Evaluación SEA

Subestación Eléctrica LNRG2 23/66 kV

Rol 2155184742
SEA · DIA · Aprobado · 2022-02-21 · Región del Maule · PFV ITAHUE SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule Califica Ambientalmente el proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV Resolución Exenta N°202207001184 Talca 28 de octubre de 2022 VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), del proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV presentado por LENERGÍA CHILE SpA, con fecha 21 de febrero de 2022, su Adenda de fecha 15 de junio de 2022 y su Adenda Complementaria de fecha 28 de septiembre de 2022 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.- del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV 3°. El Acta de Sesión Nº 24 del Comité Técnico de la región del Maule, de fecha 22 de junio del 2022 4°. El ICE de la DIA del Proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV, de fecha 17 de octubre de 2022 5°. El acuerdo alcanzado en sesión Ordinaria N°10 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule de fecha 26 de octubre del 2022 6°. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión. 7°. La Resolución Exénta N"66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la región del Maule. 8°. La Resolución Exenta digital N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del "Intendente Regional" por el "Delegado Presidencial Regional" y establece su nuevo texto, el que incluye la antes señalada modificación. 9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV 10°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N218.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N219.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la región del Maule; en la Resolución afecta N°62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule; y la Resolución N°007 dé 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1°. Que, LENERGÍA CHILE SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto Subestación Eléctrica LNRG2 23/66 kV (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social LENERGÍA CHILE SpA Rut 76.498.907-4 Domicilio Orrego Luco 053 Piso 2, Providencia, Región Metropolitana Teléfono + 56 2 3270 0335 Nombre del representante legal Jan Masferrer Trius Rut del representante legal 24.353.827-0 Domicilio del representante legal Orrego Luco 053 Piso 2, Providencia, Región Metropolitana Teléfono del representante legal + 56 2 3270 0335 Correo electrónico del representante legal jmt@lenergia.cl 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de octubre de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: • El Proyecto acredita que cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en el Punto 9.- del ICE del Proyecto • El Proyecto acredita que cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales aplicables identificados en los Artículos 138, 140, 142, 149, 156 y 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. • El Proyecto acredita que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental. • El Proponente ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, en sesión de fecha 26 de octubre del 2022, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el Proyecto, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de octubre de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad Objetivo general El objetivo del Proyecto es la implementación, construcción y operación de una subestación eléctrica elevadora y una línea de transmisión eléctrica (66 kV de circuito simple), que evacuará la energía generada por Proyectos de Energía Renovable No Convencional (ERNC) Descripción general del proyecto El proyecto consistiría en la implementación, construcción y operación de una subestación eléctrica elevadora de barra simple, de 23 kV hasta los 66 kV, y contempla un patio de alta tensión, un patio de transformación, una sala de celdas, una sala de control-protecciones, un edificio de operaciones y una línea de transmisión de 66 kV de 1.334 metros de longitud, que se iniciará en el patio de alta tensión de la Subestación LNRG2 y terminará en el patio de alta tensión de la Subestación Itahue. El proyecto intervendría una superficie de 2,87 hectáreas, que se localiza en un terreno rural a 9,3 km al sur poniente de la ciudad de Molina, comuna de Molina, Región del Maule. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía con una tensión mayor a 23 kV. b.2) Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte. Vida útil 30 años Monto de inversión USD $ 10.000.000 Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Consistirá en el inicio del escarpe del terreno para la instalación de faenas (IF) e instalación de conteiner de oficinas, para la ejecución de las obras de construcción, que se realizarán una vez obtenida la RCA del Proyecto. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto que se somete a evaluación, no considera su realización por etapas, lo anterior, de acuerdo con lo indicado en el artículo 14 del RSEIA. EX] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No De acuerdo con lo establecido en el Artículo 12 del RSEIA, el Titular viene en expresar que el Proyecto que se somete a evaluación no corresponde a una modificación de proyecto, puesto que la Subestación Eléctrica LNRG2 23/66 KV es un proyecto nuevo. [X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto no modifica otras RCAs, debido a que es un proyecto nuevo. [Xl . .- 1.1,Wación:del Proyecto División político administrativa Región de Maule, Provincia de Curicó, Comuna de Molina ' Justificación de la localización Las principales razones que justifican la materialización y el desarrollo del proyecto en el lugar definido: • Existencia del recurso energético solar, lo que se traduce en la existencia centrales de generación de fuentes de Energía Renovable No Convencional (ERNC) en la zona que aportarán al SEN. • El proyecto se encuentra ubicado en zona rural, sin existir áreas densamente pobladas colindantes al Proyecto o incompatibilidades de uso del suelo. • No requiere realizar reubicación o relocalización de personas y no se intervienen zonas donde se realicen actividades asociadas a sistemas de vida y costumbres.

• No se intervienen estructuras o zonas pertenecientes al patrimonio cultural Superficie La superficie total del Proyecto es de 2,87 has, distribuidas de la siguiente forma: Superficies de las Instalaciones Temporales y Permanentes Obra Instalación Cantidad Superficie total

(mi) Instalación de Faenas (Obras temporales) Obras Temporales Caseta de vigilancia 1 9 Estacionamientos 1 110 Bodega Residuos Industriales No Peligrosos 1 20 Bodega Residuos Peligrosos 1 7,5 Bodega Sustancias Peligrosas 1 9 Instalación de Faenas Bodega Residuos Domiciliarios 1 9 Bodega materiales 1 14,32 Acopio de materiales 1 241,52 Lockers 1 30 Baños 1 15 Duchas y vestidores 1 15 Oficina 1 35 Comedor 1 30 Superficie Total Obras Temporales al Interior de Polígono de Instalación de Faena 545,34 Instalaciones Permanentes Camino de Acceso Camino de Acceso 1 16.099,7 Servidumbre Eléctrica Línea de Transmisión Eléctrica 1 9.439 Camino Interno 1 1.533,1 SET LNRG1 23/66 kV Patio 23/66 kV 1 840 2.676,6 m2 Edificio Eléctrico 1 303,5 Superficie Total Obras Permanentes 28.215,3 Superficie Total del Proyecto (Área para obras Temporales y Permanentes) 28.760,64 Coordenadas UTM WGS84 en Datum Las coordenadas UTM del Proyecto, Datum WGS 84, Huso 19 5, son las siguientes: Coordenadas UTM (Datum WGS 84, Huso 19 5) Obra Vértice Este Norte V1 283271.42 6109346.91 V2 283269.42 6109348.51 Linde SET LNRG2 V3 283269.42 6109392.01 23/66 kV V4 283208.11 6109392.01 V5 283208.11 6109338.51 V6 283271.42 6109338.51 IF1 283208.06 6109291.36 Instalación de IF2 283208.06 6109326.51 Faenas IF3 283254.89 6109326.51 IF4 283254.89 6109291.36 ML1 283245.88 6109377.50 2 283249.72 6109397.34 3 283313.22 6109420.93 4 283468.83 6109393.28 5 283621.97 6109350.31 Torres de Alta 6 283789.13 6109303.41 Tensión 7 283962.80 6109254.67 8 284131.74 6109207.25 9 284309.51 6109157.38 10 284367.92 6109140.99 11 284475.66 6109110.76 ML2 284453.07 6109074.44 VA 283206.06 6109394.01 VB 283206.06 6109289.36 Área del proyecto VC 283273.42 6109289.36 VD 283283.42 6109337.51 VE 283283.42 6109394.01 Caminos o vías de acceso El acceso al Proyecto se realiza desde la Ruta 5 Sur, Sector Itahue, por un costado de la caletera, donde actualmente existe un acceso habilitado para entrada de vehículos. Cabe señalar que dicha zona cuenta con tránsito de vehículos y entrada para camiones desde la Ruta 5 Sur al predio donde se emplazara la Subestación. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo IV de la DIA Anexo I de la Adenda 4.3.- PARTES, OBRAS ,Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 43.1.- PARTES, OBRAS Y ACCIONES FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.1.- PARTES Y OBRAS FASE DE CONSTRUCCIÓN Nombre pescripción Instalación de Faena (IF) Temporal La instalación de faena (IF) contiene las instalaciones temporales que permiten ejecutar la Fase de Construcción. Corresponde a: caseta de vigilancia, oficina, comedor, lockers, duchas y vestidores, baños, zona de abastecimiento de combustible y bodegas de residuos Superficie: 1.645 m2 Caseta de Vigilancia (Interior IF) Corresponde a una caseta de vigilancia del Proyecto Superficie: 9 m2 Oficina (Interior IF) Container acondicionado para utilizarse como sector de oficina Superficie: 35 m2 Comedor (Interior IF) Container acondicionado para utilizarse como comedor Superficie: 30 m2 Lockers (Interior IF) Container acondicionado para utilizarse como Locker Superficie: 30 m2 Duchas y vestidores (Interior IF) Sector para duchas y vestidores Superficie: 15 m2 Zona de acopio de materiales Área destinada al almacenamiento de materiales utilizados durante la construcción de la Subestación. Utilizada principalmente para almacenamiento de los contenedores equipos, cables y estructuras metálicas para la instalación de los distintos componentes Superficie: 241,52 m2 Bodega de Residuos Peligrosos (Al interior de la Instalación de Faenas) Bodega modular o similar de 7,5 m2 donde se almacenarán los residuos generados que presenten alguna de las características de peligrosidad, siendo estos residuos tales como restos de aceites, grasas, lubricantes, tubos fluorescentes, paños, huaipes y EPP contaminados con pinturas o hidrocarburos, entre otros. Estos serán manejados en contenedores estancos, sellados, debidamente etiquetados, al interior de la A bodega modular, para posteriormente ser trasladados a sitios de disposición final autorizados Ver Anexo V de la DIA, PAS 142 Bodega de Residuos NO peligrosos (Interior IF) Sector destinado al acopio de residuos no peligrosos, tales como escombros, restos de embalajes, restos de tuberías, cables y maderas. La zona de acopio contará con una superficie de 20 m2 Ver Anexo V de la DIA, PAS 140 Zona de acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios (Interior IF) Sector destinado al almacenamiento de residuos domiciliarios en contenedores debidamente acondicionados y con tapa Superficie de 9 m2. Bodega SUSPEL (Interior IF) Bodega destinada al almacenamiento temporal de sustancias requeridas para la construcción del parque.

Dicha zona contará con una superficie de 9 m2 y considera el almacenamiento en pequeñas cantidades. Bodega de Almacenamiento (Interior IF) Sector destinado al almacenamiento de materiales. Dicha zona contará con una superficie de 14,32 m2. Estacionamientos (Interior IF) Espacio destinado al estacionamiento de vehículos al interior de la instalación de faenas Superficie: 110 m2 Fosa séptica y Modulo Sanitario En etapa de construcción, dado que se considera una duración de 10 meses para dicha fase, se considera la instalación de una fosa séptica de 9.300 Litros/día. Estos baños consisten en construcciones modulares adaptadas y equipadas Superficie: 15 m2 4.3. . ...ACCIONES FASE DE CONSTRUCCIÓN Habilitación de instalación de faenas La instalación de faena tiene por objetivo facilitar instalaciones temporales y permanentes que permiten ejecutar los trabajos constructivos. Corresponde a una faena constructiva menor y provisoria. El área de terreno utilizado tendrá una superficie de 1.645 m2. Las instalaciones serán del tipo modulares móviles, tipo container o similar, las que en conjunto con todas las demás infraestructuras permitirán un correcto desempeño de la fase de construcción. Preparación de terreno y movimientos de tierra Contempla la limpieza superficial del terreno, la instalación del cerco perimetral. Se consideran actividades de escarpe asociado principalmente a instalación de faenas, caminos internos y excavaciones asociadas a zanjas. El material generado producto de los movimientos de tierra señalados, será utilizado en el mismo predio con fines de nivelación no contemplando zonas de acopio o disposición fuera del predio. Durante la fase de construcción del Proyecto, se realizarán tareas de escarpe asociado a los caminos, área de la instalación de faenas, patio y edificio eléctrico, lo que involucra un volumen de 322,2 m3 de movimiento de tierra. Este valor fue obtenido sumando la superficie total a ser escarpada. Respecto a excavaciones, se consideran aproximadamente 47,82 m2 de zanjas, por lo que el movimiento de tierra asociado a zanjas es de aproximadamente 57,6 m3. Además, se consideran excavaciones por emplazamiento de fosas sépticas, cerco perimetral de la SET e instalación de postes de la línea de transmisión eléctrica, lo que determina un total de 400,8 m3 de excavaciones. Patio de residuos Se habilitará un sector para almacenamiento temporal de los diferentes tipos de residuos que serán generados durante la Fase de Construcción del Proyecto, considerando las siguientes superficies: • Zona de acopio de residuos industriales no peligrosos: Sector despejado con superficie de 20 m2, para el acopio de residuos donde además se instalará una tolva de acopio de residuos no peligrosos de menor tamaño • Bodega de acopio de residuos peligrosos (RESPEL): Bodega de 7,5 m2 destinada al almacenamiento de residuos peligrosos. • Zona de acopio de residuos domiciliarios: Recinto donde se habilitarán contenedores plásticos con tapa para la acumulación de residuos domésticos. Sector destinado de 9 m2 Obras civiles, caminos, zanjas e instalación de cerco perimetral Las obras civiles corresponden a la instalación del cerco, habilitación del camino, fundaciones de hormigón de la subestación y servicios auxiliares y ejecución de las zanjas eléctricas requeridas por el Proyecto. Las zanjas que son necesarias para enterrar los cables tendrán diferentes tipos de geometrías, dependiendo del número de cables y tubos. Montaje de las estructuras y tendido de conductores Para las actividades de montaje tanto de subestación como de línea de transmisión, se requerirá de un área de trabajo donde se ubicarán las maquinarias y equipos necesarios para el acopio y posterior izamiento de cada una de las estructuras. El montaje de las estructuras reticuladas se realiza mediante el armado y empernado de todas las piezas entre sí, a modo de mecano. Cuando la sección inferior del apoyo está armada, se continúa con pluma y tecle o huinche manual, levantando las piezas superiores de la estructura y mediante sucesivos cambios de posición de la pluma se da término al armado completo de la estructura. En determinados momentos se requerirá del uso de camión pluma o grúa de poco tonelaje. Montadas las estructuras se instalarán las crucetas y los aisladores para luego comenzar con el tendido del cable conductor y cable de guardia cuando corresponda. La instalación del posteado aéreo contará con todos los aspectos de seguridad señalados en el PLIEGO TÉCNICO NORMATIVO RPTD N° 11 y demás normas eléctricas que apliquen. Pruebas y puesta en marcha Se realizarán actividades de pruebas de calidad y funcionamiento en los distintos equipos y partes mecánicas y eléctricas del proyecto. Estas actividades son variadas, y consisten desde una visualización detallada hasta pruebas de aislamiento de las partes eléctricas. Retiro de instalaciones temporales y limpieza Para esta actividad se retiraránlas instalaciones temporales utilizadas en la Fase de Construcción Lo anterior se realizará de manera manual y cuando corresponda, mediante el uso de una grúa pluma.

Adicionalmente, se realizará una limpieza general del terreno que consiste en retirar todos los residuos y materiales que pudieran quedar. Cabe señalar que todos los residuos que se generen durante esta actividad serán retirados y transportados mediante empresas autorizadas, para su disposición final en sitios con autorización sanitaria para este tipo de residuos `. 4.3.1.3.- SU M I N ISTR OS BÁSICOS FAS É DE CONSTRUCCIÓN Nombre Descripción - . Provisión de insumos para la construcción Materiales o Insumo Cantidades Áridos (m3) 50 Hormigón (m3) 100 Cables (ton) 20 Equipos Eléctricos (ton) 75 En la respuesta 1.13.- de la Adenda el Titular ha señalado que: "los áridos que se requieran para el proyecto serán provistos por un proveedor autorizado para la extracción de áridos, a quienes se le exigirá copias de sus autorizaciones al momento de adquirirlo, junto con el detalle de su procedencia. Se considerará como indicador que acredite cumplimiento el registro de boletas, facturas, guías de despacho, resoluciones, entre otros, que aseguren que todos los elementos fueron obtenidos de un sitio acreditado por la autoridad competente. En el caso de que los áridos sean extraídos desde un cauce natural, se exigirá al proveedor de áridos, presente el permiso otorgado por la Municipalidad respectiva y el informe técnico favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas (D.O.H.) del Ministerio de Obras Públicas. Si la empresa proveedora ingresó al SE1A, se exigirá la RCA y además el informe técnico favorable de la D.O.H., que lo habilita para desarrollar las faenas de extracción durante el año y el permiso otorgado por la Municipalidad respectiva, todo lo cual deberá ser remitido, en forma previa a la ejecución del proyecto, a la autoridad ambiental y a la Dirección de Obras Hidráulicas." Provisión de suministros básicos para la construcción Material de relleno: Para el relleno de zanjas y fundaciones, se reutilizará en su mayoría el material obtenido de las excavaciones de las obras. Se estima un mínimo de áridos para relleno de zanjas y estabilización de caminos de aproximadamente 50 m3. De tal forma que se considera para las zanjas una capa de 20 cm de arena para acolchonado de cableado. Se estiman 95,58 m de largo en la suma de zanjas a excavar. El ancho a excavar para la zanja será de 0,6 m. Hormigones: Los hormigones requeridos para la construcción serán adquiridos a terceros preferentemente desde una planta cercana y serán llevados al Proyecto a través de camiones mixer. Se estima el uso de aproximadamente 100 m3 de hormigón para fundaciones de subestación y torres. Maquinaria: La maquinaria a utilizar es la siguiente: Maquinaria Cantidad Potencia Actividades Motoniveladora 1 200 HP • Ejecución de Plataforma Rodillo compactador 1 120 HP • Ejecución de Plataforma Camión tolva 20 t 3 400 HP • Ejecución de Plataforma • Fundaciones • Construcción subestación Placa compactadora 2 35 HP • Ejecución de Plataforma Camión cama baja 1 400 HP • Edificio de control y operación Camión aljibe 10 m3 Fundaciones

150 HP • Ejecución de Plataforma • • Construcción subestación • Montaje de estructuras y equipos • Tendido de conductor de fuerza y fibra Cargadora 2 200HP • Fundaciones • Construcción subestación • Montaje de estructuras y equipos Retroexcavadora 2 200 HP • Ejecución de Plataforma • Fundaciones • Construcción subestación • Montaje de estructuras y equipos • Tendido de conductor de fuerza y fibra Camión mixer 2 400 HP • Fundaciones • Construcción subestación Camión grúa 2 400 HP • Fundaciones • Construcción subestación • Edificio de control y operación • Montaje de estructuras y equipos • Tendido de conductor de fuerza y fibra Equipo de tendido de cableo 1 35 HP • Tendido de conductor de fuerza y fibra Generador insonorizado 30 kVA 1 30 KVA • Fundaciones • Construcción subestación Generadores móviles 7.5 kW 4 7.5 KVA • Fundaciones • Construcción subestación Grúa 50 ton 1 1 200 HP • Edificio de control y operación • Montaje de estructuras y equipos Camión pluma 2 400 HP • Edificio de control y operación • Montaje de estructuras y equipos • Desmovilización ::.4.3.1:RECURSOS NATURALES A ÉXTRAER,.EXPLOTAR ó:UtILIZAW.FASE DE CONSTRIliteláN N9ffibi"0.:-.-- ' Desdiptión • Recursos naturales renovables Se considera el uso de los recursos suelo, agua y flora como necesarios para el desarrollo del Proyecto, al respecto se señala que el Proyecto cuenta con el pronunciamiento conforme de todos los OAECAS participantes del proceso de evaluación ambiental El Proyecto no obtendrá utilidad en provecho propio de ningún recurso natural Suelo: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se removerá material de excavación y escarpe para caminos, el que principalmente se dispersará en el mismo terreno como material de relleno o nivelación. La superficie a intervenir por las obras de escarpe es de 3.223,94 m2 correspondientes a: caminos, instalación de faenas, patio y edificio eléctrico, lo que representa un volumen total de 322,2 m3 de suelo extraído por el Proyecto. Respecto a excavaciones, se consideran aproximadamente 79,7 metros de zanjas, de dimensiones de 1,1 metros por 0,6 metros, por lo que el movimiento de tierra asociado a zanjas es de aproximadamente 52,6 m3. Adicional a ello se consideran excavaciones por postaciones, cerco perimetral y fosas sépticas, contemplando un total de 400,8 m3 de excavaciones. Agua: Durante la Fase de Construcción, el agua será suministrada por empresa autorizada externa, la que cumplirá con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la N.Ch. N°409 parte 1 y condiciones descritas en los artículos N°12, 13 y 14 del D.S. N9594/99 del MINSAL. Para la instalación de faenas se solicitará sectorialmente la autorización de un proyecto de agua potable particular. El agua potable se suministrará en bidones de agua sellados (20 litros cada uno o según disponibilidad de proveedores) y etiquetados, adquiridos a una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria, los cuales serán instalados en las oficinas al interior de la instalación de faena. También se mantendrán botellas individuales para el consumo durante la faena en los frentes de trabajo Flora: La actividad de corta corresponde a la corta de 0,29 ha (Anexo I de la Adenda Complementaria) de plantaciones en terrenos de aptitud forestal se realizará mediante el método de tala rasa y tiene como objetivos los siguientes: a.- Habilitar sectores para mejorar el diseño del camino existentes para el tránsito de vehículos desde el acceso al Proyecto (Acceso al predio privado ROL 617-11) hasta la futura Subestación, correspondiendo a las áreas C2, C3, C4 y C5 identificadas en la planimetría del Proyecto b.- Implementar una faja de seguridad para la Línea eléctrica contemplada en el Proyecto, correspondiendo esto para las áreas C1 y C6 identificadas en la planimetría del Proyecto Se realizará la corta de aproximadamente 0,0316 ha de Acacia melanoxylon, Dado que la mencionada especie es una especie exótica de tipo invasora, la cual fue introducida al país y cuya propagación natural actualmente está descontrolada, se propone como compromiso voluntario la plantación con Especies Nativas según se indica en el punto 8.7.- de esta RCA ..414.3:1.5i EMISIONES ALA ATI-MóSFERÑFASE DE, CONSTRUCCIóN • Tipo de emisión Actividad Emisión: ton/Fase CO NOx MP MPio M132,s SO2 COVs NH3 Polvo resuspendido y fugitivo Escarpe - - 0,007 0,007 0,007 - - - Compactación - - 0,071 0,015 0,007 - - - Excavación - - 0,005 0,001 0,001 - - - Nivelación 0,001 0,000 0,000 Carga y descarga - - 0,001 0,000 0,000 - - - Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados - - 0,542 0,155 0,015 - - - Tránsito de vehículos por caminos pavimentados - - 0,140 0,027 0,006 - - - Gases y partículas de combustión Tránsito de vehículos por camino no pavimentado 0,005 0,018 0,000 0,000 0,000 0,000 0,001 0,000 Tránsito de vehículos por camino pavimentado 0,027 0,104 0,002 0,002 0,002 0,000 0,005 0,000 Generadores Eléctricos 0,084 0,389 0,027 0,027 0,027 0,026 0,032 - Equipos y maquinarias 0,041 1,364 0,040 0,040 0,025 0,003 0,396 0,000 Total, ton/Fase Construcción 0,157 1,874 0,837 0,275 0,092 0,029 0,433 0,000 :0.147:EMISIONOL QuipptIFASE'.DEcoNOWccióni Nombre DéseriOCión Efluentes líquidos El personal hará uso de los servicios higiénicos proyectados que se encontrarán al interior de la subestación. Los efluentes generados serán conducidos a una fosa séptica con infiltración al suelo. Se indica que el Proyecto cuenta con el pronunciamiento favorable respecto del PAS 138, según Ordinario 1097 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la SEREMI de Salud, Región del Maule de fecha 01 de julio del 2022

_¡4 3.1.7 EMISIONI3ES DE RUIDO FAIEDECONSIOCCIó19::

Las principales emisiones de ruido ocurren durante la fase de construcción, dado que tendrán su origen en la operación de la maquinaria y el tránsito de diversos vehículos al interior de las faenas, según la siguiente evaluación del cumplimiento del D.S. Nº38 del MMA en la Fase de Construcción Receptor Horario NPC Proyectado, dB(A) Máx. permitido en dB(A) Evaluación de cumplimiento R1 Diurno 51,9 60 CUMPLE R2 Diurno 43,8 60 CUMPLE R3 Diurno 44,1 63 CUMPLE R4 Diurno 39,8 62 CUMPLE R5 Diurno 54,5 65 CUMPLE R6 Diurno 42,9 65 CUMPLE R7 Diurno 36,3 !63 CUMPLE R8 Diurno 40,3 63 CUMPLE . . . giiRÉSIDIJOSNO''PELIGROSOl:FASE DE:C0:11STRUCCIóN---

_ 'Nombre. : 1 - - - Descripción Residuos Sólido's Asimilables a Domiciliarios Nº de Trabajadores Residuos domiciliarios Kg/persona/día Generación kg/día Frecuencia de retiro Disposición final 40 0,8/persona/día 32 2 veces por semana por empresa autorizada Lugar de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región del Maule . Residuos Industriales No Peligrosos Tipo de Residuos Cantidad Frecuencia de retiro Forma de manejo Disposición final Lona de embalaje 0,4 [Ton/mes] Fierro embalaje 0,5

[Ton/mes] Maderas, escombros, restos de cables 0,1 [Ton/mes] 2 veces durante la fase, Retiro en contenedores exclusivos en frentes de trabajo y Lugar de disposición final autorizado por la Piezas eléctricas en desuso 0, 2 [Ton/mes] empresa autorizada almacenamiento temporal en bodega RSINP SEREMI de Salud, Región del Maule Maderas 0,2

[Ton/mes] Escombros 0,2

[Ton/mes] .3.1:9. RESIDU0SPELIGRÜSOS EN, FASE DE:CONSTRUCCIóN

Tipo Cantidad Frecuencia de retiro Forma de manejo Disposición final Restos de aceites usados, grasas y lubricantes 0,05 toneladas al mes 2 veces durante la duración de la fase de construcción, por una empresa autorizada. Almacenamiento temporal en bodega de RESPEL Retiro y disposición en sitios autorizado de acuerdo con el DS 148/03 por empresa autorizada Tambores de pintura vacíos 0,05 toneladas al mes Brochas, trapos o guaipes contaminados con pintura y/o hidrocarburos 0,05 toneladas al mes Guantes, ropa y mascarillas contaminadas con pintura o hidrocarburos 0,05 toneladas al mes Tubos Fluorescentes 0,01 toneladas al

mes 4:3.1.107- PRODUCTOS QUÍMICOS .... CONSTRUCCIÓN Y OTRAS SUSTANCIAS::: QUE PUEDAN AFECTAR -ELMEDIO AMBIENTE ::FASE DE , : .

-7.1,r. Sustancia Cantidad (volumen) Característica Transporte Almacenamiento Aerosol 5 L (10 tarros aprox.) Clase 2. Gas Inflamable Tercero Autorizado SUSPEL (Instalación de

Faena)

Bodega de Almacenamiento

Espuma de poliuretano Aerosol 0,2 m3 Tóner de impresora 5 L - Pilas/Baterías 1 L Clase 8. Corrosivo Aceites y Lubricantes 100 Clase 3 Inflamable Pintura 100 4.3.2.- PARTES, OBRAS Y ACCIONES FASE DE OPERACION 4.3.2.1.- PARTES Y OBRAS FASE DE OPERACIÓN Sala de Control Corresponde a la Sala de Monitoreo de la Subestación Eléctrica Superficie: 45 m2 Patio 23/66 kV Este patio estará construido de estructuras metálicas montadas sobre fundaciones de hormigón armado y contará con equipos eléctricos para maniobras, despeje de fallas y medidas Superficie: 840 m2 Edificio Eléctrico El edificio eléctrico de la subestación estará compuesto de una sala de celdas de media tensión (MT) y otra sala contigua donde se ubicarán los equipos de control, protección y medida junto a los servicios auxiliares. Superficie: 303,5 m2 Bario (interior Edificio Eléctrico) En etapa de operación, se considera la instalación de una fosa séptica de 2.500 Litros/día. Estos barios consisteri en construcciones adaptadas y equipadas. Se contempla instalar solo un módulo sanitario que permanecerá en el área de Edificio Eléctrico durante toda la fase de operación Superficie: 2,5 m2 Sala de Media Tensión (interior Edificio Eléctrico) En la sala se encontrarán las celdas de media tensión que reciben la energía proveniente de líneas externas mediante cables eléctricos dispuestos en canalizaciones subterráneas Superficie: 45 m2 Oficina Sala de Reuniones (interior Edificio Eléctrico) Oficina Sala de Reuniones Superficie: 55,68 m2 Almacén (interior Edificio Eléctrico) Almacén, sector destinado al almacenamiento de equipos o maquinarias. Superficie: 34,22 m2 Bodega de Residuos Domiciliarios (Interior Edificio Eléctrico) Sector destinado al almacenamiento de residuos domiciliarios, donde se instalarán contenedores debidamente condicionados y con tapa. Dicha zona contará con una superficie de 9 m2 Bodega de Residuos NO peligrosos (Interior Edificio Eléctrico) Sector destinado al acopio de residuos no peligrosos, tales como cartón, embalajes, cables, maderas, entre otros. La zona de acopio contará con una superficie de 20 m2 Ver Anexo V de la DIA, PAS 140 Bodega de Residuos Peligrosos (Interior Edificio Eléctrico) Bodega de 15,84 m2 donde se almacenarán los residuos generados que presenten alguna de las características de peligrosidad, siendo estos residuos tales como restos de aceites, grasas, lubricantes, tubos fluorescentes, paños, huaipes y EPP contaminados con pinturas o hidrocarburos, entre otros. Estos serán manejados en contenedores estancos, sellados, debidamente etiquetados, al interior de la bodega, para posteriormente ser trasladados a sitios de disposición final autorizados. Ver Anexo V de la DIA, PAS 142 Bodega SUSPEL (Interior IF) Bodega destinada al almacenamiento temporal de sustancias requeridas para la operación de la Subestación. Dicha zona contará con una superficie de 24,84 m2 Grupo Electrógeno Sector destinado para el almacenamiento de los Grupos electrógenos, se considera el uso de un Generador de 30 KVA y 4 generadores de 7,5 KW Superficie: 13,86 m2 4. /:il-AccióNI$ FASE 0E OPERACIÓN -.:. __ •NIlibri-. DesdiOcióh _ _ Puesta en marcha Dicha actividad contempla lo siguiente: • Revisión del estado de las fundaciones • Revisión de las estructuras soporte • Verificación de la puesta a tierra de los equipos • Verificación de los ajustes y calibraciones mecánicas . • Revisión de la tornillería Mantenciones preventivas El mantenimiento preventivo, se realizará 3 veces al año y se llevará a cabo sobre la base de las anomalías que se detecten en las actividades de inspección, tanto para la subestación como para la línea de transmisión. Éste se realizará cada año y comprende limpieza de equipos e instalaciones, inspección y reapriete de equipos y estructuras eléctricas, mediciones y chequeo (según catálogos) de cada equipo. Para esto se requerirá de una dotágión de personal de 10 trabajadores y eventualmente se utilizará equipamiento mecánico menor al interior del predio de la subestación y para mantenimiento de la línea en terreno. Mantenciones correctivas Considera reparaciones a las instalaciones del Proyecto cuando se detecten fallas que comprometan la correcta operación de los equipos o partes de la infraestructura. En algunos casos es posible que se requiera el empleo de una mayor cantidad de personal y/o maquinaria pesada, lo cual se realizaría dentro del predio de la subestación o la faja de seguridad. 114.3:2.1.,'SUMINISTRÓS BÁSIOS.FASÉbEOPERAÉláN NOrtibr? .:Destrjpcjenri • - Suministro Eléctrico La energía eléctrica que garantizará el funcionamiento interno de la Subestación será auto suministrada u obtenida del punto de la inyección (distribuidora). Combustible Será para los vehículos livianos que transportarán a los trabajadores en las labores de mantenimiento, el abastecimiento se efectuará directamente en las estaciones de servicio locales, debido a que no existirá almacenamiento de combustibles dentro de la Subestación Agua Potable e Industrial El agua potable para beber será suministrada a través de un proveedor autorizado, con bidones de 20 litros. Adicionalmente, se contará con un estanque para la acumulación de agua potable y cuyo Proyecto deberá contar con la aprobación sectorial de Seremi de Salud para la provisión de agua mediante camiones aljibe, contenida en el D.S. N° 41 del año 2018, cuerpo legal que tiene como objetivo regular las condiciones en que se efectúa la distribución de agua potable mediante el uso de camiones aljibe, a fin de garantizar el suministro de un producto inocuo y potable. Se mantendrá en planta un registro del abastecimiento de agua en caso de fiscalizaciones. Para la solución particular de alcantarillado, se considera dotación considerada de 150 litros (0,15 m3) por persona por día, exigidos por el artículo 14 del D.S. N* 594/00 del Ministerio de Salud, a través de camión aljibe que cuente con las autorizaciones respectivas y acumulación en estanque. El personal hará uso de los servicios higiénicos proyectados que se encontrarán al interior de la subestación. Los efluentes generados serán conducidos a una fosa séptica con infiltración al suelo. Durante esta fase, se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos que se dispondrán para el personal de mantenimiento. El máximo estimado de trabajadores durante la fase de operación comprende un máximo de 10 personas, quienes realizarán tareas de mantención. Además, se considera parte del personal indicado de forma permanente para las actividades de supervisión del control y operación. El total de días de actividades durante la fase de operación es de 20 días mensuales. Servicios Dado lo anterior la producción de aguas servidas se estima en 0,15 m3/día/persona (150 higiénicos L/día/persona). Para la Fase de Operación se utilizará un tratamiento simple, que consiste en una fosa séptica convencional con una capacidad de tratamiento de 2.500 I/día de aguas servidas, cuyas aguas serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración El agua servida recolectada por la red de tuberías desde los distintos puntos de generación es conducida a la fosa séptica, la cual está constituida por dos cámaras continúas interconectadas, correspondientes a la fermentación anaeróbica y la de oxidación Se realizará el retiro de lodos de la fosa a través de un servicio de limpia fosas con una frecuencia anual, es decir cada 12 meses, o con mayor frecuencia si se requiere. El material será retirado por una empresa debidamente autorizada y dispuesto en una planta de tratamiento o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. Los trabajadores durante la fase de operación no contarán con un lugar para consumo de Alimentación alimentos (casino), esto lo realizarán fuera de la Subestación, en un sitio que cuente con Resolución Sanitaria vigente. Los trabajadores encargados de realizar el mantenimiento y limpieza de la Subestación estarán Alojamiento alojados en las cercanías, los que se trasladarán mediante camioneta de un proveedor debidamente autorizado y con los permisos al día. Serán utilizados camiones livianos, y sellados, además se exigirá la documentación al día, para el Transporte traslado de cualquier material y/o residuo proveniente de las labores de mantenimiento del Proyecto. Adicionalmente se considera el transporte del personal que realizará las mantenciones y limpieza (vehículo liviano como camioneta). 4:3.2i42ÉMISIOÑÉIÁ.LA ATMÓSFERA:FASE. iDEOPERACION'::: Tipo de Actividad Emisión, ton/año

emisión CO NOx MP MPio MP2,5 SO2 COVs NH3 Tránsito de vehículos Polvo por caminos no pavimentados - - 0,191 0,055 0,005 - - - resuspendido Tránsito de vehículos por caminos pavimentados - - 0,005 0,001 0,000 - - - Tránsito de vehículos Gases y partículas de por caminos no pavimentados

0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 Tránsito de vehículos combustión por camino pavimentado 0,001 0,002 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 0,000 Total Fase de Operación 0,001 0,003 0,196 0,056 0,006 0,000 0,000 0,000 .32.5;iÉMISIOÑES LíQuipAsri•FASÉ'bOPIEIRAtiON:.:

Nºmbre : .Descripcion

La producción de aguas servidas se estima en 0,15 m3/día/persona (150 L/día/persona). Para esta fase se utilizará un tratamiento simple, que consiste en una fosa séptica convencional con una capacidad de tratamiento de 2.500 I/día de aguas servidas, cuyas aguas serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración. Aguas Servidas El agua servida recolectada por la red de tuberías desde los distintos puntos de generación es conducida a la fosa séptica, la cual está constituida por dos cámaras continúas interconectadas, correspondientes a la fermentación anaeróbica y la de oxidación. Se realizará el retiro de lodos de la fosa a través de un servicio de limpia fosas con una frecuencia anual, es decir cada 12 meses, o con mayor frecuencia si se requiere. El material será retirado por una empresa debidamente autorizada y dispuesto en una planta de tratamiento o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. 3-.1.6.EMISIONES;DÉRülD0 EN: FASE DEOREMCIÓN La evaluación del cumplimiento del D.S. N238 del MMA en la Fase de Operación es la siguiente Receptor Nivel proyectado (dBA) Limite Diurno (dBA) Límite Nocturno (dBA) Evaluación de cumplimiento R1 15 51 45 CUMPLE R2 11 50 49 CUMPLE R3 16 49 39 CUMPLE R4 17 50 49 CUMPLE En el caso de vibraciones, se considera para el cálculo la maquinaria de mayor emisión, representando así el escenario más desfavorable, en este caso corresponde al rodillo compactador con un nivel de 94 VdB, asociado a la fase de construcción. A partir del modelo de cálculo, se tiene cumplimiento del estándar FTA-Transit Noise and Vibration Impact Assessment en todos los receptores evaluados, ya que no se supera el límite establecido, según se indica a continuación: Receptor Lv proyectado (VdB) Límite de vibración FTA R1 45 72 R2 70 72 R3 44 72 R4 63 72 43:25,7:RESIDIUOS:NO PELIROSOS!FASEDI:'.OPERACIÓÑ :Nlibmbi'e: iiDescripeión Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios No se contratará a personal que permanezca permanentemente en las instalaciones. La generación esporádica de residuos domiciliarios o asimilables se dará durante las actividades de mantenciones, control y limpieza, los que serán almacenados en bodega de residuos domiciliarios de 9 m2, emplazada en el Edificio Eléctrico de la Su bestación. Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos Se estima que los únicos posibles residuos industriales durante la etapa de operación sean cartones, embalajes, papel de impresión, plásticos, maderas, restos de cables, u otros que se pudieran generar de las actividades de mantención. Se estima un total de 141 kg/mes. 43.18:1'BESIDUOS:PELIGROSOS FASE DE.:OPEKACION: Nombré Desdilpelóh Residuos Peligrosos La generación de este tipo de residuo en la fase de operación será menor, estimándose en 82 kg/mes, tales como: restos de aceites, grasas, lubricantes, tubos fluorescentes, paños, huaipes y EPP contaminados con pinturas o hidrocarburos, entre otros. Se contará con una bodega para residuos peligrosos, siendo gestionados por una empresa debidamente autorizada y calificada, para luego destinarlo a un sitio autorizado, todo de acuerdo con lo estipulado en el D.S. N 148/2004. 4:3.2;9E110f5.9T.QS: QUIMICOS Y.,:OWFIAs SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECIi:A13. EkMEDIO -AMBIENTE FASE DE::: -

, ..: „.„.... OPERACIQN: Sustancia Cantidad (volumen) característica Transporte Almacenamiento Aceites y Lubricantes 200 Clase 3 Inflamable Tercero Autorizado

Bodega de Almacenamiento (Edificio Eléctrico) Pinturas y solventes 200 Comprimidos Acetileno Aerosol 5 L (10 tarros aprox.) Clase 2. Gas Inflamable Tercero Autori.iado Espuma de poliuretano Aerosol 0,2 m3 : Tóner de impresora 5 L - Pilas/Baterías 1 L. Clase 8. Corrosivo 4.33.- PARTES, OBRAS Y ACCIONES FASE DE CIERRE 4.3.3.1.- PARTES Y OBRAS FASE DE CIERRE Instalación de Faena (IF) - Temporal La instalación de faena tiene por objetivo facilitar instalaciones temporales que permiten ejecutar los trabajos de desmantelamiento en la Fase de Cierre. Corresponde a una faena constructiva menor y provisoria en cuanto a caseta de vigilancia, oficina, comedor, lockers, duchas y vestidores, baños, zona de abastecimiento de combustible y bodegas de residuos Superficie: 1.645 m2 Caseta de Vigilancia (Interior IF) Corresponde a una caseta de vigilancia del Proyecto. Superficie: 9 m2 Oficina Container acondicionado para utilizarse como sector de oficina. Página 1.3 de 76 (Interior IF) Superficie: 35 m2 Comedor (Interior IF) Container acondicionado para utilizarse como comedor. Superficie: 30 m2 Lockers (Interior IF) Container acondicionado para utilizarse como Locker. Superficie: 30 m2 Duchas y vestidores (Interior IF) Sector para duchas y vestidores. Superficie: 15 m2 Zona de acopio de materiales Área destinada al almacenamiento de materiales utilizados durante la construcción de la Subestación. Utilizada principalmente para almacenamiento de los contenedores equipos, cables y estructuras metálicas para la instalación de los distintos componentes. Superficie: 241,52 m2 Bodega de Residuos Peligrosos (Interior IF) Bodega modular o similar de 7,5 m2 donde se almacenarán los residuos generados que presenten alguna de las características de peligrosidad, siendo estos residuos tales como restos de aceites, grasas, lubricantes, tubos fluorescentes, paños, huaipes y EPP contaminados con pinturas o hidrocarburos, entre otros. Estos serán manejados en contenedores estancos, sellados, debidamente etiquetados, al interior de la bodega modular, para posteriormente ser trasladados a sitios de disposición final autorizados. Ver Anexo V de la DIA, PAS 142. Bodega de Residuos NO peligrosos (Interior IF) Sector destinado al acopio de residuos no peligrosos, tales como escombros, restos de embalajes, restos de tuberías, cables y maderas. La zona de acopio contará con una superficie de 20 m2. Ver Anexo V de la DIA, PAS 140 Zona de acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios (Interior IF) Sector destinado al almacenamiento de residuos domiciliarios en contenedores debidamente condicionados y con tapa. Dicha zona contará con una superficie de 9 m2. Bodega SUSPEL (Interior IF) Bodega destinada al almacenamiento temporal de sustancias requeridas para la construcción del parque. Dicha zona contará con una superficie de 9 m2 y considera el almacenamiento en pequeñas cantidades. Bodega de Almacenamiento (Interior IF) Sector destinado al almacenamiento de materiales. Dicha zona contará con una superficie de 14,32 m2. Estacionamientos (Interior IF) Espacio destinado al estacionamiento de vehículos al interior de la instalación de faenas. Superficie: 110 m2 Fosa séptica y Modulo Sanitario En etapa de construcción, dado que se considera una duración de 10 meses para dicha fase, se considera la instalación de una fosa séptica de 9.300 Litros/día. Estos baños consisten en construcciones modulares adaptadas y equipadas. Superficie: 15 m2 4.3.3.2, ACCIONES FASE DECIERRE - - Nombre; Descripción

. Habilitación de instalación de faenas Corresponde a la instalación de dependencias para el apoyo a las actividades de la fase de construcción, las que serán desmontadas y retiradas al final de dicha fase. Su uso será como máximo de 6 meses, y cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N° 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL), que reglamenta las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, en los artículos referidos a faenas temporales o de carácter transitorio. Las características serán las mismas que las indicadas para la Fase de Construcción. Desmantelamiento de artes y equipos valorizables Se contempla el reciclaje de las partes que califiquen para ello y la disposición final correspondiente para el resto de los elementos. Los equipos o partes que puedan ser valorizados serán transportados por terceros autorizados hasta sitio de valorización o bien a terceros que reutilicen los elementos o parte de ellos. Esto involucra partes metálicas, equipos o partes de equipos, cables, entre otros, los cuales serán evaluados al término de esta Fase. Desmantelamiento de las estructuras El desmantelamiento de las estructuras consiste en el retiro y posterior eliminación de productos no valorizables tales las estructuras de acero galvanizado, cable, y material de construcción. Respecto al desmantelamiento de las fundaciones, se realizarán actividades de demolición de la parte superior sobresaliente de esta estructura. Desmovilización de Al finalizar el desarme y desmontaje de la Subestación, se procederá al desarme y retiro de las obras temporales instalaciones temporales de la obra. Las actividades que se realizarán para restaurar la geoforma, morfología o vegetación consistirán específicamente en el retiro de todo vestigio de ocupación, tales como restos de escombros y materiales de desecho con el fin de dejar el área limpia y despejada para su uso futuro. Se considera serán transportados por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizadas por la Autoridad Sanitaria y Ambiental. El titular se compromete a restaurar la geoforma del suelo y dejar el sitio similar a las condiciones basales y geomorfológicas presentadas en el Anexo XV Estudio de Suelo de esta DIA al finalizar la fase de cierre. El titular del Proyecto se compromete a mantener el componente suelo con las mismas características al finalizar la etapa de cierre, mediante la realización de los siguientes manejos Restauración que consisten en: • Retirartodos los elementos metálicos y en desuso para su reutilización, reciclaje o disposición en un lugar autorizado. • En caso de derrames, se mantendrán elementos que permitan la contención de derrames pequeños y medianos, con el fin de asegurar un manejo adecuado. Subsolado de suelo, actividad alternativa a nivel predial para favorecer diversas propiedades físicas del suelo tras el uso de diversas herramientas como: arado subsolador, tridente u otros, con la finalidad de generar una ruptura de los agregados del suelo, que a su vez generará una mayor macroporosidad o espacios porosos, también favorecer el desarrollo de raíces junto con su profundidad electiva, y por último disminuir la resistencia mecánica del suelo. . .--Itikalót.óGíAb.E.LÁs FAsEsbÉLPribVÉti.d5ÁttiViiIlb . .. ':11.41,1..t.,FA5E.DE CONSTRUCCIÓN :, Fecha estimada de inicio Se estima como fecha de inicio noviembre del año 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio El hito de inicio de la presente fase corresponde al inicio del escarpe del terreno para la instalación de faenas e instalación de un container de oficinas, una vez obtenida la RCA del proyecto. Fecha estimada de término 10 meses transcurrido desde el emplazamiento de faena (fines de septiembre 2023) Parte, obra o acción que establece el término La etapa de construcción terminará con el retiro de las obras de la instalación de faenas. E:.1.4 .ii2.:•ÉASÉbÉ W3:ÉMei ók:. .

Fecha estimada de inicio Se estima como fecha de inicio octubre 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio El inicio fase de operación corresponde a la correcta puesta en marcha de la subestación eléctrica. Fecha estimada de término Se estima como fecha de término octubre del año 2053. Parte, obra o acción que establece el término El hito asociado al término de la fase de operación corresponde a la mantención preventiva de la Línea de Alta Tensión T44:I.4:FA5E::bE-CIERRÉi;:..

La fecha de inicio estimativa de esta etapa correspondería al mes de octubre 2053. Fecha estimada de inicio Parte, obra o acción que establece el inicio La acción que iniciará esta fase de cierre será la desconexión de la línea. Fecha estimada de término 6 meses transcurrido desde el emplazamiento de faena de cierre (abril 2054). Parte, obra o acción que establece el término La acción que dará término a la fase de cierre y al proyecto consistirá en la restitución del terreno 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: .z Sobre la inexistencia de .riego parála:salúd cle la población, debidó a la cantidád y calidad deefldentes, -emilionel.. y résiclims Impacto ambiental No genera impacto significativo. Aumento de concentraciones de Material particulado y gases, aumento de los niveles de ruido Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada El sitio de emplazamiento del Proyecto no presenta superación de normas primarias. Por otra parte, el Proyecto dará cumplimiento a todas las normas de emisión vigentes aplicable. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la pobláción debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SETA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Las emisiones de mayor magnitud corresponderán a las generadas por el levantamiento de polvo en caminos sin pavimentar y en el transporte de materiales y equipos (fases de construcción y cierre, de 10 y 6 meses de duración respectivamente), sin embargo, estas emisiones no afectan a zonas pobladas. (Anexo V de la Adenda) Se puede observar que las emisiones en construcción y cierre son de corta duración y espaciadas en el tiempo. A su vez las emisiones en operación son de baja magnitud. El proyecto se ubica en que, si bien existen receptores, de acuerdo con los estudios realizados no serán afectados por las emisiones atmosféricas generadas en ninguna de las etapas del proyecto, debido a que estas se encuentran bajo los límites que establece la normativa de referencia. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Los receptores evaluados corresponden a construcciones de carácter habitacional ubicadas en los alrededores del proyecto, los que se homologan a Zona Rural por estar fuera del límite urbano según lo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA. Dicho lo anterior, el límite máximo permisible se establece de acuerdo al ruido de fondo más 10 dB(A) o los máximos permisibles de Zona III, se escoge el límite más restrictivo. Para este caso se utilizó el ruido de fondo más 10 dB. Las actividades correspondientes a las obras en la fase de construcción y cierre fueron evaluadas durante el periodo diurno, ya que su ejecución está contemplada dentro de este periodo. De acuerdo al modelo de ro pagación sonora , todos los receptores definidos p presentan

cumplimiento de los máximos permitidos establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA, en todas las situaciones presentadas en este estudio. En cuanto a los recursos renovables, en particular la fauna asociada a los hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, los valores obtenidos en la modelación proyectada NO superan los máximos permitidos por Effects of Noise on Wildlife and Other Animals, 1971, United States Environmental Protection Agency (EPA). c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Emisiones de Ruido en Fase de Construcción: Dado que los puntos de los receptores se encuentran en zona rural y la evaluación corresponde solo al horario diurno, ya que es en este periodo donde se realizarán los trabajos de construcción, se observan los siguientes resultados (Anexo 3 Estudio de Ruido, DIA), los que demuestran, que en ninguno de sus puntos se superará la norma. Emisiones de ruido en Fase de Operación: corresponderán solo a la operación del embalse, esto es operación de las válvulas, la evacuación de aguas por el vertedero y el traslado del personal a cargo de su mantención y operación. Ninguna de estas fuentes de ruido será percibida por receptores externos, dado el bajo nivel de las emisiones y la distancia a potenciales receptores ajenos a las faenas propias del predio. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. no existirá presencia de contaminantes dado que no se emplearán aditivos o sustancias químicas en la compactación de los suelos, no habrá residuos contaminantes de ningún tipo, toda actividad de mantención de la maquinaria durante la construcción será realizada fuera del área de trabajo, y se recogerá todo residuo sólido. En la Fase de Operación no habrá preparación de sustancias químicas o plaguicidas en el suelo de este embalse, las aguas no lo requieren y en este lugar no habrá intervención de terceras personas. _ • • 5:2.- Sobré':.:Ia inexistencia de;1:efectos adversos significathips, obre renovables, incluidos elsuelo, agtiá:yáiré• id n lal,:eátáCkV.: calidad de 'Ilos:récursoS'itiáturales ,.• .••••••• • • . .••••• •"••• •••.•• • • Impacto ambiental Posible impacto ambiental sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire: Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SETA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. • No se presentan o determinan impactos significativos sobre los recursos naturales incluiros, el suelo, agua y aire, flora y fauna a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Dadas las características del Proyecto y la naturaleza del área de emplazamiento, las actividades llevadas a cabo por este no tendrán efectos sobre superficie del suelo susceptible de perderse o degradarse .por erosión, compactación o contaminación, o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. b) La superficie con plantas, animales silvestres y biota as, intervenida, algas, hongos, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerarla diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. 11 identificación de flora realizada en terreno los días 16 y 17 de diciembre de 2021, constato la ausencia de especies en categoría de conservación, además, se definió que dada las obras del Proyecto, no se requiere la aplicación de permisos ambientales sectoriales asociados a la corta de formación xerofíticas y/o bosque nativo Respecto de la flora presente en el área de influencia del Proyecto y según el Inventario Florístico presentado en el Anexo 2 de la Adenda y en la respuesta a la pregunta 1.5.- del Adenda, se fundamenta que no se identificaron elementos de flora con protección ambiental ni la conformación de bosque nativo, ni formaciones xerofíticas. En el área de influencia del Proyecto no existe superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y en general la biota, que pueda verse afectada por la ejecución del Proyecto dado que dichos valores ambientales presentan continuidad con las áreas no intervenidas por el Proyecto, es decir, las áreas intervenidas no presentan particularidades. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o

aire en relación con la condición de línea de base. El Proyecto no afectará las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo, permitiendo su capacidad de sustentar biodiversidad en forma ?parcial durante su operación, y en forma cabal tras la fase de cierre. En la Fase de Cierre se utilizará un descompactador sobre las superficies de suelos ocupadas por caminos del proyecto) el recurso no sufrirá cambios adversos importantes y sustanciales, por lo que podrá conservar su clase de capacidad de uso original al finalizar el Proyecto. d) La superación de los valores de las concentraciones • establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas,1se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. la naturaleza.

El lugar en que se emplaza el Proyecto, no existe biota susceptible de ser afectada, por otra parte, no se presenta superación de normas secundarias y el proyecto no generará emisiones significativas de ningún contaminante regulado a través de normas secundarias. En el Anexo V de la Adenda se indica la forma de cumplimiento de toda la normativa aplicable.

Independiente, de lo anterior, para todas las fases del Proyecto las emisiones de ruido, material particulado, gases y efluentes cumplirán con los límites establecidos por la normativa primaria vigente, sectoriales y de referencia, según corresponda. Así como, tampoco generará sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. El Proyecto no generará niveles de ruido significativos en ninguna de sus etapas, que puedan afectar el entorno, dando cumplimiento a la normativa ambiental aplicable (ver Anexo VI Estudio de ruido y vibración de la DIA), no esperándose efectos sobre la fauna terrestre del sector, la .que presenta un alto grado de antropización. Además, el área de Proyecto no está asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, según se desarrolla en el Anexo VIII Fauna Terrestre de la DIA y Anexo VII "Caracterización de Aves Crepusculares" de la Adenda. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. El manejo de residuos durante las diferentes Fases del Proyecto se realizará de acuerdo a la legislación vigente según lo que el titular se hará responsable del almacenamiento y despacho de residuos resultantes de la obra, según lo detallado en los PASM 140 y 142, contenido en el en el Anexo 5 de la DIA yen el punto 3.- de la Adenda g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenta hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de • o los niveles de aguas subterráneas superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. El Proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos , hidricos en el área de influencia del Proyecto Se realizará un muestreo aguas arriba de las obras para determinar la condición base de las aguas y una medición aguas abajo de las obras durante la construcción. Se estima que no existan cambios de consideración en la calidad de las aguas, por consiguiente, se espera como indicador de cumplimiento una variación de +/- un 30 % respecto de la condición de calidad aguas arriba. Además, se dará cumplimiento con la normativa de vida acuática y uso de riego establecida en la Norma Chilena N° 1.333 de 1978, que resulta una norma apropiada para el control de la calidad en la condición de base. El abastecimiento de agua durante todas las fases del Proyecto será por medio de terceros autorizados por la SEREMI de Salud. Tampoco se considera en ninguna de sus fases la descarga de efluentes al suelo o a cuerpos de agua receptores. Además, en el área de emplazamiento del Proyecto no existen vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. De igual manera, en el área del Proyecto no existen áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Finalmente, en el área del Proyecto no existen glaciares susceptibles de modificarse. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional. 5 3.-Sobre: la iriekiténeiddéeaseriWiáito de tá ni u riidátles h u iiiána s o á i.iétáaóri' á iiiiifidatiVI:'¿il: I OS r t iSte lila 1:dé _vida .y costumbres deku pos humanos Impacto ambiental ' No aplica Existencia de grupos humanos en el área de influencia Ninguna de las fases, partes, obras o acciones del proyecto genera reasentamiento de comunidades humanas. Reasentamiento de comunidades humanas Ninguna de las fases, partes, obras o acciones del proyecto genera reasentamiento de comunidades humanas. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SETA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. En cuanto al reasentamiento de comunidades humanas, la ejecución del proyecto no genera la necesidad de realizar un reasentamiento de grupos humanos toda vez que los terrenos en los que se emplazará no son ocupados por grupos o comunidades humanas. Es relevante además señalar que en las inmediaciones del embalse no existen casas particulares, negocios, actividades turísticas, de recreación o actividades productivas que interactúen de manera directa con el Proyecto. Se debe indicar además que el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como el uso medicinal, espiritual o cultural. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Dadas las características del Proyecto y las actuales dinámicas de uso de la red vial, no se prevé una afectación a la libre circulación, conectividad, ni al aumento de tiempos de traslados, en las distintas fases del Proyecto. El Proyecto (en todas sus Fases) no generará obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, en atención a lo siguiente: • Los trabajadores de las Fases de Construcción y Cierre se movilizarán a través de buses de acercamiento y los trabajadores de la fase de operación que realizarán actividades esporádicas de mantenimiento, para lo cual se requerirá de un máximo de 10 trabajadores y se contara con 3 trabajadores permanentes, que se movilizarán de manera ocasional hacia el Proyecto en camioneta, por lo que no se requerirá utilizar transporte público. • No se alterará la conectividad ya que no se contempla modificar rutas, ni accesos al transporte público ni se proyectan desvíos de tránsito ni cortes de caminos en ningún momento. • No se intervendrán áreas de circulación peatonal (como pasarelas peatonales, cruces peatonales, aceras, etc.). • No existirá aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. • Se mantendrá expedito el tránsito vehicular y peatonal por dónde circularán los vehículos asociados al Proyecto (en todas sus fases). c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. El Proyecto se ubicará en una zona rural con presencia de actividad antropológica donde predominan los sitios eriazos, actividad agrícola, industria e infraestructura eléctrica. Por lo tanto, las dimensiones demográfica y antropológica, no se verán afectadas por la implementación y operación del Proyecto. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. A partir de la información levantada en terreno, se puede señalar que, en el entorno asociado al depósito, no se identificaron ceremonias, ni celebraciones de carácter tradicional En el Anexo 14 de la DIA se concluye que no se dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos, ya que las festividades y conmemoraciones más importantes de la comuna de Pencahue, se realizan en localidades distantes al área de influencia del proyecto, la información anterior fue complementada en la pregunta 2.16.- de la Adenda Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. No existen grupos indígenas potencialmente afectados por el Proyecto 5.4.-:Sobre la inexistencia d'e:localizejón en o proxima a ¡Oblaciones, ,recur11#;i'V::áreal..pirotegidaSi sitios:prioritariol... para. la Éonjeryaciónhumedáles protegidól y :glaciares,:susceptibles ::de :ser: áfettadol;.:así: como el valor '.ánibiental:dei¡:territoridlen que:se':fireteiideieMplazar Impacto ambiental No aplica Existencia de poblaciones protegidas No existen poblaciones protegidas en el área de influencia del Proyecto Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental En el área de influencia del Proyecto no existen recursos ni áreas protegidas, ni sitios prioritarios para la conservación, ni humedales protegidos, ni glaciares ni zonas con valor ambiental. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SETA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. De acuerdo al análisis realizado en el Anexo 13 Estudio Medio Humano de la DIA, en el área de las obras del Proyecto no existe población protegida por leyes especiales; asimismo, el Proyecto no se emplaza en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o en territorios con valor ambiental. Por su parte, yen consideración a lo indicado en los puntos anteriores en cuanto a la acotada extensión y magnitud de la intervención del Proyecto, no se espera que recursos protegidos en forma oficial sean susceptibles de ser afectados. No afectará poblaciones protegidas por leyes especiales, ya que área del proyecto no existe población, comunidades ni tierras indígenas en atención a lo señalado por el reglamento. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. El Proyecto no afectará recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación o humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, dado que el sitio de emplazamiento no presenta ninguna de estas condiciones. 5:- Sobré la inexStencia:Ed1.' alteración . significativa, :::,¿turístico dlltitiálóhá.:;T:

' érilérmino1::Cle :madrii-tii: dirraCióri, deIvalór paMjístico o Impacto ambiental No aplica Existencia de valor turístico El proyecto se desarrolla en el interior del predio, cuyo lugar no presenta valor paisajístico. Existencia de valor paisajístico El proyecto se desarrolla en el interior del predio, cuyo lugar no presenta valor paisajístico. De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SETA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. En el lugar de emplazamiento del Proyecto no existen áreas que hayan sido declaradas como Zonas y Centros de Interés Turístico según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº1.224 de 1975 del Ministerio de Hacienda yen su Reglamento fijado por el Decreto Supremo N9515 de 1977, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o se encuentren en proceso de declaración de Zonas y Centros de Interés Turístico de acuerdo a la Ley 20.423 b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. El sitio de emplazamiento se encuentra en un predio privado de tal forma que no es objeto de ningún tipo de visualización paisajística por terceros ajenos al mismo La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. No se identifican efectos ambientales significativos durante la construcción y operación, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. ill56.- Sdlátéla ineXiItendia:dltéráCiór)0, Móriiii-neritó;:.titjól CoryValór áratbpOlnic0,:«Oueólóáb:,: hiltlko y, étli:: general, los ,1:!er4enecieiites al páÜimónió -eirliural Impacto ambiental No se identifican elementos del patrimonio cultural potencialmente impactados por el Próyecto Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En el área del Proyecto no se identifican elementos pertenecientes al patrimonio cultural, ni manifestaciones culturales en el sector. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SETA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Como resultado de la caracterización de Patrimonio Cultural y Arqueológico del Anexo XIV de la DIA y la revisión bibliográfica se da cuenta de la existencia de sitios arqueológicos a aproximadamente 4.3 km del Al del Proyecto.

Por otra parte, la inspección arqueológica del Al del proyecto, mediante la prospección pedestre in situ, permite concluir que: • Se prospectó el 98% del Al del Proyecto, restando los últimos 200 m de la Servidumbre de la LAT. Cabe señalar que dicha servidumbre se encuentra al interior de las instalaciones de la Subestación existente, en un área actualmente intervenida. • Las prospecciones pedestres realizadas el 21 de noviembre y el 30 de diciembre de 2021, no reportan evidencias de hallazgos arqueológicos y patrimoniales en el Al del proyecto. En virtud de los resultados de la inspección arqueológica Anexo XIV b) La magnitud en que se modifique o Caracterización Patrimonio Cultural y Arqueológico de la DIA, se deteriore en forma permanente concluye que el Proyecto no modificará o deteriorará en forma construcciones, lugares o sitios que por sus permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, antigüedad, por su valor científico, por su por su contexto histórico o por su singularidad, pertenece al contexto histórico o por su singularidad, patrimonio cultural, ya que, no se registraron elementos de carácter pertenecen al patrimonio cultural, incluido el mueble constitutivos o hallazgos arqueológicos tales como restos patrimonio cultural indígena. líticos o cerámicos (sensu Guía CMN 2020: 4-6 y Ley 17.288 de Monumentos Nacionales). No se afectarán lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore, en los c) La afectación a lugares o sitios en que se términos indicados por el Reglamento. lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, El Proyecto está localizado al interior del predio del titular, y en este comunidad o grupo humano, derivada de la no existen manifestaciones propias de la cultura local, religiosa, proximidad y naturaleza de las partes, obras folclore, asociado a poblaciones cercanas o indígenas. El detalle del y/o acciones del proyecto o actividad, análisis se encuentra en el Anexo 5 Arqueología y Patrimonial de la considerando especialmente a los grupos Adenda humanos indígenas. En caso de encontrar algún hallazgo de tipo arqueológico, se dará cumplimiento a la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL 1Mo aplican permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental al proyecto. 6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Los permisos ambientales sectoriales PAS mixtos aplicables al proyecto son los siguientes: 6 2 1.--:PAS 138 Perrñiso par lá - Corátrucciónz.:reparaciók. ---naturaleza segun se establece particular destinada a::la evacüacion,-tratamiento -o.disposicion rnódificaeión- y árriOli?Ción:de Cual-C.011er •obi-a.:::bública'-oP., final:de desaguesaguas servidas de cualquieu: en el articulo 138 del3eglamento del SETA Fase del Proyecto a la cual corresponde. Construcción, operación Parte, obra o acción a la que aplica. Sistema de alcantarillado particular, que considera una fosa séptica y dren de absorción Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento es consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 5 de la DIA y en el punto 3.- de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 1097 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la SEREMI de Salud, Región del Maule de fecha 01 de julio del 2022 .j1p1A$Oó Pérmisp:oárolaitórittoceióriinpáraeión, tridelifiCáción.Mélnpliálkle Cullbuier 000 dé trátártiieritóI ,,.6i22. de blsuras:Y:.desperclOps de 'elipkjuier:Oasa o par?'ilá:InstalaCión de tó4:;:lugai'::destinacio:?:la acLiMúlación selección, industrialización , coreCió, ¿:dilóliCióri .

y g _. "establece-enei artículo del ReÉlaMetlOÍSEik

: iál:de bááiOs dospoidicios:té cuáiciiée.tiáé:sé... n se Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sitio de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios, residuos industriales no peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 5 de la DIA y en el punto 3.- de la Adenda Pronunciamiento competente del órgano Ordinario 1097 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la SEREMI de Salud, Región del Maule de fecha 01 de julio del 2022 6. 3::- ::PAS 142 tlerrniSI:i:Wa todo. 1.1.tió'deltinado ¿n!riesg6la:SaluddeJe población, - .

en-que él:a(rriacenriniento dereSicliolz:enqn -al alinatehartiien'to'de.OSithins.pellrósoS;0V0equíSito ccináiáte :; liti:iiiáfecte.la:cálidadde':IpsagyáSj:suelly.,.pírkque;p0eda ponél según según establece en él-ártículo 142 delReglarrientodél'SÉIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se proyecta bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 5 de la DIA y en el punto 3.- de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 1097 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la SEREMI de Salud, Región del Maule de fecha 01 de julio del 2022 !'!'6:2.4:-.M 149 périnilo palá: lá corté .a d plarlaciones en :ter dé aptiOlpréférentemente:toreStal, ciliya co o .

, ,.. . . :. las señalas ená eXplotación sea necesaria,ppi-a•la ejecucion de cualquier: prOyeéto oiaaiVidad•dé 0 -.artículo 3 -: .. del Reglarnehto, según se establece'eflél.artículdI49 del Régiamento:del SEIA.:i Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica La actividad de corta de plantaciones en terrenos de aptitud forestal se realizará mediante el método de tala rasa y tiene como objetivo lo siguiente: • Habilitar sectores para mejorar el diseño del camino existentes para el tránsito de vehículos desde el acceso al Proyecto (Acceso al predio privado ROL 617-11) hasta la futura Subestación, correspondiendo a las áreas C2, C3, C4 y C5 identificadas en la planimetría del Proyecto • Implementar una faja de seguridad para la Línea eléctrica contemplada en el Proyecto, correspondiendo esto para las áreas C1 y C6 identificadas en la planimetría del Proyecto En total el permiso se requiere para la corta de 0,29 ha. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento competente del órgano Ordinario 62-EA/2022 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de CONAF Región del Maule de fecha 11 de octubre del 2022 rr6.2.5.49.ÁS:.156 PértniSo parkefectuartnódifieátión de.daueesegún,seestablete eh el artíCulo.156,!dellReglátiento.dél , . ..„.... Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación de camino de acceso al Proyecto, incorporando Baden flujo permanente y Alcantarilla tipo cajón de hormigón Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación para sus aguas. El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 2354 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de DGA Región del Maule de fecha 6 de octubre del 2022 6. .6.PAS.160 Permiso. para subdividir.y urbanizarterrenósrurales o 0-01á ConItileOljneSfiiera de:101 IírniteSiirbáritiS:;¡: según se:estáblece eniél artícul& 160 del ..Reglamenta del SETA.;' - Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto "Subestación Eléctrica LNRG2 23/66 kv" se localiza en la Región del Maule, Provincia de Curicó, Comuna de Molina, al interior del Rol 617-11, Resto del predio rústico denominado Santa Teresa de Itahue, con acceso por la Ruta 5 Sur, sector Itahue Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento degradación del recurso natural suelo El detalle de los antecedentes se encuentra en la Carpeta PAS 160 del Anexo 5 de la DIA Ordinario 248 Oficio pronunciamiento conforme sobre DIA de SEREMI Vivienda y Urbanismo Región del Maule de fecha 11 de marzo del 2022 Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 1284 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de SAG Región del Maule de fecha 12 de octubre del 2022 Ordinario 329 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda Complementaria de SEREMI de Agricultura Región del Maule de fecha 13 de octubre del 2022 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1.- Constitución Política de la República de Chile COMPONENTE O MATERIA Medio Ambiente NORMA Constitución Política de la República de Chile. El ejercicio del derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación está regulado por las disposiciones de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo N°40/13 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley 20.417. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El ejercicio del derecho del Titular a desarrollar cualquiera actividad económica, establecido en el Artículo 19, N2 21, de la Constitución Política, debe respetar las normas legales que la regulen. Por su parte, el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales, que le asiste al titular, consagrado en el Artículo 19 N2 24 de la Constitución Política, impone limitaciones y obligaciones que derivan de su función social, dentro de las que se comprende la conservación del patrimonio ambiental. • FORMA DE CUMPLIMIENTO Se dará pleno cumplimiento al Artículo 19 N2 8, de la Constitución Política de la República, con el ingreso del presente Proyecto al SETA y con el compromiso por parte del Titular de respetar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, lo que se manifiesta en el apego de su actividad a las normas contenidas en el presente Anexo, que contiene la normativa ambiental aplicable al proyecto. Los alcances, compromisos y desarrollo del proceso de evaluación ambiental quedarán plasmados en la Resolución de Calificación Ambiental que servirá de título para la ejecución del Proyecto. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto.' • Informes de seguimiento ambiental periódicos remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, de conformidad a los compromisos asumidos durante la evaluación de impacto ambiental y a las instrucciones generales emitidas por dicha Superintendencia. '.. • Resoluciones que otorguen los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Proceso de evaluación ambiental en la página del Proyecto en el SETA. 7.2.- Ley N2 19.300 y su modificación Ley N220.470 COMPONENTE O MATERIA Medio Ambiente NORMA Ley N2 19.300 y su modificación Ley N220.470, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo N°40/2013 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ley N°20.417/2010 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Crea el Ministerio, el Servicio de Evalución Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley N2 19.300, los proyectos o actividades que se listan en su Artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.

FORMA DE CUMPLIMIENTO El Titular del presente Proyecto da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N2 19.300, mediante el ingreso del presente proyecto al SETA, a través de una DIA, dado que el Proyecto no presenta alguno de los efectos, características o circunstancias descritas en el Artículo 11 de la Ley, tal como se detalla y concluye en el Capítulo 2 de la DIA yen el Anexo VIII de la Adenda. Por otro lado, en Capítulo 5 de la DIA se describe la forma en que el Proyecto se relaciona con las políticas, planes y programas de desarrollo regional, y con los planes de desarrollo comunal vigentes en el área de influencia del Proyecto, respectivamente. Asimismo, en el capítulo 5 de la DIA, se acredita la compatibilidad territorial del presente Proyecto, con los usos de suelo de establecidos para la zona. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto. Informes de seguimiento ambiental periódicos remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, de conformidad a los compromisos asumidos durante la evaluación de impacto ambiental y a las instrucciones generales emitidas por dicha Superintendencia. Resoluciones que otorguen los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, que aprueba ambientalmente el Proyecto, para lo cual se debe dar pleno cumplimiento a las exigencias establecidas en esta Ley, permitiendo al Estado su fiscalización 7.3.- Decreto Supremo N2 40 de 2012 COMPONENTE O MATERIA Medio Ambiente NORMA Decreto Supremo N2 40 de 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Ministerio del Medio Ambiente. El Artículo 3 letra B) prescribe que deberán someterse al SETA, las Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley 20.417. Ley N°20.417/2010 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto contempla la ejecución de las siguientes obras y actividades, incluidas en la letra b) del Artículo 3 de este Decreto Supremo: b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones FORMA DE CUMPLIMIENTO Se da cumplimiento a este Reglamento, mediante el ingreso del presente Proyecto al SETA -a través de este documento- en la forma de una DIA. Por su parte, se presentan en el Capítulo 2 de la DIA y complementariamente en el Anexo VIII de la Adenda, los antecedentes que permiten concluir respecto a la inexistencia de los efectos, características o circunstancias descritas en los Artículos 5, 6, 8, 9 y 10 del RSEIA, que aclaran y desagregan los criterios del Artículo 11 de la Ley, y en consecuencia la pertinencia de presentar una DIA. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto o,' Informes de seguimiento ambiental periódicos remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, de conformidad a los compromisos asumidos durante la evaluación de impacto ambiental y a las instrucciones generales emitidas por dicha Superintendencia • Resoluciones que otorguen los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto. FORMA DE CONTROL Y • Proceso de evaluación ambiental en la página del Proyecto en el SETA y SEGUIMIENTO específicamente la obtención de la RCA 7.4.- Ley General de Urbanismo y Construcción COMPONENTE/MATERIA Ordenamiento Territorial y Construcciones NORMA Ley General de Urbanismo y Construcción Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Artículo 55, Ley General de Urbanismo y Construcción FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción PARTE, OBRA, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Las obras temporales (instalación de faenas) y permanentes del Proyecto requerirán el permiso favorable de construcción a ser tramitado en la Dirección de Obras Municipales de Molina. FORMA DE CUMPLIMIENTO Para las construcciones temporales y permanentes proyectadas en el área rural, se solicitará el permiso ambiental sectorial correspondiente, establecido en el Artículo N° 160 del RSEIA, cuyos antecedentes se incorporan en el Anexo V de la DIA. INDICÁDOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMENTO • Obtención de la aprobación ambiental del PAS 160 del D.S. N° 40/2012 MMA, mediante RCA. • Obtención de Informe Favorable para la Construcción (IFC) de la SEREMI de Agricultura. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Los antecedentes de tramitación sectorial del PAS 160, se enviaran a la Superintendencia de Medio Ambiente SMA 7.5.- Ley General de Urbanismo y Construcción COMPONENTE/MATERIA Ordenamiento Territorial y Construcciones NORMA Ley General de Urbanismo y Construcción OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Artículo 116, Ley General de Urbanismo y Construcción FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción PARTE, OBRA, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Las obras temporales (instalación de faenas) y permanentes del Proyecto requerirán de permiso de obras previas y permiso de edificación. FORMA DE CUMPLIMIENTO Solicitud de permiso de obras previas y permiso de edificación ante la DOM. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMENTO • Permiso de edificación • Los antecedentes que evidencien la solicitud permiso de obras previas, permiso de edificación FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Los antecedentes que evidencien la solicitud permiso de obras previas, permiso de edificación 7.6.- Ley General de Urbanismo y Construcción COMPONENTE/MATERIA Ordenamiento Territorial y Construcciones NORMA Ley General de Urbanismo y Construcción El Artículo N" 145, por su parte, señala que ninguna obra podrá ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva parcial o total. Los inmuebles construidos o que se construyan, según los permisos municipales, para viviendas no podrán ser destinados a otros fines, a menos que la municipalidad respectiva autorice el cambio de destino y el propietario obtenga la aprobación de los planos y pague el valor de los permisos correspondientes, cuando procediere. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Artículo 145, Ley General de Urbanismo y Construcción FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción PARTE, OBRA, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Las obras temporales (instalación de faenas) y permanentes del Proyecto requerirán de la recepción definitiva de obras. FORMA DE CUMPLIMIENTO Documento que acredite la recepción definitiva de obras. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMENTO Recepción definitiva de obras. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Antecedentes que evidencian la solicitud de recepción definitiva de obras. 7.7.- Decreto Supremo N° 47 de 1992 (modificado por Decreto Supremo N° 56 de 1909), Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones COMPONENTE O MATERIA Ordenamiento Territorial y Construcciones NORMA Decreto Supremo N° 47 de 1992 (modificado por Decreto Supremo N° 56 de 1909), Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. OTROS CUERPOS LEGALE ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Las partes y acciones que constituyen el Proyecto se emplazarán en el área rural de la comuna de Molina, fuera del límite urbano vigente definido para la localidad de Molina. Debido a ello, requerirán el informe favorable señalado en el artículo 2.1.19 de la OGUC. FORMA DE CUMPLIMIENTO Para las construcciones proyectadas en el área rural, se solicitará el permiso ambiental sectorial correspondiente, establecido en el Artículo N° 160 del RSEIA, cuyos antecedentes se incorporan en el Anexo V de la DIA. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Obtención de la aprobación ambiental del PAS 160 del D.S. N° 40/2012 MMA, mediante RCA. • Obtención de Informe Favorable para la Construcción (IFC) de la SEREMI de Agricultura. • Permiso de obras previas. • Permiso de edificación. • Recepción definitiva de obras. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO o Los antecedentes del PAS160, se encontrarán disponibles en la página del e-SETA para revisión de la Autoridad. o Los antecedentes que evidencien la solicitud permiso de obras previas, permiso de edificación y recepción definitiva de obras. 7.8.- D.S. N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo COMPONENTE/MATERIA Institucionalidad vigente NORMA D.S. N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija Nuevo Texto de La Ordenanza General de La Ley General De Urbanismo y Construcciones. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS D.F.L. N° 458/1976. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA Construcción, operación y cierre PARTE, OBRA O ACCIÓN A LA QUE APLICA Artículo 4.14.2.- Los establecimientos industriales o de bodegaje serán calificados caso a caso por el Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva, en consideración a los riesgos que su funcionamiento pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad. Aplicación por tanto a Todas las Obras del Proyecto. En relación al presente cuerpo legal (Ad 55) y para efectos de ejecutar este Proyecto, se requiere la obtención del Permiso Ambiental Sectorial 160 del D.S. N" 40/2012 MMA FORMA DE sobre "Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera CUMPLIMIENTO de los límites urbanos", ya que se requiere de Instalaciones de faena y bodegas en suelo de uso agrícola. Para mayores antecedentes ver PAS 160 incorporado en Anexo V de la DIA • Obtención de la aprobación ambiental del PAS 160 del D.S. N° 40/2012 MMA, mediante RCA. • Obtención de Informe Favorable para la Construcción (IFC) de la SEREMI de INDICADORES DE Agricultura. CUMPLIMIENTO • Permiso de obras previas. • Permiso de edificación. • Recepción definitiva de obras. • Los antecedentes del PAS160, se encontrarán disponibles en la página del e-SETA para FORMA DE CONTROL Y revisión de la Autoridad. SEGUIMIENTO • Los antecedentes que evidencien la solicitud permiso de obras previas, permiso de edificación y recepción definitiva de obras. 7.9.- Decreto Supremo Nº 144 de 1961 COMPONENTE/MATERIA Emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza NORMA Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 15 de mayo de 1961, Ministerio de Salud. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo Nº54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece las normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica. Decreto Supremo Nº55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece las normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, • EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante la fase de construcción, se ejecutarán actividades que generarán emisiones atmosféricas, tal como escarpe, excavaciones, carga y descarga de material, circulación de vehículos por caminos no pavimentadas, uso de maquinaria pesada, entre otras. Durante la Fase de Operación, se prevé un bajo aporte de emisiones, asociadas principalmente al tránsito de vehículos dúrante las actividades de inspección FORMA DE CUMPLIMIENTO Para controlar la emisión de gases, durante la ejecución de todas las fases del Proyecto, los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto será exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. En cuanto a las medidas tendientes a minimizar la emisión de material particulado, durante la fase de construcción se realizará aplicación de bischofita en caminos internos no pavimentados. Además, durante todas las fases se controlará la velocidad máxima de circulación y se exigirá a los contratistas la cobertura del material tendiente a producir polvo. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO Revisión técnica y gases de vehículos que transporten materiales y personas. Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaraciones de emisiones. 7.10.- Decreto Supremo Nº 75 de 1987 COMPONENTE O MATERIA Emisiones de Polvo NORMA Decreto Supremo Nº 75 de 1987, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. Este cuerpo reglamentario señala en su artículo 2° que los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna Así también indica que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, entre otros, deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Nº 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante la fase de construcción del Proyecto, existirá tránsito de vehículos que transportarán materiales con las características que señala el presente Decreto. FORMA DE CUMPLIMIENTO El Proyecto exigirá que el transporte de ciertos materiales por zonas urbanas se efectúe con la sección de carga del vehículo cubierta con lona, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de inspecciones a vehículos de carga, realizadas por parte del personal encargado. • Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de carga de material que realizarán contratistas, exigiendo cumplimiento estricto de este cuerpo reglamentario • Registro fotográfico que dé cuenta del estado de los camiones a la entrada y salida del proyecto. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaraciones de emisiones 7.11.- Decreto Supremo Nº 4 de 1994 COMPONENTE O MATERIA Emisiones de contaminantes emanadas de los vehículos motorizados NORMA Decreto Supremo Nº 4 de 1994, del Ministerio de transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo Nº211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Decreto Supremo Nº 4 de 1994, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Los años de uso del vehículo se contabilizarán como la diferencia entre el año en que se efectúa el control y el año de fabricación del vehículo, más una unidad. FORMA DE CUMPLIMIENTO Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados y livianos, que se sometan a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Las copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica al día. • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. • Copias de la documentación relativa a permiso de circulación y revisión técnica se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. FORMA DE CONTROL'Y SEGUIMIENTO Registro y revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. 7.12.- Decreto Supremo Nº 54 de 1994 COMPONENTE O MATERIA Aire NORMA Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados medianos OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo Nº55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece las normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto considera la utilización de maquinaria y vehículos motorizados medianos durante todas sus fases. FORMA DE CUMPLIMIENTO Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados medianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Las copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica al día. • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. • Copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaraciones de emisiones. 7.13.- Decreto Supremo Nº 55 de 1994 COMPONENTE O MATERIA Aire NORMA Decreto Supremo N9 55 de 1994, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Res. Ex. 2113/2004 FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Se estima que el Proyecto requerirá el uso de vehículos con las características señaladas anteriormente, durante su fase de construcción. FORMA DE CUMPLIMIENTO Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Las copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica al día. • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. • Copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Registro y revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. 7.14.- Decreto Supremo N° 211 de 1991 COMPONENTE/MATERIA Emisiones de contaminantes emanados de los vehículos motorizados NORMA Decreto Supremo N° 211 de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Define norma de emisión para vehículos motorizados livianos OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo N°4/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a Vehículos Motorizados. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto considera la utilización de maquinaria y vehículos motorizados livianos durante todas sus fases. FORMA DE CUMPLIMIENTO Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Las copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica al día. • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de mantenciones periódicas por parte del personal encargado. • Copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección dentro de los vehículos. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Registro y revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día. 7.15.- Decreto Supremo N2 138/2005 COMPOI9ENTE O MATERIA Emisiones atmosféricas NORMA'' Decreto Supremo Nº 138/2005 del Ministerio de Salud Establece obligación de declarar emisiones que indica OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto 90/11 del Ministerio de Salud que Modificación Decreto N°138/2005 que Establece la Obligación de Declarar Emisiones que Indica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, operación y cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto contempla la utilización de grupos electrógenos durante las distintas fases del Proyecto, los que serán declarados conforme la normativa ambiental. Es aplicable al generador de 30 KVA. FORMA DE CUMPLIMIENTO Se cumplirá con la obligación de declaración emanada de este decreto respecto de los generadores, a través de la plataforma de ventanilla única del RETC. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Se realizará la declaración de emisiones pertinentes, y se mantendrá actualizado el sistema RETC. • Se mantendrá un registro en que consten los certificados de la declaración de emisiones en el sistema RETC. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Comprobante de la ventanilla única Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente . 7.16.- D.S N°1/2013 COMPONENTE O MATERIA Emisiones, residuos y transferencia de contaminantes NORMA D.S N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, modificado y actualizado de acuerdo con el D.S. N°31/2017 y la Resolución Exenta N°144/2020, OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto generará emisiones y residuos durante todas sus fases y principalmente durante las fases de construcción y cierre, asociado a la construcción de las obras y su posterior retiro. FORMA DE CUMPLIMIENTO • Se declararán las emisiones a través del sistema de declaraciones de ventanilla única del RETC, utilizando Clave Única y se entregarán los antecedentes de las fuentes fijas de emisión • El titular declarará anualmente sus residuos generados a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC • Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Comprobante de ingreso de declaración de emisiones al RETC. - Comprobante de ingreso de declaración de residuos al RETC. • Registro de declaración jurada. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Verificación de registros de las declaraciones en el Sistema de Ventanilla Única RETC. 7.17.- D.S N°31/2018 COMPONENTE O MATERIA Emisiones, residuos y transferencia de contaminantes NORMA D.S N°31/2018 del Ministerio de Medio Ambiente que modifica Decreto Supremo N2 1 de 2013, Aprueba reglamento del Registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS • Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley 20.417 • Resolución Exenta N°844/2012 MMA, Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las condiciones, compromisos y medias establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental • Resolución Exenta N°1518/2014 MMA. Fija texte Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N°574 Exenta de 2012 • Resolución N°276/2013 MMA, Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el procedimiento de Fiscalización Ambiental de normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Conforme al Capítulo 1.- "Descripción de Proyecto", se generarán residuos que deberán ser informados por el Titular, mediante el portal electrónico del RETC. FORMA DE CUMPLIMIENTO El titular dará cumplimiento a su obligación de informar sus emisiones, residuos y descargas mediante el portal electrónico del RETC. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Declaración de generación de residuos realizada a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC. • Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Registros de las declaraciones en el Sistema de Ventanilla Única RETC. 7.18.- Decreto Supremo Nº 38 de 2011 COMPONENTE O MATERIA Ruidos molestos generados por fuentes fijas NORMA Decreto Supremo N2 38 de 2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Ministerio del Medio Ambiente. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo N°594/2000 del MINSAL. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA En la fase de construcción del Proyecto, se generarán emisiones de ruido asociadas principalmente al uso de maquinaria pesada para el movimiento de tierra y de materiales, al funcionamiento de equipos y a la manipulación de materiales. En la Fase de Cierre, se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones de ruido sean de igual o menor magnitud que la fase de construcción. FORMA DE CUMPLIMIENTO Los resultados de las modelaciones de ruido se compararon con los niveles máximos permitidos en esta norma, verificándose de esta forma que los niveles de ruido alcanzados en los receptores sensibles cumplirán con los máximos establecidos para zonas rurales, por lo cual no se implementarán medidas de abatimiento ni control para estas emisiones más allá de las que se incorporan como parte del diseño del Proyecto. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Estudio de impacto acústico que acredita el cumplimiento del Proyecto respecto a los receptores sensibles. • Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Registro de reclamos. 7.19.- Lev 20.920 COMPONENTE O MATERIA Residuos Sólidos NORMA Ley 20.920, Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Compartida del Productor y Fomento al Reciclaje, Ministerio del Medio Ambiente. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto con Fuerza de Ley N°1/1990 del Ministerio de Salud, Determina Materias que requieren autorización sanitaria expresa Decreto 148/2004 del Ministerio de Salud, Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes RETC. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El proyecto generará residuos sólidos durante todas sus fases FORMA DE CUMPLIMIENTO Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en los frentes de trabajo. Periódicamente (una a tres veces por semana, dependiendo de la acumulación) serán retirados y trasladados a la bodega RSINP. En la Instalación de Faenas, dentro de la misma bodega RSINP, se separarán los residuos sólidos que tengan potencial de ser reciclados INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto del retiro de los residuos por parte del gestor de residuos autorizado. • Autorización sanitaria del transportista autorizado. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes. 7.20.- D.S N°1/2013 COMPONENTE O MATERIA Emisiones, residuos y transferencia de contaminantes NORMA D.S N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, modificado y actualizado de acuerdo con el D.S. N°31/2017 y la Resolución Exenta N°144/2020, ambos del Ministerio del Medio Ambiente. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto generará emisiones y residuos durante todas sus fases y principalmente durante las fases de construcción y cierre, asociado a la construcción de las obras y su posterior retiro. FORMA DE CUMPLIMIENTO • Se declararán las emisiones a través del sistema de declaraciones de ventanilla única del RETC, utilizando Clave Única y se entregarán los antecedentes de las fuentes fijas de emisión. • El titular declarará anualmente sus residuos generados a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC. • Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Comprobante de ingreso de declaración de emisiones al RETC. • Comprobante de ingreso de declaración de residuos al RETC. • Registro de declaración jurada. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Verificación de registros de las declaraciones en el Sistema de Ventanilla Única RETC. 7.21.- Ley 20.879 COMPONENTE O MATERIA Residuos NORMA Ley 20.879 del 2015 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que "Sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos". OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, operación y cierre. PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Generación de residuos asimilable a domésticos, tales como envases de alimentos, restos de comida, entre otros FORMA DE CUMPLIMIENTO Los residuos asimilables a domésticos que no puedan ser reciclados serán transportados y depositados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región del Maule a un sitio de disposición final autorizado. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Registros de disposición final • Resolución de la empresa autorizada 7.22.- Decreto Supremo Nº 43 de 2015 COMPONENTE O MATERIA Sustancias Peligrosas NORMA Decreto Supremo Nº 43 de 2015, Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, Ministerio de Salud. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS. Decreto Supremo N°594/00 Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. NCh. Nº2.190/2003, oficializada por D.S. Nº90/1993 Instituto Nacional de Normalización. Transporte de Sustancias Peligrosas: Distintivos para identificar riesgos. FASE DEL PROYECTO A • LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CÚMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante las Fases de Construcción y Operación del Proyecto, se utilizarán sustancias peligrosas

FORMA DE CUMPLIMIENTO Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirán de sustancias peligrosas las cuales serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes, las que se almacenarán en lugares especiales con acceso controlado de acuerdo con su cantidad, clase y división de peligrosidad (según NCh382:2013), en envases debidamente etiquetados que impidan las pérdidas de contenido, de un material químicamente compatible con la sustancia, de difícil ruptura y que minimice eventuales accidentes. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa. • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de las sustancias peligrosas almacenadas durante la fase de construcción del Proyecto. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Mantener los productos etiquetados y con sus hojas de seguridad correspondientes • Registro de cantidad de productos almacenados • Registro de mantenimiento de los equipos de extinción de incendios 7.23.- Decreto Supremo Nº 43 de 2015 COMPONENTE/MATERIA Sustancias Peligrosas NORMA Decreto Supremo Nº 43 de 2015, Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, Ministerio de Salud. Este Reglamento establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo N°594/00 Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. NCh. N92.190/2003, oficializada por D.S. Nº90/1993 Instituto Nacional de Normalización. Transporte de Sustancias Peligrosas: Distintivos para identificar riesgos. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante la fase de construcción se utilizarán sustancias peligrosas que corresponderán a: lubricante WD40 en spray, espuma sellante, grasas y lubricantes, por lo que se considera una Bodega de Sustancias Peligrosa's de 9 m3 i FORMA DE CUMPLIMIENTO Art. 19. El almacenamiento de las sustancias se realizará de acuerdo con sus compatibilidades, en la bodega de almacenamiento de la instalación de faenas. Cabe señalar que las cantidades de almacenamiento no superan los 600 kg o litros, por lo que el almacenamiento se realizará en estanterías de material liso no absorbente. Art. 20. No se almacenarán sustancias peligrosas incompatibles y se cumplirá con las cantidades máximas de almacenamiento expuestas en la tabla del art. 29 del Decreto. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de las sustancias peligrosas almacenadas durante la fase de construcción del Proyecto • Se mantendrá hoja de seguridad de las Sustancias Peligrosas almacenadas • Se hará entrega de EPP • Presencia de extintores en buen estado • Sistema de control de derrames FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Mantener los productos etiquetados y con sus hojas de seguridad correspondientes • Registro de cantidad de productos almacenados • Registro de mantenimiento de los equipoS' de extinción de incendios 7.24.- Decreto Supremo Nº 148 de 2003 COMPONENTE/MATERIA Residuos Peligrosos NORMA Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, Ministerio de Salud. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante las fases del Proyecto se generarán residuos peligrosos tales como restos de aceites, grasas y lubricantes usados, tambores de pintura vacíos, brochas, trapos, guaipes o EPP contaminadas con pintura o hidrocarburos, principalmente. FORMA DE CUMPLIMIENTO Estos residuos serán almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, la cual cumplirá con las exigencias establecidas en el D.S. N° 148/03 del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Los residuos almacenados no podrán acopiarse por un plazo mayor que 6 meses. El retiro y traslado de ellos estará a cargo de una empresa con autorización sanitaria, al igual que el lugar de disposición final. En el Anexo V de la DIA se presentan los requisitos técnicos y formales para solicitar el Permiso Ambiental Sectorial Mixto del artículo 142 del RSEIA (PAS 142), aplicable a la Bodega para almacenamiento temporal de RESPEL. Los retiros de estos residuos serán informados a través del Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), en conformidad a lo establecido en el artículo 30 del D.S. N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETO INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Obtención del permiso ambiental sectorial del Artículo N° 142 RSEIA • Aprobación del proyecto y autorización de funcionamiento de la bodega de almacenamiento transitorio de Residuos Peligrosos • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de la entrada y salida de los residuos peligrosos a la bodega de almacenamiento transitorio • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto del retiro de los residuos por parte del transportista autorizado • Autorización sanitaria del transportista autorizado • Declaración de residuos realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Verificación de las condiciones de la bodega y registro de transporte y disposición final en sitio autorizado. 7.25.- Decreto con Fuerza de Le N° 725 de 1967 COMPONENTE/MATERIA Agua potable NORMA Decreto con Fuerza de Ley N" 725 de 1967, Código Sanitario, Ministerio de Salud El Artículo 71 letra a) dispone que corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua potable de una población. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Todas las fases del Proyecto PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante todas sus fases, el Proyecto requerirá abastecer a sus trabajadores de agua potable en las condiciones establecidas en la presente norma. Durante la fase de construcción, operación y cierre, el agua potable para beber será proporcionada mediante bidones de 20 litros sellados, etiquetados y embotellados por una empresa proveedora autorizada. Adicionalmente, se contará con un estanque para la acumulación de agua potable y cuyo Proyecto deberá contar con la aprobación sectorial de Seremi de Salud para la provisión de agua mediante camiones aljibe, contenida en el D.S. N° 41 del ario 2018, cuerpo legal que tiene como objetivo regular las condiciones en que se efectúa la distribución de agua potable mediante el uso de camiones aljibe, a fin de garantizar el suministro de un producto inocuo y potable. Se mantendrá en la subestación un registro del abastecimiento de agua en caso de fiscalizaciones.

FORMA DE CUMPLIMIENTO El agua potable será suministrada por empresas que cuenten con la debida autorización para estos efectos INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • El agua potable será suministrada por empresas que cuenten con la debida autorización para estos efectos FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Registro de compra de agua potable en empresa autorizada 7.26.- Decreto Supremo, N9 594 de 1999 COMPONENTE O MATERIA Agua potable NORMA Decreto Supremo N2 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O Durante todas sus fases, el Proyecto reqúerirá abastecer a sus trabajadores de agua potable en las condiciones establecidas en la presente norma. SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante la fase de construcción, operación y cierre, el agua potable para beber será proporcionada mediante bidones de 20 litros sellados, etiquetados y embotellados por una empresa proveedora autorizada. Adicionalmente, se contará con un estanque para la acumulación de agua potable y cuyo Proyecto deberá contar con la aprobación sectorial de Seremi de Salud para la provisión de agua mediante camiones aljibe, contenida en el D.S. N° 41 del año 2018, cuerpo legal que tiene como objetivo regular las condiciones en que se efectúa la distribución de agua potable mediante el uso de camiones aljibe, a fin de garantizar el suministro de un producto inocuo y potable. Se mantendrá en la subestación un registro del abastecimiento de agua en caso de fiscalizaciones. FORMA DE CUMPLIMIENTO Durante todas las fases, se abastecerá con a lo menos 150 1/día de agua potable por trabajador. Además, el agua potable suministrada cumplirá con los requisitos establecidos en la NCh 409/1 Of 2005 y sus modificaciones y con el Decreto Supremo N° 735/69 del Ministerio de Salud, Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO Presentación de la copia de autorizaciones sanitarias de las empresas abastecedoras. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Registro de compra de agua potable en empresa autorizada. 7.27.- Decreto Supremo Nº 446 de 2006 COMPONENTE O MATERIA Agua potable NORMA Decreto Supremo Nº 446 de 2006, Declara Normas Oficiales de la República de Chile, Ministerio de Salud. La presente norma establece como norma oficial de la República de Chile la Norma Chilena 409/1. Of 2005, Calidad de agua para Uso Potable, la cual a su vez establece los requerimientos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable para consumo humano y para bebida de animales. La norma se aplica al agua potable proveniente de cualquier sistema de abastecimiento. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante todas sus fases, el Proyecto requerirá abastecer a sus trabajadores de agua potable en las condiciones establecidas en la presente norma. Durante todas sus fases, el Proyecto requerirá abastecer a sus trabajadores de agua potable en las condiciones establecidas en la presente norma. Durante la fase de construcción, operación y cierre, el agua potable para beber será proporcionada mediante bidones de 20 litros sellados, etiquetados y embotellados por una empresa proveedora autorizada. Adicionalmente, se contará con un estanque para la acumulación de agua potable y cuyo Proyecto deberá contar con la aprobación sectorial de Seremi de Salud para la provisión de agua mediante camiones aljibe, contenida en el D.S. N" 41 del año 2018, cuerpo legal que tiene como objetivo regular las condiciones en que se efectúa la distribución de agua potable mediante el uso de camiones aljibe, a fin de garantizar el suministro de un producto inocuo y potable. Se mantendrá en la subestación un registro del abastecimiento de agua en caso de fiscalizaciones. FORMA DE CUMPLIMIENTO Durante todas las fases del Proyecto, el agua potable suministrada cumplirá con los requisitos establecidos en la NCh 409/1 Of 2005 y sus modificaciones y en el Decreto Supremo N° 735/69 del Ministerio de Salud, Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas abastecedoras FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Registro de compra de agua potable en empresa autorizada 7.28.- Decreto Supremo Nº 735 de 1969 COMPONENTE O MATERIA Agua potable NORMA Decreto Supremo N2 735 de 1969, Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano, Ministerio de Salud. Establece que todo servicio de agua potable deberá proporcionar agua de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población que le corresponde atender, debiendo además asegurar la continuidad del suministro contra interrupciones ocasionadas por fallas de sus instalaciones o de su explotación. Por otra parte, establece que la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva deberá aprobar todo proyecto de construcción, reparación, modificación o ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua para el consumo humano, que no sea parte o no esté conectado a un servicio público sanitario regido por el DFL Nº382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas. Asimismo, una vez construida, reparada, modificada o ampliada y antes de entrar a prestar servicios, el funcionamiento de la obra debe ser autorizado por el citado organismo. En cuanto a la calidad del agua, establece concentraciones máximas de sustancias o elementos químicos que pueda contener el agua para consumo humano y establece procesos de tratamiento para que el agua sea considerada apta para el consumo humano. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Durante todas sus fases, el Proyecto requerirá abastecer a sus trabajadores de agua potable en las condiciones establecidas en la presente norma. Durante la fase de construcción, operación y cierre, el agua potable para beber será proporcionada mediante bidones de 20 litros sellados, etiquetados y embotellados por una empresa proveedora autorizada. Adicionalmente, se contará con un estanque para la acumulación de agua potable y cuyo Proyecto deberá contar con la aprobación sectorial de Seremi de Salud para la provisión de agua mediante camiones aljibe, contenida en el D.S. N' 41 del arlo 2018, cuerpo legal que tiene como objetivo regular las condiciones en que se efectúa la distribución de agua potable mediante el uso de camiones aljibe, a fin de garantizar el suministro de un producto inocuo y potable. Se mantendrá en la subestación un registro del abastecimiento de agua en caso de fiscalizaciones. El suministro de agua potable requerido para los trabajadores que realicen las actividades de mantención y/o reparación, será proviso por las respectivas empresas contratistas, en las cantidades y condiciones establecidas en el D.S. N°594/99 del MINSAL FORMA DE CUMPLIMIENTO Durante todas las fases del Proyecto, se cumplirá con los estándares de calidad establecidos en este Decreto Supremo. Así también, se cumplirán los requisitos establecidos en la NCh 409/1 Of 2005 y sus modificaciones. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas abastecedoras. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO , Registro de compra de agua potable en empresa autorizada. 7.29.- Decreto Supremo N°41/2018 COMPONENTE O MATERIA Agua Potable NORMA Decreto Supremo N°41/2018, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Provisión de Agua Potable FORMA DE CUMPLIMIENTO El proyecto contempla implementación de un estanque de agua potable, que permita almacenar agua en la cantidad y características que establece el D.S. N°594/1999 del MINSAL. El suministro de agua potable, será a través de una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, a la que se le exigirán los documentos que permitan acreditar el cumplimiento de la calidad de las aguas, de las fuentes de extracción y las debidas mantenciones y limpieza del camión, siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO Contrato con empresa abastecedora de agua que cuente con las autorizaciones sanitarias Se mantendrá registro del suministro de agua potable y se solicitará a la empresa abastecedora de agua el registro de las mantenciones al camión aljibe, los documentos que acrediten la calidad de las aguas y fuentes de extracción. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO verificación y mantención de los diferentes registros y documentos asociados entre ellos: Registros, boletas y/o facturas de abastecimiento. Resolución de autorización de la empresa abastecedora de agua potable. Registro de mantención del camión aljibe 7.30.- Decreto con Fuerza de Le N° 725 de 1967 COMPONENTE O MATERIA Aguas servidas NORMA Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, Ministerio de Salud. El Artículo 71 letra b) dispone que la SEREMI de Salud de la Región correspondiente, le corresponde aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser autorizadas por el Servicio Nacional de Salud. El Artículo 73 del Código Sanitario prohíbe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto prevé la generación de aguas servidas durante la fase de construcción. Se considera la habilitación de baños fijos durante la fase de coristrucción y cierre, para lo cual se contempla la instalación de una fosa séptica de forma temporal durante esta fase (Anexo V, PAS 138 de la DIA). Además, se utilizarán baños químicos de forma complementaria a los baños fijos, mientras estos son habilitados, donde el número de baños químicos dispuestos en terreno será acorde a lo que indica D.S. 594/99 del MINSAL, los que serán retirados y mantenidos por una empresa autorizada exigiendo la documentación que acredite que la disposición final de los residuos sea en una subestación de tratamiento de aguas servidas autorizada El personal hará uso de los servicios higiénicos proyectados que se encontrarán al interior de la subestación. Los efluentes generados serán conducidos a una fosa séptica con infiltración al suelo. (Ver Anexo V de la DIA, PAS 138) Durante la fase de operación, se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos que se dispondrán para el personal de mantenimiento. El máximo estimado de trabajadores durante la fase de operación comprende un máximo de 10 personas. Además, se considera parte del personal indicado de forma permanente para las actividades de supervisión del control y operación. El total de días de actividades durante la fase de operación es de 20 días mensuales Dado lo anterior la producción de aguas servidas se estima en 0,15 m3/día/persona (150 L/día/persona). Para esta fase se utilizará un tratamiento simple, que consiste en una fosa séptica convencional con una capacidad de tratamiento de 2.500 I/día de aguas servidas, cuyas aguas serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración Los antecedentes presentados en el PAS 138 que acompaña la DIA permiten asegurar que este tratamiento no afectará en forma significativa los recursos naturales en ninguna de sus fases (Ver Anexo V de la DIA). FORMA DE CUMPLIMIENTO La limpieza, mantención y retiro de lodos de la fosa séptica se hará en forma anual por empresa proveedora autorizada. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Copia de la autorización sanitaria de la empresa a cargo de la mantención y limpieza de los baños químicos en fase de construcción y cierre • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de la mantención y limpieza de los baños químicos • Certificados de disposición final y resoluciones aprobatorias del Proyecto (RCA, incluyendo PAS 138, y permiso sectorial de la solución sanitaria) FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Resolución del Sistema Particular de Aguas Servidas • Autorización Sanitaria de la empresa encargada de la mantención y limpieza de baños químicos. 7.31.- Decreto Supremo N9 594 de 1999 COMPONENTE O MATERIA Aguas servidas NORMA Decreto Supremo N 2 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud. El Artículo 21 de este Decreto, establece que todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado se colocará en un compartimento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones permanentes. Por su parte, el Artículo 23 establece la cantidad mínima de artefactos por trabajador. El Artículo 26 señala que las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. 1

OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, Operación y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA El Proyecto prevé la generación de aguas servidas durante la fase de construcción. Se considera la habilitación de baños fijos durante la fase de construcción y cierre, para lo cual se contempla la instalación de una fosa séptica de forma temporal durante esta fase (Anexo V, PAS 138 de la DIA). Además, se utilizarán baños químicos de forma complementaria a los baños fijos, mientras estos son habilitados, donde el número de baños químicos dispuestos en terreno será acorde a lo que indica D.S. 594/99 del MINSAL, los que serán retirados y mantenidos por una empresa autorizada exigiendo la documentación que acredite que la disposición final de los residuos sea en una planta de tratamiento de aguas servidas autorizada. El personal hará uso de los servicios higiénicos proyectados que se encontrarán al interior de la subestación. Los efluentes generados serán conducidos a una fosa séptica con infiltración al suelo. (Ver Anexo V de la DIA, PAS 138). Durante la fase de operación, se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos que se dispondrán para el personal de mantenimiento. El máximo estimado de trabajadores durante la fase de operación comprende un máximo de 10 personas, quienes realizarán tareas de mantención. Además, se considera parte del personal indicado de forma permanente para las actividades de supervisión del control y operación. El total de días de actividades durante la fase de operación es de 20 días mensuales. Dado lo anterior la producción de aguas servidas se estima en 0,15 m3/día/persona (150 L/día/persona). Para esta fase se utilizará un tratamiento simple, que consiste en una fosa séptica convencional con una capacidad de tratamiento de 2.500 1/día de aguas servidas, cuyas aguas serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración Los antecedentes presentados en el PAS 138 que acompaña la DIA permiten asegurar que este tratamiento no afectará en forma significativa los recursos naturales en ninguna de sus fases (Ver Anexo V de la DIA). FORMA DE CUMPLIMIENTO La mantención y limpieza de los baños químicos que se habilitarán durante la fase de construcción del Proyecto será ejecutada a través de una empresa autorizada, para asegurar el buen estado de estos, sin que se generen focos de infección y generación y/o atracción de vectores sanitarios. La limpieza, mantención y retiro de lodos de la fosa séptica se hará en forma anual por empresa proveedora autorizada. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Copia de la autorización sanitaria de la empresa a cargo de la mantención y limpieza de los baños químicos • Registro actualizado en instalaciones del Proyecto de la mantención y limpieza de los baños químicos • Certificados de disposición final y resoluciones aprobatorias del Proyecto (RCA, incluyendo PAS 138, y permiso sectorial de la solución sanitaria) FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Resolución del Sistema Particular de Aguas Servidas • Autorización Sanitaria de la empresa encargada de la mantención y limpieza de baños químicos. 7.32.- Decreto 75/2004 del MINSAL COMPONENTE O MATERIA Alcantarillado Particular NORMA Decreto 75/2004 del MINSAL, que aprueba el reglamento general de alcantarillados particulares y modifica el Decreto N° 236/1926 del Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión del Trabajo - Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias — Modificado por OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción y Operación. PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Debido a que el área donde se emplazará el Proyecto no cuenta con factibilidad de conexión al alcantarillado público se construirán dos soluciones particulares de alcantarillado que consistirán en fosas sépticas, una para la fase de construcción y otra para la fase de operación, por lo que Anexo V de la DIA se presentaron los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 FORMA DE CUMPLIMIENTO Durante la fase de construcción y operación, se utilizarán soluciones particulares de particular de alcantarillado, por lo que en el Anexo V de la DIA se presentaron los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138. Las aguas servidas productos de las casetas sanitarias (baños) serán tratadas a través de un tratamiento simple baso en fosa séptica convencional, e incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración, según lo que establece el presente Reglamento La construcción e instalación de las fosas sépticas será compatible con el buen desempeño del objeto a que están destinadas; todas sus partes serán fácilmente accesibles, visitables y aseables; se evitará en lo posible el empleo de mecanismos o piezas movibles de cualquier género y se procurará una perfecta automaticidad en su funcionamiento. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Resoluciones aprobatorias del Proyecto RCA, incluyendo PAS 138, y autorización sectorial de la solución sanitaria FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Registro de la Resolución del Sistema Particular de Aguas Servidas • Libro actualizado de autorizaciones y registros, disponibles para revisión por parte de la Autoridad. 7.33.- D.S N°19/2012 COMPONENTE O MATERIA Fauna Terrestre NORMA D.S N°19/2012, Aprueba y Oficializa Clasificación de Especies según su estado de conservación, octavo proceso, Ministerio de Medio Ambiente OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto N°79/2018. Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba y Oficializa Clasificación de Especies según Estado de Conservación, Decimocuarto Proceso. FASE DEL PROYECTO A Construcción LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Acción de clasificación de especies silvestres según sus estados de conservación FORMA DE CUMPLIMIENTO • Atención a la actualización de listas de especies con categorías de conservación e implementación de capacitación relacionada con las especies potencialmente afectadas por la Fase de Construcción INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Registros de capacitaciones a trabajadores. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Revisión de los registros de capacitaciones 7.34.- D.S N°23/2020 COMPONENTE O MATERIA Fauna Terrestre NORMA D.5 N°23/2020, Aprueba y Oficializa Clasificación de Especies según su estado de conservación, decimoquinto proceso, Ministerio de Medio Ambiente OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto N°79/2018. Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba y Oficializa Clasificación de Especies según Estado de Conservación, Decimocuarto Proceso. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Acción de clasificación de especies silvestres según sus estados de conservación FORMA DE CUMPLIMIENTO • Atención a la actualización de listas de especies con categorías de conservación e implementación de capacitación relacionada con las especies potencialmente afectadas por la Fase de Construcción INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Registros de capacitaciones a trabajadores. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO • Revisión de los registros de capacitaciones 7.35.- DL 701 Ministerio de Agricultura COMPONENTE O MATERIA Flora y Vegetación NORMA DL 701 Ministerio de Agricultura, Fija régimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestación, y establece normas de fomento sobre la materia OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica

FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Para la construcción del proyecto se requiere la corta en una superficie aproximada de 0,46 ha de plantaciones con especies arbóreas y arbustivas de eucaliptus (Eucalyptus sp.) y aromo (Acacia melanoxylon). Las áreas a intervenir son para el desarrollo de las siguientes actividades; corta para despeje servidumbre eléctrica (0,19 ha) y habilitación del camino de acceso al Proyecto (0,22 ha). FORMA DE CUMPLIMIENTO Se elaboro una Línea de Base de Flora y Vegetación, con el objeto de caracterizar el área de influencia del Proyecto. La identificación de flora realizada en terreno los días 16 y 17 de diciembre de 2021, constato la ausencia de especies en categoría de conservación, y la ausencia de formaciones vegetacionales reguladas por la normativa forestal vigente, además, se definió que, dada las obras del Proyecto, no se requiere la aplicación de permisos ambientales sectoriales asociados a la corta de formación xerofíticas y/o bosque nativo. Por otro lado, en referencia a la ley 20.283, el sector no corresponde a bosque debido a que no se encuentran especies arbóreas en una densidad mayor al 10%, con cobertura sobre los 5.000 m2 y un ancho de 40 metros, por lo que no se requiere realizar un plan de manejo forestal. El Proyecto no generará intervención de la flora y fauna autóctona de la zona, dado que en la zona donde realizará sus obras permanentes y temporales cuenta con una ausencia de especies endémicas o nativas en estado de conservación. Adicionalmente, en relación con los resultados obtenidos bibliográficamente, se puede constatar que la zona se encuentra altamente afectada debido a las actividades económicas realizadas anteriormente en el predio. Debido a que durante la etapa de construcción se requiere la habilitación del camino de acceso Proyecto (0,27 ha) y el despeje de la servidumbre eléctrica (0,19 ha), es que se realizará la corta en una superficie aproximada de 0,46 ha de plantaciones con especies arbóreas y arbustivas de eucaliptus (Eucalyptus sp.) y aromo (Acacia melanoxylon). Producto de lo anterior y considerando la Aptitud Preferentemente Forestal del terreno (según la Corporación Nacional Forestal), es que se adjunta en el Anexo IV de la presente Adenda, los contenidos para el otorgamiento del PAS 149, junto con el compromiso de reforestación de 720 individuos/ha (similar a la masa vegetal que se requiere remover en el área del Proyecto) de especies de Quillaja saponaria, Maytenus boaria y Acacia caven, esto debido al éxito de crecimiento de estas especies y también para aumentar la flora nativa local. Registros de los avances del cumplimiento del Plan de Manejo Forestal Presentación de INDICADOR QUE antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial 149 Resolución de calificación ambiental ACREDITA SU del Proyecto. CUMPLIMIENTO Actas de fiscalización de la autoridad competente. verificación y fiscalización de las actividades en la fase de construcción, dando registro FORMA DE CONTROL Y para dar cuenta del cumplimiento. SEGUIMIENTO Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente SMA y CONAF 7.36.- Decreto Ley N°3.557/1980 COMPONENTE O MATERIA Flora y vegetación NORMA Decreto Ley N°3.557/1980 del Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica

FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, operación y cierre. PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA • Suministro de insumos k • Manejo de residuos y sustancias peligrosas • Durante las fases del Proyecto se considera el ingreso de materiales, equipos, partes, etc., provenientes del extranjero que eventualmente pueden venir con embalajes de madera. FORMA DE CUMPLIMIENTO Respecto de los embalajes de madera provenientes del extranjero, se verificará que estos cumplan con las disposiciones de la Resolución N°133/2005 en relación con el tratamiento de maderas y las marcas de certificación de tratamientos fitosanitarios. Para esto el Titular exigirá a sus contratistas mantener un estricto control en verificar que los embalajes de madera (espesor superior a 5 mm), presenten la marca que certifica que han sido sometidos a alguno de los tratamientos fitosanitarios. De no ser así, se avisará a las autoridades regionales del SAG. El manejo de residuos y sustancias peligrosas se realizará en cumpliendo con las normas ambientales y sanitarias, almacenados en lugares debidamente autorizados y con las medidas de control descritas en la presenta Adenda. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO Registro interno actualizado que posea la información de los embalajes utilizados en el Proyecto y que acredite que estos, cumplen con la resolución N°133/2005 y con el presente Decreto Ley. Registro de los embalajes que cuenten con marca de certificación de tratamientos fitosanitarios aprobados por la normativa Registro de ingreso/salida de residuos Registro de declaración de residuos en RETC Registro de sustancias peligrosas almacenadas. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Se mantendrán actualizaciones y registros disponibles Autoridad. para ser fiscalizados por la 7.37.- Ley General de Pesca y Acuicultura COMPONENTE O MATERIA Agua NORMA Ley General de Pesca y Acuicultura OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS No aplica FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción, operación y cierre. PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA En el Área de Influencia del proyecto existen cursos de agua que eventualmente podrían verse afectados por la construcción del presente Proyecto. FORMA DE CUMPLIMIENTO • Los trabajadores recibirán la instrucción de la prohibición de eliminar y/o introducir cualquier agente químico, biológico y/o físico a los cursos de agua presentes en el predio y en sus cercanías, indicando la gravedad y la responsabilidad de realizar dichos actos • Los residuos generados por el proyecto se dispondrán de manera adecuada en contenedores y bodegas acondicionadas para cada tipo de residuo (RESPEL, RESNOPEL, Residuos asimilables a domiciliarios) • No se acumularán residuos de carácter industrial o asimilables a domiciliarios en lugares cercanos o dentro del cauce. Estos serán dispuestos en sitios habilitados y autorizados para tal fin, dentro de la instalación de faena • Durante la fase de construcción y cierre se realizarán revisiones visuales periódicas y se mantendrán limpias y despejadas las zonas aledañas al cauce. En caso de detectar elementos ajenos al cauce, se realizará el retiro inmediato de lo hallado, para luego ser dispuesto en el lugar debido • Se capacitará al personal a cargo de las obras, con el fin de evitar la perturbación del eventual flujo de las aguas por materiales o elementos ajenos al cauce • Los operarios de maquinaria y equipos y todo el personal del proyecto, deberá estar en conocimiento del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO • Registro de charlas de inducción con la firma de cada trabajador participante • Registro de inducciones respecto del plan de prevención de contingencias y emergencias, el cual debe estar firmado por los trabajadores • Registro fotográfico del estado del cauce durante las obras de la fase de construcción del Proyecto. FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Verificación de los registros fotográficos del cauce y de las charlas de inducción a cada trabajador que ingrese a al Proyecto respecto del plan de prevención de contingencias y emergencias y sobre e correcto manejo de residuos y que hacer en caso de afectación a los cursos de agua. 7.38.- Ley Nº 17.288 de 1970 COMPONENTE O MATERIA Patrimonio cultural NORMA Ley Nº 17.288 de 1970, Ley sobre Monumentos Nacionales, Ministerio de Educación. Define y entrega la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de los denominados Monumentos Nacionales, y dentro de éstos distingue los Monumen,os Históricos, Públicos y Arqueológicos, las Zonas Típicas o OTROS CUERPOS LEGALES ASOCIADOS Decreto Supremo N°484/1990, del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N°17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. FASE DEL PROYECTO A LA QUE APLICA O EN LA QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO Construcción y Cierre PARTE, OBRAS, ACCIÓN, EMISIÓN, RESIDUO O SUSTANCIAS A LA QUE APLICA Como resultado de la caracterización de Patrimonio Cultural y Arqueológico del Anexo XIV de la DIA, La Comuna de Molina no posee elementos con declaratoria en ninguna de las categorías que establece la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. El proyecto no se inserta ni se encuentra cercano a Monumentos Históricos, Zona Típica o Pintoresca, y Santuarios de la Naturaleza, según la Nómina de Monumentos Nacionales del CMN. No se registraron otros elementos de carácter mueble constitutivos de hallazgos arqueológicos tales como restos líticos o cerámicos (sensu Guía CMN 2020: 4-6). FORMA DE CUMPLIMIENTO En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante alguna actividad de excavación del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N" 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando la obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto. INDICADOR QUE ACREDITA SU CUMPLIMIENTO En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante alguna actividad de excavación del Proyecto se procederá de la siguiente forma: a) Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. b) Se dará aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. c) Se procederá a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la seña 'ética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Se notificará al Consejo acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación será informada al CMN por el profesional paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990. e) Se incluirá en las charlas de inducción a los trabajadores del proyecto tomando en cuenta para ello la "guía para evaluación de informes paleontológicos" del CMN (www.monumentos.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). FORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada uria de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. 8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto, se ha comprometido voluntariamente a: Compromiso bi é ntáilliblurrtái71•51:d¿nfiátá Ció ri de Mano de Ób¿áTéniállGor,j-iuna Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Privilegiar la subcontratación mano de obra local correspondiente a personas o empresas pertenecientes a la comuna de emplazamiento del proyecto y que presten servicios relacionados a las distintas obras del proyecto. Descripción: Se privilegiará la subcontratación de la mano de obra local para la fase de construcción y cierre del Proyecto, considerando personas o empresas que presten servicios de la comuna con el fin de promover la generación de empleo. Lo anterior estará sujeto al perfil del puesto de trabajo, la disponibilidad del servicio requerido ya sea de acuerdo con la capacidad como con la temporada de contrato para la ejecución de las obras. Justificación: El proyecto busca favorecer a las personas que habitan en la comuna de emplazamiento del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto Forma: Se presentará a la OMIL un listado de cargos asociados a la contratación de personal del sector, dentro de los cuales se considera electricista, armadores, personal para cercado perimetral, personal para movimientos de tierra, operarios generales, entre otros. Oportunidad: Previo al inicio de la etapa de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Comunicación por escrito con encargado de OMIL. El Titular contará con los contratos de trabajo de las empresas subcontratadas. Forma de control y seguimiento Listado de personal y empresas contratadas. .- C611 piititií illádibiétitáillblutitá i6Jábfiali b II dé Stiltélót de,Idolvo.,1:: Impacto no significativo asociado Emisiones de material particulado por efecto de del tránsito en camino no pavimentados Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción y Cierre Objetivo, descripción justificación. y Objetivo: Establecer la aplicación de supresor de polvo tipo Bischofita o similar en los caminos no pavimentados, utilizados para el tránsito vehicular durante las fases de construcción y cierre del proyecto, debido a la generación de material particulado en suspensión, siendo estos el camino interno y camino de acceso al Proyecto. Descripción: Se dispondrá de un Programa de aplicación de supresor de polvo en Caminos no pavimentados que se reportará ante la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Para este programa se utilizará un supresor de polvo tipo Bischofita o similar, justificando el abatimiento de las emisiones en un 90%. La obra tendrá un encargado responsable de la aplicación del Programa, el cual deberá ser individualizado en caso de requerirse los registros de la aplicación (libro de anotaciones, planos de las zonas de aplicación del programa, registros fotográficos, etc.). Justificación: El principal aporte en fase de construcción de emisión de material particulado se asocia al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, movimiento de tierra y operación de equipos y maquinarias. En fase de cierre, las emisiones atmosféricas se asocian al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y al funcionamiento de maquinaria y equipos utilizados para desmantelamiento de las instalaciones. Dado que, el principal aporte de emisiones atmosféricas está asociada al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, se considera la aplicación de agente supresor tipo bischofita o similar en caminos internos y de acceso lo que significa una disminución de al menos el 90% del levantamiento de material particulado. Lugar, forma oportunidad implementación. y de Lugar: El tramo a aplicar el supresor de polvo es una distancia aproximada de 2,97 km (que corresponde a camino interno y camino de acceso al Proyecto). Forma: Para este programa se utilizará un supresor de polvo Bischofita o similar, en el cual se justificará el abatimiento de las emisiones en un 90%. La obra tendrá un encargado responsable de la aplicación del Programa, el cual deberá ser individualizado en caso de requerirse los registros de la aplicación (libro de anotaciones, planos de las zonas de aplicación del programa, registros fotográficos, etc.). Finalmente se mantendrá en obra una copia del Programa de aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados, junto a los registros de aplicación, caminos interiores en los que se aplicará, frecuencia y horarios. Oportunidad: La frecuencia de la aplicación de la emulsión reductora de polvo tipo Bischofita o similar, se realizará una vez antes del inicio de la etapa de construcción y se evaluará nuevo requerimiento de aplicación durante el desarrollo de dicha etapa. En fase de cierre ocurrirá de forma similar, aplicándose antes del inicio de la fase de cierre y durante la ejecución de la misma de ser requerido. Indicador que acredite su cumplimiento. Se mantendrá registro fotográfico, facturas de compra de supresor y ficha de registro del día de aplicación del supresor de polvo en camino interno y camino de acceso al Proyecto. Envío de Reporte a la SMA con un plazo máximo de 30 días posterior a la aplicación Forma de control y seguimiento. Se mantendrá registro fotográfico, facturas y ficha de registro del día de aplicación del supresor de polvo en camino interno y camino de acceso al Proyecto. ..8 3: Coratiromistuartibientál volUntatio A d quisición de áridos utilizadós por partéklel proVéedorde hormigóri. proVeriga7:- .....

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dé..faenas.autórizadas. - ..• Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Exigir que la adquisición de áridos utilizados por parte del proveedor de hormigón provenga de faenas autorizadas. Descripción: La empresa proveedora de áridos deberá contar con la respectiva autorización municipal y el informe técnico favorable otorgado por la Dirección de Obras Hidráulicas. Justificación: Cumplimiento normativo. Lugar, forma oportunidad implementación y de Lugar: Construcción del Proyecto, área de Proyecto Forma: Se solicitará a la empresa proveedora de hormigón que los áridos utilizados para su fabricación provengan de faenas autorizadas Oportunidad: Previo al inicio de la Fase de Construcción Indicador acredite cumplimiento ., que su El Titular contará con la copia de la autorización municipal y el informe técnico favorable otorgado por la Dirección de Obras Hidráulicas en terreno que autoriza la extracción de los áridos utilizados para la fabricación de hormigón. Forma de control y seguimiento El Titular deberá mantener copias de los permisos pertinentes y deberá estar atento a fechas de caducidad de dichos permisos Enviar copia de autorizaciones a la SMA ::. . --, COMO m b:S ambiental iWilú ntaiiialkéfOlésiaCiá O :con il'élOaciesigativas tl é lkátiliCitiVéelMiento'i!i'. Impacto asociado Corta de bosque con aptitud preferentemente forestal Fase del Proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Ob'etivo: En complemento al PAS 149, la reforestación se realizará con especies nativas de rápido crecimiento. Descripción: Se reforestará con Quillaja saponaria, Maytenus boaria y Acacia caven, esto debido al éxito de crecimiento de estas especies. El CAV propuesto esta relacionado al tipo de especie y no a la obligación de realizar la reforestación, lo cual se encuentra debidamente incorporado en el PAS 149, adjunto en Anexo 1 de la presente Adenda Complementaria. Justificación: Se reforestará con Quillaja saponaria, Maytenus boaria y Acacia caven, debido al éxito de crecimiento de estas especies y también para aumentar la flora nativa local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La reforestación se realizará preferentemente dentro de la comuna de Molina o Provincia de Curicó, en un terreno de Aptitud Preferentemente Forestal y con una superficie equivalente al área de corta (0,29 ha). Forma: Se realizará la reforestación de 750 pl/hectárea en un predio con aptitud preferentemente forestal, siendo prioridad, al interior del predio y luego en la misma comuna o provincia. Se reforestará con Quillaja saponaria, Maytenus boaria y Acacia caven, debido al éxito de crecimiento de estas especies y también para aumentar la flora nativa local. Oportunidad: Contemplada para el año 2023. Sujeto a la obtención de permisos y tramites propios del proceso Sectorial. Se reforestará en el periodo de tiempo que indica la Normativa Ambiental Vigente. Indicador que acredite su cumplimiento Tasa de sobrevivencia de al menos un 75% de las especies plantadas Forma de control y seguimiento Se enviará un informe a la SMA que contenga los siguientes aspectos: • Resolución aprobatoria CONAF Permiso de Corta • Aviso de inicio de corta timbrado por CONAF • Registro de inicio de la reforestación Además, se considera: • Registro fotográfico de las especies planteadas, • Registro anual de crecimiento de las Especies Nativas propuestas y evaluación de la medida. • Análisis de Prendimiento de las especies plantadas, evaluando porcentaje de prendimiento y aplicación de medidas de mantención y protección. • Revisión periódica de estado fitosanitario durante 5 años. • Seguimiento que contemple reposición de plantas muertas con el objetivo de no bajar la tasa de sobrevivencia. En caso de encontrar plantas muertas en los primeros dos años, se evaluará reemplazar la especie por otra de tipo forestal esclerófilo con mejores condiciones de adaptación. . .,:tó .13.b.itárilb'áiY.ibiértálleiiiititárid.boCumentacióri.GeneradOrl'IltranSpOite,Y.iStiosiCióh:défélidlibs.::: Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Objetivo, deScripción y justificación Objetivo: Registrar e identificar al generador, transportista y destinatario de los residuos que se generen en el Proyecto. Descripción: Se registrará al generador, transportista y destinatario de residuos mediante planilla que considere al menos generado, fechas de transporte, tipo de residuo, cantidad y disposición final. Justificación: Llevar control del ingreso y salida de los residuos que se generan en el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación 1 Lugar: Subestación LNRG2 Forma: Se registrará al generador, transportista y destinatario de residuos mediante planilla que considere al menos generado, fechas de transporte,.tipo de residuo, cantidad y disposición final. Oportunidad: La medida se implementará al inicio de la fase de construcción y se mantendrá por todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro escrito de los ingresos y salida de residuos. • Copia de Planillas. • Registro de Declaración en RETC Forma de control y seguimiento Se dispondrá en la oficina de obra, el registro de los ingresos y salidas de residuos. Si corresponde se mantendrá SIDREP y SINADER. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto .,6.-.ComPtánitsoarribiiritáláfolintálóSégiSti61101RéellfflaDérii.kidály/6-SaéréMas

Impacto asociado Impacto no significativo sobre los sistemas de vida y costumbres de la población del área de influencia Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Objetivo, descripción justificación y Obietivo: Mantener un medio de comunicación entre la comunidad y el Titular en caso de reclamos por las actividades de las distintas fases del Proyecto. Descripción: Se mantendrá un libro de reclamos en portería con la finalidad de que la comunidad pueda presentar sus inquietudes y molestias si es que se llegaran a presentar. En el caso de recibir reclamos por emisión de ruido, se procederá a verificar el ruido generado mediante mediciones directas. Justificación: Disminuir el riesgo de potenciales molestias de los vecinos cercanos, que puedan ser causadas por el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de la Subestación LNRG2. Forma: Se mantendrá un libro de reclamos en portería con la finalidad de que la comunidad pueda presentar sus inquietudes y molestas si es que se llegaran a presentar. En el caso de recibir reclamos por emisión de ruido, se procederá a verificar el ruido generado mediante mediciones directas. Se realizará una difusión de la herramienta de reclamo con las comunidades aledañas consideradas en el Al del Proyecto. Oportunidad: La medida se implementará previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto y se mantendrá Libro de Reclamos en portería durante todas las fases del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Formato de documento de Libro de Reclamos disponible en las instalaciones del Proyecto Registro de difusión con las comunidades aledañas Forma de control y seguimiento • Copia de registro de difusión de la herramienta de reclamo con las comunidades aledañas. • Formato de documento de Libro de Reclamos disponible en las instalaciones del Proyecto. • Envío de copia de formato de Libro de Reclamos a la SMA y Registro de difusión a comunidades aledañas. • Envío de Informe a la SMA, con resultados y seguimiento obtenidos de la implementación del Libro de Reclamos cuando esto ocurra o una vez al año 8.7.- Compromiso ambiental'voluritario Plaritación con Espacies Natival

Impacto asociado Corta de Acacia melanoxylon Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se realizará la plantación de especies nativas de rápido crecimiento debido a la corta de la especie Acacia melanoxylon Descripción: Se realizará plantación con especie Quillaja saponaria, Maytenus boaria y Acacia caven, en una superficie de 0,0316 ha, con una densidad de 750 ind/ha. Justificación: Se realizará plantación con especie Quillaja saponaria, Maytenus boaria y Acacia caven, debido al éxito de crecimiento de estas especies y también para aumentar la flora nativa local, en atención a que se realizará la corta de la especie Acacia melanoxylon en 0,0316 ha Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La plantación se realizará preferentemente dentro de un Predio con sector definido como APF en la comuna de Molina o Provinciá de Curicó, en un terreno de Aptitud Preferentemente Forestal y con una superficie equivalente al área de corta (0,0316 ha). Forma: Se realizará la plantación en un predio con aptitud preferentemente forestal, siendo prioridad, al interior del predio y luego en la misma comuna o provincia. La especie a utilizar será Quillaja saponaria, Maytenus boaria y Acacia caven, esto debido al éxito de crecimiento de estas especies y también para aumentar la flora nativa local. Oportunidad: Se implementará al año siguiente de ejecutada la acción de corta. Indicador que acredite su cumplimiento Tasa de sobrevivencia de al menos un 75% de las especies plantadas Forma de control y seguimiento Se enviará un informe a la SMA que contenga los siguientes aspectos: • Aviso de inicio de corta timbrado por la Autoridad Correspondiente. • Registro de inicio de la Plantación. • Registro fotográfico de las especies planteadas, • Registro anual de crecimiento de las Especies Nativas propuestas y evaluación de la medida. • Análisis de Prendimiento de las especies plantadas, evaluando porcentaje de prendimiento y aplicación de medidas de mantención y protección. • Revisión periódica de estado fitosanitario durante 5 años. • Seguimiento que contemple reposición de plantas muertas con el objetivo de no bajar la tasa de sobrevivencia. En caso de encontrar plantas muertas en los primeros dos años, se evaluará reemplazar la especie por otra de tipo forestal esclerófilo con mejores condiciones de adaptación. 9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes 1..s medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes: . 9.1.‘ Riesgo interrUpciones.clel servicio de suministro eláctrico Situación de riesgo o contingencia Interrupciones del servicio de suministro eléctrico en caso de fallas internas en la subestación o transmisión de la energía eléctrica el Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fallas internas en la subestación o transmisión de energía eléctrica Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se instalará un paño de generación en la barra sección N° 1 de 66 kV que constará de un interruptor SIEMENS 66 kV 600A, con relé SEL-387. Las funciones que se habilitarán son las siguientes: • Protección de sobrecorriente instantánea de fase y residual (50/50N) • Protección de sobrecorriente inversa de fase y residual (51/51N) Para dar cumplimiento al artículo 3-23, se consideran ajustes de las funciones (50/51) que permitan el despeje de fallas francas en barra de 66 kV de S/E Itahue con tiempo de operación de 0,02s. De esta forma evitar interrupciones del servicio de suministro eléctrico. La protección de sobre corriente de fase (50/51) del paño de generación, deberá coordinar con los interruptores 52B1; 52133; 52B4; 52B5; 52B; 52BR; 52BT2 y 52BT5. Respecto al transformador elevador 66/23kV, se utilizará actuando en instantáneo para fallas en el lado de alta tensión. A modo de acoplamiento e integración del paño de generación, se implementará un transformador de corriente para enviar muestras que permitan la correcta operación de la función diferencial de corriente (87B) del relé GE IAC51N3. La incorporación del sistema de protecciones al esquema de protección de barra se realizará en coordinación con CGE empresa propietaria del patio de 66kV y Transelec propietarios de la S/E Itahue. Forma de control y seguimiento • Difusión del protocolo de prevención de riesgos y emergencia ante corte de suministro eléctrico interno • Registro de revisión periódica de los sistemas de protección eléctrica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.1. Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.1. Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de interrupción del suministro eléctrico se realizará una comunicación inmediata con la autoridad competente (Superintendencia de Electricidad y Combustibles y la Secretaria Regional Ministerial de Energía). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. '9 2•• •- Iliq815inkéHM-WOne1..d.g.hIerViPiltle'áúrICIiriltrO eláPflie9 Situación de riesgo o contingencia El riesgo sísmico corresponde a una medida que combina el peligro sísmico, con la vulnerabilidad de las construcciones y se traduce en daños estructurales. Así, las vibraciones sísmicas pueden generar daños en las construcciones e infraestructura que van desde pequeñas grietas, hasta la destrucción parcial o total de las estructuras. Cabe indicar que, a lo menos en Chile, la Norma sísmica ha sido bastante eficiente, ya que a pesar de que el territorio ha estado sometido a la ocurrencia de grandes sismos, sus efectos en las construcciones e infraestructura han sido poco catastróficos comparado con la magnitud de cada evento. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a todas las obras y partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Elaboración de un protocolo de prevención de riesgos y emergencia específico para actuaciones frente eventos sísmicos, el cual será difundido a través de inducciones a los trabajadores que participen en la obra, el cual contendrá los siguientes tópicos: • Definir un Líder que deberá actuar como guían ente la ocurrencia de situaciones de Emergencia. • Identificación de las zonas de seguridad en las áreas de trabajo del proyecto y realización de simulacros de evacuación. • Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. • Evitar colgar elementos que puedan caer con facilidad Revisión, orden e higiene permanente en todos los lugares de trabajo, haciendo hincapié en las condiciones de almacenamiento y uso de sustancias nocivas para la salud de las personas y el medio ambiente. Forma de control y seguimiento • Exhibición pública del Permiso de Edificación que contiene entre sus requisitos, la aprobación del proyecto de cálculo estructural, el cual es otorgado por la Dirección de Obra de la Municipalidad respectiva. • Difusión del protocolo de prevención de riesgos y emergencia ante sismos; y registro de inducciones ambientales a los trabajadores de la obra, para informar sobre riesgos ante sismos o terremotos, incluidos los simulacros de evacuación. • Registro de revisión periódica de la seña 'ética, vías de evacuación y orden de las bodegas de sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.3 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.2 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. a) Personal en oficinas de la instalación de faena. • Al detectar el sismo, mantenga la serenidad y actúe rápido. • Al percibir el sismo suspenda la actividad que esté realizando y apague cualquier equipo eléctrico que esté usando. • Abra las puertas de ingreso a la oficina. • Métase debajo de una mesa o escritorio resistente o bien, arrodíllese en una esquina alejada de ventanales, equipos eléctricos o elementos que pudieran caer o volcar. • Con sus brazos y mano proteja su cabeza y cuello. • No mire ventanales. • Mantenga la posición y ubicación hasta que el sismo haya pasado. • Espere las instrucciones del personal encargado de la emergencia. • Retorne a sus actividades, sólo cuando se le indique. No actúe por iniciativa propia. b) Personal ubicado en espacio exterior, obra en sí, lugar de trabajo. • Mantenga la serenidad y actúe rápido. • Al percibir el sismo suspenda la actividad que esté realizando. • Si está de peatón, aléjese material en suspensión, apilado de peso, cerros de escombros, tierra u otro, pendientes pronunciadas y de estructuras no fijas en su totalidad. • Si se encuentra dentro de una excavación profunda busque resguardo bajo un posible "techo" o plataforma que lo pueda proteger de materiales que puedan caer. • Diríjase a la zona de seguridad más cercana del lugar donde se encuentra. Mientras se desplaza, manténgase alejado de postes, cables eléctricos y estructuras inestables. • De no detectarse nuevos riesgos, permanezca junto a las demás personas en dicha zona. • Si maneja un vehículo, estaciónelo a un costado de la vía donde este transitando evitando quedar cerca de postes, cables eléctricos y estructuras inestables. • Permanezca al interior del vehículo hasta que el sismo haya pasado y no sea riesgoso salir. • No ingrese por motivo alguno a las instalaciones en construcción hasta que se evalúe las condiciones. • Si se encuentra en laderas de cerros, alejarse por posibles derrumbes. • Si no puede desplazarse, mantenga la calma. Trate de comunicarse mediante radio o a viva voz. • Espere las instrucciones del personal encargado de la emergencia. • Retorne a sus actividades, sólo cuando se le indique. No actúe por iniciativa propia. c) Una vez finalizado el sismo de gran magnitud, se llevarán a cabo las siguientes acciones: • Realizar inspección de las faenas u obras de las instalaciones, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. • Durante las fases de construcción o cierre, se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. • Se activará la alarma y si es necesario la evacuación hacia el punto de encuentro. • Durante la fase de operación, en caso de daño en las estructuras o equipos de la subestación, se detendrá la operación y se realizará una inspección para identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales serán reparados o reemplazados según corresponda. En caso de sismo se realizará la evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el plan de emergencia de la subestación. Oportunidad y vías El Líder de Emergencia será el responsable de dar aviso en forma inmediata a la de Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de comunicación a la Seguimiento Ambiental RCA. SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se informará a la SMA vía de telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la Emergencia emergencia generada. 9.8.i', FkieSg6:d:Corititigenciál6CurrefiCiás:de:éveritót:cliMáticos

Situación de riesgo o contingencia Ocurrencia de siniestro natural asociado a un evento climático, pudiendo generar deslizamiento de material, electrocución, inundaciones, obstrucción del área de trabajo por nieve, caída de objetos, corte de cables, efectos sobre las personas como hipotermia, problemas respiratorios. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todo el emplazamiento del Proyecto incluido sus partes y obras asociadas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia De manera general se realizarán las siguientes acciones: • El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto, obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del titular. • Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. • Los trabajadores deberán utilizar su EPP en todo momento. • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. • Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.) • No se ubicará las instalaciones en zonas expuestas a deslizamientos de tierra • Se revisarán las condiciones meteorológicas del sitio, y no se trabajará durante condiciones de mal tiempo, sean episodios extremos de lluvias, viento, granizo, etc. a.- Evento climático con Granizos: • Se realizarán simulacros ante granizos extremos en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. • No se ubicará las instalaciones en zonas expuestas a deslizamientos de tierra. b.- Evento climático con tormentas eléctricas: Página 51de 76 • Se realizarán simulacros relacionado a las tormentas eléctricas en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. • Se prohibirá el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante una tormenta eléctrica, instruyendo, además, la exigencia para el personal de mantenerse alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas. • Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera Condiciones permanente por un especialista del área. c.- Evento climático con nieve y/o frio extremo: • Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. • No se ubicará las instalaciones en zonas expuestas a deslizamientos de tierra. d.- Evento climático con viento superior a lo normal: • Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera Condiciones permanente por un especialista del área.' • Se instruirá al personal adoptando acciones físicas y técnica que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a estos eventos. • Se mantendrán las zonas de evacuación libres de elementos y obstáculos, así como elementos susceptibles salir expulsados producto del viento y caer, como lo son los letreros que deberán estar debidamente colocados. e.- Evento climático con inundaciones: • Se definirán zonas de seguridad debidamente señalizadas y demarcadas, libres de obstáculos. • Al inicio de la fase de construcción, se difundirá a todo el personal los planes de evacuación ante eventos de lluvias extremas, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados. Forma de control y seguimiento 1 Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. • Registro de capacitaciones a los trabajadores, indicando los contenidos tratados y el listado de asistencia con su respectiva firma. • Registro fotográfico de las zonas de seguridad, establecida por el prevencionista de riesgos, quien además, realizará una revisión de las condiciones de seguridad de esta. • Se registrará la ocurrencia de los eventos climáticos extremos como, granizos, tormentas eléctricas, episodios de nieve y/o frio extremo, vientos, etc. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.3 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.3 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia De manera general se realizarán las siguientes medidas ante un evento climático: • Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia zonas de seguridad. • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar las instrucciones del jefe a cargo y/o supervisor. . • Producido el evento, el titular procederá a evaluar los daños en las estructuras físicas. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informara de esta situación a las autoridades competentes. • Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado solo después que se hayan inspeccionado todas las dependencias del Proyecto y/o instalación de faeria y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. • a.- Evento climático con Granizos: • Se activará la evacuación hacia zonas seguras con techumbre, los trabajadores deberán utilizar su equipo de protección personal con el casco de seguridad. b.- Evento climático con tormentas eléctricas: • Se activará la evacuación hacia zonas seguras, alejadas de estructuras metálicas y eléctricas. • El personal debe estar siempre con su EPP correctamente puesto. c.- Evento climático con nieve y/o frio extremo: ". Los trabajadores deberán utilizar su equipo de protección personal y vestimenta adecuada. d.- Evento climático con viento superior a lo normal: • Los trabajadores deberán dejar de realizar cualquier actividad a la intemperie. • Utilizarán el respectivo barbiquejo para tener sujeción del casco. • Si los vientos son persistentes el encargado deberá detener las labores y desalojar a los trabajadores. e.- Evento climático con inundaciones: • Ante señales de peligro resultado del monitoreo, alerta de las autoridades o vista del crecimiento de caudales de ríos, canales u otra condición que genere inundación, se procederá a evacuar el lugar de inmediato. Siguiendo las indicaciones realizadas en las capacitaciones. • Se activará el procedimiento de evacuación hacia zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. Se debe permanecer alejados de canales, cruces y zonas susceptibles de inundación. • No atravesar zonas inundadas. • Evitar los desplazamientos en vehículos y en caso de que se use, utilizar las carreteras principales y autopistas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto • Se registrará la ocurrencia de eventos climáticos, como nieve granizos, lluvias extremas, tormentas, etc. :, :1111étri tl'cOrititl.áériOia.04irrer1110::aeleidellt láhOr4101il! Situación de riesgo o contingencia Durante las fases de construcción, operación y cierre, debido a la naturaleza de las actividades, se pueden generar desviaciones que pueden afectar a las personas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de cualquiera de las instalaciones del Proyecto, ya sean temporales o permanentes. . Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para cada riesgo laboral identificado, se proponen las siguientes medidas de prevención y reducción del riesgo: a.- Caída de personas al mismo nivel: Mantener limpio y despejado el suelo de las zonas de paso y de trabajo, señalización de las zonas de pasos de trabajo, utilizar calzado adecuado al tipo de trabajo que se realiza, iluminar adecuadamente las zonas de trabajo b.- Caída de personas a distinto nivel: Uso de sistema personal para detención de caída para trabajos en altura certificados, previa capacitación de los trabajadores, instalación de sistema de protección de caídas y andamios por personal calificado, inspección periódica de equipos de apoyo a trabajo en altura (andamios, plataformas elevadoras, canastillos sostenidos por grúas, escalas y escaleras de servicio, etc.) y de equipos de protección personal (EPP), uso de señalética (NCh Nº 1411 "Prevención de Riesgos Parte 1: Letreros de seguridad y Parte 2: Señales de seguridad") c.- Golpes por caída de objetos por desplome o de cargas suspendidas: uso de señalética (NCh N9 1411), delimitación de las áreas con riesgo de caída de objetos para impedir el paso de personas, capacitación al personal acerca de no circular bajo carga suspendida, inspección de los elementos de izaje (grilletes, eslingas, cadenas, etc) en cuanto a su estado y funcionalidad. d.- Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículos: delimitación de zonas de tránsito para vehículos y trabajadores al recinto de obra mediante señalización, utilización de vehículos acordes al tipo de terreno, uso de petos o elementos reflectantes por lugares donde circulen vehículos, programa de mantenimiento adecuado de los vehículos. e.- Cortes por objetos y/o herramientas: para intervenir en un equipo con partes móviles o en su proximidad, siempre se deberá desconectar el equipo y utilizar sistemas de bloque, uso de EPP adecuados (calzado de seguridad, guantes de protección mecánica, lentes de seguridad). f.- Contactos eléctricos directos/indirectos: sólo trabajadores autorizados y capacitados realizarán trabajos con riesgo eléctrico; todos los equipos y elementos que estén o hayan estado en tensión deberán desconectarse antes de realizar algún trabajo sobre ellos siguiendo las 5 reglas de oro: La desconexión se hará con corte visible, se inmovilizará con cerradura o candado y las partes activas se pondrán a tierra, se comprobará la ausencia de tensión y se señalizará y balizará la zona de trabajo (aplicación de Bloqueo y etiquetado — LOTO); uso de EPP adecuados (guantes de protección contra riesgo eléctrico, lentes de seguridad, etc.); uso de señalética (NCh Nº 1411) g.- Riesgo por contaminación ambiental: cumplimiento de los requerimientos establecidos en el D.S. Nº 594/99, capacitación a los trabajadores; uso de EPP adecuados (guantes de protección, protección respiratoria acorde al contaminante, protectores auditivos, lentes de seguridad, etc.), uso de letreros de seguridad, según NCh Nº 1411. Forma de control y seguimiento Inspecciones y aplicación de listas de chequeo de cumplimiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.4 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.4 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. Una vez se detecte una situación de emergencia provocada por un accidente laboral, se debe dar aviso inmediato al centro de salud más cercano. Siempre y cuando la situación de la emergencia lo permita, los miembros capacitados del personal (en principio, el Equipo de Intervención — Brigada de Emergencia) deberán prestar los primeros auxilios pertinentes. Una vez que el personal especializado llegue al área deberán realizar una evaluación preliminar y rápida de: • Número de lesionados. • Condiciones especiales (atrapamiento, a plastamientos, suspendidos, quemaduras, etc.). • Tipo de lesiones. • Riesgos inminentes del lugar (peligro de caída, derrame, etc.). Una vez realizada la evaluación inicial y estabilización de los pacientes, se trasladarán al centro de salud para completar la atención médica. El traslado debe ser mediante el transporte adecuado, es decir en una ambulancia, a menos que el profesional evaluador así lo indique. En el lugar de atención de emergencias más cercano, el médico procederá a evaluar la emergencia e iniciará el tratamiento que estime conveniente y necesario. En conformidad con lo dispuesto en el Artículo 762 de la Ley N° 16.744 y en la Circular Nº 2345 y 2378, en caso de que ocurra un accidente del trabajo grave o fatal, la empresa deberá cumplir con las siguientes obligaciones: • Suspender de forma inmediata las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores evacuar el lugar de trabajo. • Informar inmediatamente de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El Líder de Emergencia será el responsable de dar aviso en forma inmediata a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA. ,:, .Ikiligo.o7cOntlgenciá..MderteldItrágitól _..— .__ —.. ..... _ Situación de riesgo o contingencia Implica la ocurrencia de choques contra 'obstáculos fijos o colisiones entre dos vehículos, atropellos y volcamientos. Al respecto, influyen maniobras equivocadas al conducir, así como también por condiciones meteorológicas desfavorables Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a todos los caminos internos, camino de acceso y rutas de transporte de personal, insumos, materiales o residuos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Capacitaciones al personal, sobre conducción a la defensiva y buenas prácticas de circulación. • Señalética adecuada y bien localizada técnicamente • Restricciones de velocidad para vehículos asociados al Proyecto. • Las estructuras eléctricas serán transportadas desarmadas y amarradas adecuadamente en camiones, en dimensiones y peso tal que cumplan con la normativa vigente para el transporte por carretera y permisos asociados • En las licitaciones y contratos con las empresas que participarán en el Proyecto se incluirán clausulas sobre buenas prácticas de conducción Forma de control y seguimiento • Mantención de un registro de accidentes en un formulario previamente definido • Anotaciones en el libro de obra. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.5. del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.5 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. En caso de que se produzca un accidente en el transporte, actuar del siguiente modo: • Recopilar información sobre el accidente ocurrido, mediante la colaboración del personal presente en la zona: - Instalaciones o vehículos involucrados. - Sustancias involucradas y peligrosidad de las mismas. Si las sustancias involucradas están clasificadas como Sustancias Peligrosas, el conductor del vehículo dispondrá de Hoja de Datos de Seguridad para Transporte para dichas sustancias. - Situación de los vehículos accidentados y de los insumos y/o sustancias transportadas. - Personas afectadas. - Servicios de emergencia que han sido avisados (Carabineros, Bomberos, SAM U, etc.). • Una vez evaluado el escenario, contactar con el Equipo de Intervención en caso necesario. • En caso que dicha emergencia altere la libre circulación vehicular y/o peatonal, se informará inmediatamente vía telefónica, correo electrónico y por oficio, al Director Regional de Vialidad y al SEREMI de Obras Públicas. • Realizar el aseguramiento del área. Para ello se debe establecer un perímetro y estabilizar el vehículo accidentado en posición de seguridad. • En caso necesario, controlar el derrame de combustible o de sustancias peligrosas, mediante barreras de contención y absorción de las sustancias. Usar EPP adecuados para la tarea. • Verificar que existe una línea cargada de agua o extintor portátil, aunque no exista fuego en el momento. • En caso de que haya heridos, asegurar el vehículo antes de ingresar a atender a los pacientes. No mover el vehículo, no intentar voltearlo, tirarlo o arrastrarlo con los pacientes adentro. • Estabilizar y extraer a los pacientes en presencia de personal médico. • Una vez controlada la situación de emergencia, el supervisor a cargo informará del hecho al Líder de Emergencia, decretando éste el final de la misma Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El Líder de Emergencia será el responsable de dar aviso en forma inmediata a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental de la RCA. Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. 9.6 Fkilád.o.co6ii(igéhCa 600-éikiá accidentes en el trariSpprté Manejo ci a I ffiacéTia m ráto de si2taiiiás o residuos ppljdOsos yncl:Oligro.19.1 _ Situación de riesgo o contingencia Es aquella probabilidad que se produzca un accidente que involucre a un vehículo transportando este tipo de sustancias, ya sea durante el manejo de las mismas o el derrame de algún tipo de sustancia o residuo peligroso debido a fallos eléctricos, mal estado de los contenedores de almacenamiento, o bien la fuga de combustible de equipos durante el proceso de carga de estanques, además del riesgo por el derrame de residuos no peligrosos. Toda clase de derrames que puede generar una afectación a los recursos naturales, incluido el suelo y los recursos hídricos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área del proyecto en general por manipulación y acopio de sustancias o residuos peligrosos, ya sea durante el ensamblaje o desinstalación de las diferentes partes o en las mantenciones durante la operación. • Elaboración y difusión de un Plan de Prevención de riesgos contra derrames de sustancias peligrosas, que permita identificar los posibles factores de riesgos y medidas preventivas para evitar derrames. • Cumplimiento de los requerimientos del Decreto Nº 298/94, "Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos" y de la legislación aplicable al transporte de combustible. • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. • Uso de distintivos de seguridad, según NCh Nº 2190 "Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para identificación de riesgos". • Se utilizarán en caso de ser necesario, barreras de retención de sedimentos con el objetivo de evitar que eventuales sedimentos de la construcción de las obras se transporten hacia los esteros. • Los vehículos al interior del proyecto, no transitaran a velocidades superiores a los 30 km/h. • Los vehículos pesados o camiones circularán con las tolvas cubiertas. • Se dispondrán áreas exclusivas para la recarga de combustible para las maquinarias, como motosierras utilizadas en la corta de vegetación (en áreas previamente determinadas), esta zona tendrá una capa protectora, impermeable, para la recarga de combustible, para proteger el suelo y recursos naturales, y así evitar la contaminación por posibles derrames Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia de petróleo y aceite, entre otros. • En las diferentes etapas del proyecto, los residuos domésticos (bolsas plásticas, envases de comida y bebida, papeles) y residuos no peligrosos (RSINP), serán depositados en áreas especialmente habilitadas para tal efecto, por lo que el suelo no recibirá ningún tipo de contaminante. Todos los residuos operacionales serán dispuestos según la normativa vigente. • No se permitirá la manipulación de lubricantes y combustibles en un área diferente a la establecida. En caso de falla mecánica y potencial fuga de estos elementos hacia el suelo y/u otro recurso natural como los recursos hídricos, se recogerá el material contaminado y se dispondrá en contenedores cerrados y rotulados, hasta su disposición final en botadero autorizado. • Habilitar un recinto para el almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos que deberá cumplir con las siguientes características señaladas en el D.S N° 43/2015 y D.S. N° 148/2004 ambos del MINSAL: — Tener una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. — Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. — Recinto techado y protegido de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. — Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación, y en general, cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. — Contar pretiles que permitan generar una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, al dotarla de una bandeja de aluminio que le permita retener el volumen de productos peligrosos almacenados. — Contar con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores compatibles con los productos almacenados. — Se deberá contar con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan e instalación de rombos de seguridad para cada compuesto almacenado de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2190 Of 2019. — Prohibición de fumar al interior de las bodegas que almacenen sustancias peligrosas, lo que deberá señalarse mediante letreros que indiquen "No fumar" en el acceso principal de la bodega yen el interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles. — Se deberá realizar la revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. Además, se deberán tomar las siguientes medidas preventivas: • Disponer de material absorbente para el control de goteos, fugas y derrames tales como arena u otros absorbentes industriales diseñados para este fin. • Las sustancias peligrosas deberán estar contenidas en envases, debidamente etiquetadas (D.S N° 43/2015). • Los envases de las sustancias deberán estar diseñados de forma que impidan las pérdidas de contenido, deberán ser adecuados para su conservación, ser de un material químicamente compatible con la sustancia, de difícil ruptura y que minimice eventuales accidentes (D.S N° 43/2015). • Para el manejo de estos productos se debe cumplir todas las medidas de seguridad recomendadas en las hojas de Seguridad en lo que respecta a manipulación y uso de elementos de protección personal. • No se almacenarán sustancias peligrosas en recipientes abiertos. Los envases deben ser adecuados para tal fin y se deben cerrar después de ser usados o cuando queden vacíos • Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. Adicionalmente, se tomarán las siguientes medidas para la no afectación a los recursos hídricos, incluidos los esteros y canales: • Durante las faenas no se permitirá vaciar o depositar basuras ni otro tipo de residuos líquidos o sólidos en los cursos de agua, incluyendo ramas, hojas o troncos. De igual modo, no se realizarán obras que originen derrames de material a los cursos de agua. • Se dispondrá de áreas exclusivas para el manejo de combustibles y materiales contaminantes, las que contarán con una capa protectora y aislante, de manera de evitar la contaminación por derrame e infiltración de combustible a las napas freáticas. • El material de desecho no será depositado en sectores próximos a quebradas y cursos de agua, para no provocar diques o atascamientos de los flujos de agua. Además, se evitará que los materiales de la corta caigan sobre estas zonas. • Se incluirá una charla de inducción para todo el personal involucrado en la obra, sobre el cuidado de los cursos de agua circundantes, poniendo énfasis en evitar que residuos caigan en los cursos de agua. Así también, uno sobre el uso eficiente y cuidado del agua, que contemple un plan de información en las instalaciones (señalética e infogramas). • No se emplearán elementos químicos, pesticidas, fertilizantes u otro tipo de sustancias que pudieren afectar la calidad de las aguas. • Durante todo el funcionamiento del proyecto no se afectará la libre circulación de las aguas de los esteros y canales asociados a estos. Los trabajos de corta se realizarán manteniendo las condiciones adecuadas para evitar cualquier intervención en el flujo de las aguas. • Se delimitarán los sectores de corta en el área a intervenir para evitar generar una mayor superficie. Dicha delimitación corresponde a cinta de color la cual será removida una vez ejecutada la actividad de corta. • Se evitará en daño sobre la vegetación presente en las cercanías de quebradas y cursos de agua que no estén incluidas en las áreas de intervención. Esta medida persigue proteger la funcionalidad de la vegetación, específicamente respecto al control de erosión y arrastre de material hacia los cursos de agua. • Todos los tipos de residuos, generados por la maquinaria utilizada en las obras de construcción serán depositados en contenedores adecuados, para luego ser desechados en sitios habilitados para su eliminación • Los cursos de agua en términos generales, no serán intervenidos en una franja de 10 metros desde el centro del mismo y hacia ambos costados, siendo estás, áreas de protección. Evitando así el daño sobre la vegetación presente en las cercanías de quebradas y cursos de agua que no estén incluidas en las áreas de intervención. Esta medida persigue proteger la funcionalidad de la vegetación, específicamente respecto al control de erosión y arrastre de material hacia los cursos de agua. • El material obtenido de movimientos de tierra será reutilizado como rellenó en los terraplenes de acceso a las obras del proyecto y el material sobrante será llevado a los depósitos de material habilitados especialmente para ello, en lugares sin presencia de quebradas y cursos de agua. • Todas las medidas adoptadas y asociadas a capacitación de los trabajadores se encontrarán por escrito, y se mantendrá registro de las actividades de capacitación con todo, estas prohibiciones también deberán quedar establecidas por escrito y firmado por cada trabajador, a fin de quedar a disposición de los funcionarios de CONAF. Forma de control y seguimiento • Mantener en obras los registros de la difusión del Plan de Prevención de riesgos contra derrames de sustancias peligrosas, los cuales deben contar con la firma de cada trabajador. • Mantener en obra los registros de la ejecución de las charlas al personal para prevenir todo riesgo de derrame de sustancias peligrosas, las cuales deben contar con la firma de cada trabajador. • Registro de inspecciones periódicas de las bodegas de para el almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos y condiciones de los materiales absorbentes para el control de derrames. • Mantener en obras los registros de la ejecución de capacitaciones y prácticas del personal en el uso y manejo de materiales absorbentes para el control de derrames, las cuales deben contar con la firma de cada trabajador. • Instalación y mantención de la señalética (rombos de seguridad) y carteles informativos que advierta de la presencia de materiales peligrosos, ubicación de extintores y materiales absorbentes. • Contar con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas en la obra, las que deben estar a disposición de quienes las manejan y organismos fiscalizadores.

• Mantención de una lista de chequeo de la revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. • Mantener copia en obras de las mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación de los vehículos y maquinarias que participen en la obra. • Registros de capacitaciones sobre el adecuado manejo de los residuos, incluyendo aquellos no peligrosos y residuos vegetales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.6. del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.6. del Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. • La primera persona que observe el derrame deberá dar la voz de alarma. • Determinar el área que ha sido afectado por el derrame, tanto en superficie como de forma subterránea, la que será demarcará y delimitada con barreras. • Identificar el producto químico o combustible derramado, para determinar su composición, riesgos y medidas de contención a implementar. • Mientras persista el derrame, se eliminarán las fuentes de ignición en el área circundante, prohibiendo y/o suspendiendo las siguientes acciones: — Prohibir el ingreso al área de personal no autorizado. — Prohibición de fumar en el área. — Prohibir la actuación de interruptores eléctricos.. — No permitir la desconexión de las tomas de corriente. — Cortar la electricidad en el área. — Interrumpir el flujo de vehículos en el área y suspender el encendido de motores de los vehículos localizados en el área bajo control. • Disponer de los extintores de polvo químico seco alrededor del área del derrame para prevenir una posible inflamación. No se debe aplicar agua sobre el producto derramado. • Antes de comenzar con el control o contención del derrame, el operario deberá colocarse los elementos de protección personal necesarios: Ropa impermeable y resistente a los productos químicos; guantes protectores; lentes de seguridad; protección respiratoria. • Contener el producto derramado dentro de un área confinada, construyendo diques de arena, tierra o materiales absorbentes sintéticos, para evitar que el derrame fluya hacia otras áreas adyacentes, comenzando sobre la menor cota de suelo en caso de pendiente y evitando que llegue a fuentes de agua o infiltre al suelo. • Si es posible, recuperar el producto químico derramado y/o residuo mal dispuesto que pueda afectar a los recursos naturales. • En caso contrario, para controlar el escurrimiento del derrame se utilizará un absorbente biodegradable o tierra, siguiendo las recomendaciones señaladas en las respectivas Hojas de Seguridad de cada producto químico. • En caso que el derrame corresponde a combustible, se absorberá con arena seca o tierra. • Si el volumen derramado es pequeño, se debe secar el combustible restante con arena, trapos, aserrín, esponjas o material absorbente sintético. • En el caso de derrames de hidrocarburos en la tierra que afecte áreas con vegetación, se deberá airear y acondicionar el suelo haciendo pequeños huecos y añadiendo nutrientes para acelerar el proceso de biodegradación. • En el caso de grandes volúmenes de derrames, se recogerá el producto vertido con baldes de aluminio o plástico o material absorbente y siempre con el uso de guantes de Nitrilo - Latex. • El suelo contaminado con hidrocarburos será tratado como un residuo peligroso de la siguiente forma — Recolectar el sustrato afectado por el derrame en cilindros con tapa hermética. — Rotular adecuadamente todos los contenedores donde se van depositando los residuos. — Almacenamiento temporal en las áreas para residuos peligrosos de la instalación de faenas. — Retiro y traslado a rellenos de seguridad por parte de una empresa especializada y debidamente autorizada. • En caso de ser necesario, se deberá informar al Comité de Operaciones de Emergencia comunal y/o regional, para el control de la emergencia, caso en el cual también se deberá informar a las comunidades asentadas alrededor del área del Proyecto. • Las acciones de limpieza deberán ejecutarse teniendo en cuenta que el objetivo será restaurar el sitio a las condiciones en que se encontraba antes del derrame. • • Sólo se deberá reanudar la operación normal de la obra, cuando el área esté libre de vapores combustibles. Los olores de gasolina son muy notorios aún por debajo de la concentración inflamable (en la cual pueden explotar o incendiarse si recibe una fuente de calor). Unas cuantas partes por millón pueden ser detectadas a través del olor por la mayoría de las personas; así, cualquier olor será considerado una señal de peligro. • En la eventualidad que el derrame fuese significativo (mayor o igual a 200 litros de sustancia o residuo peligroso) y alcance el curso de agua, se pondrá en aplicación un monitoreo especial e intensivo de las aguas para evaluar el efecto causado en su calidad. El monitoreo consistirá en un análisis diario de la calidad del agua (D.S. N° 90/2000) en función de la sustancia o residuos peligroso derramado, 100 aguas abajo del punto de derrame y un punto de muestreo "blanco" 100 metros aguas arriba del punto de derrame. El monitoreo se extendería temporalmente hasta que las condiciones naturales del agua se recuperen a su condición base. • Una vez contenido el derrame, removido el sustrato contaminado y restaurada el área afectada; y en un plazo no superior a 48 horas de iniciada la emergencia, se informará a las Autoridades competentes (SISS y SMA), indicando el nombre del producto derramado, la cantidad y extensión del área del derrame, descripción de contaminación que hubiera podido ocurrir, ya sea a los trabajadores o a los componente del medio ambiente circundante, los procedimientos adoptados para controlar el derrame; la remoción, disposición del producto derramado y de los materiales de contención; y cualquier otra acción implementada. Adicionalmente en caso que la emergencia involucre cursos de agua, se notificará en un plazo no superior a 24 horas a la SMA y SERNAPESCA. Así mismo se entregará un informe dentro de los 5 días posteriores a la emergencia generada. El Líder de Emergencia será el responsable de dar aviso en forma inmediata a la Oportunidad y vías de Superintendencia de Medio Ambiente SMA por medio de su página web en el apartado de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Seguimiento Ambiental RCA Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se informará a la SMA vía Emergencia telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. . - RieSdiyo Édritirigencia QuirreficiaStle ihCeridiós a las iriStalacicihessó fóre§teles . Situación de riesgo o contingencia El riesgo de ocurrencia de incendios se refiere a una condición que puede contribuir al inicio o propagación del fuego en una instalación determinada o en el entorno del área de emplazamiento del Proyecto y que ponga en peligro la vida de sus ocupantes o de población aledaña y afecte los elementos ambientales circundantes a la instalación potencialmente afectada. Así como, la ocurrencia de incendios que ocurra sobre la vegetación colindante al proyecto, denominado de esta manera como incendio forestal. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Manejo y almacenamiento de materiales inflamables y combustibles. • Trabajos con herramientas que pudiesen proyectar partículas incandescentes. • Acumulación transitoria de maleza y residuos orgánicos provenientes del despeje del terreno para faenas constructivas. • Caída de los conductores sobre vegetación seca o maleza • Mantenciones durante la Operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas generales aplicables para incendios estructurales o las instalaciones será todo el año, para incendios forestales será el período comprendido entre el 1' de noviembre y el 1° de abril del año siguiente. a.- Incendio en las instalaciones: • Todo trabajador que ingresa al Proyecto recibirá una inducción de seguridad de inicio, con la finalidad de mantener al personal debidamente entrenado para prevenir y enfrentar cualquier emergencia. Estas capacitaciones se deberpn realizar a través de charlas periódicas en las que se describan los riesgos existentes, formas de solución y mitigación y procedimientos a actuar en caso de que ocurra cualquier accidente y/o incidente. • El personal se encontrará capacitado en el uso y manejo de extintores, tal como lo señala el D.S. 594/99 del MINSAL. • Se instalaran letreros que serán acorde a lo indicado en la NCh Nº 1411 "Prevención de Riesgos Parte 1: Letreros de seguridad y Parte 2: Señales de seguridad" en cuanto a dimensiones, se colocará en las áreas de trabajo letreros de prevención de emergencias (1) y prohibición de uso de fuego (1) y un panel informativo en la instalación de faena sobre medidas de mitigación de riesgos, consejos de seguridad, teléfonos de contacto a los que llamar en caso de emergencia, canal de transmisión en caso de emergencia, etc. • Se colocará en las áreas de trabajo letreros de prevención de emergencias (1) y prohibición de uso de fuego (1) y un panel informativo en la instalación de faena sobre medidas de mitigación de riesgos, consejos de seguridad, teléfonos de contacto a los que llamar en caso de emergencia, canal de transmisión en caso de emergencia, etc. • Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de combate de incendios. • Disponer de equipamiento en instalación de faenas para combatir incendios. • Todo personal deberá conocer las medidas para reducir los riesgos de las posibles emergencias, el procedimiento para el control de la emergencia y la distribución de los equipos contra incendios, y de primeros auxilios. • Se contará con extintores que deberán ubicarse en lugares accesibles. Los extintores con los que dispondrá el Proyecto corresponden a los siguientes: - Extintores portátiles de polvo químico seco, diseñados para proteger áreas que contengan riesgo de incendio clase A (combustibles sólidos comunes), clase B (combustibles líquidos) y clase C (gases inflamables, equipos energizados eléctricamente). - Extintores portátiles de CO2, diseñados para proteger áreas que contengan riesgo de incendio clase B (combustibles líquidos) y clase C (gases inflamables, equipos energizados eléctricamente). • Deberán inspeccionarse de forma periódica el estado de los extintores y, si está vacío, se deberá proceder a su recarga. • Equipos de primeros auxilios y apoyo: - Botiquines de primeros auxilios completos. - Máscaras para respirar. - Línea de protección a tierra. - Equipos de protección personal - Se contará con herramientas en caso de amago de incendio, las que hachas (2), rastrillo segador (3), palas (3), baldes (3) y extintores (4). • Se mantendrá la instalación de faenas libre de basura y malezas. incluyen; • Se presentará el presente Plan a los trabajadores durante la primera semana de la fase de construcción. • Se mantendrá un cortafuego perimetral, correspondiente a un espacio desprovisto de vegetación de al menos 5 metros de ancho, el cual será diseñado para servir simultáneamente como ruta de servicio con fines de mantenimiento de la instalación y eventualmente también como línea de visual para el monitoreo de seguridad. • Se mantendrá una cuadrilla capacitada con un "primer ataque", que contará con equipamiento adecubdo. b.- Medidas especificas para el inicio de la construcción: • De la difusión: Se avisará a los administradores de predios vecinos y organizaciones vecinales si las hubiera acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio. • Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, como son: realizar retiro diario de los residuos vegetales en el sector, prohibir la acumulación de los mismos, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del proyecto. • Tener identificadas las zonas de seguridad. El Proyecto definió como zona de Emergencia un espacio aledaño a los estacionamientos de vehículos livianos para que las personas que se encuentran en faena puedan resguardarse. c.- Durante la Fase de Operación se realizarán las siguientes medidas: • Se realizarán podas semestrales o anuales a los árboles y arbustos que están en la faja de seguridad de la línea, de manera que la distancia entre la línea y la copa del árbol sea de al menos 4 m, según la respectiva normativa. • En cuanto a la maleza que crezca en el sector del Proyecto, esta será extraída mediante corte mecánico, lo cual se realizará semestralmente. Y los residuos serán dispuesto en sitio de disposición final autorizado. • Espacio desprovisto de vegetación de al menos 5 metros de ancho, el cual será diseñado para servir simultáneamente como ruta de servicio con fines de mantenimiento de la instalación y eventualmente también como línea de visual para el monitoreo de seguridad. Este corresponde a un área sin vegetación, la maleza será extraída semestralmente. • En días de alerta roja, se deberá poner especial atención a toda el área del proyecto a través de las cámaras de seguridad (en operación no se considera personal permanente), desde las 10 AM hasta las 20 PM. d.- Incendio forestal: • En cuanto a las medidas de prevención que se tomarán, se considerará la realización de charlas de capacitación tanto para el personal de planta como para los trabajadores contratistas del Proyecto. Estas charlas tratarán temas relativos a la prevención de incendios, tales como no fumar en áreas con cobertura vegetal y la prohibición de realizar fogatas en los frentes de trabajo, así como otros temas referentes a las técnicas de combate de incendios forestales, orientados en efectuar una primera aproximación sobre un foco de incendio, en caso de ser necesario. Dichas charlas se enmarcarán en el contexto de medidas de manejo ambiental y también de aquellas conducentes a las inducciones periódicas que se realicen a los trabajadores. • Se instalará un cerco para impedir el tránsito de personas hacia el interior del área del proyecto, así como también al área de reforestación. • Reducción del Riesgo de Ocurrencia: Cortafuego: El Proyecto considera caminos perimetrales y la subestación eléctrica posee un cerco bulldog, que evita cualquier tipo de propagación de fuego desde y hacia afuera de las instalaciones. El diseño del Proyecto contempla un cortafuegos de 10 metros, compuesto por un camino de al menos 5 metros de ancho, el cerco bulldog y 5 metros adicionales alrededor de todo el perímetro de la Subestación. • Por otro lado, se procederá a la instalación de señalética y/o afiches explicativos al interior de la faena de corta y la de reforestación, que indiquen los pasos a seguir en caso de presentarse algún siniestro (incendio), así como letreros que prohíban la realización de fogatas en el medio natural. Además, en estos letreros se indicará la prohibición de botar basura, cigarrillos, restos vegetales, entre otros, a modo de evitar la acumulación de material combustible en las dependencias y entorno del Proyecto. Dicho material interpretativo, incluirá los números telefónicos de Bomberos (132), Carabineros (133) y CONAF (130), para hacer frente ante una eventual emergencia • Las ramas cortadas y material vegetal como hojarascas y malezas serán almacenados en contenedores para poda habilitados en los frentes de trabajo donde se requieran. Estos serán retirados al final de la jornada. • Los troncos por su parte serán gestionados posterior a la corta con proveedor que garantice que los desechos y/o productos vegetales generados no circulen como elementos de calefacción en estado de leña verde. El proveedor deberá estar registrado en la municipalidad y contar con patente comercial cuyo giro contemple la venta de leña. Toda leña que sea comercializada en la zona saturada deberá cumplir los requerimientos técnicos de la Norma NCh2907, de acuerdo a la especificación de "leña seca", establecida en la tabla 1 de dicha norma. Los medios de verificación corresponden al registro a través de boletas y/o comprobantes de la venta de la leña a comerciantes que garanticen un adecuado proceso de secado de esta, lo cual se comprobará mediante la obtención de registros de mediciones mediante el uso de Xilohigrómetro que permita determinar el contenido de humedad en la madera. Adicionalmente, se considera el envío de estas mediciones a la SMA y de la patente municipal del proveedor, cuyo giro contemple la venta de leña. • Una medida a considerar está relacionada a la disposición y manejo de hidrocarburos, para lo cual se efectuará la mantención de vehículos y maquinaria de forma periódica en lugares debidamente autorizados fuera de las zonas del Proyecto, con el fin de reducir la probabilidad de derrame de combustible y por consiguiente evitar la generación de incendio. Todos los materiales y residuos combustibles serán almacenados en bodegas acondicionadas para estos fines. e.- Otras medidas de acción: • Reducción del riesgo de ocurrencia: se tomarán todas las medidas necesarias a evitar la ocurrencia de incendios durante las faenas de corta. • Reducción del Riesgo de ocurrencia: Vigilancia: Existirá una inspección técnica a cargo del titular. Dentro de sus funciones estará la detección permanente de acciones y condiciones inseguras que estén ocurriendo durante el desarrollo de las faenas. La inspectoría comunicará las deficiencias anotadas al contratista con el objeto que se corrijan las fallas y deficiencias detectadas. • Control de riesgo: No se permitirá el acceso a las faenas a personas ajenas a ésta. • Comportamiento básico del personal en el proyecto: Los operarios tendrán prohibido fumar durante las faenas de corta. Los operarios tendrán prohibición absoluta de hacer fogatas. • Herramientas y equipos de combate: En caso de ocurrencia de algún amago de incendio, se utilizarán los equipos y herramientas usados para realizar el trabajo de descepado de los ejemplares. Se contará con un set de herramientas manuales, extintores de fácil acceso para combatir los incendios en su etapa inicial, las cuales serán revisadas de forma periódica para verificar su buen estado y funcionamiento. En esta línea, las inducciones a realizar considerarán las capacitaciones correspondientes al personal en el uso de tales elementos. En caso de avistamiento de foco de incendio, el personal de la obra, estará capacitado para la realización del primer ataque y combate del fuego. Para ello, el personal contará con el set de herramientas: rastrillos, palas, hachas y extintores del tipo polvo químico clase A o multipropósito ABC. Estos estarán visibles y señalizados, y certificados por un organismo acreditado. • Maquinaria y equipos de apoyo: La maquinaria de apoyo será la misma utilizada en las obras de construcción del proyecto. • Comunicaciones: Se designará una persona que estará a cargo de disponer o instruir el traslado de recursos y personal si fuese necesario, así como realizar la coordinación con CONAF para solicitar participación de brigadas profesionales de combate de incendios. f.- Medidas Preventivas de carácter general: • Los extintores instalados serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, de acuerdo con lo indicado en el DS N° 369/1996, del MINECON. Se asignará una persona que será responsable de asegurar el mantenimiento de los equipos de extinción de incendios. Estos estarán de acuerdo a la capacidad en m2 según D.S. N' 594/99 del Ministerio de Salud. • Para reducir el riesgo de incendios, se instalarán señales apropiadas concernientes a la prohibición de uso de fuego en las áreas de almacenamiento de residuos. • La señalización en terreno dará las instrucciones claras de no encender fuego, no fumar, kit de derrames. • El manejo de residuos se realizará considerando un retiro diario de los frentes de trabajo, trasladándose a sus respectivas áreas de acopio en la Instalación de Faena. • El titular no considera la implantación de brigadas contra incendios, priorizando el resguardo de las vidas de sus trabajadores privilegiando que el combate de incendios sea efectuado por personal especializado de CONAF, Bomberos, etc. • Se capacitará al personal en relación al plan de emergencias, para conocer los métodos de reacción frente a incendios. • Instalación y mantención de al menos un letrero visible en lugares de acceso al predio con transito regular, que contenga el nombre del predio y número de emergencias 130. El letrero podrá además informar a la comunidad la importancia de la prevención de incendios forestales y medidas básicas de prevención en cuanto al riesgo que implica el encender fuego en ambientes naturales (por ejemplo: no realizar fogatas; evitar botar basuras, cigarrillos, fósforos, u otros). • Se definirá un punto de encuentro en caso de incendio en la obra. • Se realizará un flujograma para saber quién y qué debe realizar en un incendio en la obra g.- En caso de ocurrir un siniestro, se adoptarán las siguientes medidas: • El personal que se encuentre más cerca del incendio, dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: tipo de combustible que se está quemando, cantidad de combustible y recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso al lugar, estimación de la superficie afectada hasta ese momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas locales, especialmente dirección y fuerza del viento y, en especial si se requiere de más personal para el combate. • La persona encargada de las comunicaciones dará aviso a Bomberos y a CONAF sobre la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de éste y demás antecedentes, con el objeto que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. • El personal encargado de las comunicaciones, una vez realizadas las gestiones de comunicación con las Autoridades correspondientes, también alertará a los vecinos o comunidades vecinas. • El encargado de las comunicaciones dará primera prioridad a las referidas al incendio y una vez las autoridades lleguen a destino, el encargado indicará al personal sobre el lugar del incendio en el caso que sea necesario. h.- Conducta Preventiva contra el incendio: Se instruirá al personal que trabaja en faena a adoptar conductas preventivas de contingencias, dentro de las cuales se considera: • Tener especial preocupación porque se mantenga el orden y aseo. • Inspeccionar y verificar que tanto las vías de evacuación como los sistemas y equipos de combate de incendio, se mantengan libres de obstáculos y bien señalizados. • En caso de detectar instalaciones eléctricas en mal estado, reparaciones provisorias o en condiciones subestándar, comunicarlo inmediatamente a la jefatura de la empresa. • Antes de abandonar el lugar de trabajo desenergizar aparatos de suministro eléctrico y de combustible, tales luminarias, etc. i.- Programa de capacitación y difusión en prevención de incendios: En forma complementaria, se desarrollará un programa de capacitación y difusión en prevención de incendios. Este considera lo siguiente: • Acciones de difusión y educación a los trabajadores que laborarán en las distintas obras del Proyecto. Esta acción está dirigida a controlar el riesgo de incendios a la vez que prever los factores que pueden provocar el inicio de ellos y las capacitaciones seguirán los protocolos establecidos por CONAF. • Las capacitaciones consideran las temáticas de riesgo de incendios forestales, zonas de seguridad, uso y manejo de extintores (teórico y práctico) y evacuación de zonas de incendios forestales. Se registrará pertinentemente toda formación realizada a los trabajadores mediante actas de sesión formativa, las que se encontrarán disponibles en faena para su verificación. • Instalación de letreros en puntos estratégicos que concentran el movimiento de personal y maquinaria. De esta forma, se instalará letreros preventivos en lugares visibles de Instalaciones de Faena. Asimismo, se instalará esta señalética en frentes de trabajo (como el ejemplo adjunto). La leyenda de los letreros incluye: - "Cuidemos Nuestros Bosques" - "No Fumar" - "Evitemos los Incendios Forestales" • Prohibición de encender fogatas en frente de trabajo. Asimismo, se prohibirá el uso del fuego como medio de eliminación de residuos domiciliarios o de otro tipo originados en el frente de trabajo. • Las áreas de evacuación se definirán de acuerdo a los caminos de acceso de las distintas estructuras. • Medidas de seguridad en instalaciones eléctricas, maquinarias y equipos que sean fuente de emisiones de chispas, especialmente durante los periodos de clima seco. • Inspecciones permanentes de las zonas de proyecto, procurando la correcta implementación de las medidas de prevención. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones en prevención de incendio. • Registro de seña 'ética, retiro de los residuos vegetales. • Registro de las podas semestrales, mediante informe señalando día, hora y fotografías. • Registro de la mantención de equipos. • Boleta o factura de compra de extintores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.7. Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.7 Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. a.- En caso de que ocurra un incendio en las instalaciones: • En caso de detectar humo o llama, se dará aviso de alerta de emergencias a viva voz y/o por medio de comunicación como teléfono, radio, etc. • Se activará el Plan de Comunicaciones interno de la empresa. • En función de la magnitud otorgada a la emergencia, se activará la alema de incendio parcial o bien en toda la zona del proyecto. • En función de la clasificación del incidente, el personal deberá evacuar ordenadamente las instalaciones hacia zonas de seguridad establecidas previamente y debidamente señalizadas. • El personal autorizado y capacitado atacará el fuego con extintores, mientras llega la ayuda especializada (en caso de ser una situación grave). Adicionalmente, en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. b.- Medidas a implementar en caso de no ser posible controlar la situación con recursos propios: • El trabajador designado y preparado para comunicar un incendio (Prevencionista de riesgo u otro) que aviste una columna de humo y/o incendio, en caso de tener cobertura de telefonía celular, dará aviso de inmediato al 130 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF) y al 132 (Bomberos de Chile) y ONEMI. • En caso de que no tenga cobertura de celular, dará aviso a la persona encargada de coordinar las comunicaciones proporcionándole el máximo de información la información antes mencionada, y esta persona se pondrá en contacto con las centrales de emergencia. • La persona encargada de incendios, proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, en la medida de lo posible y mientras llega personal especializado, tales como: tipo de combustible afectado por el fuego, cantidad y continuidad del combustible afectado y amenazado, hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de la superficie afectada hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de las condiciones meteorológicas locales (dirección y velocidad del viento). • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, y a la junta de vecinos, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. • La primera prioridad será la referida a las personas y segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, éste dispondrá el traslado de personal al lugar del incendio, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. • Una vez arribado al lugar el personal de CONAF y/o Bomberos, liderarán el combate, poniéndose al personal de la faena a disposición para el apoyo a la operación, siempre y cuando sean requeridos. c.- Procedimiento en caso de incendio durante la Fase de Operación: en caso de ocurrir un incendio, desde la Central, o bien el cuidador del predio, darán aviso al Titular del proyecto y este a su vez activará el Plan de Emergencia, llamando de inmediato a Bomberos. • Se monitoreará regularmente el avance de los incendios forestales cercanos a líneas de transmisión, empleando la información del Sistema de Información Digital para Control de Operaciones (SIDCO) de CONAF. • Si se concreta un incendio se informará en tiempo real de la situación al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), para que éste evalúe la disminución de la transferencia o sacar la línea de transmisión de operación. • En el caso de que un incendio forestal afecte a instalaciones y se genere una falla, se envía a una brigada de linieros para que inspeccionen la falla y evalúen la reconexión de la línea de transmisión. Disipado el humo entre la línea y tierra y de no existir daños que impidan la reconexión se procede a normalizar la línea, previa coordinación con el CEN. • Se instruirá al personal de faena a cumplir con el siguiente protocolo ante detección de amagos de incendio: - En caso de detectar humo o llama, se dará un aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.). - En caso de escuchar la alerta de incendio, dirigirse con extintor rápido al sitio del amago, sólo trabajadores capacitados para usarlo, de lo contrario se debe evacuar el área a las Zonas de Seguridad. Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados. • En lo que respecta a las medidas de control del fuego, se hará necesario contar con un equipo de persona encargada de seguridad de obra, los cuales deberán velar por la seguridad de los trabajadores y por la prevención de incendios durante la construcción y operación del proyecto. • Se contará con las herramientas necesarias para el control inicial del fuego, esto implica tener las suficientes herramientas manuales como palas, azadones y extintores en el campamento. Estas herramientas deberán estar dispuestas en un lugar de fácil acceso, las que serán revisadas periódicamente para verificar su buen estado y funcionamiento. • En este contexto, se deberán realizar capacitaciones a los trabajadores para tratar el tema de manipulación de las distintas herramientas, y para la correcta ejecución de un primer ataque al fuego (maniobras especiales, construcción corta fuegos, entre otros). Adicionalmente, se deberá contar con un sistema de comunicación entre el personal y con las autoridades pertinentes, que en este caso corresponden a Bomberos de Marchihue y CONAF. • Se informa que en caso de que se detecte fuego o amago de incendio en las instalaciones, el personal autorizado y capacitado, controlará el amago de incendio con extintores, los cuáles se encontrarán ubicados en distintos puntos de la Subestación y se utilizarán recursos tales como palas o baldes de arena, etc. Cabe señalar que los trabajadores contarán con capacitaciones en el uso y manejo de extintores y control de amago de incendios. En caso de una situación incontrolable se dará aviso de inmediato a Bomberos, CONAF y ONEMI. d.- Durante los trabajos de corta de la vegetación se contará con el equipamiento de comunicaciones (radios y teléfonos) para recibir las instrucciones para iniciar el combate, en caso de ocurrir un siniestro, se adoptarán las siguientes medidas: • El personal que se encuentre más cerca del incendio, dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: tipo de combustible que se está quemando, cantidad de combustible y recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso al lugar, estimación de la superficie afectada hasta ese momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas locales, especialmente dirección y fuera del viento y, en especial si se requiere de más personal para el combate. • El personal que se encuentre disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatir de inmediato, construyendo las líneas de control que sean necesarias. En primera instancia, asumirá la responsabilidad el técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio. • Esta persona organizará a su personal, hará rápidamente una evaluación de los valores afectados y será quien proporcione las informaciones vía radial. • La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF, la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de éste y demás antecedentes, con el objeto que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. • El encargado de las comunicaciones dará primera prioridad a las referidas al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del incendio en el caso que sea necesario o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. • El jefe de cuadrilla dará primera prioridad al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del siniestro, si fuese necesario, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. • Si CONAF envía brigadistas contra incendios al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre en el lugar se pondrá a las órdenes del jefe de incendio. e.- Se instruirá al personal que efectúe la corta, sobre los riesgos que implica esta faena, se le entregarán nociones teóricas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales. • Se proporcionará al personal la instrucción práctica básica sobre el combate de incendios forestales, las formas de organizarse y construir colectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado de CONAF. • Comportamiento básico del personal durante un siniestro: Los operarios seguirán las instrucciones del jefe de incendio designado y adoptarán las medidas de seguridad que se les indiquen. • Herramientas y Equipos de Combate: Además de los equipos y herramientas que se utilice para realizar la faena de roce, habrá herramientas e implementos básicos para el combate inicial de un incendio, tales como palas, rozones, rastrillos y bombas de espalda, en las instalaciones del proyecto. • Maquinaria y Equipos de Apoyo: La maquinaria de apoyo será la misma utilizada en las obras de habilitación de las obras del proyecto, es decir, camiones, bulldozers, otros. • Comunicaciones: Se dotará de un teléfono celular o equipo de radio al jefe de cada cuadrilla que esté realizando faenas en los diversos frentes de trabajo, con el propósito que comuniquen de inmediato cualquier emergencia que se pudiese producir durante las faenas. • Dentro de la estructura de operaciones del proyecto, se designará una persona que tendrá por objetivo recibir información de las cuadrillas de trabajo, disponer o instruir el traslado de mayores recursos y personal si fuese necesario, así como realizar la coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales de combate de incendios. Esta persona estará equipada con un teléfono celular o un equipo de radio cumpliendo, además, otras funciones que le sean asignadas. f.- Manipulación de combustibles. • Considerando que para cortar la vegetación se emplearán motosierras, que usan combustibles altamente inflamables: Se instruirá al personal para que el combustible que emplean las motosierras sea manipulado de manera cuidadosa y bajo los estándares de seguridad promovidas por la ACHS. • Los combustibles no serán almacenados en el lugar. • El transporte de combustibles a los lugares de las faenas se realizará usando envases estancos, sellados y seguros. La recarga de los estanques de las motosierras en el bosque se hará en un lugar desprovisto de vegetación. Si no existe, se despejará un área de a lo menos dos metros cuadrados, cuidando de no derramar combustible. g.- Medidas adicionales: Se contemplan las siguientes medidas para prevenir cualquier contingencia: • Capacitación en materia de prevención y control de incendios: Todo personal recibirá inducción en la cual se les dará a conocer los riesgos que involucra su trabajo, la forma correcta de utilizar los elementos de seguridad y las medidas de prevención que debe adoptar. • Instalación de señalética: Se contará con señaléticas adecuada para la utilización de los elementos básicos para combatir el fuego y las respectivas vías de evacuación; Prohibición de fogatas, fumar, quema de basura; así como las indicaciones de las zonas de seguridad. • Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de combate de incendios. • Se impedirá el uso del fuego como elemento para roce de vegetación en la limpieza del terreno, en la fase de construcción del Proyecto. • Disponer de equipamiento en instalación de faenas para combatir incendios. • Mantener la instalación de faenas libre de basura y malezas. • Se presentará el presente Plan a los trabajadores durante la primera semana de la fase de construcción. • Espacio desprovisto de vegetación de al menos 5 metros de ancho, el cual será diseñado para servir simultáneamente como ruta de servicio con fines de mantenimiento de la instalación y eventualmente también como línea de visual para el monitoreo de seguridad. • El Proyecto considera caminos perimetrales y la subestación eléctrica posee un cerco bulldog, que evita cualquier tipo de propagación de fuego desde y hacia afuera de las instalaciones. El diseño del Proyecto contempla un cortafuegos de 10 metros, compuesto por un camino de al menos 5 metros de ancho, el cerco bulldog y 5 metros adicionales, alrededor de todo el perímetro de la Subestación. • Se mantendrá una cuadrilla capacitada con un "primer ataque", que contará con equipamiento adecuado. • Se contará con vehículos y herramientas adecuadas para combatir un amago de incendio forestal. h.- Medidas específicas para el inicio de la construcción: • De la difusión: Se avisará a los administradores de predios vecinos y organizaciones vecinales si las hubiera acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio. • Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, como son: realizar retiro diario de los residuos vegetales en el sector, prohibir la acumulación de los mismos, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del proyecto. • Identificación de las zonas de seguridad: se definió como zona de Emergencia un espacio aledaño a los estacionamientos de vehículos livianos para que las personas que se encuentran en faena puedan resguardarse. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se dará aviso a Bomberos y CONAF de inmediato y se comunicará con la SMA por teléfono. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada mediante página web SMA 9.8.- Riesio o contingencia ocurrencias de electrocución Situación de riesgo o contingencia Afectación sobre fauna silvestre, en caso de electrocución de aves. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Línea de transmisión eléctrica Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones para prevenir el riesgo de colisión y/o electrocución de aves corresponden a: • Capacitaciones a todo el personal, que indicara la fauna silvestre potencial especialmente aves, la prohibición de alimentarlas, las acciones de prevención que se deben implementar para prevenir la colisión y/o electrocución. • Se instruirá al equipo de trabajadores en caso de encontrar especímenes o nidos de alguna especie potencial en categoría de conservación. • Con el fin de disminuir o descartar el riesgo por colisión de las especies potenciales en el área, el titular ha optado por implementar un sistema anti colisión, consistente en la instalación de disuasores de vuelo, los que se instalan en el cable de guarda, con la finalidad de aumentar la visibilidad de tendido evitando la colisión. • Debido a que la mayoría de las colisiones ocurre con el cable de guarda, siendo mayor el riesgo en la medida que dicho cable es más delgado, y por ende, menos visible, es que se contempla que la línea de evacuación eléctrica del proyecto incorpore un cable de guarda del tipo OPGW, y su estructura diámetro de 16 mm. • Se considera la implementación de sistemas anti-electrocución consistente en la instalación de conductores aislados. • Las consideraciones o especificaciones de los dispositivos anticolisión de aves para la LMT del Proyecto se obtuvieron de la "Guía para Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctricas en Aves y Murciélagos" del SAG. • Las características de los dispositivos anticolisión serán visibles de manera diurna como nocturna, por lo que tendrán colores reflectantes. Preferentemente se utilizarán dispositivos de tipo aletas de plástico duro de dos colores altamente contrastantes, además serán visibles en condiciones de neblina y baja luminosidad, con brillo después de la puesta de sol o bajo condiciones de poca luz. Forma de control y seguimiento • Registros Fotográficos • Registro de charlas y capacitaciones. • Registro de instalación de dispositivos anti-electrocución de aves. • Registro de las actividades de capacitación a todo el personal, registro de las instalaciones los dispositivos anticolisión de aves en todo el trazada de la LMT. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contengan la descripción detallada Ítem 5.8 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.8 de Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. • Siempre que un trabajador detecte un animal que pudiera estar accidentado en dependencias del Proyecto deberá suspender las actividades en el perímetro y dar aviso inmediato al encargado ambiental. • Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado. • El encargado deberá realizar una búsqueda y análisis rápido de las causas y evitar el aumento del número de ejemplares accidentados. • El titular se hará cargo del traslado y costos asociados al accidente y coordinará con el Centro de Rescate de Fauna Silvestre correspondiente a la región, para coordinar el traslado del ejemplar accidentado a un lugar en el que pueda recibir la atención requerida y se dará aviso inmediato al Servicio Agrícola Ganadero Regional (SAG) y a la SMA, respecto a las acciones tomadas frente a esta emergencia. • El encargado deberá permanecer en el área del accidente hasta que el personal especializado se presente en el lugar. • Una vez que el animal accidentado haya sido trasladado, el encargado determinará si las actividades pueden reanudarse de manera normal o si es requerido mantenerlas detenidas. • Se iniciará una investigación orientada a determinar las causas del accidente. • En un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el accidente, se emitirá un informe para ser considerado en los procedimientos de la empresa y remitidos a la División de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola Ganadero Regional (SAG). • El encargado deberá dar seguimiento continuo en la recuperación del animal. • Una vez que el animal se encuentre recuperado, el encargado deberá coordinarse con el servicio a cargo para realizar el traslado y reinserción de individuo. • De no estar el encargado presente para participar en cualquiera de las etapas del procedimiento, deberá siempre dejar delegada su función a un tercero capacitado para ejecutarlo Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Dar aviso telefónico a la SMA y al Servicio Agrícola y Ganadero Oficina Regional del Maule en un plazo no superior a 24 horas. Se enviará un informe completo del incidente y sus medidas de control con sus resultados 9;Itiesg15;i31:ddrithibriciá aféCtacióráóbrélá fai..iná:sibiestre ' .._. Situación de riesgo o contingencia El riesgo de afectación sobre la fauna silvestre corresponde a la posibilidad de intervención, fragmentación y destrucción de hábitat generado por la ejecución de las obras de construcción del proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todos los sectores involucrados de las partes, obras y acciones del Proyecto a lo largo de sus diferentes fases. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Elaboración de un procedimiento de trabajo que establezca que las áreas habilitadas para la construcción del proyecto serán aquellas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras civiles. • Elaboración de un procedimiento de trabajo que prohíba la intervención del resto de las áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles, las cuales deberán preservar sus condiciones naturales, en el entendido que corresponden a bienes a preservar por parte del Proyecto. • Se dictarán charlas ambientales periódicas que apuntarán a sensibilizar a los trabajadores respecto del tipo, características y valor de la flora y fauna silvestre existente en el área del Proyecto, donde además se instruirá sobre la prohibición de captura de fauna y el ingreso de animales domésticos. • Instalación de carteles informativos sobre el eventual cruce de animales en las zonas pertinentes. Forma de control y seguimiento • En las licitaciones y contratos con las empresas constructoras que construirán la subestación, quedarán establecidos los procedimientos de trabajos y especificaciones técnicas para la ejecución de excavaciones y las áreas necesarias para la construcción de las obras, áreas excluidas para la intervención con faenas constructivas. • Revisión y mantención de la señalética con la prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles. • Mantención de un registro de chequeo revisiones periódicas de señalética y capacitaciones ambientales de los trabajadores. Referencia a documentos del expediente de Ítem 5.9 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.9 del Anexo IV de la Adenda Complementaria evaluación que contenga la descripción detallada En caso de que se desarrolle una situación de emergencia, es decir, afectación a fauna silvestre (mamíferos, aves o reptiles, entre otros), se procederá al rescate inmediato de las especies que estuvieran o pudiesen verse afectadas para ser asentadas momentáneamente en el centro de rehabilitación de fauna silvestre (inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna del Servicio Agrícola y Ganadero) más cercano al área del Proyecto hasta el momento de su recuperación, al punto que sea posible el retorno de las especies a Acciones o medidas a el lugar de origen. En paralelo se dará aviso al SAG de lo ocurrido. Es importante mencionar implementar para que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados a accidentes de fauna controlar la emergencia. silvestre. El titular formulará un informe con siguientes puntos: • Identificación y Aviso • Determinación del curso de acción a seguir • Rescate y Transporte • Rehabilitación, Liberación / Relocalización Oportunidad y vías de El Líder de Emergencia será el responsable de dar aviso dentro de las primeras 24 horas comunicación a la SMA contadas desde el inicio del incidente a la Superintendencia de Medio Ambiente (por medio de la activación del de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA) y Servicio Agrícola y Plan de Emergencia Ganadero de la jurisdicción. :i0..1.Ó.- FtiOágó:ii.tórifirigenéiá:EiriLitidátióWy/04átúráción délElOelo: Situación de riesgo o contingencia Inundación y/o saturación del suelo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las obras y partes del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se realizarán capacitaciones a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia evacuación hacia zonas seguras. • El encargado correspondiente deberá visualizar el área antes de comenzar a trabajar. • Los trabajadores deberán utilizar EPP en todo momento. • Se implementarán medios de evacuación y puntos de encuentro. • Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una eventual rápida evacuación. • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. • El emplazamiento del Proyecto se encuentra alejado de cauces naturales que puedan desbordarse y provocar una inundación. • Se realizarán simulacros en consideración a una posible inundación en la planta, en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria. • Se instalarán señaléticas dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, punto de encuentro, etc.). • La zona de seguridad deberá estar demarcada y libre de obstáculos, considerando estar ubicada en niveles superiores a los sectores de acumulación de agua. • Se tendrá como medida de control, la limpieza permanente de los cursos de agua y/o quebradas que puedan estar Cerca del Proyecto, cuya periodicidad será cada año antes del periodo de lluvias. Forma de control y seguimiento Se realizará el control y seguimiento de los registros: • Registro de capacitación al personal del plan de prevención de contingencias y emergencias. • Revisión de procedimientos efectuados en el monitoreo de las áreas del Proyecto a objeto de detectar algún hecho anómalo que pueda ocasionar afectación en el funcionamiento de las obras. • Registro de EPP de cada trabajador. • Registro de la realización de simulacros, que incluya un registro fotográfico de la actividad. • Registro de revisión periódica de la señalética, vías de evacuación y condiciones de orden en las diferentes instalaciones. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contengan la descripción detallada Ítem 5.10 del Anexo IV de la Adenda Complementaria • Ítem 6.10 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. • Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y sí es pertinente la evacuación hacia zonas de seguridad. • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar las instrucciones del jefe a cargo. • Producido el evento, el titular procederá a evaluar los daños en las estructuras físicas. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. • El reintegro de los trabajadores será autorizado solo después que se haya inspeccionado todas las dependencias de la Planta y/o instalaciones de faena y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. • Ante señales de peligro resultado del monitoreo, alerta de las autoridades o vista del crecimiento de caudales de ríos, canales u otra condición que genere inundación, se procederá a evacuar el lugar de inmediato. Siguiendo las indicaciones realizadas en las capacitaciones. • Se activará el procedimiento de evacuación hacia zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. Se debe permanecer alejados de canales, cruces y zonas susceptibles de inundación. • No atravesar zonas inundadas. • Evitar los desplazamientos en vehículos y en caso de que se use utilizar las carreteras principales y autopistas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. .. 1.1kiéIdO o :idihtibteii eláIáltéialkillildIhá I i ágjgOsHo :itiOs9ar7q- ite0 óleos.

Situación de riesgo o contingencia Corresponde a la probabilidad que surja un hallazgo de elementos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier faena de excavación o remoción de terreno como parte de las actividades del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades y obras del Proyecto que impliquen escarpes o excavaciones Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar una contingencia en la que se produzca una alteración de los sitios arqueológicos o paleontológicos, se implementarán las siguientes medidas: • Capacitar al personal que participe en la Fase de Construcción, acerca del procedimiento a seguir en caso de hallazgo histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. • En caso de detectarse un sitio arqueológico se habilitarán cercos de protección para impedir el acceso de personas al área del sitio, las medidas propuestas, como las delimitaciones, la instalación de cercos perimetrales y señalética que se utilicen para delimitar y/o identificar el área del hallazgo, serán informadas al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), quien deberá aprobarlas antes de ser ejecutadas y su implementación será por un arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología, el cual remitirá un informe una vez finalizadas las obras a la institución para su evaluación. • Impartición de charlas al personal acerca del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo Forma de control y seguimiento Inspecciones y aplicación de listas de chequeo de cumplimiento Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 5.11 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.11 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. En caso de hallazgo de elementos arqueológicos al momento de realizar cualquier faena de excavación o remoción de terreno en el área del Proyecto, se definen los pasos mínimos que se deben adoptar con el fin de prevenir un potencial impacto sobre ellos: Se procederá según lo establecido en la Ley N2 17.288 del Ministerio de Educación Pública que "Legisla sobre monumentos nacionales". • Se paralizarán los trabajos en el sector del hallazgo en al menos dos metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, por ejemplo) se considerarán dos metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Se dará aviso inmediatamente al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta a la asesoría medio ambiental, o similar, que inspeccione la obra. • Delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (dos metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. • Se notificará al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). Esta notificación será informada por el titular del proyecto en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación Decreto Supremo N°484 de 1990. • Se contará con la asesoría de un arqueólogo, que elaborará un informe de la situación y de las medidas realizadas, para su entrega a la autoridad correspondiente. • En caso que el CMN resuelva que se debe rescatar el sitio y autorice las faenas, se procederá a realizar el correspondiente rescate arqueológico, de acuerdo a la normativa vigente y aplicable. • Los trabajos en la zona del hallazgo se retomarán con la conformidad del CMN. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El Líder de Emergencia será el responsable de dar aviso en forma inmediata a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA, así como también al CMN.

Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Situación de riesgo o contingencia Incendios en subestación o línea de transmisión Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Línea de alta tensión Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se mantendrán en las cercanías de la línea de alta tensión, carteles o señalética que indique riesgo asociado a radiación electromagnética. Se dará cumplimiento a la normativa de corriente fuertes. • El personal contará con capacitación relacionada a la radiación electromagnética. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ítem 5.12 del Anexo IV de la Adenda Complementaria Ítem 6.12. Anexo IV de la Adenda Complementaria Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia No aplica, ya que durante la fase de operación del Proyecto, la línea de transmisión eléctrica de la subestación, generarán campos electromagnéticos, cuya potencia, disminuye con la distancia a las instalaciones, encontrándose muy por debajo de los límites recomendados, por lo que no representan un peligro para las personas que transitan por la zona. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. 10". Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N" 19.300, por lo que no se generó un proceso de participación ciudadana (PAC), razón por la que, consecuencialmente, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto. 11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1.- de la presente Resolución. 12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 13°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 14°. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vige,ntes que le sean aplicables. 15°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA. 17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SETA. el Maule p, ec •\ \so.' 1 P 1 8\ en Fern dez Eval ación Ambiental valuación mberto Aqueveque Díaz Delegado Presidencial P esidente Comisión de Evaluación Región del Maule 18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV de LENERGÍA CHILE SpA 2°. Certificar que el Proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el Proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los Artículos 138, 140, 142, 149, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el Proyecto SUBESTACIÓN ELÉCTRICA LNRG2 23/66 KV no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1.- del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese RCF/PCT/M FA Distribución: Sr. Jan Masferrer Trius ; imt@lenergia.c1 SERNAGEOMIN, Región del L.G. Bernardo O'Higgins ; roberto.coloma@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl CONAF, Región del Maule ; aliro.gascon@conaf.cl DGA, Región del Maule; enrique.osorio@moilgov.c1 Dirección de Vialidad, Región del Maule ; manuel.montero.m@mop.gov.cl DOH, Región del Maule; claudia.vasconcellos@mop.gov.cl SAG, Región del Maule ; luis.pinochet@sag.gob.cl, carolina.gonzalezlopez@sag.gob.cl, director.sag7@sag.gob.c1 SEC, Región del Maule ; vmarinkovic@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región del Maule ; ana.munoz@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Maule; Cebner@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región del Maule ; eubilla@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región del Maule ; alex.sotop@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule ; cpalacios@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule ; rhernandezf@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule ; Diara@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región del Maule ; renzo.casa-cordero@mop.gov.c1 Servicio Nacional Turismo, Región del Maule ; rmelo@sernatur.cl CONADI, Región del Biobío ; Isolar@conadi.gov.c1 Consejo de Monumentos Nacionales ; ssdg@monumentos.gob.c1 SUBPESCA ; beyzaguirre@subpesca.c1; cristianac@subpesca.c1; ccubillos@subpesca.c1; rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios ; vvergara@siss.gob.c1 Gobierno Regional, Región del Maule ; cbravo@goremaule.cl Ilustre Municipalidad de Molina; pcastillo@molina.cl Superintendencia del Medio Ambiente ; contactorca@sma.gob.cl CC Encargada Participación Ciudadana ; pvargas.7@sea.gob.cl Oficial de Partes ; jcastro.7@sea.gob.c1