Embalse El Almendro
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule Califica Ambientalmente el proyecto EMBALSE EL ALMENDRO Resolución Exenta N°202207001109 Talca, 03 de junio de 2022 VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO presentado por Sociedad Agrícola Cunculen Limitada, con fecha 22 de septiembre de 2021, su Adenda de fecha 14 de enero de 2022 y su Adenda Complementaria de fecha 29 de abril de 2022. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.- del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO 3°. El Acta de Sesión N2 54 del Comité Técnico de la Región del Maule, de fecha 19 de noviembre del 2021 4'. El ICE de la DIA del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO de fecha 16 de mayo de 2022 5'. El acuerdo alcanzado en sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule de fecha 24 de mayo del 2022 6'. La resolución exenta digital N°202107101352, de fecha 04 de noviembre de 2021, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, que suspende el procedimiento de evaluación ambiental en el marco del SETA de la DIA del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO, según lo establecido en el artículo 87 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente 7'. La Resolución Exenta digital N°202107101395, de fecha 23 de diciembre de 2021, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, que reanuda el procedimiento de evaluación ambiental en el marco del SETA de la DIA del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO, según lo establecido en el artículo 87 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 8'. La Resolución Exenta digital N°202107001134, de fecha 27 de diciembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que resuelve extender la suspensión del plazo del procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental Embalse El Almendro, y continuar con el procedimiento de evaluación de Declaración de Impacto El Almendro, una vez vencido el plazo de suspensión acordado en la Resolución o una vez presentado el Adenda, según corresponda. 9°. La Resolución Exenta digital N°20220700149, de fecha 24 de febrero de 2022, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que resuelve ampliar el plazo de 60 días para la evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Embalse El Almendro" por 30 días adicionales. 10°. La Resolución Exenta digital N°20220700166, de fecha 24 de marzo de 2022, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que resuelve extender la suspensión del plazo del procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental Embalse El Almendro, y continuar con el procedimiento de evaluación de Declaración de Impacto Ambiental, una vez vencido el plazo de suspensión acordado en la Resolución o una vez presentado el Adenda, según corresponda. 11'. La Resolución Exenta digital N°20220700171, de fecha 06 de abril de 2022, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que resuelve extender la suspensión del plazo del procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental Embalse El Almendro, y continuar con el procedimiento de evaluación de Declaración de Impacto Ambiental, una vez vencido el plazo de suspensión acordado en la Resolución o una vez presentado el Adenda, según corresponda. 12°. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión. 13°. La Resolución Exenta N'66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2' del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule. 14'. La Resolución Exenta digital N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del "Intendente Regional" por el "Delegado Presidencial Regional". 15°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO. 16°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N218.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la región del Maule; en la Resolución afecta N°62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule; y la Resolución N'007 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1°. Que, Sociedad Agrícola Cunculén Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social SOCIEDAD AGRÍCOLA CUNCULÉN LIMITADA RUT 76.724.500-9 Domicilio Av. Ambrosio O'Higgins N°1280 B, Comuna de Curacaví, Región Metropolitana Nombre del representante legal Daniel Polanco Guzmán RUT 16.365.488-1 Domicilio del presentante legal Av. Ambrosio O'Higgins N°1280 B, Comuna de Curacaví, Región Metropolitana Teléfono +569 82091689 Email gguzmanl2@yahoo.com 2'. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 16 de mayo de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: • El Proyecto acredita que cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. • El Proyecto acredita que cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectorial aplicables e identificados en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. • El Proyecto acredita que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N' 19.300, que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental. • El Proponente ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3'. Que, en sesión de fecha 24 de mayo, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto EMBALSE EL ALMENDRO, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 16 de mayo de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad Objetivo general El objetivo del Proyecto es la construcción y operación de un embalse para el abastecimiento de riego de la actividad agrícola del sitio de emplazamiento Descripción general proyecto del El proyecto consiste en la construcción y operación de un tranque de riego con una capacidad aproximada de 1.120.000 m3 de agua y una superficie de inundación 18,5 hectáreas, que involucrará la construcción de un muro de 16 m altura, con obras adicionales de seguridad, todo lo anterior en una superficie total de 20 hectáreas. El embalse acumulará las aguas provenientes del Canal Pencahue. El agua de llenado será conducida por una quebrada ya utilizada para este fin y provendrá de los derechos de agua del Canal Pencahue, que posee el Titular, esta agua será entregada en el punto de medición y control existente ubicado en el Canal Pencahue, en las coordenadas UTM 249.705 Este; 6.081.627 Norte, Datum WGS 84, Huso 19 Sur. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones En virtud de lo señalado en la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417, y el D.S. N°40/12 del MMA, el Proyecto debe someterse al SETA por cuanto concurren el presupuesto señalado en el literal a) del artículo 10 de la citada ley, así como el literal a) del artículo 3 del D.S. N°40/12. Al respecto el D.S. N°40/12 señala lo siguiente: a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas. Presas, drenajes, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas, incluyendo a los glaciares que se encuentren incorporados como tales en un Inventario Público a cargo de la Dirección General de Aguas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son significativos cuando se trate de: a.1.) Proyectos o Presas, cuyo muro o pretil tenga una altura superior a cinco metros (5m) de altura, medidos desde el coronamiento hasta el nivel del terreno natural, en el plano vertical que pasa por el eje de este y que soportara el embalse de las aguas, o que generen un embalse con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3). Tomando en consideración lo anterior, el Proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental dado que consiste en la construcción y operación de un embalse de 1.120.000 m3 de capacidad. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 500.000.- Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El acto que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente es la habilitación de instalación de faenas Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrollará por etapas [X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o PI actividad existente Si No El Proyecto no modifica un proyecto o actividad existente Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto no modifica ninguna RCA [X] 4.2.- Ubicación del proyecto o actividad División político- administrativa Región Maule, Provincia Talca, Comuna de Pencahue, a 4 Km al Nororiente de la localidad Lo Figueroa Norte Justificación de la localización La localización del proyecto se justifica en la disponibilidad del recurso agua, además de aspectos geológicos y geomorfológicos que determinan que el sitio de emplazamiento es adecuado para realizar el cierre de la cuenca en forma segura dado que cuenta con la topografía adecuada para maximizar el volumen embalsado con la menor intervención posible. Superficie La superficie total del predio en donde se construirá el proyecto denominado EMBALSE EL ALMENDRO es de 1.240 ha, y la superficie que ocupará el proyecto (obras y partes permanentes y temporales) serán de 20 ha. La superficie predial será distribuida en diferentes componentes, según se describe en la siguiente tabla, para las diversas obras consideradas. Componentes Superficie (ha) Superficie de área de inundación 18,5 Muro y Superficie obras temporales (instalación de faenas) 1,5 Superficie Total 20 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas UTM Huso 19 Sur Datum WGS84 del Proyecto son las siguientes: Coordenadas Punto Este Norte 1 249.508 6.080.848 2 249.499 6.081.205 3 249.431 6.081.342 4 249.307 6.081.384 5 249.054 6.081.173 6 249.007 6.081.806 7 249.059 6.080.898 Caminos o vías de acceso El acceso al proyecto, se realiza por la ruta K-60 hasta la intersección con la ruta K-536, luego por esta vía hacia el norte hasta el punto de acceso al predio ubicado en las coordenadas DATUM WGS84, Huso 19 Sur E 249.511 N 607.9226. Finalmente se debe recorrer un camino existente al interior del predio hasta el sitio de emplazamiento. El camino interior es de ripio y cuenta con puentes de hormigón que atraviesan quebradas y canales de riego. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e Anexo 2 Planos DIA información Anexo Planos y KMZ Adenda complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 1 Ingeniería Adenda Complementaria 4.3.- PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1.- FASE DE CONSTRUCCIÓN Módulos para oficinas Como parte de la Instalación de Faenas se considera habilitar instalaciones de aproximadamente 36 m2 con mobiliario de oficina necesario para la supervisión y registro del desarrollo de la construcción del embalse. Bodega para materiales e insumos Como parte de la Instalación de Faenas se habilitará una bodega de 60 m2 para el almacenamiento de insumos y materiales de construcción Baños químicos Como parte de la Instalación de Faenas se habilitarán baños químicos, que serán provisto por una empresa debidamente autorizada, dando cumplimiento a los artículos 23 y 24 del D.S 594/99 "Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo". Se mantendrá un registro de la disposición final de los residuos en un sitio autorizado por la autoridad de salud. Patio de acopio transitorio Como parte de la Instalación de Faenas se habilitará un patio de acopio transitorio de materiales, escombros y excedentes de la construcción, el cual corresponderá a un espacio de 80 m2 destinado al acopio de materiales de construcción, escombros y excedentes, los cuales se encontrarán delimitados y debidamente señalizados. Acción de apoyo a la Instalación de faenas La instalación de faenas consistirá en habilitar dentro del sitio de emplazamiento del Proyecto, las instalaciones de carácter temporal, necesarias para realizar las actividades de construcción, así como la supervisión y registro de la misma. Preparación del terreno La preparación de terreno considera rose, limpieza y despeje. Se extraerá la capa vegetal de 5 cm, por medio de maquinaria y camiones que transportarán el material a un sector designado para tales fines dentro del predio. El volumen de remoción alcanzaría un volumen de 43.117 m3 Esta actividad es necesaria dado que la capa vegetal tiene un alto nivel de esponjamiento que impediría la compactación optima del muro. Movimiento de tierra y traslado de material Esta acción corresponderá a las excavaciones necesarias para la instalación de tuberías, ejecución de taludes, relleno de excavaciones y el retiro y transporte de excedentes. Esta acción involucrará el uso de 1 excavadora, una motoniveladora, 2 camiones tolva, 1 camión aljibe y un rodillo compactador. Compactación de Material de los Muros La compactación de material está asociada a la construcción de los cordones de los muros utilizando material franco arcilloso. Los muros tendrán una altura máxima de 16 m y 2,5 m (principal y secundario respectivamente) con una longitud de 490 m lineales, en el muro principal; y 220 m en el muro secundario. Instalación de Cañerías Obra de Salida Se contempla la instalación de una tubería de acero 400 mm de diámetro y 78 m de longitud total, con las siguientes características: • Se iniciará en la Cámara de Entrada • Se extenderá hacia el sur, cruzando bajo el muro, y finalizará en la cámara de salida. • Pendiente de 0,83%. • La operación hidráulica de la tubería es en presión. Se construirán 13 pantallas corta fugas de hormigón de 3,0 x 3,0 x 0,5 m a lo largo de la tubería, destinados a precaver el riesgo de falla por pipping en la zona de contacto de la tubería que cruza bajo el muro Acción de Construcción de Vertedero de Seguridad y Canal Evacuador El proyecto dispondrá de un vertedero seguridad de modo que el agua embalsada no sobrepase la cota 102. Dicho vertedero de seguridad será construido con hormigón armado en plano con un umbral de 3 metros de ancho basal, calculado para evacuar crecidas de hasta 2,5 m3/s, con un periodo de retorno de 250 años. Se entregarán las aguas a un canal evacuador, que se aleja del muro para empalmar con un canal de riego interior. Este canal tendrá una longitud de 115 m, será excavado en tierra con un alto de 1,5 m, con 1,5 m basales y con una pendiente de i = 6,002, con controles de sello de hormigón cada 10m. Acciones de Construcción del Marco Aforador El embalse dispondrá de un marco aforador para medir la entrada de agua a la poza, la obra será construida en hormigón armado y estará compuesta de una sección revestida del canal, con una barrera de hormigón, para producir una caída hidráulica, y con ello generar altura crítica, que será medida con regla metálica graduada, además de un limnígrafo que será instalado en una cámara de hormigón, esta última será toda de hormigón armado tipo G-25 con malla de acero A-44-28. Cierre de faenas Fase de Construcción Esta actividad se realizará al término de la Fase de Construcción y contempla el retiro de maquinaria de construcción, restos de escombros, cerrado de espacio de acopio de materiales constructivos, entre otros, acorde a lo señalado anteriormente. Cabe mencionar que esta actividad da por finalizada la Fase de Construcción Suministros básicos en Fase de Construcción Suministro de Energía No será necesario el uso de energía eléctrica en la Fase de Construcción. Agua Potable Se proveerá a través de bidones sellados, etiquetados y debidamente suministrados por una empresa sanitaria autorizada para esos efectos por parte de la SEREMI de Salud respectiva, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el D.S. N' 594/1999 MINSAL y la NCh 409/1 Of 0.5 sobre requisitos del agua potable. Se estima una cantidad de 100 litros/trabajador/día, considerando que el peak máximo será de 20 trabajadores, la cantidad máxima de agua potable requerida será de 2 m3 diario. Agua industrial En la Fase de Construcción el agua industrial será extraída haciendo uso de los derechos de agua ya existentes, será usada para la compactación del muro, la humectación de caminos internos y movimientos de tierras (actividad que tiene por finalidad minimizar la generación de material particulado) y otras actividades propias de la Fase Construcción. Servicios higiénicos Se instalarán baños químicos en una cantidad que cumpla con lo dispuesto por el D.S. N° 594/1999 MINSAL, considerando que la mano de obra alcanzará un máximo de 20 trabajadores, por lo cual se estima un total de 3 baños químicos como mínimo. El aprovisionamiento, mantenimiento, retiro y disposición final de los residuos generados en los baños químicos será realizado por empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias, se mantendrá un registro de la disposición final de los residuos en un sitio autorizado ambiental y sanitariamente. Suministro de Combustible El combustible será suministrado por las compañías distribuidoras del mercado regional, a través de camiones que cuenten con las debidas autorizaciones para realizar estas actividades, incluyendo la autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) Hormigón Se utilizará un total aproximado de 3.050 m3 de hormigón, para la construcción del vertedero de seguridad u obras anexas. El hormigón será abastecido por una empresa proveedora que cumpla con la normativa ambiental Áridos y empréstitos Áridos: Se utilizará un total de 30 m3 de áridos para la construcción de las obras del proyecto. Los áridos serán adquiridos a proveedores que cuenten con RCA aprobada, y/o las autorizaciones sectoriales correspondientes, asegurándose así de que la empresa proveedora cumpla con todas las exigencias ambientales y normativas para realizar la extracción de dicho material. Empréstito: Se utilizará un total de 172.241 m3 de empréstito para la construcción de ambos muros del embalse, material que será extraído desde la hoya de inundación del embalse. Maquinaria y vehículos a utilizar en Fase de Construcción Durante la Fase de Construcción del Proyecto se considera el uso de las siguientes maquinarias y equipos: Tipo de maquinaria o vehículo Cantidad Actividad para la cual se requiere Lugar de Transito Excavadora 1 Movimientos de tierra y obras civiles Proyecto Retroexcavadora 1 Movimientos de tierra y obras civiles Proyecto Camión tolva 2 Movimientos de tierra y obras civiles Proyecto Camión Mixer 1 Traslado de hormigón hacia sitio de obra Talca - Proyecto Camión Aljibe 1 Humectación de terrenos y recarga de estanques de agua. Proveedor- Proyecto Rodillo Vibrador 1 Compactación de material de relleno Proyecto Motoniveladora 1 Movimientos de tierra y obras civiles Proyecto Generador 50 kVA 1 Generación de energía eléctrica en Fase de Construcción Proyecto Recursos naturales renovables a extraer, explotar o utilizar en Fase de Construcción Suelo mineral: El Proyecto requiere utilizar suelo mineral (sin materia orgánica) en los muros del embalse, el material provendrá de la zona de empréstito la cual está ubicada dentro del área de inundación del Proyecto, cuyo detalle de ubicación y límites se encuentran en el Anexo 2 de la DIA KMZ del Proyecto Emisiones y efluentes Fase de Construcción Emisiones atmosféricas en Fase de Construcción Durante la Fase de Construcción se producirán las siguientes emisiones a la atmósfera Emisiones ton/año MP lo M P 2,5 Actividad Construcción Construcción Limpieza de Terreno (escarpe) 0,49 0,069 Excavaciones 3,96 1,40 Relleno y Compactación 1,03 0,07 Transporte Vehículos Livianos (Ripio-Tierra- Pavimento) 0,0050 0,0005 Transporte Camiones (Pavimento) 0,0046 0,001 TOTAL 5,49 1,540 Emisiones liquidas Fase de Construcción Corresponderán a las aguas servidas que se generarán por las actividades de los trabajadores, las que serán gestionadas mediante el uso de uso de baños químicos proporcionados por parte de una empresa debidamente autorizada, cumpliendo la normativa ambiental vigente. El proyecto no contempla la generación de residuos líquidos producto del lavado de maquinaria o vehículos. Ruido El impacto acústico producido no superará los máximos niveles de ruido permisibles durante la etapa de construcción, dándose cumplimiento al D.S.N°38/11 MMA Niveles de Ruido de Fondo en los receptores identificados, horario Diurno Punto Lec; 5' dB(A) Leq 10' dB(A) Componentes Principales P1 30 30 Aves, brisa sobre vegetación P2 31 31 Aves, brisa sobre vegetación P3 30 30 Aves, brisa sobre vegetación Fuente: Tabla 11 Anexo 3 Estudio de Ruido de la DIA Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente en Fase de Construcción Residuos sólidos domiciliarios y asimilables La generación de residuos sólidos domiciliarios y asimilables en Fase de Construcción es la siguiente: Detalle de los residuos Cantidad máxima Frecuencia de Retiro Manejo del residuo Destino final Residuos orgánicos, bolsas plásticas, cartones y papeles 100 kg/mes El retiro se realizará 1 a 2 veces por semana, por un gestor autorizado En bolsas plásticas dispuestas en contenedores cerrados Sitio de disposición final con autorización vigente para este tipo de residuos herméticamente ubicados en área de almacenamiento de residuos Residuo sólido industriales no peligrosos La generación de residuos sólidos industriales no peligrosos en Fase de Construcción es la siguiente: Detalle de los residuos Cantina máxima Frecuencia de retiro Manejo del residuo Destino final Madera, textiles, cables, plástico, cerámicos, vidrios y chatarra metálica. 500 kg/mes Los residuos serán trasladados 1 vez al mes, o cuando se llene el contenedor. Acopio temporal en zona de Residuos Sólidos No Peligrosos. Sitio de disposición final con autorización vigente para este tipo de residuos Escarpe vegetal 14.250 m3 Estos serán retirados los primeros 30 días de la obra, por maquinaria necesaria para ello. Serán enviados a zonas del mismo predio para relleno.
Mismo predio
del titular Residuos Peligrosos Fase de Construcción El proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos en la Fase de Construcción, dado que todas las mantenciones a las maquinarias y vehículos, se realizarán en las instalaciones de los prestadores de servicios, no generando residuos contaminados o peligrosos en el lugar del proyecto. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente en Fase de Construcción El Proyecto no considera productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente en la Fase de Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. 4.6. Fase de Construcción 4.6.1. Partes, obras y acciones 4.6.2. Suministros básicos 4.6.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar 4.6.4. Emisiones y efluentes 4.6.5. Residuos 4.3.2.- FASE DE OPERACIÓN El proyecto no contempla partes y obras en la Fase de Operación. Etapa de llenado El llenado se realizará con agua proveniente de derechos de aguas debidamente inscritos del Canal Pencahue, que alcanzan los 85 l/s El agua será conducida a través de una quebrada utilizada como canal de riego del predio La captación de agua se realiza en una compuerta existente del Canal Pencahue en las Coordenadas UTM Este 249.772; Norte 6.081.637 Plan de Puesta en Carga de la Obra Acción que corresponderá a las medidas de inspección y control implementadas con el fin que se realice y cumpla normalmente el proceso de llenado del embalse. Se observará contantemente el proceso de llenado del embalse y se mantendrá un registro diario de cómo se lleva a cabo la acción. Se contará con un encargado de la supervisión durante la operación cuyo trabajo consistirá en realizar un recorrido diario de la obra y su normal operación Inspección de las estructuras de concreto Se realizarán inspecciones anuales de las estructuras de concreto, como el vertedero. La inspección debe ser cuidadosa y detallada, incluyendo porciones de difícil acceso. Esta inspección debe programarse para los periodos de estiaje (menor caudal del embalse), para comprobar la condición de las estructuras normalmente sumergidas, y durante los periodos en que este alcanza los niveles mayores para comprobar el comportamiento estructural bajo el efecto de la carga completa, o durante las descargas máximas del vertedero. Suministros básicos en Fase de Operación Agua potable Se estima un consumo de agua potable de 20 litros por día, el suministro se ubica en las instalaciones existentes en el predio. Alimentación La alimentación se realizará fuera del sitio de emplazamiento del Proyecto, en un oferente con autorización sanitaria vigente, para esto se realizará el traslado diariamente de los trabajadores. Combustible Durante esta Fase solo se requerirá combustible para vehículos menores los que serán abastecidos en estaciones de servicio existentes y autorizadas en el centro urbano más cercano en la Comuna de Pencahue Alojamiento De acuerdo a las características del proyecto, no se consideran trabajos nocturnos ni campamentos, los trabajadores será movilizados diariamente Transporte Se realiza por cuenta propia del encargado de la operación del embalse. El embalse no necesita un operario permanente y el acceso al mismo será restringido mediante un portón. Servicios higiénicos Durante esta Fase, el encargado de la supervisión del embalse ocupara baños químicos móviles de la faena agrícola, cumpliendo así con la legislación sectorial vigente Productos generados en Fase de Operación Un acopio de 1.120.000 m3 de agua Recursos naturales renovables a extraer, explotar o utilizar en Fase de Operación Se considera mantener embalsado 1.120.000 m3 de agua proveniente de derechos aguas debidamente inscritos del Canal Pencahue Emisiones y efluentes en Fase de Operación Emisiones atmosféricas Estas corresponderán al flujo ocasional de vehículos que se requieran para el desarrollo de las actividades de mantención y supervisión. Estas emisiones serán mínimas, en consideración a su cantidad y a su frecuencia de generación. El detalle de la cuantificación de emisiones se encuentra en el Anexo 7 de la DIA Emisiones Líquidas Fase de Operación El proyecto generará emisiones líquidas, producto del encargado de la operación del embalse, quien utilizará las instalaciones existentes en el predio donde se ubica el Proyecto. Emisiones de Ruido en Fase de Operación Para la Fase de Operación del Proyecto, no se consideran actividades, obras o acciones que pudieran generar emisiones de ruido que afecten a las personas Otras emisiones Fase de Operación El Proyecto no contempla otras emisiones en Fase de Operación Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente en Fase de Operación Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Los residuos en esta fase serán de muy poca consideración, de aproximadamente 2-3 kilos mensuales, los cuales corresponderán a bolsas plásticas, cartones y papeles que serán enviados a un lugar debidamente autorizado sanitaria y ambientalmente, cumpliendo con la normativa vigente. Residuos peligrosos Fase de Operación El proyecto no genera productos químicos u otras sustancias que pueda afectar al medio ambiente. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente en Fase de Operación El Proyecto no considera productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente en la Fase de Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. 4.7. Fase de operación 4.7.1. Partes obras y acciones 4.7.2. Suministros básicos 4.7.3. Productos generados 4.7.4. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar 4.7.5. Emisiones y efluentes 4.7.6. Residuos 4.3.3.- FASE DE CIERRE El Proyecto no considera Fase de Cierre 4.4.- Cronología de las fases del Proyecto o actividad 4.4.1.- Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Septiembre 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de Faena (Llegada de módulos de oficina, bodega y servicios sanitarios) Fecha estimada de término Marzo 2023 Parte, obra o acción que establece el término Cierre de Faena (retiro de maquinaria, y residuos) 4.4.2.- Fase de Operación Fecha estimada de inicio Marzo de 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Llenado del Embalse. Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término No se considerará un cese de la operación, se realizarán mantenciones constantes para mantener la vida útil del embalse. 4.4.3.- Fase de Cierre Fecha estimada de inicio No se considera una etapa de cierre del embalse. Parte, obra o acción que establece el inicio No aplica
Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término No aplica
5'. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N' 19.300: 5.1.- Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Impacto ambiental Emisiones a la atmósfera Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada En el sitio de emplazamiento del Proyecto no hay población cuya salud pudiera verse afectada Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SETA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento. Las emisiones a la atmósfera generadas en la Fase de Construcción, corresponderán a la preparación de los sitios (escarpe, carga y descarga de materiales, movimiento de tierra y excavaciones) y al movimiento de vehículos por caminos no pavimentados. Considerando las concentraciones diarias y el promedio anual definido en la norma que corresponden a 150 ptg/Nm3 y 50 pg/Nm3 respectivamente se señala que el proyecto no superará estas medidas de concentración en ninguna de sus fases, presentando niveles inferiores a lo establecido. Decreto Supremo 113/2002: Establece la norma primaria de calidad del aire para dióxido de azufre (SO2) Al respecto el proyecto en ninguna de sus fases, contempla la emisión de este contaminante en concentraciones tales que superen la norma anual (80 µg/Nm3), así como tampoco la norma diaria (250 ptg/Nm3). Decreto Supremo 114/2002: Establece la norma primaria de calidad del aire para dióxido de nitrógeno (NO2). Al respecto, el proyecto contempla la emisión de este contaminante en concentraciones tales que no superen la norma anual (100 lig/Nm3), así como tampoco la norma diaria (40 jig/Nm3), según la modelación presentada en el informe de estimación de Emisiones Atmosféricas (Anexo 7, DIA) esto en base a que solo se emitirá a partir de la combustión de motores diésel, los cuales contarán con mantenciones periódicas, tal que permitan el óptimo funcionamiento de éstos. Las emisiones de gases serán las siguientes: Emisión Gases Combustión de Motores (ton/año) Contaminante Construcción Operación CO 0,012033 0,0000540 COV 0,002405 0,0000041 NO), 0,041682 0,0000003 SOx 0,000062 0,00000002 NH3 0,000160 0,000000002 MPio 0,001603 0,0000000001 Emisión Material Particulado en Fase de Construcción por movimiento de tierra Emisiones ton/año MP lo MP 2,5 Actividad Construcción Construcción Limpieza de Terreno (escarpe) 0,49 0,069 Excavaciones 3,96 1,40 Relleno y Compactación 1,03 0,07 Transporte Vehículos Livianos (Ripio-Tierra- Pavimento) 0,0050 0,0005 Transporte Camiones (Pavimento) 0,0046 0,001 TOTAL 5,49 1,540 Duranta la Fase de Operación no habrá emisiones de Material Particulado por movimiento de tierra. El detalle de la modelación de las emisiones a la atmósfera se encuentra en el Anexo 7 Emisiones Atmosféricas de la DIA. Complementariamente se tomarán las siguientes medidas de gestión ambiental: • Mientras se realicen las faenas de excavación, se humectará la zona del muro. • Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias. • El proyecto utilizará vehículos que estén con su revisión técnica al día, las mantenciones se harán fuera de la faena. • La velocidad máxima permitida para los camiones al interior de la empresa será de 30 Km/hora. • En razón de los niveles estimados, y las acciones a implementarse, se descarta daño a la salud de la población por las emisiones a generarse por el proyecto en cada una de sus fases. Emisiones de Ruido en Fase de Construcción: Dado que los puntos de los receptores se encuentran en zona rural y la evaluación corresponde solo al horario diurno, ya que es en este periodo donde se realizarán los trabajos de construcción, se observan los siguientes resultados (Anexo 3 Estudio de Ruido, DIA), los que demuestran, que en b) La superación de los valores de ruido establecidos ninguno de sus puntos se superará la norma. Punto Le, 5' dB(A) Leq 10' dB(A) Componentes Principales en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como P1 30 30 Aves, brisa sobre vegetación P2 31 31 Aves, brisa sobre vegetación P3 30 30 Aves, brisa sobre vegetación referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Emisiones de ruido en Fase de Operación: corresponderán solo a la operación del Reglamento. embalse, esto es operación de las válvulas, la evacuación de aguas por el vertedero y el traslado del personal a cargo de su mantención y operación. Ninguna de estas fuentes de ruido será percibida por receptores externos, dado el bajo nivel de las emisiones y la distancia a potenciales receptores ajenos a las faenas propias del predio. Efluentes líquidos en Fase de Construcción: corresponderán a las aguas servidas generadas por los rabajadores y serán gestionadas de en baños químicos proporcionados a por un proveedor autorizado y dispuestas en un sitio de disposición c) La exposición a final autorizado para tal tipo de residuos, dado que la mantención de los baños contaminantes debido al químicos, serán manejados por una empresa debidamente autorizada cumpliendo con impacto de las emisiones y la normativa ambiental vigente, en números adecuados a la cantidad de trabajadores efluentes sobre los recursos naturales renovables. en virtud de lo establecido en el D.S. 594/00 MINSAL Efluentes líquidos en Fase de Operación: corresponden a las aguas servidas producto del encargado de la operación del embalse, quien utilizará las instalaciones existentes en el predio donde se ubica el Proyecto En relación a la presencia de contaminantes no existirá presencia de contaminantes d) La exposición a dado que no se emplearán aditivos o sustancias químicas en la compactación de los contaminantes debido al suelos, no habrá residuos contaminantes de ningún tipo, toda actividad de mantención impacto generado por el de la maquinaria durante la construcción será realizada fuera del área de trabajo, y se manejo de residuos sobre los recursos naturales recogerá todo residuo sólido. renovables, incluidos el En la Fase de Operación no habrá preparación de sustancias químicas o plaguicidas en suelo, agua y aire. el suelo de este embalse, las aguas no lo requieren y en este lugar no habrá intervención de terceras personas. Dado que las emisiones atmosféricas y el manejo de los residuos darán cumplimiento normativo y los antecedentes que se acompañan para obtener el permiso pertinente: Conclusión • PAS 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SETA Se concluye que el Proyecto no generará, en ninguna de sus Fases, efluentes, emisiones, ni residuos que presenten características peligrosas, cuya combinación e interacción pueda afectar la salud de la población. 5.2.- Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental Movimiento y compactación de suelo para la construcción del embalse, e inundación de una superficie de 18,5 ha Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SETA: a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Suelo: La ejecución del proyecto no genera pérdida de suelo o su capacidad de sostener biodiversidad, dado que la acumulación de agua incrementa la disponibilidad de hábitat en una zona definida en estado crítico de sequía El suelo afectado en el área de inundación del proyecto corresponde terrenos que han estado sometidos a fuerte intervención antrópica para producción agrícola intensiva, del mismo modo corresponde a una fracción menor de la superficie del predio, no obstante, permitirá poner en producción agrícola una superficie muy superior a la superficie directamente afectada. El Proyecto no genera ningún cambio de consideración en las siguientes características del suelo identificadas en la Guía de evaluación ambiental: Recurso natural suelo G- PR-GA-05: • Clase de pendiente (%) • Clase de profundidad (cm) • Clase de pedregosidad superficial (% de piedras y % de gravas) • Clase y categoría de drenaje • Clase textura! • Clase y categoría de pedregosidad subsuperficial (%) • Clase de erosión • Clase de inundación • Clase de salinidad • Clases de Sodicidad/Alcalinidad • De acuerdo a lo señalado se concluye que el Proyecto no genera la afectación descrita en el Artículo 6 literal a): "La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia contaminantes". El detalla del análisis se encuentra en el Anexo 8 Geología Suelo de la DIA y respuesta 5.4.- de la Adenda. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley. Respecto de la flora presente en el área de influencia del Proyecto y según el Inventario Florístico presentado en el Anexo 2 de la Adenda y en la respuesta a la pregunta 1.5 del Adenda, se fundamenta que no se identificaron elementos de flora con protección ambiental ni la conformación de bosque nativo, ni formaciones xerofíticas. En el área de influencia del Proyecto no existe superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y en general la biota, que pueda verse afectada por la ejecución del Proyecto dado que dichos valores ambientales presentan continuidad con las áreas no intervenidas por el Proyecto, es decir, las áreas intervenidas no presentan particularidades.
Según los artículos 2 de la ley N' 20.283, el cual define el concepto de "bosque", se puede determinar que ninguna cobertura vegetal cumple con este requisito, basado en lo anteriormente descrito no será necesaria la elaboración y posterior aprobación de un Plan de Manejo Forestal, para la unidad vegetacional ubicada dentro del área de influencia.
En relación a las obras del proyecto de acuerdo con los antecedentes recopilados y las campañas en terreno, se concluye que se descartan efectos negativos significativos sobre este componente. El detalle del análisis se encuentra en el Anexo 2 Flora del Adenda. Respecto al recurso natural fauna terrestre, se señala que en la prospección en terreno se obtuvo el registro de 19 especies de vertebrados terrestres. La clase aves fue la con mayor riqueza (cantidad de especies), incluyendo 13 especies. A este grupo le siguieron los reptiles con 2 especies, mamíferos con 3 y finalmente anfibios con 1 especie. En términos de origen biogeográfico 16 especies son nativas, de las cuales 3 son endémicas de Chile. Por último, se registraron 3 especie exóticas, el detalle del análisis se encuentra en el Anexo 3 Fauna de la Adenda y Anexo 3 Fauna de la Adenda Complementaria. Respecto al recurso natural fauna íctica se indica que la fuente del recurso agua para el llenado del embalse proviene del Canal Pencahue, el cual no tiene caudal permanente, de tal forma que es un hábitat inadecuado para la vida acuática íctica, tal es así que en la prospección ejecutada en dicho canal no se encontraron especímenes; no obstante lo anterior existe en la actualidad una malla límnica de 4 mm en la bocatoma, para evitar que especies ícticos puedan ser arrastradas al embalse. Considerando las especies encontradas en categoría de conservación y las acciones de las Fases de Construcción y Operación la evaluación y predicción del impacto del Proyecto concluye que no hay impactos significativos sobre la fauna en el área de influencia del proyecto, el detalle del análisis se encuentra en el Anexo 3 Fauna de la Adenda y Anexo 3 Fauna de la Adenda Complementaria c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. No se afectarán cursos de agua como quebradas naturales pues el área de emplazamiento es una hondonada utilizada como plantación agrícola, sólo se verán influenciados por las lluvias y cuando estas ocurran se dejará fluir las aguas abajo del embalse equivalente al caudal de escorrentía superficial registrado en el aforador que se ubica aguas arriba del embalse. Respecto de las emisiones atmosféricas el cálculo de emisiones presentado en el Anexo 3 Estudio de Emisiones de la DIA señala que las resultantes son de baja consideración, dado que la Fase de Construcción tiene un tiempo acotado a 6 meses, en tanto la Fase de Operación donde no existirán emisiones apreciables considera una duración indefinida. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base No se generarán emisiones significativas que estén sobre los límites señalados en las normas de emisión vigentes. Se debe considerar que la zona donde se emplazará el proyecto no cuenta con instrumento ambiental que restrinja las actividades a realizarse o las emisiones generadas por ellas. Las actividades susceptibles de generar emisiones corresponden a las relacionadas con Escarpe de terreno, excavaciones, relleno y compactación, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de motores, principalmente en la Fase de Construcción, los que tampoco serán significativos en cuanto a sus efectos. Complementariamente se implementarán las siguientes medidas de gestión ambiental: • Se exigirá a las contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas • Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados" DS Nº55/94 MINTRATEL • Se mantendrán los caminos no pavimentados dentro del proyecto, humectados permanentemente, si es que se requiriese • Los vehículos se desplazarán en sitios sin pavimentación dentro del proyecto, a 30 km/h cuando estén cargados
• Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertos completamente con una lona según DS N275/87 MINTRATEL e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su Respecto de la inmisión de ruido en la fauna silvestre su utilizo como referencia la norma internacional "Effects of noíse on wildlife and other animals", 1971, United StatesEnvironmental Protection Agency (EPA)". que establece como referencia un máximo de 85 dB, para no generar efectos sobre la fauna salvaje. Lo anterior es congruente con la Guía de Evaluación Ambiental de la Componente Fauna Silvestre G-PR-GA-03 de abril del 2012 del SAG que entrega criterios de evaluación de impactos, por pérdida del componente ambiental Fauna Silvestre, el cual establece un criterio de 85 dB(L) para no generar efectos sobre la fauna silvestre. nidificación, reproducción o alimentación. Durante la Fase de Construcción los niveles de ruido no superarán lo establecido por la normativa en todos los puntos donde pudiera existir eventualmente presencia de fauna nativa, dado que la modelación realizada establece que el ruido generado se pierde a los 170 metros de la fuente emisora debido al ruido de fondo, no superando tampoco lo dispuesto en el Decreto 38 que para el área rural donde se emplaza el proyecto, que determina un límite máximo de 41 dBA. El detalle del análisis se encuentra en el Anexo 3 Estudio de Ruido de la DIA f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Se descarta la presencia de efectos adversos por la generación de residuos en las diferentes Fases del Proyecto, ya que no se utilizarán sustancias químicas que puedan afectar los recursos naturales renovables ni en Fase de Construcción ni en Fase de Operación. En cuanto al manejo de residuos durante las diferentes fases del se señala que el titular se hará responsable del almacenamiento y despacho de residuos resultantes de la obra, según lo detallado en el PASM 140 , contenido en el Anexo 5 de la DIA, que considera una área para el acopio temporal de residuos resultante de la obra como materia excedente de fierros, maderas, etc., y que en primer lugar habrá una reutilización en labores agrícolas del predio, y del resultante habrá un retiro y disposición final de los residuos, que se realizará por empresas transportistas autorizadas y que se dirijan a sitios de disposición final autorizados. Finalmente se indica que el Proyecto no generará residuos peligrosos en ninguna de sus Fases. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humeda les, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. En la Fase de Construcción se empleará agua industrial para humectar caminos o el terreno dispuesto para la construcción del muro (10 m3/día) y así lograr los niveles de compactación requeridos. Este recurso provendrá de los mismos derechos de agua ya existentes, de tal forma que el Proyecto no representa un aumento del consumo de agua superficial. En la Fase de Operación se emplearán para el llenado del embalse las aguas provenientes de canales de riego que cuentan con derechos de agua del Canal Pencahue. En ambas Fases se utilizarán los canales de riego del predio que llevan agua proveniente de los derechos de agua existentes de tal forma que no se altera la situación base del cauce superficial Canal Pencahue. Adicionalmente en la Fase de Construcción se utiliza agua potable de bebida para las personas calculado 20 It/día por persona la que será comprada a un proveedor externo que cuente con la correspondiente autorización sanitaria vigente. De lo anterior se concluye que el proyecto no genera impacto sobre recursos hídricos ya que implica el uso de aguas para las cuales se cuenta con los derechos de aprovechamiento respectivo. No se intervendrá ningún cuerpo de agua definido en las letras g1, g2, g3, g4 y g5 del Artículo 6 del D.S.40 RSEIA. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados En ninguna de las fases del proyecto se introducirán especies exóticas al territorio nacional Conclusión Sobre la base de los antecedentes presentados y del análisis anterior realizado, se concluye que el Proyecto no generará ni presentará efectos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus fases. 5.3.- Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental No aplica Existencia de grupos humanos en el área de influencia Ninguna de las fases, partes, obras o acciones del proyecto genera reasentamiento de comunidades humanas. Reasenta miento de comunidades humanas Ninguna de las fases, partes, obras o acciones del proyecto genera reasentamiento de comunidades humanas. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SETA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. En cuanto al reasentamiento de comunidades humanas, la ejecución del proyecto no genera la necesidad de realizar un reasentamiento de grupos humanos toda vez que los terrenos en los que se emplazará no son ocupados por grupos o comunidades humanas. Es relevante además señalar que en las inmediaciones del embalse no existen casas particulares, negocios, actividades turísticas, de recreación o actividades productivas que interactúen de manera directa con el Proyecto. Las primeras casas del poblado más cercano, denominado Pencahue y Lo Figueroa se encuentran distantes a 1 km aproximadamente, del Proyecto. Se debe indicar además que el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como el uso medicinal, espiritual o cultural. Esto se encuentra justificado a partir de la información levantada en el trabajo en terreno (Anexo 9 Medio Humano, DIA), en el cual no se registró ningún tipo de recurso natural asociado al área del Proyecto y que pudiere ser utilizado por la población identificada en el área de influencia. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. El estudio de efectos sobre la vialidad asociado al Proyecto ha determinado que las rutas a utilizar (K 536) poseen una capacidad suficiente para absorber los nuevos flujos asociados al Proyecto, los cuales consideran para la fase de construcción un promedio 2 viajes de camiones que transportan maquinaria pesada, al inicio y final de las obras, además de dos viajes diarios de vehículos menores (camioneta o furgón) para el transporte de suministros menores y personas. Además, se emplearán 10 trabajadores en promedio, y tienen una duración acotada de 6 meses con actividades constructivas intraprediales. En la Fase de Operación las actividades del proyecto son mínimas, con un trabajador asignado con dedicación parcial a la operación del Embalse. A partir de las características señaladas y el uso que tiene la ruta se descarta el efecto analizado, debido a que la obra y sus componentes se encuentran dentro del predio del Titular y el transporte de maquinaria pesada necesaria se hará al inicio y final de las obras, no alterando el flujo vehicular público. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Se considera que a consecuencia del proyecto no se obstruya o restrinja la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, ni se altere el acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, ya que las actividades asociadas al proyecto son muy menores y no habrá circulación maquinaria El flujo vehicular considerado en la fase de construcción y operación no alterará de manera significativa la oferta vial en la zona, no generando de esta forma ningún tipo de efecto sobre este componente En la Fase de Construcción se emplearán 10 trabajadores en promedio, y tienen una duración acotada de 6 meses con actividades constructivas intraprediales. En la Fase de Operación las actividades del proyecto son mínimas, con un trabajador asignado con dedicación parcial a la operación del Embalse. A partir de las características señaladas y el uso que tiene la ruta se descarta el efecto analizado, debido a que la obra y sus componentes se encuentran dentro del predio del Titular y el transporte de maquinaria pesada necesaria se hará al inicio y final de las obras, no alterando el flujo vehicular público. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. A partir de la información levantada en terreno, se puede señalar que, en el entorno asociado al depósito, no se identificaron ceremonias, ni celebraciones de carácter tradicional En el Anexo 6 Arqueológico y Patrimonial se concluye que no se dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos, ya que las festividades y conmemoraciones más importantes de la comuna de Pencahue, se realizan en localidades distantes al área de influencia del proyecto. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. No existen grupos indígenas potencialmente afectados por el Proyecto De acuerdo a lo anterior se concluye que el Proyecto no generará reasentamiento de Conclusión comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos al área del Proyecto en ninguna de sus Fases. 5.4.- Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Impacto ambiental No aplica Existencia de poblaciones protegidas No existen poblaciones protegidas en el área de influencia del Proyecto Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental En el área de influencia del Proyecto no existen recursos ni áreas protegidas, ni sitios prioritarios para la conservación, ni humedales protegidos, ni glaciares ni zonas con valor ambiental. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SETA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. En el área de las obras del Proyecto no existe población protegida por leyes especiales; asimismo, el Proyecto no se emplaza en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o en territorios con valor ambiental. Por su parte, y en consideración a lo indicado en los puntos anteriores en cuanto a la acotada extensión y magnitud de la intervención del Proyecto, no se espera que recursos protegidos en forma oficial sean susceptibles de ser afectados. De acuerdo al análisis realizado en el Anexo 5 Estudio Arqueológico y Patrimonial de la Adenda, el Proyecto no afectará poblaciones protegidas por leyes especiales, ya que área del proyecto no existe población, comunidades ni tierras indígenas en atención a lo señalado por el reglamento. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. De acuerdo al análisis realizado en el Anexo 6 Estudio Arqueológico y Patrimonial de la DIA y en el Anexo 5 de la Adenda Estudio Arqueológico y Patrimonial, el Proyecto no afectará recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación o humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental. Conclusión De los antecedentes presentados se concluye que el Proyecto no afecta poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como tampoco el valor ambiental del territorio en el sitio de emplazamiento. 5.5.- Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Impacto ambiental No aplica Existencia de valor turístico El proyecto se desarrolla en el interior del predio, cuyo lugar no presenta valor paisajístico. Existencia de valor paisajístico El proyecto se desarrolla en el interior del predio, cuyo lugar no presenta valor paisajístico. De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SETA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. En el lugar de emplazamiento del Proyecto no existen áreas que hayan sido declaradas como Zonas y Centros de Interés Turístico según lo dispuesto en el Decreto Ley N21.224 de 1975 del Ministerio de Hacienda y en su Reglamento fijado por el Decreto Supremo Nº515 de 1977, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o se encuentren en proceso de declaración de Zonas y Centros de Interés Turístico de acuerdo a la Ley 20.423 b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. El sitio de emplazamiento se encuentra en un predio privado de tal forma que no es objeto de ningún tipo de visualización paisajística por terceros ajenos a las labores agrícolas propias de predio. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. No se identifican efectos ambientales significativos durante la construcción y operación, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. Conclusión De los antecedentes presentados se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico del sitio de emplazamiento. 5.6.- Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Impacto ambiental No se identifican elementos del patrimonio cultural potencialmente impactados por el Proyecto Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En el área del Proyecto no se identifican elementos pertenecientes al patrimonio cultural, ni manifestaciones culturales en el sector. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SETA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. De acuerdo a los resultados de la prospección arqueológica y revisión bibliográfica realizada en el área de estudio del Proyecto, la que es presentada en el Anexo 5 Arqueología y Patrimonial de la Adenda, no se registraron hallazgos o sitios arqueológicos o paleontológicos en superficie; asimismo, los antecedentes
, bibliograficos revisados tampoco aportan indicios arqueológicos en las cercanías al área del Proyecto, como tampoco Monumentos Nacionales de aquellos definidos por la Ley N°17.288, según se detalla en la respuesta 3.2 Adenda Complementaria. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. En el sitio de emplazamiento del Proyecto no existen construcciones, lugares o sitios que, por sus características, pertenezcan al patrimonio cultural ni al patrimonio cultural indígena, el detalle de este análisis se encuentra en el Anexo 5 Arqueología y Patrimonial de la Adenda, dicho documento concluye que: "La revisión de antecedentes bibliográficos para el área de influencia del Proyecto "Embalse El Almendro" no da cuenta de la presencia de monumentos históricos, zonas típicas, santuarios de la naturaleza, hallazgos paleontológicos y monumentos Públicos dentro de un área de 10 km a la redonda, siendo los más próximos el Santuario Inmaculada Concepción de Corinto, ubicado a 11km de distancia y el hallazgo arqueológico Huilliborgoa-3 ubicado a una distancia de 11,91 km del Proyecto" y agrega lo siguiente: " En cuanto a los resultados de la inspección arqueológica realizada en el área de influencia del proyecto, los factores de visibilidad y accesibilidad fueron altos en un 96% del área del terreno, lo que corresponde a la zona de plantación de olivos, mientras que en un 4% del área del terreno los factores de visibilidad y accesibilidad fueron bajos a nulos debido a la presencia de una densa vegetación que bordea un canal de regadío que cruza el terreno siguiendo un eje NE-SW. En cuanto a la obstrusividad, no pudo ser medida debido a que no se registraron hallazgos arqueológicos, paleontológicos o de valor histórico cultural en superficie" De los antecedentes anteriores se descarta la presencia de elementos del patrimonio cultural susceptibles de ser afectados por el Proyecto, no obstante las conclusiones ya señaladas, en el caso de efectuarse un hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, procederá de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente. Complementariamente se indica que antes de iniciar la Fase de Construcción del Proyecto, se realizarán inducciones sobre componente arqueológico y patrimonial por un profesional especializado en arqueología. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo No se afectarán lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo propias de la cultura o folclore, en los términos indicados por el Reglamento. El Proyecto está localizado al interior del predio del titular, y en este no existen humano, derivada de la manifestaciones propias de la cultura local, religiosa, folclore, asociado a poblaciones proximidad y naturaleza de cercanas o indígenas. El detalle del análisis se encuentra en el Anexo 5 Arqueología y las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente Patrimonial de la Adenda. En caso de encontrar algún hallazgo de tipo arqueológico, se dará cumplimiento a la a los grupos humanos indígenas. Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. De los antecedentes presentados se concluye que el Proyecto no genera alteración de Conclusión monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico ni los pertenecientes al patrimonio cultural del sitio de emplazamiento. 6'. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL No aplican permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental al proyecto. 6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes: 6.2.1.- Permiso Ambiental Sectorial 140. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SETA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en áreas habilitadas con ese fin, desde donde serán retirados por empresas autorizadas para su disposición final en un lugar autorizado Condiciones o exigencias específicas para su oto rga m iénto El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población, el detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 5 de la DIA Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 0105 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la SEREMI de Salud, Región del Maule de fecha 03 de febrero del 2022 6.2.2.- Permiso Ambiental Sectorial 155. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SETA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todo movimiento de tierra que intercede la quebrada Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación para sus aguas, el detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 4 de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 136 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la Dirección General de Aguas, Región del Maule de fecha 28 de enero del 2022 6.2.3- Permiso Ambiental Sectorial 156. Permiso para efectuar modificación de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SETA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todo movimiento de tierra que intercede la quebrada Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación para sus aguas. El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 4 de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 136 Oficio pronunciamiento conforme sobre Adenda de la Dirección General de Aguas, Región del Maule de fecha 28 de enero del 2022 6.2.4.- Permiso Ambiental Sectorial 160. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los limites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SETA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todo movimiento de tierra que intercede la quebrada Condiciones o exigencias específicas para su otorga miento El requisito para su otorgamiento consiste en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar perdida o degradación del recurso natural suelo. El detalle de los antecedentes se encuentra en el Anexo 2 Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Ordinario 1116 Oficio pronunciamiento conforme sobre DIA de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule de fecha 05 de octubre del 2021. Ordinario 331 Oficio pronunciamiento conforme sobre DIA de la SEREMI de Agricultura, Región del Maule de fecha 13 de octubre del 2021. Ordinario 626 Oficio pronunciamiento conforme sobre DIA del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Maule de fecha 12 de mayo del 2021 7'. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: D.S. 100/05 MINSEGPRES. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Componente/materia: Normativa general Norma N'1 D.S. 100/05 MINSEGPRES Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Embalse El Almendro Forma de cumplimiento El Titular da cumplimiento al texto constitucional, mediante la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Embalse El Almendro al SETA para su calificación por parte de la autoridad, mediante lo cual se acredita el cumplimiento de la totalidad de normativa de carácter ambiental vigente en el país. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable resultante del proceso de evaluación ambiental Informes de seguimiento ambiental remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, de conformidad a los compromisos asumidos durante la evaluación de impacto ambiental y a las instrucciones generales emitidas por dicha Superintendencia Resoluciones que otorguen los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto. Forma de seguimiento control y Carga de RCA de la plataforma web creada por la Superintendencia de Medio Ambiente. Ley 19.300/94 sobre Bases Generales del Medio Ambiente Componente/materia: Normativa general Norma N'2 Ley 19.300/94 modificada por Ley 20.417/10 MINSEGPRES. Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra o acción a la que aplica Embalse El Almendro Forma de cumplimiento Presentación de la DIA al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable del proyecto Embalse El Almendro Forma de control y seguimiento No aplica.
Decreto Supremo 40/2012, Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Componente/materia: Normativa General Norma N°3 Decreto Supremo 40/2012, Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Embalse El Almendro Forma de cumplimiento Presentación de la DIA al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable resultante del proceso de evaluación y cumplimiento de sus disposiciones. Forma de control y seguimiento Ingreso al SNIFA de los Informes de Seguimiento Ambiental. D.S. 1/13 Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Componente/materia: Registro de emisiones y contaminantes Norma N°4 D.S. 1/13 Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En las acciones de construcción del tranque Forma de cumplimiento Se informará aquellas emisiones y transferencias de contaminantes contempladas en la norma:
- Ejecución programa contingencia Indicador que acredita su cumplimiento Información en la plataforma Forma de control y seguimiento Ingreso de datos en el RETC según las fechas estipuladas por cada organismo. R. Ex. N°223/2015 Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Plan de Seguimiento de Variables Ambientales Norma N°5 R. Ex. N°223/2015 Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimiento de tierra. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a lo exigido, entregando oportunamente los planes de seguimiento, variables e informes de seguimiento ambiental ingresando los antecedentes al SNIFA. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados otorgados por el portal SNIFA Forma de control y seguimiento Ingreso de datos, según corresponda a lo establecido en la RCA, en la página SNIFA. DFL 1.122/81. Código de aguas, del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia: Tranques Embalses Norma% DFL 1.122/81. Código de aguas, del Ministerio de Justicia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Muro del embalse Forma de cumplimiento Obtener la autorización de construcción y operación del tranque y la modificación de cauce natural ante la DGA. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de construcción y operación del embalse y la modificación de cauce natural ante la DGA. art2 294 código aguas. El detalle de los antecedentes del PAS 155 se encuentra en el Anexo 4 de la Adenda Forma de control y seguimiento No aplica Decreto Nº 144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones y contaminación de cualquier naturaleza. Dispone que gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes producidos por cualquier establecimiento industrial, deben ser captados o eliminados, de manera que no causen peligros, darlos o molestias al vecindario. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera y calidad del aire Norma N°7 Decreto N2 144/61 del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Preparación del terreno, rose, limpieza y despeje de terreno Movimiento de tierra Retiro y transporte de excedentes Tránsito Maquinaria y vehículos Forma de cumplimiento De acuerdo a los valores obtenidos podemos concluir que aunque los niveles de MPio y NOx son los contaminantes con mayores niveles de emisión estimada no superan los límites establecidos en la normativa pertinente. Indicador que acredita su cumplimiento En la Fase de Construcción se tomarán las siguientes medidas: •Se exigirá a las contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. *Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la "Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados" DS Nº55/94 MINTRATEL. •Se mantendrán los caminos no pavimentados dentro del proyecto, humectados permanentemente, si es que se requiriese. •Los vehículos se desplazarán en sitios sin pavimentación dentro del proyecto, a 30 km/h cuando estén cargados. •Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertos completamente con una lona según DS N275/87 MINTRATEL. Forma de control y seguimiento predio.
Mantención de registro fotográfico de humectación de los caminos al interior del Matriz de registro de documentación de los vehículos y maquinarias. D.S. N" 54/94 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma N'8 No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Traslado de personal. Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinarias contaron con las revisiones técnicas al día y mantenciones adecuadas para operar en buenas condiciones. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión Técnica al día, las copias se almacenarán en las oficinas al interior del predio. Forma de control y seguimiento Chequeo de Revisiones Técnicas de vehículos y maquinarias D.S. Nº55/94, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Componente/materia: Emisiones a la atmósfera y calidad del aire Norma N'9 D.S. Nº55/94, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra Traslado de personal Trasporte de materiales. Forma de cumplimiento Todos los vehículos y maquinarias consideradas en labores del proyecto en cualquiera de sus fases contaran con la revisión técnica al día y con todas las mantenciones respectivas garantizando una combustión de combustible eficiente. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de contrato con empresas con exigencia de revisión técnica al día. Copia del certificado de revisión técnica al día en los vehículos. Forma de control y seguimiento Chequeo de Revisiones Técnicas Vehículo y maquinaria Decreto N' 12 Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP 2,5 en cincuenta microgramos por metro cúbico normal (50 mg/m3N) como concentración de 24 horas. Se considera sobrepasada la norma cuando el Percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas en un año en una estación monitora EMRP, es mayor o igual a 50 mg/m3N. Asimismo, cuando el promedio trianual de las concentraciones anuales es superior a 20(µg/m3). Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma N°10 Decreto N' 12 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Preparación del terreno, rose, limpieza y despeje de terreno Movimiento de tierra Retiro y transporte de excedentes Tránsito Maquinaria y vehículos Forma de cumplimiento Durante la construcción del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas que corresponden principalmente a material particulado (MP10) y gases de combustión de motores Indicador que acredita su cumplimiento En la etapa de construcción se tomarán las siguientes medidas: 'Humectación de caminos zona empréstito para impedir la emisión de material particulado por el tránsito de vehículos. •El tránsito de la maquinaria y vehículos se realizará a velocidad reducida en caminos no pavimentados (20 km/hr). Forma de control y seguimiento No aplica
D.S. 4/94 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Normas de Emisión de contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados. Establece las concentraciones máximas de monóxido de carbono, hidrocarburos y humos visibles, en la emisión de tubos de escape de vehículos motorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma N'U D.S. 4/94 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Normas de Emisión de contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Traslado de personal
Movimiento de tierra Retiro y transporte de excedentes Tránsito Maquinaria y vehículos Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinarias contarán con las revisiones técnicas al día y mantenciones adecuadas para operar en buenas condiciones Indicador que acredita su cumplimiento Revisión Técnica al día de los vehículos. Mantención de las maquinarias. Forma de control y seguimiento Chequeo de Revisiones Técnicas Vehículo y maquinaria, se mantendrán los registros en una carpeta al interior del predio Decreto Nº 59/98, (modificado por DECRETO N245/01) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera y calidad del aire Norma N°12 D.S. 4/94 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Normas de Emisión de contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Preparación del terreno, rose, limpieza y despeje de terreno Tránsito Maquinaria y vehículos Movimiento de tierra Compactación de material del muro Traslado de personal. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción del proyecto se generarán emisiones atmosféricas que corresponden principalmente a material particulado (MP10) y gases de combustión de motores, las que se estimaron 2.21 ton MP10/año. En esta fase se tomarán las siguientes medidas: • Circulación de vehículos a velocidad máxima 20 km/hr, • Humectación de caminos y áreas a intervenir Durante la Fase de Operación la calidad del aire no se verá alterada dado que las emisiones estarán acotadas solo al traslado de encargado de la operación del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento • Se realizará la verificación en terreno de las medidas aplicadas. • En la Fase de Construcción se tomarán las siguientes medidas: • Se exigirá a las contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. • Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados" DS Nº55/94 MINTRATEL. • Se mantendrán los caminos no pavimentados dentro del proyecto, humectados permanentemente, si es que se requiriese. • Los vehículos se desplazarán en sitios sin pavimentación dentro del proyecto, a 30 km/h cuando estén cargados. • Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertos completamente con una lona según DS N275/87 MINTRATEL Forma de control y seguimiento • Mantención de registro fotográfico de humectación de los caminos al interior del predio. • Chequeo de Revisiones Técnicas Vehículo y maquinaria D.S. 47/92 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcción. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma N°13 D.S. 47/92 Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de material Forma de cumplimiento Se adoptará las siguientes medidas: Transportar los materiales que generan emisiones en camiones con la carga cubierta. Indicador que acredita su cumplimiento Registro interno que se mantendrá en faena. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros en una carpeta al interno al interior del predio. Decreto 594/99 MINSAL, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Componente/materia: Manejo y disposición de residuos sólidos, domésticos e industriales Norma N°14 Decreto 594/99 MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Fase de Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción Forma de cumplimiento Art 16: NO existirá descarga de contaminantes. Art 17: Las aguas servidas generadas serán acumuladas en baños químicos y modulares y trasportados a una planta de tratamiento por una empresa autorizada. Art 18: No se realizará manejo alguno de los residuos generados, estos serán trasladados por una empresa autorizada a un centro de disposición final autorizado fuera del predio. Art. 19: La empresa no realizará tratamiento alguno dentro ni fuera del predio. Art 20: Se dispondrá de baños químicos en cantidades suficientes para la cantidad de trabajadores de la obra, contratados a una empresa autorizada encargándose ésta de la limpieza mantención y disposición final de los baños químicos. Art. 26: Los residuos extraídos de los baños químicos y modulares serán trasladados por una empresa autorizada a una planta de tratamiento autorizada. Art. 42: No habrá almacenamiento de sustancias peligrosas, en la faena, el combustible será transportado en camiones estanques que cumplan con lo dispuesto en la normativa, la mantención de vehículos del contratista ej.: aceites, serán realizadas fuera de las dependencias del titular. Indicador que acredita su cumplimiento Acreditación documentos para la disposición final y de seguimiento de los residuos. Forma de control y seguimiento Registros de uso en una carpeta al interior del predio. Ingreso de datos en la página del RECT. D.F.L. N' 725/67 Código Sanitario, Ministerio de Salud. Corresponde al Servicio de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Componente/materia: Disposición final de residuos Norma N°15 D.F.L. N' 725/67 Código Sanitario, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodegas Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción se acopiarán materiales en una zona debidamente delimitada en las bodegas titular. Esta zona, debidamente señalizada, tendrá solo materiales de construcción, herramientas y material de relleno sacado de la zona de empréstito, en ningún caso se almacenarán sustancias peligrosas Los residuos o materiales sobrantes que se generen en la Fase de Construcción serán dispuestos en un sitio de disposición final con autorización vigente para este tipo de residuos Indicador que acredita su cumplimiento Los residuos sólidos domésticos e industriales que se generan serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado, y manejados de acuerdo a las disposiciones legales. Forma de control y seguimiento Ingreso de datos en la página del RECT y los registros de autorización sanitaria serán guardados en una carpeta al interior del predio. D.S. N° 38/11 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de emisión de ruidos. Establece niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad. En las áreas rurales los niveles de presión sonora de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán superar el ruido de fondo en 10 dB (A). Componente/materia: Emisión de ruidos Norma N°16 D.S. N' 38/11 Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica • Traslado de personal • Movimiento de tierra • Retiro y transporte de excedentes • Tránsito Maquinaria y vehículos • Funcionamiento maquinaria pesada Forma de cumplimiento El ruido generado en la fase construcción cumplirá con los máximos nivel de ruido permisible, cumpliendo el D.S. N° 38/11 MMA. Indicador que acredita su cumplimiento Se realiza Estudio de Ruidos, se determinan límites máximos, para dar cumplimiento a los límites de la Norma de Emisión de Ruidos. Forma de control y seguimiento Ingreso de datos a la DIA, se podría acreditar con mediciones reales en etapa construcción. Se enviaría informe al SNIFA. N' 693/2015 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Aprueba contenido y formatos de las fichas para informe técnico del procedimiento general de determinación del nivel de presión sonora corregido. Componente/materia: Emisión de ruido Norma N°17 N° 693/2015 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimiento de tierra Retiro y transporte de excedentes Tránsito Maquinaria y vehículos Funcionamiento de maquinaria pesada. Forma de cumplimiento Se realiza el informe de ruido en conformidad a lo estipulado en esta resolución. Indicador que acredita su cumplimiento RCA favorable Forma de control y seguimiento Informe de Estudio de ruidos D.S. N° 594/99, Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en particular referido a la exposición laboral a las emisiones de ruido. Componente/materia: Exposición a Emisiones de ruidos Norma N°18 D.S. N' 594/99, Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimiento de tierra
Retiro y transporte de excedentes Tránsito Maquinaria y vehículos Funcionamiento de maquinaria pesada. Forma de cumplimiento Se controlará el uso por parte de los trabajadores de implementos de seguridad adecuados, en especial el uso de protectores auditivos. Se evitará la operación en forma simultánea de faenas que superen los límites permitidos por la norma. Se privilegiará el empleo de maquinaria de baja emisión sonora, de acuerdo a la tecnología disponible. Respecto de la Fase de Operación, en ella sólo se utiliza un trabajador que esporádicamente visita el Proyecto, y la operación misma no genera ruido alguno. Indicador que acredita su cumplimiento Uso de los implementos de seguridad adecuados, en especial el uso de protectores auditivos; evitar la operación en forma simultánea de faenas que superasen los límites permitidos por la norma y empleo de maquinaria de baja emisión sonora, de acuerdo a la tecnología disponible. Forma de seguimiento control y Registros de entrega de EPP en una carpeta al interior del predio D.F.L. 725/68 Ministerio de Salud. Código Sanitario. En Artículos 67, 82, 83 y 89 se establecen normas referidas a la higiene y seguridad del ambiente en los lugares de trabajo. Componente/materia: Higiene y Seguridad Norma N°19 D.F.L. 725/68 Ministerio de Salud. Código Sanitario. En Artículos 67, 82, 83 y 89. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas sus obras. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción se dará estricto cumplimiento a esta norma aplicando las tecnologías, prácticas y procedimientos que permitan satisfacer los estándares generales de higiene y seguridad. Durante la operación del proyecto, se considera tráfico reducido de vehículos, sólo para mantención. En esa fase, se tomarán los mismos resguardos adoptados durante la Fase de Construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Aplicación de tecnologías, prácticas y procedimientos que permitan satisfacer los estándares generales de higiene y seguridad. Durante la operación del proyecto, se considera la presencia sólo de personal calificado del Titular. Forma de control y seguimiento Carpeta con Registros fotográficos en el interior del predio, que demuestren el cumplimiento. DFL N° 1/89 Ministerio de Salud. Determina Materias que Requieran Autorización Sanitaria Expresa. Componente/materia: Autorización Sanitaria Norma N°20 DFL N°1/89 Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas sus obras Forma de cumplimiento Se dispondrá de una copia del contrato relativa a la incorporación del prevencionista de riesgo y su título profesional. Asimismo, se dispondrá de un libro de asistencia diaria a la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Libro de asistencia y copia del contrato de trabajo en una carpeta al interior del predio. Forma de control y seguimiento No aplica
Ley N' 16.744, Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Componente/materia: Salud e Higiene Laboral. Norma N°21 Ley N° 16.744, Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas partes de la obra. Forma de cumplimiento En la Fase de Construcción se dará cumplimiento a lo establecido en esta Ley para controlar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales hacia el trabajador. Los trabajadores deberán tener contrato de trabajo y el pago de las respectivas cotizaciones. Existe un Reglamento Interno, de Orden, Higiene y Seguridad, que será notificado a los trabajadores. Los trabajadores recibirán sus implementos de seguridad. Los trabajadores deberán participar en capacitaciones de seguridad, para prevención de accidentes y enfermedades profesionales. La Fase de Operación se realizará por personal contratado por el titular del proyecto, con contrato de trabajo y sujeto a las mismas políticas de cumplimiento señaladas precedentemente. Indicador que acredita su cumplimiento Los trabajadores contarán con contrato de trabajo, y el pago de las respectivas cotizaciones. Existencia de un Reglamento Interno, de Orden, Higiene y Seguridad, que será notificado a los trabajadores. Se contará con un Prevencionista de Riesgos. Los trabajadores recibirán sus implementos de seguridad. Los trabajadores participarán en capacitaciones de seguridad, para prevención de accidentes y enfermedades profesionales. Forma de control y seguimiento Contratos de trabajo actualizados. Reglamento Interno, registro de capacitaciones de seguridad. DFL N° 850/97 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley del MOP y Ley de Caminos. Componente/materia: Caminos de accesos Norma N'' 22 DFL N° 850/97 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Retiro y transporte de excedentes Tránsito Maquinaria y vehículos Transporte del Personal. Forma de cumplimiento Se observarán los parámetros y límites máximos de envergadura de los vehículos que operen. Además, en caso de corresponder se tramitarán las respectivas autorizaciones para dar accesibilidad al Proyecto desde las rutas que correspondan. Indicador cumplimiento Se realizará un Listado de vehículos involucrados en el Proyecto con sus respectivas características técnicas y patentes. Forma de control de seguimiento Se dispondrá de este listado en una carpeta en la zona de guardia, al interior del predio. NCh 1333 de 1978, Norma chilena sobre requisitos de calidad del agua para diferentes usos. Componente/materia: Contaminación de agua Norma N'23 NCh 1333 de 1978, Norma chilena sobre requisitos de calidad del agua para diferentes usos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Mantenimiento del tranque. Forma de cumplimiento El proyecto en ninguna de sus etapas considera verter residuos de ningún tipo r a los cuerpos de agua, sin embargo, se tomaran medidas preventivas para disminuir al máximo las principales circunstancias de peligro de contaminación. Indicador que acredita su cumplimiento Análisis dentro de la norma. Forma de control y seguimiento No aplica
Decreto N' 594/99, del Ministerio de Salud. Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. De acuerdo al artículo 12 todo lugar de trabajo deberá contar, individual o colectivamente, con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, la cual deberá cumplir con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente. Componente/materia: Agua Potable y Aguas Servidas Norma N'24 Decreto N° 594/99, del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Suministro de agua potable Forma de cumplimiento En la Fase de Construcción se dispondrá de agua potable en la calidad y cantidad exigida en el D.S. N' 594/99 y la N.Ch. N" 09/1 (100 1/persona/día, de los cuales 3 1/persona/día para beber), a través de agua envasada y camiones aljibe. Esto, tanto para el consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. En la Fase de Operación, el agua potable será provista por el titular del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento En la Fase de Construcción, disponer de agua envasada. En la Fase de Operación, disponer de agua potable en las instalaciones existentes. Forma de control y seguimiento En una carpeta se almacenarán las copias, al interior del predio, de los registros de compra y certificaciones de la empresa proveedora de baños químicos. N.Ch. N° 409/1 Ministerio de Salud. Norma Chilena de calidad de Agua Potable. Esta norma establece los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable, aplicable a toda agua proveniente de cualquier sistema de abastecimiento. Componente/materia: Agua Potable y Aguas Servidas Norma N'25 N.Ch. N° 409/1 Ministerio de Salud. Norma Chilena de calidad de Agua Potable. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Servicios higiénicos
Suministro de agua potable Forma de cumplimiento En la Fase de Construcción se dispondrá de agua potable en la calidad y cantidad exigida en el D.S. N° 594/99 y la N.Ch. N" 409/1, a través de agua envasada y camiones aljibe. Esto tanto para el consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. En la Fase de Operación, el agua potable será provista por el titular del proyecto, en las instalaciones existentes. Indicador que acredita su cumplimiento En la fase de construcción, disponer de agua envasada. En la Fase de Operación, disponer de agua potable en las instalaciones existentes. Forma de control y seguimiento Se llevarán registros consumo en una carpeta al interior del predio. D.S N° 594/99 Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Dispone que todo lugar de trabajo deba estar provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado se colocará en un compartimiento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones permanentes. El artículo 24 indica al respecto que, en aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo de una letrina sanitaria o baño químico. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será de responsabilidad del empleador. Componente/materia: Condiciones sanitaria y ambientales Norma N° 26 D.S N° 594/99 Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto Forma de cumplimiento En la Fase de Construcción, se instalarán baños químicos arrendados a DISAL, cuyo número se calculó en relación con el número de trabajadores en faena, en conformidad con la normativa vigente asociada a las condiciones sanitarias mínimas en los lugares de trabajo. Las aguas servidas generadas en esta fase, se estiman en 1 m3/día. A partir de una provisión de 40 1/persona/día, para 10 operarios y una tasa de recuperación del 80%. Estas fueron manejadas a través de baños químicos, en donde los residuos fueron dispuestos de conformidad con la normativa vigente. Durante la Fase de Operación se generarán aguas servidas correspondientes a un operario existente encargado del riego, lo que será absorbido por las instalaciones actuales de la empresa. Ley N°18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA). Artículo 136.- El que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados Componente/Materia: para evitar tales daños, será sancionado con multa de 50 a 3.000 unidades tributarias mensuales. Si procediere con dolo, además de la multa, la pena a aplicar será la de presidio menor en su grado mínimo. Si el responsable ejecuta medidas destinadas a reparar el daño causado y con ello se recupera el medio ambiente, el tribunal rebajará la multa hasta en un cincuenta por ciento, sin perjuicio de las indemnizaciones que corresponda. Norma N°27 Artículo 136, ley General de pesca y Acuicultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y fase de Operación Forma de Cumplimiento: No se introducirá al tranque agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que pudieran causar contaminación a las aguas en sus fases de construcción y operación. Indicador de Cumplimiento: Registros anuales de calidad de agua. Forma de control y seguimiento Informe anual para la autoridad competente. 8'. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse la siguiente condición o exigencia, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N' 19.300: 8.1.- Condición o exigencia Protección de la Fauna íctica en el Embalse El Almendro Impacto asociado Potencial afectación a la fauna íctica en el cuerpo de agua superficial Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación Objetivo, descripción y justificación Ob'etivo: Evitar la potencial afectación a la fauna íctica en el cuerpo de agua superficial Descripción: En el caso de que el embalse sea colonizado con especies ícticas nativas y que se requiera hacer uso de la totalidad de las aguas presentes, el Titular deberá ejecutar un plan de rescate y relocalización de estos ejemplares o en su defecto, deberá garantizar la mantención de un volumen de agua mínimo que permita la mantención de la fauna íctica hasta la época de recarga del embalse Justificación: La necesidad de prevenir cualquier posible afectación a la fauna íctica en caso que el Embalse El Almendro sea colonizado por especies de fauna íctica, en particular por especies nativas Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida deberá implementarse en el cuerpo de agua superficial Embalse El Almendro Forma: El titular deberá comprobar, por medio de monitoreo correspondiente realizado por un profesional acreditado al efecto, si el Embalse El Almendro ha sido colonizado por especies de fauna íctica y consecuentemente decidir fundadamente si corresponde aplicar la exigencia descrita Oportunidad: La medida se implementará, según corresponda, cada vez que se use la totalidad de las aguas embalsadas Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el registro del nivel de agua embalsada, el monitoreo correspondiente realizado por un profesional acreditado al efecto y, según corresponda, el registro documental y fotográfico del rescate y relocalización ya descrito Forma de control y seguimiento En cada oportunidad que se utilice la totalidad de las aguas embalsadas se presentará un informe con toda la evidencia documental y fotográfica a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, dicho informe contendrá, según corresponda, el descarte fundado de la colonización del Embalse El Almendro o en caso contrario la evidencia de la aplicación de la exigencia de rescate y relocalización 9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto, se ha comprometido voluntariamente a: 9.1.- Compromiso Ambiental Voluntario: Medida de Perturbación Controlada Impacto asociado Perturbación de hábitat de fauna por actividades constructivas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción (actividad ejecutada previa a la Fase de Construcción) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo del Plan de Perturbación Controlada es provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de reducida movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes, en forma previa a la intervención por parte de las obras y acciones relacionadas con la ejecución del Proyecto, dejando o permitiendo vías de escape hacia áreas contiguas favorables. Descripción: Esto se logra a partir de la remoción gradual de los hábitats y refugios que eventualmente puedan tener predilección las especies objetivos de la medida y acondicionamiento de las áreas receptoras. Con lo anterior, se induce una migración natural desde el área a intervenir hacia sectores en los cuales no se realizará ningún tipo de intervención. Consiste en remover en forma manual refugios naturales de las especies de interés, además de generar ruidos con elementos de percusión por tres profesionales y dos ayudantes, recorriendo todas las zonas de intervención por las obras, previo al inicio de actividades. Justificación: medida aplicada para mitigar impactos sobre reptiles que generará el proyecto La medida de perturbación controlada está dada para las especies, perteneciente a la fauna, por estar en alguna categoría de conservación, además, con ámbitos de hogar reducidos. Las especies identificadas son las siguientes: la lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus), la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis). Lugar: Esta medida se realizará antes de las actividades de limpieza, escarpe y excavaciones del terreno en el lugar de emplazamiento del proyecto (muros y área de escarpe). Forma: De acuerdo al cronograma de construcción del Proyecto, entre 1 y 5 días antes de intervenir cualquier superficie (de acuerdo a las recomendaciones del SAG), se dará comienzo al Plan de Perturbación Controlada. La acción se ejecutará en las zonas de trabajo, en los muros y en el área del empréstito, esta acción se realizará con 5 personas que con emisión de ruidos fuertes y constantes en un frente de avance de 10 metros cada uno, total 50 m, avanzaran lentamente hasta cubrir la zona de trabajo descrita. Como la zona principal es antrópica, plantación de olivos, no hay lugares para refugios. En cambio, en la zona denominada Ambiente Matorral Tevo, cuya superficie estimada es de 0,6 ha, todos los refugios que sean removidos en esta fase del plan, en lo posible serán utilizados para enriquecer las áreas receptoras (terrenos colindantes del proyecto), permitiendo de esta forma aumentar el grado de heterogeneidad de dichas áreas. Se considerará entonces un margen perimetral en torno al polígono del Proyecto de aproximadamente 15 a 20 metros, que es en donde se procederá a disponer los refugios que sean removidos desde el interior del polígono del Proyecto, principalmente el ambiente Matorral Tevo Se aplicará la perturbación controlada de acuerdo a lo definido por el SAG para lagartijas, en relación a las acciones de mitigación que se puedan implementar En cuanto al área receptora, en su condición actual, presenta similares características al área a intervenir en cuanto a su condición natural, se designa como Ambienten Matorral Tevo y Matorral Espino, ambos ambientes poseen bastante malezas y algunos matorrales y rocas que sirven como refugios. Oportunidad: Previo al inicio de obras, de 1 a 5 días Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde al informe entregado a la Superintendencia de Medio Ambienta (SMA) el cual entregará los resultados obtenidos, entregando fechas de liberación de cada área, profesionales a cargo y georreferenciación de cada área liberada. Forma de control y seguimiento Informe remitido al SAG. 9.2.- Compromiso Ambiental Voluntario: Capacitación a trabajadores para el resguardo de especies de fauna silvestre en estado de conservación Impacto asociado Potencial pérdida de ejemplares de especies de fauna encategoría de conservación. Fase del proyecto ala que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a operarios que realicen actividades en el área, acerca de las consideraciones ambientales de resguardo de fauna terrestre en estado de conservación, que deben tener presente al momento de la ejecución de las actividades en las que participen, evitando la interacción negativa de las partes, obras y acciones asociadas a la implementación del Proyecto Descripción: Este compromiso voluntario se centra en la educación y transferencia de conocimientos de manera de orientar el accionar de todo el personal involucrado en el desarrollo del proyecto. Justificación: Durante los trabajos asociados al desarrollo del proyecto, existe la probabilidad que la fauna terrestre silvestre asociada al entorno o dentro del proyecto, interactúe en algún aspecto con estas obras, lo que puede provocar afectación de ésta. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Se implementará en todos los ambientes donde existe la presencia de fauna terrestre silvestre en el sector del proyecto. Forma: La forma de implementación de este compromiso considera lo siguiente: Programa de capacitación y educación ambiental sobreel valor ambiental de la fauna presente en el área de influencia, normas internas y compromisos ambientales adquiridos por el titular, el que estará dirigido a todo el personal involucrado en el desarrollo del proyecto. Difusión a través de carteles en la zona de acceso a la faena, charlas, afiches, folletos, entre otros, sobre la protección de fauna silvestre presente en el área de influencia y en el que se solicite la colaboración del personal del proyecto en la detección de cualquier contingencia o situación potencial de riesgo sobre la fauna terrestre. Medidas para la minimización de riesgos, con el fin de disminuir la probabilidad o posibilidad de generar alteraciones sobre la fauna en el área de emplazamiento del proyecto y en sectores aledaños, tales como: prohibición de tener o alimentar animales domésticos al interior del área del proyecto; prohibición de capturar o dar cacería a ejemplares de fauna terrestre, así como tampoco estará permitida la recolección de huevos y crías en el área del proyecto; restringir el tránsito de vehículos y personas sólo a los sectores habilitados para ello. Oportunidad: se implementará al inicio de cada fase del proyecto, con una duración máxima de 30 min Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponderá a planillas de asistencia a las charlas y capacitaciones, adjuntando además los folletos y afiches con los que se hizo difusión del presente compromiso voluntario Forma de control y seguimiento Se dejará un registro por escrito de la ejecución de las capacitaciones y estas serán enviadas al Servicio Agrícola y ganadero una vez finalizado el desarrollo de estas 10'. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes: 10.1.- Riesgo o contingencia Remoción de Masas Riesgo Remoción de Masas. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a la Construcción de muro del embalse y sus obras civiles Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia 1.- Elaboración y difusión de un Plan de Prevención de Riesgos que permita identificar las faenas sensibles y factores de riesgos durante la ejecución de las tareas de remoción del suelo y excavaciones. 2.- Elaboración de un procedimiento de trabajo que establezca que las áreas habilitadas para la construcción del proyecto, serán aquellas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras civiles, prohibiendo la intervención del resto de las áreas que deberán preservar sus condiciones naturales con el fin de evitar la generación de procesos de remoción o desplazamiento de materiales. 3.- Instalación de señalética con la prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles. 4.- Protocolos de trabajo que establezcan el retiro todos los materiales sueltos generados como acopios y derrames de las excavaciones, una vez finalizadas las faenas de construcción. Además, quedará establecido que el contratista. Monitorear los movimientos de tierras generados por las obras del proyecto, cuidando de evitar situaciones de inestabilidad potencial de aquellas áreas que sean consideradas para el acopio de materiales, o bien aquellas que se encuentren con diferentes grados de diaclasamiento asociadas a los sectores de rocas expuestas. Forma de control y seguimiento 1.- Existencia de manual de prevención referido a los movimientos de tierra 2.- Existencia de señalética 3.- Existencia de protocolo para el retiro de sobrantes de material (tierra) Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. • Antes de un aluvión: Si la instalación de faena y obra en sí se encuentra en una zona con posibilidad de aluviones, se debe consultar a un especialista sobre las medidas preventivas que se puedan adoptar. • Limpiar los cauces que bordean la obra o instalación de esta para no obstaculizar el paso del agua cuando llueva. • Diariamente se deberá revisar el estado del tiempo, además de asesorar con Carabineros de la zona, CONAF u otro organismo oficial del protocolo que ellos manejan en caso de ocurrencia de alguna contingencia igual o similar. • Asegurar el óptimo funcionamiento de equipos de comunicación y de emergencia. • Si está lloviendo se deberá alejar de quebradas, pendientes u otra corriente de agua. • La Administración de obra deberá establecer un protocolo de trabajo bajo intensas lluvias o nevazones con el fin de establecer bajo qué criterios de trabaja o no. • Durante un aluvión: Durante la época de lluvias, se deberá estar atento a una disminución o aumento del nivel de curso de agua, ya que esto podría ser un indicador de movimiento de tierras más arriba. • Dejar de realizar actividades normales y dar aviso a viva voz de lo que está ocurriendo. • Todo personal que porte radio portátil debe dar aviso de lo que está pasando y comunicar que todo el personal se debe resguardar en un lugar rígido idealmente en altura y con vías de evacuación cercanas. • Avisa a las autoridades de la obra y a las instituciones correspondientes y prepárate para evacuar. • Si los trabajadores están dentro de la obra, en un lugar donde no sea posible evacuar (por ejemplo, una excavación), se deben proteger bajo un mueble sólido o estructura similar, cubriendo sus cabeza con los brazos. • Si los trabajadores se encontraran fuera de la obra o en algún camino cerca: - Deberá alejarse de la trayectoria del aluvión. - Dirigirse rápidamente al lugar en altura y sólido más cercano. - Si las rocas o escombros están acercándose, corre al refugio más próximo, por ejemplo, un grupo de árboles o una estructura rígida. Si los trabajadores se encuentran manejando: - En caso de que llegues a un área inundada, deberá dar la vuelta y tomar otra dirección en altura y permanecer allí. Si el vehículo se detiene o se atasca, abandónalo y dirígete de inmediato a un lugar en altura y sólido. Después de un aluvión: Manténgase alejado del área de derrumbe, ya que podrían generarse aluviones adicionales. Se podrá desalojar el área afectada luego de que las autoridades indiquen que es seguro hacerlo. Es recomendable dentro de lo posible, reforestar el terreno dañado por un aluvión, ya que la erosión que se genera por la pérdida de suelo podría causar inundaciones repentinas y otros derrumbes. Contabilice al personal de obra. Mantenga comunicación constante con todos los interlocutores radiales de la obra para tener pleno conocimiento de la situación de los trabajadores Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA. 10.2.- Riesgo o contingencia Contaminación física de la biota acuática y en los cursos de agua Riesgo Contaminación física de la biota acuática y en los cursos de agua Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área del proyecto en general Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se elaborarán protocolos de trabajo que prohíban estrictamente que los excedentes de excavaciones y residuos sólidos de la construcción se depositen en los cursos de agua existentes. • Los residuos domésticos se almacenarán en contenedores con tapa hermética para evitar que sean esparcidos por animales domésticos. • Protocolos de trabajo que establezcan el retiro todos los materiales sueltos generados como acopios, una vez finalizadas las faenas de construcción. • Capacitaciones al personal, sobre el procedimiento de trabajo para evitar contaminación de cursos de agua. En las licitaciones y contratos con la que construirá el embalse, quedará establecidos los procedimientos de trabajos que prohíban estrictamente que los excedentes de Forma de control y seguimiento excavaciones y residuos sólidos de la construcción sean depositados en los cursos de agua existentes. Mantención de contenedores para residuos de la construcción, contenedores para el almacenamiento de residuos químicos y contenedores para residuos domiciliarios señalados en el PAS 140 de la DIA. Presencia de contenedores con tapa hermética para los residuos domésticos se almacenarán en contenedores para evitar que sean esparcidos por animales domésticos. Mantención de un registro de chequeo revisiones periódicas y capacitaciones ambientales de los trabajadores. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. • Cubrir los materiales excedentes de excavaciones con la finalidad de evitar que estos sean trasladados hacia los cursos de agua. • Construcción de zanjas de desviación de agua en las cotas inferiores a las áreas intervenidas para minimizar la posibilidad de activación de procesos de erosión. Instalación de Geogrillas o Geomallas en las áreas que presenten activación de procesos erosivos, de manera que se propicie la mantención de la estabilidad superficial del suelo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), a la Dirección General de Aguas (DGA). 10.3.- Riesgo o contingencia Lluvias Excepcionales (Largos e intensos periodos) Riesgo Lluvias Excepcionales (Largos e intensos periodos) Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Acumulación de residuos líquidos y sólidos no peligrosos (Fase de Construcción) Capacidad de embalsamiento del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción • Almacenar residuos líquidos y sólidos en contenedores plásticos con tapa resguardando que no tengan grietas. • Contar pretiles que permitan generar una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, al dotarla de una bandeja de aluminio que le permita retener el volumen de productos almacenados. • Mantener todos los residuos en un espacio cerrado y techado. Fase de Operación: • Inspección del afluente, a través de la revisión frecuente de los caudales de agua que ingresan al embalse en época de lluvias. • Programa de inspección periódica de la infraestructura que alimenta al embalse. La inspección consta de una revisión visual del estado de las obras y taludes del muro, verificando la funcionalidad de las obras civiles, revisión de grietas en el hormigón y de la ausencia de filtraciones al pie de los muros. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción: • Registro de inspecciones periódicas de la bodega o área de almacenamiento de sustancias y residuos • Coordinar retiros de residuos periódicamente evitando el sobrellenado de contenedores. Fase de Operación: • Difusión del Manual de Operación y Mantenimiento del embalse. • Registro de la inspección del embalse y sus obras anexas durante toda la vida útil de este. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. Sólo en el caso que la lluvia sea de alta intensidad, se abrirán completamente las válvulas de las obras de entrega a riego para dejar escurrir los caudales en exceso almacenados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA. 10.4.- Riesgo o contingencia Sismos y Terremotos Riesgo Sismos y Terremotos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a todas las áreas del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención están orientadas a promover una actuación responsable de los trabajadores, en el caso que ocurra un evento sísmico en las áreas del proyecto: 1.- El diseño y construcción de los muros del embalse y obras anexas considera cálculos estructurales que se ciñen rigurosamente a lo establecido a las respectivas normas sísmicas, garantizando su estabilidad ante eventos sísmicos. 2.- Elaboración de un protocolo de prevención de riesgos y emergencia específico para actuaciones frente eventos sísmicos, el cual será difundido a través de inducciones a los trabajadores que participen en la obra, el cual contendrá los siguientes tópicos: - Definir un Líder que deberá actuar como guían ente la ocurrencia de situaciones de Emergencia. - Identificación de las zonas de seguridad en las áreas de trabajo del proyecto y realización de simulacros de evacuación. - Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. - Evitar colgar elementos que puedan caer con facilidad - Revisión, orden e higiene permanente en todos los lugares de trabajo, haciendo hincapié en las condiciones de almacenamiento y uso de sustancias nocivas para la salud de las personas y el medio ambiente. Forma de control y seguimiento 1.- Difusión del protocolo de prevención de riesgos y emergencia ante sismos; y registro de inducciones ambientales a los trabajadores de la obra, para informar sobre riesgos ante sismos o terremotos, incluidos los simulacros de evacuación. 2.- Registro de revisión periódica de la señalética, vías de evacuación y orden de las bodegas. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. Personal en oficinas de la instalación de faena: - Al detectar el sismo, mantenga la serenidad y actúe rápido. - Al percibir el sismo suspenda la actividad que esté realizando y apague cualquier equipo eléctrico que esté usando. - Abra las puertas de ingreso a la oficina. - Métase debajo de una mesa o escritorio resistente o bien, arrodíllese en una esquina alejada de ventanales, equipos eléctricos o elementos que pudieran caer o volcar. - Con sus brazos y mano proteja su cabeza y cuello. - No mire ventanales. - Mantenga la posición y ubicación hasta que el sismo haya pasado. - Espere las instrucciones del personal encargado de la emergencia. - Retorne a sus actividades, sólo cuando se le indique. - No actúe por iniciativa propia. Personal ubicado en espacio exterior, obra en sí, lugar de trabajo. - Mantenga la serenidad y actúe rápido. - Al percibir el sismo suspenda la actividad que esté realizando. - Si está de peatón, aléjese material en suspensión, apilado de peso, cerros de escombros, tierra u otro, pendientes pronunciadas y de estructuras no fijas en su totalidad. - Si se encuentra dentro de una excavación profunda busque resguardo bajo un posible "techo" o plataforma que lo pueda proteger de materiales que puedan caer. - Diríjase a la zona de seguridad más cercana del lugar donde se encuentra. Mientras se desplaza, manténgase alejado de postes, cables eléctricos y estructuras inestables. - De no detectarse nuevos riesgos, permanezca junto a las demás personas en dicha zona. - Si maneja un vehículo, estaciónelo a un costado de la vía donde este transitando evitando quedar cerca de postes, cables eléctricos y estructuras inestables. - Permanezca al interior del vehículo hasta que el sismo haya pasado y no sea riesgoso salir. - No ingrese por motivo alguno a las instalaciones en construcción hasta que se evalúe las condiciones. - Si se encuentra en laderas de cerros, alejarse por posibles derrumbes. - Si no puede desplazarse, mantenga la calma. Trate de comunicarse mediante radio o a viva voz. - Espere las instrucciones del personal encargado de la emergencia. - Retorne a sus actividades, sólo cuando se le indique. - No actúe por iniciativa propia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA 10.5.- Riesgo o contingencia Incendio Riesgo Incendio Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a todas las áreas del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Elaboración y difusión de un Plan de Prevención de riesgos contra incendios que permita identificar las posibles fuentes de ignición, presencia de materiales combustibles y factores que contribuyen a la coexistencia de fuentes de ignición y combustibles en espacio y tiempo cercanos. - Instalación de elementos para la extinción de fuego (extintores) en lugares visibles y accesibles para todo el personal. - Ejecución de charlas para prevenir todo riesgo de ocurrencia de incendios. - Capacitación y prácticas del personal en el uso y manejo de elementos básicos de extinción de fuego (extintores). Las capacitaciones incluirán: - Nociones teóricas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios, - Antecedentes respecto a las medidas para evitar la generación de incendios. - Técnicas para su control (manejo de extintores ) - Uso de herramientas para control de incendio. - Manejo del fuego - Manejo de conflictos - Trabajo seguro - EPP - Mantención y verificación del estado de los extintores existentes en la instalación de faenas. - Instalación de carteles informativos con las medidas contra incendio. Los letreros o carteles serán instalados en el lugar de ingreso al predio y lugar de instalación de faenas. - Prohibición de fumar al interior de las instalaciones de faenas establecido en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (RIOHS) del proyecto. - Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales fuentes de ignición de fuego. Forma de control y seguimiento 1.- Mantener en obras los registros de la difusión del Plan de Prevención de Riesgos contra incendios, los cuales deben contar con la firma de cada trabajador existente en el área del proyecto. 2.- Presencia de extintores con rotulación y certificación de la vigencia para su óptimo 3.- Mantener en obra los registros de la ejecución de las charlas al personal para prevenir todo riesgo de incendios, las cuales deben contar con la firma de cada trabajador. 4.- Mantener en obras los registros de la ejecución de Capacitación y prácticas del personal en el uso y manejo de elementos básicos de extinción de fuego (extintores), las cuales deben contar con la firma de cada trabajador. 5.- Instalación y mantención de la señalética y carteles informativos que advierta de la presencia de materiales combustibles, ubicación de extintores y vías de evacuación en caso de emergencias. 6.- Copia del registro de entrega del Derecho a Saber y el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (RIOHS) que debe ser firmado por cada trabajador al momento de participar en el proyecto, donde se establece la prohibición de fumar al interior de la instalación de faenas. 7.- Mantención de una lista de chequeo periódica que acredite la revisión de que acredite la limpia, orden y seguridad de las instalaciones del proyecto. Acciones o medidas a implementar para a. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Obras b. Se informará al personal del o los contratistas que realicen cualquier tipo de faena, referida a los riesgos propios del fuego en cada una de sus actividades. c. El Jefe de Obras dará aviso en el siguiente orden: CONAF, Bomberos y Carabineros d. El Jefe de Obras dispondrá la construcción de líneas corta fuegos en caso de incendios de vegetación herbácea. controlar la emergencia. e. Se dará aviso al administrador del predio f. El Jefe de obras dispondrá, según corresponda, la evacuación del personal a las zonas seguras. g. Se evacuara a todo el personal del lugar de forma inmediata. h. Tener identificado los puntos de aguas destinados apagar los incendios en el caso que corresponda. i. Se mantendrá un carro aljibe con agua por si se requiera. Es importante destacar que ante la eventual ocurrencia de un incendio forestal o de vegetación se priorizará ante todo el resguardo de las vidas humanas, privilegiando la evacuación del personal para que el combate sea efectuado por personal especializado de CONAF, Bomberos. Sin embargo, se contará con equipamiento necesario para el control de un eventual incendio forestal que consistirá en: a. Elementos de protección personal EPP propios de la Fase de Construcción b. Botiquín de primeros auxilios en la instalación de faenas c. Herramientas básicas para un conjunto de 6 personas: bomba de espalda para aplicación de agua, azahacha o pulazki, rastrillo McLeod, pala, y rozón montero. Existirá un flujo de llamadas internas y externas a los servicios de emergencia, como se muestra a continuación; a.- Se dará aviso de inmediato al Jefe de Obras b.- El Jefe de Obras dará aviso en el siguiente orden: CONAF, Bomberos y Carabineros c.- El Jefe de Obras dispondrá la construcción de líneas corta fuegos en caso de incendios de vegetación herbácea. d.- Se dará aviso al administrador del predio e.- El Jefe de obras dispondrá, según corresponda, la evacuación del personal a las zonas seguras. Forma de control y seguimiento • Registro de inducciones a los trabajadores de la obra, para informar sobre los riesgos propios del fuego en cada actividad, sobre el comportamiento del fuego y métodos de combate. • Registro de capacitación de instrucción al personal, sobre combates de incendios de vegetación y forestales. • Registro de vehículos y maquinarias, con sus respectivos extintores certificados y fecha de recarga vigente. • Revisión periódica de señalética, con los letreros de prevención y emergencia. ( "Prohibido fumar" y "Extintores" Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA Ver detalles en respuesta 5.2 del Adenda Complementario y respuesta 6.1 del Adenda. 10.6.- Riesgo o contingencia Afectación sobre la Fauna, Flora y Vegetación Terrestre Riesgo Afectación sobre la Fauna, Flora y Vegetación Terrestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Excavaciones, movimiento de tierras, y proceso de construcción de obras civiles que pudiesen realizarse fueras de las áreas definidas por el diseño de ingeniería. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Elaboración de un procedimiento de trabajo que establezca que, las áreas habilitadas para la construcción del proyecto, serán aquellas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras civiles. Elaboración de un procedimiento de trabajo que prohíba la intervención del resto de las áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles. Forma de control y seguimiento 1.- En la licitación y contrato con la empresa constructora que edificará el embalse se, quedarán establecidos los procedimientos de trabajos y especificaciones técnicas para la ejecución de excavaciones y las áreas necesarias para la construcción de las obras, áreas excluidas para la intervención con faenas constructivas. 2.- Revisión y mantención de la señalética con la prohibición de intervenir áreas que no sean necesarias para la ejecución de obras civiles. 3.- Mantención de un registro de chequeo revisiones periódicas de señalética y capacitaciones ambientales de los trabajadores. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. En el caso que por error se intervengan áreas no contempladas para la ejecución del proyecto, las que provoquen situaciones de emergencia que afecte a individuos o hábitat de flora y fauna silvestre, se procederá de la siguiente forma: - Se paralizarán las obras en toda el área intervenida por el proyecto. - El área será demarcada y delimitada. - Se solicitará la presencia de un profesional especialista en flora y fauna para que evalúe el impacto generado por la intervención no programada. - En el caso de la fauna silvestre, los individuos presentes en el área intervenida serán rescatado bajo el siguiente protocolo: a) La manipulación se realizará evitando el estrés en los individuos. b) — Los reptiles y anfibios serán mantenidos en cautiverio por el menor tiempo posible. c) — Para la captura de micromamíferos no fosoriales se utilizarán trampas de captura viva como Sherman, Big-Sherman y/o Tomahawk. d) La manipulación de micromamíferos capturados debe realizarse exclusivamente por los especialistas autorizados por el SAG en el permiso de captura, equipados con guantes y mascarillas. e) Los animales capturados serán mantenidos en cajas plásticas transparentes, con agujeros óptimos para la circulación de oxígeno, y serán manejadas de tal manera que los reptiles tengan acceso al sol y a la sombra en días soleados, y deberán ser resguardadas del frío en días nublados en f) lugares habilitados para ello. Lo anterior cobra importancia para los g) períodos entre la captura y el traslado hacia el sitio de liberación. h) Se deberá acondicionar la caja con sustrato del sector de captura (tierra, hojas, etc.). Dentro de cada caja se debe cuidar de que todos los animales puedan moverse libremente (el número de individuos dependerá del tamaño de cada especie), y que haya separaciones por rango etario. 1) El área de manipulación deberá estar protegida del sol, viento y frío, además debe estar equipado con un mesón de superficie lavable, un pie de metro, guantes quirúrgicos, guantes de cabritilla, e implementos de limpieza y desinfección (para el mesón y otros equipamientos), como son el amonio cuaternario y la clorhexidina. j) Los individuos serán liberados el mismo día de la captura en el área destinada para este fin. Sólo en el caso de existir condiciones climáticas muy desfavorables, serán mantenidos en cautiverio durante un máximo de 24 horas, de modo de minimizar el estrés inducido por la manipulación. En caso que se detecten individuos con heridas, estos serán atendidos en primera instancia por un médico veterinario y luego trasladados a un centro de rehabilitación autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente por medio de su página web en el de la activación del Plan u otros organismos apartado de Seguimiento Ambiental RCA. 11°. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N' 19.300, por lo que no se generó un proceso de participación ciudadana (PAC), razón por la que, consecuencialmente, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto. 12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1.- de la presente Resolución. 13W. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 15". Que, para que el proyecto EMBALSE EL ALMENDRO pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. e o L quev ue h la elegado Presidencial Pre idente Comisión de Eval ión Región del Maule René - :ndro Christen Ferna ez rector I Servici de Evalua ón Ambiental Secret rio Com ión de luación Regir del ule 16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA. 18'. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SETA. 19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto EMBALSE EL ALMENDRO, de Sociedad Agrícola Cunculén Limitada. 2°. Certificar que el proyecto EMBALSE EL ALMENDRO cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto EMBALSE EL ALMENDRO cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 155, 156 y 160 del D.S. N2 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto EMBALSE EL ALMENDRO no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1.- del presente acto. 6'. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese Distribución: • Daniel Polanco Guzmán • SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins • CONAF, Región del Maule • DGA, Región del Maule • Dirección de Vialidad, Región del Maule • DOH, Región del Maule • Gobierno Regional, Región del Maule • Ilustre Municipalidad de Pencahue • SAG, Región del Maule • SEC, Región del Maule • SEREMI de Agricultura, Región del Maule • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Maule • SEREMI de Energía, Región del Maule • SEREMI de Salud, Región del Maule • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule • SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule • SEREMI MOP, Región del Maule • Servicio Nacional Turismo, Región del Maule • CONADI, Región del Biobío • Consejo de Monumentos Nacionales • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Superintendencia de Servicios Sanitarios CC: • Encargada Participación Ciudadana • Oficial de Partes