Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar
Califica Ambientalmente el proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar”
Resolución Exenta (N° digital en costado inferior izquierdo).
Copiapó
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 21 de octubre de 2022 y su Adenda Complementaria de 24 de febrero de 2023, del proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo- Vallenar”, presentado por TRANSELEC S.A. con fecha 18 de abril de 2022.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar”.
3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo- Vallenar”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N° 20230310618 de 21 de marzo de 2023, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar” de 21 de marzo de 2023.
6°. El acuerdo adoptado en la sesión del 29 de marzo de 2023, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
7°. La Resolución Exenta Nº 202203101103, de 20 de mayo de 2022 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar”.
9°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada
en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el
Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y
la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que
“Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario
Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de
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1°. Que, TRANSELEC S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social TRANSELEC S.A. Rut 76.555.400-4 Domicilio Orinoco 90, Piso 14, Las Condes Teléfono (56) 22 467 7000 Nombre representante legal Paola Andrea Basaure Barros Rut representante legal 13673891-7 Domicilio representante legal Orinoco 90, Piso 14, Las Condes Teléfono representante legal (56) 22 467 7000 Correo electrónico Titular o representante legal pbasaure@transelec.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de marzo de 2023, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 29 de marzo de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 21 de marzo de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto consiste en la construcción y operación de la
Línea de Transmisión 1x110 kV Maitencillo - Vallenar, en
cumplimiento a lo establecido en el Decreto Exento N° 185/2020 del
Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación del Plan de
Expansión Troncal, con el propósito de otorgar mayor confiabilidad al
Sistema eléctrico.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje.
Vida útil
La vida útil del proyecto será de 31 años y 8 meses, considerando una
fase de construcción de 15 meses, una fase de operación de 30 años, y
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localiza en la Región de Atacama, Provincia de Huasco, comunas de Vallenar y Freirina, entre las existentes Subestación Maitencillo y la Subestación Vallenar.
Descripción de la localización El proyecto consiste en la construcción y operación de una nueva línea de transmisión en 110 kV entre las subestaciones (S/E) existentes Maitencillo y Vallenar, de propiedad de TRANSELEC S.A. donde existirán obras y ajustes en las dos subestaciones existentes (S/E Maitencillo y S/E Vallenar) para permitir el empalme con la Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo Vallenar. La longitud estimada de la línea es de 15,8 km, posee una capacidad de transporte de 33 MVA, y será sostenida por 86 estructuras de alta tensión de simple circuito, tanto de anclaje como de suspensión, siendo en su gran mayoría postes de hormigón armado. Superficie Las superficies de emplazamiento del proyecto corresponden a la faja de seguridad. Considerando su ancho promedio de 20 m, y una longitud de la línea de 15,8 km, la superficie de emplazamiento del Proyecto asciende a 31,6 ha. Por su parte, las obras temporales consideran la utilización de 5,29 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la Tabla 1-4 Características de las Estructuras de la línea de transmisión de la Adenda se presentan las coordenadas de las estructuras que compra la LTE. Caminos de acceso El acceso a las instalaciones del Proyecto se utilizará por un camino existente que empalma con la Ruta C46 y C-472, la cual conecta con la Ruta 5 Sur. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En Anexo 3 de la DIA, se presenta la cartografía y vectoriales. En Anexo 01 de la Adenda, se presenta archivos vectoriales y cartografía del proyecto. En Anexo 01 de la Adenda Complementaria, se presenta la actualización de archivos vectoriales y cartografía del proyecto.
NOx CO HC SO2 NH3 4,83 1,40 0,38 0,23 0,29
En Tabla 1-36 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, medio de verificación, etc.) que corresponden a: - Humectación caminos no pavimentados.
Ruido y vibraciones: Según el estudio de ruido y vibraciones presentado en el Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 17 de la Adenda, las emisiones se generarán principalmente por el uso de maquinarias para la preparación del terreno, habilitación de faena, caminos de acceso y el montaje y tendido de conductores. Los niveles de presión sonora se presentan en las Tabla 8 a la Tabla 17 del mencionado Anexo. El Titular considera medidas de control para fase de construcción, en los receptores 1, 8 y 10, se supera los máximos permitidos en la normativa, por lo que el Proponente incorpora acciones de control de ruido, que corresponden a: - Barreras acústicas modulares móviles.
Según Anexo 5 de la DIA, actualizado en el Anexo 17 de la Adenda, para la fase de construcción se generarán vibraciones por el uso de maquinaria y vehículos, siendo mayores por el uso de Rodillo vibratorio que alcanza un nivel de emisión de 0,01 PPV.
Efluentes: Se estima una generación total (S/E Maitencillo y S/E
Vallenar y LTE) de 17,2 m3/día proveniente del uso de baños
químicos en las instalaciones de faena como en los frentes de
trabajo. El mantenimiento de los baños químicos será realizado por
empresa con resolución sanitaria vigente la cual será encargada del
retiro de las aguas servidas, y de disposición en destinatario de
residuos autorizados.
Además, en el sector Instalación de faenas S/E Maitencillo se
construirá una fosa séptica con dren de infiltración, se estima una
generación de 8,25 m3/día. El manejo de los lodos, serán retirados
periódicamente por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud,
Región de Atacama, en función del llenado de la cámara, se estima
al menos un (1) retiro semestral.
En la S/E Vallenar se contempla la conexión a la red de
alcantarillado de la ciudad de Vallenar.
Residuos, productos químicos
y otras sustancias que puedan
Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán
3,42 ton/mes. Estos residuos serán almacenados transitoriamente en
contenedores cerrados que se ubicarán dentro del patio de salvataje,
Residuos Industriales no peligrosos, se estima una generación de 0,65 ton/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en el área patio de almacenamiento de residuos no peligrosos ubicada en el patio de salvataje de la instalación de faena, y luego transportados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos peligrosos, se generarán 0,1 ton/mes, estos residuos
serán almacenados en una bodega, para luego ser retirados por una
empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de
seguridad autorizado por la SEREMI de Salud, Región de
Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará
menor a 6 meses.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Tabla 4.2 y Tabla 4.6.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.6.1.2. Acciones.
Tabla 4.6.2 Suministros básicos.
Tabla 4.6.3 Productos generados.
Tabla 4.6.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas.
Tabla 4.6.4.3 Ruido.
Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones.
Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos.
Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Parte/obra
Las partes y obras de la fase de operación son las que se describen en el punto 4.3.1 del presente
documento, como:
Línea de Transmisión
Subestación Eléctrica Vallenar
− Barras de Alta Tensión 110 kV
− Barras de Alta Tensión 13,8 kV
− Paños 110 kV
− Transformadores de Poder
− Barras y Paños de Media Tensión 13,8 kV
− Traslados de Alimentadores (líneas de 13,8 kV)
− Sistema de Control y Supervisión SCADA - Control Patios 110kv y 13,8 kV
− Sistema de Protecciones
− Sistemas de Baterías y Generador de Emergencia
− Sistemas de Alumbrado Exterior y Enchufes del Patio
− Malla de Puesta a Tierra
− Instalaciones - Terreno y Plataforma
− Canalizaciones, Cámaras, Trincheras (Canaletas) y Bancos de Ductos de Patio
− Edificio de Servicios Generales, Sala de Celdas y Salas de Control y Protecciones
NOx CO HC SO2 NH3 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
Ruido y vibraciones: De acuerdo al Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 17 de la Adenda, las emisiones en fase de operación se generarán principalmente por el ruido audible de la línea de transmisión eléctrica. Los niveles de presión sonora se presentan en las Tabla 19 para LTE y en las Tablas 28 a las 29 se presentan las Tablas del nivel de potencia de la S/E Maitencillo y S/E Vallenar del mencionado Anexo.
Durante la fase de operación del Proyecto no se generarán vibraciones.
Campos electromagnéticos: se generarán campos electromagnéticos y radio interferencia de la línea, producto de la transmisión de energía a través de la línea de alta tensión que estará en operación. Conforme a los antecedentes presentados en el Anexo 6 de la DIA, se presentaron los valores resultantes, incorporando los valores límites establecidos por las respectivas normativas y de acuerdo a las condiciones de norma.
Efluentes: Durante la fase de operación se estima una generación de 10 m3/día de aguas servidas, para lo cual se utilizarán las instalaciones existentes de las S/E de Vallenar y S/E de Maitencillo. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 0,003 ton/mes, los que serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal y llenados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos Industriales no peligrosos, No se contempla la generación de residuos peligrosos durante la fase de operación del Proyecto.
Subestación Eléctrica Maitencillo
Fosa séptica
Barras de Alta Tensión 110kV
Diagonales / Paños At /Seccionador De Barras / Acoplador / Línea / Transformador /
Reactor / BBCC
-
Sistema de Protecciones
Acciones
Desmantelamiento
o
aseguramiento
de
infraestructura
Se desmontarán equipos y estructuras. Los equipos que puedan ser
reutilizados serán embalados y guardados en bodegas que disponga
en titular del Proyecto y, los que no, se dispondrán en un sitio
autorizado para ello.
Restauración
Las obras civiles serán demolidas en su totalidad, se retirará todo el
hormigón del terreno, se restablecerán las condiciones iniciales del
NOx CO HC SO2 NH3 3,01 0,85 0,24 0,15 0,16
En Tabla 1-36 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, medio de verificación, etc.) que corresponden a: - Humectación caminos no pavimentados.
Ruido y vibraciones: Según el estudio de ruido y vibraciones presentado en el Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 17 de la Adenda, las emisiones se generarán principalmente por el uso de maquinarias para el desmantelamiento, habilitación de faena, caminos de acceso, entre otras.
Según Anexo 5 de la DIA, y actualizado en el Anexo 17 de la Adenda, se estima que se generaran las mismas vibraciones de la fase de construcción del Proyecto por el uso de maquinaria y vehículos. .
Efluentes: Se estima una generación total (S/E Maitencillo y S/E
Vallenar y LTE) de 342 m³/mes proveniente del uso de baños
químicos en las instalaciones de faena como en los frentes de
trabajo. El mantenimiento de los baños químicos será realizado por
empresa con resolución sanitaria vigente la cual será encargada del
retiro de las aguas servidas, y de disposición en destinatario de
residuos autorizados.
Además, en el sector Instalación de faenas S/E Maitencillo se
construirá una fosa séptica con dren de infiltración, se estima una
generación de 8,25 m3/día. El manejo de los lodos, serán retirados
periódicamente por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud,
Región de Atacama, en función del llenado de la cámara, se estima
al menos un (1) retiro semestral.
En la S/E Vallenar se contempla la conexión a la red de
Residuos Industriales no peligrosos, se estima una generación de 4583 ton/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en el área patio de almacenamiento de residuos no peligrosos ubicada en el patio de salvataje de la instalación de faena, y luego transportados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos peligrosos, se generarán 0,01 ton/mes, estos residuos serán almacenados t una bodega, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.8.1.1 Partes y obras. Tabla 4.8.1.2. Acciones. Tabla 4.8.2 Suministros básicos. Tabla 4.8.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.8.4.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.8.4.3 Ruido. Tabla 4.8.4.4 Otras emisiones. Tabla 4.8.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.8.5.2 Residuos peligrosos.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio Abril de 2023.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Habilitación instalación de faenas subestaciones eléctricas de Vallenar y
Maitencillo.
Fecha estimada de
término
Junio de 2024.
Parte, obra o acción que
establece el término
Desmantelamiento de las instalaciones de faenas.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Julio de 2024.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Puesta en servicio de las obras del proyecto.
Fecha estimada de
término
Julio 2054.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de
material particulado y gases.
De acuerdo al Anexo 4 de la DIA, actualizado en el Anexo
16 de la Adenda, se generarán emisiones de material
particulado y gases durante el Proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera
Excavación
Movimiento de tierra
Tránsito de vehículos
Fase en que se presenta
Construcción, Operación y Cierre
Impacto ambiental
Aumento de niveles de ruido en receptores cercanos.
Según el Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 17
de la Adenda, se generarán emisiones de ruido durante el
proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera
Se originan principalmente producto de la operación de
maquinarias, equipos y la LTE del Proyecto.
Fase en que se presenta
Construcción, Operación y Cierre
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.1
El Proyecto generará emisiones atmosféricas en todas sus fases. Para efectos de evaluar el impacto
del proyecto, en el Anexo 4 de la DIA, actualizado en el Anexo 16 de la Adenda, se presentan los
resultados de la estimación de emisiones. Las mayores emisiones se generarán en la fase de
construcción que considera un periodo de 15 meses, sin embargo, el primer año de la fase de
construcción será la que emitirá mayores emisiones. Respecto a los aportes de MP10 del Proyecto,
se presentó una modelación con SCREEN3, durante la fase de construcción, el caso más
desfavorable alcanza un máximo de 2,8% de la norma primaria respectiva (el aporte es de 4,19
(µg/m³) para norma anual de MP10 en el receptor R9). El aporte del proyecto para MP 2,5,
El Proyecto generará emisiones de ruido en todas sus fases debido al desarrollo de sus actividades. Para lo cual se realizaron modelaciones de ruido y vibraciones para verificar el cumplimiento de las normas vigentes en las distintas fases del Proyecto (Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 17 de la Adenda.). Se determinaron 12 receptores y ubicados en áreas aledañas al trazado del Proyecto. Durante la fase construcción y cierre, se superan los límites máximos permitidos por la normativa para el ruido en periodo diurno (DS N°38/2011 del MMA) en 3 receptores (receptores R1, R8 y R10), por lo que el Proponente incorpora acciones de control correspondiendo a Barreras acústicas modulares móviles, lo que al implantar estas acciones se verifica que los niveles proyectados en dichos receptores cumplen con la normativa tanto en períodos diurno, en periodo nocturno no se contemplan trabajos. Punto Piso Nivel proyectado [dB(A)]* NPC Máximo permitido [dB(A)] Evaluación 1 1 50 50 No supera 2 1 57 65 No supera 3 1 54 58 No supera 4 1 42 62 No supera 5 1 54 59 No supera 6 1 49 62 No supera 7 1 47 65 No supera 8 1 41 45 No supera 9 1 53 60 No supera 2 55 60 No supera 10 1 50 60 No supera 2 51 60 No supera 11 1 53 70 No supera 2 55 70 No supera 12 1 52 56 No supera Fuente: basado en 36 del Anexo 17 de la Adenda.
Sin perjuicio de lo anterior, el Proponente presenta la acción de control ambiental Monitoreo de ruido durante la fase de construcción, el que se detalla en el punto 10.1.19 del presente documento.
Para fase de operación, la modelación de ruido indica que no supera los máximos que establece D.S.
N° 38/11 del MMA para los períodos diurno y nocturno.
Punto
Piso
NPSeq
modelado
[dB(A)]
Máximo
permitido
Periodo
diurno
[dB(A)]
Evaluación Máximo
permitido
Periodo
nocturno
[dB(A)]
Evaluación
1
1
35
50
No supera
49
No supera
2
1
27
65
No supera
44
No supera
3
1
27
58
No supera
44
No supera
4
1
16
62
No supera
50
No supera
5
1
25
59
No supera
42
No supera
6
1
26
62
No supera
40
No supera
Respecto a los niveles de vibraciones fueron evaluados en fase de construcción y cierre, por ser las fases en que se presentan vibraciones. De acuerdo a lo indicado por el Proponente en el Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 17 de la Adenda, en las Tablas 32 y 33 del mencionado Anexo se presenta el cumplimiento de vibraciones generadas por maquinaria pesada, de acuerdo a la normativa de la FTA - Transit Noise and Vibration Impact Assessment, para el criterio de daño, dando como resultado que los valores proyectados cumplen con los máximos recomendados en la norma, en todos los receptores. En relación a los efluentes de origen sanitario, el Proyecto contempla, para la fase de construcción y cierre, la implementación de una fosa séptica con drenes de infiltración, ubicada en la instalación de Faena S/E Maitencillo, para la S/E Vallenar se contempla la conexión a la red de alcantarillado de la ciudad de Vallenar. En fase de operación, se utilizarán las instalaciones existentes de las S/E de Vallenar y S/E de Maitencillo. Para el debido manejo de los efluentes líquidos, el Proponente presentó los antecedentes necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial 138 del RSEIA, el que se especifica en el Capítulo 6 de este documento.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de
material particulado sedimentable (MPS).
De acuerdo al Anexo 4 de la DIA, actualizado en el Anexo
16 de la Adenda, se generarán emisiones de material
particulado sedimentable durante el Proyecto.
Componente ambiental afectado
Aire
Parte, obra o acción que lo genera
Excavación
Movimiento de tierra
Tránsito de vehículos
Fase en que se presenta
Construcción, Operación y Cierre
Impacto ambiental
Perdida de vegetación.
Flora y vegetación
Conforme a los resultados de la caracterización de flora y vegetación, el AI cubre una superficie de
82,65 ha donde se encontraron 3 ambientes denominados intervenidos, modificados y naturales. De
estos ambientes el que posee mayor representatividad dentro del AI es el intervenido, alcanzando el
45,8% (37,86 ha) de la superficie total, siendo los terrenos agrícolas el uso de suelo dominante
(35,31 ha), se encuentra representada por los usos plantación y terrenos agrícolas. Luego continua el
ambiente natural, el cual abarca 37,82 ha equivalentes al 45,8% del AI, destacando la presencia de
matorrales y herbazales. Por último, el ambiente modificado corresponde al de menor
representatividad con un 8,4% (6,97 ha) compuesto exclusivamente por el uso de suelo áreas
Fauna
Conforme al Anexo 8 de la DIA, en el punto 1.3, se presentó la caracterización de fauna, donde se
determinaron ambientes a partir de la información levantada en terreno de la componente de flora y
Respecto a la especie Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), esta alcanzo una densidad estimada de 6,94 ind/ha y la abundancia relativa fue de 2,16% del total de especies registradas para el ambiente agrícola.
