Evaluación SEA

Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos.

Rol 2154270889
SEA · DIA · Aprobado · 2021-12-03 · Región Metropolitana de Santiago · Empresa De Los Ferrocarriles del Estado

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos.”

Santiago

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), admitida a trámite con 03 de diciembre de 2021, mediante Resolución Exenta N°202113001250 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 26 de octubre de 2023, y su Adenda Complementaria de fecha 01 de julio de 2024, del Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos”, presentado por Patricio Pérez Gómez con fecha 30 de noviembre de 2021 en representación de Empresa De Los Ferrocarriles del Estado .

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) N° 202413109100 de la DIA del Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos”.

3°. El Acta de Evaluación N°04/2023 de fecha 21 de noviembre de 2023 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE N°2024131091004 de la DIA del Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos” de fecha 26 de julio de 2024.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 05 de agosto de 2024.

6°. La Resolución Exenta Nº 202213101226, de 11 de abril de 2022 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

7°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 373/2013, de 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, del proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos.” que se modifica a través de la presente Resolución.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos”.

9°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; en el Decreto Supremo N° 214 de fecha 02 de julio de 2024 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y en la Resolución N°7, del 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Patricio Pérez Gómez (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Empresa De Los Ferrocarriles del Estado Rut 61.216.000-7 Domicilio Morandé 115, Piso 6, Santiago, Región Metropolitana Teléfono +56 2 25855896 Nombre representante legal Tatiana Gatica Navea Rut representante legal 13.815.711-3 Domicilio representante legal Morandé 115, Piso 6, Santiago, Región Metropolitana Teléfono representante legal +56 2 25855896 Correo electrónico Titular o representante legal tatiana.gatica@efe.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de julio de 2024, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:

• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de este documento; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 131, 140 y 142 y 156 todos del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”); • No presenta o genera los efectos, característicos o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión del 05 de agosto de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos.”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de julio de 2024, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA, en su Adenda, en su Adenda Complementaria y en sus correspondientes anexos, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo general del Proyecto es mejorar la conectividad para los peatones y reforzar la seguridad de las instalaciones ferroviarias para garantizar la operación continua del servicio de pasajeros en el tramo Santiago-Nos, sin interrumpir el paso del tren. Descripc ión general del Proyecto El Proyecto corresponde a la modificación del Proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago – Rancagua” (RCA N°373/2013), en el tramo Santiago- Nos. El Proyecto reforzará la conectividad peatonal Oriente-Poniente, por lo que EFE ha diseñado mejoras y complementaciones a las obras del Subproyecto de Seguridad y Confinamiento presentadas en el Proyecto original (Anexo 7 de la DIA de RCA 373/2013). Para esto, se contempla: Mejoras en la conectividad para peatones: Para resolver los problemas de conectividad que actualmente sufre la comunidad vecina a la faja vía, como también de los transeúntes que hacen uso de los pasos a desnivel existentes en el tramo Santiago-Nos, se contempla el reemplazo de 14 pasos peatonales tipo pasarela (PPD) por pasos peatonales soterrados o pasos multipropósito (PMP), la construcción de 2 PMP nuevos, y el mejoramiento de estructuras existentes, a saber, 3 PMP, 3 PPD, 3 pasos vehiculares inferiores (PVI) y 9 Estaciones. Mejoramiento urbano y paisajístico: Se realizarán obras de mejoramiento en estructuras existentes del tramo Santiago-Nos (3 PMP, 3 PPD y 9 Estaciones) que consisten en restituir la estructura a su estado inicial de proyecto, esto implicaría reposición de la vegetación de paisajismo por una de bajo consumo, remoción de rayados o grafitis, reposición de las luminarias dañadas o afectadas por vandalismo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

En 3 de los PVI del tramo Santiago-Nos, se realizará la reposición de la vegetación de paisajismo por una de bajo consumo e instalación de luminarias bajo la estructura que soporta las vías EFE. Confinamiento y seguridad: Con el objetivo de dar continuidad al confinamiento de la vía férrea entre las estaciones de Alameda a Nos, se proyecta el cierre perimetral en la cola de maniobras Nos, puentes, estaciones, y en los sectores que presentan afectaciones en plena vía. Adicionalmente, a fin de disuadir el acceso de personas a la faja vía y mitigar el vandalismo a la infraestructura critica de EFE, se implementará un circuito cerrado de televisión (CCTV) con puntos de monitoreo con cámaras fijas. El sistema de monitoreo a implementar será visualizado desde el edificio de tráfico, en el puesto de operador del PVS (Puesto de Vigilancia de Seguridad).

Adicionalmente, se contempla un mejoramiento comunitario en el acceso del Pasaje Grohnert, ubicado en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, y en el Monumento Histórico (MH) Víctor Jara, ubicado en la Población Santa Olga en la comuna de Lo Espejo, con el objetivo de restituir los espacios urbanos que fueron deteriorados producto de los distintos proyectos de infraestructura con los que estos lugares conviven.

La superficie total de “afectación superficial” (se excluye de este cálculo los mejoramientos de obras existentes en PMP, PPD, PVI, Estaciones y Confinamiento de la vía férrea, pues las obras de intervención no contemplan una superficie adicional a lo ya aprobado por el proyecto original), aproximada corresponde a 78.336 m2.

La fase de construcción tendrá una duración de 43 meses (ver cronograma en Figura 1-18 de la DIA y cronología actualizada respuesta 1.9 de la Adenda Complementaria). Tipologí a principal , así como las aplicable s a sus partes, obras o acciones El proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos” se somete voluntariamente al SEIA, en conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N°19.300, que señala expresamente que aquellos proyectos no comprendidos en su artículo 10 podrán acogerse voluntariamente al SEIA. Vida útil Es indefinida. Monto de inversió n Es de USD $46.000.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecució n El hito que da inicio al Proyecto corresponde a la habilitación de las instalaciones de faenas. Proyecto se desarroll a por etapas Si N o Respecto a lo establecido en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, el Proyecto no será desarrollado por etapas. Mayores antecedentes en el punto 1.3.3 de la DIA.

[X ] Proyecto modifica un Proyecto o activida d Si N o En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, se declara que el Proyecto corresponde a una modificación del Proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua”, el cual fue aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Mayores antecedentes en el punto1.3.1 de la DIA. [X ]

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Proyecto modifica otra(s) RCA Si N o El Proyecto corresponde a una modificación del Proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua”, el cual fue aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos. A continuación se señalan las modificaciones de la RCA Mayores antecedentes en el punto 1.3.1 de la DIA.

Tabla 2.1 Modificaciones que introduce el Proyecto al proyecto existente Ítem Proyecto existente RCA Considera ndo Proyecto Cierres En respuesta 1.9. de la Adenda N° 2, el Titular precisa que se implementarán tres tipos de cierre de la faja vial para el trazado Santiago – Rancagua, a saber: muros de bloque de hormigón, muros tipo bulldog y malla metálica. Dichos cierres únicamente tendrán por finalidad sustituir el tipo de cierre existente por soluciones similares. Los tipos de cierres de la faja vía se presentan en la Tabla N° 8 del ICE y la planimetría de los cierres de la faja vía se adjunta del Anexo N° 6 de la Adenda N° 1. Esta información se presenta en el numeral 1.9.8.1.7. del ICE. RCA 373/2013 Punto 3.12.1.7. Cierros de la faja vial El Proyecto contempla dar continuidad al confinamiento de la vía férrea a fin de evitar accidentes a las personas, suspensión del servicio, daño a la infraestructura de EFE y al material rodante. Los sectores que requieren mejoras en cuanto al sistema de confinamiento se ubican entre las estaciones de Alameda a Nos, específicamente entre los Km. 1+607 y Km. 20+900. Para ello, se proyecta: - Confinamiento en plena vía, en los sectores que presentan afectaciones, y cola de maniobras Nos. - Confinamiento de la faja vía en sectores de puentes. - Confinamiento de la faja vía en sectores de estaciones. - Impedir la completa visualización desde el exterior hacia el interior de la cola de maniobra Nos, a fin de no incentivar el rayado de trenes. Mejoramiento de seguridad en estaciones El Proyecto sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) consiste en lo siguiente: El mejoramiento y/o construcción de estaciones con mesanina soterrada de las Estaciones Lo Valledor, Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo, Lo Blanco, Freire, San Bernardo, Maestranza y Nos, y con mesanina superficial de las Estaciones Alameda, Buin Zoo, Buin, Linderos, Paine, RCA 373/2013 Punto 3.d) Dentro de la mejora en la conectividad para los peatones, el Proyecto contempla la mejora al entorno de 9 estaciones del tramo Santiago-Nos, que consiste en mejorar iluminación, vigilancia en acceso a la estación, construcción o reconstrucción de áreas verdes y mejoras de acceso a la estación. En la siguiente tabla se presenta el listado de Estaciones a realizar la mejora del entorno:

Km Estación [X ]

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Hospital, San Francisco de Mostazal, Graneros y Rancagua. Mayores detalles de las estaciones del Proyecto en la Tabla N°3 del presente documento. 2+950 Estación Lo Valledor 4+600 Estación PAC 6+950 Estación Lo Espejo 13+580 Estación Lo Blanco 15+110 Estación Freire 15+900 Estación San Bernardo 17+300 Estación Maestranza 19+200 Estación Cinco Pinos 20+360 Estación Nos

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político - administrativa El Proyecto se localiza en la región Metropolitana, dentro de la provincia de Santiago y el Maipo, en las comunas de Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo, El Bosque y San Bernardo. Descripción de la localización El presente Proyecto modifica el Proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua”, aumentando la seguridad en el confinamiento y limitaciones de acceso a la faja vía, permitiendo mayor conectividad peatonal oriente-poniente. De acuerdo con lo anterior, la localización de las obras y actividades se circunscriben al actual emplazamiento ferroviario de propiedad de EFE, principalmente, a lo largo del tramo Santiago- Nos. La ubicación del proyecto se justifica considerando los siguientes aspectos: • Las obras se ejecutarán en instalaciones existentes, al interior de estaciones, en la faja vía o en sitios de propiedad de EFE • Se mejorará o ampliará infraestructura existente • Las actividades se llevarán a cabo principalmente en áreas urbanas que se encuentran intervenidas. Superficie El Proyecto de modificación contempla para la construcción y habilitación de las obras que se somete a evaluación, con una superficie total de “afectación superficial”, aproximada de 78.336 m2. Estas se dividen en 11.699 m2 como superficie permanente, mientras que la superficie temporal es de 66.637 m2. El detalle de las superficies asociadas a las partes y obras del Proyecto se presentas en el Anexo 9 “Actualización Fichas Resumen” de la Adenda complementaria. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de ubicación del terreno donde se emplazará el Proyecto se presentan en la siguiente tabla:

Tabla N°1: Coordenadas geográficas UTM WGS84 Huso 19 S. Obra Tipo de obra (Permanente o Temporal) Nombre obra temporal Coordenadas geográficas UTM (WGS 84 – HUSO 19S) Norte Este Instalación de faenas Temporal Maestranza San Eugenio 6.294.730 343.942 Estación San Bernardo 6.281.630 342.468 Cochera de Nos 6.276.978 341.737 Frentes de trabajo PVI Temporal Lo Ovalle 6.291.382 343.582 Gran Avenida 6.282.544 342.366 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Frentes de trabajo PMP Temporal Pasaje Oriente 6 Huamalata 6.292.005 343.689 Pasaje Poniente 6 Huamalata 6.292.007 343.645 Los Molles – Oriente 6.291.732 343.644 Los Molles - Poniente 6.291.766 343.607 Temístocles - Oriente 6.291.032 343.546 Temístocles - Poniente 6.291.034 343.502 Seis Sur – Oriente 6.290.754 343.490 Seis Sur – Poniente 6.290.768 343.459 Salvador Allende Sur Oriente 6.290.171 343.394 Salvador Allende Sur Poniente 6.290.174 343.366 Adolfo López - Oriente 6.289.720 343.321 Adolfo López - Poniente 6.289.719 343.293 Eduardo Frei Montalva Oriente 6.289.523 343.289 Eduardo Frei Montalva Poniente 6.289.526 343.262 Lo Espejo – Oriente 6.287.902 343.039 Lo Espejo - Poniente 6.287.912 342.985 Lo Blanco – Oriente 6.283.825 342.373 Lo Blanco - Poniente 6.283.834 342.337 Loncomilla- México - Oriente 6.283.246 342.331 Loncomilla- México Poniente 6.283.249 342.299 Santa Marta - Oriente 6.282.870 342.357 Santa Marta - Poniente 6.282.889 342.329 Esmeralda – Oriente 6.281.025 342.504 Esmeralda - Poniente 6.281.055 342.473 Enrique Madrid - Oriente 6.279.397 342.589 Enrique Madrid - Poniente 6.279.394 342.559 La Selva – Oriente 6.278.802 342.427 La Selva – Poniente 6.278.845 342.410 Rautén – Oriente 6.292.921 343.780 Rautén – Poniente 6.292.920 343.747 Sur Maestranza - Oriente 6.279.993 342.582 Sur Maestranza - Poniente 6.279.949 342.559 Reemplazo de los PPD por PMP Permanente Pasaje 6 Huamalata 6.292.003 343.667 Los Molles 6.291.754 343.631 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Temístocles 6.291.038 343.523 Seis Sur 6.290.738 343.470 Salvador Allende Sur 6.290.175 343.378 Adolfo López 6.289.732 343.307 Eduardo Frei Montalva 6.289.518 343.276 Lo Espejo 6.287.904 343.012 Lo Blanco 6.283.836 342.360 Loncomilla- México 6.283.244 342.317 Santa Marta 6.282.875 342.342 Esmeralda 6.281.036 342.486 Enrique Madrid 6.279.419 342.575 La Selva 6.278.824 342.422 Nuevos PMP Permanente Rautén 6.292.913 343.764 Sur Maestranza 6.279.980 342.569 Mejoramiento de PMP existentes Permanente Ramona Parra 6.293.617 343.800 Salvador Allende 6.290.584 343.451 Cinco Pinos 6.278.090 342.161 Mejoramiento de PPD Permanente Ramona Parra 6.293.584 343.788 Covadonga 6.281.374 342.462 Frida Kahlo 6.277.688 342.019 Mejoras en PVI Permanente Departamental 6.293.169 343.761 Lo Ovalle 6.291.371 343.584 Gran Avenida 6.282.544 342.368 Mejoramiento de Estaciones Permanente Estación Lo Valledor 6.294.541 343.841 Estación PAC 6.292.826 343.763 Estación Lo Espejo 6.290.443 343.422 Estación Lo Blanco 6.283.871 342.366 Estación Freire 6.282.382 342.388 Estación San Bernardo 6.281.489 342.456 Estación Maestranza 6.280.160 342.556 Estación Cinco Pinos 6.278.288 342.236 Estación Nos 6.277.295 341.892 Mejoramiento comunitario Permanente Mejoras en acceso Pasaje Grohnert 6.292.284 343.781 Mejoras en el entorno al Monumento Histórico Víctor Jara 6.289.388 343.275 Confinamiento vía férrea (*) Permanente Confinamiento en faja vía 6.295.710 343.890 6.277.275 341.884 Confinamiento en cola de maniobras Nos 6.277.228 341.865 6.276.735 341.693 Fuente: Coordenadas de localización del proyecto señalado en la Tabla 1-5 de la DIA y Tabla 2 de la Adenda, Caminos o vías de acceso Los caminos de acceso al área de Proyecto permitirán el ingreso del personal, los materiales, máquinas y herramientas que se emplearán para la construcción de sus obras a cada instalación de faenas (IF) y frentes de trabajo. Para ello se privilegiará el uso de vías estructurantes principales de alto estándar y bien conservadas, como son Av. Departamental, Av. Padre Hurtado, Av. Lo Espejo, Ruta 5, Autopista Vespucio Sur y Av. General Velásquez; entre otras. En la Figura 1-2 de la DIA, se representan los principales caminos de acceso a las obras del Proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información • Anexo 1.8 KMZ de la DIA. • Anexo 1 Archivo Digital kmz Proyecto de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Instalación de Faenas Se considera la instalación de tres IF, las cuales abarcan una superficie total de 48.237 m2. En términos generales, las IF contarán con las siguientes obras internas:

• Cerco perimetral y control de acceso: el cierre del área tiene por objeto resguardar la faena y controlar su acceso. • Oficinas administrativas: esta instalación estará conformada por contenedores metálicos y contarán con elementos que permitan la correcta ventilación y luminosidad, además de sillas y mesas para facilitar el trabajo, entre otros elementos. • Caseta de guardia: se mantendrá la caseta de guardias implementada con el cierre perimetral, durante toda la fase de construcción. • Comedor: en este recinto no se contempla la preparación de alimentos, sino que la instalación de mesas, lavaplatos, refrigerador y microondas para calentar los alimentos que el personal llevará por su cuenta. • Vestuario o camarines: cada instalación de faena contará con la habilitación de un contenedor para ser utilizado como vestidor. Esta instalación dará cumplimiento a los artículos del Párrafo V del D.S. Nº594/99 del Ministerio de Salud, será cerrada y en número apropiado a la cantidad de personal promedio y peak contemplados durante la Fase de Construcción. • Zona de acopio de insumos: se trata de un patio de acopio temporal de insumos, destinados a satisfacer los requerimientos de la construcción, tanto para materiales como para insumos. • Bodega de almacenaje de maquinaria: Se trata de una instalación constituida por contenedores metálicos adecuados, destinados a satisfacer los requerimientos de la construcción, específicamente de equipos y maquinaria. • Bodega de sustancias peligrosas: se considera la habilitación de una zona para el almacenamiento de todas las sustancias peligrosas a utilizar durante la fase de construcción. Esta bodega cumplirá con las condiciones establecidas en el D.S. N°43/2016 “Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. • Bodega de residuos peligrosos: Esta instalación cumplirá con las condiciones establecidas en el D.S N° 148 de 2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Dichas bodegas contarán con toda la señalética para su correcta diferenciación y uso. • Zona de acopio de residuos no peligrosos: Se considera la habilitación de una zona de acopio para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos generados durante la fase de construcción, tanto para el almacenamiento de residuos domiciliarios como residuos inertes de la construcción. • Grupo electrógeno: El suministro eléctrico se obtendrá en algunos casos del empalme a la red de servicio público del proveedor existente en la zona, y cuando no sea posible la conexión a la red de servicio público, se utilizarán generadores con una potencia de 10 kVA. • • Servicios Higiénicos: El número de baños y duchas corresponderá a lo establecido en la normativa vigente (Artículo 22 del D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud), de acuerdo con la cantidad de personas consideradas en la IF. Para su funcionamiento, se conectarán a la red pública de agua potable y alcantarillado. • Área de almacenamiento de gas: Zona destinada para almacenar el gas licuado utilizado en baños y duchas. • Señalética: se contempla instalar la señalética necesaria para la identificación de la obra. • Luminarias: Se instalarán focos de iluminación que serán instalados sobre los cierres perimetrales, en un ángulo conveniente, desde la vertical en dirección tanto hacia el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

interior de la instalación de faenas como en dirección hacia los pasillos peatonales; de tal manera, que no se provoque un efecto adverso por proyección de iluminación hacia los vecinos. • Sistema de abastecimiento de agua: el agua potable en la faena será abastecida desde una conexión o empalme a la red pública del proveedor local en cada una de las IF, en cantidad por persona acorde a lo que indica el D.S. Nº 594/99 del MINSAL y sus modificaciones.

IF Maestranza San Eugenio Esta obra se localizará en un terreno privado de EFE, ubicado entre los Talleres de la Maestranza San Eugenio por el norte y oriente, el Canal Zanjón de la Aguada por el sur y las vías férreas por el poniente, en la comuna de Estación Central, con una superficie total de 35.060 m2. En esta IF se llevarán a cabo las actividades contempladas para la construcción de los PMP Rautén, Pasaje 6 Huamalata, Los Molles, y Temístocles. Contará con 1 acceso, por la calle Centenario, tal como se muestra en la Figura adjunta en el Anexo 10 Planos del Proyecto de la Adenda.

IF Cochera Nos Esta obra se localizará en un terreno privado de EFE, ubicado entre la Estación Nos por el norte, el Paso Inferior Regina Gálvez por el sur, las vías férreas por el oriente y la calle Portales por el poniente, en la comuna de San Bernardo, con una superficie total de 9.773 m2. En esta IF se llevarán a cabo las actividades contempladas para la construcción de los PMP Lo Blanco, Loncomilla-México, Santa Marta, Esmeralda, Sur Maestranza, Enrique Madrid, y La Selva. Contará con 1 acceso, por la calle Portales, tal como se muestra en los planos adjuntos en el Anexo 10 Planos del Proyecto de la Adenda.

IF Estación San Bernardo. Esta obra se localizará en un terreno privado de EFE, ubicado entre la calle O´Higgins por el norte, la calle Baquedano por el oriente, la Estación San Bernardo por el sur y las vías férreas por el poniente, en la comuna de San Bernardo, con una superficie total de 3.404 m2. En esta IF se llevarán a cabo las actividades contempladas para la construcción de los PMP Seis Sur, Salvador Allende Sur, Adolfo López, Eduardo Frei Montalva, Lo Espejo. Contará con 1 acceso, por la calle Baquedano, tal como se muestra en los planos adjuntos en Anexo 10 Planos del Proyecto de la Adenda.

Ver numeral 1.5.1.1 de la DIA y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Frentes de trabajo Se contempla habilitar 34 frentes de trabajo, abarcando una superficie total de 18.400 m2, para llevar a cabo las obras del Proyecto a medida que se avance en las etapas 1, 2, 3 y 4 de la fase de construcción. Para los frentes de trabajo, los cuales se constituyen aledaños a las obras de construcción, se contará con las siguientes obras: • Baños químicos. • Área de lavado de canoas • Grupo electrógeno • Equipos y herramientas de uso diario • Patio de acopio de materiales e insumos generales Adicionalmente, en cada frente de trabajo se contará con: • Agua potable • Sistema básico para emergencias. • Elementos de protección personal • Elementos para control de emergencias.

Ver numeral 1.5.1.2 de la DIA y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Pasos peatonales provisorios Como alternativa de conectividad peatonal durante el retiro de los PPD y la construcción de 6 PMP, se considera la instalación de 6 pasos peatonales provisorios del tipo pasarela mecano, lo que permitirá mantener en todo momento la conectividad oriente - poniente en dichos puntos. Estos funcionarán como alternativa de los siguientes PMP.

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Tabla 1. Pasos peatonales provisorios Km Nombre Comuna 5+360 Pasaje 6 Huamalata Pedro Aguirre Cerda 5+620 Los Molles Pedro Aguirre Cerda 6+380 Temístocles Lo Espejo 9+510 Lo Espejo Lo Espejo 14+250 Loncomilla- México San Bernardo 14+600 Santa Marta San Bernardo Fuente: Tabla 1-7 de la DIA.

Una vez finalizada la fase de construcción, se realizará el retiro de los pasos peatonales provisorios. Cabe destacar que, para los restantes 8 PMP a construir, se conservarán los PPD hasta finalizar la construcción de los nuevos PMP, por tanto, no se consideran pasos provisorios peatonales, manteniendo siempre la conectividad entre ambos lados de la vía.

Ver numeral 1.5.1.3. de la DIA y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Piscina de decantación Se dispondrá en los frentes de trabajo, de una piscina de decantación con capacidad de 1 m3 y profundidad de 0,5 m que estará recubierta con polietileno doble para impermeabilizar y prevenir el contacto de residuos con el suelo.

Además, para evitar que el agua lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en las piscinas y se genere un eventual derrame, las piscinas de decantación se encontrarán techadas.

Ver numeral 1.6.10.4.2 de la DIA y respuestas 1.34 y 1.35 de la Adenda 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. Habilitación de la instalación de faenas El Proyecto contempla la habilitación de 3 instalaciones de faenas, la cual se realizará de la siguiente manera: a) Limpieza de terrenos, corte y remoción de vegetación: La construcción y habilitación de las instalaciones de faena estarán sujetas a la limpieza del terreno, corte y remoción de arbustos, maleza y basura que pudiera hallarse en el área. b) Cercado perimetral: Se construirá el cercado perimetral de cada instalación de faena en conformidad con los planos que se adjuntan (Anexo 10 Planos del Proyecto de la Adenda) junto con el portón de acceso vehicular al recinto para controlar el ingreso a la faena y su seguridad. c) Traslado y montaje de infraestructura de apoyo (oficinas, bodegas, entre otros): Se trasladarán y ubicarán contenedores tipo modular, los cuales serán utilizados por los contratistas como oficinas para la coordinación, planificación y control de gestión de las obras; bodegas para acopio de materiales, residuos, sustancias peligrosas, entre otros.

Ver numeral 1.6.1.1 de la DIA y en Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria Desmantelamien to de Pasos Peatonales Desnivelados (PPD) y Construcción de Pasos peatonales multipropósito (PMP) En cuanto a la concepción estructural de los pasos multipropósitos, se considera lo siguiente: a) Cierre perimetral del sitio de construcción, habilitaciones de empalmes y habilitación de frentes de trabajo en cada PMP. b) Limpieza de terrenos, corte y remoción de vegetación del frente de trabajo. Para ello se utilizarán minicargadores y retroexcavadoras para las tareas de limpieza y camiones tolva para retirar los escombros hacia las zonas de acopios respectivas en las instalaciones de faena. Para la preparación del terreno se utilizarán rodillos vibradores y rodillos autopropulsados dependiendo de los espacios disponibles de trabajo. c) Habilitación de patios de acopio de insumos para prefabricados e instrumentos necesarios para la construcción del PMP. d) Preparación de terreno bajo vías y construcción de mesa de apoyo para la instalación de vigas en apeo. Para la ejecución de las obras de hormigonado se requerirá de equipos de bombeo y/o betoneras eléctricas, los cuales recibirán el material transportado en camiones mixer desde la planta cementera. Estos trabajos se realizarán en horario nocturno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

e) Ejecución de fundaciones para recibir el apeo de vías. Para la ejecución de las obras de hormigonado se requerirá de equipos de bombeo y/o betoneras eléctricas, los cuales recibirán el material transportado en camiones mixer desde la planta cementera. Estos trabajos se realizarán en horario nocturno. f) Colocación del Apeo de vía. Estos trabajos se realizarán en horario nocturno. g) Excavación junto a la vía de hasta 4 metros de profundidad, en virtud de las dimensiones de la cara inferior del cajón prefabricado y la construcción de soleras de desplazamiento y losa, sobre la que se deslizará el cajón. Para ello, se utilizarán minicargadores, retroexcavadoras y excavadoras para las tareas de excavaciones y camiones tolva para retirar el material hacia las zonas de acopios respectivas en las instalaciones de faena. Para la preparación del terreno, se utilizarán rodillos vibradores y rodillos autopropulsados dependiendo de los espacios disponibles de trabajo. Para la ejecución de las obras de hormigonado, se requerirá de equipos de bombeo y/o betoneras eléctricas. Estos trabajos, al ejecutarse por debajo de la faja fía, pueden realizarse en horario diurno siempre con la supervisión del “Personal de Supervisión de operaciones y Encargado de Protección de Faena” y previa coordinación con EFE Central. h) Construcción de macizo de reacción sobre el que se apoyarán gatas hidráulicas de empuje del cajón. Para facilitar el hincado del cajón, éstos deben tener sus cantos reducidos en su cara frontal hacia la excavación. Para la ejecución de las obras de hormigonado se requerirá de equipos de bombeo y/o betoneras eléctricas. i) El proceso de empuje se realiza en horario nocturno para favorecer el normal tránsito de trenes. Éste se realiza con las gatas hidráulicas previamente instaladas frente a los macizos de hormigón especialmente diseñados para servir como reacción a la acción de empuje. Como medidas de seguridad, se establecerán limitaciones de velocidad para los trenes que circulen sobre las vías; sostenimiento provisional de las vías en vigas metálicas; y refuerzo de carril existente con rieles adicionales que servirán para aumentar la rigidez del sistema durante la etapa de hincado de los cajones. j) Retiro del excedente de terreno al interior de los cajones. Para ello se utilizarán minicargadores y retroexcavadoras para las tareas de limpieza y camiones tolva para retirar los escombros hacia los acopios respectivos en las instalaciones de faena. k) Excavaciones para drenaje e instalación de elementos de saneamiento hidráulico. El sistema de drenaje de aguas lluvias procedentes del túnel se conducirá mediante tubos de PVC hacia un pozo de infiltración a proyectar. l) Finalizado el empuje de los cajones, se procederá al hormigonado de los tramos fuera del túnel del PMP, así como también la ejecución de excavaciones necesarias para las rampas y escaleras de acceso. Para las tareas de excavaciones se utilizarán minicargadores, retroexcavadoras y excavadoras; mientras que para el retiro del material hacia los acopios respectivos en las instalaciones de faena, se emplearán camiones tolva. Para la preparación del terreno se utilizarán rodillos vibradores y rodillos autopropulsados dependiendo de los espacios disponibles de trabajo. Para la ejecución de las obras de hormigonado, se requerirá de equipos de bombeo y/o betoneras eléctricas. m) Con el túnel y escaleras instalados, se procede a la incorporación de sistemas de monitoreo e iluminación en cada PMP según lo señalado en los acápites 1.5.2.5.2 y 1.5.2.5.3 de la DIA, respectivamente, junto con otros elementos de seguridad como barandillas y pasamanos. Se utilizará un camión grúa, durante todo el periodo de ejecución de las obras, para el transporte materiales y maquinaria menor a los puntos de trabajo. Adicionalmente, se utilizará un camión mixer para el traslado de hormigón desde el proveedor autorizado a los frentes de trabajo. La secuencia descrita anteriormente corresponde a la construcción de un paso peatonal multipropósito (PMP) que no requiera demoler la estructura del paso peatonal desnivelado (“PPD”) existente, dado que el espacio de trabajo permite la intervención. No obstante, en el caso de la construcción de los PMP Pasaje Seis Huamalata, Los Molles, Temístocles, Lo Espejo, Loncomilla-México y Santa Marta, será necesario, previo a la intervención anteriormente descrita, demoler la pasarela existente e instalar un paso provisorio tipo mecano como alternativa de conectividad peatonal durante el retiro de los PPD y la construcción de dichos PMP. El proceso de demolición consistirá en lo siguiente: a) Clausurar el PPD para el tránsito de peatones y cerrarlo perimetralmente. b) Cortar la alimentación de energía de los sistemas de iluminación. c) Realizar trabajos de retiro de losas de hormigón mediante camiones grúa, retirándolos del lugar de trabajo mediante camiones tolva hacia los centros de acopio respectivos en las instalaciones de faena. Estos trabajos podrán ejecutarse en horario diurno con la supervisión Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

del “Personal de Supervisión de operaciones y Encargado de Protección de Faena” y previa coordinación con EFE Central. d) Realizar trabajos de corte y desmontaje de estructura metálica de rampas de acceso empleando una Grúa p&h de 60 ton, retirando las piezas del lugar de trabajo mediante camiones tolva hacia los centros de acopio respectivos en las instalaciones de faena. Estos trabajos podrán ejecutarse en horario diurno con la supervisión del “Personal de Supervisión de operaciones y Encargado de Protección de Faena” y previa coordinación con EFE Central. e) Demolición de fundaciones mediante el uso de excavadoras y retroexcavadoras, retirando los escombros del lugar de trabajo mediante camiones tolva hacia los centros de acopio respectivos en las instalaciones de faena. f) En el caso que corresponda, se realizarán trabajos de corte y desmontaje de estructura metálica de las torres ubicadas en el tramo de cruce de vías, empleando una Grúa p&h de 60 ton, retirando las piezas del lugar de trabajo mediante camiones tolva hacia los centros de acopio respectivos en las instalaciones de faena. Estos trabajos se realizarán en horario nocturno.

Ver detalle en numeral 1.6.1.2. de la DIA y en Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Movimiento de tierra El Proyecto requiere realizar movimientos de tierra asociados a escarpe, excavaciones, y demoliciones, los cuales de describen en la tabla a continuación.

Tabla 2. Volumen movimientos de tierra. Obra Movimientos de tierra (con esponjamiento) (m3) Paso Multipropósito Rautén 1.920 Paso Multipropósito Huamalata 1.920 Paso Multipropósito Los Molles 1.920 Paso Multipropósito Temístocles 1.920 Paso Multipropósito calle Seis Sur 1.920 Paso Multipropósito Salvador Allende Sur 1.920 Paso Multipropósito Adolfo López 1.920 Paso Multipropósito Eduardo Frei M 1.920 Paso Multipropósito Lo Espejo 1.920 Paso Multipropósito Lo Blanco 1.920 Paso Multipropósito Loncomilla México 1.920 Paso Multipropósito Santa Marta 1.920 Mejoramiento PVI Gran Avenida 1.920 Paso Multipropósito Esmeralda 1.920 Paso Multipropósito Enrique Madrid 1.920 Paso Multipropósito La Selva 1.920 Mejoramiento Estación Cinco pinos 1.920 Total 32.640 Fuente: Elaboración propia en base a Tabla” Movimientos de tierra” del Anexo 9 de la Adenda complementaria.

Los excedentes de movimiento de tierra serán trasladados mediante camiones encarpados a botadero autorizado por la autoridad sanitaria.

Ver numeral 1.6.1.3 de la DIA y en Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Mejoramiento de pasos peatonales desnivelados (PPD) Los trabajos de mejoramiento constan de una restitución al estado original de los PPD. Las faenas por realizar serán de baja envergadura, por lo que no se cerrará la pasarela durante la ejecución de éstas. Primeramente, se realizarán tareas de limpieza del entorno y retiro de estructura dañada, como postes de iluminación cortados, o enrejado de protección vandalizado. Los escombros serán retirados por un camión tolva hacia el centro de acopio respectivo de las instalaciones de faena. Luego, se procederá a realizar la restauración de la estructura y de su sistema de iluminación, para ello se utilizará la plataforma elevadora o alzahombre para realizar los siguientes trabajos: - El borrado de pinturas o grafitis en la estructura metálica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

  • Reposición de cableado de luminarias vandalizadas.
  • Restauración del sistema de iluminación que no esté operativo producto de vandalización u otra causa. Se utilizará un camión grúa para el transporte de postes nuevos y maquinaria menor, como generadores y compresores necesarios para la ejecución de las obras de restauración. Adicionalmente, dicha maquinaria también se utilizará para el montaje del ascensor en la pasarela Frida Khalo. Se contempla la utilización de una betonera eléctrica para los trabajos de restauración de pavimentos en la pasarela Covadonga, tanto en sus accesos como en la losa peatonal de la estructura. Los trabajos mencionados serán ejecutados en horario diurno. Sin embargo, si se requiere realizar trabajos en horario nocturno al interior o sobre la faja vía EFE, se realizarán con la supervisión del “Personal de Supervisión de operaciones y Encargado de Protección de Faena” y previa coordinación con EFE Central, a fin de disponer de las ventanas de trabajo necesarias. Particularmente, en el PPD Frida Kahlo se contempla reemplazar los ascensores existentes, por uno con características antivandálicas, y con un nivel de mantenimiento y reparación más eficiente que el existente. Ver numeral 1.6.1.4. de la DIA, respuesta 1.25 de la Adenda y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Mejoramiento de pasos vehiculares inferiores (PVI) Los trabajos de mejoramiento constan en aumentar el estándar de seguridad y accesibilidad de los pasos vehiculares inferiores (“PVI”). Las faenas a realizar serán de distinta envergadura dependiendo del PVI a intervenir. En virtud de ellos, en los pasos Departamental se realizarán trabajos menores de restauración que no implican un cierre del cruce peatonal; y en los pasos Lo Ovalle y Gran Avenida, al tratarse de trabajos de mayores dimensiones, será necesario realizar el cierre del paso peatonal durante el tiempo en que se ejecuten las obras. Sin embargo, en estos dos últimos casos, quedará habilitada la alternativa de cruce peatonal ubicada en la orientación contraria al frente de trabajo. En todos los PVI indicados, las primeras tareas a realizar serán las demoliciones, que se realizan en diferentes tiempos de ejecución según la envergadura de la intervención. Posteriormente, se iniciarán las tareas de limpieza del entorno y retiro de estructuras dañadas o escombros, como consecuencia de los trabajos de demoliciones. Los escombros serán retirados por un camión tolva hacia el centro de acopio respectivo de las instalaciones de faena. Luego, se iniciarán las faenas de excavaciones, para lo cual se emplearán excavadoras, retroexcavadoras y minicargadores, dependiendo de los espacios disponibles de trabajo y la masividad de la excavación, a ejecutar con mayor envergadura en el PVI Gran Avenida. Realizada la excavación, se procederá a la preparación del terreno para ejecutar las obras civiles, para lo cual se utilizarán rodillos vibradores y rodillos autopropulsados dependiendo de los espacios disponibles de trabajo. Para la ejecución de las obras civiles, en lo que respecta a las tareas de hormigonado masivo, se utilizarán equipos de bombeo de hormigón. Para las obras menores de hormigonado o de detalle y terminaciones, se emplearán batoneras eléctricas. En virtud de ello, para el caso del PVI Departamental, al tratarse de obras de mejoramiento de baja envergadura, solo se utilizarán betoneras eléctricas para las tareas de hormigonado. Se utilizará un camión grúa, durante todo el periodo de ejecución de las obras, para el transporte materiales y maquinaria menor a los puntos de trabajo. Adicionalmente, se utilizará un camión mixer para el traslado de hormigón desde el proveedor autorizado a los frentes de trabajo. Los trabajos mencionados serán ejecutados en su totalidad en horario diurno. No se contemplan trabajos dentro de la faja vía.

Ver numeral 1.6.1.5 de la DIA y en Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Mejoramiento de Estaciones Se restituirá la iluminación considerando en la postación de la luminaria mecanismos antivandálicos como rejillas de protección en luminarias y antiescalamiento en postes. El cableado y toma de energía se realizará hacia los tableros de la estación, restituyendo todo a su condición del proyecto original, siempre manteniendo el diseño original de las luminarias de la estación. Finalmente, se implementarán cámaras móviles PTZ y Fijas en los accesos a la estación, instaladas en el pórtico de acceso, las cuales se integrarán al sistema de monitoreo actual, el cual será visualizado por el Puesto de Vigilancia de Seguridad (PVS). Se conectarán a los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

datos del local técnico de la estación, así como también al tablero de energía del local técnico de la estación

Ver numeral 1.6.1.6 de la DIA y en Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Mejoras en la seguridad operacional de la vía férrea Consta de: • Confinamiento en la faja vía y cola de maniobras Nos En cuanto a la concepción estructural del confinamiento en la faja vía y cola de maniobras, se considera lo siguiente: a) Retiro de cierres existentes ubicados en los tramos donde se realizará el confinamiento. Esta tarea se debe realizar en tramos de avance que permitan y aseguren el confinamiento total de la faja vía. Se utilizará una retroexcavadora para el retiro del cierro existente y se emplearán camiones tolva para el retiro de los escombros a los centros de acopio respectivos en las instalaciones de faena. b) Se procederá a realizar el replanteo de la línea de confinamiento de la faja vía EFE. c) Se realizará la ubicación de los módulos de fierro reforzados respetando la línea de confinamiento previamente replanteada. Para ello, se utilizará un camión grúa para realizar el montaje de los módulos, en aquellos tramos en donde corresponda instalar este tipo de cierre. d) En los sectores donde sea necesario aplicar la solución de cierre reforzado sobre muro estructural, se contempla la instalación del enrejado sobre los muros existentes. Para ello, se utilizará un camión grúa para levantar y ubicar el enrejado sobre la estructura existente, para luego empotrarla y soldarla. e) En los sectores de las estaciones, e inicio y término de puentes, se dará continuidad al confinamiento a través de un cierre tipo malla antivandálica. Se utilizará un camión grúa para levantar y ubicar la malla en los sectores definidos, para luego empotrarla y soldarla. En los sectores de las mesas de apoyo de los puentes, se instalarán dados de hormigón, los cuales serán ejecutados mediante el uso de betoneras eléctricas. Cabe destacar que, en todos los tramos de avance, se asegurará el confinamiento de la faja vía, ya sea con la solución instalada o mediante un cierre provisorio hasta que se terminen las obras en el tramo. Los trabajos mencionados serán ejecutados en horario diurno. Sin embargo, si se requiere realizar trabajos que se ejecuten dentro o sobre la faja vía EFE deben coordinar con la operación establecida por EFE Central a fin de disponer de las ventanas de trabajo y definir si es necesario realizar los trabajos en horario nocturno (Horario sin operación de trenes de los servicios de pasajeros).

• Instalación de sistemas de monitoreo en la faja vía El Proyecto contempla la instalación de un sistema de monitoreo con cámaras de vigilancia CCTV al interior de la faja vía. El sistema de monitoreo a implementar será visualizado desde el edificio de tráfico, en el puesto de operador del PVS (Puesto de Vigilancia de Seguridad), el cual dispone actualmente de un sistema de visualización para las cámaras. La energía para alimentar las cámaras de CCTV será proporcionada con energía de EFE.

Ver numeral 1.6.1.7 de la DIA y en Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Mejoramiento comunitario Consta de: • Mejoras en acceso Pasaje Grohnert El Proyecto contempla mejorar el entorno circundante de la faja vía y sus habitantes, considerando pavimentación y mejoramiento de los accesos particulares en el Pasaje Grohnert, además de obras de paisajismo, en esquina con Av. Bombero Ossandón.

• Mejoras en el entorno al Monumento Histórico Víctor Jara Se realizarán obras en el área que contemplan la mejora de la explanada y plaza dura emplazada frente a la placa conmemorativa, la restauración de la placa conmemorativa, y restitución de las cuatro (4) luminarias existentes, tal como se muestra en la Figura 21 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, dando lugar a una intervención que jerarquiza la lectura del Sitio de Memoria y su contexto. Para mayores detalles, ver Anexo 6 de la Adenda Complementaria, donde se señalan los antecedentes técnicos y formales según lo establecido en el artículo 131 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

(RSEIA), con el objetivo de proteger y/o conservar el patrimonio cultural de la categoría Monumento Histórico resguardando los valores por los que fue declarado.

Ver numeral 1.6.1.8 de la DIA, Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria y Anexo 6 Actualización PAS 131 de la Adenda complementaria. Desmantelamien to de la instalación de faenas A medida que vaya culminando cada uno de los frentes de trabajo se procederá al desmantelamiento y/o retiro de su instalación (maquinarias, containers residuos, sitios de almacenamiento, etc.). Con ello se realizará también la limpieza de las áreas y la restauración del equipamiento y vegetación urbana pre-existente, en la medida que sea factible, para la entrega final de las obras. Es decir, se realizarán actividades de restitución de la superficie mediante el uso de carpetas de suelo y recomposición de la topografía del lugar, dejándolo con un aspecto natural, similar al entorno. Para el caso de los frentes de trabajo, estos serán entregados en iguales o mejores condiciones que las originales. Lo anterior tendiente a otorgar una condición segura al área del Proyecto, proteger el medio ambiente y evitar accidentes después del término de las actividades de construcción.

Ver numeral 1.6.1.9 de la DIA y en Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción. Agua potable y servicios higiénicos El volumen de agua potable para consumo humano será acorde a lo señalado en el D.S. Nº 594/19 del Ministerio de Salud “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Se considerará una provisión de 150 l/habitantes/día para el consumo. Tanto para la etapa 1 como la etapa 2 de la fase de construcción, se estima un consumo máximo de 23,4 m3/día de agua potable, considerando una dotación máxima de 156 persona/día. Tanto para la etapa 3 como la etapa 4 de la fase de construcción, se estima un consumo máximo en conjunto de 20,3 m3/día de agua potable, considerando una dotación máxima de 135 persona/día. El agua potable será suministrada en las IF a través de conexión a las redes de distribución de agua potable según lo indica los certificados de factibilidad entregado en Anexo 2 de Adenda complementaria, y en los frentes de trabajo ésta será distribuida al personal mediante bidones sellados por medio de una empresa contratista autorizada por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana. Cabe señalar que la dotación de agua potable para consumo del personal cumplirá con todos los requisitos físicos, químicos, bacteriológicos y de desinfección establecidos en la Norma NCh 409/1 of 2005, los que aseguran su inocuidad y aptitud para el consumo humano.

En cuanto a los servicios higiénicos, en las instalaciones de faenas proyectadas, se dispondrán servicios higiénicos según lo establecido en la normativa vigente (Artículo 23° del DS N° 594/99 MINSAL). En primera instancia, y mientras se realice la habilitación de las instalaciones de faenas, como también en los frentes de trabajo según corresponda el avance de las obras, se dispondrán baños químicos, los cuales serán provistos y mantenidos por una empresa debidamente autorizada, quienes retirarán y llevarán los residuos líquidos a un sitio de disposición final autorizado y establecido por la autoridad. Una vez construida la instalación de faenas, se dispondrá de servicios higiénicos conectados a la red pública de agua potable y alcantarillado. según lo indica los certificados de factibilidad entregado en Anexo 2 de Adenda complementaria. La cantidad de servicios higiénicos (excusados, lavatorios y duchas) cumplirá con lo estipulado en el Artículo 22° del D.S. Nº 594/99, de acuerdo con la cantidad de personas consideradas en obra y distanciamientos.

Ver numerales 1.6.5.2, respuestas 1.4 y 1.5 de la Adenda y Anexo 2 de la Adenda complementaria. Agua industrial El Proyecto requerirá agua industrial para el lavado de canoas de los camiones mixer en los frentes de trabajos. Dicha agua será suministrada mediante camiones aljibe por medio de proveedores debidamente autorizados y almacenada en estanques de acumulación dispuestos en los frentes de trabajo. La estimación de agua industrial requerida en cada etapa corresponde a: Etapa 1: 8.32 m3 Etapa 2: 8,32 m3 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Etapa 3: 1,04 m3

Cabe destacar que la etapa 4 no requiere agua industrial en virtud de las características de las obras a ejecutar.

Ver numeral 1.6.6.4 de la DIA. Energía El suministro eléctrico se obtendrá en algunos casos del empalme a la red de servicio público del proveedor existente en la zona, y cuando no sea posible la conexión a la red de servicio público, se utilizarán 41 generadores con una potencia de 10 kVA. La cantidad de generadores requeridos por etapa corresponde a: Etapa 1: 14 generadores Etapa 2: 16 generadores Etapa 3: 11 generadores Etapa 4: 1 generador.

Ver numeral 1.6.5 de la DIA. Maquinaria y vehículos Según señala en el punto 1.6.6.1 de la DIA, en el Anexo 11 Informe de emisiones atmosféricas de la Adenda y al informe Actualización Estudio de Ruido adjunto en Anexo 5 de la Adenda complementaria, los equipos y maquinaria a utilizar serán los siguientes: - Grúa p&h 60 ton - Excavadora - Equipos bombeo hormigón - Camión aljibe - Betoneras - Retroexcavadora - Equipos hidráulicos para empuje del cajón - Plataforma elevadora - Rodillo vibrador - Rodillo autopulsado - Camión Tolva - Camión grúa - Camión mixer - Mini Cargador - Grupo electrógeno Materiales de construcción Para la fase de construcción se requiere de una serie de insumos materiales, para la construcción de las distintas obras del Proyecto, a continuación, se indican los principales: - Hormigón: Para la construcción de las obras del Proyecto es necesaria la utilización de 10.300 m3 de hormigón. El abastecimiento se realizará por una empresa externa debidamente autorizada. - Material de relleno: El material de relleno será utilizado del material sobrante de excavaciones de la fase de construcción, en caso de necesitar material de relleno adicional se proveerá de empresas autorizadas. Se estima una cantidad aproximada 10.350 m3. - Aceros: La enfierradura y estructuras metálicas son básicas para la construcción de instalaciones, bodegas, pasos, soportes de maquinaria, etc. Se estima que se utilizarán aproximadamente 950 ton. El abastecimiento se realizará por una empresa externa debidamente autorizada.

Ver numeral 1.6.6.3. de la DIA. Combustible Durante la fase de construcción se requerirá el suministro de combustible para la maquinaria y grupo de electrógenos que se utilizarán en los frentes de trabajo e instalaciones de faena. Se estima que el suministro total de combustible para esta fase será aproximadamente de 153,23 m3. El combustible será abastecido por una empresa distribuidora autorizada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para prestación de estos servicios y se realizará de acuerdo con las condiciones de seguridad exigidas por el D.S. N° 160/09 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Ver numeral 16.6.2 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

4.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El presente Proyecto no contempla la extracción ni explotación de recursos naturales renovables asociados a la fase de construcción. Ver numeral 1.6.7 de la DIA. 4.3.4. EMISIONES Y EFLUENTES Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas Las actividades y/o fuentes emisoras del proyecto corresponden a las actividades de demolición, escarpe, excavaciones, carguío y volteo de material, compactación, tránsito de vehículos por vías pavimentadas, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, combustión de vehículos. Combustión de maquinaria fuera de ruta y combustión de grupos electrógenos.

El cronograma de actividades de las fuentes emisoras del proyecto, se presenta en la Figura 3 del Anexo 11 de la Adenda.

De acuerdo con los resultados y análisis presentados por el Titular en los puntos 3 y 4 del Anexo 11 Estimación de emisiones de la Adenda, Tabla 58, se señala que según lo dispuesto en el artículo 64° del D.S. Nº31/2016 del MMA, para el año 1, 2 y 3 se superan simultáneamente las emisiones de MP10, MP2,5 y NOx, por lo que se deberá compensar la emisión máxima total de material particulado equivalente para dichos años.

Tabla 3 Emisiones de MP10 equivalente a compensar del proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos”. Año Fase MP10eq [ton/año MP10eq al 120% [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 1 Construcción 4,23 5,07 48% 2 Construcción 5,30 6,36 41% 3 Construcción 3,75 4,50 47% Fuente: Ord N° 888 de fecha 14/11/2023 de la SEREMI de Medio ambiente de la Región metropolitana.

El Titular presenta un Plan de Compensación Preliminar en el punto 6 del Anexo 11 de la Adenda.

De igual forma, el titular presenta acciones preventivas que se presentan en la Tabla 8.1.5 del presente ICE.

Mayores antecedentes en Anexo 11 Estimación de emisiones de la Adenda. La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°888 de fecha 14/11/2023, se pronuncia conforme.

Ruido Las emisiones de ruido en la fase de construcción se encuentran asociadas al uso de maquinaria y equipos para las actividades de esta fase.

El Titular realizó levantamiento en terreno entre los días 28 de octubre y 10 de noviembre de 2021 realizando identificación de receptores cercanos a las obras del proyecto. En la tabla 2 “Descripción Puntos Visitados en Terreno” del Anexo 5 Actualización Estudio de ruido de la Adenda complementaria, el Titular muestra la información de los receptores, como georreferenciación (coordenadas Datum WGS 84, Huso 19S), descripción, altura máxima donde pudiese existir receptores, así como la distancia más próxima a los deslindes de las obras.

Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del Proyecto, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el D.S: Nº 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. En las distintas visitas a terreno, se realizaron mediciones en los puntos identificados previamente, en período diurno, considerando el régimen de funcionamiento esperado del Proyecto. En la Tabla 23 del Anexo 5 de la Adenda complementaria, se presentan los niveles basales de ruido en receptores.

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Según lo presentado por el Titular en el punto 6 del anexo 5 de la Adenda complementaria. El proyecto cumple con los límites establecido por el D.S.38/11 del MMA, implementando las medidas de control que se describen en la Tabla 8.1.11 del presente ICE.

Mayores antecedentes en el Anexo 5 “Actualización estudio de ruido” de la Adenda complementaria. La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1760 de fecha 15 de julio de 2024, se pronuncia conforme.

Vibraciones La estimación del impacto de vibración del Proyecto en su fase de construcción se efectúa en base a la maquinaria y actividades significativas en términos de vibraciones y su potencial riesgo de impacto sobre la comunidad. El documento “Transit Noise and Vibration Impact Assessment, Federal Transit Administration (FTA, USA)”, se consideró como norma de referencia para evaluar las vibraciones generadas por la operación de maquinaria pesada durante las actividades del Proyecto. Este documento establece los criterios de daño estructural y de molestia de la comunidad. El Titular presenta los receptores evaluados en la Tabla 3 del informe “Actualización Estudio de vibraciones” adjunto en Anexo 3 de la Adenda complementaria.

En las tablas 7 y 8 del Anexo 3 de la Adenda complementaria se presentan los resultados de Estimaciones PPV para daño estructural por Vibraciones y resultados y evaluación Nivel de Vibración Sin Medidas – Criterio Molestia, respectivamente, durante la fase de construcción del Proyecto.

Teniendo en cuenta que, bajo condiciones desfavorables, se estimaron puntos de evaluación con niveles proyectados por sobre el criterio de evaluación de molestia principalmente, se contempla la implementación de medidas de control consistentes en: • Mantención de una frecuencia de eventos de vibración asociado al uso de rodillo vibratorio y circulación de camiones de menos de 30 pasadas por jornada frente a un determinado receptor. • Reducción de la velocidad de circulación de camiones al interior de las áreas de faenas a no más de 10 Km/h. Esto supone una reducción de al menos 6 dB en el nivel de vibración de acuerdo con la tabla 6.11 del documento de la FTA. • Demarcación de zonas donde la operación de cierta maquinaria con niveles altos de vibración será restringida, asegurando con esto la operación a estas fuentes de vibración a una distancia suficiente de los receptores para cumplir el criterio de molestia (más restrictivo). Esto se indica en la Tabla 12 con la palabra “restricción” cuando aplica. • Reemplazo de la maquinaria restringida por maquinaria de menor emisión de vibraciones dentro de las zonas demarcadas. Esto se indica en la Tabla 12 del Anexo 3 de la Adenda complementaria con la palabra “reemplazo” cuando aplica.

Una vez aplicada la medida de control, los niveles de vibración se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada, para la fase de construcción del Proyecto.

Mayores antecedentes en el Anexo 3 “Actualización Estudio de vibraciones” de la Adenda complementaria. La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1760 de fecha 15 de julio de 2024, se pronuncia conforme.

Residuos líquidos domésticos En la fase de construcción se generarán residuos líquidos domésticos producto del uso de los servicios higiénicos. Tanto durante la etapa 1 como la etapa 2 de la fase de construcción, se estima una generación aproximada de 18,72 m3/día de agua servida, considerando una dotación máxima de 156 persona/día, un consumo de 150 litro/persona/día y un coeficiente de recuperación de 0,8. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Tanto durante la etapa 3 como la etapa 4 de la fase de construcción, se estima una generación de 16,2 m3/día de aguas servidas, considerando una dotación máxima de 135 persona/día, un consumo de 150 L/día por persona y un coeficiente de recuperación de 0,8. Tal como se indicó previamente, mientras se realice la habilitación de faenas y de los frentes de trabajo, el Proyecto considera baños químicos, los cuáles serán provistos y mantenidos por una empresa debidamente autorizada, quienes retirarán y llevarán los residuos líquidos a un sitio de disposición final autorizado y establecido por la autoridad. Una vez que construida la instalación de faenas, se dispondrá de servicios higiénicos conectados a la red pública de agua potable y alcantarillado.

Es importante señalar que las etapas constructivas 1, 2 y 3 no se transponen, por tanto, la cantidad máxima de aguas servidas generadas se estima según la mano de obra utilizada por etapa y no corresponde a la suma total de residuos líquidos domiciliarios (RLD) generados durante la fase de construcción. Cabe destacar que la mano de obra de la etapa 3 incluye la mano de obra de la etapa 4, pues esta última se realiza de manera transversal en la fase de construcción.

Ver numeral 1.6.10.4.1 de la DIA.

Residuos líquidos industriales. Las aguas residuales producto del lavado de canoas de los camiones mixer que salen de los frentes de trabajo, se almacenará temporalmente en una cámara o estanque de acumulación de 1 m3 dispuestos en los frentes de trabajo, que por decantación separarán los sólidos del efluente líquido. Estos sólidos serán retirados desde el estanque y dispuestos como escombro en un botadero autorizado, mientras que las aguas generadas serán descargadas al alcantarillado, cumpliendo con los parámetros establecidos en el D.S. 609/1998. Esta operación se realizará sobre un polietileno extendido sobre el suelo para prevenir el contacto de residuos con el terreno. Se estima una generación total de 17,68 m3 de residuos industriales líquidos por las obras de lavado de canoas en los frentes de trabajo, considerando 10 litros aproximadamente por canoa de camión mixer.

Ver numeral 1.6.10.4.2 de la DIA. 4.3.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios Durante la fase de construcción, se estima la generación de residuos domésticos y asimilables a domiciliarios, correspondiente a aquellos residuos generados por el personal de obra (papeles, cartones, envases de alimento, botellas de bebida, papel higiénico, cascaras de fruta y verduras, entre otros). Tanto durante la etapa 1 como la etapa 2 de la fase de construcción, se estima una generación máxima de 234 kg/día de residuos sólidos domiciliarios, considerando una tasa de generación de 1,5 kg/persona/día y una dotación máxima de 156 persona/día. Tanto durante la etapa 3 como la etapa 4, se estima una generación máxima de 203 kg/día de residuos sólidos domiciliarios, considerando una tasa de generación de 1,5 kg/persona/día y una dotación máxima de 135 persona/día.

Estos residuos se dispondrán en contenedores rotulados, con tapa, los cuales permanecerán cerrados para evitar la proliferación de vectores sanitarios y/u olores, y serán almacenados temporalmente al interior de las instalaciones de faena. Además, el retiro, transporte y disposición final será provisto por una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines, preferentemente por el Servicio de Recolección Municipal de la comuna, con una frecuencia de 3 veces por semana. Del mismo modo, respecto de los frentes de trabajo, se aclara que los residuos generados serán trasladados a la instalación de faenas más próxima, para ser almacenados dentro de contenedores secundarios, con una frecuencia de 3 veces por semana.

Ver numeral 1.6.10.1 de la DIA y PAS 140 en Anexo 5 de la Adenda.

Residuos sólidos industriales no peligrosos Durante la fase de construcción se estima una generación máxima de 3 ton/mes de residuos sólidos industriales no peligrosos, conformados por despuntes de aluminio, fierro, alambre y madera, y 84,1 m3/mes de escombros, los que serán almacenados temporalmente en una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

zona de acopio ubicados al interior de las instalaciones de faena, priorizando su reutilización en la obra. Los residuos de mayor volumen se dispondrán temporalmente en bultos o sobre pallets con el objeto de que no se dispersen y puedan ser recolectados con la ayuda de maquinaria hacia el camión recolector. Los residuos de menor volumen serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos con puertas superiores. Además, el retiro, transporte y disposición final será provisto por una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines, con una frecuencia mensual. Del mismo modo, respecto de los frentes de trabajo, se aclara que los residuos generados serán trasladados a la instalación de faenas más próxima, para ser almacenados dentro de contenedores secundarios, con una frecuencia mensual.

Tabla 4 Residuos no peligrosos generados durante la fase de construcción. Tipo de RSINP Generación Unida d IF Cochera de Nos IF San Bernardo IF Maestranza San Eugenio Mensu al Anua l Mensu al Anua l Mensu al Anua l Despunte s de aluminio, fierro y alambre Residuos provenientes de la obra gruesa Ton 0,4 4,8 0,36 4.32 0,62 7,44 Despunte de madera Residuos provenientes de la obra gruesa Ton 0,4 4,8 0,44 5,28 0,78 9,36 Escombr os Corresponde a residuos generados por el escarpe o desmantelamien to en las IF m3 26,6 319, 2 20,3 242, 6 37,2 446, 8 Fuente: Tabla 1-27 de la DIA

Ver respuesta 1.6.10.2 de la DIA y PAS 140 en Anexo 5 de la Adenda.

Residuos Peligrosos Se ha considerado en esta fase del Proyecto la generación de residuos peligrosos, tales como tarros de pintura usados, baterías, envases usados de diluyentes u otros, desechos de aceite lubricante usado, paños, guantes, huaipe contaminados con restos de hidrocarburo y tierra contaminada. Este tipo de residuos serán almacenados en tambores metálicos, rotulados, indicando las características de peligrosidad del residuo. Se habilitará una bodega de residuos peligrosos en las IF, las cuales cumplirán con todas las exigencias del Título IV del D.S. 148/2003. El almacenamiento temporal no será mayor a 6 meses, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº148/03 del MINSAL, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Luego de este período de tiempo de almacenamiento, los residuos peligrosos serán trasladados por un transportista que cuente con la adecuada autorización y del mismo modo, su disposición final se hará en un sitio autorizado. Sin embargo, en casos justificados se podrá solicitar a la Autoridad Sanitaria una extensión de dicho periodo hasta por un lapso igual; lo anterior, en base a lo señalado en el artículo 31 del D.S. N° 148/03 del MINSAL. Del mismo modo, respecto de los frentes de trabajo, se aclara que los residuos generados serán trasladados a la instalación de faenas más próxima, para ser almacenados dentro de contenedores secundarios con una frecuencia no mayor a 6 meses. La siguiente tabla muestra la cantidad de residuos peligrosos a generar durante la fase de construcción.

Tabla 5 Residuos peligrosos generados durante la fase de construcción. Tipo RSIP Unidad Cantidad Tarros con pintura usados (kg/mes) 14,9 Baterías (unidad/año) 3 Envases usados de diluyentes u otros (kg/mes) 24,7 Desecho aceite lubricante usado (kg/mes) 53,3 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Paños, guantes, huaipes contaminados con restos de hidrocarburos y tierra contaminada (kg/mes) 263,1 Fuente Tabla 1-28 de la DIA.

En el Anexo 8 de la Adenda se adjuntan los antecedes referidos al PAS 142, donde se puede apreciar en mayor detalle las cantidades y manejo de los residuos peligrosos.

Ver punto 1.6.10.3 de la DIA y PAS 142 en Anexo 8 de la Adenda.

Sustancias peligrosas Durante la fase de construcción se requerirá de sustancias peligrosas, para ello se contempla su almacenamiento en bodegas instaladas en cada una de las instalaciones de faenas. No se considera el almacenamiento de sustancias peligrosas en los frentes de trabajo. Estas bodegas cumplirán con el Título II del D.S. N° 43/2015 del MINSAL, relativo al Almacenamiento de Sustancias Peligrosas y los requerimientos exigidos por el mencionado decreto, en cuanto a ventilación, sistema de control de derrames a través de materiales absorbentes y de contención como la arena, sistema manual de extinción de incendios a base de extintores compatibles con los productos almacenados, señalética y hojas de seguridad. Se requerirá aceite, grasa lubricante, spray de zinc, pintura, hipoclorito de calcio y espuma de poliuretano que se utilizarán principalmente en las actividades de construcción. Estas sustancias serán suministradas por una empresa debidamente autorizada y la cantidad total mensual de las mismas será de aproximadamente 180 kg/mes.

Ver numeral 1.6.6.5 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de construcción en capítulo 4.6 del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción. Pasos peatonales multipropósito (PMP) El Proyecto considera el retiro de 14 PPD que serán remplazadas por PMP, los que permiten dar una solución de conectividad peatonal más inclusiva a peatones, ciclistas y carretones, bajo la faja vía a lo largo del tramo Santiago-Nos. Las pasarelas existentes que serán retiradas, y reemplazadas por PMP se indican en la siguiente tabla.

Tabla 6. PPD a reemplazar por PMP Km Nombre Comuna 5+360 Pasaje 6 Huamalata Pedro Aguirre Cerda 5+620 Los Molles Pedro Aguirre Cerda 6+380 Temístocles Lo Espejo 6+ 650 Seis Sur Lo Espejo 7+100 Salvador Allende Sur Lo Espejo 7+640 Adolfo López Lo Espejo 7+960 Eduardo Frei Montalva Lo Espejo 9+510 Lo Espejo Lo Espejo 13+660 Lo Blanco El Bosque 14+250 Loncomilla- México San Bernardo 14+600 Santa Marta San Bernardo 16+480 Esmeralda San Bernardo 18+080 Enrique Madrid San Bernardo 18+730 La Selva San Bernardo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Fuente: Tabla 1-8 de la DIA

En cuanto a la disposición final de las estructuras a retirar, se establecen dos soluciones en función de la ubicación del nuevo PMP: - En caso de que el nuevo PMP se ubique exactamente en el PPD, se retirará la estructura completa y se almacenará en las bodegas cercanas de EFE, para posteriormente ser comercializadas y vendidas al detalle. - En caso de que el nuevo PMP no se ubique exactamente en el PPD, se conservarán solo los pórticos y las obras de acceso serán retiradas, almacenadas y comercializadas de la misma manera que las pasarelas removidas.

Se adaptará la función de los pórticos que queden en terreno, teniendo fines comerciales como publicidad, implementación de luminarias y cámaras de seguridad CCTV, otorgando funciones de comunicación y como soporte para sistema de comunicaciones. Además, dentro del alcance del proyecto, se contempla la ejecución de dos pasos multipropósitos (PMP) nuevos, lo que permite dar una solución de conectividad peatonal en horario nocturno, cuando las estaciones más cercanas (Pedro Aguirre Cerda y Maestranza) se encuentran cerradas respectivamente. Adicional a lo anterior, se facilitará el acceso a las ferias libres cercanas. Los nuevos PMP se indican en la siguiente tabla.

Tabla 7. Nuevos PMP proyectados. PK Nombre Comuna 4+450 Rautén Pedro Aguirre Cerda 17+500 Sur Maestranza San Bernardo Fuente: Tabla 1-9 de la DIA

Este tipo de obra considera como criterio la experiencia de los usuarios en los PMP existentes y los requerimientos de accesibilidad universal requeridos por el DS N°50 y la OGUC, quedando de 3,5 m de ancho para lugares de alta concurrencia y 3,0 m para el resto de los pasos. Se privilegiará en todo momento la iluminación natural, para lo que se proyecta generar tragaluces entrevías para que los esfuerzos que se deban resistir por el paso del tren, sean menores. Además, se contempla colocar, en los accesos, guardalastres lo más cercano a la vía, respetando los gálibos normativos, para poder captar la mayor cantidad de iluminación natural posible en el atravieso soterrado.

La altura libre para el tránsito de peatones es de 3,0 m, de los cuales 50 cm estarán disponibles para atravieso de servicios y sistemas, permitiendo así el mantenimiento de éste. En términos generales, en estos 16 PMP se considera: instalación de pasos de cebra, rebajes de solera, anchos de aceras, entre otros, para asegurar la accesibilidad universal del entorno de cada paso en cumplimiento con el DS N°50 /2016 de MINVU; instalación de luminaria con sistema antivandálico; desarrollo del saneamiento de las aguas lluvias; instalación de paisajismo de bajo mantenimiento con vegetación para exteriores de bajo consumo hídrico; e instalación de sistemas de monitoreo con cámaras de vigilancia conectadas a un circuito cerrado de televisión (CCTV) al interior de la faja vía. Finalmente, se contempla el mejoramiento de 3 PMP existentes, reestableciéndolos a su condición original. Los PMP a mejorar son los siguientes:

Tabla 8. PPD a realizar obras de mejoramiento. Km Nombre Comuna 3+770 Ramona Parra Pedro Aguirre Cerda 16+110 Covadonga San Bernardo 19+860 Frida Kahlo San Bernardo Fuente: Tabla 1-11 de la DIA.

En términos generales, en estos 3 PMP se considera: reponer todas las canalizaciones, cableados, postes y luminarias antivandálicas en el acceso y túnel de cada paso; reponer los puntos de energía que han sido vandalizados y protegerlos con nuevos sistemas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

antivandálicos; y restitución del paisajismo. Adicionalmente se reforzará la seguridad en dichos puntos, mediante la instalación de un sistema de monitoreo con cámaras de vigilancia CCTV. En términos particulares, en el PPD Ramona Parra se contempla clausurar el ascensor existente, debido a que dicha estructura cuenta con la presencia de rampas que cumplen con el estándar de AU del DS N°47/1992 de MINVU. Adicional a lo anterior, 40 m al norte de dicha pasarela se cuenta con PMP del mismo nombre, el cual está regido bajo la normativa de AU del DS N°50/2016 de MINVU. Al contrario, en el PPD Frida Kahlo se contempla reemplazar los ascensores existentes, por uno con características antivandálicas, y con un nivel de mantenimiento y reparación más eficiente que el existente.

Ver numeral 1.5.2.1 de la DIA. Pasos vehiculares inferiores (PVI) Se contempla el mejoramiento de 3 PVI existentes, reestableciéndolos a su condición original, aumentando la seguridad peatonal y garantizando la accesibilidad universal. Los PVI a mejorar son los siguientes: − Departamental, comuna de Pedro Aguirre Cerda. − Lo Ovalle, comunas de Pedro Aguirre Cerda/Lo Espejo. − Gran Avenida, comuna de San Bernardo.

Los mejoramientos de los PVI consisten: • PVI Departamental. Realizar la limpieza del paso peatonal y el entorno cercano, además de realizar el rebaje de la solera en el acceso oriente con el fin de habilitar la accesibilidad universal. Por último, se realizará la instalación de luminarias bajo la estructura que soporta las vías EFE, a objeto de aumentar la percepción de seguridad de los peatones. • PVI Lo Ovalle. Ejecutar el recrecido de la vereda norte del PVI, el cual llegaría a un aumento de 65 cm respecto a su cota actual, esto con el fin de asegurar el paso de los peatones durante eventos de inundación producto de lluvias importantes, como también de aumentar el nivel de seguridad al transitar por el PVI. A dicho mejoramiento se le incorporará la instalación de barreras peatonales, luminarias y escaleras de accesos a zonas de esparcimiento o áreas verdes. • PVI Gran Avenida. Las obras a ejecutar consisten en la demolición de las escaleras de la acera sur del PVI para ser reemplazadas por rampas de acceso que habiliten la accesibilidad universal en el cruce. Esto implica realizar un recrecido de la acera de al menos 1,2 m, siempre cumpliendo lo normado por el Manual de Carreteras del MINVU vigente, se instalarán barreras peatonales y luminarias bajo la estructura que soporta las vías EFE. Los accesos a proyectar tendrán una solución mixta rampa escalera, siempre con el fin de habilitar la accesibilidad universal de acuerdo a lo indicado por el DS N°50/2016 de MINVU, e incorporarán en su diseño luminarias en postes con sistema antivandálico.

Más detalles en numeral 1.5.2.2 de la DIA, respuestas 7.22, 10.3 y 10.11 de la Adenda y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Estaciones Dentro de la mejora en la conectividad para los peatones, se proyecta la mejora al entorno de 9 estaciones, que consiste en mejorar iluminación, vigilancia en acceso a la estación, y construcción o reconstrucción de áreas verdes. Las estaciones por mejorar son las siguientes: − Estación Lo Valledor en la comuna de Pedro Aguirre Cerda/Santiago. − Estación Pedro Aguirre Cerda. − Estación Lo Espejo, comuna de lo espejo. − Estación Lo Blanco, comuna de El Bosque. − Estación Freire, comuna de San Bernardo. − Estación San Bernardo, comuna de San Bernardo. − Estación Maestranza, comuna de San Bernardo. − Estación Cinco Pinos, comuna de San Bernardo. − Estación Nos, comuna de San Bernardo.

En términos generales, en estas 9 Estaciones se considera: restitución del paisajismo original de la estación, la cual considera restitución de áreas verdes, restitución de muros rayados y grafiteados; restitución de la iluminación con mecanismos antivandálicos como rejillas de protección en luminarias y antiescalamiento en postes; restitución del cableado a su condición original. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Adicionalmente, se reforzará la seguridad en dichos puntos, mediante la instalación de un sistema de monitoreo con cámaras de vigilancia CCTV. La solución de CCTV implementará cámaras móviles PTZ y Fijas en los accesos a la estación, las cuales se integrarán al sistema de monitoreo actual, el cual será visualizado por el Puesto de Vigilancia de Seguridad (PVS).

Ver numeral 1.5.2.4 de la DIA y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Mejoras en la seguridad operacional de la vía férrea Actualmente en sectores de faja vía y en puentes ferroviarios del tramo Santiago-Nos, se presenta un deterioro, ruptura o discontinuidad del cierre perimetral existente, lo cual ha conllevado a la invasión de la faja vía por estas zonas, dejando en peligro a las personas y la posible suspensión del servicio ferroviario. Además, al sur de la estación Nos se ubican la cola de maniobras Nos; en este sector se presenta discontinuidad perimetral, lo cual ha conllevado al hurto de los ductos de la red eléctrica que alimentan la luminaria del sector y a las torres de vigilancia, además de ello se han realizado grafitis al material rodante ubicado en estas vías férreas. En virtud de ello, a continuación, se presentan las soluciones a aplicar para resolver las problemáticas de seguridad operacional detectadas.

Confinamiento en la faja vía y cola de maniobras Nos Esta mejora busca impedir el ingreso a la faja vía a fin de evitar accidentes a las personas, suspensión del servicio, daño a la infraestructura de EFE y al material rodante. Los sectores que requieren mejoras en cuanto al sistema de confinamiento se ubican entre los Km. 1+607 y Km. 20+900. En la respuesta 1.18 de la Adenda se individualizan los sectores requeridos a confinar según el lado de la faja vía (Poniente y Oriente). Para ello se indican los tramos requeridos a confinar indicando su sector, obra de mejoramiento, kilometraje referencial, longitud a confinar y su situación actual por cada lado de la faja ferroviaria. A continuación, se presenta una descripción detallada de las mejoras a realizar según sector.

• Confinamiento en Plena vía.: En sectores de plena vía se busca dar continuidad del cierro reforzado. Para ello, se instalará un sistema de confinamiento reforzado, sobre barrera tipo F (bloques de New jersey) y muros estructurales existentes. Este tipo de confinamiento reforzado consta de perfiles cuadrados de 75x75x5 mm y barras de enfierradura de 1” de diámetro, distanciadas cada 12 cm. Adicionalmente, a fin de evitar corte en el cierro perimetral, se añade un perfil L anclado sobre la estructura de hormigón o el muro existente, soldado a las barras.

• Confinamiento en puentes: En sectores de puente se presenta discontinuidad del cierro perimetral, lo que es utilizado para ingresar a la vía férrea. Además, se ha detectado que el ingreso a la faja vía se realiza mediante la mesa de apoyo de los estribos, por lo tanto, el criterio de diseño para ello es el siguiente: − Continuidad del cierre perimetral: Generar la continuidad del cierre perimetral en sectores donde no se presenta hasta la estructura y se ve acortado el confinamiento, a fin de eliminar o evitar ingresos por estos sectores, el cual debe presentarse como anti-corte y anti-escalable, como se puede apreciar en las Figuras 1-11 y 1-12 ambas de la DIA. − Cierre en estribos: a fin de no permitir el acceso a la vía ferroviaria por estos sectores, se busca dar cierre en los sectores de la mesa de apoyo que quedan libres y son usados para acceso a la faja ferroviaria. Se proyecta realizar un hormigonado de estos espacios insertando barras de anclaje en las estructuras.

• Confinamiento en estaciones. Para los sectores de estaciones se busca que el confinamiento se presente de una manera armónica con el entorno y que a su vez permita el objetivo principal que es impedir el acceso a la faja vía. En sectores de estaciones se proyecta un confinamiento con malla antivandálica de 2,4 m de alto y 3 m de largo, con postación de 44x100 mm y aberturas de malla de 25x75 mm.

• Confinamiento en Cola de Maniobras Nos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

En este sector se busca dar la continuidad del cierre perimetral en el sector norte de la cola de maniobras, en donde actualmente se produce el ingreso de personas ajenas a EFE. Para ello, las características del confinamiento serán las mismas que el confinamiento en plena vía.

• Impedimento de la visual al interior de la Cola de Maniobras Nos. A fin de evitar los rayados de los trenes en el sector de la cola de maniobras Nos, y como único requerimiento, se busca instalar un sistema tal que impida por completo la visual desde el exterior hacia el interior del recinto ferroviario. Para ello, se proyecta instalar planchas de acero galvanizadas de dimensiones 3000x2000x2 mm en el confinamiento existente.

Monitoreo en la faja vía el Proyecto contempla la instalación de un sistema de monitoreo con cámaras de vigilancia CCTV al interior de la faja vía. Estos puntos están ubicados principalmente en: • Pasos Multipropósito en evaluación (PMP). • Pasos Peatonales Desnivelados en evaluación (PPD). • Pasos Vehiculares Inferiores en evaluación (PVI). • Accesos de Estaciones en evaluación. • Cola de Maniobras. • Otros puntos críticos de intrusión en la faja vía. El sistema de monitoreo a implementar será visualizado desde el edificio de tráfico, en el puesto de operador del PVS, el cual dispone actualmente de un sistema de visualización para las cámaras. La energía para alimentar las cámaras de CCTV será proporcionada con energía de EFE.

Iluminación con mecanismos antivandálicos Debido a que la iluminación ha estado expuesta al vandalismo, se hace necesario reponerla a su condición inicial. Para lo anterior se debe considera rehabilitar el sistema de iluminación con sistema antivandalismo, y rehabilitar el sistema de energía de todas las canalizaciones, cableados, y postes. En zonas de pasos peatonales bajo estructuras se considerará luminaria tipo led antivandálica, las cuales se instalarán cada 5 metros como distancia máxima. Las conexiones serán conducidas en tuberías con un sistema de protección. En los sectores abiertos, como rampas de acceso, escaleras, faja vía y pasarelas, se utilizará una luminaria tipo LED antivandálica y postes galvanizados de 5 metros con sistema antiescalamiento. La alimentación de energía se considerará a través de un empalme eléctrico con la compañía distribuidora en aquellos puntos que no contenga uno en la actualidad.

Ver numeral 1.5.2.5 de la DIA, respuesta 1.18 de la Adenda y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen de la Adenda complementaria. Mejoramiento comunitario Mejoras en acceso Pasaje Grohnert: Con el objetivo de mejorar el entorno circundante de la faja vía y sus habitantes, el proyecto contempla la pavimentación y mejoramiento de los accesos particulares en el Pasaje Grohnert, además de obras de paisajismo, en esquina con Av. Bombero Ossandón. Para el desarrollo de esta obra, se contempla la participación de la comunidad (mediante reuniones vecinales) en el diseño de paisajismo y su implementación, de manera de entregar sentido de propiedad del espacio, generando arraigo y fortaleciendo el concepto de seguridad de entorno, como también la generación de un espacio comunitario de encuentro destinado a áreas de uso público.

Mejoras en el entorno al Monumento Histórico Víctor Jara El proyecto a implementar por EFE contempla la mejora de la explanada y plaza dura emplazada frente a la placa conmemorativa, la restauración de la placa conmemorativa, y restitución de las cuatro (4) luminarias existentes, tal como se muestra en la Figura 21 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, dando lugar a una intervención que jerarquiza la lectura del Sitio de Memoria y su contexto.

Ver numeral 1.5.2.6 de la DIA, Punto III de la Adenda complementaria y Anexo 6 Actualización PAS 131 y Anexo 9 Actualización Fichas Resumen, de la Adenda complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

4.4.1.2 ACCIONES Nombre Descripción. El Titular señala en el punto 1.7.1 de la DIA que, atendida las características del presente Proyecto, y dado que las obras y actividades corresponden a modificaciones al Proyecto original aprobado ambientalmente mediante la RCA N°373/2013, se mantienen el resto de las partes, obras y acciones según la Tabla 2.1 “Modificaciones que introduce el Proyecto al proyecto existente”, del ICE. 4.4.2. SUMINISTROS BÁSICOS Agua potable y alcantarillado Durante la fase de operación, se mantiene el abastecimiento de agua potable y la provisión de servicios higiénicos según el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Ver numeral 1.7.5. de la DIA y Anexo 9 Actualización Ficha Resumen de la Adenda complementaria. Energía Durante la fase de operación, se mantiene el abastecimiento de energía según el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago- Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Ver numeral 1.7.5.1 de la DIA y Anexo 9 Actualización Ficha Resumen de la Adenda complementaria. 4.4.3. PRODUCTOS GENERADOS El proyecto no contempla la generación de productos. 4.4.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para la fase de operación. 4.4.5. EMISIONES Y EFLUENTES Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas Según se señala en el Anexo 11 de la Adenda, atendida las características del Proyecto, y considerando que el alcance únicamente es la modificación consistente en la implementación de obras y actividades que permitan asegurar la operación continua del servicio de pasajeros del proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua”, aprobado mediante RCA N°373/2013, no se considera una modificación durante la fase de operación, por lo tanto, tampoco se considera la modificación de las emisiones.

Mayores antecedentes en Anexo 11 Estimación de emisiones de la Adenda. La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°888 de fecha 14/11/2023, se pronuncia conforme.

Ruido El Titular señala en el informe “Actualización estudio de Ruido”, adjunto en el Anexo 5 de la Adenda complementaria, que la operación de las obras asociadas al proyecto (pasos multipropósito, pasos vehiculares, pasos peatonales, etc., dada su naturaleza, no contienen fuentes de ruido, por lo tanto, no se consideran en el presente estudio. El proyecto no generará emisiones de ruido y vibraciones durante la operación adicionales de lo aprobado en la RCA N°373/2013. (numeral 1.7.8.2 de la DIA). Mayores antecedentes en el Anexo 5 Actualización estudio de ruido” de la Adenda complementaria. La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°1760 de fecha 15 de julio de 2024, se pronuncia conforme.

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) Se mantiene lo declarado en el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Ver numeral 1.7.10.4.1 de la DIA y Anexo 9 Actualización Ficha Resumen de la Adenda complementaria.

Residuos Industriales Líquidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Se mantiene lo declarado en el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Ver numeral 1.7.10.4.2 de la DIA y Anexo 9 Actualización Ficha Resumen de la Adenda complementaria. 4.4.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios Durante esta fase se mantiene lo declarado en el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Ver numeral 1.7.10 de la DIA y Anexo 9 Actualización Ficha Resumen de la Adenda complementaria.

Residuos industriales no peligrosos Durante esta fase se mantiene lo declarado en el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Ver numeral 1.7.10 de la DIA y Anexo 9 Actualización Ficha Resumen de la Adenda complementaria.

Residuos Peligrosos Durante la Fase de operación, se mantiene lo declarado en el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Ver numeral 1.7.10.3 de la DIA y Anexo 9 Actualización Ficha Resumen de la Adenda complementaria. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de operación en capítulo 4.7 del ICE. 4.5. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de cierre.

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Febrero 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Implementación de Instalaciones de Faenas Fecha estimada de término Agosto 2028 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de la última obra. 4.6.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Atendida las características del presente Proyecto, y dado que las obras y actividades corresponden a modificaciones al Proyecto original aprobado ambientalmente mediante la RCA N°373/2013, no se considera una modificación durante la fase de operación. En este sentido, durante la operación del Proyecto se mantienen la operación del sistema de transporte y la mantención de las obras en el tramo Santiago-Nos Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término 4.6.3. FASE DE CIERRE Considerando que el Proyecto posee una vida útil indefinida en el tiempo, el Titular no contempla fase de cierre o abandono.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo 1 Aumento de las emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: movimiento de tierra, tales como excavaciones y transferencia de material y carguío; circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados; y el uso de maquinaria. Por su parte, la fase de operación no se ve modificada de acuerdo con lo aprobado en la RCA N°373/2013. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental no significativo 2 Aumento en los niveles de ruido y vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: uso de maquinaria. Por su parte, la fase de operación no se ve modificada de acuerdo con lo aprobado en la RCA N°373/2013. Fase en que se presenta Construcción. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra a) de la Ley 19.300:

Emisiones atmosféricas: Tal como ha sido indicado, el Proyecto corresponde a la modificación del proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago – Rancagua” aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental mediante RCA N°373/2013. Con base a lo anterior, solo se estima la generación de emisiones durante la fase de construcción, ya que el Proyecto no modifica la fase de operación del proyecto original aprobado mediante N°373/2013. De acuerdo con los cálculos de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Informe de estimación de emisiones atmosféricas (Anexo 11 de la Adenda), el Proyecto, en la fase de construcción, generará emisiones atmosféricas debido a las actividades de movimiento de tierra, tales como demolición, escarpe, excavaciones, compactación y volteo y carguío de material, así como actividades de traslado que consideran la circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. Además de considerar el uso de maquinaria y grupos electrógenos. Para los años 1, 2 y 3 se superan simultáneamente las emisiones de MP10, MP2,5 y NOx del PPDA, por lo que el Proyecto deberá compensar sus emisiones. Por lo anterior, el Titular presenta en el punto 6 del Anexo 11 de la Adenda, un Plan de compensación preliminar. Que deberá ser presentado a la SEREMI de Medio ambiente de la Región Metropolitana.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular adoptará medidas de control que se señalan en la Tabla 8.1.5 del presente ICE.

Por su parte, la fase de operación no se ve modificada de acuerdo con lo aprobado en la RCA N°373/2013.

Ruido: Si bien el proyecto tiene asociada en la fase de construcción la emisión de Ruido y Vibraciones, de acuerdo con los antecedentes presentados en el estudio de ruido, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables y con las medidas de control incorporadas en el diseño del proyecto, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y por lo tanto no generan riesgo para la salud de la población. El proyecto cumple con lo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA, implementando medidas de control para la fase de construcción descritas en la Tabla 8.1.11 del presente ICE. Por su parte, la fase de operación no se ve modificada de acuerdo con lo aprobado en la RCA N°373/2013.

Residuos Líquidos: Fase Construcción En cuanto a la generación de residuos líquidos domésticos, en primera instancia y mientras se realice la habilitación de las instalaciones de faenas, como también en los frentes de trabajo según corresponda el avance de las obras, se dispondrán baños químicos, los cuales serán provistos y mantenidos por una empresa debidamente autorizada. Estos baños se ubicarán a una distancia máxima de 75 m de los frentes de trabajo, de acuerdo a lo indicado en el D.S. N° 594/99. Una vez operativas las instalaciones de faenas, las aguas servidas provenientes de los baños se dispondrán a la red de alcantarillado público y los baños químicos se mantendrán solamente en los frentes de trabajo a más de 75 m de estas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS En cuanto a la generación de residuos líquidos industriales producto del lavado de canoas de los camiones mixer, se almacenará temporalmente en una cámara estanque de acumulación dispuestos en los frentes de trabajo, que por decantación separarán los sólidos del efluente líquido. Estos sólidos serán retirados desde el estanque y dispuestos como escombro en un botadero autorizado, mientras que las aguas generadas serán descargadas al alcantarillado, cumpliendo con los parámetros establecidos en el D.S. 609/1998 del MOP.

Fase Operación Durante la fase de operación, se mantiene lo declarado en el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos.

Vibraciones: Fase Construcción Durante la fase de construcción se generarán vibraciones debido al uso de la maquinaria. El Proyecto cumple con los límites de vibraciones permisibles en la norma de referencia Transit Noise and Vibration Impact Assessment, Federal Transit Administration (FTA, USA)” aplicando medidas de control, que se detallan en la tabla 4.6.4.3 del presente ICE.

Fase Operación El Titular señala que, atendida las características del Proyecto, y dado que las obras y actividades corresponden a modificaciones al Proyecto original aprobado ambientalmente mediante la RCA N°373/2013, no se considera una modificación durante la fase de operación. En este sentido, durante la operación del Proyecto se mantienen la operación del sistema de transporte y la mantención de las obras en el tramo Santiago-Nos.

Residuos: Durante la Fase de construcción, el proyecto generará los siguientes tipos de residuos: Residuos sólidos domiciliarios: En cuanto a los residuos sólidos no peligrosos, se habilitará un área de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios ubicada al interior de las instalaciones de faenas y/o frentes de trabajo, los que serán retirados 3 veces a la semana. Residuos industriales no peligrosos: Se habilitará una zona de acopio para sólidos industriales no peligrosos ubicada al interior de las instalaciones de faenas (3), los que serán retirados cada 30 días. Finalmente, el retiro, transporte y disposición final será provisto por una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines, y dispuestos en un relleno sanitario y/o lugar que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos Resididos peligrosos: En cuanto a los residuos sólidos peligrosos, se habilitará una bodega de residuos peligrosos al interior de cada una de las instalaciones de faenas, las cuales cumplirán con todas las exigencias del Título IV del D.S. 148/2003 del MINSAL. El almacenamiento temporal no será mayor a 6 meses, de acuerdo con lo establecido en el D.S. Nº148/03 del MINSAL, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Luego de este período de tiempo de almacenamiento, los residuos peligrosos serán trasladados por un transportista que cuente con la adecuada autorización y del mismo modo, su disposición final se hará en un sitio autorizado. Sin embargo, en casos justificados se podrá solicitar a la Autoridad Sanitaria una extensión de dicho periodo hasta por un lapso igual; lo anterior, en base a lo señalado en el artículo 31 del D.S. N° 148/03 del MINSAL.

Durante la Fase de operación, se mantiene lo declarado en el proyecto original “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua” aprobado mediante RCA N°373/2013, en su tramo Santiago-Nos, en relación a los residuos.

Mayores antecedentes en capítulo 6.1., Tabla 6.1. del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo Modificación de cauce Fase en la que se presenta Construcción Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra b) de la Ley 19.300:

La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Según lo señalado por el Titular en los resultados de la Caracterización de Uso de Suelo (Anexo 2.4 de la DIA) se puede afirmar que el 100% de los suelos en el área de influencia del Proyecto corresponden a suelos urbanos No Clasificados (N.C.) y no es posible asociar series de suelo, clases de capacidad de uso o algún grado de erosión actual. Por otro lado, el Proyecto contempla un adecuado manejo de sus residuos, tanto líquidos como sólidos, evitando así cualquier derrame o vertimiento de contaminantes sobre el recurso suelo. En virtud de lo anterior, se puede concluir que durante la ejecución del Proyecto no afectará el componente suelo. Finalmente, indicar que el Proyecto sujeto a evaluación no modifica las actividades de la fase de operación del proyecto original, por lo que se ejecutará en conformidad a la RCA N°373/2013.

Flora: El Titular indicó en la Caracterización del Medio Biótico (Anexo 2.3 de la DIA), en términos florísticos, se registró la presencia de 24 especies, donde el panorama, es dominado por especies de origen exótico (95,8%) y comúnmente utilizadas con fines ornamentarles. Sólo se registró la presencia de Pimiento (Schinus areira), especie nativa listada en el Decreto Supremo N°68/2009 del Ministerio de Agricultura. Sin perjuicio de lo anterior, dicha especie nativa no se encuentra clasificado en alguna de las categorías de conservación establecidas por el Reglamento para Clasificar Especies según Estado de Conservación (RCE). En virtud de lo anterior, no se identificó la presencia de especies que se encuentren en alguna categoría de conservación. En cuanto a las singularidades presentes, de acuerdo con la Guía (SEA, 2015), se establece que el AI del Proyecto no presenta ninguna de las singularidades descritas en la guía de referencia. En términos vegetacionales, se indica que el área de influencia del Proyecto no presenta formaciones vegetacionales, pues solo se identificaron ejemplares aislados de árboles y/o arbustos o agrupaciones de estos conformado áreas verdes. Se definieron unidades de uso de suelo donde la presencia de especies arbóreas (nativas y/o exóticas) responde sólo a fines ornamentales y en ningún caso estos constituyen ambientes naturales. Por lo anterior, y en el marco de la normativa vigente se establece que no se requerirá la presentación de los PAS 148, 149, 150 y 151 del RSEIA.

Fauna: El Titular indicó en la Caracterización del Medio Biótico (Anexo 2.3 de la DIA), de las 13 especies registradas durante la campaña de terreno, todas correspondientes a aves, de las cuales el 16,7% son de origen exótico, y 83,3% son nativas del país, de las cuales ninguna especie es considerada endémica del territorio nacional. En cuanto al estado de conservación de las 14 especies identificadas, ninguna de ellas está clasificada en alguna categoría de conservación a nivel nacional. Finalmente, se informa que no se encontró ninguna especie que presente alguna de las singularidades relativas a la “Guía para la descripción del área de influencia: Descripción de los componentes suelo, flora y fauna de ecosistemas terrestres” (SEA, 2015). En virtud de los resultados de la Caracterización de Fauna Urbana, y que el área de emplazamiento del Proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica, se puede concluir que para el componente fauna terrestre el Proyecto no generará o presentará efectos adversos significativos en los términos que indica el literal b) del artículo 6º del DS 40/2012 del MMA.

Suelo: Como se ha señalado anteriormente, el suelo se encuentra intervenido por el Proyecto original (RCA 373/2013) y se encuentra en una zona urbana, altamente antropizada, según lo indicado por el Titular en el Capítulo 1 y 2 de la DIA.

Agua: El Proyecto no contempla la extracción y/o utilización de este recurso para su materialización ni operación. Todo el requerimiento de agua ya sea para uso industrial o doméstico, será adquirido a empresas que cuenten con las debidas autorizaciones o la conexión a la red pública, tal como se presenta Anexo 2 de la Adenda complementaria. Por otro lado, los residuos líquidos, correspondientes a aguas servidas serán manejadas por empresa autorizadas para el caso de los baños químicos y descargadas al alcantarillado público en el caso de los baños convencionales. Para la fase de construcción, se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de ruedas de camiones y lavado de camiones mixer. Estos se manejarán de la siguiente manera: Se dispondrá de una piscina de decantación con capacidad de 1 m3 y profundidad de 0,5 m que estará recubierta con polietileno doble para impermeabilizar y prevenir el contacto de residuos con el suelo. Además, para evitar que el agua lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en las piscinas y se genere un eventual derrame, las piscinas de decantación se encontrarán techadas. El efluente generado de la actividad se verterá y permanecerá en la piscina hasta que el residuo líquido se evapore o sea retirado por una empresa externa debidamente autorizada, mientras que los residuos sólidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE producto del proceso de sedimentación serán retirados desde el estanque y dispuestos como escombro en un botadero autorizado.

Aire: El Titular en el Anexo 11 de la Adenda, presenta la Estimación de Emisiones Atmosféricas, donde indica que el Proyecto requiere compensar sus emisiones, dado que superará el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA). El Titular presenta un Plan preliminar de compensación de emisiones en el Anexo 11 de la Adenda.

En relación a los residuos sólidos, los residuos domiciliarios generados en la fase de construcción se dispondrán en contenedores rotulados, con tapa, los cuales permanecerán cerrados para evitar la proliferación de vectores sanitarios y/u olores, y serán almacenados temporalmente al interior de las instalaciones de faena. Además, el retiro, transporte y disposición final será provisto por una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines, preferentemente por el Servicio de Recolección Municipal de la comuna correspondiente, con una frecuencia de 3 veces por semana. Del mismo modo, respecto de los frentes de trabajo, se aclara que los residuos generados serán trasladados a la instalación de faenas más próxima, para ser almacenados dentro de contenedores secundarios, con una frecuencia de 3 veces por semana. Con respecto a residuos sólidos industriales serán almacenados temporalmente en una zona de acopio ubicados al interior de las instalaciones de faena, priorizando su reutilización en la obra. Los residuos de mayor volumen se dispondrán temporalmente en bultos o sobre pallets con el objeto de que no se dispersen y puedan ser recolectados con la ayuda de maquinaria hacia el camión recolector. Los residuos de menor volumen serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos con puertas superiores. Además, el retiro, transporte y disposición final será provisto por una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines, con una frecuencia mensual. Del mismo modo, respecto de los frentes de trabajo, se aclara que los residuos generados serán trasladados a la instalación de faenas más próxima, para ser almacenados dentro de contenedores secundarios, con una frecuencia mensual. Durante la fase de operación, no habrá modificaciones al Proyecto original aprobado ambientalmente mediante la RCA N°373/2013.

La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos: El Proyecto no genera alteración de los valores de las concentraciones establecidas en normas secundarias. Respecto a las normas secundarias de calidad ambiental vigentes, ninguna es aplicable a las actividades del proyecto, por lo que el proyecto no genera una superación de ningún parámetro regulado por alguna de dichas normas.

El nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación: A partir de los resultados de la caracterización de fauna terrestre presentado por el Titular en el Anexo 2.3 LB Medio Biótico (Flora y Fauna) de la DIA, se indica que el área de influencia del Proyecto se encuentra situada en una zona con un alto nivel de intervención por lo que no se concentra fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Asimismo, la fauna presente en el área de influencia del Proyecto es representada principalmente por especies de alta movilidad (avifauna), por lo que sus hábitats de nidificación, reproducción o alimentación son más flexibles que especies de baja movilidad en cuanto a su localización. Finalmente, se informa que no se encontró ninguna especie que presente alguna de las singularidades relativas a la “Guía para la descripción del área de influencia: Descripción de los componentes suelo, flora y fauna de ecosistemas terrestres” (SEA, 2015).

El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables: Cabe señalar que el Proyecto corresponde a la modificación del proyecto “Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago-Rancagua” aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental mediante RCA N°373/2013. Con base a lo anterior, solo se considera la generación de residuos y manejo de sustancias químicas durante la fase de construcción, ya que el presente Proyecto no modifica la fase de operación del proyecto original aprobado mediante RCA N°373/2013. Durante la fase de construcción se requerirá del uso de sustancias peligrosas, para ello se contempla su almacenamiento en una bodega SUSPEL en cada una de las instalaciones de faena Estas bodegas cumplirán con el Título II del D.S. N° 43/2015 del MINSAL, relativo al Almacenamiento de Sustancias Peligrosas y los requerimientos exigidos por el mencionado decreto, en cuanto a ventilación, sistema de control de derrames a través de materiales absorbentes y de contención como la arena, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE sistema manual de extinción de incendios a base de extintores compatibles con los productos almacenados, señalética y hojas de seguridad. Respecto al manejo y a las medidas de control de los residuos peligrosos que se generarán, se considera que éstos sean retirados y recolectados diariamente desde los frentes de trabajo por el personal autorizado y almacenados temporalmente en las Bodegas de residuos peligrosos que se habilitarán en las instalaciones de faenas. Todas ellas cumplirán a cabalidad lo estipulado en el D.S. N°148/2003 de MINSAL. Por otro lado, y tal como fue indicado en los literales c) y d) del Artículo 5, descrito anteriormente, el Proyecto contempla un adecuado manejo de todos sus residuos, tanto líquidos como sólidos, evitando así cualquier derrame o vertimiento de contaminantes sobre el recurso suelo. En el Anexo 5 de la Adenda, se adjuntan los antecedes referidos al PAS 140, donde se puede apreciar en mayor detalle las cantidades y manejo de los residuos sólidos domiciliarios (RSD) y asimilables a domiciliarios (RSAD). Así, en el Anexo 8 de la Adenda, se adjunta la información referente al PAS 142.

El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra: En virtud de lo señalado en el Anexo 2.1 de la DIA, correspondiente al Informe de Hidrología, se identificaron 5 cauces artificiales en el área de influencia del Proyecto: - Canal sector PMP Loncomilla México: Por el sector poniente del PMP Loncomilla-México se encuentra un canal lateral cuya función fuera del transporte de agua de riego sería el saneamiento de la vía del tren. El foso se encuentra revestido en hormigón y tiene una sección rectangular de 0,4m de alto y 0,3m de ancho aproximadamente. Al momento de la visita a terreno no se encontró agua en el foso y se observó presencia de escombros y basura evidenciando su poco uso. Según las dimensiones obtenidas en terreno, y considerando una pendiente media de 1%, la capacidad máxima del foso es de 180l/s, por lo tanto, este canal no requiere permisos de modificaciones de cauce. - Canal Derivado-Santa Marta: En el sector del PMP Santa Marta, por el costado poniente, se encuentra un canal de regadío revestido en hormigón con una sección rectangular de 0,4m de ancho y altura variables entre 0,4m y 1m. En el sector se encontraron 2 compuertas y otros canales, la mayoría sin agua al momento de la visita a terreno. En ese caso, las obras proyectadas modificarán las características del canal por lo que se presenta en el Anexo 15 de la Adenda Complementaria el PAS 156. - Canal en sector PMP Enrique Madrid: Por el sector poniente del PMP Enrique Madrid, se encuentra un canal revestido en hormigón de sección rectangular de 0,4m de ancho y 0,5m de alto, en algunos tramos se encuentra entubado. Al momento de la visita a terreno, el canal se encontraba sin agua y con presencia de escombros y basura. Cabe mencionar que este canal no sería intervenido por las obras del Proyecto ya que se encuentra en la vereda poniente de la calle Av. Portales fuera del área de intervención directa del Proyecto. - Canal en sector PMP La Selva: Por el costado oriente del PMP La Selva se encuentra un canal de regadío revestido en hormigón, de sección rectangular de unos 0,4m de ancho y 0,5m de alto. La sección se encuentra encajonada en el tramo bajo el PMP. Al momento de la visita a terreno el canal se encontraba con flujo de agua. En este caso, las obras del Proyecto modificarán las características del canal por lo que se requiere la presentación de un PAS156. - Canales sector PPD Frida Kahlo: En el costado poniente del PPD Frida Kahlo se encuentra un canal revestido en hormigón de sección rectangular de 0,4m de ancho y 0,4m de alto. El canal se encuentra sin agua y con abundante basura. Las modificaciones que se realizarán al Paso Desnivelado corresponden a mejoras en el estándar de la pasarela por lo que no habrá impacto alguno sobre el canal. En virtud de lo anterior, de los cinco cauces artificiales identificados en el área de influencia, solo dos serán intervenidos por las obras del Proyecto. En el sector de emplazamiento del PMP Santa Marta, se propone sustituir la canaleta existente por otra de similares características (Canaleta rectangular de hormigón), modificando levemente su trazado e incluyendo un tramo entubado con una tubería de hormigón de 500mm de diámetro y 5m de longitud, en los extremos de este tramo se incluirán sifones de 1,4mx1,4m y 3,2m de altura. En el sector de emplazamiento del PMP La Selva, se propone sustituir la canaleta existente por otra de similares características (canaleta rectangular de hormigón), modificando levemente su trazado e incluyendo un tramo entubado con una tubería de hormigón de 600mm de diámetro, en los extremos de este tramo se incluirán sifones de 1,4mx1,4m y 5,3m de altura. El detalle de los antecedentes técnicos de estas obras se presenta en el Anexo 15 de la Adenda Complementaria, correspondiente al PAS 156. Respecto del agua subterránea, a partir de los hidrogramas de nivel analizados por el Titular (gráficos profundidad de la napa vs. tiempo), se aprecia que la profundidad actual del agua subterránea (año 2023) en el sector del proyecto varía entre alrededor de 50 m en la zona norte del proyecto (pozo Liquidadora Carbones) a alrededor de 160 m en la zona sur del mismo (pozo OB-1303-80), esta distancia es mucho mayor que la profundidad de las fundaciones de todos los PMP (4,5 m de profundidad máxima), como se presenta en detalle en Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE De manera complementaria, tal como se señala en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria, correspondiente al estudio de Mecánica de Suelo, no se detectó contacto entre las napas y las calicatas realizadas, por tanto, se descarta total interacción entre el nivel freático del acuífero y las obras del Proyecto, en cuanto la profundidad máxima de excavación para ejecutar sus obras será de 4,5 metros. De acuerdo a lo anterior, es factible indicar que el Proyecto no contempla obras ni actividades susceptibles de generar efectos sobre los recursos hídricos continentales. Cabe señalar que, para el suministro de agua potable, se contará con conexión a la red de suministro de agua potable en cada instalación de faena. En tanto, en los frentes de trabajo, se dispondrá de bidones con agua potable en cantidad y calidad conforme a la normativa aplicable, los que serán provistos por parte de una empresa debidamente autorizada. Por otra parte, no existen vegas, bofedales, humedales, estuarios o glaciares cercanos al Proyecto que pudieran verse afectados por este. En conclusión, el Proyecto no contempla ningún tipo de intervención, explotación o impacto a recursos hídricos.

Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional: El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Mayores antecedentes en capítulo 6.2., Tabla 6.2. del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 6.3. “Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, Tabla 6.3. del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en la letra c) del artículo 11° de la Ley 19.300:

De acuerdo al Informe de Medio Humano, adjunto en el Anexo 2.5 de la DIA, el área de influencia corresponde a los grupos humanos que se ubican dentro de 23 unidades vecinales, pertenecientes a las comunas de Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda, El Bosque y San Bernardo y Estación Central, comunas donde se ubican las obras respecto de las cuales se estima podrían generarse eventuales efectos a los Sistemas de Vida y Costumbre de los Grupos Humanos (en adelante SVCGH), en particular considerando el buffer de 350 metros definido en el punto 3 del Anexo 2.5 de la DIA. La espacialización del Área de influencia para el medio humano del Proyecto se presenta en la Figura 2 del Informe de Medio Humano, adjunto en el Anexo 2.5 de la DIA.

Según señala el titular en el Capítulo 2 de la DIA, el Proyecto no generará el reasentamiento de comunidades humanas.

• El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural: El proyecto se localiza en áreas urbanas consolidadas, intervenidas y sobre infraestructura existente. En este sentido, parte de las obras se asocian a mejoramiento de infraestructura, y otras a cambios en el tipo de estructuras existentes. La infraestructura existente se localiza en las comunas de Estación Central, Lo Espejo, El Bosque y San Bernardo. En torno a éstas no existen actividades agrícolas, usos de agua para fines de riego, extracción o recolección de recursos naturales para consumo personal, comercio u otras actividades relacionadas a usos tradicionales de grupos humanos o pueblos indígenas. En efecto, y tal como se describe en la Línea de Base de Medio Humano adjunto en el anexo 2.5 de la DIA, no se registran actividades o grupos humanos que utilicen espacios para la extracción de recursos naturales tal como lo indica el presente literal del artículo 7 del D.S.40/2012.

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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS • Con relación a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento: El análisis de la variación en los tiempos de desplazamiento vehicular, peatonal para cada intervención provocada por las obras del Proyecto, se presentó en detalle en el Anexo 16 de la Adenda 1. En dicho Anexo se adjuntaron los estudios viales actualizados, en los que, para determinar el efecto asociado a las obras de mejoramiento y construcción, se tomaron en cuenta las siguientes consideraciones: - Características de cada obra (mejoramiento con y sin intervención vía, obras de construcción de Paso Multipropósito con frentes de trabajo e instalaciones de faenas) respecto a su ubicación y ocupación de vereda, ciclovía o calzada, en caso de corresponder. - Caracterización del flujo vehicular y peatonal adyacente a cada acceso (oriente y poniente) de los frentes de trabajo y del acceso de las instalaciones de faenas, obtenido por medio de mediciones en terreno continuas por 13 horas. - Análisis de la generación y atracción de viajes del Proyecto hacia y desde los frentes de trabajo e instalaciones de faenas; cálculo de capacidad de reserva y grados de saturación de las rutas. Todo ello considerando los horarios punta mañana y tarde. Con estos antecedentes fue posible determinar la variación del tiempo de viaje de los vehículos, así como efectuar un análisis del tiempo de viaje peatonal producto de la reasignación de flujo a la vereda opuesta, así como por circulación a pasarela provisoria, en los casos correspondientes. Respecto a la materialización de las obras del Proyecto de Mejoramiento de Condiciones Medioambientales y de Seguridad en el Tramo Santiago – Nos, se tiene que solo 22 de las 38 obras consideran circulación de flujo vehicular asociado al Proyecto, sin afectar en su totalidad las calzadas vehiculares, por lo que no se presentan desvíos vehiculares y solo en 2 de ellas (2 PVI) se producirá un desvío peatonal. En la Tabla 62 de la Adenda, presentada en el marco de la Respuesta a observación 5.17 se presentan los resultados más desfavorables para cada intervención, observándose desde una perspectiva operacional, que la infraestructura vial existente tiene la capacidad de absorber de manera adecuada la nueva demanda de tráfico generada por la circulación de camiones y vehículos livianos asociada a las obras de la fase de construcción, correspondientes a: Pasos Multipropósito (PMP), Mejoras en los Pasos vehiculares inferiores (PVI) e instalaciones de faena correspondientes. A pesar de una disminución en la capacidad de reserva, incluso en el escenario más desfavorable, se mantiene una capacidad vial de al menos 368 vehículos equivalentes por hora (veq/h), como se observa en el acceso poniente del PMP La Selva en la Av. Portales. Adicionalmente, en la situación con Proyecto en todas las intervenciones, los grados de saturación de las vías estarán por debajo del límite práctico de saturación del 90%, manteniendo condiciones de circulación similares a la situación base. Incluso en puntos donde se produce una reducción de pista, como en el PVI Gran Avenida, en el cual la saturación sigue siendo considerablemente inferior al 90%. En resumen, los resultados del análisis vial indican que la fase de construcción del Proyecto no provocará cambios significativos en los tiempos de viaje de los usuarios que utilizan las vías adyacentes a las obras, ya que los grados de saturación se mantendrán en niveles aceptables. Esto se traduce en una continuidad de los recorridos del transporte público sin alteraciones en la frecuencia y la ruta previamente establecidas. Respecto a la variación en los tiempos de desplazamiento de los peatones, se realizaron dos evaluaciones: considerando el desplazamiento de peatones por una pasarela provisoria dado el reemplazo del PPD a PMP; y la segunda evaluación en donde existe un bloqueo parcial de vereda Desplazamiento de peatones por una pasarela provisoria: sólo 6 de los 14 PMP a mejorar presentarán efecto sobre los peatones que actualmente utilizan los PPD existentes, dado a que estos serán demolidos previos a la construcción del nuevo PMP. Por ello se dispondrá de una pasarela tipo mecano de manera provisoria a una distancia entre 6 a 12 metros de la ubicación actual. Esta situación ocurrirá en los PMP Huamalata, Los Molles, Temístocles, Lo Espejo, Loncomilla México y Santa Marta. Considerando la pasarela provisoria a 12 metros de la ubicación actual del PPD, el usuario en el peor caso deberá incrementar su ruta 24 metros (12 metros costado poniente + 12 metros costado oriente), por lo que los tiempos de desplazamiento aumentarán en 0,30 minutos (18 segundos aproximados), tal como se mostró en Tabla 69, Respuesta a observación 5.18 de la Adenda. Desplazamiento de peatones a vereda opuesta por bloqueo parcial de vereda: Análisis realizado sólo para aquellas intervenciones que consideran del desvío peatonal hacia la vereda opuesta correspondiente a PVI Lo Ovalle y PVI Gran Avenida: observándose tanto la variación de los tiempos de desplazamiento, como la capacidad de la vereda para absorber el flujo desviado. Respecto del desvío peatonal hacia otra vereda, en el caso más desfavorable, los tiempos de desplazamiento se incrementarán en menos de un minuto y medio (90 segundos), tal como se indicó en Tabla 70, respuesta a observación 5.18 de la Adenda, en tanto que la capacidad de las vereda para absorber el flujo desviado, considerando la velocidad promedio de caminata, la densidades de peatones y los niveles de servicio de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS veredas, se mantendrán en un nivel de servicio A en ambos periodos puntas analizado (punta mañana y punta tarde). Lo anterior demuestra que no se producirán efectos adversos en la circulación peatonal en este sector, producto de la ubicación de los frentes de trabajo del PVI Lo Ovalle y Gran Avenida. Finalmente, considerar que la estrategia constructiva contempla cuatro etapas constructivas, agrupando las obras en tres grupos prioritarios (ver respuesta a observación 1.12 y Anexo 9 “Cronograma de obras” de la Adenda 1), de modo tal que las obras de un mismo grupo que se ejecutarán paralela en el tiempo, no se encuentran aledañas geográficamente, lo que conlleva a una reducción de la afectación a la comunidad cercana. Adicionalmente, en el mismo Anexo 9 de la Adenda 1 se observa en el peor caso, los frentes de trabajo tendrán una duración máxima de 157 días, razón por la cual, las circunstancias analizadas tienen un carácter temporal y no definitivo. En relación a los impactos sinérgicos del Proyecto, con el proyecto “Mejoramiento Integral Infraestructura ferroviaria tramo: Santiago – Rancagua”, RCA N°373/2013: Considerar que la fase de construcción del proyecto en actual evaluación se traslapará con la fase de operación del proyecto aprobado por RCA N°373/2013. Situación relevante, dado que la operación de este último proyecto tiene un impacto menor y no implica una situación relevante a nivel de sinergias.

De esta forma, el Titular consideró la sinergia entre la fase de operación del proyecto aprobado por RCA N°373/2013 y la fase de construcción del Proyecto en actual evaluación. Tal como se ha indicado en todas las presentaciones del titular, dicha situación base con las futuras actividades de mejora, no constituyen un efecto, característica o circunstancia del artículo 11, en lo que dice relación al literal c) del artículo 7° del RSEIA

• En relación al acceso y calidad de equipamiento de servicios o infraestructura básica orientada a prestar servicios sociales y/o comunitarios a los habitantes del área de influencia del Proyecto:

De acuerdo con lo informado por el Titular en la línea de base, en el área de influencia se identifican diversos equipamientos asociados a actividades económicas, estructuras peatonales, estructuras viales, áreas verdes, sitios con valor patrimonial, establecimientos educacionales y centro de salud, entre otros. Sin embargo, dichos equipamientos de uso frecuente por la población no se verán alteradas por las obras, partes y acciones del proyecto, ya que estas se realizarán dentro de los límites del terreno utilizado por el titular, en particular su faja vía existente, no interviniendo o alterando otros espacios o equipamientos de uso por los grupos humanos. Respecto a ferias libres y comercios relevantes, se realizaron visitas de caracterización y análisis de eventuales efectos. En efecto, en la salida de estación San Bernardo, por calle Baquedano, se localiza la feria “La Línea”, con una extensión de 960 metros (aprox.). La feria convoca a un gran número de comerciantes, algunos locales y otros que provienen de otros sectores de Santiago, quienes se desplazan para vender sus productos los días jueves y domingo y utilizan las estructuras del entorno existentes (cierre actual de la faja vía) para ofrecer sus productos a las personas que transitan por el lugar. El proyecto realizará obras de confinamiento de la faja vía (360 metros lineales desde Estación Baquedano al sur), y construcción de paso peatonal multipropósito Esmeralda, en reemplazo de la pasarela existente. Respecto de la construcción del PMP Esmeralda, se instalará un frente de trabajo con una superficie de 820 m2 y una extensión de aproximadamente 70 metros lineales, actividad que tendrá una duración de cinco meses debido a la construcción y desmantelamiento del paso peatonal original. Este frente de trabajo no interferirá el emplazamiento de la feria, y no intervendrá el funcionamiento habitual o el desplazamiento de los grupos humanos para llegar a ella. Su instalación será temporal y en un espacio puntual. Sin perjuicio de lo anterior, respecto a la feria libre “La Línea”, en la comuna de San Bernardo, se generó una Compromiso Ambiental Voluntario (CAV: Restricción de trabajos para asegurar el normal funcionamiento de ferias libres), que asegura que no se desarrollarán obras en los días de funcionamiento de ésta, días jueves y domingo. Lo mismo se puede señalar, respecto de la Feria Libre José María Caro, en la comuna de Lo Espejo. Por otra parte, la feria libre José María Caro de la comuna de Lo Espejo es una de las ferias libres más grandes y antiguas de Santiago, data de los años ´60 y su calle principal es Av. Salvador Allende. Según información secundaria recopilada, posee más de 1.500 patentes comerciales, pero se deben incluir aquellos puestos informales sin patente (coleros). La feria se extiende, además, por calles perpendiculares (hasta Av. Ferrocarril y Santa Anita, por el oriente), y aledañas a la faja vía, donde se localizan coleros y puestos de útiles de aseo principalmente. En relación a las obras y actividades del proyecto, se identifican 3 obras con frentes de trabajos relacionados a PMP Salvador Allende Sur, PMP Seis Sur y PMP Temístocles cuyos frentes de trabajo son de 83 m, 60 m y 83 m respectivamente y 2 estructuras con obras de mejoramiento, correspondientes a PMP Salvador Allende y Estación Lo Espejo. Por otra parte, en este sector, no se realizarán trabajos de recambio de confinamiento, por lo tanto, se excluyen estas actividades como potencial afectación a las actividades. Cabe destacar que no se eliminan atraviesos y se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS mantiene, durante la totalidad de la etapa de construcción, la conectividad a través de los atraviesos existentes. Cabe mencionar que se implementará un CAV de socialización de actividades y obras de la etapa de construcción, con la finalidad de coordinar el uso de los espacios de los frentes de trabajo por parte de coleros (CAV socialización de trabajos EFE). En virtud de lo anteriormente señalado, el Proyecto no genera alteración significativa, o afectará el acceso o calidad de los bienes y servicios del área de influencia.

• En relación con la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El Titular aclara que el proyecto identificó espacios de uso recreacional, cultural, históricos y de interés por los grupos humanos. En específico:

Memorial de Víctor Jara: el sitio corresponde al Monumento Histórico “Sitio donde fueron encontrados los cuerpos de Víctor Jara, Littre Quiroga y otras tres personas que no han sido identificadas”. Las intervenciones que se realizarán en el Memorial constituyen obras de mejora al entorno del Monumento, restituyendo los espacios deteriorados entorno a la placa conmemorativa para entregar un mayor valor al lugar, manteniendo en todo momento los atributos del Sitio de Memoria, así como un espacio comunitario de encuentro destinado a áreas de uso público e incorporando acceso al lugar. Se trata, en consecuencia, de acciones de mejora al Monumento Histórico y Memorial Víctor Jara.

Sitios de significación cultural respecto de Asociaciones Indígenas con dirección dentro del área de influencia, específicamente en las comunas de San Bernardo y Los Espejo. Sin embargo, a través de las entrevistas realizadas se concluye que los sitios identificados, correspondientes al Pukará de Chena (comuna de San Bernardo) y al Parque Pierre Duboisen (comuna de Lo Espejo), se encuentran fuera del área de influencia a 1,84 km y 0,93 km lineales de distancia al proyecto, respectivamente.

De acuerdo con lo señalado, el proyecto no genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar de manera significativa los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

• Sobre los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas: De acuerdo a la Caracterización de Medio Humano adjunta en el Anexo 2.5 de la DIA, a modo general, en las comunas donde se inserta el proyecto no hay comunidades indígenas registradas bajo la Ley 19.253. Sin embargo, CONADI cuenta con un registro de 19 asociaciones indígenas de las cuales 3 poseen dirección dentro del área de influencia y 2 se ubican aledañas a los límites de esta. Adicionalmente, el Titular realizó los esfuerzos por contactar y realizar entrevistas, tendientes a actualizar y/o complementar la información incluida en la DIA, pudiendo tomar contacto con: Asociación Trafkuley Taiñ Relmawen, de la comuna de San Bernardo, y Asociación We Newen, de la comuna de Pedro Aguirre Cerda. Las asociaciones identificadas se detallan a continuación: Comuna de San Bernardo: Asociación Mapuche Nehuentuain, Asociación Mapuche Monguen Mapu. Organización Mapuche Suyai. Asociación Mapuche Warriache Kolilleo y Trafkuley Taiñ Relmawen Comuna de Pedro Aguirre Cerda: Asociación Indígena Wuerken, We Newen, Küifi Kimün

Respecto a las asociaciones indígenas que se encuentran vigente e identificadas en la DIA, la Asociación Indígena Nahuentuain de San Bernardo, junto con la Asociación Indígena Mongen Mapu, en colaboración con la Municipalidad de San Bernardo y otras agrupaciones indígenas, organizan y convocan a participar del Wetripantu. Dicha actividad se realiza todos los años en el faldeo del Pukará de Chena, ubicado a 1,8 km de la obra más cercana, y fuera del área de influencia del componente medio humano. Del mismo modo, en el área de influencia no existen rukas urbanas u otros sitios de significación cultural, sin embargo, en la comuna de Lo Espejo se identificó la Ruka We Kuyen (a más de 900 metros de alguna obra del Proyecto), construida en el año 2012, por la Asociación Indígena We Kuyen con el objetivo de promover y fortalecer la cosmovisión mapuche, entre los socios y las nuevas generaciones. En este mismo espacio existe un Rewe y un Canelo. Junto con ello, es importante destacar como sitio de significación cultural el Centro Municipal Canelo de Nos, espacio donde se han realizado encuentros de palín (juego tradicional mapuche). Si bien en este último caso se encuentra próxima a alguna obra del Proyecto, este se desarrolla fuera de la faja vía, sin interferir en alguna actividad que se pueda llevar a cabo. En cuanto a las Asociaciones Indígenas Carelmapu y Rayen Coyam Palifes, no hay información sobre sus actividades por fuente secundaria, sólo se describe la participación de una consulta indígena sobre las bases curriculares para la asignatura de Lengua y Cultura de los Pueblos Indígenas, realizada en el año 2018. Por último, la Asociación Indígena Küifi Kimün posee dirección ubicada cerca de una de las obras del proyecto (más de 190 metros), particularmente la mejoras que se realizarán en el pasaje Grohnet. Sin embargo, sus Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS actividades tradicionales se efectúan en el parque André Jarlán y en la Casa Cultural de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda (Acta Art. 86; DIA Seguridad Operacional para la Continuidad de Servicio de Pasajeros Tramo: Santiago-Nos, SEA). Conforme los antecedentes expuestos, no se identificaron actividades ancestrales dentro de la zona de seguridad del Proyecto (faja ferroviaria) que pudiesen verse afectadas por las obras del Proyecto. Además, cabe señalar que la mayor parte de las obras contempladas por el Proyecto se realizarán dentro de la faja vía confinada de EFE, por tanto, el Proyecto no interviene organizaciones indígenas próximas. Asimismo, tampoco dificulta impide el desarrollo de posibles manifestaciones de tradiciones o cultura Conforme a lo presentado por el Titular en el punto 5.30 en la Adenda se realizaron los esfuerzos por contactar y realizar entrevistas, tendientes a actualizar y/o complementar la información incluida en la DIA, pudiendo tomar contacto con: Asociación Trafkuley Taiñ Relmawen, de la comuna de San Bernardo, y Asociación We Newen, de la comuna de Pedro Aguirre Cerda. Ambas organizaciones fueron entrevistadas los días 30-08-2023. La Asociación Indígena Trafkuley Taiñ Relmawen y la Asociación Indígena We Newen, son organizaciones indígenas de carácter urbano cuyos integrantes son indígenas mapuches (y algunos diaguitas y Aymaras en el caso de We Newen), que residen en San Bernardo y Pedro Aguirre Cerda. Entre sus principales objetivos está la promoción de la cultura mapuche, el contacto con la población más joven a través de diversas iniciativas de promoción y protección cultural, y el refuerzo permanente de sus ritos, ceremonias y cultura ancestral. Dentro de las actividades principales de estas organizaciones, se cuenta la realización de actividades rituales y ceremoniales, las cuales reactivan lazos comunitarios y promueven la identidad colectiva indígena. En este sentido, es que cobra una vital importancia el sitio de significación cultural Pukará de Chena y el Parque Pierre Dubois, únicos sitios de relevancia indicados por las organizaciones donde se desarrollan las manifestaciones rituales más importantes. En consecuencia, los sectores cercanos al proyecto no se realizarían prácticas culturales de las asociaciones indígenas. Las manifestaciones culturales y rituales se efectúan en el Pukará de Chena y en el Parque Pierre Dubois, y no serán afectadas por el proyecto en relación con sus obras y acciones. Por otro lado, y de acuerdo con lo referido en el literal b.6 del artículo 19 del RSEIA, el proyecto no se encuentra emplazado o cercano a tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena, o asentamientos indígenas. Con relación a eventuales efectos sobre los sistemas de vida y costumbres de estos grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), se descarta la afectación, intervención, uso o restricción al acceso a recursos naturales. En efecto, por tratarse de organizaciones funcionales éstas no realizan prácticas productivas o de recolección específicas. Respecto al literal b) del Artículo 7 RSEIA, y aun cuando las direcciones formales de las organizaciones están dentro del área de influencia, sus prácticas culturales se llevan a cabo fuera de ésta. Por tanto, no se prevé obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento de los tiempos de desplazamiento. Con relación al literal c), no se prevé alteración al acceso de bienes y servicios. En rigor, el proyecto en sí mismo configura un servicio que será mejorado. Respecto a otros bienes o servicios comunitarios como áreas verdes, escuelas, centros de salud, y dada las obras y actividades del proyecto, se descarta el efecto aludido. Por último, en lo que se refiere a la letra d) del artículo 7 del RSEIA, las manifestaciones culturales de las Asociaciones Indígenas caracterizadas se desarrollan fueran del área de influencia (Pukará de Chena, comuna de San Bernardo; y Parque Pierre Dubois, comuna de Pedro Aguirre Cerda), por tanto, no se verán afectadas.

En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no generará no genera ni presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Mayores antecedentes en capítulo 6.3, Tabla 6.3 del ICE.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental no significativo El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en la letra d) del artículo 11° de la Ley 19.300:

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El Titular señala que el Proyecto no afectará a poblaciones protegidas dado que los resultados de la revisión bibliográfica realizada en la Caracterización de Medio Humano (Anexo 2.5 de la DIA) indican que en el área de influencia no hay comunidades indígenas registradas bajo la Ley 19.253. Sin embargo, CONADI cuenta con un registro de 19 asociaciones indígenas de las cuales 3 poseen dirección dentro del área de influencia y 2 se ubican aledañas a los límites de esta. Adicionalmente, el Titular contactó a la Asociación Trafkuley Taiñ Relmawen, de la comuna de San Bernardo, y Asociación We Newen, de la comuna de Pedro Aguirre Cerda. Las Asociaciones Indígenas Nahuentuain de San Bernardo, Asociación Indígena Trafkuley Taiñ Relmawen, Asociación Indígena We Newen, junto con la Asociación Indígena Mongen Mapu, en colaboración con la Municipalidad de San Bernardo y otras agrupaciones indígenas, organizan y convocan a participar del Wetripantu. Dicha actividad se realiza todos los años en el faldeo del Pukará de Chena, ubicado a 1,8 km de la obra más cercana, y fuera del área de influencia del componente medio humano. Del mismo modo, en el área de influencia no existen rukas urbanas u otros sitios de significación cultural, sin embargo, en la comuna de Lo Espejo se identificó la Ruka We Kuyen (a más de 900 metros de alguna obra del Proyecto), construida en el año 2012, por la Asociación Indígena We Kuyen con el objetivo de promover y fortalecer la cosmovisión mapuche, entre los socios y las nuevas generaciones. En este mismo espacio existe un Rewe y un Canelo. Junto con ello, es importante destacar como sitio de significación cultural el Centro Municipal Canelo de Nos en la comuna de San Bernardo, espacio donde se han realizado encuentros de palín (juego tradicional mapuche). Es importante mencionar que, si bien en este último caso se encuentra próxima a alguna obra del Proyecto, este se desarrolla fuera de la faja vía, sin interferir en alguna actividad que se pueda llevar a cabo. En cuanto a las Asociaciones Indígenas Carelmapu y Rayen Coyam Palifes, no hay información sobre sus actividades por fuente secundaria, sólo se describe la participación de una consulta indígena sobre las bases curriculares para la asignatura de Lengua y Cultura de los Pueblos Indígenas, realizada en el año 2018. La Asociación Indígena Küifi Kimün en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, posee dirección ubicada cerca de una de las obras del proyecto (más de 190 metros), particularmente la mejoras que se realizarán en el pasaje Grohnert. Sin embargo, sus actividades tradicionales se efectúan en el parque André Jarlán y en la Casa Cultural de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda (Acta Art. 86; DIA Seguridad Operacional para la Continuidad de Servicio de Pasajeros Tramo: Santiago-Nos, SEA). La Asociación Indígena We Newen tienen su centro neurálgico en el Parque Pierre Dubois de la misma comuna, donde cuenta con un espacio para celebrar encuentros de Palín y sus ritos ceremoniales. Este parque se encuentra distante aproximadamente 0,93 km lineales de la faja vía. En virtud de lo anterior, no se considera una afectación o impacto significativo sobre las asociaciones indígenas, pues solo una de las organizaciones identificadas desarrolla usos tradicionales dentro del área de influencia del Proyecto; sin embargo, este se desarrolla fuera de la faja vía, sin interferir en alguna actividad que se pueda llevar a cabo. Por tanto, se verifica la inexistencia de superposiciones de obras y/o actividades del Proyecto con usos y/o sitios de significación cultural de los pueblos originarios. Adicionalmente, no existen actividades que impidan el acceso a las celebraciones que puedan desarrollar las organizaciones indígenas en los sitios descritos o dificulten su implementación.

Aledaño a la futura IF Maestranza San Eugenio, se encuentra la Zona Típica de “Maestranza de Ferrocarriles San Eugenio y edificaciones anexas”; así como también de los Monumentos Históricos que alberga en su interior. La Instalación de faenas será una obra temporal, que se utilizará durante 43 meses. Cuya infraestructura será montada sobre el nivel del terreno, por lo que no considera labores de excavación. La infraestructura que habrá en la IF corresponderá a: • Contenedores destinados a oficinas técnicas, control de calidad, comedor, vestidores, duchas, baños, de 6 y 12 m de largo por 2,4 de ancho y 2,6 de alto; • Áreas de estacionamientos de vehículos, delimitados al aire libre; • Áreas de bodegas, tanto para residuos sólidos domésticos (RSD), residuos sólidos peligrosos (RESPEL) en bodega de menos de 30 m2, • Área de almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos (RISES): patio techado de 3 m de altura, radier de hormigón y 221,3 m2 donde se almacenarán temporalmente materiales sobrantes de las obras de construcción. Terminada la fase de construcción, toda la infraestructura será desmanteladas y/o retiradas (containers residuos, sitios de almacenamiento, etc.). Por otra parte, los valores por los que fue definida la ZT y MH corresponden a valores arquitectónicos que dan cuenta de que la Maestranza San Eugenio se constituye como: • Un vestigio de las estructuras urbanas que fueron determinantes en la configuración y desarrollo de la ciudad de Santiago. • Infraestructura generadora de barrios asociados a la actividad del ferrocarril y de edificaciones muy específicas que conforman una tipología arquitectónica que asocia la máquina, la tecnología y la arquitectura. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

De acuerdo con lo anterior, considerando que la Instalación de Faena se ubicará fuera del polígono protegido, que sus instalaciones tendrán un carácter temporal y se construirán sobre la superficie del suelo y que los valores y atributos de la Zona Típica y Monumento Histórico dan cuenta de una superficie de 154.588 m2, cuyo énfasis ha sido puesto en la relevancia del proceso histórico de la infraestructura ferroviaria (tanto de la tornamesa como de los inmuebles que conforman este conjunto), su emplazamiento estratégico, además de la proliferación de funciones durante un importante período de tiempo, es posible indicar que estas instalaciones temporales no vulnerarán los valores y atributos relevados en el Decreto Mineduc Nº2050/2007, tanto de declaratoria de Zona Típica como de Monumento Histórico. Por otra parte, el Proyecto contempla la construcción de obras de refuerzo y confinamiento de la faja vía las que se emplazarán a más de 28 m de la Portería Principal de acceso a Maestranza de San Bernardo. Para estas obras se contempla el uso de barrera tipo F (bloques de New jersey) y uso de muros estructurales existentes, considerando una altura total de 3,07 metros, las que no obstaculizarán la visual a la Portería Los valores y atributos relevados en la declaratoria del monumento histórico hacen mención a la tipología arquitectónica, con énfasis en la arquitectura industrial de gran envergadura en hormigón armado, con estética de grandes proporciones, como hito para la imagen urbana de la comuna e identidad de San Bernardo, además de destacar los valores arquitectónicos e históricos de los edificios que la conforman, a saber: • Taller central o armaduría: en el sector norte del predio, con una estructura de cinco naves, y una superficie construida de 16.380 m2. • Taller de herrería: ubicado en sector sur poniente, correspondiente a un volumen de dos naves, y una superficie construida de 3.496 m2. • Taller de calderería: emplazado en sector sur oriente, con una estructura de dos naves, con una superficie construía de 6.920 m2. • Portería: corresponde al antiguo acceso a la maestranza, como testimonio de su historia. • Tornamesa: instalada dentro del predio, al costado oriente del taller de armaduría. Conforme a lo anterior, se tiene que los valores y atributos del MH dan cuenta de un conjunto arquitectónico protegido, cuyo énfasis ha sido puesto en la tipología arquitectónica y su relevancia para la comunidad, por lo que tomando en consideración que las obras propuestas corresponden a un confinamiento que no obstaculizará la vista hacia la portería principal de la Maestranza, no se vulnerarán los valores y atributos del bien. Finalmente, se efectuarán obras de mejora al entorno del Monumento Histórico Víctor Jara, declarado bajo el decreto MINEDUC Nº586. Con la intervención propuesta en el Memorial Víctor Jara por parte del Proyecto no se elimina, destruye, reduce o afecta el Monumento Histórico. Por el contrario, el proyecto a implementar por EFE contempla la mejora de la explanada y plaza dura emplazada frente a la placa conmemorativa, la restauración de la placa conmemorativa, y restitución de las cuatro (4) luminarias existentes), dando lugar a una intervención que jerarquiza la lectura del Sitio de Memoria y su contexto. Para mayores detalles, ver Anexo 6 de la Adenda Complementaria, donde se presenta la actualización del artículo 131 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), con el objetivo de proteger y/o conservar el patrimonio cultural de la categoría Monumento Histórico resguardando los valores por los que fue declarado. Entendiendo lo anterior, se destaca que las obras y actividades del proyecto se desarrollarán sin afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales, glaciares o territorios con valor ambiental.

Por lo tanto, del análisis efectuado al Artículo 8° del RSEIA, el proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones protegidas, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles. Mayores antecedentes en capítulo 6.4, Tabla 6.4 del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental no significativo El Proyecto se emplaza en un sector en que no existe valor paisajístico ni turístico. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en la letra e) del artículo 11° de la Ley 19.300:

El titular señala que el paisaje circundante carece de valor paisajístico debido a la ausencia de atributos biofísicos, estéticos y estructurales que le otorguen al paisaje un carácter único y representativo. Adicionalmente, cabe destacar aclarar que las obras del Proyecto constituyen una mejora en la visibilidad del paisaje, toda vez que reemplazarán las pasarelas desniveladas existentes por pasos multipropósitos soterrados. El resto de las obras proyectadas constituyen obras sutiles y menores de mejoramiento urbano, ubicadas en la faja vía y obras ferroviarias existentes.

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El Proyecto no altera los atributos del paisaje, considerando que el carácter está determinado por la dominancia de la presencia antrópica derivada de la existencia de infraestructura de transporte, usos industriales y residenciales, lo cuales son compatibles visualmente con el Proyecto.

El Proyecto no se emplaza en, ni cerca de, zonas de interés turístico, destinos, rutas patrimoniales, circuitos ni atractivos turísticos. El atractivo más cercano corresponde a la Estación de Ferrocarriles de San Bernardo, cuyo edificio patrimonial no será alterado ni su acceso obstruido.

En virtud de lo anterior, el Proyecto no obstruirá la visibilidad ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico y turístico. Mayores antecedentes en capítulo 6.5, Tabla 6.5 del ICE.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental no significativo Intervención de elementos patrimoniales de carácter histórico protegidos por la Ley N°17.288 Sobre Monumentos Nacionales, por obras de mejora entorno del Monumento Histórico Víctor Jara. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en la letra f) del artículo 11° de la Ley 19.300:

En las cercanías del área de emplazamiento del proyecto existen monumentos históricos y zonas típicas, por lo que a continuación se efectúa un análisis de su afectación. • Zona Típica “Maestranza de Ferrocarriles San Eugenio y edificaciones anexas; y Monumentos Históricos que alberga en su interior, ubicada aledaña a futura IF Maestranza San Eugenio. • MH Maestranza de San Bernardo: su portería que corresponde a uno de los edificios por los cuales fue definido como monumento histórico, se emplaza cercano a la faja vía. MH “Sitio donde fueron encontrados los cuerpos de Víctor Jara, Littré Quiroga y otras tres personas que no han sido identificadas”, en el cual se contemplan obras de mejoramiento al Memorial Víctor Jara. El titular presenta un Informe de Arqueología (adjunto en Anexo 2.6 de la DIA), donde presenta los resultados de la caracterización arqueológica del área de influencia del proyecto. El Titular señala que la inspección arqueológica superficial realizada abarcó una superficie total de 6,95 hectáreas, cubriendo el 100% del Área de Influencia del Proyecto, lo cual fue ejecutado a través de cuatro campañas de terreno, realizada los días 28 de octubre, 2, 9 y 10 de noviembre 2021, por un profesional arqueólogo; permitió definir la ausencia de elementos patrimoniales en el área de influencia del proyecto pesar de que durante la prospección no se registraron elementos patrimoniales en el área de influencia del proyecto, se implementará un monitoreo arqueológico el cual incluye la presencia del profesional arqueólogo (a) y/o licenciado (a) en arqueología de forma permanente durante las labores de movimientos de tierra, de cualquier naturaleza, hasta los 4 m de profundidad en cada uno de los frentes de trabajo, a fin de implementar medidas oportunas ante el posible hallazgo de elementos patrimoniales no previstos. Finalmente, ante la eventual aparición de elementos patrimoniales no previstos, durante la ejecución de las obras, el titular del Proyecto deberá dar aviso a las autoridades competentes y al Consejo de Monumentos Nacionales, en virtud a lo indicado en los artículos 26º y 27º de la Ley N.º 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas Por otra parte, tal como se ha indicado, las obras del Proyecto no removerán, destruirán, excavarán, trasladarán, deteriorarán, o intervendrán ninguno de los siguientes Monumentos Históricos ubicados cercanos a las obras del Proyecto: • ZT y MH “Maestranza de Ferrocarriles San Eugenio y edificaciones anexas”, toda vez que la obra más cercana corresponderá a la Instalación de Faena Maestranza San Eugenio, la que se emplazará fuera del polígono de la zona típica, sus instalaciones tendrán un carácter temporal y se construirán sobre la superficie del suelo, sin implicar ningún tipo de excavaciones. • MH Maestranza de San Bernardo, toda vez que la obra más cercana corresponde al refuerzo del confinamiento de la faja vía, que se emplazará a más de 27 m de distancia, sin obstaculizar la visual, permitiendo mantener la visión a la Portería Principal de acceso Maestranza de San Bernardo. • MH “Sitio donde fueron encontrados los cuerpos de Víctor Jara, Littré Quiroga y otras tres personas que no han sido identificadas”, en el cual se contemplan obras de mejoramiento al Memorial Victor Jara.

Respecto a la intervención que se realizará en el Memorial de Víctor Jara, el proyecto a implementar por EFE contempla la mejora de la explanada y plaza dura emplazada frente a la placa conmemorativa, la restauración de la placa conmemorativa, y restitución de las cuatro (4) luminarias existentes, dando lugar a una intervención que jerarquiza la lectura del Sitio de Memoria y su contexto. Para mayores detalles, ver Anexo 6 de la Adenda Complementaria, donde se presenta la actualización del artículo 131 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

No obstante lo anterior, el Titular se compromete a la realización de charlas arqueológicas y paleontológicas, en concordancia con lo señalado en el punto 10.1.9 del ICE. Las obras del Proyecto que se emplazaran cercanas a MH no modificaran ni deteriorarán construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena, toda vez que: • La IF Maestranza San Eugenio se emplazará fuera de la ZT y MH “Maestranza de Ferrocarriles San Eugenio y edificaciones anexas”, sus instalaciones tendrán un carácter temporal y se construirán sobre la superficie del suelo, sin implicar ningún tipo de excavaciones. Adicionalmente no provocarán alteración de los valores arquitectónicos por los cuales fue declarado Monumento, los que corresponde a: Un vestigio de las estructuras urbanas que fueron determinantes en la configuración y desarrollo de la ciudad de Santiago. Infraestructura generadora de barrios asociados a la actividad del ferrocarril y de edificaciones muy específicas que conforman una tipología arquitectónica que asocia la máquina, la tecnología y la arquitectura. • Las obras de refuerzo del confinamiento de la faja vía se emplazarán a más de 27 m de distancia de la Portería Principal de acceso Maestranza de San Bernardo, sin obstaculizar su visual y de modo alguno afectarán los valores arquitectónicos por los cuales fue declarado MH, con énfasis en la arquitectura industrial de gran envergadura en hormigón armado, con estética de grandes proporciones, como hito para la imagen urbana de la comuna e identidad de San Bernardo, los que se manifiestan en: • Taller central o armaduría: en el sector norte del predio, con una estructura de cinco naves, y una superficie construida de 16.380 m2. • Taller de herrería: ubicado en sector sur poniente, correspondiente a un volumen de dos naves, y una superficie construida de 3.496 m2. • Taller de calderería: emplazado en sector sur oriente, con una estructura de dos naves, con una superficie construía de 6.920 m2. • Portería: corresponde al antiguo acceso a la maestranza, como testimonio de su historia. • Tornamesa: instalada dentro del predio, al costado oriente del taller de armaduría. Respecto a la intervención que se realizará en el Memorial de Víctor Jara, es importante mencionar que solo se efectuarán obras de mejora al entorno del Monumento Histórico, restituyendo los espacios deteriorados para entregar un mayor valor al lugar, manteniendo en todo momento los atributos del Sitio de Memoria, efectuando la restauración de la Placa Conmemorativa, la ejecución de una plaza dura frente a la placa y la restitución de la luminaria existente (4 postes), tal como se muestra en la Figura 21 del Anexo 6 de la presente Adenda Complementaria. De acuerdo a la Caracterización de Medio Humano (Anexo 2.5 de la DIA) y a la respuesta, el único lugar ceremonial perteneciente a poblaciones protegidas dentro del área de influencia del Proyecto corresponde a la Ruka We Kuyen, ubicada a más de 900 metros del Proyecto en la comuna de Lo Espejo. Este fue construido en el año 2012, por la Asociación Indígena We Kuyen, con el objetivo de promover y fortalecer la cosmovisión mapuche, entre los socios y las nuevas generaciones. Es importante mencionar que, si bien se encuentra próxima del Proyecto, este se desarrolla fuera de la faja vía, sin interferir en alguna actividad que se pueda llevar a cabo. Por tanto, se verifica la inexistencia de superposiciones de obras y/o actividades del Proyecto con usos y/o sitios de significación cultural de los pueblos originarios. Adicionalmente, no existen actividades que impidan el acceso a las celebraciones que puedan desarrollar las organizaciones indígenas en los sitios descritos o dificulten su implementación. Adicionalmente, en virtud de la extensión del área de influencia de la caracterización de medio humano, se identificaron diversas manifestaciones culturales, infraestructura y sitios de valor patrimonial vinculados a procesos históricos locales (conformación de la urbe) y nacionales. Desde infraestructura con valor arquitectónico hasta expresiones artísticas (murales) se reconocen en el área de influencia, y forman parte de la identidad local. Se identificaron sitios de valor cultural, históricos, y religiosos, todos ellos señalados en el Anexo 2.5 de la DIA, dentro de los cuales se entrega mayor relevancia al memorial de Víctor Jara y el Centro Municipal Canelo de Nos, ambos por la cercanía con las obras del proyecto. Con respecto a las intervenciones que se realizarán en el Memorial de Víctor Jara, es importante mencionar que solo se efectuarán obras de mejora al entorno del Monumento Histórico, restituyendo los espacios deteriorados para entregar un mayor valor al lugar, manteniendo en todo momento los atributos del Sitio de Memoria, así como un espacio comunitario de encuentro destinado a áreas de uso público e incorporando acceso al lugar. Para mayores detalles, ver Anexo 6 de la Adenda Complementaria, donde se presenta la actualización del artículo 131 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), con el objetivo de proteger y/o conservar el patrimonio cultural de la categoría Monumento Histórico resguardando los valores por los que fue declarado. Con respecto al Centro Municipal Canelo de Nos, es un espacio abierto a la comunidad en búsqueda de la construcción y promoción cultural, político y ambiental ubicado en la comuna de San Bernardo; un lugar donde se realizan diversas actividades entre ellas encuentros de Palín y manifestaciones culturales propios del acervo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

cultural mapuche. Actualmente, pertenece a la administración de la Municipalidad de San Bernardo. Sin perjuicio de lo anterior, este se ubica fuera de la faja vía, sin interferir en alguna actividad que se pueda llevar a cabo. Por tanto, se verifica la inexistencia de superposiciones de obras y/o actividades del Proyecto con el Centro Municipal Canelo de Nos. Por lo tanto, el Proyecto no genera ni presenta los efectos, características y circunstancias indicados en el artículo 10 del D.S. N° 40/20132 del MMA, por lo que se puede concluir que no genera ni presenta efectos adversos significativos en monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Mayores antecedentes en capítulo 6.6, Tabla 6.6 del ICE.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 131 del Reglamento del SEIA. Permiso para realizar trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos; para remover objetos que formen parte o pertenezcan a un Monumento Histórico; para destruir, transformar o repara Monumento Histórico, o hacer construcciones en sus alrededores; o para excavar o edificar si el Monumento Histórico fuere un lugar o sitio eriazo. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Intervención Monumento histórico “Sitio donde fueron encontrados los cuerpos de Víctor Jara, Littre Quiroga y otras tres personas que no han sido identificadas” Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La intervención, consiste principalmente en la ejecución de medidas de restauración y conservación para la placa conmemorativa y la piedra existente, que se mantendrá en su ubicación actual. Se prevé la incorporación de una nueva explanada de pavimento de hormigón que se extenderá desde la explanada actual, sin intervenir a la existente, y dejará una dilatación para diferenciar ambos pavimentos. Además, se propone la instalación de una banca como remate a la extensión de la explanada y la reintegración de la luminaria aérea cercana al MH.

Mayores antecedentes en Actualización PAS 131 en Anexo 6 de la Adenda complementaria. Pronunciamiento del órgano competente El Consejo de Monumentos Nacionales, mediante su Oficio ORD. N°3505 de fecha 19 de julio de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS, con las siguientes condiciones: “En base a la revisión de los antecedentes, este órgano de la administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda Complementaria antes mencionada. Sin perjuicio de lo anterior, el CMN solicita considerar los siguientes puntos en caso que el proyecto cuente con una RCA favorable:

  1. Respecto a la respuesta 3.1.6 de la Adenda Complementaria, tras la revisión quedaron dudas técnicas respecto al diseño de la incorporación de la banca, elemento que se especifica como escaño de hormigón recto modular de 1.20 x 0.40 x 0.50 metros de hormigón monolítico, medidas y elemento que no se condicen con el diseño propuesto. Ante ello, es importante señalar que la incorporación de bancas en este sector debe responder a la necesidad de uso y contemplación, por lo que el número y ubicación de las nuevas o la reubicación de la existente, debe ser estudiado con las sugerencias que pueda indicar la comunidad.

  2. Respecto a la respuesta 8.4 de la Adenda Complementaria, en vista de la correcta coordinación de los actores de este espacio, se deberá presentar durante la tramitación sectorial del PAS 131, una carta de conformidad del proyecto por parte del propietario o administrador del espacio.

  3. Entendiendo la situación de falta de mantenimiento del lugar, aunque la restitución de luminaria es una acción necesaria para la seguridad del entorno, la propuesta deberá incluir un proyecto de iluminación que también otorgue importancia al sector de la placa conmemorativa destacándola durante la noche.

Es importante señalar que esta propuesta de intervención del MH y sitio de memoria, que considera el mantenimiento, restauración y conservación en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

espacio específico de la placa conmemorativa, es un aporte al lugar. Si bien se trata de una propuesta acotada respecto al área de protección, es una acción que debe ser considerada dentro de la implementación de otros proyectos que pretenden abarcar toda el área. Estas acciones son necesarias y urgentes de implementar para la puesta en valor de un sitio de memoria y MH que actualmente se encuentra en condiciones de abandono. Por ello, el titular deberá señalar e indicar a todas las entidades involucradas en estas iniciativas el proyecto, para que este sea integrado en un futuro y no exista descoordinación en la cartera de proyectos.

Respecto a la situación planteada anteriormente, el CMN da conformidad a los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) contenido en el Art. N° 131 del D.S N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en Monumento Históricos. Lo interior, con las indicaciones señaladas precedentemente, a revisar y resolver de manera sectorial una vez sea aprobado ambientalmente el proyecto.

Los siguientes antecedentes se deberán entregar durante la tramitación sectorial:

  • Carta de conformidad del propietario o administrador del espacio sobre el proyecto.

  • Proyecto de arquitectura (etapa de proyecto): Planta, cortes y elevaciones; Levantamiento crítico actualizado; Especificaciones Técnica de proyecto; Todos los planos y especificaciones técnicas deben ser suscritos por el propietario o administrador responsable del espacio y del profesional responsable”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1. del ICE. 6.1.2. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, el Proyecto contará con 3 instalaciones de faenas (IF) a saber: IF Maestranza, IF Cochera Nos, e IF San Bernardo. En cada una de estas se proyecta la habilitación de las siguientes áreas de almacenamiento temporal de residuos: • Área de almacenamiento de Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) • Área de almacenamiento de Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Por una parte. el área de almacenamiento de RSINP estará destinada a almacenar materiales sobrantes de las obras de construcción y que no revisten peligro para las personas ni para el medio ambiente, tales como escombros, y despuntes de aluminio, fierro, alambre y madera. Los residuos de mayor volumen se dispondrán temporalmente en bultos o maxisacos sobre pallet con el objeto de que no se dispersen y puedan ser recolectados con la ayuda de maquinaria hacia el camión recolector. Los residuos de menor volumen serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos con puertas superiores. Por otra parte, el área de almacenamiento de RSD estará destinada a almacenar residuos generados por el personal de obra (incluye el personal de los frentes de trabajo más la Instalación de faenas, ya que, todos los trabajadores serán transportados a la instalación de faenas Maestranza durante las horas de colación), conformados principalmente por restos de alimentos, restos de envoltorios de papel y plástico. Estos residuos se dispondrán en contenedores rotulados, con tapa, los cuales permanecerán cerrados para evitar la proliferación de vectores sanitarios y/u olores, y serán almacenados temporalmente al interior de las instalaciones de faena.

• IF Maestranza Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

El almacenamiento temporal de RSD durante la fase de construcción, presentará las siguientes características: - Cada una de las instalaciones de faena contará con delimitación clara y señalización de seguridad (como por ejemplo la obligación del uso de elementos de protección personal de acuerdo al D.S. 594/1999, o rotulación de prohibición de fumar). - La superficie del área de almacenamiento será de aproximadamente 486 m2 en IF Maestranza, con radier de hormigón. - En cada área de se dispondrán de contenedores HDPE con tapas. - Se contará elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio. - A las áreas de almacenamiento podrá ingresar solamente el personal responsable de su operación, siempre utilizando los respectivos elementos de protección personal. - Los residuos estarán en todo momento almacenados al interior de contenedores en espacios habilitados para ellos. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso a los contenedores. - Existirá un registro de ingreso y salida de residuos.

Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) El almacenamiento temporal de RSINP durante la fase de construcción, presentará las siguientes características: - Los residuos de mayor volumen se dispondrán temporalmente en bultos o maxisacos sobre pallet con el objeto de que no se dispersen y puedan ser recolectados con la ayuda de maquinaria hacia el camión recolector. Los residuos de menor volumen y de fácil manejo, serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos con puertas superiores. - La superficie del área de almacenamiento será de aproximadamente 221 m2 en IF Maestranza, 487 m2 con techo de 3 metros de altura y radier de hormigón. - Cada área de almacenamiento estará delimitada y con señalización de seguridad correspondiente. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso a los contenedores. - El área será operada sólo por personal responsable del almacenamiento de residuos. - Se contará elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio Se contará con señalización de seguridad, uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P.) y elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio. - Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. En todos los casos (RSD y RSINP) la instalación de faenas contará e implementarán procedimientos operacionales de manejo de residuos.

• IF Cochera Nos Residuos sólidos domiciliarios (RSD) El almacenamiento temporal de RSD durante la fase de construcción, presentará las siguientes características: - Cada una de las instalaciones de faena contará con delimitación clara y señalización de seguridad (como por ejemplo la obligación del uso de elementos de protección personal de acuerdo al D.S. 594/1999, o rotulación de prohibición de fumar). - La superficie del área de almacenamiento será de aproximadamente 213 m2 en IF Cochera Nos, con radier de hormigón. - En cada área de se dispondrán de contenedores HDPE con tapas. - Se contará elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio. - A las áreas de almacenamiento podrá ingresar solamente el personal responsable de su operación, siempre utilizando los respectivos elementos de protección personal. - Los residuos estarán en todo momento almacenados al interior de contenedores en espacios habilitados para ellos. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso a los contenedores. - Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) El almacenamiento temporal de RSINP durante la fase de construcción, presentará las siguientes características: - Los residuos de mayor volumen se dispondrán temporalmente en bultos o maxisacos sobre pallet con el objeto de que no se dispersen y puedan ser recolectados con la ayuda de maquinaria hacia el camión recolector. Los residuos de menor volumen y de fácil manejo, serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos con puertas superiores. - La superficie del área de almacenamiento será de aproximadamente 487 m2 en IF Cochera Nos, con techo de 3 metros de altura y radier de hormigón. - Cada área de almacenamiento estará delimitada y con señalización de seguridad correspondiente. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso a los contenedores. - El área será operada sólo por personal responsable del almacenamiento de residuos. - Se contará elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio - Se contará con señalización de seguridad, uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P.) y elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio. - Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. En todos los casos (RSD y RSINP) cada instalación de faenas contará e implementarán procedimientos operacionales de manejo de residuos.

• IF San Bernardo Residuos sólidos domiciliarios (RSD) El almacenamiento temporal de RSD durante la fase de construcción, presentará las siguientes características: - Cada una de las instalaciones de faena contará con delimitación clara y señalización de seguridad (como por ejemplo la obligación del uso de elementos de protección personal de acuerdo al D.S. 594/1999, o rotulación de prohibición de fumar). - La superficie de las áreas de almacenamiento será de aproximadamente 234 m2 en IF San Bernardo; con radier de hormigón. - En cada área de se dispondrán de contenedores HDPE con tapas. - Se contará elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio. - A las áreas de almacenamiento podrá ingresar solamente el personal responsable de su operación, siempre utilizando los respectivos elementos de protección personal. - Los residuos estarán en todo momento almacenados al interior de contenedores en espacios habilitados para ellos. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso a los contenedores. - Existirá un registro de ingreso y salida de residuos.

Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) El almacenamiento temporal de RSINP durante la fase de construcción, presentará las siguientes características: - Los residuos de mayor volumen se dispondrán temporalmente en bultos o maxisacos sobre pallet con el objeto de que no se dispersen y puedan ser recolectados con la ayuda de maquinaria hacia el camión recolector. Los residuos de menor volumen y de fácil manejo, serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos con puertas superiores. - La superficie del área de almacenamiento será de aproximadamente 155 m2 en IF San Bernardo; con techo de 3 metros de altura y radier de hormigón. - Cada área de almacenamiento estará delimitada y con señalización de seguridad correspondiente. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso a los contenedores. - El área será operada sólo por personal responsable del almacenamiento de residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

  • Se contará elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio.
  • Se contará con señalización de seguridad, uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P.) y elementos para extinción de fuego en caso de amago de incendio.
  • Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. En todos los casos (RSD y RSINP) la instalación de faenas contará e implementarán procedimientos operacionales de manejo de residuos

Mayores antecedentes en Anexo 5 PAS 140 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1760 de fecha 15 de julio de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2. del ICE. 6.1.3. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega destinada al almacenamiento temporal de residuos peligrosos en instalaciones de faenas: IF Maestranza, IF Cochera Nos, e IF San Bernardo. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Durante la fase de construcción, el proyecto contará con 3 instalaciones de faenas (IF) a saber: IF Maestranza, IF Cochera Nos, e IF San Bernardo. En cada una de estas, se proyecta la habilitación de una bodega de residuos peligrosos (RESPEL), destinada al almacenamiento temporal para luego ser retirada por terceros autorizados a un sitio de disposición final debidamente autorizados por la autoridad sanitaria.

• IF Maestranza Las especificaciones técnicas de las características constructivas de la bodega RESPEL son las siguientes: -Esta bodega será dispuesta en un área de 29,3 m2 en IF Maestranza. -Contará con estructura soportante metálica con cubierta de zinc, sobre una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. -Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. -Será techado y protegido de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Las bodegas contarán en su parte superior una sección para la ventilación natural. -Contará con pretil de contención con capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados

• IF Cocheras Nos Las especificaciones técnicas de las características constructivas de las bodegas RESPEL son las siguientes: - Esta bodega será dispuesta en un área de 26,6 m2 en IF Cochera Nos. - Contará con estructura soportante metálica con cubierta de zinc, sobre una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. - Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. - Será techado y protegido de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Las bodegas contarán en su parte superior una sección para la ventilación natural. - Contará con pretil de contención con capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

• IF San Bernardo Las especificaciones técnicas de las características constructivas de las bodegas RESPEL son las siguientes: - Esta bodega será dispuesta en un área de 23,8 m2 en IF San Bernardo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

  • Contará con estructura soportante metálica con cubierta de zinc, sobre una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.
  • Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.
  • Será techado y protegido de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Las bodegas contarán en su parte superior una sección para la ventilación natural.
  • Contará con pretil de contención con capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados

Mayores antecedentes en Anexo 8 PAS 142 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°1760 de fecha 15 de julio de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS, e indica lo siguiente: “Sin perjuicio de lo anterior, el titular deberá tener presente que los muros de dichas bodegas deben proteger los residuos almacenados de las inclemencias del tiempo y las condiciones ambientales, asimismo las características constructivas de las bodegas deberán estar acorde a la carga de combustible almacenada, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.3. del ICE. 6.1.4. Permiso Ambiental Sectorial según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA. Permiso para efectuar modificaciones de cauce. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Pasos Multipropósito (PMP) Santa Marta y La Selva, cuya construcción implica una modificación de canales de riego existentes. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento 1. PMP Santa Marta En el sector de emplazamiento del PMP Santa Marta, se propone sustituir la canaleta existente por otra de similares características (Canaleta rectangular de hormigón), modificando levemente su trazado e incluyendo un tramo entubado con una tubería de hormigón de 500mm de diámetro y 5m de longitud, en los extremos de este tramo se incluirán sifones de 1,4mx1,4m y 3,2m de altura.

  1. PMP La Selva En el sector de emplazamiento del PMP La Selva, se propone sustituir la canaleta existente por otra de similares características (canaleta rectangular de hormigón), modificando levemente su trazado e incluyendo un tramo entubado con una tubería de hormigón de 600mm de diámetro, en los extremos de este tramo se incluirán sifones de 1,4mx1,4m y 5,3m de altura

Mayores antecedentes en Anexo 15 Permiso ambiental Sectorial Articulo 156 de la Adenda complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N°954 de fecha 2 de julio de 2024, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.4. del ICE.

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma 1 D.S. N°144/61 del Ministerio de Salud que “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras que generen emisiones atmosféricas a partir de las actividades de construcción tales como escarpe, excavaciones, transferencia de material, uso de maquinarias, tránsito de vehículos, entre otros Forma de cumplimiento Para disminuir las emisiones de material particulado y gases en las instalaciones de faenas y frentes de trabajo, se implementarán algunas medidas, entre las cuales se encuentran: - Transportar materiales de excavación en camiones encarpados con lona y sujeta a la carrocería. - Efectuar las faenas de corte y pulido de materiales (ladrillos y otros) en recintos cerrados. - Mantener cubiertos con lona u otro elemento a los materiales que puedan desprender polvo (acopios temporales). - Utilizar vehículos y máquinas con sus revisiones técnicas vigentes y mantenciones al día. - Instalar mallas en el entorno de la faena para retener el polvo fugitivo e impedir la caída del material al exterior del recinto del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. - Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. - Señalización en faena de las velocidades de tránsito máximas según tipo de vehículo. - Inspección visual de la entrada y salida de camiones con carga cubierta para verificar especialmente el sellado de sus cargas. Forma de control y seguimiento - Registro de revisiones técnicas de los vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.1 del ICE. Norma 2 D. S. N°75/1987, modificado por Decreto Supremo N°78/97 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de esta normativa, se contempla que para la fase de construcción los vehículos de transporte cuya carga sea de balastos, material de excavación u otros materiales, junto con cumplir todas las disposiciones señaladas en el cuerpo legal, deberán cumplir lo siguiente: - Transportar materiales de excavación en camiones encarpados con lona y sujeta a la carrocería. -Utilizar vehículos que cuenten con sus revisiones técnicas y mantenciones al día. Indicador que acredita su cumplimiento -Inspección visual de la entrada y salida de camiones con carga cubierta para verificar especialmente el sellado de sus cargas. - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de vehículos. -Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Forma de control y seguimiento - Registro de revisiones técnicas de los vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.5. del ICE. Norma 3 D.S. N°54/1994 del Ministerio de Transporte y telecomunicaciones que “Establece las Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. - Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. - Inspección visual de la entrada y salida de camiones con carga cubierta para verificar especialmente el sellado de sus cargas. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas de los vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. Forma de control y seguimiento Establece que los vehículos motorizados medianos, para circular deben reunir las características técnicas que los habiliten para cumplir, en condiciones normalizadas, con los niveles máximos de emisión monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (Nox) y partículas, que se señalan en este decreto Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.15 del ICE. Norma 4 D.S. N° 279/1983 del Ministerio de Salud que “Aprueba el Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento El Proyecto considera la utilización de vehículos con motores diésel que transitarán por la Región Metropolitana. Además, se utilizarán equipos y maquinarias con motor diésel para las obras de construcción al interior de las faenas. Se exigirá a los contratistas lo siguiente: - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Forma de control y seguimiento - Registro de revisiones técnicas de los vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.3 del ICE. Norma 5 D.S. N°31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica - Movimientos de tierra, acopios de material y uso de maquinarias. - Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Para determinar las emisiones atmosféricas del Proyecto, se presenta la actualización de Estimación de Emisiones Atmosféricas (Anexo 11 de la Adenda), donde se identifican las fuentes de emisión atmosféricas, actividades emisoras desagregadas y actividad, además de la memoria de cálculo de las emisiones, comparando con límites establecidos en el PPDA. Durante la fase de construcción del Proyecto, las emisiones se encontrarán por sobre los límites indicados en el artículo 64 del D.S. N°31/2016 (Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana) para el contaminante MP10 equivalente, por ello se presenta un Plan de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Compensaciones ante la SEREMI de Medio Ambiente, previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto. Adicionalmente, y con el objeto de minimizar las emisiones durante la fase de construcción se realizarán las siguientes medidas: - Transportar materiales de excavación, en camiones encarpados con lona, impermeable y sujeta a la carrocería. - Efectuar las faenas de corte y pulido de materiales (ladrillos y otros) en recintos cerrados. - Mantener cubiertos con lona u otro elemento a los materiales que puedan desprender polvo (acopios temporales). - Utilizar vehículos y máquinas con sus revisiones técnicas vigentes y mantenciones al día. - Instalar mallas en el entorno de la faena para retener el polvo fugitivo e impedir la caída del material al exterior del recinto del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. - Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. - Señalización en faena de las velocidades de tránsito máximas según tipo de vehículo. - Presentación del Plan de Compensación de Emisiones (PCE) posterior a la obtención de la RCA. - Inspección visual de la entrada y salida de camiones con carga cubierta para verificar especialmente el sellado de sus cargas. Forma de control y seguimiento - Registro de revisiones técnicas de los vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. - Resolución exenta de la Seremi de Medio Ambiente que aprueba el PCE. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.5 del ICE. Norma 6 D.S. N°138/2005 del Ministerio de Salud que “Establece la obligación de declarar emisiones que indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Normas asociadas Decreto Supremo N°1/2013 MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Grupos electrógenos de emergencia Forma de cumplimiento El Titular presentará la declaración de emisiones anualmente correspondiente a los grupos electrógenos que sean utilizados en el Proyecto a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento Registro anual de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de la declaración anual de las emisiones en el RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.6 del ICE. Norma 7 D.S. Nº 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Utilizar vehículos que cuenten con sus revisiones técnicas y mantenciones al día. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Transportar materiales de excavación en camiones encarpados con lona y sujeta a la carrocería. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. - - Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. - Inspección visual de la entrada y salida de camiones con carga cubierta para verificar especialmente el sellado de sus cargas. Forma de control y seguimiento - Registro de revisiones técnicas de los vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.7 del ICE. Norma 8 D.S. N° 4/1994 “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a Los Vehículos Motorizados y Fija Los Procedimientos para su Control.” Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados y livianos, que se sometan a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. - Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Forma de control y seguimiento - Registro de revisiones técnicas de los vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.8 del ICE. Norma 9 D.S. N° 211/1991 “Establece Normas Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos” Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Normas asociadas Decreto Supremo N°144/1961 MINSAL Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Grupo electrógeno de emergencia Forma de cumplimiento Tránsito de vehículos livianos. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto contempla la circulación de vehículos livianos. El Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos, ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de proveedores, cumplan con lo siguiente: - Utilizar vehículos livianos con sus revisiones técnicas vigentes y mantenciones al día. - Los vehículos deberán contar con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento - Revisiones técnicas de todos los vehículos que formen parte del Proyecto. - Mantenciones de maquinarias y vehículos. - Todos los vehículos que formen parte del Proyecto estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.9 del ICE. Norma 10 Resolución N°743/2021 “Aprueba protocolo de Conexión y reporte de variables operaciones de motores” del Ministerio de Medio Ambiente y la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Superintendencia del Medio Ambiente combustión interna para generación eléctrica que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Grupo de electrógeno Forma de cumplimiento De acuerdo a lo establecido en el artículo primero, numeral 4 de esta normativa, el Titular realizará el catastro de los grupos electrógenos a utilizar en la Ventanilla Única del Ministerio del Medio Ambiente, dentro de la plataforma SISAT. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en el Catastro de Grupo Electrógeno (GE) disponible en la plataforma SISAT. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en obra la copia del registro en SISAT. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.10 del ICE.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma 1 D.S. Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se contempla la excavación y movimientos de tierra en instalación de faenas, frentes de trabajo y el uso de maquinaria. Forma de cumplimiento El Proyecto cumplirá con los niveles máximos permitidos en la normativa vigente. Con objeto de evitar la superación de los límites se implementarán medidas de control durante la ejecución de las obras en las instalaciones de faenas y frentes de trabajo, lo anterior en conformidad a lo indicado en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, actualización del estudio de ruido. Las medidas contempladas para la fase de construcción son las siguientes: - Implementación de cierres totales y parciales de faena con características de barreras acústicas fijas de entre 3,2 y 6 m de altura - Pantalla acústica transportable para rodear los equipos ruidosos o túneles acústicos. - Confinamiento acústico con barreras modulares de 4 m de altura dispuestas a no más de 3 m de las zonas de carga y descarga de Camiones, Tolva, Cisterna y Mixer. - Se utilizarán vehículos y maquinaria que dispongan con sus revisiones técnicas al día. - Se realizarán mantenciones periódicas de las maquinarias y equipos utilizados en las faenas. Indicador que acredita su cumplimiento - Instalación y mantención de las medidas de atenuación acústica. - Se utilizarán vehículos y maquinaria que dispongan con sus revisiones técnicas al día. - Se realizarán mantenciones periódicas de las maquinarias y equipos utilizados en las faenas. Forma de control y seguimiento - Registro que acredite la instalación de los cierres perimetrales, confinamiento acústico con barreras modulares y túneles acústicos. - Registro de revisión técnica al día de vehículos. - Registro de las mantenciones periódicas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.11 del ICE.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación Norma 1 Resolución N° 133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera.”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Abastecimiento de materias primas. Forma de cumplimiento Respecto de los embalajes de madera que puedan provenir desde el extranjero, se verificará que estos cumplan con las disposiciones establecidas en la presente Resolución. Además, se exigirá contractualmente a los contratistas que la internación de equipos, maquinaria, insumo, etc. En embalajes de madera sea realizada bajo estrictas medidas de tratamiento fitosanitario en origen. Asimismo, en caso de sospecha de transmisión de plagas, el contratista solicitará inspección del SAG, o bien aplicará tratamiento fitosanitario complementario. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de verificación de los embalajes de madera procedente del extranjero. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento y revisión del registro de embalaje de madera. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1., Tabla 8.1.12 del ICE.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Agua potable y residuos solidos Norma 1 D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud que “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº446/2006, del Ministerio de Salud, que oficializa Norma Chilena Nº409 /1. Of 2005, Calidad de Agua para Uso Potable. Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967 MINSAL Código Sanitario Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Frentes de trabajo e instalaciones de faenas durante la fase de construcción. Zonas de manejo de residuos ubicados en las Instalaciones de Faenas y frentes de trabajo durante la construcción Forma de cumplimiento Agua potable En las instalaciones de faena, se conectará a la red de agua potable, por lo cual el agua será abastecida en calidad y cantidad suficiente mediante este medio. En el caso de los frentes de trabajo, éstos serán abastecidos de agua potable a través de bidones por una empresa autorizada para tal fin en las cantidades establecidas en el Decreto Supremo N°594/1999 MINSAL, la calidad del agua cumplirá con los requisitos establecidos en la NCh. Nº409/1 Of. 2005. Además, en primera instancia y mientras se realice la habilitación de las instalaciones de faenas, como también en los frentes de trabajo según corresponda el avance de las obras (túneles), se dispondrán baños químicos, los cuales serán provistos y mantenidos por una empresa debidamente autorizada. Una vez operativas las instalaciones de faenas, las aguas servidas provenientes de los baños se dispondrán a la red de alcantarillado público y los baños químicos se mantendrán solamente en los frentes de trabajo a más de 75 m de estas Residuos El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se realizará en sectores habilitados especialmente para ello al interior de las instalaciones de faenas. Se solicitará el Permiso Ambiental Sectorial 140. El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se realizará en bodegas, las cuales cumplirán con todas las exigencias del Título IV del D.S. 148/2003, ubicadas al interior de las instalaciones de faenas. Se solicitará el Permiso Ambiental Sectorial 142. Indicador que acredita su cumplimiento Agua potable: - Certificado de factibilidad de agua potable. - Comprobante de pago de servicio a empresa abastecedora de agua potable. Residuos: Presentación y aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria de los antecedentes de los sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos (componente sectorial del PAS 140). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

  • Presentación y aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria de los antecedentes de las bodegas para el almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos (componente sectorial del PAS 142).
  • Declaración del transporte y disposición final de los residuos sólidos no peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos No Peligrosos (SINADER) de la Ventanilla Única del RETC. -Declaración del transporte y disposición final de los residuos sólidos peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP) de la Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Agua potable Mantención de contrato vigente con empresa autorizada para el abastecimiento de agua potable al interior de las faenas.

Residuos: - Resolución sanitaria que autoriza los sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos. - Resolución sanitaria que autoriza las bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos. -Comprobantes de recepción de información de declaración de residuos en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.13 del ICE. Norma 2 NCh 1333/78, Requisitos de calidad del agua para diferentes usos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Modificación de canales existentes ubicados en los Pasos Multipropósito (PMP) Santa Marta y La Selva. Forma de cumplimiento Con el objeto de analizar el comportamiento de la calidad de las aguas en los cauces y verificar que el proyecto no altere las condiciones basales de estas, se efectuará un monitoreo antes de iniciar la construcción de las obras otro monitoreo al finalizar la construcción. Los puntos de muestreo serán aguas arriba y aguas abajo de las obras (30 m aproximadamente, según accesibilidad). Indicador que acredita su cumplimiento Elaboración informe de monitoreo de la calidad del agua antes de iniciar la construcción de las obras y otro al finalizar la construcción, en función de los parámetros establecidos en la Tabla 1 de la NCh 1333/78 “Requisitos de calidad del agua para diferentes usos”. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso a la Superintendencia del Medio Ambiente de los informes de monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.14 del ICE. Norma 3 D.F.L. N°725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°594/1999 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Zonas de manejo de residuos ubicados en las Instalaciones de Faenas y frentes de trabajo durante la construcción. Forma de cumplimiento El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se realizará en sectores habilitados especialmente para ello al interior de las instalaciones de faenas. Se solicitará el Permiso Ambiental Sectorial 140. El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se realizará en bodegas, las cuales cumplirán con todas las exigencias del Título IV del D.S. 148/2003, ubicadas al interior de las instalaciones de faenas. Se solicitará el Permiso Ambiental Sectorial 142. Indicador que acredita su cumplimiento - Presentación y aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria de los antecedentes de los sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos (componente sectorial del PAS 140). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

  • Presentación y aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria de los antecedentes de las bodegas para el almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos (componente sectorial del PAS 142).
  • Declaración del transporte y disposición final de los residuos sólidos no peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos No Peligrosos (SINADER) de la Ventanilla Única del RETC. Declaración del transporte y disposición final de los residuos sólidos peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP) de la Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento
  • Resolución sanitaria que autoriza los sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos.
  • Resolución sanitaria que autoriza las bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos.
  • Comprobantes de recepción de información de declaración de residuos en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.15 del ICE. Norma 4 D.S. Nº1/2013, Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Zonas de manejo de residuos ubicados en las Instalaciones de Faenas y frentes de trabajo durante la construcción Forma de cumplimiento El Titular efectuará la declaración de transporte y disposición de residuos sólidos no peligrosos y peligrosos en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento
  • Declaración del transporte y disposición final de los residuos sólidos no peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos No Peligrosos (SINADER) de la Ventanilla Única del RETC.
  • Declaración del transporte y disposición final de los residuos sólidos peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP) de la Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Comprobantes de recepción de información de declaración de residuos en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.16 del ICE. Norma 5 D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Zonas de manejo de residuos ubicados en las Instalaciones de Faenas y frentes de trabajo durante la construcción. Forma de cumplimiento Se exigirá a los contratistas el cumplimiento de este Decreto mediante la construcción de bodegas temporales de residuos peligrosos, las cuales como mínimo deberán ser de material ignífugo, con radier impermeable, capacidad de contención en caso de derrames, ventilada, con acceso restringido, entre otros. Por último, en este capítulo, se presentan los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial, establecido en el Artículo 142° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Una vez otorgado el PAS correspondiente, se adjuntará la documentación necesaria para su aprobación sectorial. Indicador que acredita su cumplimiento
  • Presentación y aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria de los antecedentes de las bodegas para el almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos (componente sectorial del PAS 142).
  • Declaración del transporte y disposición final de los residuos sólidos peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP) de la Ventanilla Única del RETC. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Forma de control y seguimiento - Resolución sanitaria que autoriza las bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos. - Comprobantes de recepción de información de declaración de residuos en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.17 del ICE. Norma 6 DFL Nº725/1967 Ministerio de Salud, modificado por Ley 20.724/14 Ministerio de Salud, Código Sanitario.”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°594/1999 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones de Faenas y frentes de trabajo Forma de cumplimiento Las instalaciones de faenas contarán con conexión al alcantarillado de la empresa sanitaria. De forma previa a dicha conexión, en cada instalación de faenas se habilitarán baños químicos dispuestos para proveer el servicio sanitario en cantidad y distanciamiento establecidos en el D.S. N°594/99 del MINSAL. La limpieza, mantención y retiro de los residuos líquidos será realizada por la misma empresa que provea de los artefactos. Se estima que esta mantención se desarrollará con una frecuencia de dos a tres veces por semana o en su defecto que asegure el buen estado de los mismos, sin que se generen focos de infección y generación y/o atracción de vectores sanitarios. Se les exigirá a las empresas contratistas las resoluciones que los autoricen a realizar dichas actividades, además de la certificación de la disposición final de los residuos generados de la limpieza. Indicador que acredita su cumplimiento - Limpieza de baños químicos. - Convenio entre empresa de limpieza de baños químicos y la empresa sanitaria de la región que acredita el punto de descarga de las aguas servidas. Forma de control y seguimiento - Registro de la limpieza de los baños químicos. - Comprobante de factibilidad sanitaria. - Copia del convenio entre empresa de limpieza de baños químicos y la empresa sanitaria de la región que acredita el punto de descarga de las aguas servidas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.18 del ICE.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural Norma Ley N°17.288/1970 del Ministerio de Educación sobre Monumentos Nacionales y D.S. N° 484/91 Reglamento De La Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Normas asociadas Decreto Supremo Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto. Forma de cumplimiento Arqueología De acuerdo a lo señalado en el Informe de Arqueología (Anexo 2.6 de la DIA), en el área del Proyecto no se ubican elementos patrimoniales registrados como resultado de las actividades de caracterización subsuperficial. Para el cumplimiento normativo, se realizarán las siguientes acciones: Implementar monitoreo arqueológico el cual incluye la presencia del profesional arqueólogo (a) y/o licenciado (a) en arqueología de forma permanente durante las labores de movimientos de tierra, de cualquier naturaleza, hasta los 4 m de profundidad en cada una de los frentes de trabajo, de manera de resguardar los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

bienes protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales en la categoría de Monumento Arqueológico. Se remitirá a la autoridad un informe mensual con las actividades de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que incluirá los siguientes antecedentes: Descripción de las actividades de supervisión arqueológica de cada uno de los frentes de excavación evaluados durante el mes, especificando fecha. • Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. • Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. • Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. • Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. • De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: • Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). • Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. • Medidas de protección y/o conservación implementadas. • Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. • Planilla de registro de sitios arqueológicos en formato Excel, siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios-protocolos/planilla- registro-sitios-arqueologicos • Seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). El informe final de monitoreo dará cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluirá la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se solicitará el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes será indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, todos los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora, será a expensas del Titular. Efectuar charlas mensuales de inducción a todos los trabajadores sobre el componente arqueológico que pudieran encontrar en las labores de escarpe, nivelación y excavación. Estas charlas serán impartidas por un arqueólogo (a) o licenciado (a) en arqueología y entregan los conocimientos mínimos que permitan resguardar adecuadamente el componente e informar sobre los protocolos asociados a su gestión. Los contenidos a impartir consideran al menos: • Contexto legal y protección del patrimonio arqueológico en Chile. • Importancia del patrimonio arqueológico en Chile. • Contexto prehistórico e histórico del área a intervenir, y resultados de la evaluación arqueológica del frente según corresponda. • Tipos de materiales arqueológicos susceptibles de hallar. • Protocolo de acción frente hallazgos. Se incluirá en los informes de monitoreo arqueológico la constancia de asistentes a la misma con la firma de cada trabajador. En caso que corresponda, se establecerán medidas de protección conforme al Manual de Procedimientos Arqueológicos del Consejo de Monumentos Nacionales (2020), orientadas a evitar completamente el impacto de las obras de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

un proyecto sobre patrimonio arqueológico protegido por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Se efectuarán, en caso de corresponder, rescates arqueológicos no previstos, que corresponde a las labores de recuperación de información parcial o total de bienes arqueológicos y su contexto, mediante excavación y/o recolección sistemática con metodología arqueológica. Paleontología De acuerdo a lo señalado en el Informe de Paleontología (Anexo 2.7 de la DIA), caracterización realizada dentro del área de influencia, se determinó que no existe material paleontológico en superficie. De la misma manera y a modo de proteger el eventual patrimonio paleontológico que pueda presentarse en el área del Proyecto, se realizará lo siguiente: II. Implementación de monitoreo paleontológico se implementará un monitoreo del patrimonio paleontológico con frecuencia quincenal en sectores con movimientos de tierra, y ejecutado por un paleontólogo o profesional acreditado por el CMN. Este monitoreo se realizará durante el periodo que duren las obras (desde los 4 m hacia abajo) III. Charlas de inducción paleontológica a trabajadores con frecuencia mensual, las cuales estarán dirigidas a todos los trabajadores del Proyecto y de empresas colaboradoras, y serán realizadas por un profesional paleontólogo que cumpla con el perfil del Consejo de Monumentos Nacionales. Durante las charlas se abordarán las características de los fósiles que pueden ser hallados durante la excavación y los procedimientos que deben efectuarse en caso de identificar este tipo de materiales, y el protocolo de hallazgos no previstos. Se dejará constancia de los asistentes a las charlas realizadas. IV. Ante el evento que se produzca un hallazgo paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los Artículos Nº 26 y 27 de la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales. El protocolo, en caso de corresponder, contemplará a lo menos las siguientes acciones: • Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto • Se delimitará y señalizará correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se dispondrá para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. • Se notificará al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990. Asimismo, este protocolo se incluirá en las charlas de inducción a los trabajadores del proyecto, tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Indicador que acredita su cumplimiento - Registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos no previstos (en caso de que corresponda). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

  • Elaboración informe mensual de monitoreo arqueológico durante el periodo en que se ejecuten las labores de movimientos de tierra, de cualquier naturaleza, hasta los 4 m de profundidad, cuyo documento describa las actividades realizadas en cada uno de los frentes de trabajo, los eventuales hallazgos e incluya registro de las charlas de inducción patrimonial realizadas.
  • Elaboración de informe mensual de monitoreo paleontológico. Forma de control y seguimiento
  • Comprobante ingreso al Consejo de Monumentos Nacionales del informe de rescate en caso de ocurrir algún hallazgo.
  • Comprobante de ingreso a la Superintendencia del Medio Ambiente de los informes mensuales. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.29 del ICE.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma 1 D.S. N°298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de cargas peligrosas. Forma de cumplimiento En la realización de actividades de transporte de sustancias peligrosas se dará pleno cumplimiento a las disposiciones de este decreto. Dichas sustancias serán transportadas con su documentación correspondiente, y en vehículos que cumplan con las condiciones que se establecen en la presente norma. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de hojas de seguridad. Forma de control y seguimiento Documento que acredite que los vehículos cumplen con las exigencias del presente Decreto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.19 del ICE. Norma 2 D.S. N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. “Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos livianos y pesados. Forma de cumplimiento En el caso que durante la fase de construcción sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas por la norma, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse. Forma de control y seguimiento Registro de los permisos de la Dirección de Vialidad solicitados, en caso de que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.20 del ICE. Norma 3 D.F.L. N°850/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº206, de 1960. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos livianos y pesados. Forma de cumplimiento En el caso que durante la fase de construcción sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas por la norma, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse. Forma de control y seguimiento Registro de los permisos de la Dirección de Vialidad solicitados, en caso de que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.21 del ICE. Norma 4 D.S. N° 18/2001 MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento al, Artículo 1º: Prohíbase la circulación de los vehículos de carga que más adelante se indican, por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio, excluyendo las autopistas Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Ruta 5 Norte) y Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Ruta 5 Sur) y el eje Av. Cerrillos-Av. General Velásquez-Av. Joaquín Walker Martínez- Av. Apóstol Santiago, de la Región Metropolitana: (…)

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de conocimiento de los transportistas de la normativa. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los registros antes indicados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.22 del ICE. Norma 5 Resolución N°1/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece dimensiones máximas a vehículos que indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos livianos y pesados. Forma de cumplimiento En el caso que durante la fase de construcción sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas por la norma, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse. Forma de control y seguimiento Registro de los permisos de la Dirección de Vialidad solicitados, en caso que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.23 del ICE. Norma 6 D.S. N°200/1993 del Ministerio de Obras Publicas que “Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de vehículos livianos y pesados. Forma de cumplimiento En el caso que durante la fase de construcción sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas por la norma, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Forma de control y seguimiento Registro de los permisos de la Dirección de Vialidad solicitados, en caso de que corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.24 del ICE.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma 1 NCh 382 Of 2004, Sustancias Peligrosas – Clasificación General.”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega SUSPEL ubicada en las Instalaciones de faenas. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción del Proyecto, en las bodegas de sustancias peligrosas se clasificarán las sustancias de acuerdo al tipo y clase de sustancias que sea almacenada ejemplo. Clase 2.1 para pintura spray; clase 3.3 aceites y diluyentes, etc. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá en obra un registro de las sustancias peligrosas almacenadas. - Hojas de datos de seguridad (HDS) de las sustancias peligrosas almacenadas. - Cumplimiento del DS 43/2015 del Ministerio de Salud. Forma de control y seguimiento - Registro de las sustancias almacenadas. - HDS de las sustancias almacenadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.25 del ICE. Norma 2 NCh2245.Of2003. Sustancias químicas - Hojas de datos de seguridad - Requisitos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°43/2015 MINSAL Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega SUSPEL ubicada en las Instalaciones de faenas. Forma de cumplimiento Se mantendrá en las bodegas de almacenamiento de sustancias peligrosas las hojas de seguridad debidamente actualizadas. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá en obra un registro de las sustancias peligrosas almacenadas. - Hojas de datos de seguridad (HDS) de las sustancias peligrosas almacenadas. Forma de control y seguimiento - Registro de las sustancias almacenadas. - HDS de las sustancias almacenadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.26 del ICE. Norma 3 NCh 1411/4:2000 Prevención de Riesgos – Parte 4: Señales de seguridad para la identificación de riesgos de materiales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°43/2015 MINSAL Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega SUSPEL ubicada en las Instalaciones de faenas. Forma de cumplimiento Se mantendrá en las bodegas de almacenamiento de sustancias peligrosas las hojas de seguridad debidamente actualizadas. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá en obra un registro de las sustancias peligrosas almacenadas. - Hojas de datos de seguridad (HDS) de las sustancias peligrosas almacenadas. Forma de control y seguimiento - Registro de las sustancias almacenadas. - HDS de las sustancias almacenadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.27 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Norma 4 D.S. Nº 160/2009, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de combustible a maquinarias y equipos en frentes de trabajo e instalaciones de faena. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, se utilizará petróleo diésel para el funcionamiento de maquinaria pesada, el cual será abastecido por una empresa distribuidora autorizada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para prestación de estos servicios y se realizará de acuerdo con las condiciones de seguridad exigidas por el D.S. N° 160/09 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de abastecimiento de combustible a los camiones surtidores, por parte de la empresa externa autorizada. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles los registros de abastecimiento para la revisión de la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.28 del ICE.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1.1 Condición o exigencia 1: Pavimentación y aguas lluvia Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Condición El Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU de la Región Metropolitana., mediante su oficio Ord. N° 3231 de fecha 11 de julio de 2023, establece que:

“(…)

Sin embargo, se deberá tener presente que los proyectos de pavimentación y de aguas lluvias en vías públicas, previo a su ejecución, deberán ser presentados a revisión y aprobación en el SERVIU Metropolitano, teniendo presente la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS). Para esta etapa se deberá tener presente lo siguiente: Las obras a materializar deberán resguardar las áreas de tránsito peatonal, según lo establece el Art. 2.2.8 de la OGIC; como así también, los anchos mínimos de la acera según el tipo de vía, de acuerdo al Instrumento de Planificación Territorial respectivo” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.1. del ICE. 8.1.2 Condición o exigencia 2: Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Condición La SEREMI del Medio Ambiente la Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 888 de fecha 14 de noviembre de 2023 se pronuncia conforme condicionado a lo siguiente:

“(…) Condicionado a:

1-- En cuanto al manejo y gestión de los residuos no peligrosos a generar en la fase de construcción del proyecto, considerar en todo momento el manejo ambientalmente racional de los residuos sólidos y el fomento de la estrategia jerarquizada relacionada con su gestión; el orden de preferencia de manejo, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

considera como primera alternativa la prevención en la generación de residuos, luego la reutilización, el reciclaje de los mismos o de uno o más de sus componentes y la valorización energética de los residuos, total o parcial, finalmente su eliminación.

2-- Respecto del cumplimiento del D.S. Nº 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”:

Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:

Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar del proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos”. Año Fase MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 1 Construcción 4,23 5,07 48% 2 Construcción 5,30 6,36 41% 3 Construcción 3,75 4,50 47% A partir de Tabla 59 del Anexo 11 de la Adenda.

Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios:

Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Finalmente, cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.2. del ICE. 8.1.3. Condición o exigencia 3: Condiciones realizadas por la SEREMI de Salud, Región Metropolitana Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Condición La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, mediante su Oficio ORD. N° 1760 de fecha 15 de julio de 2024, se pronuncia conforme indicando lo siguiente:

“1. NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE

1.1 RUIDO

1.1.1 En caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas de control de ruido y vibraciones y compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace y de la norma de referencia utilizada en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.3. del ICE. 8.1.4. Condición o exigencia 4: Vialidad Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Condición La SEREMI de Obras Publicas de la Región Metropolitana, en su Ord. N°141/2023 de fecha 14 de noviembre de 2023, indica lo siguiente:

“Referente a las observaciones viales realizadas, se verificaron las principales rutas asociadas al proyecto, frentes de trabajo e instalaciones de faena, además de la correspondiente identificación y sistematización de sus principales características y la información gráfica que permitiera evaluar el proyecto en su extensión lineal, además de la evaluación de impacto vial respectiva, descrita en informes viales de anexo 16. De ello no se identifican intervenciones o impactos significativos en vialidad tuición MOP

Las Observaciones emitidas durante el proceso de evaluación deberán quedar consignadas en el ICE respectivo, junto a las siguientes precisiones y/o condiciones:

-Tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere eventualmente implicar algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada y aprobada por los Servicios competentes de este organismo.

-Restaurar a su estado original (o reponer en caso de que resultasen destruidas) cualquier vía, espacio público, u otra infraestructura que resultasen afectadas por faenas de construcción del proyecto.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.4. del ICE. 8.1.5. Condición o exigencia 5: Recurso hídrico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Condición La Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, en su Ord. N°954 de fecha 22 de julio de 2024, indica lo siguiente:

“12. En base a las observaciones anteriores, en particular la N° 1 del presente Oficio, este Servicio se declara conforme, en la medida que el titular se comprometa a que no se extraerán aguas subterráneas o superficiales para el abastecimiento del proyecto en ninguna de sus etapas, y que se mantendrá un registro del abastecimiento por camiones aljibes y/o los certificados de conexión al alcantarillado, según corresponda Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2. y Tabla 10.2.5. del ICE.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Mejoramiento participativo del acceso al Pasaje Grohnert y del entorno al Monumento Histórico Víctor Jara. Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Ejecutar obras de mejoramiento del acceso al Pasaje Grohnert y en el entorno del Monumento Histórico Víctor Jara.

Descripción: Para el caso de las mejoras en acceso a Pasaje Grohnert, se contempla llevar a cabo la pavimentación y mejoramiento de los accesos particulares en el Pasaje Grohnert, además de obras de paisajismo, en esquina con Av. Bombero Ossandón. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Mejoramiento participativo del acceso al Pasaje Grohnert y del entorno al Monumento Histórico Víctor Jara. Por otro lado, para el mejoramiento del entorno del Monumento Histórico Víctor Jara, el proyecto contempla restituir los espacios deteriorados, además de obras de paisajismo

Justificación: Incluir a la comunidad en el mejoramiento tanto del acceso al Pasaje Grohnert, como en el mejoramiento paisajístico del entorno del Monumento Histórico Victor Jara, que permitirá entregar sentido de propiedad del espacio, generando arraigo y fortaleciendo el concepto de seguridad de entorno, como también la generación de un espacio comunitario de encuentro destinado a áreas de uso público. Asimismo, para el caso del MH se pretende mantener los valores y atributos del sitio de memoria (Anexo 6 de Adenda Complementaria). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Para el caso de las obras de mejoramiento en acceso a Pasaje Grohnert estas se ubican en la esquina sur poniente de Pasaje Grohnet con calle Bombero Ossandón, comuna de Pedro Aguirre Cerda. A su vez, el Monumento Histórico Victor Jara se ubica en Proyección de Avenida Clotario Blest entre Calle Eduardo Frei y Avenida Américo Vespucio, comuna de Lo Espejo.

Forma: Para el caso de las mejoras en acceso a Pasaje Grohnert, se contempla llevar a cabo la pavimentación y mejoramiento de los accesos particulares del pasaje, además de obras de paisajismo en esquina con Av. Bombero Ossandón. Para este caso se considera la participación de la comunidad (mediante reuniones vecinales) en el diseño de paisajismo y su implementación. Por otro lado, para el mejoramiento del entorno del Monumento Histórico Victor Jara, el proyecto contempla restituir los espacios deteriorados para agregar valor urbanístico al entorno del Monumento, manteniendo en todo momento intactos los atributos del monumento. Cabe señalar que la medida a implementar será acorde con lo establecido con el CMN, aprobado conforme a PAS 131, (Anexo 6 de Adenda Complementaria)

Oportunidad: Medida a implementar durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento. Registro de reuniones con comunidad que hace uso del acceso en Pasaje Gronhert - Registro fotográfico del antes y después de las mejoras en acceso Pasaje Gronhert. - Registro de la participación de vecinos durante las obras de mejoramiento en acceso Pasaje Gronhert. - Registro fotográfico del antes y después del mejoramiento del entorno de Monumento Histórico Víctor Jara Forma de control y seguimiento Se realizará un informe con el catastro de las obras implementadas. Se informará por única vez a la SMA a través de su plataforma electrónica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.1. del ICE.

9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Plan de Información a la comunidad Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a las personas sobre aquellos puntos donde las obras de construcción del Proyecto interrumpirán espacios públicos. Descripción: La información a difundir incorpora intervención, fechas y plazos de las obras, así como las medidas de gestión asociada

Justificación: Dado que el Proyecto contempla intervenciones en BNUP, corresponde informar a los usuarios sobre los cambios y medidas de gestión propuestas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: en el entorno de cada obra asociada a Paso Multipropósito (PMP), desarrollo comunitario (Pasaje Grohner, MH Víctor Jara), y en los Pasos Vehiculares Inferiores (PVI) Lo Ovalle y Gran Avenida.

Obras Obras cont. Obras cont. PMP Pasaje 6 Huamalata PMP Rautén PMP La Selva PMP Los Molles PMP Lo Espejo PMP Sur Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Plan de Información a la comunidad Maestranza PMP Temístocles PMP Lo Blanco PVI Lo Ovalle PMP 6 Sur PMP Loncomilla México PVI Gran Avenida PMP Salvador Allende Sur PMP Santa Marta Acceso Pasaje Gronher PMP Adolfo López PMP Esmeralda Monumento Histórico Víctor Jara PMP Eduardo Frei Montalva PMP Enrique Madrid

Forma: Las actividades de difusión contemplan la distribución de volantes, así como también la implementación de letreros informativos en el entorno donde se emplazarán las obras. Dicha información contenida tanto en folletos como en letreros deberá incluir como mínimo el tipo de intervención, la duración y la medida de gestión en caso de aplicar

Oportunidad: Dichas actividades se llevarán a cabo 2 semanas antes de cada intervención. Indicador de cumplimiento. Registro fotográfico de los letreros informativos Registro de folletos Forma de control y seguimiento Se realizará un informe con el catastro de las intervenciones, como también de las señales informativas y las medidas implementadas. Se informará por única vez a la SMA a través de su plataforma electrónica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.2. del ICE.

9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Socialización de obras, Feria Libre José María Caro Impacto asociado No aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar el normal funcionamiento de la actividad comercial asociada a la feria libre por Calle Av. Ferrocarriles y Sta. Anita en la comuna de Lo Espejo, así como el acceso a los usuarios y vecinos que se abastecen en ellos.

Descripción: Atendido el emplazamiento de la Feria Libre, en particular locatarios de puestos aledaños a las obras de EFE se propone informar y socializar el tipo de actividades a realizar como su duración con la finalidad de que locatarios puedan relocalizarse temporalmente en vereda de enfrente.

Justificación: Dado que el Proyecto contempla intervenciones en BNUP producto de las actividades de construcción, es necesario velar por mantener su funcionamiento habitual. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida de aplicará en Av. Ferrocarriles y Calle Santa Anita.

Forma: reuniones previas con la directiva de la feria libre, así como dípticos informativos para locatarios y clientes de la feria.

Oportunidad: Duración los cinco meses que dure la construcción de cada una de las obras que afecten la feria. Indicador de cumplimiento. Acuerdo con Directiva Feria Libre José María Caro. Forma de control y seguimiento Fiscalización días jueves y domingos Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.3. del ICE.

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9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: Restricción de trabajos para asegurar el normal funcionamiento de ferias libres Impacto asociado No aplica. Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar el normal funcionamiento de la actividad comercial asociada a la feria libre por calle Baquedano en la comuna de San bernardo, así como el acceso a los usuarios y vecinos que se abastecen en ellos.

Descripción: Atendido que esta feria funciona los jueves y domingos, el Proyecto o ejecutará actividades de construcción los días de desarrollo de la feria

Justificación: Dado que el Proyecto contempla intervenciones en BNUP producto de las actividades de construcción, es necesario velar por mantener su funcionamiento habitual Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida de aplicará en toda la extensión de la feria libre, es decir, desde la salida de estación San Bernardo, por calle Baquedano, hasta la intersección con calle Fernando Villegas, con una extensión de 960 metros aproximadamente

Forma: No se realizarán actividades de construcción durante los días jueves y domingos.

Oportunidad: Duración los cinco meses que dure la construcción del PMP Esmeralda, y desmantelamiento del paso peatonal original. Indicador de cumplimiento. Acuerdo con Directiva Feria Libre La Línea Forma de control y seguimiento Fiscalización días martes y jueves. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.4. del ICE.

9.5. Compromiso ambiental voluntario 5: Monitoreo del patrimonio paleontológico y charlas de inducción paleontológica Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Salvaguardar el patrimonio paleontológico durante las obras y acciones del Proyecto que impliquen movimientos de tierra.

Descripción: Producto de la ejecución de obras y acciones del Proyecto que impliquen movimientos de tierra que intervenga unidades geológicas con potencial paleontológico, se implementará un monitoreo del patrimonio paleontológico de manera de resguardar los bienes protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales en la categoría de Monumento Paleontológico y el D.S N°484 de Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Justificación: Mantener el estado de conservación de los elementos del patrimonio paleontológico que puedan estar potencialmente en forma subsuperficial en el tramo de evaluación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todas las obras que contemplen movimientos de tierra.

Forma: El Titular dará cumplimiento a lo establecido en la Ley N°17.288 que Legisla sobre Monumentos Nacionales y en el D.S N°484 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, toda vez que implementará un monitoreo del patrimonio paleontológico con frecuencia quincenal en sectores con movimientos de tierra, y ejecutado por un paleontólogo o profesional acreditado por el CMN. Este monitoreo se realizará durante el periodo que duren las obras (desde los 4 m hacia abajo. Asimismo, previo al inicio de las obras de construcción y luego con frecuencia mensual, se efectuarán charlas de inducción patrimonial a todos los trabajadores sobre el componente paleontológico. Durante las charlas se abordarán las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

características de los fósiles que pueden ser hallados durante las obras, los procedimientos que deben efectuarse en caso de identificar este tipo de materiales. Estas charlas serán impartidas por un profesional paleontólogo que cumpla con el perfil del Consejo de Monumentos Nacionales

Oportunidad: Se implementará quincenalmente una vez iniciadas las obras de movimientos de tierra (desde los 4 m hacia abajo) en la fase de construcción del Proyecto Indicador de cumplimiento. En cumplimiento a lo solicitado por el Consejo de Monumentos Nacionales, se remitirá tanto como al Consejo de Monumentos Nacionales como a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe mensual de monitoreo paleontológico elaborado por un profesional paleontólogo que cumpla con el perfil del Consejo de Monumentos Nacionales, el plazo máximo de entrega de dicho informe será de 15 días hábiles luego de terminado el mes. En el contenido del informe se indicará la metodología utilizada de cada mes monitoreado, que contendrán las actividades realizadas en terreno incluyendo días, áreas y profundidades alcanzadas, coordenadas UTM WGS 84 Huso 19S, registro fotográfico, columnas estratigráficas con escala, en caso de ser posible la realización de estas, los resultados de la toma de muestras de sedimentos y demás aspectos exigidos por el Consejo de Monumentos Nacionales. En el caso de hallazgos fosilíferos el monitoreo pasará a una frecuencia diaria y se tramitará el permiso correspondiente. Asimismo, incluirá el registro de las charlas de inducción patrimonial realizadas considerando los siguientes antecedentes: a) Nombre y firma del/de la profesional que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores. Finalmente, y como medio de verificación de lo señalado anteriormente, se mantendrá el comprobante de ingreso a la Superintendencia del Medio Ambiente de los informes mensuales; así como el comprobante ingreso al Consejo de Monumentos Nacionales del informe de rescate en caso de ocurrir algún hallazgo Forma de control y seguimiento Entrega de informe de monitoreo mensual a la Superintendencia del Medio Ambiente y Consejo de Monumentos Nacionales en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Registros de las charlas de inducción Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.5. del ICE.

9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: Monitoreo de vibraciones fase de construcción Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construccion Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Corroborar mediante mediciones en terreno desde las propiedades potencialmente más expuestas, que los niveles registrados se encuentren por debajo de los límites considerados en el proyecto según criterio normativa FTA Report N°0123 del 2018, mediante monitoreo de vibraciones.

Descripción: Se instalarán instrumentos del tipo acelerómetros para una medición triaxial en 1 punto al interior de viviendas receptoras definidas en el estudio de Vibraciones, registrando los siguientes parámetros Velocidad Peak de Vibración (PPV) en mm/s asociado al criterio de daño en estructuras, y Nivel de Vibración (Lv) valorRMS en VdB asociado al criterio de molestia en las personas. La medición se realizará durante una jornada de trabajo habitual del proyecto en horario diurno, en donde se encuentren en funcionamiento actividades constructivas con equipos que generen niveles vibratorios representativos de las obras hacia el entorno, considerando un tiempo de medición de al menos 3 horas de medición de manera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: Monitoreo de vibraciones fase de construcción continua. Los resultados obtenidos se compararán con los límites aplicables al proyecto según el criterio FTA Report N°0123 del 2018 de Estados Unidos

Justificación: Los resultados obtenidos permitirán demostrar que las actividades constructivas del proyecto dan cumplimiento al criterio normativo comprometido Lugar, forma y oportunidad de implementaci ón Lugar: El monitoreo se efectuará en 1 receptor en los siguientes frentes de obra que representan las obras de mayor magnitud, de acuerdo a los resultados alcanzados en el estudio de vibraciones (Anexo 3 de la Adenda Complementaria). En el caso de no ser posible conseguir autorización para efectuar la medición en el receptor indicado, se buscará un receptor alternativo en el entorno inmediato

Receptor Área del Proyecto más cercana Coordenadas geográficas UTM (WGS 84 – HUSO 19H) Receptor Área del Proyecto más cercana Coordenadas geográficas UTM (WGS 84 – HUSO 19H) Norte Este Norte Sur IFMSE1 IF Maestranza San Eugenio 6.294.635 344.102 PMPLE3 PMP Lo Espejo 6.287.935 342.991 PPDRP1 PMP Ramona Parra 6.293.622 343.814 PMPLB2 PMP Lo Blanco 6.283.859 342.331 PVID1 PVI Departamental 6.293.143 343.808 PMPL2 PMP Loncomilla- México 6.283.226 342.330 PMPR6 PMP Rautén 6.292.906 343.734 PMPSM1 PMP Santa Marta 6.282.860 342.360 MEMPG5 Pasaje Grohnet 6292276 343780 PMPGA1 PMP Gran Avenida 6.282.546 342.390 PMPH3 PMP Huamalata 6291999 343636 IIFF_SB_1 IIFF San Bernardo 6.281.634 342.497 PMPPLM3 PMP Pasaje Los Molles 6291756 343601 PPDC3 PPD Covadonga 6.281.371 342.412 PVIO1 PVI Lo Ovalle 6291379 343611 PMPE1 PMP Esmeralda 6.280.990 342.520 PMPPT4 PMP Pasaje Temístocles 6291023 343483 PMPSMA4 PMP Maestranza Su 6.279.961 342.594 PMP6SUR3 PMP 6 Sur 6290777 343449 PMPEM5 PMP Enrique Madrid 6.279.417 342.542 PMPSA3 PMP Salvador Allende 6290581 343424 PMPLS2 PMP La selva 6.278.823 342.445 PMPSAS4 PMP Salvador Allende Sur 6290195 343356 PMPCP1 PMP Cinco Pinos 6.278.074 342.190 PMPAL2 PMP Adolfo López 6289731 343335 PMPFK3 PMP Frida Khalo 6.277.741 341.999 PMPEFM1 PMP Eduardo Frei Montalva 6289492 343300 IIFFCN4 IIFF Cochera Nos 6.276.967 3416.95

Forma: Se considera como referencia los lineamientos establecidos para estos efectos por el documento técnico FTA Report N° 0123 del año 2018 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment manual” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos. El monitoreo deberá ser realizado por una empresa especialista en el tema, con experiencia en otros monitoreos de vibraciones a proyectos de infraestructura.

Oportunidad: Se coordinará con los encargados de cada obra, a modo de conocer la programación de las actividades constructivas, para realizar los monitoreos en temporalidad representativa de la obra con el uso de equipos que generen mayor emisión vibratoria. Se deberá realizar al menos 1 monitoreo en cada frente de obra descrito en tabla anterior durante la fase de construcción del proyecto Indicador de cumplimiento. Se verificará que se cumplan los siguientes niveles de vibración en los receptores, de acuerdo con el tipo de maquinaria en uso en la obra que se identifique conforme a la siguiente tabla:

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9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: Monitoreo de vibraciones fase de construcción

Se generará 1 informe por cada monitoreo realizado Forma de control y seguimiento Los resultados del monitoreo en los distintos frentes de obra se mantendrán de manera digital en oficinas de EFE, disponibles en caso de ser requeridos por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.6. del ICE.

9.7. Compromiso ambiental voluntario 7: Control de ocupación ilegal en pasarelas o pasos vehiculares a intervenir por el Proyecto Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar situaciones de ocupación ilegal en pasarelas que serán reemplazadas por PMP, o en pasos vehiculares a intervenir por el Proyecto y gestionar su desocupación en caso que corresponda, con el propósito de no poner en riesgo la seguridad de los ocupantes y las actividades ferroviarias que realizará EFE

Descripción: Se aplicará Procedimiento de ocupaciones ilegales y campamentos en activos de Grupo EFE, adjunto en Anexo 14 de la Adenda.

Justificación: Restituir a EFE la posesión de activos que hayan sido sujeto de ocupaciones ilegales para usos operacionales y/o de otro tipo y fortalecer la seguridad de los habitantes del área de influencia como los usuarios del servicio de EFE. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Pasarelas que serán reemplazadas por PMP y pasos vehiculares a intervenir por el Proyecto.

Forma: Se realizará levantamiento previo en terreno, consistente en la revisión de las áreas a construir, lo cual se realiza por la subgerencia de Comunidades de EFE. En caso de detectarse presencia de ocupantes ilegales, la primera gestión a realizar por EFE, consistirá en informar las actividades que realizará el Proyecto y los riesgos a los que se expone la permanencia en dicho lugar. Luego, la subgerencia de Comunidades elaborará un diagnóstico de la situación, el cual se derivará al departamento social del Municipio para su gestión

Oportunidad: Se realizará, por una vez, dos meses previos al inicio de las obras. Indicador de cumplimiento. • Informe de catastro y observación en terreno (diagnóstico) • Informe de derivación a institución especializada. • Informe de traslado (de ocurrir). • Informe de resultados final. Forma de control y seguimiento Entrega de informe de resultados por única vez a la SMA a través de su plataforma electrónica SRCA, una vez que se dé por iniciada la fase de construcción del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.7. del ICE.

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9.8. Compromiso ambiental voluntario 8: Uso de tecnología de bajo consumo energético en proyecto de iluminación Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dotar de luminaria con tecnología de bajo consumo o tipo led.

Descripción: Todo proyecto de iluminación asociado al presente proyecto considerará el uso de tecnología de bajo consumo energético o tipo led.

Justificación: Conforme lo solicitado por la autoridad y con motivo de promover la eficiencia energética del Proyecto es que se considera la aplicación del uso de tecnología de bajo consumo o tipo led en los proyectos de iluminación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En cada una de las obras a ejecutar por el presente proyecto y que consideren luminarias, ya sea de reemplazo o nuevas (pasarelas, pasos multipropósitos, pasos vehiculares inferiores estaciones, etc.).

Forma: Uso de luminaria de bajo consumo energético o tipo led.

Oportunidad: Medida a implementar durante la fase de construcción Indicador de cumplimiento. Registro fotográfico de la luminaria utilizada en el Proyecto. Forma de control y seguimiento Inspección visual de la luminaria utilizada durante la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.7. del ICE.

9.9. Compromiso ambiental voluntario 9: Relocalización y/o traslado de animitas Impacto asociado No aplica Fase en que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reubicar 18 animitas cercanas a las obras de proyecto.

Descripción: Producto de la ejecución de obras y acciones del Proyecto que se vean enfrentadas a las animitas detectadas en el área, se implementará una regulación en la ubicación de estas con el fin de evitar posibles impactos tanto ambientales como viales y sin alterar las características, rutinas y hábitos de visita a las animitas. Además, se presentará un informe descriptivo que dé cuenta de las condiciones de conservación de la estructura ex ante y ex post, respecto a lo estipulado en el Anexo 15 de la Adenda.

Justificación: tras la ejecución de las obras del Proyecto se considera conservar las estructuras, con el fin de mantener su imagen religiosa tanto para familiares como devotos, sin irrumpir en sus prácticas y evitar posibles impactos Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las 18 animitas determinadas en las cercanías del proyecto

Forma: Al no aplicar las medidas de protección de la Ley 17.288 de 1970 que legisla sobre Monumentos Nacionales, ni los reglamentos de la Ley 17.288 y sus normas relacionadas con Monumentos Nacionales, se deberá tener en consideración la Política de Relacionamiento Comunitario del Grupo EFE. La reubicación de las estructuras debe ser informada por parte de EFE, contando para ello con un acta en donde señale que el familiar o deudo contactado está en conocimiento de la necesidad de traslado. En caso de que no se logre contactar a los deudos mediante las acciones descritas anteriormente, se recurrirá a la publicación de avisos en medios locales, con el objetivo de recabar antecedentes que permitan el contacto con ellos. Finalmente, en caso de que a través de todas las acciones no se logre contactar a los deudos, el Titular reubicará las animitas en un lugar cercano al sitio original. Registrando fotográficamente las actividades de reubicación. La empresa encargada del traslado presentará a EFE un plan de actividades para el traslado y conservación de las animitas para su reubicación, siendo aprobado por la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

Subgerencia de Relacionamiento Comunitario, que a su vez acordarán con la familia y/o deudos la nueva ubicación de la animita, quedando registrado en un documento de acuerdo voluntario de reubicación debidamente firmado. La Subgerencia de Relacionamiento Comunitario dispondrá de un profesional ad hoc que hará una inducción de 15 a 30 minutos a los trabajadores que manipularán la estructura, previo al desarrollo de las obras de traslado.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento. Aprobación del Plan de Traslado por parte de los familiares asociados a las animitas. Entrega de informe descriptivo que dé cuenta de las condiciones de conservación de la estructura ex ante y post. El documento debe ser enviado en un plazo no mayor a dos días hábiles de la ubicación definitiva de la estructura EFE. Planimetría básica de la ubicación inicial y final. Forma de control y seguimiento • Registro de aprobación del Plan de traslado aprobado • Realización de registros fotográfico de los traslados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1. y Tabla 10.1.7. del ICE.

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

10.1.1. Riesgo o contingencia 1 “Sismo” Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Definir zonas de seguridad donde el personal podrá reunirse en caso de que se presente este riesgo. • En las instalaciones de faena se mantendrán planos en los cuales se identificarán las vías de escape y las zonas de seguridad. • Se realizarán charlas de inducción sobre materias ambientales al personal al momento de ingresar al proyecto, en cuyo temario de las charlas se incluirán aspectos sobre prevención de contingencias y emergencias ambientales. En particular, se les informará sobre este riesgo y qué hacer si se genera, instruirlos a que abandonen este lugar y se dirijan a una zona de seguridad. Forma de control y seguimiento • Registro de charlas de inducción al personal sobre estas materias. Dicha información se mantendrá en obra Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que se produzca un sismo de consideración o terremoto que pueda poner en riesgo las instalaciones del proyecto durante la fase de construcción, se llevarán a cabo las siguientes acciones: • El personal deberá alejarse de maquinaria y estructuras elevadas, y dirigirse a las zonas de seguridad. • Revisar si existió rotura de tuberías u otro incidente por el sismo. • Se suspenderán todas las actividades hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para el personal. • Finalmente, y una vez que pare el movimiento sísmico realizarán inspecciones con el fin de verificar el estado del puente y túnel y descartar la existencia de daños y/o desprendimientos, así como también las instalaciones de faenas y piques. • En caso de que se produzca un sismo de consideración o terremoto que pueda poner en riesgo las instalaciones del proyecto durante la fase de operación, se realizará una inspección de las instalaciones con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños a la infraestructura ferroviaria. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Cuando las obras se vean considerablemente afectadas por un sismo de consideración o terremoto y se requiera asistencia de organizaciones externas (como Carabineros de Chile, Bomberos, entre otros), en estos casos el Titular informará a la SMA según las instrucciones establecidas en la Resolución Nº885/16 a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

10.1.1. Riesgo o contingencia 1 “Sismo” Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada − Capítulo 7.1 y tabla 7.1.1 del ICE − Anexo 4.2 Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

10.1.2. Riesgo o contingencia 2 “Riesgo de Proliferación de vectores de interés sanitario” Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones de faenas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior. • Implementar un programa periódico de control de vectores sanitarios, desde el inicio de la fase de construcción del proyecto, con controles periódicos a cargo de una empresa con autorización sanitaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que se detecte la presencia de vectores sanitarios (ratones), se contactará a empresas sanitizadoras o de control de plagas para que ejecuten las desratizaciones en los lugares afectados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de emergencia y de haber requerido sanitización o control de plagas, el Titular informará a la SMA según las instrucciones establecidas en la Resolución Nº885/16 a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA.

Copia de los registros que acrediten la ejecución de los controles periódicos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada − Capítulo 7 y tabla 7.1.2 del ICE. − Anexo 19 Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda.

10.1.3. Riesgo o contingencia 3 “Riesgo de contaminación del suelo” Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones de faenas y frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • - Los materiales y residuos peligrosos serán almacenados sólo en las faenas y en espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. Nº 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”, el D.S. Nº 43/2015 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” y el D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud “Aprueba el Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”. • Contar con las Hojas de Datos de Seguridad de todos los productos en uso en la instalación de faena, otorgados por el fabricante. • Suministro de combustible a los equipos en superficie cubierta con elementos de contención ante eventuales derrames (como arena u otros materiales no inflamables) durante la transferencia de combustible. • Contar con elementos de contención ante eventuales derrames como arena u otros materiales absorbentes no inflamables, palas y tambores (para almacenarlo temporalmente como residuo peligroso). • Instalar bajo cada equipo o maquinaria elementos de contención (como por ejemplo lona con arena) para absorber los eventuales derrames de sustancias que se puedan producir desde las maquinas. • Control de las sustancias peligrosas, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

• Control de los residuos peligrosos, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento, realizando retiros de estos cuando sea pertinente, no sobre pasando la capacidad de almacenamiento. Se realizarán charlas de inducción sobre materias ambientales al personal al momento de ingresar al proyecto, en cuyo temario de las charlas se incluirán aspectos sobre prevención de contingencias y emergencias ambientales. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de generarse el derrame de la sustancia, se ejecutarán las siguientes acciones: • -Se aplicarán elementos de contención de derrames en el sector donde se produjo el derrame (por ejemplo: paños absorbentes, arena, etc.) y cuyo material contaminado se almacenará en tambores para su posterior traslado a la bodega de residuos peligrosos ubicada en las instalaciones de faena. • Esta actividad será ejecutada por cualquier trabajador que detecte el derrame. Los residuos peligrosos generados por el incidente serán almacenados temporalmente y serán enviados a disposición final de acuerdo con lo indicado en el D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud “Aprueba el Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos” Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de ocurrir una emergencia en la cual se requiera de asistencia de organización externa, como por ejemplo Bomberos, Carabineros o Servicios de Salud, el Titular informará a la SMA de acuerdo con las instrucciones establecidas en la Resolución Nº 885/16, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción a los trabajadores sobre estas materias. Dicha información se mantendrá en obra Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 y tabla 7.1.3 del ICE. Anexo 19 Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda.

10.1.4. Riesgo o contingencia 4 “Incendio” Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Identificación de zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. • Los materiales combustibles e inflamables serán almacenados en espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. Nº160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos” y en el D.S. Nº43/2015 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”. • Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente. • -Contar con hojas de seguridad de los productos inflamables y de los residuos peligrosos con características de inflamabilidad. • Se realizarán charlas de inducción sobre materias ambientales al personal al momento de ingresar al proyecto, en cuyo temario de las charlas se incluirán aspectos sobre prevención de contingencias y emergencias ambientales Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción al personal sobre estas materias. Dicha información se mantendrá en obra Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cualquier trabajador que detecte un fuego descontrolado, debe dar voz de alerta al resto del personal que esté en el lugar y al supervisor directo. • El amago de incendio será enfrentado con los recursos propios, para lo cual la Jefatura de Turno coordinará con el personal el combate al amago de incendio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

con los elementos de extinción disponibles, e informará a EFE sobre esta emergencia. Además, ordenará la evacuación del resto del personal. • En caso de que el incendio se haya decretado se solicitará la ayuda de servicios externos para detener el fuego (bomberos) Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de que se haya decretado el incendio y se requiera de asistencia de organización externa, en estos casos el Titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) según las instrucciones establecidas en la Resolución Exenta Nº 885 de 2016 denominada “Normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencia e incidentes a través del sistema de seguimiento ambiental”. Lo anterior, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada − Capítulo 7 y tabla 7.1.4 del ICE. − Anexo 4.2 Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

10.1.5. Riesgo o contingencia 5 “Riesgo de Afloramiento de Aguas Subterráneas” Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se realizarán charlas de inducción sobre materias ambientales al personal al momento de ingresar al proyecto, en cuyo temario de las charlas se incluirán aspectos sobre prevención de contingencias y emergencias ambientales. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción a los trabajadores sobre estas materias. Dicha información se mantendrá en obra Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante posibles afloramientos, las aguas serán captadas y reintegradas al cauce natural más próximo, tal como lo indica el Art 129° bis del Código de Aguas (DFL 1112/81 Ministerio de Justicia). Lo anterior actividad que se efectuará de forma rápida, mediante bombeo, a objeto de evitar cualquier contacto que pueda generar cambios sustantivos en la calidad de las aguas. Previo al bombeo y reintegración de las aguas se realizará: - Verificar la calidad del agua subterránea generada del afloramiento mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Se efectuarán pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento (solo en caso de ser necesario). - Se enviarán los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. Lo anterior acompañado de imágenes fotográficas (con fecha) describiendo los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la normativa ambiental aplicable en base al destino que tendrán las aguas)), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - Se informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

11°. Que, durante el proceso de evaluación se realizó un proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

La DIA del proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos.” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario La Tercera con fecha 03 de enero de 2022. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Nuevo Mundo, entre los días 04, 05, 06, 07 y 10 de enero de 2022, según consta en el respectivo certificado emitido por la radio anteriormente individualizada.

Con fecha 17 de enero de 2022, se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. En dicho plazo, se recibieron solicitudes de inicio de un proceso de participación ciudadana, las cuales fueron emitidas por 504 personas naturales. Por lo anterior, mediante Resolución Exenta N° 202213101226 de fecha 11 de abril de 2022 se ordenó la realización de un proceso de Participación Ciudadana, por un plazo de 20 días.

El Capítulo de Participación Ciudadana del Proyecto se encuentra publicado como Anexo del Informe Consolidado de Evaluación.

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

10.1.5. Riesgo o contingencia 5 “Riesgo de Afloramiento de Aguas Subterráneas” • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, se incurrirá en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. En caso de ser necesario por caso de accidente, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción a los trabajadores sobre estas materias. Dicha información se mantendrá en obra Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada − Capítulo 7 y tabla 7.1.5 del ICE. − Anexo 19 Plan de prevención de contingencias y emergencias de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.

14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

16°. Que, para que el Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos”, del Titular Empresa De Los Ferrocarriles del Estado.

2°. Certificar que el proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 131, 140, 142 y 156 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Mejoramiento de las Condiciones Medioambientales y de Seguridad en Tramo Santiago - Nos” no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

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5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.

6° Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Gonzalo Durán Baronti Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

AFA/BVG/RBD/MCAL

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl Tatiana Sofia Gatica Navea <tatiana.gatica@efe.cl, medioambiente@efe.cl> CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago carol.castro@mop.gov.cl DOH, Región Metropolitana de Santiago maria.valdes@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Ilustre Municipalidad de El Bosque elbosque@munitel.cl Ilustre Municipalidad de Estación Central alcalde@estacioncentral.cl Ilustre Municipalidad de Lo Espejo rrpp@loespejo.cl Ilustre Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda fzavala@pedroaguirrecerda.cl Ilustre Municipalidad de San Bernardo cwhite@sanbernardo.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago monserrat.candia@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Minería, Región Metropolitana de Santiago fcavieres@minmineria.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago ccasanovar@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2162898893 Firmado por: Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 16/08/2024 15:34:17 CLT Gonzalo Andrés Durán Baronti Firmado digitalmente por Gonzalo Andrés Durán Baronti Fecha: 2024.08.21 18:00:39 -04'00' SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl