenido por la modelación para MP10, en el punto de mayor impacto, representa un 4,57% de identificado en la situación base, y un 3,53% del percentil 98 diario registrado en la misma estación. Por otro lado, lo obtenido por la modelación para MP2,5 concentración anual y un 1,71% del percentil 98 diario registrado en la misma estación.

Así también, de acuerdo con las tablas anteriores, respecto de las normas de calidad primaria aplicables al Proyecto, se puede indicar que el punto de máximo impacto que corresponde a las áreas cercanas presenta aportes no significativos de concentraciones de material particulado y gases de combustión generados por el Proyecto, en el área de estudio respecto a los porcentajes de cumplimiento definidos en las normas primarias correspondiente, las que en ningún componente superan el 5,90%.

En el caso de MP10, se presenta un % de concentración respecto de la normativa de calidad de aire primaria correspondiente a 5,84% respecto de la concentración anual, y del 4,12% respecto de la concentración percentil 98 diario. Por otro lado, para MP2,5, se presenta un 3,80% de la concentración anual respecto de la norma primaria, y un 2,84% de la concentración percentil 98 diario.

En el caso de los gases de combustión, el elemento que presenta mayor % de aporte de concentración respecto a la normativa de calidad de aire primaria corresponde a NOx en su concentración horaria, alcanzando un 4,09% del límite de la norma de calidad ambiental, seguido por el mismo contaminante respecto de la concentración anual con un 2,75% del límite de la norma; a ello, le sigue el SO2, en su concentración horaria, el cual representa un 2,30% de lo establecido en la normativa de calidad de aire; finalmente, para CO, los porcentajes de comparación con la norma primaria son notoriamente más bajos, los cuales son inferiores al 1,11%.

Dado que el aporte de concentración obtenido con la modelación de la emisión generada por el Proyecto representa un porcentaje no significativo para todos los contaminantes revisados, tanto respecto de la condición basal evaluada y como de la normativa primaria de calidad ambiental, se puede concluir que no existirá una incidencia del Proyecto sobre la calidad del aire en su área de influencia y, en consecuencia, se descarta un impacto significativo en la salud de la población

conforme al artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y al artículo 5 del Reglamento del SEIA (D.S. N°40/2012 del MMA). Lo anterior, se reafirma también considerando los siguientes antecedentes asociados a las emisiones atmosféricas del Proyecto

De acuerdo con los resultados del ANEXO 1 de la ADENDA EXTRAORDINARIA, Estudio de Emisiones Atmosféricas y a lo establecido Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador Proyecto debe compensar el 120% de sus emisiones, producto que el año 4 de ejecución, se supera (1,62 ton/año) el umbral de 1,5 ton/año para MP10 respecto al citado artículo.

En virtud de lo anterior, el Titular tiene la obligación legal de presentar un Programa de Compensación de Emisiones en caso de la obtención de una RCA favorable en la presente Evaluación Ambiental, que contemple la compensación de un 120% de las emisiones generadas en tal año (peor condición), por lo que genera un mejoramiento a la condición basal identificada para el Valle Central

En línea con lo anterior, es de importancia señalar que la condición con la cual se ejecutó la modelación atmosférica corresponde al escenario de peor condición (año 4), producto de que es el año en que se superponen las actividades que dan origen a las emisiones anuales más altas que se generan con ocasión del Proyecto, comprendiendo la OPERACIÓN del Proyecto existente (Lote W-1) y de la FASE CONSTRUCTIVA I del Proyecto en evaluación (Lote W-2), más los primeros 10 meses de construcción de la FASE CONSTRUCTIVA II (Lote W-3).

Con ello, se evidencia que la peor condición es un impacto producido por emisiones temporales y acotadas y, por tanto, un impacto limitado, lo cual es verificable en el cronograma presentado en la Tabla 151 del Anexo 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Los aportes de concentración del Proyecto, respecto de las normas de calidad primaria aplicables, son de carácter no significativo para todos y cada uno de los contaminantes analizados, ya que en ningún caso se supera el 5,84% de las normas primarias, que es el caso de MP10 en concentración anual (que baja a 4,57% al compararlo con la situación basal); para MP2,5, el porcentaje del aporte del Proyecto respecto de las normas primarias no supera el 3,80%, que es el caso de su concentración anual (que baja a 3,53% al compararlo con la situación basal).

En relación con lo dicho, cabe destacar que, considerando la época de ingreso del Proyecto al SEIA (24 de octubre de 2022), se realizó una revisión de los Proyectos inmobiliarios presentados a través de una Declaración de Impacto Ambiental y que fueron aprobados por la Comisión de Evaluación Ambiental de sus respectivos aportes de concentración producto de la emisión de MP10 y MP2,5, en donde se observa que se descartó un impacto significativo a este respecto, en instancias que se presentaban aportes en porcentajes similares o mayores a los que representan las emisiones del Proyecto en evaluación respecto de la norma primaria.

Tabla 172. Aporte en porcentaje de emisiones de MP10 y MP2,5 de Proyectos aprobados en el SEA respecto a normas primarias de calidad ambiental periodo enero 2022 septiembre 2023

Fuente: Ver Tabla 26 del Anexo 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Siendo suficiente lo anterior para descartar inequívocamente la significancia del impacto por emisiones atmosféricas, y en específico de MP10 y MP2,5, y sin perjuicio de no resultar aplicable al Proyecto en evaluación considerando su fecha de ingreso al SEIA, cabe destacar que la conclusión antedicha se refuerza al contrastar los resultados de la modelación con lo indicado en el documento zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino

En este se distinguen los niveles máximos de concentración dependiendo de la durabilidad del impacto, distinguiendo si el impacto es inferior o superior a 3 años. Como se indicó, para el caso del presente Proyecto, la peor condición se remite al año 4 de desarrollo, en donde hay una superposición la operación del Proyecto existente (Lote W-1) y de la FASE CONSTRUCTIVA I del Proyecto en evaluación (Lote W-2), más los primeros 10 meses de construcción de la FASE Constructiva II (Lote W-3), que corresponde a la realización de las actividades constructivas más contaminantes (asociadas principalmente a movimientos de tierra y excavaciones), pudiendo entenderse, entonces, que la durabilidad del impacto no es superior a 10 meses, y en ningún caso superior a 12.

Fuente: Ver Tabla 173 y Tabla 174 del Anexo 2 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Como se observa en los resultados de las Tablas anteriores, las máximas concentraciones identificadas en los receptores no contemplan un impacto significativo a la salud de la población conforme al artículo 11 de la Ley N°19.300 y al artículo 5°, letra a) del Reglamento del SEIA.

En base a los antecedentes presentados en los puntos precedentes, no se espera superación de alguna norma de calidad primaria de aire y agua vigentes.

La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Ver mayor detalle en ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

El Proyecto

Para la elaboración del estudio fueron seleccionados sectores de evaluación correspondientes a zonas habitadas próximas a los trabajos a desarrollar, según el criterio de la menor distancia entre fuente y receptor. El detalle del sector a evaluar se muestra a continuación:

Fuente: Ver ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Instrumento De Planificación Territorial Respectivo:

El sector de emplazamiento del Proyecto y sus receptores se encuentran dentro de los límites de la comuna de Machalí. En la Ordenanza del Plan Regulador Comunal ( PRC ) de Machalí, se definen las Zonificaciones y Normas Urbanísticas que establecen los usos de suelo, según estos se establecen las homologaciones de Zonas de Ruido en el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente .

Para el presente caso, se establece la homologación según el PRC de Machalí. A continuación, se detalla la homologación según la normativa citada.

Fuente: Ver Tabla 8 ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Figura 3 ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA. Fuente: Ver Tabla 9 ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Se ubicó el instrumento a 1,5 metros de su eje vertical y a más de 3 metros de cualquier superficie reflectante en su eje horizontal (paredes, muros, etc.).

El certificado de calibración se muestra en detalle en el ANEXO 1 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Tabla 10 ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

La medición de ruido de fondo considera la peor condición, lo cual corresponde al menor nivel de ruido de fondo en el ciclo horario de evaluación (diurno), por punto evaluado considerando el horario que se desarrollara la actividad a evaluar, a fin de identificar la situación basal de cada receptor identificado o sector (sectorización del entorno acústico), a su vez las mediciones son realizadas acorde a las indicaciones presentadas en el Protocolo Técnico indicado por la Superintendencia de Medio Ambiente MA para la aplicación del D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente (R.E.

N°867/2016 de la Superintendencia del Medio Ambiente), en el cual se establecen los criterios para la medición de ruido de fondo, con lo cual se asegura la obtención del menor nivel de ruido de fondo por punto receptor, acorde a la situación basal y componentes predominantes, filtrando todo ruido ocasional.

En el capítulo asociado a la presentación de los resultados de la medición de ruido de fondo del sector, se indican las fuentes que componen el entorno acústico, asociado al ambiente sonoro que es posible percibir en cada zona, indicando la caracterización de la situación basal del sector en estudio, asociado a todas las variables que influyen en el entorno acústico de cada zona, según la situación específica que presenta cada punto de medición en la campaña de terreno. Lo anterior asociado a la peor condición en cuanto al nivel de ruido de fondo presentado, el cual considera todos los parámetros anteriormente descritos en cuanto a la medición.

El levantamiento de información para ruido de fondo se efectuó el día 17 de agosto de 2022. Las mediciones fueron realizadas en un periodo valle dentro del ciclo horario que comprende la actividad a desarrollar (menor nivel de ruido en el campo sonoro del ruido de fondo).

El lugar de medición representa la ubicación del receptor según la peor condición para ruido de fondo. En receptores a los cuales no es posible ingresar o existen limitaciones de acceso por parte de los residentes, se desarrollan las mediciones en el deslinde más cercano a la vivienda, con la finalidad de resguardar la seguridad del personal en terreno y no generar molestia en los residentes de cada sector.

Caracterización de las Fuentes Emisoras

El Proyecto -2 y W- Proyecto de tipo inmobiliario existente, que no cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), puesto que no supera los umbrales definidos en el literal h) Sub literal h.1.3., establecidos en el artículo 3° D.S. N°40.

De acuerdo con lo anterior, el Proyecto

Permiso de Edificación N°120/2021 y Resolución de Aprobación de Loteo D.F.L N°2/1959 del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones posteriores; con construcción simultánea regulada en la Resolución Exenta N°3/2021 del , y otorgados por la Dirección de Obras Municipales de Machalí.

El Proyecto existente se ejecuta en el Lote W-1, de una superficie de terreno 63.726,41 m2 (6,37 ha) y consiste en la construcción de 201 viviendas, tipo casas, contemplándose 3 modelos distintos de viviendas de 2 pisos, denominados Catemu adosada (77,29 m2), Catemu aislada (77,29 m2) y Patagua (97,14 m2). Adicionalmente, se contempla la CONSTRUCCIÓN de estacionamientos para las respectivas viviendas, áreas verdes, zonas de equipamiento y vialidad.

En síntesis, el Proyecto existente, no cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), puesto que por sí solo, no supera los umbrales definidos en el literal h) Sub literal h.1.3., establecidos en el artículo 3° D.S. N°40. Debido a que la superficie neta de emplazamiento del Proyecto es de 5,9 ha (menor a 7 ha), y se contempla la construcción de 201 viviendas (menor a 300 viviendas).

Por otra parte, el presente Proyecto Lote W-2 y W-3 consiste en la ampliación del mencionado Proyecto existente, con la construcción de 298 viviendas adicionales que se emplazarán en el lote w-2 de ROL 104-300 y lote w-3 de ROL 104-301, en una superficie de terreno de 116.903,27 m2 (11,69 ha), con sus correspondientes estacionamientos, áreas verdes, zonas de equipamiento y vialidad.

Fuente: Ver Figura 4 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

El Proyecto se desarrollará en 2 FASES CONSTRUCTIVAS con entregas intermedias, es decir, se construirán las viviendas del Lote W-2, para la posterior recepción municipal y entrega de viviendas, luego se procede a la construcción del Lote W-3.

En la siguiente figura se presenta el avance de la construcción del Proyecto representado por la numeración de cada FASE CONSTRUCTIVA contemplada:

Fuente: Ver Figura 5 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Tabla 14 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Tabla 15 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Tabla 16 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

FASE de CONSTRUCCIÓN

Según cronograma, se prevé el desarrollo de actividades de movimiento de tierra y preparación de terreno, en conjunto con las actividades de obra gruesa y terminación, como peor condición.

Las faenas consideran excavaciones, movimiento de material y construcción de viviendas, entre otras, acorde a una situación habitual constructiva para el tipo de Proyecto en estudio.

En base a las actividades descritas anteriormente, se estimó escenarios compuestos de la siguiente forma.

Los frentes de trabajo consideran la maquinaria de mayor emisión ubicada como un único frente de acción, sobre cada receptor evaluado.

Cada frente de trabajo está compuesto por la maquinaria indicada a continuación, según el escenario descrito, considerando 6 frentes de trabajo simultáneos.

Cada frente de trabajo fue ubicado a la menor distancia posible, acorde a cada receptor identificado.

Fuente: Ver Tablas 17 y 18 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Tabla 19 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

El tráfico de camiones al interior del predio a intervenir se calcula en base al software de modelación CadnaA, para una fuente de potencia acústica lineal, considerando el flujo estimado por el Proyecto, el cual corresponde a 6 camiones/hora, circulando a una velocidad de 30 km/h al interior del Proyecto, resultando en un nivel de 73 dB(A).

Fuente: Ver Tabla 20 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Área de Influencia del Proyecto para Ruido

En el presente estudio se determinó el área de influencia en base a la etapa que genera mayor nivel de emisión sobre el entorno de cada receptor (peor condición), la cual corresponde a la FASE de CONSTRUCCIÓN, para periodo diurno.

El área de influencia del Proyecto se estableció estimando el polígono en el cual el nivel proyectado se iguala con el menor nivel de ruido medido, asociado al periodo en el cual es desarrollada la actividad (diurno). Este criterio considera el área dentro del cual, el Proyecto genera alteración de la situación basal del sector, asociado a la peor condición, es decir, menor nivel de ruido de fondo medido.

Para el Proyecto, y, considerando la condición descrita, el menor nivel de ruido de fondo corresponde a 40 dB(A) para horario diurno. Por lo tanto, se establece el área de influencia en la curva de los 40 dB(A).

Fuente: Ver Figura 9 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

Como es posible apreciar, existen receptores que se encuentran dentro del área de influencia directa del Proyecto, considerando los sectores habitados a menor distancia de su límite perimetral.

En la figura anterior, se indica el área de influencia para 40 dB(A) (área roja), según la proyección realizada, al interior de esta se calculan niveles sobre los 40 dB(A), para el escenario y condiciones descritas, en una superficie de 293 ha en torno al Proyecto y distancia máxima de 816 metros desde su límite.

Evaluación para la FASE de CONSTRUCCIÓN La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la etapa de construcción, según la normativa aplicable para jornada diurna, se detallan en la siguiente tabla.

Fuente: Ver Tabla 27 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

De acuerdo con las proyecciones realizadas, se prevé incumplimiento de la norma en la línea base evaluada para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, para receptores existentes.

Debido a esta condición se hace necesaria la implementación de medidas de control de ruido a las faenas.

La evaluación se estima únicamente en jornada diurna debido a que la etapa se realiza dentro de los límites horarios para dicho periodo.

MEDIDAS DE CONTROL DE RUIDO BARRERAS ACÚSTICAS

Barrera Acústica Perimetral Para dar cumplimiento a la normativa, en la FASE de CONSTRUCCIÓN es necesaria la utilización de Barreras Acústicas, ante lo cual según definición indicada en la norma ISO 9613, Parte 2, determina que un objeto debe ser considerado como obstáculo (barrera) si cumple con una densidad superficial de al menos 10 Kg/m2 y tiene una superficie cerrada sin grandes grietas o huecos.

Según lo indicado anteriormente, para el presente caso se recomienda una Barrera Acústica Perimetral construida considerando el siguiente esquema, utilizando tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas con la finalidad de absorber el sonido incidente, como muestra la figura.

Fuente: Ver Figura 19 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

La barrera está orientada a mitigar los frentes de trabajo en la FASE de CONSTRUCCIÓN, enfocándose en la situación crítica que dirige las faenas a menor distancia de los receptores.

Se recomienda que una vez implementada la medida, se mantenga durante el desarrollo completo de la FASE de CONSTRUCCIÓN a fin de reducir los niveles de ruido sobre los receptores afectados.

A continuación, se muestra en detalle la posición de la barrera en el plano.

Fuente: Ver Figura 20 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

Fuente: Ver Figura 21 ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

Fuente: Ver Figura 22 ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

La medida de control se debe implementar considerando las siguientes características y consideraciones respecto a su construcción:

Fuente: Ver Tablas 32 y 33 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

El uso de la barrera debe asegurar la menor distancia posible a la fuente que se busca mitigar, a fin de lograr el óptimo desempeño de la solución propuesta. Se recomienda ser aplicada según el avance de las obras, cubriendo la totalidad de la faena desarrollada.

La extensión indicada corresponde al total de metros lineales a cubrir con la solución, según la ubicación de la actividad desarrollada.

Las características constructivas indicadas, fueron establecidas en base a la perdida por inserción de la barrera considerando la altura y extensión necesarias para permitir la atenuación de los niveles de ruido generados en todo momento, considerando que se estima el uso de fuentes de ruido fijas y móviles.

MEDIDAS ADICIONALES

Además de la solución indicada, se deben tener en consideración buenas prácticas frente a las faenas de construcción, las cuales deben ser implementadas tanto al interior de la obra como con los receptores asociados a la comunidad.

Buenas Prácticas en Faenas de Construcción Al interior de la obra se deben evitar faenas ruidosas simultáneas, esta condición genera un alto nivel de ruido y es la que mayor molestia puede ocasionar en los receptores afectados. Se prohíbe la utilización de bocinas en las proximidades e interior del sector de emplazamiento de la actividad, excepto en caso necesario. Se establece velocidades vehiculares bajas al interior del Proyecto. Se realizar mantención de los caminos interiores y caminos de accesos. Se evita la generación de ruidos de corta duración provocados por la operación de maquinaria o equipos. Se evitan ruidos innecesarios, como golpes producto de la mala manipulación de herramientas o materiales, al igual que gritos u otros ruidos provenientes directamente de los trabajadores de la obra.

Buenas Prácticas frente a la Comunidad

Se mantiene informada a la comunidad de horarios y faenas a realizar en la obra, esto con el fin de reducir la molestia producto de los ruidos que se generan.

Se informa a la comunidad en cuanto a las faenas ruidosas a desarrollar y los plazos de duración que estos tienen, procurando mantener el control de las emisiones al interior de la faena.

Se mantiene un canal de comunicación con la comunidad, el que está disponible a la vista en obra, indicando datos de contacto del personal a cargo para consultas o reclamos.

EVALUACION DE LA MEDIDA DE CONTROL PROPUESTA La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN para los frentes de trabajo, considerando la medida de control propuesta, se detalla a continuación:

Fuente: Ver Tabla 34 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA

La evaluación solo se realizó en horario diurno debido a la naturaleza de las actividades, las cuales son desarrolladas únicamente en dicho periodo de evaluación.

En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la FASE de CONSTRUCCIÓN, mediante la completa implementación de la medida de control propuesta.

La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la Ver mayor detalle en ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

VIBRACIONES

El Proyecto elaboración del estudio fueron seleccionados sectores de evaluación correspondientes a zonas habitadas próximas a los trabajos a desarrollar, según el criterio de la menor distancia entre fuente y receptor. El detalle del sector a evaluar se muestra a continuación:

población de acuerdo a las letras anteriores. Fuente: Ver Figura 1 ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Instrumento De Planificación Territorial Respectivo

El sector de emplazamiento del Proyecto y sus receptores se encuentran dentro de los límites de la comuna de Machalí.

En la Ordenanza del Plan Regulador Comunal (PRC), se definen las Zonificaciones y Normas Urbanísticas que establecen los usos de suelo, según estos se establecen las homologaciones de Zonas de Ruido en el D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.

Para el presente caso, se establece la homologación según el PRC de Machalí. A continuación, se detalla la homologación según la normativa citada.

Fuente: Ver Tabla 8 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Figura 3 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Según la información entregada previamente, la modelación se entrega únicamente para la FASE de CONSTRUCCIÓN como peor condición.

El método de estimación de velocidad vibratoria está basado en la normativa

Caracterización de las Fuentes Emisoras

Bajo el criterio normado se establecen niveles de vibración para diferentes actividades según el tipo de maquinaria utilizada, a continuación, se indica en extracto, dicha información:

Fuente: Ver Tabla 28 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Según la modelación realizada y en base al equipamiento destinado a la obra en construcción, la proyección de vibraciones considero la maquinaria retroexcavadora como peor condición de evaluación, según los datos tabulados en por la FTA, siendo evaluado como equipo considerado de mayor emisión de vibraciones según las actividades a desarrollar, estimando la peor condición.

FASE de CONSTRUCCIÓN El Proyecto contempla como FASE de CONSTRUCCIÓN, la preparación del terreno y la construcción de viviendas.

En base a las estimaciones indicadas anteriormente, a continuación, se presenta la proyección de vibración para el Proyecto.

Fuente: Ver Tabla 29 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

AREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO PARA VIBRACION

En el presente estudio se determinó el área de influencia en base a la etapa que genera mayor nivel de emisión sobre el entorno de cada receptor (peor condición), la cual corresponde a la FASE de CONSTRUCCIÓN.

El área de influencia del Proyecto se estableció estimando el polígono en el cual el nivel proyectado se iguala con el umbral de precepción humana asociado a vibración (65 VdB).

Este criterio considera el área dentro del cual, el Proyecto genera alteración de la situación indicada en el sector, asociado a la peor condición:

Fuente: Ver Figura 18 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Como es posible apreciar, existen receptores que se encuentran dentro del área de influencia directa del Proyecto, considerando los sectores habitados a menor distancia de su límite perimetral. En las figuras se indica el área de influencia para 65 VdB (área verde), según la proyección realizada, al interior de esta se calculan niveles sobre los 65 VdB, para el escenario y condiciones descritas, en una superficie de 27 Ha en torno al Proyecto y distancia máxima de 25 metros desde su límite.

EVALUACION PARA EMISIONES DE VIBRACION

Según la proyección realizada y los antecedentes señalados, es posible evaluar la influencia de las vibraciones generadas por la obra de construcción, a continuación, se presentan los resultados de dicha evaluación.

Fuente: Ver Tablas 30 y 31 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Según los valores presentados en la Tabla 30, los niveles de vibración proyectados hacia los receptores se encuentran sobre el nivel límite para criterio de molestia en Categoría 2, por lo cual es posible indicar que es necesario aplicar medidas de control, en base a la vibración generada por las actividades de construcción, considerando las edificaciones próximas existentes.

En tanto para afectación sobre las estructuras, no se prevé superación del umbral indicado.

MEDIDAS DE CONTROL PARA VIBRACION

Las medidas de control para la vibración de la construcción requieren considerar la ubicación y los procesos de la faena a desarrollar, de la siguiente manera:

Consideraciones de diseño del Proyecto: Se dirige los camiones y maquinaria pesada lejos de sectores residenciales sensibles. Se seleccionó lugares con la menor cantidad de hogares si no hay alternativas disponibles. Se opera el equipo de movimiento de tierra en el lote de construcción lo más lejos posible de sitios sensibles a la vibración.

Secuencia de operaciones: Se evita faenas simultáneas de movimiento de tierra e impacto en el suelo, para que no ocurra en el mismo período de tiempo. A diferencia del ruido, el nivel de vibración total producido podría ser significativamente menor cuando cada fuente de vibración funciona por separado.

Métodos alternativos de Construcción: Se selecciona métodos de construcción que no impliquen impacto, siempre que sea posible. Por ejemplo, retirar paneles de suelo en vez de usar martillos neumáticos para su demolición.

Se evita equipos vibratorios cerca de áreas sensibles, priorizando el uso de maquinaria de menor emisión, con niveles de vibración no superior a 72 VdB a 20 metros.

Se evita maquinaria pesada generadora de vibración cerca de áreas sensibles, priorizando el uso de equipos o métodos constructivos que no generen vibración sobre el suelo o bien que generen niveles de vibración mínimos.

Control de vibración mediante la delimitación de una zona de seguridad.

Se debe implementar una zona de seguridad para el uso de equipos generadores de vibración, como retroexcavadora y camión tolva, con relación a la ubicación de los receptores afectados, dicha solución busca generar un área dentro del cual se asegura la reducción del nivel de vibración, alejando las fuentes de vibración de los receptores afectados.

La distancia desde el límite asociado a la ubicación de los receptores P3 y P4, es de 10 metros hacia el interior del predio del Proyecto.

En caso de desarrollar actividades con maquinaria generadora de vibración, según la descrita en el presente estudio como peor condición, dentro de dicha zona de seguridad, se activa un protocolo de control de vibración, a cargo de personal de la obra o empresa externa.

Dicho protocolo es desarrollado en base al plan de control de vibración indicado más adelante.

A continuación, se indica la zona delimitada.

Fuente: Ver Figura 25 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Fuente: Ver Tabla 35 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

APLICACIÓN DE UN PLAN DE CONTROL DE VIBRACION

El Plan de Control se desarrollará e implementa durante las fases de diseño y construcción del Proyecto.

El objetivo del plan es minimizar la molestia por vibración de la construcción utilizando todos los medios razonables y factibles disponibles. el plan debe proporcionar un procedimiento para establecer el umbral y limitar los valores de vibración para reducir la molestia.

El plan además incluye el desarrollo de un programa de monitoreo de cumplimiento durante la construcción.

Debido a la naturaleza de este tipo de actividades, las opciones para reducir la vibración son limitadas.

Puede ser posible maximizar la distancia entre la fuente y el receptor, pero generalmente hay poca o ninguna flexibilidad a este respecto. Realizar el trabajo cuando la mayoría de las personas no se encuentra en el área (por ejemplo, en el trabajo) puede evitar o minimizar la molestia.

En ausencia de medidas que puedan reducir físicamente la vibración inducida del suelo, se informa al público sobre el Proyecto y los posibles efectos de las actividades de construcción es, en muchos casos, la mejor manera de evitar reacciones adversas del público o reducir su molestia.

A continuación, se indican las variables a considerar en el Plan de Control de Vibración.

Se hace todo lo posible para mitigar los efectos adversos de vibración de las actividades de construcción mediante el uso de técnicas, procedimientos y equipos de baja emisión.

Se desarrolla un proceso, para abordar los problemas identificados por el público que pueden surgir de las actividades de construcción, incluso cuando los niveles de vibración están muy por debajo de los niveles en los que se producen daños a las estructuras o molestias excesivas para los humanos.

Deben tomarse los siguientes pasos:

Se Identifica posibles áreas problemáticas que rodean el sitio del Proyecto (receptores indicados en el presente estudio).

Se determina las condiciones que existen antes de que comience la construcción, identificando el estado de viviendas y estructuras próximas al Proyecto.

Se informa a la comunidad sobre el Proyecto y las posibles consecuencias relacionadas con la vibración.

Se programa el trabajo para reducir los efectos adversos, considerando horarios en que los receptores próximos al Proyecto se encuentren en su mayoría fuera de los recintos que puedan verse afectados.

Se diseñan actividades de construcción para reducir la vibración, desarrollando procesos tendientes a reducir la emisión de vibración sobre el suelo próximo a los posibles receptores afectados, tales como priorizar maquinaria que genere la menor vibración sobre el suelo.

Se notifica a los residentes y propietarios cercanos que la actividad generadora de vibraciones es inminente.

Mediante la información, los residentes pueden estar al tanto de las actividades y programar sus actividades personales para, por ejemplo, no encontrarse en el recinto al momento en que se desarrolle la actividad de mayor vibración.

Se monitorean los niveles y se registra la vibración de la actividad.

Se verifica si existe la afectación de los diversos procesos constructivos que se vayan desarrollando durante la construcción del Proyecto, y, se pone en comunicación directa con la comunidad afectada, identificando las actividades críticas.

A su vez se generan antecedentes, frente a posibles quejas que puedan surgir.

Se responden e investigan quejas, manteniendo un canal de comunicación directo con la comunidad, el cual es disponible en obra de forma visible, indicando datos de contacto del personal a cargo.

EVALUACIÓN CONSIDERANDO MEDIDAS DE CONTROL

Considerando la situación descrita, a continuación, se presenta el escenario a existir considerando la implementación de las medidas de control a la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

En la proyección se incorpora la zona de seguridad.

Fuente: Ver Tabla 36 del ANEXO 05. del ADENDA COMPLEMENTARIA.

RECOMENDACIONES Se implementa un Monitoreo de Ruido y Vibración a las faenas, el cual es desarrollado en el momento de mayor emisión asociado a la FASE de CONSTRUCCIÓN de cada FASE CONSTRUCTIVA del Proyecto, considerando los receptores expuestos en el presente estudio.

Las mediciones son realizadas en la ubicación del frente de trabajo activo, asociado a la FASE en CONSTRUCCIÓN y el receptor próximo a este.

Se realiza el monitoreo con una frecuencia mensual, según el periodo de tiempo que dure cada FASE CONSTRUCTIVA de la FASE de CONSTRUCCIÓN.

El monitoreo tiene como objetivo verificar el cumplimiento normativo tanto para las Emisiones de Ruido, como Vibración

La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Residuos Líquidos

Aguas servidas: Para la FASE de CONSTRUCCIÓN se contempla la generación de aguas residuales por parte del personal del Proyecto, las cuales son almacenadas en baños químicos para que luego una empresa externa autorizada sanitariamente, y, que cumpla con la normativa aplicable se encargue del retiro y disposición final de estos residuos en sitio autorizado para tales efectos.

Para la FASE de OPERACIÓN las aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes, son vertidas al sistema de alcantarillado proporcionado por la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A, esta es la encargada de asegurar la calidad y continuidad en la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado para todas las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, de acuerdo a las condiciones que establecidas entre el Titular y dicha empresa en el Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la presente DIA.

Adicionalmente, el Proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad actualizado N°202301000469/2023, adjunto en el ANEXO 1 de la ADENDA.

El Proyecto considera la red necesaria para dotar de este elemento a 298 viviendas, se conforma de cañerías de PVC-U SN4 de diámetro 200 mm y de longitud total de 3.051 m.

Este Proyecto se empalma con el Proyecto

se descargarán las aguas servidas en el emisario existente denominado Nogales I, tramo Las Rosas San Juan (HDPE PE80 PN6; D=560 mm).

Aguas Lluvias:

En cuanto al Proyecto de evacuación de las aguas lluvias del Proyecto, se ha considerado el escurrimiento de las aguas lluvias en forma superficial, a través de las calles del loteo, complementado con otras obras, las que se han proyectado en concordancia con el análisis realizado, las cuales corresponden principalmente a una serie de sumideros tipo S1 y una red de colectores de evacuación de aguas lluvias, para luego ser infiltradas en el terreno mediante zanjas absorbentes con bolones, ubicadas en las áreas verdes del Proyecto.

Cabe señalar, que los sumideros han sido distribuidos de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedan definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles y pasajes de los respectivos conjuntos habitacionales (Lote W-2 y W-3).

Para la determinación de la lluvia de diseño se adopta un período de retorno de 2 años y una duración igual al tiempo de concentración.

Para definir la precipitación máxima en 24 horas se utilizó el valor establecido La capacidad de los colec cada tramo de los colectores se verificó que el caudal de escurrimiento fuera menor que la capacidad para una altura normal del 80% del diámetro.

Las zanjas de absorción se han proyectado con bolones mediante la planilla de cálculo de SERVIU Metropolitano, por lo que, se contabilizan 11 zanjas

absorbentes con bolones para el Proyecto en evaluación. Se han proyectado sumideros tipo S1. El cálculo y diseño de sumideros se ha ejecutado de acuerdo con la planilla de cálculo CAPSERVIU de SERVIU Metropolitano.

Aguas Subterráneas:

Según los resultados del estudio de mecánica de suelos adjunto en el ANEXO 15 de la DIA, para la caracterización del terreno se realizaron calicatas de profundidades variables entre 3,0 y 6,0 m de profundidad cuya ubicación se muestra en detalle en el capítulo 2 del informe de mecánica de suelos.

De los pozos excavados se realizó estratigrafías detalladas y se extrajeron muestras para analizar en laboratorio, se concluye que el nivel freático no fue detectado a las profundidades exploradas durante el 22 de febrero de 2019. Por consiguiente, para la tipología de edificación a construir en el sector, es factible apoyar las casas en suelo fino superficial.

Para el sistema de fundación en suelo fino y nivel de apoyo en suelo fino H-2, el sistema de fundación recomendado es el de zapata continua con sobrecimiento armado apoyadas a no menos de 0,60 m de profundidad, con respecto al nivel actual de terreno, y están condicionadas a sobrepasar la capa vegetal que conforma el horizonte H-1 y penetrar 0,20 m a lo menos en el horizonte café claro de suelo fino, definido como H-2.

Las fundaciones no superarán los 0,6 metros de profundidad, de esta forma, se prevé que su cota de sello de excavaciones estará sobre la cota de la napa freática, esta no afectará la ejecución de obras y, por lo tanto, no se prevé afectación de este componente ambiental. Por lo tanto, dada las características de los suelos y el tipo de estructura recomendada para fundaciones, no se prevé afectación de este componente ambiental.

Modificación de cauce: En cuanto a la modificación de cauce, por la periferia sur del Proyecto, existe una acequia con revestimiento de piedras perteneciente a la Comunidad Derivado Canal San Joaquín, la cual ingresa en el primer tramo por el suroeste del área de emplazamiento del Proyecto en paralelo a la calle Av. Nueva Hernán Ciudad y, la segunda acequia a traviesa los Lotes W-2 Y W-3 en dirección nororiente hasta el bandejón central de la calle Av. Fitz Roy, donde se conecta a la modificación de cauce existente proyectada en el lote W-1, correspondiente, al Proyecto existente.

El canal 1 (Canal Oriente) se entuba en cañería de HDPE corrugado con unión hermética de diámetro de 1000 mm por la acera sur de la avenida Hernán Ciudad, desde el término de la canaleta de piedra existente hasta el límite oriente del lote W3. Este Proyecto no es parte de una solución de aguas lluvias.

El canal 2 se entuba en cañería de HDPE corrugado con unión hermética de diámetro de 1000 mm por la acera poniente de la futura calle San Marcelino en el lote W-3, hasta la cámara de inspección C.I. N°34 existente, correspondiente al Proyecto de modificación de cauce del Proyecto existente. Este Proyecto no es parte de una solución de aguas lluvias.

El canal 3 se entuba en cañería de HDPE corrugado con unión hermética de diámetro de 1000 mm, para permitir el cruce por la Avenida Nueva Hernán Ciudad, entre la calle Bahía Laguna verde (existente) y la calle 2 (proyectada). Este Proyecto no es parte de una solución de aguas lluvias.

El canal 4 se entuba en cañería de HDPE corrugado con unión hermética de diámetro 1.000 mm en la intersección de las Avenidas Nueva Hernán Ciudad y Nueva Sanchina (Monseñor Escrivá de Balaguer), para permitir el cruce del

canal por la futura calzada. Este Proyecto no es parte de una solución de aguas lluvias.

Durante la construcción se tomarán todas las medidas para no afectar la calidad de las aguas y en la FASE de OPERACIÓN, al estar el canal entubado, se evita que en él se depositen basuras y contaminación en general, no afectando la calidad aguas abajo.

A continuación, se detallan las Normas de Calidad Primaria asociadas al Proyecto relacionadas con el componente Agua.

Decreto Supremo 143/2008 del MINSEGPRES: Establece normas de calidad primarias para las aguas continentales superficiales aptas para actividades de recreación con contacto directo.

Al respecto el Proyecto no contempla la emisión de contaminantes líquidos a cauces de agua superficial aptas para la recreación en ninguna de sus fases.

Decreto Supremo 144/2008 del MINSEGPRES: Establece normas de calidad primarias para la protección de las aguas marinas y estuarinas aptas para actividades de recreación con contacto directo.

Al respecto se declara que el Proyecto en ninguna de sus fases, contempla la emisión de contaminantes líquidos a aguas marinas y estuarinas.

Conclusión: En base a los antecedentes presentados en los puntos precedentes, no se espera superación de alguna norma de calidad primaria de aire y agua vigentes.

Los efluentes generados por el Proyecto corresponden a los residuos líquidos asociados al uso de servicios sanitarios.

Para las aguas servidas generadas en la FASE de CONSTRUCCIÓN, el manejo y retiro de éstas es gestionado por una empresa, que cuenta con la autorización sanitaria correspondiente, a la que se le contrata el servicio de baños y duchas portátiles requeridos en esta fase del Proyecto y una vez que se realice la conexión a las redes de agua potable y alcantarillado de ESSBIO S.A.

Se dispone de baños y duchas en contenedores destinados para ello, cuyas aguas servidas son evacuadas a través del sistema de alcantarillado.

En la FASE de OPERACIÓN, estas aguas servidas son evacuadas a través del sistema de alcantarillado del condominio, el cual estará conectado a la red de ESSBIO S.A. la cual es la encargada de asegurar la continuidad y calidad del servicio para todas las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, de acuerdo a las condiciones que establecidas entre el Titular y dicha empresa en el Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA. Adicionalmente, el Proyecto cuenta con certificado de factibilidad actualizado N°202301000469/2023, adjunto en el ANEXO 1 de la ADENDA.

Teniendo en cuenta lo anterior se concluye que los efluentes se manejan adecuadamente y tampoco se genera un impacto sobre el suelo o el agua.

Los residuos generados por el Proyecto corresponden a residuos líquidos, sólidos no peligrosos, domiciliarios y asimilables a domésticos y peligrosos. El manejo de éstos se realiza de acuerdo a las normativas vigentes aplicables para cada tipo de residuo, con el objetivo de evitar algún impacto negativo asociado a la exposición de contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables y que puedan poner en riesgo la salud de la población.

A continuación, se detalla el manejo que se realiza para cada tipo de residuo generado tanto en la FASE de CONSTRUCCIÓN como en la FASE de OPERACIÓN.

Residuos Los residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores son dispuestos en contenedores con tapa evitando así el contacto de estos con el suelo y que se emitan malos olores. Además, su permanencia es acotada ya que son transportados de forma semanal (3 veces por semana) a un relleno sanitario autorizado.

En cuanto a los residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes: restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, son acumulados transitoriamente en un patio de acopio en la instalación de faenas, por un periodo máximo de 1 mes, y luego enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria vigente.

Debido a la naturaleza de los residuos sólidos, inorgánicos, se aprecia la no generación de contaminantes sobre los recursos naturales renovables.

Es importante señalar, que se cuenta con dos áreas para el acopio de estos residuos, una destinada para el material de escarpe y excavaciones con una superficie de 86,4 m2, y para el resto de los residuos sólidos no peligrosos de la construcción (restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos y escombros) se almacenarán en un área de 15 m2.

Los residuos peligrosos son mantenidos temporalmente en contenedores herméticos con tapa debidamente rotulados según lo indica la NCh 2190/93, ubicados al interior de una bodega para la mantención transitoria de estos residuos, los cuales son manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S Nº 148/2003 del Ministerio de Salud.

Estos residuos permanecerán almacenados por un periodo menor a 6 meses y son dispuestos en un relleno de seguridad autorizado.

Los residuos líquidos corresponden a aguas servidas producidas por el personal, el manejo y retiro de éstas es gestionado por la empresa, que cuenta con la autorización sanitaria correspondiente, a la que se le contrata el servicio de baños y duchas portátiles requeridos en esta fase del Proyecto y una vez que se realice la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de ESSBIO S.A., se dispone de baños y duchas en contenedores habilitados para ello, cuyas aguas servidas son evacuadas a través del sistema de alcantarillado.

Además, producto del lavado de ruedas de camiones, se estima una generación de 0,08 m3/día. Cuando el agua del estanque no cumpla su objetivo, limpieza de ruedas, estas son retiradas, transportadas y dispuestas por un camión limpia fosas de una empresa externa autorizada.

FASE de OPERACIÓN Los residuos domiciliarios en esta fase son generados por los habitantes del conjunto habitacional y son almacenados en contendedores con tapa en cada domicilio. Estos residuos son retirados 3 veces por semana por los camiones de recolección de la Ilustre Municipalidad de Machalí y son dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

Los residuos líquidos generados durante la FASE de OPERACIÓN del Proyecto corresponden a aguas servidas, producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las cuales son descargadas a través del sistema de alcantarillado de la empresa sanitaria ESSBIO S.A.

Para lo cual se cuenta con el Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA. Adicionalmente, el Proyecto cuenta con certificado de factibilidad actualizado N°202301000469/2023, adjunto en el ANEXO 1 de la ADENDA.

De acuerdo con lo anterior, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante las FASE de CONSTRUCCIÓN y la FASE de OPERACIÓN, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

Fuente: Ver ANEXO Fichas del ADENDA COMPLEMENTARIA

5.2 SOBRE LA INEXISTENCIA DE EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo.

Pérdida de suelo, erosión del suelo, compactación del suelo y deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo.

Alteración en la calidad del agua

Aumento en la concentración de material particulado y gases.

Aumento de Emisiones de Ruido, alteración de hábitat para las especies de fauna

Modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Ver ANEXO 05 del ADENDA y ANEXO 10 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Para el grupo de los reptiles, durante la temporada de monitoreo se identificó la especie, Liolaemus gravenhorstii (Lagartija de gravenhorst) la cual se encuentra clasificada como Vulnerable según los criterios del Reglamento para la Clasificación de Especies (RCE) e igualmente como En Peligro según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), lo anterior dado a la baja amplitud de distribución que presenta la especie, la cual se extiendo desde la región de Valparaíso hasta la región de O´Higgins

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El Proyecto, que consiste en la ampliación del Proyecto - los límites urbanos de la comuna de Machalí regulados por el Plan Regulador Comunal de Machalí, específicamente en la zona residencial 7 (ZU-7) y, de acuerdo al Plan Regulador Intercomunal de Rancagua se encuentra emplazado en la Zona Urbana Consolidad, en la que se permiten los usos de suelos establecidos en el PRC de Machalí, en la que se permiten los usos de suelos residencial, equipamiento científico, comercio, culto y cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad, servicios y social; actividades productivas inofensivas y terminales de transporte.

El terreno donde se desarrolla el Proyecto cuenta con un alto grado de intervención, con praderas en desuso con progresiva degradación, zonas agrícolas y zonas residenciales.

Ver ANEXO 15 de la DIA, Estudio de Mecánica de Suelo

El Estudio de Mecánica de Suelos fue realizado a solicitud del don Sebastián Pardo A., en representación de CONSTRUCTORA POCURO SPA., y su objetivo es entregar los antecedentes necesarios para el diseño y cálculo de las fundaciones de viviendas de uno y dos pisos que conformarán el Lote W, en Machalí, el que se proyecta construir en la Avenida Nueva Sanchina (Avda. Monseñor Escrivá de Balaguer), en la comuna de Machalí.

El estudio se desarrolló según carta presupuesto GCV 19/0094 de fecha 31 de Enero del 2019.

El sitio donde se proyecta construir este conjunto se encuentra actualmente eriazo.

El terreno tiene una superficie aproximada de 17,5 hectáreas.

La exploración del subsuelo del lugar fue llevada a cabo a través de la excavación de 22 calicatas de profundidades variables entre 3,0 m y 6,0 m (se encuentra pendiente la ejecución de la calicata N°19). Además, se realizaron dos perfiles sísmicos ReMi para medición de ondas de corte Vs.

La finalidad de esta exploración fue ratificar los antecedentes del subsuelo del sector existentes en nuestro archivo técnico.

De los pozos excavados se realizó estratigrafías detalladas y se extrajeron muestras para analizar en laboratorio. Los ensayes efectuados correspondieron a clasificaciones (granulometría y límites de Atterberg), pesos específicos, Proctor Modificado, C.B.R., compresiones no confinadas, consolidación hasta 8 kg/cm2, densidades de terreno, densidades máximas, densidades mínimas e infiltración Porchet.

Para la clasificación sísmica se realizó dos perfiles sísmicos ReMi con medición directa de velocidad de propagación de ondas de corte Vs. Para ello se utilizó geófonos de componente horizontal y vertical.

El Informe de SEGMI Ltda., se Anexa al informe. Se anexan al informe croquis con la ubicación de las calicatas, perfiles estratigráficos e informe sísmicos.

Fuente: Ver Figura 1 del Estudio de Mecánica de Suelo ANEXO 15 de la DIA.

Estratigrafía representativa

De la exploración efectuada, ratificada por los antecedentes del sector, se desprende la siguiente estratigrafía representativa:

Fuente: Ver Tabla 1 del Estudio de Mecánica de Suelo ANEXO 15 de la DIA.

Propiedades para el diseño

A partir de la información entregada en la Tabla 1, se puede concluir que es posible fundar las estructuras del Proyecto tanto en el horizonte H-2 como en el horizonte H-3, supeditado su elección a las condiciones de terreno y también a la estructura que se quiera apoyar.

Es factible apoyar las casas en suelo fino superficial, o en grava arcillosa a mayor profundidad.

Las propiedades potenciales a partir de las cuales se determinan las tensiones y asentamientos admisibles asociados a ambos estratos se presentan en las tablas 2 y 3.

Fuente: Ver Tabla 2 del ANEXO 15 de la DIA.

Fuente: Ver Tabla 3 del ANEXO 15 de la DIA.

La exploración realizada ratifica que los materiales existentes bajo el suelo fino arcilloso corresponden a un ripio de características fluviales de compacidad alta y buenas características geotécnicas.

ESPECIFICACIONES GENERALES

a) Los sellos de fundación son r recibidos por la I.T.O. o Ingenieros de esta oficina, quienes pueden solicitar profundización y/o compactación parcial o total del sello si se considera necesario.

b) Las excavaciones pueden realizarse con maquinaria hasta 0,3 m del nivel de sello de fundación, debiendo terminarse manualmente.

c) La empresa contratista observa cualquier anomalía que pueda afectar la estabilidad de excavaciones mayores a las involucradas en los cimientos y comunicarla a esta oficina para su evaluación.

Por ningún motivo se acepta fugas o escurrimientos de aguas en las cercanías de las excavaciones para las fundaciones o sobre sus paredes.

d) Cualquier duda sobre el presente Informe o cambio respecto a lo aquí establecido es consultado directamente con esta oficina.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se debedebe considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de Ver ANEXOS 04 y 05 del ADENDA; ANEXO 05 y 10 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Capítulo 5 y 11 del presente ICE

La flora y vegetación, indica que, dentro del área de emplazamiento del Proyecto, el Sistema Informativo territorial (SIT), las superficies por uso dentro de la comuna de Machalí corresponden en total a 259.338,8 ha, de las cuales 34.236,6 ha corresponden a Bosques, 57.581,7 ha pertenecen a Praderas y Matorrales, 4.298,8 ha son utilizadas como Áreas urbanas e Industriales, 4.623,3 ha son ocupados como Terrenos agrícolas, 1.772,7 ha corresponden a Humedales, mientras que 237,1 pertenecen a Cuerpos de agua, finalmente 20.002,4 ha pertenecen a Áreas sin vegetación.

En particular, mediante la metodología de la Carta de Ocupación de Tierras (COT) se obtuvieron cinco unidades ambientales, la primera unidad ambiental identificada corresponde a Formación Arbórea que bordea el área del Proyecto, se compone principalmente de la especie Populus nigra, Robinia pseudoacacia y Salix babylonica.

La segunda unidad ambiental corresponde a Pradera, la cual se compone principalmente por Agrostis capillaris, Bidens aurea y Galega officinalis, todas en el área del Proyecto.

conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. La tercera unidad corresponde a Cultivo Agrícola, compuesto principalmente por cultivos de Zea mays y Vitis vinífera. La cuarta unidad identificada corresponde a Infraestructura compuesta principalmente por conjuntos habitacionales. Finalmente, la quinta unidad identificada corresponde a Cuerpo de agua, conformado por canales de regadío agrícola.

La flora vascular que se registró durante la campaña de otoño 2022 en el área de estudio fue caracterizada en términos de riqueza florística, origen geográfico y hábito.

Los resultados para el Proyecto arrojan un total de 24 especies de plantas pertenecientes a 16 familias.

De las especies registradas dentro del área del Proyecto, de acuerdo con su hábito el 75% corresponde a especies de Herbáceas, 16,6 a Arbóreas y el 8,3% a Arbustivas. Mientras que, de acuerdo con su origen, el 95,8% corresponde a Introducido, y el 4,16% corresponde a Nativo.

De acuerdo con la revisión de antecedentes y la normativa vigente, en el área del Proyecto se registró una única especie de origen nativo de tipo herbáceo, Verbena litoralis. Esta especie presenta una amplia distribución a lo largo del territorio y no se encuentra categorizada bajo ningún peligro según el Reglamento para Clasificar Especies según Estado de Conservación (RCE) y la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). El resto de las especies de flora identificadas en el área del Proyecto y dentro de su área de influencia son en su totalidad introducidas y de tipo herbáceo, en su gran mayoría de gran adaptabilidad a sitios intervenidos y amplia distribución.

Por otra parte, de acuerdo con el Estudio de Fauna Silvestre adjunto en el ANEXO 7 de la DIA, el área de estudio corresponde a un uso de suelo de Rotación Cultivo-Pradera de acuerdo con la descripción del uso de suelo actualizada de SIT CONAF, 2013.

Durante la campaña realizada el día 23 de marzo de 2022, correspondiente a la temporada de otoño, en el área de emplazamiento del Proyecto no se identificaron hábitats con características adecuadas para el desarrollo de Anfibios, condiciones observadas en el área del Proyecto, sin embargo, los esfuerzos de muestro no registraron presencia de anfibios. En el caso de los reptiles, durante la campaña de terreno y mediante la metodología de búsqueda y observación directa, se registró una especie de reptil del género género Liolaemus, Liolaemus cyanogaster, especie descrita para la región.

Para los mamíferos, durante el periodo de prospección y mediante la metodología de transectas lineales y métodos de observación directos e indirectos, no se registró la presencia de especies nativas en el área de influencia del Proyecto. Para este grupo solo fue posible la identificación de fecas y madrigueras de especies introducidas como conejos (Oryctolagus cuniculus) o liebres (Lepus europaeus).

No es posible descartar la presencia de otros mamíferos, como roedores, debido a que las condiciones del terreno otorgan algunos hábitats favorables para este grupo, sin embargo, durante esta campaña no se logró identificar directamente la presencia de éstos u otros mamíferos.

Para el grupo de las aves, durante las campañas realizadas se determinó, para el grupo de las aves, los parámetros biológicos: riqueza y abundancia relativa a nivel de especie.

El análisis de la riqueza para la primera campaña de este grupo de vertebrados muestra un total de 12 especies pertenecientes a 5 Ordenes, siendo el Orden Passeriformes el de mayor abundancia, representando a un 50% de las aves

registradas, mientras que el Orden Columbiformes representa a un 25% de la abundancia de especies.

Finalmente, los Ordenes con menor representatividad corresponden a los Charadriiformes, Falconiformes y Apodiformes, correspondiendo cada uno de al 8% de las especies de aves observadas.

De acuerdo con los Criterios de Protección según Artículo 3º de la Ley de Caza y de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) no se registraron especies con problemas de conservación según las categorías de clasificación de especies.

Se registraron un total de 8 especies consideras como benéficas para el equilibrio de los ecosistemas, dentro de estas se encuentran el Picaflor chico, Peuco, Queltehue, Tortolita cuyana, Golondrina chilena, Loica, Chercán y Fío- fío.

Además, un total de 6 especies registradas se consideran como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, dentro de las cuales encontramos Picaflor chico, Peuco, Queltehue, Golondrina chilena, Chercán y Fío-fío. Finalmente, una de las especies registradas esta categorizada como dañina, la Paloma doméstica.

Debido a lo anterior y con la finalidad de contribuir con la protección de las especies mencionadas, se sugiere capacitar a los trabajadores sobre la presencia de estas especies en el área del Proyecto, a través de la entrega de material audiovisual y/o capacitaciones para entregar información sobre la relevancia de estas especies en los ecosistemas y la importancia de su conservación.

Además, durante la campaña de muestreo para el componente Fauna, se realizó de determinar si es posible que estos cuerpos de agua pudieran albergar especies ícticas nativas. Estos cuerpos de agua pertenecen a la comunidad derivado Canal San Joaquín en dirección Sureste (SE) hacia Nortoeste (NO). Han sido históricamente utilizados como canales de regadío (Acequia) para las actividades de agricultura en la zona aledaña al área del Proyecto y, además, dada la alta intervención antrópica debido a que se encuentra en una zona urbana con gran número de viviendas y construcciones en su cauce impiden que este sistema presente las condiciones necesarias para albergar fauna íctica nativa.

Finalmente, de acuerdo con los resultados de este estudio y las características del terreno en general, se concluye que el Proyecto no genera efecto negativo significativo sobre la vegetación descrita para el área de influencia.

c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire con relación a la línea de base se presenta a continuación:

Suelo: Cabe destacar que, el Proyecto se emplaza dentro del área urbana de la comuna de Machalí y comprende una superficie total de aproximadamente 11,69 hectáreas de ocupación, donde se construirán 298 viviendas con sus respectivos estacionamientos, áreas verdes, equipamiento municipal y vialidad.

De acuerdo con lo indicado en el Estudio de Flora y Vegetación, adjunto en el ANEXO 6 de la DIA, el área de influencia del Proyecto está altamente intervenida, con praderas en desuso con progresiva degradación, zonas agrícolas y zonas residenciales. La flora y vegetación del sector está compuesta principalmente por la presencia de especies introducidas, las más abundantes

corresponden al grupo de las herbáceas, muchas consideradas, como plantas invasoras.

Por consiguiente, podemos afirmar que las características vegetacionales del área de estudio se definen por el alto grado de intervención antrópica observada (acumulación de residuos domiciliarios) lo que ha modificado el paisaje y facilita el establecimiento de especies vegetales invasoras, las cuales no permiten el crecimiento y desarrollo de especies de flora nativa.

Es así como, la metodología de la Carta de Ocupación de Tierras (COT) se obtuvieron cinco unidades ambientales:

La primera unidad ambiental identificada corresponde a Formación Arbórea que bordea el área del Proyecto, se compone principalmente de la especie Populus nigra, Robinia pseudoacacia y Salix babylonica.

La segunda unidad ambiental corresponde a Pradera, la cual se compone principalmente por Agrostis capillaris, Bidens aurea y Galega officinalis, todas en el área del Proyecto.

La tercera unidad corresponde a Cultivo Agrícola, compuesto principalmente por cultivos de Zea mays y Vitis vinífera.

La cuarta unidad identificada corresponde a Infraestructura compuesta principalmente por conjuntos habitacionales. Finalmente, la quinta unidad identificada corresponde a Cuerpo de agua, conformado por canales de regadío agrícola.

Respecto al suelo se proyecta realizar escarpe de aproximadamente 30 cm de profundidad y, el material de escarpe y excavaciones se utilizará dentro de la obra, con la finalidad de rellenar áreas verdes y patios.

Por otra parte, las obras constructivas del Proyecto en total tienen una duración estimada de 56 meses, mientras que la vida útil del Proyecto es indefinida.

Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN y FASE de OPERACIÓN, se implementan las medidas de manejo y disposición final de residuos sólidos indicadas en el punto 2.5 de la DIA, los cuales se realizan de acuerdo con las normativas vigentes aplicables para cada tipo de residuo, con el objetivo de evitar algún impacto negativo asociado a la exposición de contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales.

Agua:

El Proyecto no genera impactos en el componente agua, debido a que cuenta con factibilidad sanitaria.

Por otro lado, para las actividades de lavado de ruedas, dichas aguas son retiradas, transportadas y dispuestas por una empresa externa autorizada, manteniendo el registro de retiro y disposición final de estos efluentes.

Cabe mencionar que, los residuos líquidos generados no son descargados al alcantarillado o al sistema de tratamiento de aguas servidas. Por lo anterior, el Proyecto no genera impactos en el componente agua.

Aire:

El impacto del Proyecto sobre el componente ambiental aire en relación con la condición de línea de base, no es de magnitud y duración, de acuerdo con lo señalado en el análisis descrito en el literal a) del artículo 5° del Reglamento del SEIA, de este Capítulo.

La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo con lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. El Proyecto no contempla normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento significativo, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

A fin de establecer gráficamente la influencia del Proyecto sobre el entorno habitado por fauna, se elaboró un mapa de ruido estableciendo un radio de influencia fijado en 58 dB(A) y es posible determinar que se proyectan niveles sobre los 58 dB(A) para las actividades a desarrollar al interior del predio a intervenir (nivel mayor o igual a 58 dB(A), zona roja), según la modelación realizada. Sin embargo, dicho nivel se prevé en un radio de propagación máximo de 100 metros desde la ubicación del frente de trabajo asociado a la faena que lleva actividades al límite del predio, acotando el área de afectación bajo la peor condición de evaluación.

En el área de influencia se establece una diversidad típica de especies de la zona centro-sur, con presencia de especies generalistas, que presentan amplia distribución geográfica en el país. Tomando en consideración lo establecido en la guía metodológica donde se desarrollará el futuro Proyecto no hay presencia de recursos propios del país, escasos, únicos o representativos, así como tampoco se presenta una alta diversidad biológica, tanto a nivel ecosistémico o de especies.

Se establece que el área de influencia del Proyecto se encuentra inserta en un sector intervenido, no se registran especies que puedan ser consideradas escasas, únicas o representativas, lo que da cuenta de la inexistencia de las condiciones especificadas en la letra b) del artículo 6 del RSEIA, por lo tanto, considerando las condiciones actuales del terreno, se puede descartar que el Proyecto genere un efecto adverso significativo sobre el componente fauna. Además, se debe considerar que, la gran mayoría de las especies identificadas

poseen facilidad de adaptación y reacción frente a la perturbación de su hábitat, se establece que la afectación sobre el componente ecosistema terrestre no es significativa.

g) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. No se genera impacto sobre los recursos naturales renovables debido a la utilización y/o manejo de los productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedas afectar los recursos naturales renovables. Tanto en FASE de CONSTRUCCIÓN como en la FASE de OPERACIÓN del Proyecto, los residuos generados son dispuestos en un área temporalmente, para ser retirados por empresas externas autorizadas. Por lo anterior, dichos residuos no generan impactos sobre los recursos naturales renovables. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto debe considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. El presente Proyecto no contempla intervenir o explotar cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles.

Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. Este Proyecto no contempla intervenir o extraer recursos hídricos de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. No se contempla en este Proyecto intervenir o explotar vegas y/o bofedales.

Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Este Proyecto no contempla intervenir o explota áreas o zonas de humedales, estuarios o turberas.

Cabe señalar que en base al Inventario Nacional de Humedales, es posible identificar los humedales asociados y no al límite urbano cercanos al área de emplazamiento del Proyecto, en un radio de 5 km se identifican solo humedales asociados al límite urbano, siendo los más cercanos pero fuera del área de emplazamiento del Proyecto los humedales: Estero Machalí a 1,4 km de distancia con respecto al Proyecto, la Laguna Parque Comunal ubicada a 3,6 km de distancia del Proyecto y a 2,8 km de distancia aproximadamente con respecto al Proyecto se encuentra el Río Cachapoal y tributarios.

Finalmente, se aclara que las obras, partes y acciones del Proyecto no intervendrán en los humedales identificados. Además, es importante señalar

En el caso, de reconocimiento de humedales urbanos presentados por los municipios en la región, en particular en la comuna de Machalí no se han presentado solicitudes por parte de la Ilustre Municipalidad de Machalí.

La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. No se contempla intervenir o explotar glaciares en el presente Proyecto.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas en ningún tipo al territorio nacional, o en áreas, zonas o ecosistema alguno.

5.3 SOBRE LA INEXISTENCIA DE REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental Obstrucción o restricción a la libre circulación.

Pérdida de conectividad o aumento en los tiempos de desplazamiento

Alteración a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos por el aumento de emisiones de ruido y vibración, junto con las acciones asociadas al uso de maquinaria y tránsito vehicular.

Favor remitirse a ver: ANEXO 07 del ADENDA. Los ANEXOS 07.1, 07.2, 07.3, 08 y 12 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia Favor remitirse a ver: ANEXO 07 del ADENDA, actualizado en ANEXO 12 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

La identificación del área de influencia establecerá la correlación entre los grupos humanos existentes en los sectores adyacentes al Proyecto, en torno a un espacio geográfico o demográfico próximo, estableciendo la injerencia de potenciales impactos a través de la descripción de sus características basado en el análisis de las cinco dimensiones mencionadas (geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y bienestar social básico), determinadas en el literal e.10 del art. 18 sobre contenido mínimo de estudios de impacto ambiental descritos en el presente reglamento, adaptados para incluir información relevante para el alcance de lo establecido en una declaración de impacto ambiental.

Para determinar los alcances del área de influencia del Proyecto, se determinó realizar el análisis local, concentrándose en la zona contigua del mismo, determinando de esta manera su alcance sobre la población local, los servicios y el equipamiento que este grupo utiliza. Dentro de los criterios para la definición del área de influencia, se utilizaron elementos presentes en el contexto local, específicamente la localización de asentamientos humanos colindantes, rutas y redes de conectividad como también las distintas actividades diarias (movilidad, actividades económicas y culturales) realizadas por los grupos humanos cercanos al Proyecto.

Diseño de indicadores para el descarte de impactos ambientales

La Caracterización Ambiental de Medio Humano guarda la finalidad de ser un insumo que permita realizar un descarte de afectaciones significativas sobre cada uno de los literales del artículo 7 del D.S N° 40/2012 Reglamento del SEIA.

Para tales efectos, se han definido indicadores que permitan evaluar las condiciones basales del área de influencia, características y /o atributos que podrían verse potencialmente afectados por las obras o actividades del Proyecto, justificando la no afectación a este componente ambiental.

En la tabla a continuación, se aprecian los indicadores definidos para la realización del análisis de descarte de impactos significativos para cada uno de los literales del Artículo 7 del D.S N°40/2012 Reglamento del SEIA.

A continuación, la tabla representa el descarte de los literales del Art. 7 para la evaluación del Medio Humano:

Fuente: Ver Tabla 3 del ANEXO 12 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

Delimitación del Área de Influencia

Para establecer los deslindes del área de influencia del medio humano, se analizó el sector desde el lugar donde se emplazará el Proyecto hacia sus alrededores, esto con el fin de encontrar barreras físicas o los límites socioespaciales que restringieran o aminoraran las relaciones con las comunidades adyacentes y que, de esta manera, permitan identificar una zona como una unidad socio territorial definida.

Fuente: Ver Figura 3 del ANEXO 12 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Tal como se observa en la figura precedente, el área de influencia del componente medio humano se encuentra en la comuna de Machalí, en la parte céntrica de la comuna.

Se considera que esta área de influencia evalúa los posibles efectos en cuanto a los grupos humanos cercanos al Proyecto en cuanto al artículo 7.

En la tabla a continuación, se presenta la justificación de cada uno de los límites del área de influencia del componente medio humano:

Fuente: Ver Tabla 4 del ANEXO 12 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

Reasentami ento de comunidade s humanas No Aplica Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:

La intervenció n, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al área de influencia del Proyecto. De mismo modo, no se percibieron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran a utilización de recursos naturales.

Es posible considerar que dada la tipología del Proyecto no generara efectos negativos en cuanto al uso de recursos naturales, de igual manera, es posible considerar que el Proyecto tiene por objetivo ayudar suplir la falta de viviendas en la comuna de Machalí.

De igual manera, por medio del catastro en terreno tras el trabajo en terreno se considera que es un sector urbano, ubicado en la zona sur poniente de Machalí, por ello, en consideración a la tipología del Proyecto no se considera que exista uso de recursos naturales.

Agricultura en el AI:

Respecto a la actividad de agricultura en el Área de Influencia en donde se emplaza el Proyecto Reserva de Machalí el cual se ubica a un costado de zonas de cultivo, por lo que se realizó una segunda campaña en terreno para visitar los predios aledaños al área del Proyecto.

Con base al levantamiento de información primario, mediante la realización de entrevistas, se registra la existencia de predios agrícolas relacionados al cultivo de maíz, ciruelas, parrones y zapallos

Los predios mencionados anteriormente pertenecen a Bernardo Hernández, que es el ex dueño de los terrenos que vendió y que ahora son parte de la constructora del Proyecto, en donde se vendieron 24 Ha aproximadamente:

lo que era de él antes, los pedazos que le van quedando para sembrar, lo que no van .

De esta manera existen predios que aún mantienen actividad agrícola y que corresponden a 12 Ha por el costado sur oriente del Proyecto. Estos cultivos pertenecen a Maíz el cual se vende a empresas avícolas ganaderas como Super pollo, mientras que el cultivo de Ciruelos se exporta internacionalmente:

avícola, ahí van a dejar todo el maíz que es en Doñihue. Los ciruelos se van para importación internacional, nada hacía ferias libres. Bueno los que roban los ciruelos esos s

Respecto al ciclo de cultivos el maíz, su temporada de siembre comienza en septiembre y octubre, por lo que su cosecha se realiza en marzo abril. Por otro lado,

el cultivo de ciruelos tiene ciclos variados debido a que su crecimiento es mayor y más rápido que el maíz. Por lo que su cosecha consta en 3 etapas: Una a final de diciembre, después a fin de enero y, por último, a mediados de febrero.

Según el levantamiento de información primario, se registra el predio agrícola de la familia García-Huidobro, la cual posee predios que antiguamente cultivaban parrones, pero que hoy en día fueron arrancados para cultivar zapallo. Estos predios se ubican adyacentes a la calle Las Rosas la cual colinda con el Proyecto.

Por otro lado, cercano a los predios con actividad agrícola se localiza el canal común de San Joaquín del cual se utiliza el sistema de riego tendido. Este sistema funciona a través del canal en donde se genera mediante un desvío un estrecho que llega a los predios en donde se ubican los cultivos. De esta manera se utilizan 2 compuertas para el traspaso de agua hacia los cultivos para así lograr regar las siembras.

En conclusión, el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a la tipología del Proyecto este no impidiera la realización o uso de recursos naturales que sean utilizados por los grupos humanos.

La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectivida d o el aumento significativ o de los tiempos de desplazamie nto.

De acuerdo al Estudio Vial, documento adjunto en el ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, en lo que respecta a los tiempos de desplazamiento en el área de influencia del medio humano para la FASE de CONSTRUCCIÓN, se consideran escenarios despreciables en materia de afectación de grados de saturación, considerando que el Estudio Vial de la ADENDA, el cual se reitera, se elabora considerando la peor condición, es decir, considerando la operación de los 3 lotes, la cual incorpora una cantidad significativa de vehículos, en contraparte de la FASE CONSTRUCTIVA, cumple con la no generación de impactos significativos en la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, descritos en el artículo 7 literal b) del Reglamento del SEIA, lo cual se puede observar en las siguiente Tablas, que presentan los resultados modelados de la situación basal, la cual ya presenta un grado de saturación como condición de inicio, la situación con Proyecto y la situación con Proyecto mitigado, es decir, la modelación que contempla las medidas de mitigación aprobadas de los IMIV de ambos lotes por el MTT, como las adicionales propuestas por el Titular en el propio Estudio Vial.

Acces o Punta Mañana Punta Tarde Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Norte 59 D 63 D 84 E 13 1 F 15 2 F 88 E Orien te 94 D 94 D 83 C 70 C 70 C 77 C Sur 69 E 85 F 87 E 66 F 69 F 90 E Ponie nte 57 C 56 C 50 C 71 C 71 C 78 C Fuente: Ver Tabla. Escenarios de saturación Intersección Crítica 1, del ADENDA COMPLEMENTARIA

Acces o Punta Mañana Punta Tarde Situación Base Situación con Proyecto Situación con Situación Base Situación con Proyecto Situación con

Proyecto Mitigado Proyecto Mitigado Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sur 39 E 39 E 48 D 39 E 38 E 51 E Orien te 29 A 36 A 34 A 27 A 29 A 27 A Ponie nte 14 A 15 A 14 A 19 A 22 A 29 A Fuente: Ver Tabla. Escenarios de saturación Intersección Crítica 2.

Acces o Punta Mañana Punta Tarde Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sur 85 E 85 E 85 E 56 D 56 D 88 E Orien te 56 A 57 A 57 A 67 B 70 B 87 A Ponie nte 71 C 75 C 75 C 11 0 D 11 1 D 59 B Fuente: Ver Tabla. Escenarios de saturación Intersección Crítica.

Acces o Punta Mañana Punta Tarde Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Norte 28 D 28 D 19 C 21 D 21 D 16 C Orien te 55 A 56 A 67 B 64 A 67 A 77 B Ponie nte 11 0 F 11 0 F 73 D 10 2 D 10 2 E 79 D Fuente: Ver Tabla. Escenarios de saturación Intersección Crítica 4.

Acces o Punta Mañana Punta Tarde Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Situación Base Situación con Proyecto Situación con Proyecto Mitigado Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Sa t ( % ) N° de servi cio Norte 20 A 13 6 F 99 C 41 A 88 C 94 C Orien te 0 A 0 A 98 B 0 A 0 B 88 C Ponie nte 0 A 0 A 77 B 0 A 0 B 97 C

Fuente: Ver Tabla. Escenarios de saturación Intersección Crítica 5. En virtud de lo expuesto, implícitamente se entiende que, si el Proyecto cumple en la peor condición posible, lo cual, por lo demás, es la base de la evaluación de impactos de los Proyectos que se someten a evaluación ambiental, de acuerdo a lo establecido en el D.S. 40/2012 del MMA, cumple adicionalmente en los escenarios que se presenten por bajo de la peor condición que, para el caso de la presente observación, corresponden al traslape de flujos de FASES CONSTRUCTIVAS con fases que ya se encuentren operativas, lo cual da respuesta a los distintos literales de la observación 1.56 de la ADENDA, respectivos a la modelación de la FASE CONSTRUCTIVA.

Sin Perjuicio de lo anterior, lo cual se refiere estrictamente a la componente vial, ambientalmente, el Proyecto considera medidas adicionales, las cuales ya se han descrito dentro de los distintos documentos presentados en la evaluación del Proyecto, pero que se vuelven a recalcar en la ADENDA COMPLEMENTARIA, para dar respuesta a la observación, con el fin de no generar impactos significativos en material del Artículo 7, literal b) del Reglamente del SEIA:

Respuesta 1.55.a de la ADENDA: Se menciona que, todos los vehículos que se utilizan en el Proyecto ingresan y se mantienen dentro de los deslindes del Proyecto, y no se estacionarán fuera de la obra, ni realizan labores fuera de esta, dado que existen estacionamiento destinados para ello, y no se contempla el utilizar el bien nacional de uso público.

Respuesta 1.55.b de la ADENDA: Se aclara que, el Proyecto no realiza acopio de materiales en la vía pública durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Por el contrario, para el acopio de estos, se dispone de un área específica, con espacios delimitados y dispuestos para el acopio de materiales al interior de la instalación de faenas.

Se agrega a lo anterior que, los vehículos relacionados con el retiro y transporte de materiales, en base a lo descrito, generan las obras de carga y descarga dentro de las instalaciones del Proyecto.

Respuesta 1.55.c de la ADENDA: Se indica que se realiza una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada.

Respuesta 1.55.e de la ADENDA: Se privilegia el terreno del Proyecto para las faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita.

Respuesta 1.55.f de la ADENDA: Se menciona que, el acceso este en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones.

Se agrega a lo anterior que, es responsabilidad del Titular velar por el buen estado del acceso al Proyecto para el ingreso y salida de vehículos y peatones.

Respuesta 1.55.g de la ADENDA: Se realiza el traslado de maquinaria pesada hacia la obra con carros de arrastre.

Respuesta 1.55.h de la ADENDA: Se realiza el traslado de maquinaria pesada hacia la obra con carros de arrastre.

Respuesta 1.55.i de la ADENDA: Se considera capacitar a los trabajadores involucrados en materia de señalización de tránsito de obras provisorias.

Se mantienen el registro de las capacitaciones disponibles en instalación de faenas.

Respuesta 1.55.j de la ADENDA: Se capacita a los trabajadores involucrados para el transporte de materiales se realice encarpado.

Se mantienen el registro de las capacitaciones disponibles en instalación de faenas.

Adicionalmente, se incorpora como Compromiso Voluntario, evitar la obstrucción vial que se pueda generar por el ingreso y salida de vehículos y maquinarias en horario punta, tal como se muestra en la siguiente Tabla:

Compromiso ambiental voluntario: Tránsito de vehículos y maquinaria en hora punta Impacto asociado Posible impacto en la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la obstrucción vial que se pueda generar por el ingreso y salida de vehículos y maquinarias en horario punta. Descripción: Se evitará el ingreso y salida de vehículos y maquinaria durante el horario punta de mañana y tarde, que tengan relación con las actividades de CONSTRUCCIÓN del Proyecto. Justificación: Debido a que en las horas punta, se encuentra la mayor concentración de vehículos de residentes aledaños al Proyecto, se evitará generar un aumento en los tiempos de desplazamiento y/u obstrucción vial al no permitir el tránsito de vehículos y maquinarias. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas. Forma: Se implementa un registro de ingreso, el cual se mantiene en instalación de faenas, con el objetivo de garantizar que el ingreso y salida de vehículos y maquinarias se permita hasta 15 minutos antes y desde 15 minutos después de los horarios punta de mañana y tarde. Adicionalmente, se privilegiará el horario fuera de horas punta para las faenas de carga y descarga de camiones. A saber, los periodos con mayor flujo vehicular corresponden a la punta mañana y punta tarde, los cuales están bien definidos, determinando las siguientes horas críticas: Punta Mañana: 7:30 8:30 Punta Tarde: 17:45 18:45 Oportunidad: Durante ambas FASEs constructivas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Implementación de registro de ingreso y salida de vehículos y maquinaria del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro en instalación de faenas del ingreso de vehículos y maquinarias disponible ante fiscalización. Fuente Ver Tabla 172. Compromiso Ambiental Voluntario tránsito y maquinaria en hora punta de la Adenda Complementaria.

Sin perjuicio de lo anterior, se aclara que, dentro de la instalación de faenas del Proyecto, existen áreas suficientes, destinadas al estacionamiento de vehículos y maquinarias asociadas a la FASE CONSTRUCTIVA del Proyecto, con lo cual, en conjunto con el compromiso voluntario presentado en la observación, no se prevé la generación de filas de ingreso en la vialidad local cercana.

Así las cosas, con los antecedentes entregados sobre la FASE de CONSTRUCCIÓN, se descarta una afectación con respecto a la obstrucción o restricción a la libre circulación de los grupos humanos del área de influencia, del artículo 7, literal b) del Reglamento del SEIA.

Ahora bien, en lo que respecta a la FASE de OPERACIÓN, para establecer las medidas de mitigación necesarias para el Proyecto, se identificaron las principales vías acceso y salida del Proyecto en evaluación, en donde se visualizan 14 rutas para flujos de vehículos privados motorizados y viajes de otros modos, de las cuales, las rutas con mayor relevancia en términos de flujos, conectividad e infraestructura coinciden con los ejes de la Av. San Juan con Av. Nueva Sanchina y la de Av. San Juan con calle Santa Teresita, además de la ruta H-24 (ampliación de la H 27 ) con la Av. Nueva Sanchina como los puntos de ingreso y egreso al área de influencia en estudio.

Cabe destacar que todas las rutas mencionadas permiten el acceso y egreso de los 3 Proyectos en evaluación.

Fuente Ver Figura 156. Rutas probables de la Adenda Complementaria.

Rutas Trazado 1 Avenida San Juan 2 Avenida Nueva Sanchina 3 Santa Teresita 4 Avenida Hernán Ciudad 5 Avenida Fitz Roy 6 Bahía Acosta 7 Avenida Bahía Fitz Roy 8 Esperanza 9 Patria Nueva 10 Avenida Cardenal Antonio Samore 11 Sewell 12 18 de Septiembre 13 Las Acacias 14 Las Lilas 15 Bahía Laguna Verde Fuente Tabla 175. Rutas trazados de la Adenda Complementaria.

En ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, se presentan las tablas para cada intersección crítica, se analizan 2 escenarios, la hora punta mañana, es decir, cuando el usuario se dirige a los destinos cotidianos, ya sean trabajo, escuela u otros, y la hora punta tarde, cuando el usuario vuelve hacia su residencia. Lo anterior se analiza en términos de grados de saturación, lo que quiere decir la razón entre el flujo vehicular y la capacidad de un cruce.

En este sentido, se considera que comienzan a generarse conflictos viales cuando los grados de saturación superan el 85%, lo cual se puede apreciar como los valores destacados en rojo de las tablas.

Como se observa, en ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, 4 de las 5 intersecciones, como condición basal, existen grados de saturación superiores al 85%, en donde algunas incluso superan el 100% de saturación, no obstante, mediante la implementación de las medidas de mitigación, permiten amortiguar estos grados de saturación, disminuyéndolos bajo el 100% para la totalidad de

intersecciones críticas, lo cual en ocasiones se logra aumentando levemente los grados de saturación desde el flujo de otra orientación en un cruce, pero que evaluando el escenario general, no corresponden a aumentos significativos en consideración a la disminución de la saturación general del punto de interés.

Sin perjuicio de lo anterior, la intersección 5 requiere de un análisis especial, en donde la situación basal no comprende grados de saturación en dirección oriente y poniente (Avenida Nueva Sanchina), debido que corresponde a una vía con tránsito continuo.

A su vez, el aumento en el grado de saturación en dirección norte (Avenida Fitz Roy), es considerable en comparación a su situación basal, lo cual es esperable considerando que es una de las vías principales del Proyecto.

En este sentido, la materialización de las medidas de mitigación que, si bien mantienen un grado de saturación en la intersección, permiten disminuir considerablemente el grado de saturación introducido por el Proyecto, lo que permite concluir la efectividad de las medidas propuestas y que se encuentran Aprobadas por la SEREMI de Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de

Tanto las medidas de mitigación, como la efectividad de estas medidas, que han sido modeladas mejoran las condiciones del tráfico vehicular y disminuye los grados de saturación (para más detalle se adjunta los IMIV en el ANEXO 6 y el Estudio Vial en el ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA).

Esto demuestra que las intervenciones propuestas son adecuadas para el Proyecto, descartando impactos significativos en el Artículo 7 literal b) del Reglamento del SEIA.

En complemento con lo anterior, en lo que respecta a las medidas de mitigación para la resolución de la congestión de los nodos, cruces y vías comprendidas dentro del área de influencia del componente vial, se realizaran las siguientes acciones:

Etapa 1 de mitigación (Lote W-1 y W-2).

Obligatoria:

El Proyecto verifica la existencia de las condiciones de accesibilidad requeridas, y como medida de mitigación se propone la demarcación de los pasos peatonales explícitos dentro del área de influencia.

Se proyecta continuidad de ciclovía la cual está ubicada en Av. Nueva Hernán Ciudad desde Bahía Laguna Verde Casta el límite del Proyecto.

En los accesos vehiculares, los vehículos que salen del Proyecto cuentan con las distancias requeridas, libres de vegetación y elementos verticales, para contar con la adecuada visibilidad y que permite minimizar los conflictos con peatones y/o ciclistas.

Los radios de giro y el ángulo de incidencia del acceso permiten que las maniobras de entrada y salida no interfieran la circulación de los otros vehículos que circulan por la vía, ni se genere entrecruzamiento de los vehículos que entran y salen.

La disposición de los sentidos de tránsito de los accesos vehiculares se ha proyectado de acuerdo con el sentido de tránsito de la vía que enfrenta.

La señalización y demarcación propuesta en el área de influencia se ha diseñado de acuerdo con lo establecido en el Manual de Señalización de Tránsito.

Adicional del Titular: Se materializa 2 resaltos reductores de velocidad, los cuales están ubicados en: - Av. Nueva Hernán Ciudad entre Bahía Mansa y Bahía Laguna Verde (1 unidad) - Av. Nueva Hernán Ciudad entre Calle 1 y Calle 5 (1 unidad)

Todos los rebajes de solera se realizan en base a la accesibilidad universal.

Etapa 2 de mitigación (Lote W-1 y W-2).

Obligatoria:

El Proyecto verificar la existencia de las condiciones de accesibilidad requeridas, y como medida de mitigación se propone la demarcación de los pasos peatonales explícitos dentro del área de influencia.

En los accesos vehiculares, los vehículos que salen del Proyecto cuentan con las distancias requeridas, libres de vegetación y elementos verticales, para contar con la adecuada visibilidad y que permite minimizar los conflictos con peatones y/o ciclistas.

Los radios de giro y el ángulo de incidencia del acceso permiten que las maniobras de entrada y salida no interfieran la circulación de los otros vehículos que circulan por la vía, ni se genere entrecruzamiento de los vehículos que entran y salen.

La disposición de los sentidos de tránsito de los accesos vehiculares se ha proyectado de acuerdo con el sentido de tránsito de la vía que enfrenta.

La señalización y demarcación propuesta en el área de influencia se ha diseñado de acuerdo con lo establecido en el Manual de Señalización de Tránsito.

Se proyecta la materialización de 10 dispositivos de rodados en norma (Tipo 4) en el cruce de Bahía Fitz Roy con Bahía Laguna Verde.

Adicional del Titular:

Se materializa una parada de transporte público en Av. Nueva Hernán Ciudad, entre el límite del Proyecto y Calle 5.

Etapa 3 de mitigación (Lote W-1 y W-2).

Obligatoria:

El Proyecto verificar la existencia de las condiciones de accesibilidad requeridas, y como medida de mitigación se propone la demarcación de los pasos peatonales explícitos dentro del área de influencia.

En los accesos vehiculares, los vehículos que salen del Proyecto cuentan con las distancias requeridas, libres de vegetación y elementos verticales, para contar con la adecuada visibilidad y que permite minimizar los conflictos con peatones y/o ciclistas.

Los radios de giro y el ángulo de incidencia del acceso permiten que las maniobras de entrada y salida no interfieran la circulación de los otros vehículos que circulan por la vía, ni se genere entrecruzamiento de los vehículos que entran y salen.

La disposición de los sentidos de tránsito de los accesos vehiculares se ha proyectado de acuerdo con el sentido de tránsito de la vía que enfrenta.

La señalización y demarcación propuesta en el área de influencia se ha diseñado de acuerdo con lo establecido en el Manual de Señalización de Tránsito.

Demarcación y señalización de tráfico calmado en la Bahía Fitz Roy desde Bahía Morris Casta el límite del Proyecto.

Adicional del Titular:

Se materializa 4 resaltos reductores de velocidad los cuales están ubicados en: -Calle Bahía Laguna Verde entre Pasaje Bahía Darwin y Pasaje Bahía Corral (1 unidad). -Av. Bahía Fitz Roy entre Calle Bahía mansa y Calle Bahía Laguna Verde (1 unidad). -Av. Bahía Fitz Roy entre Calle Bahía Laguna Verde y Calle 4 (1 unidad). -Av. Bahía Fitz Roy entre Calle 4 y Calle 8 (1 unidad)

Se realiza demarcación y señalización de zona 30 para el uso compartido de pistas entre ciclistas y vehículos en ambas calzadas en las siguientes calles: -Calle 1 entre Av. Hernán Ciudad y Calle 3. -Calle 3 entre Calle 1 y Calle 4. -Calle 5 entre Calle 3 y Av. Fitz Roy. -Calle 5 entre Av. Hernán Ciudad y Calle 7. -Calle 8, entre Calle 7 y Av. Bahía Fitz Roy.

Se reconstruye las veredas en mal estado, las cuales están ubicadas en las siguientes calles: -Avenida Fitz Roy entre Calle Bahía Las Brisas y límite del Proyecto (75m2). -Calle Bahía Laguna Verde entre Avenida Fitz Roy y Bahía de Huasco (15m2).

Se realiza la materialización de bolardos en los accesos de las áreas verdes, de esta forma se evita que los vehículos ingresen y que los peatones queden resguardados del flujo vehicular.

Se realiza la materialización de 8 lomillos, los cuales están ubicados en: -Calle 1 entre Calle 3 con Pasaje 3 (1 unidad). -Calle 1 entre Pasaje 1 con Pasaje 2 (1 unidad). -Calle 4 entre Calle 3 con Pasaje 3 (1 unidad). -Calle 4 entre Calle 2 con Pasaje 1 (1 unidad). -Calle 5 entre Calle 7 con Pasaje 6 (1 unidad). -Calle 5 entre Pasaje 4 con Pasaje 5 (1 unidad). -Calle 8 entre Calle 7 con Pasaje 6 (1 unidad). -Calle 8 entre Pasaje 4 con Pasaje 5 (1 unidad).

Etapa 1 de mitigación (Lote W-3).

Obligatoria:

Elaborar y materializa una zona 30 para las calles interiores del Proyecto: -Demarcación. -Señalización. -Reductores de velocidad tipo lomillo.

Elaborar y materializa un Proyecto de demarcación y señalización en el área de influencia de Proyecto. Esto incluye: Demarcación: 1. Eliminación de calzada bidireccional en Hernán Ciudad. 2. Eje Nueva Hernán Ciudad, entre Avda. Nueva Sanchina y el Proyecto.

3. Eje Bahía Laguna Verde, entre Avda. Nueva Hernán Ciudad y Bahía Fitz Roy.

Señalización: 1. Reubicación de toda la señalética existente de la acera sur de la calzada actual de Av. Nueva Hernán Ciudad según corresponda. 2. -10). 3. -

4.

Adicional del Titular:

Provisión e instalación de 14 resaltos tipo cojines en Avenida Nueva Hernán Ciudad, entre Avda. Nueva Sanchina y el Proyecto. Esto debe ir acompañado de:

Demarcación. -5 señaléticas RESALTO (PG- 8a).

-Habilitación de 3 pasos peatonales en el eje Avenida Nueva Hernán Ciudad Ciudad, entre el Proyecto y Bahía Francesa.

Esta considera: Demarcación Paso de Cebra. Apertura de mediana central. Pavimento podotáctil en mediana (6). Dispositivos de rodados (6). -

Normalizar los pasos peatonales existentes de la intersección de Av. Sanchina con Av. Hernán Ciudad. Esto Considera:

-Demarcación Paso de Cebra en Avda. Nueva Hernán Ciudad y Avda. Nueva Sanchina. -Dispositivos de rodado (2 en Avda. Nueva Hernán Ciudad y 1 en Avda. Nueva Sanchina). -Apertura de mediana en Avda. Nueva Hernán Ciudad. -Pavimento podotáctil (1 en Avda. Nueva Sanchina, 2 en Avda. Nueva Hernán Ciudad). - -

Materialización de dispositivos podotáctil en las siguientes intersecciones pertenecientes al área de influencia:

-Bahía Laguna Verde con Bahía Morris (3). -Bahía Laguna Verde con Bahía Coique (2). -Bahía Laguna Verde con Bahía Inglesa (2). -Av. Hernán Ciudad con San Marcelino (6). -San Marcelino con Calle 11 (6). -San Marcelino con Calle 7 (2). -San Marcelino con Calle 10 (8). -Calle 12 frente al Área Verde (2).

La construcción de los dispositivos de rodados debe cumplir con la normativa sobre accesibilidad contemplada en la Ordenanza General de Urbanismos y Construcciones (OGUC), Artículo 2.2.8 espacios públicos.

Mantención de ciclovía existente en Hernán Ciudad, esto incluye: - Mantención de Demarcación de calzada. - Mantención de señalética existente. - Mantención de segregadores.

Además, se proyecta:

-

Avda. Nueva Hernán Ciudad llegando a Calle San Marcelino.

- en Avda. Nueva Hernán Ciudad llegando a Calle San Marcelino. -

el eje Avda. Nueva Hernán Ciudad.

Mantención del paradero en acera poniente de Avda. Nueva Sanchina con, en la intersección con Avenida Nueva Hernán Ciudad.

La mantención considera: Reparación y/o provisión de: 1. Refugio Peatonal. 2. Señalética. 3. Demarcación. 4. Basurero. 5. Asientos. 6. Pavimento Podotáctil. 7. Limpieza de andén y la vereda que conecta con el paso de cebra de Av. Sanchina.

Etapa de mitigación número 2 (Lote W-3):

Obligatoria:

Proyecto de demarcación y señalización en el área de influencia de Proyecto: -Eje Avda. Nueva Hernán Ciudad, entre Avda. Nueva Sanchina y el Proyecto. -Eje Bahía Laguna Verde, entre Avda. Nueva Hernán Ciudad y Bahía Fitz Roy.

La demarcación que se contempla ajusta a lo dispuesto por el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Es decir, está de acuerdo con la normativa vigente en cuanto a formas y color.

El Proyecto de demarcación y señalización es aprobado por la Municipalidad de Machalí.

Tanto los IMIV como sus Resoluciones de Aprobación se encuentran en el ANEXO 6 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

Adicionalmente, el Estudio Vial, documento adjunto en el ANEXO 9 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, incorpora medidas de mitigación con el objetivo de disminuir los grados de saturación identificados en el área de influencia vial comprendida en el Estudio, las cuales se detallan a continuación:

1. Realizar estudio de programaciones de semáforos en las siguientes intersecciones:

a. Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer).

b. Avda. San Juan con calle Santa Teresa (nodo a) y Avda. San Juan con acceso Lo Castillo (nodo b).

El estudio considera primero el Estudio de Periodización en la intersección con mayor flujo en este caso Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer), a fin de precisar nuevos periodos de la red o subperiodos.

Posteriormente, se realiza el Estudio de Programaciones considerando los nodos frontera, realizar la tarea de sintonía fina de todos los planes de tiempos prefijados, y reconfigurar el controlador en el caso que las nuevas programaciones difieran de las originales.

2. Re-demarcación de elementos horizontales de los puntos críticos: a. Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer). b. Avda. San Juan con Santa Teresa (nodo a) y San Juan con Acceso Lo Castillo (nodo b). c. Bahía Fritz Roy con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer)

Se debe considerar la remarcación de líneas de detención, líneas de separación de calzada, ceda el paso, flechas direccionales, pasos peatonales, elementos de ciclovía, demarcación de no bloquear cruce, entro otros. Esto se ingresa a la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Machalí.

3. Demarcación de todos los cruces para ciclovías en Avda. San Juan desde Santa Teresa hasta Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer).

4. Normalización de dispositivos de rodados en rebajes de cruces del área de influencia, donde existan refugios peatonales.

5. Demarcación de pasos peatonales con pintura en mal estado en cruces del área de influencia, como prioridad los que se encuentren cercanos a los refugios peatonales o zonas de para de transporte público.

6. Se realiza estudio de justificación del cruce de Bahía Fitz Roy con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer), en caso de justificarse este se materializar.

7. En el cruce de Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer) por el lado del acceso sur se realiza un rediseño de la intersección, generando una pista extra con una longitud de 200 metros para que los vehículos puedan virar a la izquierda en ambas pistas.

8. Realizar sintonía fina en el cruce de Av. La Sanchina con Avda. Madero, y en cruce de la Carretera del Cobre (ruta H-27), y Avda. Nueva Sanchina, durante las FASES de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN.

Así, con la implementación de las medidas propuestas, se logra generar una disminución en los grados de saturación generales de las intersecciones críticas, presentando grados de saturación bajo el 100% para todas las intersecciones y orientaciones de acceso/egreso analizadas.

En resumen, la situación base ya presenta altos niveles de saturación, que se intensifican con la introducción del Proyecto.

Se han sugerido medidas de mitigación que, tras su implementación, resultan en una reducción de los grados de saturación críticos asociados con el Proyecto.

La efectividad de estas medidas de mitigación, que han sido modeladas (para más detalle se adjunta Estudio Vial en el ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA), mejora las condiciones del tráfico vehicular y disminuye los grados de saturación.

Esto demuestra que las intervenciones propuestas son adecuadas para el Proyecto, descartando afectación al literal b) del artículo 7 del RSEIA.

Se debe tener en consideración que la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones levantó diversas observaciones a la DIA en Oficio Ord. N°31274/2022, y, que con relación a la ADENDA se pronunció conforme mediante Oficio Ord. N°26639/2023 de fecha 15 de septiembre de 2023.

Misma situación respecto a ADENDA COMPLEMENTARIA, pronunciándose conforme mediante Oficio Ord. N°7471/2024.

Estas se asocian a los IMIV presentados de manera sectorial en autoridad competente, que se refiere a aplicación del D.S. N°30/2019 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, correspondiente al Reglamento Sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de Proyectos de crecimiento urbano y que guardan relación con medidas de mitigación obligatorias y adicionales, en este caso, de Proyecto inmobiliario.

La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamient os, servicios o infraestruct ura básica. Para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, se indica que las personas que trabajen en la obra sea población flotante, por lo tanto, no hará uso de servicios tales como salud o educación; consecuentemente, es posible acreditar que el Proyecto durante su FASE de CONSTRUCCIÓN no genera una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Por otro lado, para la FASE de OPERACIÓN se analizó la disponibilidad de la red de establecimientos de salud, educación, servicios e infraestructura básica, el análisis arrojó que existe capacidad para satisfacer las necesidades de quienes lleguen a habitar el Proyecto, por tanto, el Proyecto no afecta o altera la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica asociados al área de influencia de este.

Lo anterior, se refleja en el ANEXO 12 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

Educación Es posible apreciar que dentro del área de influencia se encuentran los siguientes establecimientos de educación secundaria: Colegio San Ignacio, Colegio Santa Teresa de Los Andes. Por otro lado, fuera del área de influencia, pero cercanas a ella se encuentran los establecimientos permanecientes a la ciudad de Rancagua, tales como: Colegio Ave Fénix, Colegio Whipple School Oriente, Colegio San Ángel.

Cabe destacar que dentro del área de influencia y cercana a ella, se registran Establecimientos de Educación Superior tales como Colegio Whipple School Oriente y Colegio Ave Fénix.

Figura 252. Establecimientos educacionales en el área de influencia de la Adenda Complementaria.

Los establecimientos educacionales presentes en el área de influencia de Medio Humano son los siguientes: Colegio Artístico Santa Teresa de Machalí, Villa María College, Colegio San Ignacio, Colegio Nahuelcura, Colegio Mozart, Escuela de lenguaje San Benito, Jardín Wentemil. Colindante al área de influencia se encuentra el Liceo de Machalí.

Respecto del acceso a la educación se aclara que, para evaluar este componente, se consideraron los siguientes indicadores en base a los datos aportados por el censo de población y vivienda 2017 (INE, 2017):

Rangos de edad Total comuna 0-4 4.431 5-9 4.496 10-14 4.343 15-10 4.884 Total edad escolar 18.154 % Comunal 27 % Fuente: Tabla 210. Población en edad escolar comuna de Machalí de la Adenda Complementaria.

Indicadores variable hogar Cantidad de hogares 20.880 Viviendas con más de 1 hogar 1% Promedio de personas por hogar 3 Fuente: Tabla 211. Indicadores variable hogar comuna de Machalí de la Adenda Complementaria.

Como podemos observar en las Fuente: Tablas anteriores, la población en edad escolar para todos los niveles (desde prekínder hasta la educación media) es de 18.154 personas, lo que corresponde al 27 % del total de la población comunal. Respecto al promedio de personas por hogar, en la comuna de Machalí, corresponde a 3 personas.

El presente Proyecto que se somete a evaluación ambiental consiste en la construcción y habilitación de 499 viviendas, considerando el Proyecto existente, por lo que se espera que el Proyecto aporte una carga demográfica de 1.497 personas.

De acuerdo con esto, la cantidad proyectada de personas en edad escolar equivale a 404 personas (considerando que la población en edad escolar para la comuna de Machalí corresponde a un 27 %).

La capacidad de matrícula de los establecimientos educacionales del Área del Proyecto se presenta en la siguiente Tabla al respecto es posible señalar que 45 matrículas corresponden al nivel prekínder y kínder, 44 matrículas en el nivel de educación básica y 199 matrículas en el nivel de educación media, por lo que, estaría cubierto el 72 % de la demanda educacional.

También hay que señalar que existen 3 establecimientos educacionales dentro del área de influencia de los cuales no se ha podido acceder a sus matrículas proyectadas para el año 2024.

Cabe precisar que el análisis descrito anteriormente considera algunos supuestos.

En primer lugar, se contempla que el 100% de los estudiantes que aporta el Proyecto se matricula en alguno de los mencionados Colegios.

Lo anterior, corresponde a la peor condición existente, dado que con frecuencia los alumnos no se cambian, pudiendo incluso estar ya considerados en las matrículas existentes.

Además, destaca que el área de captación de los establecimientos educacionales suele ser de varios sectores de la ciudad.

Establecimientos educacionales Vacantes 2023 Kínder y Prekínder Básica Media Colegio artístico Santa Teresa de Machalí 31 13 4 Colegio Nahuelcura 14 8 2 Colegio el pequeño Mozart 0 2 2 Villa María College Sin información disponible - - Colegio San Ignacio 0 21 19 Liceo de Machalí 0 172 Escuela de lenguaje San Benito Sin información disponible - - Jardín Wentemil Sin información disponible - - Total, matriculas por nivel 45 44 199 Fuente: Tabla 212. Matrículas por establecimientos de educación de la Adenda Complementaria.

Salud

Respecto al acceso a salud, en la siguiente imagen se visualiza que dentro del área de influencia se encuentra el CECOSF Santa Teresa, el Centro Médico Nueva Salud y la Clínica dental Centro Nuevo. Por otro lado, colindante al área de influencia se encuent Isamédica.

De esta forma se acredita la factibilidad de acceso a centros de salud, tanto públicos como privados en las cercanías del Proyecto.

Fuente: Figura 253. Establecimientos de salud en el área de influencia y colindantes de la Adenda Complementaria.

Respecto a lo indicado, es preciso indicar que para caracterizar económicamente a los futuros habitantes de un Proyecto inmobiliario donde las viviendas tienen un valor que va desde aproximadamente 3.200 UF, es útil comprender primero que representa la UF y cómo se relaciona con la capacidad de compra en el mercado inmobiliario chileno.

Ahora, considerando el valor de una vivienda de 3.200 UF, y tomando en cuenta que, generalmente, se recomienda que el pago mensual de un crédito hipotecario no exceda el 25% de los ingresos netos mensuales de una persona, se puede inferir que los compradores de estas viviendas deberían tener ingresos relativamente altos.

Por lo tanto, los futuros habitantes de un Proyecto con viviendas valoradas en 3.200 UF probablemente pertenecerían a un segmento de ingresos medios a altos, con la capacidad de asumir compromisos financieros a largo plazo y de acceder a servicios financieros como créditos hipotecarios. Este perfil socioeconómico también puede implicar ciertas expectativas en cuanto a calidad de vida, servicios y comodidades dentro del Proyecto inmobiliario.

Dada la información del perfil socioeconómico de los futuros habitantes del Proyecto inmobiliario, donde las viviendas tienen un valor de aproximadamente 3.200 UF, se infiere el tipo de acceso a los servicios de salud que estas personas podrán tener.

En Chile, el sistema de salud es mixto, con un componente público (FONASA) y otro privado (ISAPREs). FONASA, el Fondo Nacional de Salud, ofrece cobertura a todos los ciudadanos que no están afiliados a una ISAPRE. Este seguro público se divide en cuatro grupos (A, B, C y D) según la capacidad económica del beneficiario.

Por otro lado, las ISAPREs son entidades privadas que ofrecen planes de salud a cambio de una cotización obligatoria más un porcentaje adicional según el plan elegido, permitiendo acceso a servicios médicos más personalizados y tiempos de espera más cortos.

Los futuros habitantes del Proyecto, dada su capacidad para adquirir viviendas valoradas en 3.200 UF, probablemente se encuentren en un segmento de ingresos medios a altos. Este nivel socioeconómico les permitiría probablemente optar por el sistema de salud privado, afiliándose a una ISAPRE, donde podrían beneficiarse de una gama más amplia de servicios médicos, tiempos de espera más reducidos y un enfoque más personalizado en la atención médica. Además, la capacidad financiera para pagar una cuota superior a la obligatoria les permitiría acceder a planes de salud con mayor cobertura y beneficios.

En resumen, es probable que los futuros habitantes de este Proyecto inmobiliario opten mayoritariamente por el sistema de salud privado dada su capacidad económica, aunque esto no excluye la posibilidad de que algunos elijan el sistema público por diversas razones, incluyendo principios personales o la proximidad a ciertos servicios de salud pública.

En el área de influencia del Proyecto, que contempla la incorporación de 1.497 personas a una población comunal de 52.505, se observa una amplia oferta de servicios médicos que garantiza un acceso adecuado a la salud.

Esta oferta incluye tanto establecimientos de salud pública como privada como, CECOSF Santa Teresa, el Centro Médico Nueva Salud y la clínica dental Centro Isamédica, entre otros.

Dada la capacidad actual de estos servicios y la población total de la comuna, es razonable inferir que la carga demográfica aportada por el Proyecto no representará

un impacto significativo en la accesibilidad o calidad de los servicios de salud disponibles.

Por lo tanto, se espera que los futuros residentes del Proyecto tengan un acceso óptimo a servicios de salud, tanto público como privados, sin que esto suponga una sobrecarga para el sistema de salud local.

En base a los antecedentes presentados, los cuales pueden revisarse en detalle en el ANEXO 12 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, y considerando la densidad poblacional con que aportará el Proyecto en el territorio en su situación existente y con el Proyecto en evaluación, es posible descartar que el presente Proyecto suponga algún tipo de afectación o genere competencia en el acceso a servicios e infraestructura de salud.

La dificultad o impediment o para el ejercicio o la manifestaci ón de tradiciones, cultura o intereses comunitario s, que puedan afectar los sentimiento s de arraigo o la cohesión social del grupo. Según información del sistema de información territorial de CONADI, dentro del área de influencia de Medio Humano no se identificaron comunidades presentes.

Según lo observado no se identifican comunidades cercanas al área del Proyecto, como tampoco al área de influencia, por ende, considerando la tipología y ubicación del Proyecto no se considera que genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Con respecto al registro de asociaciones, no se identifican cercanas al área del Proyecto, como tampoco al área de influencia. Sin embargo, existe una asociación Influencia y Área del Proyecto, por ende, considerando la tipología y ubicación del Proyecto no se considera que genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Para los grupos humanos pertenecient es a pueblos indígenas, además de las circunstanci as señaladas precedente mente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organizació n social particular. Según información del sistema de información territorial de CONADI, dentro del área de influencia de Medio Humano no se identificaron comunidades presentes. Respecto a las actividades de tipo comunitario, dado que es un área de expansión urbana de desarrollo de Proyecto inmobiliarios recientes, no se visualiza infraestructura social que pueda ser afectada por las actividades contempladas por el Proyecto.

5.4 SOBRE LA INEXISTENCIA DE LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS, GLACIARES Y ÁREAS CON VALOR PARA LA OBSERVACIÓN ASTRONÓMICA CON FINES DE INVESTIGACIÓN

CIENTÍFICA SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental No Aplica

Existencia de poblaciones protegidas Con respecto al registro de asociaciones, no se identifican cercanas al área del Proyecto, como tampoco al área de influencia. Sin embargo, existe una asociación que se encuentra hacia el centro de la comuna que tiene por anteriormente, lejano al Área de Influencia y Área del Proyecto, por ende, considerando la tipología y ubicación del Proyecto no se considera que genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo .

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, y zona con valor ambiental No existen áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. La zona de emplazamiento del Proyecto corresponde a un área que presenta intervención antrópica y en un predio particular ubicado dentro del límite urbano de la comuna de Machalí.

Es importante destacar que los habitantes de los sectores aledaños al Proyecto no forman parte de alguna etnia, en especial a la cultura Mapuche, ni tampoco hay manifestaciones de convocatoria religiosa u otra índole; atribuido principalmente a que el tejido social y su cohesión son muy recientes. Por lo cual es claro mencionar que el sector es residencial con pocos años de actividad social, con la permanente llegada de nuevos Proyectos y más residentes para el sector, se puede categorizar como un sector residencial sin un desarrollo productivo ni industrial.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud De acuerdo a la ubicación geográfica del área de emplazamiento del Proyecto descrito en el punto 1.3 de esta Declaración de Impacto Ambiental, se indica que el Proyecto no ejecutará obras, programas o actividades en áreas resguardadas bajo protección oficial, acorde con los de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación

o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

5.5 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No Aplica

Existencia de valor turístico Para el presente Proyecto no se identifican existencias de zonas con valor turístico. Existencia de valor paisajístico Para el presente Proyecto no se identifican existencias de zonas con valor paisajístico.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. La calidad visual del paisaje fue evaluada en categoría baja, dado que los elementos originales del mismo han sido reemplazados principalmente por actividades antrópicas, lo que se traduce en la presencia de las siguientes características en el área de emplazamiento del Proyecto:

Relieve homogéneo con pendiente media.

Baja presencia de fauna silvestre.

Ausencia de singularidades.

Homogeneidad en la vegetación.

Por lo que se estima que la construcción del proyecto habitacional no afectará la calidad visual del paisaje debido a que todo el lugar presenta características de gran semejanza visual (alta homogeneidad).

De acuerdo con los antecedentes, se concluye que el Proyecto no obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico, dado que el Proyecto se emplaza en una zona dentro de los límites urbanos de la comuna en donde no existen zonas con valor paisajístico.

La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. El área del Proyecto donde se encuentra emplazada corresponde a un recinto privado y su entorno se caracteriza con un gran desarrollo inmobiliario dentro de la comuna y corresponde a un área antrópicamente intervenida, aledaña a predios particulares. Además, es preciso aclarar que de acuerdo con el Catastro de SERNATUR en la región del Libertador Bernardo a 42 km aproximadamente del área de emplazamiento del Proyecto.

Del mismo modo, como se identificaron 4 atractivos turísticos que se encuentran a más de 2 km de distancia del área de emplazamiento del Proyecto distancia.

Sin embargo, no se proyecta la intervención de las áreas con valor turístico, así como tampoco el tránsito de vehículos por las vías de acceso a las mismas; por lo que su ejecución no altera; de acuerdo con su magnitud y extensión, atributos que favorezcan o mantengan el desarrollo de actividades turísticas.

El Proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que en su área de influencia no se localizan zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área que permite uso de suelo residencial.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Cabe señalar que el área de Proyecto no se encuentra emplazado en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo la Ley N° 20.423 del 2010. Tampoco se encuentra emplazado en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo el D.L. N° 1.224.

El Proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que en su área de influencia no se localizan zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área que permite uso de suelo residencial. Asimismo, en el lugar donde se emplaza el Proyecto no hay presencia de pueblos indígenas.

5.6 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico.

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Para el presente Proyecto no se presencian sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Ver ANEXO 09 de la DIA. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

La magnitud en que se remueva destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. De acuerdo con la visita en terreno del día 24 de junio de 2022, es importante mencionar que aproximadamente el 50% del área del Proyecto fue recorrida por transectas separadas cada 25 metros entre sí, en eje Noroeste Sureste.

El acceso al área de estudio del Proyecto se realizó siguiendo la calle Bahía Fitz Roy, la cual permite el acceso directo al Proyecto. No hubo problemas de accesibilidad para ingresar al área del Proyecto.

En cuanto a la visibilidad, la podemos clasificar como regular a mala, prácticamente toda la zona prospectada en transectas separadas cada 25 metros, corresponde a una zona de cultivo de maíz en desuso, y siendo los desechos del cultivo el componente que domina sobre la superficie. La zona no prospectada, corresponde a la zona actualmente utilizada por la instalación de faena del Proyecto en curso que corresponde al Proyecto existente, y zonas de acopio.

No se registraron elementos arqueológicos y/o patrimoniales superficiales en las áreas asociadas al polígono donde se desarrollará el Proyecto.

En base a lo anterior y de acuerdo con la prospección arqueológica pedestre in situ realizada para el Estudio de Arqueología, adjunto en el ANEXO 9 de la presente DIA, no se identificaron sitios arqueológicos durante la inspección visual realizada y de la revisión bibliográfica da cuenta de la presencia de 6 sitios arqueológicos y 11 hallazgos aislados, en un radio de 10 km del área del Proyecto los cuales se encuentran a una distancia superior a 4,39 km con respecto al área de estudio.

Asimismo, de la revisión bibliográfica sobre diversas fuentes consultadas da cuenta de la presencia de 1 monumento histórico y 2 zona típica en la comuna de Machalí, la más cercana al área del Proyecto se encuentra a 14,2 km, es decir, fuera de su entorno inmediato.

Es así como, el Proyecto no afectará la magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288, dado que en el área de influencia del Proyecto no se identificó la presencia de Monumentos Nacionales.

La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. De acuerdo con el Estudio de Arqueología, adjuntado en el ANEXO 9 de la presente DIA, de la revisión de fuentes sobre presencia de sitios arqueológicos en las cercanías del emplazamiento del Proyecto entrega como resultado la nula presencia de sitios arqueológicos dentro del área de estudio. Dentro de un radio de 5 km, se identificó la presencia del Proyecto Los Pinares, en donde se identificaron al menos tres hallazgos aislados, ubicado aproximadamente a unos 4,39 km del área de estudio. Al ampliar el radio a 10 km se identificaron 14 elementos patrimoniales, que corresponden a seis sitios arqueológicos y ocho hallazgos aislados. Dada esta distancia, se establece que la ejecución del Proyecto no afectará la integridad de este componente patrimonial.

Con respecto a los Monumentos Nacionales con declaratoria, según el catastro del Consejo de Monumentos Nacionales, se encuentran 2 Zonas Típicas en la comuna de Machalí, las cuales corresponden a Población Errazuriz de Coya y Campamento Sewell. En cuanto a Monumentos Nacionales con Declaratoria, se reporta sólo 1 elemento protegido de esta categoría, el cual corresponde a Tubería de Madera de Pangal.

El más cercano al emplazamiento del Proyecto, corresponde a la Zona aproximadamente a 14,2 km al E. Considerando lo anterior, se estima que la ejecución del Proyecto no afecta la integridad del mencionado Monumento Histórico ni ningún otro elemento patrimonial de esta categoría.

Si bien, lo anterior no descarta la posibilidad de que existan hallazgos en la zona del Proyecto, se considera que esta es baja. Por esta razón, se recomienda al mandante realizar una charla de inducción previa al inicio de los trabajos de movimientos de tierra a todo el personal involucrado, con el fin de establecer protocolos acordes con la legislación patrimonial vigente, en el caso de encontrarse hallazgos arqueológicos no previstos.

Finalmente, cabe señalar que, en caso de efectuarse hallazgos de valor patrimonial (restos óseos, culturales o eco-factuales) durante las obras que impliquen remoción del subsuelo en el AI del Proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Como primera medida se paraliza la obra en el sector

afectado e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente.

La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. En el área del Proyecto no se han identificado lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, en especial aquellas asociadas a pueblos indígenas.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL 6.1.1 PERMISO PARA REALIZAR PESCA DE INVESTIGACIÓN, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 119 DEL REGLAMENTO DEL SEIA. FASE del Proyecto a la cual corresponde FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra o acción a la que aplica Modificación de cauce, Monitoreo de Fauna Íctica (Seguimiento)

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación.

Antecedentes Técnicos y Formales. No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el ANEXO 09 del ADENDA COMPLEMENTARIA se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 119, a saber:

a) Identificación de las especies hidrobiológicas que se pretende extraer como especies principales y secundarias. b) Indicación del área en la cual se pretende desarrollar las actividades de investigación. c) Especificación de los objetivos generales y específicos que el Proyecto de pesca de investigación persigue. d) Identificación y características específicas del arte, aparejo o sistema de pesca a utilizar en la ejecución de la investigación. e) Especificación de la metodología a emplear, indicándose además su correspondiente soporte estadístico debidamente fundamentado. f) Resultados esperados. g) Duración del estudio y cronograma de actividades.

De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto, el Titular presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación.

Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. Nº (D.AC.) ORD. SEIA. N°147 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, se pronuncia conforme

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1 PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER OBRA PÚBLICA O PARTICULAR DESTINADA A LA EVACUACIÓN, TRATAMIENTO O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES O MINEROS, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 139 DEL REGLAMENTO DEL SEIA. FASE del Proyecto a la cual corresponde FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra o acción a la que aplica Lavado de neumáticos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la calidad del agua del cuerpo receptor no ponga en riesgo la salud de la población.

Antecedentes Técnicos y Formales. No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el ANEXO 10.1 del ADENDA se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 139, a saber:

a) Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización. b) Plano de emplazamiento del sistema de tratamiento. c) Diseño del sistema de tratamiento que incluya diagrama de flujo y de las unidades y equipamiento necesario para conducir, tratar y descargar efluentes. d) Programa de monitoreo y control de parámetros operacionales, incluyendo parámetros críticos. e) Descripción y georreferenciación de las obras o infraestructura de descarga de los residuos tratados, si corresponde. f) Descripción y caracterización del cuerpo receptor superficial y/o subterráneo, identificando sus usos actuales y previstos. g) Efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, considerando los usos identificados. h) Plan de manejo de lodos y de cualquier otro residuo generado. i) Plan de contingencias. j) Plan de emergencia.

De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto, el Proponente presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que la calidad del agua del cuerpo receptor no ponga en riesgo la salud de la población.

Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. N°346 de fecha 19 de marzo de 2024, la SEREMI de Salud, se pronuncia con observaciones al

otorgamiento del presente permiso ambiental sectorial mixto, en el siguiente sentido:

Permiso Sectorial N°139

En base a lo revisado, no se subsana las aclaraciones por parte del Titular, dado que la referencia en respuesta en ADENDA COMPLEMENTARIA no se presenta la actualización del permiso sectorial 139, para su respectiva evaluación por parte de este servicio. Lo cual se mantiene pendiente el pronunciamiento a este permiso por parte de la Autoridad Sanitaria.

Hay que señalar que mediante Oficio Ord. Nº 0001.031/2023, pronunciamiento sobre los antecedentes entregados en ADENDA, incluidos su ANEXOS, no solicito que se presentara de manera actualizada los antecedentes técnicos y formales al PASM 139.

Y sobre las respuestas citadas en el Oficio Ord. anteriormente señalado, el Titular dio respuesta en el punto 1.15 del ADENDA COMPLEMENTARIA donde se indica que:

Se reitera que, las dimensiones de la losa de concreto para el lavado de ruedas, tal como se especifica en la descripción del PAS 139 presentando en el ANEXO 10.1 de la ADENDA y en la respuesta 1.35 del mismo documento, corresponden a 1000 cm de largo x 1000 cm de ancho, con una profundidad de 20 cm que cita en la presente observación, dando así, un volumen máximo de almacenamiento de 20 m3, lo que equivale a un volumen de 20.000 litros. Citando los antecedentes del mismo PAS, la frecuencia de retiro es como máximo 15 días. Considerando que el volumen diario a generar se estima en 80 l/día en su peor condición, el máximo acumulable de residuo líquido para esta actividad es de 1,2 m3 (o 1.200 litros) en los 15 días que no se ejecute el retiro. En virtud de lo mencionado, las dimensiones propuestas de la losa para la solución del lavado de ruedas de los vehículos y maquinaria del Proyecto, se considera más que suficiente para la contención del líquido proveniente de la actividad, sin que exista ninguna eventualidad en que dicho líquido pueda derramarse en calles o sectores con residentes. (Énfasis Agregado).

6.2.2 PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER PLANTA DE TRATAMIENTO DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE O PARA LA INSTALACIÓN DE TODO LUGAR DESTINADO A LA ACUMULACIÓN, SELECCIÓN, INDUSTRIALIZACIÓN, COMERCIO O DISPOSICIÓN FINAL DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 140 DEL REGLAMENTO DEL SEIA. FASE del Proyecto a la cual corresponde FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra o acción a la que aplica Área Zona de acopio de residuos no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.

Antecedentes Técnicos y Formales. Durante el proceso de evaluación de impacto ambiental de la DIA, la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General de marzo de 2024, realiza las siguientes observaciones:

PAS 140

El permiso ambiental sectorial relacionado con la competencia de esta Autoridad Sanitaria Regional, es el permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 140 del D.S. N° 40/2012, el cual está relacionado con la CONSTRUCCIÓN, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 725 de 1967, Código Sanitario.

· Titular no adjunta el detalle de las cantidades de residuos a generar en la FASE de OPERACIÓN del Proyecto, por lo cual se mantiene las observaciones. Solicitando la incorporación al Pas Nº140, señalado en el numeral 4.18 del ICSARA.

Se hace presente al Titular que en caso de que el Proyecto resulte con RCA favorable, posterior a ello, debe gestionar el PAS 140, de forma sectorial, para lo cual debe ingresar el Proyecto en conformidad a lo establecido en la normativa vigente

En el ANEXO 10.2 del ADENDA se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 140, a saber:

a) Generales a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia. e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): e.1.Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.

De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto el Proponente presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.

Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°335, de fecha 15 de marzo de 2024, de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General

6.2.3 PERMISO PARA LOS SITIOS DE ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS, ES EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 DEL DECRETO SUPREMO Nº148, DE 2003, DEL MINISTERIO DE SALUD, REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 142 DEL REGLAMENTO DEL SEIA. FASE del Proyecto a la cual corresponde FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.

Antecedentes Técnicos y Formales. No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el ANEXO 10.3 del ADENDA se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 142, a saber:

a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia.

De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto el Proponente presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.

Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°335, de fecha 15 de marzo de 2024, de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General

6.2.4 PERMISO PARA EFECTUAR MODIFICACIONES DE CAUCE, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 156 DEL REGLAMENTO DEL SEIA.

FASE del Proyecto a la cual corresponde FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra o acción a la que aplica Modificación de cauce en acequias presentes en el emplazamiento del Proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas.

Antecedentes Técnicos y Formales. No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el ANEXO 10.4 del ADENDA se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 156, a saber:

a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia.

De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto el Proponente presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.

Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°204, de fecha 14 de marzo de 2024, de la Dirección Regional de la DGA de la Región del Libertador

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1 Ley N°19.300, y sus modificaciones. Componente/materia: Normativa de carácter ambiental

Norma Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Artículos 8, 9 y 10.

Otros cuerpos legales - D.S. N°40 del 30/10/2012. Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. - Ley N°20.417 del 12/01/2010. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto Lote W-2 y W-3 consiste en la ampliación de un Proyecto inmobiliario mediante la CONSTRUCCIÓN de 298 viviendas adicionales que se emplazarán en lotes w-2 de ROL 104-300 y lote w-3 de ROL 104-301, en una superficie de terreno de 116.903,27 m2 (11,69 hectáreas), con sus correspondientes estacionamientos, áreas verdes, equipamiento y

vialidad. El Proyecto, por su destino de uso y características, sólo contempla FASES de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN.

En este contexto, el Proyecto Lote W-2 y W-3 Proyecto artículo 10, y complementado por el artículo 3°, letra h.1.3, del RSEIA, debiendo someterse al SEIA. El Proyecto ingresa al SEIA mediante una DIA, toda vez que no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº19.300, tal como se detalla y concluye en el Capítulo II de la DIA.

Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 10 de la Ley Nº19.300.

Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley Nº19.300, mediante el ingreso del presente Proyecto al SEIA, a través de un DIA, dado que éste no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N 19.300, tal como se detalla y concluye en el Capítulo II de esta DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de calificación ambiental del Proyecto (RCA) Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente

7.2 Decreto Supremo N°40/2012, del Ministerio Medio Ambiente. Componente/materia: Normativa de carácter ambiental

Norma Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto Lote W-2 y W-3 consiste en la ampliación de un Proyecto inmobiliario mediante la construcción de 298 viviendas adicionales que se emplazarán en lotes w-2 de ROL 104-300 y lote w-3 de ROL 104-301, en una superficie de terreno de 116.903,27 m2 (11,69 ha), con sus correspondientes estacionamientos, áreas verdes, equipamiento y vialidad. El Proyecto, por su destino de uso y características, sólo contempla FASES de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN.

En este contexto, el Proyecto Lote W-2 y W-3 Proyecto artículo 10, y complementado por el artículo 3°, letra h.1.3, del RSEIA, debiendo someterse al SEIA. El Proyecto ingresa al SEIA mediante una DIA, toda vez que no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº19.300, tal como se detalla y concluye en el Capítulo II de la DIA.

Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la

autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 10 de la Ley Nº19.300. Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley Nº19.300, mediante el ingreso del presente Proyecto al SEIA, a través de un DIA, dado que éste no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N 19.300, tal como se detalla y concluye en el Capítulo II de esta DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de calificación ambiental del Proyecto (RCA) Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente

7.3 Decreto con Fuerza de Ley Nº458/75, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: Ordenamiento territorial

Norma Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) Artículos 68, 69, 70, 71, 116, 134 y 145.

Otros cuerpos legales asociados D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo con las disposiciones del Plan Regulador Comunal de Machalí, el Proyecto se emplaza en la zona ZU-7, que permite el uso de suelo residencial y en la zona consolidad de acuerdo con el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua.

El Proyecto contempla la CONSTRUCCIÓN de 298 viviendas (adicionales al Proyecto existente sin RCA), las que se emplazarán en el lote w-2 y w-3, en una superficie total de 116.903,27 m2.

Forma de cumplimiento El Proyecto no cuenta con permiso de edificación. Por lo anterior, previo al inicio de la FASE de CONSTRUCCIÓN, el Titular requerirá los permisos de edificación y posterior recepción definitiva, los cuales se tramitan en la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Machalí y se da cumplimiento a la normativa de la LGUC y su Ordenanza.

Los permisos se aprobarán por fase considerando que los permisos de edificación tienen una vigencia de 3 años.

Adicionalmente, de acuerdo con las disposiciones del Plan Regulador Comunal de Machalí, el Proyecto se emplaza en la zona ZU-7, que permite el uso de suelo residencial y en la zona consolidad de acuerdo con el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua. En este sentido, el Proyecto cumple con las disposiciones de carácter ambiental que ambos planes establecen.

Indicador que acredita su cumplimiento - Tramitación y obtención del permiso de edificación y posterior recepción definitiva ante la DOM de la Ilustre Municipalidad de Machalí.

  • Ejecución de medidas de mitigación y gestión vial de acuerdo con el Estudio de Movilidad adjunto en el ANEXO 07.1, 07.2 y 07.3 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Forma de control y seguimiento Copia del Permiso de edificación y del Certificado de Recepción definitiva otorgados por la DOM de la Municipalidad de Machalí.

7.4 Resolución Nº228/1990, y sus posteriores modificaciones, de la Secretaría Regional Ministerial

Componente/materia: Ordenamiento territorial

Norma Plan Regulador Comunal de Machalí.

Otros cuerpos legales - D.F.L. N°458, DE 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija el texto de la Ley General de Urbanismo y Construcción.

  • D.S. N°47/1992 del MINVU, OGUC.

  • Aprueba Plan Regulador Comunal de Machalí y Coya Decreto N°616 fecha 23/08/2007.

  • Aprueba modificación al Plan Regulador Comunal de Machalí en su tramitación N°001. Replanteo y aclaraciones de perfil vialidad estructurante, modificación ordenanza local para áreas habitacionales y de equipamiento Decreto N°1220 fecha 20/12/2010.

  • Tramitación N°002.Modificase la ordenanza del Plan Regulador Comunal de Machalí. Prorroga de vialidad estructurante comunal Decreto Nº1343 de fecha 04/12/2012.

  • Modificación al Plan Regulador en su tramitación Nº003, relativo al Proyecto Enmiendas Nº001 al Plan Regulador Comunal de Machalí. Decreto Nº95 de fecha 25/01/2013.

  • Fija Nuevas Normas Urbanísticas a Vialidades Caducadas del Plan Regulador Comunal. Decreto Nº482 de fecha 04/04/2013.

-Aprueba la modificación en su tramitación N°004 al Plan Regulador Comunal de Machalí, delimita áreas de riesgos geológicos e incorpora y rezonifica usos de suelo Decreto N°1376 fecha 26/11/2013.

  • Aprueba modificación N°005 al Plan Regulador de Machalí, modificación al plan regulador comunal de Machalí - Coya Decreto N°1279 fecha 27/10/2014.

  • Aprueba la modificación N°006 al Plan Regulador Comunal de Machalí Referida a la zona de Conservación Histórica del Plan Regulador Comunal de Machalí Decreto N°1351 fecha 14/11/2014.

  • Aprueba la modificación N°007 al Plan Regulador Comunal de Machalí área verde Arturo Prat Decreto N°524 fecha 17/05/2014.

  • Aprueba Proyecto plano seccional N°1 nudo Avda. San Juan camino Comunidad Bravo Decreto N°762 fecha 25/05/2014.

  • Referido a postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones. Respecto a la Aplicación del art. 117 de LGUC en el PRC de Machalí. Decreto N°1280/2014 de fecha 27/10/2014 y Decreto N°123/2015 de fecha 07/02/2015.

  • Segunda prórroga. Respecto a la Aplicación del art. 117 de LGUC en el PRC de Machalí. Decreto N°524/2015 de fecha 28/05/2015.

  • Tercera prórroga. Respecto a la Aplicación del art. 117 de LGUC en el PRC de Machalí. Decreto N°899/2015 de fecha 02/09/2015.

  • Aprueba modificación N°009 al Plan Regulador de Machalí, modificación de catastro de inmuebles de conservación histórica Decreto N°380/2019 fecha 14/03/2019.

  • Aprueba modificación N°010 al Plan Regulador de Machalí, Enmienda N°002 PRC ZE-1 Decreto N° 788/2018 fecha 20/06/2018.

  • Aprueba modificación N°012 al Plan Regulador de Machalí, Enmienda N°003 PRC relativo al Proyecto ZU8 aumento densidad Loteo El Álamo Localidad Coya Decreto N°1101/2019 fecha 12/06/2019.

  • Aprueba modificación N°013 al Plan Regulador de Machalí y Coya, correspondiente al Trazo Vial Monseñor Escrivá de Balaguer, Tramo Avenida San Juan 2/12/2021.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de 298 viviendas (adicionales al Proyecto existente sin RCA), las que se emplazan en el Lote W-2 Y W-3, en una superficie total de 116.903,27 m2.

El Proyecto contempla la ejecución de construcciones, las cuales, por ubicarse en zona urbana de la Comuna de Machalí (zona ZU-7), se rige por los lineamientos que contempla el PRC de Machalí.

Forma de cumplimiento El Proyecto es compatible territorialmente con los instrumentos de planificación territorial que rigen el área donde se emplazará. Por lo anterior, previo al inicio de la FASE de CONSTRUCCIÓN, el Titular requiere de la obtención de los permisos de edificación a la DOM de Machalí.

De acuerdo con las disposiciones del PRC, para el sector en análisis, el terreno se ubica en la zona de extensión urbana: ZU-7; en la zona ZU-7 se permite el uso del suelo residencial.

El Proyecto se rige y cumple las disposiciones de la LGUC y la OGUC, a partir de Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A y factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de CGE Distribución S.A., ambos documentos adjuntos en el ANEXO 3 de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento - Tramitación y obtención del permiso de edificación y posterior recepción definitiva ante la DOM de la Ilustre Municipalidad de Machalí.

  • Ejecución de medidas de mitigación y gestión vial de acuerdo con el Estudio de Movilidad adjunto en el ANEXO 07.1, 07.2 y 07.3 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

  • Certificados de factibilidad.

Forma de control y seguimiento - Copia del Permiso de edificación y del Certificado de Recepción definitiva otorgados por la DOM de la Municipalidad de Machalí.

  • Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A.

  • Factibilidad de suministro eléctrico por parte de la empresa CGE Distribución S.A.

7.5 Resolución Exenta N°203/2010, y sus modificaciones, del Gobierno Regional de la Región de

Componente/materia: Ordenamiento territorial

Norma Plan Regulador Intercomunal de Rancagua

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción de 298 viviendas (adicionales al Proyecto existente sin RCA), las que se emplazarán en el Lote W-2 y Lote W-3, en una superficie total de 116.903,27 m2.

El Proyecto contempla la ejecución de construcciones, las cuales, por ubicarse en zona urbana de la Comuna de Machalí (zona ZU- 7), y a la zona consolidada de acuerdo con el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua (zona ZUC), por lo que, se rige por los lineamientos que contempla el Plan Regulador Intercomunal.

Forma de cumplimiento El Proyecto es compatible territorialmente con los instrumentos de planificación territorial que rigen el área donde se emplazara, en particular, la totalidad del área del Proyecto, tanto de obras temporales como permanentes, se emplazan en la denominada usos de suelos residencial, equipamiento científico, comercio, culto y cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad, servicios y social; actividades productivas inofensivas y terminales de transporte, siendo por tanto compatible dichos usos con el Proyecto, tal como se muestra en la siguiente imagen:

Fuente: Ver Figura 102 de Rancagua en la u del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Por lo anterior, previo al inicio de la FASE de CONSTRUCCIÓN, el Titular requiere los permisos de edificación a la DOM respectiva.

Indicador que acredita su cumplimiento - Tramitación y obtención del permiso de edificación y posterior recepción definitiva ante la DOM de la Ilustre Municipalidad de Machalí.

  • Certificados de Informaciones Previas

  • Ejecución de medidas de mitigación y gestión vial de acuerdo con el Estudio de Movilidad adjunto en el ANEXO 07.1, 07.2 y 07.3 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Forma de control y seguimiento Copia del Permiso de edificación y del Certificado de Recepción definitiva otorgados por la DOM de la Municipalidad de Machalí.

7.6 Decreto Supremo Nº47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/ma teria: Ordenamiento territorial. Norma Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Artículo 5.8.3. Artículos 2.2.1, 2.2.4, 2.2.5, 2.2.6, 2.2.7, y 2.2.9. Artículos 3.1.1, 3.1.2, 3.1.5, y 3.1.8. Artículos 3.4.1, 3.4.3, 3.4.4, y 3.4.5. Artículos 4.1.15, 6.2.5, y 6.2.6.

Otros cuerpos legales asociados - FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Forma de cumplimiento En la siguiente tabla se detalla el cumplimiento normativo de los artículos de la OGUC, y sus modificaciones posteriores:

Articu lo Relación con el Proyecto Parte y obra que aplica Forma de cumplimiento Indicador de cumplimiento Forma de control y cumplimiento Medidas a ejecutar por el Proyecto con relación al cumplimiento de los artículos 2.1.2 2

Proyecto habitacional

Todo el Proyecto

La densidad del Proyecto es menor a la densidad máxima permitida.

densidad proyectada 108 hab/ha, densidad máxima 200 hab/ha

Se controla al otorgar los permisos de edificación

Se proyecta con una densidad menor a la máxima establecida

2.1.2 3 Altura máxima de edificación Altura de las viviendas Respetar la altura máxima del IPT que es de 7,5 m Altura de las viviendas es de 6,82 m. casa catemu y 7,15 m. casa patagua Se controla al otorgar los permisos de edificación Se proyecta con una altura menor a la máxima establecida

2.2.1 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Aplica a las obras de urbanizació n del loteo o Proyecto de loteo El Proyecto considera la ejecución de las obras de urbanización correspondie ntes Aprobación de los Proyectos de urbanización por parte de los organismos correspondie ntes y entrega del certificado de recepción de las obras Entrega de oficios de aprobación y recepción de las obras. Ejecución de las obras de urbanización de acuerdo a Proyectos aprobados por los servicios respectivos y solicitud de recepción de las obras por estos mismos 2.2.8 El Proyecto genera nuevos espacios de uso público En los espacios públicos se deben considerar las normas de accesibilida d universal Se presentan planos y memorias de accesibilidad universal El Proyecto se revisa y aprueba por la Dirección de Obras de Machalí, quien verifica el cumplimient o de las normativas Revisión y aprobación del permiso de edificación y loteo con CONSTRUCC IÓN simultánea, otorgado por la DOM Solicitud de permiso de edificación de loteo con CONSTRUCC IÓN simultánea y recepción de las obras de urbanización por parte de la DOM de Machalí. 3.1.5 Se presentará solicitud de permiso de loteo y ejecución de obras de urbanización. Expediente de Loteo a presentarse en la DOM Se deben presentar los antecedentes que se indican en el artículo. El Proyecto se revisa y aprueba por la Dirección de Obras de Machalí, quien verifica el cumplimient o de las normativas Revisión y aprobación del permiso de edificación y loteo con CONSTRUCC IÓN simultánea, otorgado por la DOM Solicitud de permiso de edificación de loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea 3.2.1 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Aplica a las obras de urbanizació n del loteo o Proyecto de loteo El Proyecto considera la ejecución de las obras de urbanización correspondie ntes Aprobación de los Proyectos de urbanización por parte de los organismos correspondie ntes y entrega del certificado de recepción de las obras Entrega de oficios de aprobación y recepción de las obras. Ejecución de las obras de urbanización de acuerdo a Proyectos aprobados por los servicios respectivos y solicitud de recepción de las obras por estos mismos. 3.2.2 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Aplica a las obras de urbanizació n del loteo o Proyecto de loteo El Proyecto considera la ejecución de las obras de urbanización correspondie ntes Aprobación de los Proyectos de urbanización por parte de los organismos correspondie ntes y entrega del certificado de recepción de las obras Entrega de oficios de aprobación y recepción de las obras. Ejecución de las obras de urbanización de acuerdo a Proyectos aprobados por los servicios respectivos y solicitud de recepción de las obras por estos mismos. 3.2.2 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Aplica a las obras de urbanizació n del loteo o Proyecto de loteo El Proyecto considera la ejecución de las obras de urbanización correspondie ntes Aprobación de los Proyectos de urbanización por parte de los organismos correspondie ntes y entrega del certificado de recepción de las obras Entrega de oficios de aprobación y recepción de las obras. Ejecución de las obras de urbanización de acuerdo a Proyectos aprobados por los servicios respectivos y solicitud de recepción de las obras por estos mismos. 3.2.4 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Aplica a las obras de urbanizació n del loteo o Proyecto de loteo El Proyecto considera la ejecución de las obras de urbanización correspondie ntes Aprobación de los Proyectos de urbanización por parte de los organismos correspondie ntes y entrega del certificado de recepción de las obras Entrega de oficios de aprobación y recepción de las obras. Ejecución de las obras de urbanización de acuerdo a Proyectos aprobados por los servicios respectivos y solicitud de recepción de las obras por estos mismos.

3.2.5 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Aplica a las obras de urbanizació n del loteo o Proyecto de loteo El Proyecto considera la ejecución de las obras de urbanización correspondie ntes Aprobación de los Proyectos de urbanización por parte de los organismos correspondie ntes y entrega del certificado de recepción de las obras Entrega de oficios de aprobación y recepción de las obras. Ejecución de las obras de urbanización de acuerdo a Proyectos aprobados por los servicios respectivos y solicitud de recepción de las obras por estos mismos. 3.2.1 0 Al interior de los predios que componen el Proyecto se ubican acequias de riego Obras de canalizació n de acequias Se presentarán los Proyectos de canalización a la asociación de canalistas y a la DGA Aprobación del Proyecto de modificación de cauces por parte de la asociación de canalistas y de la DGA y entrega del certificado de recepción de las obras Recepción de las obras por asociación de canalistas y DGA Ejecutar las obras según los Proyectos aprobados y solicitar la recepción de las obras a los organismos correspondient es 3.2.1 1 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Ejecución de áreas verdes y arborizació n de calles Se presentarás los Proyectos a la Dirección de aseo y ornato, acordes a la ordenanza local. Revisión y aprobación de los Proyectos por parte de la Dirección de aseo y ornato Certificado de aprobación de los Proyectos de áreas verdes y arborización. Ejecución de los Proyectos según planos y EETT aprobadas y solicitud de recepción de las obras a la dirección de aseo y ornato y finalmente la emisión del certificado de recepción de las obras. 3.4.1 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Se deben recepcionar las obras de urbanizació n por parte de la Dirección de obras municipales Presentación a la DOM de la solicitud de recepción de obras de urbanización. Revisión y aprobación por parte de la DOM. Emisión del certificado de recepción de obras de urbanización por parte de la DOM Se ejecutarán las obras de acuerdo a los permisos otorgados y se solicitará a la DOM la recepción de las obras cuando estas se encuentren terminadas. 3.4.2 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Urbanizaci ones del Proyecto Presentación ante los servicios correspondie ntes la solicitud de recepción de obras de urbanización. Revisión y aprobación por parte de la DOM y servicios correspondie ntes. Emisión del certificado de recepción de obras de urbanización por parte de la DOM Se ejecutarán las obras de acuerdo a los permisos otorgados y se solicitará a la DOM y servicios correspondient es la recepción de las obras cuando estas se encuentren terminadas 3.4.3 El Proyecto considera la ejecución de un loteo con CONSTRUCC IÓN simultanea Recepción de las obras de urbanizació n. Emisión del certificado de obras de urbanización por parte de la DOM Certificado de recepción de obras de urbanización emitido por la DOM. Certificado de recepción de obras de urbanización emitido por la DOM. Se ejecutarán las obras de acuerdo a los permisos otorgados y se solicitará a la DOM la recepción de las obras cuando estas se encuentren terminadas. 4.1.1 0 Las viviendas del Proyecto deben cumplir con las exigencias de acondicionami ento Viviendas del Proyecto Cumplimient o de normativa y del Plan de descontamina ción ambiental de la región de

Presentación de planos y especificacio nes técnicas de la vivienda, considerando la aislación d muros, techumbre y Revisión y aprobación de los planos y especificacion es técnicas por parte de la DOM. Se ejecutarán las obras de acuerdo a los permisos otorgados y se solicitará a la DOM la recepción de las obras cuando estas se

pisos ventilados. encuentre terminadas 4.1.1 0 bis Las viviendas del Proyecto deben cumplir con las exigencias de acondicionami ento térmico Viviendas del Proyecto Cumplimient o de normativa y del Plan de descontamina ción ambiental de la región de

Presentación de planos y especificacio nes técnicas de la vivienda, considerando las exigencias de aislación de muros, techumbres y pisos ventilados y otros elementos que establezca el PDA vigente. Revisión y aprobación de los planos y especificacion es técnicas por parte de la DOM Se ejecutarán las obras de acuerdo a los permisos otorgados y se solicitará a la DOM la recepción de las obras cuando estas se encuentren terminadas. Fuente: Ver detalle en Tabla 421 del ADENDA.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro y copia de los documentos generados.

Forma de control y seguimiento Registro y copia de los permisos de edificación

7.7 Decreto Alcaldicio N°0174, comuna de Machalí. Componente/m ateria: Ordenamiento territorial.

Norma Ordenanza de Áreas Verdes y Espacios Públicos, y sus ANEXOS.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Áreas verdes y espacios públicos Forma de cumplimiento Se presenta el Proyecto de áreas verdes ante la Dirección de Obras de la Municipalidad de Machalí.

Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación del Proyecto de Áreas verdes por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Machalí.

Forma de control y seguimiento Los registros se encuentran en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.8 Decreto N°439/1998, de la Municipalidad de Machalí Componente/m ateria: Ordenamiento territorial.

Norma Ordenanza Municipal de Gestión Ambiental de la comuna de Machalí.

Otros cuerpos legales asociados No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades constructivas del Proyecto principalmente relacionadas con las actividades de movimiento de tierra y obra gruesa y terminaciones en el área de emplazamiento del Proyecto.

Forma de cumplimiento La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN para los frentes de trabajo, considerando la medida de control propuesta, se detalla en la tabla a continuación:

Fuente: Ver detalle en Tabla 27 del ANEXO 5 del ADENDA COMPLEMENTARIA. En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la FASE de CONSTRUCCIÓN, mediante la implementación de la medida de control propuesta. Las barreras Acústicas, se implementan según definición indicada en la norma ISO 9613, Parte 2, que determina que un objeto debe ser considerado como obstáculo (barrera) si cumple con una densidad superficial de al menos 10 Kg/m2 y tiene una superficie cerrada sin grandes grietas o huecos. Según lo indicado anteriormente, para el presente caso se utilizará una Barrera Acústica Perimetral construida considerando el siguiente esquema, utilizando tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas con la finalidad de absorber el sonido incidente. La medida de control se debe implementar considerando las siguientes características y consideraciones respecto a su construcción:

Fuente: Ver detalle en Tabla 32 del ANEXO 5 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Las barreras Acústicas se implementan espacialmente en el perímetro que delimita la FASE constructiva, específicamente en las zonas que existe una superación de los valores máximos permisibles del D.S. 38/2011 del MMA.

Para la FASE constructiva 1, existe una superación de valores máximos en los receptores P3, P4 y PA, según muestras las Tablas 27 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA, correspondiente al Estudio de Ruido y Vibraciones, por ende, la ubicación de la medida se señala en la siguiente figura:

Fuente: Ver detalle en Figura 21 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Por otro lado, para la FASE CONSTRUCTIVA 2, existe una superación de valores máximos en los receptores PB, según muestra la Tabla 27 del ANEXO 05 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, por ende, la ubicación de la medida se señala en la siguiente figura:

Fuente: Ver detalle en Figura 22 del ANEXO 5 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

La ubicación georreferenciada de vértices que compone la barrera se presenta en la siguiente Tabla.

Fuente: Ver detalle en Tabla 33 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Se recalca que, la estimación de emisiones Acústicas se estima simulando la peor condición, es decir, que las actividades de preparación del terreno, construcción y humectación del camino, se desarrollen en simultáneo.

Aunque en la práctica, esto se da en ciertos periodos de desarrollo de las FASES CONSTRUCTIVAS, la implementación de las barreras Acústicas se realiza una vez comiencen las obras gruesas, es decir, la primera semana en que se comience a desarrollar las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, lo cual es en julio de 2024 para la FASE constructiva 1 y marzo de 2027 para la FASE CONSTRUCTIVA 2 (las fechas quedan sujetas a la obtención de la RCA).

Las barreras se mantienen por la totalidad de tiempo en el cual se desarrollen las FASES CONSTRUCTIVAS.

El detalle de las medidas a implementar con relación a las emisiones Acústicas que se generan por el Proyecto se presenta en Tabla 43 del ADENDA COMPLEMENTARIA, además se tienen consideraciones adicionales, tales como:

Buenas Prácticas en Faenas de CONSTRUCCIÓN

  • Al interior de la obra evita faenas ruidosas simultáneas, esta condición genera un alto nivel de ruido y es la que mayor molestia puede ocasionar en los receptores afectados. -- Prohíbe la utilización de bocinas en las proximidades e interior del sector de emplazamiento de la actividad, excepto en caso necesario.
  • Establece velocidades vehiculares bajas al interior del Proyecto.
  • Realiza mantención de los caminos interiores y caminos de accesos.
  • Evita la generación de ruidos de corta duración provocados por la operación de maquinaria o equipos.
  • Evita ruidos innecesarios, como golpes producto de la mala manipulación de herramientas o materiales, al igual que gritos u otros ruidos provenientes directamente de los trabajadores de la obra.

Buenas Prácticas frente a la Comunidad - Se mantiene informada a la comunidad de horarios y faenas a realizar en la obra, esto con el fin de reducir la molestia producto de los ruidos que se generan. - Se informa a la comunidad en cuanto a las faenas ruidosas a desarrollar y los plazos de duración que estos tienen, procurando mantener el control de las emisiones al interior de la faena.

  • Se mantiene un canal de comunicación con la comunidad, el cual está disponible a la vista en obra, indicando datos de contacto del personal a cargo para consultas o reclamos.

Finalmente, para dar cuenta de la efectividad de las soluciones propuestas en el contexto de dar cumplimento al D.S. N°38/2011, del MMA, el Titular Implementa un Monitoreo Bimensual del componente ruido para las FASES CONSTRUCTIVAS 1 y 2 del Proyecto, el cual se desarrollará cuando se genere la peor condición de Emisiones Acústicas en los receptores críticos que se presentan en el Estudio de Ruido del Proyecto, el detalle se presenta en la tabla 46 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

El Estudio de Ruido y Vibraciones se adjunta actualizado en ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Se evalúa la efectividad de las medidas, mediante un Monitoreo De Ruido Bimensual cuando se desarrolle la peor condición de Emisiones Acústicas, lo cual se entiende cuando exista un traslape de las actividades de movimientos de tierra y preparación del terreno, obra gruesa y terminaciones, de acuerdo a los cronogramas de ambas FASES CONSTRUCTIVAS definidos en el Estudio de línea base del componente ruido y vibraciones del presente Proyecto (entre las semanas 8 y 14 de desarrollo de cada FASE CONSTRUCTIVA se genera la peor condición).

El monitoreo se realiza en los receptores P3, P4 y PA para la FASE constructiva 1 y receptor PB para la FASE constructiva 2, los cuales son, de acuerdo con el Estudio de Ruido y Vibraciones, existe una superación de los valores máximos permisibles del D.S. 38/2011 del MMA sin la incorporación de las medidas propuestas.

Forma de control y seguimiento Se remite toda la documentación asociada a los monitoreos a la Superintendencia del Medio Ambiente, con un plazo máximo de un mes posterior a la ejecución del monitoreo.

7.9 Decreto Supremo Nº144/1961, del Ministerio de Salud Pública. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica

Norma Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza

Otros cuerpos legales - FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones Atmosférica que se generan en la FASE de CONSTRUCCIÓN son: Material particulado y gases de combustión. Éstas se producen por las actividades de excavación, movimiento de tierra, escarpe, tránsito de camiones y maquinaria.

Las actividades que generan emisiones atmosféricas en la FASE de OPERACIÓN corresponden al tránsito de vehículos, pertenecientes a los futuros propietarios de las viviendas, y al sistema de calefacción domiciliaria.

Forma de cumplimiento Según los antecedentes disponibles, el Proyecto Lote W-2 y W-3 ambientalmente de forma desfavorable mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°20240600182, de fecha 19 de abril de 2024, emitida por la

notificada el 23 de abril de 2024. Frente a dicha calificación, el Titular interpuso un Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con fecha 4 de junio de 2024.

El mencionado recurso fue acogido mediante la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de 2024, mediante la cual, la Dirección Ejecutiva del SEA ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto a la etapa inmediatamente anterior a la presentación de la ADENDA COMPLEMENTARIA, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente la estimación de emisiones.

En cumplimiento de dicha resolución, la Dirección Regional del SEA de de 2025, la cual fue notificada el 6 de febrero de 2025.

Asimismo, mediante la Carta N°20250610341, de fecha 06 de febrero de 2025, se envió el Informe Consolidado Complementario Extraordinario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Complementario Extraordinario) ordenado por la Resolución individualizada precedentemente.

En consecuencia, las materias planteadas han sido abordadas por el Titular en la referida ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, cuyos contenidos deben ser considerados en la revisión y análisis de esta observación, conforme al principio de evaluación integral consagrado en el D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente.

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas.

FASE de CONSTRUCCIÓN

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas; y, en consecuencia, se actualiza el cronograma de desarrollo de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, el cual mantiene su distribución de actividades acorde al cronograma original presentado, variando exclusivamente en el año de inicio de desarrollo del Proyecto, el cual se estima para julio de 2025. Lo anterior, se puede observar en las siguientes tablas.

Fuente: Ver detalle en Tabla 1. Cronograma fechas estimadas de inicio y término de cada FASE constructiva del presente Proyecto en evaluación ambiental, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver detalle en Tabla 2. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 1 (Lote W-2), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver detalle en Tabla 3. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 2 (Lote W-3), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Metodología de estimación de emisiones atmosféricas

A continuación, se presenta para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, las fuentes de emisión identificadas para esta fase son las siguientes:

Fuente: Ver detalle en Tabla 9. Fuentes de emisiones atmosféricas identificadas en FASE de CONSTRUCCIÓN, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones atmosféricas que se generan en la FASE de CONSTRUCCIÓN se asocian al material particulado y gases de combustión.

A continuación, en la siguiente tabla se indica la estimación de las emisiones de material particulado y gases de combustión por año, considerando las 2 FASES CONSTRUCTIVAS. Es del caso señalar que, las FASES CONSTRUCTIVAS no se sobreponen, es decir, no se realizan actividades de una o más FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto en conjunto; la construcción del Proyecto tiene una duración de 56 meses en total, considerando que cada FASE CONSTRUCTIVA dura 28 meses:

Fuente: Ver detalle en Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Medidas de abatimiento y control

Las medidas de abatimiento y control de emisiones atmosféricas que se implementan en la FASE de CONSTRUCCIÓN son las siguientes:

- Los vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase cuentan con su revisión técnica al día. - Realiza mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases. - Se humectan las superficies de suelo donde se realizan movimientos de tierra. - Los camiones circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. - El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos es de 20 km/h en la obra.

- Se aplica supresor de polvo sobre las zonas de tránsito (caminos no pavimentados), presentado como compromiso ambiental voluntario en la Tabla 11.1.11. del presente Informe Consolidado de Evaluación.

FASE de OPERACIÓN

Las actividades que generan emisiones atmosféricas en la FASE de OPERACIÓN corresponden al tránsito de vehículos, pertenecientes a los futuros propietarios de las viviendas, y al sistema de calefacción domiciliaria.

Para el cálculo de las emisiones de resuspensión de MP10 y MP2,5 y de gases de combustión por el uso del motor de los vehículos, las emisiones son calculadas por fases en función a la cantidad de estacionamientos, tal como se muestra en la tabla a continuación:

Fuente: Ver detalle en Tablas 20 y 21 del ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Para el cálculo se utilizaron las fórmulas expresadas para la combustión del motor de los vehículos, y para el tránsito de vehículos en vías pavimentadas se utilizó la siguiente formula de factor de emisión:

Parámetros considerados para la estimación de emisiones fugitivas de material particulado de caminos pavimentados

Fuente: Ver detalle en ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

De esta manera, de acuerdo con la potencia, tecnología y contaminante, los factores de emisión base para los vehículos se presentan a continuación:

Parámetros considerados para modelación de emisiones de MP y gases de combustión de vehículos Fuente: Ver detalle en ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Para el caso de las viviendas correspondientes al Proyecto en evaluación, el Titular implementa equipos de calefacción eléctrica tanto para las viviendas del - - equipos varía dependiendo la tipología de vivienda y la demanda energética asociada a esta. En este sentido, se da cumplimiento al artículo 18 del D.S. 1/2021 del PDA.

El detalle de calefactores a incorporar por vivienda se detalla en la siguiente tabla:

Fuente: Fuente: Ver detalle en Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones generadas para la FASE de OPERACIÓN se calcularon a partir de la demanda anual de energía de calefacción de cada vivienda (determinada mediante cálculo y simulación térmica), con el fin de evaluar el comportamiento de la envolvente y garantizar que las emisiones generadas por los equipos de calefacción sean lo menores posibles, dando cuenta del proceso de desarrollo indicado en el PDA.

Cabe destacar a propósito del Proyecto existente que, de conformidad con el artículo 4 del PDA (D.S. N°1/2021 Ministerio del Medio Ambiente), a contar del 29 marzo de 2025 comenzó a regir una prohibición absoluta para la Zona A del PDA (que incluye la comuna de Machalí), en cuanto a la imposibilidad de usar calderas de calefacción de uso domiciliario, así como de usar calefactores y cocinas que utilicen o puedan utilizar leña, carbón mineral y vegetal y otros derivados de la madera.

A su turno, como se ve, para el Proyecto, el Titular ha incorporado como parte de éste la implementación de calefactores eléctricos suficientes para cubrir la demanda energética según el tipo de vivienda que corresponda.

Teniendo presente lo anterior, y considerando la necesidad de contar con datos ciertos respecto al sistema de calefacción para el Proyecto existente, la estimación de las emisiones se realizó, metodológicamente, considerando la - se realizó por medio de un levantamiento de información en terreno ejecutado durante el mes de enero de 2025, en el cual se consultó a los propietarios de las viviendas ya operativas, el sistema de calefacción implementado en su vivienda.

En este sentido, el catastro consultó si existe un método de calefacción en la vivienda y, en caso de respuesta positiva, cuál era el sistema utilizado.

El modelo de implementación del catastro y los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla:

Fuente: Ver detalle en Tabla 5 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver detalle en Tabla 6 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De las tablas anteriores, se obtiene un total de 161 viviendas catastradas de un total de 201, lo cual representa más de un 80% del tamaño de la población objetivo; de las viviendas catastradas, fueron 128 las que tenían actualmente algún sistema de calefacción instalado.

Lo anterior, refleja la situación real de calefacción con la cual se encuentra el Proyecto existente y que, a su vez, proyecta la tendencia del tipo de calefacción predominante que se da en el sector.

Los resultados en detalle por tipo de calefactor implementado y por tipología de vivienda, se pueden observar en la siguiente tabla:

Fuente: Ver detalle en Tabla 7 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Es de importancia señalar que, para el caso de viviendas catastradas que contaban con 2 o más sistemas de calefacción, se consideró el cálculo de emisiones en virtud de la demanda energética de cada tipología de vivienda, utilizando el calefactor que cumpla con el criterio de peor condición en términos de factores de emisión.

En este sentido, se utilizó la distribución de tipología de artefactos de calefacción diagnosticada en el catastro para proyectar las viviendas que no cuentan con sistema de calefacción o que no se encuentre habitadas a la fecha de realización del catastro.

En virtud de lo mencionado, se presentan los resultados de la proyección proporcional del catastro para la totalidad de las viviendas del Proyecto existente, según tipología.

Resultado catastro Proyecto existente con distribución proporcional de artefactos de calefacción (Lote W-1)

Fuente: Ver detalle en Tabla 8 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Los resultados del catastro, así como la identificación pormenorizada de cada vivienda, se encuentran adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA EXTRAORDINARIA.

Por otra parte, en lo relacionado a los sistemas de calefacción para el Proyecto en evaluación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 Plan de expresa que: prohíbe la instalación de equipos de calefacción a leña, en viviendas nuevas que se construyan en áreas urbanas de la zona saturada. Para cumplir con lo anterior, las viviendas nuevas cuentan con un sistema de calefacción ya integrado que no utilice leña como combustible, encontrarse conectadas a un sistema de calefacción distrital o tener una demanda de calefacción menor a 15 kWh/m2 ; además de esto, debe considerarse lo indicado previamente, en cuanto a que el artículo 4 del PDA prohíbe actualmente el uso de calefactores a leña, entre otros, en la comuna de Machalí.

Por ello, los propietarios futuros del Proyecto no podrán utilizar sistemas de calefacción a leña.

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular, para las viviendas del Proyecto en evaluación, es decir, las correspondientes a los Lotes W-2 y W-3 (FASES CONSTRUCTIVAS 1 y 2), considera sistemas de calefacción eléctrica implementados en las viviendas en cantidad suficiente para atender la demanda energética según tipología de vivienda, dando así cumplimiento al artículo 18 del citado PDA.

En la tabla a continuación, se presentan el número de viviendas y estacionamientos y, en la Tabla 119 se presentan los resultados de la FASE de OPERACIÓN, considerando que tanto el Proyecto existente como el Proyecto Lote W-2 y W-3 operación completa, considerando entregas intermedias:

Fuente: Ver detalle en Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo, a lo descrito precedentemente, las emisiones de material particulado y gases de combustión se resumen en las siguientes tablas:

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN Proyecto existente (Lote W-1).

Fuente: Ver detalle en Tabla 26 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-2)

Fuente: Ver detalle en Tabla 27 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-3)

Fuente: Ver detalle en Tabla 28 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones atmosféricas totales, es decir, contabilizando las emisiones atmosféricas de la FASE de OPERACIÓN en conjunto con las emisiones de la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Así, se considera el Proyecto

plena operación y, las FASES DE CONSTRUCCIÓN y de OPERACIÓN según corresponda, contemplando entregas intermedias por cada una de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto en evaluación ambiental.

De lo anterior mencionado se obtiene las siguientes emisiones totales por año:

Fuente: Ver detalle en Tabla 29 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo con dichos valores y a los valores límites establecidos por el D.S. PDA), el Proyecto debe compensar emisiones, ya que para el año 4 (1,62 ton/año), supera los límites establecidos por el PDA para el componente MP10 (Tabla 80). En este sentido y de acuerdo del artículo 40 del citado PDA, el Proyecto debe compensar el 120% de las emisiones generadas en el año de peor condición, es decir, la cantidad estimada de 1,944 ton/año.

Límites para la compensación de emisiones según PDA

Fuente: Ver detalle en Tabla 30 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución de las cada una de las acciones indicadas, lo que se acredita mediante un registro interno que se levanta para tal efecto, incluyendo verificadores fotográficos.

Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros que están disponibles para consulta por la entidad fiscalizadora correspondiente.

7.10 Decreto Supremo Nº4/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Establece Norma de Emisión de Contaminantes aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control.

Otros cuerpos legales asociados - FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La norma se relaciona con el Proyecto ya que éste considera la utilización de vehículos motorizados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Forma de cumplimiento Se cumple con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en la FASE de CONSTRUCCIÓN cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los vehículos con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros.

7.11 Decreto Supremo N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Establece Normas de Emisión aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Otros cuerpos legales No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su FASE de CONSTRUCCIÓN contempla el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de Obra Gruesa e instalaciones, actividades todas, propias de esta fase.

Este transporte se efectúa mediante vehículos motorizados pesados y medianos.

Forma de cumplimiento Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la FASE de CONSTRUCCIÓN, son las establecidas en esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los vehículos con sus revisiones técnicas al día.

Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros.

7.12 Decreto Supremo N°54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su FASE de CONSTRUCCIÓN contempla el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de Obra Gruesa e instalaciones, actividades todas, propias de esta fase.

Este transporte se efectúa mediante vehículos motorizados pesados y medianos.

Forma de cumplimiento Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la FASE de CONSTRUCCIÓN, son las establecidas en esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los vehículos con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros.

7.13 Decreto Supremo Nº211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.

Otros cuerpos legales - D.S. N°15/2013 del MMA - Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins (PDA).

  • Ley N°18.290, del Tránsito.

  • D.S. N° 41/1991 Modifica Decreto Supremo Nº211, De 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece la Norma de Emisión Para Vehículos Livianos, Ministerio del Medio Ambiente.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su FASE de CONSTRUCCIÓN contempla el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de Obra Gruesa e instalaciones, actividades todas, propias de esta fase.

Este transporte se efectúa mediante vehículos motorizados livianos.

Forma de cumplimiento Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la FASE de CONSTRUCCIÓN, son las establecidas en esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los vehículos con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros.

7.14 Decreto Supremo Nº279/1983, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Ley de tránsito, artículo 78.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El D.S N°279/1983 aplica a los vehículos motorizados que se consideran en la FASE de CONSTRUCCIÓN, que se contemplan para el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de obra gruesa e instalaciones y actividades todas.

Principalmente considera la circulación de vehículos livianos y de carga de combustión interna (diésel/Otro).

Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados pesados y livianos ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la FASE de CONSTRUCCIÓN, cuentan con las revisiones técnicas al día, con el fin de evitar la generación de gases contaminantes en un índice superior a los permitidos.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificados de revisiones técnicas al día, copias de estos registros se mantienen en la instalación de faena del Proyecto.

Forma de control y seguimiento Los Registros están disponibles en la instalación de faenas del Proyecto.

7.15 Decreto Supremo Nº47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, Las emisiones Atmosférica que se generan en la FASE de CONSTRUCCIÓN son : material particulado y gases de combustión. Éstas se producen por las

emisión, residuo o sustancias a la que aplica actividades de excavación, movimiento de tierra, tránsito de camiones y maquinaria.

Forma de cumplimiento Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, el Titular implementa las siguientes medidas:

  • Los vehículos y maquinarias que se utilizan en esta FASE cuentan con su revisión técnica al día.
  • Se realizan mantenciones periódicas a los vehículos y maquinarias para prevenir un posible mal funcionamiento que pueda generar una emisión excesiva de gases.
  • Esta mantención se realiza en lugares externos autorizados para prestar dicho servicio.
  • Se humecta las superficies de suelo donde se realizan movimientos de tierra.
  • Los camiones circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.
  • El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos es de 20 km/h en la obra.
  • Se humectan las superficies de suelo donde se realizan movimientos de tierra (actividades de escarpe y/o excavaciones)
  • Se aplica supresor de polvo sobre las zonas de tránsito (caminos no pavimentados). Esto se realiza con una frecuencia mínima de una vez cada 3 meses.

  • No se realizan faenas ni se depositan materiales y elementos de trabajo en el espacio público, dado que existan espacios destinados al almacenamiento de materiales dentro de la instalación de faenas.

  • Se mantiene adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la obra.

  • Con relación a las medidas de control de emisión de ruidos, se mantienen libro de reclamos a la entrada de la instalación de faenas como una pizarra informativa con los siguientes antecedentes:

a) Horarios de funcionamiento de la obra. b) Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) Nombre del constructor responsable y correo electrónico de contacto.

Indicador que acredita su cumplimiento - Se lleva un registro de las revisiones técnicas de todas las maquinarias y vehículos operativos.

  • Se lleva un registro de las mantenciones realizadas en vehículos y maquinarias.

  • Se lleva un registro de los camiones que abandonan la obra, indicando si transportan material y si está correctamente encarpado.

  • Se implementan señaléticas de velocidad dentro del área de emplazamiento del Proyecto.

  • Se mantiene un registro de la hora y día en que se realizó la humectación y fuente de agua, junto con la respectiva firma e identificación del personal encargado de dicha acción.

  • Se mantiene un registro de la hora y día en que se realizó la aplicación de supresor de polvo, junto con la respectiva firma e identificación del personal encargado de dicha acción.

  • Ejecución de las cada una de las acciones indicadas en el artículo 5.8.3 de la OGUC, lo que se acredita mediante un registro interno que se levanta para tal efecto, incluyendo verificadores fotográficos.

  • Verificación en terreno del almacenamiento de materiales en bodega, limpieza de entrada, libro de reclamos y pizarra informativa

Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros. Mantención de los registros disponibles para consultas por la autoridad competente.

7.16 Decreto Supremo Nº75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en su FASE de CONSTRUCCIÓN contempla el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de Obra Gruesa e instalaciones, actividades todas, propias de esta fase.

Forma de cumplimiento Este transporte se efectúa mediante vehículos motorizados pesados, los cuales circularan por la red vial existente en el área de emplazamiento de la actividad, y por distintas vías, caminos y rutas de la región.

Indicador que acredita su cumplimiento El Titular del Proyecto cumple las exigencias establecidas en la presente norma mediante la utilización de vehículos idóneos para el transporte de los materiales. Además, están equipados de modo que aseguren que éstos no se dispersen, escurran o caigan al suelo.

El transporte de materiales que emitan polvo es cubierto de manera eficaz, con el objeto de evitar dichas emisiones al aire, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de estos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones.

Forma de control y seguimiento Ejecución de cada una de las acciones indicadas, lo que se acredita mediante un registro interno que se levanta para tal efecto, incluyendo verificadores fotográficos.

7.17 Decreto Supremo N°1/2021, del Ministerio del Medio Ambiente. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica. Norma Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para el Valle rtículos 12 y 40. Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN

la que se da cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN:

Las emisiones Atmosférica que se generan en la FASE de CONSTRUCCIÓN son : material particulado y gases de combustión. Éstas se producen por las actividades de excavación, movimiento de tierra, tránsito de camiones y maquinaria. Es preciso señalar, que no se contemplan la utilización de grupos electrógenos para la FASE de CONSTRUCCIÓN.

FASE de OPERACIÓN:

Las actividades que generan emisiones atmosféricas en la FASE de OPERACIÓN corresponden al tránsito de vehículos, pertenecientes a los futuros propietarios de las viviendas, y al sistema de calefacción domiciliaria.

Forma de cumplimiento Según los antecedentes disponibles, el Proyecto Lote W-2 y W-3 ambientalmente de forma desfavorable mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°20240600182, de fecha 19 de abril de 2024, emitida por la notificada el 23 de abril de 2024. Frente a dicha calificación, el Titular interpuso un Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con fecha 4 de junio de 2024.

El mencionado recurso fue acogido mediante la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de 2024, mediante la cual, la Dirección Ejecutiva del SEA ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto a la etapa inmediatamente anterior a la presentación de la ADENDA COMPLEMENTARIA, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente la estimación de emisiones. En cumplimiento de dicha resolución, la Dirección emitió la Resolución Exenta Nº20250610153, de fecha 5 de febrero de 2025, la cual fue notificada el 6 de febrero de 2025.

Asimismo, mediante la Carta N°20250610341, de fecha 06 de febrero de 2025, se envió el Informe Consolidado Complementario Extraordinario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Complementario Extraordinario) ordenado por la Resolución individualizada precedentemente.

En consecuencia, las materias planteadas han sido abordadas por el Titular en la referida ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, cuyos contenidos deben ser considerados en la revisión y análisis de esta observación, conforme al principio de evaluación integral consagrado en el D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente.

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas.

FASE de CONSTRUCCIÓN

De acuerdo con lo declarado por el Titular en la respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta la actualización de las emisiones atmosféricas; y, en consecuencia, se actualiza el cronograma de desarrollo de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, el cual mantiene su distribución de actividades acorde al cronograma original presentado, variando exclusivamente en el año de inicio de desarrollo del Proyecto, el cual se estima para julio de 2025. Lo anterior, se puede observar en las siguientes tablas.

Fuente: Ver detalle en Tabla 1. Cronograma fechas estimadas de inicio y término de cada FASE constructiva del presente Proyecto en evaluación ambiental, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver detalle en Tabla 2. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 1 (Lote W-2), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver detalle en Tabla 3. Cronograma de las actividades de la FASE constructiva 2 (Lote W-3), de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Metodología de estimación de Emisiones Atmosféricas

A continuación, se presenta para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, las fuentes de emisión identificadas para esta fase son las siguientes:

Fuente: Ver detalle en Tabla 9. Fuentes de emisiones atmosféricas identificadas en FASE de CONSTRUCCIÓN, de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las Emisiones Atmosféricas que se generan en la FASE de CONSTRUCCIÓN se asocian al material particulado y gases de combustión. A continuación, en la siguiente tabla se indica la estimación de las emisiones de material particulado y gases de combustión por año, considerando las 2 FASES CONSTRUCTIVAS. Es del caso señalar que, las FASES CONSTRUCTIVAS no se sobreponen, es decir, no se realizan actividades de una o más FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto en conjunto; la construcción del proyecto tiene una duración de 56 meses en total, considerando que cada fase constructiva dura 28 meses:

Fuente: Ver detalle en Tabla 25 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Medidas de Abatimiento y Control

Las medidas de abatimiento y control de emisiones atmosféricas que se implementan en la FASE de CONSTRUCCIÓN son las siguientes:

- Los vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase cuentan con su revisión técnica al día. - Realiza mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases. - Se humectan las superficies de suelo donde se realizan movimientos de tierra. - Los camiones circulan cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. - El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos es de 20 km/h en la obra.

- Se aplica supresor de polvo sobre las zonas de tránsito (caminos no pavimentados), presentado como compromiso ambiental voluntario en la Tabla 11.1.11. del presente Informe Consolidado de Evaluación.

FASE de OPERACIÓN

Las actividades que generan emisiones atmosféricas en la FASE de OPERACIÓN corresponden al tránsito de vehículos, pertenecientes a los futuros propietarios de las viviendas, y al sistema de calefacción domiciliaria.

Para el cálculo de las emisiones de resuspensión de MP10 y MP2,5 y de gases de combustión por el uso del motor de los vehículos, las emisiones son calculadas por fases en función a la cantidad de estacionamientos, tal como se muestra en la tabla a continuación:

Fuente: Mayor detalle ver Tablas 20 y 21 del ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Para el cálculo se utilizaron las fórmulas expresadas para la combustión del motor de los vehículos, y para el tránsito de vehículos en vías pavimentadas se utilizó la siguiente formula de factor de emisión:

Parámetros considerados para la estimación de emisiones fugitivas de material particulado de caminos pavimentados

Fuente: Mayor detalle ver en ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

De esta manera, de acuerdo con la potencia, tecnología y contaminante, los factores de emisión base para los vehículos se presentan a continuación:

Parámetros considerados para modelación de emisiones de MP y gases de combustión de vehículos

Para el caso de las viviendas correspondientes al Proyecto en evaluación, el Titular implementa equipos de calefacción eléctrica tanto para las viviendas del - - equipos varía dependiendo la tipología de vivienda y la demanda energética asociada a esta. En este sentido, se da cumplimiento al artículo 18 del D.S. 1/2021 del PDA. El detalle de calefactores a incorporar por vivienda se detalla en la siguiente tabla:

Fuente: Ver detalle en Tabla 4 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las especificaciones técnicas de los calefactores eléctricos a implementar se pueden observar en las siguientes Figuras, como también en los documentos de demanda energética adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA:

Fuente: Mayor detalle ver en ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Fuente: Mayor detalle ver en ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

Las emisiones se calcularon a partir de la demanda energética de cada vivienda y se consideraron las emisiones correspondientes al tránsito y combustión de vehículos.

Las emisiones generadas para la FASE de OPERACIÓN se calcularon a partir de la demanda anual de energía de calefacción de cada vivienda (determinada mediante cálculo y simulación térmica), con el fin de evaluar el comportamiento de la envolvente y garantizar que las emisiones generadas por los equipos de calefacción sean lo menores posibles, dando cuenta del proceso de desarrollo indicado en el PDA.

Cabe destacar a propósito del Proyecto existente que, de conformidad con el artículo 4 del PDA (D.S. N°1/2021 MMA), a contar del 29 marzo de 2025 comenzó a regir una prohibición absoluta para la Zona A del PDA (que incluye la comuna de Machalí), en cuanto a la imposibilidad de usar calderas de calefacción de uso domiciliario, así como de usar calefactores y cocinas que utilicen o puedan utilizar leña, carbón mineral y vegetal y otros derivados de la madera.

A su turno, como se ve, para el Proyecto, el Titular ha incorporado como parte de éste la implementación de calefactores eléctricos suficientes para cubrir la demanda energética según el tipo de vivienda que corresponda.

Teniendo presente lo anterior, y considerando la necesidad de contar con datos ciertos respecto al sistema de calefacción para el Proyecto existente, la estimación de las emisiones se realizó, metodológicamente, considerando la - se realizó por medio de un levantamiento de información en terreno ejecutado durante el mes de enero de 2025, en el cual se consultó a los propietarios de las viviendas ya operativas, el sistema de calefacción implementado en su vivienda. En este sentido, el catastro consultó si existe un método de calefacción en la vivienda y, en caso de respuesta positiva, cuál era el sistema utilizado. El modelo

de implementación del catastro y los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla:

Fuente: Ver detalle en Tabla 5 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Fuente: Ver detalle en Tabla 6 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De la tabla anterior, se obtiene un total de 161 viviendas catastradas de un total de 201, lo cual representa más de un 80% del tamaño de la población objetivo; de las viviendas catastradas, fueron 128 las que tenían actualmente algún sistema de calefacción instalado. Lo anterior, refleja la situación real de calefacción con la cual se encuentra el Proyecto existente y que, a su vez, proyecta la tendencia del tipo de calefacción predominante que se da en el sector.

Los resultados en detalle por tipo de calefactor implementado y por tipología de vivienda, se pueden observar en la siguiente tabla:

Fuente: Ver detalle en Tabla 7 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Es de importancia señalar que, para el caso de viviendas catastradas que contaban con 2 o más sistemas de calefacción, se consideró el cálculo de emisiones en virtud de la demanda energética de cada tipología de vivienda, utilizando el calefactor que cumpla con el criterio de peor condición en términos de factores de emisión.

En este sentido, se utilizó la distribución de tipología de artefactos de calefacción diagnosticada en el catastro para proyectar las viviendas que no cuentan con sistema de calefacción o que no se encuentre habitadas a la fecha de realización del catastro. En virtud de lo mencionado, se presentan los resultados de la proyección proporcional del catastro para la totalidad de las viviendas del Proyecto existente, según tipología.

Resultado catastro Proyecto existente con distribución proporcional de artefactos de calefacción (Lote W-1)

Fuente: Ver detalle en Tabla 8 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Los resultados del catastro, así como la identificación pormenorizada de cada vivienda, se encuentran adjuntos en el ANEXO 1 de la ADENDA EXTRAORDINARIA.

Por otra parte, en lo relacionado a los sistemas de calefacción para el Proyecto en evaluación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 Plan de expresa que: la instalación de equipos de calefacción a leña, en viviendas nuevas que se construyan en áreas urbanas de la zona saturada. Para cumplir con lo anterior, las viviendas nuevas deben contar con un sistema de calefacción ya integrado que no utilice leña como combustible, encontrarse conectadas a un sistema de calefacción distrital o tener una demanda de calefacción menor a 15 kWh/m2 ; además de esto, debe considerarse lo indicado previamente, en cuanto a que el artículo 4 del PDA prohíbe actualmente el uso de calefactores a leña, entre otros, en la comuna de Machalí. Por ello, los propietarios futuros del Proyecto no podrán utilizar sistemas de calefacción a leña.

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular, para las viviendas del Proyecto en evaluación, es decir, las correspondientes a los Lotes W-2 y W-3 (FASES CONSTRUCTIVAS 1 y 2), considera sistemas de calefacción eléctrica implementados en las viviendas en cantidad suficiente para atender la demanda energética según tipología de vivienda, dando así cumplimiento al artículo 18 del citado PDA.

En la tabla a continuación, se presentan el número de viviendas y estacionamientos y, en la siguiente tabla se presentan los resultados de la FASE de OPERACIÓN, considerando que tanto el Proyecto existente como el Proyecto -2 y W- operación completa, considerando entregas intermedias:

Fuente: Ver detalle en Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo, a lo descrito precedentemente, las emisiones de material particulado y gases de combustión se resumen en las siguientes tablas:

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN Proyecto existente (Lote W-1).

Fuente: Ver detalle en Tabla 26 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-2)

Fuente: Ver detalle en Tabla 27 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Emisiones de MP y gases de combustión FASE de OPERACIÓN (Lote W-3)

Fuente: Ver detalle en Tabla 28 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

Las emisiones atmosféricas totales, es decir, contabilizando las emisiones atmosféricas de la FASE de OPERACIÓN en conjunto con las emisiones de la FASE de CONSTRUCCIÓN. Así, se considera el Proyecto - plena operación y, las FASES de CONSTRUCCIÓN y de OPERACIÓN según corresponda, contemplando entregas intermedias por cada una de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto en.

De lo anterior mencionado se obtiene las siguientes emisiones totales por año:

Fuente: Ver detalle en Tabla 29 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA.

De acuerdo con dichos valores y a los valores límites establecidos por el D.S. N°1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador Proyecto debe compensar emisiones, ya que para el año 4 (1,62 ton/año), supera los límites establecidos por el PDA para el componente MP10 (Tabla 80). En este sentido y de acuerdo del artículo 40 del citado PDA, el Proyecto debe compensar el 120% de las emisiones generadas en el año de peor condición, es decir, la cantidad estimada de 1,944 ton/año.

Límites para la compensación de emisiones según PDA

Fuente: Ver detalle en Tabla 30 de la Respuesta N°1.1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA

En el ANEXO 1 de la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, el cual incluye el tipo de emisión y la cantidad estimada que se produce por cada actividad asociada al Proyecto.

Indicador de cumplimiento Durante el desarrollo de las obras se implementan medidas de control para reducir las emisiones de material en suspensión generado por las actividades del Proyecto, y evitar cualquier otro tipo de efecto adverso, las cuales se indican a continuación:

FASE de CONSTRUCCIÓN:

Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria; control de certificados de revisión técnica a maquinarias y vehículos por parte de la empresa contratista y mantenciones, registro de las humectaciones y aplicación de supresor de polvo; instalación de señaléticas de tránsito; verificación de camiones encarpados. Informe de eficiencia energética para el cumplimiento del PDA firmado por un calificador energético certificado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

FASE de OPERACIÓN:

  • Certificado de recepción de las viviendas por parte de la Municipalidad de Machalí, indicando que cumple con el D.S. N°1/2021 del MMA.

  • Presentación y Aprobación del Programa de Compensación de Emisiones ante la SEREMI de Medio Ambiente de la Región del Libertador General Bernardo

Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI de Salud

7.18 Ley N°18.290. Componente/ materia: Emisiones Atmosférica.

Norma Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El presente artículo 82 de la Ley 18.290 aplica a los vehículos motorizados que se consideran en la FASE de CONSTRUCCIÓN, que se contemplan para el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de Obra Gruesa e instalaciones y actividades todas.

Las actividades descritas se desarrollarán a través de vehículos motorizados pesados y medianos.

Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados pesados y livianos ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la FASE de CONSTRUCCIÓN, cuentan con las revisiones técnicas al día, con el fin de evitar la generación de gases contaminantes en un índice superior a los permitidos.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los vehículos con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros los que a su vez están disponibles en la instalación de faenas del Proyecto.

7.19 Decreto Supremo Nº38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Componente/ materia: Emisiones Acústicas. Norma Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades constructivas del Proyecto principalmente relacionadas con las actividades de movimiento de tierra y obra gruesa y terminaciones en el área de emplazamiento del Proyecto. Forma de cumplimiento La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN para los frentes de trabajo, considerando la medida de control propuesta, se detalla en la tabla a continuación:

Fuente: Ver detalle en Tabla 27 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA. En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la FASE de CONSTRUCCIÓN, mediante la implementación de la medida de control propuesta. Las Barreras Acústicas, se implementan según definición indicada en la norma ISO 9613, Parte 2, que determina que un objeto debe ser considerado como obstáculo (barrera) si cumple con una densidad superficial de al menos 10 Kg/m2 y tiene una superficie cerrada sin grandes grietas o huecos. Según lo indicado anteriormente, para el presente caso se utilizará una Barrera Acústica Perimetral construida considerando el siguiente esquema, utilizando tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas con la finalidad de absorber el sonido incidente. La medida de control se debe implementar considerando las siguientes características y consideraciones respecto a su construcción:

Fuente: Ver detalle en Tabla 32 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Las barreras Acústicas se implementan espacialmente en el perímetro que delimita la FASE CONSTRUCTIVA, específicamente en las zonas que existe una superación de los valores máximos permisibles del D.S. 38/2011 del MMA.

Para la FASE CONSTRUCTIVA 1, existe una superación de valores máximos en los receptores P3, P4 y PA, según muestras las Tablas 27 del ANEXO 5 del ADENDA COMPLEMENTARIA, correspondiente al Estudio de Ruido y Vibraciones, por ende, la ubicación de la medida se señala en la siguiente figura:

Fuente: Ver detalle en Figura 21 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Por otro lado, para la FASE CONSTRUCTIVA 2, existe una superación de valores máximos en los receptores PB, según muestra la Tabla 27 del ANEXO 5 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, por ende, la ubicación de la medida se señala en la siguiente figura:

Fuente: Ver detalle en Figura 22 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

La ubicación georreferenciada de vértices que compone la barrera se presenta en la siguiente Tabla.

Fuente: Ver detalle en Tabla 33 del ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Se recalca que, la estimación de emisiones Acústicas se estima simulando la peor condición, es decir, que las actividades de preparación del terreno, construcción y humectación del camino, se desarrollen en simultáneo. Aunque en la práctica, esto se da en ciertos periodos de desarrollo de las FASES CONSTRUCTIVAS, la implementación de las barreras Acústicas se realiza una vez comiencen las obras gruesas, es decir, la primera semana en que se comience a desarrollar las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, lo cual es en julio de 2024 para la FASE constructiva 1 y marzo de 2027 para la FASE constructiva 2 (las fechas quedan sujetas a la obtención de la RCA). Las barreras se mantienen por la totalidad de tiempo en el cual se desarrollen las FASES CONSTRUCTIVAS.

El detalle de las medidas a implementar con relación a las emisiones Acústicas que se generan por el Proyecto se presenta en tabla 43 del ADENDA COMPLEMENTARIA, además se tienen consideraciones adicionales, tales como:

Buenas Prácticas en Faenas de CONSTRUCCIÓN

  • Al interior de la obra se evita faenas ruidosas simultáneas, esta condición genera un alto nivel de ruido y es la que mayor molestia puede ocasionar en los receptores afectados.
  • Prohíbe la utilización de bocinas en las proximidades e interior del sector de emplazamiento de la actividad, excepto en caso necesario.
  • Establece velocidades vehiculares bajas al interior del Proyecto.
  • Realiza mantención de los caminos interiores y caminos de accesos.
  • Evita la generación de ruidos de corta duración provocados por la operación de maquinaria o equipos.
  • Evita ruidos innecesarios, como golpes producto de la mala manipulación de herramientas o materiales, al igual que gritos u otros ruidos provenientes directamente de los trabajadores de la obra.

Buenas Prácticas frente a la Comunidad

  • Se mantiene informada a la comunidad de horarios y faenas a realizar en la obra, esto con el fin de reducir la molestia producto de los ruidos que se generan.
  • Se informa a la comunidad en cuanto a las faenas ruidosas a desarrollar y los plazos de duración que estos tienen, procurando mantener el control de las emisiones al interior de la faena.

  • Se mantiene un canal de comunicación con la comunidad, el cual está disponible a la vista en obra, indicando datos de contacto del personal a cargo para consultas o reclamos.

Finalmente, para dar cuenta de la efectividad de las soluciones propuestas en el contexto de dar cumplimento al D.S. N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, el Titular implementa un Monitoreo Bimensual del componente ruido para la FASE CONSTRUCTIVA del Proyecto, el cual se desarrolla cuando se genere la peor condición de Emisiones Acústicas en los receptores críticos que se presentan en el Estudio de Ruido del Proyecto, el detalle se presenta en la tabla 46 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

El Estudio de Ruido y Vibraciones se adjunta actualizado en ANEXO 05 del ADENDA COMPLEMENTARIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Se evalúa la efectividad de las medidas, mediante un Monitoreo de Ruido Bimensual cuando se desarrolle la peor condición de emisiones Acústicas, lo cual se entenderá cuando exista un traslape de las actividades de movimientos de tierra y preparación del terreno, obra gruesa y terminaciones, de acuerdo a los cronogramas de ambas FASES CONSTRUCTIVAS definidos en el Estudio de línea base del componente ruido y vibraciones del presente Proyecto (entre las semanas 8 y 14 de desarrollo de cada FASE CONSTRUCTIVA se genera la peor condición).

El monitoreo se realiza en los receptores P3, P4 y PA para la FASE CONSTRUCTIVA 1 y receptor PB para la FASE CONSTRUCTIVA 2, los cuales son, de acuerdo con el Estudio de Ruido y Vibraciones, existe una superación de los valores máximos permisibles del D.S. 38/2011 del MMA sin la incorporación de las medidas propuestas.

Forma de control y seguimiento Se remite toda la documentación asociada a los monitoreos a la Superintendencia del Medio Ambiente, con un plazo máximo de un mes posterior a la ejecución del monitoreo.

7.20 Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Componente/materi a: Emisiones Acústicas

Norma Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN, las principales emisiones Acústicas están relacionadas con las actividades de movimiento de tierra y obra gruesa y terminaciones, por lo que se modeló las emisiones de ruido relacionadas a estas actividades. Forma de cumplimiento El Titular y las empresas contratistas que participen en los trabajos entregarán a su personal las protecciones auditivas adecuadas para realizar los trabajos que generen ruidos molestos, es decir, ruidos estables o fluctuantes superiores a un nivel de presión sonora continuo equivalente de 85 dB(A) lento, para una jornada de lunes a viernes entre las 8:00 y 18:00 horas, y sábado entre las 8:00 y 14:00 horas.

Se cumplen, asimismo, con las disposiciones y parámetros relativos a la exposición a vibraciones, para lo cual se proporcionará a los trabajadores la debida protección.

Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de protecciones auditivas y contra vibraciones a los trabajadores que realicen actividades que así lo requieran. Forma de control y seguimiento Registros de entrega de las protecciones auditivas y contra vibraciones a los trabajadores.

Verificación visual en terreno respecto a la utilización de los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad.

7.21 Código Sanitario Componente/ materia: Residuos Líquidos.

Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N°20.380.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Zona de lavado de ruedas y canoas. Forma de cumplimiento El Titular presenta los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental del artículo 139 del Reglamento del SEIA, asociada a la generación de residuos líquidos quincenal de 8 m3, provenientes del lavado de ruedas y canoas para la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Dichos contenidos se adjuntan actualizados en ANEXO 10.1 del ADENDA.

Indicador que acredita su cumplimiento Permiso ambiental mixto contenido en el artículo 139 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Resolución Sanitaria que autoriza los sitios indicados y otorgados por la SEREMI de Salud.

Registro del retiro de residuos generados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Forma de control y seguimiento Registro de la Resolución Sanitaria que autoriza sectorialmente el permiso, otorgado por la SEREMI de Salud.

Registro del retiro de residuos generados durante la FASE de CONSTRUCCIÓN, disponible en la instalación de faenas.

7.22 Decreto Supremo N°50/2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Componente/ materia: Residuos Líquidos.

Norma Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Modificación de cauce Forma de cumplimiento Mientras se realiza la conexión al sistema de agua potable de ESSBIO S.A., se abastecerá a la obra para consumo mediante agua potable envasada, utilizando sistemas de dispensadores, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable D.S. N°594/1999, del MINSAL, en sus artículos 13, 14 y 15.

Para los servicios higiénicos, mientras se realiza la conexión al alcantarillado ESSBIO S.A. se disponen de baños químicos los cuales son mantenidos por una empresa autorizada para dicha actividad.

Adicionalmente, los sistemas de almacenamiento residuos líquidos de lavado de ruedas y lavado de canoas cuentan con la resolución sanitaria correspondiente y son retirados y dispuestos por una empresa autorizada para dicha actividad, cada vez que se requiera.

Con relación a los residuos no peligrosos, los sitios de almacenamiento tienen la autorización sanitaria correspondiente, asimismo se retiran y se trasladan para su disposición final por una empresa con la autorización sanitaria correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento - Factura y/o comprobantes de compra de agua potable para trabajadores.

  • Factura y/o comprobantes de limpieza de baños químicos.

  • Autorización sanitaria de la empresa encargada de la limpieza de los baños químicos.

  • Autorización sanitaria del sistema de lavado de canoas y lavado de ruedas.

  • Factura y/o comprobantes del retiro de residuos líquidos producto del sistema de lavado de ruedas, en caso de corresponder.

  • Factura y/o comprobantes del retiro de residuos líquidos producto del sistema de lavado de canoas, en caso de corresponder.

  • Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro de residuos líquidos producto del sistema del lavado de canoas y/o lavado de ruedas.

  • Autorización sanitaria del almacenamiento de residuos no peligrosos.

  • Autorización sanitaria del transportista y disposición final de los residuos no peligrosos.

Forma de control y seguimiento Todos los registros se mantienen disponibles en instalación de faenas de la obra.

7.23 Decreto N°669/2009, y sus modificaciones, del Ministerio de Obras Públicas. Componente/ materia: Residuos Líquidos.

Norma Introduce modificaciones al reglamento de instalaciones domiciliaria de agua potable y alcantarillado.

Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°50/2003, del Ministerio de Obras Públicas. Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Proyecto de agua potable y alcantarillado Forma de cumplimiento El Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria de la empresa ESSBIO S.A. de acuerdo con la factibilidad N°202301000469 adjunta en el ANEXO 1 de la ADENDA.

Por lo que una vez construido los Proyectos de agua potable y alcantarillado se realiza la recepción de las instalaciones por parte de la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A.

Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de factibilidad sanitaria N°202301000469 de ESSBIO S.A.

Una vez que se cuente con la recepción de las instalaciones se mantiene el certificado emitido por la sanitaria.

Forma de control y seguimiento Los registros se encuentran en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.24 Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Residuos Líquidos

Norma Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículos 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25 y 26.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para la ejecución de los trabajos durante la FASE de CONSTRUCCIÓN, se estima un promedio de 132 trabajadores y un máximo de 180 para la FASE CONSTRUCTIVA 1 y para la FASE CONSTRUCTIVA 2, se estima un promedio de 89 trabajadores y un máximo de 120.

Forma de cumplimiento El Proyecto dispone de servicios higiénicos, los cuales se ubicarán en la instalación de faenas. Los residuos de los baños químicos son retirados y dispuestos, con la periodicidad correspondiente por terceros autorizados, mientras que los servicios sanitarios están conectados a la concesionaria ESSBIO S.A.

El número de baños esta de acuerdo con el número de trabajadores por FASE, dando cumplimiento a los artículos 23 y 24 del D.S. N°594/1999 del

MINSAL, además de lo indicado en el artículo 25 del mismo reglamento que establece la distancia mínima del área de trabajo.

En la FASE de OPERACIÓN son vertidas al sistema de alcantarillado proporcionado por la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A.

Indicador que acredita su cumplimiento - Certificado de Instalaciones de Agua Potable y Alcantarillado por parte de ESSBIO S.A.

  • Contrato de Ampliación de Territorio Operacional N°13142 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. firmado con fecha de 30 de mayo de 2019.

  • Certificado de factibilidad sanitaria de terceros (baños químicos).

Forma de control y seguimiento Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas.

Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.

7.25 Código Sanitario Componente/materia: Residuos sólidos

Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº725/1967 del Ministerio de Salud, y D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Artículos 78, 79 y 80.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento, manejo y retiro de residuos no peligrosos. Forma de cumplimiento Se estima que los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por el personal durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto son almacenados y dispuestos en bolsas de nylon dentro de contenedores con tapas rotulados e identificados, donde posteriormente los contenedores son retirados, transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado, con una frecuencia estimada de 3 días a la semana.

Los residuos no peligrosos por generar en la FASE de CONSTRUCCIÓN corresponden a restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos, escombros y, escarpe y excavaciones, producto de las actividades constructivas de las viviendas

En las siguientes tablas se detalla información sobre la generación y manejo de los residuos sólidos no peligrosos:

Fuente: Ver detalle en Tabla 4 del ANEXO 10.2 del ADENDA.

Fuente: Ver detalle en Tabla 5 del ANEXO 10.2 del ADENDA.

El Titular mantiene un registro de los residuos no peligrosos generados por la obra, se realiza el retiro y disposición final con una empresa autorizada sanitariamente.

para almacenamiento temporal de residuos no peligrosos.

Se realizan las declaraciones correspondientes en la plataforma SINADER.

Los contenidos técnicos y formales para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos durante la FASE de CONSTRUCCIÓN se adjuntan en ANEXO 10.2 del ADENDA, correspondientes a los contenidos técnicos y formales del artículo 139 del RSEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes y/o facturas de retiros de residuos no peligrosos por un transportista autorizado.

Comprobantes de Declaraciones SINADER.

Autorización sanitaria del almacenamiento temporal de residuos no peligrosos (PASM 140).

Forma de control y seguimiento Los comprobantes y registros se mantienen disponibles en instalación de faenas de la obra.

7.26 Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Residuos Sólidos

Norma Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN se generan residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores, residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes: restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, etc., en las cantidades indicadas en el Capítulo I de la DIA.

Forma de cumplimiento Los residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores son dispuestos en contenedores con tapa evitando así el contacto de estos con el suelo y que se emitan malos olores.

Además, su permanencia es acotada ya que son transportados de forma semanal (3 veces por semana) por un tercero autorizado para ser llevados al relleno sanitario autorizado.

En cuanto a los residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes: restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, son acumulados transitoriamente en un patio de acopio en la instalación de faenas, por un periodo máximo de 1 mes, y luego enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 140 del RSEIA.

  • Registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto.

  • Autorización sanitaria del transportista autorizado para su disposición final en el depósito controlado.

  • Declaración de residuos realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno del contenido del PAS establecido en el artículo 140 del RSEIA.

7.27 Decreto Supremo Nº148/2003, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Residuos Peligrosos

Norma Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. Artículos 1, 27 ,28, 29 y 31.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN se generan residuos peligrosos y se almacenan en una bodega de residuos peligrosos (RESPEL) de la instalación de faenas. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos son mantenidos temporalmente en contenedores herméticos con tapa debidamente rotulados según lo indica la NCh 2190/93, ubicados al interior de una bodega para la mantención transitoria de estos residuos, los cuales son manejados según lo establecido en el D.S Nº148/2003, del MINSAL.

Estos residuos peligrosos, permanecen almacenados por un periodo menor a 6 meses y posteriormente, son retirados por una empresa de transporte autorizada y dispuestos en un relleno de seguridad también autorizado.

El Titular mantiene un registro de los residuos no peligrosos generados por la obra, se realiza el retiro y disposición final con una empresa autorizada sanitariamente.

En la siguiente tabla se presenta un resumen de los residuos peligrosos que se generaran por el Proyecto:

Fuente: Ver detalle en Tabla 5 del ANEXO 10.3 del ADENDA.

Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 142 del RSEIA, se presentan en ANEXO 10.3 del ADENDA.

Para los retiros de residuos peligrosos se realiza la declaración por ventanilla única, SIDREP.

Indicador que acredita su cumplimiento Permiso ambiental mixto contenido en el artículo 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Autorización sanitaria para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, registros y/o certificados de retiro, transporte y disposición final de los residuos en sus instalaciones y hacia terceros autorizados.

Comprobantes y/o facturas de retiros de residuos no peligrosos por un transportista autorizado.

Comprobantes de Declaraciones SIDREP.

Forma de control y seguimiento Resolución sanitaria que autoriza sectorialmente el permiso.

Los documentos y registros se mantienen en oficinas de la instalación de faenas ante posibles organismos fiscalizadores.

Los comprobantes se mantienen disponibles en instalación de faenas de la obra.

7.29 Decreto Supremo N°1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente. Componente/materia: Residuos Sólidos

Norma Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Artículo 25.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN se generan residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores, residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes: restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, etc., y residuos peligrosos.

Forma de cumplimiento El Titular mantiene un registro de los residuos no peligrosos generados por la obra, se realiza el retiro y disposición final con una empresa autorizada sanitariamente.

El Proyecto genera anualmente más de 12 toneladas de residuos no sometidos a reglamentos específicos, por lo que se realiza las declaraciones correspondientes en Sistema Nacional de Residuos (SINADER) de forma mensual y anual.

Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes y/o facturas de retiros de residuos no peligrosos por un transportista autorizado.

Comprobantes de Declaraciones SINADER.

Forma de control y seguimiento Los comprobantes se mantienen disponibles en instalación de faenas de la obra.

7.30 Resolución Exenta N°359/2005, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Residuos Peligrosos

Norma Aprueba documento de declaración de residuos peligrosos

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Retiro y disposición final de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Al momento de realizar el retiro por una empresa autorizada, se rellena el formato dispuesto en la presente resolución, en caso de no estar disponible la plataforma SIDREP.

Indicador que acredita su cumplimiento Copia del formulario de la declaración de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Los registros se encuentran en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.31 Resolución Exenta N°499/2006, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Residuos Peligrosos

Norma Aprueba documento de declaración de residuos peligrosos

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Retiro y disposición final de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Al momento de realizar el retiro por una empresa autorizada, se rellena el dispuesto en la presente resolución, en caso de no estar disponible la plataforma SIDREP.

Indicador que acredita su cumplimiento Copia del formulario de la declaración de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Los registros se encuentran en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.32 Decreto Supremo Nº43/2015, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Residuos Peligrosos

Norma Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de sustancias peligrosas en instalación de faenas Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas son almacenadas en una bodega destinada para este fin, clasificadas según peligrosidad y compatibilidad.

Su clasificación es visible para disponerlas correctamente en la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de autorización de la autoridad sanitaria para el funcionamiento de la bodega de sustancias peligrosas.

Registro de las sustancias peligrosas almacenadas en el interior de las obras (cantidad y peligrosidad)

Forma de control y seguimiento Registro de la resolución de autorización de bodega.

7.33 Código de Aguas. Componente/materia: Agua.

Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1222/1981, del Ministerio de Justicia.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se realiza la modificación de una acequia por medio del entubamiento de 4 canales, en el:

Canal 1 se entuba por la acera sur de la Av. Hernán Ciudad, desde el término de la canaleta de piedra existente hasta el límite oriente del lote w-3;

El Canal 2 se entuba por la acera poniente de la futura calle San Marcelino en el lote w-3, luego en el cruce de la calle Bahía Acosta se considera un cajón de hormigón y armado y finalmente se consulta una canaleta con losetas en la acera norte de Bahía Acosta;

El Canal 3 se entuba para permitir el cruce por la Av. Nueva Hernán Ciudad hacia la calle Bahía Laguna verde (existente);

El Canal 4 se entuba en la intersección de las Avenidas Nueva Hernán Ciudad y Nueva Sanchina (Avda. Monseñor Escrivá de Balaguer), para permitir el cruce del canal por la futura calzada.

Lo anterior con la finalidad de materializar el Proyecto Lote W-2 y W-3.

Es del caso señalar que no se realizan descarga de aguas lluvias a los canales en cuestión.

En la siguiente figura se muestra la ubicación de las acequias a intervenir en el área de emplazamiento del Proyecto: Fuente: Ver detalle en Figura 2 del ANEXO 10.4 del ADENDA.

Mientras que en la tabla siguiente se detallan las coordenadas del Proyecto y las modificaciones de cauce propuestas:

Fuente: Ver detalle en Tabla 1 del ANEXO 10.4 del ADENDA.

Forma de cumplimiento El Titular da cumplimiento a la normativa citada mediante la presentación y tramitación del Permiso Ambiental Sectorial del

artículo 156 del RSEIA, el cual se adjunta en el ANEXO 13.3 de la DIA, complementado en ANEXO 10.4 del ADENDA.

Tramitación sectorial en la Dirección General de Aguas de la

Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del permiso anteriormente indicado previo a la ejecución de la obra.

La Resolución Sectorial de la Dirección General de Aguas de la cauce

Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno del contenido del PAS 156 y la aprobación sectorial por parte de la SMA.

La publicación de los antecedentes del permiso y la resolución que lo otorgue a la plataforma generada para estos efectos en la Superintendencia de Medio Ambiente.

7.34 Decreto Supremo N°50/2003, y sus modificaciones, del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia: Agua. Norma Aprueba el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Proyecto de agua potable y alcantarillado Forma de cumplimiento El Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria de la empresa ESSBIO S.A. de acuerdo con la factibilidad N°202301000469 adjunta en el ANEXO 1 de la ADENDA.

Las obras de urbanización son diseñadas de acuerdo con la normativa a lo establecido en el RIDAA. En este sentido, se detallan a continuación las características generales de las obras que componen las urbanizaciones de agua potable y alcantarillado.

Agua Potable: El Proyecto considera la red necesaria para dotar de este elemento a 298 viviendas, se conformará de cañerías de HDPE-PE100-PN10 de diámetros 110, 160 y 200 mm; en los cruces bajo calzada, la tubería se protege mediante un encamisado de PVC Colector, Clase I, del doble de diámetro. Los grifos están ubicados a lo largo de la red, de acuerdo con lo que indica la normativa. Este Proyecto se empalma con el Proyecto -

Alcantarillado: El Proyecto considera la red necesaria para dotar de este elemento a 298 viviendas, se conforma de cañerías de PVC-U SN4 de diámetro 200 mm y de longitud total de 3.051 m. Este Proyecto se empalma con el Proyecto - descargarán las aguas servidas en el emisario existente

denominado Nogales I, tramo Las Rosas San Juan (HDPE PE80 PN6; D=560 mm).

Por lo que una vez construido los Proyectos de agua potable y alcantarillado se realiza la recepción de las instalaciones por parte de la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A.

Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de factibilidad sanitaria N°202301000469 de ESSBIO S.A.

Documento de recepción final por escrito por parte del prestador del servicio de agua potable y alcantarillado, en este caso, ESSBIO S.A.

Forma de control y seguimiento Los documentos se encuentran en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.35 Decreto Supremo Nº735/1969, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Agua

Norma Reglamento de los Servicios de Agua destinado al Consumo Humano. Artículo 7.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la construcción del Proyecto, se requiere como insumo agua potable para abastecer al personal Forma de cumplimiento En FASE de CONSTRUCCIÓN, el suministro de agua potable para los trabajadores en una primera instancia es provista mediante agua envasada, utilizando sistema de dispensadores, hasta que se realice la conexión respectiva a la red de agua potable.

En FASE de OPERACIÓN, el agua potable se obtiene de las instalaciones de la red de agua potable de la empresa ESSBIO S.A. de acuerdo con el Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Facturas o boletas de la empresa abastecedora de agua potable envasadas, durante primera instancia en FASE de CONSTRUCCIÓN.

Posteriormente, factura de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa ESSBIO S.A.

Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

La FASE de CONSTRUCCIÓN cuenta con servicio de agua potable de la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A., mientras que la FASE de OPERACIÓN cuenta con Proyecto sanitario de agua potable y se considera la empresa de servicios sanitario (ESSBIO).

Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno de las boletas emitidas por la empresa ESBBIO.

Forma de control y seguimiento Todos los documentos, certificados, boletas etc., se mantiene en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.36 Ley N°19.525 Componente/materia: Aguas lluvias

Norma Regula sistemas de Evacuación y Drenaje de aguas Lluvias

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto cuenta con un sistema de evacuación de aguas lluvias, se ha considerado el escurrimiento de las aguas lluvias en forma superficial, a través de las calles del loteo, complementado con otras obras, las que se han proyectado en concordancia con el análisis realizado, las cuales corresponden principalmente a una serie de sumideros y una red de colectores de evacuación de aguas lluvias, para luego ser infiltradas en el terreno mediante zanjas absorbentes con bolones.

Cabe señalar, que los sumideros han sido distribuidos de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedan definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles y pasajes de los respectivos conjuntos habitacionales (Lote W-2 y W-3).

Forma de cumplimiento El sistema de evacuación de aguas lluvia diseñado, así como la red y zanjas absorbentes dan cumplimiento a las disposiciones de esta ley.

El Proyecto respectivo, se incluye con todos sus detalles en la memoria y planos del Proyecto adjuntos en el ANEXO 4, el cual contiene los criterios de capacidad y factores de seguridad que cumplan con el objetivo de la Ley 19.525.

Indicador que acredita su cumplimiento Proyecto de aguas lluvias aprobado Forma de control y seguimiento Certificado de Recepción definitiva.

7.37 Código Sanitario Componente/materia: Agua Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº725/1967 del Ministerio de Salud, y D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o Durante la CONSTRUCCIÓN del Proyecto, se requiere como insumo agua potable para abastecer al personal.

sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento En FASE de CONSTRUCCIÓN, el suministro de agua potable para los trabajadores en una primera instancia es provista mediante agua envasada, utilizando sistema de dispensadores, hasta que se realice la conexión respectiva a la red de agua potable.

En FASE de OPERACIÓN, el agua potable se obtiene de las instalaciones de la red de agua potable de la empresa ESSBIO S.A. de acuerdo con el Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento - Facturas o boletas de la empresa abastecedora de agua potable envasadas, durante primera instancia en FASE de CONSTRUCCIÓN. Posteriormente, factura de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa ESSBIO S.A.

  • Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

  • La FASE de CONSTRUCCIÓN cuenta con servicio de agua potable de la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A., mientras que la FASE de OPERACIÓN cuenta con Proyecto sanitario de agua potable y se considera la empresa de servicios sanitario (ESSBIO).

  • Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno de las boletas emitidas por la empresa ESBBIO.

Forma de control y seguimiento Todos los documentos, certificados, boletas etc., se mantiene en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.38 Decreto Supremo N°735/1969, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Agua

Norma Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la CONSTRUCCIÓN del Proyecto, se requiere como insumo agua potable para abastecer al personal. Forma de cumplimiento En FASE de CONSTRUCCIÓN, el suministro de agua potable para los trabajadores en una primera instancia es provista mediante agua envasada, utilizando sistema de dispensadores, hasta que se realice la conexión respectiva a la red de agua potable.

En FASE de OPERACIÓN, el agua potable se obtiene de las instalaciones de la red de agua potable de la empresa ESSBIO S.A. de acuerdo con el Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento - Facturas o boletas de la empresa abastecedora de agua potable envasadas, durante primera instancia en FASE de

CONSTRUCCIÓN. Posteriormente, factura de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa ESSBIO S.A.

  • Contrato de Ampliación de Territorio Operacional (ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019, adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

  • La FASE de CONSTRUCCIÓN cuenta con servicio de agua potable de la empresa de servicios sanitarios ESSBIO S.A., mientras que la FASE de OPERACIÓN cuenta con Proyecto sanitario de agua potable y se considera la empresa de servicios sanitario (ESSBIO).

  • Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno de las boletas emitidas por la empresa ESBBIO.

Forma de control y seguimiento Todos los documentos, certificados, boletas etc., se mantiene en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.39 Decreto Ley Nº3.557/1981, del Ministerio de Agricultura. Componente/materia: Fauna, Flora y Vegetación

Norma Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN se generan residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores, residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes: restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, etc., y residuos peligrosos.

Forma de cumplimiento Los residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores son dispuestos en contenedores con tapa evitando así el contacto de estos con el suelo y que se emitan malos olores. Además, su permanencia es acotada ya que son transportados de forma semanal (3 veces por semana) al relleno sanitario autorizado.

En cuanto a los residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes: restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, son acumulados transitoriamente en un patio de acopio en la instalación de faenas, por un periodo máximo de 1 mes, y luego enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria vigente.

Los residuos peligrosos son mantenidos temporalmente en contenedores herméticos con tapa debidamente rotulados según lo indica la NCh 2190/93, ubicados al interior de una bodega para la mantención transitoria de estos residuos, los cuales son manejados según lo establecido en el D.S Nº148/2003. Estos residuos permanecerán almacenados por un periodo menor a 6 meses y son dispuestos en un relleno de seguridad autorizado.

Por otra parte, la instalación de faenas cuenta con conexión al servicio de alcantarillado de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. de acuerdo con el Contrato de Ampliación de Territorio Operacional

(ATO) N°13142 firmado con fecha de 30 de mayo de 2019 de la empresa sanitaria ESSBIO S.A., adjunto en el ANEXO 3 de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos ambientales sectoriales contenidos en los artículos 140 y 142 del RSEIA.

Registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto.

Autorización sanitaria del transportista autorizado para su disposición final en el depósito controlado.

Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno del contenido de los PAS establecidos en los artículos 140 y 142 del RSEIA.

7.40 Ley N°19.473 Componente/materia: Fauna, Flora y Vegetación

Norma Ley Nº 19.473, del Ministerio de Agricultura, Sustituye Texto de la Ley Nº 4.601, sobre Caza N 4.601 y Artículo Nº 609 del Código Civil.

Otros cuerpos legales D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En cuanto a la fauna silvestre del área de emplazamiento del Proyecto, según el estudio de Fauna terrestre (adjunto en el ANEXO 7 de la presente DIA), fue posible determinar la identificación de un total de 13 especies de fauna silvestre, 1 corresponde al grupo de los reptiles y 12 especies pertenecen al grupo de las aves.

Cabe señalar que para el grupo de los mamíferos no lograron registrarse especies nativas, sin embargo, no se descarta su presencia dadas las características del área.

Se observaron signos de existencia de especies asociadas a hábitat degradados (conejos y liebres).

Para el caso de anfibios, no se registraron, pero no se descarta su presencia pues el área de influencia del Proyecto cuenta con las características idóneas para constituir un hábitat para dicho grupo.

De acuerdo con los Criterios de Protección según Artículo 3º de la Ley de Caza y de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) no se registraron especies con problemas de conservación según las categorías de clasificación de especies. Se registraron un total de 8 especies consideras como benéficas para el equilibrio de los ecosistemas, dentro de estas se encuentran el Picaflor chico, Peuco, Queltehue, Tortolita cuyana, Golondrina chilena, Loica, Chercán y Fío-fío. Además, un total de 6 especies registradas se consideran como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, dentro de las cuales encontramos Picaflor chico, Peuco, Queltehue, Golondrina chilena, Chercán y Fío-fío. Finalmente, una de las especies registradas esta categorizada como dañina, la Paloma doméstica.

Forma de cumplimiento Antes de iniciar las actividades de construcción del Proyecto, se realiza una capacitación a los trabajadores, respecto de las normas adecuadas para la protección de la fauna en toda el área que involucra el Proyecto.

No se permite la caza de ninguna especie.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitación a los trabajadores. Disponible en la oficina de control del jefe de obras.

Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno de capacitación a los trabajadores.

7.41 Decreto Supremo N°5/1998, del Ministerio de Agricultura Componente/materia: Fauna

Norma Reglamento de la Ley de Caza, modificado por D.S. Nº 53 de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura.

Otros cuerpos legales 4.601 Sobre Caza y Ministerio de Agricultura.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En cuanto a la fauna silvestre del área de emplazamiento del Proyecto, según el estudio de Fauna terrestre (adjunto en el ANEXO 7 de la presente DIA), fue posible determinar la identificación de un total de 13 especies de fauna silvestre, 1 corresponde al grupo de los reptiles y 12 especies pertenecen al grupo de las aves.

Cabe señalar que para el grupo de los mamíferos no lograron registrarse especies nativas, sin embargo, no se descarta su presencia dadas las características del área.

Se observaron signos de existencia de especies asociadas a hábitat degradados (conejos y liebres). Para el caso de anfibios, no se registraron, pero no se descarta su presencia pues el área de influencia del Proyecto cuenta con las características idóneas para constituir un hábitat para dicho grupo.

De acuerdo con los Criterios de Protección según Artículo 3º de la Ley de Caza y de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) no se registraron especies con problemas de conservación según las categorías de clasificación de especies.

Se registraron un total de 8 especies consideras como benéficas para el equilibrio de los ecosistemas, dentro de estas se encuentran el Picaflor chico, Peuco, Queltehue, Tortolita cuyana, Golondrina chilena, Loica, Chercán y Fío-fío. Además, un total de 6 especies registradas se consideran como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, dentro de las cuales encontramos Picaflor chico, Peuco, Queltehue, Golondrina chilena, Chercán y Fío-fío. Finalmente, una de las especies registradas esta categorizada como dañina, la Paloma doméstica.

Forma de cumplimiento Antes de iniciar las actividades de construcción del Proyecto, se realiza una capacitación a los trabajadores, respecto de las normas adecuadas para la protección de la fauna en toda el área que involucra el Proyecto.

No se permite la caza de ninguna especie.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitación a los trabajadores.

Disponible en la oficina de control del jefe de obras

Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno de capacitación a los trabajadores.

7.42 Decreto N°430/1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Componente/materia: Fauna Íctica

Norma Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura

Otros cuerpos legales asociados Ley N°18.892y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Modificación de cauce Forma de cumplimiento Mientras se realiza la conexión al sistema de agua potable de ESSBIO S.A., se abastecerá a la obra para consumo mediante agua potable envasada, utilizando sistemas de dispensadores, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable D.S. N° 594/99 MINSAL, en sus artículos 13, 14 y 15.

Para los servicios higiénicos, mientras se realiza la conexión al alcantarillado ESSBIO S.A. se disponen de baños químicos los cuales son mantenidos por una empresa autorizada para dicha actividad.

Adicionalmente, los sistemas de almacenamiento residuos líquidos de lavado de ruedas y lavado de canoas cuentan con la resolución sanitaria correspondiente y son retirados y dispuestos por una empresa autorizada para dicha actividad, cada vez que se requiera.

En relación con los residuos no peligrosos, los sitios de almacenamiento tienen la autorización sanitaria correspondiente, asimismo se retiran y se trasladan para su disposición final por una empresa con la autorización sanitaria correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento Factura y/o comprobantes de compra de agua potable para trabajadores.

Factura y/o comprobantes de limpieza de baños químicos.

Autorización sanitaria de la empresa encargada de la limpieza de los baños químicos.

Autorización sanitaria del sistema de lavado de canoas y lavado de ruedas. Factura y/o comprobantes del retiro de residuos líquidos producto del sistema de lavado de ruedas, en caso de corresponder.

Factura y/o comprobantes del retiro de residuos líquidos producto del sistema de lavado de canoas, en caso de corresponder.

Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro de residuos líquidos producto del sistema del lavado de canoas y/o lavado de ruedas.

Autorización sanitaria del almacenamiento de residuos no peligrosos.

Autorización sanitaria del transportista y disposición final de los residuos no peligrosos.

Forma de control y seguimiento Todos los registros se mantienen disponibles en instalación de faenas de la obra.

7.43 Ley Nº17.288, y sus modificaciones. Componente/materia: Patrimonio Cultural.

Norma Legisla sobre Monumentos Nacionales.

Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°484/1990, del Ministerio de Educación. Reglamento de sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Luego de la limpieza y despeje del terreno a intervenir asociado a los movimientos de tierra, escarpe y excavaciones. Forma de cumplimiento De acuerdo con los resultados del Estudio Arqueológico Adjunto en el ANEXO 09 de la DIA, se determinó que no se identificaron sitios arqueológicos dentro del área de estudio durante la inspección visual. Si bien, lo anterior no descarta la posibilidad de que existan hallazgos en la zona del Proyecto, se considera que esta es baja.

Por esta razón, se realiza una charla de inducción previa al inicio de los trabajos de movimientos de tierra a todo el personal involucrado, con el fin de establecer protocolos acordes con la legislación patrimonial vigente, en el caso de encontrarse hallazgos arqueológicos no previstos.

Sin prejuicio de lo anterior, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S. N° 484, que establece el Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De esta forma, se paralizará toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos

Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación debe ser efectuada por el proponente del Proyecto.

Es importante mencionar que aproximadamente el 50% del área del Proyecto fue recorrida por transectas separadas cada 25 metros entre sí, en eje Noroeste Sureste.

En cuanto a la visibilidad, la podemos clasificar como regular a mala, prácticamente toda la zona prospectada en transectas separadas cada 25 metros, corresponde a una zona de cultivo de maíz en desuso, y siendo los desechos del cultivo el componente que domina sobre la superficie.

La zona no prospectada, corresponde a la zona actualmente utilizada por la instalación de faena del Proyecto en curso que corresponde al Proyecto existente, y zonas de acopio. Finalmente, no se registraron elementos arqueológicos y/o patrimoniales superficiales en las áreas asociadas al polígono donde se desarrollará el Proyecto.

Por otra parte, de acuerdo con la revisión bibliográfica, da cuenta de la presencia de 1 monumento histórico y 2 zonas típica en la comuna de Machalí, la más cercana al área del Proyecto se encuentra a 14,2 km, en el caso de sitios arqueológicos, se identificaron 6 sitios y 11 hallazgos aislados, en un radio de 10 km del área del Proyecto los cuales se encuentran a una distancia superior a 4,39 km con respecto al área de estudio, es decir, fuera de su entorno inmediato.

Si bien, lo anterior no descarta la posibilidad de que existan hallazgos en la zona del Proyecto, se considera que esta es baja y se recomienda realizar lo siguiente:

  • Realizar charlas de inducción arqueológica previa al inicio de los trabajos de movimientos de tierra a todo el personal involucrado, con el fin de establecer protocolos acordes con la legislación patrimonial vigente, en el caso de encontrarse hallazgos arqueológicos no previstos.

Finalmente, si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento En caso de hallazgo, se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la citada Ley.

Informe de charlas de inducción arqueológica a los trabajadores de la obra, realizada por un arqueólogo o licenciado en arqueología indicando temas tratados, asistencia, fotografías.

Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción arqueológica a los trabajadores de la obra, realizada por un arqueólogo o licenciado en arqueología disponible en la instalación de faenas del Proyecto.

7.44 Decreto Supremo N°484/1990, del Ministerio de Educación. Componente/materia: Patrimonio Cultural

Norma Aprueba el Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Otros cuerpos legales asociados Ley Nº17.288, y sus modificaciones. Legisla sobre Monumentos Nacionales. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En cuanto a la inspección arqueológica realizada superficialmente en el área de emplazamiento del Proyecto, durante el 24 de junio de 2022, según el estudio de arqueología (adjunto en el ANEXO 9 de la presente DIA), no se reportan evidencias de hallazgos aislados arqueológicos y patrimoniales en el AI del Proyecto.

Es importante mencionar que aproximadamente el 50% del área del Proyecto fue recorrida por transectas separadas cada 25 metros entre sí, en eje Noroeste Sureste.

En cuanto a la visibilidad, la podemos clasificar como regular a mala, prácticamente toda la zona prospectada en transectas separadas cada 25 metros, corresponde a una zona de cultivo de maíz en desuso, y siendo los desechos del cultivo el componente que domina sobre la superficie.

La zona no prospectada, corresponde a la zona actualmente utilizada por la instalación de faena del Proyecto en curso que corresponde al Proyecto existente, y zonas de acopio.

Finalmente, no se registraron elementos arqueológicos y/o patrimoniales superficiales en las áreas asociadas al polígono donde se desarrollará el Proyecto.

En síntesis, de acuerdo con la revisión bibliográfica, da cuenta de la presencia de 1 monumento histórico y 2 zonas típica en la comuna de Machalí, la más cercana al área del Proyecto se encuentra a 14,2 km, en el caso de sitios arqueológicos, se identificaron 6 sitios y 11 hallazgos aislados, en un radio de 10 km del área del Proyecto los cuales se encuentran a una distancia superior a 4,39 km con respecto al área de estudio, es decir, fuera de su entorno inmediato.

Forma de cumplimiento Realizar charlas de inducción arqueológica a todos los trabajadores que se vean involucrados en las obras de movimientos de tierra, por parte de un arqueólogo(a) titulado.

Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la charla arqueológica. Forma de control y seguimiento Se mantiene la información de las actividades realizadas para consulta en las oficinas de la instalación de faenas.

7.45 Decreto Supremo N°30/2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Componente/materia: Vialidad y Transportes

Norma Reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de Proyectos de Crecimiento Urbano

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla en su totalidad 499 viviendas considerando entre Proyecto existente y en evaluación. En este sentido, se espera un aporte en el flujo vehicular por parte de los futuros residentes del Proyecto, lo que hace la necesidad de implementar medidas de mitigación, los cuales se detallan en los Informes de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) elaborados para cada lote en evaluación.

Forma de cumplimiento En ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, se presentan las tablas para cada intersección crítica, se analizan 2 escenarios, la hora punta mañana, es decir, cuando el usuario se dirige a los destinos cotidianos, ya sean trabajo, escuela u otros, y la hora punta tarde, cuando el usuario vuelve hacia su residencia. Lo anterior se analiza en términos de grados de saturación, lo que quiere decir la razón entre el flujo vehicular y la capacidad de un cruce.

En este sentido, se considera que comienzan a generarse conflictos viales cuando los grados de saturación superan el 85%, lo cual se puede apreciar como los valores destacados en rojo de las tablas.

Como se observa, en ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, 4 de las 5 intersecciones, como condición basal, existen grados de saturación superiores al 85%, en donde algunas incluso superan el 100% de saturación, no obstante, mediante la implementación de las medidas de mitigación, permiten amortiguar estos grados de saturación, disminuyéndolos bajo el 100% para la totalidad de intersecciones críticas, lo cual en ocasiones se logra aumentando levemente los grados de saturación desde el flujo de otra orientación en un cruce, pero que evaluando el escenario general, no corresponden a aumentos significativos en consideración a la disminución de la saturación general del punto de interés.

Sin perjuicio de lo anterior, la intersección 5 requiere de un análisis especial, en donde la situación basal no comprende grados de saturación en dirección oriente y poniente (Avenida Nueva Sanchina), debido que corresponde a una vía con tránsito continuo.

A su vez, el aumento en el grado de saturación en dirección norte (Avenida Fitz Roy), es considerable en comparación a su situación basal, lo cual es esperable considerando que es una de las vías principales del Proyecto.

En este sentido, la materialización de las medidas de mitigación que, si bien mantienen un grado de saturación en la intersección, permiten disminuir considerablemente el grado de saturación introducido por el Proyecto, lo que permite concluir la efectividad de las medidas propuestas y que se encuentran Aprobadas por la SEREMI de Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Tanto las medidas de mitigación, como la efectividad de estas medidas, que han sido modeladas mejoran las condiciones del tráfico vehicular y

disminuye los grados de saturación (para más detalle se adjunta los IMIV en el ANEXO 6 y el Estudio Vial en el ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA).

Esto demuestra que las intervenciones propuestas son adecuadas para el Proyecto, descartando impactos significativos en el Artículo 7 literal b) del Reglamento del SEIA.

En complemento con lo anterior, en lo que respecta a las medidas de mitigación para la resolución de la congestión de los nodos, cruces y vías comprendidas dentro del área de influencia del componente vial, se realizaran las siguientes acciones:

Etapa 1 de mitigación (Lote W-1 y W-2).

Obligatoria:

El Proyecto verifica la existencia de las condiciones de accesibilidad requeridas, y como medida de mitigación se propone la demarcación de los pasos peatonales explícitos dentro del área de influencia.

Se proyecta continuidad de ciclovía la cual está ubicada en Av. Nueva Hernán Ciudad desde Bahía Laguna Verde Casta el límite del Proyecto.

En los accesos vehiculares, los vehículos que salen del Proyecto cuentan con las distancias requeridas, libres de vegetación y elementos verticales, para contar con la adecuada visibilidad y que permite minimizar los conflictos con peatones y/o ciclistas.

Los radios de giro y el ángulo de incidencia del acceso permiten que las maniobras de entrada y salida no interfieran la circulación de los otros vehículos que circulan por la vía, ni se genere entrecruzamiento de los vehículos que entran y salen.

La disposición de los sentidos de tránsito de los accesos vehiculares se ha proyectado de acuerdo con el sentido de tránsito de la vía que enfrenta.

La señalización y demarcación propuesta en el área de influencia se ha diseñado de acuerdo con lo establecido en el Manual de Señalización de Tránsito.

Adicional del Titular: Se materializa 2 resaltos reductores de velocidad, los cuales están ubicados en: - Av. Nueva Hernán Ciudad entre Bahía Mansa y Bahía Laguna Verde (1 unidad) - Av. Nueva Hernán Ciudad entre Calle 1 y Calle 5 (1 unidad)

Todos los rebajes de solera se realizan en base a la accesibilidad universal.

Etapa 2 de mitigación (Lote W-1 y W-2).

Obligatoria:

El Proyecto verificar la existencia de las condiciones de accesibilidad requeridas, y como medida de mitigación se propone la demarcación de los pasos peatonales explícitos dentro del área de influencia.

En los accesos vehiculares, los vehículos que salen del Proyecto cuentan con las distancias requeridas, libres de vegetación y elementos verticales, para contar con la adecuada visibilidad y que permite minimizar los conflictos con peatones y/o ciclistas.

Los radios de giro y el ángulo de incidencia del acceso permiten que las maniobras de entrada y salida no interfieran la circulación de los otros vehículos que circulan por la vía, ni se genere entrecruzamiento de los vehículos que entran y salen.

La disposición de los sentidos de tránsito de los accesos vehiculares se ha proyectado de acuerdo con el sentido de tránsito de la vía que enfrenta.

La señalización y demarcación propuesta en el área de influencia se ha diseñado de acuerdo con lo establecido en el Manual de Señalización de Tránsito.

Se proyecta la materialización de 10 dispositivos de rodados en norma (Tipo 4) en el cruce de Bahía Fitz Roy con Bahía Laguna Verde.

Adicional del Titular:

Se materializa una parada de transporte público en Av. Nueva Hernán Ciudad, entre el límite del Proyecto y Calle 5.

Etapa 3 de mitigación (Lote W-1 y W-2).

Obligatoria:

El Proyecto verificar la existencia de las condiciones de accesibilidad requeridas, y como medida de mitigación se propone la demarcación de los pasos peatonales explícitos dentro del área de influencia.

En los accesos vehiculares, los vehículos que salen del Proyecto cuentan con las distancias requeridas, libres de vegetación y elementos verticales, para contar con la adecuada visibilidad y que permite minimizar los conflictos con peatones y/o ciclistas.

Los radios de giro y el ángulo de incidencia del acceso permiten que las maniobras de entrada y salida no interfieran la circulación de los otros vehículos que circulan por la vía, ni se genere entrecruzamiento de los vehículos que entran y salen.

La disposición de los sentidos de tránsito de los accesos vehiculares se ha proyectado de acuerdo con el sentido de tránsito de la vía que enfrenta.

La señalización y demarcación propuesta en el área de influencia se ha diseñado de acuerdo con lo establecido en el Manual de Señalización de Tránsito.

Demarcación y señalización de tráfico calmado en la Bahía Fitz Roy desde Bahía Morris Casta el límite del Proyecto.

Adicional del Titular:

Se materializa 4 resaltos reductores de velocidad los cuales están ubicados en: -Calle Bahía Laguna Verde entre Pasaje Bahía Darwin y Pasaje Bahía Corral (1 unidad). -Av. Bahía Fitz Roy entre Calle Bahía mansa y Calle Bahía Laguna Verde (1 unidad). -Av. Bahía Fitz Roy entre Calle Bahía Laguna Verde y Calle 4 (1 unidad). -Av. Bahía Fitz Roy entre Calle 4 y Calle 8 (1 unidad)

Se realiza demarcación y señalización de zona 30 para el uso compartido de pistas entre ciclistas y vehículos en ambas calzadas en las siguientes calles: -Calle 1 entre Av. Hernán Ciudad y Calle 3. -Calle 3 entre Calle 1 y Calle 4. -Calle 5 entre Calle 3 y Av. Fitz Roy. -Calle 5 entre Av. Hernán Ciudad y Calle 7. -Calle 8, entre Calle 7 y Av. Bahía Fitz Roy.

Se reconstruye las veredas en mal estado, las cuales están ubicadas en las siguientes calles: -Avenida Fitz Roy entre Calle Bahía Las Brisas y límite del Proyecto (75m2). -Calle Bahía Laguna Verde entre Avenida Fitz Roy y Bahía de Huasco (15m2).

Se realiza la materialización de bolardos en los accesos de las áreas verdes, de esta forma se evita que los vehículos ingresen y que los peatones queden resguardados del flujo vehicular.

Se realiza la materialización de 8 lomillos, los cuales están ubicados en: -Calle 1 entre Calle 3 con Pasaje 3 (1 unidad). -Calle 1 entre Pasaje 1 con Pasaje 2 (1 unidad). -Calle 4 entre Calle 3 con Pasaje 3 (1 unidad). -Calle 4 entre Calle 2 con Pasaje 1 (1 unidad). -Calle 5 entre Calle 7 con Pasaje 6 (1 unidad). -Calle 5 entre Pasaje 4 con Pasaje 5 (1 unidad). -Calle 8 entre Calle 7 con Pasaje 6 (1 unidad). -Calle 8 entre Pasaje 4 con Pasaje 5 (1 unidad).

Etapa 1 de mitigación (Lote W-3).

Obligatoria:

Elaborar y materializa una zona 30 para las calles interiores del Proyecto: -Demarcación. -Señalización. -Reductores de velocidad tipo lomillo.

Elaborar y materializa un Proyecto de demarcación y señalización en el área de influencia de Proyecto. Esto incluye: Demarcación: 1. Eliminación de calzada bidireccional en Hernán Ciudad. 2. Eje Nueva Hernán Ciudad, entre Avda. Nueva Sanchina y el Proyecto. 3. Eje Bahía Laguna Verde, entre Avda. Nueva Hernán Ciudad y Bahía Fitz Roy.

Señalización: 1. Reubicación de toda la señalética existente de la acera sur de la calzada actual de Av. Nueva Hernán Ciudad según corresponda.

2. -10). 3. - Ciudad. 4. - Verde.

Adicional del Titular:

Provisión e instalación de 14 resaltos tipo cojines en Avenida Nueva Hernán Ciudad, entre Avda. Nueva Sanchina y el Proyecto. Esto debe ir acompañado de:

Demarcación. -5 señaléticas RESALTO (PG- 8a).

-Habilitación de 3 pasos peatonales en el eje Avenida Nueva Hernán Ciudad Ciudad, entre el Proyecto y Bahía Francesa.

Esta considera: Demarcación Paso de Cebra. Apertura de mediana central. Pavimento podotáctil en mediana (6). Dispositivos de rodados (6). -

Normalizar los pasos peatonales existentes de la intersección de Av. Sanchina con Av. Hernán Ciudad. Esto Considera:

-Demarcación Paso de Cebra en Avda. Nueva Hernán Ciudad y Avda. Nueva Sanchina. -Dispositivos de rodado (2 en Avda. Nueva Hernán Ciudad y 1 en Avda. Nueva Sanchina). -Apertura de mediana en Avda. Nueva Hernán Ciudad. -Pavimento podotáctil (1 en Avda. Nueva Sanchina, 2 en Avda. Nueva Hernán Ciudad). - -

Materialización de dispositivos podotáctil en las siguientes intersecciones pertenecientes al área de influencia:

-Bahía Laguna Verde con Bahía Morris (3). -Bahía Laguna Verde con Bahía Coique (2). -Bahía Laguna Verde con Bahía Inglesa (2). -Av. Hernán Ciudad con San Marcelino (6). -San Marcelino con Calle 11 (6). -San Marcelino con Calle 7 (2). -San Marcelino con Calle 10 (8). -Calle 12 frente al Área Verde (2).

La construcción de los dispositivos de rodados debe cumplir con la normativa sobre accesibilidad contemplada en la Ordenanza General de Urbanismos y Construcciones (OGUC), Artículo 2.2.8 espacios públicos.

Mantención de ciclovía existente en Hernán Ciudad, esto incluye: - Mantención de Demarcación de calzada. - Mantención de señalética existente. - Mantención de segregadores.

Además, se proyecta:

- (RO- Avda. Nueva Hernán Ciudad llegando a Calle San Marcelino. - (RO- Avda. Nueva Hernán Ciudad llegando a Calle San Marcelino. - Avda. Nueva Hernán Ciudad.

Mantención del paradero en acera poniente de Avda. Nueva Sanchina con, en la intersección con Avenida Nueva Hernán Ciudad.

La mantención considera: Reparación y/o provisión de: 1. Refugio Peatonal. 2. Señalética. 3. Demarcación. 4. Basurero. 5. Asientos. 6. Pavimento Podotáctil. 7. Limpieza de andén y la vereda que conecta con el paso de cebra de Av. Sanchina.

Etapa de mitigación número 2 (Lote W-3):

Obligatoria:

Proyecto de demarcación y señalización en el área de influencia de Proyecto: -Eje Avda. Nueva Hernán Ciudad, entre Avda. Nueva Sanchina y el Proyecto. -Eje Bahía Laguna Verde, entre Avda. Nueva Hernán Ciudad y Bahía Fitz Roy.

La demarcación que se contempla ajusta a lo dispuesto por el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Es decir, está de acuerdo con la normativa vigente en cuanto a formas y color.

El Proyecto de demarcación y señalización es aprobado por la Municipalidad de Machalí.

Tanto los IMIV como sus Resoluciones de Aprobación se encuentran en el ANEXO 6 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

Adicionalmente, el Estudio Vial, documento adjunto en el ANEXO 9 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, incorpora medidas de mitigación con el objetivo de disminuir los grados de saturación identificados en el área de influencia vial comprendida en el Estudio, las cuales se detallan a continuación:

1. Realizar estudio de programaciones de semáforos en las siguientes intersecciones:

a. Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer).

b. Avda. San Juan con calle Santa Teresa (nodo a) y Avda. San Juan con acceso Lo Castillo (nodo b).

El estudio considera primero el Estudio de Periodización en la intersección con mayor flujo en este caso Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer), a fin de precisar nuevos periodos de la red o subperiodos.

Posteriormente, se realiza el Estudio de Programaciones considerando los nodos frontera, realizar la tarea de sintonía fina de todos los planes de tiempos prefijados, y reconfigurar el controlador en el caso que las nuevas programaciones difieran de las originales.

2. Re-demarcación de elementos horizontales de los puntos críticos: a. Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer). b. Avda. San Juan con Santa Teresa (nodo a) y San Juan con Acceso Lo Castillo (nodo b). c. Bahía Fritz Roy con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer)

Se debe considerar la remarcación de líneas de detención, líneas de separación de calzada, ceda el paso, flechas direccionales, pasos peatonales, elementos de ciclovía, demarcación de no bloquear cruce, entro otros. Esto se ingresa a la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Machalí.

3. Demarcación de todos los cruces para ciclovías en Avda. San Juan desde Santa Teresa hasta Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer).

4. Normalización de dispositivos de rodados en rebajes de cruces del área de influencia, donde existan refugios peatonales.

5. Demarcación de pasos peatonales con pintura en mal estado en cruces del área de influencia, como prioridad los que se encuentren cercanos a los refugios peatonales o zonas de para de transporte público.

6. Se realiza estudio de justificación del cruce de Bahía Fitz Roy con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer), en caso de justificarse este se materializar.

7. En el cruce de Avda. San Juan con Avda. Nueva Sanchina (Avda. Escrivá de Balaguer) por el lado del acceso sur se realiza un rediseño de la intersección, generando una pista extra con una longitud de 200 metros para que los vehículos puedan virar a la izquierda en ambas pistas.

8. Realizar sintonía fina en el cruce de Av. La Sanchina con Avda. Madero, y en cruce de la Carretera del Cobre (ruta H-27), y Avda. Nueva Sanchina, durante las FASES de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN.

Así, con la implementación de las medidas propuestas, se logra generar una disminución en los grados de saturación generales de las intersecciones críticas, presentando grados de saturación bajo el 100% para todas las intersecciones y orientaciones de acceso/egreso analizadas.

En resumen, la situación base ya presenta altos niveles de saturación, que se intensifican con la introducción del Proyecto.

Se han sugerido medidas de mitigación que, tras su implementación, resultan en una reducción de los grados de saturación críticos asociados con el Proyecto.

La efectividad de estas medidas de mitigación, que han sido modeladas (para más detalle se adjunta Estudio Vial en el ANEXO 7 de la ADENDA COMPLEMENTARIA), mejora las condiciones del tráfico vehicular y disminuye los grados de saturación.

Esto demuestra que las intervenciones propuestas son adecuadas para el Proyecto, descartando afectación al literal b) del artículo 7 del RSEIA.

Se debe tener en consideración que la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones levantó diversas observaciones a la DIA en Oficio Ord. N°31274/2022, y, que con relación a la ADENDA se pronunció conforme mediante Oficio Ord. N°26639/2023 de fecha 15 de septiembre de 2023.

Misma situación respecto a ADENDA COMPLEMENTARIA, pronunciándose conforme mediante Oficio Ord. N°7471/2024.

Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto cuenta con dos IMIV aprobados por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, de acuerdo con las resoluciones N°500/2023 (Lotes W-1 y W-2) y N°853/2023 (Lote W-3), documentos adjuntos en el ANEXO 6, 07.1, 07.2, 07.3 de la ADENDA COMPLEMENTARIA.

Recepción de las obras materializadas por parte del MTT.

Ejecución de las Medidas de Mitigación Aprobadas en el IMIV

Forma de control y seguimiento La documentación se mantiene en instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones.

7.2 Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones básicas en los lugares de trabajo).

7.2.1 Decreto con Fuerza de Ley Nº4/2006, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. Componente/materia: Energía

Norma Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica" (LGSE).

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de Energía Eléctrica Forma de cumplimiento La propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de CGE Distribución S.A. Ésta se encuentran de acuerdo con las normas vigentes y disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del Proyecto se ajustan a la normativa técnica vigente.

La correcta ejecución de dichas instalaciones se acredita ante la Dirección de Obras Municipales acompañando a la solicitud de recepción de la obra, copia de la declaración de instalación, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

En el ANEXO 3 de la DIA, se adjuntó el Certificado de Factibilidad eléctrica otorgado por la empresa CGE Distribución S.A.

Indicador que acredita su cumplimiento Documento de factibilidad eléctrica, emitido por CGE Distribución S.A. Adjunto en ANEXO 3 de la DIA y Recepción de la obra.

Forma de control y seguimiento Medidores de Energía Eléctrica

7.2.2 Decreto Supremo N°327/1997, del Ministerio de Minería. Componente/materia: Energía

Norma Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de Energía Eléctrica Forma de cumplimiento La propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de CGE Distribución S.A.

Ésta se encuentra de acuerdo con las normas vigentes y disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del Proyecto se ajustan a la normativa técnica vigente.

La correcta ejecución de dichas instalaciones se acredita ante la Dirección de Obras Municipales acompañando a la solicitud de recepción de la obra, copia de la declaración de instalación, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

En el ANEXO 3 de la DIA, se adjuntó el Certificado de Factibilidad eléctrica otorgado por la empresa CGE Distribución S.A.

Indicador que acredita su cumplimiento Documento de factibilidad eléctrica, emitido por CGE Distribución S.A. Adjunto en ANEXO 3 de la DIA y Recepción de la obra.

Forma de control y seguimiento Medidores de Energía Eléctrica

7.2.3 Decreto Supremo N°109/2017, del Ministerio de Energía. Componente/materia: Energía

Norma Reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de Energía Eléctrica Forma de cumplimiento La propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de CGE Distribución S.A.

Ésta se encuentra de acuerdo con las normas vigentes y disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del Proyecto se ajustan a la normativa técnica vigente.

La correcta ejecución de dichas instalaciones se acredita ante la Dirección de Obras Municipales acompañando a la solicitud de recepción de la obra, copia de la declaración de instalación, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

En el ANEXO 3 de la DIA, se adjuntó el Certificado de Factibilidad eléctrica otorgado por la empresa CGE Distribución S.A.

Indicador que acredita su cumplimiento Documento de factibilidad eléctrica, emitido por CGE Distribución S.A. Adjunto en ANEXO 3 de la DIA y Recepción de la obra.

Forma de control y seguimiento Medidores de Energía Eléctrica

7.2.4 Decreto Supremo N°8/2019, del Ministerio de Energía. Componente/materia: Energía

Norma Reglamento de seguridad de las instalaciones de consumo de energía eléctrica

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de Energía Eléctrica Forma de cumplimiento La propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de CGE Distribución S.A.

Ésta se encuentra de acuerdo con las normas vigentes y disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del Proyecto se ajustan a la normativa técnica vigente.

La correcta ejecución de dichas instalaciones se acredita ante la Dirección de Obras Municipales acompañando a la solicitud de recepción de la obra, copia de la declaración de instalación, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

En el ANEXO 3 de la DIA, se adjuntó el Certificado de Factibilidad eléctrica otorgado por la empresa CGE Distribución S.A.

Indicador que acredita su cumplimiento Documento de factibilidad eléctrica, emitido por CGE Distribución S.A. Adjunto en ANEXO 3 de la DIA y Recepción de la obra.

Forma de control y seguimiento Medidores de energía eléctrica

7.2.5 Decreto Supremo N°108/2013, del Ministerio de Energía. Componente/materia: Energía

Norma Reglamento de Seguridad para las instalaciones de almacenamiento transporte y distribución de gas licuado de petróleo y operaciones asociadas.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de Combustible Forma de cumplimiento Respecto a la instalación de redes interiores en las viviendas, para el suministro de gas licuado, se indica que, su instalación es de acuerdo con normas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Se consultan las redes interiores de gas a la vista, para alimentar un calefón de 10 lt/min instalado al interior de la vivienda, y una cocina de 4 platos, las que se realizan en cobre u otro material debidamente autorizado, de acuerdo con planos de Proyecto respectivo.

Los ductos de calefón se atienen a lo establecido en el reglamento de instalaciones interiores de gas, título III del D.S. N°222/96, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Indicador que acredita su cumplimiento Recepción de la obra. Forma de control y seguimiento Copia y Registros de Documentos asociados.

7.2.5 Decreto Supremo N°115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Componente/materia: Energía

Norma Norma Técnica NCh. Elec. 4/2013, Instalaciones de Consumo de Baja Tensión

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica CONSTRUCCIÓN de 298 viviendas (adicionales al Proyecto existente sin RCA), las que se emplazarán en el lote w-2 y w-3, en una superficie total de 116.903,27 m2.

Forma de cumplimiento La instalación eléctrica se proyecta al empalme del conjunto residencial colindante posterior declaración a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo es modificada por el reglamento N° 258 Of 1984, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1

En el ANEXO 3 se adjunta las factibilidades eléctricas para el Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento Factibilidad eléctrica otorgado por la empresa CGE y documentos de empalme.

Forma de control y seguimiento Copia física certificado de factibilidad eléctrica otorgado por la empresa CGE.

7.2.6 Decreto Supremo N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: Vialidad y Transportes

Norma Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de OPERACIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las acciones del Proyecto.

Informes de Mitigación de Impacto Vial.

Proyecto de pavimentación.

Forma de cumplimiento El Proyecto por evaluar cuenta con un total de 298 estacionamientos y junto a su situación base, 201 suman un total de 499 estacionamientos. Bajo este contexto se realizaron 3 IMIV para cada uno de los lotes los cuales se adjuntan en el ANEXO 13 de la ADENDA y en ANEXO 6 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, donde se establecen las rutas de modo que conecten con la vialidad estructurante de la ciudad.

Se indica que se presenta los Informes de Mitigación de Impacto Vial de Lote W-2 y Lote W-3 en el ANEXO 6 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, de los cuales se implementan todas las medidas de mitigación indicadas en dichos informes.

Se realiza el Proyecto de pavimentación en consideración de los artículos 2.3.2, 2.3.2 bis, 2.3.3, 2.3.4 del D.S. N°47/1992 del MINVU, para ser presentado para su aprobación ante los servicios competentes.

Indicador que acredita su cumplimiento IMIV para cada uno de los lotes en conjunto a un estudio de movilidad para todo el Proyecto en evaluación adjuntos en el ANEXO 13 de la ADENDA, y ANEXO 07.1, 07.2 y 07.3 de la ADENDA COMPLEMENTARIA. Proyecto de pavimentación aprobado.

Forma de control y seguimiento Resolución de aprobación de Estudios IMIV del Proyecto.

Mantención de los registros disponibles para consultas por la autoridad competente.

7.2.7 Decreto Supremo N°298/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Componente/materia: Vialidad y Transportes.

Norma Fija Texto refundido, Coordenado y Sistematizado que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de sustancias y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El Proyecto utilizará sustancias peligrosas y se generan residuos peligrosos, por lo que se utilizan proveedores autorizadas que cuentan con las autorizaciones correspondientes a transporte de sustancias peligrosas.

Asimismo, los retiros de los residuos peligrosos son realizados por un transportista autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento Autorizaciones de proveedores del transporte de sustancias peligrosas.

Autorizaciones sanitarias de transporte de residuos peligrosos.

Forma de control y seguimiento Los registros se encuentran en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

7.2.8 Decreto Supremo N°158/1980 y sus modificaciones, del Ministerio de Obras Públicas Componente/materia: Vialidad y Transportes.

Norma Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden circular por caminos públicos

Otros cuerpos legales No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto se transportarán materiales necesarios para la ejecución de este, tanto en vehículos de alto tonelaje como vehículos medianos, los cuales circulan por la red vial existente en el área de emplazamiento del Proyecto, y por distintas vías, caminos y rutas.

Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de los numerales 2) y 4) citados, el Titular sólo utilizará vehículos que respeten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.

El Titular da cumplimiento a esta norma, haciendo exigible en todos los contratos, subcontratos u órdenes de compra de los servicios de transporte de materiales y mercaderías, la sujeción a lo señalado en la presente normativa sobre el peso máximo establecido para circular por caminos públicos.

El Proyecto requerirá actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También requerirá el transporte de maquinaria que eventualmente exceda el peso máximo permitido.

El Titular exige a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas.

Indicador que acredita su cumplimiento Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas así como copia de los permisos en caso de que sea necesario solicitarlos.

Para el control del peso de carga se mantiene registro de las guías de despacho de la carga que es transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado.

Asimismo, y en caso de que aplique, se establecerá la obtención del permiso de la Dirección Regional de Vialidad.

Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.

7.2.9 Resolución N°1/1995, del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia: Vialidad y Transporte

Norma Establece dimensiones máximas a vehículos que indica.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto se transportarán materiales necesarios para la ejecución de este, tanto en vehículos de alto tonelaje como vehículos medianos, los cuales

circulan por la red vial existente en el área de emplazamiento del Proyecto, y por distintas vías, caminos y rutas del país.

Forma de cumplimiento Para el cumplimiento del artículo 1º de la norma los camiones a utilizar se ajustan a las dimensiones límite establecidas. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile.

Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consistirá en contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantiene un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos.

Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos.

7.2.10 Decreto con Fuerza de Ley Nº850/1997, del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia: Vialidad y Transporte

Norma Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del D.F.L Nº206 de 1960, del mismo Ministerio, sobre CONSTRUCCIÓN y conservación de caminos.

Otros cuerpos legales No aplica.

FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto se transportarán materiales necesarios para la ejecución de este, tanto en vehículos de alto tonelaje como vehículos medianos, los cuales circulan por la red vial existente en el área de emplazamiento del Proyecto, y por distintas vías, caminos y rutas del país.

Forma de cumplimiento El Titular sólo utilizará vehículos que respeten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos.

El Titular da cumplimiento a esta norma, haciendo exigible en todos los contratos, subcontratos u órdenes de compra de los servicios de transporte de materiales y mercaderías, la sujeción a lo señalado en la presente normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consistirá en contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y se mantiene un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos.

Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de

maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos.

7.2.11 Decreto N°160/2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Componente/materia: Sustancias Peligrosas

Norma Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento FASE de CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN, se mantienen almacenados con todas las medidas de seguridad combustible un estanque de capacidad de 1.000 L necesario para el desarrollo del Proyecto.

Forma de cumplimiento El combustible es almacenado en una bodega destinada para este fin, con piso impermeable, techada y con sistema de protección en caso de derrame, además, contempla el uso de la señalética que identifica el tipo de combustible y es visible a la distancia indicada en el reglamento

Indicador que acredita su cumplimiento Debido a que se almacena una cantidad inferior a 1,1 m3 no se hace necesario trámite alguno para su puesta en servicio, sin embargo, se debe cumplir con el presente reglamento lo que se puede verificar en inspecciones o visita a terreno a las instalaciones de la obra.

Forma de control y seguimiento Fiscalización por la autoridad sectorial correspondiente.

7.2.12 Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Componente/materia: Condiciones Sanitarias Ambientales Básicas en los lugares de trabajo

Norma Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículos 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26.

Otros cuerpos legales asociados No aplica. FASE del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento CONSTRUCCIÓN Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento, manejo, disposición final de residuos líquidos y sólidos. Agua potable Forma de cumplimiento Mientras se realiza la conexión al sistema de agua potable de ESSBIO S.A., se abastecerá a la obra para consumo mediante agua potable envasada, utilizando sistemas de dispensadores, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable D.S. N°594/99 MINSAL, en sus artículos 13, 14 y 15.

Para los servicios higiénicos, mientras se realiza la conexión al alcantarillado ESSBIO S.A. se disponen de baños químicos los cuales son mantenidos por una empresa autorizada para dicha actividad.

Adicionalmente, los sistemas de almacenamiento residuos líquidos de lavado de ruedas y lavado de canoas cuentan con la resolución sanitaria correspondiente y son retirados y dispuestos por una empresa autorizada para dicha actividad, cada vez que se requiera.

Con relación a los residuos no peligrosos, los sitios de almacenamiento tienen la autorización sanitaria correspondiente, asimismo se retiran y se trasladan para su disposición final por una empresa con la autorización sanitaria correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento - Factura y/o comprobantes de compra de agua potable para trabajadores.

  • Factura y/o comprobantes de limpieza de baños químicos.

  • Autorización sanitaria de la empresa encargada de la limpieza de los baños químicos. Autorización sanitaria del sistema de lavado de canoas y lavado de ruedas.

  • Factura y/o comprobantes del retiro de residuos líquidos producto del sistema de lavado de ruedas, en caso de corresponder.

  • Factura y/o comprobantes del retiro de residuos líquidos producto del sistema de lavado de canoas, en caso de corresponder.

  • Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro de residuos líquidos producto del sistema del lavado de canoas y/o lavado de ruedas.

  • Autorización sanitaria del almacenamiento de residuos no peligrosos.

  • Autorización sanitaria del transportista y disposición final de los residuos no peligrosos.

Forma de control y seguimiento Los registros se encuentran en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1 Compromiso Ambiental Voluntario: Monitoreo arqueológico Impacto no significativo asociado Posible hallazgo de un material arqueológico FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener vigilancia sostenida a las actividades del Proyecto, a modo de implementar de manera adecuada medidas de preservación del patrimonio cultural, y así evitar su destrucción o deterioro por las actividades inherentes a las obras de excavaciones y movimiento de tierra.

Descripción:

Se realiza una prospección en forma previa al inicio de obras y posteriormente se desarrollará un monitoreo semanal durante la ejecución de las acciones de excavación y escarpe.

Justificación: Se lleva a cabo el monitoreo arqueológico con el fin de que no se altere el patrimonio arqueológico en caso de ocurrir un hallazgo mientras se realizan las actividades de movimiento de tierras.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Obras de limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del Proyecto.

Forma: Implementación de un monitoreo arqueológico permanente en actividades de la FASE de CONSTRUCCIÓN que impliquen obras de limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del Proyecto. Este monitoreo es desarrollado por un/a(s) arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología.

En caso de evidenciarse restos arqueológicos, se procederá de acuerdo con lo establecido en el Art. 26 de la Ley 17.288.

Oportunidad: Se realiza en todas las actividades que impliquen limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual de monitoreo mientras duren las actividades de limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del Proyecto.

El informe es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, elaborado por el arqueólogo y enviado en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, que incluye los siguientes antecedentes:

a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajadora. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Se efectúa el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.).

Entrega de un informe final de monitoreo que dé cuenta de las actividades realizadas y rescate correspondiente, de acuerdo al Art. 7 de la Ley 17.288, de los cuales incluye una revisión bibliográfica de la zona. Junto con un análisis y conservación de los materiales correspondientes.

En caso de rescates de hallazgos no previstos, se solicita el permiso de intervención arqueológica, según el Art. 7 del Reglamento de Excavación, establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

De recuperarse materiales arqueológicos, la destinación se indicará al momento de entregar este informe final para lo cual, se remite un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación.

Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

Forma de control y seguimiento Informe de monitoreo presente en oficinas de instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones y remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, elaborado por un/a(s) arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, y es enviado en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes.

8.2 Compromiso Ambiental Voluntario: Charlas de inducción arqueológica Impacto no significativo asociado Posible alteración del patrimonio cultural. FASE del Proyecto a la que aplica Previo a la FASE de CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente busca velar por la protección del patrimonio cultural que se pudiese encontrar en el área del Proyecto.

Descripción: Se lleva a cabo charlas de inducción arqueológico por parte de un arqueólogo(a) y/o licenciado(a) en arqueología a los trabajadores encargados de las actividades de movimiento de tierras.

Justificación: A través de las charlas arqueológicas, se busca evitar alteración al patrimonio cultural.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas del Proyecto.

Forma: Charlas de inducción por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a los/as trabajadores/as del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área, y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra.

Oportunidad: Antes del inicio de cada obra que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento -Informe de registro de las charlas arqueológicas, mediante listado firmado por los asistentes y contenidos de la charla.

-Informe remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe elaborado por el/la arqueólogo en un plazo máximo de 15 días hábiles luego haber terminado el mes, cuando corresponda.

Forma de control y seguimiento Se mantiene la información de las actividades realizadas para consulta en las oficinas de la instalación de faenas.

8.3 Compromiso Ambiental Voluntario: Canales de comunicación con la comunidad. Impacto asociado Posible riesgo para la salud de la población, debido a la generación de vibraciones, emisiones entre otros en las actividades a realizar en la obra. FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener una comunicación y relación fluida con la comunidad colindante al Proyecto.

Descripción: Se mantienen distintos canales para que la comunidad pueda comunicarse de manera oportuna con el Proyecto y donde puedan realizar reclamos, dudas y comentarios.

Justificación: Se mantienen distintos canales de información para generar una comunicación fluida con las comunidades colindantes al Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En la instalación de faenas.

Forma: Se mantiene una pizarra informativa a la entrada de la instalación de faenas, donde se identifique datos de la obra, nombre de la obra, cantidad de viviendas, duración, jefe de obra, mail de contacto, entre otros datos.

Adicionalmente se mantiene un libro de reclamos que está a disposición de la comunidad y que se mantiene en la entrada de la obra.

Se mantiene un correo electrónico exclusivo para dudas, reclamos, consultas y solicitudes de reuniones de la comunidad.

En caso, que la comunidad lo solicite, se realizan reuniones para aclarar temas y dudas que puedan tener.

Oportunidad: Se mantienen estas medidas durante toda la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Verificación en terreno del libro de reclamos y pizarra informativa.

Copia de correos electrónicos enviados por los pobladores de comunidades colindantes al Proyecto.

Forma de control y seguimiento Todos los registros se mantienen disponibles en oficina de la instalación de faenas para consulta de las autoridades competentes.

8.4 Compromiso Ambiental Voluntario: Iniciar la FASE CONSTRUCTIVA del Lote W-3 con el permiso de edificación aprobado.

Impacto asociado Impactos varios

FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Iniciar la FASE constructiva del Lote W-3 con el permiso de edificación aprobado.

Descripción: El Titular obtiene el permiso de edificación previo al inicio de la FASE constructiva 2, obras correspondientes al Lote W-3.

Justificación: Dar cumplimiento a las condiciones de desarrollo del Proyecto que imparte la Dirección de Obras Municipales.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas.

Forma: Se gestiona el permiso de edificación oportunamente, a lo menos con 3 meses de anticipación al inicio de la FASE CONSTRUCTIVA 2 del presente Proyecto.

Oportunidad: Previo al inicio de la FASE CONSTRUCTIVA 2.

Indicador que acredite su cumplimiento Obtención del Permiso de edificación del Lote W-3.

Forma de control y seguimiento Documento disponible en instalación de faenas.

Adicionalmente, se da previo aviso a la DOM del inicio de la FASE CONSTRUCTIVA 2.

8.5 Compromiso Ambiental Voluntario: Tránsito de vehículos y maquinaria en hora punta. Impacto asociado Posible impacto en la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento

FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la obstrucción vial que se pueda generar por el ingreso y salida de vehículos y maquinarias en horario punta.

Descripción: Se evita el ingreso y salida de vehículos y maquinaria durante el horario punta de mañana y tarde, que tengan relación con las actividades de construcción del Proyecto.

Justificación: Debido a que en las horas punta, se encuentra la mayor concentración de vehículos de residentes aledaños al Proyecto, se evita generar un aumento en los tiempos de desplazamiento y/u obstrucción vial al no permitir el tránsito de vehículos y maquinarias.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas.

Forma:

Se implementa un registro de ingreso, el cual se mantiene en instalación de faenas, con el objetivo de garantizar que el ingreso y salida de vehículos y maquinarias se permita hasta 15 minutos antes y desde 15 minutos después de los horarios punta de mañana y tarde.

Adicionalmente, se privilegia el horario fuera de horas punta para las faenas de carga y descarga de camiones.

Oportunidad: Durante ambas FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Implementación de registro de ingreso y salida de vehículos y maquinaria del Proyecto.

Forma de control y seguimiento Registro en instalación de faenas del ingreso de vehículos y maquinarias disponible ante fiscalización.

8.6 Compromiso Ambiental Voluntario: Plan de seguimiento de fauna íctica asociado a la modificación de cauce del Proyecto. Impacto asociado Posible impacto negativo sobre la potencial ictiofauna nativa presente.

FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que el Proyecto no genere un impacto negativo significativo sobre la ictiofauna nativa.

Descripción: Se realiza pesca eléctrica en estaciones de monitoreo.

Justificación: Realizar un muestreo previo a las actividades genera una muestra de control el cual servirá de parámetro para corroborar que la calidad del agua no se ha visto afectada.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Monitoreo de calidad de agua en cuerpos de agua.

Forma: El monitoreo considera dos campañas de muestreo anuales, una durante el período estival y la segunda durante el invierno.

El seguimiento considera medición de indicadores de la calidad del agua, dentro de los cuales se incluirán parámetros biológicos, físicos y químicos.

Junto con lo anterior, con finalidad de complementar la información sobre el estado del cauce, se lleva n a cabo campañas de monitoreo de fauna íctica.

La frecuencia y duración del seguimiento de las poblaciones de peces en las estaciones analizadas es en función de la duración de la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Adicionalmente, en el ANEXO 9 de la ADENDA COMPLEMENTARIA, se adjunta el PAS 119 a implementar necesario para realizar extracción de organismos hidrobiológicos en el marco de la realización del plan de seguimiento de un Proyecto, en caso de que los hubiere.

Oportunidad: La toma de muestra de control se debe ejecutar previo al inicio de las actividades de construcción del Proyecto.

Luego se deben ejecutar muestreos durante la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Indicador que acredite su cumplimiento Finalizados los muestreos, su resultado y análisis es materializado en un informe que incluya registro de las actividades realizadas en terreno.

Forma de control y seguimiento El informe con los resultados de las campañas es remitido una vez terminadas las actividades por el encargado Ambiental-Territorial.

Estos informes son remitidos a la Superintendencia de Medio Ambiente a través de la plataforma virtual, para ser remitidos a SERNAPESCA y SUBPESCA.

8.7. Compromiso Ambiental Voluntario: Monitoreo bimensual de niveles de ruido y vibraciones en FASE constructiva. Impacto asociado Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora y afectación a la salud de las personas.

FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar cumplimiento al D.S. 38/2011 del MMA y a la FTA-VA-90-1003- por medio de la implementación de un Monitoreo Bimensual de Emisiones Acústicas y Vibración en los receptores críticos.

Descripción: El monitoreo de los niveles de ruido y vibración consistirá en el seguimiento de los niveles de emisión generados por las diferentes actividades del Proyecto en los puntos considerados como receptores críticos, los cuales se encuentran definidos en el Estudio de Ruido del presente Proyecto.

Para el presente Plan De Monitoreo Bimensual, como receptores críticos, aquellos que se prevé un incumplimiento de los límites establecidos por el D.S. 38/2011 del MMA, sin la implementación de medidas de mitigación a implementarse, descritas en la línea de base (receptores P3, P4 y PA para la FASE CONSTRUCTIVA 1 y receptor PB para la FASE constructiva 2) y aquellos que se prevé un incumplimiento de los límites establecidos por el FTA-VA-90-1003-06 P3 y P4).

Justificación: Verificar in situ el cumplimiento de los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/2011 del MMA y de la FTA-VA-90-1003-

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los receptores identificados como críticos de acuerdo con la Línea de Base de Ruido y Vibraciones del Proyecto.

Forma: Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN, se realiza un Monitoreo Bimensual en el escenario de peor condición, el cual es cuando exista un traslape de las actividades de movimientos de tierra y preparación del

terreno, obra gruesa y terminaciones, de acuerdo con los cronogramas de ambas FASES CONSTRUCTIVAS definidos en el Estudio de línea base del componente ruido y vibraciones del presente Proyecto.

En cada uno de estos monitoreos se realiza una inspección en todos los receptores críticos definidos y, posteriormente, se genera un informe, el cual incluirá la metodología de medición, y los niveles de ruido y vibraciones medidos en terreno.

Oportunidad: Durante el período que comprenden las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto, cuando ocurra la peor condición de emisiones Acústicas y vibraciones definidas en la línea de base de ruido y vibraciones.

Indicador que acredite su cumplimiento Informes Bimensuales del Monitoreo realizado. Forma de control y seguimiento Informes mencionados disponibles en la instalación de faenas ante fiscalizaciones.

Se remite toda la documentación asociada a los monitoreos a la Superintendencia del Medio Ambiente, con un plazo máximo de un mes posterior a la ejecución del monitoreo.

8.8. Compromiso Ambiental Voluntario: Construcción de Casas Anideras. Impacto asociado Posible pérdida de hábitat de especies de aves.

FASE del Proyecto a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso busca proporcionar refugio en las áreas verdes del Proyecto para aves.

Descripción: Se construyen e instalan casas anideras en las áreas verdes del Proyecto, cuya función es proporcionar refugio y/o hábitat para las aves del lugar, de manera de poder asegurar su permanencia en el sitio.

Justificación: A través de esta medida se buscar mantener la permanencia de las especies de aves en el lugar.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas verdes del Proyecto correspondientes a las del Lote W-1 y Lote W-2.

Forma: Se procede a construir casas anideras para su posterior instalación en las áreas verdes del Proyecto.

Estas se instalan en las formaciones arbóreas consolidad, por ende, se implementan en las áreas verdes del Proyecto Existente (Lote W-1) y FASE constructiva 1 (Lote W-2).

Oportunidad: Al momento de que la vegetación arbórea del Proyecto Existente y FASE CONSTRUCTIVA 1 del Proyecto, se encuentre desarrollada para la instalación de la casa anidadera.

Por consiguiente, su implementación se estima a realizar durante los últimos 3 meses de la FASE CONSTRUCTIVA 2 (Lote W-3).

Indicador que acredite su cumplimiento Se mantiene un registro en las oficinas administrativas de la instalación de faenas y de la inmobiliaria con el número de casas anideras instaladas.

Forma de control y seguimiento Se mantienen disponibles los siguientes antecedentes en caso de que la autoridad lo requiera en oficinas administrativas de la instalación de faenas y de la inmobiliaria:

Lista y registro de la ubicación de las casas anideras. Registro fotográfico de las casas anideras. Se envían informes de seguimiento de las medidas a las autoridades competentes con los avances y resultados obtenidos.

8.9. Compromiso Ambiental Voluntario: Plantación de especies vegetales nativas en áreas verdes del Proyecto. Impacto asociado Posible disminución de las especies vegetales nativas.

FASE del Proyecto a la que aplica Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso busca potenciar el uso de especies vegetales nativas en las áreas verdes del Proyecto.

Descripción: Se plantarán especies de Peumus boldus y Schinnus molle en los sitios de áreas verdes del Proyecto.

Justificación: A través de esta medida se buscar aumentar las especies vegetales idóneas, de gran valor ornamental y belleza escénica en el área del Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas verdes del Proyecto.

Forma: Se procederá a plantar individuos de las especies vegetales Peumus boldus y Schinnus molle de acuerdo con las distancias señaladas en el Manual de Plantaciones de árboles en áreas urbanas, donde se señala que especies mayores a 15 metros de altura, deben tener una distancia entre 8 a 12 metros (CONAF, 2014).

Cabe destacar que al colocar ejemplares jóvenes las distancias podrían parecer excesivas, pero hay que considerar que con el paso del tiempo irán ocupando el espacio hasta adquirir su tamaño pleno.

Las plantas al crecer más distanciadas entre sí crecerán más vigorosas, alcanzando rápidamente su tamaño adulto. Por otra parte, para preservar el pool genético de la población, entre finales de verano e inicios de otoño del próximo año se recolectarán semillas de las áreas verdes, los cuales son entregados a viveristas locales para su germinación.

Oportunidad: Mantener la riqueza de especies vegetales nativas en áreas verdes del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Se mantiene un registro en las oficinas administrativas de la instalación de faenas y de la inmobiliaria del inicio de la plantación de especies vegetales.

Forma de control y seguimiento Se mantienen disponibles los siguientes antecedentes en caso de que la autoridad lo requiera en oficinas administrativas de la instalación de faenas y de la inmobiliaria:

Lista y registro de la ubicación de las especies vegetales. Registro fotográfico de la plantación de especies vegetales. Se envían informes de seguimiento de las medidas a las autoridades competentes con los avances y resultados obtenidos.

8.10. Compromiso Ambiental Voluntario: Perturbación Controlada de la especie Liolaemus gravenhorstii Impacto asociado Posible afectación de la especie Liolaemus gravenhorstii.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de la especie Liolaemus cyanogaster, desde su lugar de origen (hábitat original) hacia zonas inmediatamente adyacentes (hábitat receptor), en forma previa a su intervención por parte del Proyecto.

Descripción: Previo al comienzo de la ejecución de cada FASE CONSTRUCTIVA del Proyecto, se desarrollan acciones de perturbación controlada.

Justificación: De acuerdo con el ANEXO 7 de la DIA Estudio de fauna silvestre y su actualización en el ANEXO 5 de la ADENDA; se registró una especie de reptil del género Liolaemus cyanogaster, especie en estado de conservación vulnerable.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Toda el área de emplazamiento del Proyecto.

Forma: Un grupo especializado se desplaza por el área del Proyecto interviniendo por zonas probables de presencia de la especie con el fin de generar el desplazamiento de los individuos fuera del área del Proyecto previo al comienzo de la ejecución de cada FASE constructiva del Proyecto, realiza la perturbación controlada.

Oportunidad: Previo al inicio de actividades de cada FASE de CONSTRUCCIÓN (excavaciones y escarpe).

Indicador que acredite su cumplimiento Informes de perturbación controlada. Forma de control y seguimiento Informe técnico presentado ante la SMA y el SAG.

Adicionalmente se cuenta con el informe en instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones.

8.11. Compromiso Ambiental Voluntario: Aplicación Supresor de Polvo. Impacto asociado Aumento del material particulado resuspendido por circulación en camino de acceso no pavimentado.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Abatir la resuspensión de material particulado debido al tránsito de vehículos y camiones por caminos internos no pavimentados.

Descripción: Durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, se contempla la aplicación y mantención de supresor de polvo en los caminos no pavimentados.

Dicho supresor tiene una efectividad correspondiente al 98%, lo cual significa que disminuye la resuspensión de polvo casi en su totalidad.

Plan de Monitoreo: a. Línea Base:

Para establecer la proporción de material particulado resuspendido a causa del tránsito de vehículos y maquinaria por los caminos internos y evaluar la eficacia del supresor de polvo, se realiza una medición de material particulado fino (MP10, MP2.5 y MP10) previo a la aplicación del producto (se proyecta 1 aplicación cada 3 meses durante 1 año).

Para esto se utilizará un equipo monitor de material particulado fino de tipo Dustmate.

b. Seguimiento: Para evaluar el abatimiento de la resuspensión de polvo en los caminos internos, se realizan mediciones del material particulado después de la primera aplicación del supresor de polvo, y luego cada 3 meses desde la última aplicación durante el primer año de operación, para evaluar persistencia del supresor de polvo y necesidad de realizar mantención previa al término del semestre.

La eficacia del supresor de polvo se estimará mediante el siguiente indicador, esperando cumplir con un porcentaje de abatimiento del 80%.

Justificación: Considerando que se estima un flujo constante de vehículos y maquinaria por los caminos internos del Proyecto en FASE constructiva, el presente Proyecto propone la utilización de un supresor de polvo como medida de abatimiento del material particulado resuspendido. Se contempla esta medida para evitar un aumento en la concentración de material particulado en el aire que pueda afectar a la población, o bien, a la vegetación presente en el área de influencia del Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Vialidad interna mientras no se comprendan las obras de pavimentación.

Forma: Se contrata el servicio externo para la aplicación del supresor de polvo. La aplicación del supresor de polvo se realiza trimestralmente mediante el uso de camión aljibes y aspersores durante un año. Se realiza una medición de condición base de la resuspensión de polvo por tránsito de camiones en el camino de acceso no pavimentación, utilizando un monitor de polvo (Dustmate), para luego evaluar efectividad del uso del supresor y duración del producto (monitoreo).

Oportunidad: Aplicación durante la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Indicador que acredite su cumplimiento Generación de informe trimestral de los resultados obtenidos del monitoreo. Registro de la aplicación del supresor de polvo en el camino de acceso al Proyecto no pavimentados (Nombre chofer, patente, recorrido, frecuencia y facturas).

Forma de control y seguimiento Reporte del informe trimestral de los resultados del plan de monitoreo a la SMA.

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1 Plan de Prevención de Contingencias

9.1.1 Riesgo Movimientos sísmicos Situación de riesgo o contingencia Debido a la alta incidencia de movimientos telúricos en Chile y sus condiciones sísmicas requieren ser consideradas en la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia riesgo.

las estanterías inferiores para darle estabilidad a los muebles, se debe evitar mantener elementos metálicos sueltos.

desplazarse en caso de una emergencia, se debe mantener además despejadas las vías de circulación hacia las zonas de seguridad.

de cumplimiento al reglamento correspondiente.

estado de uso una linterna para utilizarla en caso de corte de luz.

Proyecto en las diferentes áreas y asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación, en caso de quedar obstruidas por el sismo, además de asignar personar de cortar el suministro eléctrico, agua y gas.

eventos.

Forma de control y seguimiento En FASE de CONSTRUCCIÓN: circulación despejadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.2. Riesgo Posible afloramiento y/o intersección de la napa Situación de riesgo o contingencia Posible afloramiento y/o intersección de la napa.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto que incluyan movimientos de tierra y excavaciones.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia del Proyecto.

efectúan no mayores a la profundidad requerida por las fundaciones de las viviendas y las demás obras que impliquen movimientos de tierra en el área del Proyecto.

Proyecto, se ejecutarán en días que no exista precipitación y en caso de ejecutarse en días posteriores a los que se presente precipitación, solo se ejecutarán excavaciones en los sitios en donde el terreno se presente completamente seco, con la finalidad de que no se presente una confusión con un posible afloramiento de la napa y la humedad producto de la precipitación.

Forma de control y seguimiento Se revisa constantemente la presencia de humedad en maquinarias, material extraído y sitios de excavación en las obras que impliquen movimientos de tierra y excavaciones, que puedan dar indicio de la cercanía de las acciones de las obras con el nivel freático de la napa subterránea, además de la supervisión de estas obras por jefe de obra.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.3. Riesgo Condiciones climáticas Situación de riesgo o contingencia El riesgo climático considera acontecimientos naturales: temporales de viento, lluvia y bajas temperaturas.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN y OPERACIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitar al personal con los pasos a seguir ente esta situación de riesgo.

Mantener señalizada la zona de seguridad hacia donde puede desplazarse en caso de una emergencia, se debe mantener además despejadas las vías de circulación hacia las zonas de seguridad.

Mantener en buen estado de conservación las instalaciones eléctricas, de cumplimiento al reglamento correspondiente.

Mantener en buen estado de uso una linterna para utilizarla en caso de corte de luz. Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

Forma de control y seguimiento Existencia de una zona de seguridad señalada, con las vías de circulación despejadas.

Que no existan líneas eléctricas improvisadas.

Existencia de un perímetro señalizado en las pilas de acopio (sólo en construcción).

Capacitaciones al personal sobre cómo actuar en caso de sismo.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.4. Riesgo Inundación por lluvias extremas Situación de riesgo o contingencia Posibilidad de inundación por lluvias extremas

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para todas las obras del Proyecto, se establecerán criterios de diseño estructurales, en función de evitar acumulaciones de agua por acción de la lluvia.

Se establecerán procedimientos que al menos contengan: -Protocolos para mantener las vías de evacuación de aguas lluvias libres de cualquier objeto que la obstaculice. -Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

Forma de control y seguimiento Archivo con el registro de los pronósticos diarios del tiempo. Capacitaciones al personal para la actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.5. Riesgo Olas de calor. Situación de riesgo o contingencia Posibilidad de afectación a la salud de los trabajadores por olas de calor y riesgos de amago de incendio por altas temperaturas.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se mantienen todos los residuos en sus respectivos contenedores.

Se mantienen todos materiales y sustancias peligrosas en sus respectivas bodegas.

Se evitan actividades directo al sol, y actividades constructivas que generen chispas como utilización de galletera, soldadura, entre otras.

Forma de control y seguimiento Archivo con el registro de los pronósticos diarios del tiempo.

Capacitaciones al personal para la actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.6. Riesgo Inundaciones. Situación de riesgo o contingencia Posibilidad de inundación por colapso de los canales provenientes del canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para todas las obras del Proyecto, se establecerán criterios de diseño estructurales, en función de evitar acumulaciones de agua por acción de la lluvia.

Se establecen procedimientos que al menos contengan: -Protocolos para mantener las vías de evacuación de aguas lluvias libres de cualquier objeto que la obstaculice. -Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

Forma de control y seguimiento Archivo con el registro de los pronósticos diarios del tiempo.

Capacitaciones al personal para la actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.7. Riesgo Incendio o amago de incendio Situación de riesgo o contingencia Este tipo de riesgo se encuentra asociado a las distintas fases del Proyecto dada la presencia de materiales y sustancias inflamables, por lo cual se consideran prevención y minimización de contingencias.

FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar principio de incendios se establecen las siguientes medidas:

peligrosos cuentan con las medidas de prevención de incendios establecidas en la normativa vigente.

que es sometida.

dispone en las áreas de trabajo todos los elementos básicos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.).

disponen de extintores en lugares estratégicos, accesibles y bien señalados, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N.º 594/1999. Según las características del fuego que se desea extinguir como se muestra en la Tabla siguiente. Además, se cuenta con un sistema de mantención preventiva y se capacitará a todo el personal para su uso correcto.

autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y lleva n a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona.

evalúa la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

disponibles, se considera el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando: - Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento da en la espalda del personal que combate el incendio.

  • Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego.

  • Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua.

personal, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se proporciona toda la información que soliciten y la ayuda que requieran.

Forma de control y seguimiento El jefe directo verificará durante la FASE de CONSTRUCCIÓN que las acciones se realicen libres de materiales inflamables o combustibles, así como también, se prohibirá el uso de fuego para todas las fases del mismo modo.

Se prohíbe fumar en las instalaciones del Proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.8. Riesgo Derrame de Hidrocarburos y/o fluidos Situación de riesgo o contingencia Existe el riesgo de que se produzca derrame de hidrocarburos y/o fluidos debido al manejo de maquinaria, por algún evento no considerado en vías públicas, instalaciones de faenas, caminos interiores y el área de influencia del Proyecto. Asimismo, se busca prevenir el derrame de hidrocarburos y/o fluidos sobre la calidad de las aguas subterráneas y superficiales, de existir.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El jefe directo, se encargará de verificar y actualizar el registro de la maquinaria utilizada, las que se mantienen archivadas en la oficina de administración.

No se disponen estanques o tambores de almacenamiento de aceites, lubricantes o combustibles en el área de construcción.

Los camiones de carga circulan a velocidad controlada (20 km/h) dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día.

No se realiza la mantención a los equipos en las zonas de trabajo.

No se permite el trasvase o manipulación de aceites o hidrocarburos dentro del área del Proyecto.

Se evitan en lo posible choques o colisiones, manteniéndose una velocidad máxima de tránsito de 20 km/h en el área de construcción.

Las descargas de aguas servidas en FASE de CONSTRUCCIÓN, proveniente de las actividades diarias de los trabajadores, son dispuestas a través de servicios autorizados retirados del lugar, por una empresa autorizada sanitariamente.

Respecto a la generación de residuos asimilables a domésticos, no peligrosos y peligrosos, se cuenta con contenedores, zona de acopio temporal y bodega RESPEL en el área de instalación de faenas, respectivamente, con la finalidad de dar una adecuada disposición final y además evitar la disposición de escombros y basuras en el área de emplazamiento del Proyecto.

Forma de control y seguimiento Existencia de los registros de la maquinaria utilizada y sus mantenciones en talleres debidamente autorizados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.9. Riesgo Vertimiento accidental de Residuos Peligrosos Situación de riesgo o contingencia Posible accidente, volcamiento o maniobra durante el traslado de los residuos peligrosos.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se prohíbe la manipulación de residuos peligrosos en zonas ubicadas fuera de las instalaciones de faenas, es decir, caminos de circulación o acceso, entre otros.

Los residuos peligrosos se almacenarán en el sector destinado para este fin y cumplen con los requerimientos dispuestos en el D.S. N° 78/2009

Posteriormente se da disposición final en sitios autorizados sanitariamente.

El traslado se realiza por un vehículo destinado al transporte de este tipo de residuos autorizado sanitariamente.

Forma de control y seguimiento Verificar que no exista ningún residuo asociado al Proyecto fuera de los lugares previamente establecidos (bodega de residuos peligrosos).

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.10. Riesgo Golpes eléctricos Situación de riesgo o contingencia Lesiones producidas por el defecto de una corriente eléctrica en el ser humano.

Las actividades constructivas implican el uso de herramientas eléctricas y para ello los operadores deben tomar medidas de protección.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para Utilizar ropa aislante (zapatos de seguridad, guantes, etc.) al momento de operar algún equipo o herramienta eléctrica.

prevenir la contingencia Mantener aisladas y en buen estado todas las conexiones eléctricas.

Maniobrar de manera adecuada y siguiendo las rutas establecidas dentro del área del Proyecto vehículos pesados, para no pasar a llevar instalaciones eléctricas (postes, cables).

Forma de control y seguimiento Las maquinarias se mantienen alejadas de instalaciones eléctricas, con ruta demarcada al interior del Proyecto.

Es tarea del jefe directo vigilar que se respeten las rutas trazadas.

Durante la habilitación de electricidad en oficinas y otros, los trabajadores utilizan equipo de protección aislante, la supervisión para cumplimiento estará encargada del jefe directo y en caso de contar con uno también al prevencionista de riesgo.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.11. Riesgo de incendio por soldadura Situación de riesgo o contingencia Este tipo de riesgo se encuentra asociado a la actividad de soldadura dada la presencia de materiales y sustancias inflamables, por lo cual se consideran prevención y minimización de contingencias.

FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades de soldadura que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar principio de incendios se establecen las siguientes medidas:

empezar, se debe inspeccionar todo el equipo, la máquina debe estar en un lugar limpio y despejado donde se encuentre una buena ventilación y que no haya humedad; los cables de alimentación de energía y el encauchado no debe tener averías y el enchufe en buenas condiciones.

tiene una conexión a tierra externa y visible para evitar choques eléctricos al hacer contacto con el cuerpo del operario con la carcasa.

tienen su encauchado sano sin cortes y sin empalme que dejen sobresalir a la vista los filamentos de cobre.

elasticidad para que queden ajustadas y no se recalienten por mal contacto.

n tendidos en pisos secos y no se deben arrastrar ni ser pisados, deben colocarse siempre a lo largo de su ruta de trabajo siempre que sea posible.

realizan trabajos de soldadura sin utilizar todos los elementos de protección personal, tales como; máscara de medio rostro con filtro del tipo p-100 o máscara desechable para humos de soldadura 3M.

evitar que haya elementos combustibles al alcance de las chispas producidas por el electrodo.

empresa.

mantiene un extintor cerca para prevenir un incendio.

El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y lleva n a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona.

Se evalúa la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se considera el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando:

  • Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento de en la espalda del personal que combate el incendio.
  • Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego.
  • Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua.

Si no es posible controlar el incendio se evacua el área de todo el personal, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se proporciona toda la información que soliciten y la ayuda que requieran.

Forma de control y seguimiento El jefe directo verificará durante la FASE de CONSTRUCCIÓN que las acciones se realicen libres de materiales inflamables o combustibles, así como también, se prohibirá el uso de fuego para todas las fases. Del mismo modo, se prohíbe fumar en las instalaciones del Proyecto.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Contingencia Ante la eventualidad de una emergencia de incendio por soldadura, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.12. Riesgo de incendio por manipulación de combustible

Situación de riesgo o contingencia Este tipo de riesgo se encuentra asociado a la actividad de manipulación de combustible, dada la presencia de materiales y sustancias inflamables, por lo cual se consideran prevención y minimización de contingencias.

FASE del Proyecto a la que aplica FASE de CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades de manipulación de combustible que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar principio de incendios se establecen las siguientes medidas:

exclusiva para este fin, con acceso restringido.

Está prohibido dentro de la obra fumar o realizar fuego.

Antes de empezar, se debe inspeccionar todo el equipo, la máquina debe estar en un lugar limpio y despejado donde se encuentre una buena ventilación y que no haya humedad; los cables de alimentación de energía y el encauchado no debe tener averías y el enchufe en buenas condiciones.

Al manipular el combustible se utilizará todos los elementos de protección personal correspondiente a la tarea.

Antes de iniciar la manipulación de combustible se inspeccionará el área adyacente para evitar que haya elementos que pudiesen provocar combustión.

No se permite uso del equipo a personas que no estén autorizadas por la empresa.

Se mantiene un extintor cerca para prevenir un incendio.

El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y lleva n a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona.

Se evalúa la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se considera el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando: - Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento de en la espalda del personal que combate el incendio. - Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego. - Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua. Si no es posible controlar el incendio se evacua el área de todo el personal, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se proporciona toda la información que soliciten y la ayuda que requieran.

Forma de control y seguimiento El jefe directo verificará durante la FASE de CONSTRUCCIÓN que las acciones se realicen libres de materiales inflamables o combustibles, así como también, se prohibirá el uso de fuego para todas las fases. Del mismo modo, se prohibirá fumar en las instalaciones del Proyecto.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia de incendio por manipulación de combustible, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.13. Riesgo Volcamientos Situación de riesgo o contingencia Puede obedecer a las características topográficas del terreno, fallas de OPERACIÓN como sobrepeso y las condiciones mecánicas de la maquinaria y camiones a utilizar.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se debe evitar circular por pendientes pronunciadas o a exceso de velocidad y sobrecargar la maquinaria y camiones.

La maquinaria y camiones deben circular a una distancia prudente entre sí.

Mantener la revisión técnica de la maquinaria y camiones al día.

Los conductores de las maquinarias deben tener licencia de conducir acorde.

Forma de control y seguimiento Delimitación de ruta dentro del área del Proyecto de la cual el jefe directo se encargará de supervisar, al igual que el flujo y distancia de la maquinaria.

Se mantiene en oficina los documentos que respalden la revisión técnica de la maquinaria y camiones, al igual que una copia de las licencias de conducir de los operadores conductores.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.1.14. Riesgo Incendio Vegetacional

Situación de riesgo o contingencia Este riesgo puede presentarse en las áreas de trabajo en terrenos y zonas aledañas que presenten pastizales, árboles, matorrales entre otros.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia jefe directo de cada área de trabajo, el responsable de dar cumplimiento e instrucción de esta disposición a sus trabajadores y subcontratados.

Proyecto, donde se instalarán señaléticas indicando esta orden, especialmente en las áreas donde predominen las zonas vegetacionales.

de vegetación, programando actividades durante el periodo que dure el Proyecto y que incluya un programa de capacitación en manejo de extintores dependiendo del tipo, donde se le otorgará una certificación de parte de los capacitadores, los cuales son profesionales con especialidad en el área como ingenieros en prevención de riesgos.

Además, cabe destacar que los extintores se disponen en lugares estratégicos, accesibles y bien señalados, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N.º 594/1999. Según las características del fuego que se desea extinguir como se muestra en la siguiente tabla.

los sitios de almacenamiento y eliminación de residuos con la finalidad de que se realice un manejo adecuado de estos evitando su acumulación en sitios no permitidos que propicien una propagación y/o inicio de fuegos no deseados.

(lugares de mayor concentración de personas y/o riesgo), las zonas de seguridad existentes dentro del Proyecto.

e la implementación de cortafuegos y/o corta combustible asociado a las obras temporales del Proyecto, previo al inicio de las FASES CONSTRUCTIVAS del Proyecto. Estos cortafuegos y/o corta combustibles son diseñados y evaluados por profesionales competentes en el área. Con la finalidad de evitar posibles situaciones de emergencia que involucren la propagación del fuego en caso de incendio.

realiza una inducción para que todo el personal, en especial los supervisores, estén al tanto del protocolo general y activación del plan de emergencia, teniendo en consideración la notificación, en primer lugar, al cuerpo de bomberos.

Forma de control y seguimiento El jefe directo inspeccionará durante la FASE de CONSTRUCCIÓN que se cumpla la prohibición del uso de fuego.

Del mismo modo, la prohibición de fumar en las instalaciones del Proyecto, con mayor énfasis en las cercanas a vegetación.

Registro de las capacitaciones realizadas a trabajadores.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2. Plan de Emergencias 8.2.1. Plan De Emergencia Riesgo Movimientos Sísmicos Situación de emergencia Ocurrencia de un eventual evento sísmico de magnitud considerada

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se mantiene la calma, no correr ni desplazarse en forma precipitada.

Se desenergiza todas las máquinas o equipos eléctricos.

Cortar suministros de gas, electricidad y otras fuentes alimentadoras de materiales, combustibles o cualquier otro tipo de energía.

Alejarse de estructuras elevadas a una distancia mínima de 1,5 veces la altura de la estructura.

No afirmarse de circuitos energizados ya que pueden presentar fallas en la aislación y recibir un golpe eléctrico.

Alejarse de ventanas y abrir las puertas

No encender fósforos ni encendedores.

Si se encuentra cercano a estructuras metálicas y no es posible desplazarse hacia la zona de seguridad, ubicarse de espalda a vidrios, con la cabeza inclinada hacia el pecho y las dos manos sobre la cabeza cubriendo los oídos para evitar una lesión.

Las personas asignadas deben cerciorarse de que no existan incendios, escapes de gas, agua, inflamables, deterioro de murallas, pisos, cableado eléctrico, etc., para que con esta información los mandos altos puedan determinar si las actividades se suspenden o se reinician parcial o totalmente.

Si no se observan daños en los servicios de electricidad, agua y gas se debe reponer en forma gradual los servicios para prevenir fugas y/o accidentes.

Si se encuentra dentro de una excavación, trate de salir lo antes posible a la superficie.

Si va conduciendo; deténgase a un costado de la pista, encienda las luces de emergencia y espere el término del movimiento telúrico.

Procedimientos después del sismo en FASE de CONSTRUCCIÓN: Una vez finalizado el sismo desplazarse hacia la zona de seguridad, evitar pisar pozas de aguas, ya que si hubiera algún conductor

energizado puede estar en contacto con él y generar un problema mayor de electrocución.

Si se tiene conocimiento de Primeros Auxilios brindar la ayuda al personal lesionado, posteriormente llamar a mutualidad asociada, si se requiere de atención médica.

Cortar los suministros de los gases, de proceder, presiones que están en uso cerrando las válvulas de los cilindros a presión y posteriormente colocando el gorro para proteger la válvula de algún daño.

Si algún trabajador se encuentra lesionado seriamente, proceder a brindarle los Primeros Auxilios, solicitar una ambulancia para su traslado a un centro asistencial, mientras llega ambulancia para su traslado a un centro asistencial.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular en FASE de CONSTRUCCIÓN se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.2. Riesgo Afloramiento y/o Intersección de la Napa Situación de emergencia Afloramiento y/o intersección de la napa.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Persona que detecte una anomalía un afloramiento de la napa en el sector donde se ejecute la excavación, da aviso inmediatamente al jefe de obra y detener las obras.

Se delimita el área, debidamente señalizada, en el cual se produzca afloramiento de la napa.

Se restringe el acceso y contacto con el afloramiento por todo el personal, maquinaria, material y residuo generado dentro de la obra.

Se observa si, previamente a la delimitación del área, el afloramiento ha tenido contacto con algún producto, insumo u otro, que pudiese afectar la calidad del recurso. De ser el caso, se contiene el agua con un material absorbente, el cual es depositado en un contenedor debidamente señalizado y almacenado en el sector de la instalación de faenas según corresponda en relación a las características del producto en contacto, el

cual posteriormente es retirado por una empresa autorizada para su disposición final.

No se reanudan las obras hasta que el nivel freático descienda naturalmente. De no ser el caso, se solicitará el procedimiento, medidas y recomendaciones a implementar a los organismos competentes para dar solución al afloramiento.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Titular se compromete a presentar un informe preliminar, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento. Remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y que contenga los siguientes puntos:

Antecedentes relativos al evento o accidente. Identificación del área afectada y su extensión. Identificación y explicación de posibles técnicas y/o acciones a implementar hacia el o los recursos naturales afectados. Protocolo aplicable al manejo de residuos sólidos generados por la contingencia, al margen de la normativa aplicable. Identificación de los parámetros representativos y normativas a utilizar para el monitoreo de los componentes ambientales afectados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.3. Riesgo Condiciones Climáticas Situación de emergencia El riesgo climático considera acontecimientos naturales: temporales de viento, lluvia y bajas temperaturas.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Acciones o medidas durante una emergencia por evento meteorológico extremo de lluvia, temporales y bajas temperaturas:

Detener las operaciones.

Evacuar hacia un punto de encuentro y luego a una zona segura, hasta que se revisen las condiciones de seguridad y se autorice la vuelta a las actividades de OPERACIÓN. Estas acciones están a cargo del jefe de faenas.

Seguir las instrucciones del líder de evacuación del área.

La emergencia se da por terminada una vez que los organismos del estado con competencia dicten que el evento meteorológico extremo se ha dado por concluido, y que el Titular realice las acciones necesarias para la recuperación del nivel operacional.

Acciones o medidas después de una emergencia por evento meteorológico extremo:

El regreso a las instalaciones del Proyecto, sólo se efectúa una vez que el jefe de Emergencia lo establezca.

El jefe de Faenas durante la FASE de CONSTRUCCIÓN es responsable por la elaboración del informe de emergencia.

En el caso de alerta nivel 3, remite el informe a la SMA, Municipalidad y autoridades competentes antes de 72 horas de ocurrido el evento.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados. En caso de sufrir algún daño al ecosistema se da aviso al Servicio Agrícola y ganadero y/o CONAF según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.4. Riesgo Inundación por Lluvias Extremas Situación de emergencia Inundación por colapso de los canales provenientes del canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante señales de peligro resultado de la alerta de la autoridad se evacua el lugar de inmediato. Siguiendo las indicaciones de las capacitaciones.

Las zonas de evacuación están bien definidas y en conocimiento de los trabajadores.

Dichas zonas están a una cota más alta y/o aledaña al camino para lograr una fácil y expedita evacuación.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia de inundación por colapso de los canales provenientes del canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.5. Riesgo Olas de calor Situación de emergencia Afectación a la salud de los trabajadores por olas de calor y/o incendio por altas temperaturas.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de incendio:

En primer lugar, se toman todas las medidas necesarias para el cuidado y resguardo de las vidas humanas.

La persona que detecte el siniestro inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al inspector de la obra o personal supervisor.

Si se llega a generar un amago de incendio por cualquier causa, se debe combatir el fuego con los extintores existentes en el recinto.

El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos, y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y lleva n a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona

Se evalúa la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se considera el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando: - Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento de en la espalda del personal que combate el incendio. - Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego. - Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua

En caso de afectación a la salud de los trabajadores por olas de calor: Se suspenden las actividades que estén directo al sol. Se suspenden las actividades que conlleven fuentes de calor como soldaduras, manejo de combustibles, uso de galletera, entre otras. Saber reconocer los síntomas de un golpe de calor: mareos, náuseas, sudoración excesiva, piel seca y enrojecida o pulso rápido y debilitado. Pedir ayuda médica de inmediato si se presenta alguno de estos síntomas o en caso de sentirse mal.

Oportunidad y vías de comunicación a la Ante la eventualidad de una emergencia de inundación por colapso de los canales provenientes del canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete

SMA de la activación del Plan a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.6. Riesgo Inundaciones por colapso de los canales provenientes del canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal

Situación de emergencia Inundación por colapso de los canales provenientes del canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante señales de peligro resultado de la alerta de la autoridad o vista de crecimiento del caudal del Canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal se evacua el lugar de inmediato. Siguiendo las indicaciones de las capacitaciones.

Las zonas de evacuación están bien definidas y en conocimiento de los trabajadores.

Dichas zonas están a una cota más alta y/o aledaña al camino para lograr una fácil y expedita evacuación.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia de inundación por colapso de los canales provenientes del canal Común San Joaquín de la primera sección del Cachapoal, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente, SEREMI de Medio Ambiente, DGA y la Asociación de Canalistas en un plazo no superior a 24 horas, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

contenga la descripción detallada

8.2.7. Riesgo de Incendio o Amago de Incendio Situación de emergencia Incendio producido por ejecución del Proyecto o terceros en las zonas de trabajo.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto, principalmente instalación de faenas.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En primer lugar, se toman todas las medidas necesarias para el cuidado y resguardo de las vidas humanas.

La persona que detecte el siniestro inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al inspector de la obra o personal supervisor

Si se llega a generar un amago de incendio por cualquier causa, se debe combatir el fuego con los extintores existentes en el recinto.

El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos, CONAF y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y lleva n a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona

Se evalúa la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se considera el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando:

  • Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento da en la espalda del personal que combate el incendio.
  • Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego.
  • Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

contenga la descripción detallada

8.2.8. Riesgo Derrame de Hidrocarburos y/o Sustancias Peligrosas Situación de emergencia Este tipo de accidente considera el derrame o fuga no controlada de hidrocarburos y/o sustancias peligrosas al ambiente.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia De forma inmediata se detiene el derrame de hidrocarburos y/o sustancias peligrosas.

Se aplica materiales absorbentes con el fin de evitar la dispersión del derrame.

Se retira el material impregnado con ropa de seguridad, utensilios y envases adecuados.

Se limpia la zona del derrame, retirando la totalidad del derrame.

Eliminar los envases con residuos en un sitio seguro de disposición final.

Dejar registro en un archivo del volumen derramado, y los métodos utilizados para su limpieza.

En caso de que el derrame de hidrocarburos y/o sustancias peligrosas afecte a algún canal se informará inmediatamente a la Asociación de canalistas y los organismos competentes.

Avisar a las autoridades competentes sobre el tema, de ser necesario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.9. Riesgo Vertimiento Accidental de Residuos Peligrosos Situación de emergencia Volcamiento o maniobra durante el traslado o manipulación de los residuos peligrosos.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Bloqueo del flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente.

De ser necesario, uso de barreras absorbentes para cercar y contener derrames. Cubrimiento y cierre inmediato de todos los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias.

Una vez controlado el derrame, el material absorbente se dispone como residuo peligroso.

En todo evento de esta naturaleza se informará al jefe directo.

En caso de que un derrame amenace con descargar, o descargue en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se debe informar inmediatamente a bomberos y carabineros.

La disposición final de los residuos recuperados y almacenados se realiza en sitios autorizados por la autoridad sanitaria competente.

El jefe directo, es el encargado de dar la señal de alarma y preocuparse de las comunicaciones, coordinar las acciones para el control del fuego e informar a bomberos, en caso de que la gravedad lo amerite.

Ante cualquier señal de peligro se evacua el lugar de inmediato.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

9.2.10. Riesgo Golpes eléctricos Situación de emergencia Golpes eléctricos, debido a las actividades constructivas que implican el uso de herramientas eléctricas.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para Prestación de primeros auxilios al momento de ser rescatado el accidentado.

controlar la emergencia Comunicación inmediata con el servicio de emergencias al 131 (ambulancia).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.11. Riesgo Derrame hacia el Recurso Hídrico Subterráneos y/o Superficiales Situación de emergencia Este tipo de accidente considera el derrame o fuga no controlada de hidrocarburos al ambiente.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante las FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto (área de emplazamiento del Proyecto).

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular, se compromete a que en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas a la superintendencia de Medio Ambiente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.12. Riesgo de Incendio por Soldadura Situación de emergencia Incendio producido por realización de trabajos de soldadura dentro de las faenas de la obra.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades asociadas a soldaduras que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En primer lugar, se toman todas las medidas necesarias para el cuidado y resguardo de las vidas humanas.

La persona que detecte el siniestro inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al inspector de la obra o personal supervisor

Si se llega a generar un amago de incendio por cualquier causa, se combe el fuego con los extintores existentes en el recinto.

El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos, y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y lleva n a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona

Se evalúa la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se considera el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando: - Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento de en la espalda del personal que combate el incendio. - Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego. - Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia de incendio por soldadura, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.13. Riesgo de incendio por Manipulación de Combustible Situación de emergencia Incendio producido por la manipulación de combustible dentro de las faenas de la obra.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades asociadas a la manipulación de combustible durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En primer lugar, se toman todas las medidas necesarias para el cuidado y resguardo de las vidas humanas.

La persona que detecte el siniestro inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al inspector de la obra o personal supervisor

Si se llega a generar un amago de incendio por cualquier causa, se combate el fuego con los extintores existentes en el recinto.

El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos, y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y lleva n a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona

Se evalúa la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se considera el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando: - Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento de en la espalda del personal que combate el incendio. - Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego. - Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia de incendio por manipulación de combustible, en FASE de CONSTRUCCIÓN el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.14. Riesgo de Volcamientos Situación de emergencia Volcamientos de las maquinarias y camiones a utilizar.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Paralización de todas las obras Si alguien está aprisionado debajo del vehículo o maquinaria, no debe ser retirado a menos que haya suficientes personas con fuerza para hacerlo. No debe moverse de la posición original a las víctimas. Si es posible, es conveniente examinarlas tomando el pulso en el cuello o la muñeca, observando su respiración. Debe visualizarse heridas, fracturas o hemorragias atendiéndolas con seguridad. Prestar primeros auxilios al operador de la maquinaria. Comunicación inmediata al 131.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

8.2.15. Riesgo Incendio Vegetacional Situación de emergencia Incendio en las áreas de trabajo y zonas aledañas que presenten pastizales, árboles, etc.

FASE del Proyecto a la que aplica CONSTRUCCIÓN

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la FASE de CONSTRUCCIÓN del Proyecto del área de emplazamiento del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante la aparición de un foco de incendio forestal o de vegetación, el personal de la obra procederá de la siguiente manera:

Dar aviso al jefe directo o encargado de obras

al número de emergencia 130 entregando información referida a tipo vegetación afectada, superficie afectada, vegetación e infraestructura amenazada, si es posible coordenada geográficas GPS (grados, minutos, segundos) de la zona afectada, tipo de elementos que se disponen para el control del incendio, accesos terrestres.

Paralización de todo tipo de obras del Proyecto.

Evacuar y aislar el área afectada.

El primer ataque al fuego se realiza con los recursos disponibles en terreno.

El personal solo actua ante un amago de incendio fuego incipiente que se produzca dentro del área de trabajo, delimitada por los cercos y se limitará en dar aviso en caso de divisar algún siniestro del área de trabajo.

En el caso de que un siniestro ajeno al área de trabajo amenace con llegar hasta las instalaciones o faja de trabajo, se procederá a contener el avance del fuego con cortafuegos y humectación del área con el agua disponible. Paralelamente, se avisa a bomberos (132) y a CONAF (130) para combatir el incendio.

En el caso de que un siniestro ajeno al área de trabajo amenace con llegar hasta las instalaciones o faja de trabajo, se cuenta con los cortafuegos preventivos y el personal estará capacitado para realizar más cortafuegos en caso de ser necesario.

En el caso de que un siniestro ajeno al área de trabajo amenace con llegar hasta las instalaciones o faja de trabajo, se procederá a contener el avance del fuego con cortafuegos. Paralelamente, se avisa a bomberos para combatir el incendio.

Identificar a la compañía de bomberos más cercana al Proyecto con su respectiva dirección y teléfono.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el Titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual es remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:

Datos del accidente Caracterización de área afectada y su extensión. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de el o los recursos naturales afectados. Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 04 del ADENDA COMPLEMENTARIA

10°. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

10.1 Proceso de Participación Ciudadana

Según los antecedentes disponibles, el Proyecto Lote W-2 y W-3 forma desfavorable mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°20240600182, de fecha 19 de abril de 2024, emitida por la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de la Región e abril de 2024. Frente a dicha calificación, el Titular interpuso un

Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con fecha 4 de junio de 2024.

El mencionado recurso fue acogido mediante la Resolución Exenta N°2024991011009, de fecha 13 de diciembre de 2024, mediante la cual, la Dirección Ejecutiva del SEA ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto a la etapa inmediatamente anterior a la presentación de la ADENDA COMPLEMENTARIA, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente la estimación de emisiones. En cumplimiento de dicha emitió la Resolución Exenta Nº20250610153, de fecha 5 de febrero de 2025, la cual fue notificada el 6 de febrero de 2025.

Asimismo, mediante la Carta N°20250610341 de fecha 06 de febrero de 2025, se envió el Informe Consolidado Complementario Extraordinario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Complementario Extraordinario) ordenado por la Resolución individualizada precedentemente.

Como parte del proceso retrotraído y en respuesta a las observaciones técnicas y ciudadanas, el Titular presentó la ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA con fecha 30 de abril de 2025, en la que se incorporan antecedentes adicionales y medidas específicas relacionadas con las emisiones atmosféricas y calidad del aire, materia directamente vinculada al presente Capítulo de Participación Ciudadana. (Énfasis agregado).

En consecuencia, las materias planteadas han sido abordadas por el Titular en la referida ADENDA COMPLEMENTARIA EXTRAORDINARIA, cuyos contenidos deben ser considerados en la revisión y análisis de las observaciones ciudadanas vinculadas con la temática de emisiones atmosféricas, calidad del aire y descarte de riesgo a la salud de la población por emisiones atmosféricas, conforme al principio de evaluación integral consagrado en el D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, y sus modificaciones posteriores. (Énfasis agregado).

Este Capítulo forma parte del presente ICE, documento denominado ANEXO de Participación Ciudadana que contiene a su vez 8 ANEXOS, los que se individualizan a continuación:

  1. ICE Lote W2 Parte 1.
  2. ICE Lote W2 Parte 2.
  3. ICE Lote W2 Parte 3.
  4. ICE Lote W2 Parte 4.
  5. ICE Lote W2 Parte 5.
  6. ICE Lote W2 Parte 6.
  7. ICE Lote W2 Parte 7.
  8. ICE Lote W2 Parte 8.

11°. Que, el Titular debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular debe remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12°. Que, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las FASES del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

15°. Que, para que el Proyecto Lote W-2 y W-3 debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16°. Que, el Titular debe informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17°. Que, el Titular del Proyecto debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VI Región del Libertador General Bernardo O Higgins la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, debe someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Lote W-2 y W-3 de Inmobiliaria Pocuro SpA.

2°. Certificar que el Proyecto Lote W-2 y W-3 cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto Lote W-2 y W-3 cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 139, 140, 142 y 156 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el artículo 119 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5°. Certificar que el Proyecto Lote W-2 y W-3 del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4.1 del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 de la Ley Nº19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.