Sobre las especies de reptiles, la especie Liolaemus nitidus (lagarto nítido) fue observada en ambiente “Agrícola” con una densidad estimada de 2,4 individuos por hectárea y una abundancia relativa de 10% del total de especies identificadas. Mientras que en el ambiente “Humedal”, se identificó la presencia de Liolaemus platei (lagartija de Plate), Liolaemus nitidus (lagarto nítido) y Liolaemus atacamensis (lagartija de Atacama) con densidades estimadas de 2,5 ind/ha, 2,3 ind/ha y 1,4 ind/ha, respectivamente. De acuerdo a la abundancia relativa de las especies identificada, esta alcanzó valores de 0,86 %, 0,86% y 0,43% del total de especies para este ambiente. Por su parte en el ambiente “Matorral”, se identificó a Liolaemus atacamensis (lagartija de Atacama), Liolaemus platei (lagartija de Plate), y Garthia gaudichaudii (salamanqueja del Norte Grande), registrados con densidades estimadas de 2,5 ind/ha, 1 ind/ha y 0,3 ind/ha, respectivamente. De acuerdo a la abundancia relativa identificada de las especies ya descritas, esta alcanzó valores de 7,21%, 2,7% y 0,9% del total de especies para este ambiente.
En las especies de aves, se registraron 10 especies con hábitos de migración según la bibliografía consultada, el resto de ellas (25 especies) son residentes del área de influencia del Proyecto. De las especies registradas en ambiente “Agrícola”, destaca la presencia de Zonotrichia capensis (chincol) y Theristicus melanopis (bandurria) por ser las especies más abundante con una densidad estimada de 0,7 individuos por hectárea y una abundancia relativa de 20%. En el ambiente “Humedal”, destaca la presencia de la especie Sturnella loyca (loica) correspondiente a la especie más abundante con una densidad estimada de 7,2 individuos por hectárea y una abundancia relativa de 7,3% del total de individuos registrados para este ambiente. En el ambiente “Matorral”, destaca la presencia de la especie Cathartes aura (jote de cabeza colorada) y Larus dominicanus (gaviota dominicana) correspondientes a las especies más abundantes con una densidad estimada de 3,4 y 3,1 individuos por hectárea (respectivamente) y una abundancia relativa de 28,83% y 26,13% del total de individuos registrados para este ambiente. En el ambiente “Plantación forestal/asilvestrado”, sólo avistamiento de Cathartes aura (jote de cabeza colorada), con una densidad estimada de 1,3 ind/ha y una abundancia relativa del 100% de las especies registradas para este ambiente.
Sobre los mamíferos, los roedores identificados, destaca la especie Oligoryzomys longicaudatus
(Ratón oliváceo) con una densidad estimada de 2,7 ind/ha y una abundancia relativa de 1,29% del
total de especies registradas para el ambiente “Humedal”. Solo se obtuvieron valores asociado a
densidad estimada o abundancia relativa para los roedores, debido a que los quirópteros fueron
En efecto y dada la interacción de la obras del proyecto con el entorno, el Proponente implementará
los siguientes compromisos: Perturbación controlada de reptiles y micromamíferos, Instalación de
disuasores de vuelo, Instalación de dispositivos aisladores eléctricos, Prohibición de caza, captura
y/o recolección de especies animales silvestres, Prohibición de uso de fuego, Prohibición de
Por todo lo anterior, no se prevé una afectación significativa sobre plantas o animales silvestres, dado que la intervención es puntual principalmente por la instalación de estructuras del trazado eléctrico de aproximadamente 1m² cada una (0,0001 ha) y las obras temporales que se instalarán en áreas intervenidas de las subestaciones eléctricas existentes, por lo que en gran parte ya se encuentra intervenido, lo que hace que en esas áreas no cuenten con capacidad para sustentar biodiversidad.
En cuanto a la magnitud y duración de los impactos sobre el aire, de acuerdo con el inventario de emisiones del Proyecto, presentado en el Anexo 4 de la DIA, y actualizado en el Anexo 16 de la Adenda, se realizó una modelación con SCREEN3. De acuerdo a los resultados de la modelación presentados en la respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria, la peor condición será dentro del primer año de la fase de construcción, la cual tiene un tiempo de 15 meses, escenario que no supera los límites establecidos en la normativa aplicable, el mayor aporte a una distancia de 300 metros desde el centro del área (trazado del eje de la línea eléctrica), la depositación de MPS es menor al 1% de la norma de material particulado sedimentable para la cuenca del río Huasco Región de Atacama (D.S. N° 04/1992). En cuanto a los receptores (1b y R3), se incluyó el receptor 1b como un punto más representativo de la zona de cultivos asociada al receptor R1, donde alcanza un máximo de 7,1 % de la norma (D.S N°04/1992), con un aporte de 7,07 mg/m² día para norma secundaria (de referencia) anual de MPS y para el receptor R3, se tiene un 2,2 % de la norma (D.S N°04/1992), con un aporte de 2,18 mg/m² día para norma secundaria (de referencia) anual de MPS, esto según Tabla 4-1 de la Adenda Complementaria y en Tabla 4-2 de la Adenda Complementaria se presentan los resultados de los aportes respecto a la norma. En cuanto a los sectores de los sitios prioritarios Desierto Florido y Rio Huasco localizados a 200 metros del tramo de la LTE recibirán los mayores aportes mensuales de emisiones de MPS, sin embargo, estos valores están a cerca de 2% de la norma de referencia. Cabe señalar, que los receptores de interés y los sitios prioritarios Desierto Florido y Río Huasco se encuentran a 200, 300 y más de 300 metros del tramo de la LTE.
No obstante, tal como se indicó en el literal anterior, los aportes de MPS serán de baja magnitud, así mismo se tiene que se da cumplimiento a la norma secundaria de material particulado sedimentable para la cuenca del río Huasco Región de Atacama (D.S. N° 04/1992) y, a pesar de ello, se establece como compromiso la humectación de caminos no pavimentados en la fase de construcción y cierre del Proyecto.
En relación a los recursos hídricos, el Proyecto se ubica en 4 puntos en donde la línea de transmisión eléctrica cruza la red hidrográfica, correspondiente a Quebrada Maitencillo, Río Huasco, Quebrada Valparaíso y Quebrada Membrillar. En estos puntos en donde los cauces naturales interceptan la zona de influencia, entre las torres 7 y 8, entre las torres 14 y 15, entre las torres 69 y 70, y entre las torres 80 y 81. Sin embargo el Proyecto no interfiere escurrimientos naturales de los cauces cercanos y ninguna de las estructuras de la línea eléctrica está dentro o próxima a la posible área de inundación, la ubicación de las estructuras se presenta en la Tabla 1-4 de la Adenda. Se presentó el estudio de recursos hídricos en el Anexo 9 de la DIA y actualizado en Anexo 22 de la Adenda. En cuanto a la magnitud y duración de los impactos sobre el agua, no se prevé la descarga de efluentes líquidos sanitarios que impliquen un impacto en esta componente.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.2 del ICE, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3.
REASENTAMIENTO
DE
COMUNIDADES
HUMANAS
O
ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3.
En el área de influencia se desarrollan actividades dependientes de recursos naturales, tales como
agricultura, ganadería, apicultura y minería a pequeña escala.
En relación con la actividad agrícola, de acuerdo con los antecedentes presentados en el punto 4.6 de
la Adenda y en el Anexo 16 de la Adenda, el mayor aporte anual de material particulado
sedimentable (MPS) por parte del proyecto a las zonas de cultivos más cercanas a este, alcanza un
1,1% de la norma de referencia, que en este caso se utilizó la Norma de la Confederación Suiza
(OAPC). La zona de cultivo más cercana al proyecto se encuentra a 178 metros de la línea eléctrica,
tal como se puede visualizar en la Figura 4-11 de la Adenda (receptor 3). Además, en relación con
los campos electromagnéticos, durante el proceso de evaluación se consignó que, a partir de una
distancia de 50 metros desde la franja de servidumbre, se puede descartar cualquier afectación sobre
el ecosistema en general, pues el aporte del proyecto al campo electromagnético actual del entorno
tiende a cero. Con todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera afectación a la actividad
agrícola del sector.
En relación con la actividad ganadera desarrollada en el AI de MH, según los antecedentes
presentados en el Anexo 2 de la Adenda y resumidos en la Tabla 4-5 de la Adenda Complementaria,
las Comunidades Diaguitas Ayllu Los Robles Aguadita de Tatara y Chipasse Ta Tatara realizan
actividades de pastoreo y trashumancia en sectores cercanos a la Subestación Maitencillo.
Al respecto, de acuerdo con lo señalado en el punto 4.3.ii de la Adenda Complementaria, el
Proyecto no instalará rejas o cercos adicionales a los ya existentes en las subestaciones Maitencillo y
Vallenar, y tampoco se generarán límites prediales donde éstas se ubican. Además, el proyecto
considera una serie de procedimientos de manejo de residuos, tanto por cumplimiento normativo
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES
PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL
VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4
En el área de influencia de medio humano se identificaron los siguientes grupos humanos
pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI): la Comunidad Indígena Diaguita Ayllu Los Robles
Aguadita de Tatara, la Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Tatara, la Comunidad Indígena
Diaguita Chipasse Ta Coa y la Comunidad Indígena Luincara de Maitencillo. También se consideró
dentro del AI a la Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ashpa, debido a que cuenta con
integrantes que realizan labores tradicionales apícolas a unos 600 metros del proyecto; sin embargo,
dicha Comunidad habita y hace uso tradicional del territorio en el sector de El Jilguero, ubicado a 6
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL
VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5.
En el Anexo 8 de la DIA en el punto 1.6 se presenta la caracterización de la componente paisaje, y
en el Anexo 11 de la Adenda se presentan los fotomontajes. El Proyecto se encuentra ubicando en el
extremo nororiente de la comuna de Freirina y en la comuna de Vallenar, ambas ubicadas en la
Región de Atacama. En el paisaje identificado según las macrozonas y subzonas en las que el
Proyecto se emplaza, este se caracteriza por los contrastes existentes entre los atributos abióticos y
bióticos. Para el caso específico del emplazamiento de la LTE Maitencillo Vallenar, el contraste
existente entre el relieve de las terrazas del valle con claros indicios de sequía y erosión, en conjunto
con la vegetación que contiene el Río Huasco, son evidencia de esta sucesión de contrastes
característicos de esta macrozona, al igual que la variabilidad del relieve, su sinuosidad e
irregularidad. Para determinar si el área de emplazamiento presenta valor paisajístico, tuvo como
resultado que los atributos suelo, agua, vegetación y fauna son los que le otorgan valor al paisaje,
según lo que indica la Guía de Paisaje. También se realizó un análisis de visibilidad e
intervisibilidad del área del Proyecto a través de 20 Puntos de Observación, localizados en vías de
acceso aledañas y otros sectores con potenciales observadores hacia la ubicación de las obras y
partes del Proyecto, también se realizó el análisis de las características de las cuencas visuales, las
que presentan forma mayoritariamente circular, así como también irregular. Por otro lado, con
respecto al tamaño de las cuencas, 18 de estas son grandes mientras que las 2 cuencas restantes son
medianas. Dado que las formas del relieve son mayoritariamente abiertas, en particular en las zonas
de valle, de esta manera se definen los tipos de vista (profundas y amplias) y los niveles de
compacidad. De esta manera se obtiene que 13 cuencas visuales poseen una compacidad media,
mientras que las 7 cuencas restantes presentan una compacidad baja. El análisis de intervisibilidad
arrojó que el Área de Influencia cubre un área de 9.427 ha. De este total, la superficie visible cubre
un área de 7.492 ha (79,5%) esto se da por las características del relieve y de las cuencas visuales,
las que son alargadas y con grandes profundidades de campo y la superficie no visible alcanza 1.935
ha (20,5%) corresponden a encajonamientos del relieve, un aspecto y atributo bastante característico
en el valle. En el análisis del paisaje, la evaluación de la calidad visual en las unidades de paisaje se
obtuvo como resultados que la UP1 Valle presenta una calidad visual “Baja”, debido a que sus
atributos biofísicos y estéticos presentan una configuración más bien homogénea, lo que responde a
un sector medianamente intervenido. Por otro lado, la UP2 Río Huasco, dio como resultado una
calidad visual “Alta” dado que sus atributos biofísicos y estéticos son heterogéneos y singulares, en
particular si se le contextualiza como un río ubicado en una zona donde abunda la aridez y la
erosión. En conclusión, los elementos que lo componen al paisaje, las obras y partes del Proyecto
que se emplazan mayoritariamente sobre la extensión de la UP1 Valle, por lo que no existiría una
alteración al valor paisajístico del área de influencia, ya que además, por las características que
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración de elementos paleontológicos. Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto considera la intervención de sitios paleontológicos. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6. Arqueología: Conforme a los antecedentes presentados en la caracterización de elementos arqueológicos, presentada en el punto 1.4 del Anexo 8 de la DIA, el estudio se llevó a cabo mediante una inspección visual, para lo cual se dividió el recorrido a prospectar en 8 tramos que dependieron de la accesibilidad de los predios afectados por el Proyecto, siguiendo transectos por tramos, cubriendo un área aproximada de unas 81 ha. correspondiente al trazado de la línea de transmisión y un buffer de cobertura de 25 m por lado, de manera de abarcar la faja de seguridad, de 20 m de ancho promedio, y las obras temporales. No hubo identificación de elementos patrimoniales en ninguno de los transectos realizados. Paleontología: De acuerdo a la campaña paleontológica en el área de influencia del proyecto, se realizaron observaciones en 11 puntos de control en el área de inspección (los que fueron nombrados correlativamente desde P01 a P11). A partir de esta caracterización, se registraron materiales paleontológicos en 3 puntos de control (P02, P03 y P04), todos correspondientes a clastos ex situ de calizas, calizas arenosas y areniscas calcáreas con fragmentos mal preservados de conchillas. Por otro lado, los Depósitos fluviales se registraron únicamente en el punto P07, correspondiente a una quebrada tributaria al río Huasco. Conforme a los resultados de la caracterización, que se acompañan en el punto 1.5 del Anexo 8 de la DIA, se concluye que en el área de estudio se emplaza en gran parte sobre las Gravas del Río Huasco y, de forma puntual, sobre los Depósitos fluviales, donde se exponen unidades observadas en categorías (estéril, susceptible y fosilífero), las unidades fosilíferas son identificadas con medio alto potencial paleontológico: una en la categoría de unidad fosilífera con potencial paleontológico medio a alto a las Gravas del Rio Huasco y la otra se categoriza como unidad fosilífera con potencial paleontológico medio a alto a los Depósitos fluviales.
Por lo anterior, el Proponente presenta los antecedentes en el Anexo 10 de la DIA, complementados
en el Anexo 03 de la Adenda y actualizados en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria, para el
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para realizar excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Para la construcción de la línea de transmisión eléctrica. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 10 de la DIA, Anexo 03 de Adenda y actualizados en el Anexo 09 de Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 1110 del 09 de marzo de 2023, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.1
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra
pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas
servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Fase de construcción y cierre.
Parte, obra o acción a
la que aplica
El Proyecto durante la fase de construcción y cierre construirá una fosa
séptica con dren de infiltración en la subestación eléctrica de Maitencillo.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 04 de la
Adenda y actualizado en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria.
Condiciones o
exigencias
específicas para su
otorgamiento
No se establecieron.
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto, generará residuos correspondientes a: residuos asimilables a domésticos y residuos no peligrosos, para lo cual se construirá un sitio de almacenamiento temporal de residuos domésticos y residuos no peligrosos. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 11 de la DIA, Anexo 05 de la Adenda, actualizados en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 3294/2023 del 13 de marzo de 2023, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.3
6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos (RESPEL). Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 12 de la DIA, Anexo 06 de la Adenda y actualizado en el Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 3294/2023 del 13 de marzo de 2023, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.4
6.1.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de
6.1.6. Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, según se establece en el artículo 149 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se intervendrán plantaciones forestales de Eucalyptus globulus será por la construcción de las obras permanentes del Proyecto. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 08 de la Adenda, actualizados en el Anexo 13 de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 9-EA/2023 del 07 de marzo de 2023, la CONAF, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.6
6.1.7. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, según se establece
en el artículo 151 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Se intervendrán formaciones xerofíticas por las obras del Proyecto, para lo
cual se realizará un Plan de Trabajo para Cortar, Descepar o Intervenir
Formaciones Xerofíticas.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 09 de la
6.1.8. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la habilitación de instalaciones temporales del Proyecto con una superficie total de 336,603 m², en la S/E Vallenar se tiene una superficie de 228,0402 m². Para S/E Maitencillo una superficie de 108,563 m². Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 13 de la DIA y actualizado en el Anexo 10 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 712/2022 del 07 de noviembre de 2022, el SAG, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Mediante oficio ORD. N° 228 del 21 de marzo de 2023, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.8
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Planificación Territorial.
Norma
D.F.L N° 458 de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley
General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Todas las partes del Proyecto.
