Proyecto Planta Solar Santa Isidora
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora”
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 22 de agosto de 2022, mediante Resolución Exenta Nº 202213001478 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 24 de febrero de 2023 y su Adenda Complementaria de fecha 30 de mayo de 2023, del Proyecto “Proyecto Planta Solar Isidora”, presentado por don Lorenzo Alejandro Torres Suazo, en representación de Planta Solar Santa Isidora SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del Proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora”.
3°. El Acta de Evaluación N° 03/2023 de fecha 13 de junio de 2023 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE N° 20231310976 de la DIA del Proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora” de fecha 30 de junio de 2023.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 10 de julio de 2023.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora”.
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 81 de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución N°7, del 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Planta Solar Santa Isidora SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Planta Solar Santa Isidora SpA. Rut 77.501.293-5 Domicilio Av. Chacabuco 485, Piso 04, Concepción, Chile Teléfono +56 2 29427552 Nombre representante legal Lorenzo Alejandro Torres Suazo Rut representante legal 7.730.460-6 Domicilio del representante legal Av. Chacabuco 485, Piso 04, Concepción, Chile Teléfono representante legal 56998884198 Correo electrónico Titular o representante legal lorenzo.torres@energylancuyen.cl; ambiental@energylancuyen.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de junio de 2023, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable vigente; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 160 y el Pronunciamiento 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”); • No presenta o genera los efectos característicos o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión del 10 de julio de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el Proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora”, aprobando el contenido del ICE de fecha 30 de junio de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del D.S. N° 40/2012 del MMA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA, en su Adenda, en su Adenda Complementaria y en sus correspondientes anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Generación de energía eléctrica a partir de la energía solar, a través de una Planta Solar cuya potencia máxima a inyectar a la red de distribución es 9 MW AC Descripción general del Proyecto El Proyecto contempla fase de construcción, operación y cierre de una Planta Solar cuya potencia máxima a inyectar a la red de distribución es 9 MW AC estará constituida aproximadamente por 21.392 paneles de silicio monocristalino, instalados con tecnología de seguidores de un eje y considera la construcción de una línea de tendido eléctrico de 12 kV de tensión (“Línea de evacuación eléctrica”), la cual se conectará al alimentador “Cerro Chena” de propiedad de la empresa CGE correspondiente a la subestación “San Bernardo”, esto con la finalidad de transmitir la energía producida hacia el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), de acuerdo a la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión (https://www.cne.cl/wp- content/uploads/2015/06/NTCO07-2016.pdf). La fase de construcción tiene una duración de 6 meses, la fase de operación se considera de 30 años y la fase de cierre se considera de 4 meses, el cronograma general se encuentra en la tabla 2 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en el literal:
“c) Centrales generadoras de energía mayores a 3MW.”
De acuerdo con lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SEIA debido a que el proyecto corresponde a una central fotovoltaica generadora de energía, cuya potencia será de 9 MW Vida útil La vida útil del proyecto es de 31 años Monto de inversión USD $ 10.000.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El hito que da inicio al Proyecto corresponde a la habilitación de terrenos y de vías de acceso Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo establecido en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, el Proyecto no será desarrollado por etapas.
Mayores antecedentes en el punto 1.2.11 de la DIA
X Proyecto modifica un Proyecto o actividad existente Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, el Proyecto no es una modificación de algún proyecto o actividad.
Mayores antecedentes en el punto 1.2.8 de la DIA
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No No aplica.
Mayores antecedentes en el punto 1.2.8 de la DIA.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político - administrativa El Proyecto se emplazará en la comuna de Calera de Tango, Provincia de Maipo, Región Metropolitana. El predio en el que se emplazará el proyecto corresponde al predio ROL N°024-005.
La figura 1 de la Adenda Complementaria muestra el ROL en que se emplaza el proyecto Descripción de la localización La localización del Proyecto se justifica por las siguientes condiciones favorables: • Se instalará en un predio de privados. • Cuenta con alta radiación solar aprovechable; y Alto número de horas totales de sol adecuadas; • Cercano a líneas de distribución eléctrica existentes y de fácil acceso, situación que favorece la implementación de la planta fotovoltaica, puesto que permitirá la inyección de la energía al Sistema eléctrico Nacional (SEN) Superficie El Proyecto se desarrollará en una superficie de aproximada de 15,1 hectáreas, mientras que la línea de media tensión tendrá una superficie de aproximada de 1350 m2, considerando una longitud de 0.27 km y un ancho de la franja de servidumbre de 5 m. Tabla 1 Adenda Complementaria. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de la ubicación del proyecto se presentan en la siguiente tabla:
Tabla Nº 4.2.1: Coordenadas geográficas planta fotovoltaica UTM WGS84 Huso 19 S. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Vértice Norte (m) Este (m) 1 6276194,23 335984,98 2 6276141,25 336139,96 3 6276107,45 336129,43 4 6276057,00 336118,45 5 6275705,13 336000,87 6 6275834,28 335652,12 7 6276181,99 335802,38 8 6276161,62 335865,87 9 6276164,31 335875,58 10 6276182,86 335888,47 11 6276188,57 335901,42 12 6276165,23 335975,11 Fuente: Tabla 2. “Coordenadas de ubicación del proyecto” de la Adenda complementaria
Figura 3 y 16 Adenda Complementaria.
Tabla Nº4.2.2: Coordenadas geográficas línea de media tensión UTM WGS84 Huso 19 S Poste Norte (m) Este (m) 1 6276195,87 335967,36 2 6276248,13 335951,05 3 6276317,64 335978,17 4 6276387,90 336006,71 5 6276395,55 336005,90 6 6276409,70 335965,27 7 6276410,44 335963,14 8 6276411,17 335961,05 Fuente: Tabla 6 “Coordenadas de los postes de la línea eléctrica” Adenda Complementaria.
Figura 7 y 9 Adenda Complementaria
Tabla Nº4.2.3: Coordenadas geográficas línea de media tensión UTM WGS84 Huso 19 S Obra Vértice Norte Este Punto de conexión 1 6276416,05 335961,04 Fuente: Tabla 7 “Coordenadas del punto de conexión” Adenda Complementaria.
El emplazamiento del proyecto se adjunta en el Anexo 05 de la Adenda Complementaria.
Caminos o vías de acceso Se considera el acceso al proyecto desde la ruta Santa Inés o G-364 hasta el punto de acceso. La representación cartográfica en formato KMZ de las rutas de acceso al proyecto se adjuntan en el Anexo 3.2 de la presente DIA.
Figura 4 de la Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones • Archivo KMZ, anexo 5 Adenda complementaria. • Figura 16 Adenda Complementaria indica emplazamiento del proyecto
4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Acopio de materiales Este sector será abierto con cierre perimetral de malla biscocho de una altura de 1,8 m con la finalidad de tener un acceso restringido. Esta área será utilizada para el acopio de materiales y equipos de mayor envergadura del proyecto, utilizando una superficie total de 3 m2.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Zona de acopio de paneles En la tabla 5 de la Adenda Complementaria se indican las coordenadas UTM de ubicación de la zona de acopio de paneles.
Tabla 5 Adenda Complementaria. Comedor Dentro de la fase de construcción existirá un comedor para la alimentación de los trabajadores, será del tipo contenedor. Tendrá una superficie de 100 m2. Es necesario hacer presente que dentro del área del Proyecto no habrá sector de preparación de alimentos, ya que cada trabajador llevará su propia alimentación.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Oficina Dentro de la instalación habrá una serie de contenedores o estructuras prefabricadas que funcionarán como oficinas. Se consideran 4 unidades abarcando un área total de 75 m2.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria Zona de manejo de combustible Cada vez que se requiera manejar combustible, se procederá a impermeabilizar el área entre el camión surtidor y el receptor de combustible con una lámina de polietileno o geomembrana, la cual estará cubierta con un material absorbente, comúnmente arena, al menos unos 10 cm, permitiendo contener combustible en caso de derrame de este. Tendrá una superficie de 10m2
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Cerco perimetral El Proyecto contará con un cierre perimetral de aproximadamente 2 metros de altura, lo que permitirá resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros. Se utilizarán pilotes armados de cemento y malla resistente de alambre. La longitud del cerco perimetral es de 1.594 m.
Respuesta 1.12 Adenda. Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Piscina lavado canoas Piscina de 1 m2 de superficie y de 0,8 m de profundidad, la cual estará cubierta por una lámina de polietileno doble que sobresaldrá 60 centímetros por su contorno. Los camiones mixer descargarán el agua liberada para el lavado de la canoa al interior de esta “piscina”.
Respuesta 1.7 Adenda Complementaria Grupo electrógeno Para cubrir el consumo energético en la instalación de faenas se considera un grupo electrógeno de 30 kVA. El recinto donde se ubicará el grupo electrógeno tendrá una superficie de 15 m2 Coordenadas UTM ubicación tabla 5 Adenda Complementaria. Paneles fotovoltaicos Superficie 102.310 m2.
En la Tabla 3 de la Adenda Complementaria se indican las coordenadas ubicación de la zona de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
instalación de paneles. Figura 5 Adenda Complementaria.
Respuesta 1.1 Adenda Complementaria Línea o tendido eléctrico La longitud de la LTE corresponde a 0,27 km y consta de 8 postes.
El ancho de servidumbre de la LTE es de 5 m (2,5 m por lado).
Figura 9 Adenda Complementaria.
Respuesta 1.1 Adenda Complementaria Inversores y transformadores eléctricos Inversores: Se utilizará un total de 52 inversores, los cuales estarán asociados a 448 paneles. • La potencia nominal de cada inversor es de 185 kV. • Cada inversor tiene las siguientes dimensiones en metros: 1,035 x 0,7 x 0,365 m, por lo que, para cada inversor se requiere 0,264 m3 y la superficie total destinada para los inversores corresponde a 13,222 m3 Transformadores: • Cada centro de transformación contendrá un conjunto de uno o más inversores que en total sumen 3.000 kW de potencia nominal, que transformarán la corriente generada de continua en alternada. • En la misma estructura se alojará un transformador de aceite que elevará la tensión de la corriente alternada de Baja a Media Tensión (elevando la tensión a un nivel de 13,2 KV de tensión), además de otros equipos eléctricos pertinentes y usuales en dicho tipo de instalaciones, tales como interruptores, relés y puesta a tierra. • Los inversores son equipos diseñados para transformar la corriente continua procedente del campo de paneles en corriente alterna para ser compatible con la forma de corriente de la red. Los transformadores son equipos diseñados para transformar el nivel de tensión de la electricidad proveniente de los inversores desde un nivel a otro, para luego ser inyectada a la red. La electricidad será conducida desde los paneles fotovoltaicos a los centros de transformación mediante conductores localizados en zanjas de corriente continua.
Numeral 1.4.4.2 de la DIA Conductores de energía eléctrica - Las obras serán del tipo subterráneas - Objetivo de intercomunicación - Tendrán un largo de 1.300 m, con una profundidad de 1m y al ancho de 1 m.
Numeral 1.4.4.3 de la DIA Bodegas de herramientas y gaveta de sustancias peligrosas Contará con herramientas y equipamiento necesario para realizar reparaciones y arreglos de las diferentes partes de los módulos fotovoltaicos y del Proyecto en general. Sera una instalación tipo contenedor cerrado de 40 m2 Estará habilitada especialmente para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el proyecto, cumpliendo con las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud. Figura 24 Adenda Complementaria. Respuesta 1.25 Adenda Complementaria. Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria Área de estacionamiento de vehículos livianos Área que será utilizada como estacionamiento de vehículos livianos, como camionetas y algunos camiones pequeños o medianos que llevan o retirar insumos, materiales o residuos. Contará con una carpeta de suelo natural acondicionado y estará debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fin. La superficie corresponde a 165 m2 Tabla Nº4.3.1.1.1: Coordenadas geográficas estacionamiento vehículos livianos UTM WGS84 Huso 19 S. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Obra Vértice Norte Este Estacionamiento de vehículos livianos 1 6276144,87 336117,47 2 6276148,64 336118,79 3 6276162,24 336079,81 4 6276158,47 336078,49 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria
Figura 15 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Área estacionamientos vehículos pesados Tabla Nº4.3.1.1.2: Coordenadas geográficas estacionamiento vehículos pesados UTM WGS84 Huso 19 S Obra Vértice Norte Este Estacionamiento de vehículos pesados 1 6276170,53 335977,01 2 6276167,34 335986,49 3 6276191,04 335994,46 4 6276194,23 335984,98 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria
Figura 15 Adenda Complementaria. Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Garita o caseta de control Este es el punto de ingreso a la instalación de faena. Aquí se encontrará personal de la empresa contratista, quien deberá controlar y llevar registro de todos los ingresos a la obra, tanto de vehículos como de personas, manteniendo al Proyecto libre de personas no autorizadas. Tendrá una superficie de 2,7 m2
Tabla Nº4.3.1.1.3: Coordenadas geográficas garita UTM WGS84 Huso 19 S. Obra Vértice Norte Este Garita o caseta de control 1 6276162,36 336075,83 2 6276163,09 336073,75 3 6276164,22 336074,15 4 6276163,49 336076,22 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Zona de seguridad Corresponde a la zona identificada como de seguridad en caso de que ocurra algún evento que requiera que el personal deba mantenerse en una zona segura, tendrá una superficie de 12 m2.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Camino de acceso El camino de acceso es permanente ya que se utilizará en todas las fases del proyecto. Poseerá 289 m de largo y 5 m de ancho aproximadamente. La ubicación se presenta en la figura 10 de la Adenda Complementaria.
Respuesta 1.1 Adenda Complementaria Caminos Se habilitarán caminos interiores, los que tendrá un ancho de 5 m y una superficie de 8.467 m2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
interiores Para su habilitación se realizará nivelación y compactación, se considera carpeta de suelo natural acondicionada (compactación y nivelación). En la fase de construcción permitirán el tránsito del camión grúa para la instalación de los paneles, en la fase de operación se utilizarán para la mantención y limpieza de los paneles y en la fase de cierre se utilizarán para el desmontaje de paneles y estructuras. Figura 12 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Área almacenamiento residuos domésticos Se superficie es de 28,8 m2. En la Figura 1 PAS 140 se indica el detalle de ubicación zonas de acopio de residuos. Las coordenadas de ubicación del área de acopio de Residuos asimilables a Domésticos se indican en la tabla 2 PAS 140, anexo 3.1 Adenda Complementaria.
Anexo 3.1 Adenda Complementaria Área almacenamiento residuos no peligrosos Su superficie es de 28,8 m2. En la Figura 1 PAS 140 se indica el detalle de ubicación zonas de acopio de residuos. Las coordenadas de ubicación del área de acopio de Residuos no Peligrosos se indican en la tabla 3 PAS 140, anexo 3.1 Adenda Complementaria.
Anexo 3.1 Adenda Complementaria Bodega de residuos peligrosos Su superficie es de 9 m2. En la figura 37 de la Adenda Complementaria se indica la capacidad de la bodega, 249, 6 l. En la figura 1 PAS 142 se indica el detalle de su ubicación. Las coordenadas de ubicación de la bodega de residuos peligrosos se indican en la tabla 1 PAS 142, anexo 3.2 Adenda Complementaria.
Anexo 3.2 Adenda Complementaria Atraviesos vehiculares sobre canales Las obras proyectadas corresponden a atraviesos vehiculares sobre los canales sin nombre 1, canal sin nombre 1 (tramo B) y canal sin nombre 3. La Figura 53 de Adenda muestra el detalle de la disposición de tubería y zanja en atraviesos vehiculares. Figura 54 Adenda: Atravieso 1 sobre canal Sin Nombre 1B. Figura 55 Adenda: Atravieso 2 sobre canal Sin Nombre 1A. Figura 56 Adenda: Atravieso 3 Sobre Canal sin Nombre 3. La Tabla 83 de la Adenda indica las características Hidráulicas de las Obras proyectadas sobre los Cauces.
Respuesta 2.25 Adenda. Respuesta 1.1 a) Adenda Complementaria Cerco perimetral hallazgo arqueológico Cerco perimetral permanente para el sitio arqueológico SI-01, considerando un buffer de seguridad de 20 m a partir de los límites del sitio.
Respuesta 31. Adenda. Respuesta 1.1 a) Adenda Complementaria Zanjas de infiltración En relación a las obras proyectadas para el manejo de aguas lluvia, se considera la construcción de 4 zanjas de infiltración para el correcto drenaje de las zonas y áreas aportantes, con el fin de impedir influencia en el drenaje superficial de la red hidrográfica local. El diseño de las zanjas de infiltración se realizó para intensidades de precipitación con periodo de retorno de 100 años. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
En la figura 7 de la Adenda se presenta la planta esquemática con el manejo de aguas lluvias y ubicación de zanjas de infiltración. En la Tabla 9 se presentan las dimensiones y volúmenes requeridos de las zanjas de infiltración.
Respuesta 1.13 Adenda 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Habilitación de terrenos y vías de acceso Para los movimientos de tierra se consideran las excavaciones de zanjas para el circuito generado de los paneles hacia los transformadores. También, se consideran las excavaciones para la habilitación la línea de interconexión.
Compactación. Se realizarán actividades de compactación en las superficies de la instalación de faenas (contando estacionamiento de vehículos y zona de acopio de paneles) y los caminos internos del proyecto. Ambas superficies alcanzan los 21.940 m2.
Nivelación. Se realizarán actividades de nivelación en las superficies de la instalación de faenas y los caminos internos del proyecto. Ambas superficies alcanzan los 21.940 m2.
Numeral 1.5.1.2.1 de la DIA. Habilitación instalación de faena Las estructuras a utilizar corresponderán principalmente a containers acondicionados para la actividad a desarrollar en cada uno de estos (oficina, comedor, bodega, etc).
Numeral 1.5.1.4.1 de la DIA. Hincado de estructuras Método en el que se “martillan” perfiles metálicos directamente en el suelo del emplazamiento. La profundidad de los hincados será entre 1 y 1,5 [m] metros de profundidad.
El soporte de los paneles posee un radio equivalente de 18 centímetros como máximo con forma de H.” P
Numeral 1.5.1.9.3 de la DIA. Montaje de paneles fotovoltaicos Los módulos fotovoltaicos serán ubicados sobre estructuras de soporte. Cada estructura de soporte consistirá en un seguidor a un eje horizontal, lo que producirá un seguimiento diario al sol en el eje Este-Oeste, de esta manera se aumenta el rendimiento de cada módulo. El seguimiento será Este-Oeste +/- 60° con sistema de ‘tracking’ que evita o minimiza el sombreado entre filas consecutivas de paneles. Cada seguidor contará con su propio cuadro de control, el cual alimenta y controla el conjunto actuador-motor. Cada cierta cantidad de estructuras de soporte, se instalará una caja combinadora o caja de agrupamiento, cuya principal función es la de recoger el cableado de los distintos strings de paneles, como punto intermedio del cableado entre los paneles y los inversores.
Numeral 1.5.1.9.4 de la DIA. Instalación de inversores y centros de transformación Para el montaje de los inversores de potencia se seguirán las medidas indicadas para su montaje especificadas en su manual de instalación. En particular, se realizará montaje sobre soporte externo próximo a los grupos de paneles fotovoltaicos, realizando las conexiones según las indicaciones del fabricante y siguiendo las normas técnicas especificadas en RGR 02/2020 y Pliegos Técnicos RIC.
Numeral 1.5.1.9.5 DIA. Conexiones eléctricas Las obras de canalizaciones subterráneas deben respetar las indicaciones mencionadas en normativa eléctrica. Las canalizaciones serán considerando tránsito pesado y tendrán una profundidad aproximada de 1 a 2 metros, la profundidad dependerá de la zona de emplazamiento y el objetivo del mismo. El fondo tendrá una pendiente mínima de 0,25 % relleno de arena. Los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
separadores de ductos serán del tipo concreto o madera con un tratamiento anticorrosivo previo. Luego de la posición de los ductos estos se deben cubrir con mortero de cemento afinado con un color establecido y de un espesor de 10 centímetros con una extensión lateral de 30 centímetros, esta capa queda señalizada con una cinta indicando peligro eléctrico. El ducto deberá mantener su sección transversal en todo momento y la hermeticidad del mismo, mediante accesorios y pegamentos correspondientes. El diámetro de los ductos es de 50 milímetros y 63 milímetros pudiendo variar a calibre mayores o menores según la necesidad del proyecto. Se destaca el hecho que todo material utilizado para una obra eléctrica debe contar con su respectiva certificación por parte de SEC.
Numeral 1.5.1.9.6 de la DIA. Transporte de insumos Se considera el transporte de agua, herramientas, sustancias peligrosas y no peligrosas. Postación e izamiento La instalación de postes consta de los siguientes pasos:
1. Delimitar el área de trabajo empleando avisos, conos y cintas de seguridad. Restringir el acceso del público y de terceros el área de trabajo. Establecer los bloqueos requeridos para restringir el transito adyacente al punto de trabajo. Impedir el acceso al público a la zona de peligro. 2. Una vez se tenga la autorización de inicios del trabajo, se procederá a autorizar a la cuadrilla el inicio de la labor encomendada. 3. Se inicia excavación de terreno en ubicaciones de la postación proyectada con equipo de retroexcavadora. En caso de no instalar postación de hormigón en la misma jornada se debe cubrir el hoyo excavado con una tapa sólida, para evitar accidentes de animales y personas. 4. Ubicar el poste en el piso cerca al hueco donde se instalará, descargándolo con la grúa sobre un bloque, para retirar el estrobo. 5. Instalar el poste en el hueco, evitando se enrede en cables o acometidas. 6. Aplomar y alinear el poste asegurándolo firmemente. Rellenar alrededor del poste hincado, con relleno natural (existente en el lugar), o material sólido. El traslado de la postación y el izaje de estos se realiza mediante un camión grúa de características similares.
Una vez instalados todos los postes se debe instalar el conductor con una máquina denominada cabestrante hidráulico. En la figura 9 de la Adenda se muestra esquema de instalación de conductor de energía en postación
Respuesta 1.4 a) Adenda Complementaria. Instalación de conductores El huinche hidráulico va asociado al trazado de postación eléctrica, y se irá reubicando de acuerdo con el avance de los trabajos de postación, estando restringido dentro del área de trabajo, para su uso será necesario disponer de un equipo electrógeno, el cual será cargado con un bidón de 10 litros de combustible para un trabajo de 2,5 horas continuas de funcionando.
Respuesta 2.5 Adenda Complementaria. Desmovilización de instalaciones Retiro de instalaciones. Desmontaje de las instalaciones corresponde a la inspección, retiro y envío a disposición final (en caso de corresponder), de las siguientes estructuras de la instalación de faenas: • Comedor • Área oficina • Grupo electrógeno • Zona de acopio de materiales • Zona de acopio paneles.
Numeral 1.5.1.4.3 de la DIA.
Puesta en marcha En el proceso de puesta en marcha trata de la prueba de los equipos y sistemas instalados en la fase de construcción para su posterior interconexión con el sistema de distribución y operación. Para asegurar el correcto funcionamiento de la planta solar, se sigue el protocolo establecido en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
DS N°88 y Norma Técnica de Conexión y operación de PMGD en instalaciones de media tensión (NTCO), 2019 el cuál menciona las exigencias mínimas, registros y pruebas a realizar para cada sistema. En resumen, se realizan pruebas de operación de equipos en terreno los cuales deben operar dentro de los límites indicados por fabricante, en caso de ser necesario, se coordina pruebas de operación con servicio técnico los cuales certifican las condiciones de instalación, la operación del equipo y entregan garantías correspondientes. Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, se realizan inspecciones finales a las obras, procurando que todos los equipos, accesorios y complementos se encuentren instalados acorde a las especificaciones técnicas y normativa vigente. Finalmente, se realizan pruebas de conexión en supervisión de la empresa distribuidora en las cuales se verifica las respuestas en frecuencia, tensión, pruebas de protecciones, aislamiento, antiisla, puesta a tierra, entre otros.
Numeral 1.5.1.10 de la DIA. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción. Agua potable El agua potable será suministrada a través del punto de conexión existente de agua potable, cuyo certificado de Aguas Andina del 3 de octubre de 2022, el cual se adjunta en el Anexo 5 Adenda.
Se consideran 36 litros/ día por trabajador.
El consumo de agua potable es de 0,0611.
Numeral 1.4 Adenda Complementaria, respuesta 1.17 Adenda, tabla 19 Adenda Complementaria. Servicios higiénicos Se instalarán baños químicos y duchas portátiles de acuerdo a lo que establece el D.S. N° 594/99 Ministerio de Salud y que serán mantenidos y retirados por semana por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales.
La frecuencia de limpieza de las aguas residuales de los baños químicos corresponderá a dos veces por semana.
Numeral 1.4.2.2 de la DIA, respuesta 1.6 Adenda, numeral 1.4 Adenda Complementaria y respuesta 1.9 Adenda Complementaria. Energía Para cubrir el consumo energético en la instalación de faenas se considera un grupo electrógeno de 30 kVA. El recinto donde se ubicará el grupo electrógeno tendrá una superficie de 15 m2 Coordenadas UTM ubicación tabla 5 Adenda Complementaria.
Se considera un equipo electrógeno, el cual será cargado con un bidón de 10 litros de combustible para un trabajo de 2,5 horas continuas de funcionando para la postación de la línea de media tensión.
Para más detalles, ver tabla 8 DIA, numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria y Respuesta 1.5 Adenda Complementaria. Combustible Se requerirá de petróleo diésel para el grupo electrógeno y para la maquinaria en terreno.
Se utilizará 5.300 l/mes; 5,3 m3 /mes.
El combustible será suministrado por una empresa autorizada mediante el uso de un camión surtidor, por otra parte, los vehículos se abastecerán de combustible fuera de la obra en algún servicentro preferentemente de la comuna.
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria y tabla 24 Adenda Complementaria. Transporte Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos (transporte de personal) y camiones (insumos, residuos).
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Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria Alimentación La alimentación de los trabajadores correrá por cuenta de cada uno o en colaciones preparadas que serán encargadas a una empresa externa, la cual deberá cumplir con toda la normativa vigente y las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos. Adicionalmente, contará con un comedor en el área de la instalación de faena
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria Alojamiento El Proyecto no contempla la construcción ni implementación de un campamento, por lo que los trabajadores no pernoctarán en el área del Proyecto.
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria Equipos y maquinaria Dentro del predio: Rodillo compactador, retroexcavadora, motoniveladora, grupo electrógeno, hinchadora y camión grúa. Fuera del predio (Instalación de línea eléctrica): camión grúa, retroexcavadora y grupo electrógeno, huiche.
Respuesta 1.5 y tabla 20 Adenda Complementaria Materiales para la construcción y otras sustancias
El servicio de hormigón se requerirá en la fase de construcción para la implementación de la postación general, fundaciones de bodegas y fundaciones de los centros de transformación., el cual será proporcionado por terceros autorizados.
Se estima en 24 m3.
Numeral 1.4.1.1 de la DIA, numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria y respuesta 1.3 b) Adenda.
Se utilizará urea automotriz como lubricante para reducir las emisiones de óxidos de nitrógeno en motores pesados. En el caso del camión cargo con el cual se realizará la instalación de paneles (o similar), se estima un consumo de 7,5 ml de urea, la cual será utilizada por el camión Diesel motor euro V, el cual tiene un consumo aproximado del 5% de urea respecto al combustible. El cálculo se basa en la consideración del montaje de los 8 postes, los cuales tendrán una distancia no superior a 0,5 km. La urea al ser parte del motor del camión estará almacenada dentro de un depósito propio del mismo camión, por lo tanto, no se considera almacenamiento dentro del proyecto.
Respuesta 1.15 Adenda Complementaria.
4.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES No se contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales renovables durante la fase de construcción. Con respecto a la utilización del recurso agua se señala que el agua potable será suministrada a través del punto de conexión existente de agua potable, cuyo certificado se adjunta en el Anexo 5 de la Adenda. 4.3.4. EMISIONES Y EFLUENTES Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFÉRICAS
La información respecto a emisiones se presenta en el Anexo 6 “Informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria.
Las actividades asociadas a la Fase de Construcción del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden a perforación, excavación, compactación, nivelación y tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados tránsito de vehículos por vías pavimentadas, combustión de vehículos, combustión maquinaria fuera de ruta y combustión de grupos electrógenos.
En la tabla 111 del anexo 6 de la Adenda Complementaria se estiman las emisiones en la fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
El Titular presenta un resumen de emisiones por año cronológico en la tabla 125 del anexo 6 de la Adenda Complementaria, y en la tabla 127 del anexo 6 de la Adenda Complementaria, el análisis normativo del artículo 64 del D.S Nº 31/02016 del MMA.
De acuerdo a los resultados, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de construcción, por tanto, no requiere compensar sus emisiones. Sin perjuicio de lo anterior, se contempla la implementación de medidas de control de emisiones, que se detallan en el considerando 7.1 de la presente Resolución.
Mayores antecedentes en el Anexo 6 “Informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria.
La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°220 de fecha 13/03/2023, se pronuncia conforme condicionado.
EMISIONES LÍQUIDAS
AGUAS SERVIDAS
Se generarán residuos líquidos domésticos producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado. Para este efecto, se habilitarán baños químicos con lavamanos incluidos y duchas portátiles en la instalación de faena. Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada por la Seremi de Salud. Para acreditar la correcta disposición de los residuos líquidos se mantendrán los documentos (facturas, boletas y/o certificados) que acrediten su correcto manejo. Se estima una frecuencia de retiro de 2 veces por semana
Para más detalles, ver respuesta 1.9 Adenda Complementaria y numeral 1.6 anexo 1 Adenda complementaria.
RESIDUOS LÍQUIDOS INDUSTRIALES
Se generarán residuos industriales líquidos por el lavado de canoas de los camiones mixer.
Los residuos serán manejados en piscina de lavado de hormigón serán manejados en piscina de 1 m2 de superficie y de 0,8 m de profundidad, la cual estará cubierta por una lámina de polietileno doble que sobresaldrá 60 centímetros por su contorno. Los camiones mixer descargarán el agua liberada para el lavado de la canoa al interior de esta “piscina”.
Respuesta 1.7 Adenda Complementaria.
En la figura 4 de la Adenda se indica sector de instalación de piscina de lavado de canoas de camiones mixer.
El agua generada en piscina de lavado se espera en el día sea evaporada en su totalidad, quedando material endurecido que podrá ser almacenado temporalmente junto con los escombros en el patio de acopio de residuos sólidos no peligrosos habilitado dentro del área de instalación de faenas. Sin embargo, en caso de que la evaporación no ocurra y se llegue a la capacidad máxima del contenedor (teniendo en cuenta que la cantidad de camiones y la generación de agua residual diaria es sólo un promedio, pudiéndose generar más o menos cantidad de la estimada), el agua residual será retirada por una empresa externa autorizada para prestar dicho servicio.
En la figura 23 de la Adenda Complementaria se indica el diagrama de sistema de lavado de canoas de camión mixer.
Se mantendrá en la Instalación de faenas los registros de eventuales retiros y destino. Esta área de lavado será desmantelada una vez finalizada la fase de construcción.
Respuesta 1.7 Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Se aclara que, el tiempo puede variar ya que se retirará cuando esté al 80% de la capacidad de la piscina de lavado de hormigón.
Respuesta 1.3 f) Adenda.
La cantidad de aguas residuales generadas por el lavado de canoa de los camiones mixer, dependerá de la cantidad de camiones que se contraten, lo que está directamente relacionado con la cantidad de hormigón necesario para materializar el proyecto, la cual se estima en 24 m3 para las obras de la fase de construcción.
De acuerdo al requerimiento de hormigón, y considerando que cada camión posee una capacidad promedio de 8 m3, se estima que se necesitarán aproximadamente 4 camiones de hormigón para la materialización total del proyecto. Cabe destacar, que los camiones Mixer poseen un estanque de agua de una capacidad de 200 L, la cual se utiliza para lavar la canoa y mantener húmedo el tambor posterior a la descarga de hormigón. Para el lavado de la canoa se utilizan entre 30 a 60 litros de agua, por lo que la generación de aguas residuales por el lavado de la canoa será de 60 L/camión y dado que se requerirá un camión mixer por día o cada dos días, la generación diaria corresponde a 60 litros, mientras que, la generación para todo el proyecto corresponde a 120 L.
Numeral 1.4.1.1 de la DIA y respuesta 1.3 b) Adenda.
RUIDO La información respecto a emisiones de ruido se presenta en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del proyecto en evaluación, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº 38/11 MMA), que es la normativa vigente en Chile para estos efectos.
El Titular identifica 16 receptores cuyas características se presentan en la tabla a continuación: Tabla Nº4.3.4.1: Identificación de receptores. Punto Descripción Distancia al proyecto (m) Uso efectivo de suelo R1 Vivienda 2 pisos, Empresa de Transporte 93 Rural R2 Condominio Parcelas con viviendas 1 y 2 pisos 190 R3 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 210 R4a Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 31 R4b Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 14 R4c Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 21 R5 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 145 R6 Viviendas 1 y 2 pisos, Empresas, Talleres, Locales de comercio. 148 R7a Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 70 R7b Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 100 R8 Vivienda 1 piso 38 R9 Vivienda 1 piso 34 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
R10 Vivienda 1 piso 198 Fuente: Tabla 19 “Ubicación y descripción de Receptores humanos y Fauna para Ruido en torno a la Planta Solar y Postación” anexo 10 de la Adenda Complementaria.
En la figura 5 del anexo 10 de la Adenda Complementaria se muestra la ubicación de los receptores. Las principales emisiones de ruido durante la fase de construcción corresponden a la habilitación de terreno, postación, habilitación de instalación de faena, hincado de estructuras, montaje estructura micropilotes, montaje de paneles, instalación centros de transformación y desmovilización instalación de faena. En la figura 4 del anexo 10 de la Adenda Complementaria se muestra la ubicación de las fuentes de ruido. El horario de trabajo durante la fase de construcción será de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. De acuerdo a los resultados obtenidos, el proyecto cumple con los límites establecido por el D.S. Nº38/11 del MMA, tanto para el área de los paneles como para la postación, indicadas en las tablas 37 del anexo 10 de la Adenda Complementaria, aplicando medidas de control propuestas en el numeral 5 del mismo anexo.
Mayores antecedentes en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
VIBRACIONES La información respecto a vibraciones se presenta en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria. Para efectos de evaluación del nivel de vibraciones se utilizan los criterios establecidos en la normativa FTA (2006) – Transit Noise and Vibration Impact Assessment evaluando los Niveles de Velocidad Vibratoria y Evaluación. Cumplimiento de Criterios de Confort y Daño Estructural, y se identifican las siguientes fuentes generadoras de vibración:
Tabla Nº4.3.4.2: Fuentes de vibración Maquinaria Velocidad Peak de Partícula PPV a 25 pies, (pulg/s) Nivel de Velocidad de Vibración Aproximado Lv a 25 pies (VdB) Rodillo compactador 0,210 94 Hincadora 0,170 93 Camión 0,076 86 Motoniveladora 0,089 87 Mini retroexcavadora (postación) 0,003 58 Fuente: Tabla 10 “Fuente y Nivel de Velocidad de Vibración, Fase de Construcción”, anexo 10 Adenda Complementaria.
En la figura 10 del anexo 10 de la Adenda Complementaria se indica la ubicación de las fuentes de vibración para la fase de construcción.
El Titular considera 6 receptores de vibraciones: Tabla Nº 4.3.4.3: Receptores identificados para vibraciones Receptor Uso Coordenadas UTM Datum WGS 84, HUSO 10 H Distancia al Proyecto (m) Norte Este Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
RV1 Vivienda 2 pisos, Empresa de Transporte 6275690 336090 90 RV2 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 6276021 336122 30 55 RV3 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 6276256 336010 69 RV4 Vivienda 1 piso 6276219 335927 38 RV5 Vivienda 1 piso 6276205 335829 32 RV6 Vivienda 1 piso 6276414 335944 16 hincado Fuente: Tabla 20 “Ubicación y descripción de receptores para Vibraciones en torno a la Planta Solar” del anexo 10 de la Adenda Complementaria. De acuerdo a lo indicado en las tablas 40 y 41 del anexo 10 de la Adenda Complementaria, en todos los receptores los niveles de velocidad vibratoria proyectados se encuentran bajo el criterio de confort, y bajo el criterio de daño estructural. Por lo que se da cumplimiento a la normativa. Mayores antecedentes en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°1852 de fecha 12/06/2023, se pronuncia conforme. 4.3.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS
En la fase de construcción, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSAD) por los trabajadores. Este tipo de desechos son principalmente restos de comida, papeles, envases y envoltorios de comida, etc.
Se estima que los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por el personal durante la fase de construcción del proyecto, alcanzará un promedio de 0,198 m3 /día, dado que se estima un máximo de 60 trabajadores y una generación de 0,0033 m3 /díatrabajador (0,5 kg/díatrabajador). De esta manera, considerando 22 días de trabajo mensual, la estimación anual corresponde a 4,36 m3 /mes (0,66 t/mes).
Los residuos domésticos se dispondrán en contenedores con tapa y bolsas de basura herméticas, claramente identificados para que diariamente sean transportados al área de acopio de residuos para su almacenamiento temporal, dentro de contenedores de material HDPE o similar, con capacidad aproximada para 200 litros con bolsa hermética, tapa y sistema de ruedas con freno, debidamente ordenados, clasificados por tipo de residuo y rotulados según corresponda a la espera de ser retirados con una frecuencia aproximada de 2 o 3 veces por semana y dispuestos finalmente en un sitio autorizado para dicho fin.
Tabla Nº4.3.5.1: Almacenamiento residuos domésticos. Área destinada para almacenamiento residuos domésticos Tiempo máximo almacenamiento de Capacidad máxima de almacenamiento 28,8 m² 3 días
3 contenedores con capacidad de 200 L c/u Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Fuente: Tabla 12 “Capacidad Máxima de Almacenamiento Residuos Domésticos” anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
El área de acopio contará con cierre perimetral para evitar el ingreso de animales silvestres y domésticos. Se mantendrá dentro de las instalaciones el registro (comprobantes, boletas, facturas, etc.) del retiro y disposición final de estos residuos en un sitio autorizado para este fin. Para más detalles, anexo 3.1 PAS 140 de la Adenda Complementaria.
RESIDUOS NO PELIGROSOS Este tipo de residuo comprende los desechos provenientes del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción y elementos de ferretería, bobinas y otros restos de materiales.
Tabla Nº4.3.5.2: Residuos no peligrosos fase de construcción. Caracterización Cualitativa Cuantitativa Fuente Cantidad (Kg/día) Cantidad (Kg/mes) Restos de metales (estructuras metálicas, perfiles para montar, sobrantes de cables, tornillos, alambres) 13,10 288 Restos de embalaje (maderas, cartón, papel, plásticos) 144 3.170 Fuente: Tabla 5 “Resumen de residuos sólidos no peligrosos generados en fase de construcción” anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
Estos serán almacenados un sitio de residuos no peligrosos ubicado al interior de la instalación de faena, el cual tendrá cierre perimetral y control de acceso. Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente y serán segregados y clasificados de acuerdo a sus características, dando prioridad a la reutilización, reciclaje y/o comercialización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial. En garita y en las oficinas se podrá encontrar el procedimiento de registro y seguimiento para los residuos no peligrosos generados. El remanente de este tipo de residuos será retirado 1 vez al mes, transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Para más detalles, ver anexo 3.1 Adenda Complementaria
RESIDUOS PELIGROSOS En la fase de construcción del proyecto, se estima la generación principalmente de restos de combustibles, lubricantes, envases contaminados, guaipes o vestimenta impregnada con estos líquidos, entre otros. Tabla Nº4.3.5.3: RESPEL fase de Construcción Residuos peligrosos Cantidad (kg/mes) Total, fase construcción (kg) Clasificación Envases y restos de lubricantes 3,36 20,16 A3050 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Trapos y otros contaminados con hidrocarburos 5 30 A4070 Toners y cartridges 0,075 0,5 A4070 Fuente: Tabla 2. “Detalle generación RESPEL de la fase de Construcción” PAS 142, anexo 3.2 Adenda Complementaria
Los residuos estarán debidamente identificados y clasificados, dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente al interior de la Bodega en conformidad al D.S N°148/03 del MINSAL, el tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 80% de su capacidad. La disposición final se realizará a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos a través del sistema de ventanilla única. Mayores antecedentes en el PAS 142, anexo 3.2 de la Adenda Complementaria.
Paneles solares Los paneles solares dañados poseen la característica de peligrosidad extrínseca, de acuerdo al informe de análisis químico adjunto en el anexo 10 de la Adenda. Cada panel se considera de 30 kg, y para la fase de construcción se considera la generación de 6 paneles defectuosos, los que serán almacenados temporalmente en la correspondiente bodega de residuos peligrosos. Los paneles dañados serán transportados por la empresa fabricante para ver la opción de reciclaje, en caso de que no se pudiera, serán transportados por una empresa autorizada a algún sitio autorizado que reciba este tipo de residuos.
Mayores antecedentes en Anexo 10 Adenda, tabla 23 Adenda Complementaria, respuesta 1.24 y 3.3 Adenda Complementaria
OTRAS SUSTANCIAS
Las sustancias peligrosas se almacenarán en bodega de herramientas, que será habilitada cumpliendo con las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud.
Tabla 4.3.5.4: Sustancias peligrosas fase de construcción Sustancia Cantidad Combustible 5.300 l/mes; 5,3 m3/mes Grasa 283 kg aerosol (DW40) 7 kg Fuente: Tabla 24 “Sustancias peligrosas a utilizar en el proyecto” Adenda Complementaria.
COMBUSTIBLE
No será almacenado ya que el abastecimiento de combustible se realizará a través de camión surtidor (autorizado), en el momento en que se requiera. Cada vez que se requiera manejar combustible, se procederá a impermeabilizar el área entre el camión surtidor y el receptor de combustible con una lámina de polietileno o geomembrana, la cual estará cubierta con un material absorbente, comúnmente al menos 10 cm de arena, permitiendo contener combustible en caso de derrame de este. Por otro lado, en el Anexo 5.5. de la DIA se adjunta el protocolo que establece la metodología, actividades y controles necesarios para la ejecución de los trabajos y/o actividades de Abastecimiento de Combustible.
Numeral 1.6 anexo 1 Adenda Complementaria. Referencia al ICE para mayores Mayores detalles sobre la fase de construcción en capítulo 4.6 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
detalles sobre esta fase. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Paneles fotovoltaicos Superficie 102.310 m2.
En la Tabla 3 de la Adenda Complementaria se indican las coordenadas ubicación de la zona de instalación de paneles.
Figura 5 Adenda Complementaria.
Respuesta 1.1 Adenda Complementaria. Línea o tendido eléctrico La longitud de la LTE corresponde a 0,27 km y consta de 8 postes.
El ancho de servidumbre de la LTE es de 5 m (2,5 m por lado.
Figura 9 Adenda Complementaria
Respuesta 1.1 Adenda Complementaria. Inversores y transformadores eléctricos Inversores: Se utilizará un total de 52 inversores, los cuales estarán asociados a 448 paneles. • La potencia nominal de cada inversor es de 185 kV. • Cada inversor tiene las siguientes dimensiones en metros: 1,035 x 0,7 x 0,365 m, por lo que, para cada inversor se requiere 0,264 m3 y la superficie total destinada para los inversores corresponde a 13,222 m3
Transformadores: • Cada centro de transformación contendrá un conjunto de uno o más inversores que en total sumen 3.000 kW de potencia nominal, que transformarán la corriente generada de continua en alternada. • En la misma estructura se alojará un transformador de aceite que elevará la tensión de la corriente alternada de Baja a Media Tensión (elevando la tensión a un nivel de 13,2 KV de tensión), además de otros equipos eléctricos pertinentes y usuales en dicho tipo de instalaciones, tales como interruptores, relés y puesta a tierra. • Los inversores son equipos diseñados para transformar la corriente continua procedente del campo de paneles en corriente alterna para ser compatible con la forma de corriente de la red. Los transformadores son equipos diseñados para transformar el nivel de tensión de la electricidad proveniente de los inversores desde un nivel a otro, para luego ser inyectada a la red. La electricidad será conducida desde los paneles fotovoltaicos a los centros de transformación mediante conductores localizados en zanjas de corriente continua
Numeral 1.4.4.2 de la DIA Conductores de energía eléctrica - Las obras serán del tipo subterráneas - Objetivo de intercomunicación - Tendrán un largo de 1.300 m, con una profundidad de 1m y al ancho de 1 m.
Numeral 1.4.4.3 de la DIA. Bodegas de herramientas y gaveta de sustancias peligrosas Contará con herramientas y equipamiento necesario para realizar reparaciones y arreglos de las diferentes partes de los módulos fotovoltaicos y del Proyecto en general. Sera una instalación tipo contenedor cerrado de 40 m2 Estará habilitada especialmente para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el proyecto, cumpliendo con las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud.
Figura 24 Adenda Complementaria.
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Respuesta 1.25 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Área de estacionamiento de vehículos livianos Área que será utilizada como estacionamiento de vehículos livianos, como camionetas y algunos camiones pequeños o medianos que llevan o retirar insumos, materiales o residuos. Contará con una carpeta de suelo natural acondicionado y estará debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fin. La superficie corresponde a 165 m2
Tabla Nº4.4.1.1.1: Coordenadas geográficas estacionamiento vehículos livianos UTM WGS84 Huso 19 S. Obra Vértice Norte Este Estacionamiento de vehículos livianos 1 6276144,87 336117,47 2 6276148,64 336118,79 3 6276162,24 336079,81 4 6276158,47 336078,49 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria.
Figura 15 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Área estacionamientos vehículos pesados
Tabla Nº4.4.1.1.2: Coordenadas geográficas estacionamiento vehículos pesados UTM WGS84 Huso 19 S. Obra Vértice Norte Este Estacionamiento de
vehículo s pesados 1 6276170,53 335977,01 2 6276167,34 335986,49 3 6276191,04 335994,46 4 6276194,23 335984,98 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria.
Figura 15 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Garita o caseta de control Este es el punto de ingreso a la instalación de faena. Aquí se encontrará personal de la empresa contratista, quien deberá controlar y llevar registro de todos los ingresos a la obra, tanto de vehículos como de personas, manteniendo al Proyecto libre de personas no autorizadas.
Tendrá una superficie de 2,7 m2
Tabla Nº4.4.1.1.3: Coordenadas geográficas garita UTM WGS84 Huso 19 S. Obra Vértice Norte Este Garita o caseta de control 1 6276162,36 336075,83 2 6276163,09 336073,75 3 6276164,22 336074,15 4 6276163,49 336076,22 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Zona de seguridad Corresponde a la zona identificada como de seguridad en caso de que ocurra algún evento que requiera que el personal deba mantenerse en una zona segura, tendrá una superficie de 12 m2
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Camino de El camino de acceso es permanente ya que se utilizará en todas las fases del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
acceso Poseerá 289 m de largo y 5 m de ancho aproximadamente. La ubicación se presenta en la figura 10 de la Adenda Complementaria.
Respuesta 1.1 Adenda Complementaria. Caminos interiores Se habilitarán caminos interiores, los que tendrá un ancho de 5 m y una superficie de 8.467 m2. Para su habilitación se realizará nivelación y compactación, se considera carpeta de suelo natural acondicionada (compactación y nivelación). En la fase de construcción permitirán el tránsito del camión grúa para la instalación de los paneles, en la fase de operación se utilizarán para la mantención y limpieza de los paneles y en la fase de cierre se utilizarán para el desmontaje de paneles y estructuras.
Figura 12 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Área almacenamiento residuos domésticos Se superficie es de 28,8 m2
En la Figura 1 PAS 140 se indica el detalle de ubicación zonas de acopio de residuos.
Las coordenadas de ubicación del área de acopio de Residuos asimilables a Domésticos se indican en la tabla 2 PAS 140, anexo 3.1 Adenda Complementaria.
Anexo 3.1 Adenda Complementaria Área almacenamiento residuos no peligrosos Su superficie es de 28,8 m2
En la Figura 1 PAS 140 se indica el detalle de ubicación zonas de acopio de residuos.
Las coordenadas de ubicación del área de acopio de Residuos no Peligrosos se indican en la tabla 3 PAS 140, anexo 3.1 Adenda Complementaria.
Anexo 3.1 Adenda Complementaria Bodega de residuos peligrosos Su superficie es de 9 m2
En la figura 37 de la Adenda Complementaria se indica la capacidad de la bodega, 249, 6 l.
En la figura 1 PAS 142 se indica el detalle de su ubicación.
Las coordenadas de ubicación de la bodega de residuos peligrosos se indican en la tabla 1 PAS 142, anexo 3.2 Adenda Complementaria.
Anexo 3.2 Adenda Complementaria Fosa séptica Las aguas servidas serán evacuadas por un colector gravitacional, compuesto de tuberías PVC 110 mm, que descargan en una fosa séptica.
Tabla Nº4.4.1.1.4: Característica fosa séptica Dimensiones Capacidad (l) 2768 Largo (m) 2.06 Ancho (m) 1.36 Altura (m) 1.50 Fuente: Tabla 2 PAS 138, anexo 11.1 Adenda
En la figura 1 PAS 138, anexo 11.1 Adenda, se indica el plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas.
En la figura 2 PAS 138, anexo 11.1 Adenda, se muestra el esquema de funcionamiento de la fosa séptica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Anexo 11.1 Adenda
Atraviesos vehiculares sobre canales Las obras proyectadas corresponden a atraviesos vehiculares sobre los canales sin nombre 1, canal sin nombre 1 (tramo B) y canal sin nombre 3.
La Figura 53 de Adenda muestra el detalle de la disposición de tubería y zanja en atraviesos vehiculares. Figura 54 Adenda: Atravieso 1 sobre canal Sin Nombre 1B. Figura 55 Adenda: Atravieso 2 sobre canal Sin Nombre 1A. Figura 56 Adenda: Atravieso 3 Sobre Canal sin Nombre 3.
La Tabla 83 de la Adenda indica las características Hidráulicas de las Obras proyectadas sobre los Cauces
Respuesta 2.25 Adenda. Respuesta 1.1 a) Adenda Complementaria Cerco perimetral hallazgo arqueológico Cerco perimetral permanente para el sitio arqueológico SI-01, considerando un buffer de seguridad de 20 m a partir de los límites del sitio.
Respuesta 31. Adenda. Respuesta 1.1 a) Adenda Complementaria Zanjas de infiltración En relación a las obras proyectadas para el manejo de aguas lluvia, se considera la construcción de 4 zanjas de infiltración para el correcto drenaje de las zonas y áreas aportantes, con el fin de impedir influencia en el drenaje superficial de la red hidrográfica local. El diseño de las zanjas de infiltración se realizó para intensidades de precipitación con periodo de retorno de 100 años.
En la figura 7 de la Adenda se presenta la planta esquemática con el manejo de aguas lluvias y ubicación de zanjas de infiltración.
En la Tabla 9 se presentan las dimensiones y volúmenes requeridos de las zanjas de infiltración.
Respuesta 1.13 Adenda. 4.4.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Operación del parque solar El proceso de puesta en marcha trata de la prueba de los equipos y sistemas instalados en la fase de construcción para su posterior interconexión con el sistema de distribución y operación. Para asegurar el correcto funcionamiento de la planta solar, se sigue el protocolo establecido en DS N°88/2019 de Ministerio de Energía y Norma Técnica de Conexión y operación de PMGD en instalaciones de media tensión (NTCO) 2019, el cual, menciona las exigencias mínimas, registros y pruebas a realizar para cada sistema. En resumen, se realizan pruebas de operación de equipos en terreno los cuales deben operar dentro de los limites indicados por el fabricante, en caso de ser necesario, se coordina pruebas de operación con el servicio técnico de las empresas fabricantes, los cuales certifican las condiciones de instalación, la operación del equipo y entregan garantías correspondientes. Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, se realizan inspecciones finales a las obras, procurando que todos los equipos, accesorios y complementos se encuentren instalados acorde a las especificaciones técnicas y normativa vigente. Finalmente, se realizan pruebas de conexión en supervisión de la empresa distribuidora en las cuales se verifica las respuestas en frecuencia, tensión, pruebas de protecciones, aislamiento, anti-isla, puesta a tierra, entre otros. Para el registro y control de del sistema y procesos se pretende instalar un Medidor ION7400 - Clase 0,2S según IEC62053-22. Puerto Ethernet, Marca Schneider (o similar), con lo que se controlará el nivel de energía inyectado a la red. La ficha técnica del medidor de energía se encuentra adjunta en el Anexo 15 de la DIA. La operación y vigilancia de la Planta, se aclara que esta será realizada de manera remota y en tiempo real. Las celdas fotovoltaicas poseen un marco de aluminio, cubierta de vidrio templado antirreflejos, y celdas solares de un material semiconductor (silicio monocristalino) posicionadas entre el vidrio anterior y una lámina de plástico posterior, que transforman la radiación solar en electricidad, las que se encuentran eléctricamente cableadas entre sí al interior del módulo y que poseen dos terminales eléctricos de conexión localizados en la parte trasera de cada módulo. Se utilizarán 21.392 paneles Bifaciales de la marca Jinko Solar modelo JKM515M-7TL4- TV, de 515 Wp, lo que suma una potencia total instalada máxima de 11 MWp. El seguimiento será Este- Oeste +/- 60° con sistema de ‘tracking’ que evita o minimiza el sombreado entre filas consecutivas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
de paneles. Cada seguidor contará con su propio cuadro de control, el cual alimenta y controla el conjunto actuador-motor. Cada cierta cantidad de estructuras de soporte, se instalará una caja combinadora o caja de agrupamiento, cuya principal función es la de recoger el cableado de los distintos strings de paneles, como punto intermedio del cableado entre los paneles y los inversores.
Numeral 1.4.4.1 DIA y numeral 1.6.1.2 DIA. Vigilancia y control de acceso La vigilancia será realizada de manera remota y en tiempo real, contando además con un Sistema de Video-vigilancia en Planta. En el campo solar solo se realizarán actividades de mantención, de limpieza de paneles y revisión de equipos, las que se efectuarán de manera programada cada 6 meses.
Numeral 1.2.2 DIA Control, mantención y Limpieza de Paneles Fotovoltaicos Comprobación de cableado y conexiones: Cada seis meses se llevará a cabo una inspección visual del cableado y las conexiones. En caso de percatarse de alguna falla o mal estado de los cables, se realizarán las acciones preventivas o de mantenimiento en el mismo lugar.
Revisión general de la estructura e inversores: Cada 6 meses se verificará que los elementos internos estén en óptimas condiciones de funcionamiento y que los inversores estén en buen estado mediante inspección visual, limpieza de los ventiladores del equipo y revisión de puntos calientes, por medio, de termografías a los equipos. Además de las inspecciones rutinarias, los inversores cuentan con paneles frontales y puntos de conexión los cuales indican el estado actual de equipo. Dentro de las mantenciones se debe procurar que las estructuras que soportan los equipos, paneles, etc., estén en condiciones adecuadas, es decir, que sus piezas integrantes no estén sueltas, trabadas u oxidadas. En caso de que haya dos materiales de potenciales de ionización distintos se debe realizar una inspección visual para detectar corrosión galvánica.
Mantención y limpieza de módulos fotovoltaicos: Limpieza paneles mediante agua desmineralizada se realiza 2 veces al año, cada 6 meses.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria, tabla 12 Adenda Complementaria y numeral 1.6.1.3 DIA. Mantención de transformadores La mantención de los transformadores de potencia, tableros y celdas de media tensión debe ser realizado por personal calificado y en supervisión. Los transformadores particularmente son sometidos a pruebas de aceite, presión interna y temperatura. Las inspecciones más sencillas buscan comprobar mediante mediciones simples de tensión y corriente que la operación del equipo este dentro de los limites esperados. Mediante termografía se detectan puntos calientes que indican suciedad, sulfatación, falta de apriete en terminales que pueden incurrir en fallas.
Tabla 16 Adenda Complementaria y numeral 1.6.1.3 DIA Mantención de caminos permanentes Las mantenciones de caminos internos corresponden a la limpieza de posible vegetación que se genere.
Numeral 1.6.1.5 de la DIA. Mantención de solución aguas lluvias. La mantención de la solución de aguas lluvias propuesta se realizará en conjunto a la mantención de caminos. Anualmente y previo a la temporada de precipitaciones se llevará a cabo una limpieza total de las cunetas y zanjas de infiltración, para efectos de evitar la obstaculización del escurrimiento por elementos gruesos y así mismo hacia las zanjas. De igual forma, periódicamente y en conjunto a las labores de inspección y mantención de la planta solar, se realizará una inspección a lo largo de todos los caminos, cunetas proyectadas y zanjas proyectadas, con el fin de controlar la presencia de elementos ajenos a las obras de conducción e infiltración de aguas lluvia, pues, de existir serán retirados y dispuestos en zonas destinadas al respectivo tipo de residuo.
Respuesta 1.13 Adenda Mantención fosa séptica ● Revisiones periódicas de las cámaras y fosa, observando posibles líquidos en los alrededores, también controlando olores. Un mal manejo de la acumulación de lodos puede provocar la generación de olores y eventual proliferación de vectores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
● Visitas periódicas por parte del contratista quien deberá realizar un control minucioso de todo el sistema. ● Contar con elementos mitigadores para el control de posibles fugas.
Numeral 2.12 PAS 11.1 Adenda. Control de maleza Durante la fase de operación, la corta de herbáceas y/o gramíneas se realizará una vez al año idealmente en la época de primavera, temporada donde las especies comienzan inicialmente a desarrollarse y crecer previo a la semillación. Dicho control se realizará de forma mecánica utilizando herramientas apropiadas para dicha actividad como rozón, azadón y desbrozadora. Cabe mencionar, la pradera con características antropogénicas se encuentra libre de especies u objetos de protección, debido a que se encuentra completamente colonizada y cubierta por especies introducidas/alóctonas.
Tabla Nº15: Cronograma de control de maleza. Periodo (año) Meses 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Control maleza
Fuente: Tabla 60 “Cronograma de control de maleza” Adenda Complementaria.
Respuesta 5.3 Adenda Complementaria Mantención de la línea (monitoreo altura de copa de árboles y distancia con tendido eléctrico) Las actividades asociadas a la inspección de líneas y tendidos eléctricos se realizan en conjunto con las mantenciones anuales programadas para la planta solar. Las actividades consisten en inspección visual del tendido eléctrico, poda de arbustos que sobrepasen la altura indicada en la normativa eléctrica RPTD y termografías en caso de detectar anomalías en el comportamiento de manera visual.
Numeral 1.6.1.4. de la DIA Cese de la producción y desconexión Una vez cese la inyección de energía de Red de Distribución se llevará a cabo la fase de cierre.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria. 4.4.2. SUMINISTROS BÁSICOS Alimentación Durante la fase de operación no se considera la preparación de alimentos en las instalaciones.
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria. Agua potable y Agua de uso industrial El agua potable será suministrada a través del punto de conexión existente de agua potable, cuyo certificado se adjunta en el Anexo 5 de la Adenda. Se estima un consumo de 0,0055 l/s considerando que solo se necesitará personal para las actividades de mantención las que se realizarán 2 veces en el año (cada 6 meses) y cada actividad de mantención tendrá una duración de 2 días, por 30 años.
Se utilizará agua desionizada o desmineralizada para la limpieza de paneles en una cantidad aproximada de 0,62 l/s, la cual será obtenida de proveedores autorizados.
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria y Tabla 19 Adenda Complementaria Servicios higiénicos Se generará aguas servidas correspondientes a los servicios higiénicos disponibles La demanda peak estimada es de 900 L/día, correspondiente a 6 trabajadores, cada vez que se realicen las actividades de mantención. con una dotación de 150 L/día y factor de recuperación del 100%. Las aguas servidas serán evacuadas por un colector gravitacional, compuesto de tuberías PVC 110 mm, que descargan en una fosa séptica de capacidad útil 2.768 L. Posteriormente, una vez tratadas las aguas, el efluente liquido será descargado en una zanja de drenaje proyectada para finalmente infiltrarse en el suelo.
El Titular presenta los antecedentes técnicos y formales del PAS 138 en Anexo 11.1 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Energía La energía requerida para el funcionamiento del área de instalaciones será obtenida desde la energía generada por el Proyecto, y en caso de ser requerido, también se obtendrá desde la red eléctrica a la que se conectará el Proyecto.
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria. Maquinaria y Equipos Se considera sólo vehículos livianos para el transporte de personal que visitará la planta para la limpieza y mantención del Proyecto.
Solo en caso de mantenciones extraordinarias o situación que lo ameriten, se podrán requerir vehículos más pesados como grúas o camiones de tamaño mayor.
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria. Transporte Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos (transporte de personal) y camiones (insumos, residuos).
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria. 4.4.3. PRODUCTOS GENERADOS Energía: El objetivo del proyecto es la generación de energía a partir de una planta fotovoltaica de 9 MW. La energía anual esperada corresponde a 20.233 [GWh/año]. La energía será se despachada a través de una línea de distribución, el destino principal de la energía eléctrica corresponde a la Generación distribuida dentro del marco legal del DS N°88/2020 del Ministerio de Energía, clasificando a la planta de generación como proyecto PMGD.
Numeral 1.6.5 de la DIA. 4.4.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES En la fase de operación del Proyecto realizará la explotación de la energía solar, mediante el uso de paneles fotovoltaicos, generando 9 MW.
Numeral 1.6.6 de la DIA. 4.4.5. EMISIONES Y EFLUENTES Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFÉRICAS: La información respecto a emisiones se presenta en el Anexo 6 “Informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria. La generación de emisiones durante la fase de operación se encuentra asociada al tránsito en caminos pavimentados y no pavimentados y combustión de vehículos. En la tabla 112 del anexo 6 de la Adenda Complementaria se estiman las emisiones en la fase de operación. El Titular presenta un resumen de emisiones por año cronológico en la tabla 125 del anexo 6 de la Adenda Complementaria, y en la tabla 127 del anexo 6 de la Adenda Complementaria, el análisis normativo del artículo 64 del D.S Nº 31/02016 del MMA. De acuerdo a los resultados, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de operación, por tanto, no requiere compensar sus emisiones. Mayores antecedentes en el Anexo 6 “Informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria. La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°129 de fecha 13/02/2023, se pronuncia conforme.
AGUAS SERVIDAS Se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos disponibles para el personal de trabajo. El caudal de diseño de aguas servidas es de 900 L/día y fue calculado considerando la cantidad máxima de 6 trabajadores diarios cada vez que se realicen las actividades de mantención, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
una dotación de 150 L/hab/día y un factor de recuperación del 100%. La disposición final del efluente se llevará a cabo por medio de una zanja dren de infiltración. El sistema de dren estará constituido por una tubería ranurada ubicada a baja profundidad sobre un lecho de arena y gravilla. Sobre la tubería se deposita una capa de geotextil que mantiene la gravilla libre del material final del relleno de la zanja para nivelar el relleno sobre la fosa. La gravilla que rodea la tubería ranurada por donde sale el efluente, genera las condiciones que dan cuenta de la presencia de una capa biológica que finaliza las tareas de depuración. Mayores detalles en PAS 138 anexo 11.1 de la Adenda.
RUIDO La información respecto a emisiones de ruido se presenta en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria. Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del proyecto en evaluación, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº38/11 MMA), que es la normativa vigente en Chile para estos efectos. El Titular identifica 16 receptores cuyas características se presentan en la tabla a continuación: Tabla Nº 4.4.5.1: Identificación de receptores. Punto Descripción Distancia al proyecto (m) Uso efectivo de suelo R1 Vivienda 2 pisos, Empresa de Transporte 93 Rural R2 Condominio Parcelas con viviendas 1 y 2 pisos 190 R3 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 210 R4a Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 31 R4b Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 14 R4c Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 21 R5 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 145 R6 Viviendas 1 y 2 pisos, Empresas, Talleres, Locales de comercio. 148 R7a Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 70 R7b Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 100 R8 Vivienda 1 piso 38 R9 Vivienda 1 piso 34 R10 Vivienda 1 piso 198 R11 Vivienda 1 piso 275 12 R12 Conjunto de viviendas 1 piso 262 R13 Vivienda 1 piso 249 Frente de Trabajo Postación Fuente: Tabla 19 “Ubicación y descripción de Receptores humanos y Fauna para Ruido en torno a la Planta Solar y Postación” anexo 10 de la Adenda Complementaria.
En la figura 5 del anexo 10 de la Adenda Complementaria se muestra la ubicación de los receptores. Las principales fuentes de ruido en Fase de operación corresponden a la operación continua de 3 Transformadores Elevadores de Media Tensión. En la figura 47 del anexo 10 de la Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Complementaria se muestra la ubicación de las fuentes de ruido. De acuerdo a los resultados obtenidos, el proyecto cumple con los límites establecido por el D.S. Nº38/11 del MMA. Mayores antecedentes en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
VIBRACIONES Respecto a las vibraciones, no se consideran en esta fase equipos que emitan vibración.
Para más detalles, ver el numeral 3.3 del Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°1852 de fecha 12/06/2023, se pronuncia conforme. 4.4.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS ASIMILABLES A DOMÉSTICOS
En fase de operación se producirán residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos durante las actividades de mantenimiento que impliquen la presencia de trabajadores en el área de emplazamiento del Proyecto. Se estima que la mantención de la planta tenga una duración máxima de 2 días, por lo que se estima una generación máxima de residuos domiciliarios de 3 kg/día, considerando el máximo de mano de obra y considerando una generación por trabajador de 0,5 kg/día. El retiro, transporte y disposición final, al final de cada mantención será desarrollado por empresa autorizada, hasta relleno sanitario autorizado (se mantendrán certificados, boletas y/o facturas que lo acrediten).
Para más detalles anexo 3.1 PAS 140 de la Adenda Complementaria.
RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Este tipo de residuo comprende los desechos provenientes de la mantención.
Tabla Nº4.4.6.1: Residuos no peligrosos fase de operación Caracterización Cualitativa Cuantitativa Fuente Cantidad (Kg/día) Cantidad (Kg/mes) Paños de limpieza de paneles en mal estado 0,200 No aplica Bidones vacíos de agua desionizada de limpieza de paneles 1,5 No aplica Fuente: Tabla 6 “Resumen de residuos sólidos no peligrosos generados en fase de operación” anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
Estos serán almacenados un sitio de residuos no peligrosos ubicado al interior de la instalación de faena, el cual tendrá cierre perimetral y control de acceso. Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente y serán segregados y clasificados de acuerdo a sus características, dando prioridad a la reutilización, reciclaje y/o comercialización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
En garita y en las oficinas se podrá encontrar el procedimiento de registro y seguimiento para los residuos no peligrosos generados. El remanente de este tipo de residuos será retirado 1 vez al mes, transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Para más detalles, ver anexo 3.1 Adenda Complementaria.
Residuos de maleza Se realizará la corta de herbáceas y/o gramíneas una vez al año idealmente en la época de primavera, temporada donde las especies comienzan inicialmente a desarrollarse y crecer previo a la semillación. Dicho control se realizará de forma mecánica utilizando herramientas apropiadas para dicha actividad como rozón, azadón y desbrozadora. Los residuos no peligrosos generados por la corta de gramíneas y herbáceas serán retirados de manera inmediata de la zona de emplazamiento del proyecto. No se realizará el aprovechamiento de estos residuos y serán eliminados por un transporte autorizado a un destino de disposición final igualmente autorizado, para lo que se mantendrán los documentos (facturas, boletas y/o certificados) que acrediten la correcta disposición final de los residuos.
Respuesta 5.3 Adenda Complementaria
Lodos La generación mensual de lodo hidratado del uso de la fosa séptica, asumiendo un 75% de humedad, es de 27 Kg/mes. Los lodos serán retirados una vez al año. El retiro será realizado por una empresa autorizada y serán enviados a un sitio de disposición autorizado. Se mantendrán en el parque fotovoltaico los registros de dichas disposiciones.
Mayores antecedentes en el PAS 138 anexo 11.1 de la Adenda.
RESIDUOS PELIGROSOS La generación de residuos peligrosos se realizará por mantención de la Planta Solar, siendo principalmente residuos producto de actividades de mantención (paños con aceites, EPP sucios, etc.). La generación de residuos peligrosos durante la fase de operación del Proyecto será de 0,36 t/año, y consistirá básicamente en paneles dañados y residuos producto de actividades de mantenimiento. Tabla Nº4.4.6.2: RESPEL fase de Operación Residuos peligrosos Cantidad (kg/mes) Clasificación Característica de peligrosidad Tierras, arena y aserrines contaminados con hidrocarburos 5 A4070 Inflamabilidad Fuente: Tabla 3 “Detalle generación RESPEL de la fase de Operación” PAS 142, anexo 3.2 Adenda Complementaria
Éstos se almacenarán temporalmente en contenedores al interior de la Bodega de Residuos Peligrosos que se mantendrá desde la fase de operación. El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Mayores antecedentes en el PAS 142, anexo 3.2 de la Adenda Complementaria.
Paneles solares Los paneles solares dañados poseen la característica de peligrosidad extrínseca, de acuerdo al informe de análisis químico adjunto en el anexo 10 de la Adenda. Cada panel se considera de 30 kg, y para la fase de operación se considera la generación de 360 paneles defectuosos, los que serán almacenados temporalmente en la correspondiente bodega de residuos peligrosos. Los paneles dañados serán transportados por la empresa fabricante para ver la opción de reciclaje, en caso de que no se pudiera, serán transportados por una empresa autorizada a algún sitio autorizado que reciba este tipo de residuos.
Mayores antecedentes en Anexo 10 Adenda, tabla 23 Adenda Complementaria, respuesta 1.24 y 3.3 Adenda Complementaria.
SUSTANCIAS PELIGROSAS Se utilizará aceite mineral para los transformadores en una cantidad de 1500 L aproximadamente. El cual no será almacenado dentro del proyecto ya que se requiere para cada transformador al inicio de la fase de operación. La hoja de seguridad se adjunta en el Anexo 15 de la DIA. El aceite necesario será adquirido mediante distribuidor autorizado. Se contará con los documentos que lo acrediten (factura, boleta y/o certificado) Las sustancias peligrosas se almacenarán en bodega de herramientas, que será habilitada cumpliendo con las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud.
Numeral 1.6 anexo 1 Adenda Complementaria. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de operación en capítulo 4.7 del ICE. 4.5. FASE DE CIERRE 4.5.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.5.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Comedor Dentro de la fase de construcción existirá un comedor para la alimentación de los trabajadores, será del tipo contenedor. Tendrá una superficie de 100 m2. Es necesario hacer presente que dentro del área del Proyecto no habrá sector de preparación de alimentos, ya que cada trabajador llevará su propia alimentación.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria Oficina Dentro de la instalación habrá una serie de contenedores o estructuras prefabricadas que funcionarán como oficinas. Se consideran 4 unidades abarcando un área total de 75 m2.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Zona de manejo de combustible Cada vez que se requiera manejar combustible, se procederá a impermeabilizar el área entre el camión surtidor y el receptor de combustible con una lámina de polietileno o geomembrana, la cual estará cubierta con un material absorbente, comúnmente arena, al menos unos 10 cm, permitiendo contener combustible en caso de derrame de este. Tendrá una superficie de 10m2
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Grupo electrógeno Para cubrir el consumo energético en la instalación de faenas se considera un grupo electrógeno de 30 kVA. El recinto donde se ubicará el grupo electrógeno tendrá una superficie de 15 m2 Coordenadas UTM ubicación tabla 5 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Bodegas de herramientas y gaveta de sustancias peligrosas Contará con herramientas y equipamiento necesario para realizar reparaciones y arreglos de las diferentes partes de los módulos fotovoltaicos y del Proyecto en general. Sera una instalación tipo contenedor cerrado de 40 m2 Estará habilitada especialmente para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el proyecto, cumpliendo con las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud.
Figura 24 Adenda Complementaria.
Respuesta 1.25 Adenda Complementaria. Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria Área de estacionamiento de vehículos livianos Área que será utilizada como estacionamiento de vehículos livianos, como camionetas y algunos camiones pequeños o medianos que llevan o retirar insumos, materiales o residuos. Contará con una carpeta de suelo natural acondicionado y estará debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fin. La superficie corresponde a 165 m2
Tabla Nº4.5.1.1.1: Coordenadas geográficas estacionamiento vehículos livianos UTM WGS84 Huso 19 S. Obra Vértice Norte Este Estacionamiento de vehículos livianos 1 6276144,87 336117,47 2 6276148,64 336118,79 3 6276162,24 336079,81 4 6276158,47 336078,49 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria.
Figura 15 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria.
Área estacionamientos vehículos pesados Tabla Nº4.5.1.1.2: Coordenadas geográficas estacionamiento vehículos pesados UTM WGS84 Huso 19 S Obra Vértice Norte Este Estacionamiento de vehículos pesados 1 6276170,53 335977,01 2 6276167,34 335986,49 3 6276191,04 335994,46 4 6276194,23 335984,98 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria
Figura 15 Adenda Complementaria. Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Garita o caseta de control Este es el punto de ingreso a la instalación de faena. Aquí se encontrará personal de la empresa contratista, quien deberá controlar y llevar registro de todos los ingresos a la obra, tanto de vehículos como de personas, manteniendo al Proyecto libre de personas no autorizadas. Tendrá una superficie de 2,7 m2
Tabla Nº4.5.1.1.3: Coordenadas geográficas garita UTM WGS84 Huso 19 S. Obra Vértice Norte Este Garita o caseta de control 1 6276162,36 336075,83 2 6276163,09 336073,75 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
3 6276164,22 336074,15 4 6276163,49 336076,22 Fuente: Tabla 5 “Ubicación de las partes de la instalación de faenas” Adenda Complementaria
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Zona de seguridad Corresponde a la zona identificada como de seguridad en caso de que ocurra algún evento que requiera que el personal deba mantenerse en una zona segura, tendrá una superficie de 12 m2.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Camino de acceso El camino de acceso es permanente ya que se utilizará en todas las fases del proyecto. Poseerá 289 m de largo y 5 m de ancho aproximadamente. La ubicación se presenta en la figura 10 de la Adenda Complementaria.
Respuesta 1.1 Adenda Complementaria Caminos interiores Se habilitarán caminos interiores, los que tendrá un ancho de 5 m y una superficie de 8.467 m2. Para su habilitación se realizará nivelación y compactación, se considera carpeta de suelo natural acondicionada (compactación y nivelación). En la fase de construcción permitirán el tránsito del camión grúa para la instalación de los paneles, en la fase de operación se utilizarán para la mantención y limpieza de los paneles y en la fase de cierre se utilizarán para el desmontaje de paneles y estructuras. Figura 12 Adenda Complementaria.
Numeral 1.2 anexo 1 Adenda Complementaria. Área almacenamiento residuos domésticos Se superficie es de 28,8 m2. En la Figura 1 PAS 140 se indica el detalle de ubicación zonas de acopio de residuos. Las coordenadas de ubicación del área de acopio de Residuos asimilables a Domésticos se indican en la tabla 2 PAS 140, anexo 3.1 Adenda Complementaria.
Anexo 3.1 Adenda Complementaria Área almacenamiento residuos no peligrosos Su superficie es de 28,8 m2. En la Figura 1 PAS 140 se indica el detalle de ubicación zonas de acopio de residuos. Las coordenadas de ubicación del área de acopio de Residuos no Peligrosos se indican en la tabla 3 PAS 140, anexo 3.1 Adenda Complementaria.
Anexo 3.1 Adenda Complementaria Bodega de residuos peligrosos Su superficie es de 9 m2. En la figura 37 de la Adenda Complementaria se indica la capacidad de la bodega, 249, 6 l. En la figura 1 PAS 142 se indica el detalle de su ubicación. Las coordenadas de ubicación de la bodega de residuos peligrosos se indican en la tabla 1 PAS 142, anexo 3.2 Adenda Complementaria.
Anexo 3.2 Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Atraviesos vehiculares sobre canales Las obras proyectadas corresponden a atraviesos vehiculares sobre los canales sin nombre 1, canal sin nombre 1 (tramo B) y canal sin nombre 3. La Figura 53 de Adenda muestra el detalle de la disposición de tubería y zanja en atraviesos vehiculares. Figura 54 Adenda: Atravieso 1 sobre canal Sin Nombre 1B. Figura 55 Adenda: Atravieso 2 sobre canal Sin Nombre 1A. Figura 56 Adenda: Atravieso 3 Sobre Canal sin Nombre 3. La Tabla 83 de la Adenda indica las características Hidráulicas de las Obras proyectadas sobre los Cauces.
Respuesta 2.25 Adenda. Respuesta 1.1 a) Adenda Complementaria Cerco perimetral hallazgo arqueológico Cerco perimetral permanente para el sitio arqueológico SI-01, considerando un buffer de seguridad de 20 m a partir de los límites del sitio.
Respuesta 31. Adenda. Respuesta 1.1 a) Adenda Complementaria Zanjas de infiltración En relación a las obras proyectadas para el manejo de aguas lluvia, se considera la construcción de 4 zanjas de infiltración para el correcto drenaje de las zonas y áreas aportantes, con el fin de impedir influencia en el drenaje superficial de la red hidrográfica local. El diseño de las zanjas de infiltración se realizó para intensidades de precipitación con periodo de retorno de 100 años. En la figura 7 de la Adenda se presenta la planta esquemática con el manejo de aguas lluvias y ubicación de zanjas de infiltración. En la Tabla 9 se presentan las dimensiones y volúmenes requeridos de las zanjas de infiltración.
Respuesta 1.13 Adenda 4.5.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Habilitación de instalación de faena Acondicionamiento del terreno para la instalación de las estructuras a utilizar, las que corresponderán principalmente a containers acondicionados para la actividad a desarrollar en cada uno de estos (oficina, comedor, bodega, etc).
Numeral 1.5.1.4.1 de la DIA, respuesta 1.16 Adenda. Revisión de las estructuras Se realizará una revisión de las estructuras de la instalación de faenas que se deben retirar: • Módulos fotovoltaicos (paneles solares) • Inversores y otros equipos eléctricos • Sistema de cableado y sus estructuras de apoyo (postes o canalizaciones) • Retiro de pilotes de hincado. con la finalidad de la revisión corresponde a la identificación del estado de las estructuras y equipos con la finalidad de determinar si es que se puede reutilizar o se deben enviar a sitios de disposición final autorizados. Todo lo anterior, será registrado en una planilla tipo al inicio de la actividad con registro fotográfico.
Numeral 1.7.1.1 de la DIA, respuesta 1.16 Adenda. Retiro de los objetos dentro de la estructura Una vez identificado tipo de estructura y estado, se procederá al retiro de todos los objetos y materiales que se encuentran dentro de los recintos, los que podrán ser reutilizados por el agente que se encargue de la construcción de la planta.
Numeral 1.5.1.4.3 y respuesta 1.16 Adenda Desmantelamiento instalaciones planta solar En el comienzo de la fase de cierre la planta solar ya se encontrará desconectada del Sistema Interconectado Central, por lo que, las actividades a realizar consisten solamente en retiro de estructuras y equipos destinados a la generación solar.
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Numeral 1.7 de la DIA, respuesta 1.16 Adenda Clasificación Una vez que el estado de las estructuras y equipos se encuentre identificado, se procederá con la clasificación en reutilizable o disposición final. Las estructuras y equipos además separados por tipo de material (madera, plástico, etc.) en su correspondiente sitio de almacenamiento según su clasificación de peligrosidad.
Numeral 1.7.1.2 de la DIA, respuesta 1.16 Adenda. Coordinación de retiro Se realizará el contacto correspondiente para el retiro de las estructuras ya sea para disposición final o reutilización. En ambos casos, los lugares seleccionados corresponderán a sitios autorizados por la autoridad sanitaria, de los que se mantendrán documentos que acrediten (facturas, boletas y/o certificados) el correcto manejo.
Numeral 1.7.1.3 de la DIA, respuesta 1.16 Adenda. Actividad de descompactación Las actividades de descompactación solo se realizará en las superficies en las que se realizaron las actividades de nivelación y compactación, las que corresponden a la instalación de faenas y los caminos internos. En específico las actividades corresponden a las siguientes:
Subsolado: Este método se emplea con la finalidad de soltar la pedregosidad subsuperficial y mejorar la profundidad efectiva del suelo. Se utilizarán máquinas excavadoras (30 tons) con un equipo tridente (garra) o balde, capaz de penetrar entre 50-60cm el suelo. El indicador de éxito corresponde a que el balde o tridente pueda penetrar en el suelo con un mínimo de 50 cm, descompactando la primera capa de suelo y soltando la pedregosidad superficial que se encuentre presente. Retiro de boulders: Se procederá al retiro de boulders (rocas de gran tamaño que dificultan las labores agrícolas como laboreo de suelos, siembras o plantaciones), mediante la utilización de retroexcavadoras equipadas con cestos para luego ser cargados en un camión y relocalizadas en un sector predial específico, en donde se acumulará este tipo de material. Utilización de motoniveladora: La utilización de una motoniveladora, cumple la función de nivelar lentamente el terreno, así como también destruir terrones de gran tamaño formados por la matriz textural arcillosa del suelo. Como indicador de éxito se debe corroborar la degradación de los terrenos de mayor tamaño que dificulten las tareas de cultivo en el área del proyecto, se debe cumplir la degradación total de los terrones por donde avance la máquina.
Numeral 1.7.3 de la DIA, respuesta 1.16 Adenda y respuesta 1.13 Adenda Complementaria. Retiro de instalaciones y residuos El plan de acción con respecto a la actividad desmontaje de las instalaciones complementarias, corresponde a la inspección, retiro y envío a disposición final (en caso de corresponder), de todas las estructuras de la instalación de faenas.
Numeral 1.7.2 de la DIA y respuesta 1.16 Adenda. Inspección final Una vez se retiren todas las estructuras, se procederá a realizar una inspección visual del lugar, en caso de que existe una estructura que deba retirarse y no se haya realizado y que aquellos sectores queden sin ningún tipo de residuo, para lo cual se realizará un informe con registro fotográfico de la revisión de estructuras, comprobantes de retiro y registro fotográfico final, por lo que este informe tendrá registro de toda la actividad de desmontaje de estructuras.
Numeral 1.7.2.5 de la DIA y respuesta 1.16 Adenda. Mantención, conservación y supervisión que sean necesarias. En la tabla 7 del anexo 12.2 de la Adenda, se presentan los estándares y verificadores de desempeño para las actividades de desmontaje de las estructuras del proyecto y descompactación.
Anexo 12.2 Adenda. Estudio de suelos Finalmente se realizará un estudio de suelos con el objetivo de verificar las diferentes propiedades físicas en base a los datos obtenidos en el informe de suelos del proyecto y la “Pauta de Estudios de Suelos” SAG, 2011 rectificada, en la tabla 18 de la Adenda Complementaria se mencionan los indicadores de éxito.
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Respuesta 1.13 Adenda Complementaria 4.5.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción. Agua Potable El agua potable será suministrada a través del punto de conexión existente de agua potable, cuyo certificado de Aguas Andina del 3 de octubre de 2022, el cual se adjunta en el Anexo 5 Adenda.
Se consideran 36 litros/ día por trabajador.
Se considera un consumo de 0.0222 l/s
Numeral 1.4 Adenda Complementaria, respuesta 1.17 Adenda, tabla 19 Adenda Complementaria. Servicios higiénicos Se instalarán baños químicos y duchas portátiles de acuerdo a lo que establece el D.S. N° 594/99 Ministerio de Salud y que serán mantenidos y retirados por semana por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales.
La frecuencia de limpieza de las aguas residuales de los baños químicos corresponderá a dos veces por semana.
Numeral 1.4.2.2 DIA, respuesta 1.6 Adenda, numeral 1.4 Adenda Complementaria, respuesta 1.9 Adenda Complementaria. Energía Para cubrir el consumo energético en la instalación de faenas se considera un grupo electrógeno de 30 kVA. El recinto donde se ubicará el grupo electrógeno tendrá una superficie de 15 m2 Coordenadas UTM ubicación tabla 5 Adenda Complementaria.
Para más detalles, ver tabla 8 DIA, numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria Maquinaria, equipos y vehículos Cargador frontal, retroexcavadora, grupo electrógeno, motoniveladora y camión grúa. Maquinarias necesarias para la descompactación de los sectores compactados y nivelados, las cuales dependerán de las características del suelo, pudiendo aplicar Bulldozer y tractor.
Tabla Nº 4.5.2.1: Maquinaria, vehículos y equipos a utilizar en la fase de cierre Actividad asociada Vehículo o maquinaria Cantidad Redistribución de material removido en predio Tolva 1 Movimientos de tierra Cargador frontal 1 Desmontaje y movimiento de estructuras Camión grúa 1 Excavaciones de terreno Retroexcavadora 1 Suministro eléctrico Grupo electrógeno 1 Transporte de paneles Camión rampla 1 Transporte de residuos peligrosos Camión pesado 1 Nivelación de terreno Motoniveladora 1 Fuente: Tabla 21 “Maquinaria, vehículos y equipos a utilizar en la fase de cierre” Adenda Complementaria
Combustible Se requerirá de petróleo diésel sólo para el grupo electrógeno y para la maquinaria en terreno. El combustible será suministrado por una empresa autorizada mediante el uso de un camión surtidor, por otra parte, los vehículos se abastecerán de combustible fuera de la obra en algún servicentro preferentemente de la comuna.
Numeral 1.4 anexo 1 Adenda Complementaria 4.5.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES No se contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales renovables durante la fase de cierre.
Ver numeral 1.5 anexo 1 Adenda Complementaria 4.5.4. EMISIONES Y EFLUENTES Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFÉRICAS
La información respecto a emisiones se presenta en el Anexo 6 “Informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria.
Las actividades asociadas a la Fase de Cierre del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden principalmente a la realización de zanjas para la eliminación de las estructuras del cableado y cableado mismo. Las zanjas se realizarán con una profundidad máxima de 1 metro. Se realizará además excavación con la actividad de subsolado.
En la tabla 113 del anexo 6 de la Adenda Complementaria se estiman las emisiones en la fase de cierre.
El Titular presenta un resumen de emisiones por año cronológico en la tabla 125 del anexo 6 de la Adenda Complementaria, y en la tabla 127 del anexo 6 de la Adenda Complementaria, el análisis normativo del artículo 64 del D.S Nº 31/02016 del MMA.
De acuerdo a los resultados, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de construcción, por tanto, no requiere compensar sus emisiones. Sin perjuicio de lo anterior, se contempla la implementación de medidas de control de emisiones, que se detallan en el considerando 7.1 de la presente Resolución.
Mayores antecedentes en el Anexo 6 “Informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria.
La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°220 de fecha 13/03/2023, se pronuncia conforme condicionado.
EMISIONES LÍQUIDAS
AGUAS SERVIDAS
Los efluentes líquidos que se generan en esta fase corresponden a las aguas servidas provenientes de baños químicos y aguas grises proveniente de duchas químicas.
El manejo de las aguas residuales será realizado por la empresa que suministra estos servicios, la que deberá tener autorización de funcionamiento y traslado, para llevar estos residuos a un sitio de disposición final. Para acreditar la correcta disposición de los residuos líquidos se mantendrán los documentos (facturas, boletas y/o certificados) que acrediten su correcto manejo. Se estima una frecuencia de retiro de 2 veces por semana.
Numeral 1.6 anexo 1 Adenda Complementaria.
RUIDO La información respecto a emisiones de ruido se presenta en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del proyecto en evaluación, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº 38/11 MMA), que es la normativa vigente en Chile para estos efectos.
El Titular identifica 16 receptores cuyas características se presentan en la tabla a continuación: Tabla Nº 4.5.4.1: Identificación de receptores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Punto Descripción Distancia al proyecto (m) Uso efectivo de suelo R1 Vivienda 2 pisos, Empresa de Transporte 93 Rural R2 Condominio Parcelas co viviendas 1 y 2 pisos 190 R3 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 210 R4a Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 31 R4b Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 14 R4c Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 21 R5 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 145 R6 Viviendas 1 y 2 pisos, Empresas, Talleres, Locales de comercio. 148 R7a Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 70 R7b Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 100 R8 Vivienda 1 piso 38 R9 Vivienda 1 piso 34 R10 Vivienda 1 piso 198 Fuente: Tabla 19 “Ubicación y descripción de Receptores humanos y Fauna para Ruido en torno a la Planta Solar y Postación” anexo 10 de la Adenda Complementaria.
En la figura 5 del anexo 10 de la Adenda Complementaria se muestra ubicación de los receptores.
Las principales emisiones de ruido durante la fase de cierre corresponde a la habilitación de instalaciones de faena. En la figura 49 del anexo 10 de la Adenda Complementaria se muestra la ubicación de las fuentes de ruido.
De acuerdo a los resultados obtenidos, el proyecto cumple con los límites establecido por el D.S. Nº38/11 del MMA, de acuerdo a la tabla 50 del anexo 10 de la Adenda Complementaria aplicando medidas de control propuestas en el numeral 5 del mismo anexo.
En la tabla 48 del anexo 10 de la Adenda Complementaria se indican las coordenadas de ubicación de las pantallas acústicas.
Mayores antecedentes en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
VIBRACIONES La información respecto a vibraciones se presenta en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
Para efectos de evaluación del nivel de vibraciones se utilizan los criterios establecidos en la normativa FTA (2006) – Transit Noise and Vibration Impact Assessment evaluando los Niveles de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Velocidad Vibratoria y Evaluación Cumplimiento de Criterios de Confort y Daño Estructural, y se identifican las siguientes fuentes generadoras de vibración.
Se realizará el cálculo para proyectar el Nivel de Velocidad de Vibración, de acuerdo a la distancia del Frente de Trabajo más cercano a los Receptores y los Niveles de Referencia presentados en la siguiente Tabla:
Tabla Nº4.5.4.2: Fuente y Nivel de Velocidad de Vibración, Fase de Cierre Maquinaria Velocidad Peak de Partícula PPV a 25 pies, (pulg/s) Nivel de Velocidad de Vibración Aproximado Lv a 25 pies (VdB) Retroexcavadora 0,087 87 Fuente: Tabla 51 “Fuente y Nivel de Velocidad de Vibración, Fase de Cierre” anexo 10 adenda complementaria
El Titular considera 6 receptores de vibraciones:
Tabla Nº 4.5.4.3: Receptores identificados para vibraciones Receptor Uso Coordenadas UTM Datum WGS 84, HUSO 10 H Distancia al Proyecto (m) Norte Este RV1 Vivienda 2 pisos, Empresa
de Transporte 6275690 336090 90 RV2 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 6276021 336122 30 55 RV3 Conjunto de viviendas 1 y 2 pisos 6276256 336010 69 RV4 Vivienda 1 piso 6276219 335927 38 RV5 Vivienda 1 piso 6276205 335829 32 RV6 Vivienda 1 piso 6276414 335944 16 hincado Fuente: Tabla 20 “Ubicación y descripción de receptores para Vibraciones en torno a la Planta Solar” del anexo 10 de la Adenda Complementaria.
De acuerdo a las tablas 52 y 53 del anexo 10 de la Adenda Complementaria, en todos los receptores los niveles de velocidad vibratoria proyectados se encuentran bajo el criterio de confort y bajo el criterio de daño estructural, dando cumplimiento a la normativa.
Mayores antecedentes en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°1852 de fecha 12/06/2023, se pronuncia conforme. 4.5.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
AMBIENTE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS En la fase de cierre se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSAD) por los trabajadores. Este tipo de desechos son principalmente restos de comida, papeles, envases y envoltorios de comida, etc.
Se estima que los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por el personal durante la fase de cierre del proyecto, se estima una generación de 0,0033 m3 /díatrabajador (0,5 kg/díatrabajador), un volumen de generación de 1,45 Kg/día y 0,22 kg/ mes.
Los residuos domésticos se dispondrán en contenedores con tapa y bolsas de basura herméticas, claramente identificados para que diariamente sean transportados al área de acopio de residuos para su almacenamiento temporal, dentro de contenedores de material HDPE o similar, con capacidad aproximada para 200 litros con bolsa hermética, tapa y sistema de ruedas con freno, debidamente ordenados, clasificados por tipo de residuo y rotulados según corresponda a la espera de ser retirados con una frecuencia aproximada de 2 o 3 veces por semana y dispuestos finalmente en un sitio autorizado para dicho fin.
Tabla Nº4.5.5.1: Almacenamiento residuos domésticos. Área destinada para almacenamiento residuos domésticos Tiempo
máximo almacenamiento de Capacidad máxima de almacenamiento 28,8 m² 3 días
3 contenedores con capacidad de 200 L c/u Fuente: Tabla 12 “Capacidad Máxima de Almacenamiento Residuos Domésticos” anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
El área de acopio contará con cierre perimetral para evitar el ingreso de animales silvestres y domésticos.
Se mantendrá dentro de las instalaciones el registro (comprobantes, boletas, facturas, etc.) del retiro y disposición final de estos residuos en un sitio autorizado para este fin.
Para más detalles, anexo 3.1 PAS 140 de la Adenda Complementaria.
RESIDUOS NO PELIGROSOS Este tipo de residuo comprende los desechos provenientes del material de restos de metales.
Tabla Nº4.5.5.2: Residuos no peligrosos fase de cierre. Cualitativa Cuantitativa Fuente Cantidad (Kg/día) Cantidad (Kg/mes) Restos de metales (estructuras metálicas, perfiles para desmontar, sobrantes de cables, tornillos, alambres) 6,73 148 Fuente: Tabla 7 “Resumen de residuos sólidos no peligrosos generados en fase de construcción” anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
Estos serán almacenados un sitio de residuos no peligrosos ubicado al interior de la instalación de faena, el cual tendrá cierre perimetral y control de acceso. Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente y serán segregados y clasificados de acuerdo a sus características, dando prioridad a la reutilización, reciclaje y/o comercialización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial. Tabla Nº4.5.5.3: Almacenamiento residuos no peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Área destinada para almacenamiento residuos no peligroso Tiempo máximo almacenamiento de Capacidad máxima de almacenamiento 28,8 m² 1 mes 1 contenedor tipo tolva de 10 m3 Fuente: Tabla 13 “Capacidad Máxima de Almacenamiento Residuos No Peligrosos” anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
En garita y en las oficinas se podrá encontrar el procedimiento de registro y seguimiento para los residuos no peligrosos generados.
El remanente de este tipo de residuos será retirado 1 vez al mes, transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Para más detalles, ver anexo 3.1 Adenda Complementaria.
RESIDUOS PELIGROSOS Los residuos peligrosos a generar en esta fase serán asimilables a las cantidades y tipos descritos para la fase de construcción, por lo que se mantienen las mismas medidas de manejo.
Tabla Nº4.5.5.4: RESPEL fase de Cierre Residuos peligrosos Cantidad (kg/mes) Clasificación Característica de peligrosidad Trapos y otros contaminados con hidrocarburos 5 A4070 Inflamabilidad Toners y cartridges 0,075 A4070 Inflamabilidad Fuente: Tabla 4 “Detalle generación RESPEL de la fase de Operación” PAS 142, anexo 3.2 Adenda Complementaria
Éstos se almacenarán temporalmente en contenedores al interior de la Bodega de Residuos Peligrosos que se mantendrá desde la fase de construcción. El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo. Mayores antecedentes en el PAS 142, anexo 3.2 de la Adenda Complementaria.
Paneles solares Los paneles solares dañados poseen la característica de peligrosidad extrínseca, de acuerdo con el informe de análisis químico adjunto en el anexo 10 de la Adenda. Cada panel se considera de 30 kg, y para la fase de cierre se considera la generación de 4 paneles defectuosos, los que serán almacenados temporalmente en la correspondiente bodega de residuos peligrosos. Los paneles dañados serán transportados por la empresa fabricante para ver la opción de reciclaje, en caso de que no se pudiera, serán transportados por una empresa autorizada a algún sitio autorizado que reciba este tipo de residuos. Mayores antecedentes en Anexo 10 Adenda, tabla 23 Adenda Complementaria, respuesta 1.24 y 3.3 Adenda Complementaria.
OTRAS SUSTANCIAS
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En la fase de cierre no es necesaria la utilización de lubricantes y no se utilizarán otras sustancias.
Respuesta 1.21 Adenda Complementaria.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de construcción en capítulo 4.8 del ICE.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Mayo 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de terrenos y de vías de acceso Fecha estimada de término Noviembre 2024 Parte, obra o acción que establece el término Conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) 4.6.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Noviembre 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Aviso al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) de la inyección de energía Fecha estimada de término Noviembre 2054 Parte, obra o acción que establece el término Aviso al Sistema Eléctrico Nacional de la desconexión de la Planta Fotovoltaica 4.6.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Diciembre 2054 Parte, obra o acción que establece el inicio Actividades para la instalación de faenas Fecha estimada de término Abril 2055 Parte, obra o acción que establece el término Limpieza, cierre del sector y desinstalación del cerco perimetral
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo 1 Aumento de las emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Perforación, excavación, compactación, nivelación y tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados tránsito de vehículos por vías pavimentadas, combustión de vehículos, combustión maquinaria fuera de ruta y combustión de grupos electrógenos. Operación: Combustión de vehículos, tránsito de vehículos por camino pavimentado y tránsito de vehículos por camino no pavimentado. Cierre: Operación de grupos electrógenos, circulación de vehículos por caminos pavimentados, circulación de vehículos por caminos no pavimentados y excavaciones. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 6.1. “Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos”, Tabla 6.1. del ICE. Impacto ambiental no significativo 2 Aumento en los niveles de ruido y vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Habilitación de terreno, postación, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS habilitación de instalación de faena, hincado de estructuras, montaje estructura micropilotes, montaje de paneles, instalación centros de transformación y desmovilización instalación de faena. Operación: Operación transformadores. Cierre: Habilitación de faena, uso maquinaria. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 6.1. “Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos”, Tabla 6.1. del ICE. De acuerdo al informe “Caracterización del Medio humano en Anexo 7 de la Adenda y anexo 10 “Estudio de ruido y vibraciones” el Titular identifica la presencia de viviendas dentro del área de influencia.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra a) de la Ley 19.300:
a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Emisiones atmosféricas
El Proyecto genera emisiones atmosféricas principalmente en la fase de construcción por las actividades de perforación, excavación, compactación, nivelación y tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados tránsito de vehículos por vías pavimentadas, combustión de vehículos, combustión maquinaria fuera de ruta y combustión de grupos electrógenos. Cabe señalar, que la Estimación de Emisiones Atmosféricas se realizó aplicando los factores de emisión y fórmulas propuestas por la Guía para la estimación de emisiones atmosféricas en la Región Metropolitana.
La mayor cantidad de emisiones atmosféricas serán en la fase de construcción, la cual tendrá una duración de 6 meses, generándose en mayor cantidad material particulado debido a las actividades de tránsito de vehículos y perforación por hincado. En la fase de operación se generarán emisiones atmosféricas por tránsito y combustión de motor de vehículos dentro y fuera del predio debido a las actividades de mantención, que se realizan cada 6 meses, con duración de 2 días. En la fase de cierre, la cual tiene una duración de 4 meses, las actividades que generarán una mayor cantidad de emisiones a la atmósfera corresponderán al tránsito de vehículos en caminos no pavimentados fuera del área del proyecto.
A través de los resultados obtenidos, las emisiones atmosféricas para todas las fases no producirán impacto significativo sobre el componente aire ni sobre la salud de la población del área de influencia del proyecto, además son de carácter temporal acotándose principalmente a los meses de construcción (6 meses) y cierre (4 meses). Tampoco se sobrepasan los límites máximos indicados por D.S. N°31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago, por ende, el presente Proyecto no debe presentar medidas de compensación de emisiones.
Sin perjuicio de lo anterior, se contempla la implementación de medidas de control de emisiones para las fases de construcción y cierre indicadas en los considerandos 4.3.4 y 4.5.4 respectivamente de la presente Resolución.
Mayores detalles en el Anexo 6 “Informe de Emisiones atmosféricas” de la Adenda Complementaria.
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5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Ruido
De las actividades de la fase de construcción se generan ruidos por el uso de distintas máquinas y equipos. Entre las actividades más significativas destacan la habilitación de terreno, postación, habilitación de instalación de faena, hincado de estructuras, montaje estructura micropilotes, montaje de paneles, instalación centros de transformación y desmovilización instalación de faena. Para la fase de operación, se considera la generación de ruido por la operación de los transformadores y en la fase de cierre se considera principalmente la generación de ruido por la habilitación de faena.
El Titular indica que para la determinación de área de influencia (en adelante AI), considera la “Guía sobre el Área de Influencia en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, SEA (2017) y la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA”, SEA (2019) considerando la peor condición. Finalmente, se establecen 16 receptores de viviendas.
De acuerdo con lo señalado en el “Estudio de ruido y vibraciones” adjunto en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria, los niveles de ruido generados por la fase de construcción y cierre cumplen lo establecido en el D. S. N°38/2011 MMA utilizando las medias de control señaladas en los considerandos 4.3.4 y 4.5.4 respectivamente, de la presente Resolución.
Respecto a la fase de operación el proyecto cumple con el D.S. N°38/2011 MMA, sin utilización de medidas de control, de acuerdo a lo indicado en el considerando 4.4.5 de la presente Resolución.
En virtud lo anterior, el proyecto no generará impacto significativo en todas las fases del proyecto.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
Vibraciones
Se identifican 6 receptores, los cuales se muestran en la figura 10 del anexo 10 de la Adenda Complementaria y se detallan en la tabla N°20 del mismo anexo, los cuales corresponden a principalmente a viviendas.
De acuerdo con la normativa FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment), las fuentes generadoras de vibración involucradas serían el rodillo compactador, hincadora, camión, motoniveladora, y miniretroexcavadora. Los resultados indican que en todos los receptores los niveles de velocidad vibratoria proyectados se encuentran bajo el criterio de confort, y bajo el criterio de daño estructural. Por lo que se da cumplimiento a la normativa. Mayores antecedentes en el Anexo 10 “Emisiones de ruido y vibración ambiental” de la Adenda Complementaria.
Aguas servidas
Fase de Construcción y fase de Cierre: Para la instalación de faenas se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos por empresas externas autorizadas, la limpieza de los baños químicos será de 2 veces por semana.
Respuesta 1.9 Adenda Complementaria y numeral 1.6 anexo 1 Adenda complementaria.
Fase de operación: La disposición final del efluente se llevará a cabo por medio de una zanja dren Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS de infiltración, fosa séptica.
Mayores detalles en PAS 138 anexo 11.1 de la Adenda.
Residuos industriales líquidos
Para la fase de construcción se considera la generación de aguas residuales por el lavado de canoas, por lo que se generará una piscina de lavado de hormigón que estará cubierta por una lámina de polietileno doble que sobresaldrá 60 centímetros por su contorno. El agua generada en piscina de lavado se espera en el día sea evaporada en su totalidad y en caso de generarse el agua residual, esta será retirada por una empresa externa autorizada para prestar dicho servicio.
Respuesta 1.7 Adenda Complementaria.
En la fase de operación y cierre no se contempla la generación de residuos líquidos industriales.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Residuos asimilables a domiciliarios
El Proyecto contempla el manejo de residuos sólidos generados por sus actividades, los cuales incluyen, residuos sólidos asimilables a domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos.
Los residuos asimilables a domiciliarios generados durante la fase de construcción, y cierre del Proyecto serán dispuestos en contenedores con tapa y bolsas de basura herméticas, claramente identificados para que diariamente sean transportados al área de acopio de residuos para su almacenamiento temporal, dentro de contenedores de material HDPE o similar, con capacidad aproximada para 200 litros con bolsa hermética, tapa y sistema de ruedas con freno, debidamente ordenados, clasificados por tipo de residuo y rotulados según corresponda a la espera de ser retirados con una frecuencia aproximada de 2 o 3 veces y dispuestos finalmente en un sitio autorizado para dicho fin. En la fase de operación El retiro, transporte y disposición final, al final de cada mantención será desarrollado por empresa autorizada, hasta relleno sanitario autorizado (se mantendrán certificados, boletas y/o facturas que lo acrediten).
Anexo 3.1 PAS 140 de la Adenda Complementaria.
Residuos sólidos industriales no peligrosos
Los residuos industriales no peligrosos (RSINP) serán almacenados en un sitio de residuos no peligrosos ubicado al interior de la instalación de faena, el cual tendrá cierre perimetral y control de acceso. Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente y serán segregados y clasificados de acuerdo a sus características, dando prioridad a la reutilización, reciclaje y/o comercialización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial. El remanente de este tipo de residuos será retirado 1 vez al mes, transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
Residuos Peligrosos
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5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS En el caso de los residuos peligrosos del Proyecto, serán debidamente identificados y clasificados, dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente al interior de la Bodega en conformidad al D.S N°148/03 del MINSAL, el tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 80% de su capacidad. La disposición final se realizará a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos a través del sistema de ventanilla única.
Con respecto a los paneles fotovoltaicos dañados o defectuosos, el Titular indica que serán transportados por la empresa fabricante para ver la opción de reciclaje, en caso de que no se pudiera, serán transportados por una empresa autorizada a algún sitio autorizado que reciba este tipo de residuos.
Anexo 10 Adenda, tabla 23 Adenda Complementaria, respuesta 1.24 y 3.3 Adenda Complementaria.
En virtud de lo anterior, el proyecto no generará impactos significativos referidos en los literales a) a la d) del art.5 del RSEIA
Mayores antecedentes en capítulo 6.1, Tabla 6.1. del ICE.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo 1 Pérdida temporal del recurso suelo. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras y actividades del Proyecto, considerando excavaciones, movimientos de tierra, instalación de faena e hincado de estructuras y tránsito vehicular. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 6.2. “Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire”, Tabla 6.2. del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra b) de la Ley N°19.300:
a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
El emplazamiento del Proyecto corresponde a un suelo ligeramente profundo, plano en su mayoría, sin pedregosidad superficial y sin pedregosidad subsuperficial, siendo bien drenado y de textura franco limosa, franco arcillosa y franca (Estudio de suelos adjunto en el Anexo 12 de la DIA).
Respuesta 8.1 Adenda Complementaria, anexo 12.2 Adenda.
En el suelo van hincadas las estructuras metálicas de los paneles, donde estas son de acero galvanizado en caliente, lo que lo hace resistente a la corrosión. Al ser una estructura hincada no es necesario realizar una excavación para su implementación, solo compactan el suelo alrededor del perfil metálico, donde posee un radio equivalente de 18 centímetros como máximo con forma de H. Para caso de las zanjas del cableado eléctrico subterráneo, estos poseen una profundidad máxima de 40 a 50 centímetros, donde una vez que sea instalada y asegurada la cámara, esta zanja es rellenada con el mismo suelo extraído, donde siendo suelos ligeramente profundos, con una profundidad máxima de 58 efectiva, no se vería afectada la estructura del suelo. Para el caso de la línea de trasmisión eléctrica, son suelos que se encuentra altamente alterados debido a que son caminos rurales, los cuales se encuentra compactados debido al continuo paso de vehículos y el funcionamiento del terraplén de los caminos, donde el suelo pierde sus propiedades por lo que no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE aplica un estudio de suelos para la línea de transmisión eléctrica.
Anexo 12.2 Adenda.
En el anexo 12.2 de la Adenda se presenta el plan de cierre que buscar establecer las actividades necesarias para el cierre del proyecto y volver en medida de lo posible a las condiciones naturales del predio, previo a la ejecución del proyecto.
En la fase de cierre se realizará un arado de 30 cm de profundidad en el área de emplazamiento de los paneles para evitar los impedimentos físicos en la superficie y se realizarán medidas sobre el suelo para que el predio recupere su potencial productivo: Subsolado: Este método se emplea con la finalidad de soltar la pedregosidad subsuperficial y mejorar la profundidad efectiva del suelo. Se utilizarán máquinas excavadoras (30 tons) con un equipo tridente (garra) o balde, capaz de penetrar entre 5060cm el suelo. El indicador de éxito corresponde a que el balde o tridente pueda penetrar en el suelo con un mínimo de 50 cm, descompactando la primera capa de suelo y soltando la pedregosidad superficial que se encuentre presente. Retiro de boulders: Se procederá al retiro de boulders (rocas de gran tamaño que dificultan las labores agrícolas como laboreo de suelos, siembras o plantaciones), mediante la utilización de retroexcavadoras equipadas con cestos para luego ser cargados en un camión y relocalizadas en un sector predial específico, en donde se acumulará este tipo de material.
Utilización de motoniveladora: La utilización de una motoniveladora, cumple la función de nivelar lentamente el terreno, así como también destruir terrones de gran tamaño formados por la matriz textural arcillosa del suelo. Como indicador de éxito se debe corroborar la degradación de los terrenos de mayor tamaño que dificulten las tareas de cultivo en el área del proyecto, se debe cumplir la degradación total de los terrones por donde avance la máquina. Finalmente se realizará un estudio de suelos con el objetivo de verificar las diferentes propiedades físicas en base a los datos obtenidos en el informe de suelos del proyecto y la “Pauta de Estudios de Suelos” SAG, 2011 rectificada, siendo las siguientes propiedades a evaluar para verificar que el predio recupere su potencial productivo:
Tabla Nº5.2.1: Indicadores de éxito. Característica Estudio de Suelos (promedio) Pauta de Estudios de Suelos Profundidad 59 cm (Ligeramente Profundo) 40 a 70 cm (Ligeramente profundo) Pedregosidad superficial 0% Sin pedregosidad (P0) ˂ 15% de piedras (P2) Pedregosidad Sub- Superficial 21% Pedregosidad Moderada (DP3) 15% a ˂ 35% Pedregosidad Moderada (DP3) Pendiente 1 a ˂ Ligeramente inclinado (B) ˂ 8 Moderadamente inclinados (D) Fuente: Tabla 18 “Indicadores de éxito” Adenda Complementaria
El muestreo se debe realizar en una relación de 1 calicata cada 3 ha como mínimo, para rectificar estos parámetros una vez terminada la fase de cierre del proyecto. La información será enviada a la Superintendencia de medio ambiente a más tardar 60 días hábiles una vez finalizada la fase de cierre.
Respuesta 1.14 Adenda y respuesta 1.13 Adenda Complementaria
La superficie de emplazamiento del proyecto corresponde a 15,1 ha, considerando una línea de transmisión de 2700 m2 y un camino de acceso de 1445 m2.
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Respuesta 1.1 Adenda Complementaria.
Finalmente, debido a la pérdida de productividad de un suelo con capacidad agrícola Clase III, se realizará un Compromiso Ambiental Voluntario que busca aumentar la mejora productiva de un suelo distinto al cual se emplaza el proyecto, y que se presenta en el anexo 1 de la Adenda y en el considerando 9.2 de la presente Resolución.
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.
Flora y Vegetación
El titular entrega información sobre flora y vegetación en Anexo 6 “Estudio de Flora y vegetación” de la DIA, el área de influencia corresponde a un terreno de cultivos intensivos, con una alta intervención antrópica, donde la vegetación principal corresponde a un cultivo de Junglans regia (Nogal).
Dentro de esta superficie, se identificaron las unidades vegetacionales de árboles, pradera, cultivo y vegetación ribereña, siendo las de pradera y cultivo las con mayor porcentaje. No se encontraron hongos ni líquenes. El estrato arbóreo está dominado por Robinia pseudoacacia (Falsa acacia) y algunos ejemplares de Populus nigra (Álamo negro). En cuanto al estrato herbáceo está compuesto por Raspistrum rugosum (Yuyo). La pradera se encuentra dominada por malezas de origen alóctono, donde la densidad de cobertura es semi densa (>50%) esta zona es utilizada para el cultivo y destaca la maleza Rapistrum rugosum. El cultivo está dominado por Juglans regia (Nogal) donde la densidad de cobertura es muy densa (>90%). La cobertura herbácea observada es muy escasa. La vegetación ribereña está ubicada cerca de un canal de regadío, cuyo estrato herbáceo está dominado por Tessaria absinthioides y Equisetum sp. La cobertura herbácea observada es densa (>80%).
No se detectaron especies bajo alguna categoría de conservación, ni entidades que representen un grado mayor de significancia en términos de protección y conservación.
Respecto de la flora, se registró una riqueza total de 30 especies de flora vascular. De acuerdo con el origen geográfico, la mayoría de las especies registradas es de origen alóctono. La forma de vida predominante corresponde a hierbas (14 especies; 46,66%), seguida por árboles que corresponden a (13 especies, 43,33%), especies arbustivas se encontraron (3; 10,00%).
Respecto a los rangos de distribución de las especies detectadas, no se registraron especies con rango de distribución restringido a la Región Metropolitana.
En la etapa de inicio de obras del emplazamiento del proyecto para el área efectiva a intervenir se realizará la corta total de todo tipo de vegetación que abarcan las formaciones de Pradera y Cultivo, considerando el mantenimiento anual una vez iniciada la fase de operación. En el caso de la LTE, se considera como última opción la corta de individuos arbóreos y especies nativas (en general, solo se realizarán podas de ser también necesarias, de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:
Tabla Nº5.2.2: Formaciones a ser intervenidas y trabajos a realizar en cada una de ellas. Formación Sección del proyecto Especificaciones Formación arbórea que no constituye bosque LT • Monitoreo anual de altura de copa de árboles y distancia con tendido eléctrico. • De aplicar poda, se gestionará con empresa externa para la labor de corta de ramas y retiro de residuos no peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE • Poda una vez al año y en temporada de Otoño Invierno. Rotación cultivo - pradera LT • Inicialmente en la etapa de preparación de sitio se cosecharán las hierbas para las labores de montaje. • Anualmente se realizará un control de hierbas para disminuir la probabilidad de contacto de ellas con los paneles solares. • La cosecha de las hierbas se realizará una vez al año y en temporada de primavera. Cultivo Parque solar • Previo a la etapa de preparación de sitio se realizará el volteo de los individuos frutales y el destronque, se gestionará con empresa externa para la labor de retiro de residuos no peligrosos. • Corta se realizará en la etapa de ejecución de obras del proyecto Pradera con árboles Parque solar • Previo a la etapa de preparación de sitio, se realizará volteo de los árboles de Juglans regia residuales y su correspondiente destronque. • Corta se realizará en la etapa de ejecución de obras del proyecto. Fuente: Tabla 55 “Formaciones a ser intervenidas y trabajos a realizar en cada una de ellas.” Adenda.
Durante la fase de operación de la Planta Solar, la corta de herbáceas y/o gramíneas se realizará una vez al año idealmente en la época de primavera, temporada donde las especies comienzan inicialmente a desarrollarse y crecer previo a la semillación. Dicho control se realizará de forma mecánica utilizando herramientas apropiadas para dicha actividad como rozón, azadón y desbrozadora.
Las formaciones vegetales ubicadas fuera del área de emplazamiento del proyecto (límites del AI) no considera la afectación directa a este tipo de formaciones por el Buffer de protección establecido para el canal de regadío presente en el límite Este del proyecto, no considerándose de esta manera ningún tipo de actividad o manejo que altere las formaciones de Matorrales y Formaciones arbóreas que no constituyen bosque.
Anexo 6 DIA, respuesta 2.10 Adenda, respuesta 5.3 Adenda Complementaria.
En base a lo anteriormente expuesto, es posible establecer que el área del proyecto presenta escasa susceptibilidad de generar impactos asociados al componente flora y vegetación, por consiguiente, se descarta la generación de efectos adversos sobre la cantidad y calidad de recursos naturales renovables, de acuerdo con lo establecido en el literal b) Artículo 6° del D.S. N°40/2012 del MMA
Fauna
Sobre esta componente, el Titular adjunta los antecedentes en el anexo 7 “Estudio fauna silvestre” de la DIA y en el Anexo 6 “Caracterización de fauna terrestre” de la Adenda. Indica que se realizaron dos campañas de fauna, la primera campaña en terreno se llevó a cabo entre los días 07 y 08 de marzo del 2022 y los resultados se encuentran en el Anexo 7 de la DIA, y la campaña complementaria fue realizada en primavera de 2022 y se encuentra en el Anexo 6 de la adenda.
Se registró la presencia de 23 especies de fauna: 3 corresponden a reptiles, 18 aves y 2 mamíferos. No se observó presencia ni rastros de anfibios. Durante la campaña N°1 (verano 2022), se registraron 13 especies (12 aves y 1 mamífero). De acuerdo al origen de las 23 especies registradas, 2 corresponden a especies endémicas: Scytalopus fuscus (churrín) y Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta), 17 son especies nativas y 4 son introducidas. Respecto a los reptiles se determinó la presencia de 4 individuos de esta clase, pertenecientes a 3 especies: Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta) y Liolaemus lemniscatus (Lagartija café) y Liolaemus chiliensis (Lagarto chileno). De las aves se avistó un total de 207 individuos, pertenecientes a 18 especies de aves, según su origen, 1 especie es endémica (Scytalopus fuscus), 14 especies son nativas y 3 son introducidas. Se determinó la presencia de dos especies de mamíferos: un roedor y un quiróptero. El roedor (Rattus norvegicus) es una especie introducida, mientras que el quiróptero (Histiotus montanus) es una especie nativa. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Del total de especies registradas, 4 se encuentran en categoría de conservación: Liolaemus tenuis, Liolaemus chiliensis Liolaemus lemniscatus y Histiotus montanus, todas ellas son consideradas en Preocupación menor de acuerdo al DS 19/2012 del MMA y DS 06/2017 del MMA. En base a los resultados anteriores el Titular se compromete voluntariamente a realizar un Plan de perturbación controlada con el objetivo de evitar efectos adversos sobre las especies de baja movilidad. El Plan de perturbación controlada se encuentra en el anexo 1 de la Adenda Complementaria Apéndice y en el considerando 10.1.6 de la presente Resolución.
Para evitar problemas de colisión o electrocución de la avifauna presente en el sector, para la línea de media tensión que se construirá se tomarán los resguardos necesarios que evitarán aquellos hechos. Los postes se instalarán cada 50 metros y tendrán una altura de 11,5 metros (2 m de ellos deben ir enterrados), la disposición de los cables será de forma horizontal y estarán cubiertos por dos capas de aislante dieléctrico (polietileno reticulado), obteniendo un recubrimiento de 6,2 mm (Figura 20 anexo 7 de la DIA), además de ello se instalarán soportes aislantes plásticos que evitan el contacto entre el poste de hormigón y los cables energizados. Para el caso de los transformadores y otros elementos, todos presentan recubrimiento aislante para evitar la electrocución o pérdida eléctrica. Respecto a la colisión de las aves con la línea de transmisión eléctrica, estas líneas de media tensión tienen una altura aérea de 9,5 m aproximadamente, siendo una de las más pequeñas. Está indicado en la guía realizada por G. González el 2014 que las colisiones se producen en mayor medida en líneas de mayor altura, ya que las aves prefieren volar a una mayor altura y normalmente pasan sobre el cableado eléctrico. La colisión se produce cuando las aves no perciben la línea eléctrica, en el caso del cableado a utilizar, tendrá un grosor de 22 mm de diámetro, dimensión que permite una óptima visibilidad de la línea de media tensión, y que es mayor al diámetro mínimo que permite España para no presentar medidas anticolisión (Real Decreto 1432/2008).
Anexo 7 DIA, Anexo 6 Adenda Complementaria y respuesta 8.8 Adenda.
c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.
Suelo
Corresponde a un suelo ligeramente profundo, plano en su mayoría, sin pedregosidad superficial y sin pedregosidad subsuperficial, siendo bien drenado y de textura franco limosa, franco arcillosa y franca (Estudio de suelos adjunto en el Anexo 12 de la DIA).
En el anexo 12.2 de la Adenda se presenta el plan de cierre que buscar establecer las actividades necesarias para el cierre del proyecto y volver en medida de lo posible a las condiciones naturales del predio, estableciendo los indicadores de éxito. Se realizará además un Compromiso Ambiental Voluntario que busca aumentar la mejora productiva de un suelo distinto al cual se emplaza el proyecto, y que se presenta en el anexo 1 de la Adenda y en el considerando 9.2 de la presente Resolución.
Agua:
En cuanto al componente agua, el agua será extraída de un punto de extracción existente autorizado por Aguas Andina, y para la mantención de los paneles fotovoltaicos se considera el abastecimiento por un proveedor autorizado. Respecto al manejo de las aguas servidas generadas en los baños químicos, en las fases de construcción y cierre, se indica que estas serán gestionadas a través de una empresa de servicios sanitarios autorizada sanitaria. Durante la fase de construcción, las aguas servidas serán tratadas mediante una fosa séptica, la cual contará con PAS 138.
Respuesta 1.14 b Adenda Complementaria, Anexo 11.1 Adenda.
El agua generada en piscina de lavado de canoas de camiones mixer se espera en el día sea evaporada en su totalidad, Sin embargo, en caso de que la evaporación no ocurra y se llegue a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE capacidad máxima del contenedor, el agua residual será retirada por una empresa externa autorizada para prestar dicho servicio.
Se proyectan obras de atraviesos vehiculares sobre los canales sin nombre 1, canal sin nombre 1 (tramo B) y canal sin nombre 3, que no contemplan el uso o la introducción de agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos. Sin perjuicio de lo anterior, a continuación, se realizarán actividades con la finalidad de resguardar los cauces de posibles contaminaciones provenientes de las actividades del Proyecto. Se debe considerar que las obras de los atraviesos serán realizadas sin escurrimiento en el cauce en el período que coincida con las labores de mantención y limpieza de los canales de la Asociación de Canalistas Isla Grande, en conformidad a su respectiva aprobación. Durante la construcción de las obras, se acondicionará la sección del cauce donde se proyecta el atravieso. Estas faenas están relacionadas con el roce de vegetación y adecuación de la superficie. Posteriormente, se realizará la excavación de material dentro de la zona de instalación del atravieso. La ejecución de la excavación se realizará a través de maquinaria hidráulica (con su componente de aguilón) hasta la cota de proyecto, donde se instalará la obra de atravieso materializada a través de Tuberías de HDPE paralelos al eje del cauce, posicionadas desde aguas abajo hacia arriba, asegurando la pendiente, anchos y alturas identificadas con mayor detalle en los planos de obra correspondientes. Adicionalmente, se considera lo siguiente: • Los trabajos de movimientos de tierra se realizarán desde aguas abajo hacia aguas arriba, identificando lugares de acopios parciales alejados de los cauces a fin de evitar el ingreso de material particulado, la disposición final se deberá llevar a cabo en el menor tiempo posible. • Dentro de los procedimientos básicos obligatorios está el aprobar maquinarias de trabajo en buena calidad y mantenimientos certificados. • Deberá ser retirado todo aquel material terrígeno que se encuentre suelto en el lecho a fin de que este no sea arrastrado por el primer flujo de agua que escurra por él, se debe revisar la existencia de cualquier elemento ajeno al cauce que pudiese significar un obstáculo o contaminación de las aguas. • Se prohibirá el vertido de sustancias peligrosas y cualquier tipo de residuos a los cuerpos de agua. • Se realizará una capacitación a los trabajadores en las fases de construcción y cierre con la finalidad de proteger los cuerpos de agua, instruyendo el correcto manejo de residuos. • Monitoreo de calidad de agua superficiales en los canales sin nombre 1, canal sin nombre 2 y canal sin nombre 3. Al final de la fase de construcción y cierre. • Se generará informe de monitoreo de calidad del agua en los canales sin nombre 1, canal sin nombre 2 y canal sin nombre 3. • El registro de las capacitaciones será enviado a la SMA en un plazo no superior a 15 días hábiles luego de realizada la capacitación. • Se enviará Comprobante entrega informe de monitoreo calidad de agua superficiales a SMA, en un plazo de 30 días hábiles luego de finalizada cada fase.
Una vez concluida la construcción, se inicia el abandono de las obras donde se retirarán los elementos artificiales que no sean necesarios para el uso del atravieso, asegurando la inexistencia de elementos artificiales bajo la influencia del cauce que no constituyan parte de las obras y puedan suponer una obstrucción para el escurrimiento natural del mismo; con la finalidad de evitar afectar el hábitat que eventualmente se encuentre en el cauce intervenido, así como la calidad de las aguas y los sedimentos, remitiendo toda actividad en el área a un tiempo acotado y que disturbe lo menor posible las condiciones naturales de dichos hábitats. Estas obras son consideradas permanentes por lo cual no se considera el retiro de ellas una vez finalizada la vida útil del Proyecto. En la eventualidad de generarse algún imprevisto, se implementarán las siguientes medidas: • Se detendrán las actividades de excavación que se estén ejecutando, que tengan directa relación con contaminación y se efectuará el retiro de la maquinaria hacia zonas alejadas del curso de agua. • Se dispondrá de material absorbente sobre posible contaminación con el fin de minimizar la extensión de la superficie afectada por éste. Se retirará el material contaminado para ser transportado a sitios de disposición final controladas. Se reemplazará el suelo contaminado por material limpio, en el menor tiempo posible.
Respuesta 2.25 Adenda, tabla 39 Adenda Complementaria.
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Por lo tanto, el Proyecto no contempla emisiones a ningún curso hídrico.
Aire
Por las características del Proyecto, no existirán fuentes fijas que generen grandes cantidades de emisiones de material particulado o gases a la atmósfera. Las únicas emisiones se generarán debido a las actividades de movimientos de tierra y desplazamientos vehiculares, principalmente durante la fase de construcción del Proyecto, que tendrá una duración de 6 meses. Por lo tanto, las emisiones atmosféricas serán bajas y no se afectará el componente aire en ninguna fase del Proyecto, puesto que bajo ningún caso se superan los límites máximos permitidos de las normativas asociadas a emisiones.
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.
En el área de influencia del Proyecto no existen normas secundarias de calidad ambiental vigentes para el caso en análisis, no siendo aplicable este criterio al presente Proyecto.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.
El titular presenta “Emisiones de ruido y vibración” en el anexo 10 de la Adenda Complementaria, en donde se indica que para la evaluación del potencial impacto del ruido en la Fauna Nativa, se aplican los lineamientos definidos en la guía “Criterio de evaluación en SEIA: evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” publicada por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en abril de 2022. El Titular determinó 8 receptores para el medio de fauna.
Presenta los resultados de la evaluación de emisiones de ruido sobre fauna, para la fase de construcción en la tabla 38 del anexo 10 de la Adenda Complementaria y se indican para cada una de las fases en los numerales 3.2, 3.3 y 3.4 del anexo 10 de la Adenda Complementaria. En la fase de construcción se superan los niveles de ruido establecidos para fauna, por lo que se realizará una perturbación controlada para reptiles que estén dentro del Umbral de afectación, vale decir, considerando un buffer de 25 metros por todo el alrededor del área del Proyecto, con lo cual se asegurará que no habrá reptiles en las zonas donde se superen los umbrales establecidos. Respecto a la evaluación de Impacto por ruido sobre fauna nativa en la fase de operación, se indica que los Niveles de emisión sonora serán bajos, proyectando un Nivel de Ruido de 72dB(Z) en un radio de 4 metros alrededor de cada uno de los 3 transformadores. De acuerdo a lo anterior, no habrá afectación significativa del hábitat de Reptiles, teniendo en consideración el área Total del Proyecto. Respecto a la evaluación de Impacto por ruido sobre fauna nativa en Fase de Cierre, se indica que se tomarán las mismas medidas de Control establecidas para la Fase de Construcción, vale decir, se efectuará una perturbación controlada para reptiles, al comienzo de la Fase de Construcción del Proyecto, con lo cual se asegurará que no habrá reptiles en las zonas donde se superen los umbrales establecidos (Umbral 72dB, 25 metros desde el perímetro del Área del Proyecto).
De conformidad a lo anterior para el caso de fauna los resultados de las modelaciones arrojaron niveles de ruido sobre los puntos de evaluación se realizará la perturbación controlada para las fases Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE de construcción y cierre, de manera de cumplir con el “Criterio De Evaluación En SEIA: Evaluación De Impactos Por Ruido Sobre Fauna Nativa” publicada por él SEA en abril de 2022.
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.
Sustancias peligrosas
Para todas las fases del Proyecto, se considera el almacenamiento de sustancias peligrosas, las que por las cantidades estimadas a utilizar, se almacenarán en una bodega común, en su correspondiente gaveta de almacenamiento de sustancias peligrosas. La que estará habilitada especialmente para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el proyecto, cumpliendo estrictamente con las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud. Las sustancias peligrosas almacenadas estarán correctamente etiquetadas y existirá una hoja de datos de seguridad del producto.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria.
Residuos industriales no peligrosos y residuos asimilables a domiciliarios
El Proyecto considera un área para el almacenamiento temporal para los residuos asimilables a domiciliarios y un área para el almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos.
Para la fase de construcción y cierre, los residuos domésticos se dispondrán en contenedores con tapa y bolsas de basura herméticas, claramente identificados para que diariamente sean transportados al área de acopio de residuos para su almacenamiento temporal, dentro de contenedores de material HDPE o similar, con capacidad aproximada para 200 litros con bolsa hermética, tapa y sistema de ruedas con freno, debidamente ordenados, clasificados por tipo de residuo y rotulados según corresponda a la espera de ser retirados con una frecuencia aproximada de 2 o 3 veces por semana y dispuestos finalmente en un sitio autorizado para dicho fin. Para la fase de operación, el retiro, transporte y disposición final de los residuos domiciliarios, al final de cada mantención será desarrollado por empresa autorizada, hasta relleno sanitario autorizado (se mantendrán certificados, boletas y/o facturas que lo acrediten).
Para todas las fases del proyecto, los residuos industriales no peligrosos serán almacenados un sitio de residuos no peligrosos ubicado al interior de la instalación de faena, el cual tendrá cierre perimetral y control de acceso. Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente y serán segregados y clasificados de acuerdo a sus características, dando prioridad a la reutilización, reciclaje y/o comercialización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial. El remanente de este tipo de residuos será retirado 1 vez al mes, transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Mayores antecedentes en el Anexo 3.1 PAS 140 Adenda Complementaria.
Residuos peligrosos
Éstos se almacenarán temporalmente en contenedores al interior de la Bodega de Residuos Peligrosos. El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo.
Para más detalles, en el Anexo 3.2 PAS 142 Adenda Complementaria.
Por lo anterior, el Titular concluye que no se generarán impactos sobre recursos naturales debido a la manipulación de los residuos generados por el Proyecto.
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
En el anexo 10 de la DIA se indica la hidrología, geomorfología y geología e hidrogeología del área de emplazamiento del proyecto y en anexo 17 de la DIA se presenta un estudio de cauces.
El Titular declara que: El proyecto no contempla alteración de cauces y álveos de cauces superficiales, ni tampoco la captación del recurso hídrico desde estas fuentes superficiales, por lo tanto, no se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso. El proyecto no contempla alteración de cauces y álveos de cauces superficiales, ni tampoco la captación del recurso hídrico desde estas fuentes superficiales, por lo tanto, no se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso. Se aclara que, no se alterarán condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas. Se adjunta en el Anexo 04 “Predicción y evaluación de efectos adversos de las aguas subterráneas” de la Adenda, donde es posible identificar y descartar los impactos que se puedan generar en este recurso. Para todos los casos analizados se obtuvo una calificación ambiental por impacto de importación negativa menor, debido a que no se presenta niveles de aguas subterráneos someros, estas se encuentran a una profundidad de 90 metros aproximadamente según los pozos con derechos de aguas subterráneos cercanos al proyecto.
Mayores antecedentes en respuesta 4.15 Adenda.
Cabe señalar, además, que el Titular indica: g.1) Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. El presente Proyecto no contempla intervenir o explotar cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles. En la tabla 41 de la Adenda Complementaria, se indican los derechos de agua subterráneo cercanos al área del proyecto junto con la figura 38 de la Adenda Complementaria y el Titular declara que los derechos de aguas cercanos al área del proyecto no poseen ninguna relación debido a que el proyecto contara con su propio suministro de agua. (respuesta 4.1 Adenda Complementaria) Se indica además que en ninguna fase del proyecto se realizará pozos de bombeo, los cuales pudieran llegar afectar a la cantidad del recurso subterráneo, mientras que todas las excavaciones para realizar la materialización del proyecto, una vez asegurada la estructura se realiza el cierre de estas con el mismo material extraído. (Respuesta 4.15b) de la Adenda) g.2) Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. El proyecto se abastecerá de agua potable durante todas sus fases por punto de conexión existente autorizado por Aguas Andina
Tabla 11 Adenda y Anexo 5 Adenda.
El Titular indica que el proyecto no contempla alteración de cauces y álveos de cauces superficiales, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE ni tampoco la captación del recurso hídrico desde estas fuentes superficiales, por lo tanto, no se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso.
Respuesta 4.15 a) Adenda.
El Titular indica además que se realiza campaña para verificación de la napa subterránea, en la cual se hizo una prospección del subsuelo por medio de una calicata en la zona de instalación del sistema de tratamiento de fosa séptica, que permitió el levantamiento de información estratigráfica y de agua subterránea (nivel freático) y con el sello de excavación a 306 cm se indica que no se genera alumbramiento de napa freática, estableciendo además que la base de la zanja de drenaje en toda su extensión estará distanciada del mínimo 2 metros respecto a la profundidad de la napa. Considerando las actividades de excavación del proyecto, la excavación más profunda finalmente corresponde a la fosa séptica, con un volumen de 7.29 m3 y una profundidad de 1.5 m.
Tabla 19 Adenda Complementaria, respuesta 1.3 Adenda Complementaria, respuestas 1.20 y 3.2 Adenda.
g.3) Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. El proyecto no contempla la intervención de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4) Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El proyecto no contempla la intervención de áreas o zonas de humedales, estuarios y/o turberas que puedan ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales, teniendo en consideración el área de emplazamiento del proyecto, en donde no se evidencia la presencia de estas zonas. g.5) La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. No se contempla intervenir o explotar glaciares en el presente Proyecto.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria.
h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
No se contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, en ninguna de las fases de desarrollo del Proyecto.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria.
En virtud de lo anterior, el proyecto no generará impactos significativos referidos en los literales a) a la h) del art.6 del RSEIA
Mayores antecedentes en capítulo 6.2, Tabla 6.2. del ICE.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo En el anexo 11 de la DIA se presenta el estudio de medio humano y en el anexo 7 de la Adenda se presentan los antecedentes actualizados de medio humano, en los que se indica que con respecto al AI se encuentran viviendas de madera que han sido entregadas por antiguos dueños a los cuidadores del sector o dejadas en arriendo para trabajadores del área agrícola. El tipo de vivienda que predomina es de materialidad ligera, de madera y hormigón. En la figura 17 del anexo 7 de la Adenda se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS muestran las casas colindantes. El Proyecto no generará el reasentamiento de comunidades humanas.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en la letra c) del artículo 11° de la Ley N°19.300:
a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
Con respecto al componente suelo, si bien en la actualidad este predio es de uso agrícola con cultivo de nogales, el Titular indica que el encargado de esta área comenta que el trabajo agrícola va disminuyendo poco a poco debido a la escasez hídrica que ha afectado el sector, lo que ha significado una baja productividad. Es importante destacar que el rol que posee el propietario es mayor por lo cual en otras zonas se seguirá cultivando.
Respuesta 4.16 Adenda, numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria.
A objeto de descartar que el proyecto pudiese causar efectos adversos sobre los cultivos cercanos al área de proyecto, producto de la precipitación y la cantidad de material particulado sedimentable (MPS) que se producirá durante la fase de construcción del proyecto en su peor escenario.
Anexo 7 Adenda Complementaria, respuesta 4.5 Adenda Complementaria.
Mediante el software CALPUFF View se evaluaron las concentraciones de Material Particulado Sedimentable (MPS) y se analiza su cumplimiento con la norma de la Confederación Suiza, sobre Control de Contaminación del Aire (OAPC), la simulación se ajustó al primer año del proyecto de la planta solar, en donde se proyecta la construcción del proyecto durante el primer semestre y su posterior operación.
Se identifican 20 receptores, 12 receptores de nogales, 2 de viñedo y 6 de canales de regadío, en la tabla 3 del anexo 7 de la adenda complementaria si indican las coordenadas UTM de la ubicación de cada uno de ellos, en la figura 3 del anexo 7 de la adenda complementaria se muestra la ubicación de cada uno de ellos.
En la tabla 6 del anexo 7 de la Adenda Complementaria se presentan las concentraciones modeladas y análisis de la Ordenanza Suiza, indicando el cumplimiento de la normativa.
Los resultados de modelación sugieren que el proyecto no causa efectos adversos sobre los cultivos ni el canal de regadío próximos al proyecto, no generando tampoco un impacto en el recurso hídrico, puesto que se cumple con la normativa siendo el receptor con mayor concentración modelada el 0,0006% de la Ordenanza Suiza.
Mayores antecedentes en el Anexo 7 “Informe de modelación atmosférica” de la Adenda Complementaria.
Además, el Titular declara en la respuesta 4.15 a) de la Adenda “que el proyecto no contempla alteración de cauces y álveos de cauces superficiales, ni tampoco la captación del recurso hídrico desde estas fuentes superficiales, por lo tanto, no se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso”, por lo tanto, el proyecto no afectará el uso del recurso hídrico en los cultivos del área de influencia.
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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
De acuerdo al análisis vial presentado en el anexo 16 de la Adenda respecto del aumento de los tiempos de desplazamiento en Camino Santa Inés, complementado, además, de una caracterización de la situación actual de manera operativa (demanda, periodización, tipo de regulación, sentidos de circulación) y física (perfiles, estados de elementos actuales). El Titular realiza un análisis de estimación de la demanda de transporte para poder comparar el escenario base con el escenario con proyecto y de esta manera poder realizar el análisis de capacidad vial. La magnitud de los flujos en la vía en estudio se obtuvo mediante mediciones periódicas. Al realizar la caracterización operativa se analizan dos periodos críticos, punta mañana, punta medio día y punta tarde, los cuales poseen su hora de mayor demanda de 07:30 a 08:30 horas, 12:30 a 13:30 y de 18:00 a 19:00 horas, respectivamente. En cuanto al aumento del flujo generado por el proyecto en evaluación, se considera muy bajo en comparación a las capacidades que poseen las vías, lo que se ve reflejado en los aumentos en los tiempos de espera para los usuarios (3, 7 segundos en la fase más desfavorable del proyecto) que se desplazan por Camino Santa Inés. Por otro lado, para el caso de peatones se descarta que el proyecto genere restricción a la libre circulación ya que, por su configuración vial interna y la que le rodea, no alterará las condiciones de accesibilidad ni conectividad. Considerando lo anteriormente mencionado, se aclara que el proyecto no generara alteración a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo del tiempo de desplazamiento de los usuarios existentes en el área cerca al proyecto, por lo cual no se presentan impactos al incorporar la nueva demanda de transporte. El proyecto considera todas sus maniobras de trabajo para la fase de construcción dentro del polígono de emplazamiento del proyecto. Adicionalmente, el máximo aumento observado es de 3,7 segundos aproximadamente. Debido a lo anterior, se descarta la obstrucción de vías o calles y el aumento en los tiempos de desplazamiento. Debido a que el flujo en fase de construcción (fase más desfavorable) tiene una concentración máxima de 2 vehículos por hora, lo que representa menos de un 1% de la capacidad de las vías de menor categoría, por lo que se descarta un impacto en la capacidad de las vías y en el aumento de los tiempos de desplazamiento. Se considera para la fase de construcción de la planta 11 veh/día (fase más desfavorable). La ubicación del proyecto no produce una obstrucción para el acceso de estaciones o paraderos de buses, taxis, colectivos, así como a vías de acceso a dicha infraestructura. Debido a que los trabajos y maniobras de carga y descarga se realizan dentro del polígono de emplazamiento del proyecto (la instalación de bodegas de materiales, oficinas e instalación de faena en general se encuentra dentro del polígono del proyecto), no se producirán obstrucciones a rutas peatonales ni de ciclovías, manteniendo la libre circulación en veredas, ciclovías y calzadas.
Numeral 7 anexo 16 Adenda.
Desplazamiento vehicular
Tabla N°5.3.1: Tiempos de desplazamiento vehicular fase de construcción
PC1 PC2
Horario Sur Oriente Norte Sur Oriente Norte Poniente Base PM 8,1 475,5 415,6 17,3 1,8 14 4,7 PMd 9,4 42,5 32 10,2 1,7 9,9 3,5 PT 8,8 56,5 38,8 15,1 1,8 14,7 5,4 Construcción PM 8,1 475,5 415,6 17,7 1,8 14,3 4,8 PMd 8,7 46,2 29,4 10,5 1,7 9,9 3,5 PT 9 59,2 38,7 15,2 1,8 14,8 5,4 Diferencia PM 0 0 0 0,4 0 0,3 0,1 PMd 0 3,7 0 0,3 0 0 0 PT 0 2,7 0 0,1 0 0,1 0 Fuente: Tabla 127 “Tiempos de desplazamiento vehicular” Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Como se puede observar, los aumentos más significativos para el tiempo de desplazamiento son de 3.7 segundos. Por otra parte, el grado de saturación tiene un aumento máximo de 6%. Por lo que su nivel de servicio más desfavorable es clasificado como nivel de servicio C lo que corresponde a un flujo estable. Cabe destacar que la fase de construcción tiene un periodo de duración de 6 meses y el Punto de Control 1 (PC1) será el más utilizado durante la fase de construcción del proyecto, donde los aumentos más significativos son de 0,3 s y su nivel de servicio es A lo que representa la condición de flujo libre, permitiendo velocidades promedio iguales o superiores a 48 km/h.
Numeral 6.1 anexo 16 Adenda.
Para la fase de operación, los aumentos más significativos para el tiempo de desplazamiento son de 0.2 segundos en el PC1 que será la única intersección utilizada durante la fase de operación del proyecto. Por otra parte, el grado de saturación tiene un aumento máximo de 1%. Su nivel de servicio es A, se mantiene lo que representa la condición de flujo libre, permitiendo velocidades promedio iguales o superiores a 48 km/h. Cabe destacar, que la fase de operación, operará de manera remota e inyectará un flujo de 4 veh/semestre. Se indica además que el tránsito se realizará de lunes a viernes (flujos durante un día laboral) y se restringirá en los periodos Punta Mañana, Medio día y Punta Tarde, los cuales corresponden a rangos horarios de mayor demanda debido al comportamiento del Sistema de Actividades. Con respecto a la fase de cierre se puede mencionar que el flujo que aportará el proyecto es de 6 veh/día durante los 4 meses que dura el periodo de cierre, lo que representa un 0,6% de la capacidad de la vía.
Respuesta 4.18 Adenda.
Desplazamiento peatonal
Para la fase de construcción del proyecto, se incorporan los trabajadores que utilizarán las veredas para llegar al lugar de emplazamiento de la planta solar. Lo que sumado a la situación base medida en terreno, se puede observar que el umbral corresponde a transito libre, por lo que no existe aumento en los tiempos de desplazamiento en el modo peatón. Para la fase de operación del proyecto, no se incorporan peatones, ya que la planta operará de manera remota y los viajes que se realizarán durante este periodo será a través de vehículos a realizar mantención 2 veces al año (4veh/semestre). Lo que sumado a la situación base medida en terreno, se puede observar que el umbral corresponde a transito libre, por lo que no existe aumento en los tiempos de desplazamiento en el modo peatón
Respuesta 4.18 Adenda.
Ciclovías
Considerando que el flujo en la situación base es de 3, 1 y 0 bicicletas por hora para los diferentes horarios de la situación basal, y que el proyecto no considera incorporar flujos en las fases de construcción y operación, se puede descartar un aumento significativo en la capacidad o aumento en los tiempos de desplazamiento. Lo anterior, debido a que se encuentra en un nivel de servicio A para ambas situaciones, lo que corresponde a un desplazamiento de flujo libre.
Respuesta 4.18 Adenda
Mayores antecedentes en anexo 16 Adenda, respuesta 4.17 y 4.18 Adenda.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Con respecto al área de emplazamiento del proyecto y área de influencia, las infraestructuras identificadas corresponden a un jardín infantil y una posta de salud rural y 1 Sename. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Respuestas 4.10 y 4.11 Dimensión de bienestar social básico b) Adenda.
De acuerdo a las formas de afectar a los grupos humanos de estos sectores, se considera como interacción principal, el acceso vial. Sin embargo, de acuerdo al número de vehículos que aporta el proyecto en su fase constructiva, no dificultará el acceso a dichos servicios ya que según el análisis vial en el anexo16 de la Adenda, el proyecto no generará alteración a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo del tiempo de desplazamiento de los usuarios existentes en el área cerca al proyecto, por lo cual no se presentan impactos al incorporar la nueva demanda de transporte. Además, debido a que los trabajos y maniobras de carga y descarga se realizan dentro del polígono de emplazamiento del proyecto (la instalación de bodegas de materiales, oficinas e instalación de faena en general se encuentra dentro del polígono del proyecto), no se producirán obstrucciones a rutas peatonales ni de ciclovías, manteniendo la libre circulación. Por otro lado, la tipología del proyecto no es necesario estimar la demanda a los equipamientos de salud como tampoco de educación, puesto que el proyecto no trae nueva población a residir en la localidad. En materia de servicios básicos e infraestructura básica, referida a agua potable, alcantarillado, electricidad, calles, caminos, etc., se ha identificado que el proyecto no posee las competencias de impedir y alterar el acceso o calidad de estos, debido a que al ser un sector rural no todas las casas poseen alcantarillado, muchas poseen Agua Potable a través de pozos, y el proyecto contempla la implementación de un sistema propios de tratamiento de aguas lluvias. La mantención de la solución de aguas lluvias propuesta se realizará en conjunto a la mantención de caminos. Anualmente y previo a la temporada de precipitaciones se llevará a cabo una limpieza total de las cunetas y zanjas de infiltración, para efectos de evitar la obstaculización del escurrimiento por elementos gruesos y así mismo hacia las zanjas (Respuesta 1.13 Adenda), y en el anexo 14 de la de DIA, además, se incluye el estudio de manejo de aguas lluvias.
A su vez, lo que respecta a la ruta de los camiones, éstos tomarán calles que forman parte de la vialidad estructurante del sector, pero que no impedirán el acceso a tales equipamientos (jardín infantil, posta de atención rural y Sename) como tampoco generara molestia en el acceso a los mismos. En conclusión, se descarta cualquier afectación significativa a los equipamientos por parte del proyecto.
Respuestas 4.10 y 4.19 Adenda.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
El titular señala que, en base al levantamiento de información primaria, a través de entrevistas vecinos clave que se distribuyen por toda el área de influencia, como también, levantamiento de información secundaria realizada por el Titular a través del análisis de normativa y bibliografía asociada, indicada en el numeral 3.1 del Anexo 7 de la Adenda, no existen asociaciones o comunidades indígenas en el territorio. Asimismo, de acuerdo al catastro de asociaciones indígenas de la CONADI, año 2020, existe solo una y que corresponde a la Asociación Indígena Aymara Quechua Jach’a Marka, la cual se encuentra a 4,5 km hacia el noroeste.
Igualmente, considerando además las entrevistas realizadas por el Titular a vecinos del sector y actores claves del al área de emplazamiento; como comerciantes, profesionales y funcionarios municipales, no existe población indígena que realicen prácticas ancestrales en el sector, no encontrándose actividades relacionadas a pueblos originarios dentro del área de influencia para el proyecto, por lo tanto, ninguna actividad de carácter ancestral o tradicional se verá afectado o restringido
Se realiza la fiesta de Cuasimodo, para la cual el Titular indica que, de acuerdo a las conversaciones, la avenida Santa Inés sí fue parte de la ruta de procesión, siempre y cuando Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS existieran vecinos enfermos inscritos que vivieran en el sector. De todas maneras, incluso si volviera esta actividad a utilizar las rutas colindantes del proyecto, siendo además parte del área de influencia del componente turístico, esta celebración se realiza durante el domingo siguiente al de “Pascua de resurrección”, día que no está contemplado para labores de trabajo.
Numeral 5.3 anexo 8 Adenda Complementaria y respuesta 4.20 Adenda.
Como declara el Titular, no existe población indígena que realice prácticas ancestrales en el sector, no encontrándose actividades relacionadas a pueblos originarios dentro del área de influencia para el proyecto, por lo tanto, ninguna actividad de carácter ancestral o tradicional se verá afectado o restringido.
Respuesta 4.20 Adenda y numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria.
En virtud de lo anterior, el proyecto no generará impactos significativos referidos en los literales a) a la d) del art.7 del RSEIA
Mayores antecedentes en capítulo 6.3, Tabla 6.3 del ICE.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental no significativo El Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en la letra d) del artículo 11° de la Ley 19.300:
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.
La asociación indígena más cercana se encuentra a 4,5 km hacia el noroeste y no existen asociaciones indígenas identificadas dentro del área de influencia del proyecto.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.
El Titular indica que realiza una revisión bibliográfica de las Áreas Bajo Protección Oficial pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), así como instrumentos de carácter orientativo y/o propositivo por sus características biológicas o su valor ambiental, tales como: • Áreas pertenecientes al Sistema Nacional de Área Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE). Según el catastro de sitios prioritarios a nivel nacional existen en total 63 territorios que incluyen dicha categoría. A nivel local, el proyecto no se encuentra inserto en un sitio prioritario o estratégico de conservación de biodiversidad, según la Estrategia Regional de Conservación, sin Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
embargo, los sitios más cercanos al área de emplazamiento son: Cerro Chena, ubicado al norte, a 2.7 km de distancia aproximada al área de emplazamiento del proyecto, y Cerro Lonquén al sur, ubicado a más de 2 kilómetros de distancia.
En la figura 84 de la Adenda Complementaria se muestra la ubicación del proyecto respecto al Cerro Lonquén y Cerro Chena.
Se indica que el proyecto en ninguna de sus fases presentará algún grado de afectación a los sitios mencionados anteriormente, ya que estos se encuentran fuera del área de influencia del Proyecto.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria, respuestas 4.21 y 4.22 Adenda.
En virtud de lo anterior, el proyecto no generará impactos significativos referidos al art.8 del RSEIA
Mayores antecedentes en capítulo 6.4, Tabla 6.4 del ICE.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental no significativo El titular declara que no se reconocen elementos de especial valor paisajístico que puedan ser alterados por el proyecto.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en la letra e) del artículo 11° de la Ley N°19.300:
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.
En base al “Estudio de paisaje” del anexo 13 de la DIA y al “Estudio de paisaje” anexo 03 Adenda el proyecto se inserta al interior de la Macrozona Centro, ocupando la sub-zona Cuencas y Valles, en donde se presentan cuencas y valles interiores localizados entre el llano central y el borde oriental de la Cordillera de la Costa. En base al catastro de atributos biofísicos, se determinó la existencia de un valor paisajístico bajo, sin destacar grandes atractivos directamente en el área de estudio. Se identificaron 07 Puntos de Observación en terreno desde donde se puede apreciar, aunque sea una pequeña parte del proyecto, a partir de estos puntos de observación, se elaboraron igual número de cuencas visuales. Por sus semejanzas y condiciones de aspectos de visibilidad comunes, estas 07 cuencas determinaron la existencia de tres (03) unidades de paisaje. Es importante destacar que para este análisis se agregaron los Puntos de observación 06 y 07 correspondientes apuntos realizados desde el Cerro Lonquén y Cerro Chena (El atractivo natural de mayor cercanía el área del proyecto) respectivamente. En términos de calidad, las 03 unidades de paisaje identificadas presentan una calidad de paisaje Baja, los atributos que presenta el paisaje resultan comunes, con un nivel de singularidad moderado. Esta condición está determinada principalmente por las características de los atributos biofísicos y por el nivel de intervención antrópica que presentan las unidades, afectando principalmente la condición de naturalidad y diversidad que presenta el área. Por otra parte, al momento de analizar el área de influencia respecto a la situación sin Proyecto y la situación con Proyecto, mediante la creación de dos (2) fotomontajes, se deduce que los impactos que se generan en el paisaje debido a la instalación de las obras son de menor magnitud, no generando obstrucción visual ni alteración de los atributos visuales. En términos de impactos paisajísticos, la unidad de paisaje sobre la cual se emplaza el Proyecto (Unidad de Paisaje “Agrícola”) ya presenta intervenciones antrópicas moderadas sin alterar la calidad paisajística del sector.
