Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla ? Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito”
RESOLUCION EXENTA Nº (N° digital en costado inferior izquierdo)
SANTIAGO, (Fecha en costado inferior izquierdo)
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 23 de marzo de 2022 mediante Resolución Exenta N° 202213001185 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 16 de agosto de 2022 y su Adenda Complementaria de fecha 09 de enero de 2023 del proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito”, del Titular Transquinta S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito”.
3°. El Acta de Evaluación N° 05/2023, de fecha 24 de enero de 2023 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE N° 20231310913 de la DIA del Proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito” de fecha 03 de febrero de 2023.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 13 de febrero de 2023.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 81 de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 7, de 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
V l ti Al j d D M di CONSIDERANDO:
1°. Que, Transquinta S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Transquinta S.A. Rut 76.954.578-6 Domicilio Avenida Argentina N°1, Edificio Plaza Barón, piso 9, Valparaíso Teléfono 56 9 98733786 Nombre representante legal Cristian Andrés Martínez Vergara Rut representante legal 12.885.298-0 Domicilio representante legal Avenida Argentina N°1, Edificio Plaza Barón, piso 9, Valparaíso Teléfono representante legal 56 9 98733786 Correo electrónico Titular o representante legal camartin@chilquinta.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 03 de febrero de 2023, el Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto:
- El Titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, en relación al componente Fauna, toda vez que, no logró acreditar que su proyecto o actividad no generará ni presentará los efectos, características o circunstancias de la letra b) del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en particular al artículo 6 del RSEIA letra b) del D.S. 40/2012 MMA, en específico la falta de antecedentes de la caracterización de anfibios.
- No obstante, lo anterior, cabe señalar que, el Titular acredita que su proyecto o actividad no generará ni presentará los efectos, características o circunstancias respecto de las letras a), c), d), e) y f) del artículo 11 de la Ley N° 19.300 y las letras a), c), d), e), f), g) y h) del artículo 6 del RSEIA del D.S. 40/2012 MMA. Asimismo, cabe señalar que el proyecto cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 156, 157, 148 y 160 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”), identificados en la sección 6 de este documento; y, además, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de este documento;
3°. Que, en sesión de 13 de febrero de 2023 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, se acordó calificar desfavorablemente el proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 03 de febrero de 2023.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la construcción, operación y cierre de una línea de alta tensión (LAT), el cual tiene como propósito aumentar la capacidad de transporte de energía y de transformación del Sistema de transmisión en la Región Metropolitana. Mayores antecedentes puntos 1.3.2 y 1.3.3 del Capítulo 1 de la DIA.
Descripción del Proyecto El Proyecto corresponde a la construcción y operación de una nueva línea de transmisión eléctrica de 110 kV, la cual se emplazará entre las Subestaciones Alto Melipilla y Bajo Melipilla; se compone de 41 torres y tendrá una longitud de aproximadamente 7,7 km. La fase de construcción tendrá una duración de 15 meses, la fase de operación será de 30 años y la fase de cierre se llevará a cabo en 6 meses. El cronograma del proyecto se presenta en la Tabla N°1-5 del Capítulo 1 de la DIA. Mayores antecedentes puntos 1.3.2 y 1.3.8 en el Capítulo1 de la DIA y página 9 de la Adenda. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal: El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en virtud de lo establecido en la letra b) del artículo 10 letra de la Ley N°19.300 Bases Generales sobre el Medio Ambiente y en el literal b) del artículo 3° del D.S. N°40/2012 del MMA Reglamento del SEIA, que dispone lo siguiente: “b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones” “b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV)”. Le aplica el literal anterior, ya que corresponde a una línea de transmisión eléctrica de alto voltaje equivalente a 110 kV. Mayores antecedentes 1.3.4, Capítulo 1, DIA Vida útil 30 años (respuesta al punto 1.3 de la Adenda) Monto de inversión US$3.048.039. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de instalación de faenas. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo previsto en el Artículo 14 del RSEIA, el Proyecto no se desarrollará por etapas (punto 1.4.3, Capítulo 1, DIA).
X Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente
X El Titular de la presente Declaración de Impacto Ambiental declara que el Proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito” no modifica un proyecto o actividad, en virtud del artículo 12 del D.S. N°40/2012 MMA. (punto 1.4.1, Capítulo 1, DIA). Proyecto modifica otra(s) RCA
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO. División político- administrativa El proyecto se emplazará en la comuna de Melipilla, en la Provincia de Melipilla, en la Región Metropolitana de Santiago, específicamente hacia el sur de la ciudad de Melipilla, en una zona de la ladera del Cerro El Sombrero. Mayores Antecedentes en el punto 1.5.1 del Capítulo 1 de la DIA. Justificación de la localización Se justifica la construcción, operación y cierre del Proyecto, ya que se enmarca dentro del Decreto Exento N°231/2019 del Ministerio de Energía que “Fija obras nuevas de los sistemas de transmisión nacional y zona que deben iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según corresponde, en los doce meses siguientes del Plan de Expansión del año 2018”, el cual tiene como propósito aumentar la capacidad de transporte de energía y de transformación del Sistema de transmisión en la Región Metropolitana. El proyecto se emplazará en un área de rural y urbana según señala el Plan Regulador Metropolitano, en las siguientes zonas: Áreas verdes y parques metropolitanos e intercomunales, área de interés agropecuario exclusivo, Área urbanizable de desarrollo prioritario, Área restringidas por cordones montañosos y área de interés agropecuario. En el Anexo 1 de la Adenda, se adjuntan los Certificados de Informaciones Previas, emitidos por la Dirección de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de Melipilla. Cabe mencionar que según se establece en la DDU 218, circular Nº0295, sobre planificación urbana, tipo de uso de suelo infraestructura, indica lo siguiente: “Acorde con lo señalado, el artículo 2.1.29. de la Ordenanza General distingue, dentro del uso de suelo infraestructura, entre las redes de distribución, redes de comunicaciones y de servicios domiciliarios y en general los trazados de infraestructura, - tratadas en el inciso segundo y tercero de dicha norma, y las instalaciones o edificaciones necesarias para es· te tipo de uso, reguladas en el inciso cuarto. Al respecto es necesario señalar que de la lectura de la disposición señalada en el inciso segundo, lo que se entiende como "siempre admitido" son sólo las redes y trazados antes referidos y se regirán por las disposiciones del organismo competente, correspondiendo en estos casos al instrumento de planificación territorial reconocer sólo las fajas o zonas de protección determinadas por la normativa del organismo correspondiente, y destinarlas a áreas verdes, vialidad o a los usos admitidos por dicha normativa.” Así mismo, el proyecto se consideraría como parte de lo que se define como redes y trazados en la DDU 218: “Complementando lo anterior, cabe advertir que forman parte de las redes y trazados los siguientes, entre otros que cumplan con los requisitos antes señalados: vías y trazados ferroviarios, ductos, postes, antenas de telefonía celular, cableado, plantas elevadoras de aguas servidas, concentradores de telefonía, de televisión o de transmisión de datos, subestaciones eléctricas”. Mayores antecedentes punto 1.5.5 de la DIA y Anexo 1 de la Adenda. Superficie La superficie total del Proyecto construido corresponde a 252.158 m2 (25,2158 ha), el cual se compone de obras temporales (21.595 m2) y permanentes (230.563 m2). Mayores antecedentes punto 1.3, Adenda y Anexo 16, Adenda Complementaria. Coordenadas UTM en Datum WGS84 A continuación, se presentan las coordenadas de la línea de transmisión eléctrica.
Tabla 4.2.1: Coordenadas de la línea de transmisión eléctrica de alta tensión. Puntos Coordenadas UTM WGS84 Huso 19 S Este Norte T1 292537,11 6269902,38 T2 292437,91 6269946,67 T3 292396,88 6269863,73 T4 292347,75 6269764,44 T5 292377,44 6269824,44 T6 292318,82 6269705,86 T7 292283,55 6269634,51 T8 292226,29 6269518,88 T9 292174,85 6269377,18 T10 292091,66 6269147,57 T11 291966,57 6268803,00 T12 291961,61 6268744,82 T14 292473,24 6268313,74 T15 292873,15 6268095,92 T13 292043,52 6268467,36 Torre descartada en Adenda (T16, señalada en la DIA) T16 293264,41 6267927,23 T17 293385,53 6267506,75 T18 293749,69 6267459,68 T19 294204,85 6267500,17 T20 294574,15 6267487,19 T22 294758,47 6267456,30 T21 294738,50 6267470,59 T23 294773,96 6267460,46 T24 294959,52 6267518,91 Torre descartada en Adenda (T26, señalada en la DIA) T25 295046,06 6267761,19 T26 295109,84 6267939,73 T27 295360,77 6268118,74 T28 295559,49 6268309,26 T29 295714,51 6268536,53 T30 295859,34 6268748,86 T31 295998,32 6268897,06 T32 296000,77 6268966,44 T33 295980,92 6269019,73 T34 296006,40 6269111,79 T35 296088,15 6269155,58 T36 296037,64 6269299,63 T37 295929,51 6269237,28 T38 295877,36 6269241,01 T39 295842,52 6269216,95 T40 295831,76 6269173,88 T41 295795,57 6269147,31 Fuente: Tabla 1, Adenda Complementaria.
Mayores detalles en los puntos 1.11 y 1.14 de la DIA. Caminos o vías de acceso El acceso principal al área de Proyecto será realizado a través de la ruta G-78 (Vicuña Mackenna), el cual empalma a un camino existente. En la siguiente Tabla se presenta la descripción de las rutas de acceso al Proyecto.
Tabla 4.2.2: Ruta de acceso al Proyecto. Nombre Longitud Ancho Tipo de material de la carpeta de rodado Camino Nuevo o Existente Camino existente 3,27 km 7 m Suelo natural Existente Fuente: Tabla N° 1-20, DIA.
Y en la siguiente Tabla se presenta la coordenada del acceso:
Tabla 4.2.3: Coordenadas geográficas de acceso al Proyecto. Coordenadas UTM WGS 84 19S Este Norte 292.636 6.269.884 Fuente: Tabla N° 1-21, DIA.
Mayores detalles en el punto 1.5.4 de la DIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Anexo 19 de la Adenda Complementaria se presenta en formato KMZ el trazado del proyecto. Coordenadas de la LTE en la Tabla 1, Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Instalación de faena La Instalación de Faenas corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la Fase de Construcción. Este lugar estará conformado por camarines, oficinas, salas de reuniones, servicios higiénicos, bodega de materiales, taller de enfierradura, taller de carpintería, estacionamientos, patio de acopio, grupo electrógeno, sistema de lavado de camiones, sistema de tratamiento de aguas servidas, bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, bodegas de almacenamientos de residuos peligrosos y bodegas de almacenamientos residuos industriales domiciliarios y no peligrosos. En términos generales, estas instalaciones constituirán el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en los distintos frentes y los servicios de apoyo. La Instalación de Faenas estará emplazada al interior del área de Proyecto y se accederá a ella mediante la utilización del camino interno habilitado al interior del predio. Las coordenadas de la ubicación general de la Instalación de Faenas y el plano de emplazamiento de esta se muestran en el 1.5.2.2 del Capítulo 1 de la DIA, sobre representación cartográfica de las obras temporales. Según se indica en la respuesta al punto 1.3 de la Adenda, la superficie de la instalación de faenas será de 557 m2. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1, Capítulo 1, DIA y Respuesta al punto 1.3, Adenda. Camarines La instalación de faenas contará con camarines y estarán destinados sólo para efectos de proporcionar el espacio necesario para que el personal pueda hacer un cambio de ropa en caso de emergencia. Según se indica en la Tabla 5 de la Adenda, los camarines corresponden a un container de acero, con terminaciones de interior, climatizadas y presurizadas, la superficie será de 15 m2 y tendrá una capacidad para 20 personas. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.1: Coordenadas geográficas de los Camarines. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.686 6.269.858 V2 292.683 6.269.859 V3 292.685 6.269.863 V4 292.688 6.269.862 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.1, Capítulo 1, DIA y Tabla3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Oficinas y sala de reuniones La instalación de faenas contará con oficinas y sala de reuniones de tipo modular para el personal administrativo-operativo que se encargue de las diversas actividades y servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Estas oficinas contarán con equipos computacionales, mobiliario, medidas de seguridad y todos los implementos necesarios para el personal administrativo. Los contenedores utilizados para las oficinas tendrán sistema de nivelación y se instalarán sobre durmientes o fundaciones sobrepuestas en el terreno, no requiriéndose movimientos de tierra significativos. Según se indica en la Tabla 5 de la Adenda, las oficinas y sala de reuniones corresponden a un tipo container de acero, con terminaciones de interior, climatizadas y presurizadas. Consiste en 3 salas de reuniones. La superficie total de esta obra será de 15 m2 y las oficinas tendrán una capacidad de 4 puestos de trabajo. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.2: Coordenadas geográficas de las Oficinas y Sala de Reuniones. Obra Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) Oficina 1 V1 292.712 6.269.846 V2 292.709 6.269.847 V3 292.711 6.269.852 V4 292.714 6.269.851 Oficina 2 V1 292.700 6.269.851 V2 292.697 6.269.852 V3 292.699 6.269.857 V4 292.702 6.269.856 Oficina ITO V1 292.707 6.269.848 V2 292.704 6.269.849 V3 292.706 6.269.854 V4 292.709 6.269.853 Sala de reuniones V1 292.694 6.269.849 V2 292.691 6.269.850 V3 292.695 6.269.859 V4 292.698 6.269.858 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.2, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Servicios higiénicos La instalación de faenas contará con servicios higiénicos que estará conectado a un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración”. Según se indica en la Tabla 5 de la Adenda, los servicios higiénicos corresponden a un container modular de acero cuyo interior cuenta con terminaciones lavables y resistentes a la humedad; la disposición de artefactos sanitarios independientes, separados por mamparas. La superficie total de esta obra será de 15 m2 y la capacidad será mínimo de 3. El agua potable requerida para los servicios higiénicos se almacenará en un estanque de 3000 litros. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.3: Coordenadas geográficas de los Servicios higiénicos. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.690 6.269.856 V2 292.687 6.269.857 V3 292.689 6.269.862 V4 292.692 6.269.860 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.3, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de materiales Corresponde a un container modular de acero, de una superficie de 15 m2 y una capacidad de 10 m3. Esta área es para el acopio de materiales de excavación, para su utilización posteriormente en las obras de construcción. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.4: Coordenadas geográficas de la Bodega de materiales. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.709 6.269.820 V2 292.706 6.269.821 V3 292.708 6.269.826 V4 292.711 6.269.825 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.4, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Taller de enfierradura Corresponde a una obra donde se desarrollarán actividades como perforaciones mecánicas, trabajos de corte, soldaduras, entre otros, mediante herramientas mecánicas. Consiste en un sitio techado, con disponibilidad de energía eléctrica y mesones de madera para al menos dos puestos de trabajos. Su superficie es de 12 m2. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.5: Coordenadas geográficas del Taller de enfierradura. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.715 6.269.832 V2 292.713 6.269.833 V3 292.715 6.269.838 V4 292.717 6.269.837 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.5, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Taller de carpintería El Taller de carpintería que se ubicará al interior de la instalación de faenas, corresponde a una obra donde se desarrollarán actividades de corte de madera mediante herramientas mecánicas. Consiste en un sitio techado, con disponibilidad de energía eléctrica y mesones de madera para al menos dos puestos de trabajos. Su superficie es de 12 m2. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.6: Coordenadas geográficas del Taller de carpintería. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.718 6.269.838 V2 292.716 6.269.839 V3 292.718 6.269.844 V4 292.720 6.269.844 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.6, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Estacionamientos Corresponde a un área de estacionamiento de vehículos livianos que abarcará una superficie de 300 m2, para exclusivo uso del personal administrativo- operativo que se encargue de las instalaciones y servicios requeridos para el Proyecto. Consiste en un sitio desprovisto de vegetación u otro elemento que interfiera el libre tránsito. Para su delimitación, se instalará un cerco perimetral con la respectiva señalización. La superficie será de 30 m3 y tiene una capacidad de 10 vehículos. Tabla 4.3.1.1.7: Coordenadas geográficas de los Estacionamientos. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.671 6.269.835 V2 292.662 6.269.840 V3 292.675 6.269.867 V4 292.684 6.269.863 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.7, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Patio de acopio Corresponde a un área dentro de la instalación de faenas, donde se almacenarán las estructuras y piezas de las distintas torres que conformará la Línea de Transmisión Eléctrica, las que serán distribuidas sobre el piso. Es un sitio desprovisto de vegetación u otro elemento que interfiera en la disposición de equipos y materiales de mayor envergadura. Para su delimitación, se instalará un cerco perimetral con la respectiva señalización. Utilizará una superficie de 30 m2, y una capacidad de 10 m3. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.8: Coordenadas geográficas del Patio de acopio. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.712 6.269.825 V2 292.703 6.269.829 V3 292.704 6.269.832 V4 292.713 6.269.828 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.8, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Grupo electrógeno Al interior de la instalación de faenas se habilitará un área de 2 m2 para el grupo electrógeno que brindará energía eléctrica durante las fases de construcción y cierre del Proyecto. El sitio contará con un radier de hormigón con pretiles de contención para posibles derrames, techado y cercado con perfiles estructurales y malla para restringir el acceso. La capacidad será de 1 grupo electrógeno. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.9: Coordenadas geográficas del Grupo electrógeno. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.692 6.269.860 V2 292.694 6.269.859 V3 292.694 6.269.859 V4 292.692 6.269.859 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.9, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Sistema de lavado camiones La instalación de faenas contará con un sistema de lavado de camiones para el manejo de los residuos industriales líquidos producto del lavado de canoas, los cuales serán descargados en tambores de 200 litros de material resistente e impermeable, dispuestos sobre una base que tendrá una geomembrana impermeabilizante de polietileno de alta densidad en toda la extensión en donde se localizará la canoa de camiones, la cual sobresaldrá de éste en al menos 1 metro en cada dirección. Esta membrana deberá ser ubicada sobre una especie de marco de madera, en un sector sin pendiente, llano y liso para evitar cortes en la membrana y dispersión de líquidos por pendiente, que, utilizando sus bordes, generará una clase de bandeja contenedora, que se encargaran de contener los líquidos e impedir la infiltración. El lodo sedimentado y seco será dispuesto en un botadero autorizado. Una vez utilizada la membrana será removida, retirada y reemplazada por una nueva carpeta. El lavado se realizará inmediatamente después de realizada la disposición del hormigón para evitar derrames. La superficie que utilizará será de 15 m2 y su capacidad es de 1 camión. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.10: Coordenadas geográficas del Sistema de lavado camiones. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.675 6.269.834 V2 292.673 6.269.835 V3 292.675 6.269.840 V4 292.677 6.269.839 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.10, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Sistema de tratamiento de aguas servidas Se considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración” cuya capacidad máxima 2,3 m3, el cual será implementado y utilizado durante la Fase de Construcción, siendo retirado una vez finalizada dicha fase. Utilizará una superficie de 12 m2 y en la siguiente Tabla se presentan las coordenadas del polígono donde se localizará la fosa séptica y en la Figura N°3 del Anexo 3-1 de la DIA se visualiza su ubicación. Tabla 4.3.1.1.11: Coordenadas geográficas del Sistema de tratamiento de aguas servidas tipo Fosa séptica con drenes de infiltración en la Fase de Construcción. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.702 6.269.849 V2 292.701 6.269.850 V3 292.703 6.269.856 V4 292.705 6.269.855 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Este sistema corresponde a un tratamiento primario donde se logra la decantación y degradación de los sólidos orgánicos presentes en las aguas servidas. El sistema de recolección y almacenamiento se compone de tres elementos: Red de PVC, fosa séptica y dren de infiltración. ● Red de PVC sanitario: Se proyecta una red sanitaria de PVC que conduzca las aguas servidas desde los servicios higiénicos hasta la fosa séptica. ● Fosa séptica: Se instalará una fosa horizontal. Esta unidad de tratamiento primario separará las partículas sólidas mediante sedimentación y degradación biológica de los desechos orgánicos, consiguiendo una reducción de la DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales (SST). ● Dren de Infiltración: Se contempla la instalación de un Dren de Infiltración, donde el efluente tratado en la fosa séptica será conducido y dispuesto en el subsuelo. Para mayores detalles el Anexo 3-1 de la DIA se presenta el Permiso Ambiental Sectorial 138. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.11, Capítulo 1, DIA y Anexo 3-1 “PAS 138”, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de sustancias peligrosas Durante la construcción del Proyecto se utilizarán sustancias peligrosas las cuales serán almacenadas en una bodega habilitada especialmente para ello y en cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N°43/2015 MINSAL (Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas), y a las normas chilenas NCh 382. Of. 2004 y NCh 2190 Of. 2019, referentes a la clasificación y señalización de dichas sustancias respectivamente. Además, contará con sus correspondientes hojas de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas, las que estarán a disposición de quienes las manejan de acuerdo con la NCh 2245 of 2003. La superficie de esta bodega será de 4 m2 y su capacidad se limitará a 2 m3. El tipo de sustancias a almacenar será de Pinturas, pinturas en aerosol, impermeabilizantes y diluyentes de pinturas. Las características constructivas y de diseño son: ● El cierre perimetral estará diseñado por muros, resistentes a la acción del agua. ● La bodega será cerrada y contará con techumbre que la protejan de las condiciones ambientales. ● La bodega de sustancias peligrosas tendrá un piso sólido, liso e impermeable y no poroso, su diseño y características de construcción se ajustará a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y construcción (OGUC). Tendrá un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer áreas adyacentes. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.1.1.12: Coordenadas geográficas de la Bodega de sustancias peligrosas. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.718 6.269.847 V2 292.716 6.269.848 V3 292.717 6.269.849 V4 292.719 6.269.849 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.12, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y domiciliarios El lugar de almacenamiento tiene las siguientes características: ● Recinto cerrado con malla hexagonal galvanizada de 1,80 m y portón para restringir el acceso. ● El manejo de los residuos se realizará conforme a su naturaleza, almacenados en contenedores o en espacios habilitados dentro de la tolva de acopio, para luego ser transportados a un sitio de disposición final autorizado. ● Los residuos acumulados en contenedores se encontrarán debidamente rotulados, según Norma Chilena N° 3322/2013 que estandariza los colores y elementos visuales con el fin de facilitar la separación de los diferentes residuos para que sean retirados periódicamente por empresas que cuenten con las resoluciones sanitarias correspondientes, para su reciclaje o su disposición final en sitios autorizados. ● Se dará cumplimiento al Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 MINSAL. ● El piso consistirá en suelo compactado. ● El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán las vías de ingreso. ● Contará con señalización de seguridad y elementos de protección Personal. En la figura N°1 del Anexo 3-2 de la Adenda se muestra el plano de ubicación de las zonas de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos, y en las siguientes tablas se presentan las coordenadas de la zona de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios y de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos:
Tabla 4.3.1.1.13: Coordenadas geográficas del Área de residuos domiciliarios Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.713 6.269.829 V2 292.704 6.269.833 V3 292.705 6.269.835 V4 292.715 6.269.831 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria.
Tabla 4.3.1.1.14: Coordenadas geográficas de zona de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.694 6.269.826 V2 292.695 6.269.829 V3 292.700 6.269.827 V4 292.699 6.269.824 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Respecto a los residuos asimilables a domiciliarios, se dispondrán en cuatro (4) contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. De este modo se impide el escurrimiento de líquidos percolados y se evita que los animales silvestres den vuelta los basureros. Las áreas de acopio temporal de residuos domiciliarios darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 MINSAL. La superficie de la instalación de almacenamiento de residuos no peligrosos será de 15 m2 y su capacidad máxima de 27 m3. En cuanto a la superficie de la instalación de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios será de 30 m3 y su capacidad máxima de 54 m3. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.13, Capítulo 1, DIA y Anexo 3-2 “PAS 140”, DIA y Tabla8, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL) Esta instalación contará con una superficie de 4 m2, prefabricada, con pallet antiderrame, destinada al almacenamiento de residuos peligrosos como en envases de pinturas, diluyentes, tarros contaminados con pintura asfáltica, y EPP y tierra contaminada. En la figura 1 del Anexo 2-1 de la Adenda se presenta en un plano la ubicación de la bodega de residuos peligroso y en la tabla a continuación se entregan las coordenadas de dicha bodega:
Tabla 4.3.1.1.15: Coordenadas geográficas de Bodega de Residuos Peligrosos en la fase de construcción. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Superficie (m2) Este (m) Norte (m) V1 292.721 6.269.846 5 V2 292.719 6.269.846 V3 292.720 6.269.848 V4 292.721 6.26.9847 Fuente: Tabla N°1, Anexo 2-1, Adenda y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria.
La bodega de almacenamiento temporal cumplirá con todos los requisitos establecidos en la normativa aplicable. Las principales características con las que contará esta instalación se describen a continuación: • Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. • Cierre perimetral de una altura mínima de 1,80 m de altura tipo malla acma o similar, con portón de acceso con llave, el cual se abrirá en el sentido de la evacuación e impedirá el acceso de personas no autorizadas y de animales. • Estructura techada, protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Con un sistema de ventilación natural mediante la construcción de una sección abierta entre los muros y el techo considerando los tipos de sustancia y el volumen total de éstas; • Minimizará la volatilización, el arrastre o lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. • Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. La capacidad de contención de la bandeja de derrame corresponde a 1,2 m3. • Contará con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh Nº 2.190 Of. 93, versión 2019. • Tendrá extintores con capacidad para combatir los diferentes tipos de fuego que pudieran producirse. La bodega tendrá una capacidad máxima de almacenamiento de 2 m3, y contará con vías de escape accesibles en caso de emergencia, con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos según los materiales combustibles o inflamables que se encuentran almacenados, esta instalación dará cumplimiento al D.S. N°148/2003 MINSAL. El número total de extintores, su ubicación y señalización está acorde a la superficie total a proteger de acuerdo con lo establecido en el DS. N° 594/1999 MINSAL “Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” y a las normas pertinentes. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.14, Capítulo 1, DIA y Anexo 2-1 “PAS 142”, Adenda. Estanque de agua Con capacidad de 3000 litros de agua industrial, la cual se utilizará parta humectación de áreas de trabajo. Tabla 9, Adenda. Frentes de Trabajo Móviles Los frentes de trabajo móviles se ubicarán en las áreas temporales contempladas para cada estructura y plaza de tendido, los cuales se habilitarán previo al inicio de los trabajos en cada sector, con el objetivo de dar cumplimiento a las condiciones mínimas en los lugares de trabajo (D.S. N°594/1999 MINSAL). Dichos frentes tendrán una duración aproximada de 2 a 3 semanas, los cuales posteriormente serán desmantelados y retirados de su posición para ser habilitados en el siguiente frente de trabajo. Los frentes de trabajo serán móviles y estarán conformados por las siguientes obras: ● Sector de acopio de materiales: Disposición de excedente de excavación de manera temporal de las dos o cuatro patas según corresponda, enfierradura, madera y fierro estructural. ● Sector de estacionamiento de vehículos y equipos: Prevalecerá el uso de la huella de acceso como sector de estacionamiento. ● Sector de ubicación de equipos: Ubicación de retroexcavadora para excavación de las dos o cuatro patas según corresponda y posicionamiento del camión mixer para hormigonado. ● Baños químicos: Disposición de uno o dos baños portátiles dependiente de la configuración de las cuadrillas de trabajo (hombres y/o mujeres). Los baños químicos tendrán con lavamanos y bomba de pie, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Dichos baños químicos serán instalados de acuerdo con la cantidad que corresponda según la normativa vigente D.S. N°594/1999 MINSAL, los que serán retirados y mantenidos por una empresa autorizada, exigiendo al Contratista la documentación que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado, la documentación estará disponible en la instalación de faenas ante una eventual fiscalización. Esta implementación dará cumplimiento con las disposiciones establecidas en los artículos 24°, 25° y 26° del D.S. N°594/1999 MINSAL y por D.S. N° 201/2001 MINSAL que modifica el decreto sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. El agua estará en bidones de 20 litros. ● Sector de hidratación con bidones de agua para el consumo de los trabajadores: Sector que además contempla la estación de emergencia ambiental y para los trabajadores, construcción de sombreadero y almacenamiento de residuos de manera temporal. Los frentes de trabajo tendrán unas dimensiones de aproximadamente 249 m2 y 289 m2 para las estructuras de apoyo y pórticos respectivamente, estas áreas se ubicarán en el lugar dónde se emplazarán las bases de cada una de las estructuras. La superficie total de los frentes de trabajo será de 11.038 m2. Mayores antecedentes en el punto 1.6.1.2, Capítulo 1, DIA y respuesta al punto 1.3, Adenda y respuesta al punto 1.12, Adenda. Helipuerto En el Anexo 16 de la Adenda Complementaria, se entregan las características del helipuerto. En dicho anexo se presenta una layout del helipuerto, señalando que la superficie total es de 1 ha y que está compuesto de: contenedores, baños químicos, estacionamientos, zona lavado mixer y cierre perimetral.
Tabla 4.3.1.1.16: Coordenadas geográficas de del helipuerto. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 293.501 6.267.211 V2 293.611 6.267.197 V3 293.590 6.267.104 V4 293.482 6.267.121 Fuente: Anexo 16, Adenda Complementaria. A continuación, se presentan las características del helicóptero: Tabla 4.3.1.1.17: Características helicóptero. Característica Valor Tiempo aproximado de aterrizaje 15 minutos Tiempo aproximado de despegue 15 minutos Cantidad de motores 1 Tipo de combustible JP-1 Tipo de motor Arriel 2D Consumo de combustible 3,66 L/min Altura máxima a la que volará 1000 pies Fuente: Tabla 28, Anexo 6, Adenda. Finalmente, en el Anexo 6.3 de la Adenda se presenta la ficha técnica del helicóptero y en el Anexo 6.4 de la Adenda, se presenta un kmz con las rutas de vuelo. Mayores antecedentes Anexo 16, Adenda Complementaria, Tabla 28 del Anexo 6 de la Adenda, Anexo 6.3 de la Adenda y Anexo 6.4 de la Adenda. 4.3.1.2 ACCIONES Habilitación de instalación de faenas Inicialmente se realizarán trabajos de limpieza, despeje del área destinada para la instalación de faenas, para luego movilizar los recursos (maquinaria, equipos, instalaciones, etc.) al terreno. Una vez con materiales y maquinarias dispuestas, se procederá a montar los distintos contenedores que serán habilitados como oficinas, talleres, bodegas de materiales, etc. Cabe señalar, que los espacios abiertos, tales como patio de acopio de materiales y estacionamientos presentarán gravilla, con el propósito de evitar la formación de barro y favorecer el escurrimiento de aguas lluvias. Adicionalmente, desde las instalaciones de faenas se coordinará la ubicación de baños químicos y bidones de agua potable para el consumo de los trabajadores en los frentes de trabajo, de acuerdo con lo establecido por el D.S. N°594/1999 del MINSAL. Mayores Antecedentes en punto 1.7.1.1, Capítulo 1, DIA. Acondicionamient o del terreno Corta, despeje y descepado de la vegetación: La habilitación de las obras permanentes requiere que se acondicione el terreno para posteriormente instalar las partes de cada obra. Estas actividades se desglosan en lo siguiente: • Demarcación del área de trabajo: previo al inicio de las actividades de construcción, se realizará una demarcación del área de trabajo donde se habilitarán las obras, con el objetivo de definir el área a intervenir y no comprometer sectores aledaños. • Remoción de la cobertura vegetal: Luego de las actividades de demarcación se procederá a extraer la cobertura vegetal, la cual conforme a Caracterización de Flora y Vegetación corresponde a 5,514 Ha de superficie con presencia de Bosque Nativo, para las que se solicitará el respectivo PAS 148. Para mayor detalle ver Anexo 2-2 de la presente DIA. Movimientos de tierra (escarpe, excavación en tierra, excavación en roca y rellenos): A continuación, se detallan las principales actividades asociadas a los movimientos de tierra: - Escarpe: Se considera para esta actividad realizar un escarpe de suelo en promedio de 15 cm de espesor. El volumen de suelo a extraer será acumulado de forma provisoria, a un costado de la excavación para posteriormente ser distribuido de manera homogénea en el sector próximo al área de intervención. El total del material escarpado corresponderá a el material escarpado corresponde a 104 m3. - Excavación (Extracción de material): Se considera la utilización de torres metálicas, portales y pórticos, por lo que se procederá a la extracción de material necesario para la estabilización del terreno, habilitación de plataformas, fundaciones, habilitación de fundaciones de cada una de las torres de la Línea de Transmisión Eléctrica, donde se considera profundidad de enterramiento máxima de 2,9 m. Es importante señalar que las obras a realizar en las Subestación Eléctrica Alto y Bajo Melipilla cuenta con el terreno nivelado, razón por la cual, no se considera la realización de movimiento de tierras de gran magnitud. El material de excavación derivado de las fundaciones de las torres y plataforma de los pórticos de la Subestación eléctrica Alto Melipilla y Bajo Melipilla, será utilizado como material de relleno durante la fase de construcción y el material sobrante será dispuesto en botaderos autorizados en la Región. En la tabla 8 de la Adenda, se entrega información de la excavación, como el ancho, largo, profundidad, excavación por mata (m3), N° de patas y total excavación (m3). El total de excavación corresponderá a 617 m3. Mayores Antecedentes en punto 1.7.1.2, Capítulo 1, DIA, Tabla 8, Adenda y respuesta 1.14, Adenda. Camino de acceso a las torres El Proyecto priorizará el uso de los caminos existentes que permitan el acceso para la construcción de las torres, sin perjuicio de lo anterior, se requiere de la habilitación de caminos que permitan acceder al área de emplazamiento de la Línea de Transmisión Eléctrica, dichos caminos serán habilitados durante las faenas constructivas y se mantendrá durante toda la Fase de Operación del Proyecto. Los caminos serán habilitados mediante escarpe del suelo natural y posterior compactación de este, contando con una longitud promedio de 5.120 metros, un ancho promedio de 6 metros, y una superficie de 3,07 ha. Los caminos tendrán las características adecuadas para el acceso y circulación del personal, materiales y maquinarias a las áreas de trabajo. Cabe indicar que, no se considera la generación de residuos por esta actividad, ya que el material será utilizado en la misma área de emplazamiento del Proyecto (nivelación de terreno). En el Anexo 3-2 de la Adenda, se adjunta un KMZ con los caminos y senderos peatonales del proyecto. Mayores Antecedentes en punto 1.7.1.3, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.15, Adenda. Construcción de Línea 2x110 kV Alto Melipilla – Bajo Melipilla tendido del primer circuito La construcción de la Nueva Línea 2x110 kV Alto Melipilla – Bajo Melipilla tendido del primer circuito se desarrollará de manera secuencial de acuerdo a lo siguiente:
Construcción de fundaciones: Las dimensiones de las fundaciones y la profundidad según el tipo de estructura se presentan en la siguiente Tabla:
Tabla 4.3.1.2.1: Profundidad y dimensiones de fundaciones Tipo de Estructura Ancho (m) Largo (m) Profundidad (m) Estructura remate 1,2 1,2 2,9 Portal doble de poste 0,7 0,7 1,6 Estructura anclaje 1,2 1,2 2,9 Estructura de suspensión 1,2 1,2 2,9 Estructura anclaje R 1,2 1,2 2,9 Fuente: Tabla N° 1-42, Capítulo 1, DIA.
Las dimensiones de las fundaciones y la profundidad según el tipo de estructura se presentan en la siguiente Tabla 8 de la Adenda.
Instalación malla a puesta a tierra: La malla puesta a tierra se instala principalmente para limitar la tensión que puedan presentar en un momento dado las masas metálicas (tensión de contacto), entre distintos lugares del suelo en las inmediaciones de la puesta a tierra (tensión de paso), asegurar la actuación de las protecciones y eliminar o disminuir el riesgo que supone una avería en el material utilizado. Montaje de estructuras: La actividad de montaje de las estructuras metálicas consiste en ensamblar las piezas de las torres, ya sean cantoneras, perfiles, planchas, utilizando pernos y golillas, de acuerdo a los planos de montaje emitidos por los fabricantes. Este montaje será realizado por métodos manuales o semi mecanizado. El método manual consiste en el montaje pieza a pieza, izamiento y posicionamiento manual con auxilio de mástiles metálicos. El método semi mecanizado contempla el montaje de partes de la estructura sobre el suelo, para luego izarlo con equipos mecánicos. A continuación, se describe el proceso de ejecución de montaje: - Transporte de estructura: El transporte de las torres o estructuras se realizará por los caminos que habilitará el Proyecto, y consiste en retirar de las estructuras escaladas (agrupada por partes y piezas) desde el patio de acopio ubicado en la instalación de faena y acopiarlos al pie de la torre a ser montada. En general son apiladas sobre madera para evitar el contacto directo con el suelo. - Montaje de estructura: La actividad de montaje de las estructuras metálicas consiste en ensamblar las piezas de las torres, ya sean cantoneras, perfiles “L”, planchas utilizando pernos y golillas, de acuerdo a los planos de montaje emitidos por los fabricantes. El método manual consiste en el montaje pieza a pieza, con izamiento y posicionamiento manual de piezas con auxilio de mástiles metálicos (plumas), que, emplazados en puntos específicos de las estructuras, permiten izar piezas a cotas más elevadas. Las cantoneras, perfiles y planchas son conectadas entre ellas a través de pernos y tuercas. La estabilidad y resistencia mecánica para las cargas para las cuales ha sido proyectada la estructura se logra con la aplicación de toque mecánico a los pernos y tuercas. - Revisión, giro y aplome: la etapa final o de revisión de montaje consiste en verificar torques aplicadas a los pernos, las dimensiones de los pernos instalados, de la integridad de las planchas y perfiles y de daños a la estructura. Previo a la revisión de montaje, se verifica el giro de estructura, que consiste en chequear si las crucetas están giradas con relación al eje longitudinal de la línea y el aplome, que consiste en verificar la verticalidad de la estructura.
Tendido de los conductores y cable guardia de la línea: Los métodos de tendido de conductores más comunes son manuales y con tensión mecánica controlada. Para el tendido de conductores del Proyecto, incluido los conductores sobre cursos de agua o quebradas de difícil acceso, se utilizará el método con tensión mecánica controlada mediante huinche y freno. El método de tensión mecánica controlada consiste en instalar el conductor, manteniendo durante todo el proceso de tendido una tensión mecánica controlada por la acción de equipos de retención y tracción hidráulicos instalados en los extremos de los tramos (huinche y freno). Estos extremos, son denominados plaza de freno y plaza de huinche. En la plaza de freno se acopian los carretes de conductores que serán instalados en el tramo en cuestión. Los equipos hidráulicos durante el proceso de tendido del conductor, posicionados en las plazas de huinche y plaza de freno, establecen una diferencia de tensión tal que, entre la tracción del huinche y la retención del freno mantienen el cable suspendido del suelo. La tensión residual, diferencia entre la tracción y la retención, es controlada por los operadores de ambos equipos, huinche y freno. A continuación, se describen las actividades a realizar en el tensado de conductores. - Instalación de poleas y cadenas: La instalación de cadenas y poleas es la actividad más básica del grupo de preparación de tendido y consiste en instalar en las crucetas y vigas de las torres, las cadenas de aisladores y en sus extremos inferiores, las poleas de aluminio por donde deslizarán los cables. Durante la instalación de las poleas, se dejan cuerdas para izar y pasar el cable piloto por las poleas. - Instalación de portales de protección: Los portales son estructuras auxiliares, que tienen la función de proteger los cables en los cruces con obstáculos, ya sean caminos, líneas telefónicas, líneas de distribución, árboles, entre otros. Los portales son montados en cantidad y altura suficiente para el paso de los cables sin riesgos para el obstáculo cruzado o el mismo cable que está siendo tendido. - Instalación de cable piloto: El cable piloto, es el cable que se utiliza para traer el conductor o los subconductores, desde su carrete, ubicado en el otro extremo del tramo de tendido (plaza de freno). Es en general de acero trenzado, flexible y antitorsión. Los cables pilotos son atados al extremo de los conductores a través de dispositivos de amarre (medias) y dispositivos antitorsión (rotativas). El tendido de los conductores se realiza en tramos comprendidos entre anclajes, y para realizar este proceso se debe vestir la estructura, es decir, deben estar instaladas las cadenas de aislación y las poleas, luego se pasará un perlón o cable piloto por las poleas hasta unir el huinche con el freno que estarán ubicados en los extremos del tramo a tender, posteriormente se une el conductor con el perlón pasándolo por las poleas hasta que este cubra la totalidad del tramo. Esta maniobra se debe realizar para todas las fases y cable de guardia. Durante el tendido de perlón o cable piloto, es inspeccionado desde el suelo para dar aviso en caso de que se enganche y se detenga el tendido, por otro lado, también se inspecciona que el conductor no se toque el suelo. Esta actividad se desarrolla de forma completa siempre y cuando las condiciones topográficas y la visibilidad lo permitan. - Tensado de Conductores: La actividad de tensado de los conductores, consiste en llevar los cables tendidos a la tensión de trabajo establecida para Proyecto. El proceso de tensado debe ser ejecutado de la siguiente manera: o La primera etapa es instalar las cadenas de anclaje en forma definitiva en la torre de la extremidad muerta (sin tensión) del tramo. o La segunda etapa consiste en tensar el cable anclado en el otro extremo de la zona de tendido, en forma mecánica, con la utilización de tecles adecuados para las tensiones solicitadas. o La tercera y última etapa es realizar el engrampado del resto de las estructuras que se encuentran dentro del tramo tensado. - Anclaje de Conductores: La actividad de anclaje de los conductores, consiste en instalar los conductores en las cadenas de anclaje, con el conductor en la tensión de trabajo. El proceso de anclaje pasa por la instalación de las cadenas de anclaje, que incluye el retiro de las poleas de tendido, la medición y corte del largo de cable excedente, el prensado de las grampas y la conexión de las grampas a los aisladores de las cadenas. En general en el proceso de engrampado de anclaje se utilizan plataformas metálicas, donde trabajan los maestros y apoyan las moto-prensas y materiales. - Engrampado de Conductores: La actividad de engrampado en suspensión de los conductores, consiste en instalar los conductores en las cadenas de suspensión, con el conductor con tensión de trabajo. El proceso de engrampado consiste en sostener el conductor provisionalmente en la estructura, retirar la polea de tendido, instalar la grampa de suspensión y conectar los aisladores de la cadena de suspensión. En general en el proceso de engrampado de suspensión se utilizan plataformas metálicas, donde trabajan los maestros, y apoyan herramientas y materiales - Instalación de Empalmes OPGW: Los empalmes del cable guardia con fibra óptica, son cajas herméticas que se instalan en las estructuras, en los puntos donde se empalman o seccionan las fibras ópticas. La instalación es ejecutada por personal técnico especializado y la manipulación del cable OPGW y las fusiones de las fibras son ejecutadas a nivel del suelo. El montaje de las cajas de empalme es ejecutado por el equipo de montaje de las estructuras. - Revisión Final: La revisión final de las instalaciones antes de la ejecución de las pruebas de recepción de la línea consiste en la inspección acuciosa de los conductores, de las cadenas, de los accesorios de cables, de los protocolos de ejecución. La revisión final es efectuada por un grupo de personas especializadas, que verificarán cada una de las estructuras en forma visual, en todo aspecto constructivo ya sea terminaciones de las obras civiles, montaje, desperdicios, basuras, escombros, equipos, instalaciones provisorias, presencia de tierras provisorias y puentes abiertos en las estructuras de anclaje. Mayores Antecedentes en punto 1.7.1.4, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.13, Adenda. Construcción y montaje de Pórticos y equipos en Subestación Eléctrica Alto Melipilla y Bajo Melipilla La construcción de la Nueva Línea 2x110 kV Alto Melipilla – Bajo Melipilla tendido del primer circuito requerirá de realizar obras de conexión, específicamente la construcción de pórticos en las Subestación Eléctrica Alto Melipilla y Subestación Eléctrica Bajo Melipilla, estas obras se desarrollarán de manera secuencia de acuerdo a lo siguiente:
Construcción de fundaciones: Las dimensiones de las fundaciones de los pórticos a construir en las Subestación Eléctrica Alto y Bajo Melipilla y su respectiva profundidad se presentan en la siguiente Tabla:
Tabla 4.3.1.2.2: Profundidad y dimensiones de fundaciones. Tipo de Estructura Ancho (m) Largo (m) Profundidad (m) Pórticos 1,2 1,2 2,9 Fuente: Tabla N°1-43, Capítulo 1, DIA.
Instalación malla a puesta a tierra: Se instalará la malla puesta a tierra principalmente para limitar la tensión que puedan presentar en un momento dado las masas metálicas (tensión de contacto), entre distintos lugares del suelo en las inmediaciones de la puesta a tierra (tensión de paso), asegurar la actuación de las protecciones y eliminar o disminuir el riesgo que supone una avería en el material utilizado.
Montaje de pórticos y equipos en Subestación Eléctrica Alto Melipilla y Bajo Melipilla: Para el montaje de los pórticos en las Subestaciones Eléctricas Alto Melipilla y Bajo Melipilla se consideran las mismas actividades de montaje descritas en la en el punto 1.7.1.4.3 “Montaje de estructuras” del Capítulo 1 de la DIA.
Tendido de conductores y cable guardia: Para la conexión de las Línea eléctrica y los pórticos en las Subestaciones Eléctricas Alto Melipilla y Bajo Melipilla se consideran las mismas actividades descritas en el punto 1.7.1.4.4 “Tendido de los conductores y cable guardia de la línea” del Capítulo 1 de la DIA. Mayores Antecedentes en punto 1.7.1.5, Capítulo 1, DIA. Pruebas de puesta en servicio de obras Concluida la parte gruesa de la obra se realiza un recorrido de inspección visual de toda la línea de transmisión donde se hace un chequeo de los componentes y sus terminaciones (elementos en buen estado, pernos y tuercas instalados correctamente, abatimientos, etc.). También se realizan pruebas más específicas como: continuidad eléctrica, correspondencia de fases y aislamiento.
Pruebas de energización y puesta en servicio: Una vez que los equipos de patio se encuentran instalados y la construcción terminada en todas sus etapas, se iniciarán sus pruebas y puesta en servicio para verificar que las mismas se encuentren en condiciones para funcionar. ● Medida de Aislamiento: Se efectuará la medición de la resistencia de aislamiento entre cada fase y puesta a tierra con todas sus combinaciones, comprobándose que no haya elementos extraños, puestas a tierra provisionales o cadenas de aisladores en cortocircuito.
● Continuidad, secuencia de fases y resistencia en corriente continua: La medición de secuencia y correspondencia de fases está destinada a obtener una verificación final de que todos los abatimientos de los conductores han sido ejecutados de acuerdo a los planos y especificaciones técnicas. Esta medición se efectuará aplicando tensiones de bajo voltaje y haciendo lecturas y verificaciones en las subestaciones terminales y se efectuará después de verificar la resistencia de aislamiento de la línea y la continuidad del conductor.
El proceso de pruebas y puesta en servicio de las instalaciones estará dirigido por el Supervisor Eléctrico. Los procedimientos que se emplearán para realizar las pruebas de puesta en servicio cumplirán con las pruebas y controles especificados. El conjunto de verificaciones y pruebas se dividirá, en general, en la forma indicada en la respuesta al punto 1.16 de la Adenda. Las Pruebas de punto a punto, aislación, inyecciones de corriente, inyecciones de potencial y pruebas finales, se realizarán durante el proceso de conexionado y puesta en servicio de los equipos primarios y armarios de protecciones, control, etc. El Supervisor a cargo de la actividad deberá instruir a todo el personal a su cargo sobre la obligatoriedad del uso adecuado del equipo de Protección personal en todas las actividades, y procedimiento para análisis de los riesgos asociados y la forma segura de realizar el trabajo. Mayores Antecedentes en punto 1.7.1.6, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.16, Adenda. Desmantelamiento de obras temporales
Consiste en las actividades necesarias para el desarme y retiro de la instalación de faenas, frentes de trabajo y área de acopio de materiales. Todas las acciones están orientadas a dejar el terreno en condiciones similares a las iniciales. Para ello se consideran una serie de medidas a seguir, las cuales se describen a continuación:
Desarme y retiro: Consiste en el desarme y retiro de la infraestructura temporal: oficinas administrativas, baños, bodegas, entre otra infraestructura, las cuales serán desmanteladas en su totalidad. Se privilegiará reutilizar la infraestructura que quede en buenas condiciones, para ello se realizará una segregación que permita definir lo que será necesario desechar en lugares autorizados y lo que será reutilizado por el contratista.
Limpieza del área: Se refiere al retiro de todo vestigio de ocupación, tales como chatarras, restos de madera, plásticos, etc., de manera de dejar el área limpia y despejada para su uso futuro, lo cual se encuentra previamente acordado con el propietario. Se considerará el envío de los materiales de desecho y escombros a sitios de disposición autorizados y el reciclado de maderas.
Acondicionamiento del terreno: Las superficies que hayan sido alteradas y utilizadas por las instalaciones temporales del Proyecto serán sometidas a actividades de acondicionamiento y restauración con el objetivo de devolver las condiciones similares a las existentes, previas a la construcción del Proyecto. El área donde estaban las obras temporales será cubierta con una capa proveniente de suelos cercanos donde existan relieves sobresalientes, a fin de restituir las geoformas lo más parecido posible a lo que originalmente hubo. Mayores Antecedentes en punto 1.7.1.7, Capítulo 1, DIA. 4.3.1.3 SUMINISTROS BÁSICOS Agua potable Durante la fase de construcción se requerirá de agua potable para cubrir las necesidades de agua de consumo de trabajadores y para los servicios sanitarios. Este suministro cumplirá con lo establecido en el D.S. N°594/1999 del MINSAL, en cuanto a cantidad y calidad; dicho consumo de agua será de 0,1 m3/día (2,7 m3/mes o 40,5 m3/fase). La obtención del agua por parte del Titular se efectuará mediante camión aljibe (modelo tipo Andritec 15 m3 presurizado) o bidones de 20 litros (modelo estándar de plástico), cumpliendo con la normativa exigida existente y de fuentes autorizadas, además no se contempla una conexión al sistema de agua potable. Los proveedores de agua potable serán las empresas Agua Potable Melipilla Norte S.A y Aguas Andinas S.A o alguna similar que cuente con autorización sanitaria para dar este suministro. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.2, DIA, Tabla 15, Adenda, respuesta 1.29, Adenda y respuesta 1.10, Adenda Complementaria. Agua industrial El proyecto contempla el uso de agua industrial para la ejecución de las actividades durante la fase de construcción, la cual será utilizada para las actividades de humectación de caminos y lavado de canoas de camiones mixer y será proporcionada por una empresa autorizada mediante camiones aljibes. El agua industrial que se utilizará será de 10 m3/día (200 m3/mes o 3000 m3/fase). Se mantendrá un registro de compra de agua industrial el que estará disponible en las instalaciones de faenas ante una eventual fiscalización de la autoridad, el ejemplo de registro se muestra en la Tabla 16 de la Adenda. Esta agua será adquirida de una compañía que cuenten con las autorizaciones correspondientes, entre ellas el título legítimo sobre las aguas que se extraen, de conformidad con los artículos 5, 6, 20 y 59 del Código de Aguas, según corresponda. En el Anexo 15 de la Adenda Complementaria, se adjunta formato de Registro de Humectación, el cual se mantendrá en las obras del proyecto.
Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.2, DIA, la Tabla 15, Adenda, respuesta 1.29, Adenda y respuestas 1.10 y 1.11, Adenda Complementaria. Servicios higiénicos En la Fase de construcción, se requiere de instalaciones higiénicas para abastecer los requerimientos sanitarios de los trabajadores; para ello se utilizará un servicio higiénico que estará conectado al sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración” cuya capacidad máxima será 2,3 m3, el cual será implementado y utilizado durante la Fase de Construcción, siendo retirado una vez finalizada dicha fase. Adicionalmente, en los frentes de trabajo se utilizarán baños químicos; su implementación se realizará cumpliendo con las disposiciones establecidas en los artículos 24°, 25° y 26° del D.S. N°594/1999 MINSAL y por D.S. N° 201/2001 MINSAL que modifica el decreto sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Dichos baños serán mantenidos por una empresa autorizada, exigiendo la documentación que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado, y dicha documentación estará disponible en la instalación de faenas. Se mantendrá un registro de las mantenciones de los sanitarios químicos utilizados. Dicho registro contendrá: fecha de limpieza, nombre y firma del operador que realiza el servicio (empresa proveedora) y cantidad de sanitarios a los que se les realizó mantención. Este registro estará disponible para la Autoridad Sanitaria cuando ésta lo requiera. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.3, Capítulo 1, DIA y en el Anexo 3-1 “PAS 138”, DIA. Energía eléctrica Durante la construcción se requerirá energía eléctrica la que será suministrada a través de grupos electrógenos para la operatividad de la obra temporal (instalación de faenas) así como para la habilitación de las distintas obras permanentes del proyecto. En la siguiente tabla se detalla la cantidad por actividad a realizar y su potencia: Tabla 4.3.1.3.1: Detalle de los Grupo electrógeno. Equipo Cantidad Horas de operación diarias Días de operación anuales Horas de operación anuales Potencia (kW) Grupo electrógeno 2 5,2 365 1.920 45 Fuente: Tabla N° 1-50, Capítulo 1, DIA. El grupo electrógeno se mantendrá sobre un pretil con material impermeabilizado. El combustible necesario será suministrado mediante bidones de 20 litros para grupos electrógenos y para las maquinarias o equipos serán abastecidas directamente en estaciones de servicios cercanas al Proyecto. Es importante señalar que se llevará un registro de las horas de funcionamiento de los grupos electrógenos, así como la cantidad de combustible a utilizar, lo cual será declarado al RETC, según corresponda. El grupo electrógeno ubicado al interior de las instalaciones de faenas será retirado una vez concluida la faena, dejando el lugar limpio y sin residuos, lo que será verificado previo al retiro de cada empresa contratista. En caso de conexión a suministro eléctrico, la instalación se realizará con personal autorizado y tomando todas las medidas de seguridad respectivas y según la normativa aplicable. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.4, DIA. Alimentación El Proyecto no contempla la habilitación de un comedor para la alimentación de los trabajadores durante la fase de construcción. La alimentación de los trabajadores se llevará a cabo en restaurantes u hosterías cercanas, las que deberán contar con la autorización de la SEREMI de Salud respectiva, manteniendo un registro de las autorizaciones en la instalación de faenas. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.5, DIA. Alojamiento El Proyecto no contempla la habilitación de un campamento (alojamiento). Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.6, DIA. Áridos Los áridos se obtendrán de extracciones debidamente autorizadas y el transporte de estos será ejecutado por empresas externas, por lo que no forma parte del Proyecto. Es importante destacar que se requiere contar con el medio de verificación de las empresas autorizadas para estas faenas en forma previa, por lo tanto, en caso de que los áridos sean extraídos desde cauce natural, el titular exigirá a la empresa proveedora presentar el permiso otorgado por la Municipalidad respectiva y el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas. Por otra parte, si la empresa ingresó al SEIA, se le exigirá la RCA y además el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas, que lo habilita para desarrollar las faenas de extracción durante el año. Adicionalmente se llevará un registro de control de áridos como el que se muestra en la Tabla N°1-51 del Capítulo 1 de la DIA, el cual estará disponible en la Instalación de faenas. El requerimiento de áridos será de 1.227 m3. y no se contempla almacenamiento de áridos. El proveedor trasladará directamente al frente de trabajo donde se requiera el suministro. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.8, DIA y respuesta 1.17, Adenda. Hormigón Durante la fase de construcción se requerirá de hormigón para la cimentación de las fundaciones de las torres de la Línea de Transmisión Eléctrica, obras civiles y otras estructuras soportantes. Este insumo será provisto por empresas autorizadas que cuenten con la debida autorización. De acuerdo con lo anterior, se exigirá al proveedor de hormigón los permisos correspondientes (permisos municipales y/o resolución de calificación ambiental favorable). Los requerimientos de hormigón a utilizar durante la Fase de construcción serán: Hormigón H10: 45,1 m3. Hormigón H25: 88,4 m3. No se contempla almacenamiento de hormigón. El proveedor trasladará directamente al frente de trabajo donde se requiera el suministro. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.9, DIA y respuesta 1.17, Adenda. Otros materiales de construcción Las cantidades y tipos de materiales a emplear durante la fase de construcción son: Fierro: 323.000 kg Pernos de anclaje: 19.380 kg Serán almacenados temporalmente conforme al avance de la obra en el patio de acopio de la Instalación de Faena y Helipuerto. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.10, DIA y respuesta 1.17, Adenda. Equipos, maquinarias y vehículos Para las actividades de construcción de las obras civiles y montaje de las obras del Proyecto, se utilizará la siguiente maquinaria:
Tabla 4.3.1.3.2: Maquinaria, equipo y vehículos de la Fase de construcción. Maquinaria Potencia (kW) Cantidad Horas de funcionamiento fase construcción (h/fase) Camión tolva 260 2 320 Retroexcavadora 65 2 720 Camión pluma 205 2 1.080 Camión mixer 260 1 900 Rodillo compactador (Subestación) 107 1 240 Vibro compactador 2 2 480 Motoniveladora (Subestación) 104 1 240 Fuente: Tabla 7, Anexo 6, Adenda.
Según se indica en la Tabla 18 de la Adenda, la frecuencia de viajes es de 33 viajes semanales.
Cabe destacar, que el Proyecto no contará con un Taller de mantención de equipos, maquinarias y vehículos, la mantención se realizará fuera del recinto, en talleres autorizados. Sin embargo, el titular exigirá a los contratistas que las actividades de mantención sean realizadas en talleres o centros de mantención debidamente autorizados de los centros urbanos cercanos. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.11, Capítulo 1, DIA y Tabla 7, Anexo 6, Adenda. 4.3.1.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto contempla el despeje de la vegetación sólo en el área de emplazamiento de cada torre, por lo que la superficie de la vegetación sujeta a PAS 148, que se intervendrá será de 0,475 ha, correspondiente en su gran mayoría a las especies Acacia caven, Kageneckia oblonga, Quillaja saponaria, Schinus latifolius y Peumus boldus. Mayores antecedentes Anexo 11 “PAS 148”, Adenda. 4.3.1.5 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.1.5.1 EMISIONES Nombre Descripción Emisiones a la atmósfera En el Anexo 6 “Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda se presenta el estudio de emisiones del proyecto. Las fuentes principales de emisión de material particulado durante la fase de construcción corresponderán a: combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, helicóptero, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, escarpe, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material y acopio. En el punto 2.4 del Anexo 6 de la Adenda, el Titular presenta el cálculo final de las emisiones de la fase de construcción. En la Tabla 108 del citado Anexo, se presenta el resumen de las emisiones de MP10, MP2,5; NOx, Sox y NH3. Según lo indicado en la citada Tabla, y el análisis normativo del artículo 64 del D.S. N°31/2016 del MMA, el proyecto no requiere compensar emisiones en la fase de construcción. Se implementan una serie de medidas, con el fin de reducir las emisiones de material particulado y gases generados por la fase de construcción, dichas medidas se indican en el punto 7.1.1 de la presente RCA. Mayores antecedentes en el Anexo 6 de la Adenda. La Seremi del Medio Ambiente RM en su Oficio Ord. N°066 de fecha 23/01/2023, se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, relacionado a otros temas. 4.3.1.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Residuos líquidos domésticos Los residuos líquidos domésticos corresponden a aquellos generados de servicios higiénicos de la instalación de faenas y baños químicos en frente de trabajo móvil. En relación con los baños químicos, los residuos líquidos serán manejados de acuerdo a lo indicado en el D.S N° 594/1999 MINSAL y se contará con los servicios de una empresa autorizada para estos fines, que cuente con las resoluciones respectivas. Esta empresa estará encargada de mantención, retiro y disposición de las aguas servidas en un lugar autorizado sanitariamente para estos fines. El retiro de los residuos a generar por los baños químicos se efectuará con frecuencia semana (3 veces a lo menos). En el caso de los Servicios higiénicos, se realizará una conexión a sistema de tratamiento de aguas servidas. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la fase de construcción será de aproximadamente 43,2 m3/mes. El Titular exigirá al contratista que durante la fase de construcción se mantenga un registro y copia de los documentos que acrediten la disposición final de los residuos, los cuales se encontrarán disponibles en las oficinas de la instalación de faenas. Mayores antecedentes en el punto 1.7.9.1, Capítulo 1, DIA y Anexo 3-1 “PAS 138”, DIA, Residuos líquidos industriales Lavado de canoas: En el punto 1.27 de la Adenda, el Titular señala que los residuos líquidos del lavado de canoas de camiones mixer se dejarán el tiempo suficiente para generar la evaporación del 100% del líquido, que se desprenda de la mezcla inerte. En la respuesta 1.9 de la Adenda Complementaria, se aportar antecedentes técnicos que acrediten que se evaporará el 100% de las aguas; e indican que, en caso de que parte del líquido no se evapore, se contratará a una empresa autorizada para que realice el retiro. Mayores antecedentes respuesta 1.27, Adenda y la respuesta 1.9, Adenda Complementaria.
Lavado de ruedas: El Titular aclara que, el Proyecto no contempla el lavado de ruedas de camiones. Mayores antecedentes en respuesta 1.26, Adenda. 4.3.1.5.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Ruido Los antecedentes de las emisiones acústicas se presentan en el Anexo 7 “Informe de evaluación impacto ruido y vibraciones” de la Adenda. Al respecto, el Titular identificó 19 receptores, dentro del área de influencia. El detalle de estos se presenta en la Tabla 18 del Anexo 7 de la Adenda; al respecto la menor distancia de los puntos de trabajo a los receptores es de 19 metros y la mayor es de 812 metros. Los receptores corresponden a edificio residencial de 4 pisos, viviendas de 1 piso en sector rural, vivienda de 1 piso en sector agroindustrial y edificaciones de 1 piso en sector agroindustrial. Las fuentes de ruido correspondientes a la fase de construcción corresponderán a: retroexcavadora, camión grúa pluma, camión mixer, vibrocompactador y helicóptero. En la Tabla 31 del Anexo 7 de la Adenda, se presentan los resultados de la modelación para los 19 receptores evaluados en horario diurno para la excavación. Según los resultados presentados en la tabla señalada, el Proyecto cumple con los límites de D.S. N°38/2011 del MMA, al estar bajo los límites máximos permitidos. En las tablas 60 y 61 del Anexo 7 de la Adenda, se presentan los resultados de la modelación para los 19 receptores evaluados en horario diurno para los trabajos de instalación y compactación, respectivamente. Según los resultados presentados en las tablas señaladas, el Proyecto cumple con los límites de D.S. N°38/2011 del MMA con medidas de control, las cuales se detallan en la Tabla 7.1.6 de la presente RCA. Mayores antecedentes en el Anexo 7 de la Adenda. Vibraciones En el Anexo 7 “Informe de evaluación impacto ruido y vibraciones” de la Adenda, se presenta el análisis de las vibraciones del Proyecto en su fase de construcción. Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se utiliza el algoritmo establecido por la Federal Transport Administration (FTA) de Estados Unidos señalado en el documento técnico “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”. En la Tabla 71 del citado Anexo, se presentan los resultados de las vibraciones para molestia y daño estructural, en ambas, se da cumplimiento a la normativa de referencia utilizada, con medidas de control, dado que los niveles de velocidad de vibración (Lv) estimados en los receptores R15, R18 y R19 se encuentran sobre el criterio de evaluación de molestia. El titula deberá utilizar un compactador con un nivel PPV no mayor de 76 VdB a 25 pies, en el sector en torno a los receptores R15 a R19. Mayores antecedentes en el Anexo 7 de la Adenda. Al respecto, la Seremi de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 2671 de fecha 30/08/2022. 4.3.1.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.3.1.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios Estos residuos corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina. Se generará un máximo de 270 kg/mes (0,27 ton/mes) de residuos asimilables a domiciliarios en la fase de construcción, lo que equivale a 4,05 toneladas de residuos para la fase de construcción, ya que esta fase durará 15 meses. Todos estos residuos serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y cerrados con tapa, los cuales serán acopiados en la zona de almacenamiento temporal de residuos domiciliario, la que se encontrará en la instalación de faenas, para luego ser retirados como 2-3 veces a la semana dependiendo de su generación. La empresa encargada del retiro periódico de los residuos contará con resolución sanitaria para el manejo y transporte, además acreditará la disposición final de los residuos en un sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes en el punto 1.7.8.1, Capítulo 1, DIA y en el Anexo 3-2 “PAS 140”. DIA. Residuos sólidos industriales no peligrosos Los residuos sólidos industriales no peligrosos, generados corresponden principalmente a: restos de embalaje, resto metálicos, escombros, plásticos y maderas. Se estima una cantidad de generación de 1,97 ton/mes, lo que equivale a 29,55 toneladas durante toda la fase de construcción. Estos residuos serán almacenados a granel, debidamente segregados por tipo en la zona de acopio de residuos industriales no peligrosos. La frecuencia de retiro dependerá de la tasa de generación conforme a las obras asociadas a la fase de construcción, no obstante, como se estima una baja generación de este tipo de residuos, se considera una frecuencia de retiro trimestral o según necesidad. El destino final será relleno sanitario autorizado o reciclaje. Mayores antecedentes en el punto 1.7.8.2, Capítulo 1, DIA y en el Anexo 3- 2“PAS 140”. DIA 4.3.1.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos peligrosos Los residuos peligrosos (RESPEL) generados durante la fase de construcción corresponden, principalmente, a envases pinturas, diluyentes, tarros contaminados con pintura asfáltica, y EPP y tierra contaminados, los cuales serán almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para posteriormente ser retirados y dispuestos en sitios autorizados. En la bodega de almacenamiento temporal, los residuos serán almacenados en recipientes herméticamente cerrados los cuales se encontrarán debidamente identificados mediante su correspondiente etiquetado (rombos de seguridad). En la medida que se vaya estableciendo el patrón de generación de los residuos sólidos peligrosos se establecerá el Plan de Frecuencia de Retiro y envío a destino final, cuyo periodo de retiro no será superior a 6 meses y su destino final será en relleno de seguridad autorizado. La caracterización cualitativa y cuantitativa de residuos generados por el Proyecto se resume en la siguiente tabla: Tabla 4.3.1.6.2.1: Cuantificación de residuos peligrosos para la fase de construcción. Residuo Cantidad (kg/mes) Envases de pintura 50,0 Envase de diluyentes 16,7 Tarros contaminados con pintura asfáltica 16,7 EPP contaminado con hidrocarburos 50,0 Tierra contaminada con hidrocarburos 83,3 Total 216,7 Fuente: Tablas 4, Anexo 2-1, Adenda.
Mayores antecedentes en el punto 1.7.8.2, Capítulo 1, DIA y en el Anexo “Actualización PAS 142”, Anexo 2-1, Adenda. 4.3.1.6.3 PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE Combustible Durante la fase de construcción se requerirá de combustible diésel para el funcionamiento de los grupos electrógenos u otra maquinaria o equipo. Se estiman en promedio almacenar 40 litros semanalmente en la bodega de sustancias peligrosas de la instalación de faenas, los cuales serán surtidos mediante bidones de 20 litros. El abastecimiento será directamente en estaciones de servicios cercanas al Proyecto. Mayores antecedentes en el punto 1.7.5.7, DIA y Respuesta al punto 1.11, Adenda. Sustancias peligrosas Durante la construcción del Proyecto se considera la utilización de sustancias peligrosas, las cuales serán almacenadas en una bodega existente y en cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N° 43/2015 MINSAL (Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas); y a las normas chilenas NCh 382 of. 2004 y NCh 2190 of. 2019 respecto de su clasificación y señalización respectivamente. Los detalles de las sustancias químicas a almacenar se presentan en la siguiente Tabla y en el Anexo 1-6 del presente Capitulo se adjuntan sus Hojas de Seguridad (HDS):
Tabla 4.3.1.6.3.1. Sustancias peligrosas a utilizar en la Fase de construcción. Sustancia Cantidad Pinturas (señalética, carteles y otros) 20 l Pinturas en aerosol 30 unidades de 125 ml Impermeabilizantes 800 l Diluyente de pinturas 20 l Fuente: Respuesta al punto 1.11, Adenda.
El transporte de este tipo de sustancia se realizará por tercero autorizado y el almacenamiento se realizará en la bodega de sustancias peligrosas. Mayores antecedentes en la respuesta 1.11, Adenda y punto 1.7.10.1, DIA. Mayores detalles sobre la fase de construcción en capítulo 4.6 del ICE. 4.3.2 FASE DE OPERACIÓN 4.3.2.1 PARTES Y OBRAS Nueva Línea 2X110 kV Alto Melipilla – Bajo Melipilla tendido del primer circuito El Proyecto corresponde a la construcción de una nueva Línea de Transmisión Eléctrica. Las características de la línea se indican en la siguiente tabla: Tabla 4.3.2.1.1: Características técnicas de la línea de transmisión. Detalle Característica Tensión Nominal 110 kV Capacidad de transmisión Máxima total 90 MVA Longitud 7,7 km Números de Circuitos 1 Números de Fases 3 Números De estructuras 47 Franja de seguridad de Línea 20 mts (promedio) Punto de Conexión de la Línea SE Alto Melipilla – SE Bajo Melipilla Fuente: Tabla 10, Adenda.
La línea está compuesta por 5 portales de doble poste y 38 estructuras soportantes. Cada una de las estructuras se describen a continuación. Caminos de acceso proyectados a estructuras: El Proyecto contempla la habilitación de caminos de accesos al lugar de emplazamiento de las estructuras de apoyo de la Línea de Transmisión Eléctrica, los que serán habilitados durante las faenas constructivas y se mantendrá durante toda la fase de Operación del Proyecto. Los caminos serán habilitados mediante escarpe del suelo natural y posterior compactación de este, contando con una longitud total de 5.120 metros, un ancho promedio de 6 metros aproximadamente, y una superficie de 3,07 ha. En el Anexo 3.2 de la Adenda se presentan los caminos de acceso a las torres de la Línea de Transmisión Eléctrica. Estructuras que conforman la LTE: Para la materialización de la línea de transmisión se utilizarán 5 portales de doble poste y 38 estructuras metálicas de acero galvanizado autosoportante de forma tronco piramidal. En el punto destinado a cada estructura se hará la excavación necesaria, cuidando siempre de no afectar los terrenos cercanos. Se emplearán máquinas excavadoras y métodos manuales.
Fundaciones: Cada torre del trazado considera profundidad de enterramiento máxima de 2,9 m la cual requerirá de una fundación en terreno. Además, para entregar estabilidad a las estructuras, se realizarán fundaciones de hormigón armado, con la finalidad de que éstas puedan soportar los esfuerzos a los cuales serán sometidas. La estabilidad de las fundaciones será verificada a través de los procedimientos estándar de análisis de estabilidad, a modo que cumplan con los factores de seguridad normados. El proyecto considera la estabilización de estructuras autosoportantes en el terreno, que se realizará a través de fundaciones independientes para cada una de las patas de las torres. Estas fundaciones serán de hormigón H25 armado, contra emplantillado H10, las cuales serán ejecutadas en zapatas o pilas. Las pilas consisten en elementos cilíndricos verticales moldeados en hormigón armado.
Conductores: El Proyecto considera la instalación de un circuito de 110 kV con conductores de alta capacidad, tipo AAAC CAIRO de 235,8 mm2 y un cable guardia tipo OPGW (AFL global). A continuación, se entregan las especificaciones técnicas de cada uno de los conductores. ● Conductor de alta tensión: Los conductores son elementos de metal (cables de aluminio) que conducen la energía de un extremo a otro. Para el tendido del circuito se empleará el conductor AAAC CAIRO con un diámetro de 19,88 mm, el cual presentan un buen comportamiento y una buena holgura respecto a los límites y pérdidas determinadas. El conductor de la línea proyectada presentará las siguientes características técnicas:
Tabla 4.3.2.1.2: Características del conductor de fase considerado para el diseño. Tipo AAAC CAIRO Calibre 465,4 MCM Número de hebras 19 Sección total 235,80 mm2 Diámetro del conductor 19,88 mm Peso unitario 0,638 kg/m Tensión de rotura 6.939 kg Coeficiente de dilatación línea 0,000023 (1/°C) Fuente: Tabla N° 1-30 Capítulo 1, DIA. ● Conductor guardia: Se contempla un cable de guardia tipo Optical Ground Wire (OPGW), a lo largo de toda la longitud de la línea, el cual consiste en un cable de menor diámetro que el conductor, cuyo propósito es actuar como pararrayos (protección) y transmitir datos entre las dos subestaciones que unen la Línea de Transmisión Eléctrica (Subestación Eléctrica Alto Melipilla y Subestación Eléctrica Bajo Melipilla), protegiendo de esta manera los conductores y aisladores. Las características del cable de guardia a emplear serán las siguientes:
Tabla 4.3.2.1.2: Características del cable guardia. Tipo OPGW (AFL global) Código CC-29/29/465 Sección 80,81 mm2 Número de hilos 48 Carga de ruptura 4.883 kgf Diámetro total del cable 11,80 mm Peso unitario 0,354 kg/m Capacidad de cortocircuito 54 kA2s Resistencia AC 25°C 0,534814 Ω/km Fuente: Tabla N° 1-31, Capítulo 1, DIA
El cable de guardia, al igual que los conductores, requiere de ferretería adecuada para su montaje en las estructuras. Para este caso, y considerando que el cable de guardia no se encuentra a potencial como los conductores, el montaje de este en las estructuras se realizará a través de grampas basculantes y grampas pernadas conectadas directamente a las torres.
Aisladores: Los aisladores tienen como función sujetar mecánicamente a los conductores que forma parte de la Línea de Transmisión eléctrica, manteniéndolos aislados de tierra y de otros conductores. A continuación, se presentan las características de los aisladores utilizados por el Proyecto.
Tabla 4.3.2.1.3: Características generales de los aisladores. Descripción Aisladores Suspensión Anclaje Norma IEC Tipo Antiniebla (Fog) Material Vidrio templado Tipo de acoplamiento Boja y Rotula Terminal extremo de la Torre Rotula Terminal extremo de la Conductor Bola Tipo de chavera Split pin Material de chavera Acero Inoxidable Dimensión de acoplamiento 16A Diámetro nominal 280 mm Espaciamiento 146 mm Distancia de fuga 445 mm Protección contra la corrosión Golilla de zinc en el vástago Nº aisladores por cadena 7 8 Tensión Soportada frecuencia industrial seco (1) 380 kV 425 kV Tensión Soportada frecuencia industrial (1) húmedo 240 kV 270 kV Tensión Soportada Impulso (1) 600 kV 680 kV Resistencia mecánica del aislador 70 kN 120 kN Fuente: Tabla N°1-32, Capítulo 1, DIA.
Puesta a tierra: Se contemplan puestas a tierra por cada estructura, con el desarrollo de una malla y ampliación con pletina de acero galvanizada.
Franja de seguridad: Es un área variable que tiene por objeto asegurar las distancias eléctricas y otros aspectos de seguridad exigidos por el Reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica, D.S. N°109/2017 del Ministerio de Energía. En esta área no se pueden instalar construcciones de ningún tipo conforme a lo establecido en el Art. 5.1.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. N°47/1992 MINVU). Las principales variables utilizadas para la determinación del ancho de esta faja se establecen sobre la base del voltaje de la Línea, la oscilación de los cables, el largo del vano entre estructuras y la distancia de seguridad respecto de los árboles. La Franja de seguridad tendrá un ancho promedio de 20 metros, considerando un promedio 10 metros a cada lado de la línea. Se precisa que, el ancho mínimo de la franja corresponde a 11,95 metros y el ancho máximo corresponde a 35,48 metros. Esta información, se encuentra disponible en la columna “B” del documento Excel que se adjunta el Anexo 14 de la Adenda Complementaria. Mayores antecedentes en la respuesta 1.6, Adenda Complementaria La superficie de la línea eléctrica (franja de seguridad) corresponderá a 230.387 m2. Mayores antecedentes en la 1.6.2.1, Capítulo 1, DIA y Respuesta al punto 1.3, Adenda y Anexo 3.2, Adenda. Obras a realizar en Subestación Eléctrica Alto y Bajo Melipilla El Proyecto requiere realizar actividades que permitan la conexión de la Nueva Línea 2X110 kV Alto Melipilla – Bajo Melipilla tendido del primer circuito con las Subestación Eléctrica Alto Melipilla y Subestación Eléctrica Bajo Melipilla, para lo cual se construirá un pórtico en cada una de las subestaciones y que permitirá conectarse a cada una de las subestaciones.
Tabla 4.3.2.1.4: Coordenadas geográficas de puntos de apoyo de la Línea de Transmisión Eléctrica. Subestación Coordenadas UTM WGS 84 19S Altura estructura Este Norte Alto Melipilla 292.574 6.269.886 10,22 m Bajo Melipilla 295.775 6.269.148 11,93 m Fuente: Tabla N°1-36, Capítulo 1, DIA.
Adicionalmente, el Proyecto considera la instalación y conexión de una serie de equipos que permitirán dar conexión y operatividad a la Nueva Línea 2x110 kV Alto Melipilla – Bajo Melipilla tendido del primer circuito con las Subestación Eléctrica Alto Melipilla y Subestación Eléctrica Bajo Melipilla. En las siguientes Tablas se presentan los equipos a implementar en cada una de las Subestación Eléctrica existentes.
Tabla 4.3.2.1.5: Equipos a implementar en Subestación Eléctrica Alto Melipilla 110 kV. Subestación Alto Melipilla 110 kV Ítem Cant. Descripción 1 3 Pararrayos UR=96 kV, Uc= 77 kV, 20 KA, BIL 550 kV 2 3 Transformador de Potencial Inductivo 123 kV, BIL 550 k 115/√3 Enrollado secundario: (115/√3) V, CL: 0,2; VA: 5 Enrollado secundario: (115/√3) V, CL: 3P; VA: 5 3 1 Desconectador Trifásico Horizontal de Apertura Central, 123 kV, 3150 A, 40 kA con puesta a Tierra Motorizado, BIL: 550 kA 4 1 Interruptor de Poder trifásico 123 kV, 3150A, 40 kA, BIL: 550 kV 5 3 Transformador de Corriente, 123 kV, 500:5-5-1-1-1A, BIL 550 kV N1: CL,0,2s FS5, 15 VA N2: CL,0,2s FS5, 115 VA N3: 5P20, 30 VA N4: 5P20, 30 VA N3: 5P20, 30 VA 6 1 Desconectador Trifásico Horizontal de Apertura Central, 123 kV, 3150 A, 40 kA sin puesta a Tierra Motorizado, BIL: 550 kA 1 3 Pararrayos UR=96 kV, Uc= 77 kV, 20 KA, BIL 550 kV Fuente: Tabla N°1-37, Capítulo 1, DIA.
Tabla 4.3.2.1.6: Equipos a implementar en Subestación Eléctrica Bajo Melipilla 110 kV. Subestación Bajo Melipilla 110 kV Ítem Cant. Descripción 1 3 Pararrayos UR=96 kV, Uc= 77 kV, 20 KA, BIL 550 kV 2 3 Transformador de Potencial Inductivo 123 kV, BIL 550 k 115/√3 Enrollado secundario: (115/√3) V, CL: 0,2; VA: 5 Enrollado secundario: (115/√3) V, CL: 3P; VA: 5 3 1 Desconectador Trifásico Horizontal de Apertura Central, 123 kV, 3150 A, 40 kA con puesta a Tierra Motorizado, BIL: 550 kA 4 1 Interruptor de Poder trifásico 123 kV, 3150A, 40 kA, BIL: 550 kV 5 3 Transformador de Corriente, 123 kV, 500:5-5-1-1-1A, BIL 550 kV N1: CL,0,2s FS5, 15 VA N2: CL,0,2s FS5, 115 VA N3: 5P20, 15 VA N4: 5P20,15VA N3: 5P20, 15 VA 6 1 Desconectador Trifásico Horizontal de Apertura Central, 123 kV, 3150 A, 40 kA sin puesta a Tierra Motorizado, BIL: 550 kA 7 7 Aislador de Pedestal Station Post, Clase 123 kV, BIL 123 kV Fuente: Tabla N°1-38, Capítulo 1, DIA. En la Figura N°1-18 y en la Figura N° 1-19 del Capítulo 1 de la DIA, se presenta la localización de los equipos y pórtico en las Subestación Eléctrica Alto y Bajo Melipilla, respectivamente. La superficie que utilizarán los equipos en la Subestación Alto Melipilla será de 82 m2 y para la Subestación Bajo Melipilla será de 94 m2. Mayores antecedentes en la 1.6.2.2, Capítulo 1, DIA y Respuesta al punto 1.3, Adenda. 4.3.2.2 ACCIONES Actividades de mantención y conservación Las Actividades de mantención y conservación son:
Mantenimiento preventivo básico: El mantenimiento preventivo se llevará a cabo sobre la base de las anomalías que se detecten en las actividades de inspección. Este se realizará una y/o dos veces al año y comprende limpieza de equipos e instalaciones, inspección y reapriete de equipos, aisladores, tendido de cables y estructuras eléctricas, mediciones y chequeo (según catálogos) de cada equipo. En la respuesta 1.7 de la Adenda Complementaria, se precisa que las visitas se realizarán en un promedio de dos (2) veces al año, o ante requerimientos especiales como los indicados anteriormente. Cada vez que se realicen estas visitas se llevarán un registro que considere al menos la siguiente información que se presenta en la siguiente Tabla 4 “Registro de actividades de mantención” de la Adenda Complementaria. Este registro estará a disposición del personal de trabajo y se mantendrá archivado en el sistema SAP del área de operaciones y mantenimiento de la compañía, en caso de que la autoridad lo requiera. De igual forma, en el Anexo 15 de la Adenda Complementaria se presenta el documento de registro a utilizarse para estas labores de mantención. En la respuesta 1.19 de la Adenda, se indica que las actividades de mantenimiento asociadas a huellas de acceso existentes vinculadas a cada torre, corresponden a inspecciones que serán realizadas cada vez que sea necesario; considerando, eventos importantes de lluvia, derrumbes por eventos fuera del alcance del proyecto, sismos, entre otros.
Mantenimiento correctivo programado: Considera reparaciones a las instalaciones del Proyecto cuando se detecten fallas que comprometan la transmisión de energía. En algunos casos es posible que se requiera el empleo de una mayor cantidad de personal y/o maquinaria pesada. La envergadura de estas reparaciones dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía detectada y resultan directamente de la ejecución de los trabajos que se incluyen en las mantenciones preventivas. ● Reemplazo de aislación dañada. ● Reemplazo de placas de peligro de muerte y señalización. ● Reposición de perfiles metálicos sustraídos y/o dañados. ● Reparación de conductor, aplicando armaduras preformadas y/o uniones a compresión. ● Reemplazo de separadores/amortiguadores de vibraciones dañada. ● Reparación de filtración de aceite en equipos eléctricos en subestaciones. Para lo anterior, se estima de manera extraordinaria, utilizar una camioneta 4x4 y un camión pluma o hidroelevador, según corresponda, con un número de personal estimado de 6 trabajadores para cada maniobra de reemplazo o reparación.
Mantenimiento contra falla: Si llegaran a existir accidentes, daños generados por atentados cometidos por terceros o por fenómenos naturales, será necesario realizar reparaciones de emergencia y eventualmente pueden requerir la concurrencia de personal autorizado, para la ejecución de maniobras de apertura y/o cierre de equipos, comprobación del estado de estos, lecturas de diversas variables eléctricas y otras actividades relacionadas con la operación del sistema. El titular señala basado en su experiencia, que la ocurrencia de una emergencia que requiera un mantenimiento mayor es un evento de muy baja frecuencia y probabilidad. En la Tabla N°1-79 del Capítulo 1 de la DIA se presenta el cronograma anual de las actividades de mantención a desarrollar en la Línea de Transmisión Eléctrica durante la fase de operación del Proyecto. Es importante señalar que el mantenimiento contra falla corresponde a eventos inesperados y no planificados que pueden afectar a cualquier tipo de equipo o material, por lo cual dificulta establecer el detalle de las actividades a desarrollar, sin embargo, se estima el mantenimiento 2 vez al año y tendrá una duración de 2 días.
Mayores antecedentes en los puntos 1.8.1.1, 1.8.1.2, 1.8.1.3, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.20, Adenda, Respuesta 1.19, Adenda, Respuesta 1.7, Adenda Complementaria. 4.3.2.3 SUMINISTROS BÁSICOS Agua Durante la fase de operación se requerirá de agua potable para cubrir las necesidades de agua de consumo de trabajadores, este suministro cumplirá con lo establecido en el D.S. N°594/1999 MINSAL, en cuanto a cantidad y calidad. El abastecimiento de agua potable se realizará a través de botellas de agua por empresas autorizadas y especialistas en dicho servicio de abastecimiento. Esta cumplirá con lo establecido en la NCh 409 (requisitos físicos, químicos y bacteriológicos), según lo establecido en el Artículo 12, 13, 14 y 15 del D.S. N° 594/1999 MINSAL. El consumo de agua domestico será de 0,4 m3/día y será adquirida al comercio local (agua embotellada). Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.1, Capítulo 1, DIA y en la Tabla 15, Adenda. Agua industrial No se requiere. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.2, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.28 y tabla 15, Adenda Servicios Higiénicos En la Fase de operación, se requiere de instalaciones higiénicas para abastecer los requerimientos sanitarios de los trabajadores; para ello se utilizarán baños químicos. La cantidad y disposición de baños químicos se desarrollará cumpliendo los requisitos señalados en los artículos 24 y siguientes del D.S. N° 594/1999 MINSAL. Se mantendrá un registro de las mantenciones de los sanitarios químicos utilizados. Dicho registro contendrá: fecha de limpieza, nombre y firma del operador que realiza el servicio (empresa proveedora) y cantidad de sanitarios a los que se les realizó mantención. Este registro estará disponible para la Autoridad Sanitaria cuando ésta lo requiera. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.3, Capítulo 1, DIA. Energía eléctrica No se contempla la utilización de energía eléctrica. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.4, Capítulo 1, DIA. Alimentación No se contempla. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.5, Capítulo 1, DIA. Alojamiento No se contempla. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.6, Capítulo 1, DIA. Áridos No se contempla. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.8, Capítulo 1, DIA. Hormigón No se contempla. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.9, Capítulo 1, DIA. Equipos, maquinarias y vehículos Los flujos de transporte de la fase de operación del proyecto serán prácticamente nulos, debido a que la naturaleza de la instalación no requiere de operarios directos sino mantenciones dos veces al año, las que se realizarán involucrando traslado en una camioneta y eventualmente (si se requiere) un camión grúa; viajes que serán realizados por caminos habilitados, sin la necesidad de generar nuevas rutas. En la respuesta 1.12 de la Adenda Complementaria, se confirma que el total de viajes será de 4 anuales (camioneta 4x4). Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.10, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.12 de la Adenda Complementaria. 4.3.2.4 PRODUCTOS GENERADOS El Proyecto no corresponde a una actividad productiva, sino a un servicio, como es el transporte de energía a través de la Línea de Transmisión eléctrica. En consecuencia, no hay generación de productos y materiales. Mayores antecedentes punto 1.8.7, Capítulo 1, DIA. 4.3.2.5 RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales. Mayores antecedentes punto 1.8.8, Capítulo 1, DIA. 4.3.2.6 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.2.6.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Emisiones En el Anexo 6 “Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda se atmosféricas presenta el estudio de emisiones del proyecto. Las fuentes principales de emisión de material particulado durante la fase de operación corresponderán a: combustión motora vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. En el punto 2.4 del Anexo 6 de la Adenda, el Titular presenta el cálculo final de las emisiones de la fase de operación. En la Tabla 108 del citado Anexo, se presenta el resumen de las emisiones de MP10, MP2,5; NOx, SOx y NH3. Según lo indicado en la citada Tabla, y el análisis normativo del artículo 64 del D.S. N°31/2016 del MMA, el proyecto no requiere compensar emisiones en la fase de operación. Se implementan una serie de medidas, con el fin de reducir las emisiones de material particulado y gases generados por la fase de operación, las cuales se detallan en el punto 7.1.1 de la presente RCA. Mayores antecedentes en el Anexo 6 de la Adenda. La Seremi del Medio Ambiente RM en su Oficio Ord. N°066 de fecha 23/01/2023, se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, relacionado a otros temas. 4.3.2.6.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Residuos líquidos domésticos Se generarán residuos líquidos domésticos durante la fase de operación producto de la utilización de los baños químicos del personal que realizará las actividades de inspección y mantención de la Línea de Transmisión Eléctrica. Las aguas servidas generadas serán manejadas de acuerdo con lo indicado en el D.S N°594/1999 MINSEGPRES y se contará con los servicios de una empresa autorizada para estos fines, que cuente con las resoluciones respectivas. Esta empresa estará encargada de la mantención, retiro y disposición de las aguas servidas en un lugar autorizado sanitariamente para estos fines. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas será de aproximadamente 0,32 m3/día. El Titular exigirá al contratista que durante la Fase de Operación se mantenga un registro y copia de los documentos que acrediten la disposición final de los residuos. Mayores antecedentes punto 1.8.11.1, Capítulo 1, DIA. Residuos industriales líquidos No se considera. Mayores antecedentes punto 1.8.11.2, Capítulo 1, DIA. 4.3.2.6.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Ruido Los antecedentes de las emisiones acústicas se presentan en el Anexo 7 “Informe de evaluación impacto ruido y vibraciones” de la Adenda. Al respecto, el Titular identificó 19 receptores, dentro del área de influencia. El detalle de estos se presenta en la Tabla 18 del Anexo 7 de la Adenda; al respecto la menor distancia de los puntos de trabajo a los receptores es de 19 metros y la mayor es de 812 metros. Los receptores corresponden a edificio residencial de 4 pisos, viviendas de 1 piso en sector rural, vivienda de 1 piso en sector agroindustrial y edificaciones de 1 piso en sector agroindustrial. Durante la operación, el ruido generado por la LEAT podría ser posible la percepción de un fenómeno eléctrico denominado “Efecto Corona”. Dado que la línea de conexión del proyecto es de una tensión de 110 kV, se ubica por debajo del umbral de percepción que se produce en LEAT desde 230kV se consideran como imperceptibles las posibles emisiones de ruido debidas a la operación de dicha línea, por lo tanto, no se incluye en las modelaciones de la fase de operación. En la Tabla 63 del Anexo 7 de la Adenda, se presentan los resultados de la modelación para los 19 receptores evaluados para la fase de operación. Según los resultados presentados en la tabla señalada, el Proyecto cumple con los límites de D.S. N°38/2011 del MMA. Mayores antecedentes en el Anexo 7 de la Adenda. Al respecto, la Seremi de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 2671 de fecha 30/08/2022. 4.3.2.6.4 OTRAS EMISIONES Campos electromagnéticos En el Anexo 2-15 “Campos Electromagnéticos” de la DIA, se presenta el estudio de Campo electromagnético del proyecto. Se utilizaron los siguientes límites: ● ICNIRP Guidelines for limiting exposure to time‐varying electric and magnetic fields, International Commission on Non‐Ionizing Radiation Protection. ● Pliego Técnico Normativo RPTDN°07, [4] dictado por Resolución Exenta Nº 33.277, de fecha 10/09/2020, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. ● Association canadienne de normalisation, Valeurs limites et methods de mesure du bruit électromagnétique (0,15 à 30 MHz) produit par les reseaux de courant alternatif. CAN3-C108.3.1 – M84. Octobre 1984.Reaffirmed 2009. En las tablas 1-10 y 1-11 del Anexo 2-15 de la DIA se muestran los resultados obtenidos en las modelaciones efectuadas; al respecto se concluye que durante la fase de operación el proyecto satisface la normativa referente a campo electromagnético de baja frecuencia y alta frecuencia, tanto como valores propios como en interacción con líneas existentes de distintos voltajes. Mayores antecedentes en el Anexo 2-15 de la Adenda. Al respecto, la Seremi de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 2671 de fecha 30/08/2022. 4.3.2.7 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.3.2.7.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios Estos residuos corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina. En la fase de operación del proyecto, se estima que los volúmenes de residuos sólidos generados serán casi nulos, ya que el proyecto no requiere de operarios, excepto en las mantenciones preventivas. Se estima una generación de 2,0 kg/día de estos residuos, lo que serán retirados de forma inmediata una vez terminadas las actividades de mantención. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención, en ellas exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI respectiva. Mayores antecedentes punto 1.8.10.1, Capítulo 1, DIA. Residuos sólidos industriales no peligrosos Los residuos sólidos industriales no peligrosos, generados durante esta fase provendrán de las actividades de mantenimiento de la Línea de Transmisión Eléctrica, los que corresponden a residuos del reemplazo de equipamiento o infraestructura en mal estado, como, por ejemplo, aisladores, cables, restos metálicos, entre otros. Se estima una generación de 100 kg/año, el cual el personal a cargo de la mantención se encargará de segregar los residuos y posteriormente trasladarlos hacia un sitio de disposición final autorizado, una vez finalizada la jornada laboral. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención, en ellas exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI respectiva. Mayores antecedentes punto 1.8.10.2, Capítulo 1, DIA. 4.3.2.7.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos peligrosos No se prevé que el Proyecto generará residuos peligrosos (RESPEL) durante la fase de operación, sin embargo, en caso de generarse este tipo de residuos, estos serán retirados inmediatamente por la empresa contratista, para posteriormente ser trasladados a un lugar de disposición final por una empresa autorizada. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención, en ellas exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI respectiva. Respecto a las mantenciones de vehículos y maquinarias, se aclara que estas serán realizadas fuera del área del Proyecto en instalaciones autorizadas para estos efectos, razón por la cual no se contempla la generación de residuos peligrosos debido a esta actividad. Mayores antecedentes punto 1.8.10.2, Capítulo 1, DIA y punto 2, Anexo 2-1 “Actualización PAS 142” de la Adenda. 4.3.2.7.3 PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE Combustible En la fase de operación se necesitará combustible diésel para el abastecimiento de las camionetas de uso en el mantenimiento, el cual será abastecido en estaciones de servicio cercanas. Es importante señalar que no se contempla el almacenamiento de este insumo. Mayores antecedentes en el punto 1.8.6.7, Capítulo 1, DIA. Sustancias peligrosas El Proyecto en evaluación no considera utilizar Sustancias Peligrosas de ningún tipo durante esta fase. Punto 1.9.10.1, Capítulo 1, DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE. 4.3.3 FASE DE CIERRE 4.3.3.1 PARTES Y OBRAS Instalación de faena La Instalación de Faenas corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la Fase de Construcción. Este lugar estará conformado por camarines, oficinas, salas de reuniones, servicios higiénicos, bodega de materiales, taller de enfierradura, taller de carpintería, estacionamientos, patio de acopio, grupo electrógeno, sistema de lavado de camiones, sistema de tratamiento de aguas servidas, bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, bodegas de almacenamientos de residuos peligrosos y bodegas de almacenamientos residuos industriales domiciliarios y no peligrosos. En términos generales, estas instalaciones constituirán el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en los distintos frentes y los servicios de apoyo. La Instalación de Faenas estará emplazada al interior del área de Proyecto y se accederá a ella mediante la utilización del camino interno habilitado al interior del predio. Las coordenadas de la ubicación general de la Instalación de Faenas y el plano de emplazamiento de esta se muestran en el 1.5.2.2 del Capítulo 1 de la DIA, sobre representación cartográfica de las obras temporales. Según se indica en la respuesta al punto 1.3 de la Adenda, la superficie de la instalación de faenas será de 557 m2. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1, Capítulo 1, DIA y Respuesta al punto 1.3, Adenda. Camarines La instalación de faenas contará con camarines y estarán destinados sólo para efectos de proporcionar el espacio necesario para que el personal pueda hacer un cambio de ropa en caso de emergencia. Según se indica en la Tabla 5 de la Adenda, los camarines corresponden a un container de acero, con terminaciones de interior, climatizadas y presurizadas, la superficie será de 15 m2 y tendrá una capacidad para 20 personas. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.1: Coordenadas geográficas de los Camarines. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.686 6.269.858 V2 292.683 6.269.859 V3 292.685 6.269.863 V4 292.688 6.269.862 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.1, Capítulo 1, DIA y Tabla3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Oficinas y sala de reuniones La instalación de faenas contará con oficinas y sala de reuniones de tipo modular para el personal administrativo-operativo que se encargue de las diversas actividades y servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Estas oficinas contarán con equipos computacionales, mobiliario, medidas de seguridad y todos los implementos necesarios para el personal administrativo. Los contenedores utilizados para las oficinas tendrán sistema de nivelación y se instalarán sobre durmientes o fundaciones sobrepuestas en el terreno, no requiriéndose movimientos de tierra significativos. Según se indica en la Tabla 5 de la Adenda, las oficinas y sala de reuniones corresponden a un tipo container de acero, con terminaciones de interior, climatizadas y presurizadas. Consiste en 3 salas de reuniones. La superficie total de esta obra será de 15 m2 y las oficinas tendrán una capacidad de 4 puestos de trabajo. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.2: Coordenadas geográficas de las Oficinas y Sala de Reuniones. Obra Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) Oficina 1 V1 292.712 6.269.846 V2 292.709 6.269.847 V3 292.711 6.269.852 V4 292.714 6.269.851 Oficina 2 V1 292.700 6.269.851 V2 292.697 6.269.852 V3 292.699 6.269.857 V4 292.702 6.269.856 Oficina ITO V1 292.707 6.269.848 V2 292.704 6.269.849 V3 292.706 6.269.854 V4 292.709 6.269.853 Sala de reuniones V1 292.694 6.269.849 V2 292.691 6.269.850 V3 292.695 6.269.859 V4 292.698 6.269.858 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.2, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de materiales Corresponde a un container modular de acero, de una superficie de 15 m2 y una capacidad de 10 m3. Esta área es para el acopio de materiales de excavación, para su utilización posteriormente en las obras de construcción. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.3: Coordenadas geográficas de la Bodega de materiales. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.709 6.269.820 V2 292.706 6.269.821 V3 292.708 6.269.826 V4 292.711 6.269.825 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.4, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Taller de enfierradura Corresponde a una obra donde se desarrollarán actividades como perforaciones mecánicas, trabajos de corte, soldaduras, entre otros, mediante herramientas mecánicas. Consiste en un sitio techado, con disponibilidad de energía eléctrica y mesones de madera para al menos dos puestos de trabajos. Su superficie es de 12 m2. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.4: Coordenadas geográficas del Taller de enfierradura. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.715 6.269.832 V2 292.713 6.269.833 V3 292.715 6.269.838 V4 292.717 6.269.837 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.5, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Taller de carpintería El Taller de carpintería que se ubicará al interior de la instalación de faenas, corresponde a una obra donde se desarrollarán actividades de corte de madera mediante herramientas mecánicas. Consiste en un sitio techado, con disponibilidad de energía eléctrica y mesones de madera para al menos dos puestos de trabajos. Su superficie es de 12 m2. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.5: Coordenadas geográficas del Taller de carpintería. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.718 6.269.838 V2 292.716 6.269.839 V3 292.718 6.269.844 V4 292.720 6.269.844 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.6, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Estacionamientos Corresponde a un área de estacionamiento de vehículos livianos que abarcará una superficie de 300 m2, para exclusivo uso del personal administrativo- operativo que se encargue de las instalaciones y servicios requeridos para el Proyecto. Consiste en un sitio desprovisto de vegetación u otro elemento que interfiera el libre tránsito. Para su delimitación, se instalará un cerco perimetral con la respectiva señalización. La superficie será de 30 m3 y tiene una capacidad de 10 vehículos. Tabla 4.3.3.1.6: Coordenadas geográficas de los Estacionamientos. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.671 6.269.835 V2 292.662 6.269.840 V3 292.675 6.269.867 V4 292.684 6.269.863 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.7, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Patio de acopio Corresponde a un área dentro de la instalación de faenas, donde se almacenarán las estructuras y piezas de las distintas torres que conformará la Línea de Transmisión Eléctrica, las que serán distribuidas sobre el piso. Es un sitio desprovisto de vegetación u otro elemento que interfiera en la disposición de equipos y materiales de mayor envergadura. Para su delimitación, se instalará un cerco perimetral con la respectiva señalización. Utilizará una superficie de 30 m2, y una capacidad de 10 m3. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.7: Coordenadas geográficas del Patio de acopio. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.712 6.269.825 V2 292.703 6.269.829 V3 292.704 6.269.832 V4 292.713 6.269.828 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.8, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Grupo electrógeno Al interior de la instalación de faenas se habilitará un área de 2 m2 para el grupo electrógeno que brindará energía eléctrica durante las fases de construcción y cierre del Proyecto. El sitio contará con un radier de hormigón con pretiles de contención para posibles derrames, techado y cercado con perfiles estructurales y malla para restringir el acceso. La capacidad será de 1 grupo electrógeno. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.8: Coordenadas geográficas del Grupo electrógeno. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.692 6.269.860 V2 292.694 6.269.859 V3 292.694 6.269.859 V4 292.692 6.269.859 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.9, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Sistema de lavado camiones La instalación de faenas contará con un sistema de lavado de camiones para el manejo de los residuos industriales líquidos producto del lavado de canoas, los cuales serán descargados en tambores de 200 litros de material resistente e impermeable, dispuestos sobre una base que tendrá una geomembrana impermeabilizante de polietileno de alta densidad en toda la extensión en donde se localizará la canoa de camiones, la cual sobresaldrá de éste en al menos 1 metro en cada dirección. Esta membrana deberá ser ubicada sobre una especie de marco de madera, en un sector sin pendiente, llano y liso para evitar cortes en la membrana y dispersión de líquidos por pendiente, que, utilizando sus bordes, generará una clase de bandeja contenedora, que se encargaran de contener los líquidos e impedir la infiltración. El lodo sedimentado y seco será dispuesto en un botadero autorizado. Una vez utilizada la membrana será removida, retirada y reemplazada por una nueva carpeta. El lavado se realizará inmediatamente después de realizada la disposición del hormigón para evitar derrames. La superficie que utilizará será de 15 m2 y su capacidad es de 1 camión. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.9: Coordenadas geográficas del Sistema de lavado camiones. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.675 6.269.834 V2 292.673 6.269.835 V3 292.675 6.269.840 V4 292.677 6.269.839 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.10, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de sustancias peligrosas Durante la construcción del Proyecto se utilizarán sustancias peligrosas las cuales serán almacenadas en una bodega habilitada especialmente para ello y en cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N°43/2015 MINSAL (Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas), y a las normas chilenas NCh 382. Of. 2004 y NCh 2190 Of. 2019, referentes a la clasificación y señalización de dichas sustancias respectivamente. Además, contará con sus correspondientes hojas de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas, las que estarán a disposición de quienes las manejan de acuerdo con la NCh 2245 of 2003. La superficie de esta bodega será de 4 m2 y su capacidad se limitará a 2 m3. El tipo de sustancias a almacenar será de Pinturas, pinturas en aerosol, impermeabilizantes y diluyentes de pinturas. Las características constructivas y de diseño son: ● El cierre perimetral estará diseñado por muros, resistentes a la acción del agua. ● La bodega será cerrada y contará con techumbre que la protejan de las condiciones ambientales. ● La bodega de sustancias peligrosas tendrá un piso sólido, liso e impermeable y no poroso, su diseño y características de construcción se ajustará a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y construcción (OGUC). Tendrá un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer áreas adyacentes. A continuación, se entregan las coordenadas geográficas: Tabla 4.3.3.1.10: Coordenadas geográficas de la Bodega de sustancias peligrosas. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.718 6.269.847 V2 292.716 6.269.848 V3 292.717 6.269.849 V4 292.719 6.269.849 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.12, Capítulo 1, DIA y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y domiciliarios El lugar de almacenamiento tiene las siguientes características: ● Recinto cerrado con malla hexagonal galvanizada de 1,80 m y portón para restringir el acceso. ● El manejo de los residuos se realizará conforme a su naturaleza, almacenados en contenedores o en espacios habilitados dentro de la tolva de acopio, para luego ser transportados a un sitio de disposición final autorizado. ● Los residuos acumulados en contenedores se encontrarán debidamente rotulados, según Norma Chilena N°3322/2013 que estandariza los colores y elementos visuales con el fin de facilitar la separación de los diferentes residuos para que sean retirados periódicamente por empresas que cuenten con las resoluciones sanitarias correspondientes, para su reciclaje o su disposición final en sitios autorizados. ● Se dará cumplimiento al Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 MINSAL. ● El piso consistirá en suelo compactado. ● El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán las vías de ingreso. ● Contará con señalización de seguridad y elementos de protección Personal. En la figura N°1 del Anexo 3-2 de la Adenda se muestra el plano de ubicación de las zonas de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos, y en las siguientes tablas se presentan las coordenadas de la zona de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios y de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos:
Tabla 4.3.3.1.11: Coordenadas geográficas del Área de residuos domiciliarios Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.713 6.269.829 V2 292.704 6.269.833 V3 292.705 6.269.835 V4 292.715 6.269.831 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria.
Tabla 4.3.3.1.12: Coordenadas geográficas de zona de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Este (m) Norte (m) V1 292.694 6.269.826 V2 292.695 6.269.829 V3 292.700 6.269.827 V4 292.699 6.269.824 Fuente: Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. Respecto a los residuos asimilables a domiciliarios, se dispondrán en cuatro (4) contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. De este modo se impide el escurrimiento de líquidos percolados y se evita que los animales silvestres den vuelta los basureros. Las áreas de acopio temporal de residuos domiciliarios darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 MINSAL. La superficie de la instalación de almacenamiento de residuos no peligrosos será de 15 m2 y su capacidad máxima de 27 m3. En cuanto a la superficie de la instalación de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios será de 30 m3 y su capacidad máxima de 54 m3. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.13, Capítulo 1, DIA y Anexo 3-2 “PAS 140”, DIA y Tabla8, Anexo 8, Adenda Complementaria. Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL) Esta instalación contará con una superficie de 4 m2, prefabricada, con pallet antiderrame, destinada al almacenamiento de residuos peligrosos como en envases de pinturas, diluyentes, tarros contaminados con pintura asfáltica, y EPP y tierra contaminada. En la figura 1 del Anexo 2-1 de la Adenda se presenta en un plano la ubicación de la bodega de residuos peligroso y en la tabla a continuación se entregan las coordenadas de dicha bodega:
Tabla 4.2.13: Coordenadas geográficas de Bodega de Residuos Peligrosos en la fase de construcción. Vértice Coordenadas UTM WGS 84 19S Superficie (m2) Este (m) Norte (m) V1 292.721 6.269.846 5 V2 292.719 6.269.846 V3 292.720 6.269.848 V4 292.721 6.26.9847 Fuente: Tabla N°1, Anexo 2-1, Adenda y Tabla 3, Anexo 8, Adenda Complementaria. La bodega de almacenamiento temporal cumplirá con todos los requisitos establecidos en la normativa aplicable. Las principales características con las que contará esta instalación se describen a continuación: • Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. • Cierre perimetral de una altura mínima de 1,80 m de altura tipo malla acma o similar, con portón de acceso con llave, el cual se abrirá en el sentido de la evacuación e impedirá el acceso de personas no autorizadas y de animales. • Estructura techada, protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Con un sistema de ventilación natural mediante la construcción de una sección abierta entre los muros y el techo considerando los tipos de sustancia y el volumen total de éstas; • Minimizará la volatilización, el arrastre o lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. • Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. La capacidad de contención de la bandeja de derrame corresponde a 1,2 m3. • Contará con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh Nº 2.190 Of. 93, versión 2019. • Tendrá extintores con capacidad para combatir los diferentes tipos de fuego que pudieran producirse. La bodega tendrá una capacidad máxima de almacenamiento de 2 m3, y contará con vías de escape accesibles en caso de emergencia, con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos según los materiales combustibles o inflamables que se encuentran almacenados, esta instalación dará cumplimiento al D.S. N°148/2003 MINSAL. El número total de extintores, su ubicación y señalización está acorde a la superficie total a proteger de acuerdo con lo establecido en el DS. N° 594/1999 MINSAL “Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” y a las normas pertinentes. Mayores antecedentes punto 1.6.1.1.14, Capítulo 1, DIA y Anexo 2-1 “PAS 142”, Adenda. Estanque de agua Con capacidad de 3000 litros de agua industrial, la cual se utilizará parta humectación de áreas de trabajo. Tabla 9, Adenda. 4.3.3.2 ACCIONES Habilitación de instalación de faenas Se habilitará una Instalación de faenas, que brindará apoyo a la Fase de Cierre, la cual estará conformada por instalaciones modulares tipo contenedor, esta instalación se ubicará al interior de la Subestación Alto Melipilla, dado que cuenta con condiciones de acceso e interconexión a las áreas donde se realizarán las actividades de cierre. Mayores antecedentes 1.9.1.1, Capítulo 1, DIA. Desconexión de líneas y equipos Previo al retiro de los equipos, se procederá a la desenergización de los conductores de las líneas que empalman al sistema existente, tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en esta actividad. Mayores antecedentes 1.9.1.2, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.8, Adenda Complementaria. Desmantelamiento de los equipos y estructuras Esta acción considera retirar las partes que componen cada estructura que conforma la Línea de Transmisión Eléctrica, con la ayuda de un camión pluma y una grúa de ser necesario. Las piezas y elementos de las estructuras serán enviados a una zona de acopio y luego despachados a una bodega de almacenamiento. Las actividades asociadas se relacionan con el desmantelamiento de las instalaciones que componen el Proyecto, donde cada una de las obras será desarmada y acopiada dentro del mismo terreno según el tipo de residuos del que se trate. Luego de ello, cada uno de estos residuos será transportado, mediante vehículos especialmente habilitados y autorizados para este fin, a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud respectiva. Los equipos que puedan ser reutilizados serán embalados y guardados en bodegas con las que cuente la empresa titular del proyecto, y los que ya no sean aptos para la reutilización y reciclaje, se dispondrán en sitios autorizados para ello. Mayores antecedentes 1.9.1.3, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.8, Adenda Complementaria. Retiro de obras civiles y restitución del terreno El desarme de fundaciones contempla el retiro de estas hasta unos 10 cm de profundidad, incluyendo hormigón y fierro de armadura. Posteriormente, se repondrá la capa superior del suelo sobre dichos lugares dejando en iguales o mejores condiciones geomorfológicas a las iniciales. Mayores antecedentes 1.9.1.4, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.8, Adenda Complementaria. Retiro de los residuos hacia lugares autorizados Se considerará una o más cuadrillas especiales, las que se dedicarán a la recopilación y traslado de todos los materiales y desechos al sector de acopio que tendrá el Proyecto. Toda la basura que en forma residual haya quedado de las labores de desmantelamiento, deberá ser enviada a un sitio de disposición que cumpla con las características correspondientes para dicha disposición, y que cuente con las autorizaciones correspondientes, por parte de la Autoridad Sanitaria. Se realizará una inspección final que verifique que no existan indicios de pasivos ambientales. No obstante, resulta importante señalar que las actividades anteriormente descritas podrían sufrir variación por las mejoras tecnológicas o de procedimiento que existieran en el momento de abandono del proyecto. Se considera el transporte de personal y el retiro de equipos y materiales. Todos los equipos y el material recolectado serán trasladados a los almacenes del titular más cercano u otro, posteriormente se restituirán las geoformas, las fundaciones de las estructuras y equipos serán removidas hasta una profundidad de 10 cm como mínimo, a fin de restituir las geoformas lo más parecido posible a las existentes en forma original. Finalmente, en caso de ser necesario y/o aplicar se presentará un completo plan a la Autoridad Ambiental que incluya estas actividades, con el objeto de dar cumplimiento a requerimientos vigentes al respecto. Mayores antecedentes 1.9.1.5, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.8, Adenda Complementaria. Retiro de instalación de faenas Consiste en las actividades necesarias para el desarme y retiro de la instalación de faenas, frentes de trabajo y área de acopio de materiales. Todas las acciones están orientadas a dejar el terreno en condiciones similares a las iniciales. Para ello se consideran una serie de medidas a seguir, las cuales se describen a continuación:
Desarme y retiro: Consiste en el desarme y retiro de la infraestructura temporal: oficinas administrativas, baños, bodegas, entre otra infraestructura, las cuales serán desmanteladas en su totalidad. Se privilegiará reutilizar la infraestructura que quede en buenas condiciones, para ello se realizará una segregación que permita definir lo que será necesario desechar en lugares autorizados y lo que será reutilizado por el contratista.
Limpieza del área: Se refiere al retiro de todo vestigio de ocupación, tales como chatarras, restos de madera, plásticos, etc., de manera de dejar el área limpia y despejada para su uso futuro, lo cual se encuentra previamente acordado con el propietario. Se considerará el envío de los materiales de desecho y escombros a sitios de disposición autorizados y el reciclado de maderas.
Acondicionamiento del terreno: Las superficies que hayan sido alteradas y utilizadas por las instalaciones temporales del Proyecto serán sometidas a actividades de acondicionamiento y restauración con el objetivo de devolver las condiciones similares a las existentes, previas a la construcción del Proyecto. El área donde estaban las obras temporales será cubierta con una capa proveniente de suelos cercanos donde existan relieves sobresalientes, a fin de restituir las geoformas lo más parecido posible a lo que originalmente hubo.
Mayores antecedentes 1.9.1.6, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.8, Adenda Complementaria. Restauración de componentes ambientales afectados Se restablecerán las condiciones iniciales del lugar y se reciclará la mayor cantidad de componentes provenientes de las torres que conforman la Línea de Transmisión Eléctrica. Sumando a lo anterior, se verificará la existencia de suelo eventualmente contaminado, recuperarlo y disponerlo como residuos sólidos industriales, definiendo previamente su calidad (peligroso o inocuo). La restauración debe asegurar, en la medida de lo posible, la recuperación de las mismas condiciones funcionales del terreno previo a su intervención, analizando el registro de las características originales del área intervenida, específicamente el levantamiento topográfico, con las fotografías representativas y el análisis de calidad y conformación del terreno (calicatas) del área de emplazamiento. Para esto se debe asegurar la estabilidad física del terreno intervenido. La restauración del terreno debe privilegiar la reposición de los suelos excavados, asegurar su mantención y limitar las pérdidas por erosión. En el terreno donde se localizarán las torres que conforman la Línea de Transmisión Eléctrica se realizará la descompactación del suelo y se debe perfilar manteniendo la forma original y en armonía o semejanza con su entorno. El perfilamiento se desarrollará mediante el uso de retroexcavadora, de manera de suavizar la geoforma y recuperar las mismas condiciones funcionales del terreno previo a su intervención. Una vez que el terreno haya sido perfilado, se cubrirá con suelo común, suelo orgánico y astillas, según las condiciones originales del terreno de emplazamiento del Proyecto. La forma ideal de disposición de suelo para una eventual revegetación, a determinar caso a caso y según las condiciones originales, es la siguiente: 50 cm de suelo común compactado y 15 cm de suelo orgánico. En cuanto a los indicadores de éxito y sus plazos, para el caso de la restauración del suelo, cuyas actividades tendrán una duración de seis (6) meses, se estima lo siguiente: • Pendiente: Como indicador de cumplimiento se considerará las pendientes naturales colindantes al área intervenida, la restitución de la geoforma deberá encontrarse dentro de la misma clasificación (que la condición natural) de las pendientes definidas por el SAG, las cuales se aprecian en la siguiente Tabla 5 “Clases de pendientes definidas por el SAG” de la Adenda Complementaria. • Densidad aparente (Da): Este parámetro se evaluará en comparación con los valores obtenidos en la línea de base del componente para cada área intervenida, se considerará un margen de + 15 %, ya que dicho porcentaje se encuentra dentro de los valores normales de variación (4 a 20 %) descritos por Sandoval et al. (2012) para este parámetro. Valores inferiores de Da se consideran beneficiosos, ya que indican mayor espacio poroso. • Agua aprovechable (AA): Este parámetro se evaluará en comparación con los valores obtenidos en el estudio de situación base del componente para cada área intervenida, se considerará un margen de – 2,5 cm de columna de agua, tomando en cuenta los rangos de categoría de agua aprovechable de la “Pauta para estudios de Suelos” (SAG, 2016). Mayores valores de AA se consideran beneficiosos, ya que indican mayor capacidad de almacenamiento de agua. • Profundidad efectiva: Este parámetro se evaluará en comparación con los valores obtenidos en estudio de situación base del componente para cada área intervenida, se considerará un margen de -15 cm, tomando en cuenta los rangos de profundidad de la “Pauta para estudios de Suelos” (SAG, 2016). Mayores valores de profundidad se consideran beneficiosos dado que existiría mayor volumen potencial de enraizamiento. Cabe indicar que el control y seguimiento de esta medida se efectuará mediante un (1) monitoreo anual por un periodo de tres (3) años. Toda actividad de monitoreo será documentada con fotografías y se entregará un informe anual a la Autoridad con los resultados parciales de los indicadores de éxito, dentro del mes siguiente de haber realizado cada actividad de monitoreo. Se evaluarán los siguientes parámetros de suelo: 1) Pendiente 2) Densidad aparente 3) Agua aprovechable y 4) Profundidad de suelo. Para esto se plantean las siguientes metodologías:
Pendiente: En los sectores donde se realizará la restitución de la geoforma se medirá la pendiente in-situ por medio de un clinómetro, se georreferenciará, se tomarán fotografías y posteriormente se incluirá la información colectada en informe de monitoreo.
Densidad aparente y agua aprovechable: Se tomarán muestras de suelo superficiales (0 a 25 cm) y subsuperficiales (25 a 60 cm), esta caracterización en distintas profundidades permite dar cuenta de la mantención de la secuencia pedológica y mineralógica del suelo. Para la toma de muestra se considera la siguiente metodología: − Despeje de primeros centímetros de la superficie del suelo. − Excavación hasta las profundidades indicadas (superficial y subsuperficial) − Colecta de muestras con masa final de suelo de aproximadamente 1 kg. − Envasado de muestras en bolsas de polietileno con cierre hermético, rotulado del código de identificación, profundidad de la muestra y fecha del muestreo. Posteriormente, las muestras serán llevadas a un laboratorio debidamente acreditado por la Sociedad Chilena de la Ciencia del Suelo para realizar los análisis físicos. Finalmente se elaborará un informe donde se dará cuenta de la condición del suelo respecto de los objetivos propuestos. Para el cálculo de la columna de agua aprovechable se utilizará la metodología de Sandoval et al (2012).
Profundidad de suelo: Este análisis se realizará mediante excavación de suelo hasta que se encuentre una estrata limitante. Se medirá la profundidad efectiva con huincha, se tomarán fotografías y posteriormente se incluirá la información colectada en informe de monitoreo. De igual forma, se implementará un plan de revegetación, cuyo objetivo radica en restituir las propiedades de la vegetación en las áreas intervenidas, para así recuperar la pérdida de esta por las intervenciones de las obras permanentes del Proyecto. El diseño de la revegetación de las áreas, luego de la fase de cierre, específicamente para los sectores de intervención de obras permanentes y habilitación de caminos considera la plantación de las especies señaladas en la Tabla 6 “Diseño de a revegetación en función de la cobertura de vegetación existente” de la Adenda Complementaria. Los indicadores de éxito y sus plazos corresponden a que luego de transcurrido un (1) año, la tasa de sobrevivencia de las especies debe ser igual o superior al 85% de la revegetación inicial, tanto para la pantalla vegetal, como para la revegetación a establecer al interior de esta. Como control y seguimiento de esta medida, se elaborará un informe a la SMA una vez concluido el proceso de revegetación, además, se efectuarán inspecciones periódicas al o los sectores plantados con el objeto de asegurar que las plantas se desarrollen en forma normal y/o detectar a tiempo, problemas que puedan afectar la sobrevivencia de la plantación. Los monitoreos tendrán una duración de 5 años desde establecida la pantalla vegetal y la revegetación al interior de esta. Posterior a cada monitoreo se entregará un informe detallando las condiciones de las medidas. Para verificar lo anterior, se presentará un registro fotográfico a la SMA del antes y después de implementar la fase de cierre, con el fin de demostrar que las condiciones del suelo y vegetación resultantes son similares a la de los suelos aledaños. Mayores antecedentes 1.9.1.7, Capítulo 1, DIA y respuesta 1.8, Adenda Complementaria) 4.3.3.3 SUMINISTROS BÁSICOS Agua potable Durante la fase de cierre se requerirá de agua potable para cubrir las necesidades de agua de consumo de trabajadores y para los servicios sanitarios. Este suministro cumplirá con lo establecido en el D.S. N°594/1999 MINSAL, en cuanto a cantidad y calidad. El consumo de agua domestico será de 1 m3/día (20 m3/mes aproximadamente). La obtención del agua por parte del Titular se efectuará mediante camión aljibe (modelo tipo Andritec 15 m3 presurizado) o bidones de 20 litros (modelo estándar de plástico), cumpliendo con la normativa exigida existente y de fuentes autorizadas, además no se contempla una conexión al sistema de agua potable. Los proveedores de agua potable serán las empresas Agua Potable Melipilla Norte S.A y Aguas Andinas S.A o alguna similar que cuente con autorización sanitaria para dar este suministro. Mayores antecedentes punto 1.9.5.1, Capítulo 1, DIA, Tabla 15, Adenda, respuesta 1.29, Adenda y respuesta 1.10, Adenda Complementaria. Agua industrial El consumo de agua industrial será de 10 m3/día (200 m3/mes aproximadamente) y será utilizada para las actividades de humectación de caminos. Dicha agua será adquirida de una compañía que cuenten con las autorizaciones correspondientes, entre ellas el título legítimo sobre las aguas que se extraen, de conformidad con los artículos 5, 6, 20 y 59 del Código de Aguas, según corresponda. Se mantendrá un registro de compra de agua industrial el que estará disponible en las instalaciones de faenas ante una eventual fiscalización de la autoridad, el ejemplo de registro se muestra en la Tabla 16 de la Adenda. Mayores antecedentes punto 1.9.5.2, Capítulo 1, DIA, Tabla 15, Adenda, respuesta 1.29, Adenda y respuesta 1.10, Adenda Complementaria. Servicios higiénicos En la Fase de cierre se requiere de instalaciones higiénicas para abastecer los requerimientos sanitarios de los trabajadores, donde se utilizarán baños químicos, los cuales serán implementados dando cumplimiento con las disposiciones establecidas en los artículos 24°, 25° y 26° del D.S. N°594/1999 MINSAL y por D.S. N° 201/2001 MINSAL que modifica el decreto sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Dichos baños serán mantenidos por una empresa autorizada, exigiendo la documentación que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado, y la documentación estará disponible en la instalación de faenas ante una eventual fiscalización. Se mantendrá un registro de las mantenciones de los sanitarios químicos utilizados. Dicho registro contendrá: fecha de limpieza, nombre y firma del operador que realiza el servicio (empresa proveedora) y cantidad de sanitarios a los que se les realizó mantención. Este registro estará disponible para la Autoridad Sanitaria cuando ésta lo requiera. Mayores antecedentes punto 1.9.5.3, Capítulo 1, DIA. Energía eléctrica En caso de ejecutarse la fase de cierre del Proyecto, se requerirá energía eléctrica la que será suministrada a través de grupos electrógenos para la operatividad de la obra temporal (instalación de faenas) así como para la habilitación de las distintas obras permanentes del proyecto. En la siguiente tabla se detalla la cantidad por actividad a realizar y su potencia. Tabla 4.3.3.3 1: Grupo electrógeno en la Fase de cierre. Equipo Cantidad Horas de operación diarias Días de operación anuales Horas de operación anuales Potencia (kW) Grupo electróge no 2 5,2 300 1.920 45 Fuente: Tabla N°1-102, Capítulo 1, DIA. El grupo electrógeno se mantendrá sobre un pretil con material impermeabilizado, el combustible necesario será suministrado por un tercero, a través de camiones cisterna y deberá cumplir con el D.S. N° 379/1986 del Ministerio de Economía “Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios”. Se llevará un registro de las horas de funcionamiento de los grupos electrógenos, así como la cantidad de combustible a utilizar, lo cual será declarado al RETC. El grupo electrógeno ubicado al interior de las instalaciones de faenas será retirado una vez concluida la faena, dejando el lugar limpio y sin residuos, lo que será verificado previo al retiro de cada empresa contratista. Mayores antecedentes punto 1.9.5.4, Capítulo 1, DIA. Alimentación No se considera. Mayores antecedentes punto 1.9.5.5, Capítulo 1, DIA. Alojamiento No se considera. Mayores antecedentes punto 1.9.5.6, Capítulo 1, DIA. Equipos, maquinarias y Los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de cierre del Proyecto se consideran la cantidad similar a los utilizados en la fase de construcción, los vehículos cuales se detallan en el punto 4.3.1.3 de la presente RCA. Cabe destacar, que el Proyecto no contará con un Taller de mantención de equipos, maquinarias y vehículos, la mantención se realizará fuera del recinto, en talleres autorizados. Sin embargo, el titular exigirá a los contratistas que las actividades de mantención sean realizadas en talleres o centros de mantención debidamente autorizados de los centros urbanos cercanos. Según se indica en la Tabla 18 de la Adenda, la frecuencia de viajes es de 12 viajes semanales. Las rutas se muestran en las figuras 8 a la 18 de la Adenda. Mayores antecedentes punto 1.9.5.4, Capítulo 1, DIA y Tabla 18, Adenda. 4.3.3.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales. Mayores antecedentes punto 1.9.6 Capítulo 1, DIA. 4.3.3.5 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.3.5.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Emisiones a la atmósfera En el Anexo 6 “Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda se presenta el estudio de emisiones del proyecto. Las fuentes principales de emisión de material particulado durante la fase de construcción corresponderán a: combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y transferencia de material. En el punto 2.4 del Anexo 6 de la Adenda, el Titular presenta el cálculo final de las emisiones de la fase de cierre. En la Tabla 108 del citado Anexo, se presenta el resumen de las emisiones de MP10, MP2,5; NOx, Sox y NH3. Según lo indicado en la citada Tabla, y el análisis normativo del artículo 64 del D.S. N°31/2016 del MMA, el proyecto no requiere compensar emisiones en la fase de cierre. Se implementan medidas, con el fin de reducir las emisiones de material particulado y gases generados por la fase de cierre, estas se detallan en el punto 7.1.1 del presente RCA. Mayores antecedentes en el Anexo 6 de la Adenda. La Seremi del Medio Ambiente RM en su Oficio Ord. N°066 de fecha 23/01/2023, se pronuncia con observaciones a la Adenda Complementaria, relacionado a otros temas. 4.3.3.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Residuos líquidos domésticos Los residuos líquidos domésticos corresponden a aquellos generados en los baños químicos utilizados por el personal de la obra en los frentes de trabajo e instalación de faenas. El manejo de las aguas servidas será realizado de acuerdo a lo indicado en el D.S N° 594/1999 del MINSEGPRES y se contará con los servicios de una empresa autorizada para estos fines, que cuente con las resoluciones respectivas. Esta empresa estará encargada de la mantención, retiro y disposición de las aguas servidas en un lugar autorizado sanitariamente para estos fines. El retiro de los residuos a generar por los baños químicos se efectuará con frecuencia semanal (1- 3 veces a lo menos). Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de cierre será de aproximadamente 16,0 m3/mes. El Titular exigirá al contratista que durante la fase de cierre se mantenga un registro y copia de los documentos que acrediten la disposición final de los residuos los cuales se encontrarán disponibles en las oficinas de la instalación de faenas. Mayores antecedentes en el punto 1.9.9.1, Capítulo 1, DIA. Residuos líquidos industriales No se contempla. Mayores antecedentes en la página 1.9.9.2 de la DIA y respuesta 1.26, Adenda. 4.3.3.5.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Ruido Los antecedentes de las emisiones acústicas se presentan en el Anexo 7 “Informe de evaluación impacto ruido y vibraciones” de la Adenda. Al respecto, el Titular identificó 19 receptores, dentro del área de influencia. El detalle de estos se presenta en la Tabla 18 del Anexo 7 de la Adenda; al respecto la menor distancia de los puntos de trabajo a los receptores es de 19 metros y la mayor es de 812 metros. Los receptores corresponden a edificio residencial de 4 pisos, viviendas de 1 piso en sector rural, vivienda de 1 piso en sector agroindustrial y edificaciones de 1 piso en sector agroindustrial. Las fuentes de ruido correspondientes a la fase de construcción corresponderán a: retroexcavadora, camión grúa pluma y vibrocompactador. En la Tabla 62 del Anexo 7 de la Adenda, se presentan los resultados de la modelación para los 19 receptores evaluados en horario diurno para la fase de cierre. Según los resultados presentados en la tabla señalada, el Proyecto cumple con los límites de D.S. N°38/2011 del MMA con medidas de control, las cuales se detallan en la Tabla 7.1.6 de la presente RCA. Mayores antecedentes en el Anexo 7 de la Adenda. Al respecto, la Seremi de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 2671 de fecha 30/08/2022. 4.3.3.6 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.3.3.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina y se generará un máximo de 100 kg/mes (0,10 ton/mes) de estos residuos. Cabe hacer presente, que la faena cierre tendrán una duración de 6 meses, razón por la cual se estima una generación total de Residuos Sólidos Domiciliarios durante la Fase de Cierre equivalente a 0,6 toneladas. Todos los residuos generados serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y cerrados con tapa, los cuales serán acopiados en la zona de almacenamiento temporal de residuos domiciliario, la que se encontrará en la instalación de faenas, para luego ser retirados como mínimo 2-3 veces a la semana dependiendo de su generación. La empresa encargada del retiro periódico de los residuos contará con resolución sanitaria para el manejo y transporte, además acreditará la disposición final de los residuos en un sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes 1.9.8.1, Capítulo 1, DIA y en el Anexo 3-2“PAS 140”. DIA. Residuos sólidos industriales no peligrosos Los Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSNP) corresponderá principalmente a residuos de chatarras, cables, estructuras, entre otros, debido al desmantelamiento y retiro de las instalaciones. De acuerdo con lo anterior, se estima una generación en cantidades similares a las generadas durante la fase de construcción del Proyecto, 1,97 ton/mes, lo que corresponderá a 11,82 ton para toda la fase de cierre. Los residuos serán acopiados temporalmente en la Bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos, a granel, debidamente segregado y sin realizar ningún tipo de tratamiento, para posterior traslado hacia sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud, con una frecuencia de retiro trimestral o según necesidad. Mayores antecedentes 1.9.8.2, Capítulo 1, DIA y en el Anexo 3-2“PAS 140”. DIA. 4.3.3.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos peligrosos No se prevé que el Proyecto genere residuos peligrosos (RESPEL) durante esta fase, sin embargo, en caso de generarse este tipo de residuos, estos serán retirados inmediatamente por la empresa contratista, para posteriormente ser trasladados a un lugar de disposición final por una empresa autorizada. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de desmantelamiento, en ellas exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI. Respecto a las mantenciones de vehículos y maquinarias, se aclara que estas serán realizadas fuera del área del Proyecto en instalaciones autorizadas para estos efectos, razón por la cual no se contempla la generación de residuos peligrosos debido a esta actividad. Mayores antecedentes 1.9.8.3, Capítulo 1, DIA y punto 2, Anexo 2-1 “Actualización PAS 142”, Adenda. 4.3.3.6.3 PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE Combustible El abastecimiento de combustible necesario para la mantención y conservación de equipos y maquinarias será suministrado mediante bidones de 20 litros para grupos electrógenos y para las maquinarias o equipos serán abastecidas directamente en estaciones de servicios cercanas al Proyecto. Mayores antecedentes 1.9.5.7, Capítulo 1, DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.8 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Marzo 2023. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faenas. Fecha estimada de término Mayo 2024 Parte, obra o acción que establece el término Pruebas de puesta en servicio de obras. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Junio de 2024. Parte, obra o acción que establece el inicio Inicia luego de puesta en servicio de obras. Fecha estimada de término Mayo de 2054. Parte, obra o acción que establece el término Desernergización de la Línea de Transmisión Eléctrica. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Junio de 2054. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faenas Fecha estimada de término Noviembre de 2054. Parte, obra o acción que establece el término Restauración de componentes ambientales afectados.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto Ambiental No Significativo 1 Impacto ambiental no significativo Aumento en las emisiones sonoras. Parte, obra o acción que lo genera Fase construcción: - Habilitación de instalación de faenas. - Acondicionamiento del terreno o Corta, despeje y descepado de la vegetación o Movimientos de tierra. - Camino de acceso a las torres. - Construcción de Línea 2x110 kV Alto Melipilla- Bajo Melipilla, tendido del primer circuito o Construcción de fundaciones o Instalación de malla a puesta a tierra o Montaje de estructuras o Tendido de los conductores y cable guardia de la línea. - Uso de helicóptero para la construcción de las estructuras ubicadas en el tramo entre las Torres T9 y T19. - Construcción y montaje de pórticos y equipos en Subestación Alto Melipilla y Bajo Melipilla o Construcción de fundaciones o Montaje de pórticos y equipos o Tendido de los conductores y cable guardia de la línea. - Desmantelamiento de obras.
Fase operación:
Mantenimiento preventivo básico.
Mantenimiento correctivo programado.
Mantenimiento contra fallas.
Fase cierre:
Habilitación de instalación de faenas.
Desconexión de líneas y equipos.
Desmantelamiento de equipos y estructuras.
Retiro de obras civiles y restitución del terreno.
Retiro de residuos hacia lugares autorizados.
Retiro de instalación de faenas. Restauración de componentes ambientales afectados Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Impacto Ambiental No Significativo 2 Impacto ambiental no significativo Aumento de las emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, helicóptero, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, escarpe, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material y acopio.
Operación: Combustión motora vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
Cierre: Combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y transferencia de material. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5.1 del ICE. Capítulo 6.1 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del SEIA:
Literal a) del artículo 5 del RSEIA: Emisiones atmosféricas: De acuerdo a los resultados obtenidos en la estimación de emisiones atmosféricas del Anexo 6 de la Adenda, el Proyecto no requiere compensar emisiones atmosféricas en ninguna de las fases (construcción, operación y cierre), dado que no supera los límites establecidos en el D.S. N°31/2016 MMA. El Titular implementará medidas de control, con el fin de reducir las emisiones de material particulado y gases generados por las tres fases del proyecto, dichas medidas se encuentran en el punto 7.1.1 de la presente RCA.
Literal b) del artículo 5 del RSEIA: Emisiones sonoras (ruido): Los niveles de ruido generados por las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto cumplen con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, según lo indicado en el Anexo 7 de la Adenda, con medidas de control (pantallas acústicas móviles) en la fase de construcción y cierre; dichas medidas se detallan en la Tabla 7.1.6 de la presente RCA. Mayores antecedentes en el Anexo 7 “Informe de evaluación impacto ruido y vibraciones” de la Adenda.
Literal c) del artículo 5 del RSEIA: Agua: Durante la fase de construcción y operación, el Proyecto, generará aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos (fase de construcción) y de los baños químicos (fases de construcción, operación y cierre). Al respecto, para la fase de construcción, los baños químicos y de los servicios higiénicos se conectaron a un sistema de tratamiento mediante fosa séptica (Mayor información en el punto 9.1.1 del ICE sobre el PAS 138). En cuanto a la fase de operación y cierre, las aguas servidas serán manejadas de acuerdo con lo indicado en el D.S N°594/1999 MINSAL y una empresa autorizada para estos fines, que cuente con las resoluciones respectivas, será la encargada de la mantención, retiro y disposición de las aguas servidas en un lugar autorizado sanitariamente para estos fines. Además, el Titular exigirá que la empresa mantenga un registro y copia de los documentos que acrediten la disposición final de los residuos. En cuanto a los residuos líquidos industriales, en el punto 1.8.11.2 del Capítulo 1 de la DIA y en la respuesta 1.26 de la Adenda, el Titular declara que no se generan en la fase de operación y cierre del proyecto, respectivamente. Para la construcción, el Titular señala en la respuesta 1.27 de la Adenda que los residuos líquidos del lavado de canoas se dejarán el tiempo suficiente para generar la evaporación del 100% del líquido que se desprenda de la mezcla inerte, por lo que no se generarán residuos líquidos industriales en esta fase.
Vibración: En el Anexo 7 “Informe de evaluación impacto ruido y vibraciones” de la Adenda, el Titular presenta el análisis de la emisión de vibraciones asociados al Proyecto, concluyendo que, no se superan los límites establecidos en el criterio de referencia de la Federal Transit Administration (FTA) “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods” de los Estados Unidos de América, con medida de control para los receptores R15, R18 y R19, que se encuentran sobre el criterio de evaluación de molestia. La medida de control consiste en utilizar un compactador con un nivel PPV no mayor de 76 VdB a 25 pies, en el sector en torno a los receptores R15 a R19. Mayores antecedentes en el Anexo 7 de la Adenda.
Además, en el Anexo 2-15 de la DIA, correspondiente al estudio de Campos Electromagnéticos, se concluye que durante su operación la línea 2x110kV Alto Melipilla – Bajo Melipilla, cumple con la normativa referente a campo electromagnético de baja frecuencia y alta frecuencia, tanto como valores propios como en interacción con líneas existentes de distintos voltajes.
Literal d) del artículo 5 del RSEIA: Residuos: Construcción: Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Son los desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina. Esto residuos serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y cerrados con tapa, los cuales serán acopiados en la zona de almacenamiento temporal de residuos domiciliario, que se encontrará en la instalación de faenas, para luego ser retirados 2-3 veces a la semana dependiendo de su generación. La empresa encargada del retiro contará con resolución sanitaria para el manejo y transporte, además acreditará la disposición final de los residuos en un sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes en el Anexo 3-2“PAS 140”. DIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se refieren a restos de embalaje, resto metálicos, escombros, plásticos y maderas. Se almacenarán segregados y a granel. La frecuencia de retiro a un sitio autorizado será trimestral o según necesidad, dependiendo de la tasa de generación. Mayores antecedentes en el punto 1.7.8.2, Capítulo 1, DIA y en el Anexo 3-2“PAS 140”, DIA.
Residuos peligrosos (RESPEL): Corresponden a envases pinturas, diluyentes, tarros contaminados con pintura asfáltica, y EPP y tierra contaminados, los cuales serán almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para posteriormente ser retirados y dispuestos en sitios autorizados. Se almacenarán en recipientes herméticamente cerrados, los cuales se encontrarán etiquetado. La frecuencia de retiro a un sitio autorizado será trimestral o según necesidad, dependiendo de la tasa de generación. Mayores antecedentes en el Anexo “Actualización PAS 142”, Anexo 2-1, Adenda.
Operación: Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: En la fase de operación se estima que los volúmenes de residuos sólidos generados serán casi nulos, ya que el proyecto no requiere de operarios, excepto en las mantenciones preventivas. Estos residuos serán retirados de forma inmediata una vez terminadas las actividades de mantención. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención, en ellas exigirá el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI de Salud. Mayores antecedentes punto 1.8.10.1, Capítulo 1, DIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos: Corresponden a residuos producto del reemplazo de equipamiento o infraestructura en mal estado, como, por ejemplo, aisladores, cables, restos metálicos, entre otros. El personal a cargo de la mantención se encargará de segregar los residuos y posteriormente trasladarlos hacia un sitio de disposición final autorizado, una vez finalizada la jornada laboral. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención. Mayores antecedentes en el punto 1.8.10.2, Capítulo 1, DIA.
RESPEL: No se prevé la generación de estos residuos en la fase de operación, sin embargo, en caso de generarse este tipo de residuos, estos serán retirados inmediatamente por la empresa contratista, para posteriormente ser trasladados a un lugar de disposición final por una empresa autorizada. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención. Mayores antecedentes en el Anexo 2-1 “Actualización PAS 142” de la Adenda.
Cierre: Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Los residuos generados serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y cerrados con tapa, los cuales serán acopiados en la zona de almacenamiento temporal de residuos domiciliario, que se encontrarán en la instalación de faenas, para luego ser retirados como mínimo 2-3 veces a la semana dependiendo de su generación. La empresa encargada del retiro periódico de los residuos contará con resolución sanitaria para el manejo y transporte, además acreditará la disposición final de los residuos en un sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes en el Anexo 3-2“PAS 140”, DIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos: Corresponderán a residuos de chatarras, cables, estructuras, entre otros, debido al desmantelamiento y retiro de las instalaciones. Estos serán acopiados temporalmente en la Bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos, a granel y segregado, para posterior traslado hacia sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud, con una frecuencia de retiro trimestral o según necesidad. Mayores antecedentes en el Anexo 3-2“PAS 140”. DIA.
RESPEL: El Titular señala que el Proyecto no generará residuos peligrosos durante esta fase, sin embargo, en caso de generarse este tipo de residuos, estos serán retirados inmediatamente por la empresa contratista, para posteriormente ser trasladados a un lugar de disposición final por una empresa autorizada. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá cláusulas en los contratos con las empresas a cargo del servicio de desmantelamiento. Mayores antecedentes 1.9.8.3, Capítulo 1, DIA y punto 2, Anexo 2-1 “Actualización PAS 142” de la Adenda. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, y artículo 5º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto Ambiental No Significativo 1 Impacto ambiental no significativo Corta de 0,475 Ha de bosque nativo. Parte, obra o acción que lo genera Línea de Transmisión Eléctrica de Alta tensión. Fase en que se presenta Construcción. Impacto Ambiental No Significativo 2 Impacto ambiental no significativo Posible afectación a las especies de baja movilidad Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Instalación de faenas y frentes de trabajo. Construcción de línea 2x110 kV Alto Melipilla - Bajo Melipilla, tendido del primer circuito.
Operación: Operación de la Nueva línea 2x110 kV Alto Melipilla - Bajo Melipilla, tendido del primer circuito.
Cierre: Instalación de faenas y frentes de trabajo. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Impacto Ambiental No Significativo 3 Impacto ambiental no significativo Posible afectación del humedal del Rio Maipo, que se encuentra en proceso de declaratoria de humedal urbano. Parte, obra o acción que lo genera Línea de Transmisión Eléctrica de Alta Tensión. Fase en que se presenta Construcción Impacto Ambiental Impacto ambiental no significativo Afectación a especies de anfibio en categoría de conservación. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Instalación de faenas y frentes de trabajo. Construcción de línea 2x110 kV Alto Melipilla - Bajo Melipilla, tendido del primer circuito.
Operación: Operación de la Nueva línea 2x110 kV Alto Melipilla - Bajo Melipilla, tendido del primer circuito.
Cierre: Instalación de faenas y frentes de trabajo. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5.2 del ICE. Capítulo 6.2 del ICE. Según se indica en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria hay presencia de Bosque Nativo, de un total de 21,05 Ha en el área de estudio definida para el proyecto, se intervendrán un total de 0,475 Ha. Para tal intervención se presenta el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 148 descrito en el punto 6.1.4 de la presente RCA.
Literal a) del artículo 6 del RSEIA: Suelo: El proyecto se emplaza en un área urbana y rural, según el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. Por otra parte, existen sectores industriales con fuerte intervención. Lo anterior se muestra en la Figura 1.5.8 del Anexo 2-1 de la DIA. A nivel general, la mayor parte del proyecto (más del 70%) se emplaza en suelos con severas limitaciones para los cultivos, donde el uso potencial del suelo está enfocado en pastoreo, uso forestal o recreación y vida silvestre. La principal intervención directa del proyecto sobre el recurso suelo está asociado al establecimiento de las plataformas de las torres y a los caminos de acceso de dichas torres, en este sentido, la superficie intervenida no prevé un impacto significativo sobre el recurso suelo, tal y como se declara en el punto 1.6 del Anexo 2-1 de la DIA. Además, en la respuesta 1.14 de la Adenda, se indica que el total de material excavado corresponderá a 617 m3 y el material escarpado será de 104 m3, que en total suman 721 m3. De este material, el 100% será utilizado para relleno dentro de los frentes de trabajo, y el suelo orgánico será disperso en el mismo lugar. De esta forma se descarta la necesidad de llevar material al botadero. En la respuesta 4.15 de la Adenda Complementaria, se indica que el área donde se emplazará el helipuerto, durante la fase de construcción, corresponde a aproximadamente 1 ha; y que dado lo acotado de la superficie y por tratarse de un uso momentáneo sin pérdida de suelo, no se prevé un impacto significativo sobre el recurso suelo. En cuanto a la vegetación, en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria se plantea que en el área de influencia del Proyecto se encontraron 2 especies de vegetación, Adiantum chilensis y Echinopsis chiloensis en categoría de conservación de Casi Amenazadas, según los D.S N°19/2012 y del D.S. N°41/2011 de Ministerio del Medio Ambiente, respectivamente. Al respecto el Titular declara en la respuesta 4.24 de la Adenda Complementaria, que estas especies no serán intervenidas por el Proyecto. Estudio de Mecánica de suelos, adjunto en el apéndice C del Anexo 13 de la Adenda.
Literal b) del artículo 6 del RSEIA:
Flora y vegetación: En el punto 1.6 del Anexo 9 de la Adenda, se indica que se realizaron 3 campañas por el Titular: primavera, verano e invierno. En dicho anexo se indica que se registró un total de 98 especies para la campaña de verano, en donde el 52% de las mismas corresponden a taxa adventicios, lo que denota un nivel de antropización Muy Alto, las restantes especies poseen un origen geográfico nativo y/o endémico. Se registraron 2 especies clasificadas en categoría de conservación, correspondientes a Adiantum chilense var. chilense (D.S. N°19/2011 MMA) y Echinopsis chiloensis subsp. chiloensis (D.S. N°41/2011 MMA). Al respecto el Titular declara en la respuesta 4.24 de la Adenda Complementaria, que estas especies no serán intervenidas por el Proyecto. El Titular señala la presencia de Bosque nativo, señalando que, de un total de 21,05 Ha en el área de estudio definida para el proyecto, se intervendrán un total de 0,475 Ha, y realizará una reforestación de 0,475 Ha de bosque, por lo que no significará un impacto significativo. Para lo anterior, se entregan los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial Mixto 148, detallado en el punto 6.1.4 de la presente RCA. Cabe señalar que en la respuesta 4.9 de la Adenda Complementaria, el Titular reconoce la presencia de un humedal, el cual se encuentra en proceso de declaratoria de humedal urbano y está asociado a límite urbano, Sist. Rios Maipo- Mapocho, esteros Colina- Angostura- Puangue y Trib. El Titular delimita dicho humedal; y en la Tabla 24 de la Adenda Complementaria, se indican todas las distancias de las torres al límite del humedal delimitado, siendo la más cercana, la Torre 27, a 21,88 m. En la respuesta 4.9 de la Adenda también se indica que el humedal está dominado por la especie hidrófita Hydrocotyle ranunculoides, una hierba perenne invasora exótica que crece enraizada al fango en aguas de poca profundidad, como esta vega y en otros cursos de agua y bordes de lagos. Presenta una densidad alta cubriendo importantemente el humedal. Esta planta impide el crecimiento de especies ribereñas y de hábito sumergido. Le acompaña en menor proporción Azolla filiculoides otra especie invasora muy agresiva, que en conjunto con H. ranunculoides generan capas superficiales que disminuyen el oxígeno y la penetración de luz. No obstante, fuera de el, se genera una zona de transición ruderal con abundante presencia de la arbustiva Tessaria absinthioides, en menor proporción Baccharis salicifolia, que luego limita con matorrales de Rubus ulmifolia y Nicotiana glauca. Finalmente, el Titular declara que, las obras de proyecto no afectarán de manera significativa los flujos de materiales y energía predominantes, ni la estructura y composición de la flora azonal y la fauna presente, por ende, no se intervendrá las características ecológicas del humedal urbano ni su funcionamiento.
Fauna: En la respuesta 4.2 de la Adenda Complementaria se señala que, para ampliar la información, se realizó una campaña de primavera, cuyos resultados se encuentran en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria, en dicha campaña se prospectó el sector de la vega, al igual que en la campaña realizada entre el 2 y 4 de agosto de 2022. En el punto 6 del Anexo 1 “Campaña Primavera Fauna Terrestre” de la Adenda Complementaria, se indica que se registraron 52 especies en total en el Área de Estudio del Proyecto: 2 reptiles, 45 aves y 5 mamíferos, lo anterior para la estación de primavera. Cabe destacar, que un 86,5% de la Fauna Terrestre encontrada en el área del Proyecto, corresponden a aves; seguido por mamíferos con un 9,6% y reptiles con un 3,8%. Para reptiles, se registraron 2 especies, ambas en categoría de conservación Preocupación Menor (LC), una de origen nativo y uno de origen endémico. Las especies registradas fueron: Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta) y Liolaemus lemniscatus (Lagartija lemniscata). Se registraron 45 especies de aves, ninguna se encuentra en categoría de conservación y la especie con mayor densidad fue Columba livia (Paloma doméstica). Se registraron 3 especies de quirópteros, las cuales corresponden: Myotis chiloensis (Murciélago orejas de ratón del sur), Tadarida brasiliensis (Murciélago cola de ratón) y Histiotus montanus; este último se encuentra en categoría Preocupación Menor (LC) (punto 6, Anexo 1, Adenda Complementaria y respuesta 4.24, Adenda Complementaria). En la respuesta 4.24 de la Adenda Complementaria, se señala que se descarta la afectación de quirópteros, lo anterior se justifica dado que, según la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” (SAG, 2015), los proyectos de líneas de transmisión afectan exclusivamente a aves, y sus impactos más característicos son colisión y electrocución. No existen impactos de las líneas eléctricas sobre murciélagos por colisión y electrocución. Esto se explica principalmente por la capacidad de ecolocalización, que les permite detectar con gran precisión estructuras pequeñas en movimiento, y más aún, estructuras grandes y estáticas como son las torres del tendido eléctrico. Respecto a macro y mesomamíferos, se registraron 2 especies, ambas de origen nativo y en categoría de conservación Preocupación Menor (LC): Lycalopex griseus (Zorro chilla) y Galictis cuja (Quique). En cuanto a micromamíferos, se registró 1 especie de origen introducido, la cual corresponde a Mus musculus (Laucha). En relación a las especies ícticas, en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria, se indica que se registró la presencia de una especie nativa, la cual corresponde a Percichthys trucha en un tramo del río Maipo. Sin embargo, debido a que ninguna obra del proyecto se construirá en el río, no habrá afectación en la diversidad de la biota acuática. También se señala que ninguna de las especies registradas en terreno, se encuentra en categoría de amenaza (Vulnerable, En Peligro y En Peligro Crítico). El Titular considera los siguientes resguardos de fauna presente en el Área de Influencia del Proyecto, para lo cual se implementarán dos planes de Contingencia y Emergencias, en el punto 10.12 de la presente RCA se aborda el riesgo o contingencia de “Colisión y Electrocución de avifauna con la Línea de Alta Tensión” y en el punto 10.8 de la presente RCA se aborda el riesgo de “Afectación de ejemplares de fauna por atropello”. Además, detalla 4 compromisos voluntarios: Inducción a trabajadores sobre protección de fauna silvestre (punto 9.1 de la presente RCA), Plan de monitoreo de avifauna (punto 9.3 de la presente RCA), Medidas para prevenir colisión y electrocución de avifauna con la línea de alta tensión (punto 9.15 de la presente RCA) y Plan de Perturbación Controlada de Reptiles (Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis) punto 9.16 de la presente RCA). En relación a la colisión de aves, en la respuesta 4.24 de la Adenda Complementaria el Titular declara que la probabilidad de colisión está relacionada con la altura promedio del tenido eléctrico, donde las estructura más alta de la LAT es de 29,34 m, sin embargo es posible descartar la probabilidad dado que, en el área hay presencia de Líneas de Transmisión Eléctricas, por lo que las aves del sector han estado previamente expuestas a este tipo de estructuras, pese a lo anterior se aborda dicho riesgo en el punto 10.12 de la presente RCA y medidas para prevenir colisión y electrocución de avifauna con la línea de alta tensión en el punto 9.15 de la presente RCA.
En relación a anfibios, el Titular muestra en el Anexo 1.4 de la Adenda Complementaria una revisión bibliográfica de las especies de fauna que potencialmente pueden estar presentes en el área de influencia del proyecto. Al respecto, señala 7 especies, de las cuales 6 están en estado de conservación: 1 se encuentra en Preocupación Menor (LC), 3 en casi amenazada (NT) y 2 están en Vulnerable (VU). En el punto 4.5 del Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria el Titular señala que durante los días 07 al 12 de noviembre del año 2022, se realizó una campaña de terreno para fauna, según lo solicitado en los puntos 4.2 y 4.3 del ICSARA Complementario. En dicha campaña no se registraron anfibios en el área de influencia del proyecto, ni tampoco se obtuvieron registros indirectos, esto el Titular lo señala en las respuestas 4.1 y 4.24 de la Adenda Complementaria y en el punto 5.2.1 del Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria, el Titular declara que, no se registraron anfibios en el área de influencia del proyecto, ni tampoco se obtuvieron registros indirectos.
Al respecto, el Titular no presenta toda la información solicitada en los puntos 4.2 y 4.3 del ICSARA Complementario, ya que no da cuenta para anfibios de horarios de muestreo, ni georreferencia los lugares donde se aplicaron las técnicas de muestreo (playbacks y registro de encuentros visuales), tampoco especifica el diseño de muestreo, etc. En la Tabla 1 del Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria, se señalan 7 técnicas de muestreo, pero no se hace referencia a los “playbacks” ni a los “registro de encuentros visuales”. Misma situación se produce con la información cartográfica presentada en el archivo “1.2 KMZ Campaña Fauna Primavera 2022” del Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria, ya que, en cada estación de monitoreo de fauna, no se hace referencia a anfibios, no dando cuenta del monitoreo realizado para anfibios, aunque si para las otras especies de fauna, por lo que solo no hay registros de la nueva campaña para las especies de anfibios. Cabe señalar que, en el ICSARA publicado el 22 de septiembre de 2022 también se solicita información para anfibios. Específicamente en el punto 5.8 se solicita entregar “… la totalidad de la metodología para caracterizar al componente fauna, el Titular debe incluir horarios de muestreo, transectos georreferenciados, diseño de muestreo, hábitats por especies, entre otros.”. Luego, en el punto 5.40 del ICSARA se solicita “… actualizar el descarte del literal b) del art. 6 del RSEIA. En caso de corresponder, se debe agregar al descarte las especies de anfibios…”. Los riesgos y compromisos ambientales comprometidos por el Titular se focalizan en avifauna y reptiles, no considerando a las especies de anfibios en categoría de conservación. En relación a lo anterior, la SEREMI Medio Ambiente RM, en el Oficio Ord. N°066, de fecha 23/01/2023 realiza la siguiente observación: “1-- En relación a la respuesta 4.1, 4.2, 4.3 y el anexo 1 “Campaña Fauna Primavera” presentado en Adenda Complementaría, para grupo de especies de anfibios el titular señala “Se efectuó una exhaustiva revisión del Área de Influencia del Proyecto en busca de anfibios, sin embargo, no se observaron individuos, ni tampoco se obtuvieron registros indirectos.“, al respecto la información presentada es insuficiente debido a que no da cuenta de horarios de muestreo, monitoreo georreferenciados, lugares donde se aplicó playbacks para reconocer y estimular las vocalizaciones de anfibios, aplicación de método registro de encuentros visuales, diseño de muestreo, hábitat reconocidos, entre otros aspectos asociado a este grupo de especies. La información cartográfica presentada en el anexo 1.2” KMZ Campaña Fauna Primavera 2022”, no da cuenta del monitoreo realizado para anfibios en el sector de humedal reconocido por el titular, en particular los puntos insertos en el ecosistema de Humedal Urbano MF26, MF27MF28, MF29 y M30, no dan cuenta de monitoreo de anfibios. […] En consecuencia, de lo antes mencionado, no es posible determinar si se han identificado todos los impactos significativos atribuibles a la ejecución del proyecto, no descartando la inexistencia de los efectos, características o circunstancias (ECC) del artículo 11 de la Ley N° 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante, “Ley N° 19.300”).”
De acuerdo a lo anteriormente señalado, no es posible determinar si se han identificado todos los impactos significativos debido a la ejecución del proyecto, específicamente al componente fauna (anfibios), por lo que no es posible descarta la inexistencia de los efectos, características o circunstancias de la letra b) del artículo 6 del RSEIA.
Literal c) del artículo 6 del RSEIA: Agua: En la Tabla 41 de la Adenda Complementaria y respuesta 1.29, Adenda, se plantea que, el Proyecto no requiere extracción de esta agua (potable e industrial), debido a que el agua utilizada será abastecida por terceros autorizados. Además, en ninguna de sus fases el Proyecto considera realizar la recarga artificial del acuífero y, por consiguiente, no se solicitarán derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas con cargo a obras de recarga. En la respuesta 4.6.5 de la Adenda Complementaria se identifica que el sistema hídrico subterráneo, donde se emplaza el Proyecto corresponde al Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común (SHAC) Melipilla. No obstante, se determinó que el área de influencia se encuentra acotada al sector de emplazamiento del Proyecto. En el Apéndice A “Descripción hídrica de cuencas y cauces superficiales” del Anexo 5 “Evaluación de recursos hídricos superficiales y subterráneos” de la Adenda Complementaria, se identifican los cauces superficiales que se encuentran cercanos al Proyecto: Canal Huechún, Canal Bajo el Huechún y Canal artificial N°1 y los cauces naturales Surgencia y Río Maipo, todos productos de su cercanía con las obras del Proyecto con potencial afloramiento (desde la torre N°24 a la torre N°41). Al respecto, en la respuesta 4.6.2 de la Adenda Complementaria, se destaca que los canales artificiales tienen el mismo origen o fuente de las aguas correspondiente al canal Huechún. Además, se indica que, todos los cauces receptores cuentan con capacidad de porteo adicional para recibir las aguas alumbradas que serán evacuadas. En la respuesta 4.24 de la Adenda Complementaria, se indica que se modela el sector del proyecto considerando tanto el caudal del Río Maipo como el del resto de las cuencas aportantes. El Sector Este del proyecto es el que se ve más afectado por la zona de inundación, por lo que se proyectan obras para la protección de las torres ubicadas en este sector; estas obras corresponden a un pedestal en fundación y se realizarán en las torres LT N°1, N°24, N°25, N°26, N°27, N°28, N°29, N°30, N°31, N°32 y N°33 (mayores antecedentes en el punto 6.1.6 “PAS 157” de la presente RCA y Anexo 7 de la Adenda Complementaria). En relación al helipuerto, en la respuesta 4.15 de la Adenda Complementaria, se señala que los cauces receptores tienen una capacidad de porteo que les permite recibir las aguas que alumbren en las excavaciones de las fundaciones sin provocar efectos adversos como alteración de riberas. Además, en la respuesta 4.8 Adenda Complementaria, se indica que en el sector del Helipuerto se identificó una serie de cauces superficiales, los cuales se verifican en la Figura 18 de la Adenda Complementaria (Canal Huechún, Canal Isla Huechún, y una serie de canales artificiales). El curso de agua más cercano al helipuerto corresponde al Canal Isla Huechún el cual nace del Río Maipo y vierte sus aguas en el mismo Río Maipo aproximadamente 5 km aguas abajo. En la respuesta 4.15 de la Adenda Complementaria se declara que no se esperan descensos del nivel freático en los pozos de terceros más cercanos a la ubicación del Proyecto. Declara, además que se asegura la permanencia del recurso; la capacidad de regeneración o renovación del recurso; y la mantención de las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de los ecosistemas. En cuanto a la generación de aguas servidas generadas por el Proyecto, estas serán manejadas en la fase de construcción, operación y cierre mediante baños químicos, los que serán manejados de acuerdo a lo indicado en el D.S N°594/1999 MINSAL. Para la fase de construcción también se consideran servicios higiénicos, los que utilizarán un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración” (PAS 138). Respecto a los residuos industriales líquidos generados en la fase de construcción, estos provendrán del sistema de lavado de canoas de camiones mixer, los cuales serán descargados en tambores de 200 litros de material resistente e impermeable, dispuestos sobre una base que tendrá una geomembrana impermeabilizante de polietileno de alta densidad en toda la extensión en donde se localizará la canoa de camiones, la cual sobresaldrá de éste en al menos 1 metro en cada dirección. Donde se proyecta que las emisiones líquidas serán evaporadas. Es importante destacar que, durante la fase de operación y cierre, no se proyecta la generación de residuos industriales líquidos.
Suelo: El proyecto se emplaza en un área urbana y rural, según el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. Además, existen sectores industriales con fuerte intervención. Lo anterior se muestra en la Figura 1.5.8 del Anexo 2-1 de la DIA. A nivel general, la mayor parte del proyecto (más del 70%) se emplaza en suelos con severas limitaciones para los cultivos, donde el uso potencial del suelo está enfocado en pastoreo, uso forestal o recreación y vida silvestre. Según se indica en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria, la principal intervención directa del proyecto sobre el recurso suelo está asociado al establecimiento de las plataformas de las torres y a los caminos de acceso de dichas torres, en este sentido, los impactos sobre suelos agrícolas corresponden a 1,25 ha (16,82%), dado lo acotado de la superficie no se prevé un impacto significativo sobre el recurso suelo.
Aire: El Titular, en el Anexo 6 de la Adenda, presenta el Estudio de Emisiones, donde indica que el Proyecto, no deberá compensar sus emisiones atmosféricas en ninguna de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº31/2016, del MMA. El Titular señala que se implementarán medidas de control, con el fin de reducir las emisiones de material particulado y gases generados por las tres fases del proyecto, dichas medidas se encuentran en el punto 7.1.1 de la presente RCA.
Literal d) del artículo 6 del RSEIA: Dado que en el área de influencia no se encuentra aplicables normas secundarias, la construcción, operación y cierre del Proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas. Mayores antecedentes en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria.
Literal e) del artículo 6 del RSEIA: El Proyecto no generará niveles de ruido significativos en la fase de construcción, operación y cierre que puedan afectar a la fauna presente en el entorno del proyecto. Además, de acuerdo a la caracterización realizada, en el AI del Proyecto no se data la existencia de fauna nativa de relevancia susceptible de ser afectada por aumento en los niveles de ruido, por lo tanto, no afectará el entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Por la presencia de en el área de influencia de las especies Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis, que se encuentran en categoría de conservación de Preocupación Menor (LC), el Titular incluye el CAV de “Plan de Perturbación Controlada de Reptiles” previo a la fase de construcción (Mayor detalle en el punto 9.16 de la presente RCA). Mayores antecedentes en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria y punto 4.2.16, Anexo 4, Adenda Complementaria.
Literal f) del artículo 6 del RSEIA: En el Anexo 2-1, Adenda, se indica que todos los residuos peligrosos que se generarán durante la fase de construcción se almacenarán en una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para posteriormente ser retirados y dispuestos en sitios autorizados. En dicha bodega los residuos serán almacenados en recipientes herméticamente cerrados y etiquetados. Además, serán dispuestos en sitios autorizados por la Seremi de Salud RM y no se descargarán a los cauces. Para las fases de operación y cierre no se prevé la generación de RESPEL. Los residuos asimilables a domésticos tanto de las fases de construcción como de cierre serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y cerrados con tapa, los cuales serán acopiados en la zona de almacenamiento temporal de residuos domiciliario y serán llevados a sitios autorizados por la Seremi de Salud RM. Para la fase de operación, se estima que los volúmenes de residuos sólidos generados serán casi nulos, ya que el proyecto no requiere de operarios, por lo que serán retirados de forma inmediata una vez terminadas las actividades de mantención. Los residuos sólidos no peligrosos, generados en las fases de construcción y cierre serán almacenados a granel, debidamente segregados por tipo en la zona de acopio de residuos industriales no peligrosos y serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final. Para la fase de operación los residuos serán segregados por la empresa a cargo de la mantención y serán trasladarlos hacia un sitio de disposición final autorizado, una vez finalizada la jornada laboral. El Titular solicita el PAS 140 (fases de construcción y cierre) y el PAS 142 (construcción) del RSEIA, para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos y peligrosos. Mayores detalles de estos, en el punto 6.1.2 y 6.1.3 de la presente RCA. El Proyecto sólo se utilizarán productos químicos durante la construcción, las cuales serán almacenadas en una bodega de sustancias peligrosas existente y en cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N° 43/2015 MINSAL. Durante la fase de operación y cierre no se prevé el almacenamiento de sustancias peligrosas.
Literal g) del artículo 6 del RSEIA: En la respuesta 4.17 de la Adenda Complementaria, se indica que el sector de emplazamiento del Proyecto tiene la connotación de ser considerados recursos escasos debido a que la comuna de Melipilla, que es donde se emplazará el Proyecto, ha sido declarada zona de escasez mediante Decreto N°152/2022 MOP, cuya fecha de caducidad es 20 de septiembre de 2023. A pesar de lo anterior, en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria, se señala que no se contempla la afectación de cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles y que generen fluctuaciones de niveles. Respecto a la alteración del flujo subterráneo, es un potencial impacto evaluado, ya que se consideró que, dentro de las obras, partes y acciones del Proyecto se indica la construcción de las fundaciones de las torres en una condición seca, lo que implica la extracción de agua que afloraría en las excavaciones y su posterior descarga al cauce superficial más cercano. Al respecto, el Titular señala las dimensiones de las fundaciones de las torres (obras de mayor profundidad del proyecto) en la Tabla 8 de la Adenda; en dicha Tabla se puede verificar que las profundidades de las torres serán de 1,6 y 2,9 metros. En el Apéndice C del Anexo 13 Adenda, el Titular declara que se detecta nivel freático a una profundidad variable entre 1,2 y 2,7 m. Por lo anterior, en la respuesta 4.6.1 de la Adenda Complementaria, el Titular señala que el proyecto considera el potencial afloramiento en las excavaciones y la evacuación de las aguas hacia el cauce superficial más cercano (artículo 129° bis del Código de Aguas), previa autorización de la DGA en caso de ser un cauce natural o de los administradores en caso de ser un cauce artificial. En el Anexo 5 “Evaluación de recursos hídricos superficiales y subterráneos” de la Adenda Complementaria, se presentó una caracterización físicoquímica en detalle de las aguas del acuífero del área del área del Proyecto y de los cauces superficiales receptores. De acuerdo con los resultados obtenidos, se concluye que la calidad de las aguas superficiales y subterráneas en el sector de emplazamiento del Proyecto es similar, tanto en su composición como en sus concentraciones. Se indica, además, en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, que los potenciales cauces receptores correspondientes a los canales artificiales Canal Huechún, Canal Bajo el Huechún y Canal artificial N°1 y los cauces naturales Surgencia y Río Maipo, todos productos de su cercanía con las obras del Proyecto con potencial afloramiento (desde la torre N°24 a la torre N°41). Destacando que, los canales artificiales tienen el mismo origen o fuente de las aguas correspondiente al canal Huechún. En la respuesta 4.6.2 de la Adenda Complementaria se declara que, todos los cauces receptores cuentan con capacidad de porteo adicional para recibir las aguas alumbradas que serán evacuadas. En la respuesta 4.6.3 Adenda Complementaria, el Titular se compromete a presentar una caracterización físico-química de las aguas del acuífero del área de proyecto y del cuerpo potencialmente receptor (cauce superficial), a fin de contar con estos antecedentes de manera preliminar y verificar su similitud o diferencia. Considerar los parámetros listados (no sus límites) de la NCh 1.333, D.S. N°46/2022 MINSEGPRES, D.S. N°90/2000 MINSEGPRES y D.S. N°53/2013 MMA. En la respuesta 4.6.6 de la Adenda Complementaria, específicamente en la Tabla 23, se presentan los resultados promedio de los flujos del balance hídrico para las situaciones Con Proyecto y Sin Proyecto realizado para los 6 meses de operación del bombeo evaluado en la zona de balance (fase de construcción). Al respecto se indica que no existirá un efecto apreciable en los pozos de terceros debido a que éstos se encuentran fuera del área susceptible de ser afectada. No obstante, el Titular consideró que, en caso de denuncia de titulares de pozos de terceros que indiquen un descenso del nivel freático, se realizará una medición de la profundidad del nivel freático con frecuencia diaria de tal manera de identificar si los descensos denunciados son producto de las obras del Proyecto. Además, se considerará limitar la construcción de las torres a un máximo de 2 bombeos simultáneos. En la respuesta 4.9 de la Adenda Complementaria, el Titular reconoce la presencia de un humedal cercano al proyecto, dicho humedal se encuentra en proceso de declaratoria de humedal urbano y está asociado a límite urbano, Sist. Rios Maipo- Mapocho, esteros Colina- Angostura- Puangue y Trib, El Titular se compromete a ejecutar medidas de protección del humedal, que dicen relación con: mantener el combustible fuera del área del humedal, disponer señalética para la protección del humedal y las especies, realizar jornadas de sensibilización a la comunidad, realizar jornadas de capacitación a los trabajadores del proyecto. Además, en el Plan de contingencias y emergencias plantea el riesgo o contingencia de Colisión y Electrocución de avifauna con la Línea de Alta Tensión (punto 10.12 de la presente RCA) y el riesgo o contingencia de afectación a cauces naturales cercanos al Proyecto (punto 10.13 de la presente RCA). También se detallan los siguientes CAV: Inducción a trabajadores sobre protección de fauna silvestre (punto 9.1 de la presente RCA), Plan de monitoreo de avifauna (punto 9.3 de la presente RCA), Medidas de resguardo de actividades en obras cercanas al humedal urbano, Sist. Rios Maipo- Mapocho, esteros Colina- Angostura- Puangue y Trib (punto 9.8 de la presente RCA), Medidas de protección para evitar afectación del humedal por derrame y/o fuga de combustible (punto 9.11 de la presente RCA), Señalética interpretativa en el área del humedal (punto 9.12 de la presente RCA), Jornadas de sensibilización a la comunidad sobre el cuidado del humedal (punto 9.13 de la presente RCA), Capacitación a trabajadores sobre el cuidado del humedal (punto 9.14 de la presente RCA) y Medidas para prevenir colisión y electrocución de avifauna con la línea de alta tensión (punto 9.15 de la presente RCA). De igual forma, dentro del PAS 157 (Anexo 7 de la Adenda Complementaria) asociado a las obras del Río Maipo se plantean medidas ambientales: construcción de la fundación de las torres y de su obra de protección se prevé realizar en días secos privilegiando que las obras sean realizadas durante la temporada estival, delimitar zona de protección para cauces superficiales, paralizar obras en días con precipitaciones, inducción al personal de construcción, inspección visual diaria del Encargado Ambiental durante la fase de construcción, especial atención con la disposición de residuos, en caso de afloramiento se bombeará el agua desde su punto de origen y las sustancias peligrosas son prohibidas. En la respuesta 4.10 de la Adenda Complementaria, se indica que, las obras de proyecto no intervendrán las características ecológicas del humedal urbano ni su funcionamiento.
Literal h) del artículo 6 del RSEIA: El Proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Mayores antecedentes en la Tabla 41 de la Adenda Complementaria.
De acuerdo a lo anterior, no es posible determinar si se han identificado todos los impactos significativos debido a la ejecución del proyecto, específicamente al componente fauna (anfibios), por lo que no es posible descarta la inexistencia de los efectos, características o circunstancias de la letra b) del artículo 11 de la Ley 19.300. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.3 del ICE. En el área de influencia de Medio Humano, tal y como se observa en la Figura 1-2 del anexo 2-6 de loa DIA, corresponde a los habitantes de la ciudad de Melipilla, de las localidades de Huechún, El Bajo y el sector de Lomas de Manso.
En la Tabla 42 de la Adenda Complementaria, el Titular declara que el Proyecto se emplaza sobre predios privados que actualmente no mantienen un uso productivo ni habitacional, por lo que no generará reasentamiento de comunidades humanas. Cabe destacar, que no existe presencia de construcciones bajo la línea de transmisión y en la franja de seguridad del Proyecto.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no presenta los antecedentes técnicos necesarios que permitan asegurar que no se genera o no se presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:
Literal a) del artículo 7 del RSEIA: En el punto 1.6 del Anexo 2-6 de la DIA, el Titular indica que, las obras permanentes del Proyecto se emplazan en un terreno privado, actualmente no cultivado ni explotado en labores agropecuarias. En el sector del área de influencia, denominado Lomas de Manso, se identifican predios agrícolas de cultivo de amapolas junto T2 y camino de acceso a SE Alto Melipilla. Al respecto, el informe de emisiones atmosféricas (Anexo 6, Adenda) señala que los niveles no afectarán los predios cultivados en la fase de mayor movimiento que sería la fase de construcción. En relación a los predios agrícolas junto a las estructuras T14, T15, T16, T17 y T18 y a sus respectivos caminos de acceso ubicadas en el sector de Huechún Alto, el informe de emisiones atmosféricas (Anexo 6, Adenda) señala que los niveles de emisiones de la fase de construcción del proyecto no afectarán los cultivos de paltas presentes en esta zona. En la localidad de El Bajo se identifican obras del proyecto, específicamente las estructuras T34, T35, T36 y T37, que se emplazan en un predio que actualmente no presenta cultivo agrícola. No obstante, en ocasiones lo utilizan para el crecimiento de pasto para alimentar animales. Al respecto, las obras del proyecto no impedirán que se realice las actividades anteriores, debido a que la plantación de cultivos de pasto cumple con la altura permitida para emplazarse bajo una línea de transmisión o en una franja de seguridad. En el caso de la fase de construcción, no se obstaculizará la utilización del predio en su totalidad, solo del espacio de emplazamiento de las torres en su proceso de armado. También se agrega que el Cerro El Sombrero es un sitio natural relevante para los habitantes de la ciudad de Melipilla y para los complejos habitacionales que se encuentran junto en el sector de Lomas de Manso. Su ingreso se ubica en el sector del Cementerio Municipal de Melipilla, desde donde se extienden diversos senderos para realizar recorridos, siendo los mayormente utilizados y cuidados aquellos que son administrados por el municipio. El área de influencia determinada como Sector Lomas de Manso, forma parte de este recorrido, aun cuando el área es parte de predios privados. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular declara que el proyecto no intervendrá las rutas utilizadas como tampoco los espacios verdes que los vecinos del sector visitan. Por tanto, a partir de lo anterior, se declara que el Proyecto no intervendrá actividades dependientes de la extracción y/o uso de recursos naturales por parte de los grupos humanos presentes en el territorio, en forma individual o asociativa. Por otra parte, no intervendrá ni restringirá el acceso a recursos naturales que pudiesen ser utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural, por parte de los grupos humanos identificados. Mayores antecedentes en el Anexo 2-6 “Medio Humano” de la DIA.
Literal b) del artículo 7 del RSEIA: En la respuesta 4.23 de la Adenda Complementaria, se indica que el proyecto utiliza diferentes vías para el desarrollo de sus partes, obras y acciones, en la fase de construcción, presentando un mayor flujo de vehículos de carga pesada y liviana. En la respuesta 4.14 de la Adenda Complementaria, se indica que, los efectos del Proyecto, sobre los caminos con calzada única bidireccional y multipista, no son significativos sobre la red vial pública analizada, dado que, se mantienen los mismos resultados de indicaciones operacionales con y sin Proyecto. Por lo tanto, no se registra una alteración significativa por el Proyecto y no se prevé un deterioro mayor en los indicadores operacionales tales como el incremento de velocidad y aumento en los tiempos de desplazamientos. De igual forma, destaca los resultados en el Tramo 16 (Huilco Bajo, entre Camino El Bajo y Camino Huechún) en nivel de servicio en la Situación Actual es F, es decir, el tramo se encuentra en su máxima capacidad de la vía y con grados de saturación mayores al 100%. Sin embargo, cabe señalar que esta situación corresponde a incremento natural del flujo vehicular y no es atribuible al Proyecto, ya que, según la Tabla 74 del Anexo 20 de la Adenda Complementaria el grado de saturación se mantiene con o sin proyecto para los horarios 13:00-14:00 y 18:45-19:45 horas y aumenta un punto porcentual para el horario 7:45-8:45 horas. Por lo tanto, el Titular restringirá el tránsito de camiones y de vehículos del proyecto en las horas de máxima demanda vehicular (7:45- 8:45, 13:00-14:00 y 18:45-19:45 horas). En cuanto al análisis de los caminos urbanos, se evidencia que la variación porcentual entre el Caso Base y Situación con Proyecto no es significativa, ya que no superan el 5%. Se agrega, además, que la construcción del Proyecto tiene carácter temporal, y se reducirá el flujo vehicular una vez terminadas las obras. De igual modo, la Fase de Cierre tiene una duración de 6 meses con un flujo vehicular menor, por lo que concluidas las obras se reducirá el flujo vehicular aportado por el Proyecto. En cuanto a la fase de operación, el flujo vehicular es bajo, ya que solo requerirá de mantenciones dos veces al año. En el punto 6.4.1 del Anexo 20 de la Adenda Complementaria, se indica que, para la fase de construcción, la frecuencia de camiones será de 24 viajes al día, para buses de 4 viajes al día y para vehículos livianos de 12 viajes al día. En el caso de la operación, en la Tabla 76 de la Adenda Complementaria, se indica que se prevé 4 viajes al año, y para la fase de cierre de 7 viajes al día para camiones, de 4 viajes al día para minibuses y de 4 viajes al día para vehículos livianos. Es importante destacar que, debido a que no existe demanda inducida de peatones y ciclistas, el Titular no se efectuó los cálculos de indicadores para ambos modos de transporte. De igual modo, los resultados de conteos de flujo peatonal y de ciclistas mostraron que los niveles de ambos modos en el acceso al Proyecto son bajos, por lo tanto, no se prevé afectación a estos usuarios debido al Proyecto. Mayores antecedentes Anexo 20 de la Adenda Complementaria, respuesta 4.23 de la Adenda Complementaria y respuesta 4.14 de la Adenda Complementaria.
Literal c) del artículo 7 del RSEIA: Durante la fase de construcción del Proyecto, se estima un máximo de 27 personas, para la fase de operación el máximo será de 4 y para el cierre de 10. Por lo tanto, el máximo de personas será para la fase de construcción, las cuales estarán distribuidas en diferentes frentes de trabajo, durante los 15 meses que durará esta fase en horario diurno (8:00 – 18:00hrs). El Proyecto no considera la instalación de campamentos ni ningún otro tipo de infraestructura para alojamiento del personal. Para la fase de construcción se contempla la instalación de la infraestructura básica, como servicios higiénicos y baños químicos. La alimentación será provista a los trabajadores en locales habilitados para el expendio de alimentos, a los cuales serán trasladados diariamente, por lo que no se requiere la instalación de comedores. Este servicio requerido durante la fase de construcción será, eventualmente, cubierto con las capacidades instaladas en la ciudad de Melipilla y alrededores. Considerando la fase de operación, no se requerirá la presencia de operarios en el lugar, sin embargo, se necesitará personal para las actividades de inspección y mantenimiento de las diferentes componentes, incluyendo acciones de tipo preventivo y correctivo programado. Se prevé que estas acciones de inspección y mantenimiento tendrán una baja frecuencia y corta duración, aproximadamente dos visitas al año. Como se señaló anteriormente, la fase de cierre se realizará en 6 meses y considera un máximo de 10 trabajadores. También se contempla la instalación de la infraestructura básica, similar, pero de menor envergadura que para la fase de construcción. A pesar de que, el proyecto utilizará diferentes vías declaradas de Melipilla, de acuerdo a lo señalado por el Estudio de Impacto Vial (Anexo 20 de la Adenda Complementaria), no se prevé un deterioro mayor en los indicadores operacionales tales como el incremento de velocidad y aumento en los tiempos de desplazamiento. Esto implica que el proyecto, a través de sus actividades de tránsito, no impedirá el acceso a los bienes y servicios que se emplazan en las vías declaras en esta presente línea de base, específicamente en Vicuña Mackenna (Ruta G-78), Hurtado, Pardo, Manuel Benítez, Serrano, Egaña y Alcalde. El titular declara en el punto 1.6 del Anexo 2-6 de la DIA que el Proyecto no limitará y/o alterará la dotación de servicios básicos e infraestructura en general, o bien no incrementará la demanda de los servicios en desmedro de los habitantes de la localidad y ciudad declarada como área de influencia. Mayores antecedentes en el Anexo 2-6 “Medio Humano” de la DIA.
Literal d) del artículo 7 del RSEIA: En la Figura 33 de la Adenda, se señalan los sitios de realización de actividades, manifestaciones culturales, infraestructura comunitaria y acceso a la comuna de Melipilla. Destacan las procesiones religiosas, las rutas de senderismo y diferentes sitios de interés. En la tabla 73 de la Adenda, se señalan las celebraciones religiosas de Melipilla: Semana Santa, Vía Crucis y Virgen del Carmen. Al respecto, el titular declara en la respuesta 5.47 de la Adenda que, dichas celebraciones se realizan días festivos o fines de semana, por lo que el proyecto no generará una interacción con estas, ya que las acciones del proyecto se realizarán de lunes a viernes entre las 8:00 a 18:00 hrs. En cuanto a los sitios de interés señalados en la Figura 33 de la Adenda, estos se ubican en las vías declaradas por el Proyecto para transporte de vehículos de carga liviana y pesada. Al respecto, el Estudio vial del Anexo 20 de la Adenda Complementaria, señala que los impactos que provoca el proyecto no son significativos. En relación al Parque Cerro el sombrero, en la figura 34 de la Adenda se presentan los circuitos de senderismo. Uno de estos senderos se encuentra paralelo al camino utilizado por los vehículos del proyecto, pero el sendero es utilizado mayormente los fines de semana. Como las actividades del proyecto se realizarán de lunes a viernes entre las 8:00 y 18:00 hrs, el proyecto no interviene con el senderismo.
En el punto 1.6 del Anexo 2-6 de la DIA, se indica que, en la ciudad de Melipilla, la cual forma parte del área de influencia del Medio Humano, se identifican 3 asociaciones indígenas, y no se identifica presencia de actividades, manifestaciones tradicionales o sitios significativos en las áreas de emplazamiento de obras y acciones del proyecto. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, y artículo 7º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto Ambiental No Significativo 1 Impacto ambiental no significativo Posible alteración temporal de humedal en proceso de declaratoria. Parte, obra o acción que lo genera Línea de Transmisión Eléctrica de Alta Tensión. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5.3 del ICE. Capítulo 6.4 del ICE. Existencia de poblaciones protegidas: De acuerdo a lo señalado en el Anexo 2.6 de la DIA, existen 3 asociaciones indígenas registradas en el Sistema de Información Territorial de dicho organismo en la ciudad de Melipilla, las cuales están dentro del área de influencia, como se observa en la Figura 1-5 del Anexo 2-6 de la DIA. Pero no se identifica presencia de actividades o manifestaciones tradicionales o sitios significativos en las áreas de emplazamiento de obras y acciones del proyecto.
Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental: Según la información extraída desde el documento Áreas protegidas, (Anexo 2.12 de la DIA) se aprecian áreas o zonas bajo protección en el entorno, pero, en términos generales, la mayoría de estas áreas se ubican a más de 1 km de distancia del Proyecto, a excepción del Sitio Prioritario Cordón de Cantillana el cual se emplaza a 132 metros.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.
En el punto 1.5.1.2.4 del Anexo 2.6 “Medio Humano” de la DIA, se indica que en la en el Área de Influencia se ubican 3 asociaciones indígenas: Alun Meu Rayun, Amotuyü Melipilla y el Consejo Indígena Amotuyin. En la Figura 1-5 del Anexo 2.6 de la DIA se muestra un mapa de dichas asociaciones y su cercanía al proyecto. Cabe destacar que dos asociaciones (Asociación Indígena Amotuyü Melipilla y Consejo Indígena Amotuyin) están inscritas en el mismo lugar, el cual es el más cercano a las obras del proyecto (1.000 m línea recta). Respecto a la presencia de actividades o manifestaciones tradicionales, no se identifica en las áreas de emplazamiento de obras y acciones del proyecto. Por lo tanto, se determina que no existe relación directa entre el área del Proyecto y las áreas de Poblaciones Protegidas. Mayores antecedentes en el Anexo 2.6 “Medio Humano” de la DIA.
Según se indica en la respuesta 5.55 de la Adenda (página 54), el sitio prioritario más cercano al Proyecto corresponde a “Cordón de Cantillana”, el cual se encuentra a 132 m al este del Proyecto. En la Tabla 41 de la Adenda Complementaria se señala que, el emplazamiento del Proyecto no genera afectaciones directas hacia Sitios Prioritarios, Poblaciones, Recursos, Áreas, Humedales y Glaciares protegidos. Si bien se aprecian áreas o zonas bajo protección en el entorno, estas se emplazan fuera del rango de acción del Proyecto, evitando así cualquier daño hacia el valor ambiental, biofísico, cultural e histórico de estas. En la respuesta 4.9 de la Adenda Complementaria, el Titular reconoce la presencia de un humedal cercano al proyecto, el cual se encuentra en proceso de declaratoria de humedal urbano. En la respuesta 4.19 de la Adenda Complementaria, se señala que el humedal colinda con obras antrópicas como la defensa ribereña y zona de botaderos, siendo esta última actualmente activa, en crecimiento, y como se indica en el punto 4.3.4 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria, existen zonas de botadero que se encuentra próximas al humedal, e incluso existe una zona de botadero que se encuentra dentro del humedal. En la Figura 16 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se muestra un mapa con el proyecto (desde la torre 20 a la torre 29), el sector correspondiente a la defensa ribereña del río Maipo y la zona de botadero. Por último, cabe mencionar que del análisis de imágenes satelitales históricas presentadas en el Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria, el Titular concluyó que en el sector humedal previo a 2013 existía un brazo del río Maipo, y el humedal se originó luego de la ejecución de las obras de defensa ribereñas ejecutadas durante los años 2013 y 2014. En base a que el sector de humedal presenta especies de flora con alto nivel invasor, además del uso antrópico que actualmente se está dando al humedal por parte de los vecinos (botadero), el Titular concluye que no existen impactos asociados por parte del Proyecto al humedal que se encuentra en proceso de declaración de humedal urbano. En la respuesta 4.23 de la Adenda Complementaria, el Titular señala que, el Cerro El Sombrero es un sitio natural relevante para los habitantes de la ciudad de Melipilla y para los complejos habitacionales que se encuentran junto a este, en el sector de Lomas de Manso. En el marco del interés, diversas organizaciones junto al Municipio de Melipilla se encuentran trabajando para el rescate y reactivación del Parque de El Cerro El Sombrero. Su ingreso se ubica en el sector del Cementerio Municipal de Melipilla, desde donde se extienden diversos senderos para realizar recorridos, siendo los mayormente utilizados y cuidados aquellos que son administrados por el municipio. El proyecto no intervendrá las rutas utilizadas, como tampoco los espacios verdes que los vecinos del sector visitan. Del mismo modo, el proyecto se construirá de manera paralela a una línea de transmisión ya presente en la zona, no interviniendo nuevos espacios dentro del cerro. En la Figura 34 de la Adenda, se muestra la ruta de senderismo 5 y su interacción con el Proyecto, ya que es la más cercana al proyecto, específicamente con una ruta utilizada para la construcción de 7 torres del Proyecto. Esta ruta se encuentra paralelo al camino utilizado por los vehículos, es mayormente utilizado los fines de semana por familias que pasean perros o caminan hacia el tranque de acumulación de agua para riego, para pasear. Considerando que el Proyecto realizará la fase de construcción de lunes a viernes entre las 8:00 a 18:00 hrs y que las rutas de senderismo no comparten el camino utilizado por los vehículos de carga liviana y pesada de este mismo.
De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.5 del ICE. Existencia de valor turístico: En el punto 8 del Anexo 2-7 de la DIA se indica que en el área de influencia del proyecto se ubican los siguientes atractivos turísticos: Semana Pomairina, Pomaire, Antigua casa de Policarpo Toro, Catedral de Melipilla, Claustro de San Agustín, Viñateros, Viña Chocalán, e Iglesia y claustro de San Agustín (Tabla 4, Anexo 2-7 de la DIA). Además, en el punto 6.3 del Anexo 2-7 de la DIA se señala que existe una amplia oferta de servicios asociados al alojamiento, alimentación, y tour operador. Por otra parte, no se registraron servicios asociados a turismo aventura ni guías turísticos. Estos antecedentes, señalan un valor turístico medio, asociado a la presencia de los servicios de alojamiento, alimentación, tour operador. De igual manera se le atribuye un valor turístico alto dado la presencia de un atractivo turístico de categoría nacional.
Existencia de valor paisajístico: En el punto 17.7 del Anexo 17 de la Adenda, se indica que el área de influencia del proyecto presenta una calidad visual general media, lo que se podría traducir en que para las unidades paisajísticas que configuran el área de influencia del proyecto, los atributos presentes si bien poseen rasgos singulares, tal es el caso de la UP3 con la presencia del cerro El Sombrero, y la UP4 con el Río Maipo y el humedal asociado a este, estos no resultan ser destacables en cuanto a singularidades escénicas y/o paisajísticas.
De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:
Literales a) y b) del artículo 9 del RSEIA: En el punto 17.7 del Anexo 17 de la Adenda se señala que debido a las características paisajísticas derivadas de su contexto geográfico, se determinó que el proyecto se emplaza en una zona que abarca cuatro (4) Unidades Paisajísticas, correspondientes a un Área Urbana (UP1), un Área mixta, agrícola y rural (UP2), una Zona montañosa (cerros y lomas) (UP3) y el cauce del Río Maipo (UP4), cuyos atributos de calidad visual dominante tendieron a evidenciar una calificación media para todas las Unidades de Paisaje estudiadas. La calidad visual general media, se podría traducir en que para las unidades paisajísticas que configuran el área de influencia del proyecto, los atributos presentes si bien poseen rasgos singulares, tal es el caso de la UP3 con la presencia del cerro El Sombrero, y la UP4 con el Río Maipo y el humedal asociado a este, estos no resultan ser destacables en cuanto a singularidades escénicas y/o paisajísticas. Con respecto a los fotomontajes presentados en el punto 1.6 del Anexo 17 de la Adenda, se puede determinar que los principales cambios visuales y paisajísticos referidos a las obras y/o acciones del Proyecto, se relacionan con las estructuras (torres) reticuladas de transmisión eléctrica, las cuales serán el soporte de la línea de transmisión y se emplazarán a lo largo del tendido. En cuanto a aspectos de intrusión e incompatibilidad visual, como también de artificialidad y alteraciones cromáticas, si bien las estructuras debido a su tamaño poseen una gran incidencia en el paisaje, estas se emplazarán de manera dispersa, separadas entre sí, por lo que no serán protagonistas de las vistas, sino que se incorporarán como líneas en el paisaje, sin dominar por sobre los atributos biofísicos presentes en la zona, donde destaca el relieve de las lomas y cerros, especialmente el cerro El Sombrero y el cauce del Río Maipo. Por lo tanto, el proyecto no afectará un área que reporte bellezas escénicas y/o paisajísticas, de hecho, gran parte de las obras y acciones que se implementarán se llevarán a cabo en una zona que presenta un alto grado de antropización. De esta forma, se descarta un impacto significativo hacia este componente. De todas maneras, el Titular plantea, en el punto 17.6.3 del Anexo 17 de la Adenda, medidas para atenuar el efecto visual y estético de las estructuras, las cuales corresponden a: minetización crómatica (punto 17.6.3.1 del Anexo 17 de la Adenda) y a una barrera vegetal en las zonas desprovistas de vegetación (punto 17.6.3.2 del Anexo 17 de la Adenda). En la respuesta 4.12 de la Adenda Complementaria se detalla el plan de mantención para la Medida de mimetización cromática y en la respuesta 4.13 de la Adenda Complementaria se detalla el plan de mantención para la Barrera vegetal. En el punto 9.5 de la presente RCA se detalla el CAV de Pintado de estructuras reticuladas (torres) considerando las condiciones del área de influencia y en el punto 9.6 de la presente RCA se detalla la Barrera vegetal en las zonas desprovistas de vegetación.
La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico: En el punto 8 del Anexo 2-7 de la DIA, se indica que el proyecto no afectará a los servicios turísticos que otorgan esta valoración debido a que no obstruirá el acceso a los Atractivos Turísticos cercanos, ni tampoco a los servicios turísticos, a su vez, el proyecto tampoco generará desvíos en las rutas de acceso a las zonas turísticas, adicionalmente no captará agua de cursos naturales ni generará descargas a los cuerpos de agua. Por lo tanto, el Proyecto no ocasionará alteraciones a estos espacios, ni afectará su valor turístico ni cultural, como tampoco afectará el acceso a estos.
De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, y artículo 9º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.6 del ICE. En el Anexo 8 “Actualización caracterización componente arqueología” de la Adenda, se indica que, a pesar que los resultados del trabajo en terreno arrojaron resultados negativos en cuanto a la detección en superficie de materiales o sitios arqueológicos, por revisión bibliográfica se establecen sitios arqueológicos muy cercanos al área de emplazamiento: Los Jazmines (cementerio Inka) ubicado a 540 m al norte del área de inicio de la Línea de Transmisión (Subestación Alto Melipilla) y el sitio del cementerio El Bajo ubicado a 2,34 km al NE del área de la Subestación Bajo Melipilla. Además, se declara que en comuna de Melipilla y alrededores existen antecedentes de hallazgos fortuitos y sitios arqueológicos, estos corresponden a lugares asociados al periodo Alfarero, Aconcagua e Inca. Destacan sitios con abundante registro de elementos cerámicos en las cercanías del área de influencia. Los hallazgos en este sector comprenden desde sitios mortuorios, concentraciones cerámicas hasta lugares habitacionales, etc. Mayores antecedentes en el Anexo 8, Adenda.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:
Literales a) y b) del artículo 10 del RSEIA: En el Anexo 8 de la Adenda, se indica que, en el interior de la comuna de Melipilla y alrededores existen antecedentes de hallazgos fortuitos y sitios arqueológicos, pero durante la inspección arqueológica en el emplazamiento del proyecto, no se detectaron materiales o sitios arqueológicos en los sectores prospectados. Considerando lo anterior, Titular implementará medidas de prevención ante un eventual hallazgo del componente cultural durante la fase de construcción del proyecto, las cuales se detallan en el Anexo 8 de la Adenda, pero que se relacionan con: charlas de inducción arqueológica al personal del proyecto en la fase de construcción y monitoreo constante. El Titular se compromete con los siguientes CAV: Monitoreo arqueológico permanente, (punto 9.2 de la presente RCA), Charlas de inducción arqueológica (punto 9.3 de la presente RCA), Prospección arqueológica antes del inicio de la fase de construcción (punto 9.7 del de la presente RCA) y Capacitación a trabajadores sobre protección al patrimonio cultural - Paleontología (punto 9.9 de la presente RCA). Finalmente, el Proyecto no interviene o modifica ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. Mayores antecedentes en el Anexo 8, Adenda.
Literal c) del artículo 9 del RSEIA: En el Anexo 2-6 de la DIA, se indica que en el área de influencia del componente arqueológico no se han identificado lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folklore de alguna comunidad o grupo humano, en especial aquellas asociadas a pueblos indígenas. Se encuentran inscritas 3 asociaciones indígenas en la ciudad de Melipilla (Asociación Indígena Alun Meu Rayun, Asociación Indígena Amotuyü Melipilla y Consejo Indígena Amotuyin), pero que no forman parte del área de influencia del componente arqueológico, la más cercanas están a 1.000 m del proyecto (línea recta), y corresponde a dos de estas asociaciones que están inscritas en el mismo lugar (Asociación Indígena Amotuyü Melipilla y Consejo Indígena Amotuyin). Finalmente, el Titular señala en la Tabla 45 de la Adenda Complementaria que, el Proyecto no considera intervenir lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, y artículo 10º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Baños químicos y Servicios higiénicos conectados a sistema de tratamiento mediante fosa séptica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán aguas servidas provenientes del uso de los servicios higiénicos, las que serán conducidas hacia un sistema de tratamiento de aguas servidas que consiste en una Fosa séptica, cámara de inspección y dren de infiltración. Este sistema corresponde a un tratamiento primario con capacidad de 2,3 m3. La fosa séptica se encontrará en la instalación de faenas del Proyecto, la cual será construida dentro de una superficie de 12 m2; en la Figura N° 1 del Anexo 3-1 de la DIA se muestra la ubicación de la Fosa Séptica y en el Apéndice A del Anexo 3-1 de la DIA se adjunta el plano de ubicación. El caudal máximo de agua servida será de 2,16 m3/día y los lodos de 2 Kg/día. Mayores antecedentes en el Anexo 3-1, DIA. Pronunciamiento del órgano competente La Seremi de Salud RM, mediante oficio Ord. N° 2671, de fecha 30/08/2022, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados dentro de la evaluación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1 del ICE.
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. Bodega de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Bodega de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos: - La superficie será de 15 m2 y la capacidad de almacenamiento de 27 m3. - La capacidad máxima de almacenamiento será de 2 ton/mes.
Bodega de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios:
La superficie será de 30 m2 y la capacidad de almacenamiento de 54 m3. - La capacidad máxima de almacenamiento para la fase de construcción será de 350 kg/mes y para la fase de cierre de 150 kg/mes.
En la Figura 1 del anexo 3-1 de la DIA se muestra la ubicación de la zona de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos.
Mayores antecedentes en el Anexo 3-2 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La Seremi de Salud RM, mediante oficio Ord. N° 2671, de fecha 30/08/2022, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados dentro de la evaluación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2 del ICE.
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Respecto a la materialidad, la bodega tendrá piso de concreto. Las paredes corresponderán a un cierre de malla acma o similar, sostenida por pilotes de metal y/o madera. Adicionalmente, se considera un refuerzo de metal para impedir que las sustancias tengan radiación directa durante ciertas horas del día. Contará capacidad de retención equivalente al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, el cual se encontrará en el perímetro de la bodega. La capacidad de contención de la bandeja de derrame corresponde a 1,2 m3. La Superficie de la bodega será de 5 m2 y su capacidad máxima de almacenamiento será de 2 m3. En la Figura N°1 del anexo 3-3 de la DIA se presenta la ubicación de la Bodega. Mayores antecedentes en el Anexo 2-1 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La Seremi de Salud RM, mediante oficio Ord. N° 2671, de fecha 30/08/2022, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados dentro de la evaluación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.3 del ICE.
6.1.4. Permiso para corta de bosque nativo según se establece en el artículo 148 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Línea de Transmisión Eléctrica de Alta tensión. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se cortará 0,475 hectáreas de bosque. En el punto 6.1 del Anexo 11 de la Adenda, se indica el área a intervenir por predio, la capacidad de uso de suelo y el tipo forestal y/o especie a eliminar; estas corresponden a: Esclerófilo, Acacia caven; Esclerófilo, Acacia caven y Kageneckia oblonga; Esclerófilo, Quillaja saponria y Lithrea caustica; Esclerófilo, Schinus latifolius y Peumus boldus. La reforestación será de 0,475 hectáreas y se detalla en el punto 6.2 del Anexo 11 de la Adenda, en donde se indica el predio, área a reforestar, clase capacidad uso de suelo, Tipo de vegetación actual en el lugar a reforestar, especie y densidad (pl/ha). Al respecto, se reforestará con: Acacia caven; Acacia caven y Kageneckia oblonga; Schinus latifolius, Peumus boldus; Quillaja saponria y Lithrea caustica. Mayores antecedentes en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La CONAF RM, mediante oficio Ord. N° 91-EA/2022, de fecha 30/08/2022, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados dentro de la evaluación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.4 del ICE.
6.1.5. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Alcantarilla de Cajón de Hormigón Armado. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La obra de modificación de cauce corresponde a una alcantarilla en el atravieso entre la huella de acceso hacia las torres T25 y T26 y el canal artificial n°2. La Tabla 2-1 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria presenta las coordenadas del atravieso identificado. Dicha obra definida para el atravieso entre la huella de acceso y el canal artificial n°2 permite el libre escurrimiento de las aguas, y corresponde a una alcantarilla de Cajón de Hormigón Armado. La alcantarilla consiste en piezas de hormigón armado de sección cuadrada que sirven como conducto subterráneo para recoger las aguas y que permitan el paso vehicular sobre lechos de caudal reducidos. Las dimensiones de la alcantarilla se entregan en la siguiente Tabla: Cauce Ancho Altura min. Pendiente Largo aprox. Canal artificial N°2 1,1 m 0,8 m 0,04 % 8 m Fuente: Tabla 3-1, Anexo 6, Adenda Complementaria.
En el punto 5 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria se presentan las Medidas Tendientes a Minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas y en el punto 6 de la Adenda Complementaria se describe el Plan de Seguimiento de la Calidad de las aguas durante la fase de construcción. Mayores antecedentes en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La DGA RM, mediante oficio Ord. N°103, de fecha 19/01/2022, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados dentro de la evaluación, señalando lo siguiente:
“1. Sectoriales de competencia de la DGA es caso a caso, de acuerdo con los antecedentes declarados por el Titular durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. De esta manera, en la Respuesta 3.4.4 del Adenda Complementaria el Titular declaró: “Es importante señalar que los cruces aéreos del Proyecto no contemplan obras de modificación de cauce y no existen obras de desvío o interacción en la fase de construcción con los cauces superficiales por lo que no se cumplen las condiciones para la aplicabilidad del PAS 156. Además, el Apéndice A del Anexo 5 se muestran los planos de los cruces aéreos y las catenarias del Proyecto, destacando la distancia entre el cableado y los cursos de agua. Por otro lado, en el atravieso terrestre entre las obras de huellas de acceso del Proyecto y el canal artificial N°2, cuya capacidad de porteo es de 1,05 m3/s (ver Anexo 5, acápite 4.1.2), se contempla una obra de modificación de cauce por lo que cumple con las condiciones para la aplicabilidad del PAS 156, cuyos antecedentes se presentan en el Anexo 6”.
En el Anexo N°6 PAS 156 del Adenda Complementaria el Titular declara: “Es importante recalcar que, la aplicabilidad al PAS156 resulta de un atravieso en el sector donde se localizan las torres 23 y 24 entre la huella de acceso y un canal artificial, canal que no está identificados en la cartografía IGM 1:50.000”.
[…]
Atendido lo declarado se precisa lo siguiente:
1.2 En atención a los antecedentes que el Titular declara en Anexo 5, respecto de los atraviesos de cauces con las Torres, cabe concluir que a tales obras no les es aplicable el PAS 156.
Por otra parte, en atención al contenido del Anexo N°6 PAS 156 del Adenda Complementaria, el Titular declara un atravieso en el sector donde se localizan las torres 23 y 24 entre la huella de acceso y un canal artificial identificado como Canal artificial N°2. Ante lo declarado, cabe concluir que al proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito” le es aplicable el PAS del artículo 156 para tales obras. Por tanto, este Servicio se pronuncia conforme en virtud de los componentes ambientales relacionados al PAS del artículo 156°, las que es necesario precisar a continuación, sin perjuicio de la revisión sectorial asociada al artículo 41° y 171° del Código de Aguas. Por tanto:
1.1.1 Las obras son descritas en el acápite 3.1. del Anexo N°6 PAS 156 y se ubican en las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 señaladas en el acápite 2.2.
1.1.2 En el acápite 5. del Anexo N°6 PAS 156 (literal d. del Artículo 156 del D.S N° 40/2012 RESIA), el Titular compromete las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, que indica.
1.1.3 En el acápite 6. del Anexo N°6 PAS 156 (literal e. del Artículo 156 del D.S N° 40/2012 RESIA), el Titular compromete el Plan de Seguimiento de la calidad de las aguas durante la Fase de Construcción, que indica. 1.1.4 Se precisa que el Titular deberá presentar ante DGA, todos aquellos antecedentes que solicite el Servicio de manera sectorial, en caso de que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.5 del ICE.
6.1.6. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Torres de la LAT (N°1, N°24, N°25, N°26, N°27, N°28, N°29, N°30, N°31, N°32 y N°33). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los cauces superficiales que aplican al PAS 157 corresponden los cauces naturales río Maipo y quebrada IGM debido a que su superficie de inundación intercepta las obras del Proyecto referidas a las torres LT N°1, N°24, N°25, N°26, N°27, N°28, N°29, N°30, N°31, N°32 y N°33. En el Apéndice A.1 presenta un plano topográfico en planta indicando el trazado del Proyecto y las superficies de inundación de los cauces.
Quebrada IGM: En la superficie de inundación del cauce de la quebrada IGM se ubica la torre LT N°1, por lo que se realizarán obras de defensa de cauces naturales en la fundación de la torre LT N°1. El tipo de obra se denomina: Pedestal en fundación. En la Tabla 2-1 del documento “Quebrada IGM” del Anexo 7 de la Adenda Complementaria se presenta las coordenadas datum WGS84 19H de la torre que requieres obras de defensa. Dichas obras se llevarán a cabo en 3 semanas, las que serán ejecutada en la fase de construcción.
Río Maipo: Las torres N°24 a la N°33 se ubican en un tramo dentro del río Maipo, por lo que se realizarán obras de defensa de cauces naturales en las fundaciones de dichas torres. La Tabla 2-1 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria presenta las coordenadas datum WGS84 19H de las torres que requieres obras de defensa producto que se encuentran dentro de la definición de cauce del río Maipo. Tipo de obra: Pedestal en fundación. Dichas obras se llevarán a cabo en 6 meses, siendo el tiempo estimado para cada fundación de 3 semanas.
En el marco del PAS 157 (Anexo 7 de la Adenda Complementaria), asociado a las obras del Río Maipo se plantean las siguientes medidas: - La construcción de la fundación de las torres y de su obra de protección se prevé realizar en días secos privilegiando que las obras sean realizadas durante la temporada estival. - Delimitar zona de protección para cauces superficiales. - Paralización de obras en días con precipitaciones. - Se efectuará una inducción al personal de construcción con el fin de informar las medidas adoptadas para minimizar los efectos en la calidad de las aguas durante la fase de construcción. - Inspección visual diaria del Encargado Ambiental durante la fase de construcción. - Especial atención con la disposición de residuos. - En caso de afloramiento se bombeará el agua desde su punto de origen. - Sustancias peligrosas son prohibidas.
El requisito para el otorgamiento del Permiso de Obras de Regularización o Defensa de cauces naturales consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no alteración significativa del escurrimiento y de los procesos erosivos naturales del cauce y la no contaminación de las aguas.
Mayores antecedentes en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento del órgano competente La DGA RM, mediante oficio Ord. N°103, de fecha 19/01/2022, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados dentro de la evaluación, señalando lo siguiente:
“En el Anexo N°7 PAS 157 del Adenda Complementaria el Titular declara: “Dentro de las obras del Proyecto se destacan las 41 estructuras torres LT de doble circuito, donde, si bien la mayoría de las torres LT se encuentran fuera de la superficie de inundación de los cauces identificados en la zona de emplazamiento del Proyecto, la torre LT N°1 se ubica dentro de la superficie de inundación estimada de la quebrada permanente identificada en la red IGM 1:50.000 que va en sentido sur a norte en el sector noroeste del Proyecto, y las torres N°24 a N°33 se ubican dentro de la superficie de inundación estimada del río Maipo en el sector sureste del Proyecto. En estas torres LT se proyectan obras de defensa en las fundaciones que permitirán resguardar ante los procesos erosivos de los cauces y dar continuidad al flujo, particularmente para eventos de crecidas.”
“1.2 En atención al contenido del Anexo N°7 PAS 157 del Adenda Complementaria, en donde el Titular declara obras de defensa en la torre LT N°1 que se ubica dentro de la superficie de inundación estimada de la quebrada permanente identificada en la red IGM 1:50.000 que va en sentido sur a norte en el sector noroeste del Proyecto, cabe concluir que al proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito” le es aplicable el PAS del artículo 157°. Por tanto, este Servicio se pronuncia conforme en virtud de los componentes ambientales relacionados al PAS del artículo 157°, sin perjuicio de la revisión sectorial asociada al artículo 171° del Código de Aguas. Por tanto:
1.2.1 Las obras son descritas en el acápite 3.1 del Anexo N°7 PAS 157 y se ubican en las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 señaladas en el acápite 2.2.
1.2.2 En el acápite 7. del Anexo N°7 PAS 157, el Titular compromete el Plan de Monitoreo que indica.
1.2.3 En el acápite 8. del Anexo N°7 PAS 157 (literal g. del Artículo 157 del D.S N° 40/2012 RESIA), el Titular compromete las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas en Fase de Construcción, que indica.
1.2.4 Se precisa que el Titular deberá presentar ante DGA, todos aquellos antecedentes que solicite el Servicio de manera sectorial, en caso de que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.6 del ICE.
6.1.7. Permiso para para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: Instalación de faenas (obra temporal) Helipuerto (obra temporal)
Cierre: Instalación de faenas (obra temporal) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La superficie de la instalación de faenas será de 556,66 m2 y la superficie del helipuerto será de 1 ha (9986,46 m2), lo que suma aproximadamente 1,054 ha (10.543,12 m2) En la figura 3 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria se presentan las partes y obras de la instalación de faenas, la cual se ubicará en la subestación Alto Melipilla y en la del Anexo 8 de la Adenda Complementaria Figura 4 se muestra el emplazamiento del helipuerto. En la Tabla 3 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria, se señalan las coordenadas y superficies de dichas obras. Mayores antecedentes en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento del órgano competente El SAG RM, mediante oficio Ord. N° 68/2023, de fecha 19/01/2023, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados dentro de la evaluación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.7 del ICE.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto
7.1.1. Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) Tabla 7.1.1. Norma 1 Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. Nº 31/2016 del MMA, que Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Construcción: Combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, helicóptero, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, escarpe, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material y acopio.
Operación: Combustión motor vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
Cierre: Combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y transferencia de material. Forma de cumplimiento. Según los cálculos realizados y presentados en el Anexo 6 de la Adenda, se indica que el Proyecto no deberá compensar emisiones atmosféricas en ninguna de las fases del Proyecto. Además, el Titular utilizará una serie de medidas de control, las que se detallan a continuación: Construcción: ● Se aplicará un supresor de polvo que cumpla con el propósito de retención de polvo en la superficie del suelo, que presente eficiencia superior o igual al 90%, mediante aplicación directa, en los caminos no pavimentados que utilizará al Proyecto. La frecuencia de aplicación del supresor de polvo será cada vez que se requiera según especificaciones del fabricante, según el avance de obras por el tiempo que dure la fase. ● Adicionalmente se contempla la humectación de caminos y frentes de trabajo, en caso de ser necesario y considerando la disponibilidad de agua. ● Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas, lugares de trabajo y cultivos. ● El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. ● Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería. ● Se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. ● Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto y en caminos no pavimentados. ● Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
Operación: ● El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. ● Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto. ● Se realizará mantenimiento oportuno a los vehículos y equipos utilizados por el Proyecto. ● No se mantendrán motores de camiones o maquinarias encendidos innecesariamente. ● Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles
Cierre: ● Se aplicará un supresor de polvo que cumpla con el propósito de retención de polvo en la superficie del suelo, que presente eficiencia superior o igual al 90%, mediante aplicación directa, en los caminos no pavimentados que utilizará al Proyecto. La frecuencia de aplicación del supresor de polvo será cada vez que se requiera según especificaciones del fabricante, según el avance de obras por el tiempo que dure la fase de cierre del Proyecto. ● Adicionalmente se contempla la humectación de caminos y frentes de trabajo, en caso de ser necesario y considerando la disponibilidad de agua. ● Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas, lugares de trabajo y cultivos. ● El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. ● Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería. ● Se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. ● Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto y en caminos no pavimentados. ● Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
La Seremi de Medio Ambiente RM, mediante Oficio Ord. N° 066 de fecha 23/01/2023, se pronuncia con Observaciones a la Adenda Complementaria, relacionado a otros temas. Indicador que acredita su Registros en el área del Proyecto de las medidas de control señaladas en cumplimiento. la Tabla 7.1.2 de la presente RCA. Referencia al ICE Tabla 8.1.1 del ICE.
7.1.2. Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza Tabla 7.1.2 Norma 2 Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 144/1961, del MINSAL. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, helicóptero, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, escarpe, excavaciones, compactación, nivelación, transferencia de material y acopio.
Operación: Combustión motora vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
Cierre: Combustión motora de maquinaria fuera de ruta, combustión de grupos electrógenos, combustión motora de vehículos de transporte, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y transferencia de material. Forma de cumplimiento Durante el desarrollo de las obras se implementarán medidas de control para reducir las emisiones de material en suspensión generado por las actividades del proyecto en la construcción. Esto se realizará mediante: - Se aplicará un supresor de polvo que cumpla con el propósito de retención de polvo en la superficie del suelo, que presente eficiencia superior o igual al 90%, mediante aplicación directa, en los caminos no pavimentados que utilizará al Proyecto. La frecuencia de aplicación del supresor de polvo será cada vez que se requiera según especificaciones del fabricante, según el avance de obras por el tiempo que dure la fase de construcción del Proyecto. - Adicionalmente se contempla la humectación de caminos y frentes de trabajo, en caso de ser necesario y considerando la disponibilidad de agua. - Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas, lugares de trabajo y cultivos. - El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. - Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería. - Se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. - Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto y en caminos no pavimentados. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
Para la fase de operación se aplicarán las siguientes medidas:
El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. - Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto. - Se realizará mantenimiento oportuno a los vehículos y equipos utilizados por el Proyecto. - No se mantendrán motores de camiones o maquinarias encendidos innecesariamente. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
Para la fase de cierre:
Se aplicará un supresor de polvo que cumpla con el propósito de retención de polvo en la superficie del suelo, que presente eficiencia superior o igual al 90%, mediante aplicación directa, en los caminos no pavimentados que utilizará al Proyecto. La frecuencia de aplicación del supresor de polvo será cada vez que se requiera según especificaciones del fabricante, según el avance de obras por el tiempo que dure la fase de cierre del Proyecto. - Adicionalmente se contempla la humectación de caminos y frentes de trabajo, en caso de ser necesario y considerando la disponibilidad de agua. - Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas, lugares de trabajo y cultivos. - El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. - Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería. - Se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. - Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto y en caminos no pavimentados. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de toda la documentación de vehículos y maquinarias a utilizar, tales como revisión técnica y mantenciones al día. - Registro interno de las medidas de abatimiento de control de emisiones. - Informe de Estimación de Emisiones atmosféricas (Anexo 6, Adenda). Forma de control y seguimiento - El titular mantendrá la información disponible y actualizada en las plataformas correspondientes, de acuerdo a las instrucciones que la SMA establezca. - Se mantendrán los registros disponibles (revisiones técnicas, control de humectación de caminos, etc.) para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE Tabla 8.1.2 del ICE.
7.1.3. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados Tabla 7.1.3 Norma 3 Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. Otros cuerpos legales D.S. N° 54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica. D.S. Nº211/1991. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular. Forma de cumplimiento El Proyecto empleará vehículos indicados en la normativa, por lo que se procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, en la fase de construcción, sean las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos, entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá toda la documentación de vehículos y maquinarias a utilizar, tales como revisión técnica y mantenciones al día. Forma de control y seguimiento Se tendrá registros disponibles para fiscalización de la autoridad, de contar con la revisión técnica y mantenciones al día de vehículos y maquinaria a utilizar. Referencia al ICE Tabla 8.1.3 del ICE.
7.1.4. Decreto que establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Tabla 7.1.4 Norma 4. Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de residuos suministros y residuos. Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten materiales como arena, ripio u otros, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. En áreas del proyecto, se contempla el encarpado de los camiones de transporte, al momento del retiro de materiales, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de estos. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida. - Registro fotográfico de la carga encarpada. Forma de control y seguimiento - Registro de salida de camiones con carga indicando fecha, volumen, chofer y patente. - Registro fotográfico de la carga encarpada. Referencia al ICE Tabla 8.1.4 del ICE.
7.1.5. Declaración de emisiones RETC Tabla 7.1.5 Norma 5 Componente/materia: Emisiones atmosféricas y residuos. Norma D.S. Nº 1/2013, del MMA, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Otros cuerpos legales Res. N°15.027/1994 del MINSAL. Establece procedimiento de declaración de emisiones para fuentes estacionarias que indica. D.S. N° 138/2005 del MINSAL. Establece Obligación de declarar emisiones que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos peligrosos y no peligrosos. Uso de grupo electrógeno de emergencia. Forma de cumplimiento El titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº 1/2013 del MMA, Reglamento del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos. Revisión de los registros y declaraciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Referencia al ICE Tabla 8.1.5 del ICE.
7.1.6. Decreto que Establece los Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica. Tabla 7.1.6 Norma 6. Componente/materia: Emisiones sonoras. Norma D.S. Nº 38/2011 del MMA. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las obras y actividades del proyecto que implican la generación de emisiones acústicas son: Fase construcción: - Habilitación de instalación de faenas. - Acondicionamiento del terreno o Corta, despeje y descepado de la vegetación o Movimientos de tierra. - Camino de acceso a las torres. - Construcción de Línea 2x110 kV Alto Melipilla- Bajo Melipilla, tendido del primer circuito o Construcción de fundaciones o Instalación de malla a puesta a tierra o Montaje de estructuras o Tendido de los conductores y cable guardia de la línea. - Uso de helicóptero para la construcción de las estructuras ubicadas en el tramo entre las Torres T9 y T19. - Construcción y montaje de pórticos y equipos en Subestación Alto Melipilla y Bajo Melipilla o Construcción de fundaciones o Montaje de pórticos y equipos o Tendido de los conductores y cable guardia de la línea. - Desmantelamiento de obras.
Fase operación:
Mantenimiento preventivo básico.
Mantenimiento correctivo programado.
Mantenimiento contra fallas.
Fase cierre:
Habilitación de instalación de faenas.
Desconexión de líneas y equipos.
Desmantelamiento de equipos y estructuras.
Retiro de obras civiles y restitución del terreno.
Retiro de residuos hacia lugares autorizados.
Retiro de instalación de faenas. Restauración de componentes ambientales afectados. Forma de cumplimiento En el Anexo 7 de la Adenda, el Titular presenta el Estudio de ruido para las diferentes fases del proyecto. Al respecto, se indica que los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N° 38/2011 del MMA, al estar bajo los límites máximos permitidos en todas las fases con las siguientes medidas de control: ● Fase de construcción: Pantallas acústicas móviles: Fabricadas en panel de madera placa de OSB e=15 [mm] (cara exterior); lana vidrio/mineral e=80 [mm], densidad 70 [kg/m3] y revestimiento con malla raschel (cara interior). La altura mínima de cada pantalla será de 3,6 metros. La ubicación de dichas pantallas se entrega en las figuras 180 y 182 del Anexo 7 de la Adenda.
● Fase de Cierre: Pantallas acústicas móviles: Fabricadas en panel de madera placa de OSB e=15 [mm] (cara exterior); lana vidrio/mineral e=80 [mm], densidad 70 [kg/m3] y revestimiento con malla raschel (cara interior). La altura mínima de cada pantalla será de 3,6 metros. La ubicación de dichas pantallas se entrega en la figura 184 del Anexo 7 de la Adenda.
Al respecto, la Seremi de Salud RM, se pronunció conforme a la Adenda, mediante el Oficio Ord. N° 2671 de fecha 30/08/2022. Indicador que acredita su cumplimiento • Mantenciones al día de la maquinaria a utilizar. • Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. • Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas propuestas para las fases de construcción y cierre, que han sido descritas en el punto 7.4 del estudio de ruido, adjuntado en el Anexo 7 de la Adenda. • Registro de capacitaciones a los trabajadores. Forma de control y seguimiento ● Según las modelaciones del Estudio de Ruido y de Vibraciones (Anexo 7 de la Adenda), se cumplirán con el nivel emisiones según lo indica el Decreto en todas las fases del Proyecto, sin embargo, se requiere implementar medidas de control de ruido y vibraciones adicionales durante las fases de construcción y cierre. ● Se mantendrá una copia de este estudio disponible permanentemente en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. ● Se mantendrá un registro permanente en obras que evidencian la implementación de las medidas referentes a emisiones acústicas. Para ello se realizará un registro fotográfico de la aplicación de la medida, y un registro escrito de dicha aplicación. Se verificará semanalmente el cumplimiento de estas medidas. ● En caso de ser requerido por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) o Seremi de Salud, se informará sobre las emisiones de nivel de ruido de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 15º de la regulación, y en virtud del cumplimiento de la Resolución Exenta Nº201/2013 de la SMA, que Aprueba Contenido y Formatos de las Fichas para Informe Técnico del Procedimiento General de Determinación del Nivel de Presión Sonora Corregido. Para ello, se entregará un informe de monitoreo a la SMA, realizado conforme a lo propuesto, de manera semestral. Este informe se entregará dentro de los 15 días hábiles siguientes a su realización. • Se establecerá un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, de forma permanente, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción y cierre. Referencia al ICE Tabla 8.1.8 del ICE.
7.1.7. Código Sanitario y Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Tabla 7.1.7 Norma 7. Componente/materia: Residuos sólidos y líquido.
Norma D.F.L. N° 725/1967 del MINSAL. Código Sanitario. Otros cuerpos legales D.S. N° 594/1999 del MINSAL “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Residuos sólidos no peligrosos: Construcción y cierre:
Residuos líquidos: Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos sólidos no peligrosos: Bodega de Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Bodega de Residuos sólidos industriales no peligrosos.
Residuos líquidos: Servicios higiénicos y baños químicos. Forma de cumplimiento Residuos sólidos no peligrosos: En la instalación de faenas se contempla la habilitación de un área para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y un área para el almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios. Los residuos serán acopiados temporalmente, sin realizar ningún tipo de tratamiento, para posteriormente ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana.
Residuos líquidos: Construcción: Se generarán residuos líquidos correspondientes a aguas servidas provenientes del uso de los servicios higiénicos, las que serán conducidas hacia un sistema de tratamiento de aguas servidas que consiste en una Fosa séptica, cámara de inspección y dren de infiltración. Este sistema corresponde a un tratamiento primario con capacidad de 2,3 m3. Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia un dren de infiltración, mientras que los lodos generados serán retirados 2 veces por semana o según necesidad durante la Fase de Construcción, el retiro será mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria respectiva. Adicionalmente, en los frentes de trabajo se utilizarán baños químicos con lavamanos y bomba de pie, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Dichos baños químicos serán instalados de acuerdo con la cantidad que corresponda según la normativa vigente D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud.
Operación y cierre: Se utilizarán baños químicos, cuya cantidad y disposición se desarrollará conforme a los requisitos señalados en el artículo 23 del D.S N° 594/1999 MINSAL, cuyos efluentes serán retirados por una empresa debidamente autorizada. Indicador que acredita su cumplimiento Residuos sólidos no peligrosos: - Autorización sanitaria del área de almacenamiento de residuos PAS 140, otorgada de forma sectorial por la SEREMI de Salud. - Autorización sanitaria de empresa transportista. - Autorización sanitaria de lugar de disposición final. - Registro de retiro de residuos.
Residuos líquidos: - Copia del contrato con el proveedor autorizado para el servicio de mantención de los servicios higiénicos, fosa séptica y disposición final de las aguas servidas. - Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas. - Registro de mantención de los baños químicos y fosa séptica realizada por empresas autorizadas para estos efectos. - Aprobación del PAS 138 (Anexo 3-1, DIA) Forma de control y seguimiento Residuos sólidos no peligrosos: - Se mantendrá las autorizaciones disponibles, ante posibles fiscalizaciones por parte de la autoridad.
Residuos líquidos:
Se mantendrán los registros de las mantenciones de los servicios higiénicos disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. - Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la empresa encargada de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. - Resolución con la aprobación del PAS 138. Referencia al ICE Tabla 8.1.7 del ICE.
7.1.8. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Tabla 7.1.8 Norma 8. Componente/materia: Residuos. Norma D.S. N° 148/2003 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El almacenamiento de los residuos se hará temporalmente y en contenedores herméticos y debidamente rotulados, luego serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos en la instalación de faena, cuyo diseño se regirá por esta normativa. Se tomarán todas las precauciones para evitar accidentes producto del mal manejo de residuos peligrosos, como el uso de Elementos de Protección Personal (EPP), así como también se tomarán las precauciones y medidas necesarias para prevenir su inflamación o reacción, y así evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente. La bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. El titular asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148/2003 del MINSAL. Se solicitará el PAS 142 para la autorización de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sanitaria del lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos PAS 142. - Autorización Sanitaria de empresa transportista encargada del retiro y transporte de los residuos. - Autorización Sanitaria de lugar de disposición final. - Registro de retiro de residuos. Forma de control y seguimiento Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Referencia al ICE Tabla 8.1.8 del ICE.
7.1.9. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Tabla 7.1.9 Norma 9. Componente/materia Sustancias peligrosas. Norma D.S. N° 43/2015, del MINSAL que “Aprueba el Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Verificación de las condiciones de la bodega y registro de sustancias almacenadas en stock. Listado de sustancias almacenadas indicando stock, que permita acreditar que no se superan las cantidades máximas permitidas según el tipo de almacenamiento (bodega común). Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Sanitaria expresa para todos los almacenamientos de sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Referencia al ICE Tabla 8.1.11 del ICE.
7.1.10. Establece pesos máximos a los vehículos para circularen las vías urbanas del país. Tabla 7.1.10 Norma 10. Componente/materia Vialidad. Norma D.F.L N° 850/1998 del MOP, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840, de 1964 y del DFL. N° 206, de 1960. Otros cuerpos legales D.S. N° 158/1980 del MOP “Establece los pesos brutos máximos en carreteras y en vías urbanas”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular. Forma de cumplimiento El Proyecto no utilizará vehículos de carga que sobrepasen los límites de peso máximo en caminos públicos, por lo que se cumplirán los límites establecidos en la normativa vigente. En el eventual caso de requerirse, el transporte de equipos, insumos o instalaciones desmanteladas, que por su volumen y/o peso, implique exceder los límites establecidos, se solicitarán los permisos y autorizaciones correspondientes a la Dirección de Vialidad respectiva. Este transporte se efectuará con la debida coordinación con las autoridades municipales, policiales, y con los servicios públicos con competencia en la materia, con los que se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su - Ficha técnica de vehículos y cargas transportadas. cumplimiento - Copia del contrato que permita evidenciar las exigencias de cumplimiento. - Pesos y volúmenes de la carga a transportar durante las distintas fases del proyecto. - Permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse. Forma de control y seguimiento - Se revisará que cada camión transporte la carga correspondiente para no sobrepasar su peso. - Verificación del permiso de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse, disponible en la oficina administrativa. Referencia al ICE Tabla 8.1.10 del ICE.
7.1.11. Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías que indica. Tabla 7.1.11 Norma 11. Componente/materia Vialidad Adyacente. Norma D.S. N°18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transporte, Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular. Forma de cumplimiento El Proyecto no utilizará vehículos de carga que sobrepasen los límites de peso máximo en caminos públicos, por lo que se cumplirán los límites establecidos en la normativa vigente. En el eventual caso de requerirse, el transporte de equipos, insumos o instalaciones desmanteladas, que por su volumen y/o peso, implique exceder los límites establecidos, se solicitarán los permisos y autorizaciones correspondiente a la Dirección de Vialidad respectiva. Este transporte se efectuará con la debida coordinación con las autoridades municipales y policiales, y con los servicios públicos con competencia en la materia, con los que se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. De acuerdo a lo establecido en el Anexo 6.1 “KMZ Rutas Pavimentadas” de la Adenda, se considera la circulación de vehículos pesados por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. Principalmente transporte de RESPEL y estructuras metálicas. El uso de las vías del Anillo Américo Vespucio dará cumplimiento a lo indicado en este decreto en cuanto a restricción y prohibición de circulación por esta vía, por tanto, los camiones cuyo, peso bruto sea mayor de 18.000 kilos y/o de dos ejes, lo harán fuera de los horarios punta indicados, así como los camiones de peso superior a 3.860 kilos cuya antigüedad sea mayor a la indicada. Se dará instrucción expresa al contratista y los conductores de esta restricción. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las rutas de ingreso y recepción para evitar la circulación en vías atingentes a esta normativa. Contrato de prestaciones de servicios Forma de control y seguimiento Contrato con empresas contratistas, indicando el cumplimiento de esta normativa Referencia al ICE Tabla 8.1.11 del ICE.
7.2. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
7.2.1. Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales del MINEDUC. Tabla 7.2.1 Norma 12. Componente/materia Patrimonio arqueológico. Norma Ley Nº 17.288/1970 del Ministerio de Educación, sobre Monumentos Nacionales. Otros cuerpos legales D.S. Nº 484/1991 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimiento de tierra y excavaciones. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico durante las excavaciones del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de avisos a la Autoridad en caso de hallazgos. En caso de producirse hallazgos asociados al patrimonio cultural y/o arqueológico será dar aviso al Gobernador Provincial respectivo o al Consejo de Monumentos Nacionales a través de: - Reportes de monitoreo arqueológico. - Informes al Consejo de Monumentos en caso de producirse un hallazgo patrimonial. - Registro de paralización de obra en caso de hallazgos arqueológicos o paleontológicos. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registro de los reportes de monitoreo arqueológico, para revisión de la autoridad. - En caso de registrarse un hallazgo arqueológico, se mantendrá copia de la carta informativa enviada al Consejo de Monumentos. Referencia al ICE Tabla 8.2.1 del ICE.
7.2.2. Ley N°20.283 de Bosque Nativo y Fomento Forestal del MINAGRI. Tabla 7.2.2 Norma 13. Componente/materia Flora y vegetación. Norma Ley N°20.283/2008 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y actividades del Proyecto. Forma de cumplimiento En el área de estudio del proyecto se determinó la presencia de 21,05 Ha de Bosque Nativo, de los cuales 0,475 Ha serán intervenidas de forma directa por partes y obras temporales y/o permanentes del proyecto. Para estas formaciones se gestionarán los contenidos técnicos y formales a los que hacen referencia el Permiso Ambiental Mixto correspondiente 148; Permiso para la Corta de Bosque Nativo. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será la presentación de los antecedentes técnicos y obtención del PASM 148 y la aprobación del respectivo Plan de Manejo. - Registro de implementación del Plan de Manejo. - Cumplimiento de las exigencias de la Ley 20.283/2008, Ministerio de Agricultura, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, en las actividades de intervención de bosque nativo. - Se mantendrán registros fotográficos durante las actividades desarrolladas. - Ejecución de la corta conforme a lo autorizado en los respectivos planes de manejo. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá copia de la resolución de CONAF que acredite la aprobación del PASM 148 y se mantendrán estos registros en las dependencias del Proyecto, para revisión de la autoridad. Referencia al ICE Tabla 8.2.2 del ICE.
7.2.3. Ley N°4.601 de Caza del MINAGRI. Tabla 7.2.3 Norma 14. Componente/materia Fauna. Norma Ley N°20.283/2008 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal Ley N°4.601/1929 (Texto reemplazado por la Ley Nº 19.473, de 1996) Ministerio de Agricultura. Ley de Caza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y actividades del Proyecto. Forma de cumplimiento En el Artículo 5° se establece la prohibición en toda época, levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos o crías, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas. Además, el Artículo 7° prohíbe la caza o captura en y desde caminos públicos. Por otra parte, el Artículo 9° autoriza la caza y captura de animales de las especies protegidas, en el medio silvestre, sólo en sectores y áreas determinadas y previa autorización del SAG. - Se prohibirá a trabajadores propios y de terceros que realicen cualquier tipo de actividad relacionada con la caza o captura de ejemplares de fauna silvestre. - Se realizarán capacitaciones a los trabajadores, con el objeto de instaurar la prohibición mencionada. - Se establecerán normas de conducta para el personal en faenas, tendientes a minimizar la perturbación de fauna. Se dispondrán letreros en distintos sectores como en los accesos y caminos, con avisos donde se señale que la caza está prohibida. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las sesiones de capacitación e inducción a los trabajadores de las prohibiciones con respecto a las especies de fauna silvestre al inicio de obras y cada vez que se incorpore un nuevo empleado. - Permiso de captura Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registros disponibles para fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE Tabla 8.2.3 del ICE.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1 Condiciones SEC RM. ● Téngase presenta lo señalado por la SEC, en el Oficio Ord. N° 10532 de fecha 01/04/2022, a saber:
“…el titular del proyecto en comento deberá tener presente en su materialización, las disposiciones contenidas de al menos; los siguientes cuerpos normativos y reglamentarios: D.F.L. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores. 8.1 Condiciones SEC RM. D.S. Nº 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”. Resolución Exenta N° 329 de 2013, de la Comisión Nacional de Energía que modifica y aprueba texto refundido de la “Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión” y sus modificaciones posteriores. D.S. N° 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCH Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984". Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”. Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos 1982". D.S. N° 8 de 2020, del Ministerio de Energía. “Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica”. D.S. N° 109 de 2017, del Ministerio de Energía. “Reglamento Seguridad Instalaciones Eléctricas destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica”. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1 Condición o exigencia N°1.
8.2. Condiciones CONAF. ● Téngase presente lo señalado por la CONAF, en el Oficio Ord. N° 91-EA/2022 de fecha 30/08/2022, a saber:
“… Acredita el PAS 148 del D.S.40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, actualizado en anexo 11 del Adenda, para la corta y reforestación de bosque nativo tipo esclerófilo, en una superficie de 0,475 hectáreas. Con relación al programa de reforestación, las especies a plantar deben ser del mismo tipo forestal intervenido y con condiciones ambientales adecuadas de desarrollo, en el o las áreas seleccionadas para la plantación, en un espacio de distribución natural de dichas especies, con una densidad a lo menos de 1.100 árboles por hectárea. Además, debe cumplir con la normativa forestal, que establece que la ejecución de todos los trabajos de reforestación deberá ejecutarse en un plazo que no exceda de 2 años, contados desde la fecha de la respectiva corta. … De ser aprobado ambientalmente el proyecto, el titular deberá contar con el Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar Obras Civiles (Para efectos del artículo 21°, Ley N° 20.283), aprobado por este Servicio, previo al inicio de las obras, considerando todos los antecedentes técnicos que acreditaron el referido permiso.” Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2 Condición o exigencia N°2.
8.3. Condiciones SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones. ● Téngase presente lo señalado por la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, en el Oficio Ord. N° 22874/2022 SRM-RM de fecha 02/09/2022, a saber: “…este órgano de administración del Estado se manifiesta conforme siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones: 1. En la fase de construcción se debe considerar: a) El ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. b) Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. c) Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. d) Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. e) Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. 2. Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. 3. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 4. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 298/1994, el cual reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. 5. Se deberá dar cumplimiento al decreto Supremo Nº 200/1993, el cual establece pesos máximos a los vehículos para circular en vías urbanas del país. 6. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.”
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3 Condición o exigencia N°3.
8.4. Condiciones MOP RM ● Téngase presente lo señalado por la Seremi MOP RM, en el Oficio Ord. N°161/2022 (Sea- Seia- Adenda) de fecha 29/08/2022, a saber: “El titular podrá dar inicio a las obras del proyecto, cuando se cuente en forma previa con la aprobación del proyecto de Acceso Vial, y, el mismo, se encuentre materializado en terreno con anticipación y con la respectiva recepción de La Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS. Tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere eventualmente implicar algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada y aprobada por los Servicios competentes de este organismo. Restaurar a su estado original (o reponer en caso de que resultasen destruidas) cualquier vía, espacio público, u otra infraestructura que resultasen afectadas por faenas de construcción del proyecto.” Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4 Condición o exigencia N°4.
8.5. Condiciones SAG RM ● Téngase presente lo señalado por el SAG RM, mediante Oficio Ord. N°68/2023 de fecha 19/01/2023, saber: “- El Titular debe presentar, antes de comenzar la fase de construcción un plano de ubicación del proyecto (edificaciones y helipuerto), que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público, plano de emplazamiento de las edificaciones (edificaciones y helipuerto), en una escala no inferior a 1:5.000, con cuadro de superficie total y afecta a IFC, cuadro general de superficies edificadas, especificando superficies temporales y permanentes. - Se solicita al Titular, dar aviso de las actividades de perturbación controlada a este Servicio, con 5 días hábiles de antelación, medida propuesta para especies de baja movilidad Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis. - El Titular debe entregar el informe de resultados de la perturbación controlada, propuesto en el Anexo 4.1, Punto 3.6, a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a este Servicio.”
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.5 Condición o exigencia N°5.
8.6. Condiciones DGA RM ● Téngase presente lo señalado por la DGA RM, mediante Oficio Ord. N°103 de fecha 19/01/2023, a saber: “3. Que, en la Respuesta 5.2 del Adenda Complementaria el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de un afloramiento de aguas en Fase de Construcción (napas colgadas u otras), la que debe estar contenida en el Plan de Contingencias y Emergencias ... La medida corresponde a la siguiente: “Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva”.
Que, en la Respuesta 5.3.1 del Adenda Complementaria el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos del área de proyecto… La medida debe estar contenida en el Plan de Contingencias y Emergencias y corresponde a la siguiente: “En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.”
3. Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental 5.1. Que, el Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final siendo necesario mantener un registro, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico. 5.2. Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.10 del Adenda Complementaria el Titular declaró: “Se aclara que la obtención del agua por parte del Titular se efectuará mediante camión aljibe (modelo tipo Andritec 15 m3 presurizado) o bidones de 20 litros (modelo estándar de plástico), cumpliendo con la normativa exigida existente y de fuentes autorizadas, además se aclara que no se contempla una conexión al sistema de agua potable. Los proveedores de agua potable serán las empresas Agua Potable Melipilla Norte S.A y Aguas Andinas S.A o alguna similar que cuente con autorización sanitaria para dar este suministro, en caso contrario, el titular estará obligado a solo suministrarse con las empresas mencionadas anteriormente”. Por otra parte, en la Respuesta 8.5 del Adenda Complementaria declaró: “Tal y como se menciona en observaciones anteriores, la obtención del agua potable por parte del Titular se efectuará mediante camión aljibe a través de la empresa Aguas Melipilla o bidones de 20 litros a través de la empresa Aguas Manantial, siempre cumpliendo con la normativa exigida”. Sin perjuicio de lo señalado, el Titular debe aplicar el procedimiento que describe en la Respuesta 1.11 del Adenda Complementaria. 5.3. Que, se debe tener presente que en la Respuesta 4.6.6 del Adenda Complementaria el Titular declaró: vi. “De acuerdo con los descensos estimados mediante modelación numérica de forma conservadora y su área de influencia definida, se determinó que no existirá un efecto apreciable en los pozos de terceros debido a que éstos se encuentran fuera del área susceptible de ser afectada. No obstante, se considera un umbral de máximo 3 bombeos simultáneos en la fase de construcción del Proyecto debido a que bombeos mayores pueden generar un efecto mayor al estimado. vii. De acuerdo con los descensos estimados mediante modelación numérica de forma conservadora y su área de influencia definida, se determinó que no existirá un efecto apreciable en los pozos de terceros debido a que éstos se encuentran fuera del área susceptible de ser afectada. No obstante, con el objetivo de una evaluación ambiental favorable y respeto hacia la comunidad, se consideró que, en caso de denuncia de titulares de pozos de terceros que indiquen un descenso del nivel freático, se realizará una medición de la profundidad del nivel freático con frecuencia diaria de tal manera de identificar si los descensos denunciados son producto de las obras del Proyecto. Además, se considerará limitar la construcción de las torres a un máximo de 2 bombeos simultáneos”.
5.4. Que, en atención a lo respondido y propuesto por el Titular en las Respuestas 4.6.1, 4.6.2, 4.6.3, 4.6.4, 4.6.5, .4.6.6 del Adenda Complementaria, para el caso de un potencial afloramiento de agua y considerando el principio preventivo de la evaluación ambiental de proyectos, cabe informar y reiterar que el Titular debe aplicar lo señalado por DGA RMS durante el proceso de evaluación y que fue puesto en conocimiento durante el proceso y que se precisa a continuación: 5.4.1 Las aguas afloradas deben ser captadas y reintegradas al cauce más cercano (El Titular destaca los potenciales cauces receptores correspondientes a los canales artificiales Canal Huechún, Canal Bajo el Huechún y Canal artificial N°1 y los cauces naturales Surgencia y Río Maipo ), tal como lo establece el artículo 129° bis del Código de Aguas (DFL 1122/81 Ministerio de Justicia) y sólo hasta que sea verificada su calidad, la cual debe ser igual o mejor que la calidad del cauce receptor y luego de analizar la situación con la SMA y DGA RMS. 5.4.2 Ocurrido el afloramiento el Titular debe analizar la necesidad de elaborar una nueva caracterización físico-química del acuífero o acreditar que no es necesaria su actualización según corresponda y efectuar una caracterización de las aguas del cauce receptor. Lo indicado, a fin de contar con estos antecedentes y verificar su similitud o diferencia. Considerar los parámetros listados (no sus límites) de la NCh 1.333, D.S N°46, D.S N° 90 y D.S N° 53/2014. En el análisis se debe incorporar la identificación vía Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 de los lugares y/o polígono que el Titular utilice para la caracterización, así como el análisis de resultados, considerando los parámetros de las normas: NCh 1.333, D.S N°46, D.S N° 90 y D.S N° 53/2014. Los antecedentes deben tener la siguiente estructura de datos, atendiendo muestras puntuales, pues si se toman más muestras se debe expandir. Por otra parte, se deben adjuntar los informes de laboratorio y elaborar las respectivas conclusiones y recomendaciones.
Acuífero - Coordenadas UTM (m) Datum WGS84- Norte: ____ Este:
Cauce - Coordenadas UTM (m) Datum WGS84- Norte: ______ Este:
Fecha: _______ Parámetros Acuífero (identificación) Cauce (identificación)
Resultado medición en acuífero Unidad de Medida Resultado medición en cauce Unidad de medida Comentario/Observación
5.4.3 Ocurrido el potencial afloramiento de aguas y que estas aguas se contaminen con derrames provenientes de la actividad y a su vez contaminen el acuífero (Sector hidrogeológico de aprovechamiento común, SHAC Melipilla) y atendiendo los contenidos de las Respuestas ya individualizadas, el Titular deberá aportar los siguientes antecedentes: a) Identificación de los sistemas hídricos subterráneos susceptibles de verse afectados por el proyecto, incluyendo el nivel freático. b) Tipo de acuífero. c) Dirección de flujo subterráneo; propiedades hidráulicas como transmisibilidad; permeabilidad, porosidad. d) Calidad físico-química actual de las aguas. e) Derechos de Aprovechamiento de aguas subterráneas de terceros y sus usos f) En el análisis se solicita la incorporación de la identificación vía Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 de los lugares y/o polígono, que el Titular utilice para la caracterización, así como el análisis de resultados.
5.4.4 Elaborar las respectivas modelaciones asociadas al potencial afloramiento y en caso de que estas arrojen como resultado el descenso de la napa y/o afectación de los Derechos de Aprovechamiento de aguas de terceros, con ocasión del afloramiento se solicita al Titular: a) Identificar cada una de las captaciones de aguas que se encuentran dentro de las líneas de descenso de la napa que tengan Derechos de Aprovechamiento de aguas y caracterizar cada una de estas captaciones con a lo menos información referente al Titular de los Derechos, a la profundidad del pozo y el nivel estático. Identificación de los usuarios y sus derechos de aprovechamiento de aguas superficiales y subterráneas otorgados en el área de influencia del proyecto, en un radio representativo de por ejemplo 200 metros o 1 km, u otra distancia representativa que determine el Titular mediante sustento técnico, señalando puntos de captación y sus Coordenadas (UTM Datum WGS84), en un plano a escala adecuada, archivo kmz desplegable en Google earth® y en tabla resumen. Se recomienda revisar entre otros, los antecedentes del Catastro Público de Aguas de DGA. b) Especificar los usos de las aguas identificadas en el punto anterior, dentro de los cuales al menos debe considerar las fuentes de agua tales como Agua Potable Rural (APR); fuentes para uso doméstico; fuentes para riego; fuentes para uso industrial, entre otros, que pueden verse afectadas por la extracción de agua por el proyecto. c) Presentar registros de nivel freático de la mayor extensión temporal posible, de cada pozo que es bombeado o bien de pozos de observación cercanos. d) Aportar la información necesaria para entender el comportamiento de los niveles freáticos de pozos de terceros en las situaciones con y sin proyecto, lo cual es fundamental para entender y evaluar el impacto ambiental del proyecto. Se solicita presentar dicha información en la forma de un modelo hidrogeológico conceptual y numérico que se refiera a los efectos en pozos de terceros con ocasión del afloramiento. e) El modelo debe hacer entrega de un balance hídrico que complemente el análisis presentado. f) Analizar en base a las conclusiones del modelo hidrogeológico y los efectos del afloramiento de la napa y potencial contaminación, la significancia de los impactos, en relación con el artículo 6 letra g) del D.S. N° 40 de 2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Se solicita presentar la evaluación ambiental asociada a la referida extracción de agua (bombeo) desde el punto de vista de si a) Si se afecta la permanencia del recurso, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro, aplicado a la calidad y cantidad de recursos hídricos superficiales, es decir, si se mantiene disponible el recurso aguas abajo del punto de extracción, a fin que se ejerzan los derechos de aprovechamiento de aguas de terceros (en cantidad y calidad), según sus usos. b) Si se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso, referido a la alteración de cauces y álveos de aguas superficiales. c) Si se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas, y d) Énfasis en recursos escasos, únicos o representativos (en el caso, por ejemplo, de que existe declaración de restricción o de prohibición de un determinado sector del acuífero). Así entonces, de existir área de restricción, zona de prohibición o decreto de escasez, debe aportar los antecedentes que permitan descartar un impacto adverso o significativo. Por otra parte, el Titular deberá tener en cuenta que la intensidad del impacto dependerá de la profundidad de la habilitación de los pozos de los terceros (profundizar un pozo para ejercer el derecho). g) Establecer umbrales que permitan adoptar medidas de control tendientes a que los niveles no desciendan significativamente y que pudiesen afectar las captaciones dentro del área de influencia del proyecto y su calidad. h) El Titular debe profundizar la predicción y evaluación de impactos sobre el recurso hídrico debido a que existirá un potencial afloramiento de aguas, por tanto, debe evaluar dicha situación, tanto en la afectación de niveles de pozos de terceros como de calidad de las aguas, considerando, además, que la restitución de dichas aguas afloradas debe ser efectuada con una calidad que no afecte al cuerpo receptor, siendo esperable que la calidad de lo restituido sea similar a la del cauce. i) Proponer un Plan de Acción, en caso de afectación a los niveles de pozos de terceros con Derechos de Aprovechamiento de Aguas y/o a la calidad de las aguas subterráneas, en caso de que estos no sean significativos y por tanto no generen efectos del artículo 11 de la Ley N° 19.300. 5.4.5 Las acciones para implementar en caso de contaminación de los potenciales afloramientos por sustancias peligrosas en faena deben estar incorporadas en el Plan de Contingencias y Emergencias. En este marco se observa y se solicita considerar la siguiente medida que el Titular acogió aplicar en la Respuesta 5.2 del Adenda Complementaria: Ante el potencial afloramiento de aguas en el predio del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades i. Verificar la calidad del agua subterránea generada del afloramiento mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Se efectuarán pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento (solo en caso de ser necesario). iii. Se enviarán los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. Lo anterior acompañado de imágenes fotográficas (con fecha) describiendo los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. Se informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular se compromete a incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva”. 5.4.6 El Titular debe considerar como medida de manejo ambiental, que en caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, SMA, antes de 24 h, señalando lo indicado en la siguiente medida que el Titular acogió aplicar en la Respuesta 5.3.1 del Adenda Complementaria: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. 5.4.7 El Titular no podrá hacer uso de aguas afloradas sin contar con los derechos de aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA, y según lo acoge en la Respuesta 8.4 del Adenda Complementaria.
5.5 Que, se debe tener presente que en la Respuesta 4.9 del Adenda Complementaria el Titular compromete las medidas de protección del humedal, que indica.
5.6 Que, se debe tener presente que en la Respuesta 4.11 del Adenda Complementaria el Titular declara la distancia de torres al límite del humedal, que indica en Tabla 24. 5.7 Que, se debe tener presente que en la Respuesta 4.20 del Adenda Complementaria el Titular compromete las medidas ambientales a implementar y su efecto esperado en la calidad del agua, que indica en Tabla 25.”
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.6 Condición o exigencia N°6. 8.5. Condiciones DGAC ● Téngase presente presenta lo señalado por la Seremi MOP RM, en el Oficio Ord. N°04/0112/0900 de fecha 24/01/2023, a saber: “… condicionado a que el titular presente los antecedentes, a fin de que la DGAC estudie las líneas eléctricas elevadas, sus torres de sostén y certifique las alturas del proyecto y el emplazamiento del helipuerto.” Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.7 Condición o exigencia N°7.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Inducción a trabajadores sobre protección de fauna silvestre Impacto asociado Posible afectación a fauna silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar e informar al personal que trabajará en la construcción del Proyecto sobre la importancia de proteger y no afectar a la fauna silvestre presente en las áreas del Proyecto.
Descripción: Una vez iniciada la fase de construcción, operación y cierre, y cada vez que se incorpore un nuevo trabajador o trabajadora, se realizará una charla sobre el cuidado y la no afectación de la fauna silvestre que se encuentra aledañas a las áreas del Proyecto.
Justificación: La medida se justifica por la presencia de especies de fauna en las áreas que se emplazarán las obras y actividades del Proyecto. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se llevarán a cabo en una sala en la instalación de faena o un lugar que disponga el Titular. Asimismo, podrían ser dictadas vía remota.
Forma: Las charlas se realizarán una vez iniciada la fase de construcción, operación y cierre, y cada vez que ingrese personal a las faenas de construcción. Se realizará por un especialista en fauna o tutores, estructurándolas de manera sencilla y clara. Abordando al menos los siguientes contenidos ● Prohibición de alimentar fauna silvestre ● Prohibición de caza ● Procedimiento en caso de atropello de fauna silvestre ● Límite velocidad en cercanías del Proyecto
Oportunidad: La inducción será realizada cada vez que se incorpore un trabajador nuevo durante toda la fase de construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia firmado por el personal asistente y copia de respaldo de los temas tratados. Forma de control y seguimiento Se realizará un informe una vez finalizado cada fase, con los contenidos de la charla y el listado de asistentes con su respectiva firma. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente. Además, los informes de control y seguimiento se mantendrán disponibles en formato digital en las instalaciones del Proyecto para cuando la Autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.1 del ICE.
9.2 Compromiso Ambiental Voluntario 2: Monitoreo arqueológico permanente Impacto asociado Posible afectación al Patrimonio Cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger y preservar el componente arqueológico mediante la ejecución de medidas de protección.
Descripción: Se realizará un monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción del Proyecto en cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto, lo cual estará a cargo de un/a arqueólogo/a (s) y/o licenciado/a (s) en arqueología.
Justificación: El monitoreo arqueológico permanente permitirá identificar hallazgos arqueológicos no previstos, así como concientizar al personal de la obra sobre el potencial arqueológico que existe en el sector y las medidas a tomar en caso de un potencial hallazgo, se podrá actuar en base a los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288, descartando así efectos significativos sobre potenciales ejemplares. Lugar forma y oportunidad de Lugar: Faja de seguridad de la Línea de Transmisión y zonas de posicionamiento de las torres que conformarán la Línea de implementación Transmisión Eléctrica.
Forma: Se realizará un monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Se considera además la elaboración de un procedimiento en caso de hallazgo en conformidad a la normativa vigente, y el visado para que las excavaciones se efectúen en los lugares y profundidad establecidos previamente por el proyecto.
Oportunidad: El Monitoreo Arqueológico permanente será realizado al inicio de la fase de construcción y durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Monitoreo Arqueológico: Se entregará un informe mensual de Monitoreo Arqueológico permanente elaborado por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología en al área de influencia del proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. El cual deberá contener los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: ● Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). ● Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. ● Medidas de protección y/o conservación, implementadas. ● Constancia de aviso del hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. ● Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios. f) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). g) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. h) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Forma de control y seguimiento Se entregarán informes a la SMA de monitoreo arqueológico permanente, de carácter mensual en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.2 del ICE.
9.3 Compromiso ambiental voluntario 3: Charlas de inducción arqueológica Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar charlas de inducción arqueológica a todos los trabajadores del titular y/o contratistas que participen en la Fase de Construcción, para cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto.
Descripción: Se llevará a cabo un programa de charlas y/o inducciones a todo el personal que ejecutará labores en terreno en la fase de construcción, referentes al componente patrimonio cultural, así como en lo referente al marco legal vigente y las acciones a seguir en caso de detectar sitios o hallazgos arqueológicos durante los diversos trabajos a efectuarse, proporcionando a todo el personal el contenido de la Ley de Monumentos Nacionales N°17.288 y el potencial arqueológico del área, del mismo modo establecer un procedimiento claro y expedito frente a la presencia de hallazgos no previstos en obra. Se realizará un informe que será remitido a la SMA, con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de los asistentes a la misma junto a sus firmas. Se llevará un registro de dicha actividad. Estas charlas deberán realizarse a todo el personal que ejecutará labores en terreno en la fase de construcción.
Justificación: Las charlas de inducción al personal en faena permite capacitar a los trabajadores acerca de las precauciones a tener en las labores a realizar, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. El informe y el contenido de la charla serán remitidos a la SMA. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se llevarán a cabo en una sala en la instalación de faena o un lugar que disponga el Titular. Asimismo, podrían ser dictadas vía remota.
Forma: Se realizarán charlas a todo el personal en faena, por parte de un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología.
Oportunidad: Al inicio de la fase de construcción y mientras duren las labores de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico y firmas por parte de los trabajadores que participaron en las charlas de inducción. Informe levantado por el/la arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología a cargo de las charlas, el cual será remitido a la SMA, con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de los asistentes a la misma junto a sus firmas. Forma de control y seguimiento Entrega a la SMA del informe elaborado por el/la arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología a cargo de las charlas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.3 del ICE.
9.4 Compromiso ambiental voluntario 4: Plan de monitoreo de avifauna Impacto asociado Posible disminución y/o pérdida de la diversidad de avifauna silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar un seguimiento, dentro de un periodo determinado, durante las fases de construcción y operación del proyecto, para determinar el grado de cambio de los parámetros poblacionales y conductuales de las aves, lo que permitirá controlar y gestionar contingencias para conservar la comunidad de aves dentro del Área de Influencia. Para lo cual se levantará la siguiente información. ● Determinar cambios en la riqueza y la abundancia de las aves. ● Identificar eventos que pudieran perturbar a las aves, identificando las especies, el lugar y las causas. ● Identificar partes del proyecto (torres, cables, antenas, subestación) o sectores que pudieran perturbar a las aves. ● Implementar medidas rectificatorias si fuese necesario. ● Entregar informes que den cuenta de las actividades y observaciones. • Establecer indicadores de éxito del plan.
Descripción: El plan de monitoreo consiste en realizar un seguimiento periódico de los parámetros poblacionales y conductuales de las aves durante la fase de construcción y operación del proyecto.
Justificación: Se observaron especies frecuentes y comunes, aunque poco abundantes en el área de influencia. Sin embargo, usan torres o cables como percha o vuelan cercano al tendido eléctrico. Al realizar esta medida se prevendrá la disminución y/o pérdida de la diversidad de avifauna silvestre. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará en el área de influencia del proyecto definida en la línea base de fauna terrestre, que incluye todas las obras permanentes del proyecto, es decir, estructuras, conductores y la extensión completa de la línea de transmisión, abarcando los distintos hábitats definidos dentro del área de influencia. A partir del segundo año de operación, el monitoreo se realizará en algunas secciones o tramos del proyecto, identificados como los más complejos en la interacción entre las aves y la línea de transmisión.
Forma: El Plan de monitoreo de avifauna realizará las siguientes actividades:
● Determinar los cambios en la riqueza, abundancia de las aves Se determinarán los cambios en una escala temporal. Se tomarán en cuenta variables como el desarrollo o estado de avance del proyecto en el periodo de construcción y operación, la estacionalidad climática y la modificación de los hábitats dentro del área de influencia. Se definirán Puntos de Observación, equidistantes entre ellos, y se anotará el número de especies observado y el número de individuos obtenido. En el caso de las aves rapaces, las observaciones se extenderán a un radio de 100 metros. Para el caso de las aves no rapaces, se realizarán conteos dentro de un radio de 50 metros, durante 8 minutos y se usarán binoculares 8x40. Para geolocalizar a cada individuo, se le asignará una ubicación dentro del tendido eléctrico, identificando el hábitat y el número de torre, para el caso en que se encuentren perchados, o se asociará a la torre más cercana si el individuo se encuentra volando. Para las especies identificadas se reconocerá la categoría de conservación utilizando la normativa vigente, que se refiere al Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación (RCE) del Ministerio del Medio Ambiente, mediante los Procesos de Clasificación de Especies Silvestres y el Decreto Supremo Nº 5 de 1998, actualizado por el DS 65/2015, sobre la Ley de Caza (MINAGRI).
● Identificar intensidad de eventos que pudieran perturbar a las aves Se recorrerá la línea de transmisión, con el objetivo de recoger evidencias de posibles aves afectadas por colisión o electrocución. El área de observación y de búsqueda será de 40 metros, es decir, 20 metros a cada lado del eje central del trazado, debido a las dificultades que imponen la vegetación y la topografía (Janss 2000, Prinsen 2011). La búsqueda será mediante recorridos pedestres, con caminatas en forma de zig-zag, poniendo énfasis en restos óseos. Cualquier evidencia será fotografiada y formará parte de la información que se proporcionará al “Reporte de Colisión o Electrocución de Aves”. En el formulario, se destaca información tal como: fecha, hora, estación climática, coordenadas, especie, sexo, edad, diagnóstico visual y palpar del individuo para determinar el tipo de incidente, descripción del hábitat circundante: flora dominante, topografía, grado de artificialización. Todo hallazgo será colectado (carcasas y remanentes de aves muertas) para evitar el doble conteo. Aquellos tramos de la línea que no se pudo recorrer bajo esta, serán prospectados desde caminos cercanos con el uso de binoculares 8x40. Además, se tomarán datos respecto de algunas conductas de las aves que permitan describir el grado de interacción de estas con la línea de transmisión. Para definir el riesgo se anotarán las conductas de vuelo y perchado. Respecto del vuelo, si este es recto con batido de alas o vuelo ascendente u ondulado). Si está perchado, si es en alguna obra del proyecto (torre, tendido, subestación) o en otras estructuras naturales y artificiales dentro de un buffer de 50 metros a ambos lados. Para definir el uso, se estimará el porcentaje de individuos del total observado acumulado, que usa las partes u obras del proyecto, además de las especies y los sectores más frecuentes. Para ello, también se buscarán egagrópilas bajo las torres, que permitan identificar las torres de uso más frecuente y las especies que las usan.
● Identificar partes del proyecto o sectores que pudieran perturbar a las aves En los puntos de observación como en los recorridos pedestres, se obtendrá información para identificar lugares de concentración de avifauna, áreas fuentes y refugio de aves y su relación con partes y obras del proyecto. Del mismo modo, se obtendrán datos conductuales que permitan calificar el nivel de interacción entre las aves y la línea de transmisión identificando especies, partes de proyecto y sectores.
● Implementar medidas rectificadoras si fuese necesario Con los antecedentes obtenidos en cada campaña de monitoreo, se identificarán las especies más susceptibles a eventos que puedan causar daño y se definirán las zonas más sensibles. Para esto, adquiere relevancia el número de especies afectadas por colisión y o electrocución. Las medidas están orientadas a la utilización de espirales o dispositivos salvapájaros para evitar incidentes causados por colisión de aves. Para evitar la electrocución de aves se instalarán cubre-aisladores.
Oportunidad: El compromiso se implementará durante un periodo determinado que abarque la fase de construcción y de operación del proyecto. En la fase de construcción, la medida se empezará a aplicar cuando se haya levantado la primera estructura y se extenderá la construcción de la última estructura. Durante la fase de operación, el seguimiento se extenderá, al menos, hasta el tercer año teniendo carácter estacional. Indicador que acredite su cumplimiento Para la definición de indicadores de cumplimiento o de éxito de la medida, durante la campaña de seguimiento del Plan, se establecerán como parámetros de base, la información emanada de la Caracterización de Fauna Terrestre del Proyecto. Se utilizarán los parámetros de riqueza y abundancia de especies, es decir, evaluar si cambios en la diversidad del ensamble de aves del Área de influencia del Proyecto (riqueza) y cambios en la densidad por especie o de la comunidad, o sea, el número de individuos por hectárea, están asociado a eventos causados por la presencia de la línea. Si los efectos sobre las poblaciones de aves son provocados por la presencia del Proyecto en el Área de Influencia, por ejemplo, colisión o electrocución, se implementarán en forma inmediata las medidas ratificatorias. Por lo tanto, el indicador de éxito de la medida será cero (0) individuo dañado. Además, durante el periodo de monitoreo, la recopilación de información también estará orientada a identificar zonas sensibles, es decir, zonas con mayor posibilidad de riesgo para las aves, debido a condiciones ambientales que favorecen la presencia de especies. De este modo, se pretende implantar, a priori, elementos disuasivos que eviten daños a las aves. Los indicadores de cumplimiento de la eficacia de la medida son: ● La mantención de poblaciones de aves viables y estables en el tiempo. ● Cero incidentes de especies amenazadas o en categoría de conservación en estado de riesgo. ● La identificación de zonas sensibles. Forma de control y seguimiento Se entregarán informes parciales, semestrales y/o anuales y un informe final a la SMA, los que se detallan a continuación. ● Parciales: estos informes corresponden al resultado de cada campaña de terreno realizada, las cuales son de carácter estacional. Cada informe incluirá un análisis temporal de los datos. Las conclusiones están orientadas a describir indicadores de cambio y observaciones de la campaña, incluyendo un análisis temporal. ● Semestrales y/o anuales: estos informes están orientados a un análisis temporal, identificando los cambios poblacionales y conductuales dentro del periodo y mostrar tendencias en la interacción de las aves con la línea de transmisión (especies, número de individuos, sectores). ● Informe Final: Consolidado de la implementación del Plan de Monitoreo de Aves, para ser entregada a la autoridad ambiental. Los informes serán remitidos a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.4 del ICE.
9.5 Compromiso ambiental voluntario 5: Pintado de estructuras reticuladas (torres) considerando las condiciones del área de influencia. Impacto asociado Posible afectación al paisaje. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivos: Objetivo general: Minimizar la obstrucción sobre la calidad visual del paisaje producto de la construcción del Proyecto. Objetivos específicos: Implementación de estructuras para la LTE de bajo impacto visual e implementar y establecer medidas para la minimización del impacto visual del proyecto.
Descripción: Se contemplan medidas para minimizar la obstrucción de la calidad visual del paisaje durante la construcción del Proyecto.
Justificación: Las medidas se justifican, debido a que se busca evitar un impacto en la calidad visual del sector donde se implementará el proyecto. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Estructuras reticuladas que conformarán la Línea de Transmisión Eléctrica. Específicamente en aquellos tramos donde las torres tengan un mayor efecto visual y estético, y donde además se concentre un gran número de observadores. Estas zonas corresponden al sector de El Bajo y al tramo adyacente a la Ruta G-60 (desde la conexión con la S/E Bajo Melipilla hasta la Torre 24); al sector de Lomas de Manso (desde la Torre 1 a la Torre 10, que serían las más cercanas y visibles con respecto al área urbana de aquel sector); y las Torres desde la 20 hasta la 23, ya que estas se ubicarán en la cima de una loma, siendo altamente visibles desde las calles y caminos adyacentes.
Forma: La medida consiste en el pintado de las estructuras de un color mate semejante a los tonos cromáticos del entorno y sus características basales originales, para de esta forma reducir su reflectancia y mimetizarlas con el paisaje circundante.
Oportunidad: Se implementarán las medidas explicadas una vez que se inicie la construcción del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Fotografías de la medida. Se proporcionará un informe anual que integre las fotografías al SERNATUR y a la Superintendencia del Medio Ambiente, el cual contendrá los registros necesarios del cumplimiento de los compromisos descritos. Forma de control y seguimiento Se verificará que las condiciones de color cumplan con lo requerido una (1) vez al año desde aplicada la medida, y durante toda la vida útil del Proyecto. En caso de que la medida no cumpla con su objetivo, se procederá a pintar nuevamente las torres. Esta actividad estará a cargo del Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.5 del ICE.
9.6 Compromiso ambiental voluntario 6: Barrera vegetal en las zonas desprovistas de vegetación. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Objetivo, descripción y Objetivos: justificación Objetivo general: Realizar un ocultamiento de las estructuras (torres reticuladas) más visibles para así atenuar la afectación visual Objetivos específicos: Implementar y establecer medidas para atenuar el impacto no significativo visual del proyecto, proporcionar continuidad paisajística y limitar la intrusión de las estructuras en el Paisaje.
Descripción: Se contempla la creación de una barrera vegetal mediante la plantación de especies arbóreas de origen nativo.
Justificación: Para mejorar la calidad visual del sector donde se implementará el proyecto. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Estructuras reticuladas que conformarán la Línea de Transmisión Eléctrica. Específicamente, se aplicaría en aquellos sectores carentes de vegetación o con escasa vegetación de altura, los cuales corresponden al área de emplazamiento de la Torre 27 hasta el de la Torre 35.
Forma: La medida consiste en la creación de una barrera vegetal mediante la plantación de especies arbóreas de origen nativo, las cuales podrían ser Schinus molle (pimiento) y/o Caesalpinia spinosa (tara), esto debido a su rápido crecimiento, altura promedio óptima, alta longevidad y su compatibilidad con las condiciones biogeográficas del sector.
Oportunidad: Se implementarán las medidas explicadas una vez que se inicie la construcción del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento ● Para evaluar el éxito de la medida, durante la fase de construcción se realizarán monitoreos semestrales. Para la fase de operación los monitoreos se harán de forma anual, en conjunto con las labores de inspección de la línea, durante los primeros tres años. ● Los reportes de monitoreo contendrán fotografías panorámicas del área donde se emplazará la medida y mostrará las situaciones con y sin Proyecto. Estos reportes serán remitidos al Servicio de Evaluación Ambiental, al Servicio Nacional de Turismo y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento ● Una vez completada la plantación se elaborará un registro inicial que dé cuenta de la implementación de esta medida voluntaria. Este catastro deberá incluir como mínimo: o Identificación y descripción de las áreas plantadas o Número de individuos plantados o Estado fitosanitario de los individuos plantados
● Durante el periodo de tiempo que dure la fase de construcción, la mantención de la plantación se realizará de forma semanal, asegurando que los individuos alcancen una altura idónea para cumplir con la medida voluntaria. Las actividades de mantención incluirán: o Labores de riego o Replante o Fertilización o Desmalezado Se indica que en temporada estival (primavera-verano), el riego se realizará con frecuencia quincenal durante los primeros 2 años de construcción, aplicando una cantidad de agua de al menos 10 litros a cada individuo, cada vez que se ejecute esta actividad. En temporada invernal (otoño-invierno), el riego se realizará una vez al mes durante los primeros 2 años de construcción, aplicando una cantidad de agua definida según las condiciones meteorológicas del mes. El método de riego será mediante el paso de un camión aljibe optimizado para labores de riego. Este efectuará el recorrido por la zona establecida para la barrera vegetal. Para el caso de la fase de operación, se realizarán mantenciones trimestrales durante el primer año y posteriormente anuales, en conjunto con la mantención de la línea. Se monitoreará la estructura de los árboles, lo cual incluye poda en el caso de que se requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.6 del ICE.
9.7 Compromiso ambiental voluntario 7: Prospección arqueológica antes del inicio de la fase de construcción Impacto asociado Posible afectación al Patrimonio Cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger y preservar el componente arqueológico mediante la ejecución de medidas de protección antes de comenzar las obras de la fase de construcción.
Descripción: Se realizará una prospección arqueológica previo al inicio de las obras de la fase de construcción del Proyecto dentro del predio ubicado entre la Torre 12 a la Torre 18.
Justificación: La prospección inicial permitirá identificar hallazgos arqueológicos no previstos, se podrá actuar en base a los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288, descartando así efectos significativos sobre potenciales ejemplares. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Faja de seguridad de la Línea de Transmisión y zonas de posicionamiento entre la Torre 12 y Torre 18, que conformarán la Línea de Transmisión Eléctrica.
Forma: Se realizará una prospección antes de las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Adicionalmente se realizará charlas de inducción al personal de obra por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología previo al inicio de los trabajos de construcción del proyecto. Se considera además la elaboración de un procedimiento en caso de hallazgo en conformidad a la normativa vigente, y el visado para que las excavaciones se efectúen en los lugares y profundidad establecidos previamente por el proyecto.
Oportunidad: La prospección será realizada al inicio de la fase de construcción anterior a todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Prospección Arqueológica: Se entregará un informe de Prospección Arqueológica elaborado por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología en al área de influencia del proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. El cual deberá contener los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: ● Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). ● Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. ● Medidas de protección y/o conservación, implementadas. ● Constancia de aviso del hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. ● Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Charlas de inducción arqueológica: Registro de asistencia a charlas de inducción Forma de control y seguimiento Se entregará un informe a la SMA de la prospección arqueológica antes las obras de escarpe del terreno y antes de todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Adicionalmente se entregarán los registros de ejecución y asistencia de las charlas de inducción al personal de obra por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología previo al inicio de los trabajos de construcción del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.7 del ICE.
9.8 Compromiso ambiental voluntario 8: Medidas de resguardo de actividades en obras cercanas al humedal urbano en proceso de declaratoria, Sist. Rios Maipo- Mapocho, esteros Colina- Angostura- Puangue y Trib Impacto asociado Potencial alteración del hábitat asociado a una vega del humedal Sist. Ríos Maipo- Mapocho, esteros Colina- Angostura- Puangue y Trib, acotada a los periodos de menor expresión del humedal en proceso de declaratoria. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar una potencial alteración del hábitat que se da en el humedal.
Descripción: Durante la campaña de verano, se registró en las cercanías de las Torres 29, 28, y 27 el humedal urbano “Sistemas Ríos Maipo- Mapocho, esteros Colina- Angostura- Puangue y Trib”.
Con la finalidad de evitar alteración a dicho sistema, sólo se trabajará en las obras de esta área en las temporadas en que el cuerpo de agua se encuentre en su menor expresión (verano), no se desplazará maquinaria de ningún tipo por la superficie delimitada como humedal, para asegurar la no alteración del ecosistema, se realizará un monitoreo de la avifauna y herpetofauna residente o visitante presente en este sector de forma previa a los trabajos y otro cuando finalicen las obras (para mayores detalles ver capítulo 6 Compromisos Voluntarios), esto es adicional a que todas las fundaciones de las torres contarán con protección, ya que el sector corresponde con un área inundable.
Cabe destacar que el emplazamiento de las obras del Proyecto, específicamente de las Torres AT 25, 26 y 27, no generan afectaciones directas hacia el humedal, ya que este se emplaza fuera del rango de acción del Proyecto, evitando así cualquier daño hacia dicho valor ambiental.
Justificación: La medida se justifica debido a que, durante la campaña de verano, se registró en las cercanías de las Torres 25, 26, y 27 el humedal urbano “Sistemas Ríos Maipo- Mapocho, esteros Colina- Angostura- Puangue y Trib”. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: En el sector de emplazamiento de las obras Torres de Alta tensión 25, 26 y 27, donde se evidenció la cercanía del Humedal.
Forma: Sólo se realizarán obras en este sector en temporada de verano (época en que el humedal se encontrará en su menor expresión), adicionalmente se implementarán medidas asociadas a la delimitación de las zonas por las cuales se desplazarán las maquinarias y personal en la zona, esta delimitación quedará completamente fuera de los límites del humedal, además se realizará un monitoreo de la avifauna y herpetofauna residente o visitante, previo al inicio de las actividades de construcción en el sector y otro cuando finalicen dichas actividades.
Oportunidad: Mientras duren las actividades de construcción en el sector. Indicador que acredite su cumplimiento Que no existan cambios significativos en la composición y estructura poblacional de los organismos evaluados antes y después de la construcción en el área señalada. Forma de control y seguimiento Monitoreo de avifauna y herpetofauna de manera previa e inmediatamente posterior al desarrollo de las obras en el sector. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.8 del ICE.
9.9 Compromiso ambiental voluntario 9: Capacitación a trabajadores sobre protección al patrimonio cultural - Paleontología Impacto asociado Posible afectación Patrimonio Cultural – Paleontología. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar e informar al personal que trabajará en la construcción del Proyecto sobre la importancia de proteger y no afectar los eventuales hallazgos de restos históricos paleontológicos durante los movimientos de tierra generados en la fase de construcción.
Descripción: Una vez iniciada la fase de construcción, y cada vez que se incorpore un nuevo trabajador o trabajadora, se realizará una charla de inducción, por parte de un profesional paleontólogo, aplicable durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto
Justificación: Permitir la identificación de hallazgos no previstos y a la vez prevenir afectación al patrimonio cultural Paleontológico. Además, concientizar al personal de obra sobre las medidas a tomar en caso de un potencial hallazgo, se podrá actuar en base al artículo 26 de la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se llevarán a cabo al interior del predio, en la sala de reuniones y/u oficinas instaladas en faena o un lugar que disponga el Titular. Asimismo, podrían ser dictadas vía remota.
Forma: Las charlas se realizarán previo al inicio de los trabajos de construcción del proyecto y cada vez que ingrese personal a las faenas de construcción. Se realizará por un profesional paleontólogo, estructurándolas de manera sencilla y clara. Abordando al menos los siguientes contenidos ● Características de la prehistoria e historia de la zona. ● Especificar hallazgos más comunes en la zona. ● Legislación vigente. ● Medidas a tomar en caso de realizarse un hallazgo imprevisto. Además, se debe dejar constancia de la realización de la charla en una nómina firmada por todos los asistentes y el profesional paleontólogo responsable. Se considera la elaboración de un procedimiento en caso de hallazgo en conformidad a la normativa vigente, y el visado para que las excavaciones se efectúen en los lugares y profundidad establecidos previamente por el proyecto.
Oportunidad: La inducción será realizada cada vez que se incorpore un trabajador nuevo durante toda la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro Fotográfico Registro de asistencia firmado por el personal asistente. Forma de control y seguimiento Se realizará un informe una vez finalizada la fase de construcción, con los contenidos de la charla y el listado de asistentes con su respectiva firma. El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente una vez culminada la fase de construcción. Además, los informes de control y seguimiento se mantendrán disponibles en formato digital en las instalaciones del Proyecto para cuando la Autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.9 del ICE.
9.10 Compromiso ambiental voluntario 10: Plan comunicacional para los vecinos/as del área de influencia Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fases de Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un plan comunicacional con la comunidad.
Descripción: Realizar entrega de cartillas o folletos a quien lo requiera en el área de influencia del proyecto, de forma activa, entregándolos directamente en los domicilios, previo y durante la fase de construcción. En todas las fases del proyecto se entregará información respecto de la generación de ruidos molestos, en la cual se señalen fuentes emisoras, medidas de control, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Estas labores estarán a cargo de un(a) Encargado(a) de relacionamiento comunitario.
Justificación: Es importante que la comunidad se informe sobre las actividades del proyecto. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del proyecto.
Forma: La empresa realizará entrega de cartillas o folletos a quien lo requiera en el área de influencia del proyecto, de forma activa, entregándolos directamente en los domicilios, previo y durante la fase de construcción. En todas las fases del proyecto se entregará información respecto de la generación de ruidos molestos, en la cual se señalen fuentes emisoras, medidas de control, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Cabe señalar que estas labores estarán a cargo de un(a) Encargado(a) de relacionamiento comunitario.
Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. En caso de actividades que generen ruidos molestos, se ejecutará previo a ellas. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá registro de las actividades, considerando: − Fecha de la actividad de difusión − Contenidos − Encargados de la entrega de cartillas − Registro fotográfico − Registro de las fechas y horarios de las actividades, además de la captura de pantalla de los mensajes de textos enviados a la/el presidenta/e de la Organización Social a través de la plataforma whatsapp u similar. Forma de control y seguimiento En un plazo no mayor a 20 días hábiles transcurrido el periodo, se deberá remitir a la Superintendencia de Medio Ambiente un registro fotográfico con fecha de las actividades realizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.10 del ICE.
9.11 Compromiso ambiental voluntario 11: Medidas de protección para evitar afectación del humedal por derrame y/o fuga de combustible Impacto asociado Posible afectación del humedal urbano asociado al cajón del Río Maipo debido a derrame y/o fuga de combustible. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Tomar medidas de protección para evitar afectación del humedal asociado al cajón del Río Maipo, por derrame y/o fuga de combustible.
Descripción: Se mantendrá el combustible fuera del área del humedal y debidamente almacenados de manera que cualquier derrame no alcance al ambiente natural. De igual forma, durante la fase de construcción, se tendrá en consideración que todas las estaciones de servicio a utilizar y el abastecimiento de combustible se efectuará alejado del humedal.
Justificación: La medida se justifica por la presencia del humedal urbano en proceso de declaratoria, asociado al cajón del Río Maipo, además de la protección oficial que poseen estos ecosistemas a través de la Ley de Protección de Humedales Urbanos (Ley N°21.202). Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas cercanas a la delimitación del humedal, como también toda aquella donde se almacene y cargue combustible. Forma: ● Mantener el combustible fuera del área del humedal y debidamente almacenados de manera que cualquier derrame no alcance al ambiente natural. ● Las estaciones de servicio y de abastecimiento de combustible a utilizar se encontrarán alejadas del humedal. ● Se empleará una contención secundaria alrededor de las áreas de abastecimiento de combustible para evitar la contaminación por derrames y fugas. ● En los frentes de trabajo móviles que se ubiquen cercanos al humedal, se mantendrán los equipos de respuesta para posibles derrames, (arenas, paños absorbentes, entre otras). ● Se efectuarán inspecciones sobre la condición operativa de equipos y maquinaria en forma previa a su uso. Además, se planificará la ejecución de las actividades conforme a las características del área de trabajo con el objetivo de reducir el riesgo de exposición a derrame sobre los recursos hídricos.
Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto, específicamente durante labores de abastecimiento de combustible y/o lubricantes, así como el almacenamiento de estos insumos. Indicador que acredite su cumplimiento ● Que no exista afectación hacia el ecosistema en cuestión, en cuanto a su composición y estructura. • Cumplimiento de las medidas de contención secundaria a ubicarse alrededor de las áreas de abastecimiento de combustible. Forma de control y seguimiento ● Registro de inspecciones a equipos y maquinaria. ● Registro sobre el funcionamiento de las medidas de contención secundaria a ubicarse alrededor de las áreas de abastecimiento. • Registro de los combustibles y lubricantes almacenados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.11 del ICE.
9.12 Compromiso ambiental voluntario 12: Señalética interpretativa en el área del humedal Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover la importancia ecosistémica del humedal y las especies que alberga.
Descripción: Se instalará señalética interpretativa en el área del humedal para de esta forma dar a conocer la importancia ecosistémica de este entorno natural, además de promover la protección de este mismo y de las especies que lo habitan.
Justificación: La medida se justifica por la presencia del humedal en proceso de declaratoria de humedal urbano, asociado al cajón del Río Maipo, además de la protección oficial que poseen estos ecosistemas a través de la Ley de Protección de Humedales Urbanos (Ley N°21.202). Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Próximo a los límites del humedal y de forma paralela a la Ruta G-60.
Forma: ● Tal como se aprecia en la figura anterior, la señalética se ubicará próxima a los limites definidos para el humedal y de forma paralela a la Ruta G-60, esto debido a que son zonas de acceso a este mismo. Para el caso de la Ruta G-60, corresponde a una vía altamente transitada en la comuna, de esta forma, se estima un gran porcentaje de observadores. ● La señalética a instalar seguirá las recomendaciones establecidas en la “Guía de buenas prácticas ambientales en humedales” y la “Guía para la interpretación en áreas Protegidas”.
Oportunidad: La medida se implementará una vez inicie la Fase de Construcción y se mantendrá durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Óptimo estado de la infraestructura instalada. - Fotografías de la medida. - Se proporcionará un informe anual que integre las fotografías a la SMA y SERNATUR, el cual contendrá los registros necesarios del cumplimiento de los compromisos descritos. Forma de control y seguimiento ● Durante la fase de construcción se verificará una (1) vez al mes el estado de la señalética, mismo caso para la fase de cierre. ● Durante la fase de operación se realizarán verificaciones trimestrales durante el primer año y posteriormente anuales, en conjunto con la mantención de la línea. ● En el caso de requerirse, se realizará mantención de los módulos considerando el desgaste irreparable por acción ambiental, ante la erosión que pueda generar el viento, la exposición solar e hídrica, reparando o reemplazando la señalética dañada. ● Se realizará mantención de los módulos considerando el desgaste por acción antrópica, reparando o reemplazando la señalética dañada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.12 del ICE.
9.13 Compromiso ambiental voluntario 13: Jornadas de sensibilización a la comunidad sobre el cuidado del humedal Impacto asociado Posible afectación a ecosistema humedal Fase del Proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar a conocer la importancia ecosistémica del humedal y las especies que alberga, y así promover su cuidado.
Descripción: Se realizarán jornadas de sensibilización, dirigidas e impartidas por un(a) profesional del área ambiental, donde se busca promover la importancia del humedal y las especies que lo habitan, además de las buenas prácticas a considerar para su cuidado.
Justificación: La medida se justifica por la presencia del humedal en proceso de declaratoria, asociado al cajón del Río Maipo, además de la protección oficial que poseen estos ecosistemas a través de la Ley de Protección de Humedales Urbanos (Ley N°21.202). Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Las actividades se llevarán a cabo en un lugar que disponga el titular. Se considera una visita guiada al humedal por el/la profesional a cargo.
Forma: La jornada de sensibilización incluirá: ● Charla sobre la importancia ecosistémica de los humedales y las especies que los habitan. ● Introducción a la Ley de Protección de Humedales Urbanos (Ley N°21.202). ● Destacar las conductas apropiadas del visitante para la protección del humedal y las especies. ● Visita guiada al humedal. Cabe señalar que todas estas acciones y/o actividades estarán a cargo de un(a) profesional con competencia en materia ambiental. La información sobre las fechas en que se realizarán estas jornadas se hará llegar mediante cartillas o folletos a quien lo requiera en el área de influencia del proyecto, de forma activa, entregándolos directamente en los domicilios.
Oportunidad: Se estima realizar una (1) jornada de sensibilización por cada una de las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento ● Registro fotográfico de las jornadas de sensibilización. ● Informe levantado por el/la profesional a cargo, el cual será remitido a la SMA y al SERNATUR, con los contenidos de las actividades realizadas y la constancia de los asistentes a la misma junto a sus firmas. Forma de control y seguimiento Entrega a la SMA y al SERNATUR del informe elaborado por el/la profesional a cargo de las jornadas de sensibilización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.13 del ICE.
9.14 Compromiso ambiental voluntario 14: Capacitación a trabajadores sobre el cuidado del humedal Impacto asociado Posible afectación a ecosistema humedal. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar al personal que trabajará en el Proyecto sobre la importancia de proteger y no afectar al humedal urbano asociado al cajón del Río Maipo, y a las especies que lo habitan.
Descripción: Una vez iniciada la fase de construcción, operación y cierre, y cada vez que se incorpore un nuevo trabajador o trabajadora, se realizará una capacitación preventiva sobre el cuidado y la no afectación del humedal como también de las especies que lo habitan. Cabe señalar que esta actividad estará a cargo de un(a) profesional del área ambiental.
Justificación: La medida se justifica por la presencia del humedal urbano asociado al cajón del Río Maipo, además de la protección oficial que poseen estos ecosistemas a través de la Ley de Protección de Humedales Urbanos (Ley N°21.202). Lugar forma y oportunidad de Lugar: Las charlas se llevarán a cabo en una sala en la instalación de faena o un lugar que disponga el Titular. Asimismo, podrían ser implementación dictadas vía remota.
Forma: Las capacitaciones se realizarán una vez iniciada la fase de construcción, operación y cierre, y cada vez que ingrese personal a las faenas de construcción. Estas estarán a cargo de un(a) profesional del área ambiental. Los contenidos a desarrollar serán al menos los siguientes: ● Importancia ecosistémica de los humedales. ● Introducción a la Ley de Protección de Humedales Urbanos (Ley N°21.202). ● Especies que se pueden encontrar en estos ecosistemas y su relevancia. ● Destacar las conductas apropiadas a adoptar para la protección del humedal y las especies. ● Instrucciones detalladas para garantizar que no haya erosión, movimiento de sedimentos o cualquier tipo de afectación hacia el humedal.
Oportunidad: Las capacitaciones serán realizadas al inicio de las fases de construcción, operación y cierre, y cada vez que se incorpore un(a) trabajador(a) nuevo(a). Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia firmado por el personal asistente. Forma de control y seguimiento Se realizará un informe una vez finalizada cada fase, con los contenidos de la capacitación y el listado de asistentes con su respectiva firma. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente y al SERNATUR. Además, los informes de control y seguimiento se mantendrán disponibles en formato digital en las instalaciones del Proyecto para cuando la Autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.4 del ICE.
9.15 Compromiso ambiental voluntario 15: Medidas para prevenir colisión y electrocución de avifauna con la línea de alta tensión. Impacto asociado Posible afectación de avifauna por colisión y electrocución con las obras de la Línea de Alta Tensión (LAT). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar medidas para prevenir colisiones y electrocuciones de avifauna con las torres de la Línea de Alta Tensión.
Descripción: Se implementarán medidas para prevenir colisiones y electrocuciones de avifauna, tales como disuasores de vuelo, peinetas o guardaperchas. Estas medidas se implementarán en toda la LAT, considerando las 41 torres, con un distanciamiento de 10 metros aproximadamente entre cada disuasor.
Justificación: La medida se justifica por la presencia de avifauna en la zona, las cual se podría ver afectadas por la presencia de las estructuras de la LAT. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Estas medidas se aplicarán tomando en consideración un distanciamiento de 10 metros aproximadamente entre cada disuasor y las 41 estructuras (torres).
Forma: Se instalarán disuasores de vuelo en la LAT. Los elementos a instalar cumplirán con las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG. Como referencia de los modelos a utilizar, en la actualidad existen BirdMark BM-AG y FireFly, o similares. Se instalarán peinetas o guardaperchas en la LAT. Los elementos a instalar cumplirán con las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG. La Instalación se realizará en la LAT, durante la fase de construcción, tomando en consideración un distanciamiento de 10 m aprox. entre cada disuasor y las 41 estructuras (torres).
Oportunidad: La Instalación se realizará en la LAT, durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de actividad de ejecución de la medida. Forma de control y seguimiento ● Registro de instalación de disuasores de vuelo y peinetas o guardaperchas. ● En fase de operación, se implementará un plan de mantención anual de cada uno de los disuasores de vuelo y guardaperchas instalados. ● Profesionales expertos en fauna terrestre implementarán el programa de monitoreo considerando las recomendaciones establecidas en la Guía del SAG (2015), a lo largo de la extensión de la Línea de Alta Tensión, cuya frecuencia será de 2 veces al año. Se propone una primera fase durante los tres primeros años de operación del Proyecto, período en el que se realizará una evaluación de la eficacia y éxito de la medida, como también, la continuidad del programa de monitoreo. ● Informe al término de cada periodo de monitoreo de posible colisión de avifauna el cual será enviado a la SMA y al SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.15 del ICE.
9.16 Compromiso ambiental voluntario 16: Impacto asociado Intervención en sectores de refugio y alimento de Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis. Fase del Proyecto a la que aplica Previo a la fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Perturbar de forma controlada los sectores a intervenir por el proyecto, buscando disminuir los riesgos asociados de las especies de interés, Liolaemus lemniscatus (Lagartija lemniscata) y Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta) que habita en el área de intervención directa.
Descripción: En los sectores que se realizarán intervención directa por el proyecto se aplicara la medida de Perturbación Controlada, la cual consiste en remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, tales como montículos de vegetación (apilamiento de troncos o ramas secas) y cúmulo de rocas, esto con la finalidad de inducir el abandono y desplazamiento paulatino hacia sectores aledaños que no serán intervenidos por el proyecto, los cuales están identificados en el Anexo 4.1 de la Adenda complementaria Plan de Perturbación Controlada de Reptiles.
Justificación: La implementación de esta medida es una forma de mitigar los riesgos que puede provocar la fase de construcción del proyecto a las especies de baja movilidad, siendo efectiva cuando se usa en bandas o franjas de reducida extensión lineal y proyectos a reales de pequeño tamaño, como es el caso de las huellas de acceso y el área de construcción de las estructuras (torres). Esta medida resulta ventajosa en comparación al rescate y relocalización, puesto que no contempla la captura y manipulación de individuos, por lo tanto, el estrés generado es menor y disminuye posibilidad de muerte de los individuos. Lugar forma y oportunidad de implementación Lugar: Se ejecutará esta medida en los sectores a intervenir por el proyecto en donde se considere el corte o despeje de vegetación, nivelaciones de terreno o movimientos de tierra, asociadas a las obras tanto temporales como permanentes del proyecto, teniendo en consideración los ambientes en donde se registró la presencia de los individuos de interés tales como matorrales y bosques. Lo anterior se especifica en el Anexo 4.1
Forma: La medida a efectuar considera las siguientes actividades: ● El procedimiento será realizado por un especialista encargado de la supervisión de las actividades a cargo de 8 jornales, en donde se realizará un recorrido previo, se identificarán los sectores donde se registraron las especies objetivo del presente plan de perturbación, para dirigir los esfuerzos a dichos sectores. ● Se realizará el traslado de los refugios encontrados en las áreas a ser perturbadas (enrocados, troncos, ramas secas, etc.), los cuales serán dispuestos de forma estratégica en las áreas receptoras (área de enriquecimiento) mencionadas en el Anexo 4.1 de la Adenda complementaria Plan de Perturbación Controlada de Reptiles. ● Posterior al enriquecimiento del área receptora y una vez asegurada la disponibilidad de nuevos hábitats, se ejecutará la perturbación en las áreas definidas mediante el despeje y remoción de potenciales refugios (cúmulo de rocas, troncos y ramas secas, zona arbustiva, etc.). El desplazamiento de los individuos se realizará en horario diurno entre las 10:00 a 18:00 hrs, debido a que se presentan las condiciones de temperatura adecuada para las actividades diarias de las especies. Es relevante mencionar que el desplazamiento de huida de las especies se inducirá hacia las áreas receptoras ya definidas. ● Posterior a las actividades de perturbación, se realizará la inspección de los lugares intervenidos, a modo de verificar la ausencia de las especies indicadas en el presente plan. Una vez comprobado el éxito de la medida se dará por liberada el área para realizar la fase de construcción
Oportunidad: La medida será aplicada 5 días antes del inicio de las obras en la fase de construcción, con el objeto de impedir la recolonización de las especies. Indicador que acredite su cumplimiento Posterior al término de toda la actividad del Plan de Perturbación se evaluará la actividad de reptiles en las áreas recientemente perturbadas a fin de corroborar que los individuos han sido inducidos a desplazamiento.
Se medirá los siguientes parámetros: ⮚ Riqueza de especies ⮚ Abundancia por especies
Por otro lado, se evaluará la actividad de reptiles en las áreas receptoras, mediante métodos de observación directa, se evidenciará la ocupación de los nuevos refugios, y se determinará la abundancia y densidad de la población receptora.
Al final del monitoreo se entregará a la autoridad, un informe consolidado con los resultados comparados de la ejecución de la medida. Se considera como indicador de cumplimiento la variable “abundancia de las especies objetivo”, se considerará que la medida fue exitosa cuando la abundancia de las especies de interés haya disminuido en un 75% tras la ejecución de las medidas. Forma de control y seguimiento Posterior a la aplicación de la perturbación controlada, se realizará el seguimiento de la población receptora, la cual considera dos ciclos reproductivos de la especie objetivo, permitiendo de esta forma realizar comparaciones interanuales, considerando el periodo de mayor actividad de fauna: ● Previo al inicio de las obras, se procederá a la revisión del área perturbada con el objetivo de asegurar la inexistencia de las especies objetivo y que no exista recolonización. ● Al día siguiente de ejecutada la perturbación, se realizará un primer seguimiento evaluando de forma visual la actividad de las especies objetivo en el área de destino, así como la eventual presencia de ejemplares enfermos, estresados o muertos. ● Se realizará un seguimiento semanal el primer mes de realizada la perturbación a través de métodos no invasivos (sin captura) que permitan determinar, además de su presencia, su actividad de ocupación de refugios tanto naturales como producto del enriquecimiento de hábitat. ● Se realizarán mediciones cuantitativas al segundo y tercer mes, y en la época de mayor actividad, que permitan estimar la abundancia y densidad de la población. Se entregará al Servicio Agrícola y Ganadero, departamento de recursos naturales renovables de la Región Metropolitana, un informe final, luego de haber liberado el área de Proyecto. Este informe entregará los resultados obtenidos, profesional a cargo y detalles metodológicos implementados. El informe será entregado dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles luego de haber liberado la última área. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.16 del ICE.
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1 Riesgo o contingencia: Sismo. Riesgo o contingencia Sismo Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se identificarán las vías y forma de evacuación, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, y se definirán las zonas de seguridad, lo que será difundido al personal a través de las capacitaciones a realizar. - El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. - Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. - En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de todas las capacitaciones y simulacros realizados. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que se produzca un sismo de gran magnitud, se llevarán a cabo las siguientes acciones: - Inspección de las instalaciones u obras de las instalaciones, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. - Se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. - Se activará la alarma y si es necesario la evacuación hacia el punto de encuentro. - En caso de que el Coordinador de Emergencia establezca la necesidad de evacuación, los trabajadores se dirigirán hacia las zonas de seguridad definidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se comunicará al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a la SMA antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1 del ICE. Tabla 5, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.2 Riesgo o contingencia: Condiciones climáticas adversas. Riesgo o contingencia Condiciones climáticas adversas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Inicialmente se realizará una caracterización general del área de influencia del Proyecto para determinar las zonas de peligro geológico y geomorfológico. - Se determinarán puntos susceptibles de ser inundados producto de las lluvias. - Todo el personal será capacitado en administración de prevención de riesgos, técnicas para la prevención de los riesgos, primeros auxilios, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia, incluyendo eventos de inundación y remociones en masa. - Realización de simulacros de evacuación y evaluar la respuesta del personal. - Todos los contenedores, especialmente los que contengan sustancias y residuos peligrosos, deberán mantenerse debidamente sellados (tapas con seguro), de manera de prevenir contaminaciones. - Se retirarán los objetos que puedan ser arrastrados por el agua. - Se mantendrá a disposición del personal un botiquín con los implementos básicos, una linterna con pilas extras y un radio con baterías. - Ubicación de la instalación de faenas alejada de zonas propensas a eventuales deslizamientos de tierra. - Se evitará ubicar materiales en altura sin medios de protección adecuado para evitar su caída u obstrucción de vías de evacuación. - Definición de vías de evacuación y de zonas de seguridad, las cuales se deberán mantener despejadas, limpias y sin restos de basura en todo momento. - Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área. - Se realizará mantención frecuente de las vías y caminos de acceso. - Elaboración de Plan de Evacuación y realización de simulacros. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones de riesgos naturales. - Registro de simulacros. - Registro de inspección planeada a las áreas, indicando fecha y encargado. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante condiciones extremas de lluvia o viento se adoptarán las siguientes medidas: - El personal al momento de detectar la contingencia debe informar inmediatamente al jefe del área. - El jefe de área indicará la detención de todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las máquinas en funcionamiento. - De producirse un fenómeno de remoción en masa, todo el personal será evacuado inmediatamente a la zona segura y de ser posible se realizará la evacuación completa del parque. - Se debe permanecer alejado de quebradas, cruces y zonas susceptibles de inundación. - No se atravesarán zonas inundadas, ya que se podría ser arrastrado por el agua. - Si la situación lo amerita, se debe refugiar al personal en sectores más elevados. - Se prohibirá el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante un evento climático, ordenando además que el personal se mantenga alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas. - Se permanecerá alejado de las zonas bajas de ladera. - Se evitarán los desplazamientos en vehículos y, en caso de que se use el vehículo, se desplazará por carreteras principales y autopistas. Si se tienen problemas de visibilidad, es mejor estacionar el vehículo en un lugar seguro. En el caso de que el vehículo quede “atrapado" por el agua en la carretera, se recomienda apagar las luces y abandonarlos y colinas, por el riesgo de aluviones, piedras y lodo. - Ante desbordes o inundaciones, se procederá a contener la emergencia mediante el encauzamiento de las aguas y posterior desvío a los puntos más bajos donde pueda escurrir en forma natural o gravitacional. - Para disminuir la velocidad de la inundación se utilizará arena y se habilitarán barreras de contención con materiales adecuados para ello. Después de la emergencia se procederá de la siguiente manera: - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos o atrapados por el evento. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato a los heridos hasta un centro asistencial. - Se hará una inspección completa de las instalaciones, y se realizarán las reparaciones que sean necesarias. - Se procederá a la limpieza de conductos, u otros que hayan sido tapados por el deslizamiento o caída de rocas, sedimentos, residuos, entre otros. - Se evaluarán las consecuencias ambientales del episodio y si es pertinente, se definirán las acciones de limpieza y/o remediación, las que serán informadas a la autoridad ambiental. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten riesgos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se comunicará al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a las entidades gubernamentales correspondientes y a la familia de las personas afectadas. Se avisará a la SMA antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.2 del ICE. Tabla 6, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.3 Riesgo o contingencia: Inundación. Riesgo o contingencia Inundación Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Inicialmente se realizará una caracterización general del área de influencia del Proyecto para determinar las zonas de peligro en caso de inundaciones. - Se determinarán puntos susceptibles de ser inundados producto de las lluvias. - Se tendrá conocimiento de datos meteorológicos, tales como promedio de precipitación anual y promedio de precipitación mensual, a modo de determinar en qué épocas del año es más probable un evento de esta índole. - Se tendrá registro de eventos de inundaciones acaecidos anteriormente en la zona, en caso de existir. - En cuanto a posibles eventos de inundación por la crecida del Río Maipo, se tendrá registro de los principales eventos de crecidas históricas, como también de las principales crecidas a lo largo del año según sus regímenes hidrológicos. - Todo el personal será capacitado en administración de prevención de riesgos, técnicas para la prevención de los riesgos, primeros auxilios, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia, incluyendo eventos de inundación. - Realización de simulacros de evacuación y evaluar la respuesta del personal. - Todos los contenedores, especialmente los que contengan sustancias y residuos peligrosos, deberán mantenerse debidamente sellados (tapas con seguro), de manera de prevenir contaminaciones. - Se retirarán los objetos que puedan ser arrastrados por el agua. - Se mantendrá a disposición del personal un botiquín con los implementos básicos, una linterna con pilas extras y un radio con baterías. - Ubicación de la instalación de faenas alejada de zonas propensas a eventuales deslizamientos de tierra. - Se evitará ubicar materiales en altura sin medios de protección adecuado para evitar su caída u obstrucción de vías de evacuación. - Definición de vías de evacuación y de zonas de seguridad, las cuales se deberán mantener despejadas, limpias y sin restos de basura en todo momento. - Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área. - Se realizará mantención frecuente de las vías y caminos de acceso. - Elaboración de Plan de Evacuación y realización de simulacros. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones de riesgos naturales. - Registro de simulacros. - Registro de inspección planeada a las áreas, indicando fecha y encargado. - Registro de eventos de inundaciones acaecidos anteriormente en la zona, en caso de existir. - Registro de los principales eventos de crecidas históricas del Río Maipo, como también de sus principales crecidas a lo largo del año según sus regímenes hidrológicos. Acciones o medida a implementar para Ante eventos de inundación por lluvias extremas o controlar la emergencia crecidas de río se adoptarán las siguientes medidas: - El personal al momento de detectar la contingencia debe informar inmediatamente al jefe del área. - El jefe de área indicará la detención de todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las máquinas en funcionamiento. - Se debe permanecer alejado de quebradas, cruces y zonas susceptibles de inundación. - No se atravesarán zonas inundadas, ya que se podría ser arrastrado por el agua. - Si la situación lo amerita, se debe refugiar al personal en sectores más elevados. - Se prohibirá el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante un evento climático, ordenando además que el personal se mantenga alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas. - Se permanecerá alejado de las zonas bajas de ladera. - Se evitarán los desplazamientos en vehículos y, en caso de que se use el vehículo, se desplazará por carreteras principales y autopistas. Si se tienen problemas de visibilidad, es mejor estacionar el vehículo en un lugar seguro. En el caso de que el vehículo quede “atrapado" por el agua en la carretera, se recomienda apagar las luces y abandonarlos y colinas, por el riesgo de aluviones, piedras y lodo. - Ante desbordes o inundaciones, se procederá a contener la emergencia mediante el encauzamiento de las aguas y posterior desvío a los puntos más bajos donde pueda escurrir en forma natural o gravitacional. - Para disminuir la velocidad de la inundación se utilizará arena y se habilitarán barreras de contención con materiales adecuados para ello. Después de la emergencia se procederá de la siguiente manera: - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos o atrapados por el evento. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato a los heridos hasta un centro asistencial. - Se hará una inspección completa de las instalaciones, y se realizarán las reparaciones que sean necesarias. - Se procederá a la limpieza de conductos, u otros que hayan sido tapados por el deslizamiento o caída de rocas, sedimentos, residuos, entre otros. - Se evaluarán las consecuencias ambientales del episodio y si es pertinente, se definirán las acciones de limpieza y/o remediación, las que serán informadas a la autoridad ambiental. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten riesgos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se comunicará al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a las entidades gubernamentales correspondientes y a la familia de las personas afectadas. Se avisará a la SMA y Seremi de Salud antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.3 del ICE. Tabla 7, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.4 Riesgo o contingencia: Movimientos en masas. Riesgo o contingencia Movimientos en masas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto, especialmente aquellas emplazadas en la ladera del cerro El Sombrero, desde la Torre 8 hasta la Torre 19. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se efectuó un “Estudio de susceptibilidad a proceso de remociones en masa”, a modo de establecer la probabilidad de las instalaciones del proyecto a ser afectadas por un evento de este tipo. - Con respecto a los resultados de este estudio, se determinó un índice de susceptibilidad muy bajo y bajo para la ocurrencia de estos eventos. De igual manera, se consideran las siguientes acciones o medidas preventivas: - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se identificarán las vías y forma de evacuación, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, y se definirán las zonas de seguridad, lo que será difundido al personal a través de las capacitaciones a realizar. - El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. - Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. - Ante la ocurrencia de un evento morfodinámico en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de todas las capacitaciones y simulacros realizados. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que se produzca un evento de movimiento en masa, se llevarán a cabo las siguientes acciones: - Inspección de las instalaciones u obras de las instalaciones, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. - Se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. - Se activará la alarma y si es necesario la evacuación hacia el punto de encuentro. - En caso de que el Coordinador de Emergencia establezca la necesidad de evacuación, los trabajadores se dirigirán hacia las zonas de seguridad definidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se comunicará al jefe directo y se continuará con la cadena informativa según procedimiento. Se avisará a la SMA antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.4 del ICE. Tabla 8, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.5 Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias al suelo o al agua. Riesgo o contingencia Derrame de sustancias al suelo o al agua. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de sustancias peligrosas. Transporte de sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Medidas de seguridad asociadas al transporte: - El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas para dichos fines. - El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. - El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. - Se establecerá un procedimiento de abastecimiento de combustibles y aceites que permita evitar el derrame accidental de éstos en el terreno. - La maquinaria y vehículos utilizados en el Proyecto contarán con las condiciones técnicas requeridas para operar sin riesgos en el área de trabajo, teniendo en consideración factores como tipo de caminos y aspectos climáticos. - Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas) - Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: - Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. - Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. - Las sustancias peligrosas serán rotuladas y almacenadas en contenedores adecuados, en un lugar cerrado para evitar el ingreso de personal no autorizado y animales. Estos contenedores se almacenarán en una bodega que cumpla con las directrices del D.S. N°43/2015 MINSAL, Reglamento de Sustancias Peligrosas, los cuales serán entregados con control de bodega, en porciones debidamente conferidas bajo registro. Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias. El supervisor y el prevencionista de riesgos contarán con las correspondientes Hojas de Datos de Seguridad (HDS) para esos elementos. - Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles y aceites deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación de los bidones utilizados para este fin, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena. - Se llevará a cabo un procedimiento seguro para efectuar el suministro de combustible a maquinaria y vehículos de transporte dentro de las instalaciones, el cual se efectuará en una Zona de descarga de combustible especialmente destinada, con una superficie de 100 m2, la cual contará además con una bandeja antiderrame de 1,5 m2, que presenta la capacidad de contener todo tipo de fluidos o sólidos y evita la contaminación al ser 100% impermeable. - En caso de ocurrencia de derrames accidentales, un procedimiento establecerá las acciones que deberán adoptarse para evaluar, controlar y reparar el posible daño a los recursos naturales. De igual forma, este procedimiento establecerá las responsabilidades y los mecanismos de comunicación que deberán operar ante la ocurrencia de una emergencia de esta naturaleza. En complemento de las medidas planteadas anteriormente para el derrame en cuerpo de aguas, se adoptarán las siguientes medidas: - En los frentes de trabajo móviles que se ubiquen cercanos a cursos de agua, se mantendrán los equipos de respuesta para posibles derrames, (arenas, paños absorbentes, entre otras). - Chequear condición operativa de equipos y maquinaria en forma previa a su uso. Además, se planificará la ejecución de las actividades conforme a las características del área de trabajo con el objetivo de reducir el riesgo de exposición a derrame sobre los recursos hídricos. - Se contará con un procedimiento para la carga de combustible que evite la afectación de los recursos hídricos, lo cual debe describirse incluyendo el detalle de las características técnicas del área en que se realizará dicha actividad. - Se prohibirá efectuar carga de combustible en lugares no habilitados para este efecto. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad a adoptar en caso de derrame de sustancia peligrosa y se informará del lugar y tipo de elementos para la contención de derrames. Además, se instruirá acerca de la manipulación y almacenamiento de este tipo de sustancias. - Se dispondrá en el recinto de las hojas de datos de seguridad de las sustancias peligrosas manipuladas y/o almacenadas en las instalaciones, que contendrán entre otros datos, las características de la sustancia, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. - El responsable de Seguridad y Salud se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan de Prevención de Contingencias en la obra mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimaran. - Registro de capacitación, transporte y manipulación de sustancias peligrosas. - Registro de inspecciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir un incidente que afecte el suelo: - Se cortará cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado. - Se identificará y localizará el foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. - Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, señalizar y acordonar la zona contaminada con barreras o cintas. - Cada frente de trabajo contará con la implementación necesaria para el retiro de la sustancia derramada, sean estas palas, maquinaria, bombas, estanques de almacenamiento provisorios, según se requiera. Asimismo, se deberán establecer y seguir los procedimientos confeccionados para cada caso, así como las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de cada producto. - El personal asignado para controlar la emergencia deberá equiparse con los EPP correspondientes (trajes desechables, guantes, y protección respiratoria de ser necesario). - Se deberá cavar una zanja alrededor del derrame comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente. Ésta se debe realizar manualmente con una pala a una distancia mínima de 20 centímetros del borde del derrame de manera de formar un pequeño muro de contención. Esto se realiza hasta rodear completamente el derrame. - En caso de producirse un derrame de aceite en el transformador de poder, la actividad de remoción del aceite y limpieza foso recolector y separador de agua/aceite, será realizada por personal debidamente capacitado. El transporte y disposición final del aceite y el agua contaminada, será realizado por empresa autorizada para dichos fines. - Una vez que se ha contenido el derrame, dependiendo de su magnitud se deberá recolectar el aceite o sustancia derramada. En el caso de derrames menores recolectar con una pala. - Se procederá a la limpieza de la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos. - Colectar y envasar el material contaminado.
En caso de ocurrir un incidente que afecte el agua: - En la eventualidad que el derrame fuere significativo y alcance un curso de agua, se dará aviso inmediato a las autoridades involucradas (Dirección Regional de ONEMI, Seremi de Salud, DGA, SAG, Asociación de Canalistas, Dirección Regional de SEA, juntas de vigilancia u otras involucradas) o usuarios que estén aguas abajo desde el punto de la emergencia, con el objeto de notificarlas sobre la necesidad de interrumpir el flujo (cierre de compuertas si existieran o bien el desvío del curso de agua a otra área), mientras se aplican las acciones de emergencia para recuperar o limpiar las secciones de los canales contaminados, y para que se adopten las medidas de resguardo necesarias de comunicación y coordinación. - Realizar las labores de contención con paños absorbentes para evitar que el derrame se propague en el curso de agua. - En caso de que el derrame se produzca por la empresa transportista, el conductor informará a su empresa para la limpieza del curso de agua, y al Titular del proyecto. - En el caso de que el derrame en un cauce natural, cuya magnitud sea de carácter significativo al punto de poner en riesgo la calidad del recurso hídrico, se implementarán acciones de seguimiento posterior (monitoreos de calidad), con el objeto de verificar el alcance del derrame y la efectividad de las medidas de contingencia implementadas. - Para descontaminar el agua subterránea o superficial afectada, se contempla un sistema de bombeo y tratamiento convencional, el cual consiste en extraer aguas contaminadas mediante el uso de uno o varios pozos de extracción, y posteriormente tratarlas en la superficie, con tecnologías adecuadas al tipo de contaminantes presentes. Las aguas tratadas podrán luego ser reinyectadas al subsuelo dependiendo del caso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA y Seremi de Salud antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. En el caso de un derrame a un cuerpo de agua, se agrega, la comunicación entre la instalación y las entidades externas de ayuda será por vía telefónica y responsabilidad del Administrador de la instalación. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.5 del ICE. Tabla 9, Anexo 3, Adenda Complementaria. Tabla 10, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.6 Riesgo o contingencia: Incendio en las instalaciones. Riesgo o contingencia Incendio en las instalaciones. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se dispondrá de planes de evacuación del personal para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido a todos los trabajadores y personas que visiten el Proyecto. Para las fases de construcción y cierre: ● Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. ● Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. ● Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto, conforme a lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.) y guías de almacenamiento de sustancias químicas emitidas por el Servicio de Salud. ● Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en la instalación de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). ● En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. ● Se mantendrán las áreas de trabajo y almacenamiento ordenadas y libres de basura. ● Se llevará a cabo un procedimiento seguro para efectuar el suministro de combustible a maquinaria y vehículos de transporte dentro de las instalaciones, el cual se efectuará en una Zona de descarga de combustible especialmente destinada, con una superficie de 100 m2, la cual contará además con una bandeja antiderrame de 2 m2, que presenta la capacidad de contener todo tipo de fluidos o sólidos y evita la contaminación al ser 100% impermeable. ● El experto de seguridad en la faena definirá un área, alrededor del sector de almacenamiento de sustancias combustibles donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas. ● En los frentes de trabajo móviles queda prohibido el uso de fuego, lo que se indicará a través de capacitaciones y señalética en obra. ● Durante la fase de construcción del Proyecto considera la corta de la vegetación, eliminando gran parte del posible foco de incendio. Los residuos de material vegetal serán retirados fuera del área del Proyecto, sin embargo, mientras se mantienen dentro del área serán acopiados en una zona específica para ello. ● Se mantendrá un cortafuego perimetral en buenas condiciones alrededor del emplazamiento del Proyecto. ● Para prevenir la ocurrencia de un incendio, se cumplirá lo establecido en el Decreto Supremo 594/1999 MINSAL, en lo particular lo siguiente: − Artículo 45 D.S. 594/1999 MINSAL: Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, contará con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. − Artículo 47 D.S. 594/1999 MINSAL: Los extintores se ubicarán en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocarán a una altura máxima de 1,30 metros medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados. − Artículo 48 D.S.594/1999 MINSAL: Todo personal que se desempeña en un lugar de trabajo será instruido y entrenado sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia − Artículo 49 D.S. 594/1999 MINSAL: Los extintores que precisen estar situados a la intemperie se colocarán en un nicho o gabinete que permita su retiro expedito, y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia. − Artículo 51 D.S. 594/1999 MINSAL: Los extintores serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizadas por el fabricante o servicio técnico, de acuerdo con lo indicado en el decreto N°369 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. Será responsabilidad del empleador tomar las medidas necesarias para evitar que los lugares de trabajo queden desprovistos de extintores cuando se deba proceder a dicha mantención. Para la fase de operación: ● Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. ● En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. ● Se prohibirá fumar en lugares con riesgo de incendio. ● Se mantendrán los caminos de acceso y perímetro del Proyecto limpios, sin restos de basura y libres de vegetación a modo de cortafuegos. ● El suelo presente bajo los tendidos eléctricos se mantendrá despejado de vegetación. ● Se mantendrán las áreas de trabajo y almacenamiento ordenadas y libres de basura. ● Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. ● Para prevenir la ocurrencia de un incendio, se cumplirá lo establecido en el D.S. N°594/1999 MINSAL
Forma de control y seguimiento ● Se elaborarán registros de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. ● Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. ● Se mantendrá un registro de las inspecciones internas que realice el prevencionista de riesgos de la empresa. ● El responsable de Seguridad y Salud se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan de Prevención de Contingencias en la obra mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación de capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimaran
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Para las Fases de construcción y cierre: ● Se activará la alarma de incendio. ● Se dará aviso de inmediato al Coordinador de Emergencias quien asumirá el liderazgo de las operaciones de respuesta a la emergencia. Su función es la de valorar la emergencia, coordinar a los trabajadores para mantenerlos alejados del incendio en zonas de seguridad y dar aviso inmediato a la autoridad. ● Se activará el procedimiento contra incendios. ● En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuegos, extintores, agua, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. ● Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. ● Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos, CONAF y Carabineros según corresponda, y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. ● Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. ● Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro esté controlado.
Fase de operación Durante la fase de operación la Subestación será una Instalación telecomendada, por lo que en dicha fase no se requiere personal para su funcionamiento. Todas las líneas de transmisión eléctrica están protegidas con un sistema de control y protección, por lo que, en caso de ocurrir una incidencia, el sistema instalado actuará en el sentido de garantizar la desenergización de la línea. En simultáneo, el sistema informará al centro de despacho, activando el protocolo de comunicaciones en caso de emergencia, donde se dará aviso inmediato a la autoridad competente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA y Seremi de Salud antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del Capítulo 7.6 del ICE. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 11, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.7 Riesgo o contingencia: Incendio forestal. Riesgo o contingencia Incendio forestal en zonas provistas de vegetación Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Con especial consideración hacia aquellas obras/acciones cercanas a zonas provistas de vegetación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se consideran las siguientes medidas generales de prevención: ● Charlas capacitación: el encargado ambiental expondrá al personal de las faenas acerca de los riesgos y peligros de los incendios forestales y los daños que estos generan. También se entregará instrucción práctica básica sobre el combate de incendios, las formas de organizarse y construir colectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado. El momento de estas capacitaciones, será previo al inicio de cualquier faena y actividad. ● Se identificarán áreas provistas de vegetación capaces de ser afectadas por un incendio forestal. ● Se dispondrá de planes de evacuación del personal para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido a todos los trabajadores y personas que visiten el Proyecto. Fases de construcción y cierre: ● Se zonificarán las áreas donde se realicen trabajos de soldaduras o manipulación de combustibles y/o sustancias inflamables alejados de aquellos sectores que presentan mayor densidad de vegetación. ● Se instalarán letreros de prevención e informativos en todos los frentes de trabajo. Estos letreros indicarán el nivel de riesgo de ocurrencia de incendios. También se señalará en letreros las siguientes prohibiciones: fumar, generar cualquier tipo de fuego (fogata, cocinilla), derramar combustible en suelo y/o vegetación. ● Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. ● Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. ● En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. ● En los frentes de trabajo móviles queda prohibido el uso de fuego, lo que se indicará a través de capacitaciones y señalética en obra. ● Durante la fase de construcción del Proyecto considera la corta de la vegetación, eliminando gran parte del posible foco de incendio. Los residuos de material vegetal serán retirados fuera del área del Proyecto, sin embargo, mientras se mantienen dentro del área serán acopiados en una zona específica para ello. ● Se mantendrá un cortafuego perimetral en buenas condiciones alrededor del emplazamiento del Proyecto. ● Para prevenir la ocurrencia de un incendio, se cumplirá lo establecido en el D. S. 594/1999 MINSAL, en lo particular lo siguiente: − Artículo 45 D.S. 594/1999 MINSAL: Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, contará con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. − Artículo 47 D.S. 594/1999 MINSAL: Los extintores se ubicarán en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocarán a una altura máxima de 1,30 metros medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados. − Artículo 48 D.S.594/1999 MINSAL: Todo personal que se desempeña en un lugar de trabajo será instruido y entrenado sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia − Artículo 49 D.S. 594/1999 MINSAL: Los extintores que precisen estar situados a la intemperie se colocarán en un nicho o gabinete que permita su retiro expedito, y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia. − Artículo 51 D.S. 594/1999 MINSAL: Los extintores serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizadas por el fabricante o servicio técnico, de acuerdo con lo indicado en el decreto N°369 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. Será responsabilidad del empleador tomar las medidas necesarias para evitar que los lugares de trabajo queden desprovistos de extintores cuando se deba proceder a dicha mantención. Para la fase de operación: ● Instalación de letreros de prevención: en aquellas áreas del Proyecto donde corresponda, se instalarán letreros con las siguientes prohibiciones: fumar, generar cualquier tipo de fuego (fogata, cocinilla), derramar combustible en suelo y/o vegetación. ● Adicionalmente, se velará por que el camino de acceso al Proyecto se mantenga en condiciones para asegurar el tránsito de vehículos de emergencia (Bomberos, Carabineros, etc.), en caso de ocurrencia de un siniestro, durante todas las fases del Proyecto. ● Se deberá vigilar de forma periódica las estructuras y equipos eléctricos susceptibles de eventos de esta naturaleza. ● Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. ● En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. ● Se prohibirá fumar en lugares con riesgo de incendio. ● Se mantendrán los caminos de acceso y perímetro del Proyecto limpios, sin restos de basura y libres de vegetación a modo de cortafuegos. ● El suelo presente bajo los tendidos eléctricos se mantendrá despejado de vegetación. ● Se mantendrán las áreas de trabajo y almacenamiento ordenadas y libres de basura. ● Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. ● Para prevenir la ocurrencia de un incendio, se cumplirá lo establecido en el D.S. N°594/1999 MINSAL. Forma de control y seguimiento ● Se elaborarán registros de capacitación sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. ● Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. ● Se mantendrá un registro de las inspecciones internas que realice el prevencionista de riesgos de la empresa. ● El responsable de Seguridad y Salud se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan de Prevención de Contingencias en la obra mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación de capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimaron. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Para las Fases de construcción y cierre: ● Se activará la alarma de incendio. ● Se dará aviso de inmediato al Coordinador de Emergencias quien asumirá el liderazgo de las operaciones de respuesta a la emergencia. Su función es la de valorar la emergencia, coordinar a los trabajadores para mantenerlos alejados del incendio en zonas de seguridad y dar aviso inmediato a la autoridad. ● Se activará el procedimiento contra incendios. ● En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuegos, extintores, agua, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. ● Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. ● Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos, CONAF y Carabineros según corresponda, y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. ● Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. ● Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Fase de operación Durante la fase de operación la Subestación será una Instalación telecomendada, por lo que en dicha fase no se requiere personal para su funcionamiento. Todas las líneas de transmisión eléctrica están protegidas con un sistema de control y protección, por lo que, en caso de ocurrir una incidencia, el sistema instalado actuará en el sentido de garantizar la desenergización de la línea. En simultáneo, el sistema informará al centro de despacho, activando el protocolo de comunicaciones en caso de emergencia, donde se dará aviso inmediato a la autoridad competente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA y Seremi de Salud antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.7 del ICE. Tabla 12, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.8 Riesgo o contingencia: Afectación de ejemplares de fauna por atropello. Riesgo o contingencia Afectación de ejemplares de fauna por atropello Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Se realizará conducción al interior de áreas operativas respetando límites de velocidad establecidos. ● Se realizarán inspecciones visuales periódicas en el entorno donde se desarrollen las actividades constructivas. ● Los residuos serán manejados adecuadamente y dispuestos en sectores autorizados. ● Las charlas de inducción (charlas para acreditación de personal) impartidas por un especialista, tendrán el fin de difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el Proyecto, además de una sección que considere la protección de la fauna silvestre. ● Se prohibirá alimentar a animales silvestres. ● Se prohibirá cazar o capturar especies de fauna silvestre además de introducir fauna exótica. ● Se informará a todo el personal que participe del Proyecto respecto de la fauna silvestre presente en el área del Proyecto y las especies en categoría de conservación existentes. ● Los vehículos contarán con algún medio de comunicación (celular, radios u otro medio), que permita informar de manera inmediata alguna afectación a la fauna silvestre presente. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de trabajadores. Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de afectación de fauna en las áreas de faenas, obras e instalaciones Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia − Se dará aviso de inmediato al Encargo Ambiental. − El Encargado Ambiental debe dar aviso inmediato en caso de accidente al SAG. Debe darse especial relevancia a las especies de fauna silvestre nativa del sector. − Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos, correr o gritar, para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. − Si el animal puede desplazarse sin dificultades, debe ahuyentarse sin atacarlo. − Si el ejemplar se encuentra muerto, debe aplicarse el protocolo de acción según la especie que se trate y la causa de muerte que se determine. − En caso de proceder al rescate, se debe siempre contar con los utensilios para la protección de la persona debidamente capacitada que realice el rescate, como por ejemplo guantes, pértiga telescópica, lentes de seguridad, de forma tal de evitar riesgos por picoteos, mordeduras o rasguños. Para el transporte del animal se debe contar con una jaula o caja en buen estado. No se consideran espacios para la contención de individuos silvestres en el área del proyecto, ya que serán trasladados a centros especializados para su tratamiento y rehabilitación. − Una vez ejecutado el rescate, el Encargado Ambiental debe definir con el SAG regional el procedimiento a seguir para la rehabilitación de ejemplares rescatados del medio. Cabe mencionar que, el costo del rescate, traslado, rehabilitación y liberación de los ejemplares de fauna afectados por el proyecto (heridos, lesionados) serán asumidos por el Titular del Proyecto. − Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Registro Todo evento será registrado, donde se detalla: − Sitio del evento. − Fecha. − Evaluación del daño realizada por un biólogo, veterinario o profesional especializado. − Descripción de medidas inmediatas aplicadas. − Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA y SAG antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.8 del ICE. Tabla 13, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.9 Riesgo o contingencia: Afloramiento y/o posible afectación de napa subterránea y/o freática Riesgo o contingencia Afloramiento de napa subterránea Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones para la construcción de fundaciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se evitarán realizar excavaciones con profundidades mayores a 3 metros. Forma de control y seguimiento Registro de Charlas Obligación de Informar (ODI). Registro de Capacitación de los Planes de Contingencia y Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan ● Se avisará a la SMA antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. ● En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos subterráneos, el Titular informará antes de 24 horas a la Superintendencia del Medio Ambiente. ● Del mismo modo, antes de 24 horas se deben aplicar las siguientes medidas y presentar un informe preliminar que indique lo siguiente: − Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales afectaciones ambientales. − Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. − Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. − En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.9 del ICE. Tabla 14, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.10 Riesgo o contingencia: Derrame de aguas servidas Riesgo o contingencia Derrame de aguas servidas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica y baños químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Se detendrá el funcionamiento del sistema y se dará aviso al jefe directo, según corresponda a la fase en la que ocurra el imprevisto. ● Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. En su reemplazo se habilitarán baños químicos para solucionar la contingencia. ● Se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. ● Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. ● Luego de la restitución del servicio se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Forma de control y seguimiento El Titular será el encargado de llevar el control y seguimiento mensual de: ● Charlas Obligación de Informar (ODI). ● Capacitación de los Planes de Emergencias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que se descarguen en ella. ● Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA y Seremi de Salud antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.10 del ICE. Tabla 17, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.11 Riesgo o contingencia: Mal funcionamiento de la fosa séptica Riesgo o contingencia Mal funcionamiento de la fosa séptica. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones o medidas a implementar estarán enfocada al correcto funcionamiento de la fosa séptica, razón por la cual se contempla: ● El retiro y disposición final de los lodos será realizado de forma mensual durante fase de construcción hacia un sitio Autorizado por la SEREMI de Salud respectiva. ● Se considera la inspección periódica de la fosa séptica, de forma mensual la fase de construcción. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras y estanques de bombeo; verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. ● Se llevará el registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las Autorizaciones de los sitios de destino final. ● Se llevará registro de las inspecciones realizadas a la fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto. ● Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final ● En caso de detectarse una falla en la Fosa séptica, personal del proyecto dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. ● Si se produce fuga de aguas no tratadas, se mantendrá una retroexcavadora en el área para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada. ● Personal del proyecto se comunicará con el fabricante para solicitar la reparación o reposición de la Fosa séptica afectada. ● Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas, se contratará a una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. ● Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición autorizado. ● Personal del proyecto elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y avisará a SEREMI de Salud de la Región Metropolitana y SMA. Forma de control y seguimiento El Titular será el encargado de llevar el control y seguimiento mensual de: ● Se mantendrá en Faena una copia del Permiso Ambiental Sectorial 138 que apruebe el uso de la fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. ● Se mantendrá en Faena la Aprobación Sectorial del PAS 138 otorgado por la seremi respectiva ante eventuales fiscalizaciones. ● Se mantendrán en Faena los registros de las inspecciones de la fosa séptica. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas; detención de fosa, recambio de cámaras, estanques de bombeo etc. ● Se mantendrán en Faena los registros de los retiros de los lodos con la periodicidad comprometida (mensual durante la fase de construcción). ● Se mantendrán en Faena los registros de las empresas que proveen el transporte de los lodos generados (Autorizadas por la SEREMI de Salud Regional) y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que se descarguen en ella. ● Se informará al jefe de terreno respecto de la emergencia ● Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. ● Una vez detectada la falla en la fosa, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. ● Durante la construcción, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se utilizará una retroexcavadora para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada y se comunicará con el fabricante para solicitar una fosa de recambio. ● Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. ● Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizado. ● El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y avisará a SEREMI de Salud de lo ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA y Seremi de Salud antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.11 del ICE. Tabla 18, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.12 Riesgo o contingencia: Colisión y Electrocución de avifauna con la Línea de Alta Tensión. Riesgo o contingencia Colisión y Electrocución de avifauna con la Línea de Alta Tensión Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Línea de Alta Tensión (LAT). Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Se instalarán disuasores de vuelo en la LAT. Los elementos a instalar cumplirán con las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG. Como referencia de los modelos a utilizar, en la actualidad existen BirdMark BM- AG y FireFly, o similares. ● Se instalarán peinetas o guardaperchas en la LAT. Los elementos a instalar cumplirán con las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG. • La Instalación se realizará en la LAT, durante la fase de construcción, tomando en consideración un distanciamiento de 10 m aprox. entre cada disuasor y las 41 estructuras (torres). Forma de control y seguimiento ● Registro de instalación de disuasores de vuelo y peinetas o guardaperchas. ● En fase de operación, se implementará un plan de mantención anual de cada uno de los disuasores de vuelo y guardaperchas instalados. ● Profesionales expertos en fauna terrestre implementarán el programa de monitoreo considerando las recomendaciones establecidas en la Guía del SAG (2015), a lo largo de la extensión de la Línea de Alta Tensión, cuya frecuencia será de 2 veces al año. Se propone una primera fase durante los tres primeros años de operación del Proyecto, período en el que se realizará una evaluación de la eficacia y éxito de la medida, como también, la continuidad del programa de monitoreo. • Informe al término de cada periodo de monitoreo de posible colisión de avifauna. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● En caso de ocurrir una contingencia, se avisará a los centros de rescate y/o rehabilitación correspondiente y autoridades respectivas. Además, respecto al informe de cualquier evento de contingencia y emergencia de fauna silvestre, se procederá según lo indicado en el artículo tercero de la Resolución Exenta N°885/2016 SMA. ● Se implementará un sistema de registro de traslados de los ejemplares y los resultados de estos. Cabe destacar, que el titular del Proyecto será el responsable de esto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA y al SAG antes de 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda. Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.12 del ICE. Tabla 19, Anexo 3, Adenda Complementaria.
10.13 Riesgo o contingencia: Afectación a cauces naturales cercanos al Proyecto. Riesgo o contingencia Afectación a cauces naturales cercanos al Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras y acciones del Proyecto, especialmente aquellas próximas al cauce del Río Maipo (desde la Torre 24 hasta la Torre 31). Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En complemento de las medidas planteadas anteriormente para el Riesgo de Derrames al suelo y al agua, se adoptarán las siguientes medidas: ● En los frentes de trabajo móviles que se ubiquen cercanos a cursos de agua, se mantendrán los equipos de respuesta para posibles derrames, (arenas, paños absorbentes, entre otras). ● Chequear condición operativa de equipos y maquinaria en forma previa a su uso. Además, se planificará la ejecución de las actividades conforme a las características del área de trabajo con el objetivo de reducir el riesgo de exposición a derrame sobre los recursos hídricos. ● Se contará con un procedimiento para la carga de combustible que evite la afectación de los recursos hídricos, lo cual debe describirse incluyendo el detalle de las características técnicas del área en que se realizará dicha actividad. ● Se prohibirá efectuar carga de combustible en lugares no habilitados para este efecto. Forma de control y seguimiento ● Registro de capacitación, transporte y manipulación de sustancias peligrosas. • Registro de inspecciones Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● En la eventualidad que el derrame fuere significativo y alcance un curso de agua, se dará aviso inmediato a las autoridades involucradas (Dirección Regional de ONEMI, Seremi de Salud, DGA, SAG, Asociación de Canalistas, Dirección Regional de SEA, juntas de vigilancia u otras involucradas) o usuarios que estén aguas abajo desde el punto de la emergencia, con el objeto de notificarlas sobre la necesidad de interrumpir el flujo (cierre de compuertas si existieran o bien el desvío del curso de agua a otra área), mientras se aplican las acciones de emergencia para recuperar o limpiar las secciones del curso contaminado, y para que se adopten las medidas de resguardo necesarias de comunicación y coordinación. ● Realizar las labores de contención con paños absorbentes para evitar que el derrame se propague en el curso de agua. ● En caso de que el derrame se produzca por la empresa transportista, el conductor informará a su empresa para la limpieza del curso de agua, y al Titular del proyecto. ● En el caso de que el derrame en un cauce natural, cuya magnitud sea de carácter significativo al punto de poner en riesgo la calidad del recurso hídrico, se implementarán acciones de seguimiento posterior (monitoreos de calidad), con el objeto de verificar el alcance del derrame y la efectividad de las medidas de contingencia implementadas. ● Para descontaminar el cauce afectado, se contempla un sistema de bombeo y tratamiento convencional, el cual consiste en extraer aguas contaminadas mediante el uso de uno o varios pozos de extracción, y posteriormente tratarlas en la superficie, con tecnologías adecuadas al tipo de contaminantes presentes. Las aguas tratadas podrán luego ser reinyectadas al subsuelo dependiendo del caso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan ● La comunicación entre la instalación y las entidades externas de ayuda será por vía telefónica y responsabilidad del Administrador de la instalación. ● En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que comprometa los recursos hídricos superficiales, el Titular informará antes de 24 horas a la Superintendencia del Medio Ambiente. ● Del mismo modo, antes de 24 horas se aplicarán las siguientes medidas y presentar un informe preliminar que indique lo siguiente: − Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales afectaciones ambientales. − Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. − Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. − En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad Referencia a ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.13 del ICE. Tabla 20, Anexo 3, Adenda Complementaria.
11°. Que, durante el proceso de evaluación no se realizó un proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
12° Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, “se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley”.
Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto “Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito”, por cuanto el Titular no ha subsanado los errores, omisiones o inexactitudes de que adolece la Declaración de Impacto Ambiental en el componente fauna, con la información presentada en la Adenda y la Adenda Complementaria, conforme a lo señalado, finalmente, por la Seremi de Medio Ambiente mediante Oficio N°066 emitido el 23 de enero de 2023, y, en consecuencia, no es posible descartar la inexistencia de los efectos, características o circunstancias contemplados en la letra b) el artículo 11 de la Ley N°19.300, identificados en la sección 6.2 del ICE y 5.2 de la presente Resolución, que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en particular al artículo 6 del RSEIA letra b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley.
RESUELVO:
1°. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito”, de Transquinta S.A.
2°. Hacer presente que el proyecto “Nueva Línea 2x110 Kv Alto Melipilla - Bajo Melipilla Tendido del Primer Circuito” no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto, no se les notifique pronunciamiento en contrario.
3°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director/a Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Constanza Paz Martínez Gil Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Constanz a Paz Martínez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2023.02.28 10:44:18 -03'00'
Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
AFA/JGM/CHSL
Distribución: Cristian Andrés Martínez Vergara <camartin@chilquinta.cl, rcordovm@chilquintatx.cl, oficinapartes_tx@chilquintatx.cl> Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago luis.vidal.l@mop.gov.cl DOH, Región Metropolitana de Santiago paulo.canas@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de Melipilla lorena.olavarria@munimelipilla.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago rebeca.castillo@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago esariego@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago nathalie.joignant@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago jstanden@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago psalucci@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago mjerrazuriz@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago jorge.daza@mop.gov.cl Servicio Nacional de Pesca, Región Metropolitana de Santiago rmonserrat@sernapesca.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl Dirección General de Aeronáutica Civil <director@dgac.gob.cl, registratura@dgac.gob.cl> Servicio Nacional de Geología y Minería jaime.martinez@sernageomin.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura <beyzaguirre@subpesca.cl, cristianac@subpesca.cl, rhager@subpesca.cl, rgarciam@subpesca.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl Firmado Digitalmente por Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 27-02-2023 19:26:53:902 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC