Central fotovoltaica Inca de Varas I
Califica Ambientalmente el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”
Copiapó
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 6 de enero de 2023 y su Adenda Complementaria de 13 de marzo de 2023, del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”, presentado por Inca de Varas I S.A. con fecha 22 de abril de 2022.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”.
3°. El Acta de Evaluación N°20230310623 de fecha 3 de abril de 2023, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” de fecha 3 de abril de 2023.
5°. El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama de fecha 12 de abril de 2023.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”.
7°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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1°. Que, Inca de Varas I S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Inca de Varas I S.A. Rut 76.270.843-4 Domicilio Avenida Los Militares 4777, Piso 21, Las Condes, Región Metropolitana Teléfono 56993287442 Nombre representante legal Rafael Enrique Guzmán Alonso Rut representante legal 10.057.176-5 Domicilio representante legal Avenida Los Militares 4777, Piso 21, Las Condes, Región Metropolitana Teléfono representante legal 56993287442 Correo electrónico Titular o representante legal rguzmana@globalpower-generation.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 3 de abril de 2023, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones
3°. Que, en sesión de fecha 12 de abril de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 3 de abril de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo general del presente Proyecto es la generación de energía renovable no convencional (ERNC), mediante el aprovechamiento sustentable de la energía solar. La energía generada será transportada y finalmente aportada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la conexión del Proyecto a una subestación existente y de esta forma contribuir a satisfacer la creciente demanda energética que se registra a nivel País. Por otro lado, Proyectos de este tipo aportan en el objetivo de lograr la descarbonización y no acrecentar el cambio climático. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. Vida útil Construcción: 12 meses. Operación: 50 años. Cierre: 12 meses Monto de inversión USD $ 90.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que establecerá el inicio de esta fase será la habilitación Instalación de Faena temporal para la construcción Proyecto se desarrolla por Si No
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localiza en la Región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Copiapó, fuera del límite urbano de la comuna, específicamente en la ruta C-17, camino a Inca de Oro, a la altura del kilómetro 47,9.
Justificación de la
localización
La localización del proyecto se justifica dado los elevados índices
de radiación solar existentes en el área de emplazamiento y las
excelentes condiciones climáticas que permiten obtener la energía
directa del sol en casi todas las épocas del año.
Por otro lado, se encuentra frente a la subestación Carrera Pinto, lo
que permitirá la conexión directa de la LTE de la Central
Fotovoltaica Inca de Varas I, disminuyendo así el impacto que
generaría una línea eléctrica de mayor extensión y entregando la
energía generada directamente al SEN.
Superficie
La Central Fotovoltaica se emplaza al interior de un predio que
posee una superficie total de aproximadamente 122 ha y la Línea de
Transmisión Eléctrica y su faja de seguridad comprenden una
superficie de 7,5 ha, totalizando 129,5 ha aproximadamente. No
obstante, la construcción del Proyecto involucra la afectación
directa de aproximadamente 122,78 ha de superficie, de
instalaciones permanentes.
Superficies efectivas por Obras
Tipo
Parte, Obra o acción
Superfici
e (ha)
Tempora
l
Caseta de control
0,0017
Instalación de faena
4,04
Superficie total de emplazamiento
4,045
Permane
nte
Área Almacenamiento de Agua
0,0015
Área de paneles
106,257
Área fosas y drenes
0,006
Bodega respel
0,005
Bodega SUSPEL
0,0002
Depósito de combustible y
grupo electrógeno
0,0028
Edificio de Control
0,0432
Estacionamiento
0,0126
RSINP
0,005
RSD
0,0025
Torre de Telecomunicaciones
0,0225
Subestación Elevadora
0,998
Zanja de seguridad
0,4633
Cableado baja tensión
0,4807
Cableado de comunicaciones
(CCTV)
0,4023
Cableado IDVII
0,3638
Cableado media tensión
0,8538
Coordenadas emplazamiento de la Faja de Seguridad de la Línea de Transmisión Eléctrica. Proyección UTM Datum WGS-84, Huso 19 Sur Punto Este (m) Norte (m) 5 410.517,04 7.013.051,53 6 410.525,42 7.013.248,04 7 410.565,47 7.013.246,51 8 410.558,72 7.013.089,65 9 410.612,62 7.013.087,33 10 411.010,35 7.012.520,28 11 411.936,13 7.012.520,00 12 411.936,13 7.012.480,00 13 410.989,18 7.012.480,00 14 410.591,18 7.013.048,22 15 410.517,04 7.013.051,53 Caminos de acceso El Proyecto contará con un acceso, al que se ingresa desde la ruta C- 17, y que corresponde al camino privado del Proyecto Parque Solar Carrera Pinto, quedando este último como vía de acceso para ambos proyectos. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones El layout del proyecto fue presentado en el Anexo 1-2 de la DIA, mientras que en el Anexo 1 de la Adenda, se presentan los archivos digitales en formato .kmz.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Partes y obras
Caseta de Acceso
Se contempla la habilitación de una caseta de acceso de 17,3 m2
donde se encontrará personal de seguridad controlando la entrada y
salida a las obras.
Instalación
de
Faena
-
Corresponde a instalaciones modulares destinadas al trabajo de
Gases: El proyecto generará emisiones de gases principalmente por efecto de la combustión de vehículos, maquinarias y grupos electrógenos. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos contaminantes, durante la fase de construcción: Contaminante NOx CO SO2 HC NH3 Tasa [ton/año] 30,89 8,77 1,17 0,89 0,013
Ruido: En cuanto a la emisión de ruido a la atmósfera durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, están asociadas a la operación de maquinarias, herramientas de construcción y tránsito de camiones que operarán en el área y en la operación asociado a los motores seguidores (Trackers), los centros de transformación y generador eléctrico. Estas emisiones de ruido son de baja magnitud y no afectan significativamente el entorno del Proyecto. La maquinaria que genera mayor ruido en esta fase es Bulldozer con 78 [dB(A)].
Vibraciones:
La estimación del impacto de vibración del Proyecto se efectúa en
base a la maquinaria y actividades significativas en términos de
vibraciones y su potencial riesgo de impacto sobre la comunidad y
los resultados obtenidos en el estudio de vibraciones, sobre los
mismos receptores
evaluados
para ruido, se
muestran a
continuación:
Receptor
PPV [pulgadas/s]
Lv [VdB]
R1
0,000
3
R2
0,000
0
R3
0,000
8
R4
0,000
2
Se puede observar que las PPV alcanzan un valor aproximado de
cero (0) pulgadas/s y los Lv alcanzan un nivel de 8 VdB. Se puede
observar que las PPV y los Lv obtenidos no superan los valores de
los criterios de evaluación para daño estructural, los que son 0,2
[pulgadas/s] y 75 [VdB], respectivamente.
Residuos,
productos
químicos y otras sustancias
que puedan afectar el medio
ambiente.
Residuos líquidos domésticos:
•
Cantidad: 60 m3 /día
•
Forma de Manejo: Planta de Tratamiento de Aguas Servidas
(PTAS) y baños químicos. Las aguas servidas provenientes
de los baños serán manejadas de acuerdo con lo indicado en
Lodos: • Cantidad: 16 kg/día • Forma de Manejo: Los lodos en exceso serán derivados al estanque digestor de lodos, donde se mantendrán con aireación para evitar la generación de olores molestos, para su posterior retiro mediante un tercero autorizado. • Disposición temporal: Estanque digestor de lodos. • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: El retiro será de forma periódica según la recomendación del fabricante.
Residuos Sólidos Domiciliarios: • Cantidad: 15 t/mes • Forma de Manejo: Todos los residuos asimilables a domésticos que se generen en los frentes de trabajo serán almacenados en contenedores cerrados de 200 litros, con tapa, que estarán claramente identificados, y que contarán con bolsas plásticas resistentes, evitando suciedad, la emisión de malos olores y la posible generación de vectores sanitarios. Patio de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos de la instalación de faenas, y se vaciarán en contenedores cerrados multipropósito (CCT) de 10 m3, con el objetivo de facilitar su retiro. • Disposición temporal: Patio de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos de la instalación de faenas. • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: serán retirados 3 veces por semana.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos: • Cantidad: 30,11 t/mes • Forma de Manejo: En la instalación de faenas se instalará un patio, en el cual los RSINP serán segregados y almacenados temporalmente según su tipología, en contenedores de 660 litros, a excepción de los residuos generados por el lavado de canoas de camiones mixer, los que se almacenarán en un contenedor Open Top (COT) de 5m3. • Disposición temporal: Patio de acopio de residuos no peligrosos • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: serán retirados 1 vez por semana.
Residuos Sólidos Industriales Peligrosos:
•
Cantidad: 0,308 t/mes
•
Forma de Manejo: Los residuos industriales peligrosos serán
dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente en la
bodega de RESPEL y el tiempo máximo de almacenamiento
Se utilizarán cámaras para vigilancia y detección de intrusos. Para
ello se instalará un circuito cerrado de televisión cuyas cámaras se
instalarán sobre postes cubriendo la visión de todos los puntos y
situados adyacentes al cierre perimetral del proyecto. La conexión
entre postes se realizará mediante la canalización soterrada del
cableado.
Cableado de media tensión
(MT)
Este sistema corresponde a la red de conexión eléctrica subterránea
cuya función es transportar la energía generada en la Central hacia la
subestación elevadora del Proyecto, la tensión de funcionamiento de
este sistema es de hasta 33 kV.
El sistema colector, en un esfuerzo por minimizar el área de
intervención directa del Proyecto, seguirá en la mayoría de sus
tramos, el trazado de los caminos interiores de la Central. Las cajas
de conexión del sistema colector se ubicarán sobre la superficie del
suelo y se encontrarán debidamente señalizadas y ubicadas de
manera segura y eficiente.
Sistema de puesta a tierra
Esta conexión se realiza siempre de tal manera que las condiciones
de puesta a tierra de la red especificada por la empresa de suministro
de electricidad no se modifiquen, asegurando que no se pueden
producir tensiones peligrosas o transferencias de defectos a la red de
distribución. La puesta a tierra de la instalación cumplirá con las
disposiciones de las normas locales.
La red de puesta a tierra estará compuesta por los siguientes
elementos:
• Conductor de tierra de cobre para puesta a tierra de estructuras.
• Conductor desnudo de cobre en zanjas.
• Anillo de conductor desnudo de cobre en centros de
transformación, y picas de cobre. Además, se ha previsto la
instalación de picas de tierra en cantidad necesaria para que junto
con el cableado anterior se cumpla con las condiciones de puesta a
tierra exigidos por la autoridad competente
Caminos interiores y accesos Se habilitarán caminos interiores con un ancho de 4 m para permitir
el paso de los vehículos a los centros de transformación, seguidores
solares y subestación, tendrán una longitud total aproximada de 5,9
km lineales. Los caminos se compactarán adecuadamente para evitar
formación de polvo durante el tránsito de vehículos.
Adicionalmente se construirá una obra de acceso al Proyecto en el
camino privado existente y al que se ingresa por la ruta C-17.
Canal de contorno
El Proyecto contempla la construcción de un canal de contorno, con
el objetivo de interceptar y desviar el escurrimiento eventual de
todas las quebradas afluentes. El canal se ubicará en el perímetro
Norte del área del Proyecto, interfiriendo una serie de cauces
menores de flujo intermitente provenientes desde el norte y
recibiendo las aguas canalizadas del proyecto Inca de Varas II
ubicado al oriente. Los cursos de agua que aportan caudal al canal
de contorno forman parte de la cuenca de la Quebrada Banderita,
tributaria de la quebrada de Paipote, siendo esta última un cauce
Generación de energía y
conexión al SEN
Al momento del comienzo de la operación comercial, toda la
infraestructura de la Central se encontrará en funcionamiento, es
decir, central fotovoltaica, subestación, línea de transmisión eléctrica
y todas las instalaciones de apoyo a la operación y mantenimiento.
La Fase de Operación consiste en la generación de energía eléctrica
a partir de cada módulo fotovoltaico, que será transmitida en
corriente continua de baja tensión, para luego ser invertida (corriente
Mantención subestación y línea eléctrica: Se considera la mantención semestral de la subestación elevadora, donde se incluye limpieza de equipos, pruebas de conexiones y protecciones, revisión de transformador y pruebas de aceite. Respecto a la línea eléctrica, el mantenimiento preventivo considera realizar recorridos completos a lo largo del trazado de la línea, verificando los siguientes aspectos: • Estructuras: se observará el estado general (pintura, corrosión, señalética, protección, entre otros) evaluando la posibilidad de cambio o refuerzo si fuese necesario. • Aislación y Ferretería: se realizará un lavado de los aisladores con agua presurizada y cambio de los elementos dañados (si los hay). Además, se revisará el estado de la ferretería y los accesorios. • Conductores: Se inspeccionará visualmente el estado general de los conductores y sus empalmes. • Faja de seguridad: Se revisará el estado de la faja de seguridad y se reparará en caso de ser necesario.
Mantención de caminos: Se considera una revisión bianual de los
caminos internos del Proyecto y se realizarán las reparaciones que
sean pertinentes
Gases: El proyecto generará emisiones de gases principalmente por efecto de la combustión de vehículos. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos contaminantes, durante la fase de operación: Contaminante NOx CO SO2 HC NH3 Tasa [ton/año] 0,69 0,18 0,012 0,03 0,0004
Ruido: En la fase de operación, las emisiones de ruido serán producto, principalmente de y la fuente de mayor emisión corresponde a los generadores Diesel con 66 dB(A).
Vibraciones:
Para la fase de operación no se consideran fuentes significativas de
vibración.
Residuos,
productos
químicos y otras sustancias
que puedan afectar el medio
ambiente.
Residuos líquidos domésticos:
•
Cantidad: 1,8 m3 /día
•
Forma de Manejo: Fosa séptica.
•
Disposición temporal: Los residuos se mantendrán en la fosa
séptica, hasta su retiro por una empresa autorizada para
estos fines.
•
Disposición final: En sitio de disposición autorizado.
•
Frecuencia de Retiro: Limpieza mensual con verificación
Residuos Sólidos Domiciliarios: • Cantidad: 0,3 t/mes • Forma de Manejo: Los RSD generados durante esta fase se almacenarán al interior de 2 contenedores de 660 litros de capacidad, elaborados con HDPE o material similar, herméticos, con tapa, sistema de ruedas con frenos y rotulados, que contarán con bolsas plásticas resistentes, y que se instalarán en el patio de salvataje de RSD ubicado en el área de la subestación. • Disposición temporal: Patio de salvataje de RSD ubicado en el área de la subestación • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: serán retirados 3 veces por semana.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos: • Cantidad: 0,44 t/mes • Forma de Manejo: Estos residuos serán dispuestos en un patio de salvataje en el área de la subestación, en 5 contenedores de 660 litros. En dicho lugar, serán clasificados por tipo y calidad, y posteriormente serán transportados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud. • Disposición temporal: Patio de salvataje de RSINP ubicado en el área de la subestación. • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: Cada 6 meses o cada vez que sea necesario.
Residuos Sólidos Industriales Peligrosos:
•
Cantidad: 0,06 t/mes
•
Forma de Manejo: Estos residuos se almacenarán
temporalmente en bodega de acopio temporal para este tipo
de residuos, ubicada en el área de la subestación, por un
plazo máximo de 6 meses, para luego ser retirados y
trasladados a un sitio de disposición final autorizado.
•
Disposición temporal: Bodega de Acopio Temporal
RESPEL.
•
Disposición final: Sitio de disposición final autorizado.
•
Frecuencia de Retiro: cada 6 meses.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Capítulo 4 de ICE.
4.3.3. FASE DE CIERRE
Parte y obras
Instalación de Faenas
El área de emplazamiento de la instalación de faena será la misma
considerada para la fase de construcción.
Acciones
Habilitación de instalaciones
de faena
Corresponde a la habilitación de áreas para instalaciones de
contratistas. Estas se llevarán a cabo de forma similar a lo
presentado en la fase de construcción descrita en este documento. El
área de emplazamiento de la instalación de faena será la misma
Gases: El proyecto generará emisiones de gases principalmente por efecto de la combustión de vehículos, maquinarias y grupos electrógenos. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos contaminantes, durante la fase de cierre: Contaminante NOx CO SO2 HC NH3 Tasa [ton/año] 8,13 2,74 0,05 0,5 0,006
Ruido: El proyecto generará emisiones de ruido durante las fases de construcción, operación y cierre, principalmente por el uso de maquinarias y equipos. Se estima que las emisiones durante la fase de cierre serán similares a las producidas en la fase de construcción del proyecto.
Vibraciones: Para la fase de cierre se considera el uso de la misma maquinaria de la fase de construcción, por lo cual, los resultados obtenidos en dicha fase son homologados para la fase de cierre.
•
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos líquidos domésticos: • Cantidad: 60 m3 /día • Forma de Manejo: Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y baños químicos. Las aguas servidas provenientes de los baños serán manejadas de acuerdo con lo indicado en el D.S. N° 594/99 del MINSEGPRES, contando con los servicios de una empresa autorizada para estos fines, que cuente con las resoluciones respectivas. • Disposición temporal: Los residuos se mantendrán en los baños químicos y en la PTAS, desde donde serán retirados directamente. • Disposición final: Agua tratada reúso en humectación de caminos. • Frecuencia de Retiro: serán retirados 1 vez por semana.
Lodos:
•
Cantidad: 16 kg/día Forma de Manejo: Los lodos en exceso
serán derivados al estanque digestor de lodos, donde se
Residuos Sólidos Domiciliarios: • Cantidad: 15 t/mes • Forma de Manejo: Estos Residuos serán acopiados y segregados en el Patio de acopio de RSD de la instalación de faena. • Disposición temporal: Patio de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos. • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: serán retirados 3 veces por semana.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos: • Cantidad: 7 t/mes RSINPL • Forma de Manejo: Estos Residuos serán acopiados y segregados en el Patio de acopio de RSINP de la instalación de faena. • Disposición temporal: Patio de acopio de residuos no peligrosos • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: Serán retirados por una empresa autorizada 1 vez por semana, o cada vez que sea necesario.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (Paneles en Desuso): • Cantidad: 4.348 ton periodo (144.928 paneles fotovoltaicos) • Forma de Manejo: Los paneles desmantelados serán trasladados a sitio autorizado. • Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. • Frecuencia de Retiro: Serán retirados por una empresa autorizada en forma periódica de acuerdo a la cantidad generada. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de
inicio
Primer semestre 2024
Parte, obra o acción que
establece el inicio
El hito que establecerá el inicio de esta fase será la habilitación
Instalación de Faena temporal para la construcción
Fecha estimada de
término
Primer semestre 2025
Parte, obra o acción que
establece el término
Retirada de instalaciones temporales.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido al aporte en las concentraciones de material particulado, generado por las obras y actividades, en el área de influencia del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, escarpe, transporte de insumos, maquinarias y equipos. Actividades de mantención en la fase de operación y actividades propias del desmantelamiento del parque en la fase de cierre. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Alteración de los niveles de ruido generados por los trabajos propios de las fases de construcción y cierre del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, escarpe, transporte de insumos, maquinarias y equipos. Actividades de mantención en la fase de operación y actividades propias del desmantelamiento del parque en la fase de cierre. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5 y 6 del ICE. En la fase de construcción, el proyecto generará emisiones de material particulado MP2.5, MP10 y PTS (partículas totales en suspensión) principalmente por efecto de las actividades de movimientos de tierra, transferencia de material y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos tres contaminantes, durante la fase de construcción: Contaminante MP2.5 MP10 PTS Tasa [ton/año] 6,97 36,2 136,22
Se consideran los siguientes sistemas de abatimiento:
En la fase de operación, el proyecto generará emisiones de material particulado MP2.5, MP10 y PTS (partículas totales en suspensión) principalmente por efecto del tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos tres contaminantes, durante la fase de operación: Contaminante MP2.5 MP10 PTS Tasa [ton/año] 0,31 1,4 6,59
Se consideran los siguientes sistemas de abatimiento: - Aplicación y mantención de un supresor de polvo (tipo Bischofita) en el camino de mayor uso, entre el acceso y el área de estacionamiento. - El tránsito de maquinaria y vehículos del Proyecto, en caminos no pavimentados, se realizará a baja velocidad, con un límite máximo de 40 km/h. En la fase de operación, el proyecto generará emisiones de gases principalmente por efecto de la combustión de vehículos. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos contaminantes, durante la fase de operación: Contaminante NOx CO SO2 HC NH3 Tasa [ton/año] 0,69 0,18 0,012 0,03 0,0004
Durante la fase de cierre, el proyecto generará emisiones de material particulado MP2.5, MP10 y PTS (partículas totales en suspensión) principalmente por efecto de las actividades tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos tres contaminantes, durante la fase de cierre: Contaminante MP2.5 MP10 PTS Tasa [ton/año] 2,44 13,74 57,45 Se consideran los siguientes sistemas de abatimiento: - Humectación periódica de caminos internos. - Los camiones con carga de materiales al interior de las faenas y en los caminos del Proyecto, circularán con la tolva cubierta por una lona o plástico en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga. - El tránsito de maquinaria y vehículos del Proyecto, en caminos no pavimentados, se realizará a baja velocidad, con un límite máximo de 40 km/h En esta fase, el proyecto generará emisiones de gases principalmente por efecto de la combustión de vehículos, maquinarias y grupos electrógenos. A continuación, se muestran las tasas de emisión anuales para estos contaminantes, durante la fase de cierre: Contaminante NOx CO SO2 HC NH3 Tasa [ton/año] 8,13 2,74 0,05 0,5 0,006
En virtud de los resultados obtenidos y presentados en Anexo 1-5, de la DIA, y las medidas de
control implementadas por el Proyecto, que se señalan en el capítulo 4 del presente documento, es
posible concluir que las emisiones no serán significativas y se generarán directamente en el área de
desarrollo del Proyecto, alejado de zonas pobladas, por lo cual es posible afirmar que el Proyecto no
El proyecto generará emisiones de ruido durante las fases de construcción, operación y cierre, principalmente por el uso de maquinarias y equipos. Por esto, se ha realizado un estudio de ruido en el cual se identificaron 4 receptores humanos que corresponden, todos, a otros proyectos fotovoltaicos. A continuación, se muestran los resultados obtenidos en el referido estudio: Receptor NPS Estimado Frente Construcción [dB(A)] Límites Máximos Permisibles Diurno [dB(A)] R1 42 45 R2 32 48 R3 46 43 R4 38 47 Como se observa en la tabla anterior, los valores estimados fluctúan entre 32 y 46 dB(A), niveles que se encontrarían preliminarmente por sobre los límites máximos permisibles en R3. Dado lo anterior, se presentan las medidas de control que implementará el Proyecto de manera de asegurar el cumplimiento normativo en todo momento.
Acción de control: Se implementarán barreras acústicas perimetrales o móviles modulares con alturas de 2,4 m, en las áreas cercanas a los receptores, en presencia de un frente de trabajo. Estas barreras deben ser de un material cuya densidad superficial sea, igual o superior, a 10 kg/m2 (por ejemplo, paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
A continuación, se muestran los resultados obtenidos para la fase de operación: Receptor NPS Estimado Frente Construcción [dB(A)] Límites Máximos Permisibles Diurno [dB(A)] Límites Máximos Permisibles Nocturno [dB(A)] R1 19 45 41 R2 14 48 41 R3 27 43 41 R4 17 47 41
Para la fase de cierre, tomando en cuenta que se considera el uso de la misma o menor maquinaria que en la fase de construcción, los resultados obtenidos para la fase de construcción son homologados para la fase de cierre.
Los niveles de ruido evaluados en los receptores cercanos, que corresponden principalmente a instalaciones fotovoltaicas en el entorno del Proyecto, indican el cumplimiento del D.S. Nº 38/2011 de Ministerio de Medio Ambiente, no presentando riesgo para la salud de la población en ninguna de sus fases, como consecuencia de la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente.
En virtud de los resultados obtenidos y presentados en Anexo 1-4, de la DIA, y las medidas de control implementadas por el Proyecto, es posible concluir que las emisiones de ruido no superan los valores de ruido establecidas en la normativa ambiental vigente, por lo cual es posible afirmar que el Proyecto no generará riesgo para la salud de la población, en ninguna de sus fases, como consecuencia de las obras y/o acciones propias de su desarrollo.
El Proyecto considera un adecuado manejo de todas sus emisiones y efluentes con el objeto de evitar la afectación a los recursos naturales y salud de las personas.
En los literales anteriores se evaluó el riesgo para la salud de la población generados por las
emisiones atmosféricas y ruido, determinando que no existe efecto sobre la salud de la población
toda vez que cumple con la normativa vigente.
A continuación, se evalúa la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables:
Efluentes Líquidos Domiciliarios – Aguas Servidas: Durante las fases de desarrollo del Proyecto se generarán residuos líquidos domiciliarios, los cuales se cuantifican en los puntos 4.6.4.2, 4.7.5.2 y 4.8.4.2, del presente documento, y se dará un adecuado manejo de acuerdo a lo normativa sanitaria vigente. El manejo de los efluentes líquidos y disposición final se realizará de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente en esta materia y mediante empresas autorizadas para dichos efectos, asegurando de esta forma que el Proyecto no presentará riesgos para la salud de la población.
Efluentes Líquidos Industriales: El Proyecto no generará residuos industriales líquidos (RILes) durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. En consideración al adecuado manejo que el Proyecto dará a sus emisiones, efluentes y residuos se reitera que no se prevé afectación a los recursos naturales y por extensión, a la salud de las personas.
Por todo lo anterior, se concluye que el proyecto no genera impacto significativo debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Durante las fases de desarrollo del Proyecto se generarán residuos sólidos domésticos, peligrosos y no peligrosos, los cuales se cuantifican en los puntos 4.6.5, 4.7.6 y 4.8.5, del presente documento.
El manejo de todos los residuos generados se realizará en instalaciones autorizadas tanto del Proyecto como externas cuando el tipo de residuo lo requiera. Estas instalaciones están diseñadas con el objetivo de evitar la afectación a los recursos naturales y a la salud de las personas.
El retiro y traslado de todos los residuos y su disposición final se realizará de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente en esta materia y mediante empresas autorizadas para dichos efectos, asegurando de esta forma que el Proyecto no presentará riesgos para la salud de la población.
A partir de lo anterior, no se prevé afectación a los recursos naturales y por extensión, a la salud de las personas, como consecuencia de la exposición a contaminantes debido al efecto de los residuos sólidos generados por el Proyecto.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Pérdida de suelo y su capacidad de uso.
Parte, obra o acción que lo genera
Todas las obras partes y obras del Proyecto, además del
tránsito de vehículos para las actividades de mantención.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Impacto ambiental
Alteración de la calidad del aire debido al aporte en las
concentraciones de material particulado y gases
Parte, obra o acción que lo genera
Excavaciones, transporte de insumos, maquinarias y
equipos. Actividades de mantención en la fase de operación
y actividades propias del desmantelamiento del parque en
la fase de cierre.
Funcionamiento de motores de combustión interna de
equipos, vehículos, grupos electrógenos.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulos 5 y 6 del ICE.
De acuerdo a lo indicado en el Informe de Caracterización de Suelo del Proyecto (Anexo 2-7 de la
DIA) en el área de influencia se identificó una Unidad Cartográfica de Suelo. La Unidad
Cartográfica de Suelo 1, símbolo cartográfico “UCS-1”, CCUS VIIs1, representa el 100,00% del
Según CIREN (2010), el 100,00% del área de influencia tiene un riesgo de erosión actual en la clase “Baja o nula”. Para el parámetro de erosión actual evaluado en terreno, en los 5 puntos de observación de suelo se presenta erosión en la clase “E3” (Moderada).
El área de influencia presenta una capacidad para sustentar biodiversidad CSB “Muy Baja”, debido a que presentan muchas limitantes para el desarrollo y sustento de especies, tanto vegetales como micro y mesofauna, que pudieran existir en el lugar. Las principales limitantes que se presentan son, suelos muy delgados, texturas gruesas, muy bajo almacenamiento de agua y abundante pedregosidad superficial y subsuperficial, todo esto en un ambiente de extrema aridez. Mayores antecedentes Anexo 2-7 de la DIA.
En virtud de lo anterior, no se prevé que el Proyecto produzca, en ninguna de sus fases, efectos adversos sobre esta componente, en particular pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
Fauna Terrestre: La caracterización ambiental del componente Fauna Vertebrada terrestre (Anexo 2-6 de la DIA) registró la presencia de cuatro especies potenciales de vertebrados terrestres, en un medio ambiente de características desérticas, a lo largo de dos campañas de terreno dentro del Área de Influencia del Proyecto. Las cuatro especies de vertebrados terrestres registrados, Liolaemus atacamensis (lagarto de Atacama), Muscisaxicola albilora (Dormilona de ceja blanca), Lycalopex griseus (Zorro chilla) y Tadarida brasiliensis (Murciélago cola de ratón) representan un 16,6% del total de especies con potencialidad de estar presentes según las condiciones biogeográficas descritas para el Área de Influencia. Para la campaña de Primavera 2021 en el Área desprovista de vegetación (desierto) sólo se registró Liolaemus atacamensis, no existiendo abundancias de otras especies para comparar la uniformidad de la comunidad. Mientras que para el hábitat Industrial no hubo hallazgos. En cuanto en la campaña de Verano 2022, se observó una comunidad uniformemente distribuida sin dominio de una especie en particular en la zona de Áreas urbanas e industriales (industrial) mientras que para el Área desprovista de vegetación (desierto) sólo se registró Liolaemus atacamensis, por lo que los índices comunitarios ofrecen una baja diversidad. Dado lo anterior, se determinó un Área de Influencia desértica, acompañada de intervención antrópica y la presencia de una especie de fauna endémica y de baja movilidad, correspondientes a Liolaemus atacamensis.
Flora vascular: En el AI se observaron seis especies de flora, todas ellas nativas y de presencia muy ocasional (cobertura del suelo inferior al 1%). De estas especies, ninguna se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación. Destaca, por su endemismo, una de las especies encontradas: Argylia glutinosa. Ante los antecedentes expuestos, el área de influencia se encuentra caracterizada por la presencia de Áreas industriales intervenidas por una subestación eléctrica y caminos de acceso, y por áreas que naturalmente corresponden a sectores sin vegetación, concordando con lo descrito por las principales referencias bibliográficas para la zona de estudio. En general, el paisaje ha sufrido perturbaciones por la actividad humana.
Los antecedentes que avalan lo declarado anteriormente se presentan en detalle en el Anexo 2-6 Caracterización Ambiental Fauna y Anexo 2-7 Caracterización Ambiental Flora y Vegetación del presente Capítulo.
En virtud de lo anterior, no se prevé que el Proyecto produzca, en ninguna de sus fases, efectos adversos sobre esta componente.
Como se señaló en el literal a) de este artículo, el Proyecto no genera efectos significativos sobre el
suelo.
Recursos Hídricos: El Proyecto en evaluación no considera explotar ni extraer recursos hídricos a causa de su desarrollo. El Proyecto se emplaza en la cuenca del río Copiapó, específicamente en la subcuenca de la quebrada Paipote, cuyo afluente más cercano al Área de Influencia corresponde a la quebrada Banderita, en una zona de clima desértico, caracterizado por la escasez de precipitaciones. En base a la estadística pluviométrica recopilada, la precipitación media anual es de 30,4 mm y se concentra en los meses de invierno, presentando, sin embargo, años con nula precipitación. Por otra parte, la precipitación máxima diaria con período de retorno de 100 años alcanza los 68 mm.
La hidrografía local está caracterizada por una serie de quebradas de escurrimiento eventual y poco frecuente. En particular, el extremo poniente del Área de Influencia se ubica en una zona de confluencia de 2 quebradas sin nombre, cuyo escurrimiento se produce de norte a sur, en forma paralela a la ruta C-17. A 1 km aguas abajo de esta confluencia, ya fuera del Área de Influencia, el cauce intervenido desemboca en la quebrada Banderita, en un tramo conducido por el canal de contorno existente en el Parque Fotovoltaico Luz del Norte.
Finalmente, de acuerdo con las características de las obras y partes del Proyecto, que considera instalaciones a una profundidad máxima de 1,5 m, Se puede concluir que el Proyecto no generará efectos adversos sobre la calidad ni cantidad del recurso hídrico subterráneo, debido a que esta misma se registra a una profundidad de aproximadamente 39 m.
Tal como se señaló anteriormente, el Proyecto considera un adecuado manejo de todas sus emisiones y efluentes con el objeto de evitar la afectación a los recursos naturales.
Como se ha señalado en los puntos anteriores, el Proyecto en evaluación no aumenta de forma significativa las emisiones atmosféricas y de ruido por lo que no se prevé que se produzcan efectos adversos significativos sobre los recursos naturales como consecuencia de la superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en estas, en ninguna de sus fases. Cabe indicar que el Proyecto dará cumplimiento a la normativa ambiental aplicable, entregando los antecedentes necesarios para la evaluación y fiscalización por parte de la autoridad ambiental.
Considerando que el área de emplazamiento del Proyecto corresponde a un Área de Influencia desértica, acompañada de intervención antrópica, es posible afirmar que el Proyecto no presenta diferencias significativas entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno. Es importante indicar, que el Proyecto ejecutará antes del inicio de la construcción un Plan de Manejo Biológico como medidas de resguardo para la fauna silvestre de baja movilidad.
Los productos químicos, residuos y demás sustancias contempladas por el Proyecto, se manejarán de acuerdo a la normativa vigente, dando cumplimiento a las exigencias de almacenamiento, contención y manejo definidos en ellas. Los antecedentes que avalan lo declarado anteriormente se presentan en detalle en los puntos 4.6.5, 4.7.6 y 4.8.5, del presente documento. En consecuencia, no se prevé la ocurrencia de efectos del Proyecto en los recursos naturales renovables producto del manejo de sustancias químicas o de la generación y manejo de residuos, durante su ejecución.
El Proyecto en evaluación no considera explotar ni extraer recursos hídricos a causa de su desarrollo, así como tampoco el trasvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra. Respecto de la presencia de agua en el sector:
g.1) El Proyecto no considera actividades u obras que puedan afectar cuerpos de agua subterráneas que contienen aguas fósiles durante su ejecución, debido a que tales recursos no existen en el entorno inmediato del Proyecto.
g.2) El Proyecto no generará fluctuaciones de niveles en cuerpos o cursos de aguas superficiales ni
subterráneos, debido a que tales recursos no existen en el entorno inmediato del Proyecto.
g.3) El Proyecto no considera actividades u obras que puedan afectar vegas y/o bofedales por ascenso o descenso de niveles de agua, debido a que tales recursos no existen en el entorno inmediato del Proyecto.
g.4) El Proyecto no considera actividades u obras que puedan afectar áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales, debido a que tales recursos no existen en el entorno inmediato del Proyecto.
g.5) No se identifica la presencia de glaciares en el área de desarrollo del Proyecto.
El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o al ecosistema donde se inserta.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental N/A Parte, obra o acción que lo genera N/A Fase en que se presenta N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5 y 6 del ICE. En cuanto al literal a) del Art 7 del RSEIA, el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural en relación con los Grupos Humanos de la Comuna de Copiapó y Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. No obstante, se identifican tres GHPPI a saber: CIC Runaurka- CIC Pai Ote de la Comuna de Copiapó y CIC Comuna de Diego de Almagro de la Comuna de Diego de Almagro. Estos tres GHPPI reconocen la existencia de sitios de significancia cultural, huellas y lugares en las cuales realizan prácticas culturales asociadas a la trashumancia y recolección de hierbas medicinales. El proyecto se encuentra a 2 km de una ruta reconocida por la CIC Runaurka, y a 7 km y 4 km de una ruta de la CIC Pai Ote. Por otra parte, la CIC Comuna de Diego de Almagro reconoce usos hacia el sector de Chincolco y Cancha de carretas, ubicados a unos 28 km del área del proyecto. En Adenda, se determinó que los asentamientos se localizan a 28 km del área del Proyecto (CIC Runa Urka y CIC Pai Ote) y a 73 km (CIC Comuna de Diego de Almagro) del Proyecto. A nivel de sitios de significación para la CIC Runa Urka: el proyecto presenta una distancia de 12 km a la postura Humito, el cual corresponde a una pirca y corral histórico. Respecto de la postura Los Plomos, esta se ubica a 17,5 km de distancia al proyecto. En relación a la CIC Pai Ote, los sitios de significancia se ubican A 10 km del proyecto este sitio reconocido como Casa piedra, el Corral Llano de Varas a 13 km del área del Proyecto, Llano de Varas y Humito 13 km, y Vega de Puquios 14 km. En cuanto a la CIC Comuna de Diego de Almagro a nivel de sitios de significación, el área del proyecto presenta una distancia de 8,5 km al sitio más cercano, correspondiente a la aguada agua correntina. Por lo tanto, y según los antecedentes presentados, el proyecto no contempla el uso de recursos naturales utilizados como sustento económico o cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Mayor detalle en el Anexo 2-9 de la DIA Caracterización Medio Humano, Adenda Anexo 6 Informes Antropológicos.
En cuanto al literal b) del Art 7 del RSEIA, el Proyecto en su fase de construcción, operación y
cierre no generará un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, como tampoco
provocará la obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad. El flujo vehicular se
centra en las rutas 31 CH (Copiapó – Paso Internacional San Francisco), y ruta C-17, hacia camino a
Inca de Oro, hasta el acceso por Carrera Pinto. En relación al estudio de análisis vial presentado en
el Anexo 1-3 del Capítulo 1 de la DIA, se indica que los niveles de servicio de las rutas del área de
influencia se mantienen sin variación en todas las fases del proyecto. Dado que, no se altera la
capacidad de la ruta por lo tanto no existiría afectación a los tiempos de desplazamiento de los
usuarios de las vías. Considerando lo anterior, y a partir de todos estos antecedentes presentados en
Anexo 2-9 Caracterización Ambiental Medio Humano y Anexo 1-3 Estudio Vial se descartan
En cuanto al literal c) del Art 7 del RSEIA y según el proceso de evaluación, el proyecto no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica disponible, dado que en ningún caso se altera el acceso ni a bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica de la Comuna de Copiapó. El Proyecto, durante sus fases de construcción, operación y cierre contará con sus propios medios para el abastecimiento de energía eléctrica, agua potable e industrial, combustible servicios higiénicos, alimentación, alojamiento y transporte de los trabajadores. Mayor detalle DIA Anexo 2-9 Caracterización Medio Humano.
En cuanto al literal d) del Art 7 del RSEIA, se informa que el desarrollo del proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas a saber: CIC Runaurka, CIC Pai Ote de la Comuna de Copiapó y CIC Comuna de Diego de Almagro de la Comuna de Diego de Almagro. Los tres GHPPI reconocen la existencia de sitios de significancia cultural, huellas y lugares en las cuales realizan prácticas culturales asociadas a la trashumancia y recolección de hierbas medicinales. El proyecto se encuentra a 2 km de una ruta reconocida por la CIC Runaurka, y a 7 km y 4 km de una ruta de CIC Pai Ote (Informe CONADI Conservación de rutas 2017). Además, la CIC Comuna de Diego de Almagro reconoce usos hacia el sector de Chincolco y Cancha de carretas, ubicados a unos 28 km del área del proyecto. A nivel de sitios de significación para la CIC Runa Urka: el proyecto presenta una distancia de 12 km a la postura Humito, el cual corresponde a una pirca y corral histórico. Respecto de la postura Los Plomos, esta se ubica a 17,5 km de distancia al proyecto. En relación a la CIC Pai Ote, los sitios de significancia se ubican A 10 km del proyecto este sitio reconocido como Casa piedra, el Corral Llano de Varas a 13 km del área del Proyecto, Llano de Varas y Humito 13 km, y Vega de Puquios 14 km. En cuanto a la CIC Comuna de Diego de Almagro a nivel de sitios de significación, el área del proyecto presenta una distancia de 8,5 km al sitio más cercano, correspondiente a la aguada agua correntina. Mayor detalle en el Anexo 2-9 de la DIA Caracterización Medio Humano, Adenda Anexo 6 Informes Antropológicos.
El proyecto no dificulta ni impide el ejercicio o manifestación de Grupos Humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas, en específico de la Comunidad Indígena Colla Runaurka, Comunidad Indígena Colla Pai Ote y Comunidad Indígena Colla Comuna de Diego de Almagro. De acuerdo con los antecedentes presentados es importante señalar que los GHPPI se emplazan fuera del área del proyecto, En Adenda, se determinó que los asentamientos se localizan a 28 km del área del Proyecto (CIC Runa Urka y CIC Pai Ote) y a 73 km (CIC Comuna de Diego de Almagro) del Proyecto. Mayor detalle en el Anexo 2-9 de la DIA Caracterización Medio Humano, Adenda Anexo 6 Informes Antropológicos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES
PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL
VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental
N/A
Parte, obra o acción que lo genera
N/A
Fase en que se presenta
N/A
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulos 5 y 6 del ICE.
En la DIA, se informa que el proyecto no se encuentra cercano a Grupos Humanos Pertenecientes a
Pueblos indígenas, que puedan ser afectados. Los GHPPI más cercanos al área del Proyecto son
Comunidad Indígena Colla Runaurka, Comunidad Indígena Colla Pai Ote y Comunidad Indígena
Colla Comuna de Diego de Almagro. En Adenda, se determinó que los asentamientos se localizan a
28 km del área del Proyecto (CIC Runa Urka y CIC Pai Ote) y a 73 km (CIC Comuna de Diego de
Almagro) del Proyecto. Mayor detalle en el Anexo 2-9 de la DIA Caracterización Medio Humano,
De acuerdo con el proceso de evaluación del Proyecto, y dada su extensión, magnitud o duración de las intervenciones de sus partes, obras y acciones, así como los impactos generados, este no es susceptible de afectar sitios prioritarios para la conservación, incluyendo al sitio prioritario Zona Desierto Florido. Además, en las cercanías del Proyecto no existen humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental que puedan verse afectados por las partes, obras o acciones del Proyecto.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental N/A Parte, obra o acción que lo genera N/A Fase en que se presenta N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5 y 6 del ICE. Las actividades y obras del Proyecto no generarán, en alguna de sus fases, alteración sobre esta componente, en términos de magnitud o duración en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El proyecto se inserta en un sector desértico, al interior de Copiapó, definiéndose una única unidad de paisaje, cuya definición tiene relación con la unidad visual de la cuenca, los rasgos homogéneos del relieve y la potencialidad de accesos visuales. La unida de paisaje Llano de Varas es evaluada con calidad visual media lo que implica que es un paisaje interesante pero similar a otros de la región. De los atributos analizados, ninguno presenta rasgos particulares destacados de manera individual ni en su imagen de conjunto. Desde el punto de vista de la naturalidad, destaca la integración de parques fotovoltaicos en operación y en desarrollo, los que, a pesar de modificar la lectura visual del área, no tienen influencia en las líneas y descriptores del paisaje del entorno. En relación a visibilidad, el área del proyecto es altamente visible para cualquier observador que utilice las rutas dentro de área de influencia del proyecto, estas son la ruta C-17 y secundariamente la ruta C-289, además de huellas existentes en el área. En relación al valor turístico, la relación territorial entre las actividades y obras del proyecto, discretas y de carácter local, y la ubicación de los atractivos turísticos y el turismo local, se considera escasa. No se identifican elementos de valor paisajístico o atractivos turísticos naturales, tampoco se registran elementos de valor turístico cultural ni patrimonial. Antecedentes complementarios que permiten avalar esta información, se presentan en Anexo 2-11 Caracterización Ambiental del Paisaje y Anexo 2-12 Caracterización Ambiental Turismo del presente Capítulo, ambos de la DIA.
En atención a lo expuesto en el literal a) precedente, el Proyecto se desarrollará en un sector donde se destaca la integración de parques fotovoltaicos en operación y en desarrollo, no identificando elementos de valor paisajístico o atractivos turísticos naturales, tampoco se registran elementos de valor turístico cultural ni patrimonial, por lo cual, el Proyecto se prevé no alterará los atributos paisajísticos de la zona, en ninguna de sus fases. Como se indicó precedentemente la zona donde se ejecutará el Proyecto no presenta valor paisajístico o turístico de acuerdo a los conceptos indicados en el artículo 9 del Reglamento del SEIA. Antecedentes complementarios que permiten avalar esta información, se presentan en Anexo 2-11 Caracterización Ambiental del Paisaje y Anexo 2-12 Caracterización Ambiental Turismo del presente Capítulo, ambos de la DIA.
Las actividades y obras del Proyecto no generarán, en alguna de sus fases, alteración sobre esta
componente, en términos de magnitud o duración del valor turístico de la zona.
El proyecto se inserta en un sector desértico, al interior de Copiapó, definiéndose una única unidad
de paisaje, cuya definición tiene relación con la unidad visual de la cuenca, los rasgos homogéneos
del relieve y la potencialidad de accesos visuales.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO,
HISTÓRICO
Y,
EN
GENERAL,
LOS
PERTENECIENTES
AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
Remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro,
intervención o modificación de algún Monumento Nacional
Parte, obra o acción que lo genera
Todas las obras y partes del Proyecto
Fase en que se presenta
Construcción
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulos 5 y 6 del ICE.
Arqueología:
La Caracterización Ambiental de Arqueología (Anexo 2-14 de la DIA) da cuenta que existen 12
registros arqueológicos reportados previamente que estarían ubicados a menos de 50 m de distancia
del Proyecto. De ellos, 3 se ubicarían directamente al interior de las obras (sendero simple 2, ICR7 y
SICP-2), aunque sólo 1 de ellos fue registrado en la caracterización ambiental (ICR7, ver Apéndice
4 del Anexo 2-14), debido a que uno de ellos fue desestimado en terreno (sendero simple 22) y el
otro (SICP-2) desestimado previamente como registro arqueológico por el CMN en un proceso de
evaluación anterior (mediante ORD. N°773/2016 que se pronunció sobre la DIA del Proyecto
Ampliación Subestación Carrera Pinto de 2016).
Respecto a los demás registros previos, ubicados a una distancia de entre 4 m y 47 m de las obras
del presente Proyecto, un registro (Cenotafio) no corresponde a un hallazgo arqueológico, dos
rasgos lineales (ICR-3 y CP-30) no fueron identificados al momento de la inspección (al encontrarse
en un área hoy intervenida), mientras que otro registro (SICP-1) fue, al igual que SICP-2,
desestimado como registro arqueológico en un proceso de evaluación previo (ORD. CMN
N°773/2016). Los demás se ubican a una distancia superior a 47 m de la estructura más cercana del
Proyecto (torres de la LTE), por lo que no se estima necesario proponer medidas adicionales al
registro ya realizado en el marco del presente Proyecto. Finalmente, de estos hallazgos previos, dos
fueron registrados nuevamente durante la presente inspección (ICP-1/CP28 e ICP2) (ver Apéndice 4
del Anexo 2-14).
Respecto a los resultados de la inspección arqueológica visual, se logró una cobertura efectiva de
prospección superficial del 100% del área del Proyecto, así como del área buffer de las obras, que
suma una superficie de 161,5 ha, mediante transectas paralelas distanciadas por 20 m entre sí. A
partir de la inspección y de la revisita de registros previos, se pudo dar cuenta de un total de 17
hallazgos arqueológicos ubicados hasta a 56 m de las obras del presente Proyecto, correspondientes
3 estructuras históricas registradas previamente (Coipa 1, Coipa 2 e ICP1/CP28), 4 rasgos lineales,
entre ellos una senda, una línea férrea y dos huellas de carreta (ICP2, ICR7, PIVI-3 y PIVI-7), 4
hallazgos aislados históricos (PIVI-4, PIVI-6, PIVI-8 y PIVI-10), 4 eventos de talla, dos de ellos
asociados a estructuras (PIVI-5, PIVI-9, PIVI-11 y PIVI-12) y 2 concentraciones de material
histórico (PIVI-1 y PIVI-2), una de ellas secundaria. Cabe destacar que los registros Coipa no se
encontraban mencionados en caracterizaciones ambientales previas pero que, en función de la
Paleontología: De acuerdo al informe de Caracterización Ambiental Paleontológica (Anexo 2-15 de la DIA) da cuenta de la presencia de fósiles de invertebrados marinos pertenecientes al filo Mollusca. Los restos paleontológicos encontrados durante la prospección en terreno, corresponde a piezas ex situ de las clases Bivalvia, Gastropoda y Cephalópoda subclases ammonoidea y coleoidea, que forman parte de la componente clástica dentro de depósitos aluviales correlacionables con las unidades de Depósitos Aluviales Antiguos (MsPla) de edad Mioceno Superior - Plioceno y Depósitos Aluviales (Qa) del Plesitoceno - Holoceno, cuya procedencia puede ser atribuida en base a correlaciones litoestratigráficas y bioestratigrafías con los altos topográficos ubicados al este del área de estudio, donde según la cartografía consultada existen afloramientos pertenecientes a la Formación Sierra Fraga (Kssf) de edad Jurásico - Cretácico Inferior. Los restos fósiles corresponden principalmente a fragmentos de conchillas de bivalvos, belemnites y gastrópodos y moldes externos de bivalvos y amonites. De acuerdo con las características y el estado de preservación de los fósiles en terreno, no fue posible identificar de forma más detallada los taxones encontrados. Ante este escenario, y según lo establecido por el Consejo de Monumentos Nacionales en su Guía de Informes Paleontológicos (2016) es que se presenta en el Anexo 3-1A el Permiso Ambiental Sectorial 132 – PAS 132, que corresponde a un permiso de prospección y/o excavación paleontológica, para la intervención en las áreas del proyecto ubicados en unidades fosilíferas y susceptibles, en el cual se presentan las propuestas de valorización del patrimonio paleontológico, conservación y depósito final de los materiales recuperados.
El Proyecto no requiere, en ninguna de sus fases, remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar o modificar algún lugar o sitio que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenece al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2-9 Caracterización Ambiental del Medio Humano, de la DIA, no se identificaron potenciales impactos relacionados con este literal, que se pudiesen generar producto de las obras y/o acciones durante cualquiera de las fases del Proyecto. A partir de todos los antecedentes presentados, se concluye que no existirán afectaciones a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. Considerando lo anterior, cabe señalar que la ejecución del Proyecto no producirá afectación a lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de alguna comunidad o grupo humano, referidas especialmente a pueblos indígenas.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según
se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Construcción
6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, tanto en su fase de Construcción y Cierre contempla el tratamiento de las aguas servidas generadas mediante una PTAS. Para el Caso de la fase de Operación, se considera el uso de Fosa Séptica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N°209, de fecha 10/02/2023, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.
6.1.3 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, en todas sus fases, contempla la habilitación de sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y domésticos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N°209, de fecha 10/02/2023, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.
6.1.4 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se
establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto, en todas sus fases, contempla la habilitación de
Bodegas para el Almacenamiento Temporal de RESPEL
Condiciones
o
exigencias
específicas para su otorgamiento
No se establecieron.
6.1.5 Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas, según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la construcción de un canal de contorno de aguas lluvias. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N°106, de fecha 28/03/2023, la DGA de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.
6.1.6 Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la construcción de una LTE de 1,6 km app, compuesta por 6 estructuras de acero (torres de alta tensión) que permitirá la inyección de energía eléctrica generada por el parque a la subestación Carrera Pinto y de ahí al SEN. Dicha red en su trazado cruza una quebrada intermitente existente al interior del área de influencia, donde se contempla la instalación de torres de alta tensión en las inmediaciones de la red hídrica existente. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N°106, de fecha 28/03/2023, la DGA de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.
6.1.7 Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, según se
establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto considera la construcción de un canal de contorno
de aguas lluvias.
Condiciones
o
exigencias
específicas para su otorgamiento
No se establecieron.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
A través de Of. Ord. N°106, de fecha 28/03/2023, la DGA de la
Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los
antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de
este PAS.
Tabla 6.8 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la construcción de edificaciones temporales (Instalación de Faenas) y obras definitivas fuera de todo PRC o Instrumento de regulación territorial. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N°46, de fecha 19/01/2023, el SAG de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este PAS. A través de Of. Ord. N°269, de fecha 04/04/2023, el MINVU de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1 Resolución Exenta N° 1.518/2013 del Ministerio del Medio Ambiente
Componente/materia:
Normativa de carácter general
Norma
Resolución Exenta N°1.518/2013, Texto Refundido, Coordinado y
Sistematizado de la Resolución N°574/2012 MMA que “Requiere
Información que Indica e Instruye la Forma y el Modo de
Presentación de los Antecedentes Solicitados”, del Ministerio del
Medio Ambiente (MMA).
Otros cuerpos legales
• Ley N°19.300 del 09/03/1994. Ministerio Secretaría General de la
Presidencia. Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio
Ambiente.
• Decreto N°30 del 20/08/2012. Ministerio del Medio Ambiente.
Aprueba reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia
y planes de reparación. - Decreto N°31 del 20/08/2012. Ministerio del
Medio Ambiente. Aprueba reglamento del Sistema Nacional de
Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de
resoluciones de calificación ambiental y de sanciones.
• Resolución Exenta N° 844/2012 del 02/01/2013. Ministerio de
Medio Ambiente. Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre
la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones,
Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de
Calificación Ambiental.
• Resolución N°276 del 04/04/2013. Ministerio de Medio Ambiente.
Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento
de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de
Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación.
• Resolución N° 277 del 04/04/2013. Ministerio de Medio Ambiente.
Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento
de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación
Ambiental y Deja Sin Efecto Resolución N° 769 Exenta, de 2012.
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fases de construcción, operación y cierre
7.2 Resolución Exenta N°885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Normativa de carácter general Norma Resolución Exenta N°885/2016, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, del Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a todo el desarrollo del Proyecto Forma de cumplimiento Todo aviso de contingencia o incidentes ocurrido en cualquiera de las fases del Proyecto será debidamente reportado a la SMA, en el plazo de 24 horas, de acuerdo a lo señalado en la presente norma Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de reporte de los avisos, contingencias o incidentes, según corresponda, en el sistema electrónico de seguimiento ambiental. Forma de control y seguimiento Actualización del registro de comprobantes, cargados en la plataforma web del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.3 Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente
Componente/materia:
Normativa de carácter general
Norma
Decreto Supremo N°1/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes, del Ministerio del Medio Ambiente.
Otros cuerpos legales
asociados
• Resolución Exenta 144 del 26/02/2020 Ministerio del Medio
Ambiente, que Aprueba Norma Básica para la Implementación de
Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y
Transferencias de Contaminantes, RETC.
• Resolución Exenta 500 del 26/06/2020 Ministerio del Medio
Ambiente, Aprueba “Guía Metodológica para la Estimación de
Emisiones provenientes desde fuentes puntuales” como referencia
7.4 Ley N°20.920, Marco legal para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del
productor y fomento al reciclaje, del Ministerio del Medio Ambiente.
Componente/materia:
Normativa de carácter general
Norma
Ley N°20.920, Marco legal para la gestión de residuos, la
responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, del
Ministerio del Medio Ambiente.
Otros cuerpos legales
asociados
N/A
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fases de construcción, operación y cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
El Proyecto en todas sus fases contempla la generación de residuos
Forma de cumplimiento
El Titular dará cumplimiento a la presente normativa con la entrega
anual de todos los reportes de residuos generados por el proyecto en
todas sus fases, a través del sitio web del Ministerio del Medio
Ambiente para tales efectos: www.vu.mma.gob.cl.
Si bien a la fecha no se han dictado los reglamentos de la presente
Ley, el Titular dará cumplimiento a cada uno de ellos, una vez que se
encuentren vigentes.
Asimismo, el Titular dará cumplimiento a la presente normativa
gestionando sus residuos de manera que cumplan con la norma
vigente. Todos los residuos sólidos generados serán clasificados por
tipo de residuo, y almacenados temporalmente, cumpliendo las
condiciones y requerimientos específicos de cada uno.
El titular del proyecto se compromete a realizar un desarrollo y
supervisión continuo de las herramientas metodológicas de ingreso,
control y registro de materiales.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Obtención de la RCA que acredite el cumplimiento de la legislación
ambiental aplicable.
Comprobantes de carga de información en el RETC, con los que se
verificará la gestión de residuos.
7.5 Decreto Supremo N° 4/1992 del Ministerio de Salud. Componente/materia: CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA Norma Decreto Supremo N°4/1992, del Ministerio de Salud. Establece norma de emisión de material particulado a fuentes estacionarias puntuales y grupales Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para las fases de construcción operación y cierre se contempla el uso de grupos electrógenos. Forma de cumplimiento El Titular declarará anualmente sus emisiones durante la ejecución de cada etapa del Proyecto, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria y a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimento al D.S. N°1/2013 Reglamento del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de la declaración de emisiones en las condiciones descritas por la norma Forma de control y seguimiento Registro de las copias de declaración de las emisiones Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.6 Decreto Supremo N°4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Componente/materia:
CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma
D.S. N°4/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los
vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su
control, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Otros cuerpos legales
asociados
• D.F.L. Nº1 del 29/10/2009. Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de
Justicia; Subsecretaría de Justicia. Fija texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley de Tránsito.
• D.S. Nº279 del 17/12/1983. Ministerio de Salud. Aprueba
Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de
Vehículos Motorizados de Combustión Interna.
• D.S. Nº55 del 16/04/1994. Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a
Vehículos Motorizados Pesados.
• D.S. Nº54 de 03/05/1994. Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a
Vehículos Motorizados Medianos que Indica.
• D.S. N°211 del 11/12/1991. Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
Establece
Normas
sobre
Emisiones
de
Vehículos Motorizados Livianos
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
Fases de construcción, operación y cierre
7.7 Decreto Supremo N° 55/1994 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Componente/materia: CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA Norma D.S. N°55/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados pesados. Otros cuerpos legales asociados • D.F.L. Nº1 del 29/10/2009. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Justicia. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. • D.S. Nº4 del 29/01/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. • D.S. Nº279 del 17/12/1983. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. • D.S. Nº54 del 03/05/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos. • D.S. Nº211 del 11/12/1991. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla el uso de vehículos motorizados pesados durante todas sus fases Forma de cumplimiento Para todas las fases se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto Forma de control y seguimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.8 Decreto Supremo N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Componente/materia:
CALIDAD DEL AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
7.9 Decreto Supremo N° 38/2011 Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Ruido Norma D.S. N°38/2012, del Ministerio de Medio Ambiente: Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997. Otros cuerpos legales asociados • Ley N°19.300 del 09/03/1994. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente. • D.S. N°40 del 30/10/2012. Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción Las emisiones de ruido generadas tienen su origen en los principales equipos, actividades y vehículos considerados para la construcción del Proyecto.
Fase de Operación
Las emisiones de ruido esperadas corresponden a las asociadas a los
motores seguidores (Trackers), los centros de transformación y
generador eléctrico.
Fase de Cierre Se estima que las emisiones de ruido serán menores a las generadas durante la Fase de Construcción, dada la menor envergadura de las obras y actividades relacionadas al desmantelamiento.
Para mayor detalle de los cálculos, ver el Anexo 1-4 del Capítulo 1 la DIA. Se identificaron cinco (5) receptores ubicados en los sectores aledaños al Proyecto, emplazados en Zona Rural del D.S. Nº38/11 del MMA según el límite urbano del PRC de Copiapó. Forma de cumplimiento Fase de Construcción Durante todo el período de construcción de la Central Fotovoltaica se implementarán barreras acústicas perimetrales o móviles modulares con alturas de 2,4 m, en las áreas cercanas a los receptores, en presencia de un frente de trabajo. Estas barreras deben ser de un material cuya densidad superficial sea, igual o superior, a 10 kg/m2 (por ejemplo, paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Adicionalmente el Proyecto contempla algunas medidas de gestión durante la fase de construcción y cierre, a cargo de personal capacitado para supervisar el cumplimiento de ellas, las cuales no son evaluables cuantitativamente, pero contribuyen principalmente a disminuir las posibles molestias a la comunidad. Éstas se indican a continuación: • Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización. • Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y máquinas de hormigonado durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido. • Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo y tendrán sus mantenciones al día.
Finalmente, durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto las emisiones de ruido cumplirán con el presente decreto, según los resultados obtenidos en la modelación de ruido presentada en el Anexo 1-4 de la DIA Indicador que acredita su cumplimiento De acuerdo con lo señalado en el Anexo 1-4 de la DIA, y sus respectivas modelaciones, el Proyecto no supera los límites máximos de ruido señalados en el DS N°38/2011 del MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.10 Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1968 del Ministerio de Salud Componente/materia: RESIDUOS LÍQUIDOS DOMÉSTICOS Norma D.F.L. N°725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N°20.380, de 2009, Código Sanitario Otros cuerpos legales asociados D.S. Nº594 del 29/04/2000. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Existirá generación de aguas servidas en todas las fases del Proyecto, debido a la presencia constante de trabajadores.
Fase de operación Durante la fase de operación se estima una generación de residuos líquidos domésticos de 1,8 m3 /día. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre Los residuos líquidos domésticos generados serán los provenientes de la PTAS y de los baños químicos instalados en los frentes de trabajo. El efluente tratado en la PTAS será utilizado diariamente para humectación de caminos internos del Proyecto, cumpliendo la calidad definida en la NCh 1.333/of.78. Mientras que los lodos serán retirados periódicamente por una empresa externa autorizada por la autoridad sanitaria de la Región de Atacama, asegurando así el correcto funcionamiento de la planta.
Fase de operación Las aguas servidas generadas por el Proyecto provendrán de los servicios higiénicos instalados en el Edificio de Control, siendo serán recolectadas gravitacionalmente y llevadas hasta una fosa séptica. En esta se realizará la decantación del material fecal, entregando un efluente clarificado, el cual será dispuesto en drenes de infiltración. Para ello, se considera una capacidad de infiltración del terreno, de 200 L/m²/día, lo cual es consistente con las capacidades de infiltración del sector. De forma adicional, los drenes serán construidos en zonas no inundables y estarán instalados a una profundidad máxima de 3 metros. Mientras que los lodos serán retirados periódicamente por una empresa externa autorizada por la autoridad sanitaria de la Región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de aprobación sectorial del permiso de proyecto y funcionamiento para la construcción de obra particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros, durante la ejecución de la fase que corresponda al Proyecto. Registros de autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. El Titular mantendrá, a través de sus contratistas, un registro de recepción de las aguas servidas de los baños químicos, emitido por una empresa autorizada para su tratamiento o de la Autoridad Sanitaria. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.11 Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud
Componente/materia:
RESIDUOS LÍQUIDOS DOMÉSTICOS
Norma
D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las
Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo.
Otros cuerpos legales
asociados
D.F.L. Nº725 del 31/01/1968. Ministerio de Salud Pública. Código
Sanitario
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Fase de construcción y cierre Durante la fase de construcción y cierre, se estima un personal máximo (en época punta) de 500 trabajadores/día, por lo que considerando un coeficiente de recuperación del 80 % se estima que la generación máxima de aguas servidas será de un caudal de 60 m3 /día, asumiendo una provisión promedio de 150 L/persona/día.
Fase de operación Durante la fase de operación se estima una generación de residuos líquidos domésticos de 1,26 m3 /día. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre Los residuos líquidos domésticos generados serán los provenientes de la PTAS y de los baños químicos instalados en los frentes de trabajo. El efluente tratado en la PTAS será utilizado diariamente para humectación de caminos internos del Proyecto, cumpliendo la calidad definida en la NCh 1.333/of.78. Mientras que los lodos serán retirados periódicamente por una empresa externa autorizada por la autoridad sanitaria de la Región de Atacama, asegurando así el correcto funcionamiento de la planta.
Fase de operación Las aguas servidas generadas por el Proyecto provendrán de los servicios higiénicos instalados en el Edificio de Control, siendo serán recolectadas gravitacionalmente y llevadas hasta una fosa séptica. En esta se realizará la decantación del material fecal, entregando un efluente clarificado, el cual será dispuesto en drenes de infiltración. Para ello, se considera una capacidad de infiltración del terreno, de 200 L/m²/día, lo cual es consistente con las capacidades de infiltración del sector. De forma adicional, los drenes serán construidos en zonas no inundables y estarán instalados a una profundidad máxima de 3 metros. Mientras que los lodos serán retirados periódicamente por una empresa externa autorizada por la autoridad sanitaria de la Región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de aprobación sectorial del permiso de proyecto y funcionamiento para la construcción de obra particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros, durante la ejecución de la fase que corresponda al Proyecto. Registros de autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. El Titular mantendrá, a través de sus contratistas, un registro de recepción de las aguas servidas de los baños químicos, emitido por una empresa autorizada para su tratamiento o de la Autoridad Sanitaria. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.12 Decreto Supremo N° 12/2020 del Ministerio de Medio Ambiente.
Componente/materia:
RESIDUOS SÓLIDOS (DOMICILIARIOS E INDUSTRIALES)
Norma
D.S. N°12/2020, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Metas
De Recolección Y Valorización Y Otras Obligaciones Asociadas De
Envases Y Embalajes
Otros cuerpos legales
asociados
N/A
Fase de Operación Durante la fase de operación, se generarán 0,3 t/mes de RSD, los cuales están dados por una tasa de generación estimada de 1 kg/persona-día y un total de 10 trabajadores. Estos residuos corresponderán a desechos domésticos, como restos de alimentos, envoltorios, papeles, envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc. Los RSINP generados durante esta fase corresponderán principalmente a papeles, cartones, maderas, plásticos, entre otros. Se estima una generación de 0,44 t/mes (o 0,55 m3 /mes), de este tipo de residuos.
Fase de Cierre Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domésticos tales como restos orgánicos, papeles y plásticos. Se estima una generación de 15 t/mes de RSD, considerando la dotación máxima de trabajadores (500 trabajadores) y una tasa de generación de residuos de 1 kg por persona día. Respecto a los RSINP, se estima la generación de aproximadamente 7 ton/mes, correspondientes principalmente a papeles, cartones, despuntes de fierro, maderas de pallets y plásticos de embalajes. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Todos los residuos asimilables a domésticos que se generen en los frentes de trabajo e instalación de faenas serán almacenados en contenedores cerrados de 200 litros, con tapa, que estarán claramente identificados, y que contarán con bolsas plásticas resistentes, evitando suciedad, la emisión de malos olores y la posible generación de vectores sanitarios. Estos a su vez se vaciarán en contenedores cerrados multipropósito (CCT) de 10 m3 , con el objetivo de facilitar su retiro. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana y serán dispuestos en sitio de disposición final autorizado. El Titular contará con un registro del retiro y disposición final de los residuos, emitidos por las empresas encargadas y autorizadas para ello. Respecto a los RSINP, en la instalación de faenas se instalará un patio, en el cual los RSINP serán segregados y almacenados temporalmente según su tipología, en contenedores de 660 litros, a excepción de los residuos generados por el lavado de canoas de camiones mixer, los que se almacenarán en un contenedor Open Top (COT) de 5m3. los RSINP serán retirados por una empresa autorizada con una frecuencia de 1 vez por semana, o cada vez que sea necesario, y llevados a instalaciones que cuenten con permisos y autorizaciones correspondientes para su disposición final.
Fase de Operación
Los RSD generados durante esta fase se almacenarán al interior de 2
contenedores de 660 litros de capacidad, elaborados con HDPE o
material similar, herméticos, con tapa, sistema de ruedas con frenos y
7.13 Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud Componente/materia: RESIDUOS PELIGROSOS Norma D.S. N°148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales asociados D.F.L. Nº725 del 06/02/1968. Ministerio de Salud Pública. Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley Nº725. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, los residuos industriales peligrosos (RESPEL) generados corresponderán principalmente a residuos como: elementos de contención de derrame contaminados (arena, aserrín, etc.), envases vacíos de sustancias peligrosas, baterías y pilas usadas y materiales contaminados con grasas y aceites. Se estima una generación mensual de alrededor de 0,31 ton/mes.
Durante la fase de operación, los RESPEL generados corresponderán principalmente a residuos como: aceites usados, pinturas, guaipes y paños contaminados, baterías, entre otros, estimándose una generación de 0,06 t/mes.
Los residuos industriales peligrosos (RESPEL) generados durante la
fase de cierre serán similares en cuanto a tipo y cantidad que los de la
fase de construcción. Se estima una generación mensual de alrededor
de 0,061 ton/mes.
Forma de cumplimiento
Los RESPEL generados serán dispuestos en receptáculos cerrados
herméticamente, los cuales a su vez serán acopiados temporalmente
en la bodega de residuos industriales peligrosos destinada para ello.
El tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses,
siendo retirados a través de una empresa autorizada, declarando
7.14 Decreto Supremo Nº 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: LODOS Norma D.S. Nº 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas Otros cuerpos legales asociados D.F.L. Nº725 del 06/02/1968. Ministerio de Salud Pública. Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley Nº725 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán lodos a partir del funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) que se encontrarán en funcionamiento durante la fase de construcción y cierre del Proyecto y Fosa durante la fase de operación. Forma de cumplimiento Los lodos se mantendrán por un mínimo de 25 días promedio en recirculación dentro de la unidad de tratamiento. Los lodos en exceso serán derivados al estanque digestor de lodos, donde se mantendrán con aireación para evitar la generación de olores molestos, para su posterior retiro mediante un tercero autorizado. De esta forma, los lodos serán de clase B, en cumplimiento con lo establecido en el Numeral 6 del Artículo N° 6 del Decreto 4/09 del MINSEGPRES.
Para el caso de la fosa séptica, el manejo de lodos será realizado por un tercero autorizado por la autoridad sanitaria, quien los retirará mediante camión especializado, y transportará a lugar de tratamiento autorizado. La empresa que proveerá este servicio deberá contar con los correspondientes permisos por parte de la autoridad sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Registro identificando: fecha de retiro, volumen, tipo de residuo, patente de camión y empresa responsable Contrato o certificado de empresa autorizada para el transporte de lodos. Registros de recepción de lodos por parte de empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento Registro del documento timbrado que certifique la disposición final de los lodos en un recinto autorizado, de la autorización de la empresa de transporte Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.15 Decreto Supremo N° 43/2015 del Ministerio de Salud
Componente/materia:
SUSTANCIAS PELIGROSAS
Fase de Operación Las sustancias peligrosas a utilizar durante la Fase de Operación del Proyecto corresponderán a aceite, grasa lubricante y líquido de limpieza. Se estima que se requerirán aproximadamente 75 kg/mes de sustancias peligrosas.
Fase de Cierre Para la fase de cierre, la única sustancia peligrosa a utilizar corresponde a Hipoclorito de Calcio, se estima una cantidad de 13 kg/mes. Esta sustancia será almacenada en una bodega al interior de la PTAS Forma de cumplimiento Par las fases de construcción y cierre se contará con una bodega de almacenamiento de SUSPEL, la cual cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N° 43/15 del MINSAL (Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas) y la normativa vigente. Esta contará con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 110% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame. El almacenamiento de sustancias peligrosas no superará en ningún caso las 10 toneladas (t) de sustancias inflamables o 12 toneladas de las otras clases de sustancias peligrosas que no sean inflamables.
Par las fases de construcción y cierre se contará con una bodega de almacenamiento de SUSPEL, la cual cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N° 43/15 del MINSAL (Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas) y la normativa vigente. Esta contará con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 110% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame. El almacenamiento de sustancias peligrosas no superará en ningún caso las 10 toneladas (t) de sustancias inflamables o 12 toneladas de las otras clases de sustancias peligrosas que no sean inflamables. Indicador que acredita su cumplimiento Hojas de seguridad de cada una de las sustancias peligrosas a almacenar Forma de control y seguimiento Registro de las hojas de seguridad de las sustancias peligrosas en las dependencias del titular. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.16 Ley 19.473/1996 del Ministerio de Agricultura
Componente/materia:
FAUNA
Por otro lado, considerando que la caracterización del componente de Fauna Vertebrada Terrestre determinó la presencia de una especie de fauna endémica y de baja movilidad, correspondientes a Liolaemus atacamensis, el Titular suscribe un compromiso ambiental voluntario (CAV) relacionado a un plan de perturbación controlada para reptiles. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de inducciones y capacitaciones a los trabajadores relativos a la prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre. Ejecución de las actividades de perturbación controlada señalada. Informe enviado a SMA. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros sobre capacitaciones a los trabajadores relativas a la prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre. Informe de perturbación controlada enviado a SMA Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.17 Decreto Supremo N° 5/1998 Reglamento de la Ley de Caza
Componente/materia:
FAUNA
Norma
D.S. N°5/1998 Reglamento de la Ley de Caza, modificado por el
Decreto Supremo N°53, de 2003, ambos del Ministerio de
Agricultura.
Otros cuerpos legales
asociados
N/A
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Se realizó una caracterización ambiental del componente fauna
silvestre (Anexo 2-5 del Capítulo 2 de la DIA) en el área de influencia
definida para el Proyecto.
En relación con las singularidades ambientales de la fauna como
receptora de impactos, se detectaron dos singularidades ambientales
para el Área de Influencia del proyecto (especie endémica de la
región y especie de distribución restringida), ambas en las dos
campañas de muestreo para la especie Liolaemus atacamensis.
Forma de cumplimiento
El Proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de animales
Por otro lado, considerando que la caracterización del componente de Fauna Vertebrada Terrestre determinó la presencia de una especie de fauna endémica y de baja movilidad, correspondientes a Liolaemus atacamensis, el Titular suscribe un compromiso ambiental voluntario (CAV) relacionado a un plan de perturbación controlada.
Mayores antecedentes sobre el CAV en el Capítulo 7 de la presente DIA, mientras que en el Anexo 2-5 del Capítulo 2 se encuentra la caracterización ambiental de fauna silvestre Indicador que acredita su cumplimiento Registro de inducciones y capacitaciones a los trabajadores relativos a la prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre. Informe de perturbación controlada enviado a SMA Forma de control y seguimiento Revisión de los registros sobre capacitaciones a los trabajadores relativas a la prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre. Informe de perturbación controlada enviado a SMA Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
7.18 Ley N°17.288, de 1970, del Ministerio de Educación: Legisla sobre Monumentos Nacionales;
Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.
Componente/materia:
PATRIMONIO CULTURAL
Norma
Ley N°17.288, de 1970, del Ministerio de Educación: Legisla sobre
Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719;
Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.
Otros cuerpos legales
asociados
N/A
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Paleontología
Entre los días 17 y 18 de enero de 2022, se realiza la prospección
paleontológica del área de influencia del proyecto, se recopilo un total
de 31 puntos de control paleontológicos emplazados en el área de
estudio del proyecto, puntualmente sobre las unidades atribuidas a
Intrusivos Hipabisales (TPh) categorizada como estéril y con una
probabilidad de contener restos fósiles de baja a nula, Depósitos
Aluviales
Antiguos
(MsPla)
y
Depósitos
Aluviales
(Qa)
categorizados como fosilíferos en base a la presencia de restos
paleontológicos durante la prospección paleontológica de terreno,
donde se identifica la presencia de fósiles de invertebrados marinos
pertenecientes al filo Mollusca.
Los restos paleontológicos encontrados durante la prospección en
terreno, corresponde a piezas ex situ de las clases Bivalvia,
Gastropoda y Cephalópoda subclases ammonoidea y coleoidea, que
forman parte de la componente clástica dentro de depósitos aluviales
correlacionables con las unidades de Depósitos Aluviales Antiguos
(MsPla) de edad Mioceno Superior - Plioceno y Depósitos Aluviales
(Qa) del Plesitoceno - Holoceno, cuya procedencia puede ser
atribuida en base a correlaciones litoestratigráficas y bioestratigrafías
con los altos topográficos ubicados al este del área de estudio, donde
según la cartografía consultada existen afloramientos pertenecientes a
la Formación Sierra Fraga (Kssf) de edad Jurásico - Cretácico
Inferior. Los restos fósiles corresponden principalmente a fragmentos
De acuerdo con las características y el estado de preservación de los fósiles en terreno, no fue posible identificar de forma más detallada los taxones encontrados.
Arqueología
Se realizó una caracterización ambiental arqueológica terrestre, (Anexo 2-13 del Capítulo 2 de la DIA y Anexo 9 de la Adenda se presenta una Actualización) en el área de influencia definida para el Proyecto, la cual, a partir de la revisión bibliográfica de antecedentes arqueológicos del área del Proyecto, así como en base al análisis del catastro de sitios arqueológicos elaborados por el MOP y de información disponible en líneas de base de proyectos cercanos al área de influencia, se puede concluir que existen 12 registros arqueológicos reportados previamente que estarían ubicados a menos de 50 m de distancia del presente Proyecto. De ellos, 3 se ubicarían directamente al interior de las obras (sendero simple 2, ICR7 y SICP- 2), aunque sólo 1 de ellos fue registrado en la presente Línea de Base (ICR7) debido a que uno de ellos fue desestimado en terreno (sendero simple 2) y el otro (SICP-2) desestimado como registro arqueológico por el CMN en un proceso de evaluación previo (mediante ORD. N°773/2016 que se pronunció sobre la DIA del Proyecto Ampliación Subestación Carrera Pinto de 2016).
Respecto a los demás registros previos, ubicados a una distancia de entre 4 m y 47 m de las obras del presente Proyecto, un registro (Cenotafio) no corresponde a un hallazgo arqueológico, dos rasgos lineales (ICR-3 y CP-30) no fueron identificados al momento de la inspección (al encontrarse en un área hoy intervenida), mientras que otro registro (SICP-1) fue, al igual que SICP-2, desestimado como registro arqueológico. Los demás se ubican a una distancia superior a 47 m de la estructura más cercana del presente Proyecto (torres de la LTE), por lo que no se estima necesario proponer medidas de protección en el marco del presente Proyecto. Finalmente, de estos hallazgos previos, dos fueron registrados nuevamente durante la presente inspección (ICP-1/CP28 e ICP2).
Respecto a los resultados de la presente inspección arqueológica visual, se logró una cobertura efectiva de prospección superficial del 100% del área del Proyecto, así como del área buffer de las obras, que suma una superficie de 161,5 ha, mediante transectas paralelas distanciadas por 20 m entre sí. Se pudo dar cuenta de una buena visibilidad en toda la superficie, así como de una accesibilidad óptima al área del Proyecto.
A partir de la inspección y de la revisita de registros previos, se pudo
dar cuenta de un total de 17 hallazgos arqueológicos ubicados hasta a
56 m de las obras del presente Proyecto, correspondientes 3
estructuras históricas registradas previamente (Coipa 1, Coipa 2 e
ICP1/CP28), 4 rasgos lineales, entre ellos una senda, una línea férrea
y dos huellas de carreta (ICP2, ICR7, PIVI-3 y PIVI-7), 4 hallazgos
aislados históricos (PIVI-4, PIVI-6, PIVI-8 y PIVI-10), 4 eventos de
talla, dos de ellos asociados a estructuras (PIVI5, PIVI-9, PIVI-11 y
PIVI-12) y 2 concentraciones de material histórico (PIVI-1 y PIVI-2),
una de ellas secundaria. Cabe destacar que los registros Coipa no se
encontraban mencionados en líneas de base previas pero que, en
función de la señalética presente en ambos sitios, estarían asociados al
Proyecto “Parque Solar Carrera Pinto” (aprobado mediante la RCA
N°189/2013) y ambos presentan en la actualidad un cierre perimetral
Del total de registros identificados, se observa un predominio de evidencias históricas, que representan el 59% del total de hallazgos identificados (n=10), seguido por un 23% de evidencias prehispánicas (n=4) y un 18% de data indeterminada (n=3).
Los registros identificados se corresponden con los hallazgos identificados en el marco de proyectos previos en zonas aledañas, correspondientes a diversos vestigios de la ocupación humana del territorio, tanto en tiempos prehispánicos (representados por eventos de talla y estructuras asociados a elementos líticos) como en tiempos históricos-recientes (según lo observado en los hallazgos aislados históricos y en la línea férrea perteneciente al ferrocarril Ex Longitudinal Norte. Forma de cumplimiento Paleontología
Según los hallazgos registrados, y según lo establecido por el Consejo de Monumentos Nacionales en su Guía de Informes Paleontológicos (2016) es que se debe presentar la solicitud para el Permiso Ambiental Sectorial 132 – PAS 132, que corresponde a un permiso de prospección y/o excavación paleontológica, para la intervención en las áreas del proyecto ubicados en unidades fosilíferas y susceptibles. Las medidas a implementar se presentan en el Anexo 8-1B de la Adenda
Arqueología
En función de las características de cada registro y de su ubicación, respecto a las obras del Presente Proyecto, se proponen diversas medidas de protección, ampliación de la caracterización superficial ya realizada (mediante pozos de sondeo, a ejecutarse durante la presente evaluación), además de registro detallado y recolección, a ser ejecutados posterior a la obtención de la RCA favorable del Proyecto, las que son sintetizadas en la Tabla 8 y detalladas en el Anexo 8-1A de la Adenda (PAS 132 de Arqueología).
En caso de de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico
durante las actividades del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el
delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°
38 de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los
artículos N° 26 y 27 de dicha Ley de Monumentos Nacionales y el
artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de
Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones
arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda
obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito
al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este
organismo determine los procedimientos a seguir.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Otorgamiento del PAS 132 de paleontología y arqueología, y
ejecución de las actividades propuestas.
Registro de aviso de hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales,
en caso de hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos durante las
actividades del Proyecto.
Forma
de
control
y
seguimiento
Presencia de un paleontólogo y arqueólogo o licenciado en
arqueología al inicio y término de la fase de construcción, con el
objetivo de inspeccionar la correcta implementación de las
actividades propuesta en el PAS 132.
Registro de paralizaciones de obra y aviso al CMN si los hubiese, en
caso de que se encontrara restos arqueológico en movimientos de
tierra.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Capítulo 8 del ICE.
7.19 D.S. N°43/2012 Establece Norma de Emisión Lumínica Componente/materia: Contaminación Lumínica. Norma D.S. N°43/2012 Establece Norma De Emisión Para La Regulación De La Contaminación Lumínica, Elaborada A Partir De La Revisión Del Decreto Nº 686, De 1998, Del Ministerio De Economía, Fomento Y Reconstrucción Otros cuerpos legales asociados Res. Exe. N°2475 MMA Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requerirá de instalación de luminarias. Forma de cumplimiento La luminaria utilizada por el Proyecto cumplirá con los umbrales de emisión establecidos en los Art. 6°, 7° y 8° de presente cuerpo normativo. El Titular informará al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente mediante ingreso electrónico al portal del Registro de Emisiones de Transferencia de Contaminantes de la copia del certificado de laboratorio autorizado por la SEC y la cantidad de fuentes emisoras a instalar. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las fuentes iluminarias que sean utilizadas, verificando que cumplen con los umbrales de emisión establecidos por la normativa Forma de control y seguimiento Se mantendrá en las dependencias del Proyecto, para la fiscalización, copia del registro que contenga el certificado de un laboratorio autorizado por la SEC y la cantidad de fuentes emisoras instaladas. Organismo Fiscalizador: SEC y SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1 Compromiso ambiental voluntario CAV 01 Plan de manejo biológico de fauna protegida Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna con alguna singularidad ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar medidas de resguardo para fauna protegida de baja movilidad presente en las áreas que serán intervenidas por las obras del proyecto Central Fotovoltaica Inca de Varas I.
Descripción: Las especies a las que se les aplicará el Plan de Perturbación
Controlada como medida de resguardo corresponden a aquellas de baja
movilidad y que están protegidas por la Ley de Caza y su Reglamento
(SAG, 2018). Dentro de estas especies se encuentran todos los reptiles y
micromamíferos detectados en las campañas de muestreo del estudio de
línea base de fauna vertebrada terrestre (Anexo 2-6 DIA). La especie
considerada corresponde a Liolaemus atacamensis (Lagarto de Atacama).
Las actividades asociadas a la perturbación controlada para fauna de baja
movilidad se ejecutarán en los lugares donde se emplazan las obras
asociadas a áreas urbanas e industriales (Industrial) y zonas desnudadas de
vegetación (Desierto). Específicamente en la línea de transmisión eléctrica,
así como el área que será ocupada por la planta solar y la subestación
Justificación: Esta medida se justifica dado que la ejecución del proyecto afectará especies de fauna terrestre de baja movilidad que están protegidas por la Ley de Caza y su Reglamento (SAG, 2018). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las actividades asociadas a la perturbación controlada para fauna de baja movilidad, se ejecutarán en los lugares donde se emplazan las obras asociadas a áreas urbanas e industriales (Industrial) y zonas desnudadas de vegetación (Desierto). Específicamente en la línea de transmisión eléctrica, así como el área que será ocupada por la planta solar y la subestación En la Tabla se especifican las partes del proyecto donde se aplicará la medida y sus hectáreas, con mayor esfuerzo donde se registraron las singularidades de fauna.
Parte del Proyecto Superficie Unidad Central Fotovoltaica y Subestación 121,1 Ha. Línea de Transmisión Eléctrica 7,2 Ha.
Forma: La medida consiste en remover de forma manual y gradual los refugios o madrigueras de las especies objetivo, tales como acumulaciones de rocas, desechos de poda o vegetación arbustiva, de este modo se provoca el abandono o desplazamiento gradual de los individuos de fauna, desde su lugar de origen (hábitat original) hacia zonas inmediatamente adyacentes (hábitat receptor). Algunos de los elementos removidos como troncos, vegetación o rocas, podrán ser utilizados en el hábitat receptor a modo de enriquecer y ofrecer mayor disponibilidad de refugios a la fauna desplazada. La medida se considera exitosa, si posterior a la remoción de refugios y/o madrigueras no se observan individuos de las especies objetivo en el área donde se aplicó la medida. Esto se debe verificar con un recorrido pedestre por el área, al siguiente día de la ejecución de la medida. En estas campañas se evaluará los siguientes parámetros para determinar el éxito de la medida. - Riqueza de especies - Abundancia por especies En caso que persistan las observaciones de individuos, las labores de perturbación deberán repetirse. En el Anexo 7-1, de la DIA, se adjunta el Plan de Biológico de Fauna Protegida propuesto.
Oportunidad: Esta actividad se ejecutará previo a la construcción de las obras, con un límite de 5 días como máximo entre el fin de las actividades de perturbación y el comienzo de las obras Indicador que acredite su cumplimiento Una vez finalizadas las labores de perturbación controlada y posterior verificación del éxito de la medida, se entregará un informe que describa las áreas donde se aplicó la medida, tipo de madrigueras o hábitats de fauna que fueron sometidos a perturbación y las especies de baja movilidad observadas en dichas áreas (abundancia y riqueza). Forma de control y seguimiento Informe con antecedentes de la implementación del compromiso que será enviado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.
8.2 Compromiso ambiental voluntario CAV 02 Señalización identificación de vehículos del
Proyecto
Impacto asociado
N/A
Fase del Proyecto a la Construcción
Descripción: Se solicitará que todos los vehículos que participen del proyecto porten un logotipo institucional de la empresa que participa. Además, para el caso del Titular, contratistas y subcontratistas que destinan vehículos en exclusividad al proyecto deberán incorporar el logotipo institucional de la empresa y la identificación del proyecto a que está trabajando, de tal manera que sea posible identificarlos rápidamente ante eventuales sugerencias y/o reclamos de las comunidades del área de influencia del Proyecto.
Justificación: Por medio de la incorporación de logotipos a los vehículos se busca la identificación de las empresas que se relacionan con el proyecto y para el caso particular de empresas que destinan vehículos sólo al trabajo de un proyecto, este debe incorporar la identificación del proyecto. De esa forma hacer visible a las comunidades ante eventuales sugerencias y/o reclamos relacionados con las actividades de trayecto o transporte del Proyecto Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: logotipo ubicado en la parte posterior y lateral del vehículo.
Forma: Al iniciar la fase de construcción, todas las empresas que presten servicio al proyecto deben tener implementado en sus vehículos los logotipos. En el caso particular de vehículos dedicados en exclusividad al proyecto deben tener además la identificación de logotipo institucional más la identificación del proyecto, todo que sea visible
Oportunidad: Durante los traslados de trayecto o transporte la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Mensualmente se dispondrá de un catastro en obra actualizado de fotografías de vehículos con logotipo institucional y los que cuentan con identificación de proyecto. Libro de sugerencias y/o reclamos a disposición de las comunidades. Alternativamente se podrá disponer de un correo donde se puede levantar la sugerencia y/o reclamo. Forma de control y seguimiento Informe con antecedentes de la implementación del compromiso que será enviado a la SMA una vez cada seis meses. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.
9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
9.1.1. Contingencia ante Riesgos derivados de Fenómenos Naturales: Sismos
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras e instalaciones del Proyecto.
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: Se presentan las siguientes medidas preventivas:
− Seleccionar las zonas estructuralmente más seguras, para
pintarlas y destacarlas como “ZONA DE SEGURIDAD” en todo
el recinto de la Planta.
− Mantener los botiquines convenientemente equipados (sin
medicamentos a ingerir o inyectar).
9.1.2. Contingencia ante Riesgos derivados de Fenómenos Naturales: Eventos Climáticos Extremos
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras e instalaciones del Proyecto.
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: En caso de un evento climático extremo, se
realizarán las siguientes acciones:
− Indicar a los trabajadores que se encuentren a la intemperie
que se dirijan a lugares cubiertos hasta que cambien las
condiciones climáticas adversas.
− Prohibir el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al
interior de todas las dependencias durante un evento climático,
ordenando además que el personal se mantenga alejado de
puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas.
− Capacitación y entrenamiento del personal respecto de las
características de los eventos climáticos, en labores de rescate y
emergencia.
− Detención de faenas en caso de ser necesario.
− Mantención de vías y caminos de acceso.
9.1.3. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Fuga de diésel desde generadores
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Sala de almacenamiento de combustible, donde se ubicarán los
generadores a emplear durante la fase de construcción y cierre, y
el generador de emergencia contemplado para la fase de
operación.
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: En caso de una fuga, se realizarán las siguientes
acciones:
− Cerrar todas las válvulas de petróleo que tengan compromiso
o relación con la tubería, válvula o estanque filtrante.
− Avisar a la máxima autoridad de turno en la central
fotovoltaica, y Bomberos y/o Carabineros, según la magnitud y
característica de la filtración.
− No permitir que los intrusos y/o personas ajenas ingresen al
área afectada.
− Aislar convenientemente la zona afectada.
− Prevenir el esparcimiento del material, empleando materiales
absorbentes.
− Remover el suelo contaminado y escombros, si se requiere.
− Descontaminar todos los equipos.
− Envasar todo el material contaminado para descarte. Objetivo:
El objetivo es evitar que los trabajadores tengan contacto directo
con el diésel.
Plazos: Durante toda la duración del Proyecto, incluyendo sus
fases de construcción, operación y cierre.
Lugar de implementación: Al interior de la sala de tanque de
combustible y generador eléctrico, o en todas las áreas donde
exista la presencia de petróleo derramado.
Oportunidad: Las acciones se llevarán a cabo de forma inmediata
a la detección del derrame.
9.1.4. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
El incendio podría producirse en diversas instalaciones del
Proyecto, como bodegas, oficinas, sala tanque de combustible,
etc.
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: Las medidas para prevenir incendios que se
implementarán en el Proyecto serán las siguientes:
− Mantener el orden y aseo en toda su instalación.
− Repetir la prohibición de fumar.
− Depositar los RSD en receptáculos con tapa.
− Los trapos y/u otros elementos impregnados en combustibles,
aceite y similares, serán almacenados en la bodega de RESPEL.
− Todo derrame deberá ser controlado de inmediato.
− Las sustancias peligrosas serán almacenadas en la bodega de
sustancias peligrosas.
− Aquellos trabajos que representen riesgo de incendio, como
soldaduras, deberán ser autorizados exclusivamente por un jefe
o encargado facultado para ello.
− Prestar atención permanente al buen estado las instalaciones
eléctricas.
− Revisar periódicamente los extintores, para corroborar que no
presenten fallas y estén en óptimas condiciones de uso.
− Mantener despejados los pasillos y vías de circulación de las
personas.
− Prohibición absoluta del uso de anafes eléctricos, estufas,
aparatos de fuego abierto o equipos similares, sin autorización.
Mantención y control de extintores
Todos los extintores deben ser controlados y mantenidos
adecuadamente. En general, los extintores deben recargarse una
vez al año. Asimismo, deberá prestarse atención a todo extintor
que presente daños visibles, filtraciones, deformación del
estanque, etc.
Además, ante una emergencia por fuego, el personal deberá
conocer de antemano la ubicación de los extintores, utilizarlos y
atenuar el fuego de la manera que sea técnicamente correcta,
mientras otro empleado da la alarma a Bomberos, todo lo cual es
parte de una capacitación y adiestramiento previo, que debe
9.1.5. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Derrame o incendio de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: Para los residuos se aplicarán las siguientes
medidas de contingencias:
− Los sitios de almacenamiento de residuos estarán bien
delimitados y tendrán un portón de acceso restringido, pudiendo
ingresar solamente el personal responsable de su operación.
9.1.6. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Derrame de combustible y sustancias
peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Transporte, almacenamiento y manipulación de algunos
materiales potencialmente peligrosos tales como combustible,
Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y
manipulación:
− El almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas se
realizará de acuerdo a la normativa vigente.
− Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de
sustancias, en las instalaciones de faenas.
− Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos
materiales al interior de cada instalación de faenas, las cuales
estarán debidamente señalizadas y acondicionadas según lo
dispuesto por las autoridades competentes.
− El estaque de combustible contará con pretil metálico
antiderrame, bomba y surtidor cuenta litros.
− Los envases de aceite se dispondrán sobre pallets de madera u
otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar
la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto
directo entre los envases y el suelo
Objetivo: Establecer un programa de acciones organizadas,
planificadas y coordinadas para evitar una emergencia.
Plazos: Durante toda la duración del Proyecto, incluyendo sus
fases de construcción, operación y cierre.
Lugar de implementación: En las bodegas de Suspel y
almacenamiento de combustible.
Oportunidad: Debido a que las acciones señaladas son
preventivas, estas deben ser realizadas permanentemente, cada
vez que se requiera, o de acuerdo a la frecuencia que se
establezca para cada una. Indicador de cumplimiento:
− Registro de ingreso y salida de sustancias peligrosas y
combustibles.
− Se realizarán inspecciones periódicas para corroborar el
cumplimiento de las medidas señaladas, y se registrarán todos
los hallazgos y observaciones en una planilla, para ser
subsanados según corresponda.
Forma de control y seguimiento
− Copia del registro de ingreso y salida de sustancias peligrosas
9.1.7. Falla en el funcionamiento de la PTAS
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas que operarán durante
las fases de construcción y cierre.
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: Las medidas específicas para la prevención de
contingencias que se implementarán en las PTAS son las
siguientes:
− Se contempla mantener un grupo electrógeno de respaldo, que
evitará la detención de la planta ante un corte de energía. La
potencia del equipo contemplado será suficiente para todos los
equipos instalados. El grupo electrógeno contará con contención
secundaria (bandeja) ante posibles derrames de hidrocarburos, la
que deberá contener el 110% del volumen total del estanque de
almacenamiento de hidrocarburo del grupo electrógeno. Contará
además con un cierre perimetral que restrinja su acceso.
− Para el caso de lluvias, la PTAS considera la utilización de
drenes de respaldo para disponer las aguas tratadas,
considerando un mínimo de 50% del caudal diario de
tratamiento según normativa aplicable (D.S. N° 236/26
MINSAL), los cuales tendrán configuración similar a los drenes
de fase de operación y tendrán dimensiones acordes a los
caudales generados en cada etapa.
− Los sistemas de tratamiento de aguas servidas no generan
emanación de malos olores producto de su buen funcionamiento,
por lo que en caso de detectar generación de olores y atracción
de vectores, el efluente no será usado para humectación, y se
verificará el correcto funcionamiento de la PTAS realizando los
ajustes y mantenciones necesarios.
− Se contará con extintores manuales en zonas definidas y
debidamente señalizadas por el personal responsable.
Objetivo: Evitar la ocurrencia de contingencias asociadas a la
operación de la PTAS.
Plazos: Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto.
Lugar de implementación: Plantas de Tratamiento de Aguas
Servidas que operarán durante las fases de construcción y cierre.
Oportunidad: Durante la operación de las PTAS.
Indicador de cumplimiento: El operador encargado de las PTAS
realizará todos los días al inicio de su jornada de trabajo una
inspección de la PTAS, para corroborar que se cumplan las
condiciones para evitar contingencias.
Sus hallazgos y observaciones serán registradas en una planilla,
en la cual se indicará además la medida a adoptar y el plazo para
subsanarlos.
Forma de control y seguimiento
Copia de la planilla de inspección elaborada por el operador al
comienzo de cada jornada.
Referencia al ICE o documentos
del expediente de evaluación
Capítulo 7 del ICE.
9.1.8. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Intervención o afectación a bienes
patrimoniales
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción.
Parte, obra o acción asociada
Actividades asociadas al despeje, escarpe y nivelación de
terreno.
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: Las medidas específicas para la prevención de
contingencias que se implementarán son las siguientes:
Fase de Construcción
− Se realizarán charlas de inducción de paleontología a los
trabajadores del proyecto, dictadas por un paleontólogo o
geólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el
CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.cl),
previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore
personal nuevo. Los informes de esta actividad deberán ser
suscritos por el paleontólogo a cargo de las charlas con
periodicidad mensual, y deberán incluir un registro fotográfico
de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada
charla. Estas charlas tendrán por objetivo presentar mediante
material audiovisual conceptos generales de la paleontología, los
fósiles como patrimonio nacional y aspectos referentes a la ley
N° 17.288 de Monumentos Nacionales
− Se realizará un monitoreo paleontológico con frecuencia
permanente (diario), durante las labores de excavación y/o
movimientos de tierra en las unidades categorizadas como
susceptibles y fosilíferas del sector, durante el periodo de
construcción del Proyecto. Estos monitoreos deben ser
efectuado por un paleontólogo o geólogo especialista en
paleontología.
Se
entregarán
informes
de
monitoreo
paleontológico mensual a la autoridad (CMN) para informar del
cumplimiento del monitoreo paleontológico.
− Se realizará un monitoreo arqueológico permanente durante la
fase inicial de construcción del Proyecto o mientras se extiendan
las actividades de excavación, escarpe o movimientos de tierra
masivos, previo a la ejecución de obras civiles.
− Los hallazgos y sitios identificados en la Línea de Base
arqueológica serán manejados según las Fichas Situs indicadas
en el Anexo 2-14 de la DIA.
− En caso de que durante la Fase de Construcción se alteren los
sitios arqueológicos identificados o se detecte la existencia de
nuevos restos arqueológicos, se aplicarán las siguientes
medidas:
o Se suspenderán los trabajos que se estén desarrollando y se
dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, para que
visite el área afectada, evalúe la intervención del sitio y defina
acciones y medidas que se deberán tomar para rescatar y/o
revalorizar el sitio.
o Posteriormente, se aplicarán las medidas que determine el
CMN. El Titular privilegiará la reubicación de caminos o
estructuras, sin embargo, de ser necesario un rescate de material,
se elaborará un Plan de Rescate arqueológico que será
presentado al Consejo de Monumentos Nacionales para obtener
autorización de realizar el rescate y traslado de los recursos de
valor arqueológico hasta los lugares designados por dicha
autoridad.
o El Plan de Rescate considerará al menos los siguientes
9.1.9. Contingencia Ante Riesgos por Atropello de Fauna Silvestre
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Caminos donde transitarán vehículos del Proyecto
Acciones o medidas a
implementar
Descripción: Las medidas específicas para la prevención de
contingencias que se implementarán son las siguientes:
• Implementación de límites de velocidad para los trabajadores
que se encuentren operando vehículos durante todas las fases del
Proyecto.
• Instalación de señalética respecto a las velocidades permitidas
en las cercanías al proyecto, así como al interior del área a ser
utilizada por éste.
• Se desarrollarán capacitaciones a los trabajadores respecto a la
fauna silvestre presente entorno al área de emplazamiento del
proyecto.
• Se instalará señalética que avise sobre el posible cruce de
fauna, en lugares que se identifiquen con presencia de fauna.
Objetivo: Evitar la ocurrencia de contingencias ocasionadas por
atropello de fauna
Plazos: Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto.
Lugar de implementación: Todo el área del Proyecto
Oportunidad: Durante todas las fases de Proyecto Indicador de
cumplimiento: Registros de asistencia a capacitación
9.2. PLAN DE EMERGENCIAS
9.2.1. Contingencia ante Riesgos derivados de Fenómenos Naturales: Sismos
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras e instalaciones del Proyecto.
Acciones a implementar
Descripción:
Acciones ante temblores y/o terremotos
Lo aconsejable durante un sismo es:
Actuar con serenidad: En los primeros momentos, calmarse y
permanecer en el mismo lugar, puede que se trate de un
movimiento pequeño sin ninguna trascendencia.
Si el movimiento continúa: Si lo ocurrido no pasa rápidamente;
− Abandonar controladamente el lugar, de acuerdo a las
directrices entregada por el encargado de seguridad, y dirigirse a
la “ZONA DE SEGURIDAD” próxima.
− La acción de traslado a la ZONA DE SEGURIDAD debe ser
inmediata (sin perder tiempo cerrando cajones o se devuelva a
buscar algo importante que se quedó. Ambas cosas pueden
resultar adversas para su integridad física).
− Mantener la calma y tranquilizar a otras personas alteradas y
que estén junto a usted en el “ZONA DE SEGURIDAD”.
− En la ZONA DE SEGURIDAD, será el encargado de
seguridad quien definirá las acciones a seguir. Por ejemplo, si
pasa el tiempo y el movimiento aumenta de intensidad no hay
que descontrolarse, y menos salir corriendo, si no que seguir las
instrucciones del encargado.
− Si es difícil mantenerse en pie, buscar apoyo con una o dos
manos y permanecer así hasta que pase la parte intensiva, que
normalmente es intensa pero breve.
Las ZONAS DE SEGURIDAD serán escogidas especialmente
para cumplir dicho propósito (debe tenerse presente que los
edificios normalmente tienen que moverse, y que en su diseño y
construcción, estos aspectos son considerados debidamente).
- Después del sismo:
− Permanecer en la “ZONA DE SEGURIDAD” (por las
réplicas) hasta que alguien responsable de la empresa (el
encargado de seguridad) disponga el retiro del lugar o el regreso
a casa.
− El Encargado de Seguridad debe instruir al personal para
revisar las zonas de trabajo y de tránsito, de tal manera de
determinar si son o no seguras (hacerlo con extrema precaución
por los riesgos del tránsito, muy atentos al entorno por murallas
agrietadas que pueden caer, alejarse de las fachadas y circular lo
más retirado de ellas. Mirar hacia arriba, hay cosas que pueden
caer como maceteros, adornos de fachadas, vidrios, etc.).
− Durante toda la inspección y la emergencia, deberá evitarse
realizar acciones peligrosas, tales como encender fósforos, por
los peligros de incendio asociados.
− Una vez realizada la evaluación anterior, determinar si están
9.2.2. Contingencia ante Riesgos derivados de Fenómenos Naturales: Eventos Climáticos Extremos
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras e instalaciones del Proyecto.
Acciones a implementar
Descripción:
Acciones ante eventos climáticos extremos
− Dependiendo de la magnitud del evento climático, se activará
la alarma y si es pertinente, se ordenará la evacuación hacia las
zonas de seguridad.
− Los trabajadores deberán quedarse en la ZONA DE
9.2.3. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Fuga de diésel desde generadores
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Sala de almacenamiento de combustible, donde se ubicarán los
generadores a emplear durante la fase de construcción y cierre, y
el generador de emergencia contemplado para la fase de
operación.
Acciones a implementar
Descripción: Si hubiera riesgo de incendio o un fuego
incipiente, deben emplearse, además del cierre de las válvulas,
todos los extintores disponibles hasta controlar el fuego no
deseado. Adicionalmente, se debe avisar a Bomberos.
Objetivo: El objetivo es evitar un incendio producto del derrame
de diésel.
Plazos: Durante toda la duración del Proyecto, incluyendo sus
fases de construcción, operación y cierre.
Lugar de implementación: En el sector donde se inicie un fuego
incipiente.
Oportunidad: Las acciones se llevarán a cabo de forma
9.2.4. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
El incendio podría producirse en diversas instalaciones del
Proyecto, como bodegas, oficinas, sala tanque de combustible,
etc.
Acciones a implementar
Descripción: El Proyecto contará con un plan contra incendio,
que se describe a continuación:
Base del plan contra incendio El Plan debe ser conocido y
practicado por todo el personal de operadores de la Central y se
cuenta, además, con los siguientes recursos para enfrentar
adecuadamente los fuegos no deseados:
− Radio y red telefónica para alertar a quienes corresponda la
aparición del fuego.
− Red de extintores multipropósito P.Q.S., de varias capacidades
y ubicación.
− Botiquín de primeros auxilios.
− Camilla para transporte de accidentados.
− El tipo de extintor para combatir el incendio de petróleo diésel
es el Polvo Químico Seco (P.Q.S.), conocido como
“multipropósito”, que puede ser empleado para cualquier
elemento que este ardiendo.
Acciones en caso de incendio
Detectado un fuego no deseado, el o los trabajadores que se
encuentran en el lugar, deberán enfrentar coordinadamente la
emergencia.
Uno de ellos deberá dar la alarma telefónica general local, a la
vez que lo comunica a Bomberos. Los restantes, mientras tanto
deberán de haber iniciado el combate del fuego con apoyo de los
extintores del caso, según el tipo de fuego.
De no poderse controlar el fuego, se deberán aumentar la
cantidad
de
extintores
en
uso,
incluso
dos
o
más
simultáneamente.
Es conveniente que todo el personal este instruido para que corte
la energía de las instalaciones eléctricas internas, para evitar
accidentes al personal que está usando los extintores,
especialmente por la electricidad. A su vez, deberá reiterarse el
llamado a Bomberos.
De no poderse controlar el fuego, lo que es poco probable
9.2.5. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Derrame o incendio de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Acciones a implementar
Descripción:
Derrame de residuos
En caso de producirse derrame de residuos, se procederá como
se detalla a continuación:
− El personal que detecte el derrame de residuos o sustancias
peligrosas, deberá dar aviso de inmediato a su jefe directo y al
encargado de emergencias.
− Al terminar el aviso, la cuadrilla encargada de contención de
derrames deberá contener y posteriormente limpiar la zona
afectada con elementos adecuados dependiendo de la naturaleza
de la sustancia o residuos derramado.
− Los residuos o sustancias derramados; además de los
elementos utilizados para su contención y/o recolección serán
destinados en contenedores adecuados, los cuales serán
dispuestos finalmente en un lugar de disposición autorizado.
− Se procederá a registrar el evento producido en las planillas de
control, indicando cantidad involucrada de residuos peligrosos y
forma de contención que se realizó.
Incendio
En caso de producirse incendio, se deberá:
− Todo trabajador que detecte un incendio, olor a quemado o
presencia de humo, verificará si corresponde a un amago de
incendio o un fuego declarado, si no es posible apagarlo con un
extintor se deberá comunicar rápidamente a la supervisión,
quienes coordinarán con el área de Prevención de riesgo la
llegada de equipos de emergencia.
− Al declararse incendio se deberá abandonar los frentes de
trabajo que sean afectados y el personal deberá dirigirse al Punto
de Encuentro de Emergencia definido en cada faena de trabajo.
− El jefe en terreno y el encargado de emergencias coordinarán
y darán aviso de evacuación al personal.
− Una vez que el personal llegue a los Puntos de Emergencia de
las instalaciones de Faenas, deberán identificar a su capataz y
supervisor.
− El supervisor y capataz debe verificar que este todo su
personal a salvo.
− Sólo se regresa al lugar de trabajo cuando se dé la señal de
retorno a cargo del jefe de terreno.
− Al declararse fuego en oficinas, instalaciones o en cualquier
lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en
9.2.6. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Derrame de combustible y sustancias
peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Transporte, almacenamiento y manipulación de algunos
materiales potencialmente peligrosos tales como combustible,
aceite para maquinarias, solventes y otros químicos.
Acciones a implementar
Descripción:
Derrame de combustible o sustancias peligrosas
La planta, al contar con un grupo electrógeno que utiliza diésel,
se encontrará afecta a un eventual derrame de combustible.
Ante un derrame de combustible que sobrepase la capacidad de
la bandeja para contención de derrames, el operador dará aviso a
su jefe directo y/o al encargado de Prevención de Riesgos,
activando inmediatamente el plan de contención de derrames de
sustancias peligrosas.
El terreno natural que resulte contaminado por un derrame de
combustible, se clasificará como un residuo peligroso.
9.2.7. Falla en el funcionamiento de la PTAS
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas que operarán durante
las fases de construcción y cierre.
Acciones a implementar
Descripción: El Plan de Emergencia está compuesto por una
serie de medidas que se activarán en caso que fallen las acciones
preventivas asumidas para cada uno de los riesgos identificados,
entregando las directrices para hacer frente a emergencias, y
señalando a todo el personal sobre las acciones necesarias para
minimizar los efectos generados por estas situaciones.
En la eventualidad de ocurrencia de una emergencia asociada a
la operación de las PTAS, el personal directamente involucrado
en ella debe reconocerla, medirla y dar rápida respuesta a la
misma. Personal de PTAS contará con instrucción específica
frente
a
contingencias
o
emergencias
de
carácter
medioambiental que pudiesen ocurrir en su área de trabajo.
Personal externo al proyecto que intervengan en PTAS y/o
baños químicos en sus labores (operadores de camiones limpia
fosas), deberán ser instruidos y capacitados frente a un evento de
emergencia o contingencia en estas áreas, y se mantendrá un
respaldo de la capacitación del personal.
El tipo de emergencia ambiental en las PTAS estará identificado
en un plan de respuesta ante emergencias y contingencia de tipo
medioambiental, al interior del proyecto identificando a lo
menos:
Derrame de aguas residuales
Durante la limpieza de baños químicos, se podría generar un
derrame de aguas residuales. Frente a un evento de dichas
características, se contendrá el líquido con ayuda de
herramientas manuales (escobillón y palas) confinando el
derrame y aplicando material absorbente sobre él, minimizando
su infiltración en suelo desnudo.
Una vez contenido el derrame, se realizará la limpieza del
sector, retirando el material afectado (suelo y material de
contención).
El material retirado será manejado y almacenado como residuo
sólido industrial no peligroso gestionando su transporte,
tratamiento y disposición final a través de una empresa con
resolución sanitaria aprobada por la autoridad regional, para el
manejo de este tipo de residuo.
En el caso de un derrame de aguas residuales en la PTAS, se
interrumpirá el funcionamiento de la PTAS y consecuentemente
se detendrá la utilización de la Instalaciones, para proceder a
detener el derrame. En el caso de contacto con el suelo, el
accionar será el mismo presentado frente a derrames
relacionados con limpieza de baños químicos.
Derrame de lodos
En caso que se presente un derrame durante la limpieza y retiro
de lodos, se debe proceder a la contención de los lodos
derramados con ayuda de herramientas manuales (escobillones y
palas) confinando el derrame y aplicando material absorbente
sobre él, minimizando su infiltración en suelo desnudo, evitando
(en el caso de existir) el posible contacto con aguas subterráneas
y/o aguas superficiales.
Los lodos derramados, junto con el material utilizado en su
9.2.8. Contingencia ante Riesgos de origen Antrópico: Intervención o afectación a bienes
patrimoniales
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción.
Parte, obra o acción asociada
Actividades asociadas al despeje, escarpe y nivelación de
terreno.
Acciones a implementar
Descripción: Durante la Fase de Construcción, y en el caso que
se produzcan hallazgos arqueológicos y paleontológicos al
momento de realizar faenas de remoción de terreno, se deberá
denunciar de este hallazgo de conformidad y para los efectos
previstos en la Ley de Monumentos Nacionales N°17.288.
En caso de evidenciar un hallazgo, el jefe de obra deberá:
- Detener las obras en el frente de donde se hayan detectado
estos hallazgos.
- Solicitar la presencia inmediata de un arqueólogo y/o
paleontólogo para evaluar el daño y tomar acciones a seguir.
- Dar aviso de inmediato al Consejo de Monumentos
Nacionales.
- El titular reubicará las obras de ser necesario.
- Se llevara a cabo la medida que determine el CMN, las que
estarán a cargo de un especialista calificado.
Objetivo: Entregar las directrices para hacer frente a
emergencias, y establecer las acciones necesarias para minimizar
los efectos generados por estas situaciones.
Plazos: Durante las fases de construcción del Proyecto.
Lugar de implementación: Toda el área del Proyecto
Oportunidad: Durante la construcción de la Central
Indicador de cumplimiento: En caso de ocurrencia de un
hallazgo, se dará inmediato aviso al Consejo de Monumentos
9.2.9. Contingencia Ante Riesgos por Atropello de Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Caminos donde transitarán vehículos del Proyecto Acciones a implementar Descripción: • Conductor y/o acompañante dará aviso inmediato al Encargado Ambiental del Proyecto acerca de la contingencia, quien se contactará con el SAG o un Centro de Rescate validado por SAG en la región. • En el lugar del evento, y siempre que nadie del personal hay resultado herido debido al atropello, se procederá a sacar al animal del camino, siempre que este sea de menor tamaño, y se le ubicará en la berma del camino, a la espera de la llegada de triángulos reflectantes que ubicarán a una distancia prudente para advertir a otros usuarios de la ruta. • Si el animal involucrado es de mayor tamaño, el personal solamente se encargará de ubicar señalética para advertir a otros usuarios hasta la llegada de personal del centro de rescate. • Posteriormente el titular o en su defecto un encargado designado del Proyecto realizará las labores de traslado al centro de rescate corriendo con los gastos asociados. • Una vez trasladado el ejemplar al centro de rescate, se elaborará un informe preliminar con las causas del incidente. Objetivo: Entregar las directrices para hacer frente a emergencias, y establecer las acciones necesarias para minimizar los efectos generados por estas situaciones. Plazos: Durante todas las fases del Proyecto. Lugar de implementación: Toda el área del Proyecto Oportunidad: Durante todas las fases del Proyecto Indicador de cumplimiento: En caso de ocurrencia de una emergencia, se elaborará informe el cual será enviado a la SMA. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El informe mencionado anteriormente será enviado a la SMA con copia al SAG regional Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.
10°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información
respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones,
reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en
general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las
obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones
Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto
de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro
11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
13°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
14°. Que, para que el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
15°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”, de Inca de Varas I S.A.
2°. Certificar que el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 155, 156, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su
ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente
acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Cristhian Fuentes Varas Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama
Verónica Eufemia Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama
VOP/JES/SAGP
Firmado Digitalmente por Veronica Eufemia Ossandon Pizarro Fecha: 05-05-2023 11:31:56:548 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC Distribución: • Consejo de Monumentos Nacionales • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Superintendencia de Servicios Sanitarios • CONADI, Región de Atacama • CONAF, Región de Atacama • DGA, Región de Atacama • DOH, Región de Atacama • Gobernación Marítima de Caldera • SAG, Región de Atacama • SEC, Región de Atacama • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama • SEREMI de Desarrollo Social Y Familia Región de Atacama • SEREMI de Energía, Región de Atacama • SEREMI de Minería, Región de Atacama • SEREMI de Salud, Región de Atacama • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama • SEREMI MOP, Región de Atacama • SERNAGEOMIN, Región de Atacama • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama • Ilustre Municipalidad de Copiapó • Gobierno Regional, región de Atacama. • Superintendencia de Medio Ambiente. • Sr. Rafael Enrique Guzmán Alonso, en representación Inca de Varas I S.A.