Centro Logístico Laguna Sur
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 22 de abril de 2022, mediante Resolución Exenta Nº 202213001250 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 26 de agosto de 2022 y su Adenda Complementaria de fecha 17 de febrero de 2023, del Proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”, presentado por Bodegas San Francisco Limitada.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) Nº 20231310932 de la DIA del proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”.
3°. El Acta de Evaluación Nº 02/2022 de fecha 06 de septiembre de 2022 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE Nº 20231310932 de la DIA del Proyecto “Centro Logístico Laguna Sur” de fecha 10 de marzo de 2023.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 20 de marzo de 2023.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40, de 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución TRA Nº 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en la Resolución Nº 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Bodegas San Francisco Limitada. (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto “Centro Logístico Laguna Sur” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Bodegas San Francisco Limitada Rut 76.098.820-0 Domicilio Puerto Madero 9710 Piso 4, Pudahuel. Nombre representante legal Sergio Andrés Barros Fontannaz. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627 Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina Fecha: 30-03-2023 17:38:01:450 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina Fecha: 30-03-2023 17:38:03:673 UTC -03:00 Razón: Lugar:
Rut representante legal 15.384.406-2 Domicilio representante legal Puerto Madero 9710 Piso 4, Pudahuel. Correo electrónico Titular o representante legal jlillanes@bsf.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de marzo de 2023, el Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de este documento; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142 y con el Pronunciamiento del Art 161 del D.S. Nº 40/2012 MMA; • No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 20 de marzo de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 10 de marzo de 2023, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación, se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Regularizar el Centro Logístico Laguna Sur, cuyo fin es arrendar bodegas y satisfacer las necesidades de sus clientes, cumpliendo con las exigencias de la normativa ambiental vigente. Descripción general del proyecto El Proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”, corresponde a una regularización de un centro de bodegaje actualmente en operación, ubicado en calle Laguna Sur N° 9.600, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana. El Proyecto original inició su construcción en el año 2008 y finalizó en diciembre de 2012. En abril del año 2008 inicia su operación. Actualmente, el Centro Logístico se encuentra plenamente operativo, sin embargo, existen algunas obras puntuales que se ejecutarán el primer semestre del año 2023 y corresponden a las siguientes: • Áreas de servicios (pérgola, minimarket, baños y camarines). • Áreas verdes (arborización). Estas obras se ejecutarán en un plazo de 1 año, tiempo en el cual no se interrumpirá la operación del Centro Logístico. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones e.3) Terminales de camiones. Vida útil Indefinida. Monto de inversión USD $ 33.000.000.- Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El acto o faena mínima que da inicio de las obras proyectadas comprende la instalación de cierre perimetral para separar las áreas colindantes en operación con las obras a ejecutar. Antecedentes en tabla 3 de la Adenda complementaria. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No Antecedentes en punto 1.2.8 de la DIA y en respuestas 1.32 y 1.36 de la Adenda.
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Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No Antecedentes en punto 1.2.5 de la DIA y en respuesta 1.35 de la Adenda.
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
Antecedentes en punto 1.2.5 de la DIA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto emplazará sus partes y obras en las comunas de Pudahuel y Maipú, ambas pertenecientes a la provincia de Santiago, Región Metropolitana, específicamente en Calle Laguna Sur N° 9.600 (Loteo El Maitén Norte, Lote 2-C Parcela 12). En la Figura 1-1 de la DIA, da cuenta de la ubicación del proyecto. (Punto 1.3.1 de la DIA.) Justificación de la localización La localización del Proyecto se justifica principalmente por su privilegiada conectividad regional e interregional que cuenta este lugar, el que se localiza cercano a los principales puertos aéreos y vías expresas, tal y como se indica a continuación: • Conectividad Valparaíso - San Antonio mediante Ruta 68. • Cercanía a Aeropuerto Arturo Merino Benítez. • Conectividad entre Ruta 68 y Av. Américo Vespucio. A esto, se puede agregar que el Centro se encuentra alejado de zonas residenciales, permitiendo un funcionamiento sin afectar los modos de vida de la comuna de Pudahuel, Maipú y comunas cercanas. Por otra parte, el Proyecto se emplaza en la comuna de Pudahuel en una zona definida por el PRMS como zona de Extensión Urbana, la cual permite actividades productivas de carácter inofensivas y molestas. En el acápite 1.3.5 de la DIA el Titular señala que dicha zona ha sido recientemente ratificada por el PRC de Pudahuel, como zonas J y K. Al respecto, la zona J permite la instalación y funcionamiento de actividades productivas de carácter inofensivo y molesto, del mismo modo que el PRMS definía este sector. Respecto a la zona K, esta corresponde a zona exclusiva definida también como Zona J y conforma el sector industrial logístico. Por otro lado, la parte del Centro Logístico que se emplaza en la comuna de Maipú corresponde a una zona industrial (ZI-1) según su PRC de Maipú, la cual permite actividades de carácter inofensivas y molestas. Por su parte, los Certificados de Informaciones Previas (CIP) actualizados que se encuentran en el Anexo 2.2 de la Adenda (CIP Nº 776 de fecha 23/06/2022 emitido por la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, y CIP Nº 1397 de fecha 22/06/2022 emitido por la Ilustre Municipalidad de Maipú), corroboran la compatibilidad territorial del proyecto. Y en el Anexo 3.4 de la Adenda Complementaria, se presenta una cartografía en KMZ y PDF donde se grafica la zonificación estipulada en los CIPs (ver Anexo 2.2 de la Adenda), que confirman que el proyecto tiene compatibilidad territorial.
Superficie El Proyecto cuenta con un total de 321.048,91 m2 construidos y se proyecta 17.410,56 m2, por lo tanto, la superficie total construida comprenderá un total de 338.459,47 m2. El detalle se entrega en tabla a continuación:
Tabla 4.2.1: Superficies del Proyecto Superficie Predial Rol M2 Total Lote Pudahuel 2599-056 190.264,01
Lote Maipú 1195-32 150.700,01 340.964,02 Superficie Construida Área M2 Total Lote Pudahuel Con Permiso De Edificación Primer Piso 105.826,18
Segundo Piso 1.458,88 107.285,06 Permiso de Edificación Primer Piso 9.472,50
Segundo Piso N/A 9.472,50 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
en Trámite. Otros (Servicios) 537,11
Vialidad Interna 66.268,06 66.268,06 Lote Maipú Permiso de Edificación en Trámite. Primer Piso 90.451,89
Segundo Piso 862,53 91.314,42 Cálculo 1/2 Sup. Ext. 1.730,99
Vialidad Interna 44.440,76 46.171,75 Proyectado - Pérgola 22,66
Baños y camarines 30,00
Mini Market 77,50
Quincho Total 26,60 156,76 Arborización 17.253,81 17.253,81 Superficie Total Construida 321.048,91 Superficie Total Proyectada 17.410,56 Superficie Total A Intervenir El Proyecto 338.459,47 Superficie No Intervenida 2.504,55 (Fuente Punto 10.1 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
El detalle del layout de las instalaciones se entregan en plano adjunto en Anexo 2 de la DIA. Los Permisos de Edificación existentes se adjuntan en Anexo 2.2 de la Adenda. Coordenadas UTM en Datum WGS84 A continuación, se presentan las coordenadas del proyecto:
Tabla 4.2.2: Coordenadas del proyecto. Punto Coordenadas geográficas UTM WGS 84 huso 19S Este (m) Norte (m) A 6.296.313 334.316 B 6.296.280 334.808 C 6.296.500 334.821 D 6.296.464 335.585 E 6.296.187 335.347 F 6.296.223 334.921 G 6.296.008 334.876 H 6.296.025 334.295 Fuente: Tabla 1-2 de la DIA. Caminos o vías de acceso
El Proyecto considera uno acceso por Puerto Santiago y 2 por la calle Laguna Sur cuya operación será mixta, es decir, serán de ingreso y egreso. (Punto 1.3.4 de la DIA.) En la Figura 1-4 de la DIA se grafica lo señalado. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones - Anexo 3.4 de la Adenda Complementaria, se adjunta el KMZ del Proyecto. - Plano del Proyecto, Anexo 3.1, de la Adenda Complementaria. - Plano de áreas verdes en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria. • - Anexo 3.4 de la Adenda Complementaria se presenta una cartografía en KMZ y PDF donde se grafica la zonificación estipulada en los CIPs (ver Anexo 2.2 de la Adenda)
4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Instalaciones para el almacenamiento de residuos no Durante la fase de construcción en el área de Instalación de Faenas estarán ubicados los sectores de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos (ver plano de Instalación de Faenas en el Anexo 2.2 de la DIA y en la Figura 1 del Anexo 6.1 de la Adenda se puede observar el lugar de disposición de residuos para la fase de construcción). Respecto a los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
peligrosos (No Ejecutadas) residuos domiciliarios y asimilables se dispondrá un contenedor de 1000 L y la cantidad a generar se estima en 15 kg/día, mientras que los residuos inertes de la construcción serán almacenados en dos contenedores tolva de 12 m3 cada uno, y la cantidad a generar se estima en 100 ton/año. Se considera que el almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos sea temporal, por lo cual una frecuencia de retiro de 3 veces a la semana y su disposición final será en sitio autorizado. (Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda) Instalaciones para el almacenamiento de residuos peligrosos (No Ejecutadas)
Durante la fase de construcción al interior de la instalación de faena se contará con una bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos de forma transitoria para uso exclusivo. La instalación corresponde a una Bodega modelo RF90 – 2,5 m2, la cual ha sido diseñada considerando las especificaciones de los D.S N°43/2015 MINSAL sobre el Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, D.S N°148/2003 MINSAL sobre el Manejo de Residuos Peligrosos y D.S N°594/1999 MINSAL sobre las Condiciones Sanitarias/ambiental en el Lugar de Trabajo. (Punto 1.1 del Anexo 6.2 de la Adenda) en la Figura 1 del Anexo 6.2 de la Adenda se puede observar el lugar de disposición de residuos peligrosos para la fase de construcción) Instalación de faenas (No Ejecutadas) Para la ejecución de las obras menores proyectadas en esta fase de construcción se dispondrá de una instalación de faena, la cual corresponde a una instalación provisorias que permitirán contar con bodega de materiales, camarines servicios higiénicos, comedor y áreas de almacenamiento de residuos. Dicha instalación se conectará a empalme eléctrico y PTAS existente. (Punto 1.5.2 de la DIA) 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción Cierre Perimetral Comprende separar el área del proyecto con sitios colindantes. (Punto 1.5.2 de la DIA) Demolición Se retirará pavimento existente en zona donde se proyecta la arborización mediante cortadora de hormigón. (Punto 1.5.2 de la DIA) Excavaciones o movimiento de tierra Remoción del material mediante maquinaria. Se contempla utilizar el 10% del material removido como relleno del terreno, el 90% restante será transportado por camión tolva de 12 m3 hacia sector autorizado (Punto 1.5.2 de la DIA) Obra gruesa Corresponde principalmente a las actividades de construcción de estructuras, pilares, muros y techos de las áreas de servicios. (Punto 1.5.2 de la DIA) Recepción de obra Considera la obtención de la recepción de las obras por parte de la autoridad correspondiente. (Punto 1.5.2 de la DIA) 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Agua Potable y alcantarillado El agua potable y alcantarillado para la fase de construcción será provisto a través de sistemas particulares existentes del Proyecto. Para lo primero (agua potable), se extraerá agua de un pozo (se adjuntan derechos de en Anexo 4.4 de la DIA) y se hará uso de la Planta de Agua Potable en actualmente en operación. Para lo segundo, las aguas servidas serán tratadas en la planta de aguas servidas existente. Cabe señalar, que ambos sistemas cuentan con respectiva autorización sanitaria mediante Resolución Exenta 11.137 de marzo el año 2011, adjunta en Anexo 7 de Adenda Complementaria. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
En la siguiente tabla se detalla el consumo de agua estimado para la fase de construcción:
Tabla 4.3.2.1: Consumo de agua en la fase de Construcción Fase Origen (Red pública/Pozo/Canal/Otro) Periodo Consumo (l/s) CONSTRUCCIÓN Consumo doméstico Pozo existente Fase de Construcción 0,00004 Humectación N/A N/A Se utilizará Bischofita etc. - - - (Fuente: Tabla 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Se presenta memoria del sistema de agua potable en Anexo 6.2 de la DIA y el detalle de sistema tratamiento de aguas servidas en respectivo PAS 138 en Anexo 6 de la Adenda Complementaria.
En todo momento se cumplirá con los requisitos estipulados en el D.S. Nº 594 MMA Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, con relación a que: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del art. 23 del D.S. Nº 594 MMA Los baños no podrán estar instalados a más de 75 m. del área de trabajo. Se acreditará descarga de las aguas manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de las mismas. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Energía eléctrica El Proyecto cuenta con energía eléctrica provista mediante 4 empalmes existentes con la empresa ENEL con una potencia conectada de 300 KVA cada uno. Las facturas de consumo eléctrico y respectivos TE1 se adjuntan en Anexo 4.1 de la DIA. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Servicios higiénicos Para la construcción de las obras se contempla la instalación de baños químicos en los frentes de trabajo, cumpliendo en todo momento con los requisitos estipulados en el D.S. Nº 594/1999 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Materiales de Construcción Los materiales (áridos, cemento, ladrillos, fierro, entre otros) para las obras proyectadas, serán adquiridos a empresas proveedoras autorizadas. A continuación, se entrega el detalle de la cantidad de materiales a utilizar:
Tabla 4.3.2.2 Cantidad de materiales a utilizar para ejecución de obras. Materiales Unidad Cantidad Cemento saco 25 kg 72 Fierro ton 504 Ladrillo 29x14x7 unidad 1727 Estructura perfiles ton 1801 Plancha Cubierta (Koverpol) m2 159 Áridos m3 20 (Fuente: Tabla 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Para las obras proyectadas el hormigón será provisto por camiones mixer de empresa externa y especializada en la provisión de este insumo. La cantidad a utilizar será de 32 m3. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Equipos y maquinarias Los principales equipos y maquinarias a utilizar son:
Tabla 4.3.2.3 Cantidad de materiales a utilizar para ejecución de obras. Maquinaria Grúa Soldadora Esmeril angular Excavadora Cargador Frontal Rodillo Compactador Retroexcavadora Camiones (tolva y mixer) Minicargador Cortador de pavimento Demoledor de pavimento (Fuente: Punto: 1.5.2.3.8 de la DIA) 4.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus actividades. (Tabla 10.5 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) 4.3.4. EMISIONES Y EFLUENTES Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
4.3.4.1 EMISIONES Nombre Descripción Emisiones atmosféricas El informe de emisiones atmosféricas se encuentra en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria. De acuerdo al informe, durante la fase de construcción las siguientes actividades generarán emisiones atmosféricas: Escarpe, Erosión de material en pila, Carguío y volteo de material, Compactación, Tránsito de camiones por caminos no pavimentados fuera del sitio donde se emplaza el proyecto, tránsito de camiones por caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplaza el proyecto, Carguío y Volteo de material en empréstito o sitio de disposición, combustión de vehículos y Combustión de maquinarias fuera de ruta (mayores detalles en la Tabla 3 del Anexo 2.1 de la DIA).
Para evaluar el cumplimiento normativo respecto este componente, se realizó una Estimación de Emisiones Atmosféricas de las obras existentes y proyectadas para la presente evaluación. Los resultados se entregan a continuación considerando el traslape de ambas fases:
Tabla 4.3.4.1.1: Resumen emisiones del Centro Logístico Laguna Sur. Estado Año MP10 MP2,5 CO COV NOX SOX NH3 t/año t/año t/año t/año t/año t/año t/año Ejecutado 2008 4,916 1,446 1,626 0,268 4,790 0,005 0,002 2009 4,664 1,373 1,599 0,262 4,686 0,005 0,002 2010 4,502 1,069 0,898 0,151 2,743 0,003 0,001 2011 0,530 0,365 0,705 0,112 1,996 0,002 0,001 2012 0,530 0,365 0,705 0,112 1,996 0,002 0,001 2013- 2021 0,015 0,006 0,002 0,000 0,025 0,000 0,000 Evaluación ambiental 2022 0,015 0,006 0,002 0,000 0,025 0,000 0,000 Por ejecutar 1 0,203 0,031 0,011 0,001 0,041 0,000 0,000 2… 0,015 0,006 0,002 0,000 0,025 0,000 0,000 Límite PPDA (t/año) 2,5 2,0 - - 8,0 10,0 - (Fuente: Tabla 129 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria)
Al respecto se superan los límites establecidos en el artículo 64 del D.S. N°31/2016 MMA, Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana de Santiago, según el resultado de las estimaciones con cálculo de equivalentes. A partir de los resultados anteriores, las emisiones de las obras ejecutadas sobrepasan el umbral de la normativa señalada durante el año 2008, 2009 y 2010, por lo tanto, se deberán compensar sus emisiones. La compensación de emisiones se realizará de acuerdo al valor más elevado, el cual corresponde al año 2008 donde se generó 4,916 t/año de MP10, lo anterior se debe a que la medida a aplicar será permanente en el tiempo. Mayores antecedentes ver informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas adjuntas en Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Mas antecedentes en el 2.1 de la Adenda Complementaria. La SEREMI del Medio Ambiente RM en su Oficio Ord. N° 199 de fecha 03/03/2022, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria. 4.3.4.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Aguas Servidas Los residuos líquidos corresponderán a los generados por los trabajadores en obra, quienes tendrán a su disposición baños al interior de la instalación de faena y conectados a sistema particular existente y aprobado por la autoridad sanitaria (Anexo 7 de la Adenda Complementaria). Se estiman que los residuos a generar corresponderán a 1,2 m3/día por trabajador. (Punto 10.6 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO y Vibraciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Nombre Descripción Ruido El estudio de ruido y vibraciones se presenta en el Anexo 3.1 de la DIA. En la Figura 3 del Anexo 3.1 de la DIA se identifican los receptores del Proyecto, los cuales corresponden a recinto de viviendas, empresas, locales comerciales, centros logísticos, etc. Las principales fuentes de ruido en fase de construcción, de acuerdo a lo indicado en el Tabla 13 del Anexo 3.1 de la DIA corresponden a: Grúa soldadora, Esmeril angular, Cargador Frontal, Retroexcavadora, Camión mixer, MiniCargador, Demoledor de Pavimento y Camión Tolva. A partir de lo anterior, el Titular obtuvo los siguientes resultados (considerando que las faenas se desarrollarán exclusivamente en horario diurno).
