Evaluación SEA

Parque Fotovoltaico Cousiño

Rol 2156496461
SEA · DIA · Aprobado · 2022-07-21 · Región Metropolitana de Santiago · Tedlar Marte SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño”

Santiago

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 21 de julio de 2022, mediante Resolución Exenta N°202213001425 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de 01 de febrero de 2023 y su Adenda Complementaria de 06 de junio de 2023, del proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño”, presentado por Tedlar Marte SpA.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Nº 20231310979 de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño”.

3°. El Acta de Evaluación N° 01/2023 de 21 de febrero de 2023, del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.

4°. El ICE 20231310979 de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño” de 30 de junio de 2023.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, con fecha 10 de julio de 2023.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño”.

7º. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “D.S. N°40/2012, del MMA”); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 81 de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Exenta Nº7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013 Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina Fecha: 20-07-2023 18:47:26:834 UTC -04:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina Fecha: 20-07-2023 18:47:27:772 UTC -04:00 Razón: Lugar:

CONSIDERANDO:

1°. Que, Tedlar Marte SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Tedlar Marte SpA Rut 77.470.401-9 Domicilio Dávila Larrain 2453, San Joaquín, Región Metropolitana. Teléfono 562 2565 1052 Nombre representante legal David Rau Rut representante legal 23.576.914-K Domicilio representante legal Dávila Larrain 2453, San Joaquín, Región Metropolitana Teléfono representante legal 562 2565 1052 Correo electrónico Titular o representante legal d.rau@fluxsolar.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de julio de 2023, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de este documento; • Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables señalado en los artículos 138, 140, 142, 160 y pronunciamiento 161 del D.S. N°40/2012, del MMA; • No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 10 de julio de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 de junio de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del D.S. N° 40/2012 del MMA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo la generación de energía eléctrica a través de Energías Renovables No Convencionales, para lo cual se instalará un Parque Solar Fotovoltaico con una potencia de 7,8 MW (ac). La energía generada será inyectada a la red distribuidora local mediante dos Líneas Eléctricas de Media Tensión de 15 kV cada una e inyectada a la red de distribución local. Descripción general del proyecto El Proyecto consiste en la construcción y operación de un Parque Solar Fotovoltaico, para la captación de energía solar y generación de energía eléctrica, enmarcado dentro de las Energías Renovables No Convencionales. El Proyecto producirá energía limpia a través de la construcción de un Parque Solar Fotovoltaico de una potencia de 7,8 MW (ac), utilizando la tecnología de paneles fotovoltaicos para la transformación de la energía solar en energía eléctrica. El Proyecto inyectará la energía a la red de distribución local mediante dos Líneas Eléctricas de Media Tensión de 15 kV de una longitud aproximada de 444 m y 1.130 m respectivamente. El Parque Solar Fotovoltaico se localizará en las comunas de Buin y Paine, Región Metropolitana, interviniendo una superficie total 22,75 hectáreas. (DIA Cap. 1 punto 1.3.2) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

La vida útil base del Proyecto será de 31 años, considerando 6 meses para la fase de construcción, 30 años para la fase de operación y 6 meses para la fase de cierre. (Punto 1.3.7 de la DIA) Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal: De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra: “c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”. El proyecto consiste en la construcción, operación y cierre de un parque fotovoltaico de 7,8 MW de potencia.

Tipología Secundaria: No tiene. Vida útil El proyecto considera una vida útil de 31 años. Monto de inversión USD $ 8.000.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de Instalación de Faenas. (DIA Cap. 1 punto 1.3.5) Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto de lo previsto en el Artículo 14 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el Proyecto no se desarrollará por etapas. DIA Cap. 1 punto 1.3.9.

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el Titular declara que el Proyecto no es una modificación de un proyecto existente y que corresponde a un proyecto nuevo. DIA Cap. 1 punto 1.3.8.

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el Titular declara que el Proyecto no es una modificación de un proyecto existente y que corresponde a un proyecto nuevo. DIA Cap. 1 punto 1.3.8.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplazará en la zona rural de la comuna de Buin y Paine, Provincia de Maipo, Región Metropolitana.

Descripción de la localización La localización del Proyecto está relacionada directamente con la existencia de zonas que cuenten con una privilegiada exposición a la radiación solar. Asimismo, como condición técnica, se requiere la existencia de instalaciones para la transmisión eléctrica, con capacidad disponible para inyectar la energía generada por el Proyecto. El sitio definido para el Proyecto reúne las condiciones señaladas previamente, lo que constituye la justificación de la localización escogida. Mayores detalles en el punto 1.4.4 de la DIA. Superficie El proyecto se desarrollará sobre una superficie total de 22,75 hectáreas en la cual se emplazarán las obras temporales y permanentes del Proyecto. La superficie del parque fotovoltaico será de 22,74 hectáreas y de las líneas de transmisión eléctrica será de 0,0176 hectáreas. Mayores antecedentes en el punto 1.4.3 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de ubicación del terreno donde se emplazará el Proyecto se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 4.1.1 Coordenadas geográficas en UTM WGS84 Huso 19 S, del lugar de emplazamiento del Proyecto. Vértice Norte (m) Este (m) 1 342.555 6.259.860 2 342.593 6.259.537 3 343.490 6.259.701 4 343.498 6.259.869 Fuente: Coordenadas del parque fotovoltaico señalados en la Tabla 1-6 de la DIA.

Tabla 2 Coordenadas geográficas de la Línea de media Tensión UTM WGS84 Huso 19 S Vértice Norte (m) Sur (m) Línea de Transmisión Eléctrica Norte 342.556 6.259.855 342.530 6.260.256 Línea de Transmisión Eléctrica Sur 343.498 6.259.869 344.258 6.259.710 Fuente: Coordenadas de la Línea de Transmisión Eléctrica norte y sur señalados en la Tabla 1-6 de la DIA. Mayores antecedentes en el punto 1.4.2 de la DIA. Caminos de acceso Para acceder al proyecto, desde la localidad de Paine, se debe tomar la Avenida Dieciocho de Septiembre en sentido este, luego doblar a la izquierda hacia Acceso Sur en dirección hacia el norte, finalmente se dobla hacia la derecha por el Camino de Rural hasta llegar al acceso del proyecto. Mayores antecedentes en 1.4.3.1 de la DIA y Anexo 5-1, Tabla 1.2 de la Adenda Complementaria. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones • Anexo 1-1 de la Adenda Complementaria se adjunta la cartografía digital, en formato kmz, del Proyecto. • Anexo 1-2 de la Adenda Complementaria se adjunta la cartografía de las obras del Proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Instalación de faenas Durante la fase de construcción y cierre se habilitará una instalación de faenas para las actividades constructivas y cierre del Proyecto. Las obras y componentes de la instalación de faenas se emplazarán mediante instalaciones del tipo modular (desarmable y fácil de montar), y corresponden a: • Caseta de Guardia. • Comedor. • Estanque de Agua Potable. • Oficinas. • Bodegas de Materiales. • Acopio Transitorio de Paneles. • Estacionamientos. • Baños y Camarines. • Zona Grupo Electrógenos. Ver numeral 1.5 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Caseta de guardia Se ubicará en la entrada, junto al portón de acceso. En este lugar se encontrará personal de seguridad, a cargo de controlar todos los ingresos a la obra. La caseta o garita consistirá en una oficina modular de materialidad metálica de 6 m2. Ver numeral 1.5.1.1 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Comedor El comedor tendrá una superficie de 39,2 m2, destinado a la alimentación de los trabajadores, el que reunirá los requisitos establecidos en el Artículo 28 del D.S N° 594/1999, del Ministerio de Salud. Cabe hacer presente que no se considera la preparación de alimentos en su interior. El sistema de alimentación consistirá en colaciones preparadas que serán encargadas a una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos. Ver numeral 1.5.1.2 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Estanque de agua potable Se instalará un estanque de material plástico, con un volumen aproximado de 47,5 m³ de capacidad para agua. Tendrá todas las interconexiones de llegada, salida y rebalse. Abastecerá el agua del comedor, de las duchas y de los lavamanos, mientras que el agua para consumo de los trabajadores se distribuirá en botellas o envasada mediante dispensadores en concordancia con la calidad establecida en el D.S N°594/1999 del MINSAL. Ver numeral 1.5.1.3 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Oficinas Estarán equipadas para el adecuado desarrollo de las actividades, y tendrá una superficie de 44,7 m2, siendo 3 oficinas, cada una de 14,9 m2. Estas dependencias estarán conformadas por contenedores prefabricados y habilitados para tales efectos. Su interior y el perímetro exterior contarán con iluminación peatonal adecuada, que cumpla con lo establecido en la normativa vigente. Ver numeral 1.5.1.4 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Bodega de materiales En estas bodegas se almacenarán diversos materiales de construcción y componentes de las estructuras de soporte y seguidores, equipamiento eléctrico, y otros equipos requeridos para las instalaciones del Proyecto. Se contará además con un pañol de herramientas y equipos para uso diario del personal. Esta instalación temporal tendrá una superficie de aproximadamente 29,8 m2. Mayores antecedentes en 1.5.1.5 de la DIA. Acopio de paneles fotovoltaicos Se dispondrá de un área de acopio transitorio para los paneles fotovoltaicos de 112,5 m2 de superficie. Esta corresponderá a un área despejada y compactada, sin obras, la cual será delimitada para realizar el acopio de materiales y componentes de mayor tamaño como estructuras de fierro, paneles, cables o tuberías. Este acopio se considera transitorio, puesto que los materiales se irán ubicando en los sectores en donde serán instalados (frentes de trabajo), a medida que la obra vaya avanzando. Ver numeral 1.5.1.6 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Estacionamientos El Proyecto considera la implementación de 3 estacionamientos, con una superficie total de 453,4 m2. Los estacionamientos serán de material estabilizado. Ver numeral 1.5.1.7 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Baños y camarines Se dispondrá de un sector destinado a servicios higiénicos. Existirán baños exclusivos para personal femenino, conforme lo exige la normativa vigente (D.S. N°4/1999, del MINSAL). El área para las instalaciones de servicios higiénicos ocupará una superficie aproximada de 14,9 m2 para los baños, además de un baño químico que estará situado al lado de la caseta de guardia, dicho baño tendrá una superficie aproximada de 0,9 m2. Asimismo, se dispondrá un sector para camarines. El área para las instalaciones de camarines tendrá una superficie aproximada de 12 m2. Se dispondrá de la cantidad necesaria de baños químicos y duchas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del D.S 594/1999 del MINSAL. Estos serán gestionados y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

mantenidos por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud Regional. Ver numeral 1.5.1.8 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Zona de grupo electrógeno Cercano a la zona de carga de combustible, se habilitará un sector para los grupos electrógenos. Durante la fase de construcción y cierre, la energía eléctrica necesaria para abastecer el área de instalaciones y los equipos asociados a ella será proporcionada mediante 2 grupos electrógenos de 5 kVA cada uno, que se emplazarán en una superficie de 2 m². Este sector contará con las adecuadas medidas de protección ante posibles derrames de aceites (pretil de contención). Ver numeral 1.5.1.9 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Caminos El Proyecto considera la implementación de caminos internos y el camino de acceso. Los caminos serán de 6 metros de ancho y la carpeta de rodado será de material estabilizado. Ver numeral 1.5.2.1 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Bodega de residuos industriales no peligrosos y patio de salvataje Se emplazará una zona para el almacenamiento de residuos no peligrosos y despuntes de materiales de construcción, que contará con una bodega de almacenamiento y un Patio de salvataje. El área estará señalizada y sus contenedores estarán rotulados para identificar el tipo de residuos a disponer en su interior. Ver numeral 1.5.2.2 de la DIA y Anexo 3-3 “PAS 140” de la Adenda. Bodega de residuos sólidos domiciliarios El almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios se emplazará en una superficie aproximada de 16 m2. Esta zona contará con piso compactado y radier de concreto e impermeable. Ver numeral 1.5.2.3 de la DIA y Anexo 3-3 “PAS 140” de la Adenda. Bodega de residuos peligrosos El Proyecto contempla una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos de 7,2 m² de superficie, con una capacidad máxima de almacenamiento de 15,4 m3. Esta bodega será utilizada en todas las fases del Proyecto. Esta bodega será identificada con su nombre correspondiente, y en ella se identificará con rombos de seguridad los diferentes tipos de residuos peligrosos. Se emplazará separada de las otras bodegas, conforme a lo indicado en el D.S N°148/03 del MINSAL, y contará con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Las principales características de la Bodega de Residuos Peligrosos son las siguientes: - Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; - Contará con un cierre perimetral de a lo menos, 2 m de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales; - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar; - Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados; - Contará con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. Nº 594/1999 del MINSAL. Ver numeral 1.5.2.4 de la DIA y Anexo 3-3 de la DIA. Fosa Séptica El sistema de tratamiento para las fases de construcción y cierre consiste en un tratamiento primario de separación de sólidos mediante un proceso de decantación y de clarificación natural. El efluente será conducida por tubería hacia un dren de infiltración. La fosa séptica de 20 m3 será alimentada a través de un sistema de recolección de las aguas proveniente de los baños y aguas de lavado del personal (duchas, lavamanos y comedor), conducidas mediante tuberías de PVC sanitario. El Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

sistema será impermeable, con el fin de no presentar filtraciones y fugas, dado que las uniones de las tuberías, y los accesorios, tales como codos, T, coplas, entre otros, estarán adheridas con pegamento especial para redes hidráulicas.

En la fase de operación, se contempla la utilización de un sistema compuesto por fosa séptica de 2,5 m3, estanque de decantación secundaria y sistema de desinfección por cloración/decloración. Se utilizarán los mismos drenes diseñados para la fase construcción para la infiltración del efluente tratado.

Ver Anexo 3-2 PASM 138 de la Adenda. Cerco Perimetral Alrededor del área definida para el emplazamiento del PFV se construirá un vallado perimetral de 2,95 m, la cual será instalado a través de una inserción directa en el suelo. Además, el acceso al PFV se realizará a través de puertas dobles. Como medida de seguridad adoptada, se instalarán señaléticas para indicar la ubicación de las estructuras y riesgos asociados. Ver numeral 1.5.2.14 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.3.1.2 ACCIONES Movimiento de tierra En las actividades de preparación del terreno para la habilitación de instalación de faena, caminos, terreno para obras permanentes, el escarpe será de tipo superficial con el objetivo de remover maleza y piedras a nivel superficial Con objeto de cuantificar el volumen de material, se puede estimar que la profundidad del escarpe no será superior a los 10 cm. Se realizará el escarpe de una superficie aproximada de 1,01 hectáreas, obteniendo un volumen de material de escarpe de 1.010 m3. En las actividades de movimiento de tierra (excavaciones y rellenos), realizadas principalmente para la preparación de terreno de las obras, la instalación de cables en la zanja de cableado y excavación de fundaciones para postes de las LMT, se estima un movimiento de tierra de 1.029 m³. Dadas las características del terreno, no se contemplan excedentes de excavación, por cuanto el material será utilizado para preparar el terreno donde se emplazará el Proyecto. En caso de que se genere un excedente de excavación, éstos serán dispuestos en lugares autorizados. Ver numeral 1.6.1.1 de la DIA y Anexo 2-1 de la Adenda complementaria. Habilitación de instalación de faena Se preparará el terreno mediante la limpieza, despeje, nivelación del área de trabajo y montaje de las instalaciones temporales. Una vez nivelado el terreno se habilitará la instalación de faena del tipo modular, donde se destinarán diversos sectores para estacionamientos, bodega de residuos peligrosos, almacenamiento de materiales y equipos de construcción, así como también el patio de salvataje para clasificación y almacenamiento temporal de los residuos sólidos y servicios higiénicos. Ver numeral 1.6.1.2 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Habilitación de caminos En esta actividad se contempla la habilitación de un camino de acceso, así como caminos internos. Para el camino de acceso se requerirá realizar compactación simple del terreno. La habilitación de caminos consiste en despejar y ensanchar la faja, nivelar y compactar la subrasante y aportar la base estabilizada, perfilarla y compactarla. Una vez descargado el material de la base estabilizada, éste debe ser extendido mediante motoniveladora y luego compactado por rodillo. El excedente de material que será removido será distribuido íntegramente en sectores a nivelar, siempre al interior de la zona de intervención. En caso de que se requiera, y sólo en caso excepcional, el material removido será depositado transitoriamente en el terreno ya intervenido o por intervenir y se dispondrá en lugares autorizados en caso de no poder ser reutilizado. Por su parte, los caminos internos tendrán la misma metodología de construcción, y conectarán el acceso con todas las instalaciones del Proyecto. La longitud de los caminos internos del parque es de aproximadamente 2.763 m. Ver numeral 1.6.1.3 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Habilitación de La habilitación de terrenos consistirá básicamente en el escarpe y nivelación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

terrenos para obras permanentes del terreno donde se emplazarán las estructuras de soporte de las obras permanentes. Fuente en numeral 1.6.1.4 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Hincado e instalación de estructuras Una vez habilitado el terreno, se procederá al hincado de los perfiles de las estructuras de soporte de los paneles. La profundidad de hincado, así como el perfil a utilizar dependerá de las características del suelo y de la carga a soportar, pero no sobrepasará los 2,5 m. Los perfiles que se utilizarán serán metálicos, del tipo galvanizado. Ver numeral 1.6.1.5 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Montaje de paneles Una vez montada la estructura de soporte se procederá a la instalación de los módulos, los que serán trasladados en un camión con brazo hidráulico o una mini grúa hasta el sector de instalación, y serán instalados manualmente. Ver numeral 1.6.1.6 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Habilitación de centros de transformación y centro de control Los tres Centros de Transformación serán adquiridos como edificios prefabricados, proporcionados directamente de fábrica, por lo que su instalación en el PFV consistirá en un emplazamiento sencillo sobre el terreno nivelado, sobre plataformas de hormigón previamente instaladas. Ver numeral 1.6.1.7 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Conexiones eléctricas interiores Una vez montados los paneles, se comenzará con la conexión de todo el sistema de cableado eléctrico. El sistema de cableado desde los paneles hasta los centros de transformación considera la conexión de los paneles entre sí, utilizando su propia estructura (fila de módulos o string) y agrupándose en series, en cajas de agrupamiento. Desde cada final de la fila de módulos hasta la caja de agrupamiento y desde éstas al centro de transformación respectivo, la conexión se hará a través de canalizaciones subterráneas. Una vez terminada la colocación de los cables se cubrirá con el mismo material extraído. El circuito desde cada módulo hasta el centro de transformación corresponderá a un circuito de corriente continua. El circuito desde cada inversor a un transformador y posteriormente de la celda de media tensión al punto de interconexión final corresponderá a un circuito de corriente alterna. El tramo final señalado será a través de las dos LMT de 15 kV. Ver numeral 1.6.1.8 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Construcción de las Líneas Eléctrica de Media Tensión (LMT) Para la instalación de los postes, se procederá con la preparación y limpieza del terreno (piedras u otros), realización de excavaciones, montaje de los postes, construcción de la puesta a tierra de los postes, luego se iniciará la instalación y tendido de los conductores de fases, y una vez que el conductor se haya instalado entre dos postes de anclaje, se procederá a tensarlo hasta alcanzar la tensión de diseño. Finalmente, se fijarán mecánicamente los conductores a los postes de suspensión o de anclaje. Se realizarán pruebas y actividades de puesta en marcha previas a la energización de la línea. Se verificará la continuidad de fases, niveles de aislamiento de los cables de fases con respecto de tierra, secuencia de fases, entre otros. Ver numeral 1.6.1.9 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Pruebas para puesta en marcha Se realizarán pruebas eléctricas a cada equipo instalado de manera individual, con el fin de detectar desperfectos específicos previos a la puesta en marcha. Las pruebas para la puesta en marcha de las obras se efectuarán una vez finalizada la construcción del Proyecto. Estas consideran: − Verificación de parámetros y puesta en marcha de los seguidores. − Pruebas finales de puesta en servicio de los seguidores, inversores, transformadores y celdas. − Prueba de conexión a la red de distribución local. Ver numeral 1.6.1.10 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Desmantelamient Durante la fase final de las construcciones y las pruebas del Proyecto, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

o de obras temporales procederá al desmontaje y retiro de todos los elementos ajenos al terreno que hayan formado parte de las obras temporales para la construcción, despejando las áreas ocupadas por las mismas. Una vez retiradas las instalaciones temporales, se procederá a la limpieza de las áreas en las cuales se desarrollaron actividades y/o fueron almacenados materiales, acopiando los residuos en los lugares de disposición temporal para su posterior retiro por empresas autorizadas para ser dispuestos en sitios de disposición final autorizados. Los elementos de la instalación de faenas que puedan ser reutilizados serán llevados a empresas que se encarguen de ese servicio. Ver numeral 1.6.1.11 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.3.2. SUMINISTROS BÁSICOS Agua

Durante la fase de construcción se requerirá de agua potable para los lavamanos, duchas y comedor de los trabajadores. Se estima una cantidad máxima de 273 m³/mes (9,1 m³/día), en base a una dotación de 150 l/día por persona con un máximo de 70 trabajadores. El agua será transportada mediante un camión aljibe y almacenada en un estanque. El agua para consumo humano será provista en bidones de agua potable, estimándose 30 litros diarios por trabajador. Estos bidones se dispondrán dando cumplimiento al del D.S N°594/1999, del MINSAL. Respecto a la implementación de un registro trazable del suministro de provisión de agua potable, se hace presente que el Titular mantendrá en la caseta de entrada del Proyecto, un registro con la identificación de los camiones aljibes que ingresen al Proyecto, que podrá ser consultado en caso de fiscalización. Numeral 1.6.5.2 de la DIA, Respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria y Anexo 5-1 Adenda complementaria. Servicios Higiénicos Durante la fase de construcción, se dispondrán de baños químicos en los frentes de trabajos móviles, mientras que en la instalación de faenas se contará con baños y duchas de acuerdo con lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Éstos operarán con una capacidad equivalente al máximo de trabajadores. En el caso que exista personal femenino, existirán baños y duchas exclusivos para mujeres. El número de artefactos cumplirá con lo previsto en el artículo 23 del D.S Nº 594/1999 del MINSAL. Para el correcto funcionamiento de los servicios higiénicos, estos estarán conectados a una fosa séptica, donde se dispondrán las aguas servidas provenientes de baños, duchas y lavamanos asociados a la instalación de faenas. Numeral 1.6.5.4 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria. Energía eléctrica La energía eléctrica requerida para el funcionamiento de las instalaciones (oficinas u otros) será obtenida mediante paneles solares ubicados en los techos de cada contenedor, conectados a baterías. Adicionalmente, habrá 2 grupos electrógenos de 5 kVA cada uno para las máquinas eléctricas. Numeral 1.6.5.1 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria. Agua para uso industrial Durante la fase de construcción se prevé un consumo de 200 m³ por mes. Este insumo será proporcionado directamente por empresas autorizadas mediante camión aljibe de 10 m³ de capacidad, el cual realizará las actividades de humectación de frentes de trabajo y caminos internos. Adicionalmente, al finalizar el montaje de los paneles fotovoltaicos, éstos serán lavados con agua industrial, proyectando el uso de 90 m3 de agua para esta actividad. Numeral 1.6.5.3 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria. Servicios de Alojamiento y Alimentación Durante la fase de construcción los trabajadores no pernoctarán en el área del Proyecto. Los trabajadores alojarán principalmente en las comunas de Buin y Paine, siendo transportados mediante empresas de transporte debidamente certificadas. Respecto a la alimentación, se proveerá a los trabajadores de colaciones preparadas que serán encargadas a una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos. Se contará con un comedor que reúna los requisitos del Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Numeral 1.6.5.5 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria Transporte Durante la fase de construcción se requerirá transportar materiales de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

construcción, estructuras, equipos, insumos, residuos y al personal. Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones. Cabe destacar que no se efectuarán todos los viajes en los mismos meses y el mes que tendrá el máximo en viajes será el mes 4 de la fase de construcción. Numeral 1.6.5.6 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria. Combustible En la fase de construcción se requerirá de petróleo diésel para el generador y para la maquinaria en terreno. Dentro de la instalación de faenas no se destinará zonas para la carga de combustible, ya que éstas se realizarán en estaciones de servicio debidamente autorizadas. El consumo máximo de combustible se estima en 5,3 m³ al mes. Numeral 1.6.5.8 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria. Materiales de construcción Se requerirá hormigón para la instalación de los centros de transformación, instalación de faenas y de ser necesario, para algunos micropilotes. Se estima un total máximo de 36,3 m³ de hormigón, el cual será proporcionado por terceros autorizados, mediante camiones mixer. Numeral 1.6.5.9 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria. Equipos y Maquinaria Los equipos y maquinarias principales que se emplearán en la fase de construcción corresponderán a retroexcavadora, motoniveladora, camión con brazo hidráulico (camión grúa), minicargadores, hincadora y compactadora. Numeral 1.6.5.10 de la DIA y Anexo 5-1 Adenda complementaria. 4.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES Dadas las características del Proyecto, no se considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer las necesidades de la fase de construcción del Proyecto. 4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.4.1 EMISIONES Emisiones Atmosféricas La información respecto a las emisiones atmosféricas del Proyecto se presenta en el Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria.

Las actividades asociadas a la Fase de Construcción del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden al tránsito de camiones y camionetas por caminos no pavimentados; transferencia de material, excavaciones, nivelación, compactación, escarpe y operación de grupo electrógeno.

En la Tabla 4-4 del Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria se indica el total de emisiones que aportará el Proyecto durante su Fase de Construcción junto con el análisis normativo del artículo 64 del D.S Nº 31/2016 del MMA. En dicha tabla se presenta el cálculo de material particulado equivalente para el año 1, correspondiente al año con mayor aporte de emisiones atmosféricas.

De acuerdo a los resultados presentados en la citada tabla, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de construcción, por tanto, no requiere compensar sus emisiones.

Sin perjuicio de lo anterior, se implementarán medidas de control y abatimientos de emisiones atmosféricas que se detallan en la Tabla 8.1.2 del presente ICE.