Forma de cumplimiento
El Proyecto presenta el permiso establecido en el Artículo 160 del
Reglamento del SEIA, para subdividir y urbanizar terrenos rurales o
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2 de mayo de 1961, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Actividades generadoras de emisiones atmosféricas (tránsito de camiones, maquinaria, etc.). Forma de cumplimiento Las emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión serán de carácter menor dado el tipo de tecnología del proyecto y la naturaleza de las actividades. Durante las etapas del proyecto se implementarán medidas de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: • Revisiones técnicas al día. • Encarpado de tolvas. • Prohibición de quemas. • Humectación de superficies. • Se exigirá que los vehículos y maquinarias cuenten con sus mantenciones y revisiones técnicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de revisión por vehículo. • Registro de mantenciones al día. • Registro de capacitaciones con tema, fechas y participantes. • Registro de uso de agua. Forma de control y seguimiento En fase de construcción y cierre se mantendrán los registros disponibles para fiscalización de la Autoridad y listado de las revisiones técnicas y de gases al día. Mientras que, en operación, se puede comprobar el cumplimiento de la norma, con visitas a terreno realizadas por la Autoridad al proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1 Decreto Supremo Nº 144 de 1961
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Reglamento del registro de emisiones y transferencias de
contaminantes, RETC
Norma
Decreto N° 1/2013, Reglamento del registro de emisiones y
transferencias de contaminantes, RETC, 02 de enero de 2013,
Ministerio del Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases,
aguas servidas, residuos domésticos, residuos sólidos no peligrosos y
peligrosos durante la fase de construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento en comento, el
Titular cargará los reportes asociados a las emisiones y residuos. Para
ello, el Titular realizará las siguientes acciones:
• Designación del encargado de establecimiento a través de poder
notarial;
• Acceder a la plataforma RETC con RUT de titular; y
• Cargar al sistema en formato digital el poder notarial y una
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Norma Decreto Supremo Nº 211 de 1991, que establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos que indica, 18 de octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados durante todas sus fases y unidades, los cuales debido a su tránsito generarán emisiones de gases a la atmósfera. Forma de cumplimiento El Proponente exigirá que todos los vehículos motorizados sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan las normas de emisión que les sean aplicables. Además, exigirá revisión técnica y de gases al día y cuando corresponda, vehículos con convertidor catalítico. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de las revisiones técnicas y de gases, y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de revisiones técnicas y mantenciones disponibles para ser fiscalizadas por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4 Decreto Supremo Nº 211/1991
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos
Motorizados Medianos.
Norma
Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece Norma de Emisión
Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos, 08 de marzo de
1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
El Proyecto generará tránsito de vehículos en todas sus fases
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Norma Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para las fases de construcción y cierre del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados. Forma de cumplimiento El Proponente del Proyecto exigirá que los vehículos pesados que se utilicen en el Proyecto estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y cuenten con sus respectivas revisiones técnicas al día, rótulos y distintivos que acrediten el cumplimiento de la norma. Los que no lo porten no serán admitidos en la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de revisión técnica y de gases vigente. Forma de control y seguimiento Para efectos de verificación, se llevará un registro actualizado cuya tuición corresponderá al encargado de obra. En este, se indicará la placa patente de los vehículos autorizados, y la información de la revisión técnica conforme al párrafo anterior. Estos registros estarán disponibles para la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6 Decreto Supremo Nº 55/1994
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones de contaminantes emanadas de los vehículos
motorizados.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica.
Norma
Decreto Supremo N° 43 de 2012, Establece Norma de Emisión para
la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de la
revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, 17 de diciembre de 2012, Ministerio del
Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que
aplica
Las instalaciones del Proyecto contarán con luminaria acorde a lo
establecido en la normativa.
Forma de cumplimiento
Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, el
Proponente se ajustará a las disposiciones de este Decreto, utilizando
luminarias que cumplan con la norma y emitiendo la capacidad
máxima permitida.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos domésticos, industriales sólidos no peligrosos y Efluentes líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 31 de enero de 1968, Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 29 de abril de 2000, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera para su fase de construcción y cierre la habilitación de un Área de Acopio de Residuos al interior de la instalación de faenas, en la cual se almacenarán temporalmente residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSD), residuos industriales no peligrosos (RSNP) y residuos peligrosos (RESPEL). En fase de operación residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSD) serán retirados inmediatamente después de las mantenciones, en cuanto a los residuos industriales no peligrosos (RSNP) y residuos peligrosos (RESPEL), no se contempla la generación de residuos de este tipo.
Respecto a los efluentes líquidos en fase de construcción, y cierre se considera una fosa séptica con dren de infiltración en el sector Instalación de faenas S/E Maitencillo y en la S/E Vallenar se contempla la conexión a la red de alcantarillado de la ciudad de Vallenar.
En fase de operación se utilizarán las instalaciones existentes de las S/E de Vallenar y S/E de Maitencillo. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 25,16 ton/mes, serán almacenados transitoriamente en contenedores cerrados que se ubicarán dentro del patio de salvataje, los que serán retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana y trasladados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, la
cantidad será de 0,65 ton/mes, serán almacenados temporalmente en
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto a generar será 0,1 ton/mes, serán almacenados t una bodega, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.
Efluentes líquidos: La implementación de la fosa séptica con dren de infiltración y el retiro de los lodos se realizará por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, y serán retirados en función del llenado de la cámara, se estima al menos un (1) retiro semestral. El mantenimiento de los baños químicos será realizado por empresa con resolución sanitaria vigente la cual será encargada del retiro de las aguas servidas, y de disposición en destinatario de residuos autorizados.
Además, en los casos en que las distancias de traslado desde el frente de hormigonado dificulten lo anterior, las aguas residuales, serán dispuestas como emplantillado de las excavaciones de las fundaciones de las torres en el proceso de construcción, o en su defecto, en los frentes de trabajo, se utilizarán tambores metálicos de aproximadamente 200 litros para depositar la lechada de hormigón resultante del lavado de canoas. Una vez finalizado el proceso de hormigonado, estos tambores serán trasladados al patio de salvataje de las instalaciones de faenas, para luego ser enviado a un lugar de disposición final autorizado.
Fase de Operación: Los Residuos Domésticos a generar por el Proyecto serán 0,003 ton/mes, estos serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal y llenados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos; no se generarán residuos no peligrosos.
Los Residuos Peligrosos; no se generarán residuos peligrosos.
Efluentes líquidos: se utilizarán las instalaciones existentes de las S/E de Vallenar y S/E de Maitencillo.
Fase de Cierre:
Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán
2,52 ton/mes, los que serán almacenados transitoriamente en
contenedores cerrados que se ubicarán dentro del patio de salvataje,
los que serán retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana y
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, se generarán 4583 ton/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en el área patio de almacenamiento de residuos no peligrosos ubicada en el patio de salvataje de la instalación de faena, y luego transportados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 0,01 ton/mes. Estos residuos serán almacenados t una bodega, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. El retiro de estos residuos será cada 6 meses.
Efluentes líquidos: La implementación de la fosa séptica con dren de infiltración y el retiro de los lodos se realizará por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, y serán retirados en función del llenado de la cámara, se estima al menos un (1) retiro semestral. El mantenimiento de los baños químicos será realizado por empresa con resolución sanitaria vigente la cual será encargada del retiro de las aguas servidas, y de disposición en destinatario de residuos autorizados.
Por lo anterior, durante el proceso de evaluación se presentaron para
la fase de construcción y cierre los requisitos técnicos y formales
para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los
Artículos 138 del RSEIA.
Para la fase de construcción, operación y cierre se presentaron los
requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos
ambientales sectoriales de los Artículos 140 y 142 del RSEIA.
Indicador que acredita su
cumplimiento
•
Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan
acreditar que los sitios de disposición final de los residuos se
encuentran autorizados.
•
Autorización para almacenar temporalmente los residuos no
peligrosos dentro del predio.
•
Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los
Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA.
Aprobaciones de proyecto y autorizaciones sanitarias a que se
refieren los Artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67 Código Sanitario.
Forma de control y
seguimiento
• Registro de retiro de los residuos por parte del transportista
autorizado y dispuestos en sitios de disposición final
autorizados.
Autorización sanitaria del transportista autorizado, y lo indicado
anteriormente todos disponibles en faena.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Ley Nº20.920 Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases se generarán residuos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos, y peligrosos. Se le dará prioridad a la separación en origen y recolección selectiva de residuos para su posterior valorización, lo que se alinea con los objetivos de la ley. Forma de cumplimiento Se considera la reutilización o venta a terceros, de no ser posible lo anterior, la disposición final se realizará en sitios de disposición final de un tercero autorizado para su tratamiento y disposición final. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la trazabilidad del retiro y disposición final de los residuos generados. Forma de control y seguimiento Contar con la copia física de los registros para la revisión y fiscalización de la autoridad en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10 Ley N° 20.920 de 2016
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos peligrosos Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto se generan residuos peligrosos los que serán manejados y almacenados temporalmente en bodegas. En fase de operación no se contempla la generación de estos residuos. Forma de cumplimiento Fase de construcción: el Proyecto a generar será 0,1 ton/mes, serán almacenados t una bodega, para luego ser retirados por una empresa autorizada para el transporte y llevados a rellenos de seguridad autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.
Fase de Cierre:
el Proyecto generará 0,01 ton/mes. Estos residuos serán almacenados
t una bodega, para luego ser retirados por una empresa autorizada
La bodega se construirá de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148 que regula el manejo de los residuos peligrosos, además, los residuos estarán etiquetados de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena 2.190 Of 93.
Indicador que acredita su cumplimiento - Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada. - Autorización para el almacenaje de residuos peligrosos. - Registros de declaración en SIDREP. - Aprobación del PAS del artículo 142 RSEIA. Obtención de Autorización Sanitaria de funcionamiento de la bodega de almacenamiento de residuos sólidos peligrosos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos peligrosos. Registro de lugar de disposición final. Registro en el RETC al día e histórico; disponibles en faena. Verificación de que se cuente con Registro de declaración y retiro de residuos en SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11 Decreto Supremo N° 148 de 2004.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas
Norma
Decreto Supremo Nº 43 de 2015, Reglamento de almacenamiento de
sustancias peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fases construcción y cierre
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas
tales como, pinturas, grasa, lubricante, combustible diésel y aceite
dieléctrico.
Forma de cumplimiento
De acuerdo a las cantidades de sustancias peligrosas almacenadas
durante las Fases de Construcción y Cierre, deberá evaluar la
aplicabilidad de las autorizaciones respectivas, considerando los
límites establecidos en el Artículo 5 del Reglamento. En caso de no
aplicar, deberá dar estricto cumplimiento a todos los demás requisitos
establecidos en dicha normativa.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registro de las sustancias almacenadas.
Forma de control y
seguimiento
Se mantendrá registro de las sustancias almacenadas, con la
respectiva
identificación,
rotulación
y
condiciones
de
almacenamiento, contando con las respectivas Hojas de Seguridad
(HDS) según corresponda, los cuales deberán estar disponibles en la
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma Decreto Supremo N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las actividades de construcción, operación y cierre del Proyecto generarán emisiones de ruido que corresponderán principalmente al tránsito de maquinaria y equipos. Forma de cumplimiento Se realiza la modelación de ruido para los distintos sectores del Proyecto, la que indica que se da cumplimiento a la normativa en todas sus fases. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se tiene el Anexo 17 Estudio de Ruido y Vibraciones, que demuestra que el nivel de ruido se encuentra dentro de lo permitido según la zonificación y límites que establece la norma. Forma de control y seguimiento Libro de reclamos abierto, disponible tanto para revisión de la autoridad como la comunidad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13 Norma Decreto Supremo N° 38 de 2011
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Combustible.
Norma
Decreto Supremo N° 160/2008, Reglamento de Seguridad para las
instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte,
almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles
líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Durante la fase de construcción, el surtido de maquinarias, camiones
y vehículos será fuera de la obra, en lugares autorizados. En las
instalaciones de faenas se mantendrá en bodega habilitada para dicho
fin, una cantidad de 200 L de petróleo diésel.
Durante la fase de operación, un grupo generador contará con un
estanque de combustible.
Forma de cumplimiento
El abastecimiento de combustibles se realizará de acuerdo a los
procedimientos que son indicados en la Hoja de Seguridad de cada
tipo de combustible líquido.
El transporte de combustible será realizado por empresas contratistas,
exigiéndole el cumplimiento de la presente normativa y con las
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma Decreto Supremo N° 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere el traslado de materiales, insumos y residuos en vehículos durante todas las fases. Forma de cumplimiento El Proponente exigirá que el transporte de dichos materiales por zonas urbanas, tanto en la fase de construcción como de cierre, se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales. Indicador que acredita su cumplimiento Documento que acredite que el Titular ha exigido a las empresas de transporte, el cumplimiento de las medidas antes señaladas. Registros de ingreso y salida de camiones al interior de las instalaciones, en el que conste cubrimiento de carga. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros (correo electrónico, anexos de contrato, etc.) que permitan acreditar las exigencias realizadas por el Proponente a la empresa transportista. Se mantendrá registros de ingreso y salida de camiones, los cuales deberán estar disponibles en la instalación de faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.15 Decreto Supremo N° 75 de 1987.
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Fauna.
Norma
Ley Nº 19.473 de 1996, Ley de Caza, septiembre de 1996, Ministerio
de Agricultura.
Otros cuerpos legales
Decreto Supremo Nº 5 Reglamento de la Ley de Caza, 07 de
diciembre de 1998, Ministerio de Agricultura.
Fase del Proyecto a la que
Fase de construcción, operación y cierre.
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación Norma Ley N°20.283/2008 del Ministerio de Agricultura. Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal Otros cuerpos legales asociados D.S. N°93/2009 del Ministerio de Agricultura. Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. D.S. N° 68/2009 del Ministerio de Agricultura. Que establece, aprueba y oficializa nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción de la línea. Forma de cumplimiento correspondientes a formaciones de carácter xerofítico (15,13 ha), se encontraron la Formación xerofítica de Baccharis linearis, Formación xerofítica de Ephedra chilensis, Formación xerofítica de Nolana crassulifolia, Formación xerofítica de Suculentas de Eulychnia acida, Formación xerofítica de Suculentas de Eulychnia acida con Miqueliopuntia miquelii, Formación xerofítica de Suculentas de Eulychnia acida con Tetragonia marítima, Formación xerofítica de Tessaria absinthioides, Formación xerofítica de Tetragonia angustifolia con Copiapoa coquimbana, Formación xerofítica de Tetragonia angustifolia con Ephedra chilensis. Al respecto, tratándose de la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas por parte de las obras del Proyecto, es obligación la tramitación de un Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 151. Además, se registró la presencia de 0,68 ha de Plantaciones forestales reguladas por el Decreto de Ley (D.L) N° 701, correspondiente a plantaciones de Eucalyptus globulus. Tratándose de la corta de plantaciones en terreno de aptitud preferentemente forestal, es obligación la tramitación de un PAS 149.
Por otro lado, se realizará el rescate y relocalización de geófitas y suculentas y educación y/o capacitación de los trabajadores en la protección del hábitat de Prosopis chilensis. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de trabajo para la corta, descepado o intervención de la formación xerofítica. Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal. Forma de control y seguimiento - Resolución de Calificación Ambiental Favorable del Proyecto. Autorización sectorial CONAF (PAS 151 y 149). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2. Ley N°20.283 de 2008
7.18. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1 Respecto a lo señalado por el proponente en Anexo 8, Actualización Plan de Cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable, y en el marco del cumplimiento del DS 43/15 del MINSAL, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, ítems “Relación con el proyecto”, “Forma de cumplimiento” e “Indicador de cumplimiento”, el Proponente señala como referencia a la generación, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos, así como también al Permiso Ambiental Sectorial Mixto 142, lo cual, no corresponde. Dado lo anterior, y de acuerdo a las cantidades de sustancias peligrosas almacenadas durante las Fases de Construcción y Cierre, deberá evaluar la aplicabilidad de las autorizaciones respectivas, considerando los límites establecidos en el Artículo 5 del Reglamento. En caso de no aplicar, deberá dar estricto cumplimiento a todos los demás requisitos establecidos en dicha normativa.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1 Compromiso ambiental voluntario: Gestión comunitaria y socialización
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción, operación y cierre.
9.2 Compromiso ambiental voluntario: Instalación señalética en vehículos
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción, operación y cierre.
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Contar con información visible para contacto ante posibles reclamos.
Descripción: Se incorporará señalética (visible al menos a 20 metros) en todos los
vehículos asociados al proyecto, donde se identifique al Proponente, el Proyecto en
9.3 Compromiso ambiental voluntario: Implementación de protocolo de buenas prácticas de conducción y
actividad ganadera
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción, operación y cierre.
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Implementar política de buenas prácticas de conducción y actividad
ganadera.
Descripción: Se implementarán inducciones a conductores y trabajadores del
Proyecto, enfocadas a generar un buen comportamiento vial.
Justificación: Evitar malas prácticas en relación con la conducción y transporte del
Proyecto en localidades del área de influencia de medio humano y salvaguardar las
prácticas ganaderas propias de la cultura del sector.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: En todos los vehículos que desempeñen labores en el Proyecto.