Tabla 4.3.4.3.1: Evaluación D.S. N° 38/11 MMA, período diurno - Fase de Construcción Receptor Altura de proyección en receptor [m] NPS proyectado [dB(A)] Límite diurno [dB(A)] Evaluación R01 1,5 58 65 Cumple R01 4 59 65 Cumple R02 1,5 63 65 Cumple R03 1,5 61 65 Cumple R04 1,5 50 65 Cumple R05 1,5 59 61 Cumple R06 1,5 42 61 Cumple R07 1,5 32 61 Cumple R08 1,5 48 65 Cumple R09 1,5 20 65 Cumple R10 1,5 35 65 Cumple R11 1,5 20 65 Cumple (Fuente: Tabla 25 del Anexo 3.1 de la DIA)
De acuerdo a los resultados presentados se puede observar que los niveles sonoros proyectados en todos los receptores se encuentran bajo sus respectivos límites permisibles en horario diurno. De este modo, se cumple con el límite permitido.
Más antecedentes en el Anexo 3.1 de la DIA. Al respecto, la SEREMI de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 771 de fecha 03/03/2023. Vibraciones El estudio de ruido y vibraciones se presenta en el Anexo 3.1 de la DIA. En la Figura 3 del Anexo 3.1 de la DIA se identifican los receptores del Proyecto, los cuales corresponden a recinto de viviendas, empresas, locales comerciales, centros logísticos, etc. De acuerdo con la normativa FTA (2006) – Transit Noise and Vibration Impact Assessment, las fuentes generadoras de vibración involucradas serían: Grúa soldadora, Esmeril angular, Cargador Frontal, Retroexcavadora, Camión mixer, MiniCargador, Demoledor de Pavimento y Camión Tolva. A partir de lo anterior, el Titular obtuvo los siguientes resultados (considerando que las faenas se desarrollarán exclusivamente en horario diurno).
En la figura 7 del Anexo 3.1 de la DIA se establecen las distancias de los frentes de trabajo para la estimación de las vibraciones.
En las siguientes tablas se presenta la evaluación de las Velocidades Peak de partículas (PPV) para daño estructural y los Niveles de Vibración (Lv) para molestia. Es importante señalar que las obras se desarrollarán exclusivamente en horario diurno.
Tabla 4.3.4.3.2. Evaluación de Daño Estructural por vibraciones fase de construcción. Punto Evaluación PPV Estimado [pulgadas/s] PPV Límite [pulgadas/s] Evaluación R01 0,006 0,2 Cumple R02 0,030 0,2 Cumple Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
R03 0,008 0,2 Cumple R04 0,002 0,2 Cumple R05 0,008 0,2 Cumple R06 0,001 0,2 Cumple R07 ~0,000 0,2 Cumple R08 0,001 0,2 Cumple R09 ~0,000 0,2 Cumple R10 ~0,000 0,2 Cumple R11 ~0,000 0,2 Cumple (Fuente: Tabla 27 del Anexo 3.1 de la DIA
Tabla 4.3.4.3.3. Evaluación de molestia por vibraciones fase de construcción. Punto Evaluación Lv Estimado [VdB] Lv Límite [VdB] Evaluación R01 59 75 Cumple R02 74 75 Cumple R03 62 75 Cumple R04 49 72 Cumple R05 62 72 Cumple R06 43 72 Cumple R07 35 75 Cumple R08 39 75 Cumple R09 33 75 Cumple R10 33 75 Cumple R11 31 75 Cumple (Fuente: Tabla 28 del Anexo 3.1 de la DIA)
Se puede observar que tanto las Velocidades Peak de Partículas (PPV) como los Niveles de Vibración (Lv) cumplen con los criterios de evaluación de referencia. Los antecedentes en detalle de la modelación para vibraciones se encuentran disponibles en Anexo 3.1 de la DIA.
4.3.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos domiciliarios Estos residuos serán generados por el personal de obra. Dichos residuos se almacenarán de forma transitoria en contenedores especialmente destinados para ello, con la finalidad de evitar la llegada de vectores de interés sanitario (moscas, animales, roedores, etc.). Su retiro y disposición final será realizado a través de una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria. Se estima una generación 15 kg/día considerando la dotación máxima de trabajadores (10 personas) y una tasa de generación de 1,5 kg/persona-día. La frecuencia de retiro de los residuos domiciliarios se estima en 3 veces por semana hacia sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud RM. Mayores antecedentes en el Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda.
Residuos inertes Durante esta fase se generarán residuos inertes de la construcción. Dichos residuos consisten principalmente en escombros producto de las actividades de demolición de pavimento junto con plástico, madera y chatarra, estos serán almacenados de forma segregada y a granel en contenedor metálico en un sitio habilitado para ello en el Área de Instalación de Faenas. El Almacenamiento será temporal en 2 contenedores tolva de 12 m3 cada uno y se considera un total de 100 kg/año. Todos los excedentes se transportarán a recinto de disposición final debidamente autorizado. Durante la Fase de Construcción se implementará un registro que dé cuenta que los residuos generados producto de la demolición que serán enviados a destino autorizado, conforme al “Listado sitios autorizados para disposición de escombros inertes” publicado en la página de la Seremi de Salud RM. Mayores antecedentes en el Anexo 6.1, PAS 140, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
de la Adenda.
4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos peligrosos Los residuos peligrosos serán marginales y corresponderán principalmente a los envases de las sustancias peligrosas (pinturas, pegamento, diluyente, etc.). Este tipo de residuos NO se mezclarán con los del tipo inerte o escombros, debido a que se contará con una bodega para este tipo de residuos, por lo tanto, se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Dentro de la faena no se permitirá la mantención de equipos o vehículos, por lo tanto, no habrá generación de aceites, envases, repuestos (filtros) u otros similares. Se estima como máximo un total de 61 kg/año de residuos peligrosos, los que provienen de las sustancias peligrosas utilizadas, correspondientes a restos de sustancias, envases vacíos y materiales de contención, EPP e implementos de aplicación contaminados.
Para mayor detalle del sitio de almacenamiento y su manejo véase Anexo 6.2 de la Adenda (Antecedentes para solicitar PAS 142). 4.3.5.3 SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Combustible No se considera el almacenamiento de combustible en obra 1.5.2.6.1, DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de construcción en la sección 4.6 del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Bodegas de almacenamiento (Regularización)
Comprenden el espacio destinado al almacenaje de productos, la cual es operada en modalidad de arriendo a distintos clientes al interior del Centro Logístico. El proceso dinámico de arriendo de bodegas es el que permite mostrar la distribución de las unidades de bodegas al año 2022. De esta forma, se tiene un área destinada para bodegaje cuya superficie total actual alcanza los 321.048,91 m2 construidos y en ella se puede configurar un mínimo de 15 bodegas. (Punto 2.1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) Oficinas Administrativas (Regularización) Al interior de las instalaciones se cuenta con departamento central operado por el Titular para administrar los arriendos y servicios que entrega a sus clientes que hacen uso de las bodegas del Centro Logístico. (Punto 2.2 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) Caminos internos y estacionamiento para vehículos (camiones y automóviles) (Regularización) Para la circulación interna de vehículos y camiones, se habilitó un total de 110.708,82 m2 de vialidad y 1.043 estacionamientos distribuidos en 78 para camiones, 954 para vehículos livianos y 11 estacionamientos para movilidad reducida. (Punto 2.3 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
Estaciones de Servicio (Regularización) El Centro cuenta con dos instalaciones de servicios para sus clientes, las cuales comprenden las siguientes atenciones:
Estación de Combustibles: Al interior del recinto existe una estación de servicios manejada por un tercero autorizado (Enex) el cual es responsable de realizar la administración, operación y mantención de esta instalación. La instalación cuenta con un estanque enterrado de 50 m3 para el expendio de Diesel a los clientes que lo requieran. Dicho estanque cuenta con las declaraciones respectivas ante la SEC, por lo tanto, la instalación cumple con las disposiciones legales y técnicas aplicables, (mayores antecedentes en el certificado TC4 adjunto en Anexo 4.6. de la DIA) En caso de eventuales derrames, esta instalación cuenta con superficie de hormigón y canaleta de contención con conexión hacia cámara ciega de 200 L de capacidad, además de agentes absorbentes mediante valdes con arena. (Punto 2.4.1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) En la imagen 2-1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria se observa una foto de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
estación de combustibles.
Estación de Gas: Existe una estación surtidora de Gas Licuado de Petróleo asignada a un tercero autorizado (Abastible), el cual es responsable de la operación, mantención y arreglos que fueran necesarios realizar. Esta instalación está compuesta por 2 estanques de capacidad 4 m3 declarados antes la SEC para abastecer las grúas horquillas de los clientes que lo requieran. Esta instalación cuenta con señalética de seguridad, barreras sólidas, extintor y acceso restringido para su uso. (Punto 2.4.2 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) En la imagen 2-2 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria se observa una foto de la estación de gas. Casino de Alimentos (Regularización) Se opera un recinto para entregar servicio de alimentación el cual cuenta con autorización sanitaria mediante Res. Ex. 50297 otorgada por la Seremi de Salud RM, por lo tanto, este se ajusta a las exigencias señaladas en el D.S. N°594/99 del MINSAL. (Punto 2.5 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) Taller de Mantención (Regularización) Se cuenta con taller de mantención de superficie 100 m2, en el cual se almacenan los materiales y maquinaria menores para realizar el mantenimiento de las áreas comunes del Centro Logístico dentro de las que se encuentra principalmente cambio y reposición de señalética, reparaciones menores de infraestructura como pintura de muros, gasfitería, instalaciones eléctricas y jardines. (Punto 2.6 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) Instalaciones para el almacenamiento de residuos no peligrosos (Regularización) El Proyecto para su operación cuenta con un sector de acumulación transitoria de residuos no peligrosos en el cual se almacenan de forma temporal los residuos domiciliarios y asimilables. en (la Figura 3 del Anexo 6.1 de la Adenda se puede observar el lugar de disposición de residuos para la fase de operación) Dicho sector cumple su función tanto para los residuos de la propia operatividad de la empresa, como también prestando servicio opcional a los clientes que así lo requieran. Los residuos sólidos del Proyecto son los que se generan en los espacios comunes mientras que los residuos sólidos de los clientes son los generados por su personal y operación dentro de cada bodega. Cada cliente tiene la responsabilidad de gestionar el resto de sus residuos que tengan la capacidad de ser reciclados (cartón, madera (pallet), plástico). (Punto 2.7.1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
Se toman en cuenta los aspectos relativos a la generación, recolección, almacenamiento temporal, transporte y disposición final a través de empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Detalles de la instalación se entregan en PAS 140 (Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda.). Instalaciones para el almacenamiento de residuos peligrosos (Regularización) El Proyecto cuenta entre sus instalaciones con una bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos de forma transitoria para uso exclusivo del Proyecto con motivo de las actividades de mantenimiento de los espacios comunes del Centro. en la Figura 3 del Anexo 6.2 de la Adenda se puede observar el lugar de disposición de residuos peligrosos para la fase de Operación. La instalación corresponde a una Bodega modelo RF90 – 2,5 m2, la cual ha sido diseñada considerando las especificaciones de los D.S N°43/2015 MINSAL sobre el Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, D.S N°148/2003 MINSAL sobre el Manejo de Residuos Peligrosos y D.S N°594/1999 MINSAL sobre las Condiciones Sanitarias/ambiental en el Lugar de Trabajo. Mayores detalles se entregan en PAS 142. (Anexo 6.2, PAS 142, de la Adenda.)
Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) (Regularización) La solución en operación se refiere a la recolección de las aguas servidas de los baños y casino actualmente operativos y su conducción hasta la Planta de Tratamiento; el sistema se divide en 2 sectores, que atienden las necesidades de evacuación del Proyecto. Todo el efluente tratado es posteriormente dispuesto hacia el Canal Ortuzano, conforme a la autorización de la Asociación respectiva. La población de diseño y operación del sistema contempla 2.133 personas en total (1.533 usuarios fijos y 600 usuarios ocasionales). Además, se considera 1 casino de 363 m2 de superficie. (Punto 2.8 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) El sistema de tratamiento de las aguas servidas proyectado de forma global consta de las siguientes unidades operacionales: • Pretratamiento • Tratamiento aeróbico (SBR) • Digestor de lodos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
• Unidad de desinfección • Caudales y equipos de impulsión de aire • Operación del sistema de tratamiento SBR • Equipamiento electromecánico • Elevación de aguas tratadas • Disposición final El sistema de tratamiento de aguas servidas ha sido desarrollado para tratar un caudal de 220 m3/día. Y considera un Reactor Discontinuo Secuencial, conocido como SBR, tipo modular. Finalmente, las aguas son cloradas en el estanque de cloración. (Punto 2.8 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
Mayores detalles sobre la operación, funcionamiento y antecedentes técnicos de la PTAS se presentan en el PAS 138. (Anexo 6, PAS 138 de la Adenda complementaria.)
Planta de Potabilización de Agua (Regularización) El Proyecto se ubica fuera del área concesionada de las empresas sanitarias, por lo tanto, la captación del agua proviene de pozo ubicado al interior de las instalaciones, para el cual se cuenta con un sistema de potabilización para su consumo. El sistema de agua potable particular se encuentra en operación y se compone una Planta de Agua Potable para sanear 2.133 personas en total (1.533 usuarios fijos y 600 usuarios ocasionales) junto con un casino de 363 m2 de superficie. (Punto 2.9 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
El sistema de agua potable particular del Proyecto cuenta con resolución de autorización de puesta en servicio de parte de la Seremi de Salud RM, adjunto en el Anexo 4.5 de la DIA, Además, la memoria descriptiva junto con sus planos se entrega en Anexo 6.2 de la DIA
Sistema de Control de Incendios (Regularización) El Proyecto cuenta con sistema de control de incendios, el cual está compuesto por 1 sala de bombas conectada a la red de agua potable, cañerías de boca de incendio para alimentar la red húmeda y un estanque de agua de 400 m3 para uso exclusivo de bomberos en caso de una emergencia. Se considera además un sistema de extintores en base a PQS ubicados en todos los pasillos, porterías y oficinas. (Punto 2.10 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
Caniles (Regularización) Para la seguridad perimetral nocturna del Proyecto se cuenta, entre otros sistemas de vigilancia, con el servicio de empresa externa que ofrece ejemplares caninos para dicha función, los cuales se distribuyen en lugares fijos y estratégicos del Proyecto. Se cuenta con un espacio para caniles de 188 m2 con capacidad para 25 ejemplares. La empresa responsable cuenta con respaldo de tenencia responsable por medio de la implementación de protocolos de visitas veterinarias trimestrales al Centro para vacunación anual antirrábica y séxtuple (distemper, hepatitis, parvovirus y leptospira), además de desparasitación interna y externa vía oral como inyectable. Se desarrollan exámenes clínicos generales y administración de vitaminas o medicamentos en ejemplares que lo necesiten. Se realizan visitas adicionales toda vez que alguno de ellos lo requiera. El Proyecto cuenta con las respectivas fichas de seguimiento por ejemplar. Todos los ejemplares están esterilizados y con chip. El aseo de los caniles se realiza 2 veces al día de lunes a domingo por personal dedicado de forma exclusiva a las tareas propias del recinto. Los residuos del proceso de lavado son manejados a través de sistema de alcantarillado del Centro. El alimento se mantiene en contenedores estancos y secos para su manejo diario. (Punto 2.11 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
Aguas Lluvias (Regularización) Este sistema está compuesto por pozos de infiltración al interior de las bodegas, como solución de aguas lluvias de los Centros de Distribución y Bodegas. El resto del terreno, que considera cubiertas de bodegas menores, pavimentos, área verde y terreno natural, contempla su canalización a través de red de colectores de aguas lluvia interiores, con recorridos por las calles del Proyecto y disposición en 3 puntos hacia canal Ortuzano. En Anexo 6.1 de la DIA se adjunta memoria del sistema de aguas lluvia implementado. (Punto 2.12 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
Grupo Electrógeno y Generadores (Regularización) El Proyecto cuenta con Grupo Electrógeno de respaldo de 44 KVA, el cual se utiliza para abastecer los espacios comunes del Proyecto ante eventuales cortes de suministro y la Planta de agua Potable. Y un grupo electrógeno de 33 KVA para el respaldo de la PTAS (Punto 2.13 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Además, el proyecto cuenta con 2 generadores de 5 KVA (para accesos (Portería principal – Laguna Sur, Portería Puerto Santiago)
Control de Acceso (Regularización) A la entrada del Proyecto existen instalaciones y personal para registrar y controlar el acceso de camiones, lugar en donde se verifica entre otros aspectos: el nombre la empresa, horarios y destinos (u origen) al interior del Centro Logístico. (Punto 2.14 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
Áreas Verdes (No Ejecutadas) El Proyecto incorporará zonas destinadas a jardines para los trabajadores con especies nativas de bajo consumo hídrico equivalentes a 17.253,81 m2 de arborización (Punto 2.14 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria)
El detalle de la superficie de las áreas verdes se puede observar en la figura 1 del Anexo 1 y en el Anexo 3.2 ambos de la Adenda Complementaria. Áreas de Descanso (No Ejecutadas) Se construirán las siguientes instalaciones para uso de servicios y recreacional de los trabajadores • Baños y camarines para los trabajadores • Mini market • Quincho Lo anterior comprende una superficie de 156,76 m2 y están descritas en acápite anterior.
