Parque Fotovoltaico Socompa Solar
No Documento Digital N*: 20230200184 - Fecha: 26/05/2023 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA
RESOLUCIÓN EXENTA (ver número digital en costado inferior izquierdo)
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar”
Antofagasta
VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), su Adenda de fecha 22 de diciembre de 2022 y su Adenda Complementaria de fecha 10 de abril de 2022 del proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar”, presentada por Socompa Solar SpA con fecha 18 de mayo de 2022, y admitida a trámito con fecha 23 de mayo de 2022.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 y 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar”.
3”, El Acta de Evaluación 2023020063 de fecha 23 de enero de 2023, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.
47, El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar” de fecha 08 de mayo de 2023.
5, El acuerdo N* 13/2023 de la sesión ordinaria N” 07/2023 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 16 de mayo de 2023.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar”.
-
Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSELA”); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N” 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución Exenta RA N*119046/205/2022 de fecha 23/05/2022, que nombra al Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta (“SEA Antofagasta”); y en el Decreto Supremo N” 128 de fecha 17 de enero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que establece nuevo orden de subrogación para el cargo de Delegado Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
- Que, Socompa Solar SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Socompa Solar SpA
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Rut 77.240.034-9
Domicilio Quebrada Verde 18150, Lo Barnechea
Teléfono 962093338
Nombre representante legal Andrés Pablo Vásquez Mena
Rut representante legal 17.404.615-8
Domicilio representante legal Avenida Vitacura 2909, oficina 806, Las Condes
Teléfono representante legal 962093377
Correo electrónico Titular o
-
, representante legal hvasquez(A)laderenergy.com
-
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 08 de mayo de 2023, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3”, Que, en sesión de fecha 16 de mayo de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 08 de mayo de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
- Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El proyecto consistirá en la construcción y operación de una planta fotovoltaica con una potencia nominal de 250 MW, cuya energía será evacuada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante la conexión a la subestación eléctrica Likanantai, a través de una línea de transmisión eléctrica de alta tensión de una longitud aproximada de 18 km.
Tipología principal, así | Artículo 3% RSEIA: “e) Centrales generadoras de energía mayores como las aplicables a sus | 43 MW.”
partes, obras o acciones “b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus Subestaciones”.
Vida útil La fase de construcción tendrá una duración de 20 meses, la fase de operación será de 40 años y la fase de cierre tendrá una duración de 12 meses.
Mano de obra Requerirá un máximo de 700 personas en la fase de construcción, 50 personas en la fase de operación y de 200 personas en la fase de cierre.
Monto de inversión USD 200.000.000
Gestión, acto o faena |El hito que dará inicio al proyecto será la habilitación de la mínima que da cuenta del | instalación de faena. inicio de la ejecución
Proyecto se desarrolla por | Si | No |] Proyecto o actividad no se desarrollará por etapas. etapas XxX
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Proyecto modifica un|Si| No | El Proyecto o actividad no modifica un proyecto o proyecto o actividad actividad existente. Xx Proyecto modifica otra(s) Si] No | 4 Proyecto no modifica otras(s) RCA. RCA Xx
4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
El proyecto se localizará en la comuna, Provincia y Región de Antofagasta, a 160 kilómetros al este de la ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 30 km de la operación de la Mina Escondida.
Descripción ds la
La ubicación está definida por la disponibilidad de radiación solar
localización y la cercanía y disponibilidad de un punto de conexión al SEN. Superficie Las obras se emplazarán en una superficie aproximada de 803,9 ha, Para mayor detalle, ver numeral 1.5.3 del Anexo N* 1 de la Adenda complementaria de la DIA. Coordenadas UTM en Tabla N? 1. Coordenadas de referencia del área del parque. Datum WGS84 Coordenadas UTM WGS84 Huso 19 S Vértice Este (m) Norte (m) yl 519.221 7.334.523 v2 522,894 7.334.523 v3 522.894 7,332,591 V4 519.998 7.332.591 V5 319.221 7.332.591 V6 319.221 7.333.300 v7 319.641 7.333.554 V8 519.642 7.333.866 vV9 519.221 7.333.866
Para mayor detalle de las coordenadas de la línea de transmisión, ver tabla 1-2 del Anexo N* 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
Caminos de acceso
El acceso principal se realizará por un camino que empalma desde la ruta B-55, por aproximadamente 7,4 km.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas,
georreferenciación e información complementaria sobre la
localización de sus partes, obras y acciones
Figuras Referencia al expediente Figura 1-1 DIA Figuras 1-2, 1-3, 1-4y 1-5 | Anexo N” 1 de la Adenda complementaria
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
Instalación de faenas
Contendrá las instalaciones necesarias para el desarrollo de la fase de construcción y cierre; estará destinada al almacenamiento de insumos, materiales, oficinas, baños, comedor, estacionamientos de vehículos y maquinarias, y equipos, etc. Para mayor detalle, ver numeral 1.6.2.1 del Anexo N? 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
Campamento
El proyecto contará con un campamento para la pernoctación de los trabajadores y contará con dormitorios, baños, camarines, comedores, entre otros. La capacidad máxima del campamento será para 700 personas en la fase de construcción. Para mayor detalle, ver numeral 1.6.2.2 del Anexo N? 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
Planta fotovoltaica
El proyecto estará conformado por 401.040 módulos fotovoltaicos de 655 Wp de potencia cada uno, los cuales en su conjunto tendrán una
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potencia nominal máxima de 250 MW de energía eléctrica. Por otra parte, la planta contará con una zona de control, con centros de transformación e inversión y un sistema de almacenamiento de energía con baterías (BESS), que podrá almacenar aproximadamente 450 MW de energía, la cual podrá ser inyectada a la red con una potencia de 80 MW durante 4 horas continuas.
Para mayor detalle, ver numeral 1.6,3,2 del Anexo N? 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
Linea de transmisión | Corresponderá a una línea de transmisión eléctrica de alta tensión,
eléctrica compuesta por 61 estructuras de acero reticuladas y de una longitud aproximada de 18 km. Los postes serán de hormigón, con 11,5 m de altura y fundaciones de 2 m de profundidad, aproximadamente.
Área operación y | En esta área se concentrarán las obras que prestarán soporte para el
mantenimiento funcionamiento del parque durante la fase de operación,
correspondientes a bodegas, talleres, almacenamiento de combustible; bodegas; estacionamientos; baños y planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS); sala para habilitar las celdas de media tensión correspondiente a los gabinetes que reciben todos los circuitos de media tensión de la planta solar; sala de baterías, sala de control, sala de operación y mantenimiento; y subestación elevadora que mediante un transformador de poder esta corriente aumentará el voltaje hasta 220 kV. Para mayor detalle, ver numeral 1.6.3.1 del Anexo N? 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
Cerco perimetral
La planta fotovoltaica contará con un cerco perimetral diseñado con la finalidad de evitar el ingreso de fauna con capacidad de excavar y/o trepar. Tendrá 2,5 m de altura y se apoyará sobre postes de acero galvanizado, con una longitud total de 11,87 km. Para mayor detalle, ver numeral 1.7.1.2 del Anexo N? 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
Camino de acceso e internos
Se habilitará un camino de acceso desde la ruta B-55 hasta el proyecto, con una longitud aproximada de 7,4 km y un ancho de 6 m. Este camino comprende 2 tramos: camino de acceso 1 B-53 y camino de acceso 2 B-55, El primero de ellos tendrá un tratamiento de bischofita mientras que el segundo recibirá trabajos de Íumectación para el control de material particulado.
Los caminos interiores del proyecto se implementarán a partir del acceso del proyecto y se desarrollarán con un ancho de 4 m y una longitud aproximada de 13 km.
Para mayor detalle, ver numeral 1.7,1,2 del Anexo N* 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Instalación de faenas y campamento
Se habilitará la instalación de faenas y el campamento mediante estructuras del tipo modular/container.
Habilitación de caminos y cerco perimetral
Se habilitará el camino de acceso y los caminos internos. Por otra parte, se instalará un vallado perimetral en las áreas de la planta fotovoltaica para evitar el ingreso no autorizado a las obras y, además, mantener la seguridad en todo momento tanto para el parque como para las personas,
Construcción de planta
Se realizará el montaje de los módulos fotovoltaicos (instalados sobre soportes), montaje eléctrico, habilitación de subestación elevadora y la línea de transmisión. Finalmente, se realizará la limpieza de terreno y retiro de instalaciones de faena,
Pruebas y puesta en marcha
Una vez finalizadas las obras, se llevará a cabo el período de puesta en marcha con el fin de realizar pruebas y ajustes de funcionamiento a todo el equipamiento.
Suministros básicos
El agua industrial que será utilizada provendrá principalmente de aguas tratadas en las plantas de tratamiento de aguas servidas del proyecto. En caso de ser necesaria una mayor cantidad de esta, será adquirida a
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proveedores autorizados. Al respecto, se enviará a la Dirección General de Aguas de la Región de Antofagasta (DGA), un primer informe sobre el abastecimiento de agua, al inicio de cada una de las fases del proyecto, y luego en forma trimestral durante toda la vida útil del proyecto. El hormigón será provisto por terceros autorizados, para radieres y fundaciones. Los materiales, insumos y combustible serán provistos por terceros autorizados.
La energía eléctrica será provista mediante seis generadores eléctricos:
-
Instalación de faenas: un generador de 120 KVA y un generador de SOKVA
-
Campamento: dos generadores de 120 kVA y dos generadores de 80 KkVA.
Recursos naturales renovables
El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas.
Las emisiones de MP1o y MP5 en la fase de construcción del proyecto, se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria,
Para cuantificar las emisiones de MPjo y MP5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión 8 AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 295,8 año de MP ¡0 en la fase de construcción. Para mayor detalle, ver Anexo N? 2,7 de la DIA.
Por otro lado, de acuerdo con la ubicación del proyecto, este se encuentra distante a unos 88 km de la localidad de Peine, a unos 160 kilómetros al este de la ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 30 km de la operación de Mina Escondida. Por lo que, no existen comunidades pobladas cercanas al área de influencia del proyecto. Por lo tanto, el desarrollo del proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en las localidades pobladas cercanas.
Se implementarán las siguientes medidas para el control de las emisiones:
-
Se humectarán los caminos internos secundarios, el segundo tramo del camino de acceso y el camino de acceso a la línea de transmisión, con una frecuencia de 2 veces/día.
-
Aplicación de bischofita en el primer tramo del camino de acceso y en el camino interno principal, con una mantención de 3 veces/año.
-
La velocidad máxima de desplazamiento en los frentes de trabajo y caminos no pavimentados será de 30 km/h.
-
Uso de mallas tipo raschel o pantallas sólidas para evitar la emisión de polvo hacia el entorno
-
Mantenciones periódicas de los equipos y maquinarias.
-
La maquinaria contará con las revisiones técnicas y preventivas al día.
Para mayor detalle de las medidas, ver numeral 5.1 de la Adenda de la DIA,
b) Emisiones de ruido. Se generará ruido debido a las faenas de construcción y al
funcionamiento de maquinaria y equipos. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N? 38/2011
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del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo N? 2.6 de la Adenda de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos.
Los residuos líquidos de carácter doméstico corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen total de 105 m'/día. Para su tratamiento, se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo, los que serán operados por una empresa autorizada y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Por otra parte, se implementará para su tratamiento, PTAS en la instalación de faenas y 10 PTAS en el campamento de pernoctación.
Para mayor detalle, ver tabla 2-8 de la Adenda de la DIA y Anexo N? 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA,
b) Residuos sólidos,
Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, etc., estimándose una generación total aproximada de 31,5 t/mes. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores herméticos y cerrados, para ser retirados 3 veces/semana por una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado
La cantidad total de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de aproximadamente 11,2 t/mes, correspondientes a materiales de las obras de construcción y serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad máxima total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,33 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
Para mayor detalle de los residuos sólidos, ver tabla 2-8 de la Adenda de la DIA
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.5 del ICE del proyecto.
4.3.2, FASE DE OPERACIÓN
Actividades y obras
Posterior a las pruebas de energización y puesta en marcha se comenzará con la operación de la planta. Las principales actividades serán las mantenciones preventivas y correctivas.
Para mayor detalle, ver numeral 1.8 del Anexo N” 1 de la Adenda complementaria de la DIA.
Suministros básicos
El agua industrial que será utilizada provendrá principalmente de aguas tratadas en las plantas de tratamiento de aguas servidas del proyecto. En caso de ser necesaria una mayor cantidad de esta, será adquirida a proveedores autorizados. Al respecto, se enviará a la DGA, un primer informe sobre el abastecimiento de agua, al inicio de cada una de las fases del proyecto, y luego en forma trimestral durante toda la vida útil del proyecto. La energía eléctrica será autoabastecida a partir de la generación de energía fotovoltaica y, los lubricantes, grasas y aceites serán provistos por terceros autorizados.
Recursos naturales
renovables
El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas.
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Las emisiones de MPyo y MP.,s se generarán principalmente por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria,
Para cuantificar las emisiones de MPjo y MP»s, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión £: AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 58,8 t/año de MP0 en la fase de operación, Para mayor detalle, ver Anexo N* 2,7 de la DIA,
Por otro lado, de acuerdo con la ubicación del proyecto, este se encuentra distante a unos 88 km de la localidad de Peine, a unos 160 kilómetros al este de la ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 30 km de la operación de Mina Escondida. Por lo que, no existen comunidades pobladas cercanas al área de influencia del proyecto. Por lo tanto, el desarrollo del proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en las localidades pobladas cercanas.
b) Emisiones de ruido.
Se generará ruido solamente por las faenas de mantención. Para mayor detalle, ver Anexo N? 2.6 de la Adenda de la DIA.
e) Campos electromagnéticos.
Los valores de emisión de campos electromagnéticos originados por el proyecto cumplirán con el límite recomendado por la norma internacional (ICNIRP). Para mayor detalle, ver Anexo N? 2,4 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos.
Los residuos líquidos de carácter doméstico corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen total de 7,5 n/día. Para su tratamiento, se utilizará una PTAS,
Para mayor detalle, ver tabla 2-8 de la Adenda de la DIA y Anexo N? 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.
b) Residuos sólidos.
Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, etc., estimándose una generación total aproximada de 2,25 t/mes. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores herméticos y cerrados, para ser retirados 3 veces/semana por una empresa autorizada, para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad total de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de aproximadamente 0,24 t/mes, correspondientes a materiales de las obras de construcción y serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad máxima total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,02 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado,
Para mayor detalle de los residuos sólidos, ver tabla 2-8 de la Adenda de la DIA,
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Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del proyecto.
4.3.3. FASE DE CIERRE
En primer lugar, se implementará una instalación de faenas idéntica a la instalación de faena principal de la fase de construcción. Posteriormente, se procederá el desmantelamiento completo de todas las partes, obras, equipos, cableados existentes con motivo de la construcción y operación del parque fotovoltaico y la línea de transmisión (en el caso de que no extiendan su vida útil), por lo tanto, no quedará ninguna infraestructura presente en la zona del proyecto al terminar la fase de cierre.
La actividad de restauración consiste en un perfilado mecánico y descompactación con motoniveladora o retroexcavadora, utilizando los desechos de las excavaciones generados en las actividades de restauración. Esta actividad se realiza buscando obtener una superficie homogénea, que siga las líneas naturales de la pendiente del entorno, de manera similar a las condiciones existentes previamente a la construcción del proyecto.
El proyecto no dejará material u obra restante que pudiesen convertirse en fuentes emisoras de algún tipo de contaminación.
No se consideran actividades de mantención, conservación y supervisión, asociadas a la fase de cierre.
El agua industrial que será utilizada provendrá principalmente de aguas tratadas en las plantas de tratamiento de aguas servidas del proyecto. En caso de ser necesaria una mayor cantidad de esta, será adquirida a proveedores autorizados, Al respecto, se enviará a la DGA, un primer informe sobre el abastecimiento de agua, al inicio de cada una de las fases del proyecto, y luego en forma trimestral durante toda la vida útil del proyecto. Se requerirá combustible para abastecer a la maquinaria del proyecto y a los grupos electrógenos.
La energía eléctrica será provista mediante seis generadores eléctricos:
-
Instalación de faenas: un generador de 120 kVA y un generador de 380kVA
-
Campamento: dos generadores de 120 KVA y dos generadores de 80 KVA.
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Restauración
Prevención de futuras emisiones
Mantención, conservación y supervisión
Suministros básicos Recursos naturales renovables
El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas.
Las emisiones de MPjo y MP,s en la fase de cierre del proyecto, se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.
Para cuantificar las emisiones de MPjo y MP5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión $ AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación total de 242,6 t/año t de MP;o en la fase de cierre. Para mayor detalle, ver Anexo N* 2.7 de la DIA.
Por otro lado, de acuerdo con la ubicación del proyecto, este se encuentra distante a unos 88 km de la localidad de Peine, a unos 160 kilómetros al este de la ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 30 km de la operación de Mina Escondida. Por lo que, no existen comunidades pobladas cercanas al área de influencia del proyecto. Por lo tanto, el desarrollo del proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en las localidades pobladas cercanas.
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Se implementarán las siguientes medidas para el control de las emisiones:
-
Se humectarán los caminos internos secundarios, el segundo tramo del camino de acceso y el camino de acceso a la línea de transmisión, con una frecuencia de 2 veces/día,
-
Aplicación de bischofita en el primer tramo del camino de acceso y en el camino interno principal, con una mantención de 3 veces/año.
-
La velocidad máxima de desplazamiento en los frentes de trabajo y caminos no pavimentados será de 30 knvh.
-
Mantenciones periódicas de los equipos y maquinarias.
-
La maquinaria contará con las revisiones técnicas y preventivas al día,
Para mayor detalle de las medidas, ver numeral 5.1 de la Adenda de la DIA.
b) Emisiones de ruido.
Se generará ruido debido a las faenas de cierre y al funcionamiento de maquinaria y equipos. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, Para mayor detalle, ver Anexo N 2.6 de la Adenda de la DIA,
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos.
Los residuos líquidos de carácter doméstico corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen total de 30 m'/día. Para su tratamiento, se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo, los que serán operados por una empresa autorizada y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Por otra parte, se implementará para su tratamiento una PTAS en la instalación de faenas.
Para mayor detalle, ver tabla 2-8 de la Adenda de la DIA y Anexo N? 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.
b) Residuos sólidos.
Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, etc., estimándose una generación total aproximada de 9 t/mes. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores herméticos y cerrados, para ser retirados 3 veces/semana por una empresa autorizada, para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad total de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de aproximadamente 3.105,9 t/mes, correspondientes a materiales provenientes del desmantelamiento de las obras y serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad máxima total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,19 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
Para mayor detalle, ver tabla 2-8 de la Adenda de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del proyecto.
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4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Abril de 2024.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Habilitación de instalación de faenas.
Fecha estimada de término
Diciembre de 2025.
Parte, obra o acción que establece el término
Desmovilización de la Instalación de Faenas
4.4.2. Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Enero de 2026.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Inyección de energía eléctrica al SEN
Fecha estimada de término
Diciembre de 2066,
Parte, obra o acción que establece el término
Desconexión eléctrica del parque fotovoltaico.
4.4,3, Fase de cierre
Fecha estimada de inicio
Enero de 2067.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Habilitación de instalación de faenas y retiro de módulos,
Fecha estimada de término
Diciembre de 2067.
Parte, obra o acción que establece el término
Restitución del terreno,
5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*
19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto no significativo
38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.
servidas del proyecto se utilizarán PTAS,
Respecto a las emisiones de material particulado, el desarrollo del proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en las localidades pobladas cercanas. Para mayor detalle, ver tabla 5.2,3 del Informe Consolidado de Evaluación. Además, de acuerdo con la modelación de ruido, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N*
Por otra parte, los residuos sólidos que se generarán durante todas las fases del proyecto serán dispuestos temporalmente en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, al interior del área del proyecto y serán dispuestos finalmente en sitios autorizados. Asimismo, para el manejo de las aguas
Por lo tanto, el proyecto, de acuerdo con el tipo y cantidad de sus emisiones, efluentes, residuos sólidos y su manejo, no generará riesgos para la salud de la población.
Parte, obra o acción que lo genera
Actividades de todas las fases.
Fase en que se presenta
Todas las fases.
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Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Ver numeral 6.1 del ICE del proyecto.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DELOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto no significativo
Para la caracterización del componente ambiental flora y vegetación terrestre se llevaron a cabo dos campañas de terreno ejecutadas en la temporada verano y primavera, en las cuales se realizaron recorridos pedestres por toda el área de influencia del proyecto y 51 puntos de muestreo en los distintos recubrimientos del suelo presentes. En términos florísticos, la riqueza del área de influencia asciende a un total de cuatro especies de flora vascular, de las cuales, ninguna especie presenta alguna categoría de conservación. Para mayor detalle, ver Anexo N* 2- 2 de la Adenda complementaria de la DIA.
Sin embargo, previo a la fase de construcción, se implementará un plan de rescate, trasplante y revegetación para las especies de flora presentes en el área de influencia del proyecto, consistente en la recolección de germoplasma, viverización, plantación, repoblamiento y, finalmente, riego y monitoreo. Para mayor detalle, ver literal b) del numeral 4.2 de la Adenda complementaria de la DIA y Apéndice A del Anexo N* 2-2 de la Adenda complementaria de la DIA.
Respecto a la fauna, en las campañas de terreno se registró la presencia de 2 ejemplares de la especie de reptil Liolaemus nigriceps, mientras que para el área del camino de acceso fue posible identificar un ejemplar de la misma especie, la que se encuentra clasificada como “Casi amenazada”, por lo cual, previo al inicio de las actividades de intervención para la habilitación de las partes y obras del proyecto (movimientos de tierra), se implementará un plan de perturbación controlada de fauna de baja movilidad (reptiles), de manera de incentivar el abandono por sus propios medios de las especies objetivo de este lugar, de forma tal que sean direccionados hacia la zona de destino. Para mayor detalle, ver tabla N*4.6 del Anexo N? 4 de la Adenda complementaria de la DIA.
Por otra parte, en relación con la presencia de aves migratorias, específicamente, el grupo de golondrinas de mar y gaviota garuma no hubo registro en la presente campaña. Asimismo, la bibliografía no reconoce sitios de nidificación cercanos al área de influencia del proyecto. En cuanto al grupo de aves nocturnas y quirópteros, no se registraron especies y no se detectaron respuestas a las vocalizaciones reproducidas en las estaciones de monitoreo, así como tampoco llamadas de ecolocalización de quirópteros en ninguna de las estaciones que se implementaron en terreno. Finalmente, con respecto a los micromamiferos, la bibliografía revisada indica que se ha registrado la presencia de fauna en el área sur del Salar de Atacama, específicamente, en las formaciones vegetacionales herbazal y matorral desértico, donde se reconoce la presencia de cuerpos de agua cercanos. Para mayor detalle de la caracterización de fauna en el área de influencia del proyecto, ver Anexo N* 2.1 de la Adenda complementaria de la DIA,
Adicionalmente, el proyecto implementará charlas de inducción alos trabajadores respecto de la normativa nacional que protege la fauna silvestre y sobre cómo proceder en caso de avistamiento de alguna especie; además, con el objetivo de disminuir la
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probabilidad de ocurrencia colisión de la avifauna con el tendido eléctrico cuando transiten por la zona, se instalarán dispositivos disuasores de vuelo en la línea de transmisión cada 20 metros de forma alternada entre ambos cables de guardia. Para mayor detalle de las medidas para evitar la afectación de fauna, ver numeral 4.2 de la Adenda complementaria de la DIA y tablas N? 4,5 y 4.7, ambas del Anexo N* 4 de la Adenda complementaria de la DIA.
Por lo tanto, no se generarán impactos significativos sobre este componente ambiental.
Parte, obra o acción que lo genera
Actividades de todas las fases,
Fase en que se presenta
Todas las fases.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Ver numeral 6.2 del ICE del proyecto.
5.3. REASENTAMIENTO
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN
Impacto no significativo
El proyecto se encuentra distante a unos 88 km de la localidad de Peine, a unos 160 kilómetros al este de la ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 30 km de la operación de Mina Escondida. Por otra parte, el perímetro del área de desarrollo indígena (ADI) “Atacama La Grande” se encuentra aproximadamente a 27 km del área de influencia del proyecto. Por lo que, no existen comunidades pobladas cercanas al área de influencia del proyecto.
El Proyecto concentra su área de afectación en el polígono determinado como su área de influencia, y en la medida que en esta área no existe ocupación actual y efectiva por parte del GHPPI, éstos no serán afectados por el desarrollo del proyecto. Además, en el área de emplazamiento del proyecto no existen grupos humanos que accedan a recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, Asimismo, el proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables en ninguna de sus fases, Adicionalmente, los asentamientos humanos y comunidades indígenas no se encuentran en las cercanías de las partes, obras y acciones del proyecto, por lo que, no se requiere reasentamiento o reubicación de comunidades y asentamientos humanos.
Por otra parte, según lo señalado en los numerales 5.1, 5.2.3, 5.2.4, 5.3 y 5.4 del presente Informe Consolidado de Evaluación, y, de acuerdo con las obras, actividades, tipo y cantidad de sus emisiones, efluentes, residuos sólidos y su manejo, el desarrollo del proyecto no generará riesgos para la salud de la población; no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en las localidades pobladas cercanas; no afectará a la flora y fauna; no se generará alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona; y, no generará una alteración al patrimonio cultural, no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural,
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Por otra parte, el proyecto no contempla la extracción de recursos naturales,
Respecto a las vías de circulación y acceso al proyecto, se contempla realizar todos los desplazamientos por la Ruta B-55, En cuanto al flujo vehicular por la ruta durante la fase de construcción, es acotado y no es significativo en relación con los viajes/año. En virtud de lo anterior, no se generará obstrucción o restricción a la libre circulación, la conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos.
En relación con la mano de obra del proyecto, estará ocupando el campamento que se habilitará y los trabajadores no interactuarán con los bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica de las localidades pobladas cercanas, por lo tanto, no se alterarán los usos de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de forma extraordinaria.
En conclusión, el proyecto no tendrá impactos significativos sobre los accesos o calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura de ningún tipo. Asimismo, no se afectará el ejercicio o manifestación de las tradiciones, cultura o intereses comunitarios que pudiesen afectar los sentimientos de arraigo o cohesión social de grupo.
Parte, obra o acción que lo genera
Actividades de todas las fases.
Fase en que se presenta
Todas las fases.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Ver numeral 6.3 del ICE del proyecto.
5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto no significativo
El proyecto se encuentra distante a unos 88 km de la localidad de Peine, a unos 160 kilómetros al este de la ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 30 km de la operación de Mina Escondida. Por otra parte, el perímetro del área de desarrollo indígena (ADI) “Atacama La Grande” se encuentra aproximadamente a 27 km del área de influencia del proyecto y, no existen recursos y áreas protegidas.
Parte, obra o acción que lo genera
Actividades de todas las fases.
Fase en que se presenta
Todas las fases.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Ver numeral 6.4 del ICE del proyecto.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto no significativo
Se desarrolló el análisis de tres unidades de paisaje en 4 puntos de observación (en adelante “PO”). De forma adicional, se realizaron fotomontajes desde cada PO, para comparar las situaciones con y sin proyecto, Al respecto, la disposición de las
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partes y obras del proyecto deberán ser dispuestas de acuerdo con dichos fotomontajes (Anexo N* 2,5, de la Adenda complementaria de la DIA.).
El proyecto se encuentra ubicado en una zona con planicies y montañas; los dos atributos que otorgan valor paisajístico a la zona son los de relieve, a raíz de la ubicación del proyecto en la cordillera de los Andes, con una pendiente superior en la zona a 30%, evidenciado por las altas montañas y volcanes presentes en la zona. El otro atributo es el de “suelo”, que presenta rugosidad alta, esto por ser una zona desértica, que cuenta con partes en que hay bancos de arena hasta gran cantidad de minerales y rocas expuestas que dificultan el movimiento de personas, ya sea a pie o a vehículo.
Se determinaron tres unidades de paisajes (UP) que poseen, cada una, características en apariencia homogéneas. Estas se denominan “Llano”, “Monte” y Salar”, las cuales en sus análisis de valoración de calidad de paisaje presentan valoraciones bajas, debido a la mula presencia de atributos biofísicos tales como agua, y nieve, solo la unidad de paisaje “Salar” evidencia vegetación y con ello huellas de fauna que se ha adaptado para alimentarse de estas especies, sin embargo, estas unidades en apariencia homogéneas se repiten a lo largo del norte de Chile.
Las intervenciones que el proyecto generará se encuentran en una zona de difícil acceso, rodeada de diversos montes y cerros propios de la cordillera de los Andes, lo que impide la visibilidad hacia el sitio de emplazamiento del proyecto, a raíz de esto no es posible ver el proyecto en cuestión, de tal forma el proyecto no genera bloqueos de vistas al espectador. No obstante, su línea de alta tensión se suma a una línea de transmisión eléctrica ya existente, con lo cual la intrusión será mínima.
Para mayor detalle, ver numeral 4,4 y Anexo N? 2,5, ambos de la Adenda complementaria de la DIA.
Por lo tanto, la implementación del presente proyecto no generará impactos sobre este componente ambiental, ya que, no se generará alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
Parte, obra o acción que lo genera
Actividades de todas las fases.
Fase en que se presenta
Todas las fases,
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Ver numeral 6.5 del ICE del proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto no significativo
En el área de influencia del proyecto, se identificaron 9 hallazgos de carácter arqueológico/patrimonial, correspondientes a estructuras e hitos de señalización; para los cuales se implementará un cercado definitivo de protección con un buffer mínimo de 10 m, cuya instalación será de forma previa al inicio de las obras y supervisada por un/a arqueólogo/a o Licenciado/a en Arqueología y comunicada al CMN a través de un informe.
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Para mayor detalle, ver Anexo N” 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA.
Además, no se considerará remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N* 17.288, ni generará la modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.
Por llo tanto, el proyecto no generará una alteración al patrimonio cultural, no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Movimientos de tierra,
Parte, obra o acción que lo genera
Fase en que se presenta Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Ver numeral 6.6 del ICE del proyecto.
6”. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiles, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Para habilitar las PTAS en todas las fases del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 3.1 y Anexo N” 3.1, ambos de la Adenda complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias | No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N” 0489 de fecha 02 de mayo de 2023, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 138 del RSEIA.
Tabla 6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Todas las fases,
Parte, obra o acción a la que aplica
Para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos para todas las fases del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 3,2 y Anexo N? 3.2, ambos de la Adenda complementaria de la DIA.
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Condiciones O exigencias | No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N” 0489 de fecha 02 de mayo de 2023, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 140 del RSEIA.
Tabla 6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del
artículo 142 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos para todas las fases del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 3,3 y Anexo N? 3.3, ambos de la Adenda complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso.
Pronunciamiento del órgano competente
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N* 0489 de fecha 02 de mayo de 2023, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 142 del RSEIA.
Tabla 6,1,4, Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del reglamento del
SEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Asociado a la modificación de cauces de corriente discontinua al interior del área de emplazamiento del proyecto, producto de la construcción de los caminos de servicios (huellas de acceso a torres de la línea de transmisión), camino de acceso y caminos interiores.
Para mayor detalle, ver Anexo N? 3.4 de la Adenda de la DIA.
Condiciones O. exigencias | No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. especificas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente
La Dirección General de Aguas de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N* 140 de fecha 18 de abril de 2023, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al PAS 156 del RSEIA, señalando que se han presentado los contenidos técnicos y formales que acreditan que la obra no producirá la contaminación de las aguas.
Tabla 6.1.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del RSEIA,
Fase del proyecto a la cual corresponde
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Para las construcciones temporales y permanentes. Para mayor detalle, ver numeral 3,4 y Anexo N* 3.4, ambos de la Adenda complementaria de la DIA.
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Condiciones o exigencias | No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. específicas para su otorgamiento
competente
Pronunciamiento del órgano
La Dirección Regional del SAG de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N” 143 de fecha 26 de abril de 2023, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 160 del RSEIA. Además, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N” 499 de fecha 27 de abril de 2023 se pronunció conforme a los antecedentes entregados por el titular sobre el PAS 160.
7”. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial,
NORMA D.F.L. N* 458/75 y D.S. N” 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
Fase del Proyecto a la que | Todas las fases.
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Forma de cumplimiento
El proyecto se ubica fuera del Plan Regulador Comunal en un área rural. Al respecto, para aquellas construcciones que requieran cumplir con el inciso final del artículo 55 de la LGUC, se solicitará la autorización del informe favorable de construcción, contenido en el artículo 160 del RSEIA.
mayores detalles
Indicador que acredita su Se mantendrá disponible un comprobante del PAS 160. cumplimiento
Forma de control y Se mantendrá disponible un comprobante del PAS 160. seguimiento
Referencia al ICE para Ver numeral 8.1 del ICE del proyecto,
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire,
NORMA
Decreto Supremo N? 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza;
Decreto Supremo IN? 54/1994 y sus modificaciones. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece norma de misión aplicables a vehículos motorizados medianos;
Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados;
Decreto Supremo N” 138/05 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de declarar emisiones de fuentes fijas;
Decreto Supremo N* 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Regula el transporte de escombros u otro material que pudiera producir polvo;
Decreto Supremo N* 47/1992 y sus modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza general de urbanismo y construcciones;
Decreto Supremo N* 1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
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Forma de cumplimiento
Para el control de las emisiones, se contemplarán las medidas de manejo detalladas en los numerales 4.5.4,1 y 4.7.4.1 del presente Informe Consolidado de Evaluación (ICE).
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Declaración de generación de residuos realizada a través del sistema de ventanilla única del RETC.
-
Inspecciones visuales de todos los vehículos que circulen con carga, con el fin de verificar que ésta se encuentre correctamente cubierta.
-
Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos.
-
Inspección visual y registro mediante una lista de chequeo de las medidas de control de emisiones.
-
Registro interno para las velocidades establecidas de los vehículos.
Forma de control y seguimiento
- Se mantendrá un registro de los comprobantes de ingreso al RETC.
-
Se mantendrá un registro de la carga cubierta.
-
Se mantendrá un registro de revisiones técnicas al día,
-
Se mantendrá un registro de chequeo de las medidas de control de emisiones.
-
Se mantendrá un registro de las velocidades de los vehiculos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 8.2.1 del ICE del proyecto.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.
NORMA Decreto Supremo N 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N146/97, MINSEGPRES.
Fase del Proyecto a la que | Todas las fases.
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Forma de cumplimiento
No se superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto.
Indicador que acredita su cumplimiento
No se superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto.
Forma de control y seguimiento
No se superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 8.2.2 del ICE del proyecto.
7.4, COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos.
NORMA
Decreto Supremo N* 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
Decreto Supremo N” 236/26 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias;
Decreto con Fuerza de Ley N* 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Forma de cumplimiento
Para el tratamiento de las aguas servidas en las fases de construcción y cierre, se utilizarán baños químicos, los que serán operados por una empresa autorizada y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Además, se utilizarán PTAS. En la fase de operación se utilizará una PTAS.
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Indicador que acredita su cumplimiento
- Autorizaciones de funcionamiento,
- Obtención de permiso ambiental sectorial del artículo 138 del RSEIA.
Forma de control y seguimiento
- Se mantendrá registro de operación de baños químicos y de mantención de PTAS.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 8.2,3 del ICE del proyecto.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos.
NORMA
Decreto Supremo N* 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
Decreto con Fuerza de Ley N* 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;
Decreto Supremo N? 1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes;
Decreto Supremo N” 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases,
Forma de cumplimiento
Para su manejo, se contemplarán las medidas detalladas en los numeral 4.5,5, 4.6.5 y 4.7.5 del presente ICE.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los artículos 140 y 142 del RSEIA.
- Aprobaciones sectoriales de proyecto y autorizaciones sanitarias.
Forma de control y
- Se mantendrán copias de la documentación.
seguimiento - Se mantendrá registro del retiro de residuos domésticos, peligrosos y no peligrosos. Referencia al ICE para Ver numeral 8.2.4 del ICE del proyecto.
mayores detalles
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica.
NORMA
Decreto Supremo N” 43/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N? 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Forma de cumplimiento
Las actividades serán realizadas principalmente durante un horario diurno. Únicamente se utilizarán luminarias en las casetas de los cuidadores de las faenas en la fase de construcción. En el proyecto se instalarán luminarias que cumplan con los porcentajes de flujo luminoso nominal máximos permitidos por la norma.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Se reportará a la SMA, en un plazo de 15 días hábiles previos a la puesta en servicio de la instalación, el formulario establecido en la misma resolución con la información sobre el proyecto (con la planimetría de la iluminación del proyecto), cantidad y tipo de luminarias, certificados, etc.).
Forma de control y seguimiento
- Se mantendrán los registros y certificados que indican que la luminaria utilizada cumple con los requerimientos por la normativa.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 8.2.5 del ICE del proyecto,
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Almacenamiento de sustancias peligrosas.
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NORMA
Decreto Supremo N? 43/2016 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Para las distintas fases, se utilizarán sustancias peligrosas en distintas cantidades, las cuales serán almacenadas en la bodega de sustancias peligrosos, de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto Supremo.
Indicador que acredita su | - Registro de facturas de adquisición de sustancias peligrosas. cumplimiento
Forma de control y - Registro de facturas de adquisición de sustancias peligrosas. seguimiento
Referencia al ICE para Ver numeral 8.2.6 del ICE del proyecto.
mayores detalles
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Histórico y cultural.
NORMA
Ley N* 17.288 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales;
Decreto Supremo N* 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento
Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26” y 27” de la Ley N” 17.288 y los artículos 20? y 23? del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y se notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este último organismo, disponga los pasos a seguir.
Indicador que acredita su cumplimiento
En caso de encontrarse hallazgos arqueológicos o paleontológicos durante la fase de construcción, deberá detenerse cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades.
Forma de control y seguimiento
-
Capacitaciones al personal ejecutadas al inicio de obras y cada vez que entre una empresa nueva a realizar actividades en el área del proyecto. Las charlas siempre serán realizadas o supervisadas por un profesional experto en arqueología.
-
Una vez realizada la charla, en un plazo no mayor a 20 días hábiles,
se remitirá un registro fotográfico por fechas y las listas de asistencia firmadas para cada charla.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 8.3.1 del ICE del proyecto.
7.9, COMPONENTE/MATERIA: Fauna.
Componente
Fauna
Norma
Ley N” 19,473 /1996 del Ministerio de Agricultura. Ley de caza. Sustituye texto de la ley N” 4.601, sobre caza, y artículo 609 del Código Civil;
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Decreto Supremo N” 5, modificado por Decreto Supremo N* 53 del Ministerio de Agricultura. Aprueba reglamento de la Ley de Caza.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Forma de cumplimiento
Se implementarán charlas de inducción a los trabajadores respecto de la normativa nacional que protege la fauna silvestre y sobre cómo proceder en caso de avistamiento de alguna especie
mayores detalles
Indicador que acredita su | - Se mantendrá un registro de asistencia a charlas.
cumplimiento
Forma de control y | Se mantendrán disponibles los siguientes antecedentes:
seguimiento - Lista con nombre y firma de los trabajadores que asistan a la charla. - Registro fotográfico de la realización de las charlas. - Curriculum vitae de quien dicte la charla, que deberá ser licenciado en veterinaria o ciencias biológica
Referencia al ICE para Ver numeral 8.3.2 del ICE del proyecto.
7.10, COMPONENTE/MATERIA: Cambio climático.
Componente
Cambio climático.
Norma
Ley N* 21.455/2022 de “Ley Marco de Cambio Climático” del Ministerio de Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Forma de cumplimiento
El proyecto se alinea con el objetivo de esta ley, puesto que corresponde a un proyecto de energías renovables no convencionales, ya que es un parque fotovoltaico, lo que contribuirá a la mitigación de gases de efecto invernadero a nivel país, debido a que produce energía eléctrica a través de la energía solar.
mayores detalles
Indicador que acredita su | - Se proporcionará un inventario de emisiones del proyecto y el cumplimiento derecho a la transparencia de la información del proyecto. - Se tomarán criterios de monitoreo, reporte y verificación del cumplimiento de las metas y medidas de los instrumentos de gestión del cambio climático. Forma de control y| Se mantendrá un registro de los comprobantes de remisión de la seguimiento información Referencia al ICE para Ver numeral 8.3.2 del ICE del proyecto,
8”. El proyecto contará con la siguiente condición o exigencia:
8.1. Sobre el abastecimiento de agua industrial, el titular enviará a la DGA, un primer informe sobre el abastecimiento de agua, al inicio de cada una de las fases del proyecto, y luego en forma trimestral durante toda la vida útil del proyecto.
97 Que, el proyecto contará con los siguientes compromisos voluntarios:
9.1. Capacitación y contratación de mano de obra local,
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y justificación
-Objetivo: realizar capacitaciones relacionadas a labores del rubro de energía solar y construcción de este tipo de proyectos, y disponer de empleo para la ejecución de labores relacionadas al proyecto para los habitantes de la región de Antofagasta, con priorización de localidades aledañas y comunidades vecinas del proyecto.
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-Descripción: capacitaciones a trabajadores pertenecientes a la región de Antofagasta y a comunidades aledañías al proyecto, que le permitan optar a desempeñarse en labores de construcción del proyecto y otros parques solares. Por otro lado, se priorizará la contratación de mano de obra local y regional, principalmente, en fases de construcción y cierre, con intención de cumplir el compromiso de aumentar la empleabilidad local en energías renovables, a excepción de los especialistas o mano de obra calificada que será personal propio de los contratistas y/o proveedores. -Justificación: permitir postular y pasar por el proceso de selección del titular.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
-Lugar: localidades en el área de influencia del proyecto, dentro de la Región del Antofagasta.
-Forma: contratar a lo menos un 10% base de mano de obra local y/o regional para cubrir la mano de obra requerida por el proyecto en fase de construcción, perteneciente a las comunas en que se emplazará el proyecto.
-Oportunidad: las capacitaciones se llevarán a cabo con anterioridad a dar inicio y/o durante las obras constructivas del proyecto, de manera que permita a las personas optar al reclutamiento de mano de obra de los trabajos de la fase de construcción. Se darán avisos públicos en juntas vecinales, oficinas OMIL de las comunas del área de influencia del proyecto, con la calendarización de la postulación a capacitaciones y, posteriormente, a trabajos propios del proyecto, según se definan las fechas de inicio de construcción y reclutamiento de persona.
Indicador cumplimiento
que acredite su
-
Registro del listado de participantes a las capacitaciones realizadas, con sus datos personales y domicilio.
-
Registro de los contratos de trabajo en dónde se identifique claramente el domicilio del trabajador, en la región de Antofagasta
Forma de control y seguimiento
Informe enviado a la SMA al término de las obras.
9.2. Protocolos de buenas prácticas hacia la comunidad.
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases
Objetivo, descripción y justificación
-Objetivo: disminuir posibles afectaciones negativas del desarrollo del proyecto con las localidades aledañas, dando capacitaciones al personal respecto a la conducción con cuidado en la red vial contenida en el área de influencia de medio humano, y sensibilización de la cultura local presente.
-Descripción: se establecerá un protocolo oficial y se realizarán charlas de inducción a los trabajadores para regular el proceder de los trabajadores en las etapas de mayor flujo y contratación de mano de obra (construcción y cierre), normando la circulación, velocidad, y la interacción de los trabajadores con habitantes de las localidades aledañas,
-Justificación: minimizar la perturbación que podría generar el Proyecto en la vida de las comunidades aledañas.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
-Lugar: área del proyecto.
-Forma: se establecerá un protocolo de comportamiento vial y de seguridad, desplazamiento y buenas prácticas con la comunidad, que será impartido a todos los trabajadores del proyecto, desde antes de iniciar alguna
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actividad, Se indicarán las velocidades máximas permitidas en las rutas aledañas al proyecto, las rutas establecidas de acceso y los principales puntos de atención hacia la comunidad. Se realizarán charlas complementarias de inducción para dar a conocer el protocolo.
-Oportunidad: las charlas serán realizadas previo al inicio de las obras de las fases del proyecto, o cada vez que ingrese personal nuevo a la obra.
Indicador que acredite su | Registro con firma de cada trabajador que haya sido
cumplimiento debidamente informado del protocolo y el listado de asistencia a las charlas y capacitaciones.
Forma de control y seguimiento El registro de los trabajadores que hayan sido informados
y capacitados será ingresado en el sitio web de la SMA
9.3. Seguridad de las condiciones y relaciones laborales de alta calidad.
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Objetivo, descripción y justificación
-Objetivo: asegurar las condiciones y relaciones de alta calidad y comprometidas con la calidad de vida de los trabajadores.
-Descripción: cumplir con lo estipulado en el plan paso a paso del Gobierno de Chile en cuanto al manual de retorno seguro al trabajo y sus documentos asociados, esto con el fin de resguardar la vida de los trabajadores. -Justificación: debido a la pandemia de COVID-19, se han decretado numerosas restricciones para las faenas y sus trabajadores, es en este marco de cumplimiento de estos protocolos que el titular se compromete a cumplir a cabalidad lo estipulado por la autoridad sanitaria en cuanto a los trabajos de faenas y así cuidar la calidad de vida de sus trabajadores y las relaciones laborales.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
-Lugar: área del proyecto.
-Forma: el titular se compromete a cumplir a cabalidad con lo estipulado por la autoridad sanitaria en los protocolos de retorno al trabajo y sus documentos asociados.
-Oportunidad: luego de obtener la RCA correspondiente, el Titular solicitará como requisito en las licitaciones de las empresas contratistas y subcontratistas que trabajen en la etapa de construcción del proyecto que cumplan con todas las medidas estipuladas por la autoridad sanitaria, restringiendo el inicio de las actividades de construcción al cumplimiento de estas.
Indicador que acredite su |- Protocolos exigidos por la autoridad sanitaria. cumplimiento - Registro de capacitaciones.
- Registro de toma de temperatura del personal, Forma de control y seguimiento Se mantendrá en las oficinas administrativas del proyecto
los indicadores señalados para revisión por parte de las autoridades ambientales
9.4. Reposición de insumos y reparación de deterioros.
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Objetivo, descripción y justificación
-Objetivo: contribuir en la disponibilidad y reposición de insumos a Bomberos de Chile.
-Descripción: en caso de que el proyecto experimente alguna emergencia, ya sea en el área de desarrollo del proyecto como en las vías a utilizar por los vehículos ligados directamente con el proyecto, y Bomberos de Chile acuda a asistir la emergencia debiendo gastar
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implementos o insumos en las labores de apoyo que desarrolle, el titular solicitará a la(s) compañía(s) de Bomberos que remita una lista de los insumos utilizados en el desarrollo de las actividades de control de emergencias para hacer la reposición de éstos.
Justificación: el Cuerpo de Bomberos de Chile, quienes dentro de su participación en las emergencias que se puedan producir dentro del proyecto podrían ver sus implementos o equipos dañados, deteriorados o destruidos a causa del desarrollo de actividades de apoyo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
-Lugar: Compañía(s) de cuerpo de Bomberos de Chile involucrada(s) en la(s) emergencia(s).
-Forma: una vez concluida la emergencia en la que el Cuerpo de Bomberos de Chile asista al proyecto, el titular solicitará a la(s) compañía(s) involucrada(s) en un plazo máximo de $ días hábiles ocurridos los sucesos, un listado de los insumos o equipos involucrados en dicha emergencia que hayan sido consumidos, sufrido daños o resultado directamente destruidos por asistir al proyecto. -Oportunidad: en un plazo máximo de 5 días hábiles de ocurrida la emergencia se contactará a la(s) compañía(s) involucrada(s) y se les solicitará un listado de los implementos o equipos que se vieron afectados por asistir a la emergencia del proyecto.
Indicador que acredite su|- Lista de insumos y equipos solicitados por Bomberos cumplimiento para ser repuestos. - Facturas de compras de insumos y equipos. - Registro de recepción de insumos y equipos por parte de la(s) compañíia(s) de Bomberos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en las oficinas administrativas del proyecto
los indicadores señialados para revisión por parte de las autoridades ambientales.
9.5. Capacitación a trabajadores sobre
historia y convivencia local.
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y cierre.
Objetivo, descripción y justificación
-Objetivo: informar y concientizar a los trabajadores acerca de la historia, desarrollo y convivencia local de la ciudad de Antofagasta y localidades implicadas en las partes, obras y acciones del proyecto.
-Descripción: se realizarán capacitaciones a todo el personal que prestará servicios para el proyecto, la que incluirá la historia de la localidad, su dinámica social y uso de espacios públicos. Además de las conductas esperadas respecto del comportamiento de los trabajadores en el territorio.
-Justificación: trabajadores que eventualmente alojarán en la ciudad de Antofagasta, por lo que, se harán inducciones enfocadas en estos grupos para su buen desarrollo y comportamiento durante los meses de duración de obras en las fases de construcción y cierre del proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
-Lugar: área del proyecto
-Forma: contratación de un profesional idóneo de la comuna de Antofagasta, a dictar una capacitación sobre historia, uso de espacios públicos, y expectativas respecto del comportamiento por parte de los trabajadores en el territorio,
-Oportunidad: al inicio de las fases de construcción y cierre del proyecto, Posteriormente, con una frecuencia de una vez al mes para nuevas incorporaciones.
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Indicador cumplimiento
que acredite su
-
Registro de trabajadores que terminen la capacitación.
-
Lista de temáticas tratadas en la capacitación.
-
Se implementará un protocolo de buen comportamiento, relativo al relacionamiento con la población local. Este será entregado a cada uno de los trabajadores en cada una de las fases.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá disponible la lista de asistencia a la capacitación y el registro de los trabajadores que hayan completado la inducción,
9.6. Capacitación compromiso de relación y cuidado con el entorno y medio ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Objetivo, descripción y justificación
-Objetivo: informar y concientizar a los trabajadores acerca de los valores medioambientales del titular del proyecto, así como el cuidado, y buenas prácticas sociales y culturales en los sectores de alojamiento.
-Descripción: se realizarán capacitaciones al personal que participe del proyecto en todas sus fases respecto a los valores y cuidados del entorno y medio ambiente, haciendo énfasis en las buenas prácticas sociales, y culturales. Además, se informará a los trabajadores sobre los sitios de concentración de equipamientos y servicios de bienestar social, tales como servicios básicos, centros médicos y/o asistenciales, tiendas de alimentos, seguridad, entre otros.
-Justificación: eventual mano de obra que alojará en la ciudad de Antofagasta, por lo que, se harán inducciones enfocadas en estos grupos para su buen desarrollo y comportamiento durante todas las fases del proyecto, con mayor énfasis en las fases de construcción y operación, ya que, aumenta el número de trabajadores.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
-Lugar: área del proyecto.
-Forma: contratación de un profesional idóneo de la comuna de Antofagasta, a dictar una capacitación sobre cuidados del medio ambiente, entorno, y servicios en la ciudad de Antofagasta.
-Oportunidad: para las fases de construcción y cierre, cada 6 meses se dictará esta capacitación, mientras que en fase de operación se realizará de forma anual.
Indicador cumplimiento
que acredite su
-
Registro de trabajadores que terminen la capacitación.
-
Lista de temáticas tratadas en la capacitación.
-
Se implementará un protocolo de buen comportamiento, relativo al relacionamiento con la población local. Este será entregado a cada uno de los trabajadores en cada una de las fases,
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá disponible la lista de asistencia a la capacitación y el registro de los trabajadores que hayan completado la inducción,
9.7. Capacitación sobre equidad de género y seguridad social,
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Objetivo, descripción y justificación
-Objetivo: concientizar a los trabajadores, tanto locales como foráneos, en torno a políticas de equidad y violencia de género.
-Descripción: se realizarán capacitaciones al personal que se desempeñará en el proyecto, respecto a políticas de equidad y violencia de género.
-Justificación: se deberá excluir cualquier comportamiento inapropiado, tales como acoso callejero,
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piropos, ocupación de espacios públicos para beber alcohol, consumo de drogas en espacios públicos, entre otros, con el objetivo de evitar posibles afectaciones a la población local y a las trabajadoras y trabajadores en el proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
-Lugar: área del proyecto.
-Forma: realizar una capacitación a trabajadores, tanto locales como foráneos, respecto a las políticas de equidad y violencia de género, acoso callejero, y conductas sociales inapropiadas. esto se realizará según los lineamientos planteados por el protocolo de género de ACERA AG (Asociación Chilena de Energías Renovables y Almacenamiento) del cual el titular es adherente. -Oportunidad: para las fases de construcción y cierre, cada 6 meses se dictará esta capacitación, mientras que en fase de operación se realizará de forma anual.
Indicador cumplimiento
que acredite su
-
Registro de trabajadores que terminen la capacitación.
-
Lista de temáticas tratadas en la capacitación.
-
Se implementará un protocolo de buen comportamiento, relativo al relacionamiento con la población local, Este será entregado a cada uno de los trabajadores en cada una de las fases.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá disponible la lista de asistencia a la capacitación y el registro de los trabajadores que hayan completado la inducción.
10*. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,
serán las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. En caso de riesgo sísmico.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones o medidas a implementar
-
El tipo de estructuras y emplazamientos de las instalaciones de faenas darán cumplimiento a las especificaciones típicas que den cumplimiento a normativa chilena, la que considera los riesgos de sismos.
-
Se capacitará y entrenará anualmente al personal en labores de rescate y emergencia.
-
Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un plan de evacuación de emergencia para cada contrato de construcción.
-
Si se produce un movimiento sísmico de gran magnitud, se dará la alerta de manera inmediata, para que se active el plan de emergencia y la evacuación del personal.
-
Paralización de toda maniobra, en el uso de maquinarias y/o equipos; a fin de evitar accidentes. De ser el caso, se procederá a cortar la energía eléctrica de las faenas, talleres y toda instalación.
-
Se implementará un plan de evacuación
-
Se realizarán simulacros a todo el personal, con y sin aviso, para que sepan que hacer en caso de sismos.
-
El jefe de terreno será el jefe de plan de emergencia, quien estará a cargo de los simulacros y que toda persona esté al tanto de sus funciones y obligaciones al momento de una evacuación.
-
Se elegirán personas que estén capacitadas y en condiciones físicas óptimas para desarrollar las funciones de líder de área, quienes serán los encargados de dar el aviso de evacuación y
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preocuparse de que ninguna persona quede en el área afectada.
-
Todas las vías de escape y/o evacuación estarán debidamente señalizadas.
-
En el caso de que sean sismos prolongados o de mayor
magnitud, se dará el aviso de evacuar toda la zona, hacia una zona de seguridad establecida y debidamente señalizada.
Forma de control y seguimiento
-
Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal en labores de rescate y emergencia, el cual incluirá la firma de cada uno de los participantes,
-
Se mantendrá un documento con la firma de los trabajadores, de charla general de riesgos, donde se indicará, entre otros, el plan de evacuación de Emergencia.
-
Se llevará un registro permanente asociado al cumplimiento de la normativa sísmica y al plan de evacuación.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Ver numeral 7.1 del ICE del proyecto.
10.1.2, En caso de derrame de sustanci:
as,
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones o medidas a implementar
-
En los vehículos que se transporten las sustancias se dejará disponible instructivo en caso de accidente.
-
Capacitación del conductor para respuesta en casos de accidente con derrame de las sustancias transportadas.
-
Se utilizarán distintivos de seguridad, según la Norma Chilena 2190 “Transporte de sustancias peligrosas — Distintivo para la identificación de riesgos”.
-
Se implementará protocolo de recambio de la empresa responsable del transporte y retiro del aceite de transformadores en casos de que se produzca una falla eléctrica y se requiera su reemplazo.
-
Todos los vehículos de transporte de sustancias peligrosas deberán contar con un kit de contención de derrames, incluyendo los equipos de protección personal para el operador.
Forma de control y seguimiento
-
Revisar que los contratos de las maquinarias exijan las mantenciones al día y que estén en buenas condiciones.
-
Revisión de los registros de revisiones técnicas.
-
Revisión de los datos de los proveedores de combustibles.
-
Observación en terreno que la carga de combustible se realiza en la zona destinada a ello.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Ver numeral 7.2 del ICE del proyecto,
0.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. En caso de riesgo sísmico.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones a implementar
En caso de que se produzca un sismo de gran magnitud, se llevarán a cabo las siguientes acciones:
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-
El personal suspenderá cualquier actividad que esté realizando y se dirigirá al área de zona de seguridad más cercana, la cual deberá estar ubicada en un área abierta y alejada de las instalaciones que puedan involucrar riesgo de desplome/derrumbe.
-
No se debe actuar impulsivamente ya que, ello aumenta el riesgo de lesiones y contribuye a aumentar el pánico.
-
Habrá que alejarse de las ventanas, ya que la vibración puede ocasionar la ruptura de los vidrios.
-
Si se encuentra bajo techo hay que protegerse de la caída de lámparas, artefactos eléctricos, maderas, libros, cuadros, etc.
-
Se permanecerá en la zona de seguridad hasta que el sismo finalice. Sólo en casos puntuales como daños visibles y considerables en la edificación tales como caida de muros, fractura de columnas se podrá evacuar una zona.
-
En áreas externas de edificios habrá que alejarse de paredes, postes, cables eléctricos y otros elementos que puedan caerse.
-
Si se está manejando una unidad motorizada se guiará la unidad con precaución a un lugar seguro y se procederá a detener la unidad.
Oportunidad y vías de comunicación ala SMA de la activación del Plan
En caso de producirse algún evento serio o grave, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, ONEMI y SEREMI de Medio Ambiente, todas de la Región de Antofagasta.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Ver numeral 7.1 del ICE del proyecto.
10.2.2, En caso de derrame de sustancias.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones a implementar
-
Una vez se detecte el derrame, avisar al jefe de emergencia para activar el plan de emergencia.
-
Avisar al equipo de intervención para que se dirija a la zona del derrame.
-
Seutilizará el equipo de protección personal apropiado para manejar el derrame.
-
Contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente
-
En aquellos lugares donde el suelo fuese relativamente impermeable y el derrame no estuviese penetrando la tierra rápidamente, se deberá contener el derrame. Para lo anterior, se excavará o construirá una depresión poco profunda o una berma de superficie en el sendero del derrame, con esto se detendrá y contendrá el flujo y se minimizará el área afectada,
-
En caso de producto combustible, estar preparados para actuar en caso de que se produzca la inflamación de la sustancia.
-
Descontaminar el área afectada. Retirar todos los materiales contaminados y disponer como residuos peligrosos.
-
Descontaminar los equipos de protección, limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En caso de producirse algún evento serio o grave, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, ONEMI y SEREMI de Medio Ambiente, todas de la Región de Antofagasta.
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Referencia al ICE o documentos del | Ver numeral 7.2 del ICE del proyecto, expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para mayor detalle de todas las medidas del plan de prevención de contingencias y emergencias, ver numeral 1.2 y Anexo 1.1, ambos de la Adenda complementaria de la DIA.
11”, Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, a continuación, se indica lo realizado:
11.1. Participación ciudadana informada
La DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 06/06/2022 y en un diario de circulación nacional con fecha 06/06/2022. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Carnaval F.M 96.5 en los días 09/06/2022, 10/06/2022, 13/06/2022, 14/06/2022 y 15/06/2022, según consta en el certificado de fecha 16 de junio de 2022 emitido por la misma radio.
Con fecha 20 de julio de 2022 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
Con fecha 14 de julio de 2022 se recibió una solicitud de inicio de proceso de participación ciudadana, formulada por un grupo de 12 personas naturales. Al respecto, l inciso 1? del artículo 30 bis de la Ley N” 19.300 modificado por la Ley N*21.449, establece los requisitos para decretar la apertura de un proceso de PAC en las DIA, señalando que: "Las Direcciones Regionales o el Director Ejecutivo, según corresponda, podrán decretar la realización de un proceso de participación ciudadana por un plazo de veinte días, en las DIA que se presenten a evaluación y se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. Todo ello, siempre que lo soliciten a lo menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas. Esta solicitud deberá hacerse por escrito y presentarse dentro del plazo de 30 días, contado desde la publicación en el Diario Oficial del proyecto sometido a DIA de que se trate”. Por su parte, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 6" de la misma disposición legal, “se entenderá que provocan cargas ambientales aquellos proyectos que generan beneficios sociales y que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación”
En la solicitud de realización del proceso de participación ciudadana de fecha 14 de julio de 2022, no se señalan los hechos, razones o causas por las cuales las doce personas que firmaron el documento serían directamente afectadas por el Proyecto, requisito establecido en el art. 30 bis de la Ley N19.300 y artículo 94 del RSEIA, por lo que, el SEA Antofagasta envió al señor Bernardino Barrera Ramos, apoderado de dicho grupo de personas, la carta N 202202103219, con fecha 26 de julio de 2022, mediante la cual, en virtud lo señalado en el literal b) del Artículo 30 de la Ley N 19,880, se le solicitan mayores antecedentes, correspondientes a señalar los hechos, razones o causas por las cuales las personas que firmaron la carta de solicitud de PAC serían directamente afectadas por el Proyecto, señalando además que, conforme al artículo 31 de la Ley N” 19.880, en caso de no acompañar los antecedentes solicitados en un plazo de 5 días, se le tendrá por desistido de su petición. Al respecto, don Bernardino Barrera Ramos, en representación del grupo de personas naturales solicitantes de PAC, no proporcionó los antecedentes solicitados por el SEA Antofagasta, por lo que, de acuerdo con la Resolución Exenta N 202202101481 de fecha 18 de agosto de 2022, se declaró el desistimiento de la solicitud de participación ciudadana, referida al proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar”,
12, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su
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fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13%, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
147, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo,
15? Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
16?. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
- Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18%, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19%, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero,
RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar”, presentada por el titular Socompa Solar SpA.
22, Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y vigente,
32, Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 156 y 160 todos del D.S, N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4?, Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Socompa Solar” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5%, Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
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6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.
Delegado Presidencial (S) idente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
Región de Antofagasta
MBC/RMM/RGP/FMC/TBC/EFE/efe
Distribución:
Titular.
Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta. Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta.
Dirección Regional DOH, Región de Antofagasta.
Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta. Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta.
Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta.
Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. Servicio Nacional de Turismo, Región de Antofagasta. Gobierno Regional, Región de Antofagasta.
Gobernación Marítima de Antofagasta.
Ilustre Municipalidad de Antofagasta.
Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta.
SEREMI de Energía, Región Antofagasta.
SEREMI de Minería, Región Antofagasta.
SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta.
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta.
SEREMI de Salud, Región de Antofagasta.
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta.
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cc
SEREMI de Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, Consejo de Monumentos Nacionales. Superintendencia de Servicios Sanitarios. Superintendencia de Medio Ambiente.
Secretaria Comisión de Evaluación. Archivo SEA.
Firmado Digitalmente por Ramón Ernesto Guajardo Perines
Fecha: 26-05-2023 09:37:23:612 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada
Lugar: SGC
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