Forma: Se implementarán inducciones a conductores y trabajadores del Proyecto,
enfocadas a generar un buen comportamiento vial. En particular se tratarán temas
de Ley de Tránsito, velocidades máximas permitidas en las rutas del Proyecto, y la
incorporación del protocolo respecto del eventual cruce con actividad ganadera,
donde se explicitará que la comunidad tendrá preferencia de paso con sus animales,
posterior a lo cual, los vehículos del Proyecto continuarán sus tránsitos.
Oportunidad: Posterior a la contratación de trabajadores y previo al inicio de sus
funciones.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Registro de Inducción firmado por los participantes.
Forma de control y
seguimiento
Entrega de un informe que refleje la ejecución del compromiso. Este informe será
remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente una vez durante la fase de
construcción y una vez durante la fase de cierre. Durante la fase de operación, se
remitirá dicho informe a la SMA cada vez que se realicen labores de
9.4 Compromiso ambiental voluntario: Contratación de mano de obra local Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Priorizar la contratación de mano de obra local para las labores del Proyecto. Descripción: El Titular del Proyecto priorizará y contratará mano de obra local para las actividades asociadas a cada una de las fases del Proyecto. Para esto se realizarán coordinaciones con la OMIL del Municipio de Vallenar y de Freirina, para el ofrecimiento de puestos de trabajo a personas con residencia permanente en las comunas. Justificación: Apoyar la economía local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todas las áreas del Proyecto. Forma: Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, se priorizará la contratación de mano de obra local para las distintas labores a ejecutar por el Proyecto. Para esto se realizarán coordinaciones con la OMIL de la Municipalidad de Vallenar y de Freirina, para la publicación y ofrecimientos de puestos de trabajo a personas con residencia permanente en las comunas. Oportunidad: Al inicio de cada fase, el Titular del Proyecto entregará una planilla con la cantidad de personas contratadas en el Proyecto, que tengan residencia permanente en la comuna de Vallenar. Indicador que acredite su cumplimiento Planilla de personal contratado con residencia permanente en la comuna de Vallenar o Freirina. Forma de control y seguimiento Al inicio de cada fase se entregará a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama, la SMA y la Ilustre Municipalidad de Vallenar y de Freirina la planilla con el personal contratado. Además, los informes de control y seguimiento se mantendrán disponibles en formato digital en las instalaciones del Proyecto para cuando la Autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 Compromiso ambiental voluntario: Contratación de mano de obra local
9.5 Compromiso ambiental voluntario: Plan de Relacionamiento Comunitario
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Contribuir al desarrollo local.
Descripción: Consiste en convocar reuniones en fase de construcción, con cada una
de las organizaciones y comunidades del área de influencia del medio humano, con
la finalidad de trabajar proyectos que generen un impacto positivo o un beneficio
comunitario o colectivo. Los proyectos pueden estar centrados en el desarrollo
económico sostenible y ambiental como, por ejemplo: recolección y rescate de
9.6 Compromiso ambiental voluntario: Promoción de la actividad apícola en la provincia de Huasco
Fase del Proyecto a la
que aplica
Operación.
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Aportar a programas de transferencia tecnológica asociados a la
promoción de la apicultura en el valle del Huasco.
Descripción: Se entregará un fondo destinado a transferencia tecnológica, es decir,
a actividades que permitan entregar conocimientos y/o herramientas técnicas a
apicultores de alguna de las comunas de la provincia del Huasco.
Justificación: Promoción de la apicultura en el valle del Huasco.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Ubicación de beneficiarios definidos por programas prexistentes, en las
comunas de Vallenar o Freirina.
Forma: Se entregará un fondo destinado a transferencia tecnológica, es decir, a
actividades que permitan entregar conocimientos y/o herramientas técnicas a
apicultores de alguna de las comunas de la provincia del Huasco. El fondo será
entregado a alguna institución que posea un programa vigente en esta materia, o
bien un programa ya asignado para ello.
• Para efectos de lo anterior, TRANSELEC identificará instituciones asociadas al
desarrollo apícola o a estudios sobre apicultura en el área, que se encuentren
trabajando en ella. Cabe señalar que, de la información que a la fecha se tiene,
estos programas están siendo aplicados por PRODESAL, APIHUASCO, la
Universidad de Atacama, entre otros actores.
• TRANSELEC se comunicará con estas instituciones para conocer de sus
programas.
• TRANSELEC seleccionará alguno de estos programas en función de su alcance
9.7 Compromiso ambiental voluntario: Lineamientos de seguridad vial en rutas públicas
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción, operación y cierre.
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Implementar lineamientos de seguridad vial para las actividades de
transporte del Proyecto.
Descripción: Se establecerán lineamientos de seguridad vial para ser aplicados en
las actividades de transporte que el Proyecto considera, los que serán entregados a
contratistas y trabajadores mediante contratos e inducciones.
Justificación: Mantener o mejorar la seguridad vial de las rutas de acceso al
Proyecto.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: En las rutas vehiculares del Proyecto.
Forma: Se establecerán lineamientos de seguridad vial para ser aplicados en las
actividades de transporte que el Proyecto considera. Los que serán entregados a
contratistas y trabajadores mediante contratos e inducciones. En particular se
contemplarán las siguientes acciones:
• Se exigirá el cumplimiento a cabalidad de la ley normativa de tránsito vehicular
nacional.
• Se controlarán las velocidades mediante equipos GPS que serán exigidos a los
contratistas que realicen el transporte asociado al Proyecto.
• Las empresas contratadas para realizar transporte asociado al Proyecto deberán
contar con conductores idóneos para el transporte que se requiere, exigiendo las
hojas de vida de conducción de cada uno.
• Los vehículos asociados al Proyecto deben respetar la velocidad máxima de
9.8 Compromiso ambiental voluntario: Perturbación controlada de reptiles y micromamíferos
Impacto asociado
Alteración de hábitat de especies de baja movilidad en estado de conservación.
Fase del Proyecto a la Construcción.
Descripción: En términos genéricos, el compromiso consiste en remover de forma manual y gradual los refugios de la especie objetivo, como cúmulos de rocas o vegetación arbustiva, previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras con medios mecánicos (SAG, 2012). La metodología se describe a continuación: • Previo al inicio de la perturbación propiamente tal, se realizarán puntos de muestreo y/o recorridos en el área de futura intervención con el objetivo de obtener las abundancias de las especies objetivo o en su defecto, identificar evidencias indirectas (heces, madrigueras, etc.) de la presencia de estas especies. • Posteriormente, se removerán y retirarán en forma manual rocas, troncos, vegetación y todo aquello que pueda servir como refugio. Las actividades pueden ser apoyadas por jornaleros, pero bajo supervisión de especialistas en manejo de fauna silvestre. Como se menciona en el ítem “Forma de implementación”, se considerará una tasa de avance de 0,5 hectáreas/día cada dos especialistas (TorresMura et al. 2014). La cantidad de especialistas que implementarán el compromiso dependerá de la tasa de avance de la construcción del Proyecto. • Los materiales removidos durante esta actividad (vegetación, piedras, ramas entre otros), serán reubicados en el área que recibirá los ejemplares perturbados, a una distancia de entre 50 a 100 metros aprox. desde los sectores a perturbar de manera de generar nuevos refugios para los ejemplares perturbados. En la medida de lo posible, con las rocas removidas se construirán pircas a modo de enriquecimiento ambiental y favorecer la adaptación de los micromamíferos perturbados. • Una vez aplicada la perturbación propiamente tal, se realizarán recorridos y/o puntos de muestreo, con el objetivo de identificar evidencias indirectas de las especies objetivo, riqueza y diversidad del ensamble, entre otros parámetros que serán utilizados para verificar el éxito de este compromiso, además de observar y/o verificar que no esté presente las especies sometidas a la perturbación.
Justificación: El compromiso busca minimizar la posible pérdida de individuos
perteneciente a las especies objetivo, a través de una metodología poco invasiva y
que permite el abandono o el desplazamiento gradual de los individuos desde su
lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes. Al respecto, se puede
señalar que este compromiso es efectivo cuando se usa en bandas o franjas de
reducida extensión areal, típicas de proyectos lineales; así como también en
proyectos areales de pequeño tamaño, no mayor a 3 ha (Torres-Mura et al. 2014).
Otra ventaja de implementar este compromiso es que los individuos desplazados se
mantienen en un ambiente relativamente conocido y familiar con una alta
probabilidad de encontrar refugio y alimento similar al de su área de origen,
Forma: Los registros previos a la perturbación propiamente tal se realizarán en un periodo de 1 a 2 días previo al inicio de la perturbación, durante 1 jornada de trabajo. Para la perturbación controlada propiamente tal, se considerará una tasa de avance de 0,5 hectáreas/día cada dos especialistas (Torres-Mura et al. 2014). La cantidad de especialistas que implementarán el compromiso dependerá de la tasa de avance de la construcción del Proyecto. Los registros posteriores a la perturbación se realizarán en un periodo de 1 a 3 días post perturbación, durante 1 jornada de trabajo.
Oportunidad: Se implementará lo más próximo en el tiempo previo a la
intervención del área, considerando un máximo de 3 días entre el término del
compromiso (termino de medición posterior a la perturbación) y el inicio de las
obras. En cuanto al periodo en el que se realizará la perturbación, debido a que el
objetivo del compromiso es el desplazamiento efectivo de los ejemplares, debe
realizarse en época de alta actividad, sin embargo, este será efectuado de forma de
no afectar el periodo de reproducción y cría de las especies afectas al compromiso.
Para asegurar lo expuesto, solo serán liberadas las áreas donde no se presenten
hembras grávidas o en lactancia al momento de implementar la medida. El horario
de la perturbación será diurno desde las 8:00 am a 20:00 pm, sin embargo, para el
caso de especies de hábitos nocturnos (micromamíferos, salamanqueja del norte
chico) deberá complementarse con labores nocturnas. Los individuos serán
perturbados hacia las áreas inmediatamente contiguas, las cuales presentan
características similares a las áreas donde se implementará la perturbación, ya que
se encuentran inmersas en el mismo ambiente y por lo tanto presentan similitudes
en cuanto a especies vegetales, especies dominantes, sustrato y disponibilidad de
refugio, correspondiendo al mismo hábitat. Aun así, y como se señala en el
presente compromiso, los materiales removidos durante esta actividad (vegetación,
piedras, ramas entre otros), serán reubicados en el área que recibirá los ejemplares
perturbados, a una distancia de entre 50 a 100 metros aprox. desde los sectores a
perturbar de manera de generar nuevos refugios para los ejemplares perturbados a
modo de enriquecimiento ambiental y con el propósito favorecer la adaptación de
los micromamíferos perturbados. La presencia de las especies afectas, dentro de las
áreas de destino, ha sido verificada en base a los resultados obtenidos durante la
caracterización de línea base de fauna elaborada en el marco de la tramitación del
Proyecto, donde se realizaron distintas estaciones de muestreo efectuando
metodologías acorde a cada taxón en el área de influencia del Proyecto,
registrándose así, las especies descritas en los diferentes ambientes, ambientes que
son idénticos y se encuentran adyacentes a las áreas donde se implementará el
compromiso. Al respecto, cabe destacar que las obras mayoritariamente se
9.9 Compromiso ambiental voluntario: Instalación de disuasores de vuelo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisión de aves en la línea de transmisión eléctrica (LTE).
Descripción: La medida contempla la instalación de dispositivos anticolisión en la LTE.
Justificación: debido a la presencia de especies sensibles al riesgo de colisión identificadas en el área de influencia del proyecto. Por otro lado, en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” (SAG, 2015), se indica que la principal medida de mitigación para el impacto de colisión es la implementación de disuasores de vuelo para aumentar la visibilidad de tendidos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se dispondrá en el cable de guarda de la LTE del proyecto.
Forma: Se instalarán disuasores de vuelo idealmente “BirdMark BM-AG” (Figura
1-1) o bien de características similares, estos deberán ser de al menos 20 cm de
largo, e instalarse en toda la extensión del cable de guarda (SAG 2015), con un
distanciamiento máximo de 10 metros entre sí. Los disuasores de vuelo tipo
BirdMark BM-AG (modelo referencial) cuentan con las siguientes características:
• Visible de día y de noche.
• Se balancea con el viento y refleja la luz del sol para alertar a las aves.
• Brilla hasta 10 horas después de la puesta de sol, y/o bajo condiciones de poca
luz. Esto es de particular interés para especies que vuelan de noche.
Figura 1-1. Desviador BirdMark BM-AG. (figura referencial)
Oportunidad: a medida será instaurada una vez instalado el tendido eléctrico, previo a la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de implementación y ubicación de disuasores de vuelo incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el registro fotográfico y de posicionamiento (UTM WGS84 Huso 19) de ellos. Forma de control y seguimiento Informes de carácter anual emitidos por 3 años, a partir del comienzo de las obras y ejecución del Plan, los que serán entregados ante la SMA de la Región de Atacama. El informe contendrá: • Registro de implementación y ubicación de elementos disuasores. • Registro de mantención anual y estado de elementos disuasores. Adicionalmente, con el propósito de evaluar colisión/ electrocución de ejemplares de avifauna y acorde a los señalado en la “Guía para la evaluación de impacto ambiental de proyectos eólicos y líneas de transmisión eléctrica en aves silvestres y murciélagos (SAG 2015). Se realizará búsqueda de carcasas en la línea de evacuación eléctrica proyectada. Para ello, se contempla que dos profesionales recorran de manera pedestre, y en forma de zig-zag todo el recorrido de la línea eléctrica en búsqueda de individuos colisionados (carcasas) durante una o dos jornadas, dependiendo de la tasa de avance requerida para cubrir la totalidad de la superficie. Se propone una frecuencia de monitoreo estacional durante tres años de operación, con posterioridad a los 3 años, se determinarán estructuras, fechas u otras condiciones en las cuales sea pertinente continuar con el monitoreo acorde a lo señalado. La información correspondiente será remitida a la SMA mediante un informe anual durante 3 años, evaluando posteriormente la continuidad de la medida en base a resultados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9 Compromiso ambiental voluntario: Instalación de disuasores de vuelo
9.10 Compromiso ambiental voluntario: Instalación de dispositivos aisladores eléctricos
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción y operación.
Objetivo, descripción y Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de electrocución con el tendido
Descripción: La medida consiste en la instalación de dispositivos anti-electrocución en las postaciones de la LTE del Proyecto, estos dispositivos serán de al menos 1,3 m de largo (Birdlife International 2013), y estarán fabricados preferentemente con algún polímero dada su mejor propiedad de aislación (SAG 2015). Estos dispositivos serán instalados a lo largo de todo el trazado eléctrico, en cada uno de los postes de sujeción de los conductores.
Justificación: La medida se considera debido a la presencia de especies sensibles al riesgo de electrocución identificadas en el área de influencia del proyecto. Por otro lado, en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” (SAG, 2015), se indica el recubrimiento de estructuras energizadas, como opción indicada para evitar la accidentabilidad de aves. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar de implementación de la medida será en todas las estructuras de soporte (postes) del trazado eléctrico.
Forma: Se instalarán dispositivos anti-electrocución en todas las estructuras de soporte (postes) del trazado eléctrico de la Línea de Media tensión. Los dispositivos serán de una longitud igual o mayor a 1,3 m.
Figura 2. Dispositivos aisladores eléctricos (figura referencial)
Fuente: Guía para la prevención y mitigación de electrocución de la fauna silvestre por tendidos eléctricos en Costa Rica.
Oportunidad: la medida será instaurada una vez instalado el tendido eléctrico,
previo a la fase de operación.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Registro de implementación y ubicación de dispositivos aisladores eléctricos
incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el
registro fotográfico y de posicionamiento (UTM WGS84 Huso 19) de ellos.
Forma de control y
seguimiento
Informes de carácter anual emitidos por 3 años, a partir del comienzo de las obras y
ejecución del Plan, los que serán entregados ante la SMA de la Región de Atacama.
9.11 Compromiso ambiental voluntario: Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la caza, captura y/o recolección de individuos.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material u orientación educativa se indicará que estará prohibida la caza, captura y/o recolección de especies silvestres presentes en el sector del Proyecto. Entendiéndose tales conceptos como: Caza: acción o conjunto de acciones tendientes al apoderamiento de especímenes de la fauna silvestre, por la vía de darle muerte (Ley de caza, 1996). Captura y/o recolección: apoderamiento de animales silvestres vivos (Ley de caza, 1996).
Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies silvestres. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética para ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: La medida se basará en al menos una de las siguientes líneas de acción:
• Implementación de señalética que indique claramente la medida.
• Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito.
• Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de
Oportunidad: La medida se realizará en todas las fases del proyecto. Las charlas educativas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario de Prohibición de caza, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Los indicadores de cumplimiento serán los siguientes según el caso que aplique: • Registro de implementación y ubicación de señalética. • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro de entrega y recepción de material educativo. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Forma de control y seguimiento Informes anuales, los que serán entregados ante la SMA de la Región de Atacama. Según corresponda la medida implementada, el informe contendrá: • Registro de implementación y ubicación de señalética. • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro de entrega y recepción de material educativo. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11 Compromiso ambiental voluntario: Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres
9.12 Compromiso ambiental voluntario: Prohibición de uso de fuego Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la generación de fuego.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material u orientación educativa se indicará que estará prohibido el uso de fuego ya sea para la implementación de fogatas y/o quema de residuos, entre otros.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies silvestre y la intervención de sus hábitats. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética para ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: La medida se basará en al menos una de las siguientes líneas de acción:
• Implementación de señalética que indique claramente la medida.
• Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito.
• Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de
Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán los siguientes según el caso que aplique: • Registro de implementación y ubicación de señalética. • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro de entrega y recepción de material educativo. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Forma de control y seguimiento • Disponibilidad de material educativo visual y escrito en los sectores y fases indicadas. • Entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente de un informe anual que dé cuenta de la ubicación de señalética en caso de medidas prohibitivas y de la realización de capacitaciones en caso de medidas educativas, según corresponda la medida implementada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.12 Compromiso ambiental voluntario: Prohibición de uso de fuego
9.13 Compromiso ambiental voluntario: Prohibición de alimentar especies domésticas y silvestres Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas que generen acostumbramiento e ingreso constante de especies domésticas al área del Proyecto.
Descripción: Mediante la utilización de material u orientación educativa se indicará que estará prohibido alimentar todo tipo de especies domésticas presentes en el sector.
Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies nativas, por el acostumbramiento y/o llegada de especies exóticas que actúen como depredadores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: La medida se basará en al menos una de las siguientes líneas de acción: • Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. • Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
9.14 Compromiso ambiental voluntario: Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a contaminación de hábitat de especies silvestres.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material u orientación educativa se indicará que estará prohibido botar todo tipo de residuos fuera de los lugares establecidos para esto.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la contaminación de hábitat y afectación de especies nativas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: La medida se basará en al menos una de las siguientes líneas de acción: • Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. • Implementación de señalética relativa a la medida. • Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el
caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo
9.15 Compromiso ambiental voluntario: Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas fuera de los sectores habilitados para las actividades del Proyecto.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material u orientación educativa se indicará que estará prohibida la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos y sectores habilitados y establecidos.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la intervención de hábitat y afectación de especies nativas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Mapa o Plan de Ruta con identificación de sectores habilitados para las distintas actividades disponible en las instalaciones de terreno, así como también las velocidades máximas permitidas.
Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción: • Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. • Implementación de señalética relativa a la medida. • Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
9.16 Compromiso ambiental voluntario: Restricción en la velocidad de circulación de los vehículos y/o maquinaria Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la conducción de vehículos/maquinaria a velocidades riesgosas para la fauna silvestre.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material u orientación educativa se indicará que estará restringida la velocidad de circulación de todo vehículo, siendo esta de un máximo de 40 km/h.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies silvestres por atropello y la perturbación de su hábitat. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Mapa o Plan de Ruta con identificación de sectores habilitados para las distintas actividades disponible en las instalaciones de terreno, así como también las velocidades máximas permitidas. Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción:
Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán los siguientes según el caso que aplique: • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro de implementación y ubicación de señalética • Registro de entrega y recepción de material educativo. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. • Registro de recepción del Plan de Ruta. Forma de control y seguimiento • Disponibilidad de material educativo visual y escrito en los sectores y fases indicadas. • Implementación de señalética relativa a la medida. • Entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente de un informe anual que dé cuenta de la ubicación de señalética en caso de medidas prohibitivas y de la realización de capacitaciones en caso de medidas educativas, según corresponda a la medida implementada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.16 Compromiso ambiental voluntario: Restricción en la velocidad de circulación de los vehículos y/o maquinaria
9.17 Compromiso ambiental voluntario: Prohibiciones y restricciones tendientes a minimizar las perturbaciones de las especies silvestres en periodo reproductivo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas fuera de los sectores delimitados o establecidos para las actividades del Proyecto.
Descripción: Mediante la utilización de material u orientación educativa se indicará
lo siguiente:
• Prohibición de acercamiento a sectores de actividad reproductiva (cortejo,
nidificación o cría).
• Prohibición de la destrucción de nidos o madrigueras.
• Prohibición de interferir en conductas reproductivas (acercarse, espantar, gritar,
entre otros).
• Prohibición de ruidos innecesarios (gritos, tirar objetos pesados o de grandes
alturas, entre otros).
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la intervención del hábitat y el estrés de especies silvestres en periodo reproductivo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aplicable a toda el área del Proyecto.
Forma: La medida se basará en al menos una de las siguientes líneas de acción: • Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. • Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán los siguientes según el caso que aplique: • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro de entrega y recepción de material educativo. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Forma de control y seguimiento Informe anual a la Superintendencia de Medio Ambiente, que dé cuenta de la ejecución de la medida (según corresponda), incluyendo: • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro de entrega y recepción de material educativo. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.17 Compromiso ambiental voluntario: Prohibiciones y restricciones tendientes a minimizar las perturbaciones de las especies silvestres en periodo reproductivo
9.18 Compromiso ambiental voluntario: Educación y/o capacitación de los trabajadores en materia de fauna Impacto asociado Alteración de hábitat de especies de baja movilidad en estado de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores orientados a la protección de fauna silvestre.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material u orientación educativa se capacitará a todo trabajador del proyecto.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta
Forma: Charlas de capacitación Las charlas estarán a cargo de uno o más relatores, profesionales especialistas en fauna silvestre, competentes y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares. Las charlas deberán estar estructuradas en un formato sencillo y amigable, de tal manera que se logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores, exponiendo de manera oral las siguientes temáticas: • Principales especies presentes y/o potenciales en el sector. • Especies que se encuentren en alguna categoría de conservación según la legislación nacional (Ley de caza y/o RCE) en el sector. • Hábitat y/o ambientes para la fauna. • Importancia ecológica de las diversas especies y de su hábitat. • Dar a conocer las medidas de mitigación, compensación y de carácter voluntario, sus objetivos y sus compromisos. • Medidas prohibitivas y/o generales a ser adoptadas por cada trabajador dando énfasis en su importancia y/o razón de implementación. • Medidas a reforzar e implementar en época reproductiva de las especies presentes en el sector. • Riesgo al cual se pueden ver expuestas las diversas especies durante las distintas fases, dando lineamientos para prevenir la ocurrencia de accidentes, considerando los siguientes aspectos: - Dar a conocer las especies presentes en el área del proyecto, indicando aquellas con mayor probabilidad de sufrir un accidente. - Dar a conocer las áreas identificadas con mayor ocurrencia de individuos, o mayor riesgo, que se asocien con actividades del Proyecto. - Dar a conocer las fuentes de riesgo, y como controlarlas para evitar accidentes con la fauna. - Indicar procedimientos, acciones y medidas para prevenir contingencias y/o emergencias asociadas a accidentes con la fauna (electrocución, colisión y atropello).
Material educativo
• Se implementará material educativo, el cual deberá ser estructurado y
desarrollado por un profesional competente y con conocimiento en las materias a
tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares.
• El material deberá estar en un formato sencillo y amigable, de tal manera que
logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores.
• El material contará con indicaciones visuales y escritas que estarán orientadas en
destacar las siguientes temáticas:
• Especies que se encuentren en alguna categoría de conservación según la
legislación nacional (Ley de caza y/o RCE) en el sector.
• Identificación de hábitat y/o ambientes para la fauna.
• Riesgo al cual se pueden ver expuestas las diversas especies durante la fase de
Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en todos los trabajadores en terreno. Las charlas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán los siguientes según el caso que aplique: Charlas de capacitación Se considerará como indicador “número e identidad de trabajadores registrados en el libro de participación en la charla y que rindieron la prueba de manera positiva”, en especial el encargado ambiental y el contratista o profesional encargado de los frentes de trabajo en terreno.
Material educativo Se considerarán dos indicadores: “número e identidad de trabajadores que acusan recibo de material educativo” y “presencia y disponibilidad de material educativo”. Forma de control y seguimiento Informe anual a la Superintendencia de Medio Ambiente, que dé cuenta de la ejecución de la medida, incluyendo: • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro de entrega y recepción de material educativo. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.18 Compromiso ambiental voluntario: Educación y/o capacitación de los trabajadores en materia de fauna
9.19 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de ruido durante la fase de construcción Impacto asociado Aumento de niveles de ruido en receptores cercanos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar el monitoreo de ruido durante la fase de construcción en periodos de mayor actividad de los principales frentes de trabajo.
Descripción: se implementará un monitoreo durante las actividades a realizar en los principales frentes de trabajo debido lo cercano de los valores máximos presentados en el Estudio de Ruido y Vibraciones.
Forma: El compromiso se basará en las siguientes líneas de acción: • Se realizarán mediciones de ruido de fondo según el D.S. N°38/2011 del MMA en [dB(A)] Lento, durante en el periodo diurno. • La duración de cada medición de ruido estuvo sujeta a la diferencia que presentan los valores registrados cada 5 minutos, hasta que se considera la lectura como estable (diferencia menor o igual que 2 [dB(A)] entre dos lecturas consecutivas), de acuerdo con el procedimiento de medición establecido en el D.S. Nº 38/2011 del MMA para ruido de fondo.
Oportunidad: El compromiso se realizará de forma semestral durante toda la Fase de Construcción en los principales frentes de trabajo. Indicador que acredite su cumplimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente, al término de la fase de construcción, que dé cuenta de la ejecución de la medición. Forma de control y seguimiento El monitoreo de ruido será realizado de forma semestral y los resultados serán enviados al término de la fase de construcción a la Superintendencia de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.19 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de ruido durante la fase de construcción
9.20 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener un monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción del Proyecto, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del proyecto.
Descripción: El monitoreo arqueológico (supervisión en terreno), se realizará a partir de la observación y registro directo en terreno, por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología.
Justificación: Este compromiso deriva de la sensibilidad patrimonial del área, así también como de la posibilidad de hallazgos arqueológicos no previstos durante la fase constructiva del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Toda el área del proyecto donde se realice escarpe y excavación del terreno.
Forma: A través de supervisión constante de un arqueólogo o licenciado en
arqueología en terreno por cada frente de trabajo activo.
Oportunidad: Durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades
que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-
superficial en el área del proyecto.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Informe mensual elaborado por arqueólogo, el que será remitido al Consejo de
Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo
máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que incluirá los siguientes
antecedentes:
a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con
fecha.
b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra
de excavación.
c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras
los días monitoreados por el arqueólogo.
d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus
diferentes etapas de avances.
e) Contenidos de la o las inducciones realizadas, copia del material gráfico
presentado a los asistentes, registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad,
síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los asistentes y
constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de
ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá debidamente firmada por cada
uno de los trabajadores.
f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar:
f.1 Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los
hallazgos (en alta resolución).
f.2 Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las
obras del proyecto.
f.3 Medidas de protección y/o conservación implementadas.
f.4 Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art.
26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. f.5 Planilla de registro de sitios
arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo
Registro
de
Sitios,
ambos
disponibles
en:
https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios-protocolos/planilla-
registrositiosarqueologicos
g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de
prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.).
h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de
haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate
correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el
análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales
arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los
rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra
instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el
Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de
Monumentos Nacionales.
i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva
de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del
monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando
9.21 Compromiso ambiental voluntario: Charlas de inducción paleontológica Impacto asociado Alteración de elementos paleontológicos.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar a los trabajadores que participarán en la fase de construcción los conceptos y nociones básicas sobre el Patrimonio paleontológico asociado al Proyecto: el contexto paleontológico del área, los posibles hallazgos que pudieran presentarse y como identificarlos, el marco normativo que protege a los materiales paleontológicos y el protocolo de acción ante un posible hallazgo paleontológico imprevisto.
Descripción: Se realizarán charlas de inducción en paleontología dictadas por un/a Paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines. Las charlas serán realizadas a todos los trabajadores de forma previa al inicio de las obras y a cada nuevo trabajador que sea incorporado al Proyecto mientras continúen las labores de la fase de construcción. Las charlas informarán a los trabajadores sobre el contexto paleontológico del área, los posibles hallazgos que pudieran presentarse y como identificarlos, el marco normativo que protege a los materiales paleontológicos y el protocolo de acción ante un posible hallazgo paleontológico imprevisto. Los reportes de estas actividades serán suscritos a la autoridad (SMA y CMN) por el/la Paleontólogo/a a cargo de las charlas con periodicidad mensual, de forma adjunta a los informes de monitoreo paleontológico, incluyendo el registro fotográfico de las sesiones y las listas de asistencia firmadas por los participantes a cada charla.
Justificación: Para evitar la afectación de materiales paleontológicos o disminuir el tiempo de afectación antes de su identificación, es necesario que los trabajadores que participen de la fase de construcción del Proyecto posean nociones básicas de paleontología. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se realizarán en las dependencias o instalaciones del Proyecto, o en terreno en los frentes de trabajo previo al inicio de una intervención.
Forma: Las charlas serán dictadas por un/a Paleontólogo/a que cumpla con el perfil
Oportunidad: Las charlas serán realizadas a todos los trabajadores de forma previa al inicio de las obras y a cada nuevo trabajador que sea incorporado al Proyecto mientras continúen las labores de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Los reportes de estas actividades serán suscritos a la autoridad (SMA y CMN) por el/la Paleontólogo/a a cargo de las charlas con periodicidad mensual, de forma adjunta a los informes de monitoreo paleontológico, incluyendo el registro fotográfico de las sesiones y las listas de asistencia firmadas por los participantes a cada charla. Forma de control y seguimiento Se guardará respaldo del número de ingreso entregado por el CMN al momento de suscribir cada informe de monitoreo paleontológico (que incluye la información referente a las charlas de inducción). Además, los informes se mantendrán en faena a disposición cuando la autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.21 Compromiso ambiental voluntario: Charlas de inducción paleontológica
9.22 Compromiso ambiental voluntario: Protocolo ante hallazgos paleontológicos imprevistos Impacto asociado Alteración de elementos paleontológicos.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar a los trabajadores que participarán en la fase de construcción del Proyecto un mecanismo de acción estándar a seguir ante una posible situación de hallazgo paleontológico imprevisto, asegurando el resguardo y protección de los materiales paleontológicos hallados.
Descripción: Si una actividad o labor, ya sea manual o con maquinaria, se enfrenta
a una situación de posible hallazgo de materiales paleontológicos imprevistos (o
sea, cualquier resto paleontológico que no corresponda a materiales ex situ), se
deberá proceder de la siguiente forma siguiendo lo recomendado por el Consejo de
Monumentos Nacionales:
1. Detener la actividad o labor y dar aviso de manera inmediata al superior a cargo
de los trabajos en el área del hallazgo, quien deberá informar su localización exacta
al jefe de obra y al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al
titular del proyecto. El Proyecto deberá contactar a la brevedad al Paleontólogo/a a
cargo para que inspeccione el posible hallazgo.
2. Segregar y resguardar el área alrededor del hallazgo, dentro de esta área
segregada no se efectuarán trabajos ni tránsito de personal, pudiendo solo ingresar
a ésta el Paleontólogo a cargo y sus colaboradores para efectos de inspeccionar el
hallazgo. Si el hallazgo considera solo un material o resto se debe segregar el área a
2 metros de distancia alrededor del lugar del hallazgo, mientras que, si el hallazgo
corresponde a un yacimiento de múltiples especímenes o fragmentos, se
considerarán 2 metros de distancia desde los materiales más alejados del centro del
lugar. En este último caso, el paleontólogo deberá despejar la zona o supervisar su
Justificación: Puesto que el contexto paleontológico sobre el cual se emplaza el Proyecto considera materiales paleontológicos presentes de forma ex situ, es necesario que exista un estándar de acción a seguir por los trabajadores en caso de un hallazgo paleontológico imprevisto (o sea, cualquier resto paleontológico que no corresponda a materiales ex situ) y así evitar la afectación de materiales paleontológicos de relevancia hallados de manera imprevista y asegurar su adecuado resguardo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El protocolo se aplicará ante una situación de posible hallazgo paleontológico imprevisto sin importar el lugar donde se presente (dentro del área de influencia del Proyecto).
Forma: La medida será implementada de siguiendo los pasos descritos. Además, este protocolo de acción será instruido a los trabajadores en cada charla de inducción paleontológica.
Oportunidad: El protocolo estará vigente durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Al momento de que el/la Paleontólogo/a inspeccione el hallazgo imprevisto, verificará el cumplimiento del protocolo en cuanto a los plazos y acciones establecidas. Dicha información será incorporada en la notificación del hallazgo paleontológico imprevisto a la autoridad. Forma de control y seguimiento Se guardará respaldo del número de ingreso entregado por el CMN al momento de suscribir la notificación de hallazgo paleontológico imprevisto por parte del Paleontólogo a cargo. Además, los informes elaborados para notificar a la autoridad respecto al hallazgo paleontológico imprevisto se mantendrán en faena a disposición cuando la autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.22 Compromiso ambiental voluntario: Protocolo ante hallazgos paleontológicos imprevistos
9.23 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo paleontológico
Descripción: Se realizará el monitoreo paleontológico de las obras durante la fase de construcción del Proyecto, particularmente en la fase de intervención, movimientos de tierra y excavaciones, con una frecuencia permanente (diaria) en aquellas zonas determinadas como fosilíferas (en este caso, toda el área de influencia del Proyecto). Este monitoreo estará a cargo de un/a Paleontólogo/a cuyo perfil esté aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales y será llevado a cabo por este/a profesional o por personal calificado en Paleontología bajo supervisión del/de la Paleontólogo/a profesional con perfil aprobado. El monitoreo considerará la supervisión de los frentes de trabajo activos y la descripción litológica de las sucesiones intervenidas en cada jornada, realizando inspecciones tanto antes como durante las intervenciones y respaldando dicha información por medio de registros fotográficos. El paleontólogo monitor deberá, durante su inspección en cada frente, observar los tipos de materiales paleontológicos a ser posiblemente intervenidos o que hayan quedado expuestos por las intervenciones con el objetivo de prevenir la afectación de restos fósiles de relevancia e identificar prontamente posibles yacimientos de complejidad. En caso de que el paleontólogo monitor o algún otro trabajador identifique un hallazgo imprevisto, se aplicará el protocolo de acción ante hallazgos paleontológicos y se protegerá el área hasta que se efectúen las labores determinadas por el CMN. Además, el paleontólogo monitor podrá recolectar, de acuerdo a criterios de preservación y representatividad, ejemplares fósiles previstos que se presenten durante la ejecución de las obras de la fase de construcción. Los informes de monitoreo presentarán las actividades realizadas, las descripciones litológicas de los frentes de trabajo y la información asociada a las recolecciones realizadas durante el monitoreo. Se adjuntarán también los reportes y registros relacionados a las charlas paleontológicas. Los informes serán suscritos por el Paleontólogo a cargo a la autoridad (SMA y CMN) con una periodicidad mensual.
Justificación: Con la finalidad de evitar una mayor afectación de los materiales paleontológicos posiblemente presentes en el área de influencia del Proyecto, es necesaria la participación de un especialista con formación en Paleontología que pueda supervisar los trabajos e identificar de manera oportuna hallazgos imprevistos o relevancia científica, así como aplicar las medidas de recuperación de los materiales hallados de baja complejidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo paleontológico se implementará en todas las áreas fosilíferas del Proyecto (en este caso, toda el área de influencia del Proyecto).
Forma: El monitoreo considerará la supervisión de los frentes de trabajo activos y
la descripción litológica de las sucesiones intervenidas en cada jornada, realizando
inspecciones tanto antes como durante las intervenciones y respaldando dicha
Oportunidad: El monitoreo paleontológico se realizará durante la fase de construcción del Proyecto, particularmente en la etapa de intervención, movimientos de tierra y excavaciones Indicador que acredite su cumplimiento Los informes de estas actividades serán suscritos a la autoridad (SMA y CMN) por el/la Paleontólogo/a a cargo del monitoreo con una periodicidad mensual. Los informes presentarán las actividades realizadas durante el monitoreo, las descripciones litológicas de los frentes de trabajo y la información asociada a las recolecciones realizadas. Se adjuntarán también los reportes y registros relacionados a las charlas paleontológicas. Forma de control y seguimiento Se guardará respaldo del número de ingreso entregado por el CMN al momento de suscribir cada informe de monitoreo paleontológico. Además, los informes se mantendrán en las instalaciones del Proyecto a disposición de la autoridad para cuando esta los requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.23 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo paleontológico
9.24 Compromiso ambiental voluntario: Entrega de colección paleontológica de referencia a museo Impacto asociado Alteración de elementos paleontológicos.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Recuperar, proteger y preservar el patrimonio paleontológico presente en el área de influencia del Proyecto.
Descripción: Durante la realización del monitoreo paleontológico, el/la
Paleontólogo/a monitor podrá recolectar ejemplares fósiles previstos que presenten
buen estado de conservación de sus caracteres diagnósticos para ser determinados a
nivel de especie o género. Para el caso del presente Proyecto, se entenderá como
materiales previstos a ejemplares fósiles ex situ. Esta recolección se realizará con el
objetivo de generar una colección de referencia representativa del Proyecto. Para
entregar los fósiles a la institución receptora se deberá cumplir con todos los
estándares de conservación que exija dicha institución, en concordancia con los
indicados por el CMN en sus “Estándares Mínimos de Registro y Conservación
Preventiva de Colecciones Arqueológicas y Paleontológica”.
Justificación: Puesto que el área sobre la cual se emplaza el Proyecto presenta hallazgos paleontológicos correspondientes a fauna invertebrada ex situ, se realizará la recolección de los materiales paleontológicos que pudieran hallarse durante la ejecución de las obras con la finalidad de preservar la información paleontológica presente e irrecuperable, preservando así el patrimonio paleontológico representativo del área del Proyecto por medio de una colección de referencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La recolección de ejemplares previstos se realizará en las áreas fosilíferas del Proyecto, mientras que su análisis previo a la entrega al museo se realizará en laboratorios o instalaciones de especialistas en Paleontología.
Forma: Durante la realización del monitoreo paleontológico, el/la Paleontólogo/a monitor podrá recolectar ejemplares fósiles previstos que presenten buen estado de conservación de sus caracteres diagnósticos para ser determinados a nivel de especie o género. Para el caso del presente Proyecto, se entenderá como materiales previstos a ejemplares fósiles ex situ. Esta recolección se realizará con el objetivo de generar una colección de referencia representativa del Proyecto, la cual será entregada a un museo considerando los estándares de conservación que exija dicha institución, en concordancia con los indicados por el CMN en sus “Estándares Mínimos de Registro y Conservación Preventiva de Colecciones Arqueológicas y Paleontológica”. Previo a la entrega de los ejemplares al museo, se realizará la identificación taxonómica de los ejemplares. En caso de ser necesario, el Proponente contratará con un especialista que ayude a identificar algún grupo taxonómico concreto. La profundidad de la información obtenida dependerá de la preservación de los materiales y del grado de limpieza/exposición de los ejemplares en su matriz contenedora, por lo que, en caso de requerirse, se deberá encargar a un especialista las labores de limpieza de los ejemplares fósiles. Toda la información será presentada en un informe consolidado dentro de un plazo de 6 meses luego de concluir las actividades de monitoreo paleontológico. En el informe consolidado se deberá adjuntar la carta de recepción de la colección por parte del museo.
Oportunidad: La recolección de ejemplares se realizará mientras se encuentren
activas las labores de monitoreo paleontológico, o sea, durante la fase de
construcción del Proyecto. El análisis y entrega de los materiales al museo se
realizará de forma posterior a la finalización de las labores de monitoreo
paleontológico, con un plazo de 6 meses.
Indicador que acredite
su cumplimiento
El/la paleontólogo/a a cargo adjuntará en los informes de monitoreo mensuales el
inventario de ejemplares recolectados hasta dicho periodo. Además, al concluirse
9.25 Compromiso ambiental voluntario: Rescate y relocalización de geófitas y suculentas Impacto asociado Perdida de vegetación. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar especies geófitas y suculentas que se ubiquen en las torres Estas especies corresponden a las “plantas bulbosas” Alstroemeria kingii, Leucocoryne appendiculata (Huilli, cebollín), Zephyra elegans (Celestina) y Oziroë biflora (Lagrima de la Virhgen, Cebolleta), y la suculenta Eriosyce napina (napín).
Descripción: La medida corresponde al proceso de extracción de individuos completos (geófitas y suculentas) de un área donde se desarrollan naturalmente (rescate) y su movilización hacia otro sitio donde será replantado (relocalización), incluyendo todas las acciones preliminares e intermedias de técnicas de extracción, almacenamiento, transporte y establecimiento. El detalle de la descripción de la medida en el Apéndice 03-1 Protocolo de rescate y relocalización de geófitas y suculentas.
Justificación: El compromiso busca minimizar la posible pérdida de individuos de
geófitas y suculentas singulares presentes en las obras del Proyecto (postes o
torres), a través, del rescate y relocalización en sectores protegidos dentro del área
de influencia de estos ejemplares.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Las áreas de intervención corresponden a la hoyadura para la instalación de
83 estructuras que sostienen la LTE del Proyecto (no incluyendo los ML pues se
ubicarán en las instalaciones actualmente en operación de las subestaciones), a una
profundidad de 0,5 m. Las unidades territoriales cartografiables (UTC) donde se
ejecutará la medida de rescate de especie geófitas y suculentas alcanzan una
superficie total de 157 m2 a 50 cm de profundidad y su ubicación se puede
observar en la siguiente figura.
El área de relocalización de geófitas y suculentas que se propone cuenta con una superficie total de 13,6 ha y se localiza en el área de influencia del Proyecto, específicamente en aquellas formaciones vegetacional que coinciden con Sitio Prioritario Desierto florido y que también se ubican en las cercanías de la Subestación (SE) Maitencillo.
Forma: Extracción de geófitas: El rescate consistirá en extraer órganos
subterráneos (bulbos) que serán posteriormente trasplantados en la zona de
relocalización. De preferencia esta actividad se ejecutará durante el receso vegetal
de estas especies, dependiendo del inicio de las obras del Proyecto. La recolección
de órganos se realizará mediante el tamizado del sustrato proveniente del
movimiento de tierra, la cual se ejecutará utilizando chuzos y/o palas. Los tamices
deberán tener una apertura de malla no mayor a 1,5 cm. Una vez que se tenga el
bulbo libre de tierra, se procederá con la aplicación de un funguicida (en polvo).
Una vez obtenidos los bulbos se procederá a limpiarlos de tierra. Se podrá aplicar
fungicida a través de inmersión en una solución de CAPTAN 80 WP (2 gramos por
litro de agua) o bien CAPTAN 12 WP (10 gr. litro de agua), luego de este
Extracción de suculentas: Una vez seleccionados los ejemplares a rescatar, se realizará la extracción de la planta, conservando la mayor cantidad posible de suelo adherido a su sistema radicular con lo que se evitan lesiones, además se logra mantener el volumen de microbiota, tales como hongos y bacterias, beneficiosas que contribuyen a la fertilidad del nuevo suelo. Durante este proceso se marcará la orientación original de la cactácea a través de una marca de pintura en una de las espinas que apuntan el norte.
Almacenamiento de geófitas: Se privilegiará que estas estructuras subterráneas, sean trasplantadas en su destino final de manera inmediata a medida que vayan siendo recolectadas, identificadas y registradas, mediante planillas de control. De no ser así, los bulbos y rizomas serán almacenados temporalmente en un sitio cercano que tenga buena ventilación, baja humedad y sin luz directa para su siembra en la temporada siguiente. El lugar de almacenamiento corresponderá a una bodega tipo container acondicionado para soportar la rigurosidad del clima especialmente en invierno, cuyas características principales consideraran una buena aireación, baja humedad relativa y temperaturas moderadas (no superiores a 15°C). Idealmente los bulbos se dispondrán en bolsas de papel o envueltos en papel periódico, guardados en cajas de cartón, selladas, garantizando el cuidado y preservación de los bulbos rescatados. Cada bulbo será etiquetado, por un especialista considerando: El punto de extracción, especie, tamaño y sector de relocalización donde será enviado. La cantidad de bulbos almacenados, para su posterior relocalización será informado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) de la Región de Atacama.
Almacenamiento de suculentas: Una vez obtenidos los individuos o explantes, éstos deberán ser sometidos a una revisión sanitaria, eliminándose los sectores senescentes o muertos, y verificándose la ausencia de predadores (insectos), actividad que se ejecutara en un área de aclimatización habilitada para tales efectos. El área de aclimatización de los individuos puede ser el mismo sector de almacenamiento de los órganossubterráneos o geófitas descrito anteriormente. De no ser así, el sector de trabajo se deberá ubicar en una zona que tenga fácil acceso y en las cercanías de las áreas de relocalización. Corresponderá a una instalación de construcción liviana destinada al acondicionamiento de las plantas previo a la plantación. A los ejemplares extraídos, se aplicarán productos agroquímicos en su sistema radicular con el objetivo de evitar infección derivada de la acción de hongos, bacterias y nemátodos. Posteriormente, se untará pasta de poda (podaxal), tanto en los artejos extraídos como en los individuos completos a modo de acelerar la cicatrización, mitigando eventuales daños en el sistema radicular que pudieran haberse producido en la extracción. Se debe tener la precaución de no mojar las raíces, para evitar pudrición de estas.
Replante de geófitas: El trasplante en el sitio de relocalización final se realizará de
manera manual y procurando que esta actividad se inicie en el siguiente periodo
vegetativo. Los bulbos y rizomas serán manipulados y enterrados cuidadosamente
en zonas aledañas que posean las características ambientales similares a las
Replante de suculentas: Previo a la plantación se preparará el sitio de relocalización, elaborando casillas de plantación de tamaño suficiente y proporcional a las dimensiones de cada ejemplar. Ello con el fin de favorecer un rápido arraigamiento de los individuos a relocalizar. La distribución de las casillas será de tipo azarosa, lo que propende a mantener una estructura “natural” de las formaciones en lugar de las tradicionales hileras, procurando confeccionarlas en micrositios que se den entre rocas. Esta actividad se ejecutará de forma paralela a la extracción de los artejos e individuos completos al objeto de evitar la pérdida de humedad de las casillas. La plantación se realizará de forma manual en los sectores definidos, manteniendo la orientación original del individuo con respecto al norte. A partir de la preparación del sustrato, se procederá a aplicar el enraizante en polvo sobre la totalidad de las raíces a modo de favorecer el enraizamiento de cada individuo en el nuevo sitio de trasplante. Asimismo, cada planta será individualizada mediante el uso de señales de placas metálicas, las que serán renovadas periódicamente a medida que se deterioren. De igual forma, se podrá utilizar la marcación descrita para los órganos subterráneos, por medio de una banderilla de color llamativo que sobresaldrá por unos 5 cm del suelo. Una vez asentada la planta y apisonada la tierra de relleno (no excesivamente) se aplicará un riego de establecimiento para disminuir el estrés provocado por la extracción, será aplicado solamente al sustrato, sin mojar la parte aérea del individuo, la suministración de agua (riego de establecimiento) será breve y moderado, repitiendo la aplicación tres veces sin saturar el sustrato, teniendo presente que este tipo de especies es sensible al exceso de humedad, lo cual pudre sus raíces. El detalle de la descripción de la acción Protocolo de rescate y relocalización de geófitas y suculentas se presenta en el Apéndice 03-1 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
Oportunidad: La ejecución del protocolo y su seguimiento queda supeditado al
comienzo de las obras de construcción del Proyecto.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Como indicador de éxito de geófitas se plantea la siembra del órgano subterráneo
y su posterior florecimiento o desarrollo vegetativo durante las siguientes
temporadas. El éxito de la medida radica en el florecimiento o desarrollo vegetativo
El indicador de cumplimiento de suculentas corresponde a tener al menos un 75% de individuos establecidos vivos al cabo de cinco años. Para fijar ese porcentaje se utilizó como referencia el criterio del artículo 14 la Ley N° 20.283 Sobre Recuperación el Bosque Nativo y Fomento Forestal. Forma de control y seguimiento Seguimiento de geófitas: La evaluación del éxito de este plan de rescate y relocalización de geófitas se basará principalmente a partir del surgimiento de órganos aéreos (hojas, flores, frutos) de este tipo de plantas, donde se procederá a determinar el porcentaje de emergencia de estas especies. La etapa de seguimiento se extenderá por cinco años desde la ejecución de la relocalización. Se ejecutarán dos monitoreos al año (semestral), idealmente entre los meses de septiembre y diciembre, y enero a marzo, dada la variabilidad en el florecimiento que presentan estas especies durante las estaciones de primavera y verano. Se medirá el comportamiento de los bulbos relocalizados a partir de la germinación, desarrollo vegetativo o florecimiento (parámetros a verificar). Cada monitoreo cuenta con una visita a terreno por parte de profesionales especialistas en la materia.
Seguimiento de suculentas: Se llevará un registro por cada individuo con el
número de planta, especie, altura, rodal al que pertenecen y posibles causas de
pérdidas o daños. Los resultados del programa de seguimiento permitirán activar
medidas de contingencia de acuerdo con las necesidades, como riegos de apoyo,
aplicación de fertilizantes y controladores de plagas según requerimiento.
Los parámetros por evaluar durante el monitoreo, para cada especie y ejemplar,
corresponderán a observar la sobrevivencia y vitalidad, mediante el color,
enraizamiento, presencia de espinas y el estado fitosanitario mediante la existencia
de patógenos en cada una de las plantas, además, de la medición del diámetro,
altura y estado fenológico de cada planta.
Se contempla un primer monitoreo 15 días después del trasplante y un segundo
monitoreo a los 30 días. A partir del segundo monitoreo estos serán llevado a cabo
con una frecuencia semestral. El seguimiento semestral durará cinco años y la
medida se entenderá como exitosa, si al final del quinto año de seguimiento se
cumpliese el indicador comprometido. Una vez concluida cada etapa del plan de
relocalización de geófitas y suculentas, se elaboran informes consolidados:
• Selección y apresto: Actividad orientada a determinar con un máximo de esfuerzo
el número real de individuos a relocalizar los cuales serán marcados.
• Extracción: Actividad que informara acerca del número de individuos extraídos y
los procedimientos de extracción.
• Preparación de la planta: Actividad que informara acerca del procedimiento de
aclimatización de las diferentes especies, y la metodología usada.
• Trasplante: Actividad que informara el número de ejemplares relocalizados en los
sitios de relocalización.
• Seguimiento: Actividad que indicara resultados acerca del prendimiento de los
individuos relocalizados. Estos informes contendrán los contenidos establecidos en
la Resolución Exenta N°233/2015 de la SMA.
9.26 Compromiso ambiental voluntario: Educación y/o capacitación de los trabajadores en la protección del hábitat de Prosopis chilensis (algarrobo) Impacto asociado Perdida de vegetación. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar al personal que realizará labores en el Proyecto, respecto de la existencia y cuidado del hábitat de Prosopis chilensis presente en las cercanías del área de influencia del Proyecto. Esta especie está en categoría de conservación Vulnerable (D.S. N° 13/2013).
Descripción: Consiste en realizar capacitaciones específicas a los trabajadores involucrados en desarrollo del proyecto, orientadas a entregar conocimiento y resaltar la importancia de proteger el hábitat de la especie Prosopis chilensis (algarrobo) ubicado en las cercanías del área de influencia del Proyecto.
Justificación: La justificación de la medida refiere a evitar eventuales daños a los ejemplares de Prosopis chilensis (algarrobo) como a su hábitat, localizados en una quebrada que se ubica a unos 20 metros aproximadamente del límite con el área de influencia del proyecto, y cuya intervención directa no está contemplada en el desarrollo de las obras y acciones del Proyecto, así como informar y educar a los trabajadores respecto de esta especie en categoría de conservación Vulnerable (D.S. N° 13/2013). La ubicación de los ejemplares de Prosopis chilensis (algarrobo) se encuentran a unos 20 metros aproximadamente del límite con el área de influencia, por lo cual no deberían ser afectados como tampoco su hábitat. En la siguiente figura se puede ver la ubicación de la quebrada con Prosopis chilensis (algarrobo).
Forma: Se desarrollarán capacitaciones específicas al personal de obra involucrado en el Proyecto, cuyos contenidos se enmarcarán en los siguientes aspectos: • Desarrollar una labor educativa sobre los trabajadores acerca de la importancia de la especie Prosopis chilensis (algarrobo), poniendo énfasis en su importancia, ubicación, extensión, etc. Esta labor incluirá charlas, reuniones, visitas a terreno al área aledaña la quebrada, además de la elaboración de material escrito y visual. • Se señalizará la quebrada donde se encuentran los ejemplares de Prosopis chilensis (algarrobo), con el objetivo de que el personal pueda visualizar su ubicación y no ingresar al sector. • Instruir a los trabajadores respecto al tránsito solo por áreas habilitadas para la construcción y operación del Proyecto. Queda prohibido internarse por áreas que estén por fuera de las indicadas. • Informar acerca de la prohibición absoluta de encender fuego o hacer quemas de cualquier tipo de material en toda la obra, con la finalidad de prevenir la ocurrencia de incendios forestales. • Capacitar a los trabajadores en el uso de elementos para el control de fuego. • Informar acerca de la prohibición absoluta de almacenar o manejar sustancias o residuos peligrosos en áreas que no se encuentren autorizadas para dicho fin, para prevenir eventuales derrames en las quebradas de cualquier residuo, sustancia o basura.
Oportunidad: Las capacitaciones se realizarán a cada nuevo trabajador o trabajadora que ingrese a realizar labores en el Proyecto. Estas capacitaciones se realizarán durante todas las fases del Proyecto, construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento • Registros de capacitación. El medio de registro de las charlas corresponderá a una lista de asistencias firmada por los trabajadores a los cuales se impartirá la capacitación, además, del registro de los contenidos tratados, la cual deberá ser expuesta por un encargado ambiental. • Reporte trimestral a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de los registros de charlas realizadas en el periodo. Forma de control y seguimiento Se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento. En fase de construcción el registro se encontrará en la instalación de faenas, por su parte, en la fase de operación el registro se mantendrá en las oficinas de las respectivas Subestaciones (Maitencillo-Vallenar). • Registros de capacitación. • Reporte trimestral a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de los registros de charlas realizadas en el periodo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.26 Compromiso ambiental voluntario: Educación y/o capacitación de los trabajadores en la protección del hábitat de Prosopis chilensis (algarrobo)
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Derrame de Sustancia Peligrosa Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas o partes del proyecto. Acciones o medidas a implementar Capacitación del personal a cargo de la manipulación de sustancias peligrosas (aceites, combustible) respecto a su adecuado manejo, junto con las acciones frente a eventos de derrame. Realización de simulacros de emergencia, manteniendo registro de estos. Definición de un sector para manipulación de sustancias peligrosas dentro de las áreas de faenas, las que se delimitarán cuando se realicen estas acciones con conos u otra señal de advertencia que permita bloquear el paso de personas y/o vehículos. Utilizar una carpeta de polietileno impermeable y en buen estado, u otra medida asimilable, donde se manipulen sustancias peligrosas, que permita retener eventuales derrames. Se prohibirá el almacenamiento o acopio de sustancias o residuos peligrosos en lugares que no cuenten con medidas de captación de filtraciones o derrames. En el caso de almacenamiento o acopio de sustancias peligrosas en estanques fijos, se deberá contar con un sistema de control de derrame consistente en un depósito estanco (piscina) que contenga un volumen 1,1 veces el contenido del estanque más grande del lugar de almacenamiento. Previo a la ejecución de trabajos o actividades que involucren el uso o manipulación de sustancias o residuos peligrosos, que puedan derramarse o filtrarse, se deberá tener a disposición materiales absorbentes y contenedores vacíos para recolección de elementos contaminados. Ante cualquier derrame de alguna sustancia o residuo en el Estero sin nombre, cualquier trabajador que lo detecte deberá dar aviso inmediato a su superior directo. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de trabajadores. Registro de Simulacro de Emergencia. Registro de materiales absorbentes y contenedores disponibles en las áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE.
10.1.2. Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones del proyecto.
Acciones o medidas a implementar
Capacitación del personal para eventos de incendio.
En todos los lugares de trabajo, faena de instalaciones se
dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos
10.1.3. Manejo de Residuos
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones del proyecto.
Instalaciones del proyecto habilitadas para el almacenamiento
de residuos domiciliarios.
Acciones o medidas a implementar
Los residuos domiciliarios de tipo orgánicos serán
almacenados en bolsas al interior de contenedores herméticos
con tapa, los cuales permanecerán tapados en todo momento,
siendo abiertos solamente para el ingreso de basura y/o
durante su retiro.
Los residuos domésticos y asimilables a domésticos serán
retirados por los encargados de las mantenciones. Los lugares
donde se almacenarán transitoriamente los residuos sólidos,
tanto la bodega de residuos peligrosos, como el sitio
destinado al acopio de residuos sólidos no peligrosos,
contarán con autorización sanitaria de funcionamiento, previo
a su uso.
Se controlarán las operaciones de manejo de residuos, de
acuerdo a su naturaleza, desde su generación hasta su envío a
eliminación, incluyendo su clasificación en origen, envasado,
etiquetado,
almacenamiento
y
despacho,
entre
otras
actividades, según corresponda.
Se solicitará copia del registro de recepción de los residuos en
10.1.4. Manejo de Aguas Servidas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Zona de servicios sanitarios. Transporte. Acciones o medidas a implementar El diseño de la fosa séptica considerará el máximo de trabajadores que se desempeñarán en el proyecto, a partir del 7mo mes de construcción. Se realizará periódicamente una inspección visual con el objeto de verificar que no existan problemas operativos de la fosa, como fugas. El retiro de aguas servidas será realizado por una empresa autorizada, la cual contará con autorización sanitaria. Forma de control y seguimiento Dimensión de la fosa. Registro de inspección visual. Permiso sanitario contratistas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE.
10.1.5. Afectación de ejemplares de fauna silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las partes del proyecto.
Acciones o medidas a implementar
Se impartirán charlas de capacitación al personal instruyendo
acerca de la fauna potencialmente presente en el área, del
resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento en
caso de un hallazgo.
Existirá prohibición de acercamiento de personal a especies
de fauna, para evitar domesticación.
En el caso del avistamiento de animales que merodean por
algunos sectores con frecuencia, se instruirá a no llamarlos ni
ofrecerles alimento, no arrojarles piedras ni atacarlos.
Se indicará la prohibición de dar alimento a animales en las
10.1.6. Eventos naturales extremos (precipitación, remoción en masa) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto. Acciones o medidas a implementar Con el objetivo de prevenir riesgos producto de frentes de mal tiempo, se revisarán anticipada y continuamente los pronósticos meteorológicos para el área del proyecto. Revisión periódica de tuberías, desagües y/o canaletas que pudiesen estar obstruidos. Para evitar la erosión por el movimiento de vehículos durante la construcción y el cierre, se humectarán los caminos y huellas a utilizar con riego. Forma de control y seguimiento Informe de pronóstico de precipitaciones semanal. Registro de actividades. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE.
10.1.7. Eventos naturales extremos (sismo) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalaciones del proyecto. Acciones o medidas a implementar Realización de charla de capacitación a trabajadores, sobre riesgos y procedimientos a ejecutar. Mantención de áreas de trabajo en orden y limpieza para facilitar la evacuación ante eventos naturales. Demarcación de áreas de evacuación y zona de seguridad. Mantener planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad. Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de trabajadores. Instalación de señalética adecuada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.7 del ICE.
10.2.1. Derrame de Sustancia Peligrosa
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción.
Parte, obra o acción asociada
Todas las áreas o partes del proyecto.
Acciones a implementar
1. Se activará el Plan de Comunicaciones.
2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias,
indicando:
• Lugar del accidente.
• Magnitud del accidente.
• Consecuencias (gravedad).
3. Detención del evento de derrame, mediante la
implementación de las siguientes acciones:
• Detener un equipo en funcionamiento.
• Poner de pie algún contenedor caído.
• Taponear contenedores rotos.
• Poner el contenedor roto dentro de uno en buenas
condiciones de mayor capacidad.
• Utilizar un contenedor vacío como receptáculo del derrame.
4. Identificación de las características fisicoquímicas de la
sustancia peligrosa derramada, a través de las Hojas de
Seguridad dispuestas en los recintos de almacenamiento y de
los registros de compras.
5. Para el caso de ocurrir el derrame sobre el suelo:
Contención del derrame utilizando un material adecuado,
como por ejemplo tierra, arena, aserrín, viruta, etc., y
formando un dique alrededor del derrame. Se mantendrán en
las instalaciones dichos elementos con fácil disponibilidad
para ser usado en caso de contingencias. Se aislará el sitio
con conos y cintas reflectantes de advertencia. Se realizará
una limpieza del sitio afectado recogiendo adecuadamente el
producto derramado y los restos que éste pudiera dejar.
Nunca se utilizará agua para limpiar el derrame, a cambio se
usará algún material absorbente (tierra, arena, aserrín, viruta,
etc.) para cubrir la zona del derrame. De existir riesgo de que
dicho material se volatilice con el viento, éste se humedecerá
ligeramente o será cubierto con alguna membrana. El material
absorbente será posteriormente recogido y dispuesto, junto
con los otros materiales de limpieza, en tambores o
contenedores cerrados, disponibles para estas emergencias. El
evento será registrado, indicando el sitio, fecha, causa,
sustancia derramada y las medidas realizadas para su
solución. El registro se mantendrá en la Instalación de
Faenas. 6. Para ambos casos, en caso de agravarse aún más el
evento y catalogarse como una emergencia grave, se deberá
esperar la llegada de personal especializado.
7. Si el accidente es grave se procederá a evacuar las zonas
afectadas y aledañas que puedan verse involucradas, tomando
las medidas adecuadas para la protección de las personas.
8. Los contenedores que almacenarán el material de limpieza
10.2.2. Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones del proyecto.
Acciones a implementar
1. Se activará el Plan de Comunicaciones.
2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias,
indicando:
• Lugar del incendio.
• Magnitud.
3. El Jefe de Emergencia evaluará la situación y si lo amerita,
solicitará la evacuación del personal.
4. Los encargados en faena procederán a evacuar al personal
hacia las zonas de seguridad. Durante la emergencia se
activará una alarma audible y se darán instrucciones a viva
voz.
5. En caso de incendio de magnitud, el encargado en faena
deberá evacuar inmediatamente al personal y avisar
inmediatamente, en la medida de lo posible, al Jefe de
Emergencia.
6. Una vez superada la situación, el jefe de Emergencia
informará al Representante de la Empresa quien, si
corresponde autorizará el regreso del personal a sus puestos
de trabajo, o definirá otras acciones a seguir.
7. Se realizará una investigación del incidente, recolectando
todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las
10.2.3. Manejo de Residuos
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones del proyecto.
Instalaciones del proyecto habilitadas para el almacenamiento
de residuos domiciliarios.
Acciones a implementar
1. Se activará el Plan de Comunicaciones.
2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias,
indicando:
• lugar del incidente.
• Magnitud
• Tipo de residuos
• Consecuencias (gravedad).
3. El Jefe de Emergencia evaluará la situación y si lo amerita,
solicitará la evacuación del personal.
4. En caso de olores:
• Cerrar los contenedores, en caso de que se encuentren
abiertos.
• Si es requerido, comunicarse con la empresa autorizada a
cargo para el retiro y limpieza del contenedor involucrado.
• Verificar si es requerido aumentar la frecuencia de retiro y/o
cambiar las condiciones de almacenamiento.
5. En caso de presencia de vectores:
• Comunicarse con una empresa autorizada para el control de
vectores, para la eliminación de los focos.
• Cerrar los contendores, en caso de que se encuentren
abiertos. • Si es requerido, comunicarse con la empresa
autorizada a cargo para el retiro de los residuos.
• Verificar si es requerido aumentar la frecuencia de retiro y/o
cambiar las condiciones de almacenamiento.
5.
En caso de sustancias peligrosas:
• Aislar la zona del derrame mediante cintas de peligro y
conos de advertencia a fin de advertir el riesgo y evitar el
ingreso de personas ajena.
• Asegurar el área de riesgos físicos y exposición accidental
10.2.4. Manejo de Aguas Servidas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Zona de servicios sanitarios.
Transporte.
Acciones a implementar
1. Se activará el Plan de Comunicaciones.
2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias,
10.2.5. Afectación de ejemplares de fauna silvestre
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las partes del proyecto.
Acciones a implementar
Se elaborará un protocolo para estos efectos, basado en los
siguientes lineamientos:
a) Identificación y Aviso: El personal de faena que encuentre
un ejemplar de fauna vertebrada afectado por algún incidente,
deberá constatar si el individuo puede moverse sin problemas,
evitando manipular al ejemplar. Si se constata que se está en
b) Determinación del curso de acción a seguir: Si el ejemplar se encuentra vivo, pero con claras dificultades para su desplazamiento, el profesional a cargo deberá determinar la necesidad de proceder al rescate del ejemplar. Debe observar señales de dolor, agitación, movimientos del cuerpo, quejidos, para posteriormente evaluar el procedimiento más adecuado a seguir. No se debe alimentar o darle agua a la fuerza. Si el ejemplar se encuentra muerto, debe retirar el cuerpo del animal y evaluar las causas de muerte. Este reporte debe ser enviado a la SMA, indicando las características del ejemplar y la causa de muerte que se determine. Esta acción deberá ejecutarla un profesional médico veterinario a cargo de la evaluación.
c) Rescate y Transporte Si se determina la necesidad de
realizar el traslado del individuo afectado, el titular
coordinará las acciones a seguir directamente con un Centro
de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional
de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). Sin perjuicio de
lo anterior, el Titular podrá trasladar al animal a algún centro
alternativo o transitorio de salud animal en el caso que los
centros autorizados no tengan la capacidad. Estas acciones
serán coordinadas y ejecutadas por un médico veterinario o
profesional afín, en coordinación con el encargado de Medio
Ambiente del Proyecto para determinar la clínica o centro de
d) Rehabilitación, Liberación/Relocalización Las acciones Rehabilitación, Liberación/Relocalización será ejecutadas por el Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS), contactado por el Titular para el manejo de la contingencia. Queda de manifiesto que el Titular deberá cubrir todos los costos asociados al proceso de implementación del Plan de Contingencia recientemente descrito, desde el rescate hasta la liberación del ejemplar una vez recuperado, y será informado a las autoridades de acuerdo con lo establecido en la resolución exenta N°885/2016 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 48 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE.
10.2.6. Eventos naturales extremos (precipitación, remoción en masa)
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las partes del proyecto.
Acciones a implementar
1. Se activará el Plan de Comunicaciones.
2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias.
3. El Encargado en terreno deberá dar la instrucción para:
• Cierre puertas y ventanas.
• Guardar los objetos sueltos (botes de basura, herramientas,
etc.), en caso de presentarse con fuertes corrientes de viento.
• Cubrir con bolsas de plástico aparatos u objetos que puedan
dañarse.
• No salir al exterior de las instalaciones.
• Realizar evacuación preventiva y controlada en los frentes
de trabajo.
4. Después de las lluvias, es recomendable verificar lo
siguiente:
• Reportar los heridos, en caso que los hubiese.
10.2.7. Eventos naturales extremos (sismo)
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones del proyecto.
Acciones a implementar
1. Se activará el Plan de Comunicaciones.
2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias.
3. Evitar que las personas abandones las instalaciones durante
el sismo, ya que la mayoría de las lesiones ocurren al retirarse
hacia zonas de seguridad durante su ocurrencia. 4. Retirar a
las personas de las cercanías de ventanas u objetos que
puedan caer sobre las personas y tomar ubicación en zonas
abiertas dentro del recinto.
5. Controlar las personas con demostraciones de pánico o
paralizadas por el sismo.
6. Prepararse para una eventual evacuación.
7. No perder tiempo tratando de comunicarse vía teléfonos
fijos o móviles.
8. Una vez superada la situación, el jefe de Emergencia
informará al Representante de la Empresa quien, si
corresponde autorizará el regreso del personal a sus puestos
de trabajo, o definirá otras acciones a seguir.
Registro: Todo evento será registrado, donde se detallará:
• Fecha
• Evaluación del daño
• Descripción de medidas inmediatas aplicadas
• Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
-
Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del/de las actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.
-
Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
12.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes: OBSERVANTE PERSONA RAZÓN NO ADMISIBILIDAD Comunidad Indígena Diaguita Los Morteros Hijos del Valle Jurídica Fuera de plazo (documento recibido en Oficina de partes del SEA Atacama con fecha 24 de agosto de 2022) Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ashpa Jurídica Fuera de plazo (documento recibido en Oficina de partes del SEA Atacama con fecha 24 de agosto de 2022) Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Te Sacha Jurídica Fuera de plazo (documento recibido en Oficina de partes del SEA Atacama con fecha 24 de agosto de 2022) Comunidad Indígena Cachina Las Pintadas Jurídica Fuera de plazo (documento recibido en Oficina de partes del SEA Atacama con fecha 24 de agosto de 2022) Asociación Indígena Chipasse Ta Maricunga Jurídica Fuera de plazo (documento recibido en Oficina de partes del SEA Atacama con fecha 24 de agosto de 2022)
12.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
12.2.1 OBSERVANTE: Hans Labra Bassa
Observación: Según se puede apreciar, el titular justifica la presentación de su proyecto mediante la vía de evaluación de una DIA descartando afectación a la salud de la población basándose en las recomendaciones de la ICNIRP, según se aprecia a continuación:
Extracto de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto.
En relación a esto, podemos ver que el titular utiliza como referencia fuentes secundarias que han sido ampliamente cuestionadas por no considerar debidamente la totalidad de las externalidades negativas que presentan los proyectos de generación o transmisión eléctrica, al basarse en las recomendaciones de la ICNIRP. Según esto, podemos inferir que el titular reconoce, tácitamente, que en su declaración no está considerando debidamente los efectos altamente perjudiciales e irreparables sobre la salud integral de las personas que componen los distintos nichos etarios o grupos sensibles que habitan o trabajan aledaños al proyecto. Esto, al comprobar que, en Europa, la legislación que se basa en dicha fuente es…
“…considerada insuficiente y terriblemente permisiva, al fundamentarse en las recomendaciones de la Comisión Internacional para la Protección contra la Radiación no Ionizante (ICNIRP), la cual se basó únicamente en los efectos 'térmicos', en exposiciones breves y en relación sólo a personas adultas. Esta misma legislación y la ICNIRP no contemplan los efectos 'atérmicos' o 'biológicos', no atienden las exposiciones largas (trabajo, casa, horas de sueño, etc.) y tampoco consideran a otros grupos especialmente sensibles (infancia, personas enfermas, personas electrosensibles, etc.); en el fondo, aspectos éstos que nos hace susceptibles a toda la población. Si esa era la valoración que se hacía de dichas recomendaciones de la ICNIRP desde un amplio sector de la comunidad internacional, en la actualidad es considerada, por lo general, como obsoleta, anacrónica y desajustada respecto a la realidad que nos envuelve.” - “La creciente evidencia científica, fundamentadas en unos 5000 estudios, sobre los daños que ocasiona en la salud de toda la población la radiación electromagnética, especialmente en los grupos más sensibles (fetos, mujeres embarazadas, bebés, infancia y adolescencia, personas mayores, personas enfermas, personas con marcapasos, personas electrohipersensibles -EHS-, etc.), nos obliga a tomar muy en serio este asunto. Es urgente
Dicho documento fue publicado por la Revista Bioderecho.es en 2014, publicación semestral que cuenta con el auspicio y patrocinio del Centro de Estudios en Bioderecho, Ética y Salud (CEBES), cuya sede social está ubicada en la Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia en España. Es decir, el documento es una evidencia fidedigna emitida por autoridad competente en la materia de que los parámetros utilizados por el titular ya hace años están ampliamente deslegitimados internacionalmente, sobre todo en Europa.
Respecto a los efectos altamente nocivos de la Contaminación Electro Magnética (CEM), tanto de las líneas de transmisión eléctrica como así de las subestaciones eléctricas, y en cuanto a los límites que la legislación chilena debería considerar para fijar los máximos permitidos para las emanaciones de este tipo de contaminación, tenemos que hay un importante informe del reconocido profesor Andrei Tchernitchin que contó con la colaboración de Rubén Riveros y el patrocinio de la Universidad de Chile, titulado “Efectos de la Radiación Electromagnética sobre la Salud” que aborda los efectos “atérmicos” o “biológicos” de la CEM y la relación con exposiciones largas, como así sobre otros grupos especialmente sensibles, mediante la revisión de abundante bibliografía y el análisis de cientos de estudios desarrollados en varios países, y -como se comprueba al final de la siguiente cita- enviado oportunamente al legislador:
-
“Es necesario considerar que radiaciones de energía menores son capaces de desplazar
electrones de moléculas orgánicas a niveles de energía mayores, los que al volver a los niveles
energéticos anteriores liberan la diferencia de energía, que en algunos casos puede ser en forma
de luz visible, que pueden hacerse evidentes mediante microscopia de fluorescencia. Dichos
cambios energéticos en moléculas orgánicas pueden causar o modificar diversas reacciones
químicas en el organismo, y de esta manera, ser responsables de los efectos sobre la salud de las
radiaciones electromagnéticas.”
-
“La evidencia científica actual ha demostrado claramente efectos adversos para la salud
de las radiaciones 'no ionizantes' de alta intensidad (inducción de corrientes eléctricas y efectos
térmicos, principalmente), que producen una elevación de la temperatura de órganos y tejidos, y
los efectos que producen son denominados efectos térmicos.”
Como se puede ver, documentación científica respecto a los efectos altamente nocivos de la CEM existe, está disponible de modo gratuito en la red y ha sido desarrollada por investigadores chilenos y propuesta al legislador con el patrocinio de la Universidad de Chile. Cabe señalar que el profesor Andrei Tchernitchin no sólo es una eminencia y autoridad competente en el área, sino que, además, es Director del Laboratorio de Endocrinología Experimental y Patología Ambiental del Instituto de Ciencias Biomédicas de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, formando parte, además, del Departamento de Salud y Medio Ambiente del Consejo Regional Santiago, del Colegio Médico de Chile. Dicho informe está basado en cientos de estudios y en una amplia bibliografía académica, y fue financiado y patrocinado por el Departamento de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Chile, y publicado por el Caud Méd Soc (Chile) en 2004, por lo que el titular debió recurrir a ella para elaborar su proyecto, como, del mismo modo, los OAECA y el SEA deberían exigírsela como fuente para descartar externalidades negativas.
Tenemos entonces que el titular descarta que el proyecto genere aquellos efectos, características y
circunstancias que regula el artículo 11° de la Ley N°19.300, basándose en normas extranjeras
Respuesta: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los potenciales impactos ambientales del proyecto. Al respecto, el documento “¿Servicio tecnológico a cualquier precio? La contaminación electromagnética vulnera el derecho a la salud. Realidad y alternativas en la Universidad de Murcia. José F. Caselles Pérez” se refiere específicamente a la radiación electromagnética de alta frecuencia. Ahí se mencionan: “antenas de telefonía móvil, radares, teléfonos móviles, teléfonos inalámbricos de base fija -DECT-, emisiones UMTS-Wifi-Wimax- Bluetooth, RF, GPS, monitores electrónicos de vigilancia para bebés, antenas inalámbricas, microondas sin estanqueidad, cocinas de inducción, juegos inalámbricos, femtoceldas, nuevos contadores de luz, agua o gas, etc.”.
Las frecuencias que manejan los citados equipos son MHz (millones de Hz) e incluso GHz (giga Hertz). La radiación electromagnética a esas frecuencias penetra en el cuerpo humano y por eso los límites citados también en el documento se refieren a los límites de absorción de potencia (µW/m2) por el cuerpo humano.
Es comprensible y compartida la preocupación por los efectos citados, sin embargo, el presente Proyecto incluye una línea eléctrica de 110kV entre Vallenar y Maitencillo, que corresponde a una frecuencia de 50 Hz para la transmisión de energía eléctrica y una emisión de radiofrecuencia de 0,5 MHz, muy bajo los límites tolerables indicados por la normativa internacional. Tomando el caso de mayor generación de radio interferencia, correspondiente al caso de la línea soportada por el poste de suspensión, el valor a la distancia y frecuencia de norma es un 65% del valor límite establecido por la norma canadiense referida (Association canadienne de normalisation, Valeurs limites et methods de mesure du bruit électromagnétique (0,15 à 30 MHz) produit par les reseaux de courant alternatif. CAN3-C108.3.1 – M84. Octobre 1984. Reaffirmed 2009), y se reduce a un 41% a 50 metros y a un 20,4 % a 100 metros.
Figura 1: Radio interferencia en función de la distancia
Fuente: Anexo 6 de la DIA, Estudio de campos electromagnéticos.
Figura 2: Radio interferencia en poste de suspensión
- La línea azul corresponde al borde de la faja de servidumbre y la verde a la distancia para evaluación normativa (15 metros desde el conductor externo y a 0,5 MHz de frecuencia) Fuente: Figura 8-2 de la Adenda Complementaria.
Respecto del estudio publicado por los académicos de la Universidad de Chile A. Tchernitchin y Rubén Riveros, “Efectos de la Radiación Electromagnética sobre la Salud”, este señala una multiplicidad de enfermedades atribuibles a los campos electromagnéticos, partiendo con campos magnéticos de valores tan bajos como 0,1 micro Tesla (no hay referencias al campo eléctrico), pero sin discriminar respecto de radiaciones de baja frecuencia o alta frecuencia.
En el artículo, en relación con los campos ELF, se menciona que “a exposición ocupacional a radiación ELF, pero en muchos de los estudios epidemiológicos no se han separado de las radiaciones RF, puesto que, en muchas actividades laborales estudiadas, se observa exposición a ambas”. Por otro lado, normalmente estamos sumergidos en un ambiente electromagnético provocado por un conjunto de artefactos electrodomésticos o de oficina, cuya generación de campo electromagnético es de magnitud igual o superior al umbral de 0,1 micro Tesla señalado en la publicación, lo que habitualmente representa una controversia debido a la dificultad de discriminar la fuente particular de afectación en un ambiente de vida cotidiano.
El organismo rector de la salud a nivel mundial, la Organización Mundial de la Salud (OMS), elaboró una extensa publicación (disponible en el siguiente enlace https://www.who.int/publications/i/item/9241540958) refiriéndose a las distintas enfermedades y patologías que, según las investigaciones, eventualmente pueden generar los campos electromagnéticos. A continuación, se transcribe el párrafo relativo a medidas de protección que se encuentra en el documento:
“Medidas de protección:
Así, la OMS reconoce y adopta las recomendaciones de la ICNIRP utilizadas en el estudio de campos electromagnéticos (presentado en el Anexo 6 de la DIA y actualizado en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria) para definir los límites de exposición, y no recomienda la reducción de los valores límites.
Respecto del campo eléctrico, el caso de mayor generación corresponde al poste de anclaje y remate PR, y asciende a 1.500 V/m al borde de la faja de servidumbre, lo que representa el 30,0% del límite establecido en las normas de referencia (ICNIRP y RPTDN° 07), que asciende a 5.000 V/m, mientras que a una distancia de 30 metros desde el eje de la línea de transmisión, el campo eléctrico generado por el proyecto es cero.
Figura 3: Campo eléctrico en poste de ancla je y remate PR
- Las líneas rojas corresponden a los bordes de la faja de servidumbre, y la flecha indica el eje de la línea de transmisión. Fuente: Figura 8-4 de la Adenda Complementaria.
Respecto del campo electromagnético, que al igual que para el campo eléctrico el caso de mayor generación corresponde al poste de anclaje y remate PR, el valor de la inducción magnética asciende a 1,21 micro Tesla al borde de la faja de servidumbre, lo que representa el 0,6% y 1,2% de los límites establecidos en las normas de referencia ICNIRP y RPTDN°07, de 200 y 100 micro Tesla, respectivamente. A partir de allí, es posible aseverar que, a partir de 50 metros desde el borde de la faja de servidumbre, el campo electromagnético emitido por el proyecto tiende a cero, es decir, no modifica la condición actual del entorno.
Figura 4: Campo electromagnético en poste de anclaje y remate PR a 1 metro del suelo
*Las líneas rojas corresponden a los bordes de la faja de servidumbre, línea de transmisión. Fuente: Figura 8-5 de la Adenda Complementaria.
A partir de lo anteriormente expuesto, y conforme concluye el informe de modelación de campos electromagnéticos presentado en la DIA como Anexo 6, la línea eléctrica del Proyecto durante su operación satisface la normativa referente a campos electromagnéticos de baja frecuencia y alta frecuencia.
12.2.2 Observante: Leonel Rivera Zuleta
Observación: Hay afectación directa por el tendido eléctrico en el campo electromagnético. Ustedes están en territorio diaguita ancestral, visual, física y emocional. Hay afectación directa al territorio y a la apicultura, desastre de las colmenas.
Respuesta: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización ambiental del proyecto y sus potenciales impactos ambientales. En relación con la primera observación, esta es “Hay afectación directa por el tendido eléctrico en el campo electromagnético”, durante la evaluación ambiental del proyecto se presentó un estudio de campos electromagnéticos, el que fue incluido en el Anexo 6 de la DIA. Según lo descrito en dicho anexo, este Proyecto considera una línea eléctrica de 1x110 kV con una frecuencia de 50 Hz para la transmisión de energía eléctrica y una emisión de radiofrecuencia de 0,5 MHz. De acuerdo con los resultados del mencionado estudio de campos electromagnéticos, se consideró el caso de mayor generación como el escenario más desfavorable para el análisis, que corresponde a la línea sostenida por postes de anclaje y remate PR (ver Tabla 1-10 del Capítulo 1 de la DIA). El valor estimado al borde de la faja de servidumbre asciende a 1,21 micro Tesla, lo que representa el 0,6% y 1,2% de los límites establecidos en las normas de referencia ICNIRP y RPTDN°07, de 200 y 100 micro Tesla, respectivamente. A partir de allí, comienza una disminución que alcanza valores inferiores a 0,09 micro Tesla (0,04% de la norma), lo que se considera inocuo para la salud de las personas. En consecuencia, es posible señalar que, a partir de 50 metros desde el borde de la faja de servidumbre, el campo electromagnético emitido por el proyecto tiende a cero, es decir, no modifica la condición base del entorno. Con todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera riesgo a la salud de la población.
En relación con la segunda observación ciudadana, esta es “Ustedes están en territorio diaguita
ancestral, visual, física y emocional”, durante la evaluación ambiental, se reconoció la presencia de
grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) en el área de influencia del proyecto,
Luego de revisar los antecedentes sobre medio humano, presentados en la sección 1.8 del Anexo 8
de la DIA, Anexo 2 de la Adenda y Anexo 6 de la Adenda Complementaria, y reconociendo la
identidad e importancia de la cultura diaguita en el territorio, durante la presente evaluación
ambiental se concluyó que el proyecto no genera susceptibilidad de afectación a GHPPI. Dicho
análisis se puede revisar con mayor detalle en la tabla 6.3 del presente documento y en la
Resolución que deniega la apertura de PCPI en el marco de la evaluación ambiental del proyecto,
documento que está disponible en la pestaña de Participación Ciudadana del expediente electrónico
del proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar”, cuyo enlace es el siguiente:
https://seia.sea.gob.cl/archivos/2023/03/15/Res-deniega-PCPI-DIA-Nueva-Linea-Maitencillo-
Vallenar-firmada.pdf
En relación con la tercera observación ciudadana, es decir, aquella referida a una potencial
afectación a la abejas y colmenas del sector por parte del proyecto, en el punto 4.6.v de la Adenda
Complementaria se solicitó evaluar el impacto acumulativo de campos electromagnéticos del
proyecto y líneas de transmisión ya instaladas en la zona (o con RCA aprobadas) sobre actividades
de apicultura (posible desorientación de abejas) desarrolladas en el área de influencia de medio
humano.
Tal como se puede observar en la Figura 4-13 de la Adenda Complementaria, el sector de mayor
convergencia de líneas de transmisión se sitúa entre la Subestación Maitencillo y la estructura N º
16 del proyecto. Sin embargo, de acuerdo con los antecedentes analizados para la determinación y
caracterización del área de influencia medio humano (Anexo 2 de la Adenda), de los receptores
sensibles identificados como tal por su cercanía a las obras del proyecto (ver Figura 3-11 del Anexo
6 de la Adenda Complementaria) solo 3 se ubican en el sector señalado. El receptor 1 (habitacional)
se ubica a 51 metros del límite de la faja de servidumbre a la altura de la estructura Nº 3, el receptor
2 (habitacional) a 130 metros del límite de la faja en el vano comprendido por las estructuras Nº 8 y
Nº 9, y el receptor 3 (habitacional/agrícola), a 140 metros del límite de la faja en el vano
comprendido por las estructuras Nº 12 y Nº 13.
Conforme a las distancias señaladas, y de acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 6
de la DIA y Anexo 6 de la Adenda Complementaria, al borde de la faja de servidumbre la emisión
de campos electromagnéticos proveniente de la línea de transmisión del proyecto asciende a 1,21
micro Tesla, lo que representa el 0,6% y 1,2% de los límites establecidos en las normas de
referencia ICNIRP y RPTDN°07, de 200 y 100 micro Tesla, respectivamente. A partir de allí
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
-
Que, para que el proyecto “Nueva Línea 1x110 kV Maitencillo-Vallenar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.