Parque Eólico Pemuco
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Ñuble
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Eólico Pemuco”
Chillán
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 3 de agosto de 2023 y su Adenda Complementaria de 2 de febrero de 2024, del proyecto “Parque Eólico Pemuco”, presentado por Engie Energía Chile S.A. con fecha 19 de octubre de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Eólico Pemuco”.
3°. El Acta de Sesión Nº 5/2023 de fecha 20 de marzo de 2023, del Comité Técnico de la Región de Ñuble.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Eólico Pemuco” de 5 de marzo de 2024.
5°. El Acta N° 4/2024 de 13 de marzo de 2024, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble.
6°. La Resolución Exenta Nº 20221600190 de 23 de diciembre de 2022 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Eólico Pemuco”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante el RSEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en el Decreto N° 84 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112 Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 27-03-2024 12:43:53:808 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 27-03-2024 12:43:56:763 UTC -03:00 Razón: Lugar:
Pública, que nombra Delegadas Presidenciales y Delegados Presidenciales Regionales; en el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble; en el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble, aprobado mediante Resolución Exenta N° 02 de fecha 26 de septiembre de 2018, modificado a través de la Resolución Exenta N°129, de fecha 19 de agosto de 2021; y la Resolución RA 119046/300/2022 del 17 de octubre de 2022, que renueva nombramiento a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
CONSIDERANDO:
1°. Que, Engie Energía Chile S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Eólico Pemuco” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Engie Energía Chile S.A. Rut 88.006.900-4 Domicilio Avenida Apoquindo 3721 Piso 6. Las Condes Teléfono 966569002 Nombre representante legal Pablo Rodolfo Espinosa Aguirre Rut representante legal 8.463.089-6 Domicilio representante legal Avenida Isidora Goyenechea N° 2800, Oficina 1601 Teléfono representante legal 966569002 Correo electrónico Titular o representante legal pablo.espinosa@engie.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 5 de marzo de 2024, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble ha recomendado aprobar el Proyecto, , por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 13 de marzo de 2024 la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Eólico Pemuco”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 5 de marzo de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, considerando las condiciones y exigencias que establece el punto 13.2 del ICE.
Que, en la sesión Ordinaria N° 4, de fecha 13 de marzo de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto, según consta en el Acta de dicha sesión:
- Condición: Instalación de ventanas termopaneles a todas las viviendas que estén a 3 kilómetros a la redonda del complejo Parque Eólico Pemuco.
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-
Condición: Complementar el riego a las hectáreas con drenaje para mejorar la calidad del suelo, ahí se entiende que son las 55 hectáreas afectadas. Vinculado al CAV-11: Plan de Mejoramiento de Suelos (PMS).
-
Condición: Que se establezca un plan de equipamiento social y productivo, equivalente a 100 millones de pesos, por una única vez a los vecinos del sector en la comuna. Lo cual debe ser trabajado con la comunidad, así como con los organismos técnicos pertinente.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Generar energía eléctrica mediante la implementación y funcionamiento de un parque eólico, generando hasta 194,4 [MW] de potencia máxima instalada, para su inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones”. b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).
Vida útil 40 años Monto de inversión USD $ 230.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de las instalaciones de faena
Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Ñuble, Provincia de Diguillín, Comuna de Pemuco. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Descripción de la localización La ubicación o localización del proyecto se justifica principalmente en la factibilidad técnica y económica, debido a que la zona de emplazamiento resulta propicia para el aprovechamiento de la potencial energía cinética del viento, mediante la generación de energía eólica. Al respecto, se han realizado campañas de medición de dirección y velocidad del viento en el área y los resultados muestran que se trata de un sector técnicamente propicio para la instalación de un parque eólico.
La tecnología a utilizar aprovecha los recursos renovables que presenta la región para la producción de energías limpias, enmarcándose dentro de las energías renovables de fuente variable (ERV). Superficie La superficie en la cual se emplazarán las obras temporales y permanentes del proyecto será de 172,24 ha.
Fuente: Figura 1. Tabla 1-13 del Capítulo 1 de la DIA, de la Adenda.
En la Adenda incorpora una actualización del Layout por ajustes menores en caminos, huellas de acceso a la LAT e incorporación de botaderos al proyecto y BESS, lo que se expone en la actualización de los archivos de cartografía digital (kmz), que se adjuntaron el Anexo 0, Anexo 1.1 y Anexo 2.1 de la Adenda Coordenadas UTM en Datum WGS84 A continuación, se muestran las coordenadas en DATUM WGS 84 Proyección UTM 18 Sur de las obras temporales y permanentes. Cabe indicar que, para los caminos proyectados, canalizaciones subterráneas y área de intervención no se presentan coordenadas, sin embargo, en el Anexo 1.1 de la Adenda se adjuntó el Archivo Digital KMZ para visualizar en detalle su ubicación.
Obras Temporales Obra Vértices Este (m) Norte (m)
IIFF Principal 1 749.623,65 5.905.360,81 2 749.381,01 5.905.420,99 3 749.431,31 5.905.623,84 4 749.673,96 5.905.563,67 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
IIFF Secundaria 1 750.428,18 5.905.490,59 2 750.540,75 5905616,17 3 750.640,09 5905587,06 4 750.597,19 5905417,76
Planta de Hormigón 1 749.623,65 5.905.360,81 2 749.673,96 5.905.563,67 3 749.765,20 5.905.541,04 4 749.714,89 5.905.338,18
Zona de Acopio Adicional 1 749.839,16 5.905.598,10 2 749.771,68 5.905.586,79 3 749.585,32 5.905.633,00 4 749.644,67 5.905.866,45 5 749.907,75 5.905.796,12 6 749.874,60 5.905.634,48
Acopio Grandes Componentes (A.G.C.) 1 749.292,66 5.905.555,20 2 749.195,60 5.905.579,27 3 749.219,67 5.905.676,33 4 749.316,73 5.905.652,26
Fuente: Acápite 1.5.2 del Capítulo 1 de la DIA.
Obras Permanentes
Coordenadas Geográficas DATUM WGS 84 Proyección UTM 18S Aerogeneradores
Obra N° Este (m) Norte (m)
Aerogeneradores (fundaciones y plataformas) 1 757.385,35 5.906.529,09 2 757.043,00 5.904.579,00 3 756.987,44 5.906.490,51 4 756.841,00 5.905.563,00 5 756.795,05 5.904.050,01 6 756.868,26 5.907.446,04 7 756.424,45 5.904.459,46 8 756.303,00 5.905.790,00 9 755.753,89 5.905.316,70 10 755.461,28 5.905.939,18 11 755.231,07 5.905.187,84 12 755.033,13 5.906.233,28 13 754.966,68 5.908.406,11 14 754.775,86 5.907.156,20 15 754.564,51 5.906.302,09 16 754.160,67 5.905.139,42 17 754.307,00 5.904.288,00 18 753.915,70 5.904.277,82 19 753.749,68 5.905.520,00 20 753.175,50 5.905.466,20 21 752.807,33 5.904.943,41 22 752.384,51 5.904.984,63 23 751.930,57 5.904.369,25 24 750.313,80 5.906.345,30 25 749.861,40 5.906.047,10 26 749.568,72 5.906.675,96 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
27 749.342,98 5.905.788,74
Estructuras de la LAT T1 750.371,02 5.905.215,00 T2 750.207,84 5.904.936,82 T3 750.046,62 5.904.661,95 T4 750.046,21 5.904.395,88 T5 750.045,82 5.904.144,30 T6 750.045,44 5.903.895,12 T7 750.045,19 5.903.731,00 T8 750.044,97 5.903.586,03 T9 750.044,81 5.903.483,33 T10 750.044,57 5.903.326,32 T11 750.044,41 5.903.227,48 T12 750.044,00 5.902.958,00 T13 749.835,51 5.902.876,43 T14 749.625,41 5.902.794,24 T15 749.428,00 5.902.717,00 T16 749.249,44 5.902.711,62 T17 748.940,75 5.902.702,31 T18 748.665,00 5.902.694,00 T19 748.573,39 5.902.496,86
Área subestación eléctrica (vértices) 1 750.393,72 5.905.334,48 2 750.454,66 5.905.475,91 3 750.596,09 5.905.414,97 4 750.535,15 5.905.273,54
Botadero N°1 V1 750.011 5.906.269 V2 749.989 5.906.162 V3 749.832 5.906.194 V4 749.678 5.906.231 V5 749.699 5.906.336 V6 749.855 5.906.302
Botadero N°2 V1 750.200 5.905.660 V2 750.353 5.905.563 V3 750.365 5.905.539 V4 750.239 5.905.413 V5 750.168 5.905.454 V6 750.070 5.905.572 V7 750.124 5.905.621 V8 750.164 5.905.613
Botadero N°3 V1 750.608 5.905.369 V2 750.811 5.905.372 V3 750.870 5.905.350 V4 750.900 5.905.279 V5 750.887 5.905.249 V6 750.832 5.905.222 V7 750.821 5.905.200 V8 750.854 5.905.124 V9 750.858 5.905.092 V10 750.838 5.905.042 V11 750.794 5.905.027 V12 750.689 5.905.103 V13 750.582 5.905.283 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
V14 750.826 5.905.175 V15 750.865 5.905.234 V16 750.894 5.905.314 V17 750.743 5.905.377 V18 750.675 5.905.367
Botadero N°4 V1 754.717 5.906.365 V2 754.663 5.906.300 V3 754.642 5.906.258 V4 754.649 5.906.234 V5 754.648 5.906.224 V6 754.632 5.906.213 V7 754.635 5.906.182 V8 754.831 5.906.148 V9 754.894 5.906.162 V10 754.978 5.906.283 V11 754.967 5.906.334 V12 754.908 5.906.359
Sistema de Almacenamiento BESS V1 749.645 5.905.866 V2 749.790 5.905.828 V3 749.732 5.905.597 V4 749.585 5.905.633 Caminos de acceso El acceso a los predios del Parque Eólico Pemuco se realiza directamente desde la Ruta 5 y luego por la Ruta N-85. Los puntos de acceso se señalan a continuación:
Coordenadas de Puntos de Acceso Vértice Este (m) Norte (m) Punto de Acceso 1 750.888,93 5.903.287,53 Punto de Acceso 2 754.144,00 5.903.321,00 Punto de Acceso 3 754.984,95 5.903.371,24 Fuente: Tabla 1-14 Coordenadas del Punto de Acceso, Capitulo 1 de la DIA.
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Fuente: Figura 1-3. Caminos de Acceso al proyecto, Capitulo 1 de la DIA.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones DIA Capítulo 1, Numeral 1.5 “Localización del Proyecto”. Anexo 1 de la Adenda. Anexo 2 de la Adenda.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Frentes de Trabajo Móviles Se ubicarán siempre dentro del área del parque eólico y se instalarán a medida que a la fase de construcción vaya avanzando. En el caso de la LAT, se desplazarán según el avance de las obras a lo largo del trazado, siempre dentro de la franja de servidumbre.
Dispondrán de insumos básicos, como agua potable en botellas selladas individuales y dispensadores, -extintores, botiquín, baño químico, elementos de protección personal, equipos y herramientas de uso diario, así como contenedores de residuos y grupos electrógenos móviles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Instalación de Faenas Principal Esta IIFF se habilitará tanto en la fase de construcción como en la de cierre y contará con una superficie que asciende a los de 52.248,88 m2. El detalle de las obras que la conforman se presenta en la Tabla siguiente:
Obra de Instalación de Faenas Principal Superficie (m2) Garita de Acceso: 30 m2 Zona de carga y descarga: 3.174 m2. Zonas de acopio de materiales e insumos (3): 2.500 m2, 4.690 m2 y 5.000 m2. Acopio de combustibles: 18 m2 Área de Oficinas: 2.666,2 m2. Comedor: 761,3 m2 Bodega de residuos industriales no peligrosos (RSINP): 29,8 m2 Bodega de residuos sólidos domésticos (RSD): 25 m2 Bodega de residuos peligrosos (RESPEL): 29,8 m2 Bodega de sustancias peligrosas (SUSPEL): 29,8 m2 Servicios Higiénicos (Baños y Duchas): 540,5 m2 Planta de tratamiento de aguas servidas (2): 525 m2. Estanques de acumulación del efluente tratado (4): 346 m2. Estanque de agua industrial: 195 m2 Estanque de agua potable: 85 m2 Zona de generadores: 36 m2 Estacionamientos: - 1.913 m2 (vehículos livianos, camiones y buses), y - 592 m2 (equipos y maquinarias) Patio de encuentro de emergencia (PEE): 180 Área de mantención: - 144 m2 (labores menores de mantención de maquinarias y equipos). - 30 m2, (Bodega modular para almacenar materiales y las herramientas menores)
Instalación de Faenas Secundaria Corresponde a una instalación de faenas destinada únicamente a la fase de construcción y cuya superficie será de 23.745,76 m 2. El detalle de las obras que la conforman se presenta en la Tabla siguiente:
Obra de Instalación de Faenas Secundaria Superficie (m2) Garita de Acceso: 30 m2
Zona de carga y descarga: 970 m2, y una bodega de 30 m2 para almacenar materiales, insumos, herramientas, equipos, repuestos, entre otros. Zonas de acopio de materiales e insumos (3): 3.250 m2, 3.429 m2 y 1.306 m2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Acopio de combustibles: 18 m2 Área de Oficinas: 896 m2. Comedor: 439,2 m2 Bodega de residuos industriales no peligrosos (RSINP): 29,8 m2 Bodega de residuos sólidos domésticos (RSD): 25 m2 Bodega de residuos peligrosos (RESPEL): 29,8 m2 Bodega de sustancias peligrosas (SUSPEL): 29,8 m2 Servicios Higiénicos (Baños y Duchas): 209,1 m2 Planta de tratamiento de aguas servidas: 189 m2. Estanques de acumulación del efluente tratado (2): 123 m2 Estanque de agua industrial: 44 m2 Estanque de agua potable: 42,5 m2 Zona de generadores: 36 m2 Estacionamientos: -553 m2 (vehículos livianos, camiones y buses), y -995 m2 (equipos y maquinarias) Patio de encuentro de emergencia (PEE): 144 m2 Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) Para la fase de construcción de Proyecto, las Plantas de Tratamiento de aguas servidas se distribuirán en las dos instalaciones de faenas (principal y secundaria).
En las Tablas siguientes se presenta la ubicación georreferenciada de las dos Plantas de Tratamiento que serán dispuestas en la Instalación de Faenas (IIFF) principal. En la Tabla subsiguiente se presenta las coordenadas de cada una de las PTAS.
Tabla: Coordenadas Área general Planta de Tratamiento de Aguas Servidas – IIFF Principal (envolvente).
Fuente: Tabla 2. Coordenadas Área general Planta de Tratamiento de Aguas Servidas – IIFF Principal (envolvente).
Tabla: Coordenadas Planta de Tratamiento de Aguas Servidas – IIFF Principal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 3. Coordenadas Planta de Tratamiento de Aguas Servidas – IIFF Principal, de la Adenda.
Tabla: Coordenadas Planta de Tratamiento de Aguas Servidas – IIFF Secundaria.
Fuente: Tabla 4. Coordenadas Planta de Tratamiento de Aguas Servidas – IIFF Secundaria (fase de Construcción), de la Adenda.
Capacidad o caudal de diseño del sistema de tratamiento (m3/día). Para la fase de construcción de Proyecto se contempla una mano de obra peak de 450 trabajadores y una dotación de 150 l/persona/día, proyectándose una generación total de 67.500 litros/día de aguas servidas (67,5 m3/día). La mano de obra y, por ende, la generación de aguas servidas se distribuirá en dos instalaciones de faenas (principal y secundaria) de la siguiente forma: - En la Instalación de Faenas (IIFF) principal, se prevé 350 trabajadores peak, proyectándose la generación de 52.500 litros/día de aguas servidas (52,5 m3/día), por lo cual, se seleccionan dos PTAS con capacidad de 30 m3 (30.000 L) cada una, totalizando una capacidad de 60.000 L, lo que está por sobre el caudal diario a generar en esta instalación. - En la Instalación de Faenas (IIFF) secundaria se prevé 100 trabajadores peak, proyectándose la generación de 15.000 litros/día de aguas servidas (15 m3/día), seleccionando una PTAS con capacidad de 20 m3 (20.000 L), lo que está por sobre el caudal diario a generar en esta instalación.
Se considera como primera opción el retiro del 100% por una empresa externa, la cual realizará el transporte y disposición final en una planta de tratamiento autorizada por la Seremi de Salud de la región de Ñuble. De esta manera, no existirá descarga a cursos de agua superficial ni subterránea.
Así, el efluente tratado será almacenado en estanques de acumulación de agua: - Durante la fase de construcción, los estanques se emplazarán en una superficie de 346 m2 en la IIFF principal y de 123 m2 en la IIFF secundaria, estimándose el uso de seis (6) estanques de acumulación de 50 m3 c/u; cuatro (4) de ellos se encontrarán en la instalación de faenas principal y dos (2) en la instalación de faenas secundaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Cabe señalar que, durante la fase de construcción y cierre, en la época de mayor demanda y según requerimiento, el efluente tratado podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos proyectados (época estival), en caso de utilizar el efluente para este uso, este deberá cumplir con la Tabla N° 1 de la NCh 1.333/78 de concentraciones máximas para riego. De esta manera se confirma que el agua tratada a través de las PTAS no será utilizada con fines industriales. Planta de Hormigón La planta posee una superficie total de 19.647,46 5 m2 y estará destinada a la elaboración de hormigón durante la fase de construcción (en una magnitud aproximada de 64.309 m3), cuyo tiempo de operación se estima en un máximo 11 meses. Se utilizarán los servicios higiénicos de la instalación de faena principal.
El detalle de las instalaciones que la conforman se presenta en la Tabla siguiente:
Obra de Planta de Hormigón Superficie (m2) Garita de Acceso: 30 m2 Zona de carga y descarga: 8.378 m2. Zonas de acopio de materiales e insumos (2): 1.242 m2 (zona 1), 2.304 m2 (zona 2) Planta de elaboración hormigón: 9.427 m2 Área de Oficinas: 131,6 m2. Bodegas Misceláneo 41,9 m2 Estanques de Agua Industrial: 416 m2
Estacionamientos: -370 m2 y 653 m2 (vehículos mayores), y -112 m2 (vehículos livianos) Zona de Generadores 36 m2 Zona de lavado camión mixer: 147 m2
En la siguiente Tabla se presentan las coordenadas WGS 84 UTM 18S de la planta de hormigón: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 22. Coordenadas Planta de Hormigón WGS 84 UTM 18S, de la Adenda.
La planta de hormigón se ubicará inmediatamente al Este de la instalación de faenas principal. La planta de hormigón será del tipo planta dosificadora modular con mezclador y tendrá una capacidad de producción de 130 m3/h. La cantidad de residuos industriales líquidos será de 2.828 m3 en total, es decir, durante los 11 meses de funcionamiento de la planta de hormigón (8,57 m3 /día). Respecto al sistema de manejo, éstas serán tratadas en un sistema de recirculación de las aguas, que consideran sólo una separación física (decantación) del afluente. El efluente tratado, posteriormente, será almacenado en estanques de almacenamiento de agua industrial ubicados dentro del área de la planta de hormigón. Finalmente, el efluente será reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Cabe señalar que, si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas por la Seremi de Salud de la Región de Ñuble, para su tratamiento o disposición final. En el Anexo 6.2 de la Adenda se presentó el detalle de la piscina de lavado de ruedas a utilizar en la planta de hormigón, incluyendo el procedimiento específico de operación y mantención de la misma.
La lechada de hormigón corresponde a un residuo generado por el proceso de fabricación del concreto, utilizado en el desarrollo del proyecto. Según la Guía para el Control y Prevención de la Contaminación Industrial: Rubro Productos de Cemento y Hormigón” de CONAMA RM (2001), los lodos sedimentados y solidificados son considerados residuos inertes aptos para material de relleno. Dentro de los parámetros establecidos en el PAS 140, estos residuos son considerados como “escombros”.
Respecto a los residuos generados de la piscina de lavado, se indica que se hará uso únicamente de agua para realizar la limpieza, por lo cual los residuos no serán contaminados. A su vez, según la Guía para el Control y Prevención de la Contaminación Industrial: Rubro Productos de Cemento y Hormigón” de CONAMA RM (2001), este tipo de residuos son considerados inertes, por lo tanto, estos serán tratados según lo detallado como “escombros”. En cuanto a la posibilidad de que los residuos puedan contener algún tipo de aceite o sustancia peligrosa, es importante aclarar que para la fabricación del hormigón no se utilizará ninguna sustancia peligrosa. Por otra parte, la totalidad de los camiones mixer utilizados durante la fase de construcción mantendrán sus revisiones técnicas al día y contarán con un chequeo, previo al ingreso de la piscina con la finalidad de revisar que ninguna de sus partes, empaquetaduras y sellos contenga fugas ni derrames, para evitar la contaminación externa de las aguas de lavado.
No obstante, en el caso eventual de algún derrame de sustancias peligrosas se procederá efectuando una inspección visual del agua de limpieza para verificar la existencia de aceites Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
y en el caso de haber se trataría como residuo peligroso que sería retirado por empresa autorizada.
Sobre las piscinas de lavado y de decantación, éstas serán construidas con hormigón armado sobre una membrana geotextil impermeable de HDPE de mínimo dos (2) mm de espesor y 180 g/cm2 de densidad, de doble capa, para así evitar potenciales infiltraciones.
Para instalar la geomembrana, en primera instancia se realizarán las actividades de movimiento de tierra, proyectadas durante la fase de construcción. En efecto, se procederá a realizar el despeje de las zonas de emplazamiento, en caso de ser necesario. Posteriormente, se realizará el replanteo topográfico para ejecutar las labores de escarpe y nivelación del terreno. Una vez el área se encuentre preparada, se colocará una capa de grava o material estabilizado sobre los cuales se realizarán los trabajos de enfierradura y moldaje, para luego colocar sobre estos el hormigón que constituirá el volumen de las piscinas. Para el caso específico de los sectores donde se instalarán las piscinas de lavado y decantación, luego de colocar la capa de grava o material estabilizado, con anterioridad al proceso de enfierradura, moldaje y hormigonado, se instalará la geomembrana mencionada de forma manual.
Una vez instalada la geomembrana, sobre ésta se construirán las piscinas de lavado y decantación, cuya materialidad será de hormigón. Con esta actividad, se podrá contener cualquier filtración que pueda ocurrir a través del hormigón de las piscinas Zona de Acopio Adicional Su superficie será de 29.000 m2 y se encontrará en su sector frente de la instalación de faena principal y a la planta de hormigón. Al interior de esta zona se dispondrá para el acopio de partes y piezas del parque eólico. Acopio Grandes Componentes Para la fase de construcción se habilitará una plataforma temporal de 9.999,97 m2 destinada al acopio de grandes componentes del parque eólico. Área de Intervención Temporal Corresponde a un margen de seguridad entre las partes y obras del Proyecto temporales, y la vegetación que la circunda. Se presenta como un área buffer de 5,00 metros a partir del trazado del resto de las obras del proyecto. En términos generales se eliminará toda la vegetación leñosa asociada a la superficie de obras temporales, dejando como manto protector del suelo a la vegetación herbácea. Considera una superficie de 14.368,52 m2. Área de Intervención Margen de seguridad entre las partes y obras permanentes del Proyecto, y la vegetación que la circunda. Se presenta como un área buffer de 8,75 metros a cada lado del trazado de los caminos proyectados y de 5,00 metros a partir del trazado del resto de las obras del Proyecto, resultando en una superficie total de 511.905,71 m2. En su interior se eliminará toda la vegetación leñosa, dejando como manto protector del suelo a la vegetación herbácea. Cruces curso de agua En el Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria se adjuntó una actualización del PAS 156 donde se identifican la totalidad de todos los cauces que serán objeto de alguna modificación producto de las obras proyectadas, dando cuenta del tipo de obra involucrada en el atravieso.
A modo de síntesis, se presenta a continuación la identificación y características principales de los atraviesos de cauce que son sujetos a modificación por implementación de las partes y obras del Proyecto Parque Eólico Pemuco.
De la totalidad de los cauces temporales y permanentes se identificó interacción con ellos en 22 puntos de atravieso. De estos atraviesos 15 de ellos corresponden a cursos naturales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
temporales, 4 de ellos a cursos naturales permanentes y 3 de ellos corresponden a cursos artificiales (canales de riego).
Fuente: Tabla 14. Puntos de modificación de cauce, de la Adenda Complementaria.
Fuente: Figura 6. Red hídrica determinada para el área del Proyecto, de la Adenda complementaria. Transporte Se compone de las siguientes subactividades: 1. Transporte de Personal: Se realizará desde la ciudad de Chillán hasta los frentes de trabajo, empleando para ello buses y camionetas. Una vez finalizada la jornada laboral se procederá al transporte del personal hasta los centros urbanos para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
pernoctar. 2. Transporte de Insumos y Residuos: Será realizado en camiones (tolva, aljibe, pluma, entre otros) desde los lugares de venta o almacenamiento hasta la obra, y estará a cargo del proveedor del material más cercano a esta, mientras que, el transporte de los residuos será realizado por empresas transportistas autorizadas que los trasladarán a sitios de disposición que cuenten con autorización para su tratamiento y/o disposición. En caso de que durante la ejecución del proyecto se requiera el traslado de elementos con sobredimensión o sobre peso, el Titular tramitará las autorizaciones correspondientes ante la Dirección Regional de Vialidad. Topografía Se realizará el levantamiento topográfico del terreno y replanteo de las estructuras y caminos del proyecto, definiendo límites del terreno y puntos de referencia de cada elemento significativo, marcándolas en terrenos con estacas o banderines, para que puedan ser visualizadas. Como base topográfica y de control se construirá una red local en base a monolitos de hormigón georreferenciados. Construcción y habilitación de las Instalaciones de faena Se proyecta la habilitación dos (2) instalaciones de faena. Se procederá a realizar el despeje de las zonas de emplazamiento, en caso de ser necesario. Posteriormente, se preparará una explanada mediante escarpe y nivelación del terreno, para posteriormente colocar una capa de grava o material estabilizado. Sobre esto se procederá al montaje y habilitación de containers, sectores de acopio y estacionamientos. Habilitación de Caminos Principales Las actividades generales relacionadas con la construcción de caminos son las siguientes: • Se desarrollarán labores de nivelación en todo el trazado del camino. • Los terraplenes y ensanches se construirán con suelos inorgánicos, libres de materia vegetal, material inadecuado, escombros, basuras, materiales congelados, terrones, trozos de roca o bolones degradables o deleznables, o trozos cementados. • Se realizará la construcción de la base, sub-base y carpeta de rodado (no será pavimentada, pero si estabilizada). • Se finalizará con la compactación de todo el trazado del camino. • Cabe indicar que, en aquellos lugares donde sea necesario, se realizará la instalación de las obras de arte (para mayores antecedentes véase Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria PAS 156). Para el abatimiento de polvo se considera la aplicación de supresor de polvo en los ejes principales de los caminos. Construcción y habilitación de la planta de hormigón Se preparará una explanada en el sitio donde se instalará la planta de hormigón, para lo cual se realizará el escarpe y nivelación del terreno, y posteriormente se colocará una capa de grava o material estabilizado sobre los cuales se realizará el montaje de containers y otras instalaciones requeridas para el buen funcionamiento de la planta. En tanto a la zona de lavado de camiones mixer, se realizarán excavaciones para materializar las piscinas de lavado, de decantación y fosa de escombros. Las piscinas de lavado y decantación se construirán sobre una membrana geotextil impermeable, para así evitar potenciales infiltraciones, lo que permitirá el escurrimiento del agua hacia la piscina de lavado. Habilitación del botadero, zona de acopio adicional y A.G.C. Se considera preparar el sitio considerando la nivelación del terreno en los sectores que correspondan, para el ingreso y maniobra de los camiones que transporten los materiales de excavación, mientras que para las áreas de acopio de materiales y de grandes componentes (A.G.C.) se preparará una explanada (nivelación). La disposición de geomalla, construcción de la base y sub-base, se realizará según lo establecido en los criterios de diseño. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Construcción del Parque Eólico La presente actividad se llevará a cabo conforme lo siguiente: 1. Preparación de terreno: Se realizará el despeje de vegetación en el área de intervención considerada, y en las zonas que se requiera, se hará el retiro de la primera capa (promontorios de tierra) y limpieza de escombros y materiales desechables. 2. Construcción de fundaciones de aerogeneradores: Posterior al replanteo topográfico, serán construidas a partir de una excavación circular de 34,5 m de diámetro y profundidad máxima de 3,90 m. Estas se realizarán en forma mecánica con el uso de retroexcavadoras mixtas, palas cargadoras y camiones tolva. Una vez que la fundación esté hormigonada, se colocará la estructura de acero sobre la cual se instalará la jaula de pernos, que es la pieza donde se ensambla el primer tramo de la torre del aerogenerador. Se procederá al relleno de los contornos y la superficie de la fundación hasta la cota del terreno, incorporando así el material extraído inicialmente. 3. Construcción de plataformas de montaje y área de grúas: Para el montaje de los aerogeneradores se requerirá de un área de trabajo por cada aerogenerador. Se realizará actividades de nivelación de terreno y posteriormente la construcción de la sub-base y base, finalizando con la compactación de la plataforma. Previo a la base se incorporará una geomalla. 4. Montaje Aerogeneradores: Los componentes de aerogeneradores serán acopiados en la plataforma previamente habilitada. El montaje de estos se realizará en la plataforma de montaje habilitada, para lo cual se hará uso de una grúa principal, que tendrá una capacidad aproximada entre 700 a 1.200 toneladas, y una grúa auxiliar, que tendrá una capacidad entre 300 a 400 toneladas. Este proceso se repite para cada aerogenerador, por lo que el sistema de grúas se desmonta posterior al montaje de cada una de estas estructuras. 5. Construcción y relleno de zanjas para canalizaciones eléctricas: Se cavarán por medios manuales y maquinarias, tales como retroexcavadoras, según el trazado de la obra. El material de excavación será colocado a un costado de la zanja, pues será reutilizado en el relleno de ella. Los cables eléctricos o conductores subterráneos serán colocados de acuerdo con el diseño del proyecto. Construcción del Área de la S/E Elevadora Se compone de las siguientes actividades: 1. Construcción de la Plataforma: Se realizarán movimientos de tierra de manera de emparejar el terreno, removiendo el material que esté a una cota superior a la del proyecto. La compactación se realizará mediante métodos mecánicos con rodillos vibradores o compactadoras, según las indicaciones de la mecánica de suelos. 2. Fundaciones de equipos, malla puesta a tierra y canalizaciones: Las fundaciones de equipos y estructuras serán de hormigón armado de acuerdo con las dimensiones de diseño de cada equipo o estructura a soportar. Se contempla la construcción de las canaletas de hormigón donde irán los cables eléctricos para el mando remoto de los equipos de maniobra y las señales de control y protección proveniente de los equipos de medida como de los equipos de protecciones. 3. Construcción de Área de Servicios: Se realizará el montaje de estructuras prefabricadas tipo modular y su habilitación con muebles, estanterías y otros requeridos para la operación y mantenimiento del parque eólico, incluyendo el sistema sanitario. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Montaje y conexión de equipos: Se realizará manualmente para las estructuras bajas (para soporte de equipos) y manualmente con ayuda de camiones pluma en el caso de las estructuras altas (marcos de barra y línea). Construcción de la LAT 220 kV La construcción de la LAT prevé las siguientes actividades: 1. Despeje de la Franja de Seguridad: Se procederá a la corta de vegetación a tala rasa usando motosierras. Los residuos vegetales de menor tamaño (en su mayoría ramas, follaje y troncos delgados) serán reducidos a astillas con un espesor máximo de entre 5 y 10 cm, por chipeadoras portátiles y repartidos en las áreas adyacentes, para dar protección al suelo. Los residuos vegetales de mayor tamaño que no puedan ser chipeados, serán retirados por parte de la empresa o por particulares, según se acuerde. 2. Habilitación de huellas de acceso a torres: Se realizará el replanteo topográfico y nivelación de las huellas de acceso. Adicionalmente, si el terreno lo amerita se hará un mejoramiento de este. 3. Construcción de fundaciones para estructuras: La excavación de las fundaciones se realizará con retroexcavadoras o excavadoras, dejando todo el material de la excavación a un costado de ésta, para luego utilizarlo como material de relleno de la fundación. 4. Montaje de las torres: Se realizará utilizando camiones pluma desde las instalaciones de faena hasta las respectivas zonas de emplazamiento de las torres. El método constructivo se realizará por medios manuales y con apoyo de grúa. El pre-armado de la estructura deberá comenzar, como mínimo, al día siguiente de terminar el hormigonado de la fundación que acogerá la torre. Montaje de aisladores, tendido y templado de conductores: Consistirá en un grupo de actividades secuenciales que tienen por objetivo instalar los conductores en las estructuras de la LAT, suspendidos por cadenas de aisladores. Construcción de Cerco Perimetral Se realizará el trazado del cerco y luego se procederá a la instalación de los postes, ya sea por hincado de ellos, perforando o excavando el terreno natural. En el caso que se requiera, se realizará el relleno perimetral de cada fundación con material de la excavación o con hormigón. El cerco perimetral se construirá con malla metálica tipo Ursus, Acmafor o similar, con pilares de hormigón o acero, o será de tipo bulldog o bulldozer, dependiendo de la instalación. Movimientos de Tierra Se utilizarán excavadoras, retroexcavadoras y camiones tolva y la cantidad estimada de material se detalla en la siguiente tabla:
Movimientos de Tierra Asociados a la Construcción
Obra asociada Superficie (m2) Escarpe (m3) Excavación (m3) Relleno (m3) S/E elevadora 23.716,13 7.685 2.371 1.397 Instalaciones de faena y planta hormigón 95.642,09 30.630 39.182 39.742 Área de acopio grandes componentes (A.G.C.) 10.816 - 1.062 5.980 Botadero 212.000 - 5.728 5.760 Zona de acopio adicional 64.000,14 - 14.774 45.853 Plataformas aerogeneradores1 326.996,96 - 127.291 193.901 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Caminos principales2 249.015 - 92.082 150.965 Huellas de acceso a LAT3 6.750 - 810 644 Estructuras LAT4 6.332,34 - 1.165 363,9 Total 995.269 38.315 284.465 444.606
1 Incluye fundaciones (17.743,64 m2) y caminos principales en plataformas (41.555,77 m2). 2 No incluye los 41.555,77 m2 de caminos principales que se considera dentro de las plataformas. 3 Considera los 6.750 m2 de las huellas de acceso a la LAT que quedan dentro de la faja de seguridad de la LAT. 4 Esta superficie se encuentra dentro de la faja de seguridad de la LAT Agotamiento de la napa En la Adenda se indicó que se elaboró un Análisis Hidrogeológico del Parque Eólico Pemuco (Anexo 4.10 de la Adenda), el cual se ha estructurado de la siguiente manera: • Análisis de antecedentes disponibles. • Análisis de vulnerabilidad general del acuífero y medidas de mitigación. • Análisis hidráulico: o Estimación de caudales de agotamiento y abatimiento de la napa. o Análisis conceptual del comportamiento de la napa entorno a las fundaciones. o Determinación de la disposición de las aguas de agotamiento. • Conclusiones y recomendaciones.
a) Características y método de agotamiento que será ejecutado De acuerdo con la estimación de caudales de agotamiento y por tratarse de caudales muy menores (8,0 l/s aproximadamente), se estima que el agua agotada podrá disponerse siguiendo el sistema de drenaje superficial natural en torno a la obra, ya que según lo definido en el análisis hidrogeológico se tratarían de aguas superficiales y no de aguas subterráneas. Bajo el supuesto que se determine la presencia de una napa estacional producto de la época de riego, sobre la cota del sello de inundación, se deberá disponer de un sistema de agotamiento menor. En función de la profundidad de la napa, la cota del sello de fundación, la topografía del sector y la permeabilidad del terreno (determinada en función de los análisis in situ y tipo de suelo). Este sistema podrá consistir en bombas eléctricas o centrifugas de potencia reducida, que abatan la napa bajo el sello de fundación.
b) Información georreferenciada de la ubicación de las zonas o frentes potenciales donde se realizarán estas obras. Se realizaron dos campañas de exploración. La primera corresponde al estudio de calicatas, mientras que la segunda se relaciona con el estudio de sondajes. Durante estas campañas se ejecutó lo siguiente: • 10 calicatas de entre 0,10 y 4,0 m de profundidad. • 5 sondajes de 30,0 m de profundidad. • Prospecciones geofísicas para la caracterización del suelo.
La ubicación de las calicatas se presenta en la Tabla siguiente, mientras que en la Tabla subsiguiente se indica la ubicación de los sondajes. En ambos cuadros se incluye la profundidad explorada y la profundidad de la napa observada. En la Figura a continuación se presenta la ubicación de todas las prospecciones realizadas:
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Fuente: Tabla 24. Exploración mediante calicatas, de la Adenda.
Fuente: Tabla 25 Exploración mediante sondajes, de la Adenda.
Fuente: Figura 17 Ubicación de exploraciones en el sitio, de la Adenda.
De acuerdo con la estratigrafía de las exploraciones de terreno, éste cuenta con un contenido de suelos finos importantes, que en varias de las muestras se encuentra cementado, lo que incluso conduce a indicar en el informe de mecánica de suelos que se deberá utilizar maquinaria especial para dichas zonas. Por su parte, los estratos de arenas y gravas que se detectaron principalmente en los sondajes poseen matrices de finos cementados, por lo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
tanto, siendo este el estrato que se esperaría fuese más permeable, la condición de suelos finos cementados hace que estos estratos se comporten de manera más cercana a limos arcillosos de baja plasticidad. Es por ello, que el rango de permeabilidad esperada es del orden de 10-6 (m/s), para el estrato en que se encontrarán las excavaciones que es entre 0 y 6,0 m de profundidad. Para estratos entre 6 y 30 m, debido a la cementación del suelo fino, se espera que la permeabilidad sea del orden de 10-8 (m/s). Considerando estos antecedentes, y dado que se trata de una zona de riego, se estima que as aguas observadas en los sondajes con un nivel de napa más superficial, sean de origen superficial.
c) Número de perforaciones, la profundidad El número de perforaciones dependerá del caudal que se genere. Las actividades de agotamiento tendrán como objetivo liberar del flujo de agua el área específica de trabajo, logrando circunscribir el agotamiento de manera tal que el nivel de la napa, sólo en el lugar de trabajo, descienda bajo unos 50 cm de la estructura basal o sello de la fundación. En esta zona es dónde se obtendrá el punto de mayor depresión de la napa, recuperando su nivel natural en forma radial en torno a sitio de trabajo.
d) Caudal a extraer Según el análisis hidrogeológico desarrollado, se hizo un análisis para varios escenarios de niveles de explotación requerida. Para efectos de análisis y estimación de caudales se consideraron los siguientes parámetros: • Permeabilidad (K) = 10-6 a 10-8 (m/s). • Nivel estático inicial de la napa = 1,8 m de profundidad (Caso más extremo). • Altura del nivel estático inicial = 140 m (Sobre la roca fundamental, ref. estudio DGA 2011). • Depresión requerida = 1,0; 2,5 y 5,0 m. Esto busca incorporar la variabilidad de la profundidad de la napa en los sectores de excavación del proyecto, la cual se proyecta de 5,0 m de profundidad cómo máximo. • Diámetro de la excavación = 40 m (29 m de diámetro fundación más sobre ancho). • Radio de influencia = Se estima posteriormente. • Radio de pozo equivalente = 20 m (Estimación según diámetro de excavación).
En la Figura siguiente se muestra un esquema del agotamiento.
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Fuente: Figura 18 Esquema de agotamiento, de la Adenda.
En el cuadro siguiente se presentan los resultados obtenidos para los radios de influencia y los caudales de agotamiento.
Fuente: Tabla 26. Radios de influencia y caudales de agotamiento, de la Adenda.
Del cuadro anterior y en base a experiencias empíricas, es posible estimar que el caudal total de agotamiento, en caso de requerirse, debiese situarse en torno a los 8 l/s. En todos los escenarios se ha establecido que el nivel de la napa esté al menos 0,50 m bajo el sello de fundación de la excavación.
Es posible inferir que, en función de las distintas condiciones de permeabilidad y profundidad de la napa de cada sitio de fundación, los caudales de agotamiento podrán situarse en los rangos establecidos en la tabla anterior (26). Los cuales indican que, de existir drenaje de agua subterránea a las excavaciones, éstos no serán significativos. De acuerdo con los antecedentes, es más probable que se encuentren aguas de origen superficial, las cuales podrán ser desviadas con obras de saneamiento menores para evitar el ingreso a las excavaciones de las fundaciones de las obras.
e) Programa de agotamiento Para la seguridad de los taludes de la excavación y de las propiedades del suelo de fundación de la excavación, tanto durante esta actividad como durante la colocación de armaduras y hormigones, es necesario asegurar que el sello de fundación se mantenga seco Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
y libre de las aguas superficiales y/o subterráneas, que gravitacionalmente puedan escurrir hacia la excavación. En el caso de que en un sitio donde se emplace una fundación se produzcan escurrimientos superficiales, subterráneos o una combinación de ambos, se plantean a nivel conceptual las siguientes soluciones de manejo de aguas: • Escorrentía superficial: Se plantea la ejecución de conducciones que permitan dar una solución puntual en torno a las obras, para luego redirigirlas siguiendo el patrón de drenaje natural del sitio, de manera que las aguas continúen con el escurrimiento original. • Agotamiento: En caso de determinarse la presencia de una napa estacional producto de la época de riego sobre la cota del sello de fundación, se deberá disponer de un sistema de agotamiento menor, en función de la profundidad de la napa, la cota del sello de fundación, la topografía del sector y la permeabilidad del terreno (determinada en función de los análisis in situ y tipo de suelo). Este sistema podrá consistir en bombas eléctricas o centrifugas de potencia reducida, que abatan la napa bajo el sello de fundación. En el siguiente Cuadro se presenta un esquema general de agotamiento:
Fuente: Tabla 27. Esquema general de agotamiento, de la Adenda. Pruebas de Energización, equipos y sistemas y puesta en marcha Finalizadas todas las actividades de construcción del Proyecto, se procederá a desarrollar la prueba individual de cada equipo y la conexión final entre todas ellas. Una vez efectuadas las pruebas de energización, se comunicará a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, según lo dispuesto en artículo 223 del D.F.L. N° 4/2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.F.L. Nº 1, de Minería de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en Materia de Energía Eléctrica, para dar inicio al procedimiento de puesta en servicio del parque eólico y entrar en operación normal en el sistema interconectado nacional. Desmontaje IIFF y elementos auxiliares de la construcción Concluida la construcción del Proyecto, se retirarán todas las dependencias pertenecientes a la instalación de faena, sus servicios y todo vestigio de ocupación, tales como planta de hormigón, chatarras, cercos, señales, restos de materiales, etc. Los elementos de la IIFF y planta de hormigón que puedan ser reutilizados como los contenedores, serán llevados a instalaciones habilitadas para su restitución y los elementos que no puedan ser empleados se trasladarán a lugares debidamente habilitados y autorizados para su disposición final Limpieza General del terreno Retiro de todo vestigio de ocupación, tales como chatarras, restos de madera, plásticos, etc., de manera de dejar el área limpia y despejada para su uso futuro, lo cual debe ser previamente aprobado por el propietario. Se considerará el envío de los materiales de desecho y escombros a sitios de disposición autorizados y el reciclado de maderas. Construcción del sistema BESS Habilitación del terreno y Obras Civiles: Se considera la nivelación, compactación, trazado y relleno del terreno, en caso de ser necesario. El material de excavación se utilizará como relleno para la nivelación del terreno. Montaje: Se considera el montaje e instalación de las siguientes estructuras y equipos: Contenedores de baterías. Convertidores DC/DC. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Los equipos irán completamente instalados con el cableado necesario, tanto para Baja Tensión como para comunicaciones. Pruebas y puesta en servicio: Para efectos de garantizar el adecuado funcionamiento y seguridad de las instalaciones, se considera la realización de actividades de prueba de los equipos de baterías, de conexión eléctrica DC individualmente, programación y pruebas de equipos de control, etc. Suministros básicos Agua potable Se estima un consumo máximo de agua potable de 67,50 m 3/día considerando que el máximo de trabajadores será de 450 personas. Esta será adquirida con una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la región. El agua potable será almacenada en un total de seis (6) estanques. La calidad del agua potable cumplirá con lo dispuesto en la NCh 409/1 Of.05 Norma de Calidad de Agua Potable. Por otro lado, el suministro de agua para el consumo de los trabajadores, tanto en las IIFF como en los frentes de trabajo, se realizará mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 litros, como también por botellas individuales, servicio que será contratado a una empresa que se encuentre debidamente autorizada.
Servicios higiénicos Ambas IIFF contarán con servicios higiénicos (baños y duchas), los cuales estarán compuestos por baños, lavamanos y duchas, y su cantidad será la establecida en el artículo 23 del D.S. Nº 594/1999 de acuerdo con la mano de obra prevista en cada una. Adicionalmente, para aquellos frentes de trabajo móviles que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se implementarán baños químicos móviles. Éstos serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada y su contenido será dispuesto según la legislación vigente, para lo cual se llevará un registro en obra identificando: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente de camión y empresa responsable.
Alimentación Se dispondrá de dos (2) comedores para el suministro de alimentos al personal, uno en cada IIFF. Estas obras se encontrarán aisladas de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental, además, se encontrará dotado de agua potable, sistemas de refrigeración y servicio sanitario. La instalación cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N°594/1999 del MINSAL. El proyecto no contempla la preparación de alimentos, sino la entrega de colaciones a cada trabajador por medio de una empresa externa debidamente autorizada.
Alojamiento No se contempla la habilitación de campamentos pues los trabajadores se alojarán en la ciudad de Chillán, desde donde serán trasladados diariamente hacia la obra.
Agua Industrial El proyecto se requerirá un total aproximado de 21.199 m3 de agua para uso industrial para la humectación de terraplenes (obras civiles), para la elaboración de hormigón y para el lavado de camiones mixer. Será, por un lado, comprada a empresas debidamente autorizadas y trasladada hasta las instalaciones de faena y planta de hormigón, y por el otro, complementada con el efluente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
del sistema de lavado de camiones mixer (solo para la planta de hormigón). Esta será almacenada en estanques de agua para uso industrial ubicados en la instalación de faena principal y secundaria, y en la planta de hormigón.
Suministro Eléctrico Se tiene previsto el empleo de grupos electrógenos para abastecer de energía a la instalación de faena principal, mediante un generador de 150 kVA, a la instalación de faena secundaria, mediante un generador de 100 kVA, y a la planta de hormigón, mediante un generador de 120 kVA. En el caso de los frentes de trabajo móviles, se utilizarán cuatro generadores pequeños de 35 kVA cada uno.
Combustible Se estima un consumo de 4.968 m3 de diésel durante la fase de construcción por parte de los generadores y maquinaria. El combustible será comprado y suministrado por terceros autorizados por la SEC y será almacenado en un total de dos estanques de combustible, uno por cada IIFF. Los estanques, que además contarán con equipo expendedor, serán de 1 m3 de capacidad cada uno, de tipo superficial y se encontrarán ubicados en las zonas de acopio de cada IIFF.
Hormigón El Proyecto utilizará aproximadamente 64.309 m3 de hormigón durante la fase de construcción, el cual será utilizado, principalmente, para la construcción de fundaciones.
Áridos El Proyecto utilizará un total de 405.144 m3 de áridos que será utilizado como material de relleno y para la base y subbase. Además, se empleará para la elaboración de hormigón. Su abastecimiento será por medio de empresas locales autorizadas.
Cemento El Proyecto utilizará aproximadamente 9.843 m3 de cemento durante la fase de construcción, el cual será utilizado para la elaboración de hormigón.
Componentes aerogeneradores El Proyecto considera la adquisición de un aproximado de 396 unidades de componentes de aerogeneradores.
Material de relleno El Proyecto requerirá de un total de 343.038 m3 de material de relleno para las actividades constructivas. Esta provendrá de las mismas actividades de excavación y para los casos que sea necesario, se complementará con la adquisición de áridos como se detalló previamente de excavación y para los casos que sea necesario, se complementará con la adquisición de áridos como se detalló previamente.
Sustancias Peligrosas Se prevé el uso de 1800 (l/mes) de diluyentes y similares, y de 800 (l/mes) de lubricantes y 200 (kg/mes) de grasas. Para almacenar este tipo de sustancias se habilitará dos bodegas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
almacenamiento temporal, una en cada IIFF, las cuales cumplirán con lo dispuesto en el D.S. Nº 43/2015 MINSAL Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Maquinaria y Equipos Para el desarrollo del proyecto es necesaria la utilización de maquinaria que desempeñarán un rol fundamental en la ejecución de las obras.
Transporte de trabajadores El transporte de trabajadores se realizará diariamente desde Chillán. Se estima que 360 trabajadores viajarán en bus y 90 trabajadores a través de camioneta. La tabla 1-24 del Capítulo 1 de la DIA muestra la cantidad de viajes al día y del total de la fase (24 meses).
Transporte insumos y materiales El transporte de los insumos y materiales a utilizar durante la fase de construcción (hormigón, áridos, agua potable, agua industrial, componentes aerogeneradores, entre otros), se detalla en la Tabla 1-25 del Capítulo 1 de la DIA. Recursos naturales renovables Flora y Vegetación Las partes y obras del Proyecto intervendrán el recurso de flora y vegetación para la materialización de sus partes y obras, en una superficie de 161,01 ha (véase Anexo 2.3 de la Adenda Complementaria). Cabe señalar que las unidades que corresponden a Otros Usos se caracterizan por la ausencia de vegetación, y por tanto no se toman en consideración- Existe una superficie de 88,07 ha que cumple con las condiciones legales de plantación forestal, estando dentro de ellas las superficies clasificadas como Plantación de Pino radiata y Eucalyptus globulus, se hace necesaria la presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial N°149 (ver Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria). Se indica además una intervención de una superficie de 8,69 ha de Bosque Nativo, que cumplen con la definición legal de bosque. En este sentido, estas unidades vegetacionales requieren de la presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial N°148 (ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria).
Suelo El Proyecto generará una mínima erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas del suelo, principalmente en las actividades de movimiento de tierra en donde una vez preparado y despejado el terreno, se realizarán labores de escarpe, excavación y relleno. La intervención directa al suelo se dará por un total 172,24, considerando 119,32 ha para obras permanentes y 52,92 ha para obras temporales. Por último, se contempla la adquisición de áridos con una empresa autorizada por un total de 405.144 m3 para toda la fase.
Agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
La estimación de consumo de agua para uso constructivo será de 13.000 m3 para el total de la fase, utilizada específicamente para la humectación de terraplenes en obras civiles y para elaboración de hormigón. Cabe indicar que luego, parte de esta será complementada con el efluente tratado del lavado de camiones mixer. Adicionalmente, se contempla la adquisición de agua potable con una empresa autorizada por un total de 48.600 m3 para la fase. Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera
A continuación, se presenta el resumen de emisiones estimadas para la fase de construcción:
Emisiones Estimadas (ton) Fase de Construcción.
Fuente: TABLA 57. CUADRO RESUMEN CON EMISIONES DE CONTAMINANTES TOTALES DURANTE FASE DE CONSTRUCCIÓN, AÑO 1, Anexo 4.1 Actualización de emisiones atmosféricas de la Adenda.
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Fuente TABLA 58. CUADRO RESUMEN CON EMISIONES DE CONTAMINANTES TOTALES DURANTE FASE DE CONSTRUCCIÓN, AÑO 2, Anexo 4.1 Actualización de emisiones atmosféricas de la Adenda.
El Titular se compromete a mantener un Programa de control de emisiones conforme a la normativa aplicable, el cual incluye: • Registro aplicación de supresor de polvo en ejes principales de caminos. • En caso de requerirse, registro de humectación en ejes secundarios de caminos. • Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. • Registro de revisiones técnicas al día. • Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista encargada. • Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. • Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. • Certificado de mantenciones, para la maquinaria que requiera de revisión técnica. • Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista.
Mayores antecedentes sobre emisiones y formas de abatimiento y control del Proyecto se presentan en el numeral 1.7.7.1 del Capítulo 1, Anexo 1.9 Plan de Control de Material Particulado y en el Anexo 1.4 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda.
Líquidos domésticos Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la fase de construcción sea de aproximadamente 67,5 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 450 trabajadores. En la instalación de faena principal se habilitarán dos plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de 30 m de capacidad cada una, mientras que en la instalación de faena Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
secundaria se habilitará otra PTAS de 20 m3 de capacidad, con capacidad para la mano de obra prevista en cada IIFF. El efluente tratado será almacenado en un total de seis estanques de acumulación de 50 m3 c/u; cuatro de ellos se encontrarán en la instalación de faena principal y dos en la instalación de faena secundaria. Se considera como primera opción, el retiro del 100% del efluente por una empresa externa autorizada y disposición en una planta de tratamientos autorizada por la SEREMI de Salud de la región. Cabe indicar que, durante el periodo de mayor demanda vehicular, según requerimiento, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos proyectados, dando estricto cumplimiento a la NCh 1.333/1978. Los residuos líquidos domésticos provenientes de baños químicos en los frentes de trabajo serán manejados y dispuestos por una empresa autorizada.
Para mayores detalles ver Anexo 5.2 PAS 138 de la Adenda.
Líquidos industriales Se generarán residuos líquidos industriales provenientes del lavado de la canoa del camión mixer en una cantidad aproximada de 8,57 m3/día (2.828 m3 durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón). Para la contención de estas aguas, se dispondrá de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una (1) zona de lavado o pilón, una (1) piscina de lavado, tres (3) piscinas de decantación, una (1) fosa para escombros. El efluente será recirculado a los cuatro (4) estanques de almacenamiento de agua industrial prevista en la planta de hormigón y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón.
Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final. Ante la eventual disposición en infraestructuras sanitarias, éstos deberán cumplir con las concentraciones señaladas en el D.S. N°609/98, del Ministerio de Obras Públicas. Cabe señalar que la instalación para el lavado de camiones no constituye una planta de tratamiento de RILES según lo que indica el artículo 139 del D.S. N°40/2012 del MMA, toda vez que dichas piscinas consideran solo a una separación física (decantación) del efluente.
Ruido
Los receptores evaluados corresponden a construcciones de carácter habitacional e industrial ubicadas en los alrededores del proyecto, los cuales se homologan a Zona II según el plan regulador comunal y a Zona Rural por estar fuera del límite urbano según lo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA. Dicho lo anterior, el límite máximo permisible se establece de acuerdo con el ruido de fondo más 10 dB(A) o los máximos permisibles de Zona III, se escoge el límite más restrictivo para los receptores en Zona Rural. Se evaluó un total de 25 receptores humanos. Considerando medidas de control como barrera acústica y restricción de maquinaria, ambas asociadas a R16 se presente cumplimiento normativo conforme al DS 38/2011
La proyección de niveles de presión sonora en receptores cercanos se realiza a partir de la información revisada en los capítulos 3 y 4. De este modo se toman en cuenta los niveles de potencia y ubicación para las distintas maquinarias a utilizar, así como la altura y distancia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
hacia cada receptor. Es importante señalar que la maquinaria de la fase de construcción tiene considerado ser utilizada durante 8 horas en periodo diurno.
Fuente: Tabla 5.36. Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción, situación 1, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria
Fuente: Tabla 5.37. Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción, situación 2, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria
Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 5.20: Mapa de ruido en fase de construcción para receptores del oeste, situación 2, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Debido a las superaciones normativas respecto a los máximos permitidos presentados en la evaluación de la fase de construcción y cierre para el receptor R16, es necesario implementar algunas medidas de control de ruido para dar cumplimiento a las normativas utilizadas.
Barrera acústica móvil Para los receptores de la línea de transmisión se proponen barreras acústicas móviles de 3,66 x 50 metros (alto por largo). Esta barrera deberá permanecer durante todo el tiempo que se extiendan las actividades de construcción, debiendo ser trasladada toda vez que el frente de trabajo avance en las actividades. La materialidad de dicha barrera corresponde a madera OSB de 18 mm de espesor, que cumple con el mínimo requerido para su efectividad como barrera acústica, de 10 kg/m². Es importante en la instalación de la barrera no dejar ninguna abertura por la que se pueda filtrar el ruido hacia el sector de los receptores protegidos por su efecto, esto incluye aberturas a nivel de suelo y entre los paneles, asimismo debe mantenerse en buen estado durante todo el tiempo de su utilización, para no producir insuficiencias en la sombra acústica otorgada.
continuación, se señala la posición geográfica que debe ocupar la barrera acústica móvil para el receptor R16 a lo largo de todo el proyecto, es importante señalar que la barrera debe tener un largo mínimo de 50 metros y debe cubrir por lo menos 15 metros por lado para cada fuente, está medida está diseñada para una longitud estimada en 2.630m, lo que no implica que será instalada de manera simultánea.
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Fuente: Tabla 6.1: Detalles de barrera acústica móvil para receptor R16, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Restricción de maquinaria Debido a la potencia de la maquinaria utilizada en la construcción de caminos y la distancia entre el área de trabajo y los receptores es necesario restringir el uso simultaneo de todo el equipamiento cercano al receptor R16, el nivel de potencia de los frentes no debe superar los 110 dB(A) para el frente de construcción de caminos.
Fuente: Tabla 6.2: Clasificación de Maquinaria para la construcción de caminos, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Para la construcción el Bulldozer debe operar de manera individual en el área señalada por el buffer de seguridad para el receptor R16, sin embargo, las demás maquinarias pueden trabajar todas en conjunto sin problemas. La restricción de maquinaria debe aplicarse en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
conjunto con la barrera acústica en todo momento según el área que indique el buffer de seguridad. Según las proyecciones, el buffer de seguridad de restricción de maquinaria es de un radio de 600 metros desde R16.
Fuente: Figura 6.3: Buffer de seguridad para R16, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Resultados con las medidas propuestas: Con las medidas de control propuestas, se indican los resultados de las proyecciones en la siguiente tabla.
Fuente: Tabla 6.3: Cumplimiento de los receptores discretos con medida de control, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Durante la fase de construcción es necesario utilizar ambas medidas de control para el receptor R16. Para las actividades correspondientes a la fase de Cierre solo es necesario utilizar la barrera para el receptor R16.
A continuación, se presentan los mapas de ruido resultantes de las proyecciones con las medidas implementadas.
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Fuente: Figura 5.18: Mapa de ruido en fase de construcción para receptores del oeste, situación 1, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Fuente: Figura 5.19: Mapa de ruido en fase de construcción para receptores del este, situación 1, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 5.20: Mapa de ruido en fase de construcción para receptores del oeste, situación 2, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Debido a las superaciones normativas respecto a los máximos permitidos presentados en la evaluación de la fase de construcción y cierre para el receptor R16, es necesario implementar algunas medidas de control de ruido para dar cumplimiento a las normativas utilizadas.
Barrera acústica móvil Para los receptores de la línea de transmisión se proponen barreras acústicas móviles de 3,66 x 50 metros (alto por largo). Esta barrera deberá permanecer durante todo el tiempo que se extiendan las actividades de construcción, debiendo ser trasladada toda vez que el frente de trabajo avance en las actividades. La materialidad de dicha barrera corresponde a madera OSB de 18 mm de espesor, que cumple con el mínimo requerido para su efectividad como barrera acústica, de 10 kg/m². Es importante en la instalación de la barrera no dejar ninguna abertura por la que se pueda filtrar el ruido hacia el sector de los receptores protegidos por su efecto, esto incluye aberturas a nivel de suelo y entre los paneles, asimismo debe mantenerse en buen estado durante todo el tiempo de su utilización, para no producir insuficiencias en la sombra acústica otorgada.
A continuación, se señala la posición geográfica que debe ocupar la barrera acústica móvil para el receptor R16 a lo largo de todo el proyecto, es importante señalar que la barrera debe tener un largo mínimo de 50 metros y debe cubrir por lo menos 15 metros por lado para cada fuente, está medida está diseñada para una longitud estimada en 2.630m, lo que no implica que será instalada de manera simultánea.
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Fuente: Tabla 6.1: Detalles de barrera acústica móvil para receptor R16, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Restricción de maquinaria Debido a la potencia de la maquinaria utilizada en la construcción de caminos y la distancia entre el área de trabajo y los receptores es necesario restringir el uso simultaneo de todo el equipamiento cercano al receptor R16, el nivel de potencia de los frentes no debe superar los 110 dB(A) para el frente de construcción de caminos.
Fuente: Tabla 6.2: Clasificación de Maquinaria para la construcción de caminos, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Para la construcción el Bulldozer debe operar de manera individual en el área señalada por el buffer de seguridad para el receptor R16, sin embargo, las demás maquinarias pueden Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
trabajar todas en conjunto sin problemas. La restricción de maquinaria debe aplicarse en conjunto con la barrera acústica en todo momento según el área que indique el buffer de seguridad. Según las proyecciones, el buffer de seguridad de restricción de maquinaria es de un radio de 600 metros desde R16.
Fuente: Figura 6.3: Buffer de seguridad para R16, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Resultados con las medidas propuestas Con las medidas de control propuestas, se indican los resultados de las proyecciones en la siguiente tabla.
Fuente: Tabla 6.3: Cumplimiento de los receptores discretos con medida de control, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Durante la fase de construcción es necesario utilizar ambas medidas de control para el receptor R16. Para las actividades correspondientes a la fase de Cierre solo es necesario utilizar la barrera para el receptor R16.
A continuación, se presentan los mapas de ruido resultantes de las proyecciones con las medidas implementadas:
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Fuente: Figura 6.4: Mapa de ruido en fase de construcción para R16 con medidas implementadas, frente de construcción de Caminos, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Ruido en fauna Se consideraron un total de cuatro (4) áreas de fauna en los alrededores del proyecto, los cuales corresponden a humedales antropizados y que corresponden a hábitats de relevancia.
Coordenadas de ubicación de las áreas evaluadas
Fuente: Fuente: Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria.
De acuerdo a los resultados en el Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria, Estudio de Ruido en Fauna, se presenta cumplimiento en todos los umbrales y taxa evaluados.
Vibraciones Las mediciones de ruido fueron realizadas utilizando la metodología de medición de ruido de fondo estipulada en el D.S. N° 38/2011 del MMA “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”, elaborada a partir de la revisión del D.S. N° 146/1997 del MINSEGPRES. La proyección de niveles de presión sonora en receptores cercanos se presenta a continuación, para velocidades de viento entre 10 – 12 m/s (peor condición).
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De acuerdo con la proyección de ruido realizada, no se prevé la generación de emisiones sonoras por sobre los límites establecidos en el D.S. 38/2011 del MMA para el sector de emplazamiento del Proyecto (ver Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria). Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos Estos residuos serán generados en las instalaciones de faena y frentes de trabajos y corresponden principalmente a restos de comida envases, papeles, cartones, etc. Se estima una cantidad global del orden de 13.500 kg/mes durante la fase de máxima actividad de la construcción. Estos residuos serán almacenados en contenedores especiales localizados en cada punto de generación y posteriormente serán acopiados en las bodegas de residuos domésticos, las que contarán con contenedores estancos y herméticos, que serán retirados regularmente por el contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado.
Residuos Domésticos y asimilables a domésticos de la fase de construcción. Tipo de residuo Tipo de residuo a almacenar Cantidad máxima mensual Residuos Sólidos Domésticos y asimilables a domésticos Restos de alimentos y embalaje (cajas, cartón, papeles, plásticos, vidrios y metales) 13.500 kg/mes Fuente: Tabla 14. Estimación de residuos industriales sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, Anexo 3.3 de la DIA.
Para mayores antecedentes en el Anexo 3.3 de la DIA, donde se adjunta el PAS 140.
Residuos Industriales No Peligrosos Consistirán en despuntes de madera, acero, fierro, material de embalaje, hormigón, etc. Se estima un aproximado de 8 t/mes en el periodo de máxima construcción. Estos residuos serán almacenados temporalmente en los frentes de faenas, ya sea en canchas de acopio o en contenedores estancos, dependiendo de su naturaleza. Posteriormente, serán transportados a las bodegas de residuos industriales no peligrosos que se encontrarán ubicados en cada instalación de faena, donde serán almacenados temporalmente y serán retirados para ser dispuestos por terceros en un lugar autorizado como disposición final, con una periodicidad de retiro de 2 veces por mes.
Residuos Industriales No Peligrosos de la fase de construcción. Tipo de residuo Tipo de residuo a almacenar Cantidad máxima mensual Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos Hormigón sobrante, despuntes de acero y fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, carretes, madera de embalaje, gomas, etc. 8 ton/mes Fuente: Tabla 15. Estimación de residuos sólidos industriales no peligrosos, Anexo 3.3 de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
DIA.
Para mayores antecedentes en el Anexo 3.3 de la DIA, donde se adjunta el PAS 140.
Residuos peligrosos En la fase de construcción se generarán aceites, lubricantes y otros residuos menores considerados como peligrosos según las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Se estima una generación aproximada de 1,8 t/mes; serán almacenados temporalmente en la bodega RESPEL y posteriormente serán retirados cada 6 meses.
Para mayores antecedentes en el Anexo 3.4 de la DIA, donde se adjunta el PAS 142.
Sustancias Peligrosas Durante la fase de construcción del proyecto, se utilizarán sustancias peligrosas, las cuales se señalan a continuación:
Sustancias peligrosas de la fase de construcción. Insumo Cantidad (L/mes) Lugar de almacenamiento Diluyente y similares 620 En la Bodega de Sustancias Peligrosas (SUSPEL), sobre un pretil de contención Lubricantes y grasas 200 Fuente: Tabla 1-37. Características de las sustancias peligrosas a utilizar en la fase de construcción del proyecto de la DIA.
Para almacenar este tipo de sustancias se habilitará dos (2) bodegas, una dentro la instalación de faena principal y otra dentro de la instalación de faena secundaria. Esta bodega de almacenamiento temporal de sustancias peligrosas cumplirá con lo dispuesto en el D.S. Nº 43/2015 MINSAL Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
El almacenamiento de las sustancias se realizará de acuerdo con sus compatibilidades. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Sección 4.6. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Área de Intervención Margen de seguridad entre las partes y obras permanentes del Proyecto, y la vegetación que la circunda. Se presenta como un área buffer de 8,75 metros a cada lado del trazado de los caminos proyectados y de 5,00 metros a partir del trazado del resto de las obras del Proyecto, resultando en una superficie total de 511.905,71 m2. En su interior se eliminará toda la vegetación leñosa, dejando como manto protector del suelo a la vegetación herbácea. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Aerogeneradores Se construirán 27 aerogeneradores con una potencia nominal de 6,2 MW cada uno, los cuales estarán montados sobre torres. Su velocidad de arranque es de 3,0 m/s y la velocidad de parada es de 25 m/s.
Cada aerogenerador estará montado sobre torres de hasta 152,6 m de altura total. Los aerogeneradores propuestos para este proyecto serán de tres palas o aspas, con un diámetro de rotor de 170 m y una altura de buje que alcanza hasta 155 m, los que serán capaces de operar el rotor a velocidad variable y manteniendo de ese modo la potencia de salida en o cerca de la potencia nominal. La velocidad de arranque es de 3,0 m/s y la velocidad de parada es de 25 m/s.
Cada aerogenerador se compone de las siguientes partes:
• Góndola: La góndola o nacelle, corresponde a la caja que contiene toda la mecánica y control de un aerogenerador, donde la energía cinética del viento transmitida por el rotor es transformada en energía eléctrica. Algunas de sus principales características corresponden a las siguientes: - Materialidad envolvente: Fibra de vidrio. - Generador: Se encuentra dentro de la góndola, y es el encargado de producir corriente eléctrica, la cual es transportada por el interior de la torre hasta el transformador. - Sistema de control automático: Permite controlar y monitorear su funcionamiento (dirección y velocidad del viento) indicando en qué momento el aerogenerador debe ser conectado y desconectado con el fin de protegerse el mismo y sus alrededores. - Freno mecánico de discos: para detener completamente las turbinas en caso de emergencia o detención de la planta. - Sistema de balizas: Los aerogeneradores, en la parte superior de la góndola contarán con balizas, pudiendo instalarse luminarias blancas intermitentes para el día y luminarias rojas intermitentes para la noche, destinadas a alertar la presencia de los aerogeneradores. Además, se deberá proporcionar, a la mitad de la altura de la barquilla, por lo menos 3 luces de baja intensidad
• Rotor, pala o aspa: El rotor está compuesto por tres palas o aspas que van montadas en el eje horizontal de la torre, que a partir de la resistencia que ofrece contra el viento sobre sus aspas es capaz de girar, trasladando la energía cinética del viento al buje capaz de accionar el generador eléctrico que se encuentra al interior de la góndola. - Número de palas: 3. - Diámetro rotor: hasta 170 m. - Área de barrido de las palas: 22.239,90 m2. - Dirección de rotación: En el sentido de las agujas del reloj mirado de frente. - Materialidad: Carbono y fibra de vidrio. - Partes: Compuesto de dos conchas aerodinámicas unidas a una viga de soporte.
La velocidad del rotor es variable y está diseñada para maximizar la potencia de salida manteniendo las cargas y el nivel de ruido. Adicionalmente, cuando se determine a través de la evaluación de seguridad operacional que se torna necesario mejorar su visualización, se podrá adoptar un esquema de pintura, que además tendrá tratamiento anticorrosión.
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• Convertidor: El Convertidor de Frecuencia es un sistema de conversión 4Q back to back con 2 VSC en un enlace DC común, el cual se conecta directamente con el rotor. El convertidor de frecuencia permite el funcionamiento del generador a velocidad y voltaje variable, mientras suministra energía a frecuencia y voltaje constantes al transformador MV. El sistema de conversión de energía está refrigerado por agua y tiene una disposición modular para un fácil mantenimiento.
• Torre: El aerogenerador va montado sobre una torre de acero tubular cónico, la cual tiene acceso interno hasta la góndola y está equipada con plataformas e iluminación eléctrica interna. Tiene una altura máxima de 152,6 m, lo que hace que la altura del buje se encuentre a los 155 m. La torre está compuesta de 7 secciones, con un diámetro máximo de 5,8 m. Para el proyecto se considera que el acabado de las torres sea de color gris claro.
Dicha estructura es capaz de resistir el empuje horizontal del viento y eventuales movimientos sísmicos.
• Fundación
• Sistema SCADA: El aerogenerador se conecta al sistema SCADA. Este sistema ofrece control remoto y una variedad de status e informes útiles desde un navegador web estándar de Internet. Los status presentan información que incluye datos eléctricos y mecánicos, operación y estado de fallas, datos meteorológicos y datos de estaciones de la red.
• Sistema de monitoreo de acondicionamientos de turbinas (SMP): El aerogenerador está equipado con la configuración única de monitoreo de acondicionamiento. Este sistema controla el nivel de vibración de los componentes principales y compara los espectros de vibración reales con un conjunto de espectros de referencia establecidos. La revisión de los resultados, el análisis detallado y la reprogramación pueden llevarse a cabo utilizando un navegador web estándar. • Sistema de protección contra rayos: El sistema de protección contra rayos en los aerogeneradores tiene como objetivo proteger a las unidades de los efectos de los rayos directos y cercanos. La turbina eólica está protegida contra los rayos mediante un sistema de transmisión que va desde los receptores de la góndola hasta la base a través de la cubierta, el marco y la torre, con lo cual se evita el paso de los rayos a través de los componentes sensibles a ello. El sistema eléctrico también tiene protección adicional contra sobretensiones. Todos estos sistemas de protección están diseñados para obtener un nivel de protección máximo de Clase I de acuerdo con las normas IEC.
Fundación de los aerogeneradores
La fundación corresponde a una estructura de hormigón armado de 29,0 m de diámetro exterior y altura máxima de 3,52 m, destinada a transmitir el peso del aerogenerador al suelo además de otorgar resistencia al volteo producto del empuje horizontal del viento y eventuales solicitaciones sísmicas. Las fundaciones se construyen a partir de una excavación circular de 34,5 m de diámetro y una profundidad máxima de 3,90 m, en la cual tras el emplantillado se dispone una enfierradura radial y concéntrica siendo rellenada luego con hormigón.
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La parte central de la fundación se eleva por medio de un pedestal, la cual corresponde a una estructura circular de hormigón con un diámetro 7,0 m, sobre la que se montará el aerogenerador. El resto de la superficie ocupada por la fundación vuelve a ser rellenada con suelo natural con una pendiente del 2% hacia el exterior de la fundación. Plataforma Aerogeneradores Se encuentran asociadas a cada uno de los aerogeneradores, poseen una superficie total de 267.697,55 m2 y se encontrarán desprovistas de vegetación. Esta plataforma incluye: • Área de acopio. • Área de montaje de la pluma de la grúa. • Área de montaje y de maniobras grúa.
El área de acopio de componentes de aerogeneradores permitirá albergar la zona de descarga y preparación de las palas (123 x 25 m). Por otro lado, el área de montaje de la pluma de la grúa permitirá el armado de esta (118 x 20 m), mientras que, el área de montaje y maniobras grúa corresponde a una zona de maniobra de la grúa principal para el montaje de aerogeneradores (100 x 51,5 m).
Estas plataformas se mantendrán despejadas de vegetación. Las plataformas deberán estar niveladas, compactadas y estabilizadas conforme los criterios de diseño.
Cabe destacar que el diseño de las plataformas obedece a las especificaciones técnicas entregadas por el fabricante de los aerogeneradores, las que dicen relación con las dimensiones de los vehículos que transportarán las estructuras, la maniobrabilidad de los mismos, las dimensiones de las grúas de montaje y la necesidad de superficie disponible para el acopio de materiales. Caminos Proyectados Se habilitarán 255.000 m2 de caminos que incluyen las áreas de giro y retorno necesarias para acceder a cada uno de los aerogeneradores, a las estructuras de la Línea de Alta Tensión y obras del proyecto.
• Caminos principales: Los caminos principales presentan tres puntos de empalme con la Ruta N-85, cuyos diseños consideran los radios de curvatura necesarios para el ingreso desde esta ruta al proyecto. Por otro lado, se ha hecho coincidir los finales viales con las plataformas de los aerogeneradores, de manera que los vehículos puedan realizar la maniobra de giro para tomar el sentido de retorno por el mismo. Estos tendrán un ancho máximo de carpeta de 7,0 metros. • Huellas de acceso LAT: Las huellas de acceso a la LAT serán utilizadas para acceder a las estructuras de la LAT, presentando un ancho máximo de carpeta de 5,0 metros. Se priorizará el uso de huellas existentes en aquellos casos donde sea posible para acceder a las estructuras de la línea durante la etapa de construcción y mantenimiento. Estos corresponden a huellas existentes cuyas carpetas de rodado no existen o no tienen la capacidad necesaria para el tránsito de equipos pesados.
La habilitación de caminos proyectados considera: • Mejoramiento de caminos prediales existentes y actualmente en uso por los predios donde se emplaza el proyecto (caminos principales). • Construcción de nuevos caminos (caminos principales y huellas de acceso LAT). Subestación Eléctrica Su superficie será de 23.716,13 m2 y se compondrá de la siguiente infraestructura general:
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Subestación Eléctrica Elevadora Área de Servicios.
Obra Área de Subestación Eléctrica Superficie (m2) Acceso Garita de Acceso 15,5 m2.
Área de servicios Sala de Control 59,1 m2 Sala Switchgear (2) 59,1 m2 cada una Sala de SS.AA. 29,6 m2 Torre MM.OO.
Edificio de Operación y Mantención (O&M): 823,6 m2. Bodega RSINP 24 m2 Bodega RSD 12,4 m2 Bodega RESPEL 24 m2 Bodega SUSPEL 24 m2 Planta de tratamiento de aguas servidas 39,3 m2 Estanque de acumulación del efluente 9 m2 Estanque de agua potable 9 m2 Sistema contra incendios 216 m2 Estacionamiento 1.239,6 m2. Zona de generadores (2) 16,43 m2 cada una Acopio Combustible (2) 8,1 m2 y 6 m2 Acopio de Materiales Subestación 2.743,8 m2
Para recibir la energía producida en el parque eólico, se construirá una subestación eléctrica elevadora del tipo intemperie, la que inyectará toda la energía generada hacia la línea de transmisión eléctrica (LAT) de 220 kV considerada por el proyecto. Esta instalación posee un cerco interior tipo ACMAFOR, con protección anti-escalamiento en base a alambres de púas.
Para lo anterior, la subestación elevadora recibirá la energía eléctrica generada por los aerogeneradores a través del cableado subterráneo de 33 kV, y elevará la tensión de transmisión hasta los 220 kV a través del transformador de poder Los elementos que integran la S/E son los siguientes:
• Pararrayos 220 kV. • Interruptores de poder 220 kV. • Transformadores de potencial 220 kV • Trampa de ondas. • Transformadores de corriente 220 kV. • Desconectores horizontales SPT/CPT 220 kV. • Transformador de poder 220/33 kV. • Pararrayos 33 kV (montado en transformador). • Resistencia neutro. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Transformador de servicios auxiliares. • Transformador Zig Zag. • Banco condensadores. • Aisladores pedestal 220 kV.
Tabla: Coordenadas Geográficas DATUM WGS 84 Proyección UTM 18S – Área Subestación Eléctrica.
Fuente: Tabla 1-10. Coordenadas Geográficas DATUM WGS 84 Proyección UTM 18S – Área Subestación Eléctrica, , Capitulo 1 de la DIA.
Línea de Alta Tensión (LAT 220 kV) Conectará el Parque Eólico Pemuco hasta la S/E Entre Ríos (Transelec), para así inyectar energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Consiste en un trazado de circuito simple de 220 kV de tensión. Tendrá una longitud de aproximadamente 4,24 km y se compondrá de un total de diecinueve (19) estructuras, más dos (2) marcos de línea en la S/E Elevadora Pemuco y en la S/E Entre Ríos. Cabe indicar que uno de los marcos de línea, asociado a la S/E Entre Ríos, es existente y por tanto no forma parte de las partes y obras del presente proyecto.
El trazado de la línea 1x220 kV PE Eólico – S/E Entre Ríos tendrá una longitud de aproximadamente 4,24 km y se compondrá de un total de diecinueve (19) estructuras, más dos (2) marcos de línea en la S/E Elevadora Pemuco y en la S/E Entre Ríos. Cabe indicar que uno de los marcos de línea, asociado a la S/E Entre Ríos, es existente y por tanto no forma parte de las partes y obras del presente proyecto.
Tabla: Coordenadas Geográficas DATUM WGS 84 Proyección UTM 18S – Estructuras de la Línea de Alta Tensión 1x220kV. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 1-11. Coordenadas Geográficas DATUM WGS 84 Proyección UTM 18S – Estructuras de la Línea de Alta Tensión 1x220kV, Capitulo 1 de la DIA.
A continuación, en la Tabla se presentan las principales características de la línea.
Fuente: Tabla 1-16. Características de la LAT, Capitulo 1 de la DIA.
Las estructuras a utilizar en la línea de alta tensión son reticuladas de acero y autosoportadas de cuatro (4) patas por separado. En la tabla siguiente, se presenta el detalle de las estructuras (desde la estructura 1 a la 19) a utilizar en la LAT.
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Fuente: Tabla 1-17. Tipo de estructura a utilizar para la línea de transmisión del proyecto, Capítulo 1 de la DIA.
Las fundaciones son el apoyo para estabilizar las estructuras de la línea de alta tensión en el terreno. Las fundaciones a utilizar serán típicamente tipo pilote o tipo zapata, pero estarán sujetas a definición civil en ingeniería de detalles. Estas fundaciones consisten en cuatro excavaciones de aproximadamente 3,0 m de profundidad y un ancho de 3,0 m cada una, las cuales se rellenan con hormigón y con relleno compactado.
Todas las estructuras llevarán una malla de puesta a tierra de manera que permita drenar las corrientes a tierra y la correcta operación de las protecciones. Estas deberán estar conectadas a tierra permanente en sus cuatro patas.
Las mallas de puesta a tierra estarán formadas por pletinas de acero galvanizado, que estarán enterradas a unos 60 cm de profundidad, dispuesta en forma diagonal desde cada una de las barras de fundación de la estructura.
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Las cadenas de suspensión y anclaje de una línea están destinadas a dar soporte mecánico al conductor y aislarlo eléctricamente de la estructura. Para la formación de estas cadenas se ha considerado la utilización de aisladores de vidrio antiniebla con acople bola y rótula.
La franja de seguridad: corresponde a una superficie de terreno que se establece con la finalidad de evitar riesgos de energización de elementos ajenos a la línea de transmisión, y para evitar daños directamente en ella. Esta distancia mínima se obtiene de la aplicación del reglamento RPTD N° 07, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), para instalaciones de corrientes fuertes. La franja de seguridad para la LAT del proyecto tendrá un ancho promedio de 50 metros en total (25 metros en promedio a cada lado del trazado), la cual se mantendrá despejada de vegetación. Botadero La superficie de emplazamiento de la obra será de 21.220 m2. Se considera que aproximadamente 96.722 m3 del material sobrante de excavaciones (no utilizado para relleno) será destinado al botadero. Sistema de Almacenamiento de Energía (BESS) La construcción del sistema BESS tiene una duración estimada de 10 meses, considerando la instalación de equipamiento, montaje electromecánico, integración del sistema de control, pruebas y puestas en servicio. Se emplazará en una superficie total de 3.500 m2. Traslado de Personal
Durante la fase de operación, el flujo de transporte corresponderá principalmente al traslado del personal para mantenciones y operación del PE Pemuco desde Chillán. Transporte de Insumos y Residuos
El transporte de insumos y residuos generados durante la fase de operación será realizado en camiones a través de terceros autorizados. Inicio Operación Comercial
Al momento del comienzo de la operación comercial, toda la infraestructura del PE Pemuco se encontrará en funcionamiento, es decir, aerogeneradores, sistema colector, subestación, línea de transmisión eléctrica y todas las instalaciones de apoyo a la operación y mantenimiento. Generación de Electricidad
El proceso de generación de energía eléctrica consiste en la transformación de la energía cinética del viento, a través del movimiento de las aspas o palas del aerogenerador. Esto alimentará el generador alojado en la góndola, produciendo energía eléctrica. La recolección de la energía del parque se llevará a cabo a través de una red eléctrica de 33 kV (cableado subterráneo), la que llevará la energía generada por los aerogeneradores a la subestación eléctrica elevadora, la que además de elevar el voltaje a 220 kV inyectará la energía al SEN mediante el trazado de la línea de alta tensión hasta la subestación eléctrica Entre Ríos (propiedad de tercero). Los aerogeneradores funcionarán con un sistema de detención automático con sensor meteorológico asociado a 15 aerogeneradores: AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27, con lo cual se limitará su funcionamiento conforme a los resultados de la modelación del efecto sombra intermitente. Actividades de Mantención y Reparación
Se contempla la realización de diversos tipos de mantención cada una de estas mantenciones se describen a continuación: Mantenimiento Preventivo: Comprende actividades de limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, siguiendo estrictamente las indicaciones del fabricante. El Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
servicio de mantenimiento preventivo será realizado de forma continua, para asegurar el correcto funcionamiento y eficiencia en el funcionamiento del parque eólico. Mantenimiento Correctivo: La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de detectarse anomalías que puedan producir fallas. Estas mantenciones serán efectuadas según observaciones registradas en las inspecciones periódicas que realizará el personal encargado de mantenimiento o empresas especializadas, tanto del parque eólico como de la línea de alta tensión. Reparaciones de Emergencia: Dependiendo de las características de la contingencia, se tomarán las medidas necesarias para la recuperación del funcionamiento correcto del parque eólico. Productos generados El parque eólico está proyectado para generar hasta 194,4 MW de potencia mediante el rendimiento obtenido de 27 aerogeneradores 6,2 MW de potencia nominal cada uno. La forma de manejo de la energía producida corresponde a su transmisión desde los aerogeneradores, mediante la red eléctrica de 33 kV, hasta la S/E Elevadora, que tendrá por función elevar el voltaje interno del parque (33 kV) al voltaje de transmisión externo (220 kV), para transmitirla en la LAT 220 kV que considera el proyecto hasta la Subestación S/E Entre Ríos (propiedad de Transelec), a través de la cual se inyectará la energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Suministros básicos Sustancias Peligrosas Se prevé el uso de 1800 (l/mes) de diluyentes y similares, y de 800 (l/mes) de lubricantes y 200 (kg/mes) de grasas. Para almacenar este tipo de sustancias se habilitará dos bodegas de almacenamiento temporal, una en cada IIFF, las cuales cumplirán con lo dispuesto en el D.S. Nº 43/2015 MINSAL Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Maquinaria y Equipos Para el desarrollo del proyecto es necesaria la utilización de maquinaria que desempeñarán un rol fundamental en la ejecución de las obras.
Transporte de trabajadores El transporte de trabajadores se realizará diariamente desde Chillán. Se estima que 360 trabajadores viajarán en bus y 90 trabajadores a través de camioneta. La tabla 1-24 del Capítulo 1 de la DIA muestra la cantidad de viajes al día y del total de la fase (24 meses).
Transporte insumos y materiales El transporte de los insumos y materiales a utilizar durante la fase de construcción (hormigón, áridos, agua potable, agua industrial, componentes aerogeneradores, entre otros), se detalla en la Tabla 1-25 del Capítulo 1 de la DIA.
Transporte insumos y materiales El transporte de los insumos y materiales a utilizar durante la fase de operación (agua potable, alimentación, entre otros), se detalla en la Tabla 1-43 del Capítulo 1 de la DIA. Recursos naturales renovables Agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Se requerirá de agua potable la que será adquirida por medio de una empresa autorizada y acreditada para su extracción. La estimación de consumo de agua potable será de 540 m3 para el total de la fase. Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera
Fuente: TABLA 74. CUADRO RESUMEN CON EMISIONES DE CONTAMINANTES TOTALES DURANTE FASE DE OPERACIÓN, Anexo 4.1 Actualización de emisiones atmosféricas de la Adenda.
Líquidos domésticos Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la fase de operación sea de aproximadamente 1,5 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 10 trabajadores. Estos serán tratados en una PTAS convencional con capacidad de 7,5 m3, la cual funcionará a base del tratamiento de lodos activados, habilitada cercana al edificio O&M, cuyas aguas serán almacenadas en estanque de acumulación de 7,5 m3 para su posterior retiro y disposición final. Los lodos generados serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa autorizada para realizar este tipo de actividad, con periodicidad anual. El detalle respecto a las soluciones sanitarias contempladas en el proyecto se adjunta en el Anexo 5.2, correspondiente al PAS 138 de la Adenda.
Ruido En el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria se presentó un nuevo Estudio acústico.
Como parte del desarrollo de dicho estudio, se realizó una campaña de línea base con la finalidad de determinar el ruido de fondo y las vibraciones presente en el sector, previo a la ejecución del proyecto. Esta campaña se efectuó entre el día 11 y 14 de enero del 2022 registrando niveles de ruido para receptores humanos, adicionalmente se realizó una campaña de monitoreo continuo para niveles de ruido entre los días 23 y 28 de diciembre del 2022.
Para estimar el nivel de ruido que generarán las distintas fases del proyecto, se realizó un modelamiento acústico a través de software especializado SoundPLAN v8.1.
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Las proyecciones obtenidas a partir de las modelaciones del ruido para cada punto de evaluación se compararon con los niveles máximos permitidos por el Decreto Supremo Nº 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (D.S. N° 38/2011 del MMA), según el uso de suelo de cada potencial receptor de manera de verificar el cumplimiento de este.
Se evaluaron las vibraciones generadas en la fase de construcción debido al uso de maquinaria pesada, susceptible de transmitir vibraciones por medio del terreno hasta los receptores, pudiendo ocasionar impacto sobre el confort o el bienestar de las personas expuestas. Para realizar esta evaluación, en ausencia de una norma chilena que especifique procedimientos de evaluación y límites admisibles, se utiliza el documento técnico “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” del Departamento de Transporte de los Estados Unidos (FTA, por sus siglas en inglés), el cual establece límites de inmisión de vibraciones en función de la duración de los eventos vibratorios y del tipo de actividad desarrollada en cada receptor evaluado.
Los receptores evaluados corresponden a construcciones de carácter habitacional e industrial ubicadas en los alrededores del proyecto, los cuales se homologan a Zona II según el plan regulador comunal (R2, R3 y R21) y a Zona Rural (R1), por estar fuera del límite urbano, según lo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA. Dicho lo anterior, el límite máximo permisible se establece de acuerdo con el ruido de fondo más 10 dB(A) o los máximos permisibles de Zona II, se escoge el límite más restrictivo para los receptores en Zona Rural.
A continuación, la Figura siguiente muestra los receptores sensibles identificados en el Área de Influencia del Proyecto:
Fuente: Figura 3.3: Puntos de Evaluación, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
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Fue señalado, que debido a la imposibilidad de acceso a los receptores R6, R11, R12, R15 y R23, no se pudieron registrar los niveles basales, por lo tanto, se deberán homologar a los puntos de medición más cercanos y/o representativo.
Fase operación
Para la fase de operación se consideró el aporte de fuentes fijas, las cuales corresponden a los aerogeneradores y al grupo electrógeno. En esta fase se evaluó con las fuentes en horario diurno y nocturno. Los niveles proyectados en el modelo de propagación sonora no superan los máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA en horario diurno y nocturno para cualquiera de las velocidades de viento señaladas.
Durante la fase de operación se generará electricidad a partir de la energía eólica por medio de 27 aerogeneradores y el resto de las instalaciones que conforman el parque eólico, así mismo se considera el ruido generado por la línea de transmisión de alta tensión debido al efecto corona que se genera.
El cálculo del ruido audible (RA) se realizó a partir del método propuesto por la FGH de Alemania6, la cual tiene validez solo si la línea de transmisión cumple con tener 6 fases o menos y el diámetro de su conductor sea mayor o igual a 2 cm. e igual o menor a 6 cm.
El nivel de potencia acústica de la línea de transmisión informada en la Tabla siguiente:
Fuente: Tabla 4.18. Fuentes de ruido en fase operación, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Fuente: Tabla 4.19: Emisión acústica del aerogenerador de referencia para velocidades de viento entre 6 y 12 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 4.5: Mapa posiciones aerogeneradores y receptores para Fase de Operación, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presentan los resultados en fase de operación del parque eólico con velocidades de viento entre 6 y 8 m/s.
Fuente: Tabla 5.38. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación para velocidades de viento entre 6 y 8 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de operación en velocidades de viento entre 6 y 8 m/s.
Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación en velocidades de viento entre 6 y 8 m/s. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable.
Fuente: Figura 5.22. Mapa de ruido de fase de operación en velocidades entre 6-8 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presentan los resultados en fase de operación del parque eólico con velocidades de viento entre 8 y 10 m/s.
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Fuente: Tabla 5.39. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación para velocidades de viento entre 8 y 10 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de operación en velocidades de viento entre 8 y 10 m/s.
Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación en velocidades de viento entre 8 y 10 m/s. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable.
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Fuente: Figura 5.23. Mapa de ruido de fase de operación en velocidades entre 8-10 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presentan los resultados en fase de operación del parque eólico con velocidades de viento entre 10 y 12 m/s.
Fuente: Tabla 5.40. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación para velocidades de viento entre 10 y 12 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
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Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de operación en velocidades de viento entre 10 y 12 m/s. Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación en velocidades de viento entre 10 y 12 m/s. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable.
Fuente: Figura 5.24. Mapa de ruido de fase de operación en velocidades entre 10-12 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Evaluación del efecto sinérgico en fase de operación
Considerando lo señalado por el documento técnico “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población” (SEA, 2022). Se consideró el proyecto “Subestación Nueva Charrúa” (Actualmente Subestación “Entre Ríos”) con RCA favorable de N°33920092016, donde se conecta el proyecto Parque Eólico Pemuco mediante la LAT evaluada.
Se consideró la información presente en la DIA del proyecto “Subestación Nueva Charrúa” para realizar la proyección hacia los receptores del proyecto “Parque Eólico Pemuco” y así evaluar una posible contribución energética en fase de operación de ambos, con los resultados, se procedió a realizar la diferencia aritmética entre los niveles proyectados según lo señalado en el documento técnico y posteriormente se evalúo el posible efecto sinérgico.
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Fuente: Tabla 5.41. Evaluación de contribución de ruido según el D.T. , Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
De acuerdo con el documento técnico y la proyección de la LAT, ésta no generaría contribución energética al ruido de fondo y las emisiones ya existentes de la “Subestación Nueva Charrúa”.
Ruido en Fauna
De acuerdo con el Anexo 2.2 Estudio de Ruido para Fauna de la Adenda Complementaria, la evaluación de ruido sobre la fauna se utilizan las referencias indicadas en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEIA, 2022), el cual presenta umbrales de referencia según la especie evaluada.
Se consideraron un total de 4 áreas de fauna en los alrededores del proyecto, los cuales corresponden a humedales antropizados y que corresponden a hábitats de relevancia. Conforme a los resultados de la modelación de ruido en los hábitats de relevancia de fauna terrestre para la fase de operación, no se proyectan afectaciones en las zonas de fauna cercanas a este (ver Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria).
Campos electromagnéticos
A continuación, se presentan los valores estimados de campos electromagnéticos a generar durante la fase de operación:
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De acuerdo a los resultados expuestos en la Tabla anterior, el valor calculado del campo eléctrico es inferior a los 5.000 [Vrms/m], aceptada por la Norma ICNIRP y también cumpliendo el Reglamento Pliegos Técnicos N°07 en el artículo N°7 que establece 5.000 [Vrms/m]. Por su parte, el valor calculado de inducción magnética es inferior a la magnitud de 100 [μT], aceptado por la Norma ICNIRP y también cumpliendo el Reglamento Pliegos Técnicos N°07 en el artículo N°7 que establece 200 uT.
Radio de interferencia En la siguiente tabla se entrega los resultados obtenidos para la subestación y la línea, con los respectivos valores límites
Según los resultados expuestos, el valor calculado de radio de interferencia es inferior a los 53 [dB/uV/m], establecido como límite de la norma canadiense. Por lo tanto, se concluye que las instalaciones del Parque Eólico Pemuco satisfacen la normativa vigente, respecto del campo electromagnético de baja y alta frecuencia.
Efecto sombra intermitente En Anexo 1.6 de la DIA, se presentó un estudio evaluar la eventual afectación en receptores cercanos al área del Proyecto, que pudiesen presentar el efecto shadow flicker provocado por la operación de los aerogeneradores de un parque eólico.
En específico, el efecto “shadow flicker” (sombra parpadeante o sombra intermitente) se produce cuando el aerogenerador está operando y las aspas, que rotan alrededor del buje, ocultan la luz del sol de forma alternada y por breves momentos. Si dicha alternancia en la iluminación llega a un lugar habitado en el área cercana, puede generar molestia en el observador. La exposición de un receptor a la sombra parpadeante depende de la combinación de condiciones de tipo geográfico, meteorológico y astronómico, y por lo tanto estará limitada a ciertos momentos del día y año.
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El estudio tuvo como objetivo evaluar la afectación por parte de receptores sensibles al efecto Shadow Flicker ocasionado por el Proyecto.
Para el cálculo se utilizará uno de los softwares con mayor uso mundial para diseño, planificación y evaluación de proyectos eólicos: WindPro en su versión 3.5, el cual permite incorporar parámetros como la topografía de terreno, condiciones meteorológicas, obstáculos (vegetación, edificios u otros), receptores de sombra y características de los aerogeneradores (diámetro de rotor, altura de buje, ancho máximo de la pala, entre otros), con lo cual estima el efecto de sombra intermitente en función de la posición relativa del sol (elevación y azimut) y la orientación de giro de las aspas en relación con la dirección del sol.
Los aerogeneradores, al igual que todas las estructuras altas, proyectan una sombra en las áreas vecinas cuando el sol esté visible, es decir, cuando el día esté despejado. Si adicionalmente existe suficiente viento para que el rotor del aerogenerador gire, se produce la sombra intermitente o el efecto denominado “Shadow Flicker”, ya que las aspas cortan la luz del sol de forma intermitente lo que puede ser percibido en receptores cercanos como un tipo de “parpadeo”.
Es importante indicar que el efecto Shadow Flicker solo se produce sobre un receptor, si se combinan los siguientes factores: • El día está despejado. • El aerogenerador está operando (para ello se requiere de una velocidad de viento superior a la velocidad de arranque del aerogenerador, generalmente de 3 o 4 m/s dependiendo del modelo de aerogenerador). • El aerogenerador está ubicado entre el sol y el receptor. • La orientación de las aspas permita proyectar sombras sobre el receptor. • No existen barreras visuales entre el aerogenerador y el receptor (como bosque, edificios, aleros, corredores techados u otros). • La orientación y el ángulo de las ventanas de los receptores cercanos coincide con la orientación del sol y la posición del aerogenerador. • La vivienda se encuentra habitada al momento de proyectarse la sombra.
La intensidad del efecto shadow flicker está determinada por la amplitud de la intermitencia, referida a la diferencia en la cantidad de luz incidente en el receptor entre el momento más oscuro y más luminoso de cada ciclo de parpadeo generado por las aspas del aerogenerador. De esta forma, la amplitud se establece a partir de cuánto sol es cubierto por el aspa cada vez que esta pasa frente al receptor, que a su vez depende del ancho del aspa y de la distancia del observador a la turbina eólica. Dicha intermitencia de sombra puede crear disturbios a los receptores dentro de las viviendas, en tanto la luz interrumpida a través de ventanas pequeñas generará destellos cuando esta sea la única fuente de iluminación del recinto.
Para determinar si la sombra parpadeante emitida podrá o no causar efectos sobre la salud del receptor se consideran los siguientes aspectos: • Frecuencia del parpadeo • Duración de la Exposición
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Ahora, en Chile no existen normas que regulen o establezcan los niveles máximos para la exposición de sombra intermitente provocada por parques eólicos.
En virtud del artículo 11 del RSEIA, a falta de norma nacional se podrá recurrir a normas de referencia, complementando lo anterior, el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: efecto sombra intermitente en parques eólicos”, publicado en junio del año 2021, identifica las normas de referencia mayormente utilizadas a nivel internacional para el estudio del efecto Shadow Flicker. Estas se listan en la tabla a continuación:
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Fuente: Tabla 1 Normas de Referencia, del Anexo 1.6 de la DIA.
Al respecto, tal y como se recomienda en la “Guía para la Descripción de Centrales Eólicas de Generación de Energía Eléctrica en el SEIA” del año 2020, se revisa y toma como referencia la guía técnica alemana “Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalaciones de energía eólica” (“Hinweise zur Ermittiung und Beurteilung der optischen Inmissionen von Windenergieanlagen (WEA-Schattenwurf- Hinweise”, Stand: 13-03-2002). Esta se adjuntó en el Apéndice 1, del Anexo 1.6 de la DIA.
Se delimitó el Área de Influencia del Efecto Shadow Flicker en función de las isolíneas de sombreado para la peor condición, lo cual abarca una superficie de 4.924 ha. De esta manera, tal y como señala la Guía de Área de Influencia en el SEIA, el Área de Influencia se define como el espacio geográfico donde potencialmente se presenta el efecto de sombra intermitente.
La siguiente Figura se presenta el Área de Estudio y Área de Influencia para el componente de Shadow Flicker.
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Fuente: Figura 3 Área de Estudio y Área de Influencia del Efecto Shadow Flicker, del Anexo 1.6 de la DIA.
Previo a la modelación, se identificaron parques eólicos cercanos, en específico, aquellos emplazados dentro de un radio de 5 km respecto de las partes y obras del Proyecto, para determinar si pudiese haber algún efecto sinérgico entre ellos, identificándose un único parque eólico:
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Fuente: Tabla 2 Proyectos eólicos cercanos al PE Pemuco, del Anexo 1.6 de la DIA.
Conforme a ello, se destaca que la línea de transmisión eléctrica del Parque Eólico (PE) Dañicalqui es la obra más cercana al PE Pemuco, conectada a la S/E Entre Ríos, sin embargo, los aerogeneradores del PE Dañicalqui están a más de 5 km del área de estudio definida para el componente Shadow Flicker (AESF) del PE Pemuco y por tanto no existen receptores en común o de traslape.
Para realizar la modelación en WindPro del efecto de sombra intermitente, se utilizó la herramienta “SHADOW FLICKER – Cálculo de impacto generado por las sombras” dentro del módulo medioambiental del software.
Se evaluaron dos escenarios, cuyos supuestos se especifican a continuación:
• Escenario astronómico más desfavorable “peor caso”: Modelo no considera días nublados y asume que los aerogeneradores siempre están operando y que el rotor siempre está perpendicular al sol • Escenario astronómico real “caso real”: Modelo considera los datos de meteorología (horas de luz, considerando la radiación solar y nubosidad), de operación del parque (horas de operación en función de la velocidad y dirección cardinal del viento) y barreras naturales existentes.
Ambos escenarios toman en cuenta parámetros generales de entrada, mientras que para el escenario astronómico real se requiere incluir datos específicos de meteorología.
Las características de los aerogeneradores considerados dentro del diseño del Parque Eólico se listan en la tabla a continuación:
Fuente: Tabla 3 Características de los Aerogeneradores del Proyecto, del Anexo 1.6 de la DIA.
Dentro del software, se ingresaron las ubicaciones de los 27 aerogeneradores del Proyecto (véase Tabla 4 del Anexo 1.6 de la DIA) y posteriormente se escogieron sus características de los aerogeneradores de acuerdo con el diámetro de rotor, altura de buje y ancho máximo de pala detallado en la tabla anterior.
En la guía técnica alemana se definen como lugares potencialmente afectados por las emisiones (receptores), los siguientes: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Espacios que deben protegerse, que se utilizan como: • Espacios habitables, incluidos los pasillos habitables. • Dormitorios, incluidas las habitaciones en hoteles y hospitales. • Salas de clases de colegios, universidades y establecimientos similares. • Oficinas, consultas médicas, salas de trabajo, salas de capacitación y lugares de trabajo similares, asociados al receptor. • Las superficies exteriores directamente adyacentes a edificios (por ejemplo, terrazas y balcones) corresponden a espacios que deben protegerse durante el día, entre las 6:00 y las 22:00 hrs.
De esta manera, se realizó la fotointerpretación de infraestructuras dentro del Área de influencia (distancia de 2.038 m desde cada aerogenerador) a partir de imágenes satelitales de libre disposición, complementado con el levantamiento de campañas de terreno del estudio de ruido y vibraciones, medio humano y paisaje (Anexo 1.5, 2.8 y 2.9 de la DIA respectivamente), registrando un total de 1.850 construcciones que responden a la definición de espacios que deben protegerse (viviendas, hostales, oficinas u otros espacios de trabajo, escuelas, minimakets, entre otros).
Sobre estos receptores de interés (espacios que deben protegerse), se hace la siguiente distinción: • N° 1 al 243: Receptores del área rural de Pemuco y localidades, caracterizados por ser edificaciones con un patrón de distribución disperso. • N° 244 al 1.850: Receptores del área urbana de Pemuco, caracterizados por poseer construcciones cercanas entre sí, viviendas pareadas o en pequeños terrenos, e infraestructuras de usos compartidos (liceos, centros recreacionales, entre otros).
Por otro lado, de los 1.850 receptores habitables anteriores, son 1.645 receptores los que se encuentran dentro del Área de Influencia del efecto de sombra intermitente.
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Fuente: Figura 4. Receptores habitables dentro del Área de Estudio y Área de Influencia, del Anexo 1.6 de la DIA.
Para la modelación en ambos escenarios astronómicos se utilizó el modo “Invernadero”, donde la ventana es perpendicular a todos los aerogeneradores. Esto se traduce en que basta que la sombra producida por los aerogeneradores alcance la vivienda para que se registre la ocurrencia del efecto.
En el Apéndice 3 del Anexo 1.6 de la DIA se presentaron los resultados de la modelación del efecto Shadow Flicker, junto con el detalle sobre el cumplimiento normativo para los 1.850 receptores identificados en el Área de Estudio.
A modo de resumen, en los receptores del área rural de Pemuco y localidades existen 52 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente (un 2,81% del total de receptores), es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 12 receptores que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
superan el límite anual o diario recomendado para la duración máxima astronómicamente posible (escenario astronómico más desfavorable):
• Hay 9 receptores que superan tanto el máximo recomendado anual (30 horas/año) como el diario (30 min/día). • Hay 3 receptores que superan únicamente el máximo recomendado anual (30 horas/año).
Con respecto a los receptores del área urbana de Pemuco, existen 1.593 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente (un 86% del total de receptores), es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 761 receptores que superan el límite anual o diario recomendado para la duración máxima astronómicamente posible (escenario astronómico más desfavorable):
• Hay 561 receptores que superan tanto el máximo recomendado anual (30 horas/año) como el diario (30 min/día). • Hay 181 receptores que superan únicamente el máximo recomendado anual (30 horas/año). • Hay 19 receptores que superan únicamente el máximo recomendado diario (30 min/día).
Conforme lo anterior, para los receptores que superan el máximo recomendado anual se deberá evaluar el escenario astronómico real.
Cabe tener en consideración que la modelación fue efectuada bajo una mirada conservadora, es decir, asumiendo que la infraestructura es un invernadero (ventanas en todas sus fachadas) y sin tomar en cuenta la presencia de obstáculos relevantes como barreras vegetacionales de tipo “árbol ornamental” asociadas al patio de varias infraestructuras y colindantes con la fachada en directa dirección hacia los aerogeneradores, o la particularidad del área urbana de Pemuco, donde se constataron receptores que se encuentran pareados o en fila, lo cual implica que una o más de sus fachadas se encuentra colindante o cubierta con otra.
En la práctica, dichas condiciones reducen e incluso eliminan el efecto de sombra intermitente. Por ende, en la presente modelación, el efecto de sombra intermitente se encuentra sobrestimado.
A continuación, se muestra el mapa de proyección de sombras para la duración anual y diaria del sombreado, destacándose la isolínea de 30 horas/año y 30 min/día, respectivamente.
Ilustración 1: Mapa de proyección de sombras intermitentes anuales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 5 Mapa de proyección de sombras intermitentes anuales (h/año) – Escenario astronómico más desfavorable, del Anexo 1.6 de la DIA.
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Ilustración 2: Mapa de proyección de sombras intermitentes diarias (min/día) – Escenario astronómico más desfavorable.
Fuente: Mapa de proyección de sombras intermitentes diarias (min/día) – Escenario astronómico más desfavorable, del Anexo 1.6 de la DIA.
En el Apéndice 3 del del Anexo 1.6 de la DIA, se presentaron los resultados de la modelación del efecto Shadow Flicker, junto con el detalle sobre el cumplimiento normativo para los 1.850 receptores identificados en el Área de influencia, para el Escenario astronómico real (caso real).
A modo de resumen, en los receptores del área rural de Pemuco y localidades existen 52 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente, es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 15 receptores que superan el límite anual para la duración meteorológicamente probable (escenario astronómico real).
En tanto a los receptores del área urbana de Pemuco, existen 1.593 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente, es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 780 receptores que superan el límite anual para la duración meteorológicamente probable (escenario astronómico real).
Cabe tener en consideración que, al igual que la modelación anterior, ésta fue efectuada bajo una mirada conservadora, es decir, asumiendo que la infraestructura es un invernadero (ventadas en todas sus fachadas) y sin tomar en cuenta la presencia de obstáculos relevantes como barreras vegetacionales de tipo “árbol ornamental” asociadas al patio de varias Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
infraestructuras y colindantes con la fachada en directa dirección hacia los aerogeneradores, o la particularidad del área urbana de Pemuco, donde se constataron receptores que se encuentran pareados o en fila, lo cual implica que una o más de sus fachadas se encuentra colindante o cubierta con otra.
En la práctica, dichas condiciones reducen e incluso eliminan el efecto de sombra intermitente. Por ende, en la presente modelación, el efecto de sombra intermitente se encuentra sobrestimado.
A continuación, se presenta el mapa de proyección de sombras destacando la isolínea de 8 horas/año.
Fuente: Figura 7 Mapa de proyección de sombras intermitentes anuales (h/año) – Escenario astronómico Real, del Anexo 1.6 de la DIA.
Bajo la mirada conservadora en la que se efectuó la modelación, se obtuvo que:
• De los 1.850 receptores identificados en el área de estudio, hay 1.645 receptores que recibirán el efecto de sombra intermitente: - Pemuco rural y localidades: Hay 52 receptores que reciben el efecto (un 2,7% del total de receptores), de los cuales hay 15 receptores que superan alguno de los tres máximos recomendados. El resto (37 receptores) cumplen con los niveles de exposición anuales y diarios para los dos escenarios estudiados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Pemuco urbano: Hay 1.593 receptores que reciben el efecto (un 86% del total de receptores), de los cuales hay 807 receptores que superan alguno de los tres máximos recomendados. El resto (786 receptores) cumplen con los niveles de exposición anuales y diarios para los dos escenarios estudiados.
Cabe indicar que, de los 807 receptores, hay 20 que superan únicamente el límite anual de 30 horas/año para el escenario astronómico más desfavorable, el cual tiene una baja probabilidad de ocurrencia.
De acuerdo con el documento del SEIA Criterio de Evaluación en el SEIA: Efecto sombra intermitente en parques eólicos”, si se exceden los límites de referencia indicados, el titular debe incorporar la adopción de sistemas de desconexión o detención automática, con temporizadores de apagado, que utilizan sensores de radiación o iluminación, el cual deberá estar asociado al valor máximo permisible correspondiente al escenario astronómico real.
Conforme los resultados presentados anteriormente, se implementará un sistema de detención automático con sensor meteorológico en los aerogeneradores. En este sentido, el Titular considera incorporar dicho sistema en los aerogeneradores asociados a la totalidad de receptores del área de influencia de shadow flicker (AISF), considerando así tanto a los receptores que superan como a los que no superan alguno de los tres máximos recomendados, es decir:
• Los 52 receptores que reciben el efecto en Pemuco rural y localidades (véase apéndice 4, del Anexo 1.6 de la DIA).
• Los 1.593 receptores que reciben el efecto en Pemuco urbano. (véase apéndice 4, del Anexo 1.6 de la DIA).
Lo anterior tiene el objetivo de no solo limitar el funcionamiento de los aerogeneradores en los receptores que superan, sino que también prever potenciales casos aislados de superación durante la operación y que la modelación no haya determinado, y por tanto tener en consideración a la totalidad de los receptores del área de influencia de Shadow Flicker.
Así, el sistema de control para la restricción transitoria de operación de los aerogeneradores será adoptada en los siguientes: AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27 (véase Figura siguiente). Para mayor detalle sobre los aerogeneradores y su relación con los receptores del área de influencia.
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Fuente: Figura 8 Ubicación del aerogenerador que incorporará un sistema automático de desconexión y receptores asociados, del Anexo 1.6 de la DIA.
El sistema de detención automático corresponde a un módulo que consta de una unidad central o maestra, un sensor de luz, con adicionales opcionales (unidades esclavas, sensores de precipitación, etc.). El sensor de luz lleva integrado un módulo GPS que se utiliza para el registro de la hora y la determinación de la posición del rotor. Este se monta en el techo de la góndola con un soporte de sensor o bien puede ser instalado en la torre.
Se puede definir un nivel de exposición al efecto de sombra intermitente aceptable para un día y para un periodo de tiempo en el año para cada edificio. Cuando se supera el nivel máximo de exposición al efecto de sombra intermitente configurado, el aerogenerador que causa el parpadeo de la sombra se apagará mientras dure la caída de la sombra. El funcionamiento del sistema para la detención puntual de los aerogeneradores se basa en los siguientes aspectos:
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- El sensor se programa, registrando la posición de los receptores respecto del aerogenerador y las fechas y horas del día en que podría originarse el efecto conforme a los calendarios gráficos generados por el modelo.
- Por medio de un sensor de luz se mide la intensidad de la luz solar en las cuatro direcciones.
- Sobre la base de estos resultados, la unidad central puede evaluar si las condiciones lumínicas reales del momento (presencia o ausencia de nubosidad) son suficientes como para proyectar sombra.
- En paralelo, la unidad central calcula continuamente si uno de los edificios que hay que proteger será alcanzado o no por la sombra del rotor de un aerogenerador debido a la posición actual del sol, para lo cual comprueba si el aerogenerador está funcionando o no y evalúa la posición del rotor en relación con el sol. Si detecta sombra intermitente en uno de los edificios, los contadores diarios y anuales respectivos serán incrementados.
- Existe un contador diario y otro anual para cada lugar de inmisión. Para cada uno de estos contadores, se puede establecer un valor límite. En cuanto se detecta un impacto de sombra en uno de los lugares de inmisión, los contadores respectivos se actualizarán cíclicamente, siempre que el aerogenerador responsable del impacto de sombra teórico esté realmente en funcionamiento. Si uno de los contadores alcanza su valor límite, el aerogenerador causante del efecto de sombra se apaga.
- Una vez que el dispositivo determina que la sombra proyectada abandona al receptor, o bien que las condiciones lumínicas se modifican (ocurrencia de nubosidad, por ejemplo) o bien cambia la dirección del viento, el sensor ordena nuevamente la puesta en marcha del aerogenerador.
- Para evitar que un aerogenerador se apague y se libere en intervalos cortos debido a condiciones meteorológicas inestables, se puede definir un tiempo de seguimiento. De esta manera, un aerogenerador apagado se liberará sólo cuando haya transcurrido el tiempo de seguimiento definido o cuando el impacto de la sombra ya no tenga probabilidad de ocurrencia (según el cálculo del impacto de la sombra). Al establecer un tiempo de seguimiento, se puede reducir el desgaste de los aerogeneradores.
- El sistema de desconexión permite generar un reporte con los períodos de detención, indicando fecha, hora, minutos de detención y luminosidad existente al momento de la detención, los cuales quedan registrados en forma continua dentro del dispositivo.
La ficha técnica referencial del sistema de detección automático se adjunta en el Apéndice 4 del Anexo 1.6 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos
La actividad de operación no generará residuos sólidos, salvo aquellos que puedan generarse en los breves periodos de mantenimiento y reparación. De esta manera, se estima una generación total de 300 kg/mes correspondiente a papel, restos orgánicos, embalajes, vidrios, entre otros. Su disposición final se realizará al menos dos veces por semana, fuera de faena en sitios de disposición final autorizados y por terceros autorizados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Residuos Domésticos y asimilables a domésticos de la fase de operación. Tipo de residuo Tipo de residuo a almacenar Cantidad máxima mensual Residuos Sólidos Domésticos y asimilables a domésticos Restos de alimentos y embalaje (cajas, cartón, papeles, plásticos, vidrios y metales) 300 kg/mes Fuente: Tabla 14. Estimación de residuos industriales sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, Anexo 3.3 de la DIA.
Para mayores antecedentes en el Anexo 3.3 de la DIA, donde se adjunta el PAS 140.
Residuos Industriales No Peligrosos
Se estima una generación total de 0,33 t/mes correspondiente a chatarras, escombros, despuntes de cables, cartones, maderas, gomas, entre otros. Se almacenarán temporalmente en las bodegas de residuos industriales no peligrosos y su disposición final será fuera de faena en sitios de disposición final autorizados. El retiro será 1 vez al mes o cada vez que se requiera.
Residuos Industriales No Peligrosos de la fase de operación. Tipo de residuo Tipo de residuo a almacenar Cantidad máxima mensual Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos Hormigón sobrante, despuntes de acero y fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, carretes, madera de embalaje, gomas, etc. 0,033 ton /mes Fuente: Tabla 15. Estimación de residuos sólidos industriales no peligrosos, Anexo 3.3 de la DIA.
Para mayores antecedentes en el Anexo 3.3 de la DIA, donde se adjunta el PAS 140.
Residuos peligrosos
Se generarán residuos sólidos provenientes de las actividades de mantención, tales como baterías, restos de aceites y lubricantes, grasas, paños, envases vacíos, entre otros, con un total de 1,1 ton/año. Estos serán almacenados temporalmente en bodegas RESPEL, para su posterior traslado y disposición a relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Para mayores antecedentes en el Anexo 3.4 de la DIA, donde se adjunta el PAS 142.
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Sustancias Peligrosas
Durante la fase de operación del proyecto se requerirá de sustancias peligrosas para las labores de mantención, las cuales serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones de la autoridad pertinente.
Sustancias peligrosas de la fase de construcción. Insumo Cantidad Lugar de almacenamiento Diluyente y similares 1.700 L/año En la Bodega de Sustancias Peligrosas (SUSPEL), sobre un pretil de contención Lubricantes y grasas 100 kg/año Fuente: Tabla 1-52. Productos químicos y otras sustancias de la DIA.
El almacenamiento de las sustancias se realizará de acuerdo a sus compatibilidades, en una misma bodega ubicada dentro del área de la subestación eléctrica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Sección 4.7.6 del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura 1. Habilitación de IIFF: Previo al desmantelamiento de las instalaciones, se procederá con la habilitación de la instalación de faena en la misma ubicación contemplada inicialmente para la instalación de faena principal en la fase de construcción. Por ello, no se requerirán actividades de movimientos de tierra en el área de la obra. 2. Desmontaje, demolición y retiro de estructuras: Se realizará un desmantelamiento de todas las estructuras construidas en el proyecto. Restauración Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad. Para mayor detalle se presenta en la respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria. Prevención de futuras emisiones Para prevenir futuras emisiones se realizará la supervisión del cierre, lo cual deberá asegurar que en el área se eliminen cualquier vestigio de pasivos ambientales. Tras desenergizar las instalaciones, y luego de desmontar y desmantelar las estructuras del Proyecto, el cierre del Proyecto no considera posibles actividades para prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua, ya que el proyecto no considera futuras emisiones posterior al desmantelamiento. Mantención, conservación y supervisión No contempla actividades de mantención, conservación y/o supervisión durante la fase de cierre ni posterior a ella, dada la baja intervención de las obras del proyecto y debido a que no quedarán obras luego de concluir la fase, como tampoco actividades de conservación y supervisión.
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4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Segundo trimestre 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio habilitación de instalaciones de faena. Fecha estimada de término Segundo trimestre 2026. Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de la instalación de faena y limpieza general del terreno. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Segundo trimestre 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Operación comercial con Coordinador Eléctrico Nacional (CEN). Fecha estimada de término Segundo trimestre 2066. Parte, obra o acción que establece el término Fin Operación comercial y desconexión de la planta al SEN 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Segundo trimestre de 2066. Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio habilitación de instalación de faena. Fecha estimada de término Segundo trimestre 2067 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de instalación de faena
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de la concentración ambiental de contaminantes atmosféricos Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra Transporte Fase en que se presenta Construcción, operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Impacto ambiental Aumento en los niveles de ruido locales. Parte, obra o acción que lo genera Instalación de Faenas Planta de Hormigón Subestación Elevadora Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Construcción, operación, cierre Impacto ambiental Alteración de las condiciones de luminosidad por efecto de sombra parpadeante y disco Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental Alteración de las condiciones de luminosidad por efecto de sombra parpadeante y disco Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico 5.1. Salud de la población
Emisiones Atmosféricas
En Adenda se presentó una actualización de la estimación de emisiones del Proyecto en el Anexo 4.1. El resumen de los resultados de la estimación de emisiones se resume en la siguiente Tabla:
Fuente: Tabla 67. Resumen estimación de emisiones Parque Eólico Pemuco, de la Adenda.
Con la finalidad de evaluar si el Proyecto pudiese generar efectos significativos sobre la salud de las personas se realizó una modelación de las emisiones del Proyecto utilizando el sistema integrado “WRF-CALPUFF”, para el año 1 de la fase de construcción, el que de acuerdo a la Tabla anterior corresponde al escenario con emisiones más altas respecto de la fase de operación y cierre.
La ubicación, descripción e ID de los receptores discretos considerados se presenta a continuación en la siguiente Figura, en donde se puede observar su ubicación respecto de las fuentes del proyecto.
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Fuente: Tabla 14. Receptores de interés, Anexo 4.2 de la Adenda.
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Fuente: Figura 25 Receptores del modelo – Área del Proyecto, Anexo 4.2 de la Adenda.
En la siguiente Tabla se presenta la relación del aporte del Proyecto con la normativa.
Fuente: Tabla 68. Relación del aporte del Proyecto con la normativa, de la Adenda.
Para delimitar el área de influencia se considera como insumo principal los resultados de la Modelación de la Calidad del Aire, correspondiente a las isoconcentraciones de los contaminantes modelados, los que permiten asegurar que el Área de Influencia abarque aquellas zonas donde se presentan aportes de contaminantes generados por el proyecto.
En base a lo anterior, se define un polígono conformado por todas las isolíneas de concentración resultantes de la modelación de los contaminantes y estadísticos considerados, de modo de definir a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
través de ellas un área que englobe la zona donde se presentan los aportes principales para los receptores del proyecto. En particular, para definir el Área de Influencia de los receptores primarios, las curvas consideradas de isoconcentraciones por cada contaminante, y su estadístico normativo, se establecen de acuerdo con lo propuesto por el documento SILs1, del Departamento de Salud y Medio Ambiente de Kansas, en donde, los niveles de concentración establecidos corresponden a los que se presentan en la siguiente tabla:
Fuente: Tabla 69. Límites normativos considerados en definición del AI - Receptores primarios, de la Adenda.
En base a lo definido anteriormente, en la siguiente figura se presenta el área de influencia primaria la cual abarca una superficie de 15,9 km2.
Fuente: Figura 64. Área de influencia de los receptores primarios del proyecto, de la Adenda.
1 Significant Impact Levels (SILs), National Ambient Air Quality Standards (NAAQS), PSD Class II Increments, and Significant Monitoring Concentrations for Criteria Pollutants Kansas Department of Health and Environment, Bureau of Air-Modeling Group. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
A continuación, en la siguiente tabla, se detallan los Puntos de Máxima Concentración (PMC) del escenario modelado, detallando el contaminante y su aporte, por estadístico. Además, se muestra las coordenadas de cada PMC.
Fuente: Tabla 93. Puntos de máxima concentración (PMC), de la Adenda.
En la siguiente Figura se presenta la ubicación del PMC. Al respecto, se encuentran ubicados en el Sector del Proyecto y los alrededores, zona altamente intervenida, tanto para material particulado como gases, durante todas las fases del Proyecto.
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Fuente: Figura 75. Localización punto de máxima concentración (PMC), de la Adenda.
Por otro lado, los aportes del Proyecto en los receptores evaluados se presentan en la siguiente Tabla.
Fuente: Tabla 94. Aportes del Proyecto, de la Adenda.
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Los aportes del Proyecto respecto de la normativa se presentan en la Tabla siguiente:
En Adenda el titular hizo presente, que la comuna de Pemuco ha sido declarada como zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5 como concentración diaria y declarada como zona latente por norma anual, mediante Decreto Supremo N°69 de julio de 2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Debido a ello para determinar la significancia de los aportes del proyecto en términos de la calidad del aire, se evaluaron los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del proyecto en su escenario más desfavorable (correspondiente al año 1 de la Fase de Construcción), con los umbrales establecidos en el documento “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, que se presentan a continuación, en donde se presenta una tabla de cumplimiento de los aportes respecto de estos valores referenciales:
Fuente: Tabla 96. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas, de la Adenda.
En la siguiente Tabla se presenta una comparación entre los aportes del Proyecto y el criterio recomendando en la Tabla 0-8 de documentos “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 97. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas, de la Adenda.
Por lo tanto, respecto de los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del Proyecto sobre los receptores y sobre la normativa vigente, en su escenario más desfavorable (año 1 de la fase de construcción), estos se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/m2].
Adicionalmente, es importante señalar que las emisiones del proyecto, y por ende sus concentraciones resultantes, son acotadas en el tiempo, dado que se concentran principalmente en los años que dura la construcción y particularmente en el año 1, correspondiente al año más intensivo respecto de los niveles de actividades por realizar, mientras que, en la operación del proyecto, dada sus características intrínsecas (Parque Eólico) las emisiones atmosféricas disminuyen considerablemente.
Además, señalar que los aportes en receptores por los demás contaminantes y estadísticos evaluados (NO2, SO2, CO), se encuentran, en su mayoría, en el 0%, tal como se observa en la Relación del aporte del Proyecto con la normativa, en consecuencia, es posible descartar el impacto por riesgo en la salud de la población.
Shadow Flicker
En Anexo 1.6 de la DIA, se presentó un estudio evaluar la eventual afectación en receptores cercanos al área del Proyecto, que pudiesen presentar el efecto shadow flicker provocado por la operación de los aerogeneradores de un parque eólico.
En específico, el efecto “shadow flicker” (sombra parpadeante o sombra intermitente) se produce cuando el aerogenerador está operando y las aspas, que rotan alrededor del buje, ocultan la luz del sol de forma alternada y por breves momentos. Si dicha alternancia en la iluminación llega a un lugar habitado en el área cercana, puede generar molestia en el observador. La exposición de un receptor a la sombra parpadeante depende de la combinación de condiciones de tipo geográfico, meteorológico y astronómico, y por lo tanto estará limitada a ciertos momentos del día y año.
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El estudio tuvo como objetivo evaluar la afectación por parte de receptores sensibles al efecto Shadow Flicker ocasionado por el Proyecto.
Para el cálculo se utilizará uno de los softwares con mayor uso mundial para diseño, planificación y evaluación de proyectos eólicos: WindPro en su versión 3.5, el cual permite incorporar parámetros como la topografía de terreno, condiciones meteorológicas, obstáculos (vegetación, edificios u otros), receptores de sombra y características de los aerogeneradores (diámetro de rotor, altura de buje, ancho máximo de la pala, entre otros), con lo cual estima el efecto de sombra intermitente en función de la posición relativa del sol (elevación y azimut) y la orientación de giro de las aspas en relación con la dirección del sol.
Los aerogeneradores, al igual que todas las estructuras altas, proyectan una sombra en las áreas vecinas cuando el sol esté visible, es decir, cuando el día esté despejado. Si adicionalmente existe suficiente viento para que el rotor del aerogenerador gire, se produce la sombra intermitente o el efecto denominado “Shadow Flicker”, ya que las aspas cortan la luz del sol de forma intermitente lo que puede ser percibido en receptores cercanos como un tipo de “parpadeo”.
Es importante indicar que el efecto Shadow Flicker solo se produce sobre un receptor, si se combinan los siguientes factores: • El día está despejado. • El aerogenerador está operando (para ello se requiere de una velocidad de viento superior a la velocidad de arranque del aerogenerador, generalmente de 3 o 4 m/s dependiendo del modelo de aerogenerador). • El aerogenerador está ubicado entre el sol y el receptor. • La orientación de las aspas permita proyectar sombras sobre el receptor. • No existen barreras visuales entre el aerogenerador y el receptor (como bosque, edificios, aleros, corredores techados u otros). • La orientación y el ángulo de las ventanas de los receptores cercanos coincide con la orientación del sol y la posición del aerogenerador. • La vivienda se encuentra habitada al momento de proyectarse la sombra.
La intensidad del efecto shadow flicker está determinada por la amplitud de la intermitencia, referida a la diferencia en la cantidad de luz incidente en el receptor entre el momento más oscuro y más luminoso de cada ciclo de parpadeo generado por las aspas del aerogenerador. De esta forma, la amplitud se establece a partir de cuánto sol es cubierto por el aspa cada vez que esta pasa frente al receptor, que a su vez depende del ancho del aspa y de la distancia del observador a la turbina eólica. Dicha intermitencia de sombra puede crear disturbios a los receptores dentro de las viviendas, en tanto la luz interrumpida a través de ventanas pequeñas generará destellos cuando esta sea la única fuente de iluminación del recinto.
Para determinar si la sombra parpadeante emitida podrá o no causar efectos sobre la salud del receptor se consideran los siguientes aspectos: • Frecuencia del parpadeo • Duración de la Exposición
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Ahora, en Chile no existen normas que regulen o establezcan los niveles máximos para la exposición de sombra intermitente provocada por parques eólicos.
En virtud del artículo 11 del RSEIA, a falta de norma nacional se podrá recurrir a normas de referencia, complementando lo anterior, el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: efecto sombra intermitente en parques eólicos”, publicado en junio del año 2021, identifica las normas de referencia mayormente utilizadas a nivel internacional para el estudio del efecto Shadow Flicker. Estas se listan en la tabla a continuación.
Al respecto, tal y como se recomienda en la “Guía para la Descripción de Centrales Eólicas de Generación de Energía Eléctrica en el SEIA” del año 2020, se revisa y toma como referencia la guía técnica alemana “Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalaciones de energía eólica” (“Hinweise zur Ermittiung und Beurteilung der optischen Inmissionen von Windenergieanlagen (WEA-Schattenwurf-Hinweise”, Stand: 13-03-2002). Esta se adjuntó en el Apéndice 1, del Anexo 1.6 de la DIA.
Se delimitó el Área de Influencia del Efecto Shadow Flicker en función de las isolíneas de sombreado para la peor condición, lo cual abarca una superficie de 4.924 ha. De esta manera, tal y como señala la Guía de Área de Influencia en el SEIA, el Área de Influencia se define como el espacio geográfico donde potencialmente se presenta el efecto de sombra intermitente.
La siguiente Figura se presenta el Área de Estudio y Área de Influencia para el componente de Shadow Flicker.
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Fuente: Figura 3 Área de Estudio y Área de Influencia del Efecto Shadow Flicker, del Anexo 1.6 de la DIA.
Previo a la modelación, se identificaron parques eólicos cercanos, en específico, aquellos emplazados dentro de un radio de 5 km respecto de las partes y obras del Proyecto, para determinar si pudiese haber algún efecto sinérgico entre ellos, identificándose un único parque eólico:
Fuente: Tabla 2 Proyectos eólicos cercanos al PE Pemuco, del Anexo 1.6 de la DIA.
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Conforme a ello, se destaca que la línea de transmisión eléctrica del Parque Eólico (PE) Dañicalqui es la obra más cercana al PE Pemuco, conectada a la S/E Entre Ríos, sin embargo, los aerogeneradores del PE Dañicalqui están a más de 5 km del área de estudio definida para el componente Shadow Flicker (AESF) del PE Pemuco y por tanto no existen receptores en común o de traslape.
Para realizar la modelación en WindPro del efecto de sombra intermitente, se utilizó la herramienta “SHADOW FLICKER – Cálculo de impacto generado por las sombras” dentro del módulo medioambiental del software.
Se evaluaron dos escenarios, cuyos supuestos se especifican a continuación:
• Escenario astronómico más desfavorable “peor caso”: Modelo no considera días nublados y asume que los aerogeneradores siempre están operando y que el rotor siempre está perpendicular al sol • Escenario astronómico real “caso real”: Modelo considera los datos de meteorología (horas de luz, considerando la radiación solar y nubosidad), de operación del parque (horas de operación en función de la velocidad y dirección cardinal del viento) y barreras naturales existentes.
Ambos escenarios toman en cuenta parámetros generales de entrada, mientras que para el escenario astronómico real se requiere incluir datos específicos de meteorología.
Las características de los aerogeneradores considerados dentro del diseño del Parque Eólico se listan en la tabla a continuación:
Fuente: Tabla 3 Características de los Aerogeneradores del Proyecto, del Anexo 1.6 de la DIA.
Dentro del software, se ingresaron las ubicaciones de los 27 aerogeneradores del Proyecto (véase Tabla 4 del Anexo 1.6 de la DIA) y posteriormente se escogieron sus características de los aerogeneradores de acuerdo con el diámetro de rotor, altura de buje y ancho máximo de pala detallado en la tabla anterior.
En la guía técnica alemana se definen como lugares potencialmente afectados por las emisiones (receptores), los siguientes:
Espacios que deben protegerse, que se utilizan como: • Espacios habitables, incluidos los pasillos habitables. • Dormitorios, incluidas las habitaciones en hoteles y hospitales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Salas de clases de colegios, universidades y establecimientos similares. • Oficinas, consultas médicas, salas de trabajo, salas de capacitación y lugares de trabajo similares, asociados al receptor. • Las superficies exteriores directamente adyacentes a edificios (por ejemplo, terrazas y balcones) corresponden a espacios que deben protegerse durante el día, entre las 6:00 y las 22:00 hrs.
De esta manera, se realizó la fotointerpretación de infraestructuras dentro del Área de influencia (distancia de 2.038 m desde cada aerogenerador) a partir de imágenes satelitales de libre disposición, complementado con el levantamiento de campañas de terreno del estudio de ruido y vibraciones, medio humano y paisaje (Anexo 1.5, 2.8 y 2.9 de la DIA respectivamente), registrando un total de 1.850 construcciones que responden a la definición de espacios que deben protegerse (viviendas, hostales, oficinas u otros espacios de trabajo, escuelas, minimakets, entre otros).
Sobre estos receptores de interés (espacios que deben protegerse), se hace la siguiente distinción: • N° 1 al 243: Receptores del área rural de Pemuco y localidades, caracterizados por ser edificaciones con un patrón de distribución disperso. • N° 244 al 1.850: Receptores del área urbana de Pemuco, caracterizados por poseer construcciones cercanas entre sí, viviendas pareadas o en pequeños terrenos, e infraestructuras de usos compartidos (liceos, centros recreacionales, entre otros).
Por otro lado, de los 1.850 receptores habitables anteriores, son 1.645 receptores los que se encuentran dentro del Área de Influencia del efecto de sombra intermitente.
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Fuente: Figura 4. Receptores habitables dentro del Área de Estudio y Área de Influencia, del Anexo 1.6 de la DIA.
Para la modelación en ambos escenarios astronómicos se utilizó el modo “Invernadero”, donde la ventana es perpendicular a todos los aerogeneradores. Esto se traduce en que basta que la sombra producida por los aerogeneradores alcance la vivienda para que se registre la ocurrencia del efecto.
En el Apéndice 3 del Anexo 1.6 de la DIA se presentaron los resultados de la modelación del efecto Shadow Flicker, junto con el detalle sobre el cumplimiento normativo para los 1.850 receptores identificados en el Área de Estudio.
A modo de resumen, en los receptores del área rural de Pemuco y localidades existen 52 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente (un 2,81% del total de receptores), es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 12 receptores que superan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
el límite anual o diario recomendado para la duración máxima astronómicamente posible (escenario astronómico más desfavorable): • Hay 9 receptores que superan tanto el máximo recomendado anual (30 horas/año) como el diario (30 min/día). • Hay 3 receptores que superan únicamente el máximo recomendado anual (30 horas/año).
Con respecto a los receptores del área urbana de Pemuco, existen 1.593 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente (un 86% del total de receptores), es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 761 receptores que superan el límite anual o diario recomendado para la duración máxima astronómicamente posible (escenario astronómico más desfavorable):
• Hay 561 receptores que superan tanto el máximo recomendado anual (30 horas/año) como el diario (30 min/día). • Hay 181 receptores que superan únicamente el máximo recomendado anual (30 horas/año). • Hay 19 receptores que superan únicamente el máximo recomendado diario (30 min/día).
Conforme lo anterior, para los receptores que superan el máximo recomendado anual se deberá evaluar el escenario astronómico real.
Cabe tener en consideración que la modelación fue efectuada bajo una mirada conservadora, es decir, asumiendo que la infraestructura es un invernadero (ventanas en todas sus fachadas) y sin tomar en cuenta la presencia de obstáculos relevantes como barreras vegetacionales de tipo “árbol ornamental” asociadas al patio de varias infraestructuras y colindantes con la fachada en directa dirección hacia los aerogeneradores, o la particularidad del área urbana de Pemuco, donde se constataron receptores que se encuentran pareados o en fila, lo cual implica que una o más de sus fachadas se encuentra colindante o cubierta con otra.
En la práctica, dichas condiciones reducen e incluso eliminan el efecto de sombra intermitente. Por ende, en la presente modelación, el efecto de sombra intermitente se encuentra sobrestimado.
A continuación, se muestra el mapa de proyección de sombras para la duración anual y diaria del sombreado, destacándose la isolínea de 30 horas/año y 30 min/día, respectivamente.
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Ilustración 3: Mapa de proyección de sombras intermitentes anuales (h/año) – Escenario astronómico más desfavorable.
Fuente: Figura 5 Mapa de proyección de sombras intermitentes anuales (h/año) – Escenario astronómico más desfavorable, del Anexo 1.6 de la DIA.
Ilustración 4: Mapa de proyección de sombras intermitentes diarias (min/día) – Escenario astronómico más desfavorable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Mapa de proyección de sombras intermitentes diarias (min/día) – Escenario astronómico más desfavorable, del Anexo 1.6 de la DIA.
En el Apéndice 3 del del Anexo 1.6 de la DIA, se presentaron los resultados de la modelación del efecto Shadow Flicker, junto con el detalle sobre el cumplimiento normativo para los 1.850 receptores identificados en el Área de influencia, para el Escenario astronómico real (caso real).
A modo de resumen, en los receptores del área rural de Pemuco y localidades existen 52 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente, es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 15 receptores que superan el límite anual para la duración meteorológicamente probable (escenario astronómico real).
En tanto a los receptores del área urbana de Pemuco, existen 1.593 receptores que recibirán algún efecto sombra intermitente, es decir, se encuentran dentro del Área de Influencia. De estos, hay 780 receptores que superan el límite anual para la duración meteorológicamente probable (escenario astronómico real).
Cabe tener en consideración que, al igual que la modelación anterior, ésta fue efectuada bajo una mirada conservadora, es decir, asumiendo que la infraestructura es un invernadero (ventadas en todas sus fachadas) y sin tomar en cuenta la presencia de obstáculos relevantes como barreras vegetacionales de tipo “árbol ornamental” asociadas al patio de varias infraestructuras y colindantes con la fachada en directa dirección hacia los aerogeneradores, o la particularidad del área urbana de Pemuco, donde se constataron receptores que se encuentran pareados o en fila, lo cual implica que una o más de sus fachadas se encuentra colindante o cubierta con otra.
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En la práctica, dichas condiciones reducen e incluso eliminan el efecto de sombra intermitente. Por ende, en la presente modelación, el efecto de sombra intermitente se encuentra sobrestimado.
A continuación, se presenta el mapa de proyección de sombras destacando la isolínea de 8 horas/año:
Fuente: Figura 7 Mapa de proyección de sombras intermitentes anuales (h/año) – Escenario astronómico Real, del Anexo 1.6 de la DIA.
Bajo la mirada conservadora en la que se efectuó la modelación, se obtuvo que:
• De los 1.850 receptores identificados en el área de estudio, hay 1.645 receptores que recibirán el efecto de sombra intermitente: - Pemuco rural y localidades: Hay 52 receptores que reciben el efecto (un 2,7% del total de receptores), de los cuales hay 15 receptores que superan alguno de los tres máximos recomendados. El resto (37 receptores) cumplen con los niveles de exposición anuales y diarios para los dos escenarios estudiados. - Pemuco urbano: Hay 1.593 receptores que reciben el efecto (un 86% del total de receptores), de los cuales hay 807 receptores que superan alguno de los tres máximos recomendados. El resto (786 receptores) cumplen con los niveles de exposición anuales y diarios para los dos escenarios estudiados.
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Cabe indicar que, de los 807 receptores, hay 20 que superan únicamente el límite anual de 30 horas/año para el escenario astronómico más desfavorable, el cual tiene una baja probabilidad de ocurrencia.
De acuerdo con el documento del SEIA Criterio de Evaluación en el SEIA: Efecto sombra intermitente en parques eólicos”, si se exceden los límites de referencia indicados, el titular debe incorporar la adopción de sistemas de desconexión o detención automática, con temporizadores de apagado, que utilizan sensores de radiación o iluminación, el cual deberá estar asociado al valor máximo permisible correspondiente al escenario astronómico real.
Conforme los resultados presentados anteriormente, se implementará un sistema de detención automático con sensor meteorológico en los aerogeneradores. En este sentido, el Titular considera incorporar dicho sistema en los aerogeneradores asociados a la totalidad de receptores del área de influencia de shadow flicker (AISF), considerando así tanto a los receptores que superan como a los que no superan alguno de los tres máximos recomendados, es decir:
• Los 52 receptores que reciben el efecto en Pemuco rural y localidades (véase apéndice 4, del Anexo 1.6 de la DIA).
• Los 1.593 receptores que reciben el efecto en Pemuco urbano. (véase apéndice 4, del Anexo 1.6 de la DIA).
Lo anterior tiene el objetivo de no solo limitar el funcionamiento de los aerogeneradores en los receptores que superan, sino que también prever potenciales casos aislados de superación durante la operación y que la modelación no haya determinado, y por tanto tener en consideración a la totalidad de los receptores del área de influencia de Shadow Flicker.
Así, el sistema de control para la restricción transitoria de operación de los aerogeneradores será adoptada en los siguientes: AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27 (véase Figura siguiente). Para mayor detalle sobre los aerogeneradores y su relación con los receptores del área de influencia.
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Fuente: Figura 8 Ubicación del aerogenerador que incorporará un sistema automático de desconexión y receptores asociados, del Anexo 1.6 de la DIA.
El sistema de detención automático corresponde a un módulo que consta de una unidad central o maestra, un sensor de luz, con adicionales opcionales (unidades esclavas, sensores de precipitación, etc.). El sensor de luz lleva integrado un módulo GPS que se utiliza para el registro de la hora y la determinación de la posición del rotor. Este se monta en el techo de la góndola con un soporte de sensor o bien puede ser instalado en la torre.
Se puede definir un nivel de exposición al efecto de sombra intermitente aceptable para un día y para un periodo de tiempo en el año para cada edificio. Cuando se supera el nivel máximo de exposición al efecto de sombra intermitente configurado, el aerogenerador que causa el parpadeo de la sombra se apagará mientras dure la caída de la sombra. El funcionamiento del sistema para la detención puntual de los aerogeneradores se basa en los siguientes aspectos:
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- El sensor se programa, registrando la posición de los receptores respecto del aerogenerador y las fechas y horas del día en que podría originarse el efecto conforme a los calendarios gráficos generados por el modelo.
- Por medio de un sensor de luz se mide la intensidad de la luz solar en las cuatro direcciones.
- Sobre la base de estos resultados, la unidad central puede evaluar si las condiciones lumínicas reales del momento (presencia o ausencia de nubosidad) son suficientes como para proyectar sombra.
- En paralelo, la unidad central calcula continuamente si uno de los edificios que hay que proteger será alcanzado o no por la sombra del rotor de un aerogenerador debido a la posición actual del sol, para lo cual comprueba si el aerogenerador está funcionando o no y evalúa la posición del rotor en relación con el sol. Si detecta sombra intermitente en uno de los edificios, los contadores diarios y anuales respectivos serán incrementados.
- Existe un contador diario y otro anual para cada lugar de inmisión. Para cada uno de estos contadores, se puede establecer un valor límite. En cuanto se detecta un impacto de sombra en uno de los lugares de inmisión, los contadores respectivos se actualizarán cíclicamente, siempre que el aerogenerador responsable del impacto de sombra teórico esté realmente en funcionamiento. Si uno de los contadores alcanza su valor límite, el aerogenerador causante del efecto de sombra se apaga.
- Una vez que el dispositivo determina que la sombra proyectada abandona al receptor, o bien que las condiciones lumínicas se modifican (ocurrencia de nubosidad, por ejemplo) o bien cambia la dirección del viento, el sensor ordena nuevamente la puesta en marcha del aerogenerador.
- Para evitar que un aerogenerador se apague y se libere en intervalos cortos debido a condiciones meteorológicas inestables, se puede definir un tiempo de seguimiento. De esta manera, un aerogenerador apagado se liberará sólo cuando haya transcurrido el tiempo de seguimiento definido o cuando el impacto de la sombra ya no tenga probabilidad de ocurrencia (según el cálculo del impacto de la sombra). Al establecer un tiempo de seguimiento, se puede reducir el desgaste de los aerogeneradores.
- El sistema de desconexión permite generar un reporte con los períodos de detención, indicando fecha, hora, minutos de detención y luminosidad existente al momento de la detención, los cuales quedan registrados en forma continua dentro del dispositivo.
La ficha técnica referencial del sistema de detección automático se adjunta en el Apéndice 4 del Anexo 1.6 de la DIA.
Cabe tener en consideración que la modelación fue efectuada bajo una mirada conservadora, es decir, asumiendo que la edificación corresponde a un invernadero (ventadas en todas sus fachadas) y sin tomar en cuenta la presencia de obstáculos relevantes como barreras vegetacionales de tipo “árbol ornamental” asociadas al patio de varias infraestructuras y colindantes con la fachada en directa dirección hacia los aerogeneradores, o la particularidad del área urbana de Pemuco, donde se constataron receptores que se encuentran pareados o en fila, lo cual implica que una o más de sus fachadas se encuentra colindante o cubierta con otra.
En la práctica, dichas condiciones reducen e incluso eliminan el efecto de sombra intermitente en varios receptores. Por ende, en la presente modelación, el efecto de sombra intermitente se ve sobrestimado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Conforme lo anterior, el sistema de desconexión automático se ajustará considerando la orientación de las ventanas de los receptores que reciben el efecto sombra intermitente, superen o no alguno de los tres máximos recomendados, y las barreras vegetacionales presentes en sus terrenos y que cubran alguna de sus ventanas, de forma de dar cuenta del efecto real percibido por los receptores señalados.
Con la medida propuesta, se limitará el funcionamiento del aerogenerador durante los periodos en los que se genera el efecto sombra de forma de garantizar que no se superen las 8 horas/año o 30 minutos/día de exposición, sin embargo, en vista que en Pemuco urbano se identifica una mayor densidad de edificaciones, el Titular a considerado restringir aún más el efecto sombra intermitente en dichos receptores, de forma de terminar llevándolo, hasta 0 horas/año y 0 minutos/día o lo más cercano posible, esto fue definido en el Compromiso ambiental voluntario CAV-05 Restricción adicional de operación en aerogeneradores asociados a los receptores de Pemuco urbano, y en complemento a ello se propuso el Compromiso ambiental voluntario CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático).
Campos Electromagnéticos
Respecto de la evaluación de los campos eléctricos (CE) y campos magnéticos (CM), se presentó en Anexo 1.10 de la DIA, una estimación de los campos electromagnéticos de baja y alta frecuencia que pueden presentarse en el entorno de las instalaciones del Proyecto
Para ello, se presentó en primer lugar las características del Proyecto, pertinentes al estudio. Luego se entregó los resultados de una investigación bibliográfica para estimar campos generado por equipos concentrados (aerogeneradores, transformadores), en equipos similares a los incorporados en el proyecto y una modelación para evaluar el campo eléctrico y el campo magnético generado por la subestación y la línea de alta tensión. Para determinar la magnitud de estos campos, se utilizó un software computacional que aplica el método de elementos finitos para modelar la configuración y resolver la ecuación diferencial parcial que rige el comportamiento de los campos en la región a estudiar.
Los valores indicados se confrontan con las recomendaciones y límites admisibles, para establecer finalmente una conclusión respecto al impacto ambiental de las instalaciones del Proyecto, desde el punto de vista técnico de la emisión electromagnética de baja frecuencia.
De la investigación bibliográfica y las modelaciones efectuadas para estimación de la magnitud de los efectos electromagnéticos provocados por las diversas instalaciones del Proyecto, se obtuvo los resultados presentados en las Tablas siguientes; se incluye en cada Tabla los valores establecidos por las respectivas normativas, la ubicación de dichos valores y su conclusión final.
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Fuente: Tabla 9 Resumen de valores representativos de campos electromagnéticos, Anexo 1.10 de la DIA.
De acuerdo a los resultados expuestos en la Tabla anterior, el valor calculado del campo eléctrico es inferior a los 5.000 [Vrms/m], aceptada por la Norma ICNIRP y también cumpliendo el Reglamento Pliegos Técnicos N°07 en el artículo N°7 que establece 5.000 [Vrms/m].
Por su parte, el valor calculado de inducción magnética es inferior a la magnitud de 100 [μT], aceptado por la Norma ICNIRP y también cumpliendo el Reglamento Pliegos Técnicos N°07 en el artículo N°7 que establece 200 uT.
Con respecto a radio interferencia, en la Tabla siguiente se entrega los resultados obtenidos para la subestación y la línea, con los respectivos valores límites:
Fuente: Tabla 10 Radio interferencia generada por instalaciones y valor límite de norma, Anexo 1.10 de la DIA.
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Según los resultados expuestos, el valor calculado de radio de interferencia es inferior a los 53 [dB/uV/m], establecido como límite de la norma canadiense, en consecuencia, es posible descartar el impacto por riesgo en la salud de la población.
En el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria se presentó un nuevo Estudio acústico.
Como parte del desarrollo de dicho estudio, se realizó una campaña de línea base con la finalidad de determinar el ruido de fondo y las vibraciones presente en el sector, previo a la ejecución del proyecto. Esta campaña se efectuó entre el día 11 y 14 de enero del 2022 registrando niveles de ruido para receptores humanos, adicionalmente se realizó una campaña de monitoreo continuo para niveles de ruido entre los días 23 y 28 de diciembre del 2022.
Para estimar el nivel de ruido que generarán las distintas fases del proyecto, se realizó un modelamiento acústico a través de software especializado SoundPLAN v8.1.
Las proyecciones obtenidas a partir de las modelaciones del ruido para cada punto de evaluación se compararon con los niveles máximos permitidos por el Decreto Supremo Nº 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (D.S. N° 38/2011 del MMA), según el uso de suelo de cada potencial receptor de manera de verificar el cumplimiento de este.
Se evaluaron las vibraciones generadas en la fase de construcción debido al uso de maquinaria pesada, susceptible de transmitir vibraciones por medio del terreno hasta los receptores, pudiendo ocasionar impacto sobre el confort o el bienestar de las personas expuestas. Para realizar esta evaluación, en ausencia de una norma chilena que especifique procedimientos de evaluación y límites admisibles, se utiliza el documento técnico “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” del Departamento de Transporte de los Estados Unidos (FTA, por sus siglas en inglés), el cual establece límites de inmisión de vibraciones en función de la duración de los eventos vibratorios y del tipo de actividad desarrollada en cada receptor evaluado.
Los receptores evaluados corresponden a construcciones de carácter habitacional e industrial ubicadas en los alrededores del proyecto, los cuales se homologan a Zona II según el plan regulador comunal (R2, R3 y R21) y a Zona Rural (R1), por estar fuera del límite urbano, según lo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA. Dicho lo anterior, el límite máximo permisible se establece de acuerdo con el ruido de fondo más 10 dB(A) o los máximos permisibles de Zona II, se escoge el límite más restrictivo para los receptores en Zona Rural.
A continuación, la Figura siguiente muestra los receptores sensibles identificados en el Área de Influencia del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 3.3: Puntos de Evaluación, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Fue señalado, que debido a la imposibilidad de acceso a los receptores R6, R11, R12, R15 y R23, no se pudieron registrar los niveles basales, por lo tanto, se deberán homologar a los puntos de medición más cercanos y/o representativo.
La proyección de niveles de presión sonora en receptores cercanos se realiza a partir de la información revisada en los capítulos 3 y 4. De este modo se toman en cuenta los niveles de potencia y ubicación para las distintas maquinarias a utilizar, así como la altura y distancia hacia cada receptor. Es importante señalar que la maquinaria de la fase de construcción tiene considerado ser utilizada durante 8 horas en periodo diurno.
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Fuente: Tabla 5.36. Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción, situación 1, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria
Fuente: Tabla 5.37. Niveles de presión sonora proyectados y evaluación de cumplimiento normativo en fase de construcción, situación 2, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria
Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable:.
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Fuente: Figura 5.18: Mapa de ruido en fase de construcción para receptores del oeste, situación 1, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Fuente: Figura 5.19: Mapa de ruido en fase de construcción para receptores del este, situación 1, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria
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Fuente: Figura 5.20: Mapa de ruido en fase de construcción para receptores del oeste, situación 2, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Debido a las superaciones normativas respecto a los máximos permitidos presentados en la evaluación de la fase de construcción y cierre para el receptor R16, es necesario implementar algunas medidas de control de ruido para dar cumplimiento a las normativas utilizadas.
Barrera acústica móvil Para los receptores de la línea de transmisión se proponen barreras acústicas móviles de 3,66 x 50 metros (alto por largo). Esta barrera deberá permanecer durante todo el tiempo que se extiendan las actividades de construcción, debiendo ser trasladada toda vez que el frente de trabajo avance en las actividades. La materialidad de dicha barrera corresponde a madera OSB de 18 mm de espesor, que cumple con el mínimo requerido para su efectividad como barrera acústica, de 10 kg/m². Es importante en la instalación de la barrera no dejar ninguna abertura por la que se pueda filtrar el ruido hacia el sector de los receptores protegidos por su efecto, esto incluye aberturas a nivel de suelo y entre los paneles, asimismo debe mantenerse en buen estado durante todo el tiempo de su utilización, para no producir insuficiencias en la sombra acústica otorgada.
A continuación, se señala la posición geográfica que debe ocupar la barrera acústica móvil para el receptor R16 a lo largo de todo el proyecto, es importante señalar que la barrera debe tener un largo mínimo de 50 metros y debe cubrir por lo menos 15 metros por lado para cada fuente, está medida está diseñada para una longitud estimada en 2.630m, lo que no implica que será instalada de manera simultánea.
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Fuente: Tabla 6.1: Detalles de barrera acústica móvil para receptor R16, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Restricción de maquinaria Debido a la potencia de la maquinaria utilizada en la construcción de caminos y la distancia entre el área de trabajo y los receptores es necesario restringir el uso simultaneo de todo el equipamiento cercano al receptor R16, el nivel de potencia de los frentes no debe superar los 110 dB(A) para el frente de construcción de caminos.
Fuente: Tabla 6.2: Clasificación de Maquinaria para la construcción de caminos, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Para la construcción el Bulldozer debe operar de manera individual en el área señalada por el buffer de seguridad para el receptor R16, sin embargo, las demás maquinarias pueden trabajar todas en conjunto sin problemas. La restricción de maquinaria debe aplicarse en conjunto con la barrera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
acústica en todo momento según el área que indique el buffer de seguridad. Según las proyecciones, el buffer de seguridad de restricción de maquinaria es de un radio de 600 metros desde R16.
Fuente: Figura 6.3: Buffer de seguridad para R16, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Resultados con las medidas propuestas Con las medidas de control propuestas, se indican los resultados de las proyecciones en la siguiente tabla.
Fuente: Tabla 6.3: Cumplimiento de los receptores discretos con medida de control, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Durante la fase de construcción es necesario utilizar ambas medidas de control para el receptor R16. Para las actividades correspondientes a la fase de Cierre solo es necesario utilizar la barrera para el receptor R16.
A continuación, se presentan los mapas de ruido resultantes de las proyecciones con las medidas implementadas.
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Fuente: Figura 6.4: Mapa de ruido en fase de construcción para R16 con medidas implementadas, frente de construcción de Caminos, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Fase operación
Para la fase de operación se consideró el aporte de fuentes fijas, las cuales corresponden a los aerogeneradores y al grupo electrógeno. En esta fase se evaluó con las fuentes en horario diurno y nocturno. Los niveles proyectados en el modelo de propagación sonora no superan los máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA en horario diurno y nocturno para cualquiera de las velocidades de viento señaladas.
Durante la fase de operación se generará electricidad a partir de la energía eólica por medio de 27 aerogeneradores y el resto de las instalaciones que conforman el parque eólico, así mismo se considera el ruido generado por la línea de transmisión de alta tensión debido al efecto corona que se genera.
El cálculo del ruido audible (RA) se realizó a partir del método propuesto por la FGH de Alemania6, la cual tiene validez solo si la línea de transmisión cumple con tener 6 fases o menos y el diámetro de su conductor sea mayor o igual a 2 cm. e igual o menor a 6 cm.
El nivel de potencia acústica de la línea de transmisión informada en la Tabla siguiente:
Fuente: Tabla 4.18. Fuentes de ruido en fase operación, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 4.19: Emisión acústica del aerogenerador de referencia para velocidades de viento entre 6 y 12 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Fuente: Figura 4.5: Mapa posiciones aerogeneradores y receptores para Fase de Operación, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presentan los resultados en fase de operación del parque eólico con velocidades de viento entre 6 y 8 m/s.
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Fuente: Tabla 5.38. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación para velocidades de viento entre 6 y 8 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de operación en velocidades de viento entre 6 y 8 m/s. Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación en velocidades de viento entre 6 y 8 m/s. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable.
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Fuente: Figura 5.22. Mapa de ruido de fase de operación en velocidades entre 6-8 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presentan los resultados en fase de operación del parque eólico con velocidades de viento entre 8 y 10 m/s.
Fuente: Tabla 5.39. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación para velocidades de viento entre 8 y 10 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
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Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de operación en velocidades de viento entre 8 y 10 m/s. Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación en velocidades de viento entre 8 y 10 m/s. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable.
Fuente: Figura 5.23. Mapa de ruido de fase de operación en velocidades entre 8-10 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presentan los resultados en fase de operación del parque eólico con velocidades de viento entre 10 y 12 m/s.
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Fuente: Tabla 5.40. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de operación para velocidades de viento entre 10 y 12 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de operación en velocidades de viento entre 10 y 12 m/s. Se presenta en la siguiente figura el mapa de ruido resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación en velocidades de viento entre 10 y 12 m/s. Cada mapa de ruido refleja la proyección del frente de trabajo de las fases, frente a cada receptor identificado, bajo una condición de ruido desfavorable.
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Fuente: Figura 5.24. Mapa de ruido de fase de operación en velocidades entre 10-12 m/s, Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Evaluación del efecto sinérgico en fase de operación
Considerando lo señalado por el documento técnico “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación del efecto sinérgico asociado a impactos por ruido sobre la salud de la población” (SEA, 2022). Se consideró el proyecto “Subestación Nueva Charrúa” (Actualmente Subestación “Entre Ríos”) con RCA favorable de N°33920092016, donde se conecta el proyecto Parque Eólico Pemuco mediante la LAT evaluada.
Se consideró la información presente en la DIA del proyecto “Subestación Nueva Charrúa” para realizar la proyección hacia los receptores del proyecto “Parque Eólico Pemuco” y así evaluar una posible contribución energética en fase de operación de ambos, con los resultados, se procedió a realizar la diferencia aritmética entre los niveles proyectados según lo señalado en el documento técnico y posteriormente se evalúo el posible efecto sinérgico.
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De acuerdo con el documento técnico y la proyección de la LAT, ésta no generaría contribución energética al ruido de fondo y las emisiones ya existentes de la “Subestación Nueva Charrúa”.
Emisiones Atmosféricas
En Adenda se presentó una actualización de la estimación de emisiones del Proyecto en el Anexo 4.1. El resumen de los resultados de la estimación de emisiones se resume en la siguiente Tabla:
Fuente: Tabla 67. Resumen estimación de emisiones Parque Eólico Pemuco, de la Adenda.
Con la finalidad de evaluar si el Proyecto pudiese generar efectos significativos sobre la salud de las personas se realizó una modelación de las emisiones del Proyecto utilizando el sistema integrado “WRF-CALPUFF”, para el año 1 de la fase de construcción, el que de acuerdo a la Tabla anterior corresponde al escenario con emisiones más altas respecto de la fase de operación y cierre.
La ubicación, descripción e ID de los receptores discretos considerados se presenta a continuación en la siguiente Figura, en donde se puede observar su ubicación respecto de las fuentes del proyecto.
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Fuente: Tabla 14. Receptores de interés, Anexo 4.2 de la Adenda.
Fuente: Figura 25 Receptores del modelo – Área del Proyecto, Anexo 4.2 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
En la siguiente Tabla se presenta la relación del aporte del Proyecto con la normativa.
Fuente: Tabla 68. Relación del aporte del Proyecto con la normativa, de la Adenda.
Para delimitar el área de influencia se considera como insumo principal los resultados de la Modelación de la Calidad del Aire, correspondiente a las isoconcentraciones de los contaminantes modelados, los que permiten asegurar que el Área de Influencia abarque aquellas zonas donde se presentan aportes de contaminantes generados por el proyecto.
En base a lo anterior, se define un polígono conformado por todas las isolíneas de concentración resultantes de la modelación de los contaminantes y estadísticos considerados, de modo de definir a través de ellas un área que englobe la zona donde se presentan los aportes principales para los receptores del proyecto. En particular, para definir el Área de Influencia de los receptores primarios, las curvas consideradas de isoconcentraciones por cada contaminante, y su estadístico normativo, se establecen de acuerdo con lo propuesto por el documento SILs2, del Departamento de Salud y Medio Ambiente de Kansas, en donde, los niveles de concentración establecidos corresponden a los que se presentan en la siguiente tabla:
2 Significant Impact Levels (SILs), National Ambient Air Quality Standards (NAAQS), PSD Class II Increments, and Significant Monitoring Concentrations for Criteria Pollutants Kansas Department of Health and Environment, Bureau of Air-Modeling Group. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 69. Límites normativos considerados en definición del AI - Receptores primarios, de la Adenda.
En base a lo definido anteriormente, en la siguiente figura se presenta el área de influencia primaria la cual abarca una superficie de 15,9 km2.
Fuente: Figura 64. Área de influencia de los receptores primarios del proyecto, de la Adenda.
A continuación, en la siguiente tabla, se detallan los Puntos de Máxima Concentración (PMC) del escenario modelado, detallando el contaminante y su aporte, por estadístico. Además, se muestra las coordenadas de cada PMC.
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Fuente: Tabla 93. Puntos de máxima concentración (PMC), de la Adenda.
En la siguiente Figura se presenta la ubicación del PMC. Al respecto, se encuentran ubicados en el Sector del Proyecto y los alrededores, zona altamente intervenida, tanto para material particulado como gases, durante todas las fases del Proyecto.
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Fuente: Figura 75. Localización punto de máxima concentración (PMC), de la Adenda.
Por otro lado, los aportes del Proyecto en los receptores evaluados se presentan en la siguiente Tabla:
Fuente: Tabla 94. Aportes del Proyecto, de la Adenda.
Los aportes del Proyecto respecto de la normativa se presentan en la Tabla siguiente:
En Adenda el titular hizo presente, que la comuna de Pemuco ha sido declarada como zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5 como concentración diaria y declarada como zona latente por norma anual, mediante Decreto Supremo N°69 de julio de 2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Debido a ello para determinar la significancia de los aportes del proyecto en términos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la calidad del aire, se evaluaron los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del proyecto en su escenario más desfavorable (correspondiente al año 1 de la Fase de Construcción), con los umbrales establecidos en el documento “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, que se presentan a continuación, en donde se presenta una tabla de cumplimiento de los aportes respecto de estos valores referenciales:
Fuente: Tabla 96. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas, de la Adenda.
En la siguiente Tabla se presenta una comparación entre los aportes del Proyecto y el criterio recomendando en la Tabla 0-8 de documentos “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”.
Fuente: Tabla 97. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas, de la Adenda.
Por lo tanto, respecto de los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del Proyecto sobre los receptores y sobre la normativa vigente, en su escenario más desfavorable (año 1 de la fase de construcción), estos se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/m2].
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Adicionalmente, es importante señalar que las emisiones del proyecto, y por ende sus concentraciones resultantes, son acotadas en el tiempo, dado que se concentran principalmente en los años que dura la construcción y particularmente en el año 1, correspondiente al año más intensivo respecto de los niveles de actividades por realizar, mientras que, en la operación del proyecto, dada sus características intrínsecas (Parque Eólico) las emisiones atmosféricas disminuyen considerablemente.
Además, señalar que los aportes en receptores por los demás contaminantes y estadísticos evaluados (NO2, SO2, CO), se encuentran, en su mayoría, en el 0%, tal como se observa en la Relación del aporte del Proyecto con la normativa, en consecuencia, es posible descartar el impacto por riesgo en la salud de la población.
Efluentes El Proyecto no contempla la exposición de contaminantes que pudiesen afectar el agua y el suelo, en ninguna de sus fases.
Los residuos líquidos domésticos provenientes de los sistemas sanitarios considerados por el Proyecto durante la construcción, operación y cierre, serán manejados mediante un sistema de planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), que funcionará a base del tratamiento de lodos activados, cuyos efluentes serán almacenados en estanques de acumulación del efluente para su posterior retiro. Se considera como primera opción, el retiro del 100% del efluente por una empresa externa autorizada y disposición en una planta de tratamientos autorizada por la SEREMI de Salud de la región. Cabe indicar que, según requerimiento, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos proyectados en la época de mayor demanda del proyecto. En tales casos, se dará cumplimiento a la NCh 1.333/1987. Conforme a lo anterior, no existirá descarga a cursos de agua superficial ni subterránea. Ambos sistemas contarán con la autorización del PAS 138 correspondiente (Anexo 3.2 de la DIA y Anexo 5.2 de la Adenda).
En tanto a los residuos industriales líquidos a generar durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón en la fase de construcción, estos serán manejados a través de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una zona de lavado o pilón, una piscina de lavado, tres piscinas de decantación y una fosa para escombros. El efluente será recirculado a los estanques de almacenamiento de agua industrial previstos en la planta de hormigón, y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Las piscinas de lavado y decantación se construirán sobre una membrana geotextil impermeable, para así evitar potenciales infiltraciones y afectación de los recursos naturales suelo y agua. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso de elaboración o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final.
- El Proyecto no contempla la exposición de contaminantes que pudiesen afectar el aire, agua y el suelo, en ninguna de sus fases. Los residuos sólidos generados serán almacenados en bodegas de almacenamiento temporal de residuos, especialmente habilitadas y señalizadas para ello, considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999, “Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, del MINSAL (y sus modificaciones), y en el D.S. N° 148/2004, “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, del MINSAL, según corresponda. Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas que cuenten con las resoluciones sanitarias correspondientes, para realizar la disposición final en sitios autorizados para estos efectos; las cuales al momento retirar y llevar a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
disposición final, extenderán un certificado para ello. Esto constituirá un medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación ambiental vigente que aplique a dichas actividades.
- En el marco de la presente evaluación, se presentó el PAS 140 y PAS 142. Para mayores antecedentes, ver Anexo 3.3 y Anexo 3.4 del Capítulo 3 de la DIA.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida, compactación o activación de procesos erosivos o erosión del suelo. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra Construcción de caminos, mejora de caminos internos y cruces de cursos de agua. Construcción de plataformas de construcción, área de sección de torres y almacenamiento de aspas Construcción de fundaciones Planta de Hormigón Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Cambios en las propiedades físicas, químicas y microbiológicas del agua Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Agua Parte, obra o acción que lo genera Cruces curso de agua Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Pérdida de ejemplares de bosque nativo Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Perdida de ejemplares de plantaciones forestales Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Pérdida de individuos o ejemplares (colisión y muerte de aves y murciélagos) Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental Modificación de hábitats para la fauna terrestre Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Parque Fotovoltaico Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Construcción, operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico 5.2 Recurso naturales renovables 6.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire - Si bien habrá intervención de los suelos en algunos lugares puntuales del área buffer, en especial donde existan promontorios, esto no generará efectos adversos significativos por pérdida de su capacidad para sustentar biodiversidad. Esto se debe fundamentalmente a que una vez niveladas las áreas a intervenir y terminada la etapa de construcción, el suelo podrá recuperar su capacidad de sustentar la biodiversidad a través del crecimiento de vegetación herbácea. Esto gracias a las cualidades buffer de los suelos, que mantienen las propiedades físicas y químicas, a pesar de las intervenciones. Lo anterior sumado a que los suelos guardan una carga de microorganismos, la cual se incrementa con adición de nitrógeno como materia seca proveniente de la materia orgánica vegetal que aporta la presencia de plantas. Todo esto permite que los suelos recuperen su capacidad de sustentar biodiversidad.
Producto de las obras del Proyecto se intervendrán 45,75 ha de suelo de Clase de Capacidad de Uso de Suelo (CCUS) II y CCUS III (16,63 ha Clase II y 29,12 ha Clase III), por esta razón se presenta en siguiente compromiso ambiental voluntario:
• CAV-11: Plan de Mejoramiento de Suelos (PMS) (ver Capítulo 3.1 de la Adenda complementaria).
El compromiso anterior tiene el objetivo de mejorar de una superficie de suelo productivo en relación con sus limitantes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
No obstante, este cambio de uso del territorio es acotado cuando se compara con el entorno, cuyos terrenos podrán continuar realizando las mismas prácticas agrícolas, forestales o de uso natural que se utilizan en la actualidad, por lo que la capacidad para sustentar la biodiversidad en el territorio no se verá significativamente mermada. Asimismo, el Proyecto generará una mínima erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas del suelo, pues la topografía del terreno no sufrirá mayores variaciones. En este sentido, se destaca que no se contempla realizar nivelaciones en el área, a excepción de las zonas previamente indicadas, por lo que el terreno colindante mantendrá su estado original. Complementariamente, el diseño del proyecto ha contemplado la distribución espacial de las obras de tal manera de afectar lo menos posible los suelos productivos, principalmente donde existen áreas de uso intensivo como la presencia de pivotes de riego, lo que conlleva un cuidado tácito de suelos de productividad agrícola.
Flora y Vegetación La fisionomía dominante del área de influencia corresponde a una extensión de territorio productivo, con plantaciones forestales y cultivos agrícolas. En aquellas zonas donde se cosechó la plantación, se observa la regeneración de la vegetación por medio de matorral arborescente y la gran mayoría de su componente florístico es de origen Nativo con adición de algunas especies exóticas, en otras situaciones con buenas condiciones hídricas se encontró formaciones exóticas asilvestradas adicionando elementos nativos. También se observó praderas de herbáceas anuales, donde la gran mayoría de su componente florístico es de carácter exótico. Este pool de características representa un área con un alto nivel de intervención antrópica, donde los elementos naturales se encuentran desplazados a sitios discretos dentro del territorio, particularmente en vegetación asociada a cuerpos de agua, o pequeños renovales que han vuelto a crecer luego de la intervención antrópica. En términos de afectación de masa boscosa, para las unidades que se encuentran bajo régimen legal de plantaciones forestales, se determinó que se hace necesaria la presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial N° 149, dado que dentro del área de influencia del Proyecto existe una superficie de 88,07 ha que cumple con las condiciones legales de plantación forestal. En el caso del área de afectación de Bosque Nativo, se ha identificado una superficie de 8,69 ha que cumplen con la definición legal de bosque y que se encuentran compuestos mayoritariamente por especies originarias del país. En este sentido, estas unidades vegetacionales requieren de la presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial N°148.
Se constató la presencia de una especie en estado de conservación, según lo establecido en los diecisiete procesos de clasificación de especies, siendo esta clasificada con Preocupación menor (LC). La Adiantum sulphureum presenta un hábito de crecimiento herbáceo (Helecho) y se observó solo en un punto del área de influencia, siendo su frecuencia de un 0,8% respecto del total de puntos muestreados, siendo su presencia de carácter marginal. Es importante recalcar que las especies clasificadas en “Preocupación menor”, habiendo sido evaluadas no satisfacen los parámetros para ser consideradas como especies amenazadas, incluyendo en esta categoría aquellos taxones abundantes y de amplia distribución, por lo que la materialización del Proyecto no pondrá en amenaza la continuidad de esta especie.
En consecuencia, es posible inferir, en base a los antecedentes recientemente expuestos, que la materialización del proyecto no debiera generar efectos adversos significativos sobre el componente flora y vegetación terrestre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fauna Durante las campañas de primavera 2021, verano 2022 y primavera 2022 se detectó la presencia de 3 especies de reptiles cercanas a los cuerpos de agua: Culebra de cola corta (Tachymenis chilensis), Culebra de cola larga (Philodryas chamissonis) y Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus). En cuanto a anfibios, solo se detectaron 2 especies mediante vocalizaciones: Sapito de cuatro ojos (Pleurodema thaul) y Ranita de antifaz (Batrachyla taeniata).
Sin embargo, de manera de poder complementar el muestreo ejecutado en el área de estos humedales, según lo solicitado por la autoridad, se realizó una campaña complementaria entre los días 30 de octubre de 2023 y 03 de noviembre del mismo año. Esta campaña se realizó en primavera, época que corresponde a la estación de mayor actividad asociada a reptiles y anfibios (Mella 2005, Rabanal y Núñez, 2009).
Fuente: Figura 32. Recorrido pedestre de los humedales ubicados en el área de influencia del proyecto y alrededores realizado durante primavera de 2023, de la Adenda Complementaria.
En el cuerpo de agua H1 se encontró presencia de Culebra de Cola Larga (n=1) y Lagartija lemniscata (n=2). En cuanto a anfibios, se registraron 10 ejemplares de Sapito de cuatro ojos mediante vocalizaciones y observación directa. También se observó abundantes aves de humedal, garzas, triles, run run, patos reales, patos jergones, entre otros.
En H2 se registró presencia de 5 ejemplares de Sapito de cuatro ojos mediante observación directa, sin encontrarse reptiles en los alrededores.
En H3, en cuanto a reptiles se encontró presencia de Culebra de cola larga (n=2) y Lagartija de vientre azul (Liolaemus cyanogaster, n=1). Por el lado de Anfibios, se encontró un ejemplar de Ranita de Antifaz mediante observación directa, además de detectarse la vocalización de al menos 13 ejemplares de Sapito de cuatro ojos.
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Finalmente, la Laguna H4, en cuanto a reptiles, se detectó la presencia de 3 Culebras de cola larga. En anfibios, se observaron 2 ejemplares de Sapito de cuatro ojos y 1 individuo de Ranita de antifaz, además de detectarse la vocalización de aproximadamente 35 ejemplares de Sapito de cuatro ojos. Se registró gran presencia de aves de humedal como becacina, garza, run run, patos, entre otros. Es importante destacar que este cuerpo de agua se encuentra fuera del área de influencia del proyecto a una distancia aproximada de 570 metros.
Fuente: Tabla 63. Abundancia y Densidad de especies de Anfibios y Reptiles en los 4 humedales, de la Adenda complementaria.
Como es posible apreciar en la Tabla anterior, la especie de anfibio más abundante corresponde al Sapito de cuatro ojos con 65 ejemplares registrados, además también presentó la mayor densidad. Por su parte, para reptiles, la especie más abundante correspondió a la Culebra de cola larga con 6 ejemplares registrados. Todas las especies de reptiles se encuentran en categoría de Preocupación Menor, en cambio, los anfibios se encuentran clasificados como Casi Amenazados según el Reglamento de Clasificación de Especies.
También, se realizó una estimación de la densidad de herpetofauna registrada para cada cuerpo de agua. Luego se estimó un número de ejemplares que podrían verse potencialmente afectados por el proyecto. Para esto se consideraron las áreas que se encuentran dentro del área de influencia (AI). En el caso del cuerpo de agua H1 que se encuentra fuera de las obras del Proyecto, pero parcialmente dentro del área de influencia, se aumentó el valor calculado en un 40% de manera de dar cuenta del posible desplazamiento de ejemplares desde el exterior del AI al interior del mismo, entendiendo que los cuerpos de agua son ambientes continuos y no necesariamente la totalidad de ellos se encuentra inserto dentro del área de influencia. Este porcentaje se definió considerando los ámbitos de hogar que presentan los anuros que fluctúan entre 1 m2 y 1.900 m2, con una media de 40 m2 (Brown y col., 2012). Asumiendo que el ámbito de hogar que presentan los anfibios de H1 corresponde al escenario menos conservador, es decir, 1.900 m2, se estableció un buffer desde el límite del área de influencia de 44 metros, con lo que se obtuvo una superficie de 2,27 ha del humedal H1. Finalmente, con esta nueva superficie, se obtiene una cantidad de individuos a afectar un 40% mayor que la que se obtiene solo considerando la porción del humedal ubicada dentro del área de influencia.
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AB: Abundancia absoluta; D (ind/ha): Densidad (individuos/hectáreas), Área AI: Superficie del humedal que se encuentra dentro del AI. *El valor de ejemplares potencialmente a afectar en H1 se aumentó en un 40% de manera de dar cuenta del posible desplazamiento de ejemplares desde el exterior del AI al interior del mismo, entendiendo que los cuerpos de agua son ambientes continuos y no necesariamente la totalidad de ellos se encuentra inserto dentro del área de influencia.
Fuente: Tabla 64. Densidad de ejemplares por cuerpo de agua y la cantidad de ejemplares que se verán potencialmente afectados, de la Adenda Complementaria.
Con las estimaciones realizadas se espera una afectación potencial de aproximadamente 67 ejemplares de herpetofauna, siendo el Sapito de cuatro ojos la especie que presenta la mayor cantidad de ejemplares potencialmente afectados (n = 54 aproximadamente). El Sapito de cuatro ojos se distribuye desde la región de Antofagasta hasta Aysén y suele habitar arroyos, lagunas, ríos, canales de regadíos y riberas degradadas. Es considerada actualmente como una de las especies que mejor toleraría los ambientes intervenidos antrópicamente (Rabanal y Núñez 2009), lo cual podría dar cuenta de su presencia en el sector. Esta especie presenta una amplia distribución en el país, con poblaciones consideradas grandes y numerosas (Veloso y Núñez, 2003). Por estos antecedentes, es posible afirmar que la potencial afectación de los ejemplares de esta especie presente en los humedales no afectaría la mantención de las poblaciones de la región.
La siguiente especie que presenta la mayor cantidad de ejemplares potencialmente afectados correspondería a la Culebra de cola larga (n = 6 aproximadamente). Esta especie se distribuye desde la región de Antofagasta hasta la Región de los Ríos. Es considerada la culebra más abundante y con mayor distribución en el país (Ficha de Antecedentes de especie, MMA, 2019). Tiene preferencia por lugares secos, bajo rocas y matorrales, por lo que los ambientes húmedos como humedales corresponden principalmente a sectores para alimentación o paso (Mella, 2005). Por estos antecedentes, es posible afirmar que la potencial afectación de los ejemplares de esta especie presente en los humedales no afectaría la mantención de las poblaciones de la región. En cuanto a la Lagartija lemniscata, se proyecta la afectación de 4 ejemplares aproximadamente. Es la lagartija más común de Chile central y una de las más recurrentes del país (Mella, 2005). Se distribuye desde Coquimbo hasta La Araucanía. Su hábitat de preferencia corresponde a lugares con vegetación corta y seca. Es común encontrarla cerca de plantaciones forestales y plantaciones agrícolas. Presenta una gran adaptación a la intervención antrópica y los cambios de hábitats (Mella, 2005). Por estos antecedentes, es posible afirmar que la potencial afectación de los ejemplares de esta especie presente en los humedales no afectaría la mantención de las poblaciones de la región. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
En cuanto a la Ranita de antifaz y la Lagartija de vientre azul, la primera se distribuye desde la provincia de Aconcagua hasta Chiloé, siendo más común desde Concepción hacia el sur. Se describe que la especie presenta un amplio rango de hábitats donde se incluye la estepa de acacia (Veloso y Núñez, 2003). Por su parte, la Lagartija de vientre azul es posible encontrarla desde la Región del Maule hasta la Región de los Lagos, considerada una especie común en el país y con poblaciones estables al sur de su distribución (Ávila y col., 2016), habitando ambientes boscosos, pastizales y campos agrícolas. Debido a que tanto la abundancia registrada durante la campaña complementaria y las cantidades potencialmente afectadas son muy bajas (2 ejemplares para ambas especies), se podría aseverar que los humedales del proyecto y sus alrededores no corresponderían a los hábitats preferentes para estas especies. Por estos antecedentes, es posible afirmar que la potencial afectación de los ejemplares de estas especies presentes en los humedales no afectaría la mantención de las poblaciones de la región.
Con todo lo anteriormente escrito, se modeló la abundancia de anfibios y reptiles para todos los humedales a partir de una interpolación mediante el método de IDW en el software QGIS, usando un tamaño de píxel de 5 m, y un coeficiente p de distancia igual a 2.
Fuente: Figura 33. Mapa de abundancia de Herpetofauna en los humedales del proyecto durante la campaña de primavera complementaria, de la Adenda Complementaria.
Con esta figura es posible ver que, si bien existió un aumento en la abundancia total de herpetofauna en los cuerpos de agua, el cuerpo H4 presenta la mayor cantidad de ejemplares y la mayor densidad (individuos por hectárea) y por ende, presenta también el hábitat más favorable para las especies de anfibios y reptiles del sector el cual no se verá afectado en ningún nivel por el proyecto. También es posible apreciar que la mayoría de los registros realizados en H1 se encuentran ubicados en el sector sur del cuerpo de agua, lo que indicaría que las especies utilizan los espacios que se encuentran más alejados de las obras y del área de influencia del Proyecto.
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Por otro lado, como es posible observar en la figura anterior, no existe un emplazamiento directo del proyecto sobre los humedales, restringiéndose la potencial afectación al área de influencia determinada en la Línea Base de Fauna del proyecto. No obstante lo anterior, el ruido corresponde a un factor que puede afectar conductual y/o fisiológicamente a las especies, sin embargo, considerando lo presentado en el Anexo 2.2 de Ruido en Fauna de la Adenda Complementaria, la implementación de barreras acústicas como parte del diseño del proyecto y la restricción de maquinaria logran evitar superar los umbrales de ruido para la afectación conductual y fisiológica de las especies de reptiles y anfibios registradas en los humedales (para más detalles, revisar acápite 6.3 del Anexo 2.2.). Es importante recalcar que las barreras acústicas serán instaladas en el área de intervención directa del proyecto, sin alterar de forma alguna los humedales debido a su confección o instalación (ver Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria).
Fuente: Figura 34. Ubicación de las barreras acústicas respecto al área del proyecto y los humedales, de la Adenda complementaria.
Finalmente, es posible indicar que el proyecto no afecta significativamente la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, específicamente los indicados en el literal b) del artículo 6 del RSEIA.
Fauna Íctica
Se identificaron seis especies nativas, donde dos se encuentran en peligro, Percilia irwini (Carmelita de Concepción) y Percilia gillisi (Carmelita), dos especies en categoría vulnerable, Cheirdon galusdae (Pocha), Trichomyterus areolatus (Bagre) y dos es preocupación menor, Percichthys trucha (Trucha Criolla) y Galaxias maculatus (Puye).
En este sentido, el Proyecto considera realizar modificación de cauces asociados a caminos y canalizaciones subterráneas, sin embargo, se hace presente que los cauces a intervenir para las obras de atravieso no serán interrumpidos en su flujo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
En los casos que haya flujo durante el periodo de construcción, se deberá desviar las aguas mediante sacos de arena (ataguías). Además, es de interés señalar que las obras civiles consideran obras tipo de cajón simple o cajón doble de hormigón armado.
Adicionalmente, durante las actividades de atraviesos se tomarán una serie de medidas tendientes a minimizar la afectación de la calidad de las aguas (para mayores antecedentes véase Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria PAS 156,).
Con todo lo anterior, se indica que el Proyecto no generará impacto alguno sobre las especies de ictiofauna de carácter nativo identificadas en el área de estudio, ya que en las actividades y obras asociadas a la modificación de cauces no interrumpirán el flujo de los cursos de agua señalados de manera permanente. No obstante, el Titular considera adquirir el siguiente Compromiso Ambiental Voluntario CAV-10: Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa (ver detalle en Capítulo 6 de la DIA y Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria).
- Suelo Tal y como se ha mencionado a lo largo del capítulo, del total de la superficie del área de influencia conlleva el uso de 172,24 ha, se contempla que 31,6 ha (no se considera área de intervención ni botadero) serán ocupadas por obras de carácter temporal, las cuales volverán a su uso original al término de la fase de construcción, mientras que 67,17 ha (no considera área de intervención) serán ocupadas por obras permanentes con intervención directa de suelo durante toda la vida útil del proyecto. El resto de la superficie corresponde a un buffer de seguridad que rodea el perímetro del proyecto donde se eliminará toda la vegetación leñosa, dejando como manto protector del suelo a la vegetación herbácea (53,58 ha).
En virtud de lo anterior, la afectación sobre el componente suelo se estima en una ocupación de suelo de 67,17 hectáreas por las obras permanentes del Proyecto, equivalente al 38,99% de la superficie del área de influencia. No obstante, este cambio de uso del territorio es acotado cuando se compara con el entorno, cuyos terrenos podrán continuar realizando las mismas prácticas agrícolas, forestales o de uso natural que se utilizan en la actualidad, por lo que la capacidad para sustentar la biodiversidad en el territorio no se verá significativamente mermada.
Complementariamente, el diseño del proyecto ha contemplado la distribución espacial de las obras de tal manera de afectar lo menos posible los suelos productivos, principalmente donde existen áreas de uso intensivo como la presencia de pivotes de riego, lo que conlleva un cuidado tácito de suelos de productividad agrícola.
Agua Respecto al recurso hídrico, todas las obras que impliquen atraviesos por cruces de cursos hídricos, y que, a su vez, requieran de la modificación de cauces estarán condicionadas a la obtención del PAS 156, cuyo diseño y construcción estará definido en conformidad a la normativa vigente. Las obras civiles consideran obras tipo de cajón simple o cajón doble de hormigón armado, y las canalizaciones con el cableado soterrado.
En los casos que haya flujo durante el periodo de construcción se deberá desviar las aguas mediante sacos de arena (ataguías). Adicionalmente, en el caso que los cauces presenten escurrimiento superficial durante la fase de construcción de las obras, se monitoreará su calidad según lo señalado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
en el Anexo 3.7 de la DIA, el Anexo 5.5 de la Adenda, el Anexo 3.1 de la Adenda y Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria (PAS 156).
Por otro lado, es importante mencionar que no se realizará extracción de agua de los cursos hídricos presentes del proyecto, sino que el agua potable provendrá de distribuidores autorizados, y será trasladada al área de instalación de faenas mediante camiones aljibes, para ser almacenada en estanques de acumulación de agua potable emplazados en la instalación de faenas. Por otro lado, el agua industrial será provista mediante camiones aljibes por distribuidores autorizados. Adicionalmente, se considera el manejo de las aguas servidas a generar durante todas las fases del proyecto.
Aire
Durante la construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán emisiones atmosféricas, destacando que las mayores emisiones se presentarán durante la fase de construcción. En dicha fase las principales emisiones corresponden a MPS (302,43 ton/año 1 y 235,95 ton/año 2), siendo la actividad que genera más del 75% de estas el “tránsito en caminos no pavimentados”.
En virtud de que las principales emisiones corresponden a material particulado, el Titular considera implementar un Plan de Control de Material Particulado en los caminos proyectados, el cual es detallado en el Anexo 1.9 de la DIA. Durante la construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán emisiones atmosféricas, destacando que las mayores emisiones se presentarán durante la fase de construcción. En dicha fase las principales emisiones corresponden a MPS (302,43 ton/año 1 y 235,95 ton/año 2), siendo la actividad que genera más del 75% de estas el “tránsito en caminos no pavimentados”.
A partir de los niveles de concentración contenidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes en Chile a la fecha, conforme a su ámbito de aplicación, es posible señalar que dichas normas no aplican a las actividades del proyecto, atendida su naturaleza.
Fase de Construcción
En Adenda complementaria se presentó una nueva campaña de mediciones para cada uno de los ambientes relevantes de fauna correspondiente a los humedales identificados, el día 24 de noviembre de 2023, cuya ubicación se presenta en la siguiente Figura bajo el nombre PF1, PF2, PF3 y PF4.
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Fuente: Figura 12. Georreferenciación de mediciones discretas de ruido, de la Adenda complementaria.
Todas las mediciones se efectuaron en condiciones climáticas dentro de los rangos de comportamiento normal de la propagación sonora en ambiente exterior.
Con estas nuevas mediciones se ampliaron los antecedentes técnicos para establecer adecuadamente la representatividad de las mediciones en los hábitats de relevancia, esta campaña se realizó en primavera, época que corresponde a la estación de mayor actividad asociada a reptiles y anfibios. (el detalle del informe asociado a Ruido en Fauna se adjuntó en el Anexo 2.2 de esta Adenda Complementaria).
Respecto a los frentes de trabajo y fuentes de emisiones sonora en la fase de construcción del Proyecto la tabla 4.4 del estudio de Ruido en Fauna (adjuntó en el Anexo 2.2 de esta Adenda), declara la totalidad de maquinaria que el Proyecto requerirá en su fase de construcción.
De esta manera, y con el fin de representar la condición más desfavorable, es que, para el cálculo de potencia acústica, se consideró la situación hipotética en que estuviera toda la maquinaria funcionando simultáneamente. El funcionamiento de una unidad de cada maquinaria se considera en el mismo punto físico y al mismo tiempo, es decir, en un mismo frente de trabajo, los que además se ubican - en el modelo de cálculo- en el punto más cercano posible dentro del área del proyecto hacia los hábitats de relevancia de fauna.
Si bien las actividades de construcción de caminos y montaje de aerogeneradores se solapan en el cronograma de trabajo, éstas no se ejecutan en el mismo espacio físico, esto debido a que es necesario tener el camino construido para realizar el traslado de la maquinaria y los insumos para el montaje de aerogeneradores, señalando que una vez realizada la construcción de caminos en una zona “x”, ésta se desplaza a una zona “y”, dando paso a las actividades de montaje en la zona “x”, generando ambas actividades en el cronograma, pero en distintas zonas del parque, las cuales no se solapan físicamente en la fase de construcción, por consiguiente no se genera un escenario acústico más desfavorable que los presentados en el estudio presentado en Anexo 2.2 de esta Adenda Complementaria.
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Para tales efectos, se consideró ajustes de diseño del proyecto o actividad, incluyendo tecnologías o técnicas que permitieran evitar la generación de impactos significativos, de manera previa al ingreso al SEIA, sin modificar o intervenir los ambientes relevantes evaluados. Estos ajustes de diseño, corresponden a barreras acústicas móviles y restricción de maquinaria.
Estos ajustes de diseño se han implementado en conformidad a lo estipulado en el Criterio de Evaluación en el SEIA: Alcances y Principios Metodológicos para la Evaluación de los Impactos Ambientales (septiembre, 2023), que señala:
…”Asimismo, en el caso de las emisiones de ruido, los titulares pueden incorporar medidas de ajustes en el diseño para controlarlas, como es el caso de las barreras acústicas fijas o temporales que se pueden implementar para distintos tipos de fuentes de ruido, las cuales deben ser consideradas en la descripción del proyecto de una DIA o EIA, según corresponda, entendiéndose que al incorporar estas técnicas o tecnologías como parte del diseño del proyecto, no habría generación de impactos significativos, ya que no existiría superación del nivel máximo permisible establecido en la normativa y evaluado en el receptor”
En el Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria se presentó una actualización del estudio de ruido en fauna. Se consideraron un total de cuatro (4) hábitats de relevancia en los alrededores del proyecto, los cuales corresponden a humedales estacionarios, de acuerdo con la identificación de hábitats con posible afectación. Los hábitats se identifican a continuación:
Fuente: Figura 70. Hábitats evaluados, de la Adenda complementaria.
Para la evaluación de ruido en fauna se utilizaron las referencias indicadas en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEA, 2022), en la actualización de diciembre del 2022, el cual presenta umbrales de referencia según la especie evaluada.
Se identificó la diferencia entre los niveles de ruido con el proyecto o actividad y los niveles de ruido de fondo característicos y representativos del entorno en donde se concentra la fauna nativa. De esta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
forma, se puede determinar la potencia del impacto asociado a ruido sobre las especies que ahí se encuentran, y así definir los umbrales de referencia relacionados al tipo de impacto y grupo taxonómico, para luego realizar la evaluación.
A continuación, se detalla lo descrito en el “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEA, 2022):
Fuente: Tabla 103. Umbrales de referencia para avifauna, de la Adenda complementaria.
Como se observa en la Tabla 103, para la evaluación de avifauna se identifican tres (3) umbrales. Se consideran los umbrales de 60 y 68 dB(A) producidos por fuentes intermitentes, correspondiente al ruido ocasionado por las actividades de construcción y cierre. Mientras que el umbral de 58 dB(A) considera un tipo de fuente continua, dado el ruido ambiente permanente que se genera por el funcionamiento permanente de los aerogeneradores en la fase de Operación. Dicho lo anterior, se generará evaluación para los tres (3) umbrales señalados.
Fuente: Tabla 104. Umbrales de referencia para reptiles, de la Adenda Complementaria.
Conforme a la Tabla anterior, se tiene la existencia de animales pertenecientes al grupo de los reptiles. Para su evaluación se presenta el umbral de 75 dB(C) promedio.
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Fuente: Tabla 105. Umbrales de referencia para anfibios, de la Adenda Complementaria.
Fuente: Tabla 106. Umbrales de referencia para mamíferos, de la Adenda Complementaria.
De esta manera, y de acuerdo a la información presentada en la Tabla anterior, para el caso de mamíferos, los puntos receptores fueron evaluados de acuerdo con los umbrales de referencia descritos de 80 y 68 dB(A), no se evaluará el umbral de 85 dB(Z) debido a que corresponde a un tipo de fuente impulsiva (Militar), lo cual no corresponde al proyecto.
Las mediciones discretas de ruido se llevaron a cabo el día 24 de noviembre del 2023 (primavera). Todas las mediciones se efectuaron en condiciones climáticas dentro de los rangos de comportamiento normal de la propagación sonora en ambiente exterior. Se obtuvieron cuatro (4) puntos de medición cercanos a los humedales estacionarios al interior del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 71. Ubicación mediciones discretas de ruido, de la Adenda Complementaria.
Adicionalmente a las mediciones discretas para los hábitats sensibles, se utilizó la información del monitoreo continúo realizado para el estudio de ruido y vibraciones en personas.
El monitoreo de ruido continuo se llevó a cabo entre los días 23 y 28 de diciembre del 2022. Todas las mediciones se efectuaron en condiciones climáticas dentro de los rangos de comportamiento normal de la propagación sonora en ambiente exterior.
Para el monitoreo de ruido continuo se establecieron cuatro (4) registros, con estaciones de monitoreo que cuantificaron el nivel de ruido equivalente cada un (1) minuto en periodos de 24 hrs, para obtener un perfil diario que permita determinar el ruido de fondo en distintos rangos de velocidad de viento.
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Fuente: Tabla 107. Georreferencia de estaciones de monitoreo continuo, de la Adenda Complementaria.
Debido a su cercanía con los hábitats evaluados, se consideró la información de la estación Mon 2.
Luego, para modelar las fases de construcción, operación y cierre, se agrupan todas las fuentes de ruido (es decir, toda la maquinaria asociada a cada fase), en distintos frentes, representando así el escenario más desfavorable para cada situación, que se especifican en la Tabla siguiente:
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Fuente: Tabla 108. Frentes de trabajo en modelo de propagación sonora para etapa de construcción, operación y cierre, de la Adenda Complementaria.
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Adicionalmente, la siguiente Tabla muestra la distancia de cada hábitat de relevancia sensible hacia cada frente de trabajo evaluado:
Fuente: Tabla 109. Distancia más cercana entre los hábitats de relevancia y las áreas del proyecto, de la Adenda complementaria.
La proyección de niveles de presión sonora en hábitats de relevancia se realiza a partir de la información correspondiente a la descripción del proyecto, hábitats de fauna, y a partir de las proyecciones y modelaciones efectuadas (esta información se presenta en detalle en los Títulos 3 y 4 del Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria). De este modo, se toman en cuenta los niveles de potencia y ubicación para las distintas maquinarias a utilizar, así como la altura y distancia hacia cada área de hábitat. Para el frente de construcción del aerogenerador se realizaron dos (2) proyecciones con frentes separados, con único y doble frente, debido a la distancia entre ellos y el riesgo de que los frentes se superpongan en las proyecciones. A continuación, se presentan los mapas de las áreas de afectación que resultan del modelo predictivo, para las distintas fases y frentes de trabajo
Fase de construcción
A continuación, se muestra el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción, frente único de construcción de aerogenerador en curva de ponderación (A), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Avifauna, Mamíferos y Anfibios.
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Fuente: Figura 76. Área de afectación Fase de Construcción, Frente único de Construcción de Aerogenerador en dB(A), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción, frente doble de construcción de aerogenerador en curva de ponderación (A), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Avifauna, Mamíferos y Anfibios.
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Fuente: Figura 77. Área de afectación Fase de Construcción, Frente doble de Construcción de Aerogenerador en dB(A), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción, frente de construcción de caminos en curva de ponderación (A), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Avifauna, Mamíferos y Anfibios.
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Fuente: Figura 78. Área de afectación Fase de Construcción, Frente de Construcción de caminos en dB(A), de la Adenda complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción, frente único de construcción de aerogenerador en curva de ponderación (C), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Reptiles y Anfibios.
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Fuente: Figura 79. Área de afectación Fase de Construcción, Frente único de Construcción de aerogenerador en dB(C), de la Adenda complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción, frente doble de construcción de aerogenerador en curva de ponderación (C), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Reptiles y Anfibios. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 80. Área de afectación Fase de Construcción, Frente doble de Construcción de aerogenerador en dB(C), de la Adenda complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de construcción, frente de construcción de caminos en curva de ponderación (C), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Reptiles y Anfibios. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 81. Área de afectación Fase de Construcción, Frente de Construcción de caminos en dB(C), de la Adenda complementaria.
Fase de operación
La proyección de niveles de presión sonora en zonas de fauna se realizó tomando en cuenta los niveles de potencia y ubicación para los aerogeneradores en funcionamiento, así como la altura y distancia hacia cada hábitat de relevancia.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación para vientos entre 6 y 8 m/s en curva de ponderación (A), indicando sólo los umbrales de interés señalados. La figura refleja la proyección de las fuentes de ruido de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Avifauna, Mamíferos y Anfibios.
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Fuente: Figura 82. Área de afectación Fase de Operación 6-8 m/s en dB(A), de la Adenda complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación para vientos entre 8 y 10 m/s en curva de ponderación (A), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección de las fuentes de ruido frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Avifauna, Mamíferos y Anfibios.
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Fuente: Figura 83. Área de afectación Fase de Operación 8-10 m/s en dB(A), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación para vientos entre 10 y 12 m/s en curva de ponderación (A), indicando sólo los umbrales de interés señalados. La figura refleja la proyección de las fuentes de ruido, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Avifauna, Mamíferos y Anfibios.
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Fuente: Figura 84. Área de afectación Fase de Operación 10-12 m/s en dB(A), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta un mapa de corte transversal a la altura de un aerogenerador, para la fase de operación en ponderación dB(A). Este mapa permite establecer los niveles de presión sonora según la altura del hábitat de relevancia.
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Fuente: Figura 85. Área de afectación Fase de Operación, nivel de presión sonora desde el aerogenerador en dB(A) en velocidades de viento de 10-12 m/s, de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación para velocidades de viento entre 6 y 8 m/s en curva de ponderación (C), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección de las fuentes de ruido de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Reptiles y Anfibios.
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Fuente: Figura 86. Área de afectación Fase de Operación 6-8 m/s en dB(C), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación para velocidades de viento entre 8 y 10 m/s en curva de ponderación (C), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección de las fuentes de ruido, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Reptiles y Anfibios.
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Fuente: Figura 87. Área de afectación Fase de Operación 8-10 m/s en dB(C), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de operación para velocidades de viento entre 10 y 12 m/s en curva de ponderación (C), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección de las fuentes de ruido de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Reptiles y Anfibios.
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Fuente: Figura 88. Área de afectación Fase de Operación 10-12 m/s en dB(C), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta un mapa de corte transversal a la altura de un aerogenerador, para la fase de operación en ponderación dB(C). Este mapa permite establecer los niveles de presión sonora según la altura del hábitat de relevancia.
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Fuente: Figura 89. Área de afectación Fase de Operación, nivel de presión sonora desde el aerogenerador en dB(C) en velocidades de viento de 10-12 m/s, de la Adenda complementaria.
Fase de cierre
La proyección de niveles de presión sonora en zonas de fauna se realizó tomando en cuenta los niveles de potencia y ubicación para las distintas maquinarias a utilizar, así como la altura y distancia hacia cada receptor.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de cierre en curva de ponderación (A), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Avifauna, Mamíferos y Anfibios.
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Fuente: Figura 90. Área de afectación Fase de Cierre en dB(A), de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta el mapa de área de afectación resultante del modelo predictivo desarrollado para la fase de cierres en curva de ponderación (C), indicando sólo los umbrales de interés. La figura refleja la proyección del frente de trabajo de la fase, frente a cada hábitat de relevancia, bajo una condición de ruido desfavorable. Los umbrales presentados en el mapa de área de afectación corresponden a la evaluación de Reptiles y Anfibios.
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Fuente: Figura 91. Área de afectación Fase de Cierre en dB(C), de la Adenda complementaria.
De acuerdo a los resultados, la Tabla siguiente resume los umbrales que se superan por fase (la fase de operación no supera los umbrales establecidos):
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Fuente: Tabla 130. Resumen de superación de umbrales, de la Adenda Complementaria.
En consecuencia, en consideración a la superación de umbrales el Titular consideró ajustes de diseño de su proyecto o actividad, incluyendo tecnologías o técnicas que permitieran evitar la generación de impactos significativos, de manera previa al ingreso al SEIA, conforme a lo estipulado en el Criterio de Evaluación en el SEIA: Alcances y Principios Metodológicos para la Evaluación de los Impactos Ambientales (septiembre, 2023). Las que se detallan a continuación.
Barrera acústica móvil
Las medidas de control propuestas corresponden a barreras acústicas temporales de 4,88 metros de alto, con una cumbrera de 0,6 metros inclinada a 45º hacia la fuente de ruido. Estas deben ser instaladas en el deslinde del proyecto protegiendo a los receptores.
La materialidad de dicha barrera corresponde a madera OSB de 18 mm de espesor con una altura de 4,88 metros y una cumbrera de 1 metro con inclinación de 45° hacia el predio de la construcción, que posee una densidad superficial que cumple con el mínimo requerido para su efectividad como barrera acústica, de 10 kg/m².
A continuación, se señala la posición geográfica que deben ocupar las respecto de los hábitats de relevancia fauna, al momento en que se efectúen actividades en los frentes de trabajo.
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Fuente: Tabla 131. Detalles de barrera acústica para Fauna, de la Adenda complementaria.
Restricción de maquinaria
La restricción de maquinaria será implementada durante las fases de construcción y cierre. En la siguiente figura se presenta el área del proyecto donde la maquinaria utilizada debe ser de menor potencia.
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Fuente: Figura 92. Área del proyecto donde la maquinaria utilizada debe ser de menor potencia, de la Adenda Complementaria.
En la siguiente Tabla se presenta la maquinaria que será reemplazada por una de menor potencia.
Fuente: Tabla 132. Maquinaria que se debe reemplazar por una de menor potencia, de la Adenda complementaria.
Adicionalmente, se restringirá el uso simultaneo de todo el equipamiento cercano a los humedales 1, 2 y 3. El nivel de potencia de los frentes no superará los 107,0 dB(A) para el frente de fundaciones, de construcción de caminos y para la fase de cierre total, esto a lo largo de un buffer de seguridad calculado.
Fuente: Tabla 136. Clasificación de Maquinaria para fundaciones, de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Para el frente de fundaciones, el camión tolva operará de manera individual en el área señalada por el buffer de seguridad para los humedales, sin embargo, las demás maquinarias pueden trabajar todas en conjunto sin problemas. La restricción de maquinaria debe aplicarse en conjunto con la barrera acústica en todo momento según el área que indique el buffer de seguridad.
Fuente: Tabla 137. Clasificación de Maquinaria para la construcción de caminos, de la Adenda Complementaria.
Para la construcción de caminos, la motoniveladora y el camión tolva deben operar de manera individual en el área señalada por el buffer de seguridad para los humedales, sin embargo, las demás maquinarias pueden trabajar todas en conjunto sin problemas. La restricción de maquinaria debe aplicarse en conjunto con la barrera acústica en todo momento según el área que indique el buffer de seguridad.
Fuente: Tabla 138. Clasificación de Maquinaria para la preparación del terreno, de la Adenda Complementaria.
Para la preparación de terreno, toda la maquinaria debe operar de manera individual en el área señalada por el buffer de seguridad para los humedales. La restricción de maquinaria debe aplicarse en conjunto con la barrera acústica en todo momento según el área que indique el buffer de seguridad.
Fuente: Tabla 139. Clasificación de Maquinaria para fase de cierre, de la Adenda Complementaria.
Para la fase de cierre es necesario que las tres (3) maquinarias de mayor emisión trabajen por separado, el camión grúa telescópica, el demoledor y la motoniveladora. Es necesario que esta restricción se aplique junto a la barrera a lo largo de todo el buffer de seguridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Según las proyecciones, el buffer de seguridad de restricción de maquinaria es de un radio de 240 metros desde el centro del humedal 1 y de 455 metros desde el centro de los humedales 2 y 3. A continuación se presentan figuras con los buffers de seguridad para los humedales 1, 2 y 3.
Fuente: Figura 93. Buffer de seguridad para el humedal 1, de la Adenda Complementaria.
Fuente: Figura 94. Buffer de seguridad para los humedales 2 y 3, de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Adicionalmente, para el humedal 1, se generará una restricción total del uso de la maquinaria durante un corto segmento de la construcción de caminos, esto con tal de no generar afectaciones para los anfibios. Esto se implementará en el siguiente tramo del proyecto, donde la única maquinaria informada que podrá operar es la retroexcavadora, en conjunto con maquinaria de uso manual para la compactación del terreno (placa compactadora o un rodillo compactador [94,6 dB(A)]).
Fuente: Figura 95. Tramo del proyecto con restricción de construcción para el humedal 1, de la Adenda complementaria.
Con las medidas propuestas, se presentan los siguientes resultados:
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Fuente: Figura 96. Área de afectación Fase de Construcción, Frente único de Construcción de Aerogenerador con todas las medidas propuestas en dB(A), de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 97. Área de afectación Fase de Construcción, Frente doble de Construcción de Aerogenerador con todas las medidas propuestas en dB(A), de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 98. Área de afectación Fase de Construcción, Frente de Construcción de caminos con todas las medidas propuestas en dB(A), de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 99. Área de afectación Fase de Construcción, Frente único de Construcción de aerogenerador con todas las medidas propuestas en dB(C), de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 100. Área de afectación Fase de Construcción, Frente doble de Construcción de aerogenerador con todas las medidas propuestas en dB(C), de la Adenda Complementaria.
Fuente: Figura 101. Área de afectación Fase de Construcción, Frente de construcción de caminos con todas las medidas propuestas en dB(C), de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 102. Área de afectación Fase de Construcción, Frente de construcción de caminos con todas las medidas propuestas en dB(C), Humedal 1, de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 103. Área de afectación Fase de cierre con todas las medidas propuestas en dB(A), de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 104. Área de afectación Fase de Cierre con todas las medidas propuestas en dB(C), de la Adenda Complementaria.
Como resultado del estudio de ruido en fauna, presentado en el Anexo 2.2 de la Adenda complementaria, y los antecedentes antes descritos es posible señalar lo siguiente: • Los receptores evaluados corresponden a potenciales hábitats de relevancia de fauna cercanas al proyecto, las cuales consideran Avifauna, Anfibios, Reptiles y Mamíferos • El área de afectación por efectos del ruido tiene un alcance de 210 metros desde cualquier frente de trabajo a lo largo del proyecto, por lo que se implementarán acciones que forman parte del diseño del Proyecto correspondientes a barreras acústicas y restricción de maquinaria. • Respecto a la avifauna, reptiles, mamíferos, y anfibios y considerando las barreras acústicas y restricción de maquinaria -acciones que formarán parte de las actividades de construcción del y cierre del Proyecto- se presenta cumplimiento en todos los umbrales establecidos. • En la fase de operación, sin la necesidad de actividades adicionales, se presenta cumplimiento en todos los umbrales para avifauna, reptiles, mamíferos y anfibios.
En consecuencia, es posible concluir que el proyecto no generará efectos adversos significativo sobre recursos naturales renovables por la diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, toda vez que no se superarán los umbrales establecidos por el Servicio de Evaluación Ambiental (2022).“ Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa”.
- Manejo de Residuos sólidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El proyecto generará en todas sus fases sólidos domiciliarios y residuos sólidos industriales no peligrosos los cuales serán almacenados temporalmente en sitios habilitados y debidamente autorizados para ello, tales como Bodega de RSD y el Bodega RSINP respectivamente, para posteriormente ser retirados periódicamente por empresas especializadas que cuenten con las resoluciones sanitarias correspondientes y dispuestos en sitios de disposición final autorizados o empresa de reciclaje autorizadas en el caso de los RSINP. Para mayores antecedentes revisar Anexo 3.3 PAS 140 de la DIA. Por su parte, en todas las fases se generarán residuos peligrosos los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL que será habilitada considerando las indicaciones establecidas en el D.S. N° 148/2004 del MINSAL. Estos residuos serán retirados con una periodicidad de 6 meses por empresas especializadas que cuenten con las resoluciones sanitarias correspondientes para realizar la disposición final en sitios autorizados para estos efectos. Para mayores antecedentes revisar Anexo 3.4 PAS 142 de la DIA. Manejo de Residuos líquidos Los residuos líquidos domésticos provenientes de los sistemas sanitarios considerados por el Proyecto en todas sus fases serán manejados mediante un sistema de PTAS que funcionará a base del tratamiento de lodos activados, y cuyos efluentes serán almacenados en estanques de acumulación del efluente para su posterior retiro. Se considera como primera opción, el retiro del 100% del efluente por una empresa externa autorizada y disposición en una planta de tratamientos autorizada por la SEREMI de Salud de la región. Cabe indicar que, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos proyectados en la época de mayor demanda del proyecto según sea su requerimiento, para lo cual se dará cumplimiento a la NCh 1.333/1987. Conforme a lo anterior, no existirá descarga a cursos de agua superficial ni subterránea. Estos sistemas de tratamiento contarán con la autorización del PAS 138 correspondiente (Anexo 3.2 de la DIA).
En tanto a los residuos industriales líquidos a generar durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón, estos serán manejados a través de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una zona de lavado o pilón, una piscina de lavado, tres piscinas de decantación y una fosa para escombros. El efluente será recirculado a los estanques de almacenamiento de agua industrial previstos en la planta de hormigón, y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón.
Manejo de productos químicos y otras sustancias Durante la fase de construcción, operación y cierre del proyecto, se utilizarán sustancias peligrosas, las cuales serán almacenadas bodegas SUSPEL habilitadas al interior de la instalación de faena principal y secundaria, o en el área de la subestación eléctrica, según la fase que corresponda. Esta bodega de almacenamiento temporal de sustancias peligrosas cumplirá con lo dispuesto en el D.S. Nº 43/2015 MINSAL. El almacenamiento de las sustancias se realizará de acuerdo con sus compatibilidades.
Combustibles Durante todas las fases del Proyecto, el combustible será comprado y suministrado por terceros autorizados por la SEC y almacenado en estanques de 1 m3 de capacidad cada uno. Se encontrarán ubicados en las zonas de acopio respectivas, las cuales contarán con una superficie impermeable con el fin de impedir cualquier tipo de contaminación del suelo al momento de realizar la carga o descarga de estos. Además, contarán con un equipo expendedor de combustible que incluye bomba manguera y pistola de corte manual con certificación SEC que estarán sobre una superficie impermeable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El área para almacenamiento de combustibles cumplirá con las normas de seguridad mínimas, es decir: señalización, ventilación, extintores y distancias adecuadas para la circulación de personas y vehículos además de los requisitos técnicos y administrativos señalados en el D.S. Nº 160/08 MINECOM. Para el caso de los vehículos, el abastecimiento de combustible se realizará en las estaciones de servicio cercanas al área del proyecto.
- En relación a la acción de agotamiento de napa, los trabajos de construcción de las fundaciones consideran el hormigonado in situ de las losas de apoyo, complementado, de ser necesario, con las actividades de disposición local de la escorrentía superficial o de abatimiento de la napa, para trabajar con el sello de fundación en seco; manteniendo el nivel del agua bajo la excavación, garantizando así que las aguas no entren en contacto con los trabajos y materiales asociados a la construcción.
Por otro lado, en caso que se deba ejecutar fundaciones con mejoramiento de suelo (sobre excavación con rellenos de hormigón), que serán colocados inevitablemente bajo agua por las características de su método constructivo, estos no generarán contaminación ya que son materiales inertes e inocuos para la napa, tal como lo señala el documento de la CONAMA de 2001 denominado “Guía para el Control y Prevención de la Contaminación Industrial, Rubro Productos de Cemento y Hormigón"; la referencia señala textual “En general los residuos generados en la elaboración de los productos de cemento y hormigón, y/o obtenidos a partir de las obras in situ desarrolladas a partir del hormigón premezclado, se pueden clasificar como inertes y por lo tanto, de nula riesgosidad.”
Dadas las condiciones expuestas es posible descartar la contaminación del agua por los trabajos de construcción de fundaciones, debido a que se procurará alejar la napa de las actividades y en caso de contacto con ella, los materiales (Hormigón y áridos) no producen afectación sobre el acuífero.
El Proyecto no afectará aguas subterráneas que contengan aguas milenarias y/o fósiles, debido a su ubicación y a la ausencia de este tipo de unidades acuíferas en el Área de Influencia. Cabe precisar que las aguas subterráneas (milenarias y fósiles) objeto de protección de la norma, se ubican en el Altiplano y zonas de la alta Cordillera de Los Andes.
En términos generales, el Proyecto no contempla intervenciones mayores de cuerpos o cursos de agua en que se generen fluctuaciones de niveles para uso interno del parque o como suministro del recurso. Sólo en aquellas fundaciones que sea estrictamente necesario (durante su excavación y antes del hormigonado) y exista presencia de agua al interior de la excavación se realizarán actividades de agotamiento restringido al área de excavación, para mantener el terreno seco y en condiciones de trabajo. Esta actividad tendrá lugar puntualmente en la fase de construcción y, posteriormente, la fundación misma actuará como un sello que no permitirá el flujo de agua hacia la superficie de la excavación, por lo que las aguas recuperan su nivel original.
El Proyecto no contempla la intervención de vegas ni bofedales que pudiesen verse afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y de la biodiversidad, debido a su ubicación y emplazamiento de sus partes y obras. Cabe precisar que las vegas y bofedales corresponden a humedales andinos ubicados en las Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta.
El Proyecto no considera la intervención de humedales, estuarios y turberas, que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El Proyecto no considera la intervención de humedales, estuarios y turberas, que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.
- El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Obstrucción o restricción a la libre circulación o aumento en los tiempos de desplazamiento. Parte, obra o acción que lo genera Transporte de insumos Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Alteración de los sistemas de vida y costumbre de los grupos humanos por emisiones de ruido y vibración. Parte, obra o acción que lo genera Acciones fase construcción Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Alteración de los sistemas de vida y costumbre de los grupos humanos por efecto de sombra parpadeante y disco Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico 5.3. Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. 6.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
- En base a la información presentada en el Anexo 2.8 Línea de Base de Medio Humano de la DIA se identifica la zona de influencia y los grupos humanos cercanos. La determinación del área de influencia de medio humano se basó en la consideración del uso de la ruta N-85 como fuente de un potencial impacto relacionado con los literales b y c del artículo 7 del RSEIA. Además, se consideró la gran densidad de receptores de los componentes de ruido y emisiones, ubicados en la localidad de Pemuco, de esta manera, el área de influencia (AI) del Medio Humano se ha definido como el polígono que comprende el sitio del proyecto, los asentamientos o sectores que se relacionan con el uso de la Ruta N-85, entre el cruce de la Ruta 5 y la localidad urbana de Pemuco. Las localidades son: Pemuco urbano, los sectores rurales de San Pedro, Villa La Unión, Relbún, Valle Hermoso, Chequenes, Culenco y la Ruta N-85. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
En la tabla 88 de la Adenda se presenta el área de influencia del Medio Humano que permite visualizar la ubicación de las partes, obras y/o acciones del proyecto y su relación con los grupos humanos afectados, en una escala numeral de 1: 90.000 y gráfica de 1: 5.000.
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En base al análisis realizado a las partes, obras y acciones se desprende que el Proyecto no generará Reasentamiento de Comunidades Humanas.
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El Proyecto, en ninguna de sus fases, realizará la intervención o restricciones del acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico o de uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural) de los grupos humanos presentes en el área de influencia. Esto dado que el desarrollo de la actividad económica asociada al Proyecto no se relaciona ni contrapone con el desarrollo de las principales actividades económicas realizadas por la población del AI del Proyecto. Se destaca que ninguna de las actividades que se realizan de manera informal y a menor escala, tales como la apicultura (tanto el emplazamiento de los cajones de panales o espacios de floración utilizados en esta actividad), recolección de frutos (actividades forestales no maderables), se realiza o emplaza al interior del área de emplazamiento del Proyecto. El desarrollo del Proyecto no generará interacción con los espacios de recreación, naturales y de interés turístico emplazados en el área de influencia.
En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades y en sus distintas fases no generará la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
En respuesta 4.43 de la Adenda, se ampliaron los antecedentes para descartar impactos significativos para el componente suelo como recurso natural utilizado como sustento económico, de acuerdo a los datos entregados en el Anexo 2.2 Estudio edafológico donde la superficie de suelos clase de capacidad de uso II (13,24 ha) y III (42,87 ha) por obras permanentes, lo que puede genera un impacto significativo por Pérdida temporal o permanente de uso agrícola de suelos productivos.
Se señaló, que la pérdida del recurso suelo, particularmente aquel con valor agrícola, será ocasionada por la materialización y/o emplazamiento de aquellas obras de tipo permanente que, evidentemente impedirán el uso o disponibilidad de esas superficies para su uso con fines agrícolas.
Del análisis de los resultados de línea base y de las obras permanentes que se consideran para la materialización del Proyecto, se establece que del total capacidad de uso II (11,37 ha) y III (46,61 ha) por obras permanentes, corresponde al 33,6% de la superficie del área del Proyecto (total 172,57).
En consecuencia, el potencial impacto “: Pérdida de suelos con valor agrícola por obras permanentes del Proyecto”, se manifestaría por la pérdida de suelos de Clase de Capacidad de Uso II y III por obras permanentes correspondiente a 57,98 ha.
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Las actividades del proyecto asociadas a la habilitación de las obras temporales, tales como: nivelación y despeje de terreno, movimiento de tierra, tránsito de vehículos livianos y pesados, entre otros, generarán una destructuración y alteración de las propiedades del suelo. Estas alteraciones están relacionadas con cambios en la estructura del suelo, reducción en la porosidad, disminución en la velocidad de infiltración, reducción en la capacidad de enraizamiento de las plantas, disminución del volumen y profundidad del suelo y reducción de la capacidad de retención de agua. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
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De acuerdo con los antecedentes presentados dentro del área de influencia del Proyecto los habitantes de Pemuco urbano utilizan con mayor frecuencia la Ruta N-59-Q que conduce a la ciudad de Chillán y Yungay. Las zonas rurales del AI se emplazan o sus accesos están a lo largo de la Ruta N-85, siendo esta la ruta de mayor uso de la población. De acuerdo con los resultados del estudio “Impacto Vial” en el Anexo 4.7 de esta Adenda), considera una modificación en los viajes realizados por camiones en la etapa de construcción, dado que el Proyecto ha considerado un aumento en la cantidad de material de empréstito que se requiere transportar, esto directamente aumentó la cantidad de viajes de camiones, pasando de 52 vehículos pesados a 70 vehículos pesados. Particularmente, para los escenarios 5 y 6, que considera la interacción del proyecto con la Ruta N- 85, se lleva a cabo el análisis teniendo en cuenta un único acceso que abarca todos los flujos de entrada y salida a través de la Ruta N-85, considerando así la peor condición posible en ambos escenarios.
De los resultados obtenidos, se aprecia un nivel de servicio A para todos los escenarios analizados, es decir, que, para los escenarios más restrictivos, en los que considera la fase de construcción y operación en el año 2024 y 2025 respectivamente, presentan una condición de flujo libre para el tránsito vehicular. Por ello, es posible afirmar que el Proyecto no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de la población producto de los mayores flujos vehiculares que se producen durante la fase de construcción. No obstante, y en virtud de la percepción que tienen los residentes de las localidades del AI respecto de la Ruta N-85 y del desarrollo de festividades en el AI, el Titular incorpora Compromisos Ambientales Voluntarios asociados a la seguridad vial y flujos del proyecto.
- De acuerdo con los antecedentes presentado en el Capítulo 1 “Descripción de Proyecto”, la mano de obra requerida durante las fases del proyecto provendrá en su mayoría de la ciudad de Chillán, dado que cuenta con mayor disponibilidad de servicios de alojamiento y salud. De igual manera, el Titular considera la incorporación de mano de obra local o de servicios locales, de acuerdo con las especialidades técnicas, grados de calificación o servicios que se requieran, para lo cual se establece el Compromiso Ambiental Voluntario: • CAV-04: Fomento a la contratación mano de obra local y servicios locales (ver Capítulo 6 de la DIA y Anexo 3.1 de la Adenda). En la siguiente tabla se presenta un listado de equipamientos, servicios e infraestructura básica, además de otras referencias relevantes y su relación con el proyecto, exponiendo la distancia de cada una de ellas con la parte u obras más cercana. Tabla: Distancia de obra o parte más cercanas del Proyecto a infraestructura básica, equipamientos, servicios, lugares o actividades. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
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Fuente: Tabla 128, de la Adenda, Distancia de obra o parte más cercanas del Proyecto a infraestructura básica, equipamientos, servicios, lugares o actividades.
Los caminos que se contempla construir y mejorar corresponden a caminos privados al interior de los predios, por lo que la totalidad de los trabajos que se realicen para materializar estas obras no tendrán interferencia con el acceso o a la calidad de los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, ya que ninguna de estas obras se encuentra relacionada con una ruta pública. En este contexto, es posible establecer que el Proyecto no generará presión ni impactos significativos sobre bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica existentes en el área de influencia del Proyecto, toda vez que no realizará requerimientos adicionales para el uso de servicios de salud o alojamiento en el área de influencia, especialmente en Pemuco Urbano, pues la mano de obra que no sea local se trasladará diariamente a la ciudad de Chillán. Además, dado que las instalaciones de faena consideran comedores y la provisión de alimentos a través de una empresa externa autorizada, así como una sala de primeros auxilios, la cual, si bien no permitirá atender enfermedades o accidentes de mayor gravedad, si permitirá entregar una atención básica a malestares o lesiones menores (en caso de un requerimiento de salud mayor, este será derivado a la ciudad de Chillán). Por todo lo anterior, no se prevé aumento de la población local, en su estructura y composición. En cuanto a dotación de servicios básicos e infraestructura general, no se prevé limitar y/o alterar el acceso a ella, o bien, incrementar la demanda de los servicios por parte del Proyecto en desmedro de los habitantes del área de influencia. A su vez, tal como se dio cuenta en el análisis del Literal b) del presente artículo, las conclusiones del estudio de Impacto Vial no muestran un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento de la población del área de influencia, no afectando con ello el acceso a bienes y servicios. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- En el área de influencia del Proyecto se desarrollan distintas festividades culturales y tradicionales, en donde es posible identificar, la presencia de una tradición fuertemente anclada en la ruralidad conservando prácticas culturales campesinas hasta la actualidad, las que mantienen la identidad del territorio. Para las festividades cuyo desarrollo involucre a la Ruta N-85 (29 de junio en el sector de San Pedro se celebra el santoral y el 08 de diciembre se celebra a la Virgen María en el santoral católico donde en Valle Hermoso se peregrina en la ruta, semana pemucana, entre otras), el Titular ha adquirido un Compromiso Ambiental Voluntario: • CAV-03: Restricción de flujo vehicular asociado a manifestaciones culturales y religiosas. El compromiso anterior permite restringir la circulación vial en la Ruta N-85 los días u horarios, según corresponda, en que se realicen procesiones o cuando se acceda a las localidades para las festividades para no afectar el buen desarrollo de dichas festividades, programándose con antelación la restricción del tránsito vehicular (según corresponda) en las fechas u horarios, conforme a las características de la festividad. El detalle de cada CAV mencionado se presentan en la Capítulo 6 de la DIA y en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria. En base a los antecedentes presentados sobre las distintas festividades que son desarrolladas en el AI del Proyecto, se establece que las obras, partes y/o acciones del Proyecto no afectarán ni impedirán el ejercicio de manifestaciones tradicionales, culturales o intereses comunitarios. Por otra parte, es posible afirmar que el Proyecto no afecta los sitios turísticos o recreacionales con potencialidad de explotación turística como Laguna del Laja, Laguna Dañicalqui, el Salto del Dañicalqui y el balneario el Ajial, o el complejo deportivo, así como tampoco el acceso a éstos, toda vez que estos se relacionan con el Proyecto a través de la Ruta N-85, descartándose una afectación significativa en dicha ruta, debido a que permanece una capacidad libre aproximadamente de un 67% para su uso, de acuerdo con los resultados del estudio de impacto vial (Anexo 1.7 de la DIA y Anexo 4.7 de la Adenda). Ello implica que no habrá impacto significativo de los tiempos de desplazamiento de los usuarios de esa vialidad. Cabe indicar que el sitio turístico o recreacional más cercano al Proyecto es la Medialuna de Pemuco, emplazada a 875 metros al oriente del Aerogenerador 02. En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades y en sus distintas fases no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo humano. Así tampoco, altera las formas de organización social particular de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
-Para el Proyecto Parque Eólico Pemuco, es importante indicar que dentro el Área de Influencia (AI) de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos del Proyecto, no se detectó la presencia de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI), incluyendo a las personas citadas, ya sea a través de la presencia de Comunidades, Asociaciones, Tierras Indígenas (títulos de merced, comisario, compras del tipo 20-A o 20-B), como tampoco se registró la ocurrencia de ritos o presencia de espacios significativos para GHPPI. La indagatoria acerca de la presencia de GHPPI en el AI de Medio Humano, se realizó en cada entrevista y a todos los participantes del estudio de caracterización entre los que se cuentan tres (3) dirigentes de JJVV y dos (2) funcionarios de la I. Municipalidad de Pemuco. En la indagatoria no se registraron Comunidades, Asociaciones, Tierras Indígenas (títulos de merced, comisario, compras del tipo 20-A o 20-B), tampoco se registró la ocurrencia de ritos o presencia de espacios significativos para GHPPI. De esta manera el Titular perseveró en la búsqueda de información, recabando en las campañas de terreno antecedentes acerca de la presencia de ciudadanos que reuniesen las características contempladas en el mencionado artículo 2 de la Ley 19.253. Los resultados permiten concluir: (i) que la presencia de GHPPI en la comuna de Pemuco no se expresa en los fundamentos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
que dan origen a la determinación y definición el AI de Medio Humano y, (ii) que no existen actividades, acciones, manifestaciones ni otras formas de expresión de corte étnico, que sugiera la necesidad de modificar el contenido del análisis del literal d) del artículo 7 del RSEIA, el que reconoce como “comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparten un territorio en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identificaron Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico 6.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. - En base a la información presentada en el Anexo 2.8 Línea de Base de Medio Humano de la DIA, no se identificaron grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) acreditados por CONADI dentro del área de influencia del Proyecto, así como tampoco se registraron asociaciones ni comunidades indígenas alrededor del Proyecto ni familias adscritas a GHPPI. Conforme a lo señalado en el Anexo 2.8 Línea de Base de Medio Humano de la DIA, no existen poblaciones protegidas en o en el entorno del Proyecto, por lo que se descarta afectación alguna. Respecto al área de influencia, los antecedentes levantados en terreno indican que no hay presencia de comunidades ni organizaciones indígenas en los sectores y/o localidades que la conforman. Tampoco se reconoció la celebración de ritos o presencia de espacios significativos de GHPPI por parte de los entrevistados.
- El Proyecto no se encuentra en o próximo a áreas ni a recursos protegidos, ni humedales protegidos o a ecosistemas acuáticos, incluidos en la lista a la que se refiere la Convención relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, y que fueron promulgadas mediante Decreto Supremo N° 771/1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Respecto de las Áreas Silvestres colocadas bajo protección oficial, las más cercanas al Proyecto se encuentran a más de 50 km y corresponden al “Santuario de la Naturaleza Predio Los Huemules del Niblinto”, ubicado en la región de Ñuble, el “Parque Nacional Nonguén” y el “Parque Nacional Laguna del Laja”, ambos ubicados en la región vecina del Biobío. Por su parte, los Sitios Prioritarios más cercanos al Proyecto se encuentran a más de 32 km y corresponden al “Cerro Cayumanque” y “Nevados de Chillán (región de Ñuble), y al “Fundo Nonguén” (región del Biobío). Por último, las Áreas Socioculturales colocadas bajo Protección Oficial más cercanas al Proyecto, se pueden observar en la Figura siguiente, siendo la más cercana la ZOIT “Pinto” en la región del Biobío, seguido de “Pinto” a más de 31,4 km en la región de Ñuble. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Conforme lo anterior, se hace presente que el Proyecto, así como sus partes, obras y acciones, no posee una relación espacial directa con recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación o humedales protegidos, toda vez que se emplaza a más de 31 km de éstas.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Intrusión visual Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental Modificación de atributos estéticos Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Parque Eólico Línea de transmisión eléctrica Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Se presenta en el Anexo 2.7 LdB Paisaje de la DIA y Anexo 4.4 de la Adenda la Línea de base de Turismo. La evaluación turística realizada establece que al interior del área de influencia existen variables o atributos que cualifican a la zona de Proyecto con valores turísticos medio y destacado, ubicándose todas las obras, partes, y acciones del Proyecto en sectores de valor turístico medio. Ahora bien, como el Proyecto se localiza en una zona de valor turístico medio, se establece que el Proyecto no produce alteraciones significativas en el sistema turístico, siendo la mayor interferencia la circulación de camiones sobredimensionados. No obstante, el Titular ha establecido el CAV-03 correspondiente a la restricción de flujo vehicular asociado a manifestaciones culturales y religiosas. Por otra parte, el titular comprometió el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) de Turismo y Paisajístico asociado al proyecto, para potenciar sinergias entre los atractivos turísticos y paisajísticos de la comuna y el Proyecto, CAV-17 - Mirador Parque Eólico Pemuco el cual tiene como objetivo establecer un mirador turístico al Parque Eólico Pemuco en la entrada de la ciudad de Pemuco por la Ruta N-59, para potenciar la imagen de la ciudad como ambientalmente sustentable, transformado el Parque Eólico en un activo turístico de la comunidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
-Se presenta en el Anexo 2.7 LdB Paisaje de la DIA, el cual define el área de influencia la vegetación presenta atributos biofísicos que otorgan valor paisajístico, éstos son: • Pendientes: o Predominancia de llanura de 0 hasta 5 grados, con presencia de lomajes de hasta 20 grados. • Agua: o Presencia de agua en abundancia media; o Calidad limpia o transparente; o Ribera o zona ripariana con vegetación; y • Vegetación: o Cobertura vegetacional media; o Vegetación con temporalidad permanente; o Más de un estrato vegetacional; o Follaje caduco o mixto. No obstante, se destaca que ningún elemento del paisaje al interior del Área de Influencia posee atributos que otorguen a la zona una calidad paisajística que lo posicionen como único y representativo. Sin embargo, si bien dichos elementos otorgan valor paisajístico, ningún elemento posee atributos que lo posicionen con calidad destacada y/o como único o representativo. Se presenta en el Anexo 4.6 de la Adenda los fotomontajes. En la siguiente Tabla se presenta el detalle de los puntos de montaje y observación. Tabla: Puntos de fotomontaje y de observación
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Fuente: Tabla 90 de la Adenda, Puntos de fotomontaje y de observación.
- Respecto de la obstrucción de visibilidad se desprende que se generará la intrusión visual en grado mayor y permanente, y la incompatibilidad visual en grado mayor y permanente durante la vida útil del Proyecto, sin embargo, se establece que al interior del área de influencia no existen atributos paisajísticos que otorguen a la zona de Proyecto y a su área de influencia, una calidad paisajística que lo posicionen como único y representativo. A la vez, si bien el Proyecto produce obstrucción de la visibilidad y alteraciones en atributos paisajísticos, en grados mayor a bajo, ello se produce en un paisaje de calidad media y no se realizan en una zona con valor paisajístico, ni afectando a elementos evaluados como únicos y/o representativos, dado que son inexistentes en el área de influencia.
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De acuerdo a lo señalado en el Anexo 2.7 LdB Paisaje de la DIA Al interior del área de influencia se identifican dos unidades de paisaje, denominadas "UP Llanura con sectores ondulados" y "UP Pemuco", con calidad paisajística media. Como ha sido mencionado de forma previa, si bien existen elementos del paisaje que otorgan valor paisajístico, ningún elemento posee atributos que lo posicionen con calidad destacada y/o como único o representativo. Es por ello que las UP antes mencionadas poseen calidad paisajística media. Respecto de la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico, se desprende que se generará artificialidad en grado medio, pérdida de atributos en grado bajo y modificación de atributos estéticos en grado mayor, durante la vida útil del Proyecto. A su vez, se establece que al interior del AI no existen atributos paisajísticos que otorguen a la zona de Proyecto y a su AI, una calidad paisajística que lo posicionen como único y representativo. Si bien el Proyecto produce obstrucción de la visibilidad y alteraciones en atributos paisajísticos, en grados mayor a bajo, ello se produce en un paisaje de calidad media, y no se realizan en una zona con valor paisajístico, ni afectando a elementos evaluados como únicos y/o representativos, dado que son inexistentes en el AI.
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De acuerdo con los resultados del estudio de transporte (Anexo 1.7 de la DIA y Anexo 4.7 de la Adenda), que concluyen que, en la fase de mayor demanda vehicular, la capacidad de la Ruta N-85 mantendrá una condición de flujo estable y no habrá cambios o aumentos significativo de los tiempos de desplazamiento de la población en dicha ruta. Esto debido a que permanece una capacidad libre de aproximadamente un 67% para su uso. Ello implica que no habrá impacto significativo de los tiempos de desplazamiento de los usuarios de esa vialidad, considerando el escenario modelado como peor condición de evaluación vial en una sola hora, coincidente con la hora de mayor flujo vehicular diario. De este modo, el proyecto respecto del uso de la vialidad en la etapa de construcción no genera obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad del sector, ni genera aumento significativo de los grados de saturación, ni el nivel de servicio de las vías. De acuerdo con los antecedentes anteriormente expuesto, es posible concluir que, con ocasión del desarrollo de las obras y actividades del Proyecto, no se generará alteración en una zona con valor paisajístico único y representativo, ni tampoco con valor turístico. El Proyecto no afecta los sitios turísticos o recreacionales con potencialidad de explotación turística como Laguna Dañicalqui, el Salto del Dañicalqui y el balneario El Ajial, o el complejo deportivo, así como tampoco el acceso a éstos, toda vez que éstos se relacionan con el Proyecto a través de la Ruta N-85.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No se identificaron - Respecto al área de Influencia y de acuerdo con los resultados de la Línea Base de Patrimonio Cultural (adjunta en el Anexo 2.9, ampliada en el Anexo 4.4 de la Adenda y 2.10 de la DIA), en la superficie a utilizar por el Proyecto no se han identificado: • Elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Hallazgos paleontológicos • Elementos de carácter patrimonial. • Manifestaciones culturales o de folclore de alguna comunidad al interior de estas instalaciones, incluyendo GHPPI. De acuerdo con los resultados de la revisión de antecedentes bibliográficos y a los resultados de la inspección visual in situ (ver Línea de Base Arqueológica en el Anexo 4.4 de la Adenda), es posible determinar que el proyecto “Parque Eólico Pemuco” no presenta afectaciones a la integridad de elementos patrimoniales protegidos por ley, ya que por una parte, aquellos elementos identificados en la etapa de revisión de antecedentes se encuentran distantes del área de Influencia y, por tanto, no sufrirían afectaciones por causa de obras y acciones asociadas al Proyecto. Por otra parte, no se evidenciaron elementos culturales durante las inspecciones arqueológicas superficiales susceptibles a ser protegidos, de acuerdo con la normativa legal vigente y aplicable.
- De acuerdo con los resultados expuestos en el Anexo 2.9 de la DIA, no se registró presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente.
En vista de ello en el Anexo 4.4 de la Adenda se entrega una nueva versión de la Línea de Base de Arqueología, en la cual se profundizar en los antecedentes arqueológicos prehistóricos e históricos del área, a partir de una revisión de la bibliografía especializada y debidamente actualizada. La revisión bibliográfica aborda fuentes tales como: proyectos sometidos al SEIA, catastros de sitios arqueológicos, fuentes históricas, etc. Debe considerarse bibliografía actualizada y textos clásicos. Esta revisión fue cotejada con las características de emplazamiento de las obras del proyecto, con el fin de evaluar la posibilidad de existencia de sitios arqueológicos no detectables en superficie. Además, se incorpora un plano a escala adecuada con los sitios y hallazgos arqueológicos cercanos al proyecto. Incluyendo el hallazgo más cercano se encuentra a 900 metros (UTM E 748804.14 / UTM N 5904626.09).
Por otro lado, en consideración a que la visibilidad de la inspección visual se vio dificultada en algunos sectores del proyecto, debido a la cubierta vegetal existente y considerando la cercanía del proyecto con elementos arqueológicos, se implementará un monitoreo arqueológico permanente por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación en el área del proyecto. Antes del inicio de cada obra se realizarán charlas de inducción a las/los trabajadores del proyecto (por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo), sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad), en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución), de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes, con la firma y RUT de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: f.1) Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). f.2) Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. f.3) Medidas de protección y/o conservación implementadas.
f.4) Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. f.5) Planilla de registro de sitios arqueológicos en formato Excel, siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formulariosprotocolos/planilla-registrositios- arqueológicos.
Se efectuará el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar, si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). El informe final de monitoreo dará cuenta de las actividades realizadas y, de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se solicitará el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación D.S. N° 484/90 del Ministerio de Educación, de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva será indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual se remitirá un documento oficial de la institución museográfica, aceptando la eventual destinación. Se solventarán los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. En el caso de existir intervención por las obras del proyecto sobre sitios arqueológicos, Engie Energía Chile se comprometerá con medidas tales como: difusión científica y a la comunidad local de los sitios encontrados y estudiados, puestas en valor de los sitios encontrados, catastros arqueológicos, entre otros.
Asimismo, de acuerdo con los resultados expuestos en el Anexo 2.10 de la DIA, según lo observado durante la inspección visual en terreno y los antecedentes paleontológicos que se disponen de la zona de estudio, no se presentan hallazgos paleontológicos. Sin embargo, la unidad geológica identificada corresponde a una unidad sedimentaria, cuyo origen implica procesos y ambiente sedimentario, donde no es posible determinar en su totalidad la inexistencia de fósiles bajo la superficie, por lo que se asigna un Potencial Paleontológico Susceptible (bajo a medio) para el área de influencia del Proyecto. Conforme a lo anterior, en el caso de realizar algún tipo de descubrimiento patrimonial no identificado en la Caracterización Ambiental, se cumplirá con lo establecido en los Artículos 26° y 27° de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos 20° y 23° del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Por lo tanto, ante algún hallazgo durante las actividades de construcción, se paralizarán en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos y se procederá a informar al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Adicionalmente, de acuerdo con la determinación del potencial paleontológico y el tipo de obra a desarrollar, el Titular implementará charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto, dictadas de forma previa al inicio de las obras de excavación y realizadas o supervisadas por un paleontólogo cuyo perfil sea el aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales. Lo anterior, es adquirido como Compromiso Ambiental Voluntario: • CAV-12: Charlas de inducción ambientales (véase Capítulo 6 de la DIA y Anexo 3.1 de la Adenda). Adicionalmente, se confeccionará un protocolo en caso de hallazgos paleontológicos imprevistos, que será expuesto durante las charlas de inducción, considerando lo indicado en el Artículo N° 26 de la Ley de Monumentos Nacionales. Conforme a lo expuesto, se confirma que el Proyecto no interviene o modifica ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. - En efecto, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto y a fin de no incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal, y el artículo 23° del D.S. N° 484/1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, es decir, a paralizar toda obra en el sector del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por Engie Energía Chile S.A.
-
Como se señaló anteriormente, respecto al área de Influencia y de acuerdo con los resultados de la Línea Base de Patrimonio Cultural (adjunta en el Anexo 2.9 y 2.10 de la DIA), en la superficie a utilizar por el Proyecto no se han identificado elementos de carácter patrimonial. Aquellos elementos identificados en la etapa de revisión de antecedentes se encuentran distantes del área de Influencia, por tanto, no sufrirían afectaciones por causa de obras y acciones asociadas al Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular indica que realizará charlas de inducción respecto a la importancia de los recursos de valor patrimonial en el área de proyecto, al inicio de la fase de Construcción del Proyecto, en forma previa a efectuar las actividades de movimientos de tierra. Lo anterior, es adquirido como Compromiso Ambiental Voluntario: CAV-12: Charlas de inducción ambientales (véase Capítulo 6 de la DIA y Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria). Finalmente, y ante el posible hallazgo de restos artefactuales, ecofactuales y/o paleontológicos durante las obras que involucren movimientos de tierra, el Titular dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, con el fin de proteger el Patrimonio Cultural y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales Nº 17.288). Conforme a lo expuesto, se confirma que el Proyecto no intervine, modifica o deteriora en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por si singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural.
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Conforme los resultados de la línea de base de Medio Humano (Anexo 2.7 de la DIA), en los predios donde se emplazará el Proyecto no se registran manifestaciones culturales o de folclore de alguna comunidad al interior de estas instalaciones. A la vez, es importante aclarar que, en el AI del Proyecto, y en la comuna de Pemuco en general, no se han identificado grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) acreditados por CONADI dentro del AI del Proyecto, así como tampoco se registraron asociaciones ni comunidades indígenas alrededor del Proyecto ni familias adscritas a GHPPI. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Sin embargo, tomando en consideración que se identifica una valoración de las festividades por parte de los grupos humanos que habitan en las localidades del AIMH, el Titular ha adquirido el siguiente Compromiso Ambiental Voluntario: CAV-03: Restricción de flujo vehicular asociado a manifestaciones culturales y religiosas (ver Capítulo 6 de la DIA y Anexo 3.1 de la Adenda). Por lo anterior, el Proyecto no considera intervención sobre lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental
Los permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental aplicables al proyecto son los siguientes:
6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación. Tabla: Permiso para realizar pesca de investigación según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica Compromiso ambiental voluntario CAV-10 Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación.
Los antecedentes técnicos y formales fueron actualizados y presentados en Anexo 5.1 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, a través del ORD. Nº (D.AC.) ORD. SEIA. N°96 de fecha 20 de febrero de 2024, se pronunció conforme sobre la Adenda complementaria, señalando que “Por cuanto el titular entrega respuesta a las observaciones planteadas, dando cumplimiento con la normativa ambiental e identifica correctamente el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) Nº119, del cual esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura se manifiesta conforme respecto de su otorgamiento, debido a que la información entregada cumple con el requerimiento normativo. Lo anterior, en el entendido y bajo la condicionante de que dentro de los antecedentes presentados para la obtención de dicho PAS en Anexo 5.1 de la Adenda, se incorpore a la especie Brachygalaxias bullocki, dentro del listado de especies ícticas principales a capturar en el área de estudio descrito en la Tabla 1. Esto, debido a que, si bien fue identificada durante la segunda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
campaña de monitoreo, no fue incorporada dentro del listado respectivo”.
6.2. Permisos ambientales sectoriales mixtos
Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:
6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Tabla: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Tres PTAS con estanques de acumulación del efluente, para la totalidad de aguas servidas a generar en esta fase correspondiente a 67,5 m3/día, para una población de 450 trabajadores peak.
Fase de operación: Se dispondrá de una PTAS con un estanque de acumulación del efluente para la totalidad de aguas servidas a generar en esta fase correspondiente a 1,5 m3/día, para una población de 10 trabajadores en total.
Fase de cierre: Se dispondrá de una PTAS con un estanque de acumulación del efluente para la totalidad de aguas servidas a generar en esta fase correspondiente a 15 m3/día, para una población de 100 trabajadores peak. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población.
Los antecedentes técnicos y formales fueron actualizados y presentados en el Anexo 5.2 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Ñuble, a través del ORD. Nº 11399 de fecha 17 de agosto de 2023, se pronunció conforme sobre la Adenda, señalando que se entregaron los antecedentes que acreditan el cumplimiento de los requisitos del PAS 138.
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6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Tabla: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica Durante las distintas fases del proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios y residuos industriales no peligrosos. En la fase de construcción se contempla la generación de 13.500 kg/mes (450 kg/día) de residuos domiciliarios y 8 ton/mes de residuos industriales no peligrosos. En la fase de operación se contempla la generación de 300 kg/mes (10 kg/día) de residuos domiciliarios y 0,33 kg/mes de residuos industriales no peligrosos. En la fase de cierre se contempla la generación de 3.000 km/mes (100 kg/día) de residuos domiciliarios y 5 ton/mes de residuos industriales no peligrosos. Para el manejo de los residuos domiciliarios se habilitará una bodega de almacenamiento temporal de RSD. Por su parte, para los residuos industriales no peligrosos se contará con una bodega de almacenamiento temporal de RSINP. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.
Los antecedentes técnicos y formales fueron presentados en Anexo 3.3 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Ñuble, a través del ORD. Nº 11399 de fecha 17 de agosto de 2023, se pronunció conforme sobre la Adenda, señalando que se entregaron los antecedentes que acreditan el cumplimiento de los requisitos del PAS 140.
6.2.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. Tabla: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosossegún se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica Para todas las fases del Proyecto se contará con Bodegas de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Que el almacenamiento de residuos peligrosos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Los antecedentes técnicos y formales fueron presentados en Anexo 3.4 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Ñuble, a través del ORD. Nº 11399 de fecha 17 de agosto de 2023, se pronunció conforme sobre la Adenda, señalando que se entregaron los antecedentes que acreditan el cumplimiento de los requisitos del PAS 142.
6.2.4. Permiso para la corta de bosque nativo. Tabla: Permiso para la corta de bosque nativo según se establece en el artículo 148 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto efectuará la corta de 8,69 ha de Bosque Nativo.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Consiste en reforestar o regenerar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada, con especies del mismo tipo forestal.
Los antecedentes técnicos y formales fueron actualizados y presentados en Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente La CONAF, región de Ñuble a través del ORD. Nº 7-EA/2024 de fecha 16 de febrero de 2024, señalando que: “se condiciona la aprobación a que previamente a la presentación sectorial del respectivo Plan de Manejo se realice corrección de la cartografía presentada en esta etapa de la evaluación ambiental, considerando que por error involuntario fue presentada una que no es congruente con lo incorporado en el PAS 148.”
La Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2023, condicionado a lo señalado por el organismo competente.
6.2.5. Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal. Tabla: Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal. según se establece en el artículo 149 del Reglamento del SEIA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto efectuará la corta de 88,07 ha de Plantación de Pino radiata y Eucalyptus globulus.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Consiste en reforestar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada.
Las condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento se presentan en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente La CONAF, región de Ñuble a través del ORD. Nº 7-EA/2024 de fecha 16 de febrero de 2024, señalando que:
“Se condiciona la aprobación a que al momento de ingresar el correspondiente Plan de Manejo el titular solamente presente los predios cuentan con compromisos asociados al Decreto Ley 701, considerando además que este OAECA no cuenta con atribuciones legales para pronunciarse en suelos que no sean de aptitud preferentemente forestal así como lo indica el artículo 5 del Reglamento General del D.L. 701 (corta o explotación de plantaciones forestales ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal o en otros terrenos que cuenten con plantaciones bonificadas, excepto aquellas establecidas en los suelos a que se refiere la letra e) del artículo 4)”.
Teniendo en consideración el pronunciamiento del organismo competente, se sugiere a la Comisión de Evaluación de la región de Ñuble, otorgar el PAS 149, condicionado a lo señalado por el organismo competente.
6.2.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce. Tabla: para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica Cruces curso de agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas.
Los antecedentes técnicos y formales fueron actualizados y presentados en Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente La DGA, Región de Ñuble, a través ORD. Nº 214 de fecha 8 de febrero de 2024, se pronunció conforme sobre la Adenda complementaria.
6.2.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. Tabla: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto requiere la construcción de obras temporales y permanentes en terrenos que se ubican fuera de los límites urbanos.
En efecto, el presente Proyecto comprende las siguientes obras y actividades permanentes a las cuales les es aplicable el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 160 del RSEIA: - Jaula de pernos aerogeneradores, - Obras del área de la subestación (Edificio O&M, Bodega RSD, Bodega RSINP, Bodega RESPEL, Bodega SUSPEL, Garita de Acceso, Sala Switchgear 1, Sala Switchgear 2, Sala SSAA, Sala de Control, Sistema contra Incendio, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), Bodega 1 Equipos electromecánicos, Bodega 2 Equipos electromecánicos).
A su vez, contempla la siguiente obra temporal a la que le es aplicable el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 160 del RSEIA: - Obras planta de hormigón (bodegas misceláneo, área oficinas, garita de acceso) - Obras IIFF principal (Área de Oficinas, Servicios Higiénicos, Comedor, Bodega RSD, Bodega RSINP, Bodega RESPEL, Bodega SUSPEL, Garita de Acceso, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), Bodega (Área de Mantención), Bodega (Zona de carga y descarga))
Obras IIFF secundaria l (Área de Oficinas, Servicios Higiénicos, Comedor, Bodega RSD, Bodega RSINP, Bodega RESPEL, Bodega Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
SUSPEL, Garita de Acceso, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), Bodega (Zona de carga y descarga)) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo.
Los antecedentes técnicos y formales fueron actualizados y presentados en Anexo 3.8 de la DIA y Anexo 5.6 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Ñuble, a través del Ord. N° 25/DDUI de fecha 21 de agosto de 2023, se pronunció conforme a la DIA, indicando: Cabe hacer presente, a esa autoridad y al interesado, que el presente pronunciamiento refiere a los contenidos técnicos y formales ambientales del PAS Mixto, descrito en el artículo 160 del Reglamento del SEIA; siendo facultad de esta Secretaría Regional Ministerial, en forma sectorial, revisar y pronunciarse frente a los demás contenidos.
El Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Ñuble, a través ORD. Nº 610/2023 de fecha 21 de agosto de 2023, se pronunció con observaciones a la Adenda, sin embargo respecto del PAS 160, señalo:
El titular cumple con los contenidos técnicos de la letra b (b.1-b.2- b.3-b.5) del artículo 160 del DS 40/2012, de competencias de este Servicio, referido a una superficie de 9.411,8 m2.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Constitución Política de la República D.S. N° 100/2005 MINSEGPRES. Tabla: Constitución Política de la República D.S. N° 100/2005 MINSEGPRES. Componente/materia: Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento El respeto de esta garantía constitucional se realiza precisamente con el cumplimiento de la normativa vigente y el reconocimiento de la institucionalidad creada al efecto. Al someter este Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se consigue lo anterior, ya que el Estado, en uso de sus atribuciones y mediante los organismos creados para ello, evaluará ambientalmente el presente Proyecto, velando porque Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no sea afectado. Indicador que acredita su cumplimiento Elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y sometimiento de la misma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable. Forma de control y seguimiento Todos los antecedentes de la evaluación ambiental del Proyecto y su respectiva RCA se mantendrán disponibles en Planta (copia impresa) y en la plataforma del e-SEIA, los que podrán ser consultados por la Autoridad para fiscalizar la correcta ejecución del Proyecto.
7.2. Ley de Bases Generales del Medio Ambiente Ley N° 19.300/1994, modificada por la Ley N° 20.417 MMA. Tabla: Ley de Bases Generales del Medio Ambiente Ley N° 19.300/1994, modificada por la Ley N° 20.417 MMA. Componente/materia: Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por tratarse de una actividad indicada en el Artículo 10, letra b) y c) conforme a lo siguiente: Letra b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. Letra c) Centrales generadoras de energía, mayores a 3 MW.
Además, su ingreso al SEIA es realizado bajo la forma de una DIA, ya que este Proyecto no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el Artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. En el Capítulo 2 de la DIA, se justifica el ingreso de este Proyecto al SEIA a través de una DIA. En este documento se presentan los antecedentes y estudios necesarios para afirmar que el proyecto cumple durante todas sus fases con las normativas legales y reglamentarias ambientales aplicables. Indicador que acredita su cumplimiento - Subida del documento DIA a la plataforma electrónica del e-SEIA y posterior formalización de este mediante ingreso del documento físico. - Obtención de la RCA favorable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Forma de control y seguimiento Todos los antecedentes de la evaluación ambiental del Proyecto y su respectiva RCA se mantendrán disponibles en Planta (copia impresa) y en la plataforma del e-SEIA, los que podrán ser consultados por la Autoridad para fiscalizar la correcta ejecución del Proyecto.
7.3. D.S. N° 40/2012, del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Tabla: D.S. N° 40/2012, del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Componente/materia: Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental, ya que éste no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refieren los Artículos 5°,6°, 7°, 8°, 9° y 10 del presente Reglamento. En el Capítulo 2 de la DIA, se justifica la pertinencia de ingreso al SEIA de este Proyecto a través de una DIA. Este Proyecto en particular, ingresa al SEIA según lo indicado en la letra b) y c) del Artículo 3º de este Reglamento, a saber: Letra b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. Letra c) Centrales generadoras de energía, mayores a 3 MW. Indicador que acredita su cumplimiento - Subida del documento DIA a la plataforma electrónica del e- SEIA y formalización a través de la plataforma de la SMA. - Transmisión de aviso radial y posterior acreditación mediante certificado de difusión y grabación del aviso. - Obtención de la RCA favorable. - Ejecución del Proyecto de acuerdo a lo establecido en la RCA. Forma de control y seguimiento Todos los antecedentes de la evaluación ambiental del Proyecto y respectiva RCA se mantendrán disponibles en Planta (copia impresa) y en la plataforma del e-SEIA, los que podrán ser consultados por la Autoridad para fiscalizar la correcta ejecución del Proyecto.
7.4. D.S. N° 30/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Tabla: D.S. N° 30/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Componente/materia: Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El presente Proyecto comprende la construcción de obras temporales y permanentes. Forma de cumplimiento En caso de cualquier infracción de aquellas de su competencia, el Titular efectuará la autodenuncia ante la Superintendencia del Medio Ambiente. Una vez efectuada la autodenuncia, se presentará el respectivo programa de cumplimiento, dentro del plazo de diez días contado desde la notificación de la formulación de cargos Indicador que acredita su cumplimiento La autodenuncia contendrá, al menos, lo siguiente: - Descripción precisa, verídica y comprobable de los hechos, actos u omisiones que constituyen la infracción en que se ha incurrido, así como sus efectos negativos. - Medidas adoptadas para reducir o eliminar los efectos negativos generados por el incumplimiento. Para el caso del programa de cumplimiento, este contará con lo siguiente: - Descripción de los hechos, actos u omisiones que constituyen la infracción en que se ha incurrido, así como de sus efectos. - Plan de acciones y metas que se implementarán para cumplir satisfactoriamente con la normativa ambiental que se indique, incluyendo las medidas adoptadas para reducir o eliminar los efectos negativos generados por el incumplimiento. - Plan de seguimiento, que incluirá un cronograma de las acciones y metas, indicadores de cumplimiento, y la remisión de reportes periódicos sobre su grado de implementación. - Información técnica y de costos estimados relativa al programa de cumplimiento que permita acreditar su eficacia y seriedad. Forma de control y seguimiento En caso de presentar un programa de cumplimiento, se implementarán reportes de seguimiento de las acciones comprometidas, los que serán remitidos a la SMA por los canales que se disponga al efecto.
7.5. D.S. N° 31/2012 Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Tabla: D.S. N° 31/2012 Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Componente/materia: Normativa de carácter general. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto dará estricto cumplimiento a los requisitos establecidos en la RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de información ante Registro de SMA y cumplimiento de la Resolución Exenta N.º 1.518/2013 MMA y carga de la información requerida en la plataforma de seguimiento ambiental, en la forma y los plazos establecidos por la RCA. Forma de control y seguimiento Mantener la información disponible y actualizada en la plataforma de Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA.
7.6. Resolución Exenta N° 844/2013 Superintendencia del Medio Ambiente, Ministerio del Medio Ambiente, Dicta e Instruye Normas de carácter general sobre la remisión de las condiciones, compromisos y medidas establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Tabla: Resolución Exenta N° 844/2013 Superintendencia del Medio Ambiente, Ministerio del Medio Ambiente, Dicta e Instruye Normas de carácter general sobre la remisión de las condiciones, compromisos y medidas establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Componente/materia: Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida a la SMA. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el registro de visitas e inspecciones de la SMA, las cuales quedarán publicadas en la Plataforma de la SMA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de visitas e inspecciones de la SMA, las cuales quedarán publicadas en la Plataforma de la SMA.
7.7. Resolución Exenta N° 1.518/2013 SMA, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N° 574 Exenta, de 2012. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: Resolución Exenta N° 1.518/2013 SMA, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N° 574 Exenta, de 2012. Componente/materia: Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Al obtener la RCA favorable, en la
plataforma http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/, se realizará la carga de la RCA, dentro de los 15 días hábiles, contados desde la fecha de notificación Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el comprobante de ingreso de información en la plataforma, al momento de ingresar la RCA Forma de control y seguimiento Se tendrá el respaldo del registro de realización de carga de RCA en el SNIFA
7.8. Resolución Exenta N° 1.139/2013 Aprueba Norma Básica para la Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.
Tabla: Resolución Exenta N° 1.139/2013 Aprueba Norma Básica para la Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Componente/materia: Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto que se describe en el Capítulo 1 de la DIA, generará emisiones y residuos que deben ser declarados en este Registro, tanto porque así lo indican las normas sectoriales, como porque una vez aprobado, estas obligaciones se contendrán en la RCA. Forma de cumplimiento El Titular declarará las emisiones y los residuos que correspondan en el registro, de acuerdo con lo señalado en el reglamento del RETC, a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico correspondiente y, a través de la cual, se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores, con la frecuencia y dentro de los plazos que se establezcan por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la autoridad. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de declaración de generación de emisiones realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC. Comprobante de declaración de generación de residuos realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC, en caso de que aplique por generación de más de 12 ton/año de residuos peligrosos o residuos no peligrosos, realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC (construcción y/o cierre). Forma de control y seguimiento Verificación anual de ingreso de datos de generación de residuos y emisiones del Proyecto en el RETC.
7.9. D.S. N° 69/2023 Ministerio de Medio Ambiente Declara zona saturada por norma diaria y latente por norma anual, ambas por material particulado fino respirable MP2,5, a la macrozona del valle central de Ñuble.
Tabla: D.S. N° 69/2023 Ministerio de Medio Ambiente Declara zona saturada por norma diaria y latente por norma anual, ambas por material particulado fino respirable MP2,5, a la macrozona del valle central de Ñuble. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción Durante la fase de construcción se generarán emisiones a la atmósfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación durante la fase de construcción se concentrarán en los gases de combustión de vehículos y por el movimiento de tierra (preparación de los caminos internos) y transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores).
Fase de Cierre Durante la etapa de cierre las emisiones atmosféricas están asociadas al desmantelamiento de las instalaciones y al tránsito de vehículos.
Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.2 de la Adenda sobre “Estudio de estimación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Como medidas de abatimiento y control, con el objeto de lograr la mínima alteración en la calidad del aire se consideran las siguientes: Fase de construcción, operación y cierre: - Registro aplicación de supresor de polvo en ejes principales de caminos. - En caso de requerirse, registro de humectación en ejes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
secundarios de caminos.
Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista encargada. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. - Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Certificado de mantenciones, para la maquinaria que requiera de revisión técnica. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. Indicador que acredita su cumplimiento - Registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta. - Periódicamente se revisarán los certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas y certificados de mantenciones. - Registro escrito de denuncias, eventos de olor, afectación de a terceros en general, o cualquier problema asociado a la comunidad por el tema de emisiones atmosféricas u olores, donde además se aborde la solución del problema de emisión detectado, el cual estará disponible para ser auditado por la autoridad fiscalizadora en las oficinas de la instalación de faena principal y, posteriormente, en las oficinas de Engie en Pemuco. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará: registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.10. D.S. N° 144/1961, Ministerio de Salud, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Tabla: D.S. N° 144/1961, Ministerio de Salud, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción
Durante la fase de construcción se generarán emisiones a la atmósfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación durante la fase de construcción se concentrarán en los gases de combustión de vehículos y por el movimiento de tierra (preparación de los caminos internos) y transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores).
Fase de Operación
Durante la fase de operación se generarán emisiones acotadas y reducidas, relacionadas principalmente a la circulación de vehículos menores para realizar labores de mantenimiento.
Fase de Cierre Durante la etapa de cierre las emisiones atmosféricas están asociadas al desmantelamiento de las instalaciones y al tránsito de vehículos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.2 de la Adenda sobre “Estudio de estimación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Como medidas de abatimiento y control, con el objeto de lograr la mínima alteración en la calidad del aire se consideran las siguientes:
Fase de construcción y cierre:
Registro aplicación de supresor de polvo en ejes principales de caminos. - En caso de requerirse, registro de humectación en ejes secundarios de caminos. - Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista encargada. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. - Certificado de revisión técnica al día, con registro de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
patentes respectivas de cada vehículo en ruta.
Certificado de mantenciones, para la maquinaria que requiera de revisión técnica. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. Indicador que acredita su cumplimiento - Registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta. - Periódicamente se revisarán los certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas y certificados de mantenciones. - Además, como medida de control de emisiones se establecerá “prohibición de quema madera y hacer fuego”. - Registro escrito de denuncias, eventos de olor, afectación de a terceros en general, o cualquier problema asociado a la comunidad por el tema de emisiones atmosféricas u olores, donde además se aborde la solución del problema de emisión detectado, el cual estará disponible para ser auditado por la autoridad fiscalizadora en las oficinas de la instalación de faena principal y, posteriormente, en las oficinas de Engie en Pemuco. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará: registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.11. D.S. N° 138/2005, Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica. Tabla: D.S. N° 138/2005, Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción Durante la construcción del proyecto se utilizarán 7 grupos electrógenos. La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena principal será generada a través de un (1) generador de 150 kVA, para a la instalación de faena secundaria se empleará un (1) generador de 100 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
kVA, mientras que en la planta de hormigón se mantendrá un (1) generador de 120 kVA. En el caso de los frentes de trabajo móviles, se utilizarán cuatro (4) generadores pequeños de 35 kVA cada uno. Operación Durante la fase de operación del Proyecto utilizarán dos (2) grupos electrógenos de 150 kVA cada uno, para garantizar que las instalaciones no se queden en ningún caso sin suministro de energía. Uno de ellos se encontrará contigua a la sala de control y el otro contiguo al edificio O&M. Cierre Durante la fase de cierre del proyecto, se tiene previsto el empleo de tres (3) grupos electrógenos. La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena será generada a través de un (1) generador de 150 kVA, el que se ubicará en una zona habilitada para ello. En el caso de los frentes de trabajo móviles, se utilizarán dos (2) generadores pequeños, de 35 kVA cada uno. Forma de cumplimiento Se declararán las emisiones de los grupos electrógenos que se utilicen durante la ejecución de las distintas fases del proyecto, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl). Indicador que acredita su cumplimiento 1. Comprobante de inscripción en sistema de declaración emisiones a través de la Ventanilla única del RETC. 2. Certificado de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.12. D.S. N° 279, Ministerio de Salud, Reglamento para el control de emisiones contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna.
Tabla: D.S. N° 279, Ministerio de Salud, Reglamento para el control de emisiones contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito vehicular Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinaria utilizados a lo largo del desarrollo el proyecto Forma de control y seguimiento Existirá copia en obra referente al estado de la maquinaria (revisiones técnicas y de gases al día).
7.13. D.S. N° 4/1997, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
Tabla: D.S. N° 4/1997, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante el desarrollo del proyecto se utilizarán vehículos motorizados, tanto para el transporte de personal como de materiales e insumos que el proyecto requiere. Forma de cumplimiento - Los vehículos motorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión, que se utilicen durante las distintas fases del Proyecto cumplirán los límites máximos de emisión señalados en la norma, lo que se comprobará mediante la exigencia de los certificados de revisión técnica al día para todos los vehículos motorizados ya sean propios, contratistas, subcontratistas o de los proveedores. - A todos los vehículos que se utilicen se les harán las mantenciones recomendadas por el fabricante y las adicionales que se requieran, para garantizar un óptimo funcionamiento de los equipos y así asegurar que las emisiones se mantengan dentro de los rangos permitidos. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificados de revisión técnica Forma de control y seguimiento - Obtener periódicamente los certificados de revisión técnica de los vehículos - Llevar registros de mantención de éstos.
7.14. D.S. N° 54/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece norma de emisión Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
aplicable a vehículos motorizados medianos. Tabla: D.S. N° 54/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante el desarrollo del proyecto se utilizarán vehículos medianos, tanto para el transporte de personal como de materiales e insumos que el proyecto requiere. Forma de cumplimiento - Los vehículos motorizados que se utilicen durante las distintas fases del Proyecto cumplirán los límites máximos de emisión señalados en la norma, lo que se comprobará mediante la exigencia de los certificados de revisión técnica al día para todos los vehículos motorizados ya sean propios, contratistas, subcontratistas o de los proveedores. - Por otra parte, el Titular verificará que todo vehículo motorizado inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuente con el rótulo que garantiza que cumple con los límites máximos de emisión, establecidos por la normativa. - A todos los vehículos que se utilicen se les harán las mantenciones recomendadas por el fabricante y las adicionales que se requieran, para garantizar un óptimo funcionamiento de los equipos y así asegurar que las emisiones se mantengan dentro de los rangos permitidos. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificados de revisión técnica Forma de control y seguimiento - Obtener periódicamente los certificados de revisión técnica de los vehículos - Llevar registros de mantención de estos.
7.15. D.S. N° 55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados. Tabla: D.S. N° 55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Fases de construcción y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción - Durante la fase de construcción las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos por transporte de insumos y materiales.
Fase de operación - Durante la fase de operación, no se considera el uso de vehículos pesados.
Fase de cierre - Durante la fase de cierre, las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos por traslado de materiales y residuos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las etapas de detallan en el Anexo 4.2 de la Adenda “Estudio de estimación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados que participen en el desarrollo del Proyecto contar con el permiso de circulación y la revisión técnica al día. - Los vehículos motorizados portarán el sello verde autoadhesivo que acredite la certificación relativa al cumplimiento de los límites de emisiones establecidos. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados pesados contar con mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre - Periódicamente se revisarán los registros y/o certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.16. D.S. N° 211/1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.
Tabla: D.S. N° 211/1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales No aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción Durante la etapa de construcción las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos por transporte de insumos y materiales.
Fase de operación Durante la fase de operación, se generarán en bajas cantidades, gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención.
Fase de cierre Durante la fase de cierre, se generarán emisiones relacionadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales y residuos.
Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.2 de la Adenda “Estudio de estimación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.17. D.S. N° 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. Tabla: D.S. N° 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, Fase de Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción, y ante la eventualidad que las actividades el Proyecto requieran de materiales e insumos enumerados en el artículo 2º del presente cuerpo legal, estos serán transportados mediante carga cubierta.
Fase de Cierre Durante la Fase de Cierre, las actividades del Proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el artículo 2º del presente cuerpo legal, los que transportados por las rutas de acceso al Proyecto Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Raschel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Registro de entrada y salida de camiones con carga. - Cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre - Se mantendrá registro disponible en las dependencias del proyecto para ser fiscalizado por la Autoridad.
7.18. D.S. N° 47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo Texto de La Ordenanza General de La Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Tabla: D.S. N° 47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo Texto de La Ordenanza General de La Ley General de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto contempla labores de movimiento de tierra, tránsito por caminos estabilizados y transporte de carga durante las fases de construcción y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
La norma indica que todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar medidas tales como: regar el terreno, transportar los materiales en camiones con carga cubierta, entre otras. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Aplicación de supresor de polvo en los ejes principales de los caminos. - Se realizará humectación de los ejes secundarios de los caminos, según requerimiento en el periodo de mayor flujo de proyecto. - Todos los materiales serán trasladados con carga cubierta. - No se depositarán materiales y elementos de trabajo en el espacio público. - Mantener adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. - Registro de aplicación de supresor de polvo. Registro de la humectación de caminos, en caso de ser realizado. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre - Se asignará un encargado quien verificará los registros de aplicación de supresor de polvo, registros de humectación (de ser necesario), registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.19. D.F.L. N° 1/1997, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Tabla: D.F.L. N° 1/1997, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las distintas fases del proyecto se considera el tránsito vehicular por caminos, calles y demás vías públicas destinados al uso público. Además, el Proyecto contempla el transporte y carga de materiales, durante cada una de sus fases. Forma de cumplimiento Los servicios de transportes de materiales y carga del proyecto cumplirán con las disposiciones de esta Ley, para lo cual el Proyecto establecerá un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
control de ingreso a contratistas de transporte. Indicador que acredita su cumplimiento - La carga no excederá los pesos máximos que las características técnicas del vehículo permitan, y deberá estar estibada y asegurada de manera que evite todo riesgo de caída desde el vehículo. - Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. - Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación. Forma de control y seguimiento Libro de control de ingreso de los vehículos a la obra, disponibles y actualizados para revisión de la Autoridad. En este libro de control se mantendrán los certificados de revisión técnica de los vehículos y los registros de mantención de estos.
7.20. D.S. N° 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Tabla: D.S. N° 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Componente/materia: Emisiones acústicas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción Durante la Fase de Construcción, las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la habilitación de obras temporales y a la construcción de las obras permanentes, entiéndase por estas; utilización de maquinarias para las actividades de movimientos de tierra, trasporte de materiales, excavaciones, entre otras. Fase de Operación Debido a las características propias del Proyecto, la principal fuente de ruido estará asociada al funcionamiento de los aerogeneradores y el efecto corona de la línea de alta tensión.
Fase de Cierre En el cálculo de emisiones de ruido, las principales fuentes de ruido estarán asociadas al desmantelamiento del parque eólico (retiro de estructuras, retiro del cableado, entre otros). Forma de cumplimiento La totalidad de los receptores cumplen con los límites permisibles establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. Durante la fase de construcción, se incluirá una barrera acústica y restricción de operación simultáneo de maquinaria, asociado al receptor R16. Durante la fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
cierre se incluirá una barrera acústica asociada al receptor R16. Para mayores antecedentes ver Estudio de Ruido y Vibraciones, incorporado en el Anexo 4.3 de la Adenda.
Una vez obtenida la RCA favorable, el titular del Proyecto entregará a la autoridad un programa de trabajo de ejecución de las obras. Este programa incluirá las medidas establecidas en las letras a), b) y c) del punto 4 del artículo 5.8.3 del D.S. Nº47/97 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Indicador que acredita su cumplimiento - Envío de programa de trabajo de las obras a la autoridad competente. - Registro de mantenimiento de la maquinaria y equipos. - Registro de instalación de barrera acústica. - Plan de verificación y control para barreras acústicas. Forma de control y seguimiento Comprobante de envío de programa de trabajo. Se mantendrán los registros fotográficos disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.21. D.S. N° 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Tabla: D.S. N° 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia: Emisiones acústicas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requerirá la realización de labores de despeje del terreno, excavación, tránsito por caminos no estabilizados y transporte de carga, que generarán emisiones de ruido, polvo y material. Forma de cumplimiento El Titular presentará los antecedentes necesarios ante la autoridad para los permisos de edificación relativos a la construcción de obras. Además, el Titular exigirá a los contratistas que adopten las medidas establecidas en esta norma con el fin de minimizar las emisiones de ruido.
Una vez obtenida la RCA favorable, el titular del Proyecto entregará a la autoridad un programa de trabajo de ejecución de las obras. Este programa incluirá las medidas establecidas en las letras a), b) y c) del punto 4 del artículo 5.8.3 del D.S. Nº47/97 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones Indicador que acredita su - Envío de programa de trabajo de las obras a la autoridad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
cumplimiento competente. con programa de trabajo de las obras. Registro de mantenimiento de la maquinaria y equipos. Forma de control y seguimiento - Comprobante de envío de programa de trabajo. Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.22. D.S. N° 594/1999, Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Tabla: D.S. N° 594/1999, Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Componente/materia:
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Estanques de Agua Potable Plantas de Tratamiento de aguas servidas Forma de cumplimiento Agua Potable: Se estima una cantidad de 150 L/día/trabajador dando estricto cumplimiento al artículo 123 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL. Fase de construcción: Dentro de las instalaciones de faena (principal y secundaria) se prevé un total de seis estanques de almacenamiento de agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 35 y 25 m3. Fase de operación: Se prevé el uso de un estanque de almacenamiento de agua potable. Este estanque tendrá una capacidad de 7,5 m3, desde donde se destinará a los diferentes puntos de consumo que el edificio O&M que posee. Fase de cierre: Dentro de la instalación de faena se prevé un total de dos estanques para agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 25 m3. El agua almacenada cumplirá con la norma NCh 409 Of. 2005 05 Norma de Calidad de Agua Potable. Los estanques de agua serán abastecidos por camiones aljibes de una empresa externa autorizada por el Seremi de Salud de la región, la que mantendrá sus certificados, permisos y/o autorizaciones vigentes. Por otro lado, el suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realizará mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 L, como también por botellas individuales, servicio que será Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
contratado a una empresa que se encuentre debidamente autorizada. Aguas Servidas: Se dará cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en los Artículos 24, 25 y 26 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Fase de construcción, operación y cierre: Las instalaciones de faena durante la construcción y/o cierre, y el edificio O&M durante la fase de operación, contarán con servicios sanitarios, los cuales estarán compuestos por baños, lavamanos y duchas, y su cantidad será la establecida en el artículo 23 de la norma en análisis.
Durante la fase de construcción, operación y cierre se utilizarán Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de tipo convencional que funcionarán a base del tratamiento de lodos activados, para el tratamiento de las aguas servidas que se generarán en estas fases, con capacidad acorde a la mano de obra prevista en cada fase. Para el efluente tratado, se considera como primera opción el retiro del 100% por una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en una planta de tratamiento autorizada por la Seremi de Salud de la región. Cabe indicar que, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos, según requerimiento, en cuyo caso el efluente tratado permitirá cumplir con los requisitos establecidos en la NCh 1.333. Asimismo, los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado. Los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado por la Seremi de Salud de la región, con una frecuencia bianual para la fase de construcción y cierre, y con frecuencia anual para la fase de operación, o con mayor frecuencia si se requiere. Para mayores antecedentes, en Anexo 5.2 de la Adenda se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 138. Adicionalmente, para aquellos frentes de trabajo móviles durante la fase de construcción y cierre que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se implementarán baños químicos móviles. Éstos serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada y su contenido será dispuesto según la legislación vigente, para lo cual se llevará un registro en obra identificando: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente de camión y empresa responsable. Indicador que acredita su cumplimiento - En todas las fases se contará con los comprobantes que acrediten la compra de agua potable, a una empresa autorizada y en las cantidades necesarias. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Antes del inicio de cada fase, se comunicará a la Autoridad Sanitaria el proveedor encargado del suministro principal y complementario.
- Respecto de los baños químicos, se contará con el contrato con una empresa autorizada y los registros periódicos de limpieza y mantenimiento de las unidades en obra.
- Obtención del PAS 138 para las plantas de tratamiento Forma de control y seguimiento
- Para el caso de la compra de agua potable, las copias de comprobantes de contrato, así como el registro de los volúmenes adquiridos, tanto de suministro principal como secundario, se mantendrán disponibles para facilitar la fiscalización en los casos que se requiera.
- El Titular llevará un estricto control del retiro de los sanitarios químicos móviles, durante las fases de construcción, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado. El procedimiento de control consistirá en:
- Mantener el registro del retiro de los baños químicos en el libro de obra.
- El registro contará con “hojas de envío de residuos a terceros para su eliminación.”
- Las hojas de envío precisarán la siguiente información: o Fecha de envío. o Numeración y/o denominación interna del residuo. o Cantidad o volumen. o Nombre de la instalación de eliminación. o Fecha de recepción en la instalación de eliminación.
Autorización sectorial PAS 138, de las plantas de tratamiento de aguas servidas.
7.23. D.F.L. N°725/1967, Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario. Tabla: D.F.L. N°725/1967, Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario Componente/materia: Agua potable, aguas servidas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua potable para los trabajadores. Manejo de aguas servidas Forma de cumplimiento Agua Potable: Se estima una cantidad de 150 L/día/trabajador dando estricto cumplimiento al artículo 123 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL. Fase de construcción: Dentro de las instalaciones de faena (principal y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
secundaria) se prevé un total de seis estanques de almacenamiento de agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 35 y 25 m3. Fase de operación: Se prevé el uso de un estanque de almacenamiento de agua potable. Este estanque tendrá una capacidad de 7,5 m3, desde donde se destinará a las diferentes puntos de consumo que el edificio O&M que posee. Fase de cierre: Dentro de la instalación de faena se prevé un total de dos estanques para agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 25 m3.
El agua almacenada cumplirá con la norma NCh 409 Of. 2005 05 Norma de Calidad de Agua Potable. Los estanques de agua serán abastecidos por camiones aljibe de una empresa externa autorizada por el Seremi de Salud de la región, la que mantendrá sus certificados, permisos y/o autorizaciones vigentes.
Por otro lado, el suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realizará mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 litros, como también por botellas individuales, servicio que será contratado a una empresa que se encuentre debidamente autorizada. Aguas Servidas: Se dará cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en los Artículos 24, 25 y 26 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL.
Fase de construcción, operación y cierre: Las instalaciones de faena durante la construcción y/o cierre, y el edificio O&M durante la fase de operación, contarán con servicios sanitarios, los cuales estarán compuestos por baños, lavamanos y duchas, y su cantidad será la establecida en el artículo 23 de la norma en análisis. Durante la fase de construcción, operación y cierre se utilizarán Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de tipo convencional que funcionarán a base del tratamiento de lodos activados, para el tratamiento de las aguas servidas que se generarán en estas fases, con capacidad acorde a la mano de obra prevista en cada fase. Para el efluente tratado, se considera como primera opción el retiro del 100% por una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en una planta de tratamiento autorizada por la Seremi de Salud de la región. Cabe indicar que, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos, según requerimiento, en cuyo caso el efluente tratado permitirá cumplir con los requisitos establecidos en la NCh 1.333. Asimismo, los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado por la Seremi de Salud de la región, con una frecuencia bianual para la fase de construcción y cierre, y con frecuencia anual para la fase de operación, o con mayor frecuencia si se requiere. Para mayores antecedentes, en Anexo 5.2 de la Adenda se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 138. Adicionalmente, para aquellos frentes de trabajo móviles durante la fase de construcción y cierre que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se implementarán baños químicos móviles. Éstos serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada y su contenido será dispuesto según la legislación vigente, para lo cual se llevará un registro en obra identificando: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente de camión y empresa responsable. Indicador que acredita su cumplimiento - En todas las fases se contará con los comprobantes que acrediten la compra de agua potable, a una empresa autorizada y en las cantidades necesarias. - Antes del inicio de cada fase, se comunicará a la Autoridad Sanitaria el proveedor encargado del suministro principal y complementario. - Respecto de los baños químicos, se contará con el contrato con una empresa autorizada y los registros periódicos de limpieza y mantenimiento de las unidades en obra. - Obtención del PAS 138 para las plantas de tratamiento Forma de control y seguimiento - Para el caso de la compra de agua potable, las copias de comprobantes de contrato, así como el registro de los volúmenes adquiridos, tanto de suministro principal como secundario, se mantendrán disponibles para facilitar la fiscalización en los casos que se requiera. - El Titular llevará un estricto control del retiro de los sanitarios químicos móviles, durante las fases de construcción, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado. El procedimiento de control consistirá en: - Mantener el registro del retiro de los baños químicos en el libro de obra. - El registro contará con “hojas de envío de residuos a terceros para su eliminación.” - Las hojas de envío precisarán la siguiente información: o Fecha de envío. o Numeración y/o denominación interna del residuo. o Cantidad o volumen. o Nombre de la instalación de eliminación. - Fecha de recepción en la instalación de eliminación. - Autorización sectorial PAS 138, de las plantas de tratamiento de aguas servidas.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
7.24. D.S. N° 236/1926, MINSAL, Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias. Tabla: D.S. N° 236/1926, MINSAL, Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias. Componente/materia: Aguas servidas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aguas servidas generadas en PTAS Forma de cumplimiento Las instalaciones de faena durante la construcción y/o cierre, y el edificio O&M durante la fase de operación, contarán con servicios sanitarios, los cuales estarán compuestos por baños, lavamanos y duchas, y su cantidad será la establecida en el artículo 23 de la norma en análisis. Las aguas servidas generadas serán conducidas a Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de tipo convencional que funcionarán a base del tratamiento de lodos activados, para su tratamiento durante todas las fases del proyecto, con capacidad acorde a la mano de obra prevista en cada fase. Para el efluente tratado, se considera su acumulación temporal para posteriormente ser retirado en un 100% por una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en una planta de tratamiento autorizada por la Seremi de Salud de la región. Cabe indicar que, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos, en la época de mayor flujo vehicular del Proyecto y según requerimiento, en cuyo caso el efluente tratado permitirá cumplir con los requisitos establecidos en la NCh 1.333. Asimismo, los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado. Para los frentes de trabajo móviles, se considera el uso de baños químicos. Indicador que acredita su cumplimiento - Respecto de los baños químicos, se contará con el contrato con una empresa autorizada y los registros periódicos de limpieza y mantenimiento de las unidades en obra. Obtención del PAS 138 para las plantas de tratamiento Forma de control y seguimiento - El Titular llevará un estricto control del retiro de los sanitarios químicos móviles, durante las fases de construcción, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
autorizado. El procedimiento de control consistirá en:
Mantener el registro del retiro de los baños químicos en el libro de obra. - El registro contará con “hojas de envío de residuos a terceros para su eliminación.” - Las hojas de envío precisarán la siguiente información: o Fecha de envío. o Numeración y/o denominación interna del residuo. o Cantidad o volumen. o Nombre de la instalación de eliminación. - Fecha de recepción en la instalación de eliminación. - Autorización sectorial PAS 138, de las plantas de tratamiento de aguas servidas.
7.25. D.F.L. N° 735/1969, MINSAL, Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano. Tabla: D.F.L. N° 735/1969, MINSAL, Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano Componente/materia: Agua potable Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario. Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967. Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua potable para los trabajadores: Consumo de agua potable por parte de los trabajadores en las faenas constructivas. Esta agua tiene por objeto satisfacer la demanda asociada a consumo, higiene y aseo personal. Forma de cumplimiento Agua Potable: Se estima una cantidad de 150 L/día/trabajador dando estricto cumplimiento al artículo 123 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL. Fase de construcción: Dentro de las instalaciones de faena (principal y secundaria) se prevé un total de seis estanques de almacenamiento de agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 35 y 25 m3. Fase de operación: Se prevé el uso de un estanque de almacenamiento de agua potable. Este estanque tendrá una capacidad de 7,5 m3, desde donde se destinará a los diferentes puntos de consumo que el edificio O&M que posee. Fase de cierre: Dentro de la instalación de faena se prevé un total de dos estanques para agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 25 m3. El agua almacenada cumplirá con la norma NCh 409 Of. 2005 05 Norma Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de Calidad de Agua Potable. Los estanques de agua serán abastecidos por camiones aljibes de una empresa externa autorizada por el Seremi de Salud de la región, la que mantendrá sus certificados, permisos y/o autorizaciones vigentes.
Por otro lado, el suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realizará mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 litros, como también por botellas individuales, servicio que será contratado a una empresa que se encuentre debidamente autorizada. Indicador que acredita su cumplimiento - En todas las fases se contará con los comprobantes que acrediten la compra de agua potable, a una empresa autorizada y en las cantidades necesarias.
Al inicio de cada fase, se comunicará a la Autoridad Sanitaria el proveedor encargado del suministro principal y complementario. Forma de control y seguimiento - Para el caso de la compra de agua potable, las copias de comprobantes de contrato, así como el registro de los volúmenes adquiridos, tanto de suministro principal como secundario, se mantendrán disponibles para facilitar la fiscalización en los casos que se requiera.
7.26. D.F.L. N°725/1967, Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario. Tabla: D.F.L. N°725/1967, Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario Componente/materia: Residuos líquidos Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos industriales provenientes del lavado de la canoa del camión mixer en una cantidad aproximada de 8,57 m3/día (2.828 m3 durante los 11 meses que operará la PH). Forma de cumplimiento Para la contención de estas aguas, se dispondrá de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una (1) zona de lavado o pilón, una (1) piscina de lavado, tres (3) piscinas de decantación, una (1) fosa para escombros. El efluente será recirculado a los cuatro (4) estanques de almacenamiento de agua industrial prevista en la planta de hormigón y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final. Ante la eventual disposición en infraestructuras Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
sanitarias, éstos deberán cumplir con las concentraciones señaladas en el D.S 609/98, del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado.
Cabe señalar que la instalación para el lavado de camiones no constituye una planta de tratamiento de RILES según lo que indica el artículo 139 del D.S. N°40/2012 del MMA, toda vez que dichas piscinas consideran solo a una separación física (decantación) del efluente. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de sistema de recirculación de las aguas en operación. - Contrato con la empresa sanitaria que recibirá los Riles que no se puedan recircular. Forma de control y seguimiento - Copia de registro de sistema en operación. - Copia del contrato con la empresa sanitaria.
7.27. D.S. N° 594/1999, Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Tabla: D.S. N° 594/1999, Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Componente/materia: Emisiones liquidas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción: Se generarán residuos líquidos industriales provenientes del lavado de la canoa del camión mixer en una cantidad aproximada de 8,57 m3/día (2.828 m3 durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón). Forma de cumplimiento Para la contención de estas aguas, se dispondrá de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una (1) zona de lavado o pilón, una (1) piscina de lavado, tres (3) piscinas de decantación, una (1) fosa para escombros. El efluente será recirculado a los cuatro (4) estanques de almacenamiento de agua industrial prevista en la planta de hormigón y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final. Ante la eventual disposición en infraestructuras sanitarias, éstos deberán cumplir con las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
concentraciones señaladas en el D.S 609/98, del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Cabe señalar que la instalación para el lavado de camiones no constituye una planta de tratamiento de RILes según lo que indica el artículo 139 del D.S. N°40/2012 del MMA, toda vez que dichas piscinas consideran solo a una separación física (decantación) del efluente. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de sistema de recirculación de las aguas en operación. Contrato con la empresa sanitaria que recibirá los RILes que no se puedan recircular. Forma de control y seguimiento - Copia de registro de sistema en operación. - Copia del contrato con la empresa sanitaria.
7.28. D.S. N° 609/1998, MOP, Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Tabla: D.S. N° 609/1998, MOP, Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Componente/materia: Agua potable y aguas servidas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción: Se generarán residuos líquidos industriales provenientes del lavado de la canoa del camión mixer en una cantidad aproximada de 8,57 m3/día (2.828 m3 durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón). Forma de cumplimiento Para la contención de estas aguas, se dispondrá de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una (1) zona de lavado o pilón, una (1) piscina de lavado, tres (3) piscinas de decantación, una (1) fosa para escombros. El efluente será recirculado a los cuatro (4) estanques de almacenamiento de agua industrial prevista en la planta de hormigón y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final. Ante la eventual disposición en infraestructuras sanitarias, éstos deberán cumplir con las concentraciones señaladas en el D.S 609/98, del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Cabe señalar que la instalación para el lavado de camiones no constituye una planta de tratamiento de RILES según lo que indica el artículo 139 del D.S. N°40/2012 del MMA, toda vez que dichas piscinas consideran solo a una separación física (decantación) del efluente. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato con empresa sanitaria que acreditará la factibilidad y el cumplimiento de los parámetros que establece la presente norma Forma de control y seguimiento Copia del contrato con la empresa sanitaria que acreditará la factibilidad y el cumplimiento de los parámetros que establece la presente norma
7.29. D.F.L. N°725/1967, Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario Tabla: D.F.L. N°725/1967, Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario Componente/materia: Residuos solidos Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las distintas fases del proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos. Fase de construcción • Residuos domiciliarios: Se estima que se generará un máximo de 13.500 kg/mes (450 kg/día) • Residuos industriales no peligrosos: 8 ton/mes • Residuos peligrosos: 1,8 ton/mes Fase de operación • Residuos domiciliarios: 300 kg/mes (10 kg/día) • Residuos industriales no peligrosos: 0,33 ton/mes • Residuos peligrosos: 1,1 ton/año Fase de cierre • Residuos domiciliarios: 3.000 km/mes (100 kg/día) • Residuos industriales no peligrosos: 5 ton/mes Residuos peligrosos: 0,9 ton/mes Forma de cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre
• Residuos domésticos Los RSD serán recolectados en bolsas plásticas y depositados temporalmente en contenedores tapados y herméticos en el sitio habilitado para su almacenamiento (Bodega de Residuos Domésticos) dentro de cada instalación de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El retiro se realizará al menos 2 veces por semana, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. Para mayores antecedentes en el Anexo 5.3., donde se adjunta el PAS 140.
• Residuos industriales no peligrosos Los RSINP serán recolectados y transportados la Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos habilitada para su almacenamiento transitorio, ubicadas en cada una de las instalaciones de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase).
El retiro se realizará con periodicidad quincenal (2 veces al mes) durante la fase de construcción y cierre, una (1) al mes durante la operación, o cada vez que se requiera, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. A su vez, se privilegiará el reciclaje de estos residuos en caso de existir empresas locales que realicen el servicio Para mayores antecedentes, véase Anexo 5.3, donde se adjunta el PAS 140. • Residuos peligrosos. Almacenamiento temporal en bodega RESPEL para posterior traslado disposición en relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Para mayores antecedentes, véase Anexo 3.4 de la DIA, donde se adjunta el PAS 142. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán los registros tanto de transporte como de disposición final de residuos, con el objetivo de demostrar que dichas actividades serán realizadas por terceros autorizados. Comprobante de declaración de generación de residuos, en caso de que aplique por generación de más de 12 ton/año de residuos peligrosos o residuos no peligrosos, realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC (construcción y/o cierre). Forma de control y seguimiento El titular verificará que se cuente con los indicadores de cumplimiento y mantendrá la información actualizada en los sistemas de seguimiento correspondientes.
7.30. D.S. N° 594/1999, Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: D.S. N° 594/1999, Ministerio de Salud Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Componente/materia: Residuos sólidos Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las distintas fases del proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos. Fase de construcción • Residuos domiciliarios: Se estima que se generará un máximo de 13.500 kg/mes (450 kg/día) • Residuos industriales no peligrosos: 8 ton/mes • Residuos peligrosos: 1,8 ton/mes Fase de operación • Residuos domiciliarios: 300 kg/mes (10 kg/día) • Residuos industriales no peligrosos: 0,33 ton/mes • Residuos peligrosos: 1,1 ton/año Fase de cierre • Residuos domiciliarios: 3.000 km/mes (100 kg/día) Residuos industriales no peligrosos: 5 ton/mes Residuos peligrosos: 0,9 ton/mes Forma de cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre
• Residuos domésticos Los RSD serán recolectados en bolsas plásticas y depositados temporalmente en contenedores tapados y herméticos en el sitio habilitado para su almacenamiento (Bodega de Residuos Domésticos) dentro de cada instalación de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase). El retiro se realizará al menos 2 veces por semana, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. Para mayores antecedentes en el Anexo 5.3., donde se adjunta el PAS 140. • Residuos industriales no peligrosos Los RSINP serán recolectados y transportados la Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos habilitada para su almacenamiento transitorio, ubicadas en cada una de las instalaciones de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase).
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El retiro se realizará con periodicidad quincenal (2 veces al mes) durante la fase de construcción y cierre, una (1) al mes durante la operación, o cada vez que se requiera, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. A su vez, se privilegiará el reciclaje de estos residuos en caso de existir empresas locales que realicen el servicio Para mayores antecedentes, véase Anexo 5.3, donde se adjunta el PAS 140. • Residuos peligrosos. Almacenamiento temporal en bodega RESPEL para posterior traslado disposición en relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Para mayores antecedentes, véase Anexo 3.4 de la DIA, donde se adjunta el PAS 142 Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán los registros tanto de transporte como de disposición final de residuos, con el objetivo de demostrar que dichas actividades serán realizadas por terceros autorizados. Comprobante de declaración de generación de residuos, en caso de que aplique por generación de más de 12 ton/año de residuos peligrosos o residuos no peligrosos, realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC (construcción y/o cierre). Forma de control y seguimiento El titular verificará que se cuente con los indicadores de cumplimiento y mantendrá la información actualizada en los sistemas de seguimiento correspondientes.
7.31. D.S. N° 4/2009, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. Tabla: D.S. N° 4/2009, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. Componente/materia: Residuos sólidos Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán lodos a partir del funcionamiento de las PTAS contempladas en las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Forma de cumplimiento En todas las fases del Proyecto se generarán lodos, que serán estabilizados y luego retirados por empresas externas autorizadas (camión limpia fosa), la cual realizará el transporte y disposición final en un lugar autorizado por la Seremi de Salud de la región. La frecuencia de retiro de lodos se realizará de acuerdo con la recomendación del fabricante (al menos cada 6 meses). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Indicador que acredita su cumplimiento - Registro identificando: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente de camión y empresa responsable - Contrato o certificado de empresa autorizada para el transporte de lodos. - Registros de recepción de lodos por parte de empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento Registro del documento timbrado que certifique la disposición final de los lodos en un recinto autorizado, de la autorización de la empresa de transporte.
7.32. D.S. N° 148/2003, MINSAL, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Tabla: D.S. N° 148/2003, MINSAL, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Componente/materia: Residuos sólidos peligrosos Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las distintas fases del proyecto se generarán residuos sólidos peligrosos. Fase de construcción • Residuos peligrosos: 1,8 ton/mes Fase de operación • Residuos peligrosos: 1,1 ton/año Fase de cierre Residuos peligrosos: 0,9 ton/mes Forma de cumplimiento Para todas las fases del proyecto: Almacenamiento temporal en bodega RESPEL para posterior traslado disposición en relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Para mayores antecedentes, véase Anexo 3.4 de la DIA, donde se adjunta el PAS 142. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de: - Autorización sanitaria de sitio temporal y sitio de disposición final. - Autorización sanitaria de la empresa responsable del transporte y disposición final de residuos. Comprobante de declaración de generación de residuos peligrosos, en caso de que aplique por generación de más de 12 ton/año, realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC. Forma de control y El titular verificará que se cuente con los indicadores de cumplimiento y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
seguimiento mantendrá la información actualizada en los sistemas de seguimiento correspondientes.
7.33. Resolución Exenta N° 499/2006, MINSAL, Aprueba Documento Electrónico de Declaración de Residuos Peligrosos.
Tabla: Resolución Exenta N° 499/2006, MINSAL, Aprueba Documento Electrónico de Declaración de Residuos Peligrosos. Componente/materia: Residuos peligrosos Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las distintas fases del proyecto se generarán residuos sólidos peligrosos. Fase de construcción • Residuos peligrosos: 1,8 ton/mes Fase de operación • Residuos peligrosos: 1,1 ton/año Fase de cierre Residuos peligrosos: 0,9 ton/mes Forma de cumplimiento Se generará la declaración de residuos peligrosos en el formato Electrónico Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento - Comprobante de declaración de generación de residuos peligrosos, en caso de que aplique por generación de más de 12 ton/año, realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC. Forma de control y seguimiento - Se contará con una copia de la declaración de residuos peligrosos en faena. - Se contará con el registro de la declaración de residuos peligrosos.
7.34. Ley N° 20.920/2016, Ministerio del Medio Ambiente, Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Tabla: Ley N° 20.920/2016, Ministerio del Medio Ambiente, Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Componente/materia: Residuos peligrosos Otros cuerpos legales asociados No aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto generará distintos tipos de residuos en sus fases de construcción, operación y cierre; residuos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos. Algunos de estos corresponden a residuos de productos prioritarios. Forma de cumplimiento En caso de uso/adquisición de materiales o insumos que generen un residuo posible de valorizar (productos prioritarios), el titular se compromete a que, por sí mismo o a través de gestores autorizados y registrados, efectuará dicha valorización, cumpliendo los procedimientos internos de manejo de residuos, de acuerdo con el tipo de residuo de que se trate. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de los sitios de manejo transitorio y de sitio de disposición final; de las autorizaciones de las empresas para el transporte y disposición final de residuos. - Comprobante de declaración de generación de residuos, en caso de que aplique por generación de más de 12 ton/año de residuos peligrosos o residuos no peligrosos, realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC (construcción y cierre). Forma de control y seguimiento El titular verificará que se cuente con los indicadores de cumplimiento y mantendrá la información actualizada en los sistemas de seguimiento correspondientes.
7.35. D.S. N° 43/2016, MINSAL, Reglamento de almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Tabla: D.S. N° 43/2016, MINSAL, Reglamento de almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Componente/materia: Sustancias peligrosas Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de sustancias peligrosas (instalaciones de faena principal y secundaria, área de la subestación eléctrica). Forma de cumplimiento El Proyecto considera el almacenamiento de sustancias peligrosas tales como aceites, lubricantes, entre otros. Para almacenar este tipo de sustancias se habilitarán bodegas de sustancias peligrosas dentro en cada una de sus fases. Esta bodega de almacenamiento temporal de sustancias peligrosas cumplirá con lo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
dispuesto en el presente reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Las sustancias peligrosas serán almacenadas según lo establecido en el decreto, respetando en su totalidad las indicaciones de seguridad indicadas para evitar riesgos hacia los trabajadores, comunidad en general y medio ambiente. Asimismo, las sustancias peligrosas se almacenarán de acuerdo con la clasificación, cantidad y división de peligrosidad establecidas en la NCh 382 Of 2004. Se mantendrán todas las Hojas de Datos de Seguridad de los Productos almacenados, de acuerdo con la NCh. N° 2245 Of. 2003, correspondiente a “Sustancias Químicas –Hojas de Datos de Seguridad – Requisitos” Indicador que acredita su cumplimiento - Listado productos almacenados. - Hojas de Datos de Seguridad de los productos almacenados. - Registros de transporte de sustancias peligrosas, llevados a cabo por empresas autorizadas. - Registro de ingreso/egreso sustancias peligrosas almacenadas. Forma de control y seguimiento - Existirá un Registro con el listado y todas las Hojas de Datos de Seguridad de los Productos almacenados, de acuerdo a NCh. N° 2245 Of. 2003, correspondiente a “Sustancias Químicas –Hojas de Datos de Seguridad – Requisitos”, los cuales estarán disponibles en las instalaciones de faenas y área de la subestación eléctrica, según la fase que corresponda.
7.36. D.F.L. N° 458/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Tabla: D.F.L. N° 458/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia: Suelo Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El presente Proyecto comprende las siguientes obras y actividades a las cuales les es aplicable el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 160 del RSEIA: Obras permanentes: - Jaula de pernos aerogeneradores. - Obras del área de la subestación (Edificio O&M, Bodega RSD, Bodega RSINP, Bodega RESPEL, Bodega SUSPEL, Garita de Acceso, Sala Switchgear 1, Sala Switchgear 2, Sala SSAA, Sala de Control, Sistema contra Incendio, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), Bodega 1 Equipos electromecánicos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Bodega 2 Equipos electromecánicos). Temporales: • Obras planta de hormigón (bodegas miscelaneo, área oficinas, garita de acceso). • Obras IIFF principal (Área de Oficinas, Servicios Higiénicos, Comedor, Bodega RSD, Bodega RSINP, Bodega RESPEL, Bodega SUSPEL, Garita de Acceso, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), Bodega (Área de mantención), Bodega (Zona de carga y descarga)). • Obras IIFF secundaria l (Área de Oficinas, Servicios Higiénicos, Comedor, Bodega RSD, Bodega RSINP, Bodega RESPEL, Bodega SUSPEL, Garita de Acceso, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), Bodega (Zona de carga y descarga). Forma de cumplimiento Otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Forma de control y seguimiento - Contar con la aprobación del PAS 160 (Anexo 5.7 de la Adenda) - Registro del seguimiento realizado a la tramitación del permiso sectorial.
7.37. Decreto de Ley N° 701/1974, Ministerio de Agricultura, Fija régimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestación, y establece normas de fomento sobre la materia. Tabla: Decreto de Ley N° 701/1974, Ministerio de Agricultura, Fija régimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestación, y establece normas de fomento sobre la materia. Componente/materia: Vegetación Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto será necesaria la corta de 85,54 ha de Plantación de Pino radiata y Eucalyptus globulus. Forma de cumplimiento Se efectuará la tramitación para la corta o intervención de estas unidades conforme a lo dispuestos en las normas y procedimientos de la materia. Los trabajos de corta se iniciarán sólo después que el Titular reciba de parte de la CONAF la resolución aprobatoria del Plan de Manejo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Forestal correspondiente. Se implementará, además, una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de flora. Los antecedentes formales para la corta de plantaciones forestales se presentan en el PAS 149 (Anexo 5.5). Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 149 del Reglamento del SEIA. - Informe de la actividad de inducción. Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Aprobación sectorial del PAS 149 (Anexo 5.5) - Registro del seguimiento realizado a la tramitación del permiso sectorial. Verificación de que la inducción se realice.
7.38. Ley 20.283/2008, Ministerio de Agricultura, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Tabla: Ley 20.283/2008, Ministerio de Agricultura, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Componente/materia: Vegetación Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°93/2009 del Ministerio de Agricultura. Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto será necesaria la corta de 2,75 ha de Bosque Nativo. Forma de cumplimiento Se efectuará la tramitación para la corta o intervención de estas unidades conforme a lo dispuestos en las normas y procedimientos de la materia. Los antecedentes para la corta de bosque nativo se presenta el PAS 148 (Anexo 5.4). Respecto a flora y vegetación, en la fase de construcción se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de flora. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 148 del Reglamento del SEIA. - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Autorización sectorial del PAS 148 (Anexo 5.4) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Registro del seguimiento realizado a la tramitación del permiso sectorial. - Verificación de que la inducción se realice.
7.39. D.S. N° 193/1998, Ministerio de Agricultura Reglamento General Del Decreto Ley Nº 701, De 1974, Sobre Fomento Forestal. Tabla: D.S. N° 193/1998, Ministerio de Agricultura Reglamento General Del Decreto Ley Nº 701, De 1974, Sobre Fomento Forestal.
Componente/materia: Vegetación Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto será necesaria la corta de 2,75 ha de Bosque Nativo. Forma de cumplimiento Se efectuará la tramitación para la corta o intervención de estas unidades conforme a lo dispuestos en las normas y procedimientos de la materia. Los antecedentes para la corta de bosque nativo se presenta el PAS 148 (Anexo 5.4). Respecto a flora y vegetación, en la fase de construcción se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de flora. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 148 del Reglamento del SEIA. - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Autorización sectorial del PAS 148 (Anexo 5.4) - Registro del seguimiento realizado a la tramitación del permiso sectorial. - Verificación de que la inducción se realice.
7.40. D.S. N° 259/1980, Ministerio de Agricultura Reglamento Del Decreto Ley Nº 701, de 1974, Sobre Fomento Forestal. Tabla: D.S. N° 259/1980, Ministerio de Agricultura Reglamento Del Decreto Ley Nº 701, de 1974, Sobre Fomento Forestal Componente/materia: Vegetación Otros cuerpos legales
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asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto será necesaria la corta de 2,75 ha de Bosque Nativo. Forma de cumplimiento Se efectuará la tramitación para la corta o intervención de estas unidades conforme a lo dispuestos en las normas y procedimientos de la materia. Los antecedentes para la corta de bosque nativo se presenta el PAS 148 (Anexo 5.4). Respecto a flora y vegetación, en la fase de construcción se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de flora. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 148 del Reglamento del SEIA. - Informe de la actividad de inducción. Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Autorización sectorial del PAS 148 (Anexo 5.4) - Registro del seguimiento realizado a la tramitación del permiso sectorial. Verificación de que la inducción se realice.
7.41. D.S. N° 93/2008, Ministerio de Agricultura Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo. Tabla: D.S. N° 93/2008, Ministerio de Agricultura Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo
Componente/materia: Vegetación Otros cuerpos legales asociados
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto será necesaria la corta de 2,75 ha de Bosque Nativo. Forma de cumplimiento Se efectuará la tramitación para la corta o intervención de estas unidades conforme a lo dispuestos en las normas y procedimientos de la materia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Los antecedentes para la corta de bosque nativo se presenta el PAS 148 (Anexo 5.4). Respecto a flora y vegetación, en la fase de construcción se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de flora. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 148 del Reglamento del SEIA. - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Autorización sectorial del PAS 148 (Anexo 5.4) - Registro del seguimiento realizado a la tramitación del permiso sectorial. - Verificación de que la inducción se realice.
7.42. D.S. N° 82/2010, Ministerio de Agricultura Reglamento de suelos, aguas y humedales. Tabla: D.S. N° 82/2010, Ministerio de Agricultura Reglamento de suelos, aguas y humedales Componente/materia: Vegetación Otros cuerpos legales asociados
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto será necesaria la corta de 2,75 ha de Bosque Nativo, y la corta de 87,93 ha de Plantación Forestal. Forma de cumplimiento Se efectuará la tramitación para la corta o intervención de estas unidades conforme a lo dispuestos en las normas y procedimientos de la materia. Los antecedentes para la corta de bosque nativo se presenta el PAS 148 (Anexo 5.4). Respecto a flora y vegetación, en la fase de construcción se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de flora. En el AI no existen zonas de protección de exclusión de intervención, así como, no fueron observadas Formaciones xerofíticas, por lo que no aplica el Permiso Ambiental Sectorial N°151 de corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, así como tampoco aplica el Permiso Ambiental Sectorial N°150 de intervención de especies vegetales nativas clasificadas de conformidad con el artículo 37 de la Ley N°19.300, que formen parte de un bosque nativo, o alteración de su hábitat (artículo 150 RSEIA). De esta misma forma, para el área de influencia tampoco aplica el Permiso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Ambiental Sectorial N°152, para el manejo de bosque nativo de preservación, que corresponda a ambientes únicos o representativos de la diversidad biológica natural del país (artículo 152 RSEIA). Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 148 y artículo 149 del Reglamento del SEIA. - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Autorización sectorial del PAS 148 y PAS 149 (Anexo 5.4 y 5.5) - Registro del seguimiento realizado a la tramitación del permiso sectorial. - Verificación de que la inducción se realice
7.43. Ley N° 19.473/1996 Ministerio de Agricultura Ley de caza. Tabla: Ley N° 19.473/1996 Ministerio de Agricultura Ley de caza. Componente/materia: Fauna Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 5/1998 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la ley de caza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo con los resultados de la Línea Base de Fauna (ver Anexo 2.5 de esta DIA), durante las tres campañas de terreno efectuadas la riqueza total fue de 92 especies, correspondientes a dos especies de anfibios, cuatro especies de reptiles, 73 especies de aves y 13 especies de mamíferos. Asimismo, en virtud de los resultados extraídos del estudio específico de tránsito aéreo, entre las tres campañas se registraron 55 especies en total, donde el orden Passeriforme es el que presentó las mayores riquezas. Por último, en lo que respecta a quirópteros, se logró obtener registros de seis (6) especies descritas para la región del Ñuble. Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla la caza o captura de animales de la fauna silvestre. De igual forma, se realizarán lo siguiente: - Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas, de lo anterior, se mantendrá un registro de las capacitaciones de los trabajadores. - Se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de fauna. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Indicador que acredita su cumplimiento - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Verificación de que la inducción se realice.
7.44. D.S. N° 5/2015, Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de caza. Tabla: D.S. N° 5/2015 Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de caza Componente/materia: Fauna Otros cuerpos legales asociados Ley Nº 19.473 del Ministerio de Agricultura, que sustituye el texto de la ley N° 4.601, Ley de caza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo con los resultados de la Línea Base de Fauna (ver Anexo 2.5 de esta DIA), durante las tres campañas de terreno efectuadas la riqueza total fue de 92 especies, correspondientes a dos especies de anfibios, cuatro especies de reptiles, 73 especies de aves y 13 especies de mamíferos. Asimismo, en virtud de los resultados extraídos del estudio específico de tránsito aéreo, entre las tres campañas se registraron 55 especies en total, donde el orden Passeriforme es el que presentó las mayores riquezas. Por último, en lo que respecta a quirópteros, se logró obtener registros de seis (6) especies descritas para la región del Ñuble. Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla la caza o captura de animales de la fauna silvestre. De igual forma, se realizarán lo siguiente: -Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas, de lo anterior, se mantendrá un registro de las capacitaciones de los trabajadores. - Se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de fauna. Indicador que acredita su cumplimiento - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Verificación de que la inducción se realice.
7.45. Decreto 430/1991 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de pesca y acuicultura. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: Decreto 430/1991 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de pesca y acuicultura Componente/materia: Recursos hidrobiológicos Otros cuerpos legales asociados Ley N°18.892/1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Leyes N° 19.079 y N° 19.080, ambas de 1991 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la intervención de cauce: Estero sin nombre, Río Relbun, Estero Río Seco, Estero Pemuco. Forma de cumplimiento En atención a la observación, se hace hincapié en que la ejecución del proyecto no considera la incorporación de agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, asimismo las obras de atravieso no consideran la interrupción de cauces toda vez que se considera el uso de ataguías. Sin perjuicio de esto, se realizará el monitoreo de fauna íctica y de la calidad de las aguas con el fin de evidenciar que los trabajos de intervención de cauces no generan alteración significativa a la composición de estas especies y sus ambientes. Asimismo, se presenta el respectivo PAS 119 en el Anexo 5.1 de la Adenda, para realizar el monitoreo anterior. Indicador que acredita su cumplimiento • Variabilidad no significativa en la composición y abundancia de la biota acuática y calidad del agua. A partir de los resultados se confeccionará una base de datos con la información obtenida. Se determinará la existencia de diferencias significativas de los parámetros cuantificados entre monitoreos. • Elaboración de Informe de monitoreo en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel). Forma de control y seguimiento • Registro de los análisis de laboratorio de la calidad basal de las aguas tomados al inicio de las obras. • Registro del monitoreo a efectuar durante las labores de construcción de la obra. • Registro de monitoreo a efectuar posterior a las labores de construcción de la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Registro fotográfico de las obras. • Registro de la entrega del informe final a la SMA. • Todos estos registros se encontrarán disponibles en faena.
7.46. Norma D.EX. (MINECON) N°878/2011 Establece veda extractiva de especies ícticas nativas que indica. Tabla: Norma D.EX. (MINECON) N°878/2011 Establece veda extractiva de especies ícticas nativas que indica. Componente/materia: Recursos hidrobiológicos Otros cuerpos legales asociados Ley N°18.892/1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Leyes N° 19.079 y N° 19.080, ambas de 1991 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la intervención de cauce: Estero sin nombre, Río Relbun, Estero Río Seco, Estero Pemuco. Forma de cumplimiento En el Anexo 4.9 de la Adenda se presentan los antecedentes de caracterización base de los sistemas acuáticos continentales presentes en los cauces interceptados o cercanos a las obras del proyecto. Los resultados de este estudio reportan la presencia de fauna íctica en el área del Proyecto. Conforme a ello se realizará el monitoreo de fauna íctica y de la calidad de las aguas con el fin de evidenciar que los trabajos de intervención de cauces no generan alteración significativa a la composición de estas especies y sus ambientes. Asimismo, se presenta el respectivo PAS 119 en el Anexo 5.1 de la Adenda, para realizar el monitoreo anterior, así como un Plan de Rescate y Relocalización de fauna íctica nativa. Además, se presenta el Compromiso Ambiental Voluntario, CAV-10 Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa, en el Anexo 3.2 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sectorial del PAS 119. - Análisis de laboratorio de la calidad basal de las aguas tomados al inicio de las obras. - Registro del monitoreo a efectuar durante las labores de construcción de la obra. - Registro de monitoreo a efectuar posterior a las labores de construcción de la obra. - Registro fotográfico de las obras. Registro de la entrega del informe final a la SMA. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros anteriores en faena.
A partir de los resultados se confeccionará una base de datos con la información obtenida. Se determinará la existencia de diferencias significativas de los parámetros cuantificados entre monitoreos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Elaboración de Informe de monitoreo en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel).
7.47. Ley Nº 17.288/1970 Ministerio de Educación, Ley sobre Monumentos Nacionales. Tabla: Ley Nº 17.288/1970 Ministerio de Educación, Ley sobre Monumentos Nacionales. Componente/materia: Patrimonio arqueológico y cultural Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 484/1990 Ministerio de Educación, Reglamento de la ley sobre monumentos nacionales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se contempla efectuar movimientos de tierra para la construcción de las obras temporales y permanentes. Forma de cumplimiento Arqueología: No se evidenciaron elementos en superficie que cuenten con protección legal. Si bien no se detectó presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente, ante un posible hallazgo arqueológico:
- Paralización de las obras en el sector afectado. - Aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). - Charlas de inducción para trabajadores.
Paleontología: Se registra una única unidad geológica, correspondiente a la Formación La Montaña (PlHlm), que corresponde a una unidad sedimentaria, y por ello no es posible determinar en su totalidad la inexistencia de fósiles bajo la superficie, por lo que se asigna un Potencial Paleontológico Susceptible (bajo a medio). Sin perjuicio de ello, durante la campaña de terreno no se registraron hallazgos en el área de influencia del componente.
- Se implementarán charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto y a fin de no incurrir en el delito de daño Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal, y el artículo 23° del D.S. N° 484/1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, es decir, a paralizar toda obra en el sector del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por Engie Energía Chile S.A Indicador que acredita su cumplimiento - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Verificación de que la inducción se realice - Detención de las actividades y el aviso a las autoridades correspondientes, en caso de detectarse algún resto arqueológico. - Registro, en caso de aplicar, del permiso de intervención arqueológica (solo en caso de hallazgos).
7.48. D.S. N° 484/1991, Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley sobre Monumentos Nacionales.
Tabla: D.S. N° 484/1991, Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley sobre Monumentos Nacionales.
Componente/materia: Patrimonio arqueológico y cultural Otros cuerpos legales asociados Ley N° 17.288 del Ministerio de Educación, Ley sobre monumentos nacionales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se contempla efectuar movimientos de tierra para la construcción de las obras temporales y permanentes. Forma de cumplimiento Arqueología: No se evidenciaron elementos en superficie que cuenten con protección legal. Si bien no se detectó presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente, ante un posible hallazgo arqueológico:
- Paralización de las obras en el sector afectado. - Aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). - Charlas de inducción para trabajadores.
Palentología: Se registra una única unidad geológica, correspondiente a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la Formación La Montaña (PlHlm), que corresponde a una unidad sedimentaria, y por ello no es posible determinar en su totalidad la inexistencia de fósiles bajo la superficie, por lo que se asigna un Potencial Paleontológico Susceptible (bajo a medio). Sin perjuicio de ello, durante la campaña de terreno no se registraron hallazgos en el área de influencia del componente.
- Se implementarán charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto y a fin de no incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal, y el artículo 23° del D.S. N° 484/1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, es decir, a paralizar toda obra en el sector del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por Engie Energía Chile S.A Indicador que acredita su cumplimiento - Informe de la actividad de inducción. - Planilla de asistentes a la misma. Forma de control y seguimiento - Verificación de que la inducción se realice - Detención de las actividades y el aviso a las autoridades correspondientes, en caso de detectarse algún resto arqueológico. - Registro, en caso de aplicar, del permiso de intervención arqueológica (solo en caso de hallazgos).
7.49. D.S. N° 298/1995, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Tabla: D.S. N° 298/1995, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las fases del Proyecto se contempla el transporte terrestre de sustancias o productos que por sus características son considerados como peligrosas o que presentan riesgos para la salud de las personas o el medio ambiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Forma de cumplimiento El transporte de productos e insumos estará a cargo de empresas especializadas y normadas, las que de manera contractual deberán acreditar el cumplimiento de este decreto. Por tanto, el transporte de las cargas que sean consideradas o categorizadas como peligrosas (de acuerdo a NCh. Nº 382 Of. 2004) se dará en cumplimiento a la normativa vigente, estableciéndose planes para su transporte, con las autorizaciones que correspondan y bajo los parámetros de señalización respectiva como marcación y etiquetaje en clasificación - tipo de riesgos asociados a la sustancia peligrosa. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro con los siguientes antecedentes: - Autorización sanitaria de transporte de empresa. - Marcación y etiquetado en clasificación del tipo de riesgo asociado a las sustancias peligrosas transportadas Forma de control y seguimiento Control al ingreso/egreso de la obra por el encargado de portería. Fiscalización por parte de Carabineros de Chile.
7.50. D.S. N° 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Tabla: D.S. N° 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales, insumos y residuos. Forma de cumplimiento El Proyecto considera la utilización de vehículos para transporte de las materias indicadas en la normativa señalada. El Proyecto contempla exigir a todo vehículo el uso de carpas (o lonas) cuando transporten materiales o residuos que puedan emitir polvo. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, es decir el uso de elementos adecuados para cubrir los materiales a transportar. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro (lista de chequeo) de las actividades señaladas
para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes Forma de control y seguimiento - Control al ingreso/egreso de la obra por el encargado de portería, debiendo dejar constancia de que los camiones circulan con la carga cubierta.
7.51. D.S. N° 158/1980, Ministerio de Obras Públicas, Fija el peso máximo de los vehículos que pueden Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
circular por caminos públicos.
Tabla: D.S. N° 158/1980, Ministerio de Obras Públicas, Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos durante todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Los camiones que utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las dimensiones de los camiones y carga máxima por medio de las guías de despacho de los camiones que llegan a la obra. - En caso de ser necesario, se tendrá el permiso especial en la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima, además de mantener en obra las guías de despacho.
7.52. D.F.L. N° 1/2009, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Tabla: D.F.L. N° 1/2009, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las distintas fases del Proyecto habrá tránsito vehicular por efectos del transporte de trabajadores, insumos, materiales y residuos. Forma de cumplimiento Los servicios de transportes de materiales y carga del Proyecto cumplirán con las disposiciones de esta Ley, para lo cual el Proyecto establecerá un control de ingreso a contratistas de transporte. Indicador que acredita su - Todos los conductores contarán con licencia de conducir vigente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
cumplimiento y según el tipo de vehículo que operen. - Los vehículos motorizados contarán con la placa única, el permiso de circulación otorgado por las Municipalidades y el certificado de un seguro obligatorio de accidentes causados por vehículos motorizados. - Se contará solo con vehículos motorizados que posean inscripción en el Archivo Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación. - La carga no excederá los pesos máximos que las características técnicas del vehículo permitan, y deberá estar estibada y asegurada de manera que evite todo riesgo de caída desde el vehículo. - Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. - Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación. Forma de control y seguimiento Libro de control de ingreso de los vehículos a la obra, disponibles y actualizados para revisión de la Autoridad. En este libro de control se mantendrán los certificados de revisión técnica de los vehículos y los registros de mantención de estos.
7.53. D.F.L. N° 850/1998, Ministerio de Obras Públicas, Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N°206/60. Tabla: D.F.L. N° 850/1998, Ministerio de Obras Públicas, Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N°206/60.
Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales y componentes en camiones. Forma de cumplimiento Se exigirá a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos. Indicador que acredita su cumplimiento En los contratos con proveedores se exigirá utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente. Forma de control y seguimiento Se contará con camiones que en su ficha técnica indique peso máximo que soporten cargados.
7.54. D.S. N° 19 (modificado por Decreto N°1.665/02), Deroga Decreto N°1.117 de 1981, sobre autorización para circulación de vehículos que exceden pesos máximos, Ministerio de Obras públicas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: D.S. N° 19 (modificado por Decreto N°1.665/02), Deroga Decreto N°1.117 de 1981, sobre autorización para circulación de vehículos que exceden pesos máximos, Ministerio de Obras públicas Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales y componentes en camiones. Forma de cumplimiento Se exigirá a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos. En caso contrario se elevará una solicitud dirigida al Director de Vialidad, en la cual se individualizará el vehículo, la carga a transportar y todas las características físicas del equipo a usar, peso bruto total y distribuciones de pesos por eje. Deberá señalarse además la ruta exacta a seguir y la fecha probable del viaje. Indicador que acredita su cumplimiento En los contratos con proveedores se exigirá utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente. En caso de aplicar, solicitud dirigida al Director de Vialidad. Forma de control y seguimiento Se contará con camiones que en su ficha técnica indique peso máximo que soporten cargados. Registro de solicitud dirigida al Director de Vialidad.
7.55. D.S. N° 200/1993 Ministerio de Obras públicas, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. Tabla: D.S. N° 200/1993 Ministerio de Obras públicas, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte asociado durante toda la fase de construcción y cierre del proyecto Forma de cumplimiento Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en esta norma. En el caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Los vehículos no excederán los pesos máximos establecidos, en caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
transportar equipos con sobrepeso se solicitarán las autorizaciones correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.
7.56. Decreto 19/1984 Ministerio de Obras públicas Modifica el Decreto N° 19 de 1984. Tabla: Decreto 19/1984 Ministerio de Obras públicas Modifica el Decreto N° 19 de 1984 Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales y componentes en camiones. Forma de cumplimiento En el caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima. Registro de la autorización de la Dirección de Vialidad.
7.57. Resolución Exenta N° 1/1995, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Tabla: Resolución Exenta N° 1/1995, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados Ley N° 18.290, de Tránsito. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, materiales y componentes en camiones. Forma de cumplimiento En el caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Esta autorización deberá ser comunicada oportunamente a Carabineros de Chile con el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
objeto de que adopte las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento - En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento - Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima. - Registro de la autorización de la Dirección de Vialidad. Registro de aviso a Carabineros.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Condición o exigencia 1: CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático). Tabla: Condición o exigencia 1: CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático). Impacto asociado No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Complementar el CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático).
Descripción: Complementar la oportunidad del reporte con los eventos de proyección de sombra, extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático
Justificación: En virtud de las observaciones de la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024, que solicita extender para toda la fase de operación del proyecto la generación y presentación de los informes tecnicos asociados al registro de detención de aerogeneradores producto de sombra intermitente, con el fin de verificar la operación permanente del sistema de desconexión y el cumplimiento de los limites determinados por la normativa de referencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aerogeneradores AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27.
Forma: se condiciona de la siguiente forma:
Extender para toda la fase de operación del proyecto la generación y presentación de los informes técnicos asociados al registro de detención de aerogeneradores producto de sombra intermitente.
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Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de instalación de SDT en aerogeneradores. - Registro de los eventos de proyección de sombra, disponibles en faena. Forma de control y seguimiento Extender para toda la fase de operación del proyecto la generación y presentación de los informes tecnicos asociados al registro de detención de aerogeneradores producto de sombra intermitente, con el fin de verificar la operación permanente del sistema de desconexión y el cumplimiento de los limites determinados por la normativa de referencia.
8.2. Condición o exigencia 2: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación. Tabla: Condición o exigencia 2: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Complementar el CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación
Descripción: Complementar el compromiso en cuanto a la frecuencia de monitoreo, reporte en caso que se presente incumplimiento normativo
Justificación: En virtud de las observaciones de la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024, que solicita exigencias a la frecuencia de monitoreo, reporte en caso de que se presente incumplimiento normativo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de ruido se realizarán en los puntos en que se ubicaron las estaciones de monitoreo continuo, cuyas coordenadas se presentan a continuación:
Coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 18 H Estación de monitoreo Coordenada Este Coordenada Norte Mon 1 749.317 5.905.438 Mon 2 752.969 5.903.988 Mon 3 757.706 5.904.596 Mon 5 755.418 5.907.555 Mon 5 749.661 5.903.583
Forma: se condiciona de la siguiente forma:
Establecer una frecuencia de monitoreo trimestral para el primer año de operación del proyecto y luego mantener una campaña de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
monitoreo con frecuencia anual, en la época más desfavorable a los receptores, lo que debe ser fundadamente justificado. - En el caso de que la evaluación de ruido de cada campaña de monitoreo presente incumplimiento normativo, el titular deberá adoptar medidas adicionales que permitan verificar las condiciones de operación de los aerogeneradores del parque eólico, entre las que se incluyen: - Reportar a la autoridad competente (SMA) la ficha técnica del catálogo de aerogenerador instalado, el cual debe presentar niveles de emisión iguales o inferiores a los presentados en la tabla 4.17 del estudio de ruido presentado en el Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria. Lo anterior, debido a que, de acuerdo con los antecedentes del proyecto y lo indicado en la tabla 4.17 que presenta la emisión acústica de un aerogenerador de referencia, el titular no declara marca ni modelo específico del aerogenerador a implementar, por lo que se hace necesario corroborar la equivalencia técnica entre el aerogenerador de referencia y el aerogenerador instalado. En caso de no disponer de las fichas técnicas, el titular deberá realizar mediciones de verificación de la potencia acústica de los aerogeneradores, una vez que el parque eólico haya entrado en operación, de acuerdo a la Normativa Técnica IEC 61400-11 vigente. Indicador que acredite su cumplimiento Los valores (dB) de ruido medidos cumplirán con los límites establecidos en la normativa vigente (D.S. N°38/2011, al momento de la medición. Forma de control y seguimiento Los resultados del Plan de Monitoreo serán entregados al término de la ejecución del Plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, 30 días después de finalizadas las mediciones en terreno. El informe contendrá los resultados de los monitoreos trimestrales para el primer año de operación del proyecto y luego mantener una campaña de monitoreo con frecuencia anual
8.3. Condición o exigencia 3: “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.” Tabla: Condición o exigencia 3: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Complementar los Compromisos ambientales voluntarios “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.”
Descripción: Complementar los Compromisos ambientales voluntarios.
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Justificación: En virtud de las observaciones de la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024, que solicita exigencias al protocolo de medición de los niveles de ruido asociados a las obras de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: los establecidos en sección 11.1.15 y 11.1.16 del ICE.
Forma: se condiciona de la siguiente forma:
La metodología de medición deberá ser el protocolo de medición para la obtención de los niveles de ruido asociados a las obras de construcción, propuesta en los compromisos ambientales señalados, ser regirá según lo indicado en los artículos 16° y 17° del D.S. N° 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
Indicador que acredite su cumplimiento Registro de la metodología de medición de los niveles de ruido asociados a las obras de construcción, regida según lo indicado en los artículos 16° y 17° del D.S. N° 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
Forma de control y seguimiento Entrega trimestral de un informe de verificación de las medidas de control de ruido a la SMA. Que incluya registro de la metodología de medición de los niveles de ruido asociados a las obras de construcción, regida según lo indicado en los artículos 16° y 17° del D.S. N° 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
La Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble en su sesión N° 4 de fecha 13 de marzo de 2024 estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto, según consta en el Acta N° 4/2024 sesión ordinaria de fecha 13 de marzo de 2024:
8.4. Condición 4 : Instalación de ventanas termopaneles a todas las viviendas que estén a 3 kilómetros a la redonda del complejo Parque Eólico Pemuco. .
8.5. Condición 5: Complementar el riego a las hectáreas con drenaje para mejorar la calidad del suelo, ahí se entiende que son las 55 hectáreas afectadas. Vinculado al CAV-11: Plan de Mejoramiento de Suelos (PMS).
8.6. Condición 6: Que se establezca un plan de equipamiento social y productivo, equivalente a 100 millones de pesos, por una única vez a los vecinos del sector en la comuna. Lo cual debe ser trabajado con la comunidad, así como con los organismos técnicos pertinente.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
9.1 Compromiso ambiental voluntario CAV-01 Plan de Gestión y Comunicación Vial. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-01 Plan de Gestión y Comunicación Vial Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/Cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer medidas precautorias para evitar riesgos por accidentes de tránsito en la Ruta N-85.
Descripción: Se implementarán una serie de lineamientos orientados a establecer acciones en materia de seguridad de tránsito en la Ruta N-85, a través de la elaboración de un Plan de Tránsito, con medidas tendientes a control del tránsito vehicular y velocidad, y su comunicación local.
Justificación: Conforme a los resultados del estudio de impacto vial (Anexo 1.7 de la DIA), se concluye que la demanda vehicular que adiciona el proyecto a la Ruta N-85, en un escenario conservador, no es significativo respecto del Escenario Actual (sin proyecto). Por lo tanto, el Proyecto no tendrá impactos significativos en la calidad de servicio de la vialidad y no habrá cambios o aumentos significativo de los tiempos de desplazamiento de la población en dicha ruta, debido a que permanece una capacidad libre aproximadamente un 67% para su uso. Pese a lo anterior, la percepción de la población es que hay un deterioro de la Ruta N-85 a propósito de los camiones forestales y la alta velocidad con la que transitan algunos, provocando la ocurrencia de accidentes viales, por tanto, la implementación de este compromiso se justifica en atender la preocupación de la población respecto del uso de la Ruta N-85.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ruta N-85 y caminos del Proyecto.
Forma: Para llevar a cabo el Plan de Gestión y Comunicación Vial se efectuarán las siguientes acciones: - Elaboración de un Plan de tránsito en conjunto con la autoridad comunal y carabineros. • Se programará el tránsito vehicular evitando, dentro de lo posible, el tránsito de camiones durante los horarios de mayor flujo vehicular de la Ruta N-85, en coordinación con el Departamento de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Pemuco. • Se instalará señalética a un costado de la Ruta N-85 (una vez se cuente con la autorización de la autoridad respectiva), para indicar la velocidad máxima permitida por el Proyecto. Además, se instalará señalética de giro a la izquierda en los puntos de acceso al Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Se considerará en los períodos en que el tránsito sea más intensivo, el eventual uso de bandereros en los puntos de acceso al Proyecto. El uso de bandereros dependerá del análisis de seguridad y salud a efectuarse previamente. • Fechas y horarios en las que el Proyecto restringirá el flujo vehicular (asociado a días que tengan lugar manifestaciones culturales y religiosas, y cuyo desarrollo involucre la ruta N-85: CAV-03).
- Se dará estricto cumplimiento de la normativa de tránsito: • Todos los trabajadores que participen del Proyecto y que realicen actividades de conducción de vehículos, contarán con licencia de conducir al día. • Todos los vehículos y maquinarias contarán con sus revisiones técnicas y gases al día, así como sus permisos de circulación. • Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. • Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga.
El Plan de Tránsito será comunicado a los dirigentes de las juntas de vecinos de las localidades del Área de Influencia de Medio Humano. Se definirán los canales de comunicación para la entrega de información (mail, página web, entre otros). Adicionalmente, se mantendrá un libro en la garita de control de acceso de la instalación de faena principal, para la recepción de comentarios o reclamos por parte de vecinos/as.
Oportunidad: Las medidas se aplicarán durante la fase de Construcción y Cierre del proyecto, en la Ruta N-85 y caminos del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro por escrito de la comunicación a la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Pemuco. - Plan de tránsito del proyecto. - Instalación de señalética en Ruta N-85 (una vez se cuente con la autorización de la autoridad). - Registro fotográfico de trabajo realizado por bandereros (en caso de que sea posible su utilización). Forma de control y seguimiento - Plan de tránsito enviado a la SMA durante el primer trimestre de la fase de Construcción y Cierre. - Registro fotográfico de la instalación de señalética en Ruta N-85. - Se mantendrá un registro de los comentarios o molestias de la comunidad a través de un libro de comentarios o reclamos.
9.2 Compromiso ambiental voluntario CAV-02 Charlas de capacitación sobre conducción responsable y sensibilización respecto a las localidades del Área de Influencia de Medio Humano. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-02 Charlas de capacitación sobre conducción responsable y sensibilización respecto a las localidades del Área de Influencia de Medio Humano. Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducción al personal nuevo sobre conducción responsable en la Ruta N-85 y sensibilización respecto de las localidades presentes en el Área de Influencia (AI) de Medio Humano, incluyendo la cultura local presente.
Descripción: Las charlas de capacitación al personal del Proyecto, serán realizada por el encargado ambiental o el responsable de seguridad y salud ocupacional del Proyecto, al inicio de las actividades de cada fase (Construcción y Cierre), o cada vez que ingrese personal nuevo a la obra.
Justificación: Conforme a los resultados del estudio de impacto vial (Anexo 1.7 de la DIA), se concluye que la demanda vehicular que adiciona el proyecto a la Ruta N-85, en un escenario conservador, no es significativo respecto del Escenario Actual (sin proyecto). Por lo tanto, el Proyecto no tendrá impactos significativos en la calidad de servicio de la vialidad y no habrá cambios o aumentos significativo de los tiempos de desplazamiento de la población en dicha ruta debido a que permanece una capacidad libre aproximadamente un 67% para su uso. Pese a lo anterior, la percepción de la población es que hay un deterioro de la Ruta N-85, a propósito de los camiones forestales y la alta velocidad con la que transitan algunos, provocando la ocurrencia de accidentes viales, por tanto, la implementación de este compromiso se justifica en atender la preocupación de la población respecto del uso de la Ruta N-85.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de Faena principal del Proyecto o en su defecto al interior del área del Proyecto.
Forma: Las charlas de capacitación contemplan un relator representado por el encargado ambiental o el responsable de seguridad y salud ocupacional del Proyecto, siendo realizadas al inicio de las obras de cada fase (Construcción y Cierre), o cada vez que ingrese personal nuevo a la obra. Se capacitará sobre conducción responsable y segura, con particular énfasis en la conducción en la Ruta N-85, así como en las localidades del AI de Medio Humano asociadas. Las inducciones serán desarrolladas a todo el personal de la obra, y cada vez que se incorpore personal nuevo. Se mantendrá un libro con los contenidos de las inducciones, con el nombre y firma de los asistentes.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Oportunidad: Las charlas serán realizadas al inicio de las obras de cada fase (construcción y cierre), o cada vez que ingrese personal nuevo a la obra.
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de ejecución de las charlas de inducción, el cual se encontrará disponible en las instalaciones del Proyecto. - Registro de asistencia de los trabajadores a inducciones el cual se encontrará disponible en las instalaciones del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Asignación de un profesional dedicado a efectuar las siguientes acciones: - Verificación, seguimiento, revisión y orden de registros que permitan acreditar la ejecución de las charlas de inducción (acta de reunión, acta de firmas, fotografías u otro medio pertinente).
9.3 Compromiso ambiental voluntario CAV-03 Restricción de flujo vehicular asociado a manifestaciones culturales y religiosas.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-03 Restricción de flujo vehicular asociado a manifestaciones culturales y religiosas. Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Impedir o restringir la circulación vial en la Ruta N-85 los días u horarios, según corresponda, en que se realicen procesiones o cuando se acceda a las localidades para las festividades.
Descripción: Se programará con antelación la restricción del tránsito vehicular (según corresponda) en las fechas u horarios, conforme a las características de la festividad.
Justificación: La implementación de este compromiso se justifica en el desarrollo de manifestaciones o festividades culturales y religiosas en el Área de Influencia (AI) de Medio Humano (MH) del Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto y Ruta N-85.
Forma: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Se restringirá el tránsito vehicular desde y hacia el proyecto los días u horarios que tengan lugar manifestaciones culturales y religiosas en el Área de Influencia de Medio Humano, y cuyo desarrollo involucre directamente la Ruta N-85, con el fin de no intervenir ni dificultar su desarrollo.
Para tales efectos, el encargado ambiental del Proyecto (o similar), estará a cargo de confirmar con la Ilustre Municipalidad de Pemuco fechas y horarios en que se celebren actividades culturales y religiosas que involucren el uso de la Ruta N-85, lo que permitirá programar los flujos viales del proyecto durante las fases de Construcción y Cierre en dichas instancias. Adicionalmente, se mantendrá un libro para reclamos y sugerencias en la Instalación de Faena principal del Proyecto, el que estará disponible para la comunidad.
Oportunidad: Las medidas se aplicarán durante la fase de Construcción y Cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Reuniones o correspondencia entre el encargado ambiental del proyecto y la Ilustre Municipalidad de Pemuco. • Libro de reclamos en portería del proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de: • Reuniones o correspondencia entre encargado ambiental (o similar) del proyecto e Ilustre Municipalidad de Pemuco. • Carpeta de antecedentes, y un libro de anotaciones y reclamos que estará disponible en la Instalación de faenas del Proyecto. • Registro fotográfico que permita comprobar el normal desarrollo de las actividades culturales y religiosas programadas por la comunidad, que impliquen el uso de la Ruta N-85.
9.4 Compromiso ambiental voluntario CAV-04 Fomento a la contratación mano de obra local y servicios locales. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-04 Fomento a la contratación mano de obra local y servicios locales. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/operación/cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar oportunidades laborales en la comuna de Pemuco, especialmente en las localidades pertenecientes al AI de Medio Humano.
Descripción: Se fomentará la contratación de mano de obra local y servicios locales, para las obras y actividades asociadas a las distintas fases del Proyecto, por medio de un listado de cargos y servicios requeridos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Justificación: Si bien ninguna de las actividades productivas identificadas en el AI de Medio Humano se desarrolla en el polígono del proyecto, el proyecto se pretende desarrollar en la comuna de Pemuco y, por tanto, se fomentará la contratación de mano de obra local para generar oportunidades laborales en la comuna de Pemuco, especialmente en las localidades pertenecientes al AI de Medio Humano.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Pemuco.
Forma: Con un mínimo de tres (3) meses previo al comienzo de cada fase, se llevará a cabo un proceso de llamado a postulación de trabajo para las obras y actividades asociadas a cada fase del Proyecto. Para lo anterior, el Titular elaborará un listado de cargos y servicios requeridos para cada una de las fases del Proyecto, y realizará la difusión del proceso de contratación. Se fomentará la contratación de mano de obra y servicios, en primera instancia, de habitantes de las localidades pertenecientes al AI de Medio Humano, éstas son: Pemuco urbano, los sectores rurales de San Pedro, Villa La Unión, Relbún, Valle Hermoso, Chequenes y Culenco, lo anterior dependiendo de los requerimientos específicos de las obras y actividades asociadas a cada fase del Proyecto. Se trabajará con la OMIL de Pemuco, para obtener información respecto a qué vecinas y vecinos desean trabajar. Para esto se les entregará una ficha para que puedan presentar un currículum vitae abreviado, y sus expectativas laborales (rubro). Luego, se sistematizarán para ser presentadas a las empresas contratistas cuando éstas se presenten.
Oportunidad: El proceso de selección comenzará con posterioridad a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), con un mínimo de tres (3) meses previo al comienzo de cada fase del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de los curriculum vitae y/o antecedentes recepcionados. • Contrataciones realizadas por el Titular, contratistas o subcontratistas (en caso de existir) para cada fase. Forma de control y seguimiento • Registro de postulantes y trabajadores y/o servicios locales contratados previo a cada fase del Proyecto, el que estará disponible en la Instalación de Faena principal del Proyecto. • Reporte del registro de postulantes y trabajadores y/o servicios locales contratados previo a cada fase del Proyecto. • Respaldo de contratos, los que estarán disponibles en la Instalación de Faena principal del Proyecto.
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9.5 Compromiso ambiental voluntario CAV-05 Restricción adicional de operación en aerogeneradores asociados a los receptores de Pemuco urbano. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-05 Restricción adicional de operación en aerogeneradores asociados a los receptores de Pemuco urbano. Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restringir el efecto de sombra intermitente, con el objetivo de alcanzar los 0 minutos/día o 0 horas/año en los receptores de Pemuco Urbano, o lo más cercano posible.
Descripción: Durante la operación, se limitará el funcionamiento de los aerogeneradores asociados a Pemuco urbano durante los periodos en los que se genera el efecto sombra, configurando el nivel de exposición máximo diario a 0 minutos y el nivel de exposición máximo anual a 0 horas/año.
Justificación: De acuerdo con el documento del SEIA Criterio de Evaluación en el SEIA: Efecto sombra intermitente en parques eólicos”, si se exceden los límites de referencia indicados, el titular debe incorporar la adopción de sistemas de desconexión o detención automática, con temporizadores de apagado, que utilizan sensores de radiación o iluminación, el cual deberá estar asociado al valor máximo permisible correspondiente al escenario astronómico real. Si bien con la limitación del efecto de sombra intermitente a 30 minutos/día y 8 horas/año (límites según Norma Alemana), no se generarán impactos significativos sobre los receptores de Pemuco urbano, ya que el Titular ha considerado restringir aún más el efecto sombra intermitente en Pemuco urbano, en vista de que es ahí donde se identifica una mayor densidad de edificaciones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La restricción adicional de operación estará asociada a los aerogeneradores que ocasionan efecto de Shadow Flicker sobre Pemuco Urbano, correspondientes a: AG02, AG04, AG05, AG07 y AG08.
Forma: El sensor de luz lleva integrado un módulo GPS que se utiliza para el registro de la hora y la determinación de la posición del rotor. Este se monta en el techo de la góndola con un soporte de sensor, o bien, puede ser instalado en la torre. El sensor se programa, registrando la posición de los receptores respecto del aerogenerador y las fechas y horas del día en que podría originarse el efecto, conforme a los calendarios gráficos generados por el modelo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Por medio de un sensor de luz se mide la intensidad de la luz solar en las cuatro direcciones. Sobre la base de estos resultados, la unidad central puede evaluar si las condiciones lumínicas reales del momento (presencia o ausencia de nubosidad), son suficientes como para proyectar sombra. En paralelo, la unidad central calcula continuamente si uno de los edificios que hay que proteger, será alcanzado o no por la sombra del rotor de un aerogenerador debido a la posición actual del sol, para lo cual comprueba si el aerogenerador está funcionando y evalúa la posición del rotor en relación con el sol. Si detecta sombra intermitente en uno de los edificios, los contadores diarios y anuales respectivos serán incrementados. Existe un contador diario y otro anual para cada lugar de inmisión. Para cada uno de estos contadores, se establecerá como valor límite 0 minutos/día y 0 horas/año de exposición. En cuanto se detecte que se produce el efecto sombra en los lugares de inmisión configurados para Pemuco urbano, el o los aerogeneradores responsables de ello se detendrán. Una vez que el dispositivo determina que la sombra proyectada abandona al receptor, o bien, que las condiciones lumínicas se modifican (ocurrencia de nubosidad, por ejemplo), o que cambia la dirección del viento, el sensor ordena nuevamente la puesta en marcha del aerogenerador. Para evitar que un aerogenerador se apague y se libere en intervalos cortos por condiciones meteorológicas inestables, se puede definir un tiempo de seguimiento. De esta manera, un aerogenerador apagado se liberará sólo cuando haya transcurrido el tiempo de seguimiento definido o cuando el impacto de la sombra ya no tenga probabilidad de ocurrencia (según el cálculo del impacto de la sombra). Al establecer un tiempo de seguimiento, se puede reducir el desgaste de los aerogeneradores.
Oportunidad: La medida será implementada en forma previa al inicio de las operaciones del Parque Eólico, y se hará efectiva en la totalidad de la operación del mismo. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro con los períodos de detención, con su fecha, hora, minutos de detención y luminosidad existente al momento de la detención.
Forma de control y seguimiento Reporte anual con las detenciones ocurridas en el periodo, indicando aerogenerador comprometido, la fecha y hora de ocurrencia y los minutos de detención. El reporte deberá ser ingresado en el Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl.
9.6 Compromiso ambiental voluntario CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático). Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el correcto funcionamiento del sistema de detención automático, en relación con los límites recomendados o las restricciones adicionales consideradas. • Pemuco rural y localidades: 30 min/día u 8 horas/año. • Pemuco urbano: 0 min/día o 0 horas/año, o lo más cercano
Descripción: El SDT automático genera un registro con todos los eventos de proyección de sombra, los cuales contienen la siguiente información para cada aerogenerador asociado: 1. Código del Aerogenerador 2. Fecha y hora de ocurrencia 3. Fecha y hora de reinicio del aerogenerador (vuelta en funcionamiento) 4. Duración de la detención
El plan de monitoreo del efecto Shadow Flicker se desarrollará a través del análisis de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión Automático, verificando el cumplimiento de los máximos diarios y anuales. Con la información se verificará que el SDT esté funcionando de manera correcta, ajustándolo en los casos que sea necesario, con las variables reales del entorno y con eventuales circunstancias donde se esté generando el efecto sombra, por sobre lo recomendado o restringido.
Justificación: La modelación del efecto de sombra intermitente (Anexo 1.6 de la DIA), indica que existen receptores que experimentan el efecto Shadow Flicker: • Pemuco rural y localidades: 15 receptores superan alguno de los tres máximos recomendados y 35 receptores reciben el efecto, pero no se supera ninguno de los tres máximos recomendados. • Pemuco urbano: 807 receptores superan alguno de los tres máximos y 786 receptores reciben el efecto, pero no se supera ninguno de los tres máximos recomendados
Al respecto, el diseño del Proyecto incorpora un sistema de detención automática transitorio en los aerogeneradores, asociados a la totalidad de los receptores del Área de Influencia de Shadow Flicker, para asegurar el cumplimiento de los máximos recomendados en la normativa de referencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
adoptada (guía técnica alemana), y en el caso particular de Pemuco urbano, asegurar que este sea lo más cercano a 0. Para verificar que los valores anteriores se están cumpliendo, se requerirá de un Plan de monitoreo en el cual se evaluará el tiempo de exposición real al que puedan verse expuestos con dicho sistema ya en funcionamiento. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aerogeneradores AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27.
Forma: El SDT automático genera un registro con todos los eventos de proyección de sombra, los cuales contienen la siguiente información para cada aerogenerador asociado: 1. Código del Aerogenerador 2. Fecha y hora de ocurrencia 3. Fecha y hora de reinicio del aerogenerador (vuelta en funcionamiento) 4. Duración de la detención
El monitoreo del Efecto Sombra Intermitente consiste en extraer del módulo del SDT, los periodos de tiempo diarios, mensuales y anuales de proyección de sombras, los tiempos de desconexión diarios, las partidas post-restricción transitoria y el procedimiento de re-conexión. Con lo anterior, se verificará el cumplimiento de los límites máximos diarios configurados (30 min/día o 0 min/día), y los máximos permisibles acumulados (8 horas/año o 0 horas/año). La información será presentada a través de un informe con la siguiente estructura:
- Introducción
- Objetivos
- Metodología
- Resultados
- Proyección anual del efecto sombra
- Conclusiones
Con la información se verificará que el SDT esté funcionando de manera correcta, ajustándolo en los casos que sea necesario, con las variables reales del entorno y con eventuales circunstancias donde se esté generando el efecto sombra por sobre lo recomendado o restringido.
Oportunidad: Durante los primeros tres (3) años de la fase de Operación del proyecto, se realizará el reporte con los eventos de proyección de sombra, extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático, con una frecuencia mensual durante el primer año de operación y, posteriormente, con una frecuencia trimestral en los otros (2) dos años, para monitorear el correcto funcionamiento del SDT. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de instalación de SDT en aerogeneradores. - Registro de los eventos de proyección de sombra, disponibles en faena. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento será a través del reporte de los siguientes informes técnicos al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medioambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl:
- Se realizarán informes técnicos semestrales que den cuenta del cumplimiento de los minutos/día y horas/año de exposición, con los registros de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control de éstos (código del aerogenerador, fecha y hora de ocurrencia, fecha y hora de vuelta en funcionamiento del aerogenerador y duración de la detención). El primer informe incluirá la proyección de los tiempos de exposición acumulados para el año calendario completo, lo cual será verificado a través del segundo reporte. En caso de superación de los límites indicados, los reportes deberán indicar las medidas o acciones correctivas implementadas. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.1 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.1. Condición o exigencia 1: CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático), del presente Acto.
9.7 Compromiso ambiental voluntario CAV-07 Perturbación controlada en vertebrados terrestres de baja movilidad y que presenten singularidad ambiental. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-07 Perturbación controlada en vertebrados terrestres de baja movilidad y que presenten singularidad ambiental. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de fauna de baja movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes, en forma previa a la intervención por parte del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
proyecto o actividad. En el área del proyecto se realizará en los sectores con obras lineales y areales (asociadas a los ambientes relevantes de fauna), con presencia de reptiles que presentan singularidad ambiental asociada a su categoría de conservación, específicamente en categoría de “preocupación menor”.
Descripción: En los sectores a intervenir por las obras lineales del proyecto, que presenten buenas condiciones de refugio, y en zonas areales asociadas a los ambientes relevantes de fauna, se aplicará la medida de Perturbación Controlada, la cual consiste en remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, como los cúmulos de rocas y sectores de refugio, con la finalidad de inducir el abandono paulatino de los individuos de la zona de obras (ver Anexo 2.5 de la DIA). El desplazamiento se promueve hacia sectores aledaños que no serán intervenidos por el proyecto.
Justificación: La implementación de esta medida se justifica en la presencia de reptiles que presentan baja movilidad y que se encuentren catalogadas en categoría de conservación “preocupación menor”, base a los criterios técnicos para la aplicación de una perturbación controlada (SEA, 2022). La principal ventaja que presenta la implementación de este compromiso voluntario para la fauna nativa, radica en que no involucra la manipulación de individuos, evitando de esta forma su captura, el estrés asociado, los riesgos sanitarios y la posibilidad de muerte en la captura; ya que se provoca una respuesta de huida orientada en una dirección planificada, lo que ocasiona el mínimo de afectación en la fauna terrestre del lugar.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El Plan de Perturbación Controlada se aplicará en los sectores a intervenir por las obras lineales del proyecto que presenten buenas condiciones de refugio y alimento, y obras areales tal y como se señala en la tabla a continuación.
Lugar de implementación del Plan de Perturbación Controlada.
Obras lineales del proyecto Obras areales Caminos principales Plataforma aerogenerador AG21 Huellas de acceso LAT Plataforma aerogenerador AG22 Faja LAT Plataforma aerogenerador AG22
Forma: El procedimiento será realizado por especialistas con experiencia en este tipo de actividades. La medida considera las siguientes actividades:
- Se realizará un recorrido previo, con la finalidad de identificar los sectores donde se registren las especies objetivo de este PPC, ya sean áreas de descanso, forrajeo, asoleamiento, entre otros. Una vez obtenida esta información, se dirigirán los esfuerzos a estos sectores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Para lo anterior, se realizarán transectos cuya cantidad total estará sujeta al criterio del especialista, y serán efectuados en distintos horarios del día. 2. En simultáneo, se evaluarán los sitios donde serán desplazadas las especies, los cuales presentarán elementos ambientales similares al lugar a ser intervenido (pendiente, exposición, formaciones vegetales y especies dominantes, sustrato, entre otros). 3. Se trasladará todo el material rocas y piedras de los sectores objetos del presente PPC, y colocadas en forma estratégica en los nuevos hábitats evaluados previamente, con el objetivo de compensar los refugios removidos, además de orientar el escape de los individuos y de evitar una posible recolonización. 4. Posteriormente, una vez asegurada la disponibilidad de nuevos hábitats, se producirán perturbaciones en el área definida, mediante la remoción manual de potenciales refugios (zonas de arbustos, troncos cortados, madrigueras, roqueríos menores, rocas, etc.), los restos vegetales serán sacados y trasladados hacia otros sectores. Esta actividad se ejecutará en el horario diurno, con temperatura adecuada para las actividades diarias de las especies. Es necesario realizar el hincapié en que, una vez que se remueven los potenciales refugios, será inducida la huida de los individuos perturbados hacia las áreas receptoras. Se prohibirá la intervención de maquinaria durante la actividad. 5. Posterior a las actividades de perturbación, se realizará un recorrido a pie, con la finalidad de verificar la ausencia de ejemplares de las especies objetivo de este Plan. De este modo, el indicador de cumplimiento consiste en la ausencia de individuos en el área perturbada. Por lo tanto, el presente PPC será considerado efectivo, cuando, al realizar el recorrido de verificación no se observen ejemplares de las especies objetivos.
Oportunidad: Las actividades de perturbación controlada serán ejecutadas con cinco (5) días de anticipación máximo, antes de cualquier actividad de construcción/intervención. Se deberá evaluar la repetición del procedimiento y de los sitios liberados, en el caso en que las obras no se ejecuten en el plazo señalado. Estas actividades serán realizadas durante la temporada de verano, de preferencia entre los meses de enero y marzo, de manera para ser realizado en una época de alta actividad de estas especies sin comprometer la reproducción de las mismas. Indicador que acredite su cumplimiento - Se considera como indicador de cumplimiento de la medida, la variable “densidad y abundancia de las especies objetivo”, que permita evidenciar que la población receptora se ha mantenido en el tiempo o que presenta un aumento respecto a su condición original previa aplicación de la perturbación controlada. En particular: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Se utilizará como indicador base, la abundancia máxima de individuos registrados en el área de influencia del Proyecto, que corresponde a 28 individuos; • Se utilizará como indicador de éxito de la medida el aumento de la abundancia de la población receptora, o que se mantenga en el tiempo sin variación hasta el término del seguimiento.
Forma de control y seguimiento Posterior a la aplicación de la perturbación controlada, se realizará el seguimiento de la población receptora. • Al día siguiente de ejecutada la medida: Los transectos serán realizados en los mismos sectores donde fueron realizados los transectos previos a la medida. Se realizará un primer seguimiento evaluando de forma visual la actividad de las especies objetivo en el área de destino, así como eventual presencia de ejemplares enfermos, estresados o muertos. • Se realizará un seguimiento semanal en el primer mes, no invasiva (sin captura), que permitan determinar su presencia, actividad de ocupación de refugios. • Se realizarán mediciones cuantitativas al segundo y tercer mes, y en la época de mayor actividad, para determinar abundancia y densidad de la población. Cada una de las actividades deberá ser informada 45 días después de realizadas (Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola Ganadero (SAG)), con la evidencia fotográfica e información georreferenciada.
9.8 Compromiso ambiental voluntario CAV-08 Plan de monitoreo de fauna voladora. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-08 Plan de monitoreo de fauna voladora. Impacto asociado Pérdida de la biodiversidad de individuos de fauna voladora por colisión o electrocución. Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Determinar la tasa real de mortalidad de la fauna voladora respecto a las obras del proyecto en las que se está dado lo anterior (aerogeneradores o LAT), con el objeto de evitar la pérdida de la biodiversidad.
Descripción: Se implementará un Plan de Monitoreo de fauna voladora, el cual involucrará: 1) Monitoreo aves: Se realizará el estudio de la diversidad y abundancia de aves y comportamiento de vuelo de las aves en diversos períodos, de modo de poder comparar los cambios que puedan sufrir las especies con el emplazamiento del proyecto, según lo descrito en el Anexo 2.5, Apéndice de Tránsito Aéreo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
2) Monitoreo acústico: El monitoreo acústico de quirópteros consiste en la implementación de las técnicas y métodos adecuados para levantar información biológica (actividad y riqueza especifica) y de las variables ambientales (velocidad del viento y temperatura). 3) Búsqueda y remoción de carcasas: Consiste en la inspección pedestre de las obras del proyecto (aerogeneradores y línea de alta tensión), de forma para detectar la presencia de carcasas.
La información anterior permitirá identificar la existencia de obras críticas, que están efectivamente causando pérdida de biodiversidad.
Justificación: El orden Quiróptera presenta diversidad en cuanto a su actividad (rutas y alturas de vuelo, y condiciones ambientales a las cuales se ponen en vuelo). De igual forma, para la Avifauna existe diversidad en los patrones de vuelo (rutas y alturas) de las diferentes especies presentes en el área de influencia. Por tanto, el plan se justifica en evaluar el comportamiento de la Fauna Voladora tanto espacial como temporalmente, para poder contrastarlos con el funcionamiento y presencia de los aerogeneradores y de la línea de alta tensión, y así evaluar la existencia de estructuras críticas que requerirán de la implementación de un sistema de protección.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: 1) Monitoreo de aves:
Será realizado en las estaciones de monitoreo reconocidas en el informe de tránsito aéreo. Estas serán complementadas con estaciones de ubicación variable, las cuales se irán adaptando según las singularidades del comportamiento de las aves y tipos de ambientes del lugar.
2) Monitoreo acústico:
Se considerará 15 puntos de monitoreo. La ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo acústico se determinará en terreno, priorizando sectores que cuenten, dentro de posible, con las características necesarias para poder registrar murciélagos, como son sectores húmedos, construcciones, u otros, además de encontrarse cercanos a los aerogeneradores.
3) Búsqueda y remoción de carcasas:
Operación: La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base. Además, se realizará en la Línea de Alta Tensión, en una distancia de 50 metros desde la porción central de esta, a ambos lados y a lo largo de esta.
Forma:
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1) Monitoreo de aves:
Se realizará el avistamiento directo de aves en los puntos de monitoreo establecidos, para determinar la riqueza y abundancia de las especies, y sus patrones de vuelo. Para lo anterior, se ejecutará un conteo continuo de aves, efectuado por un observador apoyado con binoculares, en un período de tiempo aproximado de cuatro (4) horas en cada estación. Se desarrollarán réplicas de los puntos (AM- PM) con el objetivo de establecer patrones diarios de vuelo. El período de conteo tendrá lugar en horas cercanas al amanecer y atardecer, ya que la actividad de las aves presenta un patrón bimodal con valores máximos en estos horarios (SEA, 2015). Las variables a considerar para cada punto de muestreo se detallan a continuación: • Riqueza de especies. • Número de individuos. • Hora de vuelo. • Dirección de vuelo. • Altura de vuelo. • Patrones de vuelo y uso del área.
El monitoreo de tránsito aéreo se desarrollará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos mensuales de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones o electrocuciones durante el primer año de operación donde, finalizado este periodo, se evaluará la frecuencia de los monitoreos según los resultados obtenidos.
2) Monitoreo acústico:
La prospección acústica de manera continua a lo largo de la noche permite obtener el espectro completo de actividad de las diferentes especies. Se recorrerá el sector para lograr finalmente seleccionar la ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo.
Se realizará un monitoreo con equipos detectores de ultrasonidos autónomos, dispuestos de manera de abarcar homogéneamente el área del proyecto. Los equipos permanecerán durante una noche completa en cada uno de los quince puntos, con un micrófono ultrasónico, ubicado a dos metros de altura. Las grabaciones se realizaron desde la puesta de sol (21:00 h) hasta el amanecer (06:20 h), abarcando 9,3 h de monitoreo por noche.
Con los datos acústicos se medirá: • Riqueza de especies. • Actividad de los quirópteros para cada punto siguiendo la metodología Miller (2001). • Variación del número de registros por especie a lo largo de la noche.
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Adicionalmente se medirá la temperatura (ºC) con equipo acorde, mientras que los registros de viento podrán ser adquiridos de la estación meteorológica del Proyecto. Con las mediciones anteriores se determinará: • Variación temporal y espacial de las variables ambientales. • Relación entre la composición del ensamble y nivel de actividad de quirópteros con las variables ambientales.
El monitoreo acústico se realizará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos estacionales de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones.
3) Búsqueda y remoción de carcasas:
La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base, y en el trazado de la LAT se realizará en una distancia de 50 metros desde la porción central de esta, a ambos lados. Para ambos casos se realizará un recorrido pedestre cada 10 metros alrededor.
Esquema de búsqueda de individuos siniestrados alrededor de las torres eólicas.
Búsqueda de individuos siniestrados en la LAT Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Las labores a realizar son las siguientes: 1. Inspeccionar en los radios de los aerogeneradores y de la LAT carcasas de fauna para su retirada. 2. Identificar y registrar las carcasas, distinguiendo el grupo animal, e idealmente por especie. 3. La búsqueda se realizará en todos los aerogeneradores del proyecto y trazado de la LAT, de modo de evitar que los cadáveres se descompongan rápido o sean presa de otros animales. 4. Para determinar la tasa real de mortalidad se realizarán experimentos estacionales de eficiencia de búsqueda de carcasas a los profesionales, y experimentos de remoción de carcasas por predadores, para determinar los índices de corrección que ajustarán la tasa real de mortalidad del parque.
Toda manipulación de carcasas será realizada siguiendo el procedimiento indicado en el instructivo “Manejo de carcasas de avifauna en proyectos con resolución de calificación ambiental dentro del sistema de evaluación de impacto ambiental, en el contexto del brote de influenza aviar de alta patogenicidad” (SAG, 2023).
Oportunidad: Fase de construcción Durante el último año de la fase de construcción, se consideran monitoreos de aves y acústico con periodicidad estacional (4 monitoreos al año).
Fase de operación
1. Monitoreo de aves y acústico trimestrales, durante el primer año de la fase de operación. 2. Búsqueda y remoción de carcasas con periodicidad semanal, durante el primer año de la fase.
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Indicador que acredite su cumplimiento - Ejecución del 100% de los monitoreos. - Variabilidad espacio - temporal del comportamiento de la fauna voladora. - Se utilizará un umbral de colisiones establecido en un 15% del total de fauna voladora registrada (promedio entre campañas = 1193; lo que equivale a 179 ejemplares) al año, donde por debajo de este umbral se considera que el impacto generado por las colisiones de avifauna con aerogeneradores no es significativo. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un seguimiento de la información biológica de la fauna voladora, para conocer en qué condiciones se detecta la afectación de las especies y en qué aerogeneradores o sector de la LAT se está dado lo anterior. - Durante el último año de la fase de construcción se realizará la elaboración de informes trimestrales, con los resultados de los monitoreos estacionales efectuados. - Durante el primer año de la fase de operación, se entregarán informes trimestrales, con los resultados del Programa de monitoreo de fauna voladora. Al finalizar el programa (primer año) se elaborará un informe final el que contendrá la síntesis de los resultados de la fase de construcción respecto del primer año de operación, con su respectiva evaluación sobre los cambios en los parámetros comunitarios básicos (riqueza, abundancia), y la valorización del efecto del proyecto sobre estos (identificación de aerogeneradores críticos). - Los informes serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia al Servicio Agrícola Ganadero, 30 días después de realizado los monitoreos mensuales.
9.9 Compromiso ambiental voluntario CAV-09 Instalación de peinetas y disuadores/desviadores de vuelo. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-09 Instalación de peinetas y disuadores/desviadores de vuelo. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el potencial riesgo de mortalidad de aves por colisión con el tendido eléctrico y/o por electrocución producto de la percha de aves en las torres.
Descripción: Para evitar la electrocución de avifauna, se realizará la instalación de peinetas en las torres metálicas, lo que permite disuadir a las aves de percharse sobre ellas, previniendo una eventual electrocución. Ejemplo de peinetas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Para reducir la colisión de la avifauna con los cables de la LAT, se realizará la instalación de disuadores/desviadores de vuelo en los cables de guarda, tales como: desviadores de vuelo de neopreno con cintas luminiscentes, espirales desviadoras de vuelo, u otro similar. Estos permiten hacer visibles los cables conductores y cable de guarda para las aves, de modo que logran esquivar la línea, disminuyendo el riesgo por colisión con éstos.
Ejemplo Desviadores de vuelo.
Justificación: Considerando la dificultad de algunas especies para distinguir el tendido eléctrico y el posible uso de las torres como percha, se implementarán acciones para evitar la pérdida de individuos de aves, disminuyendo la posibilidad de colisión y electrocución con la línea de alta tensión.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las peinetas se instalarán en las torres de anclaje, remate y suspensión que comprenden la línea de alta tensión, es decir, en un total de 17 de 19 estructuras metálicas.
Estructuras de la línea de alta tensión
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Los disuadores de vuelo se instalarán en toda la extensión del cable de guarda de la línea de alta tensión. Se considera una longitud aproximada de 4,24 km.
Forma: La instalación de peinetas, como disuasor de posada, se materializará sobre las torres de material conductor como el metal. Estos se instalarán conforme al tipo de torre. Los desviadores de vuelo propuestos son espirales amarillas de polipropileno de 25 cm de diámetro y 80 cm de largo aproximadamente. En el cable de guarda se instalará cada 10 m, y estarán ubicados en los 3/5 centrales de cada vano de forma alternada de tal manera que a vista aparente se observen cada 10 m.
Esquema de instalación
Se realizará una inspección anual sobre el estado de los elementos disuasores instalados. Además, se realizará un registro de las carcasas encontradas, las cuales serán manipuladas siguiendo el procedimiento indicado en el instructivo “Manejo de carcasas de avifauna en proyectos con resolución de calificación ambiental dentro del sistema de evaluación de impacto ambiental, en el contexto del brote de influenza aviar de alta patogenicidad” (SAG, 2023)
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Oportunidad: La instalación se llevará a cabo durante la fase de construcción, específicamente en la línea de alta tensión, y según programación de obras. Su aplicación será durante toda la fase de operación, hasta su desconexión eléctrica en la fase de cierre.
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico y georreferenciación para verificación de instalación de peinetas y espirales desviadores de vuelo, aplicable a fase de construcción. - Se utilizará un umbral de colisiones establecido al 15% de las especies registradas que sobrevuelan alturas inferiores a los 30 metros y que pertenecen a las familias de aves con mayor probabilidad de colisión (Anatidae, Ardeidae, Cathartidae, Laridae, Pelecanidae, Phalacrocoracidae, Rallidae, Strigidae y Tinamidae). Esto representa un total de 231 ejemplares registrados durante la caracterización ambiental del proyecto, y el umbral establecido implica un máximo de 35 ejemplares colisionados al año.
Forma de control y seguimiento - Informes cada cinco (5) años de verificación de implementación y mantención de peinetas y espirales desviadores de vuelo en las zonas comprometidas además del registro de potenciales carcasas debido a la operación de la Línea de transmisión. Este informe detallará el lugar y la fecha en la que se realizó la instalación. Además, se anexará un registro fotográfico de cada tramo donde se instalarán los desviadores y peinetas. - Cada cinco (5) años se verificará anualmente el estado de las peinetas y desviadores, reponiéndose en caso del deterioro del material. Estos reportes se realizarán cada cinco (5) años.
Los informes y/o reportes deberán ser ingresados en el Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl
9.10 Compromiso ambiental voluntario CAV-10 Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-10 Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa. Impacto asociado Afectación potencial de ejemplares de fauna íctica nativa producto de la obra proyectada en cuerpos de agua.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo de la biota acuática y calidad de las aguas con el fin de evidenciar que los trabajos de intervención de cauces no generan alteración significativa a la composición de estas especies y sus ambientes.
Descripción: La medida consiste en realizar monitoreos en los cursos de agua, analizando la calidad de las aguas y la biota acuática. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
La determinación de valores y concentraciones de parámetros de calidad de agua se realizará mediante el registro de parámetros fisicoquímicos. La caracterización el componente biológico considera únicamente a la fauna íctica presente en los cursos de agua.
Justificación: Este compromiso justifica su implementación considerando la presencia de ictiofauna nativa en esteros y ríos afectos a algún tipo de obra o actividad del proyecto, resultados entregados en el Anexo 2.6 de la DIA y su actualización en el Anexo 4.9 de la Adenda. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará un monitoreo en la totalidad de los 22 atraviesos definidos por el proyecto (ver Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria, PAS 156) sobre los cursos de agua permanente como en aquellos no permanentes. En los cursos de agua con escurrimiento permanente, se realizarán cada uno de los análisis y caracterizaciones descritas a continuación. En los cursos de agua no permanente, se realizará una verificación de la ausencia de escurrimiento de agua en forma previa, durante y posterior a la intervención del cauce.
- Calidad de las aguas y Biota acuática
En la siguiente tabla se indican las estaciones de monitoreo de calidad de las aguas y biota acuática, incluyendo incluso aquellos cursos de agua que han sido clasificados como no permanentes, pero que constituyen un atravieso de cauce con proyección de obras sobre ellos.
Coordenadas de los puntos de ejecución – Biota acuática y Calidad de las aguas. Cuerpo de agua UTM H18s – WGS84 ID Norte (m) Este (m) AT-1 5.905.990 756.739 AT-2 5.905.591 756.740 AT-3 5.905.165 753.978 AT-4 5.905.056 752.348 AT-5 5.904.954 752.976 AT-6 5.904.975 754.423 AT-7 5.904.382 755.067 AT-8 5.904.499 751.269 AT-9 5.905.124 752.100 AT-10 5.905.954 754.530 AT-11 5.905.049 753.884 AT-12 5.906.252 754.546 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
AT-13 5.906.642 754.551 AT-14 5.907.356 754.892 AT-15 5.907.347 755.322 AT-16 5.907.043 757.086 AT-17 5.907.150 757.092 AT-18 5.906.033 755.561 AT-19 5.903.866 755.020 AT-20 5.904.232 754.255 AT-21 5.903.278 750.939 AT-22 5.905.439 755.193
Ubicación de las estaciones de Muestreos
Forma: 1. Calidad de las aguas
La determinación de valores y concentraciones de parámetros de calidad de agua se realizará mediante el registro in situ de parámetros físicoquímicos (temperatura, pH, conductividad eléctrica y oxígeno disuelto), con equipo multiparamétrico, siguiendo su instructivo de uso, mantención y verificación, registrando todos los valores en un formulario de terreno, y mediante la colecta de muestras para posterior determinación de otros parámetros. Además, se realizará la observación directa de la presencia de colores artificiales, sólidos flotantes, espumas no naturales y cualquier tipo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
hidrocarburo presente en el agua. La caracterización química de sedimentos (nitrógeno total, fósforo total, carbono orgánico total, materia orgánica, composición de la granulometría), será mediante muestras y preservación de los parámetros de calidad de agua, de acuerdo con las Normas Chilenas NCh411/1. Of96, NCh411/2. Of96, NCh411/3. Of96, NCh411/4. Of97 y NCh411/6. Of98. El análisis de las muestras de agua y sedimentos deberán ser ejecutados por un laboratorio enlistado en el Registro Nacional de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA, D.S. N°38/2013 del Ministerio del Medio Ambiente). 2. Biota acuática Para el caso de la biota acuática, se realizará un muestreo de la fauna íctica en los cuerpos de agua señalados. La metodología consiste en un equipo que estará constituido por dos profesionales. La pesca se realizará remontando el río/canal (contra corriente) y barriendo, con el ánodo, todos los hábitats identificados. Se recolectaron todos los individuos en transectos de 200 m. por cada estación de monitoreo, por un tiempo de entre 30 a 45 minutos aproximadamente, dependiendo de las condiciones morfológicas de cada estación (profundidad, cubierta vegetacional y velocidad del agua en el cauce entre otros). Este tipo de metodología permite capturar con vida un alto porcentaje de los organismos recolectados, por lo que no es necesario el uso de anestésicos o tranquilizantes para la captura o manipulación de estos. En el caso de captura de ictiofauna, todos los ejemplares recolectados se identificarán in situ hasta el nivel taxonómico de especie, siguiendo las referencias indicadas por Habit et al. 2006. Además, se procederá a determinar la longitud total (LT) y peso total (PT) de los individuos capturados. Todos los individuos capturados, serán devueltos al medio (captura con retención temporal). En relación al análisis estadístico, dependiendo del tipo de distribución de los datos, se procederá a trabajar con estadísticas paramétrica o no paramétrica. Sin perjuicio de lo anterior, debido al tipo de datos obtenidos durante la campaña de terreno, se procederá a utilizar fórmulas paramétricas del tipo ANOVA de 2 o más vías. Los detalles de los métodos y materiales para el desarrollo del monitoreo de especies hidrobiológicas se encuentran en los antecedentes tecnicos y formarles de la solicitud del PAS N°119 (véase anexo 3.1 de la DIA).
Oportunidad: Se consideran tres campañas: 1. Previo a la ejecución de las obras de atravieso, durante la fase de construcción. 2. Durante las actividades de obras de atravieso. 3. Finalizada las obras de atravieso del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de monitoreo. - Variabilidad no significativa en la composición y abundancia de la biota acuática y calidad del agua Forma de control y seguimiento La presentación de cada uno de los informes generados será con un plazo de entrega de 30 días hábiles posteriores al término de la campaña de monitoreo, los que serán remitido a la SMA y SUBPESCA.
9.11 Compromiso ambiental voluntario CAV-11: Plan de Mejoramiento de Suelos (PMS). Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-11: Plan de Mejoramiento de Suelos (PMS) Impacto asociado Pérdida de suelos de uso agrícola. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar superficies de suelo productivo en relación con sus limitantes. Descripción: Producto de las obras del Proyecto se intervendrán 45,75 ha de suelo de Clase de Capacidad de Uso de Suelo CCUS II y III (16,63 ha Clase II y 29,12 ha Clase III). Debido a esta intervención se ejecutarán actividades de Mejoramiento en una superficie de al menos 55,07 ha de suelo a intervenir, a través de obras de drenaje que permitan mejorar la clase de drenaje desde la condición actual (drenaje en la categoría “pobremente drenado”), a la condición de drenaje en la categoría “imperfecto”, lo que permitirá clasificar dichos suelos con Capacidad de Uso de Suelo Clase III (ver informe en detalle en el Apéndice A de este Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria).
Las labores de mejoramiento corresponden a la instalación de un sistema de drenaje por medio de drenes subterráneos con tubo corrugado microperforado tipo Flexadren, fabricados de HDPE (Polietileno de alta densidad por sus siglas en inglés), instalados a una profundidad de 0,8 a 1,0 m promedio, con una pendiente de 5 por mil. Los tubos se instalarán con una cama de material grueso, cubierto de gravilla y malla plástica o geotextil, con un espaciamiento de 30 metros en promedio, de acuerdo a las condiciones de cada suelo. Se contempla instalar tuberías principales y laterales de diámetro variable entre 100 y 160 mm a lo largo de cada línea de drenaje, partiendo por tubos de 100 mm y terminando en 160 mm. La orientación de los tubos se hará en sentido perpendicular al flujo medido. Se considera instalar cámaras de inspección cada 200 a 300 m aproximadamente, terminando el trazado de tuberías en una tubería colectora de salida no ranurada, que conduzca el agua a una zanja colectora abierta existente en el campo.
El esquema general de la instalación de drenes subterráneo se presenta en la siguiente Figura, y consiste en tubos corrugados microperforados, en cama de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
gravilla y cubiertos con malla geotextil o plástica, para luego reinstalar los horizontes superiores del perfil de suelo (“relleno final” en la misma figura).
Esquema general de instalación de drenes subterráneos cerrados.
Justificación: En virtud de que parte de las partes y obras permanente del proyecto se emplazan en 16,63 ha Clase II y 29,12 ha Clase III, se ha determinado la aplicabilidad de un compromiso ambiental voluntario que, a través de sus obras, permita reclasificar la clase de drenaje desde la condición actual (drenaje en la categoría “pobremente drenado”), a la condición de drenaje en la categoría “imperfecto”, lo que permitirá a su vez reclasificar dichos suelos desde su actual CCUS IV hasta la CCUS III. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los predios seleccionados están ubicados en la comuna de Pemuco, Región de Ñuble, por lo que el mejoramiento se efectuará en la misma comuna donde el proyecto intervendrá suelos. La ubicación de los predios se presenta en la siguiente figura y se puede ver en el Apéndice A Plan de Mejoramiento de Suelos de esta Adenda Complementaria.
Ubicación referencial de terrenos a intervenir en el marco del PMS Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Forma: Las labores de mejoramiento corresponden a la instalación de un sistema de drenaje por medio de drenes subterráneos con tubo corrugado microperforado tipo Flexadren, fabricados de HDPE (Polietileno de alta densidad por sus siglas en inglés), instalados a una profundidad de 0,8 a 1,0 m promedio, con una pendiente de 5 por mil. Los tubos se instalarán con una cama de material grueso, cubierto de gravilla y malla plástica o geotextil, con un espaciamiento de 30 metros en promedio, de acuerdo a las condiciones de cada suelo. Se contempla instalar tuberías principales y laterales de diámetro variable entre 100 y 160 mm a lo largo de cada línea de drenaje, partiendo por tubos de 100 mm y terminando en 160 mm. La orientación de los tubos se hará en sentido perpendicular al flujo medido. Se considera instalar cámaras de inspección cada 200 a 300 m aproximadamente, terminando el trazado de tuberías en una tubería colectora de salida no ranurada, que conduzca el agua a una zanja colectora abierta existente en el campo.
Se considera como parte de la implementación de la medida de mejoramiento, desarrollar nuevas mediciones y pruebas en campo antes de la instalación, para tener un diseño óptimo en cada predio, que permita lograr el objetivo de pasar de la Clase de Drenaje Pobre a Drenaje Imperfecto y permitir la reclasificación a Clase III, a la vez de bajar los niveles freáticos actuales a una profundidad de 70 cm o mayor, para permitir una mayor profundidad efectiva durante todo el año, aumentando la capacidad de uso de los suelos a mejorar.
En la siguiente tabla se presenta un resumen de la cantidad de tuberías consideradas en el diseño para cada una de las secciones.
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Oportunidad: Durante la Fase de Construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Indicador de Avance: Instalación Sistema de drenaje artificial descrito en 55,07 ha. • Indicador Final: Clasificación suelos con CUS III.
Tipo Indicador Indicador de Avance Indicador Final Labor Mejoramiento Suelo Drenaje Drenaje Objetivo Nivel freático inferior a 70 cm. Permitir Clasificación con CUS III Indicador De Cumplimiento Instalación Sistema de drenaje artificial descrito en 55,07 ha Clasificación suelos con CUS III
Metodología
Informe con detalles de instalación Informe con descripción de Calicatas, desarrollado posterior a una temporada de lluvias completa. Intensidad Muestreo Una (1) medición en cada sección al final de la instalación Una (1) muestras por cada tres (3) hectáreas
Parámetro Aprobación Instalación de acuerdo con parámetros mínimos detallados en PMS CUS III en todos los criterios Pauta SAG (2011) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Meta 100% de cumplimiento parámetros propuestos.
100% muestras cumplen
Forma de control y seguimiento Registro de envío de Reporte a la SMA y SAG. En la etapa de ejecución del PMS, se entregará a la autoridad competente, en este caso, la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y SEREMI de Agricultura, un oficio de aviso de inicio de actividades de instalación en campo, con un cronograma actualizado de las labores de instalación de drenaje a ejecutar, para facilitar las labores de supervisión en terreno del avance por parte de la autoridad competente. Por su parte la SMA notificará a su apoyo técnico asociado, el SAG, para evaluar los antecedentes recibidos. En un plazo inferior a 1 año de finalizada la ejecución de las labores comprometidas en el PMS, se entregará un Informe de Avance, que describa las labores ejecutadas campo, para dar cuenta del cumplimiento del indicador 1 (Instalación de sistema de drenaje), con la descripción de las labores desarrolladas en una Memoria de Instalación con registro fotográfico. Una vez transcurrido un ciclo completo de lluvias de otoño invierno, se procederá a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
desarrollar la campaña de suelo para verificar el impacto de las labores de mejoramiento de suelos, utilizando los indicadores finales descritos en este PMS, los que serán respaldados con descripción de calicatas y resultados de análisis de suelo en un Informe Final, enviado a la SMA y SEREMI de Agricultura.
9.12 Compromiso ambiental voluntario CAV-12 Charlas de inducción ambientales. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-12 Charlas de inducción ambientales Impacto asociado Perturbación de hábitat de reptiles y anfibios por aumento del nivel de ruido. Pérdida de individuos de aves o quirópteros en estado de conservación, por colisión contra estructuras o aerogeneradores. Afección a fósiles y/o sitios paleontológicos durante las actividades de construcción por excavaciones y movimientos de tierra. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/operación/cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores que participen en el Proyecto en sus distintas fases, para reducir el impacto que las acciones y actividades del Proyecto puedan generar sobre el entorno. Descripción: Se realizarán charlas de inducción, por un profesional del área ambiental a todos aquellos trabajadores que participen de las actividades del Proyecto en sus distintas fases, y por un paleontólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en paleontología aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales, acorde con lo estipulado en la Res. Ex. N° 650 de 2022 de la CMN, a los trabajadores del Proyecto que realicen actividades de movimiento de tierra. Cada vez que se realice una charla, el personal que participe de ellas deberá firmar una lista de asistencia indicando al menos, nombre del trabajador, RUT, cargo, fecha y firma.
Justificación: La implementación de este CAV se justifica en lo siguiente: • Presencia de fauna terrestre y acuática en categoría de conservación. • Intervención de ambientes de fauna terrestre y acuática en categoría de conservación. Potencial Paleontológico Susceptible (bajo a medio), que señala que en el área en la que se insertará el Proyecto existen la posibilidad de albergar hallazgos paleontológicos bajo la superficie. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las capacitaciones se realizarán en las dependencias del proyecto en función de la fase del proyecto. Durante la fase de Construcción y de Cierre se desarrollarán en las instalaciones de faena, y en la fase de Operación se ejecutarán en el edificio de Operación y Mantenimiento del área de la subestación eléctrica.
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Forma: La inducción se le aplicará al 100% de los trabajadores del proyecto, ya sean de planta, contratistas o subcontratistas. Al inicio de la fase de Construcción y de la fase de Cierre, y cada vez que ingrese personal nuevo a la obra durante la fase de Operación, se realizarán charlas de inducción que abordarán la adopción de buenas prácticas y capacitación al personal en obras. Los temas a tratar durante estas charlas serán los siguientes: • Identificación de las especies de flora y fauna relevantes y potenciales para el área. • Identificación de las especies de fauna terrestre y acuática en categoría de conservación, según la legislación vigente. • Descripción y valorización de las especies de fauna. • Aspectos legales respecto de la protección de las especies. • Medidas de protección para las especies sensibles. • Informar protocolo de acción ante casos de rescate de individuos de fauna silvestre potencialmente afectados por atropellos, golpes o atrapamientos. • Compromisos adquiridos por el titular, y donde el trabajador puede cooperar directamente informando. • Informar sobre el Plan de Contingencias y Emergencias, y el registro que se deberá completar posterior al término de la situación. • Se hará hincapié en mantener las actividades de trabajo exclusivamente en las zonas habilitadas para ello, no traspasando los límites de las obras. • Se hará hincapié en mantener las áreas de trabajo limpias y el almacenamiento de residuos en sus respectivas bodegas, para evitar focos de atracción de fauna silvestre. Únicamente al inicio de la fase de Construcción, se realizará lo siguiente: • Charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto que realicen actividades de movimiento de tierra, dictadas de forma previa al inicio de las obras de excavación y realizadas o supervisadas por un paleontólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en paleontología, aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Estas charlas serán dictadas por un/a profesional asesor/a en Paleontología cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N° 650 de 2022 del CMN, previo al inicio de las obras, cada vez que se incorpore personal. Informar el protocolo en caso de hallazgos paleontológicos no previstos. El protocolo señalado instruirá respecto de la detención de las obras en el lugar del hallazgo, en al menos dos (2) metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.), se considerarán dos (2) metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Oportunidad: • Durante la fase de Construcción, en forma previa al inicio de las actividades de movimiento de tierra. • Durante la fase de Operación, cada vez que ingrese personal nuevo a la obra (Proyecto). • Durante la fase de Cierre, en forma previa al desmantelamiento de las obras del Parque Eólico Pemuco. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde al número de trabajadores que participan de las charlas dictadas respecto de los trabajadores objetivo. Los trabajadores objetivo corresponden a aquellos que trabajarán directamente en las actividades constructivas de las obras del Proyecto o de mantención del parque eólico (durante la fase de Operación). Forma de control y seguimiento - Se mantendrá en obra un registro físico de la ejecución de las charlas de inducción, que incluirá como mínimo: fecha, resumen de información entregada a los trabajadores; nombre, RUT, cargo y firma de participantes; y firma del profesional ambiental que realizó la charla. - Además, los reportes de esta actividad serán remitidos al CMN con frecuencia semestral, incluyendo los siguientes puntos: 1. Nombre y firma del/de la profesional que realizó la charla de inducción. 2. Contenidos de la inducción realizada. 3. Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. 4. Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. 5. Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. 6. Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as.
9.13 Compromiso ambiental voluntario CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Efectuar un plan de monitoreo de ruido en donde deberán efectuarse mediciones acordes a los procedimientos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en aquellos lugares en que se realizó el monitoreo continuo, de acuerdo al estudio de ruido adjuntó en el Anexo 2.1 de esta Adenda Complementaria, para comprobar el cumplimiento de los niveles máximos de ruido permitidos, tanto para el horario diurno como nocturno. Descripción: El programa de monitoreo se refiere a la evaluación acústica de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la fase de operación del proyecto Parque Eólico Pemuco, en los puntos de medición continuo.
Justificación: Si bien los resultados de la modelación de ruido en la fase de operación del proyecto señalan el cumplimiento normativo para la totalidad de los receptores, el Titular propone un seguimiento de manera voluntaria para comprobar el cumplimiento normativo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de ruido se realizarán en los puntos en que se ubicaron las estaciones de monitoreo continuo, cuyas coordenadas se presentan a continuación:
Coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 18 H Estación de monitoreo Coordenada Este Coordenada Norte Mon 1 749.317 5.905.438 Mon 2 752.969 5.903.988 Mon 3 757.706 5.904.596 Mon 5 755.418 5.907.555 Mon 5 749.661 5.903.583
Forma: Las actividades generales asociadas a cada campaña de monitoreo serán las siguientes: - Se contratará una Empresa Autorizada por la SMA (ETFA). - Mediciones trimestrales en terreno. - Elaboración de informe y planillas técnicas. - Envío del informe de monitoreo a la SMA. El método de medición deberá ser el definido en el D.S. N° 38/2011 del MMA, haciendo uso de las respectivas fichas asociadas al informe técnico indicado en el Artículo 15 del D.S. N° 38/2011 del MMA”.
Se realizarán mediciones de monitoreo continuo según lo indicado en la Guía para la Aplicación del D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente para Proyectos de Parques Eólicos en el SEIA, considerando el criterio establecido para las condiciones de operación de los aerogeneradores y la medición del ruido de fondo, en los tres rangos de velocidades de viento, 6-8 m/s, 8-10 m/s, 10-12 m/s. Debido a la variabilidad de las mediciones, se realizará el monitoreo continuo por al menos 14 días de medición en los puntos en que se ubicaron las estaciones de monitoreo continuo, esto con el fin de recopilar muestras para cada rango de velocidad de viento, lo anterior con tal de incrementar el grado de certeza de la evaluación del ruido proveniente del parque eólico. El principal instrumento para utilizar será un sonómetro. La marca y modelo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de la instrumentación utilizada será exclusiva elección y responsabilidad de la empresa calificada responsable de ejecutar los trabajos de monitoreo, bajo los estándares y procedimientos de trabajo estipuladas en las normativas e instructivos vigentes. El equipo será debidamente calibrado.
Oportunidad: Durante la fase de operación, se realizará el monitoreo con una frecuencia trimestral, por un período de un (1) año. Indicador que acredite su cumplimiento Los valores (dB) de ruido medidos cumplirán con los límites establecidos en la normativa vigente (D.S. N°38/2011, al momento de la medición. Forma de control y seguimiento Los resultados del Plan de Monitoreo serán entregados al término de la ejecución del Plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, 30 días después de finalizadas las mediciones en terreno. El informe contendrá los resultados de los monitoreos trimestrales. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.2 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.2. Condición o exigencia 2: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación, del presente Acto.
9.14 Compromiso ambiental voluntario CAV-14 Plan de Monitoreo de Nivel Freático. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-14 Plan de Monitoreo de Nivel Freático. Impacto asociado Afectación potencial del nivel freático de las napas subterráneas producto de la obra de excavación para la construcción de fundaciones de aerogeneradores. Fase del Proyecto a la que aplica PreConstrucción - Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo del nivel freático con el fin de evidenciar que los trabajos de excavación y construcción de fundaciones de aerogeneradores no generan alteración significativa a la cantidad de las aguas subsuperficiales. Descripción: La medida consiste en realizar monitoreos en los pozos de sondajes que se encuentran disponibles en el área del proyecto, analizando Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
su nivel freático. La medición del nivel freático se realizará mediante la utilización de instrumentos que permitan el registro de la altura de la columna de agua. La determinación del nivel freático de agua se realizará mediante el registro del nivel piezométrico medido.
Justificación: Este compromiso justifica su implementación considerando el que si bien, las calicatas realizadas al interior del terreno no mostraron presencia de agua subsuperficial, los sondajes ejecutados si mostraron presencia de agua a diferentes alturas, condición que requiere de su monitoreo para verificar la ausencia de afectación significativa por parte de las obras del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de nivel freático se realizarán en los pozos de sondeo que se han construido para los estudios preliminares del Proyecto. La ubicación de estos pozos se presenta en la siguiente tabla:
Forma: Las mediciones de nivel freático comenzarán con una periodicidad estacional (4 veces por año calendario), desde obtenida la RCA en fase de Pre- Construcción con la finalidad de tener datos de la condición sin proyecto y se extenderán durante toda la fase de Construcción del proyecto, hasta la construcción de la fundación respectiva. Nivel Freático: Se medirá la altura de la columna de agua utilizando un Piezómetro o algún instrumento similar, debidamente calibrado con la finalidad de obtener datos de la variación estacional de la altura del agua subsuperficial. Es importante considerar que la medición del nivel freático de agua será ejecutada por una ETFA.
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Oportunidad: Se consideran campañas estacionales (4 por año calendario) desde la fase de pre-construcción, extendiéndose durante toda la fase de Construcción del Proyecto hasta el sello de la fundación respectiva. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de monitoreo, indicando fecha y hora de medición. - Variabilidad no significativa en la cantidad (altura) de agua, respecto a la data histórica y medida pre-construcción. Forma de control y seguimiento La presentación de cada uno de los informes generados será con un plazo de entrega de 30 días hábiles posteriores al término de la campaña de monitoreo, los que serán remitido a la SMA.
9.15 Compromiso ambiental voluntario CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas Impacto asociado Aumento de los niveles de presión sonora de inmisión existentes en los receptores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Certificar la efectividad de las barreras acústicas propuestas para el proyecto y de esta manera comprobar el cumplimiento del el D.S. 38/11 del MMA.
Descripción: Se propone realizar una inspección técnica en la totalidad de las medidas de control de diseño, como lo son las barreras acústicas, durante la fase de construcción. Además, se realizarán mediciones in situ, por parte de una ETFA, en los receptores asociados a las barreras, en el momento en que el frente de trabajo asociado se encuentre activo, según lo dispuesto en el D.S. N°38/11 del MMA.
Justificación: Certificar la efectividad de las barreras acústicas propuestas para el proyecto, dando cumplimiento a los límites máximos permisibles según el D.S. 38/11 del MMA y cumplimiento del umbral de afectación para anfibios y avifauna en el caso de fauna nativa. Ello, para no producir impacto acústico en los receptores sensibles cercanos, ya sean humanos o de fauna nativa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La inspección técnica de las barreras se realizará en el lugar en que están se dispongan, de acuerdo a la propuesta señalada en el estudio de ruido y vibraciones de humanos y de fauna.
A continuación, se presenta la ubicación de las barreras asociadas a este CAV y, por lo tanto, la localización del lugar asociado a este CAV:
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Barrera acústica receptor R16
Barreras acústicas asociadas a ambientes de fauna
Por su parte, las mediciones de ruido a cargo de una ETFA serán efectuadas en los receptores asociados a las barreras, es decir R16 (humanos) y PF1, PF2, PF3 y PF4 (fauna).
Forma: Se deberá evaluar técnicamente el estado de las barreras acústicas, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
chequeando el estado de las planchas de OSB, aperturas o vanos no deseados, estado estructural, sellos y junturas, impermeabilidad, etc. Cada inspección técnica deberá realizarse mediante un reporte técnico que verifique el estado de las barreras, adjuntando fotografías con fecha y georreferenciación. Además, se realizarán mediciones in situ, por parte de una ETFA, en los receptores asociados a las barreras, en el momento en que el frente de trabajo asociado se encuentre activo, según lo dispuesto en el D.S. N°38/11 del MMA, el cual señala lo siguiente: • La duración de cada medición estuvo sujeta a la diferencia aritmética que presentan los valores registrados cada 5 minutos hasta que se considera la lectura como estable, es decir, cuando la diferencia aritmética entre dos registros consecutivos sea menor o igual a 2 dB(A). • Se debe ubicar el instrumento de medición a 1,5 m del suelo y a 3 m de cualquier superficie reflectante en su eje horizontal. Oportunidad: La inspección del estado de las barreras se realizará cada dos semanas durante las fases de construcción y cierre. Para el caso de las mediciones in situ, la medición asociada a la barrera asociada a R16 será efectuada al momento en que se estén desarrollando actividades en el frente de trabajo respectivo, asociado al receptor 16, conforme al cronograma del Proyecto. En relación a las barreras asociadas a los ambientes de fauna, las mediciones de ruido se realizarán en los puntos PF1, PF2, PF3 y PF4 correspondientes a los ambientes de fauna definidos en el estudio de ruido en fauna (Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria), al momento en que se activen los respectivos frentes de trabajo, de acuerdo al cronograma del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento de este CAV será el cumplimiento del DS 38/2011 en el receptor humano a evaluar (R16) y el cumplimiento de los umbrales establecidos en el Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEIA, 2022), para los receptores PF1, PF2, PF3 y PF4. Forma de control y seguimiento Entrega trimestral de un informe de verificación del estado de las barreras de control de ruido a la SMA. En cuando a las mediciones de ruido, el informe de medición se entregará a la SMA en un plazo de 30 días hábiles luego de efectuada esta actividad. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.3 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.1. Condición o exigencia 3: “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.”, del presente Acto.
9.16 Compromiso ambiental voluntario CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria. Impacto asociado Aumento de los niveles de presión sonora de inmisión existentes en los receptores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Certificar que los frentes de trabajo cumplan con el D.S. 38/11 del MMA, por efectos de la restricción de maquinaria, actividad a efectuar en el receptor humano R16 y receptores de fauna PF1, PF2, PF3 y PF4.
Descripción: Se propone realizar mediciones de ruido, a cargo de una ETFA, en los receptores asociados a la restricción de maquinaria, en el momento en que se ejecuten los frentes de trabajo respectivos, según cronograma.
Justificación: Certificar la aplicación de la restricción de uso de maquinaria para el proyecto, con el objetivo de cumplir con los límites máximos permisibles de acuerdo con el D.S. N°38/11 del MMA y cumplimiento del umbral de afectación para anfibios y avifauna en el caso de fauna nativa. Ello, para no producir impacto acústico en los receptores sensibles cercanos al proyecto, ya sean humanos o de fauna nativa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de ruido a cargo de una ETFA serán efectuadas en los receptores asociados a las barreras, es decir R16 (humanos) y PF1, PF2, PF3 y PF4 (fauna). Forma: Se realizarán mediciones in situ, por parte de una ETFA, en los receptores asociados a la restricción de maquinaria, en el momento en que el frente de trabajo asociado se encuentre activo. Las mediciones se realizarán según lo dispuesto en el D.S. N°38/11 del MMA, el cual señala lo siguiente: • La duración de cada medición estuvo sujeta a la diferencia aritmética que presentan los valores registrados cada 5 minutos hasta que se considera la lectura como estable, es decir, cuando la diferencia aritmética entre dos registros consecutivos sea menor o igual a 2 dB(A). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Se debe ubicar el instrumento de medición a 1,5 m del suelo y a 3 m de cualquier superficie reflectante en su eje horizontal.
Oportunidad: Para el caso de las mediciones in situ, la medición asociada será efectuada al momento en que se estén desarrollando actividades en el frente de trabajo respectivo, en los receptores 16, PF1, PF2, PF3 y PF4, conforme al cronograma del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento de este CAV será el cumplimiento del DS 38/2011 en el receptor humano a evaluar (R16) y el cumplimiento de los umbrales establecidos en el Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEIA, 2022), para los receptores PF1, PF2, PF3 y PF4. Forma de control y seguimiento Entrega trimestral de un informe de verificación de las medidas de control de ruido a la SMA. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario.
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.3 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.1. Condición o exigencia 3: “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.”, del presente Acto.
9.17 Compromiso ambiental voluntario CAV-17 Mirador Parque Eólico Pemuco. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-17 Mirador Parque Eólico Pemuco. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un mirador turístico al Parque Eólico Pemuco en la entrada de la ciudad de Pemuco por la Ruta N-59, para potenciar la imagen de la ciudad como ambientalmente sustentable, transformado el Parque Eólico en un activo turístico de la comunidad.
Descripción: Se implementará un mirador turístico en terrenos municipales, el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
que contará de equipamiento en beneficio de la comunidad, tales como zona de venta de souvenirs, artesanías y productos de fabricación local, áreas de descanso, infografía del Parque Eólico Pemuco y de distintos atractivos de la comuna, entre otros.
Justificación: De acuerdo a la información presentada en el Anexo 4.5 Caracterización Valor Turístico de la Adenda, se evidencia que el proyecto no afectará de manera significativa el valor cultural, atributo del valor turístico. No obstante, a lo anterior, con la finalidad de difundir y fortalecer los atractivos locales y favorecer la economía local, se propone el presente mirador que enfoque la visión hacia el Proyecto. Lo anterior, conforme a los análisis realizados y a las conversaciones sostenidas en reuniones con el jefe Oficina de Desarrollo local y el Encargado de Turismo de la Municipalidad de Pemuco). Por lo tanto, la justificación de este CAV se fundamenta en potenciar las sinergias positivas de la comuna de Pemuco relacionadas con el turismo y la economía local a raíz de la materialización del Proyecto, entregando un espacio público administrado por la Ilustre Municipalidad de Pemuco y que, en paralelo, permita apoyar a los emprendedores locales de la comuna. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al costado de la Ruta N-59 en el ingreso a la ciudad por el norte (Sector “Bienvenido a Pemuco”), la que se especifica mediante las siguientes Coordenadas UTM (Datum WGS84, Huso 18 S: 758.371 m (E), 5.904.777 m (N)).
Se adjuntan fotos de la ubicación y una vista hacia el terreno donde se emplazará el futuro Mirador.
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Forma: Para llevar a cabo la construcción y operación del Mirador PE Pemuco, se efectuarán las siguientes acciones: 1. Levantamiento topográfico del terreno facilitado al Mirador por parte de la Ilustre Municipalidad de Pemuco. Diseño Arquitectónico y Paisajístico de los espacios requeridos para el Mirador del PE Pemuco, en conjunto con la Ilustre Municipalidad (ej.: Zona de estacionamientos, zonas de venta de souvenirs, artesanías y productos locales, zona de descanso con bancos, jardines, señalética, luminarias, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
plataforma de observación, infografía del Proyecto y de atractivos de la comuna de Pemuco, entre otros). 3. Construcción, equipamiento y obtención de permisos requeridos. 4. Entrega e inicio de operación y mantención del Mirador del PE Pemuco, el cual estará a cargo de la Ilustre Municipalidad de Pemuco.
Para efectuar la formalización de este CAV, una vez obtenida la RCA se procederá a desarrollar los puntos número 1 y 2 anteriores. Finalizado lo anterior, Engie Energía firmará un convenio con la Ilustre Municipalidad de Pemuco para formalizar aspectos tales como: monto de la inversión, plazos, modalidad de control de gastos y responsabilidades de la mantención del Mirador, entre otros.
Oportunidad: El Mirador se construirá dentro de la Fase de Construcción del Proyecto, para estar operativo en el año 1 de la Fase de Operación del Parque Eólico Pemuco, en el sector cedido por la Ilustre Municipalidad de Pemuco. Indicador que acredite su cumplimiento Finalizado el primer año de operación del Proyecto, se realizará un informe técnico de la construcción del mirador y del equipamiento, al que se anexarán planos y fotografías. Inspección semestral in situ de verificación de mantención del mirador y su equipamiento durante los dos primeros años de funcionamiento. Dichos registros serán consolidados en informes técnicos de la operatividad del Mirador. Se ingresarán los informes técnicos cada semestre al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl. Forma de control y seguimiento Se ingresarán los reportes cada semestre al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl. 9.18 Compromiso ambiental voluntario CAV-18 Monitoreo de Ruta. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-18 Monitoreo de Ruta. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: realizar un monitoreo del estado de la ruta N-85 antes, durante y después de la construcción del proyecto.
Descripción: realizar un monitoreo del estado de la misma antes, durante y después de la construcción del proyecto, a fin de detectar posibles daños ocasionados por el tránsito vehicular del Proyecto. El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la ruta N-85 se realizará en forma semanal, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Este monitoreo se llevará a cabo durante todo el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso. En caso de detectar algún deterioro de la ruta que pueda ser atribuido al flujo vehicular y/o paso de camiones relacionado directamente con la construcción del Parque Eólico Pemuco, se realizarán las coordinaciones necesarias con la autoridad competente para ejecutar labores de normalización y/o reparación de los tramos de vías afectados.
Justificación: Verificar si a causa del proyecto se produce un deterioro en la ruta N-85. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tramo de la ruta N-85 entre la ruta 5 y el área del Proyecto.
Forma: El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la ruta N-85 se realizará en forma semanal, obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Se elaborarán informes mensuales con los resultados de la verificación en terreno.
Oportunidad: durante todo el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso, de forma mensual. Indicador que acredite su cumplimiento - El indicador de cumplimiento será el registro fotográfico de la ejecución de estas actividades. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento será a través de un informe con los resultados de la verificación en terreno el cual se entregará al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medioambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl. El informe se entregará en una ocasión, luego de 30 días de finalizado el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1 Riesgo o contingencia Movimiento Sísmico. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Movimiento Sísmico Riesgo o contingencia Movimiento Sísmico Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecen a normas o estándares internacionales de resistencia sísmica. ● Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área. ● Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. ● Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. ● Capacitar a los trabajadores sobre el uso de las zonas de seguridad, y de la importancia de mantenerlas disponibles. ● En el área del proyecto estarán disponibles los planes de evacuación para estos eventos. ● Se tendrá fácil acceso a un botiquín con los implementos básicos, linterna con pilas y una radio.
Forma de control y seguimiento ● Controlar periódicamente que se dé cumplimiento a lo siguiente: - Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. - Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. - Contar con fácil acceso botiquín el cual contendrá los implementos básicos, además de linterna con pilas y una radio. ● Verificar en terreno los letreros que indican las vías de evacuación disponibles y en buen estado. ● Verificar que se hayan realizado capacitaciones de procedimientos y/o protocolos de seguridad a los trabajadores del Proyecto. ● Tener en obra los registros de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Durante el sismo o terremoto - Mantener la calma, no dejar que el pánico domine a las personas. - Nunca evacuar el predio durante el sismo, buscar refugio en interior, en la medida de lo posible en las zonas seguras. - Cortar la energía eléctrica y alejarse de cables cortados, ya que pueden estar energizados. Apagar equipos eléctricos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Después del sismo o terremoto - Verificar si a consecuencia del sismo se hayan producido derrames de sustancias peligrosas o residuos peligrosos. De existir un derrame, se trabajará en su contención acorde a lo señalado en el numeral 1.6.2.7 del presente plan. - Tomar precauciones con cristales rotos y otros materiales potencialmente cortantes. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - No utilizar el teléfono a menos que sea estrictamente necesario, no se deben saturar innecesariamente las líneas telefónicas. - Es pertinente mantener una radio portátil para obtener información. - Posterior a las inspecciones realizadas a todas las instalaciones de la planta, el personal encargado de la emergencia autorizará el reinicio de las actividades laborales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.2 Riesgo o contingencia de inundación de cauces cercanos. Tabla: Situación de riesgo o contingencia de inundación de cauces cercanos Riesgo o contingencia Construcción, operación y cierre Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Durante los eventos de precipitación podría haber inundaciones por lo que se prevén las siguientes medidas de prevención tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas durante la construcción de las obras: • Diseño del parque eólico - El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecen a normas o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
estándares internacionales de resistencia. - Los baños químicos móviles se restringirán a un lugar distante de cursos de agua. • Realización de una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: o Protocolo de evacuación a la(a) zona(s) de seguridad del Proyecto. o Entrega de datos de contacto e información ante emergencia por eventos naturales. •
Se mantendrá actualizada la información de los reportes meteorológicos. • Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. • Si se anuncia que se producirán lluvias, se despejarán y limpiarán las zonas de circulación de aguas lluvias. • Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger. • Se demarcarán las áreas de evacuación dirigidas a zona de seguridad. • Se mantendrán planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape, zonas de seguridad y los equipos de extinción. • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. Forma de control y seguimiento - Verificar en terreno, que las vías de evacuación de aguas lluvias estén limpias y libres de obstáculos. - Verificar que cuenten con reportes meteorológicos actualizados. - Se mantendrá registro de capacitaciones periódicas de procedimientos y/o protocolos de seguridad ante condiciones climáticas adversas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de lluvias que deriven de inundaciones en sectores Cercanos a los cauces naturales, se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. Las acciones o medidas concretas corresponden a: • El personal al momento de detectar la emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
debe informar inmediatamente al jefe del área. • Se activará la alarma. • El jefe de área indicará la detención todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento: o Se detendrá la construcción de las obras cercanas a los cursos de agua. o Se procederá a cerrar la zona inundada y se prohibirá el ingreso o circulación de vehículos y peatones en el lugar afectado. • Si es necesario se comenzará la evacuación hacia el punto de encuentro o zonas seguras, a la espera de rescate. • En caso de la presencia de heridos, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten riesgos. Una vez concluido el evento, se realizará inspección de partes y obras del proyecto, con el fin de identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales serán reparados o reemplazados según se estime pertinente, o descartar la existencia de daños. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe de equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia, las que se sujetan a una ocurrencia tenga efectos sobre el medio ambiente, previo evaluación interna y valoración de este para ser informado, en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.3 Riesgo o contingencia de evento meteorológico extremo. Tabla: Situación de riesgo o contingencia de evento meteorológico extremo Riesgo o contingencia De evento meteorológico extremo Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se consideran las siguientes medidas de prevención de contingencias asociadas a eventos meteorológicos extremos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
● Diseño del parque eólico - El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecen a normas o estándares internacionales de resistencia. - Las turbinas propuestas para este proyecto poseen una velocidad de parada a los 25 m/s, lo cual permite que ante eventos extremos de viento estas no sigan funcionando. - Las turbinas propuestas poseen características que les otorgan resistencia al clima adverso. - Los baños químicos móviles se restringirán a un lugar distante de cursos de agua. ● Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área. ● Realización de una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: - Protocolo de evacuación a la(a) zona(s) de seguridad del Proyecto. - Entrega de datos de contacto e información ante emergencia por eventos naturales. ● Se mantendrá actualizada la información de los reportes meteorológicos. ● Si se anuncia que se producirán lluvias: - Se despejarán y limpiarán las zonas de circulación de aguas lluvias. - Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger. - Las piscinas de lavado y decantación de camiones mixer se cubrirán con una capa de plástico hermética de polímeros (tipo nylon), para evitar que el agua lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en la piscina y se genere un eventual derrame. ● Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. ● Se demarcarán las áreas de evacuación dirigidas a zona de seguridad. ● Se mantendrán planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape, zonas de seguridad y los equipos de extinción. ● Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
visible Forma de control y seguimiento - Verificar en terreno, que las vías de evacuación de aguas lluvias estén limpias y libres de obstáculos. - Verificar que se ejecutaron las inspecciones preventivas, respecto de equipos, herramientas o maquinarias que requieran protección, y del funcionamiento de sistemas eléctricos. - Verificar que cuenten con reportes meteorológicos actualizados. - Se mantendrá registro de capacitaciones periódicas de procedimientos y/o protocolos de seguridad ante condiciones climáticas adversas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de eventos meteorológicos extremos (lluvia intensa, nieve o tormentas eléctricas), se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. De todos modos, ante inundaciones (por lluvias intensas) se realizarán las Medidas de Contingencias y Emergencias -Riesgo de inundación de cauces cercanos.
Las acciones o medidas concretas corresponden a: ● El personal al momento de detectar la emergencia debe informar inmediatamente al jefe del área. ● Se activará la alarma. ● El jefe de área indicará la detención todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento y dará aviso de inmediato a carabineros y unidades de rescate: - Durante la fase de construcción, se suspenderán todas las faenas constructivas. - Durante la fase de operación, se detendrá la producción de energía total o parcial, según corresponda. ● Se comenzará la evacuación hacia el punto de encuentro o zonas seguras, a la espera de rescate. ● En caso de evacuación hasta la zona de seguridad, se deberá realizar por las vías predefinidas, lejos de ríos o quebradas, ya que puede producirse aluviones o inundaciones repentinas. ● En caso de la presencia de heridos, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. ● Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
riesgos. ● Una vez concluido el evento meteorológico extremo, se realizará inspección de partes y obras del proyecto, con el fin de identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales serán reparados o reemplazados según se estime pertinente, o descartar la existencia de daños. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe de equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante Condiciones Climáticas Adversas, las que se sujetan a una ocurrencia tenga efectos sobre el medio ambiente, previo evaluación interna y valoración de este para ser informado, en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.4 Riesgo o contingencia Incendio Industrial. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Incendio Industrial Riesgo o contingencia Incendio Industrial Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las actividades asociadas a las fases de construcción, operación y cierre. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas de prevención
● Se realizará un inventario de materiales que tengan el potencial riesgo de incendio y sus formas de manipulación y almacenamiento correctos, además de las fuentes ignífugas presentes en el área. - Combustibles clase A: Estos incluyen materiales que pueden actuar como combustible (madera, papel, tela, caucho y plásticos). Para manipular combustibles de Clase A de forma segura: • Los residuos domiciliarios se almacenarán en la Bodega de RSD. ✔ Se deben eliminar con una frecuencia de 2 veces por semana. ✔ Se almacenarán en contenedores con tapa. ✔ Para mayor detalle véase acápite 1.6.2.2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Los residuos industriales no peligrosos se almacenarán en la Bodega de RSINP. ✔ Se deben eliminar con una frecuencia de 1 vez cada 15 días en la fase de construcción y cierre, y de 1 vez al mes en la fase de operación. ✔ Para mayor detalle véase acápite 1.6.2.2. • Se mantendrán las áreas de trabajo limpias y libres de este tipo de combustible, que podría permitir la propagación de un incendio. • Estos materiales/residuos combustibles se mantendrán alejados de fuentes de ignición accidental. • Se realizarán inspecciones frecuentes para anticipar incendios antes de que comiencen. • El agua y el polvo químico seco multiusos (ABC) son agentes extintores de incendios aprobado para combustibles de Clase A. - Manejar combustibles clase B: Estos incluyen líquidos inflamables y combustibles (aceites, grasas, alquitranes, pinturas a base de aceite y lacas), gases y aerosoles inflamables. Para manipular combustibles de Clase B de forma segura: • Los residuos peligrosos se almacenarán en la Bodega de RESPEL: ✔ Los residuos peligrosos se deben eliminar con una frecuencia máxima de 1 vez cada 6 meses. ✔ Se almacenarán en tambores o contenedores adecuados. ✔ Contará con un sistema de contención de derrames con capacidad no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad almacenado. ✔ Para mayor detalle véase acápite 1.6.2.4. - Las sustancias peligrosas se almacenarán en la Bodega SUSPEL: ✔ El almacenamiento de las sustancias se realizará de acuerdo a sus compatibilidades. ✔ Las cantidades de almacenamiento no superan los 600 kg o litros, por lo que el almacenamiento se realizará en conformidad con lo establecido en los Art.19 al 24. Del D.S. Nº43/2015 MINSAL. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Se utilizarán únicamente bombas aprobadas para dispensar líquidos de tanques, tambores, barriles o contenedores.
- Se evitará dispensar líquidos inflamables Clase B en contenedores a menos que la boquilla y el contenedor estén conectados. El tanque o el contenedor deben estar conectados a tierra.
- No se utilizará líquidos inflamables como agentes de limpieza dentro de una edificación o sala cerrada.
- No se utilizarán, manipularán ni almacenarán combustibles de Clase B cerca de salidas, escaleras o cualquier otra área utilizada como salida o vía de escape.
- Se prohibirá soldar, cortar, esmerilar y utilizar aparatos o equipos eléctricos inseguros cerca de combustibles de Clase B.
- Se prohibirán actividades que generen calor cerca de combustibles de Clase B.
- Para extinguir un incendio causado por líquidos inflamables, se debe utilizar dióxido de carbono o químico seco multiusos (ABC). Se prohíbe el uso de agua para extinguir incendios de Clase B causados por líquidos inflamables, dado que esta puede hacer que el líquido ardiente se propague, empeorando el fuego. ● Difusión: Se avisará a los grupos de interés del sector acerca de las faenas realizadas en el predio, y en los accesos a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando labores de construcción. ● Construcción de cercos:
- Se considera como una medida para minimizar el tránsito de personas desde sectores habitados y caminos, la construcción de un cerco perimetral que rodee toda el área de la subestación eléctrica, instalaciones de faena y planta de hormigón.
- En caso de que los carteles y cercos se encontraran en mal/deficiente estado, se dará aviso inmediato a la jefatura para su reparación y/o recambio. ● Se debe suministrar cantidades suficientes del tipo correcto de extintores y equipo auxiliar como mangueras, hidratantes y rociadores, a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la instalación. ● La instalación de extintores deberá cumplir las siguientes condiciones:
- El equipo de extinción debe ubicarse cerca de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
puntos probables de incendio, pero no tan cerca que se dañen o no se les pueda usar durante un incendio. - Los extintores serán sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado. - Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y en las proximidades de los puntos probables de incendio, y claramente identificados, libres de todo obstáculo. - En caso de que los extintores se encuentren dispuestos en la intemperie, se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. - Además, debe considerarse: Cantidad, tipo y números indicados en un plano ● El titular deberá cumplir con lo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) y sus reglamentos vigentes, junto a todas aquellas Normas Técnicas, Oficios y Circulares emitidos por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) pertinentes. ● Prohibición de encender fuego al interior de las áreas de trabajo. ● Prohibición de fumar en el área circundante a las bodegas anteriormente señaladas. Esta prohibición se materializará a través de un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega. ● Mantener buenas prácticas de orden y limpieza en el área de faena para asegurar el control de material inflamable y residuos que puedan generar un incendio. ● Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajadores conozcan las zonas de seguridad definidas. Para la fase de operación, se contará con un sistema contra incendios consistente en: estanque de agua potable y sala de bombas, contiguo a la subestación eléctrica. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Registro del inventario de peligros y estudio de riesgo de incendio. - Registro de mantención de extintores. - Verificar y tener en obra los registros de la realización de las capacitaciones a los trabajadores sobre todas las medidas de prevención y control de incendio. - Verificación en terreno de la implementación y el estado de los carteles y cercos dispuestos. - Registro de verificación de mantención a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
vegetación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Medidas de Detección y Combate del Fuego ● Una vez se detecte el incendio, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia. ● Se deberá cortar la energía eléctrica en el sector afectado, en caso de que corresponda. ● Se deberá limitar el número de personas en la zona de peligro al mínimo imprescindible, controlándolos constantemente por un responsable que deberá permanecer en el exterior de la zona, el cual deberá disponer de un equipo de socorro listo para intervenir si fuera necesario. ● En caso de que no sea posible combatir el fuego mediante el uso de extintores: - Se dará aviso a los números de emergencias 132 y 133 (Carabineros y Bomberos respectivamente). - Se procederá a la evacuación del área donde se esté produciendo el incendio y se esperará la llegada de organismos de reacción en una zona segura. ● Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente. ● Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma. ● Una vez decretado el fin de la emergencia, la persona con mayor rango o jerarquía o el Encargado de Prevención de Riesgos, deberá determinar si es seguro retornar a las áreas de trabajo (por ejemplo, que no existan materiales que puedan caer sobre un trabajador o la existencia de brasas que puedan reiniciar el incendio, u otros que impidan el normal desarrollo de las actividades). Recursos materiales ● Sistema de comunicación ante emergencias (teléfono celular, radios). ● Extintores. ● Mangueras. ● Tambores con arena. ● Azadón. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
● Pala. ● Elementos de protección personal (zapatos, lentes, cascos, guantes, entre otros, de seguridad). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan A través de la página web de la Superintendencia de Medio Ambiente, se dará aviso luego de ocurrida la emergencia (sólo en caso de incendios forestales) en un plazo no superior a 24 horas, según lo establecido en la RE N°885/2016. El titular hará entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo, a la autoridad fiscalizadora en un plazo de 1 mes posterior al aviso. Lo anterior. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.5 Riesgo o contingencia Incendio Forestal. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Incendio Forestal Riesgo o contingencia Incendio Forestal Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades asociadas a las fases de construcción, operación y cierre. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas de prevención ● Se contará con un método de detección (vigilancia móvil u otro), que permita dar aviso oportunamente a CONAF o instituciones del Sistema de Protección Civil (Carabineros de Chile, Bomberos, Policía de Investigaciones, otros) y privados, ante la existencia de focos de incendio, de manera de facilitar un combate rápido y eficiente por parte de las instituciones pertinentes. ● Vigilancia: existirá una inspección técnica a cargo del titular. Dentro de sus funciones estará la detección permanente de acciones y condiciones inseguras que estén ocurriendo durante el desarrollo de las faenas a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. La inspectoría comunicará las deficiencias anotadas al contratista con el objeto de que se corrijan las fallas y deficiencias detectadas. En caso de ocurrir un evento de incendio, se dará aviso a los números de emergencias 130 y 132 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF, y Bomberos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Chile, respectivamente). ● Se definirán zonas de monitoreo dentro y/o a los alrededores del área del proyecto, identificando puntos sensibles o críticos que puedan registrar acumulación de residuos forestales y que pudieran ser un foco incendiario potencial. ● Eliminación de los residuos vegetales. - Se utilizarán alternativas de tipo mecánicas o manuales para el despeje y distribución de material vegetal en el predio. - Se retirará cualquier resto vegetal voluminoso que pueda ser foco de incendio. - No se considerarán alternativas químicas o el uso del fuego. ● Instalación y mantención de un letrero visible: Las características deben ser un de fácil lectura a distancia, con medidas mínimas de 3m x 2m, a una altura no inferior a los 2m, en lugares de acceso al predio, en sectores adyacentes al predio de tránsito regular o en caminos principales circundantes, que contenga el nombre del predio y los siguientes números de emergencias: CONAF 130, BOMBEROS 132, CARABINEROS 133. ● Difusión: Se avisará a los grupos de interés del sector acerca de las faenas realizadas en el predio, y en los accesos a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando labores de construcción. ● Construcción de cercos: - Se considera como una medida para minimizar el tránsito de personas desde sectores habitados y caminos, la construcción de un cerco perimetral que rodee toda el área de la subestación eléctrica, instalaciones de faena y planta de hormigón. - En caso de que los carteles y cercos se encontraran en mal/deficiente estado, se dará aviso inmediato a la jefatura para su reparación y/o recambio. ● Se debe suministrar cantidades suficientes del tipo correcto de extintores y equipo auxiliar como mangueras, hidratantes y rociadores, a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la instalación. ● La instalación de extintores deberá cumplir las siguientes condiciones: - El equipo de extinción debe ubicarse cerca de los puntos probables de incendio, pero no tan cerca que se dañen o no se les pueda usar durante un incendio. - Los extintores serán sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
certificados por un laboratorio acreditado. - Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y en las proximidades de los puntos probables de incendio, y claramente identificados, libres de todo obstáculo. - En caso de que los extintores se encuentren dispuestos en la intemperie, se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. - Además, debe considerarse: Cantidad, tipo y números indicados en un plano ● El titular deberá cumplir con lo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) y sus reglamentos vigentes, junto a todas aquellas Normas Técnicas, Oficios y Circulares emitidos por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) pertinentes. ● Prohibición de encender fuego al interior de las áreas de trabajo. ● Prohibición de fumar en el área circundante a las bodegas anteriormente señaladas. Esta prohibición se materializará a través de un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega. ● Mantener buenas prácticas de orden y limpieza en el área de faena para asegurar el control de material inflamable y residuos que puedan generar un incendio. ● Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajadores conozcan las zonas de seguridad definidas. Medidas de mitigación ● Faja libre de vegetación (FLV). - Faja de terreno de ancho determinado (25 metros en promedio a cada lado), donde se elimina a tala raza la vegetación, con el propósito de mitigar la propagación del fuego.
Esta medida considera su despeje durante la fase de construcción y mantención durante la fase de operación, con el objetivo de conservar su funcionalidad.
Se debe evitar la regeneración de la vegetación a través de control mecánico o manual. Además, debe permanecer libre de residuos. ● Cortafuego. Zona de terreno libre de vegetación, que detiene o dificulta la propagación de un incendio forestal por carecer de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
vegetación combustible o porque ésta no está en condiciones de arder.
Los caminos proyectados dentro del proyecto actúan como cortafuegos, dado que seccionan los predios. Además, se considera un área de intervención de 9 metros a cada lado de los caminos proyectados y de 5 metros a partir del resto de las obras del proyecto, que se mantendrá libre de vegetación. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Verificación en terreno de la implementación y el estado de los carteles y cercos dispuestos. - Registro de verificación de mantención a la vegetación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Medidas de Detección y Combate del Fuego ● Durante los trabajos de corta de la vegetación, especialmente cuando se realicen en períodos de menor abundancia de lluvias, se considerará lo siguiente: - Detección oportuna: Contar con el equipamiento de comunicación para recibir las instrucciones para iniciar el combate. ● Una vez se detecte el incendio, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia. ● Se deberá cortar la energía eléctrica en el sector afectado, en caso de que corresponda. El personal que se encuentre disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatir de inmediato, construyendo las líneas de control que sean necesarias. En primera instancia, asumirá la responsabilidad el técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio. Se hará lo siguiente: - Se deberá observar la dirección del viento, se delimitará ampliamente la zona de peligro y se deberá impedir el acceso a la misma del personal que no esté adecuadamente equipado, alejando preferentemente en dirección contraria al viento, a toda persona ajena a la emergencia. - Se dará inicio a la extinción del fuego utilizando extintores. - Para accionar el extintor se debe retirar el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
seguro con una mano, mientras que con la otra se debe dirigir el chorro en forma de abanico a la base del fuego. - Al acercarse a un fuego para combatirlo con un extintor, se debe tener el viento a la espalda para poder aproximarse más y estar resguardado de las llamas. - Nunca debe emplearse un extintor a base de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizados. - Solo se deben enfrentar fuegos pequeños, por lo tanto, si no se logra controlar en dos minutos, evacuar rápidamente, pero sin correr. - Una vez extinguido el fuego, se revisará el lugar, asegurando no dejar focos que pudieran reavivar el fuego. ● La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de éste y demás antecedentes, con el objeto de que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias: - Se dará aviso a los números de emergencias 130, 132 y 133 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF, Carabineros y Bomberos respectivamente). - Se procederá a la evacuación del área donde se esté produciendo el incendio y se esperará la llegada de organismos de reacción en una zona segura. - Si CONAF envía brigadistas contra incendios al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre en el lugar se pondrá a las órdenes del jefe de incendio. ● Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente. ● Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma. Una vez decretado el fin de la emergencia, la persona con mayor rango o jerarquía o el Encargado de Prevención de Riesgos, deberá determinar si es seguro retornar a las áreas de trabajo (por ejemplo, que no existan materiales que puedan caer sobre un trabajador o la existencia de brasas que puedan reiniciar el incendio, u otros que impidan el normal desarrollo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
las actividades). Recursos materiales ● Sistema de comunicación ante emergencias (teléfono celular, radios). ● Extintores. ● Mangueras. ● Tambores con arena. ● Azadón. ● Pala. ● Elementos de protección personal (zapatos, lentes, cascos, guantes, entre otros, de seguridad). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan A través de la página web de la Superintendencia de Medio Ambiente, se dará aviso luego de ocurrida la emergencia (sólo en caso de incendios forestales) en un plazo no superior a 24 horas, según lo establecido en la RE N°885/2016. El titular hará entrega de un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo, a la autoridad fiscalizadora en un plazo de 1 mes posterior al aviso. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.6 Riesgo o contingencia en el manejo de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos. Tabla: Situación de riesgo o contingencia en el manejo de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos Riesgo o contingencia En el manejo de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de Faena principal, Instalación de Faena secundaria, Edificio O&M. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● El diseño de las bodegas se ha desarrollado en virtud de minimizar los riesgos y controlar accidentes, lo cual se vincula, además, con un buen manejo de los residuos. ● Los sitios de almacenamiento de residuos estarán debidamente señalizados y delimitados. ● Los residuos domésticos se dispondrán dentro de bolsas plásticas en contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. ● Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
desechos o residuos en lugares no destinados para tales efectos. ● El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos comprometidos evitando así la generación de olores y vectores. ● Se realizará una inspección constante y programada de los materiales de trabajo para asegurar que el equipo y contenedores estén en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos que muestren deterioro de su capacidad de contención. ● Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el Jefe de Operación y Mantenimiento del Proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. ● El personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. ● El Proyecto mantendrá un sistema de señalización de seguridad durante cada fase, compuesto por letreros indicando los elementos de protección personal a utilizar, las vías de evacuación en caso de emergencias, los sistemas de extinción de incendio y las zonas de seguridad. ● Se mantendrán actualizados los números de teléfonos de emergencia, los que estarán disponibles en la instalación de faena, de acuerdo con el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. ● Se exigirá a los Contratistas de las obras por medio de una cláusula en su contrato, el cumplimiento en el manejo de residuos según lo exigido por la normativa aplicable. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. - Se tramitará sectorialmente el PAS 140. - Se mantendrá registro con los retiros de los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos. - Los residuos serán transportados a través de transportistas autorizados y dispuestos en sitios autorizados para ello. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga Anexo 6.3 de la Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos se dará aviso inmediato al encargado correspondiente, quien será el encargado de monitorear la contingencia. ● La persona que detecta o enfrenta un accidente o emergencia deberá dar aviso inmediato a su jefatura directa usando los medios disponibles como teléfono, radio u otros. ● Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio. ● Se movilizará la maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. ● Una vez contenida la emergencia se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será enviado a sitio de disposición final autorizado. ● El jefe de oficina se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. ● En caso de producirse malos olores producto de los RSD almacenados, se revisará el estado de los contenedores. En caso de requerirse, se solicitará el retiro anticipado de estos residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.7 Riesgo o contingencia en el manejo de Residuos Peligrosos. Tabla: Situación de riesgo o contingencia en el manejo de Residuos Peligrosos. Riesgo o contingencia En el manejo de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de Faena principal, Instalación de Faena secundaria, Edificio O&M. Acciones o medidas a implementar ● El diseño de las bodegas se ha desarrollado en virtud de minimizar los riesgos y controlar accidentes, lo cual se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
para prevenir la contingencia vincula, además, con un buen manejo de los residuos. La bodega de almacenamiento contará con el siguiente diseño estructural: - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Tendrá una estructura y paneles de acero con pintura intumescente. - Tendrá una bandeja de contención de derrames de 3.500 lt. - Tendrá una parrilla de piso metálica de 3 mm. - Ventilación natural (rejillas de ventilación) calculada según D.S N°43/2015. - Señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190/2003. - Señalización de la bodega RESPEL y de acceso de restringido. ● Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de 200 litros aproximadamente. ● Los tambores de almacenamiento tendrán las siguientes características: - Tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones. - Capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga, y el traslado de los residuos. - Estarán rotulados indicando en forma claramente visible las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la NCh. 2.190/2003, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento. ● La bodega tendrá extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total de extintores, su ubicación y señalización se señala en el Apéndice A del PAS 142 (Anexo 3.3 de la DIA), determinado lo dispuesto en los Artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. ● Se capacitará al encargado de la bodega RESPEL y cualquier trabajador que manipule Residuos Peligrosos sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos. ● Se hará entrega a los trabajadores de los elementos de protección personal (EPP) correspondientes conforme a la labor a desempeñar, de esta manera se resguardará la salud y el bienestar del personal. ● Para minimizar eventuales efectos ambientales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
derivados de fuga o derrame de residuos, se proveerá al personal a cargo de las herramientas y elementos de contención de derrames, tales como: - Almohadilla absorbente - Palas - Escobillones - Arena o producto similar para la absorción de producto - Recipientes - Guantes - Tambores vacíos Se realizará una inspección constante y programada de los materiales de trabajo para asegurar que el equipo y contenedores estén en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos que muestren deterioro de su capacidad de contención. ● Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el Jefe de Operación y Mantenimiento del Proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. ● Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o residuos en lugares no destinados para tales efectos. ● La operación y mantención preventiva y correctiva de las maquinarias, materiales y equipos a utilizar, será realizada por personal calificado, debidamente capacitado y autorizado para ejercer estas funciones. ● Se exigirá que toda maquinaria utilizada cumpla con sus revisiones técnicas y sus mantenciones respectivas. ● Se exigirá a los Contratistas de las obras por medio de una cláusula en su contrato, el cumplimiento en el manejo de residuos según lo exigido por la normativa aplicable. ● El Proyecto mantendrá un sistema de señalización de seguridad durante cada fase, compuesto por letreros de identificación de seguridad indicando los elementos de protección personal a utilizar, las vías de evacuación en caso de emergencias, los sistemas de extinción de incendio y las zonas de seguridad. ● Se mantendrán actualizados los números de teléfonos de emergencia, los que estarán disponibles en la instalación de faena, de acuerdo con el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
el área de ejecución del Proyecto. - Se tramitará sectorialmente el PAS 142. - Se mantendrá registro con los retiros de los residuos peligrosos. - Los residuos serán transportados a través de transportistas autorizados y dispuestos en sitios autorizados para ello. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante riesgo o situación de posible derrame de residuos peligrosos dentro del área del Proyecto se dará aviso inmediato al jefe de oficina del Titular en terreno, quien comandará las acciones durante la contingencia. ● Evaluar la situación producida, detectar lugar exacto de la fuga y posibles reacciones tales como vapor, temperatura o humos. ● Si no conoce el producto derramado o en fuga, trate de identificarlo mediante la observación del etiquetado. Una vez identificado el producto, informe al personal especializado al momento de hacerse presente. ● Se movilizará las herramientas para realizar pretiles para contener derrame. ● Se colectarán los residuos peligrosos y suelos que hayan sido contaminados, tomando en cuenta lo siguiente: - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. - Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): ▪ Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. ▪ Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. ▪ Envasar todo el material contaminado. ▪ Muestrear el suelo, en caso de ocurrir en suelo natural, durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado. ▪ Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN). ▪ Descontaminar todos los equipos. - Acciones Finales: ▪ Documentación (Reporte Final) ▪ Descripción del incidente en cuestión, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
incluyendo la cronología de los eventos. ▪ Mapa o dibujo del lugar. ▪ Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. ▪ Fotografías. ▪ Información de la propiedad dañada y/o perjudicada. ● Se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. ● Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, se realizará lo siguiente: - La empresa autorizada para el transporte de los residuos se comunicará con Jefe de oficina del Titular quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinará el retiro de material contaminado. - El procedimiento a emplear será el de la empresa autorizada para el trasporte de estos residuos. Sin embargo, en términos generales se realizará lo siguiente: ▪ Se utilizará el Kit de contención de derrames disponible en el camión para realizar pretiles de contención de derrames, y para posteriormente barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. ▪ Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. ▪ Se almacenarán los residuos peligrosos en contenedores apropiados para recuperar el material derramado. ▪ Muestrear el suelo, en caso de ocurrir en suelo natural, durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado. Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN). ▪ Descontaminar todos los equipos. - Acciones Finales: ▪ Documentación (Reporte Final) ▪ Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. ▪ Mapa o dibujo del lugar. ●No se efectuará acciones de contención sin los elementos de protección personal y recursos materiales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de absorción mecánica de sustancias. El personal especializado establecerá las acciones de contención requeridas. ● Una vez terminada la contingencia, el jefe de oficina del Titular elaborará un informe de la situación acontecida y dará aviso correspondiente a SEREMI de Salud, SEA y SMA. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida cualquier contingencia o emergencia en el Proyecto que derive en un riesgo ambiental, esta será informada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase los límites establecidos para el Proyecto, o dentro del área del mismo, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la autoridad Sanitaria y SMA la situación a través de un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.8 Riesgo o contingencia de Derrame de Aguas Servidas. Tabla: Situación de riesgo o contingencia de Derrame de Aguas Servidas Riesgo o contingencia Derrame de Aguas Servidas Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada PTAS en Instalación de faena principal (fase de construcción y cierre) PTAS en Instalación de faena secundaria (fase de construcción) PTAS en edificio O&M (fase de operación) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar la ocurrencia de contingencias asociadas al sistema particular de aguas servidas (PTAS), se tomarán las siguientes medidas preventivas. ● Se efectuarán inspecciones visuales que permitan detectar la ocurrencia de problemas de operación, como fisuras, roturas o fugas. Se considera la inspección de forma semestral: - Revisión de cámaras y estanques de bombeo. - Verificación de la cobertura de los estanques e inspección. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Verificación de correcto funcionamiento de la PTAS en general. ● Se efectuará mantenciones al sistema conforme la periodicidad establecida por el fabricante. Se mantendrán repuestos para los equipos principales del sistema, en caso de obstrucción de alguna de sus unidades para dar continuidad a las condiciones de normal funcionamiento de tuberías y equipos involucrados. ● En caso de cortes o fallas en el suministro de energía eléctrica, se contará con un grupo electrógeno de respaldo capaz de suministrar la energía necesaria para no afectar la continuidad operativa del sistema de tratamiento de aguas servidas. ● El diseño de las PTAS considerará el máximo de trabajadores que se desempeñarán en cada una de instalaciones donde se encuentren ubicadas. ● Las aguas servidas serán almacenadas temporalmente en estanques de acumulación, considerando el retiro del 100% del efluente por una empresa autorizada y dispuesto en una PTAS autorizada. Según requerimiento, en la época de mayor flujo vehicular, esta podría ser utilizada para la humectación de los ejes secundarios de caminos proyectados. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Charlas Obligación de Informar (ODI). - Registro de inspecciones y mantenciones del sistema de alcantarillado particular. - Copia de autorización sanitaria de la empresa que realizará el retiro de aguas servidas. - Certificado de retiro y disposición final del efluente. - En caso de requerirse, registro de humectación de caminos con efluente tratado. - Tramitación sectorial del PAS 138. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas de control en caso de ocurrir alguna emergencia con el uso del sistema de tratamiento de aguas servidas se detallan a continuación: ● Se dará aviso inmediato al supervisor directo. ● En caso de detectar falla alguno de los equipos que componen las PTAS: - Se detendrá toda la operación asociada a estas, junto con el cierre de baños e instalaciones que descargan sus aguas a la planta afectada, procediéndose a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
instalación de baños
Se dará aviso a la empresa encargada de las mantenciones de la PTAS, para que acuda al lugar a realizar las reparaciones. - Se deberá evaluar la opción de retiro de las aguas servidas, a través de una empresa autorizada ● En caso de detectar un problema puntual asociado a los baños, se dejará inhabilitado el baño para el uso del personal y se intentará por medios propios de solucionar el problema. En caso de no desobstruir el baño, se llamará directamente a una empresa externa que proceda a solucionar el problema. ● En caso de fallas que deriven en fugas o derrames de aguas servidas o lodos, se considera lo siguiente: - Se aislará la zona de derrame para impedir la contaminación del suelo. - Se comenzarán las actividades de limpieza lo más pronto posible. Para ello, se aislará la zona de derrame. - Para contener las aguas servidas, se utilizarán materiales absorbentes sobre el suelo, pavimento y/o hormigón. Estos se dispondrán posteriormente en algún tipo de estanque, bandejas de recogida de derrames o material impermeable para ello (polietileno) dependiendo de su volumen. - El lodo derramado se debe remover de la zona afectada de forma manual, para luego disponerlo en los contenedores de almacenamiento. ● Una vez realizadas las reparaciones, la jefatura directa podrá da la autorización para continuar con la operación normal de la planta. Se deberá cuantificar el efecto generado mediante un registro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida cualquier contingencia o emergencia en el Proyecto que derive en un riesgo ambiental, esta será informada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.9 Riesgo o contingencia de emisión de olores en PTAS o baños químicos móviles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: Situación de riesgo o contingencia de emisión de olores en PTAS o baños químicos móviles. Riesgo o contingencia Emisión de olores en PTAS o baños químicos móviles. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada PTAS en Instalación de faena principal (fase de construcción y cierre) PTAS en Instalación de faena secundaria (fase de construcción) Baños químicos móviles (fase de construcción y cierre) PTAS en edificio O&M (fase de operación) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar la ocurrencia de contingencias asociadas a la emisión de olores en las PTAS, se tomarán las siguientes medidas preventivas. ● No se utilizarán productos limpiadores cáusticos o clorados en las PTAS ya que afectan a las bacterias presentes en la unidad de tratamiento. ● En caso de cortes o fallas en el suministro de energía eléctrica, se contará con un grupo electrógeno de respaldo capaz de suministrar la energía necesaria para no afectar la continuidad operativa del sistema de tratamiento de aguas servidas. ● Con el fin de prevenir malos olores o proliferación de vectores en el sector de las plantas de tratamiento de aguas servidas, se deberán implementar las siguientes acciones de prevención y control: - El encargado realizará inspecciones periódicas de los componentes, equipos y redes de alcantarillado que comprenden la PTAS, verificando que se encuentran en buen estado y funcionando normalmente. Se considera la inspección de forma semestral: ▪ Revisión de cámaras y estanques de bombeo. ▪ Verificación de la cobertura de los estanques e inspección. ▪ Verificación de correcto funcionamiento de la PTAS en general. - Se efectuará mantenciones al sistema conforme la periodicidad establecida por el fabricante. - El retiro de lodos lo realizará una empresa autorizada, donde la frecuencia quedará establecida conforme las recomendaciones del fabricante, quien además será la responsable de disponer los lodos en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria correspondiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
● El sector de las PTAS debe mantenerse limpio y ordenado.
Para evitar la ocurrencia de contingencias asociadas a la emisión de olores en sector de baños químicos móviles, se realizará lo siguiente: ● Limpieza y mantención de los baños químicos a través del proveedor de baños químicos. ● Retiro de residuos líquidos conforme la periodicidad establecida, de 3 veces por semana o según sea necesario. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Charlas Obligación de Informar (ODI). - Copia de autorización sanitaria de la empresa que realizará el retiro de lodos. - Registro de retiro y disposición final de lodos. - Registro de las inspecciones realizadas, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto. - Registro de retiro de residuos líquidos de baños químicos. - Registro de limpieza y mantención de baños químicos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● En caso de detectar malos olores producto de fallas en el sistema, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. ● Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. ● Se comunicará con la empresa a cargo del mantenimiento del sistema para que lo evalúe y proceda a dar solución a la emergencia. ● La empresa a cargo del mantenimiento deberá proceder a reparar o corregir la falla, dejando constancia de estas acciones. ● En caso de que los olores sean producto de los lodos, se realizará el retiro inmediato de lodos por una empresa debidamente autorizada, quien además será la responsable de disponer los lodos en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria correspondiente. ● En caso de detectar malos olores en sector de baños químicos ● móviles se comunicará con la empresa proveedora para que realice el retiro de estos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida cualquier contingencia o emergencia en el Proyecto, esta será informada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.10 Riesgo o contingencia durante el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer. Tabla: Situación de riesgo o contingencia durante el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer. Riesgo o contingencia Durante el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Hormigón Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención se detallan a continuación: ● Diseño de la Planta de Hormigón - Las piscinas de lavado y de decantación tendrán una profundidad máxima de 1 metro aproximadamente. - Se considera la construcción de las piscinas sobre una membrana geotextil impermeable para evitar potenciales infiltraciones. ● Medidas generales para la operación del sistema de lavado - Instruir al personal del proyecto y al contratista encargado, sobre el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer del Proyecto y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. - Se inspeccionarán periódicamente: ▪ Los niveles de agua de las piscinas, de manera de mantenerlos estables. ▪ El estado de las piscinas de lavado y decantación, de forma de detectar cualquier deterioro que pudiese ocasionar problemas de infiltración de aguas de lavado. ▪ Las inspecciones serán ejecutadas con periodicidad mensual. - Se limpiarán periódicamente: ▪ Para un buen funcionamiento del sistema de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
recirculación del agua, es necesario mantener una limpieza continua de las piscinas respectivas. ▪ Los sólidos recuperados serán trasladados a un sitio de disposición autorizado en la comuna u otro cercano a las instalaciones, operado a través de una empresa autorizada. - En el evento de lluvias intensas, las piscinas se cubrirán las piscinas de decantación con una capa de plástico hermética de polímeros (tipo nylon), para evitar que el agua lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en la piscina y se genere un eventual derrame. - De persistir las precipitaciones se detendrá el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer y los camiones serán devueltos con agua en su batea para realizar este lavado en instalaciones autorizadas propias de las empresas que brindan este servicio. Forma de control y seguimiento Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. Registro de capacitaciones al personal sobre el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer y sobre medidas de contingencias y emergencias. - Registro de limpieza de las piscinas de lavado y decantación. - Registro de inspecciones mensuales del estado de las piscinas de lavado y decantación. - Registro de mantenciones correctivas efectuadas a las piscinas de lavado y de decantación. Registro fotográfico de toldos y otros elementos instalados en las piscinas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Si se detecta una fisura/deterioro en el sistema de piscinas o rebalse de estas, se dará aviso al Director de Emergencia para activar el Plan de Emergencia: - Se detendrá el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer y los camiones serán devueltos con agua en su batea para realizar este lavado en instalaciones autorizadas propias de las empresas que brindan este servicio. - Se evaluará la magnitud o tamaño de la fisura/deterioro. - Se realizarán mantenciones pertinentes para devolver el normal funcionamiento de la piscina, y dar por terminada la emergencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
● Si se detecta el rebalse del sistema de lavado de camiones mixer, se detendrá el funcionamiento del sistema hasta que los niveles se estabilicen, y los camiones serán devueltos con agua en su batea para realizar este lavado en instalaciones autorizadas propias de las empresas que brindan este servicio. ● Una vez que el sistema de piscinas se encuentre listo para operar nuevamente, se dará por terminada la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida cualquier contingencia o emergencia en el Proyecto, esta será informada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Una vez controlada la emergencia se elaborará un informe que dé cuenta de la activación y ejecución del Plan y del estado de las partes u obras del proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.11 Riesgo o contingencia Derrame de Sustancias Peligrosas. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Derrame de Sustancias Peligrosas Riesgo o contingencia Derrame de Sustancias Peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de mantenimiento en Instalación de Faena principal, Bodega SUSPEL en Instalación de Faena principal y secundaria, y transporte de SUSPEL. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas generales a implementar para prevenir la contingencia, se considera lo siguiente: - El diseño del área de mantención, donde se llevarán a cabo labores menores de mantención de maquinarias y equipos, como recambio de aceite, filtros, entre otros, considera lo siguiente: ▪ La instalación se encontrará debidamente señalizada. ▪ La instalación contempla un piso impermeable y no poroso con un borde para evitar fugas en caso de derrames. ▪ Se instalarán extintores de polvo químico Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
seco para combatir oportunamente un siniestro. El diseño de las bodegas SUSPEL se ha desarrollado en virtud de minimizar los riesgos y controlar accidentes: ▪ Las instalaciones de almacenamiento de SUSPEL se ubicará debidamente señalizadas. ▪ El diseño estructural de la bodega SUSPEL será proyectado en base a lo estipulado en la normativa vigente en el caso, considerándose como tal, la Norma Chilena NCh 382/2004 Sustancias Peligrosas – Clasificación General. ▪ Las instalaciones contemplan un piso impermeable y no poroso con un borde para evitar fugas en caso de derrames. ▪ Se instalarán extintores acordes a las sustancias peligrosas almacenadas. ▪ Toda sustancia peligrosa tal como grasas, lubricantes, aceites de motor, entre otras, debe ser almacenada según recomendaciones del fabricante. ▪ Todo recipiente que almacene insumos peligrosos se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene. ▪ Los contenedores no deben ser perforados. ▪ Todo insumo producto (con potencial de derrame) que no se esté utilizando, se deberá mantener cerrado o contenido. ▪ Habrá una carpeta con un listado y con las hojas de datos de seguridad de todas las sustancias almacenadas. A partir de estas hojas se entregará la información de los aspectos asociados a riesgos inherentes a estas sustancias, indicando los elementos de seguridad y los cuidados que se deben mantener para resguardar la salud de las personas y la protección del medio ambiente. - Diseño zona de acopio de combustible: ▪ Se instalará un estanque superficial de acero, que contará con certificación de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC). ▪ Se incluirá un equipo expendedor de combustible que incluye bomba manguera y pistola de corte manual con certificación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
SEC que estarán sobre una superficie impermeable. ▪ Contará con una superficie impermeable con el fin de impedir cualquier tipo de contaminación del suelo al momento de realizar la carga o descarga de estos. ▪ Contará con un contenedor anti-derrame estanco, kits anti-derrames, hojas de seguridad, señalética de seguridad y extintores. ▪ El área para almacenamiento de combustibles cumplirá con las normas de seguridad mínimas para el almacenamiento de combustibles señalados en el D.S. Nº 160/08 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. - Se capacitará a los trabajadores sobre la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurran. - Se realizará la manipulación de productos con potencial de derrame en los sectores que cuenten con la debida protección en el suelo. - Se verificará que las maquinarias cuenten con sus mantenciones al día para evitar derrames de combustible. ● Las medidas asociadas al transporte de sustancias peligrosas, considera lo siguiente: - El Titular exigirá a las empresas contratistas a cargo del transporte de cualquier sustancia peligrosa que cumpla con todas las disposiciones del D.S. Nº298, Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, las que corresponden a: ▪ Vehículos que no excedan 15 años de antigüedad. ▪ Utilización de rótulos según NCh 2120 Of 2004. ▪ Utilización de registro de velocidad, tiempo y distancia recorrida. ▪ Sistema de telecomunicaciones con cobertura en toda la ruta. ▪ Cada camión que preste servicio al Proyecto deberá portar extintores a base de Polvo Químico Seco, con su correspondiente sello de seguridad y etiqueta con fecha de revisión y vencimiento, y deberán estar en adecuada Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
condición de uso, con su carga completa y ubicada de tal manera que puedan utilizarse en forma rápida y expedita. La revisión de su estado se efectuará a lo menos cada 15 días. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Exigir que los camiones y equipos de apoyo cuenten con sus mantenciones al día. - Verificar y tener en obra, registros de capacitaciones realizadas en materias de prevención de derrames y en la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurra - Registro de velocidad, tiempo y distancia recorrida para los camiones o vehículos que transporten sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Derrame dentro de las instalaciones del Proyecto o durante el transporte de sustancias peligrosas En caso de que, a pesar de las medidas preventivas o por causa de un movimiento sísmico o por abastecimiento de combustible, se produzca un derrame, se deberá realizar las acciones que a continuación se indican: ● Se debe identificar la fuente de origen del problema y detener el derrame, si es que esta actividad no presenta riesgos a la salud de las personas. ● Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, para actuar de manera inmediata en caso de que sea necesario. ● Para el control del derrame, se necesitará el kit para control de derrames que contiene (guantes plásticos, pala, sacos con arena, tierra o aserrín, cordones absorbentes, botas y recipiente impermeable) y luego construir un pretil con arena, tierra o aserrín, u otro material, para evitar que se expanda el material. ● Una vez controlado el derrame se deberá remover el material contaminado (por ejemplo, la misma arena o tierra utilizada para contener el derrame) y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos del Proyecto. ● En caso de que el derrame se haya producido sobre el terreno natural, proceder al retiro de la capa de suelo afectada y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Posteriormente se restablecerá el suelo a su condición original en cuanto a cobertura y profundidad, lo cual se demostrará a través de fotografías tomadas con el antes y después del retiro del terreno natural contaminado. ● El material recuperado se almacenará en contenedores con tapa dentro de la bodega de residuos peligrosos para luego ser dispuesto en sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria. ● Si el derrame ocurre durante el transporte de sustancias peligrosas, la empresa transportista de sustancias peligrosas se comunicará con Jefe de oficina del Titular quien en conjunto.
Derrame dentro de las instalaciones del Proyecto o durante el transporte de sustancias peligrosas En caso de que, a pesar de las medidas preventivas o por causa de un movimiento sísmico o por abastecimiento de combustible, se produzca un derrame, se deberá realizar las acciones que a continuación se indican: ● Se debe identificar la fuente de origen del problema y detener el derrame, si es que esta actividad no presenta riesgos a la salud de las personas. ● Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, para actuar de manera inmediata en caso de que sea necesario. ● Para el control del derrame, se necesitará el kit para control de derrames que contiene (guantes plásticos, pala, sacos con arena, tierra o aserrín, cordones absorbentes, botas y recipiente impermeable) y luego construir un pretil con arena, tierra o aserrín, u otro material, para evitar que se expanda el material. ● Una vez controlado el derrame se deberá remover el material contaminado (por ejemplo, la misma arena o tierra utilizada para contener el derrame) y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos del Proyecto. ● En caso de que el derrame se haya producido sobre el terreno natural, proceder al retiro de la capa de suelo afectada y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos del Proyecto. Posteriormente se restablecerá el suelo a su condición original en cuanto a cobertura y profundidad, lo cual se demostrará a través de fotografías tomadas con el antes y después del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
retiro del terreno natural contaminado. ● El material recuperado se almacenará en contenedores con tapa dentro de la bodega de residuos peligrosos para luego ser dispuesto en sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria. ● Si el derrame ocurre durante el transporte de sustancias peligrosas, la empresa transportista de sustancias peligrosas se comunicará con Jefe de oficina del Titular quien en conjunto
Derrame en recursos hídricos superficiales y/o subterráneos: ● En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: ● Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ● Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. ● Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia y posteriores al evento. ● En caso de ser necesario, se propondrá un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes). ● Para mayor detalle, véase acápite 1.6.2.9. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento que constituya un riesgo ambiental, se notificará a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud. Se deberá dar avisa a la Dirección General de Aguas de la región en caso de que el derrame ocurra en o cercano a un curso de agua superficial, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Una vez controlada la emergencia se elaborará un informe que dé cuenta de la activación y ejecución del Plan y del estado de las partes u obras del proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.12 Riesgo o contingencia afectación de Recursos Hídricos superficiales. Tabla: Situación de riesgo o contingencia afectación de Recursos Hídricos superficiales Riesgo o contingencia Afectación de Recursos Hídricos superficiales Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Estero Culenco, Estero Río Seco, Estero Chequenes, Estero Pemuco y Río Relbun, Esteros sin nombre Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención de contingencias se detallan a continuación: ● El titular instruirá al contratista para que minimice el ingreso al cauce de maquinarias y vehículos, limitándolo a lo estrictamente necesario para la construcción de obras, y prohibiendo además su estacionamiento, reparación o limpieza en dicha zona. ● Contractualmente, se prohibirá al contratista el acopio de materiales de corte, inertes o insumos de la construcción en el interior o próximo al cauce, para minimizar riesgo de caída o arrastre de materiales al agua. ● Los camiones y vehículos deberán transitar en los caminos establecidos para aquello, además de respetar las velocidades para circular en los caminos de acceso e internos. ● Se exigirá la instalación de lonas que cubran las cargas de los camiones tolva, para evitar la caída de material durante el traslado de este y durante las actividades de movimiento de tierra. ● Delimitación en plano de las áreas de trabajo cercanas a cursos de agua y supervisión de su materialización en terreno mediante señalización. Los trabajos se concentrarán en esta área evitando que tanto el personal como la maquinaria y vehículos se desplacen Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
fuera de ella. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Exigir que los camiones y equipos de apoyo cuenten con sus mantenciones al día. - Verificar y tener en obra, registros de capacitaciones realizadas en materias de prevención de derrames y en la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurra - Cláusula en contrato de contratistas a cargo del transporte de sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Las medidas de control de emergencia asociadas al riesgo durante el manejo de residuos peligrosos o sustancias peligrosas se detallan en el acápite 1.6.2.4 y acápite 1.6.2.8 respectivamente. ● En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado: ▪ Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ▪ Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos, añadiendo imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). ▪ Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. ▪ En caso de ser necesario, se propondrá un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia de accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, Dirección General de Aguas y Servicio Nacional de Pesca de la Región. Una vez controlada la emergencia se elaborará un informe que dé cuenta de la activación y ejecución del Plan y del estado de las partes u obras del proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia, indicando lo siguiente: ● Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ● Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. ● Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.13 Riesgo o contingencia Afloramiento de Aguas subterráneas. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Afloramiento de Aguas subterráneas Riesgo o contingencia Afloramiento de Aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción Obras del Proyecto en donde se realizan actividades que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
asociada involucran excavaciones: Fundaciones aerogeneradores, Fundaciones estructuras LAT y
canalizaciones subterráneas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Realización de charlas de capacitación a los trabajadores sobre las medidas a tomar en caso de un afloramiento de aguas subterráneas. ● Mantener señalética en zonas de excavaciones de fundaciones y cableado con mayores riesgos de afloramiento de aguas. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Registro de las charlas firmada por los asistentes. - Registro del aviso a la SMA en caso de afloramiento de agua (en caso de ocurrir). - Resultados de los análisis de laboratorio realizados al agua (en caso de ocurrir afloramiento). - Resultados de las pruebas hidráulicas realizadas (en caso de ocurrir afloramiento). - Registro del envío a la SMA de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA mediante informe (en caso de ocurrir afloramiento). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia A continuación, y de manera preliminar, de ocurrir afloramiento de aguas subterráneas se deberá proceder considerando las siguientes actividades: ● Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ● Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. ● Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos, añadiendo imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
● Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. ● Se deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, se debe dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.14 Riesgo o contingencia Afectación de Fauna Silvestre. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Afectación de Fauna Silvestre Riesgo o contingencia Afectación de Fauna Silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de influencia Fauna Terrestre, que corresponde a toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Previo al inicio de los trabajos se capacitará a los trabajadores sobre las medidas a considerar para la protección de la fauna que eventualmente podría transitar en el área del Proyecto. ● Se instalarán letreros temporales indicando la velocidad máxima permitida en los caminos proyectados, siendo ésta de 30 km/hr. ● Dentro de cada punto activo de trabajo y en especial en los sectores cercanos a los humedales antropizados, se instalará un letrero informativo, con indicaciones claras de las prohibiciones directas de los trabajadores con respecto al manejo de fauna silvestre, siendo algunas de éstas: ● Prohibición de alimentar a animales silvestres. ● Prohibición de actividades de caza dentro del predio. ● Prohibición de manipulación de cualquier ejemplar vivo de reptil, micromamífero o macromamífero. ● Para evitar la atracción de fauna y disminuir la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
probabilidad de accidentes, se realizará el manejo y disposición de los residuos sólidos asimilables a domiciliarios como basura y restos de comida en contenedores cerrados en todo momento, de manera que se impida que estos generen focos de atracción de fauna silvestre. ● En caso de avistamiento de fauna en o cercana a los caminos a transitar, se reducirá la velocidad o se detendrán los vehículos, y se procederá a accionar las bocinas con el objetivo de ahuyentar la fauna fuera del camino. Luego de asegurarse que los animales salgan de las vías, se podrá proceder con la marcha del vehículo. ● Instalación de desviadores de vuelo en la línea de alta tensión. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Charlas Obligación de Informar (ODI). - Verificar y tener en obra, registro de capacitaciones realizadas al personal acerca de la protección de la fauna silvestre. - Inspección visual de las señaléticas en lugares correspondientes. - Mantener en obra un registro para el reporte de accidentes de mamíferos y/o aves para permitir un ágil aviso a la SMA y al SAG. - Registro de seguimiento del proceso de rehabilitación del ejemplar (en caso de corresponder). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Estará previamente definido el centro de rescate de fauna más cercano al lugar y que se encuentre autorizado por el SAG, en caso de que sea necesario trasladar el individuo. ● En caso de una eventual afectación a la fauna silvestre (accidentes en frentes de trabajo o atropellos), se dará aviso al encargado ambiental del proyecto, el cual deberá evaluar la situación y coordinar las acciones frente a este tipo de eventualidad. ● Si el animal no presenta ningún signo de lesión y puede moverse por sí solo: - Se debe ahuyentar sin atacar al animal. ● Si el animal se encuentra herido, pero puede moverse por sí sólo: - Con el objetivo de evitar que el individuo se estrese, se debe evitar gritar, correr y realizar movimientos bruscos con el cuerpo ni con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
elemento alguno. - No realizar ningún tipo de salvataje, debido al riesgo para el trabajador como del animal. - En paralelo, dependiendo de la gravedad de la herida del animal, se deberá determinar la necesidad de que un médico veterinario acuda al lugar y defina las medidas a adoptar, además de los procedimientos necesarios. - Según corresponda se reportará al SAG, la acción será definida por el Encargado de Medio Ambiente. El aviso al SAG se entenderá como informativo y no compromete la participación de dicho Servicio. ● Si el animal se encuentra herido, pero no puede moverse por sí sólo: - Con el objetivo de evitar que el individuo se estrese, se debe evitar gritar, correr y realizar movimientos bruscos con el cuerpo ni con elemento alguno. - Se deberá contar con un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar, además de los procedimientos necesarios. - No realizar ningún tipo de salvataje hasta que acuda un médico veterinario, debido al riesgo para el trabajador como del animal. - Se contará con un sistema de seguimiento del proceso de rehabilitación y posterior liberación o relocalización del ejemplar. - Según corresponda se reportará al SAG, la acción será definida por el Encargado de Medio Ambiente. El aviso al SAG se entenderá como informativo y no compromete la participación de dicho Servicio. ● Si el animal se encuentra sin vida: - El animal no deberá ser manipulado, salvo si se encuentra en medio de un camino. Se deberá utilizar los EPPs necesarios, y si se trata de un animal de mayor tamaño, se deberá contar con la ayuda e implementos necesarios para su manipulación. - Se deberá aplicar el protocolo de acción que se acuerde previamente con el SAG, según la especie que se trate y la causa de muerte que se determine. - Posteriormente, se informarán las acciones realizadas con resultados a la SMA con copia al SAG. ● Los costos médicos veterinarios y de transporte serán Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
cubiertos por el Titular e informados al SAG. ● Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de tomar las acciones preventivas que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Se elaborará un informe identificando: - Lugar del accidente. - Especie del animal involucrado. - Número de ejemplares involucrados. - Situación del animal (huye del sitio, se mantiene en el lugar del incidente). ● Gravedad del accidente (animal con daños, muerte del ejemplar, accidente menor sin daños visibles). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de que el individuo se encuentre herido, el Encargado de Medio Ambiente determinará el nivel de la emergencia y acciones de comunicación respectivas, dentro del marco legal. En caso de muerte de fauna silvestre, se investigará el origen del deceso y dará aviso inmediatamente al SAG, informando del siniestro y posteriormente a la SMA, con copia al SAG a través de su plataforma web, en un plazo de 48 hr de ocurrido el evento. Cabe señalar que los avisos al SAG deben entenderse como informativos y no comprometen la participación de dicho Servicio. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.15 Riesgo o contingencia Afectación de Fauna Íctica. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Afectación de Fauna Íctica. Riesgo o contingencia Afectación de Fauna Íctica Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de influencia Fauna Íctica. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Realización de charlas de capacitación a los trabajadores sobre precauciones que se deben toman durante el desarrollo de trabajos cercanos a cursos de agua. Se realizará el manejo apropiado de los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos generados en sus distintas fases, tal y como se señala en los acápites Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
1.6.2.3 y 1.6.2.4, de forma de evitar el vertimiento de estos en cursos de agua. ● Se realizará el manejo de los residuos líquidos generados en sus distintas fases, de forma de evitar el vertimiento de estos en cursos de (véase acápite 1.6.2.5). ● Los insumos de sustancias peligrosas se almacenarán de acuerdo con sus compatibilidades, en las bodegas SUSPEL consideradas para todas las fases del proyecto (véase acápite 1.6.2.8), de forma de evitar el vertimiento de estos en cursos de agua. ● Los vehículos que transporten residuos peligrosos y no peligrosos, y sustancias peligrosas contarán con: - Un kit antiderrame (guantes plásticos, pala, sacos con arena, tierra o aserrín, cordones absorbentes, botas y recipiente impermeable) y otros equipos de protección personal. - Extintores acordes a los residuos/sustancias peligrosas, con su correspondiente sello de seguridad y etiqueta con fecha de revisión y vencimiento, y deberán estar en adecuada condición de uso, con su carga completa y ubicada de tal manera que puedan utilizarse en forma rápida y expedita. ● Los camiones y vehículos deberán transitar en los caminos establecidos para aquello, además de respetar las velocidades para circular en los caminos de acceso e internos. ● Se exigirá la instalación de lonas que cubran las cargas de los camiones tolva, para evitar la caída de material durante el traslado de este y durante las actividades de movimiento de tierra. ● La recarga de combustible se realizará en una zona habilitada para el abastecimiento de combustible in situ. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Registro del aviso a la SMA y Servicio Nacional de Pesca en caso de emergencia que involucre los recursos hídricos. - Registro de mantenciones realizadas a vehículos. - Registro de las charlas firmada por los asistentes. - Registro de licencia de conducir de todos los conductores. - Procedimiento de manejo de residuos peligrosos y no peligrosos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga Anexo 6.3 de la Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● En caso de ocurrencia de accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos superficiales, se procederá tal y como se señaló en el acápite 1.6.2.9: - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control. - Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos, añadiendo imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - Barreras de retención de sedimento: Utilización de una barrera de retención de sedimento. Esta evita el transporte de sedimentos a los cursos de agua. ● En función de los resultados, se deberá evaluar la potencial afectación de fauna íctica en conjunto con el Servicio Nacional de Pesca de la Región, para definir el procedimiento a seguir. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia de accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos subterráneos y eventualmente fauna íctica en categoría de conservación, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente y Servicio Nacional de Pesca de la Región, indicando lo siguiente: ● Descripción del accidente, indicando lugar, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ● Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
● Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.16 Riesgo o contingencia Hallazgos Arqueológicos o Paleontológicos. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Hallazgos Arqueológicos o Paleontológicos. Riesgo o contingencia Hallazgos Arqueológicos o Paleontológicos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se capacitará al personal responsable de las labores de construcción sobre riesgos asociados a hallazgos arqueológicos o paleontológicos, estableciendo expresamente que ante el posible hallazgo de restos artefactuales, ecofactuales y/o paleontológicos durante las obras que involucren movimientos de tierra, se deberá paralizar de inmediato las actividades y dar aviso al jefe de obra o superior a cargo y al Consejo de Monumentos Nacionales, con el fin de proteger el Patrimonio Cultural y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales Nº 17.288). Forma de control y seguimiento - Registro de inducciones al personal en relación a la componente Arqueología y Patrimonio Cultural. - Registro de hallazgos no previstos. - Registro de aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en caso de ocurrir un hallazgo arqueológico. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de hallazgos arqueológicos durante el movimiento de tierras del proyecto, se procederá de la siguiente forma: ● Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo. ● Se debe dar aviso de manera inmediata al jefe de obra y al Encargado de Medio Ambiente. ● El Encargado de Medio ambiente deberá informar de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N°885-2016 del Ministerio del Medio Ambiente. Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también al SEA Nivel Central. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.17 Riesgo o contingencia Accidentes de Tránsito. Tabla: Situación de riesgo o contingencia Accidentes de Tránsito Riesgo o contingencia Accidentes de Tránsito Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos proyectados del Proyecto y caminos externos de uso público que se consideran utilizar para el transporte de insumos, materiales y pasajeros. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. ● Se exigirá que todos los vehículos y maquinarias cuenten con sus revisiones técnicas y gases al día, así como sus permisos de circulación. ● Los encargados de manejar maquinaria y vehículos (pesados y livianos) contarán con su licencia de conducir al día. ● Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. ● El transporte de materiales o sustancias peligrosas se realizará de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. ● El peso de los camiones cargados no deberá exceder Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad. ● Se capacitará al personal encargado de manejar maquinaria y vehículos, sobre la seguridad de tránsito. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá disponible el registro de capacitaciones - De forma adicional, se mantendrá un registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que se produzca un accidente en el transporte, actuar del siguiente modo: ● Se informará al superior inmediato, Jefe de Emergencias o Asesor de Prevención de Riesgos, del accidente y se dimensionará la emergencia. ● Realizar el aseguramiento del área. Para ello se debe establecer un perímetro y estabilizar el vehículo accidentado en posición de seguridad. ● Recopilar información sobre el accidente ocurrido (mediante la colaboración del personal presente en la zona): - Instalaciones o vehículos involucrados. - Sustancias involucradas y peligrosidad de las mismas. Si las sustancias involucradas están clasificadas como Sustancias Peligrosas, el conductor del vehículo dispondrá de Hoja de Datos de Seguridad para Transporte para dichas sustancias. - Situación de los vehículos accidentados y de los insumos y/o sustancias transportadas. - Personas afectadas. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). ● Se activará el Plan de Comunicaciones con Carabineros, Bomberos, SAMU, etc., informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. ● En caso de derrame de residuos o sustancias peligrosas, controlar el derrame de combustible o de sustancias peligrosas, mediante barreras de contención y absorción de las sustancias. Usar EPP adecuados para la tarea. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Las medidas de control de emergencia asociadas a eventos durante el transporte de residuos peligrosos se detallan en el acápite 1.6.2.4.
- Las medidas de control de emergencia asociadas a eventos durante el transporte de sustancias peligrosas se detallan en el acápite 1.6.2.8. ● En caso de derrame de residuos no peligrosos, se procederá a la limpieza y retiro de los residuos no peligrosos, los que serán enviados al área de acopio. ● En caso de que el accidente de tránsito derive en afectación de recursos hídricos, se considerará lo establecido en el acápite 1.6.2.9. ● En caso de que haya heridos, asegurar el vehículo antes de ingresar a atender a los pacientes. No mover el vehículo, no intentar voltearlo, tirarlo o arrastrarlo con los pacientes adentro. ● Se estabilizará y extraerá a los pacientes en presencia de personal médico o paramédico. ● En caso de generarse un accidente en camino público se procederá de la siguiente forma:
- Se dará aviso a la Dirección Regional de Vialidad de la región del Biobío sobre el incidente ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo ambiental, se dará aviso en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud y Dirección de Vialidad de la Región del Ñuble. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
10.18 Riesgo o contingencia contaminación de acuíferos subterráneos. Tabla: Situación de riesgo o contingencia contaminación de acuíferos subterráneos Riesgo o contingencia Contaminación de acuíferos subterráneos
Fase del proyecto a la que aplica Construcción de las fundaciones. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Realización de charlas de capacitación a los trabajadores sobre las medidas a tomar en caso de un afloramiento de aguas subterráneas. Mantener señalética en zonas de excavaciones de fundaciones y cableado con mayores riesgos de afloramiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de aguas subterráneas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Registro de instrucciones realizadas al personal. Registro de señalética en buen estado. Registro del aviso a la SMA en caso de afloramiento de agua. Forma de control y seguimiento
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Realización de charlas de capacitación a los trabajadores sobre las medidas a tomar en caso de un afloramiento de aguas subterráneas. Mantener señalética en zonas de excavaciones de fundaciones y cableado con mayores riesgos de afloramiento de aguas subterráneas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, se debe dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo menor a 24 hr, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
11°. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
11.1. Participación ciudadana informada
El aviso de ingreso de la DIA del proyecto “Parque Eólico Pemuco” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario Vivepais.cl con fecha 02 de noviembre de 2022. La difusión radial se efectuó por medio de Radio Ñuble 900 Am y 89.7 FM entre los días 03 de noviembre de 2022 y 09 de noviembre de 2022, según consta en el expediente electrónico del proyecto en los certificados emitidos por la radio ya señalada.
Con fecha 15 de diciembre de 2022 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
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Se recibieron un total de 4 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana de personas jurídicas. Estas fueron las presentaciones realizadas por medio de la Oficina de partes del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Ñuble. A saber: La presentación de la señora Filomena Del Carmen Beltrán Mardones, en representación de Comité de agua la Esperanza; La presentación de la señora Isaura Matus Villarroel, en representación de la Junta de vecinos Eduardo Frei Montalva; La presentación de la señora Angélica Cecilia Poblete Vidal, en representación del Centro de Madres Renacer de Pemuco y la presentación de la señora Ana María Aedo Baquedano, en representación de la Asociación De Pensionados de Pemuco.
Tras analizar las solicitudes, 3 personas jurídicas cumplieron con los requisitos legales requeridos por la Ley N° 19.300 y el D.S. N° 40 RSEIA, por lo cual se dictó el 23 de diciembre de 2022 la Resolución N° 20221600190 por parte del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Ñuble el, mediante la cual se ordena el inicio del proceso de participación ciudadana. El documento está disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/12/23/a629cac47bad6e2 7d4b194c347f1d21b0499
Teniendo en cuenta las obligaciones del Servicio de establecer los mecanismos que aseguren la participación informada de las comunidades en el proceso de calificación de la Declaración de Impacto Ambiental en evaluación, se abordó la estrategia de Participación elaborada por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Ñuble a efecto de llevar a cabo el proceso de Participación Ciudadana del proyecto. El documento se encuentra disponible en https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/01/20/ESTRATEGIA_PAC_Parque_Eolico_Pemuco.pdf
Con ello el proceso de PAC del proyecto se inició el día 12 de enero de 2023 y finalizó trascurrido los 20 días hábiles establecidos en el artículo 94 del D.S. 40 RSEIA, es decir el 22 de febrero de 2023.
Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon 3 observación por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que ha sido considerada en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
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- Actividades de participación ciudadana
Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad, así como alternativas de consulta y diálogo con el titular, se realizaron las actividades que a continuación se indican:
Tabla Actividades de participación ciudadana N° Actividad Lugar Fecha y horario Número de asistentes 1 Taller de apresto Junta de Vecinos de Chequenes, sector Chequenes, comuna de Pemuco, Región de Ñuble. 17-01-2023, entre las 16:30 a 19:00 horas Asistieron 25 personas, 11 hombres y 14 mujeres. 2 Taller de apresto Junta de Vecinos Culenco, sector Culenco, comuna de Pemuco, Región de Ñuble. 26-01-2023, entre las 16:30 a 19:00 horas Asistieron 19 personas, 10 hombres y 9 mujeres. 3 Casa Abierta Biblioteca Municipal de Pemuco, Pemuco urbano, 27-01-2023, entre las16:30 a 19:45 horas Asistieron 14 personas, 4 hombres y 10 mujeres. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
comuna de Pemuco, Región de Ñuble. 4 Taller de apresto Junta de Vecinos de San Pedro, sector San Pedro, comuna de Pemuco, Región de Ñuble 30-01-2023, entre las16:30 a 19:00 horas Asistieron 14 personas, 4 hombres y 10 mujeres. 5 Reunión Zoom Plataforma Zoom 01-02-2023, entre las 17:00 a 18:30 horas Asistieron 10 personas, 6 hombres y 3 mujeres y una persona que no se identificó. El detalle de las actividades se presenta en el informe final de Participación ciudadana, disponible en https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/03/06/INFORME_FINAL_PAC_Parque_Eolico_Pemuco_00.pdf
En virtud de la declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe para la región de Ñuble por efecto de los incendios forestales; al debido resguardo de la población y a la variabilidad de los focos generados se decretó el día 03-02-2023 la Resolución Exenta N° 20231610143 por medio de la cual se resolvió aplicar una Medida Provisional, la cual resuelve:
“1- SUSPENDER a contar del día 06 de febrero de 2023, el proceso de participación ciudadana de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Eólico Pemuco”, presentado por Engie Energía Chile S.A., por los motivos expuestos en los considerandos de este acto administrativo, por 10 días hábiles hasta el día 17 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive, luego de lo cual se REANUDARÁ el plazo del proceso de participación ciudadana de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 19.300.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de esta Dirección Regional de volver a suspender las actividades de PAC, en caso de que se mantengan las condiciones de contingencia regional producto de los incendios forestales y altas temperaturas en la Región de Ñuble.”
El documento citado podrá ser consultado en el siguiente link: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2023/02/03/62baa84a2206c81 543eae7a17b6a3abff236
Considerando la resolución que suspendió el periodo de Participación ciudadana (PAC) del proyecto y sumado a los días restantes de PAC, el plazo para recibir observaciones se extendió hasta el 22 de febrero de 2023. En ese intertanto se pudieron presentar observaciones ante el Servicio de Evaluación Ambiental.
11.3. Observaciones ciudadanas.
11.3.1. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas Tras revisar las 3 observaciones ciudadanas presentadas en el proceso de PAC se identifica que ellas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA, por lo cual son admisibles. Sobre las 3 observaciones admisibles cabe indicar que algunas de ellas presentan contenidos no pertinentes, las cuales serán indicadas en la consideración técnica de cada una en el punto “Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas”, del presente documento. Lo anterior en virtud de los requisitos establecidos en la Ley N.º 19.300 y sus Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
modificaciones; en el artículo 83° del D.S N°40/2013/MMA Reglamento del SEIA; en el Ordinario N.º 100142/ 2010 que instruye sobre la admisibilidad de observaciones ciudadanas en los procesos de participación ciudadana en el SEIA y al Ordinario N.º 130528/2013 que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Las observaciones ciudadanas admisibles y pertinentes fueron enviadas al Titular por medio de la carta N° 2023160033 de fecha 03 de marzo de 2023, (disponible en https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/03/03/Anexo_PAC_PEP.pdf) formando parte del presente Informe Consolidado de Evaluación. 11.4. Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas Las 3 observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 del RSEIA y el detalle de las respuestas efectuadas a las observaciones que resultaron admisibles y pertinentes, para proceso de participación ciudadana, son la siguiente: 11.4.1. Observante: Cristopher Andrés Garrido Saavedra y Jaime Alberto Saavedra Guíñez Observación:
A objeto de abordar de mejor manera la pregunta se subdividió en números, como se presenta a continuación:
1.1. Con respecto al proyecto “Parque Eólico Pemuco” nos preocupa la afectación sobre los polinizadores y las aves migratorias, teniendo en cuenta que todo el campo alrededor del proyecto que estaba con fines forestales, hoy es parte de un ambicioso proyecto de producción de alimentos y parte de la soberanía alimentaria, donde ya están los estudios de factibilidad de recursos hídricos, que se transforma en una herramienta clave en el caso de los aerogeneradores, porque las comunidades donde se han emplazado estos parques, de forma recurrente informan que se les han profundizado las napas subterráneas, secándose las norias y vertientes, principalmente en la regiones de La Araucanía y Los Lagos, donde jamás esperaron ese escenario, porque siempre tuvieron la disponibilidad del recurso hídrico, por lo tanto, el escenario es complejo y sin los estudios adecuados, de organismos independientes, con entidades autónoma competentes, se hace necesario y ante la duda razonable, exigir estudios sismológicos de la zona y monitoreo de cada infraestructura, con tecnología de punta y en tiempo real, con la información a disposición de toda la ciudadanía y con seguimiento mientras esté el proyecto presente en la comuna, con el fin de poder ser usado en futuros estudios al respecto, ya que existe la duda razonable de que la vibración que producen estas infraestructuras, terminan fracturando la roca, provocando que las napas se profundicen. Además, que se solicite y adjunte la información de empresas que han construido los pozos profundos de los proyectos de la agroindustria, principalmente de las propiedades forestales que están siendo recuperadas para uso agrofruticola, que ya poseen los estudios de factibilidad del recurso hídrico y la información de la DGA de la zona.
1.2. En el caso de los polinizadores, abejas melíferas, abejas nativas y una amplia gama de insectos que participan en la polinización y teniendo en cuenta que son claves en la producción de alimentos, estimando una participación sobre el 70% de los alimentos que se producen en el planeta, y con un actor clave en la polinización, la dispersión de semillas y el mayor productor de nitrógeno en el mundo, que es el murciélago, clave sobre la soberanía alimentaria, sobre el cambio climático y con la dispersión de semillas, en la regeneración del bosque nativo, sumado a la pérdida de fauna, también es necesario el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
respaldo de estudios acabados con información de distintos organismos en la materia, independientes y respaldados con monitoreo, usando tecnología de imagen y sonido, con disponibilidad al servicio de la comunidad, que nos permita tener la información en tiempo real y con respaldo de la información mientras este el proyecto presente en la comuna, para que sirva como herramienta de fiscalización y prueba ante cualquier situación no prevista; y que estos mismos medios de monitoreo nos sirvan para monitorear el efecto sombra intermitente, al que se debieran sumar los organismos de salud pública, en materia física y mental, como garantes de la comunidad más sensible a estos, los que pueden sufrir algún trauma o cambio negativo de vida, como lo son los niños, adultos mayores y personas con discapacidades o trastornos.
1.3. La planta de hormigón, además de ser un movimiento innecesario de material, poniendo en riesgo la salud física y mental de las personas que habitan el sector, sumado a los efectos en la fauna y la carga al flujo de la Ruta N-85, hace aún más necesario el monitoreo con imagen y sonido, con vigilancia de las partículas en suspensión por el movimiento del material y flujo de maquinaria, para garantizar las normas establecidas al respecto, además de contar con un sistema de seguimiento de ruido en las viviendas más cercanas al proyecto, para garantizar que la información este a disposición de la ciudadanía y de los organismos fiscalizadores.
1.4. También es significativo la observación en tiempo real de los causes naturales y artificiales de la zona de influencia y cercanas al proyecto, para garantizar que no se afecte la calidad de las aguas, ante cualquier accidentes, evento no previsto y situaciones climáticas extremas, para permitirnos el resguardo del agua bebestible para el medio humano y fauna de la zona, animales domésticos y producción de alimentos; además debe garantizarse el tratamiento de las aguas residuales, del lavado de equipos y otros, a través de una empresa externa con resolución sanitaria para estos efectos.
1.5. Igualmente se debe monitorear, en los lugares más poblados de la ruta, la carga de emisiones tanto de los sistemas de escape de los vehículos que participen en el proyecto, como las que se emiten en el desgaste del sistema de frenos, neumáticos y partículas de asfaltos, realizando pesaje de estos vehículos, con el fin de poner a resguardo el estado de la Ruta N-85, previniendo accidentes que se transforman en pérdidas de vidas humanas, considerando que tenemos alto flujo de vehículos forestales de alto tonelaje, que han sido causal del deterioro permanente de la vida, con accidentes fatales. En los caminos secundarios o vecinales, debería realizarse mantenimientos y aplicar sistemas de matapolvos, para que se conserven en buen estado.
1.6. Que las líneas de transmisión eléctrica no signifiquen pérdida de patrimonio, de la propiedad y tenencia de la tierra para ningún particular. Que solo sea bajo la modalidad de arriendo de servidumbre mientras dure el proyecto en la comuna, que esto quede claramente garantizado.
1.7. Que la empresa realice los trabajos de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00 horas, respetado feriados y fines de semanas, para no alterar significativamente los horarios de descanso de la población residente, exigiendo la fiscalización de esto.
1.8. Queremos expresar la preocupación que en época de pandemia y en estado de catástrofe, al día de hoy, 8 de febrero del 2023, estén entrando a evaluación estos proyectos sin Estudio de Impacto Ambiental (EIA), sin una participación ciudadana significativa y con firma de nuestras autoridades a espaldas de la ciudadanía y de nuestra estructura social, sobre todo tratándose de Engie, una transnacional con tentáculos de empresas formadas en paraísos fiscales, en diversos lugares del mundo, principalmente para la creación de la triangulación de fondos al no pago de impuestos en los países que operan. Revisase el fallo de la Comisión Europea (https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_18_4228), en el que Engie Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
apeló al Tribunal General de la Unión Europea, quien desestimó la apelación y rectificó el fallo de la Comisión, obligando a la empresa a restituir €120 millones de lo defraudado, y que mientras nosotros manteníamos actos administrativos en contra de su proyecto “Central a Gas Natural Las Arcillas”, el gobierno de Sebastián Piñera, de manera sospechosa, entregaba la suma de US$9.533.668 millones, en un solo pago, el año 2021.
1.9. Cuando Engie nos presenta su proyecto eólico, nos habla de su presencia en Pemuco con una oficina permanente y de una cantidad de ayudas otorgadas a la comunidad, entre ellas, becas, capacitaciones y nivelaciones de estudio. En post de la trasparencia y de la buena fe, pedimos que se aclare el origen de los fondos de estos y que se oficie a los organismos pertinente, transparentando los beneficios estatales que Engie ha recibido desde la entrada en vigencia la ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
1.10. Además de todos los inconvenientes del proyecto, esto nos convierte blanco de objetivos bélicos, tratándose de Engie, una empresa del gobierno francés, principal involucrado en la guerra de Rusia- Ucrania, siendo Emmanuel Macrón, Presidente de la República Francesa, y el hombre fuerte de la OTAN, haciendo que cualquier represalia que se tome contra esta última, van a ser la infraestructura crítica de los países involucrados en la guerra de Ucrania, teniendo en cuenta que Rusia está formando alianzas con diversos países sudamericanos.
1.11. Con respecto a la consulta indígena, revise el caso de los vecinos del proyecto y pídase los antecedentes al SEA Biobío con respecto de Juana Orfelina Veña Abello, RUT 8.xxx33-9; Edith Chodil Perez, RUT 4.xxxx42-4; Domingo Humberto Lara Rodriguez, RUT 4.xxx.962-2, esposo de esta última, quienes poseen una propiedad que deslinda con el proyecto Las Arcillas, quienes fueron dejados fuera de la participación indígena.
Creemos que, en una comuna como la nuestra, con información del Censo 2017, que declara que el 4,4% de la población se considera parte de los pueblos indígenas u originarios, además de un listado de 128 personas que habían acreditado su condición indígena, en conformidad del Art. 2 y siguiente, de la ley 19.253, información entregada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena el año 2018. Todo esto nos lleva a pensar que se ha venido orquestando un plan perverso para dejar fuera de participación y de algunos beneficios a esta comunidad, además del relato de sus líderes, quienes nos cuentan que se les ha boicoteado los intentos para organizarse, cosa que se evidencia en los informes sectoriales del proyecto termoeléctrico, donde en todos los organismos que participaron en los informes, declararon no tener conocimiento de personas pertenecientes a los pueblos originarios; donde han estado entrado proyectos de ENAP, subestaciones eléctricas y proyectos energéticos de Orafti, dejándolos fuera de participación. Esto se hace más evidente cuando revisamos el listado entregado por la municipalidad de Pemuco, donde niños indígenas no estaban contemplados en becas y otros beneficios que debiera estar recibiendo esta comunidad, en un claro atentado al convenio 169 de la OIT, el Acuerdo de Escazú, los tratados de libre comercio, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Acto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Racial, la Convención Sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Sobre La Mujer, la Convención Sobre Los Derechos del Niño y la Convención Sobre Los Derechos de las Personas Con Discapacidad. No debiera evaluarse un proyecto sin la participación de ellos, además debiera oficiarse a los organismos representativos de la comuna para que se facilite la formación de sus asociaciones.
Se adjunta la carta N° 458 del 20 de julio de 2018, presentada por el observante: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
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1.12. Debemos aclarar que nuestra intención no es oponernos al desarrollo de nuestra comuna, sino más bien, que los proyectos que se ejecuten, sean acordes con nuestros planes de desarrollo, teniendo en cuenta que somos una comuna pobre, después de haber sido una zona de importante producción de granos, y como proyectos forestales que nos intervinieron el territorio, afectando todo nuestro sistema económico, nuestras economías de subsistencias y desplazamiento de nuestra población, perdidas de nuestro recurso hídrico, y el proyecto Laja-Diguillín, que creó grande expectativas a nuestras comunidades y a sus áreas productivas, que se transformó en un fraude, dividió las tierras de los pequeños agricultores y dejándolos sin derecho al beneficio, después de haber sido todos incluidos para la justificación y financiamiento del proyecto, lo que hace que seamos celosos y precavidos sobre los proyectos que lleguen a nuestra comuna, cuando no nos generan ningún impacto positivo, solo impactos negativos, y cuando se nos tilda de que somos un obstáculo para el desarrollo, debemos decir que nuestra comunidad necesita que este sea acorde con la realidad del territorio, con sus costumbres y que genere fuentes laborales permanentes, que es lo que necesita nuestra sociedad para desarrollarse, porque un/a jefe/a de hogar con un empleo permanente, puede asegurar la alimentación de una familia, el acceso a bienes y servicios y a educar a sus hijos e hijas, permitiéndoles desarrollarse de mejor forma, por lo tanto la alternativa de desarrollo energético debiera ser amigable con nuestro desarrollo productivo y compatible con nuestro territorio, que en este caso deberían ser las granjas agrovoltáicas, que conviven de buena manera con la producción de alimentos y con la fauna, generando energía, alimentos, una cadena de empleo y aprovechando el recurso hídrico disponible, que cumple con un multipropósito.
Evaluación técnica de la Observación:
En el caso de lo indicado “sobre todo tratándose de Engie, una transnacional con tentáculos de empresas formadas en paraísos fiscales, en diversos lugares del mundo, principalmente para la creación de la triangulación de fondos al no pago de impuestos en los países que operan. Revisase el fallo de la Comisión Europea (https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_18_4228), en el que Engie apeló al Tribunal General de la Unión Europea, quien desestimó la apelación y rectificó el fallo de la Comisión, obligando a la empresa a restituir €120 millones de lo defraudado, y que mientras nosotros manteníamos actos administrativos en contra de su proyecto “Central a Gas Natural Las Arcillas”, el gobierno de Sebastián Piñera, de manera sospechosa, entregaba la suma de US$9.533.668 millones, en un solo pago, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
el año 2021.” Y “Además de todos los inconvenientes del proyecto, esto nos convierte blanco de objetivos bélicos, tratándose de Engie, una empresa del gobierno francés, principal involucrado en la guerra de Rusia-Ucrania, siendo Emmanuel Macrón, Presidente de la República Francesa, y el hombre fuerte de la OTAN, haciendo que cualquier represalia que se tome contra esta última, van a ser la infraestructura crítica de los países involucrados en la guerra de Ucrania, teniendo en cuenta que Rusia está formando alianzas con diversos países sudamericanos.” se indica que las observaciones no son pertinentes dado que, como establece el instructivo N° 130528 del 01 de abril de 2013 que “Imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental” en el punto 2.3. literal b) “observación no pertinente” una observación se estimará no pertinente cuando no haga referencia a alguno de los contenidos de la DIA, al proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto, o se refiera a aspectos que exceden los alcances del SEIA y por ende las funciones del Servicio. Así también se alude a otro proyecto distinto al “Parque Eólico Pemuco” como es la “Central a Gas Natural Las Arcillas”. Vinculado a lo anterior se indica que lo anterior no hace referencia a alguno de los contenidos del proyecto o al proceso de evaluación ambiental ya que aborda materias que no forman parte del presente proyecto vinculados a la evaluación ambiental y a las facultades del Servicio de Evaluación Ambiental.
En relación al resto de la observación, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Ñuble la considera pertinente, toda vez que hace referencia a aspectos de la evaluación del proyecto. Para abordar con mayor claridad lo observado, se abordará la respuesta en cada una de sus partes.
Respecto a lo observado: 1.1. Con respecto al proyecto “Parque Eólico Pemuco” nos preocupa la afectación sobre los polinizadores y las aves migratorias, teniendo en cuenta que todo el campo alrededor del proyecto que estaba con fines forestales, hoy es parte de un ambicioso proyecto de producción de alimentos y parte de la soberanía alimentaria, donde ya están los estudios de factibilidad de recursos hídricos, que se transforma en una herramienta clave en el caso de los aerogeneradores, porque las comunidades donde se han emplazado estos parques, de forma recurrente informan que se les han profundizado las napas subterráneas, secándose las norias y vertientes, principalmente en la regiones de La Araucanía y Los Lagos, donde jamás esperaron ese escenario, porque siempre tuvieron la disponibilidad del recurso hídrico, por lo tanto, el escenario es complejo y sin los estudios adecuados, de organismos independientes, con entidades autónoma competentes, se hace necesario y ante la duda razonable, exigir estudios sismológicos de la zona y monitoreo de cada infraestructura, con tecnología de punta y en tiempo real, con la información a disposición de toda la ciudadanía y con seguimiento mientras esté el proyecto presente en la comuna, con el fin de poder ser usado en futuros estudios al respecto, ya que existe la duda razonable de que la vibración que producen estas infraestructuras, terminan fracturando la roca, provocando que las napas se profundicen. Además, que se solicite y adjunte la información de empresas que han construido los pozos profundos de los proyectos de la agroindustria, principalmente de las propiedades forestales que están siendo recuperadas para uso agrofruticola, que ya poseen los estudios de factibilidad del recurso hídrico y la información de la DGA de la zona.
A continuación, se presenta una respuesta segregada con referencia a cada una de las materias consultadas en las observaciones ciudadanas, las cuales han sido abordadas de manera temática.
• Polinizadores en el área del proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Hasta el momento no existen reportes científicos que indiquen efectos adversos de parques eólicos sobre colmenas de abejas. No obstante, existe literatura que indica, en términos generales que una central eólica puede tener efectos directos en la modificación del hábitat existente en la zona y en algunos de los organismos que en él habitan, generando ruidos y movimientos que afectan el comportamiento (Premalatha et al., 2014, Dai et al., 2015). Para el caso particular de las abejas, los aerogeneradores no constituyen un riesgo directo sobre ellas. Varios elementos, principalmente biológicos, contribuyen a inducir esta teoría.
Según McCallum et al., (2014), los niveles de Campos Electromagnéticos (CEM) detectados en la base del aerogenerador, bajo condiciones de 'viento fuerte' y 'viento bajo' son bajos (media = 0,9 mG; n = 11) y disminuyen rápidamente con la distancia, volviéndose indistinguibles dentro de los dos (2) metros de distancia de la base. Los campos magnéticos medidos por encima de un (1) metro de las líneas colectoras enterradas también son bajos (≤ 0,3 mG), concluyendo que ninguna de estas fuentes influye en los niveles de campo magnético del ambiente en un radio de 500 m de los aerogeneradores.
Lo anterior concuerda con los resultados del Estudio de Campos electromagnéticos del Anexo 1.10 de la DIA del Proyecto Parque Eólico Pemuco, y que indica que un generador de 6,2 MW, a nivel del suelo, podría tener una inducción magnética del orden de 3,2 [mili Gauss], equivalente a 0,33 µT en la base del aerogenerador y 0,10 µT a 10 m, lo que es significativamente menor a los CEM indicados en el párrafo anterior, por lo que es posible concluir que no influye en la actividad de forrajeo de las abejas.
Complementando la información respecto a los polinizadores en el área de influencia y los estudios de los campos electromagnéticos, el proyecto indicó en la Adenda Complementaria que ello concuerda con los resultados del Estudio de Campos Electromagnéticos del Anexo 1.10 de la DIA del Proyecto Parque Eólico Pemuco, y que indica que un generador de 6,2 MW, a nivel del suelo, podría tener una inducción magnética del orden de 3,2 [mili Gauss], equivalente a 0,33 μT en la base del aerogenerador y 0,10 μT a 10 m, lo que es significativamente menor a los CEM utilizados en los siguientes estudios:
• Shepard et al., 2018 y 2019, midieron la extensión de la proboscis (apéndice alargado y tubular, parte del aparato bucal de las abejas), de abejas expuestas a campos electromagnéticos de baja frecuencia (50 Hz) a niveles desde 20-100 μT, que según el autor son los que se encuentran a nivel del suelo, debajo de los conductores de una línea eléctrica, hasta 1.000-7.000 μT, que se encuentran a un (1) m de los conductores, demostrando que la exposición a corto plazo a los CEM afecta en las habilidades cognitivas de las abejas, al reducir la adquisición del aprendizaje olfativo. A su vez, al evaluar el efecto de los campos electromagnéticos en abejas que se movían libremente en un túnel de vuelo de 1,5 m de largo, con una exposición a un CEM de 100 μT, se observó una reducción en el vuelo y en la alimentación de las abejas. • Endorgan et al., (2019), utilizando cuatro (4) diferentes campos electromagnéticos (50 μT, 100 μT, 150 μT , 200 μT) y un tratamiento control (0 μT), demostraron que las abejas permanecían menos tiempo en placas con agua azucarada expuestas a campos electromagnéticos, comparadas con el control (0 μT).
De acuerdo a la información recopilada en terreno y presentada en la Tabla “Listado de apicultores en el área de influencia del Proyecto”, en el AI del Proyecto existen 12 apicultores, el más cercano está ubicado a 50 m, respecto de la faja de la línea de transmisión del Proyecto, quedando fuera del AI de campos electromagnéticos que ésta genera (29 m por lado), por lo que se espera no se genere efecto negativo en el comportamiento, ni en la salud de las colmenas de abejas. A continuación, se presenta la Tabla “Listado de apicultores en el área de influencia del Proyecto” con la información de los apicultores presentes en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
área, así como la Figura “Ubicación de apicultores en el área de influencia” donde se muestra la ubicación de los mismos utilizando la numeración asociada a la Tabla citada.
Tabla: Listado de apicultores en el área de influencia del Proyecto. ID Nombre Apicultor/a Sector Observación Distancia desde el proyecto (km) Obra más cercana 1 Dagoberto Valenzuela Muñoz Villa Unión Tiene 50 cajones de abejas, las mantiene siempre en el sector, y la miel que cosecha la vende desde su casa. La apicultura es una actividad paralela que realiza, ya que además se dedica a la venta de hortalizas y trabaja en una empresa forestal. Pertenece al programa PRODESAL. 4,427 Faja LAT 2 Marisol Gajardo Chequenes Tiene 70 cajones de abejas que las mantiene siempre en el sector, y la miel que cosecha la vende desde su casa. Junto a la apicultura se dedica a la crianza de animales y venta de hortalizas, pertenece al programa PRODESAL. 2,074 Faja LAT 3 José Santiago Mardones Chequenes Tiene 8 cajones de abejas que las mantiene siempre en el sector, la miel que cosecha es para consumo y vende desde su casa. Su principal fuente de ingresos proviene de la agricultura. Pertenece al programa PRODESAL. 0,052 Huella acceso LAT 4 Karina Arriagada Los Aromos Tiene 15 cajones en su casa y 40 cajones que mantiene en el sector de Agua de la Gloria. Se dedica también a la venta de hortalizas. Las ventas de miel y hortalizas las realiza desde su casa. 0,506 Área de intervención Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Pertenece al programa PRODESAL. 5 Mercedes Mardones Los Aromos Vive en Pemuco urbano y en la parcela que tienen el sector de Los Aromos mantiene 116 cajones, además trasladará 100 cajones que tiene en el sector camino a Cartago a Los Aromos. Las ventas de miel se realizan desde su casa en Pemuco urbano, es su principal actividad económica, también se dedican a la venta de hortalizas. Pertenece al programa PRODESAL. 0,303 Área de intervención 6 Omar Mardones Culenco Tiene 70 cajones de abejas, aunque no es su principal actividad económica, ya que se dedican a la crianza de aves y animales. Las ventas las realizan desde de su casa. Pertenece al programa PRODESAL. 5,258 Caminos declarados 7 José Beltrán Culenco Tiene 10 cajones de abejas para consumo y venta la cual realiza desde su casa. Su principal actividad económica es la crianza y venta de corderos. Pertenece al programa PRODESAL. 0,938 Área de intervención 8 Rudecindo Mardones Arteaga Culenco Tiene 35 cajones de abejas, la venta de la miel la realiza desde su casa. Su principal actividad económica es un huerto de moran, venta de hortalizas y finalmente la miel, pertenece al programa PRODESAL. 3,727 Caminos declarados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
9 Jonny Mardones Mardones Chequenes Lleva poco tiempo como apicultor, por lo que de momento tiene 4 cajones de abejas. Las ventas de miel las realiza desde su casa. No pertenece a ninguna cooperativa ni programa de gobierno. Su principal actividad es su trabajo en la forestal. 0,979 Área de intervención 10 Jorge Campos Los Aromos Tiene 23 cajones de abejas las que mantiene en el predio de la Familia Bórquez. La venta de la miel a particulares la realiza desde su casa. Su principal actividad es su trabajo en la limpieza y mantenimiento del canal Laja-Diguillín. Está postulando al programa de PRODESAL. 0,271 Área de intervención 11 Salvador Otárola Los Aromos Arrienda una parte de su predio a un apicultor del sector de Ateuco, donde tienen 30 cajones de abejas. 1,395 Área de intervención 12 José Mardones Valdebenito Chequenes Tiene abejas en distintos sectores, pero lo más cercano al proyecto que tiene es al lado del predio de la empresa, donde tiene alrededor de 40 cajones en el predio de don Ramón Millar. Además de la apicultura, se dedica a la agricultura, crianza de aves y animales. 0,487 Área de despeje de vegetación Fuente: Tabla N°164 Listado de apicultores en el área de influencia del Proyecto. Adenda Complementaria.
De acuerdo a la información recopilada en terreno y presentada en la Tabla anterior, en el AI del Proyecto existen 12 apicultores, el más cercano está ubicado a 50 m, respecto de la faja de la línea de transmisión del Proyecto, quedando fuera del AI de campos electromagnéticos que ésta genera (29 m por lado), por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
lo que se espera no se genere efecto negativo en el comportamiento, ni en la salud de las colmenas de abejas.
Figura. Ubicación de apicultores en el área de influencia.
Fuente: Figura 120. Ubicación de apicultores en el área de influencia. Adenda Complementaria.
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Para poder disponer de una mayor velocidad de viento, las torres de los aerogeneradores alcanzan alturas de 165 m y sus aspas están ubicadas a 90 m del suelo. Si bien, la abundancia de insectos ocurre predominantemente a bajas altitudes (hasta 153 m), el 54% de ellos vuelan a menos de 10 m del suelo y el viento y/o las corrientes de convección, pueden afectar su abundancia (Kok et al., 2015).
Las aspas de un aerogenerador capturan el viento y transmiten su potencia hacia el buje. El viento hace girar las aspas al incidir sobre ellas, convirtiendo así la energía cinética del viento
en energía mecánica que se transmite al rotor. En este movimiento, los insectos que son transportados por las corrientes de aire para su desplazamiento a largas distancias y altitud, normalmente insectos de tamaños reducidos (1 a 3 mm, tales como: mosquitos, áfidos, langostinos), son los que se pueden acumular en las aspas, produciendo contaminación en ellas (Kok et al., 2015).
La ruta de desplazamiento que realizan las abejas, a diferencia de este grupo de insectos que se desplazan movidos por las corrientes de aire, está definida por la ubicación del alimento, lo cual es informado a través de la danza primero, por abejas scout y luego, por forrajeras o recolectoras.
Las abejas scout transfirieren la información obtenida a las abejas dentro de la colonia, con lo que evitan costos energéticos de búsqueda por forrajeras individuales (Schaffer et al., 1979). Una exploradora que descubre una fuente de alimento a 10 km del nido podría directa e indirectamente (a través de señales de reclutamiento), reclutar a toda la fuerza de forrajeo de la colonia (Beekman y Ratnieks, 2000). Por el contrario, si en una determinada área de búsqueda no hay alimento, la masa forrajera de abejas no volará sobre ella. Las abejas son reconocidas por evaluar las distancias de vuelo de acuerdo a la energía gastada en los vuelos de forrajeo.
Por decodificación de la danza, Vischer y Seely (1982), demostraron que las abejas forrajean regularmente a varios kilómetros desde la colmena. Las distancias promedio fluctúan entre 600 y 800 m lineales, pero cuando el alimento no se encuentra disponible en el área circundante a la colmena, las abejas pueden volar con un radio máximo de 6 a 10 km (Beekman y Ratnieks, 2000).
El poder de vuelo permite a las abejas forrajeras buscar alimento a diferentes alturas por encima del suelo. Estudios realizados por Esch y Burns (1996), demuestran que abejas pecoreadoras, también llamadas forrajeras(abejas obreras encargadas de recolectar el polen y el néctar de las flores), pueden llegar a alimentadores ubicados a 34, 50, 70 y 90 m sobre el suelo.
De acuerdo a lo anterior, es importante destacar que la distancia y altura de vuelo de las abejas estará dada por la ubicación a la cual se encuentre el alimento, jugando un rol importante las especies vegetales de interés apícola presentes en el área.
En este sentido, según el Anexo 4.8 Línea Base de Flora y Vegetación de la Adenda del Parque Eólico Pemuco, dentro del área de influencia (AI), se identificaron diez Unidades Homogéneas de Vegetación (UHV), las que corresponden a: Bosque mixto, Bosque nativo, Cortina vegetal, Cultivo agrícola, Formación de exóticas asilvestradas, Matorral arborescente, Matorral, Plantación forestal, Pradera y Zonas de alta humedad.
Adicionalmente a las UHV, se han identificado superficies que se caracterizan por la ausencia de vegetación, como es el caso de la unidad de Otros Usos.
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La mayor parte del AI del proyecto se encuentra dominada por la unidad de Plantación Pino radiata o Eucalyptus con una superficie de 88,06 ha (51,13%), los que no se constituyen como especies de interés apícola.
A continuación, está la unidad de Cultivo Agrícola con una superficie de 27,32 ha (15,86%), Matorral arborescente con 21,85 ha (12,68%), Otros Usos con 11,24 ha (6,53%), Bosque Nativo con 8,69 ha (5,04%), Pradera 5,91 ha (3,43%), Bosque Mixto con 0,55 ha (0,32%), Formación de Exóticas Asilvestradas con 3,15 ha (1,81%), Cortinas vegetales con 0,21 ha (0,12%) y las Zonas de alta humedad con 3,68 ha (2,13%).
Dentro de estas formaciones destacan especies de aptitud melífera como: Huingán (Schinus polygamus), Arrayán (Luma apiculata), Maqui (Aristotelia chilensis), Maitén (Maytenus boaria), Quillay (Quillaja saponaria), Boldo (Peumus boldus) (Montenegro y Timmermann, 2002), los cuales presentan alturas de dos (2) a cuatro (4) metros.
Otras especies vegetales frecuentemente visitadas por las abejas presentes dentro del AI, son: la Rosa mosqueta (Rosa rubiginosa), Zarzamora (Rubus ulmifolius) y Romerillo (Baccharis linearis) (Montenegro y Timmermann, 2002), con alturas que alcanzan de uno (1) a dos (2) metros.
De acuerdo a lo anterior, la altura de vuelo de las abejas no debería superar los cuatro (4) metros por lo que, aunque estas fuentes de alimento se encuentren cerca de los aerogeneradores, las abejas no llegarían a las aspas y, por ende, no deberían afectarse.
Las abejas en condiciones de viento calmo o cuando hay viento en contra, tienden a volar cerca del suelo (Dyer, 2002; Ish-Am y Eisikowitch, 1998).
Durante el forrajeo, ya sea de una recolectora o de una abeja exploradora, la ubicación de la fuente de alimento es guiada por el sentido del olfato y, por lo tanto, el movimiento se realizará en dirección en contra del viento. Por otra parte, a mayor velocidad de viento las abejas tienden a volar en contra, debido a restricciones aerodinámicas, ya que es más fácil para ellas despegar y aterrizar contra el viento (Woodell, 1978), y prefieren volar a favor del viento cuando están cargadas o pesadas (Ish-Am y Eisikowitch, 1998). Finalmente, trabajos realizados por el Dr. Dariusz Karwan de la Universidad Tecnológica de Pomerania Occidental en Szczecin, Polonia, quien estudió el comportamiento, rendimiento de miel, cera y propóleo, de diez familias de abejas melíferas (Apis mellifera carnica), ubicadas cerca de aerogeneradores y de otras diez familias a 11 km de aerogeneradores, demostraron que no existen efectos negativos en el comportamiento o salud de las colonias de abejas cercanas al parque eólico. Además, durante los dos años de investigación las colmenas ubicadas cerca del parque eólico produjeron una mayor cantidad de miel y propóleos, debido a las frías condiciones climáticas (Science in Poland, 2019).
De acuerdo a los trabajos revisados, los campos electromagnéticos generados por líneas de transmisión eléctrica en condiciones reales podrían afectar a las abejas sólo si las colmenas se ubicaran directamente debajo de líneas de transmisión de 110 y 220 kV, o niveles de tensión mayores. Los efectos negativos en el comportamiento o la salud de las colmenas se agudizan, pudiendo llegar a un despoblamiento, si están a distancias menores de 29 m de éstas.
Según los resultados del estudio de CEM de la línea de transmisión (220 kV) del proyecto Parque Eólico Pemuco, se establece que el campo electromagnético de la misma abarca un área de influencia de 29 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
metros a cada lado del eje de la línea de transmisión, por lo que no se recomienda ubicar apiarios dentro de esta franja.
De acuerdo a la información recopilada en terreno, en el área de influencia del proyecto existen 12 apicultores, el más cercano a la línea está ubicado a 50 y 110 m, respecto al eje de la línea de transmisión del Proyecto, quedando fuera del área de influencia de campos electromagnéticos que esta genera (29 m por lado), por lo que se espera no se genere efecto negativo en el comportamiento, ni en la salud de las colmenas de abejas.
• Aves migratorias Respecto a las Aves, es importante mencionar que no todas las aves presentan el mismo riesgo de colisionar con los aerogeneradores ya que existen factores biológicos como morfología alar, vuelo nocturno y/o en bandadas, envergadura, altura, entre otros que generan que algunas aves presenten una menor capacidad para sobrellevar los vórtices de viento producidos por las aspas de los aerogeneradores. Esta situación afecta principalmente a especies pertenecientes a los órdenes Anseriformes, Columbiformes, Charadriiformes, Tinamiformes, Piciformes, Pelecaniformes, Gruiformes, Podicipediformes y también Passeriformes. También existen factores estructurales, como el tamaño de la estructura y la ubicación de los aerogeneradores.
A través de las tres campañas de tránsito aéreo, en el área de influencia del proyecto se avistó un total de 55 especies de aves silvestres. Por otro lado, de total de especies registradas en el área de influencia del Proyecto, solamente el Aguilucho (Geranoaetus polyosoma) y el Jote de Cabeza Negra (C. atratus) presentaron alturas de vuelo mayor a 100 metros. Se observaron 23 especies alcanzando alturas entre los 31 y 60 metros, y 49 especies presentaron uso del espacio aéreo con alturas máximas de 30 metros de altura. Luego, 8 especies mantuvieron alturas entre los 61 y 100 metros, destacando el Cernícalo (Falco sparverius) y el Cuervo de pantano (Plegadis chihi). Del total de las especies sobrevolando a alturas superiores a 60 metros (alturas de riesgo) y pertenecientes a los órdenes con mayor probabilidad de colisionar, solo una especie se encuentra en categoría de conservación vigente, la que corresponde al Cuervo del Pantano. El Cuervo del Pantano es posible encontrarlo desde la región de O’Higgins a Los Lagos. Es una especie bastante común a lo largo de Sudamérica, sin embargo, en Chile, no existen registros que la consideren una especie abundante. La razón de su baja abundancia en nuestro país se debería a que Chile corresponde a una distribución marginal a lo largo de Sudamérica y actualmente no se encuentra amenazado por razones antrópicas. Además, Birdlife International (2016) indican que las poblaciones mundiales de esta especie estarían en aumento. Ya que se encontró una baja cantidad de ejemplares dentro del área de influencia del proyecto, es posible considerar que el sector no corresponde a un área usual de paso o de estadía, sino más bien de hallazgos ocasionales realizados durante las campañas. Debido a estas razones, se estima que el proyecto no tendrá efectos significativos sobre las poblaciones de esta especie, además de contar con una fuerte presencia en Sudamérica que aseguran los hallazgos aislados de las poblaciones marginales presentes en territorio chileno. Con lo anteriormente descrito, es que también, no se espera que existan efectos significativos sobre las aves migratorias del territorio nacional.
• Aves y Quirópteros en el área del proyecto Siguiendo con lo anterior, respecto a la clase quiróptera, dentro del Anexo 2.5 de la Declaración de Impacto Ambiental se tiene un estudio específico de quirópteros, indicando la presencia de seis (6) especies al interior del área de influencia del Proyecto: Murciélago de cola de ratón (Taradira Brasiliensis), Murciélago orejas de ratón del sur (Myotis chiloensis), Murciélago orejudo del sur (Histiotus magellanicus), Murciélago orejudo menor (Histiotus montanus), Murciélago colorado del sur Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
(Lasiurus varius) y Lasiurus villosissimus, todos ellos de carácter insectívoros, por lo cual su actividad y relación con la polinización, dispersión de semillas y en la regeneración del bosque nativo es prácticamente nula.
Respecto a los Quirópteros, los estudios del desarrollados identificaron la presencia de seis (6) especies al interior del Área de Influencia (AI) del Proyecto, los cuales se presentan en la Tabla a continuación.
El estado de conservación de los quirópteros identificados se presenta en la siguiente Tabla, se observa que están en categoría de preocupación menor y datos insuficientes, por lo tanto, se encuentran con categorías que no representan, actualmente, amenazas en sus poblaciones.
Tabla. Especies en categoría de conservación registradas en el área del Proyecto Nombre común Nombre científico Categoría de conservación Mamíferos Murciélago oreja de ratón Myotis chiloensis Preocupación Menor Murciélago colorado del sur Lasiurus varius Preocupación Menor Murciélago ceniciento Lasiurus cinereus Datos Insuficientes Murciélago orejudo menor Histiotus montanus Preocupación Menor Murciélago orejudo del sur Histiotus magellanicus Datos Insuficientes Murciélago de cola libre Tadarida brasiliensis Preocupación Menor Fuente: Tabla 165. Especies en categoría de conservación registradas en el área del Proyecto. Adenda Complementaria.
En general, en el área se presenta una gran cantidad de ambientes que podrían ser utilizado por la fauna terrestre (reptiles, anfibios, aves y mamíferos), tales como Cultivo agrícola, Matorral arborescente, Bosque nativo, Pradera, Plantación Eucalyptus, Plantación Pino Radiata, humedales estacionales, entre otros. En relación con el grupo de quirópteros (mamíferos), los principales sitios que podrían utilizarse como refugios corresponden a casas y galpones en Pemuco urbano y rural, áreas de bosque nativo y árboles (nativos o exóticos). Además, es importante señalar que todas las especies de quirópteros identificados son insectívoros, por lo cual su actividad y relación con la polinización, dispersión de semillas y en la regeneración del bosque nativo es prácticamente nula. Respecto de la interacción de las partes, obras y acciones del Proyecto con la fauna voladora, y en virtud de los resultados sobre alturas de vuelo extraídos del estudio específico de tránsito aéreo, 49 especies no volaban a más de 30 m, 23 de ellas no excedían los 60 m y sólo ocho (8) especies sobrepasaban los 60 m de altura. Las especies que presentaron la mayor altura de vuelo es el Aguilucho y el Jote de Cabeza Negra, llegando a una altura máxima estimada de 130 m. De las especies que volaban sobre los 60 metros de altura, una sola se encuentra en una categoría de conservación vigente que corresponde al Cuervo del Pantano (Plegadis chihi), especie en categoría de Casi Amenazada. Es importante destacar que solo se divisaron 2 ejemplares sobrevolando a estas alturas de riesgo, durante el desarrollo de todas las campañas de terreno. El Cuervo del Pantano es posible encontrarlo desde la región de O’Higgins a Los Lagos. Es una especie bastante común a lo largo de Sudamérica, sin embargo, en Chile, no existen registros que la consideren una especie Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
abundante. La razón de su baja abundancia en nuestro país se debería a que Chile corresponde a una distribución marginal a lo largo de Sudamérica y actualmente no se encuentra amenazado por razones antrópicas. Además, Birdlife International (2016) indican que las poblaciones mundiales de esta especie estarían en aumento. Debido a estas razones, se estima que el proyecto no tendrá efectos significativos sobre las poblaciones de esta especie, además de contar con una fuerte presencia en Sudamérica que aseguran los hallazgos aislados de las poblaciones marginales presentes en territorio chileno. Respecto al rumbo de vuelo, la dirección Noreste era el más frecuente en general. De esta manera, la operación del Parque Eólico Proyecta y una configuración de aerogeneradores con una altura de buje de hasta 155 m y una longitud de pala de 85 m de largo, permite estimar que aquellas aves que, eventualmente podrían tener algún tipo de interacción con la operación del proyecto, corresponden a aquellas que tengan una altura de vuelo superior a los 70 m. Respecto al efecto de la Línea de Alta Tensión de 4,24 km sobre las aves, esta estará conformada por 19 estructuras con una distancia variable entre ellas (de 90 a 322 m) y una altura de entre 27 a 33 m, aproximadamente. Las aves que eventualmente podrían tener interacción con esta obra corresponden a aquellas que tengan alturas de vuelo similares y el riesgo variará en función de la distancia entre las torres. No obstante, lo anterior, el diseño de los aerogeneradores contempla un sistema de balizas en la parte superior de la góndola, pudiendo instalarse luminarias blancas intermitentes para el día y luminarias rojas intermitentes para la noche, destinadas a alertar la presencia de los aerogeneradores. Estas constituyen a luces tipo A y B, que resultarán menos atractivas y, por ende, menos peligrosas para aves11. Asimismo, el diseño de la Línea de Alta Tensión contempla, por un lado, los conductores bajo la cruceta y, por el otro, la instalación de peinetas en las torres de anclaje, remate y suspensión de la LAT, y disuadores de vuelo de tipo espiral amarillo de polipropileno en el cable guardia de ésta. Esto último es adquirido como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) por parte del Titular: • CAV-09 Instalación de peinetas y disuadores/desviadores de vuelo (ver Capítulo 6 de la DIA). Además, para la fauna voladora se contempla mantener un seguimiento de la información biológica y comportamiento de las aves y murciélagos, en función de la posible interacción con el parque: • CAV-08 Plan de monitoreo de fauna voladora (ver Capítulo 6 de la DIA para mayor detalle). En base a los antecedentes recientemente expuestos y que el Proyecto se desarrollará en un área con ambientes altamente perturbados por el humano, además, considerando que la superficie del AI del Proyecto no es significativa respecto de la superficie de distribución geográfica de las especies endémicas, en categoría de conservación y con poblaciones reducidas SAG (2015) registradas en el área, es posible concluir que, tanto la construcción como la operación del mismo, no generará efectos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, en este caso la diversidad de fauna voladora.
Por lo tanto, no obstante, lo anterior y en virtud del principio precautorio, el Titular ha propuesto como una medida de carácter voluntario el seguimiento y monitoreo de fauna voladora, con la finalidad de determinar la tasa real de mortalidad respecto a las obras del Proyecto y su impacto en las aves migratorias, con el objeto de evitar la pérdida de biodiversidad.
De esta manera, se implementará un Plan de Monitoreo de fauna voladora, el cual involucrará: 1) Monitoreo aves: Se realizará el estudio de la diversidad y abundancia de aves y comportamiento de vuelo de las aves en diversos períodos, de modo de comparar los cambios que puedan sufrir las especies con el emplazamiento del proyecto. 2) Monitoreo acústico: El monitoreo acústico de quirópteros consiste en la implementación de las técnicas y métodos adecuados para levantar información biológica (actividad y riqueza especifica) y de las variables ambientales (velocidad del viento y temperatura). 3) Búsqueda y remoción de carcasas: Consiste en la inspección pedestre de las obras del proyecto (aerogeneradores y línea de alta tensión), de forma para detectar la presencia de carcasas. La información anterior permitirá identificar la existencia de obras críticas, que están efectivamente causando pérdida de biodiversidad.
Lugar de monitoreos de fauna voladora El lugar donde se realizará este monitoreo de fauna voladora se describe a continuación: 1) Monitoreo de aves: Será realizado en las estaciones de monitoreo reconocidas en el informe de tránsito aéreo. Éstas serán complementadas con estaciones de ubicación variable, las cuales se irán adaptando según las singularidades del comportamiento de las aves y tipos de ambientes del lugar.
2) Monitoreo acústico: Se considerará 15 puntos de monitoreo. La ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo acústico se determinará en terreno, priorizando sectores que cuenten, dentro de lo posible, con las características necesarias para poder registrar actividad de murciélagos, como son sectores húmedos, construcciones u otros, además de encontrarse cercanos a los aerogeneradores.
3) Búsqueda y remoción de carcasas: La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores en operación, en un radio de 100 metros alrededor de su base. Además, se realizará a lo largo de la Línea de Alta Tensión, en una distancia de 50 metros a ambos lados desde la porción central de ésta.
Ejecución de los monitoreos de fauna voladora
A su vez, la forma de implementación del monitoreo se describe a continuación: 1) Monitoreo de aves: Se realizará el avistamiento directo de aves en los puntos de monitoreo establecidos, para determinar la riqueza y abundancia de las especies, y sus patrones de vuelo.
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Para lo anterior, se ejecutará un conteo continuo de aves, efectuado por un observador apoyado con binoculares, en un período de tiempo aproximado de cuatro (4) horas en cada estación. Se desarrollarán réplicas de los puntos (AM-PM), con el objetivo de establecer patrones diarios de vuelo.
El período de conteo tendrá lugar en horas cercanas al amanecer y atardecer, ya que la actividad de las aves presenta un patrón bimodal con valores máximos en estos horarios (SEA, 2015). Las variables a considerar para cada punto de muestreo se detallan a continuación: • Riqueza de especies. • Número de individuos. • Hora de vuelo. • Dirección de vuelo. • Altura de vuelo.
• Patrones de vuelo y uso del área. El monitoreo de tránsito aéreo se desarrollará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos estacionales de modo de comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones o electrocuciones.
2) Monitoreo acústico: La prospección acústica de manera continua a lo largo de la noche permite obtener el espectro completo de actividad de las diferentes especies. Se recorrerá el sector para lograr finalmente seleccionar la ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo.
Se realizará un monitoreo con equipos detectores de ultrasonidos autónomos, dispuestos de manera de abarcar homogéneamente el área del proyecto. Los equipos permanecerán durante una noche completa en cada uno de los quince puntos, con un micrófono ultrasónico, ubicado a dos metros de altura.
Con los datos acústicos se medirá:
Riqueza de especies.
Actividad de los quirópteros para cada punto siguiendo la metodología Miller (2001).
Variación del número de registros por especie a lo largo de la noche. Adicionalmente se medirá la temperatura (ºC) con equipo acorde, mientras que los registros de viento podrán ser adquiridos de la estación meteorológica del Proyecto.
Con las mediciones anteriores se determinará:
Variación temporal y espacial de las variables ambientales.
Relación entre la composición del ensamble y nivel de actividad de quirópteros con las variables ambientales. El monitoreo acústico se realizará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos estacionales de modo de comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones.
3) Búsqueda y remoción de carcasas:
La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base, y en el trazado de la LAT se realizará en una distancia de 50 metros desde la porción central de ésta, a ambos lados del eje de la línea. Para ambos casos se realizará un recorrido pedestre cada 10 metros alrededor. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Figura: Esquema de búsqueda de individuos siniestrados alrededor de las torres eólicas
Fuente: Figura 108. Esquema de búsqueda de individuos siniestrados alrededor de las torres eólicas, Adenda Complementaria.
Figura: Búsqueda de individuos siniestrados en la LAT
Fuente: Figura: Búsqueda de individuos siniestrados en la LAT, Adenda Complementaria.
Las labores a realizar son las siguientes:
1. Inspeccionar en los radios de los aerogeneradores y de la LAT carcasas de fauna para su retirada. 2. Identificar y registrar las carcasas, distinguiendo el grupo animal, e idealmente por especie. 3. La búsqueda se realizará en todos los aerogeneradores del proyecto y trazado de la LAT, de modo de evitar que los cadáveres se descompongan rápido o sean presa de otros animales. 4. Para determinar la tasa real de mortalidad se realizarán experimentos estacionales de eficiencia de búsqueda de carcasas a los profesionales, y experimentos de remoción de carcasas por predadores, para determinar los índices de corrección que ajustarán la tasa real de mortalidad del parque.
Periodicidad de monitoreo de fauna voladora
Finalmente, la periodicidad con que se realizarán los monitoreos son las siguientes: Fase de construcción: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Durante el último año de la fase de construcción, se consideran monitoreos de aves y acústico con periodicidad estacional (4 monitoreos al año). Fase de operación: 1. Monitoreo de aves y acústico trimestrales, durante el primer año de la fase de operación. 2. Búsqueda y remoción de carcasas con periodicidad semanal, durante el primer año de la fase. Estos monitoreos serán reportados en forma según cada periodicidad a la autoridad y quedarán disponibles para la comunidad a través de la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
• Interacción del proyecto con uso actual de suelo En relación producción de alimentos y parte de la soberanía alimentaria, el diseño del Parque Eólico Pemuco ha considerado el contexto donde se encuentra emplazado, incorporando dentro de su diseño el entorno y su uso actual. De esta manera, se contempla que una vez que el proyecto se encuentre en operación, las actividades que se han desarrollado en forma histórica puedan continuar desarrollándose con normalidad.
En este sentido, es posible observar que el emplazamiento de las obras del Proyecto ha considerado la exclusión de las áreas de producción agrícola intensivo, que en el sector se da a través de cultivos asociados a pivotes de riego. Así, el Parque eólico se emplaza en un área dominada por plantaciones forestales y áreas de actividad agrícola, el emplazamiento del proyecto interviene mayoritariamente superficies dominadas por plantaciones forestales de monocultivos de rápido crecimiento que tienen un alto nivel de intervención antrópica (50,96%), teniendo una afectación bastante acotada y tangencial a áreas de expresión natural como bosques nativos (5,99%).
• Interacción con cursos de agua superficiales Respecto a la posible afectación de los cursos de agua naturales (cursos superficiales), el Proyecto contempla la ejecución de 22 atraviesos de cursos de aguas de estos atraviesos 15 de ellos corresponden a cursos naturales temporales, 4 de ellos a cursos naturales permanentes y 3 de ellos corresponden a cursos artificiales (canales de riego). El atravieso de estos cursos de agua se realiza mediante la construcción o mejoras de caminos, donde en cada intercepción se instalará una obra de arte que permita el normal escurrimiento de las aguas. Estas obras, estarán diseñadas para soportar una crecida con un tiempo de retorno de un T=100 años. De esta manera, el proyecto no generará ningún tipo de desvíos de cauce o alguna obra que comprometa el normal escurrimiento de las aguas. Adicionalmente, cada atravieso de agua será evaluado tanto a nivel ambiental como a nivel sectorial por la autoridad pertinente. Se presenta a continuación los atraviesos.
Tabla. Atraviesos del proyecto sobre cursos de agua UTM H18s – WGS84 ID Nombre Estero Tipo Norte (m) Este (m) AT-1 Estero Río Seco Estero 5.905.990 756.739 AT-2 Estero Pemuco Estero 5.905.591 756.740 AT-3 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.165 753.978 AT-4 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.056 752.348 AT-5 Río Relbún Río 5.904.954 752.976 AT-6 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.904.975 754.423 AT-7 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.904.382 755.067 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
AT-8 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.904.499 751.269 AT-9 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.124 752.100 AT-10 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.954 754.530 AT-11 Canal Sin Nombre Canal 5.905.049 753.884 AT-12 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.906.252 754.546 AT-13 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.906.642 754.551 AT-14 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.907.356 754.892 AT-15 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.907.347 755.322 AT-16 Canal Sin Nombre Canal 5.907.043 757.086 AT-17 Estero Dollinco Estero 5.907.150 757.092 AT-18 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.906.033 755.561 AT-19 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.903.866 755.020 AT-20 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.904.232 754.255 AT-21 Canal Sin Nombre Canal 5.903.278 750.939 AT-22 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.439 755.193 Fuente: Tabla 166. Atraviesos del proyecto sobre cursos de agua. Adenda Complementaria.
Figura. Ubicación espacial de los atraviesos del proyecto sobre cursos de agua.
Fuente: Figura 121. Ubicación espacial de los atraviesos del proyecto sobre cursos de agua. Adenda Complementaria.
Para ello, una vez el Proyecto obtenga su Resolución de Calificación Ambiental, deberá continuar con la solicitud de los permisos de modificación de cauce, que deberán ser presentados ante la Dirección General Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de Aguas, con la finalidad que el organismo público termine de aprobar técnicamente las obras, previo a su construcción.
Se describe a continuación las obras tipo previstas para atravieso de obras de cableado soterrado y atraviesos de camino internos en cada uno de los puntos identificados anteriormente en interacción con cursos de agua del proyecto.
Tabla. Obras tipo. ID Nombre Estero Solución AT-1 Estero Río Seco • Cajón Triple de Hormigón Armado 3 x 3 m • Zanja canalización subterránea AT-2 Estero Pemuco • Cajón doble de Hormigón Armado 3 x 3 m • Zanja canalización subterránea AT-3 Quebrada Sin Nombre • Baden Simple • Zanja canalización subterránea AT-4 Quebrada Sin Nombre • Doble tubería de HDPE DN 800 • Zanja canalización subterránea AT-5 Río Relbún • Cajón Triple de Hormigón Armado 2 x 1,5 m • Zanja canalización subterránea AT-6 Quebrada Sin Nombre • Baden Simple • Zanja canalización subterránea AT-7 Quebrada Sin Nombre • Baden Simple AT-8 Quebrada Sin Nombre • Cajón Simple Hormigón Armado 2 x 1,5 m AT-9 Quebrada Sin Nombre • Doble tubería de HDPE DN 1200 • Zanja canalización subterránea AT-10 Quebrada Sin Nombre • Tubería HDPE, DN 1000 • Zanja canalización subterránea AT-11
Canal sin Nombre • Tubería de HDPE DN 1200 • Zanja canalización subterránea AT-12
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-13
Quebrada sin nombre • Doble tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-14
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-15
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-16
Canal Sin Nombre • Cajón de Hormigón Armado 1 x 1 m • Zanja canalización subterránea AT-17
Estero Dollinco • Tubería HDPE, DN 800 • Zanja canalización subterránea AT-18
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
AT-19 Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 800 AT-20 Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 AT-21 Canal Sin Nombre • Tubería HDPE, DN 1000 AT-22
Quebrada Sin Nombre • Tubería HDPE, DN 800 • Zanja canalización subterránea Fuente: Tabla 167. Obras tipo. Adenda Complementaria.
Las medidas contempladas para la no afectación de los cuerpos de agua derivados de los movimientos de tierra y construcción de la estructura, como parte de la gestión de construcción son las siguientes.
- El proyecto delimitará en plano (y supervisará su materialización en terreno) la designación de un área o frente de trabajo que será demarcada mediante señalización en terreno. En esta área se concentrarán los trabajos al interior del cauce y zona de ribera, evitando que tanto el personal como la maquinaria y vehículos se desplacen fuera de ella. - El titular instruirá al contratista para que minimice el ingreso al cauce de maquinarias y vehículos, limitándolo a lo estrictamente necesario para la construcción de obras, y prohibiendo además su estacionamiento, reparación o limpieza en dicha zona. - Como parte del programa de obra el Titular instruirá al contratista para que se procure programar los trabajos durante época de estiaje, haciendo coincidir el período de faenas con el menor escurrimiento posible en el río. - En el caso de haber flujo en el periodo de construcción, se deberá desviar las aguas mediante sacos de arena (ataguías).
Figura. Referencia de ataguías
Fuente: Figura 122.Referencia de ataguías. Adenda Complementaria.
- Contractualmente, el Titular prohibirá al contratista el acopio de residuos, materiales de corte, inertes o insumos de la construcción en el interior o próximo al cauce, para minimizar riesgo de caída o arrastre de materiales al agua. - El Titular instruirá al contratista para que este acote la zona de despeje de vegetación ribereña al sitio de emplazamiento de la obra, manteniendo en lo posible la vegetación de las zonas ribereñas aledañas, con lo que se minimiza la desprotección o inestabilidad de los bordes del cauce. - De ser necesario se instalarán barreras, entramados vegetales o cordones filtrantes de paja o sintéticos en el cauce, inmediatamente aguas abajo de la zona de obra, para retener los sedimentos generados y evitar el aumento de turbidez del flujo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Se instalarán carteles informativos de prohibición (“Queda prohibido el vertido a los cauces de elementos procedentes de la obra”), estaquillas y balizamiento. - Una vez terminados los trabajos, se restituirá toda el área utilizada a las condiciones previas, se retirarán residuos propios de la construcción tales como chatarra, escombros, material de relleno, etc., así como aquellas instalaciones de carácter provisorio.
Dado que las actuaciones a ejecutar se realizarán durante el periodo de estiaje, y que de haber flujo este será desviado de las obras, no se precisa diseñar un plan de monitoreo del agua superficial durante la fase de construcción. • Indicador de cumplimiento: - Indicador 1: Resolución que aprueba permiso sectorial de la DGA, referido a Permiso de Modificación de Cauces. - Indicador 2: Informe de recepción final de ITO ambiental que verifique el diseño de ingeniería y cumplimiento de medidas de manejo ambiental. En el caso que los cauces presenten escurrimiento superficial durante la fase de construcción de las obras, se monitoreará su calidad según las siguientes consideraciones. • Se definirá un punto aguas arriba y aguas debajo de la intersección para el monitoreo de aguas. • Se monitoreará con una frecuencia de 15 días con información a disposición de la autoridad. • Limpieza y despeje en zonas de cruce. • Los parámetros a analizar corresponden a los definidos en la NCh 1333, requisitos de calidad de agua para riego.
Por lo tanto, las obras y medidas que se implementarán no implicarán alguna afectación significativa por parte del Proyecto.
• Interacción con napas subterráneas Respecto a la posible interacción con las napas, es importante indicar que la única parte, obras u acción capaz de tener interacción con los flujos subterráneos presentes en el lugar, corresponde a la construcción de las fundaciones de los aerogeneradores.
De acuerdo con las condiciones geológico-geotécnicas y a la información disponible, se aplicó el método para estimar la vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos propuesto por Sernageomin en su “Guía para la Elaboración de Informe Hidrogeológico” de abril de 2019. Este método define en primer lugar el grado de permeabilidad del suelo, y luego lo relaciona con la profundidad de la napa para así determinar el Grado de Vulnerabilidad.
De esta manera se realizó una prospección de calicatas en el área del proyecto con la finalidad de determinar la profundidad de la napa (ver ubicación de las calicatas en
Tabla Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de las calicatas realizadas en terreno. Calicata N° Este Norte Prof. Total (m) C-01 750.313 5.906.345 4,00 C-02 755.169 5.906.735 4,00 C-03 756.927 5.907.391 4,00 C-04 755.286 5.905.166 4,00 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
C-05 750.457 5.905.373 0,10 C-06 750.890 5.903.322 1,70 C-07 754.998 5.903.392 1,80 C-08 754.142 5.903.327 1,50 C-09 749.518 5.905.519 1,50 C-10 750.549 5.905.564 1,60 Fuente: Tabla 151. Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de las calicatas realizadas en terreno. Adenda Complementaria.
Figura. Set Fotográfico de las calicatas realizadas para la búsqueda de afloración de la napa (en la tablilla de cada fotografía se indica el número de calicata).
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Fuente: Figura 109. Set Fotográfico de las calicatas realizadas para la búsqueda de afloración de la napa (en la tablilla de cada fotografía se indica el número de calicata). Adenda Complementaria.
Adicionalmente a la ejecución de las calicatas en el área del Proyecto, se ejecutó una serie de sondajes para el estudio de los suelos del proyecto, los cuales se desarrollaron a mayores profundidades que las calicatas y que, en forma complementaria, contaron con mediciones de piezómetro para estimar la altura de la napa. La ubicación georreferenciada de los sondajes se presenta en las siguientes coordenadas UTM.
Tabla. Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de los sondajes realizados en terreno Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Sondaje N° Este (m) Norte (m) Prof. Total (m) S-01 749.343 5.905.788 30 m S-02 757.382 5.906.517 30 m S-03 757.043 5.904.578 30 m S-04 751.930 5.904.370 30 m S-05 755.383 5.905.892 30 m Fuente: Tabla 152. Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de los sondajes realizados en terreno. Adenda Complementaria
Figura. Set Fotográfico de los sondajes realizados en terreno
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Fuente: Figura 110. Set Fotográfico de los sondajes realizados en terreno. Adenda Complementaria.
Tabla. Resultados de medición del Piezómetro (profundidad del agua) en los sondajes Sondaj e N° Fecha medició n 1 Medició n 1 Fecha medició n 2 Medició n 2 Fecha medició n 3 Medició n 3 Fecha medició n 4 Medició n 4 S-01 18-05-22 23,71 m 11-01-23 25,49 m 04-05-23 25,63 22-09-23 25,38 S-02 18-05-22 6,28 m 11-01-23 6,13 m 04-05-23 6,45 22-09-23 Sin acceso S-03 18-05-22 13,77 m 11-01-23 15,03 m 04-05-23 15,02 22-09-23 14,97 S-04 18-05-22 1,79 m 11-01-23 3,52 m 04-05-23 3,87 22-09-23 Sin acceso S-05 18-05-22 11,58 m 11-01-23 5,33 m 04-05-23 7,82 22-09-23 5,23 Fuente: Tabla 153. Resultados de medición del Piezómetro (profundidad del agua) en los sondajes. Adenda Complementaria.
Figura. Ubicación de las exploraciones realizadas para el proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 111. Ubicación de las exploraciones realizadas para el proyecto. Adenda Complementaria.
Según la información que ha podido ser medida en terreno, no se evidenció agua en calicatas; mientras que en sondajes se observa que la napa varía entre en 1,79 y 25,63 m, dependiendo de la estación. Sin embargo, en sólo uno de los sondajes (S-04) que evidencia presencia de agua sobre el nivel de sello de fundación de los aerogeneradores. En los restantes, el nivel de la napa está por más profundo de los 5m, por lo que no se espera que estos sectores durante las labores de excavación de las fundaciones pueda haber afloramientos de agua.
Asumiendo el nivel de napa más desfavorable (Sondaje S-04 con napa a 1,79 m), es posible extrapolar que sería en este sector un lugar donde podría, eventualmente, ocurrir afloramientos de agua durante las labores de excavación.
Cabe señalar que los resultados obtenidos son concordantes con lo expuesto en el estudio “Diagnóstico de la Calidad de las Aguas Subterráneas de las regiones de Ñuble y del Biobío” realizado en mayo de 2019 por el Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos (DCPRH) de la DGA. Dicho documento, empleando otra metodología, concluye que la vulnerabilidad del acuífero en la zona es de Alta a Muy Alta.
Por otra parte, el Estudio Hidrogeológico Cuencas Bío bio e Itata, elaborado por la DGA el año 2011, indica que el área de proyecto se encuentra dentro de las formaciones subacuíferas 3 y 5, que son parte del acuífero Itata. Este estudio, analizó una serie de pozos en la cuenca del río Itata que en conjunto con una campaña de niveles estáticos les permitió
definir la profundidad de la napa en diferentes sectores del área estudiada. En la Figura siguiente se presentan la profundidad de los niveles estáticos en parte del acuífero Itata y se ha ubicado la zona del proyecto, para la cual se establece que los niveles de la napa se encuentran mayoritariamente en el rango de entre 10 m y 25 m de profundidad. Sin embargo, hay un sector en que se podría encontrar la napa en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
el rango entre 25 m y 50 m valores que son consistentes con lo evidenciado por las exploraciones de terreno realizadas en particular para este proyecto.
Figura. Rangos de Profundidad Nivel Estático Cuenca río Itata
Fuente: DGA (2011) y Figura 112. Rangos de Profundidad Nivel Estático Cuenca río Itata. Adenda Complementaria.
De acuerdo con la estratigrafía de las exploraciones de terreno, este cuenta con un contenido de suelos finos importantes, que en varias de las muestras se encuentra cementado, lo que incluso conduce a indicar en el informe de mecánica de suelos que se deberá utilizar maquinaria especial para dichas zonas. Por su parte, los estratos de arenas y gravas que se detectaron principalmente en los sondajes poseen matrices de finos cementados, por lo tanto, siendo este el estrato que se esperaría fuese más permeable, la condición de suelos finos cementados hace que estos estratos se comporten de manera más cercanos a limos arcillosos de baja plasticidad. Es por ello, que el rango de permeabilidad esperada es del orden de 10-6 (m/s) para el estrato en que se encontrarán las excavaciones que es entre 0 y 6,0 m de profundidad. Para estratos entre 6 m y 30 m, debido a la cementación del suelo fino, se espera que la permeabilidad sea del orden de 10- 8 (m/s). Es por ello, que, dado que se trata de una zona de riego, las aguas observadas en los sondajes, se estima sean de origen superficial.
El número de perforaciones dependerá del caudal que se genere. Las actividades de agotamiento tendrán como objetivo liberar del flujo de agua el área específica de trabajo, logrando circunscribir el agotamiento de manera tal que el agua, sólo en el lugar de trabajo, descienda bajo unos 50 cm de la estructura basal o sello de la fundación. Según el análisis hidrogeológico desarrollado se hizo un análisis para varios escenarios de niveles de explotación requerida. Para efectos de análisis y estimación de caudales se consideraron los siguientes parámetros:
• Permeabilidad (K) = 10-6 a 10-8 (m/s). • Nivel estático inicial de la napa = 1,8 m de profundidad (Caso más extremo). • Altura del nivel estático inicial = 140 m (Sobre la roca fundamental, ref. estudio DGA 2011). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Depresión requerida = 1,0; 2,5 y 5,0 m. Esto busca incorporar la variabilidad de la profundidad de la napa en los sectores de excavación del proyecto, la cual se proyecta de 5,0 m de profundidad cómo máximo. • Diámetro de la excavación = 40 m (29 m de diámetro fundación más sobre ancho). • Radio de influencia = Se estima posteriormente. • Radio de pozo equivalente = 20 m (Estimación según diámetro de excavación).
En la Figura siguiente se muestra un esquema del agotamiento.
Figura: Esquema del agotamiento.
Fuente: Figura: Esquema del agotamiento. Adenda Complementaria.
En el cuadro siguiente se presentan los resultados obtenidos para los radios de influencia y los caudales de agotamiento.
Tabla. Resultados de radios de influencia y caudales de agotamiento Depresión requerida (m) Radio de influencia (m) Caudal total (m3/s) K = 10-6 (m/s) K = 10-8 (m/s) K = 10-6 (m/s) K = 10-8 (m/s) 1,0 23,0 20,3 0,0063 0,0006 2,5 27,5 0,0063 0,0068 0,0006 5,0 35,0 0,0068 0,0077 0,0006 Fuente: Tabla 154. Resultados de radios de influencia y caudales de agotamiento. Adenda Complementaria.
Del cuadro anterior y en base a experiencias empíricas, es posible estimar que el caudal total de agotamiento, en caso de requerirse, debiese situarse en torno a los 8 l/s. En todos los escenarios se ha establecido que el nivel de la napa esté al menos 0,50 m bajo el sello de fundación de la excavación. Es posible inferir que, en función de las distintas condiciones de permeabilidad y profundidad de la napa de cada sitio de fundación, los caudales de agotamiento podrán situarse en los rangos establecido en la Tabla “Resultados de radios de influencia y caudales de agotamiento” los cuales indican que, de existir drenaje de agua subterránea a las excavaciones, estos no serán significativos.
Para la seguridad de los taludes de la excavación y de las propiedades del suelo de fundación de la excavación, tanto durante esta actividad como durante la colocación de armaduras y hormigones es Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
necesario asegurar que el sello de fundación se mantenga seco y libre de las aguas superficiales y/o subterráneas que gravitacionalmente puedan escurrir hacia la excavación.
En el caso de que en un sitio donde se emplace una fundación, se produzcan escurrimientos superficiales, subterráneos o una combinación de ambos se plantean, a nivel conceptual las siguientes soluciones de manejo de aguas:
• Escorrentía superficial: Se plantea la ejecución de conducciones que permitan dar una solución puntual en torno a las obras para luego redirigirlas siguiendo el patrón de drenaje natural del sitio, de manera que las aguas continúen con el escurrimiento original.
• Agotamiento: En caso de determinarse la presencia de una napa estacional producto de la época de riego, sobre la cota del sello de fundación, se deberá disponer de un sistema de agotamiento menor, en función de la profundidad de la napa, la cota del sello de fundación, la topografía del sector y la permeabilidad del terreno (determinada en función de los análisis in situ y tipo de suelo), este sistema podrá consistir en bombas eléctricas o centrifugas de potencia reducida, que abatan la napa bajo el sello de fundación. En el siguiente Cuadro se presenta un esquema general de agotamiento:
Tabla. Esquema general de agotamiento Actividad Semana 1 2 3 4 5 6 Roce y Despeje X
Replanteo excavaciones X
Instalación de equipos y puesta en servicio
X
Agotamiento
X X X X Fuente: Tabla 155. Esquema general de agotamiento. Adenda Complementaria.
• Seguimiento del nivel de las napas subterráneas No obstante, lo anterior, el proyecto ha considerado implementar un sistema de seguimiento de las napas en cinco (5) sondajes realizados, cuyas coordenadas de presentan a continuación.
Tabla. Coordenadas geográficas de ubicación de los sondajes realizados Sondaje Coordenadas UTM WGS84 – H18S UTM X (m) UTM Y (m) S01 749.343 5.905.788 S02 757.382 5.906.517 S03 757.043 5.904.578 S04 751.930 5.904.370 S05 755.383 5.905.892 Fuente: Tabla 156. Coordenadas geográficas de ubicación de los sondajes realizados. Adenda Complementaria.
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Este monitoreo del nivel freático se realizará en forma estacional, comenzando con un seguimiento Pre- construcción (datos históricos desde el 2022), una vez obtenida la RCA y luego seguirá durante toda la extensión de la Fase de Construcción hasta el sello de la fundación respectiva. Estos monitoreos, serán reportados en forma estacional a la autoridad y quedarán disponibles para la comunidad, a través de la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
Figura. Plano de ubicación de los sondajes realizados.
Fuente: Figura 123. Plano de ubicación de los sondajes realizados. Adenda Complementaria.
El detalle de este compromiso se presenta en la siguiente Tabla:
CAV-14 Plan de Monitoreo de Nivel Freático Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-14 Plan de Monitoreo de Nivel Freático. Impacto asociado Afectación potencial del nivel freático de las napas subterráneas producto de la obra de excavación para la construcción de fundaciones de aerogeneradores. Fase del Proyecto a la que aplica PreConstrucción - Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo del nivel freático con el fin de evidenciar que los trabajos de excavación y construcción de fundaciones de aerogeneradores no generan alteración significativa a la cantidad de las aguas subsuperficiales. Descripción: La medida consiste en realizar monitoreos en los pozos de sondajes que se encuentran disponibles en el área del proyecto, analizando su nivel freático. La medición del nivel freático se realizará mediante la utilización de instrumentos que permitan el registro de la altura de la columna de agua. La determinación del nivel freático de agua se realizará mediante el registro del nivel piezométrico medido.
Justificación: Este compromiso justifica su implementación considerando el que si bien, las calicatas realizadas al interior del terreno no mostraron presencia de agua subsuperficial, los sondajes ejecutados si mostraron presencia de agua a diferentes alturas, condición que requiere de su monitoreo para verificar la ausencia de afectación significativa por parte de las obras del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de nivel freático se realizarán en los pozos de sondeo que se han construido para los estudios preliminares del Proyecto. La ubicación de estos pozos se presenta en la siguiente tabla:
Forma: Las mediciones de nivel freático comenzarán con una periodicidad estacional (4 veces por año calendario), desde obtenida la RCA en fase de Pre-Construcción con la finalidad de tener datos de la condición sin proyecto y se extenderán durante toda la fase de Construcción del proyecto, hasta la construcción de la fundación respectiva. Nivel Freático: Se medirá la altura de la columna de agua utilizando un Piezómetro o algún instrumento similar, debidamente calibrado con la finalidad de obtener datos de la variación estacional de la altura del agua subsuperficial. Es importante considerar que la medición del nivel freático de agua será ejecutada por una ETFA.
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Oportunidad: Se consideran campañas estacionales (4 por año calendario) desde la fase de pre-construcción, extendiéndose durante toda la fase de Construcción del Proyecto hasta el sello de la fundación respectiva. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de monitoreo, indicando fecha y hora de medición. - Variabilidad no significativa en la cantidad (altura) de agua, respecto a la data histórica y medida pre-construcción. Forma de control y seguimiento La presentación de cada uno de los informes generados será con un plazo de entrega de 30 días hábiles posteriores al término de la campaña de monitoreo, los que serán remitido a la SMA.
Fuente: Tabla 169. Plan de Monitoreo de Nivel Freático. Adenda Complementaria.
Es importante mencionar que este compromiso no se mantiene durante la operación, ya que no hay actividades relacionadas con aguas subterráneas, ni otras acciones que justifiquen este monitoreo en forma permanente durante operación.
• Análisis sísmico y vibraciones de los Aerogeneradores En cuanto a los análisis de seguridad de diseño de los aerogeneradores, en función del análisis sísmico y de viento, es posible indicar lo siguiente:
Los aerogeneradores generan energía eólica mediante la conversión de la energía cinética del viento en energía eléctrica. La vibración asociada al funcionamiento de los aerogeneradores es principalmente mecánica y se limita a la estructura de la turbina misma. Estas vibraciones son mínimas y el aerogenerador está diseñado para que dichas vibraciones sean absorbidas por su estructura y fundación; y no sean transmitidas al suelo o transmitidas muy atenuadas. Por lo que no se justifica hacer monitoreos exhaustivos en esta materia, ya que no hay una correlación estudiada entre el fenómeno que se indica y los parques eólicos.
Las vibraciones, las cuales corresponden a cargas transitorias, y que puede experimentar una estructura como un aerogenerador, pueden reducir su rendimiento, acortar su vida útil, aumentar sus fallas y generar daños significativos en alguno de sus componentes principales. Es por eso que los aerogeneradores en su diseño consideran límites máximos de vibraciones sísmicas y de proximidad, además de los rangos de funcionamiento, donde los aerogeneradores se diseñan para funcionar generando electricidad a partir de una velocidad mínima de 3 m/s y máxima de 25 m/s, impidiendo su funcionamiento en condiciones extremas para cuidar la estructura y evitar daños a sí misma. Por consiguiente, cada turbina posee una lógica de protección frente a un aumento vibracional significativo, desconectando la unidad y parando su generación, impidiendo también que ésta sea traspasada en dirección al suelo, también conocidos como sistemas de corte automático.
La base de los aerogeneradores se denomina fundación, y esta corresponde a una estructura de hormigón armado de 29,0 m de diámetro exterior y altura máxima de 3,52 m, destinada a transmitir el peso del aerogenerador al suelo, además de otorgar resistencia al volteo producto del empuje horizontal del viento y eventuales solicitaciones sísmicas. Las fundaciones se construyen a partir de una excavación circular de 34,5 m de diámetro y una profundidad máxima de 3,90 m, en la cual tras el emplantillado se dispone una enfierradura radial y concéntrica siendo rellenada luego con hormigón.
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La parte central de la fundación se eleva por medio de un pedestal, la cual corresponde a una estructura circular de hormigón con un diámetro 7,0 m, sobre la que se montará el aerogenerador. El resto de la superficie ocupada por la fundación vuelve a ser rellenada con suelo natural con una pendiente del 2% hacia el exterior de la fundación.
Figura. Esquema fundación tipo (corte)
Fuente: Figura 124. Esquema fundación tipo (corte). Adenda Complementaria.
Figura. Esquema fundación (planta)
Fuente: Figura 125. Esquema fundación (planta). Adenda Complementaria.
No obstante, de acuerdo a los cinco sondajes realizados a una profundidad de 30 m, durante la campaña de geotecnia, no se alcanzó el estrato de roca, por lo que este se encuentra mucho más profundo que las fundaciones de los aerogeneradores. Esto implica que, indudablemente, la fundación no tendrá interacción con la roca madre en ningún punto y en ningún aerogenerador.
La campaña geotécnica consistió en la realización de calicatas, sondajes, mediciones geofísicas y ensayos de laboratorio de mecánica de suelos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Se realizaron dos campañas de exploración. La primera corresponde al estudio de calicatas, mientras que la segunda se relaciona con el estudio de sondajes. También, se aplicaron métodos geofísicos para la caracterización del suelo. Durante estas campañas se ejecutó lo siguiente: • 10 calicatas de entre 0,10 y 4,0 m de profundidad. • Cinco (5) sondajes de 30,0 m de profundidad. • Prospecciones Geofísicas: o Análisis multicanal de Ondas Superficiales (MASW). o Sondeos Eléctricos Verticales Tipo Wenner (SEV). o Refracción sísmica (RS). o Resistividad Térmica (RT).
Las coordenadas de ubicación de las calicatas señaladas se presentan en la siguiente Tabla:
Tabla. Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de las calicatas realizadas en terreno. Calicata N° Este (m) Norte (m) Prof. Total (m) C-01 750.313 5.906.345 4,00 C-02 755.169 5.906.735 4,00 C-03 756.927 5.907.391 4,00 C-04 755.286 5.905.166 4,00 C-05 750.457 5.905.373 0,10 C-06 750.890 5.903.322 1,70 C-07 754.998 5.903.392 1,80 C-08 754.142 5.903.327 1,50 C-09 749.518 5.905.519 1,50 C-10 750.549 5.905.564 1,60 Fuente: Tabla 171. Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de las calicatas realizadas en terreno. Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta un Set Fotográfico de las calicatas realizadas:
Figura. Set Fotográfico de las calicatas realizadas (en la tablilla de cada fotografía se indica el número de calicata). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
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Fuente: Figura 126. Set Fotográfico de las calicatas realizadas (en la tablilla de cada fotografía se indica el número de calicata). Adenda Complementaria.
Figura. Ubicación espacial de las calicatas realizadas en terreno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 127. Ubicación espacial de las calicatas realizadas en terreno. Adenda Complementaria.
Adicionalmente a la ejecución de las calicatas en el área del Proyecto, se ejecutó una serie de sondajes para el estudio de los suelos del proyecto, los cuales se desarrollaron a mayores profundidades que las calicatas y que, en forma complementaria, contaron con mediciones de piezómetro para estimar la altura de la napa. La ubicación georreferenciada de los sondajes se presenta en las siguientes coordenadas UTM.
Tabla. Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de los sondajes realizados en terreno. Sondaje N° Este (m) Norte (m) Prof. Total (m) S-01 749.343 5.905.788 30 m S-02 757.382 5.906.517 30 m S-03 757.043 5.904.578 30 m S-04 751.930 5.904.370 30 m S-05 755.383 5.905.892 30 m Fuente: Tabla 172. Coordenadas UTM (WGS84 - H18 S) y profundidad de los sondajes realizados en terreno. Adenda Complementaria.
En la Figura se aprecia un Set Fotográfico de los sondajes realizados en terreno:
Figura. Set Fotográfico de los sondajes realizados en terreno. Fotografía de ejecución Sondaje S01 Fotografía de ejecución Sondaje S02 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fotografía de ejecución Sondaje S03 Fotografía de ejecución Sondaje S04
Fotografía de ejecución Sondaje S05
Fuente: Figura 128. Set Fotográfico de los sondajes realizados en terreno. Adenda Complementaria.
Tabla. Resultados de medición del Piezómetro (profundidad del agua) en los sondajes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Sondaj e N° Fecha medició n 1 Medició n 1 Fecha medició n 2 Medició n 2 Fecha medició n 3 Medició n 3 Fecha medició n 4 Medició n 4 S-01 18-05-22 23,71 m 11-01-23 25,49 m 04-05-23 25,63 22-09-23 25,38 S-02 18-05-22 6,28 m 11-01-23 6,13 m 04-05-23 6,45 22-09-23 Sin acceso S-03 18-05-22 13,77 m 11-01-23 15,03 m 04-05-23 15,02 22-09-23 14,97 S-04 18-05-22 1,79 m 11-01-23 3,52 m 04-05-23 3,87 22-09-23 Sin acceso S-05 18-05-22 11,58 m 11-01-23 5,33 m 04-05-23 7,82 22-09-23 5,23 Fuente: Tabla 173. Resultados de medición del Piezómetro (profundidad del agua) en los sondajes. Adenda Complementaria.
Figura. Ubicación de las exploraciones realizadas para el proyecto.
Fuente: Figura 129. Ubicación de las exploraciones realizadas para el proyecto. Adenda Complementaria.
Según la información que ha podido ser medida en terreno, no se evidenció agua en calicatas; mientras que en sondajes se observa que la napa varía entre en 1,79 y 25,63 m. Sin embargo, en sólo uno de los sondajes que evidencia presencia de agua sobre el nivel de sello de fundación de los aerogeneradores. En los restantes, el nivel de la napa está a profundidades superiores a 6 m, por lo que no se espera que estos sectores durante las labores de excavación de las fundaciones pueda haber afloramientos de agua.
Asumiendo el nivel de napa más desfavorable (Sondaje S-04 con napa a 1,79 m), es posible extrapolar que sería en este sector un lugar donde podría, eventualmente, ocurrir afloramientos de agua durante las labores de excavación.
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Cabe señalar que los resultados obtenidos son concordantes con lo expuesto en el estudio “Diagnóstico de la Calidad de las Aguas Subterráneas de las regiones de Ñuble y del Biobío”, realizado en mayo de 2019 por el Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos (DCPRH) de la DGA. Dicho documento, empleando otra metodología, concluye que la vulnerabilidad del acuífero en la zona es de Alta a Muy Alta.
Por otra parte, el Estudio Hidrogeológico Cuencas Bío bio e Itata, elaborado por la DGA el año 2011, indica que el área de proyecto se encuentra dentro de las formaciones subacuíferas 3 y 5, que son parte del acuífero Itata. Este estudio, analizó una serie de pozos en la cuenca del río Itata que, en conjunto con una campaña de niveles estáticos, les permitió definir la profundidad de la napa en diferentes sectores del área estudiada. En la Figura siguiente se presentan la profundidad de los niveles estáticos en parte del acuífero Itata y se ha ubicado la zona del proyecto, para la cual se establece que los niveles de la napa se encuentran mayoritariamente en el rango de entre 10 m y 25 m de profundidad. Sin embargo, hay un sector en que se podría encontrar la napa en el rango entre 25 m y 50 m. Valores que son consistentes con lo evidenciado por las exploraciones de terreno realizadas en particular para este proyecto.
Figura. Rangos de Profundidad Nivel Estático Cuenca río Itata.
Fuente: Figura 130. Rangos de Profundidad Nivel Estático Cuenca río Itata. Adenda Complementaria.
De acuerdo con la estratigrafía de las exploraciones de terreno, éste cuenta con un contenido de suelos finos importantes, que en varias de las muestras se encuentra cementado, lo que incluso conduce a indicar en el informe de mecánica de suelos, que se deberá utilizar maquinaria especial para dichas zonas. Por su parte, los estratos de arenas y gravas que se detectaron principalmente en los sondajes poseen matrices de finos cementados, por lo tanto, siendo éste el estrato que se esperaría fuese más permeable, la condición de suelos finos cementados hace que estos estratos se comporten de manera más cercanos a limos arcillosos de baja plasticidad. Es por ello, que el rango de permeabilidad esperada es del orden de 10-6 (m/s), para el estrato en que se encontrarán las excavaciones que es entre 0 y 6,0 m de profundidad. Para estratos entre 6 m y 30 m, debido a la cementación del suelo fino, se espera que la permeabilidad sea del orden de 10- 8 (m/s). Es por ello que, dado que se trata de una zona de riego, las aguas observadas en los sondajes se estiman sean de origen superficial. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El número de perforaciones dependerá del caudal que se genere. Las actividades de agotamiento tendrán como objetivo liberar del flujo de agua el área específica de trabajo, logrando circunscribir el agotamiento de manera tal que el agua, sólo en el lugar de trabajo, descienda bajo unos 50 cm de la estructura basal o sello de la fundación. Según el análisis hidrogeológico desarrollado se hizo un análisis para varios escenarios de niveles de explotación requerida. Para efectos de análisis y estimación de caudales, se consideraron los siguientes parámetros: • Permeabilidad (K) = 10-6 a 10-8 (m/s). • Nivel estático inicial de la napa = 1,8 m de profundidad (Caso más extremo). • Altura del nivel estático inicial = 140 m (Sobre la roca fundamental, ref. estudio DGA 2011). • Depresión requerida = 1,0; 2,5 y 5,0 m. Esto busca incorporar la variabilidad de la profundidad de la napa en los sectores de excavación del proyecto, la cual se proyecta de 5,0 m de profundidad cómo máximo. • Diámetro de la excavación = 40 m (29 m de diámetro fundación más sobre ancho). • Radio de influencia = Se estima posteriormente. • Radio de pozo equivalente = 20 m (Estimación según diámetro de excavación).
En la Figura siguiente se muestra un esquema del agotamiento. Figura: Esquema del agotamiento.
Fuente: Figura: Esquema del agotamiento. Adenda Complementaria.
En el cuadro siguiente se presentan los resultados obtenidos para los radios de influencia y los caudales de agotamiento.
Tabla. Resultados de radios de influencia y caudales de agotamiento. Depresión requerida (m) Radio de influencia (m) Caudal total (m3/s) K = 10-6 (m/s) K = 10-8 (m/s) K = 10-6 (m/s) K = 10-8 (m/s) 1,0 23,0 20,3 0,0063 0,0006 2,5 27,5 0,0063 0,0068 0,0006 5,0 35,0 0,0068 0,0077 0,0006 Fuente: Tabla 174. Resultados de radios de influencia y caudales de agotamiento. Adenda Complementaria.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Del cuadro anterior y en base a experiencias empíricas, es posible estimar que el caudal total de agotamiento, en caso de requerirse, debiese situarse en torno a los 8 l/s. En todos los escenarios se ha establecido que el nivel de la napa esté al menos 0,50 m bajo el sello de fundación de la excavación.
Es posible inferir que, en función de las distintas condiciones de permeabilidad y profundidad de la napa de cada sitio de fundación, los caudales de agotamiento podrán situarse en los rangos establecido en la Tabla anterior (Tabla “Resultados de radios de influencia y caudales de agotamiento.”). Los cuales indican que, de existir drenaje de agua subterránea a las excavaciones, éstos no serán significativos.
Para la seguridad de los taludes de la excavación y de las propiedades del suelo de fundación de la excavación, tanto durante esta actividad como durante la colocación de armaduras y hormigones, es necesario asegurar que el sello de fundación se mantenga seco y libre de las aguas superficiales y/o subterráneas, que gravitacionalmente puedan escurrir hacia la excavación.
En el caso de que en un sitio donde se emplace una fundación, se produzcan escurrimientos superficiales, subterráneos o una combinación de ambos se plantean, a nivel conceptual, las siguientes soluciones de manejo de aguas:
• Escorrentía superficial: Se plantea la ejecución de conducciones que permitan dar una solución puntual en torno a las obras, para luego redirigirlas siguiendo el patrón de drenaje natural del sitio, de manera que las aguas continúen con el escurrimiento original.
• Agotamiento: En caso de determinarse la presencia de una napa estacional producto de la época de riego, sobre la cota del sello de fundación, se deberá disponer de un sistema de agotamiento menor, en función de la profundidad de la napa, la cota del sello de fundación, la topografía del sector y la permeabilidad del terreno (determinada en función de los análisis in situ y tipo de suelo). Este sistema podrá consistir en bombas eléctricas o centrifugas de potencia reducida, que abatan la napa bajo el sello de fundación. En el siguiente Cuadro se presenta un esquema general de agotamiento:
Tabla. Esquema general de agotamiento. Actividad Semana 1 2 3 4 5 6 Roce y Despeje X
Replanteo excavaciones X
Instalación de equipos y puesta en servicio
X
Agotamiento
X X X X Fuente: Tabla 175. Esquema general de agotamiento. Adenda Complementaria.
• Seguimiento del nivel de las napas subterráneas
No obstante, lo anterior, el proyecto ha considerado implementar un sistema de seguimiento de las napas en cinco (5) sondajes realizados, cuyas coordenadas de presentan a continuación.
Tabla. Coordenadas geográficas de ubicación de los sondajes realizados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Coordenadas UTM WGS84 – H18S Sondaje UTM X (m) UTM Y (m) S01 749.343 5.905.788 S02 757.382 5.906.517 S03 757.043 5.904.578 S04 751.930 5.904.370 S05 755.383 5.905.892 Fuente: Tabla 176. Coordenadas geográficas de ubicación de los sondajes realizados. Adenda Complementaria.
Este monitoreo del nivel freático se realizará en forma estacional, comenzando con un seguimiento Pre- construcción (datos históricos desde el 2022), una vez obtenida la RCA y luego seguirá durante toda la extensión de la fase de Construcción. Estos monitoreos, serán reportados en forma estacional a la Autoridad y quedarán disponibles para la comunidad, a través de la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
De acuerdo a los cinco sondajes realizados a una profundidad de 30 m, durante la campaña de geotecnia, no se alcanzó el estrato de roca, por lo que se encuentra mucho más profundo que las fundaciones de los aerogeneradores. Esto implica que, indudablemente, la fundación no tendrá interacción con la roca madre en ningún punto y en ningún aerogenerador.
Por lo tanto, se prevé que durante la etapa de operación de los aerogeneradores no se producirá el fenómeno descrito anteriormente, dado que la fundación no se encuentra en contacto directo, ni con la napa ni con la roca madre.
Asimismo, como control operacional, los aerogeneradores y sus fundaciones en la ingeniería de detalle cumplen con lo estipulado en la norma NCh N°2.369/Of. 2023 “Diseño Sísmico de Estructuras e Instalaciones Industriales".
La norma NCh N°2.369/Of. 2023, titulada "Diseño Sísmico de Estructuras e Instalaciones Industriales", establece los requisitos y criterios para el diseño sísmico de estructuras e instalaciones industriales, incluyendo aerogeneradores y sus fundaciones. El objetivo principal de esta norma es asegurar que estas estructuras sean capaces de resistir las fuerzas generadas por eventos sísmicos, garantizar la seguridad de las personas y los activos involucrados.
El diseño sísmico de los aerogeneradores y sus fundaciones implica considerar diversos aspectos, como la clasificación de la zona sísmica en la que se encuentran ubicados, la evaluación de las acciones sísmicas que pueden afectar a la estructura, el análisis estructural para determinar las fuerzas y desplazamientos esperados durante un sismo, la selección de materiales apropiados y el diseño detallado de las fundaciones. De acuerdo al emplazamiento del proyecto (Región del Ñuble, comuna de Pemuco) y a lo señalado en la tabla 2 de la norma NCh 2369-2023, el proyecto clasifica en la zona sísmica 2, por lo cual los análisis sísmicos son desarrollados utilizando una aceleración efectiva máxima de diseño de Ao = 0,3 g.
Con los resultados obtenidos en la campaña de geotecnia preliminar, el suelo clasifica como tipo II (equivalente a suelo tipo C según la tabla 4 de la NCh 2369-2023), a continuación, se detalla información mencionada: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla. Tipo de suelo según NCh 2369-2023. Suelo tipo Vs30 (m/s) Tg (s) C Suelo denso o firme ≥ 350 < 0,40 (o H/V plano) Fuente: Tabla 170. Tipo de suelo según NCh 2369-2023. Adenda Complementaria.
En el caso de lo indicado “Además, que se solicite y adjunte la información de empresas que han construido los pozos profundos de los proyectos de la agroindustria, principalmente de las propiedades forestales que están siendo recuperadas para uso agrofruticola, que ya poseen los estudios de factibilidad del recurso hídrico y la información de la DGA de la zona.” se indica que la empresa que ha realizado los sondeos que se observan en la Figura “Plano de ubicación de los sondajes realizados” corresponde a Geoseismic Ltda. Se presenta la figura citada.
Figura. Plano de ubicación de los sondajes realizados.
Fuente: Figura 138. Plano de ubicación de los sondajes realizados. Adenda Complementaria.
Donde, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Vs30: Velocidad de propagación de ondas de corte los primeros 30 m de profundidad Tg : Período del suelo.
Con la información antes señalada y las especificaciones establecidas en el capítulo 14 de la norma NCh 2369, se calculan y diseñan los aerogeneradores y sus fundaciones. El comportamiento sísmico esperado del sistema aerogenerador - fundación es tal, que la operación de la instalación pueda interrumpirse en forma segura durante la ocurrencia del sismo de nivel de diseño y el sistema quede en condiciones de operar nuevamente después de un plazo breve, una vez terminado el sismo.
Previo al inicio de la construcción del proyecto, la empresa que suministre los aerogeneradores entregará una revisión sísmica independiente, que certifique que los elementos que conforman las turbinas cumplen lo establecido en la norma NCh 2369-2023.
Para el diseño en ingeniería de detalle de las fundaciones, se contará con la información suministrada de los aerogeneradores y una vez finalizado, se ejecutará una validación sísmica independiente, de acuerdo a lo establecido en la norma antes mencionada.
Respecto a lo observado: 1.2. En el caso de los polinizadores, abejas melíferas, abejas nativas y una amplia gama de insectos que participan en la polinización y teniendo en cuenta que son claves en la producción de alimentos, estimando una participación sobre el 70% de los alimentos que se producen en el planeta, y con un actor clave en la polinización, la dispersión de semillas y el mayor productor de nitrógeno en el mundo, que es el murciélago, clave sobre la soberanía alimentaria, sobre el cambio climático y con la dispersión de semillas, en la regeneración del bosque nativo, sumado a la pérdida de fauna, también es necesario el respaldo de estudios acabados con información de distintos organismos en la materia, independientes y respaldados con monitoreo, usando tecnología de imagen y sonido, con disponibilidad al servicio de la comunidad, que nos permita tener la información en tiempo real y con respaldo de la información mientras este el proyecto presente en la comuna, para que sirva como herramienta de fiscalización y prueba ante cualquier situación no prevista; y que estos mismos medios de monitoreo nos sirvan para monitorear el efecto sombra intermitente, al que se debieran sumar los organismos de salud pública, en materia física y mental, como garantes de la comunidad más sensible a estos, los que pueden sufrir algún trauma o cambio negativo de vida, como lo son los niños, adultos mayores y personas con discapacidades o trastornos.
A continuación, se presenta una respuesta segregada con referencia a cada una de las materias consultadas en la observación ciudadana, las cuales han sido abordadas de manera temática.
• Polinizadores en el área del proyecto
Uno de los servicios ecosistémicos más importantes es la polinización de las plantas que, como es sabido, desempeña un papel clave en la producción de alimentos y el mantenimiento de la diversidad de especies de plantas silvestres. El número estimado de especies de polinizadores a nivel mundial alcanza más de 1.200 para los vertebrados y casi 300.000 para los invertebrados, las cuales son responsables de la polinización de más del 90% de las angiospermas con flores y del 95% de plantas de cultivo. Entre los insectos polinizadores están los coleópteros, himenópteros, dípteros y lepidópteros.
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En Chile, el grupo más estudiado son los himenópteros con 464 especies de abejas de las cuales el 70% son endémicas y principalmente solitarias con una gran proporción restringidas a la región mediterránea (sur de Coquimbo al Ñuble); y luego los dípteros con 132 especies de sírfidos (Vieli et al., 2021). En el caso de las abejas, Apis mellifera, proporciona servicios de polinización muy valiosos para una gran variedad de cultivos agrícolas y es la especie polinizadora más frecuente
De acuerdo a Monzon, (2015) y el MMA, (2020) en la región de Ñuble podrían encontrarse insectos de las familias: Meliridae, Cleridae (Orden Coleóptera), Sirphidae, Tabaniidae y Bombiliidae (Orden Díptera) y abejas nativas de las familias Andrenidae, Apidae, Halictidae y Colletidae además de lepidópteros de las familias Hesperidae y Nimphalidae, y cuya presencia estaría asociada principalmente a flora nativa.
En general el efecto de los aerogeneradores en los insectos depende del lugar donde se ubicarán, de las poblaciones locales y de las migraciones, además del grado de intervención humana y biodiversidad existente en el área (Voigt, 2021).
Para el caso del AI del proyecto, esta se encuentra dominada por plantaciones de Pino radiata, seguido por plantaciones de Eucalipto con y que no son consideradas como especies atractivas para insectos polinizadores nativos.
Debido a las características del paisaje y a la actividad antropogénica donde se instalará el parque, es probable que la biodiversidad y abundancia de insectos polinizadores, ya haya sido reducida especialmente, por la actividad agrícola y forestal y por las plantaciones de pino y eucalipto (Vieli et al., 2021).
Dentro del AI del Parque existen, además, 27,32 ha (15,86%) de cultivo Agrícola, 21,85 ha (12,68%) de matorral arborescente y solo 8,69 ha (5,04%) de Bosque Nativo y 5,91 ha (3,43%) de Pradera.
Dentro de estas formaciones destacan especies como: Huingán (Schinus polygamus), Arrayán (Luma apiculata), Maqui (Aristotelia chilensis), Maitén (Maytenus boaria), Quillay (Quillaja saponaria), Boldo (Peumus boldus), los cuales presentan alturas de dos (2) a cuatro (4) metros.
Otras especies vegetales frecuentemente visitadas por abejas y que están presentes dentro del AI, son: la Rosa mosqueta (Rosa rubiginosa), Zarzamora (Rubus ulmifolius) y Romerillo (Baccharis linearis, con alturas que alcanzan de uno (1) a dos (2) metros) (Montenegro y Timmermann, 2002).
De acuerdo a lo anterior, la altura de vuelo de insectos polinizadores no debería superar los cuatro (4) metros por lo que, aunque estas fuentes de alimento se encuentren cerca de los aerogeneradores, estos no llegarían a las aspas y, por ende, no deberían afectarse.
Además, los insectos que viven en estos parches de bosque nativo normalmente no salen de sus áreas de alimentación y apareamiento (Grez y Zaviezo, 2002, Jofre, 2008, Otavo y Echeverría, 2017) por lo que, no deberían estar expuestos a los aerogeneradores.
Por otra parte, la actividad de vuelo de los insectos depende de la temperatura, humedad y de las condiciones de viento, las que determinan su abundancia y distribución. Estudios sobre la ecología del vuelo de los insectos indican que la abundancia de ellos ocurre predominantemente a bajas altitudes y la mayoría vuela a menos de 10 m (Kok et al., 2015). Byers (2011) determinó que la altura media de vuelo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
para más de 100 especies de insectos es de 0,17 a 5,40 m. En este caso la altura de la torre alcanza los 140 m, con un largo del aspa: 81 m logrando una altura total de 221 m, por lo que los insectos ubicados en esas zonas deberían estar fuera del área de riesgo.
Finalmente, cabe destacar de que el cambio de uso de tierras agrícolas hacia el desarrollo de parques eólicos ayuda a la conservación de especies cuando los aerogeneradores se instalan dentro de los cultivos. Según Pustkowiak et al., (2018) el terreno alrededor de los aerogeneradores puede ser un hábitat valioso para plantas silvestres e insectos polinizadores como: abejas, mariposas y moscas. Según este autor, la riqueza de especies, la abundancia y el índice de diversidad de plantas y polinizadores alrededor de los aerogeneradores son similares a los encontrados en corredores de praderas naturales y mayores que en los cultivos adyacentes.
En cuanto a los efectos de la Línea de Transmisión (LT), diversos estudios señalan que al permanecer como áreas sin intervención (libre de aplicaciones de insecticidas, herbicidas y monocultivos), los corredores mantenidos bajo la infraestructura de la LT son un hábitat potencialmente importante para polinizadores silvestres e introducidos (Hill y Bartomeus, 2016; Russo et al., 2021, Campbell et al., 2023). Se ha demostrado que los derechos de vía proporcionan un hábitat importante para abejas nativas en Maryland (Russell et al. 2005), mariposas en Canadá (Leston y Koper 2017), y para los abejorros en Suecia (Hill y Bartomeus 2016).
Bajo los corredores de LT se han reportado tanto abejas cleptoparasitas (Wagner y Ascher 2008) como abejas introducidas (Campbell et al. 2016).
Respecto a la clase quiróptera, dentro del Anexo 2.5 de la Declaración de Impacto Ambiental se tiene un estudio específico de quirópteros, indicando la presencia de seis (6) especies al interior del Área de Influencia del Proyecto: Murciélago de cola de ratón (Taradira. Brasiliensis), Murciélago orejas de ratón del sur (Myotis chiloensis), Murciélago orejudo del sur (Histiotus magellanicus), Murciélago orejudo menor (Histiotus montanus), Murciélago colorado del sur (Lasiurus varius) y Lasiurus villosissimus; todos ellos de carácter insectívoros, por lo cual su actividad y relación con la polinización, dispersión de semillas y en la regeneración del bosque nativo es prácticamente nula. En relación a la producción de nitrógeno, esto no ocurriría mientras los individuos vuelan, sino que en los lugares donde estos pernoctan, ambiente que no será afectado por el Proyecto. En efecto, en relación con el grupo de quirópteros (mamíferos), los principales sitios que podrían utilizarse como refugios corresponden a casas y galpones en Pemuco urbano y rural, áreas de bosque nativo y árboles (nativos o exóticos).
Respecto a los polinizadores presentes en el área, estos están representados principalmente por las abejas. Hasta el momento no existen reportes científicos que indiquen efectos adversos de parques eólicos sobre colmenas de abejas. No obstante, existe literatura que indica, en términos generales que una central eólica puede tener efectos directos en la modificación del hábitat existente en la zona y en algunos de los organismos que en él habitan, generando ruidos y movimientos que afectan el comportamiento (Premalatha et al., 2014, Dai et al., 2015). Para el caso particular de las abejas, los aerogeneradores no constituyen un riesgo directo sobre ellas. Varios elementos, principalmente biológicos, contribuyen a inducir esta teoría.
Según McCallum et al., (2014), los niveles de Campos Electromagnéticos (CEM) detectados en la base del aerogenerador bajo condiciones de 'viento fuerte' y 'viento bajo' son bajos (media = 0,9 mG; n = 11) y disminuyen rápidamente con la distancia, volviéndose indistinguibles dentro de los dos (2) metros de distancia de la base. Los campos magnéticos medidos por encima de un (1) metro de las líneas colectoras Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
enterradas también son bajos (≤ 0,3 mG), concluyendo que ninguna de estas fuentes influye en los niveles de campo magnético del ambiente en un radio de 500 m de los aerogeneradores.
Lo anterior concuerda con los resultados del Estudio de Campos electromagnéticos Anexo 1.10 de la DIA del Proyecto Parque Eólico Pemuco, y que indica que un generador de 6,2 MW, a nivel del suelo, podría tener una inducción magnética del orden de 3,2 [mili Gauss], equivalente a 0,33 µT en la base del aerogenerador y 0,10 µT a 10 m, lo que es significativamente menor a los CEM utilizados en los diferentes estudios señalados anteriormente, por lo que se puede estimar que tampoco deberían influir en la actividad de forrajeo de las abejas.
Para poder disponer de una mayor velocidad de viento, las torres de los aerogeneradores alcanzan alturas de 165 m y sus aspas están ubicadas a 90 m del suelo. Si bien, la abundancia de insectos ocurre predominantemente a bajas altitudes (hasta 153 m). El 54% de ellos vuelan a menos de 10 m del suelo y el viento y/o las corrientes de convección pueden afectar su abundancia (Kok et al., 2015).
Las aspas de un aerogenerador capturan el viento y transmiten su potencia hacia el buje. El viento hace girar las aspas al incidir sobre ellas, convirtiendo así la energía cinética del viento en energía mecánica que se transmite al rotor. En este movimiento, los insectos que son transportados por las corrientes de aire para su desplazamiento a largas distancias y altitud, normalmente insectos de tamaños reducidos (1 a 3 mm, tales como: mosquitos, áfidos, langostinos), son los que se pueden acumular en las aspas, produciendo contaminación en ellas (Kok et al., 2015).
La ruta de desplazamiento que realizan las abejas, a diferencia de este grupo de insectos que se desplazan movidos por las corrientes de aire, está definida por la ubicación del alimento, lo cual es informado a través de la danza primero, por abejas scout y luego, por forrajeras o recolectoras.
Las abejas scout transfirieren la información obtenida a las abejas dentro de la colonia, con lo que evitan costos energéticos de búsqueda por forrajeras individuales (Schaffer et al., 1979). Una exploradora que descubre una fuente de alimento a 10 km del nido podría directa e indirectamente (a través de señales de reclutamiento), reclutar a toda la fuerza de forrajeo de la colonia (Beekman y Ratnieks, 2000). Por el contrario, si en una determinada área de búsqueda no hay alimento, la masa forrajera de abejas no volará sobre ella. Las abejas son reconocidas por evaluar las distancias de vuelo de acuerdo a la energía gastada en los vuelos de forrajeo.
Por decodificación de la danza, Vischer y Seely (1982), demostraron que las abejas forrajean regularmente a varios kilómetros desde la colmena. Las distancias promedio fluctúan entre 600 y 800 m lineales, pero cuando el alimento no se encuentra disponible en el área circundante a la colmena, las abejas pueden volar con un radio máximo de 6 a 10 km (Beekman y Ratnieks, 2000).
El poder de vuelo permite a las abejas forrajeras buscar alimento a diferentes alturas por encima del suelo. Estudios realizados por Esch y Burns (1996), demuestran que abejas pecoreadoras pueden llegar a alimentadores ubicados a 34, 50, 70 y 90 m sobre el suelo.
De acuerdo a lo anterior, es importante destacar que la distancia y altura de vuelo de las abejas estará dada por la ubicación a la cual se encuentre el alimento, jugando un rol importante las especies vegetales de interés apícola presentes en el área.
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En este sentido, según el Anexo 4.8 Línea Base de Flora y Vegetación de la Adenda del Parque Eólico Pemuco, dentro del área de influencia (AI), se identificaron diez Unidades Homogéneas de Vegetación (UHV), las que corresponden a: Bosque mixto, Bosque nativo, Cortina vegetal, Cultivo agrícola, Formación de exóticas asilvestradas, Matorral arborescente, Matorral, Plantación forestal, Pradera y Zonas de alta humedad.
Adicionalmente a las UHV, se han identificado superficies que se caracterizan por la ausencia de vegetación, como es el caso de la unidad de Otros Usos.
La mayor parte del AI del proyecto se encuentra dominada por la unidad de Plantación Pino radiata o Eucalyptus con una superficie de 88,06 ha (51,13%), los que no se constituyen como especies de interés apícola.
A continuación, está la unidad de Cultivo Agrícola con una superficie de 27,32 ha (15,86%), Matorral arborescente con 21,85 ha (12,68%), Otros Usos con 11,24 ha (6,53%), Bosque Nativo con 8,69 ha (5,04%), Pradera 5,91 ha (3,43%), Bosque Mixto con 0,55 ha (0,32%), Formación de Exóticas Asilvestradas con 3,15 ha (1,81%), Cortinas vegetales con 0,21 ha (0,12%) y las Zonas de alta humedad con 3,68 ha (2,13%).
Dentro de estas formaciones destacan especies de aptitud melífera como: Huingán (Schinus polygamus), Arrayán (Luma apiculata), Maqui (Aristotelia chilensis), Maitén (Maytenus boaria), Quillay (Quillaja saponaria), Boldo (Peumus boldus) (Montenegro y Timmermann, 2002), los cuales presentan alturas de dos (2) a cuatro (4) metros.
Otras especies vegetales frecuentemente visitadas por las abejas presentes dentro del AI, son: la Rosa mosqueta (Rosa rubiginosa), Zarzamora (Rubus ulmifolius) y Romerillo (Baccharis linearis) (Montenegro y Timmermann, 2002), con alturas que alcanzan de uno (1) a dos (2) metros.
De acuerdo a lo anterior, la altura de vuelo de las abejas no debería superar los cuatro (4) metros por lo que, aunque estas fuentes de alimento se encuentren cerca de los aerogeneradores, las abejas no llegarían a las aspas y, por ende, no deberían afectarse.
Las abejas en condiciones de viento calmo o cuando hay viento en contra, tienden a volar cerca del suelo (Dyer, 2002; Ish-Am y Eisikowitch, 1998).
Durante el forrajeo, ya sea de una recolectora o de una abeja exploradora, la ubicación de la fuente de alimento es guiada por el sentido del olfato y, por lo tanto, el movimiento se realizará en dirección en contra del viento. Por otra parte, a mayor velocidad de viento las abejas tienden a volar en contra, debido a restricciones aerodinámicas, ya que es más fácil para ellas despegar y aterrizar contra el viento (Woodell, 1978), y prefieren volar a favor del viento cuando están cargadas o pesadas (Ish-Am y Eisikowitch, 1998). Finalmente, trabajos realizados por el Dr. Dariusz Karwan de la Universidad Tecnológica de Pomerania Occidental en Szczecin, Polonia, quien estudió el comportamiento, rendimiento de miel, cera y propóleo, de diez familias de abejas melíferas (Apis mellifera carnica), ubicadas cerca de aerogeneradores y de otras diez familias a 11 km de aerogeneradores, demostraron que no existen efectos negativos en el comportamiento o salud de las colonias de abejas cercanas al parque eólico. Además, durante los dos años de investigación las colmenas ubicadas cerca del parque eólico produjeron una mayor cantidad de miel y propóleos, debido a las frías condiciones climáticas (Science in Poland, 2019).
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De acuerdo a los trabajos revisados, los campos electromagnéticos generados por líneas de transmisión eléctrica en condiciones reales podrían afectar a las abejas, sólo si las colmenas se ubicaran directamente debajo de líneas de transmisión de 110 y 220 kV, o niveles de tensión mayores. Los efectos negativos en el comportamiento o la salud de las colmenas se agudizan, pudiendo llegar a un despoblamiento, si están a distancias menores de 29 m de éstas.
Según los resultados del estudio de CEM de la línea de transmisión (220 kV) del proyecto Parque Eólico Pemuco, se establece que el campo electromagnético de la misma abarca un área de influencia de 29 metros a cada lado del eje de la línea de transmisión, por lo que no se recomienda ubicar apiarios dentro de esta franja.
De acuerdo a la información recopilada en terreno, en el área de influencia del proyecto existen 12 apicultores, el más cercano a la línea está ubicado a 110 m respecto al eje de la línea de transmisión del Proyecto, quedando fuera del área de influencia de campos electromagnéticos que esta genera (29 m por lado), por lo que se espera no se genere efecto negativo en el comportamiento, ni en la salud de las colmenas de abejas.
• Aves y Quirópteros en el área del proyecto Siguiendo con lo anterior, respecto a la clase quiróptera, dentro del Anexo 2.5 de la Declaración de Impacto Ambiental se tiene un estudio específico de quirópteros, indicando la presencia de seis (6) especies al interior del área de influencia del Proyecto: Murciélago de cola de ratón (Taradira. Brasiliensis), Murciélago orejas de ratón del sur (Myotis chiloensis), Murciélago orejudo del sur (Histiotus magellanicus), Murciélago orejudo menor (Histiotus montanus), Murciélago colorado del sur (Lasiurus varius) y Lasiurus villosissimus, todos ellos de carácter insectívoros, por lo cual su actividad y relación con la polinización, dispersión de semillas y en la regeneración del bosque nativo es prácticamente nula. No obstante, lo anterior y en virtud del principio precautorio, el Titular ha propuesto como una medida de carácter voluntario el seguimiento y monitoreo de fauna voladora, con la finalidad de determinar la tasa real de mortalidad respecto a las obras del Proyecto y su impacto en las aves migratorias, con el objeto de evitar la pérdida de biodiversidad.
De esta manera, se implementará un Plan de Monitoreo de fauna voladora, el cual involucrará: 1) Monitoreo aves: Se realizará el estudio de la diversidad y abundancia de aves y comportamiento de vuelo de las aves en diversos períodos, de modo de comparar los cambios que puedan sufrir las especies con el emplazamiento del proyecto. 2) Monitoreo acústico: El monitoreo acústico de quirópteros consiste en la implementación de las técnicas y métodos adecuados para levantar información biológica (actividad y riqueza especifica) y de las variables ambientales (velocidad del viento y temperatura). 3) Búsqueda y remoción de carcasas: Consiste en la inspección pedestre de las obras del proyecto (aerogeneradores y línea de alta tensión), de forma para detectar la presencia de carcasas. La información anterior permitirá identificar la existencia de obras críticas, que están efectivamente causando pérdida de biodiversidad.
Lugares de monitoreo de fauna voladora
El lugar donde se realizará este monitoreo de fauna voladora se describe a continuación: 1) Monitoreo de aves: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Será realizado en las estaciones de monitoreo reconocidas en el informe de tránsito aéreo. Éstas serán complementadas con estaciones de ubicación variable, las cuales se irán adaptando según las singularidades del comportamiento de las aves y tipos de ambientes del lugar.
2) Monitoreo acústico: Se considerará 15 puntos de monitoreo. La ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo acústico se determinará en terreno, priorizando sectores que cuenten, dentro de posible, con las características necesarias para poder registrar actividad de murciélagos, como son sectores húmedos, construcciones u otros, además de encontrarse cercanos a los aerogeneradores.
3) Búsqueda y remoción de carcasas: La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores en operación, en un radio de 100 metros alrededor de su base. Además, se realizará a lo largo de la Línea de Alta Tensión, en una distancia de 50 metros a ambos lados desde la porción central de ésta. Ejecución de los monitoreos de fauna voladora
A su vez, la forma de implementación del monitoreo se describe a continuación:
4) Monitoreo de aves: Se realizará el avistamiento directo de aves en los puntos de monitoreo establecidos, para determinar la riqueza y abundancia de las especies, y sus patrones de vuelo.
Para lo anterior, se ejecutará un conteo continuo de aves, efectuado por un observador apoyado con binoculares, en un período de tiempo aproximado de cuatro (4) horas en cada estación. Se desarrollarán réplicas de los puntos (AM-PM), con el objetivo de establecer patrones diarios de vuelo.
El período de conteo tendrá lugar en horas cercanas al amanecer y atardecer, ya que la actividad de las aves presenta un patrón bimodal con valores máximos en estos horarios (SEA, 2015). Las variables a considerar para cada punto de muestreo se detallan a continuación: • Riqueza de especies. • Número de individuos. • Hora de vuelo. • Dirección de vuelo. • Altura de vuelo. • Patrones de vuelo y uso del área.
El monitoreo de tránsito aéreo se desarrollará durante el último año de la fase de Construcción, en períodos estacionales. Para la fase de Operación, se considerarán monitoreos estacionales de modo de comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones o electrocuciones.
5) Monitoreo acústico:
La prospección acústica de manera continua a lo largo de la noche permite obtener el espectro completo de actividad de las diferentes especies. Se recorrerá el sector para lograr finalmente seleccionar la ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo.
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Se realizará un monitoreo con equipos detectores de ultrasonidos autónomos, dispuestos de manera de abarcar homogéneamente el área del proyecto. Los equipos permanecerán durante una noche completa en cada uno de los quince puntos, con un micrófono ultrasónico, ubicado a dos metros de altura.
Con los datos acústicos se medirá:
Riqueza de especies.
Actividad de los quirópteros para cada punto siguiendo la metodología Miller (2001).
Variación del número de registros por especie a lo largo de la noche.
Adicionalmente, se medirá la temperatura (ºC) con equipo acorde, mientras que los registros de viento podrán ser adquiridos de la estación meteorológica del Proyecto.
Con las mediciones anteriores se determinará:
Variación temporal y espacial de las variables ambientales.
Relación entre la composición del ensamble y nivel de actividad de quirópteros con las variables ambientales.
El monitoreo acústico se realizará durante el último año de la fase de Construcción, en períodos estacionales. Para la fase de Operación, se considerarán monitoreos estacionales de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones.
6) Búsqueda y remoción de carcasas:
La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base, y en el trazado de la LAT se realizará en una distancia de 50 metros desde la porción central de esta, a ambos lados del eje de la línea. Para ambos casos se realizará un recorrido pedestre cada 10 metros alrededor.
Figura. Esquema de búsqueda de individuos siniestrados alrededor de las torres eólicas.
Fuente: Figura 113. Esquema de búsqueda de individuos siniestrados alrededor de las torres eólicas. Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Figura. Búsqueda de individuos siniestrados en la LAT.
Fuente: Figura 114. Búsqueda de individuos siniestrados en la LAT. Adenda Complementaria.
Las labores a realizar son las siguientes: 1. Inspeccionar en los radios de los aerogeneradores y de la LAT carcasas de fauna para su retirada. 2. Identificar y registrar las carcasas, distinguiendo el grupo animal, e idealmente por especie. 3. La búsqueda se realizará en todos los aerogeneradores del proyecto y trazado de la LAT, de modo de evitar que los cadáveres se descompongan rápido o sean presa de otros animales. 4. Para determinar la tasa real de mortalidad se realizarán experimentos estacionales de eficiencia de búsqueda de carcasas a los profesionales, y experimentos de remoción de carcasas por predadores, para determinar los índices de corrección que ajustarán la tasa real de mortalidad del parque.
Periodicidad de monitoreos de fauna voladora Finalmente, la periodicidad con que se realizarán los monitoreos son las siguientes: Fase de Construcción: Durante el último año de la fase de Construcción, se consideran monitoreos de aves y acústico con periodicidad estacional (4 monitoreos al año).
Fase de Operación:
1. Monitoreo de aves y acústico trimestrales, durante el primer año de la fase de Operación. 2. Búsqueda y remoción de carcasas con periodicidad semanal, durante el primer año de la fase.
Estos monitoreos, serán reportados en forma según cada periodicidad a la autoridad y quedarán disponibles para la comunidad a través de la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
En relación a la eventual pérdida de fauna por parte del proyecto:
En una primera instancia es importante señalar que el Área de Influencia del Proyecto se encuentra emplazado en un área asociada a una gran intervención antrópica. Esto se ve reflejado en la distribución de las Unidades Homogéneas de Vegetación (UHV), La mayor parte del AI del proyecto se encuentra dominada por la unidad de Plantación Pino radiata o Eucalyptus con una superficie de 88,07 ha (51,13%), los que no se constituyen como especies de interés apícola.
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A continuación, está la unidad de Cultivo Agrícola con una superficie de 27,32 ha (15,86%), Matorral arborescente con 21,85 ha (12,68%), Otros Usos con 11,25 ha (6,53%), Bosque Nativo con 8,69 ha (5,04%), Pradera 5,91 ha (3,43%), Bosque Mixto con 0,55 ha (0,32%), Formación de Exóticas Asilvestradas con 3,15 ha (1,81%), Cortinas vegetales con 0,21 ha (0,12%) y las Zonas de alta humedad con 3,68 ha (2,13%).
Desde esta perspectiva, no es de extrañar que el ensamble de vertebrados terrestres registrará una riqueza de92 especies de vertebrados terrestres, correspondiente al 55,7% del total de especies potenciales para el área, siendo en su mayoría especies típicas de zonas rurales o asociadas a una matriz agrícola forestal.
En cuanto al estado de conservación de las 92 especies identificadas, 28 de las especies registradas presentan alguna categoría de conservación según la legislación vigente. De éstas, cuatro (4) especies corresponden a reptiles, dos (2) especies de anfibios, 10 especies de aves y 12 mamíferos. Es importante indicar que 26 de ellas se encuentran con categorías que no representan, actualmente, amenazas en sus poblaciones.
Por otra parte, dos (2) especies muestran una categoría de Datos Insuficientes. A su vez, hay dos (2) especies que se encuentran en alguna categoría de amenaza, según los criterios establecidos por la UICN. Estas especies son el Gato Güiña (Vulnerable) y la Becacina pintada (En Peligro). De estas especies, en términos de frecuencia es posible indicar que, para ambas, se realizó un registro de un único ejemplar durante la totalidad de las campañas de terreno.
La clase que adquiere la mayor relevancia corresponde a las aves, de las cuales 49 especies no volaban a más de 30 metros, 23 de ellas no excedían los 60 metros y 8 especies sobrepasaban los 60 metros de altura. Las especies que presentaron la mayor altura de vuelo es el Aguilucho y el Jote de Cabeza Negra, llegando a una altura máxima estimada de 130 m. Respecto al rumbo de vuelo, la dirección Noreste era el más frecuente en general. De esta manera, la operación del Parque Eólico proyectado, con una configuración de aerogeneradores con altura de buje de hasta 155 metros y una longitud de pala de 85 metros de largo, permite estimar que aquellas aves que, eventualmente podrían tener algún tipo de interacción con la operación del Proyecto, corresponden a aquellas que tengan una altura de vuelo superior a los 70 metros. Respecto al efecto de la Línea de Alta Tensión de 4,24 km sobre las aves, ésta estará conformada por 19 estructuras con una distancia variable entre ellas (distancia mínima de 90 m y una distancia máxima de 322 metros) y una altura de 27 a 33 metros, aproximadamente. Las aves que eventualmente podrían tener interacción con esta obra corresponden a aquellas que tengan alturas de vuelo similares y el riesgo variará en función de la distancia entre las torres.
No obstante, lo anterior, el diseño de los Aerogeneradores contempla un sistema de balizas en la parte superior de la góndola, como parte de las exigencias de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), pudiendo instalarse luminarias blancas intermitentes para el día y luminarias rojas intermitentes para la noche, destinadas a alertar la presencia de los aerogeneradores. Asimismo, el diseño de la Línea de Alta Tensión contempla, por un lado, los conductores bajo la cruceta y, por el otro, la instalación de peinetas en las torres de anclaje, remate y suspensión de la LAT, y disuadores de vuelo de tipo espiral amarillo de polipropileno en el cable guardia de ésta.
Para aquellas especies de vertebrados terrestres de baja movilidad y con alguna singularidad ambiental, específicamente, para reptiles de baja movilidad en “Preocupación Menor” que se encuentren en sectores con obras lineales y areales asociadas a los ambientes relevantes de fauna, se ejecutarán actividades de perturbación controlada, que permitan contribuir a que el desarrollo constructivo tenga bajos efectos sobre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
este tipo de especies. Por lo tanto, tras el análisis de los antecedentes, líneas de base y modelaciones, el Proyecto ingresó mediante una Declaración de Impacto Ambiental, en virtud que no se prevén impactos ambientales significativos. Para la fauna voladora se contempla mantener un seguimiento de la información biológica y comportamiento de las aves y murciélagos, en función de la posible interacción con el parque.
Finalmente, respecto a la Fauna íctica, se registró la presencia de siete (7) especies, de las cuales seis (6) corresponden a especies nativas y sólo una (1) especie corresponde a una especie introducida. Dentro de las especies nativas identificadas, cabe destacar la presencia de dos (2) especies con una categoría en conservación de “En Peligro”. En términos de abundancia, expresada como Captura por Unidad de Esfuerzo (CPUE), estandarizada a individuos capturados en 30 minutos de pesca, se registró una captura total de 60 individuos. La especie de mayor abundancia correspondió a la especie nativa P. trucha, con 15 individuos capturados.
El Proyecto considera realizar modificación de cauces asociados a caminos y canalizaciones de media tensión subterráneas: Estero Río Seco, Estero Pemuco, Río Relbún y Estero sin nombre (humedal antropizado), sin embargo, se hace presente que los cauces a intervenir para las obras de atravieso no serán interrumpidos en su flujo. En los casos que haya flujo durante el periodo de construcción, se deberá desviar las aguas mediante sacos de arena (ataguías). Además, es de interés señalar que las obras civiles consideran obras tipo de cajón simple o cajón doble de hormigón armado.
Con todo lo anterior, se indica que el Proyecto no generará impacto alguno sobre las especies de ictiofauna de carácter nativo identificadas en el área de estudio, ya que en las actividades y obras asociadas a la modificación de cauces no interrumpirán el flujo de los cursos de agua señalados.
Con ello, se concluye que el Proyecto se desarrollará en un área con ambientes altamente perturbados por el humano, además, considerando que la superficie del área de influencia del Proyecto no es significativa respecto de la superficie de distribución geográfica de las especies endémicas, en categoría de conservación y con poblaciones reducidas SAG (2015) registradas en el área, es posible concluir que, tanto la construcción como la operación del mismo, no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, en este caso la diversidad de fauna.
• Efecto Sombra Intermitente Por otra parte, los efectos que puede generar el Proyecto eólico en cuanto a la generación el efecto sombra intermitente (shadow flicker), han sido presentados en el Anexo 1.6 de la Declaración de Impacto Ambiental, dentro del cual se indica lo siguiente:
El efecto Shadow Flicker sólo se produce sobre un receptor, si se combinan diferentes variables de tipo astronómico, geográfico y meteorológico, y sólo se produce por tiempos y momentos limitados. Tal interrupción puede hacer que las condiciones de iluminación de una habitación con ventanas orientadas hacia el aerogenerador varíen en forma intermitente, situación que puede resultar en una eventual molestia a las personas que viven en el área cercana a las dichas obras.
Si bien no existen normas primarias de calidad vigentes en Chile en lo referido al efecto de proyección de sombra intermitente, se emplea como norma de referencia la “guía técnica alemana”. Conforme al Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
procedimiento metodológico de esta guía, se contabilizaron 1.850 receptores habitables dentro del Área de Estudio, de los cuales únicamente 1.645 recibirán algún efecto sombra intermitente, y, por ende, se encontrarán dentro del Área de Influencia. De estos, únicamente 822 no cumplieron con la duración de exposición anual recomendada para alguno de los tres máximos recomendados evaluados (escenario astronómico más desfavorable; 1-. 30 horas /año, 2-. 30 minutos /día y escenario astronómico real: 3-. 8 horas/año), en alguno de los dos escenarios modelados. El resto (823 receptores), cumplen los niveles de exposición anuales y diarios para los dos escenarios estudiados.
Control operacional de Efecto Sombra Por ello, el Titular implementará un sistema de detención automático con sensor meteorológico en todos los aerogeneradores que ocasionan el efecto sombra intermitente, independiente si se asocian a receptores que no superan los máximos diarios configurados
(30 min/día o 0 min/día), y los máximos permisibles acumulados (8 horas/año o 0 horas/año). con el objetivo de no sólo restringir el funcionamiento en donde se supera, sino que también prever potenciales casos aislados de superación durante la operación y que la modelación no haya considerado. Por ende, la medida será adoptada en todos los aerogeneradores que sean necesarios.
Cabe tener en consideración que la modelación fue efectuada bajo una mirada conservadora, es decir, asumiendo que la edificación corresponde a un invernadero (ventanas en todas sus fachadas) y sin tomar en cuenta la presencia de obstáculos relevantes en el área de estudio (árboles ornamentales y muros). En la práctica, dichas condiciones reducen e incluso eliminan el efecto de sombra intermitente en varios receptores. Por ende, en la modelación realizada el efecto de sombra intermitente se ve sobrestimado.
Conforme a lo anterior, se limitará el funcionamiento del aerogenerador durante los periodos en los que se genera el efecto sombra, de forma de garantizar que no se superen las 8 horas/año o 30 minutos/día de exposición, en la totalidad de los receptores identificados dentro del área de influencia, sin embargo, en vista que en Pemuco urbano se identifica una mayor densidad de edificaciones, el Titular ha considerado restringir aún más el efecto sombra intermitente en dichos receptores, de forma de terminar llevándolo, hasta 0 horas/año y 0 minutos/día.
De esta manera, y en atención a que el criterio SEA señala que: “Si habiendo potencial superación respecto de la guía técnica de referencia alemana y el titular del proyecto implementa un sistema de desconexión automática transitoria sobre los aerogeneradores involucrados, como parte del diseño del proyecto, se considerará que no se generan impactos significativos asociados al efecto sombra intermitente, toda vez, que la guía técnica reconoce que para dar cumplimiento a los niveles máximos permisibles, se puede utilizar el sistema de desconexión automática transitoria para el control del efecto sombra intermitente”.
Con la inclusión del sistema de detención integrado en 15 aerogeneradores (AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27), se establece que no existirá superación de los niveles recomendados, en ninguno de los receptores analizados. No obstante, de existir algún cambio, este sistema será implementado en todos los aerogeneradores necesarios que permitan cumplir con los límites establecidos.
• Frecuencia de Operación de los Aerogeneradores Por otro lado, a frecuencias mayores a 2,5 Hz (velocidades de giro mayores), se pueden originar molestias sobre la salud, tales como problemas de concentración, dolores de cabeza o en el caso más extremo, y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
sólo para un grupo muy reducido de población, epilepsia. No obstante, el diseño de los aerogeneradores proyectados para la operación del Parque Eólico Pemuco considera velocidades máximas de 8,8 revoluciones por minuto, equivalentes a rangos menores a 1,0 Hz. De esta forma, se concluye que la frecuencia de operación de los equipos se encontrará por debajo de los cánones de frecuencia que son percibidos como molestos por la población.
De esta manera, de acuerdo a los antecedentes expuestos en el presente documento es posible establecer que las emisiones del efecto shadow flicker del Proyecto, no generarán impactos significativos en los términos descritos por el Art. 5º y Art. 7° del D.S. Nº 40/12, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
• Plan de Monitoreo de Efecto Sombra No obstante, lo anterior, el Titular ha determinado implementar un Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente para la fase de operación del Proyecto.
Este monitoreo tendrá por objetivo verificar el correcto funcionamiento del sistema de detención automático, en relación con los límites recomendados o las restricciones adicionales consideradas.
• Pemuco rural y localidades: 30 min/día u 8 horas/año. • Pemuco urbano: 0 min/día o 0 horas/año.
Respecto a los sectores determinados como “Pemuco Rural y localidades”, y “Pemuco Urbano”, la primera corresponde a la zona rural de Pemuco y las localidades aleñadas a la ciudad, pero fuera del límite urbano, que se encuentran dentro de la comuna, mientras que la segunda se refiere a la zona urbana de Pemuco, es decir, dentro del límite urbano de la ciudad propiamente tal. En este sentido, Pemuco Urbano corresponde al sector contenido en el polígono verde de la siguiente Figura 131, y Pemuco Rural es todo aquello que se encuentra dentro de la comuna, pero fuera del límite urbano.
Figura. Pemuco Urbano. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 131. Pemuco Urbano. Adenda Complementaria.
El Sistema de detención automático generará un registro con todos los eventos de proyección de sombra, los cuales contienen la siguiente información para cada aerogenerador asociado: 1. Código del Aerogenerador 2. Fecha y hora de ocurrencia 3. Fecha y hora de reinicio del aerogenerador (vuelta en funcionamiento) 4. Duración de la detención
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El plan de monitoreo del efecto Shadow Flicker se desarrollará a través del análisis de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático (SDT), verificando el cumplimiento de los máximos diarios y anuales.
Con la información se verificará que el SDT esté funcionando de manera correcta, ajustándolo en los casos que sea necesario, con las variables reales del entorno y con eventuales circunstancias donde se esté generando el efecto sombra por sobre lo recomendado o restringido.
Con lo anterior, se verificará el cumplimiento de los límites máximos diarios configurados (30 min/día o 0 min/día), y los máximos permisibles acumulados (8 horas/año o 0 horas/año). La información será presentada a través de un informe con la siguiente estructura: - Introducción - Objetivos - Metodología - Resultados - Proyección anual del efecto sombra - Conclusiones
Finalmente, esta información será entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a la cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl , donde la información será pública y se encontrará a libre disposición para los interesados una vez obtenida la RCA.
• Periodo del monitoreo de Efecto Sombra El seguimiento al sistema de detección automático se realizará durante los primeros tres años de la fase de operación del proyecto, generando el reporte con los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático. La frecuencia de este monitoreo será constante y permanente, ya que es en tiempo real, a través del centro de control de operación del Proyecto.
Estos monitoreos, serán reportados en forma según cada periodicidad a la autoridad y quedarán disponibles para la comunidad a través de la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
En relación al reporte de los monitoreos: del efecto sombra: a) La periodicidad de los reportes será semestral, y darán cuenta del cumplimiento de los minutos/día y horas/año de exposición, con los registros de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control de éstos (código del aerogenerador, fecha y hora de ocurrencia, fecha y hora de vuelta en funcionamiento del aerogenerador y duración de la detención). b) La información obtenida a partir de los monitoreos será entregada a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a la cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl, donde la información será pública y se encontrará a libre disposición para los interesados. c) La información quedará a disposición a través del sitio web de la SMA http://www.sma.gob.cl, por lo que los organismos de salud pública podrán revisarla cuando lo requieran.
En relación a la siguiente frase indicada en la observación “también es necesario el respaldo de estudios acabados con información de distintos organismos en la materia, independientes y respaldados con monitoreo, usando tecnología de imagen y sonido, con disponibilidad al servicio de la comunidad, que nos permita tener la información en tiempo real y con respaldo de la información mientras este el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
proyecto presente en la comuna, para que sirva como herramienta de fiscalización y prueba ante cualquier situación no prevista” se solicita que señale todos los monitoreos que se realizarán, separados en las distintas fases del proyecto. Además, se debe aclarar quiénes realizarán los monitoreos, cuáles serán a tiempo real y si dichos registros podrán ser consultados por la comunidad” se abordará ello en la siguiente tabla, con el resumen de todos los monitoreos que realizará el titular.
Tabla. Resumen de monitoreos comprometidos por el Titular. Fase Monitoreo Personal a cargo Forma de control y seguimiento
Construcci ón Monitoreo de ruta ITO ENGIE en faena Informes técnicos disponibles en las instalaciones del Proyecto. Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa Profesional especialista Informes técnicos con un plazo de entrega de 30 días hábiles posteriores al término de la campaña de monitoreo, los que serán remitido a la SMA y SUBPESCA Plan de Monitoreo de Nivel Freático Profesional especialista Informes técnicos con un plazo de entrega de 30 días hábiles posteriores al término de la campaña de monitoreo, los que serán remitido a la SMA. Plan de verificación y control para las barreras acústicas Entidad Técnica Fiscalizadora del Estado (ETFA)
Entrega trimestral de un informe de verificación de las medidas de control de ruido a la SMA. Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria Entidad Técnica Fiscalizadora del Estado (ETFA)
Entrega trimestral de un informe de verificación de las medidas de control de ruido a la SMA.
Operación Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (mediante el sistema de detención automático)
Profesional especialista
Reportes de los informes técnicos al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medioambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl
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Plan de Monitoreo de Fauna Voladora (aves y quirópteros)
Profesional especialista Informes trimestrales, con los resultados del Programa de monitoreo de fauna voladora. Al finalizar el programa (primer año) se elaborará un informe final el que contendrá la síntesis de los resultados de la fase de construcción respecto del primer año de operación, con su respectiva evaluación sobre los cambios en los parámetros comunitarios básicos (riqueza, abundancia), y la valorización del efecto del proyecto sobre estos (identificación de aerogeneradores críticos). Los informes serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente, al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl, con copia al Servicio Agrícola Ganadero, 30 días después de realizado los monitoreos mensuales. Monitoreo de ruido en fase de Operación ETFA especialista en ruido Los resultados del Plan de Monitoreo serán entregados al término de la ejecución del Plan a la Superintendencia del Medio Ambiente. Fuente: Tabla 177. Resumen de monitoreos comprometidos por el Titular. Adenda Complementaria.
• Monitoreo de Ruta: El Titular se compromete a realizar un monitoreo del estado de la misma antes, durante y después de la construcción del proyecto, a fin de detectar posibles daños ocasionados por el tránsito vehicular del Proyecto. El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la ruta N-85 se realizará en forma semanal, obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Este monitoreo se llevará a cabo durante todo el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso. En caso de detectar algún deterioro de la ruta que pueda ser atribuido al flujo vehicular y/o paso de camiones relacionado directamente con la construcción del Parque Eólico Pemuco, se realizarán las coordinaciones necesarias con la autoridad competente para ejecutar labores de normalización y/o reparación de los tramos de vías afectados.
Compromisos Ambientales Voluntarios:
CAV-18 Monitoreo de Ruta. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-18 Monitoreo de Ruta. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: realizar un monitoreo del estado de la ruta N-85 antes, durante y después de la construcción del proyecto.
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Descripción: realizar un monitoreo del estado de la misma antes, durante y después de la construcción del proyecto, a fin de detectar posibles daños ocasionados por el tránsito vehicular del Proyecto. El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la ruta N-85 se realizará en forma semanal, obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Este monitoreo se llevará a cabo durante todo el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso. En caso de detectar algún deterioro de la ruta que pueda ser atribuido al flujo vehicular y/o paso de camiones relacionado directamente con la construcción del Parque Eólico Pemuco, se realizarán las coordinaciones necesarias con la autoridad competente para ejecutar labores de normalización y/o reparación de los tramos de vías afectados.
Justificación: Verificar si a causa del proyecto se produce un deterioro en la ruta N- 85. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tramo de la ruta N-85 entre la ruta 5 y el área del Proyecto.
Forma: El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la ruta N-85 se realizará en forma semanal, obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Se elaborarán informes mensuales con los resultados de la verificación en terreno.
Oportunidad: durante todo el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso, de forma mensual. Indicador que acredite su cumplimiento - El indicador de cumplimiento será el registro fotográfico de la ejecución de estas actividades. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento será a través de un informe con los resultados de la verificación en terreno el cual se entregará al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medioambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl. El informe se entregará en una ocasión, luego de 30 días de finalizado el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto.
CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático).
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático). Impacto asociado No aplica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el correcto funcionamiento del sistema de detención automático, en relación con los límites recomendados o las restricciones adicionales consideradas. • Pemuco rural y localidades: 30 min/día u 8 horas/año. • Pemuco urbano: 0 min/día o 0 horas/año, o lo más cercano
Descripción: El SDT automático genera un registro con todos los eventos de proyección de sombra, los cuales contienen la siguiente información para cada aerogenerador asociado: 1. Código del Aerogenerador 2. Fecha y hora de ocurrencia 3. Fecha y hora de reinicio del aerogenerador (vuelta en funcionamiento) 4. Duración de la detención
El plan de monitoreo del efecto Shadow Flicker se desarrollará a través del análisis de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión Automático, verificando el cumplimiento de los máximos diarios y anuales. Con la información se verificará que el SDT esté funcionando de manera correcta, ajustándolo en los casos que sea necesario, con las variables reales del entorno y con eventuales circunstancias donde se esté generando el efecto sombra, por sobre lo recomendado o restringido.
Justificación: La modelación del efecto de sombra intermitente (Anexo 1.6 de la DIA), indica que existen receptores que experimentan el efecto Shadow Flicker: • Pemuco rural y localidades: 15 receptores superan alguno de los tres máximos recomendados y 35 receptores reciben el efecto, pero no se supera ninguno de los tres máximos recomendados. • Pemuco urbano: 807 receptores superan alguno de los tres máximos y 786 receptores reciben el efecto, pero no se supera ninguno de los tres máximos recomendados
Al respecto, el diseño del Proyecto incorpora un sistema de detención automática transitorio en los aerogeneradores, asociados a la totalidad de los receptores del Área de Influencia de Shadow Flicker, para asegurar el cumplimiento de los máximos recomendados en la normativa de referencia adoptada (guía técnica alemana), y en el caso particular de Pemuco urbano, asegurar que este sea lo más cercano a 0. Para verificar que los valores anteriores se están cumpliendo, se requerirá de un Plan de monitoreo en el cual se evaluará el tiempo de exposición real al que puedan verse expuestos con dicho sistema ya en funcionamiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aerogeneradores AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27.
Forma: El SDT automático genera un registro con todos los eventos de proyección de sombra, los cuales contienen la siguiente información para cada aerogenerador asociado: 5. Código del Aerogenerador 6. Fecha y hora de ocurrencia 7. Fecha y hora de reinicio del aerogenerador (vuelta en funcionamiento) 8. Duración de la detención
El monitoreo del Efecto Sombra Intermitente consiste en extraer del módulo del SDT, los periodos de tiempo diarios, mensuales y anuales de proyección de sombras, los tiempos de desconexión diarios, las partidas post-restricción transitoria y el procedimiento de re-conexión. Con lo anterior, se verificará el cumplimiento de los límites máximos diarios configurados (30 min/día o 0 min/día), y los máximos permisibles acumulados (8 horas/año o 0 horas/año). La información será presentada a través de un informe con la siguiente estructura:
- Introducción
- Objetivos
- Metodología
- Resultados
- Proyección anual del efecto sombra
- Conclusiones
Con la información se verificará que el SDT esté funcionando de manera correcta, ajustándolo en los casos que sea necesario, con las variables reales del entorno y con eventuales circunstancias donde se esté generando el efecto sombra por sobre lo recomendado o restringido.
Oportunidad: Durante los primeros tres (3) años de la fase de Operación del proyecto, se realizará el reporte con los eventos de proyección de sombra, extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático, con una frecuencia mensual durante el primer año de operación y, posteriormente, con una frecuencia trimestral en los otros (2) dos años, para monitorear el correcto funcionamiento del SDT. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de instalación de SDT en aerogeneradores. - Registro de los eventos de proyección de sombra, disponibles en faena. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento será a través del reporte de los siguientes informes técnicos al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medioambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl:
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- Se realizarán informes técnicos semestrales que den cuenta del cumplimiento de los minutos/día y horas/año de exposición, con los registros de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control de éstos (código del aerogenerador, fecha y hora de ocurrencia, fecha y hora de vuelta en funcionamiento del aerogenerador y duración de la detención). El primer informe incluirá la proyección de los tiempos de exposición acumulados para el año calendario completo, lo cual será verificado a través del segundo reporte. En caso de superación de los límites indicados, los reportes deberán indicar las medidas o acciones correctivas implementadas. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.1 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.1. Condición o exigencia 1: CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático), del presente Acto.
CAV-08 Plan de monitoreo de fauna voladora.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-08 Plan de monitoreo de fauna voladora. Impacto asociado Pérdida de la biodiversidad de individuos de fauna voladora por colisión o electrocución. Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Determinar la tasa real de mortalidad de la fauna voladora respecto a las obras del proyecto en las que se está dado lo anterior (aerogeneradores o LAT), con el objeto de evitar la pérdida de la biodiversidad.
Descripción: Se implementará un Plan de Monitoreo de fauna voladora, el cual involucrará: 1) Monitoreo aves: Se realizará el estudio de la diversidad y abundancia de aves y comportamiento de vuelo de las aves en diversos períodos, de modo de poder comparar los cambios que puedan sufrir las especies con el emplazamiento del proyecto, según lo descrito en el Anexo 2.5, Apéndice de Tránsito Aéreo. 2) Monitoreo acústico: El monitoreo acústico de quirópteros consiste en la implementación de las técnicas y métodos adecuados para levantar información Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
biológica (actividad y riqueza especifica) y de las variables ambientales (velocidad del viento y temperatura). 3) Búsqueda y remoción de carcasas: Consiste en la inspección pedestre de las obras del proyecto (aerogeneradores y línea de alta tensión), de forma para detectar la presencia de carcasas.
La información anterior permitirá identificar la existencia de obras críticas, que están efectivamente causando pérdida de biodiversidad.
Justificación: El orden Quiróptera presenta diversidad en cuanto a su actividad (rutas y alturas de vuelo, y condiciones ambientales a las cuales se ponen en vuelo). De igual forma, para la Avifauna existe diversidad en los patrones de vuelo (rutas y alturas) de las diferentes especies presentes en el área de influencia. Por tanto, el plan se justifica en evaluar el comportamiento de la Fauna Voladora tanto espacial como temporalmente, para poder contrastarlos con el funcionamiento y presencia de los aerogeneradores y de la línea de alta tensión, y así evaluar la existencia de estructuras críticas que requerirán de la implementación de un sistema de protección.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: 1) Monitoreo de aves:
Será realizado en las estaciones de monitoreo reconocidas en el informe de tránsito aéreo. Estas serán complementadas con estaciones de ubicación variable, las cuales se irán adaptando según las singularidades del comportamiento de las aves y tipos de ambientes del lugar.
2) Monitoreo acústico:
Se considerará 15 puntos de monitoreo. La ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo acústico se determinará en terreno, priorizando sectores que cuenten, dentro de posible, con las características necesarias para poder registrar murciélagos, como son sectores húmedos, construcciones, u otros, además de encontrarse cercanos a los aerogeneradores.
3) Búsqueda y remoción de carcasas:
Operación: La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base. Además, se realizará en la Línea de Alta Tensión, en una distancia de 50 metros desde la porción central de esta, a ambos lados y a lo largo de esta.
Forma:
1) Monitoreo de aves:
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Se realizará el avistamiento directo de aves en los puntos de monitoreo establecidos, para determinar la riqueza y abundancia de las especies, y sus patrones de vuelo. Para lo anterior, se ejecutará un conteo continuo de aves, efectuado por un observador apoyado con binoculares, en un período de tiempo aproximado de cuatro (4) horas en cada estación. Se desarrollarán réplicas de los puntos (AM-PM) con el objetivo de establecer patrones diarios de vuelo. El período de conteo tendrá lugar en horas cercanas al amanecer y atardecer, ya que la actividad de las aves presenta un patrón bimodal con valores máximos en estos horarios (SEA, 2015). Las variables a considerar para cada punto de muestreo se detallan a continuación: • Riqueza de especies. • Número de individuos. • Hora de vuelo. • Dirección de vuelo. • Altura de vuelo. • Patrones de vuelo y uso del área.
El monitoreo de tránsito aéreo se desarrollará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos mensuales de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones o electrocuciones durante el primer año de operación donde, finalizado este periodo, se evaluará la frecuencia de los monitoreos según los resultados obtenidos.
2) Monitoreo acústico:
La prospección acústica de manera continua a lo largo de la noche permite obtener el espectro completo de actividad de las diferentes especies. Se recorrerá el sector para lograr finalmente seleccionar la ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo.
Se realizará un monitoreo con equipos detectores de ultrasonidos autónomos, dispuestos de manera de abarcar homogéneamente el área del proyecto. Los equipos permanecerán durante una noche completa en cada uno de los quince puntos, con un micrófono ultrasónico, ubicado a dos metros de altura. Las grabaciones se realizaron desde la puesta de sol (21:00 h) hasta el amanecer (06:20 h), abarcando 9,3 h de monitoreo por noche.
Con los datos acústicos se medirá: • Riqueza de especies. • Actividad de los quirópteros para cada punto siguiendo la metodología Miller (2001). • Variación del número de registros por especie a lo largo de la noche.
Adicionalmente se medirá la temperatura (ºC) con equipo acorde, mientras que los registros de viento podrán ser adquiridos de la estación meteorológica del Proyecto. Con las mediciones anteriores se determinará: • Variación temporal y espacial de las variables ambientales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• Relación entre la composición del ensamble y nivel de actividad de quirópteros con las variables ambientales.
El monitoreo acústico se realizará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos estacionales de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones.
3) Búsqueda y remoción de carcasas:
La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base, y en el trazado de la LAT se realizará en una distancia de 50 metros desde la porción central de esta, a ambos lados. Para ambos casos se realizará un recorrido pedestre cada 10 metros alrededor.
Esquema de búsqueda de individuos siniestrados alrededor de las torres eólicas.
Búsqueda de individuos siniestrados en la LAT
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Las labores a realizar son las siguientes: 5. Inspeccionar en los radios de los aerogeneradores y de la LAT carcasas de fauna para su retirada. 6. Identificar y registrar las carcasas, distinguiendo el grupo animal, e idealmente por especie. 7. La búsqueda se realizará en todos los aerogeneradores del proyecto y trazado de la LAT, de modo de evitar que los cadáveres se descompongan rápido o sean presa de otros animales. 8. Para determinar la tasa real de mortalidad se realizarán experimentos estacionales de eficiencia de búsqueda de carcasas a los profesionales, y experimentos de remoción de carcasas por predadores, para determinar los índices de corrección que ajustarán la tasa real de mortalidad del parque.
Toda manipulación de carcasas será realizada siguiendo el procedimiento indicado en el instructivo “Manejo de carcasas de avifauna en proyectos con resolución de calificación ambiental dentro del sistema de evaluación de impacto ambiental, en el contexto del brote de influenza aviar de alta patogenicidad” (SAG, 2023).
Oportunidad: Fase de construcción Durante el último año de la fase de construcción, se consideran monitoreos de aves y acústico con periodicidad estacional (4 monitoreos al año).
Fase de operación
3. Monitoreo de aves y acústico trimestrales, durante el primer año de la fase de operación. 4. Búsqueda y remoción de carcasas con periodicidad semanal, durante el primer año de la fase.
Indicador que acredite su cumplimiento - Ejecución del 100% de los monitoreos. - Variabilidad espacio - temporal del comportamiento de la fauna voladora. - Se utilizará un umbral de colisiones establecido en un 15% del total de fauna voladora registrada (promedio entre campañas = 1193; lo que equivale a 179 ejemplares) al año, donde por debajo de este umbral se considera que el impacto generado por las colisiones de avifauna con aerogeneradores no es significativo. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un seguimiento de la información biológica de la fauna voladora, para conocer en qué condiciones se detecta la afectación de las especies y en qué aerogeneradores o sector de la LAT se está dado lo anterior. - Durante el último año de la fase de construcción se realizará la elaboración de informes trimestrales, con los resultados de los monitoreos estacionales efectuados. - Durante el primer año de la fase de operación, se entregarán informes trimestrales, con los resultados del Programa de monitoreo de fauna voladora. Al finalizar el programa (primer año) se elaborará un informe final el que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
contendrá la síntesis de los resultados de la fase de construcción respecto del primer año de operación, con su respectiva evaluación sobre los cambios en los parámetros comunitarios básicos (riqueza, abundancia), y la valorización del efecto del proyecto sobre estos (identificación de aerogeneradores críticos). - Los informes serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia al Servicio Agrícola Ganadero, 30 días después de realizado los monitoreos mensuales.
CAV-10 Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa. Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-10 Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa. Impacto asociado Afectación potencial de ejemplares de fauna íctica nativa producto de la obra proyectada en cuerpos de agua.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo de la biota acuática y calidad de las aguas con el fin de evidenciar que los trabajos de intervención de cauces no generan alteración significativa a la composición de estas especies y sus ambientes.
Descripción: La medida consiste en realizar monitoreos en los cursos de agua, analizando la calidad de las aguas y la biota acuática.
La determinación de valores y concentraciones de parámetros de calidad de agua se realizará mediante el registro de parámetros fisicoquímicos. La caracterización el componente biológico considera únicamente a la fauna íctica presente en los cursos de agua.
Justificación: Este compromiso justifica su implementación considerando la presencia de ictiofauna nativa en esteros y ríos afectos a algún tipo de obra o actividad del proyecto, resultados entregados en el Anexo 2.6 de la DIA y su actualización en el Anexo 4.9 de la Adenda. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará un monitoreo en la totalidad de los 22 atraviesos definidos por el proyecto (ver Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria, PAS 156) sobre los cursos de agua permanente como en aquellos no permanentes. En los cursos de agua con escurrimiento permanente, se realizarán cada uno de los análisis y caracterizaciones descritas a continuación. En los cursos de agua no permanente, se realizará una verificación de la ausencia de escurrimiento de agua en forma previa, durante y posterior a la intervención del cauce.
- Calidad de las aguas y Biota acuática
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En la siguiente tabla se indican las estaciones de monitoreo de calidad de las aguas y biota acuática, incluyendo incluso aquellos cursos de agua que han sido clasificados como no permanentes, pero que constituyen un atravieso de cauce con proyección de obras sobre ellos.
Coordenadas de los puntos de ejecución – Biota acuática y Calidad de las aguas. Cuerpo de agua UTM H18s – WGS84 ID Norte (m) Este (m) AT-1 5.905.990 756.739 AT-2 5.905.591 756.740 AT-3 5.905.165 753.978 AT-4 5.905.056 752.348 AT-5 5.904.954 752.976 AT-6 5.904.975 754.423 AT-7 5.904.382 755.067 AT-8 5.904.499 751.269 AT-9 5.905.124 752.100 AT-10 5.905.954 754.530 AT-11 5.905.049 753.884 AT-12 5.906.252 754.546 AT-13 5.906.642 754.551 AT-14 5.907.356 754.892 AT-15 5.907.347 755.322 AT-16 5.907.043 757.086 AT-17 5.907.150 757.092 AT-18 5.906.033 755.561 AT-19 5.903.866 755.020 AT-20 5.904.232 754.255 AT-21 5.903.278 750.939 AT-22 5.905.439 755.193
Ubicación de las estaciones de Muestreos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Forma: 1. Calidad de las aguas
La determinación de valores y concentraciones de parámetros de calidad de agua se realizará mediante el registro in situ de parámetros físicoquímicos (temperatura, pH, conductividad eléctrica y oxígeno disuelto), con equipo multiparamétrico, siguiendo su instructivo de uso, mantención y verificación, registrando todos los valores en un formulario de terreno, y mediante la colecta de muestras para posterior determinación de otros parámetros. Además, se realizará la observación directa de la presencia de colores artificiales, sólidos flotantes, espumas no naturales y cualquier tipo de hidrocarburo presente en el agua. La caracterización química de sedimentos (nitrógeno total, fósforo total, carbono orgánico total, materia orgánica, composición de la granulometría), será mediante muestras y preservación de los parámetros de calidad de agua, de acuerdo con las Normas Chilenas NCh411/1. Of96, NCh411/2. Of96, NCh411/3. Of96, NCh411/4. Of97 y NCh411/6. Of98. El análisis de las muestras de agua y sedimentos deberán ser ejecutados por un laboratorio enlistado en el Registro Nacional de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA, D.S. N°38/2013 del Ministerio del Medio Ambiente). 2. Biota acuática Para el caso de la biota acuática, se realizará un muestreo de la fauna íctica en los cuerpos de agua señalados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
La metodología consiste en un equipo que estará constituido por dos profesionales. La pesca se realizará remontando el río/canal (contra corriente) y barriendo, con el ánodo, todos los hábitats identificados. Se recolectaron todos los individuos en transectos de 200 m. por cada estación de monitoreo, por un tiempo de entre 30 a 45 minutos aproximadamente, dependiendo de las condiciones morfológicas de cada estación (profundidad, cubierta vegetacional y velocidad del agua en el cauce entre otros). Este tipo de metodología permite capturar con vida un alto porcentaje de los organismos recolectados, por lo que no es necesario el uso de anestésicos o tranquilizantes para la captura o manipulación de estos. En el caso de captura de ictiofauna, todos los ejemplares recolectados se identificarán in situ hasta el nivel taxonómico de especie, siguiendo las referencias indicadas por Habit et al. 2006. Además, se procederá a determinar la longitud total (LT) y peso total (PT) de los individuos capturados. Todos los individuos capturados, serán devueltos al medio (captura con retención temporal). En relación al análisis estadístico, dependiendo del tipo de distribución de los datos, se procederá a trabajar con estadísticas paramétrica o no paramétrica. Sin perjuicio de lo anterior, debido al tipo de datos obtenidos durante la campaña de terreno, se procederá a utilizar fórmulas paramétricas del tipo ANOVA de 2 o más vías. Los detalles de los métodos y materiales para el desarrollo del monitoreo de especies hidrobiológicas se encuentran en los antecedentes tecnicos y formarles de la solicitud del PAS N°119 (véase anexo 3.1 de la DIA).
Oportunidad: Se consideran tres campañas: 4. Previo a la ejecución de las obras de atravieso, durante la fase de construcción. 5. Durante las actividades de obras de atravieso. 6. Finalizada las obras de atravieso del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de monitoreo. - Variabilidad no significativa en la composición y abundancia de la biota acuática y calidad del agua Forma de control y seguimiento La presentación de cada uno de los informes generados será con un plazo de entrega de 30 días hábiles posteriores al término de la campaña de monitoreo, los que serán remitido a la SMA y SUBPESCA.
CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas Impacto asociado Aumento de los niveles de presión sonora de inmisión existentes en los receptores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y Cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Certificar la efectividad de las barreras acústicas propuestas para el proyecto y de esta manera comprobar el cumplimiento del el D.S. 38/11 del MMA.
Descripción: Se propone realizar una inspección técnica en la totalidad de las medidas de control de diseño, como lo son las barreras acústicas, durante la fase de construcción. Además, se realizarán mediciones in situ, por parte de una ETFA, en los receptores asociados a las barreras, en el momento en que el frente de trabajo asociado se encuentre activo, según lo dispuesto en el D.S. N°38/11 del MMA.
Justificación: Certificar la efectividad de las barreras acústicas propuestas para el proyecto, dando cumplimiento a los límites máximos permisibles según el D.S. 38/11 del MMA y cumplimiento del umbral de afectación para anfibios y avifauna en el caso de fauna nativa. Ello, para no producir impacto acústico en los receptores sensibles cercanos, ya sean humanos o de fauna nativa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La inspección técnica de las barreras se realizará en el lugar en que están se dispongan, de acuerdo a la propuesta señalada en el estudio de ruido y vibraciones de humanos y de fauna.
A continuación, se presenta la ubicación de las barreras asociadas a este CAV y, por lo tanto, la localización del lugar asociado a este CAV:
Barrera acústica receptor R16
Barreras acústicas asociadas a ambientes de fauna
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Por su parte, las mediciones de ruido a cargo de una ETFA serán efectuadas en los receptores asociados a las barreras, es decir R16 (humanos) y PF1, PF2, PF3 y PF4 (fauna).
Forma: Se deberá evaluar técnicamente el estado de las barreras acústicas, chequeando el estado de las planchas de OSB, aperturas o vanos no deseados, estado estructural, sellos y junturas, impermeabilidad, etc. Cada inspección técnica deberá realizarse mediante un reporte técnico que verifique el estado de las barreras, adjuntando fotografías con fecha y georreferenciación. Además, se realizarán mediciones in situ, por parte de una ETFA, en los receptores asociados a las barreras, en el momento en que el frente de trabajo asociado se encuentre activo, según lo dispuesto en el D.S. N°38/11 del MMA, el cual señala lo siguiente: • La duración de cada medición estuvo sujeta a la diferencia aritmética que presentan los valores registrados cada 5 minutos hasta que se considera la lectura como estable, es decir, cuando la diferencia aritmética entre dos registros consecutivos sea menor o igual a 2 dB(A). • Se debe ubicar el instrumento de medición a 1,5 m del suelo y a 3 m de cualquier superficie reflectante en su eje horizontal. Oportunidad: La inspección del estado de las barreras se realizará cada dos semanas durante las fases de construcción y cierre. Para el caso de las mediciones in situ, la medición asociada a la barrera asociada a R16 será efectuada al momento en que se estén desarrollando actividades en el frente de trabajo respectivo, asociado al receptor 16, conforme al cronograma del Proyecto. En relación a las barreras asociadas a los ambientes de fauna, las mediciones de ruido se realizarán en los puntos PF1, PF2, PF3 y PF4 correspondientes a los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
ambientes de fauna definidos en el estudio de ruido en fauna (Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria), al momento en que se activen los respectivos frentes de trabajo, de acuerdo al cronograma del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento de este CAV será el cumplimiento del DS 38/2011 en el receptor humano a evaluar (R16) y el cumplimiento de los umbrales establecidos en el Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEIA, 2022), para los receptores PF1, PF2, PF3 y PF4. Forma de control y seguimiento Entrega trimestral de un informe de verificación del estado de las barreras de control de ruido a la SMA. En cuando a las mediciones de ruido, el informe de medición se entregará a la SMA en un plazo de 30 días hábiles luego de efectuada esta actividad. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.3 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.1. Condición o exigencia 3: “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.”, del presente Acto.
CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria. Impacto asociado Aumento de los niveles de presión sonora de inmisión existentes en los receptores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Certificar que los frentes de trabajo cumplan con el D.S. 38/11 del MMA, por efectos de la restricción de maquinaria, actividad a efectuar en el receptor humano R16 y receptores de fauna PF1, PF2, PF3 y PF4.
Descripción: Se propone realizar mediciones de ruido, a cargo de una ETFA, en los receptores asociados a la restricción de maquinaria, en el momento en que se ejecuten los frentes de trabajo respectivos, según cronograma.
Justificación: Certificar la aplicación de la restricción de uso de maquinaria para el proyecto, con el objetivo de cumplir con los límites máximos permisibles de acuerdo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
con el D.S. N°38/11 del MMA y cumplimiento del umbral de afectación para anfibios y avifauna en el caso de fauna nativa. Ello, para no producir impacto acústico en los receptores sensibles cercanos al proyecto, ya sean humanos o de fauna nativa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de ruido a cargo de una ETFA serán efectuadas en los receptores asociados a las barreras, es decir R16 (humanos) y PF1, PF2, PF3 y PF4 (fauna). Forma: Se realizarán mediciones in situ, por parte de una ETFA, en los receptores asociados a la restricción de maquinaria, en el momento en que el frente de trabajo asociado se encuentre activo. Las mediciones se realizarán según lo dispuesto en el D.S. N°38/11 del MMA, el cual señala lo siguiente: • La duración de cada medición estuvo sujeta a la diferencia aritmética que presentan los valores registrados cada 5 minutos hasta que se considera la lectura como estable, es decir, cuando la diferencia aritmética entre dos registros consecutivos sea menor o igual a 2 dB(A). • Se debe ubicar el instrumento de medición a 1,5 m del suelo y a 3 m de cualquier superficie reflectante en su eje horizontal.
Oportunidad: Para el caso de las mediciones in situ, la medición asociada será efectuada al momento en que se estén desarrollando actividades en el frente de trabajo respectivo, en los receptores 16, PF1, PF2, PF3 y PF4, conforme al cronograma del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento de este CAV será el cumplimiento del DS 38/2011 en el receptor humano a evaluar (R16) y el cumplimiento de los umbrales establecidos en el Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEIA, 2022), para los receptores PF1, PF2, PF3 y PF4. Forma de control y seguimiento Entrega trimestral de un informe de verificación de las medidas de control de ruido a la SMA. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.3 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.1. Condición o exigencia 3: “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.”, del presente Acto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Efectuar un plan de monitoreo de ruido en donde deberán efectuarse mediciones acordes a los procedimientos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en aquellos lugares en que se realizó el monitoreo continuo, de acuerdo al estudio de ruido adjuntó en el Anexo 2.1 de esta Adenda Complementaria, para comprobar el cumplimiento de los niveles máximos de ruido permitidos, tanto para el horario diurno como nocturno. Descripción: El programa de monitoreo se refiere a la evaluación acústica de la fase de operación del proyecto Parque Eólico Pemuco, en los puntos de medición continuo.
Justificación: Si bien los resultados de la modelación de ruido en la fase de operación del proyecto señalan el cumplimiento normativo para la totalidad de los receptores, el Titular propone un seguimiento de manera voluntaria para comprobar el cumplimiento normativo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de ruido se realizarán en los puntos en que se ubicaron las estaciones de monitoreo continuo, cuyas coordenadas se presentan a continuación:
Coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 18 H Estación de monitoreo Coordenada Este Coordenada Norte Mon 1 749.317 5.905.438 Mon 2 752.969 5.903.988 Mon 3 757.706 5.904.596 Mon 5 755.418 5.907.555 Mon 5 749.661 5.903.583
Forma: Las actividades generales asociadas a cada campaña de monitoreo serán las siguientes: - Se contratará una Empresa Autorizada por la SMA (ETFA). - Mediciones trimestrales en terreno. - Elaboración de informe y planillas técnicas. - Envío del informe de monitoreo a la SMA. El método de medición deberá ser el definido en el D.S. N° 38/2011 del MMA, haciendo uso de las respectivas fichas asociadas al informe técnico indicado en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Artículo 15 del D.S. N° 38/2011 del MMA”.
Se realizarán mediciones de monitoreo continuo según lo indicado en la Guía para la Aplicación del D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente para Proyectos de Parques Eólicos en el SEIA, considerando el criterio establecido para las condiciones de operación de los aerogeneradores y la medición del ruido de fondo, en los tres rangos de velocidades de viento, 6-8 m/s, 8-10 m/s, 10-12 m/s. Debido a la variabilidad de las mediciones, se realizará el monitoreo continuo por al menos 14 días de medición en los puntos en que se ubicaron las estaciones de monitoreo continuo, esto con el fin de recopilar muestras para cada rango de velocidad de viento, lo anterior con tal de incrementar el grado de certeza de la evaluación del ruido proveniente del parque eólico. El principal instrumento para utilizar será un sonómetro. La marca y modelo de la instrumentación utilizada será exclusiva elección y responsabilidad de la empresa calificada responsable de ejecutar los trabajos de monitoreo, bajo los estándares y procedimientos de trabajo estipuladas en las normativas e instructivos vigentes. El equipo será debidamente calibrado.
Oportunidad: Durante la fase de operación, se realizará el monitoreo con una frecuencia trimestral, por un período de un (1) año. Indicador que acredite su cumplimiento Los valores (dB) de ruido medidos cumplirán con los límites establecidos en la normativa vigente (D.S. N°38/2011, al momento de la medición. Forma de control y seguimiento Los resultados del Plan de Monitoreo serán entregados al término de la ejecución del Plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, 30 días después de finalizadas las mediciones en terreno. El informe contendrá los resultados de los monitoreos trimestrales. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.2 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.2. Condición o exigencia 2: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación, del presente Acto.
CAV-10 Plan de Monitoreo de Nivel Freático.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-10 Plan de Monitoreo de Fauna Íctica Nativa. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Impacto asociado Afectación potencial de ejemplares de fauna íctica nativa producto de la obra proyectada en cuerpos de agua.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo de la biota acuática y calidad de las aguas con el fin de evidenciar que los trabajos de intervención de cauces no generan alteración significativa a la composición de estas especies y sus ambientes.
Descripción: La medida consiste en realizar monitoreos en los cursos de agua, analizando la calidad de las aguas y la biota acuática.
La determinación de valores y concentraciones de parámetros de calidad de agua se realizará mediante el registro de parámetros fisicoquímicos. La caracterización el componente biológico considera únicamente a la fauna íctica presente en los cursos de agua.
Justificación: Este compromiso justifica su implementación considerando la presencia de ictiofauna nativa en esteros y ríos afectos a algún tipo de obra o actividad del proyecto, resultados entregados en el Anexo 2.6 de la DIA y su actualización en el Anexo 4.9 de la Adenda. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará un monitoreo en la totalidad de los 22 atraviesos definidos por el proyecto (ver Anexo 4.3 de la Adenda Complementaria, PAS 156) sobre los cursos de agua permanente como en aquellos no permanentes. En los cursos de agua con escurrimiento permanente, se realizarán cada uno de los análisis y caracterizaciones descritas a continuación. En los cursos de agua no permanente, se realizará una verificación de la ausencia de escurrimiento de agua en forma previa, durante y posterior a la intervención del cauce.
- Calidad de las aguas y Biota acuática
En la siguiente tabla se indican las estaciones de monitoreo de calidad de las aguas y biota acuática, incluyendo incluso aquellos cursos de agua que han sido clasificados como no permanentes, pero que constituyen un atravieso de cauce con proyección de obras sobre ellos.
Coordenadas de los puntos de ejecución – Biota acuática y Calidad de las aguas. Cuerpo de agua UTM H18s – WGS84 ID Norte (m) Este (m) AT-1 5.905.990 756.739 AT-2 5.905.591 756.740 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
AT-3 5.905.165 753.978 AT-4 5.905.056 752.348 AT-5 5.904.954 752.976 AT-6 5.904.975 754.423 AT-7 5.904.382 755.067 AT-8 5.904.499 751.269 AT-9 5.905.124 752.100 AT-10 5.905.954 754.530 AT-11 5.905.049 753.884 AT-12 5.906.252 754.546 AT-13 5.906.642 754.551 AT-14 5.907.356 754.892 AT-15 5.907.347 755.322 AT-16 5.907.043 757.086 AT-17 5.907.150 757.092 AT-18 5.906.033 755.561 AT-19 5.903.866 755.020 AT-20 5.904.232 754.255 AT-21 5.903.278 750.939 AT-22 5.905.439 755.193
Ubicación de las estaciones de Muestreos
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Forma: 1. Calidad de las aguas
La determinación de valores y concentraciones de parámetros de calidad de agua se realizará mediante el registro in situ de parámetros físicoquímicos (temperatura, pH, conductividad eléctrica y oxígeno disuelto), con equipo multiparamétrico, siguiendo su instructivo de uso, mantención y verificación, registrando todos los valores en un formulario de terreno, y mediante la colecta de muestras para posterior determinación de otros parámetros. Además, se realizará la observación directa de la presencia de colores artificiales, sólidos flotantes, espumas no naturales y cualquier tipo de hidrocarburo presente en el agua. La caracterización química de sedimentos (nitrógeno total, fósforo total, carbono orgánico total, materia orgánica, composición de la granulometría), será mediante muestras y preservación de los parámetros de calidad de agua, de acuerdo con las Normas Chilenas NCh411/1. Of96, NCh411/2. Of96, NCh411/3. Of96, NCh411/4. Of97 y NCh411/6. Of98. El análisis de las muestras de agua y sedimentos deberán ser ejecutados por un laboratorio enlistado en el Registro Nacional de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA, D.S. N°38/2013 del Ministerio del Medio Ambiente). 2. Biota acuática Para el caso de la biota acuática, se realizará un muestreo de la fauna íctica en los cuerpos de agua señalados. La metodología consiste en un equipo que estará constituido por dos profesionales. La pesca se realizará remontando el río/canal (contra corriente) y barriendo, con el ánodo, todos los hábitats identificados. Se recolectaron todos los individuos en transectos de 200 m. por cada estación de monitoreo, por un tiempo de entre 30 a 45 minutos aproximadamente, dependiendo de las condiciones morfológicas de cada estación (profundidad, cubierta vegetacional y velocidad del agua en el cauce entre otros). Este tipo de metodología permite capturar con vida un alto porcentaje de los organismos recolectados, por lo que no es necesario el uso de anestésicos o tranquilizantes para la captura o manipulación de estos. En el caso de captura de ictiofauna, todos los ejemplares recolectados se identificarán in situ hasta el nivel taxonómico de especie, siguiendo las referencias indicadas por Habit et al. 2006. Además, se procederá a determinar la longitud total (LT) y peso total (PT) de los individuos capturados. Todos los individuos capturados, serán devueltos al medio (captura con retención temporal). En relación al análisis estadístico, dependiendo del tipo de distribución de los datos, se procederá a trabajar con estadísticas paramétrica o no paramétrica. Sin perjuicio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de lo anterior, debido al tipo de datos obtenidos durante la campaña de terreno, se procederá a utilizar fórmulas paramétricas del tipo ANOVA de 2 o más vías. Los detalles de los métodos y materiales para el desarrollo del monitoreo de especies hidrobiológicas se encuentran en los antecedentes tecnicos y formarles de la solicitud del PAS N°119 (véase anexo 3.1 de la DIA).
Oportunidad: Se consideran tres campañas: 7. Previo a la ejecución de las obras de atravieso, durante la fase de construcción. 8. Durante las actividades de obras de atravieso. 9. Finalizada las obras de atravieso del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de monitoreo. - Variabilidad no significativa en la composición y abundancia de la biota acuática y calidad del agua Forma de control y seguimiento La presentación de cada uno de los informes generados será con un plazo de entrega de 30 días hábiles posteriores al término de la campaña de monitoreo, los que serán remitido a la SMA y SUBPESCA.
Como se ha presentado en las Tablas anteriores, se incluyen las distintas fases del Proyecto en que estos serán aplicados. Estos registros serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, los que luego estarán disponibles públicamente.
A objeto de profundizar los eventuales riesgos a la salud de la población (con énfasis en niños, adultos mayores y personas con diversidad funcional (abordado en la observación como “discapacidades o trastornos”) debido al efecto de los aerogeneradores, asociado a la siguiente observación “los que pueden sufrir algún trauma o cambio negativo de vida, como lo son los niños, adultos mayores y personas con discapacidades o trastornos.” se indica lo siguiente:
A continuación, se exponen los principales aspectos del Proyecto que pudiesen generar afectación a la salud de las personas y sus respectivas medidas de control para evitar impactos significativos:
• Sombra parpadeante Respecto al estudio de sombra parpadeante, y tal como se señaló en el Anexo 1.6 de la Adenda (Shadow flicker), durante su fase de Operación se incorporará una medida de control para la restricción transitoria de operación de los aerogeneradores AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27. El sistema propuesto corresponde a un sistema automático de desconexión de los aerogeneradores, para evitar el efecto de sombra parpadeante (Shadow Detection System).
Con esta medida propuesta se limitará el funcionamiento de los aerogeneradores antes mencionados durante los periodos en los que se genera el efecto sombra, considerando como referencia el calendario de proyección de sombras que la modelación predice, y se mantendrá los tiempos de exposición dentro de los umbrales recomendados por la norma referencia, es decir, 8 horas al año y 30 minutos diarios, en Pemuco urbano y localidades, y de 0 horas al año y 0 minutos diarios, en Pemuco rural.
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De esta manera, y en atención a que el criterio SEA señala que: “Si habiendo potencial superación respecto de la guía técnica de referencia alemana y el titular del proyecto implementa un sistema de desconexión automática transitoria sobre los aerogeneradores involucrados, como parte del diseño del proyecto, se considerará que no se generan impactos significativos asociados al efecto sombra intermitente, toda vez, que la guía técnica reconoce que para dar cumplimiento a los niveles máximos permisibles, se puede utilizar el sistema de desconexión automática transitoria para el control del efecto sombra intermitente”.
Con la inclusión del sistema de detención integrado en los aerogeneradores indicados, se establece que no existirá superación de los niveles recomendados, en ninguno de los receptores analizados. Por lo tanto, no se generarán efectos significativos por tales efectos.
Sin perjuicio de lo anterior, el Titular considera como Compromiso Ambiental Voluntario, realizar un Plan de monitoreo del Efecto Sombra Intermitente, el cual se detalla a continuación:
CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático).
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático). Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el correcto funcionamiento del sistema de detención automático, en relación con los límites recomendados o las restricciones adicionales consideradas. • Pemuco rural y localidades: 30 min/día u 8 horas/año. • Pemuco urbano: 0 min/día o 0 horas/año, o lo más cercano
Descripción: El SDT automático genera un registro con todos los eventos de proyección de sombra, los cuales contienen la siguiente información para cada aerogenerador asociado: 1. Código del Aerogenerador 2. Fecha y hora de ocurrencia 3. Fecha y hora de reinicio del aerogenerador (vuelta en funcionamiento) 4. Duración de la detención
El plan de monitoreo del efecto Shadow Flicker se desarrollará a través del análisis de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión Automático, verificando el cumplimiento de los máximos diarios y anuales. Con la información se verificará que el SDT esté funcionando de manera correcta, ajustándolo en los casos que sea necesario, con las variables reales del entorno y con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
eventuales circunstancias donde se esté generando el efecto sombra, por sobre lo recomendado o restringido.
Justificación: La modelación del efecto de sombra intermitente (Anexo 1.6 de la DIA), indica que existen receptores que experimentan el efecto Shadow Flicker: • Pemuco rural y localidades: 15 receptores superan alguno de los tres máximos recomendados y 35 receptores reciben el efecto, pero no se supera ninguno de los tres máximos recomendados. • Pemuco urbano: 807 receptores superan alguno de los tres máximos y 786 receptores reciben el efecto, pero no se supera ninguno de los tres máximos recomendados
Al respecto, el diseño del Proyecto incorpora un sistema de detención automática transitorio en los aerogeneradores, asociados a la totalidad de los receptores del Área de Influencia de Shadow Flicker, para asegurar el cumplimiento de los máximos recomendados en la normativa de referencia adoptada (guía técnica alemana), y en el caso particular de Pemuco urbano, asegurar que este sea lo más cercano a 0. Para verificar que los valores anteriores se están cumpliendo, se requerirá de un Plan de monitoreo en el cual se evaluará el tiempo de exposición real al que puedan verse expuestos con dicho sistema ya en funcionamiento. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aerogeneradores AG01, AG02, AG03, AG04, AG05, AG06, AG07, AG08, AG17, AG18, AG23, AG24, AG25, AG26 y AG27.
Forma: El SDT automático genera un registro con todos los eventos de proyección de sombra, los cuales contienen la siguiente información para cada aerogenerador asociado: 9. Código del Aerogenerador 10. Fecha y hora de ocurrencia 11. Fecha y hora de reinicio del aerogenerador (vuelta en funcionamiento) 12. Duración de la detención
El monitoreo del Efecto Sombra Intermitente consiste en extraer del módulo del SDT, los periodos de tiempo diarios, mensuales y anuales de proyección de sombras, los tiempos de desconexión diarios, las partidas post-restricción transitoria y el procedimiento de re-conexión. Con lo anterior, se verificará el cumplimiento de los límites máximos diarios configurados (30 min/día o 0 min/día), y los máximos permisibles acumulados (8 horas/año o 0 horas/año). La información será presentada a través de un informe con la siguiente estructura:
- Introducción
- Objetivos
- Metodología
- Resultados
-
Proyección anual del efecto sombra Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
-
Conclusiones
Con la información se verificará que el SDT esté funcionando de manera correcta, ajustándolo en los casos que sea necesario, con las variables reales del entorno y con eventuales circunstancias donde se esté generando el efecto sombra por sobre lo recomendado o restringido.
Oportunidad: Durante los primeros tres (3) años de la fase de Operación del proyecto, se realizará el reporte con los eventos de proyección de sombra, extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático, con una frecuencia mensual durante el primer año de operación y, posteriormente, con una frecuencia trimestral en los otros (2) dos años, para monitorear el correcto funcionamiento del SDT. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de instalación de SDT en aerogeneradores. - Registro de los eventos de proyección de sombra, disponibles en faena. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento será a través del reporte de los siguientes informes técnicos al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medioambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl:
- Se realizarán informes técnicos semestrales que den cuenta del cumplimiento de los minutos/día y horas/año de exposición, con los registros de los eventos de proyección de sombra extraídos del módulo de control de éstos (código del aerogenerador, fecha y hora de ocurrencia, fecha y hora de vuelta en funcionamiento del aerogenerador y duración de la detención). El primer informe incluirá la proyección de los tiempos de exposición acumulados para el año calendario completo, lo cual será verificado a través del segundo reporte. En caso de superación de los límites indicados, los reportes deberán indicar las medidas o acciones correctivas implementadas. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.1 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.1. Condición o exigencia 1: CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático), del presente Acto.
• Ruido Humanos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Para la fase de Operación se consideró el aporte de fuentes fijas, las cuales corresponden a los aerogeneradores y al grupo electrógeno. En esta fase se evaluó o modeló con las fuentes en horario diurno y nocturno, y se llegó a la conclusión que los niveles proyectados en el modelo de propagación sonora no superan los máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA, en horario diurno y nocturno para cualquiera de las velocidades de viento señaladas, tal como se muestra en las siguientes Tablas:
Tabla. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de Operación para velocidades de viento entre 6 y 8 m/s horario diurno y nocturno. Receptor Nivel proyectado (dBA) Límit e diurn o (dBA) Evaluación D.S. N°38/11 MMA Nivel proyectado (dBA) Límite Nocturn o (dBA) Evaluación D.S. N°38/11 MMA R1 39,1 50,5 Cumple 39,1 45,6 Cumple R2 36,3 60,0 Cumple 36,3 45,0 Cumple R3 34,8 60,0 Cumple 34,8 45,0 Cumple R4 37,2 50,5 Cumple 37,2 45,6 Cumple R5 32,1 55,2 Cumple 32,1 44,8 Cumple R6 30,0 55,2 Cumple 30,0 44,8 Cumple R7 35,3 55,2 Cumple 35,3 44,8 Cumple R8 35,0 55,2 Cumple 35,0 44,8 Cumple R9 38,1 42,5 Cumple 38,1 40,6 Cumple R10 36,9 42,5 Cumple 36,9 40,6 Cumple R11 34,8 42,5 Cumple 34,8 40,6 Cumple R12 30,1 42,5 Cumple 30,1 40,6 Cumple R13 22,4 42,5 Cumple 22,4 40,6 Cumple R14 27,6 48,6 Cumple 27,6 42,2 Cumple R15 29,2 48,6 Cumple 29,2 42,2 Cumple R16 36,7 48,6 Cumple 36,7 42,2 Cumple R17 36,5 48,6 Cumple 36,5 42,2 Cumple R18 34,2 48,6 Cumple 34,2 42,2 Cumple R19 32,7 50,5 Cumple 32,7 45,6 Cumple R20 33,0 50,5 Cumple 33,0 45,6 Cumple R21 35,9 60,0 Cumple 35,9 45,0 Cumple R22 28,6 48,6 Cumple 28,6 42,2 Cumple R23 33,3 50,3 Cumple 33,3 48,6 Cumple R24 33,4 50,3 Cumple 33,4 48,6 Cumple R25 35,5 50,3 Cumple 35,5 48,6 Cumple Fuente: Tabla 187. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de Operación para velocidades de viento entre 6 y 8 m/s horario diurno y nocturno. Adenda Complementaria y Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria, estudio de ruido.
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Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de Operación en velocidades de viento entre 6 y 8 m/s.
A continuación, se presentan los resultados en fase de Operación del parque eólico con velocidades de viento entre 8 y 10 m/s.
Tabla. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de Operación para velocidades de viento entre 8 y 10 m/s horario diurno y nocturno.
Receptor Nivel proyectado (dBA) Límit e diurn o (dBA) Evaluación D.S. N°38/11 MMA Nivel proyectado (dBA) Límite Nocturn o (dBA) Evaluación D.S. N°38/11 MMA R1 40,1 50,3 Cumple 40,1 46,5 Cumple R2 37,3 60,0 Cumple 37,3 45,0 Cumple R3 35,8 60,0 Cumple 35,8 45,0 Cumple R4 38,3 50,3 Cumple 38,3 46,5 Cumple R5 33,1 57,9 Cumple 33,1 48,5 Cumple R6 31,4 57,9 Cumple 31,4 48,5 Cumple R7 36,3 57,9 Cumple 36,3 48,5 Cumple R8 36,2 57,9 Cumple 36,2 48,5 Cumple R9 39,3 43,2 Cumple 39,3 40,1 Cumple R10 37,8 43,2 Cumple 37,8 40,1 Cumple R11 36,0 43,2 Cumple 36,0 40,1 Cumple R12 30,7 43,2 Cumple 30,7 40,1 Cumple R13 23,1 43,2 Cumple 23,1 40,1 Cumple R14 28,9 51,7 Cumple 28,9 42,3 Cumple R15 30,7 51,7 Cumple 30,7 42,3 Cumple R16 37,7 51,7 Cumple 37,7 42,3 Cumple R17 37,6 51,7 Cumple 37,6 42,3 Cumple R18 35,1 51,7 Cumple 35,1 42,3 Cumple R19 33,8 50,3 Cumple 33,8 46,5 Cumple R20 34,1 50,3 Cumple 34,1 46,5 Cumple R21 36,8 60,0 Cumple 36,8 45,0 Cumple R22 29,5 51,7 Cumple 29,5 42,3 Cumple R23 33,9 50,4 Cumple 33,9 50,0 Cumple R24 34,0 50,4 Cumple 34,0 50,0 Cumple R25 35,8 50,4 Cumple 35,8 50,0 Cumple Fuente: Tabla 188. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de Operación para velocidades de viento entre 8 y 10 m/s horario diurno y nocturno. Adenda Complementaria. Y Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria, estudio de ruido.
Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de Operación en velocidades de viento entre 8 y 10 m/s. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
A continuación, se presentan los resultados en fase de Operación del parque eólico con velocidades de viento entre 10 y 12 m/s.
Tabla. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de Operación para velocidades de viento entre 10 y 12 m/s horario diurno y nocturno.
Receptor Nivel proyectado (dBA) Límit e diurn o (dBA) Evaluaión D.S. N°38/11 MMA Nivel proyectado (dBA) Límite Nocturn o (dBA) Evaluación D.S. N°38/11 MMA R1 40,4 54,7 Cumple 40,4 45,1 Cumple R2 37,8 60,0 Cumple 37,8 45,0 Cumple R3 36,1 60,0 Cumple 36,1 45,0 Cumple R4 38,8 54,7 Cumple 38,8 45,1 Cumple R5 33,2 55,2 Cumple 33,2 45,8 Cumple R6 31,9 55,2 Cumple 31,9 45,8 Cumple R7 36,5 55,2 Cumple 36,5 45,8 Cumple R8 36,6 55,2 Cumple 36,6 45,8 Cumple R9 39,5 41,8 Cumple 39,5 40,1 Cumple R10 38,1 41,8 Cumple 38,1 40,1 Cumple R11 36,4 41,8 Cumple 36,4 40,1 Cumple R12 30,2 41,8 Cumple 30,2 40,1 Cumple R13 22,9 41,8 Cumple 22,9 40,1 Cumple R14 29,1 44,5 Cumple 29,1 40,0 Cumple R15 30,5 44,5 Cumple 30,5 40,0 Cumple R16 38,1 44,5 Cumple 38,1 40,0 Cumple R17 38,2 44,5 Cumple 38,2 40,0 Cumple R18 35,5 44,5 Cumple 35,5 40,0 Cumple R19 33,9 54,7 Cumple 33,9 45,1 Cumple R20 34,4 54,7 Cumple 34,4 45,1 Cumple R21 37,0 60,0 Cumple 37,0 45,0 Cumple R22 29,8 44,5 Cumple 29,8 40,0 Cumple R23 33,9 55,6 Cumple 33,9 48,6 Cumple R24 34,1 55,6 Cumple 34,1 48,6 Cumple R25 35,8 55,6 Cumple 35,8 48,6 Cumple Fuente: Tabla 189. Niveles de presión sonora proyectados en modelo de propagación y evaluación de cumplimiento normativo en fase de Operación para velocidades de viento entre 10 y 12 m/s horario diurno y nocturno. Adenda Complementaria y Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria, estudio de ruido.
Se observa cumplimiento en todos los receptores durante la fase de Operación en velocidades de viento entre 10 y 12 m/s.
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Sin perjuicio de lo anterior, el Titular considera como Compromiso Ambiental Voluntario, realizar un Plan de monitoreo de ruido en fase de Operación, el cual se detalla a continuación:
CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Efectuar un plan de monitoreo de ruido en donde deberán efectuarse mediciones acordes a los procedimientos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en aquellos lugares en que se realizó el monitoreo continuo, de acuerdo al estudio de ruido adjuntó en el Anexo 2.1 de esta Adenda Complementaria, para comprobar el cumplimiento de los niveles máximos de ruido permitidos, tanto para el horario diurno como nocturno. Descripción: El programa de monitoreo se refiere a la evaluación acústica de la fase de operación del proyecto Parque Eólico Pemuco, en los puntos de medición continuo.
Justificación: Si bien los resultados de la modelación de ruido en la fase de operación del proyecto señalan el cumplimiento normativo para la totalidad de los receptores, el Titular propone un seguimiento de manera voluntaria para comprobar el cumplimiento normativo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones de ruido se realizarán en los puntos en que se ubicaron las estaciones de monitoreo continuo, cuyas coordenadas se presentan a continuación:
Coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 18 H Estación de monitoreo Coordenada Este Coordenada Norte Mon 1 749.317 5.905.438 Mon 2 752.969 5.903.988 Mon 3 757.706 5.904.596 Mon 5 755.418 5.907.555 Mon 5 749.661 5.903.583
Forma: Las actividades generales asociadas a cada campaña de monitoreo serán las siguientes: - Se contratará una Empresa Autorizada por la SMA (ETFA). - Mediciones trimestrales en terreno. - Elaboración de informe y planillas técnicas. - Envío del informe de monitoreo a la SMA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El método de medición deberá ser el definido en el D.S. N° 38/2011 del MMA, haciendo uso de las respectivas fichas asociadas al informe técnico indicado en el Artículo 15 del D.S. N° 38/2011 del MMA”.
Se realizarán mediciones de monitoreo continuo según lo indicado en la Guía para la Aplicación del D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente para Proyectos de Parques Eólicos en el SEIA, considerando el criterio establecido para las condiciones de operación de los aerogeneradores y la medición del ruido de fondo, en los tres rangos de velocidades de viento, 6-8 m/s, 8-10 m/s, 10-12 m/s. Debido a la variabilidad de las mediciones, se realizará el monitoreo continuo por al menos 14 días de medición en los puntos en que se ubicaron las estaciones de monitoreo continuo, esto con el fin de recopilar muestras para cada rango de velocidad de viento, lo anterior con tal de incrementar el grado de certeza de la evaluación del ruido proveniente del parque eólico. El principal instrumento para utilizar será un sonómetro. La marca y modelo de la instrumentación utilizada será exclusiva elección y responsabilidad de la empresa calificada responsable de ejecutar los trabajos de monitoreo, bajo los estándares y procedimientos de trabajo estipuladas en las normativas e instructivos vigentes. El equipo será debidamente calibrado.
Oportunidad: Durante la fase de operación, se realizará el monitoreo con una frecuencia trimestral, por un período de un (1) año. Indicador que acredite su cumplimiento Los valores (dB) de ruido medidos cumplirán con los límites establecidos en la normativa vigente (D.S. N°38/2011, al momento de la medición. Forma de control y seguimiento Los resultados del Plan de Monitoreo serán entregados al término de la ejecución del Plan a la Superintendencia del Medio Ambiente, 30 días después de finalizadas las mediciones en terreno. El informe contendrá los resultados de los monitoreos trimestrales. Al respecto la SEREMI de Medio Ambiente región de Ñuble en su Ord. N° 36/2024 de fecha 16 de febrero de 2024 que se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, entre ello a la ejecución de este Compromiso. Por lo tanto, teniendo en consideración el pronunciamiento del SEREMI de Medio Ambiente, esta Dirección Regional estima necesario condicionar el compromiso ambiental voluntario
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.300, propuso condicionar la Medida, dado que los antecedentes. El detalle de la condición propuesta fue incorporado en la sección 11.2.2 del ICE.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble aprobó íntegramente el ICE en su sesión de fecha 5 de marzo de 2024.
Mayores antecedentes en el Considerando 8.2. Condición o exigencia 2: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación, del presente Acto.
• Emisiones atmosféricas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
El resumen de los resultados de la estimación de emisiones atmosféricas asociado al Proyecto se presenta en la siguiente Tabla:
Tabla. Resumen estimación de emisiones Parque Eólico Pemuco en Ton/año. Fase Año MPS PM10 PM2,5 CO NOx SO2 Operación Año 3-42 14,468 3,760 0,485 0,010 0,041 0,0004 Fuente: Tabla 191. Resumen estimación de emisiones Parque Eólico Pemuco en Ton/año. Adenda Complementaria.
Como se aprecia en la Tabla “Resumen estimación de emisiones Parque Eólico Pemuco en Ton/año”, las emisiones del proyecto durante la fase de operación, dada sus características intrínsecas (parque Eólico), las emisiones atmosféricas disminuyen considerablemente, acercándose a valores cercanos a cero para la mayoría de sus contaminantes.
En segunda instancia y con la finalidad de evaluar si el Proyecto pudiese generar efectos significativos sobre la salud de las personas, se realizó una modelación de las emisiones del Proyecto utilizando el sistema integrado “WRF-CALPUFF” (Más información en el Anexo 4.2 de la Adenda).
La ubicación, descripción e ID de los receptores discretos considerados en la modelación se presenta a continuación en la siguiente Tabla, y posteriormente se presenta una Figura, en donde se puede observar su ubicación respecto de las fuentes del proyecto:
Tabla. Receptores de interés. ID Receptores LCC UTM WGS84 Huso 18S Este [m] Norte [m] Este [m] Norte [m] R1 Residencia 4287,6 -649,3 757.639 5.904.447 R2 Residencia 4384,5 -1115,5 757.722 5.903.978 R3 Residencia 4314,6 -1554,6 757.639 5.903.541 R4 Residencia 3295,4 -1649,0 756.617 5.903.477 R5 Residencia 1744,1 -2106,4 755.052 5.903.066 R6 Residencia -366,4 -1292,5 752.966 5.903.943 R7 Residencia -1004,0 -1739,6 752.315 5.903.515 R8 Residencia -1610,2 -1735,7 751.709 5.903.537 R9 Residencia -4255,8 -183,7 749.110 5.905.168 R10 Residencia -4587,2 -101,6 748.781 5.905.260 R11 Residencia -4901,1 261,0 748.478 5.905.632 R12 Residencia -5606,4 436,9 747.778 5.905.829 R13 Residencia -6268,4 801,2 747.127 5.906.213 R14 Residencia 676,0 4818,9 754.191 5.910.023 R15 Residencia 1820,2 4747,1 755.333 5.909.917 R16 Residencia 1958,8 2419,1 755.402 5.907.585 R17 Residencia 3981,3 2803,6 757.436 5.907.909 R18 Residencia 4715,1 2209,5 758.152 5.907.293 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
R19 Residencia 5133,3 498,0 758.519 5.905.569 R20 Residencia 4771,5 123,1 758.146 5.905.205 R21 PTAS 4600,2 -336,0 757.961 5.904.751 R22 Residencia 3829,8 3894,1 757.317 5.909.004 R23 Residencia -3665,4 -1666,2 749.656 5.903.668 R24 Residencia -3657,9 -1751,0 749.661 5.903.583 R25 Residencia -3512,7 -2223,7 749.792 5.903.106 R26 Localidad San Pedro -13086,2 2009,6 740.346 5.907.625 R27 Localidad Relbún -10665,4 2125,9 742.770 5.907.669 R28 Localidad Villa La Unión -10114,9 638,2 743.276 5.906.165 R29 Localidad Valle Hermoso -8052,7 -129,2 745.315 5.905.336 R30 Localidad Chequenes -4030,5 -1629,1 749.29 5.903.716 R31 Localidad Culenco -2586,5 -4970,1 750.636 5.900.332 R32 Plaza de armas Pemuco 4916,1 -1301,6 758.248 5.903.776 R33 Cesfam Pemuco 5631,7 -1457,2 758.959 5.903.599 R34 Liceo Tomás Herrera Vega 4766,1 -334,0 758.127 5.904.748 R35 Colegio/Escuela Dafne Zapata 4799,2 -1238,1 758.13 5.903.843 Fuente: Tabla 192. Receptores de interés. Adenda Complementaria.
En la siguiente Figura se presenta los receptores considerados en el modelo:
Figura. Receptores del modelo – Área del Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 132. Receptores del modelo – Área del Proyecto. Adenda Complementaria.
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A continuación, en la siguiente Tabla se detallan los Puntos de Máxima Concentración (PMC) del escenario modelado, detallando el contaminante y su aporte, por estadístico. Además, se muestra las coordenadas de cada PMC.
Tabla. Puntos de máxima concentración (PMC). Contaminante/ Estadístico Unidad PMC ID LCC [m] UTM WGS84 Huso 18S Este Norte Este [m] Norte [m] MP10/P98 [ug/m³] 7,3 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 MP10/PA [ug/m³] 3,4 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 MP25/P98 [ug/m³] 1,6 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 MP25/PA [ug/m³] 3,4 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 NO2/P99 [ug/m³] 12,6 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 NO2/PA [ug/m³] 1,5 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 CO/P99 1h [ug/m³] 57,9 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 CO/P99 8h [ug/m³] 24,9 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 SO2/PA [ug/m³] 0,1 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 SO2/P99 24h [ug/m³] - PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 SO2/P99 1h [ug/m³] - PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 MPS/PA [mg/m²-día] 10,7 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 MPS/PM [mg/m²-día] 15,2 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 SO2/PA [ug/m³] 0,1 PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 SO2/P99,7 24h [ug/m³] - PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 SO2/P99,73 1 hr [ug/m³] - PMC1 -3.5 0,5 749.877 5.905.828 Fuente: Tabla 193. Puntos de máxima concentración (PMC). Adenda Complementaria.
En la siguiente Figura se presenta la ubicación del PMC1, que es único. Al respecto, se encuentran ubicados en el sector del Proyecto y los alrededores, zona altamente intervenida, tanto para material particulado como gases, durante todas las fases del Proyecto.
Figura. Localización punto de máxima concentración (PMC). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 133. Localización punto de máxima concentración (PMC). Adenda Complementaria.
Por otro lado, los aportes del Proyecto en los receptores evaluados se presentan en la siguiente Tabla 194, mientras que los aportes del Proyecto respecto de la normativa se presentan en la Tabla 195:
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Tabla. Aportes del Proyecto en cada uno de los Receptores. ID Receptores MP10 [ug/m³] MP2,5 [ug/m³] NO2 [ug/m³] CO [ug/m³]
SO2 [ug/m³]
MPS [mg/m²-día]
SO2 [ug/m ³]
P98 PA P98 PA P99 PA P99 1h P99 8h PA P99 24h P99 1 h PA PM PA P99,7 24H P9973 1 hr R1 Residencia 0,14 0,03 0,05 0,01 0,27 0,01 1,23 0,43 0,00 0,00 0,01 0,02 0,04 0,00 0,00 0,01 R2 Residencia 0,18 0,03 0,06 0,01 0,41 0,01 1,94 0,49 0,00 0,00 0,01 0,02 0,03 0,00 0,00 0,02 R3 Residencia 0,13 0,03 0,05 0,01 0,24 0,00 1,16 0,33 0,00 0,00 0,01 0,02 0,03 0,00 0,00 0,01 R4 Residencia 0,42 0,09 0,15 0,03 0,90 0,02 4,12 1,24 0,00 0,01 0,03 0,12 0,25 0,00 0,01 0,05 R5 Residencia 0,31 0,06 0,08 0,02 0,18 0,01 0,71 0,24 0,00 0,00 0,00 0,05 0,08 0,00 0,00 0,01 R6 Residencia 1,53 0,51 0,40 0,13 0,78 0,05 2,18 0,78 0,00 0,01 0,02 1,05 1,56 0,00 0,01 0,02 R7 Residencia 1,09 0,39 0,29 0,10 0,67 0,04 1,82 0,69 0,00 0,00 0,01 0,65 0,76 0,00 0,01 0,02 R8 Residencia 0,80 0,24 0,22 0,06 0,58 0,02 2,32 0,72 0,00 0,00 0,01 0,39 0,47 0,00 0,01 0,02 R9 Residencia 1,48 0,34 0,69 0,15 4,00 0,11 18,97 6,54 0,01 0,04 0,13 0,40 0,62 0,01 0,05 0,19 R10 Residencia 0,58 0,14 0,25 0,05 1,21 0,03 5,67 2,30 0,00 0,01 0,04 0,14 0,19 0,00 0,02 0,06 R11 Residencia 0,25 0,07 0,09 0,02 0,54 0,01 2,51 0,74 0,00 0,00 0,01 0,06 0,08 0,00 0,01 0,03 R12 Residencia 0,17 0,06 0,05 0,02 0,36 0,01 1,61 0,37 0,00 0,00 0,00 0,05 0,07 0,00 0,00 0,01 R13 Residencia 0,14 0,05 0,04 0,01 0,23 0,00 1,15 0,28 0,00 0,00 0,00 0,06 0,10 0,00 0,00 0,01 R14 Residencia 0,07 0,03 0,02 0,01 0,15 0,00 0,76 0,19 0,00 0,00 0,00 0,02 0,03 0,00 0,00 0,01 R15 Residencia 0,08 0,03 0,03 0,01 0,14 0,01 0,68 0,20 0,00 0,00 0,00 0,03 0,03 0,00 0,00 0,01 R16 Residencia 0,38 0,10 0,09 0,02 0,46 0,01 2,16 0,56 0,00 0,00 0,01 0,08 0,11 0,00 0,00 0,02 R17 Residencia 0,17 0,04 0,06 0,01 0,49 0,01 2,48 0,51 0,00 0,00 0,01 0,03 0,04 0,00 0,00 0,02 R18 Residencia 0,11 0,02 0,04 0,01 0,23 0,00 1,15 0,27 0,00 0,00 0,00 0,01 0,02 0,00 0,00 0,01 R19 Residencia 0,08 0,02 0,03 0,01 0,08 0,00 0,54 0,17 0,00 0,00 0,00 0,01 0,01 0,00 0,00 0,00 R20 Residencia 0,11 0,02 0,04 0,01 0,16 0,00 0,80 0,26 0,00 0,00 0,00 0,01 0,01 0,00 0,00 0,01 R21 PTAS 0,15 0,03 0,05 0,01 0,37 0,01 1,80 0,46 0,00 0,00 0,01 0,01 0,02 0,00 0,00 0,02 R22 Residencia 0,05 0,02 0,02 0,01 0,06 0,00 0,35 0,11 0,00 0,00 0,00 0,01 0,02 0,00 0,00 0,00 R23 Residencia 2,06 0,71 0,64 0,21 1,56 0,11 5,03 1,83 0,01 0,02 0,04 1,88 2,11 0,01 0,02 0,06 R24 Residencia 2,31 0,73 0,66 0,21 1,66 0,11 4,72 1,85 0,00 0,02 0,04 2,10 2,67 0,00 0,02 0,06 R25 Residencia 1,44 0,38 0,47 0,13 1,53 0,08 5,90 2,06 0,01 0,02 0,05 0,58 0,73 0,01 0,02 0,07 R26 Localidad San Pedro 1,74 0,57 0,43 0,14 1,20 0,05 0,38 0,11 0,00 0,00 0,01 2,42 3,57 0,00 0,00 0,01 R27 Localidad Relbún 0,22 0,08 0,05 0,02 0,10 0,01 0,26 0,04 0,00 0,00 0,00 0,14 0,20 0,00 0,00 0,00 R28 Localidad Villa La Unión 1,77 0,64 0,43 0,15 0,93 0,05 0,40 0,13 0,00 0,00 0,01 1,50 1,89 0,00 0,00 0,01 R29 Localidad Valle Hermoso 1,07 0,28 0,26 0,07 0,58 0,02 0,67 0,20 0,00 0,00 0,00 0,39 0,49 0,00 0,00 0,01 R30 Localidad Chequenes 2,74 0,84 0,73 0,22 2,15 0,09 4,20 1,35 0,00 0,01 0,03 2,19 2,47 0,00 0,01 0,04 R31 Localidad Culenco 0,13 0,03 0,04 0,01 0,14 0,00 0,61 0,15 0,00 0,00 0,00 0,02 0,04 0,00 0,00 0,00 R32 Plaza de armas Pemuco 0,07 0,01 0,02 0,00 0,10 0,00 0,46 0,17 0,00 0,00 0,00 0,01 0,01 0,00 0,00 0,00 R33 Cesfam Pemuco 0,05 0,01 0,01 0,00 0,04 0,00 0,23 0,08 0,00 0,00 0,00 0,01 0,01 0,00 0,00 0,00 R34 Liceo Tomás Herrera Vega 0,12 0,02 0,04 0,01 0,22 0,00 1,10 0,29 0,00 0,00 0,00 0,01 0,02 0,00 0,00 0,01 R35 Colegio/Escuela Dafne Zapata 0,09 0,02 0,03 0,01 0,13 0,00 0,67 0,21 0,00 0,00 0,00 0,01 0,02 0,00 0,00 0,01 Fuente: Tabla 194. Aportes del Proyecto en cada uno de los Receptores. Adenda Complementaria y Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria.
Tabla. Relación Porcentual del aporte del Proyecto con la normativa en cada uno de los Receptores (%). ID Descripción MP10 MP25 NO2 CO
SO 2
MPS secundario
SO2 secundario Estadístico P98 PA P98 PA P99 PA P99 h P99 8h PA P99 24h P99 h PA PA PA PM PA P99,7 d P9973 h Valor normado 130 50 50 20 400 100 30.000 10.000 60 150 350 333 200 100 150 60 260 700 R1 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R2 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R3 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R4 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R5 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R6 Residencia 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 1% 1% 0% 0% 0% Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
R7 Residencia 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 1% 0% 0% 0% R8 Residencia 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R9 Residencia 1% 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R10 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R11 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R12 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R13 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R14 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R15 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R16 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R17 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R18 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R19 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R20 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R21 PTAS 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R22 Residencia 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R23 Residencia 2% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 1% 2% 1% 0% 0% 0% R24 Residencia 2% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 1% 2% 2% 0% 0% 0% R25 Residencia 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 0% 0% 0% 0% R26 Localidad San Pedro 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 1% 2% 2% 0% 0% 0% R27 Localidad Relbún 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R28 Localidad Villa La Unión 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 1% 1% 0% 0% 0% R29 Localidad Valle Hermoso 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R30 Localidad Chequenes 2% 2% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 1% 1% 2% 2% 0% 0% 0% R31 Localidad Culenco 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R32 Plaza de armas Pemuco 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R33 Cesfam Pemuco 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R34 Liceo Tomás Herrera Vega 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% R35 Colegio/Escuela Dafne Zapata 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% Fuente: Tabla 195. Relación Porcentual del aporte del Proyecto con la normativa en cada uno de los Receptores (%). Adenda Complementaria y Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria.
En este punto es necesario mencionar que la comuna de Pemuco fue declarada zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5 como concentración diaria y declarada como zona latente por norma anual, mediante Decreto Supremo N°69 de julio de 2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Debido a ello, para determinar la significancia de los aportes del proyecto en términos de la calidad del aire, se evaluaron los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del proyecto en su escenario más desfavorable (correspondiente al año 1 de la Fase de Construcción), con los umbrales establecidos en el documento “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”.
En la siguiente Tabla se presenta una comparación entre los aportes del Proyecto y el criterio recomendando en la Tabla 0-8 de documentos “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”.
Tabla. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Parámetro
Periodo
SILs (ug/m³) Aporte proyecto en R30 (ug/m3) % de la Norma Chilena Aporte normativo proyecto (%) Cumplimiento de los aportes del proyecto MP2,5 24 horas 1,7 0,73 3,4% 1%
Anual 0,3 0,22 1,5% 1%
MP10 24 horas 5,0 2,74 3,8% 2%
Anual 1,0 0,84 2,0% 1%
Fuente: Tabla 196. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas. Adenda Complementaria.
Por lo tanto, respecto de los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del Proyecto sobre los receptores y sobre la normativa vigente, en su escenario más desfavorable (año 1 de la fase de construcción), éstos se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/m2].
Adicionalmente, es importante señalar que las emisiones del proyecto y, por ende, sus concentraciones resultantes, son acotadas en el tiempo, dado que se concentran principalmente en los años que dura la construcción y particularmente en el año 1, correspondiente al año más intensivo respecto de los niveles de actividades por realizar, mientras que, en la operación del proyecto, dada sus características intrínsecas (parque Eólico), las emisiones atmosféricas disminuyen considerablemente.
Además, señalar que los aportes en receptores por los demás contaminantes y estadísticos evaluados (NO2, SO2, CO), se encuentran, en su mayoría, en el 0%, tal como se observa en la Tabla 195.
De esta manera y en base a los antecedentes presentados, es posible establecer que no se generarán riesgos a la salud de la población, incluyendo niños, adultos mayores y personas con diversidad funcional (abordado en la observación como “discapacidades o trastornos”), toda vez que el Proyecto cumple con la normativa establecida para tales fines y sus emisiones se encuentra por debajo de los umbrales establecidos en cada una de ellas.
• Campos Electromagnéticos (CEM) En nuestro país no existe reglamentación relativa a los valores límites permitidos de exposición de las personas a los campos electromagnéticos de frecuencia industrial. No obstante, la regulación ambiental que rige el tema de emisiones señala que, de no existir una regulación nacional, debe aplicarse como norma de referencia aquella que se encuentre vigente en estados específicos. El Decreto Nº 40 del Ministerio del Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado el 12-08-2013, y que entró en vigencia el 24-12-2013, indica en su Artículo 11:
“Artículo 11.- Normas de referencia.
Las normas de calidad ambiental y de emisión que se utilizarán como referencia para los efectos de evaluar si se genera o presenta el riesgo indicado en la letra a) y los efectos adversos señalados en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
letra b), ambas del artículo 11 de la Ley, serán aquellas vigentes en los siguientes Estados: República Federal de Alemania, República Argentina, Australia, República Federativa del Brasil, Canadá, Reino de España, Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América, Nueva Zelandia, Reino de los Países Bajos, República Italiana, Japón, Reino de Suecia y Confederación Suiza. Para la utilización de las normas de referencia, se priorizará aquel Estado que posea similitud en sus componentes ambientales, con la situación nacional y/o local, lo que será justificado razonablemente por el proponente.”
La recomendación de uso más frecuente para público general y exposición permanente es la publicada por la ICNIRP [3], organismo no gubernamental reconocido por la Organización Mundial de la Salud como referente en el tema, que establece 5.000 [V/m] para el campo eléctrico y 100 [µ T] para la inducción magnética.
El año 2021 se publicó en nuestro país el Pliego Técnico Normativo RPTD N°07 [3], dictado por Resolución Exenta Nº 33.277, de fecha 10/09/2020, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que en su Artículo 4.7 establece:
“Los límites máximos permisibles para la seguridad de las personas, en cuanto a la emisión de campo electromagnético para el diseño de líneas aéreas de corriente alterna de 50 Hz de frecuencia, y que será evaluado en el exterior de la franja de seguridad, a 1 metro sobre el nivel del suelo, en condiciones normales de operación de la línea, con los conductores en reposo, serán los que determinen las normas respectivas. En ausencia de regulación técnica nacional, se debe cumplir con lo siguiente:
5 kV/m para campo eléctrico (valor RMS) 100 μT para campo magnético (valor RMS).”
De la investigación bibliográfica y las modelaciones efectuadas para estimación de la magnitud de los efectos electromagnéticos provocados por las diversas instalaciones del Proyecto “Parque Eólico Pemuco”, se obtiene los resultados presentados en las Tablas siguientes; se incluye en cada Tabla los valores establecidos por las respectivas normativas, la ubicación de dichos valores y su conclusión final.
Tabla. Resumen de valores representativos de campos electromagnéticos.
Equipo Campo eléctrico [V/m] Inducción magnética [micro Tesla]
Ubicación Aerogeneradores 0 0,10 A 10m de la base Subestación eléctrica elevadora Transformador 102 1,45 A 15m del equipo Barras de 220kV 496 1,42 Borde SE Paños de línea de 220kV alta tensión 1.025 2,45 Borde SE Torre suspensión 1.384 2,12 En borde franja Torre anclaje 2.170 2,07 En borde franja Torre remate 1.978 1,90 En borde franja Portal 2.641 3,40 En borde franja Cruce 2.500 7,40 En borde franja Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Límite RPTD N°07 5.000 100
Límite ICNIRP 5.000 200
Cumple Si Si
Fuente: Tabla 197. Resumen de valores representativos de campos electromagnéticos. Adenda Complementaria.
Con respecto a radio interferencia, en la Tabla 198 se entrega los resultados obtenidos para la subestación y la línea, con los respectivos valores límites.
Tabla Radio interferencia generada por instalaciones y valor límite de norma. Estructura Radio interferencia [dB/uV/m] Subestación elevadora 39,25 Línea de Alta Tensión Torre tipo suspensión 41,62 Torre tipo anclaje 42,71 Torre tipo remate 42,91 Límite norma canadiense 53 Cumple Si Fuente: Tabla 198 Radio interferencia generada por instalaciones y valor límite de norma. Adenda Complementaria.
Se concluye por lo tanto que las instalaciones del Parque Eólico Pemuco satisfacen la normativa vigente respecto del campo electromagnético de baja y alta frecuencia.
Respecto a lo observado: 1.3. La planta de hormigón, además de ser un movimiento innecesario de material, poniendo en riesgo la salud física y mental de las personas que habitan el sector, sumado a los efectos en la fauna y la carga al flujo de la Ruta N-85, hace aún más necesario el monitoreo con imagen y sonido, con vigilancia de las partículas en suspensión por el movimiento del material y flujo de maquinaria, para garantizar las normas establecidas al respecto, además de contar con un sistema de seguimiento de ruido en las viviendas más cercanas al proyecto, para garantizar que la información este a disposición de la ciudadanía y de los organismos fiscalizadores.
A continuación, se presenta una respuesta segregada con referencia a cada una de las materias consultadas en las observaciones ciudadanas, las cuales han sido abordadas de manera temática.
• Justificación de existencia y operación Planta de Hormigón El diseño del Proyecto contempla la construcción y operación temporal de una planta de hormigón al interior del área de influencia del Proyecto, con la finalidad de proveer de este suministro al Proyecto durante la fase de hormigonado de aerogeneradores.
La fase de hormigonado de aerogeneradores, se estima que tenga una duración total de 11 meses. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
La justificación de instalar una planta de hormigón al interior del área del Proyecto es que permitirá disminuir la generación de emisiones provenientes del flujo vial y la afectación misma al tránsito habitual de las comunidades aledañas al Proyecto. Si se toma en consideración el volumen de hormigón requerido por el Proyecto (39.505 m3), la consideración de fabricarlo al interior de la obra tiene como consecuencia directa la disminución considerable del número de camiones mixer, viajes y tránsito por vía pública, por el transporte a granel de los insumos requeridos (principalmente cemento), respecto de si ese elemento fuera adquirido desde un tercero externo al área de Proyecto.
Respecto de los resultados de la modelación de la calidad de aire presentados en el Anexo 4.2 de la Adenda, se obtuvo que en su escenario más desfavorable, las emisiones del proyecto (incluyendo la planta de hormigón en su interior), se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el material particulado o MP en sus fracciones MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/ m3]. Por lo tanto, no se pone en riesgo la salud de las personas y, por ende, no se requiere del monitoreo de calidad de aire al que se alude en la consulta ciudadana.
Respecto al control de emisiones de material particulado, los flujos de camiones que se obtengan durante el proceso de hormigonado de fundaciones serán todos internos del Proyecto. En este sentido, el tránsito de camiones se realizará por caminos internos del Proyecto, que serán supervisados por el personal del Proyecto y sobre los cuales se contemplan medidas de control de emisión de partículas, como la aplicación de aditivos a la carpeta de rodado que permitan evitar la generación de polvo en suspensión, por el tránsito de vehículos.
Respecto al monitoreo y con vigilancia de las partículas en suspensión por el movimiento del material y flujo de maquinaria, se indica que el Proyecto ha adoptado las siguientes medidas: - Todos los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. - El trasporte de materiales será realizado con la carga cubierta. - La maquinaria utilizada contará con sus mantenciones y revisiones técnicas al día. - La mantención de la maquinaria será realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - Se instruirá a los trabajadores que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados detengan sus motores. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. - Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de relleno y excavación. - Los vehículos circularán a velocidad moderada (máximo 30 km/h para vehículos con carga y sin carga, en caminos no pavimentados), lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de servicios - Se humedecerán las pilas de tierra y escombros. - Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios. - Se mantendrán las calles limpias y aceras circundantes a la obra, previa humectación. No se usará barrido en seco.
• Plan de Monitoreo de Ruido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
En cuanto al seguimiento del Ruido, durante la fase de Construcción del Proyecto, se contempla un monitoreo durante toda la fase de Construcción. De esta manera, se procederá a efectuar un plan de monitoreo de ruido, en donde deberán ejecutarse mediciones acordes a los procedimientos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA, en los receptores indicados en el informe de evaluación acústica contenido en el Anexo 1.5 de la DIA, para comprobar el cumplimiento de los niveles máximos de ruido permitidos, tanto para el horario diurno como nocturno.
El programa de monitoreo se refiere a la evaluación acústica de la fase de Construcción del proyecto Parque Eólico Pemuco, en los puntos de medición de tipo residencial, seleccionados de acuerdo con su cercanía con las futuras fuentes generadoras de ruido del proyecto.
Las actividades generales asociadas a cada campaña de monitoreo serán las siguientes: • Se contratará una Empresa Autorizada por la SMA (ETFA). • Mediciones trimestrales en terreno. • Elaboración de informe y planillas técnicas. • Envío del informe de monitoreo a la SMA. • Informes disponibles en las oficinas de Engie en Pemuco.
El método de medición deberá ser el definido en el D.S. N° 38/2011 del MMA, haciendo uso de las respectivas fichas asociadas al informe técnico indicado en el Artículo 15 del D.S. N° 38/2011 del MMA”. Se realizará la medición de ruido en horario diurno y nocturno en los puntos de medición relevantes. En el punto de medición se tomarán muestras cada cinco (5) minutos, por un período de 15 a 25 minutos, bajo el criterio de estabilización de la lectura, registrando los valores en cada intervalo de medición hasta obtener una diferencia que sea igual o inferior a 2 dB(A) entre intervalos consecutivos sin interrupción.
El principal instrumento para utilizar será un sonómetro. La marca y modelo de la instrumentación utilizada será exclusiva elección y responsabilidad de la empresa calificada, responsable de ejecutar los trabajos de monitoreo bajo los estándares y procedimientos de trabajo estipuladas en las normativas e instructivos vigentes. El equipo será debidamente calibrado y su certificado será adjuntado en el respectivo informe.
Los informes de estos monitoreos (trimestrales) serán presentados a la autoridad ambiental y quedarán dispuestos en la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental. Además, los informes de ruido quedarán disponibles para consulta de la comunidad en las oficias de Engie en Pemuco.
De acuerdo al Compromiso Ambiental Voluntario, CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de Operación, se establece que los resultados del Plan de Monitoreo serán entregados al término de la ejecución del Plan a la autoridad ambiental, la cual corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Respecto a si debido a la planta de hormigón habrá efectos o impactos ambientales sobre:
a) El riesgo a la salud física y mental de las personas que habitan el sector, se indica que:
En esta obra se generarán residuos industriales líquidos durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón en la fase de Construcción. Estos residuos serán manejados a través de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una zona de lavado o pilón, una piscina de lavado, tres piscinas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de decantación y una fosa para escombros. El efluente será recirculado a los estanques de almacenamiento de agua industrial previstos en la planta de hormigón, y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Las piscinas de lavado y decantación se construirán sobre una membrana geotextil impermeable, para así evitar potenciales infiltraciones y afectación de los recursos naturales suelo y agua. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso de elaboración o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final.
Respecto de los resultados de la modelación de la calidad de aire presentados en el Anexo 4.2 de la Adenda, se obtuvo que en su escenario más desfavorable, las emisiones del proyecto (incluyendo la planta de hormigón en su interior), se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/ m3]. Por lo tanto, no se pone en riesgo la salud de las personas.
En virtud de los antecedentes descritos, se confirma que el Proyecto no presenta exposición de contaminantes producto de los efluentes, que generen afectación sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
En cuanto al ruido, de acuerdo con el modelo de propagación sonora, durante la fase de construcción evaluada en horario diurno, se presentarían superaciones a los máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA sobre un receptor, por lo que es necesario establecer medidas de control, las cuales corresponden a barrera acústica móvil y restricción de maquinaria.
Para el caso de vibraciones, las proyecciones no superarán los límites establecidos por la normativa “Transit Noise and Vibration Impact Assessment”, para los receptores cercanos al área de construcción del parque eólico ni a las cercanías de la línea de transmisión.
Dicho lo anterior, los resultados de las proyecciones de nivel de presión sonora y vibraciones respectivos del estudio, considerando las medidas de control propuestas para los receptores, arrojan niveles por debajo de los límites máximos permitidos para la fase de construcción, por tanto, se puede afirmar que el funcionamiento de la planta de hormigón, según la información contenida en este estudio, no generaría un impacto significativo en los receptores cercanos.
b) Fauna Respecto a la planta de hormigón, y conforme a los resultados de línea de base del Proyecto, en el área en que se implementará esta obra no se registraron ambientes relevantes ni especies sensibles, por lo tanto, la implementación de esta obra no generará efectos ambientales negativos.
c) Carga al flujo de la ruta N-85 En general, los flujos de camiones durante el proceso de hormigonado de fundaciones serán todos internos del Proyecto. En este sentido, el tránsito de camiones se realizará por caminos internos del Proyecto, que serán supervisados por el personal del Proyecto y sobre los cuales se contemplan medidas de control de emisión de partículas, como la aplicación de aditivos a la carpeta de rodado que permitan evitar la generación de polvo en suspensión, por el tránsito de vehículos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
A lo anterior, se suma que los vehículos de transporte de insumos a granel para la Planta de Hormigón, cumplirán con lo establecido por la Dirección de Vialidad para el tránsito en la Ruta N-85, tanto en la parte técnica como en la capacidad máxima de traslado de material. Adicionalmente, el Proyecto implementará un Plan de Monitoreo de Rutar, el que consistirá realizar un monitoreo del estado de la misma antes, durante y después de la construcción del Parque Eólico a fin de detectar posibles daños ocasionados por el tránsito vehicular del Proyecto. El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la ruta N-85 se realizará en forma semanal, obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Este monitoreo se llevará a cabo durante todo el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso. En caso de detectar algún deterioro de la ruta que pueda ser atribuido al flujo vehicular y/o paso de camiones relacionado directamente con la construcción del Parque Eólico Pemuco, se realizarán las coordinaciones necesarias con la autoridad competente para ejecutar labores de normalización y/o reparación de los tramos de vías afectados.
Respecto al monitoreo y con vigilancia de las partículas en suspensión por el movimiento del material y flujo de maquinaria asociado a Planta de Hormigón y su tránsito interno y externo, se indica que el Proyecto no considera implementar dicha tecnología, por cuanto, de acuerdo a los estudios y modelaciones realizadas para calcular los niveles de material particulado y gases (ver Anexo 4.2 de la Adenda), se presenta cumplimiento de las normas vigentes, incluido el D.S. N°69/2022 que “Declara Zona Saturada por Norma Diaria y Latente por Norma Anual, Ambas por Material Particulado Fino Respirable MP2,5, a la Macrozona del Valle Central de Ñuble” del Ministerio de Medio Ambiente.
No obstante, se ha adoptado implementar las siguientes medidas, tanto a los camiones que circulan internamente dentro del Parque como por los caminos públicos: - Todos los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. - El trasporte de materiales será realizado con la carga cubierta. Por otra parte, el cemento a granel será transportado en camiones “silo”, donde el cemento va en un espacio confinado. - La maquinaria utilizada contará con sus mantenciones y revisiones técnicas al día. - La mantención de la maquinaria será realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - Se instruirá a los trabajadores que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados detengan sus motores. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. - Los vehículos circularán a velocidad moderada (máximo 30 km/h para vehículos con carga y sin carga, en caminos no pavimentados), lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de servicios. - Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios. - Se aplicará supresor de polvo en los caminos internos del Proyecto.
En relación a lo observado sobre “garantizar las normas establecidas al respecto, además de contar con un sistema de seguimiento de ruido en las viviendas más cercanas al proyecto, para garantizar que la información este a disposición de la ciudadanía y de los organismos fiscalizadores.” A continuación, se presenta la Tabla “Normativa Ambiental Aplicable a la Planta de Hormigón”, la cual contiene un resumen de la Normativa Ambiental Aplicable a la Planta de Hormigón. De todos los componentes se puede mencionar que respecto de los resultados de la modelación de la calidad de aire presentados en el Anexo 4.2 de la Adenda, se obtuvo que en su escenario más desfavorable, las emisiones del proyecto (incluyendo la planta de hormigón en su interior), se encuentran bajo los umbrales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el material particulado o MP en sus fracciones MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/ m3]. Por lo tanto, no se pone en riesgo la salud de las personas, y por ende, no se requiere del monitoreo de calidad de aire al que se alude en la consulta ciudadana.
Tabla. Normativa Ambiental Aplicable a la Planta de Hormigón. Materia/ Componente Norma Forma de cumplimiento
Emisiones atmosféricas
Decreto Supremo N°
144 /1961 MINSAL
Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Como medidas de abatimiento y control, con el objeto de lograr la mínima alteración en la calidad del aire se consideran las siguientes: Fase de construcción y cierre: - Registro aplicación de supresor de polvo en ejes principales de caminos. - En caso de requerirse, registro de humectación en ejes secundarios de caminos. - Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista encargada. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. - Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Certificado de mantenciones, para la maquinaria que requiera de revisión técnica. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. Decreto Supremo N°
138 /2005 MINSAL
Establece obligación de declarar emisiones que indica Se declararán las emisiones de los grupos electrógenos que se utilicen durante la ejecución de las distintas fases del proyecto, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Decreto Supremo N°
279 /1983 MINSAL Reglamento para el control de emisiones contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna. Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente
Decreto Supremo N° 4/1994 MTT
Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control - Los vehículos motorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión, que se utilicen durante las distintas fases del Proyecto cumplirán los límites máximos de emisión señalados en la norma, lo que se comprobará mediante la exigencia de los certificados de revisión técnica al día para todos los vehículos motorizados ya sean propios, contratistas, subcontratistas o de los proveedores. - A todos los vehículos que se utilicen se les harán las mantenciones recomendadas por el fabricante y las adicionales que se requieran, para garantizar un óptimo funcionamiento de los equipos y así asegurar que las emisiones se mantengan dentro de los rangos permitidos.
Decreto Supremo N° 54/94 MTT
Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos. - Los vehículos motorizados que se utilicen durante las distintas fases del Proyecto cumplirán los límites máximos de emisión señalados en la norma, lo que se comprobará mediante la exigencia de los certificados de revisión técnica al día para todos los vehículos motorizados ya sean propios, contratistas, subcontratistas o de los proveedores. - Por otra parte, el Titular verificará que todo vehículo motorizado inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuente con el rótulo que garantiza que cumple con los límites máximos de emisión, establecidos por la normativa. - A todos los vehículos que se utilicen se les harán las mantenciones recomendadas por el fabricante y las adicionales que se requieran, para garantizar un óptimo funcionamiento de los equipos y así asegurar que las emisiones se mantengan dentro de los rangos permitidos.
Decreto
Establece norma de emisión
Se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados que participen en el desarrollo del Proyecto contar con el permiso de circulación y la revisión técnica al día. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Supremo N°55/94 MTT aplicable a vehículos motorizados pesados. - Los vehículos motorizados portarán el sello verde autoadhesivo que acredite la certificación relativa al cumplimiento de los límites de emisiones establecidos. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados pesados contar con mantenciones periódicas. Decreto Supremo N°211/1991 MTT Establece Normas de
Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente.
Decreto Supremo N°75/1987 MTT
Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Raschel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
Emisiones acústicas
Decreto Supremo N° 38/2011 MMA
Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. La totalidad de los receptores cumplen con los límites permisibles establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. Durante la fase de construcción, se incluirá una barrera acústica y restricción de operación simultáneo de maquinaria, asociado al receptor R16. Durante la fase de cierre se incluirá una barrera acústica asociada al receptor R16. Para mayores antecedentes ver Estudio de Ruido y Vibraciones, incorporado en el Anexo 4.3 de la Adenda. Una vez obtenida la RCA favorable, el titular del Proyecto entregará a la autoridad un programa de trabajo de ejecución de las obras. Este programa incluirá las medidas establecidas en las letras a), b) y c) del punto 4 del artículo 5.8.3 del D.S. Nº47/97 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Decreto Supremo N°
47 /1992 MINVU
Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones El Titular presentará los antecedentes necesarios ante la autoridad para los permisos de edificación relativos a la construcción de obras. Además, el Titular exigirá a los contratistas que adopten las medidas establecidas en esta norma con el fin de minimizar las emisiones de ruido. Una vez obtenida la RCA favorable, el titular del Proyecto entregará a la autoridad un programa de trabajo de ejecución de las obras. Este programa incluirá las medidas establecidas en las letras a), b) y c) del punto 4 del artículo 5.8.3 del D.S. Nº47/97 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones
Agua potable y aguas servidas
Decreto Supremo N°
594 /1999 MINSAL
Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Agua Potable: Se estima una cantidad de 150 L/día/trabajador dando estricto cumplimiento al artículo 123 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL. Fase de construcción: Dentro de las instalaciones de faena (principal y secundaria) se prevé un total de seis estanques de almacenamiento de agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 35 y 25 m3. El agua almacenada cumplirá con la norma NCh 409 Of. 2005 05 Norma de Calidad de Agua Potable. Los estanques de agua serán abastecidos por camiones aljibes de una empresa externa autorizada por el Seremi de Salud de la región, la que mantendrá sus certificados, permisos y/o autorizaciones vigentes. Por otro lado, el suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realizará mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 L, como también por botellas individuales, servicio que será contratado a una empresa que se encuentre debidamente autorizada. Aguas Servidas: Se dará cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en los Artículos 24, 25 y 26 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Las instalaciones de faena durante la construcción y/o cierre, y el edificio O&M durante la fase de operación, contarán con servicios sanitarios, los cuales estarán compuestos por baños, lavamanos y duchas, y su cantidad será la establecida en el artículo 23 de la norma en análisis. Durante la fase de construcción, operación y cierre se utilizarán Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de tipo convencional que funcionarán a base Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
del tratamiento de lodos activados, para el tratamiento de las aguas servidas que se generarán en estas fases, con capacidad acorde a la mano de obra prevista en cada fase. Para el efluente tratado, se considera como primera opción el retiro del 100% por una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en una planta de tratamiento autorizada por la Seremi de Salud de la región. Cabe indicar que, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos, según requerimiento, en cuyo caso el efluente tratado permitirá cumplir con los requisitos establecidos en la NCh 1.333. Asimismo, los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado. Los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado por la Seremi de Salud de la región, con una frecuencia bianual para la fase de construcción y cierre, y con frecuencia anual para la fase de operación, o con mayor frecuencia si se requiere. Para mayores antecedentes, en Anexo 5.2 de la Adenda se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 138. Adicionalmente, para aquellos frentes de trabajo móviles durante la fase de construcción y cierre que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se implementarán baños químicos móviles. Éstos serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada y su contenido será dispuesto según la legislación vigente, para lo cual se llevará un registro en obra identificando: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente de camión y empresa responsable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Decreto
con Fuerza de Ley N°725/67 MINSAL
Código Sanitario Agua Potable: Se estima una cantidad de 150 L/día/trabajador dando estricto cumplimiento al artículo 123 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL. Fase de construcción: Dentro de las instalaciones de faena (principal y secundaria) se prevé un total de seis estanques de almacenamiento de agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 35 y 25 m3. El agua almacenada cumplirá con la norma NCh 409 Of. 2005 05 Norma de Calidad de Agua Potable. Los estanques de agua serán abastecidos por camiones aljibe de una empresa externa autorizada por el Seremi de Salud de la región, la que mantendrá sus certificados, permisos y/o autorizaciones vigentes. Por otro lado, el suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realizará mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 litros, como también por botellas individuales, servicio que será contratado a una empresa que se encuentre debidamente autorizada. Aguas Servidas: Se dará cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en los Artículos 24, 25 y 26 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Las instalaciones de faena durante la construcción y/o cierre, y el edificio O&M durante la fase de operación, contarán con servicios sanitarios, los cuales estarán compuestos por baños, lavamanos y duchas, y su cantidad será la establecida en el artículo 23 de la norma en análisis. Durante la fase de construcción, operación y cierre se utilizarán Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de tipo convencional que funcionarán a base del tratamiento de lodos activados, para el tratamiento de las aguas servidas que se generarán en estas fases, con capacidad acorde a la mano de obra prevista en cada fase. Para el efluente tratado, se considera como primera opción el retiro del 100% por una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en una planta de tratamiento autorizada por la Seremi de Salud de la región. Cabe indicar que, este podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos, según requerimiento, en cuyo caso el efluente tratado permitirá cumplir con los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
requisitos establecidos en la NCh 1.333. Asimismo, los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado. Los lodos serán retirados en un camión limpia fosas de una empresa externa que realizará el transporte y disposición final en lugar autorizado por la Seremi de Salud de la región, con una frecuencia bianual para la fase de construcción y cierre, y con frecuencia anual para la fase de operación, o con mayor frecuencia si se requiere. Para mayores antecedentes, en Anexo 5.2 de la Adenda se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 138. Adicionalmente, para aquellos frentes de trabajo móviles durante la fase de construcción y cierre que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se implementarán baños químicos móviles. Éstos serán mantenidos y retirados por una empresa autorizada y su contenido será dispuesto según la legislación vigente, para lo cual se llevará un registro en obra identificando: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente de camión y empresa responsable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Agua potable
Decreto
con Fuerza de Ley N° 735/1969 MINSAL
Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano del ministerio de salud pública Agua Potable: Se estima una cantidad de 150 L/día/trabajador dando estricto cumplimiento al artículo 123 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL. Fase de construcción: Dentro de las instalaciones de faena (principal y secundaria) se prevé un total de seis estanques de almacenamiento de agua potable. Estos estanques tendrán una capacidad de 35 y 25 m3. El agua almacenada cumplirá con la norma NCh 409 Of. 2005 05 Norma de Calidad de Agua Potable. Los estanques de agua serán abastecidos por camiones aljibes de una empresa externa autorizada por el Seremi de Salud de la región, la que mantendrá sus certificados, permisos y/o autorizaciones vigentes. Por otro lado, el suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realizará mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 litros, como también por botellas individuales, servicio que será contratado a una empresa que se encuentre debidamente autorizada.
Decreto
con Fuerza de Ley N° 725/1967 MINSAL
Regula la construcción, reparación, modificación y ampliación de obras de evacuación o disposición de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros, las que deben ser aprobadas por la autoridad sanitaria. Para la contención de estas aguas, se dispondrá de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una (1) zona de lavado o pilón, una (1) piscina de lavado, tres (3) piscinas de decantación, una (1) fosa para escombros. El efluente será recirculado a los cuatro (4) estanques de almacenamiento de agua industrial prevista en la planta de hormigón y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final. Ante la eventual disposición en infraestructuras sanitarias, éstos deberán cumplir con las concentraciones señaladas en el D.S 609/98, del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Cabe señalar que la instalación para el lavado de camiones no constituye una planta de tratamiento de RILES según lo que indica el artículo 139 del D.S. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
N°40/2012 del MMA, toda vez que dichas piscinas consideran solo a una separación física (decantación) del efluente.
Decreto Supremo N° 594/1999 MINSAL
Reglamento sobre condiciones sanitarias ambientales básicas en los lugares de trabajo Para la contención de estas aguas, se dispondrá de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una (1) zona de lavado o pilón, una (1) piscina de lavado, tres (3) piscinas de decantación, una (1) fosa para escombros. El efluente será recirculado a los cuatro (4) estanques de almacenamiento de agua industrial prevista en la planta de hormigón y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final. Ante la eventual disposición en infraestructuras sanitarias, éstos deberán cumplir con las concentraciones señaladas en el D.S 609/98, del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Cabe señalar que la instalación para el lavado de camiones no constituye una planta de tratamiento de RILes según lo que indica el artículo 139 del D.S. N°40/2012 del MMA, toda vez que dichas piscinas consideran solo a una separación física (decantación) del efluente.
Agua potable y aguas servidas
Decreto
con Fuerza de Ley N°725/67 MINSAL
Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Para la contención de estas aguas, se dispondrá de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una (1) zona de lavado o pilón, una (1) piscina de lavado, tres (3) piscinas de decantación, una (1) fosa para escombros. El efluente será recirculado a los cuatro (4) estanques de almacenamiento de agua industrial prevista en la planta de hormigón y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Si por razones de calidad el agua no puede ser reutilizada en el proceso o el volumen de efluente tratado supera al volumen del efluente utilizado, el excedente será enviado a empresas autorizadas para su tratamiento o disposición final. Ante la eventual disposición en infraestructuras sanitarias, éstos deberán cumplir con las concentraciones señaladas en el D.S 609/98, del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de emisión para la regulación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Cabe señalar que la instalación para el lavado de camiones no constituye una planta de tratamiento de RILES según lo que indica el artículo 139 del D.S. N°40/2012 del MMA, toda vez que dichas piscinas consideran solo a una separación física (decantación) del efluente.
Residuos sólidos
Decreto
con Fuerza de Ley N° 725/1967 MINSAL
Regula la disposición final de residuos de distintas clases y dispone que el Servicio de Salud debe autorizar todo lugar destinado a la acumulación y disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. • Residuos domésticos Los RSD serán recolectados en bolsas plásticas y depositados temporalmente en contenedores tapados y herméticos en el sitio habilitado para su almacenamiento (Bodega de Residuos Domésticos) dentro de cada instalación de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase). El retiro se realizará al menos 2 veces por semana, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. Para mayores antecedentes en el Anexo 5.3., donde se adjunta el PAS 140. • Residuos industriales no peligrosos Los RSINP serán recolectados y transportados la Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos habilitada para su almacenamiento transitorio, ubicadas en cada una de las instalaciones de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase). El retiro se realizará con periodicidad quincenal (2 veces al mes) durante la fase de construcción y cierre, una (1) al mes durante la operación, o cada vez que se requiera, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. A su vez, se privilegiará el reciclaje de estos residuos en caso de existir empresas locales que realicen el servicio Para mayores antecedentes, véase Anexo 5.3, donde se adjunta el PAS 140. • Residuos peligrosos. Almacenamiento temporal en bodega RESPEL para posterior traslado disposición en relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Para mayores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
antecedentes, véase Anexo 3.4 de la DIA, donde se adjunta el PAS 142. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Decreto Supremo N°
594 /1999 MINSAL
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo • Residuos domésticos Los RSD serán recolectados en bolsas plásticas y depositados temporalmente en contenedores tapados y herméticos en el sitio habilitado para su almacenamiento (Bodega de Residuos Domésticos) dentro de cada instalación de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase). El retiro se realizará al menos 2 veces por semana, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. Para mayores antecedentes en el Anexo 5.3., donde se adjunta el PAS 140. • Residuos industriales no peligrosos Los RSINP serán recolectados y transportados la Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos habilitada para su almacenamiento transitorio, ubicadas en cada una de las instalaciones de faena (principal y secundaria), y área de la subestación eléctrica (de acuerdo con la fase). El retiro se realizará con periodicidad quincenal (2 veces al mes) durante la fase de construcción y cierre, una (1) al mes durante la operación, o cada vez que se requiera, por parte de una empresa de transportes debidamente autorizada para realizar esta actividad y se dispondrán en un sitio de disposición final igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria de la región. A su vez, se privilegiará el reciclaje de estos residuos en caso de existir empresas locales que realicen el servicio Para mayores antecedentes, véase Anexo 5.3, donde se adjunta el PAS 140. • Residuos peligrosos. Almacenamiento temporal en bodega RESPEL para posterior traslado disposición en relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Para mayores antecedentes, véase Anexo 3.4 de la DIA, donde se adjunta el PAS 142.
Ley
N°
Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y En caso de uso/adquisición de materiales o insumos que generen un residuo posible de valorizar (productos prioritarios), el titular se compromete a que, por sí mismo o a través de gestores autorizados y registrados, efectuará dicha valorización, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
20.920/2016 fomento al reciclaje. cumpliendo los procedimientos internos de manejo de residuos, de acuerdo con el tipo de residuo de que se trate.
Suelo Decreto D.F.L. N°458/1992 Ley General de Urbanismo y Construcciones Otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.
D.S N°83/2010 MINAGRI
Declara Clasificación
de
Suelos Agropecuarios y Forestales en todo El País Se efectuará la tramitación para la corta o intervención de las unidades de bosque Nativo y Plantación forestal conforme a lo dispuestos en las normas y procedimientos de la materia. Los antecedentes para la corta de bosque nativo y Plantación forestal se presenta el PAS 148 (Anexo 5.4) y PAS 149 (Anexo 5.5) indicando las unidades de suelo correspondientes. En la fase de construcción se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de flora.
Fauna Ley N° 19.473/1996 MINAGRI Sustituye el texto de la ley N° 4.601, Ley de caza. El Proyecto no contempla la caza o captura de animales de la fauna silvestre. De igual forma, se realizarán lo siguiente: - Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas, de lo anterior, se mantendrá un registro de las capacitaciones de los trabajadores. - Se implementará una inducción ambiental a los trabajadores que desarrollen trabajos en el área del Proyecto, orientada a la protección de la biodiversidad, específicamente a la componente de fauna. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Patrimonio arqueológi co y cultural
Ley
N° 17.288/1970 Ministerio
de Educación Pública
Ley sobre Monumentos Nacionales Arqueología: No se evidenciaron elementos en superficie que cuenten con protección legal. Si bien no se detectó presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente, ante un posible hallazgo arqueológico: - Paralización de las obras en el sector afectado. - Aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). - Charlas de inducción para trabajadores. Paleontología: Se registra una única unidad geológica, correspondiente a la Formación La Montaña (PlHlm), que corresponde a una unidad sedimentaria, y por ello no es posible determinar en su totalidad la inexistencia de fósiles bajo la superficie, por lo que se asigna un Potencial Paleontológico Susceptible (bajo a medio). Sin perjuicio de ello, durante la campaña de terreno no se registraron hallazgos en el área de influencia del componente. - Se implementarán charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto y a fin de no incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal, y el artículo 23° del D.S. N° 484/1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, es decir, a paralizar toda obra en el sector del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por Engie Energía Chile S.A Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Reglamento N°484/1990 Ministerio de Educación Pública
Reglamento de la Ley sobre Monumentos Nacionales Arqueología: No se evidenciaron elementos en superficie que cuenten con protección legal. Si bien no se detectó presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente, ante un posible hallazgo arqueológico: - Paralización de las obras en el sector afectado. - Aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). - Charlas de inducción para trabajadores. Palentología: Se registra una única unidad geológica, correspondiente a la Formación La Montaña (PlHlm), que corresponde a una unidad sedimentaria, y por ello no es posible determinar en su totalidad la inexistencia de fósiles bajo la superficie, por lo que se asigna un Potencial Paleontológico Susceptible (bajo a medio). Sin perjuicio de ello, durante la campaña de terreno no se registraron hallazgos en el área de influencia del componente. - Se implementarán charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del Proyecto. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto y a fin de no incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal, y el artículo 23° del D.S. N° 484/1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, es decir, a paralizar toda obra en el sector del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por Engie Energía Chile S.A.
Decreto Supremo N° 298/1995
Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. El transporte de productos e insumos estará a cargo de empresas especializadas y normadas, las que de manera contractual deberán acreditar el cumplimiento de este decreto. Por tanto, el transporte de las cargas que sean consideradas o categorizadas como peligrosas (de acuerdo a NCh. Nº 382 Of. 2004) se dará en cumplimiento a la normativa vigente, estableciéndose planes para su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Vialidad y Transporte transporte, con las autorizaciones que correspondan y bajo los parámetros de señalización respectiva como marcación y etiquetaje en clasificación - tipo de riesgos asociados a la sustancia peligrosas
Decreto Supremo N° 75/1987
Establece condiciones para el transporte de cargas que indica El Proyecto considera la utilización de vehículos para transporte de las materias indicadas en la normativa señalada. El Proyecto contempla exigir a todo vehículo el uso de carpas (o lonas) cuando transporten materiales o residuos que puedan emitir polvo. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, es decir el uso de elementos adecuados para cubrir los materiales a transportar. Decreto Supremo N° 158/1980 MOP Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Decreto Fuerza Ley N° 1/2009 MTT Fija Texto Refundido, Coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Los servicios de transportes de materiales y carga del Proyecto cumplirán con las disposiciones de esta Ley, para lo cual el Proyecto establecerá un control de ingreso a contratistas de transporte. Decreto de Fuerza Ley N°850/1998 MOP Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley x°206/60 Se exigirá a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos.
Decreto N° 19/1984 MOP Decreto Supremo N°19 (modificado por Decreto N°1.665/02), Deroga Decreto N°1.117 de 1981, sobre autorización para circulación de vehículos que exceden pesos máximos. Se exigirá a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos. En caso contrario se elevará una solicitud dirigida al Director de Vialidad, en la cual se individualizará el vehículo, la carga a transportar y todas las características físicas del equipo a usar, peso bruto total y distribuciones de pesos por eje. Deberá señalarse además la ruta exacta a seguir y la fecha probable del viaje. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Decreto N° 200/1993 MOP
Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en esta norma. En el caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Los vehículos no excederán los pesos máximos establecidos, en caso de transportar equipos con sobrepeso se solicitarán las autorizaciones correspondientes. Decreto N°300/1994 MOP Establece Requisito de antigüedad Máxima a Vehículos Motorizados de Carga que Indica. Los camiones a utilizar se ajustarán a las cargas y pesos establecidos en esta norma Decreto N° 1665/2003 MOP Modifica el Decreto N° 19 de 1984 En el caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.
Resolución Exenta N° 1/1995 Ministerio de Transporte
En el caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Esta autorización deberá ser comunicada oportunamente a Carabineros de Chile con el objeto de que adopte las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos. Fuente: Tabla 199. Normativa Ambiental Aplicable a la Planta de Hormigón. Adenda Complementaria.
Respecto a lo observado: 1.4. También es significativo la observación en tiempo real de los causes naturales y artificiales de la zona de influencia y cercanas al proyecto, para garantizar que no se afecte la calidad de las aguas, ante cualquier accidentes, evento no previsto y situaciones climáticas extremas, para permitirnos el resguardo del agua bebestible para el medio humano y fauna de la zona, animales domésticos y producción de alimentos; además debe garantizarse el tratamiento de las aguas residuales, del lavado de equipos y otros, a través de una empresa externa con resolución sanitaria para estos efectos.
A continuación, se presenta una respuesta segregada con referencia a cada una de las materias consultadas en las observaciones ciudadanas, las cuales han sido abordadas de manera temática.
• Interacción del Proyecto con Cursos de agua naturales Respecto a la posible afectación de los cursos de agua naturales (cursos superficiales), el Proyecto contempla la ejecución de 22 atraviesos de cursos de agua, ya sea naturales o artificiales (canales de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
regadío). El atravieso de estos cursos de agua se realiza mediante la construcción o mejoras de caminos, donde en cada intercepción se instalará una obra de arte que permita el normal escurrimiento de las aguas. Estas obras, estarán diseñadas para soportar una crecida con un tiempo de retorno de un T=100 años. De esta manera, el proyecto no generará ningún tipo de desvíos de cauce o alguna obra que comprometa el normal escurrimiento de las aguas.
Figura. Ubicación espacial de los atraviesos del proyecto sobre cursos de agua.
Fuente: Figura 115. Ubicación espacial de los atraviesos del proyecto sobre cursos de agua. Adenda Complementaria.
Se presenta a continuación los atraviesos.
Tabla. Atraviesos del proyecto sobre cursos de agua. UTM H18s – WGS84 ID Nombre Estero Tipo Norte (m) Este (m) AT-1 Estero Río Seco Estero 5.905.990 756.739 AT-2 Estero Pemuco Estero 5.905.591 756.740 AT-3 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.165 753.978 AT-4 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.056 752.348 AT-5 Río Relbún Río 5.904.954 752.976 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
AT-6 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.904.975 754.423 AT-7 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.904.382 755.067 AT-8 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.904.499 751.269 AT-9 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.124 752.100 AT-10 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.954 754.530 AT-11 Canal Sin Nombre Canal 5.905.049 753.884 AT-12 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.906.252 754.546 AT-13 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.906.642 754.551 AT-14 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.907.356 754.892 AT-15 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.907.347 755.322 AT-16 Canal Sin Nombre Canal 5.907.043 757.086 AT-17 Estero Dollinco Estero 5.907.150 757.092 AT-18 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.906.033 755.561 AT-19 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.903.866 755.020 AT-20 Quebrada sin nombre Quebrada Temporal 5.904.232 754.255 AT-21 Canal Sin Nombre Canal 5.903.278 750.939 AT-22 Quebrada Sin Nombre Quebrada Permanente 5.905.439 755.193 Fuente: Tabla 166. Atraviesos del proyecto sobre cursos de agua. Adenda Complementaria.
Se describe a continuación las obras tipo previstas para atravieso de obras de cableado soterrado y atraviesos de camino internos en cada uno de los puntos identificados anteriormente en interacción con cursos de agua del proyecto.
Tabla. Obras tipo. ID Nombre Estero Solución AT-1 Estero Río Seco • Cajón Triple de Hormigón Armado 3 x 3 m • Zanja canalización subterránea AT-2 Estero Pemuco • Cajón doble de Hormigón Armado 3 x 3 m • Zanja canalización subterránea AT-3 Quebrada Sin Nombre • Baden Simple • Zanja canalización subterránea AT-4 Quebrada Sin Nombre • Doble tubería de HDPE DN 800 • Zanja canalización subterránea AT-5 Río Relbún • Cajón Triple de Hormigón Armado 2 x 1,5 m • Zanja canalización subterránea AT-6 Quebrada Sin Nombre • Baden Simple • Zanja canalización subterránea AT-7 Quebrada Sin Nombre • Baden Simple AT-8 Quebrada Sin Nombre • Cajón Simple Hormigón Armado 2 x 1,5 m AT-9 Quebrada Sin Nombre • Doble tubería de HDPE DN 1200 • Zanja canalización subterránea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
AT-10 Quebrada Sin Nombre • Tubería HDPE, DN 1000 • Zanja canalización subterránea AT-11
Canal sin Nombre • Tubería de HDPE DN 1200 • Zanja canalización subterránea AT-12
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-13
Quebrada sin nombre • Doble tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-14
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-15
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-16
Canal Sin Nombre • Cajón de Hormigón Armado 1 x 1 m • Zanja canalización subterránea AT-17
Estero Dollinco • Tubería HDPE, DN 800 • Zanja canalización subterránea AT-18
Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 • Zanja canalización subterránea AT-19 Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 800 AT-20 Quebrada sin nombre • Tubería de HDPE DN 600 AT-21 Canal Sin Nombre • Tubería HDPE, DN 1000 AT-22
Quebrada Sin Nombre • Tubería HDPE, DN 800 • Zanja canalización subterránea Fuente: Tabla 167. Obras tipo. Adenda Complementaria.
En cuanto a la observación de los cauces naturales y artificiales de la zona de influencia y cercanas al proyecto, para garantizar que no se afecte la calidad de las aguas, el Proyecto implementará las siguientes medidas para la no afectación de los cuerpos de agua derivados de los movimientos de tierra y construcción de la estructura, como parte de la gestión de construcción son las siguientes.
• El Titular delimitará en plano (y supervisará su materialización en terreno), la designación de un área o frente de trabajo que será demarcada mediante señalización en terreno. En esta área se concentrarán los trabajos al interior del cauce y zona de ribera, evitando que tanto el personal como la maquinaria y vehículos se desplacen fuera de ella.
• El Titular instruirá al contratista para que minimice el ingreso al cauce de maquinarias y vehículos, limitándolo a lo estrictamente necesario para la construcción de obras, y prohibiendo además su estacionamiento, reparación o limpieza en dicha zona. • Como parte del programa de obra, el Titular instruirá al contratista para que se procure programar estos trabajos durante época de estiaje, haciendo coincidir el período de faenas con el menor escurrimiento posible en el río. • En el caso de haber flujo en el periodo de construcción, se deberá desviar las aguas mediante sacos de arena (ataguías), tal como se muestra en la Figura 116 a continuación:
Figura. Referencia de ataguías. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 116. Referencia de ataguías. Adenda Complementaria.
• Contractualmente, el Titular prohibirá al contratista el acopio de residuos, materiales de corte, inertes o insumos de la construcción en el interior o próximo al cauce, para minimizar riesgo de caída o arrastre de materiales al agua. • El Titular instruirá al contratista para que éste acote la zona de despeje de vegetación ribereña al sitio de emplazamiento de la obra, manteniendo en lo posible la vegetación de las zonas ribereñas aledañas, con lo que se minimiza la desprotección o inestabilidad de los bordes del cauce. • De ser necesario se instalarán barreras, entramados vegetales o cordones filtrantes de paja o sintéticos en el cauce, inmediatamente aguas abajo de la zona de obra, para retener los sedimentos generados y evitar el aumento de turbidez del flujo. • Se instalarán carteles informativos de prohibición (“QUEDA PROHIBIDO EL VERTIDO A LOS CAUCES DE ELEMENTOS PROCEDENTES DE LA OBRA”), estaquillas y balizamiento. • Una vez terminados los trabajos, se restituirá toda el área utilizada a las condiciones previas, se retirarán residuos propios de la construcción tales como chatarra, escombros, material de relleno, etc., así como aquellas instalaciones de carácter provisorio.
Las actuaciones a ejecutar se realizarán preferentemente durante el periodo de estiaje, y que de haber flujo este será desviado de las obras.
• Indicador de cumplimiento: - Indicador 1: Resolución que aprueba permiso sectorial de la DGA, referido a Permiso de Modificación de Cauces. - Indicador 2: Informe de recepción final de ITO ambiental que verifique el diseño de ingeniería y cumplimiento de medidas de manejo ambiental.
No obstante, en el caso que los cauces presenten escurrimiento superficial durante la fase de Construcción de las obras, se monitoreará su calidad según las siguientes consideraciones. • Se definirá un punto aguas arriba y aguas debajo de la intersección para el monitoreo de aguas. • Se monitoreará con una frecuencia de 15 días, con información a disposición de la autoridad. • Limpieza y despeje en zonas de cruce. • Los parámetros a analizar corresponden a los definidos en la NCh 1333, requisitos de calidad de agua para riego.
Para ello, una vez el Proyecto obtenga su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), deberá continuar con la solicitud de los permisos de modificación de cauce, que deberán ser presentados ante la DGA, con la finalidad que el organismo público termine de aprobar técnicamente las obras, previo a su construcción.
• Monitoreo de agua pre-construcción en los puntos de sondaje Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Con la finalidad de corroborar la no generación de efectos sobre la cantidad de agua subsuperficial, el Titular considera el monitoreo del nivel freático en los puntos de sondaje, de forma previa a comenzar con la etapa de Construcción, y durante el desarrollo de esta.
Tabla. Coordenadas geográficas de ubicación de los sondajes.
Coordenadas UTM WGS84 – H18S Sondaje UTM X (m) UTM Y (m) S01 749.343 5.905.788 S02 757.382 5.906.517
Coordenadas UTM WGS84 – H18S S03 757.043 5.904.578 S04 751.930 5.904.370 S05 755.383 5.905.892 Fuente: Tabla 157. Coordenadas geográficas de ubicación de los sondajes. Adenda Complementaria.
Este monitoreo del nivel freático se realizará en forma estacional, comenzando con un seguimiento Pre-construcción (data histórica desde 2022), una vez obtenida la RCA y luego seguirá durante toda la extensión de la fase de Construcción hasta el sello de la fundación respectiva. Estos monitoreos, serán reportados en forma estacional a la autoridad y quedarán disponibles para la comunidad, a través de la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental. • Generación de Residuos Industriales líquidos (RILES) Finalmente, es importante indicar que las partes, obras y acciones del Proyecto no consideran la generación de residuos industriales líquidos, ya que no existirán labores de lavado de equipos y maquinarias, que pudieran generar residuos líquidos que requieran de tratamiento. • Aguas servidas El manejo de las aguas servidas que se genere en las distintas fases del Proyecto, se realizará de la siguiente manera: Fase de Construcción: - Instalación de Faenas (IIFF) Principal: habilitación de un “Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas” del tipo “Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS)”, con capacidad para abastecer los requerimientos en Fase de Construcción, considerando una dotación máxima de 350 trabajadores. - Instalación de Faenas (IIFF) Secundaria: habilitación de un “Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas” del tipo “Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS)”, con capacidad para abastecer Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
los requerimientos en Fase de Construcción, considerando una dotación máxima de 100 trabajadores. Fase de Operación: - Habilitación de un “Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas” del tipo “Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS)”, con capacidad para abastecer los requerimientos en Fase de Operación, considerando una dotación máxima de 10 trabajadores. Fase de Cierre: - Instalación de Faenas: habilitación de un “Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas” del tipo “Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS)”, con capacidad para abastecer los requerimientos en Fase de Cierre, considerando una dotación máxima de 100 trabajadores. Es importante mencionar que el Proyecto no contempla descargar efluente a cursos de aguas superficiales u otra actividad distinta a la declarada en el presente permiso, considerando como primera opción, la disposición final en una planta de tratamiento autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Ñuble, y según requerimiento podría ser utilizado para la humectación de los ejes secundarios de los caminos en la época estival. Complementar la información con los planes de contingencia y emergencias considerados respecto a la intervención de los cursos de agua para abordar lo señalado en la observación respecto a “evento no previsto y situaciones climáticas extremas, para permitirnos el resguardo del agua bebestible para el medio humano y fauna de la zona, animales domésticos y producción de alimentos”, el proyecto ha señalado las siguientes actividades que pueden ser aplicadas a toda al área del Proyecto, según sea necesario:
• Planes de contingencia y Emergencias En cuanto a los planes de contingencias y emergencia, el Titular ha señalado las siguientes actividades que pueden ser aplicadas a toda al área del Proyecto, según sea necesario:
Tabla. Medidas de Contingencias y Emergencias -Riesgo de inundación de cauces cercanos.
Tabla: Situación de riesgo o contingencia de inundación de cauces cercanos Riesgo o contingencia Construcción, operación y cierre Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Durante los eventos de precipitación podría haber inundaciones por lo que se prevén las siguientes medidas de prevención tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas durante la construcción de las obras: • Diseño del parque eólico - El diseño de ingeniería y la construcción de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
instalaciones del Proyecto obedecen a normas o estándares internacionales de resistencia. - Los baños químicos móviles se restringirán a un lugar distante de cursos de agua. • Realización de una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: o Protocolo de evacuación a la(a) zona(s) de seguridad del Proyecto. o Entrega de datos de contacto e información ante emergencia por eventos naturales. •
Se mantendrá actualizada la información de los reportes meteorológicos. • Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. • Si se anuncia que se producirán lluvias, se despejarán y limpiarán las zonas de circulación de aguas lluvias. • Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger. • Se demarcarán las áreas de evacuación dirigidas a zona de seguridad. • Se mantendrán planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape, zonas de seguridad y los equipos de extinción. • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. Forma de control y seguimiento - Verificar en terreno, que las vías de evacuación de aguas lluvias estén limpias y libres de obstáculos. - Verificar que cuenten con reportes meteorológicos actualizados. - Se mantendrá registro de capacitaciones periódicas de procedimientos y/o protocolos de seguridad ante condiciones climáticas adversas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de lluvias que deriven de inundaciones en sectores Cercanos a los cauces naturales, se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. Las acciones o medidas concretas corresponden a: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• El personal al momento de detectar la emergencia debe informar inmediatamente al jefe del área. • Se activará la alarma. • El jefe de área indicará la detención todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento: o Se detendrá la construcción de las obras cercanas a los cursos de agua. o Se procederá a cerrar la zona inundada y se prohibirá el ingreso o circulación de vehículos y peatones en el lugar afectado. • Si es necesario se comenzará la evacuación hacia el punto de encuentro o zonas seguras, a la espera de rescate. • En caso de la presencia de heridos, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten riesgos. Una vez concluido el evento, se realizará inspección de partes y obras del proyecto, con el fin de identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales serán reparados o reemplazados según se estime pertinente, o descartar la existencia de daños. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe de equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia, las que se sujetan a una ocurrencia tenga efectos sobre el medio ambiente, previo evaluación interna y valoración de este para ser informado, en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
Tabla Medidas de Contingencias y Emergencias -Riesgo ante afectación de Recursos Hídricos superficiales.
Tabla: Situación de riesgo o contingencia afectación de Recursos Hídricos superficiales Riesgo o contingencia Afectación de Recursos Hídricos superficiales Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Estero Culenco, Estero Río Seco, Estero Chequenes, Estero Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Pemuco y Río Relbun, Esteros sin nombre Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención de contingencias se detallan a continuación: ● El titular instruirá al contratista para que minimice el ingreso al cauce de maquinarias y vehículos, limitándolo a lo estrictamente necesario para la construcción de obras, y prohibiendo además su estacionamiento, reparación o limpieza en dicha zona. ● Contractualmente, se prohibirá al contratista el acopio de materiales de corte, inertes o insumos de la construcción en el interior o próximo al cauce, para minimizar riesgo de caída o arrastre de materiales al agua. ● Los camiones y vehículos deberán transitar en los caminos establecidos para aquello, además de respetar las velocidades para circular en los caminos de acceso e internos. ● Se exigirá la instalación de lonas que cubran las cargas de los camiones tolva, para evitar la caída de material durante el traslado de este y durante las actividades de movimiento de tierra. ● Delimitación en plano de las áreas de trabajo cercanas a cursos de agua y supervisión de su materialización en terreno mediante señalización. Los trabajos se concentrarán en esta área evitando que tanto el personal como la maquinaria y vehículos se desplacen fuera de ella. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en el Plan de Emergencia. - Exigir que los camiones y equipos de apoyo cuenten con sus mantenciones al día. - Verificar y tener en obra, registros de capacitaciones realizadas en materias de prevención de derrames y en la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurra - Cláusula en contrato de contratistas a cargo del transporte de sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Las medidas de control de emergencia asociadas al riesgo durante el manejo de residuos peligrosos o sustancias peligrosas se detallan en el acápite 1.6.2.4 y acápite 1.6.2.8 respectivamente. ● En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado: ▪ Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ▪ Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos, añadiendo imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). ▪ Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. ▪ En caso de ser necesario, se propondrá un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser ▪ aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia de accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, Dirección General de Aguas y Servicio Nacional de Pesca de la Región. Una vez controlada la emergencia se elaborará un informe que dé cuenta de la activación y ejecución del Plan y del estado de las partes u obras del proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo de 1 mes luego de la finalización de la emergencia, indicando lo siguiente: ● Descripción del accidente, indicando lugar, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ● Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. ● Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6.3 de la Adenda
Respecto a lo observado: 1.5. Igualmente se debe monitorear, en los lugares más poblados de la ruta, la carga de emisiones tanto de los sistemas de escape de los vehículos que participen en el proyecto, como las que se emiten en el desgaste del sistema de frenos, neumáticos y partículas de asfaltos, realizando pesaje de estos vehículos, con el fin de poner a resguardo el estado de la Ruta N-85, previniendo accidentes que se transforman en pérdidas de vidas humanas, considerando que tenemos alto flujo de vehículos forestales de alto tonelaje, que han sido causal del deterioro permanente de la vida, con accidentes fatales. En los caminos secundarios o vecinales, debería realizarse mantenimientos y aplicar sistemas de matapolvos, para que se conserven en buen estado.
El desarrollo de la estimación de emisiones del Proyecto fue desarrollado en conformidad a la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas en la Región Metropolitana, 2020”, tal como se señala en el Anexo 4.1 de la Adenda del Proyecto, al respecto, esta guía establece las fuentes a emisiones a considerar, pero no hace referencia al sistema de frenos y neumáticos. Sin embargo, si se calculan las partículas de material particulado y gases por la circulación de vehículos sobre rutas pavimentadas y no pavimentadas. A continuación, se presenta una tabla resumen de las actividades generadoras de emisiones atmosféricas en las fases de Construcción, Operación y Cierre. Estas actividades están relacionadas a material particulado MP10 y MP2,5 por resuspensión y gases originados por la operación de maquinaria y la combustión de vehículos y camiones.
Tabla. Actividades generadoras de emisiones. Fase Duración Actividad Contaminantes
Escarpe MP10, MP2,5, MPS
Excavación MP10, MP2,5, MPS
Carguío y volteo de MP10, MP2,5, MPS
material
Emisiones de combustión
de maquinaria fuera de MP10, MP2,5, NOx, SOx, CO y COV.
ruta
Tránsito de camiones por
caminos pavimentados fuera del sitio donde se MP10, MP2,5, MPS
emplazará el Proyecto
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Tránsito de camiones por
Construcción 24 meses caminos no pavimentados al interior del sitio donde se emplazará el Proyecto MP10, MP2,5, MPS
Emisiones de combustión
de vehículos en camino pavimentado y no MP10, MP2,5, NOx, SOx, NH3, CO y COV.
pavimentado
Grupos electrógenos MP10, MP2,5, NOx, SOx, CO y COV.
Tránsito de camiones por
caminos pavimentados fuera del sitio donde se MP10, MP2,5, MPS
emplazará el Proyecto.
Tránsito de camiones por
caminos no pavimentados al interior del sitio donde MP10, MP2,5, MPS
se emplazará el Proyecto
Emisiones de combustión
de camiones en camino pavimentado y no MP10, MP2,5, NOx, SOx, NH3, CO y COV.
pavimentado
Emisiones de combustión
de maquinaria fuera de MP10, MP2,5, NOx, SOx, CO y COV. Operación 40 años ruta
Tránsito de camiones por
caminos no pavimentados al interior del sitio donde MP10, MP2,5, MPS
se emplazará el Proyecto
Tránsito de camiones por MP10, MP2,5, MPS
caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplazará el Proyecto
Cierre
12 meses Tránsito de camiones por caminos no pavimentados al interior del sitio donde se emplazará el Proyecto
MP10, MP2,5, MPS Emisiones de combustión de vehículos en camino pavimentado y no pavimentado
MP10, MP2,5, NOx, SOx, NH3, CO y COV. Tránsito de camiones por caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplazará el Proyecto
MP10, MP2,5, MPS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Grupos electrógenos MP10, MP2,5, NOx, SOx, CO y COV. Fuente: Tabla 208. Actividades generadoras de emisiones. Adenda Complementaria.
En virtud de lo señalado, las siguientes Tablas presentan los resultados de la estimación de emisiones del Proyecto, las que consideran el tránsito vehicular:
Tabla. Emisiones fase de Construcción al año 1. Fuente Emisiones anuales [t] AÑO 1 MP10 MP2,5 MPS NOx NH3 CO COV SO2 Escarpe 2,442E-01 3,663E-02 2,442E-01 - - - - - Excavación 2,744E+00 1,409E+00 1,341E+01 - - - - - Carguío y volteo de material 8,372E-02 1,268E-02 1,770E-01 - - - - - Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos pavimentados 1,667E+01 4,034E+00 8,687E+01 - - - - - Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos no pavimentados internos 2,879E+00 2,879E-01 1,008E+01 - - - - - Combustión motor de camiones en caminos pavimentados 5,090E-03 5,090E-03 5,090E-03 1,609E+00 3,685E-02 4,144E-01 4,256E-02 2,339E-02 Combustión motor de camiones en caminos no pavimentados internos 3,297E-04 3,297E-04 3,297E-04 1,076E-01 2,570E-03 2,742E-02 2,754E-03 1,577E-03 Combustión de maquinaria fuera de ruta 7,883E-02 7,883E-02 7,883E-02 1,768E+00 0,000E+00 6,821E+00 5,671E-01 9,874E-03 Grupo electrógeno 1,211E-01 1,211E-01 - 1,723E+00 - 3,712E-01 1,407E-01 1,133E-01 TOTAL (ton/año) 22,831 5,985 112,586 3,485 0,039 7,633 0,753 0,148 Fuente: Tabla 209. Emisiones fase de Construcción al año 1. Adenda Complementaria.
Tabla. Emisiones fase de Construcción al año 2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente Emisiones anuales [t] AÑO 1 MP10 MP2,5 MPS NOx NH3 CO COV SO2 Excavación 2,670E+00 1,370E+00 1,305E+01 - - - - - Carguío y volteo de material 8,146E-02 1,234E-02 1,722E-01 - - - - - Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos pavimentados 1,095E+01 2,648E+00 5,703E+01 - - - - - Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos no pavimentados internos 1,773E+00 1,773E-01 6,204E+00 - - - - - Combustión motor de camiones en caminos pavimentados 3,497E-03 3,497E-03 3,497E-03 1,044E+00 2,234E-02 2,743E-01 2,917E-02 1,496E-02 Combustión motor de camiones en caminos no pavimentados internos 2,141E-04 2,141E-04 2,141E-04 6,676E-02 1,514E-03 1,728E-02 1,786E-03 9,677E-04 Combustión de maquinaria fuera de ruta 8,283E-02 8,283E-02 8,283E-02 1,835E+00 0,000E+00 7,144E+00 5,939E-01 1,327E-02 Grupo electrógeno 1,211E-01 1,211E-01 - 1,723E+00 - 3,712E-01 1,407E-01 1,133E-01 TOTAL (ton/año) 15,558 4,295 76,545 2,946 0,024 7,436 0,625 0,029
Fuente: Tabla 210. Emisiones fase de Construcción al año 2. Adenda Complementaria.
Tabla. Resumen emisiones fase de Operación. Fuente Emisiones anuales [t] AÑO 1 Operación. MP10 MP2,5 MPS NOx NH3 CO COV SO2 Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos pavimentados 7,663E-01 1,854E-01 3,992E+00
Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos no pavimentados internos 2,993E+00 2,993E-01 1,048E+01
Combustión motor de camiones en caminos pavimentados 2,788E-04 2,788E-04 2,788E-04 3,864E-02 5,870E-04 9,231E-03 1,908E-03 3,380E-04 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Combustión motor de camiones en caminos no pavimentados internos 1,334E-05 1,334E-05 1,334E-05 1,951E-03 3,149E-05 4,679E-04 9,202E-05 1,811E-05 Total (ton/año) 3,7596 0,4850 14,4677 0,0406 0,0006 0,0097 0,0020 0,0004 Fuente: Tabla 211. Resumen emisiones fase de Operación. Adenda Complementaria. Tabla. Resumen emisiones fase de Cierre. Fuente Emisiones anuales [t] FASE DE CIERRE MP10 MP2,5 MPS NOx NH3 CO COV SO2 Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos pavimentados 2,327E+00 5,631E-01 1,213E+01 - - - - - Resuspensión de MP por circulación de camiones en caminos no pavimentados internos 2,850E-01 2,850E-02 9,975E-01 - - - - - Combustión motor de camiones en caminos pavimentados 9,609E-04 9,609E-04 9,609E-04 2,082E-01 2,550E-03 6,311E-02 7,852E-03 2,727E-03 Combustión motor de camiones en caminos no pavimentados internos 5,139E-05 5,139E-05 5,139E-05 1,218E-02 1,806E-04 3,543E-03 4,234E-04 1,642E-04 Combustión de maquinaria fuera de ruta 5,549E-02 5,549E-02 5,549E-02 1,354E+00 0,000E+00 4,080E+00 3,401E-01 7,687E-03 Grupo electrógeno 0,0553 0,0553 - 0,7870 - 0,1695 0,0643 0,0518 TOTAL 2,724 0,703 13,179 2,361 0,003 4,316 0,413 0,062 Fuente: Tabla 212. Resumen emisiones fase de Cierre. Adenda Complementaria.
Respecto a las emisiones que se consideraron para esta estimación, se incluyen emisiones producto del escarpe, excavación, carguío y volteo de material, combustión de maquinaria fuera de ruta, emisión por tránsito en caminos pavimentados y no pavimentados, y combustión de grupos electrógenos, ya que son estas las que solicita evaluar la autoridad ambiental. No obstante, se exigirá que todos los vehículos y maquinaria a utilizar cuente con mantenciones, y certificados de revisión técnica y de gases al día.
En relación a si el proyecto considera el pesaje de vehículos, se indica que, si bien, no se considera tener una romana propia, los vehículos cumplirán con lo establecido por la Dirección de Vialidad para el tránsito en la Ruta N-85, lo anterior será exigido tanto en la parte técnica como en la capacidad máxima de traslado de material, de forma que no se superen las cargas máximas establecidas por ley. Para ello, se tendrá un registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima, además de mantener en obra las guías de despacho. A continuación, se presenta el listado de los vehículos y maquinaria a utilizar con sus respectivas capacidades máximas, y el peso por eje (medido en toneladas) de acuerdo a la legislación vigente: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla. Capacidades máximas de los vehículos a utilizar por el proyecto. Tipo de vehículo Capacidad del vehículo Camión mixer 8 m3 Camión Tolva 20 m3 Camión Aljibe 15 m3 Camión Pluma 20 ton Camión 5 ton Camión Surtidor 15 m3 Camioneta 4 personas Bus 30 personas
Fuente: Tabla 213. Capacidades máximas de los vehículos a utilizar por el proyecto. Adenda Complementaria.
Tabla. Peso por eje o conjunto de ejes, medido en toneladas. Eje Rodado Tons Simple Simple 7 Simple Doble 11 Doble Simple 14 Doble Doble + Simple 16 Doble Doble 18 Triple Simple 19 Triple 2 Dobles + 1 Simple 23 Triple Doble 25 Cuádruple Doble 29 Simple (Compuesto por semiejes) Múltiple (4 ruedas) 12 Simple (Compuesto por semiejes) Múltiple (8 ruedas) 14 Fuente: Tabla 214. Peso por eje o conjunto de ejes, medido en toneladas.
• Emisiones de maquinaria y vehículos del Proyecto
Respecto de los resultados de la modelación de la calidad de aire presentados en el Anexo 4.2 de la Adenda, se obtuvo que en su escenario más desfavorable, las emisiones del proyecto de material particulado (MP) y gases (MP10, MP2,5, MPS, CO y SO2), se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/ m3]. Por lo tanto, no se requiere del monitoreo de calidad de aire al que se alude en la consulta ciudadana. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Además, los vehículos y maquinarias a utilizar para el desarrollo del proyecto cuentan con su revisión técnica, gases y permiso de circulación al día (exigencia dentro del marco legal y compromisos voluntarios considerados por el Titular), tal como se expone en el compromiso voluntario “CAV-01 Plan de Gestión y Comunicación Vial”, presente en el Capítulo 6 de la DIA. Estos se encontrarán a disposición para la revisión de las autoridades competentes y a la comunidad en la oficina de proyecto, establecida en el área de emplazamiento.
Respecto al monitoreo de emisiones, se indica que el Titular del Proyecto ha adoptado las siguientes medidas, con el fin de disminuir la carga de emisiones y poner a resguardo el estado de la Ruta N-85: - Todos los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. - El trasporte de materiales será realizado con la carga cubierta. - La maquinaria utilizada contará con sus mantenciones y revisiones técnicas al día. - La mantención de la maquinaria será realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - Se instruirá a los trabajadores que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados detengan sus motores. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
- Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de relleno y excavación. - Los vehículos circularán a velocidad moderada (máximo 30 km/h para vehículos con carga y sin carga, en caminos no pavimentados), lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de servicios - Se humedecerán las pilas de tierra y escombros. - Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios. - Se mantendrán las calles limpias y aceras circundantes a la obra, previa humectación. No se usará barrido en seco.
• Peso máximo de los camiones A lo anterior, se suma que los vehículos cumplirán con lo establecido por la Dirección de Vialidad para el tránsito en la Ruta N-85, tanto en la parte técnica como en la capacidad máxima de traslado de material. A continuación, se presenta el listado de los vehículos y maquinaria a utilizar con sus respectivas capacidades máximas:
Tabla. Capacidades máximas de los vehículos a utilizar por el proyecto. Tipo de vehículo Capacidad del vehículo Camión mixer 8 m3 Camión Tolva 20 m3 Camión Aljibe 15 m3 Camión Pluma 20 ton Camión 5 ton Camión Surtidor 15 m3 Camioneta 4 personas Bus 30 personas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 158. Capacidades máximas de los vehículos a utilizar por el proyecto. Adenda Complementaria.
• Supresión de polvo en los caminos internos y de acceso al proyecto A su vez, en el trayecto se dispondrán de supresores de polvo, tanto en los caminos internos como en los de acceso al proyecto desde la Ruta N-85, para el abatimiento de polvo provocado por el tránsito vehicular, tal como se presenta en el apartado de “Habilitación de caminos principales” presente en el Capítulo 1 de la DIA. Las tasas de emisiones proyectadas para la fase de construcción son temporales, se emitirán durante un período máximo de 24 meses, concentrándose la mayor cantidad de emisiones durante el primer año de la fase de Construcción.
Complementando lo anterior, se indica que se dispondrán de supresores de polvo, tanto en los caminos internos como en los de acceso al proyecto desde la Ruta N-85, para el abatimiento de polvo provocado por el tránsito vehicular, tal como se presenta en el apartado de “Habilitación de caminos principales” presente en el Capítulo 1 de la DIA. En la siguiente Figura, en color verde, se presentan los caminos a los cuales les será aplicada el supresor de polvo y en color rojo los caminos que, en caso de requerirse, se aplicará humectación tradicional (ver Anexo 1.9 de la DIA).
Figura. Medida de control de emisiones en caminos del proyecto.
Fuente: Figura 139. Medida de control de emisiones en caminos del proyecto. Adenda Complementaria.
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Para asegurar la correcta implementación de las medidas asociadas al Plan de control de material particulado de caminos, se implementarán inspecciones preventivas y mantenciones correctivas, las cuales se detallan a continuación.
Se considera la realización de inspecciones visuales preventivas a todos los caminos proyectados del Proyecto. En la Figura “Medida de control de emisiones en caminos del proyecto.” se indican los caminos que se encontrarán dentro de las inspecciones preventivas programadas.
Esta inspección visual preventiva tendrá por objetivo verificar el estado de los caminos. Para el caso específico de aquellos caminos a los que se les haya aplicado supresor de polvo, se comprobará que la carpeta de rodado se encuentre en óptimas condiciones sobre el camino y no presente daños en su cobertura.
Para el caso específico de las vías secundarias se verificará el estado de la carpeta de rodado y su nivel de humectación durante aquellos periodos en que esos caminos mantengan un tráfico considerable y dadas las condiciones climáticas se requiera.
Con el fin de mantener un control del monitoreo visual del estado de los caminos, cada una de estas inspecciones quedará registrada a través de actas en donde se indicará la fecha de realización, localización o tramo de los caminos inspeccionados y estados de estos. Además, y como respaldo, se incluirá un registro fotográfico fechado y georreferenciado (WGS 84 UTM 18S) de los puntos de monitoreo efectuados.
Dado el constante tránsito vehicular proyectado para la fase de construcción del Proyecto, la capa de supresor de polvo aplicada en la red de caminos podría deteriorarse. Por estos efectos, se ha estimado la implementación de mantenciones correctivas, que corresponden a las rehabilitaciones o reacondicionamientos en aquellos lugares puntuales de las zonas o tramos de los caminos que se requiera. Es decir, en donde la capa de supresor de polvo se haya deteriorado por el tránsito vehicular se contempla su “re-aplicación”, cuando corresponda.
Dentro de estas actividades se destacan principalmente: a) Los bacheos o perfilados puntuales, para baches aislados que consiste básicamente en extraer el material necesario, rellenar con material granular mezclado con la sal y compactar. b) Riegos superficiales con supresor de polvo para restituir el material superficial perdido, para caminos con buena regularidad superficial; o c) Escarificado y reposición de material granular y compactado, para caminos desgastados.
Cada una de estas actividades se realizará según la necesidad de la zona o tramo del camino. Para cada una de las mantenciones realizadas, se elaborará un acta como registro de las medidas ejecutadas para el reacondicionamiento del camino y la capa de supresor de polvo.
La periodicidad de ejecución de las medidas se presenta en la siguiente tabla.
Tabla. Periodicidad de ejecución. Tipo de actividad Fase de construcción Frecuencia12 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Aplicación de Supresor de Polvo – Ejes principales de la red de caminos del proyecto Cada 3 meses, en época estival. Humectación – Ejes secundarios de la red de caminos del proyecto Según requerimiento, será 2 veces al día, sin considerar los días de lluvia. Fuente: Tabla 215. Periodicidad de ejecución. Adenda Complementaria.
En relación a si el proyecto realizará mantenimientos y aplicación de sistema de matapolvo a “caminos secundarios o vecinales” se indica que aquellos caminos a los que se realizará mantención aplicando supresor de polvo y humectación tradicional, serán sólo caminos del Parque Eólico, y de ser necesario, en los ejes secundarios, tal como se observa en la Figura “Medida de control de emisiones en caminos del proyecto.” Por lo tanto, el Proyecto no realizará la aplicación de supresor de polvo a caminos secundarios o vecinales externos al área del Proyecto.
• Monitoreo del Estado de Ruta El Titular se compromete a realizar un monitoreo del estado de la misma antes, durante y después de la construcción del proyecto, a fin de detectar posibles daños ocasionados por el tránsito vehicular del Proyecto. El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la ruta N-85 se realizará en forma semanal, obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Este monitoreo se llevará a cabo durante todo el periodo de obras civiles de la fase de Construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso.
En caso de detectar algún deterioro de la ruta que pueda ser atribuido al flujo vehicular y/o paso de camiones relacionado directamente con la construcción del Parque Eólico Pemuco, se realizarán las coordinaciones necesarias con la autoridad competente para ejecutar labores de normalización y/o reparación de los tramos de vías afectados.
Respecto a lo señalado en la observación sobre “poner a resguardo el estado de la Ruta N-85, previniendo accidentes que se transforman en pérdidas de vidas humanas, considerando que tenemos alto flujo de vehículos forestales de alto tonelaje, que han sido causal del deterioro permanente de la vida, con accidentes fatales.” se indica que el proyecto se compromete a realizar un monitoreo del estado de la misma antes, durante y después de la construcción del proyecto, a fin de detectar posibles daños ocasionados por el tránsito vehicular del Proyecto. El monitoreo propuesto para la verificación del estado de la Ruta N-85 se realizará en forma mensual, obteniendo registros fotográficos sistemáticos por el tramo que es utilizado por el Proyecto. Este monitoreo se llevará a cabo durante todo el periodo de obras civiles de la fase de construcción del Proyecto, donde se estima que el flujo de vehículos sea más intenso.
En caso de detectar algún deterioro de la ruta que pueda ser atribuido al flujo vehicular y/o paso de camiones relacionado directamente con la construcción del Parque Eólico Pemuco, se realizarán las coordinaciones necesarias con la autoridad competente para ejecutar labores de normalización y/o reparación de los tramos de vías afectados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Respecto a lo observado: 1.6. Que las líneas de transmisión eléctrica no signifiquen pérdida de patrimonio, de la propiedad y tenencia de la tierra para ningún particular. Que solo sea bajo la modalidad de arriendo de servidumbre mientras dure el proyecto en la comuna, que esto quede claramente garantizado.
El proyecto considera el uso de diferentes predios o propiedades mediante dos tipos de figuras legales: (1) arrendamientos celebrados con los propietarios o usufructuarios de los predios en que se instalarán los generadores eólicos, y (2) servidumbres para las líneas de media tensión que conectan los aerogeneradores y los caminos de acceso. En ambos casos, los derechos se mantendrán vigentes durante todo el plazo estimado de desarrollo y operación del parque eólico y su eventual desmantelamiento.
Entonces, el uso de los terrenos bajo arrendamiento será temporal y mientras sea necesaria su ocupación para el desarrollo y operación del parque eólico, tampoco afectando la tenencia ni propiedad de los predios involucrados.
En el caso de la línea de trasmisión eléctrica, cuyo trazado es de 4,24 km de longitud, la figura legal será mediante el establecimiento de servidumbres, por toda su extensión incluyendo su faja de seguridad, y al igual que para la conexión entre aerogeneradores, la ocupación de los terrenos será temporal para el desarrollo y operación del parque eólico, no afectando la tenencia ni propiedad de los terrenos.
Respecto a lo observado: 1.7. Que la empresa realice los trabajos de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00 horas, respetado feriados y fines de semanas, para no alterar significativamente los horarios de descanso de la población residente, exigiendo la fiscalización de esto.
A continuación, se da respuesta a cada una de las materias consultadas.
• Horario de trabajo de las faenas Durante la fase de construcción, que dura aproximadamente dos (2) años y en la cual se genera más efectos a la comunidad respecto a ruido y emisiones, se trabajará siete (7) días a la semana, bajo un sistema de turnos, acorde al Código del Trabajo y la Dirección del Trabajo.
• Plan de Gestión y Comunicación Vial Sin embargo, dentro de los compromisos voluntarios adquiridos por el Titular, se considera la no afectación de las rutas de movilización de la comunidad en festividades, tanto culturales como religiosas.
Se llevará a cabo un Plan de Gestión y Comunicación Vial, efectuando las siguientes acciones:
Elaboración de un “Plan de tránsito” en conjunto con la autoridad comunal y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Carabineros: Esto se traduce en un programa de tránsito vehicular evitando, dentro de lo posible, el tránsito de camiones durante los horarios de mayor flujo vehicular de la Ruta N-85, en coordinación con el Departamento de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Pemuco. A su vez, se consideran fechas y horarios en las que el Proyecto restringirá el flujo vehicular, asociado a días que tengan lugar manifestaciones culturales y religiosas, y cuyo desarrollo involucre la Ruta N-85.
El Plan de Tránsito será comunicado a los dirigentes de las juntas de vecinos de las localidades del área de influencia de medio humano, a través de los siguientes canales de comunicación para la entrega de información (mail, página web, entre otros), aún por definir.
- Se dará estricto cumplimiento de la normativa de tránsito: Todos los trabajadores que participen del Proyecto y que realicen actividades de conducción de vehículos, contarán con licencia de conducir al día; los vehículos y maquinarias contarán con sus revisiones técnicas y gases al día, así como sus permisos de circulación; los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. Y se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga.
El Plan de Tránsito será comunicado a los dirigentes de las juntas de vecinos de las localidades del área de influencia de medio humano. Se definirán los canales de comunicación para la entrega de información (mail, página web, entre otros). Adicionalmente se mantendrá un libro en la garita de control de acceso de la instalación de faena principal, para la recepción de comentarios o reclamos por parte de vecinos/as.
• Medida de control o gestión del ruido Durante la fase de construcción, que dura aproximadamente dos (2) años y en la cual se genera más efectos a la comunidad respecto a ruido y emisiones, se trabajarán los siete (7) días de la semana en sistema de turnos, en horario diurno, es decir, jornadas de 08:00 a 20:00 horas. Para poder fiscalizar que este horario se cumpla, se dispondrá en faena de un registro de horario (entrada y salida) de los trabajadores que efectúen actividades constructivas, el cual estará disponible para verificación en faena.
Para aquellos casos excepcionales en que los trabajos se extiendan fuera del periodo diurno, se dará aviso a las viviendas más cercanas a los aerogeneradores en que se proyecten actividades, por medio de una actividad de puerta a puerta o vía WhatsApp. El medio de prueba será un formulario y registro fotográfico, que permitan demostrar que esta actividad de aviso se realizó con los vecinos oportunamente (antes de la actividad prevista). Además, es importante mencionar que el Titular también ha propuesto el siguiente Compromiso Ambiental Voluntario, el cual es complementario a la medida de control o gestión de ruido descrita en los párrafos anteriores:
Tabla: CAV-03 Restricción de flujo vehicular asociado a manifestaciones culturales y religiosas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-03 Restricción de flujo vehicular asociado a manifestaciones culturales y religiosas. Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Impedir o restringir la circulación vial en la Ruta N-85 los días u horarios, según corresponda, en que se realicen procesiones o cuando se acceda a las localidades para las festividades.
Descripción: Se programará con antelación la restricción del tránsito vehicular (según corresponda) en las fechas u horarios, conforme a las características de la festividad.
Justificación: La implementación de este compromiso se justifica en el desarrollo de manifestaciones o festividades culturales y religiosas en el Área de Influencia (AI) de Medio Humano (MH) del Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto y Ruta N-85.
Forma: Se restringirá el tránsito vehicular desde y hacia el proyecto los días u horarios que tengan lugar manifestaciones culturales y religiosas en el Área de Influencia de Medio Humano, y cuyo desarrollo involucre directamente la Ruta N-85, con el fin de no intervenir ni dificultar su desarrollo.
Para tales efectos, el encargado ambiental del Proyecto (o similar), estará a cargo de confirmar con la Ilustre Municipalidad de Pemuco fechas y horarios en que se celebren actividades culturales y religiosas que involucren el uso de la Ruta N-85, lo que permitirá programar los flujos viales del proyecto durante las fases de Construcción y Cierre en dichas instancias. Adicionalmente, se mantendrá un libro para reclamos y sugerencias en la Instalación de Faena principal del Proyecto, el que estará disponible para la comunidad.
Oportunidad: Las medidas se aplicarán durante la fase de Construcción y Cierre del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Indicador que acredite su cumplimiento • Reuniones o correspondencia entre el encargado ambiental del proyecto y la Ilustre Municipalidad de Pemuco. • Libro de reclamos en portería del proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de: • Reuniones o correspondencia entre encargado ambiental (o similar) del proyecto e Ilustre Municipalidad de Pemuco. • Carpeta de antecedentes, y un libro de anotaciones y reclamos que estará disponible en la Instalación de faenas del Proyecto. • Registro fotográfico que permita comprobar el normal desarrollo de las actividades culturales y religiosas programadas por la comunidad, que impliquen el uso de la Ruta N-85.
• Plan de Monitoreo de Ruido En cuanto a Compromisos Ambientales Voluntarios asociados al seguimiento del Ruido, se contempla un monitoreo durante toda la fase de Construcción del Proyecto. De esta manera, se procederá a efectuar un plan de monitoreo de ruido, en donde deberán ejecutarse mediciones acordes a los procedimientos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA, en los receptores indicados en el informe de evaluación acústica contenido en el Anexo 1.5 de la DIA, para comprobar el cumplimiento de los niveles máximos de ruido permitidos, tanto para el horario diurno como nocturno.
El programa de monitoreo se refiere a la evaluación acústica de la fase de Construcción del proyecto Parque Eólico Pemuco, en los puntos de medición de tipo residencial, seleccionados de acuerdo con su cercanía con las futuras fuentes generadoras de ruido del proyecto.
Las actividades generales asociadas a cada campaña de monitoreo serán las siguientes:
- Se contratará una Empresa Autorizada por la SMA (ETFA). - Mediciones trimestrales en terreno. - Elaboración de informe y planillas técnicas. - Envío del informe de monitoreo a la SMA. - Informes disponibles en las oficinas de Engie en Pemuco. El método de medición deberá ser el definido en el D.S. N° 38/2011 del MMA, haciendo uso de las respectivas fichas asociadas al informe técnico indicado en el Artículo 15 del D.S. N° 38/2011 del MMA”. Se realizará la medición de ruido en horario diurno y nocturno en los puntos de medición relevantes, para dar cumplimiento incluso en las excepcionalidades donde los trabajos se tengan que extender a este periodo. En el punto de medición se tomarán muestras cada cinco (5) minutos, por un período de 15 a 25 minutos, bajo el criterio de estabilización de la lectura, registrando los valores en cada intervalo de medición hasta obtener una diferencia que sea igual o inferior a 2 dB(A) entre intervalos consecutivos sin interrupción.
Además, para la etapa de Operación, se incluyen, mediciones de monitoreo continuo según lo indicado en la Guía para la Aplicación del D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
para Proyectos de Parques Eólicos en el SEIA, considerando el criterio establecido para las condiciones de operación de los aerogeneradores y la medición del ruido de fondo, en los tres rangos de velocidades de viento, 6-8 m/s, 8-10 m/s, 10-12 m/s. Debido a la variabilidad de las mediciones, se realizará el monitoreo continuo por al menos 14 días de medición en los puntos receptores, esto con el fin de recopilar muestras para cada rango de velocidad de viento, lo anterior con tal de incrementar el grado de certeza de la evaluación del ruido proveniente del parque eólico. Ello, durante el primer año de operación del Parque Eólico.
El principal instrumento para utilizar será un sonómetro. La marca y modelo de la instrumentación utilizada será exclusiva elección y responsabilidad de la empresa calificada, responsable de ejecutar los trabajos de monitoreo bajo los estándares y procedimientos de trabajo estipuladas en las normativas e instructivos vigentes. El equipo será debidamente calibrado y su certificado será adjuntado en el respectivo informe.
Los informes de estos monitoreos (trimestrales), serán presentados a la autoridad ambiental y quedarán dispuestos en la plataforma del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental. Además, los informes de ruido quedarán disponibles para consulta de la comunidad en las oficias de Engie en Pemuco. • Material particulado Respecto al material particulado, el Titular se compromete a mantener un Programa de control de emisiones conforme a la normativa aplicable, el cual incluye: • Registro aplicación de supresor de polvo en ejes principales de caminos. • En caso de requerirse, registro de humectación en ejes secundarios de caminos. • Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. • Registro de revisiones técnicas al día. • Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista encargada. • Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. • Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. • Certificado de mantenciones, para la maquinaria que requiera de revisión técnica. • Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista.
Durante la fase de construcción, que dura aproximadamente dos (2) años y en la cual se genera más efectos a la comunidad respecto a ruido y emisiones, se trabajarán los siete (7) días de la semana, es decir, de lunes a domingo en horario diurno, en jornadas de 08:00 a 18:00 horas. Para fiscalizar que este horario se cumpla, se dispondrá en faena de un registro de horario (entrada y salida) de los trabajadores que efectúen actividades constructivas, el cual estará disponible para verificación en faena.
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Respecto a lo observado: 1.8. Queremos expresar la preocupación que en época de pandemia y en estado de catástrofe, al día de hoy, 8 de febrero del 2023, estén entrando a evaluación estos proyectos sin Estudio de Impacto Ambiental (EIA), sin una participación ciudadana significativa y con firma de nuestras autoridades a espaldas de la ciudadanía y de nuestra estructura social, sobre todo tratándose de Engie, una transnacional con tentáculos de empresas formadas en paraísos fiscales, en diversos lugares del mundo, principalmente para la creación de la triangulación de fondos al no pago de impuestos en los países que operan. Revisase el fallo de la Comisión Europea (https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_18_4228), en el que Engie apeló al Tribunal General de la Unión Europea, quien desestimó la apelación y rectificó el fallo de la Comisión, obligando a la empresa a restituir €120 millones de lo defraudado, y que mientras nosotros manteníamos actos administrativos en contra de su proyecto “Central a Gas Natural Las Arcillas”, el gobierno de Sebastián Piñera, de manera sospechosa, entregaba la suma de US$9.533.668 millones, en un solo pago, el año 2021.
En relación a que “estén entrando a evaluación estos proyectos sin Estudio de Impacto Ambiental (EIA), sin una participación ciudadana significativa y con firma de nuestras autoridades a espaldas de la ciudadanía y de nuestra estructura social” se aclara que, en el caso del término “Impacto ambiental” que el literal e) del artículo N° 2 del Decreto Supremo N° 40 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental lo define como la “Alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada.
Los impactos ambientales serán significativos cuando generen o presenten alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, conforme a lo establecido en el Título II de este Reglamento”. (énfasis agregado). Además, el artículo N° 11 de la Ley 19.300 indica que “Los proyectos o actividades enumerados en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias: a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos; b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, y f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.” (énfasis agregado).
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Sobre lo anterior se aclara que los proyectos que se identifica que no generan impactos ambientales significativos no corresponde que realicen su ingreso como Estudio de Impacto Ambiental. Además, es relevante aclarar que durante el proceso de evaluación ambiental y en las instancias y jornadas de Participación ciudadana se indicaron los impactos ambientales considerados en el contexto del presente proyecto, de los cuales se identificó que no eran significativos. Tras la revisión de los antecedentes sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se recomienda la aprobación del presente proyecto.
Profundizando en los antecedentes para identificar que el proyecto no genera impactos ambientales significativos se presenta el siguiente detalle: Para los efectos de evaluar el riesgo indicado en la letra a) y los efectos adversos señalados en la letra b), se considerará lo establecido en las normas de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
que señale el artículo 11 del Reglamento del SEIA, aprobado mediante el Decreto Supremo N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente. A su vez, para la determinación de la susceptibilidad del efecto se consideran cuatro factores determinantes, ellos son: • Utilización del espacio físico: localización y ubicación de las partes, obras y acciones del Proyecto. • Extracción, explotación y uso de Recursos Naturales Renovables para la ejecución del Proyecto. • Emisiones y otras variables que pueden afectar a componentes distintas a los recursos naturales renovables; incluidos suelo, aire y agua. • Manejo de residuos y sustancias.
Los componentes ambientales y sus elementos, susceptibles a recibir afectación por el proyecto son: - Medio Físico: o Calidad del Aire. o Ruido y vibraciones. o Campos Electromagnéticos. o Shadow Flicker. o Geología. o Geomorfología. o Áreas de Riesgos Geológicos y Geomorfológicos. o Hidrología. o Hidrogeología. - Ecosistemas Terrestres y Acuáticos: o Fauna terrestre (incluye Quirópteros y Avifauna). o Ecosistemas Acuáticos Continentales. o Flora y vegetación terrestre. o Suelo (Edafología). - Elementos Naturales y Artificiales que componen el Patrimonio Cultural: o Patrimonio Cultural Arqueológico. o Patrimonio Cultural Paleontológico. - Valor paisajístico: o Valor Paisajístico. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
o Tipo. o Visibilidad. o Calidad. - Atractivos Naturales o Culturales: o Valor Turístico. o Atractivos Naturales o Culturales y sus Interrelaciones que atraen flujos de visitantes o turistas. - Áreas silvestres Protegidas y Sitios Prioritarios para la Conservación. - Uso del territorio y su relación con la Planificación Territorial: o Usos del suelo y capacidad de uso del suelo. o Instrumentos de planificación territorial y otros instrumentos de ordenamiento territorial. o Actividades económicas y productivas relevantes existentes o planificadas. o Construcciones relevantes. - Medio Humano: o Dimensión Geográfica. o Dimensión Demográfica. o Dimensión Antropológica. o Dimensión Socioeconómica. o Dimensión Bienestar Social Básico. o Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. - Proyectos o actividades que cuenten con Resolución de Calificación Ambiental vigente aun cuando no se encuentren operando: o Ubicación. o Emisiones. o Efluentes. o Residuos. o Extracción, explotación o uso de recursos naturales renovables. En el caso del Proyecto, no se generan ninguno de los efectos, características o circunstancias del citado artículo 11 de la LBGMA. A continuación, se presenta un breve resumen de lo expuesto en el Capítulo 2 de la DIA, la cual justifica el ingreso del proyecto al SEIA como una DIA: - En cuanto al Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
La comuna de Pemuco corresponde a una de las comunas con mayor participación en las emisiones de material particulado de la región de Ñuble, junto con Chillán, San Carlos y Ránquil. Esto debido a la combustión de leña utilizada para la calefacción en los hogares, principalmente durante el periodo de otoño e invierno. No obstante, la modelación de emisiones presentada en el Anexo 4.2 de la Adenda concluye que las emisiones del proyecto y, por ende, sus concentraciones resultantes son acotadas en el tiempo, dado que se concentran principalmente en los años que dura la construcción y particularmente en el año 1, correspondiente al año más intensivo respecto de los niveles de actividades por realizar, mientras que en la operación del proyecto, dada sus características intrínsecas (parque eólico), las emisiones atmosféricas disminuyen considerablemente. Respecto de los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del proyecto sobre los receptores, en su escenario más desfavorable, estos se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/ m3]. Tabla. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas.
Parámetro
Periodo
SILs (ug/m³) Aporte proyecto en R30 (ug/m3) % de la Norma Chilena Aporte normativo proyecto (%) Cumplimiento de los aportes del proyecto MP2,5 24 horas 1,7 0,73 3,4% 1%
Anual 0,3 0,22 1,5% 1%
MP10 24 horas 5,0 2,74 3,8% 2%
Anual 1,0 0,84 2,0% 1%
Fuente: Tabla 218. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas. Adenda Complementaria.
En cuanto a Ruido y Vibraciones, dentro del área de emplazamiento del proyecto se identificaron 25 receptores humanos de ruido y cuatro (4) áreas de fauna. El Máximo Permisible NPS dB(A) por ley es de 42,3 dB(A), considerando las barreras y restricción de maquinaria, los valores no exceden el máximo dentro de la fase de Construcción y Cierre. Para la fase de Operación se consideró el aporte de fuentes fijas, las cuales corresponden a los aerogeneradores y al grupo electrógeno. En esta fase se evaluó con las fuentes en horario diurno y nocturno. Los niveles proyectados en el modelo de propagación sonora no superan los máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA en horario diurno, para cualquiera de las velocidades de viento señaladas.
Respecto a las emisiones, debido a su escaso volumen, en las distintas fases del proyecto no revisten características de peligrosidad que pudieran implicar algún eventual impacto ambiental. Esto se observa al analizar la síntesis de la estimación de emisiones elaborada para el proyecto. Tabla. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Construcción. Instancia Año Emisiones (t/año) MP10 MP2,5 NOx CO SO2 HC/COV NH3 Adenda N°1 24 meses 38,4 10,3 6,4 15,1 0,2 1,4 0,1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Tabla 159. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Construcción. Adenda Complementaria.
Tabla Resumen de estimación de emisiones – Fase de Operación. Instancia Año Emisiones (t/año) MP10 MP2,5 NOx CO SO2 HC/COV NH3 Adenda N°1 Anual 3,76 0,49 0,04 0,01 0,0004 0,002 0,00006 Fuente: Tabla 160. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Operación. Adenda Complementaria.
Tabla. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Cierre. Instancia Año Emisiones (t/año) MP10 MP2,5 NOx CO SO2 HC/COV NH3 Adenda N°1 12 meses 2,72 0,70 2,36 4,32 0,062 0,41 0,003 Fuente: Tabla 161. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Cierre. Adenda Complementaria.
Considerando los efluentes generados, el Proyecto no contempla la exposición de contaminantes que pudiesen afectar el agua y el suelo, en ninguna de sus fases. Los residuos líquidos domésticos provenientes de los sistemas sanitarios previstos por el Proyecto, durante la construcción, operación y cierre serán manejados mediante un sistema de planta de tratamiento de aguas servidas, que funcionará a base del tratamiento de lodos activados, cuyos efluentes serán almacenados en estanques de acumulación del efluente para su posterior retiro y disposición con una empresa autorizada.
En tanto a los residuos industriales líquidos, el proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos. No obstante, existe un manejo de flujo de recirculación de líquidos en el proceso que se producirán durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón en la fase de Construcción. Éstos serán manejados a través de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una zona de lavado o pilón, una piscina de lavado, tres piscinas de decantación y una fosa para escombros. El efluente será recirculado a los estanques de almacenamiento de agua industrial previstos en la planta de hormigón, y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Las piscinas de lavado y decantación se construirán sobre una membrana geotextil impermeable, para así evitar potenciales infiltraciones y afectación de los recursos naturales suelo y agua.
Los residuos sólidos generados serán almacenados en bodegas de almacenamiento temporal de residuos, especialmente habilitadas y señalizadas para ello, considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999.
En cuanto al efecto sombra intermitente (o por su término en inglés: Shadow Flicker), en el Área de Estudio se identificaron un total de 1.850 construcciones que responden a la definición de espacios que deben protegerse (viviendas, hostales, oficinas u otros espacios de trabajo, escuelas, minimarkets, entre otros), del efecto sombra o Shadow Flicker. Sin embargo, en el área de influencia se registran barreras vegetacionales de distinto tipo (árboles ornamentales en el patio de viviendas, plantaciones forestales, entre otros) y barreras de tipo “muro”. Considerando que el efecto Shadow Flicker no será percibido a una distancia de entre 500 y 1.000 m, ya que la sombra del rotor no parece estar cortando la luz, si no que será percibido como un objeto fijo, es que el Área de Estudio posee una extensión de 2.038 m desde cada aerogenerador (distancia máxima de cálculo para la modelación), abarcando una superficie de 7.192 ha. A su vez, el Titular ha considerado incorporar un sistema de detención automático en los aerogeneradores, asociados a la totalidad de receptores del Área de Influencia de Shadow Flicker (AISF), incluyendo así tanto a los receptores que superan como a los que no superan alguno de los tres máximos recomendados (30 horas/año o 30 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
minutos/día de escenario astronómico más desfavorable y 8 horas año para el escenario astronómico real) y 0 min/día o 0 horas/año para Pemuco Urbano, en todos aquellos aerogeneradores que lo requieran.
Por lo tanto, el Proyecto no generará la superación significativa de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes. Así, sobre la base del análisis descrito, se concluye que el Proyecto no generará ni presentará riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos que genere o produzca.
• En cuanto al Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables:
Con relación al suelo, el Proyecto se encuentra en posición de sedimentos fluvioglaciares. Se encuentran ocupando abanicos piroclásticos, terrazas remanentes, lomajes suaves remanentes y piedemonte. Las pendientes van entre 1 a 3% y 5 a 8%, alcanzando pendientes de 8 a 15% en las condiciones más extremas. Actualmente la superficie del Proyecto está siendo ocupada mayoritariamente por una plantación de Pino radiata y Eucalyptus sp, las que corresponden al 56,11% de la ocupación actual, existiendo algunas zonas que actualmente se utilizan para desarrollo agrícola intensivo (17,77% de la ocupación actual).
En términos de Clase de Capacidad de Uso de Suelo (CUS) se indica que el total de la superficie a utilizar por el proyecto serán 172,24 hectáreas, de las cuales, el 35,4% corresponden a áreas con suelos de clase II, el 51,6% corresponde a suelos de clase III, un 101% corresponde a suelos de clase IV y 3% clase VII. Es importante señalar que del análisis de los resultados de línea base y de las obras permanentes que se consideran para la materialización del Proyecto, se establece que del total capacidad de uso II (16,63 ha) y III (29,12 ha) por obras permanentes, corresponde al 26,56% de la superficie del área del Proyecto (total 172,24).
El Proyecto generará una mínima erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas del suelo, pues la topografía del terreno no sufrirá mayores variaciones. En este sentido, se destaca que no se contempla realizar nivelaciones en el área, por lo que el terreno colindante mantendrá su estado original. Complementariamente, el diseño del proyecto ha contemplado la distribución espacial de las obras, de tal manera de afectar lo menos posible los suelos productivos, principalmente donde existen áreas de uso intensivo como la presencia de pivotes de riego, lo que conlleva un cuidado tácito de suelos de productividad agrícola.
En virtud de los antecedentes, se confirma que el Proyecto no supone pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
Respecto al recurso hídrico, es importante mencionar que no se realizará extracción de agua de los cursos hídricos presentes en el área del Proyecto, sino que el agua potable provendrá de distribuidores autorizados, y será trasladada al área de instalación de faenas mediante camiones aljibes, para ser almacenada en estanques de acumulación de agua potable emplazados en la instalación de faenas. Por otro lado, el agua industrial será provista mediante camiones aljibes por distribuidores autorizados.
Respecto a la flora y vegetación terrestre, de las 116 especies de flora vascular registradas dentro del área de influencia, se constató la presencia de una especie en estado de conservación, según lo establecido en los diecisiete procesos de clasificación de especies, siendo ésta clasificada con Preocupación Menor (LC): El Adiantum sulphureum presenta un hábito de crecimiento herbáceo (Helecho) y se observó sólo en un punto del área de influencia, siendo su frecuencia de un 0,8% respecto del total de puntos muestreados, es decir, su presencia es de carácter marginal. En consecuencia, es posible inferir que la materialización del proyecto no debiera generar efectos adversos significativos sobre el componente flora y vegetación terrestre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
En cuanto a la fauna terrestre, la riqueza total de vertebrados terrestres observados durante las tres campañas de terreno efectuadas fue de 92 especies, correspondientes a dos (2) especies de anfibios, cuatro (4) especies de reptiles, 73 especies de aves y 13 especies de mamíferos. En relación con la abundancia de las especies, en los transectos de muestreo establecidos se registraron 619 individuos de vertebrados terrestres en primavera 2021, 916 individuos en verano 2022 y 1.667 individuos vertebrados en primavera 2022. En total, la abundancia con las tres campañas es de 3.202 registros.
En cuanto al estado de conservación de las 92 especies identificadas, 28 de las especies registradas presentan alguna categoría de conservación según la legislación vigente. De éstas, cuatro (4) especies corresponden a reptiles, dos (2) especies de anfibios, 10 especies de aves y 12 mamíferos. Es importante indicar que 26 de ellas se encuentran con categorías que no representan, actualmente, amenazas en sus poblaciones.
Por otra parte, dos (2) especies muestran una categoría de Datos Insuficientes. A su vez, hay dos (2) especies que se encuentran en alguna categoría de amenaza, según los criterios establecidos por la UICN. Estas especies son el Gato Güiña (Vulnerable) y la Becacina pintada (En Peligro). De estas especies, en términos de frecuencia es posible indicar que, para ambas, se realizó un registro de un único ejemplar durante la totalidad de las campañas de terreno.
La clase que adquiere la mayor relevancia corresponde a las aves, de las cuales 49 especies no volaban a más de 30 metros, 23 de ellas no excedían los 60 metros y 8 especies sobrepasaban los 60 metros de altura. Las especies que presentaron la mayor altura de vuelo es el Aguilucho y el Jote de Cabeza Negra, llegando a una altura máxima estimada de 130 m. Respecto al rumbo de vuelo, la dirección Noreste era el más frecuente en general. De esta manera, la operación del Parque Eólico proyectado, con una configuración de aerogeneradores con altura de buje de hasta 155 metros y una longitud de pala de 85 metros de largo, permite estimar que aquellas aves que, eventualmente podrían tener algún tipo de interacción con la operación del Proyecto, corresponden a aquellas que tengan una altura de vuelo superior a los 70 metros.
Respecto al efecto de la Línea de Alta Tensión de 4,24 km sobre las aves, ésta estará conformada por 19 estructuras con una distancia variable entre ellas (distancia mínima de 90 m y una distancia máxima de 322 metros) y una altura de 27 a 33 metros, aproximadamente. Las aves que eventualmente podrían tener interacción con esta obra corresponden a aquellas que tengan alturas de vuelo similares y el riesgo variará en función de la distancia entre las torres.
No obstante, lo anterior, el diseño de los Aerogeneradores contempla un sistema de balizas en la parte superior de la góndola, como parte de las exigencias de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), pudiendo instalarse luminarias blancas intermitentes para el día y luminarias rojas intermitentes para la noche, destinadas a alertar la presencia de los aerogeneradores. Asimismo, el diseño de la Línea de Alta Tensión contempla, por un lado, los conductores bajo la cruceta y, por el otro, la instalación de peinetas en las torres de anclaje, remate y suspensión de la LAT, y disuadores de vuelo de tipo espiral amarillo de polipropileno en el cable guardia de ésta.
Para aquellas especies de vertebrados terrestres de baja movilidad y con alguna singularidad ambiental, específicamente, para reptiles de baja movilidad en “Preocupación Menor” que se encuentren en sectores con obras lineales y areales asociadas a los ambientes relevantes de fauna, se ejecutarán actividades de perturbación controlada, que permitan contribuir a que el desarrollo constructivo tenga bajos efectos sobre este tipo de especies. Por lo tanto, tras el análisis de los antecedentes, líneas de base y modelaciones, el Proyecto ingresó mediante una Declaración de Impacto Ambiental, en virtud que no se prevén impactos ambientales significativos. Para la fauna voladora se contempla mantener un seguimiento de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
información biológica y comportamiento de las aves y murciélagos, en función de la posible interacción con el parque.
Finalmente, respecto a la Fauna íctica, se registró la presencia de siete (7) especies, de las cuales seis (6) corresponden a especies nativas y sólo una (1) especie corresponde a una especie introducida. Dentro de las especies nativas identificadas, cabe destacar la presencia de dos (2) especies con una categoría en conservación de “En Peligro”. En términos de abundancia, expresada como Captura por Unidad de Esfuerzo (CPUE), estandarizada a individuos capturados en 30 minutos de pesca, se registró una captura total de 60
individuos. La especie de mayor abundancia correspondió a la especie nativa P. trucha, con 15 individuos capturados.
El Proyecto considera realizar modificación de cauces asociados a caminos y canalizaciones de media tensión subterráneas: Estero Río Seco, Estero Pemuco, Río Relbún y Estero sin nombre (humedal antropizado), sin embargo, se hace presente que los cauces a intervenir para las obras de atravieso no serán interrumpidos en su flujo. En los casos que haya flujo durante el periodo de construcción, se deberá desviar las aguas mediante sacos de arena (ataguías). Además, es de interés señalar que las obras civiles consideran obras tipo de cajón simple o cajón doble de hormigón armado.
Con todo lo anterior, se indica que el Proyecto no generará impacto alguno sobre las especies de ictiofauna de carácter nativo identificadas en el área de estudio, ya que en las actividades y obras asociadas a la modificación de cauces no interrumpirán el flujo de los cursos de agua señalados.
Con ello, se concluye que el Proyecto se desarrollará en un área con ambientes altamente perturbados por el humano, además, considerando que la superficie del área de influencia del Proyecto no es significativa respecto de la superficie de distribución geográfica de las especies endémicas, en categoría de conservación y con poblaciones reducidas SAG (2015) registradas en el área, es posible concluir que, tanto la construcción como la operación del mismo, no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, en este caso la diversidad de fauna.
• En cuanto al Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos:
De acuerdo con la información levantada en la campaña de terreno realizada para el componente Medio Humano, en la comuna de Pemuco se registra un bajo porcentaje de población perteneciente a un pueblo originario (bajo el 10%) y ninguna Comunidad o Asociación indígena. Por lo que, en el área de influencia del Proyecto, los antecedentes levantados en terreno indican que no hay presencia de comunidades ni organizaciones indígenas en los sectores y/o localidades que la conforman. Tampoco se reconoció la celebración de ritos o presencia de espacios significativos de GHPPI, por parte de los entrevistados.
Por otra parte, la mayor concentración de la población se encuentra en Pemuco urbano y luego en las localidades Relbún al Norte, Villa La Unión, Valle Hermoso, Chequenes y Culenco. La comuna de Pemuco se caracteriza por su actividad primaria, donde el 22,9% de la población se encuentra en la rama de Agricultura, Ganadería y Silvicultura. Le sigue la rama de actividad de la Construcción en un 9,8% y luego la de Comercio al por mayor y menor, en un 9,2%. Cabe señalar que el desarrollo del Proyecto, en ninguna de sus fases, realizará la intervención o restricciones del acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico o de uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural), de los grupos humanos presentes en el Área de Influencia (AI). Esto, dado que el desarrollo de la actividad económica asociada al Proyecto no se relaciona ni contrapone con el desarrollo de las principales actividades económicas realizadas por la población del AI del Proyecto. En este Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
sentido, se destaca que ninguna de las actividades que se realizan de manera informal y a menor escala, tales como la apicultura (tanto el emplazamiento de los cajones de panales o espacios de floración utilizados en esta actividad), recolección de frutos (actividades forestales no maderables), se realiza o emplaza al interior del área de emplazamiento del Proyecto.
Asimismo, el desarrollo del Proyecto no generará interacción con los espacios de recreación, naturales y de interés turístico emplazados en el AI, como son Complejo deportivo de Pemuco (emplazamiento de Medialuna de Pemuco, canchas de carrera de caballo, etc.), Laguna Dañicalqui, el Salto del Dañicalqui y el balneario El Ajial. Cabe señalar que, de estas, la más cercana al Proyecto es la Medialuna de Pemuco, emplazada a 875 m al oriente del Aerogenerador 02.
Por otra parte, en el AI del Proyecto se desarrollan distintas festividades culturales y tradicionales, en donde es posible identificar a partir de la información levantada en terreno, la presencia de una tradición fuertemente anclada en la ruralidad conservando prácticas culturales campesinas hasta la actualidad, las que mantienen la identidad del territorio. En este sentido, la zona es conocida por su medialuna y los rodeos que se realizan en Pemuco urbano y San Pedro durante todo el año. Sumado a lo anterior, cada 26 de noviembre se celebra el aniversario de la comuna de Pemuco y desde hace varios años se realizan actividades en la zona urbana. Para las festividades cuyo desarrollo involucre a la Ruta N-85 (29 de junio en el sector de San Pedro se celebra el santoral y el 08 de diciembre se celebra a la Virgen María en el santoral católico, donde en Valle Hermoso se peregrina en la ruta, semana pemucana, entre otras), el Titular ha realizado un compromiso voluntario que consiste en restringir la circulación vial en la Ruta N-85, en los días u horarios en que se realicen procesiones o cuando se acceda a las localidades para las festividades, para no afectar el buen desarrollo de dichas festividades, programándose con antelación la restricción del tránsito vehicular en las fechas u horarios, conforme a las características de la festividad, según corresponda.
Por lo tanto, en las distintas festividades que son desarrolladas en el AI del Proyecto, se establece que las obras, partes y/o acciones del Proyecto no afectarán ni impedirán el ejercicio de manifestaciones tradicionales, culturales o intereses comunitarios.
• En cuanto a la Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar:
El Proyecto no se encuentra en o próximo a áreas ni a recursos protegidos, ni humedales protegidos o a ecosistemas acuáticos, incluidos en la lista a la que se refiere la Convención relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, y que fueron promulgadas mediante Decreto Supremo N° 771/1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Respecto de las Áreas Silvestres colocadas bajo protección oficial, las más cercanas al Proyecto se encuentran a más de 50 km y corresponden al “Santuario de la Naturaleza Predio Los Huemules del Niblinto”, ubicado en la región de Ñuble, el “Parque Nacional Nonguén” y el “Parque Nacional Laguna del Laja”, ambos ubicados en la región vecina del Biobío. Por su parte, los Sitios Prioritarios más cercanos al Proyecto se encuentran a más de 32 km y corresponden al “Cerro Cayumanque” y “Nevados de Chillán (región de Ñuble), y al “Fundo Nonguén” (región del Biobío). Por último, las Áreas Socioculturales colocadas bajo Protección Oficial más cercanas al Proyecto, se pueden observar en la Figura siguiente, siendo la más cercana la ZOIT “Pinto” en la región del Biobío, seguido de “Pinto” a más de 31,4 km en la región de Ñuble.
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Conforme lo anterior, se hace presente que el Proyecto, así como sus partes, obras y acciones, no posee una relación espacial directa con recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación o humedales protegidos, toda vez que se emplaza a más de 31 km de éstas.
• En cuanto a la Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona:
El Proyecto no afecta los sitios turísticos o recreacionales con potencialidad de explotación turística como Laguna Dañicalqui, el Salto del Dañicalqui y el balneario El Ajial, o el complejo deportivo, así como tampoco el acceso a éstos, toda vez que éstos se relacionan con el Proyecto a través de la Ruta N-85. A su vez, se establece que al interior del AI no existen atributos paisajísticos que otorguen a la zona de Proyecto y a su AI, una calidad paisajística que lo posicionen como único y representativo. Si bien el Proyecto produce obstrucción de la visibilidad y alteraciones en atributos paisajísticos, en grados mayor a bajo, ello se produce en un paisaje de calidad media, y no se realizan en una zona con valor paisajístico, ni afectando a elementos evaluados como únicos y/o representativos, dado que son inexistentes en el AI.
• En cuanto a la Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural:
Se registró la nula presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente. En cuanto a la revisión de antecedentes bibliográficos del Consejo de Monumentos Nacionales, Servicio de Evaluación Ambiental, catastro del MOP de 1994, información recopilada de los Planes Reguladores Comunales para identificar Zonas e Inmuebles de Conservación Histórica y bibliografía especializada, se descarta la presencia en superficie de elementos patrimoniales protegidos por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales en el área de influencia del Proyecto.
En la superficie a utilizar por el Proyecto, no se han identificado elementos de carácter patrimonial. Aquellos elementos identificados en la etapa de revisión de antecedentes se encuentran distantes del AI y, por tanto, no sufrirían afectaciones por causa de obras y acciones asociadas al Proyecto.
Conforme a lo expuesto, se concluye que el Proyecto no configura ninguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, por consiguiente, el instrumento de evaluación ambiental del Proyecto corresponde a una Declaración de Impacto Ambiental y no a un Estudio de Impacto Ambiental.
Respecto de los procesos de participación ciudadana, cabe señalar que el Titular ha estado continuamente en contacto con los dirigentes de las organizaciones sociales más representativas de la comuna, realizando un proceso de relacionamiento temprano, a través de instancias participativas abiertas a todo público, cuya finalidad fue entregar
información del Proyecto en sus diferentes etapas, el proceso de evaluación ambiental, las campañas y los estudios realizados, plazos, entre otros.
En específico, respecto a las instancias de participación realizadas el año 2022, antes del ingreso del Proyecto a evaluación ambiental, éstas se realizaron tanto en el sector urbano como en el sector rural de la comuna de Pemuco. Las fechas y lugares se detallan en la siguiente tabla:
Tabla. Fechas y lugares de las instancias de participación con la comunidad realizadas el año 2022.
SECTOR URBANO
Fecha Lugar Número de participantes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
08 abril Junta de Vecinos Eduardo Frei, Arturo Prat #471 Pemuco Urbano 8 09 mayo Oficina ENGIE Pemuco, Claudio Carrasco #730. 5 13 mayo Junta de Vecinos Villa Pacífico, Claudio Carrasco s/n Pemuco Urbano 12 01 agosto Reunión de Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Pemuco, sede Junta Vecinos Arturo Carrasco 20 24 agosto Junta de Vecinos Eduardo Frei, Arturo Prat #471 Pemuco Urbano 8 23 septiembre Reunión con dirigentes en Junta de Vecinos Villa Pacífico Claudio Carrasco s/n Pemuco Urbano 20 23 septiembre Reunión con jóvenes y estudiantes Junta de Vecinos Villa Pacífico, Claudio Carrasco s/n Pemuco Urbano 11 19 octubre Oficina ENGIE Pemuco, Claudio Carrasco #730. 9 26 octubre Oficina ENGIE Pemuco, Claudio Carrasco #730. 11 02 noviembre Oficina ENGIE Pemuco, Claudio Carrasco #730. 9
SECTOR RURAL
Fecha Lugar Número de participantes 08 de abril Junta de Vecinos de Chequenes, sector Chequenes km 13,92 Ruta N85 12 13 de mayo Junta de Vecinos de Chequenes, sector Chequenes km 13,92 Ruta N85 21 13 de agosto Junta de Vecinos Villa Unión, Los Canelos s/n sector Villa Unión 4 13 de agosto Junta de Vecinos Valle Hermoso, sector Valle Hermoso km 10,285 Ruta N85 25 Fuente: Tabla 162. Fechas y lugares de las instancias de participación con la comunidad realizadas el año 2022. Adenda Complementaria y Tabla 217. Fechas, número de participantes y lugares de las instancias de participación con la comunidad realizadas el año 2022, Adenda Complementaria.
Adicionalmente, se realizan reuniones periódicas mensuales de la Mesa de Dirigentes (salvo durante el proceso de participación ciudadana, decretado por el SEA mediante Resolución Exenta N°20221600190 del 23 de diciembre de 2022), en la oficina que mantiene el Titular en Pemuco Urbano, la cual está compuesta por dirigentes de distintas organizaciones, tales como:
1. Asociación de Pensionados de Pemuco, personalidad jurídica N°46521 2. Agrupación de agricultores, Rol Único Tributario N°72.011.8009 3. Comité de navidad, personalidad jurídica N°46498 4. Comité de vivienda Nuevo Horizonte, personalidad jurídica N° 278702 5. Primera Compañía de Bomberos de Pemuco, personalidad jurídica N°8685 6. Artesanos Raíces de Pemuco, personalidad jurídica N°46722 7. Centro de Madres Valle Hermoso, personalidad jurídica N°46514 8. Centro de Madres Renacer, personalidad jurídica N°46507 9. Comité Habilidades y Manualidades Las Emprendedoras, personalidad jurídica N°46709 10. Unión Comunal de Centros de Madres de Pemuco, personalidad jurídica N°46525 11. Junta de Vecinos Valle Hermoso, personalidad jurídica N°46464 12. Junta de Vecinos Villa Estefanía, personalidad jurídica N°46565 13. presidentes de distintas juntas de vecinos rurales y urbanas.
• Comunicación con la comunidad en la Fase de Operación Durante la fase de Operación del Parque, el Titular contempla mantener contacto permanente y sistemático con la comunidad a través de la implementación de una Mesa de Participación, Diálogo y Convivencia y en otras actividades de difusión programadas. Estas actividades tendrán por objetivo generar instancias de información y diálogo con la comunidad sobre todos los procesos del Proyecto.
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En relación a la consulta sobre proyectos en contexto de Pandemia COVID- 19 y a la Participación Ciudadana, y sobre lo indicado que se realiza “con firma de nuestras autoridades a espaldas de la ciudadanía y de nuestra estructura social”, teniendo presente que el primer caso de la pandemia de COVID-19 en Chile se confirmó el 03 de marzo de 2020 (https://www.bbc.com/mundo/noticias- america-latina-51945348) y el término de la alerta sanitaria fue el 31 de agosto de 2023 (https://saludresponde.minsal.cl/fin-del-la-alerta- sanitaria/#:~:text=El%2031%20de%20agosto%20el,que%20finaliza%20la%20Alerta%20Sanitaria. ) se aclara que en dicho plazo se identifica que se realizaron 26 procesos de Participación ciudadana (PAC) en la región de Ñuble en dicho periodo. A saber: Extracción de áridos en río Itata (DIA), Parque Solar Esmeralda II (DIA), Planta Fotovoltaica Ravenna Solar (DIA), Parque Solar Guindo Santo (DIA), Embalse Zapallar (EIA), Parque Solar Peumo (DIA), Parque Solar Ciprés (DIA), Parque Solar Raulí (DIA), Parque Renovable Entre Cerros (DIA), Subestación seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV (DIA), Planta Fotovoltaica Agrovisión (DIA), Parque Solar Lucero (DIA), Parque Solar Pequén (DIA), Parque Fotovoltaico Campanario (DIA), Embalse Zapallar (EIA) realizado por proceso de PAC por modificaciones sustantivas, Línea de Transmisión 1x66 kV Montenegro – Lucero (DIA), Instalaciones Agropecuarias Santa Inés (DIA), Regularización ambiental y ampliación del plantel de gallinas ponedoras del Fundo El Porvenir y Fundo La Merced (DIA), ?Conversión de carbón a biomasa, Planta Ñuble IANSAGRO S.A.? (DIA), Parque Eólico Culenco (DIA), Edificio Refugio Nevados de Chillán (DIA), Santa Graciela Solar (DIA), Extracción y Procesamiento de Áridos L?Isola (DIA), Parque Eólico Pemuco (DIA), Planta Fabricación de OSB Planta Trupán (DIA) y Regularización ambiental y ampliación del plantel de gallinas ponedoras del Fundo El Porvenir y Fundo La Merced (DIA). En algunos casos un mismo proyecto tuvo otro proceso de Participación Ciudadana por modificaciones sustantivas, por ello se habla de procesos de PAC y no proyectos que tuvieron PAC.
Cabe aclarar que todas las actividades se hicieron atendiendo a lo permitido para las respectivas fases. Por otro lado, se indica que a lo largo del país también se realizaron otros procesos de Participación ciudadana en dicho periodo, considerando las medidas sanitarias asociadas. Además, la ciudadanía pudo acceder de los proyectos sometidos a evaluación ambiental, tanto por sus canales digitales como presenciales. De ello, los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECAs) fueron invitados a participar de la evaluación ambiental del proyecto “Parque Eólico Pemuco” por medio del Oficio N° 20221610215 con la solicitud de evaluación de la DIA al gobierno regional (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/a76522e3ba04 a79feda30d3ff513a2c86e3d); N° 202216102152 con la solicitud de evaluación de la DIA a la municipalidad de Pemuco (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/489fe4f5abb1 794d4d80a14296236dddc4b0) y el Oficio N° 202216102153 por medio del cual se realiza la solicitud de evaluación del proyecto a los siguientes servicios públicos:
• (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Interregional) Corporación Nacional de Desarrollo Indígena • (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios • (XVI) CONAF, Región de Ñuble • (XVI) DGA, Región de Ñuble • (XVI) Dirección de Vialidad, Región de Ñuble • (XVI) DOH, Región de Ñuble • (XVI) SAG, Región de Ñuble • (XVI) SEC, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Agricultura, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Energía, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Minería, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Salud, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI del Medio Ambiente, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI MOP, Región de Ñuble • (XVI) Servicio Nacional Turismo, Región de Ñuble • (VIII) SERNAGEOMIN, Zona Sur Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Dichos organismos se pronunciaron asociado a sus competencias ambientales dentro del proceso de evaluación ambiental.
En relación a lo observado “sobre todo tratándose de Engie, una transnacional con tentáculos de empresas formadas en paraísos fiscales, en diversos lugares del mundo, principalmente para la creación de la triangulación de fondos al no pago de impuestos en los países que operan. Revisase el fallo de la Comisión Europea (https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_18_4228), en el que Engie apeló al Tribunal General de la Unión Europea, quien desestimó la apelación y rectificó el fallo de la Comisión, obligando a la empresa a restituir €120 millones de lo defraudado, y que mientras nosotros manteníamos actos administrativos en contra de su proyecto “Central a Gas Natural Las Arcillas”, el gobierno de Sebastián Piñera, de manera sospechosa, entregaba la suma de US$9.533.668 millones, en un solo pago, el año 2021.” se reitera que la observación no es pertinente dado que, como establece el instructivo N° 130528 del 01 de abril de 2013 que “Imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental” en el punto 2.3. literal b) “observación no pertinente” una observación se estimará no pertinente cuando no haga referencia a alguno de los contenidos de la DIA, al proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto, o se refiera a aspectos que exceden los alcances del SEIA y por ende las funciones del Servicio. Así también se alude a otro proyecto distinto al “Parque Eólico Pemuco” como es la “Central a Gas Natural Las Arcillas”. Vinculado a lo anterior se indica que lo anterior no hace referencia a alguno de los contenidos del proyecto o al proceso de evaluación ambiental ya que aborda materias que no forman parte del presente proyecto vinculados a la evaluación ambiental y a las facultades del Servicio de Evaluación Ambiental.
Respecto a lo observado: 1.9. Cuando Engie nos presenta su proyecto eólico, nos habla de su presencia en Pemuco con una oficina permanente y de una cantidad de ayudas otorgadas a la comunidad, entre ellas, becas, capacitaciones y nivelaciones de estudio. En post de la trasparencia y de la buena fe, pedimos que se aclare el origen de los fondos de estos y que se oficie a los organismos pertinente, transparentando los beneficios estatales que Engie ha recibido desde la entrada en vigencia la ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Se indica por parte del titular que, si bien los aportes o ayudas generadas por el Titular no corresponden a materias de evaluación ambiental, ya que se circunscriben al ámbito de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), a continuación, se presenta una cronología de iniciativas de RSE emprendidas en conjunto con la comunidad.
“En el año 2016 el Titular se despliega en la comuna de Pemuco con motivo del Proyecto “Central Las Arcillas”, el cual es presentado a organizaciones sociales del sector urbano y rural de Pemuco. En el desarrollo de éstas, se obtuvo información relevante en relación a que un porcentaje importante de adultos de los diferentes sectores, no habían terminado su formación escolar, tanto de enseñanza básica como enseñanza media. Ante esta realidad, que era sensible e importante para la comunidad, se desarrolló una estrategia para contribuir a cerrar la brecha de educación en la comuna. En el año 2017, el Titular comenzó un programa de nivelación de estudios realizado por KUMEN Programa Flexible de Nivelación de Estudios, entidad privada para Enseñanza Media e IPEC EIRL Programa Flexible de Nivelación de Estudios para Enseñanza Básica, con recursos entregados por el Ministerio de Educación, en el cual se inscribieron 28 alumnos para Enseñanza Básica, 68 para Enseñanza Media. Este programa se llevó a cabo durante los años 2017, 2018 y 2019. El Titular aportó con el traslado de los alumnos desde Pemuco urbano, sectores de Chequenes, Valle Hermoso, San Pedro, General Cruz y Relbún, hasta el sector de San Miguel Alto, donde se realizaban las clases los sábados de 9:00 horas hasta las 13:00 horas.
Se instauró también la Beca de Excelencia Académica, como parte de un acuerdo con la comunidad, la cual beneficia a alumnos de Enseñanza Superior. Durante el primer año se entregaron 10 becas de un millón de pesos. Al año siguiente, y dada la gran cantidad de alumnos que postularon a la beca, se decide en conjunto con los dirigentes sociales locales, entregar 20 becas de quinientos mil pesos, permitiendo beneficiar al doble de alumnos de la comuna.
Además, se creó la Mesa de Mujeres en Pemuco urbano y sector rural Chequenes, cuyo objetivo principal fue determinar y conocer las necesidades e intereses de la comunidad, obteniendo como Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
resultado la realización de un Taller ganadero y aves para la Mesa de Chequenes; y del Taller de Huertos Orgánicos para la Mesa de Mujeres.
Asimismo, se realizó el Taller de Telar, en el cual participaron 40 personas de Pemuco urbano y rural, y cuyo principal objetivo fue entregar conocimientos de esta manualidad, luego de lo cual algunos asistentes formaron talleres propios, dedicándose a la venta de estos productos.
En el año 2018 se realizó el curso de Liderazgo Territorial en la Universidad de Concepción, sede Chillán. En este curso participaron 28 dirigentes sociales de Pemuco urbano y rural, a través del SENCE. El Titular colaboró con los traslados desde Pemuco a Chillán cada sábado durante dos meses. En el año 2019 se realizó un taller de Formulación de Proyectos, donde se les enseñó a dirigentes cómo Postular a Proyectos de financiamiento estatal.
En el año 2020, el Titular en conjunto con AC- CAP Capacitación, realiza un curso a distancia de Comunicación Efectiva y Trabajo en Equipo, donde se les entregó a cada dirigente un dispositivo móvil, además del contenido pedagógico del curso.
Luego, en el año 2021, el Titular junto a la Mesa de Dirigentes y la Ilustre Municipalidad de Pemuco, crea un fondo de carácter concursable para apoyar a emprendedores de la comuna, se identifican como prioritarias y financiables las propuestas que permitan contribuir a desarrollarse a pequeños negocios y generar las condiciones para impulsar en la comuna la economía circular, entregando 20 fondos de trescientos mil pesos a cada emprendedor, fondo que se ha mantenido los años 2022 y 2023, al igual que la entrega de becas para estudiantes de educación superior. En el año 2023, junto a la Mesa de Dirigentes, se creó un nuevo fondo concursable para organizaciones sociales, el cual consiste en 20 fondos de doscientos cincuenta mil pesos en apoyo a las organizaciones sociales de la comuna.
Finalmente, cabe señalar que la totalidad de los aportes generados hacia la comunidad con anterioridad a la evaluación ambiental, corresponden netamente a relaciones conforme a la política de Asociatividad del Titular, que enmarca las acciones de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), y cuyo objetivo es establecer principios comunes de trabajo para aplicar en todos los proyectos y operaciones en infraestructura y energía frente a su relación con las comunidades. Estos principios se apoyan sobre el concepto de asociatividad con las comunidades durante todo el ciclo de las actividades: desarrollo, construcción y operación y no se encuentran vinculadas a materias relacionadas con tramitación ambiental del Proyecto”.
Se aclara que los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECAs) fueron invitados a participar de la evaluación ambiental del proyecto “Parque Eólico Pemuco” por medio del Oficio N° 20221610215 con la solicitud de evaluación de la DIA al gobierno regional (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/a76522e3ba04 a79feda30d3ff513a2c86e3d); N° 202216102152 con la solicitud de evaluación de la DIA a la municipalidad de Pemuco (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/489fe4f5abb1 794d4d80a14296236dddc4b0) y el Oficio N° 202216102153 por medio del cual se realiza la solicitud de evaluación del proyecto a los siguientes servicios públicos:
• (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Interregional) Corporación Nacional de Desarrollo Indígena • (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios • (XVI) CONAF, Región de Ñuble • (XVI) DGA, Región de Ñuble • (XVI) Dirección de Vialidad, Región de Ñuble • (XVI) DOH, Región de Ñuble • (XVI) SAG, Región de Ñuble • (XVI) SEC, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Agricultura, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Energía, Región de Ñuble Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• (XVI) SEREMI de Minería, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Salud, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI del Medio Ambiente, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI MOP, Región de Ñuble • (XVI) Servicio Nacional Turismo, Región de Ñuble • (VIII) SERNAGEOMIN, Zona Sur
Dichos organismos se pronunciaron asociado a sus competencias ambientales dentro del proceso de evaluación ambiental. Es relevante aclarar que el proceso de evaluación ambiental no es materia de evaluación los montos indicados en la observación.
Por otro lado, respecto a si el proyecto ha obtenido beneficios estatales desde la entrada en vigencia la ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, asociado al presente proyecto en evaluación “Parque Eólico Pemuco”. Además, deberá referirse si el proyecto considera la presencia en Pemuco de una oficina permanente, se indica que el titular indica que el Proyecto Parque Eólico Pemuco no ha recibido beneficios estatales, ya que no existen dichos beneficios asociados a la Ley 19.300 “Sobre Bases Generales del Medio Ambiente” destinados a Proyectos. Cabe destacar que esta Ley tiene como objetivo darle un contenido concreto y un desarrollo jurídico adecuado a la garantía constitucional establecida en el Artículo 19 N° 8, que asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Dentro de lo establecido en su contenido, se crea también un Fondo de Protección Ambiental, cuya finalidad será financiar total o parcialmente proyectos o actividades cuyo monto no exceda del equivalente a quinientas unidades de fomento (500 UF), y que estén orientados a la protección o reparación del medio ambiente, el desarrollo sustentable, la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental. La inversión del Proyecto supera esta cantidad, por lo que no es elegible para este tipo de financiamiento.
Respecto a la presencia de una oficina permanente en Pemuco, el Proyecto ya cuenta con una oficina en dicha ciudad, y a la fecha no existen planes para modificarla. No obstante, una vez construido el Parque, se evaluará cambiar esta oficina a las instalaciones del mismo.
Respecto a lo observado: 1.10. Además de todos los inconvenientes del proyecto, esto nos convierte blanco de objetivos bélicos, tratándose de Engie, una empresa del gobierno francés, principal involucrado en la guerra de Rusia-Ucrania, siendo Emmanuel Macrón, Presidente de la República Francesa, y el hombre fuerte de la OTAN, haciendo que cualquier represalia que se tome contra esta última, van a ser la infraestructura crítica de los países involucrados en la guerra de Ucrania, teniendo en cuenta que Rusia está formando alianzas con diversos países sudamericanos. Como se indicó previamente la observación no son pertinentes dado que, como establece el instructivo N° 130528 del 01 de abril de 2013 que “Imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental” en el punto 2.3. literal b) “observación no pertinente” una observación se estimará no pertinente cuando no haga referencia a alguno de los contenidos de la DIA, al proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto, o se refiera a aspectos que exceden los alcances del SEIA y por ende las funciones del Servicio. Vinculado a lo anterior se indica que lo anterior no hace referencia a alguno de los contenidos del proyecto o al proceso de evaluación ambiental ya que aborda materias que no forman parte del presente proyecto vinculados a la evaluación ambiental y a las facultades del Servicio de Evaluación Ambiental.
Respecto a lo observado: 1.11. Con respecto a la consulta indígena, revise el caso de los vecinos del proyecto y pídase los antecedentes al SEA Biobío con respecto de Juana Orfelina Veña Abello, RUT 8.xxx33-9; Edith Chodil Perez, RUT 4.xxxx42-4; Domingo Humberto Lara Rodriguez, RUT 4.xxx.962-2, esposo de esta última, quienes poseen una propiedad que deslinda con el proyecto Las Arcillas, quienes fueron dejados fuera de la participación indígena.
Creemos que, en una comuna como la nuestra, con información del Censo 2017, que declara que el 4,4% de la población se considera parte de los pueblos indígenas u originarios, además de un listado de 128 personas que habían acreditado su condición indígena, en conformidad del Art. 2 y siguiente, de la ley 19.253, información entregada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena el año 2018. Todo esto nos lleva a pensar que se ha venido orquestando un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
plan perverso para dejar fuera de participación y de algunos beneficios a esta comunidad, además del relato de sus líderes, quienes nos cuentan que se les ha boicoteado los intentos para organizarse, cosa que se evidencia en los informes sectoriales del proyecto termoeléctrico, donde en todos los organismos que participaron en los informes, declararon no tener conocimiento de personas pertenecientes a los pueblos originarios; donde han estado entrado proyectos de ENAP, subestaciones eléctricas y proyectos energéticos de Orafti, dejándolos fuera de participación. Esto se hace más evidente cuando revisamos el listado entregado por la municipalidad de Pemuco, donde niños indígenas no estaban contemplados en becas y otros beneficios que debiera estar recibiendo esta comunidad, en un claro atentado al convenio 169 de la OIT, el Acuerdo de Escazú, los tratados de libre comercio, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Acto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Racial, la Convención Sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Sobre La Mujer, la Convención Sobre Los Derechos del Niño y la Convención Sobre Los Derechos de las Personas Con Discapacidad. No debiera evaluarse un proyecto sin la participación de ellos, además debiera oficiarse a los organismos representativos de la comuna para que se facilite la formación de sus asociaciones.
Se adjunta la carta N° 458 del 20 de julio de 2018, presentada por el observante:
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Inicialmente es relevante aclarar que el proyecto en evaluación es el “Parque Eólico Pemuco” y no “Las Arcillas” el que corresponde a un proyecto de energía eólica y no “termoeléctrico” como se menciona en la observación.
Respecto a lo indicado sobre la “consulta indígena” y que “No debiera evaluarse un proyecto sin la participación de ellos” asociado a los eventuales grupos indígenas en el área de influencia, se indica que, del proceso de evaluación ambiental no se han identificados impactos ambientales significativos vinculados a Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. A objeto de profundizar en dicha conclusión se presenta el siguiente análisis de datos, vinculados a la normativa, incluido el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Inicialmente, es relevante señalar que el Decreto N° 236 que promulga el Convenio N° 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (En adelante “Convenio N° 169 de la OIT”), en su Artículo 6 señala que “1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;” (énfasis agregado).
En el caso del artículo N° 86 “Consulta a pueblos indígenas” del Decreto Supremo N° 40 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (En adelante “D.S. 40 RSEIA”) señala que “Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 83 de este Reglamento, en el caso que el proyecto o actividad genere o presente alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en los artículos 7, 8 y 10 de este Reglamento, en la medida que se afecte directamente a uno o más grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, el Servicio deberá, de conformidad al inciso segundo del artículo 4 de la Ley, diseñar y desarrollar un proceso de consulta de buena fe, que contemple mecanismos apropiados según las características socioculturales propias de cada pueblo y a través de sus instituciones representativas, de modo que puedan participar de manera informada y tengan la posibilidad de influir durante el proceso de evaluación ambiental. De igual manera, el Servicio establecerá los mecanismos para que estos grupos participen durante el proceso de evaluación de las aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones de que pudiese ser objeto el Estudio de Impacto Ambiental. En el proceso de consulta a que se refiere el inciso anterior, participarán los pueblos indígenas afectados de manera exclusiva y deberá efectuarse con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento. No obstante, el no alcanzar dicha finalidad no implica la afectación del derecho a la consulta. En caso que no exista constancia que un individuo tenga la calidad de indígena conforme a la ley N° 19.253, deberá acreditar dicha calidad según lo dispuesto en la normativa vigente.” (énfasis agregado).
Por su parte, el Decreto Supremo N° 66 que “APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CONSULTA INDÍGENA EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 6 Nº 1 LETRA A) Y Nº 2 DEL CONVENIO Nº 169 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO Y DEROGA NORMATIVA QUE INDICA” (En adelante “D.S. 66”) señala en su Artículo 2º.- Consulta. Lo siguiente “La consulta es un deber de los órganos de la Administración del Estado y un derecho de los pueblos indígenas susceptibles de ser afectados directamente por la adopción de medidas legislativas o administrativas, que se materializa a través de un procedimiento apropiado y de buena fe, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas susceptibles de afectarlos directamente y que debe realizarse de conformidad con los principios recogidos en el Título II del presente reglamento.” (énfasis agregado). Además, el Artículo 7º.- “Medidas susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas” del mismo cuerpo legal señala que “Los órganos de la Administración del Estado señalados en el artículo 4º de este reglamento, deberán consultar a los pueblos indígenas cada vez que se prevean medidas administrativas o legislativas susceptibles de afectarles directamente. (…) Son medidas administrativas susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas aquellos actos formales dictados por los órganos que formen parte de la Administración del Estado y que contienen una declaración de voluntad, cuya propia naturaleza no reglada permita a dichos órganos el ejercicio de un margen de discrecionalidad que los habilite para llegar a acuerdos u obtener el consentimiento de los pueblos indígenas en su adopción, y cuando tales medidas sean causa directa de un impacto significativo y específico sobre los pueblos indígenas en su calidad de tales, afectando el ejercicio de sus tradiciones y costumbres ancestrales, prácticas religiosas, culturales o espirituales, o la relación con sus tierras indígenas.” (énfasis agregado). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Es relevante tener presente que, de la revisión de los tres cuerpos legales citados se destaca que se refiere a una susceptibilidad de afectación directa a uno o más grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, por parte de una medida administrativa que, en el caso de la evaluación ambiental del proyecto, correspondería a un eventual impacto significativo y específico sobre los pueblos indígena en su calidad de tales.
Por su parte el Ordinario N°161116 del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 24 de agosto de 2016, que “Imparte instrucciones sobre implementación del proceso de consulta a pueblos indígenas en conformidad con el Convenio N°169 de la OIT en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (recurso disponible en https://sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/instructivos/of._ord._ndeg_161116.pdf ) aborda en su punto N° 22 el concepto de Susceptibilidad de Afectación Directa (En adelante “SAD”) indicando que “Dicha afectación debe ser un efecto directo de la medida administrativa, lo que se cumple en este caso respecto de la RCA, puesto que se refiere a la autorización ambiental de un proyecto o actividad que produce impactos ambientales -afectación directa en los términos del Convenio Nº 169 de la OIT- sobre pueblos indígenas y cuyo contenido se refiere a las medidas apropiadas para hacerse cargo de ellos.
Se entiende que, cada vez que concurra alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley Nº 19.300 sobre uno o más GHPPI -impactos ambientales significativos según el artículo 2º letra e) del Reglamento del SEIA- se produce la afectación directa mencionada en el artículo 6 del Convenio Nº 169 de la OIT, como condición necesaria para que nazca la obligación de consultar. El artículo 11 de la ley Nº 19.300 establece lo siguiente:
"Artículo 11.- Los proyectos o actividades enumerados en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias:
a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos; b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, y f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.”
Para los efectos de evaluar el riesgo indicado en la letra a) y los efectos adversos señalados en la letra b), se considerará lo establecido en las normas de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que señale el reglamento." (énfasis agregado).
La noción de "afectación directa" a que hace referencia el Convenio Nº 169 de la OIT se traduce, en materia ambiental, en aquellos impactos ambientales significativos establecidos en el artículo 11 de la ley Nº 19.300 sobre sobre uno o más Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas.
Sin embargo, se debe aclarar que el Convenio Nº 169 de la OIT establece que para que nazca la obligación de consultar a los pueblos indígenas basta con que exista la posibilidad de que la medida administrativa afecte a los pueblos indígenas, a eso se refiere cuando utiliza el término "susceptible", mientras que el artículo 11 de la ley Nº 19.300 se refiere tanto a ese supuesto -letras a) y d)- como a aquellos supuestos en donde el impacto o afectación se produce efectivamente -los restantes literales de dicho artículo 11-.
En el caso de lo observado es relevante tener en cuenta el punto 2.2.3. “SAD en relación al área de influencia” del Ordinario N°161116 del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 24 de agosto de 2016, que “Imparte instrucciones sobre implementación del proceso de consulta a pueblos indígenas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
en conformidad con el Convenio N°169 de la OIT en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” señala que “El área de influencia del proyecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 literal a) del Reglamento del SEJA, corresponde al "área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias", es decir, es el espacio en el cual se debe determinar si se generan o no impactos ambientales significativos por el proyecto.
En este sentido, el solo hecho de que un GHPPI se encuentre en dicha área, no quiere decir que automáticamente debamos concluir que se produce respecto de ellos un impacto ambiental significativo o una posible afectación directa. Por lo tanto, el encontrarse un GHPPI en el área de influencia del proyecto implica que deben ser considerados para efectos de determinar si se generan o no impactos ambientales significativos sobre ellos.
En este mismo sentido, la sola existencia de tierras indígenas o áreas de desarrollo indígena en el área de influencia del proyecto, no determina automáticamente la existencia de los impactos ambientales significativos sobre GHPPI que hagan procedente una consulta, es decir, no significa que por este sólo hecho exista la posibilidad de que se genere afectación directa que se establece como requisito en el Convenio Nº 169 para que proceda dicha consulta.” (énfasis agregado).
Particularmente respecto a la consulta sobre la señora Juana Orfelina Veña Abello, RUT 8.xxx33-9; Edith Chodil Perez, RUT 4.xxxx42-4; Domingo Humberto Lara Rodriguez, RUT 4. xxx.xx2-2, esposo de esta última, quienes poseen una propiedad que deslinda con el proyecto Las Arcillas. Para el Proyecto Parque Eólico Pemuco, es importante indicar que dentro el Área de Influencia (AI) de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos del Proyecto, no se detectó la presencia de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI), incluyendo a las personas citadas, ya sea a través de la presencia de Comunidades, Asociaciones, Tierras Indígenas (títulos de merced, comisario, compras del tipo 20-A o 20-B), como tampoco se registró la ocurrencia de ritos o presencia de espacios significativos para GHPPI. A su vez, el proyecto, en función de la ausencia de GHPPI en el AI, ha efectuado el descarte de impactos significativos considerando el análisis de los artículos definidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental sobre estos grupos (artículo 7, 8 y 10).
A mayor abundamiento se indica que, de acuerdo con la información levantada en la campaña de terreno realizada para el componente Medio Humano, en la comuna de Pemuco se registra un bajo porcentaje de población perteneciente a un pueblo originario (bajo el 10%) y ninguna Comunidad o Asociación indígena. Por lo que, en el área de influencia del Proyecto, los antecedentes levantados en terreno indican que no hay presencia de comunidades ni organizaciones indígenas en los sectores y/o localidades que la conforman. Tampoco se reconoció la celebración de ritos o presencia de espacios significativos de GHPPI, por parte de los entrevistados.
Por otra parte, la mayor concentración de la población se encuentra en Pemuco urbano y luego en las localidades Relbún al Norte, Villa La Unión, Valle Hermoso, Chequenes y Culenco. La comuna de Pemuco se caracteriza por su actividad primaria, donde el 22,9% de la población se encuentra en la rama de Agricultura, Ganadería y Silvicultura. Le sigue la rama de actividad de la Construcción en un 9,8% y luego la de Comercio al por mayor y menor, en un 9,2%. Además, es posible señalar que el desarrollo del Proyecto, en ninguna de sus fases, realizará la intervención o restricciones del acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico o de uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural),
de los grupos humanos presentes en el área de influencia. Esto dado que el desarrollo de la actividad económica asociada al Proyecto, no se relaciona ni contrapone con el desarrollo de las principales actividades económicas realizadas por la población del AI del Proyecto. En este sentido, se destaca que ninguna de las actividades que se realizan de manera informal y a menor escala, tales como la apicultura (tanto el emplazamiento de los cajones de panales o espacios de floración utilizados en esta actividad), recolección de frutos (actividades forestales no maderables), se realiza o emplaza al interior del área de emplazamiento del Proyecto.
Respecto a la Sra. Juana Veña ella se ubica a más de 500 metros del Proyecto, al sector este del mismo (ver Figura “Figura. Ubicación de la Sra. Juana Veña en el área de influencia del Proyecto”). Mientras que la Sra. Edith Chodil y el Sr. Humberto Lara, residen en el área de Pemuco urbano. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Figura. Ubicación de la Sra. Juana Veña en el área de influencia del Proyecto
Fuente. Figura. Ubicación de la Sra. Juana Veña en el área de influencia del Proyecto. Adenda Complementaria.
En consideración con lo que indica la legislación chilena vigente, incluido el D.S. N°40/2012, Reglamento del SEIA, que recogen los principios en la materia dispuestos en los convenios internacionales suscritos por el Estado de Chile, cabe señalar que el ejercicio metodológico con el que se indagó acerca de la presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, se ciñe tanto a lo establecido en el RSEIA como a la “Guía para la descripción del área de influencia” (SEA, 2017) y la guía “Área de Influencia de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en el SEIA” (SEA, 2020). Conforme al art. 85 del Reglamento del SEIA, que remite a la ley 19.253, la definición de personas indígenas atenderá a cuestiones de i) ascendencia; ii) ascendencia y residencia en tierras indígenas; y iii) prácticas culturales.
Para la caracterización general del Área de Influencia de Medio Humano, requisito para la presentación de la DIA, se recurrió a la base de datos de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, la que es unidad de certificación de la calidad indígena de los ciudadanos que la soliciten (art. 3 Ley 19.253), según se demuestren las características señaladas en el artículo 2 de la misma ley. Efectivamente, la entidad entrega datos cuantitativos acerca de la presencia de GHPPI a nivel comunal, pero no entrega datos que permitan ubicarlos o georreferenciar su residencia. Dado lo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
anterior es que se incluyeron preguntas indagatorias en la pauta de entrevista semiestructurada, dispuesta en la Tabla 1 del apartado de Metodología, página 11 del Anexo 2.8 Caracterización del Medio Humano, donde se puede apreciar en que en la dimensión antropológica se indaga acerca de la presencia de Organizaciones sociales de GHPPI, Población indígena, ritos o expresiones de etnicidad.
La indagatoria acerca de la presencia de GHPPI en el AI de Medio Humano, se realizó en cada entrevista y a todos los participantes del estudio de caracterización entre los que se cuentan tres (3) dirigentes de JJVV y dos (2) funcionarios de la I. Municipalidad de Pemuco. En la indagatoria no se registraron Comunidades, Asociaciones, Tierras Indígenas (títulos de merced, comisario, compras del tipo 20-A o 20-B), tampoco se registró la ocurrencia de ritos o presencia de espacios significativos para GHPPI. De esta manera se perseveró en la búsqueda de información, recabando en las campañas de terreno antecedentes acerca de la presencia de ciudadanos que reuniesen las características contempladas en el mencionado artículo 2 de la Ley 19.253. Los resultados permiten concluir: (i) que la presencia de GHPPI en la comuna de Pemuco no se expresa en los fundamentos que dan origen a la determinación y definición el AI de Medio Humano y, (ii) que no existen actividades, acciones, manifestaciones ni otras formas de expresión de corte étnico, que sugiera la necesidad de modificar el contenido del análisis del literal d) del artículo 7 del RSEIA, el que reconoce como “comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparten un territorio en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tiendan a generar tradiciones, interesen comunitarios y sentimientos de arraigo”. En consecuencia, el ejercicio de levantamiento de información con los actores relevantes respecto de la existencia de estas relaciones, en busca de sus características étnicas, fue debidamente realizado y sus resultados son los que se exponen en el Anexo 2.8 de la DIA.
Por otro lado, cabe destacar que la potencial afectación que fundamenta la determinación y definición del AI de Medio Humano, es el uso compartido de la Ruta N-85 con la población existente entre la Ruta 5 y la localidad urbana de Pemuco. En este sentido, los antecedentes que describen al Proyecto y los datos levantados tanto en fuentes secundarias como primarias permiten descartar afectaciones en torno a este uso y a todo lo que señala el artículo 7 del RSEIA, contemplando el literal d) en cuanto a que el Proyecto no impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
Sobre lo anterior se aclara que, durante el proceso de evaluación ambiental y en las instancias y jornadas de Participación ciudadana se indicaron los impactos ambientales considerados en el contexto del presente proyecto, de los cuales se identificó que no eran significativos, incluido en el análisis los eventuales Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. Frente a lo cual se descartó la realización de un proceso de Consulta Indígena, en base a la normativa aplicable y a los antecedentes del proyecto “Parque Eólico Pemuco”.
En el caso de lo observado “Creemos que, en una comuna como la nuestra, con información del Censo 2017, que declara que el 4,4% de la población se considera parte de los pueblos indígenas u originarios, además de un listado de 128 personas que habían acreditado su condición indígena, en conformidad del Art. 2 y siguiente, de la ley 19.253, información entregada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena el año 2018. Todo esto nos lleva a pensar que se ha venido orquestando un plan perverso para dejar fuera de participación y de algunos beneficios a esta comunidad, además del relato de sus líderes, quienes nos cuentan que se les ha boicoteado los intentos para organizarse, cosa que se evidencia en los informes sectoriales del proyecto termoeléctrico, donde en todos los organismos que participaron en los informes, declararon no tener conocimiento de personas pertenecientes a los pueblos originarios. donde han estado entrado proyectos de ENAP, subestaciones eléctricas y proyectos energéticos de Orafti, dejándolos fuera de participación” se reitera la aclaración que lo observado no se vincula al presente proyecto, el cual no es un proyecto termoeléctrico, sino que es un parque eólico. En el caso de la participación de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECAs) fueron invitados a participar de la evaluación ambiental del proyecto “Parque Eólico Pemuco” por medio del Oficio N° 20221610215 con la solicitud de evaluación de la DIA al gobierno regional (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/a76522e3ba04 a79feda30d3ff513a2c86e3d); N° 202216102152 con la solicitud de evaluación de la DIA a la municipalidad de Pemuco (Documento disponible en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/489fe4f5abb1 794d4d80a14296236dddc4b0) y el Oficio N° 202216102153 por medio del cual se realiza la solicitud de evaluación del proyecto a los siguientes servicios públicos:
• (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Interregional) Corporación Nacional de Desarrollo Indígena • (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios • (XVI) CONAF, Región de Ñuble • (XVI) DGA, Región de Ñuble • (XVI) Dirección de Vialidad, Región de Ñuble • (XVI) DOH, Región de Ñuble • (XVI) SAG, Región de Ñuble • (XVI) SEC, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Agricultura, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Energía, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Minería, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Salud, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI del Medio Ambiente, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI MOP, Región de Ñuble • (XVI) Servicio Nacional Turismo, Región de Ñuble • (VIII) SERNAGEOMIN, Zona Sur
Dichos organismos se pronunciaron asociado a sus competencias ambientales dentro del proceso de evaluación ambiental. Cabe señalar que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena no presentó observaciones al proyecto.
En el caso de lo indicado “además debiera oficiarse a los organismos representativos de la comuna para que se facilite la formación de sus asociaciones”, como se indicó previamente, se remitieron los oficios a los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECAs), los cuales fueron invitados a participar de la evaluación ambiental del proyecto “Parque Eólico Pemuco” por medio del Oficio N° 20221610215 con la solicitud de evaluación de la DIA al gobierno regional (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/a76522e3ba04 a79feda30d3ff513a2c86e3d); N° 202216102152 con la solicitud de evaluación de la DIA a la municipalidad de Pemuco (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/489fe4f5abb1 794d4d80a14296236dddc4b0) y el Oficio N° 202216102153 por medio del cual se realiza la solicitud de evaluación del proyecto a los siguientes servicios públicos. Dichos organismos se pronunciaron asociado a sus competencias ambientales dentro del proceso de evaluación ambiental. Sobre lo cual se aclara que no es materia del proceso de evaluación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ni de las atribuciones del Servicio de Evaluación Ambiental el oficiar a organismos representativos de la comuna para que se facilite la formación de asociaciones.
En relación a la Participación Ciudadana o la consideración de población protegida y que “donde han estado entrado proyectos de ENAP, subestaciones eléctricas y proyectos energéticos de Orafti, dejándolos fuera de participación” se aclara que dentro de la evaluación ambiental de los proyectos que son sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se debe tener en consideración a la población protegida, tal como lo indica el artículo N° 11 de la ley de Bases de Medio Ambiente al indicar que “Los proyectos o actividades enumerados en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias (…) d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar;”. Y que se ve profundizado en los artículos 5° al 10° del Decreto Supremo N° 40 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Entre los cuales el artículo 8° señala Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
que se entenderá por poblaciones protegidas a los pueblos indígenas, independiente de su forma de organización.
En el caso del presente proyecto, no se ha identificado impactos ambientales significativos a Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas.
Por otro lado, en relación al proyecto “Parque Eólico Pemuco” se recibieron un total de 4 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana de personas jurídicas. Estas fueron las presentaciones realizadas por medio de la Oficina de partes del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Ñuble. A saber: La presentación de la señora Filomena Del Carmen Beltrán Mardones, en representación de Comité de agua la Esperanza; La presentación de la señora Isaura Matus Villarroel, en representación de la Junta de vecinos Eduardo Frei Montalva; La presentación de la señora Angélica Cecilia Poblete Vidal, en representación del Centro de Madres Renacer de Pemuco y la presentación de la señora Ana María Aedo Baquedano, en representación de la Asociación De Pensionados de Pemuco.
Tras analizar las solicitudes, 3 personas jurídicas cumplieron con los requisitos legales requeridos por la Ley N° 19.300 y el D.S. N° 40 RSEIA, por lo cual se dictó el 23 de diciembre de 2022 la Resolución N° 20221600190 por parte del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Ñuble el, mediante la cual se ordena el inicio del proceso de participación ciudadana. El documento está disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/12/23/a629cac47bad 6e27d4b194c347f1d21b0499
Teniendo en cuenta las obligaciones del Servicio de establecer los mecanismos que aseguren la participación informada de las comunidades en el proceso de calificación de la Declaración de Impacto Ambiental en evaluación, se abordó la estrategia de Participación elaborada por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Ñuble a efecto de llevar a cabo el proceso de Participación Ciudadana del proyecto. El documento se encuentra disponible en https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/01/20/ESTRATEGIA_PAC_Parque_Eolico_Pemuco.pdf
Con ello el proceso de PAC del proyecto se inició el día 12 de enero de 2023 y finalizó trascurrido los 20 días hábiles establecidos en el artículo 94 del D.S. 40 RSEIA, es decir el 22 de febrero de 2023. En dicho proceso la ciudadanía participó de las instancias, las cuales se detallan a continuación, recibiéndose tres observaciones ciudadanas, que fueron consideradas durante el presente proyecto.
Tabla Actividades de participación ciudadana N° Actividad Lugar Fecha y horario Número de asistentes 1 Taller de apresto Junta de Vecinos de Chequenes, sector Chequenes, comuna de Pemuco, Región de Ñuble. 17-01-2023, entre las 16:30 a 19:00 horas Asistieron 25 personas, 11 hombres y 14 mujeres. 2 Taller de apresto Junta de Vecinos Culenco, sector Culenco, comuna de Pemuco, Región de Ñuble. 26-01-2023, entre las 16:30 a 19:00 horas Asistieron 19 personas, 10 hombres y 9 mujeres. 3 Casa Abierta Biblioteca Municipal de Pemuco, Pemuco urbano, comuna de Pemuco, Región de Ñuble. 27-01-2023, entre las16:30 a 19:45 horas Asistieron 14 personas, 4 hombres y 10 mujeres. 4 Taller de apresto Junta de Vecinos de San Pedro, sector San Pedro, comuna de Pemuco, Región de Ñuble 30-01-2023, entre las16:30 a 19:00 horas Asistieron 14 personas, 4 hombres y 10 mujeres. 5 Reunión Zoom Plataforma Zoom 01-02-2023, entre las 17:00 a 18:30 horas Asistieron 10 personas, 6 hombres y 3 mujeres y una persona que no se identificó. El detalle de las actividades se presenta en el informe final de Participación ciudadana, disponible en https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/03/06/INFORME_FINAL_PAC_Parque_Eolico_Pemuco_00.p df
En el caso de lo observado sobre que “Esto se hace más evidente cuando revisamos el listado entregado por la municipalidad de Pemuco, donde niños indígenas no estaban contemplados en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
becas y otros beneficios que debiera estar recibiendo esta comunidad, en un claro atentado al convenio 169 de la OIT, el Acuerdo de Escazú, los tratados de libre comercio, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Acto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Racial, la Convención Sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Sobre La Mujer, la Convención Sobre Los Derechos del Niño y la Convención Sobre Los Derechos de las Personas Con Discapacidad.” Se aclara que lo observado es una materia ajena al proyecto en evaluación ya que refiere a una eventual situación que se asocia a niños indígenas que no estarían contemplados en becas y otros beneficios por parte de un posible listado entregado por la municipalidad de Pemuco, lo cual no se vincula al presente proyecto en evaluación.
Respecto a lo observado: 1.12. Debemos aclarar que nuestra intención no es oponernos al desarrollo de nuestra comuna, sino más bien, que los proyectos que se ejecuten, sean acordes con nuestros planes de desarrollo, teniendo en cuenta que somos una comuna pobre, después de haber sido una zona de importante producción de granos, y como proyectos forestales que nos intervinieron el territorio, afectando todo nuestro sistema económico, nuestras economías de subsistencias y desplazamiento de nuestra población, perdidas de nuestro recurso hídrico, y el proyecto Laja-Diguillín, que creó grande expectativas a nuestras comunidades y a sus áreas productivas, que se transformó en un fraude, dividió las tierras de los pequeños agricultores y dejándolos sin derecho al beneficio, después de haber sido todos incluidos para la justificación y financiamiento del proyecto, lo que hace que seamos celosos y precavidos sobre los proyectos que lleguen a nuestra comuna, cuando no nos generan ningún impacto positivo, solo impactos negativos, y cuando se nos tilda de que somos un obstáculo para el desarrollo, debemos decir que nuestra comunidad necesita que este sea acorde con la realidad del territorio, con sus costumbres y que genere fuentes laborales permanentes, que es lo que necesita nuestra sociedad para desarrollarse, porque un/a jefe/a de hogar con un empleo permanente, puede asegurar la alimentación de una familia, el acceso a bienes y servicios y a educar a sus hijos e hijas, permitiéndoles desarrollarse de mejor forma, por lo tanto la alternativa de desarrollo energético debiera ser amigable con nuestro desarrollo productivo y compatible con nuestro territorio, que en este caso deberían ser las granjas agrovoltáicas, que conviven de buena manera con la producción de alimentos y con la fauna, generando energía, alimentos, una cadena de empleo y aprovechando el recurso hídrico disponible, que cumple con un multipropósito.
La ubicación o localización del Proyecto se justifica principalmente en la factibilidad técnica y económica, debido a que la zona de emplazamiento resulta propicia para el aprovechamiento de la potencial energía cinética del viento, mediante la generación de energía eólica. Al respecto, se han realizado campañas de medición de dirección y velocidad del viento en el área y los resultados muestran que se trata de un sector técnicamente propicio para la instalación de un parque eólico.
A su vez, en el contexto actual en que se emplaza el Proyecto, la mayor parte del área de influencia se encuentra en zonas con plantaciones forestales y rotación cultivo-pradera. Según lo expuesto en la línea de base de flora y vegetación del proyecto, dentro del área de influencia en el apartado de “Caracterización de la vegetación terrestre”, el mayor porcentaje de ocupación es de plantaciones forestales con especies exóticas de rápido crecimiento (51,13%) y, tan sólo, un 15,86% pertenecen a cultivos agrícolas.
Figura. Distribución espacial de las unidades homogéneas de vegetación al interior del área de influencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 117. Distribución espacial de las unidades homogéneas de vegetación al interior del área de influencia. Adenda Complementaria.
Las estructuras leñosas poseen una altura que varían entre 8 a 16 metros y su cobertura se encuentra entre 25 a 50%, compuesto por ejemplares de Pino insigne (Pinus radiata), y en ocasiones, se encuentra acompañado por ejemplares aislados de Eucalipto (Eucalyptus globulus).
Figura. Set Fotográfico Plantación de Pino radiata (izquierda) y Eucalyptus globulus (derecha).
Fuente: Figura 118. Set Fotográfico Plantación de Pino radiata (izquierda) y Eucalyptus globulus(derecha). Adenda Complementaria.
A su vez, en el desarrollo de granjas agro voltaicas un factor fundamental en su efectividad corresponde a la altura de las estructuras a instalar, la cual se refleja en la cantidad de sombra proyectada. A continuación, se presenta una modelación de la relación altura/sombra:
Figura. Sombras arrojadas en función de la altura. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Figura 119. Sombras arrojadas en función de la altura. Adenda Complementaria.
Considerando que el mayor porcentaje del área de influencia se encuentra dentro de plantaciones forestales, las cuales poseen una altura significativa en relación a plantaciones agrícolas y, por ende, para instalar los paneles sin intervenir la zona, la altura de los paneles fotovoltaicos no generaría los beneficios proyectados para los cultivos.
Por ello, la opción presentada, es decir, la construcción de granjas agro voltaicas generaría un impacto significativo mayor en cuanto a la ocupación del territorio, teniendo que retirar las plantaciones forestales para instalar los paneles, generándose una pérdida de suelo mayor. Dicho esto, se ratifica que el proyecto Parque Eólico Pemuco, no considera la instalación de granjas agro voltaicas.
En relación a si el “Parque Eólico Pemuco” “conviven de buena manera con la producción de alimentos y con la fauna, generando energía, alimentos, una cadena de empleo y aprovechando el recurso hídrico disponible, que cumple con un multipropósito”, indicado en la observación ciudadana se señala lo siguiente:
- Producción de alimentos Pemuco, al ser una comuna que se caracteriza por su actividad agropecuaria, tiene actividades productivas a gran y pequeña escala. Por otro lado, el potencial económico asociado fundamentalmente al uso y explotación de los recursos naturales produjo paulatinamente la instalación de la industria de explotación de forestal. No obstante, de acuerdo a la línea de base de medio humano, en la comuna existen sólo dos predios de tamaño mediano que reciben a trabajadores de la zona para la plantación y cosecha de arándanos. El resto, son pequeños predios que contratan una menor cantidad de personas, pero que son utilizados principalmente para el autoconsumo. Estos trabajos se realizan principalmente de noviembre a marzo en la temporada de la fruta, con la cosecha de moras, cerezas, arándanos y, por otra parte, cosecha de diversas hortalizas.
En las localidades y sectores del área de influencia en la comuna de Pemuco, la población mayoritariamente tiene pequeñas plantaciones en el terreno de su vivienda. Se pueden encontrar actividades en torno a la crianza de animales y aves, elaboración de quesos y plantaciones de frutales y hortalizas que se destinan a la economía de intercambio, autoconsumo de las familias y, en menor medida, venta. A su vez en las localidades rurales del área de influencia, se identifica actividad de recolección de productos forestales no maderables, tales como moras y rosa mosqueta en temporada de verano y de callampas silvestres en temporada de invierno. De acuerdo con la información levantada en terreno, estas actividades son realizadas de manera informal principalmente por mujeres y corresponden, en su mayoría, a un ingreso complementario mediante venta del fruto, elaboración de mermeladas e intercambio de productos con otros pequeños productores.
Por último, existe presencia de actividad apícola en el área de influencia, particularmente desde una entrada al poniente de Chequenes donde es posible encontrar cajones que dan cuenta de la presencia de apicultura. Los cajones se mueven para estimular la producción
de miel desde distintos árboles de la zona, por lo que el área que ocupa esta actividad no es fija. En base a los antecedentes anteriormente expuestos, es posible señalar que el desarrollo del Proyecto en ninguna de sus fases realizará la intervención o restricciones del acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico o de uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural), de los grupos humanos presentes en el área de influencia. Esto dado que el desarrollo de la actividad económica asociada al Proyecto no se relaciona ni contrapone con el desarrollo de las principales actividades económicas realizadas por la población del AI del Proyecto. En este sentido se destaca que ninguna de las actividades que se realizan de manera informal y a menor escala, tales como la apicultura (tanto el emplazamiento de los cajones de panales o espacios de floración utilizados en esta actividad), recolección de frutos (actividades forestales no maderables), se realiza o emplaza al interior del área de emplazamiento del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
- Fauna Respecto de la interacción de las partes, obras y acciones del Proyecto con la fauna terrestre, para este tipo de proyectos, la clase que adquiere la mayor relevancia corresponde a las aves. No obstante, el diseño de los aerogeneradores contempla un sistema de balizas en la parte superior de la góndola, pudiendo instalarse luminarias blancas intermitentes para el día y luminarias rojas intermitentes para la noche, destinadas a alertar la presencia de los aerogeneradores (véase Capítulo 1 de la DIA). Estas constituyen a luces tipo A y B, que resultarán menos atractivas y, por ende, menos peligrosas para las aves. Asimismo, el diseño de la Línea de Alta Tensión contempla, por un lado, los conductores bajo la cruceta y por el otro, la instalación de peinetas en las torres de anclaje, remate y suspensión de la LAT, y disuadores de vuelo de tipo espiral amarillo de polipropileno en el cable guardia de esta. Esto último es adquirido como compromiso ambiental voluntario por parte del Titular:
• CAV-09 Instalación de peinetas y disuadores/desviadores de vuelo Por otra parte, y en función de los antecedentes presentados, el Titular ha decidido implementar de manera voluntaria una serie de compromisos que permitirán colaborar en la disminución de los posibles efectos sobre el componente.
Para aquellas especies de vertebrados terrestres de baja movilidad y con alguna singularidad ambiental, específicamente, para reptiles de baja movilidad en “Preocupación Menor” que se encuentren en sectores con obras lineales y areales asociadas a los ambientes relevantes de fauna, se ejecutarán actividades de perturbación controlada, que permitan contribuir a que el desarrollo constructivo tenga bajos efectos sobre este tipo de especies: Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-09 Instalación de peinetas y disuadores/desviadores de vuelo. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el potencial riesgo de mortalidad de aves por colisión con el tendido eléctrico y/o por electrocución producto de la percha de aves en las torres.
Descripción: Para evitar la electrocución de avifauna, se realizará la instalación de peinetas en las torres metálicas, lo que permite disuadir a las aves de percharse sobre ellas, previniendo una eventual electrocución. Ejemplo de peinetas
Para reducir la colisión de la avifauna con los cables de la LAT, se realizará la instalación de disuadores/desviadores de vuelo en los cables de guarda, tales como: desviadores de vuelo de neopreno con cintas luminiscentes, espirales desviadoras de vuelo, u otro similar. Estos permiten hacer visibles los cables conductores y cable de guarda para las aves, de modo que logran esquivar la línea, disminuyendo el riesgo por colisión con éstos.
Ejemplo Desviadores de vuelo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Justificación: Considerando la dificultad de algunas especies para distinguir el tendido eléctrico y el posible uso de las torres como percha, se implementarán acciones para evitar la pérdida de individuos de aves, disminuyendo la posibilidad de colisión y electrocución con la línea de alta tensión.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las peinetas se instalarán en las torres de anclaje, remate y suspensión que comprenden la línea de alta tensión, es decir, en un total de 17 de 19 estructuras metálicas.
Estructuras de la línea de alta tensión
Los disuadores de vuelo se instalarán en toda la extensión del cable de guarda de la línea de alta tensión. Se considera una longitud aproximada de 4,24 km.
Forma: La instalación de peinetas, como disuasor de posada, se materializará sobre las torres de material conductor como el metal. Estos se instalarán conforme al tipo de torre. Los desviadores de vuelo propuestos son espirales amarillas de polipropileno de 25 cm de diámetro y 80 cm de largo aproximadamente. En el cable de guarda se instalará cada 10 m, y estarán ubicados en los 3/5 centrales de cada vano de forma alternada de tal manera que a vista aparente se observen cada 10 m.
Esquema de instalación
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Se realizará una inspección anual sobre el estado de los elementos disuasores instalados. Además, se realizará un registro de las carcasas encontradas, las cuales serán manipuladas siguiendo el procedimiento indicado en el instructivo “Manejo de carcasas de avifauna en proyectos con resolución de calificación ambiental dentro del sistema de evaluación de impacto ambiental, en el contexto del brote de influenza aviar de alta patogenicidad” (SAG, 2023)
Oportunidad: La instalación se llevará a cabo durante la fase de construcción, específicamente en la línea de alta tensión, y según programación de obras. Su aplicación será durante toda la fase de operación, hasta su desconexión eléctrica en la fase de cierre.
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico y georreferenciación para verificación de instalación de peinetas y espirales desviadores de vuelo, aplicable a fase de construcción. - Se utilizará un umbral de colisiones establecido al 15% de las especies registradas que sobrevuelan alturas inferiores a los 30 metros y que pertenecen a las familias de aves con mayor probabilidad de colisión (Anatidae, Ardeidae, Cathartidae, Laridae, Pelecanidae, Phalacrocoracidae, Rallidae, Strigidae y Tinamidae). Esto representa un total de 231 ejemplares registrados durante la caracterización ambiental del proyecto, y el umbral establecido implica un máximo de 35 ejemplares colisionados al año.
Forma de control y seguimiento - Informes cada cinco (5) años de verificación de implementación y mantención de peinetas y espirales desviadores de vuelo en las zonas comprometidas además del registro de potenciales carcasas debido a la operación de la Línea de transmisión. Este informe detallará el lugar y la fecha en la que se realizó la instalación. Además, se anexará un registro fotográfico de cada tramo donde se instalarán los desviadores y peinetas. - Cada cinco (5) años se verificará anualmente el estado de las peinetas y desviadores, reponiéndose en caso del deterioro del material. Estos reportes se realizarán cada cinco (5) años.
Los informes y/o reportes deberán ser ingresados en el Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl
• CAV-07 Perturbación controlada en vertebrados terrestres de baja movilidad y que presenten singularidad ambiental. Para la fauna voladora se contempla mantener un seguimiento de la información biológica y comportamiento de las aves y murciélagos, en función de la posible interacción con el parque:
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-07 Perturbación controlada en vertebrados terrestres de baja movilidad y que presenten singularidad ambiental. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de fauna de baja movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes, en forma previa a la intervención por parte del proyecto o actividad. En el área del proyecto se realizará en los sectores con obras lineales y areales (asociadas a los ambientes relevantes de fauna), con presencia de reptiles que presentan singularidad ambiental asociada a su categoría de conservación, específicamente en categoría de “preocupación menor”.
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Descripción: En los sectores a intervenir por las obras lineales del proyecto, que presenten buenas condiciones de refugio, y en zonas areales asociadas a los ambientes relevantes de fauna, se aplicará la medida de Perturbación Controlada, la cual consiste en remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, como los cúmulos de rocas y sectores de refugio, con la finalidad de inducir el abandono paulatino de los individuos de la zona de obras (ver Anexo 2.5 de la DIA). El desplazamiento se promueve hacia sectores aledaños que no serán intervenidos por el proyecto.
Justificación: La implementación de esta medida se justifica en la presencia de reptiles que presentan baja movilidad y que se encuentren catalogadas en categoría de conservación “preocupación menor”, base a los criterios técnicos para la aplicación de una perturbación controlada (SEA, 2022). La principal ventaja que presenta la implementación de este compromiso voluntario para la fauna nativa, radica en que no involucra la manipulación de individuos, evitando de esta forma su captura, el estrés asociado, los riesgos sanitarios y la posibilidad de muerte en la captura; ya que se provoca una respuesta de huida orientada en una dirección planificada, lo que ocasiona el mínimo de afectación en la fauna terrestre del lugar.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El Plan de Perturbación Controlada se aplicará en los sectores a intervenir por las obras lineales del proyecto que presenten buenas condiciones de refugio y alimento, y obras areales tal y como se señala en la tabla a continuación.
Lugar de implementación del Plan de Perturbación Controlada.
Obras lineales del proyecto Obras areales Caminos principales Plataforma aerogenerador AG21 Huellas de acceso LAT Plataforma aerogenerador AG22 Faja LAT Plataforma aerogenerador AG22
Forma: El procedimiento será realizado por especialistas con experiencia en este tipo de actividades. La medida considera las siguientes actividades:
6. Se realizará un recorrido previo, con la finalidad de identificar los sectores donde se registren las especies objetivo de este PPC, ya sean áreas de descanso, forrajeo, asoleamiento, entre otros. Una vez obtenida esta información, se dirigirán los esfuerzos a estos sectores. Para lo anterior, se realizarán transectos cuya cantidad total estará sujeta al criterio del especialista, y serán efectuados en distintos horarios del día. 7. En simultáneo, se evaluarán los sitios donde serán desplazadas las especies, los cuales presentarán elementos ambientales similares al lugar a ser intervenido (pendiente, exposición, formaciones vegetales y especies dominantes, sustrato, entre otros). 8. Se trasladará todo el material rocas y piedras de los sectores objetos del presente PPC, y colocadas en forma estratégica en los nuevos hábitats evaluados previamente, con el objetivo de compensar los refugios removidos, además de orientar el escape de los individuos y de evitar una posible recolonización. 9. Posteriormente, una vez asegurada la disponibilidad de nuevos hábitats, se producirán perturbaciones en el área definida, mediante la remoción manual de potenciales refugios (zonas de arbustos, troncos cortados, madrigueras, roqueríos menores, rocas, etc.), los restos vegetales serán sacados y trasladados hacia otros sectores. Esta actividad se ejecutará en el horario diurno, con temperatura adecuada para las actividades diarias de las especies. Es necesario realizar el hincapié en que, una vez que se remueven los potenciales refugios, será inducida la huida de los individuos perturbados hacia las áreas receptoras. Se prohibirá la intervención de maquinaria durante la actividad. 10. Posterior a las actividades de perturbación, se realizará un recorrido a pie, con la finalidad de verificar la ausencia de ejemplares de las especies objetivo de este Plan. De este modo, el indicador de cumplimiento consiste en la ausencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
de individuos en el área perturbada. Por lo tanto, el presente PPC será considerado efectivo, cuando, al realizar el recorrido de verificación no se observen ejemplares de las especies objetivos.
Oportunidad: Las actividades de perturbación controlada serán ejecutadas con cinco (5) días de anticipación máximo, antes de cualquier actividad de construcción/intervención. Se deberá evaluar la repetición del procedimiento y de los sitios liberados, en el caso en que las obras no se ejecuten en el plazo señalado. Estas actividades serán realizadas durante la temporada de verano, de preferencia entre los meses de enero y marzo, de manera para ser realizado en una época de alta actividad de estas especies sin comprometer la reproducción de las mismas. Indicador que acredite su cumplimiento - Se considera como indicador de cumplimiento de la medida, la variable “densidad y abundancia de las especies objetivo”, que permita evidenciar que la población receptora se ha mantenido en el tiempo o que presenta un aumento respecto a su condición original previa aplicación de la perturbación controlada. En particular: • Se utilizará como indicador base, la abundancia máxima de individuos registrados en el área de influencia del Proyecto, que corresponde a 28 individuos; • Se utilizará como indicador de éxito de la medida el aumento de la abundancia de la población receptora, o que se mantenga en el tiempo sin variación hasta el término del seguimiento.
Forma de control y seguimiento Posterior a la aplicación de la perturbación controlada, se realizará el seguimiento de la población receptora. • Al día siguiente de ejecutada la medida: Los transectos serán realizados en los mismos sectores donde fueron realizados los transectos previos a la medida. Se realizará un primer seguimiento evaluando de forma visual la actividad de las especies objetivo en el área de destino, así como eventual presencia de ejemplares enfermos, estresados o muertos. • Se realizará un seguimiento semanal en el primer mes, no invasiva (sin captura), que permitan determinar su presencia, actividad de ocupación de refugios. • Se realizarán mediciones cuantitativas al segundo y tercer mes, y en la época de mayor actividad, para determinar abundancia y densidad de la población. Cada una de las actividades deberá ser informada 45 días después de realizadas (Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola Ganadero (SAG)), con la evidencia fotográfica e información georreferenciada.
• CAV-08 Plan de monitoreo de fauna voladora En base a lo expuesto anteriormente, y a que el Proyecto se desarrollará en un área con ambientes altamente perturbados por el humano, además, considerando que la superficie del área de influencia del Proyecto no es significativa respecto de la superficie de distribución geográfica de las especies endémicas, en categoría de conservación y con poblaciones reducidas SAG (2015) registradas en el área, es posible concluir que, tanto la construcción como la operación del mismo, no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, en este caso la diversidad de fauna.
Tabla: Compromiso ambiental voluntario CAV-08 Plan de monitoreo de fauna voladora. Impacto asociado Pérdida de la biodiversidad de individuos de fauna voladora por colisión o electrocución. Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Determinar la tasa real de mortalidad de la fauna voladora respecto a las obras del proyecto en las que se está dado lo anterior (aerogeneradores o LAT), con el objeto de evitar la pérdida de la biodiversidad.
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Descripción: Se implementará un Plan de Monitoreo de fauna voladora, el cual involucrará: 1) Monitoreo aves: Se realizará el estudio de la diversidad y abundancia de aves y comportamiento de vuelo de las aves en diversos períodos, de modo de poder comparar los cambios que puedan sufrir las especies con el emplazamiento del proyecto, según lo descrito en el Anexo 2.5, Apéndice de Tránsito Aéreo. 2) Monitoreo acústico: El monitoreo acústico de quirópteros consiste en la implementación de las técnicas y métodos adecuados para levantar información biológica (actividad y riqueza especifica) y de las variables ambientales (velocidad del viento y temperatura). 3) Búsqueda y remoción de carcasas: Consiste en la inspección pedestre de las obras del proyecto (aerogeneradores y línea de alta tensión), de forma para detectar la presencia de carcasas.
La información anterior permitirá identificar la existencia de obras críticas, que están efectivamente causando pérdida de biodiversidad.
Justificación: El orden Quiróptera presenta diversidad en cuanto a su actividad (rutas y alturas de vuelo, y condiciones ambientales a las cuales se ponen en vuelo). De igual forma, para la Avifauna existe diversidad en los patrones de vuelo (rutas y alturas) de las diferentes especies presentes en el área de influencia. Por tanto, el plan se justifica en evaluar el comportamiento de la Fauna Voladora tanto espacial como temporalmente, para poder contrastarlos con el funcionamiento y presencia de los aerogeneradores y de la línea de alta tensión, y así evaluar la existencia de estructuras críticas que requerirán de la implementación de un sistema de protección.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: 1) Monitoreo de aves:
Será realizado en las estaciones de monitoreo reconocidas en el informe de tránsito aéreo. Estas serán complementadas con estaciones de ubicación variable, las cuales se irán adaptando según las singularidades del comportamiento de las aves y tipos de ambientes del lugar.
2) Monitoreo acústico:
Se considerará 15 puntos de monitoreo. La ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo acústico se determinará en terreno, priorizando sectores que cuenten, dentro de posible, con las características necesarias para poder registrar murciélagos, como son sectores húmedos, construcciones, u otros, además de encontrarse cercanos a los aerogeneradores.
3) Búsqueda y remoción de carcasas:
Operación: La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base. Además, se realizará en la Línea de Alta Tensión, en una distancia de 50 metros desde la porción central de esta, a ambos lados y a lo largo de esta.
Forma:
1) Monitoreo de aves:
Se realizará el avistamiento directo de aves en los puntos de monitoreo establecidos, para determinar la riqueza y abundancia de las especies, y sus patrones de vuelo. Para lo anterior, se ejecutará un conteo continuo de aves, efectuado por un observador apoyado con binoculares, en un período de tiempo aproximado de cuatro Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
(4) horas en cada estación. Se desarrollarán réplicas de los puntos (AM-PM) con el objetivo de establecer patrones diarios de vuelo. El período de conteo tendrá lugar en horas cercanas al amanecer y atardecer, ya que la actividad de las aves presenta un patrón bimodal con valores máximos en estos horarios (SEA, 2015). Las variables a considerar para cada punto de muestreo se detallan a continuación: • Riqueza de especies. • Número de individuos. • Hora de vuelo. • Dirección de vuelo. • Altura de vuelo. • Patrones de vuelo y uso del área.
El monitoreo de tránsito aéreo se desarrollará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos mensuales de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones o electrocuciones durante el primer año de operación donde, finalizado este periodo, se evaluará la frecuencia de los monitoreos según los resultados obtenidos.
2) Monitoreo acústico:
La prospección acústica de manera continua a lo largo de la noche permite obtener el espectro completo de actividad de las diferentes especies. Se recorrerá el sector para lograr finalmente seleccionar la ubicación específica de cada uno de los puntos de monitoreo.
Se realizará un monitoreo con equipos detectores de ultrasonidos autónomos, dispuestos de manera de abarcar homogéneamente el área del proyecto. Los equipos permanecerán durante una noche completa en cada uno de los quince puntos, con un micrófono ultrasónico, ubicado a dos metros de altura. Las grabaciones se realizaron desde la puesta de sol (21:00 h) hasta el amanecer (06:20 h), abarcando 9,3 h de monitoreo por noche.
Con los datos acústicos se medirá: • Riqueza de especies. • Actividad de los quirópteros para cada punto siguiendo la metodología Miller (2001). • Variación del número de registros por especie a lo largo de la noche.
Adicionalmente se medirá la temperatura (ºC) con equipo acorde, mientras que los registros de viento podrán ser adquiridos de la estación meteorológica del Proyecto. Con las mediciones anteriores se determinará: • Variación temporal y espacial de las variables ambientales. • Relación entre la composición del ensamble y nivel de actividad de quirópteros con las variables ambientales.
El monitoreo acústico se realizará durante el último año de la fase de construcción, en períodos estacionales. Para la fase de operación, se considerarán monitoreos estacionales de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies durante su desarrollo, producto de colisiones.
3) Búsqueda y remoción de carcasas:
La búsqueda y remoción de carcasas se realizará en cada una de las torres de los aerogeneradores, en un radio de 100 metros alrededor de su base, y en el trazado de la LAT se realizará en una distancia de 50 metros desde la porción central de esta, a ambos lados. Para ambos casos se realizará un recorrido pedestre cada 10 metros alrededor.
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Esquema de búsqueda de individuos siniestrados alrededor de las torres eólicas.
Búsqueda de individuos siniestrados en la LAT
Las labores a realizar son las siguientes: 9. Inspeccionar en los radios de los aerogeneradores y de la LAT carcasas de fauna para su retirada. 10. Identificar y registrar las carcasas, distinguiendo el grupo animal, e idealmente por especie. 11. La búsqueda se realizará en todos los aerogeneradores del proyecto y trazado de la LAT, de modo de evitar que los cadáveres se descompongan rápido o sean presa de otros animales. 12. Para determinar la tasa real de mortalidad se realizarán experimentos estacionales de eficiencia de búsqueda de carcasas a los profesionales, y experimentos de remoción de carcasas por predadores, para determinar los índices de corrección que ajustarán la tasa real de mortalidad del parque.
Toda manipulación de carcasas será realizada siguiendo el procedimiento indicado en el instructivo “Manejo de carcasas de avifauna en proyectos con resolución de calificación ambiental dentro del sistema de evaluación de impacto ambiental, en el contexto del brote de influenza aviar de alta patogenicidad” (SAG, 2023).
Oportunidad: Fase de construcción Durante el último año de la fase de construcción, se consideran monitoreos de aves y acústico con periodicidad estacional (4 monitoreos al año).
Fase de operación
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5. Monitoreo de aves y acústico trimestrales, durante el primer año de la fase de operación. 6. Búsqueda y remoción de carcasas con periodicidad semanal, durante el primer año de la fase.
Indicador que acredite su cumplimiento - Ejecución del 100% de los monitoreos. - Variabilidad espacio - temporal del comportamiento de la fauna voladora. - Se utilizará un umbral de colisiones establecido en un 15% del total de fauna voladora registrada (promedio entre campañas = 1193; lo que equivale a 179 ejemplares) al año, donde por debajo de este umbral se considera que el impacto generado por las colisiones de avifauna con aerogeneradores no es significativo. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un seguimiento de la información biológica de la fauna voladora, para conocer en qué condiciones se detecta la afectación de las especies y en qué aerogeneradores o sector de la LAT se está dado lo anterior. - Durante el último año de la fase de construcción se realizará la elaboración de informes trimestrales, con los resultados de los monitoreos estacionales efectuados. - Durante el primer año de la fase de operación, se entregarán informes trimestrales, con los resultados del Programa de monitoreo de fauna voladora. Al finalizar el programa (primer año) se elaborará un informe final el que contendrá la síntesis de los resultados de la fase de construcción respecto del primer año de operación, con su respectiva evaluación sobre los cambios en los parámetros comunitarios básicos (riqueza, abundancia), y la valorización del efecto del proyecto sobre estos (identificación de aerogeneradores críticos). - Los informes serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia al Servicio Agrícola Ganadero, 30 días después de realizado los monitoreos mensuales.
- Generación de energías El proyecto corresponde a una iniciativa de generación de energía renovable no convencional (ERNC), que producirá energía limpia a través de la transformación de la energía del viento en electricidad, para luego inyectarla al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), potenciando así el aprovechamiento de recursos renovables de la zona para la producción energética, y de esta manera, contribuir en la disminución de generación por las actuales fuentes convencionales de energía.
- Empleos Dentro de los compromisos voluntarios adquiridos por el Titular, se considera el fomento a la contratación mano de obra local y servicios locales (CAV-04). Para esto, con un mínimo de tres (3) meses previos al comienzo de cada fase, se llevará a cabo un proceso de llamado a postulación de trabajo para las obras y actividades asociadas a cada fase del Proyecto.
Para lo anterior, el Titular elaborará un listado de cargos y servicios requeridos para cada una de las fases del Proyecto, y realizará la difusión del proceso de contratación.
Se fomentará la contratación de mano de obra y servicios, en primera instancia, de habitantes de las localidades pertenecientes al AI Medio Humano, estas son: Pemuco urbano, los sectores rurales de San Pedro, Villa La Unión, Relbún, Valle Hermoso, Chequenes y Culenco, lo anterior dependiendo de los requerimientos específicos de las obras y actividades asociadas a cada fase del Proyecto.
Se trabajará con la OMIL de Pemuco, para obtener información respecto a qué vecinas y vecinos desean trabajar. Para esto se les entregará una ficha para que puedan presentar un currículum vitae abreviado, y sus expectativas laborales (rubro). Luego se sistematizarán para ser presentadas a las empresas contratistas cuando estas se presenten.
- Aprovechamiento del recurso hídrico Respecto a la posible afectación de los cursos de agua naturales (cursos superficiales), el Proyecto contempla la ejecución de 22 atraviesos de cursos de aguas. De estos atraviesos 15 de ellos corresponden a cursos naturales temporales, 4 de ellos a cursos naturales permanentes y 3 de ellos corresponden a cursos artificiales (canales de riego). El atravieso de estos cursos de agua se realiza mediante la construcción o mejoras de caminos, donde en cada intercepción se instalará una obra de arte que permita el normal escurrimiento de las aguas. Estas obras, estarán diseñadas para soportar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
una crecida con un tiempo de retorno de un T=100 años. De esta manera, el proyecto no generará ningún tipo de desvíos de cauce o alguna obra que comprometa el normal escurrimiento de las aguas. Adicionalmente, cada atravieso de agua será evaluado tanto a nivel ambiental como a nivel sectorial por la autoridad pertinente.
Para ello, una vez el Proyecto obtenga su Resolución de Calificación Ambiental, deberá continuar con la solicitud de los permisos de modificación de cauce, que deberán ser presentados ante la Dirección General de Aguas, con la finalidad que el organismo público termine de aprobar técnicamente las obras, previo a su construcción.
Por último, respecto a los planes de desarrollo en las siguiente Tabla se presenta la relación del Proyecto con el Plan de Desarrollo Comunal de Pemuco, demostrando que este no se contrapone con sus lineamientos y objetivos específicos:
Tabla. Relación del Proyecto con el Plan de Desarrollo Comunal de Pemuco, 2011. Lineamientos Objetivos Específicos Relación con el proyecto Desarrollo Económico Impulsar el desarrollo económico comunal sobre la base de la diversificación y modernización de su estructura productiva El Proyecto se relaciona de manera directa con el objetivo específico mencionado, ya que considera la generación de energía eléctrica mediante el uso de aerogeneradores, los cuales permiten aprovechar la energía del viento. Con esto se impulsa el desarrollo económico local, además de diversificar y modernizar la estructura productiva. Aumentar la competitividad de la población económicamente activa comunal El Proyecto no se relaciona directamente con el objetivo específico mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, no se contrapone al mismo. Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto se relaciona favorablemente pues considera como compromiso ambiental voluntario, la contratación de mano de obra local y servicios locales. La generación de empleo aumenta la probabilidad de nivelación de estudios para aumentar la competitividad de la población económicamente activa. Educación Transformar la Educación Comunal hacia el desarrollo económico local El Proyecto no se relaciona directamente con el objetivo específico mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, no se contrapone al mismo. Infraestructura Crear instrumentos para trabajar los aspectos más críticos de la región, esto en lo relativo al desempleo, la pobreza, indigencia, y en general todas las temáticas socioeconómicas para disminuir la brecha competitiva de la comuna. El Proyecto no se relaciona directamente con el objetivo específico mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, no se contrapone al mismo. Desarrollo Institucional municipal Fortalecer el rol del municipio y sus funcionarios como actores claves del desarrollo económico y social de la comuna El Proyecto no se relaciona directamente con el objetivo específico mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, no se contrapone al mismo. Habitabilidad Comunal Disminuir el déficit habitacional y las carencias sanitarias presentes en la zona urbana y rural de la comuna con soluciones definitivas El Proyecto no se relaciona directamente con el objetivo específico mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, no se contrapone al mismo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Salud Comunal Mejorar la cobertura y calidad del sistema de salud comunal. El Proyecto no se relaciona directamente con el objetivo específico mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, no se contrapone al mismo. Desarrollo Comunitario Mejoramiento de las condiciones de vida de la población comunal con énfasis en el desarrollo de las organizaciones de base y la participación ciudadana. El Proyecto no se relaciona directamente con el objetivo específico mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, no se contrapone al mismo. Fuente: Tabla 163. Relación del Proyecto con el Plan de Desarrollo Comunal de Pemuco, 2011. Adenda Complementaria.
En relación del proyecto con las políticas, planes y programas regionales, el proyecto indica en la Adenda Complementaria lo siguiente:
• Plan Regional de Ñuble 2018-2022 De acuerdo con el análisis ejecutado respecto a la tipología de proyecto, objetivos y actividades a ejecutar y las iniciativas del Plan Regional de Ñuble, se concluye que la ejecución del Proyecto no se relaciona de forma directa, con ninguna de las prioridades o iniciativas que propone este Plan.
Sin embargo, se relaciona de manera indirecta con la iniciativa de “Medio Ambiente”, pues las partes, obras y/o acciones del Proyecto se relacionan con elementos del medio ambiente, como el uso del suelo, corta de vegetación, emisión de gases atmosféricos, entre otros. Conforme a ello, éste dará cumplimiento en todo momento a la normativa ambiental aplicable, acreditando que no generará impactos sobre el medio ambiente, ingresando además al SEIA, de manera que sea evaluado de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.300 y su reglamento D.S. N° 40/2012. Además, el hecho de hacer uso de una tecnología limpia para la generación de energía eléctrica disminuirá las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera en comparación con otras tecnologías generadoras de energía eléctrica.
Además, el proyecto si bien no se relaciona directamente con la iniciativa de Conectividad Vial y Agua potable rural, es posible indicar que tampoco se contrapone con ellas dado que, en primer lugar, respecto del uso de la vialidad, en la etapa de construcción del Proyecto no se genera obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad del sector, ni genera aumento significativo de los grados de saturación ni el nivel de servicio de las vías. Asimismo, el Proyecto no tiene potencial de generar alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Por otro lado, respecto del Agua Potable Rural, el emplazamiento del Proyecto se encuentra distante 3,9 km de la obra de APR más cercana, por tanto, no generará afectación de las APR.
• Estrategia Regional de Desarrollo Ñuble 2020 – 2028 De acuerdo con el análisis ejecutado respecto a la tipología de proyecto, objetivos y actividades a ejecutar y los objetivos estratégicos de la Estrategia Regional de Desarrollo de Ñuble 2020 – 2028, se concluye que la ejecución del Proyecto se relaciona directa e indirectamente con los siguientes objetivos:
Relación directa:
Diversificación de la matriz productiva regional El Proyecto se relaciona directamente con este objetivo estratégico debido a que, el Proyecto contempla la construcción y operación de un Parque Eólico de potencia nominal de hasta 194,4 MW, que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), potenciando la innovación mediante la incorporación de energías limpias, renovables no convencionales.
- Desarrollo de la ciencia, tecnología, innovación y conocimiento para potenciar la economía y el bienestar social. El Proyecto se relaciona directamente con este objetivo estratégico debido a que, el Proyecto contempla la construcción y operación de un Parque Eólico de potencia nominal de hasta 194,4 MW, que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), potenciando la innovación mediante la incorporación de energías limpias, renovables no convencionales.
Relación indirecta:
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- Mejorar la calidad del aire en los centros urbanos de la región, con Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA).
El Proyecto se relaciona indirectamente con este objetivo estratégico debido a que, por una parte, el Proyecto generará emisiones de material participado y gases, los cuales serán menores y temporales en todas sus fases (Ver Anexo 1.4 de la DIA), por lo que no se alterará la calidad de aire de manera significativa. Por otra parte, considerando que el Proyecto generará energía eléctrica a partir del uso de aerogeneradores, los que aprovechan la energía del viento, al ser esta una Energía Renovable No Convencional (ERNC) y tratarse de una tecnología limpia, no emite gases de efecto invernadero a la atmósfera, lo cual es positivo para la calidad del aire.
Cabe indicar, además, que, si bien existe un PPDA en la región, este aplica para las comunas de Chillán y Chillán Viejo (D.S. N°48/2016 del Ministerio del Medio Ambiente), por lo que el área de emplazamiento del Proyecto queda fuera de este marco regulatorio.
- Mejoramiento del medio ambiente en los asentamientos humanos de la región El Proyecto contempla la construcción y operación de un Parque Eólico que se emplaza cercano a viviendas en uso, galpones e invernaderos en lo que se conoce como el sector de Chequenes, así como presencia de actividad apícola en el sector poniente de Chequenes. Sin embargo, ninguna parte, obra o acción del proyecto afectará la forma de vida y/o costumbres de los habitantes de los asentamientos urbanos.
En este sentido, las partes, obras y/o acciones del Proyecto se relacionan con elementos del medio ambiente en los que se encuentran insertos dichos asentamientos humanos, como el uso del suelo, corta de vegetación, emisión de gases atmosféricos, entre otros. Conforme a ello, este dará cumplimiento en todo momento a la normativa ambiental aplicable, acreditando que no generará impactos significativos sobre el medio ambiente (ver Capítulo 2 de la DIA).
- Avanzar en la implementación de un sistema integral de gestión de residuos sólidos domiciliarios e industriales. El Proyecto se relaciona indirectamente con este objetivo estratégico debido a que, este generará residuos sólidos domiciliarios e industriales en todas sus fases, para lo cual efectuará un manejo y disposición final de acuerdo con la normativa vigente. En efecto, los residuos serán almacenados según su tipo (domiciliarios, residuos no peligrosos y peligrosos) en sitios destinados especialmente para ellos. El Titular de proyecto mantendrá el registro de retiro y disposición final de residuos (de todos los tipos de residuos sólidos y líquidos), de forma ordenada y actualizada en obra. Se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos sólidos por sobre su disposición final, para todo aquello que pueda ser reciclado o valorizado.
- Desarrollo de la ciencia, tecnología, innovación y conocimiento para potenciar la economía y el bienestar social.
El Proyecto se relaciona indirectamente con este objetivo estratégico, debido a que la construcción y operación de un Parque Eólico potencia la tecnología e innovación, mediante la incorporación de energías limpias, renovables no convencionales. - Mejorar la provisión de energía con un servicio permanente y continuo.
El Proyecto se relaciona indirectamente con este objetivo estratégico debido a que, el Proyecto contempla la construcción y operación de un Parque Eólico que dará cumplimiento en todo momento a la normativa ambiental aplicable, acreditando que no generará impactos sobre el medio ambiente. Por otro lado, cabe mencionar que, si bien el Proyecto no se relaciona directa e indirectamente, pero tampoco se contrapone a diversos otros lineamientos donde cabe destacar los siguientes.
- Mejorar la infraestructura pública y deconectividad territorial regional. Si bien el Proyecto hace uso de infraestructura vial pública, en base al Estudio de Impacto Vial que se presenta en el Anexo 1.7 de la DIA, es posible afirmar que, en la etapa de construcción no genera obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad del sector, ni genera aumento significativo de los grados de saturación ni el nivel de servicio de las vías. Asimismo, por el uso de las vías, el Proyecto no tiene potencial de generar alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
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- Fortalecer la prevención, capacidad de reacción y planes de mitigación frente a riesgos y desastres naturales.
Si bien, en la región existe un riesgo climático por el aumento significativo de las precipitaciones y la arroyada superficial, lo cual puede ocasionar inundaciones, el Proyecto contempla en su Plan de Contingencia y Emergencia (Anexo 1.7 de la DIA), medidas asociadas a riesgos naturales como sismo, inundación de cauces naturales y eventos meteorológicos extremos, con lo cual se fortalece la prevención y capacidad de reacción frente a dichos riesgos.
- Protección, recuperación y desarrollo sustentable de paisajes y biodiversidad. El Proyecto corresponde al rubro energético, por tanto, no guarda relación directa con el presente objetivo estratégico, pero tampoco se contrapone a éste o lo limita.
En este aspecto, cabe tener presente que, si bien el Proyecto produce obstrucción de la visibilidad, y alteraciones en atributos paisajísticos, en grados mayor a bajo, ello se produce en un paisaje de calidad media, y no se realizan en una zona con valor paisajístico, ni afectando a elementos evaluados como únicos y/o representativos, dado que son inexistentes en el área de influencia (véase evaluación paisajística disponible en Anexo 2.7 de la DIA).
El Parque Eólico dará cumplimiento en todo momento a la normativa ambiental aplicable, acreditando que no generará impactos sobre el medio ambiente.
• Política Energética de Chile De acuerdo con el análisis ejecutado respecto a la tipología de proyecto, objetivos y actividades a ejecutar y los objetivos estratégicos de la Política Energética de Chile al 2050, se concluye que la ejecución del Proyecto se relaciona directa e indirectamente con los siguientes objetivos: Relación directa:
- Promover un sistema inteligente de producción, y gestión descentralizada de la energía para los sectores residencial, público y comercial, no sólo para usuarios particulares, sino también para cooperativas, municipalidades y organizaciones interesadas El Proyecto se relaciona con este lineamiento estratégico, debido a que permitirá entregar energía limpia (ERNC) al Sistema Eléctrico Nacional, contribuyendo a la producción descentralizada de energía para su consumo por los clientes de la red de distribución.
- Promover un intercambio regional eficiente que aumente la flexibilidad del sistema eléctrico. El Proyecto se relaciona con este lineamiento estratégico, debido a que permitirá entregar energía limpia (ERNC) al Sistema Eléctrico Nacional, promoviendo un intercambio regional eficiente que aumente la flexibilidad del sistema eléctrico.
- Integrar y dar coherencia a los intereses de los diferentes actores, sectores, instituciones y escalas territoriales (nacional, regional y local) asociados a la gestión del territorio para el desarrollo energético.
El Proyecto se relaciona positivamente con este lineamiento, dado que contempla como su eje productivo la generación de energía a partir de fuentes renovables y limpias, además de la compatibilidad con el uso del territorio (no impide el desarrollo de otras actividades
productivas como, por ejemplo, la agricultura, minería, entre otras), condición que se ajusta a las políticas nacionales, regionales y locales.
- Promover una alta participación de energías renovables en la matriz eléctrica. El Proyecto se relaciona con este lineamiento estratégico, debido a que permitirá entregar energía renovable (ERNC) al Sistema Eléctrico Nacional, contribuyendo a la incorporación de energías renovables en la matriz eléctrica.
- Fomentar la participación de combustibles de bajas emisiones de GEI y contaminantes atmosféricos en la matriz energética. El Proyecto por su contenido y objetivos se relaciona con este lineamiento, ya que contempla la construcción y operación de un Parque Eólico, actividad que se encuentra dentro del marco de las Energías Renovables no Convencionales (ERNC), cuya operación no genera emisiones de GEI.
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- Promover la reducción de las emisiones GEI en el sector energético El Proyecto por su contenido y objetivos se relaciona con este lineamiento, debido a que la de generación eléctrica es por medio de fuentes renovables (recurso eólico), lo cual no genera emisiones GEI. Con lo anterior, se está aportando en la promoción de la reducción de emisiones de GEI en el sector energético del país.
- Reportar y gestionar las emisiones directas e indirectas y el impacto ambiental El Proyecto, por su contenido y objetivos, se relaciona con este lineamiento, debido a que ingresa al SEIA por medio de una Declaración de Impacto Ambiental para su calificación ambiental y se comprometerá dar fiel cumplimiento a la normativa ambiental y la RCA. - Formar un mercado robusto de consultores y empresas de servicios energéticos El Proyecto se relaciona positivamente con este lineamiento, dado que el desarrollo del Proyecto y su construcción, contribuyen a la creación de un mercado de servicios energéticos. - Utilizar los recursos disponibles localmente y aprovechar los potenciales energéticos en los procesos productivos.
El Proyecto se relaciona favorablemente con este lineamiento, ya que este aprovecha los recursos disponibles que corresponde a la captación del recurso eólico para transformarla en energía eléctrica.
Relación indirecta
Asegurar el fortalecimiento de actores, organizaciones y comunidades en materia de desarrollo energético, tanto referido a información sobre proyectos e impactos asociados y participación en el desarrollo de éstos, como a las capacidades que permitan generar oportunidades para un desarrollo local acorde a las características del territorio y con pertinencia cultural.
El proceso de evaluación permite la participación ciudadana, si este se solicita por parte de la comunidad, según lo establecido en la Ley de Bases del Medio Ambiente y el Reglamento del SEIA. Dado lo anterior, podría aportar conocimientos e información sobre energías renovables a actores locales. De no contemplarse la participación, no favorece ni perjudica dicho lineamiento.
- Garantizar por parte del estado la existencia de procesos formales de participación ciudadana temprana, informada, simétrica e incidente en políticas, planes y proyectos, a nivel nacional, regional y local.
El Proyecto, por su contenido y objetivo, no se relaciona con garantizar por parte del Estado la existencia de procesos formales de participación ciudadana, no obstante, en caso de que el SEA decretará una participación ciudadana en el contexto de la evaluación ambiental, el Titular aportará con todos los antecedentes necesarios que permitan una participación informada de la comunidad en el proceso de calificación.
- Reducción de barreras a la innovación y emprendimiento en energía. El Proyecto se relaciona indirectamente con este lineamiento, dado que el desarrollo y mejoramiento continuo del Proyecto Eólico permite generar conocimiento e innovación asociado al mercado de la producción energética.
- Potenciar y articular las capacidades tecnológicas del país en investigación desarrollo e innovación en energía.
El Proyecto se relaciona indirectamente con este lineamiento, ya que permite generar energía desde el Parque Eólico, aportando a la implementación de energía renovable e innovando en sistemas de energía eólica.
- Promover la internalización de las externalidades ambientales de la infraestructura energética. El Proyecto al ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de una DIA da a conocer y evalúa sus externalidades ambientales (de la infraestructura energética). Además, contempla las medidas necesarias para disminuir sus potenciales efectos en el entorno natural y social. A través de su calificación en el SEIA, se compromete a cumplir con la normativa ambiental vigente.
Relación del proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo comunal • Plan de Desarrollo Comunal de Pemuco Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
De acuerdo con el análisis ejecutado respecto a la tipología de proyecto, objetivos y actividades a ejecutar y los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Comunal de Pemuco, se concluye que la ejecución del Proyecto se relaciona de manera directa e indirecta con los siguientes objetivos: Relación directa: - Impulsar el desarrollo económico comunal sobre la base de la diversificación y modernización de su estructura productiva El Proyecto se relaciona directamente con este objetivo estratégico debido a que potencia la innovación mediante la incorporación de aerogeneradores, tecnología que permite aprovechar la energía del viento. Con esto se impulsa el desarrollo económico local, además de diversificar y modernizar de la estructura productiva. Relación indirecta: - Aumentar la competitividad de la población económicamente activa comunal El Proyecto se relaciona favorablemente pues considera como compromiso ambiental voluntario la contratación de mano de obra local y servicios locales. La generación de empleo aumenta la probabilidad de nivelación de estudios para aumentar la competitividad de la población económicamente activa.
• Plan de Regulador Comunal de Pemuco El Plan Regulador Comunal (PRC) de Pemuco contiene las normas referentes al límite urbano, vialidad estructurante, zonificación y usos de suelo, condiciones urbanísticas de subdivisión, urbanización y edificación, que regirán dentro del área territorial urbana del Plan Regulador Comunal de Pemuco.
En este sentido, cabe indicar que el Proyecto se encuentra fuera de los límites urbanos de la comuna. De acuerdo con ello, y considerando que los límites del área urbana definida por el PRC se encuentran a una distancia de al menos 300 metros de la obra del Proyecto más próxima, se descarta la relación de éste con el PRC de Pemuco.
• Plan de Desarrollo Comunal El Carmen En este aspecto, cabe tener presente que parte del Área de Influencia de Paisaje abarca la comuna, por lo cual se hace este análisis considerando los principales instrumentos de planificación territorial de esta comuna.
De acuerdo con el análisis ejecutado respecto a la tipología de proyecto, objetivos y actividades a ejecutar y los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Comunal de El Carmen, se concluye que la ejecución del Proyecto se relaciona con los siguientes objetivos:
Relación indirecta Generar condiciones para el desarrollo local productivo de la comuna y explotar el potencial geográfico, natural y paisajístico de la zona, en pro del desarrollo económico y social de la comuna. El Proyecto corresponde al rubro energético, por tanto, no guarda relación directa con el presente objetivo estratégico, pero tampoco se contrapone a éste o lo limita.
En este aspecto, cabe tener presente que, parte del Área de Influencia de Paisaje abarca la comuna. Según la evaluación paisajística (Anexo 2.7 de la DIA), el Proyecto produce obstrucción de la visibilidad, y alteraciones en atributos paisajísticos, en grados mayor a bajo, ello se produce en un paisaje de calidad media, y no se realizan en una zona con valor paisajístico, ni afectando a elementos evaluados como únicos y/o representativos, dado que son inexistentes en el Área de Influencia.
• Plan Regulador Comunal El Carmen.
El Plan Regulador Comunal de El Carmen contiene las normas referentes al límite urbano, vialidad estructurante, zonificación y usos de suelo, condiciones urbanísticas de subdivisión, urbanización y edificación, que regirán dentro del área territorial urbana del Plan Regulador Comunal de El Carmen. En este sentido, cabe indicar que el Proyecto se encuentra fuera de los límites urbanos de dicha comuna. De acuerdo con ello, y considerando que los límites del área urbana definida por el PRC se encuentran a una distancia de al menos 8,5 kilómetros de la obra del Proyecto más próxima, se descarta la relación de este con el PRC de El Carmen.
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A continuación, se presenta un resumen sobre los eventuales impactos ambientales identificados por el proyecto, señalando su ponderación sobre si son positivos y negativos, así como significativos, en el caso de los negativos.
En el caso del Proyecto, no se generan ninguno de los efectos, características o circunstancias del citado artículo 11 de la LBGMA. A continuación, se presenta un breve resumen de lo expuesto en el Capítulo 2 de la DIA, la cual justifica el ingreso del proyecto al SEIA como una DIA:
En cuanto al Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos:
La comuna de Pemuco corresponde a una de las comunas con mayor participación en las emisiones de material particulado de la región de Ñuble, junto con Chillán, San Carlos y Ránquil. Esto debido a la combustión de leña utilizada para la calefacción en los hogares, principalmente durante el periodo de otoño e invierno. No obstante, la modelación de emisiones presentada en el Anexo 4.2 de la Adenda concluye que las emisiones del proyecto y, por ende, sus concentraciones resultantes son acotadas en el tiempo, dado que se concentran principalmente en los años que dura la construcción y particularmente en el año 1, correspondiente al año más intensivo respecto de los niveles de actividades por realizar, mientras que en la operación del proyecto, dada sus características intrínsecas (parque eólico), las emisiones atmosféricas disminuyen considerablemente. Respecto de los aportes obtenidos en la modelación de las emisiones atmosféricas del proyecto sobre los receptores, en su escenario más desfavorable, estos se encuentran bajo los umbrales establecidos en el estudio “Evaluación de significancia del impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, encomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental al DICTUC, toda vez que los valores obtenidos son menores a los indicados en la “Tabla 0-8: Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas”, para el MP10 y el MP2,5, siendo en la mayoría de los receptores cercanos a 0 [ug/ m3]. Tabla. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas.
Parámetro
Periodo
SILs (ug/m³) Aporte proyecto en R30 (ug/m3) % de la Norma Chilena Aporte normativo proyecto (%) Cumplimiento de los aportes del proyecto MP2,5 24 horas 1,7 0,73 3,4% 1%
Anual 0,3 0,22 1,5% 1%
MP10 24 horas 5,0 2,74 3,8% 2%
Anual 1,0 0,84 2,0% 1%
Fuente: Tabla 218. Criterios recomendados de incremento significativo en la concentración de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas. Adenda Complementaria. En cuanto a Ruido y Vibraciones, dentro del área de emplazamiento del proyecto se identificaron 25 receptores humanos de ruido y cuatro (4) áreas de fauna. El Máximo Permisible NPS dB(A) por ley es de 42,3 dB(A), considerando las barreras y restricción de maquinaria, los valores no exceden el máximo dentro de la fase de Construcción y Cierre. Para la fase de Operación se consideró el aporte de fuentes fijas, las cuales corresponden a los aerogeneradores y al grupo electrógeno. En esta fase se evaluó con las fuentes en horario diurno y nocturno. Los niveles proyectados en el modelo de propagación sonora no superan los máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA en horario diurno, para cualquiera de las velocidades de viento señaladas. Respecto a las emisiones a la atmósfera, debido a su escaso volumen, en las distintas fases del proyecto no revisten características de peligrosidad que pudieran implicar algún eventual impacto ambiental. Esto se observa al analizar la síntesis de la estimación de emisiones elaborada para el proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Tabla. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Construcción. Instancia Año Emisiones (t/año) MP10 MP2,5 NOx CO SO2 HC/COV NH3 Adenda N°1 24 meses 38,4 10,3 6,4 15,1 0,2 1,4 0,1 Fuente: Tabla 159. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Construcción. Adenda Complementaria.
Tabla Resumen de estimación de emisiones – Fase de Operación. Instancia Año Emisiones (t/año) MP10 MP2,5 NOx CO SO2 HC/COV NH3 Adenda N°1 Anual 3,76 0,49 0,04 0,01 0,0004 0,002 0,00006 Fuente: Tabla 160. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Operación. Adenda Complementaria.
Tabla. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Cierre Instancia Año Emisiones (t/año) MP10 MP2,5 NOx CO SO2 HC/COV NH3 Adenda N°1 12 meses 2,72 0,70 2,36 4,32 0,062 0,41 0,003 Fuente: Tabla 161. Resumen de estimación de emisiones – Fase de Cierre. Adenda Complementaria.
Considerando los efluentes generados, el Proyecto no contempla la exposición de contaminantes que pudiesen afectar el agua y el suelo, en ninguna de sus fases. Los residuos líquidos domésticos provenientes de los sistemas sanitarios previstos por el Proyecto, durante la construcción, operación y cierre serán manejados mediante un sistema de planta de tratamiento de aguas servidas, que funcionará a base del tratamiento de lodos activados, cuyos efluentes serán almacenados en estanques de acumulación del efluente para su posterior retiro y disposición con una empresa autorizada.
En tanto a los residuos industriales líquidos, el proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos. No obstante, existe un manejo de flujo de recirculación de líquidos en el proceso que se producirán durante los 11 meses que operará la Planta de Hormigón en la fase de Construcción. Éstos serán manejados a través de un sistema de recirculación de las aguas que constará de una zona de lavado o pilón, una piscina de lavado, tres piscinas de decantación y una fosa para escombros. El efluente será recirculado a los estanques de almacenamiento de agua industrial previstos en la planta de hormigón, y reintroducido al proceso de elaboración de hormigón. Las piscinas de lavado y decantación se construirán sobre una membrana geotextil impermeable, para así evitar potenciales infiltraciones y afectación de los recursos naturales suelo y agua.
Los residuos sólidos generados serán almacenados en bodegas de almacenamiento temporal de residuos, especialmente habilitadas y señalizadas para ello, considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999.
En cuanto al efecto sombra intermitente (o por su término en inglés: Shadow Flicker), en el Área de Estudio se identificaron un total de 1.850 construcciones que responden a la definición de espacios que deben protegerse (viviendas, hostales, oficinas u otros espacios de trabajo, escuelas, minimarkets, entre otros), del efecto sombra o Shadow Flicker. Sin embargo, en el área de influencia se registran barreras vegetacionales de distinto tipo (árboles ornamentales en el patio de viviendas, plantaciones forestales, entre otros) y barreras de tipo “muro”. Considerando que el efecto Shadow Flicker no será percibido a una distancia de entre 500 y 1.000 m, ya que la sombra del rotor no parece estar cortando la luz, si no que será percibido como un objeto fijo, es que el Área de Estudio posee una extensión de 2.038 m desde cada aerogenerador (distancia máxima de cálculo para la modelación), abarcando una superficie de 7.192 ha. A su vez, el Titular ha considerado incorporar un sistema de detención automático en los aerogeneradores, asociados a la totalidad de receptores del Área de Influencia de Shadow Flicker (AISF), incluyendo así tanto a los receptores que superan como a los que no superan alguno de los tres máximos recomendados (30 horas/año o 30 minutos/día de escenario astronómico más desfavorable y 8 horas año para el escenario astronómico real) y 0 min/día o 0 horas/año para Pemuco Urbano, en todos aquellos aerogeneradores que lo requieran. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Por lo tanto, el Proyecto no generará la superación significativa de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes. Así, sobre la base del análisis descrito, se concluye que el Proyecto no generará ni presentará riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos que genere o produzca.
• En cuanto al Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables:
Con relación al suelo, el Proyecto se encuentra en posición de sedimentos fluvioglaciares. Se encuentran ocupando abanicos piroclásticos, terrazas remanentes, lomajes suaves remanentes y piedemonte. Las pendientes van entre 1 a 3% y 5 a 8%, alcanzando pendientes de 8 a 15% en las condiciones más extremas. Actualmente la superficie del Proyecto está siendo ocupada mayoritariamente por una plantación de Pino radiata y Eucalyptus sp, las que corresponden al 56,11% de la ocupación actual, existiendo algunas zonas que actualmente se utilizan para desarrollo agrícola intensivo (17,77% de la ocupación actual).
En términos de Clase de Capacidad de Uso de Suelo (CUS) se indica que el total de la superficie a utilizar por el proyecto serán 172,24 hectáreas, de las cuales, el 35,4% corresponden a áreas con suelos de clase II, el 51,6% corresponde a suelos de clase III, un 101% corresponde a suelos de clase IV y 3% clase VII. Es importante señalar que del análisis de los resultados de línea base y de las obras permanentes que se consideran para la materialización del Proyecto, se establece que del total capacidad de uso II (16,63 ha) y III (29,12 ha) por obras permanentes, corresponde al 26,56% de la superficie del área del Proyecto (total 172,24).
El Proyecto generará una mínima erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas del suelo, pues la topografía del terreno no sufrirá mayores variaciones. En este sentido, se destaca que no se contempla realizar nivelaciones en el área, por lo que el terreno colindante mantendrá su estado original. Complementariamente, el diseño del proyecto ha contemplado la distribución espacial de las obras, de tal manera de afectar lo menos posible los suelos productivos, principalmente donde existen áreas de uso intensivo como la presencia de pivotes de riego, lo que conlleva un cuidado tácito de suelos de productividad agrícola.
En virtud de los antecedentes, se confirma que el Proyecto no supone pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
Respecto al recurso hídrico, es importante mencionar que no se realizará extracción de agua de los cursos hídricos presentes en el área del Proyecto, sino que el agua potable provendrá de distribuidores autorizados, y será trasladada al área de instalación de faenas mediante camiones aljibes, para ser almacenada en estanques de acumulación de agua potable emplazados en la instalación de faenas. Por otro lado, el agua industrial será provista mediante camiones aljibes por distribuidores autorizados.
Respecto a la flora y vegetación terrestre, de las 116 especies de flora vascular registradas dentro del área de influencia, se constató la presencia de una especie en estado de conservación, según lo establecido en los diecisiete procesos de clasificación de especies, siendo ésta clasificada con Preocupación Menor (LC): El Adiantum sulphureum presenta un hábito de crecimiento herbáceo (Helecho) y se observó sólo en un punto del área de influencia, siendo su frecuencia de un 0,8% respecto del total de puntos muestreados, es decir, su presencia es de carácter marginal. En consecuencia, es posible inferir que la materialización del proyecto no debiera generar efectos adversos significativos sobre el componente flora y vegetación terrestre.
En cuanto a la fauna terrestre, la riqueza total de vertebrados terrestres observados durante las tres campañas de terreno efectuadas fue de 92 especies, correspondientes a dos (2) especies de anfibios, cuatro (4) especies de reptiles, 73 especies de aves y 13 especies de mamíferos. En relación con la abundancia de las especies, en los transectos de muestreo establecidos se registraron 619 individuos de vertebrados terrestres en primavera 2021, 916 individuos en verano 2022 y 1.667 individuos vertebrados en primavera 2022. En total, la abundancia con las tres campañas es de 3.202 registros.
En cuanto al estado de conservación de las 92 especies identificadas, 28 de las especies registradas presentan alguna categoría de conservación según la legislación vigente. De éstas, cuatro (4) especies corresponden a reptiles, dos (2) especies de anfibios, 10 especies de aves y 12 mamíferos. Es Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
importante indicar que 26 de ellas se encuentran con categorías que no representan, actualmente, amenazas en sus poblaciones.
Por otra parte, dos (2) especies muestran una categoría de Datos Insuficientes. A su vez, hay dos (2) especies que se encuentran en alguna categoría de amenaza, según los criterios establecidos por la UICN. Estas especies son el Gato Güiña (Vulnerable) y la Becacina pintada (En Peligro). De estas especies, en términos de frecuencia es posible indicar que, para ambas, se realizó un registro de un único ejemplar durante la totalidad de las campañas de terreno.
La clase que adquiere la mayor relevancia corresponde a las aves, de las cuales 49 especies no volaban a más de 30 metros, 23 de ellas no excedían los 60 metros y 8 especies sobrepasaban los 60 metros de altura. Las especies que presentaron la mayor altura de vuelo es el Aguilucho y el Jote de Cabeza Negra, llegando a una altura máxima estimada de 130 m. Respecto al rumbo de vuelo, la dirección Noreste era el más frecuente en general. De esta manera, la operación del Parque Eólico proyectado, con una configuración de aerogeneradores con altura de buje de hasta 155 metros y una longitud de pala de 85 metros de largo, permite estimar que aquellas aves que, eventualmente podrían tener algún tipo de interacción con la operación del Proyecto, corresponden a aquellas que tengan una altura de vuelo superior a los 70 metros.
Respecto al efecto de la Línea de Alta Tensión de 4,24 km sobre las aves, ésta estará conformada por 19 estructuras con una distancia variable entre ellas (distancia mínima de 90 m y una distancia máxima de 322 metros) y una altura de 27 a 33 metros, aproximadamente. Las aves que eventualmente podrían tener interacción con esta obra corresponden a aquellas que tengan alturas de vuelo similares y el riesgo variará en función de la distancia entre las torres.
No obstante, lo anterior, el diseño de los Aerogeneradores contempla un sistema de balizas en la parte superior de la góndola, como parte de las exigencias de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), pudiendo instalarse luminarias blancas intermitentes para el día y luminarias rojas intermitentes para la noche, destinadas a alertar la presencia de los aerogeneradores. Asimismo, el diseño de la Línea de Alta Tensión contempla, por un lado, los conductores bajo la cruceta y, por el otro, la instalación de peinetas en las torres de anclaje, remate y suspensión de la LAT, y disuadores de vuelo de tipo espiral amarillo de polipropileno en el cable guardia de ésta.
Para aquellas especies de vertebrados terrestres de baja movilidad y con alguna singularidad ambiental, específicamente, para reptiles de baja movilidad en “Preocupación Menor” que se encuentren en sectores con obras lineales y areales asociadas a los ambientes relevantes de fauna, se ejecutarán actividades de perturbación controlada, que permitan contribuir a que el desarrollo constructivo tenga bajos efectos sobre este tipo de especies. Por lo tanto, tras el análisis de los antecedentes, líneas de base y modelaciones, el Proyecto ingresó mediante una Declaración de Impacto Ambiental, en virtud que no se prevén impactos ambientales significativos. Para la fauna voladora se contempla mantener un seguimiento de la información biológica y comportamiento de las aves y murciélagos, en función de la posible interacción con el parque.
Finalmente, respecto a la Fauna íctica, se registró la presencia de siete (7) especies, de las cuales seis (6) corresponden a especies nativas y sólo una (1) especie corresponde a una especie introducida. Dentro de las especies nativas identificadas, cabe destacar la presencia de dos (2) especies con una categoría en conservación de “En Peligro”. En términos de abundancia, expresada como Captura por Unidad de Esfuerzo (CPUE), estandarizada a individuos capturados en 30 minutos de pesca, se registró una captura total de 60
individuos. La especie de mayor abundancia correspondió a la especie nativa P. trucha, con 15 individuos capturados.
El Proyecto considera realizar modificación de cauces asociados a caminos y canalizaciones de media tensión subterráneas: Estero Río Seco, Estero Pemuco, Río Relbún y Estero sin nombre (humedal antropizado), sin embargo, se hace presente que los cauces a intervenir para las obras de atravieso no serán interrumpidos en su flujo. En los casos que haya flujo durante el periodo de construcción, se deberá desviar las aguas mediante sacos de arena (ataguías). Además, es de interés señalar que las obras civiles consideran obras tipo de cajón simple o cajón doble de hormigón armado.
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Con todo lo anterior, se indica que el Proyecto no generará impacto alguno sobre las especies de ictiofauna de carácter nativo identificadas en el área de estudio, ya que en las actividades y obras asociadas a la modificación de cauces no interrumpirán el flujo de los cursos de agua señalados.
Con ello, se concluye que el Proyecto se desarrollará en un área con ambientes altamente perturbados por el humano, además, considerando que la superficie del área de influencia del Proyecto no es significativa respecto de la superficie de distribución geográfica de las especies endémicas, en categoría de conservación y con poblaciones reducidas SAG (2015) registradas en el área, es posible concluir que, tanto la construcción como la operación del mismo, no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, en este caso la diversidad de fauna.
• En cuanto al Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos:
De acuerdo con la información levantada en la campaña de terreno realizada para el componente Medio Humano, en la comuna de Pemuco se registra un bajo porcentaje de población perteneciente a un pueblo originario (bajo el 10%) y ninguna Comunidad o Asociación indígena. Por lo que, en el área de influencia del Proyecto, los antecedentes levantados en terreno indican que no hay presencia de comunidades ni organizaciones indígenas en los sectores y/o localidades que la conforman. Tampoco se reconoció la celebración de ritos o presencia de espacios significativos de GHPPI, por parte de los entrevistados.
Por otra parte, la mayor concentración de la población se encuentra en Pemuco urbano y luego en las localidades Relbún al Norte, Villa La Unión, Valle Hermoso, Chequenes y Culenco. La comuna de Pemuco se caracteriza por su actividad primaria, donde el 22,9% de la población se encuentra en la rama de Agricultura, Ganadería y Silvicultura. Le sigue la rama de actividad de la Construcción en un 9,8% y luego la de Comercio al por mayor y menor, en un 9,2%. Cabe señalar que el desarrollo del Proyecto, en ninguna de sus fases, realizará la intervención o restricciones del acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico o de uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural), de los grupos humanos presentes en el Área de Influencia (AI). Esto, dado que el desarrollo de la actividad económica asociada al Proyecto no se relaciona ni contrapone con el desarrollo de las principales actividades económicas realizadas por la población del AI del Proyecto. En este sentido, se destaca que ninguna de las actividades que se realizan de manera informal y a menor escala, tales como la apicultura (tanto el emplazamiento de los cajones de panales o espacios de floración utilizados en esta actividad), recolección de frutos (actividades forestales no maderables), se realiza o emplaza al interior del área de emplazamiento del Proyecto.
Asimismo, el desarrollo del Proyecto no generará interacción con los espacios de recreación, naturales y de interés turístico emplazados en el AI, como son Complejo deportivo de Pemuco (emplazamiento de Medialuna de Pemuco, canchas de carrera de caballo, etc.), Laguna Dañicalqui, el Salto del Dañicalqui y el balneario El Ajial. Cabe señalar que, de estas, la más cercana al Proyecto es la Medialuna de Pemuco, emplazada a 875 m al oriente del Aerogenerador 02.
Por otra parte, en el AI del Proyecto se desarrollan distintas festividades culturales y tradicionales, en donde es posible identificar a partir de la información levantada en terreno, la presencia de una tradición fuertemente anclada en la ruralidad conservando prácticas culturales campesinas hasta la actualidad, las que mantienen la identidad del territorio. En este sentido, la zona es conocida por su medialuna y los rodeos que se realizan en Pemuco urbano y San Pedro durante todo el año. Sumado a lo anterior, cada 26 de noviembre se celebra el aniversario de la comuna de Pemuco y desde hace varios años se realizan actividades en la zona urbana. Para las festividades cuyo desarrollo involucre a la Ruta N-85 (29 de junio en el sector de San Pedro se celebra el santoral y el 08 de diciembre se celebra a la Virgen María en el santoral católico, donde en Valle Hermoso se peregrina en la ruta, semana pemucana, entre otras), el Titular ha realizado un compromiso voluntario que consiste en restringir la circulación vial en la Ruta N-85, en los días u horarios en que se realicen procesiones o cuando se acceda a las localidades para las festividades, para no afectar el buen desarrollo de dichas festividades, programándose con antelación la restricción del tránsito vehicular en las fechas u horarios, conforme a las características de la festividad, según corresponda.
Por lo tanto, en las distintas festividades que son desarrolladas en el AI del Proyecto, se establece que las obras, partes y/o acciones del Proyecto no afectarán ni impedirán el ejercicio de manifestaciones tradicionales, culturales o intereses comunitarios. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
• En cuanto a la Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar:
El Proyecto no se encuentra en o próximo a áreas ni a recursos protegidos, ni humedales protegidos o a ecosistemas acuáticos, incluidos en la lista a la que se refiere la Convención relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, y que fueron promulgadas mediante Decreto Supremo N° 771/1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Respecto de las Áreas Silvestres colocadas bajo protección oficial, las más cercanas al Proyecto se encuentran a más de 50 km y corresponden al “Santuario de la Naturaleza Predio Los Huemules del Niblinto”, ubicado en la región de Ñuble, el “Parque Nacional Nonguén” y el “Parque Nacional Laguna del Laja”, ambos ubicados en la región vecina del Biobío. Por su parte, los Sitios Prioritarios más cercanos al Proyecto se encuentran a más de 32 km y corresponden al “Cerro Cayumanque” y “Nevados de Chillán (región de Ñuble), y al “Fundo Nonguén” (región del Biobío). Por último, las Áreas Socioculturales colocadas bajo Protección Oficial más cercanas al Proyecto, se pueden observar en la Figura siguiente, siendo la más cercana la ZOIT “Pinto” en la región del Biobío, seguido de “Pinto” a más de 31,4 km en la región de Ñuble.
Conforme lo anterior, se hace presente que el Proyecto, así como sus partes, obras y acciones, no posee una relación espacial directa con recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación o humedales protegidos, toda vez que se emplaza a más de 31 km de éstas.
• En cuanto a la Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona:
El Proyecto no afecta los sitios turísticos o recreacionales con potencialidad de explotación turística como Laguna Dañicalqui, el Salto del Dañicalqui y el balneario El Ajial, o el complejo deportivo, así como tampoco el acceso a éstos, toda vez que éstos se relacionan con el Proyecto a través de la Ruta N-85. A su vez, se establece que al interior del AI no existen atributos paisajísticos que otorguen a la zona de Proyecto y a su AI, una calidad paisajística que lo posicionen como único y representativo. Si bien el Proyecto produce obstrucción de la visibilidad y alteraciones en atributos paisajísticos, en grados mayor a bajo, ello se produce en un paisaje de calidad media, y no se realizan en una zona con valor paisajístico, ni afectando a elementos evaluados como únicos y/o representativos, dado que son inexistentes en el AI.
• En cuanto a la Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural:
Se registró la nula presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos bajo la normativa legal vigente. En cuanto a la revisión de antecedentes bibliográficos del Consejo de Monumentos Nacionales, Servicio de Evaluación Ambiental, catastro del MOP de 1994, información recopilada de los Planes Reguladores Comunales para identificar Zonas e Inmuebles de Conservación Histórica y bibliografía especializada, se descarta la presencia en superficie de elementos patrimoniales protegidos por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales en el área de influencia del Proyecto.
En la superficie a utilizar por el Proyecto, no se han identificado elementos de carácter patrimonial. Aquellos elementos identificados en la etapa de revisión de antecedentes se encuentran distantes del AI y, por tanto, no sufrirían afectaciones por causa de obras y acciones asociadas al Proyecto.
Conforme a lo expuesto, se concluye que el Proyecto no configura ninguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, por consiguiente, el instrumento de evaluación ambiental del Proyecto corresponde a una Declaración de Impacto Ambiental y no a un Estudio de Impacto Ambiental.
Finalmente, teniendo en cuenta el proceso de evaluación ambiental del proyecto Declaración de Impacto Ambiental “Parque Eólico Pemuco” se indica que, para ejecutarse, se deberá dar cumplimiento a las condiciones o exigencias que se presentará a continuación, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Es relevante agregar que se presentaron 3 condiciones o exigencias en el marco del Informe Consolidado de Evaluación, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
mientras que durante la Comisión de Evaluación Ambiental del día 13 de marzo 2024 se establecieron 3 condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto, según consta en el Acta N° 4/2024 sesión ordinaria de fecha 13 de marzo de 2024. A continuación, se presenta una síntesis, la cual es desarrollada en detalle en el Considerando N° 8° de la presente Resolución de Calificación Ambiental.
Condición o exigencia 1: CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático) Descripción: Complementar la oportunidad del reporte con los eventos de proyección de sombra, extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático.
Condición o exigencia 2: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación Descripción: Complementar el compromiso en cuanto a la frecuencia de monitoreo, reporte en caso que se presente incumplimiento normativo.
Condición o exigencia 3: “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.” Descripción: Complementar los Compromisos ambientales voluntarios “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.”
Como se indicó previamente, es relevante indicar que la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble en su sesión N° 4 de fecha 13 de marzo de 2024 estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto, según consta en el Acta N° 4/2024 sesión ordinaria de fecha 13 de marzo de 2024. Las condiciones son las siguientes:
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Condición 4: Instalación de ventanas termopaneles a todas las viviendas que estén a 3 kilómetros a la redonda del complejo Parque Eólico Pemuco.
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Condición 5: Complementar el riego a las hectáreas con drenaje para mejorar la calidad del suelo, ahí se entiende que son las 55 hectáreas afectadas. Vinculado al CAV-11: Plan de Mejoramiento de Suelos (PMS).
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Condición 6: Que se establezca un plan de equipamiento social y productivo, equivalente a 100 millones de pesos, por una única vez a los vecinos del sector en la comuna. Lo cual debe ser trabajado con la comunidad, así como con los organismos técnicos pertinente.
11.4.2. Observante: Juan Pablo Toledo Hormazábal Observación:
A objeto de abordar de mejor manera la pregunta se subdividió en números, como se presenta a continuación:
2.1. Según el panel intergubernamental del cambio climático IPCC por sus siglas en inglés, la emisión de gases de efecto invernadero a la atmósfera ha causado el calentamiento del planeta de forma, inequívocamente, antropogénica alcanzando 1.1°C de calentamiento promedio de la última década en comparación con niveles pre industriales. Así, la temperatura promedio del planeta es la más alta en al menos 125 mil años, mientras que la concentración de CO2 en la atmósfera es la más alta de los últimos 2 millones de años. A estos gases de efecto invernadero se les conoce como forzantes climáticos ya que tienen una influencia sobre la atmósfera y su interacción lo que resulta en el cambio mundial del clima (1).
Este cambio en la temperatura mundial es distinto para las distintas partes del mundo: mientras que zonas como el sur de África se ha calentado, en promedio, 1°C sobre niveles preindustriales, otras zonas del mundo como Siberia se ha calentado 7°C sobre niveles preindustriales. Estos gradientes de temperatura, sumado a los cambios en las presiones altas y bajas a nivel mundial, así como la carga de vapor atmosférico (producto del calentamiento del océano) provoca que los climas en todas partes del mundo se modifiquen de forma, en la mayoría de los casos, notoria lo que ha dejado cuantiosas pérdidas económicas para los estados tanto por pérdida de actividades productivas, pérdida de bienes por eventos climáticos extremos y pérdidas por programas de adaptación al cambio climático (IPCC, 2021). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Uno de los puntos más relevantes en el último reporte del IPCC (2021) es que los mecanismos de retroalimentación climática están activos. Estos son, a modo de ejemplo, los mega incendios forestales que ocurren en todas partes del mundo, especialmente California y Canadá en Norteamérica, la Selva Amazónica en Sudamérica, los bosques Siberianos en Asia, Extensiones de bosque y pastizal en Australia. Todo esto aporta nuevo CO2 a la atmósfera el que se suma a los gases ya emitidos por la humanidad.
Efecto similar ocurre con el vapor de agua en la atmósfera que aumenta un 7% por cada °C de calentamiento mundial y con el gas metano emitido de la materia orgánica en descomposición del permafrost, grandes extensiones de terreno que hasta ahora permanecían congeladas y que, con el aumento en la temperatura de la zona, han comenzado a degradarse emitiendo grandes cargas de gas metano (2). Todos estos gases, entonces, se suman a los ya emitidos por la humanidad acelerando el proceso de calentamiento y amenazando con aportar a superar la barrera de los 1.5°C fijada por el IPCC, temperatura máxima que la humanidad puede permitir antes de alcanzar el “punto de no retorno”. Diversos reportes como el último del IPCC, así como Australia en 3°C (3) (interesante notar que el país Australiano planifica su gobernanza poniéndose en el peor de los casos) señalan que todo este gas de efecto invernadero proveniente de los sistemas de retroalimentación no está contemplado en los cálculos del presupuesto de carbono de los países y, por tanto, es probable que el punto de no retorno en el calentamiento del planeta ya haya sido cruzado. Así pues, es de toda lógica que la planificación ambiental sea desde la perspectiva del peor de los casos.
De lo anterior se derivan los distintos escenarios de cambio climático representados en el nivel de calentamiento de la atmósfera terrestre: 1,5°C, 2°C, 3°C y 4°C. Es importante destacar que, según el IPCC, incluso cumpliendo todos los compromisos ambientales de los países, el planeta alcanzaría los 2.7°C de calentamiento lo que califican como “catastrófico”. Así pues, los eventos climáticos extremos con cada 0.1°C de calentamiento se hacen más intensos y más frecuentes. Por ejemplo, una ola de calor que, en condiciones normales sólo ocurre una vez cada 50 años, bajo un calentamiento atmosférico de 1°C (en promedio en comparación con niveles preindustriales) supondría que este evento climático extremo se repita cada 10 años; con calentamiento de 1.5°C, cada 5,8 años; con calentamiento de 2°C, cada 3,6 años y con calentamiento de 4°C, cada 1,2 años.
Este fenómeno de potenciamiento en la intensidad de frecuencia de los eventos climáticos se repite para todos los eventos climáticos extremos en cada ecosistema (4). En el caso de la presente declaración de impacto ambiental, en su capítulo de “Predicción y evaluación de impactos ambientales” no menciona en ningún momento el efecto del cambio climático sobre el recurso en cuestión (viento) o el calor en eventos de temperaturas extremas ni el efecto que este podría tener sobre las torres eólicas, el sistema en general, la población aledaña ni el medio ambiente implicado. Esta omisión al efecto del cambio climático sobre la evaluación de los impactos ambientales es grave puesto que, como se expone anteriormente, todas las proyecciones muestran que los eventos climáticos extremos aumentarán en intensidad y frecuencia lo que incluye a eventos como temporales y tornados que producirán fuertes ráfagas de viento las cuales no están consideradas en el estudio de impacto ambiental.
2.2. Estas fuertes ráfagas de viento podrían afectar el funcionamiento de las torres o incluso dañarlas produciendo accidentes que podrían afectar a la población local y el medio ambiente. Si a esto sumamos que durante estos eventos climáticos extremos (que, insisto, aumentarán en frecuencia e intensidad) las torres pueden fallar por no estar adecuadamente preparadas, la falta de electricidad puede afectar gravemente a la población impidiendo ayudas y socorros a la población en caso de tornado o trombas marinas.
2.3. Otro punto importante a considerar es el efecto que olas de frío extremo puedan tener sobre las torres eólicas. Esto tampoco es considerado en el capítulo lo que es del todo riesgoso puesto que se tiene la experiencia internacional de que proyectos Eólicos no preparados para olas de frío extremo pueden congelarse interrumpiendo el suministro eléctrico de la población en momentos de máxima necesidad. En el caso de Texas, EEUU 2021, el congelamiento de las torres durante una ola de frío no prevista por los proyectos eólicos dejó sin suministro eléctrico a la población imposibilitando a esta capear el frío y provocando la muerte de al menos 40 personas por hipotermia (al interior de sus hogares) y otras causas (5).
2.4. Dados el contexto de cambio climático y crisis climática antes mencionado, se hace imperioso adoptar un enfoque anticipatorio en la toma de decisiones que tengan relevancia ambiental y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
energética. Este enfoque obliga a las empresas, así como quienes evalúan los proyectos a ponerse en el peor de los casos previo a la aprobación de cualquier acción. Esta proactividad anticipatoria a los efectos del cambio climático, en este caso el riesgo de fuertes vientos y frío extremo permitirá disminuir al mínimo el riesgo de la población de sufrir las consecuencias antes expuestas y aumentar la capacidad de la población de responder a estos eventos de forma resiliente y provechosa.
Este enfoque implica que los actores que evalúan este proyecto, así como la empresa se pongan en todos los escenarios de cambio climático en un enfoque de largo plazo y apliquen los principios preventivo y precautorio. El principio preventivo (consagrado en la ley 19300 de bases generales del medio ambiente) busca “prever, evitar y reducir los efectos adversos del cambio climático, reduciendo al mínimo sus causas y mitigándolas en caso de producirse”, cuestión que la empresa, como se expone, no cumple. El principio precautorio (también consagrado en el texto de la CMNUCC y por tanto legalmente vinculante para Chile) establece que frente a un riesgo de daño la obligación de prevención se mantiene intacta y la falta de certeza científica acerca de la existencia o del alcance de tales riesgos no deberá ser utilizada como razón para posponer la adopción de medidas para prever, evitar y reducir al mínimo las causas del cambio climático y mitigar sus efectos adversos.
Finalmente, se hace presente que el Servicio de Evaluación Ambiental tiene el deber de respetar el principio de la toma de decisiones basada en evidencia también reivindicado por las partes de la CMNUCC. Este principio establece que los actores de la gobernanza (que incluye a los organismos de evaluación ambiental, así como quienes los controlan) deben tomar decisiones basadas en evidencia inspirándose en los mejores conocimientos científicos disponibles de las ciencias naturales y sociales, lo que incluye la ciencia interdisciplinaria y transdisciplinaria, teniendo en cuenta, según proceda, los conocimientos locales, tradicionales e indígenas. Por todo lo expuesto se solicita al SEA que exija a la empresa un ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL que incluya los efectos del cambio climático sobre, al menos el viento y la temperatura realizando proyecciones de tormentas y tornados para cada escenario de cambio climático y en cada horizonte temporal, así como estudios y proyecciones de eventos de frío extremo para cada escenario de cambio climático y en cada horizonte temporal. Sin estos estudios realizados y planes de acción ante estos inminentes eventos climáticos extremos no es razonable ni responsable la aprobación de este proyecto.
REFERENCIAS 1. IPCC, 2021: Summary for Policymakers. In: Climate Change 2021: The Physical Science Basis. Contribution of Working Group I to the Sixth Assessment Report of the Intergovernmental Panel on Climate Change [Masson-Delmotte, V., P. Zhai, A. Pirani, S.L. Connors, C. Péan, S. Berger, N. Caud, Y. Chen, L. Goldfarb, M.I. Gomis, M. Huang, K. Leitzell, E. Lonnoy, J.B.R. Matthews, T.K. Maycock, T. Waterfield, O. Yelekçi, R. Yu, and B. Zhou (eds.)]. In Press.
-
IPCC, 2019: Summary for Policymakers. In: IPCC Special Report on the Ocean and Cryosphere in a Changing Climate [H.-O. Pörtner, D.C. Roberts, V. Masson-Delmotte, P. Zhai, M. Tignor, E. Poloczanska, K. Mintenbeck, A. Alegría, M. Nicolai, A. Okem, J. Petzold, B. Rama, N.M. Weyer (eds.)]. In press.
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Zhongming, Z., Linong, L., Wangqiang, Z., & Wei, L. (2021). The risks to Australia of a 3° C warmer world.
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BOEHM, Sophie, et al. State of Climate Action 2021: Systems Transformations Required to Limit Global Warming to 1.5°C.
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Texas weather: Are frozen wind turbines to blame for power cuts? - BBC News
Evaluación técnica de la Observación:
En relación a la observación, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Ñuble considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos de la evaluación del proyecto. Para abordar con mayor claridad lo observado, se abordará lo observado en cada una de sus partes.
Respecto a lo observado: 2.1. Según el panel intergubernamental del cambio climático IPCC por sus siglas en inglés, la emisión de gases de efecto invernadero a la atmósfera ha causado el calentamiento del planeta de forma, inequívocamente, antropogénica alcanzando 1.1°C de calentamiento promedio de la última década en comparación con niveles pre industriales. Así, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
la temperatura promedio del planeta es la más alta en al menos 125 mil años, mientras que la concentración de CO2 en la atmósfera es la más alta de los últimos 2 millones de años. A estos gases de efecto invernadero se les conoce como forzantes climáticos ya que tienen una influencia sobre la atmósfera y su interacción lo que resulta en el cambio mundial del clima (1).
Este cambio en la temperatura mundial es distinto para las distintas partes del mundo: mientras que zonas como el sur de África se ha calentado, en promedio, 1°C sobre niveles preindustriales, otras zonas del mundo como Siberia se ha calentado 7°C sobre niveles preindustriales. Estos gradientes de temperatura, sumado a los cambios en las presiones altas y bajas a nivel mundial, así como la carga de vapor atmosférico (producto del calentamiento del océano) provoca que los climas en todas partes del mundo se modifiquen de forma, en la mayoría de los casos, notoria lo que ha dejado cuantiosas pérdidas económicas para los estados tanto por pérdida de actividades productivas, pérdida de bienes por eventos climáticos extremos y pérdidas por programas de adaptación al cambio climático (IPCC, 2021).
Uno de los puntos más relevantes en el último reporte del IPCC (2021) es que los mecanismos de retroalimentación climática están activos. Estos son, a modo de ejemplo, los mega incendios forestales que ocurren en todas partes del mundo, especialmente California y Canadá en Norteamérica, la Selva Amazónica en Sudamérica, los bosques Siberianos en Asia, Extensiones de bosque y pastizal en Australia. Todo esto aporta nuevo CO2 a la atmósfera el que se suma a los gases ya emitidos por la humanidad.
Efecto similar ocurre con el vapor de agua en la atmósfera que aumenta un 7% por cada °C de calentamiento mundial y con el gas metano emitido de la materia orgánica en descomposición del permafrost, grandes extensiones de terreno que hasta ahora permanecían congeladas y que, con el aumento en la temperatura de la zona, han comenzado a degradarse emitiendo grandes cargas de gas metano (2). Todos estos gases, entonces, se suman a los ya emitidos por la humanidad acelerando el proceso de calentamiento y amenazando con aportar a superar la barrera de los 1.5°C fijada por el IPCC, temperatura máxima que la humanidad puede permitir antes de alcanzar el “punto de no retorno”. Diversos reportes como el último del IPCC, así como Australia en 3°C (3) (interesante notar que el país Australiano planifica su gobernanza poniéndose en el peor de los casos) señalan que todo este gas de efecto invernadero proveniente de los sistemas de retroalimentación no está contemplado en los cálculos del presupuesto de carbono de los países y, por tanto, es probable que el punto de no retorno en el calentamiento del planeta ya haya sido cruzado. Así pues, es de toda lógica que la planificación ambiental sea desde la perspectiva del peor de los casos.
De lo anterior se derivan los distintos escenarios de cambio climático representados en el nivel de calentamiento de la atmósfera terrestre: 1,5°C, 2°C, 3°C y 4°C. Es importante destacar que, según el IPCC, incluso cumpliendo todos los compromisos ambientales de los países, el planeta alcanzaría los 2.7°C de calentamiento lo que califican como “catastrófico”. Así pues, los eventos climáticos extremos con cada 0.1°C de calentamiento se hacen más intensos y más frecuentes. Por ejemplo, una ola de calor que, en condiciones normales sólo ocurre una vez cada 50 años, bajo un calentamiento atmosférico de 1°C (en promedio en comparación con niveles preindustriales) supondría que este evento climático extremo se repita cada 10 años; con calentamiento de 1.5°C, cada 5,8 años; con calentamiento de 2°C, cada 3,6 años y con calentamiento de 4°C, cada 1,2 años.
Este fenómeno de potenciamiento en la intensidad de frecuencia de los eventos climáticos se repite para todos los eventos climáticos extremos en cada ecosistema (4). En el caso de la presente declaración de impacto ambiental, en su capítulo de “Predicción y evaluación de impactos ambientales” no menciona en ningún momento el efecto del cambio climático sobre el recurso en cuestión (viento) o el calor en eventos de temperaturas extremas ni el efecto que este podría tener sobre las torres eólicas, el sistema en general, la población aledaña ni el medio ambiente implicado. Esta omisión al efecto del cambio climático sobre la evaluación de los impactos ambientales es grave puesto que, como se expone anteriormente, todas las proyecciones muestran que los eventos climáticos extremos aumentarán en intensidad y frecuencia lo que incluye a eventos como temporales y tornados que producirán fuertes ráfagas de viento las cuales no están consideradas en el estudio de impacto ambiental.
Dentro del Anexo 1.8: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, en la Tabla 1: Riesgos identificados en las distintas fases del Proyecto, se presenta como riesgos natural eventos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Meteorológicos Extremos, tales como fuertes lluvias que pueden ocasionar inundaciones de cauces naturales, nieve, vientos poco habituales, tormentas eléctricas o remociones de masa, tanto para la fase de Construcción, Operación y Cierre, eventos que podrían afectar negativamente al personal, instalaciones del proyecto y a la comunidad aledaña.
Técnicamente, los aerogeneradores poseen un sistema de corte, que no permite su funcionamiento a una velocidad del viento igual o superiores a 25 m/s, lo cual permite que ante eventos extremos de viento estas no sigan funcionando.
A su vez, el diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecen a normas o estándares internacionales de resistencia. Por lo que los aerogeneradores poseen características que les otorgan resistencia al clima adverso, las cuales consideran variaciones extremas del clima.
Sin embargo, se mantendrá actualizada la información de los reportes meteorológicos de la zona y dispuestos a la comunidad y a las autoridades, en caso de requerir información detallada y auditable.
Respecto a lo observado: 2.2. Estas fuertes ráfagas de viento podrían afectar el funcionamiento de las torres o incluso dañarlas produciendo accidentes que podrían afectar a la población local y el medio ambiente. Si a esto sumamos que durante estos eventos climáticos extremos (que, insisto, aumentarán en frecuencia e intensidad) las torres pueden fallar por no estar adecuadamente preparadas, la falta de electricidad puede afectar gravemente a la población impidiendo ayudas y socorros a la población en caso de tornado o trombas marinas.
Las turbinas eólicas o aerogeneradores son máquinas que se emplean para transformar la energía del viento en energía eléctrica. Se clasifican en función de la orientación de las palas en: las de eje horizontal y de eje vertical. Los aerogeneradores más eficientes y utilizados en la actualidad son los de eje horizontal. Los tres componentes principales para la conversión de la energía del viento en las turbinas eólicas son: el rotor o sistema de captación de viento, la caja de engranajes o multiplicadora y el generador eléctrico.
La energía eléctrica producida por el proyecto eólico Pemuco será inyectada directamente al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y corresponde a una contribución al suministro creciente de generación de energía eléctrica en Chile de una forma sostenible con el medio ambiente, contribuyendo con la Política Energética 2050 del Ministerio de Energía, que busca contar con una matriz donde las Energías Renovables No Convencionales tengan una representación del 25%, en conformidad a lo establecido por la Ley N° 20.698/2013 del citado Ministerio.
Es esencial comprender las condiciones del viento para que las turbinas eólicas sean efectivas. Cuando la velocidad del viento es inferior a 3 m/s, las turbinas no cuentan con la fuerza necesaria para poner en movimiento las palas y, por ende, no generan electricidad. Por otro lado, cuando el viento supera los 25 m/s, las turbinas se detienen automáticamente por razones de seguridad. En este caso, las palas se colocan en paralelo al viento y se activan los frenos del motor para prevenir daños. Para enfrentar cualquier eventualidad, ya sea de origen natural o humano, nuestro parque eólico ha sido diseñado con los más altos estándares de seguridad. Los diseños empleados consideran condiciones conservativas y factores de seguridad que cumplen con los estándares nacionales e internacionales, protegiendo la integridad de nuestros equipos e instalaciones incluso durante los eventos climáticos más desafiantes.
Además, en términos de seguridad y continuidad del suministro eléctrico a las comunidades cercanas, el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) interviene. Como organismo autónomo y técnico, el CEN coordina la operación del Sistema Eléctrico Nacional, definiendo reservas y redes de respaldo para satisfacer la demanda de energía. Esta colaboración asegura que las empresas distribuidoras locales puedan mantener un suministro estable y seguro en todas las condiciones, trabajando en conjunto para proteger a nuestras comunidades y al medio ambiente.
Respecto a lo observado: 2.3. Otro punto importante a considerar es el efecto que olas de frío extremo puedan tener sobre las torres eólicas. Esto tampoco es considerado en el capítulo lo que es del todo riesgoso puesto que se tiene la experiencia internacional de que proyectos Eólicos no preparados para olas de frío extremo pueden congelarse interrumpiendo el suministro eléctrico de la población en momentos de máxima necesidad. En el caso de Texas, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
EEUU 2021, el congelamiento de las torres durante una ola de frío no prevista por los proyectos eólicos dejó sin suministro eléctrico a la población imposibilitando a esta capear el frío y provocando la muerte de al menos 40 personas por hipotermia (al interior de sus hogares) y otras causas (5).
El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecen a normas o estándares internacionales de resistencia. Por lo que los aerogeneradores poseen características que les otorgan resistencia al clima adverso, considerando variaciones extremas del clima, las cuales eventualmente podrían provocar olas de frío extremo. Además, durante la fase de Operación las condiciones meteorológicas se monitorean a través del sistema SCADA, por lo que, ante condiciones prolongadas de hielo, se detienen los aerogeneradores.
Respecto a lo observado: 2.4. Dados el contexto de cambio climático y crisis climática antes mencionado, se hace imperioso adoptar un enfoque anticipatorio en la toma de decisiones que tengan relevancia ambiental y energética. Este enfoque obliga a las empresas, así como quienes evalúan los proyectos a ponerse en el peor de los casos previo a la aprobación de cualquier acción. Esta proactividad anticipatoria a los efectos del cambio climático, en este caso el riesgo de fuertes vientos y frío extremo permitirá disminuir al mínimo el riesgo de la población de sufrir las consecuencias antes expuestas y aumentar la capacidad de la población de responder a estos eventos de forma resiliente y provechosa.
Este enfoque implica que los actores que evalúan este proyecto, así como la empresa se pongan en todos los escenarios de cambio climático en un enfoque de largo plazo y apliquen los principios preventivo y precautorio. El principio preventivo (consagrado en la ley 19300 de bases generales del medio ambiente) busca “prever, evitar y reducir los efectos adversos del cambio climático, reduciendo al mínimo sus causas y mitigándolas en caso de producirse”, cuestión que la empresa, como se expone, no cumple. El principio precautorio (también consagrado en el texto de la CMNUCC y por tanto legalmente vinculante para Chile) establece que frente a un riesgo de daño la obligación de prevención se mantiene intacta y la falta de certeza científica acerca de la existencia o del alcance de tales riesgos no deberá ser utilizada como razón para posponer la adopción de medidas para prever, evitar y reducir al mínimo las causas del cambio climático y mitigar sus efectos adversos.
Finalmente, se hace presente que el Servicio de Evaluación Ambiental tiene el deber de respetar el principio de la toma de decisiones basada en evidencia también reivindicado por las partes de la CMNUCC. Este principio establece que los actores de la gobernanza (que incluye a los organismos de evaluación ambiental, así como quienes los controlan) deben tomar decisiones basadas en evidencia inspirándose en los mejores conocimientos científicos disponibles de las ciencias naturales y sociales, lo que incluye la ciencia interdisciplinaria y transdisciplinaria, teniendo en cuenta, según proceda, los conocimientos locales, tradicionales e indígenas. Por todo lo expuesto se solicita al SEA que exija a la empresa un ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL que incluya los efectos del cambio climático sobre, al menos el viento y la temperatura realizando proyecciones de tormentas y tornados para cada escenario de cambio climático y en cada horizonte temporal, así como estudios y proyecciones de eventos de frío extremo para cada escenario de cambio climático y en cada horizonte temporal. Sin estos estudios realizados y planes de acción ante estos inminentes eventos climáticos extremos no es razonable ni responsable la aprobación de este proyecto.
REFERENCIAS 1. IPCC, 2021: Summary for Policymakers. In: Climate Change 2021: The Physical Science Basis. Contribution of Working Group I to the Sixth Assessment Report of the Intergovernmental Panel on Climate Change [Masson-Delmotte, V., P. Zhai, A. Pirani, S.L. Connors, C. Péan, S. Berger, N. Caud, Y. Chen, L. Goldfarb, M.I. Gomis, M. Huang, K. Leitzell, E. Lonnoy, J.B.R. Matthews, T.K. Maycock, T. Waterfield, O. Yelekçi, R. Yu, and B. Zhou (eds.)]. In Press.
- IPCC, 2019: Summary for Policymakers. In: IPCC Special Report on the Ocean and Cryosphere in a Changing Climate [H.-O. Pörtner, D.C. Roberts, V. Masson-Delmotte, P. Zhai, M. Tignor, E. Poloczanska, K. Mintenbeck, A. Alegría, M. Nicolai, A. Okem, J. Petzold, B. Rama, N.M. Weyer (eds.)]. In press.
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Zhongming, Z., Linong, L., Wangqiang, Z., & Wei, L. (2021). The risks to Australia of a 3° C warmer world.
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BOEHM, Sophie, et al. State of Climate Action 2021: Systems Transformations Required to Limit Global Warming to 1.5°C.
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Texas weather: Are frozen wind turbines to blame for power cuts? - BBC News
Para el análisis del cambio climático y su relación con los Proyectos, el Ministerio del Medio Ambiente ha puesto a disposición su plataforma Atlas de Riesgos Climáticos (ARClim) desarrollado por el Centro de Investigación del Clima y la Resiliencia (CR2) y el Centro de Cambio Global (CCG- Universidad Católica de Chile) con la colaboración de otras instituciones nacionales e internacionales. ARCLim fue apoyado por el Programa Mundial de Evaluación y Gestión de Riesgos para la Adaptación al Cambio Climático (Pérdidas y Daños) por encargo del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ) de Alemania.
Dentro de esta plataforma es posible realizar análisis a través del explorador de amenazas climáticas el cual permite visualizar índices climáticos sobe el territorio nacional para un periodo histórico reciente (1980 – 2010) y un periodo futuro cercano (2035 – 2065), bajo el escenario de intensas emisiones de gases de efecto invernadero RCP8.5, como la diferencia entre ellos. Estos índices cuantifican diversas amenazas climáticas debido a la ocurrencia de condiciones meteorológicas adversas. El cálculo de estos índices se realiza en base a los valores de diversas variables atmosféricas simuladas por modelos climáticos. Se han incluido también los promedios de variables seleccionadas en ambos periodos.
De esta manera, para la comuna de Pemuco, se presentan las comparativas para las amenazas de viento máximo diario, días de precipitación muy intensa y duración de episodios fríos (> 3 días). Viento máximo diario.
Respecto a la amenaza climática de viento máximo diario, se presenta para el periodo histórico reciente que la comuna de Pemuco presenta valores promedio de 8,78 m/s, tal como se observa en la siguiente figura:
Figura. Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 141. Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
Por otra parte, el escenario proyectado futuro indica que para el periodo (2035-2065) la amenaza climática de viento máximo diario es de 8,86 m/s.
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Figura. Mapa para el periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 142. Mapa para el periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
En consecuencia, el análisis comparativo de ambos escenarios indica que la variación futura de la amenaza de viento máximo diario, considerando el cambio climático tenga una variación para la comuna de -0,9%. Esta variación proyectada indica que el viento máximo, considerando el cambio climático en la comuna de Pemuco, responde temporalmente a la baja y con una magnitud no significativa.
Figura. Mapa para la variación entre los escenarios históricos recientes y el escenario de periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 143. Mapa para la variación entre los escenarios históricos recientes y el escenario de periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
De esta manera, la ubicación del Proyecto, su diseño y operación no presenta algún tipo de riesgo para esta amenaza climática.
Días de precipitación muy intensa
Respecto a la amenaza climática de días de precipitación muy intensa, se presenta para el periodo histórico reciente que la comuna de Pemuco presenta valores promedio de 19,08 días, tal como se observa en la siguiente figura:
Figura: Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: días de precipitación muy intensa en la comuna de Pemuco. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 144: Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: días de precipitación muy intensa en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
Por otra parte, el escenario proyectado futuro indica que para el periodo (2035-2065) la amenaza climática de días de precipitación muy intensa es de 23,09 días.
Figura: Mapa para el periodo futuro cercana para la amenaza climática: días de precipitación muy intensa para la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 145: Mapa para el periodo futuro cercana para la amenaza climática: días de precipitación muy intensa para la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
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En consecuencia, el análisis comparativo de ambos escenarios indica que la variación futura de la amenaza de días de precipitación muy intensa, considerando el cambio climático tenga una variación para la comuna de -4,01 días. Esta variación proyectada indica que los eventos de precipitaciones muy intensas, considerando el cambio climático en la comuna de Pemuco, responde temporalmente a la baja y con una magnitud no significativa.
Figura. Mapa para la variación entre los escenarios histórico reciente y el escenario de periodo futuro cercano para la amenaza climática: días de precipitación muy intensa en la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 146. Mapa para la variación entre los escenarios histórico reciente y el escenario de periodo futuro cercano para la amenaza climática: días de precipitación muy intensa en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
De esta manera, la ubicación del Proyecto, su diseño y operación no presenta algún tipo de riesgo para esta amenaza climática.
Duración de episodios fríos (> 3 días) Respecto a la amenaza climática de Duración de episodios fríos (> 3 días), se presenta para el periodo histórico reciente que la comuna de Pemuco presenta valores promedio de 5,18 días, tal como se observa en la siguiente figura:
Figura: Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: Duración de episodios fríos (> 3 días) en la comuna de Pemuco.
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Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 147: Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: Duración de episodios fríos (> 3 días) en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
Por otra parte, el escenario proyectado futuro indica que para el periodo (2035-2065) la amenaza climática de Duración de episodios fríos (> 3 días) es de 1,009 días.
Figura. Mapa para el periodo futuro cercano para la amenaza climática: Duración de episodios fríos (> 3 días) para la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 148. Mapa para el periodo futuro cercano para la amenaza climática: Duración de episodios fríos (> 3 días) para la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
En consecuencia, el análisis comparativo de ambos escenarios indica que la variación futura de la amenaza de días de Duración de episodios fríos (> 3 días), considerando el cambio climático tenga Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
una variación para la comuna de -3,85 días. Esta variación proyectada indica que los eventos de precipitaciones muy intensas, considerando el cambio climático en la comuna de Pemuco, responde temporalmente a la baja y con una magnitud no significativa.
Figura. Mapa para la variación entre los escenarios histórico reciente y el escenario del periodo futuro cercano para la amenaza climática: Duración de episodios fríos (> 3 días) en la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 149. Mapa para la variación entre los escenarios histórico reciente y el escenario del periodo futuro cercano para la amenaza climática: Duración de episodios fríos (> 3 días) en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
De esta manera, la ubicación del Proyecto, su diseño y operación no presenta algún tipo de riesgo para esta amenaza climática.
Es así como el desarrollo del Parque eólico Pemuco cumple la consigna, por parte del proyecto, de considerar en forma preventiva las variaciones del cambio climático para el desarrollo del Proyecto. Particularmente Pemuco, se proyecta que las amenazas climáticas más conspicuas respecto a las variaciones en días fríos, vientos y precipitaciones muy intensas, por efecto del cambio climático proyectado se vean disminuidas.
Adicionalmente, el Parque Eólico Pemuco, se trata de la ejecución de un Proyecto de generación de energía a partir de recursos naturales renovables no convencionales. Este tipo de proyecto se alinea con la Política Nacional de descarbonización, compromiso que ha adquirido el País como Contribución Nacional para el Acuerdo Climático de París de 2015, el cual contempla reducir emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI) en un 30% por unidad de Producto Interno Bruto (PIB) al año 2030 con respecto al año 2007. Para el cumplimiento de este compromiso el sector energético resulta fundamental, pues el 78% de las emisiones totales de GEI del país corresponden a este sector. Consecuentemente, el Proyecto parque eólico Pemuco, al corresponder a un Proyecto de generación de energía a través de la utilización de un recurso natural renovable como el viento, contribuye a la mitigación y control de los efectos que gatillan el cambio climático.
Finalmente, y a partir del análisis que se ha presentado es posible indicar que, la consideración de los aspectos consultados sobre el cambio climático, no implican necesariamente la obligatoriedad de evaluar el Proyecto a través de un Estudio de Impacto Ambiental.
El Proyecto ingresa a evaluación ambiental en el SEIA, mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y no un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en razón de que a su respecto, no se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
presentan los presupuestos contemplados en el Artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA), que obligan a presentar un EIA. En efecto, la circunstancia de evaluarse mediante un EIA, y no una DIA, ocurrirá, en la medida que los proyectos o actividades generen o presenten a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias: a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos; b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Considerando lo anterior, y de acuerdo a las características del Proyecto, es posible afirmar que no existen antecedentes que permitan indicar que la construcción y operación de las partes, obras y acciones del Proyecto generen efectos adversos significativos, particularmente aquellos listados en el artículo 11 de la Ley de Bases Generales sobre el Medio Ambiente (19.300).
2.1.1 Se solicita ampliar la información sobre si el proyecto consideró el cambio climático en la predicción y evaluación de los impactos ambientales del proyecto, con énfasis en los distintos escenarios de cambio climático posibles. Complementando lo anterior deberá referirse además a “el efecto del cambio climático sobre el recurso en cuestión (viento) o el calor en eventos de temperaturas extremas ni el efecto que este podría tener sobre las torres eólicas, el sistema en general, la población aledaña ni el medio ambiente implicado.” como alude la observación ciudadana.
En primera instancia es necesario indicar que el Proyecto ingresa a evaluación ambiental en el SEIA, mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y no un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en razón de que a su respecto, no se presentan los presupuestos contemplados en el Artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA), que obligan a presentar un EIA. En efecto, la circunstancia de evaluarse mediante un EIA, y no una DIA, ocurrirá, en la medida que los proyectos o actividades generen o presenten a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias: a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos; b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos;
d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Considerando lo anterior, y de acuerdo a las características del Proyecto, es posible afirmar que no existen antecedentes que permitan indicar que la construcción y operación de las partes, obras y acciones del Proyecto generen efectos adversos significativos, particularmente aquellos listados en el artículo 11 de la Ley de Bases Generales sobre el Medio Ambiente (19.300), por tales razones el Proyecto no ha realizado la evaluación ni determinación de impactos significativos.
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En segunda instancia es necesario señalar que en respuesta a la observación 2.14 del Anexo 7 de la Adenda se efectúo un análisis del cambio climático asociado al Proyecto, utilizando la información que el Ministerio del Medio Ambiente ha dispuesto de manera pública para tales efectos.
Efectivamente, el Ministerio del Medio Ambiente ha puesto a disposición su plataforma Atlas de Riesgos Climáticos (ARClim) desarrollado por el Centro de Investigación del Clima y la Resiliencia (CR2) y el Centro de Cambio Global (CCG-Universidad Católica de Chile) con la colaboración de otras instituciones nacionales e internacionales. ARCLim fue apoyado por el Programa Mundial de Evaluación y Gestión de Riesgos para la Adaptación al Cambio Climático (Pérdidas y Daños) por encargo del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ) de Alemania.
Dentro de esta plataforma es posible realizar análisis a través del explorador de amenazas climáticas el cual permite visualizar índices climáticos sobe el territorio nacional para un periodo histórico reciente (1980 – 2010) y un periodo futuro cercano (2035 – 2065), bajo el escenario de intensas emisiones de gases de efecto invernadero RCP8.5, como la diferencia entre ellos. Estos índices cuantifican diversas amenazas climáticas debido a la ocurrencia de condiciones meteorológicas adversas. El cálculo de estos índices se realiza en base a los
valores de diversas variables atmosféricas simuladas por modelos climáticos. Se han incluido también los promedios de variables seleccionadas en ambos periodos.
De esta manera, para la comuna de Pemuco, se presentan las comparativas para las amenazas de viento máximo diario, días de precipitación muy intensa y duración de episodios fríos (> 3 días).
Viento máximo diario
Respecto a la amenaza climática de viento máximo diario, se presenta para el periodo histórico reciente que la comuna de Pemuco presenta valores promedio de 8,78 m/s, tal como se observa en la siguiente figura:
Figura. Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 150. Mapa para el periodo histórico reciente para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
Por otra parte, el escenario proyectado futuro indica que para el periodo (2035 2065) la amenaza climática de viento máximo diario es de 8,86 m/s.
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Figura. Mapa para el periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 151. Mapa para el periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
En consecuencia, el análisis comparativo de ambos escenarios indica que la variación futura de la amenaza de viento máximo diario, considerando el cambio climático tenga una variación para la comuna de -0,9%. Esta variación proyectada indica que el viento máximo, considerando el cambio climático en la comuna de Pemuco, responde temporalmente a la baja y con una magnitud no significativa.
Figura. Mapa para la variación entre los escenarios histórico reciente y el escenario de periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco.
Fuente: Explorador de amenazas climáticas, MMA 2023 y Figura 152. Mapa para la variación entre los escenarios histórico reciente y el escenario de periodo futuro cercano para la amenaza climática: viento máximo diario en la comuna de Pemuco. Adenda Complementaria.
De esta manera, la ubicación del Proyecto, su diseño y operación no presenta algún tipo de riesgo para esta amenaza climática.
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Dentro de la plataforma Arclim, es posible encontrar también el explorador “Mapas de Riesgo Climático”, para determinar el riesgo debido al cambio climático sobre el sistema en cuestión, el cual puede ser agricultura, acuicultura, turismo, energía eléctrica, entre otros.
Respecto de la energía eléctrica, es posible encontrar el análisis del impacto en el aumento de la temperatura sobre líneas de transmisión. En efecto, el siguiente mapa representa la incidencia de cambio relativa de días con altas temperaturas entre el clima histórico (1980- 2010) y el clima futuro (2035-2065 bajo el escenario RCP8.5). Para el caso de la comuna de Pemuco, se observa que el índice de aumento de frecuencia de días con temperaturas críticas es bajo:
Figura. Impacto en el aumento de la temperatura sobre líneas de transmisión (amenaza).
Fuente: Figura 153. Impacto en el aumento de la temperatura sobre líneas de transmisión (amenaza). Adenda Complementaria.
De esta manera, la ubicación del Proyecto, su diseño y operación no presenta algún tipo de riesgo para esta amenaza climática.
En este punto es importante mencionar que los fabricantes de aerogeneradores deben certificar sus turbinas, garantizando que una vez cada 50 años pueden soportar vientos extremos de unos 10 minutos de duración.
Por lo tanto, para limitar la influencia de los vientos extremos, los fabricantes de aerogeneradores optan por construir aerogeneradores con pocas palas, largas y delgadas. Se utilizan perfiles aerodinámicos que permiten un torque adecuado a velocidades relativamente altas de 20 rpm hacer funcionar la caja de engranes y el generador.
Cuando se diseñan y construyen aerogeneradores, se debe tener en cuenta la resistencia, el comportamiento estático y dinámico de los componentes y las propiedades de fatiga de los materiales empleados y de cómo actúan estos en todo el conjunto.
Los aerogeneradores modernos no se construyen con muchas palas o con palas muy anchas, esto es, las turbinas eólicas no presentan un rotor muy sólido, ya que éste estará sometido a fuerzas muy grandes, cuando el viento sopla a una velocidad muy alta se pueden presentar fallas mecánicas y estructurales.
Los fabricantes de aerogeneradores deben certificar sus turbinas, garantizando que una vez cada 50 años pueden soportar vientos extremos de unos 10 minutos de duración.
En este sentido hay una serie de normas asociadas al diseño de los aerogeneradores, entre las que destacan la Norma UNE-EN IEC 61400-1 “Sistemas de generación de energía eólica”, que establece los requisitos de diseño de aerogeneradores y parques eólicos. Esta norma constituye la base para el diseño, la fabricación, la instalación, la operación y mantenimiento de aerogeneradores, así como para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
el proceso de control de calidad asociado. Constituye, por tanto, una referencia técnica fundamental, utilizada por todos los fabricantes y empresas del sector eólico. Identifica cuatro clases de turbinas de viento para adaptarlas a diferentes condiciones de viento del sitio, con el aumento de número de designación de clase correspondiente a la reducción de la velocidad del viento. Los parámetros de la velocidad de viento para cada clase se dan en la siguiente Tabla, donde el diseño del aerogenerador debe tener al menos una vida útil de 20 años:
Tabla: Parámetros de velocidad de viento para clases de turbinas de viento.
Fuente: Tabla: Parámetros de velocidad de viento para clases de turbinas de viento. Adenda Complementaria.
Al respecto los aerogeneradores del Proyecto corresponden a los de la clase S.
De esta manera los aerogeneradores estarán diseñados para soportar de manera segura las condiciones de ciento definidas por la clase seleccionada.
Además del viento, hay otras condiciones climáticas que pueden afectar a la integridad y seguridad del aerogenerador. La combinación de dos o más de estas condiciones puede incrementar sus efectos. Las condiciones que el Titular tendrá en cuenta, según esta norma serán, al menos, las siguientes: - Temperatura: aerogenerador diseñado para soportar un rango de temperaturas entre -20 y 50°C. - Humedad: hasta 95% - Densidad del aire: 1.225 kg/ m3 - Radiación Solar: 1.000 W/m2
Para asegurar la integridad de los componentes de la estructura de un aerogenerador, se verificará mediante un análisis estructural conforme a la norma ISO 2394. Este método estará incluido en la documentación de diseño de los aerogeneradores y que serán exigida al proveedor al momento de su compra por parte del Titular.
En cuanto a la operación del Parque Eólico, es importante señalar que se contará con lo siguiente:
Sistema SCADA El aerogenerador se conectará al sistema SCADA. Este sistema ofrece control remoto y una variedad de status e informes útiles desde un navegador web estándar de Internet. Los status presentan información que incluye datos eléctricos y mecánicos, operación y estado de fallas, datos meteorológicos y datos de estaciones de la red.
Sistema de Monitoreo de Acondicionamientos de Turbinas (SMP) El aerogenerador estará equipado con la configuración única de monitoreo de acondicionamiento. Este sistema controla el nivel de vibración de los componentes principales y compara los espectros de vibración reales con un conjunto de espectros de referencia establecidos. La revisión de los resultados, el análisis detallado y la reprogramación pueden llevarse a cabo utilizando un navegador web estándar.
Además, las turbinas propuestas para este proyecto poseen una velocidad de parada a los 25 m/s, lo cual permite que ante eventos extremos de viento estas no sigan funcionando.
Sistema de Protección contra Rayos El sistema de protección contra rayos en los aerogeneradores tendrá como objetivo proteger a las unidades de los efectos de los rayos directos y cercanos. El aerogenerador estará protegido contra los rayos mediante un sistema de transmisión que va desde los receptores de la góndola hasta la base a través de la cubierta, el marco y la torre, con lo cual se evita el paso de los rayos a través de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
componentes sensibles a ello. El sistema eléctrico también tiene protección adicional contra sobretensiones. Todos estos sistemas de protección están diseñados para obtener un nivel de protección máximo de Clase I de acuerdo con las normas IEC.
Respecto a lo observado respecto a “los actores que evalúan este proyecto”, en el caso de la participación de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECAs) fueron invitados a participar de la evaluación ambiental del proyecto “Parque Eólico Pemuco” por medio del Oficio N° 20221610215 con la solicitud de evaluación de la DIA al gobierno regional (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/a76522e3ba04 a79feda30d3ff513a2c86e3d); N° 202216102152 con la solicitud de evaluación de la DIA a la municipalidad de Pemuco (Documento disponible en https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/10/19/489fe4f5abb1 794d4d80a14296236dddc4b0) y el Oficio N° 202216102153 por medio del cual se realiza la solicitud de evaluación del proyecto a los siguientes servicios públicos:
• (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Interregional) Corporación Nacional de Desarrollo Indígena • (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios • (XVI) CONAF, Región de Ñuble • (XVI) DGA, Región de Ñuble • (XVI) Dirección de Vialidad, Región de Ñuble • (XVI) DOH, Región de Ñuble • (XVI) SAG, Región de Ñuble • (XVI) SEC, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Agricultura, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Energía, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Minería, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Salud, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI del Medio Ambiente, Región de Ñuble • (XVI) SEREMI MOP, Región de Ñuble • (XVI) Servicio Nacional Turismo, Región de Ñuble • (VIII) SERNAGEOMIN, Zona Sur
Dichos organismos se pronunciaron asociado a sus competencias ambientales dentro del proceso de evaluación ambiental.
En relación a que “se solicita al SEA que exija a la empresa un ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL que incluya los efectos del cambio climático sobre, al menos el viento y la temperatura realizando proyecciones de tormentas y tornados para cada escenario de cambio climático y en cada horizonte temporal, así como estudios y proyecciones de eventos de frío extremo para cada escenario de cambio climático y en cada horizonte temporal. Sin estos estudios realizados y planes de acción ante estos inminentes eventos climáticos extremos no es razonable ni responsable la aprobación de este proyecto” se aclara que, en el caso del término “Impacto ambiental” que el literal e) del artículo N° 2 del Decreto Supremo N° 40 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental lo define como la “Alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada.
Los impactos ambientales serán significativos cuando generen o presenten alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, conforme a lo establecido en el Título II de este Reglamento”. (énfasis agregado). Además, el artículo N° 11 de la Ley 19.300 indica que “Los proyectos o actividades enumerados en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias: a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112
b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, y f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.” (énfasis agregado).
Sobre lo anterior se aclara que los proyectos que se identifica que no generan impactos ambientales significativos no corresponde que realicen su ingreso como Estudio de Impacto Ambiental. Además, es relevante aclarar que durante el proceso de evaluación ambiental y en las instancias y jornadas de Participación ciudadana se indicaron los impactos ambientales considerados en el contexto del presente proyecto, de los cuales se identificó que no eran significativos. Tras la revisión de los antecedentes sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se recomienda la aprobación del presente proyecto.
Finalmente, teniendo en cuenta el proceso de evaluación ambiental del proyecto Declaración de Impacto Ambiental “Parque Eólico Pemuco” se indica que, para ejecutarse, se deberá dar cumplimiento a las condiciones o exigencias que se presentará a continuación, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Es relevante agregar que se presentaron 3 condiciones o exigencias en el marco del Informe Consolidado de Evaluación, mientras que durante la Comisión de Evaluación Ambiental del día 13 de marzo 2024 se establecieron 3 condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto, según consta en el Acta N° 4/2024 sesión ordinaria de fecha 13 de marzo de 2024. A continuación, se presenta una síntesis, la cual es desarrollada en detalle en el Considerando N° 8° de la presente Resolución de Calificación Ambiental.
Condición o exigencia 1: CAV-06 Plan de Monitoreo del Efecto Sombra Intermitente (sistema de detención automático) Descripción: Complementar la oportunidad del reporte con los eventos de proyección de sombra, extraídos del módulo de control del Sistema de Desconexión automático.
Condición o exigencia 2: CAV-13 Plan de Monitoreo de ruido en fase de operación Descripción: Complementar el compromiso en cuanto a la frecuencia de monitoreo, reporte en caso que se presente incumplimiento normativo.
Condición o exigencia 3: “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.” Descripción: Complementar los Compromisos ambientales voluntarios “CAV-15 Plan de verificación y control para las barreras acústicas” y “CAV-16 Plan de verificación y control para la restricción de maquinaria.”
Como se indicó previamente, es relevante indicar que la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble en su sesión N° 4 de fecha 13 de marzo de 2024 estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto, según consta en el Acta N° 4/2024 sesión ordinaria de fecha 13 de marzo de 2024. Las condiciones son las siguientes:
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Condición 4: Instalación de ventanas termopaneles a todas las viviendas que estén a 3 kilómetros a la redonda del complejo Parque Eólico Pemuco.
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Condición 5: Complementar el riego a las hectáreas con drenaje para mejorar la calidad del suelo, ahí se entiende que son las 55 hectáreas afectadas. Vinculado al CAV-11: Plan de Mejoramiento de Suelos (PMS).
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Condición 6: Que se establezca un plan de equipamiento social y productivo, equivalente a 100 millones de pesos, por una única vez a los vecinos del sector en la comuna. Lo cual debe ser trabajado con la comunidad, así como con los organismos técnicos pertinente.
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12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 3 de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
16°. Que, para que el proyecto “Parque Eólico Pemuco” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Ñuble la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico Pemuco”, de Engie Energía Chile S.A.
2°. Certificar que el proyecto “Parque Eólico Pemuco” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Parque Eólico Pemuco” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 148, 149, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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4°. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 119 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
5°. Certificar que el proyecto “Parque Eólico Pemuco” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 3 del presente acto.
7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante a Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Anwar Said Farrán Veloso Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Ñuble
Any Riveros Aliaga Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Ñuble
ARA/NSF
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Pablo Rodolfo Espinosa Aguirre pablo.espinosa@engie.com Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur hugo.zamorano@sernageomin.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CONAF, Región de Ñuble juansalvador.ramirez@conaf.cl DGA, Región de Ñuble marcelo.godoy@mop.gov.cl Dirección de Vialidad, Región de Ñuble oliver.morales@mop.gov.cl DOH, Región de Ñuble gustavo.mendez@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Ñuble oscar.crisostomo@goredenuble.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2161702112 Firmado por: Any Riveros Aliaga Fecha: 27/03/2024 12:43:09 CLST Firmado digitalmente por Anwar Said Farrán Veloso SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Ñuble rbaeza@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Ñuble MCARVAJAL@DESARROLLOSOCIAL.GOB.CL SEREMI de Energía, Región de Ñuble drivas@minenergia.cl SEREMI del Medio Ambiente, Región de Ñuble mrivas@mma.gob.cl SEREMI de Minería, Región de Ñuble rlagos@minmineria.cl SEREMI de Salud, Región de Ñuble ximena.salinasu@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Ñuble jisla@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Ñuble <amarchant@minvu.cl, ugavilan@minvu.cl> SEREMI MOP, Región de Ñuble paulodelafuente@gmail.com Servicio Nacional Turismo, Región de Ñuble agonzalezj@sernatur.cl CC: Oficina de Partes marcela.jara@sea.gob.cl