Evaluación SEA

Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3

Rol 2154239394
SEA · DIA · Aprobado · 2021-12-21 · Región del Maule · PRODUCTOS FERNÁNDEZ S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule Resolución Exenta N° 202207001156 Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3" Talca, 25 de agosto de 2022 VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 14 de abril de 2022 y su Adenda Complementaria de 30 de junio de 2022, del proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3", presentado por Productos Fernández S.A. con fecha 21 de diciembre de 2021. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3". 3°. El Acta de Evaluación N°10 del 04 de marzo de 2022, del Comité Técnico de la Región del Maule. 4°. El ICE de la DIA del proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3" de 28 de julio de 2022. 5°. El acuerdo alcanzado en la Sesión Ordinaria N°8 de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, de fecha 12 de agosto de 2022. 6°. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión. 7°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule. 8°. La Resolución Exenta digital N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del "Intendente Regional" por el "Delegado Presidencial Regional" y establece su nuevo texto, el que incluye la antes señalada modificación. 9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3". 10°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); en el D.F.L. N°1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N218.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la región del Maule; en la Resolución afecta N°62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule; y la Resolución N°007 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1°. Que, Productos Fernández S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Productos Fernández S.A. Rut 91.004.000-6 Domicilio 11 Oriente N°1470, Talca, región del Maule Teléfono (+56) 71 2224430 Nombre representante legal Max Besser Jirkal Rut representante legal 8.713.916-6 Domicilio representante legal 11 Oriente N°1470, Talca, región del Maule Teléfono representante legal (+56-71) 2224430 Correo electrónico representante legal carlos.zainorano@pfalimentos.cl 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de julio de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los respectivos Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, en sesión de 12 de agosto de 2022, la Comisión de Evaluación de la región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3", aprobando íntegramente el contenido del ICE de 28 de julio de 2022, el que forma parte de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene como objetivo ampliar la capacidad productiva del Complejo PF3, en adelante el "Complejo", permitiendo llegar a las 11.217 toneladas mensuales de productos en el año 2024, a través de la ampliación y construcción de infraestructura e instalación de nuevos equipos y maquinarias, además de ampliar la capacidad de la Planta de Tratamiento de Riles y cambiar la forma de disposición del efluente actual por la disposición en el suelo, todo lo anterior en una superficie total de 12,8 hectáreas. Descripción general del El Complejo corresponde a un establecimiento industrial de Productos proyecto Fernández S.A., en el cual se elaboran múltiples productos cárnicos, pizzas y productos vegetarianos, a través de las distintas líneas y plantas productivas que se encuentran en él. El Complejo se compone de: Planta Jamones (Planta 4), Planta Pizza (Planta 5) y Planta de Elaborados Cárnicos (Planta 3), esta última dividida entre molidos (Hamburguesas, Carne Molida y Empanizados) y enteros (Carnes y Churrascos), además dentro de la infraestructura de Planta 3, se alberga la Planta Platos Preparados (Planta 6). El Complejo actualmente produce un aproximado de 4.190 ton/mes de productos, en conformidad con los 4.280 ton/mes de productos aprobado en las distintas Resoluciones de Calificación Ambiental que posee, y de las Resoluciones obtenidas de las Consultas de Pertinencias. Actualmente, debido a la creciente demanda existente en el mercado, se necesita aumentar los niveles de producción, razón por la cual se requiere ampliar la capacidad productiva del Complejo, incorporando ampliaciones en las líneas productivas existentes, así como la incorporación de nuevas líneas productivas como la Planta Vienesas y la línea de semi-elaborados de Proteína Vegetal. De esta forma se pretende ampliar la capacidad productiva a 11.217 ton/mes en el año 2024, con la incorporación de ampliaciones y nuevas líneas, las que serán integradas en dos etapas. En la primera parte de construcción, en el año 2022, se ampliará Planta Pizzas (Planta 5) y Planta Jamones (Planta 4). Posteriormente en la segunda parte, en el año 2023, se incorporará la nueva línea productiva de Fibrilados de Proteína Vegetal en la infraestructura perteneciente a la Planta 3, se incorporarán aumentos productivos en las otras líneas existentes en Planta 3 (Nuggets, Churrascos y Carne Molida), Planta Platos Preparados y la construcción de la nueva Planta de Vienesas en el polígono sur del Complejo. Cabe destacar que el aumento productivo se realizará de forma paulatina, por lo que se espera llegar a producir efectivamente las 11.217 ton/mes de productos en los próximos 10 años de operación. Para llevar a cabo el aumento productivo, se requiere ampliar y mejorar la capacidad actual de la Planta de Tratamiento Riles (PTR) que posee el Complejo, por lo que el Proyecto contempla en su primera etapa, la incorporación de cuatro lombrifiltros que permitirán disminuir la carga orgánica del efluente a 35 mg/1, se aumentará la capacidad de tratamiento secundario y se incorporará el tratamiento terciario al proceso, ampliando su capacidad de tratamiento a 1.075 m3/día de efluentes y permitiendo cumplir con la calidad del efluente requerida. El Proyecto considera la disposición del efluente en el suelo, lo que se desarrollará a través de riego en el Fundo "El Macal" de propiedad de la Empresa, donde será inyectado a un pivote central, que permitirá el riego de aproximadamente 23 hectáreas por medio de aspersión, según lo indicado en la NCh N°1333/1978 que establece los requisitos de la calidad de agua para riego. El excedente que no pueda ser dispuesto en el suelo será descargado al Canal Sandoval que se ubica a un costado del Complejo PF3, dando cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N°90/2001 MINSEGPRES, específicamente a la Tabla N°1. Ante algún evento que impida la descarga en riego o al Canal Sandoval, los RILes serán descargados en el sistema de alcantarillado que posee la empresa cumpliendo todos los parámetros del D.S.609/98 del MOP, o en alguna planta de tratamiento de aguas servidas de terceros. Finalmente, además de la ampliación en infraestructura y el aumento de equipamiento para la producción, se busca incorporar dentro del Complejo dos zonas de estacionamientos que comprenderán un área de 2,5 ha aproximadamente. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De acuerdo a lo señalado en el Art. 10 de la Ley 19.300 (modificada por la Ley 20.417) y el Artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 40/12 del Ministerio del Medio Ambiente), la tipología principal de ingreso al SETA sería por el siguiente literal: o) Proyectos de Saneamiento Ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistema de tratamiento y disposición de residuos industriales o sólidos. o.7) Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que cumplan al menos algunas de las siguientes condiciones: o.7.2) Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y humectación de terrenos o caminos. o.7.4) Traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descarga de residuos líquidos. Tipología secundaria: no tiene. Vida útil El Proyecto tendrá una vida útil indefinida. Esto se logrará considerando los programas de mantención y reposición de equipos, es decir, se requerirá de reparaciones y eventuales reemplazos de los equipos para alcanzar la vida útil estipulada Monto de inversión La inversión estimada del proyecto es de USD $ 70.000.000. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que dará comienzo a la fase de construcción para ambas etapas será el cierre perimetral de la instalación de faena del Proyecto. No obstante, dicha fecha de inicio dependerá de la obtención de la Resolución de calificación ambiental (RCA) favorable. Proyecto se desarrolla por Si No El Proyecto será evaluado en su conjunto y no será etapas [X] fraccionado. Sin embargo, su construcción se llevará a cabo en dos partes, debido principalmente a razones logísticas, que permitan continuar con la producción requerida por el mercado, y al presupuesto de inversiones que contempla la Empresa para los futuros proyectos incorporados en la DIA. A continuación, se detallan los objetivos y descripción de cada una de las partes y obras asociadas: Parte 1. Considera la modificación a la Planta de Tratamiento de RILes del Complejo PF3, la que se desarrollará en un polígono ubicado a un costado del Campo Deportivo. Dicha modificación consiste en la instalación de cuatro módulos de lombrifiltro que permitirán mejorar el tratamiento del efluente, disminuyendo los niveles de DBO del efluente al incorporar el tratamiento terciario al proceso y permitirán aumentar la capacidad de tratamiento secundario y terciario, logrando tratar adecuadamente a 1.075 m3/día de efluentes. Adicionalmente se realizará la ampliación de infraestructura de la Planta 5 y Planta 4. Esta parte contempla su inicio en junio de 2022 y considera un periodo de 15 meses Parte 2. Contempla la instalación y montaje de una nueva línea de semi-elaborado de proteína vegetal al interior de la infraestructura de Planta 3, que permitirá la elaboración de múltiples productos Plant-Based. Adicionalmente se contempla la construcción de una nueva Planta de Vienesas (Planta 7) que se ubicará en el polígono ubicado al sur del Complejo PF3. Esta parte contempla su inicio en enero de 2023 y considera un periodo de 20 meses. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el apartado 1.2.3 de la DIA. Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El Proyecto corresponde a una modificación de las capacidades productivas del Complejo PF3 incorporando nuevas líneas de producción, además de aumentar la capacidad de la Planta de Tratamiento de RILes que posee actualmente. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el apartado 1.2.1 de la DIA. Exi Provecto modifica No difjsaQtta 2LpaoxrsAas,QnsjsktaumakfkaraQn deja Si • • • • s y RCA Resoluciones Exentas que posee el Complejo actualmente, es decir: - RCA N°87/2008, que califica favorablemente la DIA presentada por el proyecto "Construcción de Planta Industrial Planta 3". - RCA N°33/2012, que califica favorablemente la DIA presentada por el proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles de Planta 3 Productos Fernández S.A." - RCA N°188/2013, que califica favorablemente la DIA presentada por el proyecto "Modificación Proyecto Planta 3 PF S.A." - RCA N°120/2014, que califica favorablemente la DIA presentada por el proyecto "Centro de Distribución Talca Productos Fernández S.A." [X] - RCA N°50/2015, que califica favorablemente la DIA presentada por el proyecto "Ampliación de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A." - Res. Ex. N°84/2016, que resuelve el no ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto "Construcción de Bodegas de Servicios y Residuos PF3". - Res. Ex. N°27/2020, que resuelve el no ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto "Optimización Productiva Complejo PF3: Platos Preparados". - Res. Ex. N°20200710138 - Fecha 08/06/2020, que resuelve el no ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto "Aumento de Producción Línea de Hamburguesas, PF Alimentos". Mayores antecedentes se pueden encontrar en el apartado 1.2.1 de la DIA. 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región del Maule, provincia de Talca, comuna de Talca. Justificación de la localización El proyecto pretende aumentar la capacidad productiva de la Panta PF3 ya existente, la que se ubica en una "Zona Industrial Inofensiva" (U-6) de acuerdo a Plan Regulador Comunal de Talca, y posee 8 hectáreas aprobadas, en donde se desarrollarán gran parte de las ampliaciones. Adicionalmente, la construcción de la nueva Planta de Vienesas se proyecta en un polígono al sur del Complejo, cuya zonificación también corresponde a U-6, permitiendo dicha construcción. Cabe destacar, que el Complejo Industrial cuenta con distintas Calificaciones de actividad Inofensiva, las que fueron entregadas por el titular en el Anexo AD-01 de la Adenda. En cuanto a la ampliación de la Planta de Tratamiento de RILes (PTRiles) se encontrará en el polígono contiguo al Campo Deportivo, cuya zonificación corresponde a "Vivienda Densidad Media", es decir zona U- 11, donde es posible la construcción de obras de carácter inofensivo, incluyendo infraestructura sanitaria y de transportes. Además, todas las locaciones consideradas en el Proyecto se encuentran dentro del Fundo "El Macal" perteneciente al titular. Por lo anterior, la justificación de la localización consiste en que las partes y obras se harán dentro del mismo complejo, el que presenta las siguientes características: - No se encuentran recursos o áreas protegidas en la zona de emplazamiento del proyecto como en su entorno cercano. - El área del Proyecto no presenta zonas con valor paisajístico y/o turístico o zonas declaradas con interés turístico. - No hay vestigios de la presencia de recursos arqueológicos, ni patrimoniales de ningún tipo en la zona del proyecto. - No hay evidencia de lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. - La flora y fauna del sector no se verá intervenida por la ejecución del presente proyecto. Respecto a la localización de la ampliación de la PTRiles, es una ubicación estratégica en relación con el Complejo PF3 y su posterior disposición del efluente mediante riego, por la cercanía que presenta con el pivote central, el cual será inyectado con el efluente. Superficie El Proyecto será llevado a cabo a través de un aumento de producción en las distintas Plantas que posee el Complejo. Además de la instalación de una nueva línea de Fibrilados de Proteína Vegetal, ampliación de las Plantas Jamones y Pizza, y la construcción de una nueva Planta de Vienesas en el sector sur del complejo. Adicionalmente, se considera también la construcción de cuatro nuevos módulos de lombrifiltros. Por lo anterior en la siguiente tabla se detalla la superficie total del Proyecto. Tabla 1. Detalle de la superficie de las obras asociadas al Proyecto. Instalación Área (ha) Superficie Complejo PF3 (actual aprobada) 8,0 Superficie zona sur Complejo PF3 (Planta Vienesas) 1,8 Ampliación PTRiles 0,5 Estacionamientos Campos Deportivos zona norte y 2,5 sur Total 12,8 Se debe tener en consideración que las 8 ha ya se encuentran aprobadas para el funcionamiento del Complejo, sin embargo, dentro de éstas se realizarán las ampliaciones alcanzando una superficie de 5.577 m2. Respecto a la nueva Planta de Vienesas, esta considera la construcción de una infraestructura de dos niveles, de 5.014 m2 de superficie que será implementada en el polígono ubicado al sur del Complejo. En relación con los lombrifiltros, su superficie de construcción será de 3.216 m 2 en el polígono contiguo al Campo Deportivo. Finalmente, respecto a las zonas de estacionamientos, estas abarcarán un área aproximada de 2,5 hectáreas y se ubicarán en los polígonos norte y sur del Campo Deportivo. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla 2. Coordenadas de la ubicación del Complejo PF3, Productos Fernández S.A. Punto Coordenada Este Coordenada Norte P1 261425 m E 6077793 m S P2 261274 m E 6077822 m S P3 261061 m E 6077231 m S P4 261146 m E 6077202 m S P5 261190 m E 6077298 m S P6 261266 m E 6077329 m S P7 261447 m E 6077782 m S P8 261605 m E 6077750 m S P9 261435 m E 6077715 m S P10 261588 m E 6077682 m S P11 261381 mE 6077480 m S P12 261527 m E 6077448 m S P13 261516 m E 6077409 m S P14 261345 m E 6077368 m S P15 261602 m E 6077695 m S P16 261586 m E 6077630 m S P17 261682 m E 6077676 m S P18 261669 m E 6077614 m S Caminos de acceso Para poder ingresar al Complejo existen dos alternativas: - Desde el norte, se debe seguir por la Ruta 5 Sur hasta ingresar a la Salida Talca/P. Industrial, luego virar a la derecha y conducir por Avenida 21 Norte hasta la intersección con Calle 21 Oriente y girar a la derecha con dirección al Complejo PF3. - Desde el sur, se debe transitar por la Ruta 5 Sur hasta tomar la salida Talca/P. Industrial, posteriormente se debe virar a la derecha con dirección a 22 norte y luego girar hacia la derecha con dirección a 21 Oriente hasta llegar a la entrada del Complejo PF3. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Apartado 1.3 de la DIA. Planimetría en Anexo 2 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4 3 1 FASE DE CONSTRUCCIÓN Instalación de faena Corresponde a la instalación transitoria de infraestructura de apoyo a la labor constructiva donde se considera cierre perimetral, pañoles para el personal de construcción, bodega de materiales e implementos de seguridad, sector para estacionamiento de vehículos y maquinaria, entre otros. Las instalaciones de faena, para ambas partes, serán llevadas a cabo al interior del Complejo y darán cumplimiento en todo momento a las exigencias establecidas en el Decreto Supremo N°594/ 2000 del MENSAL. Dada la cercanía del Proyecto con la ciudad de Talca, no se considera instalación de campamento, (alojamiento) ni casino para los colaboradores. Sin embargo, se habilitará un área para que los colaboradores puedan alimentarse de acuerdo con la normativa vigente. En cuanto al abastecimiento de agua potable y suministro eléctrico serán proporcionadas por las instalaciones existentes del mismo Complejo, mientras que los servicios higiénicos, corresponderán a sanitarios portátiles otorgados por una empresa que cuente con sus respectivas autorizaciones correspondiente, en ambas partes. Limpieza de Terreno Corresponde a la limpieza de la zona donde se llevará a cobo la ampliación de la Planta de Tratamiento de Riles (PTR), requiriendo movimientos de tierra por una cubicación aproximada de 2.500 m3, ya que debido a la inclinación natural del terreno se realizará relleno compensado, además incluye la limpieza del área donde se emplazará el estacionamiento al sur del campo deportivo. Esta actividad sólo será llevada a cabo en la primera parte del Proyecto. Obras civiles En la primera parte de la fase, esta obra considera la construcción de la ampliación de la PTR, es decir, la instalación de cuatro módulos de lombrifiltros, junto con tuberías y conexiones correspondientes, y demoliciones para la ampliación de infraestructura de la Planta Pizza, Jamones y Casino. En lo que respecta a la segunda parte, se considera la construcción de la nueva de Planta vienesas (nueva nave principal, sala de equipamiento, almacenamiento, oficinas y baños). Montaje electromecánico Se considera el montaje eléctrico y mecánico de las líneas, equipos y maquinarias requeridas para el aumento de producción del Complejo PF3. En cuanto a la primera parte, en las Plantas de Pizza, Jamones y Platos Preparados se incorporarán nuevos equipos que permitan el aumento de su producción. Por otra parte, se considera la instalación de la nueva línea de Fibrilado de Proteína Vegetal y, para la Planta de Vienesas, se montará una línea de caldera, embutidora, horno continuo, líneas de encajados, entre otros. Marcha Blanca o Prueba Piloto Una vez finalizado el montaje eléctrico y mecánico, de los equipos y maquinarias en ambas partes, se procederá a efectuar la marcha blanca, para corregir, estabilizar o configurar los equipos, en caso de ser necesario. Limpieza final o abandono de faena Una vez finalizadas las obras de construcción, se procederá a limpiar el recinto intervenido por la instalación de faenas en ambas partes, el que quedará en las mismas condiciones que tenían al momento de iniciarse la fase de construcción del Proyecto. Cierre perimetral Consiste en realizar cercar el perímetro donde se realizarán las obras. Instalación de faena Consiste en la instalación de pañoles para el personal de construcción, bodega de materiales e implementos de seguridad, sanitarios portátiles, entre otros. Dicha instalación será llevada a cabo al interior del Complejo PF3. Limpieza del terreno Consiste en la limpieza y nivelación de la zona donde se emplazará la ampliación de la PTRiles. Construcción de Planta Vienesas Consiste en la construcción de una nave principal que permitirá instalar la nueva Planta de Vienesas al sur del Complejo. Dicha construcción estará dada principalmente por salas para equipamiento, almacenamiento, oficinas y baños. Ampliación de Planta Tratamiento de RILes Considerando el aumento de la producción se hace necesaria la ampliación de la PTRiles a través de 4 nuevos lombrifiltros. Su construcción se realizará en la primera parte. Ampliación de Plantas Pizza, Jamones y Casino Para llevar a cabo el aumento de producción del Complejo el titular ampliará las Plantas de Jamones y Pizzas con la finalidad de instalar los equipos correspondientes que permitan realizar dicho aumento. En cuanto al Casino, se debe ampliar una superficie menor dado el aumento del personal que será requerido para operar tanto la nueva Planta de Vienesas como las ampliaciones previstas. Montaje de electromecánico Se encuentra relacionado el montaje eléctrico y mecánico de los equipos que serán instalados en las respectivas obras. En la primera parte se considera el montaje de equipos para la ampliación de planta Pizza y Planta Jamones y, en la segunda parte, el montaje de los equipos que componen la línea de Fibrilados de Proteína Vegetal, Platos Preparados y la nueva Planta de Vienesas. Marcha Blanca Una vez terminadas las obras de construcción y montaje electromecánico en cada una de las partes, se debe realizar una inspección de las obras con la finalidad de verificar que este todo en orden y terminado, garantizando así el correcto funcionamiento del Proyecto. Limpieza fmal y abandono de faena La fase de construcción culmina con el retiro de las instalaciones temporales. Para ello se procede a dejar el lugar de la instalación de faena en las mismas condiciones que se encontraban antes de su ubicación, por lo que el sector debe quedar limpio y ordenado. Suministros básicos Agua potable: El abastecimiento de agua potable se realizará a través de la fuente establecida en la Resolución DGA N°0180/2009 y la red existente en el Complejo, la cual corresponde a un sistema particular de agua potable, asegurando la dotación mínima de 100 1/hab/día para consumo y necesidades de higiene de los colaboradores. Alimentación: La alimentación de los colaboradores se llevará a cabo en una zona de descanso que se habilitará junto a las instalaciones de faena. Alojamiento: Debido a la cercanía del Proyecto con la ciudad de Talca, no se prevé la instalación de campamentos o alojamiento para el personal. Energía eléctrica: La provisión de energía eléctrica será a través de la red existente en el Complejo PF3. Servicios higiénicos: Este servicio será proporcionado a través de sanitarios portátiles, los cuales estarán ubicados en las instalaciones de la faena y dicha limpieza estará a cargo de la empresa proveedora del servicio, quien contará con sus respectivas autorizaciones correspondientes. Transporte: Los colaboradores se movilizarán por sus propios medos, debido a la cercanía con la ciudad de Talca. Recursos naturales renovables Emisiones y efluentes Agua: Dicho recurso será utilizado para el suministro de agua potable requerido por los colaboradores a través de las instalaciones existentes en el Complejo. Desde la fuente establecida en la Resolución DGA N°0180/2009 que, constituye derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas, se extrae agua para ser utilizada tanto en el área industrial como para servicios, es decir, a través del sistema de agua potable particular que posee. Emisiones atmosféricas: Se considera como fuentes de emisiones atmosféricas las actividades asociadas al tránsito de vehículos pesados por rutas pavimentadas, movimiento de materiales, y las emisiones asociadas a la combustión interna de maquinaria y vehículos. A continuación, se detalla las emisiones por contaminante/año/parte: Tabla 3. Emisiones generadas por contaminante. Contaminant PARTE 1 PARTE 2 e [ton/año] 2022 2023 2023 2024 M1)10 0,363 0,013 0,256 0,018 MP2,5 0,198 0,008 0,116 0,009 SO2 0,001 0,000 0,002 0,000 NOx 0,420 0,111 0,768 0,126 NH3 0,000 0,000 0,000 0,000 CO 0,287 0,079 0,529 0,089 Las mayores emisiones asociadas a la primera parte del Proyecto se encuentran relacionadas con el NOx durante el año 2022, debido a que en este año se implementará la ampliación de la PTR y las otras Plantas del Complejo. Por otro lado, la segunda parte será la que mayores emisiones genere durante fase de construcción, debido a la envergadura del Proyecto, donde sus mayores emisiones se encontrarán asociadas a NOx, con 0,768 ton/año, producto del uso de maquinaria necesaria para llevar a cabo dicha fase. Respecto al 1V210, se generarán alrededor de 0,363 ton/año para la parte 1 y 0,256 ton/año para el ario 2023 en la segunda parte. Considerando que la comuna de Talca se encuentra declarada saturada por MPio según el D.S. N°48/2016 del MMA, el Proyecto no requerirá compensar sus emisiones ya que en ninguna de sus partes se generan más de 1 ton/año, respecto a su situación base. Adicionalmente, las emisiones generadas durante la fase de construcción son de carácter temporal, ya que la primera parte considera un tiempo de duración de 15 meses, mientras que la segunda parte considera una duración de 20 meses. Con respecto a las formas de abatimiento y control de emisiones durante la fase de construcción del Proyecto, el titular tomará las siguientes medidas: - Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado a modo de evitar emisiones por motores que presenten fallas. Al respecto, existirá un registro del control o verificación de las mantenciones de los vehículos pesados, mediante bitácoras y la solicitud anticipada de los documentos de los vehículos. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día, cumpliendo con la "Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados" D.S. N°55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Al respecto, existirá registro del control o verificación de la revisión técnica. - Las tolvas de los camiones que carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertos completamente con una lona, según dicta el D.S. N°75/1987 del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones. Al respecto, se controlarán los vehículos que entran y salen de la obra. Mayor información se puede encontrar en el Anexo 3 de la DIA. Emisiones líquidas: Durante la fase de construcción, los residuos líquidos corresponderán a las aguas servidas generadas por los servicios higiénicos, los que serán manejados por la empresa proveedora de los servicios higiénicos portátiles, la cual contará con sus respectivas autorizaciones para el manejo y disposición final de estos. Adicionalmente, las aguas residuales generadas por las duchas temporales que necesite el personal de obra serán conducidos a través de las cañerías existentes dentro del Complejo PF3, para su posterior tratamiento en la sanitaria local. Ruido: Durante la fase de construcción del Proyecto, se prevé la generación de ruido producto de la instalación de faena, obras civiles, montaje electromecánico de equipos y maquinarias, la limpieza y abandono de faena, es decir para todas las obras de la fase de construcción. Por lo anterior se evaluaron 4 puntos, en horario diurno, ya que las actividades de construcción serán llevadas a cabo en dicho horario, alcanzando los niveles que se muestran a continuación: Tabla 4. Evaluación de la sinergia de los niveles por parte Nivel Parte 1 Parte 2 máximo Niveles Evaluación de Niveles Evaluación de permisible Proyect cumplimiento Proyect cumplimiento Db(a) ad os D.S. N°38/2011 ad os D.S. N°38/2011 Punto del MMA del MMA R1 47 Cumple 47 Cumple 51 Cumple 45 Cumple 42 Cumple 51 Cumple 45 Cumple 42 Cumple R2 65 R3 R4 De acuerdo con los resultados señalados en la tabla anterior, los niveles incidentes sobre los receptores se encuentran bajo los niveles máximos permisibles de acuerdo con el D.S. N°38/2011 del MMA, en todos los puntos evaluados durante horario diurno. Mayor información se puede encontrar en el Anexo 3 de la DIA y Anexo 8 de la Adenda. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos no peligrosos: Durante la fase de construcción se generarán residuos no peligrosos los que corresponderán principalmente a residuos asimilables a domiciliarios, generados por los colaboradores y residuos de construcción, como escombros, restos de embalajes (papeles y cartones), fierros y metales, restos de plástico, entre otros. En cuanto a los residuos domiciliarios generados por los colaboradores, se estima una generación de 0,8 kg colaborador/día, los que serán dispuestos en contenedores cerrados para luego ser retirados y llevados a disposición final a un lugar que cuente con las autorizaciones correspondientes. Respecto a los residuos propios de la construcción, también serán recolectados, almacenados y enviados a disposición final a un lugar autorizado. Se contará con un registro que incluya las cantidades mensuales generadas y enviadas a un destino autorizado por la SEREMI de Salud de Maule, el cual, una vez terminada la fase de construcción, se remitirá dicho registro y documentación de respaldo a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud de Maule. Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos (RESPEL) en la fase de construcción corresponderán principalmente a aceites y lubricantes usados, guaipes contaminados y envases vacíos derivados principalmente de la mantención de las maquinarias y/o equipos utilizados. Sin embargo, dichas mantenciones serán realizadas fuera del Complejo PF3, en un lugar que cuente con las autorizaciones correspondientes, por lo que no se espera generar este tipo de residuos. Sin perjuicio de lo anterior, el titular realizó una estimación, en caso de requerir almacenar este tipo de residuos, estimándose alrededor de 60 kg/mes para la primera parte y 30 kg/mes en la segunda parte del Proyecto. Se contará con una bodega RESPEL transitoria para almacenar los residuos que podrían generarse la cual estará a cargo de la empresa contratista y contará con todas las exigencias del Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud (MINSAL), lo que quedará estipulado en el respectivo contrato. Para el retiro de dichos RESPEL, se contactará a la empresa encargada, la cual contará con sus autorizaciones correspondientes con la finalidad de trasladar estos residuos a disposición final en un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6 del ICE. 43.2. FASE DE OPERACI01\

Puesta en Marcha Una vez finalizada la fase de construcción, con la limpieza o abandono de faena, se procederá a realizar una inspección general para evaluar las instalaciones. Posteriormente, se procederá con la puesta en marcha, la que tendrá una duración aproximada de un mes, tanto para parte 1 como parte 2. Posteriormente, se continuará con la operación normal del Complejo PF3. Aumento Productivo El Proyecto considera ampliar la capacidad productiva del Complejo PF3 en su totalidad, además de incorporar una nueva planta productiva (Planta Vienesas) y montar una nueva línea de semi-elaborados de Proteína Vegetal en Planta Elaborados Cárnicos o Planta 3. A continuación se detalla las líneas productivas por Planta. 1. Planta 3 o Planta Elaborados Cárnicos: en esta planta productiva se llevan a cabo diferentes procesos, los cuales se dividen en dos líneas principales, Molidos (hamburguesas, carne molida y empanizados) y Enteros (carnes y churrascos). El Proyecto busca aumentar la capacidad productiva de las líneas de hamburguesas, nuggets (empanizado), churrascos y carne molida, además de incorporar una nueva línea de fibrilado de proteína vegetal. Para la ampliación de las líneas existentes, se considera solamente la instalación de nuevos equipos en las líneas de envasado ya que los equipos de proceso actuales permiten generar el aumento esperado. A continuación, se detalla las líneas productivas de Planta 3. 1.1. Línea producción hamburguesas: en esta línea se requiere de materia prima cárnica, la cual ingresa a un analizador con la fmalidad de verificar si cumple con su calidad, si cumple con los estándares de calidad pasa a un equipo de detección de metales, en caso contrario se considera como material de rechazo. Una vez pasada la detección de metales se procede a moler la materia prima en forma de fibra, y mezclarla con los insumos secos previamente preparados, para posteriormente ingresar a la formadora y así obtener la figura deseada. Luego es dirigida a un aerofreezer de congelado espiral alcanzando una temperatura de -25°C. Finalmente, las hamburguesas son envasadas con un envase primario tipo flow pack y luego encajadas, estas últimas son paletizadas y almacenadas hasta su distribución. 1.2. Línea de producción carne molida: al igual que la línea anterior, se requiere materia prima cárnica la cual es analizada previamente, luego las tripas pasan a una maquina clipeadora para luego ser enviadas a través de una cinta transportadora, donde a través de una maquina inyectora de tinta se aplican las marcas de identificación del producto, fecha de vencimiento, códigos de trazabilidad, número de lotes, entre otros. Posteriormente se pasa al envasado, donde las tripas son encajadas de forma manual, con sus respectivas etiquetas y sellado de cajas. Finalmente, las cajas ya armadas son paletizadas y almacenadas hasta su distribución. 1.3. Línea de producción empanizado: la materia prima es analizada, verificando que se cumpla con los estándares, para posteriormente pasar a la detección de metales y luego a la sala de molienda, donde se muelen y mezclan los ingredientes necesarios para cada preparación. Una vez listo el paso anterior se pasa a la sala de formado de empanizado a través de diferentes máquinas que permiten obtener este producto. Los empanizados ya formados son enviados a través de cinta transportadora al freidor para obtener una capa crujiente. Luego son llevados a un equipo de aerofreezer de congelado espiral a una temperatura cercana a los -25°C, se realiza un chequeo de peso y una última detección de metales, para finalmente ser envasados, encajados, etiquetados, sellados, paletizados y almacenados hasta su distribución. 1.4. Línea de producción de carne: esta línea inicia con el inyectado, donde se acondiciona la materia prima cárnica. Una vez acondicionada es cortada y envasada, para posteriormente ser enviada al sector de encajado donde se etiqueta y sella el producto. Finalmente, al igual que las demás líneas, las cajas son paletizadas y almacenadas hasta su distribución. 1.5. Línea de producción de churrasco: al igual que la línea anterior, comienza con el inyectado, luego la materia prima cárnica ingresa a un tenderizador, luego a un reactor y finalmente es embutida y clipeada. Posteriormente, los churrascos son endurecidos para luego ser envasados, encajados, etiquetados y sellados en el área de envasado. 1.6. Línea de producción de fibrilado de proteína vegetal: esta será una nueva línea enfocada en la elaboración de productos plant-based, es decir productos semi-elaborados en base a vegetales. Se debe destacar que esta línea permite elaborar productos de hamburguesas veganas y vegetarianas, como hamburguesas combinadas, además de molida (plant base) y toppings que se utilizarán como insumos en la producción de pizzas en Planta 5. En cuanto a su proceso, primero se recepciona la materia prima vegetal y/o cárnica, luego pasa a una primera etapa donde se prepara la mezcla de ingredientes a ser fibrilados. Posteriormente en una segunda etapa, a través de una embutidora con bomba se realiza la fibrilación, cortando al fmal de las fibras para lograr el tamaño deseado del producto. En una tercera etapa se debe reducir la temperatura alcanzada en la etapa anterior a unos 50°C, para luego pasar por un túnel de congelación alcanzando los -18°C. Finalmente, en la última etapa, se envasa a los productos semi-elaborados, los que serán dosificados sobre bandejas y bolsas, contando con una cinta de transporte para el desplazamiento de las bandejas. 2. Planta 4 o Planta Jamones: en esta Planta se elaboran tanto jamones, como arrollados, pancetas y lomos. Con el Proyecto se espera ampliar la capacidad productiva en 1.100 ton/mes. Para ello se requiere la ampliación de 4.169 m2 y la incorporación de 5 hornos, un masajeador, una línea de preparación de salmuera, una embutidora, una línea de desmoldado y paletizado y una línea de envasado, pasteurizado y etiquetado. Respecto al proceso, inicia con la recepción de la materia prima e insumos secos requeridos para la elaboración de jamones y productos derivados, luego se prepara una salmuera que es distribuida por todas las piezas inhibiendo el desarrollo de microorganismos alterantes, favoreciendo la deshidratación y conservación de los productos a través del inyectado y masajeado. Posteriormente el producto es embutido, dependiendo del tipo de producto será su tiempo de cocción. Luego es enfriado o rostizado, dependiendo de este punto se puede almacenar, o de lo contrario envasar al vacío, pasteurizar y enfriar para luego ser almacenado. 3. Planta 5 o Planta Pizza: esta Planta elabora pizzas frescas y cocidas en hornos de piedra, con recetas y tecnología italiana, elaborando más de un millón de pizzas mensuales en 39 diferentes formatos. El Proyecto busca ampliar su capacidad productiva en 1.400 ton/mes, para lo cual requerirá una ampliación de 1.308 m2 y la instalación de una nueva línea de producción que considera elaboración de masa, horno eléctrico, toppings y envasado. Respecto al proceso productivo, primero se preparan los aditivos correspondientes según el tipo de pizza para posteriormente pasar al amasado, donde se logra una mezcla homogénea. Una vez elaborada la masa es proporcionada y llevada a incubación para lograr la calidad esperada. En paralelo se realiza la preparación de salsas, luego son formadas las pizzas y llevadas al horno para su cocción. Finalmente son enfriadas por un equipo aerofreezer alcanzando una temperatura de -25°C, luego son envasadas y almacenadas. 4. Planta 6 o Platos Preparados: la Planta permite la elaboración de lasaña y canelones en 3 formatos, y masas y pastas rellenas, estas dos últimas dirigidas a los dos productos antes mencionados. Adicionalmente la Planta es capaz de elaborar pastas largas como Spaghetti, Fetuccini y pastas cortas como Penne o Tortellini. Al respecto el Proyecto busca aumentar la producción en 150 ton/mes. En cuanto a su proceso productivo se tiene lo siguiente: 4.1. Elaboración de salsas: se utiliza una maquina preparadora que permite obtener distintas variedades como salsa Blanca, Ragú, Vegetariana, entro otros. 4.2. Elaboración de pastas: inicia con la mezcla de los ingredientes, luego la pasta generada es laminada, dependiendo del tipo de plato, por el cabezal extrusor y precocida en el horno cocedor. 4.3. Elaboración de lasaña: es realizada a través de una línea automática de dosificación y envasado, la cual permite desapilar, transportar, dosificar y termosellar los envases según las especificaciones requeridas. 4.4. Elaboración de canelones: este proceso es similar al de la lasaña, respecto a dosificación y relleno, una vez la masa está precocida, la maquina formadora rellena los canelones para luego ser pesados y ajustados si corresponde. 5. Planta 7 o Planta Vienesas: actualmente, los productos de la familia de vienesas se elaboran en otra instalación que posee el titular, operativa desde 1940, por lo que requiere de una actualización y renovación. Debido a la creciente demanda del mercado dicha actualización debe ser llevada a cabo evitando interrupciones en el suministro ventas. Por lo anterior, el Proyecto contempla la construcción de una Planta de Vienesas en el polígono sur del Complejo PF3 abarcando un área de 5.041 m2 de construcción, la que tendrá capacidad para elaborar un total de 3.600 ton/mes de productos. En cuanto al proceso productivo, este comienza con la recepción de materias primas, pasando por un chequeo de peso inicial, para luego son transportadas a las cámaras de almacenamiento a partir de grúas y apiladores eléctricos. En una segunda etapa se encuentra la fabricación, en donde se elaboran doce tipos de masas madres de vienesas con recetas de distintas materias primas cárnicas y aditivas. Respecto a las de tipo cárnicas, estas son picadas por un equipo moledor que disminuye el tamaño en pequeños trozos de 6 mm, para luego ser transportadas a través de screw conveyor a silos de almacenamientos de 1.800 kg. Para realizar la carga a las mezcladoras se debe seleccionar la receta y luego de forma automática se solicitan las dosificaciones de materias primas cárnicas, aditivos secos, suministro de agua y temperatura necesaria, conformando una carga de 2.500 kg en total. Posteriormente se pasa por un proceso de emulsión a través de la utilización de proteína, lípidos y agua generando una pasta base fina de vienesas. La masa ya correctamente emulsionada se embute en tripas de tipo celulosa para luego ser cargadas de forma automáticas a las cadenas de horno. En una tercera etapa se aplica calor y enfriado en 10 etapas tardado alrededor de 88 minutos para vienesas tradicionales y 93 minutos para vienesas institucionales. Una vez finalizado el proceso anterior, las vienesas salen en ristras desde el horno, las que son transportadas por cintas hacia el sector de pelado, manualmente son insertadas a las peladoras, donde se aplica corte superficial para retirar la tripa, la cual mediante sistema de vacío son enviadas a silos de almacenamiento de tripas. En cuanto a las vienesas sin tripas, son trasladadas en cintas con rociadores de desinfectantes naturales previo al ingreso del ordenador Drake, este último permite alinear y posicional las vienesas en cavidades termoformadoras para que puedan ser envasadas al vacío en diferentes formatos. Los paquetes ya envasados salen en grupos de doce para vienesas tradicionales y de seis para institucionales, son alineados para realizar control de calidad, es decir descartar aquellos envases que no cumplan el peso, presencia de materiales metálicos, o perdida de vacío. Los paquetes que cumplen el estándar son encajados en un sistema de pick & place y nuevamente pasan por un sistema de control, si cumple con el peso y calidad de impresión se sellan las cajas y se paletizan para finalmente ser almacenados y distribuidos al Centro de Distribución de Talca (CDT). Además, la nueva Planta Vienesas pretende incorporar paneles fotovoltaicos y termosolares por una superficie aproximada de 4.000 m2, permitiendo disminuir los requerimientos energéticos y térmicos utilizados para los intercambios de calor. Aumento capacidad de Tratamiento de RILes El Proyecto considera la ampliación del Complejo PF3 y con ello se hace necesario aumentar la capacidad de la Planta de Tratamiento de RILes (PTR), para lo cual dicha acción será llevada en la primera parte, logrando llegar a los 1.075 m3/día como capacidad de tratamiento de efluentes al año 2023. En la primera parte se ampliará el tratamiento primario y secundario, y además se incorporará tratamiento terciario y proceso de desinfección. Finalmente se modificará el sistema de flotación de aire disuelto (DAF) a físico químico. Respecto al proceso de tratamiento que será llevado a cabo en la PTRiles, se tiene como primera instancia la recolección a través de las redes existentes las que no sufrirán modificación. Posteriormente, las aguas servidas y RILes son impulsadas por la Planta Elevadora de Aguas Servidas (PEAS) hacia la línea de pretratamiento, la que requerirá un aumento en su capacidad. En ese sentido, el pretratamiento inicia con el filtro rotatorio que elimina sólidos indeseados, el cual será reemplazado por uno de mayor tamaño. Luego en el tanque ecualizador se ecualizan las aguas impulsadas por la PEAS de cabecera y se dosifican las aguas impulsadas al tratamiento de lombrifiltros, tanque que no se verá modificado por el Proyecto. Posteriormente, las aguas son impulsadas hacia el DAF a través de una PEAS. El DAF es un proceso que considera la remoción de aceites, grasas y materiales sólidos de menor tamaño a través de aire disuelto y proceso de coagulación y floculación con ayuda de agentes químicos. El Proyecto considera su modificación a DAF físico - químico. El estanque post — DAF no sufrirá modificaciones. La PEAS a tratamiento, se encarga de impulsar las aguas hacia el circuito de tratamiento basado en lombrifiltros. De esta misma sentina se alimentará la nueva PEAS impulsando las aguas pretratadas a la unidad de Tratamiento. En la unidad de tratamiento se tiene el tratamiento secundario el cual estará compuesto por tres módulos de lombrifiltros que funcionarán de forma paralela, mientras que el tratamiento terciario, estará conformado por dos módulos de lombrifiltros en paralelo, permitiendo bajar aún más aún más la carga orgánica del efluente. Posteriormente se pasa a desinfectar el efluente con hipoclorito de sodio al 10%, dejando actuar por 30 minutos en una cámara de contacto. Finalmente, el efluente ya tratado será dirigido a un estanque de almacenamiento de agua tratada para riego, aguas que serán conducidas a una cámara de válvulas desde donde se definirá la disposición del efluente. Por lo anterior a continuación se detalla el tipo de descarga: a) Aplicación del efluente en el suelo mediante riego: el Proyecto propone la reutilización del efluente tratado a través del riego, cumpliendo con lo indicado en la NCh 1.333 para el riego de áreas agrícolas en el Fundo "El Macal", propiedad del titular, cubriendo un área de 23 ha. Para ello se inyectará el efluente a un pivote central existente en dicho terreno, el cual posee un largo de 334 metros, con un caudal de 24,6 lis que se traduce en 1,04 lis por cada hectárea regada, lo que equivale a una aplicación de 20 a 22 horas de riego diario. Según lo concluido en el Informe "Disposición de RILes en el Suelo" adjuntado por el titular en el Anexo 11 de la DIA, no se podrá aplicar la totalidad del efluente tratado entre los meses de abril a octubre, debido a la carga hidráulica basada en las limitaciones de nitrógeno que presenta el suelo, es decir entre los meses de enero a marzo y de noviembre a diciembre se podrá disponer de la totalidad del RIL en el suelo. Como medida de control del sistema de las aguas tratadas, se instalará tensiómetros en la zona de disposición, los que contarán con un sistema de transmisión de datos inalámbrico, permitiendo tener registros es tiempo real de la humedad del suelo. Por otro lado, como segunda medida, se considera realizar mediciones anuales a los dos pozos existentes en el sector Campos Deportivos y Complejo PF3, propiedad del titular, permitiendo mantener un registro de los parámetros críticos del agua que pudieran ser alterados por contaminación debido a percolación de las aguas residuales a las napas freáticas que alimentan los pozos. b) Descarga del efluente al Canal Sandoval: los excedentes del efluente serán descargados al Canal Sandoval, el cual corresponde a un canal de regadío ubicado al costado norte del Complejo PF3. Para su descarga existirá una conexión desde la cámara de válvulas hacia el Canal Sandoval a través de un ducto de acero de 150 mm de diámetro, el cual se dividirá en dos ductos de acero con igual diámetro, los que contarán con una curva al llegar al canal de 15° impidiendo así la generación de erosión o daño en la ribera opuesta del canal debido al flujo de descarga del efluente. La calidad del efluente que descargará al Canal Sandoval cumplirá con lo estipulado en la Tabla N°1 del D.S. N°90/2000 del MINSEGPRES. Ante algún evento que impida la descarga en riego o al Canal Sandoval, los RILes serán descargados en el sistema de alcantarillado que posee la empresa cumpliendo todos los parámetros del D.S.609/98 del MOP, o en alguna planta de tratamiento de aguas servidas de terceros. Operación otras instalaciones El Proyecto considera la ampliación de 100 m2 del Casino, el cual está destinado para uso del descanso diario y alimentación de los colaboradores del Complejo. Para mayor detalle se pueden observar los planos adjuntos en Anexo 02 de la DIA. Requerimientos para la materialización de las obras físicas Para la materialización de las obras físicas contempladas en la fase de operación, se consideran las siguientes acciones llevadas a cabo en los procesos productivos descritos: Puesta en marcha. Planta 3 o Planta Elaborados Cárnicos: I Línea productiva de hamburguesas: - Análisis de calidad de materia prima cárnica. - Detector de metales. - Molido/Mezclado. - Formadora. - IQF (equipo de aerofreezer de congelado espiral). - Envasado. - Paletización y Almacenamiento. e Línea productiva carne molida: - Análisis de calidad de materia prima cárnica. - Detector de metales. - Máquina clipeadora. - Máquina inyectora de tinta. - Envasado. - Paletización y Almacenamiento. I Línea productiva empanizado: - Análisis de calidad de la materia prima. - Detector de metales. - Molido/Mezclado. - Sala de formado de empanizado. - Freidor. - IQF. - Envasado. - Paletización y Almacenamiento. I Línea producción de churrascos: - Análisis de calidad de materia prima. - Detector de metales. - Inyectado. - Corte y envasado. - Paletización y Almacenamiento. I Línea de producción de fibrilado de proteína vegetal: - Recepción de materia prima de origen vegetal y/o cárnico. - Preparación de la mezcla. - Fibrilación. - Enfriado y congelado. - Envasado. Planta 4 o Planta Jamones: I Recepción de materia prima. I Recepción de insumos secos. I Preparación de salmuera. I Inyectado. I Masajeado. I Embutido. I Cocción. I Enfriado o rostizado. I Almacenamiento inmediato. I Almacenamiento al vacío. I Pasteurizado. I Enfriado. Planta 5 o Planta Pizza: I Preparación de aditivos. I Amasado. I Proporcionado/Ovillado. I Incubación. I Preparación de salsas. I Formadora. I Horno para cocción. I IQF. I Envasado. I Almacenamiento. Planta 6 o Planta Platos Preparados: I Preparación de salsas: - Máquina preparadora de salsa. I Elaboración de pastas: - Máquina amasadora. Cabezal excrutor. - Horno cocedor. I Elaboración de lasaña: - Dosificación de pastas. - Dosificación de relleno de salsa roja. - Dosificación de relleno de salsa clara. - Dosificación de queso rallado. - Pesaje y ajuste de peso. - Termosellado. • Elaboración de Canelones: - Máquina formadora y rellenadora. - Pesaje y ajuste de peso. - Dosificación de queso rallado. • Elaboración de masas y pastas rellenas: - Máquina formadora de masa y pasta rellena. - Sellado y estuchado - Congelación o refrigeración - Pasteurización Planta 7 o Planta Vienesas: • Recepción y almacenamiento de materias primas. • Fabricación: - Equipos moledores. - Silos de almacenamiento de 1.800 kg. - Carga automática de mezcladoras. - Silos de dosificación. - Emulsión. - Embutido de tripas de celulosa. • Cocción. • Envasado y encajado. • Almacenamiento y despacho. Planta Tratamiento de RILes: • Redes de Recolección. • PEAS de Cabeceras. • Pretratamiento. • Tratamiento secundario. • Tratamiento terciario. • Desinfección. • Aplicación del efluente en el suelo mediante riego. • Descarga del efluente al Canal Sandoval. Mantención y Se consideran actividades de Mantención y Conservación de equipos Conservación de presentes en las distintas plantas del Complejo PF3. Para ello la empresa equipos cuenta con un software Enterprise Resource Planning (ERP) Oracle Maintenance, que permite la gestión inteligente de mantenimiento, enfocado principalmente en la prevención y corrección. A través de este sistema, el complejo es capaz de llevar a cabo un calendario programado de mantenimiento de los múltiples equipos, de acuerdo con lo indicado por el fabricante (prevención) y en concordancia con los resultados operativos de cada equipo (corrección). Suministros básicos Agua potable: El abastecimiento de agua potable se realizará a través de la fuente establecida en la Resolución DGA N°0180/2009 y la red existente en el Complejo, el cual corresponde a un sistema particular de agua potable, asegurando la dotación mínima de 100 1/hab/día para consumo y necesidades de higiene de los colaboradores. Dicho sistema particular de Productos generados agua potable fue aprobado en la DIA original del Complejo, y no será modificado por el presente Proyecto. Respecto a la nueva Planta Vienesas, se considera la conexión a la red existente del Complejo PF3. La fuente y los límites establecidos en la Resolución DGA N°0180/2009 y del sistema de agua potable particular que posee, no sufrirán modificaciones debido al mayor requerimiento de agua del Proyecto. Alimentación: La alimentación de los colaboradores podrá ser llevada a cabo en los comedores y zonas existentes para ello dentro del Complejo PF3. El Proyecto considera la ampliación del casino existente. Alojamiento: Debido a la cercanía del Proyecto con la ciudad de Talca, los colaboradores se alojarán en pensiones o sus respectivos hogares (dependiendo de la procedencia de estos), por lo cual, no se requerirá la instalación de campamentos o alojamiento para el personal. Energía eléctrica: La provisión de energía eléctrica para todas las obras proyectadas, serán a través de la red existente en el Complejo PF3. En cuanto a la nueva Planta Vienesas, esta contempla su conexión al empalme N°2 que posee el Complejo y que actualmente abastece a Planta Pizza y CDT. Actualmente, la potencia instalada en el complejo industrial es de 10.600 KVA y el uso actual es de 5.216 KVA Servicios higiénicos: Este servicio será proporcionado a través de los servicios higiénicos existentes en el Complejo, así como también la incorporación de los nuevos servicios sanitarios contemplados en Planta Vienesas. Las aguas servidas generadas serán conectadas y conducidas por red existente del Complejo. Las aguas servidas generadas en Planta 3, Planta 4 y Casino son tratadas en la PTR junto con los efluentes de procesos. Las aguas servidas generadas en el CDT, Planta Pizzas y la futura Planta de Vienesas, contemplan su conexión con la sanitaria local, quien trata dichos residuos líquidos. Transporte: Los colaboradores se movilizarán por sus propios medios, debido a la cercanía con la ciudad de Talca. Los vehículos relacionados al transporte de materia prima y/o productos terminados implementarán todas las medidas necesarias para evitar en todo momento la detención o estacionamiento de vehículos en zonas no acondicionadas especialmente para tales fines. Además, los recorridos por zonas urbanas evitarán transitar durante las horas punta establecidas por SECTRA. Los vehículos considerados como parte del proyecto no harán uso intenso de la vialidad local, tal como se describe en el Estudio de Transporte, ver Anexo 10 de la Adenda y Anexo 3 de la Adenda complementaria. Hamburguesas: Son elaboradas en la Planta 3, específicamente en la línea de hamburguesas correspondiente a productos molidos, para lo cual se requiere de insumos secos y materia prima cárnica para su elaboración. Actualmente se generan 1.027 ton/mes, nivel de producción que no será modificado por el presente proyecto. Carne molida: Son elaboradas en Planta 3, en la línea de productos molidos, para su elaboración se requiere de materia prima cárnica y tripa artificial. Actualmente se generan 80 ton/mes y con el Proyecto se desea alcanzar las 120 ton/mes, es decir aumentar la producción en 40 ton/mes. Empanizado: Son elaborados en la línea de productos molidos en Planta 3, para su elaboración se requiere principalmente de materia prima cárnica, insumos secos y aceite para la freidora. Actualmente se generan 420 ton/año, con el Proyecto se desea llegar a producir 620 ton/mes, aumentando en 200 ton/mes. Churrascos: Son elaborados en la línea de productos enteros al interior de Planta 3, y para su elaboración se requiere esencialmente de materia prima cárnica. Actualmente se producen 180 ton/mes de estos productos y con el Proyecto se pretende producir 250 ton/mes, involucrando un incremento de 70 ton/mes. Fibrilado de proteína vegetal: Esta es una nueva línea que se encontrará al interior de Planta 3, para su elaboración se requiere principalmente de materia prima vegetal e insumos secos. Con el Proyecto se espera llegar a generar 250 ton/mes de este semi- elaborado. Jamones, arrollados, pancetas y lomos: Estos productos son elaborados en Planta 4, para lo cual se requiere de materia prima cárnica e insumos secos. Actualmente en esta planta se generan cerca de 2.400 ton/mes, mientras que con el Proyecto se espera aumentar esta cantidad en 1.100 ton/mes. Pizzas: Las pizzas son elaboradas en Planta 5, en 39 diferentes formatos, utilizando principalmente insumos secos, vegetales y cárnicos para su preparación. Actualmente se generan 400 ton/mes de producción y con el Proyecto se espera ampliar a 1.800 ton/mes, es decir aumentar su producción en 1.400 ton/mes. Platos preparados: Estos productos (Lasaña, Canelones, Masas y Pastas Rellenas) son generados en Planta 6, la cual se ubica al interior de Planta 3. Actualmente en esta Planta se generan 150 ton/mes y con el Proyecto se esperan generar 300 ton/mes, es decir aumentar el doble su producción. Vienesas: Este producto será elaborado en la nueva Planta Vienesas o Planta 7, que se ubicará en el sur del Complejo PF3. Al respecto, el Proyecto espera llegar a generar 3.600 ton/mes de este producto. Recursos naturales Agua: Dicho recurso será utilizado para el suministro renovables de agua potable requerido por los colaboradores a través de las instalaciones existentes en el Complejo, es decir, a través de la fuente establecida en la Resolución DGA N°0180/2009 y del sistema de agua potable particular que posee. La Resolución DGA N°0180/2009 constituye derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas consuntivo de 883.008 m3 total anual a favor de Productos Fernández S.A. El balance Hídrico adjunto con la Adenda concluye que el Complejo Industrial PF3, extrae aproximadamente 759 m3/día, lo que representa un 31% del total autorizado de acuerdo con la Resolución emitida por la DGA. Con la operación normal del Proyecto se ocuparía aproximadamente el 65% del total autorizado. Emisiones y Emisiones atmosféricas: Se considera como fuente de emisiones atmosféricas efluentes las actividades asociadas al tránsito de vehículos pesados por rutas pavimentadas, combustión de calderas, combustión de grupo electrógeno y combustión de vehículos. A continuación, se detalla las emisiones por contaminante/año/fase: Tabla 5. Emisiones generadas por contaminante — Fase Operación. PARTE 1 PARTE 2 Contaminante [ton/año] 2023 2024 en 2024 2025 en adelante adelante MP10 0,185 0,586 0,242 0,728 MP2,5 0,109 0,345 0,085 0,260 SO2 0,008 0,025 0,012 0,038 NOx 2,045 6,187 2,403 7,764 NH3 0,003 0,011 0,004 0,013 CO 0,679 2,008 0,709 2,293 Las mayores emisiones asociadas a la primera parte se encuentran relacionas con el NOx, producto de la operación de calderas posterior a la ampliación. En cuanto a la parte 2 de la fase, sus mayores emisiones se encuentras asociadas a los NOx con 13,896 ton/ario, debido principalmente a la combustión de calderas, considerando los aumentos de la parte 1 y 2. Respecto a las emisiones de 1VEPio, se espera una generación de 1,314 ton/ario desde 2025 en adelante (Inventario de emisiones Atmosféricas adjunto en Anexo 03 de la DIA), considerando la operación de la parte 1 y 2. Teniendo presente que la comuna de Talca posee un Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) vigente, estas emisiones serán compensadas en un 120% a través de la presentación y aprobación de un programa de compensación. Este será trabajado en conjunto con la autoridad competente en los plazos establecidos por la legislación vigente. En cuanto a las medidas de abatimiento, actualmente existe abatimiento en la caldera de biomasa utilizada por el proceso productivo, cuyo sistema de control corresponde a un filtro de mangas más ciclón. La actividad que genera mayores emisiones de M1310 es el movimiento de vehículos por vías pavimentadas, por lo que el titular incorporará como medida de abatimiento el recambio de vehículos antiguos, implementando mejoramiento y/o de cambio de vehículos a gas natural, gas licuado o eléctrico, y el uso de vehículos de mayor capacidad para reducir el número de kilómetros recorridos en los recorridos realizados por la Ruta 5 y sus caleteras, según corresponda. Emisiones líquidas: Durante la fase de operación se generarán residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos del personal y las plantas productivas del Complejo PF3. Respecto a las aguas residuales que se generen, serán conectadas y conducidas a través de las cañerías existentes dentro del Complejo para su posterior tratamiento. Las aguas servidas generadas en Planta 3, Planta 4 y Casino son tratadas en la PTR junto con los efluentes de procesos. Por otra parte, las aguas servidas generadas en el CDT, Planta Pizzas y la futura Planta de Vienesas contemplan su conexión con la sanitaria local, quien tratará dichos residuos líquidos. Las aguas generadas por las diferentes líneas productivas presentes en el Complejo serán tratadas en la PTRiles. Al respecto, se espera una generación de 1.075 m3/día cuando se alcance la producción máxima de 11.217 ton/mes de productos. El efluente ya tratado será dispuesto en el suelo a través del riego según lo indicado en la NCh 1.333, norma que define los estándares del agua para dicho fin. Los excedentes que se generen serán descargados al Canal Sandoval, que se encuentra ubicado al costado norte del Complejo. Para ello se dará cumplimiento a D.S. 90/2000, específicamente a la tabla 1. Ante algún evento que impida la descarga en riego o al Canal Sandoval, los RILes serán descargados en el sistema de alcantarillado que posee la empresa cumpliendo todos los parámetros del D.S.609/98 del MOP, o en alguna planta de tratamiento de aguas servidas de terceros. Ruido: Según el Estudio de Impacto Acústico adjunto en el Anexo 08 de la Adenda, durante la fase de operación del Proyecto, se prevé la generación de ruido producto del funcionamiento de las nuevas instalaciones, las cuales contienen fuentes propias de ruido como las maquinarias destinadas a refrigeración y elaboración de productos, junto con la nueva sala de máquinas que posee las mismas características de la actual sala del Complejo. Es importante mencionar que las nuevas instalaciones serán construidas a partir de paneles especiales con aislamiento térmico y acústico. Por lo anterior se evaluaron 4 puntos, en horario diurno y nocturno, alcanzando los niveles que se muestran a continuación: Tabla 6. Evaluación de la sinergia de los niveles por parte horario diurno y nocturno — Fase Operación. Horario Diurno Nivel Horario Nocturno Nivel máximo máximo

Evaluación de permisible Niveles Evaluación de Punto permisible Niveles cumplimiento Db(a) cumplimiento Db(a) Proyect Proyect D.S.°38/2011 Nocturno D.S. N°38/2011 del Diurno ados ados del MM A MMA R1 39 Cumple 39 Cumple R2 32 Cumple 32 Cumple 65 50 R3 24 Cumple 24 Cumple R4 26 Cumple 26 Cumple De acuerdo con los resultados señalados en la tabla anterior, los niveles incidentes sobre los receptores se encuentran bajo los niveles máximos permisibles de acuerdo con el D.S. N°38/2011 del MMA, en todos los puntos evaluados durante horario diurno y nocturno. Se debe destacar además que dentro de los puntos evaluados se encuentra el Colegio Talca, considerado como punto de interés. Al respecto, también se cumple la normativa antes mencionada, estando muy por debajo de los límites permisibles establecidos. Para mayor detalle se puede revisar el Anexo 03 de la DIA y Anexo 08 de la Adenda. Olores: Durante la fase de operación del Proyecto, no se prevé la generación de olores por parte de la Planta de Tratamiento de RILes, debido a que todos los tratamientos involucrados son aeróbicos, no generándose impacto en los receptores cercanos a las instalaciones del Complejo, según lo que se detalla en el Anexo 3 de la DIA y Anexo 6 de la Adenda. Por otro lado, la actividad de riego en el Fundo "El Macal" con el efluente de la Planta de Tratamiento de RILes, no se considera como fuente emisora de olor, puesto que la calidad del agua tratada cumplirá con el D.S. N°90. No obstante, debido al aumento productivo, se contempla la generación de olores derivados del proceso productivo llevados a cabo al interior del Complejo PF3 (chimeneas del área de procesos). De acuerdo al panel de campo realizado, las notas de olor detectaron descripción de "fritura", por lo que se realizó una modelación de odorante referida al aumento de la capacidad productiva del Complejo, identificándose 10 receptores, de los cuales ninguno registra concentraciones por sobre el límite de referencia establecido por la Guidance on the assessment of odour for planning del Reino Unido en 5 [ouE/rn3]. Con lo anterior, no se prevé impactos significativos en materias de olor. No obstante, en caso de eventuales generaciones de olores molestos se actuará de acuerdo con lo estipulado en el Plan de Gestión de Olores (PGO) para el Complejo PF3, adjunto en el Anexo 2 de la Adenda complementaria. El PGO incluye diagnóstico, medidas a implementar, seguimiento y control, y plan de contingencia, además de medidas de control de rutina. En este, se establecen medidas preventivas en la generación de olores y seguimiento a reclamos por eventuales emisiones generadas por la operación del Proyecto, estableciendo canales de comunicación para la atención de reclamos de olores de la comunidad, registro que contará al menos con la información del nombre de quien realiza el reclamo, fecha y hora del evento que origina el reclamo, con el fin de analizar una relación entre las contingencias de la Planta o condiciones meteorológicas y la percepción de los receptores. En caso de que se generen reclamos formales por olores de personas o de comunidades cercanas a las instalaciones del Proyecto, éstas deberán de ser canalizados a través de dos instancias, canal de comunicación externo o canal de comunicación interno. Finalmente, se mantendrá un registro periódico de las condiciones operacionales y buenas prácticas de todas las fuentes emisoras de olores de la Planta, a fm de contar con un seguimiento objetivo de la operatividad de las fuentes y ante requerimiento de la autoridad se realizarán paneles de campo y/o modelación de impacto odorante. Mayor información se puede encontrar en el Anexo 3 de la DIA y en Anexo 6 de la Adenda. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos no peligrosos: Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos no peligrosos, los que corresponderán principalmente a residuos industriales, tales como decomisos cárnicos, lodos del proceso DAF y cenizas de calderas. Asimismo, se generarán residuos asimilables a domiciliarios y reciclables. Respecto a los residuos domiciliarios originados por los colaboradores, se estima una generación de 20,5 ton/mes cuando el Complejo alcance su máxima dotación de capacidad productiva. En este sentido, cada Planta cuenta con compactadores cerrados que permiten reducir el volumen de residuos, los que serán dispuestos en forma transitoria en contenedores cerrados para luego ser retirados y llevados a disposición fmal en un lugar que cuente con sus debidas autorizaciones. De igual forma los residuos reciclables como cartones y plásticos film serán almacenados de forma temporal en cada una de las Plantas para luego gestionar su reciclaje. En cuanto a los Residuos Industriales, se estima una generación de 125 ton/mes de lodos DAF, los que serán dispuestos en un lugar que cuente con sus autorizaciones correspondientes. Actualmente estos residuos son valorizados por una empresa de generación de bioenergía, cuya autorización fue adjuntada por el titular en el Anexo 10 de la DIA. Respecto a los decomisos cárnicos, son almacenados de forma temporal en contenedores herméticos existentes en todas las Plantas, los que son enviados a una planta procesadora de decomiso para su recuperación, cuya autorización fue adjuntada por el titular en el Anexo 10 de la DIA. Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos (RESPEL) generados en el Complejo, son derivados principalmente de las mantenciones de equipos, como aceites lubricantes y material contaminado. Adicionalmente, se consideran residuos administrativos como tóneres usados y tubos fluorescentes. Los RESPEL son almacenados de manera transitoria en la Bodega de RESPEL del Complejo PF3, para lo cual en Anexo 10 de la DIA el titular adjuntó su autorización correspondiente. La bodega cuenta con la capacidad suficiente para albergar los residuos generados por el Proyecto cuando llegue a su máxima capacidad productiva. Finalmente, el titular se compromete a dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en el D.S. 148/2003 del MINSAL. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE. El proyecto no considera fase de cierre. 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO .1. FASE DE CQNSTRUCC1G1N. Parte 1: Junio 2022. Parte 2: Enero 2023. La fecha de inicio estará condicionada a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto. Fecha estimada de inicio Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación del cierre perimetral para la instalación de faenas. Fecha estimada de término Parte 1: Agosto 2023. Parte 2: Agosto 2024. Parte, obra o acción que establece el término Limpieza o abandono de faenas FASE DEI OPERACION Parte 1: Agosto 2022. Parte 2: Agosto 2023. La fecha de inicio estará condicionada a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto. Fecha estimada de inicio Parte, obra o acción que establece el inicio Puesta en Marcha. Fecha estimada de término Para esta fase no se contempla fecha de término. Parte, obra o acción que establece el término Para esta fase no se contempla hito de término. 4:4:3 FASEDE';.CIERRE Fecha estimada de inicio No aplica. Parte, obra o acción que establece el inicio No aplica. Fecha estimada de término No aplica. Parte, obra o acción que establece el término No aplica. 5°. Que, durante el proceso de evaluación se presentaron los antecedentes que justifican la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300. 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL 6.1.1. PAS 119. Permiso para realizar pesca de investigación necesaria para el seguimiento de las poblaciones de especies hidrobiológicas, será el establecido en el artículo 99 del Decreto Supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura, del artículo 119 del Reglamento del SETA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Monitoreo Fauna Íctica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Identificación de las especies hidrobiológicas que se pretende extraer como especies principales y secundarias. b) Indicación del área en la cual se pretende desarrollar las actividades de investigación. c) Especificación de los objetivos generales y específicos que el proyecto de pesca de investigación persigue. d) Identificación y características específicas del arte, aparejo o sistema de pesca a utilizar en la ejecución de la investigación. e) Especificación de la metodología a emplear, indicándose además su correspondiente soporte estadístico debidamente fundamentado. f) Resultados esperados. g) Duración del estudio y cronograma de actividades. Los antecedentes para el otorgamiento del PAS se presentan en el Anexo 5 de la DIA. • Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, apartado 9.1.1. Pronunciamiento del órgano competente La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura a través de ORD. (D.AC.) ORD. SETA. N° 29 de fecha 12 de enero de 2022, entrega su conformidad. 6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.2.1. PAS 139. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, del artículo 139 del Reglamento del SETA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Ampliación de la capacidad de tratamiento de residuos líquidos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la calidad del agua del cuerpo receptor no ponga en riesgo la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización. b) Plano de emplazamiento del sistema de tratamiento. c) Diseño del sistema de tratamiento que incluya diagrama de flujo y de las unidades y equipamiento necesario para conducir, tratar y descargar el efluente. d) Programa de monitoreo y control de parámetros operacionales, incluyendo parámetros críticos. e) Descripción y georreferenciación de las obras o infraestructura de descarga de los residuos tratados, si corresponde. f) Descripción y caracterización del cuerpo receptor superficial y/o subterráneo, identificando sus usos actuales y previstos. g) Efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, considerando los usos identificados. h) Plan de manejo de lodos y de cualquier otro residuo generado. i) Plan de contingencias. j) Plan de emergencia. Los antecedentes para el otorgamiento del PAS se presentan en el Capítulo 3 de la DIA y en el apartado 3 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, apartado 9.2.1. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule a través de ORD. N° 001101 de fecha 01 de julio de 2022, entrega su conformidad. 6.2.2. PAS 140. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del Artículo 140 del Reglamento del SETA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de residuos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento - Descripción y planos de ubicación. - Descripción de variables meteorológicas relevantes. - Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a almacenar. - Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. - Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. - Descripción del sistema de manejo de rechazos. - Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. - Plan de contingencias. - Plan de emergencias. - Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. - Capacidad máxima de almacenamiento. - Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. Los antecedentes para el otorgamiento del PAS se presentan en el Capítulo 3 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, apartado 9.2.2. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule a través de ORD. N° 001101 de fecha 01 de julio de 2022, entrega su conformidad. 6.2.3. PAS 142. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos sólidos peligrosos, cuyo requisito consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población, del Artículo 142 del Reglamento del SETA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento RESPEL. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento - Descripción del sitio de almacenamiento. - Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. - Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. - Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. - Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. - Plan de contingencias. - Plan de emergencias. Los antecedentes para el otorgamiento del PAS se presentan en el Capítulo 3 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, apartado 9.2.3. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule a través de ORD. N° 001101 de fecha 01 de julio de 2022, entrega su conformidad. 6.2.4. PAS 156. El permiso para efectuar modificaciones de cauce, será el establecido en el artículo 41 e inciso 1° del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, siempre que no se trate de obras de regularización o defensa de cauces naturales, del Artículo 156 del Reglamento del SETA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación. Parte, obra o acción a la que aplica Descarga de RILes. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Descripción del lugar de emplazamiento de la obra. b) Descripción de la obra y sus fases. c) Estimación de los plazos y periodos de construcción de las obras. d) Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras. e) Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase de construcción. El Titular entregó los antecedentes en el capítulo 3 de la DIA y apartado 3 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, apartado 9.2.4. Pronunciamiento del órgano competente La DGA del Maule, mediante Ord. N°1926 de fecha 08 de julio de 2022, entrega su conformidad. 6.2.5. Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SETA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Obras de infraestructura. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El titular deberá presentar los siguientes antecedentes: a) Memoria técnica de características de construcción y ampliación del proyecto o actividad. b) Plano de planta. c) Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma. d) Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química. e) Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar. f) Medidas de control de riesgos a la comunidad. El titular entregó los antecedentes en el capítulo 3 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, apartado 9.2.5. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule a través de ORD. N° 001101 de fecha 01 de julio de 2022, entrega su conformidad a la Adenda complementaria. 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1. Norma [Plan Regulador Comunal de Talca] Componente/materia: Uso del suelo. Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley N°458, Ley General de Urbanismo y Construcciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Uso de suelo Forma de cumplimiento De acuerdo con lo señalado en el Plan Regulador de Talca, el área donde se encuentre el Complejo corresponde a una zona "U-6 Industrial Inofensiva". Sin embargo, el área donde se pretende efectuar las nuevas unidades de lombrifiltro corresponde a una zona "U-11 vivienda densidad media". Al respecto, para cada una de las zonificaciones se tiene normas urbanísticas, es decir las normas de uso de suelo y condiciones de subdivisión y edificación, para el caso de la zona U-11 las actividades del uso permiten infraestructura sanitaria, por lo cual se cumpliría lo establecido en el Plan Regulador Comunal. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Certificado de aprobación otorgado por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Tramitación sectorial de los permisos y archivo de documentación obtenida. 7.2. Norma [Decreto con Fuerza de Ley N°458, Ley General de Urbanismo y Construcciones] Componente/materia: Uso del suelo. Otros cuerpos legales Plan Regulador Comunal de Talca. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Uso de suelo Forma de cumplimiento De acuerdo con lo señalado en el Plan Regulador de Talca, el área donde se encuentre el Complejo corresponde a una zona "U-6 Industrial Inofensiva". Sin embargo, el área donde se pretende efectuar las nuevas unidades de lombrifiltro corresponde a una zona "U-11 vivienda densidad media". Al respecto, para cada una de las zonificaciones se tiene normas urbanísticas, es decir las normas de uso de suelo y condiciones de subdivisión y edificación, para el caso de la zona U-11 las actividades del uso permiten infraestructura sanitaria, por lo cual se cumpliría lo establecido en el Plan Regulador Comunal. Indicador que acredita su cumplimiento • RCA favorable del Proyecto. Certificado de aprobación otorgado por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Tramitación sectorial de los permisos y archivo de documentación obtenida. 7.3. Norma [Decreto Supremo N°49/2016, Plan de Prevención y Descontaminación Atmosféricas para las Comunas de Talca y Maule] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Fase de construcción: De acuerdo con los resultados obtenidos del Inventario de Emisiones, adjunto en Anexo 03, es posible mencionar que el Proyecto no deberá realizar compensación de emisiones debido a que no se supera el límite indicado en el D.S. 49/2016, "Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las Comunas de Talca y Maule" de 1 ton/año de MP10 en ninguna de las partes que componen la fase de construcción, dando cumplimiento a la normativa ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, se tomarán las siguientes medidas ambientales para reducir emisiones atmosféricas, en ambas fases del Proyecto: - Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado a modo de evitar emisiones por motores que presenten fallas - Todo vehículo utilizado, tendrá la revisión técnica al día, cumpliendo con la "Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados" D.S. N°55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Las tolvas de los camiones que carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertos completamente con una lona, según dicta el D.S. N°75/1987 del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones. Fase de operación: De acuerdo con los resultados obtenidos del Inventario de Emisiones, adjunto en Anexo 03, es posible mencionar que el Proyecto deberá realizar compensación en un 120% de las emisiones de MP10 desde el año 2025 en adelante, debido a que se supera el límite indicado en el D.S. 49/2016, "Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las Comunas de Talca y Maule" de 1 ton/año de MP10, dando cumplimiento a la normativa ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción: - Desarrollo de una lista de comprobación, para conocer y acreditar el cumplimiento de las normas y lo establecido en la RCA. - Registro de la documentación de los vehículos que se utilizarán en el desarrollo del Proyecto, tales como revisión técnica y permisos de circulación al día. - Registro de los movimientos de tierras efectuados en el Proyecto - Fase de operación - Desarrollo de una lista de comprobación, para conocer y acreditar el cumplimiento de las normas y lo establecido en la RCA. - Registro de la documentación de los vehículos que se utilizarán en el desarrollo del Proyecto, tales como revisión técnica y permisos de circulación al día. Programa de compensación de emisiones. Forma de seguimiento control y Respuesta de aprobación del Programa de Compensación de Emisiones a la SEREMI de Medio Ambiente y registro de su implementación. 7.4. Norma [Decreto Supremo N°138/2005, M1NSAL, Establece Obligaciones de Declarar Emisiones que Indica] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados Operación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento El titular procederá a informar a la Autoridad Sanitaria las emisiones generadas por las fuentes, es decir, las emisiones serán declaradas de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto. En efecto cabe recordar que se considera la incorporación de una caldera en la nueva Planta de Vienesas para la producción de vapor. Dicha caldera será de 6.000 kg vapor/hr y utilizará gas natural como combustible para generar el vapor requerido en el proceso. Adicionalmente se considera la implementación de un nuevo Grupo Electrógeno (GE), también en la Planta de Vienesas, el cual será utilizado principalmente como respaldo ante eventuales emergencias. Dicho GE tendrá una potencia de 500 kVA y utilizará diésel como combustible. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las declaraciones de las emisiones atmosféricas anualmente realizadas en la ventanilla única del RETC. - Certificado obtenido por la declaración de emisiones anuales (desarrollo del Formulario 138). Forma de control y seguimiento Declaración del año que corresponda para disponibilidad y fiscalización de la Autoridad.

7.5. Norma [Decreto Supremo N°144/1961, MINSAL, Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza] Componente/materia: Emisiones atmosféricas Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Las emisiones de MP generadas por el tránsito de vehículos y maquinaria y por movimientos de tierra, serán controladas durante ambas fases, mediante la utilización de cobertura de carpetas en tolvas de camiones que transporten materiales o insumos. Además, se considera la adecuada mantención de las carrocerías de los camiones de carga, para evitar derrames, en la vía pública. En relación con la construcción del Proyecto, se generarán emisiones producto del transporte de los materiales, insumos y residuos. Fase de operación: Las emisiones de MP generadas por el tránsito de vehículos y maquinaria y por movimientos de tierra, serán controladas durante ambas fases, mediante la utilización de cobertura de carpetas en tolvas de camiones que transporten materiales o insumos. Además, se considera la adecuada mantención de las carrocerías de los camiones de carga, para evitar derrames, en la vía pública. En relación con la operación del Proyecto, se generarán emisiones producto del transporte de los insumos y los productos terminados. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción: - Cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA (check list que acredite el cumplimiento de lo dispuesto en la RCA). - Registro de la revisión técnica al día y de las mantenciones de los vehículos pesados, para acreditar el buen funcionamiento. - Registros de la generación y transporte de residuos, transporte de materiales e insumos. Fase de operación: - Cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA (check list que acredite el cumplimiento de lo dispuesto en la RCA). - Registro de la revisión técnica al día y de las mantenciones de los vehículos pesados, para acreditar el buen funcionamiento. - Registros del transporte de insumos y productos terminados. Forma de control y Copia en obra referente al estado de la maquinaria (revisiones seguimiento técnicas y de gases al día). 7.6. Norma [Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, MINSAL, Código Sanitario] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Construcción: Se aplicarán acciones de control para prevenir las emisiones, tales como inspecciones y adopción de medidas de mejores prácticas. Se exigirá que los vehículos pesados deban contar con su revisión técnica al día y las mantenciones correspondientes; para lo cual se mantendrá el registro de todos los vehículos que se utilizarán durante las fases del Proyecto. Operación: Se aplicarán acciones de control para prevenir las emisiones, tales como inspecciones y adopción de medidas de mejores prácticas. Se exigirá que los vehículos pesados deban contar con su revisión técnica al día y las mantenciones correspondientes; para lo cual se mantendrá el registro de todos los vehículos que se utilizarán durante las fases del Proyecto. En lo que respecta a la fase de operación, se considera la incorporación de una caldera en la nueva Planta de Vienesas, así como el aumento del tránsito de vehículos que transportarán los residuos, insumos y productos terminados. En ese sentido con la incorporación del Proyecto y de acuerdo con los resultados obtenidos del Inventario de Emisiones, adjunto en Anexo 03, es posible mencionar que el Proyecto deberá realizar compensación en un 120% de las emisiones de MP10 desde el año 2025 en adelante, debido a que se supera el límite indicado en el D.S. 49/2016, "Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las Comunas de Talca y Maule" de 1 ton/año de MP10, dando cumplimiento a la normativa ambiental vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Construcción: - Registro de documentación de equipos y maquinarias que presten servicios en el Proyecto. - Registro del cumplimiento de la RCA, referidas a esta norma. Operación: - Registro de documentación de equipos y maquinarias que presten servicios en el Proyecto. - Bitácoras de operación de calderas. - Respectivo registro de las emisiones generadas en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). - Registro del cumplimiento de la RCA, referidas a esta norma. Forma de seguimiento control y Registro de emisiones. 7.7. Norma [Decreto Supremo N°47/1992, MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones,] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto, las emisiones serán controladas mediante la adecuada mantención de los vehículos pesados y maquinarias. Se exigirá que los vehículos pesados deban contar con su revisión técnica al día y las mantenciones correspondientes; para lo cual se mantendrá el registro de todos los vehículos que se utilizarán. Indicador que acredita su cumplimiento - Desarrollo de una lista de comprobación, con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registro del control o verificación de la revisión técnica y de las mantenciones de los vehículos pesados. - Registro y control de la velocidad de los vehículos pesados. - Registro del cumplimiento de la RCA, referidas a esta norma. Forma de control y seguimiento Registro de los permisos de municipales (construcción y recepción). 7.8. Norma [N°75/1987, MTT, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción y operación. cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Todos los vehículos que se utilizarán durante la fase de construcción contarán con óptimas condiciones mecánicas, con su revisión técnica al día y mantenciones preventivas. En este sentido, se solicitará que cumplan con dichas condiciones para llevar a cabo todas las actividades requeridas. Indicador que acredita su cumplimiento - Desarrollo de una lista de comprobación, con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registro del control o verificación de la revisión técnica y de las mantenciones de los vehículos pesados. - Registro de entrada y salida de camiones de las instalaciones. Forma de control y seguimiento Copia en obra referente al estado de la maquinaria (revisiones técnicas y de gases al día). 7.9. Norma [N°55/1994, MTT, Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que _Indica] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Todos los vehículos pesados y las maquinarias, que se utilizarán durante la fase de construcción, contarán con óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día y mantenciones preventivas. Indicador que acredita su cumplimiento - Desarrollo de una lista de comprobación, con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registro del control o verificación de la revisión técnica y de las mantenciones de los vehículos pesados y maquinaria. Forma de control y seguimiento Copia de revisiones técnicas y registros disponibles. 7.10. Norma [Ley N°18290/1994, MTT, de Tránsito, Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado por el Decreto con Fuerza de Ley N°1/2007, Justifica] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Todos los vehículos y maquinarias que se utilizarán durante la fase de construcción y operación contarán con óptimas condiciones mecánicas, con su revisión técnica al día y mantenciones preventivas. En este sentido, se solicitará que cumplan con dichas condiciones para llevar a cabo todas las actividades requeridas. Indicador que acredita su cumplimiento - Desarrollo de una lista de comprobación, con la fmalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registro del control o verificación de la revisión técnica y de las mantenciones de los vehículos pesados y maquinarias. Forma de control y seguimiento Registros de certificados de revisión técnica al día y mantención de vehículos. 7.11. Norma [Decreto Supremo N°4/1994, MTT, Establece Normas de Emisión de Contaminación Aplicables a Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control] Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Se vigilará que los camiones mantengan la revisión técnica al día durante la fase de construcción y operación del Proyecto. Se exigirá a los contratistas, que los vehículos utilizados cuenten con la revisión técnica, a través de la solicitud anticipada de los documentos de los vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento - Desarrollo de una lista de comprobación, con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registro de mantenciones y certificados de revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Copia en obra referente al estado de la maquinaria (revisiones técnicas y de gases al día). 7.12. Norma [Decreto Supremo N°1/2013, MMA, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC] Componente/materia: Emisiones. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Construcción: El titular procederá a informar a la Autoridad Sanitaria las emisiones generadas por las fuentes, es decir, las emisiones serán declaradas de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto. El Proyecto generará distintos tipos de residuos tanto en la fase de construcción como operación, los cuales serán declarados según corresponda a través de los instrumentos sectoriales. Operación: El titular procederá a informar a la Autoridad Sanitaria las emisiones generadas por las fuentes, es decir, las emisiones serán declaradas de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto. En efecto cabe recordar que se considera la incorporación de una caldera en la nueva Planta de Vienesas para la producción de vapor. Dicha caldera será de 6.000 kg vapor/hr y utilizará gas natural como combustible para generar el vapor requerido en el proceso. Adicionalmente se considera la implementación de un nuevo Grupo Electrógeno (GE), también en la Planta de Vienesas, el cual será utilizado principalmente como respaldo ante eventuales emergencias. Dicho GE tendrá una potencia de 500 kVA y utilizará diésel como combustible. Por otro lado, el Proyecto generará distintos tipos de residuos tanto en la fase de construcción como operación, los cuales serán declarados según corresponda a través de los instrumentos sectoriales: Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) y Responsabilidad Extendida al Productor (REP). Cabe destacar, respecto a este último, que la empresa pertenece al Sistema de Gestión de Residuos en Envases y Embalajes de la Asociación AB Chile. Finalmente, el Titular realizará de forma anual la Declaración Ambiental Empresarial (DAE) y Declaración Jurada Anual (DJA) dando cumplimiento en todo momento a la normativa vigente. Indicador que acredita su Construcción: cumplimiento - Desarrollo de una lista de comprobación, con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registros de la generación de los distintos residuos. - Registros de declaración de generación de residuos a través de los instrumentos sectoriales. - Respaldos de la gestión realizada de los residuos. Operación: - Registro del cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA. - Registro de la declaración de emisiones anuales (desarrollo del Formulario 138). - Registros de la generación de los distintos residuos. - Registro de las declaraciones de las emisiones atmosféricas anualmente realizadas en la ventanilla única del RETC a través del Registro Único de Emisiones Atmosféricas (RUEA). - Registro en RETC de Sistema Nacional de Declaración de Residuos (S1NADER). - Registro en RETC de Responsabilidad Extendida al Productor (REP) (adjuntos en el Anexo 10 DIA). - Contrato de convenio con el SIG de AB Chile. - Registro en RETC de Declaración Ambiental Empresarial (DAE). - Registro en RETC sobre Declaración Jurada Anual (DJA). Forma de seguimiento control y A través de la ventanilla única, verificando la presentación de los antecedentes para la declaración anual. 7.13. Norma [Decreto Supremo N°38/2011, MMA, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indican, Elaborado a Partir de la Revisión del Decreto N°146] Componente/materia: Ruido. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de ruido. Forma de cumplimiento Con los antecedentes presentados en el Estudio Impacto Acústico (Anexo 03 DIA y Anexo 08 Adenda), es posible concluir que los niveles de presión sonora que se generarán estarán en cumplimiento con los niveles máximos permitidos por la norma, tanto en la fase de construcción como de operación del Proyecto, en ambas jornadas horarias evaluadas. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de la RCA favorable. - Desarrollo del Estudio Impacto Acústico adjunto en el Anexo 03, el cual fue realizado por profesionales especialistas. - Registro del cumplimiento de la RCA referidas a esta norma. Forma de seguimiento control y Registro de reclamos. 7.14. Norma [Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, MINSAL, Código Sanitario] Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de residuos sólidos. Forma de cumplimiento Tanto en la fase de construcción como en la fase de operación, los residuos asimilables a domiciliarios serán manejados en contenedores, para su posterior disposición final en un lugar debidamente autorizado. En cuanto a los residuos generados de la construcción, correspondientes a desembalajes de equipos, restos de madera y papel, los cuales serán recolectados, almacenados (tolva) y enviados a disposición final que cuente con las autorizaciones correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registros de la generación de los distintos residuos. - Comprobantes del retiro de los residuos. - Autorización sanitaria del lugar de disposición fmal de los residuos. - Registro interno de la recepción de los residuos almacenados en la bodega. Forma de control y seguimiento Recibos asociados al retiro de los residuos siempre en obra, ante eventuales fiscalizaciones. 7.15. Norma [Decreto Supremo N°594/1999, MINSAL, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo] Componente/materia: Residuos sólidos Otros cuerpos legales No aplica. asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de residuos sólidos. Forma de cumplimiento Construcción: El manejo de residuos sólidos se realizará con empresas autorizadas y la disposición final se realizará en lugares que cuenten con las autorizaciones correspondientes. En efecto durante la fase de construcción, los residuos que se generarán (desembalajes de equipos, restos de madera y papel) serán recolectados, almacenados en una tolva, para luego ser enviados a disposición final a un lugar que cuente con las autorizaciones correspondientes. Frente a la generación de residuos de construcción, se contará con un registro que incluya las cantidades mensuales generadas y enviadas a un destino autorizado por la SEREMI de Salud. Además, terminada la fase de construcción se remitirá dicho registro y documentación de respaldo a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud de Maule. Sin prejuicio de lo anterior, la empresa realiza su declaración correspondiente en SINADER. Operación: Durante la fase de operación, como se mencionó anteriormente, los residuos industriales serán recolectados, almacenados y enviados a disposición final, a un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias y ambientales correspondientes. Se contará con un registro documental que identifique claramente al generador, al transportista y al destinatario, respecto de cada uno de los diferentes tipos de residuos generados. En lo que respecta específicamente a la gestión del lodo generado por el aumento en la capacidad de la PTR, se contempla la utilización de camiones tolva para el traslado, ya que se implementará un equipo de deshidratación. Cabe destacar que Productos Fernández S.A. tiene como foco principal la reutilización y/o valorización de sus residuos, por lo cual busca relacionarse con organismos que den tratamientos que permitan lograr esta valorización, cumpliendo con las autorizaciones pertinentes cara realizar el manejo y disposición. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Registro de todas las actividades que generen residuos en el Complejo. - Registros de la generación de los distintos residuos. - Comprobantes de su retiro por empresas autorizadas. - Registro interno de los residuos que son dispuestos en la bodega de residuos no peligrosos. Forma de seguimiento control y Registros y autorizaciones disponibles en las dependencias del Proyecto para ser fiscalizado por la Autoridad. 7.16. Norma [Ley 20.920, Establece Marco Para La Gestión De Residuos, La Responsabilidad Extendida Del Productor Y Fomento Al Reciclaje] Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 12/2020 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de residuos sólidos, productos prioritarios. Forma de cumplimiento Según señala la normativa, la empresa deberá gestionar y financiar la recolección de los residuos de los productos priorizados comercializados. Por ello la empresa contará con todos los documentos asociados a su gestión, la cual se realizará a través del Sistema de Gestión de Residuos en Envases y Embalajes de la Asociación AB Chile a la cual la empresa pertenece. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Desarrollo de una lista de comprobación, con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registros de la generación de los distintos residuos. - Registros en RETC sobre Ley REP (adjuntos en el Anexo 10). - Respaldos de la gestión realizada de los residuos. - Contrato de convenio con el SIG de AB Chile. Forma de control y seguimiento Mantener registros de reportes en el Sistema Sectorial REP en la plataforma Ventanilla Única del RETC. 7.17. Norma [Decreto Supremo 12, MMA, Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas a envases y embalajes] Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados Ley N° 20.920 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de envases y embalajes. Forma de cumplimiento En relación con la fase de operación, la generación de envases y embalajes se producirá debido a la comercialización de los productos de PF S.A. en el mercado, cuya gestión se realizará en el marco de la Ley REP. En este sentido la empresa se encuentra adherida a la asociación gremial AB Chile, en la cual actualmente se está desarrollando un Sistema de Gestión de Residuos en Envases y Embalajes que permitirá a las empresas asociadas gestionar adecuadamente los residuos derivados de sus productos, evitando así posibles afectaciones a los seres humanos y al medio ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Desarrollo de una lista de comprobación, con la fmalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registros de la generación de los distintos residuos. - Registros en RETC sobre Ley REP. - Respaldos de la gestión realizada de los residuos. - Contrato de convenio con el SIG de AB Chile. Forma de control y seguimiento Mantener registros de reportes en el Sistema Sectorial REP en la plataforma Ventanilla Única del RETC. 7.18. Norma [Decreto Supremo N°148/2003, MINSAL, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos] Componente/materia: Residuos peligrosos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de Residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Construcción: En cuanto a los RESPEL que se generarán durante la fase de construcción del Proyecto, provendrán de las mantenciones de las maquinarias utilizadas. Sin embargo, dichas mantenciones se efectuarán fuera de la Planta, en un lugar que cuente con las autorizaciones correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, se efectuó una estimación de los residuos que pudiesen generarse en estas faenas, los que corresponderían principalmente a envases de diluyentes y pinturas, patios y huaipes contaminados, aceites y lubricantes usados, cuya generación se estima en 60 kg/mes en la primera parte, y en aproximadamente 30 kg/mes para la segunda parte de la fase de construcción. En tal sentido, se contará con una bodega RESPEL transitoria para almacenar los residuos que podrían generarse la cual estará a cargo de la empresa contratista y contará con todas las exigencias del Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud (MINSAL), lo que quedará estipulado en el respectivo contrato. Para el retiro de dichos RESPEL, se contactará a la empresa encargada, la cual contará con sus autorizaciones correspondientes con la finalidad de trasladar estos residuos a disposición final en un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Operación: En cuanto al manejo de RESPEL en la fase de operación, estos serán almacenados temporalmente en una bodega RESPEL, la cual cuenta con la Autorización de Almacenamiento de Residuos Peligrosos por parte de la SEREMI de Salud de la Región del Maule (ver Anexo 10), y cuenta con la capacidad para albergar los nuevos residuos. Estos residuos, serán etiquetados y almacenados en la bodega, considerando un tiempo máximo de almacenamiento de 6 meses. Indicador que acredita su - RCA favorable del Proyecto, para los requisitos ambientales del cumplimiento PAS 142. - Registro de la autorización de la bodega RESPEL. - Registro de las autorizaciones para el traslado y disposición de los RESPEL. - Registros de la mantención de la maquinaria y la autorización de los lugares donde se realice. - Registro del ingreso de los residuos a la bodega de residuos peligrosos. - Registros de Declaración de Residuos realizada en la ventanilla única. - Contrato empresa contratista Forma de control y Recibos presentes en obra, vinculados a la disposición final de los seguimiento residuos peligrosos, recordando que su retiro será realizado por un transportista y relleno autorizado por el SEREMI de Salud, además de las declaraciones en el sistema RETC. 7.19. Norma [Resolución Exenta N°499/2006, MINSAL, Aprueba Documento Electrónico de Declaración de Residuos Peligrosos] Componente/materia: Residuos eligrosos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, Unidades generadoras de Residuos peligrosos. emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Construcción: En cuanto a los RESPEL que se generarán durante la fase de construcción del Proyecto, provendrán de las mantenciones de las maquinarias utilizadas. Sin embargo, dichas mantenciones se efectuarán fuera de la Planta, en un lugar que cuente con las autorizaciones correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, se efectuó una estimación de los residuos que pudiesen generarse en estas faenas, los que corresponderían principalmente a envases de diluyentes y pinturas, paños y huaipes contaminados, aceites y lubricantes usados, cuya generación se estima en 60 kg/mes en la primera parte, y en aproximadamente 30 kg/mes para la segunda parte de la fase de construcción. En tal sentido, se contará con una bodega RESPEL transitoria para almacenar los residuos que podrían generarse la cual estará a cargo de la empresa contratista y contará con todas las exigencias del Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud (MINSAL), lo que quedará estipulado en el respectivo contrato. Para el retiro de dichos RESPEL, se contactará a la empresa encargada, la cual contará con sus autorizaciones correspondientes con la finalidad de trasladar estos residuos a disposición final en un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Operación: Los RESPEL generados en la fase de operación, corresponden principalmente a los desechos de mantención de los equipos en el Complejo. Estos residuos serán almacenados temporalmente en la bodega RESPEL, la cual cuenta con la Autorización de Almacenamiento de Residuos Peligrosos por parte de la SEREMI de Salud de la Región del Maule. Asimismo, la empresa que realizará el retiro y transporte de los RESPEL deberá dar cuenta de su autorización competente y verificable para dichos servicios. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las autorizaciones para el traslado y disposición de los RESPEL. - Registro del ingreso de los residuos a la bodega de residuos peligrosos. - Registros electrónicos de la Declaración de Residuos Peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos SIDREP en la ventanilla única. Forma de control y seguimiento Registro de los comprobantes de las declaraciones. 7.20. Norma [Decreto Supremo N°43/2016, MINSAL, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas] Componente/materia: Sustancias peligrosas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Lugares de almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Construcción: El Proyecto considera la utilización de algunos diluyentes y pinturas durante la fase de construcción. Al respecto, las SUSPEL serán almacenadas en una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, la cual cumple con las exigencias indicadas en la normativa correspondiente. En el caso de algún derrame de sustancias, se actuará de acuerdo con lo indicado en el Instructivo para el control de derrames y fugas menores de sustancias líquidas peligrosas y no peligrosas, adjuntado en el Anexo 10 de la DIA. En lo referente a la fase de operación del Proyecto, se prevé la utilización de sustancias relacionadas con las labores de limpieza y sanitización, como detergente y amonio cuaternario, además de aceites lubricantes para la operación de la PTR. Operación: En lo referente a la fase de operación del Proyecto, se prevé la utilización de sustancias relacionadas con las labores de limpieza y sanitización, como detergente y amonio cuaternario, además de aceites lubricantes para la operación de la PTR. Al respecto, las SUSPEL serán almacenadas en una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, la cual cumple con las exigencias indicadas en la normativa correspondiente. En el caso de algún derrame de sustancias, se actuará de acuerdo con lo indicado en el Instructivo para el control de derrames y fugas menores de sustancias líquidas peligrosas y no peligrosas, adjuntado en el Anexo 10 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Registro de las SUSPEL que se generarán durante el desarrollo del Proyecto. - Registro de las inspecciones a la bodega. - Autorización de la bodega SUSPEL. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y revisión del registro de las sustancias almacenadas. 7.21. Norma [Norma Chilena N°1333/1987, MOP, Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos] Componente/materia: Residuos líquidos. Otros cuerpos legales No aplica. asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de Residuos líquidos. Forma de cumplimiento En la fase de operación la PTR generará un efluente, el que será dispuestos en el suelo, mediante el riego de las especies existentes en el Fundo "El Macal", y los excedentes serán descargados en el Canal Sandoval, dando cumplimiento pleno al D. S . N°90/2001 MINSEGPRES, específicamente a la Tabla N°1. Adicionalmente, en caso de Contingencias, los residuos líquidos serán vertidos al alcantarillado, dando cumplimiento al D.S. N°609/1998 del MOP en todos sus parámetros. El efluente de la PTR cumplirá con todos los requisitos establecidos para su disposición como agua de riego. En efecto, de acuerdo con lo señalado en el informe de Disposición de Riles en el Suelo, adjunto en el Anexo 11, analizada la carga máxima admisible según las limitaciones de Nitrógeno y de la aplicación máxima del sistema de aspersión, se puede concluir que, entre los meses de abril a octubre no se podrá disponer totalmente el RIL tratado en la superficie, por lo que se podrá utilizar un porcentaje que varía entre 53% y 98% del R.11. Con ello, de noviembre a marzo de cada año, se podrá regar con la totalidad del efluente sin inconvenientes. El Programa de monitoreo y control de parámetros, contempla el monitoreo del efluente, en base a lo establecido en el D.S. 90/2001, es decir, un monitoreo mensual, que contará con el registro de todas las mediciones realizadas tomadas por personal capacitado y analizadas por un laboratorio autorizado. Adicionalmente, para el caso del riego se establecerá un doble sistema de control, para asegurar que no existan alteraciones debido a los elementos que contienen los RILes. En efecto, la primera línea de control corresponderá a Tensiómetros, los que permitirán mantener un registro en tiempo real de la humedad del suelo para hacer un seguimiento constante de este parámetro y determinar los tiempos en que el suelo esté saturado de agua, evitando posibles eventos de escurrimiento superficial y/o percolación a aguas subterráneas. Como segunda línea de control se realizarán mediciones anuales a los 2 pozos existentes, propiedad de Productos Fernández S.A. (Campo Deportivo y Complejo PF3), permitiendo mantener un registro de los parámetros críticos del agua de los pozos que pudieran ser alterados por contaminación debido a percolación de las Aguas Residuales a las napas freáticas que alimentan los pozos. Indicador que acredita su cumplimiento - Bitácora del operador de la PTR. - Registro de los monitoreos al efluente de la PTR. - Registro de los monitoreos realizados a los pozos de PF S.A. Forma de seguimiento control y Registros a la vista. 7.22. Norma [Decreto Supremo N°90/2001, MINSEGPRES, Norma de Emisión para la Regularización de Contaminantes Asociados a la Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales] Componente/materia: Residuos líquidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de Residuos líquidos. Forma de cumplimiento En la fase de operación del Proyecto, los residuos líquidos corresponderán al efluente de la PTR, el que cumplirá con los parámetros establecidos en la Tabla N°1 del presente Decreto. En ese sentido el Proyecto tiene como principal foco la reutilización de las aguas tratadas mediante su disposición al suelo a través de riego. Con ello, los excedentes serán vertidos al Canal Sandoval dando cumplimiento al presente Decreto. El Proyecto contempla la realización de monitoreos mensuales al efluente para comprobar el cumplimiento a esta normativa. Adicionalmente para comprobar que no se generarán impactos negativos significativos en el cuerpo receptor, se contempla la realización de un monitoreo de fauna íctica y limnología de carácter anual, por los siguientes 3 años de implementado el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Registro de las bitácoras de trabajo, donde se registrará la operación de la planta. - Monitoreos realizados al efluente - Monitoreo de Fauna Íctica y Limnología realizado en el Canal. Forma de control y seguimiento Copia del programa de monitoreo y Resolución que autorice el Sistema de Tratamiento. 7.23. Norma [Decreto Supremo N°609/1998, MOP, Norma de Emisión para la Regularización de Contaminantes Asociadas a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistema de Alcantarillado] Componente/materia: Residuos líquidos. Otros cuerpos legales No aplica. asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de Residuos líquidos. Forma de cumplimiento En la fase de operación la Planta de Tratamiento de Riles generará un efluente, el que será dispuestos en el suelo, mediante el riego de especies en el Fundo "El Macal", y los excedentes serán descargados en el Canal Sandoval, dando cumplimiento pleno al D.S. N°90/2001, específicamente a la Tabla N°1. Adicionalmente, en caso de Contingencias, los residuos líquidos serán vertidos al alcantarillado, dando cumplimiento al D.S. N°609/1998, en todos sus parámetros, lo que podrá verificarse con el respectivo contrato o convenio con la empresa sanitaria que permitirá la disposición el efluente. Ante cualquier evento que impida la descarga en riego o al Canal Sandoval, no se descargarán RILes en planta de tratamiento de aguas servidas de terceros y/o a las redes de alcantarillado público, sobre los límites establecidos tanto en la normativa, como en los respectivos convenios de descarga y/o de servicio vigentes. Y, en caso de alcanzar dichos límites, se procederá con la detención de procesos que generen RILes al interior del Complejo PF3, para evitar sobrepasarlos, y se dará aviso a la autoridad competente. Indicador que acredita su cumplimiento - Facturas de la empresa sanitaria. - Bitácora del operador de la PTR. - Monitoreos del Efluente. Forma de control y seguimiento Copia de contrato con la empresa sanitaria. 7.24 Norma [Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, M1NSAL, Código Sanitario] Componente/materia: Residuos líquidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la . ue a . lica Unidades generadoras de Residuos líquidos. Forma de cumplimiento Construcción: En ambas fases del Proyecto, se generarán aguas servidas, producto del uso de servicios higiénicos. En ese sentido, para la fase de construcción se utilizarán baños portátiles, los cuales serán adquiridos y manejados por empresas que cuenten con las autorizaciones correspondientes, para garantizar en todo momento el cumplimiento a la normativa correspondiente. Operación: Para la fase de operación del Proyecto, se utilizará la red existente en el Complejo, que destina sus aguas servidas a la empresa sanitaria del sector y a la PTR. En efecto, las aguas servidas generadas en Planta 3, Planta 4 y Casino son tratadas en la PTR junto con los efluentes de procesos. Por otra parte, las aguas servidas generadas en el CDT, Planta Pizzas y la futura Planta de Vienesas contemplan su conexión con la sanitaria local, quien tratará debidamente dichos residuos líquidos. En cuanto a residuos industriales líquidos que se generarán en la fase de operación, corresponden al efluente de la PTR. Dichos residuos serán dispuestos en el suelo, mediante el riego de especies en el Fundo "El Macal", y los excedentes serán descargados en el Canal Sandoval, dando cumplimiento pleno al D.S. N°90/2001 MINSEGPRES, específicamente a la Tabla N°1. Adicionalmente, en caso de Contingencias, los residuos líquidos serán vertidos al alcantarillado, dando cumplimiento al D.S. N°609/1998 del MOP en todos sus parámetros. Indicador que acredita su Construcción: cumplimiento - Contrato y autorizaciones de la empresa proveedora de los baños químicos. - Bitácora del operador de la PTR. - Registro de la adquisición y mantenciones de los baños portátiles. Operación: - Facturas de la empresa sanitaria - Contrato con empresa sanitaria. - Bitácora del operador de la PTR Forma de control y Contrato de la empresa proveedora de baños químicos y contrato con seguimiento empresa sanitaria. 7.25. Norma [Decreto Supremo N°594/1999, MINSAL, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo] Componente/materia: Residuos líquidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de Residuos líquidos. Forma de cumplimiento Construcción: Se contempla la generación de aguas servidas, debido al uso de los servicios higiénicos. En la fase de construcción se utilizarán baños portátiles, los cuales serán adquiridos y manejados por empresas que cuenten con las autorizaciones correspondientes. Operación: Para la fase de operación, las aguas servidas serán conducidas por las redes existentes en el Complejo para su tratamiento posterior. En efecto, las aguas servidas generadas en Planta 3, Planta 4 y Casino son tratadas en la PTR junto con los efluentes de procesos. Por otra parte, las aguas servidas generadas en el CDT, Planta Pizzas y la futura Planta de Vienesas contemplan su conexión con la sanitaria local, quien tratará debidamente dichos residuos líquidos. Indicador que acredita su Construcción: cumplimiento - Obtención de la RCA favorable. - Bitácora del operador de la PTR. - Registro de la adquisición de los baños portátiles, de las higienizaciones, permisos asociados y disposición de las aguas servidas. Operación: - RCA favorable del Proyecto. - Factura o boleta de sanitaria local. - Bitácora del operador de la PTR. - Registro de mantenciones periódicas de la PTR. Forma de control y seguimiento Registros a la vista. 7.26. Norma [Ley 20.879 de 2015, MTT, Sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos] Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Construcción: Tanto en la fase de construcción como en la fase de operación, los residuos asimilables a domiciliarios serán manejados en contenedores, para su posterior disposición final en un lugar debidamente autorizado. En cuanto a los residuos generados de la construcción, correspondientes a residuos del desembalaje dé equipos, restos de madera, cartón y papel, entre otros. Todos estos residuos generados serán recolectados, almacenados y enviados a disposición final a un lugar autorizado. Para el retiro de RESPEL, la empresa encargada contará con sus autorizaciones correspondientes con la finalidad de trasladar estos residuos a disposición final en un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Operación: Tanto en la fase de construcción como en la fase de operación, los residuos asimilables a domiciliarios serán manejados en contenedores, para su posterior disposición final en un lugar debidamente autorizado. En relación con la fase de operación, los residuos corresponderán al tipo domiciliario, referente a los generados por los colaboradores. Estos residuos mencionados al igual que los residuos peligrosos generados serán gestionados de forma correcta para evitar posible afectación a los seres humanos y al medio ambiente, siendo enviados a disposición final en un lugar que cuente con sus debidas autorizaciones sanitarias correspondientes. Indicador que acredita su - RCA favorable del Proyecto. cumplimiento - Desarrollo de una lista de comprobación, con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma. - Registros de la generación de los distintos residuos. - Comprobantes del retiro de los residuos. - Autorización sanitaria del lugar de disposición final de los residuos. - Registro interno de la recepción de los residuos Forma de control y seguimiento Registro de los comprobantes de las declaraciones. 7.27. Norma [Decreto con Fuerza de Ley N°1.122/1981, MOP, Fija texto del Código de Aguas] Componente/materia: Componente agua. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Descarga al Canal Sandoval o Williams. Forma de cumplimiento Para el desarrollo del Proyecto se requerirá construir un ducto para la descarga del efluente en el Canal Sandoval, para lo cual, se efectuará el PAS N°156 referido al permiso para efectuar modificaciones de cauce, ya que el requisito para su otorgamiento consiste en demostrar que no se afectará la vida y salud de los habitantes mediante la no contaminación de las aguas. Por lo anterior, para no interferir el cauce, se tomarán todas las medidas necesarias para no afectar este cuerpo de agua. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Autorización para el otorgamiento del PAS N°156. Forma de control y seguimiento No aplica. 7.28. Norma [Decreto Supremo N°594/1999, MINSAL, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo] Componente/materia: Residuos líquidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro Servicios Higiénicos. Forma de cumplimiento Construcción: Durante la fase de construcción de la instalación de faena, contará con baños químicos para los colaboradores, y para el caso de las duchas se generará una conexión con las redes de agua potable del Complejo Operación: En cuanto a la fase de operación, el Complejo cuenta con baños, los cuales están conectados al sistema de alcantarillado existente. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Registro de las boletas o facturas de la compra de bidones de agua potable. - Registro de la autorización y manejo de los baños químicos. - Registro de boletas o facturas con la empresa sanitaria local Forma de control y seguimiento Registros a la vista. 7.29. Norma [Decreto Supremo N°430/1989, MINECOM, Fija el Texto Refundido, Coordinado y sistematizado de la Ley N°18 892/1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura] Componente/materia: Calidad de aguas. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Unidades generadoras de Residuos líquidos Forma de cumplimiento Construcción: En la fase de construcción, los residuos líquidos que se van a generar corresponderán a aquellos provenientes del uso de baños químicos, los que serán provistos y mantenidos por una empresa contratista autorizada. Operación: En cuanto a la fase de operación, como se mencionó anteriormente los residuos líquidos corresponderán al efluente de la PTR que actualmente tiene el Complejo y que será ampliada con la incorporación del Proyecto. Dichas aguas serán dispuestas en el suelo, mediante el riego de especies en el Fundo "El Macal", y los excedentes serán descargados en el Canal Sandoval, dando cumplimiento pleno al D.S. N°90/2001 MINSEGPRES, específicamente a la Tabla N°1. Adicionalmente, en caso de Contingencias, los residuos líquidos serán vertidos al alcantarillado, dando cumplimiento al D.S. N°609/1998 del MOP en todos sus parámetros. Respecto a las aguas servidas, que se generarán serán dirigidas al sistema de alcantarillado del Complejo, para su posterior tratamiento. En efecto, las aguas servidas generadas en Planta 3, Planta 4 y Casino son tratadas en la PTR junto con los efluentes de procesos. Por otra parte, las aguas servidas generadas en el CDT, Planta Pizzas y la futura Planta de Vienesas contemplan su conexión con la sanitaria local, quien tratará debidamente dichos residuos líquidos. Indicador que acredita su Construcción: cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Registro de contrato y autorizaciones de la empresa proveedora de los baños químicos. - Registro de las bitácoras de trabajo, donde se detalla la operación de la planta. - Registro mantenciones de los baños portátiles. Operación: - RCA favorable del Proyecto. - Registro de las bitácoras de trabajo, donde se detalla la operación de la planta. - Contrato con empresa sanitaria local Forma de control y seguimiento Registros a la vista. 7.30. Norma [Ley N°17.288/1970, MINEDUC, Sobre Monumentos Nacionales y su Reglamento el Decreto Supremo N°484, Reglamento Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas] Componente/materia: Patrimonio cultural Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará o , C nstrucción. cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Excavaciones. Forma de cumplimiento Los colaboradores que desempeñen funciones durante el desarrollo de las obras, se les instruirá sobre la forma de actuar frente a un hallazgo de restos arqueológicos. Además, en caso de que se produjera algún hallazgo, se paralizarán inmediatamente las obras y se procederá de acuerdo con lo establecido en los Artículos 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y al D.S. N°484 que establece el correspondiente Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. El jefe de faena o supervisor avisará a: Carabineros, Consejo de Monumentos Nacionales, a la Superintendencia del Medio Ambiente y al encargado Municipal. Cabe mencionar que, frente a un potencial hallazgo arqueológico durante el desarrollo de las obras se seguirán los siguientes lineamientos: a) Se realizarán charlas de inducción arqueológica dirigidas a la totalidad de trabajadoras/es del proyecto, quienes deberán recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra. Estas se implementarán por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología y abordara el componente arqueológico que se podría encontrar en el área del proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. b) Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del(los/as) trabajador(es/as), el(los) informe(s) de charla de inducción, elaborado por el/la arqueólogo/a, el cual contendrá: - Nombre y firma del/de la arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. - Contenidos de la inducción realizada y copia del material gráfico presentado a las/os asistentes. - Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. - Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por los/as asistentes. - Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firmade cada asistente. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de charlas a los colaboradores, en el cual se completará con la información o temas abordados en las charlas. Dentro de los temas se destaca la forma de actuar frente a un hallazgo arqueológico. Forma de control y seguimiento Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMI\T. 7.31. Norma [Decreto Supremo N°878/2011, MINECOM, Establece Veda Extractiva para Especies ícticas Nativas en Todo el Territorio Nacional] Componente/materia: Fauna íctica. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Monitoreo Fauna Íctica. Forma de cumplimiento Para asegurar que el efluente cumpla con los parámetros establecidos en la Tabla N°1 del Decreto Supremo N°90, se estableció evaluar y realizar un seguimiento al efluente, a través de un Programa de Monitoreo de duración 24 horas, los cuales se desarrollarán con una frecuencia mensual. Además, se realizarán un monitoreo anual durante 3 años, a partir del año de obtención de la RCA, para establecer si existen afectación por parte de la descarga de la PTR. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA favorable del Proyecto. - Bitácora del operador de la PTR. - Desarrollo del Estudio de Fauna Íctica y Limnología. - Registro de los resultados obtenidos por los monitoreos. Forma de control y seguimiento Registros de los resultados de los monitoreos. 8. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse la siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 8.1. Condición o exigencia relativa al Plan de Gestión de Olores Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Condición Implementar el Plan de Gestión del Olores presentado por el Proponente en el Anexo 6 de la Adenda. 8.2. Condición o exigencia relativa al Muestreo de fauna íctica Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la gue aplica Operación. Condición La duración de las actividades de muestreo consideradas en la aplicación del Permiso Ambiental Sectorial 119, deben ser ejecutados con una frecuencia semestral y por un periodo de 5 años, contados desde la obtención de su respectiva Resolución de Calificación Ambiental favorable para presente proyecto, con el fin de desarrollar una cobertura monitoreo de la componente ambiental hidrobiológica, tanto en la primera, como en la segunda parte sus fases de construcción y de operación. Asimismo, se debe dar aviso anticipado al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la región del Maule, sobre la fecha de inicio de la parte constructiva, operativa y de cierre del presente proyecto y se debe incorporar al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la región del Maule, como parte de los organismos del Estado que deban ser informados y solicitar su participación, conforme a los procesos de acción descritos en el Plan de Emergencia, ante la eventualidad de ocurrencia de contingencias y/o emergencias que involucren alguna afectación del canal donde se realizara la descarga de Riles. 8.3. Condición o exigencia relativa a regularización de instalaciones Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Condición Regularizar las instalaciones relativas a los permisos ambientales sectoriales, una vez estas se encuentren construidas, para dar conformidad así a la normativa sanitaria aplicable. 8.4. Condición o exigencia relativa a aprobación sectorial de obra de descarga a canal Sandoval Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Condición Las obras objeto del PAS 156 ser aprobadas sectorialmente en función del artículo 41 y 171 del Código de Aguas, toda vez que la misma se relaciona a un permiso ambiental sectorial mixto. 9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto se ha obligado voluntariamente a los siguientes compromisos ambientales: 9.1. Compromiso ambiental voluntario [Medidas de control asociadas a la disposición del efluente en el suelo mediante riego] Impacto asociado Afectación calidad del agua de napas freáticas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y Objetivo: Establecer medidas de control asociadas a la disposición del justificación efluente en el suelo mediante riego. Descripción: El Proyecto busca reutilizar el efluente en el riego de las especies existentes en el Fundo "El Macal" de propiedad de la Empresa. Dicha disposición se realizará de acuerdo con lo establecido en el informe "Disposición de RILes en el Suelo" (Anexo 11 de la DIA), donde se analizó la factibilidad de aplicar el efluente tratado en el suelo durante todo el año. Dicho informe concluye que entre los meses de abril a octubre no se podrá disponer la totalidad del RIL en la superficie, debido a las cargas hidráulicas basadas en las limitaciones de nitrógeno que soporta el suelo. Por ello, entre los meses de enero a marzo, noviembre y diciembre, se podrá disponer la totalidad del RIL en el suelo, según se indicó previamente en la Tabla 18 de la DIA. El sistema de disposición del efluente considera un doble control del sistema de aguas tratadas, como primera línea de control la instalación de tensiómetros en la zona de disposición de aguas y como segunda medida de control, el Proyecto considera realizar mediciones a los dos pozos existentes en el sector, propiedad de Productos Fernández S.A., lo que permitirá mantener un registro de los parámetros críticos del agua de los pozos que pudieran ser alterados por contaminación debido a percolación de las aguas residuales a las napas freáticas que alimentan los pozos. Justificación Mediante el establecimiento de medidas de control asociadas a la disposición del efluente en el suelo mediante riego, se logra mantener un registro de los parámetros críticos del agua de los pozos que pudieran ser alterados por contaminación debido a percolación de las aguas residuales a las napas freáticas que alimentan los pozos Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los dos pozos existentes y de propiedad de Productos Fernández S.A. Forma: El sistema de disposición del efluente, considera un doble control del sistema de aguas tratadas, utilizando como primera línea de control la instalación de tensiómetros en la zona de disposición de aguas (con sistema de transmisión de datos inalámbrica), lo que permitirá mantener un registro en tiempo real de la humedad del suelo, haciendo seguimiento de este parámetro y determinar los tiempos en que el suelo se encuentre saturado de agua, evitando posibles escurrimientos superficiales y/o percolación a aguas subterráneas. Adicionalmente, como segunda medida de control, el Proyecto considera realizar mediciones anuales a los dos pozos existentes en el sector, propiedad de Productos Fernández S.A. (Campo Deportivo y Complejo PF3), estas mediciones permitirán mantener un registro de los parámetros críticos del agua de los pozos que pudieran ser alterados por contaminación debido a percolación de las aguas residuales a las napas freáticas que alimentan los pozos. Además, en el Informe Análisis de vulnerabilidad de acuíferos (Anexo 04 de la DIA), se propone como medida de control para prevenir la contaminación de las aguas subterráneas mediante el riego, establecer un seguimiento del nivel de agua del pozo de forma que el nivel estático de agua no supere los 3,3 metros (es decir, que el agua ya no se encuentre a 10,3 metros de profundidad, sino que a 7). Oportunidad: La verificación de los tensiómetros se realizará de forma periódica ya que el sistema de transmisión de datos es inalámbrico. Por otra parte, la medición a los dos pozos existentes en el sector se realizará de manera anual. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de los datos enviados por el tensiómetro y los resultados de los monitoreos efectuados en los pozos. Forma de control y seguimiento La verificación del presente compromiso se realizará de forma anual revisando los registros de los indicadores de cumplimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.1 del ICE. 9.2. Compromiso ambiental voluntario [Monitoreo de Fauna Íctica y Limnología] Impacto asociado Afectación a la calidad de agua del Canal Sandoval. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener las características del Canal Sandoval. Descripción: En consideración a que el Proyecto realizará la descarga de los excedentes de su efluente en el Canal Sandoval, cuando no sea posible el riego de las especies existentes en el Fundo "El Macal", el cual se realizaría entre los meses de abril a octubre, el Proyecto contempla realizar un monitoreo anual durante los primeros 3 años de implementado el Proyecto, para comprobar que no exista afectación por parte de la descarga del efluente del Complejo PF3 en los componentes ambientales asociados. Justificación: El monitoreo que se realizará al efluente, permitirá alcanzar el objetivo planteado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Pluma de Descarga al Canal Sandoval Forma: Medición de Oxígeno Disuelto del efluente. Oportunidad: Monitoreo anual durante los primeros 3 años de implementado el Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de Cumplimiento corresponderá al informe de monitoreo, que incorporará todos los hallazgos encontrados en la visita al Canal Sandoval. Forma de control y seguimiento Registro de monitoreos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.2 del ICE. 9.3. Compromiso ambiental voluntario [Plan de Gestión de Olores] Impacto asociado Afectación a la calidad del aire, debido a emisiones odoríficas. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Detallar las medidas preventivas de generación de olores y seguimiento. Descripción: En relación con la temática de olores, a la fecha en nuestro país no existe normativa de emisión y/o calidad de olores. Es por lo cual, para el caso en evaluación, Productos Fernández S.A. estableció como normativa referencia! la "Guidance on the Assessment of Odour for Planning" (adjunta en el Anexo ADC-02 de la Adenda complementaria), la cual se encuentra indicada en la base de datos del Ministerio del Medio Ambiente (https ://o lores.mma. gob. cl/estudios-y-publicacionesffiestudio s- internacionales) como antecedentes de normativa internacional, definiéndose como límite de inmisión "5 [ouE/mI" el cual considera el percentil 98 en promedio horario. Por consiguiente, la Empresa se compromete a cumplir dicha normativa, y en caso de que entre en vigencia alguna norma de calidad en Chile, el Proyecto se adecuará a dichos estándares. Justificación: Mediante el registro de las mantenciones realizadas a las unidades generadoras de olor y las respectivas mediciones a través de Panel de Olor permitirá alcanzar el objetivo planteado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Unidades generadoras de olor del Complejo PF3. Forma: Productos Fernández S.A. estableció como normativa referencial la "Guidance on the Assessment of Odour for Planning" (adjunta en el Anexo ADC-02 de la Adenda complementaria), la cual se encuentra indicada en la base de datos del Ministerio del Medio Ambiente (https://olores.mma.gob.cl/estudios-y-publicacionesffiestudios- internacionales) como antecedentes de normativa internacional, defmiéndose como límite de inmisión "5 [ouE/m1" el cual considera el percentil 98 en promedio horario. Oportunidad: Se realizarán mantenciones periódicas a todas las unidades generadoras de olor del complejo, de acuerdo con el calendario programado. Además, ante requerimiento de la autoridad se realizará Mediciones a través de Panel de Olor y/o Modelación de Impacto Odorante. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de mantenciones a los distintos equipos utilizados en el Complejo que generen olores, informes obtenidos de los Paneles de Olor realizados. Forma de control y seguimiento Registros a la vista. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.3 del ICE. 9.4. Compromiso ambiental voluntario [Sistema permanente de registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias] Impacto asociado Afectación a la comunidad aledaña por ruido, olores, emisiones de material particulado, disposición de residuos entre otros, Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un sistema permanente de registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias. Descripción: Se implementará un sistema permanente de registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias y plan de trabajo con la comunidad aledaña, a cargo del área de Relacionamiento comunitario y Sustentabilidad, de manera de canalizar las molestias en materia de ruido, olores, emisiones de material particulado, disposición de residuos, entre otros, para las fases del Proyecto. Justificación: Mediante el registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias y plan de trabajo con la comunidad aledaña, se permitirá canalizar las molestias de la comunidad aledaña y tomar las medidas necesarias correspondientes al caso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Complejo Industrial PF3. Forma: Registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias. Oportunidad: Registro permanente de reclamos, denuncias y/o sugerencias para las distintas fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Planilla con registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias. Forma de control y seguimiento Registro de reclamos actualizado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.4 del ICE. 9.5. Compromiso ambiental voluntario [Solicitud de documentos a empresa distribuidora de áridos] Impacto asociado Extracción de áridos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y Objetivo: Acreditar que los áridos utilizados para la fabricación de hormigón justificación proviene de una faena autorizada. Descripción: solicitará a través de la empresa constructora que la empresa distribuidora de hormigón, previa contratación, entregue documentación que acredite que los áridos utilizados para la fabricación de hormigón provienen de una faena autorizada. Justificación: Mediante la solicitud de la documentación relacionada al origen de los áridos se permitirá alcanzar el objetivo planteado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Faenas constructivas que requieren hormigón. Forma: Documentación relacionada al origen de los áridos utilizados por la empresa constructora. Oportunidad: Registro documental que acredite que los áridos utilizados para la fabricación del hormigón utilizado en construcción, provienen de una faena autorizada. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega de documentación por parte de la empresa constructora, que acredite que los áridos utilizados para la fabricación de hormigón provienen de una faena autorizada. Forma de control y seguimiento Documentación a la vista. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.5 del ICE. 9.6. Compromiso ambiental voluntario [Registro documental de residuos generados] Impacto asociado Aumento en la generación de residuos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Acreditar la correcta gestión de los residuos generados. Descripción: Al respecto se contará con un registro documental que identifique claramente al generador, al transportista y al destinatario, respecto de cada uno de los diferentes tipos de residuos generados. Justificación: Mediante la solicitud el registro de la documentación relacionada a la gestión de los residuos generados se permitirá alcanzar el objetivo planteado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Unidades generadoras de residuos del Complejo PF3. Forma: Registro documental Oportunidad: Registro documental que acredite la correcta gestión de los residuos generados. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de residuos generados. Forma de control y seguimiento Registros a la vista. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.6 del ICE. 9.7. Compromiso ambiental voluntario [Registro periódico de las condiciones operacionales y buenas prácticas de las fuentes emisoras de olores del Complejo] Impacto asociado Generación de olores. Fase del Proyecto a la aplica Operación. Objetivo, Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Acreditar un seguimiento objetivo de la operatividad de las fuentes. Descripción: se mantendrá un registro periódico de las condiciones operacionales de las fuentes emisoras de olores del Complejo, tales como los horarios de funcionamiento, las mantenciones y/o reparaciones efectuadas, así como la implementación de buenas prácticas. Justificación: lo anterior, permitirá controlar las condiciones operacionales de las Plantas y evitar posibles contingencias. Se realizarán mantenciones periódicas a todas las unidades generadoras de olor del complejo, de acuerdo con el calendario programado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: unidades generadoras de olores del Complejo PF3. Forma: registro documental periódico Oportunidad: registro documental que acredite un correcto seguimiento de la operatividad de las fuentes. Indicador que acredite su cumplimiento Registro periódico de las condiciones operacionales y buenas prácticas de las fuentes emisoras de olores del Complejo Forma de control y seguimiento Registros a la vista. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.7 del ICE. 9.8. Compromiso ambiental voluntario [Medidas viales] Impacto asociado Alteración en los tiempos de desplazamiento de la comunidad aledaña al Complejo. Fase del Proyecto a la aplica Operación. Objetivo, Objetivo, descripción y Objetivo: Aportar en la mejora de las condiciones actuales de la vialidad en justificación los sectores cercanos al Proyecto. Descripción: 1. Elaborar un proyecto de ingeniería de detalle para el rediseño de la intersección de Av. 21 Norte / 21 Oriente el cual contempla la eliminación del viraje izquierda 0-S y la generación de una pista de viraje izquierda para el movimiento S-P. Se estudiará semaforización, señalética, demarcación, dispositivos de rodados, entre otros. En caso de ser factible se procederá a la materialización de dicho proyecto de ingeniería. 2. Elaborar un proyecto de ingeniería de detalle para el rediseño de la curva de calle 21 Oriente movimiento S-0 en la esquina norte de 21 Oriente antes del Canal Sandoval. En caso de ser factible se procederá a la materialización de dicho proyecto de ingeniería. 3. Implementación de un Programa Vial Participativo, el que considera ejecutar campañas de seguridad vial, educación de seguridad de tránsito y la realización de jornadas participativas, donde se lleve a cabo un trabajo colaborativo con la comunidad en la búsqueda de soluciones para las principales problemáticas viales, evaluando aspectos como semaforización, demarcación, señalética, entre otros. Justificación: Los proyectos de ingeniería para la intersección de Av. 21 Norte / 21 Oriente y curva de calle 21 Oriente, junto con la implementación de un programa vial participativo, permitirán alcanzar el objetivo planteado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Calles e intersecciones cercanas al Proyecto. Forma: Informes de factibilidad y la implementación de un Programa Vial Participativo. Oportunidad: Mejora de las condiciones actuales de la vialidad en los sectores cercanos al Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informes de factibilidad, registro de jornadas participativas y registro de capacitaciones en educación de seguridad de tránsito. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.8 del ICE. 10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias Emergencias, son las siguientes: 10.1. Riesgo [Incendio en Planta o vegetación cercana] Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el objetivo de disminuir cualquier evento relacionado con el fuego, el Complejo cuenta con un sistema de detección automático, brigada de emergencia, extintores y una red húmeda para el combate de incendios. Todos los elementos utilizados para combatir incendios serán revisados de forma periódica y en el caso de los extintores, estos contarán con sus certificados pertinentes. Adicionalmente, los colaboradores serán instruidos en las responsabilidades, procedimientos y forma de actuar. Forma de control y seguimiento - Se cuenta con programa de simulacro contra incendios, el que se encuentra en conocimiento de todos los colaboradores del Complejo. - Registro de las inducciones que se efectúan a los colaboradores sobre el programa de simulacros y acciones para enfrentar dicha contingencia. - Se inspeccionará el estado de los extintores y vigencia de estos, de forma mensual. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Por sistema de detección automática: - Primero se emitirá una señal de alarma en la central de incendios ubicada en portería principal, y se activarán las alarmas sonoras y visibles al interior de las Plantas, generando la evacuación inmediata de los colaboradores. A través de información radial el Guardia de Portería se comunica con el "Guardia interno" en turno que se dirigirá a verificar la presencia de fuego donde se esté emitiendo la señal. - Si se confirma la existencia de fuego, el guardia interno presionará por más de 30 segundos el botón "Drill" ubicado en el panel central o repetidor para cada caso. - Se deberá dar alarma al Jefe de Emergencia y a miembros de brigada de emergencia que se encuentren en la Planta, con la finalidad de generar una primera actuación de control del siniestro, en espera de Bomberos. Para resguardar la vida de los trabajadores, se privilegiará el combate al fuego por parte de Bomberos. - De ser una falsa alarma, el guardia interno deberá comunicar la situación y se dejará constancia de esto en el libro de novedades e indicar a los supervisores de cada área para que el personal evacuado retome sus funciones, previa instrucción de los encargados de inocuidad respecto a normas de higiene que deben observar al reingreso a las Plantas, dejando registro de la evacuación. - A continuación, el guardia de portería deberá comunicar al Encargado de Enlace externo, quien deberá llamar a bomberos y comunicar el evento, identificando el nombre y ubicación de la empresa. Luego del comunicado a Bomberos, deberá comunicar la situación al Jefe de Emergencia. - El Jefe de Emergencia se dirigirá al área, evaluará la situación y determinará acciones de evacuación, ayuda externa, corte total de suministros, etc. - Los encargados de mantención Mecánica y Eléctrica actuarán de acuerdo con instrucciones del Jefe de Emergencia. - El Encargado de Enlace Externo solicitará ayuda externa y preparará ingreso de Bomberos o de otro servicio solicitado, de acuerdo con indicaciones del Jefe de Emergencia. - Los Líderes de Evacuación proceden a desalojar al personal hacia las zonas de seguridad determinadas para cada área a través de las vías y rutas previamente establecidas. - Una vez controlado el siniestro, las acciones tendientes al manejo de los residuos generados por el incendio, y de las materias primas y/o productos afectados por el mismo, serán determinadas por el encargado de Mitigación Ambiental y el Encargado de Acciones de Inocuidad, respectivamente. Por sistema de detección humana: - Si algún colaborador se ve enfrentado a un principio de incendio, deberá llamar a portería principal, quien deberá comunicar al encargado de enlace externo, quien deberá llamar a Bomberos e informar la situación al Jefe de Emergencia. - Si se confirma la existencia de fuego, el guardia interno presionará por más de 30 segundos el botón "Drill" ubicado en el panel central o repetidor para cada caso. - El Jefe de Emergencia solicitará a encargados de Mantención y electricidad la desconexión de la alimentación eléctrica, gas y frío a todas las dependencias de las áreas afectadas. - Quien se encuentre en las cercanías inmediatas al lugar de inicio del incendio, deberá extinguir el fuego con los extintores portátiles que se encuentran en todas las dependencias de la empresa. Se debe tener presente que este criterio será aplicado sólo en los primeros instantes y no se podrá permanecer por más de 2 minutos en el lugar, si el fuego escapa de su control deberá evacuar el área. Para resguardar la vida de los trabajadores, se privilegiará el combate al fuego por parte de Bomberos. - Con la llegada de Bomberos, el Jefe de Emergencia de la Planta y miembros de la Brigada de Emergencia, deberán ponerse a disposición del comandante de cuerpo de Bomberos a cargo y colaborar con las acciones necesarias. - Una vez controlado el incendio los encargados de Mitigación Ambiental y Acciones de Inocuidad, deberán determinar el procedimiento a realizar con los residuos generados, materias primas y o productos afectados producto del incendio. - Durante todo el periodo de emergencia, las porterías no permitirán ningún tipo de ingreso a la planta a excepción de los vehículos de emergencia. - Ante una emergencia por incendio de vegetación, se realizarán llamadas a los servicios de emergencias, priorizando el resguardo de las vidas humanas, privilegiando que el combate sea efectuado por personal especializado de CONAF, Bomberos, entre otros. Oportunidad y vías de comunicación a la Ante la ocurrencia de un incendio se considerará el aviso SMA de la activación del Plan de a entidades externas al Proyecto, lo cuales son los Emergencia siguientes: - CONAF (130) - Fono 71-2226800 - Cuartel de bomberos de Talca (132) - Fono ira CIA: 2231599 - Fono 4ra CIA: 2232222 - 2216637 - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. 10.2. Situación de riesgo o contingencia [Fuga de amoniaco (NH3)] Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Procesos Productivos al interior del Complejo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Complejo cuenta con una red de detección automática de fugas de amoniaco, en todas aquellas áreas donde puedan existir posibles fugas. Así mismo aquellos colaboradores que trabajan en el área de Sala de Máquinas (SADEMA), contarán con equipamiento de seguridad, es decir, equipo de respiración autónomo, máscara rostro completo con filtro NH3, guantes puño largo nitrilo, maletín de herramientas y traje de emergencia. Forma de control y seguimiento - Se cuenta con programa de simulacro, el que es de conocimiento de todos los colaboradores. - Se inspeccionará el estado de la red de detección de forma periódica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Por detección automática: - Las plantas cuentan con una red de detección automática de fugas de amoniaco en todas las áreas en donde exista riesgo de fuga. Por lo tanto, en caso de que se active un sensor de NH3, el sistema alertará al personal de SADEMA y Taller de mantención, por lo que los encargados de FRÍO deberán acudir al sector indicado en la pantalla del sistema y verificar la magnitud de la fuga, para lo cual portarán en todo momento su equipamiento de seguridad correspondiente. En este caso, si fuese necesario el operador solicitará vía radial el corte del flujo de amoníaco en la matriz. - A continuación, se efectuarán las maniobras de control y contención de la fuga. - Una vez controlado el siniestro, las acciones tendientes al manejo de los residuos generados por la fuga, y de las materias primas y/o productos afectados por la misma, serán determinadas por los encargados de Mitigación Ambiental y Acciones de Inocuidad, respectivamente. Por detección humana: - En caso de detectar olor de amoniaco, se deberá comunicar de forma inmediata al encargado de SADEMA de turno, quien deberá cerrar la válvula matriz de líquido en la Planta y comunicar al Jefe de Emergencia quien evaluará la magnitud de la emergencia. Adicionalmente se deberá informar al encargado de Mitigación Ambiental. - Una vez recibido el aviso el personal de SADEMA se dirigirá de forma inmediata a la zona de fuga portando en todo momento su equipamiento de seguridad correspondiente. - De forma paralela, el Jefe de Emergencia deberá decretar la evacuación total o parcial de la planta dependiendo de la magnitud de la emergencia. Además, convocará a la Brigada de Emergencia para ejecutar las primeras acciones de control, en espera de la llegada de Bomberos los que serán solicitados por el enlace externos si fuese necesario. - Sólo en caso de ser necesario se comunicará la situación a los vecinos del Complejo. - Una vez controlada la fuga, el personal evacuado deberá permanecer en la zona hasta que el Jefe de Emergencias indique lo contrario. Es decir, una vez que no se encuentren niveles de amoniaco a partir del equipo de monitoreo de Amoniaco, podrá volver a sus funciones. - Una vez controlado el siniestro, las acciones tendientes al manejo de los residuos generados por la fuga, y de las materias primas y/o productos afectados por la misma, serán determinadas por los encargados de Mitigación Ambiental y Acciones de Inocuidad, respectivamente. Ante la ocurrencia de una fuga de amoniaco se Oportunidad y vías de comunicación a la considerará el aviso a entidades externas al Proyecto, lo SMA de la activación del Plan cuales son los siguientes: - Cuartel de bomberos de Talca - Fono ira CIA: 71 2231599 - Fono 4" CIA: 71 2232222 — 71 2216637 - Fono General: 132 - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Referencia a documentos del expediente Anexo 4 de la Adenda complementaria. de evaluación que descripción detallada contenga la 10.3. Situación de riesgo o contingencia [Movimiento sísmico] Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todos los colaboradores del Complejo estarán capacitados sobre la forma correcta de actuar ante un sismo. Se cuenta con zonas de seguridad al exterior de las instalaciones y las vías de evacuación están debidamente señalizadas y permanecen en todo momento libres de obstáculos. Forma de control y seguimiento - Se realizarán simulacros de emergencia para comprobar el conocimiento de los colaboradores sobre las actividades a realizar, las vías de evacuación y las condiciones de estas. - Se revisarán de forma periódica el estado de señaléticas y vías de evacuación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Al producirse un movimiento telúrico, se deberá mantener en todo momento la calma y permanecer en su puesto de trabajo. De ser necesaria la evacuación, es decir el movimiento se prolonga por más de 30 segundos, el personal deberá dirigirse a la zona de seguridad, por sus vías de evacuación correspondiente. - De existir peligros de caída de objetos, se deberá proteger debajo del escritorio o mesones de trabajo bajo una cadena cuando se trate de construcciones de concreto. - De encontrarse al interior de una cámara de frío o bodega, deberá abandonar el lugar de forma inmediata al iniciarse el sismo. - En caso de corte de energía eléctrica, solamente haga uso de linternas. - Terminado el movimiento sísmico, el Jefe de Emergencia determinará si es necesario evacuar la planta para proceder a la evaluación de los riesgos. - El reingreso a las dependencias de trabajo se hará efectivo, solo cuando el Jefe de Emergencia lo indique. - Una vez controlado el siniestro, las acciones tendientes al manejo de los residuos generados por el incendio, y de las materias primas y/o productos afectados por el mismo, serán determinadas por los encargados de Mitigación Ambiental y Acciones de Inocuidad, respectivamente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de un sismo de gran envergadura o terremoto, se contactará en el caso de ser necesario a: - Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: (71) 2350001 - SEREMI de Salud Maule Fono: (71) 2212871 Si se llega a realizar alguna reparación y reposición de los equipos que ocasione una paralización del Complejo, se informará de manera inmediata a la SMA y a la SEREMI de Salud. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. 10.4. Situación de riesgo o contingencia [Explosión de caldera] Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Calderas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todos los colaboradores serán inducidos sobre la forma de actuar en caso de producirse una explosión de caldera o de cualquiera de los componentes del sistema de distribución de vapor. Las instalaciones cuentan con citófonos para comunicar las contingencias o emergencias, en caso de ser necesario. Forma de control y seguimiento - Se cuenta con programa de simulacro, el cual está en conocimiento de todos los colaboradores del Complejo. - Se realizarán mantenciones de forma periódica, además de inspecciones al estado de las instalaciones. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de producirse una explosión de caldera o de cualquiera de los componentes del sistema de distribución de vapor, será necesario que cualquier persona que presencia el hecho, comunique inmediatamente al anexo correspondiente, desde el citófono más cercano. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Luego de tomar conocimiento del accidente, portería deberá comunicar en forma inmediata y consecutiva la situación al Jefe de Emergencia de la Planta quién deberá ordenar el aislamiento de la zona afectada y dará la orden de paralizar todas las faenas y evacuar la planta. Sólo se permitirá la presencia del personal de Mantenimiento y de Seguridad Interna para cumplir labores de apoyo. Si la situación lo amerita, el encargado de enlace externo solicitará la presencia apoyo externo (bomberos, ambulancias). - Durante todas las operaciones de atenuación, el Jefe de Emergencia establecerá las coordinaciones necesarias para facilitar el trabajo de mitigación (ejemplo: corte de energía eléctrica, retiro de vehículos de los patios, entre otras. - Mientras se espera la llegada de asistencia externa, se procederá a la búsqueda de lesionados, que en el caso de existir deberán ser trasladados a un lugar más seguro. Para esta acción, el Paramédico de la planta y miembros de la BE deberán dirigirse al sector comprometido portando el botiquín de emergencias y la camilla de rescate. - Finalmente, en el caso de producirse una fuga de amoniaco, producto de la fuerza de la explosión será necesario que los encargados de turno de SADEMA acudan al sector siniestrado portando los ERA, máscara de rostro completo y otros a fin de aplicar el procedimiento de emergencia ante escapes de amoniaco. - Estando las unidades de emergencia de bomberos y ambulancias, el Jefe de Emergencia se pondrá a disposición de las unidades para continuar con las acciones de control de la emergencia. - Una vez controlado el siniestro, las acciones tendientes al manejo de los residuos generados por el incendio y de las materias primas y/o productos afectados por el mismo, serán determinadas por el encargado de Mitigación Ambiental y el Encargado de Acciones de Inocuidad, respectivamente. Ante la ocurrencia de una explosión se considerará el aviso a entidades externas al Proyecto, lo cuales son los siguientes: - Cuartel de bomberos de Talca - Fono ira CIA: 71 2231599 - Fono 4ra CIA: 71 2232222 — 71 2216637 - Fono General: 132 - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. 10.5. Situación de riesgo o contingencia [Fuga de gas natural] Riesgo o contingencia Fuga de gas natural.

Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Procesos Productivos al interior del Complejo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todos los colaboradores serán inducidos de cómo actuar en caso de ocurrir una contingencia, además de los números de contacto. Se cuenta con un programa de mantención periódica a las instalaciones. Forma de control y seguimiento - Se cuenta con un programa de simulacro, el cual está en conocimiento de todos los colaboradores del Complejo. - Se realizan mantenciones de forma periódica, además de inspecciones al estado de las instalaciones. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas inmediatas que se deben aplicar son: - Cortar el suministro desde la Estación de Medición interna. - Comunicación inmediata con la empresa proveedora de gas natural - Adicionalmente el Jefe de Mantenimiento debe comunicarse con la Línea de Emergencia de Energías. - Luego de controlada la emergencia, se procederá a analizar el incidente, a través de un grupo de mejora, también se realizará una reunión con los organismos pertinentes. Se ejecutarán las acciones indicadas, cada vez que se produzca una fuga desde la red interna de gas natural. El registro de la emergencia se realizará a través del análisis causal del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la Ante la ocurrencia de este evento, se considerará el aviso SMA de la activación del Plan a entidades externas al Proyecto, lo cuales son los siguientes: - Cuartel de bomberos de Talca - Fono ira CIA: 71 2231599 - Fono 4' CIA: 71 2232222 — 71 2216637 - Fono General: 132 - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. 10.6. Situación de riesgo o contingencia [Derrame o Fugas SUSPEL o RESPEL] Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las SUSPEL y los RESPEL serán manejados de acuerdo con la normativa aplicable a cada uno de ellos, así como también el almacenamiento en la bodega. Se utilizarán contenedores herméticos. En caso de generarse un derrame de SUSPEL serán tratadas como RESPEL. Por otra parte, estará prohibido el acopio en lugares no autorizados tanto para SUSPEL como RESPEL. Se prohibirá la descarga de aceites, combustibles y lubricantes al suelo y/o cuerpos de agua. Los colaboradores que manipulen RESPEL o SUSPEL deberán contar con el debido conocimiento de las acciones a seguir y a quien acudir en caso de alguna incidencia. Forma de control y seguimiento - Registro del manejo de RESPEL (cantidad, tipología, lugar y fecha de generación, transporte y retiro) y las condiciones de la bodega respectiva. - Registro de los documentos que acrediten las autorizaciones correspondientes para el transporte y disposición fmal de residuos. - Registro de emisiones y transferencia de contaminantes (RETC) del Ministerio de Medio Ambiente, permitiendo mantener un seguimiento del tipo de sustancia o residuo que se almacena, su cantidad, transporte y disposición final. - Inspecciones visuales de los contenedores y bodegas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para En caso de producirse alguna fuga o derrame menor de controlar la emergencia sustancias o residuos peligrosos, se procederá de acuerdo a lo indicado en el Instructivo IT 11-PR PG1 adjunto en _ _ , el Anexo 09 de la DIA. - Evaluación de Riesgo: Se debe evaluar el tipo de material derramado e identificar la fuente, en el caso de tratarse de líquidos combustibles se debe retirar toda fuente de ignición y ventilar el área. Se debe informar a toda persona cercana del derrame y solicitar apoyo según la evaluación. En todo caso siempre se debe verificar en lo posible la HDS de la sustancia, ya que entregará la información relevante y necesaria para la seguridad, manejo y disposición adecuada del agente. - Comunicación a Superiores: Se debe dar aviso a superiores sobre lo ocurrido. - Equipo de Protección: Se debe utilizar los EPP adecuados según el químico, guantes de nitrilo, gafas de seguridad, máscara, entre otros. Si la fuente o material derramado no puede ser identificado se debe asumir lo peor. Nunca realizar una contención si no cuenta con los EPP necesarios. - Cierre de las fuentes del derrame. Se deben cerrar las válvulas, rotar barriles perforados y sellar cualquier fuga de líquido cuando sea posible y seguro hacerlo. - Contener el líquido utilizando elementos del kit para control de derrames, sellar los drenajes del alcantarillado. Evitar que líquidos avancen por piso o suelo. Utilizar los paños absorbentes para absorber líquidos derramados. - Reportar a jefatura lo ocurrido y las tareas desarrolladas, solicitar apoyo al departamento respectivo. - Una vez absorbidos los agentes se deben manejar como Residuos Peligrosos en bolsas cerradas y almacenarlas en la Bodega RESPEL, generando el respectivo registro en la tabla. Ante la ocurrencia de una fuga o derrame de gran Oportunidad y vías de comunicación a la envergadura se considerará el aviso a entidades externas SMA de la activación del Plan al Proyecto, lo cuales son los siguientes: - Cuartel de bomberos de Talca - Fono 1' CIA: 71 2231599 - Fono 4' CIA: 71 2232222 — 71 2216637 - Fono General: 132 - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. 10.7. Situación de riesgo o contingencia [Problema de retiro o disposición de residuos sólidos] Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Generación de Residuos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar este tipo de eventos, se revisará periódicamente que las empresas encargadas del retiro y disposición de residuos se encuentren con todas sus autorizaciones vigentes, según se señala en la normativa aplicable. Todos los residuos serán almacenados en contenedores apropiados en zonas designadas para dicho fui al interior del Complejo PF3. Finalmente, en caso de que se requiera gestionar el retiro y disposición de los residuos con otra empresa, se mantendrá un listado de empresas autorizadas para realizar el retiro de forma oportuna. Forma de control y seguimiento - Registro del manejo de los residuos (cantidad, lugar y fecha de generación, transporte y retiro). - Registro de los documentos que acrediten las autorizaciones correspondientes para el transporte y disposición fmal de los residuos. - Registro de emisiones y transferencia de contaminantes (RETC) del Ministerio del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia La medida inmediata a aplicar, al presentarse esta emergencia contactar a la empresa alternativa de retiro y/o disposición final, fuera del contrato. El Jefe de Operaciones y/o el Jefe de Medio Ambiente, serán los encargados de tomar contacto con dicha empresa. Luego de ocurrida la emergencia, el Dpto. de Gestión Ambiental deberá revisar el cumplimiento reglamentario de la (s) nueva (s) empresa (s) contactada. Las acciones descritas se ejecutarán cuando se produzcan problemas con la frecuencia de retiro o se produzca un cierre del sitio de disposición final. El registro de la emergencia se realizará a través del análisis causal del incidente Ante la ocurrencia de un problema de gran envergadura se Oportunidad y vías de comunicación a la considerará el aviso a entidades externas al Proyecto, lo SMA de la activación del Plan cuales son los siguientes: - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 - SEREMI de Salud Maule Fono: (71) 2212871 Referencia a documentos del expediente Anexo 4 de la Adenda complementaria. de evaluación que descripción detallada contenga la 10.8. Situación de riesgo o contingencia [Falla de Sistema de Tratamiento de RILes o Red de Alcantarillado] Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Generación de Efluentes. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de contingencia por falla del sistema de tratamiento, el Proyecto contempla tres contingencias dependiendo del nivel de falla del sistema de tratamiento, las cuales son: - Falla Leve: El efluente tratado no logra dar cumplimiento del D.S. N°90/2000, pero cumple en todo momento con el D.S. N°609/1998 del MOP. - Falla Media: El efluente tratado no logra dar cumplimiento del D.S. N°90/2000, pero cumple en el D.S. N°609/1998 del MOP, en todos sus parámetros, mediante Contrato o Convenio de Autorización de Descarga de Residuos Industriales Líquidos vigente con la empresa sanitaria. - Falla Grave: El efluente tratado no logra dar cumplimiento del D.S. N°90/2000, y no cumple con el D.S. N°609/1998 del MOP en todos sus parámteros y/o respectivo Contrato o Convenio de Autorización de Descarga de Residuos Industriales Líquidos vigente con la empresa sanitaria. Para evitar este tipo de eventos, se realizarán revisiones y mantenciones periódicas de los equipos que componen Sistema de Tratamiento de RILes, además de capacitación del personal que opera la Planta con la finalidad de evitar afectaciones a la calidad del RIL. Adicionalmente se realizarán inspecciones visuales periódicas de los ductos que componen el sistema con la finalidad de evitar posibles fugas. Forma de control y seguimiento - Bitácora de operación de la PTR. - Facturas o boletas emitidas por la sanitaria cuando el efluente sea descargado en la red de alcantarillado - Registro de mantenciones a los equipos que componen la PTR - Registro de Capacitación Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas inmediatas que se deben aplicar son: - Contactar a la empresa sanitaria para revisión externa de la red de alcantarillado. - Coordinar apoyo con empresa limpia fosas externa. - Coordinar con plantas productivas la detención o reducción del consumo de agua. El Jefe de Gestión Ambiental será el encargado de comunicarse con la Línea de Emergencia Sanitaria. Por su parte el Supervisor de Control Ambiental coordinará las acciones al interior de la Planta. Se aclara que el Proyecto contempla tres situaciones por falla del sistema de tratamiento: - Falla Leve: El efluente tratado no logra dar cumplimiento del D.S. N°90/2000 MINSEGPRES, pero cumple en todo momento con el D.S. N°609/1998 del MOP en todos sus parámetros, por lo que se realizará la descarga en el alcantarillado con la empresa sanitaria. - Falla Media: El efluente tratado no logra dar cumplimiento del D.S. N°90/2000 MENSEGPRES, pero cumple en el D.S. N°609/1998 del MOP en todos sus parámetros mediante Contrato o Convenio de Autorización de Descarga de Residuos Industriales Líquidos vigente con la empresa sanitaria. En este caso, se realizará la descarga en el alcantarillado con la empresa sanitaria, dando cumplimiento a las exigencias del Contrato o Convenio señalado. - Falla Grave: El efluente tratado no logra dar cumplimiento del D.S. N°90/2000 MINSEGPRES, y no cumple con el D.S. N°609/1998 del MOP y/o respectivo Contrato o Convenio de Autorización de Descarga de Residuos Industriales Líquidos vigente con la empresa sanitaria. En este caso, se realizará la extracción, transporte y disposición del RIL hacia alguna planta de tratamiento y disposición, que cuente con la capacidad suficiente para recibir este residuo líquido, lo anterior mediante un transportista adecuado, ambos con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Ante cualquier evento que impida la descarga en riego o al Canal Sandoval, no se descargarán RILes en planta de tratamiento de aguas servidas de terceros y/o a las redes de alcantarillado público, sobre los límites establecidos tanto en la normativa, como en los respectivos convenios de descarga y/o de servicio vigentes. Y, en caso de alcanzar dichos límites, se procederá a la detención de procesos que generen RILes al interior del Complejo PF3, para evitar sobrepasarlos, y se dará aviso a la autoridad competente. Luego de pasada la emergencia se procederá a analizar el incidente, a través de un grupo de mejora, además de una reunión con los organismos pertinentes. Las acciones descritas se ejecutarán cada vez que se requiera, es decir, cada vez que se produzca una falla en el sistema de tratamiento de riles o en la red de alcantarillado. El registro de la emergencia se realizará a través del análisis causal del incidente. Ante la ocurrencia de un problema de gran envergadura se Oportunidad y vías de comunicación a la considerará el aviso a entidades externas al Proyecto, lo SMA de la activación del Plan cuales son los siguientes: - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Si se llega a realizar alguna reparación y reposición de los equipos que ocasione una paralización del Complejo, se informará de manera inmediata a la SMA y a la SEREMI de Salud. Referencia a documentos del expediente Anexo 4 de la Adenda complementaria. de evaluación que descripción detallada contenga la 10.9. Situación de riesgo o contingencia [Generación de Olores] Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Procesos Productivos al interior del Complejo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con la finalidad de evitar este tipo de eventos se realizarán capacitaciones al personal correspondiente, respecto a los procesos y procedimientos para el desarrollo correcto de las actividades de -trabajo. Adicionalmente se realizará una limpieza y mantención periódica de los equipos para evitar emanación de olores. Se debe destacar que se considerará el mismo plan de manejo llevado a cabo en Planta PF2 correspondiente a la empresa Productos Fernández S.A. cuya adaptación para el presente Proyecto se adjunta en el Anexo 03 de la DIA. Forma de control y seguimiento - Bitácora de registros de capacitaciones. - Bitácora de registro de mantención y limpieza de equipos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las medidas inmediatas que se deben aplicar son: - Avisar al Jefe de Emergencias. - Verificar la ubicación de la fuente de olor y determinar su causa, la cual puede estar asociada a un mal funcionamiento, gestión incorrecta o accidente. - Aplicar medidas correctivas y evitar propagación de olor a la comunidad. - Luego de pasada la emergencia, el departamento de Gestión Ambiental deberá investigar el origen de la generación de olores. En caso de que la generación de olores molestos sea informada por la comunidad, se verificará el evento, se revisarán los parámetros de operación y se realizarán las acciones correctivas necesarias. Las acciones descritas se ejecutarán cada vez que se requiera, es decir, cada vez que se detecte generación de olores desde el Complejo PF3. El registro de la emergencia se realizará a través del análisis causal del incidente Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de un problema de gran envergadura se considerará el aviso a entidades externas al Proyecto, lo cuales son los siguientes: - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 - SEREMI de Salud Maule Fono: (71) 2212871 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. 10.10. Situación de riesgo o contingencia [Impedimento de descargar el RIL en el Canal Sandoval] Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Generación de Efluentes. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el objetivo de evitar situaciones que puedan generar problemas en el Canal Sandoval con la descarga del efluente, se tendrá en consideración los siguiente: - Conocer las condiciones climáticas futuras, con especial atención en eventos de lluvias extremas que puedan generar aumento del caudal del Canal Sandoval. - Inspecciones visuales periódicas de los ductos con la finalidad de evitar posibles fugas del RIL. - Monitoreo de la calidad del RIL, cumpliendo con las normativas correspondientes. - Capacitación del personal que opera la Planta con la finalidad de evitar afectaciones a la calidad del RIL. Forma de control y seguimiento - Registro de inspecciones visuales a ductos. - Registros de todos los monitoreos realizados. - Registros de las capacitaciones al personal correspondiente. - Bitácora de registro de eventos climáticos extremos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de presentarse una emergencia que impida la descarga del RIL al Canal Sandoval (condiciones climáticas extremas, alteración de calidad del RIL, entre otras), se tomarán las siguientes medidas: - Identificar la situación de emergencia que impide la descarga. - Dar aviso de forma oportuna para realizar la descarga del RIL a la red de alcantarillado perteneciente a la sanitaria local (dando cumplimiento al D.S. N°609/1998 del MOP en todos sus parámetros). Luego de pasada la emergencia, se realizará el análisis respectivo. Si la emergencia ocurrida es responsabilidad de la Empresa (ej. Alteración de la calidad del RIL, ruptura de cañería, entre otros) se tomarán las acciones correctivas correspondientes. Las acciones descritas se ejecutarán cada vez que se requiera, es decir, que ocurra una emergencia que impida la descarga del efluente en el Canal Sandoval. El registro de la emergencia se realizará a través del análisis causal del incidente. Ante la ocurrencia de un problema de gran envergadura se Oportunidad y vías de comunicación a la considerará el aviso a entidades externas al Proyecto, lo SMA de la activación del Plan cuales son los siguientes: - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Si se llega a realizar alguna reparación y reposición de los equipos que ocasione una paralización del Complejo, se informará de manera inmediata a la SMA y a la SEREMI de Salud. Referencia a documentos del expediente Anexo 4 de la Adenda complementaria. de evaluación que descripción detallada contenga la 10.11. Situación de riesgo o contingencia [Impedimento de reutilizar Aguas Tratadas en Riego de especies en el Fundo "El Macar] Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Generación de Efluentes. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el propósito de evitar posibles escurrimientos de aguas superficial por sobresaturación del suelo, o de infiltración a la napa, se realizarán las siguientes acciones preventivas: - Monitoreo de la calidad del RIL, cumpliendo con las normativas correspondientes. - Se capacitará al personal correspondiente para efectuar las mediciones mencionadas en este acápite. - Se implementará un chequeo periódico de ductos de conducción y aspersores con . la finalidad de evitar posibles fugas. - Se realizarán inspecciones periódicas al suelo y especie vegetal con la finalidad de detectar posibles alteraciones que se pudiesen llegar a generar por el RIL. Se realizará doble control del sistema de aplicación de aguas residuales, registrando a través de un tensiómetro la humedad del suelo en tiempo real, evitando así posible saturación del suelo que pudiesen generar escurrimiento superficial o percolación a aguas subterráneas. El segundo control será llevado a cabo a través de mediciones anuales a 2 pozos existentes dentro de campo deportivo y el complejo PF3, registrando y monitoreando así posibles parámetros críticos que se pudiesen ver alterados. Forma de control y seguimiento - Registros de todos los monitoreos realizados. - Registro de capacitaciones al personal de trabajo encargado de las mediciones. - Registros de chequeos periódicos de posibles fugas. - Registros de inspecciones al suelo y vegetación. - Registros sobre los sistemas de control asociados a tensiómetro y medición de parámetros en pozos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de presentarse una emergencia que impida continuar con la disposición del RIL en el Fundo El Macal (Ej. Roturas de cañerías, falla en el sistema de riego, alteración de la calidad del RIL, entre otras), se tomarán las siguientes medidas, con el fin de evitar posibles escurrimientos superficiales o infiltración del efluente: - Identificar la situación de emergencia que impide la disposición final en el Fundo el Macal, ya sea ruptura de cañerías, falla en el sistema de riego, falla en lectura de tensiómetros, alteración de la calidad del RIL - Dar aviso de forma oportuna para realizar la descarga del RIL al Canal Sandoval (dando cumplimiento al D.S. N°90/2000 del MINSEGPRES). Luego de pasada la emergencia, se realizará el análisis respectivo. Si la emergencia ocurrida es responsabilidad de la Empresa (ej. Alteración de la calidad del RIL, ruptura de cañería, entre otros) se tomarán las acciones correctivas correspondientes. Las acciones descritas se ejecutarán cada vez que se requiera, es decir, que ocurra una emergencia que impida la reutilización del efluente en el riego de especies del Fundo "El Macal". El registro de la emergencia se realizará a través del análisis causal del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de un problema de gran envergadura se considerará el aviso a entidades externas al Proyecto, lo cuales son los siguientes: - Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Maule Fono: 71-2350001 Si se llega a realizar alguna reparación y reposición de los equipos que ocasione una paralización del Complejo, se informará de manera inmediata a la SMA y a la SEREMI de Salud. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 de la Adenda complementaria. 11°. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, por lo que no se generó un proceso de participación ciudadana (PAC), razón por la que, consecuencialmente, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto. 12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fm de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz. 16°. Que, para que el proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA. 19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SETA. 20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3", de Productos Fernández S.A.. 2°. Certificar que el proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 119 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139, 140, 142 y 156 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SETA, calificó la actividad como inofensiva. 6°. Certificar que el proyecto "Ampliación Capacidades Productivas y Reutilización de Aguas Tratadas del Complejo Industrial PF3" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. Notifíquese y Archívese rñ ie o : w io queveq elegado Presidenc ente Comisión de Región del M isten ernández de valuación Ambiental on de Evaluación Regi n del Maule 7°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 de la presente resolución. 8°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Distribución: Max Alejandro Besser Jirkal Superintendencia del Medio Ambiente SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins CONAF, Región del Maule DGA, Región del Maule Dirección de Vialidad, Región del Maule DOH, Región del Maule Gobierno Regional, Región del Maule Ilustre Municipalidad de Talca SAG, Región del Maule SEC, Región del Maule SEREMI de Agricultura, Región del Maule SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Maule SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Maule SEREMI de Energía, Región del Maule SEREMI de Salud, Región del Maule SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI MOP, Región del Maule Servicio Nacional Turismo, Región del Maule CONADI, Región del Biobío Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios CC: Encargada Participación Ciudadana Oficial de Partes