Paneles Solares (No Ejecutadas) El Proyecto considera un sector que cuenta con las condiciones estructurales y de orientación con respecto al sol para poder instalar paneles fotovoltaicos en una superficie de 2.000 m2 (ver plano de ubicación de los Paneles solares propuestos en Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria).
4.4.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Operación del Centro Logístico La Operación del Centro logístico considera que el Proyecto arrienda desde pequeñas bodegas o módulos independientes hasta Centros de Distribución completos, con sus respectivas instalaciones anexas (oficinas, camarines, baños, etc.) bajo las condiciones específicas o adecuaciones que sean exigidas de acuerdo a lo estipulado en la normativa vigente. Las principales actividades que se desarrollan corresponden al almacenamiento y distribución de diversos productos y/o bienes; dichas actividades son desarrolladas por los clientes del Centro Logístico y son responsabilidad de los usuarios de cada instalación. (Punto 1.6.1 de la DIA) Control de acceso – salida A la entrada del recinto existen instalaciones y personal para registrar y controlar el acceso de camiones, lugar donde se verifica entre otros aspectos: el nombre la empresa, horarios y destinos (u origen) al interior del Centro Logístico (Punto 1.6.1 de la DIA) Vigilancia 24 horas Consiste en un sistema de vigilancia con recorridos y cámaras alrededor de las instalaciones. (Punto 1.6.1 de la DIA) Gestión de residuos de espacios comunes Manejo de los residuos sólidos en un reciento especifico. En este recinto se recibe los desechos propios de la operación de BSF y también se reciben residuos de aquellos clientes que así lo soliciten. En este lugar se desarrollan actividades de almacenamiento temporal de residuos para permitir su posterior disposición final en lugares autorizados. Mayores detalles de las actividades, tipo de residuos y su manejo se entregan el (Anexo 6.1, PAS 140 y Anexo 6.2, PAS 142 de la Adenda) Manejo y control perimetral de vectores del recinto Se mantiene un sistema de control de vectores (especialmente roedores) a través de una empresa especializada. Se adjuntan registros en Anexo 4.3 de la DIA. (Punto 1.6.1 de la DIA) Mantenimiento menor de infraestructura Corresponde a la limpieza y reparación de las instalaciones comunes como como edificaciones y jardines (pintura de muros, gasfitería, instalaciones eléctricas, redes de agua, mantención de jardines, señalética). (Punto 1.6.1 de la DIA) Mantenimiento de equipos básicos Considera el mantenimiento de bombas y sistemas de la Sala de bombas de Agua Potable y la PTAS, junto con equipos computacionales. (Punto 1.6.1 de la DIA) Suministro de combustible (estación de servicio). Considera el abastecimiento de la estación de servicios para la provisión de diésel y gas licuado, en donde se cuenta con los estanques correspondientes y dispensadores para la carga de combustible. (Punto 1.6.1 de la DIA)
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Servicio de aseo (patios y baños de áreas comunes). Dentro de las acciones consideradas en la operación del Centro Logístico se encuentra la limpieza de áreas comunes, incluyendo los baños. Para ello, se cuenta con personal que periódicamente realice actividades de aseo. (Punto 1.6.1 de la DIA) Servicio de alimentación (Casino operado por tercero autorizado) Se cuenta con recinto para entregar servicios de alimentación el cual posee autorización de la Seremi de Salud. Se adjunta Resolución Sanitaria en Anexo 4.2. de la DIA
Traslado de lodos desde Planta de Tratamiento
En relación al manejo de lodos, estos son retirados cada 10 días desde el digestor con una humedad de 97% y son trasladados mediante camiones estancos a una planta deshidratadora autorizada. Cabe señalar que, el volumen de lodos que se generarán comprende 2,74 m3/día. 4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción. Agua Potable y alcantarillado El Proyecto se ubica fuera del área concesionada de las empresas sanitarias, por lo tanto, la captación del agua proviene de pozo ubicado al interior de las instalaciones, para el cual se cuenta con un sistema de potabilización para su consumo. Dicha extracción se encuentra aprobada mediante Resolución DGA N° 321, de fecha 16 de junio de 2000. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) El sistema de agua potable particular se encuentra en operación y se compone una Planta de Agua Potable para sanear 2.133 personas en total (1.533 usuarios fijos y 600 usuarios ocasionales) junto con un casino de 363 m2 de superficie. En general el sistema de agua potable particular del Proyecto cuenta con resolución de autorización de puesta en servicio de parte de la Seremi de Salud RM, ver Anexo 7 de Adenda Complementaria (la Planta no requiere cambios para aportar servicio a todo el Centro). (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) En términos generales, el sistema realiza la acumulación del agua para lo cual se han instalado 2 estanques de almacenamiento iniciales, de 20 m3 cada uno, y volumen útil total 40 m3. Cada estanque cuenta con tapa con ventilación incorporada, y se emplazan sobre un radier de hormigón de 0,15 m. El método de desinfección aplicado comprende una bomba dosificadora que inyecta una solución de hipoclorito de sodio. El sistema consta de una electrobomba, con un estanque de 200 L, el que contiene la solución de hipoclorito de sodio, ubicado en la sala de bombas. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) El diseño permite dotar de agua potable a un total de 2.133 personas (usuarios fijos, ocasionales y casino). Finalmente, el diseño considera lo establecido en los artículos 14° y 15° del D.S Nº594/99 MINSAL para este tipo de instalaciones y también el Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado RIDAA D.S. Nº50 MOP del 25 de enero de 2002. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
En la siguiente tabla se detalla el consumo de agua estimado para la fase de operación:
Tabla 4.4.2.1: Estimación de consumo de agua fase de operación Laguna Sur. Fase Origen (Red pública/Pozo/Canal/Otro) Periodo Consumo (l/s) OPERACIÓN Consumo doméstico Pozo existente Fase de Operación 3 Industrial N/A
No existen procesos industriales Incendio Pozo existente
Solo en casos de emergencias Riego Pozo existente
0,2 etc.
(Fuente: Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Respecto al alcantarillado particular, el Proyecto cuenta con una red de alcantarillado y PTAS. Este sistema recolecta las aguas servidas provenientes de los baños y casino al interior del recinto.
El sistema se divide en 2 sectores, que atienden las necesidades de evacuación del centro. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Las aguas servidas del sector oriente serán dispuestas hacia un sistema de acumulación e impulsión (PEAS). El tratamiento y disposición de la totalidad del centro se realiza mediante la utilización de 1 planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) y su disposición hacia Canal Ortuzano dando cumplimiento a la normativa vigente. (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Electricidad El Proyecto cuenta con energía eléctrica provista mediante 4 empalmes existentes con la empresa ENEL con una potencia conectada de 300 KVA cada uno. Las facturas de consumo eléctrico y respectivos TE1 se adjuntan en Anexo 4.1 de la DIA. Adicionalmente, el Centro cuenta hoy con la siguiente estructura de generadores en caso de corte de servicio: • 1 Grupo electrógeno de 33 KVA para respaldo para PTAS. • 1 Grupo electrógeno de 44 KVA para respaldo de Planta de Agua Potable y Administración. • 2 Generadores de 5.0 KVA de respaldo para accesos (Portería principal – Laguna Sur, Portería Puerto Santiago). (Punto 10.4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Alimentación Dentro del recinto, actualmente existe un casino aprobado por la SEREMI de Salud mediante Ex. 50297, cumpliendo con las exigencias señaladas en el D.S. N°594/99 del MINSAL. Dicho recinto cuenta con un total de 150 m2 referente a mesas y sillas con superficies lisas y lavables, agua potable, entre otras, además de facilitar medios de refrigeración y calentamiento de los alimentos.
Equipos y Maquinaria
Los equipos y maquinarias utilizadas en Taller del Proyecto son 1 tronzadora de 2200 watts; 3 Esmeriles angular de 7”; 2 Taladros 1 máquina de soldar; 1 Esmeril de banco; Herramientas manuales menores (caimanes, repuestos, ropa de trabajo para agua, palas, chuzos, niveles, mangueras). (Respuesta 3. 36 de la Adenda Complementaria)
4.4.3. PRODUCTOS GENERADOS De acuerdo al servicio que entrega la empresa, cada cliente tiene la responsabilidad respecto de sus procedimientos operacionales, manejo y despacho de productos, insumos, camiones que cumplan con las condiciones adecuadas y exigidas en la normativa aplicable para el transporte productos (seguridad, acreditación de emisiones, permisos, capacidad, entre otras). (Punto 1.6.7, DIA)
4.4.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES Agua El Proyecto cuenta con derechos de agua de carácter consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, constituido mediante Resolución DGA N° 321, de fecha 16 de junio de 2000, la cual autoriza una extracción 10 litros por segundo con un volumen total anual de 315.360 m3 (se tiene autorizado para extraer por la resolución señalada), se captan en un pozo ubicado dentro del Centro, conforme lo autorizó la Resolución DGA N° 1347, de fecha 21 de Agosto de 2010, para el abastecimiento de agua potable y funcionamiento de la red sanitaria considerando alcantarillado y PTAS. (Tabla 10.5 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Los documentos señalados están adjuntos en Anexo 4.4 de la DIA y Anexo 7 de Adenda Complementaria.
4.4.5. EMISIONES Y EFLUENTES 4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Nombre Descripción Emisiones atmosféricas El informe de emisiones atmosféricas se encuentra en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Las emisiones de la fase de operación del Centro Logístico Laguna Sur propiamente tal, corresponden solo al uso de grupo electrógeno, valores que fueron incluidos en la Estimación de Emisiones Atmosféricas de la presente evaluación, documento adjunto en Anexo 8.1 de la Adenda.
El Titular señala en el punto 3.6 de la Adenda Complementaria que “Para la estimación de las emisiones durante esta fase, es relevante dejar en manifiesto que el traslado de la mercadería, desde y hacia las bodegas, no forma parte del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Proyecto que se evalúa, dado que dicha actividad está a cargo de transportistas (terceros) que prestan el servicio a los usuarios del Centro Logístico. Es por dicha razón que las emisiones atmosféricas generadas por movimientos vehiculares no dependen de la operación del Centro Logístico Laguna Sur.” (Énfasis agregado)
Con la finalidad de complementar lo sostenido, el Titular realizó un análisis específico del Proyecto con el objeto de validar la aplicabilidad de la metodología utilizada y así justificar los beneficios sociales que se generan por la operación de las instalaciones, los cuales se traducen principalmente en la reducción de viajes realizados por vehículos de carga y en la consecuente disminución de consumo de combustible fósil y la generación de emisiones atmosféricas. Los resultados obtenidos para el Centro Logístico Laguna Sur se entregan en estudio "Certificación de la Validez Técnica - CITYLOG UDP" adjunto en Anexo 2.1.8. de la Adenda Complementaria.
Considerando lo mencionado anteriormente, para la fase de operación del Centro Logístico Laguna Sur, sólo se consideran las emisiones generadas por:
• Traslado de lodos desde Planta de Tratamiento • Transporte de residuos no peligrosos • Transporte RESPEL • Uso de grupo electrógeno de 44 KVA existente para casos de emergencia.
Tabla 4.4.5.1.1: Resumen emisiones construcción del Centro Logístico Laguna Sur. Año MP10 MP 2,5 CO COVDM NOX SOX NH3 t/año t/año t/año t/año t/año t/año t/año 2008 en adelante 0,015 0,006 0,002 0,000 0,025 0,000 0,000 Límite PPDA (t/año) 2,5 2,0 - - 8,0 10,0 - (Fuente: Tabla 126 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria)
De acuerdo al informe, durante la fase de operación el Titular no debe compensar sus emisiones atmosféricas en la fase de operación.
Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria. La SEREMI del Medio Ambiente RM en su Oficio Ord. N° 199 de fecha 03/03/2022, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria. 4.4.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Aguas Servidas Corresponden a aguas servidas de carácter domiciliario producto del uso de baños, duchas, lavamanos y casino. Estas serán de alrededor de 150 litros/usuario/día. La planta de tratamiento operará mediante un sistema de tratamiento aeróbico (SBR) y lodos activados. Las aguas tratadas (efluente) dan cumplimiento a la tabla 1 del D.S. Nº 90/00 del MINSAL y son descargadas al canal Ortuzno. Mayores antecedentes en el Anexo 6, PAS 138 de la Adenda complementaria. Residuos líquidos industriales De acuerdo a las características de la actividad, no existirá generación de efluentes del tipo Industrial. (Punto 10.6 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) 4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido El estudio de ruido y vibraciones se presenta en el Anexo 3.1 de la DIA. En la Figura 3 del Anexo 3.1 de la DIA se identifican los receptores del Proyecto, los cuales corresponden a recinto de viviendas, empresas, locales comerciales, centros logísticos, etc. El Proyecto sólo contempla obras nuevas asociadas a zonas arbóreas y áreas de servicio, ya que dichas obras no generan cambios significativos en la futura operación del Centro Logístico, por lo tanto, los resultados obtenidos de las mediciones para la operación actual son aplicables para la evaluación de la fase de operación del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 4.6.3.3: Evaluación D.S. N° 38/11 MMA, período diurno - Fase de Operación sumada a la Fase de Construcción Receptor Altura de proyección en receptor [m] NPS Operación [dB(A)] NPS Operación + NPS Proyectado Construcción [dB(A)] Límite diurno [dB(A)] Evaluación R01 1,5 61 63 65 Cumple R01 4 61 63 65 Cumple R02 1,5 53 63 65 Cumple R03 1,5 55 62 65 Cumple R04 1,5 45 51 61 Cumple R05 1,5 45 59 61 Cumple R06 1,5 40 44 61 Cumple R07 1,5 54 54 65 Cumple R08 1,5 54 55 65 Cumple R09 1,5 55 55 65 Cumple R10 1,5 60 60 65 Cumple R11 1,5 53 53 65 Cumple (Fuente: Tabla 26 del Anexo 3.1 de la DIA)
De acuerdo a los resultados presentados se puede observar que los niveles sonoros proyectados en todos los receptores se encuentran bajo sus respectivos límites permisibles en horario diurno. De este modo, se cumple con el límite permitido. Más antecedentes en el Anexo 3.1 de la DIA de la DIA. Al respecto, la SEREMI de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 771 de fecha 03/03/2023. 4.4.5.4 OTRAS EMISIONES Nombre Descripción Olores En su fase de operación, el Centro Logístico mantiene en funcionamiento una PTAS que da solución al tratamiento de las aguas servidas del Centro generadas tanto para la administración de del Titular como para sus clientes. Por lo anterior, es que se procedió a la ejecución de un estudio de olores que permitiera conocer las emisiones de la PTAS y su cumplimiento el Titular presentó un Plan de Gestión de Olores (PGO), adjunto en Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se indica las emisiones odoríficas de la PTAS del Centro Logístico:
Tabla. 4.4.5.4.1 Resultados de concentración de olor y frecuencia de exceso en los receptores discretos Escenario Actual Receptores discretos Percentil 98 (u.o/m3) Frecuencia de exceso del límite de u.o./m3 (% expresado en
horas/año)
R1 0,3 0,0 % (0 h/a) R2 0,1 0,0 % (0 h/a) R3 0,1 0,0 % (0 h/a) R4 0,2 0,0 % (0 h/a) R5 0,3 0,0 % (0 h/a) (Fuente: Punto 10.6 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Por lo tanto, es posible señalar que los aportes en concentración de olor generados por el escenario actual de operación de la PTAS del Proyecto no generan efectos negativos significativos, toda vez que el nivel de concentraciones de olor generado sobre los receptores cercanos al Proyecto, a partir de los resultados de la modelación, no se superan los límites normativos de referencia establecidos en la Normativa Colombiana (3 u.o./m3, calculados en P98) en ninguno de los receptores.
4.4.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos El Titular señala en el punto 10.6 del Anexo 9 de la Adenda que “su fase de Operación es Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
domiciliarios y residuos sólidos no peligrosos reciclables responsable de la gestión de sus propios residuos (generados en los espacios comunes y administración). Dentro de los servicios que ofrece la empresa se encuentra el de gestionar los residuos domiciliarios de los clientes que lo requieran. Respecto al resto de los residuos (madera, cartón, plástico, etc.), su gestión es de exclusiva responsabilidad de los generadores (clientes) lo cual es exigido mediante contrato de arriendo de bodegas” Para más detalle en el PAS 140 (Anexo 6.1 de la Adenda). En el Centro no existe tratamiento de residuos, solo almacenamiento temporal de ellos. Se considera un total generado de 456,1 Kg/al año de Residuos domiciliarios y residuos sólidos no peligrosos reciclables. El almacenamiento temporal se realiza en contenedores de 20 m3, el que es retirado de acuerdo a necesidad. La frecuencia de retiro de los residuos se realiza en promedio de 3 veces a la semana. Los vehículos encargados del retiro de residuos realizan el traslado en contenedores estancos y con revisión técnica al día además se realiza un control de vectores de forma mensual. Para más detalle en el PAS 140 (Anexo 6.1 de la Adenda).
Lodos En relación al manejo de lodos, estos son retirados cada 10 días desde el digestor con una humedad de 97% y son trasladados mediante camiones estancos a una planta deshidratadora autorizada. Cabe señalar que, el volumen de lodos que se generarán comprende 2,74 m3/día.
Mayores antecedentes en el Anexo 6, PAS 138 de la Adenda complementaria. 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos Peligrosos Los únicos residuos peligrosos considerados de forma permanente corresponden a envases vacíos de los productos peligrosos almacenados por el Titular, los cuales corresponden principalmente a pintura, solventes y tubos fluorescentes utilizados por el Titular para mantención de sus instalaciones de espacios comunes.
Estos residuos son de carácter marginal y se estima una generación de 11,7 kg/mes. Estos serán manejados de a acuerdo a D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL, que "Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos".
El Proyecto cuenta entre sus instalaciones con una bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos de forma transitoria para uso exclusivo de la empresa con motivo de las actividades de mantenimiento de los espacios comunes del Centro. La instalación corresponde a una Bodega modelo RF90 – 2,5 m2, la cual ha sido diseñada considerando las especificaciones de los D.S N°43/2015 MINSAL sobre el Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, D.S N°148/2003 MINSAL sobre el Manejo de Residuos Peligrosos y D.S N°594/1999 MINSAL sobre las Condiciones Sanitarias/ambiental en el Lugar de Trabajo. Su ubicación se detalla en la figura 3 del Anexo 6.2 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 6.2, PAS 142, de la Adenda. 4.4.6.3 SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Sustancias peligrosas El titular cuenta con un sector para acopiar los insumos de aseo doméstico y productos utilizados para las mantenciones básicas de espacios comunes del Centro Logístico Laguna Sur. Las normas de diseños del sitio se ajustan a las medidas básicas de seguridad exigidas en el D.S 43/2015 MINSAL para el almacenamiento de pequeñas cantidades. Los siguientes productos que se utilizan en la fase de Operación, están clasificados según la NCh 382 Of. 2004:
Tabla 4.3.6.3.1: Productos peligrosos almacenados en el Centro Logístico Vespucio. Producto Clase NCh. 382/17 Clasificación NCh. 382/17 Cantidad (litros) Pintura sintética Líquidos inflamables 3 375 Anticorrosivo Líquidos inflamables 3 3 Diluyente Líquidos inflamables 3 15 Hipoclorito Sustancias 8 0 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
corrosivas Aceite Maquina Sustancias peligrosas varios 9 5 Bencina Líquidos inflamables 3 100 Petróleo Líquidos inflamables 3 10 Mata Maleza Sustancias tóxicas venenoso 6.1 20 Antisarro Sustancia corrosiva 8 0 Alcohol Líquidos inflamables 3 0 Pegamento PVC Líquidos inflamables 3 0 Gas Gases inflamables 2.1 0 Cloro Sustancia corrosiva 8 5 Aerosoles Gas inflamable 2.1 3 Insecticidas Gas toxico 6.1 5 Total 541 litros (Fuente: Punto 10.6 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
Dicho producto se almacena en cantidades menores y al interior de bodega de sustancias peligrosas, la cual cumple con las condiciones exigidas para cantidades menores estipuladas en el D.S 43/2015 MINSAL “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Combustible Respecto al almacenamiento de combustible, este se describe en el punto 1.4.1 de la DIA en donde se indica que el combustible se abastece a través de estanque enterrado para el expendio a los clientes que lo requieran el cual cuenta con las declaraciones respectivas ante la SEC. Además, se cuenta con una instalación surtidora de Gas Licuado de Petróleo compuesta por 2 estanques declarados antes la SEC para abastecer las grúas horquillas de los clientes que lo requieran. (Respuesta 1.27 de la Adenda) Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de operación en la sección 4.7 del ICE. 4.5. FASE DE CIERRE 4.5.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.5.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. No contempla 4.5.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. No contempla Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes en la sección 4.8 del ICE.
4.6 CRONOLOGÍA DEL PROYECTO Fase Construcción Fecha estimada de inicio -Obras existentes: El proyecto original inició su construcción en marzo de 2008 y finalizó en diciembre de 2012 -Obras proyectadas: primer semestre del año 2023 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de cierre perimetral para separar las áreas colindantes con las obras. Fecha estimada de término Primer semestre del año 2024
Parte, obra o acción que establece el término -Obras existentes: Inicio de la operación parcial de las bodegas. -Obras Proyectadas: Entrega de nuevas áreas de servicios y verdes a los clientes. Fase de Operación Fecha estimada de inicio -Operación actual: La entrada en operación de este fue parcial y se inicia en abril del año 2008. -Operación obras proyectadas: Primer Semestre 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio -Obras existentes: El proyecto original inició su construcción en el año 2008 y finalizó en el año 2012, La entrada en operación de este fue parcial y se inicia en abril del año 2008 y a la fecha se encuentra operando. -Operación actual: Uso y goce de las nuevas instalaciones por parte de los clientes Fecha estimada de término El Proyecto considera una vida útil indefinida. Parte, obra o acción que establece el término La fase de operación es indefinida
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11° de la Ley N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental 1 Impacto ambiental no significativo Aumento de concentraciones de material particulado y de emisiones de ruido y vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción y Operación. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra a) de la Ley N°19.300:
Emisiones atmosféricas: De acuerdo al estudio de emisiones atmosféricas, adjunto en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria, las emisiones de material particulado y de gases del Proyecto en la fase de construcción sobrepasan los límites establecidos en el PPDA, por tanto, requiere compensar sus emisiones atmosféricas. Sin perjuicio de lo anterior, el titular adoptará una serie de medidas que se detallan en Tabla 8.1.2 del presente ICE. Según el análisis realizado por el Titular en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria se superan los límites establecidos en el Artículo 64 del D.S. N°31/2016 MMA, Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana de Santiago. A partir de los resultados presentados por el Titular en dicho anexo, las emisiones de las obras ejecutadas sobrepasan el umbral de la normativa señalada durante el año 2008, 2009 y 2010, por lo tanto, se deberán compensar sus emisiones. La compensación de emisiones se realizará de acuerdo al valor más elevado, el cual corresponde al año 2008 donde se generó 4,916 t/año de MP10, lo anterior se debe a que la medida a aplicar será permanente en el tiempo. Mayores antecedentes ver informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas adjuntas en Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria. Durante la fase de operación el Titular señala en el punto 3.6 de la Adenda Complementaria que “Para la estimación de las emisiones durante esta fase, es relevante dejar en manifiesto que el traslado de la mercadería, desde y hacia las bodegas, no forma parte del Proyecto que se evalúa, dado que dicha actividad está a cargo de transportistas (terceros) que prestan el servicio a los usuarios del Centro Logístico. Es por dicha razón que las emisiones atmosféricas generadas por movimientos vehiculares no dependen de la operación del Centro Logístico Laguna Sur.” (Énfasis agregado) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Con la finalidad de complementar lo sostenido, el Titular realizó un análisis específico del Proyecto con el objeto de validar la aplicabilidad de la metodología utilizada y así justificar los beneficios sociales que se generan por la operación de las instalaciones, los cuales se traducen principalmente en la reducción de viajes realizados por vehículos de carga y en la consecuente disminución de consumo de combustible fósil y la generación de emisiones atmosféricas. Los resultados obtenidos para el Centro Logístico Laguna Sur se entregan en estudio "Certificación de la Validez Técnica - CITYLOG UDP" adjunto en Anexo 2.1.8.
Considerando lo mencionado anteriormente, para la fase de operación del Centro Logístico Laguna Sur, sólo se consideran las emisiones generadas por: • Traslado de lodos desde Planta de Tratamiento • Transporte de residuos no peligrosos • Transporte RESPEL • Uso de grupo electrógeno de 44 KVA existente para casos de emergencia. Y no tendría que compensar sus emisiones en la fase de operación.
Las emisiones atmosféricas no generan un impacto significativo en ninguna de las fases del Proyecto. Por lo anterior, se puede concluir que no se generarán efectos, características o circunstancias asociados al artículo 11 con respecto al presente literal.
Ruido: Se identificaron 11 receptores sensibles de ruido alrededor del Proyecto, los que se evalúan a diferentes niveles de altura. Tanto para la fase de construcción como de operación, las emisiones de ruido no superarán el nivel de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N 38/11 del MMA sin necesidad de implementar medidas de control, de acuerdo a los resultados presentados en la tabla 25 y 26 del Anexo 3.1 de la DIA. Antecedentes en informe de ruido y vibraciones, adjunto en Anexo 3.1 de la DIA.
En base a lo anterior, es posible concluir que se espera que los niveles de emisiones de ruido del Proyecto no generarán afectación a la salud.
Agua: Los residuos líquidos corresponderán a los generados por los trabajadores en obra quienes tendrán a su disposición baños al interior de la instalación de faena y conectados a sistema particular existente. Para la fase de operación el Proyecto posee 4 obras de descarga en canal Ortuzano, de las cuales 3 corresponden a descargas de aguas lluvias mientras que el otro punto de descarga pertenece al de la Planta de tratamiento de Aguas Servidas. La totalidad de las obras se encuentran construidas y operando. Para tal efecto los residuos líquidos de los servicios higiénicos son tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) que operará mediante un sistema de tratamiento aeróbico (SBR) y lodos activados. Las aguas tratadas (efluente) deben dar cumplimiento a la tabla 1 del D.S. Nº 90/00 del MINSAL y son descargadas al canal Ortuzno. El sistema de tratamiento de aguas servidas ha sido desarrollado para una población de diseño y operación de 2.136 personas en total (1.536 usuarios fijos y 600 usuarios ocasionales). Además, se considera 1 casino de 363 m2 de superficie para tratar un caudal de 220 m3/día. La PTAS considera un Reactor Discontinuo Secuencial, conocido como SBR, tipo modular. Finalmente, las aguas son cloradas en el estanque de cloración. (Respuesta 1.4 de la Adenda Complementaria) Además, el Titular realiza la limpieza de un tramo de 980 m del Canal Ortuzano, retirando vegetación que pueda impedir escurrimiento y evitar acumulación de residuos. Esta limpieza se desarrolla con una periodicidad de 2 veces al mes, lo anterior con el objeto de no alterar el escurrimiento del Canal. Los registros de esas labores se presentaron en Anexo 2.6 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 6, PAS 138 de la Adenda complementaria.
Vibraciones: Para la fase de construcción se evaluaron las vibraciones que se generarán. Se utilizó el criterio establecido en la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assesment” de la Federal Transit Administration – USA - 2018, que establece un criterio de aceptabilidad para zonas residenciales y un límite de riesgo de daño estructural y molestia. De acuerdo a los resultados de la evaluación presentes en las tablas 27 y 28 del Anexo 3.1 de la Adenda cumplirá con los límites establecidos en la normativa de referencia FTA para los criterios de daño estructural. Olores: En relación a esta componente, el titular declara en respuesta Olores de la PTAS: Se elaboró estudio de olores (Anexo 3.3 de la DIA) en el cual se señala que los aportes en concentración de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
olor generados por el Escenario actual de operación de la PTAS del Proyecto no generan efectos negativos significativos, toda vez que el nivel de concentraciones de olor generado sobre los receptores cercanos al proyecto, a partir de los resultados de la modelación, no se superan los límites normativos de referencia (3 u.o./m3, calculados en P98) en ninguno de los receptores. Adicionalmente, se elaboró Plan de Gestión de Olores con el cual tiene da respuesta de manera proactiva y responsable a las potenciales emisiones de olor que se pudieran generar en la PTAS del Centro Logístico Laguna Sur, detalles ver documento Anexo 7 de la Adenda.
El manejo de residuos, en ambas fases del Proyecto, se realiza conforme lo establece la legislación vigente. Para la fase de construcción, tanto los residuos domiciliarios como residuos inertes serán retirados diariamente, y se estima una generación 15 Kg/día de residuos domiciliarios y de 100 Kg/año de residuos inertes. Durante la Fase de Construcción se implementará un registro que dé cuenta que los residuos generados producto de la demolición que serán enviados a destino autorizado, conforme al “Listado sitios autorizados para disposición de escombros inertes” publicado en la página de la Seremi de Salud RM. Mayores antecedentes en el Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda. El Titular señala en el punto 10.6 del Anexo 9 de la Adenda que “su fase de Operación es responsable de la gestión de sus propios residuos (generados en los espacios comunes y administración). Dentro de los servicios que ofrece la empresa se encuentra el de gestionar los residuos domiciliarios de los clientes que lo requieran. Respecto al resto de los residuos (madera, cartón, plástico, etc.), su gestión es de exclusiva responsabilidad de los generadores (clientes) lo cual es exigido mediante contrato de arriendo de bodegas” Para más detalle en el PAS 140 (Anexo 6.1 de la Adenda). En el Centro no existe tratamiento de residuos, solo almacenamiento temporal de ellos. Se considera un total generado de 456,1 Kg/al año de Residuos domiciliarios y residuos sólidos no peligrosos reciclables. El almacenamiento temporal se realiza en contenedores de 20 m3, el que es retirado de acuerdo a necesidad. La frecuencia de retiro de los residuos se realiza en promedio de 3 veces a la semana. Los vehículos encargados del retiro de residuos realizan el traslado en contenedores estancos y con revisión técnica al día además se realiza un control de vectores de forma mensual. Para más detalle en el PAS 140 (Anexo 6.1 de la Adenda). En relación al manejo de lodos, estos son retirados cada 10 días desde el digestor con una humedad de 97% y son trasladados mediante camiones estancos a una planta deshidratadora autorizada. Cabe señalar que, el volumen de lodos que se generarán comprende 2,74 m3/día.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra b) de la Ley N°19.300:
El área del Centro Logístico Laguna Sur no presenta recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. El área de influencia del Centro se desarrolla en un sector altamente intervenido, de carácter urbano con destino industrial y bodegaje altamente consolidado en la periferia del Gran Santiago en las comunas de Pudahuel y Maipú. De acuerdo a la caracterización ecosistema terrestre, adjunto en el punto 6 del Anexo 3.8 de la DIA, se estable que tanto el área original del proyecto como área de influencia se encuentra inserto un sector intervenido, lo que da cuenta la alta presencia de formaciones vegetacionales de origen antrópico, predominancia de flora exótica y especies de fauna generalistas y la predominancia de especies de alta distribución geográfica. De igual forma no se identifican especies en categoría de conservación considerada como amenazadas. En conjunto se establece una ausencia de recursos considerados únicos, escaso o representativos, una baja diversidad biológica de especies nativas y la ausencia de especies en categoría de conservación que indiquen amenaza.
Suelo: El Proyecto corresponde a una regularización y está formada por dos grandes sectores de forma aproximadamente rectangular, el sector Oriente con un largo de ~650,00 m y un ancho de ~290,00 m, y el sector Poniente con un largo de ~600,00 m y un ancho de ~250,00 m. Ambos se implantan en una planicie formada por rellenos de emparejamiento de un espesor variable entre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
~110,00 y ~130,00 cm, construidos con Pomacita. De acuerdo a lo indicado por el Titular en el Anexo 6.3 de la DIA en el área existen Depósitos Aluviales formados por sedimentos no consolidados, propios del río Mapocho. Con el objeto de precisar las características de los suelos existentes en el sitio, se hizo una exploración a base de 3 calicatas de ~3,00 m de profundidad, cabe indicar que en ninguna de las calicatas se detectó la presencia de napa freática. El suelo existente se puede clasificar según la norma NCh 2369 Of. 2003 como Tipo III. Mayores detalles ver Estudio de Mecánica de Suelos adjunto en anexo 6.3 de la DIA.
Además, de acuerdo a lo señalado por el titular en el punto 5.3 del Anexo 3.8 de la DIA, en el área de influencia del proyecto se determina la ausencia hábitats de fauna, más bien se desarrolla en un sector altamente intervenido donde se observa el predominio de obras de infraestructura acompañadas como vegetación del tipo ornamental. del Proyecto no genera una pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad. En este sentido, no existirá efectos, características o circunstancias asociadas al artículo 11 con respecto al presente literal.
Flora y Vegetación: En el Anexo 3.8 de la DIA, el Titular realizó una descripción del ecosistema terrestre de las instalaciones existentes y las obras proyectadas caracterizando los componentes de flora, vegetación terrestre, hongos y fauna silvestre. De acuerdo a la prospección realizada por el Titular en el área de influencia esta la ausencia de formaciones vegetacionales, más bien se desarrolla en un sector altamente intervenido donde se observa el predominio de obras de infraestructura acompañadas como vegetación del tipo ornamental. (punto 5.3 del Anexo 3.8 de la DIA) Sobre el ensamblaje florístico se detectan 6 especies, 67% alóctonas y 33% nativas, sin observarse elementos endémicos o bajo alguna categoría de conservación. En dicha área no se observan formaciones vegetacionales reguladas por las actuales leyes forestales. No se detectan especies endémicas o bajo alguna categoría de conservación. De igual forma no se observan formaciones reguladas por las leyes forestales. No se detectan especies de hongos. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria.)
Fauna: En área de influencia se determina la ausencia hábitats de fauna, más bien se desarrolla en un sector altamente intervenido. Sobre el ensamblaje faunístico se detectan 6 especies, correspondientes a 5 aves y 1 mamífero. Se detecta la presencia de una especie bajo alguna categoría de conservación, siendo esta Tadarida brasiliensis que se considera como en Preocupación Menor siendo esta una categoría que no indica amenaza. Considerando que el Proyecto es una regularización, el Titular señala que tanto en la actualidad como antes del inicio de las obras originales, el sector presenta una alta intervención con predominancia de formaciones de origen antrópicos, con especies consideradas como generalistas y de amplia distribución, con ausencia de especies en categoría de conservación. Anexo 3.8 de la DIA Debido a la ubicación del Centro Logístico Laguna Sur, correspondiente al área urbana de la Región Metropolitana, específicamente en un sector industrial que permite actividades de carácter inofensivas y molestas en las comunas de Pudahuel y Maipú, se descarta la presencia de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, lo cual fue verificado en la caracterización de Ecosistemas Terrestres, componente Fauna. Ver detalles en informe caracterización ecosistema terrestre, acápite 5.2 del Anexo 3.8 de la DIA
Residuos y Sustancias: Durante esta fase se construcción se generarán residuos inertes de la construcción. Dichos residuos consisten principalmente en escombros producto de las actividades de demolición de pavimento junto con plástico, madera y chatarra, estos serán almacenados de forma segregada y a granel en contenedor metálico en un sitio habilitado para ello en el Área de Instalación de Faenas. El Almacenamiento será temporal en 2 contenedores tolva de 12 m3 cada uno y se considera un total de 100 kg/año. Mayores antecedentes en el Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda. Por su parte para la fase de construcción y operación se generarán residuos domiciliarios, en la construcción estos residuos serán generados por el personal de obra. Dichos residuos se almacenarán de forma transitoria en contenedores especialmente destinados para ello, con la finalidad de evitar la llegada de vectores de interés sanitario (moscas, animales, roedores, etc.). Su retiro y disposición final será realizado a través de una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria. Se estima una generación 15 kg/día considerando la dotación máxima de trabajadores (10 personas) y una tasa de generación de 1,5 kg/persona-día. Mayores antecedentes en el Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda. En la operación en el Centro no existe tratamiento de residuos, solo almacenamiento temporal de ellos. Se considera un total generado de 456,1 Kg/al año de Residuos domiciliarios y residuos sólidos no peligrosos reciclables. El almacenamiento temporal se realiza en contenedores de 20 m3, el que es retirado de acuerdo a necesidad. La frecuencia de retiro de los residuos se realiza en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
promedio de 3 veces a la semana. Mayores antecedentes en el Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda. Además, para la fase de operación del Proyecto se considera el manejo de lodos, estos son retirados cada 10 días desde el digestor con una humedad de 97% y son trasladados mediante camiones estancos a una planta deshidratadora autorizada. Cabe señalar que, el volumen de lodos que se generarán comprende 2,74 m3/día. Mayores antecedentes en el Anexo 6, PAS 138 de la Adenda complementaria. El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos en cantidades no mayor a 600 kg en su totalidad, consistentes principalmente en envases de pintura, solventes y tubos fluorescentes, entre otros, estos serán almacenados en una bodega RESPEL diseñada específicamente para este tipo de residuos, ubicadas dentro del Centro, y serán dispuestos en un sitio autorizado por la autoridad correspondiente. Los antecedentes respecto al manejo de residuos peligrosos se indican en PAS 142 (Anexo 6.2 de la Adenda). En cuanto a SUSPEL las normas de diseños del sitio se ajustan a las medidas básicas de seguridad exigidas en el D.S 43/2015 MMA para el almacenamiento de pequeñas cantidades. La bodega de tipo RF90 – 2,5 m2, donde son almacenados estos productos, cuenta con las medidas de seguridad estipuladas en la normativa aplicable. En relación a al manejo de RESPEL y SUSPEL, se realizarán en cumplimiento de la normativa vigente. Finalmente, en relación a las sustancias peligras, durante la fase de operación, se contará con un sitio de almacenamiento cumpliendo el D.S N°43/2015 MINSAL. Las sustancias peligrosas a almacenar se detallan en la tabla 4.7.6.3.1 del presente ICE.
Recurso hídrico El Centro Logístico Laguna Sur no generará efectos sobre cuerpos o cursos de agua en que se generen fluctuaciones de niveles. El Centro Logístico Laguna Sur cuenta con los derechos de agua de carácter consuntivo de aguas subterráneas, dicha extracción se encuentra aprobada mediante Resolución DGA N° 321, de fecha 16 de junio de 2000 la cual autoriza una extracción 10 litros por segundo con un volumen total anual de 315.360 m3 De acuerdo a Estudio Hidrogeológico actualizado (adjunto en Anexo 8.4 de la presente Adenda), es posible indicar que en cuanto a aguas superficiales no hay ningún cauce cercano y los niveles de napa se ubican a más de 30 m de profundidad en la actualidad y respecto a las partes, obras y acciones del proyecto, es necesario mencionar que el Centro Logístico Laguna Sur se encuentra ya construido y operativo, restando las nuevas obras de arborización y servicios en el interior del Centro, que involucra actividades de excavación menores, de una profundidad máxima de 80 cm, motivo por el que no se prevén efectos sobre el componente. Además, en la respuesta 4.8 de la Adenda Complementaria el Titular señala en relación a la Figura 3 de la Adenda Complementaria que: “Como se observa en la Figura 9-2 del Anexo 2.4, el área de influencia, definida como la zona delimitada por la curva de isodescensos de 10 cm para la situación “Con Proyecto” (Escenario C), abarca el pozo PO03, y los de las fichas N°5, 148 y 228. De acuerdo a la Tabla 9-4, el pozo PO03 muestra una tasa de descenso de 1.02 m/año y el pozo N°5 de 1.04 m/año, mientras que el 148 y 228 no cuentan con registros. Sin embargo, el pozo N°149, que se encuentra muy cerca del borde suroeste del área de influencia, muestra una tasa de descenso de 0.63 m/año. Como bien se menciona en la observación, de la situación “Con Proyecto” se obtiene una afectación máxima de la napa de 20 cm de descenso en 50 años en el mismo pozo de extracción; es decir, una tasa de 0.004 m/año, lo que corresponde a lo más a un 0,6% de los descensos actuales si se considera la tasa observada en el pozo N°149.” Debido a las razones señaladas es que se descarta una afectación significativa de los niveles de agua subterránea, toda vez que las tasas de descenso marginales del proyecto son considerablemente menores a las observadas producto del descenso sostenido de los últimos años. Además, en el punto 9.2 del Anexo 2.4 de la Adenda Complementaria el Titular señala que: “según las tasas de descenso marginales resultantes, se considera que el proyecto no genera riesgo de grave descenso de los niveles, ya que los mayores descensos, en el pozo de bombeo del Centro Laguna Sur serán de 0.20 m en 50 años, a una tasa de sólo 0.41 cm/año. Por último, dadas las características de donde está emplazado el proyecto, en el SHAC Santiago Central, se puede señalar que no se está ante un recurso único, pues no se trata de aguas fósiles, según la definición indicada en la “Guía de evaluación de impacto ambiental: Efectos adversos sobre recursos naturales renovables”.”
De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, y artículo 6º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Letra a) del artículo 7 del RSEIA: Sustento Económico El área de del Proyecto corresponde a un emplazamiento industrial habilitado para actividades de bodegaje, por lo que no presenta recursos naturales utilizados como sustento económico por ningún grupo humano presente en el área de influencia. Esto se debe a que la zona donde se ubica el Proyecto es propiedad del Titular, además que las instalaciones ya están en operación. Si bien, existen terrenos de vocación agrícola en el área de influencia y aledaños al Proyecto, donde hay producción de hortalizas y frutales, corresponden a predios privados pertenecientes a la Sociedad Agrícola Orellana Ltda, y a la Hijuela El Nogal que no tienen interacción con las obras y partes del Proyecto.
Sustento Tradicional • Medicinal: El área de Proyecto no presenta recursos naturales utilizados con fines medicinales. Asimismo, en el área de influencia no se identifica recolección de hierbas medicinales por parte de los grupos humanos presentes. • Espiritual: El área de Proyecto no presenta recursos naturales utilizados con fines espirituales. Asimismo, en el área de influencia no se identifican recursos naturales utilizados con fines espirituales por parte de los grupos humanos presentes. • Cultural: El área de Proyecto no presenta recursos naturales utilizados con fines culturales. Asimismo, en el área de influencia no se identifican actividades y/o manifestaciones culturales asociadas a recursos naturales por parte de los grupos humanos presentes.
A partir de los indicadores evaluados, las partes, obras y/o acciones del Centro Logístico Laguna Sur no intervendrán, utilizarán o restringirán el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de los grupos humanos presentes en el área de influencia, o para cualquier otro uso tradicional, recreativo o cultural.
Mayores antecedentes en el informe de medio humano en Anexo 3.9 de la DIA
Letra b) del artículo 7 del RSEIA: El área de influencia se emplaza en una zona principalmente industrial y rural del sector norte de la comuna de Maipú y sur de la comuna de Pudahuel. El acceso hacia el área de Proyecto se efectúa por calles La Farfana y Laguna Sur, las que conectan con la Ruta CH-68 y Américo Vespucio respectivamente. De estas últimas nacen otras vías relevantes para los desplazamientos en el sector como Camino Casas Viejas, Camino Pedro Jorquera y Puerto Madero, que comunican internamente esta zona rural e industrial y permiten conectarlo con los centros urbanos próximos (San Bernardo y Maipú). Dichos centros urbanos constituyen los destinos frecuentes de viaje de la población del área de influencia, siendo los motivos principales el acceso a sus lugares de trabajo, estudios, así como una mayor oferta de equipamiento y servicios comerciales, administrativos y financieros que permiten subsanar las necesidades de los habitantes, debido a que el existente en el lugar es acotado y de abastecimiento local. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Debido a que el área de influencia corresponde a un sector industrial que carece de zonas habitacionales y equipamientos, cuenta con una oferta de servicios de transporte público acotada y que es utilizada principalmente por la población que se emplea en el lugar. De esta manera, en el área de influencia los principales modos de desplazamiento identificados corresponden al vehículo particular, buses de transporte público, colectivos y buses de acercamiento propios del Titular, así como buses de acercamiento privados de algunas empresas arrendataria-. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) El Proyecto se encuentra construido y en funcionamiento, contando con accesos vehiculares de ingreso, uno por calle Puerto Santiago y dos por calle Laguna Sur, cuya operación será mixta, es decir, serán de ingreso y egreso La conectividad del proyecto es óptima ya que tiene acceso en forma directa a una vía expresa y a una colectora, lo que disminuye el impacto generado a su entorno. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Debido a lo anterior, la ruta de camiones transitará principalmente por las autopistas que circundan el parque industrial (Ruta 68 en dirección norte, Río Mapocho en dirección poniente, al oriente Autopista Vespucio Express y hacia la sur calle Casas Viejas), además de calles interiores del recinto, sin utilizar las vías del centro urbano de Pudahuel donde se concentran las zonas habitacionales y equipamientos comunales. Referido al flujo durante la construcción, este será de 1 veh/día. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Adicionalmente, el Proyecto cuenta con un total de 1.043 estacionamientos, con 954 cupos para vehículos livianos, de 78 cupos para camiones y 11 son para personas de movilidad reducida, por lo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
que no existirán camiones o vehículos estacionados en las vías cercanas al Centro Logístico. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Para analizar la situación durante la fase de operación, el Titular desarrolló un Estudio de Movilidad (Anexo 2.5 de la Adenda) que analizó los flujos de desplazamiento actual del área de influencia en los modos peatonal, transporte público y transporte particular, contrastándolos con los flujos inducidos por el Centro Logístico. El estudio actualiza su información y realiza mediciones de flujo para determinar la distribución de los viajes inducidos del proyecto en la vialidad existente, en donde se utilizaron las mediciones de flujo vehicular en los accesos del proyecto junto con las rutas de ingreso/salidas definidas. Para efectos del nuevo análisis se modelaron dos escenarios: la Situación Base y situación con Proyecto. Respecto a los resultados obtenidos, se puede observar que las diferencias de tiempo desplazamiento en el periodo punta mañana, muestran un aumento de 50 segundos de la situación con proyecto respecto a la base, lo cual equivale a un 1,82%, mientras que las velocidades disminuyen en solo en un 1,78%. En el caso del período punta tarde, las diferencias son menores que las reportadas en el periodo de la mañana, alcanzando sólo un aumento de 13 segundos y no supera el 0,5%, mientras que, en el caso de las velocidades, éstas disminuyen en la misma proporción. Dado lo expresado anteriormente, se concluye que no existe un aumento significativo de los tiempos de desplazamientos vehiculares en los periodos de mayor demanda del día, en particular punta mañana y punta tarde, lo que permite asegurar que este proyecto no impactará de manera significativa su entorno. El detalle de los resultados que permiten descartar variación significativa en tiempos de viaje que se realizan en los distintos modos de emplazamiento, se pueden revisar en Nuevo Estudio de Movilidad adjunto en Anexo 2.5 de la Adenda. A partir de los indicadores evaluados, las partes, obras y/o acciones del Centro Logístico Laguna Sur no generarán obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos presentes en el área de influencia, o para cualquier otro uso tradicional, recreativo o cultural.
Letra c) del artículo 7 del RSEIA: La disponibilidad de servicios comerciales, financieros, administrativos, y equipamiento de salud y educacional se concentra en el centro de la comuna de Pudahuel y Maipú, hacia donde tanto habitantes del área de influencia, como trabajadores y población flotante se desplazan. Esto se debe a que la zona en que el Proyecto se ubica es de carácter industrial, por lo que la oferta comercial es escasa, a excepción de la presencia de algunos puestos de comida al paso y un minimarket. El minimarket “Puerto Madero” se encuentra alejado de los residentes de Casas Viejas en el área de influencia y no tiene servicios de transporte público directos que permitan acceder a él, por lo que se hace más fácil y rentable para sus habitantes dirigirse al centro de Pudahuel o Maipú. Bajo este contexto, se debe señalar que el Titular, así como quienes han contratado servicio de bodegaje en el Proyecto, poseen sus propios servicios de alimentación para sus trabajadores, ya que cuentan con casinos y minimarkets que se encuentran al interior del área del Proyecto. De esta manera, no existirá una demanda superior a la existente de servicios de alimentación y acceso a agua potable. Además, por el tipo de Proyecto no se afectará a colegios o establecimientos de salud.
Letra d) del artículo 7 del RSEIA: En el área de influencia se desarrollan actividades comunitarias principalmente en el sector de la cancha de futbol administrada por el Club Deportivo Casas Viejas en donde se realizan actividades deportivas y en algunas ocasiones se arrienda para eventos privados y en donde también, en la sede vecinal del Comité de Adelanto Alto Casas Viejas, se celebran actividades para el Día del Niño y Navidad. Estas actividades son efectuadas en los recintos de ambas organizaciones, no utilizando la vía pública, de manera que no existe interacción con las partes y obras del Proyecto. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Cabe destacar que el Proyecto ya se encuentra operativo desde el año 2016 en el área de influencia, siendo parte actualmente de las dinámicas presentes en la misma, bajo lo cual la DIA corresponde a una regularización de las instalaciones y modificaciones al interior de su terreno correctamente delimitado, por lo que no se trataría de un nuevo complejo empresarial. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Por otra parte, en lo referente a las actividades de los cementerios Parque Canaán y Parque El Sendero, se puede señalar que poseen sus propios estacionamientos, y los servicios funerarios que utilizan principalmente las calles Casas Viejas y Camino La Farfana, ingresan directamente a los recintos, sin obstaculizar el tránsito vehicular. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) Finalmente, con el objeto de proporcionar mayores antecedentes respecto al descarte de efectos significativos sobre los grupos humanos del área de influencia y sus actividades, en base a los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
estudios de impacto de Ruido y Vibración (Anexo 3.1 de la DIA), se han modelado las emisiones de ruido, vibración y emisiones del Proyecto, para cada caso descartando que se sobrepasen los límites máximos permisibles y, por tanto, que exista una alteración significativa sobre actividades comunitarias o incluso cotidianas de la población más cercana. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria) En conclusión, se descarta que las partes, obras y/o acciones del Centro Logístico Laguna Sur pudieran generar dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de la población del área de influencia. (Punto 10.9 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria)
De la información presentada en el acápite Dimensión Antropológica del Anexo 3.9 de la DIA se puede señalar que de acuerdo con el Censo 2017 solo un 8,5% de la población del área de influencia reconoció pertenecer a un pueblo originario. Asimismo, de acuerdo con la información descargable del Sistema Integrado de Información de CONADI (2020), actualizada al 06 de diciembre de 2021, se extrae que en el área de influencia no existen tierras, comunidades, ni asociaciones indígenas. La más cercana corresponde a la Asociación Indígena Wintrunko Mapu de Maipú, la que se encuentra a 1,53 kilómetros lineales de las obras y partes del Proyecto. De acuerdo con lo anterior, se puede concluir que en el área de influencia no existen Asociaciones, Comunidades o población indígena.
De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, y artículo 7º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR De la información presentada en el acápite Dimensión Antropológica del Anexo 3.9 de la DIA se puede señalar que de acuerdo con el Censo 2017 solo un 8,5% de la población del área de influencia reconoció pertenecer a un pueblo originario. Asimismo, de acuerdo con la información descargable del Sistema Integrado de Información de CONADI (2020), actualizada al 06 de diciembre de 2021, se extrae que en el área de influencia no existen tierras, comunidades, ni asociaciones indígenas. La más cercana corresponde a la Asociación Indígena Wintrunko Mapu de Maipú, la que se encuentra a 1,53 kilómetros lineales de las obras y partes del Proyecto.
El Centro Logístico se encuentra en una zona urbana previamente zonificada por el PRMS como una zona de extensión urbana, la cual permite usos de carácter industrial inofensivo y molesto, posteriormente dicha zonificación ha sido recientemente indicada en la actualización del PRC de Pudahuel, quedando indicada como Zona J, la cual permite la instalación y funcionamiento de actividades productivas de carácter inofensivo y molesto, del mismo modo que en que el PRMS definía este sector. En la comuna de Maipú, de acuerdo al CIP adjunto en Anexo 1 de la DIA, las instalaciones se emplazan en una zona definida por el PRC como Zona Industrial (ZI-1) la cual permite actividades de carácter inofensivas y molestas. Por lo anterior, no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental. (Tabla 2-14 de la DIA)
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA De acuerdo a lo expuesto en Anexo 3.4 de la DIA sobre estudio de Paisaje, el Titular señala en el punto 6 que, sobre la base de los atributos biofísicos valorados, se determinó que el área de influencia posee un valor paisajístico bajo, esto se debe principalmente al grado de intervención que presenta cada una de las unidades descritas, al encontrarse cercana a un área urbana, con una fuerte presencia industrial y residencial.
Las unidades de paisaje presentan escasa singularidad y altos niveles de intervención antrópica, siendo la UP “Valle”, la que presenta mayor grado de naturalidad en comparación a las otras dos UP, principalmente asociada a la menor intervención antrópica que presenta al tratarse de terrenos agrícolas y/o sin uso actual, estando compuesta en gran medida por vegetación herbácea y suelo descubierto. El Proyecto se encuentra en la UP “Industrial”, la cual presenta un alto grado de intervención, con suelo en su mayoría cubiertos de pavimento, edificaciones y ausencia de vegetación. Respecto a la UP “Valle” corresponde a terrenos agrícolas y/o sin uso actual, los cuales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
se pueden encontrar en distintos puntos de la región y el país, carente de singularidad. Punto 6 del Anexo 3.4 de la DIA.
De acuerdo a los resultados obtenidos en terreno por el Titular, al análisis visual de las cuencas de cada punto de observación, la intervisibilidad de estas, y a la identificación y descripción de los atributos biofísicos de cada UP en el área de influencia, no se aprecia ningún elemento o atributo que lo haga único y representativo. Esto debido a la intervención antrópica que presenta el sector, con lo cual y en relación con la metodología expuesta en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA” se determina que la zona no presenta valor paisajístico. (Punto 5.4 del Anexo 3.4 de la DIA)
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL De acuerdo con los antecedentes aportados por el informe de arqueología en el Anexo 8.2 de la Adenda no se intervendrán Monumentos Nacionales en el área del proyecto, ya que no se realizaron hallazgos en la prospección realizada. Y precisa que “Ante los resultados arrojados por la prospección, cabe señalar que, la mayoría del predio muestra regulares a malas condiciones de visibilidad, por lo que la técnica de inspección visual no es suficiente para la detección certera de los recursos culturales en un espacio determinado, independiente de la existencia de antecedentes publicados en las cercanías” En concordancia con los antecedentes recabados a la fecha, en el área del proyecto no existen construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
El Proyecto no afecta a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. (Ver informe de medio humano, adjunto en Anexo 3.9 de la DIA). El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, protegidas. Al respecto, el titular indica que la asociación indígena más próxima al proyecto es la Asociación “Wintrunko Mapu de Maipú”, ubicada a 1,53 kilómetros lineales de las obras y partes del Proyecto.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla 6.1.1 Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA, “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza”. Fase del proyecto a la cual corresponde • Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La planta de tratamiento operará mediante un sistema de tratamiento aeróbico (SBR) y lodos activados. Las aguas tratadas (efluente) dan cumplimiento a la tabla 1 del D.S. Nº 90/00 del MINSAL y son descargadas al canal Ortuzno. En relación al manejo de lodos, estos son retirados cada 10 días desde el digestor con una humedad de 97% y son trasladados mediante camiones estancos a una planta deshidratadora autorizada. Cabe señalar que, el volumen de lodos que se generarán comprende 2,74 m3/día. Mayores antecedentes en el Anexo 6, PAS 138 de la Adenda complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 771 de fecha 03/03/2023, se pronuncia conforme, respecto de los antecedentes del PAS 138, indicando: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 6.1.1 Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA, “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza”.
“Se informa al titular que debe dar cumplimiento a los requerimientos técnicos y normativos, cuando ingrese la tramitación correspondiente ante la Seremi de Salud, determinando explícitamente el N° de población aludida por la PTAS”
Tabla 6.1.2 Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA, “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.” Fase del proyecto a la cual corresponde • Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica • Sectores de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase de Construcción En el área de Instalación de Faenas estarán ubicados los sectores de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos (ver plano de Instalación de Faenas en el Anexo 2.2 de la DIA). Respecto a los residuos domiciliarios y asimilables se dispondrá un contenedor de 1000 L y la cantidad a generar se estima en 15 kg/día, mientras que los residuos inertes de la construcción serán almacenados en dos contenedores tolva de 12 m3 cada uno, y la cantidad a generar se estima en 100 ton/año. Se considera que el almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos sea temporal, por lo cual una frecuencia de retiro de 3 veces a la semana y su disposición final será en sitio autorizado. Fase de Operación El Centro Logístico Laguna Sur cuenta con un sector de acumulación transitoria de residuos no peligrosos (ver ubicación en figura 3 del PAS 140, adjunto en Anexo 6.1 de la Adenda) en el cual se almacenan de forma temporal los residuos domiciliarios y asimilables. En dicho sector se cuenta con un contenedor metálico estanco de 20 m3. El retiro de los residuos domiciliarios es de forma regular a un sitio de disposición final autorizado. La cantidad de residuos a generar se estima en 456,1 kg/año.
Mayores antecedentes en el Anexo 6.1, PAS 140, de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 771 de fecha 03/03/2023, se pronuncia conforme, se pronuncia conforme, respecto de los antecedentes del PAS 140.
Tabla 6.1.3 Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA, “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos”. Fase del proyecto a la cual corresponde • Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega temporal de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase de Construcción Al interior de la instalación de faena se contará con una bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos de forma Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 6.1.3 Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA, “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos”. transitoria y para uso exclusivo (ver plano de Instalación de Faenas en el Anexo 2.2 de la DIA). La instalación corresponde a una Bodega modelo RF90 – 2,5 m2, la cual ha sido diseñada considerando las especificaciones de los D.S N°43/2015 MINSAL sobre el Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, D.S N°148/2003 MINSAL sobre el Manejo de Residuos Peligrosos y D.S N°594/1999 MINSAL sobre las Condiciones Sanitarias/ambiental en el Lugar de Trabajo. Fase de Operación El Centro Logístico Laguna Sur cuenta entre sus instalaciones con una bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos de forma transitoria para uso exclusivo de la empresa con motivo de las actividades de mantenimiento de los espacios comunes del Centro. La instalación corresponde a una Bodega modelo RF90 – 2,5 m2, la cual ha sido diseñada considerando las especificaciones de los D.S N°43/201 MINSAL sobre el Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, D.S N°148/2003 MINSAL sobre el Manejo de Residuos Peligrosos y D.S N°594/1999 MINSAL sobre las Condiciones Sanitarias/ambiental en el Lugar de Trabajo. Su ubicación se detalla en la figura 3 del Anexo 6.2 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 6.2, PAS 142, de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 771 de fecha 03/03/2023, se pronuncia conforme, se pronuncia conforme, respecto de los antecedentes del PAS 142, indicando: “El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Al respecto, los antecedentes presentados dan respuesta a los contenidos del Permiso Sectorial 142, por lo que, esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme en relación al citado Permiso Ambiental Sectorial, para las fases de construcción y operación del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, el titular deberá tener presente que los muros de dicha bodega deben proteger los residuos almacenados de las inclemencias del tiempo y las condiciones ambientales, asimismo las características constructivas de la bodega deberán estar acorde a la carga de combustible almacenada, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”.
6.2. ARTICULO 161 DEL REGLAMENTO DEL SEIA
Tabla 6.2.1 Pronunciamiento según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, “Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje” Fase del proyecto a la cual corresponde • Operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El proyecto Centro Logístico Laguna Sur corresponde a la regularización del centro de bodegaje de productos no peligrosos. Actualmente se encuentra en operación.
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Tabla 6.2.1 Pronunciamiento según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, “Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje” Las instalaciones permanentes sujetas a calificación industrial corresponden a: • Bodegas de almacenamiento. • Áreas comunes (oficinas, baños y casino). • Caminos internos y estacionamiento para vehículos (camiones y automóviles). • Áreas de almacenamiento de combustible. • Taller de mantención. • Áreas verdes y de descanso. En el Anexo 5, Pronunciamiento art 161, de la Adenda Complementaria, se presentan las características constructivas, la clasificación de resistencia al fuego y la descripción del sistema de incendios de las instalaciones afectas al presente permiso sobre las cuales se solicita el Pronunciamiento del Artículo 161. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°3484 de fecha 14 de noviembre de 2022, se pronuncia conforme, respecto del Pronunciamiento del Artículo 161, indicando:
“Con relación al Artículo N° 161 del D.S.Nº40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, y de acuerdo al Art. 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en el cual se vincula la calificación técnica con los riesgos que el funcionamiento de alguna actividad pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad, tanto en el área urbana como rural y que el tipo actividades productivas comprende a todo tipo de industrias y aquellas instalaciones de impacto similar al industrial y donde exista proceso de transformación. Al respecto, se informa que revisados los antecedentes presentados por el titular en la DIA y Adendas durante la evaluación ambiental del proyecto, esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y califica la actividad de MOLESTA, por cuanto:
La actividad contempla un manejo de carga mayor a 66 m3/hora al interior de la propiedad.”.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
Tabla 7.1.1 D.S. N°144/1961 del MINSAL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Normativa asociada • Resolución Nº1.215/1978 del Ministerio de Salud, que “Establece Normas Sanitarias Mínimas a Prevenir y Controlar la Contaminación Atmosférica”. • D.S. N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” (OGUC). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra o acción que lo genera Escarpe, excavación, erosión material de pila, carguío y volteo de material, compactación, nivelación, tránsito y combustión de vehículos. Forma de cumplimiento El Titular implementará acciones para disminuir sus emisiones atmosféricas en la fase de construcción:
• El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
realizará con la carga cubierta (encarpado). • Se instalará señalética para el manejo de residuos, que incluye la prohibición de quema. • En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las acciones que implementará el Titular para disminuir las emisiones mencionadas anteriormente. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros, documentación, fotografías o inspecciones visuales antes indicadas.
Tabla 7.1.2 D.S. N°31/2016 del MMA. Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción y Operación. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Escarpe, excavación, erosión material de pila, carguío y volteo de material, compactación, nivelación, tránsito y combustión de vehículos.
Operación: (grupo electrógeno de 44 kVA, uso de emergencias).
Forma de cumplimiento El Titular implementará acciones para disminuir sus emisiones atmosféricas en la fase de construcción:
• El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado). • Se instalará señalética para el manejo de residuos, que incluye la prohibición de quema. • En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día.
La SEREMI del Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°199 de fecha 03 de marzo de 2022, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria, señalando que:
“1.- El Titular declara en la tabla 125 del Anexo 2.1 de la Adenda complementaria que se superaron los límites establecidos en el artículo 64 del DS 31/2016 del MMA, de manera previa al ingreso del presente proyecto a evaluación, en los años y cantidades que se indica en la Tabla 1: Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente por sobre los límites del artículo 64 del PPDA del proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”. Año Fase MP10eq [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 2008 Construcción + operación 4,92 16% 2009 Construcción + operación 4,66 16% 2010 Construcción + operación 4,50 10%
2-- Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, esta Secretaría realizará la consulta a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a objeto de que determine si en este caso se constituye fraccionamiento de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del RSEIA, en el contexto de la ejecución y evaluación, en el marco del SEIA de los proyectos: Centro Logístico Lo Aguirre, Centro Logístico Laguna Sur, Centro Logístico La Farfana, Centro Logístico Vespucio, y Regularización Centro Logístico Puerto Madero, todos del titular BODEGAS SAN FRANCISCO LIMITADA. Lo anterior para efectos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
que esta Secretaría pueda determinar los montos de la compensación de emisiones, considerando el traslape de éstas, en las distintas fases de los proyectos mencionados anteriormente, en cumplimiento al artículo 63 del PPDA.”
Indicador que acredita su cumplimiento • Ejecución del Plan de Compensación de Emisiones Aprobado por la SEREMI de Medio Ambiente. • Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas (Check-list), y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad. • Mantenciones grupo electrógeno. Forma de control y seguimiento • Exigencia a contratistas de revisiones técnicas y permisos de circulación al día. • Registro de horas de uso del grupo electrógeno y de sus mantenciones.
Tabla 7.1.3 D.S. N°279/1983 del MINSAL. Componente/materia: Emisiones Atmosféricas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos. Forma de cumplimiento Solicitud de Revisión Técnica y Análisis de Gases aprobado y vigente de todo vehículo que ingrese a la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisión técnica y de gases aprobado. Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con los documentos antes indicados.
Tabla 7.1.4 D.F.L. N°18/2001 del MINTRATEL. Componente/materia: Emisiones Atmosféricas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de carga. Forma de cumplimiento Exigir a las empresas encargadas del transporte, que los vehículos que transporten carga, no circulen por las vías al interior del anillo Américo Vespucio. Indicador que acredita su cumplimiento Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) con dirección de origen y destino de la carga que permita evidenciar que el Titular del Proyecto ha exigido a las empresas encargadas del transporte, el cumplimiento de esta restricción. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros antes indicados.
Tabla 7.1.5 D.S. Nº55/1994 del MINTRATEL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Normativa asociada • D.S. Nº4/1994, del Ministerio de Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control”. • D.S. Nº54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica”. • D.S. Nº211/1991 del Ministerio de Transporte y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Telecomunicaciones, “Norma Sobre Emisión de Vehículos Motorizados Livianos”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos del proyecto. Forma de cumplimiento El Titular exigirá a las empresas encargadas del transporte, que cuenten con mantenciones periódicas y su revisión técnica al día, con lo que se asegurará el cumplimiento de los límites de emisión señalados por el presente Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Documento (por ejemplo, órdenes de compra, guías de despacho o contratos de prestación de servicios) que permita evidenciar que el Titular del proyecto ha exigido a las empresas encargadas del transporte, el cumplimiento del presente Decreto. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los documentos antes indicados.
Tabla 7.1.6 D.S. N°75/1987 del MINTRATEL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales. Forma de cumplimiento El Titular exigirá a las empresas encargadas del transporte que los vehículos circulen con su carga cubierta por lonas o plásticos impermeables. Indicador que acredita su cumplimiento Inspecciones visuales y/o registro de todos los vehículos que circulen con carga, con el fin de verificar que esta se encuentre correctamente cubierta al entrar y salir del proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los documentos antes indicados.
Tabla 7.1.7 D.S. N°38/2011 del MMA. Componente/materia: Ruido. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. • Operación. Parte, obra o acción que lo genera Fase de construcción: Producto de las actividades de obras previas (excavación, compactación, nivelación), obra gruesa, obras exteriores y el funcionamiento de maquinarias y equipos.
Fase de operación: Obras nuevas asociadas a zonas arbóreas y áreas de servicio y operación del Centro Logístico Forma de cumplimiento De acuerdo a los resultados del estudio de ruido y vibraciones, adjuntos en el Anexo 3.1 de la DIA, según lo dispuesto en el D.S. Nº38/2011 del MMA, se concluye que, durante la fase de construcción y operación, no se sobrepasarán los límites permisibles considerando la condición ambiental más desfavorable.
Al respecto, la SEREMI de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 771 de fecha 03/03/2023. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de charlas a los trabajadores donde se explique la generación y forma de control de ruidos molestos y además establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción. Forma de control y seguimiento Registro de reclamos y verificación del estado de las medidas de abatimiento de ruido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 7.1.8 D.S. Nº594/1999 del MINSAL. Componente/materia: Aguas servidas. Normativa asociada D.F.L. N°725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Condiciones de los trabajadores del Proyecto Forma de cumplimiento Se contará con agua potable e instalaciones sanitarias en número y condiciones de acuerdo al presente Reglamento, de manera de proveer a los trabajadores de agua potable y servicios higiénicos en cantidad suficiente para su consumo y utilización. Las áreas de trabajo se mantendrán limpias y ordenadas. En las áreas de trabajo se dispondrá de extintores, zona de seguridad y las respectivas señalizaciones para la prevención de riesgos. Los trabajadores del Proyecto contarán con todos los implementos de protección personal necesarios para las actividades que ejecuten. Indicador que acredita su cumplimiento Visualización en terreno y/o registro fotográfico de la implementación de las medidas antes listadas Registros de entrega de elementos de protección personal a los trabajadores. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros antes indicados e inspección visual, cuando corresponda Forma de control y seguimiento Visualización en terreno y/o registro fotográfico de la implementación de las medidas antes listadas Registros de entrega de elementos de protección personal a los trabajadores. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros antes indicados e inspección visual, cuando corresponda
Tabla 7.1.9 D.S. Nº735/1969 del MINSAL. Componente/materia Agua. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua potable para los trabajadores. Forma de cumplimiento La instalación cuenta con una Planta de Agua Potable actualmente en operación, cuya obtención de agua es por medio de la extracción de un pozo (se adjuntan derechos de en Anexo 4.4 de la DIA). El sistema cuenta con Resolución Sanitaria, adjunta en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución Sanitaria que autoriza el funcionamiento de los sistemas. Forma de control y seguimiento Resolución Sanitaria Registro mantenciones de Planta de Agua Potable. Forma de control y seguimiento Resolución Sanitaria que autoriza el funcionamiento de los sistemas. Forma de control y seguimiento Resolución Sanitaria Registro mantenciones de Planta de Agua Potable.
Tabla 7.1.10 D.F.L. N°725/1967 del MINSAL. Componente/materia: Residuos. Normativa asociada D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. • Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o Almacenamiento de residuos no peligrosos y peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento • Las condiciones de almacenaje de los residuos no peligrosos para todas las fases deberán cumplir con los requisitos normativos aplicables. • Las instalaciones para el almacenamiento de residuos peligrosos deberán cumplir con todas las condiciones del D.S. N°148/2003 y el D.S N°594/1999, ambos del MINSAL. • El transporte y disposición final de los residuos generados, será realizado por empresas externas autorizadas. Indicador que acredita su cumplimiento • Inspección visual y/o registro fotográfico de las condiciones de almacenaje de los residuos no peligrosos de la obra. • Autorización sanitaria para almacenar residuos dentro del predio. • Registros que, acrediten el retiro y disposición final de los residuos, mediante empresa autorizada. • Comprobantes de declaración de residuos inertes, según corresponda, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). • Obtención de los Permisos Ambientales Sectoriales mixtos PAS 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros, documentación, fotografías o inspecciones visuales antes indicadas.
Tabla 7.1.11 D.S. N°148/2003 del MINSAL. Componente/materia: Residuos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. • Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento • Para la fase de construcción y operación del proyecto se contará con sitios o bodegas para el almacenaje temporal de residuos peligrosos, que cumplirán con las condiciones vigentes. • El periodo de almacenaje de los residuos en estos recintos no excederá los 6 meses. • El retiro y disposición final de estos residuos se realizará mediante empresas autorizadas. • En caso de que, se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames. • Obtención del Permiso Ambiental Sectorial mixtos PAS 142 del Reglamento del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención de la resolución sanitarias asociadas al almacenamiento temporal de los residuos peligrosos. • Solicitar la resolución sanitaria a la/s empresa/s de disposición final de los residuos peligrosos. • Contar con planilla de registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos a la bodega. Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de la bodega mediante lista de chequeo que incluya las exigencias de la presente normativa. Mantener archivado y disponible la autorización sanitaria y los recibos vinculados al destinatario de los residuos peligrosos. De esta forma se podrá tener un control y seguimiento del manejo, volumen y periodicidad de la disposición de los residuos peligrosos generado.
Tabla 7.1.12 D.S. N°1/2013 del MMA. Componente/materia: Residuos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. • Operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán residuos peligrosos y no peligrosos producto de actividades del proyecto. Forma de cumplimiento El Titular declarará, según corresponda, los residuos en el sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de las declaraciones, el cual puede ser visualizado en la plataforma electrónica del RETC. Forma de control y seguimiento Verificación de los respectivos registros y declaraciones. Contar con todos los registros de envío de residuos a sitio de disposición final y anualmente realizar la declaración correspondiente.
Tabla 7.1.13 D.S. N°43/2015 del MINSAL. Componente/materia: Sustancias peligrosas. Normativa asociada D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de insumos o sustancias con características de peligrosidad. Forma de cumplimiento El titular contará con un sector para acopiar los insumos de aseo doméstico y productos utilizados para las mantenciones básicas de espacios comunes del Centro Logístico. Las normas de diseños del sitio se ajustan a las medidas básicas de seguridad exigidas en el D.S N°43/2015 MINSAL para el almacenamiento de pequeñas cantidades. Indicador que acredita su cumplimiento Inspección visual y/o registro fotográfico de las medidas antes indicadas. Registro de sustancias almacenadas en stock, y sus HDS. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros antes señalados e inspección visual, cuando corresponda.
7.2. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
Tabla 7.2.1 Ley N°17.288/1970 del MINEDUC. Componente/materia Patrimonio Cultural. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante actividades de excavación (remoción de superficie) Forma de cumplimiento Se realizó una prospección superficial y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que no existen bienes patrimoniales ni arqueológicos en el Área de Influencia de los proyectos. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, se procederá a detener las obras e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales tal como lo indica la ley (Ley Nº17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública). Se mantendrá un registro en obra de los hallazgos en caso de corresponder, además del informe de prospección arqueológica. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en el caso que corresponda). • Registro de paralización de obra, en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico. Forma de control y seguimiento Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
7.3 Normas relacionadas con vialidad del Proyecto
Tabla 7.3.1 D.S. N°158/1980 del MOP. Componente/materia: Vialidad y transporte. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Norma asociada D.S. N°200/1993 del Ministerio de Obras Públicas, que “Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País”. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de materiales, insumos, máquinas y equipos. Forma de cumplimiento • Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las dimensiones de los camiones y carga máxima por medio de las guías de despacho de los camiones que llegan a la obra. En caso de ser necesario, se tendrá el permiso especial en la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los documentos antes indicados. Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima, además de mantener en obra las guías de despacho.
Tabla 7.3.2 Ley N°20.879/2015 del MINTRATEL. Componente/materia: Vialidad y transporte. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El transporte de residuos en cada una de las fases del proyecto que involucre la disposición final. Forma de cumplimiento Se contará con certificados emitidos por el transportista y sitio de disposición final autorizados, que den cuenta del retiro, despacho, transporte y disposición final de los residuos. Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado emitido por empresa de disposición final. Forma de control y seguimiento Registro de los certificados actualizados de las disposiciones finales.
Tabla 7.3.3 D.S. N°850/1998 del MOP. Componente/materia: Vialidad y transporte. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de materiales, insumos, máquinas y equipos. Forma de cumplimiento • Exigir a las empresas encargadas del transporte, que los vehículos cumplan con los pesos máximos establecidos. • Exigir a las empresas encargadas del transporte que los vehículos cumplan con las dimensiones máximas establecidas. • Exigir a las empresas encargadas del transporte que los vehículos que circulen con su carga cubierta por lonas o plásticos impermeables. Indicador que acredita su Registro de recepción y despacho de materiales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
cumplimiento Forma de control y seguimiento Registro de fiscalizaciones por parte de Carabineros de Chile e Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad.
Tabla 7.3.4 D.S. N°298/1995 del MOP. Componente/materia: Vialidad y transporte. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento • Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de cargas peligrosas. Forma de cumplimiento Exigir a las empresas encargadas del transporte que los vehículos que transporten sustancias peligrosas cuenten con el equipamiento de seguridad establecido en la norma y cumplan con los procedimientos de seguridad. Indicador que acredita su cumplimiento Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) que permita evidenciar que el Titular del Proyecto ha exigido a las empresas encargadas del transporte, el cumplimiento de los requisitos de seguridad, establecidos en la presente Resolución. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros antes indicados.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300:
Tabla 8.1 Condición o exigencia 1: Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Condición De acuerdo a lo señalado por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, RM en su Of. ORD. N° (D.AC.) ORD. SEIA. N° 383 de fecha 12 de septiembre de 2022:
“Lo anterior, por cuanto el titular del proyecto entrega respuesta a la observación realizada por esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, detallando la forma en la cual dará cumplimiento al Artículo N°136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.”
Tabla 8.2 Condición o exigencia 2: CMN Condición De acuerdo a lo señalado por CMN en su Of. ORD. N° 991 de fecha 28 de febrero de 2023:
“El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) se pronuncia conforme a las respuestas entregadas por el titular en la presente Adenda, condicionado a que el compromiso voluntario "Charla trabajadores componente arqueología" sea dirigido a la totalidad de los/as trabajadores/as del proyecto que trabajarán en las labores de escarpe y excavación, quienes deberán recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra y con periodicidad mensual, tal como se indicó en el Ord. CMN N° 2055 del 23.05.2022.”.
Tabla 8.3 Condición o exigencia 3: SERVIU Metropolitano. Condición De acuerdo a lo señalado por SERVIU Metropolitano en su Of. ORD. N° 1987 de fecha 24 de mayo de 2022:
“Los accesos a la propiedad privada deben cumplir entre otros aspectos con el artículo 2.4.4 de la OGUC particularmente se debe materializar con solera rebajada en un ancho máximo de 14 metros y su atravieso por la vereda no puede ser superior a 7,5 metros en este contexto se informa que los radios de giro propuestos no deben superar los 3 m en la avenida Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Laguna sur se deberá cerrar la apertura ubicada frente al acceso del centro de distribución”.
Tabla 8.4 Condición o exigencia 4: SEREMI de MMA, RM Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI de MMA, RM en su Of. ORD. N° 199 de fecha 03 de marzo de 2023:
“Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016, Plan de Prevención y Descontaminación para la Región Metropolitana:
1.- El Titular declara en la tabla 125 del Anexo 2.1 de la Adenda complementaria que se superaron los límites establecidos en el artículo 64 del DS 31/2016 del MMA, de manera previa al ingreso del presente proyecto a evaluación, en los años y cantidades que se indica en la Tabla 1:
Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente por sobre los límites del artículo 64 del PPDA del proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”. Año Fase MP10eq [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 2008 Construcción + operación 4,92 16% 2009 Construcción + operación 4,66 16% 2010 Construcción + operación 4,50 10%
2-- Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, esta Secretaría realizará la consulta a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a objeto de que determine si en este caso se constituye fraccionamiento de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del RSEIA, en el contexto de la ejecución y evaluación, en el marco del SEIA de los proyectos: Centro Logístico Lo Aguirre, Centro Logístico Laguna Sur, Centro Logístico La Farfana, Centro Logístico Vespucio, y Regularización Centro Logístico Puerto Madero, todos del titular BODEGAS SAN FRANCISCO LIMITADA. Lo anterior para efectos de que esta Secretaría pueda determinar los montos de la compensación de emisiones, considerando el traslape de éstas, en las distintas fases de los proyectos mencionados anteriormente, en cumplimiento al artículo 63 del PPDA.””
Tabla 8.5. Condición o exigencia 5: SEREMI de Salud, RM Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI de Salud, RM en su Of ORD. N° 771 de fecha 03 de marzo de 2023:
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DESCRIPCIÓN DE PROYECTO 1.1 El titular deberá garantizar el abastecimiento de agua potable regularizando ante la Seremi de Salud, el sistema de tratamiento de agua potable particular para una población fija de 1.533 personas además de 600 usuarios transitorios.
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NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE
2.1 EMISIONES ODORÍFERAS 2.1.1 El titular deberá considerar para el caso en que el resultado del monitoreo de la percepción de olores molesto en la comunidad, planteado en el PGO, arroje valores positivos o cuando se registren contingencias por emisiones de olores molestos, la realización de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
encuestas en la comunidad vecina al Proyecto, considerando el uso, de la normativa NCh 3387:2015. Con los resultados obtenidos y la modelación de las emisiones odoríferas, deberá realizar las medidas correctivas, reparativas o de rediseños de procesos u operaciones unitarias que correspondan.
Tabla 8.6. Condición o exigencia 6: SEREMI MOP, RM Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI MOP, RM en su Of ORD. N° 162/2022 (Sea-Seia- Adenda) de fecha 08 de septiembre de 2022:
“Segun lo descrito en el Anexo Estudio de Transporte Proyecto Centro Logistico Laguna Sur, en el área de influencia del proyecto se involucrarían rutas de tuición MOP (ruta 68 y ruta 70 ), por esta razón se solicita al titular incluir en el Plan de Contingencias y Emergencias a la Inspección Fiscal de la Dirección General de Concesiones de Ruta(s), a la Sociedad Concesionaria de la vía (s), y, a la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS (Jefatura Provincial de Vialidad de Santiago).”.
Tabla 8.7. Condición o exigencia 8: SEREMI de MTT, RM Condición De acuerdo a lo señalado por SEREMI de MTT, RM en su Of ORD. N° ° 6186/2023 SRM-RM de fecha 03 de marzo de 2023:
“1. El titular deberá materializar todas las medidas de mitigación del EISTU aprobado, como consta en el oficio N°29498 del 15 de noviembre de 2022. En caso de modificar algunas de estas medidas, se debe presentar un informe de suficiencia a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes para su evaluación, si procede.
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Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. Lo anterior, se establece para todas las etapas del proyecto.
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El titular deberá dar total cumplimiento a los flujos vehiculares relacionados con los buses de acercamiento descritos en la tabla N°7 de la adenda complementaria. En este sentido, tanto la subida como bajada de pasajeros se debe hacer dentro del recinto (cuando corresponda) y no en sus alrededores. Por este motivo se solicita mantener un registro diario de este tipo de vehículos y generar medidas de gestión vial en los alrededores para evitar congestión en el acceso al proyecto.
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Se deberán respetar las rutas de ingreso y de egreso establecidas para el flujo vehicular en la etapa de construcción y de operación descritas en el acápite N° 2.7 del informe de movilidad presentado en la adenda complementaria. Se prohíbe el uso de otras rutas alternativas para este propósito.
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Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. En este sentido, el titular debe generar un plan de gestión de tránsito vehicular en los accesos del proyecto para evitar afectaciones a los tiempos de desplazamiento de viaje de los usuarios emplazados en las rutas de ingreso y egreso del proyecto.
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No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto.
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Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
gases al día.
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El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones.
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Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia.
11.Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones.
12.Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias.
13.Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
14.Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
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En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se debe considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.”
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Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario: Uso de especies nativas de bajo requerimiento hídrico Impacto asociado Emisiones atmosféricas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fomentar el uso de especies nativas de bajo requerimiento hídrico al interior del área del proyecto. Aportar a la conservación de especies nativas y disminuir la utilización de agua para su mantención.
Descripción: Se procederá según sea necesario de acuerdo a su estado, a la replantación de vegetación en las áreas verdes dispuestas al interior del Centro Logístico. La replantación considerará árboles nativos que requieran de un menor gasto hídrico, ya sea ejemplares de Peumo (Cryptocarya alba), Quillay (Quillaja saponaria) y/o Algarrobo (Prosopis chilensis). En Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria se adjunta plano solicitado indicado más detalle sobre distribución, tipo y porcentaje de las especies nativas contempladas.
Justificación: La región dónde se emplaza el Centro Logístico presenta altos niveles de contaminación por material particulado. La utilización de árboles nativos permitirá la disminución de contaminantes atmosféricos en el área de influencia, además de contribuir a no exceder el uso del recurso hídrico en su mantención. Por otro lado, incrementará el valor paisajístico de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
zona de emplazamiento Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: En las áreas verdes destinadas en el Centro Logístico.
Forma: Mediante la reposición del árbol en mal estado por uno nuevo de carácter nativo y de bajo consumo hídrico. Se tendrá en consideración la experiencia técnica que tiene la Dirección de Aseo Ornato y Medio ambiente de la Municipalidad de Pudahuel. En este sentido, una vez que se desarrolle el proyecto de paisajismo en recinto privado, será informado al municipio.
Oportunidad: Según sea requerido, de acuerdo al estado de la vegetación presente en las áreas verdes del Centro Logístico. Estas situaciones pueden ser debido a encontrarse seco, dañado o bien algún otro que altere su estado óptimo. Indicador de cumplimiento. Registro fotográfico del árbol en mal estado y nuevo árbol plantado. Forma de control y seguimiento Informe de seguimiento del estado de los árboles junto con registro fotográfico. Estos registros deberán estar disponibles en instalaciones del proyecto, en caso de ser requeridos por la Autoridad competente.
Tabla 9.2. Compromiso ambiental voluntario: Olores. Impacto asociado Generación de olores hacia los receptores identificados Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que no se generará impacto significativo por emisión de olor, y tener control de que las medidas indicadas en PGO se implementen de forma correcta.
Descripción: De acuerdo con los resultados del Estudio de Impacto de Olor, es poco probable que las actividades desarrolladas en la PTAS Centro Laguna Sur generen una emisión de olor que produzca un evento de queja, sin embargo, a partir del análisis de los resultados del modelo de dispersión y de la caracterización de las emisiones de olor de las fuentes, ha sido posible determinar cuáles son los procesos críticos que deben mantenerse monitoreados, estos son, por orden de relevancia: • Pretratamiento • Reactor Biológico
Como medidas preventivas generales, tenemos las siguientes:
- Realización de capacitaciones y charlas al personal del Centro Laguna Sur, referentes a la implementación de buenas prácticas en la operación, considerando principalmente las actividades de mantención de las unidades correspondientes, tendientes a disminuir la generación de olores molestos.
- Procedimiento de limpieza de unidades, en caso de ser necesario.
- Medidas de mantención de equipos de acuerdo con el programa establecido por el Centro Laguna Sur.
Sobre las medidas a considerar, se mantendrá un registro de estas, para mantener un detalle que permita un seguimiento.
Justificación: Se cuenta con varias medidas de control, para evaluar adecuadamente la operación del Proyecto y disminuir el riesgo de generación de un evento de olor, considerando: Sistema de Seguimiento de la variable ambiental: uso de herramientas para evaluar la afectación del entorno directo, registro de reclamos u otros que permitan presentar la situación operacional en cuanto a la generación de emisión de olor. En caso de ser necesario, deberá ser evaluada la posibilidad de realizar una nueva campaña de monitoreo en caso de que se presenten reclamos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
En el caso de la presentación de un reclamo producto de la generación de olor proveniente del Centro Laguna Sur, se considera la apertura de un registro que permita determinar adecuadamente las causas de la generación de dicho evento, así como también establecer las medidas operativas que se tomarán, considerando las posibilidades que establezca la operación. Estas podrán ser inmediatas o aplicadas para evitar la repetición de un evento producido por causas similares.
El registro mencionado en el punto anterior contará, a lo menos, con la siguiente información:
a) Identificación de quien reclama (Nombre, número de contacto o correo de contacto).
b) Fecha y hora de la percepción del evento.
c) Dirección y/o coordenada de donde fue percibido el evento.
d) Descripción de la Nota de Olor, en caso de ser posible.
e) Identificación de las medidas que se tomaron a partir del presente reclamo. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: PTAS Centro Logístico Laguna Sur
Forma: Se presentará el reporte de operación del PGO con frecuencia anual, en periodo más desfavorable, este reporte presentará los detalles de la caracterización de las fuentes y los resultados de la modelación obtenidos en los receptores de interés. En base a los resultados, se implementará obras y acciones correctivas en caso de que corresponda. En cuanto a muestreos y mediciones de concentraciones de olor incluidas en este, se considerarán las normativas técnicas NCh 3386:2015 y NCh 3190.Of2010 respectivamente, con una frecuencia que considere efectos negativos que pudiese causar la Planta durante su operación y un valor límite para la inmisión, de acuerdo a los antecedentes presentados en, de 3.0 o.UE/m3 para el percentil 98 de concentraciones horarias.
Oportunidad: Se informar a la autoridad sobre implementación de acciones descritas en PGO con una frecuencia anual. Indicador de cumplimiento. Realización de reportes anuales a la SMA Forma de control y seguimiento Respaldos de Reportes
Tabla 9.3. Compromiso ambiental voluntario: Charla trabajadores componente arqueológico Impacto asociado Componente arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar inducciones arqueológicas por arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología debido a la susceptibilidad del área.
Descripción: Se realizarán charlas a los trabajadores de obras (dirigido a la totalidad de los/as trabajadores/as del proyecto que trabajarán en las labores de escarpe y excavación) respecto del componente arqueológico y que hacer en caso de hallazgos durante el movimiento de tierra de las obras proyectadas, las cuales podrían involucrar actividades de excavación de una profundidad máxima de 80 cm.
Justificación: Se ejecutarán charlas dada la susceptibilidad del área debido a que se han registrado hallazgos a un poco más de un km en el marco del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Áreas proyectadas Centro Logístico Laguna Sur Forma: Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del (los) trabajador(es), el (los) informe(s) de charla de inducción, elaborado por el/la arqueólogo/a, el cual deberá contener:
a. Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. b. Contenidos de la inducción realizada. c. Copia del material gráfico presentado a los asistentes. d. Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e. Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los asistentes. f. Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá debidamente firmada por cada uno de los trabajadores.
Oportunidad: Durante la ejecución de las obras proyectadas. Cabe señalar que el Centro está construido en un 94,6% y contempla el desarrollo de una excavación acotada para el proceso de arborización principalmente. Indicador de cumplimiento. • Registros de las inducciones
Forma de control y seguimiento • Reportes realizados a la SMA
Tabla 9.4. Compromiso ambiental voluntario: Reuniones con bomberos. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reuniones de coordinación con bomberos. Descripción: Coordinar y evaluar potenciales riesgos a fin de incluirlos en el plan de emergencias de BSF y obtener su certificación por parte de bomberos junto con realizar capacitaciones a los trabajadores. Justificación: Identificar y evaluar potenciales riesgos y efectos de las emergencias en conjunto con bomberos. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Áreas proyectadas Centro Logístico Laguna Sur
Forma: Reuniones de coordinación a fin de evaluar potenciales riesgos, rutas de acceso, costos posibles, consecuencias y efectos de emergencias, a fin de incluir dichas recomendaciones en el “Plan de Emergencia y Contingencias” del Proyecto. Además, se requiere que Bomberos certifique a través de un acta de observaciones las condiciones generales de seguridad previstas para el plan de evacuación y verificación de la vialidad que permitan el ingreso de unidades de emergencia. Además, se realicen capacitaciones a trabajadores sobre prevenir y actuar frente a episodios de incendios, con la finalidad de instalar capacidades ente posible emergencias.
Oportunidad: Una vez aprobada la regularización y obra futura mediante la RCA. Antes de la fase de construcción. Indicador de cumplimiento. Registros de las reuniones realizadas con firma de responsable Forma de control y cumplimiento Registros de las inducciones con firma de los asistentes.
Tabla 9.5. Compromiso ambiental voluntario: Talleres comunitarios de emergencias. Impacto asociado (si aplica) No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Objetivo, descripción y Objetivo: Realizar talleres comunitarios de difusión de emergencias del Proyecto para instalar capacidades ante posibles eventos que pongan en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
justificación riesgo su seguridad o la salud pública.
Descripción: Se realizarán talleres comunitarios de emergencias con un ciclo de al menos tres talleres de apropiadamente 1 hora y media cada taller, junto con material de Difusión, Dípticos o Trípticos.
Justificación: Identificar y evaluar potenciales riesgos y efectos de las emergencias que puedan poner en riesgo a la seguridad o salud pública. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Centro Logístico Laguna Sur
Forma: se realizará un ciclo de al menos tres talleres de apropiadamente 1 hora y media cada taller, junto con material de Difusión, Dípticos o Trípticos, y Presentación, abierto a la comunidad, que tenga por objetivo instalar capacidades ante posibles emergencia producto de explosivos, incendios, u otros eventos, que pongan en riesgo su seguridad o la salud pública. Estos talleres serán realizados en coordinación con las diferentes Juntas de Vecinos, Organizaciones Sociales y la DIDECO de la I. Municipalidad de Pudahuel, para aborda el área de influencia del medio humano.
Oportunidad: Una vez aprobado el proyecto de regularización y de obras futuras.
Indicador de cumplimiento. Copia o registros de los talleres realizados. Forma de control y seguimiento Registros de asistencia a los talleres firmados por los participantes.
Tabla 9.6. Compromiso ambiental voluntario: Plan de información a los vecinos/as Impacto asociado (si aplica) No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un canal de comunicación con las comunidades cercanas, con la finalidad de informar oportunamente las actividades de las fases del proyecto.
Descripción: Se entregará directamente en los domicilios información actualizada sobre el proyecto conforme avancen sus fases, el contacto para acudir al titular y la forma en la cual se podrá realizar denuncias sobre molestias respecto de la generación de ruidos molestos, emisión de Olores y posibles impactos en la Vialidad
Justificación: La medida se justifica para no alterar a las comunidades cercanas y contar con un canal de comunicación con los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Fase del proyecto correspondiente
Forma: Registro de entrega de las cartillas o folletos a los vecinos del sector a intervenir.
Oportunidad: 2 semanas antes del inicio de la fase que corresponda. Indicador de cumplimiento. Copia o registros de las cartillas o folletos entregados a los vecinos del sector. Forma de control y seguimiento Registros de entrega de las cartillas o folletos entregados a los vecinos del sector y firma de responsable.
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
Tabla 10.1 Riesgo o contingencia: Sismo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 10.1 Riesgo o contingencia: Sismo. Fase del proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades asociadas a las fases de construcción y operación del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad. • Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. • Realizar simulacros. • Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia. Forma de control y seguimiento • Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia. • Correcta mantención de señalética que identifique la zona de seguridad al interior de la obra. Esta labor será del prevencionista de riesgo presente en la obra. • Libro y/o registro de las inducciones, registro fotográfico de señaléticas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se detendrán las tareas haciendo abandono rápidamente de las superficies en altura (andamios, plataformas en voladizo), espacios confinados, excavaciones, bajo estructuras y bordes, ya que aumenta el peligro de derrumbe y caída desde altura. El personal se reunirá en el “Punto de Encuentro” más cercano o “Zona de Seguridad” de la Obra. • El electromecánico de mantención desenergizará todos los artefactos y/o equipos eléctricos para evitar un principio de incendio ante presencia de gas. • Después del sismo, se evacuará a todo el personal a la “Zona de Seguridad” de la Obra, se deberá prestar y/o coordinar la atención a los lesionados, tomar asistencia a todo el personal reunido, comprobar el funcionamiento de los servicios (luz, gas, agua), cerrar y señalizar con cinta de peligro zonas de trabajo dañado o con peligro. Los trabajadores no se podrán retirar de la obra o reingresar a trabajar hasta que el Comité de Emergencias designado lo indique. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud. (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/).
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada • Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria
Tabla 10.2 Riesgo o contingencia: Incendio. Fase del proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades asociadas a las fases de construcción y operación del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Inspecciones al interior de los sectores de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas y en áreas donde existan fuentes de calor o en actividades que impliquen uso de fuentes de energía. Forma de control y seguimiento Registro de inspecciones y permisos especiales para trabajos en caliente. Acciones o medida a implementar para Al detectar un amago de incendio, informe y siga instrucciones de aviso y alarma. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 10.2 Riesgo o contingencia: Incendio. controlar la emergencia Al detectar una situación que pueda comprometer la seguridad de las personas o del centro debe: • Seguir instrucciones impartidas por el administrador del centro. • Se deberá cortar los distintos servicios, como, por ejemplo: electricidad, Gas, etc. de acuerdo a las instrucciones impartidas por soporte- • No intervenir directamente en el amago de un incendio, esta labor es • exclusiva de bomberos. • Los trabajadores brigadistas, de acuerdo a sus objetivos apoyaran en la evacuación de los clientes o personal interno, además aplicaran los primeros auxilios a quien lo necesite. • Desplegaran equipos o elementos para humedecer los alrededores del incendio, esto evitará posible propagación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que, será presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos:
• Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuos, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
El Encargado de Prevención de Riesgos deberá generar una acción preventiva, incluyendo la investigación de la causa, y remitir copia de este por correo electrónico al encargado de Prevención de Riesgos y al Constructor de la Obra. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada • Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria
Tabla 10.3 Situación de riesgo o contingencia: Derrame de sustancias. Fase del proyecto a la que aplica • Construcción. • Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias y residuos peligrosos y/o fallas en las maquinarias y camiones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Capacitación del personal • Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento. • Recambio de contenedores dañados. • Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. • Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 10.3 Situación de riesgo o contingencia: Derrame de sustancias. camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda.
Forma de control y seguimiento Libro y/o registro de inspecciones y mantenciones realizadas a la maquinaria presentes en la obra. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • El personal que detecte el derrame dará aviso al encargado de área y/o Prevencionista de Riesgo). • Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. • El encargado hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. • Se delimitará el área afectada. • Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente a arena. • Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. • En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado. • El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente. • Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente. Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo a la sustancia almacenada Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de derrames de gran envergadura (más de 200 l) se procederá a avisar, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA: (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/).
En caso de ocurrencia de un accidente que, afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 hrs, señalando lo siguiente:
• Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de control utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio. • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancias, residuos, emisiones al aire u otro relacionado con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas; etc.) • La identificación ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 10.3 Situación de riesgo o contingencia: Derrame de sustancias. Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes).
Además, se presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la Autoridad ambiental. En este informe se considerará:
• Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • Área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de las(s) posibles (s) técnica (s) y/o acción (es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de las sustancias peligrosas generadas en el marco de una contingencia. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada • Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria Tabla 10.4 Situación de riesgo o contingencia: Afloramiento de aguas subterráneas. Fase del proyecto a la que aplica • Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones y Perforaciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitar a los trabajadores y contratistas dando a conocer el procedimiento de acción correspondiente ante un eventual afloramiento de aguas subterráneas. Forma de control y seguimiento Registro de capacitación a trabajadores respecto a posible alumbramiento de napa freática. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 hrs, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que, ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
• Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que, la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que, esto además, le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que, detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que, acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
Tabla 10.4 Situación de riesgo o contingencia: Afloramiento de aguas subterráneas. análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. • El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que, se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 hrs. • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que, se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la DGA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA: (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/).
En caso de ocurrencia de un accidente que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 hrs, señalando lo siguiente:
• Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de control utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Solo en caso de accidentes).
Además, se presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la Autoridad ambiental. En este informe se considerará:
• Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancias, residuos, emisiones al aire u otro relacionado con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas; etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de las(s) posibles (s) técnica (s) y/o acción (es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de
• Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
11°. Que durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollada conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
12° Que el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, Tabla 10.4 Situación de riesgo o contingencia: Afloramiento de aguas subterráneas. evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 10.5 Situación de riesgo o contingencia: Accidentes de Transporte de Lodos. Fase del proyecto a la que aplica • Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de lodos a sitio de disposición final; camión de transporte de lodos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El retiro y transporte periódico de los lodos generados en la planta, conlleva la ejecución de maniobras que podrían generar derrame de lodos. Para evitar esta situación se considera:
• Solicitar a la empresa transportista de lodos, su autorización sanitaria, incluyendo la de los vehículos a utilizar, de manera de asegurar que el transporte se realizará en vehículos completamente estancos y cerrados que impidan escurrimientos, derrames y la emanación de olores durante su traslado. • También se solicitará las capacitaciones de los choferes que conducirán los camiones, de forma periódica. • Igualmente, se solicitará los comprobantes de las mantenciones periódicas de los vehículos. Forma de control y seguimiento Documentos que comprueben lo señalado. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El retiro y transporte periódicos de los lodos biológicos generados en la planta, conlleva la ejecución de maniobras en un espacio limitado y hace previsible que puedan ocurrir accidentes por: • Rotura o accidente de la unidad de transporte (camiones). • Desprendimiento de la carga, rotura del contenedor o sujeción de la unidad transportada. Si el accidente se produce dentro del recinto de la planta de tratamiento y con aviso y apoyo de empresa responsable del servicio, se deberá: • Brindar primeros auxilios para heridas menores: cortes, rasmilladuras, etc. • Si resulta comprometida de manera severa la seguridad del personal transportista, llamar, según el convenio vigente con la empresa, al sistema de asistencia de salud contra accidentes contratados. • Asegurar y aislar la unidad siniestrada, de manera de evitar mayores daños en la carga y el entorno. • Si se ha producido derrame de la carga, retirarla de la zona del accidente y confinarla a un espacio especialmente habilitado para ello Si el accidente se produce en la ruta de trayecto, la empresa transportista deberá proceder conforme a sus protocolos internos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan • En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada • Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627
reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16°. Que, para que el proyecto “Centro Logístico Laguna Sur” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162° y artículo 163°, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Centro Logístico Laguna Sur”, de Bodegas San Francisco Limitada.
2°. Certificar que el proyecto “Centro Logístico Laguna Sur” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Centro Logístico Laguna Sur” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y Pronunciamiento 161 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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4°. Certificar que el proyecto “Centro Logístico Laguna Sur” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley Nº19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Constanza Paz Martínez Gil Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
AFA/JGM/JMM/MDK
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Sergio Andrés Barros Fontannaz jlillanes@bsf.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago luis.vidal.l@mop.gov.cl DOH, Región Metropolitana de Santiago paulo.canas@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de Maipú <cbarriga@maipu.cl, tquinteros@maipu.cl> Ilustre Municipalidad de Pudahuel italo@mpudahuel.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago rebeca.castillo@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago esariego@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago nathalie.joignant@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2158952627 Firmado Digitalmente por Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 30-03-2023 17:37:17:343 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Constanza Paz Martínez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2023.04.05 08:59:29 -04'00' SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago mjerrazuriz@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago oliver.lopez@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM jnazal@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Dirección General de Aeronáutica Civil <director@dgac.gob.cl, registratura@dgac.gob.cl> Servicio Nacional de Geología y Minería <david.montenegro@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Subsecretaría de Pesca y Acuicultura <beyzaguirre@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl, rhager@subpesca.cl, rgarciam@subpesca.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl