Evaluación SEA

Parque Fotovoltaico Diego de Almagro

Rol 2153950017
SEA · DIA · Aprobado · 2021-11-23 · Región de Atacama · Santa Maria de Diego Almagro SpA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro”.

Resolución Exenta (N° digital en costado inferior izquierdo).

Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 25 de febrero de 2022 y su Adenda Complementaria de fecha 16 de mayo de 2022, del proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro”, presentado por Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A. con fecha 05 de noviembre de 2022.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro”.

3°. El Acta de Evaluación N° 20220300614 de 09 de junio de 2022, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro” de 09 de junio de 2022.

5°. El acuerdo adoptado en la sesión del 17 de junio de 2022, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro”.

7°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

V l ti Al j d D M di CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A. Rut 76.927.570-3 Domicilio Av. Salvador 235. Providencia. Teléfono 569 - 40012655 Nombre representante legal Luis Patricio Silva Toro. Rut representante legal 7.910.534-1 Domicilio representante legal Sebastián El Cano 955 of 805, Las Condes, Santiago. Teléfono representante legal 569 - 40012655 Correo electrónico Titular o representante legal lpsilvatoro@gmail.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de junio de 2022, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 17 de junio de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 09 de junio de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo consiste en la construcción y operación de un parque solar que permitirá generar una potencia nominal de 9 MW, la que será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de una línea de transmisión eléctrica de media tensión de 23 kV. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Vida útil La vida útil del proyecto será de 26 años y 4 meses, considerando una fase de construcción de 8 meses, una fase de operación de 25 años, y una fase de cierre de 8 meses. Monto de inversión USD $ 10.125.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El acto que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto es la habilitación de Instalación de Faena. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localiza en la Región de Atacama, Provincia de Chañaral, comuna de Diego de Almagro, a una distancia lineal de 5,7 km al sur-poniente de la localidad de Diego de Almagro, y a una distancia lineal aproximada de 3,7 km de la localidad de El Manto. Descripción de la localización La localización se justifica en base a las siguientes razones: El terreno de emplazamiento cuenta con la superficie necesaria para la instalación de las obras del Proyecto, además que el Titular cuenta con autorización para su uso. El área corresponde a un sector con alto índice de radiación solar, lo que lo hace adecuado para la generación de energía fotovoltaica. El área se encuentra ubicado relativamente cerca de líneas eléctricas de alta tensión. El área de emplazamiento del Proyecto presenta condiciones topográficas adecuadas para su implementación. Superficie La superficie total del Proyecto será de 21,5 ha, y la superficie de las obras permanentes será de 28,136 ha, y para las obras temporales del proyecto será de 1.603 m2. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En el Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presentan las coordenadas de ubicación de las obras del Proyecto. Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realiza utilizando la Ruta 5 Norte, hasta la Ruta C-13 que conecta con la localidad de Diego de Almagro. Aproximadamente a 8 km antes de llegar a Diego de Almagro, se toma la ruta C-141, por la cual se avanza cerca de 3 km hasta llegar al área del Proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se presenta la Cartografía digital del Proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes, Obras Instalación de faenas La instalación de faena tendrá una superficie aproximada de 7.300 m2 y considera las siguientes partes y obras: • Garita: Caseta de control de acceso al Proyecto, la superficie de la garita será de 8 m2. • Oficinas: serán modulares (tipo contenedor), las cuales se utilizarán principalmente para trabajos de tipo administrativo y utilizarán una superficie de 50 m2. • Baños y duchas: habrá a disposición de los trabajadores baños y duchas fijas, según lo establecido en los Artículos 23 y 24 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. • Camarines: estarán compuestos por estructuras modulares transportables, y tendrá una superficie de 52 m2. • Comedor: Será el sitio destinado al abastecimiento de alimentos a los trabajadores y contará con las exigencias establecidas en el D.S. N° 594/1999. El comedor estará formado por estructuras de contenedores que son móviles, y tendrá una superficie de 65 m2. • Zona de Acopio de Materiales: Corresponde al sector donde serán recibidos y almacenados temporalmente los diversos materiales requeridos para la construcción del Proyecto, tendrá una superficie de 436 m2, y estará bordeado por una malla acma galvanizada con el fin de delimitarlo. • Bodega de insumos y herramientas: Se considera una bodega de 2 recamaras para los insumos y herramientas requeridas para la fase de construcción del Proyecto. La bodega tendrá una superficie de 30 m2. • Grupo electrógeno: se considera un área para la instalación del grupo electrógeno. • Piscina de lavado de camiones mixer: Para recolectar el agua del lavado de la batea de los camiones mixer utilizados en la construcción del Proyecto. La piscina será impermeabilizada por el uso de un geotextil y a la vez, el suelo bajo esta será impermeable mediante el uso de arena que impedirá el paso de agua hacia el suelo. La membrana de geotextil está compuesta por polietileno de alta densidad y posee una alta resistencia a químicos, altas temperaturas y acción de los rayos UV. La superficie de la piscina de lavado será de 30 m2. • Estacionamiento de vehículos y de maquinaria pesada: contempla una zona de estacionamientos en la instalación de faenas, el cual estará debidamente delimitado y señalizado. Dicha área tendrá una superficie de 120 m2. Oficina/Sala de control La Sala de control operará en forma automática. Dentro de la sala se encontrarán todos los equipos de comunicaciones y control, que permitirán realizar el monitoreo de la operación de cada uno de los componentes del parque solar y su transmisión en forma inalámbrica a través de un sistema SCADA por 24 horas al día. La sala de control será modular, en base a contenedores, y tendrá una superficie de 60 m2. Además, tendrá la función de oficina en caso de ser requerida durante la fase de operación del Proyecto, ya sea por actividades de mantención o limpieza de paneles, o bien por alguna visita que se deba realizar a la planta. Bodega de repuestos Corresponde a un contenedor con una superficie de 30 m2. Al interior, se almacenarán insumos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las mantenciones y limpiezas que se requieran en la fase de operación del parque solar. Pañol de herramientas Al interior de la planta solar se mantendrá un pañol de herramientas, en el cual se guardarán las herramientas necesarias para las mantenciones preventivas del parque, así como para la limpieza de paneles. El Pañol de herramientas será de tipo modular, y tendrá una superficie aproximada de 20 m2. Estacionamiento Al interior de la planta se mantendrá un estacionamiento de uso exclusivo para vehículos utilizados por el personal encargado de las mantenciones preventivas y de la limpieza de paneles. El estacionamiento tendrá una superficie aproximada de 75 m2. Servicios sanitarios Consisten en construcciones modulares adaptadas y equipadas. Se contempla instalar dos módulos sanitarios (Baños y duchas) que permanecerán en el área de instalación de faenas durante las fases de construcción y operación. La instalación tendrá una superficie de 54 m2 aproximadamente. Planta de Tratamiento de aguas servidas Se considera la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas modular en base a lodos activados. La planta tendrá capacidad de tratamiento de 10 m3/día, estará formada por un estanque de fibra de vidrio de 1,5 m de ancho y 4,5 m de largo, contará con un sistema de aireación extendida. Zona de acopio Residuos El sector será cercado con malla acma galvanizada de 2,12 m de altura, tendrá un portón de acceso (5 m), para evitar el ingreso de animales silvestres y domésticos y, tendrá una superficie de 435 m2, en la cual se dispondrán todos los residuos que sean generados durante todas las fases del Proyecto. Estará subdividido en tres sectores donde se dispondrán nueve containers de dimensiones 6 m largo x 2,5 ancho y 2,80 m de alto. La estructura de los muros de cada container corresponderá a paneles de 2,4 m x 1,1 m estructurados con espesor de 65 mm. Además, tendrán un revestimiento metálico prepintado de 0,4 mm de espesor. La base de cada container tendrá contraforro de plancha metálica de 0,4 mm de espesor y su estructura soportante estará compuesta por un chasis en base a canales (100x500x2). Además, tendrá vigas perpendiculares en base a los canales distanciados entre sí, para dar rigidez. El piso será de terciado estructural de 32 mm, atornillado a la estructura soportante. Por otra parte, los sectores de acopio de los diferentes tipos de residuos generados por el Proyecto corresponderán a: Residuos no peligrosos: Se contará con seis containers para el acopio temporal de residuos industriales no peligrosos, los que corresponden principalmente a excedentes de materiales. Estos residuos se mantendrán en contenedores plásticos de 1,1 m de ancho x 1,3 m de largo y 1,2 m de altura, los cuales una vez se encuentren llenos, serán almacenados en el interior de los containers. Residuos asimilables a domiciliarios: Se consideran contenedores de 1,1 m de ancho x 1,3 m de largo y 1,2 m de altura. Estos contenedores serán de plástico, con 4 ruedas de goma (200 mm), que facilitarán el traslado hacia el área de residuos en obra. Tendrán una puerta superior para evitar ingreso de animales y evitar que el viento eleve plásticos envoltorios, restos de comida, etc. Una vez llenos, serán almacenados al interior de los dos containers destinados para este fin. Residuos peligrosos: Se considera un cerco para delimitar la zona de residuos peligrosos, dentro de la zona de acopio de residuos. Este cerco tendrá las mismas características que el de la zona de acopio de residuos. Dentro de esta zona, se mantendrá un container de 6 m largo x 2,5 ancho y 2,8 m de alto, para el almacenamiento cuya superficie será de 13,5 m2. El piso del container será con base continua e impermeable y con pendiente no inferior al 0,5%. La zona de residuos peligrosos será acorde a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. Se mantendrán los residuos en contenedores plásticos identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de peligrosidad. Caminos internos Corresponde a la construcción de caminos que permitirán el desplazamiento al interior de la planta fotovoltaica. En conjunto, los caminos abarcarán una extensión total de 1.850 m, y tendrán un ancho de 6 m. Camino de acceso Se construirá un camino de acceso que tendrá una extensión de 125 m e inicia desde la Ruta C141. El camino tendrá un ancho de 9 m, y será un camino estabilizado por medio de solución salina (similar a bischofita). Inversores El Proyecto requerirá de 10 inversores durante la operación de la planta, cada uno de 1,15 MW de potencia. El inversor, es un dispositivo eléctrico encargado de recibir la energía generada por los módulos fotovoltaicos en corriente continua (DC), para convertirla en corriente alterna (AC), a una determinada frecuencia mediante un puente IGBT, de modo que se pueda inyectar al SEN. Cuenta con un banco de condensadores, el cual permite corregir el factor de potencia; un sistema de monitorización que permite ver las diferentes variables del sistema; y un sistema de comunicación para monitorización a distancia. El inversor también considera ventilación forzada, ya que se produce un aumento de temperatura propio de la electrónica de potencia del sistema y la temperatura ambiente. Centros de transformación Equipo que corresponde al transformador de potencia, donde se recibirá toda la energía generada en el parque y se adecuará al nivel de voltaje requerido para su inyección a la red de distribución. Las dimensiones del Centro de Transformación serán de 12 m de largo, 8 m de ancho, y 3 m de altura, y la fundación se realizará sobre pilares de hormigón. Planta fotovoltaica Los módulos o paneles fotovoltaicos estarán compuestos por un conjunto de celdas fotovoltaicas (dispositivo electrónico) que convertirán la energía luminosa en energía eléctrica. La planta fotovoltaica considera la instalación de un total de 35.500 módulos o paneles solares. El tipo de celda de los paneles fotovoltaicos será el de silicio mono cristalino, con una dimensión aproximada de 1,038 x 2,094 m. Cada módulo tendrá una potencia 310 Wp, en corriente continua y generarán una potencia de 455 Wp en corriente continua en condiciones de laboratorio. Los paneles fotovoltaicos estarán compuestos básicamente por un marco de aluminio, cuya función es proporcionar cierta rigidez mecánica, celdas fotovoltaicas compuestas de sílice, vidrio solar templado y caja de conexiones. Seguidores Los paneles solares se instalarán sobre estructuras de soporte horizontales, los cuales permiten el giro de estos en dirección este- oeste durante el día y siguiendo el sol, de manera de maximizar la proporción de rayos solares que caen perpendicularmente sobre cada módulo. Los seguidores a su vez van colocados sobre estructuras de soporte de acero galvanizado o pilotes que se fijarán directamente al terreno natural, lo cual se realizará a través de hincado, sin la necesidad de fundaciones de hormigón. De esta forma, la estructura del soporte de los paneles solares estará compuesta por los perfiles hincados, los seguidores y los paneles solares en sí. El tipo de seguidor a utilizar cuenta con rodamientos de polipropileno, los cuales no requieren mantenimiento ni engrase alguno, por los cuales se logra el giro de los módulos en la orientación este-oeste. Strings Corresponden a la conexión en serie de un grupo determinado de paneles solares. Estos strings o series se conectan en una caja combinadora. El cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión y serán de clase II, lo que quiere decir es que tienen un doble aislamiento para prevenir casos en que se produzca un primer defecto. Caja combinadoras Los strings se unen entre sí en las cajas combinadoras. Dependiendo del diseño de las conexiones en los módulos fotovoltaicos, las cajas combinadoras podrían tener entre 12 o 24 strings cada una. Desde cada caja combinadora sale un solo conductor en polos positivo y negativo, el cual es el encargado del transporte de la energía eléctrica generada en los módulos fotovoltaicos y agrupada en los string que se encuentran en dicha caja. Cableado subterráneo Los cables a utilizar en el Proyecto cumplirán con la normativa vigente NCH 4/2004 en cuanto a aislamiento y grado de protección. Los cables utilizados para la interconexión de los módulos fotovoltaicos, que corresponden a corriente continua, estarán al interior de los seguidores y estarán debidamente protegidos para soportar efectos de la intemperie. El cableado entre los tableros de conexiones y los seguidores será mediante cables flexibles y de longitud adecuada. También se considera cableado para corriente alterna, en la cual se transportará la energía desde los centros de transformación hacia la línea de media tensión. Dicho cableado estará en forma soterrada. Se consideran zanjas, para cables de baja tensión (no mayor a 1.000 V), de una profundidad de 0,6 m x 0,4 m de ancho, y en los cruces de caminos será de 1 m de profundidad x 0,6 m de ancho, como establece la normativa chilena. Para los cableados de media tensión (20 a 23 kV) se considerará 1 m de profundidad x 0,9 m de ancho. Defensa de riveras Se instalarán dos estructuras de protección en el sector de la quebrada de Chañaral. Estos pretiles se ubicarán al borde e interior del polígono del Proyecto y tendrán una longitud de 400 m sobre el borde sur y 400 m sobre el borde oriente. La altura proyectada del pretil es de 1 m máximo y un ancho de coronamiento de 1 m, que permitirá la circulación de peatones. Por otra parte, cada pretil estará fabricado por una capa de roca (0,2 m), dos capas de arena (0,1 m), grava compactada y geomembrana. Cerco perimetral La planta fotovoltaica estará rodeada de un cercado perimetral de malla acma galvanizada, evitando así el ingreso de personal no autorizado. El cerco tendrá una altura de 2,4 m, y estará sostenido sobre postes enterrados en el suelo, a una profundidad no mayor de 0,5 m, y con cobertura de hormigón. Línea de transmisión eléctrica Se construirá una línea de transmisión de media tensión (23 kV), la cual tendrá una longitud de 9,46 km, en dirección nor-oriente desde el parque solar. La línea de media tensión estará compuesta por postaciones de hormigón armado clase 300 y de altura de 15 m. Se hace mención que los postes estarán separados por una distancia media de 100 m, de modo que, se considera que la línea de media tensión estará compuesta por 95 postaciones de hormigón. Acciones Habilitación de caminos de acceso e internos El acceso al predio de emplazamiento del Proyecto se realizará desde la Ruta C-141. Desde ese punto se iniciará la construcción del camino de acceso, el cual tendrá una extensión de 125 m. La obra a ejecutar consiste en escarpado y nivelación de terreno, en todo el tramo, con un ancho de 9 m. Posteriormente, se aplica una capa de material estabilizado. La habilitación de los caminos internos se realizará escarpado y nivelación de terreno, en un ancho de 6 m. Posteriormente se aplica una capa de material estabilizado. Habilitación de instalación de Faena El Proyecto considera la habilitación de instalación de faena, la que tendrá una superficie aproximada de 7.300 m2, incluyendo la gran mayoría de los componentes requeridos para proceder a la construcción del Proyecto. El Titular del Proyecto velará por el cumplimiento de las exigencias establecidas en el D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud. Instalación Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y sistema de alcantarillado Se instalará una estructura sanitaria, la cual considera baños y duchas. Esta contará con un sistema de recolección y utilización de una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) como sistema de tratamiento, según normativa vigente. La instalación de la PTAS será a nivel de suelo o a menos de 30 cm por debajo de la superficie. Se colocará sobre una losa de hormigón y una capa de arena (10 cm) en la base. Se deberá terminar el relleno con una capa de tierra para uniformar la superficie de la excavación con la del terreno natural, tomando precaución de mantener visible las escotillas. Luego de conectar la entrada de la PTAS con la cámara de inspección a través de tuberías sanitarias, el afluente será conducido desde los baños/duchas hasta la respectiva PTAS por medio de canalizaciones subterráneas impermeables. Estas canalizaciones estarán insertas en zanjas de un mínimo de 50 cm de profundidad x 60 cm de ancho y se utilizarán 55,4 m de tuberías de PVC (110 mm/75 mm). Por otra parte, el sistema de drenaje será construido a una profundidad de 50 cm. En la parte inferior se rellenará de 10 cm de arena, para posteriormente colocar la tubería de drenaje y llenar por los costados y parte superior hasta una altura de al menos 10 cm. El sistema de drenaje se instalará en zonas no inundables. Sin embargo, la zona de la PTAS estará protegida por pretiles que se instalarán en el borde sur del polígono del Proyecto, con el fin de proteger futuras crecidas que podrían alcanzar el área. Instalación pretiles de Se instalarán dos estructuras de protección, con el fin de proteger de las crecidas que podrían alcanzar el área de emplazamiento del contención Proyecto desde la Quebrada Chañaral. Se considera la construcción de un pretil de protección por el borde sur del polígono del Proyecto, con longitud de 400 m, mientras que, por el borde oriente se ha proyectado un pretil de 400 m, a fin de controlar el comportamiento de los flujos en periodos de crecidas centenarias, con un ancho de coronamiento de 1 m para ambos pretiles. Instalación Cierre perimetral Por todo el perímetro del sector que será utilizado por el parque solar se realizará la instalación del cierre perimetral, el cual estará formado por malla acma galvanizada y tendrá una altura de 2,4 m. Los pilares de este cerco estarán colocados cada 2,5 m, y se harán pequeñas excavaciones de 40x40x50 cm para su instalación. Movimientos de tierra Dadas las características del terreno, no se requerirán trabajos de nivelación, minimizando así los Movimientos de tierra. Sin perjuicio de lo anterior, para la construcción de las zanjas para el cableado de la planta, los fosos para las fundaciones de los centros de transformación, los pilares del cerco perimetral, y las postaciones de hormigón de la línea de media tensión, si se realizarán movimiento de tierra utilizando camiones Tolva y excavadoras. El material extraído se utilizará para rellenar las mismas zanjas, por lo tanto, no se generará material excedente. Construcción de obras civiles Se construirán pilares de hormigón para el montaje de los centros de transformación, la sala de control y bodega. Lo que consiste en la instalación de 12 apoyos de aproximadamente 0,5 m3, requiriendo 6 m3 de hormigón por edificación. Montaje de estructuras Esta actividad contempla el montaje mecánico de estructuras no eléctricas y el montaje electromecánico del Proyecto. Las estructuras de soporte o pilotes de acero galvanizado, sobre los cuales irán los seguidores, se hincarán directamente al terreno sin necesidad de cimentación, siendo esta forma constructiva la que minimiza el movimiento de material, así como el área de intervención directa del Proyecto. Cada pilote se fijará mediante una máquina hincadora hidráulica. Además, se realizará la instalación de los seguidores solares donde van montados los módulos fotovoltaicos, del montaje de inversores y de las cajas combinadoras. Mientras se realiza la instalación de las estructuras, en forma paralela se excavarán zanjas para la instalación de cables subterráneos de baja y media tensión, así como de corriente alterna y corriente continua. Se considera además la instalación de cables de fibra óptica para la adecuada comunicación de los equipos. La tierra excavada proveniente de la creación de las zanjas se mantendrá junto a la trinchera y se usará para rellenarla una vez que los conductores hayan sido instalados y probados. Montaje de la línea de media tensión Para la construcción de la línea de transmisión de media tensión de 23 kV, se realizará excavación de los fosos donde se instalarán las 95 postaciones de hormigón consideradas para la línea y tendrán dimensiones de 1 m de largo, 1 m de ancho, y de una profundidad de entre 1,5 a 2 m. Posteriormente, se realizará sobre las postaciones de hormigón la instalación del circuito de 23 kV que transmitirá la energía eléctrica generada por la planta fotovoltaica. Pruebas y puesta en marcha Una vez construidas y conectadas todas las instalaciones del Proyecto, se procederá a desarrollar pruebas individuales a cada uno de los equipos y conexión final entre todos ellos. Esta acción es el paso previo al levantamiento de faenas y comienzo de la fase de operación. Levantamiento de faenas La última actividad de la fase de construcción del Proyecto corresponde al desmantelamiento de la instalación de faenas, consistente en el retiro de todas las instalaciones temporales, utilizadas en la ejecución de las diversas actividades de esta fase. Sin embargo, al área de acopio de residuos y las estructuras modulares de los servicios sanitarios quedarán instalados durante toda la vida útil del Proyecto. Recursos naturales renovables El Proyecto intervendrá 12,68 ha de formaciones xerofíticas, la cual corresponde a formación del tipo matorral, que corresponde a la especie Matorral muy escaso de Cristaria integerrima (2,56 ha), Matorral escaso de Cristaria integérrima y Tiquilia atacamensis (0,52 ha) y Matorral escaso de Nolana villosa y Encelia canescens (9,60 ha). La intervención se realizará para la instalación de paneles fotovoltaicos, su respectiva huella de acceso y habilitación de postes que permitirá la evacuación de la energía eléctrica producida. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/fase) que a continuación se indican: MP10 MP2,5 MPS 1,29 0,479 8,9468

NOx CO SO2 COV/HC 5,312 2,763 0,024 0,373

En Tabla 1-21 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, medio de verificación, etc.) que corresponden a: - Aplicación de Solución Salina a Caminos.

Ruido y vibraciones: los niveles de presión sonora del Proyecto para la fase de Construcción, serán las distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: cargador frontal, retroexcavadora, hincadora, generar eléctrico, camión mixer, excavadora, camión grúa y placa compactadora. En la Tabla 1-22 de la Adenda se puede observar que la maquinaría que emite mayores cantidades de ruido a 10 metros es la placa compactadora con 82 dBA.

El Proyecto no considera emisiones de vibraciones en fase de construcción, dado el tipo de obras y acciones que ejecutará el Proyecto.

Efluentes: Se instalará una estructura sanitaria, la cual considera baños y duchas. Esta contará con un sistema de recolección y la utilización de una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular de tipo de lodos activados. Se considera una emisión de 9 m3/día durante la fase de construcción. El efluente tratado será utilizado para la humectación de los caminos del Proyecto, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en la NCh 1.333, además, se considera la alternativa de riego de caminos como medida adicional y/o complementaria para las emisiones por transporte. Se hace mención que el Proyecto no considera el uso de agua adicional para el riego de camino, sino más bien, el uso de esta agua tratada. Otra alternativa para el uso del efluente tratado será el riego de frentes de trabajo. La mantención de la PTAS y el retiro de los lodos se realizará por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Los lodos serán retirados periódicamente, para luego ser llevados a un lugar autorizado para su disposición final. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 1.200 kg/mes, los que serán almacenados de manera temporal en la batea de residuos, para posteriormente ser enviados a rellenos sanitarios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. La frecuencia de retiro desde el sitio de almacenamiento temporal será de dos veces por semana.

Residuos Industriales no peligrosos, la cantidad de residuos industriales no peligrosos a generar se presenta en la Tabla 3 del Anexo 7 PAS 140 de la Adenda Complementaria. Estos serán almacenados en el patio de residuos no peligrosos, con una frecuencia de retiro de 1 vez al mes o según necesidad y llevados a disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.

Residuos peligrosos, se generarán 32 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de acopio temporal (BAT) de residuos sólidos peligrosos (RESPEL), que se encontrará dentro del Área de Acopio de Residuos al interior de la instalación de faenas, para luego ser retirado mediante empresas debidamente autorizadas por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.6.1.1 Partes y obras. Tabla 4.6.1.2. Acciones. Tabla 4.6.2 Suministros básicos. Tabla 4.6.3 Productos generados. Tabla 4.6.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.6.4.3 Ruido. Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones. Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Parte, obra Las obras para fase de Operación son las señaladas en el punto 4.3.1 de la fase de construcción: Oficina/Sala de control, Bodega de repuestos, Pañol de herramientas, Estacionamiento, Servicios sanitarios, Planta de Tratamiento de aguas servidas, Zona de acopio Residuos, Caminos internos, Camino de acceso, Inversores, Centros de transformación, Planta fotovoltaica, Seguidores, Strings, Caja combinadoras, Cableado subterráneo, Defensa de riveras, Cerco perimetral y Línea de transmisión eléctrica. Acciones Producción de energía eléctrica La energía eléctrica será generada a partir de la captura y transformación directa de la energía solar por medio de los paneles fotovoltaicos, la planta operará en forma automática será monitorea de forma remota. Monitoreo y vigilancia El monitoreo y vigilancia del parque solar se realizará de forma remota durante las 24 horas del día. Para esto, se hará uso de equipos inalámbricos con conexión a un sistema SCADA y a un sistema de cámaras de vigilancia. En la sala de control del parque fotovoltaico se ubicarán todos los equipos necesarios para una adecuada transmisión de información y llevar a cabo el monitoreo en forma remota. Mantenimiento preventivo Corresponde a la ejecución de pequeñas obras y/o reparaciones de las infraestructuras de mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta. Se incluye, además, el mantenimiento anual de los inversores. Con el fin de llevar una adecuada operación del parque fotovoltaico, se estima que se requerirá mantenimiento preventivo a diversos componentes del proyecto en forma secuencial, lo cual implicará una visita mensual de personal calificado. Limpieza de paneles Se realizará una limpieza a los paneles solares para que funcionen de forma óptima y para que éstos se mantengan libres de polvo en su superficie, para esto se considera una limpieza cada 3 meses (4 veces al año) empleando principalmente agua, sin ningún tipo de aditivo o detergente. Para la limpieza de los paneles, se estima que se utilizará aproximadamente 1 litro de agua/panel. Esta limpieza se realizará por medio de una empresa externa, con una cuadrilla de 6 personas y tendrá una duración aproximada de 6 días. El agua a utilizar para la limpieza de paneles será llevada por la misma cuadrilla encargada de la limpieza, por medio de 2 carros aljibes de 3 m3 cada uno, los cuales serán enganchados en las camionetas a ser utilizadas para la limpieza. Productos generados El Proyecto considera como único producto, la generación de energía eléctrica, la cual será en potencia nominal de 9 MW. La energía eléctrica generada será transportada para su entrega al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), a través de la línea de transmisión eléctrica de media tensión, que tendrá una extensión de 9,46 km. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción ni explotación de recursos naturales renovables asociados a la fase de operación. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/año) que a continuación se indican: MP10 MP2,5 MPS 0,0381 0,0055 0,1467

NOx CO SO2 COV/HC 0,0068 0,0004 0,00001 0,0002

En Tabla 1-21 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, medio de verificación, etc.) que corresponden a: - Aplicación de Solución Salina a Caminos.

Ruido y vibraciones: En relación al análisis presentado en la Tabla 1-22 de la Adenda, se presentan las emisiones de ruido generadas durante la fase de operación, la principal fuente de emisión corresponderá al uso de los inversores que operarán al interior de los centros de transformación. En dicha tabla se puede observar que la cantidad de ruido es 90 dBA.

El Proyecto no considera emisiones de vibraciones en fase de operación, dado el tipo de obras y acciones que ejecutará el proyecto.

Efluentes: Se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular. Se generarán 0,9 m3/día de aguas servidas. Dado que en esta fase el Proyecto operará en forma remota, sólo se considera la presencia de 2 trabajadores al mes durante 1 día para las actividades de mantención, así como 6 trabajadores cada 3 meses (4 veces al año), durante un período de 6 días para la limpieza de paneles. El efluente tratado será utilizado y/o aprovechado para la humectación de los caminos internos del Proyecto, considerando, en lo que corresponda, las disposiciones establecidas en la NCh 1.333. Los lodos generados serán retirados a través de empresas limpia- fosas, debidamente certificadas, para el manejo de estos residuos, transportándolos al lugar de tratamiento y disposición final, todos certificados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 144 kg/año, los que serán retirados una vez termine la jornada y se les solicitará que se hagan cargo de los mismos, dándoles una adecuada disposición final.

Residuos Industriales no peligrosos, se generarán 100 kg/año. Estos serán almacenados temporalmente al interior del patio de residuos no peligrosos, la frecuencia de retiro será 2 veces al año o según necesidad, para ser llevados a sitios de disposición final autorizado, para residuos sólidos inertes, por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama.

Residuos peligrosos, El Proyecto no se considera la generación de residuos peligrosos en esta fase. De todas formas, se hace mención que en el caso que se deba realizar el recambio de algún panel fotovoltaico, este panel será gestionado como residuos peligroso y enviado a un centro de disposición adecuado y autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.7.1.1 Partes y obras. Tabla 4.7.1.2. Acciones. Tabla 4.7.2 Suministros básicos. Tabla 4.7.3 Productos generados. Tabla 4.7.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.7.5.3 Ruido. Tabla 4.7.5.4 Otras emisiones. Tabla 4.7.6.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente 4.3.3. FASE DE CIERRE Parte, obra Las obras para fase de cierre son las señaladas en el punto 4.3.1 de la fase de construcción: Instalación de faenas, Servicios sanitarios, Planta de Tratamiento de aguas servidas, Zona de acopio Residuos, Caminos internos, Camino de acceso, Inversores, Centros de transformación, Planta fotovoltaica, Seguidores, Strings, Caja combinadoras, Cableado subterráneo, Defensa de riveras, Cerco perimetral y Línea de transmisión eléctrica. Acciones Habilitación de instalación de Faena Se considera la habilitación de la instalación de faena similar a la de la fase de construcción y estará compuesta principalmente por containers, que serán utilizados como bodegas y comedores. La habilitación de la faena es el primer paso para el cierre del Proyecto y, a su vez, asegurará las condiciones para el desmantelamiento total de la obra. Cabe destacar que el área de acopio de residuos y los servicios sanitarios se encuentran instalados desde la fase de construcción. Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el Proyecto Se considera el retiro total de todos los elementos mecánicos, electrónicos y, otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Una vez concluida la vida útil de los paneles solares, estos serán devueltos al fabricante, o bien entregados a un tercero para su reciclaje o disposición final. Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental. Dado que las afectaciones sobre el terreno serán menores y relacionadas sólo con las excavaciones de zanjas y caminos internos, la afección sobre el suelo y la geoforma es mínima. El lugar quedará en su estado anterior al desmantelar las obras y finalizar la operación. De todas formas, se restaurará la geoforma levemente alterada y dejar el sitio en condiciones similares a las basales de suelo y geoforma. Prevención de futuras emisiones Una vez desmantelado el Proyecto, no quedarán obras residuales que puedan implicar, en un futuro, algún tipo de emisiones y, a la vez, puedan provocar algún tipo de afectación de ecosistema terrestre y que por tanto requiera de medidas post cierre. Mantención, conservación y supervisión Dada la mínima intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer medidas post cierre, relacionadas con monitoreos o supervisión en el área ocupada por las obras del Proyecto. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/fase) que a continuación se indican: MP10 MP2,5 MPS 1,0313 0,3898 3,1984

NOx CO SO2 COV/HC 5,3123 2,7627 0,0235 0,3732

En Tabla 1-21 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, medio de verificación, etc.) que corresponden a: - Aplicación de Solución Salina a Caminos.

Ruido y vibraciones: Según el informado en la Tabla 1-22 de la Adenda, se presentan los niveles de presión sonora del Proyecto para la fase de cierre, donde se utilizarán distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: cargador frontal, retroexcavadora, hincadora, generar eléctrico, camión mixer, excavadora, camión grúa y placa compactadora. En dicha tabla se puede observar que la maquinaría que emite mayores cantidades de ruido a 10 metros es la placa compactadora con 82 dBA.

Efluentes: Se contará con un sistema de recolección y la utilización de una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular de tipo de lodos activados. Se considera una emisión de 9 m3/día durante la fase de cierre. El efluente tratado será utilizado para la humectación de los caminos del Proyecto, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en la NCh 1.333, además, se considera la alternativa de riego de caminos como medida adicional y/o complementaria para las emisiones por transporte. Se hace mención que el proyecto no considera el uso de agua adicional para el riego de camino, sino más bien, el uso de esta agua tratada. Otra alternativa para el uso del efluente tratado será el riego de frentes de trabajo. La mantención de la PTAS y el retiro de los lodos se realizará por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Los lodos serán retirados periódicamente, para luego ser llevados a un lugar autorizado para su disposición final. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 1.800 kg/mes, los que serán almacenados de manera temporal en la batea de residuos, para posteriormente ser enviados a rellenos sanitarios autorizados de la región de Atacama. La frecuencia de retiro desde el sitio de almacenamiento temporal será de dos veces por semana.

Residuos Industriales no peligrosos, La cantidad de residuos industriales no peligrosos a generar se presenta en la Tabla 5 del Anexo 7 PAS 140 de la Adenda Complementaria. Estos serán almacenados temporalmente en el patio de residuos no peligrosos, para posteriormente ser llevados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria vigente para dicha labor, en una frecuencia de una vez al mes o cuando sea necesario, cuidando de no sobrepasar el 80% de capacidad de almacenamiento.

Residuos peligrosos, se generarán 30 kg/mes, los que serán depositados en el interior de la bodega de residuos peligrosos. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. El retiro de estos residuos será cada 4 meses como máximo. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.8.1.1 Partes y obras. Tabla 4.8.1.2. Acciones. Tabla 4.8.2 Suministros básicos. Tabla 4.8.3.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.8.3.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.8.3.3 Ruido. Tabla 4.8.4.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.8.4.2 Residuos peligrosos

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Septiembre 2022. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de Instalación de Faena. Fecha estimada de término Abril 2023. Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de la instalación de faenas. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Mayo 2023. Parte, obra o acción que establece el inicio Conexión a la red de distribución. Fecha estimada de término Abril 2048. Parte, obra o acción que establece el término Desconexión de la red de distribución. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Mayo 2048. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faenas. Fecha estimada de término Diciembre 2048. Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de la instalación de faenas.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental - Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material particulado y gases. El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases en sus diferentes fases. Parte, obra o acción que lo genera Las activades que generarán emisiones serán las siguientes: - Escarpe - Nivelación - Tránsito de Vehículos por Caminos no Pavimentados - Combustión interna de motores de vehículos y maquinaria - Movimientos de tierra - Carga y Descarga de Material - Erosión Eólica - Grupo Electrógeno Fase en que se presenta Fase de Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.1 El Proyecto generará emisiones atmosféricas en todas sus fases, para efectos de evaluar el impacto en el Anexo 1-4 de la DIA y actualizada las Tablas 118; 1-19 y 1-20 Adenda, se presentan los resultados de inventario de la estimación de emisiones y en el Anexo 7 de la Adenda se presentan los resultados de la modelación atmosférica mediante el modelo SCREEN. Se evaluaron los aportes en 2 receptores. Las mayores emisiones se generarán en la fase de construcción que considera un periodo de 8 meses, por lo que se verificaron los principales aportes para MP10 como promedio anual en los receptores los aportes son: 0,7 [𝜇𝑔/𝑚3𝑁] lo que representa un % menor o igual a 0,5 % (en el Receptor 1) de la norma primaria en el área del parque, y un 0,5 [𝜇𝑔/𝑚3𝑁] lo que representa un % menor o igual a 0,3% (en el Receptor 2). En cuanto al aporte en el área de la LTE de 0,04 [𝜇𝑔/𝑚3𝑁] lo que representa un % menor o igual a 0,07 % de la norma (en el Receptor 1) y un aporte de 0,01 [𝜇𝑔/𝑚3𝑁] lo que representa un % menor o igual a 0,01% de la norma (en el Receptor 2). Para MP2.5 en el receptor R1 presenta las concentraciones 0,05 [𝜇𝑔/𝑚3N], lo que representa un % menor o igual a 0,2 % de la norma, y para el R2 presenta la concentración de 0,03 [𝜇𝑔/𝑚3N] lo que representa un % menor o igual a 0,2 % de la norma. Respecto al aporte en el área de la LTE para el R1 presenta las concentraciones 0,017 [𝜇𝑔/𝑚3N] lo que representa un % menor o igual a 0,08% de la norma, y para el R2 presenta la concentración 0,003 [𝜇𝑔/𝑚3N] lo que representa un % menor o igual a 0,01% de la norma. Para afectos de disminuir las emisiones atmosféricas, el Titular ha propuesto la acción de control de Aplicación de Solución Salina a Caminos, para mayor detalle se presenta en Capítulo 9 del presente documento. Además, en la Adenda Complementaria el Titular indica que el efluente tratado será utilizado para la humectación de los caminos del Proyecto, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en la NCh 1.333, además, se considera la alternativa de riego de caminos como medida adicional y/o complementaria para las emisiones por transporte. Se hace mención que el proyecto no considera el uso de agua adicional para el riego de camino, sino más bien, el uso de esta agua tratada. Otra alternativa para el uso del efluente tratado será el riego de frentes de trabajo. De igual manera, se presenta el punto de máximo impacto producto de gases en el área del parque, NO2: 2,9 [𝜇𝑔/𝑚3N] lo que representa un 2,9%, CO: 18,8 [𝜇𝑔/𝑚3N] lo que representa 0,06%; SO2: 1,70E-02 [𝜇𝑔/𝑚3] lo que representa 0,03% de las normas en los receptores considerados. Por lo tanto, las emisiones no son significativos para todas las fases del Proyecto.

Respecto a las emisiones de ruido, el Proyecto generará ruido en todas sus fases debido al desarrollo de sus actividades en sus distintas fases. Para verificar el cumplimiento de la normativa señalada, se presentó en la Tabla 1-22 y Tabla 1-23 de la Adenda, donde consta que el Proyecto se ubica en zona rural. De acuerdo con los resultados obtenidos para las distintas fases (construcción, operación y cierre) se cumplen con los niveles NPC máximos establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA sin requerir medidas de control adicionales.

Por otra parte, respecto a las vibraciones y de acuerdo a lo indicado por el Titular en la Adenda, el Proyecto no considera emisiones de vibraciones en ninguna de sus fases, dado el tipo de obras y acciones que ejecutará (8 meses de construcción).

En cuanto a los efluentes, el proyecto contempla, para las fases de construcción, operación y cierre considera una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) modular. En relación con el manejo de efluentes tratado de las PTAS será usado como complemento en la humectación de caminos y frentes de trabajo del Proyecto, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en la NCh 1.333. Para el debido manejo de los efluentes líquidos, el Titular presentó los antecedentes necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial 138 del RSEIA, el que se especifica en el considerando 6 de este documento. Por otra parte, el Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos e industriales peligrosos, estos residuos serán manejados y dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama.

Sobre la base de lo analizado en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo. Componente ambiental afectado Suelo. Parte, obra o acción que lo genera Por la instalación y operación del parque fotovoltaico. Fase en que se presenta Fase de Construcción, Operación y Cierre. Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material particulado. Componente ambiental afectado Aire. Parte, obra o acción que lo genera Las activades que generarán emisiones serán las siguientes: - Escarpe - Nivelación - Tránsito de Vehículos por Caminos no Pavimentados - Combustión interna de motores de vehículos y maquinaria - Movimientos de tierra - Carga y Descarga de Material - Erosión Eólica - Grupo Electrógeno. Fase en que se presenta Fase de Construcción, Operación y Cierre Impacto ambiental Perdida de individuo en categoría de conservación. Componente ambiental afectado Flora. Parte, obra o acción que lo genera Construcción del parque fotovoltaico y camino de acceso. Fase en que se presenta Fase de Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.2 En relación a la caracterización de suelo presentada en el Anexo 2-1 de la DIA, para el área de estudio se han definido 4 unidades de suelo: UHS-01, UHS-02, UHS-03 y UHS-04, descritas en terreno presentan un suelo considerado no arable. La Clase de Capacidad de Uso en las unidades UHS-01 y UHS-02 fue definida en VIII 8-9 debido a la presencia de pedregosidad subsuperficial abundante, erosión severa y baja capacidad de almacenamiento de agua. La categoría de riego asignada fue 6 (no apta) y clase de drenaje 5-6 (bien drenado a drenaje excesivo). Esto implica que la aptitud frutal sea E (sin aptitud) y la Aptitud agrícola sea 8. Por lo tanto, los suelos en estas unidades no poseen valor agrícola, ganadero o forestal y están limitado solamente para la vida silvestre, recreación o protección de hoyas hidrográficas Las unidades UHS-03 y UHS-04 fueron clasificadas con Clase de Capacidad de Uso VI 17 debido a que presentan como condición crítica un suelo fuertemente alcalino y una erosión moderada. La categoría de riego asignada fue 4 (muy pobremente adaptada) y clase de drenaje 5 (bien drenado). Esto implica que la aptitud frutal sea E (sin aptitud) y la Aptitud agrícola sea 6. Por lo tanto, los suelos en estas unidades presentan aptitud preferentemente para praderas. Por lo anterior, los suelos presentes en el área de influencia no presentan condiciones para un uso agrícola y con muy bajo sustento para la biodiversidad.

De acuerdo a la flora en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto no se identificaron especies en categoría de conservación. Respecto a la formación xerofítica, se identificó una especie nativa listadas en el D.S. N° 68/09 del MINAGRI, que corresponde a la especie Cristaria integérrima. Al respecto, el Titular presento los antecedentes para el otorgamiento del PAS 151 del RSEIA, para efectos de llevar a cabo la corta de la formación xerofítica.

En relación a fauna, se registró 1 especie que se encuentran en categoría de conservación; Lama guanicoe (Guanaco) Vulnerable. Al respecto se presentaron acciones de control de Charlas de inducción para los trabajadore para la especie Lama guanicoe (guanaco), que se detalla en el considerando 9 del presente documento.

Conforme a emisiones atmosféricas de material particulado MPS, se generará durante todas sus fases, la cual se prevé que no representa un riesgo para la flora, y recursos silvoagropecuarios, teniendo en consideración que las emisiones son bajas y que la fase de construcción será la que generará mayores emisiones y en un periodo acotado de 8 meses.

Por otra parte, el Proyecto no producirá efectos adversos significativos sobre recursos naturales como consecuencia de la diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno, al respecto, en el área de influencia del Proyecto existe poca o nula presencia de especies de fauna. Tal como se presenta en el Anexo 2-5 de la DIA en el área de emplazamiento del Proyecto no se evidenció la presencia de fauna terrestre, sino principalmente aves de paso. Tampoco se evidenció la presencia de hábitat de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación. Lo anterior se complementa con lo señalado en la caracterización ambiental de flora y vegetación, presentada en el Anexo 2-4 de la DIA, donde se evidencia que la mayor parte del área se encuentra si vegetación.

En cuanto a la componente recurso hídrico, y según el Anexo 2-3 de la DIA, en el emplazamiento del Proyecto involucra a dos cauces principales correspondientes a la Quebrada del Chañaral y a la Quebrada de la Angostura, ambas afluentes al Río Salado. En el área de emplazamiento del Proyecto no hay presencia de cuerpos ni cauces de agua superficiales, que puedan eventualmente ser afectados. Sin perjuicio delo anterior, el Titular presento los antecedentes para el otorgamiento del PAS 156 y 157 del RSEIA.

Sobre la base de lo analizado en el punto 6.2 del ICE, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3 En el sector de Las Parcelas se realizan actividades agrícolas para autoconsumo en forma mayoritaria, comercializándose los excedentes, y también se desarrolla la crianza de animales, tales como cabras, ovejas, caballos, cerdos y aves de corral, entre otros.

Para descartar cualquier afectación a las actividades agrícolas y ganaderas de Las Parcelas, se realizó una modelación atmosférica mediante el modelo SCREEN, cuyos resultados fueron presentados en el Anexo 7 de la Adenda. Según los datos entregados en las Tablas 20 y 33 de dicho anexo, se desprende que el aporte de MPS promedio mensual del área parque del Proyecto alcanza un 1,3% de la norma en el sector de Las Parcelas y que el aporte de MPS promedio mensual del área de la línea de transmisión del Proyecto alcanza un 0,4% de la norma en el sector de Las Parcelas Dichas cifras se calculan respecto los aportes de MPS del Proyecto durante su fase de construcción, que dura 8 meses.

A su vez, se considera el efecto acumulativo de las emisiones de MPS aportadas por el Proyecto “Modificación Parque Fotovoltaico Sierra Soleada”, del mismo Titular, ubicado a 300 metros al noreste del presente Proyecto y con RCA vigente. En el proyecto “Modificación Parque Fotovoltaico Sierra Soleada” también se realizó una modelación atmosférica mediante el modelo SCREEN, cuyos resultados fueron presentados en el Anexo 6 de su Adenda complementaria. Según los datos entregados en las Tablas 9 y 12 de dicho anexo, se desprende que el aporte de MPS promedio mensual del área parque del Proyecto alcanza un 3% de la norma en el sector de Las Parcelas y que el aporte de MPS promedio mensual del área de la línea de transmisión del proyecto alcanza un 0,04% de la norma en el sector de Las Parcelas. Dichas cifras se calculan respecto los aportes de MPS del Proyecto durante su fase de construcción, que también dura 8 meses.

Con todo lo anterior, se concluye que el efecto acumulativo del aporte de MPS de ambos proyectos (en el peor escenario en que ambas fases de construcción coincidieran en el mismo periodo tiempo) sería marginal respecto a la normativa secundaria de referencia, con lo que se descarta una posible afectación a las actividades agrícolas y ganaderas de Las Parcelas.

En relación con posibles actividades pirquineras en la zona, según el levantamiento de información realizado en terreno, se identificó actividad de pequeña y mediana minería, la cual se realizaría hacia el sur del asentamiento de Las Parcelas, hacia el sector cordillerano, fuera del AI del Proyecto. Cabe destacar que el pique minero más cercano identificado estaría a 0.9 km de las obras del Proyecto, fuera del AI de MH, tal como se puede visualizar en la Figura 5-18 del Anexo 4 del Adenda.

En cuanto al flujo vehicular asociado al Proyecto no generaría un aumento en los tiempos de desplazamiento de los usuarios, como tampoco provocaría la obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad. Esto debido a la baja magnitud del transporte del Proyecto en cada una de sus fases. De acuerdo con la información señalada en las Tablas 1-13, 1-14 y 1-15 del Adenda, se estima que, en el peor escenario, las fases de construcción y cierre contarían con un flujo diario de 15 viajes ida y vuelta, y la fase de operación contaría con un flujo anual de 64 viajes ida y vuelta.

A su vez, se considera el efecto acumulativo del transporte aportado por el Proyecto “Modificación Parque Fotovoltaico Sierra Soleada”, del mismo Titular, ubicado a 300 metros al noreste del presente proyecto y con RCA vigente. Si se suman los flujos de ambos proyectos, y en la eventualidad de que ambos se construyeran en forma simultánea, durante el período de 8 meses que duraría la construcción de ambos proyectos, se alcanzaría un flujo total de 30 viajes diarios ida y vuelta.

En relación con una posible alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica; debido a la acotada mano de obra del Proyecto, no se considera la habilitación de campamentos para el alojamiento del personal. Además, se considera el efecto acumulativo del aporte de mano de obra del proyecto “Modificación Parque Fotovoltaico Sierra Soleada”, del mismo Titular, ubicado a 300 metros al noreste del presente proyecto y con RCA vigente. Si se suman los aportes de mano de obra de ambos proyectos, y en la eventualidad de que ambos se construyeran en forma simultánea, durante el período de 8 meses que duraría la construcción de ambos proyectos, se alcanzaría un total máximo de 120 trabajadores, cuyo alojamiento se daría en Diego de Almagro y/o Chañaral, sin generar una presión excesiva sobre la capacidad disponible de alojamiento de estas localidades y sin interferir con el uso de servicios y/o infraestructura comunitaria.

En relación con el sector de Las Parcelas, al interior de esta localidad rural existen parcelas, mayoritariamente destinadas al uso agrícola, las cuales poseen diferente frecuencia de uso y ocupación. La localidad es un sector que está en expansión y es visto por los habitantes de Diego de Almagro como un lugar de esparcimiento. Según relatos de los entrevistados, en la parte norte de Las Parcelas estarían los terrenos del Club de Huasos y hacia el sur se ubicaría el sector donde se han instalado miembros de la Agrupación Indígena Multicultural Las Parcelas. Esto ha significado que paulatinamente se modifique el patrón de asentamiento, pasando a ser un lugar de residencia permanente para la parte sur del sector, específicamente donde se asientan los habitantes pertenecientes a Pueblos Originarios. Cabe destacar que es una preocupación de los habitantes de Las Parcelas, el contar con áreas verdes y hortalizas en el asentamiento, razón por la cual, ante la escasez del agua, reutilizan el recurso y están postulando a un proyecto con Nueva Atacama. Por todo lo anterior y considerando las características del Proyecto, es que se descarta cualquier afectación al presente literal.

El Proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni en áreas de desarrollo indígena.

En el sector de Las Parcelas, se encuentra la Agrupación Indígena Multicultural Las Parcelas, organización constituida el año 2015 y que actualmente está conformada por 38 personas. La Agrupación está integrada por familias Collas, Mapuches, Diaguitas y Aymaras. Respecto a la distribución etaria, participarían personas de todas las edades, lo que da cuenta de una organización que convoca a las familias. La mayoría de los miembros de la agrupación provienen de Diego de Almagro y entre sus proyectos colectivos destacan el mejorar y apoyar el desarrollo de la agricultura y la ganadería.

Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4 El Proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni en áreas de desarrollo indígena. Respecto a la presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) en las cercanías del Proyecto, durante el proceso de evaluación se analizaron 5 organizaciones, estas son: Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial, Comunidad Indígena Colla de la Comuna Diego de Almagro, Comunidad Indígena Colla Chiyagua de la Quebrada del Jardín, Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus Quebradas y Agrupación Indígena Multicultural Las Parcelas.

En relación con la Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial, que se ubica a 1,9 km del Proyecto aproximadamente, se descarta cualquier susceptibilidad de afectación, ya que dicha comunidad realiza sus usos tradicionales del territorio fuera del AI del Proyecto, es decir, en el sector que va desde Diego de Almagro hacia la precordillera y cordillera. A su vez, la Comunidad Indígena Colla de la Comuna Diego de Almagro y Comunidad Indígena Colla Chiyagua de la Quebrada del Jardín se encuentran a más de 50 km al Este del Proyecto, fuera del AI, descartándose cualquier susceptibilidad de afectación.

En el sector de Las Parcelas, asentamiento poblado más cercano al Proyecto (ubicado a unos 2,7 km al noreste del parque fotovoltaico) se encuentra la Agrupación Indígena Multicultural Las Parcelas, constituida el año 2015 y que actualmente está conformada por 38 personas. Al respecto, el presente proceso de evaluación ambiental descartó cualquier susceptibilidad de afectación a dicha agrupación, tal como se detalla en el ítem final de la Tabla 6.3 del presente documento.

En relación con la Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus Quebradas, dicho GHPPI fue incluido en el análisis de la evaluación ambiental del proyecto “Modificación Parque Fotovoltaico Sierra Soleada”, del mismo Titular, y en dicha instancia se descartó susceptibilidad de afectación al GHPPI mencionado. El sector de los paneles fotovoltaicos de dicho proyecto se encuentra a 300 metros al noreste del presente proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro”.

El AI de MH del presente Proyecto incluyó a la localidad de Las Parcelas con un buffer de 300 metros adicionales desde los límites del asentamiento, de manera de evaluar posibles interacciones con éste, no identificándose existencia de ceremonias por parte de la Comunidad Indígena de Wara de Chañaral Alto y sus Quebradas, ni presencia de GHPPI pertenecientes a dicha comunidad. En cuanto al sector de la planta fotovoltaica, dada las características del Proyecto y los efectos ambientales que conlleva, se definió un buffer de aproximadamente 100 metros alrededor del sector de paneles, tampoco identificándose presencia y/o uso por parte de la Comunidad Indígena Wara de Chañaral Alto y sus Quebradas, según los antecedentes presentados por el Titular. Por lo anterior, se realiza una descripción con segundas fuentes de la mencionada comunidad, al estar fuera del AI de MH del Proyecto. Con la información levantada se concluye que las partes, obras y/o acciones del Proyecto no interactuarían con la mencionada Comunidad. Además, sólo a modo de información, según los relatos de comunidades y asociaciones indígenas de la comuna de Diego de Almagro, la Comunidad Indígena Wara de Chañaral Alto y sus Quebradas no desarrollaría actividades de índole cultural, económico ni social en el AI de MH del Proyecto, de acuerdo con antecedentes recabados durante el presente proceso de evaluación ambiental.

Adicionalmente, según los registros oficiales de CONADI, la Comunidad Indígena Wara de Chañaral Alto y sus Quebradas pertenecería a Copiapó, con dirección de la mayoría de sus miembros en dicha comuna. La mencionada comunidad contaba con una personalidad jurídica provisoria, dado que la Corporación solicitó mayores antecedentes a la Comunidad para inscribirla definitivamente. Posteriormente, la CONADI fue consultada por este Servicio acerca del estado del proceso de constitución de la Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus Quebradas, por medio del ORD. N° 20220310210 de fecha 07 de enero de 2022, remitiendo en respuesta dicha Corporación la Resolución Exenta N° 001/2022, que da cuenta de la caducidad de la personalidad jurídica de la comunidad en comento. La Resolución señalada hace referencia al recurso de protección tramitado ante la Corte de Apelaciones de Copiapó en autos Rol N° 100-2021. Analizado el informe entregado por CONADI en el marco de dicho proceso, se aprecia que las observaciones que la comunidad no contestó satisfactoriamente dicen relación precisamente con su imposibilidad de acreditar su vinculación con el territorio.

Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración de poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5 Según los antecedentes presentados en el Anexo 2-8 de la DIA, el Proyecto se localiza aproximadamente a 2 km al oeste de la localidad de Diego de Almagro para la Línea Eléctrica y a 6 km para el área del parque fotovoltaico. Todas las instalaciones se desarrollan al costado de la ruta C-13 y C-141 que son las vías principales en el área para la circulación de observadores. En el área de influencia se obtuvieron un total de 7 puntos de observación que se localizan en las rutas públicas existentes que corresponden a la ruta C-13 y a la ruta C-141. El área de emplazamiento en general presenta rasgos topográficos heterogéneos (fondo de valle plano y relieves periféricos) que determinan visuales irregulares y de alcances variados, conformando cuencas de moderada extensión y compacidad en general media y alta. A partir del área de influencia visual se delimitó 1 unidad de paisaje conformada por elementos montañosos, condiciones desérticas predominantes, valles de amplitud moderada que establecen planos o pampas y rasgos antrópicos. Respecto a la afectación del Proyecto del área de valor paisajístico identificada, se puede indicar que dada sus características no producirá impactos significativos por bloqueo de vista o alteración de atributos del paisaje. El Proyecto se encuentra localizado a 5,7 km al suroeste de la ciudad de Diego de Almagro, y en el espacio geográfico en el cual se emplazan las partes, obras o acciones del Proyecto se puede determinar que el AI del Proyecto no tiene valor turístico y, además el Proyecto no genera una alteración significativa de este. Cabe señalar, que la ruta turística Qhapaq Ñan, se encuentra al nor- este de Diego de Almagro y en alrededores de la localidad El Salvador, a más de 50 km en línea recta del Polígono del Proyecto. Además, un segundo circuito llamado Huellas del Tiempo, se ubica en la localidad Inca de Oro a más de 40 km en línea recta del área del Proyecto. Por esta razón se descarta la alteración o afectación directa de la ruta Qhapaq Ñan. Por lo que se estable que no se generará un impacto significativo por el desarrollo del proyecto y, en consecuencia, no existe posibilidad alguna que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona de emplazamiento del Proyecto.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración al patrimonio cultural. Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra. Fase en que se presenta Fase de construcción y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6 Conforme a los antecedentes presentados en el Anexo 2-6 de la DIA, se realizó una inspección arqueológica en la totalidad del área de influencia del Proyecto, en donde se registraron 28 hallazgos aislados, 06 sitios arqueológicos y 07 rasgos lineales. De acuerdo al Anexo 2-6 de la DIA, durante el recorrido pedestre del área del Proyecto, se registraron 28 hallazgos aislados, 06 sitios arqueológicos y 07 rasgos lineales.

Por lo anterior, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las labores del Proyecto, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicos, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto.

Además, en la Tabla 1-27 de la Adenda, se presenta un cuadro resumen en el cual se describen los hallazgos y sitios arqueológicos, así como los rasgos lineales, una descripción general de que está compuesto, sus coordenadas de ubicación, así como la distancia que éstos tienen a alguna obra del Proyecto. Igualmente, en el Anexo 5 de la Adenda, se presenta un archivo KMZ con la ubicación de los sitios y hallazgos arqueológicos. Del total de los sitios arqueológicos sólo los hallazgos HA01, HA02, HA03 y HA04, así como el sitio SO1, y el rasgo lineal RL1 se encuentran al interior del Parque Fotovoltaico. Al respecto, el Titular indicó en la Adenda Complementaria que el Proyecto no considera la intervención de ninguno de los Sitios y Hallazgos que fueron identificados al interior del área de influencia, para lo cual se ha propuesto que éstos serán cercados, usando cerco de 20 m entorno al sitio arqueológico, y de 10 m entorno a los hallazgos. Los cercos tendrán una altura mínima de 1,2 m, y su instalación será supervisada por un arqueólogo, quien comunicará la actividad de cercado al CMN a través de un informe. Los cercos se implementarán previo del inicio de la fase de construcción del Proyecto. Se hace mención que el Proyecto considera el cerco exclusivamente de los sitios y hallazgos arqueológicos que se encuentran al interior de la planta fotovoltaica. En cuanto al hallazgo arqueológico denominado HA15, este se encuentra a menos de 1 m de la obra cerco perimetral.

En cuanto a la componente paleontológica en el área de influencia del Proyecto y de acuerdo al Anexo 2-7 de la DIA, se evidenció la presencia de 2 unidades geológicos, denominadas Grupo Punta del Cobre y Depósitos Aluviales. El levantamiento en terreno, indican que en el área de influencia del Proyecto se evidenció la presencia de 2 unidades geológicos, denominadas Grupo Punta del Cobre y Depósitos Aluviales. Respecto al Grupo Punta del Cobre, estaría formado por una sucesión de lavas andesíticas de color morado y verdoso, cuya textura varía desde afanítica a porfídica. Debido a su origen volcánico y altas temperaturas de formación, esta unidad no presenta posibilidades de contener material fósil, por lo cual se le asigna un potencial paleontológico estéril (bajo o nulo). Por otra parte, la unidad Depósitos Aluviales (Qa) se conforma por clastos polimícticos de tamaños gravas a bloques, inmersos en matriz de arena media a gravas muy finas. Dentro de las litologías de los clastos, se presentan calizas y calizas arenosas que contienen fragmentos de ostras, ammonites indeterminados y un ejemplar de Turritella sp. Debido a la presencia de estos fósiles, se le asigna a esta unidad un potencial paleontológico fosilífero (medio a alto). Los elementos identificas en esta unidad, son de alta representatividad en la zona, y no corresponden a elementos de alto valor patrimonial. De todas formas, el Proyecto considera la implementación de un monitoreo paleontológico permanente durante su fase de construcción, de modo de identificar cualquier elemento paleontológico que pueda ser identificado durante dicha fase. Se hace mención que el Proyecto no considera grandes excavaciones, y la instalación de los paneles solares se realiza en pilotes que van hincados, de modo que las actividades de este consideran una baja intervención de la superficie de terreno. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular presentó los antecedentes para el otorgamiento del PAS 132 del RSEIA, para efectos de realizar el levantamiento de los potenciales elementos. Además, el Titular presenta el detalle de las acciones de control de Cercado de Sitios y Hallazgos Arqueológicos, Monitoreo del Cercado de Sitio y Hallazgos Aislados, Cercado Provisorio de Sitios y Hallazgos Arqueológicos ubicados a menos de 10 metros de la línea eléctrica del Proyecto, Levantamiento Aero fotogramétrico, Monitoreo Permanente de Paleontólogo, voluntario Charlas de Capacitación frente a posibles hallazgos paleontológicos, que se describen en el considerando 9 del presente documento. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no alterará monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Partes y obras del Proyecto. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, PAS 132. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 2165 del 01 de junio de 2022, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.1

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto realizara un tratamiento de aguas servidas, mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) modular. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-1 de la DIA, PAS 138, actualizado en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, PAS 138. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 5331/2022 del 07 de junio de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.2

6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos correspondientes a: residuos asimilables a domésticos y residuos no peligrosos, para lo cual se construirá un Área de Acopio de Residuos. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-2 de la DIA, PAS 140, actualizado en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria, PAS 140. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 5331/2022 del 07 de junio de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.3

6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos peligrosos, por lo que se contará con una bodega de acopio temporal (BAT) de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-3 de la DIA PAS 142, actualizado en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 5331/2022 del 07 de junio de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.4

6.1.5. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se intervendrán formaciones xerofíticas por las obras del Proyecto, para lo cual se realizará un Plan de Trabajo para Cortar, Descepar o Intervenir Formaciones Xerofíticas, para la especie Cristaria integérrima. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-4 de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 128-EA/2021 del 14 de diciembre de 2021, la CONAF, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.5

6.1.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la construcción de la LTE para lo cual considera la instalación de postes que se encuentran cercanos o en área de inundación. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 12 de la Adenda PAS 156, en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria PAS 156. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 226 del 31 de mayo de 2022, la DGA, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.6

6.1.7. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, del artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la construcción de obras de regularización de cauce denominadas “Pretil de canalización y protección Norte” y “Pretil de canalización y protección Sur”. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria PAS 157. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 226 del 31 de mayo de 2022, la DGA, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.7

6.1.8. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, del artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la habilitación de edificaciones e infraestructura, con una superficie total de 17,47 ha, y para obras permanentes 174.430 m2 y para obras temporales 269 m2. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo3-5 de la DIA PAS 160 y actualizado en el Anexo 13 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 892/2022 del 15 de diciembre de 2021, el SAG, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Mediante oficio ORD. N° 297 del 22 de marzo de 2022, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.8

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial. Norma Decreto Supremo N°47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las obras permanentes del proyecto, y algunas de las obras temporales de la instalación de faena Forma de cumplimiento Para dar cumplimiento a lo establecido en la esta Ley, el Titular del Proyecto solicitará, previamente la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales, el informe favorable para el cambio de uso de suelo de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero. Sin perjuicio de lo anterior, y por tratarse del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en la presente DIA se presentan los requisitos y contenidos técnicos y formales necesarios para la tramitación del contenido ambiental del mencionado permiso. Indicador que acredita su cumplimiento - Presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial 160 en el marco de evaluación de la DIA. - Solicitud sectorial del Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran. Forma de control y seguimiento -Resolución de aprobación del PAS 160 en el proceso de evaluación ambiental. - Resolución de aprobación del Informe Favorable de Construcción de las obras en que fue solicitado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1. D.F.L N° 458 de 1975

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2 de mayo de 1961, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases se generarán emisiones atmosféricas de material particulado, asociadas principalmente al tránsito de vehículos y maquinarias, además del movimiento de material que se producirá por las excavaciones de zanjas para el cableado subterráneo y cimientos. Adicionalmente, se generarán emisiones de gases de combustión, debido a la operación del grupo electrógeno, y los motores de combustión interna de los vehículos y maquinarias. Forma de cumplimiento Se implementará una medida de abatimiento de control de emisiones consistente en la aplicación de supresor de polvo con un 80% de eficiencia sobre la ruta y camino de acceso (camino no pavimentado) durante la fase de construcción y cierre. Se exigirá una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. Para el control de emisiones de gases, el Proyecto considera las siguientes medidas: El grupo electrógeno que operará durante la fase de construcción tendrá sus mantenciones al día, para que se desempeñe de acuerdo con los parámetros del fabricante. Finalmente, todos los vehículos y maquinarias contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. - Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la información disponible y actualizada en las plataformas correspondientes, de acuerdo a las instrucciones que la SMA establezca. Se mantendrán los registros disponibles (revisiones técnicas, control de humectación de caminos, etc.) para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1. D.S. N° 144 de 1961

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº 1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Las emisiones a generar por el Proyecto están asociadas principalmente al tránsito de vehículos y maquinaria, así como movimientos de material y combustión de motores, por lo que todas las fuentes son principalmente fugitivas. También se requerirá un grupo electrógeno que se utilizará en la fase de construcción y que estará emplazado al interior de la instalación de faenas. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a las obligaciones por la vía de efectuar declaración anual de emisiones generadas por los equipos electrógenos sujetos a esta normativa, de conformidad con lo establecido en el D.S. Nº 1/2013 del MMA, que aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de la declaración electrónica anual, que se realizará a través de la plataforma del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Forma de control y seguimiento Mantener en oficina para cuando la autoridad lo requiera el registro de declaración jurada anual de emisiones y residuos en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2. D.S. N° 138 de 2005

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 4 de 1994, modificado por D.S. N°58/2004 Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, 29 de enero de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Decreto Supremo Nº 279 de 1983, “Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna, 17 de diciembre 1983, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se producirán emanaciones de gases generados por la combustión interna de los motores de los vehículos motorizados pesados utilizados tanto para el transporte del personal como de materiales e insumos, residuos y otras actividades. Forma de cumplimiento Todos los vehículos motorizados utilizados en las distintas fases del Proyecto deberán contar con el permiso de gases vigente y revisión técnica al día y serán sometidos a mantenciones periódicas, con el fin de cumplir con las normas de emisión. Indicador que acredita su cumplimiento Todos los vehículos del Proyecto contarán con certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá la información disponible y actualizada en las plataformas correspondientes, de acuerdo a las instrucciones que la SMA establezca. - Revisión de la certificación técnica y emisión de gases de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.3. D.S. N° 4 de 1994

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 211 de 1991, que establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos que indica, 18 de octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere el uso de vehículos motorizados en las distintas fases. Forma de cumplimiento Todos los vehículos motorizados utilizados en las distintas fases del Proyecto deberán contar con el permiso de gases vigente y revisión técnica al día y serán sometidos a mantenciones periódicas, con el fin de cumplir con las normas de emisión. Indicador que acredita su cumplimiento Todos los vehículos del Proyecto contarán con certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente. Forma de control y seguimiento Revisión de la certificación técnica y emisión de gases de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4. D.S. N° 211/1991

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción se hará uso de camionetas, buses para el traslado del personal, y diversas maquinarías. Durante la fase de operación se utilizarán principalmente camionetas para las actividades de mantención y limpieza de paneles. Finalmente, en la fase de cierre se utilizarán camionetas, buses para el traslado del personal, y diversas maquinarias Forma de cumplimiento Permiso de circulación, revisión técnica de gases y mantenciones con la periodicidad exigida legalmente. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases y mantenciones al día, así como el permiso de circulación. Forma de control y seguimiento Durante todas las fases del Proyecto, se mantendrá el registro de las revisiones técnicas y de gases de los vehículos al día, los que se mantendrán disponibles en la instalación de faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.5. D.S. N° 55 de 1994

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica. Norma Decreto Supremo N° 43/2013 Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto durante todas sus fases utilizará luminarias. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a esta norma de emisión, mediante la adquisición de luminarias certificadas (lámparas vía fotocelda y/o reloj control) cuya emisión no sea mayor a los límites máximos permitidos establecidos en el Título Segundo del presente decreto. Junto con lo anterior, se indica que antes del inicio de cualquier fase del Proyecto, el Titular hará llegar al SMA la siguiente información: - El TE1 (trámite eléctrico) respectivo, - Los certificados de control luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el Proyecto, - Una declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en la cual indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias, en concordancia con su respectivo certificado. Adicionalmente, conforme a lo estipulado por esta normativa, el Titular informará respecto de estas fuentes emisoras al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del Registro de Emisiones de Transferencia de Contaminantes (RECT), a lo menos lo siguiente: a. Copia del certificado emitido por el laboratorio autorizado por la SEC b. Cantidad de fuentes emisoras a instalar y/o recambiar. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto considera que el diseño de las luminarias evite la proyección de luminosidad hacia o en dirección al cielo. El Proyecto utilizará aquellas luminarias que se encuentren certificadas por la SEC, que cumplan con el diseño y características acordes a esta norma de emisión Forma de control y seguimiento Certificado SEC de las luminarias. Verificación del estado a las luminarias una vez se encuentren operativas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6. D.S. N° 43 de 2013.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma Decreto Supremo N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, la generación de emisiones sonoras será esporádica y localizada, principalmente como resultado de la operación de maquinaria para el movimiento de tierra y montaje de equipos. Dado lo anterior, el nivel sonoro durante la fase de construcción no será significativo. Respecto a la fase de operación, las emisiones de ruido serán acotadas principalmente a los centros de transformación. En cuanto a la fase de cierre, las emisiones de ruido provendrán del uso de maquinaria necesaria para restituir el terreno intervenido, estimándose una generación inferior a la ocurrida durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento No existen viviendas habitables o receptores poblacionales que pudiesen ser afectados por las emisiones de ruido generadas por el Proyecto, en un radio de más de 3 km desde el lugar de emplazamiento del proyecto, siendo la localidad más cercana El Manto, la cual se encuentra a 3 km aproximadamente del Proyecto. De esta forma, las emisiones de ruido del Proyecto no implicarán incrementos en los niveles de presión sonora de las comunidades cercanas. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto no superará los niveles máximos establecidos en la presente norma en las comunidades cercanas ubicadas al Proyecto, principalmente por la distancia que separa a dichas comunidades del proyecto. Forma de control y seguimiento No superación de los niveles máximos permitidos en la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7. D.S. N° 38 de 2011.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos domésticos e industriales sólidos no peligrosos y Efluentes líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 31 de enero de 1968, Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 29 de abril de 2000, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera para su fase de construcción y cierre la habilitación de un Área de Acopio de Residuos al interior de la instalación de faenas, en la cual se almacenarán temporalmente residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSD), residuos industriales no peligrosos (RSNP) y residuos peligrosos (RESPEL) y se mantendrá en fase de operación. Respecto a los efluentes líquidos en fase de construcción, operación y cierre se considera una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 1.200 kg/mes, los que serán almacenados de manera temporal en la batea de residuos, para posteriormente ser enviados a rellenos sanitarios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. La frecuencia de retiro desde el sitio de almacenamiento temporal será de dos veces por semana.

En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, la cantidad de residuos industriales no peligrosos a generar se presenta en la Tabla 3 del Anexo 7 PAS 140 de la Adenda Complementaria. Estos serán almacenados en el patio de residuos no peligrosos, con una frecuencia de retiro de 1 vez al mes o según necesidad y llevados a disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.

Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto a generar será 32 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de acopio temporal (BAT) de residuos sólidos peligrosos (RESPEL), que se encontrará dentro del Área de Acopio de Residuos al interior de la instalación de faenas, para luego ser retirado mediante empresas debidamente autorizadas por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.

Efluentes líquidos: La mantención de la PTAS y el retiro de los lodos se realizará por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Los lodos serán retirados periódicamente, para luego ser llevados a un lugar autorizado para su disposición final.

Fase de Operación: Los Residuos Domésticos a generar por el Proyecto serán 144 kg/año, los que serán retirados una vez termine la jornada y se les solicitará que se hagan cargo de los mismos, dándoles una adecuada disposición final.

Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a generar por el proyecto será de 100 kg/año. Estos serán almacenados temporalmente al interior del patio de residuos no peligrosos, la frecuencia de retiro será 2 veces al año o según necesidad, para ser llevados a sitios de disposición final autorizado, para residuos sólidos inertes, por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama.

Los Residuos Peligrosos; el Proyecto no se considera la generación de residuos peligrosos. De todas formas, se hace mención que en el caso que se deba realizar el recambio de algún panel fotovoltaico, este panel será gestionado como residuos peligroso y enviado a un centro de disposición adecuado y autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.

Efluentes líquidos: Dado que en esta fase el Proyecto operará en forma remota, sólo se considera la presencia de 2 trabajadores al mes durante 1 día para las actividades de mantención, así como 6 trabajadores cada 3 meses (4 veces al año), durante un período de 6 días para la limpieza de paneles. Los lodos generados serán retirados a través de empresas limpia- fosas, debidamente certificadas, para el manejo de estos residuos, transportándolos al lugar de tratamiento y disposición final, todos certificados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.

Fase de Cierre: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 1.800 kg/mes, los que serán almacenados de manera temporal en la batea de residuos, para posteriormente ser enviados a rellenos sanitarios autorizados de la región de Atacama. La frecuencia de retiro desde el sitio de almacenamiento temporal será de dos veces por semana.

En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto generará residuos industriales no peligrosos a generar se presenta en la Tabla 5 del Anexo 7 PAS 140 de la Adenda Complementaria. Estos serán almacenados temporalmente en el patio de residuos no peligrosos, para posteriormente ser llevados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria vigente para dicha labor, en una frecuencia de una vez al mes o cuando sea necesario, cuidando de no sobrepasar el 80% de capacidad de almacenamiento.

Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 30 kg/mes, los que serán depositados en el interior de la bodega de residuos peligrosos. El retiro de estos residuos será cada 4 meses como máximo. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.

Efluentes líquidos: Se generarán aguas servidas que provendrán de los servicios higiénicos del Proyecto. La mantención de la PTAS y el retiro de los lodos se realizará por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Los lodos serán retirados periódicamente, para luego ser llevados a un lugar autorizado para su disposición final.

Por lo anterior, durante el proceso de evaluación se presentaron para la fase de construcción, operación y cierre los requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138 del RSEIA.

Para la fase de construcción, operación y cierre se presentaron los requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 140 y 142 del RSEIA. Indicador que acredita su cumplimiento • Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan acreditar que los sitios de disposición final de los residuos se encuentran autorizados. • Autorización para almacenar temporalmente los residuos no peligrosos dentro del predio. • Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. Aprobaciones de proyecto y autorizaciones sanitarias a que se refieren los Artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67 Código Sanitario. Forma de control y seguimiento • Registro de retiro de los residuos por parte del transportista autorizado y dispuestos en sitios de disposición final autorizados.Autorización sanitaria del transportista autorizado, y lo indicado anteriormente todos disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8. Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Industriales Peligrosos. Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se generan residuos peligrosos los que serán manejados y almacenados temporalmente en bodegas. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto a generar será 32 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de acopio temporal (BAT) de residuos sólidos peligrosos (RESPEL), que se encontrará dentro del Área de Acopio de Residuos al interior de la instalación de faenas, para luego ser retirado mediante empresas debidamente autorizadas por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos se realizará menor a 6 meses.

Fase de Operación: el Proyecto no se considera la generación de residuos peligrosos. De todas formas, se hace mención que en el caso que se deba realizar el recambio de algún panel fotovoltaico, este panel será gestionado como residuos peligroso y enviado a un centro de disposición adecuado y autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.

Fase de Cierre: Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 30 kg/mes, los que serán depositados en el interior de la bodega de residuos peligrosos. El retiro de estos residuos será cada 4 meses como máximo. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.

La bodega se construirá de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148 que regula el manejo de los residuos peligrosos, además, los residuos estarán etiquetados de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena 2.190 Of 93. Indicador que acredita su cumplimiento - Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada. - Autorización para el almacenaje de residuos peligrosos. - Registros de declaración en SIDREP. - Aprobación del PAS del artículo 142 RSEIA. Obtención de Autorización Sanitaria de funcionamiento de la bodega de almacenamiento de residuos sólidos peligrosos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos peligrosos. Registro de lugar de disposición final. Registro en el RETC al día e histórico; disponibles en faena. Verificación de que se cuente con Registro de declaración y retiro de residuos en SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.9. D. S. N° 148 de 2004.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Ley Nº20.920 Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En las fases construcción, operación y cierre, todos los residuos sólidos generados serán clasificados por tipo de residuo, y almacenados temporalmente, cumpliendo las condiciones y requerimientos específicos de cada uno. Posteriormente, serán trasladados y dispuestos en sitios autorizados o manejados de acuerdo a la normativa legal vigente, por empresas debidamente autorizadas. Forma de cumplimiento Para llevar a cabo el cumplimiento de la ley REP, se entiende que los titulares o administradores de proyectos fotovoltaicos pasarán a ser “productores de productos prioritarios” por importar paneles solares a Chile para la construcción y operación de sus proyectos, situación que debe ser reglada a través de los respectivos decretos de aparatos eléctricos y electrónicos y de envases y embalajes, cuando estos entren en vigencia. Por mientras, se deberán seguir las indicaciones del artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920/2016 del MMA, y declarar paneles, cajas y embalajes a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento - Declaraciones anuales en RETC Forma de control y seguimiento - Declaraciones anuales en RETC Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10. Ley N° 20.920 de 2016.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Combustibles. Norma Decreto Supremo N° 160/2008, Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Uso de combustible para vehículos, equipos y maquinarias para la ejecución de las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El combustible necesario para el funcionamiento del grupo electrógeno y maquinarias será suministrado por una empresa autorizada mediante el uso de un camión surtidor. Cada vez que se realice la actividad de carga de combustible, el lugar se habilitará con material impermeabilizado (HDPE) que cubra el área entre la manguera del camión surtidor y el grupo electrógeno. Para esto se utilizará una lámina de polietileno cubierta con una capa de 10 cm de arena, la que servirá como medio de contención en caso de derrames, también habrá una carpeta con un listado y con las Hojas de Datos de Seguridad del petróleo diésel. Como medida de precaución complementaria, todo motor cercano a un radio de 5 m se mantendrá apagado y se dictará la instrucción de “Prohibido Fumar”. Tales medidas irán acompañadas de señalética correspondiente y de 1 extintor. Indicador que acredita su cumplimiento Especificaciones contractuales con la empresa que otorga el servicio de abastecimiento de combustible. Registro de carga de combustible de grupos electrógenos y maquinaria en instalación de faenas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de especificaciones contractuales con la empresa que otorga el servicio de abastecimiento de combustible, a disposición de la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11. D.S. N° 160/2008.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma Decreto Supremo Nº 43 de 2015, Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Recarga de combustible en grupo electrógeno y maquinaria. Uso spray de zinc y espuma de poliuretano (construcción) Forma de cumplimiento El combustible necesario para el funcionamiento del grupo electrógeno y maquinarias será suministrado por una empresa autorizada mediante el uso de un camión surtidor. Durante la fase de construcción, se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas en pequeñas cantidades, correspondiente a spray de zinc y espuma de poliuretano. Estas sustancias se encontrarán en cantidades inferiores a las establecidas en el art 20 del D.S 43/15, por lo cual su almacenamiento será en una gaveta de sustancias peligrosas, ubicada al interior de la bodega de insumos y herramientas, la cual contará con las condiciones de seguridad requeridas en los art 21, 22, 23 y 24 del mismo reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de carga de combustible de grupo electrógeno y maquinaria en instalación de faenas del Proyecto. Registro de cantidad de productos almacenados junto a sus HDS. Forma de control y seguimiento -Registro sustancias almacenadas. -Registro de Hojas de Seguridad de está sustancias peligrosas se mantendrán en idioma español y formato actualizado, de acuerdo a normativa vigente. -Registro y continua revisión de los procedimientos involucrados en labores de almacenamiento y movimientos de estas sustancias. Todos disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12. D.S. N° 43/2015.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma Decreto Supremo N° 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción y cierre, se realizará el transporte de insumos y de residuos generados en el Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en instalación de faenas de cumplimiento, por parte de encargado ambiental o prevencionista de riesgos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá a solicitud de la Autoridad fiscalizadora registro de carga de cada camión y del control de ingreso y salida al interior de la faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13. D.S. N° 75/1987.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación. Norma Ley 20.283/08 del Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales Decreto N°93 de 2008, Ministerio de Agricultura, establece el “Reglamento general de la ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal”. D.S. N° 68/2009 del Ministerio de Agricultura. Que establece, aprueba y oficializa nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras del Proyecto. Forma de cumplimiento En el área de influencia, se ha identificado una especie nativa listadas en el DS 68/09, (Cristaria integerrima), para lo cual se presenta el PAS 151 correspondiente al Plan de Trabajo de Xerofíticas. Se elaborará de un Plan de Trabajo para la corta, descepado o intervención de formaciones xerofíticas, el cual considera medidas de protección ambiental durante la corta y descepado de xerofíticas para la habilitación del parque fotovoltaico, camino, se detallan en el Anexo 3-4 de la DIA y en el Anexo 2 de la Adenda se presenta la COT y Parcelas de flora y vegetación. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de trabajo para la corta, descepado o intervención de la formación xerofítica. Forma de control y seguimiento Resolución de Calificación Ambiental Favorable del Proyecto. Autorización sectorial CONAF (PAS 151) Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1. Ley N° 20.283 de 2008.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural. Norma Ley Nº 17.288 de 1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925, 27 de enero de 1970, Ministerio de Educación. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 484 de 1990, Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, 02 de abril de 1991, Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la ejecución de las obras se realizarán movimientos de tierra, lo que podría afectar recursos arqueológicos y paleontológicos no superficiales. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288. Se paralizará la obra en el sector del hallazgo y se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales para efectuar lo que dicte este organismo según, donde se contratará a un profesional arqueólogo que llevará a cabo tal procedimiento. En el área de influencia del Proyecto se evidencia la presencia de 28 hallazgos aislados, 6 sitios arqueológicos, y 7 hallazgos lineales, el Proyecto no considera la intervención de dichos sitios. Por otro lado, se realizará un monitoreo arqueológico y charlas de inducción al personal. Durante el proceso de evaluación se presentaron para la fase de construcción los requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 132 del RSEIA para la componente paleontológica. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de procedimiento en caso de ocurrencia de hallazgos. • Registros fotográficos de los cercos y señalética en sitios arqueológicos. Forma de control y seguimiento Registro del informe enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente; Consejo de Monumentos Nacionales. Registro de los cercos y señaléticas implementadas, disponibles para cuando la autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2. Ley N° 17.288 de 1970.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Condición o exigencia consumo de agua industrial, el Titular deberá:

1) Informar a la SMA, Región de Atacama al inicio de la fase de construcción, la fuente natural de la obtención del recurso.

2) Entregar a la SMA, Región de Atacama terminada la fase de construcción, el control y registro de los consumos hídricos industriales realizados por las empresas proveedoras, y los consumos ejecutados por el Proyecto, independiente a que el abastecimiento del recurso sea suministrado por un tercero autorizado.

8.2. Resguardo al rasgo lineal RL01 y Hallazgo Aislado HA15 Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar la preservación del rasgo lineal RL01 y del Hallazgo Aislado HA15, producto de la construcción e instalación de las obras del proyecto. Descripción: El Titular deberá proteger el rasgo lineal RL01 con un cerco de malla perimetral con un buffer en torno a la dispersión de materiales o estructuras sea de 20 metros. Hallazgo Aislado HA15, con un cerco de malla perimetral con un buffer en torno a la dispersión de materiales o estructuras sea de 10 metros. Justificación: Descartar una eventual afectación al rasgo lineal RL01 y del Hallazgo Aislado HA15 debido a la ejecución del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El Titular presentó en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria la ficha de registro con las coordenadas de inicio, de fin y del punto central del rasgo lineal RL01. El Hallazgo Aislado HA15, se encuentra ubicado en la coordenada Este: 389.896 y N: 7.076.755. Forma: El cercado se deberá realizar con un buffer en torno a la dispersión de materiales o estructuras sea de 20 metros para el rasgo lineal RL01; y para el Hallazgo Aislado HA15, con un cerco de malla perimetral con un buffer en torno a la dispersión de materiales o estructuras sea de 10 metros. Estos cercos deberán tener 1,20 m de altura como mínimo y su implementación deberá ser supervisada por un/a arqueólogo/a o Licenciado/a en Arqueología, con la finalidad de asegurar la protección del rasgo lineal y hallazgo y comunicada al CMN a través de un informe. Estos cercos deberán ser instalados previos al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) debiendo permanecer hasta el final de las mismas, de tal manera de proteger los sitios arqueológicos durante toda la vida útil del proyecto (fases construcción, operación y cierre). Oportunidad: El cierre perimetral deberá realizarse previó a la ejecución de fase la construcción (considerando la habilitación de caminos) y deberá mantenerse durante la vida útil del proyecto (fase de operación y cierre). Indicador que acredite su cumplimiento Informe de la implementación del cerco en el rasgo lineal RL01 y el Hallazgo Aislado HA15 el cual deberá incluir fotografías. Forma de control y seguimiento Envió a la SMA, Región de Atacama y al Consejo de Monumentos Naciones el informe de la implementación del cerco, en un plazo máximo de 10 días después de implementada la acción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2 Condición o exigencia resguardo al rasgo lineal RL01 y Hallazgo Aislado HA15.

8.3. Monitoreo a los sitios y hallazgos aislados de la LTE Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar el resguardo de los sitios arqueológicos y hallazgos aislados cercanos al eje de la Línea Transmisión Eléctrica (LTE), que se encuentran a menos de 10 m desde el eje de la línea.

Descripción: El Titular deberá realizar un monitoreo arqueológico permanente, por un/a(s) arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, cuando se realice el proceso de tendido de cables de la LTE.

Justificación: Evitar una eventual alteración al patrimonio cultural, debido a la ejecución del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Para todos aquellos sitios arqueológicos y hallazgos aislados cercanos al eje de la LTE, que se encuentran a menos de 10 m desde el eje de la línea.

Forma: El Titular deberá realizar un monitoreo con la finalidad proteger los sitios y hallazgos identificados en la LTE.

Oportunidad: El monitoreo deberá ejecutarse en la fase de construcción en el momento que se instalen los cables de la LTE. Indicador que acredite su cumplimiento Presentación de un Informe con el monitoreo y registro fotográfico de los sitios arqueológicos y hallazgos aislados cercanos al eje de la LTE elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminada la instalación de los cables de la LTE. Forma de control y seguimiento Envió a la SMA, Región de Atacama y al Consejo de Monumentos Naciones del informe de monitoreo, en un plazo máximo de 10 días después de implementada la acción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3 Condición o exigencia Monitoreo a los sitios y hallazgos aislados de la LTE.

8.4. Resguardo Patrimonial en el Camino de acceso. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Descartar la presencia de monumentos nacionales en la categoría de monumento arqueológico en el sector de camino de acceso al Proyecto.

Descripción: El Titular debe realizar una inspección visual arqueológica y presentar un informe del sector del camino de acceso al proyecto. Justificación: Descartar una eventual alteración al patrimonio cultural, debido a la ejecución del camino de acceso del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el camino de acceso del proyecto que se ubica en la siguiente coordenada: V1: 389.752 y 7.076.717 V2: 389.761 y 7.076.711 V3: 389.860 y 7.076.777 V4: 389.852 y 7.076.781

Forma: El Titular deberá realizar una inspección visual arqueológica en el sector del camino de acceso del proyecto, por un arqueólogo y los resultados de dicha inspección deben ser entregados a CMN en un informe para su validación. Solo una vez validado el informe por el CMN el Titular podrá realizar intervención en el sector del camino de acceso.

Oportunidad: La inspección deberá ser ejecutada previo a la ejecución de cualquier intervención en el camino de acceso proyectado. Indicador que acredite su cumplimiento Informe con los resultados de la inspección visual arqueológica el cual deberá incluir fotografías. Forma de control y seguimiento Envió a la SMA, Región de Atacama y al Consejo de Monumentos Naciones el informe con los resultados de la inspección visual arqueológica para su validación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4 Condición o exigencia Resguardo Patrimonial en el Camino de acceso.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Aplicación de Solución Salina a Caminos. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mitigar las emisiones de material particulado que generará el proyecto en sus fases de construcción, operación y cierre.

Descripción: Se realizará la aplicación de solución salina en forma directa en los caminos a estabilizar, esta solución salina, una vez seca, genera una costra que retiene las partículas finas de polvo, minimizando su suspensión debido a la circulación de vehículos.

Justificación: Minimizar las principales emisiones atmosféricas que generará el proyecto, y que corresponden a las emisiones de material particulado (MP10, MP2,5 y PTS), y que están asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias en caminos no pavimentados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el camino de acceso al Proyecto, así como en los caminos internos de la planta fotovoltaica.

Forma y Oportunidad: La aplicación será realizada en forma directa sobre el camino, a través de empresas externas especializadas, contratadas para esta labor. Respecto a la oportunidad, la aplicación se realizará una vez construidos los caminos del Proyecto, y se repetirá la aplicación cada vez que evidencie desgaste de la capa protectora superficial (costra). Indicador que acredite su cumplimiento Registro de compra de solución salina a empresa proveedora. Registro fotográfico que muestre su aplicación. Camino de acceso e interiores de la planta fotovoltaica bichofitados. Forma de control y seguimiento Registro de compra de solución salina a empresa proveedora. Registro fotográfico que muestre su aplicación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1 Aplicación de Solución Salina a Caminos.

9.2. Monitoreo Permanente de Paleontólogo. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo del compromiso es no afectar material paleontológico en el área de emplazamiento del Proyecto. Descripción: Se realizará un monitoreo paleontológico permanente para los tramos y/o áreas del Proyecto con potencial fosilífero. Justificación: Debido a que en el levantamiento de componente paleontología se evidenció la presencia de una unidad geológica Depósitos Aluviales (Qa), que presenta un potencial fosilífero medio a alto, con presencia de fragmentos de ostras, ammonites indeterminados y un ejemplar de Turritella sp. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los sectores del proyecto ubicados sobre la unidad geológica Depósitos Aluviales (Qa). Forma: Se realizará un monitoreo paleontológico permanente mientras se ejecuten actividades en las obras del proyecto presentes en la unidad geológica Depósitos Aluviales (Qa). Oportunidad: Durante toda la fase de construcción. Indicador que acredite Se entregará un reporte y registro fotográfico con las actividades de su cumplimiento monitoreo permanente paleontológico, a través del especialista a cargo de esta función, a la autoridad competente. Forma de control y seguimiento Informe a la SMA una vez finalizada la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2 Monitoreo Permanente de Paleontólogo.

9.3. Charlas de Capacitación frente a posibles hallazgos paleontológicos. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Gestión y protección del patrimonio paleontológico. Descripción: Se llevarán a cabo charlas de inducción a todo el personal involucrado en la fase de construcción del Proyecto, la cual estará supervisada por un/a paleontólogo/a. Estas charlas incluirán la normativa nacional que protege el patrimonio paleontológico y protocolos de cómo proceder frente a posibles hallazgos. Las charlas a los trabajadores se realizarán antes de cada obra y/o actividades que requieran movimientos de tierra. Además, el profesional capacitado realizará un monitoreo constante en todas los frentes de trabajo, durante las actividades de movimientos de tierra. Justificación: Lo anterior con la finalidad de entregar una correcta protección a los elementos paleontológicos (fósiles) y evitar su eventual afectación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los frentes de trabajo. Forma: Estas charlas considerarán los siguientes tópicos: Definición de patrimonio cultural, protección patrimonial, tipos de evidencias paleontológicas susceptibles a ser encontradas, procedimientos a seguir frente a hallazgos inesperados, etc. Oportunidad: Al inicio de cada obra se realizarán las capacitaciones a los trabajadores. En el caso del ingreso de nuevos trabajadores, se realizarán capacitaciones mensuales. Además, el/la paleontólogo/a implementará un monitoreo cada vez que se realicen actividades de movimientos de tierra y en las áreas categorizadas como fosilíferas, donde realizará informes de la actividad que enviará posteriormente al CMN de manera mensual. Ante el eventual hallazgo de restos paleontológicos durante la ejecución de las obras, se dará aviso al CMN. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregarán reportes de las actividades de monitoreo y de inducción realizadas, un registro fotográfico de estas y un registro de asistencia, a través del especialista a cargo de esta función, a la autoridad pertinente. Forma de control y seguimiento Se realizará un informe mensual que dé cuenta de los posibles hallazgos. Este informe será remitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3 Charlas de Capacitación frente a posibles hallazgos paleontológicos.

9.4. Cercado de Sitios y Hallazgos Arqueológicos. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo corresponde a la no afectación del material perteneciente al patrimonio cultural identificado en el área de emplazamiento del proyecto. Descripción: Para no generar afectación en la componente de arqueología, se considera no instalar postaciones en los hallazgos aislados y sitios arqueológicos identificados en la línea de transmisión eléctrica y, por otra parte, en los sitios identificados en el sector de la planta se considera realizar un cercado de cada uno de ellos considerando un buffer de 10 metros. Este cercado se realizará con estacas de fierro de 6 mm de espesor y de 1,10 metros de altura cada 2,5 metros, con malla faenera color naranja. Justificación: Debido a que en el levantamiento de componente arqueológica se evidenció la presencia de 28 hallazgos aislados y 7 sitios arqueológicos, los cuales están compuestos por elementos de carácter histórico, sub-actuales, y de alta representatividad en la zona. Los elementos identificados corresponden principalmente a restos de botellas, zapatos de antigua data, y algunos durmientes que eventualmente pertenecían a la antigua línea férrea Chañaral-Pueblo Hundido. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los hallazgos y sitios arqueológicos identificas al interior de la planta solar. Forma: En los sitios identificados en el sector de la planta se considera realizar un cercado de cada uno de ellos considerando un buffer de 10 metros. Este cercado se realizará con estacas de fierro de 6 mm de espesor y de 1,10 metros de altura cada 2,5 metros, con malla faenera color naranja. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción y serán permanentes durante dicha fase, así como durante la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregará un reporte y registro fotográfico con los cercos instalados, previo al inicio de la fase de construcción, y una vez finalizada ésta. Asimismo, se considera entregar reportes respecto la mantención de los cercos una vez al año, durante la fase de operación. Forma de control y seguimiento Informe a la SMA al inicio y término de la fase de construcción, así como un informe anual al mismo organismo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 Cercado de Sitios y Hallazgos Arqueológicos.

9.5. Monitoreo del Cercado de Sitio y Hallazgos Aislados. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo es verificar el adecuado estado de los cercos a implementar en el sitio SO1, y en los hallazgos HA01, HA02, HA03 y HA04, de modo de asegurar que estos cumplen con su objetivo de cuidado. Descripción: Se considera realizar un monitoreo anual al estado de los cercos que serán implementados en el Sitio SO1 y en los hallazgos aislados HA01, HA02, HA03 y HA04, de modo de verificar que estos cercos mantienen las condiciones adecuadas para proteger los sitios y hallazgos señalados. El monitoreo considera verificar la condición de la malla del cerco, así como el estado de la enfierradura. El monitoreo será realizado por un arqueólogo, y en el caso de requerir el reemplazo de alguna componente, como la malla, este reemplazo será supervisado por el mismo arqueólogo. Justificación: El monitoreo se justifica por el hecho de que los sitios y hallazgos que estarán al interior del predio deben ser preservados durante toda la vida útil del proyecto, por lo cual el cerco es una medida fundamental para evitar la intervención de éstos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitio SO1 y hallazgos HA01, HA02, HA03 y HA04, ubicados al interior de la planta fotovoltaica. Forma: El monitoreo considera una evaluación del estado de la malla, considerando su reemplazo en caso de ser necesario. También se evaluará el estado de la enfierradura, considerando su pintado en caso de ser necesario, o bien, su reemplazo. Oportunidad: El monitoreo se realizará de forma anual. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregará un reporte y registro fotográfico sobre el estatus de los cercos instalados, indicando las partes que debieron ser reemplazadas en el caso de ser requerido. Forma de control y seguimiento Informe anual a la SMA respecto al estado de los cercos considerandos para la protección de los sitios y hallazgos arqueológicos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 Monitoreo del Cercado de Sitio y Hallazgos Aislados.

9.6. Cercado Provisorio de Sitios y Hallazgos Arqueológicos ubicados a menos de 10 metros de la línea eléctrica del proyecto. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger los sitios o hallazgos arqueológicos que se encuentran a menos de 10 m del eje de la línea eléctrica del proyecto, de modo de prevenir cualquier tipo de afectación que se pueda generar en ellos, producto de las actividades de construcción. Descripción: Para no generar afectación en la componente arqueológica, se considera no instalar postaciones en los hallazgos aislados y sitios arqueológicos identificados en la línea de transmisión eléctrica, y cercar aquellos que se encuentren a menos de 10 m del eje de la línea eléctrica, en forma provisoria, durante el período de tiempo que dure la construcción de la línea. Estos cercos provisorios se realizarán con estacas de fierro de 6 mm de espesor y de 1,10 metros de altura cada 2,5 metros, con malla faenera color naranja. Justificación: Debido a que en el levantamiento de componente arqueológica se evidenció la presencia de 28 hallazgos aislados y 7 sitios arqueológicos, los cuales están compuestos por elementos de carácter histórico, sub-actuales, y de alta representatividad en la zona. Los elementos identificados corresponden principalmente a restos de botellas, zapatos de antigua data, y algunos durmientes que eventualmente pertenecían a la antigua línea férrea Chañaral-Pueblo Hundido. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los hallazgos y sitios arqueológicos identificados que se encuentran a menos de 10 metros del eje de la línea eléctrica del Proyecto. Forma: Se cercarán aquellos hallazgos aislados y sitios arqueológicos que se encuentren a menos de 10 metros del eje de la línea eléctrica, de forma provisoria, durante el período de tiempo que dure la construcción de la línea. Estos cercos provisorios se realizarán con estacas de fierro de 6 mm de espesor y de 1,10 metros de altura cada 2,5 metros, con malla faenera color naranja. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción y se mantendrán durante el período de tiempo que tome la construcción de la línea de transmisión eléctrica. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregará un reporte y registro fotográfico con los cercos instalados, previo al inicio de la fase de construcción, y una vez finalizada la construcción de la línea eléctrica del proyecto. Forma de control y seguimiento Informe a la SMA al inicio y término de la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6 Cercado Provisorio de Sitios y Hallazgos Arqueológicos ubicados a menos de 10 metros de la línea eléctrica del proyecto.

9.7. Levantamiento Aero fotogramétrico. Impacto asociado Alteración al patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo corresponde a generar un registro respecto a los rasgos lineales patrimoniales identificados en el área de emplazamiento del proyecto, de modo de generar un registro sobre su presencia. Descripción: Se tomará registro de las características de dichos rasgos lineales patrimoniales, por medio de dron, de modo de registrar su ubicación geográfica y la forma de éstos, por medio de imágenes 3D, todo con el fin de generar un registro que sirva como fuente de consulta sobre su existencia. Se considera hacer el levantamiento de estos rasgos más un buffer de 50 metros. Justificación: Debido a que los registros de línea de base de arqueología evidenciaron la presencia de rasgos lineales patrimoniales en el sector de emplazamiento del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el sector de emplazamiento del proyecto, donde esté identificada la ubicación de los registros lineales. Forma: Se tomará registro de las características de dichos rasgos lineales patrimoniales, por medio de dron, de modo de registrar su ubicación geográfica y la forma de éstos, por medio de imágenes 3D, todo con el fin de generar un registro que sirva como fuente de consulta sobre su existencia. Se considera hacer el levantamiento de estos rasgos más un buffer de 50 metros. Oportunidad: El momento de aplicación de esta medida se coordinará con el cronograma de la fase de construcción y lo más cerca posible al inicio de las obras, que incluye ingreso de maquinarias, movimiento de tierra, etc. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregará un reporte y registro fotográfico con las actividades de levantamiento Aero fotogramétrico de los rasgos lineales. Forma de control y seguimiento Informe a la SMA y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), una vez realizado el levantamiento. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7 Levantamiento Aero fotogramétrico.

9.8. Charlas de inducción para los trabajadore para la especie Lama guanicoe (guanaco). Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: La no afectación de individuos de la especie de alta movilidad identificada en la zona de emplazamiento del Proyecto, la que corresponde a Lama guanicoe. Descripción: Se realizarán charlas de inducción dictadas para todos los trabajadores antes y durante la ejecución del Proyecto. En estas se destacará el compromiso estricto de no perturbar a la especie, además de la prohibición de caza y captura de especies silvestres, así como la prohibición de alimentar a este tipo de animales u otro tipo de fauna, como perros. Justificación: En el informe de la caracterización de Fauna terrestre se evidenció, mediante registro indirecto, la especie Lama guanicoe en el polígono de emplazamiento de las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas de inducción se realizarán en el polígono del Proyecto. Forma: Se realizarán charlas de inducción dictadas para todos los trabajadores antes y durante la ejecución del Proyecto. En estas se destacará el compromiso estricto de no perturbar a la especie, además de la prohibición de caza y captura de especies silvestres, así como la prohibición de alimentar a este tipo de animales u otro tipo de fauna, como perros. Además, se implementará un Plan de emergencia y contención ante eventual atropello de este tipo de fauna (Lama guanicoe). Oportunidad: El momento de la inducción de esta medida se coordinará con el cronograma de la fase de construcción y lo más cerca posible al inicio de la instalación de faena, que incluye ingreso de maquinarias, movimiento de tierra, etc. Indicador que acredite su cumplimiento Control de asistencia a las charlas de inducción. Forma de control y seguimiento Se entregará un reporte con las actividades de inducción realizadas, por el especialista a cargo de esta función, a la autoridad pertinente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8 Charlas de inducción para los trabajadore para la especie Lama guanicoe (guanaco).

9.9. Señalética en vehículos asociados al Proyecto. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar señalética a todos los vehículos asociados a las actividades del Proyecto, tanto propios como de contratistas, para la correcta identificación del Titular y Proyecto en cuestión. Descripción: La señalética que se implementará tendrá las siguientes características y presentará la siguiente información: - Señalética visible a una distancia de 20 metros. - Ubicación en puntos estratégicos del vehículo (Parabrisas, puertas laterales y parte trasera del vehículo). - Información disponible: Logo y nombre de la empresa, número de contacto y nombre del Proyecto. - Tipo letreros u adhesivos. Justificación: Constituye una medida de control para que los vehículos puedan ser identificados fácilmente en el caso de accidentes u otras contingencias. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Vehículos asociados al Proyecto (propios y de contratistas). Forma: En cada vehículo asociado al Proyecto se instalarán señaléticas del tipo letrero u adhesivas que señalen claramente el nombre de la empresa, número de contacto y nombre del Proyecto. Oportunidad: El compromiso se implementará previo a la fase de construcción y se verificará que todos los vehículos cuenten con ellas y en buen estado. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico del compromiso implementado. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro fotográfico y un control en la que se registren todos los vehículos que cuenten con la señalética instalada, cambiada o reinstalada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9 Señalética en vehículos asociados al Proyecto.

9.10. Priorizar la Contratación de Manos de Obra y Servicios Locales. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo es dar prioridad a la contratación de mano de obra, así como servicios locales, en la comuna de Diego de Almagro, siempre que éstos cumplan los requerimientos del proyecto. Descripción: El Proyecto considera la entrega a la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro de un listado con los puestos de trabajo que considera cubrir, y las competencias que deben tener los trabajadores que deseen cubrir dichos puestos. De la misma forma, entregará un listado de los servicios que se requerirán que sean cubiertos durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Se solicitará a la OMIL, la difusión de esta información en la comunidad de Diego de Almagro. El Proyecto considera en primera instancia la contratación de todo trabajador de la comuna de Diego de Almagro, que cumpla con el perfil del puesto al cual está postulando, y siempre que se logre un acuerdo entre las partes respecto a las remuneraciones asociadas. De igual forma, se contempla la contratación de servicios locales, siempre que éstos cumplan con las exigencias planteadas por el proyecto, y que se alcance un acuerdo económico entre las partes. Sólo en la eventualidad que algún puesto de trabajo o servicio requerido por el proyecto no sea cubierto por personal de Diego de Almagro, ya sea por ausencia del perfil requerido, falta de oferentes adecuados, o bien, no se logre acuerdo económico, entonces el proyecto buscará cubrir dicho puesto o servicio en otra comuna de la región, o en su caso, del país. Justificación: Promover la contratación de mano de obra y servicios locales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Diego de Almagro, en específico la localidad de Diego de Almagro y el sector de El Manto. Forma: El Proyecto considera la entrega a la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro de un listado con los puestos de trabajo que considera cubrir, y las competencias que deben tener los trabajadores que deseen cubrir dichos puestos. De la misma forma, entregará un listado de los servicios que se requerirán que sean cubiertos durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Se solicitará a la OMIL, la difusión de esta información en la comunidad de Diego de Almagro. Oportunidad: Previo al inicio de cada una de las fases de construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Listado de puestos de trabajo y servicios requeridos entregados a la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro. Forma de control y seguimiento Listado de puestos de trabajo y servicios requeridos entregados a la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro. Contratos de trabajo de personal de la comuna seleccionado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9 Señalética en vehículos asociados al Proyecto.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Aluviones o Eventos Meteorológicos Extremos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar − Instalación de pretiles de contención de 400 m en el borde oriente del área de parque fotovoltaico, y de un pretil de 400 m en el borde sur del parque fotovoltaico, tal como se aprecia en la siguiente figura.

Forma de control y seguimiento − Se realizará una inspección a los pretiles posterior a cada precipitación que se presente en la zona, independiente de su intensidad. − Si eventualmente se identifica algún sector con socavación o erosión, se procederá a cubrir, con el fin de mantener los pretiles en las condiciones óptimas. − De todas formas, los pretiles tendrán en su superficie material rocoso de alta granulometría, de modo de prevenir la erosión o socavación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE y Tabla 1-29 de la Adenda.

10.1.2. Colisión y electrocución de Aves. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar − Se desarrollarán capacitaciones a los trabajadores respecto a la fauna silvestre presente entorno al área de emplazamiento del proyecto. − Capacitación al personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto para las aves heridas. − En el caso de la línea de transmisión eléctrica, se considerará la instalación de disuasores de vuelo para aumentar la visibilidad del tendido, idealmente Bird Mark BM-AG u otro similar. Este dispositivo debe ser de al menos 20 cm de largo y se instalará en el cable de guardia. − Se debe destacar que el modelo referencial indicado se encuentra citado en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” (SAG, 2015) destacando su visibilidad nocturna. Además, el modelo cumple con los criterios relativos a tamaño, coloración y movimiento recomendados en la guía. Forma de control y seguimiento − Se presentarán los registros de las actividades y asistencia a las capacitaciones. − Fotografías con la implementación de los disuasores en la LTE. − Informes de monitoreo semestral reportados a la SMA durante los dos rimeros años de operación del Proyecto. Se realizará búsqueda de aves y/o carcasas en toda la extensión de la línea de transmisión eléctrica proyectada. − Copia de documentos de registro de disuasores de vuelo se mantendrán en oficina remota ante eventual fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Tabla 1-30 de la Adenda.

10.1.3. Emergencia Asociada a Sismo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Acciones o medidas a implementar − Definición de vías de evacuación y de zonas de seguridad. Estas se deberán mantener despejadas, limpias y sin restos de basura en todo momento. − En instalación de faenas se colocarán croquis con vías de evacuación, zonas de seguridad. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación al personal en la instalación de faenas y respecto a la señalética se mantendrán imágenes de su instalación y también un registro con sus mantenciones (reparaciones o cambio). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizada en la Tabla 1-31 de la Adenda.

10.1.4. Emergencia por incendios. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar Capacitación en materia de prevención y control de incendios: − Todo personal recibirá inducción en la cual se les dará a conocer los riesgos que involucra su trabajo, la forma correcta de utilizar los elementos de seguridad y las medidas de prevención que debe adoptar. − Instalación de señalética: Se contará con señaléticas adecuadas para la utilización de los elementos básicos para combatir el fuego y las respectivas vías de evacuación; Prohibición de fogatas, fumar, quema de basura; así como las indicaciones de las zonas de seguridad. − Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de combate de incendios. − Disponer de equipamiento en instalación de faenas para combatir incendios. − Mantener la instalación de faenas libre de basura. Forma de control y seguimiento − Registro de capacitaciones en prevención de incendios. − Registro de señalética, retiro de los residuos vegetales Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizada en Tabla 1-32 de la Adenda.

10.1.5. Contaminación por derrame. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones o medidas a implementar − Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento. − Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. − Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. − Almacenar insumos, materiales y combustibles en estanques y estantes seguros. − Capacitación a los trabajadores en el manejo de residuos, materiales y combustible. − Generación de lugares especiales en la Instalación de Faenas para la descarga y manipulación de combustible. − La instalación de los baños se realizará en superficies regulares, estables y apartadas de las zonas de interés y cursos de agua. − Contar con kit de emergencias Forma de control y seguimiento Registro de capacitación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizada en Tabla 1-33 de la Adenda.

10.1.6. Alteración de restos o sitios arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar Para evitar una contingencia en la que se produzca una alteración de los sitios arqueológicos, se implementarán las siguientes medidas: − Previo al inicio de la obra, un arqueólogo o licenciado en arqueología dará una charla de inducción a los trabajadores sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Forma de control y seguimiento Se realizará el respectivo informe, registrando la charla al personal de la obra mediante fotografías y la firma de los trabajadores, documentando el contenido de la misma, el cual será remitido a la autoridad correspondiente en caso de ser solicitado Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE.

10.1.7. Atropello de Fauna Silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar Implementación de límites de velocidad para los trabajadores que se encuentren operando vehículos durante todas las fases del Proyecto. − Instalación de señalética respecto a las velocidades permitidas en las cercanías al proyecto, así como al interior del área a ser utilizada por éste. − Se desarrollarán capacitaciones a los trabajadores respecto a la fauna silvestre presente en torno al área de emplazamiento del proyecto. − Se instalará señalética que avise sobre el posible cruce de fauna, en lugares que se identifiquen con presencia de fauna. Forma de control y seguimiento − Se generará un informe de las ubicaciones de toda la señalética, con los respectivos mantenimientos o recambio si fuera necesario − Se presentarán los registros de asistencia a las capacitaciones Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.7 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizado en Tabla 1-35 de la Adenda.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Aluviones o Eventos Meteorológicos Extremos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones a − Verificar la desenergización de las instalaciones de la planta implementar fotovoltaica, en el caso que no se encuentre desenergizada, realizar las acciones necesarias para lograr desenergizar. − Hacer un catastro de las instalaciones con el fin de verificar el eventual desprendimiento de algún panel u otra instalación, y si esta fue arrastrada por el aluvión. − Si eventualmente ocurre el desprendimiento y arrastre de algún componente del parque fotovoltaico, se procederá a realizar la búsqueda de éstos, en un radio de hasta 5 km. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Sólo en la eventualidad que el aluvión genere desprendimiento de componentes del parque fotovoltaico, se procederá a informar a la SMA, señalando la cantidad de componentes perdidos, así como el resultado de la búsqueda de éstos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE y Tabla 1-29 de la Adenda.

10.2.2. Colisión y electrocución de Aves. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Operación. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto Acciones a implementar − Quien encuentre aves heridas dará aviso inmediato al encargado o coordinador de emergencia del Proyecto acerca de la contingencia. − Se deberá tomar contacto con el encargado regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. − Una vez atendida la emergencia, se deberá generar un reporte de lo sucedido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan − Según corresponda se tomará contacto telefónico inmediatamente con el SAG y la SMA y, en un plazo no mayor a 10 días hábiles se les enviará un reporte de lo acontecido. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Tabla 1-30 de la Adenda.

10.2.3. Emergencia Asociada a Sismo. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Acciones a implementar − Se suspenderá la actividad que están realizando los trabajadores y paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. − De ser posible se desconectará la alimentación eléctrica. − Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras a través evacuación en caso de sismos y mantener la calma durante el sismo. − Permanecer en la zona segura hasta que todo vuelva a la normalidad y esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. − Si alguien maneja un vehículo, se debe estacionar a un costado de la calle evitando quedar cerca de postes, cables eléctricos y árboles o permanecer al interior del vehículo hasta que el sismo haya pasado y no sea riesgoso salir. − Avisar a los superiores en caso que exista un herido Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Por otra parte, se presentará en un plazo no superior a 48 horas, de un informe preliminar sobre la emergencia, a la SMA así como la SEREMI de Medio Ambiente, el cual contendrá a lo menos la siguiente información: − Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). − La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). − La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizada en la Tabla 1-31 de la Adenda.

10.2.4. Emergencia por incendios. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones a implementar En caso de que ocurra un incendio, que no sea posible controlarlo con el personal presente, se actuará de la siguiente manera: − El trabajador designado y preparado para comunicar un incendio (Prevencionista de riesgo u otro) que aviste una columna de humo y/o incendio, en caso de tener cobertura de telefonía celular, dará aviso de inmediato al 132 (Bomberos de Chile) − En caso de que no tenga cobertura de celular, dará aviso a la persona encargada de coordinar las comunicaciones proporcionándole el máximo de información antes mencionada, y esta persona se pondrá en contacto con las centrales de emergencia. − La persona encargada de incendios, proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, en la medida de lo posible y mientras llega personal especializado, tales como: tipo de combustible afectado por el fuego, cantidad y continuidad del combustible afectado y amenazado, etc. − En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. − La primera prioridad será la referida a las personas y la segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, éste dispondrá el traslado de personal al lugar del incendio, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. − Una vez arribado al lugar el personal de Bomberos, liderarán el combate, poniendo al personal de la faena a disposición para el apoyo a la operación, siempre y cuando sean requeridos.

Oportunidad y vías de El proyecto no considera personal permanente durante la fase de comunicación a la SMA de la activación del Plan operación, sin embargo, estarán operando las cámaras de seguridad, las cuales supervisan el proyecto las 24 horas. Por lo que, en caso de ocurrir un incendio, desde el operador remoto, se dará aviso al Titular del proyecto y este a su vez activará el Plan de Emergencia, llamando de inmediato a Bomberos. Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se dará aviso a Bomberos de inmediato y se comunicará con la SMA por teléfono. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Por otra parte, se presentará en un plazo no superior a 48 horas, un informe preliminar sobre la emergencia, a la SMA así como la SEREMI de Medio Ambiente, el cual contendrá a lo menos la siguiente información: − Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). − La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). − La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizada en Tabla 1-32 de la Adenda.

10.2.5. Contaminación por derrame. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones a implementar El personal que detecte el derrame dará aviso al responsable en Obra (jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo). − Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. − El responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. − Se delimitará el área afectada. − Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. − Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. − Se informará a la SMA lo siguiente: o Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. o Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. o Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. o En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se informará a la SMA en un plazo menor a 24 horas. Por otra parte, se presentará en un plazo no superior a 48 horas, de un informe preliminar sobre la emergencia, a la SMA así como la SEREMI de Medio Ambiente, el cual contendrá a lo menos la siguiente información: − Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). − La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). − La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizada en Tabla 1-33 de la Adenda.

10.2.6. Alteración de restos o sitios arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras en faenas constructivas. Acciones a implementar En caso de registrarse un hallazgo no previsto de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se deberá dar cumplimiento a la Ley Nº 17.288, el que establece que toda persona que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, debe dar aviso inmediatamente el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), que ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el CMN se haga cargo de él, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26º de la Ley. Por lo tanto, en caso de que se realice un hallazgo, se deberá: − Paralizar de forma inmediata de la faena en los sectores afectados en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. − Se dará aviso de manera inmediata al jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente. − Se delimitará y señalizarán correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se dispondrá para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. − Notificar al Consejo de Monumentos Nacionales en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo, de las características del hallazgo, georreferenciándolo (coordenadas UTM 19S, datum WGS84) y efectuando un registro fotográfico y las recomendaciones a seguir, de acuerdo con las disposiciones estipuladas en el Ley N° 17.288. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de presentarse un escenario de emergencia que afecte los arqueológicos, el Titular avisará en forma inmediata CMN, y SMA. Por otra parte, se presentará en un plazo no superior a 48 horas, de un informe preliminar sobre la emergencia, a la SMA así como la SEREMI de Medio Ambiente, el cual contendrá a lo menos la siguiente información: − Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). − La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). − La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizada en Tabla 1-34 de la Adenda.

10.2.7. Atropello de Fauna Silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones a implementar − Conductor y/o acompañante dará aviso inmediato al Encargado Ambiental del Proyecto acerca de la contingencia, quien se contactará con el SAG o un Centro de Rescate validado por SAG en la región. − En el lugar del evento, y siempre que nadie del personal hay resultado herido debido al atropello, se procederá a sacar al animal del camino, siempre que este sea de menor tamaño, y se le ubicará en la berma del camino, a la espera de la llegada de especialistas del centro de rescate más cercano. Esta actividad se realizará con especial cuidado y utilizando luces de emergencia del vehículo y triángulos reflectantes que ubicarán a una distancia prudente para advertir a otros usuarios de la ruta. − Si el animal involucrado es de mayor tamaño, el personal solamente se encargará de ubicar señalética para advertir a otros usuarios hasta la llegada de personal del centro de rescate. − Posteriormente el titular o en su defecto un encargado designado del Proyecto realizará las labores de traslado al centro de rescate corriendo con los gastos asociados. − Una vez trasladado el ejemplar al centro de rescate, se elaborará un informe preliminar con las causas del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan − El informe mencionado anteriormente será enviado a la SMA con copia al SAG regional.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE y Anexo 1-5 Planes de Emergencia y Contingencia de la DIA, actualizado en Tabla 1-35 de la Adenda.

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

  4. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  8. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro”, de Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Diego de Almagro” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 151, 156, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Distribución: Sr. Luis Patricio Silva Toro, en representación de Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A. CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Desarrollo Social Y Familia Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios Superintendencia del Medio Ambiente