Evaluación SEA

EDIFICIOS VESPUCIO 4453

Rol 2154972647
SEA · DIA · Aprobado · 2022-02-09 · Región Metropolitana de Santiago · Inmobiliaria Américo Vespucio 4641 S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el “Edificios Vespucio 4453”

Santiago

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”) admitida a trámite con fecha 09 de febrero de 2022 mediante Resolución Exenta N° 20221300174 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 30 de marzo de 2023 y su Adenda Complementaria de fecha 28 de septiembre de 2023, del Proyecto “Edificios Vespucio 4453” presentado por Inmobiliaria Américo Vespucio 4641 S.A. el 04 de febrero de 2022.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del Proyecto “Edificios Vespucio 4453”.

3°. El Acta de Evaluación N° 01/2023 de fecha 11 de octubre de 2023 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE N° 202313109122 de la DIA del Proyecto “Edificios Vespucio 4453” de fecha 13 de octubre de 2023.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 23 de octubre de 2023.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Edificios Vespucio 4453”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40, de 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N° 1/19.653, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 81 de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en la Resolución Nº 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024 Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina Fecha: 08-11-2023 17:06:43:129 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina Fecha: 08-11-2023 17:06:45:472 UTC -03:00 Razón: Lugar:

CONSIDERANDO:

1°. Que Inmobiliaria Américo Vespucio 4641 S.A. (en adelante, el “Titular”) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del Proyecto “Edificios Vespucio 4453” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria Américo Vespucio 4641 S.A. Rut 76.709.960-6 Domicilio Avenida Presidente Riesco N° 3151, Las Condes. Teléfono +56 02 24961400 Nombre representante legal Jorge Omar Tapia Carrasco Rut representante legal 6.130.121-6 Domicilio representante legal Presidente Riesco N° 5561, Oficina 601, Las Condes. Teléfono representante legal +56 02 24961400 Correo electrónico Titular o representante legal sperez@stitchkin.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de octubre de 2023, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:

• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 MMA; • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 23 de octubre de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificios Vespucio 4453”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 13 de octubre de 2023, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del “Edificios Vespucio 4453” (en adelante, el “Proyecto”) es la construcción y operación de dos torres habitacionales de departamentos, de 23 pisos cada uno, lo que considera en total un conjunto de 492 viviendas. Descripción general del Proyecto El Proyecto consiste en la construcción de dos torres de departamentos de 23 pisos y dos niveles subterráneos cada uno, los que en conjunto albergarán 492 viviendas, 380 estacionamientos para vehículos livianos, 37 estacionamientos para visitas y 6 para personas con movilidad reducida, además de 40 estacionamientos para bicicletas (Ver acápite 2.6 de la DIA y respuestas 1.2. y 1.3. de la Adenda Complementaria). Se estima que la fase de construcción tendrá una duración total de 52 meses (Ver acápite 2.5.2 de la DIA) dividida en 2 subetapas constructivas, según se ilustra en la siguiente Tabla:

Fuente: Tabla 2.7 del Capítulo 2 de la DIA. Tipología principal, así como las aplicables a sus Tipología principal: De acuerdo con el artículo 10 de la Ley N° 19.300 y al artículo 3 del D.S. N° 40/2012, del MMA, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra: “h.1.3) que se emplace en una superficie igual o superior a siete (7) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

partes, obras o acciones. hectáreas, o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.” El Proyecto considera la construcción de 492 viviendas de departamentos habitacionales, cantidad que supera la cantidad de viviendas establecidas en el literal h.1.3, mencionado con anterioridad. Tipología Secundaria: No tiene. Adicionalmente, el Proyecto comprende una modificación de proyecto o actividad existente, por lo que, además, ingresa al SEIA por el literal g) del artículo 2º del RSEIA. Vida útil Indefinida. Monto de inversión USD 43.484.467.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático, ininterrumpido y permanente es la instalación de faenas (Ver Anexo B. Ficha de Resumen de la Adenda Complementaria). Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrollará por etapas, de acuerdo con lo señalado en el acápite 2.3 del Capítulo 1 de la DIA.

X Proyecto modifica un Proyecto o actividad Si No El Proyecto corresponde a una modificación de proyecto, específicamente a la modificación del proyecto Conjunto Habitacional Vespucio – Macul (RCA 123/2009), por lo tanto, modifica la RCA 123/2009 (Ver acápite 2.1 del Capítulo 1 de la DIA).

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se encuentra ubicado en la comuna Macul, provincia de Santiago, de la Región Metropolitana, específicamente en Avenida Américo Vespucio N° 4453. Descripción de la localización El sitio de emplazamiento en donde se encuentra localizado el Proyecto, se sitúa dentro en sector urbano de la comuna de Macul, en la Zona ZM-2: “Zona Residencial Mixta Densidad Alta Comercial” del Plan Regulador Comunal de Macul, que permite los usos residenciales, áreas verdes y equipamiento, tal como se especifica en el Certificado de Informaciones Previas (CIP) y la Resolución de Aprobación de Anteproyecto de Edificación otorgada por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Macul (ambos presentados en el Anexo B de la DIA). Además, en el área de emplazamiento se destaca la conectividad del sector por vías principales, así como la presencia de comercio y servicios. Por último, El detalle y análisis de la relación del proyecto con las políticas y planes de desarrollo, se presenta en el Capítulo 5 de la DIA, en donde se analizan la Estrategia Regional de Desarrollo, Capital Ciudadana, R.M., 2012- 2021 y el Plan de Desarrollo Comunal 2020-2026 (Ver acápite 2.2 de la DIA). Superficie El Proyecto abarcará, aproximadamente, 0,65 hectáreas, lo que corresponde a una superficie de 6.458,26 m2. La superficie construida total será de 39.055,54 m2, de los cuales 29.833,29 m2 se construirán sobre el nivel del terreno natural y 9.222,25 m2 bajo nivel del suelo. A su vez, la superficie de la Torre G será de 14.918,82 m2 y la Torre G de 14.914,47 m2 (Ver Tabla 2.3 del Capítulo 2 de la DIA). Además, el proyecto contará con una zona de áreas comunes destinadas a áreas verdes de 3.222,26 m2 (Ver respuesta 6.1 de la Adenda). Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla muestra las coordenadas en UTM Datum WGS84 H19S, de los vértices que conforman el polígono de ubicación del (Ver acápite 2.3.2 de la DIA): Tabla 1. Coordenadas de localización del Proyecto, Datum WGS 84, Huso 19S Vértice Coordenadas UTM Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Este (m) Norte (m) A 352578 6292493 B 352603 6292541 C 352708 6292488 D 352691 6292453 E 352683 6292450 F 352687 6292441 Fuente: Tabla 2.2 Coordenadas de localización del Proyecto Edificio de la DIA. Caminos de acceso Durante la fase de construcción las vías de acceso al área del proyecto se efectuarán desde la caletera de la Autopista Vespucio Sur (ruta CH-70), específicamente por la entrada de calle Los Maitenes, sentido oriente-poniente, Kilómetro 12,5 (ver acápite 2.3.4 del capítulo 2 de la DIA) y la calle San Vicente de Paul 4500. Para la fase de operación, el ingreso sólo se realizará por Américo Vespucio (Anexo A Adenda y respuesta 1.5. de la Adenda Complementaria). Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferencia ción e información complementar ia sobre la localización de sus partes, obras y acciones - Tabla 2.2 de la DIA, Coordenadas de localización del Proyecto. - Anexo C1 de la DIA, Planos de Arquitectura del Proyecto. - Anexo B de la Adenda, Planos y KMZ del Proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción Instalación de faenas (IIFF). La instalación de faena tiene por objetivo acondicionar las disposiciones provisorias que permitan ejecutar los trabajos constructivos y consistirá en la instalación de los cierros perimetrales y de recintos provisorios, tales como: oficinas, duchas, servicios higiénicos, y los empalmes eléctricos y sanitarios necesarios para los trabajadores, además de los recintos destinados al acopio de materiales, pañol, bodega. Esta instalación será desmantelada al término de la obra. En el Plano de Instalación de Faena, adjunto en el Anexo B de la Adenda, se presenta la distribución de los siguientes sectores asociados a la Instalaciones de Faena: • Servicios Higiénicos (Baños); • Duchas; • Comedor; • Sector de lavado de ruedas y canoas mixer; • Bodega para el manejo de residuos inertes y residuos industriales no peligrosos; • Bodega residuos peligrosos; • Bodega de sustancias peligrosas. Ver acápite 2.5.1.1 de la DIA y Plano Anexo B de la Adenda. Servicios Higiénicos (Baños). Corresponde a instalaciones provisorias ubicadas en el área de instalación de faenas a través de container habilitados para dicho efecto (Ver Anexo C4, Plano de Instalación de Faenas de la DIA). Además, en los frentes de trabajo, según corresponda (a no más de 75 metros de distancia del área de trabajo), y de ser requeridos, se contará con baños químicos los que estarán a cargo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

una empresa contratista autorizada por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana. La cantidad de servicios higiénicos se determinará de acuerdo con lo establecido en el Artículo 23 del D.S. Nº 594/1999 del Ministerio de Salud. El punto de la descarga de las aguas será la red de alcantarillado, por lo que se mantendrá en obra copia de las boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición adecuada de las aguas y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la empresa sanitaria que autoriza dicha descarga a la red de alcantarillado. Ver acápite 2.5.3.2 de la DIA. Duchas Se contará con la habilitación de duchas en el sector de instalación de faenas, en cumplimiento a las disposiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud. El punto de la descarga de estas será la red de alcantarillado, por lo que se mantendrá en obra copia de las boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición adecuada de las aguas y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la empresa sanitaria que autoriza dicha descarga a la red de alcantarillado. Ver acápite 2.5.3.2 de la DIA. Comedor No se contempla la preparación de alimentos al interior de la obra, sin embargo, se contará con un comedor para el personal, que estará provisto de mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza. Contará con sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores, además de estar dotado con agua potable. Ver acápite 2.5.3.3 de la DIA. Sector de lavado de ruedas y canoas mixer. Corresponde a una piscina especialmente diseñada para el lavado de ruedas de camiones y canaleta de camiones mixer, el que se encontrará ubicado próximo al acceso vehicular hacia la Avenida San Vicente de Paul (ver Anexo C4 Plano de Instalación de Faenas). No se efectuarán lavados de ruedas ni vehículos en el espacio público. Las aguas que se utilizarán en la piscina serán retiradas por un camión limpia fosas cada dos semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final, no efectuándose infiltración directa en el suelo. Bodega para el manejo de residuos inertes y residuos industriales no peligrosos. Corresponde a un sitio destinado a la acumulación temporal de residuos asimilables a domiciliarios y sitio destinado a residuos inertes. En el Plano adjunto en el Anexo B de la Adenda, se observa la ubicación de la II.FF. y la distribución de cada uno de sus sectores, incluido el sector de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. Mayores antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA y Capítulo 4 de la Adenda. Bodega residuos peligrosos. Corresponde a la habilitación de una bodega temporal de almacenamiento de residuos peligrosos, que se ubicará en la Instalación de Faenas (ver Plano adjunto en el Anexo B de la Adenda). Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente por un periodo de 52 meses hasta su disposición final, según lo establecido en el D.S. N°148/2003 de MINSAL, para posteriormente ser trasladados a los sitios autorizados, proceso que estará a cargo de terceros autorizados. Bodega de sustancias peligrosas Las sustancias peligrosas serán acopiadas en un recinto especialmente acondicionado para tal efecto, el que se ubicará alejado de los principales frentes de trabajo y tendrá las siguientes características: • Se encontrará cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso; • La bodega deberá tener un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización; • La bodega deberá instalarse a una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180, en caso de adosamiento; • La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas deberá estar claramente señalizada y demarcada, adicionalmente, deberá contar con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

N° 2190 del 2003: Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos (NCh 2190 Of2003) o la que la sustituya; • Al interior de la bodega se deberá mantener una distancia de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se deberá mantener una distancia de 1,2 m entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas. • Al interior de la bodega no podrán realizarse mezclas ni re-envasado de sustancias peligrosas excepto en aquellas en que existan estanques fijos o en aquellas en que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado en producción dentro del área del Proyecto. • Se prohibirá fumar al interior de la bodega, mediante letreros con la indicación de “No fumar” en el acceso principal de la bodega y en el interior de esta, dispuestos en lugares fácilmente visibles. • En la obra se dispondrá de un registro escrito o electrónico en idioma español de las sustancias almacenadas, registro que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en la bodega, como también de los organismos fiscalizadores y bomberos. • La bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento. Obras viales (EISTU) El Proyecto cuenta con un EISTU aprobado por la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana a través de ORD. SM/AGD/ Nº 2454 de fecha 07/03/2019. En el Anexo D4 de la DIA se adjunta el EISTU, incluidos los planos de medidas de mitigación aprobadas, además del oficio de aprobación ORD. SM/AGD/Nº2454. A continuación, se presentan las medidas de mitigación vial que surgen del EISTU aprobado y que serán implementadas por el titular del proyecto: 1. Mejoramiento de los Modos Peatonales y de los Espacios públicos del sector correspondiente a la zona de la Villa Caupolicán - Avda. Dr. Neghme: a. Se realizará el mejoramiento de la infraestructura peatonal y de espacios públicos lo que considera la ejecución de obras a través de la incorporación de baldosas microvibradas, rampas, iluminación y vallas peatonales, según corresponda. La mejora considera el traslado del paso peatonal que se ubica a continuación de la bajada de la pasarela del metro Las Torres canalizando con vallas peatonales e incluirá señalización, demarcación, resaltos y balizas peatonales para reducir la velocidad de los vehículos que circulan de norte a sur por la caletera de Avda. Américo Vespucio y deben cruzar este paso peatonal y continúan hacia el poniente por Dr. Amador Neghme Rodríguez. Este proyecto debe ser aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Macul. b. Traslado del paso peatonal que se ubica a continuación de la bajada de la pasarela del metro Las Torres canalizando con vallas peatonales. Se debe incluir señalización, demarcación, resaltos y balizas peatonales para reducir la velocidad de los vehículos que circulan de norte a sur por la caletera de Avda. Américo Vespucio y deben cruzar este paso peatonal y continúan hacia el poniente por Dr. Amador Neghme Rodríguez. Este proyecto debe ser aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Macul y ejecutado por el Titular del proyecto. 2. Obras de Mitigación en la Calle de Servicio al Sur del Predio; 3. Obras de Mitigación en el empalme Cuadro Verde con El Líbano; 4. Obras de Mitigación en el empalme Campo Lindo con El Líbano; 5. Obras de Mitigación en el empalme Jorge González con El Líbano; 6. Obras de Mitigación en el empalme Cuadro Verde con San Vicente de Paul; 7. Obras de Mitigación en el arco de Cuadro Verde entre El Líbano y San Vicente de Paul; 8. Obras de Mitigación en el empalme Campo Lindo con San Vicente de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Paul; 9. Obras de Mitigación en el arco de Campo Lindo entre El Líbano y San Vicente de Paul; 10. Obras de Mitigación en el cruce de Jorge González Bastías con San Vicente de Paul; 11. Obras de Mitigación en el arco de Jorge González entre El Líbano y San Vicente de Paul; 12. Obras de Mitigación en Eduardo Fabini y en su cruce con San Vicente de Paul; 13. Obras de Mitigación en el empalme de Santa Teresa de Los Andes con San Vicente de Paul; 14. Obras de Mitigación en los empalmes de San Marcos y Alejandro Flores con San Vicente; 15. Obras de Mitigación en el cruce de San Lucas y San Vicente de Paul; 16. Obras de Mitigación en el empalme de Santa Teresa de Los Andes y Américo Vespucio; 17. Se realizarán estudios de justificación de semáforos para los empalmes de la calle Cuadro Verde con San Vicente de Paul y con la Av. El Líbano y en el empalme de San Vicente de Paul con Jorge González Bastías. Se instalará a lo más uno de ellos si alguno de estos semáforos se justificara, según normativa y exigencias de la UOCT. En los casos en que un semáforo no se instale serán válidas las medidas de señalización que se detallan, incluyendo las balizas luminosas; 18. Realizar sintonía fina, y posterior grabación en memoria EPROM de los tiempos resultantes, en los siguientes cruces semaforizados, durante dos periodos críticos; 19. Quince paraderos serán objeto de rehabilitación o renovación de la demarcación en la calzada y de la señal; de reparación y limpieza de los refugios, asientos, iluminación y basureros -según sea el caso- antes de la recepción municipal; 20. Construir un sumidero y un pozo de absorción en la calzada de San Vicente de Paul, en las cercanías de la intersección de esta vía con Dr. Neghme, donde actualmente se produce acumulación de aguas lluvias; 21. Se desarrollará la Ingeniería y realizar la reparación de la cubierta central (tragaluz superior) de la Estación Las Torres de Línea 4 de Metro, con el objeto de eliminar el ingreso de aguas lluvias que caen sobre la loza de la mesanina, torniquetes y área de boletería; 22. Obras de Control en el Frente del Predio.

Ver Anexo J “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul” de la Adenda Complementaria y especificaciones técnicas de las obras del Anexo 1 y 2 del Anexo J señalado. 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción Demolición. Consiste en el desmantelamiento de las construcciones existente en el área de Proyecto, así como también al retiro de los radieres existentes. Los escombros y residuos de esta actividad serán derivados a lugares de disposición autorizados por la autoridad sanitaria de la Región Metropolitana (Ver acápite 2.5.1.2 de la DIA). Escarpe y Excavaciones. Se efectuará el retiro de la cobertura vegetal remanente para luego proceder a ejecutar la actividad de excavación, procurando implementar todas aquellas medidas necesarias para evitar perjuicios en los receptores sensibles colindantes. Esta actividad se desarrollará exclusivamente durante la subetapa 1 del Proyecto y su implementación se encuentra reflejada en los estudios de estimación de emisiones (Anexos E de la Adenda Complementaria) y ruido y vibraciones (Anexo J de la Adenda) del Proyecto (Ver acápite 2.5.1.3 de la DIA). Obra Gruesa. La excavación de fundaciones da inicio a la fase de construcción de la obra gruesa, las que serán recibidas por un profesional competente por parte de la empresa encargada del Estudio de Mecánica de Suelos del Proyecto. La estructura del edificio será construida en base a una estructura de hormigón armado compuesta por una losa de fundación que sustentará el edificio y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

fundaciones aisladas para los sectores del subterráneo que queden fuera de la silueta del edificio; luego se ejecutarán muros y pilares de hormigón armado que sustentarán las losas del piso superior, también ejecutadas de hormigón armado, secuencia que se repetirá hasta terminar el último nivel del edificio. Avanzada la obra gruesa, se iniciará la instalación de tabiquerías interiores, ductos, instalaciones y arranques de servicios (Ver acápite 2.5.1.4 de la DIA). Terminaciones Consiste en la ejecución de las terminaciones de los diferentes niveles, incluyendo obras e instalaciones tendientes a habilitar los recintos para su uso, tales como, artefactos, pinturas y revestimientos, carpintería, etc. (Ver acápite 2.5.1.5 de la DIA). Vialidad y Paisajismo. Estas obras corresponden al mejoramiento y mantención del espacio público que enfrenta el Proyecto, a través de la pavimentación de la acera además de la ejecución de las medidas de mitigación resultantes del proceso de aprobación del Estudio de Impacto Sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU). En cuanto al paisajismo se procederá a la ejecución de obras una vez terminadas las actividades de obra gruesa y las respectivas faenas de terminación que puedan afectar el desarrollo de la actividad de paisajismo o puedan deteriorar el mismo una vez ya ejecutado, como por ejemplo la terminación de las fachadas del edificio (Ver Anexo H de la Adenda Ver acápite 2.5.1.6 de la DIA). Construcción Piscina. Su estructura en hormigón armado se realizará durante el proceso constructivo de la Obra Gruesa. Posteriormente se realizarán las siguientes actividades para dar fin al proceso de construcción de la piscina: - Limpieza de la zona de trabajo. - Ejecución de Instalaciones (Drenos, skimmer y retornos). - Ejecución de fibra de vidrio sobre Hormigón Armado. - Montaje de equipos Bombas y Filtro. - Pintura de terminación y montaje de pasamanos y barandas. Ver acápite 2.5.1.7 de la DIA. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Servicios higiénicos. Corresponderá́ a instalaciones provisorias ubicadas en el área de II.FF. a través de container habilitados para dicho efecto (Ver Anexo C4, Plano de Instalación de Faenas de la DIA). Además, se contará con baños químicos los que estarán a cargo de una empresa contratista autorizada por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana. Se contará con la habilitación de duchas en el sector de II.FF., en cumplimiento a las disposiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud. El punto de la descarga de las aguas proveniente de las duchas y baños será́́ la red de alcantarillado, por lo que se mantendrá en obra copia de las boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición adecuada de las aguas y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la empresa sanitaria que autoriza dicha descarga a la red de alcantarillado. Alimentación. No se contempla la preparación de alimentos al interior de la obra, sin embargo, se contará con un comedor para el personal, que estará provisto de mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza. Además, se contará́ con sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores, además de estar dotado con agua potable. Energía eléctrica. Se ejecutarán instalaciones temporales que estarán conectadas a la red eléctrica de la empresa Enel, para las que se solicitarán las autorizaciones sectoriales correspondientes. Agua. El agua potable estará destinada para el consumo humano y las necesidades básicas de higiene y aseo del personal, así como para fines constructivos, la que será suministrada por la empresa Aguas Andinas. En forma complementaria, para el consumo de agua potable de los trabajadores se dispondrá de dispensadores de agua purificada. Todas las instalaciones y equipamiento relacionados con el consumo de agua potable considerarán un valor de diseño de 150 litros por trabajador diario como mínimo, según las condiciones dispuestas por el D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud. 4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

El Proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales durante la fase de construcción. 4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA Nombre Descripción Emisiones atmosféricas El Proyecto “Edificio Vespucio 4453” corresponde a una modificación del Proyecto Conjunto Habitacional Vespucio - Macul, sometido a evaluación ambiental el 11.06.2007, siendo aprobado por la Resolución Exenta RCA Nº123/2009 de fecha 19.02.2009. La 1ª modificación, se presentó con fecha 25.10.2013, bajo el nombre Declaración de Impacto Ambiental Proyecto Conjunto Habitacional Vespucio Macul, aprobado mediante la Resolución Exenta (RCA) Nº166 de fecha 18.03.2014 y consideró el desarrollo de 3 edificios en el lote D1, de 8.418,38 m2 de superficie (dirección Avenida Macul Nº4601), los cuales se encuentran su fase de operación (administrados por sus residentes). La 2ª modificación, se presentó con fecha 07.07.2017, bajo el nombre Declaración de Impacto Ambiental Proyecto Edificios Vespucio 4455, aprobado mediante la Resolución Exenta (RCA) Nº065 de fecha 16.02.2018 y consideró el desarrollo de 2 edificios, en un terreno de 6.462,52 m2 de superficie, ubicado en Av. Américo Vespucio 4455, de los cuales, actualmente la etapa 1 se encuentra entregada y con la etapa 2 finalizando su construcción. De acuerdo con lo anterior, es necesario evaluar la modificación de emisiones que presenta el Proyecto en su conjunto, es decir, considerando las emisiones de la Fase de Operación de la primera modificación (Proyecto Conjunto Habitacional Vespucio Macul), superpuesta con la Fase de Operación de la segunda modificación (Proyecto Edificios Vespucio 4455) y las fases de Construcción y Operación de la tercera modificación (Proyecto Edificios Vespucio 4453). Respecto de la RCA N° 166/2014 su estado de avance correspondiente a la fase de construcción y operación es del 100%. En tanto, el proyecto Edificios Vespucio 4455 de RCA N°065/2018, se encuentra finalizado, encontrándose en proceso de Recepción Final. En cuanto a la fase de construcción del proyecto Edificios Vespucio 4453 (Proyecto evaluado en esta DIA), se espera el inicio de las obras durante el mes de enero del año 2024. Por lo anterior, al momento que el proyecto Edificios Vespucio 4453 comience sus actividades de construcción, ya se habrán iniciado las actividades de la fase de operación del proyecto de RCA N°065/2018. Las emisiones a la atmósfera producto del Proyecto serán generadas fundamentalmente durante el período de construcción del conjunto habitacional y corresponderán fundamentalmente a las actividades de intervención directa en el sitio donde se realizarán las faenas de construcción, las asociadas al transporte y disposición del material excedente, así como del transporte por caminos exteriores no pavimentados de los insumos necesarios para la materialización del Proyecto. La tabla siguiente muestra el resumen de las estimaciones de emisiones atmosféricas asociadas a la fase de construcción del Proyecto: Tabla 2. Conversión para MP2,5 y MP10 equivalente por contaminante (ton/año)

Emisiones del Proyecto (t/año) Emisiones Equivalente MP 2,5 (t/año) A ñ o Fase NH3 SOx NOx MP 2,5 Total MP 10 Total NH3 SOx NOx MP 2,5 Eq MP 10 Eq 0 Oper. 0,000 0,154 1,614 0,114 0,14 0,000 0,052 0,19 0,356 0,386 1 Const 0,003 0,003 1,395 2,674 11,3 0,000 0,001 0,16 2,839 11,51 Oper. 0,000 0,154 1,614 0,114 0,14 3 0,000 0,052 0,19 0 0,356 0,386 Total 0,003 0,157 3,008 2,788 11,4 0,000 0,054 0,35 3,196 11,90 2 Const (*) 0,001 0,002 0,644 0,060 0,43 0,000 0,001 0,07 0,137 0,508 Oper. 0,000 0,154 1,614 0,114 0,14 0,000 0,052 0,19 0,356 0,386 Total 0,001 0,156 2,258 0,174 0,57 0,000 0,053 0,26 0,493 0,894 3 Const 0,000 0,000 0,128 0,026 0,21 0,000 0,000 0,01 0,041 0,226 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

1 5 Oper. 0,000 0,156 1,649 0,116 0,14 0,000 0,053 0,19 0,363 0,393 Total 0,000 0,157 1,777 0,142 0,35 0,000 0,053 0,20 0,405 0,619 4 Const 0,000 0,000 0,123 0,018 0,12 0,000 0,000 0,01 0,032 0,316 Oper. 0,000 0,163 1,755 0,124 0,15 0,000 0,056 0,20 0,386 0,415 Total 0,000 0,163 1,878 0,142 0,27 0,000 0,056 0,22 0,418 0,552 5 Const 0,000 0,000 0,012 0,003 0,02 0,000 0,000 0,00 0,005 0,029 Oper. 0,000 0,169 1,849 0,130 0,16 0,000 0,058 0,21 0,406 0,435 Total 0,000 0,169 1,861 0,134 0,18 0,000 0,058 0,21 0,410 0,465 6 + Oper. 0,000 0,172 1,896 0,134 0,16 0,000 0,059 0,22 0,415 0,445 Límite PPDA (ton/año) - 10 8 - - - - - 2 2,5 Fuente: Tabla 79: Emisiones de MP Equivalente del Proyecto del Anexo E Estimaciones de Emisiones Atmosféricas de la Adenda Complementaria. De acuerdo con la Tabla anterior, y atendiendo que las emisiones máximas de MP equivalentes superan simultáneamente los límites establecidos de MP2,5 equivalente y de MP10 equivalente en el primer año de la fase de construcción y operación, de acuerdo al literal a) del artículo en el artículo 64 del D.S. Nº 31/2017, el Proyecto deberá compensar las emisiones totales de Material Particulado equivalente, en el Año 1 de la fase de construcción de este Proyecto. Como medida de control de material particulado resuspendido, se aplicará un supresor de polvo en todas las vías internas y de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas, con una eficiencia de, a lo menos, un 90% en el abatimiento de polvo. Para dar cumplimiento a la Compensación de Emisiones el Proyecto distinguió entre las emisiones anuales de MP10 equivalente, generadas en procesos de combustión, de las emisiones asociadas a resuspensión. La siguiente tabla presenta dicha diferencia. Tabla 3. Resultado de MP Equivalente de Resuspensión y Combustión. Año Emisiones a compensar de MP10eq al 120% (t/año) Resuspensión Combustión Total 1 13,54 0,75 14,3 Fuente. TABLA 81. Resultado de MP Equivalente de Resuspensión y Combustión. De acuerdo con lo indicado en el artículo 63 del D.S. N°31/2017, PPDA RM, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios: a. Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas; b. Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación; c. Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares; d. Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Por consiguiente, la forma en la que se compensarán estas emisiones considera una o más de las siguientes alternativas, dependiendo del tipo de compensación: a. Fracción de Resuspensión. Corresponde a las emisiones de Material Particulado producto de la atracción que generará el proyecto en su fase de operación producto de las actividades de resuspensión de polvo en la circulación de los vehículos sobre vías pavimentadas, las que podrán ser compensadas mediante pavimentación de una calle de uso público. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Para compensar 13,54 t/año se requeriría la pavimentación de aproximadamente 197 mL, de acuerdo a mediciones de flujo vial de referencia de otros proyectos, en calles al interior de la Región Metropolitana. b. Fracción de Combustión. Corresponde a las emisiones de Material Particulado generado en la combustión de los motores de los vehículos del proyecto, así como las emisiones de NH3, NOX y SO2 convertidas en emisiones de Material Particulado Equivalente. Para compensar estas emisiones se estudia la alternativa de Recambio de Calefactores a leña por calefactores eléctricos. Para compensar 0,75 t/año de emisiones MP por combustión, se requerirá reemplazar aproximadamente 34 estufas a leña, por el mismo número de estufas eléctricas. Durante la fase de construcción, se implementarán las siguientes medidas de control, con el objetivo de reducir las emisiones atmosféricas generadas por las actividades del Proyecto: • Se aplicará un supresor de polvo, del tipo bischofita u otro que cumpla con el propósito de retención de polvo en la superficie del suelo, mediante aplicación directa a través de riego, en todas las vías internas y de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas o estabilizadas; • La frecuencia de aplicación del supresor de polvo será cada 3 meses o bien cada vez que se requiera o cuando se realicen cambios al trazado de los caminos internos del proyecto. Esta medida se implementará durante la actividad de despeje de terreno, una vez que se defina la huella que recorrerán los camiones, y finalizará con el término de las actividades de pavimentación o estabilización con grava de los caminos; • Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en todo el périmetro del proyecto o en almenos aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como veredas peatonales, viviendas, edificaciones aledañas, lugares de trabajo, entre otros; • El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados; • Para la descarga de escombros desde el nivel sobre el suelo, se contará con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor; • Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería; • Se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día; • No se utilizará en obra maquinaria con motores diésel que tengan una antigüedad superior a 5 años; • Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto; • Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del Proyecto; • Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Al respecto, la SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio N° 798 de fecha 11 de octubre de 2023, se pronunció conforme condicionado según lo siguiente: “Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”: 1. Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM un Programa de Compensación de Emisiones (PCE), en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del D.S. N°31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1: Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar, proyecto “Edificios Vespucio 4453” Año MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Fracción por combustión [%] 1 11,902 14,282 5,231

-- Según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación “deberán cumplir los siguientes criterios: - Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. - Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. - Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. - Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones.” Finalmente, señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo PCE.

  1. Utilizar durante la fase de construcción del proyecto maquinaria que cumpla con el estándar de emisión de la Tabla 2 para cada caso, o bien que cumpla con un estándar de emisión superior.

Tabla 2: Estándares de emisión para maquinaria del proyecto “Edificios Vespucio 4453” Maquinaria Estándar emisión Excavadora Stage II Minicargador Stage III A Rodillos Compactador Stage III A Bomba Hormigonera Stage III A Betonera Stage III A Camión Mixer Stage III A Fuente: Tabla N°36 del Anexo E de la Adenda Complementaria.

Se aclara que en caso de no utilizar maquinaria que cumpla con estos estándares de emisión resultaría en un aumento considerable en las emisiones por combustión durante la fase de construcción, lo que implicaría en una subestimación de los valores a compensar presentados en la Tabla N°1 de este pronunciamiento.

  1. La aplicación del supresor de polvo según el intervalo de tiempo y las especificaciones detalladas en el Programa de Seguimiento y Control de Supresor de Polvo, Apartado 4 del Anexo E de la Adenda Complementaria.

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Con el propósito de cumplir con lo mencionado anteriormente, el Titular deberá presentar tanto los registros como los medios de verificación que respalden el uso de la maquinaria, tal como se detalla en la Tabla N°2, así como también los documentos y medios de verificación que confirmen la aplicación del supresor de polvo. Estos registros y documentos deben ser entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se puede acceder mediante el sitio web http://www.sma.gob.cl, conforme a lo estipulado en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA

Para mayores antecedentes revisar Anexo E de la Adenda Complementaria relacionada con el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado. La SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio N° 798 de fecha 11 de octubre de 2023, se pronunció conforme condicionado a la presentación de un Plan de Compensación de Emisiones por parte del Titular. 4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas) Las emisiones líquidas serán generadas por los servicios higiénicos contemplados para la fase de construcción y se estima un consumo de 750 m3/mes por trabajador, para un total máximo de 250 trabajadores, lo que corresponde a 150 litros día por trabajador. Para las instalaciones sanitarias, la obra se conectará al sistema de agua potable y alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas, por lo que todas las aguas servidas serán derivadas al alcantarillado público. De corresponder, también se instalarán baños químicos a cargo de una empresa debidamente autorizada. La provisión y mantención de los baños químicos, y el retiro y disposición final de los residuos generados será realizado por una empresa debidamente autorizada. Para mayores detalles en acápite A.5.6.2. de la DIA. Otros residuos líquidos Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos asociados al lavado de ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo, que se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. Esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para esta actividad. Las aguas que se utilizarán en la piscina serán retiradas por un camión limpia fosas cada dos semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final, no efectuándose infiltración directa en el suelo. A su vez, se generarán aguas residuales producto del lavado de concreto de canaletas de camiones mixer, el que se realizará con agua potable aplicada mediante hidrolavadora, no siendo incorporados productos de limpieza. Este lavado se realizará sobre un contenedor o receptáculo de hormigón impermeabilizado y con canalización de agua hacia una fosa de acumulación. El agua resultante de este lavado será posteriormente retirada por un camión limpia fosas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final, no efectuándose infiltración directa en el suelo. 4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido

En el Anexo J de la Adenda, se detalla el área del Proyecto y la ubicación de los puntos de evaluación de ruido (puntos R1 a R10), posteriormente se describe cada receptor indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción del área del Proyecto. Respecto de los receptores identificados, estos se muestran en la siguiente tabla:

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Tabla 4. Descripción de Receptores.

Fuente: Tabla Descripción de Receptores del Anexo J de la Adenda.

Durante la construcción las fuentes de ruido son el uso de maquinaria pesada tanto para las actividades de preparación del terreno, escarpe, excavaciones, la demolición de la estructura existente, la perforación realizada a nivel de subsuelo, las actividades de socalzado, la obra gruesa a nivel de suelo en altura y las terminaciones. El Proyecto cumple con el D.S. N° 38/11 del MMA implementando las siguientes medidas de abatimiento o control: cierres perimetrales permanentes y trasladables, encierro acústico en martillo hidráulico y esmeril angular en demolición, cierre de vanos, barreras acústicas modulares en losas avance, túnel para el camión mixer, restricción de maquinaria, silenciador escape generador eléctrico. En el acápite 8. Conclusiones del Anexo J de la Adenda, se presenta que, en todos los escenarios modelados, correspondiente a las diferentes faenas de construcción, en los receptores más cercanos al Proyecto, según la definición del D.S. N° 38/2011 del MMA, cumplen con los niveles normados por el citado Decreto. Ver respuestas 3.22 a 3.31 de la Adenda y Anexo J. Estudio de Estimación de Ruido y Vibraciones de la Adenda Complementaria. Vibraciones Durante el escenario de construcción de las subetapas 1 y 2 del Proyecto se restringirá el uso de la excavadora cuatro metros hacia el interior del Proyecto en el sector norte desde el receptor R1 (figura 40 de Anexo J Adenda Complementaria). Las actividades realizadas por la excavadora en esta área de restricción deberán ser reemplazadas por maquinarias de menor emisión de vibración o bien realizadas de forma manual. Para las Obras de Mitigación EISTU, producto de la restricción propuesta para las emisiones de ruido del rodillo compactador por la placa compactadora, se considera la placa compactadora para la evaluación de vibraciones (ver Tabla 30 del Anexo J de la Adenda). La magnitud de las vibraciones generadas por la maquinaria que se utilizará durante la fase de construcción del Proyecto ha sido obtenida a partir de la Tabla 12-2 Vibration Source Levels for Construction Equipment (From measured data), del documento de referencia de la Administración Federal de Tránsito de Estados Unidos. Ver respuestas 3.22 a 3.31 de la Adenda y Anexo J. Estudio de Estimación de Ruido y Vibraciones de la Adenda Complementaria. La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N° 1363 de fecha 17 de abril de 2023, se pronunció conforme. 4.3.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos domiciliarios. Durante la Fase de Construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los trabajadores de la obra, que se estiman en un máximo mensual de 16,7 m3/mes, considerando una tasa de generación de residuos de 0,5 kg/día/por trabajador. Para el retiro y/o eliminación de estos residuos se ha considerado al servicio municipal, para lo cual los residuos serán dispuestos en contenedores con tapa hermética sin sistema de compactación, por lo que se estima una densidad promedio de 150 kg/m3 (Caracterización de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Región Metropolitana, CONAMA Metropolitana de Santiago, 2006), debiendo generarse un volumen aproximado de: • Volumen promedio (180 trabajadores) a retirar cada 3 días = 903/150 = 1,8 m3. • Volumen máximo (250 trabajadores) a retirar cada 3 días = 1253/150 = 2,5 m3. Para el acopio temporal se dispondrán siete contenedores de 360 litros de capacidad cada uno, y con ello proceder a la disposición de los residuos domésticos de los trabajadores que se encontrarán en obra. Se estima la generación de 16,7 m3/mes de residuos asimilables domiciliarios los que serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores con tapa, que serán distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y retirados por el servicio de recolección de basura municipal. Respecto de los Residuos Inertes corresponden a escombros (8.000 m3), maderas (2.000 m3), metales (10.000 Kg), vidrios (21 m3), plásticos (2.500 m3), papeles y catones (3.000 Kg), respecto de los que se dispondrá de un sector para su segregación y acopio, el que contará con piso de hormigón y se encontrará delimitado con paneles divisorios. Los residuos inertes serán retirados a través de la contratación de una empresa autorizada, la que de manera periódica retirará los residuos para ser derivados a un sitio de segregación para ser reutilizados. Tal como se indicó en la Tabla 2.39 de la DIA se dispondrá de un sector para la segregación y acopio de los residuos inertes, que contará con piso de hormigón y se encontrará delimitado con paneles divisorios. Los residuos no peligrosos deberán ir en contenedores de 10 m3, que contarán con cubierta impermeable y protección de las condiciones ambientales. Aquellos residuos que por su volumen y tamaño deban ir a piso, se dispondrán sobre pallets u otro elemento, agrupados y sujetos de forma segura. El sitio de almacenamiento de residuos inertes contará con superficie de radier, cierre perimetral y techumbre, además, de contar con espacios adecuados y área de carga y descarga. En el Capítulo 4 de la DIA y acápite 4 de la Adenda, se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PAS del artículo 140 del Reglamento del SEIA durante la fase de construcción. Ver acápite 2.5.6.5 de la DIA. 4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Residuos industriales peligrosos (RESPEL). En lo que respecta a residuos sólidos peligrosos, durante la Fase de Construcción del Proyecto, se requerirán productos químicos clasificados como peligrosos de acuerdo con la normativa vigente. Los envases de aquellos productos utilizados corresponden a los residuos peligrosos que se generarán en esta Fase. En la siguiente tabla se presenta la descripción de las cantidades de envases utilizados y el tipo de peligrosidad de cada envase remanente. Los residuos serán almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos, en contenedores metálicos con tapa u otro material compatible químicamente con el residuo a almacenar, impidiendo el derrame o fuga de material durante el almacenamiento transitorio o transporte. Las características constructivas de la bodega serán las siguientes: • La bodega contará con 1,5 x 3,0 m2 de superficie; de 2,4 m de alto, con una superficie útil de 4,5 m2. • La estructura soportante de muros y techo lo conforma una jaula menor de estructura metálica del tipo rígido compuesta por 6 marcos. Cada marco estará formado por pilares del tipo fabricado en perfil Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

rectangular de 7,5 x 7,5 x 3 y su reticulado con perfil rectangular del tipo fabricado de 500 x 50 x 3, los que permiten afianzar reticulado fabricado en malla electrosoldada con diámetro de 4,2 mm. • Muros y techos están recubiertos por planchas de zinc-aluminio, de 0,5 mm 5V. En el frente existe acceso conformado por puerta de bisagra, en perfil metálico y recubierto por plancha de zinc-alum al igual que los muros. • Contará con acceso restringido por aldaba y candado. • El piso estará constituido por radier afinado de 0,15 m de espesor aproximadamente. • El sistema de contención de derrame lo constituye un pretil de hormigón impermeabilizado de 150 x 300 x 25 cm con una capacidad de 1125 L. • Contará con un extintor de 10 kg de capacidad en base a PQS para fuegos clase ABC, buzón con hojas de seguridad y planilla de registro. Todos los residuos peligrosos generados en la fase de construcción del proyecto serán almacenados y enviados a disposición final conforme al D.S. N°148/2003 del MINSAL. En el Capítulo 4 de la DIA y acápite 4 de la Adenda, se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PAS del artículo 142 del Reglamento del SEIA durante la fase de construcción. Sustancias peligrosas Durante la Fase de Construcción del Proyecto se utilizarán productos químicos, los que serán manejados en cumplimiento a la normativa vigente (D.S. Nº43/2016), siendo almacenados temporalmente al interior de una bodega de almacenamiento temporal. En la Tabla 2.8 de la DIA, se presenta una tabla resumen con la caracterización cualitativa y cuantitativa (ton/mes), de los residuos sólidos no peligrosos (domésticos, industriales, entre otros) y peligrosos que generará el Proyecto en su fase de construcción, indicando las condiciones de almacenamiento y disposición final. Mayores antecedentes en acápite 2.5.4.3 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6. del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS. Nombre Descripción Edificaciones. El Proyecto contempla dos torres de departamentos de destino habitacional, de 23 pisos y 2 niveles subterráneos cada uno, los que en conjunto albergarán 492 viviendas (ver acápite 2.6 del Capítulo 2 de la DIA). Estacionamien tos. El Proyecto contará con un total de 380 estacionamientos para vehículos livianos, 37 de los cuales se encontrarán reservados para visitas y 6 estarán dirigidos a personas con movilidad reducida. Además, considera la habilitación de 40 estacionamientos para bicicletas (ver acápite 2.6 del Capítulo 2 de la DIA). Salas de basura. Para los residuos sólidos domiciliarios, se ha establecido un sistema de recolección que conduce hacia diferentes salas de basuras, las que serán manejadas por el personal de aseo, estando prohibido el acceso para personas ajenas. Las salas de basuras estarán ubicadas en el primer nivel subterráneo de cada torre. Con el objetivo de facilitar el retiro de la basura por el servicio de recolección municipal, es que se habilitará una estación de precarguío en el primer piso, junto al acceso vehicular. Las salas serán en su totalidad de pavimento de baldosa y sus muros de cerámica (Ver acápite 2.6.8.5 de la DIA y Plano 4 del Anexo D2 de la DIA). Termo eléctrico. Para el suministro de agua caliente sanitaria cada departamento contará con un circuito independiente para la alimentación de un termo eléctrico. Ver respuesta 1.7 de la Adenda Complementaria.

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4.4.1.2 ACCIONES. Nombre Descripción Tránsito o circulación por movilidad de la población. Corresponde a los caminos y tránsito al interior del Proyecto para uso de tránsito vehicular y peatonal de los residentes, durante la fase de operación, tiene asociada la circulación de vehículos con una disponibilidad de 380 estacionamientos para vehículos livianos, de los que 37 serán destinados a visitantes y 6 estarán dirigidos a personas con movilidad reducida. En función del número de estacionamientos comprometidos, el EISTU tiene el carácter de táctico sin reasignación, menor. Sin perjuicio de lo anterior, todos los análisis considerarán los flujos atraídos y generados por proyectos aledaños descritos a continuación: • Al sur del proyecto que motiva el EISTU se emplazan otros tres, a saber: - Panorama Cordillera (Vespucio 4641), 514 estacionamientos; - Vespucio 4601, 438 estacionamientos; - Vespucio 4455, 377 estacionamientos. • Inmediatamente al norte de Vespucio 4453 se desarrolla el proyecto: - Acción Vespucio (Vespucio 4451), 246 estacionamientos. El EISTU fue aprobado en marzo del año 2019, a través de ORD. SM/AGD/Nº2454 de fecha 07.03.2019, de la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana. En el Anexo D4 de la DIA, se adjunta el EISTU, incluidos los planos de medidas de mitigación aprobadas, además del oficio de aprobación ORD. SM/AGD/Nº2454. Ver acápite 2.6.1.1 de la DIA. Operación del sistema de aguas lluvias. La recolección de las aguas lluvias de la techumbre se canalizarán a través de tuberías verticales de PVC y llevadas hacia el 2° subterráneo para ser depositadas en drenes. El sistema se ha diseñado para una tormenta de 24 hrs. y se consideró un periodo de retorno de 10 años (Ver acápite 2.6.1.2 de la DIA). Grupos electrógenos. El Proyecto tendrá a disposición dos grupos electrógenos, que será utilizado exclusivamente para emergencias, en el caso de corte del suministro eléctrico. Se considera un Grupo para TORRE F 145 KVA (115 KW) potencia para régimen Stand By y un Grupo para TORRE G 134 KVA (107 KW) potencia para régimen Stand By. Los equipos contarán con silenciador del tipo residencial 29 dB(A) con prolongador y ductos de acero para evacuación vertical de gases al exterior (Ver acápite 2.6.1.3 de la DIA). Extractor Baños Mediterráneos . Para la ventilación de los baños mediterráneos, se contempla instalar un sistema de extracción forzada de aire, compuesto por extractores axiales de muro, con capacidad mínima de 90 m3/hr., cada uno, instalados en cada sala de baño (mediterráneo), con luz piloto, celosía de antirretorno y temporizadores conectados a ductos verticales que recorren los shafts correspondientes hasta la cubierta. En la cubierta, sobre piso 23° y sobre cubierta de sala de calderas, se instalarán ventiladores de apoyo, del tipo centrífugo de doble aspiración y del tipo centrífugos de tejado (Ver acápite 2.6.1.4 de la DIA y Anexo D3 Especificaciones Técnicas del Proyecto de Extracción y Presurización de la DIA). Presurización Cajas Escalas. Cada edifico contará con dos zonas verticales de seguridad (ZVS), con una escalera que va desde el primer piso hasta el segundo subterráneo y otras dos escaleras, tipo cruzadas, que van desde el primer piso hasta la azotea del edificio, sobre el piso 23°. Las cajas escalas o zonas verticales de seguridad serán presurizadas en conjunto, por medio de inyección de aire desde un ventilador del tipo centrífugo de doble oído, ubicado en sala técnica de segundo subterráneo. El aire será conducido horizontalmente desde el ventilador hasta los shafts de obra, por medio de ductos de fierro galvanizado y será conducido verticalmente a través de shaft herméticos, provistos por la obra. El aire de presurización será inyectado en cada piso mediante rejillas. El equipo de presurización deberá estar enclavado a la red de emergencia del edificio y será accionado por sensores de humo y alarma de incendio, provistos e instalados por el contratista de seguridad. La toma de aire exterior se realiza mediante un shaft vertical de obra, en contacto con el exterior, en el primer piso (Ver acápite 2.6.1.4 de la DIA y Anexo D3 Especificaciones Técnicas del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Proyecto de Extracción y Presurización de la DIA). Extracción de estacionamien tos subterráneos. El sistema considera ventilación forzada para los estacionamientos subterráneos, mediante extractores del tipo helicoidal mural dispuestos en cada nivel de estacionamientos. La obra deberá proveer shafts verticales y troneras de descarga de aire viciado. Estas troneras serán protegidas o cubiertas con una reja o celosía metálica en su descarga al exterior en primer piso, las que deberán ser resistentes a las condiciones ambientales (Ver acápite 2.6.1.4 de la DIA y Anexo D3 Especificaciones Técnicas del Proyecto de Extracción y Presurización de la DIA). 4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua potable. El suministro de agua potable será proporcionado por la empresa sanitaria Aguas Andinas (Ver Certificado de Factibilidad Nº 004987 de fecha 09/06/2023 en el Anexo A de la Adenda Complementaria). Aguas Servidas. La descarga de las aguas servidas se realizará en forma gravitacional desde el 23º Piso hasta bajo losa del 1º Piso. A su vez, la descarga de las aguas servidas se realizará en forma Mecánica desde el 1° Subterráneo hasta 2° Subterráneo, desde donde serán conducidas a la red de alcantarillado público. En el Anexo D1 de la DIA se presentan las especificaciones técnicas y los planos del Proyecto Sanitario. Aguas Lluvias El proyecto aborda la inyección al subsuelo de las aguas lluvias que recibirá esta área tributaria de 6452 m2 y que deben ser infiltrados dentro del mismo terreno, de acuerdo a la normativa vigente. Electricidad. La factibilidad del suministro de energía eléctrica será proporcionada por la empresa Enel y estará de acuerdo con las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. 92/83 del Ministerio de Economía, referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos. En el Anexo D3 de la DIA se presenta la Memoria Explicativa del Proyecto Eléctrico. 4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS Debido a las características del Proyecto no se contempla la elaboración de productos en ninguna de sus fases. 4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Debido a las características del Proyecto no se contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para satisfacer las necesidades de la fase de operación. 4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES 4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS Emisiones atmosféricas En la fase de operación la principal fuente de emisiones corresponde a la combustión debido al tránsito de los automóviles, así como también el material particulado que estos levantan al transitar por las calles, destacando también el funcionamiento de fuentes del Proyecto tales como los grupos electrógenos. La estimación cuantitativa de las emisiones atmosféricas asociadas a la consolidación del Proyecto en su Fase de Operación se superpone con la Fase de Construcción y considera el funcionamiento de los grupos electrógenos de cada uno de los edificios. Mayores detalles metodológicos de las estimaciones se encuentran en el Anexo E de la Adenda Complementaria, correspondiente al Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado. A continuación, en la siguiente se presenta el detalle de las emisiones por contaminante para la fase de operación del proyecto: Tabla 5. Conversión para MP2,5 y MP10 equivalente por contaminante (ton/año) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Emisiones del Proyecto (t/año) Emisiones Equivalente MP 2,5 (t/año) A ñ o Fase NH3 SOx NOx MP 2,5 Total MP 10 Total NH3 SOx NOx MP 2,5 Eq MP 10 Eq 0 Oper. 0,000 0,154 1,614 0,114 0,143 0,000 0,052 0,190 0,356 0,386 1 Const 0,003 0,003 1,395 2,674 11,35 0,000 0,001 0,164 2,839 11,51 Oper. 0,000 0,154 1,614 0,114 0,143 0,000 0,052 0,190 0,356 0,386 Total 0,003 0,157 3,008 2,788 11,49 0,000 0,054 0,354 3,196 11,90 2 Const (*) 0,001 0,002 0,644 0,060 0,431 0,000 0,001 0,076 0,137 0,508 Oper. 0,000 0,154 1,614 0,114 0,143 0,000 0,052 0,190 0,356 0,386 Total 0,001 0,156 2,258 0,174 0,575 0,000 0,053 0,265 0,493 0,894 3 Const 0,000 0,000 0,128 0,026 0,211 0,000 0,000 0,015 0,041 0,226 Oper. 0,000 0,156 1,649 0,116 0,146 0,000 0,053 0,194 0,363 0,393 Total 0,000 0,157 1,777 0,142 0,357 0,000 0,053 0,209 0,405 0,619 4 Const 0,000 0,000 0,123 0,018 0,122 0,000 0,000 0,014 0,032 0,316 Oper. 0,000 0,163 1,755 0,124 0,153 0,000 0,056 0,206 0,386 0,415 Total 0,000 0,163 1,878 0,142 0,275 0,000 0,056 0,221 0,418 0,552 5 Const 0,000 0,000 0,012 0,003 0,028 0,000 0,000 0,001 0,005 0,029 Oper. 0,000 0,169 1,849 0,130 0,160 0,000 0,058 0,217 0,406 0,435 Total 0,000 0,169 1,861 0,134 0,188 0,000 0,058 0,219 0,410 0,465 6

+ Oper. 0,000 0,172 1,896 0,134 0,163 0,000 0,059 0,223 0,415 0,445 Límite PPDA (ton/año) - 10 8 - - - - - 2 2,5 Fuente: Tabla 79: Emisiones de MP Equivalente del Proyecto del Anexo E Estimaciones de Emisiones Atmosféricas de la Adenda Complementaria.

Al respecto, la SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio N° 798 de fecha 11 de octubre de 2023, se pronunció conforme condicionado según lo siguiente: “Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”:

  1. Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM un Programa de Compensación de Emisiones (PCE), en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del D.S. N°31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1: Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar, proyecto “Edificios Vespucio 4453” Año MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Fracción por combustión [%] 1 11,902 14,282 5,231

-- Según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación “deberán cumplir los siguientes criterios: - Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. - Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. - Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. - Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones.” Finalmente, señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo PCE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

  1. Utilizar durante la fase de construcción del proyecto maquinaria que cumpla con el estándar de emisión de la Tabla 2 para cada caso, o bien que cumpla con un estándar de emisión superior.

Tabla 2: Estándares de emisión para maquinaria del proyecto “Edificios Vespucio 4453” Maquinaria Estándar emisión Excavadora Stage II Minicargador Stage III A Rodillos Compactador Stage III A Bomba Hormigonera Stage III A Betonera Stage III A Camión Mixer Stage III A Fuente: Tabla N°36 del Anexo E de la Adenda Complementaria.

Se aclara que en caso de no utilizar maquinaria que cumpla con estos estándares de emisión resultaría en un aumento considerable en las emisiones por combustión durante la fase de construcción, lo que implicaría en una subestimación de los valores a compensar presentados en la Tabla N°1 de este pronunciamiento.

  1. La aplicación del supresor de polvo según el intervalo de tiempo y las especificaciones detalladas en el Programa de Seguimiento y Control de Supresor de Polvo, Apartado 4 del Anexo E de la Adenda Complementaria.

Con el propósito de cumplir con lo mencionado anteriormente, el Titular deberá presentar tanto los registros como los medios de verificación que respalden el uso de la maquinaria, tal como se detalla en la Tabla N°2, así como también los documentos y medios de verificación que confirmen la aplicación del supresor de polvo. Estos registros y documentos deben ser entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se puede acceder mediante el sitio web http://www.sma.gob.cl, conforme a lo estipulado en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA

Para mayores antecedentes revisar Anexo E de la Adenda Complementaria relacionada con el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado. La SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio N° 798 de fecha 11 de octubre de 2023, se pronunció conforme condicionado a la presentación de un Plan de Compensación de Emisiones por parte del Titular. 4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas). En esta fase se generarán aguas servidas, los que serán descargados a la red de alcantarillado existente y tratados por la empresa sanitaria Aguas Andinas S.A. En el Anexo A de la Adenda se presenta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Proyecto. Ver acápite 2.6.4.1. de la DIA. 4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido Para la fase de operación se contempla la instalación de dos Grupos electrógenos, uno para cada Torre del Proyecto, destinados a respaldar en caso de emergencia a los edificios habitacionales, el cual se ubicará en dos salas especiales en el piso -1. Los equipos electrógenos de emergencia se encuentran confinados dentro del subterráneo del edificio, lo cual asegura una pérdida de transmisión suficiente para obtener niveles menores a 45 dB(A) dentro de los departamentos y receptores aledaños. Considerando las características del proyecto y con el objetivo de proteger de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

las emisiones de ruido a los habitantes de los edificios, la descarga de cada grupo electrógeno contará con un silenciador que proveerá al menos 20 [dB] de pérdida por inserción, Las emisiones de ruido generados en la fase de operación cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. N°38/2011 del MMA para el período diurno y nocturno, aplicando las medidas de control. Ver respuestas 3.22 a 3.31 de la Adenda y Anexo J. Estudio de Estimación de Ruido y Vibraciones de la Adenda Complementaria. La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N° 384 de fecha 06 de febrero de 2023, se pronunció conforme. 4.4.6 RESIDUOS 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domiciliarios Para la fase de operación se estima la generación residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del conjunto habitacional. Se estima que el Proyecto albergará a una población permanente de 739 personas por edificio, totalizando 1.478 personas. Con estos valores se estima en 5.912 L/día la generación de residuos domiciliarios, considerando una tasa de generación de residuos de 4 L/día/por persona, que equivalen a 17,7 m3 cada tres días. Para la generación estimada, se considera la habilitación de dos salas de almacenamiento temporal de residuos (1 para cada edificio). Los residuos serán almacenados al interior de bolsas plásticas, dispuestas en 52 contenedores con ruedas, de material polietileno de alta densidad, tratados con estabilizante contra rayos U.V, con mecanismo de levante mecánico o manual. Los residuos serán descargados a las salas a través de ductos de basura ubicados en cada uno de los niveles superiores (1º a 23º). Previo al retiro de los residuos, los contenedores dispuestos en las salas de basura serán trasladados a la zona de precarguío, ubicada en el 1º nivel del Proyecto, próxima al ingreso- egreso vehicular. La zona de Precarguío se ha considerado, para facilitar el retiro de los residuos por parte del servicio de recolección municipal. Ver acápite 2.6.8.5 de la DIA, Capítulo 4 de la DIA y Capítulo 4 de la Adenda, en donde el Titular presenta los requisitos y especificaciones técnicas para la obtención del PAS 140. 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos industriales peligrosos (RESPEL). No se proyecta la generación de RESPEL durante la fase de operación del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE. 4.5. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de cierre, en consideración que tendrá una vida útil indefinida.

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio. Enero 2024 (Subetapa 1); agosto 2026 (Subetapa 2). Parte, obra o acción que establece el inicio. Instalación de Faenas. Fecha estimada de término. Marzo 2026 (Subetapa 1); abril 2028 (Subetapa 2). Parte, obra o acción que establece el término. Obtención del Certificado de Recepción otorgado por la Ilustre Municipalidad de Macul. 4.6.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio. Junio 2028. Parte, obra o acción que establece el inicio. Resolución Final de Aprobación del Permiso de Edificación, otorgado por la Ilustre Municipalidad de Macul. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Fecha estimada de término. No aplica. Vida útil indefinida. Parte, obra o acción que establece el término. No aplica. Vida útil indefinida. 4.6.3. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de cierre, en consideración que tendrá una vida útil indefinida.

5°. Que, durante el proceso de evaluación, se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Aumento en la concentración de material particulado y gases; aumento en los niveles de emisión de ruido. Emisiones Atmosféricas - Fase de construcción: las emisiones provendrán, principalmente, del movimiento de tierra, demolición, escarpe, excavaciones y la circulación de vehículos por caminos internos, tanto pavimentados, como no pavimentados. Atendido que las emisiones máximas de MP equivalentes, superan los límites establecidos de MP2,5 equivalente y de MP10 equivalente, en el primer año de la fase de construcción de acuerdo con el literal a) del artículo en el artículo 64 del D.S. Nº 31/2017, el Proyecto deberá compensar las emisiones totales de Material Particulado equivalente. En la Tabla 4.6.4.1 del ICE se indican las medidas de control a implementar en la fase de construcción del proyecto, las que permitirán que el Proyecto compense las emisiones atmosféricas en la fase de construcción. En la Tabla Nº 76 del Anexo E de la Adenda Complementaria, se observan los valores alcanzados por el efecto acumulativo de las emisiones atmosféricas asociadas a las fases de construcción y operación. Al respecto, se observa que el mayor aporte de emisiones contaminantes a la atmósfera se presentará durante el año 1, de construcción, sumado a la operación actual del proyecto. La modificación de las emisiones que presenta el Proyecto en su conjunto, asociado a las emisiones de la Fase de Operación de la primera y segunda modificación (proyectos Conjunto Habitacional Vespucio Macul y Edificios Vespucio 4455), superpuesta con la Fase Operación de la tercera modificación (Proyecto Vespucio 4453), no generan un aumento significativo de las emisiones del Proyecto. Con objeto de evaluar si las emisiones calculadas cumplen con las condiciones establecidas en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana (PPDA), estas se compararon con los límites de emisión permitidos para nuevos proyectos. Al respecto, el proyecto supera simultáneamente los límites establecidos de MP2,5 equivalente y de MP10 equivalente, en el primer año de la fase de construcción y operación por lo que de acuerdo con el literal a) del artículo en el artículo 64 del D.S. Nº 31/2017, el Proyecto deberá compensar las emisiones totales de Material Particulado equivalente en un 120%.

- Fase de operación: En esta fase la principal fuente de emisiones se superpone con la Fase de Construcción y considera el funcionamiento de los grupos electrógenos de cada uno de los edificios y la circulación de vehículos de los residentes. En el Anexo E. Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado de la Adenda Complementaria, el Titular adjunta el estudio de emisiones atmosféricas del Proyecto y presenta la metodología y estimación de las emisiones de material particulado y gases por fase y año cronológico. En dicho Anexo, el Titular también presenta la evaluación del cumplimiento del D.S. Nº31/2016, del MMA y señala que el Proyecto requiere compensar sus emisiones en el Año 1 de la fase de construcción de este Proyecto y no requiere compensar en la fase de operación del Proyecto (Ver Tabla 80 del Anexo E de la Adenda Complementaria). Cabe señalar que, durante el desarrollo de las obras del proyecto, se implementarán acciones de control para reducir la emisión de material en suspensión generado por las actividades constructivas del Proyecto, cuyo detalle se presentan en la Tabla 8.1.2 del presente ICE. Al respecto, la SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio N° 798 de fecha 11 de octubre de 2023, se pronunció con observaciones al estudio de emisiones atmosféricas indicando que las emisiones de MP10 equivalente en el año 1 de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

la fase de construcción serían de 11,902 ton/año. Por tanto, el Proyecto superará los límites establecidos en el D.S. Nº31/2016, del MMA, para MP10, y requiere compensar sus emisiones.

Para mayores antecedentes revisar Anexo E de la Adenda Complementaria relacionada con el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado. Ruido: - Fase de construcción: Para esta fase se realizaron modelaciones de ruido de construcción del Proyecto, cuyos resultados fueron comparados con los límites máximos establecidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, verificando que, durante la fase de construcción, el Proyecto cumple con los límites establecidos en dicha normativa, implementando las medidas de control y/o gestión que se detallan en la Tabla 4.6.4.3 del presente ICE para el cumplimiento del D.S. Nº38/2011 del MMA.

- Fase de operación: Para esta fase las modelaciones de ruido realizadas por el Titular, y que se presentan en el Anexo J. del Estudio de Estimaciones de Ruido y Vibraciones de la Adenda, fueron comparados con los límites máximos establecidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, verificando que, durante la fase de operación, todos los receptores cumplirán con los límites establecidos en dicha normativa, considerando la implementación de las medidas de control indicadas en la Tabla 4.7.5.3 del presente ICE para el cumplimiento del D.S. Nº38/2011 del MMA.

Mayores antecedentes, ver respuestas 3.22 a 3.31 de la Adenda y Anexo J. de la Adenda.

Vibraciones:

Fase de construcción: En esta fase se identificaron diez (10) receptores en el levantamiento basal, principalmente con usos residenciales, ubicados en el sector aledaño al Proyecto en Zona II del D.S. Nº38/11 del MMA según los usos de suelos permitidos en el IPT de Macul y Zona III según los usos de suelos permitidos en el IPT de Peñalolén. Se efectuaron modelaciones acústicas y estimación de vibración configurando escenarios lo más desfavorables posible, para la fase de construcción y operación, donde, se distribuyeron frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias operando simultáneamente, en el área de intervención más cercana a los receptores. Los resultados de dichas modelaciones sonoras arrojan niveles sobre los receptores de hasta 79 [dB(A)] para la fase de construcción en periodo diurno, por lo que el proyecto implementará medidas de control según se detalla en el Capítulo 6 de la DIA. Estas medidas incorporadas permiten dar cumplimiento con los límites máximos permisibles para la zona donde se ubican los receptores de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA. Para las subetapas 1 y 2 del Proyecto, se restringirá el uso de la excavadora, cuatro metros hacia el interior del proyecto en el sector norte desde el receptor R1. Las actividades realizadas por la excavadora en esta área de restricción deberán ser reemplazadas por maquinarias de menor emisión de vibración o bien realizadas de forma manual. Para las Obras de Mitigación EISTU, producto de la restricción propuesta para las emisiones de ruido del rodillo compactador por la placa compactadora, se considerará la placa compactadora para la evaluación de vibraciones. De acuerdo con los resultados que se presentan en el acápite 7.2 del Anexo J. de la Adenda, los niveles estimados de vibraciones en todos los receptores identificados cumplirán con los límites máximos de la normativa de referencia empleada, “Transit Noise and Vibration Impact Assesment” de la Federal Transit Administration – USA - May 2006, implementándose las medidas de control indicadas en la Tabla 4.6.4.4 del presente ICE.

- Fase de operación: Dada la naturaleza del Proyecto y las condiciones de funcionamiento del conjunto habitacional, se asume que éstas no generarán emisiones vibratorias (ver Anexo J. de la Adenda).

Ver mayores antecedentes, en Anexo J. Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda.

Agua:

Fase de construcción: En relación con las aguas servidas, para la fase de construcción del Proyecto, las instalaciones sanitarias de la obra se conectarán al sistema de agua potable y alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas, por lo que todas las aguas servidas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

serán derivadas al alcantarillado público. De corresponder, también se instalarán baños químicos a cargo de una empresa debidamente autorizada. En la Tabla 2.18 de la DIA se muestra la estimación de generación de aguas servidas durante la fase de construcción, según la cantidad de trabajadores que utilizarán las instalaciones sanitarias. Para la cantidad total de aguas servidas mensuales se ha considerado una tasa de generación de 150 litros/trabajador/día y se ha definido un período de trabajo de 20 días al mes. En esta fase la obra se conectará al sistema de agua potable y alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas, por lo que todas las aguas servidas serán derivadas al alcantarillado público (Ver acápite 2.6.8.2 a) de la DIA)

- Fase de operación: En esta fase el Proyecto se conectará al sistema de agua potable y alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas.

Ver Certificado de Factibilidad Nº 004987 de fecha 09/06/2023, adjunto en el Anexo A de la Adenda Complementaria.

Residuos Líquidos Industriales:

Fase de construcción: En esta fase se generarán residuos líquidos asociados al lavado de ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo, que se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. Esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad, que se encontrará ubicada próxima a los accesos vehiculares hacia la Avenida San Vicente de Paul y Av. Américo Vespucio (ver Plano de Instalación de Faenas adjunto en el Anexo B de la Adenda). Las aguas que se utilizarán en la piscina serán retiradas por un camión limpia fosas cada dos semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final, no efectuándose infiltración directa en el suelo (Ver acápite 2.5.6.2 de la DIA). En esta misma fase se generarán, a su vez, aguas residuales producto del lavado de concreto de canaletas de camiones mixer, el que se realizara con agua potable aplicada mediante hidrolavadora, no siendo incorporados productos de limpieza. Este lavado se realizará sobre un contenedor o receptáculo de hormigón impermeabilizado y con canalización de agua hacia una fosa de acumulación. El agua resultante de este lavado será posteriormente retirada por un camión limpia fosas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final, no efectuándose infiltración directa en el suelo. Es importante señalar que se prohibirá que en el área del Proyecto se realicen actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de combustibles, aceites u otros, ni preparación de hormigón in situ. Todas estas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados para esta función, o serán adquiridas, en el caso del hormigón, de modo que el material sea fabricado por el proveedor y trasladado al lugar de faena; - Fase de operación: En esta fase no habrá generación de residuos líquidos industriales (ver acápite 2.6.10 de la DIA).

Generación de residuos: Debido a actividades propias de la construcción y operación se generarán residuos, sin embargo, el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de la población producto de la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, ya que éstos serán tratados según lo establecido en la legislación vigente, siendo trasladados de manera adecuada a lugares debidamente autorizados. - Fase de construcción: • Residuos Sólidos asimilables a domiciliarios: Estos residuos serán por parte de los trabajadores de la obra, los que se estiman en un máximo mensual de 16,7 m3/mes, considerando una tasa de generación de residuos de 0,5 kg/día/por trabajador. Para el acopio temporal se dispondrán 7 contenedores de 360 litros de capacidad cada uno, y con ello proceder a la disposición de los residuos domésticos de los trabajadores que se encontrarán en obra (Ver acápite 2.5.6.5 de la DIA y Capítulo 4 de la DIA y 4 de la Adenda sobre el PAS 140). • Residuos Inertes: Corresponden a residuos del tipo escombros, maderas, metales, vidrios, plásticos, papeles y cartones, todos los cuales, a excepción de los escombros, serán retirados a través de la contratación de una empresa autorizada, la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

que de manera periódica retirará los residuos para ser derivados a un sitio de segregación para ser reutilizados, los escombros, serán derivados a un lugar de disposición autorizado (Ver respuesta 1.4 y 4.3 de la Adenda y respuesta 2.2 de la Adenda Complementaria). • Residuos Peligrosos: Se requerirán productos químicos clasificados como peligrosos, de acuerdo con la normativa vigente, cuyos envases (luego del uso del producto) corresponden a residuos peligrosos del orden de 2,1 t. totales. Para el almacenamiento temporal se habilitará una bodega especialmente destinada a dicho fin, la que estará diseñada para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el D.S. N°148/04 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos y en el D.S. N°594/99 Reglamento Sanitario sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo ambos del MINSAL y a aquellas disposiciones contenidas en la OGUC Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Las especificaciones técnicas de construcción de la bodega se describen en el Capítulo 4 de la DIA, en el acápite de contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del PAS 142 del RSEIA. Se mantendrá el registro permanente del retiro de los residuos generados al interior de la obra, mediante boleta, factura u otro documento que acredite su retiro a través de empresas autorizadas y su disposición final en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. El Titular del Proyecto declarará las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados en la Fase de Construcción, además, de dar cumplimiento a todas aquellas exigencias, según corresponda, contenidas en el Decreto Supremo N°1/2013 Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), a través del sistema de Ventanilla Única. Asimismo, en el caso de existir asbesto entre los materiales a demoler o desmantelar se presentará un “Plan de Trabajo y Manejo de Asbesto” a la Seremi de Salud de la RM para su aprobación, el cual se basará en el instructivo contenido en la página www.asrm.cl. Además, en caso de existencia de asbesto se indicará el lugar autorizado en el que serán dispuestos los residuos friables, como residuos peligrosos, y no friables, donde corresponda, según su estado, también se contará en obra con la Resolución de Autorización para la actividad de demolición (mayores detalles ver en respuesta 8.9 de la Adenda.).

- Fase de operación: • Residuos Sólidos asimilables a domiciliarios: En esta fase se estima su generación por parte de los habitantes y trabajadores del conjunto habitacional. Se estima que el Proyecto albergará a una población permanente de 739 personas por edificio, totalizando 1.478 personas. Con estos valores se estima en 5.912 L/día la generación de residuos domiciliarios, considerando una tasa de generación de residuos de 4 L/día/por persona, que equivalen a 17,7 m3 cada tres días. De los 17.7 L de residuos a generar, se espera que un 40% sea reciclable, de acuerdo con la siguiente proporción: 11 % papel, 11 % cartón, 7,5 % vidrio, 7,5 % plástico; 3 % latas (Ver acápite 2.6.8.5 de la DIA). Para la generación estimada, se considera la habilitación de dos salas de almacenamiento temporal de residuos (una para cada edificio). Los residuos serán almacenados al interior de bolsas plásticas, dispuestas en 52 contenedores con ruedas, de material polietileno de alta densidad, tratados con estabilizante contra rayos UV, con mecanismo de levante mecánico o manual. Las salas estarán ubicadas en el primer nivel subterráneo, Previo al retiro de los residuos, los contenedores dispuestos en las salas de basura serán trasladados a la zona de precarguío, ubicada en el 1º nivel del Proyecto, próxima al ingreso-egreso vehicular. La zona de precarguío se ha considerado, para facilitar el retiro de los residuos por parte del servicio de recolección municipal. En el Plano 4 del Anexo D2 de la DIA se adjunta Plano de Proyecto de Basuras con las especificaciones técnicas de las salas de almacenamiento temporal de residuos. Ver Capítulo 4 de la DIA y 4 de la Adenda para la obtención del PAS 140. • Residuos Peligrosos (RESPEL): No se considera durante la fase de operación la generación de este tipo de residuos (Ver acápite 2.6.10 de la DIA).

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 5º del Decreto Supremo Nº Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.1 del ICE.

El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo El Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Considerando lo expuesto en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental: efectos adversos sobre recursos naturales renovables” (SEA, 2015) y respecto a los impactos potenciales sobre la cantidad y calidad del recurso Suelo, El Proyecto se emplaza en un terreno ubicado en el área urbana de la comuna de Macul, específicamente en la Zona ZM-2: “Zona Residencial Mixta Densidad Alta Comercial”, que según el instrumento de planificación territorial Plan Regulador Comunal de Macul, ha sido destinado para el emplazamiento proyectos de destino residencial, así como áreas verdes y equipamientos. El terreno presenta alta intervención antrópica, por lo que la ejecución del Proyecto no se asocia a la pérdida de suelos requeridos para el sustento de biodiversidad. El Titular velará por que no exista contaminación de suelos con residuos y/o sustancias provenientes de la actividad de construcción y operación contemplándolo como una de las medidas de riesgos y contingencia (Ver acápite 2.5.7 de la DIA). En el acápite 2.5.6.5, Tabla 2.39 y acápite 2.5.8.5, Tabla 2.48 de la DIA, el Proyecto presenta el manejo de los residuos que generará el Proyecto, tanto en la fase de construcción como de operación.

Respecto de la Flora y Vegetación, en el Capítulo 3 de la DIA el Titular declara que la ejecución del Proyecto no se encuentra asociada a la utilización de áreas que signifiquen la pérdida de superficies con plantas, algas, hongos o que alberguen animales silvestres, debido a que el terreno de emplazamiento se encuentra desprovisto de flora y fauna nativa. Lo anterior se debe a que el terreno se encuentra ubicado en el área urbana de la comuna de Macul, específicamente en la Zona ZM-2: “Zona Residencial Mixta Densidad Alta Comercial”, en la que se permiten los usos residenciales, áreas verdes y equipamiento y en donde se presenta un predominio de uso residencial, en el que destacan edificios de departamentos emplazados hacia la autopista Vespucio Sur. Por lo tanto, en base a la situación basal del predio, se descarta cualquier afectación a la diversidad biológica, debido a la ausencia de ecosistema natural por la presión antrópica generada.

Fauna: El área de Proyecto no alberga fauna nativa y no se localiza próxima a zonas que concentren fauna nativa, por lo tanto, no se presentan hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Por el contrario, el área de Proyecto se emplaza en un sector urbanizado de la comuna de Macul, en el que predomina el uso de suelo residencial (Ver acápite 2.6.3 del Anexo E de la DIA).

Suelo: El Proyecto no generará impactos significativos sobre el suelo, toda vez que el área en donde se emplazará el Proyecto se encuentra completamente intervenida. Cabe considerar que el Proyecto se ubica en un sector urbano de la comuna de Macul, que presenta alta intervención debido a la existencia de otros proyectos inmobiliarios. (Ver fotografías en el acápite 2.5 del Anexo E de la DIA). Con todo, el Proyecto tendrá las consideraciones, según normativa vigente, para evitar posibles derrame o infiltración de residuos y/o sustancias peligrosas al suelo y agua subterránea. A mayor abundamiento, se cuenta con un Plan de contingencias y Emergencias que aseguran la eficiente reacción en casos que pongan en riesgo los componentes suelo, agua y aire.

Agua: En el Anexo K de la Adenda se adjunta el estudio de Mecánica de Suelo, en el que se presentan los antecedentes de un pozo de exploración construido con fecha 03/08/2018 que alcanzó una profundidad 9 m, en el que no se detectó la presencia de agua subterránea indicando, además, que de acuerdo con la bibliografía disponible y de la experiencia del consultor a cargo del estudio (Geodam), en la zona se estima que el nivel freático se encontraría a una profundidad superior a los 90 m. De acuerdo con lo presentado por el Titular, en el sitio de estudio se detecta la presencia de 5 estratos de suelo (ver respuesta 5.9 de la Adenda). En la fase de construcción los residuos líquidos domiciliarios generados por los servicios higiénicos serán descargados a la red de alcantarillado existente y tratados por la empresa sanitaria Aguas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Andinas S.A. (Ver Certificado de Factibilidad Nº 004987 de fecha 09/06/2023 del Anexo A de la Adenda Complementaria del Proyecto). Respecto del lavado de ruedas, en la fase de construcción, ésta será realizada en una piscina especialmente diseñada para el lavado de ruedas de camiones y canaleta de camiones mixer, el que se encontrará ubicado próximo al acceso vehicular hacia la Avenida San Vicente de Paul (ver Anexo C4 Plano de Instalación de Faenas). Dicha piscina contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final (ver acápite 2.5.6.2 b) de la DIA). En la fase de operación, se generarán aguas servidas, las que serán descargados a la red de agua potable y alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas S.A. Ver Certificado de Factibilidad Nº 004987 de fecha 09/06/2023, adjunto en el Anexo A de la Adenda Complementaria.

Al respecto, la SEREMI del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio N° 798 de fecha 11 de octubre de 2023, se pronunció con observaciones al estudio de emisiones atmosféricas indicando que las emisiones de MP10 equivalente en el año 1 de la fase de construcción serían de 11,902 ton/año. Por tanto, el Proyecto superará los límites establecidos en el D.S. Nº31/2016, del MMA, para MP10, y requiere compensar sus emisiones. Para mayores antecedentes revisar Anexo E de la Adenda Complementaria relacionada con el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado.

Durante la fase de operación, en la fase de operación la principal fuente de emisiones corresponde a la combustión debido al tránsito de los automóviles, así como también el material particulado que estos levantan al transitar por las calles, destacando también el funcionamiento de fuentes del Proyecto tales como los grupos electrógenos. De acuerdo con el análisis presentado en el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del Anexo E de la Adenda Complementaria y según lo establecido en el D.S. N° 31/2016 del MMA, en su Artículo 64, el Proyecto no deberá compensar emisiones en la fase de operación.

Los efectos generados por las actividades asociadas a la fase de construcción se efectuarán sobre un área limitada en relación con la zona en donde intervendrá el Proyecto. Los posibles impactos adversos asociados al Proyecto, en términos de magnitud y duración, no suponen una alteración significativa para el suelo, agua y aire. Por lo tanto, el Proyecto, tanto en su fase de construcción como de operación, no generará impacto sobre el suelo, agua o aire, en relación con la condición base.

En lo que respecta a las normas secundarias de calidad ambiental vigentes, no le son aplicables al Proyecto, dado que éste se encuentra fuera de la zona de aplicación de ellas (ver acápite B.8.2 de la DIA).

El terreno de emplazamiento del Proyecto no alberga fauna nativa y no se localiza próxima a zonas que concentren fauna nativa. Por lo tanto, no se presentan hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Por el contrario, el área de Proyecto se emplaza en un sector urbanizado de la comuna de Macul, en el que predomina el uso de suelo residencial. En el acápite 2.6.3 del Anexo E de la DIA, el Titular señala que el área de influencia definida para el Proyecto presenta claras señales de trasformación y degradación históricas por efecto de la intervención antrópica. Además, en el acápite 3.3 del Anexo E de la DIA, el titular señala que no existen especies en categoría de conservación y no se registran especies de baja movilidad en el área de influencia del Proyecto. De acuerdo con lo señalado por el Titular, en el área de emplazamiento del Proyecto no existe fauna silvestre en alguna categoría de protección oficial que pudiera ser afectada.

Debido a la tipología del Proyecto, no se generarán impactos significativos que puedan afectar los recursos naturales renovables. En efecto, los residuos generados en la fase de construcción serán manejados de tal forma de no provocar un impacto sobre los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire en el área de influencia del proyecto. De acuerdo con lo señalado en la letra d) de la Tabla 6.1 en relación con los residuos generados y debido a la tipología del proyecto, que utiliza sólo algunas sustancias químicas en pequeña escala para terminaciones en Fase de Construcción, se puede señalar que no se generarán impactos significativos que puedan afectar los recursos naturales renovables. Durante la fase de construcción el Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones del Decreto N° 43/2016 del MINSAL. Reglamento Almacenamiento de Sustancias Peligrosas y al Reglamento para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

el Manejo de Residuos Peligrosos D.S. Nº 148/04 del MINSAL.

El Proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos hídricos. Atendiendo a los antecedentes recopilados para el área de Influencia, se concluye que el Proyecto no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales (incluyendo aire, agua y suelo). Debido a la tipología del Proyecto y su ubicación, no existirá intervención o explotación de recursos hídricos en cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles, cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles, vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios, turberas y glaciares.

Debido a la tipología del Proyecto, no se considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, según lo declarado por el Titular en el Anexo B. Ficha de Resumen de la Adenda Complementaria.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 6º del Decreto Supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.2 del ICE.

El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo No Aplica. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico, toda vez que de acuerdo con lo señalado por el Titular en el “Estudio de Medio Humano” del Anexo H de la DIA, Anexo C de la Adenda y Anexo C de la Adenda Complementaria, el predio en donde se emplazará el Proyecto corresponde a un terreno completamente urbanizado y con alta presencia de sectores comerciales y de vivienda. En el acápite 4.4 de la Dimensión Socioeconómica del Anexo C de la Adenda, el Titular señala y presenta la información respecto de que el área de influencia del proyecto se encuentra completamente urbanizada sin la presencia de recursos naturales que puedan ser utilizados por los grupos humanos para cualquier tipo de actividad económica. En términos de planificación territorial y en base a lo estipulado por el Plan Regulador Comunal de Macul (PRC), el terreno donde se desarrolla el Proyecto corresponde al uso de suelo ZM-2: Zona residencial mixta densidad alta comercial, lo cual, de acuerdo con la Guía para la descripción del Uso del Territorio en el SEIA del Servicio de Evaluación Ambiental, es un uso que contempla edificaciones o unidades destinadas al uso habitacional, ya sea de destino vivienda u hogares de acogida, edificaciones y locales destinados al hospedaje. Tanto en la zona donde se emplaza el Proyecto, como hacia el norte, sur y poniente del mismo, el uso del suelo corresponde a viviendas tipo edificio y casas. El Proyecto se ubica de manera particular en la Unidad Vecinal Nº 15 que es un sector urbano de características comerciales y residenciales (“Sector Las Torres”), el cual presenta un activo dinamismo y constituye un nodo estructural desde un punto de vista comercial y de conectividad, al estar emplazada en dos ejes viales estructurantes (Amador Neghme/ Las Torres y Américo Vespucio), los que permiten proyectos inmobiliarios de gran densificación y mayores alturas. El Proyecto no se extiende más allá del área de emplazamiento ocupada para sus actividades por lo cual no se proyectan afectaciones. El Proyecto se emplaza al interior de un área regulada cuyo destino residencial se encuentra normado en el instrumento de planificación territorial vigente. En consecuencia, es posible indicar que el Proyecto no considera la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o bien para uso tradicional de los grupos humanos del Área de Influencia.

En relación con la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, el Titular presentó un Estudio de Medio Humano (Anexo H de la DIA, Anexo C de la Adenda y de la Adenda Complementaria), y un análisis del Estudio de Movilidad (Anexo F de la Adenda), información complementada en las respuestas 3.3.1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

y 7.2 de la Adenda Complementaria. En efecto, tal como se indicó en la caracterización del territorio, el área de influencia presenta buena conectividad por la presencia de dos vías estructurantes tanto para el transporte colectivo representado por Red Metropolitana de Movilidad (Transantiago), como para el transporte privado. Estas vías corresponden principalmente a la Avenida Amador Neghme/Las Torres, y Avenida Américo Vespucio. La presencia de la Línea 4 del metro de Santiago y su estación Las Torres, dotan al sector de un mejor estándar de conectividad, lo cual determina el incremento demográfico del área en estudio. La ubicación de Macul dentro de la metrópolis y su cercanía con comunas como Ñuñoa, Peñalolén y La Florida, que presentan altos flujos y carga de población flotante, convierten a Macul en un sector con alto potencial para el uso de transporte activo (bicicleta y caminata), lo que optimiza la trama vial existente. Los usuarios del señalan que una de las razones que más valoran de vivir en el sector es la presencia de la estación de metro para trasladarse, por la conectividad que esta les proporciona. Con respecto al área de influencia, se observó que, en el límite sur del sector, específicamente entre avenidas Dr. Amador Neghme y Autopista Américo Vespucio, existe un punto de alta congestión vehicular. En las calles aledañas al límite poniente del proyecto, se pudo constatar que el uso de estacionamientos en la vía pública tiene una impronta residencial, así mismo, en la calle Amador Neghme, la cual forma parte del límite sur del AI del proyecto, existen casos de estacionamientos informales en la vía y sobre las veredas, adicionalmente es relevante mencionar la presencia de locales comerciales entre los cuales destacan: botillerías (Llaima Tu), carnicerías (Chilenito), pequeños negocios (Donde Maury) y también un restaurant (Héctor Shop). La presencia de estos locales es relevante ya que incide en que haya más vehículos estacionados en los horarios en que el comercio se encuentra en funcionamiento (10:00 20:30 aprox.). Sumado a lo anterior, con la intención de comprender las prácticas de movilidad asociadas al área de influencia del Proyecto, a través de entrevistas se reveló que los recorridos de transporte público D14 y D10 son los más utilizados por las personas que habitan este sector, debido a que a través de estos recorridos pueden llegar a la estación de Metro Quilín en la cual se detienen todos los trenes en horarios punta (a diferencia de las estaciones Las Torres y Macul). Por otro lado, en su sentido anverso, los recorridos D14 y D10 conectan al sector con la estación de Metro Camino Agrícola, pasando también por los sectores industriales de la comuna. Con respecto a los tiempos de viaje, en palabras de las personas entrevistadas, estos duran aproximadamente 45 minutos en los horarios punta hasta el centro de la ciudad, quienes trabajan en el centro de Santiago señalaron que no se demoran más de una hora en llegar a la estación de Metro Tobalaba, la cual enlaza con la Línea 1 que conecta con el centro de la ciudad. Otro medio de transporte utilizado por las personas del sector son los colectivos. En relación con éstos, entre las personas entrevistadas no existió unanimidad con respecto a quienes eran los/as usuarios/as más característicos de este tipo de transporte, sin embargo, algunos/as destacaban que los colectivos eran más utilizados por los/as adultos mayores del sector. Adicionalmente, también indicaron que durante los fines de semana los colectivos presentan una mayor frecuencia que las micros. Con respecto a la utilización de la bicicleta, se evidenció que no se utiliza de manera significativa en el sector. De hecho, no existen parada del “Bike Santiago”. El uso de vehículos particulares se circunscribe de manera general a los fines de semana, ya que las personas entrevistadas consideran que dada la conectividad del sector no era necesario “sufrir los tacos”. Es importante destacar que dentro del sector la calle San Vicente de Paul es la vía más utilizada, ya que la parada de los recorridos mencionados y también de los colectivos se emplaza en este lugar

En relación con la fase construcción: • Para el análisis peatonal las rutas de entrada y salida que con una alta probabilidad serán utilizadas por los usuarios del Proyecto, de acuerdo con la ubicación de éste y al comportamiento actual de la red vial. Con el objetivo de analizar los tiempos de desplazamiento peatonal, el Titular utilizó la aplicación de transporte público de Google Maps. Para el caso de los peatones se consideró un viaje de ida y regreso hacia un destino de interés (dentro del área de influencia) el cual corresponde a la estación de Metro Las Torres. Según la información levantada los tiempos de desplazamiento peatonal no variarán en esta fase con el Proyecto, siendo de 3 minutos tanto de ida como de regreso desde el sector del Proyecto hasta la estación de Metro Las Torres. A su vez, los niveles de servicio del Proyecto en operación continúan en el nivel A (ver Tabla 5 del Anexo C de la Adenda Complementaria). Por lo tanto, no se observa una afectación significativa en los tiempos de desplazamiento peatonal. Lo mismo ocurre para los tiempos de desplazamiento en horas punta en sus diversas etapas.

• Para el análisis vehicular el Titular descartar la afectación a los tiempos de desplazamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

por este medio y presenta los resultados obtenidos en la modelación TRANSYT para el análisis de tiempos de desplazamiento al interior del área de influencia analizada en la red TRANSYT. Este análisis contiene los antecedentes de las medidas del EISTU. Para el caso del flujo vehicular, el Titular utilizó la misma información obtenida a través del modelo de transporte presentado en el Anexo F de la Adenda. Adicionalmente, el Proyecto no genera afectaciones a los modos peatonal, transporte público ni bicicletas, por lo tanto, es posible inferir que no existirán cambios en los tiempos de desplazamiento en la situación de construcción y de operación del proyecto. El uso de los ejes Américo Vespucio Caletera Poniente y Dr. Amador Nehgme, no presentan una variación importante en los horarios de punta mañana y tarde (Ver Tabla 3 del Anexo C de la Adenda Complementaria).

Para el análisis del transporte público en la fase de construcción, el Titular señala que dentro del área de influencia se identificaron paradas de transporte público las que se ubican principalmente en las rutas de Américo Vespucio, Dr. Amador Neghme y San Vicente de Paul. Con el objetivo de analizar los tiempos de desplazamiento en transporte público, se utilizó la aplicación de transporte público de Google Maps. Para el caso del transporte público se consideró un viaje de ida y regreso hacia un destino de interés (fuera del área de influencia) el cual corresponde a Mall Plaza Vespucio. En base a la información entregada se observa que en las mediciones de los tiempos de desplazamiento en los horarios punta en la fase de construcción, no hay aumento en los tiempos de desplazamiento, siendo de 15 a 16 minutos en el horario punta en la mañana y de 17 a 19 minutos en el horario punta en la tarde (Ver Tabla 8, 9 y 10 del Anexo C de la Adenda Complementaria). Adicionalmente, se encuentra el acceso a la estación de Metro Las Torres, dicha estación cuenta con acceso universal a través de escaleras y ascensores que permiten el ingreso a dicha estación y se analiza la facilidad de acceso al transporte público a través de la distancia de acceso a las diferentes paradas de transporte público. Según la Red Metropolitana de Santiago, a través de la página de la Dirección de Transporte Público Metropolitano (DTPM) se expone información de las capacidades e infraestructura de funcionamiento del sistema de transporte en Santiago1, los buses de 12 metros de largo tienen una capacidad para transportar a 80 personas: 30 sentadas y 51 de pie. Además, un tren largo de Metro de Santiago de 7 coches tiene 116 metros y una capacidad de 1.330 personas. De acuerdo con lo solicitado, y junto con la capacidad de buses de las líneas Red Metropolitana, el estudio de Movilidad expone la identificación y análisis cualitativos de conflictos y las medidas de control del EISTU (Ver Anexo F Estudio de Movilidad de la Adenda).

• Para el análisis de Ciclovías y Ciclistas en la fase de construcción, al interior del área de influencia de transporte no existen ciclovías, por lo tanto, no es posible analizar su uso y desplazamiento y el nivel de servicio de dichas infraestructuras. De todas maneras, se realizaron mediciones de flujos de ciclos al interior del área de influencia las que se presentan en la Tabla 6 del Anexo C de la Adenda Complementaria. Con el objetivo de analizar los tiempos de desplazamiento en transporte de bicicleta, se utilizó la aplicación de transporte público de Google Maps. Para el caso de las bicicletas se consideró un viaje de ida y regreso hacia un destino de interés (fuera del área de influencia) el cual corresponde a Mall Plaza Vespucio, el que se estimó en 12 minutos de duración.

Desde el punto de vista de la movilidad y libre circulación de las personas y grupos humanos que actualmente residen en el área de influencia del Proyecto, de acuerdo con los datos entregados, se puede tener presente que éstos no verán afectados en forma significativa sus tiempos de desplazamiento en ninguno de los modos utilizados, ya sean motorizados como no motorizados.

No obstante, lo anteriormente dicho, el Proyecto presentó un EISTU aprobado por la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana a través de ORD. SM/AGD/ Nº 2454 de fecha 07/03/2019. En el Anexo D4 de la DIA se adjunta el EISTU que considera medidas de control, que pasan a formar parte del Proyecto, los que se exponen a continuación y cuyo detalle se puede verificar, además, en el acápite 3.6 del Anexo C de la Adenda Complementaria: 1. Mejoramiento de los Modos Peatonales y de los Espacios públicos del sector correspondiente a la zona de la Villa Caupolicán Avda. Dr. Neghme (U.V. N° 15); 2. Obras de Control en la Calle de Servicio al Sur del Predio; 3. Obras de Control en el empalme Cuadro Verde con El Líbano; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

  1. Obras de Control en el empalme Campo Lindo con El Líbano;
  2. Obras de Control en el empalme Jorge González con El Líbano;
  3. Obras de Control en el empalme Cuadro Verde con San Vicente de Paul;
  4. Obras de Control en el arco de Cuadro Verde entre El Líbano y San Vicente de Paul;
  5. Obras de Control en el empalme Campo Lindo con San Vicente de Paul;
  6. Obras de Control en el arco de Campo Lindo entre El Líbano y San Vicente de Paul;
  7. Obras de Control en el cruce de Jorge González Bastías con San Vicente de Paul;
  8. Obras de Control en el arco de Jorge González entre El Líbano y San Vicente de Paul;
  9. Obras de Control en Eduardo Fabini y en su cruce con San Vicente de Paul;
  10. Obras de Control en el empalme de Santa Teresa de Los Andes con San Vicente de Paul;
  11. Obras de Control en los empalmes de San Marcos y Alejandro Flores con San Vicente;
  12. Obras de Control en el cruce de San Lucas y San Vicente de Paul;
  13. Obras de Control en el empalme de Santa Teresa de Los Andes y Américo Vespucio;
  14. Se realizará estudios de justificación de semáforos para los empalmes de la calle Cuadro Verde con San Vicente de Paul y con la Av. El Líbano y en el empalme de San Vicente de Paul con Jorge González Bastías. Se instalará a lo más uno de ellos si alguno de estos semáforos se justificara, según normativa y exigencias de la UOCT. En los casos en que un semáforo no se instale serán válidas las medidas de señalización que se detallan, incluyendo las balizas luminosas;
  15. Realizar sintonía fina, y posterior grabación en memoria EPROM de los tiempos resultantes, en los siguientes cruces semaforizados, durante dos periodos críticos;
  16. Quince paraderos serán objeto de rehabilitación o renovación de la demarcación en la calzada y de la señal; de reparación y limpieza de los refugios, asientos, iluminación y basureros -según sea el caso- antes de la recepción municipal;
  17. Construir un sumidero y un pozo de absorción en la calzada de San Vicente de Paul, en las cercanías de la intersección de esta vía con Dr. Neghme, donde actualmente se produce acumulación de aguas lluvias;
  18. Se desarrollará la Ingeniería y realizar la reparación de la cubierta central (tragaluz superior) de la Estación Las Torres de Línea 4 de Metro, con el objeto de eliminar el ingreso de aguas lluvias que caen sobre la loza de la mesanina, torniquetes y área de boletería;
  19. Obras de Control en el Frente del Predio.

En relación con la fase de operación: • Para el análisis peatonal, el análisis presentado por el Titular en el Estudio de Movilidad (Anexo F de la Adenda) y los Estudio de Medio Humano (Anexo H de la DIA, Anexo C de la Adenda y de la Adenda Complementaria), las rutas de entrada y salida utilizadas por las personas son las mismas que las de la fase de construcción. Incluso los tiempos de desplazamiento seguirían siendo de 3 minutos tanto de ida como de regreso desde el sector del Proyecto hasta la estación de Metro Las Torres. En el Anexo C para descartar la alteración de los sistemas de vida, en la Tabla 5 se presentan los niveles de servicio, en donde, se puede observar que dichos niveles continúan en el nivel A, en la fase de operación. Por lo tanto, no se aprecia una afectación significativa en los tiempos de desplazamiento. Igual situación se puede observar respecto de los tiempos de desplazamiento en las horas punta en sus diversas etapas, en las cuales tampoco hay aumentos.

• Para el análisis vehicular en la fase de operación, los datos que se presentan en la Tabla 3 del Anexo C de la Adenda Complementaria, permiten observar que la variación en los tiempos de desplazamiento respecto de la situación base es poco significativa puesto que van desde los 45 minutos a los 46,4 en la hora punta de la mañana y de 46,6 minutos en la hora punta de la tarde respecto del eje Américo Vespucio Caletera Poniente (Santa Teresa/Enlace La Torres). En el eje Dr. Amador Nehgme (Enlace Las Torres/ San Vicente de Paul), no existen diferencias en los tiempos de desplazamiento.

• Respecto del transporte público, en la Tabla 8 se puede observar del Anexo C de la Adenda Complementaria se puede observar que, a lo mismo que en la fase de construcción, en la fase de operación tampoco hay aumento en los tiempos de desplazamiento, siendo de 15 a 16 minutos en el horario punta en la mañana y de 17 a 19 minutos en el horario punta en la tarde.

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• Para el análisis de Ciclovías y Ciclistas, al igual que para la fase de operación, no se pudo evidenciar la existencia de ciclovías en el área de influencia. Sin embargo, con el objetivo de analizar los tiempos de desplazamiento en transporte de bicicleta, se utilizó la aplicación de transporte público de Google Maps. Para el caso de las bicicletas se consideró un viaje de ida y regreso hacia un destino de interés (fuera del área de influencia) el cual corresponde a Mall Plaza Vespucio, el que se estimó en 12 minutos de duración.

En síntesis, la información presentada permite señalar que el Proyecto, respecto de las familias que buscan desplazarse de manera rápida en transporte público en desmedro del vehículo particular, no impactará de manera significativa en su entorno, en particular en relación con lo expuesto en el artículo 7 del D.S. N°40/2012 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en particular lo señalado en el literal b). No obstante lo anterior, el Proyecto deberá implementar medidas de control del EISTU que tuvo que elaborar, las que pasan a formar parte del proyecto, tal cómo se describieron en la fase de construcción de este ítem.

Respecto de la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, en base a la información respecto de las rutas que serán utilizadas en la fase de construcción, el Titular especifica, en el Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria que todas las actividades de la obra se realizarán al interior del predio del Proyecto, en el cual hay estacionamientos y zonas de carga y descarga para los camiones y vehículos de la obra. Además, en relación con el acceso a los centros de salud y educación, el Titular destaca la distancia existente entre el Proyecto y la mayoría de dichos establecimientos, siendo los más cercanos la Escuela Particular Regina Mundi, Jardín Infantil Esperanza, Iluña Poreko Tañi Mapu y Renacer.

Para la fase de operación, el Titular indica que en base del Censo 2017 hay 8.221 habitantes dentro del área de Influencia de Medio Humano, que proyectado al año 2023 sería de 9.717 habitantes. La estimación de los habitantes proyectados según los permisos de edificación y recepciones finales se estima una proyección de 18.863 habitantes. Para conocer el peor escenario en el que el proyecto comience a operar, considerando la proyección demográfica y el aporte de habitantes de otros proyectos inmobiliarios se realizaron cálculos a partir de información del CENSO 2017 y proyección año 2023, y la cantidad de unidades habitacionales de los proyectos. Los proyectos con RCA aprobadas dentro del área de influencia, según la información disponible en el SEA, consideró una estimación de 3,1 habitantes por unidad habitacional3 tanto para el proyecto de Vespucio 4453 y los proyectos inmobiliarios dentro del área de influencia. Los proyectos con RCA aprobadas al 2023 dentro del área de influencia son 4 según la información disponible en el SEA. Estos son: Edificio Vespucio 4455 con 492 departamentos; Edificio Acción Vespucio con 339 departamentos: Panorama Cordillera con 506 departamentos; Conjunto Habitacional Vespucio 653 departamentos. Se consideró una estimación de 3,1 habitantes por unidad habitacional tanto para el proyecto de Vespucio 4453 y los cuatro proyectos inmobiliarios dentro del área de influencia, esto en base a las estimaciones del Censo 2017 de INE, que calcula en 3,1 el promedio de personas por hogar. A partir de esta información se calcula la proyección de habitantes aportada por el Proyecto Edificios Vespucio 4453 y los 4 proyectos inmobiliarios con RCA aprobada, resultando 7.643 personas. En la Tabla 12 del Anexo C de la Adenda Complementaria, se muestra el resultado para el escenario más desfavorable en términos de impacto demográfico. En total, se proyectan 18.863 personas para el área de influencia. De esta cantidad, 9.717 corresponden a la proyección censal para el año 2023; se agregan 1.476 personas como aporte del proyecto Edificios Vespucio 4453; mientras que 6.167 corresponden al aporte de otros proyectos inmobiliarios con RCA aprobada y 1.503 corresponden a permisos de edificación vigentes. En base a estos antecedentes, se presentan proyecciones sobre la situación del área de influencia respecto al acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica una vez que el proyecto inmobiliario se encuentre en su fase de operación.

Respecto del acceso a la vivienda, en el acápite 4.1 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria, el Titular presenta información en donde señala a las organizaciones sociales presentes en el sector, destacándose las acciones realizadas por la Junta de Vecinos Villa Caupolicán, quienes han gestionado una serie de proyectos sociales vinculados al mejoramiento de viviendas. Junto con ello, tanto la Iglesia San Vicente de Paul como las dos Iglesias Evangélicas presentes en el área de influencia facilitan sus instalaciones para la realización de actividades para la comunidad. En base a dicha información, levantada en terreno, por lo observado en los hogares en los cuales se ingresó, y por la información aportada por los entrevistados, hay un bajo porcentaje de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

hacinamiento en los hogares del área de influencia. Entendiendo que el hacinamiento es el resultado de un desajuste entre el tamaño y características de diseño de la vivienda y el tamaño de la familia, los entrevistados expusieron que los grupos familiares con los cuales habitaban eran en cantidades, proporcionales a una vivienda promedio de tres habitaciones

Respecto del acceso a la salud, en el acápite 4.2 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria, se señala que la oferta se circunscribe fuera del área de influencia. Los entrevistados indicaron que el Hospital Cordillera es el que les corresponde por el sector, añadiendo además el Consultorio Félix de Amesti, el Consultorio Santa Julia y el SAPU Las Torres. No obstante, esta oferta de salud pública se complementa con los servicios privados (los cuales atienden con Bono FONASA), presentes en el Mall Plaza Vespucio, como la Clínica Vespucio, Centro Médico de la Universidad de Chile, ubicado en el Mall Quilín; y el Centro de Salud San Joaquín de la Universidad Católica de Chile, ubicada en el Metro San Joaquín. Si bien la población residente cuenta con centros de atención de salud comunitaria y familiar de tipo primario, las condiciones de infraestructura y atención no son las óptimas, pues el centro de atención primaria para el área de influencia, y que estaba siendo remodelado, lleva varios años cerrados, teniendo la población de las diversas villas que integran el sector de estudio atenderse en un centro de atención provisorio, en las dependencias de un antiguo colegio municipal. En cuanto a centros de atención de alta complejidad como son los centros hospitalarios, la población del área de influencia debe acudir hasta el CRS Cordillera Oriente, ubicado en avenida Las Torres, comuna de Peñalolén. Otro elemento que se suma a las preocupaciones locales, son las distancias de los centros de atención. Finalmente, en cuanto a los centros de salud más referenciados por los residentes de los nuevos edificios en el área de influencia, mencionan la Clínica BUPA, ubicada en Departamental con Vespucio, en la comuna de La Florida. Respecto de los tiempos de espera en los centros de salud del proyecto, se realizaron visitas y las consultas en los centros más cercanos al proyecto. Estos son el CESFAM Félix de Amesti (Comuna de Macul) y el complejo hospitalario Dr. Luis Tisné Brousse y el Centro de Referencia Cordillera (ambos en la comuna de Peñalolén). Según información extraída de Transparencia Municipalidad de Macul, el Centro de Salud Familiar al cual le corresponde asistir a los habitantes del área influencia, de las unidades vecinales 14 y 15, es Félix de Amesti, el cual es nombrado varias veces durante las entrevistas al preguntar por los centros de salud a los cuales asisten. De acuerdo al proceso de sectorización, y para la atención de sus beneficiarios, el Cesfam se divide en tres Sectores (2, 3 y 4), lo cual da un total de capacidad de atención de 46.826, lo cual, comparado con la proyección demográfica del área de influencia (22.617), se observa que existe capacidad de atención para los futuros habitantes del Proyecto.

Respecto del acceso a la educación, en el acápite 4.3 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria, se presenta la información respecto de que en el área de influencia se localizan cuatro establecimientos educativos. Uno de estos posee oferta en nivel preescolar y escolar, y los demás corresponden al nivel preescolar, con sala cuna y jardín infantil. La capacidad de matrícula ofertada por estos establecimientos según nivel es de 1.394, considerando los niveles preescolar, básica y media (ver Tabla 14 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria). Respecto a los establecimientos educacionales cercanos al área de influencia, éstos corresponden a ocho establecimientos, con una capacidad de matrícula total de 4.094: Cinco se ubican en la comuna de Macul y tres en la comuna de Peñalolén. En términos generales, los establecimientos incluyen los niveles preescolares a escolar completa. La distancia promedio a cada establecimiento aledaño al área de influencia es de 1,3 km. en modalidad caminata (Ver Tabla 15 del Anexo C de la Adenda Complementaria). La cantidad de establecimientos y número de matrícula para las comunas Macul y Peñalolén, la que es considerada puesto que el Proyecto se ubica en el límite de ambas; en términos totales, entre ambas comunas, hay 109 establecimientos educacionales que incluyen los niveles preescolares, escolares y media. Desagregados por comuna, Macul posee 40 establecimientos educacionales y Peñalolén posee 69 establecimientos. En Macul la matrícula al año 2022 fue de 16.403 y en Peñalolén fue de 38.480 (Ver reportes comunales con proyección al año 2023 disponibles en la web de la Biblioteca Nacional del Congreso). En la Tabla 16 del Anexo C de la Adenda Complementaria, se presenta la información con el número de establecimientos y la capacidad de matrícula dentro del área de influencia, la zona aledaña, y la capacidad total sumando ambas comunas. En dicha Tabla se indica que, en el área de influencia y la zona aledaña, existe una capacidad de matrícula de 5.488, distribuidos en doce establecimientos, mientras que la capacidad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

total de matrícula de ambas comunas es de 54.883 distribuidos en 109 establecimientos (Ver Figura 6 del Anexo C de la Adenda Complementaria, en el que se presenta una imagen con la ubicación de los establecimientos educativos en el área de influencia y su entorno). La información proporcionada, permite observar que los establecimientos existentes permitirán a algunos de los residentes del Proyecto utilizar servicios educacionales en el Área de Influencia, pero en su mayoría accederían a otros disponibles en la comuna de Macul, Peñalolén y otras comunas de la ciudad de Santiago; existiendo la oferta para cubrir la demanda de la población escolar que llegue a residir al Proyecto.

Respecto al comercio, en el acápite 4.4 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria, se informa que, en el área de influencia, no hay grandes supermercados o centros comerciales, pero si diversos almacenes de barrio, panaderías, verdulerías, y diversos tipos de pequeños negocios que satisfacen buena parte de las necesidades de la población local. Además, dada la ubicación de la comuna, ésta cuenta con una oferta más amplia de supermercados y centros comerciales en las comunas vecinas, como son Peñalolén, Ñuñoa o La Florida. Por tanto, el Proyecto no genera ni presenta impacto significativo respecto al acceso a equipamiento comercial en el Área de Influencia, puesto que la oferta que existe permite cubrir la demanda de la población existente que llegue a residir al Proyecto.

Respecto del acceso a espacios deportivos, en el acápite 4.5 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria, en base a entrevistas realizadas el Titular presenta la información respecto de que una de las problemáticas del sector era el acceso a espacios públicos, haciendo referencia de manera particular al mal estado de las canchas y su poca iluminación. Se releva la presencia del “Club Deportivo de Fútbol Orientales”, el cual tendría larga data y es considerado un referente identitario del sector. En el área de influencia se observan dos multicanchas, una en uso y otra en reparaciones. Son canchas que pueden ser usadas para diversos deportes como baby futbol, basquetbol o voleibol, entre otros. También, en el área de influencia se puede apreciar la instalación de equipamiento deportivo en áreas verdes, como las plazas de los barrios. En el conjunto de edificios residenciales en Avenida Américo Vespucio, los edificios cuentan con salas con máquinas de ejercicios, y con piscinas. En la calle El Líbano, que limita con el área de influencia, se encuentra el centro deportivo de uso privado “Complejo Deportivo Mundo Sport”. Es decir, los establecimientos deportivos existentes permitirán a los residentes del área de influencia acceder a centros deportivos cercanos a sus viviendas, e incluso, en algunos casos, dentro de estas, como es el caso de los condominios de edificios. Este escenario permite señalar que no se generará una alteración significativa al acceso o a la calidad de los servicios deportivos por cuanto el Proyecto.

Respecto del acceso a las áreas verdes, en el acápite 4.6 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria, se presenta la información de que, en el área de influencia del Proyecto, existen 16 plazas públicas (ver Figura 11 del Anexo C Medio Humano de la Adenda Complementaria), y la suma de su superficie corresponde a 31.797 m2, según el catastro del SIEDU (INE, 2018). Por otro lado, al momento censal del año 2017 la cantidad de personas dentro del área de influencia correspondería a 8.221 habitantes, y al año 2023 a 9.717 personas según el porcentaje de proyección comunal (INE, 2017). Para monitorear la capacidad de provisión de espacios verdes a nivel comunal, el SIEDU estableció el indicador de superficie de áreas verdes públicas por habitante (en metros cuadrados), calculado como el cociente entre la superficie de áreas verdes públicas y la población de la comuna. El resultado de este indicador muestra que al año 2017, la comuna de Macul provee 4,1 m2 por habitante, mientras que al año 2023, con la proyección de población, el indicador corresponde a 3,4 m2 por habitante. Aplicado el indicador en la zona del área de influencia con los datos de población censal del 2017 y las áreas verdes catastradas por SIEDU, la provisión corresponde a 3,8 m2 por habitante. Mientras que con la población proyectada al año 2023 dentro del área de influencia, el indicador corresponde a 3,2 m2 por habitante. Además, el Proyecto cuenta con un proyecto paisajístico que incluye áreas verdes de uso privado para los futuros habitantes. El proyecto incorpora 1.407 m2 de áreas verdes al área de influencia. Por lo tanto, la sumatoria de áreas verdes públicas dentro del área de influencia, más el área verde del proyecto suma 33.204 m2. Este aumento significa una variación del 4,4% de áreas verdes dentro del área de influencia. Respecto a los aportes del proyecto en la cantidad población, el proyecto sumará 1.476 habitantes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Este aumento significa una variación del 15,2% sobre la proyección de población para el año 2023, resultando una población final de 11.193 personas dentro del área de influencia. Finalmente, una vez iniciada la fase de operación, considerando la población proyectada al año 2023 y los aportes del proyecto, el indicador de provisión de áreas verdes por persona dentro del área de influencia corresponderá a 2,9 m2 por habitante. Estos cambios reflejan una variación porcentual de -9,4% entre la situación proyectada al 2023 y la situación proyectada con el proyecto (Ver Tabla 20 del Anexo C de la Adenda Complementaria y Figura 11 que muestra las áreas verdes en el área de influencia y en el área del proyecto).

En la Figura 12 del Anexo C de la Adenda Complementaria, El Titular presenta una cartografía en la cual se observa la totalidad de la información entregada de manera georreferenciada, la que contiene los factores generadores de impacto identificados para este Proyecto, específicamente los receptores de ruido y el tránsito de camiones.

Considerando la información presentada por el Titular en el Anexo C. “Estudio de Medio Humano” de la Adenda Complementaria, es posible determinar que el Proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Según la información recogida en terreno y la información bibliográfica, los/as residentes de la comuna de Macul tienen una marcada identidad, propia, muy ligada a la prevalencia de los lazos comunitarios entre sus habitantes. En el informe de las mesas participativas para la modificación del Nuevo Plano Regulador comunal, se dejó establecido por parte de la comunidad: “Que las densificaciones y mayores alturas se darán en general en los ejes viales de Américo Vespucio…”. Es decir, se asume que la morfología interior de los barrios debe ser preservada, dejando establecido que las vías estructurales pueden permitir un mayor grado de densificación urbana. Con respecto a las manifestaciones de la cultura en el área de influencia, a través del trabajo realizado en terreno y la consulta de fuentes secundarias, se constata que existen manifestaciones culturales variadas y de diferente índole asociadas a las historias e identidades barriales. Uno de los más destacados, es el de la pasión por el futbol barrial y profesional, que tiene sus orígenes desde los años 60 y que se ha ido transmitiendo a través de las generaciones. Otros aspectos destacados por las comunidades dentro del área de influencia son las fiestas navideñas de carácter comunitario y autogestionadas, actividades para los adultos mayores, ferias costumbristas, ferias navideñas, conciertos navideños, talleres deportivos, velatones en memoria de los/as vecinos/as fallecidos/as, el aniversario de la población Chacarillas, entre otras. En relación con lo anterior, se puede afirmar que las manifestaciones culturales en este sector son abundantes y variadas, además, se destaca el carácter comunitario de las mismas. En este punto también es relevante mencionar que, a raíz del fenómeno de la migración, desde la información levantada en terreno, habitantes del sector hacen mención a que se ha producido una integración con los migrantes venezolanos que han llegado al sector, específicamente se menciona un intercambio cultural a través de la música y la comida. En el área de influencia, también se dan expresiones artístico-culturales, en este sentido, destaca el conjunto "Agrupación Cultural Andina Machaq - Mara". En el registro comunal, se registra con la ficha de instituciones privadas, agrupación en el área temática de Cultura (teatro, música y danza). A partir de la información recogida y lo observado por el Titular (Ver Figura 14. Cartografía de Superposición de Factores Generadores de Impacto y Área de Influencia del Anexo C de la Adenda Complementaria), es posible indicar que la mayoría de las relaciones se llevan a cabo en espacios acotados, y se puede afirmar que dichas relaciones no serán alteradas por la construcción y el funcionamiento de un nuevo proyecto habitacional ya que no interfiere los sitios en las horas donde ellas se realizan, principalmente días festivos o fines de semana. A partir del levantamiento de la información primaria realizada por el Titular (Ver Anexo 5.4 de la DIA y Anexo 3.3 de la Adenda), es posible señalar que en el área de emplazamiento del Proyecto la cantidad de habitantes que pertenecen a pueblos originarios en la comuna de Macul es de 11.521 habitantes según datos censales del año 2017, esto es 10,1% (Ver Tabla Población Perteneciente a Pueblos Indígenas en Macul del Anexo C de la Adenda Complementaria). En dicha Tabla se puede apreciar que un alto porcentaje de la población que se declara perteneciente a algún pueblo originario en la comuna de Macul, lo hace por el pueblo Mapuche, con un 88,6%, seguido mucho más bajo en porcentaje, por población adscrita al pueblo Aimara (2,7%), según datos censales del año 2017. Respecto de organizaciones indígenas, según información obtenida por el Titular vía ley de transparencia en la comuna existirían cuatro organizaciones: a. Choyituyiñ Warria Meu (asociación Indígena); Agrupación Cultural Andina (organización funcional); Agrupación Rapa Nui; y Centro Cultural Artesanos y Cultores Ancestrales de Macul (organización funcional). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Según datos recogidos por los microdatos censales del año 2017, se contabiliza en las 57 manzanas censales consideradas en el área de influencia, un total de 1.166 personas pertenecientes a pueblos indígenas. De esta manera, la población perteneciente a los pueblos originarios en el área de influencia representa un 11,23% del total de habitante en el área de influencia, no obstante, su cantidad, según información solicitada por ley de transparencia a la Municipalidad de Macul, como por datos aportados por los propios habitantes, no hay asociaciones o comunidades indígenas existentes en el área. En efecto, tal como se da cuenta por los entrevistados en el área de influencia, hay habitantes de origen o perteneciente a algún pueblo originario, no obstante, no hay organizaciones, o actividades y prácticas culturales asociadas a alguno de los pueblos indígenas. Solamente se referencia la comuna vecina de Peñalolén como lugar de actividades indígenas.

Por lo anterior, es posible señalar que no existen asociaciones ni comunidades indígenas dentro del área de influencia, por lo que se descarta cualquier afectación significativa a sus manifestaciones, tradiciones y costumbres.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 7º del Decreto Supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.3 del ICE.

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental no significativo No Aplica. Considerando la información presentada por el Titular en los Informes de Medio Humano del Anexo H de la DIA y Anexo C de la Adenda y Adenda Complementaria, en donde se presenta la información primaria que fue levantada, el Proyecto no se localiza cercano a poblaciones protegidas. En relación con los pueblos originarios, el Titular señala en la Tabla 27 del acápite 4.3.2.4 del Anexo H de la DIA, que en la comuna de Macul existen registradas tres Asociaciones indígenas: a. WEKECHE WILLI KÜRÜF; b. ASOCIACIÓN INDÍGENA KUNIL; y c) ASOCIACIÓN INDÍGENA CHOYITUYIÑ WARRIA MEU, donde la más cercana se ubica a 1.3 kilómetros del área de influencia del Proyecto. A través de fuentes primarias, los/as entrevistados relevaron la presencia de la ASOCIACIÓN INDÍGENA CHOYITUYIÑ WARRIA MEU, ya que cuenta con una ruca representativa en Avda. Marathon con Quilín (distante a más de un kilómetro del proyecto), lo que manifiesta un hito de significancia cultural de la comuna, y dónde se han recreado y resignificado en el ámbito urbano de prácticas de etnogénesis identitarias vinculadas a tres pueblos indígenas (Aymaras, Rapa nui y Mapuches). Otra asociación relevada, corresponde a la ASOCIACIÓN INDÍGENA KUNIL, la cual se emplaza en el sector de Campo Lindo. Una entrevistada indicó que ellos solían hacer cursos relativos a temas indígenas (“hace varios años”), utilizando la sede de la Junta de Vecinos Nº 15, ubicada en plaza la semilla. Con todo, los antecedentes proporcionados dan cuenta de que se descarta una afectación directa a las formas de organización particular de las asociaciones indígenas identificadas, ya que dadas las características del proyecto no incidirá en las prácticas culturales de estas. En el acápite 4.4. de la DIA, el Titular declara que el Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio, toda vez que el área del Proyecto se ubica en un sector completamente urbanizado de la comuna de Macul, colindante a la autopista Vespucio Sur.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.4 del ICE.

El Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental no significativo No Aplica. De acuerdo con la información proporcionada por el Titular, el área del Proyecto se ubica en un sector completamente urbanizado de la comuna de Macul, colindante a la autopista Vespucio Sur lo que, por sí mismo, no presenta características que le otorguen valor turístico o paisajístico. El Proyecto no se emplaza en o próximo a destinos turísticos definidos por SERNATUR, así como, tampoco se emplaza al interior o próximo a Zonas de Interés Turístico declaradas bajo el Decreto de Ley 1.224 o la Ley Nº 20.423. En el Anexo H de la Adenda se adjunta la caracterización del Paisaje en el área de influencia del Proyecto y en donde se desarrollan los análisis definidos en la “Guía para la evaluación de Impacto Ambiental del Valor del Paisaje en el SEIA” (SEA 2019), para determinar el área de influencia del Proyecto y donde se exponen los observadores que presenta el área del proyecto. Específicamente en el numeral 4.2 puntos 4.2.1, 4.2.2 y 4.2.3 del citado Anexo H se consideran todos los observadores ubicados en las viviendas colindantes, áreas verdes BNUP, áreas de servicio y comercio, a través de análisis de las cuencas visuales de los diferentes puntos de observación ubicados en autopistas, caleteras, avenida, calles, pasajes, áreas verdes (BNUP Bienes nacionales de uso público), equipamiento (pasarelas, peatonales, estaciones de Metro y Metro) que se ven influenciados por el Proyecto. En el acápite 4.1, específicamente, en el 4.1.1, 4.1.2, 4.1.3 4.1.4 , se aclara el tipo y carácter de paisaje donde se encuentra el Proyecto, correspondiente a un paisaje urbano completamente intervenido, sin singularidades, muy común dentro de la región y en donde la construcción de una nueva intervención con las mismas características a los edificios existentes, no alterará la baja calidad visual del paisaje ya existente (Ver acápite 4.3 del Anexo H de la Adenda, específicamente puntos 4.3.1, 4.3.2 y 5 Conclusiones). La nueva intervención solo se suma a las intervenciones de edificios aledaños sin generar pérdida del bajo valor paisajístico presente, como tampoco se generará una pérdida en el estilo de costumbres y estilo de vida de las personas porque no agrega otra función ajena a las que hoy se desarrolla y tampoco es un elemento distinto a los existentes. Respecto a la solicitud de informar la proyección del paisaje una vez ejecutado el Proyecto, se eligieron dos puntos de observación característicos de la visibilidad que se presenta en el área de emplazamiento del proyecto donde se muestra la situación del paisaje actual y como sería con proyecto. A través de dos imágenes con y sin proyecto correspondiente a dos fotografías panorámicas con la situación actual del paisaje y dos fotomontajes con el Proyecto “Edificios Vespucio 4453” incorporado, se observa el cambio que puede existir en el paisaje. Estas imágenes dan cuenta que la presencia del Proyecto “Edificios Vespucio 4453” no cambian la calidad baja existente en el AI. El Proyecto se suma a un área de edificios de las mismas características, incorporándose como un elemento mas sin cambiar ni alterar el paisaje existente. Para más detalles sobre el Área de Influencia de Paisaje del Proyecto, de la identificación del valor paisajístico y de la calidad visual del paisaje del Proyecto, ver Anexo H de la Adenda. Además, se puede ver Fotografías y Fotomontajes en el Anexo D PAC de la Adenda Complementaria.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 9º del Decreto Supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.5 del ICE.

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

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5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental no significativo No Aplica. Respecto del análisis arqueológico y patrimonial, La prospección arqueológica llevada a cabo por el Titular en el área de influencia en donde se desarrollará el Proyecto, permitió descartar elementos arqueológicos, producto de la alteración superficial del terreno. Además, a partir de los antecedentes arqueológicos del sector, tampoco se han registrado hallazgos arqueológicos cercanos al área del proyecto. Los Monumentos Nacionales de la comuna de Macul corresponden a tres Monumentos Históricos emplazados a más de 1,5 km al norte del área del proyecto, y corresponden a: 1) Castillo Consistorial de Macul, conocido simplemente como "Castillo de Macul" o Ex Casa Vásquez, declarado Monumento Histórico por Decreto N° 148 del 30 de abril del 2009, corresponde a un edificio de tres pisos más un mirador y zócalo ubicado en el centro de la comuna, en la esquina norponiente de las calles Los Plátanos y Avenida Macul. El edificio es, junto a un par de edificaciones más, uno de los últimos vestigios de las grandes casas quintas que conformaron la Avenida Macul, a comienzos del siglo XX. 2) Bodegas de la viña Santa Carolina, declarada por Decreto Supremo N° 936 del 24 de Julio de 1973. Numero de norma 610 del 14 de noviembre de 1996. Esta Viña fue fundada en 1875 por Luis Pereira Cotapos. En 1877 comenzaron a construirse las bodegas (Ñuñoa y Macul). La viña duró hasta 1967. 3) Sitio de Memoria Centro de Detención denominado “Venda Sexy-Discoteque” decreto Nº 277 del 2016. Fue uno de los primeros cuarteles de detención y tortura de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), durante el periodo de dictadura y fue denominado por el Informe Valech como de Detención Selectiva, entre los años 1974 y 1977.

Complementariamente, se encuentra en la comuna el “Centro Ceremonial María Rapa Nui” inaugurado el 19 de Julio del 2014. Este centro ubicado en Maratón con Quilin, es para encuentros interculturales entres las etnias isleñas, Aymara y Mapuche y es prácticamente una instancia única por sus características a nivel metropolitano. El Proyecto ha sido financiado por el FONDART regional y uno de los miembros del directorio de la agrupación Centro Cultural María Rapa Nui. Dentro del Proyecto se contempló también la construcción de una Ruka, con el propósito de establecer un lugar de encuentro cultural, social, educacional y turístico de las culturas mapuche, Aymara y Rapanui.

En el acápite 2.2 y 2.4 del Anexo E de la DIA, el Titular da cuenta que el Proyecto no afectará a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. (Ver Anexo 5.4 Estudio de Medio Humano de la DIA y Estudio de Arqueología y Patrimonio del Anexo 2.3 de la Adenda Complementaria).

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 10º letra c) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.6 del ICE.

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la Construcción y operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Sitio destinado a la acumulación temporal de residuos asimilables a domiciliarios y sitio destinado a residuos inertes. Fase de operación: Sitio destinado a la acumulación temporal de residuos asimilables a domiciliarios. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase de construcción: Se considera que en la habilitación de la II.FF. se destinará un lugar para el acopio temporal para los residuos sólidos no peligrosos generados en esta Fase. En el Plano adjunto en el Anexo B de la Adenda, se observa la ubicación de la II.FF. y la distribución de cada uno de sus sectores, incluido el sector de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. Mayores antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA y Capítulo 4 de la Adenda.

Fase de operación: Para los residuos sólidos domiciliarios se habilitarán dos salas de almacenamiento de residuos ubicadas en el primer nivel subterráneo. En la Figura 4.2 del Capítulo 4 de la DIA, se presenta un extracto del Plano 1 del Proyecto de basuras, en el que se visualiza la localización de las bodegas de almacenamiento de residuos no peligrosos (Ver Planos Proyecto de Basuras del Anexo 2 de la Adenda). Con el objetivo de facilitar el retiro de la basura por el servicio de recolección municipal, es que se habilitará una estación de precarguío en el 1º piso, junto al acceso vehicular. En el Proyecto de Basuras, adjunto en el Anexo E–2 se visualiza la ubicación exacta de cada sala de basura y el sector de emplazamiento de la estación de precarguío. Mayores antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA y Capítulo 4 de la Adenda. Para esta fase se estima la generación de residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del conjunto habitacional. Debido a que el Proyecto albergará a una población permanente de 739 personas por edificio, totalizando 1.478 personas, se estima en 5.912 L/día la generación de residuos domiciliarios, considerando una tasa de generación de residuos de 4 L/día/por persona, que equivalen a 17,7 m3 cada tres días. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N° 1363 de fecha 17 de abril de 2023, se pronuncia conforme respecto del otorgamiento del PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1 del ICE.

6.1.2 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se proyecta la habilitación de una bodega temporal de almacenamiento de residuos peligrosos, que se ubicará en la Instalación de Faenas (ver Plano adjunto en el Anexo B de la Adenda). Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente por un periodo de 52 meses hasta su disposición final, según lo establecido en el D.S. N°148/2003 de MINSAL; D.S. N° 594/99 Reglamento Sanitario sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo ambos del MINSAL y a aquellas disposiciones contenidas en la OGUC Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; para posteriormente ser trasladados a los sitios autorizados, proceso que estará a cargo de terceros autorizados. Las características constructivas corresponden a una bodega de 1,5 x 3,0 m2 de superficie, de 2,4 m de alto, con una superficie útil de 4,5 m2. La estructura soportante de muros y techo lo conforma una jaula menor de estructura metálica del tipo rígido compuesta por 6 marcos. El piso está constituido por radier afinado de 0,15 m de espesor aproximadamente y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

la capacidad máxima de almacenamiento será de 20 m3 aproximadamente. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N° 1363 de fecha 17 de abril de 2023, se pronuncia conforme respecto del otorgamiento del PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2 del ICE

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto. Tabla 7.1.1 D.S. N° 144/1961 del Ministerio de Salud que Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. Componente/materia. Emisiones atmosféricas. Norma. D.S. N° 144/1961 del Ministerio de Salud que Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Emisiones del Proyecto y formas de abatimiento y control. Forma de cumplimiento. El proyecto contempla un plan de control y minimización de emisiones atmosféricas para cada una de sus fases, a saber, construcción, operación y cierre. Las medidas más relevantes de control de emisiones atmosféricas que se ejecutarán serán las siguientes: - Se aplicará un supresor de polvo, del tipo bischofita u otro que cumpla con el propósito de retención de polvo en la superficie del suelo, mediante aplicación directa a través de riego, en todas las vías internas y de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentada o estabilizados. - La frecuencia de aplicación del supresor de polvo será cada 3 meses o bien cada vez que se requiera o cuando se realicen cambios al trazado de los caminos internos del proyecto. Esta medida se implementará durante la actividad de despeje de terreno, una vez que se defina la huella que recorrerán los camiones, y finalizará con el término de las actividades de pavimentación o estabilización con grava de los caminos. - Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en todo el périmetro del proyecto o en almenos aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como veredas peatonales, viviendas, edificaciones aledañas, lugares de trabajo, entre otros. - El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. - Para la descarga de escombros desde el nivel sobre el suelo, se contará con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor. - Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería. - Se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. - No se utilizará en obra maquinaría con motores diésel que tengan una antigüedad superior a 5 años. - Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto. - Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del Proyecto.

Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector Indicador que acredita su cumplimiento. Resolución de Calificación Ambiental Favorable emitida por la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

Tabla 7.1.2 D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Componente/materia. Residuos sólidos. Norma. D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento. Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente sellados, almacenados temporalmente en bodega de RESPEL. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos Indicador que acredita su cumplimiento. Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada seis meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

Tabla 7.1.3 D.F.L. N° 725/1967del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Componente/materia. Residuos sólidos. Norma. D.F.L. N° 725/1967del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica. Emisiones de Ruido y vibraciones. Forma de cumplimiento. Respecto al ruido generado por fuentes fijas el proyecto dará cumplimiento tanto durante la fase de construcción como durante la fase de operación, a los límites máximos permitidos en el DS N°38/12 del Ministerio del Medio Ambiente para fuentes fijas. Indicador que acredita su cumplimiento. Registro en obra de la correcta ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio acústico y vibraciones del Anexo F. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

Tabla 7.1.4 D.S. N° 43/2015 del Ministerio de Salud que “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Componente/materia. Sustancias Peligrosas. Norma. D.S. N° 43/2015 del Ministerio de Salud que “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

cumplimiento. Parte, obra o acción a la que aplica. Almacenamiento de insumos o sustancias con características de peligrosidad. Forma de cumplimiento. El proyecto considerará la habilitación de un Área de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento. Instalación de sitio de almacenaje temporal de sustancias peligrosas según lo indicado en el reglamento. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

Tabla 7.1.5 D.F.L. N° 458/76 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ley General de Urbanismo y Construcciones” Artículo 55. Componente/materia. Urbanísticos. Norma. D.F.L. N° 458/76 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ley General de Urbanismo y Construcciones” Artículo 55. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica. Uso del territorio y su Relación con la Planificación Territorial. Forma de cumplimiento. Los artículos pertinentes al desarrollo del proyecto son aquellos relativos a la necesidad de contar con permisos para las edificaciones contenido en el artículo 116 de la LGUC. El artículo 2.4.3 de la OGUC que indica que los proyectos residenciales que consulten en un mismo predio 250 o más estacionamientos, respectivamente, requerirán de un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano. Indicador que acredita su cumplimiento. Permiso de Edificación ingresado a la Municipalidad de Macul. Oficio N° 2454 de fecha 9 de marzo de 2019 de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la RM que aprueba el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano para el proyecto. Se adjunta en anexo D. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

7.2 Normas relacionadas con vialidad y transporte. Tabla 7.2.1 D.S. N° 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”. Componente/materia. Emisiones atmosféricas. Normativa asociada - D.S. N° 31, D.O. 24/11/2017, MMA – Establece nuevo Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la R.M. - Ley 18.290, DO 07/02/1984 Ministerio de Justicia – Ley del Tránsito Norma. D.S. N° 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Emisiones del Proyecto y formas de abatimiento y control Transporte vehicular. Forma de cumplimiento. Se exigirá que cada uno de los camiones cuenten con su respectivo sello mediante encarpado superior para evitar la dispersión y/o caída de materiales. Indicador que acredita su cumplimiento. Inspección visual periódica del estado de mantención del sistema de encarpado de camiones. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

Tabla 7.2.2 D.S. N° 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”. Componente/materia. Sustancias Peligrosas. Norma. D.S. N° 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

“Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Transporte vehicular. Forma de cumplimiento. El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento. Realizar transporte de sustancias peligrosas con transportistas autorizados. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

Tabla 7.2.3 D.S. N° 158/1980, Ministerio de Obras Públicas que “Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos”. Componente/materia. Vialidad. Cuerpo legal relacionado - D.S. N° 200, D.O. 26/07/1993, Ministerio de Obras Públicas (MOP) – Establece pesos máximos a los Vehículos para Circular en las Vía Urbanas del País. - D.S. N° 19/1984, MOP, modificado por Decreto N° 1665/2003, MOP – Establece Autorizaciones especiales para transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos máximos permitido. - D.F.L. N° 850, D.O. 25/02/1998, MOP - Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, D.O. 09/11/1964, MOP. - Decreto N° 18, D.O. 24/04/1993, Ministerio de Obras Públicas – MOP – Aprueba Reglamento del Inciso 5ª del artículo 54º del Decreto N° 294 de 1984, Modificado por la Ley N° 19.171. Norma. D.S. N° 158/1980, Ministerio de Obras Públicas que “Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Vehículos para el transporte de materiales, insumos, máquinas y equipos. Forma de cumplimiento. El titular dará cumplimiento a lo dispuesto en esta norma, respetando y haciendo respetar el peso máximo de carga con la que pueden circular los vehículos en calles y caminos públicos del país, estableciendo un mecanismo de control de peso al interior del predio del proyecto. Además, en caso de que sea necesario, solicitará autorización especial a la Dirección de Vialidad para transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que se determinen. Finalmente, el titular contempla exigir a sus contratistas, subcontratistas, y proveedores de servicios que transporte carga del proyecto, elevando a la condición de esencial el cumplimiento de los pesos máximos de carga que impone la norma. Indicador que acredita su cumplimiento. - Implementar al interior del predio del proyecto, un mecanismo para el control de peso de los vehículos que ingresen y salgan con carga de cualquier tipo; - Autorización especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos; - Acordar y comprometer con contratistas, subcontratistas, y proveedores de servicios del proyecto, el cumplimiento de la normativa legal vigente en general, y la relativa a los límites de peso máximos permitidos para transitar por las calle y caminos públicos. Forma de control y - Registro de control interno de peso de los vehículos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

seguimiento. transporte del proyecto. - Registro con copia de las autorizaciones para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles. - Registro con copia de contratos, orden de compra, guías de despacho, comunicaciones, u otro medio escrito en que conste.

Tabla 7.2.4 D.F.L. N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del D.F.L N°206/60. Componente/materia. Vialidad. Norma. D.F.L. N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del D.F.L N°206/60. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Vehículos para el transporte de materiales, insumos, máquinas y equipos. Forma de cumplimiento. El titular dará cumplimiento a lo dispuesto en esta norma, respetando y haciendo respetar el peso máximo de carga con la que pueden circular los vehículos en calles y caminos públicos del país, estableciendo un mecanismo de control de peso al interior del predio del proyecto. Además, en caso de que sea necesario, solicitará autorización especial a la Dirección de Vialidad para transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que se determinen. Finalmente, el titular contempla exigir a sus contratistas, subcontratistas, y proveedores de servicios que transporte carga del proyecto, elevando a la condición de esencial el cumplimiento de los pesos máximos de carga que impone la norma. Indicador que acredita su cumplimiento. - Implementar al interior del predio del proyecto, un mecanismo para el control de peso de los vehículos que ingresen y salgan con carga de cualquier tipo; - Autorización especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos; - Acordar y comprometer con contratistas, subcontratistas, y proveedores de servicios del proyecto, el cumplimiento de la normativa legal vigente en general, y la relativa a los límites de peso máximos permitidos para transitar por las calle y caminos públicos. Forma de control y seguimiento. - Registro de control interno de peso de los vehículos de transporte del proyecto. - Registro con copia de las autorizaciones para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles. - Registro con copia de contratos, orden de compra, guías de despacho, comunicaciones, u otro medio escrito en que conste

Tabla 7.2.5 D.S. Nº55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Pesados”. Componente/materia. Vialidad adyacente. Norma. D.S. Nº55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Pesados”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Emisiones del Proyecto y formas de abatimiento y control. Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción se exigirá a la totalidad de los camiones la acreditación de la respectiva revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento. Certificado de Revisión Técnica al Día de camiones de transferencia. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

7.3 Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).

Tabla 7.3.1 Ley N°17.288 del Ministerio de Educación, sobre Monumentos Nacionales. Componente/materia. Patrimonio Cultural. Norma. Ley N° 17.288/1970 del Ministerio de Educación sobre Monumentos Nacionales. D.S. Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Excavaciones, perforaciones y movimientos de tierra. Forma de cumplimiento. Si durante la ejecución de cualquiera de las actividades de la fase de construcción del Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se avisará a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales. Respuesta 3.32 Adenda: Se acoge observación. En caso de efectuarse hallazgo arqueológico o paleontológico durante las obras del proyecto se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y N°27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484 del 1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas", paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento. Registro en obra de los hallazgos declarados. Forma de control y seguimiento. Registro y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 8.1. Condición o exigencia 1 Impacto asociado. No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción y Operación. Objetivo. Cumplir normativas y condiciones establecidas por la SEC, Región Metropolitana de Santiago. Condición o exigencia. La SEC, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio ORD. N° 10454 de fecha 17/02/2022, señala lo siguiente: “(…) el titular del proyecto en comento deberá tener presente en su materialización, además de las disposiciones mencionadas en la DIA, aquellas contenidas en al menos; los siguientes cuerpos normativos y reglamentarios: 1. Combustibles líquidos. 1.1 El almacenamiento de combustibles, petróleo y bencina, mediante tambores, mencionados en la TABLA 2.8: PRODUCTOS QUÍMICOS A UTILIZAR DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN del numeral 2.5.4.3 Sustancias Peligrosas, de la sección 2.5.4 PROVISIÓN DE SUMINISTROS BÁSICOS DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, tambores, como también otros envases y bidones, según corresponda, deben contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”. 1.2 La bodega de almacenamiento temporal de sustancias peligrosas, mencionada en el numeral 2.5.4.3 Sustancias Peligrosas, de la sección 2.5.4 PROVISIÓN DE SUMINISTROS BÁSICOS DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, debe cumplir con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, modificado por los Decreto Supremo N° 101/2013 y N° 138/2016, ambos del Ministerio de Energía. 1.3 Los Camiones Tanques que se utilicen para el abastecimiento de combustible, durante la fase de construcción, mencionada en el numeral 2.5.4.3 Sustancias Peligrosas, de la sección 2.5.4 PROVISIÓN DE SUMINISTROS BÁSICOS DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, deben contar con su correspondiente Declaración de Camión Tanque de Combustibles Líquidos ante esta Superintendencia y sus operaciones de transporte, recepción y descarga de combustible, deben cumplir con los requerimientos establecidos en el citado precedentemente Decreto Supremo N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. 2. Gas Licuado de Petróleo (GLP). 2.1 El tanque de almacenamiento de gas licuado de petróleo (GLP), para abastecer la sala de calderas mencionada en la viñeta • Extracción Baños Mediterráneos, del numeral 2.6.1.4 Extracción, de la sección 2.6.1 Acciones, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, debe contar con su correspondiente Certificado de Fabricación o de Inspección, dependiendo si éste es nuevo o usado, según el Protocolo de Análisis y/o Ensayos de Productos de Gas PC SEC N° 59 “Estanques de Almacenamiento para Gases Licuados de Petróleo” o NCh2427.Of2004 MOD.2005 “Gases licuados de petróleo - Tanques estacionarios de presión para el almacenamiento de GLP - Inspección periódica, reparación y modificación”, respectivamente, emitido por un Organismo de Certificación y/o Inspección, según corresponda, autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto. 2.2 Las instalaciones para el suministro de gas licuado de petróleo (GLP) a la sala de calderas mencionada en la viñeta • Extracción Baños Mediterráneos, del numeral 2.6.1.4 Extracción, de la sección 2.6.1 Acciones, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, deben cumplir con los requerimientos, establecidos en el Decreto N° 108, de 2013, del Ministerio de Energía, “Reglamento de Seguridad para las instalaciones de almacenamiento transporte y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

distribución de gas licuado de petróleo y operaciones asociadas” y Decreto Supremo N° 66, de 2007, que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en la Resolución SEC N° 1250, de 2010, que establece el “Procedimiento de Certificación, Inspección y Verificación de Instalaciones Interiores de Gas del tipo Domiciliario y Comercial”, instalación que el titular deberá declarar ante esta Superintendencia, mediante un Instalador de Gas Clase 1, según lo establecido en el D.S. 191, de 1996, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, con licencia vigente de SEC, de acuerdo a los procedimientos de Notificación de Obras (Oficio Circular SEC N° 2083 de 1998) o al establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia” y al establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1026, de 2005, “Establece requisitos mínimos para instalar y declarar estaciones surtidoras de gas licuado de petróleo (GLP) a vehículos motorizados”, los Trámite de Combustibles TC2 “Central de GLP y red de Distribución de GLP en Media Presión” y TC 5 “Declaración de Instalaciones de Centrales Térmicas”o TC6 “Declaración de Instalaciones Interiores de Gas”, según corresponda. 2.3 Las dos (2) calderas a gas licuado de petróleo de la sala de calderas, mencionadas en la viñeta • Extracción Baños Mediterráneos, del numeral 2.6.1.4 Extracción, de la sección 2.6.1 Acciones, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, deben contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el citado precedentemente, Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. 3. Los dos (2) grupos electrógenos que serán utilizados exclusivamente para emergencias, en el caso de corte del suministro eléctrico, de 107 y 115 KVA, de potencia nominal, mencionados en el numeral 2.6.4.4 Eléctrico, de la sección 2.6.4 SUMINISTROS O INSUMOS BÁSICOS FASE DE OPERACIÓN, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, deben contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el citado precedentemente, Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción 4. Las instalaciones interiores de electricidad, temporales o permanentes, contempladas para el abastecimiento eléctrico durante la fase de construcción del Proyecto y para su funcionamiento, para atender las demandas de energía para el Edificio F, Edificio G y Servicios Comunes, mencionados en el numeral 2.5.4.1 Energía eléctrica y 2.6.4.4 Eléctrico, de la sección 2.5.4 PROVISIÓN DE SUMINISTROS BÁSICOS DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN y 2.6.4 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

SUMINISTROS O INSUMOS BÁSICOS FASE DE OPERACIÓN, respectivamente, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, previo a su puesta en servicio, deben haber sido declaradas ante esta Superintendencia, mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, de acuerdo al procedimiento establecido en la citada precedentemente, Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006 y/o Pliego Técnico Normativo RIC N° 19, sobre Puesta en servicio, establecidos en la Resolución Exenta SEC N° 33877, de 2020, “Dicta Pliegos Técnicos Normativos RIC N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19 contenidos en el artículo 12 del Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica”, según corresponda y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”. 5. Los ascensores de pasajeros, mencionados en el numeral 2.6.4.4 Eléctrico, de la sección 2.6.4 SUMINISTROS O INSUMOS BÁSICOS FASE DE OPERACIÓN, del CAPÍTULO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, deben estar registrados en el listado de Ascensores Autorizados mediante Resolución Exenta SEC, de acuerdo a lo establecido en los numerales 12 y 13 del Oficio Circular SEC 21896, de 2019, “Deja sin efecto Oficio circular N° 21, de 13 de junio de 1997 y establece instrucciones para la declaración de las instalaciones de suministro de energía eléctrica para ascensores”, registro en el que se consigna Tipo de Producto, Marca, Modelo, Fábrica, Vigencia, Fecha de emisión de dicha Resolución Exenta y el documento descargable en PDF, cuyas instalaciones deben cumplir con el Pliego Técnico Normativo RIC N°11, sobre Instalaciones Especiales, establecido en la citada precedentemente, Resolución Exenta SEC N° 33877, de 2020, según corresponda, que puede ser utilizado para la declaración TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”. Toda la reglamentación citada precedentemente se encuentra disponible en el sitio WEB institucional de SEC (www.sec.cl)”

8.2. Condición o exigencia 2. Impacto asociado. Vialidad adyacente. Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción. Objetivo. Cumplir normativas y condiciones establecidas por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana de Santiago. Condición o exigencia. La SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio ORD. N° 5145/2022 SRM-RM de fecha 01/03/2022, se pronuncia conforme, señalando lo siguiente: “1. El Titular deberá materializar todas las medidas del EISTU aprobado, como consta en el Ord. SM/AGD/N°2454 del 7 de marzo de 2019, antes de la recepción final de las obras. 2. Se solicita aclarar la cantidad de estacionamientos del proyecto ya que en el EISTU en revisión se han declarado 377 mientras que en la DIA se han declarado 380 estacionamientos. 3. Cualquier cambio del proyecto que tenga relación con lo evaluado en el EISTU, deberá ser ingresado a esta Secretaría Regional Ministerial para su evaluación y eventual aprobación por parte de la ventanilla única de transporte. 4. Se solicita incluir, para determinar si se obstruye o se restringe la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

libre circulación de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 7° del D.S N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, un análisis que incluya como mínimo: rutas vehiculares, rutas peatonales, intersecciones relevantes, análisis vehicular y de otros modos que se centren principalmente si es que existe un aumento significativo al tiempo de desplazamiento. 5. En la fase de construcción se debe considerar: a) El ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. b) No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. c) Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. d) Se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. e) Los camiones de transporte utilizados contarán con revisión técnica y de gases al día. f) Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita. g) El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. h) Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. i) Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. j) Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. 6. Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. 7. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 8. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se debe considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.”

8.3. Condición o exigencia 3. Impacto asociado. Emisiones atmosféricas. Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción. Objetivo. Cumplir con lo establecido en el D.S. Nº31/2016, del MMA. Condición o exigencia. La SEREMI del Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio ORD. N° 798 de fecha 11/10/2023, se pronuncia conforme condicionado, señalando lo siguiente: “Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”: 4. Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM un Programa de Compensación de Emisiones (PCE), en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del D.S. N°31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1: Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar, proyecto “Edificios Vespucio 4453” Año MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Fracción por combustión [%] 1 11,902 14,282 5,231

-- Según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación “deberán cumplir los siguientes criterios: - Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. - Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. - Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. - Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones.” Finalmente, señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo PCE.

  1. Utilizar durante la fase de construcción del proyecto maquinaria que cumpla con el estándar de emisión de la Tabla 2 para cada caso, o bien que cumpla con un estándar de emisión superior.

Tabla 2: Estándares de emisión para maquinaria del proyecto “Edificios Vespucio 4453” Maquinaria Estándar emisión Excavadora Stage II Minicargador Stage III A Rodillos Compactador Stage III A Bomba Hormigonera Stage III A Betonera Stage III A Camión Mixer Stage III A Fuente: Tabla N°36 del Anexo E de la Adenda Complementaria.

Se aclara que en caso de no utilizar maquinaria que cumpla con estos estándares de emisión resultaría en un aumento considerable en las emisiones por combustión durante la fase de construcción, lo que implicaría en una subestimación de los valores a compensar presentados en la Tabla N°1 de este pronunciamiento.

  1. La aplicación del supresor de polvo según el intervalo de tiempo y las especificaciones detalladas en el Programa de Seguimiento y Control de Supresor de Polvo, Apartado 4 del Anexo E de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Con el propósito de cumplir con lo mencionado anteriormente, el Titular deberá presentar tanto los registros como los medios de verificación que respalden el uso de la maquinaria, tal como se detalla en la Tabla N°2, así como también los documentos y medios de verificación que confirmen la aplicación del supresor de polvo. Estos registros y documentos deben ser entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se puede acceder mediante el sitio web http://www.sma.gob.cl, conforme a lo estipulado en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA.”.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Mejoramiento Plaza Pasaje 8. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Fase de Construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Objetivo: Habilitar un BNUP que remata un eje de circulación peatonal importante del barrio Caupolicán, ya que conecta en dirección oriente poniente el barrio, en el lado sur existe el Jardín Infantil Renacer, que hace uso como extensión para la llegada y retirada de los niños. La idea es potenciar este lugar otorgando elementos que definan los usos diversos para las necesidades que lo demandan. Descripción: Las especificaciones quedaron establecidas en el “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul”, las que indican lo siguiente: “Mejorar plaza pasaje 8. Consistirá en incorporar Paisajismo, luminaria y mobiliario” La mejora incorporará elementos de paisajismo, luminaria y mobiliario de acuerdo con el Anexo J “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul” de la Adenda Complementaria. Las especificaciones técnicas de las obras se encuentran especificadas en el Anexo 1 y 2 del Anexo J de la Adenda Complementaria. Respecto de la Luminaria, la cantidad es referencial y se deberá presentar un Estudio Lumínico para ajustar el número ideal para el proyecto de mejora que también contará con telegestión y canalización subterránea. Para tal efecto, tanto la Ilustre Municipalidad de Macul e Inmobiliaria Américo Vespucio 4641 S.A. (Titular), trabajarán en conjunto en la búsqueda y selección de la constructora o desarrolladora inmobiliaria que estén disponibles para ejecutarla por un monto máximo de $200.000.000.-, lo cual se detalla en el numeral 5 de la cláusula segunda del Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul, (Anexo J de la Adenda complementaria). Justificación: El mejoramiento de plaza Pasaje 8 aporta a la mantención y conservación de espacios públicos de la comuna. Indicador que acredite su cumplimiento Lugar: Plaza Pasaje 8 (ver Anexo J “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul” de la presente Adenda complementaria). Forma: Se considera el mejoramiento de plaza Pasaje 8, por medio de la incorporación de elementos de paisajismo, luminaria y mobiliario en base al Protocolo establecido entre la Ilustre Municipalidad de Macul e Inmobiliaria Américo Vespucio 4641 S.A. (Titular). Oportunidad: Se realizará durante la fase de construcción del proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de recepción de obra por parte de la Municipalidad, o cuando se acredite la inversión de los $200.000.000.- en el desarrollo del Proyecto, conforme al convenio señalado y material fotográfico de respaldo de las obras realizadas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.1 del ICE.

9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Instalación de Resaltos y Señaléticas – Seguridad Vial Barrio Caupolicán Las Torres. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aumentar la seguridad vial comunal. Se considerará la instalación de resaltos y señaléticas en lugares estratégicos, específicamente en puntos críticos que requieren un aumento de seguridad vial los que fueron establecidos en coordinación con la Ilustre Municipalidad de Macul. Descripción: Las especificaciones quedaron establecidas en el “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul”, específicamente en el Anexo J “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul” de la Adenda Complementaria. Las especificaciones técnicas de las obras se encuentran especificadas en el Anexo 1 y 2 del Anexo J de la Adenda Complementaria. Dichas especificaciones establecen que en cuanto al Sentido Vial de las calles: i. Solicitud de dejar sólo una dirección vial en los pasajes 7 y 8 para mejorar la circulación vehicular en esta zona, bajo la condición suspensiva de una consulta favorable que hará la Ilustre Municipalidad de Macul a los vecinos que enfrentan ambos pasajes. Esta condición deberá cumplirse dentro del plazo de 90 días contados desde la fecha de la RCA favorable del “Proyecto Vespucio 4453, Macul”; ii. Solicitud de dejar una dirección vial en Pasaje 6 con salida hacia San Vicente de Paul. Justificación: La instalación de resaltos y señaléticas en puntos críticos que contribuyen a un aumento de la seguridad vial. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Fueron definidos lugares estratégicos, específicamente en puntos críticos que requieren un aumento de la seguridad vial, los que fueron definidos en coordinación con el Municipio de Macul (Ver Anexo N° 2 del Anexo J “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul” de la Adenda complementaria). Forma: Se considera instalar resaltos y señaléticas en lugares estratégicos, los que fueron detallados en el Anexo N° 2 del Anexo J “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul” de la Adenda Complementaria. Oportunidad: Las obras serán realizadas una vez finalizada la fase de construcción del proyecto y antes del inicio de la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de recepción de obra por parte de la Ilustre Municipalidad de Macul conforme al “Protocolo de acuerdo con la Municipalidad de Macul”, además de material fotográfico de respaldo de las obras realizadas. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de los hitos establecidos en el Protocolo de acuerdo entre el Titular y la Ilustre Municipalidad de Macul (Ver Anexo J de la Adenda complementaria). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.2 del ICE

9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Plan de Comunicación con la Comunidad. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Favorecer la comunicación entre los vecinos, la empresa, el Titular y la constructora a cargo de la ejecución del Proyecto. Descripción: Instalación y mantención de aviso informativo en el acceso al Proyecto, donde se indicarán los datos de contacto del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

profesional del área social con manejo en temáticas ambientales, con capacidad de negociación, contención y relaciones humanas que permita el trabajo diario trabajar con la comunidad y vecinos (juntas de vecinos, agrupaciones en contra de los edificios, centros culturales, clubes deportivos) a cargo de recibir y canalizar las inquietudes de la comunidad. Justificación: El Plan de Comunicación con la Comunidad permitirá brindar las instancias de mediación entre el Proyecto y los vecinos Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Frontis de la obra. Forma: Instalación y mantención de aviso informativo en el acceso al Proyecto, donde se indicarán los datos de contacto del profesional del área social con manejo en temáticas ambientales, con capacidad de negociación, contención y relaciones humanas que permita el trabajo diario trabajar con la comunidad y vecinos (juntas de vecinos, agrupaciones en contra de los edificios, centros culturales, clubes deportivos) a cargo de recibir y canalizar las inquietudes de la comunidad. Oportunidad: • Hito de comienzo: Reunión con los grupos humanos que se localizan dentro del área de influencia del Medio Humano antes de dar comienzo a la fase de construcción; • Hito de finalización: Reunión al término de la fase de construcción con los grupos humanos que se localizan dentro del área de influencia del proyecto, de manera de presentar su finalización. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de señalética instalada en el frontis de la obra. Forma de control y seguimiento Antecedentes a disposición de la SMA y de la autoridad, en caso de requerir su revisión. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.3 del ICE

9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: Incorporar Artefactos de Bajo Consumo Hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover un uso sustentable y estratégico del agua. Descripción: Se considera la incorporación de artefactos de bajo consumo hídrico (grifería, WC, etc.) en los edificios (departamentos) del Proyecto. Justificación: Aportar a la gestión eficiente del recurso hídrico durante su fase de operación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los departamentos de los edificios del Proyecto. Forma: Se instalarán los artefactos de bajo consumo hídrico (grifería, WC, etc.) en los edificios (departamentos) del Proyecto. Oportunidad: Durante la fase de construcción de la primera subetapa y de la segunda subetapa del Proyecto para que puedan estar dispuestas para el uso cuando los departamentos entren en funcionamiento. Indicador que acredite su cumplimiento Registro que dé cuenta de instalación de artefactos de bajo consumo hídrico (grifería, WC, etc.). Forma de control y seguimiento Antecedentes a disposición de la SMA y de la autoridad, en caso de requerir su revisión. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.4 del ICE

9.5. Compromiso ambiental voluntario 5: Realizar charlas de inducción sobre el componente arqueológico. Fase del Proyecto a la que Fase de Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

aplica Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores sobre procedimientos a seguir en caso de realizarse hallazgos arqueológicos en el área del Proyecto. Descripción: Realizar charlas de inducción por arqueólogo/a(s) o licenciado/a(s) en arqueología a trabajadores sobre componente arqueológico y los procedimientos apropiados a seguir. Justificación: La realización de estas charlas de inducción permitirá capacitar a los trabajadores sobre las medidas y precauciones que deberán tomar en la ejecución de sus labores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto. Forma: A través de charlas que abordarán el componente arqueológico que se podría encontrar en el área del Proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. El arqueólogo o licenciado en arqueología elaborará los informes de charla de inducción que tendrán los siguientes contenidos: a. Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción; b. Contenidos de la inducción realizada; c. Copia del material gráfico presentado a los asistentes; d. Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad; e. Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los asistentes; f. Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá debidamente firmada por cada uno de los trabajadores. Oportunidad: Las se realizarán en base al cronograma de la construcción del Proyecto, una vez al mes durante la duración de las obras de escarpe y excavación del terreno. Indicador que acredite su cumplimiento Lista de asistentes a las charlas. Forma de control y seguimiento Se remitirá Informe mensual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.5 del ICE

9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: Incorporación de Puntos de Carga Eléctrica en Estacionamientos de Vehículos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incentivar el uso de energías limpias. Descripción: Se considera la incorporación de cuatro puntos de carga eléctrica para los estacionamientos de visita V-01, V-02 (Edificio F), V-14 y V-15 (Edificio G). Justificación: Los puntos de carga eléctrica aportan al uso de energías limpias para una región limpia y sustentable Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Estacionamiento de vehículos. Forma: Se instalarán los cuatro puntos de carga eléctrica en un número no inferior al 0,5%. Oportunidad: Se realizará una vez finalizada la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Material fotográfico de registro. Forma de control y seguimiento No Aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.6 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

9.7. Compromiso ambiental voluntario 7: Incorporación de Luminarias Solares al Interior del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incentivar el uso de energías limpias. Descripción: Se considera la incorporación de luminarias solares al interior del proyecto, para espacios abiertos, en forma complementaria a las luminarias tradicionales. Justificación: La instalación de focos solares aportan al uso de energías limpias para una región limpia y sustentable. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Espacios abiertos al interior del Proyecto. Forma: Se incorporarán luminarias solares al interior del proyecto, para espacios abiertos, en forma complementaria a las luminarias tradicionales. Oportunidad: Se realizará una vez finalizada la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Material fotográfico de registro. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.7 del ICE

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

10.1.1. Riesgo 1: Ocurrencia de sismo. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, desde la etapa de instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Independiente de lo anterior, se deberá hacer uso obligado de los elementos de protección personal adecuados a cada actividad a desarrollar, debiendo ser utilizados en forma permanente en toda obra de construcción sin exclusión alguna, incluyendo visitas y proveedores. Forma de control y seguimiento - Mantener registro firmado de las capacitaciones - Mantener registro de simulacros realizados - Mantener los documentos en obra y en las oficinas administrativas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Título 2.5.7 Capítulo 2 DIA. - Respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria. - Anexo G de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se deberá detener las labores procurando desenchufar los equipos y herramientas eléctricas. - Mantener la calma y buscar refugio bajo mesas o vigas y alegarse de caída de objetos pesados. - Abandonar los andamios. - Alejarse de los muros y cables eléctricos. - Luego dirigirse a la zona de seguridad y esperar las instrucciones del jefe de la obra. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 3 días hábiles ocurrida la emergencia, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

en el sitio web de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.1. del ICE.

10.1.2. Riesgo 2: Riesgo de accidentes en camino. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra y en las vías de circulación de vehículos y camiones asociados al Proyecto, desde la etapa de instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Los conductores que participen del Proyecto deben estar calificados, con salud compatible al cargo y con licencia de conducir al día, de acuerdo con el tipo de vehículo a usar, en un área específica. - Se debe elaborar un registro del personal autorizado para el uso de vehículos en el Proyecto, verificando periódicamente las vigencias de las licencias durante la Fase de Construcción. - Se debe realizar inducciones periódicas a los conductores del Proyecto, para el manejo defensivo de los vehículos y el cumplimiento de las restricciones de tránsitos correspondientes, durante la fase de construcción. - Se prohíbe estrictamente el transporte de personas en la porta carga de camiones o cualquier vehículo no autorizado para este traslado. - Se debe instalar las señalizaciones respectivas de tránsito, en los lugares que lo requieran. - El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos. - El combustible de los vehículos livianos, camiones y maquinaria, serán provistos por las estaciones de servicio del área. - Se revisará de forma periódica, el estado de los elementos de seguridad, tanto personal como de infraestructura. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registro de los pesos de carga de cada camión. - Se mantendrá registro de las revisiones de elementos de seguridad. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Título 2.5.7 Capítulo 2 DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Frente a un accidente o incidente se debe dar aviso inmediato al jefe de terreno o jefe de construcción. - Si el accidente es de mediana gravedad, se procede trasladando al trabajador a un servicio de salud. - Una vez estabilizado y controlado el accidente se inicia la investigación correspondiente. - En caso de que el accidente sea leve entonces se evaluará en terreno las acciones a tomar Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 3 días hábiles ocurrida la emergencia, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia del Medio Ambiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.2. del ICE.

10.1.3. Riesgo 3: Riesgo o contingencia: Accidentes laborales. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra y en las vías de circulación de vehículos y camiones asociados al Proyecto, desde la etapa de instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Durante la construcción del Proyecto, se implementará un programa de Salud y Seguridad, por el Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente, orientado a prevenir los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores, sean estos propios o de contratistas - Se deben establecer lugares de trabajo seguros y que cumplan con los requerimientos establecidos en el Decreto Nº 594/99 del MINSAL sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo - Sistemas y métodos de trabajo que no involucren riesgos para la salud, el medio ambiente o la seguridad, tales como: programas de control y protección contra incendios. - Se realizará mantención mensual a todas las instalaciones, con el objeto de verificar el correcto funcionamiento y buen estado de equipos energizados, tableros de control y faenas, etc. - Se evaluarán los riesgos de accidente de cada una de las actividades a realizar y se establecerán Procedimientos de Trabajo Seguro, plan de charlas de inducción a todo trabajador nuevo, plan de inspecciones periódicas y una zona de primeros auxilios. - Para la Fase de Construcción se exigirá por contrato a las empresas contratistas encargadas de los trabajos, que implementen medidas equivalentes a las anteriores. - Las exigencias de seguridad para el personal que laborará en la faena, transporte de materiales, u otras actividades asociadas al Proyecto regirán tanto para el contratista principal de la construcción como para todos y cada uno de los subcontratos que se materialicen en el Proyecto. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registro fotográfico de las instalaciones verificando el cumplimento de medidas de seguridad. - Se mantendrá registro de mantención de vehículos, maquinarias y equipos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Título 2.5.7 Capítulo 2 DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Frente a un accidente o incidente se debe dar aviso inmediato al jefe de terreno o jefe de construcción. Si el accidente es de mediana gravedad, se procede trasladando al trabajador a un servicio de salud. Una vez estabilizado y controlado el accidente se inicia la investigación correspondiente. En caso de que el accidente sea leve entonces se evaluará en terreno las acciones a tomar Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 3 días hábiles ocurrida la emergencia, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

de Emergencia. descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.3 del ICE.

10.1.4. Riesgo 4: Contaminación de suelo. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, desde la etapa de instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se deberá planificar la utilización de los espacios de acuerdo al programa de construcción a fin de evitar la dispersión de las actividades y el consecuente riesgo de derrames asociados. - La eliminación de grasas, aceites, lubricantes y materiales asociados con la operación y mantención de vehículos y equipos deberán estar de acuerdo con la legislación vigente, depositados finalmente por terceros, que cuenten con la autorización de la Autoridad Sanitaria. Los lugares de Almacenamiento temporal de aceites serán techados, ventilados y cercados. El suelo será impermeabilizado y protegido mediante geomembrana y sobre ésta se colocará material absorbente para captar y retener eventuales derrames. - Se supervisará que las instalaciones particulares que contratistas propongan utilizar para servicios de mantención y reparación de motores y maquinarias cuenten con cámaras desgrasadoras y de aceites. De no ser así no podrán ser utilizadas para labores de mantención de vehículos y maquinarias de la construcción del Proyecto. - Para el almacenamiento y disposición de grasas y aceites, así mismo, los residuos de aceites y lubricantes se deberán retener en recipientes herméticos y disponer en sitios adecuados de almacenamiento con miras a su posterior manejo. - El estacionamiento de los vehículos se efectuará en áreas previamente establecidas. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación del personal sobre el correcto manejo, almacenamiento y transporte de SUSPEL. - Registro de las Hojas de Seguridad de las sustancias y los residuos peligrosos. - Planos del área de carga y descarga de combustible construida. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Título 2.5.7, Capítulo 2 DIA Respuesta 1.9 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, pinturas, barnices, pegamentos, grasas, lubricantes y/o combustible, durante las actividades de construcción, se realizará una remediación inmediata, para lo cual se procederá de acuerdo con el siguiente programa: - Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente. - De ser necesario se utilizarán barreras absorbentes para cercar y contener derrames. - Uso de material seco absorbente para atraer y capturar inmediatamente los líquidos derramados. - Cubrir y cerrar inmediatamente todos los sumideros de aguas de lluvia y las alcantarillas sanitarias colindantes al sector donde ocurrió el derrame. - Una vez controlado el derrame se debe barrer el material absorbente y disponerlo como desecho peligroso. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

En todo evento se debe informar al encargado de Prevención de Riesgos y al Administrador de la obra para que tomen las medidas administrativas correspondientes, señaladas en los Planes de Emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Las acciones de emergencia serán comunicadas a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo de 3 días hábiles ocurrida la emergencia, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.4. del ICE.

10.1.5. Riesgo 5: Afloramiento de Aguas Subterráneas. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, desde la etapa de instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Si bien no se espera que se produzca esta contingencia, como acción preventiva se capacitará al personal para que, en caso de ocurrencia, implementen de inmediato las siguientes actividades: - Detener las actividades en el frente de trabajo. - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado y efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua. - Dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua. Forma de control y seguimiento - Registro de charlas de seguridad preventiva. Dar la alarma al capataz o jefe directo y a vigilancia quienes darán la alarma a todo el personal. - Realización de Informe escrito del incidente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Título 2.5.7, Capítulo 2 DIA. - Respuesta 1.5 de la Adenda. - Respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria. - Anexo G de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas en las fases de construcción y de operación deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final; - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento; - Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

la gestión de dichas aguas (disposición final).

Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 horas. - Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones ambientales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Frente a la posible presencia de napas colgadas, el titular y/o sus contratistas deberán dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y a la Dirección General de Aguas (DGA) de la Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. Se reportará el Informe Final de la Emergencia a la SMA, mediante el ingreso de informe que detalle los hechos y que indique los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas. El informe incluirá imágenes fotográficas (con fecha), describirá los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.5. del ICE.

10.1.6. Riesgo 6: Incendios. Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, desde la etapa de instalación de faenas hasta el término de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se debe crear y mantener, un Equipo de Emergencia, para la fase de construcción. Para ello se definirán y designarán las tareas y funciones pertinentes, que cada persona perteneciente al equipo deberá cumplir en caso de ocurrir un amago de incendio. El superintendente de obra de la obra deberá decidir si es necesario solicitar la ayuda de servicios externos para detener el fuego (bomberos). - Se debe capacitar tanto al personal propio del Proyecto, como a contratistas en la prevención de incendio, uso de extintores y manejo de incendios que contengan sustancias peligrosas. - Se debe definir la restricción de personal alrededor de las áreas de almacenamiento de materiales inflamables, donde esté expresamente prohibido, a través de la señalización respectiva, encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas. - Las bodegas e instalaciones que contengan productos inflamables, y edificios permanentes, contarán con sistemas de detección y control de incendios, con vías de escape señalizadas, identificando los puntos de reunión o zonas de seguridad, para que el personal evacuado se resguarde mientras dure el siniestro, según lo dispuesto en la NCh Nº 2189 Of. 92. - Se dispondrán de elementos mínimos para combatir fuegos, tales como extintores, mangueras y otros elementos necesarios, de acuerdo a las exigencias del Servicio de Salud Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

correspondiente.

Se deben mantener limpias y despejadas las vías de circulación y de escape. Forma de control y seguimiento - Mantener registro firmado de las capacitaciones. - Mantener registro de simulacros realizados y de visitas de bomberos. - Mantener los documentos en obra y en las oficinas administrativas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Título 2.5.7, Capítulo 2 DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Dar la alarma informando a su supervisor directo o bien solicitando ayuda a alguno de los compañeros de trabajo. - En el caso de que sea posible, efectuar una primera intervención, tratando de extinguir el fuego, mediante el uso de algún equipo de extinción portátil. - Evitar el pánico, actuar con tranquilidad y proceder a la evacuación en forma rápida, pero sin correr. - Esperar y seguir las instrucciones que imparta el Administrador de la Obra. El Administrador de la Obra deberá contabilizar el personal y verificar que estén efectivamente Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Frente a la posible presencia de napas colgadas, el titular y/o sus contratistas deberán dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y a la Dirección General de Aguas (DGA) de la Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. Se reportará el Informe Final de la Emergencia a la SMA, mediante el ingreso de informe que detalle los hechos y que indique los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas. El informe incluirá imágenes fotográficas (con fecha), describirá los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.6 del ICE.

10.1.7. Riesgo 7: Derrumbes – Fuga de Gas – Emergencia por Condiciones Climáticas Adversas – Emergencia por Rescate en Altura – Inundación – Atrapamiento en Ascensores. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro del área de instalación de faenas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la emergencia - Derrumbe: Se entiende por derrumbe la destrucción, hundimiento o caída de una cosa que está levantada o en equilibrio, especialmente un edificio u otra construcción, también se consideran taludes, excavaciones y otros. • Medidas Generales: Nunca corra a la zona derrumbada en caso de sepultamiento de un compañero, ya que esta zona puede estar inestable y puede desmoronarse nuevamente, causando más víctimas. Se deberá informar de inmediato al administrador de obra, jefe de obra y experto en prp. Se debe dar el máximo de información de la situación, de la condición del accidentado y del lugar del hecho. Administrador de obra en conjunto con experto en obra y jefe de obra deberán analizar la situación para ver si es necesario solicitar ayuda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

especializada para enfrentar la emergencia, si es necesario hacerlo, se realizará de inmediato el llamado a los números de emergencia que aparecen en el anexo adjunto. Es necesario evacuar el sector del accidente hasta que exista certeza de que la zona es segura, esto será tanto en el perímetro superior como en el fondo de la excavación (verificar que no exista riesgo de derrumbe caída de objetos o materiales inestables) Para dar asistencia al trabajador o los trabajadores afectados se evalúa el entorno, para así poder verificar que no exista riesgo para quienes realizan labores de rescate. Si la evaluación del entorno dice que es posible realizar maniobras de rescate, se procede a este tomando todas las precauciones necesarias, como el uso de epp correspondiente se debe detener cualquier operación de maquinaria o equipo en el sector de la excavación. Conversar con el accidentado de manera de evaluar su estado tranquilizándolo e inspirándole seguridad. Se deberá tener en cuenta que en el caso de un trabajador atrapado por derrumbe puede estar afectado por asfixia o por el síndrome del aplastamiento. En el caso de que el trabajador este afectado por asfixia se deberá llamar en el menor tiempo posible a urgencias ya que cuando deja de fluir oxígeno a los pulmones, la mayoría de las personas muere a los 4 o 6 minutos después de la detención de ingreso de aire. En el caso de que el trabajador sea afectado por el síndrome del aplastamiento, este cuadro clínico tendrá como efecto secundario a la compresión prolongada de los músculos, una insuficiencia renal aguda, siempre y cuando el trabajador este por más de 15 minutos en situación de aplastamiento, (teniendo en cuenta que un metro cúbico de suelo pesa más de una tonelada), por esto es importante evitar que los afectados estén expuestos durante un tiempo prolongado a situación de aplastamiento. Si bien el derrumbe representa el mayor riesgo dentro de una excavación, un trabajador también podrá estar expuesto a otros peligros como: - Inhalación de vapores tóxicos; - Caídas; - Cortes de líneas de servicios subterráneos, como líneas eléctricas y de gas.

  • Fuga de gas: Se entiende por fuga de gas todo evento que involucre rotura de cañerías tanto de uso doméstico como industrial, esta situación se presenta en hogares, centros de trabajo y/o cañerías subterráneas alimentadoras o transportadoras de gas licuado o natural. • Acciones a seguir antes de una fuga de gas:
  • La persona encargada de mantención debe mantener una lista, la cual contenga la fecha de todas las revisiones y reparaciones que se han realizado durante un período de a lo menos doce meses.
  • El encargado de mantención debe poseer una copia del plano de los ductos de gas e instalaciones eléctricas del establecimiento.
  • El personal a cargo de los lugares donde se utilice gas debe cerciorarse de que después de ser utilizado quede cerrada la llave de paso.
  • Toda persona que detecte olor a gas debe dar informe de inmediato para que personal calificado revise y repare el posible desperfecto.
  • En ningún caso debe usar artefactos que produzcan fuego o chispa si se siente olor a gas.

• Durante de una fuga de gas: - El personal asignado cortará inmediatamente el suministro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

gas. - En el caso de ser necesario se procederá a la evacuación del recinto hacia los puntos de encuentro. - La evacuación se realizará rápidamente, pero sin correr y en silencio. - Los monitores deberán asegurarse de que todas las personas evacuen el edificio siendo este el último en salir y verificar que se encuentren todas las personas en los puntos de encuentro. - No produzca aglomeración ni obstruya a los demás. - No se devuelva por pertenencias olvidadas. - En ningún caso utilice fósforos u otro artefacto que produzca chispa o fuego.

• Después de una fuga de gas: - Manténgase en su zona de seguridad en silencio para recibir nuevas instrucciones. - No relate historias de eventos desastrosos ya que pueden incrementar el miedo de las personas. - Se deberá evaluar la situación antes de retornar al trabajo.

  • Emergencia por condiciones climáticas adversas: Cuando en Obra se presenten condiciones climáticas adversas extremas como lluvia, viento, temperatura, se deberá paralizar inmediatamente las faenas, ya que estas pueden causar accidentes a nuestros trabajadores y también daño a la propiedad, las medidas que se deben tomar son las siguientes: - Cuando se esté en presencia de lluvia, el Jefe de Terreno en conjunto con Experto de Obra evaluaran la condición de los caminos a utilizar en el transporte de materiales en obras en proceso de excavación, por ningún motivo se continuará trabajando con gente dentro de la excavación por riesgo de derrumbe. - Se deberán cubrir todos los tableros eléctricos que se encuentren a la intemperie, guardar todas las herramientas eléctricas y suspender trabajos que no sean bajo techo. - Evacuar a todo el personal que esté trabajando sobre losas, cubiertas, andamios, patios, andamios de fachada, faenas de soldadura, trabajos eléctricos y plataformas de trabajo a la intemperie. - Una vez mejorando las condiciones climáticas el Jefe de Terreno con el Experto en Prevención de Riesgos de Obra evaluaran la reanudación de las labores, si no existiese consenso será el Administrador de Obra quien asuma la tarea bajo su responsabilidad.

  • Emergencia por Rescate en altura: El Instituto de Salud Pública (ISP), define el trabajo en altura como “toda actividad que se realiza a más de 1,8 metros sobre el nivel del piso donde se encuentra el trabajador, que además presenta el riesgo de sufrir una caída libre o donde una caída de menor altura puede causar una lesión grave”, además también se consideran los trabajos en aberturas de tierra, excavaciones, pozos, trabajos verticales, ingresos a tanques enterrados y situaciones similares. “En ese sentido, la circular 2345 de la Suseso séñala que es un accidente de trabajo grave el que ocurra por una caída de altura de más de 2 metros, situación que debe ser informada a las autoridades fiscalizadoras dentro de las 24 horas siguientes”.

  • En este tipo de trabajo, “son muchos los riesgos que los trabajadores enfrentan, siendo el principal las caídas a distinto nivel, que pueden ocasionar lesiones graves o tener como consecuencia la muerte”, otros riesgos asociados con esta actividad son atrapamientos, contactos eléctricos directos o indirectos, golpes contra estructuras, quemaduras, exposición a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

rayos UV, lesiones osteo-musculares, heridas y caídas de objetos. - En caso de la necesidad de realizar un rescate ya sea por una emergencia en curso o por accidente, la primera prioridad será salvaguardar las condiciones del o los accidentados. - Al actuar la brigada de emergencias deberán utilizar los siguientes E.P.P. además de los básicos como (Calzado de Seguridad, Antiparras, Casco, Barboquejo), Arnés tipo paracaídas de tres argollas con doble cola, guantes de cabritilla. - Se despejará el área y solo se mantendrán en la zona el personal que tenga relación con la emergencia y control de esta. - Se realizará por parte del personal de la brigada todas las maniobras necesarias con la utilización de todos los medios disponibles en obra, bajo la supervisión de experto de Obra y Jefe de Emergencia, para la toma de decisiones para así no exponer a los mismos rescatistas a algún peligro no controlado. - Los elementos mínimos con que debe contar la brigada de emergencia son: - Tabla Espinal larga con cintas para sujeción. - Inmovilizador de cabeza para tabla espinal. - Inmovilizador cervical. - Frazada. - En caso de que el accidentado este en un lugar de difícil acceso, se procederá a llamar a bomberos quienes tomaran el mando de la situación y procederán al rescate.

  • Inundación: Considerando la ubicación geográfica del edificio, se estima muy improbable que puede presentarse este riesgo, como consecuencia de fenómenos naturales. En cambio, podría ocurrir una falla en el sistema sanitario, que según su magnitud afecte el libre desplazamiento de las personas y normal funcionamiento del establecimiento y sus instalaciones. En este sentido se plantean las siguientes recomendaciones: - Cortar el suministro eléctrico de las zonas afectadas. - Cortar el suministro de agua potable, en el sector en que se registra la inundación. - El personal del edificio deberá comunicarse en forma inmediata con el encargado de mantención o con una empresa para realizar las reparaciones. - Ubicar en altura objetos, insumos y otros, que pudiesen ser afectados por el contacto con el agua. - Dependiendo de la magnitud de la inundación ordenar la evacuación del sector afectado.

  • Atrapamiento en ascensores: El atrapamiento al interior de un ascensor sucede principalmente por un corte de energía o falla eléctrica, por una sobrecarga del ascensor o bien por una falta de mantención según las disposiciones del fabricante. Al respecto y en caso de verse atrapado en un ascensor, se debe actuar de la siguiente forma: - Presione el botón de alarma. - Si no lo escuchan pida ayuda mediante un teléfono celular. - Mantenga la calma y espere instrucciones. - Si hay otras personas, trasmítales calma y sentido del humor. - Si una persona sufre de claustrofobia, informe de esta situación de inmediato, no olvide que la operación de rescate puede durar varios minutos. - No fume en la cabina mientras se encuentre atrapado. Forma de control y seguimiento Respecto a la ocurrencia de una contingencia y/o emergencia asociada al Proyecto, en ambas fases, sin perjuicio de informar a los teléfonos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

del Departamento de Emergencia de la Municipalidad de Macul, el Titular se coordinará también en forma preventiva con dicho Departamento ante el riesgo de ocurrencia de una situación de este tipo. El Titular deberá tener presente y reportará los avisos, contingencias e incidentes que acontezcan en la construcción y/o en la operación del Proyecto, y actualizará el Plan de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencia cuanto sea pertinente (Ver Anexo G de la Adenda Complementaria), a través del Sistema de RCA de la plataforma electrónica de la SMA. Como medio de verificación, control y seguimiento de los reportes que realice, mantendrá registros con los comprobantes de entrega de información emanados de la referida plataforma. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Asalto: Se entiende como asalto el ataque sorpresivo para perpetrar un robo. Esta conducta está tipificada como delito en el Código Penal, por lo que es muy importante registrar el máximo de antecedentes que permitan una posterior intervención de la justicia.

• Medidas Generales: - No dar facilidades al delincuente, el ingreso debe ser restringido y controlado, la visita deberá decir claramente con quien viene a conversar (con sus nombres). - Mantener cerca del teléfono un listado con todos los números de servicios de urgencia. - Mantener la calma y trate de activar la alarma. - No tratar de detener a los asaltantes, no intente ser un héroe, prefiera perder cualquier valor material a poner en peligro su vida y la de los demás. - Obedecer las instrucciones del asaltante, pero de manera lenta y calmada, no contradecirlos o alterarlos. - Observar y registrar mentalmente los rasgos más destacados del asaltante: como su altura, edad, peso aproximado, color de cabello, color de ojos, facciones, timbre de voz, cicatrices, etc.; vestimentas, armamento empleado, todo esto con el objeto de informar posteriormente a las policías. - Llamar de inmediato a Carabineros 133.

  • Derrumbe: Se entiende por derrumbe la destrucción, hundimiento o caída de una cosa que está levantada o en equilibrio, especialmente un edificio u otra construcción, también se consideran taludes, excavaciones y otros. • Medidas Generales: - Nunca corra a la zona derrumbada en caso de sepultamiento de un compañero, ya que esta zona puede estar inestable y puede desmoronarse nuevamente, causando más víctimas. - Se deberá informar de inmediato al administrador de obra, jefe de obra y experto en prp. - Se debe dar el máximo de información de la situación, de la condición del accidentado y del lugar del hecho. - Administrador de obra en conjunto con experto en obra y jefe de obra deberán analizar la situación para ver si es necesario solicitar ayuda especializada para enfrentar la emergencia, si es necesario hacerlo, se realizará de inmediato el llamado a los números de emergencia que aparecen en el anexo adjunto. - Es necesario evacuar el sector del accidente hasta que exista certeza de que la zona es segura, esto será tanto en el perímetro superior como en el fondo de la excavación (verificar que no exista riesgo de derrumbe caída de objetos o materiales inestables). - Para dar asistencia al trabajador o los trabajadores afectados se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

evalúa el entorno, para así poder verificar que no exista riesgo para quienes realizan labores de rescate. - Si la evaluación del entorno dice que es posible realizar maniobras de rescate, se procede a este tomando todas las precauciones necesarias, como el uso de epp correspondiente se debe detener cualquier operación de maquinaria o equipo en el sector de la excavación. - Conversar con el accidentado de manera de evaluar su estado tranquilizándolo e inspirándole seguridad. - Se deberá tener en cuenta que en el caso de un trabajador atrapado por derrumbe puede estar afectado por asfixia o por el síndrome del aplastamiento. - En el caso de que el trabajador este afectado por asfixia se deberá llamar en el menor tiempo posible a urgencias ya que cuando deja de fluir oxígeno a los pulmones, la mayoría de las personas muere a los 4 o 6 minutos después de la detención de ingreso de aire. - En el caso de que el trabajador sea afectado por el síndrome del aplastamiento, este cuadro clínico tendrá como efecto secundario a la compresión prolongada de los músculos, una insuficiencia renal aguda, siempre y cuando el trabajador este por más de 15 minutos en situación de aplastamiento, (teniendo en cuenta que un metro cúbico de suelo pesa más de una tonelada), por lo que es importante evitar que los afectados estén expuestos durante un tiempo prolongado a situación de aplastamiento. - Si bien el derrumbe representa el mayor riesgo dentro de una excavación, un trabajador también podrá estar expuesto a otros peligros como: i) Inhalación de vapores tóxicos; ii) Caídas; y iii) Cortes de líneas de servicios subterráneos, como líneas eléctricas y de gas.

  • Fuga de gas: Se entiende por fuga de gas todo evento que involucre rotura de cañerías tanto de uso doméstico como industrial, esta situación se presenta en hogares, centros de trabajo y/o cañerías subterráneas alimentadoras o transportadoras de gas licuado o natural. • Durante de una fuga de gas: - El personal asignado cortará inmediatamente el suministro de gas. - En el caso de ser necesario se procederá a la evacuación del recinto hacia los puntos de encuentro. - La evacuación se realizará rápidamente, pero sin correr y en silencio. - Los monitores deberán asegurarse de que todas las personas evacuen el edificio siendo este el último en salir y verificar que se encuentren todas las personas en los puntos de encuentro. - No se produzca aglomeración ni obstruya a los demás. - No se devuelva por pertenencias olvidadas. - En ningún caso utilice fósforos u otro artefacto que produzca chispa o fuego.

• Después de una fuga de gas: - Manténgase en su zona de seguridad en silencio para recibir nuevas instrucciones. - No relate historias de eventos desastrosos ya que pueden incrementar el miedo de las personas. - Se deberá evaluar la situación antes de retornar al trabajo.

  • Emergencia por condiciones climáticas adversas: Cuando en Obra se presenten condiciones climáticas adversas extremas como lluvia, viento, temperatura, se deberá paralizar inmediatamente las faenas, ya Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

que estas pueden causar accidentes a nuestros trabajadores y también daño a la propiedad, las medidas que se deben tomar son las siguientes: - Cuando se esté en presencia de lluvia, el Jefe de Terreno en conjunto con Experto de Obra evaluaran la condición de los caminos a utilizar en el transporte de materiales en obras en proceso de excavación, por ningún motivo se continuará trabajando con gente dentro de la excavación por riesgo de derrumbe. - Se deberán cubrir todos los tableros eléctricos que se encuentren a la intemperie, guardar todas las herramientas eléctricas y suspender trabajos que no sean bajo techo. - Evacuar a todo el personal que esté trabajando sobre losas, cubiertas, andamios, patios, andamios de fachada, faenas de soldadura, trabajos eléctricos y plataformas de trabajo a la intemperie. - Una vez mejorando las condiciones climáticas el Jefe de Terreno con el Experto en Prevención de Riesgos de Obra evaluaran la reanudación de las labores, si no existiese consenso será el Administrador de Obra quien asuma la tarea bajo su responsabilidad.

  • Emergencia por Rescate en altura: El Instituto de Salud Pública (ISP), define el trabajo en altura como “toda actividad que se realiza a más de 1,8 metros sobre el nivel del piso donde se encuentra el trabajador, que además presenta el riesgo de sufrir una caída libre o donde una caída de menor altura puede causar una lesión grave”, además también se consideran los trabajos en aberturas de tierra, excavaciones, pozos, trabajos verticales, ingresos a tanques enterrados y situaciones similares. “En ese sentido, la circular 2345 de la Suseso señala que es un accidente de trabajo grave el que ocurra por una caída de altura de más de 2 metros, situación que debe ser informada a las autoridades fiscalizadoras dentro de las 24 horas siguientes”. En este tipo de trabajo, “son muchos los riesgos que los trabajadores enfrentan, siendo el principal las caídas a distinto nivel, que pueden ocasionar lesiones graves o tener como consecuencia la muerte”, otros riesgos asociados con esta actividad son atrapamientos, contactos eléctricos directos o indirectos, golpes contra estructuras, quemaduras, exposición a rayos UV, lesiones osteo-musculares, heridas y caídas de objetos. En caso de la necesidad de realizar un rescate ya sea por una emergencia en curso o por accidente, la primera prioridad será salvaguardar las condiciones del o los accidentados. Al actuar la brigada de emergencias deberán utilizar los siguientes E.P.P. además de los básicos como (Calzado de Seguridad, Antiparras, Casco, Barboquejo), Arnés tipo paracaídas de tres argollas con doble cola, guantes de cabritilla. Se despejará el área y solo se mantendrán en la zona el personal que tenga relación con la emergencia y control de esta. Se realizará por parte del personal de la brigada todas las maniobras necesarias con la utilización de todos los medios disponibles en obra, bajo la supervisión de experto de Obra y Jefe de Emergencia, para la toma de decisiones para así no exponer a los mismos rescatistas a algún peligro no controlado. Los elementos mínimos con que debe contar la brigada de emergencia son: - Tabla Espinal larga con cintas para sujeción. - Inmovilizador de cabeza para tabla espinal. - Inmovilizador cervical. - Frazada. En caso de que el accidentado este en un lugar de difícil acceso, se procederá a llamar a bomberos quienes tomaran el mando de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

situación y procederán a rescate.

  • Inundación: Considerando la ubicación geográfica del edificio, se estima muy improbable que puede presentarse este riesgo, como consecuencia de fenómenos naturales. En cambio, podría ocurrir una falla en el sistema sanitario, que según su magnitud afecte el libre desplazamiento de las personas y normal funcionamiento del establecimiento y sus instalaciones. En este sentido se plantean las siguientes recomendaciones: - Cortar el suministro eléctrico de las zonas afectadas. - Cortar el suministro de agua potable, en el sector en que se registra la inundación. - El personal del edificio deberá comunicarse en forma inmediata con el encargado de mantención o con una empresa para realizar las reparaciones. - Ubicar en altura objetos, insumos y otros, que pudiesen ser afectados por el contacto con el agua. - Dependiendo de la magnitud de la inundación ordenar la evacuación del sector afectado.

  • Atrapamiento en ascensores: El atrapamiento al interior de un ascensor sucede principalmente por un corte de energía o falla eléctrica, por una sobrecarga del ascensor o bien por una falta de mantención según las disposiciones del fabricante. Al respecto y en caso de verse atrapado en un ascensor, se debe actuar de la siguiente forma: - Presione el botón de alarma. - Si no lo escuchan pida ayuda mediante un teléfono celular. - Mantenga la calma y espere instrucciones. - Si hay otras personas, trasmítales calma y sentido del humor. - Si una persona sufre de claustrofobia, informe de esta situación de inmediato, no olvide que la operación de rescate puede durar varios minutos. - No fumar en la cabina mientras se encuentre atrapado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El titular reportará los avisos, contingencias e incidentes que acontezcan en la construcción y/o en la operación del Proyecto, y actualizará el Plan de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencia, cuanto sea pertinente, (Ver Anexo G de la Adenda Complementaria), a través del Sistema de RCA de la plataforma electrónica de la SMA. Como medio de verificación, control y seguimiento de los reportes que realice, mantendrá registros con los comprobantes de entrega de información emanados de la referida plataforma. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1.7 del ICE.

  • Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

  • Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024

sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción de este.

  3. Que, para que el Proyecto “Edificios Vespucio 4453” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  6. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  7. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Edificios Vespucio 4453”, de Inmobiliaria Américo Vespucio 4641 S.A.

2°. Certificar que el Proyecto “Edificios Vespucio 4453” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto “Edificios Vespucio 4453” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Edificios Vespucio 4453” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

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Notifíquese y Archívese

Constanza Paz Martínez Gil Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

Arturo Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

AFA/JGM/JMM/FCP Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024 Firmado Digitalmente por Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 08-11-2023 16:12:41:994 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Consta nza Paz Martín ez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2023.11.09 16:38:56 -03'00'

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Jorge Omar Tapia Carrasco eacosta@stitchkin.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago carol.castro@mop.gov.cl Dirección de Vialidad, Región Metropolitana de Santiago boris.suarez@mop.gov.cl DOH, Región Metropolitana de Santiago orlando.varela@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de Macul gmontoya@munimacul.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago nathalie.joignant@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.gob.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago mjerrazuriz@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Servicio Nacional de Geología y Minería andres.leon@sernageomin.cl,sea@sernageomin.cl Superintendencia de Electricidad y Combustibles ladiaz@sec.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2160475024