Evaluación SEA

Ampliación Puerto Punta Caullahuapi

Rol 2154745198
SEA · DIA · Aprobado · 2022-01-18 · Región de Los Lagos · Puerto Punta Caullahuapi S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Lagos

Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”

Puerto Montt

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de y su Adenda Complementaria de 20 de marzo de 2023, del proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”, presentado por Puerto Punta Caullahuapi S.A. con fecha 17 de enero de 2022.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 4 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”.

3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N° 20231010626 de 11 de abril de 2023, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi” de 11 de abril de 2023.

6°. El Acta de fecha 18 de abril de 2023, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.

7°. La Resolución de Calificación Ambiental N°23, de 2012, del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos, del proyecto “Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos, Punta Caullahuapi” que se modifica a través de la presente Resolución.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”.

9°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N°119046/146/2022 de fecha 03 de marzo de 2022 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental sobre nombramiento de Director Regional del Servicio para la Región de Los Lagos; y la Resolución Nº7, del 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Puerto Punta Caullahuapi S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Puerto Punta Caullahuapi S.A. Rut 76.116.759-6 Domicilio Camino Chinquihue km 13,5 Teléfono 56 65 277 4441 Nombre representante legal Mario Antonio Santana Bastidas Rut representante legal 13319787-7 Domicilio representante legal Camino Chinquihue km 4,6 Teléfono representante legal 56 65 277 4441 Correo electrónico Titular o representante legal vtorres@tmpatagonia.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de abril de 2023, el/la Director Servicio de Evaluación Ambiental X Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 18 de abril de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 11 de abril de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Este proyecto tiene como objetivo principal realizar una ampliación al puerto existente con un segundo muelle multipropósito para prestar servicios de transferencia de carga y descarga, ampliar la superficie de explanada al mar para efectuar operaciones de almacenaje y acopio de cargas generales y de proyecto en forma transitoria y además se instalará una bodega de 2.800 m2. Con este proyecto se pretende aumentar la competitividad e influencia portuaria de la región a nivel nacional entregando una alternativa flexible y diversa para transferencia de productos tanto de importación como de exportación, posicionando así a la región como un verdadero foco de desarrollo e impulsando otras actividades que de esta industria dependen. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Según el Artículo 3° del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (Decreto Supremo N°40/12, del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia) en el cual se señala, refiriéndose a la letra f) del Artículo 10 de la ley, que: Letra f) inciso segundo: f.1) “Se entenderá por puerto al conjunto de espacios terrestres, infraestructura e instalaciones, así como aquellas áreas marítimas, fluviales o lacustres de entrada, salida, atraque, desatraque y permanencia de naves mayores, todos ellos destinados a la prestación de servicios para la actividad comercial y/o productiva, excluyendo aquellos cuyo fin sea únicamente la conectividad interna del territorio”. Vida útil 30 años (con mantenciones para convertirlo en indefinido). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Monto de inversión USD $ 50.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Como primera gestión, acto o faena mínima que dará cuenta al inicio de la ejecución del proyecto será la implementación de las instalaciones de faena. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El artículo 14 del Reglamento del SEIA establece que las Declaraciones de Impacto Ambiental deberán indicar expresamente si sus proyectos o actividades se desarrollarán por etapas. En este caso en particular, el proyecto se desarrollará en una sola etapa, la cual cuenta con distintas fases de trabajo.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”, modifica la RCA N°23/2012, que calificó favorablemente el proyecto “Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos, Punta Caullahuapi”. En función de lo establecido en el art. 12 del D.S. N°40/2012 del RSEIA: “(…) En caso de modificarse un proyecto o actividad, la calificación ambiental deberá recaer sobre dicha modificación y no sobre el proyecto o actividad existente, aunque la evaluación de impacto ambiental considerará la suma de los impactos provocados por la modificación y el proyecto o actividad existente para todos los fines legales pertinentes”, se hace presente que el capítulo 4.Descripción de Proyecto, del presente ICE se basa en la modificación propuesta, mientras que el capítulo 5 y 6 del presente ICE, contemplan la evaluación de impacto considerando el proyecto en su totalidad, es decir, la última columna de la tabla anteriormente expuesta. X

Proyecto modifica otra(s) RCA. Si No X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se emplaza en el sector de Chinquihue en Av. Chinquihue km, 4,6, específicamente en una zona denominada Punta Caullahuapi inserta en la Bahía de Chincui. Administrativamente, este sector pertenece a la comuna de Puerto Montt, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos. Descripción de la localización La ubicación se justifica puesto que, si bien Chile posee una importante extensión de mar, no todos los lugares presentan las condiciones económicas, logísticas y naturales apropiadas para este tipo de actividad, tales como; adecuada pendiente que permita la llegada de embarcaciones de gran calado, mecánicas de suelo adecuadas para la hinca de pilotes y seguridad sísmica, bajo oleaje y protegidas del viento, entre otros. Actualmente existen restricciones de calado en todos los terminales existentes en la región, especialmente para los buques graneleros que abastecen a la industria agrícola y salmonera en la zona sur austral. Con esos antecedentes, sumado a la inmejorable localización en Bahía Chincui, se prevé que el futuro muelle y explanada operacional, mejorará las actuales condiciones para las líneas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

navieras, proveedores y por cierto a la industria alimentaria de la región. Siendo de importancia estratégica contar siempre con una alternativa adecuada para la descarga de graneles en la zona sur del país, sin depender exclusivamente del abastecimiento de materias primas provenientes por vía terrestre. Superficie El proyecto se emplaza en una superficie de 4 hectáreas de concesión marítima correspondiente a playa, la cual se encuentra otorgada mediante Decreto Supremo 047/2021. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Coordenada de Referencia: Coordenada UTM en Datum WGS84 Este Sur 663610 5400812 Caminos de acceso Desde el poniente: Ruta V-815 – Ruta V-805 - viraje a la derecha en el camino de Servidumbre hacia el Proyecto. - Desde el norte: Av. Trapén ó Ruta V-805 – viraje a la derecha en el camino de Servidumbre hacia el Proyecto. - Desde el oriente: Ruta V-805 - viraje a la izquierda en el camino de Servidumbre hacia el Proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 4. Archivos KMZ_YAI, de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN PARTES Y OBRAS Instalación de Faenas Estas obras provisorias se ubicarán sobre las explanadas, las que incluirán las oficinas, servicios higiénicos, vestuarios, bodegas, talleres, y todas las instalaciones de agua, alcantarillado, electricidad, entre otras. Parte fundamental de la instalación de faenas la constituye el área para el empalme de pilotes y el área para la aplicación de pintura a los mismos. Este taller será cerrado, con piso de madera u otro material que contenga los posibles derrames de pintura u otras sustancias al suelo. Cabe indicar que, en una primera instancia se utilizarán las instalaciones propias del puerto para la instalación de la faena. Una vez se rellenen los primeros 400 m2 la instalación de faena será situada sobre el sector. Explanada Se estipula una superficie de aproximadamente 40.000 m2 con una cota final EL +8,0 m NPT, que considera la colocación de un núcleo con material constituido por desmonte de cantera con graduación de 1 kg<W50<25 kg, a continuación, se dispondrá de material de relleno en capas compactadas y sobre este último la solución de pavimento. Para proteger el relleno, se dispondrá de una coraza o enrocado de protección tipo Rip-Rap con graduación 25 kg<W50<450 kg y una pendiente de talud de 1:1,75. Para evitar la pérdida de material fino, se instalará geotextil de densidad 200 gr/m2. Estribo En el arranque del puente de acceso, se proyectará un estribo de hormigón (G35) armado (A630-420H) con un muro frontal de 100 cm de espesor y dos alas a 45° de 50 cm de espesor y una altura Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

aproximada de 5,25 m. Esta estructura se encontrará sustentada por 04 pilotes de diámetro 16" y espesor 12,7 mm, en su parte central, y 02 pilotes de 12" y espesor 10,3 mm. Para estabilizar los empujes horizontales, se incorporarán 04 tensores de acero (A36) PL300x20 anclados a muerto de hormigón armado enterrados a una profundidad aproximada de 5,0 m. Cabezo Esta estructura tendrá una superficie de 36x88 m2, la cual contará con una losa de 30 cm de espesor de hormigón (G35) armado (A630- 420H) coronada a la cota EL +8,0 m NRS. Esta se apoyará sobre vigas de acero (A36), y fundada sobre 30 pilotes verticales y 60 inclinados a razón 1:3 hincados de acero (A572Gr50), todos con 32" de diámetro y 16 mm de espesor. Será provisto de 06 bitas de 100 ton de capacidad y 06 defensas cilíndricas cónicas con su respectivo panel para la absorción de la energía en la maniobra de atraque. Adicionalmente, se dispone de puntales en el sistema de defensa de 28" de diámetro y 14 mm de espesor. Puente de Acceso La estructura abarcará una superficie aproximada de 12x137 m2 con 18 ejes distanciados a 8 [m] cada uno, con una elevación de coronación EL +8,0 [m] NRS. Se estipula losa 30 cm de espesor de hormigón (G35) con armaduras (A630-420H) la que se apoyará sobre vigas transversales, longitudinales y riostras de acero (A36), y a su vez sobre 39 pilotes hincados de acero (A572Gr50) con jacket en su exterior según la siguiente configuración: 1) Ejes 1-7, 10 y 13: 28" de diámetro y 14 mm de espesor, con jacket de 32" y espesor 12 mm. 2) Ejes: 8, 9, 11 y 12: 30" de diámetro y 14 mm de espesor, con jacket de 34" y espesor 12 mm. 3) Ejes 14-18: 32" de diámetro y 16 mm de espesor, con jacket de 36" y espesor 12 mm. El puente de acceso considera además pasillo peatonal y barandas de seguridad. Duques de Alba Los duques de alba estarán conformados por 14 pilotes de acero de 26" y espesor 16 mm cada uno, hincados en el veril -17,5 m NRS y -15,0 m NRS (norte y sur respectivamente), sobre los ellos se ejecutará una losa de hormigón de 150 [cm] de espesor. Sobre ésta, se instalará una plataforma de cañerías de acero de 16" y 10 mm de espesor, y también se posicionará una bita de 100 ton en la cota +8,0 m NRS. Además, en la zona frontal, se posicionarán dos defensas cónicas de goma para la absorción de energía en la maniobra de atraque. Poste de Amarre doble Para apoyar las maniobras de shifting del sitio 1 y 2, se proyecta un poste de amarre doble, ubicado aproximadamente en el veril -17,0 m NRS. Éste se conformará por 06 pilotes de acero de 32" y 20 mm de espesor hincados en el fondo marino a razón 1:3 (H:V). Sobre los pilotes, se ejecutará un cabezal de hormigón armado de 150 cm y superficie 6x6 m2, donde proyectará una plataforma de acero para la instalación de 02 bitas de 100 ton de capacidad, ubicada en la cota +8,0 m NRS. La plataforma estará conformada por cañerías de acero de 18". Boya Para el apoyo en las maniobras de shifting, se proyecta la inclusión de una boya de 3,2 m de diámetro, 1,36 m de altura de manto y 1,22 m de cono, equivalente en aproximadamente 15 m3 de volumen. El sistema de fondeo considera: orinque, cadenas largas y cadena retenida. Además, se selecciona un ancla tipo Stato de 3,5 ton para cadenas largas y 1 ton para la retenida. Postes de Amarre Simple Los postes de amarre simple, ubicados detrás de la línea de atraque, estarán conformados por 04 pilotes de diámetro 24" y espesor 12 mm, hincados en el fondo marino con pendiente a razón de 1:3, en el veril -7,0 m NRS y -9,0 m NRS (norte y sur respectivamente). Sobre éstos, se posicionará un cabezal de hormigón armado de 100 cm de espesor y superficie 4x4 m2. Sobre él se ejecutará una plataforma de acero conformada por cañerías de acero, y la instalación de 01 bita de 100 ton de capacidad, ubicada en la cota +8,0 m NRS. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Galpón de Sobrecarga Edificación modular que comprenderá una superficie de 2.800 m2 para el acopio esporádico conformada por estructura resistente de aluminio extruido cerrado con uniones apernadas y flanges de acero galvanizado en caliente, la que se apoya directamente al suelo, sin requerir de fundaciones especiales, a través de fijaciones de 30 mm de espesor y 1 m de largo. Para el revestimiento de techo se considerará un recubrimiento compuesto por una membrana de PVC black out de 840 gr/m2 100% impermeable, y para los laterales y frontones se proyectará a través de paneles trapezoidales tipo PT60 de acero zincado. Caseta de control romana Edificación de 31,99 m2 de superficie útil destinada al control de peso de camiones, la cual se constituye de 03 recintos: oficina administrativa, control romana y baño. Su estructura principal se proyectará en base a contenedor marítimo de acero Corten de 40 pies, mientras que la tabiquería interior se ejecutará con Metalcon. La aislación será en base a poliuretano proyectado 40K con espesor 2,5 cm, y para el revestimiento interior se consulta por panel de yeso cartón RF y para zonas húmedas RH de 15 mm de espesor para ambos casos. Oficina, comedor y camarines Edificación de 118,28 m2 de superficie útil destinada como oficina administrativa, comedor de funcionarios y camarines, la cual se compone de los siguientes recintos: acceso, baños, camarines, duchas, comedor, pasillo y oficina. Su estructura principal se proyectará en base a contenedores marítimos de acero Corten de 40 pies, mientras que la tabiquería interior se ejecutará con Metalcon. La aislación será en base a poliuretano proyectado 40K con espesor 2,5 cm, y para el revestimiento interior se consulta por panel de yeso cartón RF y para zonas húmedas RH de 15 mm de espesor para ambos casos. Andén de Aforo Edificación de 89,74 m2 de superficie útil destinada al control de carga y zona de testeo (departamento SAG), la cual se constituye los siguientes recintos: sala espera, oficina, bodega eléctrica, baño, inspección y laboratorio, ingreso, acceso y bodega. Su estructura principal se proyectará en base a contenedores marítimos de acero Corten de 40 pies, mientras que la tabiquería interior se ejecutará con Metalcon. La aislación será en base a poliuretano proyectado 40K con espesor 2,5 cm, y para el revestimiento interior se consulta por panel de yeso cartón RF y para zonas húmedas RH de 15 mm de espesor para ambos casos. Instalaciones Son el conjunto de redes y equipos, las cuales considera todas las obras de infraestructura vial (demarcación), sanitaria (agua potable y aguas servidas), energética (media tensión y alumbrado), entre otras. ACCIONES Levantamiento de información La etapa de levantamiento de información incluyó las inspecciones en terreno, recopilación de antecedentes de ingeniería, antecedentes bibliográficos y el desarrollo de estudios específicos del proyecto, tales como; caracterización del medio biótico marino, medio físico, ruido y vibraciones ambiente, patrimonio histórico cultural, medio humano, caracterización de paisaje, flujo vial, entre otros. Habilitación de Camino Provisorio Dentro de las primeras acciones a ejecutar se encuentra la habilitación de este camino provisorio el cual dará acceso a la donde se emplazará el nuevo estribo del muelle del Sitio 2, para así permitir acceder con equipos y maquinarias para la construcción del Puente de Acceso. Este camino se genera por el lado este y sur de la explanada existente del Sitio 1 y tendrá dimensiones de 600x10x5.5m (largo x ancho x alto), se realizará con los materiales indicados en los planos, de tal forma que después sea parte de la explanada ganada al mar. Instalación y Levante de Faenas A medida que se avance con el camino provisorio, se realizará la instalación y levante de faenas para la Construcción del Muelle 2, donde se incorporará un área para estacionamiento de los equipos y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

maquinarias que forman parte de la construcción de la explanada. Cabe destacar que las faenas se encontrarán dentro del sector construido actualmente para posteriormente, una vez avanzada la explanada del muelle 2 cambiar su ubicación a dicho sector. Relleno de enrocado Este proceso iniciará con la construcción del enrocado, en el cual se optó por disponer un Rip Rap con rocas mayores a 25 kg y menores a 250 kg, material que puede ser colocado por medio de volteo de camión. Relleno de la Explanada La explanada se conformará con rellenos de suelo granular, en una primera etapa se efectuará el relleno por simple vertido de materiales. El relleno colocado sobre el fondo marino quedará en estado suelto o de compacidad baja. A esto ha de sumarse el hecho de que los primeros metros del subsuelo marino también se encuentran sueltos o con compacidad baja. Los rellenos de la explanada se deberán compactar según las recomendaciones de la mecánica de suelos. Construcción del Estribo Posterior a la habilitación del camino provisorio se comenzará con la construcción del estribo la cual desarrollará una plataforma de acceso al puente con protección de enrocado. Para su construcción se utilizará una grúa estructural de 120 a 150t, un martinete D62 o similar, estructuras auxiliares y rodados para avance de la grúa sobre las cabezas de los pilotes. Hinca de las Cepas del Puente de Acceso El hincado de las cepas del puente de acceso se realizará bajo el método de sobre cabeza, es decir, se instala una estructura auxiliar enrejada con 4 pilotes auxiliares (tipo zorba) para soportar la instalación de los Jacket, luego se hincan los pilotes usando como guía de hinca el jacket de la cepa, llegando a la ficha indicada, se procede a dar cota de corte a los pilotes de proyecto e instalación de planchas capiteles, luego se instalan las vigas y estructuras metálicas y se avanza con la grúa sobre rodados provisorios apoyados en la cabeza de los pilotes de la cepa recién hincada. Este proceso se repite en las cepas siguientes hasta llegar a la cepa del eje 18. Instalación de moldajes y armaduras A medida que se avanza en la construcción de cepas, hacia atrás se van instalando los moldajes y armaduras para la construcción de la losa de hormigón armado y terminaciones del puente, los cuales son apoyados con una grúa hidráulica de patio de 80t. La grúa estructural de este frente junto con las estructuras auxiliares sale por el cabezo para ser retirada por un Jack-Up. Instalación Cabezo Para la ejecución de este, se utilizará un Jack-Up tipo combifloat equipado con grúa estructural, martinete, estructuras auxiliares y rodados para avance de grúa sobre las cabezas de los pilotes. Con el Jack-Up se construirá una isla de 9 pilotes entre los ejes 1, 2, 3 y A, B. La construcción de esta isla se realiza de manera simultánea con la construcción del puente de acceso. Luego de hincar los pilotes llegando a la ficha indicada, se procede a dar cota de corte a los pilotes de proyecto e instalación de planchas capiteles, luego se instalan las vigas y estructuras metálicas; se pasa la grúa del Jack-Up hacia la isla sobre rodados provisorios apoyados en la cabeza de los pilotes, se deja en la isla el martinete, estructuras auxiliares, para seguir construyendo el cabezo por el método de sobre cabeza. A medida que avanza la instalación de pilotes, se irán instalando los moldajes y armaduras para la construcción de la losa de hormigón armado y terminaciones. A diferencia del puente de acceso, este frente puede avanzar hacia adelante de los ejes y hacia el lado, lo que hace tener un mejor rendimiento de instalación de pilotes. El Jack-Up, luego de construir la isla, va a buscar otra grúa estructural, martinete y estructuras auxiliares para iniciar los trabajos del Frente 4. La grúa estructural del frente 3 junto con las estructuras auxiliares sale por el cabezo para ser retirada por un Jack-Up Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Instalación de Estructuras Aisladas Para la ejecución de este frente, se utilizará un Jack-Up tipo combifloat equipado con grúa estructural, martinete y estructuras auxiliares. Con el Jack-Up se construirán los Duques de Alba Nº1 y Nº2, los Postes de Amarre Simple Nº1 y Nº2, el Poste de Amarre Doble y apoyo a la instalación de la Boya. En cada posición de las estructuras a construir, se hincarán los pilotes, se ejecutarán las obras de hormigón, se instalarán estructuras metálicas, bitas, defensas donde apliquen y terminaciones. Este método constructivo, de 4 frentes de trabajo simultáneo, asegura un menor plazo de construcción y el menor uso de Jack-Up. Por otro lado, cabe indicar que, en la segunda etapa de la ampliación del proyecto, se contempla la adquisición en el muelle de una o dos grúas móviles para la transferencia de cargas generales desde las bodegas del barco, dependiendo de las capacidades del muelle Levantamiento de faenas obras marítimas En esta partida el Contratista considerará la limpieza de todo el terreno que involucre la obra, dejando libre de escombros, basuras y realizará el retiro de todas sus instalaciones El Contratista procederá a la reposición de soleras, vías de circulación y estacionamientos, en las mismas condiciones en que se encontraban al inicio de las obras y a la limpieza general de la zona de estas. Aseo y Limpieza final de la Obra Una vez terminadas las obras, se procederá a la desmovilización de escombros de construcción y limpieza general. Recursos naturales renovables Agua Potable La empresa cuenta con agua potable de instalaciones portuarias aprobadas por Res N° 547 y recepción N° 1132. Se estima un consumo de 100 litros diarios por trabajador. Por lo tanto, considerando que los trabajadores en la etapa de construcción se estiman en 150 personas con un peak de 400, los requerimientos de agua potable se estima un máximo de aproximadamente 40 m3 /día. Energía Los requerimientos energéticos en esta etapa serán cubiertos a través de generadores eléctricos, provistos por la empresa contratista. Además, se hará uso de las instalaciones propias del muelle 1 para suministrar electricidad en los casos que sea requerido. Servicios Higiénicos Durante esta etapa, se contempla el uso de baños químicos, servicio que será proporcionado por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria correspondiente, empresa que será la encargada de la mantención, limpieza y retiro de éstos. La cantidad de baños será la indicada en el artículo 24 del D.S. Nº 594/00, en función del número de trabajadores definitivos presentes en la obra. Alimentación El personal tendrá asignadas horas de almuerzo en turnos, y serán contratados los servicios de alimentación en las inmediaciones del proyecto. Dentro de las instalaciones provisorias para el personal este contará con un espacio habilitado con mesas, sillas, y agua potable, horno microondas para servir café y colaciones. Dada las características de la obra no se contará con casino para el personal. Alojamiento y transporte de personal El personal que trabaje en la etapa de construcción será transportado por buses desde sus hogares o puntos de encuentro hacia el área del proyecto y viceversa. Este servicio será provisto por la empresa contratista. Dada las características de la obra no se proveerá alojamiento. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas: Dentro de la etapa de construcción se pueden apreciar las siguientes emisiones asociadas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Polvo fugitivo: etapa de construcción del muelle, se generará polvo fugitivo producto de las actividades asociadas al movimiento de tierras y circulación de maquinarias pesadas sobre superficies no pavimentadas. Para mitigar las posibles emisiones, el titular exigirá a los contratistas: humidificar las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna. El transporte de materiales se hará con la carga cubierta con una lona. Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios. Finalmente, se controlará que los vehículos circulen a una velocidad máxima de 25 km/h. Gases producto de la combustión de vehículos: En la etapa de construcción, se generarán emisiones de gases de la combustión de los motores producto del funcionamiento de los equipos, maquinarias y camiones que participarán de las faenas de construcción del muelle Estas emisiones serán menores y de duración definida (8 horas diarias), en un área abierta y con buenas condiciones de ventilación natural. Cabe señalar que se realizarán mantenciones regulares de los vehículos y maquinarias, con la finalidad de conservar la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima para producir la mínima cantidad de gases y/o residuos a la atmósfera. De esta forma se dará cumplimiento a lo señalado en el D.S. N° 55/1994, norma de emisión para vehículos pesados.

Aguas servidas domésticas Durante la etapa de construcción del proyecto, sólo se generarán descargas de efluentes líquidos en la forma de aguas servidas de origen doméstico. En la etapa de construcción del muelle mecanizado, el personal dispondrá de baños químicos en la cantidad necesaria para el número de trabajadores que participen de las distintas obras, en base a lo dispuesto en el D.S Nº 594/00 del MINSAL. La mantención sanitaria de los baños químicos será realizada por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria Regional y la Empresa Sanitaria pertinente.

Ruido: Durante la etapa de construcción del proyecto, se generarán ruidos en la ejecución de las obras de hincado de los pilotes. Se prevé que el ruido generado por la maquinaria pesada y camiones utilizados en la construcción del muelle granelero será de baja magnitud y discontinuo, ya que estará circunscrito sólo a la jornada de trabajo en horario diurno. Según los resultados obtenidos en el Estudio de Impacto Acústico, los valores modelados de emisión de ruido, respecto a los cinco receptores más cercanos al proyecto, cumplen con el D.S. Nº 38/2011 del MMA tanto para la etapa de construcción, como para la etapa de operación. Al respecto se puede señalar que, se identificaron cinco (5) Receptores representativos en Componente Humana, y un (1) Receptor en Componente Fauna Silvestre. El criterio de selección de estos Receptores obedece principalmente a la habitabilidad de estos; a la cercanía con el proyecto en evaluación; a la representatividad según el contorno y Potencial Área de Influencia del proyecto; y, a la aprobación por parte del titular del proyecto. Según valores modelados, el proyecto cumple con los Niveles Máximos Permisibles por el D.S. N° 38/2011 del MMA, no generando un impacto de ruido en Componente Humana. Según valores modelados para el flujo vehicular, el proyecto cumple con los Niveles Máximos Permisibles por la Normativa de la Confederación Suiza OPB 814.41, no generando un impacto de ruido en Componente Humana. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Según valores modelados, el proyecto cumple con los Niveles Máximos Permisibles por la EPA “Effects of Noiseon Wildlife and Other Animals”, según lo indicado en la D-RNN-EIA-PR-001 publicada por el SAG del Ministerio de Agricultura en 2019, no generando un impacto de ruido en Componente Fauna Silvestre.

Vibraciones: Respecto a las vibraciones durante la fase de construcción se consideraron el uso de distintas maquinarias como la Hinca de Pïlotes Explanada, Hinca de Pilotes Jack Up, retroexcavadora, cargador frontal, compactadora, camión tolva, camión mixer y excavadora. Se debe aclarar que no tiene previsto el uso de las tres hincas de pilotes simultáneamente, por lo tanto, para la modelación solo se utilizará la suma energética global de vibraciones considerando una sola hinca. Las vibraciones modeladas para la fase de construcción del proyecto cumplen con el criterio de daño estructural establecido por la FTA y; cumplen con el criterio de molestia humana establecido por la FTA en alcance del proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos de la construcción: Durante la fase de construcción se generarán residuos de la construcción los cuales estarán asociados a básicamente de mangos de madera de herramientas (palas, martillos, picos, etc.), restos metálicos de sierras, huinchas de medir, palas u otras herramientas restos de PBC, enfierradura de construcción, perfiles metálicos, metalcom, resto de yeso cemento, perfiles de aluminio, restos de calaminas para techumbre, etc. Se estima que se van a generar una cantidad anual de 120 t/año, los cuales estarán ubicados en un contenedor de 40 m3 sobre radier y con una frecuencia de retiro mensual por una empresa externa autorizada. Respecto a los escombros, serán acumulados en un sector especialmente adecuado para ello y finalmente dispuestos en un vertedero autorizado por la Autoridad Sanitaria. Residuos Asimilables a Domiciliarios: Durante la etapa de construcción estos residuos corresponderán a aquellos desechos provenientes de las actividades domésticas, desarrolladas durante esta etapa, los cuales serán acumulados en contenedores con tapa hermética claramente identificados y específicamente destinados para tales fines. Se estima una generación de 1,19 kg diarios de basura domiciliaria por persona; por lo que, si se considera que en la fase de construcción habrá una participación máxima de 400 trabajadores, se obtiene un total de 476 kg/día, durante un período de 18 meses. Luego, estos serán retirados por camiones recolectores de una empresa especializada y declarada por sinader para su disposición final. Residuos Peligrosos: En cuanto a la generación de Residuos Peligrosos (RESPEL), el Titular informa que provendrán principalmente de aceites y lubricantes de equipos, producto de la mantención. Respecto de este apartado cabe señalar que, actualmente ya se cuenta con una bodega para RESPEL, la cual cuenta con Resolución Sanitaria N° LL-R 786 emitida con fecha 19 de marzo del año 2019. Dicha bodega posee una capacidad sobredimensionada para el Muelle 1 y Muelle 2, contando con una superficie aproximada de 11 m2. Ante lo cual, todo almacenamiento de residuo peligroso se realizará en la bodega actualmente existe en el muelle 1. Además, el límite de almacenamiento que cuenta esta bodega RESPEL, es de 6 meses, pudiendo ser retirados mucho antes. Lo que mejora la capacidad de almacenamiento del temporal. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.6, Capítulo 4 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN PARTES Y OBRAS Explanada Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Estribo Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Cabezo Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Puente de Acceso Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Duques de Alba Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Poste de Amarre doble Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Boya Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Postes de Amarre Simple Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Galpón de Sobrecarga Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Caseta de control romana Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Oficina, comedor y camarines Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Andén de Aforo Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. Instalaciones Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1. de la presente RCA. ACCIONES Descarga en Muelle N° 1 Se operará la descarga de estos productos utilizando las grúas del barco. Para esto se posicionarán 2 tolvas (chute) en el cabezo del muelle, lo cual permitirá cargar 2 camiones batea de forma simultánea cuando la operación y condiciones de estiba así lo ameriten. Los camiones ingresarán al puerto y procederán al destare para luego posicionarse bajo la tolva asignada en el cabezo. Una vez completada la carga el camión se encarpa y posteriormente deberá pesarse en la báscula designada. Después de esto, el camión se retirará del puerto con toda su documentación respectiva hacia bodegas que cada cliente disponga para su almacenaje. Descarga en Muelle N° 2 La descarga se efectuará de la misma manera como se ejecuta en el muelle N° 1, la única diferencia que pudiera existir es que en este muelle se podrá efectuar la operación utilizando 3 tolvas (chute) en forma simultánea. Carga general Este tipo de carga se descargará en ambos muelles. Se utilizarán para la descarga las grúas del barco o, dependiendo del tipo de carga, podría utilizarse alguna grúa más especializada, la cual será diseñada de acuerdo a las condiciones particulares de la carga. Los camiones, previo destare, se posicionarán en el cabezo del muelle, recibirán la carga en forma directa. La carga será trincada y el camión saldrá del muelle para proceder al pesaje si es que la carga o Autoridad Aduanera así lo amerite. Se encarpará luego si es necesario y el camión se retirará al lugar asignado por cada cliente. En algunas ocasiones esta carga quedará en condición indirecta (carga en tránsito) almacenadas en el Puerto, para posteriormente efectuar su despacho Astillas de madera La operación de las astillas consiste en cargar sobre barco para exportación. Esto se realizará principalmente en el Muelle N° 1. Se comenzará la operación días antes de la recalada del barco con la formación de la pila de astillas, la cual será abastecida con camiones desde la planta astilladora o área de acopio del cliente que requiere Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

el servicio. Los camiones harán descarga en zona delimitada para ello en la misma área de la pila y las astillas serán apiladas utilizando cargadores frontales (1 o 2 según magnitud) o alternativamente utilizando un stacker. Cuando el barco ya se encuentre dispuesto comenzará la carga, primero abasteciendo el reclaimer de cadenas mediante los mismos cargadores frontales. Este reclaimer abastecerá un sistema de cintas transportadoras diseñado para llevar la carga hasta el cabezo, en este lugar se encontrará posicionado el shiploader (cargador de barcos) el cual recibirá el producto desde la cinta fija y elevará el producto hasta las bodegas del barco. Cabe destacar que respecto de esta carga existe un porcentaje de esta que pasa por el proceso del harnero, el cual posee una superficie de 24,25 m2 y que su función principal es seleccionar por medio de la separación según su calibre basándose en su tamaño. Cargas de proyecto Estas cargas se refieren a solicitudes particulares y únicas de descarga, asociadas a proyectos en específico. Por ejemplo, materiales para puentes, parques eólicos u otros, que representan cargas no convencionales y, por lo tanto, se estudia su operación para cada caso en forma particular. Puede operarse con grúas del barco, con grúas anexas, con barcazas, etc. Contenedores Para la carga/descarga de contenedores se utilizarán las grúas del barco o grúas de tierra, las cuales transfieren la carga desde la nave hacia el cabezo donde se encuentra posicionado el camión o viceversa. Alternativamente, cuando la cantidad de contenedores alcance un promedio más relevante. Actividades generales de mantenimiento y conservación El puerto contempla las siguientes actividades principales de mantención y conservación de sus instalaciones. ✓ Mantención y conservación de instalaciones generales y administrativas. ✓ Mantención y conservación de estructuras de obras civiles portuarias, pavimentaciones, enrocados, instalaciones de electricidad, gases, motores, y todo aquello que requiera mantenciones y reparaciones, que permitan asegurar la continuidad de las operaciones portuarias y de seguridad. Para lo cual, se mantendrá un control y supervisión permanente del área de mantenimiento de la empresa. Suministros básicos Energía Respecto del suministro eléctrico para el proyecto de ampliación del Puerto, se hará uso de la potencia disponible en la subestación existente, la cual dispone de una potencia de 400kw (500kva), de los cuales hoy en día solo se consumen 270kw, es decir, se disponen de 130Kw. Agua No se requerirá mayor suministro de agua potable para necesidades del personal a lo ya aprobado ambientalmente y aprobado por la autoridad sanitaria. Servicios Higiénicos Sí se consideran nuevos servicios higiénicos a los ya aprobados ambientalmente y por la autoridad sanitaria. Dichos servicios higiénicos se ubicarán en las oficinas del muelle 2 y contarán con sus respectivas autorizaciones. Productos generados La actividad portuaria es una actividad de servicios de transferencias de cargas, por lo cual no genera productos o insumos tangibles. Por tanto, no aplica este literal para la evaluación ambiental del proyecto. Los únicos insumos que se requieren serán los provenientes para satisfacer las necesidades de las oficinas administrativas y el comedor. Recursos naturales renovables El proyecto no hará uso de recursos naturales renovables, ni los extraerá o explotará. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

En la Etapa de Operación, la cual tendrá una duración aproximada de 30 años, se presenta una tasa de emisión de MP10 de 2,424 encontrándose por debajo de las 2,5 Ton/anuales; Se presenta una tasa de emisión de compuestos nitrogenados (NOx) de Ton/anuales totales, encontrándose por debajo de las 10 Ton/anuales como tasa de emisión, tal como se establece en el artículo 64 del Decreto Supremo N°31 de 2017, el cual Establece el Plan de Prevención y 0,37977012 Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (usado de referencia) e indica que todos aquellos proyectos y actividades que ingresen al SEIA, deberán cumplir y respetar los límites máximos establecidos anteriormente. Dentro de la fase de operación, la principal actividad emisora de MP10 corresponde a la descarga de graneles sólidos. Cabe señalar, que la carga y transporte de graneles sólidos en camiones, no se considera como actividad generadora de emisiones atmosféricas, debido a que se realizará el encarpado de los mismos inmediatamente después de ser cargados y pesados. La transferencia de carga, desde una nave a un puerto, genera emisiones de material particulado a la atmósfera las cuales se conocen como emisiones no controladas (fugitivas), estas surgen y se caracterizan por provenir de las interacciones mecánicas a que se ven expuestos los productos, como consecuencia de su transporte con equipos mecanizados y su interacción con el entorno en el cual son descargados.

Aguas Servidas: El proyecto cuenta con aprobación sectorial y ambiental para el muelle 1, respecto al sistema de tratamiento y disposición de aguas servidas de cualquier naturaleza, según el artículo 71 literal b) del D.F. 725/1967, Código Sanitario. No obstante, se solicita el permiso para el tratamiento y disposición de aguas servidas para las instalaciones administrativas del muelle 2. El cual está diseñado para cubrir las necesidades del personal que operará el recinto portuario. Finalmente, cabe destacar que el sistema de aguas servidas se utilizará para las instalaciones de Comedor, Camarines y Oficinas. Se entregan los antecedentes de los respectivos permisos sectoriales y los antecedentes técnicos del PAS 138 relacionado al Sistema de Alcantarillado y agua potable. El efluente del sistema de alcantarillado será debidamente tratado y desinfectados, en un sistema particular de alcantarillado mediante planta de tratamiento, fosas y pozos absorbentes en terreno propio. El efluente final corresponde a un líquido cristalino e inodoro que debe pasar por una última etapa de desinfección antes de su descarga o su re-uso – Esta etapa se hace de la forma más común por cloración y decloración, otras opciones tecnológicas se pueden usar como desinfección por UV u ozono.

Ruido: En la Fase de Operación del Proyecto las emisiones de ruido corresponderán a las Operaciones simultaneas del actual Muelle 1 más, el funcionamiento del futuro Muelle 2. La fase de operación se desarrollará en Periodo Diurno y Nocturno respectivamente, por lo tanto, según corresponda, aplicará evaluar en ambos periodos. Las principales fuentes generadoras de ruido que corresponden al proyecto considerará las principales fuentes de ruido de las actuales Operaciones del Muelle 1 más; la futura fase de Operación del Muelle 2. A su vez, se subdividirán en dos tipos de fuentes de Ruido, Las Fuentes de Ruido Reguladas por el D.S. N° 38/2011 del MMA: corresponde a la maquinaria e instalaciones de cada una de las fases respectivamente y las Fuentes de Ruido No Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Reguladas por el D.S. N° 38/2011 del MMA corresponderán al flujo vehicular de cada una de las fases respectivamente. Con los estudios realizado en cuanto a las emisiones de ruido durante esta fase, se puede inferir que los niveles de ruido modelados en el software computacional para el escenario de operación del proyecto, cumplen con los máximos permisibles establecidos por el D.S N°38/2011 del MMA.

Vibraciones: Para la fase de operaciones del proyecto, la única fuente significativa de vibraciones corresponde al flujo de camiones. Debido a las distancias de los Receptores respecto al Proyecto y Rutas de tránsito, solo se realizará la evaluación para el Receptor R1 (Receptor más cercano a la Ruta “Cuesta Zúñiga”) y Receptor R6 (Oficina industrial Astillero Aquamet). Además, se consideró el peor escenario posible, 2 camiones cargados simultáneamente (un camión por cada sentido de la ruta en un mismo punto). Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos No Peligrosos: Durante la fase de operación del Puerto, se efectuará un almacenamiento transitorio de residuos industriales móviles en contenedores de uso domiciliario cerrados al interior del Puerto que, al encontrarse al tope de su capacidad de almacenamiento, su carga será transportada y depositada en contenedores de 20 m3. No se realizará ningún tratamiento de los residuos y su retiro será a cargo de una empresa autorizada según los requerimientos del momento (capacidad). Cabe destacar que el retiro de residuos se realizará en camiones especializados para esta actividad, los cuales transportarán los residuos hasta un lugar habilitado y que cuente con Autorización Sanitaria. En cuanto a los residuos generados por los materiales de transferencia a granel que puedan caer al piso o manteleta son recolectados en un contenedor como productos en tránsito, siendo recogidos y devueltos a sus dueños de la carga como medida de cuadratura de inventario. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular dentro de la Adenda Complementaria entrega los antecedentes correspondientes al PAS 140 para la etapa de operación.

Residuos Peligrosos: En cuanto a la generación de Residuos Peligrosos (RESPEL), provendrán principalmente de aceites y lubricantes de equipos, producto de la mantención. Cabe señalar que, actualmente ya se cuenta con una bodega para RESPEL, la cual cuenta con Resolución Sanitaria N° LL-R 786 emitida con fecha 19 de marzo del año 2019. Dicha bodega posee una capacidad sobredimensionada para el Muelle 1 y Muelle 2, contando con una superficie aproximada de 11 m2. Ante lo cual, todo almacenamiento de residuo peligroso se realizará en la bodega actualmente existe en el muelle 1. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.7, Capítulo 4 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Este proyecto no considera fase de cierre, aunque las instalaciones/equipos consideran una vida útil de 30 años, se efectuarán periódicamente las mantenciones y restauraciones que correspondan para prolongar su vida útil.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Septiembre 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Implementación de las Instalaciones de Faena. Fecha estimada de término Mayo 2024 Parte, obra o acción que establece el término Levantamiento de faenas. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Junio 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio El inicio de la etapa estará dado por la inauguración oficial del puerto, luego de finalizada la etapa de construcción y obtenidas todas las autorizaciones pertinentes. Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio No aplica Parte, obra o acción que establece el inicio No aplica Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término No aplica

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Aumento de PM10 Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra e instalación de faenas. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental no significativo Aumento presión sonora (ruido) Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra e instalación de faenas y operación del proyecto. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1, Capítulo 5 del ICE De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, por cuanto las emisiones y residuos serán manejados adecuadamente a fin de no afectar a los trabajadores ni al lugar de emplazamiento del proyecto. Lo anterior, según se detalla en Adenda y sus Anexos, incluyendo los antecedentes y requisitos para la obtención de los PAS 138 y 140 del RSEIA, según se detalla en el ICE.

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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo Perdida uso de suelo Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo Parte, obra o acción que lo genera Relleno, construcción explanada. Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental no significativo Contaminación de aguas marinas. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Agua Parte, obra o acción que lo genera Operaciones de carga y descarga de productos a granel. Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental no significativo Aumento en las concentraciones de material particulado y gases Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire Parte, obra o acción que lo genera Transporte de insumos, transporte de trabajadores en vehículos particulares, transporte de producto terminado y fuentes fijas. Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental no significativo Afectación a fauna terrestre de baja movilidad. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción explanada. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental no significativo Afectación a la fauna acuática del área de influencia del proyecto Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Actividades productivas y generación de residuos. Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 5.2, Capítulo 5 del ICE. De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, por cuanto el manejo de los residuos peligrosos y no peligrosos se hará de manera adecuada, a fin de no afectar el suelo ni la calidad del agua. Lo anterior, según se detalla en Adenda y sus Anexos, incluyendo los antecedentes y requisitos para la obtención de los PAS 138 y 140 del RSEIA, según se detalla en el ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Afectación a población protegida pertenecientes a CI solicitantes de EMCPO Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Parte, obra o acción que lo genera Partes y obras de la fase de construcción, operación del puerto. Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.3, Capítulo 5 del ICE. De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300; lo anterior, por cuanto el proyecto se emplaza dentro de una zona de uso industrial y en la cual hay presencia de viviendas y de Grupos Humanos. Respecto de la superposición de las áreas de influencia de emisiones atmosféricas y ruido del Proyecto con parte del área de solicitud de Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (ECMPO) “Panitao” y “Ngulam Ñuke Lafken”, se indica en la DIA y Adendas, que a partir del levantamiento de información desde fuentes primarias realizado en los recorridos por el área de estudio y registro fotográfico, además de la información oficial disponible desde fuentes secundarias y otros antecedentes proporcionados por el Titular, se puede verificar que las partes y obras del proyecto no impiden la realización de actividades consuetudinarias por parte de las organizaciones solicitantes del ECMPO “Panitao” y “Ngulam Ñuke Lafken”, por lo que se descarta la generación de efectos adversos significativos por causa de la ejecución del Proyecto, sobre la calidad de vida de los grupos humanos, en atención a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias contenidas en el artículo 7 del Reglamento del SEIA (reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos) y artículo 8 (en lo referido a poblaciones protegidas).

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No corresponde. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No corresponde. Parte, obra o acción que lo genera No corresponde. Fase en que se presenta No corresponde. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.4, Capítulo 5 del ICE De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300; lo anterior, por cuanto, el proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones protegidas, áreas protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales o sitios prioritarios para su conservación.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No corresponde. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No corresponde. Parte, obra o acción que lo genera No corresponde. Fase en que se presenta No corresponde. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.5, Capítulo 5 del ICE De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, sobre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

el paisaje y el turismo, por lo que no se predicen impactos significativos. Lo anterior, por cuanto, en el lugar de emplazamiento del Proyecto corresponde a una zona de uso industrial, principalmente asociada a la actividad portuaria, y debido a su naturaleza y ubicación, no se obstruirá la visibilidad, alterará recursos, obstruirá el acceso, ni intervendrá en ningún momento zonas con valor paisajístico o turístico.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No corresponde. Parte, obra o acción que lo genera No corresponde. Fase en que se presenta No corresponde. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.6 y 5.7, Capítulo 5 del ICE De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, sobre el patrimonio cultural, por cuanto en el área de emplazamiento del proyecto no hay existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En relación Informe Patrimonio Cultural de la DIA y actualizado en la Adenda considerando que para los alrededores del proyecto se documentan sitios arqueológicos, además de sitios a lo largo de toda la costa, en caso de efectuarse hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación, del artículo 119 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Estudios de Línea Base y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El permiso para realizar pesca de investigación necesaria para el seguimiento de las poblaciones de especies hidrobiológicas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación. Se explican los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar el cumplimiento. Pronunciamiento del órgano competente La Subsecretaria de Pesca y Acuicultura en su Oficio ORD. Nº (D.AC.) ORD. SEIA. N° 375 de fecha 2 de septiembre de 2022 se pronuncia conforme otorgando este permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1, Capítulo 9 del ICE

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición de desagües, aguas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto cuenta con aprobación sectorial y ambiental para el muelle 1, respecto al sistema de tratamiento y disposición de aguas servidas de cualquier naturaleza, según el artículo 71 literal b) del D.F. 725/1967, código sanitario. No obstante, se solicita el permiso para el tratamiento y disposición de aguas servidas para las instalaciones administrativas del muelle 2. El cual está diseñado para cubrir las necesidades del personal que operará el recinto portuario. Anexo 3. Ingeniería. Proyecto alcantarillado particular. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito que establece la Ley para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. En este sentido, debemos indicar que se calcula el sistema de recolección de aguas servidas para un total de 65 trabajadores. Se contempla una limpieza recomendada de la fosa séptica de dos veces al año. Ella se realizará mediante un camión especializado en la extracción de lodos perteneciente a una empresa autorizada y trasladado a un recinto autorizado dentro o fuera de la región. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Los Lagos en su Oficio Ord. N°4231 de fecha 31 de marzo de 2023 se pronuncia conforme respecto a este permiso Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.1, Capítulo 9 del ICE

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección industrialización, comercio o disposición de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del proyecto Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los residuos se almacenarán temporalmente en contenedores ubicados en cada edificación. Estos residuos corresponden principalmente a residuos domiciliarios y a no peligrosos. El manejo de los residuos será de cargo del contratista en la etapa de construcción y del titular en la etapa de operación. Se trata de un almacenamiento transitorio de basura durante el cual no se realizará ningún tratamiento de la misma. El retiro será a cargo de una empresa autorizada según los requerimientos del momento (capacidad) Cabe destacar, que el retiro de los residuos se realizará en camiones especializados para esta actividad, los cuales transportarán los residuos hasta un lugar habilitado y que cuente con Autorización sanitaria. los materiales de transferencia a granel que puedan caer al piso o manteleta y son recolectados al contenedor ya mencionado previamente, son productos en tránsito, los cuales son recogidos y recuperados por sus propietarios. Se aclara, además, que el puerto no es una actividad que desarrolle un proceso de características industriales y, que su actividad es de transferencia de carga de terceros. En atención a lo indicado por la SEREMI de Salud en su Oficio N°4231/2023, se debe tener presente las siguientes condiciones para la obtención de este permiso: El titular presenta antecedentes para obtención del PAS 140, indicando coordenadas del polígono en figura 28 de adenda complementaria y señalando capacidad instantánea máxima de 20 m3 en tolva y acopio en maxi sacos (sobre pallet) con residuos generados en cargas a granel; la frecuencia de retiro de 2 a 3 veces por mes para gestionar 319.220 kg residuos/año, no obstante, quedan algunas observaciones que se detallan a continuación: 1. En acápite a.5 señala que los residuos serán separados según tipo, sin embargo, no presenta detalles de cómo, dónde, ni las categorías de residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

  1. El Plan de contingencias se limita a señalar que de no cumplirse la frecuencia de retiro se evaluará la adquisición de contenedores adicionales. Al respecto, se indica que no es una medida aceptable toda vez que este permiso busca establecer un sitio para acopiar residuos de manera transitoria en ciertas condiciones y cantidades, no siendo lógico autorizar el aumento de la cantidad de residuos de manera arbitraria por parte del titular (lo solicitado es 20 m3 de almacenamiento temporal). Además, no contiene elementos característicos de un plan (análisis de riesgos, priorización de contingencias, acciones frente a los diversos escenarios, indicadores de alerta y, monitoreo y actualización del Plan ante nuevos escenarios, responsables, socialización, canales de comunicación, entre otros).
  2. Situación similar al punto dos (02) ocurre con el Plan de Emergencia, don del titular descarta posibles situaciones debido a la naturaleza no peligrosa y a la frecuencia de retiro. Dejando de lado acciones vinculadas a derrames (en tierra o mar), accidentes, malos olores, vectores u otros escenarios susceptibles de ocurrir, no señalando acciones, responsables y canales de comunicación con la Autoridad competente, entre otros. Dichos antecedentes deberán ser presentados durante la tramitación sectorial y previa operación de la ampliación. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Los Lagos en su Oficio Ord. N°4231 de fecha 31 de marzo de 2023 se pronuncia conforme pero estableciendo algunas condiciones al momento de su tramitación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.2, Capítulo 9 del ICE

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto:

7.1.1 Norma “Ley Nº19.300 (modificada por la Ley 20.417) Componente/materia: Medio Ambiente e institucionalidad. La ley de Bases Generales del Medio Ambiente, por una parte determina y delimita el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, estableciendo los márgenes tolerables y legítimos de alteración al medio ambiente que no constituyen infracción a este derecho y por otra parte, establece un Sistema de Evaluación Ambiental de los proyectos susceptibles de producir efectos importantes sobre el medio ambiente, permitiendo a los interesados en desarrollar tales proyectos, someterse a una evaluación única de sus impactos ambientales que, en caso de tener resultados favorables, le dejará en situación de obtener todos los permisos, autorizaciones y aprobaciones necesarios para el desarrollo de la actividad que se pretende llevar a cabo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 19.300, los proyectos o actividades señalados en su artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. El presente Proyecto corresponde a la transformación de un varadero en astillero, por lo que constituye uno de los proyectos listados en el artículo 10 letra f) de la Ley. Forma de cumplimiento Cumplimiento de las normativas ambientales vigentes, a través del ingreso al SEIA mediante una DIA a fin de obtener la correspondiente RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del proyecto a evaluación y obtención de RCA Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1, Capítulo 8 del ICE.

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

7.1.2 Norma “D.S. Nº40, de 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, del Ministerio del Medio Ambiente” Componente/materia: Medio Ambiente/SEIA. Establece las disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la Participación de la Comunidad en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con los preceptos de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 19.300, los proyectos o actividades señalados en su artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. El presente Proyecto corresponde a la transformación de un varadero en astillero, por lo que constituye uno de los proyectos listados en el artículo 10 letra f) de la Ley. Forma de cumplimiento El titular dará cumplimiento a las exigencias establecidas en la normativa para el ingreso del proyecto a través de una DIA, en la cual se establecen todas las medidas necesarias para el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del proyecto a evaluación y obtención de RCA Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.2, Capítulo 8 del ICE.

7.1.3 Norma Resolución Exenta N°2129/2021 Ministerio del Medio Ambiente; Superintendencia del Medio Ambiente Componente/materia: Habilitar Clave Única como único instrumento de identificación digital para acceder a la plataforma electrónica de la SMA, lo cual requiere del registro de titulares y de la asignación de permisos de reporte para cada persona natural que actúe en representación de entidades reguladas. La presente instrucción general está dirigida a todo regulado o titular de proyectos y/o actividades que deba reportar antecedentes y/o datos a la SMA, a través de la plataforma electrónica dispuesta por esta Superintendencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Etapa de operación y cierre (en caso de que corresponda) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento Obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable, el titular del proyecto se inscribirá en el Registro de Regulados https://sar.sma.gob.cl/registro, entregando toda la información necesaria para que la SMA valide el perfil del titular. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso con clave única al Sistema de Administración de Regulados, para el registro de Encargados y Delegados, quienes podrán reportar en las plataformas habilitadas por la SMA. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Revisión del Sistema de Administración de Regulados actualizando información del titular y personería, cuando corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.3, Capítulo 8 del ICE.

7.1.4 Norma Resolución N°1518/2014 Ministerio del Medio Ambiente; Superintendencia del Medio Ambiente. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°574 Exenta de 2012. Componente/materia: Los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) calificadas favorablemente deberán entregar la información requerida en la presente Resolución, en los plazos, forma y modos señalados. Los titulares de RCAs Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

favorables que se otorguen desde el 28 de febrero de 2014 en adelante, deberán cargar en la plataforma web la información requerida dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la respectiva RCA. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento Dentro de los 15 días hábiles siguiente a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable, el titular del proyecto ingresará a la página web https://srca.sma.gob.cl/ para completar el formulario electrónico con la información solicitada. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante generado por el Registro Público de las Resoluciones de Calificación Ambiental emitido por la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Revisión de formulario electrónico que refleje la información del proyecto con respecto a lo aprobado en la RCA. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.4, Capítulo 8 del ICE.

7.1.5 Norma Resolución N°223/2015. Ministerio del Medio Ambiente; Superintendencia del Medio Ambiente. Componente/materia: Artículo 14 Los titulares de proyectos o actividades que hayan ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por medio de una declaración o un estudio de impacto ambiental, y que en la resolución de calificación ambiental se contemple la ejecución de actividades de muestreo, medición, análisis y/o control, deberán presentar los resultados de acuerdo a lo dispuesto en este párrafo. Artículo 25 Plazo y frecuencia de entrega de la información. La información deberá ser remitida directamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, dentro del plazo y frecuencia establecidos en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Etapa de construcción, operación y cierre (en caso de que corresponda) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable, el titular del proyecto ingresará a la plataforma web https://ssa.sma.gob.cl/Account/Login para operar el Sistema de Seguimiento Ambiental. Posteriormente se ingresará la información comprometida en la RCA como informes de medición, análisis, entre otros Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante generado por el Sistema de Seguimiento Ambiental. Forma de control y seguimiento Lista de chequeo con las obligaciones adquiridas por el titular referente a la remisión de información a la Superintendencia de Medio Ambiente. Carta Gantt con programación de las actividades. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.5, Capítulo 8 del ICE.

7.1.6 Norma D.S. N°31/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba reglamento del sistema nacional de información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de resoluciones de calificación ambiental y sanciones. Componente/materia: Establece las disposiciones por las cuales se regirán la conformación, contenido, actualización, publicidad y forma en la cual operará el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental. Se indica detalladamente quienes son los sujetos obligados a proporcionar dicha información, el tipo o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

clase de información que deben proporcionar, el plazo para remitirla, el contenido del Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental, entre otras materias Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Etapa de operación y cierre (en caso de que corresponda) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Se remitirá la información requerida según lo establecido en la RCA, en conformidad a los plazos, forma y modos establecidos. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes emitidos por la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Lista de chequeo con las obligaciones adquiridas por el titular referente a la remisión de información a la Superintendencia de Medio Ambiente. Carta Gantt con programación de las actividades Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.6, Capítulo 8 del ICE.

7.1.7 Norma Resolución N°1184/2015 Ministerio del Medio Ambiente; Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta e instruye normas de carácter general sobre fiscalización ambiental y deja sin efectos las resoluciones que indica Componente/materia: Entrega instrucciones de carácter general sobre la fiscalización ambiental. Son destinatarios de las presentes instrucciones generales los funcionarios de la Superintendencia del Medio Ambiente que desempeñen actividades de fiscalización ambiental, los funcionarios de los organismos sectoriales que colaboren en el ejercicio de la potestad fiscalizadora de la Superintendencia del Medio Ambiente por medio de un subprograma de fiscalización ambiental, así como también, en lo pertinente, los sujetos fiscalizados. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Etapa de operación y cierre (en caso de que corresponda) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento En caso de producirse una fiscalización ambiental, el encargado de las instalaciones seguirá las instrucciones de los fiscalizadores, entregará la información solicitada y cooperará con la inspección ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Actas de fiscalización ambiental. Forma de control y seguimiento Se establecerá un procedimiento con las directrices de cómo deben actuar los responsables del establecimiento ante un proceso de fiscalización ambiental. Además, se creará un registro que entregue información sobre la inspección ambiental realizada, indicando organismos que asistieron, fecha y hora, tema de la fiscalización, áreas visitadas, entre otros antecedentes de interés. Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.7, Capítulo 8 del ICE.

7.1.8 DFL 340/1960 sobre concesiones marítimas. Componente/materia: Uso del territorio. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Forma de cumplimiento Construcción y operación: Dando cumplimiento a todas las disposiciones que se establezcan en el Decreto aprobatorio correspondiente y sus usos. Indicador que acredita su cumplimiento Construcción: Obtención concesión marítima. Operación: Decreto CCMM cumplido. Forma de control y seguimiento Autoridad marítima. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.8, Capítulo 8 del ICE.

7.2 Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto:

7.2.1 Norma D.S. N°1/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de contaminantes, RETC”. Modificado por D.S. N°31/2018 Componente/materia: Residuos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Construcción: El proyecto contempla la transferencia de contaminantes, por lo que se llevará un registro en donde se informen sus emisiones, residuos, transferencia de contaminantes, etc. Ello lo realizarán por medio de ventanilla única. Operación: El proyecto contempla la transferencia de contaminantes, por lo que se llevará un registro en donde se informen sus emisiones, residuos, transferencia de contaminantes, etc. Ello lo realizarán por medio de ventanilla única. Indicador que acredita su cumplimiento Construcción: Ingreso de documento por ventanilla única Operación: Ingreso de documento por ventanilla única Forma de control y seguimiento Fiscalización y análisis documental por la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1, Capítulo 8 del ICE.

7.2.2 Norma D.S N° 144/2020 que “Aprueba Norma Básica para la implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Componente/materia: Residuos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de residuos no peligrosos en las instalaciones. Forma de cumplimiento Construcción: El proyecto contempla la transferencia de contaminantes, por lo que se llevará un registro en donde se informen sus emisiones, residuos, transferencia de contaminantes, etc. Ello lo realizarán por medio de ventanilla única. Operación: El proyecto contempla la transferencia de contaminantes, por lo que se llevará un registro en donde se informen sus emisiones, residuos, transferencia de contaminantes, etc. Ello lo realizarán por medio de ventanilla única. Indicador que acredita su cumplimiento Construcción: Ingreso de documento por ventanilla única Operación: Ingreso de documento por ventanilla única. *Certificado de la declaración emitidos por el sistema de ventanilla única RETC. Forma de control y seguimiento Consolidado mensual con las cantidades, clasificación y disposición final de los residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

SMA y Seremi de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2, Capítulo 8 del ICE.

7.2.3 Ley N°20920/2016 Ministerio del Medio Ambiente Establece Marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida al productor y fomento al reciclaje. Componente/materia: Residuos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de residuos sólidos en las instalaciones Forma de cumplimiento El proyecto no considera la importación o fabricación de ninguno de los productos prioritarios indicados en la Ley N°20.920 (aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases, embalajes, neumáticos y pilas). En caso de importar alguno de los productos prioritarios indicados en la Ley, se dará cumplimiento a esta normativa. Los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos generados en la etapa de operación serán segregados y almacenados en las respectivas zonas de acopio habilitadas, permitiendo la separación entre los residuos. Los residuos asimilables a domiciliarios, procedentes de baños, comedor y área administrativa, serán almacenados en contenedores plásticos y almacenados temporalmente para su retiro por camión municipal. El transporte y disposición final de todos los residuos sólidos es a través de empresas autorizadas, que posean sus respectivas autorizaciones sanitarias y/o resoluciones de calificación ambiental favorable. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de ingreso de los residuos a sus respectivas áreas de almacenamiento temporal. Guías de despacho que indican el tipo de residuo, cantidad, transportista y lugar de disposición final donde se trasladen los residuos generados. Forma de control y seguimiento Procedimientos para el manejo de residuos dentro de la instalación de faena. Auditoría interna que evalúe las prácticas realizadas por los trabajadores en la etapa de operación. SEREMI de Salud, SEREMI de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.3, Capítulo 8 del ICE.

7.2.4 Norma D.S. N°594/99. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo. Componente/materia: Ruido Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Se facilitará tapones auditivos; En caso de que los niveles sean extremos, se optará por protectores auditivos tipo audífonos. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se corroborará que el nivel de ruido esté dentro de lo permitido según la zonificación y límites que establece la norma. Estudio de ruido ambiente e impacto acústico favorable. Registro de entrega de elementos de protección auditiva a trabajadores. Forma de control y seguimiento Seremi de Salud y SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4, Capítulo 8 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

7.2.5 Norma D.S. N° 144/61. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmosfera Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Construcción: Las emisiones de material particulado se pueden aseverar que estas no son significativas y que por consiguiente no afectarán población aledaña y la calidad del aire local. Respecto a las emisiones por motores, el titular del proyecto se compromete a fiscalizar el cumplimiento de las normas de emisión aplicables. El Titular implementará las siguientes medidas en caso de ser necesarias: • Mantención adecuada de la maquinaria de acuerdo a las instrucciones de los fabricantes. • Revisión técnica al día de la maquinaria utilizada para efectos de transporte. • Reducción de velocidad en caminos de tierra (a 25 km/h). • Se mantendrán los acopios de escombros y/o materiales debidamente controlados, evitando su dispersión. • De ser necesario, humectación de vías de circulación de vehículos y maquinaria; y áreas de movimientos de tierra. • Los camiones serán cargados homogéneamente antes de salir de la faena; cubierta con una lona hermética.

Fase de operación: Se debe mencionar que los aportes de gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza son muy bajos, debido a que la operación del proyecto no conlleva la generación de gases ni material particulado. No obstante, existirá levantamiento de polvo debido al tránsito de vehículos por las vías interiores no pavimentadas. Sin embargo, se estima que dadas las condicione meteorológica y de mantenimiento de estos caminos, las emisiones serán de baja significancia. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de mantención de maquinaria. Registros de revisión técnica al día. • Registro fotográfico de señalética que restringe velocidad de vehículos. Registros fotográficos de los lugares de acopio. • Registro de humectación de caminos. Registro fotográfico de encarpe de camiones. Forma de control y seguimiento Seremi de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.5, Capítulo 8 del ICE.

7.2.6 Norma D.F.L. N° 1/07. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de tránsito. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmosfera Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento El Titular exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con la Ley indicada, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Respecto a la maquinaria que no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

requiera el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantenciones permanentes. Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de revisión técnica y de gases. • Registro de mantenciones Forma de control y seguimiento Seremi de Salud, carabineros de Chile. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6, Capítulo 8 del ICE.

7.2.7 Norma D.S N°54, establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica Componente/materia: Aire y emisiones a la atmosfera Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento En la fase de construcción se realiza una estimación del transporte de camiones, en función del ingreso de suministro de materiales a la faena. Además, se identificaron los materiales considerados en el transporte, entre otros antecedentes. En caso de aquellos vehículos que puedan no requerir revisión técnica, se realizarán mantenciones permanentes para dar cumplimiento a la norma en análisis. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de estimación de transporte de camiones. • Revisión técnica al día de vehículos • Registro de mantenciones de vehículos Forma de control y seguimiento Carabineros de Chile, Inspectores Municipales y SEREMI de Transportes Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7, Capítulo 8 del ICE.

7.2.8 Norma D.S. N° 55/94, establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmosfera Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Se contempla la utilización de vehículos pesados que cumplan con los valores señalados en esta norma, contando con su revisión técnica al día. Cabe indicar que el área de maniobra de los vehículos es restringido, por lo que las emisiones se consideran mínimas. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de Revisiones técnicas al día de vehículos. Forma de control y seguimiento SMA y Ministerio de transportes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8, Capítulo 8 del ICE.

7.2.9 Norma D.S. N° 4/94. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmosfera Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento En la fase de construcción se realizará una estimación del transporte de camiones, en función del ingreso de suministro de materiales a la faena. Además, se identificarán los materiales considerados en el transporte, entre otros antecedentes. En caso de aquellos vehículos que puedan no requerir revisión técnica, se realizarán mantenciones permanentes para dar cumplimiento a la norma en análisis. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de estimación de transporte de camiones. • Revisión técnica al día de vehículos. • Certificado de gases. • Registro de mantenciones de vehículos. Forma de control y seguimiento Carabineros de Chile, Inspectores Municipales y SEREMI de Transportes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.9, Capítulo 8 del ICE.

7.2.10 Norma D.S. N° 75/87. Establece condiciones para el transporte de carga. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmosfera Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento En el caso de ser necesario, se exigirá que el transporte de dichos materiales por zonas urbanas se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales Indicador que acredita su cumplimiento • Contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá dicha obligación. • Registros fotográficos. • Registros de ingreso y salida de camiones al interior de las instalaciones Forma de control y seguimiento Carabineros de Chile, Municipalidad respectiva, SEREMI de Transportes Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10, Capítulo 8 del ICE.

7.3 Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural):

7.3.1 Norma Ley N° 4.601/29. Ley de caza. Texto reemplazado por ley 19.473/96. Componente/materia: Fauna Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Si bien en los estudios de base no se detectó fauna en algún grado de conservación se instruirá al personal sobre la prohibición de caza y de cualquier intervención a la fauna presente en el área del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitación ambiental al personal Forma de control y seguimiento Servicio Agrícola y ganadero y SMA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1, Capítulo 8 del ICE.

7.3.2 Norma Reglamento de la Ley de caza D.S. N° 5/98 Componente/materia: Fauna Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A la totalidad del proyecto. Forma de cumplimiento Se instruirá al personal sobre la prohibición de caza y de cualquier intervención a la fauna presente en el área del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitación ambiental al personal Forma de control y seguimiento Servicio Agrícola y Ganadero y SMA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2, Capítulo 8 del ICE.

7.3.3 Norma Ley N° 17.288/70. Legisla sobre monumentos nacionales. Componente/materia: Patrimonio arqueológico y cultural Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimiento de tierra e instalación de faenas Forma de cumplimiento En caso de detectarse sitios arqueológicos a nivel superficial y/o subsuperficial durante el desarrollo de cualquier fase del Proyecto, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20 y 23 de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además, se deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el titular del Proyecto. Asimismo, se establecerán procedimientos los cuales serán informados mediante inducciones al personal que participe del proyecto en caso de encontrar cualquier hallazgo durante su construcción- Indicador que acredita su cumplimiento • Aviso a la Autoridad competente. • Informe de hallazgo. • Registro de charla de capacitación Forma de control y seguimiento Consejo monumentos nacionales y SMA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.3, Capítulo 8 del ICE.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

Tabla 8.1 Condición 1 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción-operación Objetivo Cumplir condiciones y exigencias establecidas por la SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos. Condición La SEREMI de Medio Ambiente, Región de Los Lagos, mediante su oficio Ord. N°90 de fecha 3 de abril de 2023, establece que: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

“Sin embargo, respecto de los Compromisos Ambientales Voluntarios, el titular deberá considerar lo siguiente: 1. Ruido Submarino en fauna, cuya descripción consta en la Tabla 58 de la Ficha Resumen, se precisa lo siguiente:

Las mediciones deberán realizarse en el puente de acceso y en el cabezo, en ambos casos, al inicio de dichas faenas, durante la primera jornada de trabajo. El informe técnico de las mediciones deberá ser remitido a la Superintendencia en un plazo máximo de 3 semanas una vez finalizadas las mediciones. En caso de identificar superaciones de los umbrales de referencia, deberán adoptarse las acciones comprometidas y se deberá reiterar la medición hasta acreditar cumplimiento de los valores de referencia, e informar de igual forma a la autoridad respectiva. A lo anterior, se deberá incorporar en el presente CAV el deber de reportar a la autoridad sobre la aplicación de la acción descrita en la respuesta 1.10 del Adenda: Protocolo Soft Start para faenas de pilotaje. Al respecto, deberá reportarse un informe con las fichas de terreno que acrediten la aplicación de dicha medida durante las jornadas de hinca, describiendo fecha y horarios de realización, profesionales participantes, hallazgos identificados, registros fotográficos o audiovisuales, entre otros antecedentes que estime relevante para tal efecto. 2. Monitoreo Ecosistema Acuático, cuya descripción se incluye en la página 62 de la Ficha Resumen, se precisa lo siguiente:

A fin de evaluar la potencial ocurrencia de impactos ambientales significativos sobre la biota presente en el Área de Manejo de Explotación de Recursos Hidrobiológicos Chincui, se deben incorporar al monitoreo las estaciones identificadas como E19 y E 20 en la Figura 3-8 del documento Estudio de deriva sedimentaria, Informe Técnico IMC-2201-HM-IT-001-2.docx (Anexo 2. Línea Base. Adenda Complementaria). Respecto de la oportunidad, los monitoreos se llevarán a cabo cada seis meses en Etapa de Construcción y de manera anual, en Etapa de Operación.” Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 10.2.1, Capítulo 10 del ICE.

Tabla 8.2 Condición 2 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción-operación Objetivo Cumplir condiciones y exigencias establecidas por la Gobernación Marítima, Región de Los Lagos. Condición La Gobernación Marítima de Puerto Montt, mediante su oficio Ord. N°12600/525 de fecha 3 de abril de 2023, establece que:

“El titular debe presentar el plan de seguimiento ambiental y sus modificaciones, o en su defecto la justificación de no presentación de este plan de seguimiento a la autoridad marítima correspondiente, previa operación de la ampliación”. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que Tabla 10.2.2, Capítulo 10 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

contenga la descripción detallada

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1 Compromiso ambiental voluntario “Instalar antideslizante en cuesta Zúñiga para aminorar accidentes”. Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Como principal objetivo que tiene este compromiso es poder contribuir con una mayor seguridad a los usuarios de la cuesta Zuñiga, reduciendo el número de accidentes y la peligrosidad existente en la actualidad. Descripción: Este compromiso consiste en la aplicación de un sello antideslizante de forma manual, el cual contribuirá a incrementar la fricción de la superficie, evitando el deslizamiento de los vehículos y camiones que comúnmente ocupan este camino. Justificación: Dentro de las preocupaciones de los vecinos del sector es reconocido el alto riesgo que esta cuesta tiene asociado debido a diferentes accidentes que ahí se han provocado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: la instalación del sello superficial de alta fricción será en la cuesta Zúñiga, en el lado de la vía en donde los vehículos descienden con dirección a Puerto Montt. Forma: Se aplicará un sello superficial de alta fricción de forma manual y en frío para incrementar la fricción de la superficie según las especificaciones y requisitos indicados por el fabricante para el producto. Oportunidad: Esta labor se realizará en la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Instalación correcta y finalizada del sello superficial de alta fricción. Forma de control y seguimiento Registros fotográficos, permisos ante la autoridad pertinente para realizar dichas labores e instalación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1, Capítulo 10 del ICE.

9.2 Compromiso ambiental voluntario “Realizar una vereda peatonal en cuesta Zúñiga”. Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Este compromiso viene a contribuir al mejoramiento del acceso peatonal por la cuesta Zuñiga. Descripción: Se construirá una vereda para tránsito de peatones *por el costado de bajada vehicular la cuesta Zuñiga con dirección hacia Puerto Montt. Justificación: Aumentar la seguridad en la actual, dado el alto flujo vehicular presente en la zona y el hecho que las personas que viven en los sectores aledaños (en especial niños que deben desplazarse al colegio), deban subir por la calzada de dicha cuesta la cual presenta un alto riesgo para ellos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: la construcción de las veredas será por el costado de la vía de bajada vehicular de la Cuesta Zuñiga con dirección hacia Puerto Montt. Forma: Se construirán veredas de hormigón con espesor y superficie uniforme sobre una base de árido y que incluyendo todos los trabajos necesarios para su correcta ejecución. Oportunidad: Esta labor se realizará en la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Construcción finalizada y aprobada por la inspección fiscal de las veredas de hormigón. Forma de control y seguimiento Registros fotográficos, permisos ante la autoridad pertinente para realizar dichas labores y construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2, Capítulo 10 del ICE.

9.3 Compromiso ambiental voluntario “Realizar un acceso a la Playa” Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: con la finalidad de poder mejorar las vías de acceso a la playa se compromete la habilitación de una rampa de acceso para los peatones. Descripción: esta mejora en el acceso a la playa consiste en la instalación de una rampa de madera para el ambiente marítimo con estándar y dimensiones según ley de accesibilidad universal. Este acceso se encontrará a un costado de la Av. Chinquihue a los pies de la cuesta Zuñiga. Justificación: Mejorar los actuales pasos habilitados a la playa del sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La rampa de acceso hacia la playa se ejecutará a un costado de la Av. Chinquihue, a los pies de la Cuesta Zuñiga, específicamente al costado de la vía con dirección hacia Puerto Montt. Forma: Se construirán una rampa a la playa en madera para el ambiente marítimo con estándar y dimensiones según ley de accesibilidad universal, incluyendo todos los trabajos necesarios para su correcta ejecución. Oportunidad: Esta labor se realizará en la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Construcción finalizada y aprobada por la inspección fiscal de las rampas de acceso a la playa. Forma de control y seguimiento Registros fotográficos, permisos ante la autoridad pertinente para realizar dichas labores y construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3, Capítulo 10 del ICE.

9.4 Compromiso ambiental voluntario “Medición y comprobación de ruido submarino”. Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Al inicio de la etapa de hinca de pilotes, se realizará una evaluación de Ruido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Descripción: Realizar mediciones y evaluación de ruido según procedimientos descritos en el Caltrans 2020, en una hinca en el puente de acceso y otra hinca en el cabezo. Justificación: se verificará que los niveles medidos estén por debajo de los niveles de Criterio definido por la Southall et al. 2019. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones se realizarán en los Receptores Componente Fauna submarina identificados en el Punto 8 del Estudio de Ruido & Vibraciones presentado en la Adenda Complementaria. Forma: Se realizarán mediciones y evaluación de ruido según los procedimientos descritos en el Caltrans 2020 en Receptores Componente Fauna submarina identificados en el Punto 8 del Estudio de Ruido & Vibraciones presentado e la Adenda Complementaria. El descriptor de ruido a evaluar corresponderá al indicado en el Southall et al. 2019 “valores Lpeak, RMS y SEL”. Oportunidad: la medición de ruido submarino se realizará una vez durante la hinca de pilotes en el puente de acceso y una en el cabezo. Indicador que acredite su cumplimiento Las mediciones y evaluación de ruido en componente fauna submarina para verificar cumplimiento de los criterios definidos en el Southall et al. 2019 serán realizados por empresa especializada en mediciones y evaluaciones acústicas. Forma de control y seguimiento Por cada una se generará un informe técnico, el cual será reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4, Capítulo 10 del ICE.

9.5 Compromiso ambiental voluntario “Filmación del proceso de hinca”. Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Al inicio de 3 hincas en el puente de acceso y 3 en el cabezo, durante la fase de construcción. Descripción: Ejecutar actividades y labores de inspección submarina por medio de ROV, (ROV: Sigla en inglés para Robot Submarino o vehículo submarino operado remotamente). Justificación: Registrar que el proceso de hinca de pilotes no generará cantidades significativas de levantamiento de sedimento. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las filmaciones se realizarán durante 3 hincas en el puente de acceso y 3 en el cabezo durante el proceso constructivo. Forma: Para las labores de filmación submarina se contará con personal idóneo para realizar las labores: ✓ Los trabajos se realizarán con luz de día (considerando que el proceso constructivo es una actividad diurna) ✓ El tiempo de observación será durante todo el proceso de las 3 primeras hincas en el puente y 3 en el cabezo. ✓ Los trabajos comenzarán con la aproximación y posicionamiento de la nave en la zona de la faena ✓ Se revisarán los equipos sobre la nave ✓ El inicio de la faena de filmación comenzará con el lanzamiento del ROV al agua 30 minutos antes del inicio del proceso. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Oportunidad: Registrar que el proceso de hinca de pilotes no generará cantidades significativas de levantamiento de sedimento. Indicador que acredite su cumplimiento La hinca de pilotes no generará cantidades significativas de levantamiento de sedimento (filmación) Forma de control y seguimiento Por cada una de las filmaciones se generará un informe técnico, el cual será reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5, Capítulo 10 del ICE.

9.6 Compromiso ambiental voluntario “Monitoreo Ecosistema Acuático”. Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo de la calidad del agua y sedimentos marinos. Descripción: El monitoreo será realizado mediante diferentes metodologías dependiendo de la matriz ambiental del ecosistema marino que se quiere estudiar. De acuerdo con la guía metodológica para descripción de medio marino del SEA. Agua: Toma de muestras de agua y análisis en laboratorio. Utilización de botellas oceanográfica para la toma de muestras de agua a distintas profundidades para su posterior análisis en laboratorio. Caracterización fisicoquímica del agua in situ, con la utilización de sondas uniparamétricas o multiparamétricas (como CTDO) para la obtención de perfiles verticales a lo largo de la columna de agua de distintos parámetros como temperatura, salinidad, turbidez, clorofila a y oxígeno. Fondo marino: Granulometría de fondos blandos. Estudio de muestras de sedimento para determinar las distintas fracciones de tamaño presentes y análisis estadísticos para la caracterización del sedimento (moda, D50, y porcentaje de finos). Según metodologías Res. Ex. N°3.612, de 2009, de Subpesca. Imagen del perfil del fondo. Técnica subacuática mediante el uso de un sonar monohaz o multihaz, ecosonda, o ecosonda de barrido lateral, que permitan penetrar en el fondo, para la obtención del perfil vertical de la interfaz sedimento y columna de agua; las que se utilizan para la estimación de procesos biológicos, químicos y físicos que ocurren en aproximadamente los primeros 20 cm del sedimento. Muestreo y análisis de parámetros fisicoquímicos del sedimento. Toma de muestras de sedimentos mediante dragas, para su análisis fisicoquímico en laboratorio. Algunas medidas, como el potencial redox o pH, suelen realizarse in situ. Caracterización de las comunidades macrobentónicas submareales de fondo blando. Determinación inicial de la zona de muestreo mediante una evaluación de la batimetría. Existen diferentes técnicas de recolección de toma de muestra en función del tipo de fondo y de las especies existentes en el sustrato. En este caso como en la línea base se utilizará una draga. Justificación: El Proyecto durante su fase de Construcción considera actividades tales como mejoramiento de caminos, hincado de pilotes y explanada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

En la fase de Operación se consideran actividades principalmente asociadas a carga y descargan de graneles sólidos con frecuencia de camiones y barcos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Puntilla Caullahuapi pertenece al sistema del mar interior del seno Reloncaví, sector cercano a la ciudad de Puerto Montt en Panitao Bajo. Ubicación geográfica de las estaciones de monitoreo.

Forma: Se recogerán las muestras de agua mediante la botella oceanográfica (tipo Niskin), las que luego se transportan al laboratorio para realizar el análisis de parámetros químicos Hidrocarburos Totales, Sólidos Suspendidos, Totales Sólidos Sedimentables. Con los resultados de los análisis se crearán tablas de datos y gráficos para facilitar la interpretación. Además, estos datos podrán ser comparados con valores estándares de calidad de aguas, permitiendo sacar conclusiones sobre los resultados obtenidos. Método apto para un levantamiento exhaustivo/ normal Normal en función del diseño del muestreo. Para la caracterización física y química del agua de mar in situ se utilizará una sonda/perfilador uniparamétricos y multiparamétricos. Se realizarán mediciones puntuales en estaciones de muestreo previamente seleccionadas El instrumento estándar más utilizado para la caracterización fisicoquímica del agua de mar es la sonda CTDO, que mide parámetros como conductividad, salinidad, temperatura, oxígeno disuelto y profundidad (presión). Los datos brutos obtenidos son tratados con software específicos para discriminar los valores atípicos o erróneos. Una vez procesados los valores, se generan tablas de datos y gráficos de perfiles de temperatura, oxígeno disuelto, salinidad, diagramas T-S, entre otros, según el tipo de estudio que se quiera llevar a cabo. Granulometría de fondos blandos: Para la recolección de muestras de sedimentos para mediciones de granulometría, la medición se realiza mediante el tamizado, ya sea en seco o húmedo, de una muestra representativa del sedimento superficial (aproximadamente 3 cm).se extrae una muestra superficial de sedimento del fondo marino desde la embarcación mediante el uso de algún tipo de draga. Imagen del perfil del fondo: Método de caracterización bentónico basado en la utilización de una cámara capaz de penetrar en el sedimento y elaborar una imagen del perfil sedimentario inalterado, hasta una profundidad aproximada de máximo 20 cm para características principalmente cualitativas Muestreo y análisis de parámetros fisicoquímicos del sedimento: Se toman las muestras de sedimento mediante drags, para el análisis de los parámetros fisicoquímicos del sedimento, Carbono Orgánico Total, Materia Orgánica Total, Hidrocarburos Totales, pH y Potencial Redox. Algunos de estos parámetros se analizan in situ y otros en el laboratorio. Oportunidad: Los monitoreos se realizarán una vez al año en la fase de construcción y operación, durante la época de invierno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Indicador que acredite su cumplimiento Se tendrán los contratos e informes técnicos realizados por un profesional del área donde se desarrollarán los resultados de acuerdo con las metodologías y sectores señalados anteriormente. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento del compromiso, que permita verificar que se está ejecutando en los plazos y forma establecidos. Además, los informes serán ingresados a través de la plataforma al SMA y eventualmente otros OAECA competente en la materia. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6, Capítulo 10 del ICE.

9.7 Compromiso ambiental voluntario “Plan de comunicación con las comunidades vecinas del proyecto.” Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener comunicación permanente de forma proactiva con las comunidades vecinas del proyecto. Descripción: Para mantener una comunicación permanente con los vecinos del sector, sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción y operación del proyecto, se implementará un plan de comunicaciones permanente entre las Organizaciones sociales del área de influencia del proyecto, comunidades indígenas, JJVV del sector y el equipo de Asuntos Corporativos de la empresa. Junto a lo anterior el plan también involucrará la canalización de consultas o reclamos, que pudiesen emanarse tanto de la etapa de construcción como de la operación. Justificación: La implementación de este Plan permitirá minimizar la interacción de las obras o acciones del proyecto en el SVCGH del área de influencia del proyecto. Específicamente en el ámbito de las actividades de tipo social como reuniones de los sindicatos de pescadores Mar y Cielo, de la comunidad indígena Newen Lafquen, y sus ceremonias religiosas. En el ámbito productivo también serán informadas las actividades de ingreso y egreso de buques al puerto. El Plan de comunicaciones permitirá: Informar de manera clara y oportuna las actividades del proyecto en su etapa de construcción y operación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se establecerá como lugar principal de encuentro, las instalaciones del Puerto Punta Caullahuapi en la etapa de construcción y en el sitio web del Puerto en la etapa de operación. Forma: para el cumplimiento del Plan se utilizarán vías de comunicación orales, escritas y digitales. Para este efecto se implementará un canal de comunicación entre la empresa y los lideres de las diferentes organizaciones/comunidades indígenas vecinas del proyecto. Se ejecutarán charlas y reuniones, con la comunidad indígena Newen Lafken, la comunidad Indígena Quiñel Huachiquilén Quinan, el sindicato de recolectoras, el sindicato de pescadores Mar y cielo, JJVV Chinquihue Alto, etc. Estas organizaciones claves identificadas estarán debidamente informadas de actividades del proyecto, como, por ejemplo: Hito Que Informar Cuando Inicio de la construcción Informar cuándo comenzará el proceso de construcción. • Horario y días de las jornadas. Previo a la instalación de faenas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

• Medidas a implementar (canales de comunicación, señalética, entre otros). • Nombre y contacto por parte de la empresa. • Medios de comunicación para los reclamos o sugerencias por parte de las comunidades. • Comunicación oportuna sobre la realización de actividades de parte de las organizaciones/comunidade s en las sedes de los sindicatos de pescadores artesanales y la sede de las recolectoras. Proceso de construcción Informar proceso y etapas de la construcción. Interacción continua durante la etapa de construcción. Término de construcción Informar el momento en que se termina la etapa de construcción. Previo a la recepción de obras por parte de la dirección de obras portuarias (DOP) Al momento de ejecutar las charlas/reuniones se tomará asistencia con los participantes donde se debe indicar, nombres, correos, firmas, registro fotográfico y dejar plasmado el contenido impartido, las preguntas y observaciones por parte de los participantes. Oportunidad: La periodicidad de estas reuniones informativas podrá ser mensual o extraordinariamente más de 1 al mes, cuando la ocasión preventiva así lo amerite. Indicador que acredite su cumplimiento Informe resumen de las actividades con la comunidad, asociada a la fase de construcción y operación del Proyecto que contendrá información sobre las charlas/reuniones informativas, listado de asistencia firmado por los participantes y registro fotográfico. Forma de control y seguimiento El control y seguimiento del Plan se llevará a cabo por medio de los informes de Plan de comunicaciones, este se encontrará disponible a la autoridad en los registros de las instalaciones de Faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7, Capítulo 10 del ICE.

9.8 Compromiso ambiental voluntario “Medición y Evaluación de Ruido sobre el Medio Humano, según D.S N°38/2022 del MMA”. Impacto asociado Aumento de presión sonora. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se realizará una Evaluación de Ruido según D.S. N° 38/2011 del MMA en Componente Humana durante el proceso constructivo de 3 hincas en el puente de acceso y 3 en el cabezo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Descripción: Realizar mediciones y evaluación de ruido según procedimientos descritos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en Componente Humana. Justificación: se verificará que los niveles medidos estén por debajo de los niveles máximos permisibles por el D.S. N° 38/2011 del MMA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones se realizarán en los Receptores Componente Humana identificados en el Punto 8 del Estudio de Ruido & Vibraciones del proyecto. Forma: Se realizarán mediciones y evaluación de ruido según los procedimientos descritos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en Receptores Componente Humana identificados en el Punto 8 del Estudio de Ruido & Vibraciones del proyecto. El descriptor de ruido a evaluar corresponderá al indicado en el D.S. N° 38/2011 del MMA “Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC)”. Oportunidad: las evaluaciones de ruido se deberán realizar durante el proceso constructivo de 3 hincas en el puente de acceso y 3 en el cabezo. Indicador que acredite su cumplimiento Las mediciones y evaluación de ruido en componente humana para verificar cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA se realizarán con alguna Entidad de Fiscalización Ambiental (ETFA) Forma de control y seguimiento Por cada una de las mediciones se generará un informe técnico, el cual será reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8, Capítulo 10 del ICE.

9.9 Compromiso ambiental voluntario “Medición y Evaluación de Ruido sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos según Norma Chilena 1619”. Impacto asociado Aumento de presión sonora. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Para la fase de construcción del proyecto, se realizarán mediciones y evaluaciones de Ruido para verificar cumplimiento de la tabla 5 de la Norma Chilena 1619 “Evaluación del ruido en relación con la reacción de la comunidad”. Para la fase de operación en periodo nocturno, se realizarán mediciones y evaluaciones de Ruido para verificar cumplimiento de la tabla 5 de la Norma Chilena 1619 “Evaluación del ruido en relación con la reacción de la comunidad”. Descripción: Realizar mediciones según procedimientos descritos en el D.S. N° 38/2011 del MMA y evaluar según tabla 5 de la Norma Chilena 1619 “Evaluación del ruido en relación con la reacción de la comunidad” en Receptores SVCGH-1 y SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos. Justificación: se verificará que los niveles medidos no superen los niveles del ruido de fondo cuando los Receptores SVCGH-1 y SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos realicen sus actividades descritas en la tabla que se indica en la tabla uso de sedes. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las mediciones durante la fase de construcción se realizarán en los receptores SCVGH-1 y SVCGH-2, en tanto para la fase de operación durante el periodo nocturno se realizarán en el receptor SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos identificado en el Punto 8 del Estudio de Ruido & Vibraciones del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Forma: Para la fase de construcción del proyecto, se realizarán mediciones del Leq del ruido de fondo según los procedimientos descritos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en Receptores SVCGH-1 y SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos identificados cuando estos se encuentren realizando sus actividades. Los valores medidos serán comparados con el nivel del ruido de fondo y se evaluara según la tabla 5 de la Norma Chilena 1619 “Evaluación del ruido en relación con la reacción de la comunidad”. El descriptor de ruido a utilizar corresponderá al Leq del Nivel del Ruido de Fondo en dBA Lento. Para la fase de operación del proyecto en periodo nocturno, se realizarán mediciones del Leq del ruido de fondo según los procedimientos descritos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en Receptor SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos identificado cuando este se encuentre realizando sus actividades. Los valores medidos serán comparados con el nivel del ruido de fondo y se evaluara según la tabla 5 de la Norma Chilena 1619 “Evaluación del ruido en relación con la reacción de la comunidad”. El descriptor de ruido a utilizar corresponderá al Leq del Nivel del Ruido de Fondo en dBA Lento. Oportunidad: las evaluaciones de ruido se deberán realizar cuando los Receptores SVCGH-1 y SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos realicen sus actividades. Indicador que acredite su cumplimiento Las mediciones y evaluación de ruido en Receptores SVCGH-1 y SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos para verificar cumplimiento de la tabla 5 de la Norma Chilena 1619 “Evaluación del ruido en relación con la reacción de la comunidad”, serán realizados por empresa especializada en mediciones y evaluaciones acústicas. Forma de control y seguimiento Por cada una de las evaluaciónes se generará un informe técnico, el cual será reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9, Capítulo 10 del ICE.

9.10 Compromiso ambiental voluntario “Detención de Faenas”. Impacto asociado Aumento de presión sonora Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: con la finalidad de las promover buenas prácticas con los vecinos y comunidades del sector, se compromete la detención de faenas para ciertas actividades que realizan las comunidades Descripción: Cuando la comunidad realice las actividades indicadas en la Tabla “Uso de las Sedes y Compromisos detención de Faenas”, los puntos receptores SVCGH-1 (Sede recolectores de orilla) y SVCGH-2 (Sindicato de pescadores) de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos (del informe de ruido). Se realizará la detención de la faena de Hincado de Pilotes, en los horarios establecidos. Para la fase de operación del proyecto, la empresa coordinara con la comunidad de la Sede Sindicato de Pescadores Mar y Cielo; y, con la Comunidad Indígena Newen Lafken, detención de faenas con grúas portuarias identificadas en el presente informe como FMO 13 y FMO 14, o similares, una vez al año en periodo nocturno, cuando el Receptor SVCGH-2 de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos se encuentre celebrando el año nuevo mapuche. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Justificación: Se establecen estos sectores dado que en ellos existen actividades comunitarias; las cuales, podrían verse afectadas por emisiones acústicas sobre el nivel basal a pesar de estar dando cumplimiento al Decreto 38/2011. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones portuarias. Forma y oportunidad: Se propone la siguiente programación para la detención de las faenas asociadas a las distintas actividades que desarrollan las comunidades: Actividad por sede Uso sede Frecuencia y horario Detención de Faenas Actividades Sede de Pescadores Artesanales. Reunión mensual Sindicato Pescadores Artesanales. Una vez al mes, primer sábado del mes a las 12:00, por 2 horas. Etapa de construcción Hinca de Pilotes. Una vez al mes, primer sábado del mes a las 12:00, por 2 horas Reunión comunidad Newen Lafken Una vez al mes, 3er sábado del mes a las 12:00, por 2 horas Etapa de construcción Hinca de Pilotes. Una vez al mes, 3er sábado del mes a las 12:00, por 2 horas Festividad del año nuevo mapuche Un día al año, en reunión noche Etapa de operación (detención de las grúas mientras dure la ceremonia). Actividades Sede Recolectoras de orilla. Reunión recolectoras de Orilla Esporádicamen te 1 vez al mes en horario diurno. Etapa de construcción Hinca de Pilotes (previa coordinación con agrupación recolectoras de orilla, por 2 horas o menos). Indicador que acredite su cumplimiento El medio de verificación para la detención de las faenas se llevará a cabo a través de grabaciones nocturnas de las operaciones del Puerto, realizadas por las cámaras de vigilancia. Forma de control y seguimiento Informe detención de faenas e informe CAV plan de comunicaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10, Capítulo 10 del ICE.

9.11 Compromiso ambiental voluntario “Charlas de inducción previo al inicio de las obras.”. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a los trabajadores/as del proyecto respecto del componente arqueológico que podría existir en el área del proyecto. Descripción: Con la finalidad de establecer un mecanismo seguro de trabajo y evitar de cualquier manera producir alguna afectación en algún componente arqueológico que pudiere localizarse dentro del sector en donde se desarrollará la ampliación del proyecto. Previo a la fase de construcción, se elaborarán charlas informativas en donde se indicará de manera precisa, la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

manera en que los trabajadores deben actuar ante el hallazgo de algún resto arqueológico. Dichas charlas serán realizadas por un profesional titulado en arqueología; el cual, realizará la charla en las dependencias del puerto, donde indicará el paso a paso a seguir ante el hallazgo de algún resto arqueológico. Justificación: La finalidad que tiene el realizar las charlas informativas, es generar una inducción a los trabajadores respecto de elementos son relevantes en materia arqueológica y cómo debe procederse de manera segura para poder cuidar y dar el aviso correspondiente ante el hallazgo de algún elemento que posea relevancia arqueológica. Se buscará realizar dicha inducción por medio de métodos audio visuales y con un lenguaje sencillo de fácil comprensión para facilitar el entendimiento y lograr el objetivo propuesto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se llevarán a cabo dentro de las dependencias del puerto actualmente existente, en donde se destinará un lugar específico para poder llevar a cabo dichas inducciones. Forma: Al inicio de la jornada, antes de partir con las obras programadas, se deberá dar esta charla inductiva dictada por un profesional Arqueólogo con la finalidad de entregar los conocimientos necesarios en caso de presenciar o encontrar algún hallazgo. Oportunidad: Cada vez que se incorporen nuevos trabajadores. Indicador que acredite su cumplimiento Los medios de verificación serán fotografías fechadas del momento en que se realice la inducción, copia título del profesional de arqueología encargado de la inducción y registro en bitácora. Forma de control y seguimiento La primera fase para acreditar su seguimiento es la obtención de la RCA favorable. Una vez obtenida, se establecerá en una bitácora el inicio de las obras y con ello, la fecha de realización de la inducción. Por otro lado, una vez realizada las charlas de inducción para la fase de construcción se elaborará un informe, indicando la fecha de la inducción y medios de verificación (fotografías u otro medio audiovisual). El cual, en caso de requerimiento de la autoridad se remitirá a la autoridad correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11, Capítulo 10 del ICE.

9.12 Compromiso ambiental voluntario “Educación y/o capacitación de los trabajadores”. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores orientados a la protección de fauna silvestre. Descripción: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se capacitará a todo trabajador del proyecto. Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a la protección de especies silvestres Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas deberán ser realizadas en una sala o auditorio, en grupos de no más de 30 trabajadores (teniendo especial cuidado con los aforos permitidos). Forma: Se realizarán charlas mediante video explicativo las que deberán estar estructuradas en un formato sencillo y amigable, de tal manera que se logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores, exponiendo de manera oral las siguientes temáticas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

✓ Principales especies presentes y/o potenciales en el sector. ✓ Especies que se encuentren en alguna categoría de conservación según la legislación nacional (Ley de caza y/o RCE) en el sector. ✓ Hábitat y/o ambientes para la fauna. ✓ Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres ✓ Importancia ecológica de las diversas especies y de su hábitat. ✓ Riesgo al cual se pueden ver expuestas las diversas especies durante las distintas fases. ✓ Medidas prohibitivas y/o generales a ser adoptadas por cada trabajador dando énfasis en su importancia y/o razón de implementación. ✓ Medidas a reforzar e implementar en época reproductiva de las especies presentes en el sector. Las charlas deberán ser realizadas por todos los trabajadores que participen en la fase de construcción y operación. Oportunidad: Material educativo ✓ Se implementará material educativo, el cual deberá ser estructurado y desarrollado por un profesional competente y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares. ✓ El material deberá estar en un formato sencillo y amigable, de tal manera que logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores. ✓ El material contará con indicaciones visuales y escritas que estarán orientadas en destacar las siguientes temáticas: i. Especies que se encuentren en alguna categoría de conservación según la legislación nacional (Ley de caza y/o RCE) en el sector. ii. Identificación de hábitat y/o ambientes para la fauna. iii. Riesgo al cual se pueden ver expuestas las diversas especies durante la fase de construcción y operación. iv. Medidas prohibitivas y/o restrictivas a ser adoptadas por cada trabajador. Indicador que acredite su cumplimiento Charlas de capacitación: Se considerará como indicador “número e identidad de trabajadores registrados en el libro de participación en la charla y que rindieron la prueba de manera positiva”. Material educativo: Se considerarán dos indicadores: “número e identidad de trabajadores que acusan recibo de material educativo” y “presencia y disponibilidad de material educativo”. Forma de control y seguimiento ✓ Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. ✓ Registro de entrega y recepción de material educativo. ✓ Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.12, Capítulo 10 del ICE.

9.13 Compromiso ambiental voluntario “Plan de perturbación controlada de fauna de baja movilidad”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducir el desplazamiento gradual de especies de baja movilidad (en especial roedores) desde el ambiente que utilizan hacia zonas inmediatamente adyacentes. Descripción: Mediante la implementación de un plan de perturbación controlada, se guiará el abandono de los animales por sus propios medios de sectores que serán intervenidos por obras del proyecto, en particular los roqueríos cercanos a sectores de marea baja del Proyecto. Justificación: La medida se justifica, dada la presencia de especies de micromamíferos (Abrothrix olivaceus), los cuales debido a su baja capacidad de desplazamiento presentan riesgo de sufrir pérdida de individuos. La aplicación de esta medida se justifica en superficies acotadas, en las que se sugiere facilitar el movimiento natural de los individuos hacia áreas adyacentes (Torres-Mura et al. 2014), y evitar un estrés de captura innecesario. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aplica sólo a sectores de roqueríos donde las obras del Proyecto. Cabe señalar que la presente medida sólo aplica a un sector específico de las obras del Proyecto donde se identificó la presencia de Abrothrix olivaceus (ratón oliváceo), este sector se identificó asociado a un sector de disposición de rocas en el sector oeste y sur de la figura de área de influencia. El área de aplicación de la medida, correspondiente a una faja de 10 metros de ancho y una distancia aproximada de 320 metros, que comprende el cerco perimetral actual del Proyecto y sectores de marea baja con presencia de rocas, las que actúan como refugio para especies de fauna vertebrada terrestre, en especial roedores. Forma y oportunidad: El presente compromiso deberá ejecutarse en una época de baja actividad para roedores (otoño, invierno) y consistirá en la generación de ruido y vibración mediante maquinarias durante dos días, cabe destacar que la presente medida debe ejecutarse por personal del proyecto y liderado por un especialista de fauna terrestre. Esta medida y con supervisión del especialista de fauna, deberá orientar el escape de individuos desde las áreas de afectación hacia zonas que no contemplan trabajos, orientando el escape de animales en las direcciones en las que se muestra la siguiente Figura. Cabe señalar que la presente medida debe ejecutarse en un plazo no mayor a 1 a 2 días previo al inicio de la intervención. Se ejecutará durante toda la fase de construcción del Proyecto, conforme con el avance de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento ✓ Se llevará un registro en fichas de las actividades diarias asociadas a la medida de perturbación controlada, en el que se dé cuenta de la superficie de aplicación de la medida y del indicador de cumplimiento. ✓ Se presentará un Plan de Perturbación Controlada a la DIPROREN (División de Protección de Recursos Naturales) del SAG, donde se detallará la metodología, plazos, especies objetivo y seguimiento de la presente medida. ✓ Aviso del inicio de la medida y la entrega de un informe que dé cuenta de las actividades de perturbación controlada, a la Superintendencia del Medio Ambiente y al SAG regional. Forma de control y seguimiento La forma de control y verificación será mediante la realización de transectos en las áreas de aplicación, previo a la perturbación y posterior a ella, de manera de registrar la presencia/ausencia de individuos de baja movilidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.13, Capítulo 10 del ICE.

9.14 Compromiso ambiental voluntario “Plan de seguimiento y monitoreo de aves”. Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Obtener información acerca de las aves residentes y migratorias del sector, con la finalidad de registrar parámetros ecológicos como: riqueza, abundancia y densidad en un corto, mediano y largo plazo. Descripción: Mediante la implementación de un plan seguimiento y monitoreo de aves, se establecerá un plan de seguimiento (1 vez al año por 3 años), donde se evaluará la presencia/ausencia de aves, mediante metodologías de censo y punto de aves. Con la finalidad de identificar patrones de afectación de este ensamble debido a la sinergia negativa de la antropización de los ambientes naturales por los proyectos aledaños y por el propio. Justificación: La medida se justifica, dada la presencia de especies de aves de hábitos migratorios y residentes en el área de estudio. Además, el área del Proyecto se sitúa en un sector de humedal con alta intervención antrópica (calles, otros proyectos, basura, animales domésticos, entre otros). Esta medida permitiría identificar alternaciones y tomar medidas correctivas a tiempo con la finalidad de no alterar esta clase de vertebrados terrestres. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aplica a sectores de marea baja en los cuales se identificó aves migratorias como pitotoy, gaviotas, zarapitos y otros. Sólo a sectores de roqueríos donde las obras del Proyecto podrían provocar afectación. Para lo anterior se recomienda obtener registros de aves en sectores de humedal dentro del área de influencia del proyecto y comparar los datos con el sitio de interés identificado dentro del estudio de línea de base (rio sin nombre). Para lo anterior se recomienda establecer un mínimo de tres estaciones de muestreo con metodologías adecuadas para este tipo de seguimientos (puntos de aves, censos u otro). Cabe señalar que la presente medida sólo aplica a dos sectores específicos, área de influencia y sitio de interés, donde se identificó la presencia de avifauna residente y migratoria. Forma y oportunidad: El presente compromiso deberá ejecutarse 1 vez al año en primavera por 3 años, tiempo suficiente para registrar las poblaciones de aves y estimar de manera estadística su comportamiento y/o afectación en el área de influencia del Proyecto (luego reevaluar su continuidad de acuerdo a los datos obtenidos), Este compromiso, permitirá alertar de manera oportuna cualquier tipo de variación asociada a las aves. Indicador que acredite su cumplimiento ✓ Se llevará un registro en fichas de las actividades diarias asociadas a la medida de seguimiento, en el que se dé cuenta del lugar y tiempo de aplicación de la medida y del indicador de cumplimiento. ✓ Se presentará un Plan de Seguimiento y Monitoreo de Aves a la DIPROREN (División de Protección de Recursos Naturales) del SAG, donde se detallará la metodología, plazos, especies objetivo y seguimiento de la presente medida. ✓ Aviso del inicio de la medida y la entrega de un informe que dé cuenta de las actividades de perturbación controlada, a la Superintendencia del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Medio Ambiente y al SAG regional. Se entregará un informe anual donde se analizará o compilará la información. Forma de control y seguimiento La forma de control y verificación será mediante la entrega digital de los transectos y estaciones de muestreo, así como también una base de datos por cada monitoreo realizado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.14, Capítulo 10 del ICE.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1 Riesgo o contingencia “Derrames de la bodega de residuos peligrosos (RESPEL)“. Fase del proyecto a la que aplica Construcción-Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de Residuos Peligrosos Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación a los trabajadores que utilizan sustancias peligrosas. - Registro actualizado que indique cantidad y clasificación de peligrosidad de las sustancias peligrosas que se mantengan en las instalaciones. - Revisión periódica de las zonas de almacenamiento de sustancias peligrosas. - Stock permanente de elementos de contención de derrames. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En el lugar de almacenamiento de sustancias peligrosas se mantendrán las respectivas hojas de datos de seguridad (HDS) actualizadas según la NCh 2245/2015. - Se mantendrá registro con las cantidades y clasificación de peligro para cada sustancia peligrosa según la NCh 382/2017. - Toda sustancia peligrosa deberá estar contenida en su envase original y con etiquetado legible. - Los cilindros se mantendrán en posición vertical y sujetos a la pared o sistema que impida su volcamiento. - Capacitación permanente al personal que manipule sustancias peligrosas, estableciendo procedimientos de manejo y las medidas de seguridad asociadas. - Para la utilización de sustancias peligrosas los trabajadores deberán equiparse con los EPP correspondientes. - Existencia de pictogramas de riesgo, que indiquen las clases y divisiones de las sustancias peligrosas almacenadas. - Acceso restringido a las sustancias peligrosas, el que estará controlado por el Encargado de Adquisiciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, la empresa presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, informe preliminar de la emergencia, para ello se empleará el “Formulario de Notificación de Emergencia” (Anexo 01), este documento será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), Seremi de Salud Región de Los Lagos, Capitanía de Puerto de Puerto Montt y alguna otra institución pertinente Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 7.1.1, Capitulo 7 del ICE

10.2 Riesgo o contingencia “Derrames de cargas transferidas y acopiadas” Fase del proyecto a la que aplica Operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Muelles de carga y descarga Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Transferencia de Graneles: Por deriva de viento - No realizar descarga de graneles cuando la velocidad del viento supere los 15 nudos (25 km/h), información entregada por el servicio Meteorológico AAMM de Chile http://meteoarmada.directemar.cl/prontus_meteo/site/edic/ba se/port/inicio.html - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Mantener supervisión permanente de las operaciones de descarga. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. - Disponer del derrame en recintos autorizados para tales efectos. Derrame por mal cierre palas. - Verificar estado operativo de palas graneleras. - Verificar cellos de palas graneleras. - Instruir al operador de grúa reporte cualquier mal funcionamiento pala. - Mantener supervisión permanente de las operaciones de descarga. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. - Disponer del derrame en recintos autorizados para tales efectos. Derrame por mal cierre compuerta tolva camión. - Verificar estado tolva y compuerta camión. - No sobrecargar tolva camión. - Conducir camión respetando límites de velocidad (20 km/h). - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. - Disponer del derrame en recintos autorizados para tales efectos. Embarque de astillas: Por deriva de viento - No realizar descarga de graneles cuando la velocidad del viento supere los 15 nudos (25 km/h), información entregada por el servicio Meteorológico AAMM de Chile http://meteoarmada.directemar.cl/prontus_meteo/site/edic/ba se/port/inicio.html. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Mantener supervisión permanente de las operaciones de descarga. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. - Disponer del derrame en recintos autorizados para tales efectos. Derrame por transporte en cinta: - Verificar estado operativo de las cintas transportadoras. - Verificar estado rodillos. - Instruir al operador que reporte cualquier mal funcionamiento de la cinta. - Mantener supervisión permanente de las operaciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

- Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. Derrame por falla en reclaimer. - Verificar estado operativo del equipo. - Instruir a los operarios que reporten cualquier mal funcionamiento de reclaimer. - Mantener supervisión permanente de las operaciones. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. Derrame por falla en shiploader. - Verificar estado operativo del equipo. - Instruir a los operarios que reporten cualquier mal funcionamiento del shiploader. - Mantener supervisión permanente de las operaciones. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - e. Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. Descarga fraccionada: Derrame por caída de carga - No realizar descarga de graneles cuando la velocidad del viento supere los 15 nudos (25 km/h), información entregada por el servicio Meteorológico AAMM de Chile http://meteoarmada.directemar.cl/prontus_meteo/site/edic/ba se/port/inicio.html - Verificar estado operacional de utilería (Cables, cabos, grilletes, ganchos, etc) - Mantener supervisión permanente de las operaciones. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. Derrame por caída de carga mal estiba sobre camión - Mantener supervisión permanente de las operaciones. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. Descarga de contenedores. Derrame por caída de carga - No realizar descarga de graneles cuando la velocidad del viento supere los 15 nudos (25 km/h), información entregada por el servicio Meteorológico AAMM de Chile http://meteoarmada.directemar.cl/prontus_meteo/site/edic/ba se/port/inicio.html - Verificar estado operacional de utilería (Cables, cabos, grilletes, ganchos, spreader etc) - Mantener supervisión permanente de las operaciones. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. Derrame por caída de carga mal estiba sobre camión - Mantener supervisión permanente de las operaciones. - Realizar barrido de sector de muelle que fue afectado por derrame. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitaciones a trabajadores que tengan funciones relacionadas a cargas transferidas o acopiadas. - Revisión permanente de la maquinaria utilizada en estos procesos (programa de mantención). - Registro de eventos asociados a las distintas situaciones descritas en el cuadro de acciones o medidas frente a una contingencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, la empresa presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, informe preliminar de la emergencia, para ello se empleará el “Formulario de Notificación de Emergencia” (Anexo 01), este documento será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), Seremi de Salud Región de Los Lagos, Capitanía de Puerto de Puerto Montt y alguna otra institución pertinente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 7.1.2, Capitulo 7 del ICE

10.3 Riesgo o contingencia “Derrames asociados a la operación de la Pta. De tratamiento” Fase del proyecto a la que aplica Construcción-Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Derrame durante la extracción de lodos. - Verificar estado de mangueras y conectores antes y durante la extracción. - Mantener supervisión permanente durante la extracción de lodos. - Realizar la operación por personal capacitado. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. - Disponer del derrame en recintos autorizados para tales efectos. Derrame por obstrucción o falla en conexiones de comedor, camarines, oficinas. - Verificar estado operativo de la planta de tratamiento. - Operar planta de acuerdo a sus especificaciones técnicas. - Depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. - Disponer del derrame en recintos autorizados para tales efectos. Derrame por accidente en carretera de camión con lodos. - Verificar estado del camión, por medio de control de documentación vigente, tal como revisión técnica. - Conductor debe contar con licencia de conducir acorde al trabajo a realizar. - Conducir camión respetando límites de velocidad. - En caso de accidente en carretera reponer con otro camión. - Lavar la zona afectada y depositar derrame en contenedores definidos para tales efectos. - Disponer del derrame en recintos u áreas autorizados para tales efectos. Derrame por falla operacional y/o eléctrica de la planta. - Verificar estado operativo de la planta de tratamiento. - Realizar mantenciones respectivas. - Notificar al área de mantenimiento en caso de fallas. Acumulación de lodos. - Retirar lodos según especificaciones técnicas de operación de la planta. Deterioro bacteriano Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

- No emplear productos químicos que alteren desarrollo de bacterias presentes en los lodos. Forma de control y seguimiento - Programa de mantención de la Pta. De Aguas Servidas. - Capacitaciones sobre los distintos escenarios de contingencia relacionados al funcionamiento de la Planta. - Registro de eventos asociados a las distintas situaciones descritas en el cuadro de acciones o medidas frente a una contingencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, la empresa presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, informe preliminar de la emergencia, para ello se empleará el “Formulario de Notificación de Emergencia” (Anexo 01), este documento será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), Seremi de Salud Región de Los Lagos, Capitanía de Puerto de Puerto Montt y alguna otra institución pertinente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 7.1.3, Capitulo 7 del ICE

10.4 Riesgo o contingencia “Encuentro con embarcaciones menores” Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Rutas de atraque de embarcaciones, Muelle 1 y 2. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Abordaje nave mayor a nave menor sin hundimiento y sin lesionados. - Evaluar gravedad de la situación, considerando lesionados y daños a las embarcaciones. - Evaluar posibles derrames de hidrocarburos. - Dar aviso a la Armada de Chile. Abordaje nave mayor a nave menor sin hundimiento y con lesionados. - Evaluar gravedad de la situación, considerando lesionados y daños a las embarcaciones. - Evaluar posibles derrames de hidrocarburos. - Dar aviso a la Armada de Chile. - Dar aviso al Organismos Administrador del Seguro, Ley 16.744 - En caso de lesiones graves o fatales, dar aviso a SEREMI de Salud e Inspección del Trabajo. Incidente con presencia de derrames de hidrocarburos Activar: “PLAN DE CONTIGENCIA PARA EL CONTROL DE DERRAME DE HIDROCARBUROS, SUS DERIVADOS Y OTRAS SUSTANCIAS NOCIVAS LIQUIDAS SUSCEPTIBLES DE CONTAMINAR”. Abordaje nave mayor a nave menor con hundimiento. - Evaluar gravedad de la situación, considerando lesionados y daños a las embarcaciones. - Dar aviso a la Armada de Chile. - Activar: “PLAN DE CONTIGENCIA PARA EL CONTROL DE DERRAME DE HIDROCARBUROS, SUS DERIVADOS Y OTRAS SUSTANCIAS NOCIVAS LIQUIDAS SUSCEPTIBLES DE CONTAMINAR”. Abordaje nave mayor a nave menor con hundimiento y lesionados. - Evaluar gravedad de la situación, considerando lesionados y daños a las embarcaciones. - Activar: “PLAN DE CONTIGENCIA PARA EL CONTROL DE DERRAME DE HIDROCARBUROS, SUS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

DERIVADOS Y OTRAS SUSTANCIAS NOCIVAS LIQUIDAS SUSCEPTIBLES DE CONTAMINAR”. - Dar aviso a la Armada de Chile. - Dar aviso al Organismos Administrador del Seguro, Ley 16.744 - En caso de lesiones graves o fatales, dar aviso a SEREMI de Salud e Inspección del Trabajo. Forma de control y seguimiento - Facilitar información sobre tráfico y horarios de las embarcaciones a pescadores locales. - Registros de reportes de incidentes. - Capacitaciones a los trabajadores encargados de asistir estos tipos de incidentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, la empresa presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, informe preliminar de la emergencia, para ello se empleará el “Formulario de Notificación de Emergencia” (Anexo 01), este documento será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), Seremi de Salud Región de Los Lagos, Capitanía de Puerto de Puerto Montt y alguna otra institución pertinente. En caso de lesiones graves o fatales se debe seguir el procedimiento señalado por el MINSAL, esto es: - Autosuspención de las faenas. - Notificación a Seremi de Salud e Inspección del trabajo Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 7.1.4, Capitulo 7 del ICE

10.5 Riesgo o contingencia “Control de Derrames de Hidrocarburos”. Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones del terminal marítimo portuario Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Ante un derrame por hidrocarburos u otras sustancias susceptibles de provocar daño al medio ambiente cautico algún derivado de este, se deberá activar rápidamente el presente plan, disponiendo de las medidas necesarias para el control de derrame. - Informa de la activación del plan de contingencia al jefe de terminal u operaciones, solicitando, en caso de ser necesario y de acuerdo con la a magnitud del derrame apoyo para la contención de este. - Se deberá de informar cualquier derrame que ocurra en el Puerto Punta Caullahuapi S.A., a la autoridad marítima, para accesoria con personal encargado. - Utilización de paños absorbentes y arena, en caso de que el derrame este contenido en el Puerto Punta Caullahuapi S.A., y posterior disposición según lo indicado en el punto anterior. - Utilización de mangas adsorbentes, en casi de que el derrame haya escurrido hacia el medio ambiente acuático. Las cuales pueden adsorber hasta 75,7 litros c/u, con las cuales se cerrará el perímetro de la mancha comenzando por el lado de la dirección de la marea, jalando la boa por ambos extremos, conteniendo y adsorbiendo la mancha y disponiendo posteriormente lo recuperado en los recipientes predestinados para el acopio del material recuperado. - Se utilizarán embarcaciones para acercarse a la mancha para contenerla con la ayuda de las boas. - Se dispondrá el combustible recuperado y los elementos utilizados en la contención y recuperación en los recipientes herméticos y predestinados en el varadero. Los cuales estarán rotulados con cartel que indique la sustancia que almacena. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

Forma de control y seguimiento

Se realizarán ejercicios de practicar del plan de contingencia ante eventual derrame de hidrocarburos. - Diariamente el jefe de operaciones verificara visualmente si existe acopio y combustible con e objeto de ver in situ que no haya fugas o perdidas de este. - Mensualmente el jefe de terminal u operaciones verificara el estado del material de combate de contaminación verificando el correcto almacenaje y cantidad establecida. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5 de la Adenda Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe de terminal u operaciones, al momento de evaluar la emergencia y disponer de la activación del plan, deberá comunicar las necesidades de apoyo a la autoridad marítima y al departamento de prevención de riesgos de la empresa. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 7.1.5, Capitulo 7 del ICE

10.6 Riesgo o contingencia “Encuentro de mamíferos marinos con embarcaciones” Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Rutas de atraque de embarcaciones, Muelle 1 y 2. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Mamífero lesionado por estructura o hélice embarcación que impida al animal a desplazarse. - Si se constata lesión de animal, se dará aviso al Servicio Nacional de Pesca y Armada de Chile, para que evalúen procedimiento a seguir. - Evaluar si interacción fue debido a comportamiento animal o maniobra buque. - Evaluar frecuencia de la presencia de mamíferos marinos en zona de influencia muelle. - Evaluar la necesidad de contactar empresa de buceo como apoyo externo. Mamífero muerto por golpe de embarcación o hélice. - Si se constata muerte del animal, se dará aviso al Servicio Nacional de Pesca y Armada de Chile, para que evalúen procedimiento a seguir. - Evaluar si interacción fue debido a comportamiento animal o maniobra buque. - Evaluar frecuencia de la presencia de mamíferos marinos en zona de influencia muelle. - d. Evaluar la necesidad de contactar empresa de buceo como apoyo externo para retiro animal previa autorización autoridades competentes. Forma de control y seguimiento - Será responsable de realizar el avistamiento y presencia de mamíferos marinos en el sector, para lo cual procederá con la guía y capacitación para su efecto. - Implementación de procedimientos para el caso de operador realice avistamiento de mamíferos marinos en el sector, se procederá a informar a jefe de nave para realizar el alejamiento del sector el cual procederá acorde a las instrucciones de alejamiento. A su vez se procederá a informar al práctico y patrón de embarcación de remolcador para disminuir la velocidad de navegación y movimiento a una velocidad menor al desplazamiento normal de la especie. - Mantener una bitácora de avistamientos y tomar fotografías para fotoidentificación de mamíferos marinos, especialmente cetáceos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777

- El personal de la empresa será capacitado y entrenado anualmente respecto al presente documento, con la finalidad que todos los involucrados sepan cómo actuar, además para los casos de personal nuevo será incorporado en las respectivas inducciones, generando los debidos registros de participación y/o asistencia en caso de fiscalizaciones. La programación de actividades de formación y entrenamiento estarán contenidas en el programa de capacitación de la empresa. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia de situaciones de emergencias, la empresa presentará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, informe preliminar de la emergencia, para ello se empleará el “Formulario de Notificación de Emergencia” (Anexo 01), este documento será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), Seremi de Servicio Nacional de Pesca, Capitanía de Puerto de Puerto Montt y alguna otra institución pertinente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 7.1.6, Capitulo 7 del ICE

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  5. Que, para que el proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental X Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  8. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

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  1. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi”, de Puerto Punta Caullahuapi S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138 y 140 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 119 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5°. Certificar que el proyecto “Ampliación Puerto Punta Caullahuapi” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Giovanna Moreira Almonacid Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

SST/JHS/MSA/PAC

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Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Mario Antonio Santana Bastidas vtorres@tmpatagonia.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONADI, Región de Los Lagos valtamirano@conadi.gob.cl Gobernación Marítima de Puerto Montt puertomontt@directemar.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos gobernador@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Puerto Montt gervoy.paredes@puertomontt.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos rmassa@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos <citurriaga@mma.gob.cl, ngesell.10@mma.gob.cl> SEREMI MOP, Región de Los Lagos daniel.olhabe@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura <beyzaguirre@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl, rhager@subpesca.cl, rgarciam@subpesca.cl> CC: Encargado/a de PAC Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2159121777