Evaluación SEA

Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno

Rol 2154801158
SEA · DIA · Aprobado · 2022-01-31 · Región del Biobío · Celulosa Arauco y Constitución S.A..

Documento Digital N*: 20230800120 - Fecha: 10/02/2023

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío

Califica Ambientalmente el proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno”

Concepción

VISTOS:

1?. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 17 de junio de 2022 y su Adenda Complementaria de 26 de diciembre de 2022, del proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno”, presentado por Celulosa Arauco y Constitución S.A. con fecha 24 de enero de 2022.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno”.

3”. El Acta de Evaluación N” 20220810652 de 5 de abril de 2022, del Comité Técnico de la Región de Biobío. ?

  1. El ICE de la DIA del proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno” de 20 de enero de 2023.

5". La Sesión N?2 del 30 de enero de 2023 de la Comisión de Evaluación de la Región de Biobío.

6”. La Resolución Exenta N” 202208001109 de 30 de junio de 2022 de la Dirección Regional del Biobío del Servicio de Evaluación Ambiental que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

7”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante “Ley N 19.300”), en el D.S. N” 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”), en el D.F.L. N1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y en la Ley N 19.980, Sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N'* 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; La Resolución Exenta N” 20210800119 de fecha 13 de septiembre de 2021 que aprueba el texto reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío; la Resolución TRA 119046/161/2022, de fecha 03 de marzo de 2022, del Servicio de Evaluación Ambiental, que renueva nombramiento de la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Biobío.

CONSIDERANDO:

1?, Que, Celulosa Arauco y Constitución S.A. (en adelante, el Titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Celulosa Arauco y Constitución S.A..

Rut 93.458.000-1

Domicilio Ay. El Golf 150, piso 14, Las Condes, Santiago Teléfono 41 509400

Nombre representante legal Héctor Enrique Araneda Gutiérrez

Rut representante legal 9695825-0

Domicilio representante legal Ay. Jorge Alessandri 432, Piso 6, Concepción

Teléfono representante legal 41 509400

Correo electrónico Titular o | mcifuentes(Adaesconsultores.cl representante legal

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 20 de enero de 2023, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”. Que, en sesión de 30 de enero de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 20 de enero de 2023, con excepción de las siguientes consideraciones:

  • Enla página 25 del ICE, donde continúa describiendo la emisión de MP10, MP2,5 y Gases de Combustión Interna en la fase de construcción (punto 4.6.4.1), debido a un error de tipeo, donde dice “(...) “Modernización Modernización Planta Arauco (MAPA) ””, debe decir “(...) “Modernización Ampliación Planta Arauco (MAPA) "”.

  • Enla página 33 del ICE, donde continúa describiendo la emisión de MP10, MP2,5 y Gases de Combustión Interna en la fase de operación (punto 4.7.5.1.), debido a un error de tipeo, donde dice “(...) “Modernización Modernización Planta Arauco (MAPA) ””, debe decir *“(...) “Modernización Ampliación Planta Arauco (MAPA) ””.

En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución teniendo presente las rectificaciones antes señaladas. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

  1. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El presente proyecto considera la construcción y operación de un (1) estanque con capacidad de almacenamiento de 450 m3 de peróxido de hidrógeno, con el fin de mejorar las condiciones de respaldo operacional del Proyecto Modernización Ampliación Planta Arauco (MAPA). Para ello, el proyecto responde a un objetivo estratégico, de manera de asegurar su disponibilidad por un mayor número de días, frente a contingencias que obstaculicen el acceso (por ejemplo, cortes de acceso a las vías públicas, interrupciones en el suministro debido a disponibilidad de stock en el mercado u otras

contingencias operativas en la industria productora de peróxido de hidrógeno) y/o que interrumpan el suministro de dicha sustancia.

Tipología principal,

ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización

así como las | habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables,

aplicables a sus corrosivas o reactivas.

partes, obras 0 ñ.4. Producción, disposición o reutilización de sustancias corrosivas 0

acciones reactivas que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ciento veinte mil kilogramos diarios (120.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias corrosivas o reactivas en una cantidad igual o superior a ciento veinte mil kilogramos (120.000 kg).

Vida útil La vida útil del proyecto se encuentra asociada a la operación de la Planta

Arauco. Sin embargo, para efectos de la información que se requiere en el proceso de calificación ambiental del proyecto se ha considerado 50 años.

Monto de inversión

USD $ 4.500.000.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

En virtud del artículo N*16 del RSEIA, y de acuerdo con el cronograma de ejecución del proyecto, la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del presente proyecto, corresponde a la habilitación de la instalación de faena.

Proyecto se desarrolla por etapas

Si No

XxX

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si No | El proyecto modifica el proyecto “Modernización

Ampliación Planta Arauco”, aprobado, mediante la RCA X N937, del 07 de febrero de 2014, de la Comisión de

Proyecto modifica

otra(s) RCA

Si No Evaluación Región del Biobío (RCA N*37/2014).

Dado lo anterior, en la Tabla siguiente, se incorpora la información sobre la modificación que involucra al presente proyecto. Es importante mencionar que el proyecto no considera modificaciones en el proceso productivo actual ni aumento en la capacidad de producción ni flujo de insumos o productos. Adicionalmente, los considerandos de la RCA 37/2014 que modifica este proyecto se detallan en el numeral 1.2.6 de la DIA.

Tabla: Detalle de la modificación que se incorpora con el presente proyecto.

X Situación sin Proyecto Capacidad de Referencias c/estanque (m3)

Situación con proyecto

Tipo de | Número Insumo de Químico | estanques

Ítem

RCA N*037/2014, considerando

4223

Aumento de la capacidad de almacenamiento de peróxido de hidrógeno, a través de la incorporación de un nuevo estanque de capacidad de 450 m'.

Peróxido de 2 hidrógeno

Arca

Química 174,5

RE N*68/2019 numeral 3

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

Región del Biobío, Provincia de Arauco, Comuna de Arauco.

Descripción de la localización

En virtud del objetivo del proyecto, el cual es contar con mayor capacidad de almacenamiento de peróxido de hidrógeno (H20»), de manera de asegurar su abastecimiento por un mayor número de días, de manera de hacer frente a la eventual imposibilidad de recibir el suministro debido.

La localización se justifica en tanto corresponde a un insumo necesario para la continuidad operativa para la producción de

celulosa, por lo que su emplazamiento debe corresponder al actual predio industrial donde se ubican los actuales estanques de almacenamiento de peróxido de hidrógeno, lo cual, dada su configuración permitirá fortalecer la autonomía operacional de Planta Arauco, en específico del proyecto MAPA (línea N*3).

Superficie El proyecto comprende una superficie estimada de 540 m? (20 x 27 m), que corresponde a aquella a utilizar por el estanque proyectado y sus partes asociadas.

Coordenadas UTM en Datum | Las coordenadas UTM aproximadas en Datum WGS84 (18H) son: WGS84 Coordenada Este: 658.006 m. E Coordenada Norte: 5.881.644 m. S

Caminos de acceso Dado que el proyecto se emplaza al interior de Planta Arauco, el acceso corresponderá al que actualmente existe para ingresar al Complejo Industrial Horcones, tanto para el ingreso o salida de la faena, denominados accesos norte y sur, así como también, el nuevo acceso norte, todos en la Ruta 160 (kilómetro 50), los cuales permitirán el ingreso y salida desde la misma Planta.

Referencia al expediente de + Numeral 1.1 (Capítulo 1) de Anexo 7 de Adenda evaluación de los mapas, Complementaria.

georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

e Figuras 1-1 y 1-2 del acápite 1.2.10 del Capítulo 1, se presenta la ubicación del Proyecto a nivel regional y comunal.

« Figura 1-3, numeral 1.2.12 del Capítulo 1 de la DIA.

  • Numeral 1.5 de la Adenda, se encuentra información en detalle de los caminos de acceso.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de Faenas | Se proyecta la habilitación de una instalación de faenas de 547 m? al interior del predio industrial de la Planta de manera transitoria como apoyo a las labores constructivas.

Esta instalación considera principalmente el siguiente equipamiento: - Oficinas administrativas - Bodegas y camarines

  • Baños químicos (primeros 6 meses máximo) e instalaciones fijas (WC, Lavamanos, duchas, lockers, etc.) con planta de tratamiento de aguas servidas destinada a la fase de construcción.

  • Sitio de acopio temporal de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios

  • Sitio de acopio de residuos industriales no peligrosos

  • Bodega de herramientas y repuestos

  • Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos

  • Bodega de sustancias peligrosas La distribución de superficies y localización de la instalación de faenas es presentada en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

Habilitación de | Se proyecta la habilitación de una instalación de faenas al interior del predio industrial Instalación de faenas de la Planta de manera transitoria como apoyo a las labores constructivas.

Bodega de Residuos | Durante esta fase se contempla la instalación de una bodega destinada al Peligrosos almacenamiento temporal de residuos peligrosos, serán segregados según la tabla de compatibilidades (ver PAS 142, en el Capítulo 4 de la DIA y actualizado en ADENDA 1). La bodega estará ubicada al interior de la instalación de faenas, con una superficie de 12 m?.

La bodega de RESPEL cumplirá con las exigencias contenidas en el D.S. 148/03 del MINSAL y contará con Resolución Sanitaria emitida por la autoridad pertinente.

Habilitación de Bodega de Residuos Peligrosos

Durante esta fase se contempla la instalación de una bodega destinada al almacenamiento temporal de residuos peligrosos. ubicada al interior de la instalación de faenas, con una superficie de 12 m?,

Movimiento de tierra y excavaciones

Para la instalación del nuevo estanque se requiere realizar movimiento de tierra, actividad que corresponde a la excavación de tierra, para posteriormente ejecutar la fundación del estanque, compactación, rellenos estructurales y escarpes para pavimentación.

Movimiento de tierra Volumen aproximado (m3) Total de material a remover 20 Material utilizado para rellenos 35 Material excedente para retiro 4

Los excedentes de excavaciones y material pétreo (tierra y piedras) serán utilizados como relleno dentro del mismo sitio industrial o, en su defecto, dispuestos en lugares debidamente autorizados para ello.

Ejecución de Obras civiles

El proyecto considera la construcción de fundación, montaje del estanque, conexión al sistema de suministro actual de los estanques de peróxido de hidrógeno, montaje de equipos, instrumentación, accesorios y conexión al sistema de cañería de distribución y abastecimiento.

Montaje y Armado de estanque

  • Fondo estanque

El fondo del tanque será fabricado con planchas de acero inoxidable. El diseño del fondo será cónico y descendente hacia el centro. considerando un sumidero central y cañería de extracción de agua de fondo y producto.

» Manto estanque

El manto del tanque será fabricado con planchas de acero inoxidable, para lo cual se considera emplear planchas, según se determine en la etapa de ingeniería de detalles. Los espesores serán determinados por cálculo de acuerdo a la Norma API 650, utilizando el método del pie, verificando por sismo el espesor final de la plancha de la primera hilada (primera virola).

» Protección superficial y pintura para estanque

Todas las planchas, boquillas y elementos estructurales del estanque serán sometidos a una limpieza superficial por medio de granallado, y los esquemas de pintura serán compatibles con cada tipo de producto almacenado.

  • Fundación y anclaje del estanque El estanque estará montado sobre un anillo de hormigón armado y fijado con pernos de anclajes, y de esta manera garantizar la estabilidad del estanque.

Ejecución de Obras Complementarias

En esta etapa se considera la habilitación de un nuevo sistema de cañerías de alimentación desde la descarga de la bomba de succión de peróxido de hidrógeno, descarga hacia la línea de producción, y sistema de drenaje y purga. A su vez, considera el suministro eléctrico mediante un empalme a la sala eléctrica del despacho de peróxido, la cual está ubicada dentro de las instalaciones de L3.

Pruebas de tanque

El armado del estanque se realizará en terreno, siendo sometido a todas las inspecciones y pruebas necesarias in situ, previo a su entrada en operación, incluyendo las aplicables indicadas en norma API 650. Asimismo, y en consideración a las condiciones establecidas en el artículo 127 del D.S 43/2015 del MINSAL , se realizarán las siguientes pruebas por una empresa acreditada en el sistema nacional de acreditación del Instituto Nacional de Normalización; a saber:

  • Inspección radiográfica de uniones soldadas.
  • Inspección visual.

  • Control dimensional.

  • Control de espesores.

« Prueba de hermeticidad. + Inspección de revestimientos, su porosidad y espacios intersticiales

Puesta en Marcha

Previo a la marcha blanca del estanque, se considera un periodo de comisionamiento y puesta en marcha, el cual tiene como objeto revisar las condiciones de funcionamiento de bombas, filtros, sistema de sobrellenado y, en general, de todos los aspectos que permitirán la operación en régimen de dicho estanque.

La etapa de puesta en marcha se iniciará una vez finalizadas las pruebas de seguridad y hermeticidad del estanque. Posteriormente. se declarará la instalación eléctrica a la

SEC para su inscripción. El inicio de la operación normal sólo se realizará una vez ejecutado el periodo de puesta en marcha.

Finalizadas las actividades de construcción y puesta en marcha del Proyecto, se

Cierre de Faenas

destinadas a la | procederá al retiro de la instalación de faenas y sus componentes asociados, los que

construcción serán retirados por el contratista a cargo de la construcción.

Recursos naturales | La fase de construcción del proyecto no contempla la extracción de recursos naturales

renovables renovables, toda vez que el proyecto se inserta al interior de un sitio emplazado en un área industrial en uso. No obstante, cabe destacar, que durante los movimientos de tierra el proyecto considera remover 20 m? para la fundación del estanque, los que serán utilizados como relleno dentro del mismo sitio industrial o, en su defecto, dispuestos en lugares debidamente autorizados sanitaria y/o ambientalmente para ello (según corresponda). Sin embargo, es importante mencionar que el sector donde se emplazará el estanque está sobre la cota de terreno natural, puesto que el área química fue mejorada en ocasión del Proyecto MAPA. El proyecto no contempla cambios en la geología, ni geomorfología del lugar.

Emisiones Y | Emisiones Atmosféricas:

efluentes

Las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto ocurrirán principalmente durante la fase de construcción. Dichas emisiones corresponden a material particulado del proceso de excavación y material inerte resuspendido por el tránsito de vehículos; se contempla además la emisión de gases de combustión por el uso de maquinaria, generadores y camiones en la construcción.

En Anexo 1 de la ADENDA Complementaria se presenta la actualización del cálculo de Estimación de Emisiones para las distintas etapas del proyecto, a continuación, la tabla presenta un resumen de resultados de la estimación de emisiones para la fase de construcción.

Contaminante Emisión en prep So MP10 1,927 MP2,5 0,494 NOx 3,686 co 0,828 SO2 1,032

Es importante señalar que, en caso que al momento de iniciar la construcción, los caminos internos de la Planta, se encuentren no pavimentados se aplicará supresor de polvo, contribuyendo así a la reducción de la emisión de material particulado a la atmósfera, reduciendo de esta forma la generación de MP10 y MP2,5, Los detalles de la aplicación de supresor de polvo se detallan en el numeral 1.4 de la Adenda Complementaria.

Respecto de la generación de gases se contempla principalmente por el uso de generadores eléctricos y tránsito de vehículos livianos y pesados por caminos no pavimentados al interior de la planta.

No obstante, lo anterior, igualmente el proyecto considera medidas de control, así como otras medidas asociadas a cumplimiento normativo para la etapa de construcción, las cuales se implementarán con el objeto de prevenir y controlar la generación de emisiones a la atmósfera y con ello minimizar los efectos producidos por las actividades de la construcción, destacando las siguientes:

  • No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles.

  • Ejecución de las nivelaciones y/o excavaciones de terreno estrictamente necesarias.

  • Encarpado de carrocerías que transportan materiales.

  • Se verificará que los camiones sean cargados manteniendo una distancia mínima en

el borde, entre la superficie de carga y la cubierta de lona.

  • Incorporación de supresor de polvos en caminos no pavimentados al interior de la

Planta utilizados por el proyecto.

Cabe destacar, que para dar cumplimiento al Artículo 12 del RSEIA. el titular presentó Modelación érica en la cual se procedió odelar la sinergia entre las

emisiones generadas por el proyecto más los aportes asociados al proyecto

“Modernización Ampliación Planta Arauco (MAPA)”. Los resultados actualizados de

esta modelación fueron presentados en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria.

Mayor detalle respecto a este análisis se presenta en la sección 6 del ICE.

Residuos Líquidos:

Durante la fase de construcción se generarán aproximadamente 12 m?/día de aguas servidas correspondientes a una dotación máxima de 100 trabajadores, con un consumo medio de agua de 150 l/dia por persona, valor que se obtiene al aplicar un factor de aguas servidas 0,8 al consumo de agua potable. Las aguas servidas serán manejadas en los sistemas sanitarios proyectados.

Ruido y vibraciones:

Durante la etapa de construcción del proyecto, las principales fuentes de emisión de ruido corresponden a trabajos relacionados con movimiento de tierra y excavaciones, para posteriormente desarrollar trabajo de obras civiles y finalmente el montaje del estanque considerado por el proyecto.

Para la evaluación de emisión de ruido del proyecto se aplicación los límites establecidos por tipo de zona en el D.S N*38/11, es importante mencionar que las faenas se desarrollarán al interior del área de faena, específicamente en el área química 755, la cual se encuentra alejada de viviendas y centros poblados.

En tabla siguiente se presenta los Niveles Sonoros Proyectados y en Evaluación, cumpliendo con los límites permisibles en la fase de construcción.

Tabla: Descripción de receptores. altura, ubicación y distancia al proyecto.

l Nivel proyectado” í NPC máximo | Evaluación Fasa de construcción | Construcción MAPA Arauco” | Suma permitido | según ia Proyecto (d8(A)] 1 aBpayI" Pertodo diurno | D.S.N* 34/2011 fesia | TS5/A) del taMA ACA 2 a | a 8s Cumple ACE El $3 ] EJ 6S Cumpie AMA EJ E | E és Cumple AMI 2 EJ j E l 6s Cumpe L_A Y 43 y 3 65 Cumple E tE Í 17] [ 42 ] E [Cumple * Valores aprawmados si entero más cercano. + Montereo ETEA”

Cabe destacar. que los resultados anteriores consideran la sinergia entre el ruido generado por la construcción del proyecto más el ruido generado por la construcción del proyecto MAPA, dando cumplimiento al Artículo 12 del RSEIA.

No obstante, lo anterior, el titular comprometió un programa de monitoreo de ruido

tanto para la fase de operación. como de construcción, el cual se detalla en el numeral 2.4 de la Adenda.

De la misma manera se determinaron los niveles de vibraciones o proyecciones vibratorias para la etapa de construcción en los receptores identificados en la tabla precedente, evaluando los criterios de daño y molestia, según la normativa “Transit Noise and Vibration Impact Assesment”, la cual específica niveles de vibración referenciales para distintos tipos de maquinaria, los cuales fueron medidos a 25 pies de distancia (8 m aproximadamente).

Tabla: Evaluación de vibraciones por maquinaria pesada. Criterio de daño.

Punto PPV proyectado [In/s] PPV Máximo parmitido [n/a] | Observación ACA <901 03 [ Cumple AC <00 E Cumple ANA <001 03 Cumple Ss <001 03 Cumple

Í A <g01 03 Cumpio,

[ g <00 T 03 ] Cumple

Tabla: Evaluación de vibraciones por maquinaria pesada. Criterio de molestia.

[ Punto L [YSB] ] Ls Maximo permitido [VOB] Observación

Í AC-t 10 E Cumple AE 19 72 Cupo. AMA | ts 73 Cumple.

[ Ea 16 72 Curie

[ A $ ] 72 Y Curie

di BD a I E 1 Cumple

En el Anexo 4 de la DIA se presenta el Estudio de Emisión Acústico y Vibraciones del Proyecto.

Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos Asimilables a Domésticos

Durante la etapa de construcción (100 trabajadores) se espera la generación de alrededor de 100 kg/día de residuos domésticos, considerando una tasa de generación de 1 kg/persona/día; éstos corresponderán básicamente a restos de comida, envases, papeles y cartones, entre otros. generados en la instalación de faena. En el frente de trabajo e instalaciones de faenas se dispondrán de contenedores con tapa y/o tolvas metálicas herméticas, las cuales serán recolectados por una empresa externa

especializada y enviados a disposición final en lugares autorizados sanitaria y ambientalmente.

Residuos Industriales No Peligrosos

Estos corresponden a residuos propios del proceso de construcción y consisten, principalmente, en desechos de moldajes, restos de tuberías, alambres, trozos de fierro de construcción, vidrio, restos de madera, escombros, gomas y plásticos provenientes de envoltorios de suministros. envases de aglomerante y otros. Se estima una generación de aproximadamente 0,1 ton/mes. Respecto a su forma de manejo, estos serán retirados periódicamente desde los puntos de generación y serán dispuestos temporalmente en el sitio acondicionado para este fin al interior de la instalación de faenas, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada hacia un sitio de disposición final debidamente autorizado sanitaria y/o ambientalmente según corresponda al tipo de residuo a disponer.

Tabla: Estimación de generación de residuos sólidos no peligrosos durante la construcción.

Tasa de Residuo generación (estimada) kg/mes

Residuos Industriales No Peligrosos (desechos de moldajes, restos de tuberías, alambres, trozos de fierro de construcción, vidrio, gomas y plásticos provenientes de envoltorios de 80 suministros, envases de aglomerante y otros) Restos de madera

Restos de acero

Restos de hormigón 20

En relación a la madera de embalaje (de eventual procedencia extranjera) se dará aviso al SAG para que proceda a su inspección según lo establece la establece la Resolución N? 133, modificada por la Resolución 2.859, del 26 de enero de 2005 y 29 de junio de 2007, respectivamente del Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero, para su posterior eliminación o reutilización, según determinación del SAG.

Residuos Industriales Peligrosos

Durante la construcción del proyecto no se generarán residuos sólidos peligrosos distintos a aquellos propios de las actividades de tratamiento de superficie del estanque y mantención de equipos destinados a la construcción, los que corresponden a aceites usados y lubricantes, envases metálicos y plásticos, huaipes, entre otros. Estos residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos que se encontrará en la instalación de faenas del proyecto, segregados según la tabla de compatibilidades (ver PAS 142, actualizado en el Capítulo 4 de la ADENDA). La bodega de RESPEL cumplirá con las exigencias contenidas en el D.S. 148/03 del MINSAL.

Residuo Tasa de generación (estimada) Aceites, lubricantes usados 1,8 kg/mes Filtros de aceite 1 unidades/mes Huaipes 1 kg/mes Envases de aceites, grasas y 1 unidad/mes lubricantes Envases de repuestos 5 unidades/mes Envases de pintura y otros productos para tratamiento de 4 kg/mes

superficie

Por su parte, el manejo será por medio de contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos proyectada al interior de la instalación de faenas. Se proyecta que el retiro de estos residuos se realice al menos cada 6 meses, por empresas autorizadas para esta labor.

Productos Químicos

Se considera el uso de sustancias o productos químicos durante la construcción del nuevo estanque, los que corresponderán básicamente a pinturas, aceites, lubricantes y otros de similares caracteristicas, los que se muestran en la siguiente tabla, especificándose las cantidades y formas de manejo,

Ahora bien, sin perjuicio de lo anterior, la utilización de sustancias requeridas durante la fase de construcción puede variar según ingeniería de detalle y los distintos requerimientos de las obras civiles, disponibilidad en el mercado de productos, entre otros, por lo que la información descrita corresponde a una lista referencial que permite acreditar que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental asociada al manejo de sustancias peligrosas y residuos peligrosos.

Descripción Cantidad Estimada Forma de manejo |

Aceites y lubricante 14 kg/mes | Serán almacenados en tambores metálicos al interior de una bodega tipo jaula.

Pinturas y 24 kg/mes | Estas sustancias serán almacenadas en

solventes sus propios envases, al interior de una

Diluyente 10 kg/mes bodega tipo jaula, en contenedores (bin).

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección 4.6 del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Con el fin de contar con una mejor comprensión y precisión del proyecto, actualmente L3 dispone de dos (2) estanques de almacenamiento de peróxido de hidrógeno que totalizan una capacidad de almacenamiento de 349 m?. Como se dijo, el peróxido de hidrógeno corresponde a un insumo habitual de la industria de celulosa, el cual se almacena en el Área Química (área 755) de L3 y es utilizado en el área de Blanqueo como agente blanqueador de la pulpa.

El proyecto corresponde a la construcción y operación de un estanque adicional para almacenar peróxido de hidrógeno, con una capacidad de almacenamiento correspondiente a 450 m?. Dicho estanque se emplazará en el Área Química (área 755) de la línea de producción L3 de Planta Arauco.

Nuevo Estanque Peróxido de Hidrógeno Recepción, conducción y

almacenamiento

Las cañierías de carga y descarga del nuevo estanque se conectarán a las existentes, sumándose a la modalidad de operación actual. Su suministro, al igual que el que se encuentra autorizado, corresponderá a la misma modalidad de transporte de los dos estanques existentes de 174,5 m3 cada uno; esto es, por camión isotanque por empresa proveedora autorizada. El camión ingresará a las instalaciones validando su peso en romana de entrada, posteriormente el vehículo se dirigirá a la zona de descarga actual de los estanques de peróxido de hidrógeno ubicados en el área 755. La descarga se realizará mediante un sistema de cañerías y mangueras herméticas, impulsado por bombas neumáticas o centrífugas, y una vez finalizada la operación el camión se retirará de la zona de descarga.

Se exigirá al personal externo e interno de descarga del producto que utilice en todo momento sus implementos de seguridad.

El abastecimiento por ferrocarril se considerará en un futuro, si fuese necesario.

Operación de Nuevo Estanque

Corresponde al funcionamiento propio del nuevo estanque, el almacenamiento de peróxido de hidrógeno.

Sistema de Cañerías

El nuevo estanque de peróxido de hidrógeno tendrá un sistema de cañerías conectadas al actual pipeline, por lo que la carga y descarga del producto se realizará de manera uniforme mediante la bomba de impulsión actual a los tres estanques. La descarga se considera gravitacional a través de una cañería de acero inoxidable para trasvasije. La habilitación del nuevo sistema de cañerías de alimentación está considerada desde la descarga de la bomba de succión de peróxido de hidrógeno, descarga hacia la línea de producción, y sistema de drenaje y purga.

Impulsión de peróxido de hidrógeno

El nuevo estanque de peróxido de hidrógeno, materia del presente Proyecto, tendrá un sistema de cañerías conectadas al actual pipeline, por lo que la carga y descarga del producto se realizará de manera uniforme mediante la bomba de impulsión actual a los tres estanques. La descarga se considera gravitacional a través de una cañería de acero inoxidable para trasvasije.

Área Almacenamiento

de

El nuevo estanque de 450 m* que almacenará del orden de 535,5 toneladas de peróxido de hidrógeno a una concentración del 50% y de 580,5 ton a una concentración del 70%, estará ubicado al norte de los dos estanques de peróxido existentes. Esta instalación estará conformada por los siguientes subsistemas:

  • Un estanque de almacenamiento de peróxido de hidrógeno.
  • Un pretil de contención conectado al pretil existente.

  • Plataforma de acceso al manhole del manto.

La siguiente figura muestra la localización del nuevo estanque de peróxido de hidrógeno proyectado al interior de la Planta Arauco (L3).

Figura: Ubicación del nuevo estanque en Área Química.

Flujo Vehicular

Al igual que en la situación actual, el transporte se mantendrá principalmente a través de camiones isotanque de 24 m* de capacidad, manteniendo un flujo de 3 camiones diarios para una concentración de 50% y 2 camiones para una concentración del 70% de peróxido de hidrógeno.

En caso de causa y/o contingencias externas de suministro de H20», la Planta podrá operar de forma autónoma por un mayor número de días, por cuanto una vez solucionada la contingencia, en fase de reaprovisionamiento considera un máximo de 4 camiones al día, compensando el flujo ausente en la fase de funcionamiento autónomo. Reiterar que, en condición de operación normal se mantiene un stock de seguridad, por cuanto el volumen de abastecimiento continúa siendo equivalente al volumen de consumo del insumo. Por otra parte, los días de llenado del volumen total son 3 días para los estanques con peróxido al 50% y 2 días para los con peróxido al 70%, tanto para la operación normal como para la etapa de reaprovisionamiento.

De acuerdo a lo presentado por el titular en el numeral 1.2 viii de la Adenda Complementaria, a continuación, se presentan los flujos vehiculares del proyecto en fase de operación.

Tabla. Estimación flujo vehicular para el consumo operacional de peróxido de

hidrógeno. Consumo H202 al 50% Consumo H202 al 70% Variable Operación Operación Operación Operación normal Reaprovisionamiento normal Reaprovisionamiento Volumen total de 799 m' 799 mP almacenamiento Capacidad camión y 4 3 ue 24 m 24 m Camiones /días 3 ] 4 2 ] 4

En consecuencia, el flujo vehicular de operación en fase de consumo normal y fase de “reaprovisionamiento” no depende de la capacidad de almacenamiento. Ésta impacta sólo en el tiempo que se puede operar con el “stock” de peróxido de hidrógeno disponible en la Planta. Por lo tanto, no habrá incrementos de flujo en la etapa de operación a causa del proyecto.

Sistema de control y

contención derrames

de

Para detectar posibles fugas de peróxido de hidrógeno, el estanque contará con un sensor de nivel, al igual que los otros sistemas de control de los estanques existentes.

El sistema de contención de derrame para el nuevo estanque consiste en una piscina y losa de hormigón armado, la cual estará conectada al pretil existente de los estanques de 174,5 m? cada uno, mediante vasos comunicantes por el muro interior entre el pretil existente y el proyectado. El pretil completo tendrá una capacidad de 1,1 veces el volumen de almacenamiento útil del estanque de mayor capacidad, de acuerdo al

artículo 123 del D.S N*43/15 Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Asimismo, al interior del sistema de contención actual, se encuentra ubicado un pozo interno de acumulación de aguas lluvias y/o un eventual derrame de producto. El líquido acumulado será retirado mediante una cañería de succión conectada a una bomba fija instalada en el mismo sector de descarga de producto, la que prestará servicios como unidad de achique y /o recuperación, ya sea de aguas lluvias o, en su caso. de un eventual derrame. Así también se podría utilizar una bomba portátil.

En caso de producirse un derrame al interior del pretil, éste podrá ser recuperado a través del uso de un camión para su retiro directo, o de lo contrario, en caso que el derrame se encuentre mezclado con aguas lluvias, podrá ser derivado hacia el sistema de manejo de aguas lluvias. Este pretil permanecerá siempre vacío.

Tal como se mencionó en el punto 1.2.10 de la DIA, el nuevo estanque de peróxido se emplazará en el área química del Proyecto MAPA (RCA37/2014), al costado de los actuales estanques de almacenamiento del mismo producto. Por lo tanto, el proyecto considera conectar el sistema de control y contención de derrames al pretil de contención existente, mediante vasos comunicantes por el muro interior entre el pretil existente y el proyectado.

Al interior del sistema de contención de los tres (3) estanques de peróxido de hidrógeno, existe un pozo interno de bombeo de aguas lluvias o eventuales derrames de producto. El líquido acumulado será retirado mediante una cañería de succión conectada a una bomba fija instalada en el mismo sector de descarga de producto, la que prestará servicios como unidad de achique y/o recuperación, ya sea de aguas lluvias o, en su caso. de un eventual derrame, enviándolas, como se indicó anteriormente, directamente hacia el sistema de manejo de aguas lluvias. El pozo está provisto de medidores de nivel, pH y conductividad, que en el caso de un derrame estos alertarán al operador en la sala de control.

Por su parte, el sistema de manejo de aguas lluvias de la línea de producción 3 (L3) del Proyecto MAPA aprobado bajo RCA 037/2014, definió sectorizar las aguas lluvias de acuerdo a sus características (alteradas o no alteradas), para su posterior manejo y/o tratamiento. De acuerdo a la definición el área química se encontrará en el sector denominado Sector 2, que corresponde a la siguiente:

» Escorrentía generada en Sector 2 (parte de las áreas de procesos), aguas potencialmente alteradas:

Corresponde a las áreas confinadas con pretiles de contención ubicados en áreas específicas de producción, dentro de las cuales se encuentran el horno de cal y caustificación; línea de fibra; planta de tratamiento de aguas; bodega de biomasa; caldera de poder; evaporadores; turbogeneradores; planta química y planta de tratamiento de efluentes. La escorrentía generada en estas áreas descargará en forma permanente y directa al colector de efluentes general para su posterior envío al sistema de tratamiento de efluentes.

Tal como está descrita en la RCA 037/2014, la escorrentía generada sobre esta superficie durante la fracción inicial de la lluvia podrá ser derivada en forma controlada a la laguna de aguas lluvia y posteriormente evacuada mediante el sistema emisario-difusor, Posterior a la fracción inicial de aguas lluvia y una vez verificada su calidad (sobre la base de pH y conductividad). estas podrán ser derivadas a través del punto existente en la Planta, que corresponde a un cauce abierto que se encuentra autorizado para la descarga de aguas lluvia al mar mediante D.S. N? 287 del 30 de julio del 2002, cuya concesión se renovó a través de Decreto N” 690 del 17 de diciembre del 2012, ambos del Ministerio de Defensa Nacional.

En base a lo anterior, el manejo de aguas lluvias y efluentes del nuevo estanque de peróxido de hidrógeno pertenecerá al sector 2. De este modo, las aguas lluvias y potenciales derrames que se generen dentro de los pretiles. serán descargados de forma permanente y directa al colector de efluente general para su posterior envío al sistema de tratamiento de efluentes.

Cabe indicar que, con el avance de la ingeniería de detalles del proyecto MAPA, ha sido posible especificar y precisar el manejo de aguas lluvias, el cual se sigue circunscribiendo al concepto y criterios establecidos en la RCA 37.

De igual manera, la zona de descarga de camiones y ubicación de la bomba conectada al pozo de acumulación será la misma ya construida para los actuales estanques de peróxido de hidrógeno, la cual cuenta con su propio sistema de contención, el cual consiste en una loza de hormigón con inclinación hacia un sumidero que conecta a una cámara de carga, que conducen las aguas o residuos al sistema de tratamiento de

efluentes; así también, este sector cuenta con un pequeño muro de contención para evitar que las aguas lluvias y/o derrame se dirijan al exterior del área.

Sistema de Detección y Control de Incendio

El sistema de detección de incendios no se modificará en sus características esenciales; sin embargo, debido a la incorporación de un nuevo estanque, se ampliará la red de incendio, incorporando nuevos anillos de cañerías de incendio con sistema sprinklers para asi cubrir la superficie completa.

A modo general, el Complejo contempla un plan de mantenciones programadas las que pueden realizarse en paradas de áreas, líneas o generales de la Planta. Las mantenciones y paradas programadas se realizarán en función del cronograma de producción anual, obedeciendo a criterios técnicos y pudiendo efectuarse en cualquier época del año, de manera de dar cumplimiento a su vez, con lo establecido en el artículo 128 del D.S 43/2015 del MINSAL.

Por su parte, en relación a las acciones correctivas, ellas se realizarán cuando se produzca algún tipo de falla en las instalaciones del Proyecto. Algunas de las principales actividades se mencionan a continuación:

  • Cañerías de succión: chequeo de su protección catódica de forma periódica

  • Estanque de almacenamiento: inspecciones del estado del fondo, manto y techo, revisión del funcionamiento de su protección catódica, entre otros.

  • Sistemas contra incendio: chequeo de los sistemas de detección automática, incluyendo bombas, mangueras, red de distribución, grifos de agua, entre otros.

  • Sistemas eléctricos: inspecciones a la sala eléctrica, conexiones y conducciones asociadas.

  • Instalaciones complementarias: chequeo funcionamiento de bombas: bombeo de peróxido de hidrógeno y agua sistema contra incendio, inspección periódica sobre el estado de las mangueras utilizadas para la descarga del insumo.

Asimismo, de acuerdo con las actividades de mantención señaladas, la duración y frecuencia de éstas dependerá de una serie de variables, entre las que se puede indicar: recomendaciones del proveedor, normativa nacional; obsolescencia y/o desgaste de equipos e instalaciones; y la disponibilidad de recursos materiales y humanos para abordarlas, entre otras

La operación del proyecto no considera alguna influencia directa en la generación de Productos diferentes ni en mayor cantidad a los que actualmente produce o utiliza Planta Arauco, específicamente, L3.

El presente Proyecto no contempla la extracción ni explotación de recursos naturales renovables asociados a la fase de operación.

Mantención y Conservación del Proyecto

Productos generados Recursos naturales renovables Emisiones y efluentes

Emisiones a la atmósfera

Durante la operación del proyecto no se considera la generación de emisiones atmosféricas debido a las actividades de almacenamiento y carga o descarga de peróxido de hidrógeno.

No obstante, se consideran las emisiones generadas por el tránsito vehicular de peróxido de hidrógeno al 50% o 70%, aunque, de acuerdo a lo indicado por el titular, esta actividad será realizada por terceros y no forma parte del proyecto, Sin perjuicio de lo anterior esta actividad se incorporó en la evaluación.

Tabla: Resumen de resultados de estimación de emisiones en operación (peróxido de

hidrógeno al 50%). Contaminante Emisión en Operación (ton/año) MP10 0,4003 MP2,5 0,1231 co 0,3895 NOx 1,3450 SO2 0,0969 Ccov 0,0831

Tabla: Resumen de resultados de estimación de emisiones en operación (peróxido de hidrógeno al 70%).

Contaminante Emisión en Operación (ton/año) MP10 0,2784 MP2,5 0,0937 [90] 0,3895 NOx 1,3450 SO2 0.0969 cov 0,0831

Es importante mencionar que las emisiones difieren entre una concentración y otra, dado que se requieren menos camiones diarios si se considera peróxido al 70% (2

camiones/día al 70% y 3 camiones/día al 50%). La estimación de emisiones consideró un flujo de camiones los 365 días al año, siendo este el peor escenario, dado que el llenado de estanques se realiza solo cuando se empieza a acabar el producto químico. En el Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presenta el informe actualizado con la estimación de emisiones para cada fase del Proyecto.

No obstante, lo anterior, igualmente el proyecto considera implementar medidas de control de material particulado, así como de cumplimiento normativo, con el objeto de prevenir y controlar la generación de emisiones a la atmósfera, destacando las siguientes:

» Se mantendrá la carrocería de los vehículos de transporte de materiales, escombros y residuos. cubierta con una lona o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera

  • Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape.

  • Se instruirá que se circule a una velocidad no superior a 30 km/h en el interior del área del proyecto.

Cabe destacar, que para dar cumplimiento al Artículo 12 del RSEIA. el titular presentó una Modelación Atmosférica en la cual se procedió a modelar la sinergia entre las emisiones generadas por el proyecto más los aportes asociados al proyecto “Modernización Ampliación Planta Arauco (MAPA)”. Los resultados actualizados de esta modelación fueron presentados en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, Mayor detalle respecto a este análisis se presenta en la sección 6 del ICE,

Emisiones líquidas

No se incrementará la generación de aguas servidas de la Planta, dado que no se considera aumentar la dotación de personal. Asimismo, en caso de producirse un derrame al interior del pretil, éste podrá ser recuperado a través del uso de un camión para su retiro directo, o de lo contrario, en caso que el derrame se encuentre mezclado con aguas lluvias, podrá ser derivado hacia el sistema de manejo de aguas lluvias. Este pretil permanecerá siempre vacío. Cabe destacar, que como se mencionó en la sección 4.2 del ICE, el manejo de aguas lluvias y efluentes del nuevo estanque de peróxido de hidrógeno pertenecerá al sector 2. De este modo, las aguas lluvias y potenciales derrames que se generen dentro de los pretiles, serán descargados de forma permanente y directa al colector de efluente general para su posterior envío al sistema de tratamiento de efluentes.

Ruido

Durante la operación del proyecto, se generarán emisiones de ruido producto del flujo vehicular interno en el área de almacenamiento, correspondiente a la actividad de descarga de los camiones y las bombas de impulsión.

De acuerdo con lo anterior, se realizó una evaluación de la emisión de ruido para esta fase aplicando los límites máximos de ruido determinados por el tipo de zona donde el Proyecto se encuentra emplazado.

Tabla: Evaluación según D.S. N“38 del MMA. Fase de operación, periodo diurno.

NPG máximo | Evaluación Nivel proyeciado Fame de la marñareco | tuma” permitido | según Al bssisir=otia iii [ABAJI> (ABLA)? | Periodo diumo | D:S.N"382011 [Ay] del MMA ANT 3 ú a .5 Camp AMS] 28 46 ET | EJ Í Cumple

  • Valores aproximados a entero més cercano

Tabla: Evaluación según D.S N*38 del MMA. Fase de operación, periodo nocturno.

NPC máximo Nivel proyectado Fase de | Evaluación según Operación MARA Arauco Suma? permitido Receptor | operación Proyecto pie il | Pas? J [98(4)] ANS 13 40 | 40 ES Cumple ANI 18 16 [we ] 50 [__ Compre

A fin de reducir aún más los niveles de ruido, se tomarán las siguientes medidas de gestión: + Se exigirá a la empresa contratista encargada de la construcción del nuevo estanque

de peróxido de hidrógeno que los vehículos a utilizar por rutas públicas se encuentren con su revisión técnica al día.

  • Se utilizará maquinaria con sus equipos silenciadores en óptimas condiciones. Cabe destacar que el titular se comprometió a un programa de monitorco de ruido, el que se detalla en el numeral 2.4 de la Adenda.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

No se considera la generación de nuevos residuos domésticos, ya que no se requiere personal adicional operando el Proyecto.

El proyecto no genera residuos industriales no peligrosos en la fase de operación, dado que no hay labores de transformación ni de manipulación de materiales, por cuanto no se considera la generación de nuevos residuos a los ya manejados por la operación actual.

Tampoco se considera la generación de nuevos residuos peligrosos a los ya considerados a manejar en Línea 3, en Planta Arauco, salvo aquellos que se generen esporádicamente de las actividades de mantención (ejemplo, huaipes, aceites usados de equipos), los que serán almacenados temporalmente en la actual bodega de residuos peligrosos de Planta Arauco, bodega que ha sido aprobada mediante Resolución N? 895, del 30 de agosto de 2005, SEREMI SALUD Región del Biobío, y en virtud de las adecuaciones a que se refiere la Resolución Ex. N?105, del 26 de mayo de 2020, del Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío.

Tabla: Cantidad estimada de Residuos Sólidos Peligrosos. Generación estimada promedio

Residuos para la fase de Operación Aceites y lubricantes usados, paños, EPP y Huaipe con 1 kg/mes| hidrocarburos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección 4.7 del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Como se ha indicado, el proyecto contempla una vida útil indefinida, asociada a L3 y, en consecuencia, no contempla una fase de cierre, por cuanto se encuentra asociada a la vida útil de Planta Arauco. No obstante, y en el hipotético caso que fuese necesario proceder al cierre definitivo de las instalaciones que considera el presente proyecto, se solicitarán los permisos correspondientes, en donde se indicarán las actividades a realizar y las obras que se contemplan en el cierre.

De manera general, en caso de materializarse esta eventual fase, el producto contenido en el estanque de almacenamiento será enviado a proveedores o a otras instalaciones del titular. De igual forma, los residuos serán enviados a lugares de disposición final autorizado.

Desmantelamiento o

Respecto de desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el

aseguramiento de | Proyecto, se evaluará la factibilidad de retirar los equipos asociados y desmantelar el infraestructura estanque e infraestructura de apoyo, los cuales podrán ser vendidos o destinados a otras instalaciones del titular o a terceros. Asimismo, se considerará la demolición de estructuras fijas, en especial las estructuras de hormigón armado que se encuentren sobre la superficie. Las medidas de cierre final comenzarán una vez concluida la fase de operación. Con todo lo anterior, a continuación, se resumen las medidas de cierre que contempla el Proyecto. + Una vez terminada la operación del Proyecto se procederá a la desenergización de las instalaciones * Desmantelamiento del estanque y sus equipos » Se retirarán todos los equipos, maquinaria, materiales y estanques de almacenamientos. + Desmantelamiento del pretil de contención Se procederá a una limpieza general del área y retiro de residuos, al cese de las operaciones Restauración Dada la naturaleza del proyecto, no se consideran actividades de restauración de geoforma o morfología del área del Proyecto. Prevención de | Las actividades consideradas para la fase de cierre del proyecto generarán bajas futuras emisiones emisiones de material particulado y pases, debido a que principalmente

corresponderán al desmantelamiento de las actuales instalaciones.

No se espera la generación de efluentes líquidos en el cierre de las instalaciones, salvo aquellos generados producto de la utilización de los servicios higiénicos con baños químicos. Las aguas servidas serán retiradas con una periodicidad tal que no permita una acumulación de residuos, para posteriormente ser dispuestos en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria.

Mantención. Dado que el proyecto se emplaza al interior del recinto industrial de L3, no se conservación y contemplan medidas destinadas a la mantención, conservación y supervisiones. supervisión

Referencia al ICE | Sección 4.8 del ICE.

para mayores

detalles sobre esta

fase.

4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4,1, FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Esta se ajustará conforme la obtención de la RCA favorable y de autorizaciones y permisos que se requieran de otras autoridades y de terceros, así como de las etapas posteriores de decisiones de inversión y del avance de la ingeniería de detalles. A modo de estimación preliminar, se espera que el inicio de la fase de construcción ocurra el 1 de julio del año 2023.

Parte, obra o acción que establece el inicio

La habilitación de la instalación de faena.

Fecha estimada de término

Se espera que el término de esta etapa ocurra en mayo del año 2024 (10 meses de construcción).

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de la instalación de faenas y sus componentes asociados

4.4.2, FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Se contempla como fecha de inicio de la fase de operación, mayo de 2024 (ajustándose conforme a la obtención de la RCA).

Parte, obra o acción que establece el inicio

Operación de Nuevo estanque de almacenamiento, luego de finalizado el periodo de puesta en marcha del proyecto.

Fecha estimada de término

El término de esta fase está asociada al cese de las operaciones de la Línea N*3 de Planta Arauco, lo cual podría ocurrir luego de 50 años o posteriormente de acuerdo a las mantenciones que se realicen.

Parte, obra o acción que establece el término

Cese de operaciones de la Línea N%3 de Planta Arauco,

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

Si bien, no se considera una fase de cierre para el presente proyecto, para efectos del SEIA se ha determinado que la fecha de inicio de esta fase del proyecto estará sujeta al cese de la operación de la Línea de Producción N%3, lo que podría ocurrir luego de 50 años de iniciada su operación en régimen estacionario o posteriormente de acuerdo a las mantenciones que se realicen.

Parte, obra o acción que establece el inicio

La actividad o hito que establece el inicio de esta fase corresponde al cese definitivo de la operación o uso del estanque que considera el presente proyecto.

Fecha término

estimada de

La fecha estaría establecida 4 meses posteriores del inicio de la fase de cierre.

Parte, obra o acción que establece el término

Limpieza general del área y retiro de residuos

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19,300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental » Aumento en la concentración de material particulado y de gases de combustión.

Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra y excavaciones, operación de maquinaria y flujo vehicular

Fase en que se presenta Construcción y Operación

Impacto ambiental » Riesgo a la salud de la población por aumento de los niveles de ruido y vibración en los receptores más cercanos.

Parte, obra o acción que lo genera Operación de maquinaria y flujo vehicular

Fase en que se presenta Construcción y Operación

Referencia al ICE para mayores Secciones 5.1 y 6.1 del ICE

detalles sobre este impacto específico

Respecto al análisis presentado por el titular sobre impacto atmosférico, se descarta la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. En este contexto, se concluye que dado los bajos aportes de concentraciones, evidenciados por los resultados de la modelación atmosférica, dan cuenta que la fase de construcción, la cual es la que mayores emisiones genera al aire, es acotada y de corta duración, considerando que esta dura 10 meses y las principales emisiones se deben al tránsito vehicular en vías no pavimentadas internas, movimientos de tierra y uso de maquinarias/equipos/vehículos. Por otra parte, durante la fase de operación solo existirá tránsito vehicular para el llenado de los estanques, lo cual hace menos significativo el aporte del proyecto, considerando el impacto acumulativo que podría generarse junto a la ejecución del proyecto MAPA.

Por su parte, el análisis del impacto acústico indica que de acuerdo a los resultados de la evaluación mostrados en el Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo 4 de la DIA), dan cuenta que las actividades que serán desarrolladas durante las fases de construcción y operación, no generan excesos al máximo que establece la normativa vigente nacional de ruido y la normativa internacional de vibraciones de referencia, por lo cual no se genera un impacto significativo en esta componente ambiental, considerando el impacto acumulativo que podría generarse junto a la ejecución del proyecto MAPA.

Cabe destacar, que la Seremi de Salud, Región del Biobío, en su último oficio respecto a la Adenda Complementaria (Ord. N48 del 11 de enero de 2023), se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el titular sobre el cumplimiento de normativa de su competencia aplicable al proyecto (D.S. N594, D.S. N144, D.S. N38, D.S. N148, D.S. N43) y los PAS N138, PAS N140, PAS N142 y Pronunciamiento N161. La normativa ambiental aplicable al proyecto se detalla en la sección 9 y los Permisos Ambientales Sectoriales en la sección 10, del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental e Alteración de la calidad del aire por aumento en la concentración de material particulado y de gases de combustión

Componente(s) ambiental(es) Aire

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra y excavaciones, operación de

maquinaria y flujo vehicular

Fase en que se presenta Construcción y Operación

Referencia al ICE para mayores | Secciones 5.2.3 y 6.2 del ICE detalles sobre este impacto específico

Las emisiones del proyecto corresponderán a material particulado y gases, generados básicamente por el tránsito de vehículos para el traslado de residuos, materiales y personal y por el uso de maquinaria durante la fase de construcción del proyecto. Sin embargo, de acuerdo a los resultados de la Modelación Atmosférica, la cual también incluyó los aportes del proyecto MAPA (sinergia), que se presenta en detalle en el Anexo 6 de la ADENDA Complementaria, no se espera un efecto relevante en las concentraciones de calidad del aire, observándose que no se contribuye a la superación de los límites normativos (dado que además de las normas primarias, también se evaluaron los límites de la norma secundaria de SO», la cual tampoco se contribuyó a la superación de esta), por cuanto las actividades recién señaladas corresponden a una fuente de emisiones difusas que tienen un efecto local, debido al corto período de actividad que tendrá la maquinaria durante una jornada y al lugar en donde se desarrollarán.

No obstante, el proyecto contempla medidas de contro! para evitar o minimizar los eventuales efectos sobre el suelo, agua o aire, producto de sus emisiones y residuos, las que se detallan en las secciones 4.6.4 y 4.6.5 del ICE, respecto de la fase de construcción y 4.7.5 y 4.7.6 del ICE, respecto de la fase de operación, .

Conforme a los antecedentes expuestos, es posible concluir que el proyecto no generará efectos adversos significativos con respecto a la magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea base.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental + Aumento en los tiempos de desplazamiento por aumento de flujo vehicular

Parte, obra o acción que lo genera Flujo vehicular

Fase en que se presenta Construcción y Operación

Referencia al ICE para mayores | Secciones 5.3 y 6.3 del ICE detalles sobre este impacto específico

De acuerdo al análisis presentado, el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas, dado que se ubica en un predio privado sin acceso a público, ni existen personas que vivan allí permanentemente. El asentamiento más cercano se ubica a 2,7 km del proyecto (Villa El Pinar), mientras que el único sitio ceremonial de asociaciones indígenas, identificado, se ubica a 3,7 km del área del Proyecto. Por otra parte, los análisis presentados por el titular, respecto a emisiones atmosféricas, ruido, vibraciones y flujo vial, indicaron que no se alterarán significativamente los sistemas de vida. Lo anterior, respaldado con que todas las partes, obras y acciones del proyecto ubicarán dentro de Planta Arauco (Zona Z1-1), solo a excepción del transporte, sin embargo, no habrá tránsito interno de asentamientos, solo por Autopista Ruta 160. Además, el Estudio Vial, el cual consideró como peor escenario, la construcción (16 veh/h), indicó que no se generarán cambios viales significativos, ya que los tiempos de desplazamiento aumentarían décimas de segundo y que no habrá incrementos de flujo en la operación normal a causa del proyecto.

En este mismo contexto, tampoco se afectará el acceso/calidad de bienes, equipamientos y servicios, ni se dificultará manifestación de tradiciones, incluyendo de pueblos indígenas.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Secciones 5.4, 5,5 y 6.4 del ICE detalles sobre este impacto específico

El proyecto no se encuentra emplazado, ni considera obras o actividades susceptibles de afectar recursos protegidos, tampoco se emplaza en áreas protegidas, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación.

El proyecto se emplaza en zona de uso de suelo industrial clasificada como ZI-1, de acuerdo al Plan Regulador Comunal vigente de la Comuna de Arauco, cuyos usos permitidos, son actividades productivas de industria, bodegaje y talleres, inofensivo, molesto y peligroso, entre otros; por lo que no interfiere recursos ni se emplaza en áreas con valor ambiental.

El proyecto no se encuentra próximo a tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o comunidades indígenas. No obstante, en la comuna de Arauco, CONADI registra 38 comunidades indígenas y 27 asociaciones indígenas, de estas últimas, 3 pertenecen a la localidad de Laraquete, la cual está dentro del área de influencia del proyecto. Sin embargo, estas no serían afectadas, dado que las actividades del proyecto se localizan al interior de Planta Arauco en un área industrial y que la única actividad externa, correspondiente al transporte, se realizará solo por vías pavimentadas (Autopista Ruta 160) sin utilizar caminos interiores, por lo que no afectarán sus actividades propias como asociaciones indígenas. Por lo anterior, la información considerada permite descartar la afectación de sitios de significación cultural de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas o de organizaciones indígenas. Si bien se ha identificado, en el área de influencia, un sitio ceremonial, éste se encuentra a 3,7 km aproximadamente del área de emplazamiento del proyecto, al costado de la ribera oriental del Estero El Molino, mientras que el flujo vehicular asociado al proyecto se realizará por vías pavimentadas (autopista Ruta 160). No se prevén por lo tanto afectaciones sobre este sitio de significación cultural por parte de obras o actividades del proyecto, ni se prevén afectaciones sobre la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios de las organizaciones indígenas o de los sistemas de vida de los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas presentes en el área del proyecto.

Al respecto, CONADI mediante su oficio ORD N” 45 de fecha 10 de marzo de 2022 señala: “(...) Considerando por una parte que las comunidades indígenas se ubicarian fuera del área de influencia del proyecto y que las asociaciones indígenas que se ubican en el área de influencia del proyecto, no se verian afectadas en los sistemas de vida y costumbres, toda vez que el proyecto en evaluación se ejecutaría, al interior de la Planta Arauco, en un área de uso industrial, esta Corporación se pronuncia sin observaciones a la DIA, pues el Titular, ha entregado los antecedentes que permiten fundadamente, señalar que no existirá una afectación sobre GHPPT”.

UN ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Secciones 5.6 y 6.5 del ICE detalles sobre este impacto específico

El área de influencia del proyecto no presenta valor turístico en los términos del SEIA, toda vez que no cuenta con valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, ni atrae flujos de visitantes o turistas.

El proyecto se emplaza en zona de uso de suelo industrial clasificada como Z1-1, definida por el Plan Regulador Comunal de Arauco, el cual no presenta valor paisajístico, para efectos del SEIA.

S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental Alteración al Patrimonio Cultural arqueológico y paleontológico

Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra y excavaciones

Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores | Secciones 5.7 y 6.6 del ICE detalles sobre este impacto específico

En el área de influencia del proyecto no se encuentran sitios arqueológicos, construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, incluyendo al patrimonio cultural indígena.

Sin embargo, cabe destacar que durante la construcción del Proyecto “Modernización Ampliación Planta Arauco (MAPA), se identificó un vestigio asociado a un hallazgo arqueológico aislado correspondiente a un fragmento de cerámica. En consecuencia y en virtud de las disposiciones establecidas en la Ley N17.288, se realizó un sondeo en el área previo permiso emitido por el CMN a través de Ord. 2991 del 4 de julio 2019. En base a la información recopilada en los sondeos ejecutados y recopilación bibliográfica, fue posible afirmar que los hallazgos no se encontraban relacionados entre sí ni que se trató de un sitio de mayor extensión. En el mismo sentido, en todos los niveles excavados y en el harneo del material en el marco de los movimientos de tierras antes referidos, no se halló ningún tipo de material que indicase la presencia de un sitio de mayor extensión. En consecuencia, según lo señalado en el Ord N3171 del 15 de julio 2019 del CMN, se pronunció conforme con el sondeo arqueológico de los sitios, liberándose para continuar con las obras de construcción del proyecto MAPA.

En relación a los antecedentes mencionados, los cuales se presentan en el Anexo 7 de la DIA, se concluye que en el área de inserción del proyecto se realizó una inspección arqueológica, no registrándose hallazgos pertenecientes al patrimonio cultural. Ahora bien, si durante las faenas se detectase algún recurso de valor patrimonial, se procederá según lo establecido en el reglamento de la Ley 17.288, dando aviso a la autoridad correspondiente.

Para mayor abundamiento, CMN mediante su oficio ORD N” 2688 de fecha 8 de julio de 2022 señaló: “(...) En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada.”.

Respecto a las medidas de control que deberá implementar el titular durante la construcción del proyecto y ante algún eventual hallazgo, se presentan en la sección 9.3 del ICE.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL Al proyecto no le son aplicables permisos sectoriales de contenido únicamente ambiental.

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto ala | Construcción cual corresponde

Parte, obra o acción a | En la Instalación de Faenas (IF) que se utilizará durante la construcción del la que aplica Proyecto, se considera la implementación de servicios higiénicos a través de instalaciones fijas (WC, lavamanos, duchas, lockers, etc) con su correspondiente solución de sistema particular de alcantarillado.

Por su parte, una vez instalada la PTAS, se contempla realizar la conexión al alcantarillado de los baños, los que estarán al interior de los sectores de servicios sanitarios de las instalaciones de faenas. Las aguas servidas serán captadas por la red de alcantarillado que las transportará a la planta de tratamiento de aguas servidas, la que se localizará contigua al sector de servicios sanitarios.

El sistema de tratamiento de aguas servidas y las instalaciones sanitarias (baños) se encontrarán ubicados al interior de la instalación de faenas, por cuanto la recolección corresponde al sector de servicios sanitarios, y la PTAS se emplazará en forma próxima a esta área. Cabe señalar que, posterior al ingreso de la Declaración de Impacto Ambiental se evaluó acercar la ubicación de la instalación de faena a un área más próxima de la construcción del nuevo estanque de peróxido de hidrógeno. De esta manera la planta de

tratamiento de aguas servidas para esta fase se ubicará al costado del área química, al interior de la instalación de faenas; en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria se presenta plano detallado de la ubicación de la planta de tratamiento de aguas servidas al interior de la instalación de faena.

Por su parte, la PTAS corresponderá a una planta compacta, que, a diferencia de las plantas tradicionales, éstas se encuentran prefabricadas en diferentes materiales (fibra de vidrio, acero, hormigón armado) para diferentes rangos de población con valores estándares de los diferentes parámetros de aguas servidas. Las ventajas que presenta este tipo de plantas es que utilizan poco espacio y no requieren de manejo en la operación.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se presentan condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N*048, Se pronuncia sobre la Adenda que indica, de fecha 11 de enero de 2023, la Seremi de Salud indicó: “(...) PAS 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúies, aguas servidas de cualquier naturaleza. De la revisión de los antecedentes entregados por el titular, éste presenta los contenidos técnicos y formales, acreditando su cumplimiento. Por lo anterior esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y se otorga el permiso

ambiental (...)”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 10 del ICE

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables e industriales no peligrosos y peligrosos generados por el Proyecto en su fase de construcción, no serán sometidos a ningún tipo de tratamiento dentro del área del Proyecto. Estos sólo serán almacenados de forma temporal en el área de instalación de faenas, tal como se muestra en el plano del Anexo 2.4. Posteriormente, estos residuos serán enviados a un sitio de disposición final según corresponda al tipo de residuo, cumpliendo en todo momento con las exigencias de la normativa vigente en cuanto a su transporte y disposición final.

Ahora bien, de la misma forma que en la fase de construcción, los residuos sólidos domiciliarios y asimilables e industriales no peligrosos y peligrosos generados durante la fase de cierre, no serán sometidos a ningún tipo de tratamiento dentro del área del Proyecto, por cuanto solo se considera su almacenamiento provisorio en las instalaciones de faenas y posterior traslado y disposición en un lugar autorizado fuera del área del Proyecto. Asimismo, ante un eventual cierre, la generación de residuos será similar en características y cantidades a los generados durante la fase de construcción, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Es preciso mencionar que, para la etapa de operación no se considera la generación de nuevos residuos domiciliarios dado que no se requiere personal adicional, así como también, no se prevé la generación de nuevos residuos industriales no peligrosos, a los ya considerados a manejar en Línea 3, en Planta Arauco, salvo aquellos que se generen en las actividades esporádicas de mantención (ej, embalajes, mantención de estructuras, etc.), los que serán manejados por procedimientos internos existentes en Planta Arauco y de acuerdo al plan actual de manejo de residuos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se presentan condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N*1205, Se pronuncia sobre la Adenda que indica, de fecha 07 de julio de 2022, la Seremi de Salud indicó: “(...) PAS 140: relacionado con la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según lo establecido en los artículos 79 y 80 del D.F.L. N? 723 de 1967, Código Sanitario. De la revisión de los antecedentes entregados por el titular, éste presenta los contenidos técnicos y formales, acreditando su cumplimiento. Por lo anterior esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y se otorga el permiso ambiental para la etapa de construcción, (...)”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 10 del ICE

6.2,3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. Además, siendo establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo N*148, de 2003 del Ministerio de Salud el permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento

del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Para el almacenamiento temporal de los residuos industriales peligrosos generados por el Proyecto durante su fase de construcción, se proyecta la implementación de una bodega de RESPEL dispuesta en la zona de Instalación de Faenas. Cabe indicar que, ante un eventual cierre, la generación de residuos peligrosos será similar en características y cantidades a los generados durante la fase de construcción, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Se considera la construcción de una Bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos, donde los residuos serán almacenados en contenedores adecuados para sus características y por un periodo máximo de seis meses, para luego ser enviados a un sitio de disposición final autorizado. La Bodega de RESPEL a implementar será del tipo y dimensiones estándar utilizada para el almacenaje de los residuos peligrosos, sustancias peligrosas o combustibles. La que será construida cumpliendo íntegramente con las especificaciones contenidas en el D.S. 148/03 del MINSAL,

Los residuos serán almacenados en contenedores adecuados y cerrados, lo que permitirá segregar entre residuos. La base de la bodega será continua e impermeable, para evitar la contaminación del suelo y contará con un pretil que evitará que fluyan líquidos desde el interior al exterior de la bodega. La bodega tendrá una superficie útil de 12 m2.

Respecto a la fase de operación, no se considera la generación de nuevos residuos peligrosos a los ya considerados a manejar en Línea 3, en Planta Arauco, salvo aquellos que se generen esporádicamente de las actividades de mantención, los que serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos existente de la Planta, bodega aprobada mediante Resolución N? 895, del 30 de agosto de 2005, SEREMI SALUD Región del Biobío, y en virtud de las adecuaciones a que se refiere la Resolución Ex. N*105, del 26 de mayo de 2020, del Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se presentan condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Pronunciamiento del | Mediante Ord. N*1205, Se pronuncia sobre la Adenda que indica, de fecha órgano competente 07 de julio de 2022, la Seremi de Salud indicó: “(...) PAS 142: relacionado con los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del D.S. 148/03 MINSAL, “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que puede poner en riesgo la salud de la población. De la revisión de los antecedentes entregados por el titular, éste presenta los contenidos técnicos y formales, acreditando su cumplimiento. Por lo anterior esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y se otorga el permiso ambiental para la etapa de construcción. (...)”.

Referencia al ICE Sección 10 del ICE para mayores detalles

7. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Biobío (SEREMI de Salud), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA (art. 94 del D.S. 95/2001, anterior reglamento del SEIA), en el procedimiento de evaluación ambiental del Proyecto MAPA, mediante el Ord. N? 31 de fecha 6 de enero de 2014, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la actividad de Operación del Nuevo Estanque de Peróxido de Hidrógeno como PELIGROSA. Dicha calificación, según la definición de la norma mencionada, se otorga a aquel establecimiento que, por alto riesgo potencial permanente y por la índole eminentemente peligrosa, explosiva o nociva de sus procesos, materias primas, productos intermedios o finales o acopio de los mismos, pueden llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del propio predio. Esta calificación fue reiterada en los oficios de la SEREMI de Salud emitidos durante la evaluación ambiental de este proyecto mediante el ORD. N 512 de 22 de febrero de 2022, ORD. N* 1205 de 6 de julio de 2022 y ORD. N” 048 de 11 de enero de 2023.

8”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

8.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial

Norma D.S. N*47/92. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Fase del Proyecto a la | Todas las fases. que aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra o acción a | Conrelación al Proyecto y su área de emplazamiento, no se contrapone con la que aplica los nuevos lineamientos y objetivos, pues su desarrollo se emplaza dentro del territorio regulado por el Plan Regulador Comunal de Arauco (PRC) y, en consecuencia, se localiza en un área dentro de la planificación territorial, el cual permite actividades industriales. En efecto, de acuerdo al citado Plan, el uso del suelo del área en la cual se emplaza el Proyecto está clasificada como Zl-1 que corresponde a Zona Industrial cuyos usos permitidos, entre otros, son actividades productivas de industria, bodegaje y talleres, inofensivo, molesto y peligroso; entre otros.

Forma de cumplimiento Cabe señalar que, Planta Arauco cuenta con resolución de Calificación de Establecimiento Industrial a través del ORD. 8 A/N0031 del 16 de febrero de 2005, SEREMI SALUD Región del Biobío, Delegación Provincial Arauco; no obstante, dado que el presente Proyecto introduce una modificación respecto de las instalaciones existentes, corresponde actualizar los antecedentes que dieron origen a la calificación técnica industrial antes citada. Del mismo modo, la Resolución Exenta N 37, de 2014, de la Comisión de Evaluación Región del Biobío, que calificó favorablemente el proyecto “Modernización Ampliación Planta Arauco” (MAPA), establece en su numeral 12.5. lo siguiente:

“Planta Arauco cuenta con resolución de Calificación de Establecimiento Industrial (ORD. 8 A/N*0031 del 16 de febrero de 2005, SEREMI SALUD Región del Biobío, Delegación Provincial Arauco). No obstante, dado que el presente proyecto introduce modificaciones respecto de las instalaciones existentes, corresponde actualizar los antecedentes que dieron origen a la calificación técnica industrial antes citada.

Mediante oficio ORD N? 31, de fecha 06 de enero de 2014, la Autoridad Sanitaria señala que respecto del “PAS artículo 94 del Reglamento del SEIA; se califica la actividad como Peligrosa.” (énfasis agregado).

Al respecto, y dado que Planta Arauco ha sido clasificada como Peligrosa, “con sus riesgos razonablemente controlados”, según establece el citado ORD. 8 A/ N0031, debe considerarse que, desde el punto de vista de la calificación de establecimiento industrial otorgada a Planta Arauco, el presente Proyecto, por su naturaleza y en lo que se refiere a la nueva configuración mediante la incorporación de un nuevo estanque para el almacenamiento de peróxido de hidrógeno, no cambia dicha calificación, manteniéndose lo establecido en el numeral 12.5 de la RCA N 37/2014 antes señalado. En la especie, la única variación consiste en la actualización de los antecedentes que forman parte del expediente del procedimiento que dio origen a la calificación antes indicada y que dicen relación con los cambios introducidos por el presente Proyecto.

En tal sentido, en el Capítulo 4 de la DIA se presentan los antecedentes que acreditan el cumplimiento de los contenidos técnicos y formales para actualizar la información que dio origen al otorgamiento de este pronunciamiento, respecto de la cual la SEREMI de Salud se pronunció: (...) PAS 161: Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje. De la revisión de los antecedentes entregados por el titular, éste presenta los contenidos técnicos y formales, acreditando su cumplimiento. Se informa, además, que puesto que la instalación del presente estanque corresponde a una actualización del proyecto MAPA aprobado a través del RCA N 37/2014, esta Autoridad Sanitaria mantiene la calificación entregada a través del Ord. N*31 de fecha 06.01.2014, es decir, se califica la actividad como PELIGROSA. (...)”.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • RCA del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

  • Cumplimiento de las consideraciones que dieron origen a la calificación técnica industrial.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9 del ICE

8.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas

Norma

D.S. N* 144/1961- Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Fase Construcción:

La fase de construcción o habilitación corresponde a la disposición del equipamiento, servicios e infraestructura necesaria para el desarrollo del Proyecto, la que se mantendrá durante toda la fase de construcción. Asimismo, durante la fase de construcción de consideran actividades de movimiento de tierra para la preparación del terreno donde será implementado el estanque de almacenamiento de peróxido de hidrógeno y transporte de materiales e insumos para la construcción de este.

Fase Operación:

Durante la operación del Proyecto no se considera la generación de emisiones atmosféricas debido a las actividades de almacenamiento y carga o descarga de peróxido de hidrógeno. No obstante, se consideran las emisiones generadas por el tránsito vehicular, aunque esta actividad será realizada por terceros y no forma parte del presente Proyecto, igualmente se ha incorporado en la evaluación los aspectos ambientales de la actividad de transporte.

Fase de Cierre:

Las emisiones atmosféricas correspondientes a la fase de cierre son principalmente aquellas generadas por el uso de maquinaria y tránsito de camiones producidas por el eventual desmantelamiento de la instalación.

Forma de cumplimiento

Sin perjuicio de que las emisiones atmosféricas no son de gran magnitud y se acotan a un breve período de tiempo, a continuación, se listan los siguientes procedimientos para ser implementados durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto:

  • Utilizar vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día.

  • No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles, generar fogatas u otras actividades que generen humo, vapores, olores molestos u otras emisiones que puedan generar malestar a las personas.

  • Ejecución de las nivelaciones y/o excavaciones de terreno estrictamente necesarias.

  • Encarpado de carrocerías que transportan materiales a granel.

  • Uso de supresor de polvo en los caminos internos no pavimentados con mayor tránsito durante la Fase de Construcción del Proyecto. Se depositará el supresor a una razón aproximada de 1,1 l/m2 cada pasada por lo que se logrará la dosificación óptima con 2 pasadas del equipo. Los detalles de la aplicación de supresor de polvo se detallan en el numeral 1.4 de la Adenda Complementaria.

  • Limitación de velocidad máxima para vehículos livianos y pesados en caminos pavimentados secundarios y en caminos no pavimentados.

En el Anexo 1 de la Adenda Complementaria, se presenta la última actualización del Estudio de Estimación de Emisiones del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro interno que dé cuenta del cumplimiento de las medidas de control de emisiones atmosféricas indicadas.

  • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones.

  • Contratos con la o las empresas encargadas de la aplicación de supresor de polvo, durante la fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Para el control y seguimiento de los indicadores propuestos se realizarán las siguientes acciones de control y seguimiento:

Fase de Construcción:

  • El control y seguimiento será realizado por personal de la empresa a cargo de la construcción.

  • Verificación de registros asociados al cumplimiento indicado (revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinaria, registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta).

Registro de frecuencia de incorporación del supresor de polvo (medida aplicada, fecha, hora, sector donde se aplicó, cantidad, superficie cubierta, responsable y firma). Dicho registro se encontrará disponible en la instalación de faena para ser fiscalizado en cualquier momento por la autoridad competente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9 del ICE

8.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas

Norma

D.S N* 75/1987. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción se realizará transporte de insumos como ripio, material de relleno y retiro de los residuos generados por la instalación de faenas (Residuos asimilables a domiciliarios) y aquellos específicos de la etapa (como residuos sólidos no peligrosos) mediante camiones tolva u otros.

El Titular implementará las siguientes medidas preventivas respecto al transporte de carga de materiales e insumos.

  • Los camiones que transporten materiales de construcción, se habilitarán de forma de prevenir los derrames, las caídas de material y la dispersión de polvo;
  • Se mantendrá un nivel de carga hasta 10 cm más abajo del borde de la tolva;

  • Los caminos habilitados serán humectados para minimizar la emisión de polvo, impidiendo la resuspensión de material particulado en época estival o cuando sea requerido;

  • Los camiones con carga que se desplacen fuera de los frentes de trabajo serán cubiertos con lonas para evitar el desprendimiento de material, Ello cuando se trate del transporte de materiales o insumos que pudiesen provenir o atravesar áreas pobladas.

La carga se encontrará cubierta con dimensiones adecuadas, resistente impermeable y sujeta a la carrocería, de manera que evite la emisión de material particulado al aire, manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de carga y nivel de la cubierta para evitar.

Forma de cumplimiento

  • El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales y/o residuos sólidos señalados precedentemente, circulen debidamente encarpados, para evitar dispersión al aire o con cualquier otro sistema, igualmente eficaz.

  • Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo.

Verificación de cubrimiento de camiones, junto con la hora, patente y nombre del chofer del camión que transporta materiales hacia y desde la obra. Esta medida se exigirá al contratista de obras.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de carga de material que realizarán los contratistas.

  • Se realizará una inspección visual de todos los vehículos que salgan con carga de la faena, a modo de verificar que el material esté cubierto con lona; se mantendrá una bitácora con dicha información.

  • Registro de entrada y salida de camiones.

  • Registro en el libro de obra de cumplimiento de cubrimiento de camiones, junto con la hora, patente y nombre del chofer del camión que transporta materiales hacia y desde la obra.

Forma de control y seguimiento

Para el control y seguimiento de los indicadores propuestos se realizarán las siguientes acciones de control y seguimiento:

  • El control y seguimiento será realizado por el encargado de la empresa constructora.

9”, Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N? 19.300:

Al proyecto no se le exigieron condiciones durante el proceso de evaluación ambiental. Por otra parte, la Comisión de Evaluación tampoco estableció condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no consideró compromisos ambientales voluntarios.

  2. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

11.1.1. Derrame de sustancias y residuos peligrosos (transporte, manipulación y almacenamiento).

Fase del Proyecto a | Construcción, operación y Cierre la que aplica

Parte, obra o acción | Instalaciones del proyecto donde haya manipulación, transporte y asociada almacenamiento de sustancias y residuos no peligrosos, así como en los caminos a utilizar en el proyecto para transporte de sustancias peligrosas y residuos peligrosos, que sean de acceso público y privado.

Acciones o medidas | Para el manejo y almacenamiento de sustancias peligrosas y residuos a implementar peligrosos, se considerarán las siguientes medidas preventivas:

» El almacenamiento de una sustancia peligrosa y residuos peligrosos se regirá según las condiciones establecidas en su respectiva Hoja de Datos de Seguridad.

  • Todas las zonas de almacenamiento deberán contar con un encargado, quien será el responsable de controlar el acceso y de llevar el control de los productos que entran y salen. El almacenamiento se realizará en recintos destinados para ello, con condiciones adecuadas a las características de cada sustancia,

» Se dispondrá de un área especial tanto para el almacenamiento de sustancias peligrosas como para los residuos peligrosos (que cumplan con lo establecido en el Decreto Supremo N” 43/2015, que aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas y Decreto Supremo N*148/2003, reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, ambos de MINSAL, según corresponda), los cuales estarán debidamente señalizadas y acondicionadas según lo dispuesto por las Autoridades competentes.

» Los residuos peligrosos no superarán los 6 meses de almacenamiento según lo dispuesto en el Decreto Supremo N*148/2003, del Ministerio de Salud, reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

  • Una vez identificada la clase se debe definir la ubicación de almacenamiento al interior de la bodega de sustancias peligrosas y residuos peligrosos, teniendo en cuenta la incompatibilidad con otras sustancias y espacios disponibles.

  • Las sustancias deben ser agrupadas de acuerdo a su clase de peligrosidad.

  • Está prohibido fumar al interior o en zonas aledañas al sitio de almacenamiento, para ello se debe instalar un letrero que indique “No Fumar” en el acceso principal y otro al interior de esta.

  • La instalación debe contar con pictograma visible que indique clases y divisiones en base a la NCh 2190 Of.2013.

  • Toda sustancia y residuos peligrosos deben contar con etiquetado.

  • Las instalaciones deben estar limpias, ordenadas y libres de cualquier elemento que produzca condiciones inseguras.

  • En caso de estar mal almacenadas, se trasladará a contenedores correspondientes señalizados.

  • Las condiciones mínimas de las instalaciones que albergan sustancias o residuos peligrosos serán: piso impermeable, material incombustible, extintor polvo químico seco (PQS), pretil de contención de derrames, señalética

asociada a los riesgos e identificación, acceso controlado de ingresos y egresos, kit de contención de derrames.

  • En el caso de derrames menores, se procederá a buscar elementos de contención (barreras de contención), para luego limpiar la zona afectada, desde las orillas hacia el centro. Así también se contemplan, pala, sacos, material de absorción, arena, 1 escoba, HDS, bolsas plásticas, traje cuerpo entero papel, guantes de látex, antiparras y paños absorbentes.

» Se buscarán recipientes para almacenar la sustancia peligrosa y residuos peligrosos, se almacenará y rotulará según clasificación indicada. Serán transportadas y dispuestas por una empresa autorizada.

  • Los envases sin rotular o rótulos y HDS en otro idioma, para los cuales sea imposible identificar sus características, serán devueltos al proveedor.

Para el transporte externo como interno de sustancias peligrosas y residuos peligrosos, se considerarán las siguientes medidas preventivas:

» Realizar el transporte de sustancias peligrosas en camiones especialmente diseñados para tal efecto y que cumplan con las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo N”? 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos

» El personal vinculado al transporte de sustancias peligrosas debe estar capacitado ante el manejo y situaciones de emergencia ambiental.

  • Las empresas que realicen el transporte de sustancias químicas deberán contar con un programa de seguridad y prevención de riesgos.

  • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. » Los camiones de transporte deberán contar con comunicación por radio, equipos de primeros auxilios y equipos de emergencias para control de derrames.

  • Los conductores de los vehículos deberán contar con la experticia en conducción, capacitación en manejo de las sustancias peligrosas y control de eventuales derrames del producto que estén transportando.

» Las características de los vehículos deberán cumplir con las normas nacionales, y con todas las condiciones de seguridad que amerita el transporte de sustancias peligrosas. El transportista llevará consigo la guía de despacho o factura con información mínima de o las sustancias que transporta con su respectiva clasificación y su número de Naciones Unidas (NU), además de las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) para saber cómo actuar en caso de accidente.

  • Uso de distintivos de seguridad, según NCh2190 “Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para identificación de riesgos.

  • Los vehículos que transporten sustancias peligrosas deberán contar con rotulación según la NCh.2190 situadas en lugares visibles.

» Garantizar que en el transporte no se voltearán, caerán, golpearán o derramarán las sustancias transportadas.

  • El vehículo o jaula portátil deberá contar con contención secundaria.

  • El personal que participe en las operaciones de carga, descarga y transbordo de cargas peligrosas deberá usar EPP adecuado a la peligrosidad.

Forma de control y seguimiento

» Registro de capacitación del personal de planta que manipule y almacene sustancias peligrosas y residuos peligrosos.

» Registro de mantenciones de vehículos de transporte y estanques de contención.

» Registro de entrega y uso de EPP.

» Registro fotográfico verificación estado sistema de contención de derrames, sistema de protección de incendios.

  • Listas de chequeo en vehículo de transporte asociado a equipo de emergencia en vehículos (pala, elementos absorbentes, extintores de fuego, elementos de protección personal como guantes, antiparras, casco, etc.),

  • Mantención periódica del inventario y control sobre el uso de las sustancias y residuos peligrosos almacenados.

» En caso de accidente, se generará un informe sobre el accidente y otro con la acción de mejora.

» Se mantendrá registro del almacenamiento en bodega de sustancias peligrosas, como de residuos peligrosos, llevando la trazabilidad de entrada

y salida de cada sustancia por medio de una planilla, la cual deberá estar firmada por la persona que utilice (retire o ingrese) material peligroso.

» Se hará registro de cada carga y/o descarga de sustancias peligrosa y residuos peligrosos; este registro debe ser firmado por quien esté a cargo de la maniobra.

» Mediante acuerdos contractual con empresas proveedoras, se exigirán registros o check list de capacitaciones para el manejo adecuado y transporte por parte de los conductores. Asimismo, y de común acuerdo en cuanto a la periodicidad, se realizarán charlas respecto al Plan de Contingencia y Emergencia del presente Proyecto.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

» Anexo 6, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA + Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.

» Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Además, se acompañan registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados.

11.1.2, Derrame y/o fuga de Peróxido de Hidrogeno (transporte, manipulación y almacenamiento).

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Nuevo estanque de almacenamiento de Peróxido de Hidrogeno

Acciones o medidas a implementar

Las acciones y medidas presentadas en este apartado permiten prevenir o minimizar impactos ambientales asociados a la manipulación de Peróxido de Hidrógeno, considerando desde la llegada del insumo, su posterior descarga al nuevo estanque de almacenamiento y su impulsión luego para ser utilizado en área de blanqueo.

A fin de efectuar adecuadas acciones para prevenir una contingencia o controlada respuesta ante emergencias, se considera la implementación de lo siguiente:

» Redes de Dilución con agua de planta.

» Contenedores IBC.

» Kit de contención de derrames y fugas ubicados en cada área que aplique.

  • Guantes de Butilo-Nitrilo, con certificación de resistencias.

  • Equipo de aire autónomo de presión positiva (SCBA), Casco de Seguridad-

  • No considerar tipos de absorbente oxidantes.

Asimismo, en temas de capacitación y simulacros:

» En el plan de capacitación general de Planta, se debe considerar el presente plan a todo personal involucrado

» Asimismo, se debe considerar dentro del plan de simulacros al menos una vez al año.

De ocurrir un derrame de Peróxido de Hidrógeno, se debe proceder de la siguiente manera:

» Siempre utilizar los elementos de protección personal, con certificación de resistencia química.

» Usar guantes de protección química con certificación de resistencia química. Si el traje de protección no cuenta con sistema de sellado de guantes se deben sellar con cinta. No usar nada de cuero, ya que puede arder en menos de 1 minuto al contacto con peróxido de Hidrógeno al 70%.

=» En caso de ser posible, cortar los suministros de Peróxido de Hidrógeno, con los respectivos equipos de protección personal.

» Diluir el material derramado con agua en gran cantidad y contener a la espera de evaluación por personal especializado de planta, antes de enviar al alcantarillado.

  • No devolver el material derramado al contenedor original, dado que este puede reaccionar exotérmicamente en forma violenta.

» Mantener materiales combustibles (madera, papel, aceites, etc.) lejos del derrame

Medidas para un manejo adecuado de carga de peróxido de hidrógeno al nuevo estanque de almacenamiento,

  • Se exigirá al personal externo e interno de descarga del producto que utilice en todo momento sus implementos de seguridad.

» Establecimiento de perímetros y áreas de seguridad.

» Se considera un sistema de cañerías y mangueras herméticas, impulsado por bombas neumáticas o centrífugas.

  • La zona de descarga de los camiones con el insumo será la misma ya construida para los estanques actuales, en donde se encuentra a su vez una bomba fija que presta servicios como unidad de achique y /o recuperación.

» La zona de descarga de los camiones con el insumo y ubicación de la bomba que presará servicio, consiste en una loza de hormigón con inclinación hacia un sumidero que conecta a una cámara de carga. Asimismo, el sector cuenta con un pequeño muro de contención para evitar que los derrame se dirijan al exterior del área.

» Ante un derrame ocurrido en el transporte de Peróxido de Hidrógeno dentro de planta se intentará mitigar el derrame con el kit de emergencia que posee los carros bomba (palas, almohadas, mangas)

» Chequeos periódicos de cañerías de succión y descarga

» Chequeo funcionamiento de bombas; bombeo de peróxido de hidrógeno y agua sistema contra incendio, inspección periódica sobre el estado de las mangueras utilizadas para la descarga del insumo

  • Todos los sistemas cuentan con respaldo de emergencia y son vigilados a través de sensores de nivel, que monitorean en todo momento el movimiento del peróxido. Cuando los sensores detectan variaciones, alertan de forma temprana, permitiendo discriminar los eventos y la operación.

Medidas para un manejo adecuado para el almacenamiento y posterior impulsión de peróxido de hidrogeno desde el nuevo estanque hacia área de blanqueo:

  • El nuevo estanque contará con un pretil, sistema de detección y protección de incendio, de modo similar a las instalaciones de los estanques de almacenamiento actuales.

» Inspección cada 3 semanas de la condición general del nuevo estanque (estado tuberías, mangueras, acoples, bombas, entre otros).

» Se contempla una Plataforma de acceso al manhole del manto

+» Se contemplan barbacanas para posibles fugas en el fondo del estanque

  • El pretil completo tendrá una capacidad de 1,1 veces el volumen de almacenamiento útil del estanque de mayor capacidad, de acuerdo al artículo 123 del D.S N*43/15 Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

» Mantener stock de piezas de recambio.

« Chequeos periódicos de cañerías de succión y descarga

» Inspecciones del estado del fondo, manto y techo, revisión del funcionamiento de su protección catódica (en caso de contar con ella).

  • Chequeo de los sistemas de detección automática.

Medidas en caso de Fugas; estas se condicen con las demás medidas señaladas en este apartado.

» Inspección y registro de bombas de trasvasije.

» Inspección y registro de acoples de las mangueras de trasvasije.

  • Mantener un adecuado control de procesos.

  • Mantener áreas de tránsito de peatones demarcadas y despejadas para poder evacuar rápidamente.

» Detener cualquier operación de carga y descarga de

  • Producto.

» Mantener al día las capacitaciones del personal

+» Redes de Dilución con agua de planta.

  • Contenedores IBC.

» Kit de contención de derrames y fugas ubicados en cada área que aplique. » Guantes de Butilo-Nitrilo, con certificación de resistencias.

» Equipo de aire autónomo de presión positiva (SCBA), Casco de Seguridad-

  • No considerar tipos de absorbente oxidantes.

Forma de control y seguimiento

  • Cumplir con los procedimientos de transporte, manipulación y almacenamiento, internos de Planta Arauco.

  • Vehículos rotulados. Portarán uno o más carteles con información mínima necesaria para otros usuarios.

» Se prohibirá el uso de llamas abiertas o fumar cerca de los equipos

  • Se verificará que los conductores en el transporte cuenten con sistema de comunicación, equipo de primeros auxilios y equipo de emergencia. Se instruirá para el aviso inmediato en caso de alguna emergencia.

» Verificación cumplimiento E.P.P correspondientes y de equipos necesarios para el actuar.

» Zona de descarga del insumo contará con loza de hormigón y muros de contención.

» El pretil completo tendrá una capacidad de 1,1 veces el volumen de almacenamiento útil.

  • Sistema de respaldos de emergencia (sensores).

» Chequeos, inspecciones, mantenciones bombas, cañerías y funcionamiento del estanque. Se mantendrán registros en planta.

» Registros cumplimiento disposiciones Decreto Supremo N* 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

  • Mediante acuerdos contractual con empresas proveedoras de peróxido de hidrogeno, se exigirán registros o check list de capacitaciones para el manejo adecuado y transporte por parte de los conductores. Asimismo, y de común acuerdo en cuanto a la periodicidad, se realizarán charlas respecto al Plan de Contingencia y Emergencia del presente Proyecto.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

» Anexo 6, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA

» Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.

  • Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Además, se acompañan: registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión

operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados.

11.1.3. Accidentes veh!

iculares en Vías Públicas Externas por transporte de Peróxido de Hidrogeno.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Transporte de Peróxido de Hidrogeno por vías públicas externas

Acciones o medidas a implementar

Para prevenir el derrame y emanaciones o cualquier situación de riesgo durante el transporte por vías públicas externas, se consideran las siguientes medidas:

» Se realizará el transporte de sustancias peligrosas en camiones especialmente diseñados para tal efecto y que cumplan con las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo N* 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

» Los conductores deben contar con Charlas de seguridad de manejo a la defensiva, no exceder los límites de velocidad al interior de planta y fuera de ella, capacitaciones a cargo de su empleador tales como capacitación en el uso extintor y derecho a saber.

» Durante las operaciones de traslado, los camiones estarán rotulados. Portarán uno o más carteles con información mínima necesaria para otros usuarios (Nombre común de la carga; nombre y teléfono del destinatario; nombre del expendedor de la carga; nombre y teléfono del transportista).

  • El transportista llevará consigo la guía de despacho o factura con información mínima de o las sustancias que transporta con su respectiva clasificación y su número de Naciones Unidas (NU), además de las Hojas de

Datos de Seguridad (HDS) para saber cómo actuar en caso de accidente.

» Los vehículos de transporte contaran con sistema de comunicación, con motivo que puedan comunicar de manera inmediata cualquier evento, y además, contar con equipo de primeros auxilios y equipo de emergencia (pala, elementos absorbentes, extintores de fuego, elementos de protección personal como guantes, antiparras, casco, etc.), de manera de actuar de manera inmediata.

Forma de control y seguimiento

  • Registros de capacitaciones de personal que manipule transporte sustancias peligrosas.

  • Lista de chequeo sistemas de comunicación y equipos de primeros auxilios y emergencia.

  • Registro de mantenciones de vehículos de transporte.

  • Lista de chequeo de revisión de ingreso de sustancias peligrosas

  • Las empresas contratistas y subcontratistas deberán aplicar y respetar las medidas, procedimientos y obligaciones establecidas por el titular del proyecto o empleador, a través de acuerdos contractuales de registro de capacitaciones y del conocimiento del presente Plan de Contingencia y Emergencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Además, se acompañan registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados.

11.1,4, Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Parte, obra o acción asociada

Área emplazamiento estanque de Peróxido de Hidrógeno

Acciones o medidas a implementar

Los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por el titular del Proyecto para minimizar los riesgos de incendio, por lo cual se realizarán capacitaciones en sistemas de protección y equipos contra incendios.

A. modo general, los equipos principales para enfrentar contingencias son:

  • Material absorbente

  • Uniformes químicos Niveles A, B y €

  • Riser

  • Gabinetes

  • Equipos de protección personal adecuados

Todos los equipos tendrán inspecciones frecuentes de manera de contar en óptimas condiciones para su uso. Según el equipo a utilizar, la frecuencia de las inspecciones será diaria, trimestral y bimensual, según corresponda. Como una forma de entrenar al personal sobre las emergencias con Sustancias Peligrosas, estas emergencias son consideras en el Plan de Simulacros de cada año, generando un informe para levantar desviaciones y oportunidades respecto a la respuesta de emergencia

Programa de Capacitaciones para las áreas involucradas en la

operación de Sustancias Peligrosas reguladas por el DS 43.

Se prohibirá encender fogatas, fumar o realizar cualquier otra acción que represente riesgo de incendio.

Forma de control y seguimiento

  • Mantención e inspección de equipos para el combate de incendios.

» Registro capacitación y entrenamiento del personal.

  • Registro de inspecciones a los sistemas de extinción de fuego de acuerdo a la frecuencia que indique el fabricante,

  • Registro de capacitación anual a los trabajadores en los procedimientos de trabajo seguro.

Referencia al ICE o documentos del

» Anexo 6, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA

expediente de + Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y evaluación que Emergencias de la Adenda.

contenga la + Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y descripción detallada | Emergencias de la Adenda Complementaria. Además, se acompañan registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados,

11.1.5, Explosión

Las medidas que deben implementarse dependen de los efectos que una potencial explosión pudiese provocar, tales como derrames, fugas o incendios, por tanto, los procedimientos a seguir, son los anteriormente descritos.

Sin embargo, el titular indicó que el riesgo de explosión existe en caso de que se mantengan en un espacio confinado de altas temperaturas y al estar en contacto con el oxigeno. Sin embargo, el proyecto considera almacenar el peróxido de hidrógeno en un estanque cerrado de material adecuado y resistente para su almacenamiento, como es el acero inoxidable, alejado de sustancias inflamables y sin contacto con el oxígeno. Así también el estanque contará con un sistema de detección y protección contra incendios, compuestos por un sistema de detección automática de temperatura y un anillo de cañerías con un sistema de cañerías con sprinklers que arrojan agua, cubriendo toda la superficie, así también, el estanque contará con un sistema de venteos para evitar el aumento de temperatura en su interior.

11.1.6. Desastres Naturales

Respecto a las medidas para estos eventos, el titular indicó que en caso de ocurrir un colapso de la estructura por un evento sísmico el producto será contenido en el pretil de contención, el cual podrá contener 1,1 veces la cantidad del estanque de mayor capacidad. Adicionalmente, el titular indicó que la estructura del estanque es antisísmica, detallando lo siguiente:

  • Fondo de estanque: el fondo del estanque será fabricado con planchas de acero inoxidable, sobre una membrana impermeable de HDPE, plástico resistente, con el objetivo de contener cualquier tipo de fuga, para lo cual se dispondrá de una cañería testigo que se ubica entre el piso del tanque y esta última membrana, el cual se proyecta al exterior de la fundación hacia una cámara de inspección con válvula de corte, de acuerdo con el Apéndice 1 de las recomendaciones de Norma la API 650.

+» Manto estanque: El manto del tanque será fabricado con planchas de acero inoxidable, para lo cual se considera emplear planchas. Los espesores serán determinados por cálculo de acuerdo a la Norma API 650, utilizando el método del pie, verificando por sismo el espesor final de la plancha de la primera hilada (primera virola). La hilada superior del manto considera un perfil de rigidización (perfil de coronamiento), el cual le dará la rigidez al manto del tanque, sobre este perfil, finalmente serán soldadas las planchas del techo.

En base a lo anterior, es posible indicar que el estanque puede mantenerse firme ante un evento telúrico, ahora en caso que el evento sea de una magnitud tal, que el estanque sufra una ruptura, el producto quedará contenido en el pretil de contención.

11.2. PLAN DE EMERGENCIAS

11.2.1. Derrame de sustancias y residuos peligrosos (transporte, manipulación y almacenamiento).

Fase del Proyecto a la que | Construcción, operación y Cierre

aplica Parte, obra o acción Instalaciones del proyecto donde haya manipulación, transporte y asociada almacenamiento de sustancias y residuos no peligrosos, así como en los

caminos a utilizar en el proyecto para transporte de sustancias peligrosas y residuos peligrosos, que sean de acceso público y privado.

Acciones aimplementar | Las acciones ante un derrame se realizarán bajo los procedimientos establecidos por el Titular.

» Plan de emergencia de Sustancias Peligrosas

» Plan de Manejo de Residuos Peligrosos.

» Existirá una estación de emergencia ambiental a una distancia no mayor a 20 metros.

  • Se dará aviso al personal asignado para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados.

  • En caso de que el derrame se produzca durante la carga, descarga o manejo de residuos o sustancias peligrosas, o durante el transporte de éstos, se deberá de inmediato detener la actividad que dio origen a la emergencia. El testigo del derrame deberá informar a la brevedad a su supervisión directa y/o Jefe de Turno del área proporcionando el lugar del derrame,

» Contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente.

  • Descontaminar el área afectada.

  • Retirar todos los materiales contaminados.

  • Descontaminar los equipos de protección y limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado.

  • Si es posible, recoger el producto derramado, evitando su vertido al suelo o a las aguas.

  • La estación de emergencia ambiental contará con los elementos e información necesarios para responder correctamente ante un evento de derrame de sustancias peligrosas, considerando a lo menos:

  • Material absorbente.

  • Pala antichispas.

  • Escobillón.

  • EPP (de acuerdo al detalle indicado en las HDS de los productos almacenados).

  • Bolsas Plásticas.

  • Balde o Tambor para recepción del producto residual.

  • Flujograma de Emergencia.

  • Teléfonos de contacto ante contingencias.

  • Señalización que indique “No Fumar”, en el acceso principal de la jaula o bodega, fácilmente visible.

  • No realizar trabajos en caliente o generar cualquier fuente de ignición a menos de 30 metros de la instalación de sustancias peligrosas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Según la R.E. 885/2016, se reportará el incidente a la SMA, utilizando el “Módulo de avisos, Contingencias e incidentes”.

En caso de afectar algún recurso natural, se dará aviso y generará un reporte a la autoridad sectorial pertinente, en un plazo de 24 horas desde ocurrida la emergencia o contingencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

» Anexo 6, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA. » Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.

» Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Además, se acompañan registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados.

11.2.2. Derrame y/o fuga de Peróxido de Hidrogeno (transporte, manipulación y almacenamiento).

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Nuevo estanque de almacenamiento de Peróxido de Hidrogeno

Acciones a implementar

A modo general, ocurrida una emergencia se consideran los siguientes términos:

  • Procedimiento de acción según el Plan de Emergencias con Sustancias Peligrosas de Planta Arauco.

  • Activar el Plan de Emergencias llamando al Anexo 412 o aviso por radio canal 15 indicando clave 3 de acuerdo con la codificación de las alarmas.

  • Evaluar la magnitud de la emergencia, equipos y materiales necesarios, efectos sobre las personas y el medio ambiente.

» Aislamiento inicial de la zona afectada (en caso de ser posible) para facilitar el trabajo de la Brigada de Emergencias.

  • Utilizar Equipos de protección personal especiales y equipos de control, acordes al tipo de emergencia.

  • La Brigada de emergencias está capacitada para enfrentar emergencias que impliquen explosiones, incendio, fugas de gases tóxicos, derrames, equipos de radiaciones ionizantes, entre otras.

+» Mitigación de los efectos de la emergencia.

» Finalmente disponer residuos sólidos generados en la emergencia.

» Comunicación a personal asignado

» Investigación de accidentes

» Se deberá de inmediato detener la actividad que dio origen a la emergencia. El testigo del derrame deberá informar a la brevedad a su supervisión directa y/o Jefe de Turno.

» Según corresponda el tipo de emergencia, acudirá la Brigada de Emergencias.

Acciones ante una eventual fuga del estanque de peróxido de hidrógeno y su transporte:

  • Se debe aislar los circuitos de entrada y salida del estanque, cerrando válvulas y tapando o sellando fisuras, con el fin de evitar o disminuir la fuga.

+» Se deben apagar los equipos eléctricos cercanos que no son a prueba de explosión.

  • Impedir que personas no pertenecientes a la Brigada de Emergencias (cuando llegue al lugar) y/o no equipadas con los elementos de protección personal adecuados, ingresen al área afectada.

  • Para emergencias internas, esta acción de aislamiento debe ser apoyada por personal del área. Para emergencias de transporte, lo hará el transportista, concesionaria vial y/o Carabineros.

  • Toda persona que actúe en esta emergencia, debe hacerlo tras la fuga, en la misma dirección y a espaldas del viento.

= En el caso de fugas en espacios abiertos, de ser posible, trasladar el camión a un lugar alejado y no poblado para que se vacíe.

Acciones ante un eventual derrame de sustancias químicas que pudiese afectar directamente al medio ambiente:

  • Se procederá a inspeccionar el área afecta, cerrando el sistema de válvulas y dar aviso a la brigada de emergencia.

= Consultar índice de hoja de seguridad de la Sustancia Peligrosa para actuar.

  • Se deberá de inmediato detener la actividad que dio origen a la emergencia. El testigo del derrame deberá informar a la brevedad a su supervisión directa y/o Jefe de Turno.

  • Taponear o sellar la fuga.

» Las maniobras de contención consisten en contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el terreno, para evitar que el producto alcance alcantarillas o cursos de aguas.

» Recolectar, si es posible, en recipientes los derrames del camión o de los estanques.

» En lo posible toda persona que actúe en esta emergencia debe situarse frente al derrame teniendo la precaución de recibir el viento por la espalda para evitar riesgos de inhalación o salpicaduras del producto derramado. Al llegar la Brigada de Emergencias, será ésta la que procederá a continuar con las medidas de contingencia.

» Mangas absorbentes y/o cojines absorbentes.

*» Se contemplan barbacanas para posibles fugas en el fondo del estanque. + Una vez normalizada las actividades se deberá enviar un Informe de lo sucedido a la Delegación Provincial Arauco de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región del Biobío.

Accidentes a personas por efectos de la sustancia

Con el fin de minimizar los daños que pudiesen producirse por efectos propios de un accidente con Peróxido de Hidrógeno, se pueden tomar las siguientes medidas.

a) Contacto con la piel

= Quitar la ropa contaminada con el producto y lavar con abundante agua, por lo menos por 20 minutos.

  • Trasladar a Policlínico ACHS.

b) Inhalación

  • Trasladar a la víctima a un área ventilada con aire limpio.

» Colocar al paciente tendido en posición horizontal, taparlo y mantenerle el calor. Trasladar a Policlínico ACHS.

c) Contacto con los ojos

  • Inmediatamente lavar los ojos con abundante agua durante al menos 20 minutos. Conseguir atención médica si la irritación persiste.

» Trasladar a Policlínico ACHS.

d) Ingestión

  • No dar de beber o comer a la persona si está inconsciente.

  • No provocar el vómito.

» Trasladar a Policlínico ACHS.

  • Puede ser necesaria la respiración artificial y/o el oxígeno.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Según la R.E. 885/2016, se reportará el incidente a la SMA, utilizando el “Módulo de avisos, Contingencias e incidentes”.

En caso de afectar algún recurso natural, se dará aviso y generará un reporte a la autoridad sectorial pertinente, en un plazo de 24 horas desde ocurrida la emergencia o contingencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

» Anexo 6, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA » Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.

»- Anexo 8 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria. Además, se acompañan registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados.

11.2.3, Accidentes vehiculares en Vías Públicas Externas por transporte de Peróxido de Hidrogeno.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Transporte de Peróxido de Hidrogeno por vías públicas externas

Acciones a implementar

Las acciones ante una situación de emergencia se realizarán bajo los procedimientos establecidos en planta Arauco, citados a continuación.

  • Según las condiciones de la situación que se presente, estacionar el camión en un lugar seguro, lejos de cursos de agua.

+» Se deberá, en lo posible, aislar el área y contener lo antes posible usando el kit de emergencias.

» Coordinación con la Dirección Regional de Vialidad, informando inmediatamente la ocurrencia de este tipo de sucesos.

  • se deberá de inmediato detener la actividad que dio origen a la emergencia. El conductor deberá informar a la brevedad

= a su supervisor directo y actuar de acuerdo a los protocolos definidos en su empresa de transporte. Además, se deberá dar aviso inmediato al encargado de la actividad de transporte del insumo en planta Arauco, dando a conocer el incidente.

» Se proporcionará toda la información de la situación, cantidad estimada, vehículo o equipo involucrado, personal afectado (si existe), si hubo contacto directo de la sustancia con el lesionado, área de terreno o diámetro involucrado (en caso de perforación de estanque o depósito, entre otros.

» Derrame a cursos de agua: en caso de derrame a cursos de agua, se debe recuperar mecánicamente el producto derramado mediante procedimientos de limpieza en el sector afectado. Por su parte, se deberá evaluar el impacto provocado por el derrame y aplicar los procedimientos necesarios para la restauración del área en su totalidad.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Según la R.E. 885/2016, se reportará el incidente a la SMA, utilizando el “Módulo de avisos, Contingencias e incidentes”.

En caso de afectar algún recurso natural, se dará aviso y generará un reporte a la autoridad sectorial pertinente, en un plazo de 24 horas desde ocurrida la emergencia o contingencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria, Además, se acompañan registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados.

11.2.4. Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Parte, obra o acción asociada

Área emplazamiento estanque de Peróxido de Hidrógeno

Acciones a implementar

De ocurrir un incendio, en alguna zona donde este producto se encuentre almacenado y/o dispuesto temporalmente, se debe actuar de la siguiente manera:

*»El peróxido de hidrógeno no es combustible por sí solo. Sin embargo, es muy reactivo y puede iniciar incendios y explosiones,

*+El personal responsable del área debe efectuar las tareas de mitigación (en el caso que la envergadura permita que esto es posible de realizar en forma segura), debe aislar la zona afectada, y esperar a que llegue al lugar la Brigada de Emergencias de la planta.

»Privilegiar el uso de pitones monitores o monitores de piso, con control a distancia. Retirar a los accidentados en caso de peligro inminente a lugar seguro

»Ubicarse en la zona de seguridad correspondiente, a favor del viento, es decir, de frente a la emergencia con el viento golpeando en la espalda. »Cuando se encuentren involucrados estanques O recipientes con Peróxido de Hidrógeno en forma directa con fuego, nunca introducir agua en forma de chorro al contenedor. Enfriar por los costados con niebla de agua, incluso después de extinguido el fuego.

*Si los contenedores se empiezan a decolorar, o escucha un sonido creciente, mantener el máximo de distancia.

"Suspender cargas y descargas, retirar camiones del lugar.

Siempre mantenerse alejado de estanques que estén involucrado con el fuego.

»Corte del suministro de energía eléctrica en el área involucrada y se debe incomunicar los circuitos o equipos involucrados

=En caso de que el incendio comprometiese al parrón de cañerías, cortar los suministros de elementos combustibles, oxidantes y corrosivos de acuerdo con la toma de decisiones consignada en el Plan General de Emergencias de Planta Arauco.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Según la R.E. 885/2016, se reportará el incidente a la SMA, utilizando el “Módulo de avisos, Contingencias e incidentes”.

En caso de afectar algún recurso natural, se dará aviso y generará un reporte a la autoridad sectorial pertinente, en un plazo de 24 horas desde ocurrida la emergencia o contingencia.

Referencia al ICE o » Anexo 6, Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA

documentos del + Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y expediente de evaluación Emergencias de la Adenda.

que contenga la = Anexo 8, Actualización Plan de Prevención de Contingencias y descripción detallada Emergencias de la Adenda Complementaria. Además, se acompañan

registros del mismo Plan de Contingencia y Emergencia elaborados en el formato interno del titular, para efectos de sus sistemas de gestión operacional, los cuales además, son periódicamente revisados y actualizados.

11.2.5. Explosión

Las medidas de contención que debe implementarse dependen de los efectos que una potencial explosión pudiese provocar, tales como derrames, fugas o incendios, por tanto, los procedimientos a seguir, son los anteriormente descritos. Por otra parte, el titular señaló que la Brigada de emergencias de Planta Arauco está capacitada para enfrentar emergencias que impliquen explosiones y que esta cuenta con su propio Plan de Emergencia y Manejo de Sustancias Peligrosas, del cual también se regirá el proyecto.

11.2.6. Desastres Naturales

Respecto a las medidas o acciones ante estos eventos, el titular indicó que, en caso de ocurrir un evento de desastre natural, el titular cuenta con un Plan de Emergencias para Desastres Naturales (propio de Planta Arauco y de la RCA N*37/2014), en donde el Jefe de la emergencia evaluará en cada caso las medidas a seguir. Así como se ha mencionado anteriormente, en caso de ocurrir un colapso de la estructura por un evento sísmico el producto será contenido en el pretil de contención, el cual podrá contener 1,1 veces la cantidad del estanque de mayor capacidad. Por su parte, como se ha mencionado en la Adenda Complementaria, el área de influencia en caso de ocurrir un derrame o fuga del producto afectará las zonas inmediatas del complejo industrial, no afectando las localidades cercanas.

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

12.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

OBSERVANTE PERSONA RAZON NO ADMISIBILIDAD Alexis Alberto Aravena Silva Natural Observación no tiene contenido Jorge Leonardo Morandin Perez Natural Observación no tiene contenido

12.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía, que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N” 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA se encuentran incorporadas en el Anexo Consideración de las Observaciones Formuladas por la Comunidad. Dicho anexo N* 20230810948 de fecha 02 de febrero de 2023 y su contenido, es parte integrante de la presente resolución.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis. informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella

información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  4. Que, para que el proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SELA.

  8. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno”, de Celulosa Arauco y Constitución S.A.

2”. Certificar que el proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”. Certificar que el proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Biobío, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, mantiene la calificación de la actividad como peligrosa, otorgada mediante el Ord. N? 31 de fecha 6 de enero de 2014, de acuerdo con el considerando 7* de la presente resolución.

5”. Certificar que el proyecto “Incremento de la Autonomía Operacional para Peróxido de Hidrógeno”

no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

A

6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde notificación del presente acto.

Notifiquese y Archívese

Daniela Dresdner Vicencio Delegada Presidencial Presidenta Comisión de Evaluación

Región del Biobío

Silvana Suanes Araneda egional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación

E ) Región del Biobío

/4

SASA/DMR/SMO

Distribución:

  • Héctor Enrique Araneda Gutiérrez (mcifuentes/Mdaesconsultores.cl)
  • Superintendencia del Medio Ambiente (contactorcaíí)sma.gob.el)

  • CONADIL Región del Biobío (IsolarídVconadi.gov.cl)

  • CONAF, Región del Biobío (alberto.bordeu/A:conaf.cl)

  • DGA, Región del Biobío (claudio.morales(Ymop.gov.cl)

  • Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío (hernan.gormaz4mop.gov.cl)

  • Dirección de Vialidad, Región del Biobío (juan.oviedo/4mop.gov.cl)

  • Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío (crick.vergaraízmop.gov.cl)

  • DOH, Región del Biobío (daniela.ceballosígmop.gov.cl)

  • Gobernación Marítima de Talcahuano (¡saravia(4/directemar.cl)

Gobernación Provincial de Arauco (fweisseVinterior.gov.cl

Gobierno Regional, Región de Biobío (baraneda(Mgorebiobio.cl)

Ilustre Municipalidad de Arauco (albistur.miguelívgmail.com

SAG, Región del Biobío (roberto.ferrada(Vsag.gob.cl)

SEC, Región del Biobío (mcartagena((0sec.cl)

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío (pamela.yanezminagri.gob.cl)

SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío (ydonosoíAmbienes.cl)

SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío (hdiazc(Wdesarrollosocial.cl) SEREMI de Energía, Región del Biobío (despinoza(minenergia.cl)

SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío (oreicher4mma.gob.cl)

SEREMI de Minería, Región del Biobío (rlagos(Mminmineria.cl)

SEREMI de Salud, Región del Biobío (hugo.rojasbíWredsalud.gov.cl)

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío (cgarcia/2mtt.gob.cl) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío

SEREMI MOP, Región del Biobío (hernan.gormazí4/mop.gov.cl)

SERNAGEOMIN, Zona Sur (gabriela.mino0sernageomin.cl)

Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío (nvillegas(Wsernatur.cl)

Consejo de Monumentos Nacionales (ebrevisddmonumentos.gob.cl)

Dirección General de Aeronáutica Civil (directorddgac.gob.cl)

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (beyzaguirre(Osubpesca.cl)

Superintendencia de Servicios Sanitarios (vvergaraíosiss.gob.cl)

Observantes de la Participación Ciudadana (Notificación mediante Diario Oficial y Regional)

Firmado Digitalmente por Silvana Alejandra Suanes Araneda

Fecha: 10-02-2023 12:34:30:610 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada

Lugar: SGC

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