Respecto de la duración de la fase de operación del Proyecto, el Titular indica que ésta es extensa en el tiempo, ya que se estiman en alrededor de 30 años, y respecto de su magnitud, ésta no es relevante, puesto que el parque solar fotovoltaico posee una altura acotada (2,5 metros como máximo), de tal forma que sólo será perceptible en un entorno próximo siendo casi imperceptible desde sectores poblados.
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Para mayor detalle ver anexo 13 de la DIA y anexo 03 Adenda.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.
Según el análisis desarrollado en el Anexo 03 sobre Caracterización del Paisaje de la Adenda, se estableció que el área donde se ejecutará el Proyecto posee un valor paisajístico con una calidad valorada como baja, lo que implica que no cuenta con valor paisajístico, ya que visualmente no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la haga única y representativa, por tanto, no tendrá efecto sobre la magnitud o duración sobre los atributos del paisaje. Si bien se reconoce que la Macrozona Centro, Subzona Cuencas y Valles tienen valor en sí mismo, éste es común y abundante en el área de la zona central. Por otro lado, el área se presenta alterada ante la presencia de intervenciones antrópicas con incidencia visual importante como áreas pobladas y extensas áreas agrícolas, en relación a otras áreas de la Región que se encuentran menos intervenidas. Respecto de la duración de la fase de operación del Proyecto, ésta es extensa en el tiempo, ya que se estiman en alrededor de 30 años, y respecto de su magnitud, ésta no es relevante, puesto que el parque solar fotovoltaico posee una altura acotada (2.5 m como máximo), de tal forma que sólo será perceptible en un entorno próximo y no en gran medida desde sectores poblados en las inmediaciones.
Por lo tanto, el Proyecto no generará alteración en términos de magnitud y duración del valor paisajístico.
c) La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.
De acuerdo al análisis del Anexo 8 “Estudio de Turismo” de la Adenda Complementaria, el Titular indica que se ha considerado la “Guía para la Descripción del Área de Influencia en el SEIA (2017)” para la determinación del área de influencia respecto de los puntos turísticos, la cual se muestra en la figura 1 anexo 8 Adenda Complementaria. Para la determinación del valor turístico en el área de influencia se indica que se considera las indicaciones establecidas en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Valor Turístico en el SEIA”. El atractivo natural de mayor cercanía el área del proyecto corresponde al atractivo natural del Cerro Chena, el cual junto al cerro Lonquén poseen un alto valor histórico-cultural, ya que se ha documentado la existencia de vestigios de la cultura inca que datan del siglo XV. En cuanto a las posibles afectaciones del acceso a este lugar, las actividades que involucran un aumento de la cantidad de vehículos, no impiden que las personas que concurren normalmente a este sector, se vean restringidos, ya que el ingreso a esta zona se encuentra a 3 km de distancia del área de influencia turístico del proyecto y el flujo de visitantes es constante durante el fin de semana y, por lo tanto, la construcción del proyecto no limitaría su acceso. La casa de los religiosos jesuitas corresponde a un monumento histórico (inmueble) que se encuentra en Lonquén Sur, camino El Sauce, a 3,1 km del área de influencia, y analizando los impactos que podrían afectar su visita debido al aumento del tránsito, la entrada principal al lugar se encuentra a 1 km del área de influencia del componente turístico, por lo que no se espera una real afectación. Dentro del área de influencia se encuentra el fundo Santa Inés, que corresponde a un inmueble de interés patrimonial y que actualmente es el Sename de Calera de Tango, no posee características de uso turístico. Numeral 5.2 anexo 8 Adenda Complementaria. Se indica además que el área de influencia se encuentra fuera del alguna Zona de Interés Turístico (ZOIT). Se determina que existe un valor turístico bajo dentro del área de influencia del Proyecto, ya que los trabajos asociados a su construcción, no se categorizan como de gran impacto, al menos en lo relacionado a las posibles afectaciones sobre los lugares con potencial para el turismo, ya que, al considerar todas sus partes y obras, junto al uso de la red vial local, no se estima una alteración en el desarrollo de las prácticas habituales de los atractivos turísticos cercanos al área de proyecto.
Mayores antecedentes en el anexo 8 de la Adenda Complementaria, y la respuesta 4.6 Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
En virtud de lo anterior, el proyecto no generará impactos significativos referidos en los literales a) y b) del art.9 del RSEIA
Mayores antecedentes en capítulo 6.5, Tabla 6.5 del ICE.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Existe 1 elemento de cerámica fragmentado asociado al patrimonio cultural tangible visibles en la superficie del suelo terrestre. Además, dentro del terreno utilizado como lugar habitación por el cuidador, se registró un elemento lítico que posee las características de una rueda de molienda perteneciente a un molino que de acuerdo a lo que indican los dueños, se trasladó junto a otras piezas desde un antiguo fundo de San Fernando.
Anexo 8 “Estudio de arqueología y patrimonio cultural” Adenda Complementaria. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en la letra f) del artículo 11° de la Ley N°19.300:
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288.
En anexo 8 de la DIA se presenta el estudio de arqueología y patrimonio cultural del proyecto y su actualización en anexo 8 de la Adenda, y además en anexo 9 de la Adenda Complementaria se presenta la ficha del hallazgo aislado HA-SI01.
Se contempló como AI de este proyecto, un polígono irregular con una superficie aproximada de 16,4 hectáreas y una nueva extensión eléctrica de 276 m.
De acuerdo a los antecedentes incorporados en el “Estudio de arqueología y patrimonio cultural” “de la Adenda, se indica que el Titular realizó una revisión bibliográfica con los antecedentes arqueológicos de la región, y de los sitios arqueológicos identificados que se encuentran cercanos al área del proyecto junto a su disposición con respecto al área del proyecto. Se identifican además los monumentos nacionales más cercanos al proyecto.
El Titular indica que de acuerdo a la investigación bibliográfica realizada complementada con la prospección arqueológica se registra la presencia de un hallazgo aislado de fragmento cerámico en la superficie del área de influencia del proyecto. Además, dentro del perímetro del hogar del cuidador, se registró una pieza lítica asociada a una rueda de molienda perteneciente a un molino, que según los dueños fue traído de una propiedad ubicada en San Fernando, su ficha se encuentra en anexo 9 de la Adenda Complementaria. El hallazgo aislado encontrado en el área de prospección (SI-1) durante la primera campaña, posee valor patrimonial ya que corresponde a un fragmento cerámico correspondiente a un depósito efímero, asociado al complejo al Periodo Alfarero Temprano, donde es posible observar una escasa concentración de cultura material, en sus 486 m2. Del total de materiales levantados, el 80% corresponden a cerámica, mientras que el resto corresponde a material lítico, tanto formatizados como el proceso de talla.
Además, se indica que el monumento nacional con declaratoria más cercano al Área de Influencia del Proyecto, es la Casa de los religiosos jesuitas en Calera de Tango y ubicado a 3,2 km al sureste, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
en la comuna de Calera de Tango. Es por lo anterior, que no se considera la intervención de Monumentos Nacionales de aquellos definidos por la Ley N°17.888 cercanos al Proyecto.
De acuerdo a lo indicado por el Titular, se consideran las siguientes medidas de prevención ante un eventual hallazgo del componente cultural durante la fase de construcción:
• Se indica con respecto al sitio arqueológico SI-01, que el cerco perimetral para su protección será realizado con mallas y postes de 1,2 m como mínimo, además, la instalación de señalética indicando su presencia y de un buffer de protección de 10 metros desde los límites de dispersión del sitio. Esta actividad será supervisada por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, y comunicada al CMN a través de un informe. Estos cercos serán instalados al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) debiendo permanecer por toda la vida útil del proyecto, de tal manera de proteger los sitios arqueológicos durante las fases de construcción y operación del proyecto. Se enviará el informe correspondiente a la implementación de las medidas de protección a la SMA y al CMN. Este informe incluirá fotografías del proceso de cercado y será remitido a más tardar 30 días hábiles desde la habilitación del cerco de protección.
Realizar charlas de inducción arqueológica al personal del proyecto que participe en los movimientos de tierra durante la fase de construcción. Las charlas serán preparadas por un licenciado o titulado en arqueología, con la finalidad de capacitar a los trabajadores sobre el patrimonio, la arqueología y su marco legal, además de saber cómo actuar en caso de hallazgos patrimoniales no previstos. • Al estar cercano a sitios arqueológicos, se realizará un monitoreo constante a cargo de un arqueólogo o licenciado en arqueología y en caso de efectuarse un hallazgo de valor patrimonial deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y N°27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y N°23 del Reglamento de la Ley N°17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se deberá paralizar toda obra en el sector del hallazgo e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales.
Respuesta 4.26 Adenda, Respuesta 4.8 Adenda Complementaria.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
Considerando la existencia del sitio arqueológico SI-01, implementará un monitoreo arqueológico permanente, realizado por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Se realizarán charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir lo que se señala en la respuesta 10.4 de la Adenda l Respuesta 10.4 Adenda.
De acuerdo a los antecedentes físicos y bibliográficos de la zona a intervenir, el Titular compromete como medida la ejecución de charlas de inducción paleontológica a los/as trabajadores/as. Estas serán dictadas por un profesional paleontólogo/a previo al inicio de las obras, cada vez que se incorpore personal y con refuerzos mensuales. Los reportes serán enviados de manera semestral a la superintendencia del medio ambiente y al CMN. Los puntos a incluir se detallan en la respuesta 10.5 de la Adenda
Respuesta 10.5 Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.
El Titular indica que, en base a los resultados de las entrevistas, apoyándose de las observaciones en terreno, levantamiento de información secundaria, análisis de normativa y bibliografía asociada, como también, el levantamiento de información primaria, a través de entrevistas a los respectivos vecinos más próximos, indicadas en anexo 7 de la Adenda. No existen dentro del área de influencia, actividades que puedan ser consideradas como tradicionales y/o culturales.
Numeral 1.9 anexo 1 Adenda Complementaria y respuesta 4.26 c Adenda.
En virtud de lo anterior, el proyecto no generará impactos significativos referidos en los literales a) a la c) del art.10 del RSEIA
Mayores antecedentes en capítulo 6.6, Tabla 6.6 del ICE.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fosa séptica con dren de infiltración. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se generará aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos disponibles para el personal de trabajo. El caudal de diseño de aguas servidas es de 900 L/día y fue calculado considerando la cantidad máxima de 6 trabajadores diarios, una dotación de 150 L/hab/día y un factor de recuperación del 100%.
La En la fosa séptica realiza un tratamiento primario mediante la separación física y fermentación anaeróbica. El retiro de lodos producidos por el mismo proceso será 1 vez al año por una empresa autorizada y serán enviados a un sitio de disposición autorizado.
Mayores antecedentes en el PAS 138, anexo 11 Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1852 de fecha 12 de junio de 2023, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes del PAS 138. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1. del ICE. 6.1.2. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sector temporal de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios. Condiciones o Fase de construcción y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
exigencias específicas para su otorgamiento
Los residuos domésticos se dispondrán en contenedores con tapa y bolsas de basura herméticas, claramente identificados para que diariamente sean transportados al área de acopio de residuos domiciliarios o asimilables en la instalación de faena a la espera de ser retirados con una frecuencia aproximada de 2 o 3 veces por semana y dispuestos finalmente en un sitio autorizado para dicho fin. Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente en el Área de acopio de residuos industriales no peligrosos en la instalación de faena para su reutilización, reciclaje o comercialización. Se estima que los residuos sólidos industriales serán retirados 1 vez al mes y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva.
Fase de operación.
La generación de residuos asimilables domésticos estará asociado a las actividades de mantención y/o reparación, por lo que el retiro de estos estará a cargo de la empresa que realizará las mantenciones 2 veces al año. La generación de residuos sólidos industriales no peligrosos provendrán principalmente de los embalajes y e insumos de mantención (cartones, maderas, fierros, etc.) los que serán retirados el mismo día por los trabajadores.
Mayores antecedentes en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1852 de fecha 12 de junio de 2023, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes del PAS 140 condicionado a: “· Los sitios de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios y residuos no peligrosos, deberán contar con carpeta sólida, impermeabilizada que facilite su limpieza las veces que sea necesario y aísle la superficie del sitio de almacenamiento y el suelo natural, además los residuos deberán estar protegidos de las inclemencias del tiempo. · Tenga presente que los residuos sólidos industriales no peligrosos asimilables a domiciliarios, deberán ser manejados en bolsas plásticas, al interior de contenedores herméticos con tapa, con una frecuencia de retiro de 2 a 3 veces por semana y dispuesto en Relleno Sanitario Autorizado. En el caso de que los residuos contengan restos de materia orgánica debe tener presente que deberá tomar todas las medidas para evitar la emisión de malos olores, atracción de vectores de interés sanitario (moscas, ratones u otros insectos) y generación de focos de insalubridad y riesgo a los trabajadores.”
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2. del ICE. 6.1.2. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de acopio temporal de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se mantendrá una bodega de residuos peligrosos será el lugar donde se almacenarán este tipo de residuos, provenientes de las actividades a realizar durante cada fase del proyecto. Estará ubicada al interior de la instalación y será construida sobre un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 110% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame. Los residuos estarán debidamente identificados y clasificados, dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente al interior de la Bodega en conformidad al D.S N°148/03 del MINSAL. El transporte de estos residuos será realizado por una empresa autorizada y su disposición Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
final se realizará en sitios autorizados, cuenten con las resoluciones correspondientes de la SEREMI de Salud.
Mayores antecedentes en el PAS 142, Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1852 de fecha 12 de junio de 2023, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes del PAS 142 condicionado a: condicionado a: “· La Bodega de residuos peligrosos deberá contar con capacidad suficiente para almacenar los paneles fotovoltaicos dañados, además, deberá tener presente que las características constructivas de estos recintos deberán no solo dar cumplimiento a las disposiciones del D.S. 148/2003 del MINSAL, sino que también deberán ajustarse a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales que conformen los cierres perimetrales de estos sitios. De acuerdo a ello, previo a definir la materialidad de su cierre, se debe considerar la carga combustible almacenada en su interior.”
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.3. del ICE. 6.1.4. Permiso para efectuar modificaciones de caucesegún se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas, paneles fotovoltaicos, transformadores, caminos, bodegas, sala de control, estacionamientos y zonas de baterías. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En proyecto contempla una zona de instalación de faenas, que considera diferentes obras temporales (zona de acopio de paneles, comedor, servicios higiénicos, oficinas, grupo electrógeno, zona de combustible, zona de acopio de materiales, etc) Por otra parte, en la fase de operación (instalaciones permanentes), las edificaciones consideradas estarán destinadas a la generación de energía, que incluye áreas de almacenamiento de residuos, bodega RESPEL, sala de control, área de estacionamiento, transformadores, etc.
Mayores antecedentes en el PAS 160, Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente El SAG de la Región Metropolitana, mediante su Of. ORD. Nº 828/2023 de fecha 08 de junio de 2023, se pronuncia conforme a los antecedentes del PAS 160. La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1640 de fecha 21 de septiembre de 2022, se pronuncia conforme, respecto de los antecedentes del PAS 160 condicionado a que: “- Una vez obtenida la RCA favorable, el titular, deberá solicitar en forma sectorial el informe favorable que debe emitir esta secretaria, señalado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para la asignación de normas de urbanización, el que debe ser solicitado por el dueño del predio o predios (al momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones del proyecto, incluidos los paneles fotovoltaicos. - El titular obtenga la calificación de instalaciones industriales a que se refiere el art. 4.14.2 de la OGUC (art. 161 del Título VII del Decreto Supremo Nº 40/13) durante el proceso de evaluación del proyecto en cuestión.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.4. del ICE. 6.1.5. Pronunciamiento 161 Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La planta solar contará con aproximadamente 21.392 módulos fotovoltaicos. La potencia de cada módulo comprende 515 Wp. En el anexo 5 de la Adenda Complementaria se presenta el emplazamiento del proyecto.
Mayores antecedentes en pronunciamiento 161, anexo 11.5 Adenda y en respuestas 3.12 y 3.13 de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1852 de fecha 12 de junio de 2023, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes del Pronunciamiento y precisa: “En relación al pronunciamiento contenido en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, relacionado con la Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el art. 4.14.2 del D.S. 47/92 del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Al respecto se señala que la actividad es calificada de Inofensiva, siempre y cuando controle sus molestias dentro de su propio predio e instalaciones.”
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.2 del ICE.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma 1 D. S N° 144/1961, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza. Otras normas relacionadas D.S. N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” (OGUC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción: Excavación, perforación, carga, descarga y transporte de excedentes, tránsito de vehículos, funcionamiento maquinaria y equipos electrógenos. Fase de Operación: Tránsito de vehículos. Fase de Cierre: Excavación, erosión de material, tránsito vehículos, funcionamiento maquinaria y equipos electrógenos. Forma de cumplimiento El Titular implementará acciones para disminuir sus emisiones atmosféricas en las fases de construcción y cierre: ● Los vehículos y maquinarias que se utilizarán contarán con su revisión técnica al día. ● Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases. ● Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. ● El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 20 km/h en la obra. ● Para las labores de construcción de la línea de evacuación eléctrica, se considerará el minimizar al máximo las labores de excavación y movimientos de tierra, evitando que estas se realicen en días en los cuales el viento disperse el polvo fácilmente. Por otro lado, se procurará mantener la vegetación aledaña, realizando raleo solo cuando sea estrictamente necesario. • Humectación de aquellos materiales que puedan desprender polvo, de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas sitios de desplazamiento y vías de circulación de vehículos, máquinas y equipos, sobre todo en los horarios de mayor flujo vehicular, siempre y cuando se trate de vías no estabilizadas. • La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.
Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de las medidas de cumplimiento. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. Forma de control y seguimiento Se enviará un expediente a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 60 días hábiles de la ejecución de las medidas de cumplimiento, revisiones técnicas y mantenciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.1 del ICE. Norma 2 D.S. N°31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA).
Otras normas relacionadas No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Excavación, perforación, carga, descarga y transporte de excedentes, tránsito de vehículos, funcionamiento maquinaria y equipos electrógenos. Fase de operación: Tránsito de vehículos. Fase de cierre: Excavación, erosión de material, tránsito vehículos, funcionamiento maquinaria y equipos electrógenos.
Forma de cumplimiento De acuerdo a las estimaciones realizadas y presentadas en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, “Informe de Emisiones Atmosféricas”, es posible señalar que el Proyecto no sobrepasa los límites máximos permisibles establecidos en el artículo 64 del D.S. Nº 31/2016 del MMA (PPDA), por lo que no deberá presentar un Programa de Compensación de Emisiones (PCE). Sin perjuicio de lo anterior, durante la fase de construcción y cierre se implementarán las siguientes medidas: ● Los vehículos y maquinarias que se utilizarán contarán con su revisión técnica al día. Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases. ● Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. ● El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 20 km/h en la obra. ● Para las labores de construcción de la línea de evacuación eléctrica, se considerará el minimizar al máximo las labores de excavación y movimientos de tierra, evitando que estas se realicen en días en los cuales el viento disperse el polvo fácilmente. Por otro lado, se procurará mantener la vegetación aledaña, realizando raleo solo cuando sea estrictamente necesario.
La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°220 de fecha 13/03/2023, se pronuncia conforme condicionado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las acciones que implementará el Titular para disminuir las emisiones mencionadas anteriormente. Forma de Control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.2. del ICE. Norma 3 D.S. N°279/1983 del Ministerio de Salud, que “Aprueba el reglamento para el control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna”.
Otras normas relacionadas No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra Forma de Control y seguimiento Revisión de los registros de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Se enviará un expediente de las revisiones técnicas a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde cada revisión técnica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.3 del ICE. Norma 4 D.F.L. N°18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías que indica”.
Otras normas relacionadas No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de diferentes insumos y residuos (realizado por proveedores y terceros autorizados) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Forma de cumplimiento No se transitará por las vías que se indican en el D.S. N°18/2001 en ninguna de las 3 fases del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se tendrá una hoja de ruta de los camiones de carga que realicen el transporte, indicando las rutas a transitar. Forma de control y seguimiento Superintendencia Medio Ambiente (Fiscalización de RCA) y SEREMI Transporte y Telecomunicaciones Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.4 del ICE. Norma 5 D.S. Nº54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica” Otros cuerpos legales asociados D.S. Nº4/1994, del Ministerio de Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos del proyecto. Forma de cumplimiento Se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Se enviará un expediente de las revisiones técnicas a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde cada revisión técnica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.5 del ICE. Norma 6 D.S N°211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Norma Sobre Emisión de Vehículos Motorizados Livianos”.
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, El Proyecto considera utilizar vehículos motorizados livianos durante todas las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica fases del Proyecto principalmente para el transporte del personal. Forma de cumplimiento Acreditación ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que el modelo de vehículo o familia de motores cumplen con las normas de emisión del presente decreto que les sean aplicables y que cuentan con los equipos o accesorios necesarios para alcanzarlas Indicador que acredita su cumplimiento Todo vehículo llevará el rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos: que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. Forma de control y seguimiento El Proyecto considera utilizar vehículos motorizados livianos durante todas las fases del Proyecto principalmente para el transporte del personal. Revisión visual de rótulo y registro interno de certificados de cumplimiento de normas de emisión. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.6 del ICE. Norma 7 D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”.
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales e insumos que serán transportados por las rutas de acceso al Proyecto Forma de cumplimiento Se exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico de camiones. Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros en las faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.7 del ICE.
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7.2. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma 1 D.S Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Habilitación de terreno, postación, habilitación de instalación de faena, hincado de estructuras, montaje estructura micropilotes, montaje de paneles, instalación centros de transformación y desmovilización instalación de faena
Fase de Operación: Operación continua de 3 Transformadores Elevadores de Media Tensión
Fase de Cierre: Habilitación instalaciones de faena. Forma de cumplimiento El resultado del estudio de ruido que se presenta en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria indica que la predicción de los niveles de ruido del Proyecto cumpliría con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N°38/12 del Ministerio del Medio Ambiente, no produciendo impacto acústico significativo dentro para las comunidades y viviendas cercanas al Proyecto adoptando las respectivas medidas de control. propuestas en el numeral 5 del anexo 10 de la Adenda Complementaria para las fases de construcción y cierre, de implementación de pantallas acústicas. Las pantallas acústicas fijas deberán instalarse previo al comienzo de la Fases de Construcción y Cierre del Proyecto, y se mantendrán en su lugar hasta la finalización de cada Fase. Los módulos deberán fijarse lateralmente por sistema de pernos o mecanismo similar, a fin de evitar uniones abiertas que favorezcan la filtración de ruido hacia los Receptores. Respecto a la Pantalla Acústica Móvil, está deberá instalarse entre el Receptor y la fuente de ruido lo más cerca posible de la fuente emisora, la cual no genere riesgos hacia los trabajadores, recomendándose una distancia de 2 metros aproximadamente esta última, y deberá mantenerse por todo el tiempo que dure la instalación de los 3 Postes. Por otra parte, el titular del Proyecto deberá realizar un Registro mensual del estado de las Pantallas Acústicas, donde se indiquen posibles daños, reparaciones y observaciones generales, las cuales deberán ser respaldadas mediante fotografías. Este documento deberá estar firmado por el responsable de la Obra, y estar disponible en formato digital y físico en Obra. Los Registros se deberán actualizar dentro de los 5 primeros días de cada mes. Las Pantallas acústicas deberán tener una altura 3,6 metros, y construidas en plancha de OSB de 18mm de espesor (mínimo 15mm), con una cara absorbente (lana de vidrio o mineral cubierta con malla raschel o similar para evitar desprendimientos). La ubicación de las pantallas acústicas se especifica en la tabla 54 del anexo 10 de la Adenda Complementaria y figuras 59 y 60 del mismo anexo.
La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°1852 de fecha 12/06/2023, se pronuncia conforme. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. Forma de control y seguimiento Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.8 del ICE.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Norma 1 D.S N° 594/1999, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Trabajo” Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N°725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción y cierre, los residuos domésticos (residuos orgánicos, Papel, cartón, embalajes de piezas, etc.) serán recogidos en bolsas de basura desde terreno y colocados en recipientes cerrados y rotulados ubicados en la instalación de faena, para luego ser retirados dos veces por semana desde las instalaciones de faena por una empresa contratista autorizada en la región, para ser dispuesto finalmente en un relleno sanitario autorizado. Respecto de los Residuos sólidos industriales no peligrosos (restos de madera, plásticos, escombros, restos metálicos, etc.), serán retirados desde los frentes de trabajo en camiones cubiertos y depositados dentro del área de acopio de residuos no peligrosos de la instalación de faena, de acuerdo a su correspondiente clasificación. Su retiro se realizará mensualmente o cada vez que sea necesario, de acuerdo a la capacidad del patio de salvataje, por una empresa contratista autorizada en la región, para ser dispuesto finalmente en un relleno sanitario autorizado. Respecto de los Residuos sólidos peligrosos (aceites y lubricantes usados, envases de pinturas y/o solventes, huaipes contaminados, arenas contaminadas, etc.), serán almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados y retirados cada 6 meses. Serán dispuestos al interior de una BAT de residuos peligrosos, habilitada en la instalación de faena. Finalmente, serán trasladados a su disposición final fuera del área del proyecto, en un recinto autorizado por la SEREMI de Salud. Los residuos sólidos generados en la operación serán retirados por el contratista que realice las labores de mantención para ser dispuestos en lugar autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, PAS 140 y 142. Adicionalmente, el titular mantendrá un plan de manejo de los residuos no peligrosos generados por el Proyecto (adjunto en el Anexo 5.2 de la DIA), y de las declaraciones en el RETC, según corresponda. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Se enviará un expediente de los registros a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde cada declaración en el RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.9 del ICE. Norma 2 D.S. 594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes del proyecto. Forma de cumplimiento Para la instalación de faena y en los frentes de trabajo se implementarán baños químicos para los seis meses de construcción y luego para el cierre, los que serán manejados por empresas autorizadas. Durante la operación el proyecto contará con una fosa séptica cuyas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
características se encuentran descritas en el PAS 138, adjunto en el Anexo 11.1 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Autorización sanitaria de fosa séptica, otorgamiento PAS 138. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria. Con envío de registro de documento (contrato, convenio, boleta o factura) del proveedor del servicio a la SMA en un plazo no superior a 20 días hábiles desde el contrato del servicio. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.10 del ICE. Norma 3 D.S N°138/2005 del Ministerio de Salud que “Establece la Obligación de Declarar Emisiones que Indica” (caldera y grupos electrógenos)
Otros cuerpos legales asociados D.S. Nº 1/2013, Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones será obtenida mediante un grupo electrógeno de 30 kVA. Forma de cumplimiento El titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes, dando cumplimiento al D.S. Nº1/2013 Reglamento del RETC Indicador que acredita su cumplimiento Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, Resolución Exenta N°144/2020 MMA, Aprueba norma básica para la implementación de modificación al reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.11 del ICE. Norma 4 D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras. Forma de cumplimiento • Para la fase de construcción, operación y cierre del proyecto se contará con bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, que cumplirán con las condiciones vigentes. • El periodo de almacenaje de los residuos en estos recintos no excederá los 6 meses. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
• El retiro y disposición final de estos residuos se realizará mediante empresas autorizadas. • En caso de que, se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará lo establecido en el plan de contingencia y emergencia para derrames. • Obtención del Permiso Ambiental Sectorial mixtos PAS 142 del Reglamento del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, PAS 142. Se tramitará sectorialmente la autorización para el almacenamiento temporal de este tipo de residuo. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos peligrosos del Proyecto, así como de las declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del indicador de cumplimiento, además de contar con los registros comprometidos. Se enviará un expediente de los registros a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde cada declaración en el RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.12 del ICE. Norma 5 D.S. Nº1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En todas las partes y obras. Forma de cumplimiento El Titular declarará, según corresponda, los residuos domiciliarios, no peligrosos y peligrosos en el sistema de Ventanilla Única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones realizadas mediante ventanilla única del RETC Forma de control y seguimiento Realización de las declaraciones realizadas mediante ventanilla única del RETC, con envío a la SMA en un plazo no superior a 60 días hábiles desde cada declaración Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.13 del ICE. Norma 6 Ley N°20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente, que “Establece Marco para La Gestión de Residuos, La Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje”.
Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Aparatos eléctricos y electrónicos y envases y embalajes que puedan venir asociados a la importación de paneles solares Forma de cumplimiento Se informará anualmente en el RETC, la cantidad de productor prioritarios en el País durante el año inmediatamente anterior. La cantidad de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual periodo y su costo. Cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso. Se indicará sobre la gestión de recolección y valorización se realizó de manera individual o colectiva. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones realizadas mediante ventanilla única del RETC Forma de control y seguimiento Realización de las declaraciones realizadas mediante ventanilla única del RETC, con envío a la SMA en un plazo no superior a 60 días hábiles Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
desde cada declaración. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.15 del ICE.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas Norma 1 D.S. Nº 43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de insumos o sustancias con características de peligrosidad. Forma de cumplimiento Se mantendrá una bodega de herramientas y gaveta de sustancias peligrosas que estará habilitada especialmente para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el proyecto, cumpliendo con las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud.
Indicador que acredita su cumplimiento Inspección visual y registros de revisión de condiciones de acuerdo a las disposiciones del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud . Forma de control y seguimiento Mantención de registro de inspecciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.14 del ICE.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente Norma 1 Resolución N°1/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece dimensiones máximas a vehículos que indica”.
Otras normas relacionadas No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte Forma de cumplimiento Para el cumplimiento del artículo 1º de la norma los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantendrá un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas. Las que se mantendrán en oficina de obra para las fases de operación y cierre. En caso de la fase de operación estará a disposición de la empresa encargada de mantención. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2. y Tabla 8.2.1 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Norma 2 D.S. N° 298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”
Otras normas relacionadas No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, o acción a la que aplica Transporte Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a los requisitos de transporte, exigiendo a las empresas contratistas a cargo del transporte de cualquier sustancia peligrosa que cumpla con todas las disposiciones de presente Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Se contratará a empresas especializadas que posean autorización sanitaria y que cumplan con la normativa. Hojas de datos de seguridad a disposición de la autoridad fiscalizadora en el sitio de almacenamiento. El Almacenamiento se realizará de acuerdo a lo señalado en el Párrafo I del Decreto 43/2015 MINSAL que Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas respecto a pequeñas cantidades. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles para ser fiscalizados por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2. y Tabla 8.2.2 del ICE. Norma 3 Decreto Supremo Nº 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total Otras normas relacionadas D.S. N°200/1993 del MOP Establece Pesos Máximos A Los Vehículos Para Circular En Las Vias Urbanas Del País Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, o acción a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases del proyecto. Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de los numerales 2) y 4) citados, el Titular sólo utilizará vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma. Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso que sea necesario solicitarlos Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. Se enviará un expediente de los permisos correspondientes a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 60 días hábiles del comienzo de la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2. y Tabla 8.2.3 del ICE. Norma 4 D.S. N° 18/2001, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga por las Vías al Interior del Anillo Américo Vespucio”
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento No aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Parte, obra, o acción a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Forma de cumplimiento Transporte de diferentes insumos y residuos (realizado por proveedores y terceros autorizados) Indicador que acredita su cumplimiento No se transitará por las vías que se indican en el D.S. N°18/2001 en ninguna de las tres fases del proyecto. Forma de control y seguimiento Se tendrá una hoja de ruta de los camiones de carga que realicen el transporte, indicando las rutas a transitar. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2 y Tabla 8.2.4 del ICE.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural Norma Ley N° 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, que legisla sobre Monumentos Nacionales. Otras normas relacionadas Decreto Supremo Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de movimientos de tierra durante la fase de construcción Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, se realizarán las siguientes acciones: • Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se deberán considerar 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. • Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. • Se delimitará y señalizará correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se dispondrá para ello la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. Se notificará al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación será informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha del descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Indicador que acredita su cumplimiento Respaldos con documentos e informes de las acciones descritas en caso de hallazgo no previsto Registro de paralización de obra, en el caso de hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos. Forma de control y seguimiento Revisión del registro y cumplimento de las medidas y obligaciones descritas en el evento de verificarse algún hallazgo. Con envío a la SMA y CMN en un plazo no superior a 60 días hábiles desde el comienzo de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
fase de construcción y en caso de hallazgo no previsto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.3. y Tabla 8.3.1 del ICE. Norma 2 Decreto Supremo Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Otras normas relacionadas No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de movimientos de tierra durante la fase de construcción Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de las medidas comprometidas. De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción del Proyecto, deberá detenerse cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 y 27 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades. Forma de control y seguimiento Revisión del registro y cumplimento de las medidas y obligaciones descritas en el evento de verificarse algún hallazgo. Con envío a la SMA y CMN en un plazo no superior a 60 días hábiles desde el comienzo de la fase de construcción y en caso de hallazgo no previsto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.3 y Tabla 8.3.2 del ICE.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1 Condición o exigencia 1: SEREMI de Medio Ambiente, RM Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente Condición De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Medio Ambiente, RM en su Of. ORD. N° 220 de fecha 13 de marzo de 2023:
“Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA), 1.- Presentar a la Superintendencia del Medio Ambiente los medios de verificación que acrediten: • El uso de maquinaria fuera de ruta de antigüedad máxima de 5 años, como se señala en la respuesta 2.14 de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Adenda. • La no realización de escarpe en el sitio del proyecto, como se indica en el punto 3.2 del Anexo 13 de la Adenda.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.1. del ICE.
8.2 Condición o exigencia 2: SEC, RM Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Cumplir normativas y condiciones establecidas por la Superintendencia de Electricidad y Combustible. Condición De acuerdo a lo señalado por la Superintendencia de Electricidad y Combustible, RM en su Of. ORD. N° 10764 de fecha 31 de agosto de 2022:
“No obstante lo anterior, en materias de seguridad de electricidad de competencia de esta Superintendencia y cuyo cumplimiento le corresponde fiscalizar, el titular del proyecto en comento deberá tener presente en su materialización, las disposiciones contenidas de al menos; los siguientes cuerpos normativos y reglamentarios: D.F.L. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores. D.S. Nº 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”. Decreto N° 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones posteriores. D.S. N° 244 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que "Aprueba Reglamento para Medios de generación No Convencionales y Pequeños Medios de Generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores. Resolución Exenta Nº 321, del 21 de julio de 2014, del Ministerio de Energía, que dictó la Norma Técnica con exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema Interconectado Central, y sus modificaciones posteriores. Resolución Exenta N° 329 de 2013, de la Comisión Nacional de Energía que modifica y aprueba texto refundido de la “Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión” y sus modificaciones posteriores. D.S. N° 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCH Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984". D.S. N° 4188 de 1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”. D.S. N° 1261 de 1957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”. Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”. Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos 1982". D.S. N° 8 de 2020, del Ministerio de Energía. “Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
8.2 Condición o exigencia 2: SEC, RM D.S. N° 109 de 2017, del Ministerio de Energía. “Reglamento Seguridad Instalaciones Eléctricas destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica”. El abastecimiento de combustible a través de camión surtidor (autorizado), en el momento que se requiera, mencionado en el numeral 1.5.4.3. Sustancias peligrosas, de la sección 1.5.4. Suministros o insumos básicos, del Capítulo 1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, de la DIA en comento, camión surtidor que debe contar con su respectiva Declaración de Camión Tanque de Combustibles Líquidos ante esta Superintendencia y las operaciones relacionadas de carga y descarga, entre otras, deben cumplir con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, modificado por los Decreto Supremo N° 101/2013 y N° 138/2016, ambos del Ministerio de Energía. El grupo electrógeno de 30 KVA (26 kW) de capacidad nominal, para abastecer de energía eléctrica a la instalación de faena, mencionado en el numeral 1.5.4.2. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.2. del ICE.
8.3. Condición o exigencia 3: SEREMI MOP, RM. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo Cumplir con las condiciones establecidas por la SEREMI MOP Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI MOP, RM en su Of. ORD. N° 037/2023 (Sea-Seia- Adenda) de fecha 9 de marzo de 2023:
“(…) Tener presente en forma complementaria por parte del Titular, que sólo se podrá dar inicio a las obras del proyecto, cuando se cuente en forma previa con la aprobación del proyecto de Acceso Vial, y el mismo se encuentre materializado con anticipación y con la respectiva recepción de La Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS. Restaurar a su estado original (o reponer en caso de que resulten destruidas) cualquier vía, espacio público, u otra infraestructura que puedan verse afectadas por faenas de construcción del proyecto. Tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere implicar algún tipo de acción y/o intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada por el Titular y aprobada por los Servicios competentes de este organismo.”
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.3. del ICE.
8.4. Condición o exigencia 4: SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, RM Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo Dar cumplimiento a las condiciones establecidas por la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones. Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, RM en su Of ORD. N° 6729/2023 SRM-RM de fecha 08 de marzo de 2023:
“1. El titular deberá dar total cumplimiento a los flujos vehiculares establecidos en las tablas N° 2, 3 y 4 del estudio de movilidad presentado en la ADENDA. En caso de que se requiera aumentar el flujo vehicular o modificar las dimensiones de los vehículos utilizados por el proyecto, se deberá presentar un estudio de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
8.4. Condición o exigencia 4: SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, RM movilidad a la Secretaría Regional Ministerial de Transporte para su evaluación. 2. Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. En este sentido, el titular debe generar un plan de gestión de tránsito vehicular en los accesos del proyecto, especialmente en la Ruta G-364, para evitar afectaciones a los tiempos de desplazamiento de los usuarios de las vías circundantes. 3. Se sugiere que, aun cuando el proyecto o actividad no genere impactos significativos, se desarrollen y propongan compromisos ambientales voluntarios en la materia, como por ejemplo, mejoras tecnológicas o gestiones consideradas en el diseño, como la semaforización, ciclovías, ensanche de vías y/o veredas, estacionamientos, entre otros. 4. El titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones del proyecto en todas las etapas del proyecto. 5. Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. Lo anterior, se establece para todas las etapas del proyecto. 6. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día.”
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.4. del ICE.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: “Capacitación sobre la componente fauna y flora” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar conciencia sobre la protección de la fauna silvestre y flora y vegetación. Descripción: Se capacitará al personal de planta y contratistas involucrados en las distintas fases del Proyecto, sobre prohibición de cazar y domesticación de fauna nativa, protección y conservación de la fauna silvestre que habita en la zona y sobre las precauciones que se deberán considerar para evitar atropellos. Adicionalmente, se informará sobre los procesos de clasificación de especies y relevancia de preservación de la biodiversidad. Justificación: Crear conciencia en el personal para disminuir la probabilidad de afectación al componente fauna, flora y vegetación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior de las instalaciones del Proyecto. Forma: Las inducciones al personal se realizarán en cuanto ingresen los trabajadores a las instalaciones y se realizarán cada vez que exista un nuevo ingreso. Se tendrá un registro de inducción en el cual se identifique el nombre del trabajador con la finalidad de llevar el control de quienes cuentan con estas. Oportunidad: Las instrucciones se realizarán para todas las fases del Proyecto, y será realizada cada vez que se gestione el ingreso de un nuevo trabajador. Indicador que acredite su cumplimiento Registros fotográficos, lista de asistencia y temario de las materias impartidas. Forma de control y seguimiento Se llevará registro del personal que ingresa a la obra y capacitaciones asociadas que le fueron impartidas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: “Capacitación sobre la componente fauna y flora” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.1. del ICE.
9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: “Aumento de mejora productiva” Impacto asociado Pérdida de productividad de un suelo con capacidad agrícola Clase III, debido al emplazamiento del proyecto Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aumentar la mejora productiva de un suelo distinto al cual se emplaza el proyecto. Descripción: Mejoramiento sustancial de una superficie de suelo, en una relación 1:1 ha esto con estricto apego a los lineamientos y recomendaciones contenidos en la Guía de Evaluación Ambiental: Recurso Natural Suelo (GPR.GA-05) año 2011” (SAG, 2011), cuyo numeral 6.3, considera medidas de mejoramiento de suelos y medidas de rehabilitación de suelos. Justificación: Esta medida se propone debido a que una porción del suelo en donde se emplazará el Proyecto cuenta con Capacidad de Uso de Suelo Clase III. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El área a mejorar se encuentra ubicado en la comuna de Melipilla, Rol 2022-65. Pivote del cual se utilizarán 15,2 hectáreas.
Forma: Subsolado: tanto las arenas pumicíticas con sílice que componen el duripán como otros materiales particulados más finos deben ser fracturados para así mejorar la profundidad efectiva del suelo, así como también la percolación del agua y la exploración y penetración de las raíces. Se utilizará en primer lugar un Bulldozer D9 con un subsolado de un metro para fracturar primitivamente el duripán en una dirección. Posteriormente, se utilizarán máquinas excavadoras (30tons) con un equipo tridente (garra) capaz de penetrar a los menos 90cm del suelo, para así asegurar una mejora productiva sustancial del suelo comprometido. Se utiliza tridente de forma posterior al bulldozer, y en direcciones contrarias para así lograr la total fractura del duripán. Extracción de fragmentos de gran tamaño: Se procederá a la extracción de fragmentos de duripán que queden en superficie, y los cuales no pueden ser mullidos por los diferentes equipos de preparación de suelos. Estos fragmentos de gran tamaño serán retirados por camiones tolvas a sectores prediales que se encuentren en desuso, normalmente esquinas entre pivotes. Pulverización de fragmentos medios: Se utilizará la máquina Seppi Multiforst 220 para así poder triturar los fragmentos de tamaño medio que queden en superficie, y que aún generen alguna problemática para las labores de preparación de suelos, siembra o cosecha. Rastra: Posterior al paso de los equipos nombrados anteriormente, es necesario rastrear el terreno, para así asegurar que no queden grandes de duripán en superficie que dificultarían otras labores agrícolas como la siembra. Extracción de pedregosidad aluvial mayor (Pivote Aceituno): En el caso del Pivote de Riego llamado Aceituno dentro de Fundo Huechún, existe un sector acotado en donde es posible encontrar una asociación entre la Serie Pudahuel y una Caja de Estero, probablemente descendiente del Estero Puangue, es por ello, que para dicho sector es necesaria la utilización de un balde ranurado en una excavadora para así extraerlos desde el suelo y no dejar vestigios que generen problemáticas de preparación de suelo, siembra o cosecha. Por otra parte, es necesaria la utilización de equipos como el Kivi Pekka, la cual es una máquina despedregadora que extrae la pedregosidad mayor a 4cm de diámetro, esto permitirá no alterar los procesos de siembra y preparación de suelos. Se debe utilizar este equipo debido a que la utilización del acondicionador de suelos Seppi Multiforst 220 liberará gran Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: “Aumento de mejora productiva” pedregosidad al pulverizar el duripán de la Serie Pudahuel. Nivelación: Se debe utilizar un equipo de nivelación para asegurar que la utilización del subsolado no desniveló el terreno en forma tal que el pivote de riego no tenga problemas para desarrollar sus funciones.
Oportunidad de Implementación: Durante la fase de construcción Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Se implementará un plan de ejecución del presente CAV, en el cual se deberán realizar acciones descritas anteriormente con cumplimiento de plazos. Al finalizar la actividad se remitirá un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente y al SAG, el cual contendrá lo siguiente: • Registro fotográfico previo a la ejecución del CAV • Registro fotográfico durante cada una de las actividades • Análisis de suelos para comprobar que las características del suelo efectivamente aumentaron dejándolo asimilables a clase III. Forma de control y seguimiento Comprobante de recepción del informe por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente y el SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.2 del ICE
9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Plan de comunicación con las comunidades Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a la comunidad las actividades asociadas a las fases de construcción, operación y cierre del proyecto, por medio de un canal directo con la comunidad para consultar dudas y entregar información de manera oportuna. Descripción: Al inicio de cada fase del proyecto, se contactará a funcionarios municipales y poblaciones aledañas para informar sobre: cuando comenzarán los trabajos asociados a cada fase del proyecto, las obras específicas que se realizarán, horario de trabajo (jornada laboral durante la fase), intervención de los caminos (principalmente Calle Santa Inés y Lonquén) y horarios de trabajo asociados (eliminando trabajos durante horarios de punta mañana y tarde). Esta medida tendrá un encargado permanente, el cual se comunicará mediante correo electrónico con cada representante. Justificación: Actualmente se debe instaurar una relación con la comunidad aledaña al proyecto, con la finalidad de producir una armonía territorial que cohesione los diferentes actores dentro de un territorio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Oficina dispuesta en instalación de faena del proyecto durante la fase de construcción y cierre y medios virtuales durante operación. Forma: Oficina física durante fase de construcción, operación y cierre del proyecto, complementado con llamadas vía telefónica y correo electrónico de parte de la empresa, hacia actores claves. Asimismo, durante la implementación del presente compromiso, el proyecto contará con un relacionador comunitario el cual estará dispuesto a contestar dudas, consultas, quejas, sugerencias entre otro, tanto con los actores claves como con la comunidad en general. Oportunidad: La medida deberá estar totalmente implementada al inicio de las distintas fases del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se formulará una planilla Excel que deje constancia de los llamados a los actores claves con hora y descripción de la conversación. Además, se generará un respaldo con el registro de las respuestas generadas por el Titular en un plazo no mayor a 30 días hábiles, a cada una de las personas, junto con la evidencia fotográfica u otra, de la implementación de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Plan de comunicación con las comunidades medidas comprometidas por el Titular, además de entregar los medios de verificación de las reuniones, incluyendo listas de asistencia y fotografías. Forma de control y seguimiento La medida se controlará a través de la verificación de la base de dato en formato Excel de los contactos de la empresa con los actores claves, además del detalle de la cronología de los correos enviados, visitas realizadas por habitantes y/o actores claves. La información será enviada a la SMA de manera mensual. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1 y Tabla 10.1.3 del ICE.
9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: “Incorporación de personal de la comuna” Impacto asociado No aplica. Fase en que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo general de esta medida, es generar oportunidades de trabajo remunerado para personas que se encuentren cesantes dentro de la comuna de Calera de Tango. Descripción: Se coordinará con la OMIL de la Municipalidad de Calera de Tango los detalles de la tipología del trabajo a realizar durante la fase de construcción de la planta. Justificación: Se pretende contribuir con al aumento de oportunidades de empleos para los habitantes de la comuna Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Fundo Santa Isidora Forma: OMIL se encargará del proceso de postulación y selección de trabajadores para la fase de construcción de la planta solar Santa Isidora. Oportunidad: El proceso se realizará al inicio de la fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento El registro del proceso será entregado e informado por la OMIL de Calera de Tango. Forma de control y seguimiento Documento que acredite que se implementó la medida. La mantención de la medida se podrá verificar en las oficinas de la OMIL de Calera de Tango y, además, de la presentación de dicha documentación a la SMA y a los organismos que lo soliciten. Su entrega será en un plazo no mayor a 30 días hábiles Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.4. del ICE.
9.5. Compromiso ambiental voluntario 5: “Cerco perimetral arbustivo” Impacto asociado No aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo. descripción y justificación Objetivo: Insertar un cerco perimetral arbustivo que contribuya con la calidad visual y así reducir los posibles efectos del proyecto sobre el componente paisaje. Descripción: Se va a establecer una plantación de especies de hábito arbustivo en una sección del perímetro interno Oeste del proyecto. Se seleccionarán especies arbustivas representantes del piso vegetacional predominante en el proyecto correspondiente al “Bosque esclerófilo subtipo espinoso”, específicamente la especies Baccharis linearis (Romerillo) y Colliguaja odorífera (Colliguay), ambas especies de baja altura, con bajos requerimientos hídricos y adaptadas para desarrollarse en suelos degradados. Justificación: Esta medida se adopta con el fin de insertar la planta solar al entorno natural rodeado de árboles, complementando las formaciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
9.5. Compromiso ambiental voluntario 5: “Cerco perimetral arbustivo” arbóreas y facilitarles la continuidad con especies leñosas de hábito arbustivo, generando así hábitat de especies y protección a los paneles. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En una sección del límite Oeste del proyecto. Forma: Selección de plantas: Las plantas deben tener una altura no menos de 20 centímetros, proveniente de dos o más viveros, esto con el objetivo de fomentar la diversidad genética de la especie. Densidad y forma: Se plantará un individuo cada 1,0 metros de distancia, de esta forma evitar la competencia intraespecífica de los recursos disponibles en el suelo y así asegurar un óptimo prendimiento. Plantación: Se realizará entre los meses Mayo-Julio, mediante el método tradicional de plantación, esto utilizando pala plantadora y guantes por parte de quien ejecuta esta actividad, dejando el “pan” de la planta objetivo de al menos 20 centímetros de altura bajo la línea de suelo y enterrada al menos 2 centímetros desde el cuello. Se encargará la mantención del cerco perimetral para su mantención durante toda la vida útil del proyecto. Oportunidad: Al final de la fase de construcción del proyecto, con el objeto de no dañar la plantación objetivo. Indicador de cumplimiento. Registro fotográfico de la plantación, además de facturas y/o boletas por compras o servicios asociados a la medida. Forma de control y seguimiento Inspección visual de la plantación con la emisión de informe fotográfico a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) en un plazo no mayor a un mes una vez implementada esta medida. Adicional, se emitirá un informe de manera anual de la mantención de la plantación durante la fase de operación, el cual será enviado en la primera quincena de diciembre de cada año a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.5. del ICE.
9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: “Plan de perturbación controlada.” Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Provocar el desplazamiento autónomo de los individuos pertenecientes a especies de baja movilidad registrados dentro del área del Proyecto, hacia zonas inmediatamente adyacentes. Dando prioridad a sectores donde se emplazarán las obras o se realizarán actividades que pudiesen afectar las especies de baja movilidad. Descripción: La perturbación controlada es un método destinado a evitar la afectación de la fauna terrestre, permitiendo el desplazamiento autónomo de las especies a las cuales está dirigido desde su lugar de origen hacia sectores adyacentes; disminuyendo el estrés producto del manejo o captura, disminución de riesgos sanitarios y otros; del mismo modo, los ejemplares continúan habitando sectores conocidos, con alta probabilidad de encontrar refugio y otros recursos ya que se encuentran cercanos a su área original. El destino de los ejemplares dependerá de las características y hábitos de cada especie, del hábitat disponible y condiciones para su desplazamiento En algunos casos, se ha reportado mayor efectividad del PPC al realizar enriquecimiento de hábitat, esto es aumentando la cantidad de refugios lo que conlleva a su vez a un aumento de disponibilidad de recursos, y la sobrevida de los individuos desplazados. Por lo cual representa una alternativa al manejo de especies amenazadas (Grillet et al, 2010; Milne et al, 2000). De acuerdo a lo indicado en la Guía “Criterio de evaluación en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: “Plan de perturbación controlada.” SEIA: criterios técnicos para la aplicación de una perturbación controlada (SEA, 2022)” deben cumplirse uno o más de los siguientes criterios para aplicar la perturbación controlada: ● Estado de conservación: según el grado de amenaza de las especies categorizadas, las especies no amenazadas, es decir, categorizadas como casi amenazada y preocupación menor, deben ser consideradas en un principio para una perturbación controlada. ● Abundancia: se refiere al número de ejemplares estimados en un área determinada, la que puede ser expresada a través de la densidad absoluta o relativa. Para aquellas especies con bajas abundancias/densidades, debe aplicarse una perturbación controlada, incluidas especies amenazadas. ● Especies con límites de distribución restringido o Endemismo: entendiéndose como tales aquellas que viven exclusivamente dentro de un determinado territorio, debe aplicarse una perturbación controlada cuando se trate de una especie nativa. ● Hábitats no restringidos: entendiéndose como aquellas especies que no poseen requerimientos particulares de hábitat, debe aplicarse una perturbación controlada. Especies consideradas de baja movilidad: se refiere a la capacidad que poseen algunos animales para desplazarse naturalmente en el territorio que habitan o para moverse de un lugar a otro. Para este caso fauna vertebrada terrestre, siendo una característica propia de grupos como reptiles y micromamíferos no marsupiales. Del mismo modo, indica los proyectos en los cuales debiera aplicarse perturbación controlada: ● Proyectos donde la superficie a intervenir afecte a reptiles o micromamíferos no marsupiales que se encuentren en alguna categoría de conservación no amenazadas (casi amenazada y preocupación menor) y que dispongan de hábitats adecuados conectados con el área de intervención del proyecto. ● Proyectos que afectan fauna nativa que no estén en categoría de conservación, y cuyo impacto no haya sido evaluado como significativo. ● Proyectos de extensión lineal que no generan fragmentación del hábitat o modificaciones intensivas del hábitat en un área de dimensiones variables, con continuidad de ambiente entre las áreas de intervención y de destino, y cuyo principal impacto sea la pérdida parcial de poblaciones. ● Proyectos lineales o areales de pequeño tamaño o que presenten un frente de avance lento respecto del desplazamiento de la especie, que debe ser mayor a la velocidad de avance de las obras.
Ver anexo 2 Adenda Complementaria.
Justificación: Evitar afectar las 3 especies de reptiles en categoría de conservación “Preocupación menor” registradas en el área del Proyecto (Liolaemus chiliensis, Liolaemus tenuis y Liolaemus lemniscatus)
Lugar, forma y oportunidad de Implementación Lugar: El área de implementación del PPC corresponde al área de emplazamiento del Proyecto. Durante la caracterización de Fauna, se determinó que los ejemplares de baja movilidad objetivos de este plan, se distribuyen principalmente en los limites prediales, asociados a la vegetación allí presente, así como también en sectores residenciales. De este modo, en primera instancia los esfuerzos de perturbación serán dirigidos a estos sectores previamente identificados y posteriormente se prospectará el resto del área dentro de la cual se implementará este plan. Cabe mencionar que el hábitat de origen y el hábitat de destino son equivalentes, ya que, al tratarse de un proyecto ubicado en un área rural, con alto grado de intervención antrópica, que no genera fragmentación, en adición a lo observado durante los levantamientos (ver Anexo 6 de la Adenda: Fauna Terrestre); se confirma que existe continuidad del hábitat. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: “Plan de perturbación controlada.”
Forma: La presente metodología será realizada por al menos 2 profesionales con conocimientos en fauna y experiencia en perturbación controlada de reptiles. Para dar inicio al PPC, se realizará un recorrido abarcando los sectores identificados como hábitat de reptiles, es decir, en primera instancia los lugares en donde fueron registrados durante los levantamientos de caracterización de fauna. Posteriormente, se realizarán prospecciones dentro de toda el área del proyecto, implementando la metodología que se detalla a continuación: Los profesionales especialistas identificarán los sectores con presencia de las especies objetivo y perturbarán el hábitat removiendo manualmente la vegetación (o utilizando cuidadosamente herramientas manuales tales como chuzo, pala, tijeras, etc.) y cualquier otro posible refugio, tales como troncos, rocas, ramas, etc. Los cuáles serán trasladados fuera del área de intervención, a una distancia aproximada de 5 metros fuera de los sectores a intervenir, creando así nuevos refugios como forma de enriquecer el hábitat receptor. Una vez finalizada la remoción de vegetación y posibles refugios, se realizará una inspección con la finalidad de verificar la ausencia de ejemplares objetivo del PPC en el área perturbada. Si en el área no se registran individuos, será declarada como “liberada”, en caso contrario se implementará nuevamente la metodología hasta cumplir con lo indicado. Una vez que el área sea declarada “liberada”, se indica que no se registran individuos de las especies objetivo del PPC, por lo cual será posible realizar trabajos, obras y/o actividades en ella, los cuales deberán comenzar en un plazo máximo de 5 días a partir de la liberación del área. Debido a que el Proyecto presenta una superficie de intervención mayor a 3 hectáreas, este PPC se implementará de forma gradual considerando polígonos de una superficie igual o inferior a 3 hectáreas dentro del área a intervenir, las cuales serán perturbadas de acuerdo al cronograma del proyecto con la finalidad de que puedan ser liberadas previo al inicio de las obras. En la siguiente figura se indica un ejemplo de cómo podría dividirse el área en polígonos de superficie adecuada para la implementación del PPC. El destino de los ejemplares perturbados corresponde a sectores adyacentes al área perturbada, la cual presenta continuidad de hábitat y los recursos necesarios para la sobrevivencia de los individuos. Adicionalmente, como se indica anteriormente, con el material removido del área perturbada se crearán nuevos refugios en la nueva área, aumentando los recursos disponibles para los ejemplares desplazados. En este caso, y de acuerdo a lo mencionado en el estudio de fauna, las especies objetivo de este plan se encuentran asociadas a la vegetación presente en bordes del predio, la cual no será intervenida y existe continuidad de hábitat. Adicionalmente se indica que la abundancia de especies registrada fue baja, por lo que considerando lo anterior, los sectores de borde del área del proyecto constituyen un sitio óptimo para el desplazamiento de los individuos. Una vez finalizadas las actividades de perturbación, se realizará un recorrido para verificar la ausencia de ejemplares de las especies objetivo de este plan. En caso de registrar algún individuo, es necesario implementar nuevamente la metodología del plan y posterior recorrido de verificación hasta no observar individuos. Complementariamente, se realizará monitoreo en el área receptora, donde se espera que la densidad y abundancia de la población aumente o se mantenga estable, hasta el fin del seguimiento, asegurando de este modo la sobrevida de la población residente.
Oportunidad: El PPC se implementará en el área indicada anteriormente en este documento, previo al ingreso de maquinaria o inicio de obras (es decir, previo al inicio de actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras) en la fase de construcción del Proyecto. Para lo cual es necesario coordinar las actividades de este plan con el cronograma del Proyecto. En Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: “Plan de perturbación controlada.” este caso, la perturbación se realizará como máximo 5 días antes del inicio de las obras. Debido a que el Proyecto presenta una superficie de intervención mayor a 3 hectáreas, es considerado un proyecto areal, por lo tanto, de este PPC se implementará de forma gradual, lo que resulta en una serie de implementaciones de las actividades indicadas previamente en el plan. Las áreas serán liberadas de acuerdo al avance de las obras y/o actividades de acuerdo al cronograma del Proyecto, por lo cual, este plan deberá ser implementado en fases. Este plan de perturbación controlada se implementará en primavera, considerando que es la época de mayor actividad de estas especies, estimando no intervenir en la época reproductiva y de cría de las especies objetivo. Indicador de cumplimiento. Informes de encargado de perturbación controlada Forma de control y seguimiento Se realizará un monitoreo visual 1 día después de la perturbación, tanto en el área perturbada como en el área de destino. Se realizará un segundo monitoreo antes del inicio de las obras, para verificar la ausencia de individuos. Se realizarán monitoreos visuales en ambas áreas, de forma semanal durante el primer mes posterior a la perturbación. Estos monitoreos visuales no consideran captura de individuos. Adicionalmente, se realizarán 3 monitoreos adicionales: durante el segundo y tercer mes y en la época de mayor actividad. Durante estos monitoreos se colectarán datos de especies presentes/ausentes, abundancia, uso de refugios, entre otros. En caso de registrar muerte de individuos, se deberá notificar al SAG en un plazo no mayor a 24 horas desde la observación. Cada una de estas actividades será informada a la autoridad competente (SAG de la Región Metropolitana y SMA) en un plazo de 45 días. Adjuntando registros fotográficos e información georreferenciada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.6. del ICE.
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. Riesgo o contingencia 1 “Sismo” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes y obras asociadas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. • Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual considerará aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos. • Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
10.1.1. Riesgo o contingencia 1 “Sismo” • Se realizarán simulacros relacionado a sismos en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. • Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). • No se ubicará las instalaciones en zonas expuestas a deslizamientos de tierra. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: • No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. • Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. • Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. • No encender fósforos u objetos inflamables en el interior de las edificaciones durante o después del sismo. • Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. • Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. • El titular procederá a evaluar los daños en las estructuras físicas. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento del Parque, se informará de esta situación a las autoridades competentes. • Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1 y tabla 7.1.1 del ICE
10.1.2. Riesgo o contingencia 2 “Eventos climáticos con granizos” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes y obras asociadas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del proyecto, obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos. • Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • Se realizarán simulacros ante granizos extremos en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. • Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). • No se ubicará las instalaciones en zonas expuestas a deslizamientos de tierra. • No se trabajará durante condiciones de mal tiempo, sean viento y/o lluvias intensas. • Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área, durante las fases de construcción y cierre, mientras que, en la fase de operación, se realizará en caso de falla de la planta solar. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. Se registrará la ocurrencia de granizos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. • Ocurrido el evento, el titular procederá a evaluar los daños en la estructura física. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta y/o instalación de faenas, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.2 del ICE.
10.1.3. Riesgo o contingencia 3 “Eventos climáticos con tormentas eléctricas” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes y obras asociadas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas comunes para todas las fases del proyecto:
• El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del proyecto, obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. • Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual considerará aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos. • Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.).
Fases de construcción y cierre. • Se realizarán simulacros relacionado a las tormentas eléctricas en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. • Se prohibirá el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante una tormenta eléctrica, instruyendo, además, la exigencia para el personal de mantenerse alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas. • Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área.
Fase de operación. • Las mantenciones serán programadas con anticipación y planificadas con respecto a las condiciones meteorológicas reportadas con la finalidad de evitar realizar mantenciones cuando ocurran este tipo de eventos. • En caso de reportarse un evento de tormentas eléctricas fuera de la programación de mantención, se realizará una inspección de contingencia a la planta para determinar si es que existen medidas a tomar para el correcto funcionamiento de la planta. Se aclara que, durante la fase de operación, el encargado de estas acciones será la empresa responsable de la mantención de la planta. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. Se registrará la ocurrencia de eventos climáticos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Acciones comunes para todas las fases del proyecto • Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad.
Fases de construcción y cierre • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. • Ocurrido el evento, el titular procederá a evaluar los daños en la estructura física. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. • Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta y/o instalación de faenas, y cuando estas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias.
Fase de Operación • En caso de que ocurra una tormenta eléctrica cuando se estén realizando actividades de mantención, los trabajadores deberán retirarse de la planta. Se realizará el correspondiente reporte, incluyendo la notificación a los superiores. • Se deberá planificar la revisión del estado de la planta y la nueva fecha de mantención. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.3 del ICE
10.1.4. Riesgo o contingencia 4 “Eventos climáticos con inundaciones” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes y obras asociadas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Forma de control y seguimiento
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Actividades comunes para todas las fases del proyecto • Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos. • Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). • Se realizará monitoreo a reportes meteorológicos, en especial atención a aquellos que reportan precipitaciones extremas, también, se realizará seguimiento de los reportes de la autoridad quien realiza llamados de alerta.
Fase de Construcción y cierre • Se realizarán simulacros en consideración a una posible inundación en la planta, en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez durante la fase. • La zona de seguridad deberá estar demarcada y libre de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
obstáculos, considerando ubicar estas en niveles superiores a los sectores de acumulación de aguas.
Fase de operación • Se realizará registro de inspección planeada a las áreas auxiliares de suministro y campo solar fotovoltaico, indicando fecha y encargado. • Se le exigirá esta actividad a la empresa encargada de las mantenciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan • Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto • Archivo con el registro de los pronósticos diarios del tiempo. • Se registrará la ocurrencia de eventos climáticos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.4 del ICE
10.1.4. Riesgo o contingencia 5 “Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo y durante su transporte (con medidas de abastecimiento de combustible)” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte, manejo y abastecimiento de combustible Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción y cierre.
Medidas de seguridad asociadas al transporte: • El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas. • El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. • Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). • El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.
Medidas de seguridad asociadas al, abastecimiento y manipulación: • Se instruirá al personal que manipule y se encargue de la actividad de abastecimiento combustible, en las instalaciones del Proyecto. • El suministro se realizará mediante camión surtidor, por lo tanto, cada vez que se realice la actividad de suministro de combustible, se contará material impermeabilizante de polietileno junto con una capa de 10 cm de arena, la que actuará como medio de contención de derrames. • Como medidas complementarias, la zona de abastecimiento de combustible estará señalada con letrero de prohibición de “No fumar” y letreros a una distancia de 5 m, que indique que el motor debe estar apagado cuando se realice esta acción. • Se contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
caso de declaración del riesgo. • La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción se hará en un área previamente definida y claramente demarcada. • Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados al interior de la bodega de residuos peligrosos, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. • Cabe indicar que, para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diésel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales. • Se incorporará un kit de emergencia para la contención de derrame, el cual tendrá pala, cordones, paños absorbentes, bolsas, guantes de nitrilo solvex, máscaras para protección respiratoria, traje tyvek, mono gafas, cinta de demarcación.
Fase de operación No se realizará en el área del proyecto la acción de abastecimiento de combustible, sin embargo, en cuanto a la manipulación de sustancias y residuos peligrosos se tomarán las mismas acciones que para las otras dos fases. Forma de control y seguimiento Se registrará las autorizaciones de los camiones surtidores de combustible. Se registrará las instrucciones realizadas al personal Registro hojas de seguridad. Registro de almacenamiento de residuos y su posterior retiro. Check list de verificación del estado del kit de emergencia (pala, cordones, paños absorbentes, bolsas, guantes de nitrilo solvex, máscaras para protección respiratoria, traje tyvek, mono gafas, cinta de demarcación)
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones serán las mismas durante las fases de construcción, operación y cierre.
a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito se deberá cumplir, al menos, con lo siguiente:
a.1) Acciones Iniciales: • El chofer, operador u otro dar aviso inmediato al supervisor directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga. • Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso de que se requiera, se procesara a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. • Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado. Si corresponde a transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia.
a.2) Acciones de Control: • Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente. Como acción inmediata de precaución se deberá: o Aislar el área del derrame o escape. o Tratar de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos o Evitar la utilización de maquinarias que puedan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada. o Verificar las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario cave zanjas para desviar los flujos.
• Mediante la Brigada de Emergencia trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera. Mantener alejado al personal no autorizado. a.3) Acciones Posteriores: • Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148/2003 MINSAL. • Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas. • La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe. • El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la SMA. • Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.
b) Para el caso de derrames de sustancias peligrosas (productos químicos o contaminantes, aceites, lubricantes, pinturas, etc.) al suelo. • Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. • Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. • Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame. • Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control. • Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148/2003 MINSAL, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: • Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. • Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. • Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
• La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones. • Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados y las medidas de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas. • La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe. • El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la SMA.
c) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua. • Para la aplicación de derrames será aplicable los puntos expresados anteriormente, teniendo cuidado de aplicar las herramientas necesarias de apoyo para el control de la emergencia. • El Titular aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua, informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones de canalistas involucradas y pertinentes para realizar el corte de aguas arriba y aguas debajo de cauce. • Una vez presente las unidades de emergencia en el lugar del derrame, cuya labor es concurrir oportunamente al lugar del accidente con personal y equipos apropiados para atender la emergencia, deberán realizar una evaluación inicial para establecer las acciones a seguir. • Se deberá determinar la extensión del derrame, especialmente si es costero o fluvial y su trayectoria. • Igualmente se deberá identificar posibles recursos naturales y bienes muebles e inmuebles posiblemente afectados. • La empresa deberá identificar y detallar las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto Ambiental y la restauración del medio. Esto deberá considerar duración, equipos a emplear, personal requerido, métodos y el área que se restaurará. Adicionalmente la empresa contratará los servicios profesionales de una empresa especialista en este tipo de derrames, para asegurar el restablecimiento del área afectada, esto se realizará en forma inmediata al término de la emergencia, de forma de establecer un cronograma de restauración. • Se elaborará, un programa de seguimiento o monitoreo post derrame. Se deberá llevar un registro mediante fotografías el área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y áreas limpias. • Deberá realizarse un muestreo del sedimento del fondo del curso afectado a fin de certificar que se ha extraído toda la contaminación del lugar. • El monitoreo y sus parámetros deberán tener relación con elementos relacionados o indicadores de la sustancia derramada, pH, Sólidos Totales Disueltos, Hidrocarburos, Plomo, Arsénico, Fierro, etc. Se deberá muestrear como referencia los parámetros estipulados en el Decreto Supremo Número 90/2000 del MINSEGPRES, sobre norma de emisión a cursos de agua y/o Norma Chilena 1333 para Diferentes Usos del agua: Uso Riego – Recreacional – Bebida de Animales. Finalmente, y una vez remediada el área afectada, se deberán enviar copias de los resultados a los fiscalizadores gubernamentales para garantizar la limpieza del curso de agua. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Se realizará un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia. En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad”.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.5 del ICE
10.1.6. Riesgo o contingencia 6 “Derrame de sustancias peligrosas, específicamente aceite para transformadores” Fase del Proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte, manejo y abastecimiento de aceite para transformadores. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas de seguridad asociadas al transporte: • El transporte de aceite será realizado por empresas autorizadas. • El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. • Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). • El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.
Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: • Se instruirá al personal que manipule aceite de transformadores, en las instalaciones del Proyecto. • Se contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. • Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados al interior de la bodega de residuos peligrosos, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. • Se incorporará un kit de emergencia para la contención de derrame, indicando sus elementos, el cual tendrá al menos pala, bolsa plástica, EPP, contenedor para residuo peligroso, etc. Forma de control y seguimiento Checklist con la verificación de los elementos del kit de derrame, y buenas condiciones de material impermeabilizante. Se registrará las autorizaciones de los camiones surtidores de combustible. Se registrará las instrucciones realizadas al personal. Registro hojas de seguridad. Registro de almacenamiento de residuos y su posterior retiro. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones serán las mismas durante las fases de construcción, operación y cierre.
a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito se deberá: cumplir, al menos, con lo siguiente: a.1) Acciones Iniciales: • El chofer, operador u otro dar aviso inmediato al supervisor directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga. • Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso de que se requiera, se procesara a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. • Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado. Si corresponde a transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia. A.2) Acciones de Control: • Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente. o Como acción inmediata de precaución se deberá: o Aislar el área del derrame o escape. o Tratar de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos o Evitar la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada. o Verificar las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario cave zanjas para desviar los flujos. • Mediante la Brigada de Emergencia trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera. • Mantener alejado al personal no autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
a.3) Acciones Posteriores: • Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148. • Luego de controlada la emergencia, el Supervisor Directo y el jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas. La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe. • El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la SMA. • Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.
b) Para el caso de derrames de sustancias peligrosas (productos químicos o contaminantes, aceites, lubricantes, pinturas, etc.) al suelo: • Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. • Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. • Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame. • Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control. • Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148/2003 MINSAL, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: o Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. o Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. o Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria
• La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
• Luego de controlada la emergencia, el Supervisor Directo y el jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados y las medidas de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas. • La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe. • El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la SMA.
c) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua. • Para la aplicación de derrames será aplicable los puntos expresados anteriormente, teniendo cuidado de aplicar las herramientas necesarias de apoyo para el control de la emergencia. • El Titular aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua, informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones de canalistas involucradas y pertinentes para realizar el corte de aguas arriba y aguas debajo de cauce. • Una vez presente las unidades de emergencia en el lugar del derrame, cuya labor es concurrir oportunamente al lugar del accidente con personal y equipos apropiados para atender la emergencia, deberán realizar una evaluación inicial para establecer las acciones a seguir. • Se deberá determinar la extensión del derrame, especialmente si es costero o fluvial y su trayectoria. • Igualmente se deberá identificar posibles recursos naturales y bienes muebles e inmuebles posiblemente afectados. • La empresa deberá identificar y detallar las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto Ambiental y la restauración del medio. Esto deberá considerar duración, equipos a emplear, personal requerido, métodos y el área que se restaurará. Adicionalmente la empresa contratará los servicios profesionales de una empresa especialista en este tipo de derrames, para asegurar el restablecimiento del área afectada, esto se realizará en forma inmediata al término de la emergencia, de forma de establecer un cronograma de restauración. • Se elaborará, un programa de seguimiento o monitoreo post derrame. Se deberá llevar un registro mediante fotografías el área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y áreas limpias. • Deberá realizarse un muestreo del sedimento del fondo del curso afectado a fin de certificar que se ha extraído toda la contaminación del lugar. • El monitoreo y sus parámetros deberán tener relación con elementos relacionados o indicadores de la sustancia derramada, pH, Sólidos Totales Disueltos, Hidrocarburos, Plomo, Arsénico, Fierro, etc. Se deberá muestrear como referencia los parámetros estipulados en el Decreto Supremo Número 90/2000 del MINSEGPRES, sobre norma de emisión a cursos de agua y/o Norma Chilena 1333 para Diferentes Usos del agua: Uso Riego - Recreacional - Bebida de Animales. • Finalmente, y una vez remediada el área afectada, se deberán enviar copias de los resultados a los fiscalizadores gubernamentales para garantizar la limpieza del curso de agua Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Se realizará un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.6 del ICE
10.1.7. Riesgo o contingencia 7 “Derrame de residuos peligrosos” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades de almacenamiento de residuos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Contar con la respectiva autorización de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. • La bodega de residuos peligrosos estará bien delimitada y tendrán un portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación. • Previamente los residuos serán clasificados según su tipo. • Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y la manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P) adecuados. • El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. • Contará con un extintor clase A para rápida acción en caso de incendios, el que estará en un lugar cercano y sin obstáculos. • Se mantendrá limpieza de malezas en los alrededores al objeto de evitar probabilidad de incendios.
Las acciones serán las mismas durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto Forma de control y seguimiento • Se realizará revisión periódica de contenedores para verificar su estado. • Se verificará el tipo de residuo a recolectar siendo revisado por personal idóneo para ser trasladado a los contenedores correspondientes (señalizados). • Se revisará la rotulación de los contenedores, los cuales deben estar en línea con el tipo de residuo almacenado. • Se realizarán inspecciones visuales periódicas a la bodega de residuos peligrosos. Cuando la bodega de residuos peligrosos alcance un 80% de su capacidad, se procederá a llamar a una empresa autorizada para coordinar su retiro. • Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. • Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Derrame de residuos peligrosos durante el transporte de este: • El chofer, operador u otro dará aviso Inmediato al Supervisor Directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga. • Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
derrame. En caso de que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. • Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado. • Si corresponde a transporte de residuos peligrosos se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia establecido en la Guía GRE; de no encontrarse, se procederá a buscar por parte del Comité de Emergencias del registro en su copia de la Guía GRE.
Derrame de residuos peligrosos en la faena. Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea este causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. • Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. • Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. • Evaluar la gravedad de la situación, comprobando existencia del derrame y clasificándolo si se trata de Emergencia Menor o Emergencia Mayor a fin de definir las medidas apropiadas para su actuación.
Si el derrame es clasificado como menor: • Si el derrame o infiltración se produce desde tuberías, cortar el flujo en la línea afectada cerrando las válvulas correspondientes aguas arriba de la infiltración/rotura. • Si es el caso, detener la infiltración, cerrando envases adecuadamente, cambiando su posición para detener el derrame o colocándolo dentro de otro envase. • Recuperar la sustancia derramada con los materiales dispuestos en el Kit de Emergencia.
Si el derrame es clasificado como mayor: • Dar aviso a los servicios de emergencia externos tales como, bomberos, carabineros. • Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. • Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. • Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena y/o tierra. • Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. • Mantener al público alejado del área de peligro. • Colectar el derrame en recipientes, si esto es posible de hacer sin riesgos. Si se genera agua contaminada, debe ser recuperada en contenedores destinados a este fin. • Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado, dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148/2003 MINSAL, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: Si el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando éste en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a la bodega de residuos peligrosos, para luego ser derivados a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa las cuales serán selladas y transportadas a la bodega de residuos peligrosos, para luego ser derivados a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada.
Las acciones serán las mismas durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Se realizará un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia.
Vías de comunicación
El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.7 del ICE
10.1.8. Riesgo o contingencia 8 “Riesgo derrame sistema baños químicos” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sector emplazamiento baños químicos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Instruir al personal, sobre los baños químicos y sus eventuales situaciones de riesgo. • La localización de los baños químicos se seleccionará considerando las características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto. • Se contratarán servicios que cuenten con todos sus permisos al día, asegurándose de que sean responsables en el servicio entregado. • La limpieza de los baños químicos será de una frecuencia de 2 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
veces por semana. Forma de control y seguimiento • Registro de asistencia a las instrucciones realizadas sobre temas sanitarios. • Comprobante de las limpiezas a los baños químicos, entregado por empresa y se contará con el etiquetado de limpieza en cada uno de los baños químicos indicando la fecha. •
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se procederá a incorporar material de contención sobre la fuga de aguas servidas, lo anterior con baldes y tambores de arena, polietileno y mangas absorbentes. • En caso de que se produzca un derrame en cuerpos de agua se evaluará la cantidad y, si es posible se retirará de forma inmediata parte del residuo. • En caso de que se determine que la cantidad puede afectar los ecosistemas acuáticos se procederá a realizar análisis del contaminante en el agua, y de esta forma tomar medidas para mitigar o compensar los daños generados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Se realizará un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia. En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.8 del ICE
10.1.9. Riesgo o contingencia 9 “Riesgo Incendio al interior de las instalaciones” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y cierre.
• Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. • Se realizarán instrucciones a los trabajadores sobre buenas prácticas con respecto al fuego. • Se realizará una instrucción a los trabajadores en el manejo de residuos peligrosos en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. • Se contará con un inventario de peligrosos y estudios de riesgos de incendio. • Se formulará un plan escrito de prevención de incendios. • Se ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio. • Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.), a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la instalación • Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la ubicación y el correcto uso de los extintores. • Se establecerán zonas libres de riegos donde el personal podrá fumar, en el resto de las zonas del Proyecto se encontrará prohibido esta actividad. • Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura, quemar vegetación para despejar, realizar asados, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una fuente de incendio. • Se realizará mantenimiento a los sistemas de alarma y extinción.
Fase de operación. • Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones por empresas autorizadas. • Se mantendrá un sistema de televigilancia en toda la planta, también se instalarán cámaras dentro de las bodegas en general, por lo que se mantendrá vigilado si es que existe algún amago de incendio. • Se realizará mantenimiento a los sistemas de alarma y extinción Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. • Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros). • Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios. • Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Se hará uso de extintores de polvo químico seco o extintores de CO2 en caso de ser un incendio en instalaciones eléctricas. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Los accesos vehiculares corresponderán a los accesos de ingreso de bomberos en caso de necesitarse. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. • En caso de ocurrir un incendio, el titular se hará cargo de la reparación ambiental de las áreas incendiadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de emergencia Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Se realizará un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.9 del ICE
10.1.10. Riesgo o contingencia 10 “Riesgo Incendio por soldadura” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega en la que se realizarán mantenciones menores de herramientas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y cierre. • Se realizarán instrucciones a los trabajadores sobre buenas prácticas con respecto al fuego. • Se realizará una instrucción a los trabajadores en el manejo de residuos peligrosos en el procedimiento de trabajo seguro. para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. • Se contará con un inventario de peligrosos y estudios de riesgos de incendio. • Se formulará un plan escrito de prevención de incendios. • Se ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio. • Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.), a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la instalación. • Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
ubicación y el correcto uso de los extintores. • Se realizará mantenimiento a los sistemas de alarma y extinción. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. • Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros) • Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios. • Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Se hará uso de extintores de polvo químico seco o extintores de CO2 en caso de ser un incendio en instalaciones eléctricas. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Los accesos vehiculares corresponderán a los accesos de ingreso de bomberos en caso de necesitarse • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. • En caso de ocurrir un incendio, el titular se hará cargo de la reparación ambiental de las áreas incendiadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.10 del ICE
10.1.11. Riesgo o contingencia 11 “Riesgo Incendio por actividades de mantención” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades de mantenimiento de la planta solar Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se realizarán instrucciones a los trabajadores sobre buenas prácticas con respecto al fuego. • Se realizará una instrucción a los trabajadores en el manejo de residuos en general, de acuerdo al procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. • Se contará con un inventario de peligrosos y estudios de riesgos de incendio. • Se formulará un plan escrito de prevención de incendios. • Se ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio. • Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.) • Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
ubicación y el correcto uso de los extintores. • Se realizará mantenimiento a los sistemas de alarma y extinción. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. • Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros). • Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios • Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Se hará uso de extintores de acordes al tipo de causa del fuego (ABC). • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Los accesos vehiculares corresponderán a los accesos de ingreso de bomberos en caso de necesitarse. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. • En caso de ocurrir un incendio, el titular se hará cargo de la reparación ambiental de las áreas incendiadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Se realizará un informe preliminar de contingencia y/o contingencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.11 del ICE
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
10.1.12. Riesgo o contingencia 12 “Riesgo Incendio por manipulación de sustancias peligrosas distintas a combustible” Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades que requieran de la manipulación de sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se realizarán instrucciones a los trabajadores sobre buenas prácticas con respecto al fuego. • Se realizará una instrucción a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas, de acuerdo al procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. • Se contará con un inventario de peligrosos y estudios de riesgos de incendio. • Se formulará un plan escrito de prevención de incendios. • Se ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio. • La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas contará con las respectivas herramientas de amago de incendios señaladas por la normativa. • Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la ubicación y el correcto uso de los extintores. • Se realizará mantenimiento a los sistemas de alarma y extinción. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. • Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros). • Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias. • • Se activará el procedimiento contra incendios. • Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Se hará uso de extintores de acordes al tipo de causa del fuego. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Los accesos vehiculares corresponderán a los accesos de ingreso de bomberos en caso de necesitarse. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. • En caso de ocurrir un incendio, el titular se hará cargo de la reparación ambiental de las áreas incendiadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga Capítulo 7 y tabla 7.1.12 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
la descripción detallada
10.1.13. Riesgo o contingencia 13 “Riesgo Incendio por manipulación de combustible” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades que requieran de la manipulación de combustible Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se realizarán instrucciones a los trabajadores sobre buenas prácticas con respecto al fuego y las causas específicas de inicio de incendio por manipulación de combustible. • El suministro y abastecimiento de combustible será regulado y poseerá las características descritas en la situación de riesgo de derrame de sustancias y residuos peligrosos. Entre ellas la prohibición de fumar en el sector. • Se contará con un inventario de peligros y estudios de riesgos de incendio • Se formulará un plan escrito de prevención de incendios. • Se ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio. • Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la ubicación y el correcto uso de los extintores • Se realizará mantenimiento a los sistemas de alarma y extinción.
Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. • Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros). Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios. • Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Se hará uso de extintores de acordes al tipo de causa del fuego. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Los accesos vehiculares corresponderán a los accesos de ingreso de bomberos en caso de necesitarse • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. • En caso de ocurrir un incendio, el titular se hará cargo de la reparación ambiental de las áreas incendiadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación. Se avisará posterior a las labores de contención de la emergencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Se realizará un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia.
Vías de comunicación. El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.13 del ICE
10.1.14. Riesgo o contingencia 14 “Riesgo Incendio generado por daños de terceros” Fase del Proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Operación de la planta solar, la cual solo contará con personal en el área del proyecto durante las mantenciones programadas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se implementará un sistema de televigilancia ubicados en sitios estratégico, de control de la planta lo que permitirá controlar algunas situaciones de riesgo, incluido el daño que pudieran provocar terceros en la planta desencadenando en un incendio. • Las alarmas de incendio seguirán activas y el sistema de televigilancia tendrá audio con la finalidad de indicar al operador del sistema de vigilancia que hay un amago de incendio o que terceros ingresaron a la planta. • Se realizarán mantenciones a las alarmas y extintores. Forma de control y seguimiento • Registro de mantenciones al sistema de alarmas y extintores Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios. • Se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Los accesos vehiculares corresponderán a los accesos de ingreso de bomberos en caso de necesitarse. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación. En caso de que un incendio se presente en el terreno del Proyecto, que pudiese afectar parte de la infraestructura se procederá a generar un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.14 del ICE
10.1.15. Riesgo o contingencia 15 “Riesgo incendio forestal” Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Aplicables a todas las fases • Se realizarán instrucciones a los trabajadores sobre buenas prácticas con respecto al fuego. • Se contará con un inventario de peligros y estudios de riesgos de incendio. • Se formulará un plan escrito de prevención de incendios • Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la ubicación y el correcto uso de los extintores. • Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura, quemar vegetación para despejar, realizar asados, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una fuente de incendio. • Se realizará mantenimiento a los sistemas de alarma y extinción. • Se construirá un cortafuego perimetral entre la zona de los paneles fotovoltaicos y el cerco perimetral eliminando toda la vegetación y considerando 10 metros de ancho. • Se instalará un cartel alusivo a la prevención de incendios forestales dentro de la faena. • Se efectuarán actividades de mantención periódica en el cerco perimetral, el cual deberán permanecer libres de desechos domésticos, basura o cualquier otro tipo de material combustible. • Manejo de la poda y desbroce de vegetación, de manera que no sea un foco de incendio, realizando un control de vegetación una vez al año, cortando las herbáceas y/o gramíneas, idealmente en la época de primavera, temporada donde comienzan a desarrollarse y crecer previo a la semillación. Se utilizarán herramientas apropiadas como rozón, azadón y desbrozadora.
Fase de construcción y cierre • Se ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio • Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.), a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la instalación • Se mantendrá vigilancia permanente en todos los frentes de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
trabajo a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso a los números de emergencias 130 y 132 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF y Bomberos de Chile, respectivamente).
Fase de operación Como parte de la mantención de la planta se consideran las actividades de corta de vegetación en general y en los caminos. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. • Se contará con un registro de ejercicios periódicos (simulacros) • Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de extintores. • Registro listado números de emergencia. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios forestales. • Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Los accesos vehiculares corresponderán a los accesos de ingreso de bomberos en caso de necesitarse. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Oportunidad de comunicación En caso de que un incendio se presente en el terreno del Proyecto, que pudiese afectar parte de la infraestructura se procederá a generar un informe un informe preliminar de contingencia y/o emergencia en caso de que se presente una contingencia o emergencia de la presente situación de riesgo, el cual contendrá al menos la siguiente información: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.) • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El informe preliminar será entregado en un plazo no superior a 48 horas una vez ocurrida la situación de contingencia y/o emergencia.
Vías de comunicación El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de Capítulo 7 y tabla 7.1.15 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
evaluación que contenga la descripción detallada
10.1.16. Riesgo o contingencia 16 “Riesgo de atropello de fauna” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de maquinaria, equipos y tránsito vehicular. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se realizarán charlas a los trabajadores del proyecto en los que se les señalará lo siguiente: • Estará prohibido de tener o mantener animales al interior del Proyecto. • La circulación de vehículos se realizará por caminos habilitados y establecidos, con la velocidad indicada en señaléticas. • Cualquier trabajador (dentro del proyecto) que observe un ejemplar de alguna especie de fauna deberá indicar al supervisor en qué circunstancias se encuentra el animal. • Cualquier trabajador (dentro del proyecto) que observe un ejemplar de alguna especie de fauna en el camino desde un vehículo, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área. Forma de control y seguimiento Durante las fases del proyecto se realizará el control y seguimiento de los siguientes registros y documentos: • Acta de registro de charlas y capacitaciones a los trabajadores sobre las acciones a tomar en caso observar un ejemplar de fauna, la cual debe contener la fecha en que se realizó la inducción, nombre y firma de los participantes. • Registros fotográficos de señaléticas de velocidad. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Siempre que un trabajador detecte un animal que pudiera estar accidentado en dependencias del Proyecto deberá suspender las actividades en el perímetro y dar aviso inmediato al encargado ambiental. • Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado. • El encargado deberá realizar una búsqueda y análisis rápido de las causas y evitar el aumento del número de ejemplares accidentados. • El titular se hará cargo del traslado y costos asociados al accidente y coordinará con el Centro de Rescate de Fauna Silvestre correspondiente a la Región, para coordinar el traslado del ejemplar accidentado a un lugar en el que pueda recibir la atención requerida y se dará aviso inmediato al Servicio Agrícola Ganadero Regional (SAG) y a la SMA, respecto a las acciones tomadas frente a esta emergencia. • El encargado deberá permanecer en el área del accidente hasta que el personal especializado se presente en el lugar. • Una vez que el animal accidentado haya sido trasladado, el encargado determinará si las actividades pueden reanudarse de manera normal o si es requerido mantenerlas detenidas. • Se iniciará una investigación orientada a determinar las causas del accidente. • En un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el accidente, se emitirá un informe para ser considerado en los procedimientos de la empresa y remitidos a la División de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola Ganadero Regional (SAG). • El encargado deberá dar seguimiento continuo en la recuperación del animal. • Una vez que el animal se encuentre recuperado, el encargado deberá coordinarse con el servicio a cargo para realizar el traslado y reinserción de individuo. • De no estar el encargado presente para participar en cualquiera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
de las etapas del procedimiento, deberá siempre dejar delegada su función a un tercero capacitado para ejecutarlo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aviso en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia al SAG. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.16 del ICE
10.1.17. Riesgo o contingencia 17 “Afloramiento aguas subterráneas” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de paneles fotovoltaicos y excavaciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitar a los trabajadores y contratistas dando a conocer el procedimiento de acción correspondiente ante un eventual afloramiento de aguas subterráneas. Mantener accesibles los contactos de los organismos competentes, a quienes se debe avisar ante la ocurrencia de esta situación. Forma de control y seguimiento Controlar en terreno, que estén capacitados los trabajadores que se encuentran en los trabajos de excavaciones. Verificar en terreno que los trabajadores y contratistas se encuentren capacitados en los procedimientos que debe llevar a cabo ante un afloramiento de aguas subterráneas. Verificar en terreno la accesibilidad a los contactos de los organismos competentes a quienes se debe avisar ante la ocurrencia de esta situación. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante un potencial afloramiento de aguas durante la fase de construcción del Proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. En paralelo, se procederá de manera preliminar considerando las siguientes actividades: a) Se verificará la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. b) Se efectuarán pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. c) Se enviarán de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se acompañarán imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). d) Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. e) Se informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. f) Se incurrirá en los estudios suficientes y necesarios que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva.” Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aviso en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la DGA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.17 del ICE
10.1.18. Riesgo o contingencia 18 “Riesgo de derrame que comprometa recursos hídricos” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas y bodegas Bodega de materiales Vehículos móviles por fallas mecánicas de los equipos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitación al conductor para responder frente a accidentes con derrame de sustancias - Etiquetar con distintivos de seguridad. - Inducción para el llenado de hojas de datos de seguridad - Hojas de transporte de residuos peligrosos. - Utilizar vías y pasos habilitados para los trabajos en las bodegas de almacenamiento de residuos Forma de control y seguimiento Registros de capacitaciones. Instalación de señaléticas Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. - En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aviso en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.18 del ICE
11°. Que, durante el proceso de evaluación no se realizó un proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173
general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16°. Que, para que el Proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora", de Planta Solar Santa Isidora SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el Proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 160 y 161 del D.S. N° 40/20120, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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4°. Certificar que el Proyecto “Proyecto Planta Solar Santa Isidora" no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Constanza Paz Martínez Gil Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
AFA/JGM/TAC/JMM/MFS
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Lorenzo Alejandro Torres Suazo ambiental@icafal-lancuyen.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago carol.castro@mop.gov.cl DOH, Región Metropolitana de Santiago paulo.canas@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de Calera de Tango <alcaldia@caleradetango.net > SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago nathalie.joignant@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671173 Firmado Digitalmente por Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 20-07-2023 18:44:31:117 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Constanza Paz Martínez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2023.07.24 17:56:00 -04'00' SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Minería, Región Metropolitana de Santiago fcavieres@minmineria.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago mjerrazuriz@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Servicio Nacional de Geología y Minería <david.montenegro@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl