Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Arica y Parinacota Resolución Exenta N° _05/2022 Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" Arica, 28 de diciembre de 2022 VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 03 de junio de 2022 y su Adenda Complementaria de 28 de octubre de 2022, del proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos", presentado por Solarpack Chile Limitada con fecha 18/03/2022. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 10 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos". 3°. El/Las Acta/s de la/s reunión/es realizada/s con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos", conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. El Acta de Evaluación N° 1 de 14/11/2022, del Comité Técnico de la Región de Arica y Parinacota. 5°. El ICE de la DIA del proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" de 1 de diciembre de 2022. 6°. El Acta N° 4 de 12 de diciembre de 2022, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota. 7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos". 8. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y la Resolución N° 119046/120/2021 de 05/03/2021, de D.E. que nombra al Director Regional del SEA de Arica y Parinacota; CONSIDERANDO: 1°. Que, Solarpack Chile Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Solarpack Chile Limitada Rut 76.041.002-0 Domicilio Av. Vitacura 2939 of. 2702, Las Condes Teléfono 56 9 9541 9252
Nombre representante legal Felipe José Novoa Johnson
Rut representante legal 13766054-7 Domicilio representante legal Av. Vitacura 2939 2702, Las Condes Teléfono representante legal 56 9 9541 9252 Correo electrónico Titular o representante legal_ ____L__ fnovoa@solarpack.cl 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de diciembre de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la XV Región de Arica y Parinacota ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto; El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones 3°. Que, en sesión de 12 de diciembre de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota acordó calificar favorablemente el proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos", aprobando íntegramente el contenido del ICE de 1 de diciembre de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es ampliar la capacidad de generación de energía eléctrica del Proyecto Original, a partir de la radiación solar, y su inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) en horas de generación solar y posterior a esta (gracias al sistema de baterías), prestando servicios complementarios a la transmisión a partir de un sistema de almacenamiento de energía. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil 30 años Monto de inversión USD $ 10.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La actividad que da en forma sistemática y permanente inicio a la ejecución del Proyecto, corresponde a la preparación del terreno. Se estima su inicio en febrero del año 2023. Proyecto se desarrolla por etapas Si No [X] Si No Capítulo 4 del ICE Proyecto modifica un proyecto o actividad lXi Proyecto modifica otra(s) RCA Si No [X] 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Anca y Parinacota Descripción de la localización La disponibilidad de terrenos por parte de Bienes Nacionales para este tipo de iniciativas. La existencia de índices de radiación solar que permiten la generación de energía mediante módulos fotovoltaicos. La posibilidad de evacuar la energía eléctrica generada al SEN. La inexistencia de elementos significativos desde el ámbito ambiental y social que sea necesario preservar y que puedan verse afectados por el desarrollo del Proyecto. La existencia de infraestructura previa posible de ser ampliada, optimizando el uso de instalaciones tales como centro de control, bodegas de residuos y otros. Superficie Tipo de Superficie Unidad Predial 14.66 has Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del proyecto son: VERTICES COORDENADAS UTM H19S DATUM WGS-84 ESTE NORTE I 367.414,96 7 956.613,28 2 367.662,77 7.956.566,66 3 367.680,73 7.956.492,45 4 367.718,43 7.956.451,07 5 367.813,81 7.956.383,33 6 367.827,47 7.956.339,11 7 367.890,86 7.956.330,41 8 367.863,09 7.956182,76 9 367.792,14 7.956.194,23 10 367.775,84 7.956.154,09 11 367.767,82 7.956.106,71 12 367.846,70 7.956.095,64 13 367.838,45 7.956.051,81 14 367.504,88 7.956.114,06 15 367.504,89 7.956.187,78 16 367.514,89 7.956.187,78 17 367.514,89 7.956.250,90 18 367.519,89 7.956.250,90 19 367.522,80 7.956.249,05 20 367.529,89 7.956.249,05 21 367.529,89 7.956.308,12 22 367.522,27 7.956.308,12 23 367.523,68 7.956.394,44 24 367.513,72 7.956.394,44 25 367.513,73 7.956.458,45 26 367.472,27 7.956.466,26 27 367.472,27 7.956.530,27 28 367.422,27 7.956.539,02 29 367.422,27 7.956.446,02 30 367.415,18 7.956.446,02 31 367.415,19 7.956.540,32 32 367.401,70 7.956.542,80 33 367.415,18 7.956.411,30 34 367.422,27 7.956.411,30 35 367.422,27 7.956.352,23 DESCRIPCIÓN INSTALACIONES EXISTENTES OBRA Obras Temporales DESCRIPCIÓN El Proyecto considera solamente como obra temporal una piscina de lavado de hormigón, de 18 m2 y de capacidad mínima de 25 m3, cubierta con geomembrana, de forma de evitar el deslizamiento y los derrames directos a la superficie del suelo. El fondo de la piscina será inclinado para permitir la limpieza de los sólidos sedimentados. Los desechos generados serán llevados a botadero autorizado. Esta obra estará situada al interior del cerco perimetral. Respecto al resto de instalaciones temporales necesarias para la construcción de las obras, se emplearán las existentes del Proyecto Original descritas brevemente a continuación: NOMBRE Esta corresponde a una obra temporal de aproximadamente 702,15 m2, la cual proveerá de distintos insumos y servicios. Estos servicios se presentan a continuación: • Zona de contratistas • Bodega para el almacenamiento de las herramientas, materiales e insumos. • Zona para la ubicación de un acopio temporal de residuos, los que posteriormente serán retirados por una empresa debidamente autorizada ambiental y sanitariamente. Área de comedor habilitada para la alimentación de los trabajadores, la cual estará distante del sector de almacenamiento de residuos. Generador eléctrico de 20 kVA de potencia. Se considera una superficie aproximada de 4 m2. Instalación de Faenas Grupo Generador Zona de Acopio de Materiales de Excavación Zona para el almacenamiento de acopio de excedentes durante la construcción, tiene una superficie aproximada de 258 m2. 36 367.415,18 7.956.352,23 37 367.402,80 7.956.300,95 38 367.409,89 7.956.300,95 39 367.409,89 7.956.271,22 40 367.402,80 7.956.271,22 El Proyecto replica los caminos de acceso del Proyecto Original o Etapa 1. Desde la ciudad de Arica, el acceso al Proyecto será por Camino Azapa (Ruta A-27) en dirección oriente, continuando por aproximadamente 14 km hasta conectar con Ruta A-19, siguiendo por aproximadamente 6,5 km en dirección norte, hasta conectar con Ruta A-143, continuando por 1 km hasta huella existente (no pavimentada) que es utilizado para la mantención de una LTE existente que llega a la S/E Parinacota. Sobre la huella se debe continuar por aproximadamente 13 km (en dirección poniente) hasta llegar al acceso del Proyecto. Caminos de acceso Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 1 Descripción de Proyecto Anexo N°2 Cartografía en Formato Digital presentado en la DIA. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN ACCIONES NOMBRE DESCRIPCIÓN Preparación de Terreno Consiste en la preparación del área destinada a las instalaciones del Proyecto. Dado que el terreno es relativamente plano, no se prevén actividades de nivelación, escarpe ni compactación para el Proyecto. Los desniveles que puedan existir en el terreno serán salvados por los mismos seguidores, los cuales en el proceso de hincado permiten generar estructuras alineadas para la instalación de los paneles solares. Conforme a ello, solo será necesario escarpar, compactar y estabilizar los caminos y las áreas donde se ubiquen instalaciones tales como el CTIN, Sistema de Almacenamiento de Baterías y estación meteorológica Movimiento de Tierra Se del considerando cableado resume El volumen de tierra a ser removido durante la fase de construcción, las actividades para la habilitación de caminos, zanjas de ydespeje área de instalaciones permanentes (CTIN y otros) se en el cuadro a continuación. OBRA V EXCAVAUCial(m3 RELL í RELLENO NO ESCAMPE (Ini Habilitación de CT1N, base baterías.
303 187 113- Otros (instalación de seguidores, zanjas y caminos 'Menores) 2.150 1.880 - Total 2.452 2.067 113 terreno excedentes. aclara que todo el volumen de tierra removido será utilizado dentro del para nivelación o compactación, no existiendo por tanto retiro de En el caso de que se generen excedentes, y que deban ser retirados área de Proyecto. Serán conducidos a sitio de disposición autorizado. Habilitación de Caminos internos Para el Proyecto se prevé la habilitación de caminos internos de 2 km, serán habilitados en base a compactación y estabilizada de ripio o similar. Habilitación de instalaciones Permanentes Las instalaciones permanentes corresponden a: CTIN, Sistema de Almacenamiento de energía, estación meteorológica, bodega de residuos no peligrosos e instalación de cuatro (4) postes de la línea de evacuación. Para su habilitación, se despejará el área, para luego realizar las fundaciones correspondientes sobre las cuales se montarán las estructuras prefabricadas que compondrán las instalaciones. Habilitación de Canalización para el Cableado Soterrado Dependiendo de las condiciones del suelo, se realizarán zanjas para el cableado directamente enterrado en baja tensión, de 0,70 m de profundidad y en zonas de tránsito de vehículos 0,80 m (aproximadamente). Alternativamente, se podrán realizar canalizaciones eléctricas en superficie, habilitando tubos en los cruces con los caminos internos. Igualmente podrá presentarse una combinación de las distintas alternativas. Dado que la forma más intensiva en actividades, es la habilitación de zanjas soterradas, se consideró esa opción para efectos de evaluación ambiental. • Para la habilitación de zanjas, el lecho de la zanja que va a recibir el cable será liso y estará libre de aristas, piedras, etc. En el mismo se dispondráde una capa de arena de 10 cm de espesor mínimo sobre la que se colocará el cable. Por encima del cable irá otra capa de arena de 10 cm de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja, la cual será suficiente para mantener 5 cm entre los cables y las paredes laterales. • Se colocará una cinta protectora para los cables o placas de hormigón. Se colocará una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico para baja tensión. • Sobre la superficie donde se enterrarán los conductores no habrá ningún tipo de construcción, edificación, etc., ya sea temporal o permanente. Se implementarán cajas de registro de hormigón en los puntos de empalme y cambio de fase soterrada a aérea. Habilitación de La introducción de pilotes involucra el hincado directo de los perfiles Seguidores y metálicos, mediante una máquina hincadora, hasta una profundidad máxima Montaje de Paneles de 2 m. Eventualmente y según las características del suelo, será necesario reforzar los micropilotes con fundaciones de hormigón. Para ello, en caso de ser necesario se realizará una excavación de 0,51 m3. Cada agujero será rellenado con 0,18 m3 de hormigón y 0,33 m3 con el mismo material removido. Una vez afianzados los micropilotes, se procederá a montar sobre la fundación la estructura del seguidor y luego los paneles solares. El cierre de la fase de construcción conlleva una serie de actividades asociadas a la limpieza de las áreas en las cuales se desarrollaron actividades y/o fueron acopiados materiales, acopiando los residuos conforme a su tipo en los lugares de disposición temporal para su posterior Cierre de Fase retiro por empresas autorizadas para ser dispuestos en sitios de disposición Construcción final autorizados. Se estima que el cierre de la instalación de faenas empleará del orden de 2 semanas y se consideran las siguientes actividades. • Retiro de materiales y equipos; • Limpieza general del área. Las actividades señaladas precedentemente, se describen a continuación: • Retiro de materiales y equipos: Se retirarán los materiales o partes que, una vez finalizada la fase de construcción, se encuentren en la Zona de Acopio de Materiales. Según corresponda, estos materiales o partes serán devueltos al proveedor, o dispuestos en la Zona de Residuos para su posterior retiro por empresas autorizadas rumbo a un sitio de disposición final autorizado. • Limpieza general del área: Una vez retirados los materiales y equipos, se realizará una limpieza general del área, con el objeto de dejar el área totalmente despejada. Los materiales o residuos serán dispuestos en la Zona de Residuos para su posterior retiro por empresas autorizadas rumbo a un sitio de disposición final autorizado. SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Energía Eléctrica Para el trabajo de contratistas se estima la utilización de hasta 4 grupos electrógenos de 10 kVA de potencia cada uno, distribuidos en los distintos frentes de trabajo. Los generadores contarán con estanque propio de combustible, sistema de contención de derrames y encapsulamiento de insonorización. Agua Potable El agua potable para el consumo de los trabajadores será abastecida en una cantidad de 150 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N°594/99. La cantidad total de agua potable a consumir variará en función del número de trabajadores en la construcción de las obras, sin embargo, el período de máxima mano de obra para la fase de construcción se estima en 82 trabajadores, momento en que el consumo será de 12,3 m3/día. Agua Industrial Para el lavado de las canoas de descarga de los camiones mixer se estima un consumo de 4 m3, sin embargo, esta agua industrial será transportada en los mismos estanques de agua de lavado de cada camión mixer. Servicios Higiénicos Durante la fase de construcción se utilizarán baños químicos, considerando 1 sanitario químico por cada 10 trabajadores (el número de baños a disponer es calculado según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud). Estos equipamientos irán conforme a como se desplacen los frentes de trabajo. Los baños químicos integrarán en la misma unidad lavamanos y estanque destinado la provisión de agua para aseo de las manos. Se contará además con baños adicional para mujeres, en caso de contar con personal femenino en las labores a realizar. Hormigón y Áridos Se estima un consumo de hormigón de 255 m3 y de 172 m3 de áridos aproximadamente. Vehículo Vehículo Maquinaria y Equipos en fase de construcción. CANTIDAD VEHÍCULO/ EQUIPO iNsumoi
MATERIAL 1 Bus Personas 8 Camioneta Personas I Camión Tanque (combustible) Combustible I Camión Aljibe (10.000L o similar) Agua Potable 1 Camión Aljibe (10.000L o similar) Agua Industrial I Camión Mixer (25 m') Hormigón 1 Camión Baja Cama Maquinaria 2 Camión Habilitado RLD I Camión (30 ton o similar) Módulos Fotovoltaicos 1 Camión (30 ton o similar) Seguidores Solares 1 Camión (30 ton o similar) Equipos, Sala Eléctrica, Inversores, Cables 1 Camión Habilitado RSD I Camión Habilitado RISES 1 Camión Habilitado RESPEL TOTAL VIAJES CONSTRUCCIÓN' PESO FLOTA (TON) DESTINO 576 16 Proyecto- Arica 2.304 4 Proyecto-Anca 144 30 Proyecto-Anca 576 25 Proyecto- Arica 1.152 25 Proyecto-Anca 20 30 Proyecto-Anca 84 20 Proyecto-Anca 118 4 Proyecto-Anca 168 30 Proyecto- Puerto de Arica 132 30 Proyecto- Puerto de Anca 12 30 Proyecto- Puerto de Arica 96 4 Proyecto- Vertedero de Mica 4 4 Proyecto- Vertedero de Arica 2 4 Proyecto- Zona de residuos peligrosos Maquinaria y Equipos Maquinaria y Equipos en fase de construcción ACTIVID AD TIPO DE MAQUINA RIA INSUMOS A TRANSPOR TAR CANTI DAD RO RAS / DÍA ' DÍ AS / M ES MESE S DOR AS TOT ALES RUTA Nivelació n/ compacta ción de terreno Motomvel adora 1 8 24 2 384 Dentro de la obra Excavaci MI Retroexca vadora Material removido 2 8 24 2 768 Dentro de la obra Hincado/ Perforad ón Hincadora/ Perforador a pules acero 4 8 24 1 768 Dentro de la obra Se considera viajes de ida y vuelta durante toda la fase construcción del Proyecto (6 meses). 2 La Maquinaria está en terreno en todo el proceso de construcción, no realiza viajes diarios. Se estiman jornadas de 12 horas con un 75% de utilización de la maquinaria para considerar tiempos muertos. Excavaci ón Excavador a Material removido 2 8 24 3 1.152 Dentro de la obra Descarga de material Grúa Carga en general I 8 2 I 16 Población cercana Descarga / transport e de material Toro/ Manitou Carga en general 2 8 24 3 1.152 Dentro de la obra Movimie nto de tierra Cargador Frontal Material removido 2 8 24 3 1.152 Dentro de la obra Movimie nto de tierra Camiones Tolva Material removido 3 6 24 2 864 Población cercana Otras Otros - I 4 10 2 80 Dentro de la obra Nivelació M compacta ción de terreno Rodillo Compacta dor - 1 8 21 2 336 Dentro de la obra Grasas y Aceites Grasas y Aceites SUSTANCIA CANTIDAD (TON/MES) CANTIDAD (kg/mes) Aceite de motor 0,0171 17,18 Grasa lubricante 0,0003 0,3 Total 0,0174 17,48 Los insumos peligrosos serán almacenadas en la bodega perteneciente al Proyecto Original, cuya capacidad es suficiente para albergar ambos proyectos y además está cumplirá con todas las exigencias normativas aplicables señaladas en el Decreto N°43/2016 del Ministerio de Salud. La provisión de combustible se realizará mediante una empresa distribuidora del mercado regional con las correspondientes autorizaciones, utilizando para ello un camión surtidor. Conforme a lo indicado, y no se considera el almacenamiento de combustible en las dependencias del Proyecto a excepción de bidones de combustible de respaldo en caso que se requiera alimentar un grupo electrógeno. Dichos bidones se almacenarán en bodega de insumos del Proyecto Original. RECURSOS NATURALES A EXTRAER, EXPLOTAR O UTILIZAR Nombre Descripción Durante la fase de construcción del Proyecto no se explotarán ni extraerán recursos naturales renovables. Se analizan a continuación la relación del Proyecto con Recursos Naturales existentes en el área: • Suelo: En cuanto al recurso natural suelo, el Proyecto no se relaciona con su extracción ni con su explotación, sin embargo, el Proyecto requiere ocupar una superficie de Recursos naturales renovables 14,66 ha, en las cuales se habilitarán las obras permanentes del Proyecto. De acuerdo a lo indicado anteriormente, actualmente, no se han identificado usos asociados al área donde se proyecta la implementación del Proyecto Fotovoltaico. Las características de la intervención del suelo proyectada para efectos de la construcción del Proyecto, no considera el acopio de materiales directamente sobre el suelo, sino que se realizará utilizando poyos de hormigón o trozos de madera, sin requerir el empleo de fundaciones en forma extensiva en el área, sino que únicamente en ciertos sectores asociados a obras permanentes, tales como el Centros de Inversión y Transformación (CTIN) y el Sistema de Almacenamiento de Energía. Bajo el área de los paneles fotovoltaicos y la separación de éstos no se contempla la implementación de fundaciones y/o losas, sino la cimentación puntual de pilotes. • Agua: En cuanto a utilización de recurso hídrico para suministros básicos y labores constructivas, no se contempla la extracción de agua de cauces o pozos cercanos, en tanto el agua potable e industrial se considera un insumo a adquirir mediante terceros autorizados. • Flora y vegetación: El Proyecto no guarda relación con la extracción de este recurso El área presenta un recubrimiento de suelo correspondiente a un Área Desprovista de Vegetación, caracterizada por no presentar cobertura vegetal. Tampoco se presentan registros florísticos de plantas vasculares terrestres vivas, implicando ausencia de especies de flora en alguna categoría de conservación. Para más detalles ver Anexo 2.3 Caracterización Flora y Vegetación. • Fauna: Considerando la prevalencia de extremas condiciones de aridez en el área de Proyecto, sumado a la ausencia de cobertura vegetal y la escasez de refugios que se describen para las áreas imperantes en las superficies imperantes y cercanas al área de Proyecto, se considera que existe baja probabilidad de actividad de vertebrados directamente en las superficies consideradas para la ejecución de las obras. Para más detalles ver Anexo 2.4 Caracterización Fauna de la DIA y Anexo 3.1 Actualización PAS 146 y Anexo N°4.1 Estudio de Actividad de Golondrina de Mar de la Adenda. De esta forma, es posible indicar que el Proyecto en general durante la construcción no guarda relación con la extracción y explotación de los recursos naturales renovables referidos a vegetación, flora, fauna, suelo y agua. EMISIONES A LA ATMÓSFERA Nombre Descripción El Proyecto generará emisiones atmosféricas en la fase de construcción asociado a movimientos de tierra, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y combustión interna de motores de vehículos y maquinaria. Cabe señalar que el Proyecto Original estará en funcionamiento mientras se construye la Ampliación, es por eso que en los ítems "Tránsito de Vehículos" se considera el tránsito esporádico de vehículos de inspección y mantención, asociado a la operación del Proyecto Original. En cuanto a las labores de excavación y Emisiones Atmosféricas movimiento de tierra, son acotadas y se producen espaciadas en el tiempo y espacio. Asimismo, es preciso señalar que las emisiones consignadas fueron estimadas en un escenario conservador, en que se ven sobredimensionadas, por lo que, en la realidad, estas serán aún menores a las indicadas. Las medidas de manejo ambiental a ser implementadas son: • Límite de velocidad en caminos no pavimentados a 30 km/h. • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. • Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona. • Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto En el cuadro, se muestra el resumen de emisiones, respecto del proyecto original más la ampliación. Cuadro N° 3.4.15. Incremento de Concentración Anual y Diaria, y Porcentaje Respecto a Valor Normativo para MP25) MIPto ( ug/m3). Emisiones del Polígono - Escenario de Efecto Sinérgico M134,5 g/m3) Misto DISTANCIA (m) MEDIA ANUAL (D.S. N9212011) P98 O ARIO (D.S. N°1212011) Tm') MEDIA ANUAL P98 DIARIO (D.& W11/20221 (D.S. N* 112022) 100 2.66 13% 13,29 27% 3,70 7% 18.53 12% 200 1,41 7% 7,09 14% 1,98 4% 9,89 7% 300 1,09 5% 5,43 11% 1,51 3% 7,57 5% 400 0.88 4% 4,38 9% 1,22 2% 6,10 4% 500 0,73 4% 3.65 7% 1,01 2% 5.09 3% 600 0,62 3% 3,12 6% 0,87 2% 4,35 3% 700 0.55 3% 2,73 5% 0,77 2% 3.81 3% 800 0.49 2% 2.44 5% 0,68 I% 3,39 2% 900 0,44 2% 2.20 4% 0,61 I% 3.06 2% 1000 0.40 2% 2,00 4% 0,56 1% 2,79 2% 1500 0,27 1% 1,37 3% 038 1% 1,91 1% 2000 0.20 1% 91 2% 0-28 1% 1,41 1% 2500 0,16 1% 0,79 2% 0,22 0% 1,11 1% Limite normativo (ligtm3) 20 50 60 130 Fuente: Cuadro 3.1.2 del Anexo 1.2b de la Adenda Complementaria. Emisión de Ruido Las actividades de construcción del Proyecto suponen la emisión de ruido producto del empleo de maquinaria. Las actividades planteadas por el presente Proyecto se encuentran fuera del radio urbano de la comuna de Arica, a aproximadamente 2 km al Este del límite urbano, por lo tanto, para establecer un límite de emisiones de ruido de fuentes fijas, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto mencionado para la zona rural en que se desarrollará el Proyecto. Conforme a la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas, se estableció que el Proyecto da cumplimiento a los límites normados para ruido. El siguiente cuadro da cuenta de la evaluación del cumplimiento normativo para ruido. Niveles de ruido proyectados para fase de construcción, contribución exclusiva del Proyecto RECEPT OR NPS ESTIMADO 61513(A)1 LÍMITE NORMATIVO DIURNO D3B(A)1 EXCESO NIVEL IDBI CUMPLE NORMA ROI 53 47 0 Si R02 32 55 0 Si R03 19 55 0 Sí R04 22 60 0 Sí R05 22 60 0 Sí FOl 63 85 0 Sí F02 61 85 0 Sí F03 57 85 0 Sí F04 59 85 0 Sí F05 55 85 0 Sí F06 50 85 0 Si Cabe mencionar que el Proyecto no tendrá actividades nocturnas, por tanto no se ha considerado niveles nocturnos en la medición de línea base. Debido a la superación normativa que se genera en el receptor humano R01, se implementarán las siguientes medidas de control, las que estarán dentro del diseño del Proyecto: - Barreras Acústicas Fijas: Se instalará una (1) barrera acústica fija por el período que duren las faenas de construcción del Proyecto, de 2,4 m de altura, cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas acústicas y por consiguiente se pierda efectividad. A continuación, se presentan las coordenadas de inicio y final de la barrera acústica: Coordenadas ubicación barrera acústica de2,4 m de altura COORDENADAS INICIO COORDENADAS FINAL ESTE NORTE ESTE NORTE 367.509 7.956.136 367.835 7.956.062 Con la correcta implementación de esta medida de control de ruido, la evaluación normativa para la fase de construcción del Proyecto para los receptores humanos queda de la siguiente manera: Evaluación de Niveles Estimados de Ruido - Fase de Construcción con Medidas de Control de Ruido RECEPT OR NPS ESTIMADO [DB(A}] LÍMITE NORMATIVO DIURNO IDB(A)[ EXCESO NIVEL IDB] CUMPLE NORMA ROI 45 47 0 Sí R02 31 55 0 Sí R03 19 55 0 Sí R04 22 60 0 Sí RO5 22 60 0 Sí Respecto a los receptores de Fauna, en todos ellos se cumple el límite normativo de 85 dB. Sin embargo y de acuerdo a lo solicitado durante el primer ICSARA se realiza una comparación con los valores de referencia establecido en la nueva Guía Criterios de Evaluación en el SEIA "Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa", sobrepasando en 1 a 3 dB en los receptores F01 y F02 para "efectos sobre la fisiología y desarrollo", por lo que se exigirá que los vehículos asociados a las fases de construcción y cierre transiten a una velocidad menor a la comprometido en la DIA, en un tramo de 200 m, a la altura de los dos sitios puntuales de los receptores de fauna indicados, pasando de 30 km/h a 20 km/h. Para esto se instalará señalética indicando esta restricción de velocidad en ambos tramos acotados del camino de acceso al Proyecto. EMISIONES LÍQUIDAS Nombre Descripción Aguas Servidas Se emplearán baños químicos durante la fase de construcción, los que serán mantenidos por la misma empresa proveedora autorizada, quién se encargará del retiro de estos y la disposición adecuada de las aguas servidas. Conforme a ello, no se considera la generación de residuos líquidos en tanto serán retirados junto con el baño químico por el encargado del servicio. Adicionalmente, se generarán aguas grises a partir del uso de duchas con vestidores, las cuales se acopiarán temporalmente en un estanque ubicado al interior de las instalaciones del Proyecto Original. Para el estanque de acopio temporal de aguas grises de 20.000 Litros de efluente de las duchas de la instalación de faenas, se considera igualmente su retiro en forma periódica por una empresa encargada del transporte y disposición final. OTRAS EMISIONES Nombre Descripción El área de influencia responde al alcance de las radiaciones electromagnéticas las que, según estudios internacionales, no son significativas fuera de la faja de servidumbre de líneas eléctricas. Respecto al cableado en corriente alterna será en nivel de tensión 13,8 kV, desde el lado de alta de los transformadores de los CTIN hasta la interconexión en Media Tensión con la S/E Chinchorro existente. Se instalará una línea de evacuación aérea correspondiente a línea de transmisión de 13,8 kV de tensión, de 4,5 km de longitud aproximadamente. Entendiendo que los campos electromagnéticos que se encuentran presentes en el medio ambiente, pueden ser de origen natural y artificial, los campos propios de la tierra son equivalentes a 50 ItT y dependiendo de la ubicación geográfica, pueden variar entre 30 a 70 inT (ICNIRP, 2010), mientras que los campos eléctricos de la superficie de la tierra alcanzan valores de 0,2 kV/m. Por lo anteriormente expuesto, es necesario establecer el Emisiones electromagnéticas estado actual de las fuentes generadoras de campos electromagnéticos en el área de influencia del Proyecto. De este modo, para el funcionamiento del Proyecto se requiere de una Línea de Transmisión Eléctrica en 13,8 kV. Las magnitudes de campo eléctrico existentes a un metro de altura sobre el suelo en torno a la línea aérea de 13,8 kV ascienden hasta máximo los 2,1024 kV/m a 10 metros de distancia del eje. A partir de ésta, el campo eléctrico disminuye encontrándose por debajo de 2 kV/m a más de 10 m. Por lo tanto, los valores de campo eléctrico emitidos por la línea estarían muy por debajo de los límites de 5 y 10 kV/m (público y laboral respectivamente) establecidos por las normas internacionales. Respecto a la magnitud del campo magnético a un metro de altura sobre el suelo en torno a una línea aérea de 13,8 kV, éste presenta valores máximos de 18,6517 DT a 1 metro de distancia del eje, disminuyendo su intensidad a mayor distancia de éste (siendo inferior a 11 DT a distancias mayores a 10 metros del eje de la línea). En base a lo anterior, se determina que la línea está acorde a la normativa ya que todos los valores de campo magnético de una línea de 13,8 kV están por debajo del límite de 100 I J T establecido en la normativa internacional. RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólido domiciliario y asimilables A continuación, se indican los residuos estimados en fase de construcción de la Ampliación, cantidades a las que se suman lo generado por el Proyecto Original (asociado a visitas puntuales de mantención), que paralelamente estará en su fase de operación. El cuadro a continuación, indica los RSD estimados a generar en la fase de construcción del Proyecto. Residuos domiciliarios fase de construcción TIPO RESIDUOS CANTIDAD (ton/mes) TIPO DE ALMACENAMIEN TO TEMPORAL FRECUENCI A DE RETIRO DESTINO Residuos domiciliarios (papel, restos orgánicos, vidrio, plásticos, etc.) 0,864 Contenedores plásticos con tapa al interior del Área de Residuos del Proyecto Original 2 veces por semana Relleno sanitario autorizado DESTINO Relleno sanitario autorizado o reciclaje El cuadro a continuación indica los RISES estimados a generar en la fase de construcción del Proyecto. Residuos industriales no peligrosos fase de construcción ALMACENAMIEN TO TEMPORAL TIPO DE FRECUENCIA DE RETIRO Restos de cables, cartones de embalaje, madera, envases vacíos, restos de materiales de construcción, EPP 6,24 defectuosos, módulos fotovoltaicos defectuosos, hormigón sobrante TIPO RESIDUOS CANTIDAD (ton/mes) A granel, debidamente segregado por tipo en patio de salvataje del Proyecto Original Trimestral Residuos Industriales No peligrosos (RISES) RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos Peligrosos (RESPEL) El cuadro a continuación indica los RESPEL estimados a generar en la fase de construcción del Proyecto. Respecto a los Residuos Peligrosos se hace importante mencionar que si bien se almacenarán en la bodega especialmente dispuesta para este fin perteneciente el Proyecto original, se presenta para esta Adenda el PAS 142 en el Anexo 3.2. Residuos peligrosos fase de construcción TIPO RESIDUOS CANTIDAD (ton/mes) TIPO DE ALMACENAMIEN TO TEMPORAL FRECUEN CIA RETIRO DESTINO Aceite lubricante y grasa usados 0,017 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL del Proyecto Original Semestral Relleno de seguridad autorizado Filtros de aceite o combustible 0,0006 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL del Proyecto Original Semestral Relleno de seguridad autorizado Envases plásticos contaminados 0,005 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL del Proyecto Original Semestral Relleno de seguridad autorizado Paños y material absorbente contaminado 0,01 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL del Proyecto Original Semestral Relleno de seguridad autorizado Suelo contaminado 0,002 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL del Proyecto Original Semestral Relleno de seguridad autorizado Cartuchos tinta, tubos fluorescentes, baterías usadas, residuos pintura, etc. 0, 009 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL del Proyecto Original Semestral Relleno de seguridad autorizado TOTAL 0,043 PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE Nombre Descripción Insumos referidos a sustancias peligrosas fase construcción Aceites y Lubricantes SUSTANCIA CANTIDAD (TON/MES) Aceite de motor 0,017 Grasa lubricante 0,0003 Total 0,0174 La provisión de combustible se realizará mediante una empresa distribuidora del mercado regional con las correspondientes autorizaciones, utilizando para ello un camión surtidor. Conforme a lo indicado, y considerando el Proyecto se emplaza a 2 km al Este del límite urbano de Arica, no se considera el almacenamiento de combustible en las dependencias del Proyecto a excepción de bidones de combustible de respaldo en caso que se requiera alimentar un generador eléctrico. Dichos bidones se almacenarán en bodega de insumos en cuanto corresponde a almacenamiento en pequeñas cantidades. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y obras Nombre Instalaciones habilitadas del Proyecto Original: Tratándose de una Ampliación, el Proyecto utilizará las instalaciones habilitadas en el Proyecto Original a las que se agregan nuevas instalaciones destinadas a aumentar la potencia instalada del Parque Solar. El siguiente cuadro lista y describe brevemente las instalaciones existentes del Proyecto Original a emplear en la Ampliación del Proyecto. OBRA DESCRIPCIÓN INSTALACIONES EXISTENTES Centro de control Existe un área denominada Centro de Control, de 268 in2 donde en su interior existen contenedores acondicionados para ser empleados corno oficina bodega, taller y baño y tanque de agua. Fosa Séptica El efluente del baño del Centro de Control será tratado mediante una fosa séptica, considerando un diseño para servir a un máximo de 7 personas. Zona de Residuos Zona de 550 m2 en la que se existen sectores para el acopio de residuos peligrosos. Esta zona considera lo siguiente: • Bodega de residuos peligrosos (BRP). • Zona de acopio de residuos sólidos industriales. • Bodega de sustancias peligrosas (BSP)." Estacionamie nto Cercano a los contenedores con las instalaciones descritas (baño, oficinas y taller), hay un área de estacionamientos de 356,96 m2 con capacidad para 6 vehículos o similar. Las circulaciones peatonales, así como los estacionamientos serán de ripio y/o material similar. Zona de acopio de Materiales La zona de acopio de excedentes considera una superficie de 4.970 in2. En dicha zona se acopian de modo temporal, en forma ordenada, aquellos insumos y excedentes que puedan almacenarse a la intemperie, tales como paneles, estructuras de acero, carretes de cables, etc. Paneles Solares: La conversión de la radiación solar en energía eléctrica tiene lugar en la célula o celda fotovoltaica, la cual conforma el panel fotovoltaico, que es el elemento base del proceso de transformación de la radiación solar en energía eléctrica. Los paneles fotovoltaicos absorben la energía proveniente de la luz solar en forma de fotones para transformarla directamente en energía eléctrica. El número de paneles solares será de 21.672 unidades, los cuales se sumarán a los 6.720 del Proyecto Original, totalizando así 28.392. Por su parte, el módulo o panel solar lo componen células dispuestas geométricamente y conectadas en serie/paralelo unas con otras, mediante circuitos eléctricos conectados a los polos positivos y negativos de cada una de las células Rama o String: La conexión en serie de un grupo determinado de paneles solares se denomina rama o string. Estas ramas se conectan en un tablero de conexiones. El cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión (4 ó 6 mm2) y serán de clase II (doble aislamiento). Tableros de Subagrupación o Combiner Box: Corresponde al tablero donde se une una cantidad determinada de strings. La mitad del polo positivo y la otra mitad del negativo. De esta forma, la agrupación en paralelo de los strings permite la salida de un solo circuito en corriente continua. El tablero de conexiones será completamente estanco, para asegurar el aislamiento frente a la humedad, al agua y al polvo, de tal forma de resguardar los circuitos de la degradación asociada a agentes externos. Los tableros de sub-agrupación estarán ubicados en la estructura del seguidor. Tableros de Protección de Motores: Es el lugar físico donde se une una cantidad determinada de circuitos de alimentación a los motores de los seguidores, en caso de no ser autoalimentados y dependiendo del diseño. Serán circuitos de corriente alterna monofásico o trifásico. El tablero de conexiones será estanco, para asegurar el aislamiento frente a la humedad, al agua y al polvo, que producen una progresiva degradación en los circuitos. Los tableros de protección de motores estarán ubicados en la estructura del seguidor fotovoltaico. Seguidores: Los paneles solares se colocarán sobre estructuras denominadas seguidores, las cuales constituyen el soporte de los mismos, similares a caballetes. El Proyecto utilizará seguidores que orientarán cantidad de filas determinadas de módulos con un solo motor con la finalidad de realizar el seguimiento del sol diario (movimiento este-oeste). Micropilotes o Pilotes: En el área del parque solar se instalarán perfiles o pilotes de soporte, los cuales se introducen directamente al suelo mediante una máquina hincadora. Sobre los pilotes instalados, se montan las estructuras de soporte y seguidores sobre las que se instalarán los paneles fotovoltaicos. Tablero de Agrupación (entrada y salida del inversor): Son tableros eléctricos a los cuales se conectan en paralelo una cantidad determinada de tableros de sub-agrupación, para formar un solo circuito de salida, el cual se dirige hacia el inversor. Las cajas de agrupación llevan como protecciones fusibles, colocados sobre portafusibles, los cuales están destinados a proteger los equipos en caso de cortocircuitos. Además, para proteger las instalaciones contra sobretensiones originadas por descargas atmosféricas, se colocarán descargadores conectados a tierra. Salas Eléctricas o Centro de Inversión y Transformación: El Proyecto considera la instalación de dos (2) salas eléctricas, denominada Centro de Inversión Transformación (CTIN). Cada CTIN se basará en estructuras prefabricadas, tipo contenedor de 53 m2 aproximadamente, o bien, una solución tipo SKID, donde los elementos constituyentes de la Sala Eléctrica serán todos de tipo intemperie (outdoor). Inversores: Al interior del CTIN se ubicará un inversor, el cual corresponde a un dispositivo eléctrico que convierte la corriente continua en corriente alterna a una determinada frecuencia mediante uno o varios puentes IGBT, el cual produce pulsos secuenciales en corriente continua, los cuales dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siendo esta última la corriente alterna. El inversor funciona mediante seguimiento del punto de máxima potencia en cada momento, de forma que optimiza los valores de entrada de intensidad y tensión en corriente continua. Cuenta con un banco de condensadores el cual permite corregir el factor de potencia y llevarlo siempre a 1, un sistema de monitorización que permite ver las diferentes variables del sistema y un sistema de comunicación para monitorización a distancia. Transformadores: El Proyecto considera la utilización de dos (2) transformadores en el CTIN. El transformador incorpora en su estructura un sistema de contención de derrames y se ubica en forma contigua al CTIN. Generadores de respaldo: Para garantizar el suministro del servicio eléctrico al equipamiento crítico de la planta (PLCs, seguidores, cuadro de comunicaciones, sistema de envío de datos en tiempo real, etc.) en la sala eléctrica (CTIN) se considera un (1) generador de respaldo de 40 kVA el cual operará sólo en caso de emergencia. El generador contará con insonorización y sistema de contención de derrame integrado en el mismo equipo. Sistema de Almacenamiento Baterías de Ion Litio: El sistema de almacenamiento de energía consistirá en baterías de Ion Litio, capaz de recibir parte de la energía eléctrica generada a través de los módulos fotovoltaicos del parque y transformarla en energía química para ser almacenada, con el objetivo de, mediante una transformación inversa, proveer energía renovable al SEN en las horas de mayor demanda o bien durante la noche cuando el Proyecto no genera energía. Las baterías estarán ubicadas en un contenedor junto al CTIN-02, y tendrán como funcionalidad, convertir la Corriente Continua (CC) proveniente de los paneles fotovoltaicos en Corriente Alterna (CA). La instalación incluye todos los componentes necesarios para garantizar un buen rendimiento y disponibilidad de generación, incluyendo todas las protecciones, aparatos de maniobra, de regulación, control y medida, necesarios para su operación. Las baterías estarán en toda su vida útil monitoreadas por su fabricante/proveedor, quien se encargará de su eficiente funcionalidad y de su reciclaje y/o disposición final de la misma al término de su vida útil en cumplimiento de la normativa asociada. Instalaciones de enlace: Las Instalaciones de enlace son todos los elementos eléctricos de la instalación que permiten la interconexión de las instalaciones de generación con la red eléctrica de media tensión. Las instalaciones de enlace se componen de los siguientes elementos: • Tablero General de Baja Tensión (CGBT): en ella se encuentran los dispositivos de Mando y Protección de baja tensión, es decir, diferenciales y magnetotérmicos. • Celdas de transformadores: Está compuesto por celdas de media tensión donde se conectan los transformadores en paralelo y la línea en dirección al centro de seccionamiento y medida. • Medidores: Elementos donde se realiza la medida en media Tensión (trifásico). Los medidores son de lectura indirecta, a través de transformadores de intensidad. Los medidores llevan lectura remota por lo que van conectados a un MODEM u otro mecanismo de transmisión de datos remotos. Instalación de Cableado: Cableado de baja tensión (BT): Para conducir la energía eléctrica generada por los módulos solares, se utilizan cables para transportar la corriente a las cajas de conexión. Dependiendo del tipo de terreno el cable BT se instala directamente enterrado o protegido por canalización soterrada. Cableado de media tensión (MT): Se utilizará cable MT, con la sección y propiedades de acuerdo con la normativa chilena. Se considera que el cableado pudiera ir enterrado directamente o protegido por canalización soterrada. Esto dependerá exclusivamente de las condiciones del terreno según cada sector del parque fotovoltaico. Alternativamente, se podrán realizar canalizaciones eléctricas en superficie, habilitando tubos en los cruces con los caminos internos. Igualmente podrá presentarse una combinación de las distintas alternativas. Dado que la forma más intensiva en actividades, es la habilitación de zanjas soterradas, se consideró esa opción para efectos de evaluación ambiental.
ACCIONES Nombre Descripción Generación de energía eléctrica mediante paneles fotovoltaicos La operación del parque consiste en la generación de energía eléctrica a partir de módulos fotovoltaicos con una potencia instalada de 9,644 MW, que, sumado al Proyecto original (2,990 MW), alcanzará un total de 12,634 MW de potencia instalada. La energía generada es trasladada a las baterías o bien a la sala eléctrica (CTIN) y desde aquí al Centro de Seccionamiento del Proyecto Original, donde los conductores provenientes de cada CTIN son unidos en un único circuito para la evacuación de energía mediante la línea de media tensión. Mantenimiento y Vigilancia El mantenimiento se desarrollará en forma global tanto para el Proyecto Original como para el Proyecto, y considera el lavado de los paneles tres (3) veces al año, con agua industrial desionizada. En cuanto a actividades preventivas y correctivas. Como acciones preventivas se consideran inspecciones, medidas y pruebas periódicas con el objeto de predecir el estado de las instalaciones. Adicionalmente se considera un programa de acciones correctivas menores tales como pintura, ajustes de protecciones, revisión de conexiones y cumplimiento de la normativa eléctrica para la LMT, lubricación y reemplazo de piezas gastadas o aquellas cuya vida útil se encuentre próxima a concluir según las indicaciones del proveedor y experiencias previas en el rubro. Como acciones correctivas se consideran aquellas destinadas a reponer la situación inicial frente a fallas que pudiesen presentarse. Conforme a ello, se considera la sustitución de equipos u otras actividades según requerimiento. Adicionalmente, se considerará un mantenimiento extraordinario por fallas de las instalaciones, destinadas a la reparación de las instalaciones que, tras las fallas identificadas, puedan comprometer la transmisión de energía. SUMINISTROS BÁSICOS- FASE OPERACION Nombre Descripción Agua Potable Durante la operación, el agua potable será provista por proveedor autorizado. Será abastecida en una cantidad mínima de 150 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N° 594/99. La mano de obra máxima para la fase de operación corresponde a 7 trabajadores, determinando que el consumo proyectado sea de 1,05 m3/día. Cabe indicar que los sistemas se encuentran diseñados para dar servicio a ese número de trabajadores, sin que la incorporación de la Ampliación demande modificaciones a los sistemas de provisión de agua potable y tratamiento de ésta. El agua potable será abastecida mediante un sistema de agua potable basado en estanque de acumulación con sistema dorador incorporado, el que es parte del Proyecto Original. Además, se proveerá agua envasada a los trabajadores y se contará con dispensadores de agua en la oficina, los que serán provistos por una empresa autorizada. Agua Industrial Se requerirá de agua para realizar las labores de limpieza de los módulos fotovoltaicos del parque. Se estima un consumo de 21,29 m3/año de agua industrial o desmineralizada, considerando 3 limpiezas al año, y el empleo de 0,25 litro de agua por cada módulo. Energía Eléctrica La planta será autoabastecida a partir de la generación de energía fotovoltaica. En las horas sin sol, la energía provendrá de las Baterías de Ion Litio o bien de la misma red de distribución existente. Complementariamente, se contará con un sistema de respaldo ante cortes imprevistos y fallos basado en 1 grupo electrógeno en la sala eléctrica o CTIN de 40 kVA. Adicionalmente es importante señalar que en el Proyecto Original también existe un CTIN y grupo electrógeno de respaldo de 40 kVA y un sistema de almacenamiento de energía a base de baterías de ion litio. Servicios Higiénicos Para la fase de operación se utilizará una fosa séptica existente del Proyecto Original la cual tendrá capacidad de servir a la dotación máxima de personal de esta fase, es decir, siete (7) personas. Para el cálculo de diseño se consideró la generación de 150 1/día/persona, por tanto, el caudal a tratar corresponde a 1,05 m3/día. Alimentación y Alojamiento Considerando que el Proyecto se emplaza en las inmediaciones de Arica y el Valle de Azapa, los trabajadores se alimentarán en dichos lugares, por tanto, no se considera la habilitación de comedores en el área Proyecto. Aceites y Grasas Se contempla contar con un stock menor de aceite y grasa, para lo cual en las instalaciones del Proyecto Original se contará con una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas (BSP), la cual se encontrará en conformidad a lo señalado en el D.S. 43/2015 del Ministerio de Salud, el cual Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, y cuya capacidad de almacenamiento será de 500 L. A continuación, se detalla la cantidad de los insumos referidos a sustancias peligrosas, que serán empleados en la fase de operación, sustancias que consideran ambos proyectos en operación conjunta. Sustancias peligrosas fase de operación SUSTANCIA CANTIDAD (TON/MES) Aceite de recambio, líquidos de limpieza 0,01320 Grasas lubricantes 0,01320 Total 0,026 Combustible No se contempla contar con un estanque de combustible durante la fase de operación del Proyecto, no obstante, se contará con bidones de diésel para alimentar al generador en caso de emergencia, los cuales se almacenarán en la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas ubicado en las instalaciones del Proyecto Original. Vehículos, maquinarias y equipos Durante la fase de operación se requerirá de vehículos para el transporte diario del personal que realizará labores durante esta fase, el cual será realizado por una empresa externa que cuente con las correspondientes autorizaciones o, en su defecto, el Proyecto contará con camionetas de propiedad de la empresa para el traslado del personal. Por otra parte, se relaciona con el flujo de camiones asociados a los insumos requeridos durante la fase de operación, cuyo transporte estará a cargo de terceros autorizados. El Parque Solar contará con un vehículo para las labores de mantenimiento y el traslado de materiales o piezas para realizar labores de mantención y recambio. Vehículos fase de operación N° VEHÍCULO/ EQUIPO INSUMO / MATERIAL TOTAL VIAJES/ AÑOS PESO FLOTA TON DESTINO 1 Camioneta Personas 1.440 4 Proyecto-Arica 1 Furgoneta Personas 1.440 4 Proyecto-Arica 1 Camión Tanque (combustible) Combustible 6 30 Proyecto-Arica 1 Camión Aljibe (10.000L o similar) Agua Potable 720 25 Proyecto-Arica 1 Camión Aljibe (10.000L o similar) Agua Limpieza de Paneles 40 25 Proyecto-Arica 1 Camión Habilitado RLD 14 4 Proyecto-Arica 1 Camión (30 tono similar) Módulos Fotovoltaicos 12 30 Proyecto-Puerto de Arica 1 Camión Habilitado RISES 4 4 Proyecto-Vertedero de
Arica 1 Camión Habilitado RSD 192 4 Proyecto-Vertedero de
Mica I Camión Habilitado RESPEL 4 4 Proyecto-Zona de
residuos peligrosos Se consideran viajes ida y vuelta de manera anual durante la fase de operación del Proyecto. PRODUCTOS GENERADOS - FASE OPERACION Nombre Descripción Energía Eléctrica El producto generado durante la fase de operación del Proyecto es la generación de energía eléctrica, con con 5,91 MW de potencia nominal y 9,644 MW de potencia instalada, parte de la energía generada podrá ser almacenada en el sistema de almacenamiento de energía (baterías de Ion Litio) o bien inyectados a la red de distribución existente mediante la línea de evacuación. La energía almacenada en las baterías de Ion Litio, igualmente será inyectada a la red de distribución, cuando el parque solar no esté generando energía. Esta Ampliación sumada al Proyecto Original (2,990 MW), alcanzará un total de 12,634 MW de potencia instalada. En base a datos obtenidos de modelos meso-escala (explorador solar del Ministerio de Energía), junto con los valores anuales de energía generada y factor de planta esperado, se estima una producción del orden de 23,4 MWH mensual y 35 MWH mensual sumando el Proyecto Original. En cuanto al transporte y despacho, el producto generado, energía eléctrica, es hacia el SEN a través de la línea habilitada por el proyecto Original. RECURSOS NATURALES A EXTRAER, EXPLOTAR O UTILIZAR -OPERACION Nombre Descripción
Durante la fase de operación es posible indicar que el Proyecto en general no guarda relación con la extracción y explotación de los recursos naturales renovables referidos a vegetación, flora, fauna, suelo y agua. Se analizan a continuación la relación del Proyecto con Recursos Naturales existentes en el área: Recursos naturales renovables EMISIONES A LA ATMÓSFERA - OPERACION Nombre Descripción Emisiones Atmosféricas El siguiente Cuadro, resume las emisiones estimadas para la totalidad del Proyecto en la fase de operación, tanto el Proyecto Original y su Ampliación. Para más detalles, ver Anexo N°1.4 de la DIA. Resumen emisiones de material particulado y gases de combustión interna de motores, fase de Operación FASE DE OPERACIÓN EMISIONES (t./año) ACTIVIDAD MP2,5 MPlo MPao CO HC/COV SOx. NOx NI13 Tránsito de vehículos por caminos pavimentados 0,012 0,050 0,262 Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados 0,304 3,038 9,923 Combustión interna de motores de vehículos por caminos pavimentados 0,001 0,001 0,001 0,008 0,002 0,0000 0,03 8 0,0000 Combustión interna de motores de vehículos por caminos no pavimentados 0,000 0,000 0000 0,004 0,001 0,0000 0'02 O 0,0000 Grupo electrógeno 0,003 0,003 0,003 0,010 0,004 0,003 0,04
7 TOTAL PRIMER AÑO 0,320 3,092 10,190 0,022 0,006 0,003 0,10 0,000 TOTAL 30 AÑOS 9,610 92,771 30 9 ,68 0,666 5,13 0,187 0,095 3 9 0,002 Formas de abatimiento dado lo acotado de las emisiones atmosféricas, las formas de abatimiento refieren a: • Limitar velocidad de tránsito a 30 km/h por caminos no pavimentados. Descripción Nombre EMISIONES LÍQUIDAS — OPERACIÓN Residuos líquidos domiciliarios (RLD): Las aguas servidas domiciliarias serán generadas por el funcionamiento de los servicios higiénicos que se encontrarán en las instalaciones del Proyecto Original. Para la fase de operación, el efluente será tratado mediante una fosa séptica, considerando un diseño para servir a un máximo de 7 personas. Para el caudal de diseño de la fosa se considera una generación de 150 L/persona/día, es decir, 1,05 m3/día. Estos datos consideran ambos Proyectos (Original más Ampliación). Residuos domiciliarios fase de operación TIPO RESIDUOS CANTIDAD (M'/MES) TIPO DE ALMACENAMIENTO TEMPORAL A FRECUENCI DE RETIRO DESTINO Residuos Líquidos domiciliarios 1,05 Tratamiento con fosa séptica y retiro con camión limpia fosa 2 veces por ano Planta de tratamiento autorizada Aguas Servidas Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto RUIDO - OPERACIÓN Nombre Descriición Ruido Durante la fase de operación, las emisiones acústicas asociadas a la operación del parque solar son acotadas y bajas, en tanto se relacionan principalmente al tránsito de vehículos livianos para el traslado del personal, y a las actividades de mantenimiento y limpieza de los paneles solares. Excepcionalmente podrá haber emisiones asociadas a la operación de los grupos electrógenos en caso de contingencia. No obstante, estos se encontrarán insonorizados. Conforme a la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas, se estableció que el Proyecto da cumplimiento a los límites normados para ruido, atendiendo a que el nivel de actividad es mucho más acotado respecto de las actividades de construcción. El siguiente Cuadro da cuenta de la evaluación del cumplimiento normativo para ruido. Niveles de ruido proyectados para fase de operación del Proyecto, contribución exclusiva del Proyecto en periodo diurno y nocturno. RECEPTOR NPS ESTIMADO IDB(A)1 LÍMITE NORMATIVO DIURNO [DB(A)I EXCESO NIVEL 11)13l CUMPLE NORMA RO I 36 47/45 0/0 Sí/Sí R02 19 55/48 0/0 Sí/Sí R03 21 55/45 0/0 Sí/Sí R04 36 60/45 0/0 Sí/Sí R05 34 60/45 0/0 Sí/Sí FOl 58 85/85 0/0 Sí F02 61 85/85 0/0 Sí F03 57 85/85 0/0 Sí F04 59 85/85 0/0 Sí F05 55 85/85 0/0 Sí F06 50 85/85 0/0 Sí Respecto a los receptores de Fauna, en todos ellos se cumple el límite normativo de 85 dB. Sin embargo y de acuerdo a lo solicitado durante el primer ICSARA se realiza una comparación con los valores de referencia establecido en la nueva Guía Criterios de Evaluación en el SEIA "Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa", sobrepasando en 1 a 3 dB en los receptores F01 y F02 para "efectos sobre la fisiología y desarrollo", por lo que se exigirá que los vehículos asociados a las fases de construcción y cierre transiten a una velocidad menor a la comprometido en la DIA, en un tramo de 200 m, a la altura de los dos sitios puntuales de los receptores de fauna indicados, pasando de 30 km/h a 20 km/h. Para esto se instalará señalética indicando esta restricción de velocidad en ambos tramos acotados del camino de acceso al Proyecto. 0,168 Residuos domiciliarios (papel, restos orgánicos, vidrio) 2 veces por semana Contenedores plásticos con tapa Ubicados en el Proyecto Original RESIDUOS NO PELIGROSOS - OPERACION Nombre Descripción Residuos sólidos asimilables a domésticos (RSD): Este tipo de residuos, correspondientes a botellas plásticas, envases de bloqueador, papeles, restos de comida, entre otros, se asocian principalmente a la generación por parte del personal. Si bien no se considera la operación de comedor en el área de Proyecto, en un escenario conservador, se estima que la cantidad de este tipo de residuos en la fase de máxima dotación de personal durante la fase de construcción corresponderá a 7 kg/día, pues se considera la generación de I kg diario por persona. El Cuadro a continuación indica los RSD estimados a generar en la fase de operación del Proyecto. Residuos Domiciliarios Fase De Operación TIPO DE TIPO RESIDUOS CANTIDAD ALMACENAMIE FRECUENCIA (ton/mes) NTO DE RETIRO TEMPORAL Residuos sólido domiciliario y asimilables • Los residuos sólidos industriales no peligrosos serán generados producto de las labores de mantención a realizar durante la operación del Parque. Se estima una generación de 0,14 ton/mes de este tipo de residuos y serán almacenados en la zona de acopio de residuos industriales, zona ubicada en el Proyecto Original; de ellos, 0,12 ton corresponden a residuos industriales estándar y serán almacenados en la zona de acopio de residuos industriales del Proyecto Original; en tanto las 0,02 ton restantes, corresponden a módulos fotovoltaicos defectuosos y/o averiados, los que dadas sus características son tratados como residuos industriales, pero son almacenados en un área segregada de éstos (en una zona contigua), correspondiendo su almacenamiento temporal a la zona de acopio de módulos defectuosos o averiados. • La frecuencia de retiro dependerá de la tasa de generación conforme las obras asociadas a la fase de operación, de manera de no generar una acumulación que dificulte su manejo al interior del patio de salvataje; sin perjuicio de ello, se estima una frecuencia de retiro semestral de este tipo de residuos. Residuos Industriales peligrosos (RISES) DESTINO Relleno sanitari autorizado Residuos industriales no reli • rosos fase de o r e ración CANTID TIPO DE AD ALMACENAMIENT en/mes O TEMPORAL
TIPO RESIDUOS FRECUENCIA DE RETIRO DESTINO Nombre Descripción PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE - FASE DE OPERACION Descripción Se contempla contar con un stock menor de aceite, para lo cual se utilizará una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas (BSP) ubicada en la zona de residuos del Proyecto Original la cual se encontrará en conformidad a lo señalado en el D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud el cual Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, cuya capacidad de almacenamiento será de 1000 kg. Sustancias peligrosas fase de operación SUSTANCIA. CANTIDAD (TON/MES) CANTIDAD (KG/MES) Aceite de recambio, líquidos de limpieza 0,0132 13,2 Grasas lubricantes 0,0132 13,2 Total 0,026 26 Los insumos peligrosos serán almacenadas en la bodega perteneciente al Proyecto Original, cuya capacidad es suficiente ara albergar ambos proyecto y además está cumplirá con todas las exigencias normativas aplicables señaladas en el Decreto N°43/2016 del Ministerio de Salud. La provisión de combustible se realizará mediante una empresa distribuidora del mercado regional con las corres ondientes Nombre Aceites y Lubricantes Chatarra, restos de cables, estructuras, revestimientos, tuberías, plásticos 0,12 A granel en patio de salvataje (del Proyecto Original) Semestral o según necesidad Relleno sanitario autorizado o reciclaje Módulos defectuosos o averiados Semestral o según necesidad 0,02 A granel, en Zona de acopio de módulos del Proyecto Original) Relleno sanitario autorizado o reciclaje Total 0,14 RESIDUOS PELIGROSOS — OPERACIÓN Durante la fase de operación se generarán residuos peligrosos en baja cantidad. En cuanto a las grasas de seguidores, estas no serán removidas, sino que serán aplicadas conforme vayan siendo evaluados los seguidores en las labores de inspección. Por lo tanto, se trata de labores de relleno y no de retiro, razón por la cual la generación de residuos peligrosos durante esta fase es de escasa magnitud. Conforme a ello, los residuos corresponderán a envases vacíos, paños, EPP que pudieran contaminarse entre otros. La tasa de generación estimada de este tipo de residuos es de 0,044 ton/mes (44 kg/mes), mientras que la frecuencia de retiro será semestral. Residuos peligrosos fase de operación TIPO RESIDUOS CANTIDA D (ton/mes) TIPO DE ALMACENAMIENTO TEMPORAL FRECUENCI A DE RETIRO DESTINO Aceite de recambio, líquidos de limpieza 0,0132 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL (del Proyecto Original) Semestral Reciclaje o Relleno
de seguridad autorizado Grasas lubricantes 0,0132 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL (del Proyecto Original) Semestral Reciclaje o Relleno de seguridad autorizado Filtros de aceite 0,0088 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL (del Proyecto Original) Semestral Relleno de seguridad autorizado Ropa y paños contaminados con sust. peligrosas 0,0088 En contenedores metálicos al interior de la bodega RESPEL (del Proyecto Original) Semestral Relleno de seguridad autorizado TOTAL 0,044 Residuos Peligrosos (RESPEL) autorizaciones, utilizando para ello un camión surtidor. Conforme a lo indicado, y no se considera el almacenamiento de combustible en las dependencias del Proyecto a excepción de bidones de combustible de respaldo en caso que se requiera alimentar un grupo electrógeno. Dichos bidones se almacenarán en bodega de insumos del Proyecto Original 4.3.3. FASE DE CIERRE - PARTES Y OBRAS Nombre Montaje de Instalación de Faena: Se habilitará una superficie de iguales características que lo que se utilizará durante la fase de construcción (mayormente asociado a la construcción del Proyecto Original), con misma cantidad de baños, oficinas, bodegas, comedor, áreas de residuos, patio de salvataje y otros Desmantelamiento de Infraestructura Utilizada por el Proyecto: Dado que el parque solar se basa en piezas ensambladas, el desmantelamiento consistirá en el desarme de las distintas partes, las cuales podrán ser destinadas a reciclaje. En lo que respecta a paneles solares, una vez concluida la vida útil serán devueltos al fabricante o a un tercero para su reciclaje. En lo que respecta a los paneles solares, una vez concluida su vida útil, serán devueltos al fabricante o a un tercero para su reciclaje. Las fundaciones de instalaciones serán demolidas y retiradas como escombros. A continuación, se describen las acciones a realizar una vez terminada la vida útil del Parque: • Desconexión de la Central: Se desenergiza la planta, apagado los inversores y la apertura de seccionadores (desconexión de la red). • Desconexión de Paneles Fotovoltaicos: Corresponde a la desconexión eléctrica de los paneles fotovoltaicos y desmontaje de paneles de sus estructuras de soporte. • Desmontaje de Estructura de Soporte: Se realizará el desarmado de estructura de los paneles fotovoltaicos, retirando hincas (postes verticales de la estructura), realizando un almacenamiento ordenado de éstos. • Desmontaje de Cableado Eléctrico Aéreo, Postación y Equipos Seccionadores, de Medición y Control: Retiro del cableado de la línea de evacuación eléctrica, soltando y relajando las líneas, para posteriormente, retirar los conductores enrollándolos en carretes que serán enviados a sitios autorizado para reúso o reciclaje. Otros elementos asociados como crucetas, aisladores y pernos serán embalados y trasladados a empresa autorizada para el reciclaje. Los postes se desmontarán con asistencia mecánica retirándolos de su sitio y disponiendo su traslado a sitio autorizado de disposición de residuos de la construcción. • Desmontaje de CT, Sala de Control y CCTV: Se realizará el retiro de la Sala de Control, C y CCTV presentes en el área de paneles del parque fotovoltaico, tapado de las zanjas realizadas para los cables y se realizará el nivelado de terreno. • Desmontaje de Cerco Perimetral: Retiro de cerco perimetral, que protegía el ingreso de pobladores al Parque Fotovoltaico. • Desmontaje de Instalación de Faena: Se retiran la infraestructura de la instalación de faena requeridas para los trabajadores en es esta fase. Adicionalmente se realizará el desmantelamiento y retiro de fundaciones. Todos los equipos, materiales y otros, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Una vez concluida la vida útil de los paneles solares, serán devueltos al fabricante o a un tercero para su reciclaje o disposición final. Nivelación de Terreno: En los sectores intervenidos por las obras permanentes y de apoyo a la fase de cierre, se realizará su nivelación, en caso de ser necesario, a condiciones similares del entorno circundante. Limpieza y Cierre del Área: Finalmente, se procederá a la limpieza general de la superficie completa del Proyecto, eliminando los desechos propios de las actividades, para luego ser destinados a lugares autorizados. FASE DE CIERRE - Acciones Nombre Descripción Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Dado que el parque solar se basa en piezas ensambladas, el desmantelamiento consistirá en el desarme de las distintas partes, las cuales podrán ser destinadas a reciclaje. En lo que respecta a paneles solares, una vez concluida la vida útil serán devueltos al fabricante o a un tercero para su reciclaje. Si bien ya existen empresas encargadas del reciclaje de paneles en el ámbito internacional, se estima que al momento del término de la vida útil del Proyecto (2053), ya existirán empresas de reciclaje de paneles (PVCycle) en el país. En cuanto a posibles micropilotes, estos serán extraídos del suelo. En caso que se haya requerido el afianzamiento de micropilotes con fundaciones de hormigón, se retirará la totalidad de la fundación, restaurando la topografía del suelo y destinando el hormigón extraído a relleno autorizado. Las fundaciones de instalaciones como el CTIN, Sistema de Almacenamiento de energía y otros, serán demolidas y retiradas como escombros. Restauración de la morfología de las áreas intervenidas Con respecto a la fase de cierre, se aclara que las obras del Proyecto no presentan la capacidad de alterar la capacidad de sustentar biodiversidad, por cuanto la intervención mínima abarca las actividades de nivelación, compactación y excavación en áreas destinadas a instalaciones permanentes y temporales, al camino y cerco perimetral y a las zanjas. Cabe relevar que todo el volumen de tierra removido, será esparcido, compactado y nivelado dentro del área del Proyecto, no existiendo por tanto retiro de excedentes, por lo que el suelo no sufrirá cambios en su calidad ni en sus condiciones de línea de base, no siendo necesario aplicar acciones de restauración de su condición banal. Complementariamente, los paneles fotovoltaicos son soportados sobre estructuras denominadas seguidores, las cuales estarán ancladas al suelo mediante micropilotes o hincas. De esta forma, el montaje de paneles solares no genera perturbación de la morfología del terreno en el que se emplazan, y la perturbación del suelo está acotada a los puntos de hincado de perfiles, los que tendrán una profundidad no mayor a 2 metros. Respecto a los circuitos que se encontrarán soterrados en zanjas, no se considera su remoción a fin de no perturbar el suelo y la vegetación que se haya desarrollado en la superficie en el tiempo. De ser necesaria su extracción, se procurará intervenir de forma mínima para el retiro del cableado. Por lo anterior, no se prevén restauraciones de la morfología del suelo relevantes. No obstante, el titular se compromete a restaurar la geoforma levemente alterada y dejar el sitio similar a las condiciones basales. Prevención de futuras emisiones La Ampliación Parque Solar San Marcos corresponde a un Proyecto cuyo objetivo es la generación de energía eléctrica mediante un parque fotovoltaico. Considerando el tipo de Proyecto, tras desenergizar las instalaciones, y luego de desmontar y desmantelar sus estructuras, el cierre del Proyecto no guarda relación con futuras emisiones, puesto que no existirán elementos que se relacionen con algún tipo de emisión, ni tampoco se utilizan sustancias en la operación del Proyecto que persistan en el lugar bajo ningún tipo de acopio o disposición. Del mismo modo, una vez retirados los residuos producto del desmantelamiento de estructuras en la fase de cierre, no existirá ningún tipo de residuo bajo ningún tipo o forma de acopio que implicase la generación de futuras emisiones en el área de emplazamiento del Proyecto. Mantención, conservación y supervisión Retiradas las partes de la infraestructura desmantelada, no se requieren labores de mantención de la fase de cierre, puesto que el cierre no guarda relación con ningún tipo de emisión, ni con la necesidad de monitoreo de ningún tipo de efluente, ni con la lixiviación de ningún tipo de residuo industrial, ni con la estabilidad de ningún tipo de botadero, o derrame de ningún tipo de sustancia o residuo bajo ningún tipo de acopio o disposición. Dada la baja intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del Proyecto posterior al cierre.
SUMINISTROS BÁSICOS NOMBRE DESCRIPCIÓN Energía Eléctrica Se instalará un grupo electrógeno de 10 kVA en la zona de contratistas para la fase de cierre. Adicionalmente, para el trabajo de contratistas en frentes de trabajo, se estima la utilización de hasta tres (3) grupos electrógenos de 5 kVA de potencia, distribuidos en los distintos frentes de trabajo. Agua para consumo El agua potable para el consumo de los trabajadores, será abastecida en una cantidad de 100 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N° 594/99 del MINSAL. La cantidad total de agua potable a consumir variará en función del número de trabajadores en la fase de cierre de las obras, sin embargo, el período de máxima mano de obra para esta fase se estima en 62 trabajadores, momento en que el consumo será de 6.200 1/día (6,2 m3/día) y se almacenará en contenedores con capacidad suficiente y especialmente diseñados para dicho propósito. En este sentido, la empresa contratada para abastecer dicho insumo mediante camiones aljibe, contará con autorización de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud Región de Arica y Parinacota, emitida en rigor a lo estipulado por el Decreto Supremo N°41/2018 del Ministerio de Salud (MINSAL), "Reglamento sobre Condiciones Sanitarias para la Provisión de Agua Potable Mediante el Uso de Camiones Aljibe". Además, se proveerá de agua envasada a los trabajadores y se contará con dispensadores de agua en la instalación de faena. Agua Industrial Para el lavado de las canoas de descarga de los camiones mixer se estima un consumo de 4 m3, sin embargo, esta agua industrial será transportada en los mismos estanques de agua de lavado de cada camión mixer Servicios Higiénicos En la instalación de faenas y en los frentes de trabajo habrá temporalmente baños químicos, se contemplan baños tipo container portátiles, los que integrarán en la misma unidad lavamanos y estanque destinado a la provisión de agua para aseo de las manos. La cantidad de baños químicos se calcularán según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud. El servicio de instalación y mantención de baños químicos será contratado a una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Arica y Parinacota, existiendo en instalación de faenas, el certificado de factibilidad que acredite la disposición del servicio, y un registro con las fechas de mantención. Alimentación y Alojamiento Durante la fase de cierre, se dispondrá de un comedor para el suministro de alimentos al personal, que estará aislado de cualquier fuente de contaminación ambiental. En este comedor no se prepararán alimentos, sino que estos serán suministrados por una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Arica y Parinacota. Por su parte, la instalación cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud. Los trabajadores provendrán de la ciudad de Arica o alrededores, quienes pernoctarán en sus propias casas o en hospedajes autorizados para tal función en dicha ciudad. Productos químicos No se considera el uso de productos químicos durante la fase de cierre. Los trabajos de mantención de los vehículos o de la maquinaria empleados en el cierre, no serán efectuados en la zona del Proyecto, sino que serán realizados en talleres o centros de mantención debidamente autorizados, en la ciudad de Arica. SUMINISTROS BÁSICOS Vehículo, Maquinaria y Equipos En el siguiente Cuadro, se indica el tipo de vehículo, maquinaria o equipo a emplear durante la fase de cierre, la cual considera una jornada de 12 hrs. de trabajo. Las pavimentadas y no pavimentadas que se utilizarán, corresponderán a las mismas consideradas para la fase de construcción del Proyecto, es decir, el traslado de trabajadores, combustible, agua, maquinaria y transporte de residuos se realizarán Arica, mientras el transporte de módulos fotovoltaicos, seguidores solares, salas eléctricas, cables y tableros, se realizará desde el parque hacia bodegas del titular almacenamiento en la misma ciudad. Vehículos Maquinaria y Equipo rutas vías desde para TIPO DE VEHÍCULO, MAQUINARIA O EQUIPO CANTIDAD Cargador Frontal 1 Retroexcavadora 1 Camión Grúa 2 Motoniveladora 1 Toro Manitou 2 Generador (5kVA) 3 Generador (10 kVa) 1 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Y Febrero 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Preparación de Terreno . . .... Julio 2023 Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término Retiro de Equipos, materiales y residuos utilizados en la Fase de 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Agosto 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Operación parque fotovoltaico Fecha estimada de término Agosto 2053 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión eléctrica del parque fotovoltaico 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Agosto 2053 Parte, obra o acción que establece el inicio Montaje instalación de faenas Fecha estimada de término Noviembre 2053 Parte, obra o acción que establece el término Limpieza general del área. 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de las emisiones atmosféricas y de ruido. Existen receptores en el área de influencia del proyecto, la más cercana está a 270 mts y el siguiente a 1600 mts. Además, hay receptores cercanos a la LMT Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra, soterramiento de cableado y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5 y 6 del ICE En el Anexo N°3.1 de la DIA correspondiente al Inventario de Emisiones Atmosféricas, se estableció que durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán emisiones de material particulado (MP10, MP2,5 y MP30) y gases de combustión interna de motores (NOx, CO, SOx, HC/COV) producto de las actividades que se llevarán a cabo por el Proyecto. Además se aportan antecedentes en el anexo 1.2.a y anexo A1.2b, de la Adenda complementaria sobre las emisiones atmosférica que se encuentran muy por debajo de la norma s vigentes. Respecto a ruido, tanto para Receptores humanos y fauna se cumple con la norma de referencia. Respecto a manejo de residuos, se estableció un manejo adecuado, y se cumplieron con los requisitos de los Permisos de almacenamiento de residuos, peligrosos y No Peligrosos. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Fragmentación de hábitat en la zona de emplazamiento del proyecto, se encuentro una especie de reptil en categoría de conservación, por lo cual se realizará captura y relocalización de individuos de Phyllodactylus gerrhopygus (Salamanqueja del Norte Grande). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Reptil en categoría de conservación. Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra, soterramiento del cableado, habilitación de caminos interiores. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capitulo 5 y 6 del ICE Respecto al componente de fauna, se relocalización. Respecto a flora no esta presente agua para la realización de actividades. L _ presentaron los antecedentes para el Permiso de captura y en el área del proyecto. Respecto a agua no se extraerá Toda agua se proveerá de terceros. __I 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental El Proyecto no considera en ninguna de sus fases el desplazamiento ni reubicación de grupos humanos, alteración de su vida y costumbres o alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. El emplazamiento de las obras y partes Proyecto corresponde a un sitio desprovisto de vegetación y sin presencia de población ni asentamientos humanos 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto En las inmediaciones del Proyecto existe población indígena, pero no susceptible de ser afectada. En lo que refiere a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios, humedales protegidos o glaciares el Proyecto no se encuentra en o próximo a ninguna de tales categorías. Lo mas próximo a la población protegida son la instalación de postación del proyecto original. El asentamiento humano más cercano del Proyecto se localiza a aproximadamente 1,1 km lineales al Sureste del área de emplazamiento del Proyecto, separada por el faldeo de cerro existente. En relación a grupos humanos indígenas, se pudo constatar la existencia de cinco (5) organizaciones indígenas que se encuentran en el Área de Influencia del proyecto. Si bien no se encuentra constituida legalmente como una Comunidad Indígena en los registros de CONADI, Marka Masi se autodefine como una Comunidad Indígena de hecho. Esta comunidad se encuentra a una distancia mínima de 30 metros de la ubicación de la Línea de Media Tensión, atravesando su vía de acceso, pero sin entrar a ninguno de sus predios privados ni sectores de reunión o prácticas culturales. Es por esto que la operación de la línea no incidiría sobre las prácticas, costumbres o usos de la Comunidad. Parte, obra o acción que lo genera Instalación de Postación Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Fauna en categoría de conservación. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) El Proyecto no contempla la afectación de flora y fauna en estado conservación, como se analizó en el Artículo 6 del RSEIA. Conforme a ello, el Proyecto no se localiza en o próximo a Recursos Protegidos, por lo cual no se generarán efectos adversos significativos sobre ellos. Para ello se presentaron los antecedentes de permiso para captura y relocalización de una sola especie, el cual fue otorgado por el SAG. Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capitulo 5 y 6 del ICE Cercano al proyecto no existen áreas protegidas. Tampoco se encuentran en el área de influencia de ellas. Los impactos a fauna protegida y población protegida no es de significancia y los servicios competentes, SAG, Conadi, se pronunciaron conformes. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA El área de Proyecto no se emplaza cercana a ninguna Zona de Interés Turístico (ZOIT). Además el área no es atrayente de visitantes o atractivos turísticos del sector. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL El Proyecto no generará intervención de sitios pertenecientes al patrimonio cultural. Solamente existen cinco (5) hallazgos arqueológicos, todos fuera del área de intervención o emplazamiento del Proyecto, por lo que no serán intervenidos por él. Se generará una zona de exclusión alrededor de los hallazgos aislados. Todos los hallazgos se ubican a más de 20 metros de distancia de los postes que consideran intervención de la zona. Además el Titular compromete la realización de un monitoreo paleontológico permanente de forma diaria en los sectores de las obras que se encuentren en unidades clasificadas como fosilíferas y quincenal en aquellas unidades susceptibles, y ante acciones del Proyecto que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra durante la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores Capitulo 5 y 6 del ICE detalles sobre este impacto específico 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL El proyecto no contempla Permisos Ambientales Sectoriales con contenido únicamente ambiental. 6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.2.1. El Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA — — Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y/o cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para el desarrollo de cada una de las fases del Proyecto será necesario el manejo de residuos industriales no peligrosos (RISES) para las fases de construcción, operación y cierre. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Ver Anexo N°1.2 Actualización PAS 140 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Oficio N° 04-2022 de la SEREMI de Salud de Fecha 20-06- 2022. Tabla 6.2.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde 7
Fase de construcción, operación y/o cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para el desarrollo de cada una de las fases del Proyecto será necesario el manejo de residuos industriales peligrosos (RESPEL) para las fases de construcción, operación y cierre. Estos serán almacenados en la bodega del Proyecto Original, sin embargo a solicitud de la autoridad se presenta este PAS. Condiciones o exigencias _específicás para su otorgamiento Ver Anexo N°3.2 PAS 142 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Oficio N° 04-2022 de la SEREMI de Salud de Fecha 20-06- 2022 Tabla 6.2.3. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación según se establece en el artículo 146 literal a) del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica
._... De acuerdo a la caracterización de vertebrados terrestres (ver Anexo N°4.2 Caracterización de Fauna), en el área de influencia del Proyecto se describe la presencia de una (1) especie Phyllodactylus gerrhopygus (Salamanqueja del Norte Grande), considerada como en Preocupación Menor según el Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (D.S. N° 06/2017 MMA). En virtud de ello se contempla un plan de rescate y relocalización de la especie (PAS N°146), en tanto corresponde aun reptil de bala movilidad. _
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Anexo N°4.2 Caracterización de Fauna. Oficio N° 1228/2022 del SAG de Fecha 14-11-2022. Pronunciamiento del órgano competente 6.2.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación. El Proyecto se emplaza en área rural, por lo cual considera el Informe Favorable para la Construcción (IFC) de obras permanentes (paneles fotovoltaicos y CTIN), en función de lo establecido en la DDU 218 del MINVU. Parte, obra o acción a la que aplica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Ver Anexo N° 2.1 PAS 160 de la Adenda complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Oficio N° 1228/2022 del SAG de Fecha 14-11-2022, y Oficio 833 de SEREMI de MINVU de fecha 16-11-2022 7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Arica y Parinacota, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, no se pronunció respecto a este articulo debido a que el proyecto se encuentra en área rural, no esta dentro de los alcances del mismo. 8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente: 8.1.- Normas de carácter General COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISMO FISCALIZADOR Institucionalida d Ambiental Vigente Constr., Operació n y Cierre Decreto Supremo N°100/05 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Se da pleno cumplimiento al Art. 19 N° 8 de la Constitución Política de la República, con el ingreso del presente Proyecto al SEIA, así como con el compromiso por parte del Titular de respetar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Del mismo modo, se da observancia al Art. 19 N° 21, lo que se manifiesta en el apego de su actividad a las normas contenidas en el presente Capítulo, el que contiene la normativa ambiental aplicable al Proyecto y, por cierto, a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que en definitiva ponga término al procedimiento administrativo de evaluación ambiental que al efecto se iniciará. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Ley N°19.300/94 modificada por Ley N°20.417/10 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Bases Generales del Medio Ambiente El Titular del presente Proyecto da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300, mediante el ingreso al SEIA a través de una DIA, dado que no se presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el Artículo 11° de la Ley, tal como se detalla y se concluye en esta DIA. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Decreto Supremo N°40/13 Ministerio de Medio Ambiente Modifica Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Se acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente mediante la presentación de la presente DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Ley N° 20.417/2010 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. El Titular se compromete a entregar las facilidades para que se lleve a cabo el proceso de fiscalización y a entregar toda la información solicitada por la autoridad. órganos de la
Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Arica- Parinacota y administración del Estado con competencia ambiental, que, en uso de sus facultades, participan en el SEIA y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Resolución Exenta N°1.518/13, Ministerio del Medio Ambiente, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Exenta N° 574 de 2012. El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida y modo establecido, la información requerida en su totalidad. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Resolución Exenta N° 844/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Dicta e Instruye Norma de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISMO
FISCALIZADOR Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las RCA. Fiscalización Constr., Operació n y Cierre Resolución Exenta N°223/2015 de la Superintenden cia de Medio Ambiente Sobre Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, Informes de Seguimiento Ambiental y remisión de información al SEIA. Se dará cumplimiento a lo indicado en la presente normativa, se realizará un seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental, evolucionan según lo proyectado Indicador que acredita su cumplimiento —Informe del Plan de seguimiento de las variables ambientales. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Decreto Supremo N°31/2013, Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental (SNIFA) y de los registros públicos de Resolución de Calificación ambiental y de Sanciones. Entrega de información según corresponda. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Resolución Exenta N° 277/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y Deja sin Efecto Resolución N° 769 Exenta, de 2012. El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, permitiendo y cooperando durante las actividades de fiscalización, y proporcionando la información que proceda ser requerida. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Constr., Operació n y Cierre Resolución Exenta N°37/2013 de la Superintenden cia de Medio Ambiente Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre Entidades de Inspección Ambiental y Validez de El Titular dará cumplimiento a esta norma, cooperando durante las actividades de fiscalización y proporcionandolos antecedentes solicitados. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Reportes. Constr., Operació n y Cierre Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio de Medio Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). El Titular dará cumplimiento a la presente normativa con la entrega anual de todos los reportes de emisiones y residuos correspondientes. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Ambiente Constr., Operació n y Cierre Resolución Exenta N° 1.139/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Norma para Aplicación Reglamento de Registro de Emisiones y Transferencia de El Titular o el contratista entregarán anualmente los antecedentes sobre estimaciones de emisiones provenientes de los equipos electrógenos, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Contaminantes 8.2.Normas de carácter especifico COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM FISCALIZA DOR Calidad de Aire Constr. Decreto Supremo Establece normas para evitar El Titular cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos SEREMI de Salud de COMPONENTE FASE NORMATIVA TERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM FISCALIZA DOR Operac ión y Cierre N°144/1961 del Ministerio de Salud. emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. en este decreto, adoptando medidas que impiden el escurrimiento de materiales y la dispersión de polvo. El Proyecto generará gases de combustión y polvo fugitivo, sólo de manera temporal y circunscrito en gran parte durante la fase de construcción, como consecuencia del tránsito de camiones y maquinarias por caminos no pavimentados y los trabajos asociados a movimiento de tierra. No obstante, lo anterior, a continuación, se listan una serie de medidas de control que se aplicarán durante todas las fases del Proyecto: • Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta mediante el empleo de lona. • Limitar la velocidad de tránsito a 30 km/h por caminos no pavimentados • Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°138/2005 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica. El Titular entregará a la SEREMI de Salud los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de los grupos electrógenos. Esto lo realizará a través del sitiohttp://www.declaracionemision.cl • SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda Y Urbanismo. Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones — Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. El Proyecto requerirá la realización de labores de excavaciones y despeje, tránsito por caminos no pavimentados y transporte de carga. Se requerirá solamente de la edificación de instalaciones permanentes (las temporales existen, en el contexto del Proyecto Original), por ello su habilitación deberá asegurar el apropiado desempeño en materia de calidad del aire, en este sentido, las necesidades del Proyecto se ajustarán a la normativa vigente. Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, se generarán emisiones de material particulado provenientes de las siguientes actividades: • En la fase de construcción se contempla como actividad la excavación, carga y descarga de material, transporte de material en caminos no pavimentados, utilización de maquinaria. • En la fase de cierre se contempla como actividad el desmantelamiento de instalaciones, movimientos de materiales y tránsito de vehículos de carga en caminos no pavimentados. Cabe señalar que para la fase de operación las emisiones del Proyecto son menores y están asociadas al tránsito de vehículos para labores de mantención, sin que se contemple movimientos de tierras o carga y descarga de materiales. Adicionalmente, es preciso indicar que Dirección de Obras de la Municipalidad de Mica y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA).
COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O FISCALIZA DOR el Proyecto no se emplaza en una zona declarada Latente ni Saturada. Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaci ones Establece condiciones para el transporte de carga. El Titular cumplirá y hará exigible a sus contratistas y personal propio, las disposiciones establecidas en este cuerpo normativo, de manera tal que los vehículos que transporten materiales que puedan caer al suelo, estarán equipados de modo que aseguren que ello no ocurra. Adicionalmente se limitará la velocidad de tránsito de camiones. Se realizará una inspección visual de carácter periódico de todos los vehículos que salgan con carga de la faena, a modo de verificar que el material esté humedecido y cubierto con lona, en caso que la carga pueda dispersarse; se mantendrá una bitácora con dicha información. Adicionalmente se limitará la velocidad de tránsito de camiones. Carabineros de Chile; inspectores fiscales y municipales; SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones de Anca- Parinacota; y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre D.S. N°279/1983 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión interna. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. SEREMI de Salud de Anca- ParinacMa, SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones de Anca- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N°1/2007 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaci ones Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Los vehículos motorizados livianos, así como camiones y maquinarias, contarán con sus revisiones técnicas al día. Aquellos vehículos que no cumplan con este requisito no podrán ser admitidos en las diferentes actividades del Proyecto de acuerdo a su fase. SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones de Arica- Parinacota, SEREMI de Justicia de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones de Anca- Parinacota y . Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones de Arica- Parinacota y . Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones de Arica- . P an nacota y Superintenden Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaci ones Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos. Los vehículos motorizados livianos, así como camiones y maquinarias, contarán con sus revisiones técnicas al día. Aquellos vehículos que no cumplan con este requisito no podrán ser admitidos en las diferentes actividades del Proyecto de acuerdo a su fase. Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°4/1994, del Ministerio de Transportes y ones Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Telecomunicaci
Los vehículos motorizados livianos, así como camiones y maquinarias, contarán con sus revisiones técnicas al día. Aquellos vehículos que no cumplan con este requisito no podrán ser admitidos en las diferentes actividades del Proyecto de acuerdo a su fase. Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°54/1994, del Ministerio de Transportes y Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos. Se verificará que cumplan las siguientes medidas: • Se utilizarán vehículos y maquinarias que cuenten con sus revisiones técnicas al día. COMPONENTE FASE NORMATIVA TERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O FISCALIZA DOR Telecomunicaci ones • Los vehículos motorizados livianos, así como camiones y maquinarias estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y portarán el sello autoadhesivo que certifique que sus emisiones cumplen los límites máximos establecidos por el D.S. N° 4/94. • Se optimizará el tiempo de funcionamiento de maquinarias, cia del Medio Ambiente (SMA). equipos y vehículos. Constr. Operac ión y Cierre Decreto N°20/2013 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MPIO, en Especial de los Valores que Definen Situaciones de Emergencia y Deroga Decreto N° 59/1998. • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día y revisión de mantenciones recomendadas por fabricantes. • Exigencia de cobertura a los materiales que son transportados en camiones • Capacitación a los trabajadores en materias de medidas de control de contaminación atmosférica y optimización del tiempo de utilización de maquinaria.. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre D.S. N°12/2011 del Ministerio del Medio Ambiente Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP 2,5. • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día y revisión de mantenciones recomendadas por fabricantes. • Exigencia de cobertura a los materiales que son transportados en camiones • Capacitación a los trabajadores en materias de medidas de control de contaminación atmosférica y optimización del tiempo de utilización de maquinaria.
SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre D.S. N° 104/2018 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de Azufre (SO2). • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día y revisión de mantenciones recomendadas por fabricantes • Capacitación a los trabajadores en materias de medidas de control de contaminación atmosférica y optimización del tiempo de utilización de maquinaria. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre D.S. N°114/2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de Nitrógeno (NO2). • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día y revisión de mantenciones recomendadas por fabricantes • Capacitación a los trabajadores en materias de medidas de control de contaminación atmosférica y optimización del tiempo de utilización de maquinaria. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre D.S. N° 115/2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma Primaria de Calidad del Aire para Monóxido de Carbono (CO). • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día y revisión de mantenciones recomendadas por fabricantes • Exigencia de cobertura a los materiales que son transportados en camiones Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. • Capacitación a los trabajadores en materias de medidas de control de contaminación atmosférica y Dirección de Obras de la Municipalidad de Arica; y . Superintenden cía del Medio . Ambiente (SMA).
COMPONENTE FASE NORMATIVA TERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM FISCALIZA DOR optimización del tiempo de utilización de maquinaria. Ruido Constr. , Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146/1997 MINSEGPRES. Si bien no existen receptores sensibles cercanos a las obras, durante las fases de construcción y cierre se considera de igual manera implementar las siguientes medidas preventivas: • Se controlará que los vehículos tengan su revisión técnica y permiso de circulación vigente. • Se preferirá el uso de vehículos y maquinaria que generen menor ruido. • Se evitará realizar aceleraciones en vacío y bocinazos innecesarios. • Se prohibirá que los camiones estacionados en la obra mantengan encendido el motor. • Se controlará la emisión de ruidos innecesarios, en especial en las actividades de carga y descarga de materiales y maquinaria. • Se instruirá al personal de manera de evitar las tareas ruidosas y de minimizar la práctica o mal uso de herramientas y equipos SEREMI de Salud de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N°1/2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaci ones - Ministerio de Justicia Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Se desarrollarán capacitaciones destinadas a atenuar las emisiones sonoras, en lo referido al uso de la bocina. SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones de Arica- Parinacota, SEREMI de Justicia de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac Cierre ión y
Decreto Supremo N° 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. El Titular presentará los antecedentes necesarios ante la autoridad para los permisos de edificación relativos a la construcción de obras. Además, el Titular exigirá a los contratistas que adopten las medidas establecidas en esta norma con el fin de minimizar las Dirección de Obras de la Municipalidad de Anca y Superintenden cia del Medio Ambiente emisiones de ruido (SMA). Flora Y Vegetación Constr. Operac ión y Cierre , Decreto Supremo N°82/2011 del Ministerio de Agricultura Reglamento de suelos, aguas y humedales. En el área de intervención del Proyecto no existen humedales ni cauces naturales, donde se prevea la corta de vegetación ribereña. Sin perjuicio de lo anterior, se aclara que la instalación y operación de paneles solares no supone efectos significativos, en tanto los pilotes de los paneles son equivalentes a postes de cercos o líneas eléctricas, empotrados en el suelo, sin que supongan interacciones negativas con éste. Finalmente indicar que el Proyecto considera las medidas reglamentarias en lo referido a manejo de insumos y residuos peligrosos que puedan afectar el agua o el suelo. No aplica. Fauna de Vertebrados Terrestres Constr. , Operac ión y Cierre Ley N°19.473/1996 del Ministerio de Agricultura Sustituye el Texto de la LeyN°4601, Sobre Caza y Art. 609. Independiente de los resultados del estudio efectuado, se considerará lo siguiente: •• Se realizarán capacitaciones al personal, específicamente sobre prohibición de manipulación, caza y/o alimentación directa e indirecta de fauna silvestre. Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O FISCALIZA DOR • Se imprentará señalética informativa sobre la prohibición de la caza, manipulación y alimentación de fauna silvestre. • Se implementarán basureros cerrados para evitar que atraigan a la fauna silvestre. • Se restringirá la velocidad de los vehículos para que arroyen a individuos de fauna silvestre. Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°5/1998 del Ministerio de Agricultura Reglamento de la Ley de caza. Independiente de los resultados del estudio efectuado, se considerará lo siguiente: • Se realizarán capacitaciones al personal, específicamente sobre prohibición de manipulación, caza y/o alimentación directa e indirecta de fauna silvestre. • Se imprentará señalética informativa sobre la prohibición de la caza, manipulación y alimentación de fauna silvestre. • Se implementarán basureros cerrados para evitar que atraigan a la fauna silvestre. • Se restringirá la velocidad de los vehículos para que arroyen a individuos de fauna silvestre. Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. ' Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°29/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación. Independiente de los resultados del estudio efectuado, se considerará lo siguiente: • Se realizarán capacitaciones al personal, específicamente sobre prohibición de manipulación, caza y/o alimentación directa e indirecta de fauna silvestre. • Se imprentará señalética informativa sobre la prohibición de la caza, manipulación y alimentación de fauna silvestre. • Se implementarán basureros cerrados para evitar que atraigan a la fauna silvestre. • Se restringirá la velocidad de los vehículos para que arroyen a individuos de fauna silvestre. Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Patrimonio Cultural Constr. Ley N° 17.288, Ministerio de Educación, Legisla sobre monumentos nacionales; Modifica las leyes N° 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley N°651/1925. • Durante la etapa de construcción, se realizarán charlas de inducción a los trabajadores, sobre el procedimiento a seguir ante un eventual hallazgo, lo que quedará consignado en un informe a ser enviado posteriormente al CMN. • En el caso de efectuarse algún nuevo hallazgo arqueológico durante el desarrollo de las obras, se procederá según lo establecido en los Art. 26 y 27, suspendiendo en forma inmediato la faena, asegurando el lugar e informando de forma inmediata al Gobernador Provincial, para que a su vez esta autoridad ordene a Carabineros su custodia, mientras el CMN se haga presente para hacerse cargo de lo encontrado. Consejo de Monumentos Nacionales MN (C ) y
Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Decreto Supremo N° 484/1991 del Ministerio de Educación Reglamento de la Ley N° 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, • Realizar las capacitaciones al personal para fomentar la preservación y conservación del Patrimonio Cultural. • En el caso de efectuarse algún nuevo hallazgo arqueológico y/o Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y Superintenden cia del Medio COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM FISCALIZA DOR antropológicas y paleontológicas. paleontológico durante el desarrollo de las obras, se procederá según lo establecido en los Art. 26 y 27, suspendiendo en forma inmediato la faena, asegurando el lugar e informando de forma inmediata al Gobernador Provincial, para que a su vez esta autoridad ordene a Carabineros su custodia, mientras el CMN se haga presente para hacerse cargo de lo encontrado. • Durante la etapa de construcción, se realizarán charlas de inducción a los trabajadores, sobre el procedimiento a seguir ante un eventual hallazgo, lo que quedará consignado en un informe a ser enviado posteriormente al CMN. Ambiente (SMA). Ordenamiento Territorial Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N° 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Ley General de Urbanismo y Construcción. La norma indicada se relaciona con el PAS del Art. 160° del RSEIA (D.S. N° 40/12), ante lo cual el Titular entrega, en el marco de la presente evaluación, los antecedentes técnicos y formales indicados en dicho artículo (ver Anexo N°5.2). Posterior a la obtención de la RCA del Proyecto, y previo al inicio de la construcción de las edificaciones, se solicitará el IFC de la SEREMI de Vivienda y SAG, previamente a la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales. SEREMI de Agricultura de Arica- Parinacota, Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Dirección de Obras Municipales de Arica, SEREMI de Vivienda y Urbanismo y Superintenden cia de Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Suremo p N°47/1 992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. La norma indicada se relaciona con el PAS del Art. 160° del RSEIA (D.S. N° 40/12), ante lo cual el Titular entrega, en el marco de la presente evaluación, los antecedentes técnicos y formales indicados en dicho artículo (ver Anexo N°5.2). Posterior a la obtención de la RCA del Proyecto, y previo al inicio de la construcción de las edificaciones, se solicitará el IFC de la SEREMI de Vivienda y SAG, previamente a la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota, Superintenden cia de Medio Ambiente (SMA), Dirección de Obras Municipales de Arica, SEREMI de Vivienda y Urbanismo Agua Potable Constr. Operac ión y Cierre D.S. N°867/1978 del Ministerio de Obras Públicas Declara Norma Chilena Oficial NCh 1.333. Requisitos de Calidad de Agua para Diferentes Usos. Para el almacenamiento de agua potable durante la fase de construcción, se utilizará el estanque de agua potable del Proyecto Original, el que continuará siendo abastecido por un tercero autorizado por medio de camión aljibe. Además, se proveerá agua a través de botellas individuales y dispensadores de 20 litros albergados en casetas para la protección del sol. El agua embotellada será provista por terceros autorizados. SEREMI de Salud de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°735/1969 del Ministerio de Salud Reglamento de los Servicios de Agua destinados al consumo humano. Para el almacenamiento de agua potable durante la fase de construcción, se utilizará el estanque de agua potable del Parque Solar San Marcos (Proyecto Original), el que continuará siendo abastecido por un tercero autorizado por medio de camión aljibe. Además, se proveerá agua a través de botellas SEREMI de Salud de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM FISCOLIZA DOR individuales y dispensadores de 20 litros albergados en casetas para la protección del sol. El agua embotellada será provista por terceros autorizados. Constr. Operac ión y Cierre D.S. N° 594/2000 del Ministerio de Salud. Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Para el almacenamiento de agua potable durante la fase de construcción, se utilizará el estanque de agua potable del Parque Solar Fotovoltaico San Marcos (Proyecto Original), el que continuará siendo abastecido por un tercero autorizado por medio de camión aljibe. Además, se proveerá y agua a través de botellas individuales dispensadores de 20 litros albergados en casetas para la protección del sol. El agua embotellada será provista por terceros autorizados. SEREMI de Salud de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Residuos Líquidos Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°594/2000 del Ministerio de Salud Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Los baños químicos a ser usados en las fases de construcción y cierre serán mantenidos por la misma empresa proveedora autorizada para el PS San Marcos (Proyecto Original), quién se encargará del retiro de estos y la disposición adecuada de las aguas servidas. Conforme a ello, no se considera la generación de residuos líquidos, en tanto serán retirados junto con el baño químico por el encargado del servicio. En cuanto al efluente de las duchas de la instalación de faenas, se considera igualmente su retiro en forma periódica por una empresa encargada del transporte y disposición final. En cuanto a las aguas servidas que serán generadas durante la fase de operación, por el funcionamiento de los servicios higiénicos, estas serán tratadas mediante la fosa séptica existente en el Proyecto Original. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente ,,, '''."--). Constr. Operac ión y Cierre D.F.L. N°725/1968 del Ministerio de Salud Código Sanitario. Los baños químicos a ser usados en las fases de construcción y cierre serán mantenidos por la misma empresa proveedora autorizada para el PS San Marcos (Proyecto Original), quién se encargará del retiro de estos y la disposición adecuada de las aguas servidas. Conforme a ello, no se considera la generación de residuos líquidos, en tanto serán retirados junto con el baño químico por el encargado del servicio. En cuanto al efluente de las duchas de la instalación de faenas, se considera igualmente su retiro en forma periódica por una empresa encargada del transporte y disposición final. En cuanto a las aguas servidas que serán generadas durante la fase de operación, por el funcionamiento de los servicios higiénicos, estas serán tratadas mediante la fosa séptica existente en el Proyecto Original. SEREMI de Salud de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio te ASMA) Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°4/2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Los lodos seguirán siendo retirados y transportados según lo autorizado para el Proyecto original, es decir, mediante un camión limpia fosas, debidamente autorizado por el SEREMI de Salud para su tratamiento y disposición final en un lugar autorizado. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden a del Medio cia
Ambiente (SMA). COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O FISCALIZA DOR Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°236/1926 del Ministerio de Salud. Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias. Los baños químicos a ser usados en las fases de construcción y cierre serán mantenidos por la misma empresa proveedora autorizada para el PS San Marcos (Proyecto Original), quién se encargará del retiro de estos y la disposición adecuada de las aguas servidas. Conforme a ello, no se considera la generación de residuos líquidos, en tanto serán retirados junto con el baño químico por el encargado del servicio. En cuanto al efluente de las duchas de la instalación de faenas, se considera igualmente su retiro en forma periódica por una empresa encargada del transporte y disposición final. En cuanto a las aguas servidas que serán generadas durante la fase de operación, por el funcionamiento de los servicios higiénicos, estas serán tratadas mediante la fosa séptica existente en el Proyecto Original. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Residuos Sólidos Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967 del Ministerio de Salud Código Sanitario • Residuos sólidos domésticos: En SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (smA). construcción serán dispuestos en recipientes tapados y almacenados temporalmente en área destinada a tal propósito, al interior del sitio de las instalaciones de faenas del Proyecto Original, lo cual cuenta con autorización sanitaria. Estos residuos serán llevados posteriormente a relleno sanitario por empresa que cuente con autorización sanitaria para dicho efecto, dos veces por semana. En operación también se dispondrán en recipientes tapados al interior y serán retirados por el propio personal. • Residuos industriales no peligrosos: Durante la fase de construcción, se instalará una (1) Bodega para almacenamiento de residuos industriales no peligrosos (RISES), ubicada en el Proyecto Original, lo cual cuenta con resolución aprobatoria del PAS 142 respectivo, y posterior retiro por empresa autorizada para reciclaje o disposición final, en un sitio de disposición final autorizado. La frecuencia de retiro dependerá de la tasa de generación conforme a cada fase, de manera de no generar una acumulación que dificulte su manejo al interior del patio de salvataje ubicado en las instalaciones del Proyecto Original; sin perjuicio de ello, se estima una frecuencia de retiro trimestral en construcción y cierre y semestral en operación. Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°594/2000 del Ministerio de Salud Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. • Residuos sólidos domésticos: En SEREMI de Salud de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). construcción y cierre se generan RSD en un máximo de 36 kg/día (1 kg diario por persona), correspondientes a botellas plásticas, envases de bloqueador, papeles, restos de comida, entre otros, se asocian principalmente a la generación por parte del personal. Por su parte, en operación se estima un máximo de 7 COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O FISCAL IZA DOR kg/día y los mismos tipos de elementos a generar. • Residuos industriales no peligrosos: En construcción y cierre se estima una generación de 6,2 ton/mes de este tipo de residuos, correspondientes a restos de cables, cartones de embalaje, madera, envases vacíos, entre otros. Durante la fase de operación, estos residuos estarán asociados a desechos derivados de labores de mantención, estimados en 0,14 ton/mes de este tipo de residuos, corresponden a módulos fotovoltaicos defectuosos y/o averiados, los que dadas sus características son tratados como residuos industriales, pero son almacenados en un área segregada de éstos (en una zona contigua), correspondiendo su almacenamiento temporal a la zona de acopio de módulos defectuosos o averiados. Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N°1/1990 del Ministerio de Salud Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. Durante la fase de construcción, se instalará una (1) Bodega para almacenamiento de residuos industriales no peligrosos (RISES), ubicada en el Proyecto Original, lo cual cuenta con resolución aprobatoria del PAS 142 respectivo, y posterior retiro por empresa autorizada para reciclaje o disposición final, en un sitio de disposición final autorizado. La frecuencia de retiro dependerá de la tasa de generación conforme a cada fase, de manera de no generar una acumulación que dificulte su manejo al interior del patio de salvataje ubicado en las instalaciones del Proyecto Original; sin perjuicio de ello, se estima una frecuencia de retiro trimestral en construcción y cierre y semestral en operación. SEREMI de Salud de Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Residuos Peligrosos Constr. Operac ión Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento anitario sobre manejo de residuos peligrosos. • Todos los residuos industriales peligrosos serán dispuestos en la bodega de acopio temporal de RESPEL, situada en el área instalación de faenas del Proyecto Original, la cual cuenta con autorización sanitaria (PAS 142). • Su retiro será semestral, efectuado por una empresa externa debidamente autorizada y dispuestos finalmente en lugar autorizado. SEREMI de Salud de Adca- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Y Operac ión Resolución Exenta N°499/2006 del Ministerio de Salud. Aprueba Documento Electrónicos de Declaración de Residuos Peligrosos. Los residuos peligrosos generados serán declarados bajo el formato que establece la presente Resolución. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Resolución Exenta N°359/2005 del Ministerio de Salud. Aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos. Se declarará los residuos peligrosos generados según el formato que establece la presente Resolución. SEREMI de Salud de Arica- . Pannacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). COMPONENTE FASE NORMATIVA TERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM FISCALIZA DOR Sustancias Peligrosas Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Las sustancias peligrosas serán almacenadas en la bodega de almacenamiento temporal existente y perteneciente al Proyecto Original, la cual cumple todos los requerimientos presentes en el D.S. N°43, esto es, instalaciones especialmente habilitadas para tales efectos, de acuerdo a sus características y sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. , Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°594/2000 del Ministerio de Salud Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Las sustancias peligrosas serán almacenadas en la bodega de almacenamiento temporal existente y perteneciente al Proyecto Original, la cual cumple todos los requerimientos presentes en el D.S. N°43, esto es, instalaciones especialmente habilitadas para tales efectos, de acuerdo a sus características y sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente. Conforme a ello contará con señalización, extintor, gabinete para almacenar hojas de seguridad y sistema de contención de derrames. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°106/2009 del Ministerio de Economía Fomento Y Reconstrucción. Aprueba reglamento de seguridad de las instalaciones y operaciones de pro ducción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. En todas las fases se almacenarán bidones de combustible de respaldo, en caso que se requiera alimentar un generador eléctrico. Dichos bidones se almacenarán en bodega de insumos del Proyecto Original. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Embalajes Constr. Operac ión y Cierre Resolución Exenta N°133, del Ministerio de Agricultura. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera. El Titular exigirá a las empresas distribuidoras que cumplan con lo exigido en este cuerpo normativo mediante contrato, esto es, que los embalajes de madera provenientes del extranjero presenten la certificación que avale que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Resolución N°133 Exenta. Servicio Agrícola y Ganadero Región de Arica- Parinacota (SAG) y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Transporte Constr. ' Operac ión y Cierre Decreto Fuerza Ley N°1/2009 (modifica Ley 20.410) Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia. Texto refundido, coordinado y sistematizado Ley de Tránsito 18.290/1984. • Se exigirá contractualmente que el contratista utilice camiones que cumplan con las medidas de seguridad, dimensiones, comodidad, presentación, mantenimiento v ' pesos máximos establecidos por el MOP. • En los casos en que la carga a transportar supere las dimensiones o pesos máximos permitidos, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad. SEREMI de Transporte y Telecomunicac . de Aca- Par iones inacota, ri SEREMI de Justicia de Mica- . Parinacota y . Supermtenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Resolución Exenta N°1/1995 Del Ministerio de Transportes y Telecomunicaci ones y del Ministerio de Obras Públicas Establece dimensiones de los máximas de
vehículos para circular por vías . Públicas. Se solicitarán los permisos con cada vez que sea necesario. SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones, SEREMI de Justicia de Arica- Parinacota, Carabineros de Chile, inspectores COMPONENTE FASE NORMATIVA TERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM FISCALIZA DOR fiscales y municipales y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaci ones Establece condiciones para el transporte de carga que indica
que indica • Durante el transporte de los insumos, se cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos en este decreto, en lo que respecta a las dimensiones de la carga, sujeción adecuada de la misma y adopción de medidas para impedir el escurrimiento de materiales y evitar la dispersión de polvo. • Los camiones que transporten los materiales de construcción, operación y cierre del Proyecto y los serán habilitados de forma de prevenir derrames y caídas de material. • El transporte de los materiales que producen polvo se efectuará con la tolva de los camiones tapadas con lonas, de manera de impedir a dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales sólidos o líquidos. (SMA).
SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones y Superintenden cia del Medio Ambiente Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°158/1980 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaci ones. Fija el Peso Máximo de los vehículos que pueden circular por los Caminos Público, modificado por el Decreto N°1.910, del MOP. Durante todas las fases del Proyecto se cumplirán los parámetros y límites máximos de peso para los vehículos que operen en el marco del mismo, regularizando el tránsito de éstos ante los organismos que corresponda , cuando se excedan del peso que se indica. Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales y Superintenden ciadel Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°19/1984 (modificado por Decreto N°1665/2003) del Ministerio de Obras Públicas Deroga Decreto N°1.117 de 1981, sobre Autorización para Circulación de Vehículos que Exceden Pesos Máximos que Transporten Maquinarias u Otros Objetos Indivisibles. En caso de requerirse el transporte de sobrecarga, se solicitará la autorización respectiva Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N°850/1998 del Ministerio de Transportes. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del MOP y Ley de Caminos. Durante todas las fases del Proyecto se cumplirán los parámetros y límites máximos de envergadura de los vehículos que operen en el marco del mismo. En caso de que esta condición no sea corregible, se dispondrá de las solicitudes respectivas para su transporte, solicitando las autorizaciones que correspondan a la Dirección de Vialidad y Carabineros de Chile. Así mismo, se tramitarán las respectivas autorizaciones para dar accesibilidad al Proyecto desde las rutas que correspondan. Dirección de Vialidad (MOP) y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. , Operac ión y Cierre Res. N°232/2002 del MOP. Deja Sin Efecto Resolución DS N°416 de 1987 Aprueba Normas sobre Accesos a Caminos Públicos que Indica. Los vehículos de transporte a utilizar por el Proyecto en las distintas fases cumplirán las características y requisitos establecidos a los vehículos de transporte en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, entre los cuales se encuentra: la carga, acondicionamiento, estiba, descarga y manipulación de las sustancias peligrosas; las normas que debe Dirección de Vialidad (MOP) y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA).
COMPONENTE FASE NORMATIVA MATERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O
FISCALIZA DOR cumplir el personal que participa en las operaciones de transporte, etc. Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaci ones Reglamenta el transporte de cargas peligrosas sobre calles y caminos El transporte de productos e insumos estará a cargo de empresas especializadas y normadas, las que de manera contractual deberán acreditar el cumplimiento de este decreto. Por tanto, el transporte de las cargas que sean consideradas o categorizadas como peligrosas (de acuerdo a NCh. N° 382 Of. 2004) se dará en cumplimiento a la normativa vigente, estableciéndose planes para su transporte, con las autorizaciones que correspondan y bajo los parámetros de señalización respectiva como marcación y etiquetaje en clasificación — tipo de riesgos asociados a la sustancia peligrosas. Además, se considerará la cobertura total de los equipos de comunicación utilizados en el transporte de carga peligrosa entre el origen y destino de esta, así como la capacitación de los conductores con respecto al tipo de carga a transportar. Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales, SEREMI de Transporte y Telecomunicac iones, y de Justicia de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Electricidad Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N° 4/2007 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1/82 del Ministerio de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos. Las instalaciones del Proyecto serán mantenidas en conformidad con las condiciones y requisitos que establece la ley y la demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además, informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto.. Dirección Regional de la Superintenden cia de y Electricidad Combustibles (SEC) de
Mica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente. Constr: Y Operac ión Decreto Supremo N° 327/1997 del Ministerio de Minería. Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Las instalaciones del Proyecto serán mantenidas en conformidad con las condiciones y requisitos que establece la ley y la demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además, informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto. servicio
Dirección Regional de la
Superintenden a de cia
Electricidad y Combustibles (SEC) de Adca- Parinacota y
Superintenden cia Medio Ambiente. Constr. Operac ión y Cierre NSEG 5 E.n. 71 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (Superintendenc la de Servicios Eléctricos y de Gas Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes. Las instalaciones del Proyecto serán mantenidas en conformidad con las condiciones y requisitos que establece la ley y la demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además, informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto. Superintenden cia de Electricidad y Combustibles (SEC) y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°4.188/1955 del Ministerio del Interior. Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes", NSEG E.n. 71, Electricidad. Las actividades requeridas para el desarrollo del proyecto, se realizarán de acuerdo a esta norma. Las instalaciones serán ejecutadas y mantenidas de manera de evitar todo peligro para las personas y no ocasionar daños a terceros. Se contemplan inspecciones preventivas que se fijarán con antelación. Superintenden cia de Electricidad y Combustibles (SEC) y Superintenden cia del Medio , . Ammente. COMPONENTE FASE NORMATIVA RELACIONADA MATERIA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O FISCALIZA DOR Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N° 327/1998 del Ministerio de Minería Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. • Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento incluyendo las disposiciones generales sobre concesiones, permisos y servidumbres, relaciones entre propietarios de instalaciones, clientes y autoridad interconexión Superintenden cia de Electricidad y Combustibles (SEC) y Superintenden cia del Medio Ambiente. de instalaciones, instalaciones y equipo eléctrico, calidad de servicio y precios, multas y sanciones. • Se solicitará a la autoridad competente la aprobación de las nuevas instalaciones. Seguridad y Salud Ocupacional Constr. Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario Los lugares de trabajo, durante las fases de construcción, operación y cierre, se mantendrán limpios de residuos, ruido u olores que afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas. El contratista y personal mantendrán un programa de inspección para el aseguramiento de la norma. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente. Constr. Operac ión y Cierre D.S. N° 594/2000 del Ministerio de Salud Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. La infraestructura sanitaria durante la fase de construcción, operación y cierre se implementará de acuerdo a lo establecido en este decreto, como número de baños y la dotación de agua potable requeridos, entre otros aspectos. Se contempla la implementación de baños químicos para la fase de construcción y cierre y habilitación de fosa séptica existente, aprobada (PAS 138) en el contexto del Proyecto Original. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente (SMA). Constr. Operac ión y Cierre Ley N° 16.744/1968 del Ministerio de Trabajo Social y Previsión Social Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Se mantendrá en la faena una copia de los trabajadores que integran el ya señalado Comité, en su defecto se contratará al prevencionista de ries os g. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente Constr. , Operac ión y Cierre Decreto con Fuerza de Ley N°1/1989 del Ministerio de Salud. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. Se dispondrá de una copia del contrato relativa a la incorporación del prevencionista de riesgo y su título profesional. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente. Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°655/1941 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Aprueba el Reglamento sobre higiene y seguridad industriales. Durante las fases de construcción, operación y abandono del Proyecto, las condiciones de los lugares de trabajo reunirán las condiciones de higiene y seguridad exigidas en este reglamento, además se instalarán señales de seguridad en los frentes de trabajo e instalaciones que lo requieran. SEREMI de Trabajo y Superintenden . cia del Medio Ambiente. Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°40/1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales. Se mantendrá un registro e identificación de riesgos profesionales, los cuales estarán a disposición del personal. Ambiente.
SEREMI de Trabajo y Superintenden cia del Medio Constr. Operac ión y Cierre Decreto Supremo N°18/1982 del Ministerio de Salud Establece normas y exigencias de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales Se contará con las certificaciones de calidad de los elementos de protección personal utilizados en el Proyecto. SEREMI de Salud de Arica- Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente. Constr. Operac Ley N° 20.096/2006 del Ministerio Establece mecanismos de control aplicables a Se exigirá que los contratistas provean a sus trabajadores de protección para los rayos ultravioleta (bloqueador SEREMI de Salud de Adca- COMPONENTE FASE NORMATIVA TERIA RELACIONADA FORMA DE CUMPLIMIENTO ORGANISM O FISCALIZA DOR ión y Cierre Secretaría General de la Presidencia las sustancias agotadoras de la capa de ozono. solar, guantes y cascos legionarios). Se realizarán charlas relativas al autocuidado referidas a la protección de los rayos UV Parinacota y Superintenden cia del Medio Ambiente. 9°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 9.1. Condición o exigencia Monitoreo arqueológico Impacto asociado Componente paleontológico Fase del Proyecto a la ue aplica
Objetivo, descripción y justificación Construcción
----- ---. ...... _
El Titular compromete la realización de un monitoreo paleontológico permanente de forma diaria en los sectores de las obras que se encuentren en unidades clasificadas como fosilíferas y quincenal en aquellas unidades susceptibles, y ante acciones del Proyecto que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra durante la fase de construcción. Este monitoreo se llevará a cabo por un profesional competente en el área de la paleontología, que cuente con autorización entregada por el CMN para estos fines, quien elaborará los respectivos informes de monitoreo para ser remitidos a la autoridad de manera mensual durante la fase de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Emplazamiento del proyecto. Forma: monitoreo paleontológico permanente de forma diaria en los sectores de las obras que se encuentren en unidades clasificadas como fosilíferas y quincenal en aquellas unidades susceptibles, y ante acciones del Proyecto que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra durante la fase de construcción Oportunidad: Durante la etapa de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento informes de monitoreo para ser remitidos a la autoridad de manera mensual durante la fase de construcción. 10. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 10.1. Compromiso ambiental "ILUMINACIÓN DE BAJA INTENSIDAD EN HORARIO NOCTURNO" Impacto Asociado — _ Fase del Proyecto a la que aplica No aplica Construcción, Operación y Cierre Objetivo, Descripción y Justificación Objetivo: Velar por la protección de las Golondrinas de Mar en cuanto a contaminación lumínica generada por el Proyecto. Descripción: Se contará con sistema de iluminación especial de baja intensidad, dado que las luces intensas blancas, por ejemplo, atraen a la avifauna, lo que favorece la colisión de éstas sobre estructuras que las soportan. Esto es especialmente relevante en especies que basan parte de su actividad reproductiva en períodos nocturnos, como las Golondrinas de Mar. El horario de trabajo, tanto en construcción, operación como cierre, será de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas, y los sábados de 8:00 a 12:00 horas. No obstante, existirá iluminación artificial nocturna destinada a seguridad y vigilancia. Conforme a ello, la iluminación a implementar será de baja intensidad, evitando el empleo de luz blanca y orientada hacia el suelo. Justificación: Algunos autores recomiendan el uso de luces de sodio de alta presión, evitar el uso de luz blanca, prefiriendo el empleo de luces amarillas de baja intensidad con orientación tal que evite la dispersión de esta para evitar la atracción de aves marinas con migraciones nocturnas (Rodríguez et al., 2017). Lugar: Las luces con sistema de iluminación especial de baja intensidad en el perímetro del Proyecto, se utilizarán en horario nocturno, de manera excepcional, para efectos de vigilancia y seguridad, en las instalaciones del Proyecto. Es importante señalar que el proyecto no considera trabajar en horario nocturno, ya que la jornada será de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas, y los sábados de 8:00 a 12:00 horas. Lugar, Forma y Oportunidad de Forma: Implementación Se proveerá de luces de baja intensidad a las instalaciones del Proyecto. Oportunidad: Las luces de baja intensidad serán instaladas en fase de construcción. Adicionalmente el Proyecto no hará trabajos en horario nocturno. En caso de reemplazo de luminarias, estas deberán cumplir con condiciones equivalentes a las consignadas en el proyecto Eléctrico. Ausencia de ejemplares de Golondrina de Mar afectados en el parque solar y Indicador que su entorno inmediato, a partir de monitoreos mensuales (fases de construcción Acredite su y cierre) y semestrales durante los dos primeros años de operación continuando Cumplimiento con monitoreos cada siete años, cuyo propósito será detectar posibles colisiones, accidentes y registro de ejemplares muertos. Forma de Control y Verificación in situ de la instalación y empleo de las luces consignadas en el Seguimiento Proyecto Eléctrico, de las luces de baja intensidad al interior del Proyecto y respaldos en caso de recambio por equipos de características equivalentes. 10.2. Compromiso ambiental voluntario PLAN COMUNICACIONAL Impacto Asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, Descripción y Justificación Objetivo: Evitar cualquier potencial alteración en el área de influencia del Proyecto y sus grupos humanos. Descripción: El compromiso responde a una práctica de buen vecino, la cual tiene por objeto que, durante la construcción de las obras del Proyecto Ampliación, se implementarán un conjunto de acciones para evitar potenciales interacciones en el AIMH, considerando a los vecinos y vecinas que se encuentren presente en las inmediaciones de las obras al momento de la construcción. Adicionalmente, y aun cuando la LMT es una obra indivisible del Proyecto Original, que no forma parte del presente Proyecto de Ampliación, el titular informa que ejecutará las acciones comprendidas en este compromiso durante su construcción, la cual será ejecutada de forma previa a la del presente proyecto. Las acciones que se implementarán son: • Aviso con una semana de anticipación a dirigentes vecinales de los sectores donde se implementarán las obras vía llamada telefónica o mensaje de texto.
• Implementación de sistema de bandereros para coordinar el tránsito vehicular en las zonas en que éste se vea afectado. • Entrega de un número telefónico de contacto a dirigentes vecinales de las zonas aledañas a las obras para que puedan canalizar sus dudas, observaciones o comentarios sobre las obras. Justificación: Se implementarán las acciones anteriormente señaladas con el propósito de evitar que las obras del Proyecto afecten las dinámicas de los grupos humanos del área de influencia. Lugar: Area de influencia Medio Humano. Forma: Durante las obras de construcción, incluida la construcción de la LMT que no forma parte del presente Proyecto de Ampliación, se instalará señalética que advierta de las obras a realizar por el Proyecto. Se tendrá personal que pueda señalizar y pausar faenas para el paso de vehículos sin afectar el tránsito. También se avisará vía telefónica o por mensaje de texto a dirigentes vecinales antes del comienzo de las obras, y se mantendrá un número de contacto para la recepción de dudas u observaciones. Oportunidad de la implementación: Durante toda la fase de construcción del Proyecto Ampliación, se implementarán las medidas del compromiso voluntario, en especial la instalación de señaléticas y difusión de las actividades a desarrollar. Además, se realizará inducciones periódicas a trabajadores sobre protocolo. Adicionalmente, y aun cuando la LMT es una obra indivisible del proyecto original, que no forma parte del presente proyecto de ampliación, el titular informa que ejecutará las acciones comprendidas en este compromiso durante su construcción, la cual será ejecutada de forma previa a la del presente proyecto. Lugar, Forma Y Oportunidad de Implementación Indicador que Acredite su Cumplimiento Durante el desarrollo de este compromiso voluntario, se establecerán mecanismos para acreditar su cumplimiento: Fotografías de señalética instalada, que advierta de las actividades del Proyecto. Forma de Control y Seguimiento • Efectuar comunicado oficial por parte del Titular a todo su personal interno y contratista sobre la medida establecida. Informe y registro fotográfico de la medida una vez implementada. 10.3. Compromiso ambiental INSTALACIÓN DE ESTRUCTURAS ANTIPERCHAMIENTO Impacto Asociado No aplica Construcción, Operación y Cierre Fase del Proyecto a la que aplica Objetivo, Descripción y Justificación Objetivo: Velar por la protección de las Golondrinas de Mar evitando la generación de condiciones de "Percha" o ventajas comparativas en aves rapaces y carroñeras. Descripción: Se dispondrá a través de postes y vallas perimetrales al Proyecto estructuras antiperchamiento siguiendo las recomendaciones de la Guía Medidas de Mitigación de Impactos en Aves Silvestres y Murciélagos (SAG, 2014) Justificación: La función de estas estructuras es evitar que se acerquen o se perchen las aves en postes y cables no adecuados, es decir, aquellos que no cumplan ni con las distancias ni con el aislamiento de partes energizadas. En su mayoría estos elementos tienen la función de evitar que el ave torne contacto fase-tierra, a 11.1. Plan de prevención de contingencias y emergencias Plan de Prevención de Contingencias El plan de prevención de contingencias identifica las situaciones de riesgo o contingencia que pueden afectar el medio ambiente o la población y describir las acciones o medidas a implementar para evitar que éstas se produzcan o minimizar la probabilidad de ocurrencia. Este Plan será de aplicación a todo el personal involucrado en la ejecución del Proyecto, en sus fases de construcción, operación y cierre, abarcando a toda el área de influencia del mismo. Se establece un orden jerárquico de prioridades de la operatividad para este Plan, siendo el siguiente: • Garantizar y proteger la integridad física y mental de las personas. • Evitar la ocurrencia de daños al ambiente, ya sea en el área del Proyecto o en su entorno. • Evitar la ocurrencia de incidentes que pudiesen afectar a la comunidad o entorno. • Garantizar la seguridad de todos los equipos, maquinarias, materiales, instalaciones, insumos, etc. Del Proyecto. Con el fin de identificar los posibles peligros y riesgos y/o emergencias que se pudiesen desarrollar durante la fase_ de excepción de las varillas blancas verticales, que también podrían evitar el contacto fase-fase. Lugar: Las estructuras antiperchamiento se instalarán durante la fase de construcción en postes y vallas perimetrales. Algunas de las estructuras que podrán ser consideradas corresponden a peinetas de plásticos verticales (en el extremo de la cruceta por encima de los puentes interiores), varillas blancas verticales (varillas sobre un seccionador en cabecera), posadero rectangular (extremo de Lugar, Forma y la cruceta), entre otros Oportunidad de Implementación Forma: Se proveerá de estructuras antiperchamiento a las instalaciones del Proyecto. Oportunidad: Las estructuras antiperchamiento serán instaladas en fase de construcción, para disminuir la probabilidad de electrocución de individuos en todas las fases del Proyecto. Ausencia de ejemplares de Golondrina de Mar afectados en el parque solar y Indicador que su entorno inmediato, a partir de monitoreos mensuales (fases de construcción Acredite su y cierre) y semestrales durante los dos primeros años de operación continuando Cumplimiento con monitoreos cada siete años, cuyo propósito será detectar posibles colisiones, accidentes y registro de ejemplares muertos, producto de condiciones de "Percha" o ventajas comparativas en aves rapaces y carroñeras. Forma de Control y Verificación in situ de la instalación y empleo de las estructuras Seguimiento antiperchamiento consignadas en el Proyecto en postes y vallas perimetrales. 11. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: Fase del proyecto a la que aplica construcción y operación del Proyecto se han identificado las siguientes situaciones. Riesgos por causas naturales (sismos y terremotos). • Riesgos asociados al transporte, manejo y almacenamiento de sustancias o residuos peligrosos. • Riesgo de incendios. • Riesgo de accidentes de fauna silvestre. • Riesgo por alteración de restos y sitios arqueológicos. Para más detalles ver Anexo N°4.1 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. El Plan de Emergencias describe las acciones a implementar en caso de que se produzca una emergencia, con objeto de controlar dicha emergencia y/o minimizar sus efectos sobre el medio ambiente y/o la población. El presente Plan de Emergencias consta de los siguientes apartados: • Descripción de los medios de protección para combatir las emergencias. • Estructura organizativa de respuesta en caso de emergencia. • Procedimientos de actuación para cada uno de los escenarios de accidentes identificados. • Mantención del plan de emergencias. • Plan de capacitación y entrenamiento. Primeros auxilios. Para más detalles ver Anexo N°4.1 Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. 12. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 86 del Reglamento del SEIA, en base al contenido de las actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto. 13. Que, durante el proceso de evaluación no fue solicitado de acuerdo a los plazos y/o requisitos abrir procesos de participación ciudadana. 14. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 15. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución. 16. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 17. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 18. Que, para que el proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 19. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 20. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental XV Región de Arica y Parinacota la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 21. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA. 22. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos", de Solarpack Chile Limitada. 2°. Certificar que el proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 146 y 160 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Arica y Parinacota, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, no se pronunció respecto a la calificación industrial del proyecto debido a que el proyecto se emplaza en un área rural al margen del plan regulador, y no le corresponde este pronunciamiento, según los alcances del SEIA. 5°. Certificar que el proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo II de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 7°. Definir como gestión, acto o faena mínim ecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los encionados e 1 considerando [XXX] del presente acto. Notifiquese y Archívese Q.06/ .5>/e4 yelist ana Ot iza gado sidenc Presidente Comisión de E luación Región de Arica y Pari • cota tiérrez López o de Evaluación Ambiental isión de Evaluación Arica y Parinacota MGL M/ IR Distrib ción: • (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios • (XV) CONADI, Región de Mica y Parinacota • (XV) CONAF, Región de Mica y Parinacota • (XV) DGA, Región de Mica y Parinacota • (XV) Dirección de Vialidad, Región de Mica y Parinacota • (XV) DOH, Región de Mica y Parinacota • (XV) Gobernación Provincial de Mica • (XV) Gobierno Regional, Región de Mica y Parinacota • (XV) Ilustre Municipalidad de Mica • (XV) SAG, Región de Mica y Parinacota • (XV) SEC, Región de Mica y Parinacota • (XV) SEREMI de Agricultura, Región de Mica y Parinacota • (XV) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Mica y Parinacota • (XV) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Mica y Parinacota • (XV) SEREMI de Energía, Región de Mica y Parinacota • (XV) SEREMI de Salud, Región de Mica y Parinacota • (XV) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Arica y Parinacota • (XV) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Arica y Parinacota • (XV) SEREMI Medio Ambiente, Región de Arica y Parinacota • (XV) SERNAGEOMIN, Región de Arica y Parinacota • (XV) Servicio Nacional Turismo, Región de Arica y Parinacota • Superintendencia de Medio Ambiente • contactorca@sma.gob.c1 • Unidad Jurídica SEA Región Arica y Parinacota • Unidad de Evaluación Medio Humano SEA Región Arica y Parinacota • Oficial de Partes SEA Región Mica y Parinacota • Secretaria Dirección Regional SEA Región Arica y Parinacota • Expediente del Proyecto "Ampliación Parque Fotovoltaico San Marcos" • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XV Región de Arica y Parinacota • Oficina de Partes. C/c: