Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación
mies Documento Digital N*: 202202101336 - Fecha: 14/06/2022
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación”
RESOLUCION EXENTA (ver número digital en costado inferior izquierdo)
Antofagasta, 14 de junio de 2022
VISTOS:
1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 28 de enero de 2022 y su Adenda Complementaria de 02 de mayo de 2022, del Proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación”, presentado por Minera Escondida Limitada con fecha 22 de octubre de 2021 y admitida a trámite con fecha 27 de octubre de 2021.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación”.
3". El Acta de Evaluación N*“20220200616/2022 de 12 de enero de 2022, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta,
4”. El ICE de la DIA del Proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación” de fecha 26 de mayo de 2022,
5, El acuerdo N40/2022 del 03 de junio de 2022 de la sesión ordinaria N15 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
6”. La Resolución de Calificación Ambiental N 0001/1997 de fecha 12 de mayo de 1997 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta, que aprobó ambientalmente el Proyecto “Lixiviación de Oxido de Cobre y Aumento de la Capacidad de Tratamiento del Mineral Sulfurado” y la Resolución de Calificación Ambiental N 0113/2011 de fecha 08 de junio de 2011 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta, que aprobó ambiental el Proyecto “Pila dinámica de lixiviación de óxidos de cobre”; que se modifican a través de la presente Resolución.
7”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación”.
8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S, N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); en la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución N 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la Resolución Exenta RA N 119046/205/2022 de fecha 23/05/2022 que nombra al Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta (“SEA Antofagasta”); y en el Decreto Supremo N*77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
- Que, Minera Escondida Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Minera Escondida Limitada
Rut 79.587.210-8
Domicilio Avenida De La Minería N*501, Antofagasta Teléfono (55)-2201662
Nombre representante legal Álvaro Ignacio Yánez Yáñez
Rut representante legal 15.982,456-K
Domicilio representante legal | Avenida De La Minería N*501, Antofagasta Teléfono representante legal (55)-201290
Correo electrónico Titular o | Alvaro.Al.YanezGbhp.com
representante legal
2?. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de mayo de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19,300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3”. Que, en sesión de N*15/2022, de fecha 03 de junio de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación”, aprobando parcialmente el contenido del ICE de fecha 26 de mayo de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Al respecto, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó aprobar el proyecto y otorgar de forma favorable los permisos ambientales sectoriales mixtos contemplados en los artículos 156 y 160 del Reglamento del SETA, de acuerdo con las condiciones señaladas por la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta en la sesión de fecha 03 de junio de 2022, que se detallan en el considerando 8 de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta,
4*. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del Proyecto es permitir la continuidad operacional de la infraestructura existente para el procesamiento y lixiviación de óxidos mediante la lixiviación mejorada con cloruro de sodio, proceso denominado “Simple Approach to Leaching” (SaL), aplicados a los minerales secundarios y mixtos de Escondida y Escondida Norte los cuales serán alimentados a la planta desde el año 2024. Para el cumplimiento de este objetivo, el Proyecto se desarrollará en dos áreas principales, a saber:
» Área Depósito de ripios de Lixiviación de Óxidos (Botadero OLAP): donde se desarrollará la extensión del Botadero y otras obras asociadas al Proyecto EDGE de MEL.
- Área Planta de Óxidos: donde se desarrollarán las nuevas instalaciones y modificaciones para la incorporación de NaCl al proceso de aglomeración, modificaciones en Pilas de lixiviación, Planta SX y otras obras asociadas al Proyecto Escondida FullSal (EFS).
Tipología principal, así | Según artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Ambiental (SETA):
“1.3) Se entenderá por Proyectos de disposición de residuos y estériles aquellos en que se dispongan residuos masivos mineros resultantes de la extracción o beneficio, tales como estériles, minerales de baja ley, residuos de minerales tratados por lixiviación, relaves, escorias y otros equivalentes, que provengan de uno o más Proyectos de desarrollo minero que por sí mismos o en su conjunto tengan una capacidad de extracción considerada en la letra 1.1 anterior”.
Vida útil
El Proyecto comprende una vida útil de 32 años y 04 meses. Para más detalle ver Tabla N*82 de la Adenda de la DIA.
Monto de inversión
USD$ 470 millones.
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
El hito que iniciará la ejecución del Proyecto corresponderá a los trabajos y actividades asociadas a los Movimientos de Tierra para la Instalación de Faenas.
Proyecto se desarrolla por etapas
Si No | El Proyecto no contempla el desarrollo del Proyecto
x [por etapas.
En la Tabla 3 de la DIA, se detallan las RCA
Proyecto modifica un Si No .
proyecto o actividad modificadas por motivo del presente Proyecto xX Si No
Proyecto modifica otra(s) RCA
El Proyecto modifica las siguientes Resoluciones de
Calificación Ambiental:
- RCA N*01/1997 que califica favorablemente el Proyecto “Lixiviación de Oxido de Cobre y Aumento de la Capacidad de Tratamiento del
XxX Mineral Sulfurado”
- RCA N*113/2011 que califica favorablemente el Proyecto “Pilas de Lixiviación Adicionales”.
Para más detalle ver Tabla 4 de la DIA y Tabla N*1
de la Adenda de la DIA.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
El Proyecto se localizará en la Región, Provincia y Comuna de Antofagasta, al interior de la faena minera de Minera Escondida, a aproximadamente 160 km al sureste de la ciudad de Antofagasta, a una altura aproximada de 3.200 m.s.n.m.
Descripción de la localización
La justificación de la localización del Proyecto se detalla a continuación:
» El Proyecto se localizará en una zona industrial, al interior de MEL, por lo cual no será necesaria la intervención de áreas destinadas a otros fines.
-
Las nuevas obras propuestas por el presente Proyecto permitirán dar continuidad a las operaciones de la faena minera de MEL, producto del reacondicionamiento operacional tanto en la Planta de Óxidos, como en las Pilas Dinámicas de Lixiviación y la extensión el Botadero de ripios, manteniendo gran parte de sus obras y acciones al interior de áreas ya intervenidas por otros Proyectos aprobados en el SELA.
-
El Proyecto se llevará a cabo en los alrededores del Área de las Pilas Dinámicas de Lixiviación y en el área de Planta de Óxidos de MEL, lugares donde se cuenta con disponibilidad de espacio para el desarrollo de las actividades consideradas,
Superficie
La superficie total estimada asociada a las obras del presente Proyecto asciende aproximadamente a 591,6 ha.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Las coordenadas del Proyecto se visualizan en Anexo 2.2 de la DIA.
Para más detalle ver Tabla N*85 Planos Georreferenciados de la Adenda de la DIA.
Caminos de acceso
El Proyecto se emplazará al interior de las instalaciones de MEL, cuyo acceso se realiza desde la ciudad de Antofagasta por la ruta 28 a La Negra y, posteriormente, por ruta B-475 hasta el sector de la garita de ingreso a las Faenas de MEL.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, gsorreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Las coordenadas del Proyecto se visualizan en Anexo 2.2 de la DIA. Para más detalle ver Tabla N*85 Planos Georreferenciados de la Adenda de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4:31: FASE DE CONSTRUCCIÓN
Habilitación de Instalaciones de Faena
El presente Proyecto requiere de la habilitación de seis Instalaciones de faena (IIFF) temporales, de las cuales 5 se encuentran asociadas a las mejoras con proceso Full SaL y 1 a la ampliación del botadero de ripios. Estas incluirán oficinas, salas de cambio, áreas de descanso e hidratación, sectores de bodegaje de materiales y equipos, servicios higiénicos y duchas entre otros.
Instalaciones y ajustes a los Sistemas de Aglomeración e instalaciones para adición de sal al proceso de lixiviación
El Proyecto contempla las siguientes actividades para las instalaciones y ajustes del sistema de aglomeración:
a) Movimientos de tierra: se realizarán movimientos de tierra, para lo cual se utilizarán excavadoras, bulldozer y cargadores frontales entre otros. De manera general, cabe señalar que, para las obras asociadas al Proyecto Full SaL se contempla una cantidad estimada de movimiento de tierra de 70.000 m'.
b) Obras civiles: se requiere de la instalación de fundaciones para las obras.
c) Instalación de estructuras, equipos y ductos: se realizará la instalación de la tolva de alimentación de sal, de correas de alimentación y transportadoras, chute de alimentación y correa de producto, campanas y ductos de colección de gas, estanque, cañerías y bombas de agua de proceso, así como la instalación del sistema de recolección y limpieza de gases.
Modificaciones asociadas al Área de Extracción por Solventes (SX)
El Proyecto contempla las siguientes actividades para las modificaciones asociadas al área de extracción:
a) Movimientos de tierra: se requieren movimientos de tierra, para lo cual se utilizarán excavadoras, bulldozer y cargadores frontales entre otros. De manera general, cabe señalar que, para las obras asociadas al Proyecto Full SaL se contempla una cantidad estimada de movimiento de tierra de 70.000 mí.
b) Obras civiles: se requiere de la instalación de fundaciones para las obras.
c) Instalación de estructuras, equipos y ductos: se contempla la instalación de un post decantador de orgánico en cada tren de la Planta SX. Por otra parte, se reemplazará la planta de borras por una planta resistente a la corrosión por cloruros y se ampliará la red de incendios de tal modo de proteger los nuevos postdecantadores de orgánicos y los mezcladores-decantadores nuevos de cada tren. Lo anterior incluye la instalación de una nueva bomba, cañerías, aspersores e instrumentación adición al sistema de incendios existente, lo que se hará por tren de la planta. Todos los elementos (como agitadores y bombas centrífugas) y tuberías que estén en contacto son soluciones con altas concentraciones de cloruro serán
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cambiados por unos resistentes a la corrosión por cloruro.
Obras asociadas a la Extensión del Botadero de Ripios y adecuaciones a obras anexas
El Proyecto contempla las siguientes actividades asociadas a las Obras asociadas a la Extensión del Botadero de Ripios y adecuaciones a obras anexas:
a) Movimientos de tierra para habilitación de cierre perimetral: Se habilitará un cierre perimetral alrededor del botadero de ripios en base a material dispuesto como pretil de contorno.
b) Obras civiles: se requerirá de la instalación de fundaciones para las obras.
c) Habilitación de camino de servicio y reubicación de caminos existentes: Si bien, el acceso al área del Proyecto se realizará por los caminos secundarios ya existentes en la zona, además de ellos se requerirá la construcción de un nuevo camino de servicio ubicado paralelo al avance del botadero hacia el oriente, así como paralelo al avance hacia el sector norte, circundando el área, hasta la zona en que se proyecta la habilitación de las piscinas. Otros caminos que serán utilizados en el tránsito de camiones, equipos y maquinaria pesada serán mejorados con el fin de otorgarles condiciones adecuadas para el tránsito de vehículos y maquinarias. Respecto de la reubicación de caminos existentes, estos se realizarán asegurando el perfil o sección tipo existente de estos al ejecutarlos,
d) Movimientos de tierra y preparación del terreno para habilitación de piscinas de emergencia: el Proyecto requerirá de la habilitación de dos piscinas de emergencia, que contengan posibles soluciones remanentes y el drenaje por aguas lluvias de los depósitos de ripios, Cada piscina tendrá una capacidad de 49.875
mi.
e) Instalación de geomembrana en piscinas de emergencia: Las piscinas de emergencia serán impermeabilizadas utilizándose geomembrana lisa y Geonet. Además, se colocará un sistema de traspaso.
f) Movimiento de tierra para habilitación de las Área Pozos Botadero Norte y Área de Pozos Botadero Sur: El Proyecto contempla la implementación de dos nuevas áreas de pozos de Monitoreo Hidrogeológico, cada una con dos pozos (correspondiendo así a un total de 4 pozos), por lo que, se requerirán movimientos de tierra para su habilitación.
El botadero de ripios se extenderá hacia el oriente y hacia el norte, requiriendo trabajo de movimientos de tierra, impermeabilización y la habilitación de un sistema colector drenante que evacúe las aguas hacia una piscina de emergencia proyectada. Para más detalle ver numeral 2.6.2.5. de la DIA.
Extensión del Botadero OLAP Acondicionamiento del
Sistema de Aglomeración
El Proyecto contempla las siguientes actividades asociadas al acondicionamiento del Sistema de Aglomeración:
a) Movimientos de tierra: se requieren movimientos de tierra, para lo cual se utilizarán excavadoras, bulldozer y cargadores frontales entre otros.
b) Obras civiles: se requiere de la instalación de fundaciones para las obras.
c) Instalación de estructuras, equipos y ductos: se contempla un cambio en el revestimiento de tambores aglomeradores y la instalación de un sistema de extracción y lavado de gases (en un scrubber). Se realizará la instalación de campanas y ductos de colección de gas; estanque, cañería y bombas de agua de proceso; estanque, cañería y bomba de dosificación de NaOH y un estanque de colección de la solución de lavado.
Recursos naturales renovables
Las partes, acciones y obras del presente Proyecto no contemplan la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades,
Emisiones y efluentes
a) Emisiones Atmosféricas:
En la fase de construcción del Proyecto, las emisiones se generarán debido a las siguientes actividades: excavación y relleno, transferencia de material, resuspensión producto del tránsito vehicular, combustión producto del tránsito vehicular, grupos electrógenos y maquinaria.
En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:
Fase/ MPiw | MP25s | CO HC |NOz | SOx Contaminante Construcción | 732,8 | 121,0 | 21,6 | 4,0 56,1 [0,1 [t/año]
El Proyecto considera como forma de manejo o abatimiento de emisiones la aplicación de humectación 2 veces por día en caminos no pavimentados.
También se considera que los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción.
Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape.
Y además sólo se utilizará maquinaria que tendrá sus mantenciones correspondientes al día,
b) Residuos líguidos:
Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán aguas servidas, las cuales serán tratadas en la PTAS. Además, se considera el uso de baños químicos.
Se estima una cantidad de 4.320 mé/mes de aguas servidas.
Las aguas tratadas de las PTAS serán almacenadas en estanques de acumulación, desde donde serán retiradas periódicamente por camiones para ser utilizadas en la humectación de caminos no pavimentados. Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán retirados y dispuestos por una empresa autorizada cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N*594/1999 del MINSAL.
c) Lodos PTAS:
Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán Lodos provenientes de la PTAS. Se estima una cantidad de 7,35 m/mes. Los lodos generados durante la operación de la PTAS de las distintas instalaciones de faena serán retirados y transportados mediante camiones a la planta deshidratadora autorizada de MEL (Resolución Exenta N4513/2012 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
Los lodos serán dispuestos en el Centro de Disposición de Residuos Sólidos Domésticos y Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos autorizado (Resolución Exenta N*344/2015 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
d) Ruido:
Durante la fase de construcción, se generarán emisiones de ruido principalmente provenientes del uso de maquinaria y equipos, tales como: retroexcavadoras, motoniveladora, rodillo compactador, bulldozer, cargador frontal, camión tolva, camión aljibe, camión grúa/pluma, grúa horquilla telescópica, excavadora, camión de gasolina, grupo electrógeno y grúas móvil de 70 t y 35 t. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.
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Para más detalle ver Anexo 2.4 de la DIA,
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos sólidos domiciliarios:
Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables, los que estarán compuestos básicamente de Papeles, cartones, plásticos, envases, residuos orgánicos, etc.
Se estima una generación de 36.000 kg/mes, los cuáles serán acumulados temporalmente en bolsas plásticas dentro de contenedores metálicos cerrados y techados, aislados del medio ambiente en el sector habilitado dentro de las MFF y serán recolectados tres veces por semana. El transporte y manejo de los residuos se realizará de acuerdo al Procedimiento de Manejo de Residuos de MEL,
Posteriormente, serán dispuestos finalmente en el Relleno Sanitario de MEL autorizado (Resolución N2441/2008 Modificada por la Resolución N3374/2016 de la Seremi de Salud de Antofagasta).
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:
Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de restos de materiales de construcción principalmente embalajes, gomas, despunte de cables, estructuras, cañerías, botellas plásticas, cartones, vidrios, papel, cartones, madera, plásticos, caucho, paños, huaipes, escombros y resinas entre otros. Se estima una generación máxima de 280 m*/mes. Los cuáles serán acopiados en un patio temporal de RISNP dentro de las instalaciones de las JIFF, debidamente demarcado y delimitado. Cada contenedor contará con una fecha de registro de ingreso y salida de los residuos, además de una puerta de acceso, por lo que, el ingreso será restringido a las personas autorizadas. Serán retirados una vez a la semana. El transporte y manejo de los residuos se realizará de acuerdo al Procedimiento de Manejo de Residuos de MEL.
Posteriormente, los residuos generados serán almacenados temporalmente en contenedores RISNP, al interior de las TIFF. Disposición Final: Los residuos serán dispuestos finalmente en el Relleno Sanitario de MEL autorizado (Resolución N2441/2008 Modificada por la Resolución N%3374/2016 de la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta).
c) Residuos sólidos peligrosos: Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán residuos
sólidos peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de contenedores metálicos y envases plásticos contaminados, desechos de soldadura HDPE, escombros contaminados, aceites usados, entre otros.
Se estima una generación de 16,55 mi/mes, los cuales serán segregados conforme con sus características de peligrosidad, siendo envasados en contenedores herméticos con etiquetas que los distingan. Serán retirados en un período no superior a 6 meses, aumentando la frecuencia del retiro de ser requerido, de acuerdo con el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos Vigente de MEL. El transporte de estos se realizará por empresas debidamente autorizadas para tal efecto,
Posteriormente, los residuos serán almacenados temporalmente en Bodegas RESPEL y posteriormente serán trasladados hacia el CTR autorizado de MEL (Resolución Exenta N*842/2008 de la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta).
En cuanto a la disposición Final estos residuos, serán dispuestos en sitios autorizados, dando cumplimiento al D.S N*148/2003 del MINSAL.
Referencia__al_ ICE para
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.5 del ICE del proyecto.
mayores detalles sobre esta fase.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Obras y/o actividades nuevas
- Instalaciones y ajustes a los Sistemas de Aglomeración e instalaciones para adición de sal al proceso de lixiviación (lixiviación mixta):
En fase de operación, el Sistema de Aglomeración e instalaciones para la adición de sal al proceso de lixiviación mixta considera la instalación de una planta de suministro de sal a un costado de los tambores aglomeradores existentes. Esta incluye un acopio cubierto de 500 t para un (1) día, con una descarga desde camiones. La capacidad de diseño de alimentación de sal a aglomeración es 63 t/h.
Esta obra considera, a su vez, la incorporación de un sistema de recolección y limpieza de gases o Scrubbers, cuyo propósito es tratar el ácido clorhídrico generado por el contacto entre el ácido sulfúrico y el cloruro de sodio. Este sistema operará con una solución de soda cáustica (NaOH al 50% p/p) para neutralizar las soluciones ácidas generadas durante la limpieza de gases, antes de ser liberados a la atmósfera y en conformidad con la normativa ambiental aplicable, para cumplir con los límites máximos permisibles de ácido sulfúrico y ácido clorhídrico. La solución resultante del tratamiento de gases se enviará a la piscina de refino o tambor aglomerador para su reutilización dentro del circuito productivo.
- Obras asociadas a la Extensión de Botadero OLAP: Durante la operación, el camino de servicio proyectado permitirá el tránsito de Camiones y maquinaria que se requieran para trabajos de supervisión y mantención del funcionamiento del Botadero de ripios. Durante su funcionamiento, se considera la aplicación de humectación periódicas para minimizar las emisiones de material particulado.
Para acceder al área del Proyecto a ejecutar, se utilizarán los caminos secundarios existentes en la zona y se construirá un nuevo camino de servicio paralelo al avance del botadero hacia el oriente, así como paralelo al avance hacia el sector norte, circundando el área, hasta llegar a la zona del área de piscinas proyectadas. Se realizarán mejoramientos a otros caminos requeridos para la construcción con el fin de otorgarles las condiciones adecuadas para la circulación de camiones, equipos y maquinaria pesada.
Modificaciones Obras Existentes
- Extensión del Botadero OLAP y adecuaciones a obras anexas:
La nueva extensión de botadero de ripios considera la relocalización de dos piscinas de emergencia para contener las probables soluciones remanentes y el drenaje por aguas lluvias de los depósitos de ripios. Dichas piscinas se localizarán a 370 metros aproximadamente al norte del pie de talud proyectado para el Botadero y contará con un volumen total aproximado de 49.500 mé por cada una. Las nuevas piscinas tienen la función de cubrir potenciales eventos de precipitaciones sobre el área del depósito de ripios.
- Acondicionamiento del Sistema de Aglomeración:
Se considera realizar mantenciones frecuentes de las estructuras metálicas y hormigones de soporte de los tambores y mejorar el circuito eléctrico, cañerías, ductos e instrumentación para evitar cualquier tipo de corrosión.
- Modificaciones asociadas al área de Extracción por
solventes (SX)
En la Planta SX se considera la incorporación de una nueva etapa de lavado W2 para cada tren, a fin de rebajar la concentración de cloruro en el electrolito a niveles inferiores a 30 mg/L tal que no se corroan los cátodos permanentes de la operación de la planta de EW. También es necesario incorporar un postdecantador de orgánico cargado (POC) por cada tren, para así contribuir a disminuir los arrastres de cloruro que se puedan generar en el circuito de SX,
- Modificaciones menores en el Área de la Pila dinámica de lixiviación referentes a la instalación del Sistema de Aireación: Con el nuevo sistema de Aireación, se mantendrá una tasa de procesamiento de 24 Mt/a (de acuerdo con lo aprobado en la RCA N*113/2011), con una altura de apilamiento similar al valor actual de aproximadamente 6 m de altura y un ciclo total de operación de 223 días para cada franja de mineral apilado.
El mineral aglomerado proveniente de los tambores de aglomeración se apilará en 38 franjas de mineral (canchas/pads) con alturas de apilado de aproximadamente 6 metros para todos los tipos de mineral y a cada franja de lixiviación se le inyectará aire atmosférico a través de 10 nuevos ventiladores móviles, cada ventilador suministrará aire a dos franjas (pilas) de lixiviación.
Recursos naturales renovables
Las partes, acciones y obras del presente Proyecto no contemplan la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones Atmosféricas:
En la fase de operación del Proyecto, las emisiones se generarán debido al uso de rotopala, cargadores frontales, excavadores, bulldozer, motoniveladores, retroexcavadoras y scrubber.
En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales: Fase/ MPi | MP2s | CO | HC | NOz | SO, Contaminante Operación 22,0 22,0 30,3 5,9 62,4 0,1 [año] El Proyecto considera corno forma de manejo o abatimiento de emisiones la aplicación de humectación 2 veces por día en caminos no pavimentados.
Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día.
Cabe señalar que, sólo se utilizará maquinaria que tenga sus mantenciones correspondientes al día.
b) Aguas servidas: Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán aguas
servidas, los cuales serán tratados en la PTAS, se estima una cantidad de 306 m*/mes.
El Proyecto no considera superar las cantidades aprobadas mediante RCA N*113/2011. Sin embargo, estos residuos serán dispuestos en las Instalaciones sanitarias existentes de MEL.
c) Lodo PTAS:
Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán lodos provenientes de la PTAS, se estima una cantidad de 0.52 m'/mes. El Proyecto mo considera superar las cantidades aprobadas mediante RCA N113/2011. Sin embargo, los lodos generados actualmente provenientes de la operación de PTAS existentes son retirados y transportados mediante camiones a la planta deshidratadora autorizada de MEL (Resolución Exenta N4513/2012 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
Los lodos serán dispuestos en el Centro de Disposición de
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Residuos Sólidos Domésticos y Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos autorizado (Resolución Exenta N*344/2015 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
d) Ruido:
Durante la fase de operación, se generarán emisiones de ruido principalmente provenientes del uso de la correa transportadora. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N? 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver Anexo 2.4 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos sólidos domiciliarios:
Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables, los que estarán compuestos básicamente de papeles, cartones, plásticos, envases, residuos orgánicos y otros.
Se estima una generación de 2.550 kg/mes.
El Proyecto no considera superar las cantidades aprobadas mediante RCA N*113/2011. Sin embargo, dichos residuos serán acumulados en bolsas plásticas dentro de contenedores metálicos cerrados y techados, aislados del medio ambiente y serán recolectados tres veces por semana. El transporte y manejo de los residuos se realizará de acuerdo al Procedimiento de Manejo de Residuos de MEL.
Los residuos generados serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos ubicados en el área.
Posteriormente, los residuos serán dispuestos finalmente en el Relleno Sanitario de MEL autorizado (Resolución N2441/2008 Modificada por la Resolución N3374/2016 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:
Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de papeles, cartones, plásticos, tuberías, cables, fierros o cualquier pieza en desuso, además de EPP y ropa de trabajo en desuso y no contaminada, entre otros.
Se estima una generación máxima de 10 m'/mes.
El Proyecto no considera superar las cantidades aprobadas mediante RCA N*113/2011. Sin embargo, dichos residuos serán recolectados una vez por semana. El transporte y manejo de los residuos se realiza de acuerdo al Procedimiento de Manejo de Residuos de MEL.
Los residuos generados serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos ubicados en el área.
Posteriormente, los residuos serán dispuestos finalmente en el Relleno Sanitario de MEL autorizado (Resolución N2441/2008 Modificada por la Resolución N3374/2016 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
c) Residuos sólidos peligrosos:
Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de residuos de borras aceitosas, trapos contaminados, EPP y ropa de trabajo contaminada, filtro usado, tierra y piezas contaminadas. Se estima una generación de 2 m*/mes.
El Proyecto no considera superar las cantidades aprobadas mediante RCA N*113/2011. Los residuos generados serán segregados conforme con sus características de peligrosidad, siendo envasados en contenedores herméticos con etiquetas que los distingan, de acuerdo con el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos Vigente de MEL. El transporte de estos se realizará por empresas debidamente autorizadas para tal efecto.
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Los residuos serán almacenados temporalmente en Bodegas RESPEL y posteriormente serán trasladados hacia el CTR autorizado de MEL (Resolución Exenta N842/2008). Posteriormente, serán dispuestos en sitios autorizados, dando cumplimiento al D.S N148/2003 del MINSAL.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase,
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del proyecto.
4.3.3. FASE DE CIERRE
Actividades, obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad
El proyecto considera las siguientes actividades para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad:
Pila de lixiviación dinámica OLAP: se desmantelarán los equipos, correas, cableados, ductos y, en general, todo elemento instalado en superficie, con excepción de aquellas destinadas al monitoreo post cierre.
Botadero de Ripios: se considera mantener los taludes finales que resulten de la operación. Por otra parte, se desmantelarán los equipos, correas, cableados, ductos y, en general, todo elemento instalado en superficie, incluyendo ductos hacia las piscinas de emergencia.
Obras asociadas a modificaciones menores en el Área de la Pila Dinámica de lixiviación referentes a la instalación del Sistema de Aireación: se contempla el desmontaje y/o desmantelamiento de equipos (manifolds, bombas centrífugas, tuberías, entre otros), correas, cableados y ductos y, en general, de cualquier elemento instalado en superficie.
Obras asociadas a las instalaciones y ajustes a los Sistema de Aglomeración e instalaciones para adición de sal al proceso de lixiviación: se desenergizarán todas las instalaciones construidas por el presente Proyecto, desmantelando las estructuras y desmovilización de equipos, maquinaria, materiales y repuestos.
Se realizará perfilamiento y nivelación de la superficie donde se encuentran edificaciones.
Actividades, obras y acciones para restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad
El proyecto considera las siguientes actividades para restaurar la geoforma o morfología del área del Proyecto:
» Se realizará reperfilado del terreno producto de la extracción de fundaciones por medio de cortes y/o rellenos con material granular, Los caminos existentes que no serán utilizados para las labores de monitoreo postcierre serán reperfilados una vez que concluya la operación.
» Partes remanentes de fundaciones serán cubiertas empleando lastre de la mina y/o material disponible en el lugar.
» Área de piscinas de emergencia serán rellenadas permaneciendo las carpetas en su sitio, eliminando pretiles.
Actividades, obras y acciones para prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua
Las acciones que permiten prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto serán las siguientes:
Aire:
— El material dispuesto en el botadero de ripios no presenta capacidad de dispersión por aire dadas sus características granulométricas.
Suelo:
— El botadero de ripios se encuentra emplazado en un área ampliamente intervenida antrópicamente, cuyo suelo presenta
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escasas propiedades edáficas. Agua:
— Si bien corresponde a material de estéril con alto potencial de generación de drenaje ácido, en base a estudios hidrológicos e hidrogeológicos no se prevé que genere infiltración hacia la zona no saturada del acuífero por precipitación directa sobre su superficie, ni flujos de escorrentía por sus laderas.
— Para minimizar la generación de aguas de contacto, el presente Proyecto cuenta con 3 canales de desvío existentes ubicados en torno a los depósitos y pila, los cuales permiten conducir los flujos de la escorrentía superficial que se espera se genere luego de eventos de precipitación de gran magnitud y la escorrentía que se pueda generar por las laderas.
— Respecto a las piscinas de emergencia, cabe señalar que, estas han sido impermeabilizadas y, que, en caso de tener algún contenido, se realizará el vaciado de las piscinas, enviando las soluciones a la planta y/o al área de los depósitos para su evaporación, evitando la infiltración de las soluciones.
Cabe hacer presente que, el Proyecto se emplazará integramente al interior de la faena minera de MEL, en un área de escasa vegetación u otro elemento ambiental que pueda ser afectado por emisiones.
Actividades, obras y acciones para mantención, conservación y supervisión que sean necesarias
Se contemplan las siguientes actividades de, conservación y supervisión conforme a lo establecido en la Actualización del Plan de Cierre:
» Los canales de desvío existentes en condición de cierre han sido diseñados para crecidas con período de retorno de 100 años. Conforme a este criterio, se ha asumido que, en dicho plazo, los canales deberán ser completamente restituido, toda vez que, se considera que existe una probabilidad de excedencia del evento de diseño de los canales en un período de 100 años posteriores en condición de cierre.
-
Los flujos generados por las laderas de la Pila de Lixiviación OLAP y los Depósitos de Ripios serán controlados en los distintos niveles de estas obras, donde serán posteriormente evaporados (no se requieren obras).
-
Con el propósito de corroborar que no se generen infiltraciones se proyecta el monitoreo y seguimiento de los pozos ubicados en las inmediaciones de OLAP.
Existen medidas de mantenimiento para el área de la Pila de Lixiviación OLAP y botadero de ripios OLAP que se implementarán a perpetuidad. Respecto de ellas cabe señalar que:
+» Se desarrollarán mantenciones a las señaléticas ubicadas en los canales de contorno y pretiles de cierre existentes.
- Anualmente se desarrollarán inspecciones visuales a los canales de contorno y pretiles de cierre.
= A los pretiles de cierre se realizará una mantención cada 5 años. + A los canales de contorno se realizará una mantención cada 50 años o tras eventos de extremos de precipitación.
Recursos naturales renovables
Las partes, acciones y obras del presente Proyecto no contemplan la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones Atmosféricas:
En la fase de cierre se generarán emisiones atmosféricas debido del desmantelamiento de instalaciones. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:
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Fase/ MPi | MPzs | CO HC | NO | SOz Contaminante
Cierre [t/año] | 732,8 | 121,0 | 21,6 | 4,0 | 56,1 0,1
Cabe señalar que, las emisiones atmosféricas a generar durante de la fase de cierre se ha estimado que, en el peor caso, ellas serán equivalentes a las generadas durante su construcción, dada la naturaleza de las obras y actividades que se desarrollarán.
El Proyecto considera como forma de manejo o abatimiento de emisiones la aplicación de humectación 2 veces por día en caminos no pavimentados,
Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día.
Cabe sefalar que, sólo se utilizará maquinaria que tenga sus mantenciones correspondientes al día.
b) Aguas servidas: Durante la fase de cierre, el Proyecto contempla el uso de baños
químicos y/o utilización de instalaciones sanitarias existentes de MEL.
Se estima una generación de 4.320 m*/mes de aguas servidas.
Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán retirados y dispuestos por una empresa autorizada cumpliendo con lo dispuesto en el D.S, N594/1999 del MINSAL. PTAS autorizada mediante RCA N170/2011.
c) Lodos PTAS:
Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán lodos provenientes de la PTAS, se estima una cantidad de 7,35 m*/mes. Los lodos generados durante la operación de la PTAS de las distintas instalaciones de faena serán retirados y transportados mediante camiones a la planta deshidratadora autorizada de MEL (Resolución Exenta N%4513/2012 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
Los lodos serán dispuestos en el Centro de Disposición de Residuos Sólidos Domésticos y Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos autorizado (Resolución Exenta N%344/2015 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
d) Ruido:
Durante la fase de cierre, se generarán emisiones de ruido, principalmente, provenientes de las actividades de desmantelamiento. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver Anexo 2.4 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a Residuos sólidos domiciliarios:
Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables, los que estarán compuestos básicamente de papeles, cartones, plásticos, envases, residuos orgánicos, etc.
Se estima una generación de 36,000 kg/mes.
Los residuos generados serán acumulados en bolsas plásticas dentro de contenedores metálicos cerrados y techados, aislados del medio ambiente y serán recolectados tres veces por semana. El transporte y manejo de los residuos se realizará de acuerdo al Procedimiento de Manejo de Residuos de MEL.
Los residuos generados serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa hermética de mayor capacidad ubicados en el área.
Posteriormente, los residuos serán dispuestos finalmente en el
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Relleno Sanitario de MEL autorizado (Resolución N2441/2008 Modificada por la Resolución N3374/2016 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:
Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos no peligrosos provenientes de los restos de materiales de construcción, principalmente, embalajes, gomas, despunte de cables, estructuras, cañerías, botellas plásticas, cartones, vidrios, papel, cartones, madera, plásticos, caucho, paños, huaipes, escombros y resinas entre otros.
Se estima una generación de 280 m'/mes.
Los residuos generados serán recolectados una vez por semana. El transporte y manejo de los residuos se realizará de acuerdo al Procedimiento de Manejo de Residuos de MEL.
Los residuos generados serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa hermética de mayor capacidad ubicados en el área. Posteriormente, los residuos serán dispuestos finalmente en el Relleno Sanitario de MEL autorizado (Resolución N”2441/2008 Modificada por la Resolución N*3374/2016 de la SEREMI de Salud de Antofagasta).
c) Residuos sólidos peligrosos:
Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de contenedores metálicos y envases plásticos contaminados, desechos de soldadura HDPE, escombros contaminados, aceites usados, entre otros.
Se estima una generación de 16,55 m'/mes.
Los residuos generados serán segregados conforme con sus características de peligrosidad, siendo envasados en contenedores herméticos con etiquetas que los distingan, de acuerdo con el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos Vigente de MEL. El transporte de estos se realizará por empresas debidamente autorizadas para tal efecto.
Los residuos serán almacenados temporalmente en el CTR autorizado de MEL (Resolución Exenta N”842/2008). Posteriormente, serán dispuestos en sitios autorizados, dando cumplimiento al D.S N?148/2003 del MINSAL.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del proyecto.
4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1: FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio | Diciembre del año 2022.
Parte, obra o acción que | Movimientos de tierra en las áreas de instalaciones de faena.
establece el inicio
Fecha estimada de Diciembre del año 2024,
término
Parte, obra o acción que | Movimiento de tierras para obras asociadas a extensión del Botadero establece el término OLAP, especificamente para habilitación de caminos.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio | Mayo del año 2023.
Parte, obra o acción que | Pre comisionamiento de obras asociadas a Instalaciones y ajustes a los establece el inicio Sistemas de Aglomeración e instalaciones para adición de sal al proceso
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de lixiviación (lixiviación mixta).
Fecha estimada de término
Julio del año 2034,
Parte, obra o acción que establece el término
Corresponderá una vez completada la capacidad Total del Botadero de Ripios.
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Año 2035.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Corresponderá a la instalación y mantención de señalética y Mantención de canales de contorno existentes, ambos en el área de Extensión del Botadero OLAP.
Fecha estimada de
término
Año 2032.
Parte, obra o acción que establece el término
Corresponderá a la mantención de las piscinas de emergencias en el área de Extensión del Botadero OLAP.
5”, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*
19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
El Proyecto no generará riesgo para la salud de la población.
El Proyecto, en todas sus fases, generará emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, derivadas principalmente de la excavación y relleno, transferencia de material, resuspensión producto del tránsito vehicular, combustión producto del tránsito vehicular, grupos electrógenos y maquinaria.
Las mayores emisiones atmosféricas serán generadas durante la fase de construcción y cierre. Cabe indicar que, para las emisiones atmosféricas a generar durante de la fase de cierre se ha estimado que, en el peor caso, ellas serán equivalentes a las generadas durante su construcción, dada la naturaleza de las obras y actividades que se desarrollarán. Para mayor detalle ver Anexo 16 de la Adenda de la DIA.
Por otro lado, mencionar que el presente Proyecto no superarán los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente (D.S. N“38/2011 del MMA), en ninguna de sus fases. Todas las obras se ubicarán completamente al interior de la faena minera de MEL, donde no se evidencia hábitat de relevancia para la reproducción, alimentación y nidificación de fauna nativa que pueda ser afectada.
Por lo anterior, en virtud de la información presentada, es posible señalar que no existe riesgo para la salud de la población, ya que no existe una superación de normativa primaria de calidad del aire.
Parte, obra o acción que lo genera
Todas las partes, obras o acciones del Proyecto.
Fase en que se presenta
Todas las fases del Proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Para más detalle ver Tabla 6.1. del ICE.
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental El Proyecto no generará alteración del suelo.
El Proyecto requerirá 591,6 ha de suelo para su emplazamiento (de éstas, 542,9 ha corresponden a áreas autorizadas para intervención mediante la RCA N113/2011, RE N396/2014 y RE N*2021002101195/2021 y sólo 48,7 ha corresponde a nuevas áreas a intervenir), las cuales se ubican íntegramente al interior de la faena Minera de Escondida Limitada, cuyo uso se restringe a la actividad industrial y minera.
Los suelos del área de influencia del presente Proyecto se caracterizan por presentar extrema aridez, ausencia total de humedad, además de tener un carácter predominantemente industrial, intervenido y con escasas propiedades edafológicas de interés para la actividad silvoagropecuaria o que sustente hábitats de interés para la biodiversidad.
Por lo anterior, no existirá una pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar la biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
Parte, obra o acción que lo genera Actividades de movimiento de tierra y al transporte de vehículos y maquinarias.
Fase en que se presenta Fase de Construcción.
Referencia al ICE para mayores | Para más detalle ver Tabla 6.2. del ICE. detalles sobre este impacto específico
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental El Proyecto no generará afectación a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
El Proyecto no generará impactos ambientales sobre reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, ya que los asentamientos humanos más cercanos al área del Proyecto se localizan a más de 100 km.
Parte, obra o acción que lo genera No Aplica
Fase en que se presenta No Aplica
Referencia al ICE para mayores | Para más detalle ver Tabla 6.3. del ICE. detalles sobre este impacto específico
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental El Proyecto no generará alteración del valor ambiental del territorio.
El Proyecto no se localizará en o próximo a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio de valor
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ambiental susceptibles de ser afectados, La distancia al área de influencia del Proyecto más cercana, respecto de un área bajo protección oficial de la Región Antofagasta, corresponde al Sitio Prioritario Salar de Punta Negra, ubicado a unos 24 km del Proyecto. Á su vez, el acuífero protegido para la conservación de la biodiversidad más cercano al Proyecto corresponde al Acuífero Imilac a una distancia de aproximadamente 28,2 km.
Por lo anterior, las actividades a desarrollar por el Proyecto no afectarán un territorio con valor ambiental.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
No Aplica.
Parte, obra o acción que lo genera
No Aplica,
Fase en que se presenta
No Aplica.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Para más detalle ver Tabla 6.4. del ICE,
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
El Proyecto no generará alteración de los atributos del El Proyecto se ubicará al interior de las instalaciones de MEL, por lo que, el paisaje en el área del Proyecto corresponde a un área intervenida.
Por lo cual las obras asociadas al Proyecto están en concordancia con el entorno actual, no generando intervenciones distintas a las ya existentes, lo que se traduce en que el Proyecto no generará una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico de la zona.
Componente(s) ambiental(es) No Aplica. afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No Aplica. Fase en que se presenta No Aplica.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Para más detalle ver Tabla 6.5. del ICE.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
El proyecto no generará alteración del patrimonio cultural. En el área de influencia del Proyecto, se identificaron hallazgos paleontológicos cuyo detalle se presenta en el Anexo N 3.2.2 del Capítulo N 3 de la DIA y de acuerdo con los lineamientos señalados en la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, 2016) en el Anexo N 4,1 del Capítulo N 4 de la DIA se presenta el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 132 del D.S. N*40/2012 del MMA.
Por lo cual, es posible indicar que el Proyecto no es susceptible de alterar significativamente algún Monumento
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Nacional de aquellos definidos por la Ley N* 17.288.
Parte, obra o acción que lo genera
Toda el área del Proyecto.
Fase en que se presenta
Fase de Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Para más detalle ver Tabla 6.6. del ICE.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según lo establece en el artículo 132 del reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto para llevar a cabo una recolección paleontológica superficial en las áreas fosilíferas y susceptibles existente en superficie, asociada a la extensión del botadero de ripios.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 4.1 del Capítulo 4 de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 776 fecha 16 de febrero de 2022 el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando el PAS 132,
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1.1 del ICE.
6.2. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral según se establece en el artículo 136 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fases de construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá debido a las modificaciones que el Proyecto considera ejecutar sobre el actual botadero de ripios de mineral óxido existente.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 4.2 del Capitulo 4 de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del Órgano competente
Mediante ORD 574 fecha 11 de febrero de 2022 SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando el PAS 136.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1,2, del ICE,
6.3. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SETA.
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Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Cierre,
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá para la etapa de cierre de las partes y obras nuevas y modificadas por el Proyecto.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 4.3 del Capítulo 4 de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del Órgano competente
Mediante ORD 574 fecha 11 de febrero de 2022 SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando el PAS 137.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1.3 del ICE.
6.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública O particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá para la habilitación de la red de alcantarillado para las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) asociadas a las instalaciones de faenas temporales.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 4.4 del Capítulo 4 de la DIA y Anexo N*7.1 de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 0629 fecha 16 de mayo de 2022 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando el PAS 133.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1.4 del ICE.
6.5. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá para la instalación de áreas de disposición temporal de residuos no peligrosos al interior de las instalaciones de faena temporales.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 4.5 del Capítulo 4 de la DIA y Anexo N*7.2 de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 0629 fecha 16 de mayo de 2022 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes
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presentados por el Titular, otorgando el PAS 140.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1.5 del ICE.
6.6. Permiso para todo
sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece
en el artículo 142 del Reglamento del SETA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá para la implementación de áreas de manejo temporal de residuos peligrosos al interior de las instalaciones de faena temporales.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 4.6 del Capítulo 4 de la DIA y Anexo N”7.3 de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 0629 fecha 16 de mayo de 2022 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando el PAS 142,
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1.6 del ICE.
6.7. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 de
Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá para la implementación de las obras camino de servicio, reubicación de caminos existentes, piscinas de emergencia, cierre perimetral (dispuesto como pretil de contorno), áreas de pozos 1 y 2 y extensión del botadero OLAP, debido a que ellas podrían modificar cauces de corriente discontinua secundarios presentes al interior de la faena minera de MEL.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo N? 1 de la Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Condiciones señaladas en el considerando 8.1 de la presente Resolución.
Pronunciamiento del órgano competente
Dado que la Dirección General de Aguas, de la Región de Antofagasta se pronunció con observaciones a la Adenda Complementaria, la Comisión de Evaluación, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular y otorgó favorablemente el permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 156 del RSEIA, con las condiciones ya señaladas,
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1.7 del ICE.
6.8. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales según se establece en el artículo 160 del
Reglamento del SETA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso se requerirá para las instalaciones de faena temporales que se ubicarán fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta y al interior
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de la faena minera de MEL.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 7.4 de la Adenda de la DIA, actualizado en Anexo N* 2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias especificas para su otorgamiento
Condiciones señaladas en el considerando 8.2 de la presente Resolución.
Pronunciamiento del órgano competente
-
Mediante ORD, N*142 de fecha 16 de mayo de 2022, el SAG de la Región de Antofagasta, se pronunció conforme a los antecedentes presentados por el titular, otorgando el PAS 160.
-
Por otro lado, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, se pronunció con condiciones a la Adenda Complementaria. Parte de estas condiciones no fueron consideradas en el ICE (para más detalle ver Tabla 3.8.1.0 del ICE) y en plenitud de sus facultades la Comisión de Evaluación, solicitó condicionar el 160 a lo establecido por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo otorgando favorablemente el permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 160 del RSEIA, con las condiciones que se indican en el numeral 8.2 de la presente Resolución.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 9.1.8 del ICE.
7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial.
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N458/1975, modificada por la Ley N 20.920/2016, Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
cumplimiento
Fase del Proyecto a la que Construcción. aplica o en la que se dará
aplica
Parte, obra o acción a la que | El Proyecto se ubicará dentro de la faena minera de MEL, fuera del
límite urbano de la comuna de Antofagasta, Contemplará actualizar el proceso de lixiviación y apilado de ripios, lo cual considerará modificar el diseño del botadero actual de ripios de lixiviación de óxidos del Proyecto, incluyendo nueva infraestructura Operacional, actualización de su diseño, reubicación de piscinas de procesos, e instalaciones de faena fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta.
Forma de cumplimiento
Debido a que el Proyecto contemplará instalaciones de faena fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta, se solicitó el permiso establecido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.
cumplimiento
Indicador que acredita su Aprobación del PAS N” 160 y Resolución sectorial que aprueba la
habilitación de las instalaciones de faena.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá disponible para la autoridad un registro con la documentación que da cuenta de la obtención del permiso otorgado para las obras de edificación que lo requieran.
mayores detalles
Referencia al ICE para
Para mayor detalle ver Tabla 8.1.1.del ICE.
7.2, COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial
21
Norma
Decreto Supremo N*47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto se ubicará dentro de la faena minera de MEL, fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta. Contemplará actualizar el proceso de lixiviación y apilado de ripios, lo cual considerará modificar el diseño del botadero actual de ripios de lixiviación de óxidos del Proyecto, incluyendo nueva infraestructura operacional, actualización de su diseño, reubicación de piscinas de procesos, € instalaciones de faena fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta.
Forma de cumplimiento
Debido a que el Proyecto contemplará instalaciones de faena fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta, se solicitó el permiso establecido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Aprobación del PAS N* 160 y Resolución sectorial que aprueba la habilitación de las instalaciones de faena.
Forma de control y seguimiento
Verificación aleatoria de los indicadores de cumplimiento.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para mayor detalle ver Tabla 8.1.2.del ICE.
7.3. COMPONENTE/MATERÍA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas
Norma
D.S. N*” 144/1961 del Ministerio de Salud. "Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Se contemplará la generación de emisiones de material particulado, En la fase de construcción dichas emisiones estarán asociadas principalmente a movimientos de tierra, tránsito de vehículos y uso de maquinarias y equipos para las distintas actividades constructivas, Durante la fase de operación del Proyecto se reducirán las emisiones respecto de la fase de construcción, ya que, el manejo de mineral y ripios se realizará en condiciones húmedas (por la incorporación de insumos reactivos del proceso).
En cuanto a la fase de cierre del Proyecto, las emisiones estarán
asociadas principalmente al desmantelamiento de las obras y sus actividades relacionadas.
Forma de cumplimiento
Las vías principales a utilizar durante las fases de construcción y operación estarán pavimentadas y/o se aplicará humectación periódica en las vías secundarias, todo ello para minimizar las emisiones de polvo. Además, los camiones que circulen deberán contar con lona o carpa para evitar caídas de material. De igual manera, se restringirá la velocidad de circulación por caminos no pavimentados y se realizará el mantenimiento adecuado de maquinaria para disminuir las emisiones atmosféricas provenientes de las actividades de las fases de construcción, operación y cierre. En el Anexo 2.3 de la DIA y Anexo N*16 de la Adenda de la DIA se adjunta el informe de estimación de emisiones atmosféricas del Proyecto.
Indicador que acredita su
Se mantendrá un registro de la implementación de las medidas de
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cumplimiento
control de emisiones comprometidas, para efectos de las actividades de fiscalización de la Autoridad
Forma de control y seguimiento
Verificación aleatoria de los indicadores de cumplimiento.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para mayor detalle ver Tabla. 8.2.1.del ICE.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas y residuos.
Norma
D.S. N? 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante la fase de construcción del Proyecto se contempla la utilización de equipos electrógenos.
Durante las fases de construcción, operación y cierre se generarán residuos peligrosos, proveniente de actividades de construcción, mantención, operación y cierre de las partes y obras que conforman el presente Proyecto.
Forma de cumplimiento
El Titular se compromete a declarar las emisiones de sus fuentes fijas (grupos electrógenos).
Los residuos sólidos peligrosos serán declarados en la plataforma del RETC, registrando su generación, transporte y disposición final.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de declaración anual, antes del 1” de mayo de cada año, a través del Sistema de Ventanilla Única, como parte de la declaración global de MEL.
Comprobante de registro de la declaración en el RETC (SIDREP), respecto a cada uno de los residuos generados, identificando su manejo y lugar de disposición final, como parte de la declaración global de Minera Escondida.
Forma de control y seguimiento
Verificación de los registros de emisiones y transferencias de contaminantes (RETC) al día e histórico.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para mayor detalle ver Tabla. 8.2.2, del ICE.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera.
Norma
Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud que “Establece obligación de declarar emisiones que indica”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante la fase de construcción del Proyecto se contemplará la utilización de equipos electrógenos.
Forma de cumplimiento
El Titular se compromete a declarar las emisiones de sus fuentes fijas (grupos electrógenos).
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de declaración anual, antes del 1* de mayo de cada año, a través del Sistema de Ventanilla Única, como parte de la declaración global de MEL.
Forma de control y seguimiento
Verificación de los registros de emisiones y transferencias de contaminantes (RETC) al día e histórico.
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Referencia al ICE para mayores detalles
Para mayor detalle ver Tabla 8.2.3.del ICE.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica.
Norma
D.S. N43/2012, Ministerio del Medio Ambiente que Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Las actividades de la fase de construcción y cierre del Proyecto se realizarán únicamente en periodo diurno, utilizando la iluminación preexistente en MEL. Del mismo modo, en la fase de operación se contará con el sistema de iluminación existente de MEL.
Forma de cumplimiento
El Titular utilizará luminarias acordes a lo establecido en la presente norma, para no afectar la calidad actual de los cielos de la región, tampoco se emitirá un flujo radiante hacia el hemisferio superior.
Indicador que acredita su cumplimiento
Certificados de la iluminación instalada, verificando que sus características, los ángulos y los niveles de luminancia estén en cumplimiento con la presente norma.
Forma de control y seguimiento
Registro certificaciones y comprobantes.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para mayor detalle ver Tabla 8.2.4.del ICE.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
Norma
Decreto Supremo N38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N146 de 1998 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia sobre niveles de presión sonora continúa producida por fuentes fijas”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante la fase de construcción se generarán emisiones de ruido por el funcionamiento de equipos y maquinarias para realizar las actividades propias de esta fase,
Para la fase de operación, se emitirán niveles de ruido inferiores, propios del funcionamiento de maquinaria pesada y tránsito de vehículos. Para la fase de cierre en tanto, las principales fuentes de emisión de ruidos consideradas se relacionan con el funcionamiento de equipos y maquinarias para el desmantelamiento de las instalaciones. Cabe hacer presente, que los niveles de ruido serán marginales considerando que la actividad se ubicará dentro de un área industrial que actualmente presenta niveles de ruido que constituyen el nivel de ruido de fondo, siendo prácticamente imperceptibles en el contexto de la faena minera de MEL.
Forma de cumplimiento
La propagación de ruido se limitará al entorno del Proyecto, donde no se superarán los límites de ruido establecidos en la norma. Mayores detalles se presentan en el Anexo 2.4 del Capítulo N%2 de la DIA.
Indicador que acredita su
Se verificará el correcto estado de los equipos y maquinarias a
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cumplimiento
utilizar durante las distintas fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Registros de verificación del estado de equipos y maquinaria.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para mayor detalle ver Tabla 8.2.5.del ICE.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos y residuos líquidos.
Norma
Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases,
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante la fase de construcción se generarán aguas servidas desde los servicios higiénicos de las instalaciones de faenas temporales del Proyecto, así como también, debido a la utilización de baños químicos en los frentes de trabajo, y aquellas generadas en los servicios higiénicos existentes en MEL.
Durante la fase de operación se utilizarán las instalaciones sanitarias existentes en la Planta de Óxidos y se instalarán baños químicos de forma transitoria en el sector de la pila dinámica cuando se efectúen faenas de mantenimiento y recambio de sistemas de riego.
En los lugares de instalación de faenas se dispondrá de servicios higiénicos y se habilitarán dispensadores de agua o botellas individuales para la bebida de los trabajadores.
La generación de residuos sólidos no peligrosos ocurrirá durante todas las fases del Proyecto. Se exigirá a las empresas contratistas el cumplimiento de la normativa, con el objetivo de asegurar un adecuado manejo y disposición final de los residuos sólidos.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción, el Proyecto habilitará Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) al interior de las instalaciones de faena temporales, para tratar las aguas servidas generadas en las instalaciones sanitarias a utilizar por los trabajadores. El efluente tratado será retirado y utilizado para la humectación de caminos. Por su parte, se habilitarán baños químicos en los frentes de trabajo, cuyas aguas serán retiradas por la empresa que suministrará el servicio de provisión de baños químicos, limpieza y mantención de estos, la cual estará debidamente autorizada para dichos efectos. El retiro y disposición de los efluentes en un sitio autorizado será realizado por una empresa que cuente con las respectivas autorizaciones. La utilización de baños químicos no se extenderá por más de seis (6) meses.
Respecto a las instalaciones sanitarias existentes, éstas cuentan con su autorización respectiva y tienen la capacidad para recibir la dotación requerida por el Proyecto en su fase de construcción y operación.
Por ningún motivo se descargará alguna de las sustancias descritas en el artículo 16 del presente reglamento, al desagúe de aguas servidas. Ni tampoco se descargarán aguas servidas a cuerpos de aguas, tales como los descritos en el artículo 17% del Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud.
Los residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos de las correspondientes fases, serán dispuestos transitoriamente en áreas de almacenamiento de residuos, siendo retirados y transportados de acuerdo con el Procedimiento de Manejo de Residuos al interior de Minera Escondida, para posteriormente ser retiradas para su transporte y disposición final dentro del Relleno Sanitario de MEL, siguiendo los procedimientos internos de manejo de dichos residuos
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Objetivo, descripción y Justificación
Objetivo: El objetivo general del compromiso es aportar al conocimiento e investigación del germoplasma de las especies de Adesmia atacamensis, Dinemandra ericoides, Malesherbia lirana y Oxalis eremobia, ubicadas en sectores donde se emplazan las obras o actividades del Proyecto (nuevas áreas de intervención), mediante el resguardo de su material genético.
Descripción: Este compromiso considera la colecta de germoplasma (semillas) de las especies Adesmia atacamensis (endémica), Dinemandra ericoides (endémica), Malesherbia lirana y Oxalis eremobia (especie singular por su acotada distribución regional: Atacama y Antofagasta).
Para todas las especies, se realizará la colecta de germoplasma (semillas), desde las poblaciones presentes en las nuevas áreas de intervención. La entrega y el almacenamiento del material colectado se priorizará en centros académicos o de investigación que se encuentren en la zona Norte del país donde se distribuyen geográficamente las especies mencionadas anteriormente.
Justificación: El compromiso pretende contribuir, mediante la entrega del germoplasma, con material disponible para futuras investigaciones de las especies Adesmia atacamensis, Dinemandra ericoides, Malesherbia lirana y Oxalis eremobia mediante el estudio ex situ de su material genético, y de esa manera aportar al mayor conocimiento de estas especies.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: La colecta se realizará en las áreas de intervención del Proyecto donde se registró la presencia de una o más de las 4 especies objetivo (ver Anexo N%6 de la Adenda).
Forma: El compromiso se desarrollará previo a las actividades de construcción del Proyecto, este consiste en el plan de rescate de germoplasma que incluye las actividades de colecta de semillas y su posterior entrega a instituciones u organizaciones que cuenten con instalaciones apropiadas para su mantención.
Oportunidad: El plan de rescate de germoplasma incluye las actividades de colecta de semillas y su posterior entrega a instituciones Uu organizaciones que cuenten con instalaciones apropiadas para su mantención.
Indicador que acredite su cumplimiento
-
Rescatar germoplasma del 80% de las poblaciones que resultarán intervenidas por el Proyecto.
-
Entrega del material colectado a centros académicos o de investigación.
Forma de control y seguimiento
-
Informe de registros de la colecta de germoplasma.
-
Informe de registros de la entrega del material colectado a un centro académico o de investigación.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más detalle ver Tabla 10.1.1. del ICE.
10.2. Compromiso ambiental voluntario: Acciones de protección de especies protegidas, de baja movilidad, en nuevas áreas de intervención.
Impacto asociado
No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y Justificación
Objetivo: Implementar medidas preventivas tendientes a la protección de especies protegidas, de baja movilidad, en nuevas áreas de intervención.
Descripción: Con objeto de que las obras del Proyecto no afecten la potencial fauna protegida de baja movilidad presente en el área, se contempla la implementación de capacitaciones y microrruteos, acciones
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tendientes a su protección.
Justificación: Medidas de protección para fauna protegida de baja movilidad en consideración que se han registrado hallazgos indirectos de reptiles en el área de influencia del Proyecto (huellas, fecas y refugios potenciales).
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Las acciones de protección se implementarán en la faena de MEL, tanto en salas de reuniones como en los sitios donde se ha detectado evidencia indirecta de la presencia de fauna protegida de baja movilidad (previo a los movimientos de tierra para la habilitación de la Piscina de Emergencia Norte 2).
Forma: Se contemplan las siguientes acciones para la no afectación de la fauna protegida de baja movilidad:
-
Capacitaciones al personal: se capacitará al personal por parte de un encargado de medio ambiente o veterinario especialista sobre las especies de reptiles que pueden ser encontradas en la zona y sobre los procedimientos en caso de observación o de detección de hallazgos indirectos. Se enfatizará también sobre la prohibición de alimentar o manipular individuos de fauna que sean detectados.
-
Microrruteo: un especialista en fauna realizará un microrruteo en el área en que se detectaron registros indirectos (Piscina de Emergencia Norte 2), previo a los movimientos de tierra necesarios para su habilitación. En función de la identificación de nuevos hallazgos, el especialista definirá la necesidad de realizar una perturbación controlada en el área.
Oportunidad: Las capacitaciones e inducciones se llevarán a cabo en la fase de construcción del Proyecto. En específico, el microrruteo se realizará previo a los movimientos de tierra en el área de la Piscinas de Emergencia Norte 2.
Indicador que acredite su cumplimiento
nRegistro de capacitaciones. TENIA del microrruteo realizado por el especialista, nforme de la perturbación controlada, en caso de que sea necesaria.
Forma de control y seguimiento
El seguimiento periódico del estado de ejecución del compromiso voluntario será realizado por el encargado de ejecución de los compromisos voluntarios del Proyecto. Adicionalmente, en caso de realizar la perturbación controlada, esta será informada a la Superintendencia de Medio Ambiente, adjuntando el reporte de la medida.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más detalle ver Tabla 10.1.2. del ICE.
11%. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
11.1.1. Sismo y temporales.
Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada Todos los sectores de emplazamiento de las obras.
Acciones o medidas a implementar | Este tipo de riesgo, dependiendo de su magnitud, puede tener
diversas consecuencias y estar relacionado con otros riesgos, como, por ejemplo: incendios, desprendimientos de estructuras, entre otros.
Se plantean las siguientes medidas de prevención asociadas a las diversas consecuencias de este tipo de riesgo:
. Realizar revisiones y mantenciones periódicas de
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equipos eléctricos.
. Mantener profesionales capacitados para responder ante situaciones de contingencias.
. Evaluar situaciones de riesgo, personas involucradas, daños ambientales o de materiales.
. Mantener actualizados los procedimientos de emergencia ante sismos y temporales.
. Se mantendrán señalizadas las salidas de emergencias o salidas hacia la zona de seguridad.
. Se establecerán y mantendrán demarcadas y libres de
todo elemento innecesario las áreas de seguridad y las vías de evacuación.
. Todos los trabajadores conocerán las zonas seguras ante cualquier tipo de evento natural.
. Se realizarán simulacros de emergencia en las instalaciones del Proyecto en las fases de construcción y operación.
. Se mantendrán en buenas condiciones los sistemas de corte de energía.
Forma de control y seguimiento
Se revisarán periódicamente los registros de mantenciones e inspecciones de equipos.
. Se realizarán mantenciones periódicas a las señaléticas y demarcaciones de seguridad.
. Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal respecto de las zonas seguras y los procedimientos ante emergencias.
Se actualizarán periódicamente los procedimientos de emergencia ante sismos y temporales.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.1del ICE.
11,1.2. Incendio.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
Todos los sectores de emplazamiento de las obras asociadas al manejo de sustancias combustibles y/o e inflamables, o bien en el traslado de maquinaria o vehículos que los porten.
Acciones o medidas a implementar
-
Se revisarán todos los procedimientos.
-
Se identificará y localizará todas las herramientas y equipos requeridos.
-
Se verificará la difusión.
Adicionalmente:
. Se establecerán zonas de seguridad para fumadores.
. Se deberá mantener el orden y el aseo de las instalaciones del Proyecto.
. Se deberá mantener medidas de respuesta ante
riesgos de incendio, por medio de la capacitación a los equipos humanos de emergencia.
, Se mantendrán procedimientos seguros para el manejo de combustible en maquinarias y vehículos. . Se revisará, controlará y se mantendrán extintores
en los lugares con riesgo de incendio, de acuerdo con la normativa vigente.
. Se revisará periódicamente el estado de funcionamiento de los equipos y sistemas de emergencia. . Se asegurará que quienes manipulen directa o
indirectamente sustancias combustibles tengan vigente el
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curso obligatorio de entrenamiento extintor.
Con relación a los riesgos de incendio causados por el manejo de materiales inflamables y/o combustibles, se consideran las siguientes medidas:
. El manejo de los elementos combustibles se realizará de acuerdo con la normativa vigente. . Todos los camiones que trasporten combustibles al
Proyecto deberán contar con la certificación respectiva de sellado, hermeticidad y estanqueidad.
. El transporte y descarga de combustible se realizará cumpliendo las medidas de seguridad, de acuerdo con la normativa vigente.
Forma de control y seguimiento
. Se revisarán periódicamente los registros de inspecciones y mantenciones a equipos.
: Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas.
. Se actualizarán periódicamente los procedimientos seguros para el manejo de combustible en maquinaria y vehiculos.
. Se actualizarán periódicamente los procedimientos de emergencia ante incendios.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.2. del ICE.
11.1.3. Derrame y/o Exposición a sustancias peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
. Recarga en terreno de combustible en vehículos, maquinaria y equipos.
. Mantenimiento de equipos y maquinaria.
. Uso de Generadores.
. Obras que impliquen el transporte y manejo de
insumos (caminos pavimentados y no pavimentados, almacenamiento, eto.).
. Almacenamiento de Hidróxido de Sodio en estanque en el Sector de Aglomeradores.
Acciones o medidas a implementar
Medidas ante derrame de sustancias peligrosas:
Se consideran las siguientes medidas preventivas ante el riesgo de derrame de combustible o hidróxido de sodio:
. Realización de inspecciones, monitoreos y mantenciones a equipos y maquinaria desde los cuáles pueden ocurrir derrames.
. Registro de mantenciones de equipos y maquinarias según las recomendaciones del fabricante, . La carga de combustible, el mantenimiento de los
equipos y el uso de generadores se realizará sólo en las áreas permitidas para ello y por personal autorizado.
. Respecto de la carga de combustible, esta se realizará cuidando evitar el rebalse.
Se mantendrá capacitado a todo el personal para que
tengan conocimiento sobre el procedimiento en caso de la ocurrencia de este tipo de evento.
. Se mantendrán disponibles las HDS (Hojas de Datos de seguridad) en idioma español. . Se capacitará al personal sobre los procedimientos
de comunicación y de manejo ante esta contingencia.
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Se deberá verificar las sustancias peligrosas:
. Se mantendrá un listado de sustancias peligrosas almacenadas por instalación de almacenamiento, detallando lo siguiente para cada sustancia:
. Nombre químico y común y cantidad promedio mensual estimada o capacidad máxima de la bodega o clase y división de peligrosidad, de acuerdo a la NCh 382:2013.
, Se mantendrán disponibles las HDS (Hojas de datos de seguridad) en idioma españiol y de acuerdo a la NCh 2245:2015.
. Se mantendrá hoja de datos de seguridad de productos químicos-contenido y orden de las secciones. . Se mantendrá un plano de cada instalación de
almacenamiento de sustancias peligrosas, especificando la clase de sustancia almacenada de acuerdo a la NCh 382:2013.
. Se verificará la presencia de HIDS impresas en la planta, para cada sustancia peligrosa del lugar.
. Se verificará la presencia de listado, el que debe tener:
-
Nombre químico y común, y cantidad promedio mensual estimada.
-
Capacidad máxima de la bodega.
= Clase y división de peligrosidad, de acuerdo a la NCh 382:2013.
- Hoja de datos de seguridad de acuerdo a la NCh 2245:2015.
. Se verificarán los teléfonos de emergencia.
. El almacenamiento, manipulación y etiquetado de las sustancias peligrosas se realizará de acuerdo a la normativa vigente.
. Se deberá mantener el certificado de las mantenciones de equipos y vehículos.
. Se revisará en su recepción el estado de los envases
que contengan este tipo de productos (envase, rótulo, etc.). Se dispondrá de elementos que permita la contención de derrames.
. Todas las instalaciones de recepción, almacenamiento y uso contarán con un sistema de protección contra incendio.
Medidas generales _de tramsporte de sustancias peligrosas:
. Se exigirá autorización de transporte de sustancias peligrosas. . Todo despacho de sustancias peligrosas deberá
hacerse en envases, debidamente identificados, rotulados y con su HDS.
. Camiones o equipos que transporten las sustancias peligrosas tendrán la señalética y rotulación adecuada según la normativa vigente.
. El transportista llevará consigo la guía de despacho o factura con información básica de las sustancias que transporta, con su respectiva clasificación y su número de Naciones Unidas (NU), además de las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) para saber cómo actuar en caso de accidente.
. El transportista contará un plan ante contingencias y elementos básicos para la contención o mitigación de los impactos ambientales que pudiesen presentarse.
. Todo personal que maneje estas sustancias estará
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equipado con los E.P.P. correspondientes.
Solo personal capacitado e instruido podrá transportar sustancias consideradas como peligrosas.
Forma de control y seguimiento
. Se revisarán periódicamente los mantenciones e inspecciones de equipos.
. Se revisará periódicamente la condición del estanque de almacenamiento de hidróxido de sodio.
. Se verificará que la recarga de combustible se realice de acuerdo con los procedimientos asociados, evitando el rebalse de combustible.
» Se deberá mantener el registro de almacenamiento y despacho de sustancias peligrosas.
Se mantendrá siempre disponible la hoja de Datos de
Seguridad (HDS) en los sitios de manipulación, así como en las áreas de almacenamiento y/o transporte.
registros de
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.3. del ICE.
11.1.4. Colapso de pilas (derrumbe de talud).
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto,
Parte, cbra o acción asociada
Botadero de ripios.
Acciones o medidas a implementar
La expansión del botadero de ripios es diseñada considerando la estabilidad física de éste, lo que también se ha considerado en la planificación de la depositación de ripios en la plataforma. La materialización del botadero se desarrollará así en estricto cumplimiento de los parámetros que aseguren su estabilidad.
Forma de control y seguimiento
Se realizarán inspecciones frecuentes con el objeto de asegurar que la estabilidad física del botadero se mantiene sin alteraciones.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.4. del ICE.
11.1.5. Explosiones
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada . Área de Pila de Lixiviación. . Áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas explosivas. , Área de manejo de sustancias peligrosas explosivas Acciones o medidas a implementar | * Se mantendrán disponibles las HDS de las sustancias
explosivas (Hojas de Datos de Seguridad) en idioma español y de acuerdo a la NCh 2245:2015.
Se mantendrá hoja de datos de seguridad de productos químicos explosivos.
. Se realizarán mantenciones frecuentes de las instalaciones con potencial explosivo, tales como acumuladores, cilindros a presión sustancia de combustión rápida, explosivos, etc.
. Áreas con potencial explosivo mantendrán visibles los números telefónicos de emergencia.
. El personal que opere en áreas con instalaciones potencialmente explosivas será constantemente capacitado
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respecto de una emergencia de este carácter.
Forma de control y seguimiento
. Se mantendrán registros de las mantenciones a las instalaciones. . Se revisará periódicamente que las HDS de
sustancias explosivas se mantengan en óptimas condiciones.
. Se actualizarán constantemente los telefónicos de contacto en caso de emergencias.
números
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.5. del ICE.
11.1.6. Afectación de Fauna Silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
Todos los sectores de emplazamiento de las obras, Movimiento vehicular.
Acciones o medidas a implementar
Se consideran las siguientes medidas preventivas ante el riesgo de afectación Fauna Silvestre:
. Se solicitará al personal indicar al especialista de fauna de MEL y/o a la empresa colaboradora especialista de fauna en caso de avistamiento/hallazgos de fauna silvestre.
. Se les indicará a los choferes de vehículos, la disminución de velocidad en áreas en las que se tenga registro de tránsito de fauna.
. Se instruirá a los choferes sobre la relevancia de respetar los límites de velocidad tanto en horario diurno como nocturno.
Forma de control y seguimiento
Se llevará registro de los avistamientos/hallazgos reportados cuya información estará disponible para el Servicio Agrícola y Ganadero en caso de requerirse.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.6. del ICE.
11.1.7. Fugas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
Pila de Lixiviación y piscinas de emergencia.
Acciones o medidas a implementar
. En las Piscinas de emergencia, se deberá verificar periódicamente el estado de geomembrana.
. En las Pila de lixiviación, se deberá verificar el estado de pozo de monitoreo ubicado a corta distancia aguas abajo.
Forma de control y seguimiento
Se revisarán periódicamente los registros y mantenciones e inspecciones.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que
contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.7. del ICE.
11.2. PLAN DE EMERGENCIAS
11.2.1. Sismo y temporales.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
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Parte, obra o acción asociada
Todos los sectores de emplazamiento de las obras.
Acciones a implementar
En caso de que ocurra algún sismo o terremoto durante la operación de las obras del Proyecto, los operadores deberán seguir los siguientes pasos:
. Ante la ocurrencia de un sismo de gran magnitud, se procederá a la evacuación del personal a las Zonas de Seguridad previamente definidas por el personal de Prevención de Riesgos.
» Para la evacuación se utilizarán las vías designadas para esto o utilizando el camino más rápido y expedito.
. Todo el personal deberá mantenerse en la zona de seguridad en espera de instrucciones e informaciones.
. Durante la emergencia será el Jefe de Turno responsable de
. coordinar la evacuación del área afectada, la
restricción de acceso y el traslado de las personas afectadas a un lugar seguro. Al mismo tiempo, deberá también levantar un catastro de los trabajadores y equipos involucrados en el área afectada. Una vez superada la emergencia, deberá levantar las restricciones y evacuaciones adoptadas, para luego emitir un reporte a la gerencia, informando sobre las características del evento y la evaluación de las pérdidas asociadas.
. Se mantendrá siempre la calma y desplazará hacia el Punto de Encuentro de la Emergencia (PEE) asignado al área, en donde se hará el recuento del personal.
Eventos climáticos:
. La decisión de Detener Operación será responsabilidad del Gerente de Producción con el soporte de HSE y en coordinación con el Gerente de Operaciones Integradas, previa validación del Gerente General.
. Al enfrentar una condición climática adversa, como viento blanco, lluvias copiosas, deslizamientos de tierra o agua, los trabajadores deberán mantenerse a resguardo en instalaciones, refugios o vehículos sin intentar desplazarte, ya que ello generará un mayor riesgo.
. Se direccionará con pretiles para evitar la acumulación en los sectores bajos del área, principalmente al patio estanque.
. Se instalarán bombas autónomas (Vulco), con la finalidad de apoyar la evacuación del agua en caso de que las bombas de piso no cuenten con la suficiente capacidad.
. Se controlará la emulsión planta SX en las diferentes etapas del proceso.
Adicionalmente:
. Se evaluará la posibilidad de incendio o derrame, de ser así se deberá aplicar el procedimiento correspondiente.
. Se informará al Supervisor o Jefe a cargo las condiciones detectadas, con la finalidad que estos determinen la continuidad del servicio o la suspensión temporal.
. Se deberá inspeccionar la instalación en búsqueda de filtraciones, antes de continuar con las actividades normales.
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, Se informará de acuerdo con la cadena de emergencias para coordinar las revisiones necesarias para descartar roturas de los estanques.
. La central de emergencia cumplirá el rol central de comunicaciones, la cual recepcionará y entregará información al Comité Técnico y a través de la cual se efectuarán los comunicados a todas las áreas que comprende Minera Escondida.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso a la SMA de la Región de Antofagasta, en un plazo no mayor a 24 horas desde la activación del Plan de Contingencias y Emergencias por vía web, http://www.sma.gob.cl/
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.1. del ICE.
11.2.2. Incendio.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
Todos los sectores de emplazamiento de las obras asociadas al manejo de sustancias combustibles y/o e inflamables, o bien en el traslado de maquinaria o vehículos que los porten.
Acciones a implementar
. Se evacuará el sector y se realizará el correspondiente control del incendio mediante los extintores que serán utilizados por personal capacitado para dichos efectos,
. Si el siniestro no es controlable, y la ocasión lo permite se alejarán del área del incendio aquellas sustancias u otros instrumentos que sean inflamables. Además, se implementará la evacuación inmediata del personal desde el área involucrada, posteriormente, se convocará de manera urgente a la jefatura correspondiente, quien establecerá las primeras medidas de control y de la conformación de un comité de emergencia para poder controlar el siniestro,
. Se paralizarán los trabajos en el área afectada, . Se accionará la Red de Incendio. . En caso de no poder controlar rápidamente el evento
mediante los extintores disponibles, se procederá a llamar a la compañía de bomberos del sector.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la
Se dará aviso a la SMA de la Región de Antofagasta, en un plazo no mayor a 24 horas desde la activación del Plan de
activación del Plan Contingencias y Emergencias por vía web, http://www.sma.gob.cl/.
Referencia al ICE o documentos del | Para más detalle ver Tabla 7.1.2. del ICE.
expediente de evaluación que
contenga la descripción detallada
11.2,3. Derrame y/o Exposición a sustancias peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada . Recarga en terreno de combustible en vehículos, maquinaria y equipos. . Mantenimiento de equipos y maquinaria. . Uso de Generadores, . Obras que impliquen el transporte y manejo de
insumos (caminos pavimentados y no pavimentados, almacenamiento, etc.).
. Almacenamiento de Hidróxido de Sodio en estanque
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en el Sector de Aglomeradores.
Acciones a implementar
En caso de producirse derrames de sustancias peligrosas, los procedimientos específicos a seguir se basarán en la información que se maneja en la Hoja de Datos de Seguridad (HDS) de cada producto, las cuales estarán expuestas en lugares visibles y de conocimiento del personal.
En caso de ocurrir un derrame de sustancias peligrosas se procederá de la siguiente forma:
1, Se deberá aplicar procedimiento a seguir:
. Aplicar procedimiento a seguir según sustancia expuesta. . Si no lo conoce o no se acuerda, consulte al
Supervisor o Sala de Control CIO los pasos a seguir.
- Se verificará Hoja de Datos de Seguridad:
. Cada producto deberá tener su hoja de datos de seguridad, se deberá verificar la hoja de datos de seguridad en las indicaciones de derrames.
. Se deberá controlar derrame.
. En caso de derrame de grandes proporciones, se deberá dar aviso inmediatamente a Sala de Control CIO quien tomará a cargo la situación.
- Se debe llevar a ducha o aplicar diphoterine.
. Si hay lesionados por contacto con solución ácida, aplicar diphoterine sobre la zona afectada. . Llevar a la persona afectada bajo ducha de
emergencia, retirarle ropa y elementos contaminados.
-
Se considera la asistencia médica. . Dependiendo el tipo de exposición, llevar a policlínico o esperar llegada de ambulancia.
-
Se deberá Contener.
, En caso de ser necesario, construir pequeños diques de contención, pretiles o calicatas con arenas, para detener el avance del derrame.
Se deberá aislar, delimitar y/o segregar zona de seguridad.
-
Se deberá Notificar. » En caso de derrames abundantes notificar a área de medioambiente sobre esto.
-
Se deberá depositar residuos.
. Todo el material que genere la emergencia o derrame deberá ser levantado y depositado en recipientes de almacenamiento de residuos peligrosos de faena.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso a la SMA de la Región de Antofagasta, en un plazo no mayor a 24 horas desde la activación del Plan de Contingencias y Emergencias por vía web, http://www.sma.gob.cl/.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.3. del ICE.
11.2.4. Colapso de pilas (derrumbe de talud).
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Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
Botadero de ripios.
Acciones a implementar
A continuación, se presentan las medidas a aplicar en caso de derrumbe de talud en el botadero de ripios:
. Se deberá identificar el lugar del derrumbe y verificar si existe personal accidentado.
Si existe personal lesionado se dará aviso a la Sala de Control CIO, para que gestione la emergencia.
. El supervisor de turno evaluará la situación.
, El Supervisor comunicará al área de geotécnica evento y detalles de este.
. El Supervisor comunicará el evento al Área Seca.
. Se cerrará la alimentación a franjas y/o módulos involucrados hasta evaluación geotécnica en terreno.
. Se segregará el área afectada.
. Se pedirá la autorización a Geotécnica para ingresar a área segregada.
. Se recuperará el área.
El área se entregará a Operaciones luego de realizar remediación de talud.
Oportunidad y vías de Se dará aviso a la SMA de la Región de Antofagasta, en un comunicación a la SMA de la plazo no mayor a 24 horas desde la activación del Plan de activación del Plan Contingencias y Emergencias por vía web, http://www.sma.gob.cl/. Referencia al ICE o documentos del | Para más detalle ver Tabla 7.1.4. del ICE. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada 11.2.5. Explosiones Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada . Área de Pila de Lixiviación. . Áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas explosivas. . Área de manejo de sustancias peligrosas explosivas Acciones a implementar . Se informará a la sala de Control CIO ante una emergencia, . Se informará el lugar de emergencia y tipo de
emergencia, personas involucradas, personas lesionadas, tipo de lesión, entorno del evento, etc.
. El Brigadista de Emergencia recibirá la información necesaria para asistir al punto del siniestro desde la sala de control.
. Se verificarán los lesionados para socorrerlos. . Se aislará el área con el fin de determinar lo que ocurrió,
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso a la SMA de la Región de Antofagasta, en un plazo no mayor a 24 horas desde la activación del Plan de Contingencias y Emergencias por vía web, http://www.sma.gob.cl/.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.5. del ICE.
11.2.6, Afectación de Fauna Silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
Todos los sectores de emplazamiento de las obras.
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Movimiento vehicular.
Acciones a implementar
En caso de atropello a fauna silvestre que no ocasione la muerte del individuo se adoptarán las siguientes medidas:
. El trabajador deberá dar aviso al especialista ambiental, informando sobre el lugar, condición general y situación en la que se encuentra el ejemplar (es), quedando estrictamente prohibido cualquier tipo de interacción con el individuo impactado.
. El especialista de medio ambiente coordinará la visita del veterinario, quien evaluará la situación y definirá si procede la atención de primeros auxilios y liberación inmediata del ejemplar o el rescate para su traslado al Centro de Rescate de Fauna Silvestre (CRRFS, Universidad de Antofagasta), u otras acciones en caso de tratarse de un animal que no pueda ser manejado por los veterinarios.
En caso de que el atropello ocasione la muerte accidental del individuo, se contemplan las siguientes medidas:
. Se deberá informar al asesor ambiental del área, quien procederá a registrar el hecho como incidente ambiental, recopilándose los antecedentes necesarios para la investigación del evento. Queda estrictamente prohibido cualquier tipo de interacción del trabajador con el o los individuos impactados.
El asesor ambiental del área exigirá al conductor involucrado una declaración firmada del suceso.
. Si el asesor ambiental lo estima conveniente, se coordinará con el especialista en fauna o veterinario la visita al sitio del evento.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso a la SMA de la Región de Antofagasta, en un plazo no mayor a 24 horas desde la activación del Plan de Contingencias y Emergencias por vía web, http://www.sma.gob.cl/.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.6. del ICE.
11.2.7. Fugas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción asociada
Pila de Lixiviación y piscinas de emergencia.
Acciones a implementar
En caso de detección de filtraciones en el pozo de monitoreo ubicado a corta distancia “aguas abajo” de la pila de lixiviación se procederá a determinar el origen de la fuga mediante un estudio hidrogeológico sectorizado con el fin de identificar el lugar de la filtración y proceder a la reparación de la geomembrana, contemplándose la ejecución de calicatas en perímetro de la pila. Se realizará una revisión periódica de la reparación de la geomembrana con el fin de asegurar que quedó totalmente sellada.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso a la SMA de la Región de Antofagasta, en un plazo no mayor a 24 horas desde la activación del Plan de Contingencias y Emergencias por vía web, http://www.sma.gob.cl/
Referencia al ICE o documentos del
Para más detalle ver Tabla 7.1.7. del ICF.
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expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
12, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte,
13". Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
14?, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción de este.
15". Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16%. Que, para que el proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables,
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA/Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA.
19%, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20*. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO: 19. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Extensión del
Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación”, de Minera Escondida Limitada.
2%. Certificar que el proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
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3”. Certificar que el proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 136, 137, 138, 140, 140, 142, 156 y 160 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Certificar que el proyecto “Extensión del Botadero de Ripios y Modificaciones Operacionales en el Área de la Pila Dinámica de Lixiviación” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.
JARDO PERINES fonal Servicio de Evaluación Ambiental ecrétario Comisión de Evaluación E Región de Antofagasta
KBN/CGD/RGP/FMC/TBC/DTZ/dtz
Distribución:
. (nterregional) Consejo de Monumentos Nacionales.
. (nterregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
. (nterregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios.
» (ID) CONAF, Región de Antofagasta.
. (ID) DGA, Región de Antofagasta.
. (ID) Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta.
. (ID) DOH, Región de Antofagasta.
. (ID Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta.
. (ID SAG, Región de Antofagasta.
. (ID SEC, Región de Antofagasta.
. (ID) SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta.
. (1) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. . (ID SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. . (ID SEREMI de Energía, Región de Antofagasta.
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(II) SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. (ID SEREMI de Salud, Región de Antofagasta,
(1D SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.
(ID SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. (1) SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
(II) SEREMI MOP, Región de Antofagasta.
(ID) SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta.
(ID Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta.
Tlustre Municipalidad de Antofagasta.
Gobierno Regional, Región de Antofagasta.
Titular.
Superintendencia del Medio Ambiente
Firmado Digitalmente por Ramón Ernesto Guajardo Perines
Fecha: 14-06-2022 12:25:53:607 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada
Lugar: SGC
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