Mayores antecedentes en el Anexo 2-1 “Actualización de informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria. La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°521 de fecha 19/06/2023, se pronuncia conforme. 4.3.4.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Residuos Líquidos Domésticos Los residuos líquidos domésticos que se generarán en la fase de construcción corresponden a los efluentes líquidos domésticos (aguas servidas), producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para la construcción. Se estima una generación máxima de 315 m³/mes (10,5 m³/día) de dichos residuos, tomando como referencia un factor de recuperación de 1,0 del total del consumo de agua potable. El total a generar para la fase de construcción se estima en 1.890 m³ para los 6 meses. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Se habilitarán baños químicos dispuestos en los frentes de trabajo. éstos serán gestionados y retirados por una empresa autorizada y especializada, la cual contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes.

El Proyecto contará con una fosa séptica con infiltración para la evacuación de las aguas servidas de los servicios higiénicos.

Ver numeral 1.6.8.1 de la DIA y Anexo 3-2 “PAS 138” de la Adenda. Residuos líquidos industriales. Se señala que el Proyecto no considera el lavado de ruedas, ni de canoas de camiones mixer al interior de la obra.

Punto 1.10 de la Adenda y 1.3 de la Adenda Complementaria. 4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Ruido La información respecto a emisiones de ruido se presenta en el Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA.

Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del proyecto en evaluación se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº 38/11 MMA).

Se identifican 5 receptores para la evaluación de los niveles de ruido, los cuales se detallan en la tabla 4-1 del Anexo 2-2 de la DIA y en la figura 2 del Anexo 2-2 de la DIA, se indica la ubicación de los puntos de evaluación proyectados para cada uno de los receptores identificados.

En la tabla 7-4 del Anexo 2-2 de la DIA se indican los resultados de los Niveles de presión sonora proyectados, verificando que el proyecto sobrepasa los límites establecidos en el D.S. Nº38/2011, del MMA y requiere la implementación de medidas de control de ruido que se detallan en la Tabla 8.1.6 del presente ICE.

Mayores antecedentes en Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA. Vibraciones La información respecto a vibraciones se presenta en el Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA.

Para efectos de evaluación del nivel de vibraciones el titular utiliza los criterios establecidos en el documento FTA Report N° 0123 del año 2018 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual” de la Administración Federal de Transportes (FTA) de Estados Unidos de América, que establece entre otras consideraciones, criterios sobre daño estructural, y de molestia sobre la comunidad.

El titular identifica y evalúa 5 receptores los cuales se detallan en la tabla figura 2 del Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA.

En la Tabla 7-8 y Tabla 7-9 del Anexo 2-2 de la DIA, se indican los valores proyectados para la construcción del Proyecto, los cuales se encuentran por debajo de los máximos recomendados por la normativa de referencia para el criterio de daño y molestia en todos los puntos de evaluación.

Mayores antecedentes en Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA. La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°542 de fecha 14/02/2023, se pronuncia conforme. 4.3.5 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos Durante la fase de construcción se generarán residuos domésticos consistentes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Asimilables a Domésticos en restos de comida, envases y envoltorios, papeles, desechos de alimentos y artículos de aseo personal, etc.

La cantidad de residuos sólidos domésticos generados durante la construcción será variable y dependerá principalmente del número de trabajadores presentes en la faena. Considerando 1 kg/trabajador/día, la generación mensual de residuos sólidos asimilables a domésticos será de 1,82 toneladas

Los residuos sólidos domésticos serán manejados en contenedores herméticos, ubicados en las áreas de generación de este tipo de residuos, los que se mantendrán tapados para evitar el ingreso de animales y vectores.

Estos residuos, serán retirados diariamente de los frentes de trabajo y acopiados de manera temporal en los contenedores cerrados ubicados en la bodega de residuos domésticos, para posteriormente ser enviados por una empresa autorizada a rellenos sanitarios autorizados con una frecuencia de retiro semanal.

Para más detalles, ver Anexo 3-3 Actualización PAS 140 de la Adenda. Residuos No Peligrosos Durante la fase de construcción se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, tales como restos de maderas, cartón, papel, plásticos, cables u otros similares. Se estima una generación máxima de 0,5 ton/mes, y una generación total estimado de 3,2 toneladas para toda la fase de construcción.

Estos residuos serán almacenados en contenedores o tambores según clasificación de residuo en Bodega de residuos Industriales No Peligrosos, para ser retirados por una empresa autorizada, con una frecuencia de una vez por semana para finalmente ser llevados a un sitio autorizado por SEREMI de Salud para este tipo de residuos.

Para más detalles, ver Anexo 3-3 Actualización PAS 140 de la Adenda. 4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos Peligrosos Los residuos peligrosos generados durante esta fase corresponderán principalmente a guaipes contaminados, aceites usados, bidones contaminados. También se generarán residuos asociados a actividades de pintura. La cantidad de estos residuos se estima en 0,2 t/mes como máximo. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad y serán retirados por una empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado para este tipo de residuos. La bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos estará ubicada dentro de la zona de la instalación de faenas y cumplirá con lo establecido en el D.S. 148/03, del MINSAL.

Para más detalles Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA. Sustancias Peligrosas Durante la fase de construcción, se considera la utilización de sustancias peligrosas en cantidades menores, las cuales serán almacenadas en una bodega destinada especialmente para ello dentro de la instalación de faena y en cumplimiento a lo dispuesto en el D.S N°43/2015 del MINSAL y a las normas chilenas NCh 382 of. 2004 y NCh 2190 of.2003.

En la Tabla 1-14 de la DIA se presenta la estimación y caracterización de sustancias peligrosas a utilizar en la fase de construcción.

Mayor detalle en punto 1.6.5.7 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de construcción en capítulo 4.6 del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Caminos El Proyecto considera la implementación de caminos internos y el camino de acceso. Los caminos serán de 6 metros de ancho y la carpeta de rodado será de material estabilizado. Ver numeral 1.5.2.1 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Bodega de residuos industriales no peligrosos y patio de salvataje Se emplazará una zona para el almacenamiento de residuos no peligrosos y despuntes de materiales de construcción, que contará con una bodega de almacenamiento y un Patio de salvataje. El área estará señalizada y sus contenedores estarán rotulados para identificar el tipo de residuos a disponer en su interior. Ver numeral 1.5.2.2 de la DIA y Anexo 3-3 “PAS 140” de la Adenda. Bodega de residuos sólidos domiciliarios El almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios se emplazará en una superficie aproximada de 16 m2. Esta zona contará con piso compactado y radier de concreto e impermeable. Ver numeral 1.5.2.3 de la DIA y Anexo 3-3 “PAS 140” de la Adenda Bodega de residuos peligrosos El Proyecto contempla una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos de 7,2 m² de superficie, con una capacidad máxima de almacenamiento de 15,4 m3. Esta bodega será utilizada en todas las fases del Proyecto. Esta bodega será identificada con su nombre correspondiente, y en ella se identificará con rombos de seguridad los diferentes tipos de residuos peligrosos. Se emplazará separada de las otras bodegas, conforme a lo indicado en el D.S N°148/03 del MINSAL, y contará con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Las principales características de la Bodega de Residuos Peligrosos son las siguientes: - Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; - Contará con un cierre perimetral de a lo menos, 2 m de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales; - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar; - Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados; - Contará con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. Nº 594/1999 del MINSAL. Ver numeral 1.5.2.4 de la DIA y Anexo 3-3 de la DIA. Baterías Storage Se dispondrá de 6 baterías storage de Ion Litio de 29,2 m² cada una, que ocuparán una superficie de 175,2 m² y una capacidad de almacenamiento de 4,2 MW. La función de estas baterías será el almacenamiento de un pequeño porcentaje de energía producida por los paneles fotovoltaicos, funcionando como reservas de energía para inyectar electricidad al sistema del Parque en caso de cualquier inconveniente. Se estima que la vida útil de las baterías es entre 13 a 19 años. La ficha técnica de las baterías se adjunta en el Anexo 1-3 de la Adenda. Ver numeral 1.5.2.5 de la DIA y respuesta 1.2 de la Adenda. Salas de control Se dispondrá de 3 salas de control de 7,3 m² cada una, tipo container, que permitirá la operación remota del Proyecto. Esta instalación no considera oficinas, vestidores, ni comedores, solo corresponde a un container que alojará los equipos de control/comunicación para personal de mantención. El sistema de control será automatizado (SCADA), el cual se programará para controlar el sistema de seguimiento (tracker), la inyección de energía a la red y los equipos de protección eléctrica. El SCADA está compuesto por sensores de medición, cables de comunicación y un equipo de control, en el cual se ingresa la programación que envía las órdenes a los equipos a controlar. Ver numeral 1.5.2.6 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

complementaria. Centros de Transformación Los 3 Centros de Transformación estarán constituidos por inversores, transformadores y celda de media tensión. La función del inversor es la conversión de la corriente continua (DC) a corriente alterna (AC) en baja tensión. Una vez transformada la corriente en AC, el transformador eleva la tensión a 15 kV. Con esta tensión de 15 kV, será posible inyectar la energía a la red de distribución local mediante la LMT. Existirán 3 (tres) Centros de Transformación, cada uno contendrá 15 (quince) inversores, un transformador y una celda de media tensión. El Proyecto contempla un número total de 45 inversores de 200 kW de potencia. Cada Centro de Transformación tendrá una superficie unitaria de 12,8 m² y una superficie total de 38,4 m². Ver numeral 1.5.2.7 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Módulos Fotovoltaicos El Parque Fotovoltaico (PFV) contempla la instalación de 21.424 módulos dispuestos en estructuras metálicas con capacidad de seguimiento solar. Los módulos asociados transforman la energía solar en energía eléctrica en corriente continua (DC) de baja tensión. Los módulos se instalarán en mesas, soportadas por una estructura metálica. Cada mesa tiene dos filas de módulos o “strings”. Cada módulo estará compuesto por un conjunto de celdas fotovoltaicas. Adicionalmente, el módulo estará formado por un cristal o lámina transparente superior, la cual lo protegerá de las variables climatológicas y dentro de éste se encuentra el sustrato conversor y sus conexiones eléctricas correspondientes. El PFV tendrá una potencia de 7,8 MWac e inyectará a la red de distribución local, a través de una conexión en media tensión (15 kV). Ver numeral 1.5.2.8 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Estructuras de Soporte Los módulos fotovoltaicos serán montados sobre estructuras de soporte denominadas “Seguidores”. Cada estructura tiene la capacidad de rotar los módulos en el plano horizontal, lo que producirá un seguimiento diario al sol en el sentido Este-Oeste. De esta manera, se aumenta el rendimiento de cada módulo. Cada seguidor contará con su propio cuadro de control, el cual alimentará y controlará el conjunto actuador-motor. Cada cierta cantidad de estructuras de soporte, se instalará una caja combinadora o caja de agrupamiento, cuya principal función es la de recoger el cableado de los distintos strings de paneles, como punto intermedio del cableado entre los paneles y los Centros de Transformación (conexiones internas). Para disminuir la afectación de superficie de suelo, el soporte metálico se fijará directamente a la tierra a través de hincado, no considerando la actividad de soldadura. Los hincados no contemplan relleno con hormigón, salvo en casos excepcionales en que pudiera ser requerido. Los hincados se instalarán a una profundidad máxima de 2,5 m. Todas las estructuras de soporte contarán con un tratamiento anticorrosivo para minimizar los efectos de las condiciones climáticas durante toda la vida útil del Proyecto. Ver numeral 1.5.2.9 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Conexiones internas Las conexiones internas corresponden al cableado soterrado interno, el cual reúne la energía generada por los módulos para llevarla a los Centros de Transformación y posteriormente hacia la LMT. La canalización subterránea tendrá una profundidad de aproximadamente 100 cm, donde se dispondrá una capa de aproximadamente 20 cm de espesor de arena. Sobre esta capa, se colocará el cable en su respectiva canalización, y por sobre la canalización irá otra capa de arena de 20 cm de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja de 80 cm de ancho. Por encima de la arena, se colocará una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico para baja tensión, terminando el relleno con material sobrante de la excavación. Cabe señalar que los cables utilizados cumplirán con la normativa chilena vigente, fundamentalmente en cuanto a la fabricación, especificaciones, instalación, terminaciones y pruebas. Ver numeral 1.5.2.10 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Línea eléctrica de La evacuación de la energía eléctrica producida en el PFV se realizará Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

media tensión (LMT) mediante dos LMT aéreas de 15 kV de tensión nominal, que conectarán el punto de evacuación del PFV con el punto de conexión al sistema de distribución local. La línea eléctrica norte tendrá una longitud de 444 m y la línea eléctrica sur tendrá una longitud de 1.130 m, y considera una franja de seguridad de 5 m de ancho, la cual no requiere despeje dada la zona y dentro de la cual se ubicarán las obras asociadas a la LMT. La LMT se construirá con postes de hormigón sobre una franja de seguridad total de 5 m. Se estima utilizar 80 postes. Estos postes serán de hasta aproximadamente 15 metros, enterrados alrededor de 1/6 de su altura. El material del cable conductor será de cobre y los aisladores de tipo fibra de vidrio y resina epóxica u otro similar. En la Tabla 3-3 de la Adenda se presentan las coordenadas de ubicación de los postes de la LMT. Ver numeral 1.5.2.10 de la DIA, Respuesta 3.5 de la Adenda, y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Puntos de conexión En los puntos de conexión a la red de distribución local existente, se instalarán algunos equipos eléctricos que permitirán la unión de manera segura. Estos equipos estarán montados sobre los últimos postes de la LMT y serán los siguientes: Un equipo compacto de medida, un medidor de energía y potencia, un reconectador, un relé y un fusible. Ver numeral 1.5.2.12 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Fosa Séptica El sistema de tratamiento para las fases de construcción y cierre consiste en un tratamiento primario de separación de sólidos mediante un proceso de decantación y de clarificación natural. El efluente será conducida por tubería hacia un dren de infiltración. La fosa séptica de 20 m3 será alimentada a través de un sistema de recolección de las aguas proveniente de los baños y aguas de lavado del personal (duchas, lavamanos y comedor), conducidas mediante tuberías de PVC sanitario. El sistema será impermeable, con el fin de no presentar filtraciones y fugas, dado que las uniones de las tuberías, y los accesorios, tales como codos, T, coplas, entre otros, estarán adheridas con pegamento especial para redes hidráulicas.

En la fase de operación, se contempla la utilización de un sistema compuesto por fosa séptica de 2,5 m3, estanque de decantación secundaria y sistema de desinfección por cloración/decloración. Se utilizarán los mismos drenes diseñados para la fase construcción para la infiltración del efluente tratado.

Ver Anexo 3-2 PASM 138 de la Adenda. Cerco perimetral Alrededor del área definida para el emplazamiento del PFV se construirá un vallado perimetral de 2,95 m, la cual será instalado a través de una inserción directa en el suelo. Además, el acceso al PFV se realizará a través de puertas dobles. Como medida de seguridad adoptada, se instalarán señaléticas para indicar la ubicación de las estructuras y riesgos asociados. Ver numeral 1.5.2.14 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.4.1.2 ACCIONES Puesta en marcha Una vez finalizado el emplazamiento de las instalaciones y sus conexiones eléctricas se procederá a la puesta en marcha, cuyo número de pruebas dependerá de los resultados que se vayan obteniendo. La puesta en marcha consistirá básicamente en la generación y entrega de energía eléctrica en condiciones normales, con el fin de garantizar la normalidad de funcionamiento de los equipos. Ver numeral 1.7.1.1 de la DIA. Generación de Energía y transmisión de Electricidad La operación del PFV consiste en la generación de aproximadamente 27,525 GWH anuales. La operación consiste en la generación de energía eléctrica a partir de cada módulo fotovoltaico. El proceso comienza con la captación de energía solar mediante los Módulos (paneles solares). La corriente eléctrica generada en DC de bajo voltaje es posteriormente conducida por la red de conexiones internas hasta los Centros de Transformación, donde la corriente se transforma en AC y se eleva a una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

tensión de 15 kV. La corriente en este voltaje es finalmente conducida por la LMT hasta el punto de conexión en la red de distribución local. Todo este proceso es monitoreado y controlado mediante el sistema SCADA. La operación del proyecto será de manera remota, contará con un sistema de monitoreo que permitirá seguir en línea el estado de las instalaciones. Este funcionamiento automático y sin mano de obra permanente, se realizará mediante el sistema SCADA que controla a distancia la instalación fotovoltaica. Por medio de SCADA se registran las variables del Proyecto, la inyección de energía y adicionalmente, se monitorean diversos parámetros ambientales. Considerando lo anterior, todos estos procesos de operación no requieren de personal presente en el Proyecto, razón por la cual la operación del Parque Fotovoltaico será desatendida, funcionando de forma automática y remota a través del sistema SCADA. Se requerirá́ personal técnico sólo para actividades de mantenimiento y lavado de paneles. Asimismo, la electricidad necesaria para operar se autoabastecerá por el mismo PFV u obtenida de la red de distribución local. La transmisión de la energía del Proyecto será a través de dos LMT de 15 kV para conectarse a la red de distribución local. Ver numeral 1.7.1.2 de la DIA. Control y Mantención del Proyecto En la fase de operación se contempla el control, mantenimiento de los componentes del Proyecto y la limpieza de los paneles fotovoltaicos para asegurar su eficiencia. Estas actividades contemplan lo siguiente: • Comprobación de cableado y conexiones: Una vez al año se llevará a cabo una inspección visual del cableado y las conexiones. La inspección visual se realizará en la misma zona de cableado. En caso de falla, la mantención se realizará en el mismo lugar. • Revisión general de la estructura y centros de transformación: Se verificará que los elementos internos estén en óptimas condiciones de funcionamiento y que los centros de transformación estén en buen estado. Se realizará una inspección visual trimestralmente. • Mantención y limpieza de módulos fotovoltaicos: Los paneles deberán estar limpios de polvo, para asegurar la eficiencia en la captación de luz solar, para lo anterior se realizarán limpiezas en seco y limpiezas con agua. Se realizarán hasta 3 limpiezas de módulos en el año. En la limpieza de módulos se utilizará agua en momentos en que no baste con la limpieza en seco. Se considera un consumo de agua de 32 m³ por limpieza. El agua corresponderá a agua industrial que será proporcionada por terceros autorizados. Esta limpieza húmeda se llevará a cabo de forma manual e individual, utilizando para esto agua industrial con calidad NCh 1.333, sin detergentes ni aditivos. La aplicación de agua industrial se realizará de manera uniforme a lo largo del panel; no existirá generación de residuos derivados de su realización, esto dado que luego de ser usada en la limpieza, el agua escurrirá́ hacia el suelo para luego evaporarse. • Mantención de actuadores de seguimiento (trackers): Una vez al año se realizará la revisión de los actuadores (motores y brazos hidráulicos), para verificar su funcionamiento. En caso de requerirse, se limpiarán y lubricarán. • Mantenimiento correctivo del PFV: El mantenimiento correctivo es una respuesta a los eventos no programados que requerirán un apoyo especial, como anomalías detectadas en el mantenimiento preventivo o reparaciones frente a fallas que comprometan la continuidad del servicio. Las intervenciones realizadas pueden ser con o sin corte de servicio, considerando las medidas de seguridad que se requieran. Es importante señalar que esta actividad no se considera dentro del cronograma, ya que la actividad se realizará cada vez que se detecten anomalías que lo requieran. • Control y mantención de la LMT: El objetivo del trabajo de inspección y mantención de la LMT es detectar tempranamente deficiencias y no conformidades respecto de las normas y/o especificaciones, sobre las cuales se puedan aplicar las acciones correctivas correspondientes, para cumplir con los estándares establecidos en la normativa eléctrica de Chile. Los trabajos de inspección y mantención preventiva se realizarán una vez al año. Las principales actividades de inspección y mantenimiento se enfocan en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

estado de los siguientes componentes: -Empalmes. -Conductores. -Equipos de protecciones, control y comunicaciones. -Aisladores. En caso de detectarse alguna deficiencia o deterioro de dichos componentes, se procederá a su reemplazo o reparación. Ver numeral en 1.7.1.3 de la DIA.

4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS Agua Durante la fase de operación se requerirá de agua para consumo humano sólo en los casos en que asista personal de mantenimiento (máximo 10 personas). Para estos casos se dispondrá de bidones o botellones, considerando un consumo de 75 m3 anuales. Ver numeral 1.7.6.2 de la DIA y pregunta 1.2 de la Adenda Complementaria. Servicios higiénicos Se contará con baños para el personal que realice las operaciones de mantención. Se prevé la generación de 1,5 m3/día de aguas servidas, las cuales serán evacuadas hacia una fosa séptica con infiltración. Cabe hacer presente que el número de artefactos cumplirán con lo previsto en el Art. 23 del D.S 594/1999 del MINSAL. Ver numeral 1.7.6.4 de la DIA. Agua para uso industrial En la limpieza de módulos se utilizará agua en momentos en que no baste con la limpieza en seco. Se considera un consumo de agua de 100 m³ al año. El agua corresponderá a agua limpia que será proporcionada por terceros autorizados mediante camiones cisterna. Se hace presente que el agua no requiere la adición de ningún tipo de aditivos. Ver numeral 1.7.6.3 de la DIA. Energía Eléctrica La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones del PFV será obtenida de la misma generación eléctrica producida. Para esto, los consumos internos necesarios serán provistos por los denominados servicios auxiliares, correspondientes a una red de baja tensión que alimentará el centro de control y otros consumos menores. En las horas en que el PFV no esté generando energía, el PFV obtendrá dicho suministro de parte la red de distribución local mediante la LMT. Ver numeral 1.7.6.1 de la DIA. Maquinaria y Equipos Solo se requerirán herramientas menores y maquinarias para las actividades de inspección y mantenimiento. • Mini excavador: 1 • Herramientas manuales: 10 • Hidro lavadora: 1 Ver numeral 1.7.6.9 de la DIA. Transporte Durante la fase de operación se requerirá transportar insumos, residuos y personal. Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos (transporte de personal) y camiones (insumos, retiro de residuos). Cabe señalar que durante esta fase no se considera personal en planta. Sólo asistirá personal para la realización de las tareas de limpieza de paneles y mantenimiento de acuerdo con la periodicidad establecida por el fabricante de los equipos Ver numeral 1.7.6.6 de la DIA. Servicios de Alojamiento y Alimentación El Proyecto será operado y monitoreado de forma remota (es decir, se realizará sin personal permanente). No obstante, se considera mano de obra para actividades de limpieza de paneles y mantenciones del PFV, para ello la alimentación será provista por terceros autorizados. Durante los mantenimientos los trabajadores no pernoctarán en el área del Proyecto. Así mismo, no se considera la preparación de alimentos en las instalaciones. Ver numeral 1.7.6.5 de la DIA. Combustible Sólo se requerirá combustible para las actividades de inspección y mantenimiento. Este se utilizará para los vehículos menores que transporten al personal e insumos de operación. Se estima un consumo de 55 L/mes de petróleo Diésel, el cual será abastecido directamente en las estaciones de servicio más cercanas. Ver numeral 1.7.6.8 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS Energía Eléctrica El Parque Solar Fotovoltaico considera una producción de 7,8 MW de potencia que será evacuada al Sistema Eléctrico Nacional mediante dos líneas de media tensión de 15 kV. 4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer las necesidades de la fase de operación del Proyecto. 4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES 4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Emisiones Atmosféricas La información respecto a emisiones se presenta en el Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria.

Las actividades asociadas a la Fase de Operación del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden actividades de transporte vehicular.

En la tabla 3-67 del Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria se indica el total de emisiones que aportará el Proyecto durante su fase de operación. En dicha Tabla se presenta el cálculo de material particulado equivalente desde el año 1 al 30. De acuerdo con los resultados, y considerando lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, el Proyecto no sobrepasará los límites permisibles en la fase de operación, por tanto, no requiere compensar sus emisiones.

Sin perjuicio de lo anterior, se implementarán medidas de control y abatimientos de emisiones atmosféricas que se detallan en la Tabla 8.1.2 del presente ICE.

Mayores antecedentes en el Anexo 2-1 Actualizado del Informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda Complementaria. La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°521 de fecha 19/06/2023, se pronuncia conforme. 4.4.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) La generación de aguas servidas durante esta fase está asociada a la mano de obra que se encontrará realizando actividades de mantención, reparación y/o limpieza de paneles (máximo 10 personas). Se estima una generación máxima de 1,5 m³/día de aguas servidas. Estos residuos serán manejados mediante una fosa séptica con drenes de infiltración. Ver Anexo 3-2 “PAS 138” de la Adenda. Residuos Líquidos industriales En la fase de operación no se generarán residuos industriales líquidos. Ver numeral 1.7.10.1.2 de la DIA.

Ruido La información respecto a emisiones de ruido se presenta en el Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA.

Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del proyecto en evaluación se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº 38/11 MMA).

Se identifican 5 receptores para la evaluación de los niveles de ruido, los cuales se detallan en la tabla 4-1 del Anexo 2-2 de la DIA y en la figura 2 del Anexo 2-2 de la DIA, se indica la ubicación de los puntos de evaluación proyectados para cada uno de los receptores identificados.

En la tabla 7-5 del Anexo 2-2 de la DIA se indican los resultados de los niveles de presión sonora proyectados, verificando que el proyecto no supera los máximos que establece el D.S. Nº 38/11 del MMA.

Para más detalles, ver Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

DIA. La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°542 de fecha 14/02/2023, se pronuncia conforme. 4.4.5.3 OTRAS EMISIONES Campos Electromagnético s Con relación a los campos magnéticos, , el Titular utiliza, como normativa de referencia, lo establecido por la ICNIRP, organismo no gubernamental reconocido por la Organización Mundial de la Salud como referente en el tema de campos electromagnéticos y salud, que establece como límites seguros 5.000 [V/m] para el campo eléctrico y 200 [micro Tesla] para la inducción magnética, valores incorporados en la normativa de varios países. Los resultados para la línea de media tensión que se presenta en la Tabla 8-1 del Anexo 2-3 Caracterización Campos Electromagnéticos de la DIA, indican que se cumple con la normativa de referencia respecto de los campos electromagnéticos. Mayores antecedentes en Anexo 2-3 Caracterización Campos Electromagnéticos de la DIA. 4.4.6 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos Asimilables a Domésticos Dado que el Proyecto en su fase de operación no considera personal permanente (el Parque será operado en forma remota), no se considera la generación de este tipo de residuos de forma permanente. En la fase de operación, los residuos generados serán de naturaleza similar a los declarados para la fase de construcción en términos de características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo. Respecto a la generación, se estima una cantidad de 0,5 ton/año.

La frecuencia de retiro de estos residuos será cada vez que sean generados para su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud para este tipo de residuos.

Para más detalles, ver Anexo 3-3 Actualización PAS 140 de la Adenda. Residuos Industriales No Peligrosos Durante esta fase se considera una generación máxima de 0,031 ton/año de residuos sólidos industriales no peligrosos, consistentes en restos de maderas, chatarra, y plásticos y otros materiales de embalaje. Las actividades de mantención y limpieza serán realizadas por empresas especializadas, a quienes se les exigirá retirar los residuos generados producto de esta actividad, para su disposición final en lugares autorizados. Se utilizarán las mismas instalaciones de la fase de construcción.

Para más detalles, ver Anexo 3-3 Actualización PAS 140 de la Adenda. 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos Peligrosos La generación de residuos peligrosos durante la fase de operación del Proyecto consistirá en residuos producto de actividades de mantención, tales como: Restos de pintura, ropa, paños contaminados, aceites y lubricantes. La cantidad de estos residuos será cercana a 1,2 ton/año. Los residuos serán acumulados temporalmente en la Bodega de Residuos Peligrosos, y posteriormente retiradas por una empresa que cuente con las autorizaciones sanitarias pertinentes y de acuerdo con el Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos del Ministerio de Salud (D.S. N° 148/03 del MINSAL). Es posible que, durante la vida útil del Proyecto, algunos paneles sufran daños y deban ser reemplazados. Por lo anterior, se considera que existirá una cantidad de paneles dañados que pueden catalogarse como residuos generados durante todo el ciclo de vida del Proyecto. Se estima una cantidad máxima de 10 Paneles dañados al año durante esta fase del Proyecto, equivalentes a 0,025 t/año. Independiente del alcance de su daño, este residuo será manejado como si fuera un residuo peligroso. Para más detalles Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA.

Sustancias Peligrosas En la presente fase no se requiere de ningún tipo de sustancia peligrosa de manera continua. Sin embargo, se requerirán para la realización de las actividades de mantenimiento, en específico aceites, lubricantes, diluyentes y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

pinturas para el funcionamiento de los seguidores y otros. Estos serán manipulados y abastecidos por una empresa de servicios externos, la cual realizará las mantenciones requeridas y la que deberá estar certificada para el traslado y manipulación. De acuerdo a lo anterior para la fase de operación del Proyecto no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas. Ver numeral 1.7.6.7 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE. 4.5 FASE DE CIERRE 4.5.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.5.1.1 PARTES, OBRAS. Instalación de faenas Durante la fase de construcción y cierre se habilitará una instalación de faenas para las actividades constructivas y cierre del Proyecto. Las obras y componentes de la instalación de faenas se emplazarán mediante instalaciones del tipo modular (desarmable y fácil de montar), y corresponden a: • Caseta de Guardia. • Comedor. • Estanque de Agua Potable. • Oficinas. • Bodegas de Materiales. • Acopio Transitorio de Paneles. • Estacionamientos. • Baños y Camarines. • Zona Grupo Electrógenos. Ver numeral 1.5 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Caseta de guardia Se ubicará en la entrada, junto al portón de acceso. En este lugar se encontrará personal de seguridad, a cargo de controlar todos los ingresos a la obra. La caseta o garita consistirá en una oficina modular de materialidad metálica de 6 m2. Ver numeral 1.5.1.1 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Comedor El comedor tendrá una superficie de 39,2 m2, destinado a la alimentación de los trabajadores, el que reunirá los requisitos establecidos en el Artículo 28 del D.S N° 594/1999, del Ministerio de Salud. Cabe hacer presente que no se considera la preparación de alimentos en su interior. El sistema de alimentación consistirá en colaciones preparadas que serán encargadas a una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos. Ver numeral 1.5.1.2 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Estanque de agua potable Se instalará un estanque de material plástico, con un volumen aproximado de 47,5 m³ de capacidad para agua. Tendrá todas las interconexiones de llegada, salida y rebalse. Abastecerá el agua del comedor, de las duchas y de los lavamanos, mientras que el agua para consumo de los trabajadores se distribuirá en botellas o envasada mediante dispensadores en concordancia con la calidad establecida en el D.S N°594/1999 del MINSAL. Ver numeral 1.5.1.3 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Oficinas Estarán equipadas para el adecuado desarrollo de las actividades, y tendrá una superficie de 44,7 m2, siendo 3 oficinas, cada una de 14,9 m2. Estas dependencias estarán conformadas por contenedores prefabricados y habilitados para tales efectos. Su interior y el perímetro exterior contarán con iluminación peatonal adecuada, que cumpla con lo establecido en la normativa vigente. Ver numeral 1.5.1.4 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Bodega de materiales En estas bodegas se almacenarán diversos materiales de construcción y componentes de las estructuras de soporte y seguidores, equipamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

eléctrico, y otros equipos requeridos para las instalaciones del Proyecto. Se contará además con un pañol de herramientas y equipos para uso diario del personal. Esta instalación temporal tendrá una superficie de aproximadamente 29,8 m2. Mayores antecedentes en 1.5.1.5 de la DIA. Estacionamientos El Proyecto considera la implementación de 3 estacionamientos, con una superficie total de 453,4 m2. Los estacionamientos serán de material estabilizado. Ver numeral 1.5.1.7 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Baños y camarines Se dispondrá de un sector destinado a servicios higiénicos. Existirán baños exclusivos para personal femenino, conforme lo exige la normativa vigente (D.S. N°4/1999, del MINSAL). El área para las instalaciones de servicios higiénicos ocupará una superficie aproximada de 14,9 m2 para los baños, además de un baño químico que estará situado al lado de la caseta de guardia, dicho baño tendrá una superficie aproximada de 0,9 m2. Asimismo, se dispondrá un sector para camarines. El área para las instalaciones de camarines tendrá una superficie aproximada de 12 m2. Se dispondrá de la cantidad necesaria de baños químicos y duchas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del D.S 594/1999 del MINSAL. Estos serán gestionados y mantenidos por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud Regional. Ver numeral 1.5.1.8 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Zona de grupo electrógeno Cercano a la zona de carga de combustible, se habilitará un sector para los grupos electrógenos. Durante la fase de construcción y cierre, la energía eléctrica necesaria para abastecer el área de instalaciones y los equipos asociados a ella será proporcionada mediante 2 grupos electrógenos de 5 kVA cada uno, que se emplazarán en una superficie de 2 m². Este sector contará con las adecuadas medidas de protección ante posibles derrames de aceites (pretil de contención). Ver numeral 1.5.1.9 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Caminos El Proyecto considera la implementación de caminos internos y el camino de acceso. Los caminos serán de 6 metros de ancho y la carpeta de rodado será de material estabilizado. Ver numeral 1.5.2.1 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Bodega de residuos industriales no peligrosos y patio de salvataje Se emplazará una zona para el almacenamiento de residuos no peligrosos y despuntes de materiales de construcción, que contará con una bodega de almacenamiento y un Patio de salvataje. El área estará señalizada y sus contenedores estarán rotulados para identificar el tipo de residuos a disponer en su interior. Ver numeral 1.5.2.2 de la DIA y Anexo 3-3 “PAS 140” de la Adenda. Bodega de residuos sólidos domiciliarios El almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios se emplazará en una superficie aproximada de 16 m2. Esta zona contará con piso compactado y radier de concreto e impermeable. Ver numeral 1.5.2.3 de la DIA y Anexo 3-3 “PAS 140” de la Adenda. Bodega de residuos peligrosos El Proyecto contempla una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos de 7,2 m² de superficie, con una capacidad máxima de almacenamiento de 15,4 m3. Esta bodega será utilizada en todas las fases del Proyecto. Esta bodega será identificada con su nombre correspondiente, y en ella se identificará con rombos de seguridad los diferentes tipos de residuos peligrosos. Se emplazará separada de las otras bodegas, conforme a lo indicado en el D.S N°148/03 del MINSAL, y contará con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Las principales características de la Bodega de Residuos Peligrosos son las siguientes: - Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; - Contará con un cierre perimetral de a lo menos, 2 m de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

  • Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar;
  • Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados;
  • Contará con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93.
  • Contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. Nº 594/1999 del MINSAL. Ver numeral 1.5.2.4 de la DIA y Anexo 3-3 de la DIA. Fosa Séptica El sistema de tratamiento para las fases de construcción y cierre consiste en un tratamiento primario de separación de sólidos mediante un proceso de decantación y de clarificación natural. El efluente será conducida por tubería hacia un dren de infiltración. La fosa séptica de 20 m3 será alimentada a través de un sistema de recolección de las aguas proveniente de los baños y aguas de lavado del personal (duchas, lavamanos y comedor), conducidas mediante tuberías de PVC sanitario. El sistema será impermeable, con el fin de no presentar filtraciones y fugas, dado que las uniones de las tuberías, y los accesorios, tales como codos, T, coplas, entre otros, estarán adheridas con pegamento especial para redes hidráulicas.

En la fase de operación, se contempla la utilización de un sistema compuesto por fosa séptica de 2,5 m3, estanque de decantación secundaria y sistema de desinfección por cloración/decloración. Se utilizarán los mismos drenes diseñados para la fase construcción para la infiltración del efluente tratado.

Ver Anexo 3-2 PASM 138 de la Adenda. Cerco Perimetral Alrededor del área definida para el emplazamiento del PFV se construirá un vallado perimetral de 2,95 m, la cual será instalado a través de una inserción directa en el suelo. Además, el acceso al PFV se realizará a través de puertas dobles. Como medida de seguridad adoptada, se instalarán señaléticas para indicar la ubicación de las estructuras y riesgos asociados. Ver numeral 1.5.2.14 de la DIA y Anexo 5-1 Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.5.1.2 ACCIONES Desconexión de las LMT a la Red La desconexión de las LMT se refiere específicamente a la desenergización de las LMT a través de la desconexión del alimentador de energía eléctrica. Ver numeral 1.8.1.1 de la DIA. Instalación y habilitación de Faenas En términos generales, la instalación de faenas tendrá las mismas características y emplazamiento que las indicadas para la fase de construcción. Ver numeral 1.8.1.2 de la DIA. Desmantelamient o y aseguramiento de la estabilidad de la infraestructura utilizada por el Proyecto o actividad Se realizará el desmantelamiento y retiro de las estructuras construidas que se indican a continuación: • Módulos fotovoltaicos. • Estructuras de Soporte. • Centros de Transformación. • Baterías Storage. • Banco de inversores. • Conductores de la LMT. • Estructuras de la LMT (Postes). • Salas de Control. • Cerco Perimetral. • Baños y Fosa Séptica. Se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes, se retirarán los equipos, elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Ver numeral 1.8.1.3 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante el proyecto o actividad Dado que el Proyecto no considera la modificación de la geoforma, las actividades de restauración del terreno consistirán en un proceso de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado estructuras de peso (estacionamiento, centros de transformación y sala de control) y caminos, permitiendo devolver la estructura y aumentar la aireación del suelo. En virtud de que el suelo cumple funciones a nivel ambiental, mediante la sustentación de vegetación permanente y efímera, las acciones de descompactación permitirán un repoblamiento natural del área recuperada, sin necesidad de intervención humana. De esta manera, se facilitará además el repoblamiento por parte de la fauna nativa. La descompactación del suelo se realizará a través de un proceso de dos etapas que se describen a continuación:

Etapa 1: Labor de Subsolado: esta actividad tendrá el objetivo de romper el duripán y mejorar la profundidad efectiva del suelo. Se utilizarán máquinas tipo Bulldozer D8 o D9 con una o tres garras, capaz de penetrar hasta los 70 cm del suelo. El subsolado (escarificado) se realizará con el suelo lo más seco posible, condición que se consigue en otoño, antes de que se inicien las primeras lluvias, para lograr el efecto de resquebrajamiento del perfil de suelo.

Etapa 2: Nivelación: se utilizará una motoniveladora o similar para homogeneizar el microrelieve e irregularidades que podrían haber producido en la superficie por efecto de la ruptura de capas compactadas en profundidad. La pendiente debe ser similar y continua al entorno. Para garantizar el éxito de la descompactación, previo a la construcción del Proyecto se medirá la densidad aparente con el método del cilindro del suelo en 4 puntos representativos y georreferenciados (puntos de muestreo testigo). La profundidad del muestreo a realizar será de 40 cm. Los indicadores de éxito consistirán en la reducción de la densidad aparente del suelo, y la ruptura de la continuidad de la capa endurecida, generando especio poroso entre los fragmentos de suelo. La densidad aparente del suelo se medirá con el método del cilindro a los 40 cm de profundidad del suelo, en al menos el 75% de los puntos de muestreo. Para corroborar los indicadores, se realizará un registro fotográfico del estado inicial y final del terreno. Se realizarán calicatas de tamaño superior a 1 metro de ancho, 1 metro de largo y 50 cm de profundidad, donde se fotografiará el estado inicial y final del terreno, en 4 puntos fijos. Adicionalmente, para efectos de dar un valor cuantitativo de comparación del efecto del subsolado, en cada calicata a una profundidad de 40 cm se extraerán muestras de suelo para determinar la densidad aparente, medida por el método del cilindro y determinada por medio de algún laboratorio agrícola. Considerando que la medida a implementar busca incrementar el espacio poroso del suelo, es esperable que la densidad inicial del terreno sea superior a la densidad final (mayor espacio ocupado por poros). El muestreo se realizará en 4 puntos fijos. En el caso que los indicadores de cumplimiento no se logren, se debe repetir la ejecución de la medida hasta lograr lo establecido. Ver numeral 1.8.1.4 de la DIA. El Proyecto no contempla actividades de mantención, conservación y/o supervisión durante la fase de cierre ni posterior a ella. Cabe señalar que en el área no quedarán instalaciones remanentes que revistan un peligro para las personas o medio ambiente. Ver numeral 1.8.3 de la DIA. Desmantelamient o de Instalación de Faenas Se procederá a la desmovilización de la instalación de faenas siguiendo el mismo formato indicado para la fase de construcción. Ver numeral 1.8.1.5 de la DIA. 4.5.2 SUMINISTROS BASICOS Agua Durante la fase de cierre se requerirá de 120 m3 de agua potable. El agua para consumo humano será proporcionada mediante bidones o botellones de agua por proveedores autorizados por la SEREMI de Salud de la Región. Ver numeral 1.8.7.2 de la DIA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Energía eléctrica Se abastecerá de energía eléctrica de la misma forma que durante la fase de construcción. Ver numeral 1.8.7.1 de la DIA. Agua para uso industrial Se requerirá de agua industrial para la humectación de frentes de trabajo. Ésta será abastecida por empresas autorizadas mediante camión aljibe. El volumen y sistema de abastecimiento será el mismo que el considerado para la fase de construcción. Ver numeral 1.8.7.3 de la DIA. Servicios higiénicos Se dispondrán de baños químicos en los frentes de trabajo móviles, mientras que en la instalación de faena contará con baños y duchas en número conforme a la normativa vigente. Estos estarán conectados a una fosa séptica. Ver numeral 1.8.7.4 de la DIA. Servicios de Alojamiento y Alimentación Los trabajadores no pernoctarán en el área del Proyecto, toda vez que vendrán de las ciudades o localidades más cercanas, siendo transportados al Proyecto mediante empresas de transporte debidamente certificadas. No se considera la preparación de alimentos en las instalaciones. Ver numeral 1.8.7.5 de la DIA. Transporte Durante la fase de cierre se requerirá transportar estructuras, equipos, insumos, residuos y personal. Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones, mientras que, para el transporte del personal, se contará con buses, servicio que será subcontratado a un tercero debidamente autorizado. Ver numeral 1.8.7.6 de la DIA. Combustible Al igual que en la fase de construcción, en la fase de cierre el abastecimiento será fuera de las áreas del Proyecto en instalaciones autorizadas. Ver numeral 1.8.7.8 de la DIA. Equipos y Maquinarias Los equipos y maquinarias por utilizar en la fase de cierre serán los mismos que los utilizados en la fase de construcción, a excepción de la hincadora. Ver numeral 1.8.7.9 de la DIA. 4.5.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Dadas las características del Proyecto, no se considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer necesidades del Proyecto. Ver numeral 1.8.8 de la DIA. 4.5.4 EMISIONES Y EFLUENTES 4.5.4.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Emisiones Atmosféricas La información respecto a emisiones se presenta en el Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria.

Las emisiones asociadas a la Fase de Cierre del Proyecto que son generadoras de emisiones atmosféricas corresponden a la resuspensión de polvo por tránsito vehicular, mientras que las emisiones de gases contaminantes se asocian principalmente al uso de maquinaria cuyo funcionamiento se basa en la combustión de diésel y tránsito vehicular.

En la Tabla 3-67 del Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria se indica el total de emisiones que aportará el Proyecto durante su Fase de Cierre. En dicha tabla se presenta el cálculo de material particulado equivalente para el año 31. De acuerdo a los resultados presentados en la citada tabla, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64 del D.S. Nº31/2016 del MMA, no se sobrepasarán los límites permisibles en la fase de cierre, por tanto, no requiere compensar sus emisiones.

Sin perjuicio de lo anterior, se implementarán medidas de control y abatimientos de emisiones atmosféricas que se detallan en la Tabla 8.1.2 del presente ICE.

Mayores antecedentes en el Anexo 2-1 “Actualización de informe de emisiones atmosféricas” de la Adenda complementaria La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°521 de fecha 19/06/2023, se pronuncia conforme. 4.5.4.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Residuos Los residuos líquidos domésticos generados en esta fase corresponderán a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Líquidos Domésticos aguas servidas y aguas de lavado del personal (provenientes de duchas, lavamanos y comedor). En cuanto a su generación y gestión, será la misma que la considerada para la fase de construcción. Se habilitarán baños químicos dispuestos en los frentes de trabajo. éstos serán gestionados y retirados por una empresa autorizada y especializada, la cual contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes.

El Proyecto contará con una fosa séptica con infiltración para la evacuación de las aguas servidas de los servicios higiénicos.

Para más detalles, ver Anexo 3-3 Actualización PAS 140 de la Adenda 4.5.4.3 EMISIONES DE RUIDOS Y VIBRACIONES Ruido La información respecto a emisiones de ruido se presenta en el Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA.

Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del proyecto en evaluación se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº 38/11 MMA).

Se identifican 5 receptores para la evaluación de los niveles de ruido, los cuales se detallan en la tabla 4-1 del Anexo 2-2 de la DIA y en la figura 2 del Anexo 2-2 de la DIA, se indica la ubicación de los puntos de evaluación proyectados para cada uno de los receptores identificados.

En la tabla 7-4 del Anexo 2-2 de la DIA se indican los resultados de los Niveles de presión sonora proyectados, verificando que el proyecto sobrepasa los límites establecidos en el D.S. Nº38/2011, del MMA y requiere la implementación de medidas de control de ruido que se detallan en la Tabla 8.1.6 del presente ICE. Mayores antecedentes en Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA. Vibraciones Las principales emisiones de vibraciones durante la fase de cierre tendrán su origen en la operación de maquinarias y tránsito de vehículos, y se consideran equivalentes a las de la fase de construcción. Mayores antecedentes en Anexo 2-2 Caracterización de Ruido y Vibraciones de la DIA. La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°542 de fecha 14/02/2023, se pronuncia conforme. 4.5.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.5.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables compuestos básicamente por restos de comida, plásticos, papeles y elementos similares, los que provendrán principalmente de la instalación de faena. Su generación y gestión será la misma que la descrita para los residuos sólidos domiciliarios generados durante la fase de construcción.

Para más detalles, ver Anexo 3-3 Actualización PAS 140 de la Adenda. Residuos sólidos no peligrosos Durante la fase de cierre se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, tales como restos de maderas, cartón, plásticos, cables u otros similares. En cuanto a su generación y gestión, será la misma que la considerada para la fase de construcción.

Para más detalles, ver Anexo 3-3 Actualización PAS 140 de la Adenda. 4.5.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos Peligrosos Los residuos peligrosos generados durante la fase de cierre corresponderán principalmente a guaipes contaminados, aceites usados, bidones contaminados. En la tabla 1-2 del Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA, se indican los residuos peligrosos a generar. El almacenamiento no se extenderá más allá de 6 meses, contemplándose un retiro de residuos peligrosos al término de esta y, en caso de saturación de sistema contenedor, se efectuará un retiro antes de este Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

período, por una empresa debidamente autorizada. Su disposición final será en un relleno de seguridad autorizado. Con respecto a los desechos de módulos fotovoltaicos provenientes del desmantelamiento de los equipos en fase de cierre, si se consideran el 100% de los módulos como RESPEL se estima una cantidad de 668 ton de residuos peligrosos. Si al momento del cierre de la planta no existiesen proveedores válidamente constituidos para desarrollar el reciclaje de los módulos, el Titular realizará el traslado de los módulos como residuos peligrosos. Estos traslados se realizarán durante la misma jornada de su retiro a un sitio de disposición final autorizado, por lo que no habrá almacenamiento para estos residuos durante la fase de cierre. Para más detalles Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA Sustancias peligrosas Serán necesarios insumos tales como aceites de motor, diluyentes, lubricantes, entre otros, cuyo almacenamiento y cantidades se estima será menor que en la fase de construcción o equivalente como máximo.

Ver numeral 1.8.10.4 de la DIA. 4.5.5.3 SUSTANCIAS QUÍMICAS Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.8 del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Septiembre 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de Instalación de faenas. Fecha estimada de término Febrero 2024 Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de la última obra temporal. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Marzo 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Entrada en Operación (emisión carta por parte del CEN). Fecha estimada de término Febrero 2054 Parte, obra o acción que establece el término Corte de la entrega de energía (desenergización) para realizar el cierre del Proyecto, hito que se evidenciará mediante la notificación escrita al CEN. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Marzo 2054 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión de LMT a la red. Fecha estimada de término Agosto 2054 Parte, obra o acción que establece el término Retiro del último contenedor de la instalación de faenas.

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5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental 1 Aumento de las emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Construcción y Cierre: Movimientos de tierra, Escarpe, Excavaciones, Perforaciones, Compactación, Tránsito y combustión de vehículos, Funcionamiento de maquinarias y equipos. Fase en que se presenta Construcción y Cierre. Impacto ambiental 2 Aumento en los niveles de ruido y vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera Construcción y Cierre: Movimientos de tierra, Escarpe, Excavaciones, Perforaciones, Compactación, Funcionamiento de maquinarias y equipos, Construcción/Desmantelamiento de las LMT. Operación: Funcionamiento de Conversores, Inversores y Módulos de Batería. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5.1 del ICE. Capítulo 6.1 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra a) de la Ley N°19.300:

Emisiones Atmosféricas De acuerdo a los cálculos de emisiones atmosféricas que se presentan en el Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria, el Proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 64 del D.S. Nº 31/2016 del MMA, en ninguna de sus fases. Sin perjuicio de ello, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción, operación y cierre, el titular considera implementar medidas de control de emisiones, las que se detallas en la Tabla 8.1.2 del presente ICE. Al respecto, la SEREMI de MMA, Región Metropolitana de Santiago, en su Of. ORD. Nº 521 de fecha 19 de junio de 2023 se pronuncia conforme.

Emisiones sonoras (ruido) Respecto a las emisiones de ruido, de acuerdo a los resultados presentados en el Anexo 2-2 de la DIA, se indica que las actividades, tanto para la fase de construcción, como de operación y cierre del proyecto, no superarán el nivel de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N 38/11 del MMA, considerando tanto para la fase de construcción como de cierre, la implementación de medidas de control de ruido que se detallan en la Tabla 8.1.7 del presente ICE. Al respecto, la SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Of. ORD. Nº 542 de fecha 14 de febrero de 2023 se pronuncia conforme. Adicionalmente, el titular suscribe un compromiso ambiental voluntario correspondiente a realizar mediciones de ruido en los 5 receptores identificados en el Anexo 2-2 de la DIA (ver detalle en Tabla 10.1.4 del presente ICE).

Vibraciones: Respecto a la evaluación de vibraciones, el titular utiliza el criterio establecido en el documento “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA) de los Estados Unidos de América (normativa de referencia). Al respecto, en el punto 7.3.2 del Anexo 2-2 de la DIA se indica que, para la fase de construcción y cierre, se cumple con el criterio de daño y molestia definido en esta normativa de referencia. Por otro lado, para la fase de operación, no se generarán vibraciones ya que, de acuerdo a lo señalado por el titular en el punto 5.3 del Anexo 2-2 de la DIA, dada la naturaleza de las actividades que serán ejecutadas durante esta fase, éstas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

no generarán emisiones vibratorias mayores a las evaluadas para la fase de construcción y cierre, por lo tanto, cumplirán con lo exigido por la normativa de referencia.

Agua: Para los frentes móviles de trabajo durante las fases de construcción y cierre, las aguas servidas serán contenidas en baños químicos y retirados posteriormente por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria. Además, durante la fase de construcción, operación y cierre se implementará una fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas (que se detallan en la Tabla 9.1.1 del presente ICE), cuyo efluente tratado será conducido hacia un dren de infiltración

Residuos no peligrosos y sólidos peligrosos Los residuos no peligrosos generados durante todas las fases del proyecto serán dispuestos en tres sectores: Patio de salvataje, área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y área de almacenamiento temporal de residuos domésticos. Los residuos industriales no peligrosos serán recolectados semanalmente en la fase de construcción y cierre y cada 6 meses en la fase de operación por una empresa autorizada que lo transportará hacia un sitio autorizado para su disposición final, mientras que los residuos asimilables a domésticos, la frecuencia de retiro será de 3 veces por semana para la fase de construcción y cierre y cada vez que sean generados para la fase de operación, y serán trasladados por una empresa autorizada a un relleno sanitario autorizado.

Residuos peligrosos En el caso de los residuos peligrosos para todas las fases del proyecto, serán manejados adecuadamente en una bodega de residuos peligrosos, cumpliendo lo dispuesto en el D.S. N°148/03 del MINSAL. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses como máximo o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad y serán retirados por una empresa especializada para el transporte y disposición final de residuos peligrosos. Además, es posible que paneles fotovoltaicos sufran daños durante su montaje, mantención y posterior desmontaje. Por esta razón, se considera que existirá una cantidad de paneles dañados, que independiente del alcance de su daño, será manejado como si fuera un residuo peligroso. Ver detalle en Anexo 3-3 de la DIA y Anexo 3-3 de la Adenda.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida temporal de suelos con aptitudes agrícolas. Parte, obra o acción que lo genera Construcción y Cierre: Movimientos de tierra, Escarpe, Excavaciones, Perforaciones, Compactación, Construcción (desmantelamiento en la fase de cierre) de las LMT. Operación: Funcionamiento del parque fotovoltaico. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.2 del ICE Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra b) de la Ley N°19.300:

Suelo Respecto al componente suelo, de acuerdo a lo presentado en el Anexo 3-5 de la Adenda, la superficie en el área de influencia para esta componente corresponde a 24,3 ha, que corresponde a la unidad “Suelos en posición de Terraza aluvial” que presenta las clases de capacidad de uso II, III y IV en su extensión de acuerdo a las 6 calicatas que levantó el titular en terreno. En el punto 5.3.1 del Anexo 3-5 de la Adenda, se caracterizan estos suelos, y el titular informa que corresponden a suelos profundos, desarrollados sobre depósitos aluviales, coluviales y de remoción en masa; en menor proporción fluvioglaciales, deltaicos, litorales o indiferenciados. La pendiente de la unidad es simple, ligeramente inclinada (2%). La pedregosidad superficial es de ausente a ligera y afloramientos rocosos ausentes. La unidad presenta buen drenaje. A nivel general, la unidad en superficie presenta texturas de medias a moderadamente finas, con color predominante en los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

matices 10 YR y 7,5YR. En profundidad, se tiende a observar estratos pedregosos de clastos aluviales. El uso actual corresponde a praderas antrópicas de baja cobertura. De acuerdo a lo informado por el titular en el punto 5.5 del Anexo 3-5 de la Adenda, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso suelo, en atención a: • Pérdida de suelo: El Proyecto no intervendrá superficies de forma irreversible. El Proyecto considera sólo la nivelación de terrenos, con la finalidad de eliminar irregularidades de la superficie. No se considera realizar escarpes o tronaduras. Obras como postes para paneles y cercos serán enterradas directamente (hincado) al terreno, reduciendo al mínimo la intervención de la superficie. Por último, el Proyecto en su fase de cierre considera la desmantelación de todas sus obras, permitiendo restablecer el uso existente previo a la construcción del Proyecto. • Activación de Procesos Erosivos: La instalación de paneles fotovoltaicos no causará el efecto de incrementar el nivel de activación de procesos erosivos, incluso los paneles aportarán cobertura, dando como resultado un nivel medio en esta área y manteniéndose (no incrementando) en la línea de transmisión. Adicionalmente, se descarta que se activen procesos erosivos que deriven en formación de surcos, cárcavas o socavones por las condiciones de pendientes y textura de la unidad. • Compactación del suelo: El Proyecto considera la actividad de compactación de suelos para la instalación de faenas y los caminos interiores del Proyecto. Al respecto, la fase de cierre, se considera la restauración de la superficie utilizada mediante métodos de descompactación, con la finalidad de recuperar la porosidad y drenaje del terreno, permitiendo recuperar la capacidad productiva de la superficie de suelo ocupada por el Proyecto. Las estructuras que soportan los paneles solares y postes serán hincadas directamente al suelo, lo que causaría una mínima intervención del terreno y evitaría su compactación. • Deterioro de las propiedades físicas, químicas o biológicas del suelo: Considerando que la modificación de las propiedades aireación y estructura fueron analizadas en el punto de compactación de suelos, el Proyecto no causará el deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo, considerando que las principales actividades u obras del Proyecto que podrían causarlo son: o Emisiones de vehículos y maquinarias: Las emisiones del Proyecto serán difusas, de baja magnitud y acotadas en periodo de tiempo, lo que no causaría cambios en las propiedades de los suelos. o Limpieza de paneles durante la fase de operación: Para la limpieza se utilizará agua blanda, sin detergentes ni productos químicos, descartándose que produzca cambios en las propiedades químicas y biológicas del suelo. o Manejo de residuos peligrosos: Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados con tapa segura y puestos en bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, previniendo la lixiviación y contaminación del terreno. No obstante lo anterior, el titular suscribe como un Compromiso Ambiental Voluntario, un mejoramiento de suelo que actualmente tiene capacidad de uso clase IV, y un monitoreo para evaluar las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo donde se instalará el parque fotovoltaico (ver detalles de ambos CAV en la Tabla 10.1.1 y Tabla 10.1.3 del presente ICE).

Flora y vegetación Respecto al componente flora y vegetación, en el proyecto no existen especies en categoría de conservación de este componente, de acuerdo a lo señalado por el titular en el informe de flora y vegetación, presentado en Anexo 2-4 de la DIA.

Fauna En el caso de fauna (respuesta 4.15 de la Adenda y Anexo 4-1 de la Adenda), durante la campaña realizada por el titular no se registraron especies en categoría de conservación amenazada y las especies que califican como singularidades ambientales corresponden a los reptiles endémicos culebra de cola larga (Philodryas chamissonis), lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) y perdiz chilena (Nothoprocta perdicaria), las cuales no representan endemismos regionales y poseen una amplia distribución. Adicionalmente, se registra la presencia de 4 especies de reptiles de baja movilidad en categoría de conservación, estas son:

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• Philodryas chamissonis (Preocupación menor). • Liolaemus lemniscatus (Preocupación menor). • Liolaemus tenuis (Preocupación menor). • Liolaemus chiliensis (Preocupación menor).

Al respecto, el titular señala en la respuesta 4.17 de la Adenda que las citadas especies presentan baja densidad detectada en terreno, y que esta categoría de conservación (Preocupación menor) no implica un riesgo para la continuidad de la especie: “Según el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluado, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor. Esta categoría la categoría de menor riesgo”.

Aire De acuerdo a los cálculos de emisiones atmosféricas actualizados, que se presentan en el Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria, el Proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 64 del D.S. Nº 31/2016 del MMA, en ninguna de sus fases. Sin perjuicio de ello, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción, operación y cierre, el titular considera implementar medidas de control de emisiones, las que se detallan en la Tabla 8.1.2 del presente ICE.

Agua Para los frentes móviles de trabajo durante las fases de construcción y cierre, las aguas servidas serán contenidas en baños químicos y retirados posteriormente por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria. Además, durante la fase de construcción, operación y cierre se implementará una fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas de los servicios higiénicos (que se detallan en la Tabla 9.1.1 del presente ICE), cuyo efluente tratado será conducido hacia un dren de infiltración. En relación con las aguas lluvias, el Titular señala en respuesta 1.17 de la Adenda que no realizará obras relacionadas al manejo de aguas lluvias, ya que estas aguas continuaran con usando el drenaje natural propio del terreno y la red de drenaje existente que caracteriza al sector en la situación sin Proyecto (Canales aledaños al Proyecto, hacia el sector Norte, Sur y Este), siendo este sistema el que seguirá actuando frente a la eventual escorrentía natural que podría generarse al interior del predio durante la ocurrencia de episodios de precipitaciones líquidas, no requiriéndose así obras especiales o adicionales para su gestión con ocasión de la ejecución del Proyecto.

Ruido y Vibraciones De acuerdo al informe de ruido y vibraciones (Anexo 2-2 de la DIA), la diferencia entre el ruido de fondo y el ruido que generarán las actividades del Proyecto, particularmente las vinculadas a la construcción del Parque Fotovoltaico son bajas y durante un periodo de tiempo limitado (6 meses). Adicionalmente, de acuerdo al informe de fauna adjunto en el Anexo 4-1 de la Adenda, en el área del proyecto no se presentan singularidades respecto a sitios para nidificación o migración de avifauna.

Residuos no peligrosos Los residuos no peligrosos generados durante todas las fases del proyecto serán dispuestos en tres sectores: Patio de salvataje, área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y área de almacenamiento temporal de residuos domésticos. Los residuos industriales no peligrosos serán recolectados semanalmente en la fase de construcción y cierre y cada 6 meses en la fase de operación por una empresa autorizada que lo transportará hacia un sitio autorizado para su disposición final, mientras que los residuos asimilables a domésticos, la frecuencia de retiro será de 3 veces por semana para la fase de construcción y cierre y cada vez que sean generados para la fase de operación, y serán trasladados por una empresa autorizada a un relleno sanitario autorizado.

Residuos peligrosos En el caso de los residuos peligrosos para todas las fases del proyecto, serán manejados adecuadamente en una bodega de residuos peligrosos, cumpliendo lo dispuesto en el D.S. N°148/03 del MINSAL. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses como máximo o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad y serán retirados por una empresa especializada para el transporte y disposición final de residuos peligrosos. Además, es posible que paneles fotovoltaicos sufran daños durante su montaje, mantención y posterior Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

desmontaje. Por esta razón, se considera que existirá una cantidad de paneles dañados, que independiente del alcance de su daño, será manejado como si fuera un residuo peligroso.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativos Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento de los tiempos de desplazamiento y deterioro por depósito de material particulado sedimentable sobre cultivos agrícolas o vegetación nativa utilizada por el grupo humano. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.3 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra c) de la Ley N°19.300:

Literal a) del artículo 7 del RSEIA: De acuerdo a lo presentado en la “Caracterización ambiental componente medio humano” adjunto en presentada en el Anexo 2-11 de la DIA, particularmente en relación a la dimensión socioeconómica, se puede concluir que en el Área de Influencia se observan principalmente actividades de tipo agrícola. Al respecto, el titular declara que el Proyecto se localizará dentro de un predio privado en donde se llevan a cabo actividades agrícolas, sin embargo, dentro del predio no existen grupos humanos que utilicen los recursos naturales del mismo para uso tradicional, medicinal espiritual o cultural. Cabe señalar que el titular declara que los actuales empleos que existen en el predio no se verán afectados por la instalación del Proyecto. Mayores antecedentes en la Respuesta 4.18 de la Adenda y Tabla 1-19 del Anexo 5-1 de la Adenda Complementaria.

Literal b) del artículo 7 del RSEIA: En relación a los flujos vehiculares (ver respuesta 8.3 de la Adenda), en la fase de construcción (6 meses de duración), se generará en promedio 5 viajes diarios (contemplando idas y regresos) aproximadamente. Cabe señalar que en la fase de cierre, que también tendrá un duración de 6 meses, el titular declara que no superará en actividad a la fase de construcción y que durante la fase de operación los viajes serán solo por mantención y emergencia, ya que la operación será remota. Al respecto, en la respuesta 4.19 de la Adenda, señala que, si bien existe interacción entre los flujos del proyecto en las rutas G-531, G-515-H, G-519, el Titular declara que el tránsito de vehículos del Proyecto se realizará de forma desconcentrada, es decir, no simultánea en relación con el avance de los frentes de trabajo. Por lo tanto, se descarta la obstrucción o restricción a la libre circulación, la conectividad o un aumento significativos de los tiempos de desplazamiento de la población del Área de Influencia.

Literal c) del artículo 7 del RSEIA: El Titular indica en la respuesta 4.20 de la Adenda que la ejecución y operación del Proyecto no afectará de manera directa y/o indirecta el acceso a bienes, equipamientos o servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y servicios sanitarios asociados al bienestar básico en ninguna de sus fases, para ningún grupo humano del sector.

El Proyecto contempla para su construcción 70 trabajadores como máximo, 10 para la fase de operación y 40 para la fase de cierre, y el titular proveerá de los insumos necesarios para ejecutar su trabajo. El Proyecto dará abastecimiento de agua potable mediante proveedores o empresas autorizadas y servicios higiénicos para los trabajadores, por lo que no se demandará agua para consumo humano desde fuentes de abastecimiento local. Además, se contará con un sistema propio de disposición de aguas servidas (baños químicos y fosa séptica), y de abastecimiento de energía eléctrica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Cabe agregar que en la respuesta 4.20 de la Adenda, indica que el Titular y los subcontratistas trasladarán por sus medios a los trabajadores sin que ellos demanden bienes o servicios o infraestructura básica. Adicionalmente, los trabajadores no pernoctarán en el área del Proyecto, por tanto el Proyecto no atraerá nueva población a habitar en el sector que utilizarían servicios como establecimientos educacionales, áreas verdes, centros de salud entre otros.

Literal d) del artículo 7 del RSEIA: En la Tabla 1-19 del Anexo 5-1 de la Adenda complementaria, el titular declara que el Proyecto no contempla la intervención de sitios o lugares en donde se lleven a cabo celebraciones o tradiciones locales. Al respecto, indica en la respuesta 4.12 de la Adenda, el titular declara que las actividades culturales realizadas por los habitantes del Área de influencia para el medio humano son el Vía crucis, que se realiza el sábado de semana santa en la tarde en El Tránsito (Ruta G- 519) y el We Tripantu en el mes de junio (día 21 o posterior). Además, el titular declara que se realiza la tradicional festividad de Cuasimodo, y que la ruta es variable pero pasa por las avenidas principales como Avenida 18 de septiembre (ruta G- 531) y Camino Padre Hurtado (ruta G- 515-H). Según se observa en la Figura 4-7 de la Adenda y en concordancia con lo declarado por el titular en la respuesta 4.14 de la Adenda, el Proyecto no utilizará rutas asociadas a las actividades culturales que se realizan en su entorno.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental El Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.4 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra d) de la Ley N°19.300:

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El titular entrega antecedentes respecto de los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en la respuesta 4.6 de la Adenda. En específico, se refiere a asociaciones y a comunidades indígenas, en las comunas de Paine y Buin. En la Figura 4-2 de la Adenda, el Titular presenta la localización de las organizaciones indígenas, todas las cuales se ubican fuera del AI del Proyecto.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. En el punto 2.8.4 del Capítulo 2 de la DIA, el titular declara que el Proyecto no se emplaza en o próximo a áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, territorios con valor ambiental, humedales protegidos y glaciares, susceptibles a ser afectados por las obras del Proyecto.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental El Proyecto no afectará el valor paisajístico o turístico de una zona.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.5 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra e) de la Ley N°19.300: Para determinar el valor paisajístico en el área del Proyecto el titular realizó una caracterización ambiental de paisaje, que consideró actividades de gabinete y terreno para su desarrollo, que se presenta en el Anexo 2-9, Caracterización Ambiental Componente Paisaje de la DIA. Los principales resultados de la caracterización son los siguientes: • El Proyecto se localiza en la Macrozona Centro subzona cuencas y valles interiores. El ambiente particular en el cual está inserto el Proyecto corresponde a un sector con una importante intervención antrópica que en el tiempo ha fragmentado el territorio y el paisaje. • De acuerdo a los resultados, el titular señala que el área de estudio no posee valor paisajístico. Se identificaron 9 puntos de observación localizados en caminos de acceso y al entorno del Proyecto, identificándose 3 unidades de paisaje. Para mayor detalle ver punto 2.8.5 de la DIA y la “Caracterización Ambiental de Paisaje” en Anexo 2-9 de la DIA. El titular presenta la “Caracterización Ambiental de Turismo” en el Anexo 2-10 de la DIA. Al respecto, el área de influencia para el componente turismo consiste en un área de 3,5 km2, según lo establecido por el titular en el numeral 3 del Anexo 2-10 de la DIA, en donde se identifican diversos atractivos turísticos al interior de esta. Estas corresponden según los señalado en la Tabla 5 del Anexo 2-10 de la DIA, a la Iglesia del Tránsito de la santísima Virgen Maria, la Viña Muñoz Robles, la Casa principal de la Viña Santa Rita, el festival de la Sandia en Paine, la Expo Paine Rural. Además, el titular menciona que en el área de influencia se desarrollan diversas actividades turísticas, ligadas principalmente al turismo de viñas, gastronomía, artesanía ya actividades al aire libre. En las comunas de Buin y Paine, se llevan a cabo una serie de eventos costumbristas, como el Festival de la sandía o fiestas y manifestaciones religiosas como Cuasimodo. También se ha convertido en un lugar ideal para productores de productos gourmet o artesanías en cuero. Por otro lado, el cordón de Cantillana ofrece la posibilidad de realizar trekkings o cabalgatas a fin de contemplar la flora y fauna originaria de la zona central del país. Existe, además, rutas turísticas creadas para fomentar las actividades de artesanos, productores, el patrimonio rural y religioso y rutas del vino. En relación el valor turístico del Área de influencia, presentada en el numeral 6 del Anexo 2-10 de la DIA, el titular determina que este corresponde a un nivel bajo, tomando en consideración variables como valor paisajístico, atractivos turísticos culturales, valore patrimonial (actividades, servicio, infraestructura y equipamiento turístico). De lo anterior, el titular declara que, a pesar de estar inserto dentro de un destino turístico y tener en su radio destinos turísticos y un monumento nacional, el área de influencia donde se ubicarán las obras del proyecto posee un bajo valor turístico y no se verá afectado por las obras del proyecto.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental El Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.6 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra f) de la Ley N°19.300: El Titular adjunta “Caracterización Ambiental Arqueológica” en el Anexo 2-8 de la DIA, en donde indica en su numeral 4, que el aérea de influencia para la componente arqueología corresponde a la totalidad de la superficie ocupada por las obras del proyecto. Esto justificado por cuanto las obras de construcción Como parte de la metodología para la caracterización del AI, el titular realizó una recopilación de fuentes documentales, una revisión de antecedentes en el SEIA que permita identificar registros de elementos patrimoniales realizados en forma previa en el área de influencia del proyecto y que ya cuenten con medidas a partir de las RCAs que aprobaron los respectivos proyectos. Además, y con la finalidad de establecer la presencia de elementos patrimoniales en el área de influencia, el titular empleó la técnica de inspección visual arqueológica superficial mediante el recorrido pedestre de transectos. Esta inspección no consideró intervención, es decir, no se realizaron pozos de sondeo ni recolección de material superficial. En lo que refiere a los aspectos metodológicos de la técnica empleada, se consideraron las condiciones de accesibilidad, visibilidad y obstrusividad que presentó el área de influencia del Proyecto en el momento de la inspección visual. Dicha inspección se realizó el día 20 de mayo de 2022, en donde se realizó la inspección visual del 100% del polígono del Proyecto a través del recorrido pedestre de transectos paralelos y separados por 20 m. En el caso de las dos líneas de transmisión eléctrica, se realizó la inspección visual del 100% de sus trazados a través del recorrido pedestre de un transecto coincidente con el eje de su trazado y arrojaron como resultado la ausencia de sitios arqueológicos en la superficie del área de influencia del Proyecto. Adicional a lo anterior, en lo que refiere a Monumentos Nacionales con declaratoria, de la revisión de antecedentes el titular declara la ausencia de estos en el área de influencia del Proyecto, de tal forma que los más cercanos se emplazan en la localidad El Tránsito, a 2 km de distancia. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular implementará charlas de inducción sobre la componente arqueología y un monitore arqueológico (mayores detalles en la Tabla 10.1.9 del presente ICE). En la Tabla 1-22 del Anexo 5-1 de la Adenda Complementaria, el Titular declara que el Proyecto se emplaza en un área donde no se reporta la realización de manifestaciones habituales propias de su cultura o folclore. Así mismo, en la zona del Proyecto y alrededores no existen pueblos indígenas o manifestaciones propias de su cultura y/o folclore. Mayores antecedentes en el Anexo 2-11 Caracterización ambiental del componente medio humano de la DIA y respuesta 4.6 de la Adenda.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas del tipo “Fosa Séptica con Dren de Infiltración” Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase Construcción y Cierre: El sistema de tratamiento consiste en una fosa séptica de 20 m3, la que contempla un tratamiento primario de separación de sólidos mediante un proceso de decantación y de clarificación natural. Este proceso se realiza en ausencia de oxígeno (proceso anaeróbico), dando origen a un lodo que será retirado cada 6 meses por un camión limpia fosas y dispuesto en lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva, mientras que las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

hacia un dren de infiltración.

Fase de Operación: El sistema de tratamiento consiste en una fosa séptica de 2,5 m3, estanque de decantación secundaria y un sistema de desinfección por cloración/decloración. Se utilizarán los mismos drenes del sistema de tratamiento de la fase construcción para la infiltración del efluente tratado.

Para mayor detalle revisar el Anexo 3-2, Actualización Permiso Ambiental Sectorial Mixto 138 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N°542, de fecha 14 de febrero de 2023, se pronunció conforme respecto del presente PAS y señala lo siguiente: “(…) respecto del sistema de alcantarillado particular del proyecto, las materias de ingeniería de detalle son de exclusiva competencia de la Autoridad Sanitaria, por lo que la aprobación del proyecto y detalles del sistema serán abordados cuando el titular tramite la obtención de la resolución sanitaria correspondiente.” Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.1 del ICE

6.2.2. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.” Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera disponer de un patio de salvataje, bodega para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y para el almacenamiento temporal de residuos domésticos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Durante las fases de construcción, operación y cierre, los residuos generados serán almacenados en los siguientes recintos: • Almacenamiento de Residuos domésticos: Bodega cuya superficie corresponde a 16 m2 (Largo 4 m y ancho 4 m). Esta zona contará con piso compactado y radier de concreto e impermeable, para evitar la infiltración de percolados hacia napas subterráneas. El retiro semanal y disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. • Almacenamiento de Residuos Industriales sólidos no peligrosos: superficie de 112,5 m2 . (Largo 15 m y ancho 7,5 m). Tendrá el suelo impermeabilizado, estará delimitado y contará con señalética. En su interior los contenedores se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje por gestores autorizados o disposición final en sitios autorizados. • Patio de Salvataje: Se almacenarán temporalmente material reutilizable y materiales residuales no peligrosos que sean utilizados por el proyecto durante la fase de construcción. Tendrá el suelo compactado, estará delimitado y contará con señalética, con una superficie de 112,5 m2 (Largo 15 m y ancho 7,5 m). En su interior los materiales serán almacenados temporalmente y se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje por gestores autorizados o disposición final en sitios autorizados. Para mayor detalle revisar el Anexo 3-3, Actualización Permiso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

6.2.2. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.” Ambiental Sectorial Mixto 140 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N°542, de fecha 14 de febrero de 2023, se pronunció conforme respecto del presente PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.2 del ICE.

6.2.3. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos” Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera una Bodega de Residuos Peligrosos permanente. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Durante la fase de construcción, operación y cierre se habilitará una bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos ubicada dentro de la zona de la instalación de faenas. La bodega tendrá una superficie de 7,2 m2 con las siguientes características: • Piso impermeable de radier construido a contrapendiente. • Cierre perimetral de 2,44 m de altura total, con barrera metálica sobre pretil de hormigón de 0,22 m de altura. • Contendores fabricados en PEAD o metálicos. • Señalización de los residuos almacenadas según la Norma Chilena Oficial Nº 2190 de 2019. • Los residuos peligrosos incompatibles se almacenarán separados de acuerdo con su incompatibilidad. • Capacidad Máxima de Almacenamiento de 15,4 m3.

Para mayor detalle revisar el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N°542, de fecha 14 de febrero de 2023, se pronunció conforme respecto del presente PAS y señala lo siguiente: “(…) el titular deberá asegurar que los residuos que son contenidos en carcasas u otro similar, como el caso de baterías en desuso u otros equipos o aparatos similares en desuso, serán desarmados en establecimientos especialmente autorizados por esta Autoridad Sanitaria, y almacenados transitoriamente en el sitio que será autorizado para ello.” Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.3 del ICE.

6.2.4. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos” Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Obras temporales y permanentes del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas del permiso. Se construirán obras temporales para dar apoyo a la fase de construcción del Proyecto y al personal involucrado. Por su parte, las instalaciones permanentes son los módulos fotovoltaico- Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

estructura soporte, centros de transformación, bodegas de residuos peligrosos y centro de control, entre otras.

Para mayor detalle revisar el Anexo 3-4 PAS 160 de la DIA y respuestas 3.10 al 3.15 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N°528, de fecha 23 de febrero de 2023, se pronunció conforme respecto del presente PAS, condicionado a: “- Una vez obtenida la RCA favorable, el titular, deberá solicitar en forma sectorial el informe favorable respecto del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para la asignación de normas de urbanización, el que debe ser solicitado por el dueño del predio o predios (al momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones del proyecto, incluidos los paneles fotovoltaicos. - El titular obtenga la calificación de instalaciones industriales a que se refiere el art. 4.14.2 de la OGUC (art. 161 del Título VII del Decreto Supremo Nº 40/13) durante el proceso de evaluación del proyecto en cuestión.”

El SAG, Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N°866, de fecha 15 de junio de 2023, se pronunció conforme respecto al presente PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.4 del ICE.

6.2.5 Pronunciamiento según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA “Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje”. Parte u obra a la que aplica Planta Fotovoltaica y sus respectivas instalaciones. Calificación de la parte u obra Inofensiva. Condiciones o exigencias específicas del permiso. El Proyecto contempla instalaciones permanentes que corresponden a las partes u obras que serán habilitadas, ensambladas o instaladas durante la fase de construcción, y que quedarán permanentes en el área durante toda la vida útil del Proyecto. Mayores antecedentes en el Anexo 3-6 PRONM 161 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N°542, de fecha 14 de febrero de 2023, se pronunció conforme y señala lo siguiente: “(…) se señala que la actividad es calificada de INOFENSIVA, siempre y cuando controle sus molestias dentro de su propio predio e instalaciones.” Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9.1.5 del ICE.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 144/1961 del Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Escarpe, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material, erosión material de pila, carguío y volteo de material, tránsito y combustión de vehículos y grupos electrógenos.

Fase de operación: Tránsito y combustión de vehículos y maquinaria por vías no pavimentadas, para realizar labores de mantenimiento.

Fase de cierre: Asociadas al desmantelamiento de las instalaciones, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material, tránsito de vehículos y maquinaria y grupos electrógenos. Forma de cumplimiento El Titular implementará las siguientes medidas de control y abatimiento de emisiones atmosféricas en la fase de construcción y cierre: • Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. • Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. • Los vehículos utilizados en el transporte de material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera significar derrames en el camino, circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. • Al inicio de la fase de construcción y al inicio de la fase de cierre se realizará la aplicación de supresor de polvo tipo Bischofita o similar en los caminos interno y camino adyacente a acceso (Tramo 7 y Tramo 8). Se considera una eficiencia de control de emisiones en estos caminos de un 90%.

Durante la fase de operación, el Titular implementará las siguientes medidas de control y abatimiento de emisiones atmosféricas: • Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. • Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. • Los vehículos utilizados en el transporte de material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera significar derrames en el camino, circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite la implementación por parte del Titular de las acciones para disminuir las emisiones mencionadas anteriormente. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros, documentación, fotografías o inspecciones visuales antes indicadas. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.1 del ICE

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA) Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Escarpe, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material, erosión material de pila, carguío y volteo de material, tránsito y combustión de vehículos y grupos electrógenos.

Fase de operación: Tránsito y combustión de vehículos y maquinaria por vías no pavimentadas, para realizar labores de mantenimiento.

Fase de Cierre: Asociadas al desmantelamiento de las instalaciones, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material, tránsito de vehículos y maquinaria y grupos electrógenos. Forma de cumplimiento La información respecto a las emisiones atmosféricas del Proyecto se presenta en el Anexo 2-1 “Actualización de Estimación de Emisiones” de la Adenda Complementaria. De acuerdo a las emisiones estimadas que se presentan en la Tabla 4-4 del Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria, en todas las fases del Proyecto (construcción, operación y cierre) no se superan los límites establecidos en el D.S. Nº31/2016, del MMA, por tanto, no requiere compensar sus emisiones atmosféricas.

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular implementará las siguientes medidas de control y abatimiento de emisiones atmosféricas en la fase de construcción y cierre (ver Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria): • Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. • Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. • Los vehículos utilizados en el transporte de material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera significar derrames en el camino, circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. • Al inicio de la fase de construcción y al inicio de la fase de cierre se realizará la aplicación de supresor de polvo tipo Bischofita o similar en los caminos interno y camino adyacente a acceso (Tramo 7 y Tramo 8). Se considera una eficiencia de control de emisiones en estos caminos de un 90%.

Durante la fase de operación, el Titular implementará las siguientes medidas de control y abatimiento de emisiones atmosféricas (ver Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria): • Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. • Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. • Los vehículos utilizados en el transporte de material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

significar derrames en el camino, circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente.

La SEREMI del Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°521 de fecha 19 de junio de 2023, se pronuncia conforme respecto del cumplimiento del D.S. N°31/2016 del MMA, condicionado a:

“Que el titular realice la aplicación de supresor de polvo en los tramos 7 y 8 según lo - declarado en el anexo 2-1 de la adenda complementaria. Para ello, una vez finalizada la fase de construcción, deberá reportar los medios de verificación que acrediten su correcta aplicación, considerando al menos: contratos, fotografías de los caminos antes y después de la aplicación del supresor, libros de registro, entre otros.

Adicionalmente, se aclara que la medida de estabilización de caminos deberá ser aplicada previo a la realización de las obras del proyecto, ya que de eso depende que el abatimiento declarado por el titular sea efectivo”. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite la implementación por parte del Titular de las acciones para disminuir las emisiones mencionadas anteriormente. Registro de carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental SMA actualizada, para fiscalización de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.2 del ICE

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N°279/1983 del Ministerio de Salud, que “Aprueba el reglamento para el control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Tránsito de vehículos. Forma de cumplimiento Para controlar la emisión de gases, durante la ejecución de todas las fases del Proyecto, los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones periódicas según lo indicado por el fabricante. Esto será exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Registro con los documentos de revisión técnica al día de los vehículos utilizados. Forma de control y seguimiento Verificación de la revisión técnica. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.3 del ICE

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. Nº55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Pesados”; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

D.S. Nº4/1994, del Ministerio de Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control”; D.S. Nº54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica”; D.S. Nº211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Norma Sobre Emisión de Vehículos Motorizados Livianos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos del proyecto. Forma de cumplimiento • Se exigirá a todos los vehículos motorizados asociados al Proyecto (livianos, medianos y pesados) que participen en el desarrollo del Proyecto contar con el permiso de circulación y la revisión técnica al día. • Los vehículos motorizados portarán el sello verde autoadhesivo que acredite la certificación relativa al cumplimiento de los límites de emisiones establecidos. • Se exigirá para todos los vehículos motorizados contar con mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. • Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento • Periódicamente se revisarán los registros y/o certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. • Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.4 del ICE

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. Nº138/2005 del Ministerio de Salud, que “Obliga a declarar emisiones que indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Grupos electrógenos. Forma de cumplimiento • Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. • Se realizará la declaración de emisiones pertinentes. • Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite el ingreso al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC y se realizará la declaración anual. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Forma de control y seguimiento Revisión anual de cada declaración de emisiones realizada. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.5 del ICE

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales. Forma de cumplimiento • Se exigirá que el transporte de materiales por zonas urbanas, tanto en la fase de construcción como de cierre, se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta con lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales. • Se realizarán inspecciones visuales para corroborar las condiciones del transporte de materiales. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro con los contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá dicha obligación. • Se mantendrá un registro o lista de chequeo de la inspección visual de la condición de transporte de materiales. Forma de control y seguimiento Registro indicado disponible en faena para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.6 del ICE

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Las emisiones de ruido en la fase de construcción del proyecto se encuentran asociadas principalmente al uso de maquinarias como hincadora, motoniveladora, rodillo compactador, cargador frontal, camión grúa, retroexcavadora y los grupo electrógeno.

Fase de operación: Las principales fuentes de ruido en fase de operación de la parque fotovoltaico corresponden a la operación continua de 3 transformadores elevadores de Media Tensión.

Fase de cierre: Las emisiones de ruido en la fase de c del proyecto se encuentran asociadas principalmente al uso de maquinarias para la descompactación, las actividades de habilitación área de instalación de faenas, desmantelamiento instalaciones planta solar y el retiro de instalaciones y residuos. Forma de cumplimiento De acuerdo al estudio de ruido y vibraciones, adjunto en el Anexo 2-2, Actualización Caracterización Ruido y Vibraciones de la DIA, y según lo dispuesto en el D.S. Nº38/2011 del MMA, se concluye que, durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, no se sobrepasarán los límites permisibles considerando Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

la condición ambiental más desfavorable y aplicando las siguientes medidas de control para la fase de construcción y cierre (detalles en el Capítulo 8 del Anexo 2-2 de la DIA): • Barreras acústicas modulares: Consiste en la implementación de pantallas acústicas modulares móviles. Estos elementos deberán ser aplicados en forma local a la maquinaria utilizada durante las faenas de construcción del Proyecto, específicamente en los trabajos de las líneas de media tensión en los postes cercanos a los puntos 1 y 5’. La materialidad de los paneles debe contar con una densidad superficial igual o superior a 10 [Kg/m2], lo cual es posible conseguir mediante madera tipo OSB, de un espesor mínimo de 18 [mm]. Además, la cara interior del panel (en dirección a las fuentes de ruido) deberá incorporar lana de fibra de vidrio (o lana mineral) de 50 [mm] de espesor y un NRC de 0.7 o mayor o bien algún material con propiedades fonoabsorbentes de equivalencia técnica. La implementación de esta materialidad conforma una estructura apta para comportarse como barrera acústica, de acuerdo a lo establecido en la Norma ISO 9613–2. La barrera acústica deberá ubicarse de manera tal que bloquee la radiación directa desde la fuente de ruido hacia los receptores identificados, lo más cerca posible de las fuentes de ruido sin entorpecer el funcionamiento de las mismas o perjudicar la seguridad de sus operarios. Su altura deberá ser de al menos 3.6 [m] y la longitud de la barrera debe ser de al menos 10 [m] a cada lado de la fuente dependiendo si es estática o móvil (20 metros en total). Además, en el punto 5 la barrera debe tener forma de C y sus laterales deben ser de al menos 5 [m].

La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°542 de fecha 14 de febrero de 2023, se pronuncia conforme. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite el correcto estado de los equipos a utilizar durante las fases del Proyecto y de la implementación de las medidas de control. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.7 del ICE

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Aguas servidas. Norma D.S. N°594/1999del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de manejo de aguas servidas (fosa séptica). Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre: Además de la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas (fosa séptica), se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo por empresas especializadas que cuenten con la certificación adecuada. Su sustitución periódica e higienización la llevará a cargo la empresa, así como la posterior gestión de los residuos que generen.

Fase de operación: Durante esta fase se realizarán actividades de mantención programada, y para lo anterior se mantendrán habilitados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

los servicios higiénicos y se implementará una fosa séptica. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro con la autorización sanitaria del sistema de tratamiento de aguas servidas y autorizaciones de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos en caso de que corresponda. • Registro de retiro de aguas servidas de los baños químicos a disposición final, los cuales serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento • Registro y orden de boletas de empresa autorizada. • Registro de reportes cargados disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.8 del ICE

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos. Norma D.F.L. N°725/1967del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de residuos no peligrosos y peligrosos. Forma de cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: En la Instalación de Faenas se dispondrá de un área de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos, donde se almacenarán residuos sólidos domiciliarios, residuos sólidos no peligrosos y residuos peligrosos.

Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en contenedores de basura fabricados en HDPE o similar, provistos de tapa y sistema de ruedas con mecanismo de freno. Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores rotulados con tapa.

Los residuos industriales no peligrosos serán recolectados semanalmente por una empresa autorizada que lo transportará hacia un sitio autorizado para su disposición final, mientras que los residuos asimilables a domésticos, la frecuencia de retiro será de 3 veces por semana y serán trasladados por una empresa autorizada a un relleno sanitario autorizado.

Los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente un sitio de almacenamiento temporal para este tipo de residuos. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses como máximo o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad y serán retirados por una empresa especializada para el transporte y disposición final de residuos peligrosos.

Fase de Operación Los residuos no peligrosos generados serán dispuestos en tres sectores: Patio de salvataje, área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y área de almacenamiento temporal de residuos domésticos. Los residuos industriales no peligrosos serán recolectados cada 6 meses por una empresa autorizada que lo transportará hacia un sitio autorizado para su disposición final, mientras que los residuos asimilables a domésticos, la frecuencia de retiro será cada vez que sean generados, y serán trasladados por una empresa autorizada a un relleno sanitario autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

En el caso de los residuos peligrosos serán manejados adecuadamente en una bodega de residuos peligrosos, cumpliendo lo dispuesto en el D.S. N°148/03 del MINSAL. Estos residuos se acumularán hasta por 6 meses como máximo o bien hasta que la capacidad de la bodega alcance aproximadamente un 80% de la capacidad y serán retirados por una empresa especializada para el transporte y disposición final de residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro con las autorizaciones de los sitios destinados al almacenamiento transitorio de residuos sólidos no peligrosos, durante la fase de construcción, operación y cierre, otorgados por la SEREMI de Salud respectiva • Registro con la autorización para el sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, otorgado por la SEREMI de Sal respectiva. • Registro con la declaración de Residuos (RETC). • Registro con copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos. • Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos del Proyecto. Copias de SIDREP en caso de que aplique. • Registro con copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos. Forma de control y seguimiento • Registro de reportes cargados en el RETC disponibles para su control y verificación. • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos. • Se mantendrá un registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos del Proyecto. Copias de SIDREP en caso de que aplique. • Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos. • Verificación de las Resoluciones Sanitarias. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.9 del ICE

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos. Norma D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento La bodega de residuos peligrosos contará con todas las condiciones sanitarias y de seguridad; tendrá con una base continua, impermeable y resistente, tanto estructural como químicamente a los residuos.

Por otra parte, el titular presentará todos los antecedentes necesarios a la autoridad sanitaria para el funcionamiento del sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

El transporte y disposición final de los residuos generados por el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Proyecto se realizará a través de empresas que cuenten con Autorización Sanitaria vigente.

Se cumplirá con el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos” y con poner a disposición del transportista las respectivas hojas de seguridad para el transporte de residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro con la autorización para el sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, otorgado por la SEREMI de Salud respectiva. • Registro con la copia de contrato celebrado con empresa autorizada de realizar el retiro de los residuos en la fase de construcción, operación y cierre. • Registro con la declaración de Residuos Peligrosos (RETC). • Registros de la salida a disposición final autorizado. • Registro con copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos. • Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos del Proyecto. Copias de SIDREP en caso de que aplique. • Registro con copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos. Forma de control y seguimiento • Registro de reportes cargados en el RETC disponibles para su control y verificación. • Se mantendrán registros de la salida a disposición final. • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos. • Se mantendrá un registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos del Proyecto. Copias de SIDREP en caso de que aplique. • Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos. • Verificación de la Resolución Sanitaria Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.10 del ICE

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos. Norma D.S. Nº1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción operación, y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se generarán residuos sólidos y emisiones atmosféricas en todas las fases del proyecto. Forma de cumplimiento • Conforme a los plazos prescritos por el presente Decreto, el Titular cargará los reportes asociados a los residuos y emisiones en la ventanilla única del RETC. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial. - Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT de titular. - Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

designado en el poder notarial. Indicador que acredita su cumplimiento Registro con el comprobante de ingreso al RETC y la carga de los reportes asociados a los residuos y emisiones generadas. Forma de control y seguimiento El encargado designado comunicará a la autoridad cualquier alteración en las emisiones y contaminantes declarados. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.11 del ICE

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N°43/2015 del MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de insumos o sustancias con características de peligrosidad. Forma de cumplimiento El almacenamiento de los productos químicos, serán manejadas de acuerdo con el Párrafo I “Del Almacenamiento de Pequeñas cantidades” y del artículo 19 del D.S. N° 43/2015, del Ministerio de Salud, es decir que no se requerirá de la instalación de una bodega de sustancias peligrosas. Estas condiciones cumplirán con lo siguiente: • Las sustancias peligrosas podrán almacenarse sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L. • El lugar donde estén almacenadas las sustancias peligrosas deberá contar con un sistema de control de derrames, que puede consistir en materiales absorbentes o bandejas de contención. • Contar con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, deberán estar de acuerdo con lo establecido en el D.S. Nº 594/ 1999, del Ministerio de Salud. • Se deberá contar con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite lo siguiente: • Presencia de un sistema de control de derrames. • Presencia de extintores en buen estado. • Presencia de hojas de seguridad. Forma de control y seguimiento • Registro mantenciones de extintores. • Registro visual de sistema de control de derrames y hojas de seguridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.12 del ICE

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Ley N°20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente, que “Establece Marco para La Gestión de Residuos, La Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Parte, obra o acción a la que aplica Actividades del proyecto donde se generen residuos sólidos que pueden ser reutilizados, reciclados, valorizados y eliminados. Forma de cumplimiento En la Instalación de Faenas se dispondrá de un área de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos, donde se almacenarán por tipo, separando los residuos sólidos que tengan potencial de ser reciclados. Los residuos serán retirados por empresas autorizadas de la Región Metropolitana. Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes disponible en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con los documentos antes indicados. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.13 del ICE

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural. Norma Ley N°17.288/1970 del Ministerio de Educación, sobre “Monumentos Nacionales” y su Reglamento D.S. N°484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones, arqueológicas, antropológicas y paleontológicas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Excavaciones, perforaciones y movimientos de tierra. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S N° 484 del MINEDUC, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos o paleontológicos (en el caso que corresponda). • Registro que evidencie la paralización de la obra, en caso de hallazgo arqueológico o paleontológico. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los documentos antes indicados. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.2.1 del ICE

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma Resolución N°1/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece dimensiones máximas a vehículos que indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de carga. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Forma de cumplimiento El Titular exigirá que el transporte del proyecto no supere los 4,20 metros de altura y que tampoco excedan el ancho 2.60 metros, como indica esta resolución. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de los contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá la obligación establecida en la presente resolución. • Registro, en el cual se fiscalice que los vehículos cumplan con las dimensiones establecidas en la resolución. Forma de control y seguimiento Registro indicado disponible en faena para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.3.1 del ICE

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma D.S. N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, que “Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos para el transporte de materiales, insumos, máquinas y equipos. Forma de cumplimiento El transporte de maquinaria y equipos en construcción se realizará cumpliendo lo establecido en este decreto. En caso de requerirse exceder los límites establecidos, se solicitará la autorización respectiva. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de los contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá la obligación establecida en el presente Decreto. • Registro con la autorización de la Dirección Regional de Vialidad en caso de que se requiera exceder el tonelaje máximo permitido. Forma de control y seguimiento Registro en obra de la autorización de la Dirección Regional de Vialidad (en caso que corresponda). Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.3.2 del ICE

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma D.F.L. N°850/1998 del Ministerio de Obras Públicas, que “Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850, de 1964 y del D.F.L. N°206, de 1960”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos para el transporte de materiales, insumos, máquinas y equipos. Forma de cumplimiento Los límites de peso máximos de vehículos cumplirán con las disposiciones de esta norma. En el caso de exceder los pesos máximos establecidos, se pedirá autorizaciones a la Dirección Regional de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de los contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá la obligación establecida en el presente Decreto. • Registro con la autorización de la Dirección Regional de Vialidad, en caso de exceder los pesos máximos establecidos. Forma de control y seguimiento Registro en obra de la autorización de la Dirección Regional de Vialidad (en caso que corresponda). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.3.3 del ICE

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma D.S. N°298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos para el transporte de cargas peligrosas. Forma de cumplimiento Se cumplirá con disposiciones de transporte de cargas peligrosas; choferes tendrán las calificaciones y condiciones reglamentarias exigidas para realizar sus labores; autorización sanitaria de la empresa que realice el transporte de combustibles y sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro con las cláusulas contractuales que exijan cumplir con lo establecido en el presente Decreto. Forma de control y seguimiento Registro en obra de transportes de cargas peligrosas realizados, que acredite el cumplimiento del presente Decreto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.3.4 del ICE

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1 Condiciones SEREMI de Salud RM. ● Téngase presente lo señalado por Seremi de Salud, Región Metropolitana de Santiago, en el Oficio Ord. N° 542 de fecha 14/02/2023, a saber:

“(…) en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecido en todo momento el cumplimiento de los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace y de la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de los Estados Unidos.”. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1 Condición o exigencia N°1.

8.2 Condiciones DGA RM. La Dirección Regional de Aguas de la Región Metropolitana se pronuncia conforme mediante el oficio Ord. Nº 182 de fecha 14 de febrero de 2023, a saber:

• Que, se debe tener presente que el análisis de aplicabilidad de los Permisos Ambientales Sectoriales de competencia de la DGA es caso a caso, de acuerdo con los antecedentes declarados por el Titular durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. De esta manera, en la Respuesta 3.4 del Adenda 1 el Titular declara: “Se acoge la observación, la cartografía se adjunta en el Anexo 1-1 Cartografía, y el KMZ se adjunta en el Anexo 1-2 Archivos Digitales, de la presente Adenda. En relación con la posible intervención de los cauces (canales de regadío), es importante señalar que los canales Fernandino y Sur (Canal 1) se encuentran fuera del área del Proyecto y por tanto no se verán afectados ni intervenidos por ninguna de las obras del proyecto. Por su parte, el canal en Desuso, existente en el área del proyecto, corresponde únicamente a un canal privado de derrames del predio que se encuentra Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

8.2 Condiciones DGA RM. seco, sin caudal o flujo de agua. Respecto del canal Huidobro, la LTE Norte no considera la intervención de este canal, al no proyectar obras (postes) sobre el curso de este último canal”. Por otra parte, en la Respuesta 3.5 B declara que la LTE no presenta soluciones de atravieso de cauces artificiales. (…) • Que, tal como el Titular lo declaró durante el proceso de evaluación, el área del proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común, SHAC Buin (Acuífero Maipo), de acuerdo a Resolución D.G.A N° 252, del 21 de octubre de 2011 y en una Zona de Prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas, Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común, SHAC Paine (Acuífero Maipo), de acuerdo a Resolución D.G.A N° 09, del 15 de junio de 2018, por tanto el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico. • Que, tal como como este Servicio señaló durante el proceso de evaluación, el Titular debe tener presente que, como parte del proyecto, la Fase de Cierre debe considerar el pleno restablecimiento del escurrimiento natural de las aguas en su condición original. Al respecto, en la Respuesta 1.15 el Titular declaró: “Se aclara que las actividades, partes y obras del Proyecto no producirán cambios significativos en las características del suelo, ni afectarán en caso alguno el escurrimiento natural de las aguas, al desarrollar y contemplar obras menores y acotadas en el tiempo, fundamentalmente durante las fases de construcción y cierre, que tendrán una duración de 6 meses cada una. Por lo tanto, no se afectarán las condiciones del escurrimiento natural de las aguas, motivo por lo cual no se hace necesaria la presentación de antecedentes técnicos relativos a esta materia”. • Que, en la DIA el Titular establece aplicar la siguiente medida en caso de un afloramiento de aguas (napas colgadas u otras) en Fase de Construcción, medida que resulta relevante para la evaluación ambiental del proyecto, pues se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia (…). La medida debe estar contenida en el Plan de Contingencias y Emergencias y corresponde a la siguiente: “Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva.

• Que, en la Respuesta 5.3 del Adenda 1 el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos del área de proyecto, medida que resulta relevante para la evaluación ambiental del proyecto, pues se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

8.2 Condiciones DGA RM. encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia (…). La medida debe estar contenida en el Plan de Contingencias y Emergencias y corresponde a la siguiente: “En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación:

i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.”

• Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental

a) Que, tal como se señaló durante el proceso de evaluación, el Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final siendo necesario mantener un registro, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico.

b) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.6 del Adenda 1 el Titular declaró: “A- Las fuentes de agua que proveerán este suministro al Proyecto serán seleccionadas previo al inicio de la fase de construcción, y corresponderán a fuentes autorizadas. Lo anterior se puede revisar en detalle en la pregunta 1.7 de la presente Adenda. B- Respecto a la observación, cabe señalar que el Titular incorporará al inicio de la fase de construcción, un procedimiento sobre la obligatoriedad de utilizar fuentes de agua autorizadas durante todas las fases del Proyecto. Este procedimiento será entregado a todas las empresas contratistas del Proyecto. Así mismo, el procedimiento mandatará la elaboración de un registro de trazabilidad de la utilización de agua, de manera de que éste pueda ser fiscalizable”.

c) Que, se debe tener presente que en la Tabla 1-2 de la Respuesta 1.7 del Adenda 1 el Titular declaró los consumos de agua en cada Fase de Proyecto.

d) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.8 del Adenda 1 el Titular declaró: “De acuerdo con lo señalado en DIA, dentro de la Instalación de Faenas no se destinarán zonas para la carga de combustible, ya que éstas se realizarán en estaciones de servicio debidamente establecidas y ubicadas fuera de los límites del proyecto”.

e) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.9 del Adenda 1 el Titular declaró: “En cuanto a la observación, se aclara que no existirá lavado de ruedas de los camiones al interior del Proyecto. Esta actividad se llevará a cabo, al igual que las mantenciones de maquinarias y vehículos, en las dependencias de los proveedores. Por lo anteriormente señalado, se aclara que no se generarán residuos líquidos producto de esta actividad dentro del proyecto”.

f) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.17 del Adenda 1 el Titular declaró: “Así las cosas, se estima que, el manejo de aguas lluvias en el área de emplazamiento del Proyecto estará gobernado holgadamente por el drenaje natural propio del terreno y la red de drenaje existente que caracteriza al sector en la situación sin Proyecto (Canales aledaños al Proyecto, hacia el sector Norte, Sur y Este), siendo este sistema el que seguirá actuando frente a la eventual escorrentía natural que podría generarse al interior del predio durante la ocurrencia de episodios de precipitaciones líquidas, no requiriéndose así obras especiales o adicionales para su gestión con ocasión de la ejecución del Proyecto”.

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8.2 Condiciones DGA RM. g) Que, en atención al CAV Plan de mejoramiento de suelos (…) se informó al Titular que debe tener presente que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorgan a los particulares el derecho de aprovechamiento sobre ellas, en conformidad a la disposición de Código de Aguas en sus artículos 5° y siguientes. Excepcionalmente, podrá permitirse el uso de ciertas aguas, como es el caso del artículo 11 del Código, el cual permite “servirse de las aguas lluvias que corren por un camino público”, o el artículo 44 del Código que permite el uso de derrames que escurren a predios vecinos sin necesidad de obtener un derecho de aprovechamiento, hipótesis específicamente reguladas en el mismo Código. Por lo tanto, el Titular sólo podrá hacer uso de las aguas en caso de contar con los derechos de aprovechamiento respectivos o encontrarse en algunas de las hipótesis legales de uso de las mismas, según corresponda. En la Respuesta 11.13 el Titular declaró: “Se acoge la observación. El Titular tendrá presente que solo podrá hacer uso de las aguas en caso de contar con los derechos de aprovechamiento respectivos o encontrarse en algunas de las hipótesis legales de uso de estas, según corresponda”.

h) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 11.2 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se acoge la observación. El Titular dará cumplimiento al procedimiento de caracterización de las aguas ante la Superintendencia del Medio Ambiente, según lo establecido en la Resolución Exenta N° 483 del 25 de mayo de 2017, para determinar si califica como fuente emisora, considerando entre otros procedimientos y según corresponda, la presentación ante DGA RMS del respectivo Estudio de Vulnerabilidad de Acuífero, según lo señalado en el Manual para la Aplicación del Concepto de Vulnerabilidad de Acuíferos (DGA. 2004), establecido en la Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas D.S. N°46/2002 MINSEGPRES”. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2 Condición o exigencia N°2.

8.3 Condiciones SEREMI Transporte y Telecomunicaciones RM ● Téngase presente lo señalado por el SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago, en el ORD.AGD N° 21106/2022 SRM-RM de fecha 17/08/2022, a saber:

“1. Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor.

  1. En la fase de construcción se debe considerar:

a) No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. b) Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. c) Se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. d) Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. e) Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita. f) El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. g) Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. h) Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. i) Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. 3. Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

8.3 Condiciones SEREMI Transporte y Telecomunicaciones RM dispersión al aire. 4. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 5. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.” Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3 Condición o exigencia N°3.

8.4 Condiciones SEREMI de Medio Ambiente RM. ● Téngase presente lo señalado por la SEREMI de Medio Ambiente, en el Oficio Ord. N°521 de fecha 19/06/2023, a saber:

“1-- Que el titular realice la aplicación de supresor de polvo en los tramos 7 y 8 según lo - declarado en el anexo 2-1 de la adenda complementaria. Para ello, una vez finalizada la fase de construcción, deberá reportar los medios de verificación que acrediten su correcta aplicación, considerando al menos: contratos, fotografías de los caminos antes y después de la aplicación del supresor, libros de registro, entre otros. Adicionalmente, se aclara que la medida de estabilización de caminos deberá ser aplicada previo a la realización de las obras del proyecto, ya que de eso depende que el abatimiento declarado por el titular sea efectivo.” Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4 Condición o exigencia N°4.

8.5 Condiciones SEREMI de Vivienda y Urbanismo RM. ● Téngase presente lo señalado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo N°528 de fecha 23/02/2023, a saber:

El proyecto queda condicionado a que:

• Una vez obtenida la RCA favorable, el titular, deberá solicitar en forma sectorial el informe favorable respecto del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para la asignación de normas de urbanización, el que debe ser solicitado por el dueño del predio o predios (al momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones del proyecto, incluidos los paneles fotovoltaicos. • El titular obtenga la calificación de instalaciones industriales a que se refiere el art. 4.14.2 de la OGUC (art. 161 del Título VII del Decreto Supremo Nº 40/13) durante el proceso de evaluación del proyecto en cuestión.

La Ilustre Municipalidad de Paine en el Ord. N° 44/2023 de fecha 16 de junio de 2023, condiciona a:

• En relación a la respuesta del titular del proyecto al punto 8.6 de la adenda complementaria sobre el compromiso de visitas al proyecto fotovoltaico de centros educativos, con la municipalidad y con las juntas de vecinos, se pronuncia conforme y para la visita de funcionarios municipales se solicita tomar contacto con la Oficina de Gestión Ambiental, ambiente@paine.cl, para la coordinación correspondientes. • Respecto a las respuestas del titular del proyecto al punto 8.7 de la adenda complementaria sobre el compromiso de entregar 200 árboles nativos a la Municipalidad de Paine se solicita tomar contacto con la Oficina de Gestión Ambiental ambiente@paine.cl, para la coordinación de la entrega de los árboles.

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.5 Condición o exigencia N°5.

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  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso Ambiental Voluntario 1: Mejoramiento de suelo Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar la condición de 3,22 ha, descritos con clase de capacidad de uso IV, actualmente en desuso por la pedregosidad que se traduce en restricción para el uso de maquinaria.

Descripción: Se propone un cambio de la Capacidad de Uso del Suelo en una superficie de 3,22 ha, desde una Clase IV, a una Clase III/II, o bien a un mejoramiento productivo basado en las mejoras de profundidad efectiva, drenaje, e incluso homogenización del riego.

Justificación: Permitirá generar suelos productivos para habilitar nuevos terrenos para plantaciones y cultivos frutales, generando un aumento en el balance productivo, en comparación a la pérdida de productividad del suelo donde se emplazará el proyecto, así como también un aumento de la productividad en el suelo propuesto dentro del CAV, pasando de una pradera natural de alimentación ganadera, a un cultivo frutal. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar de implementación está ubicada en la comuna de María Pinto, Región Metropolitana. La superficie actualmente pertenece a la Hacienda Chorombo S.A.

Forma: El compromiso voluntario consta de dos etapas, que se describen a continuación: a) Se realizará un informe que presente, entre otros antecedentes el rol de la propiedad en donde se aplicará el mejoramiento de suelo, serie de suelo, características edáficas, medidas que se realizarán y análisis de suelos correspondientes. b) Aplicación de la medida de rehabilitación de suelo: Corresponde a la segunda etapa y considera la aplicación del subsolado para la descompactación del suelo o la ruptura del duripán, entre otras medidas, en las 3,22 ha de suelos previamente seleccionadas. Al finalizar esta etapa se realizará un informe que contenga los resultados de la aplicación de la medida junto con las conclusiones. En este punto se deben agregar actividades de rehabilitación de los suelos post subsolado, ya que parte del duripán aflora en superficie, tanto en fragmentos de gran tamaño, como medios y pequeños. Para mayores detalles, véase el Apéndice 7-1 de la Adenda Complementaria, “Compromiso Ambiental Voluntario Mejoramiento de Suelos”.

Oportunidad: Se implementará con posterioridad a la obtención de la RCA y antes del fin de la fase de construcción del Proyecto, en acuerdo con el propietario del predio beneficiado y acorde a los ciclos productivos de las especies cultivadas. Indicador que acredite su cumplimiento De acuerdo con el Plan de manejo de Suelo, registro que acredite los siguientes indicadores para verificar el cumplimiento del mejoramiento de suelos: • Profundidad del subsolado a 80 cm. • En ningún punto del área de estudio la pendiente debe superar el 4%. • No se deben observar fragmentos de más de 30cm de diámetro en superficie. • Fragmentos de duripán en superficie no deben superar en promedio los 4 cm de diámetro. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

• Porcentaje de fragmentos de duripán menores a 3 cm en superficie.

Cabe señalar que, para lograr un mejoramiento de suelos tangible y visible, es necesario realizar durante la campaña de terreno una intensidad de muestreo a las diferentes faenas, así como también definir un parámetro de aprobación, lo cual catalogará el mejoramiento de los suelos como eficiente o deficiente. El objetivo de que todos los parámetros cumplan las expectativas y sean catalogadas como eficientes, es precisamente habilitar los terrenos para hacer del suelo, un recurso productivo ya sea dentro del área de la fruticultura, o bien, dentro de los cultivos extensivos. Para mayores detalles, en el Apéndice 7-1 de la Adenda Complementaria, “Compromiso Ambiental Voluntario Mejoramiento de Suelos”.” Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe que describa la condición posterior a la ejecución de la medida, donde se reporte cada uno de los indicadores considerados en la evaluación. El informe deberá contener también los registros asociados a la ejecución del mejoramiento, tales como contratos o facturas, y registros fotográficos de la ejecución. Además de ello, se entregará un informe de avance de las obras a la empresa contratante y las autoridades pertinentes, mientras se ejecuta el CAV. Se entregará un informe con las variables evaluadas de acuerdo con la Resolución 223 EXENTA (MMA, 2015) que dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental y sus modificaciones en la Resolución 921 EXENTA (MMA, 2015). Dicho informe se entregará 60 días hábiles posterior a la ejecución del compromiso a la SMA, SAG RM y SEREMI de Agricultura de la Región Metropolitana. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.1 del ICE

9.2. Compromiso Ambiental Voluntario 2: Plantación de especies nativas Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar medidas frente a las proyecciones de altas temperaturas, la captura de material particulado de la atmósfera, además de favorecer la implementación del Proyecto de manera armónica con el entorno rural en el cual se encontrará emplazado.

Descripción: A lo largo del cerco perimetral se plantarán árboles de una o más especies nativas, los cuales serán de fácil mantención. Estos árboles estarán plantados a 6 metros de distancia y su altura será acotada, para que no generen sombra a los módulos fotovoltaicos.

Justificación: Las especies que se plantarán aportarán en la disminución de la contaminación atmosférica, además de generar una inserción positiva respecto a los predios agrícolas colindantes, buscando disminuir el contraste de sus obras respecto a los predios agrícolas rurales colindantes. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Alrededor del cerco perimetral del Proyecto.

Forma: Plantación de especies de árboles nativos en los sectores aledaños del cerco perimetral.

Oportunidad: La plantación de las especies se realizará en la fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Indicador que acredite su cumplimiento Registro de boleta o factura de la compra de las especies nativas. Registros fotográficos de las especies plantadas en las proximidades del cerco perimetral al final de la fase de construcción. Forma de control y seguimiento Registros fotográficos anuales de los árboles nativos, para poder hacer un seguimiento efectivo. Este registro se encontrará en el Proyecto en caso de que la autoridad tenga consultas sobre este. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.2 del ICE

9.3. Compromiso Ambiental Voluntario 3: Mejoramiento de suelo, monitoreo de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, operación y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar la calidad de los suelos a través del monitoreo de propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo donde se instalarán los paneles fotovoltaicos.

Descripción: Se realizará el monitoreo anual de las siguientes propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo: • pH suspensión. • Conductividad eléctrica extracto (C.E.). • Materia Orgánica (MO). • Calcio (Ca), Magnesio (Mg), Sodio (Na) y RAS. • Densidad aparente (d.a). • Retención de humedad. • Textura. • Condición biológica del suelo (CBS): Se evaluará con la metodología de Sabaini y Ávila (2015), evaluando visualmente las esferas de influencia biológica de suelo (detritósfera, agregatósfera, drilósfera).

Justificación: Para asegurar que las características del Proyecto no generen cambios en la calidad del suelo, es necesario realizar una evaluación periódica de sus propiedades, para evaluar si se presentan cambios importantes en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se realizará en el Área de Influencia del Proyecto, específicamente en el área utilizada por los paneles solares y en, al menos, 5 puntos de muestreo.

Forma: Para la evaluación de las variables a monitorear, se realizarán 5 puntos de muestreo, donde se tomarán las muestras necesarias para ser enviadas a un laboratorio especializado.

Cabe señalar que la interpretación de cada esfera del suelo otorgada por Sabaini y Ávila (2015) se presenta a continuación: • Detritósfera: “Masa de restos vegetales y animales, sumadas al horizonte orgánico del suelo, en la capa superficial del suelo con una alta actividad de hongos y de meso y macrofauna. Representa una de las principales fuentes de materia orgánica del suelo.” • Agregatósfera: “Son los espacios dejados por la agrupación jerárquica y organizada de los componentes orgánicos y minerales, que ligados forman unidades de micro y macro agregados. Representa la manifestación física de la organicidad de la vida en el suelo.” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

• Drilósfera: “Volumen de suelo bajo influencia de las lombrices de tierra que incluyen: tanto las galerías que construyen; la superficie de sus cuerpos, incluidos sus tractos intestinales; y sus heces (ricas en nutrientes y compuestos orgánicos de alta energía). Representa el principal componente en el proceso de bioturbación del suelo, estimulando la dinámica de la microbiología, la materia orgánica, los minerales, el agua y el aire.” • Rizósfera: “Zona de influencia en torno a las raíces, donde se genera un complejo y dinámico microambiente a partir de exudados energéticos radiculares. Representando la principal fuerza conductora para todos los procesos ecosistémicos bajo la superficie del suelo.” • Porósfera: “Arreglo de espacios disponibles para la vida, de tamaños variables, que surge de la actividad de las raíces, lombrices de tierra, termitas y hormigas, que forman canales continuos para el flujo de aire, agua, minerales y organismos. Representa el hábitat aeróbico ideal para la vida de muchos organismos del suelo.”

Oportunidad: La medida se desarrollará previo a la fase de construcción, en la fase de operación (años 1, 3 y 5 desde el inicio del Proyecto), y luego cada cinco años hasta su término (fase de cierre incluida). En el caso de las características biológicas del suelo, se realizará una evaluación previa a la fase construcción como información complementaria a la línea de base de suelo. Indicador que acredite su cumplimiento Registro que acredite el monitoreo anual de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo.

En caso en que la concentración promedio resulta inferior al 80% del contenido de M.O. promedio reportado en la Línea Base (2,35%); o bien, existe un cambio negativo en la condición biológica del suelo, se deberá complementar la acción con compost. Se entenderá como cambio negativo en la condición biológica del suelo que la condición de rizosfera, porósfera, detritósfera y agregatósfera cambien a un nivel pobre. Se medirá el cambio por medio de la moda de los 5 puntos de muestreo. En el caso que se deba aplicar compost, la aplicación se realizará considerando los lineamientos de la Pauta Técnica Para La Aplicación De Compost (SAG, 2017). El compost se aplicará sobre la superficie, en periodo seco, con ausencia de lluvia. La distribución del compost debe ser uniforme para evitar la sobrefertilización. Sólo se utilizará compost maduro para prevenir problemas de germinación o radiculares en las plantas por efecto de la acidificación del suelo. Posterior a la aplicación, se realizará 1 monitoreo para verificar la mejora de las propiedades del suelo. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe posterior a cada seguimiento del estado y evolución de las variables evaluadas de acuerdo con la Resolución 223 EXENTA (MMA, 2015) que dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental y sus modificaciones en la Resolución 921 EXENTA (MMA, 2015). Dicho informe se entregará a la SMA y a la SEREMI de Agricultura de la Región Metropolitana 60 días posterior a la ejecución del monitoreo, con el fin de contar con la información del laboratorio. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.3 del ICE

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9.4. Compromiso Ambiental Voluntario 4: Mediciones de ruido Líneas de Media Tensión (LMT) Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar las mediciones de ruido para la construcción de las líneas de transmisión, para verificar que se está aplicando las medidas de control respectivas y para garantizar el cumplimiento de los límites establecidos por el D.S. N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores.

Descripción: Se realizarán mediciones de ruido en la fase de construcción en horario diurno, cuando se esté en proceso de la construcción de ambas líneas eléctricas, entre el tercer y el sexto mes de la fase de construcción, ya que, según el cronograma de la fase de construcción, serán construidas ambas líneas eléctricas

Justificación: Permitirá verificar el cumplimiento de la normativa de ruido para la fase de construcción y el cumplimiento con las medidas de control correspondientes. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medición se realizará en los 5 receptores identificados en la caracterización de Ruido y Vibraciones adjunto en el Anexo 2-2 de la DIA. Se deberá realizar una visita a terreno antes de comenzar la fase de construcción, esto para evaluar si existen nuevos receptores más cercanos que los definidos, para representar la condición más desfavorable. Las mediciones se realizarán en horario diurno en la fase de construcción de acuerdo a la siguiente Figura, respecto a las coordenadas, se presentan en la siguiente tabla:

Figura 10.1.4.1. Lugar de implementación de las mediciones de ruido (Fuente Anexo 2-2 Caracterización Ambiental de Ruido y Vibraciones de la DIA).

Tabla 10.1.4.1. Coordenadas del lugar de implementación de las mediciones de ruido. Sector/obra Receptor Coordenada UTM este Coordenada UTM Norte LMT 1 344.248 6.259.856 LMT 2 344.283 6.259.573 LMT 3 344.326 6.259.175 LMT 4 342.399 6.259.508 LMT 5 342.543 6.260.337 Fuente: Anexo 7-1 Actualización Compromisos Ambientales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Voluntarios de la Adenda complementaria.

Forma: Se realizará un monitoreo de 1 vez por mes, durante los últimos 3 meses de la fase de construcción. En cada monitoreo se realizará una inspección a todos los puntos de la caracterización de Ruido y Vibraciones adjunto en Anexo 2-2 de la DIA, según lo indicado en el apartado precedente. De cada monitoreo se generará un informe en el que se detalle la metodología de medición, la que debe ser coherente con lo establecido con el D.S. N°38/11 del MMA y los niveles medidos en terreno.

Oportunidad: El monitoreo tendrá una frecuencia de 1 vez por mes, durante los 3 últimos meses de la fase de construcción en horario diurno entre las 8:00 am y 19:00 pm. Indicador que acredite su cumplimiento Registro con el informe de monitoreo de ruido y registros de los monitoreos realizados dentro de los 3 últimos meses de la fase de construcción del Proyecto. Forma de control y seguimiento El informe que contenga los resultados de los monitores de ruido, el cual estará en las dependencias del Proyecto y en las oficinas del Titular, en caso de que sea requerido por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.4 del ICE

9.5. Compromiso Ambiental Voluntario 5: Plan de Comunicación con la Comunidad Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar un plan de información y difusión permanente con la comunidad, que considere estrategias de información adecuadas, generando las instancias y mecanismos necesarios para canalizar en forma oportuna información e inquietudes desde y hacia la comunidad.

Descripción: El plan de comunicación se hará efectivo durante el inicio de la fase de construcción, dicho plan tendrá los siguientes puntos: • Canales y medios de contacto para que las comunidades puedan realizar quejas y sugerencias. • Puntos que van a ser intervenidos por cada fase del Proyecto, cuáles van a ser las principales actividades, cuáles serán las medidas adoptadas por parte del titular y los tiempos estimados de intervención. • Cronograma de las obras, los hitos, frentes de trabajo, avance de las obras, etc.

El plan de comunicación será difundido a través de redes sociales y/o volantes a la comunidad.

Justificación: Este compromiso permitirá mantener una buena convivencia y recibir eventuales reclamos de éstas con el fin de tomar las acciones correctivas correspondientes, además de mantener informada a la comunidad sobre las actividades y acciones del Proyecto, las cuales van a estar calendarizadas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Oficinas de la instalación de faenas.

Forma: El plan de comunicación se ejecutará durante la fase de construcción y su contenido es el siguiente: Cronograma, con los hitos de las obras, las intervenciones que se van a realizar, los tiempos que se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

estiman para estos, los canales de contacto directo para ejecutar quejas o sugerencias. El plan de comunicaciones estará a cargo del Encargado de Relaciones Comunitarias. El plan va a contener información sobre la generación de ruidos molestos, donde se va a señalar cuáles serán las fuentes emisoras, los plazos de las obras, horarios de estas y de las faenas, y señalando las medidas de control de emisiones de ruidos. La difusión del plan de comunicación se realizará a través de las redes sociales, el dialogo entre el Encargado de Relaciones Comunitarios y la Junta de Vecinos, además de la entrega de volantes a la comunidad.

Oportunidad: Fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro del comunicado a los residentes aledaños al Proyecto y a las Municipalidades de Buin y Paine, que tendrá los horarios de los trabajos que se realizarán por sector. • Registro de reclamos y sugerencias e implementación de las acciones correctivas. • Registro con copias del plan de comunicación y registros de la entrega de los volantes. Forma de control y seguimiento Registro del plan de comunicación, registro mensual de las actividades de difusión y los comunicados a la comunidad, el registro de reclamos y sugerencias, todos estos documentos estarán disponibles en las oficinas de la instalación de faenas del Proyecto en caso de que sea requerido por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.5 del ICE

9.6. Compromiso Ambiental Voluntario 6: Visitas al Proyecto Fotovoltaico. Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de este compromiso es realizar visitas guiadas para promover la educación ambiental, a comunidades educativas, a funcionarios municipales y a juntas de vecinos cercanos al Proyecto.

Descripción: Se realizará 1 visita guiada todos los años en la fase de operación para cada grupo mencionado en el objetivo del presente CAV, cuando el parque esté en funcionamiento. El fin de esta actividad es dar a conocer el proyecto, explicar su funcionamiento y cómo se produce energía. Para concretar las visitas se invitará a las comunidades involucradas a participar.

Justificación: Estas visitas van a permitir que tanto estudiantes, funcionarios municipales y personas de las juntas de vecinos aprendan cómo es el funcionamiento de un parque fotovoltaico y cuáles con las partes y obras que lo componen. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Parque Fotovoltaico del Proyecto.

Forma: Estas visitas empezarán el primer año de la fase de operación del parque y serán durante toda la fase de operación. Será una visita guiada por cada comunidad con una frecuencia de 1 visita al año. Estarán a cargo de la persona responsable de la operación del Proyecto o del encargado ambiental y de relacionamiento comunitario. Las visitas estarán enfocadas a comunidades educativas, funcionarios municipales y juntas de vecinos cercanos al lugar de emplazamiento del Proyecto. Para llevar a cabo las visitas, se tomará contacto con centros educativos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

con la municipalidad y con las juntas de vecinos, en caso de que la convocatoria sea de interés de estas comunidades, se van a agendar las visitas teniendo en cuenta la disponibilidad de los asistentes. Cuando se realicen las visitas, estas tendrán por objetivo enseñar a los asistentes los siguientes temas: • Cómo se genera la energía fotovoltaica y su importancia en la transición energética a las energías limpias. • Partes y obras que componen el parque. • Ronda de preguntas y aclaración de dudas,

Oportunidad: Fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de la asistencia anual de cada comunidad que visite el parque. Forma de control y seguimiento Dentro de la sala de control donde estará el operador del parque, se mantendrá la siguiente documentación: - Lista con los nombres y firmas de las personas que asistan a las visitas. - Respaldo de correos y las coordinaciones con cada comunidad. - Registro fotográfico de las visitas guiadas a las comunidades. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.6 del ICE

9.7. Compromiso Ambiental Voluntario7: Entrega de Árboles Nativos al Municipio de Paine. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Hacer entrega de 200 árboles nativos a la Municipalidad de Paine.

Descripción: Durante la fase de construcción se hará la entrega de 200 árboles nativos al municipio de Paine, medida que busca que el proyecto.

Justificación: Poder colaborar en conjunto con el municipio la reforestación de áreas verdes de la comuna de Paine y mejorar el paisajismo de ella, brindando un ambiente más grato para los habitantes. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Municipalidad de Paine.

Forma: El Titular se compromete a comprar 200 árboles nativos en un lugar autorizado, que serán directamente entregados a la municipalidad de Paine para que esta destine de ellos de la manera que encuentre pertinente.

Oportunidad: Fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro firmado por las autoridades de la Municipalidad de Paine que reciban los árboles nativos. • Registro de la minuta con el detalle de las reuniones de coordinación con la Municipalidad de Paine Forma de control y seguimiento Se guardará el registro firmado por las autoridades de la Municipalidad de Paine, las minutas de las reuniones con representantes del municipio y el registro de la entrega de los 200 árboles nativos, el cual se va a mantener en las instalaciones del Proyecto, en caso de que sea requerido por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.7 del ICE

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9.8. Compromiso Ambiental Voluntario 8: Medidas de resguardo para aves Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisión con las líneas de transmisión eléctricas proyectada de aquellas aves que transitan por la zona y que dadas sus características morfológicas y/o hábitos biológicos son susceptibles a colisionar.

Descripción: La medida consiste en la instalación de dispositivos anticolisión en ambas LTE. La instalación de cada dispositivo será con una distancia de 10 metros entre uno y otro.

Justificación: La implementación de estas medidas, van a permitir minimizar las probabilidades de la electrocución de la avifauna presente en el entorno del Proyecto, evitando así su afectación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las dos líneas de transmisión eléctrica (LMT) del Proyecto.

Forma: Los disuasores de vuelo se instalarán una vez que se construyan las líneas eléctricas, previo a la puesta en funcionamiento. El distanciamiento de cada dispositivo es de 10 metros entre sí. Los disuasores de vuelo tipo veleta contarán con las siguientes características: • Visible de día y de noche. • Brillar hasta 10 horas después de la puesta de sol, y/o bajo condiciones de poca luz. La luz que proyecta es ultravioleta que solo es vista por las aves (sin potencial lumínico para desorientarlas). Esto es de particular interés para especies que vuelan de noche. • Balancearse con el viento y refleja la luz del sol para alertar a las aves. • De fácil aplicación y de ser necesario se puede mover.

Oportunidad: Los disuasores de vuelo se instalarán una vez que se construya la línea eléctrica, previo a la puesta en funcionamiento de la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento a efecto de garantizar la instalación de disuasores y aisladores en los conductores será el registro de la entrega a la SMA, SEREMI de Medio Ambiente y Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la Región Metropolitana, de un informe que dé cuenta de la instalación de los dispositivos, incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el registro fotográfico y de posicionamiento (UTM WGS84 Huso 19S) de ellos. Forma de control y seguimiento Dentro del Proyecto se mantendrá un registro fotográfico de la instalación de los dispositivos de protección de la avifauna y de los documentos que acrediten su compra e instalación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.8 del ICE

9.9. Compromiso Ambiental Voluntario 9: Charlas y Monitoreo Arqueológico Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear durante la fase de construcción las actividades de excavaciones y movimientos de tierra para resguardar los elementos del patrimonio cultural ante eventuales hallazgos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Descripción: Se realizará un monitoreo arqueológico permanente, el que será realizado por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe superficial, y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto. Asimismo, el Titular remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Además, se realizarán charlas a los trabajadores involucrados en el Proyecto, con el objetivo de difundir el protocolo a seguir ante eventuales hallazgos y transmitir la importancia de la protección del patrimonio cultural local.

Justificación: Resguardar elementos patrimoniales ante eventuales hallazgos durante las actividades de construcción del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los lugares donde se realicen excavaciones y movimientos de tierra durante la construcción del Proyecto.

Forma: Monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Se deberán realizar charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: I. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). II. Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. III. Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. IV. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. V. Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios- protocolos/planilla- registro-sitios- arqueológicos

g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

Oportunidad: La implementación del monitoreo se realizará durante las actividades de movimiento de tierras y excavaciones de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro del envío del informe mensual, el cual se emitirá en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes a la SMA, mientras duren las actividades de construcción asociadas al movimiento de tierras Forma de control y seguimiento Comprobante de carga de los Informes mensuales en plataforma de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.9 del ICE

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes [Si corresponde]:

10.1. Riesgo o contingencia: “Sismo” Fase del Proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. • Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia • El tipo de estructuras y emplazamiento de la instalación de faenas darán cumplimiento a las especificaciones tipo para instalaciones de este tipo bajo normativa chilena, la que considera los riesgos de sismos. • Se capacitará y entrenará al personal en labores de rescate y emergencia, los cuales deberán ser capacitados en forma anual; se apoyará en el departamento de Prevención de Riesgos y Comités Paritarios respectivos. • Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada contrato de construcción que incluye un programa de comunicaciones, el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, que será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del titular. • Se mantendrá en lugares visibles y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

definidos información de números de emergencia y señalización de vías de evacuación con sus respectivos planos. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones (lista asistencia y firmas). Registro del Plan de Evacuación de Emergencia. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Ante el aviso de evacuación del recinto los y las trabajadores/as deberán seguir las instrucciones de los líderes de área y dirigirse a la zona de seguridad preestablecida, según Procedimiento General de Evacuación, y permanecer en esta zona segura hasta que esté normalizada la situación, y se autorice al reingreso de los lugares de trabajo. • Desconectar o apagar artefactos encendidos, eléctricos, herramientas u otros. • No usar elementos incandescentes o llama viva para iluminar (posibles fugas). • Si ha habido derrumbes y hay personas lesionadas, se asistirán con primeros auxilios y luego, en caso de corresponder, serán trasladados para su atención médica. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El titular presentará un "Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias", en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia, en caso de que ocurra una Emergencia que afecte algún componente ambiental, el que deberá considerar a lo menos lo siguiente: i. Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la emergencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). ii. La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). iii. La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Respuesta 5.5 de la Adenda y Anexo 4-1 de la Adenda Complementaria, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias.

10.2. Riesgo o contingencia: “Condiciones climáticas adversas” Fase del Proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. • Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras, partes o acciones del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia • No se trabajará durante condiciones de mal tiempo sean viento o lluvia. • Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área. • El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto cumplirán con normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia. Forma de control y seguimiento Registro de inspección eléctrica, indicando fecha y encargado. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • El Supervisor a cargo, conjuntamente con el Prevencionista de Riesgos de la obra, deberán evaluar la situación de los caminos a utilizar en el transporte de material, zonas a ejecutar las actividades, trabajo en altura, accesos, equipos de trabajo, entre otras condiciones. • Se hará una detención total del uso de herramientas eléctricas. • En caso de presentarse vientos excesivos sobre los 50 km/h, quedará prohibido el izaje de materiales, ya sea, mediante grúas auxiliares o equipos manuales. • En caso de tormentas eléctricas, se evaluará proceder a una evacuación preventiva del personal. Además, se deberán cubrir todos los tableros eléctricos que se encuentren en intemperie y se paralizarán faenas de soldaduras y/o cortes a la intemperie. • Mejorando las condiciones climáticas el Prevencionista con el Supervisor deberá evaluar el área de trabajo y autorizar su reanudación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El titular presentará un "Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias", en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia, en caso de que ocurra una Emergencia que afecte algún componente ambiental, el que deberá considerar a lo menos lo siguiente: i. Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la emergencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). ii. La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). iii. La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción Respuesta 5.5 de la Adenda y Anexo 4-1 de la Adenda Complementaria, Actualización Plan de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

detallada Contingencias y Emergencias.

10.3. Riesgo o contingencia: “Incendio en las instalaciones” Fase del Proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. • Cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas (bodegas, oficinas, frentes de trabajo), áreas auxiliares, de suministro, parque solar fotovoltaico y zonas de funcionamiento de maquinaria. Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia • Todos los empleados serán capacitados en el uso de extintores. • Todas las edificaciones del Proyecto, como bodegas y oficinas, serán construidas con elementos estructurales resistentes al fuego. • Se desarrollarán simulacros para preparar al personal frente a estas situaciones de emergencia. • Se contará con extintores, instalados en lugares señalizados, identificables, de fácil acceso y libres de obstáculo. Además, estarán debidamente señalizados, dando así cumplimiento a lo establecido por los Artículos N° 44 y siguientes del Decreto Supremo Nº 594/99 del MINSAL. • Los extintores serán sometidos a revisiones preventivas por lo menos una vez al año, disponiendo de extintores de reemplazo durante las mantenciones. Se implementará señaléticas e información de prohibido fumar y números de emergencia. • Se realizará limpieza preventiva colindante con sectores agrícolas existentes. • Se prohibirá fumar en áreas de trabajo. • El trabajador deberá ingresar al lugar donde desarrolla la actividad con todos sus elementos de protección personal. • Habrá prohibición del uso de fuego al interior de las faenas. • Se realizarán capacitación anual del personal con el fin de crear conciencia en los trabajadores sobre el daño ambiental ocasionado por los incendios y de ese modo, incentivar a mejorar sus prácticas laborales. • Se deberá mantener los equipos y sistemas contra incendios permanentemente operativos, señalizados y libres de obstáculos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Forma de control y seguimiento • Listado de asistencia del personal a las capacitaciones, incluyendo fecha y relator. • Registro de limpiezas preventivas al parque fotovoltaico, y a extintores. • Registro de estado de las señaléticas. • Todos estos registros deben indicar fecha de la revisión, encargado, estado y modificaciones realizadas en caso de que corresponda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Aquella persona que detecte un principio de incendio debe dar aviso inmediato. • Mientras se informan los hechos, el trabajador previamente capacitado deberá manipular el extintor. • En caso de que los medios de extinción del parque fotovoltaico sean insuficientes, el coordinador general solicitará el apoyo externo llamando a los números de emergencias. • En el caso que se solicite evacuar el lugar por instrucción de los encargados del parque fotovoltaico donde se estén ejecutando los trabajos, esta se realizará de acuerdo al Procedimiento General de Evacuación • Se deberá cortar el suministro de electricidad hacia los sectores afectados. • El personal deberá esperar la orden de retorno al lugar de trabajo. • Para el caso de incendios forestales aledaños a las áreas de trabajo y, dada la magnitud de dichos eventos, se procederá a llamar a los números de emergencia 130 y 132 de CONAF y Bomberos respectivamente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El titular presentará un "Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias", en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia, en caso de que ocurra una Emergencia que afecte algún componente ambiental, el que deberá considerar a lo menos lo siguiente: i. Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la emergencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). ii. La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). iii. La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Respuesta 5.5 de la Adenda y Anexo 4-1 de la Adenda Complementaria, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

10.4. Riesgo o contingencia: “Derrame de sustancias peligrosas” Fase del Proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. • Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia • El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas. • El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. • El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). • El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Datos de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. • Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en la instalación de faenas. • Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes. • Se fabricarán pretiles que contengan el líquido ante un posible derrame. • Cada vehículo deberá transportar un kit antiderrame en caso de generarse un evento al momento de trasvasijar combustible o sustancia peligrosa. Forma de control y seguimiento Listado de asistencia del personal a las capacitaciones, incluyendo fecha y relator. Registro de transporte de sustancias peligrosas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Una vez se detecte un derrame, avisar al Director de Emergencia para activar el Plan de Emergencia. Éste debe avisar al Equipo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Intervención para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados. • Se debe cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el material combustible derramado. • El personal deberá usar los EPP adecuados (casco, guantes, botas, lentes, etc.), y aquellos que estén capacitados deberán tratar de controlar el derrame, mientras reciben el apoyo. • Se deberá bloquear la alimentación del derrame y confinar el producto derramado e impedir que escurra y propague. • Se deberá hacer barreras de contención (diques) para evitar extensión del derrame y contaminar cursos de agua. • Si el derrame ocurre sobre una superficie permeable será necesario cavar alrededor de éste comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente. • Se deberá contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente. • Si es posible, se deberá recoger el producto derramado, evitando su vertido al suelo. • Una vez que se ha controlado el derrame, se procederá a la limpieza de la zona contaminada y descontaminación de los equipos y del personal. • En caso de ser necesario, esparcir en áreas contaminadas producto biodegradable y recuperar en tambores de acero. Almacenar en Sitio de Residuos Peligrosos y gestionar su disposición final con empresas autorizadas. • Una vez controlada la situación de emergencia, el Encargado de prevención de riesgos y medio ambiente informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de esta. En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: a) Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

b) Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. c) Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. d) En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Las acciones de emergencia serán comunicadas en un plazo no superior a 48 horas (24 horas en caso de afectación a recurso hídrico) de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia mediante un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente: i. Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier relevante relativo a esta materia). ii. La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). iii. La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados. iv. Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una emergencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Respuesta 5.3 y 5.5 de la Adenda y Anexo 4-1 de la Adenda Complementaria, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias.

10.5. Riesgo o contingencia: “Afloramiento de aguas” Fase del Proyecto a la que aplica • Construcción. • Cierre. Parte, obra o acción asociada Hincado de paneles y excavaciones. Acciones o medidas a implementar para • Se capacitará al personal para poder Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

controlar la contingencia actuar ante eventuales situaciones de afloramiento de aguas. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de construcción y cierre del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24h. • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Las acciones de emergencia serán comunicadas en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia mediante un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente: i. Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier relevante relativo a esta materia). ii. La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). iii. La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados. iv. Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una emergencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Respuesta 5.5 de la Adenda y Anexo 4-1 de la Adenda Complementaria, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias.

10.6. Riesgo o contingencia: “Riesgo de alteración de fauna” Fase del Proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. • Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras o acciones del proyecto. Acciones o medidas a implementar para controlar la contingencia • Durante las actividades del Proyecto, vehículos de transporte de material y personal utilizarán caminos existentes y caminos nuevos especialmente habilitados para dar acceso al parque. • Regular la velocidad máxima dentro del área del Proyecto, transitando a una velocidad entre 15 y 20 km/hr. • Instalación de letreros, que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. • En la fase de operación, con la finalidad de disminuir el riesgo de colisión por parte de las aves que potencialmente se podrían dar en las líneas de transmisión eléctrica se implementarán las siguientes medidas: Instalación de objetos que realcen la visibilidad, como bolas marcadas, elementos de disuasión de aves o desviadores. • Se evitará la concentración de basura cerca de las instalaciones del proyecto debido a que estas suelen atraer a cierto tipo de aves. • Con relación al cableado de la línea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

aérea, se utilizarán dispositivos de exclusión de aves, por ejemplo, espirales o balizas para señalar las líneas. Estos elementos se construyen de material plástico y en colores vivos. • Con relación al cableado de la línea aérea, se realizará un aislamiento de los conductores en zonas de posible contacto. • Sistemas antiperchamiento en las instalaciones, a fin de evitar el establecimiento de aves en ellas, además de espirales salvapájaros de PVC dispuestos cada 10 m, disminuyendo así el riesgo de colisión. Además, para capacitar al personal, se contratará a una entidad externa para realizar un curso instructivo, el cual incluirá información acerca de las especies de avifauna y su identificación, su valor para el medioambiente y planes de emergencia en caso de accidente, lo que se complementará con el uso de medios visuales (fotos, carteles, trípticos, etc.) que permitan recordar e implementar constantemente lo aprendido. Asimismo, todos los trabajadores tendrán la misión de avisar cualquier hallazgo u evento. Lo anterior será caucionado mediante cláusulas contractuales (ver respuesta 5.1 de la Adenda). Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de los letreros de velocidad y del cableado de la línea. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se informará a las autoridades pertinentes, en caso de requerir se trasladará para la revisión de un veterinario. • Se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con copia al SAG, para posteriormente informar las acciones realizadas con sus resultados. • Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. • Se realizará el traslado inmediato al Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre más cercano registrado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). • En caso de ser necesario primeros auxilios y/o maniobras profesionales, se dispondrá de equipamiento y de un médico veterinario competente para realizar la labor. • En caso de que suceda la alteración de algún animal, el titular será el responsable de llevar los costos asociados a esta medida, hasta liberar al animal en su hábitat.

En caso de colisión por parte de las aves en las líneas de transmisión eléctrica en la fase de operación, una vez encontrado algún ejemplar, se dará aviso al jefe de turno del contratista, el cual se encargará de notificar inmediatamente a la SMA y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), comunicando el evento y el estado del animal. Si el animal está vivo, dependiendo del estado de gravedad se tomarán las medidas correspondientes para su recuperación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Animal vivo con capacidad de desplazamiento: se le proporcionará refugio, para evitar la acción de depredadores y a fin de otorgar un ambiente de mínimo estrés para que el animal se recupere. Este refugio será un lugar con vegetación ubicado dentro del área del Proyecto. Animal vivo sin capacidad de desplazamiento: traslado a un centro de rescate, para su recuperación y posterior liberación, o la realización de eutanasia en casos de mayor gravedad. Los pasos a seguir en este tipo de casos son los siguientes: • Se deberá asegurar un mínimo de perturbación, para evitar que el animal se estrese. • Se deberá tener precaución y proceder con el rescate de acuerdo con la situación en que fue encontrada el ave y su reacción. • Una forma segura para atrapar un ave consiste en dejar caer sobre su cabeza y cuerpo una toalla o trapo. • Los animales deberán ser siempre manipulados utilizando guantes de cuero o látex grueso, ya que poseen picos peligrosos que pueden causar daños si no se tienen los cuidados necesarios. • Para sostener y transportar un ave, se deberá tener en cuenta su tamaño y sus características. Las aves pequeñas voladoras deberán ser tomadas con ambas manos sosteniendo sus alas con firmeza contra el cuerpo pero sin demasiada presión, ya que necesitan dilatar el tórax para respirar. Las aves voladoras de gran porte deberán ser sostenidas de similar manera, una vez controladas las alas, es necesario sujetar la cabeza y el pico. Si el ave es muy grande, se recomienda colocarla debajo de un brazo. El titular se hará cargo de los costos de traslado, cuidado y liberación del ejemplar. La manipulación de los animales será llevada a cabo por el SAG o por algún operario capacitado de la empresa a cargo de las mantenciones. Para el caso del animal vivo, la rehabilitación del ave se realizará en un centro de rehabilitación de fauna silvestre, al cual se le exigirá tener la certificación del SAG y en donde se rehabilitarán las especies heridas hasta encontrarse en condiciones para su liberación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El titular presentará un "Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias", en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente y SAG) y a los organismos con competencia en la materia, en caso de que ocurra una Emergencia que afecte algún componente ambiental, el que deberá considerar a lo menos lo siguiente: i. Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la emergencia; duración del evento; acciones de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

control ejecutadas; personas afectadas, etc.). ii. La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). iii. La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Respuesta 5.1 y 5.5 de la Adenda y Anexo 4-1 de la Adenda Complementaria, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias.

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.1. Actividades de participación ciudadana

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad, así como alternativas de consulta y discusión con el titular, se realizaron las actividades que a continuación se indican:

Tabla: Actividades de participación ciudadana N° Actividad Lugar Fecha 1 Taller Observaciones Ciudadanas Sector 24 de Abril, Paine, Región Metropolitana de Santiago 15/11/2022 2 Taller de Apresto y Diálogo Ciudadano Sede Vecinal JJ.VV Nueva Generación (Coñaripe

79, PAINE), Paine, Región Metropolitana de

Santiago 07/11/2020 Fuente: SEA, RM.

11.2. Observaciones ciudadanas.

Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto de la DIA del proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.3 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas.

De las observaciones ingresadas a la Dirección Regional del SEA Región Metropolitana, todas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA.

11.4. Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas.

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

  1. Observante: María Yolanda Vásquez Muñoz

Observación: En base al capítulo 7 de la DIA “compromisos ambientales voluntarios” el titular establece como compromiso voluntario, el mejoramiento del suelo (correspondiente a viña Cousiño) en el cual se emplazará el proyecto. En relación con ello, se solicita al titular, pavimentar tramo de calle 24 de abril, perteneciente al mismo sector (24 de abril) descrito en el área de influencia medio humano del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

El titular propone en la Adenda Complementaria un CAV, el cual considera el uso de las 3,22 ha de suelos identificados con clase de capacidad de uso IV en el contexto de la caracterización.

Los suelos clase IV del área se caracterizan por presentar pedregosidad superficial moderada compuesta por clastos de tamaño mayor a 7,5 cm de diámetro, cubriendo más del 15% de la superficie. La condición representa una limitante para el uso de la maquinaria, por el daño que producen los clastos a los equipos.

Es importante destacar que este suelo actualmente no es utilizado debido a sus malas condiciones, por lo tanto, su mejoramiento no está sujeto a temporalidades de uso u otra restricción del propietario, sino que estará sujeto a la implementación e inicio del Proyecto.

Primeramente, se menciona que este mejoramiento de suelo se va a realizar de manera exclusiva dentro del área que se plantea en el Anexo 5-1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_5-1._Actualizacion_Fichas_Resumen.pdf), que es un terreno el cual pertenece a Hacienda Chorombo S.A, el cual se situado en la comuna de María Pinto, provincia de Melipilla, región Metropolitana. En dicho terreno los suelos son de clase IV, el área se caracteriza por presentar pedregosidad superficial moderada compuesta por clastos de tamaño mayor a 7,5 cm de diámetro, cubriendo más del 15% de la superficie. La condición representa una limitante para el uso de la maquinaria, por el daño que producen los clastos a los equipos.

En resumen, este proceso que se menciona en el Anexo 5-1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_5-1._Actualizacion_Fichas_Resumen.pdf), tiene que ver directamente con la mejora de suelo de un sector específico dentro de la Hacienda Chorombo S.A, con el objetivo de mejorar sus características y mejorar sus condiciones para el cultivo. Según se indica en el Anexo 10-1 Actualización Anexo Participación Ciudadana de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf) se indica que no hace referencia a la mejora de la pavimentación de las calles del área de influencia del Proyecto.

En relación con la solicitud de incluir un compromiso ambiental voluntario de pavimentación, cabe señalar que esto no es parte de los compromisos ambientales propuestos por el Titular en la Declaración de Impacto Ambiental, ya que no tiene relación con el cumplimiento ambiental del Proyecto.

Finalmente, cabe señalar que el Proyecto se somete a evaluación ambiental con el objetivo de dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, y acreditar, al ingresar a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que no produce impactos significativos a las diversas componentes ambientales evaluadas.

Observación: En base al capítulo 7 de la DIA “compromisos ambientales voluntarios” se solicita al titular adoptar acciones de mejora con la comunidad (equipamiento solar sede vecinal 24 de abril) perteneciente al área de influencia del proyecto.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

El Titular del Proyecto no contempla la entrega de kit de paneles fotovoltaicos, ya que la instalación y operación de los mismos deben ser realizadas por profesionales calificados. El titular corresponde a una empresa de generación de energía y menciona que no cuenta con la expertiz ni acreditación para realizar capacitaciones a personas naturales que no tengan formación técnico-profesional para su instalación y/u operación. La inadecuada manipulación de estos equipos podría generar riesgos tanto para la infraestructura donde sea montada, como para las personas que manipulen los paneles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Observación: En relación con el flujo vehicular descrito en la DIA, se solicita al titular reconsiderar vía de acceso al proyecto por Padre Hurtado y no calle 18 de septiembre debido al peligro generado por el tránsito de camiones y afectaciones al desplazamiento de los grupos humanos.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

Respecto de esta solicitud, el titular indica en el Anexo 10.1 Actualización Anexo Participación Ciudadana de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf), que ha analizado las alternativas de acceso al Proyecto, por lo que los vehículos ingresarán por calle San Eugenio, cruzando la Autopista Acceso Sur por un paso bajo nivel, y no por calle 18 de septiembre.

Observación: En caso de emergencias y vinculado con el “plan de contingencias y emergencias” presentado por el titular. ¿se contemplan canales de comunicación permanentes con las comunidades que habitan el área de influencia?

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

Respecto a esta pregunta, el titular presenta en la Adenda Complementaria un compromiso ambiental voluntario (CAV) en el Anexo 5-1 Actualización Fichas Resumen, específicamente en la Tabla 1-28 1-4. Plan de comunicación con la comunidad, de la Adenda Complementaria (ver en: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_5-1._Actualizacion_Fichas_Resumen.pdf) para que la comunidad tenga canales de comunicación directa:

Tabla N°1 “Compromiso Voluntario”

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Fuente: Tabla III-1. Compromiso voluntario, Plan de Comunicación con la Comunidad

Además, se contempla un correo de contacto: pmgd@fluxsolar.cl

Observación: En cuanto a lo expuesto en la DIA, Cap 1, apartado 1.6.7.1 se solicita al titular considerar medidas de abatimiento, adicionales a las expuestas las cuales son insuficientes (vehículos en buen estado, mantención de camiones, etc.). Lo anterior con motivo de preservar la salud de los habitantes de nuestra comunidad.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

En virtud de lo declarado en el Informe ”Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas” (ver Anexo 2-1 de la Adenda complementaria, disponible en el siguiente enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_2- 1_Actualizacion_de_Estimacion_de_Emisiones..pdf), a continuación, se presentan las emisiones generadas por el Proyecto.

Tabla N°2: “Resumen de Emisiones Proyecto por Año, considerando Emisiones de MP equivalente” Fuente: Tabla II-1. Resumen de Emisiones Proyecto por Año, considerando Emisiones de MP equivalente. Anexo 2-1 Adenda Complementaria, “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”. De lo anterior, se observa que la generación de material particulado asociada a este Proyecto no sobrepasa los límites establecidos por normativa (Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (D.S. N°31/2017 del Ministerio del Medio Ambiente), y por lo tanto, el Proyecto no posee la obligatoriedad de compensar emisiones.

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Por otra parte, el incremento en cantidad de vehículos que tiene el Proyecto respecto al flujo actual del área de emplazamiento del parque fotovoltaico es menor (8 vehículos al día), flujo que no generará afectación sobre la población aledaña al Proyecto.

Por otra parte, cabe señalar que el Proyecto, junto con las medidas de abatimiento propuestas, en el Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria, “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”, se señala que el Titular utilizará supresor de polvo de la siguiente forma:

Al inicio de la fase de construcción, se realizará la aplicación de supresor de polvo tipo Bischofita o similar en los caminos internos y camino adyacente a acceso (Tramo 7 y Tramo 8). Se considera una eficiencia de control de emisiones en estos caminos de un 90%. Al inicio de la fase de cierre se realizará la aplicación de supresor de polvo tipo Bischofita o similar en los caminos internos y camino adyacente a acceso (Tramo 7 y Tramo 8). Se considera una eficiencia de control de emisiones en estos caminos de un 90%.

Observación: “Respecto al punto 1.6.4 “mano de obra requerida fase de construcción” del capítulo 1 “descripción del proyecto” de la DIA, el titular establece que en promedio se requerirán 50 trabajadores y como máximo 70 trabajadores. En relación a ello, se solicita al titular el compromiso de contratar a trabajadores de la misma área de influencia descrita en el proyecto para las fases de construcción y cierre”.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

El Anexo 10.1 Actualización Anexo Participación Ciudadana de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf), el titular señaló su voluntad y privilegiará la contratación de trabajadores que vivan en las localidades de Buin y Paine para la construcción del parque fotovoltaico, sin embargo, se aclara que este proceso de contratación no va a ser a través de la OMIL de los municipios, si no que se realizará de forma particular.

Por otra parte, es importante destacar que la duración de la fase de construcción tendrá una duración de seis (6) meses.

Observación: En base al capítulo 7 de la DIA “compromisos ambientales voluntarios” se solicita al titular adoptar acciones de mejora (focos solares de iluminación) para la cancha comunitaria del club de futbol “club de futbol Real Madrid de Paine) perteneciente al área de influencia del proyecto.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

El titular menciona que proyecto no contempla la entrega de kit de paneles fotovoltaicos, ya que la instalación y operación de los mismos deben ser realizadas por profesionales calificados. El titular corresponde a una empresa de generación de energía y mencionan que no cuenta con la expertiz ni acreditación para realizar capacitaciones a personas naturales que no tengan formación técnico profesional para su instalación y/u operación. La inadecuada manipulación de estos equipos podría generar riesgos tanto para la infraestructura donde sea montada, como para las personas que manipulen los paneles.

Observación: Nuestra preocupación como vecinos del sector, es el posible aumento de temperatura provocado por la instalación del parque fotovoltaico Cousiño y las afectaciones que pueda provocar a la fauna del lugar. Se solicita al titular entregar más información sobre estos efectos.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

El titular menciona que buscó un estudio científico para abordar la duda planteada, en el estudio denominado “Energía fotovoltaica en el entorno construido: una visión crítica”1. Dentro de este

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estudio se aborda la temática de las centrales solares en zonas urbanas y zonas rurales, respecto a lo que le compete al Parque Fotovoltaico Cousiño, este se emplaza en un área rural.

El informe citado en el análisis y conclusiones, menciona que los módulos fotovoltaicos por los materiales de los cuales están construidos son absorbentes del calor, para poder producir la energía que luego se inserta en el sistema nacional de electricidad.

En el caso de zonas rurales, se presenta una mayor ventilación de los contaminantes como el material particulado, también presenta mayor ventilación y las condiciones de temperatura suelen ser más bajas al no existir tantas construcciones que absorben el calor y la radiación del sol todo el día. Esto es fundamental en el caso de instalarse una central solar, ya que, si bien en panel fotovoltaico aumenta su temperatura al recibir todo el día la radiación, estos poseen un sistema de enfriamiento que ayuda a que no se sobrecaliente en panel. Además, las condiciones presentes en las zonas rurales permiten que no se creen islas de calor según el estudio.

En relación con la fauna del lugar, cabe señalar que en el Anexo 4-1 de la Adenda (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_4- 1._Actualizacion_Plan_de_Contingencias_y_Emergencias.pdf) se presentó la Actualización de la Caracterización Ambiental de Fauna Vertebrada Terrestre, el cual incluyó los resultados de las campañas realizadas para las estacionalidades de otoño y primavera/verano.

Los resultados indicaron que se registró la presencia de 48 especies, de las cuales 4 corresponden a reptiles, 36 corresponden a aves y 8 a mamíferos, sin registrarse la presencia de anfibios.

Pese a que, en general, la mayoría de las especies registradas en ambas campañas son de origen nativo, el análisis a nivel de taxa revela que esta condición está dada mayormente por el grupo de las aves, ya que en el grupo de los reptiles la mitad corresponden a especies endémicas (dos reptiles de un total de cuatro), mientras que, en el grupo de los mamíferos la mayoría de las especies son introducidas, reservando los registros nativos para el grupo de los quirópteros (dos especies).

En relación con los micromamíferos, sólo registró presencia de especies introducidas y consideradas plaga, las que presentan una estrecha relación con asentamientos humanos, dando cuenta del alto grado de antropización del área de influencia. Finalmente, cabe señalar que no se han registrado especies en categoría de conservación amenazada. Por todo lo anterior, el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la fauna del sector.

Observación: Respecto a los compromisos ambientales voluntarios presentados por el titular, se solicita la realización de talleres escolares de concientización de energías renovables no convencionales en los colegios del sector (ej: liceo barbara kast rist).

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

El titular acoge la observación y se compromete a realizar actividades de concientización de energías renovables, vía visitas a terreno a sus instalaciones. Se establece el Compromiso Ambiental Voluntario en el Anexo 5-1 de la Adenda Complementaria, específicamente en la tabla 1- 6.

Tabla N°3: “Compromisos Voluntarios, Visitas al Proyecto” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Fuente: Adenda Complementaria. Anexo 5-1. Actualización Fichas Resumen

Observación: ¿Como el titular del proyecto me puede asegurar que el tránsito de camiones en fase de construcción del proyecto no afectará el normal desplazamiento de las personas que vivimos en el sector 24 de abril?

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

Cabe señalar que el titular menciona en el Anexo 10.1 Actualización Anexo Participación Ciudadana de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf), que analizó alternativas de acceso al Proyecto. Los vehículos ingresarán por calle San Eugenio, cruzando la Autopista Acceso Sur por un paso bajo nivel para acceder por un camino privado a las dependencias de la viña Cousiño Macul y al Proyecto. De esta forma, se evitará que el flujo de transporte asociado al Proyecto signifique efectos sobre el normal desplazamiento de la comunidad perteneciente el sector 24 de abril.

  1. Observante: Ximena Andrea Albornoz Álvarez

Observación: Por medio de la presente, como ciudadana de la comuna de Paine, quisiera observar el daño y afectación que provoca al medio ambiente la instalación del Parque Fotovoltaico Cousiño en el sector 24 de Abril, Paine.

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Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional considera no pertinente la observación, dado que no se refiere a algún componente ambiental específico del proyecto en evaluación, lo que dificulta poder darle una respuesta adecuada.

Observación: Este proyecto no es el único en el sector y se suma a los Parques Fotovoltaicos Ampelo y Aquiluz, los que se encuentran contiguos, por lo tanto, la superficie es mucho mayor a la declarada por cada proyecto, sumando muchas hectáreas de superficie ocupada por la instalación de paneles solares, instalación de faena y tránsito de vehículos.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

Los tres proyectos mencionados en la observación corresponden a parques fotovoltaicos independientes entre sí, es decir, corresponden a tres titulares diferentes que presentan diferentes proyectos al Sistema de Evaluación Ambiental, para ser evaluados según la normativa ambiental vigente.

Adicionalmente el titular en el Anexo 10.1 Actualización Anexo Participación Ciudadana de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf) descarta que el Proyecto Fotovoltaico Cousiño vaya a compartir partes, obras y acciones con alguno de los 2 Proyectos Fotovoltaicos aledaños antes indicados. Además, importante es recalcar que ninguna de las partes, obras o acciones del Proyecto PFV Cousiño se sobreponen o emplazan sobre las instalaciones de estos otros dos Proyectos, por ende, se descarta también la incompatibilidad que pudiera existir en este contexto.

Observación: La observación además considera el impacto a corto y largo plazo que tendrá la pérdida de suelo agrícola para nuestra comuna y país. Si bien la sequía y escasez hídrica es un problema real para los agricultores, los suelos pueden ser mejorados mediante técnicas agroecológicas y el uso de aguas recicladas. Al cambiar suelos agrícolas por paneles solares estamos perdiendo la oportunidad de mantener el sello agrícola de la comuna, cultivar alimentos para abastecer a la población, al país e incluso la oportunidad de exportación. Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

El Titular en la presente Adenda Complementaria, replantea uno de sus Compromisos Ambientales Voluntarios (CAV), anteriormente presentado en la primera Adenda. En este caso en particular y relacionado a esta pregunta, el Titular ha desarrollado los estudios necesarios para plantear un nuevo CAV respondiendo a todas las consultas y criterios solicitados por la Autoridad y preocupaciones de la comunidad. Al respecto, el nuevo CAV sobre componente “Suelo” se encuentra situado en la comuna de María Pinto, provincia de Melipilla, región Metropolitana, particularmente al interior de la Hacienda Chorombo S.A. En específico, el CAV considera el uso de las 3,22 ha de suelos identificados con clase de capacidad de uso IV en el contexto de la caracterización. Los suelos clase IV del área se caracterizan por presentar pedregosidad superficial moderada compuesta por clastos de tamaño mayor a 7,5 cm de diámetro, cubriendo más del 15% de la superficie. La condición representa una limitante para el uso de la maquinaria, por el daño que producen los clastos a los equipos. Por otra parte, respecto de las condiciones actuales del terreno donde se desarrollará el Proyecto, en la actualización de la caracterización ambiental de suelos presentada en el Anexo 3-5 de la Adenda, el suelo con capacidad de uso categoría III es de 2,6 ha, lo que equivale al 10,7% de la superficie total de suelo a ocupar por el Proyecto, considerando 22,7 ha del área de generación y 1,6 ha de la línea de transmisión eléctrica.

Considerando el análisis de los efectos del Proyecto sobre la componente suelo, evaluando las componentes “pérdida de suelo, activación de procesos erosivos, compactación de suelo y deterioro de las propiedades físico-químicas y biológicas del suelo”, según lo demostrado en el estudio presente en el Anexo 3-5 de la Adenda, “Actualización Caracterización Ambiental Componente Suelo”, las conclusiones son las siguientes:

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El Proyecto no intervendrá el terreno de forma irreversible ya que la finalidad es solo la nivelación de terreno. Instalaciones como paneles y cercos serán enterrados directamente (hincado), reduciendo a su mínima expresión la intervención del terreno. El riesgo de activación de procesos erosivos ya es alta, por si sola (sin proyecto), La construcción de paneles fotovoltaicos no causará el efecto de incrementar el nivel de riesgo de activación de procesos erosivos, incluso la instalación de los paneles aportará cobertura lo que disminuye el riesgo de erosión en el área de generación, dando como resultado un nivel medio en esta área. Es de relevancia señalar que, durante la fase de cierre del Proyecto, después del desmantelamiento de las obras y partes, se realizará una restitución de la geoforma y condición basal de los suelos, lo que generará posteriormente el repoblamiento natural de la vegetación, o en su defecto, permitirá al propietario del terreno desarrollar actividades agrícolas. Dado los argumentos ya mencionados, en base al estudio realizado, la construcción del Proyecto no prevé generar efectos significativos sobre el componente suelo, descartándose que las actividades relacionadas con su construcción, operación y cierre puedan intervenir sobre su dimensión física, química y biológica.

  1. Observante: Susana Alejandra Capriles Rojas

Observación: El proyecto se instalará sobre una superficie de 22.75 hectáreas, lo que significa una importante pérdida de suelo agrícola, cómo se restituye esa pérdida de suelo agrícola.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

Respecto a esta pregunta, se menciona que el Proyecto en su área de influencia del componente Suelo, posee una superficie de 24,3 ha, considerando 22,7 ha del área de generación y 1,6 ha de la línea de transmisión eléctrica, de toda esta superficie se desprenden tres tipos de usos diferentes, los cuales se mencionan en la siguiente tabla:

Tabla N°4: “Usos de suelo Área de Influencia Componente Suelo”

Fuente: Tabla II-7, Usos de suelo área de Influencia Componente Suelo, Anexo 3-5 de la Adenda, “Actualización Caracterización ambiental Suelo”.

Como se ve en la tabla anterior, la mayor cantidad de suelo corresponde al uso 4, el cual posee 20,8 ha, siendo este uso el menos apropiado para la agricultura en comparación con el uso de suelo II y III. Es relevante mencionar que una vez se retiren las obras y partes del Proyecto, el Titular va a restaurar la geoforma del terreno donde se situó el Proyecto.

El titular menciona que realizará el mejoramiento de suelo agrícola en una superficie de 3,22 hectáreas y se encuentra se encuentra situado en la comuna de María Pinto, provincia de Melipilla, región Metropolitana, particularmente al interior de la Hacienda Chorombo S.A. En específico, el CAV considera el uso de las 3,22 ha de suelos identificados con clase de capacidad de uso IV en el contexto de la caracterización, paralelo al tiempo de vida útil del proyecto y teniendo en cuenta que en la actualidad a ese terreno no puede ser destinado para actividades agrícolas. Por lo tanto, la mejora señalada compensará el terreno utilizado por el proyecto al mejorar las condiciones de otro terreno que hoy en día no es productivo.

Observación: “El proyecto considera la instalación de 80 postes asociadas a la LMT, ¿cuál será el impacto de estas instalaciones en la calidad de energía que recibe la comunidad? Ya la estabilidad de la corriente eléctrica es bastante baja”.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

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Respecto a esta pregunta, cabe señalar que la problemática relacionada a la inestabilidad eléctrica del sector no tiene ni tendrá relación alguna con el Proyecto, ya que la entidad responsable sobre estas temáticas son las compañías distribuidoras de energía en la comuna. En este caso, se puede mencionar que el Proyecto inyecta más energía al sistema de distribución local, resultando favorable a esta preocupación. Además, durante la fase de operación, cabe señalar que el Proyecto se auto sustenta con la propia energía que genera.

Observación: (…) ¿Y cuál será el impacto en el transito habitual de aves del sector, tendrán una protección especial para evitar la electrocución de las mismas? especialmente preocupante en aquellos lugares que son considerados puntos de conexión.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

Respecto a esta pregunta, se menciona que el titular presenta un compromiso ambiental voluntario en la cual se instalarán disuadores de vuelo, lo anterior se presenta en el Anexo 7-1 Actualización de Compromisos Voluntarios, específicamente en la Tabla 1-31 Compromiso voluntario Medidas de Resguardo para Aves (disponible en el siguiente enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_5-1._Actualizacion_Fichas_Resumen.pdf):

Tabla N°5: “Compromiso voluntario, Medidas de Resguardo Para Aves”

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Fuente: Tabla II-8. Compromiso voluntario, Medidas de Resguardo Para Aves Elaboración propia, Adenda Complementaria.

En relación con la fauna del lugar, cabe señalar que en el Anexo 4-1 de la Adenda (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_4- 1._Actualizacion_Plan_de_Contingencias_y_Emergencias.pdf), se presentó la Actualización de la Caracterización Ambiental de Fauna Vertebrada Terrestre, el que incluyó los resultados de las campañas realizadas para las estacionalidades de otoño y primavera/verano.

Los resultados indican que se registró la presencia de 48 especies, de las cuales cuatro corresponden a reptiles, 36 corresponden a aves y ocho a mamíferos, sin registrarse la presencia de anfibios.

Respecto al grupo de las aves, no se detectaron comportamientos reproductivos ni tampoco nidos activos en el área de estudio durante la realización de ambas campañas de terreno.

De acuerdo a los resultados obtenidos en el estudio de riesgo de colisión de aves (Monitoreo de tránsito aéreo), correspondiente al trazado de línea media de transmisión, se puede concluir lo siguiente:

En los conteos realizados durante 8 horas, en la campaña de otoño, se detectó una riqueza de nueve especies en el MTA01, 13 especies en el MTA02 y 11 en el MTA03. En primavera/verano se registraron 12 especies en el MTA01, ocho en el MTA02 y diez en el MTA03. En la campaña de otoño, la mayoría de los registros se concentraron en los tramos de altura T1 y T3, por debajo y sobre la línea del tendido, representándose así, un bajo riesgo de colisión de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

ejemplares para las dos líneas. No así en la campaña de primavera/verano donde alrededor del 40% de los registros del MTA02 y MTA03 se concentraron dentro del tramo de altura riesgoso. No obstante, al analizar las direcciones de desplazamiento se puede señalar que el riesgo de colisión es bajo, dado que la gran mayoría de éstos se realizaron en direcciones que no representan un alto riesgo de colisión. De acuerdo al análisis de riesgo de colisión, no hay especies que presenten un riesgo alto. Las especies con riesgo medio poseen mayor agilidad de vuelo, por lo que pueden hacer cambios de direcciones más fácilmente para evitar la colisión. Las especies con riesgo bajo no se verán afectadas. En base a lo expuesto, la construcción de la LMT no representa un riesgo mayor para las aves del sector. No obstante, dado que en el MTA02 y MTA03 la mayoría de los desplazamientos se concentraron en el tramo del tendido riesgoso para colisión (campaña primavera/verano), se sugiere considerar el uso de disuadores de vuelo.

Observación: Sería necesario aclarar cuáles son las fuentes de agua que utilizarán durante todas las etapas, dado que tenemos un déficit hídrico significativo en la cuenca que abastece a estas comunas.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

En el Anexo 10.1 Actualización Anexo Participación Ciudadana, de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf), las fuentes de agua que proveerán este suministro al Proyecto serán seleccionadas antes de la fase de construcción, y corresponderán a fuentes autorizadas por la Autoridad Sanitaria. El procedimiento para la selección y operación de la(s) empresa(s) contratista(s) que entregará(n) el servicio de provisión de agua con camión aljibe, se describe a continuación:

Se indicará a la(s) empresa(s) contratistas los puntos de entrega de agua potable (área del Proyecto) y se solicitará de ésta(s) los puntos de captación de agua (fuentes autorizadas) solicitando el certificado respectivo que acredite la autorización de la Autoridad Sanitaria. Se entregará a la(s) empresa(s) contratista(s) el certificado de no factibilidad de agua potable, emitido por la empresa sanitaria o Agua Potable Rural (APR) más cercano, según corresponda. La(s) empresa(s) contratista(s) deberá(n) entregar previo al inicio de sus servicios, sus respectivas autorizaciones para entrega de agua potable mediante camión Aljibe y la Autorización Sanitaria para la fuente de extracción de agua. Finalmente, el Titular seleccionará a las empresas contratistas en función de una serie de variables técnicas y económicas, y por supuesto será condición fundamental para la adjudicación del servicio que la empresa(s) cuente(n) con las Autorizaciones Sanitarias vigentes.

Respecto a la implementación de un registro trazable del suministro de provisión de agua potable se hace presente que el Titular mantendrá en la caseta de entrada del Proyecto, un registro con la identificación de los camiones aljibes que ingresen al Proyecto. El registro contendrá la siguiente información: Fecha de ingreso del camión al Proyecto. Hora de ingreso y salida del camión. Placa Patente del camión. Nombre de empresa contratista. Nombre y RUT del Chofer. La procedencia del agua a través de fuentes autorizadas corresponde a una materia fiscalizable, cuya evidencia quedará a disposición de la Autoridad, cada vez que sea solicitada.

Observación: A Juzgar por la cantidad de viajes se requiere camino de acceso mejorado y sostenido en el tiempo, la consulta ¿cuál es el compromiso de mantención del camino de acceso? Suele pasar que una vez que se termina la obra los caminos quedan intransitables.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto. A continuación, en la siguiente Figura se presenta el camino de acceso al Proyecto, que corresponde a un camino rural, el cual, se compone de diversos tramos.

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Figura 1: “Camino de acceso al Proyecto” Fuente: Figura IV-1 “Camino de acceso al Proyecto”, Adenda Complementaria.

A continuación, se clasifican los tramos del camino según su construcción y propietario: El tramo entre los vértices A - E corresponde a un camino público (calle San Eugenio), la cual está pavimentada en su tramo A – B. El tramo B- E es de ripio. Finalmente, el tramo E - F es un camino privado perteneciente a la viña Cousiño Macul. En función de esta información, solamente es posible intervenir el tramo E-F al ser un camino privado, en el que se puede solicitar autorización del propietario. En cuanto al resto de la ruta, no es posible intervenirla ya que es pública. A este análisis, se debe agregar que el tránsito vehicular, así como las cargas sujetas a cada tipo de vehículo, son mínimas. Esto se evidencia del análisis a la Tabla IV-1 (disponible en el siguiente enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf), en el que se contemplan los vehículos que transitarán por las rutas, cargas asociadas y número de veces a transitar por las rutas asignadas. Según los viajes totales realizados durante la etapa de construcción, se evidencia un promedio de aproximadamente 5 viajes diarios (contemplando idas y regresos). Se debe considerar, además, que la etapa de cierre (también de 6 meses) no supera en actividad a la de construcción y que durante la etapa de operación (etapa de 30 años) los viajes son solo por mantención y emergencia, ya que la operación es remota.

Tabla N°6: “Estimación de viajes según tipo de transporte fase de construcción” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Fuente: Tabla IV-1. Estimación de viajes según tipo de transporte fase de construcción, Adenda Complementaria. Observación: Cuáles serán los mecanismos de control y monitoreo de las emisiones que hará la empresa para asegurar que las emisiones estén dentro de lo permitido? ¿Cada cuánto tiempo se harán las mediciones?.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto. Respecto a esta pregunta, se señala que no es posible realizar monitoreos para poder medir las emisiones generadas por el Proyecto, ya que las emisiones que se producen corresponden a actividades de fuentes difusas (tránsito de vehículos y camiones, movimientos de tierra), las cuales no son medibles por medio de la utilización de instrumentos. Para cuantificar las emisiones provenientes de las fuentes del Proyecto, se ha presentado en la DIA, el Anexo 2-1, el cual ha sido actualizado junto a la entrega de la primera Adenda y se vuelve actualizar en la Adenda Complementaria (Ver Anexo 2-1, disponible en el siguiente enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_10- 1_Actualizacion_Participacion_Ciudadana.pdf). Su actualización entrega la estimación de las emisiones del Proyecto, en cumplimiento con los requerimientos indicados en la Ley N°19.300 de Bases Generales de Medio Ambiente, sus modificaciones a través de la Ley N°20.417 y el Reglamento del SEIA D.S. N°40/2013.

Por medio de la determinación de los factores de emisión asociados a las actividades generadoras de emisiones del Proyecto, y la cuantificación de los niveles de actividad, es posible asignar valores a las emisiones de material particulado y gases que generará el Proyecto.

Observación: Se observa una ausencia de la trazabilidad de estos residuos.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Para abordar esta observación, es importante destacar que los paneles fotovoltaicos que se utilizarán durante la fase de operación proyectan una vida útil entre 25 y 30 años. Además, el titular indica que buscará la priorización del reciclaje de aquellos paneles que presenten fallas a lo largo de la vida útil del Proyecto, recurriendo a su retiro y reemplazo correspondiente. No obstante, esto dependerá de la disponibilidad de empresas debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria correspondiente y que puedan realizar el servicio. De lo contrario, los paneles fotovoltaicos serán dispuestos en un sitio autorizado por la Autoridad, de tal forma que se garantice la correcta disposición final de estos elementos. A continuación, se presenta una tabla donde se puede visualizar la normativa referente a emisiones atmosféricas del Proyecto en todas sus fases y la comparación con las normativas vigentes:

Tabla N°7: “Emisiones Atmosféricas Fase de construcción” Fuente: Talla II-2. Emisiones Atmosféricas Fase de Construcción. Anexo 2-1 Adenda Complementaria, “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”.

Tabla N°7: “Emisiones atmosféricas durante la fase de operación” Fuente: Tabla II-3. Emisiones Atmosféricas durante la fase de Operación. Anexo 2-1 Adenda Complementaria, “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”.

Tabla N°8: “Emisiones atmosféricas durante la fase de cierre” Fuente: Tabla II-4. Emisiones Atmosféricas durante la fase de Cierre, Anexo 2-1 Adenda Complementaria, “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”.

Según lo establecido en el DS N° 31/2017 del Ministerio del Medio ambiente, “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana”, específicamente en el artículo 64, se hace referencia a los proyectos y actividades que ingresen al SEIA. En la siguiente tabla se presentan los límites de emisiones máximas por proyectos:

Tabla N°8: “Emisiones atmosféricas durante la fase de cierre” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

Fuente: Tabla II-5. Emisiones atmosféricas durante la fase de cierre, DS N°31/2017, MMA.

Tabla N°9: “Análisis de cumplimiento del PPDA (considerando emisión equivalente)” Fuente: Tabla II-6. Análisis de cumplimiento del PPDA (considerando emisión equivalente), Anexo 2-1 Adenda Complementaria, “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”.

De lo anterior, se observa que la generación de material particulado asociada a este Proyecto no sobrepasa los límites establecidos por normativa (Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (D.S. N°31/2017 del Ministerio del Medio Ambiente).

  1. Observante: Carlos Patricio Vergara Miranda

Observación: En el caso de ser un siniestro de mayor envergadura existe un listado con los números de teléfonos de emergencia de bomberos y otros organismos. También se establece que el camino de ingreso al sitio es de una vía lo que dificulta el ingreso de carros de emergencia. Todo lo anterior resulta insuficiente. - Ante esta situación el Titular debe considerar un sistema contra este tipo de incendio más el protocolo de manejo, no prevé una coordinación con los organismos de emergencias. Deberá presentar un programa de manejo de emergencias en el que considere:

  • Entrega de plano de ubicación del sitio a los organismos de emergencia comunal de Buin y Paine sea Bomberos, Carabineros de Chile, salud, etc.
  • Entrega de listado de materiales acopiados en bodegas - Entrega de las instrucciones para combatir el incendio de los diferentes materiales o residuos peligrosos
  • Debiera proveer a Bomberos del insumo necesario para extinguir incendios químicos ya sea de los componentes de los paneles acopiados u otros materiales.
  • Deberá contar con visitas al lugar de las instituciones antes mencionadas a fin de conocer y hacer levantamiento de posibles dificultades al momento de acudir a un siniestro en terreno.

Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto.

En relación con la pregunta, y en el marco de la evaluación ambiental, el Titular presentó un “Plan de Prevención de Contingencias y Plan de Emergencias” junto a la DIA, la cual fue complementado en la Adenda Complementaria, y se encuentra disponible en el Anexo 4- 1 (ver el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_4- 1._Actualizacion_Plan_de_Contingencias_y_Emergencias.pdf).

Respecto de la coordinación con los organismos de emergencias, antes del inicio de las actividades del Proyecto, se deberá presentar una nueva versión del Plan de Emergencias, el cual considerará la distribución de las instalaciones, plano de emergencias, entre otros, el cual será entregado oportunamente a los organismos que sean pertinentes. Lo anterior, de acuerdo con los estándares de seguridad y salud ocupacional de la empresa.

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En relación con posibles visitas a las instalaciones del Parque Fotovoltaico, dentro de las comunicaciones que se realicen con cada institución, se establecerán los requerimientos y coordinaciones que sean necesarias.

En relación con los insumos necesarios para la extinción de incendios, cabe señalar que el Proyecto contará dentro de sus instalaciones con todos los elementos necesarios y establecidos conforme a la normativa vigente para combatir incendios. Contará con los extintores adecuados, según la materialidad de las instalaciones que posea el parque fotovoltaico. Adicionalmente, se capacitará al personal para el adecuado uso y manejo de éstos.

Observante: Jaime Enrique Faúndez Campodónico

Observación: Creemos que el terreno agrícola son zonas de sacrificio hoy, y con el potencial que tienen en nutrientes, no creo que sea optimo este proyecto en la localidad con más escasez hídrica en lo zona sur.

Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional considera no pertinente la observación, dado que no se refiere a algún componente ambiental específico del proyecto en evaluación, lo que dificulta poder darle una respuesta adecuada.

En relación con la observación, el titular menciona en la Tabla 1.1 Antecedentes Generales del Anexo 5-1. Actualización Fichas Resumen la Justificación de la localización del Proyecto, de la Adenda Complementaria, donde menciona “La localización del Proyecto está relacionada directamente con la existencia de zonas que cuenten con una privilegiada exposición a la radiación solar. Asimismo, como condición técnica, se requiere la existencia de instalaciones para la transmisión eléctrica, con capacidad disponible para inyectar la energía generada por el Proyecto. El sitio definido para el presente Proyecto reúne las condiciones señaladas previamente, lo que constituye la justificación de la localización escogida”. (documento disponible en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/06/05/Anexo_5- 1._Actualizacion_Fichas_Resumen.pdf).

Respecto el suelo, se puede mencionar que el Titular al finalizar el Proyecto, desmantelará las obras y el suelo será restituido, lo anterior para que el terreno no pierda las características agrícolas que posee en el presente. Además, para complementar lo anterior, se van a implementar medidas de mejoramiento de suelo para que éste vuelva a poseer las cualidades particulares que lo hacen de relevancia para la agricultura local.

Adicionalmente, el Titular ha desarrollado los estudios para plantear un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) de mejoramiento de suelo en otro predio, los cuales responden a todas las consultas y criterios solicitados por la Autoridad. El nuevo CAV de Mejoramiento de Suelo, se encuentra situado en la comuna de María Pinto, provincia de Melipilla, región Metropolitana, particularmente al interior de la Hacienda Chorombo S.A.

En específico, el CAV de Mejoramiento de Suelo, considera el uso de las 3,22 ha de suelos identificados con clase de capacidad de uso IV en el contexto de la caracterización. Los suelos clase IV del área se caracterizan por presentar pedregosidad superficial moderada compuesta por clastos de tamaño mayor a 7,5 cm de diámetro, cubriendo más del 15% de la superficie. La condición representa una limitante para el uso de la maquinaria, por el daño que producen los clastos a los equipos.

Es importante destacar que este suelo actualmente no es utilizado debido a sus malas condiciones, por lo tanto, su mejoramiento no está sujeto a temporalidades de uso u otra restricción del propietario, sino que estará sujeto a la implementación e inicio del Proyecto.

Los detalles del CAV, se encuentran descritos en la tabla 1-12 del Anexo 5-1 Actualización Fichas Resumen de la Adenda Complementaria (disponible en el siguiente enlace:

Tabla N°10: “Compromiso Voluntario de Mejoramiento de Suelo, monitoreo de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

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Fuente: Compromiso Voluntario de Mejoramiento de Suelo, monitoreo de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo Adenda Complementaria. Anexo 5-1. Actualización Fichas Resumen

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

  5. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  8. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  9. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño” de Tedlar Marte SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013

3°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Cousiño” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como inofensiva.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Constanza Paz Martínez Gil Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

AFA/JGM/JMM/SAVJ

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url David RAU d.espinoza@fluxsolar.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2159671013 Firmado Digitalmente por Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 20-07-2023 18:47:03:619 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Constanza Paz Martínez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2023.07.24 17:57:17 -04'00' Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago carol.castro@mop.gov.cl DOH, Región Metropolitana de Santiago paulo.canas@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de Buin maraya@buin.cl Ilustre Municipalidad de Paine rodrigocontreras@paine.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago nathalie.joignant@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.gob.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago mjerrazuriz@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana arturo.farias@sea.gob.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Servicio Nacional de Geología y Minería <david.montenegro@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl