Evaluación SEA

Proyecto Minero Tránsito

Rol 2152997536
SEA · DIA · Aprobado · 2021-09-02 · Región de Atacama · Sociedad Punta del Cobre S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Minero Tránsito”

Resolución Exenta (N° digital en costado inferior izquierdo)

Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 31 de agosto de 2022 y su Adenda Complementaria de 27 de marzo de 2023, del proyecto “Proyecto Minero Tránsito”, presentado por Sociedad Punta del Cobre S.A. con fecha 02 de septiembre de 2021.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto Minero Tránsito”.

3°. El Acta de Evaluación N° 20230310634 de 21 de abril de 2023, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Minero Tránsito” de 21 de abril de 2023.

5°. El acuerdo adoptado en la sesión del 2 de mayo de 2023 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Minero Tránsito”.

7°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/347/2022 del 25 de noviembre de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Sociedad Punta del Cobre S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Minero Tránsito” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Sociedad Punta del Cobre S.A. Rut 96.561.560-1 Domicilio Rancagua 200, Copiapó Teléfono 52-2205809 Nombre representante legal David Isaac Sanz Rodríguez Rut representante legal 12.716.692-7 Domicilio representante legal Rancagua 200, Copiapó Teléfono representante legal 52-2205809 Correo electrónico Titular o representante legal david.sanz@pucobre.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de abril de 2023, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de este documento; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 6 de este documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 2 de mayo de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Minero Tránsito”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 21 de abril de 2023, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la explotación de minerales oxidados y sulfurados de cobre para mantener la alimentación del proceso productivo de ánodos y concentrados de cobre que actualmente se realiza en las plantas Biocobre y San José de Pucobre. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.1. Proyectos de desarrollo minero sobre 5.000 ton/mes.

i.3. Proyectos de disposición de residuos y estériles. Vida útil 13 años. Monto de inversión USD $ 3.800.000. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de caminos Sector Deubree. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Tierra Amarilla. Descripción de la localización El proyecto Minero Tránsito se ubica al oeste de Tierra Amarilla, específicamente en las Sierras Ojanco Nuevo y Los Lirios, a 7 km al oeste del río Copiapó, en las inmediaciones de cuerpos mineralizados que definen su localización y la disposición de sus instalaciones superficiales, tales como los portales de acceso a las minas subterráneas. Superficie La superficie asociada al Proyecto corresponde a 23,4 ha aproximadamente, las cuales se detallan por sector y obra en la Tabla 1-6 del Capítulo 1 de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de referencia del partes y obras del Proyecto se presentan en la Tabla 10 de la Adenda. Caminos de acceso El acceso a las partes y obras del Proyecto se llevará a cabo a través de caminos existentes y rutas públicas de las comunas de Tierra Amarilla y Copiapó, correspondientes a las rutas 31-CH (Avenida Copayapu), C-391 y C-397. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones La cartografía digital en formato KMZ y Shape se presenta en el Anexo 1 de la Adenda.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Movimientos de tierra producto de la habilitación de los caminos de accesos El Proyecto considera el mejoramiento de caminos existentes con el fin de mejorar las condiciones de seguridad para el tránsito de vehículos livianos, medianos y pesados. La mejora comprende ampliar el ancho de la calzada, nivelar y compactar la carpeta de rodados, instalación de señalización y se realizarán obras de saneamiento y seguridad vial.

Excepcionalmente, sólo en la construcción del camino Tránsito se requerirá de la ejecución de 10 tronaduras cómo máximo. Se estima que el 10% de material de corte de dicho camino se removerá con esta técnica.

Los movimientos de tierra asociados a la habilitación de caminos se presentan en la Tabla 3 de la Adenda complementaria. Movimientos de tierra producto de la habilitación de Instalaciones de apoyo El Proyecto contempla realizar el movimiento de tierra asociado a la habilitación de las instalaciones de apoyo, que se detalla en la Tabla 4 de la Adenda complementaria. Movimientos de tierra producto de la habilitación de los canales de contorno El Proyecto considera movimientos de tierra asociada a la construcción de los canales de contorno, que conforman el plan de manejo de aguas no contactadas, estimado en 19.900 m³. Habilitación de las Instalaciones de apoyo Los edificios de las Instalaciones de faena se habilitarán en base a estructuras modulares tipo contenedores y cada una abarcará una superficie total de 3.079,91 m² y 2.918,52 m², respectivamente. Habilitación del Patio de almacenamiento temporal de residuos La construcción del Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos en cada Instalación de Faena (2 en total) se realizará mediante la habilitación de un sector, demarcando los distintos tipos de residuos a almacenar. Dicho sector contará con un cierre perimetral de 1,8 m de altura de malla tipo bizcocho, tendrá una capacidad máxima de almacenamiento de 350 m³. Habilitación de la bodega de residuos peligrosos La bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos de cada Instalación de Faena (2 en total) contará con una base continua impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos. Estará techada y cerrada, con acceso exclusivo de los operadores del recinto. Tendrá capacidad de contención y retención de derrames, y serán diseñadas y construidas conforme a lo establecido en el Título IV del D.S. N° 148/03 del Ministerio de Salud. Habilitación de las fosas sépticas En cada Instalación de faena se contempla la construcción de un sistema séptico compuesto por una fosa séptica que permitirá realizar un tratamiento primario de las aguas servidas mediante el mecanismo de decantación. Además, el sistema contará con una cámara desgrasadora, una cámara de inspección y un distribuidor de drenes. Para la construcción de cada fosa séptica en las instalaciones de faena se estima realizar el movimiento de 180 m³ de tierra aproximadamente.

Adicionalmente, el Proyecto contempla la construcción de un sistema séptico en la garita Revoltosa, garita Deubree, garita Tránsito y en el sector de la Planta de tratamiento del mineral. Para la construcción de cada Fosa Séptica se estima realizar el movimiento de 3 m³ de tierra aproximadamente.

Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 5 “Actualización PAS 138” de la Adenda Complementaria. Habilitación de piscinas de almacenamiento de agua industrial El Proyecto considera la construcción de cuatro piscinas de 134 m3, mediante un marcaje del terreno y luego la excavación de cada cubeta, para lo cual se estima un movimiento de 536 m³. Posteriormente, las excavaciones serán revestidas con liner de HDPE. Habilitación de garitas de acceso Para la habilitación de las garitas del Sector Revoltosa, Sector Deubree y Sector Tránsito, se realizará el acondicionamiento, nivelación y compactación del terreno donde se ubicarán, instalándose un contenedor modular de 15 m2, acondicionado para realizar las labores administrativas. Habilitación de polvorines Para la construcción de los 2 polvorines superficiales será necesario nivelar la superficie, de tal forma de poder montar y anclar las obras necesarias.

Los polvorines en superficie contarán con malla perimetral y portón de ingreso; contenedores para almacenar explosivos (altos y bajos) e instrumentos de medición de temperatura y humedad. De igual forma los contenedores serán forrados con madera y sus murallas interiores serán lisas para evitar residuos de explosivos. Todo elemento metálico dentro de cada polvorín será conectado a tierra y toda instalación de alumbrado e interruptores se instalarán por fuera del polvorín. En la entrada de cada polvorín se colocará una plancha metálica conectada a tierra, para que toda persona descargue la electricidad estática que pueda acumular en su cuerpo. Alternativamente se instalará una barra metálica que cumpla con la misma función al tocarla. Habilitación Portal Deubree Marta 1 Durante la fase de construcción, se contempla la habilitación del primer portal de acceso a la Mina Subterránea que entrará en operación, el cual se considerará operativo una vez habilitados los primeros 30 m desde el exterior al interior Mina. El movimiento de material contemplado para esta actividad se detalla en la Tabla 9 de la Adenda complementaria. Transporte de estériles producto de la habilitación del Portal Deubree Marta 1 El Proyecto contempla el movimiento de 2.200 ton de estériles para la habilitación del Portal Deubree Marta 1, correspondiente a la excavación de los primeros 30 m desde el exterior hacia el interior Mina. Para realizar dicha actividad se contempla realizar 2 viajes por día por un periodo de 2 meses. Transporte de personal, insumos y residuos Durante la fase de construcción del Proyecto, se realizará el transporte de insumos, residuos y mano de obra. El detalle se presenta en la Tabla 17 de la Adenda complementaria. Recursos naturales renovables Suelo: Producto del emplazamiento de las partes y obras del Proyecto, se contempla una pérdida de suelo de 23,4 ha. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas.

MP10

Durante la fase de construcción se llevarán a cabo actividades generadoras de emisiones atmosféricas identificadas como: mejoramiento y construcción de caminos, habilitación de las instalaciones de apoyo y transporte de insumos, residuos y mano de obra, para lo cual se hará uso de maquinaria que, además de generar material particulado, también emitirán gases de combustión.

De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de material particulado MP10 en 2,24 t/año para el año 1, 4,93 t/año para el año 2, 16,66 t/año para el año 3 y 11,66 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de construcción:

  • Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos.
  • Control de camiones, maquinarias y equipos.

MP2,5

Durante la fase de construcción se llevarán a cabo actividades generadoras de emisiones atmosféricas identificadas como: mejoramiento y construcción de caminos, habilitación de las instalaciones de apoyo y transporte de insumos, residuos y mano de obra, para lo cual se hará uso de maquinaria que, además de generar material particulado, también emitirán gases de combustión.

De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de material particulado MP2,5 en 1,12 t/año para el año 1, 1,75 t/año para el año 2, 2,38 t/año para el año 3 y 2,66 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de construcción:

  • Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos.
  • Control de camiones, maquinarias y equipos.

MPS

Durante la fase de construcción se llevarán a cabo actividades generadoras de emisiones atmosféricas identificadas como: mejoramiento y construcción de caminos, habilitación de las instalaciones de apoyo y transporte de insumos, residuos y mano de obra, para lo cual se hará uso de maquinaria que, además de generar material particulado, también emitirán gases de combustión.

De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de material particulado MPS en 4,76 t/año para el año 1, 8,85 t/año para el año 2, 32,69 t/año para el año 3 y 22,95 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de construcción:

  • Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos.
  • Control de camiones, maquinarias y equipos.

NOx

Durante la fase de construcción las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de NOx en 13,69 t/año para el año 1, 17,64 t/año para el año 2, 2,29 t/año para el año 3 y 17,48 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

CO

Durante la fase de construcción las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de CO en 3,17 t/año para el año 1, 6,70 t/año para el año 2, 0,40 t/año para el año 3 y 12,43 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

SO2

Durante la fase de construcción las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de SO2 en 0,85 t/año para el año 1, 0,80 t/año para el año 2, 0,06 t/año para el año 3 y 0,09 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

COV

Durante la fase de construcción las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de HC/COV en 1,10 t/año para el año 1, 1,48 t/año para el año 2, 0,10 t/año para el año 3 y 1,57 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

NH3

Durante la fase de construcción las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de NH3 en 0,01 t/año para el año 1, 0,01 t/año para el año 2, 0,01 t/año para el año 3 y 0,01 t/año para el año 4.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

Ruido y vibraciones

Las principales emisiones de ruido durante la fase de construcción están asociadas al uso de maquinarias siendo la fuente principal la perforadora electrohidráulica, con un NPSeq a 10 m de 79 dB(A). El detalle de la potencia acústica para cada fuente de ruido se presenta en la Tabla 17 del Anexo 6 de la Adenda.

Por otro lado, la construcción del Camino Tránsito considera el uso de tronaduras. La carga contemplada equivale a 784 kg por cada tronadura, se realizarán 10 tronaduras como máximo.

En la fase de construcción se generará vibraciones, asociadas al uso de maquinarias, siendo el rodillo vibratorio el equipo que genera las mayores emisiones, correspondientes a 94 VdB a 25 pies de distancia.

Aguas servidas

Los residuos líquidos que se generarán durante la fase de construcción corresponderán a aguas servidas provenientes de los baños químicos que se dispondrán para el personal que realice las labores de construcción del Proyecto.

Se estima una generación de 216 m3/mes de aguas servidas, considerando una mano de obra máxima de 30 personas por turno (60 personas en total por día).

El retiro, mantención, transporte y disposición final de aguas servidas estará a cargo de una empresa externa que cuente con la autorización sanitaria para dichos efectos. Se contempla realizar la limpieza de los baños con una frecuencia de dos a tres días a la semana, conforme a la necesidad. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Se estima una generación de 2,7 t/mes de residuos domésticos, considerando una mano de obra máxima de 30 personas por turno (60 personas en total por día).

Los residuos serán retirados diariamente desde sus puntos de generación y almacenados temporalmente en contenedores dispuestos en el Patio de almacenamiento temporal de residuos de cada Instalación de faena. La recolección, transporte y disposición final en el Relleno Sanitario de la ciudad de Copiapó será realizada 3 veces por semana.

Residuos industriales no peligrosos

Se estima una generación de 1.250 kg/mes de residuos industriales no peligrosos, correspondiendo a excedentes metálicos, remanentes de construcción, maderas y chatarras.

Los residuos serán retirados diariamente desde sus puntos de generación hacia el patio de almacenamiento temporal de residuos, en este lugar, los residuos serán acopiados a granel según su tipo, para ser retirados quincenalmente por una empresa debidamente autorizada hasta Copiapó, donde serán dispuestos con destinatario autorizado.

Residuos sólidos peligrosos

Se estima una generación de 820 kg/mes de residuos sólidos peligrosos, correspondiendo a EPP, trapos, huaipes y filtros contaminados con hidrocarburos, baterías Ni-Cd y aceites usados.

Los residuos se almacenarán temporalmente en la bodega de residuos peligrosos habilitada en cada Instalación de Faena, la cual corresponde a una obra cerrada, techada, con base continua impermeable, resistente estructural y químicamente a este tipo de residuos, y con capacidad de retención y contención de derrames. Los contenedores al interior, así como las indicaciones que se instalarán en el acceso, serán rotulados con la señalización establecida por la NCh 2.193 Of 93. El acceso a esta bodega será exclusivo para los operadores de dicho recinto.

Los residuos serán retirados periódicamente, permaneciendo un período máximo de 6 meses. El retiro será realizado por transportistas autorizados, quienes lo derivarán a una instalación de tratamiento y disposición final autorizada por la Autoridad Sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras Tabla 4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.2. Suministros básicos Tabla 4.6.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.6.4. Emisiones y efluentes Tabla 4.6.5. Residuos 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Transporte de personal, insumos y residuos Durante la fase de operación del Proyecto se realizará el transporte de insumos, residuos y mano de obra. El detalle se presenta en la Tabla 18 de la Adenda complementaria. Habilitación de portales de acceso a mina subterránea El Proyecto contempla la construcción de 3 portales en Sector Revoltosa, 5 portales en Sector Dubree, 6 portales en Sector Tránsito y 2 portal en Sector Omega, los cuales serán construidos de forma secuencial conforme a la necesidad del Plan Minero.

La construcción de los portales se realizará con operaciones convencionales de perforación y tronadura, utilizando perforadoras electrohidráulicas y explosivos. Para la construcción de cada portal se requerirá realizar una parada cada una de 3,5 m de largo aproximadamente. Por cada una de estas paradas se realizarán las siguientes actividades:

  • Perforación y tronadura: Con equipo perforador electrohidráulico, se realizarán 60 perforaciones de 2,5 pulgadas de diámetro con una profundidad de 4 m aproximadamente. En cada perforación se alojará la cantidad correspondiente de explosivo.
  • Carguío y transporte: Realizada la tronadura, el material arrancado se cargará en camiones utilizando equipo de carguío para tal efecto, y se transportará al lugar donde se requiera relleno para la construcción de caminos. La cantidad aproximada de material a movilizar por cada parada será de 100 m³.
  • Fortificación: La fortificación de los portales se realizará utilizando pernos, mallas y hormigón proyectado, para asegurar las condiciones de estabilidad del macizo rocoso, según corresponda. Extracción de minerales oxidados y sulfurados La fase de operación del Proyecto se prolongará durante 12 años, y considera una tasa de extracción máxima de 1.200 kt al año (100.000 tpm), diferenciado por Óxidos y Sulfuros, provenientes de los sectores Revoltosa, Deubree, Tránsito y Omega.

De acuerdo al Plan Minero, la extracción de minerales oxidados se iniciará durante el primer año de operación, mientras que la extracción de sulfuros comenzará el tercer año de operación.

La extracción subterránea de minerales se realizará conforme a las actividades que se detallan a continuación:

  • Perforación: Los equipos de perforación que se utilizarán serán de dos tipos, según sea que se utilicen en avance o producción. Los equipos para la perforación de avance serán del tipo de perforación horizontal con accionamiento electrohidráulico, mientras que para la producción se utilizarán equipos de perforación radial convencionales de tecnología electrohidráulica, con los que se puede realizar perforación ascendente y descendente.
  • Tronadura: Serán realizadas con explosivos ANFO y emulsiones, suministrados por proveedor autorizado. Para esto, se hará uso de los polvorines subterráneos. El consumo de explosivo que será utilizado durante la operación se presenta en la Tabla 11 de la Adenda complementaria.
  • Carguío y transporte interior mina: Durante la fase de operación del Proyecto la flota de carguío y transporte de material estará compuesta por equipos de carga y volteo montado sobre ruedas y minicargador que cumplirá funciones de mantenimiento de rampas y labores principales. La flota de transporte estará compuesta por camiones mineros subterráneos, con capacidades del orden de hasta las 65 toneladas métricas, los cuales transportarán el mineral desde los frentes de trabajo hacia la superficie (mineral y/o estéril). Transporte y disposición de El material estéril se transportará hacia los botaderos en superficie estéril en botaderos para ser dispuesto mediante volteo directo de la tolva de los camiones.

El Proyecto considera la operación de 7 botaderos, los cuales tendrán una capacidad en conjunto de 1.632 m³. El transporte del material estéril desde interior mina se realizará mediante camiones de hasta 65 toneladas métricas. La cantidad de material estéril que será transportado durante la operación del Proyecto se detalla en la Tabla 12 de la Adenda complementaria, mientras que el número de viajes que será realizado se indica en la Tabla 13 de la misma Adenda. Transporte y disposición temporal en Stock pile El mineral extraído desde la mina subterránea será depositado transitoriamente en diferentes unidades de acopio de mineral o Stock pile. La cantidad de mineral que se estima transportar en camiones de hasta 65 t se presentan en la Tabla 14 de la Adenda complementaria y el número de viajes en la Tabla 15 de la misma Adenda. Clasificación del mineral El Proyecto habilitará una Planta para el tratamiento del mineral oxidado extraído desde el Sector Omega, el cual contará con una Planta móvil de clasificación mediante tecnología Sorter que permitirá realizar una selección del mineral oxidado que será enviado a la Planta Biocobre. Previo ingreso del material a la Planta Sorter, será llevado a una Planta móvil tipo Scorpion, para ser chancado y harneado. Transporte de mineral a plantas de proceso El material extraído en las minas será llevado a las actuales plantas de procesamiento del mineral, Planta Biocobre y Planta San José.

El transporte del mineral oxidado desde las instalaciones del Proyecto hasta la Planta Biocobre se realizará en camiones encarpados de 40 t por dos recorridos:

  • Ruta 1 a Planta Biocobre: conformado por las rutas C-397, C-391 y 31-CH (Avenida Copayapu).
  • Ruta 2 a Planta Biocobre: utiliza las rutas C-391 y 31-CH.

El transporte de mineral sulfurado hacia la Planta San José se realizará en camiones encarpados de 60 t por la ruta C-397. Transporte de agua industrial El agua de uso industrial será transportada desde la cachimba de Planta San José hacia las piscinas de almacenamiento de agua distribuidas en los diferentes sectores del Proyecto, utilizando la Ruta C-397.

Adicionalmente se realizará un viaje quincenal para transportar agua desde el Pozo 11, ubicado en el sector Ojanco de Tierra Amarilla, para lo cual se contempla utilizar un camino privado de propiedad del Titular y posteriormente la Ruta C-397. Productos generados Mineral oxidado y sulfurado: El material extraído en las minas será llevado a las actuales instalaciones de procesamiento del mineral Planta Biocobre y Planta San José.

En las Tablas 1-75 y Tabla 1-76 del Capítulo 1 de la DIA, se presentan las cantidades de minerales oxidados y sulfurados que serán transportados a la Planta Biocobre y Planta San José, respectivamente. Recursos naturales renovables Agua fresca: Producto de la ejecución del Proyecto, se contempla satisfacer las necesidades de agua industrial a través del suministro de agua fresca desde la piscina existente en Planta San José y desde el denominado Pozo 11. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas.

MP10

Durante la fase de operación se generarán emisiones atmosféricas de MP10 asociadas principalmente a tránsito por caminos no pavimentados, erosión eólica y transferencia de material, de los 12 años de operación, es el año 9 el que presenta las mayores emisiones, estimándose en 47,87 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de operación: - Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos. - Sistema de Mitigación de Polvos (SMP) en chancador de la Planta Scorpion - Encapsulamiento de correas transportadoras en Planta Scorpion y Planta Sorter - Instalación de malla perimetral en acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter - Control de camiones, maquinarias y equipos - Tránsito de camiones con carga cubierta.

MP2,5

Durante la fase de operación se generarán emisiones atmosféricas de MP2,5 asociadas principalmente a tránsito por caminos no pavimentados, erosión eólica y transferencia de material, de los 12 años de operación, es el año 6 el que presenta las mayores emisiones, estimándose en 12,04 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de operación: - Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos. - Sistema de Mitigación de Polvos (SMP) en chancador de la Planta Scorpion - Encapsulamiento de correas transportadoras en Planta Scorpion y Planta Sorter - Instalación de malla perimetral en acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter - Control de camiones, maquinarias y equipos - Tránsito de camiones con carga cubierta.

MPS

Durante la fase de operación se generarán emisiones atmosféricas de MPS asociadas principalmente a tránsito por caminos no pavimentados, erosión eólica y transferencia de material, de los 12 años de operación, es el año 9 el que presenta las mayores emisiones, estimándose en 116,49 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de operación: - Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos. - Sistema de Mitigación de Polvos (SMP) en chancador de la Planta Scorpion - Encapsulamiento de correas transportadoras en Planta Scorpion y Planta Sorter - Instalación de malla perimetral en acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter - Control de camiones, maquinarias y equipos - Tránsito de camiones con carga cubierta.

NOx

Durante la fase de operación las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria, la combustión de vehículos y grupos electrógenos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de NOx para el año de mayor emisión (año 6 de operación) en 106,74 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

CO

Durante la fase de operación las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria, la combustión de vehículos y grupos electrógenos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de CO para el año de mayor emisión (año 9 de operación) en 29,18 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

SO2

Durante la fase de operación las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria, la combustión de vehículos y grupos electrógenos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de SO2 para el año de mayor emisión (año 6 de operación) en 5,83 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

COV

Durante la fase de operación las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria, la combustión de vehículos y grupos electrógenos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de HC/COV para el año de mayor emisión (año 6 de operación) en 8,42 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

NH3

Durante la fase de operación las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria, la combustión de vehículos y grupos electrógenos. De acuerdo con los factores de emisión y nivel de actividad, en el Anexo 4 de la Adenda se estimaron las emisiones de NH3 para el año de mayor emisión (año 6 de operación) en 0,004 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

Ruido y vibraciones

Las principales emisiones de ruido durante la fase de operación están asociadas al uso de maquinarias siendo la fuente principal el camión tolva 65 t, con un NPSeq a 10 m de 90 dB(A). El detalle de la potencia acústica para cada fuente de ruido se presenta en las Tablas 21, 22 y 23 del Anexo 6 de la Adenda.

Por otro lado, la construcción de los portales se realizará utilizando perforadoras electrohidráulicas y explosivos.

En la fase de operación se generará vibraciones, asociadas al uso de maquinaria pesada (excavadora, cargador frontal y perforadoras) correspondientes a 83 VdB a 25 pies de distancia.

Aguas servidas

Los residuos líquidos que se generarán durante la fase de operación corresponderán a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos habilitados para el personal. Para dar solución a las aguas servidas generadas, se habilitarán fosas sépticas y drenes de infiltraciones en cada instalación de faena (2), garitas de acceso (3) y Planta de Tratamiento de Mineral (1).

Se estima una generación de 720 m3/mes de aguas servidas, considerando una mano de obra máxima de 100 personas por turno (200 personas en total por día). En cambio, para la estimación de aguas servidas en las garitas de acceso (sector Deubree, Tránsito y Revoltosa) y la Planta de Tratamiento de Material en sector Omega, se consideró una persona por sector, estimándose en 3 m³/mes.

Los efluentes que provendrán de la cada fosa séptica serán manejados en un sistema de drenes donde serán infiltradas, mientras que los lodos serán retirados periódicamente por camiones autorizados por la autoridad sanitaria para estos efectos. Residuos, productos químicos Residuos sólidos domiciliarios y asimilables y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Se estima una generación de 9 ton/mes de residuos domiciliarios durante la fase de operación, considerando la mano de obra máxima (100 trabajadores por turno cada turno, 200 trabajadores por día).

Los residuos serán retirados diariamente desde sus puntos de generación y almacenados temporalmente en contenedores dispuestos en el Patio de almacenamiento temporal de residuos de cada Instalación de faena. La recolección, transporte y disposición final en el Relleno Sanitario de la ciudad de Copiapó será realizada 3 veces por semana.

Residuos industriales no peligrosos

Se estima una generación de 500 kg/mes de residuos industriales no peligrosos, correspondiendo a chatarras, gomas, maderas y mangas.

Los residuos serán retirados diariamente desde sus puntos de generación hacia el patio de almacenamiento temporal de residuos, en este lugar, los residuos serán acopiados a granel según su tipo, para ser retirados quincenalmente por una empresa debidamente autorizada hasta Copiapó, donde serán dispuestos con destinatario autorizado.

Residuos sólidos peligrosos

Se estima una generación de 0,9 t/mes de residuos sólidos peligrosos, correspondiendo a EPP, trapos, huaipes y filtros contaminados con hidrocarburos, baterías Ni-Cd y aceites usados.

Los RESPEL se almacenarán temporalmente en la bodega de residuos peligrosos habilitada en cada Instalación de Faena y desde donde serán retirados periódicamente, permaneciendo un período máximo de 6 meses. El retiro será realizado por transportistas autorizados, quienes lo derivarán a una instalación de tratamiento y disposición final autorizada por la Autoridad Sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.7.1.1. Partes y obras Tabla 4.7.1.2. Acciones Tabla 4.7.2. Suministros básicos Tabla 4.7.3. Productos generados Tabla 4.7.4. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.7.5. Emisiones y efluentes Tabla 4.7.6. Residuos 4.3.3. FASE DE CIERRE Cierre de portales y chimeneas El cierre de los portales, chimeneas de ventilación y chimeneas de seguridad considera el cierre del acceso a cada uno de ellos mediante la instalación vigas y mallas metálicas, berma de material estéril y la posterior instalación de señalética.

En detalle los portales serán sellados con malla bizcocho y afianzada a las paredes con pernos de anclaje y con letreros “No pasar”. El sellado de piques y chimeneas que llegan a superficie consistirá de malla bizcocho y se colocará un cierre perimetral con malla. Todo portal de acceso, pique y/o chimenea se cercará y señalizará a 15 m como mínimo. Cierre de instalaciones de apoyo Se contempla realizar el desmontaje y retiro total de las edificaciones, limpieza del terreno, relleno y emparejamiento de las superficies, concluyendo con el retiro, transporte y disposición final de los residuos. Desmantelamiento de Las instalaciones que existirán al momento del cierre serán las instalaciones instalaciones de la mina, infraestructura de apoyo, polvorines y botaderos. Al término de las operaciones, todas las instalaciones superficiales serán desenergizadas, desmanteladas y retiradas de la faena. Dado que éstas son del tipo móvil, serán retiradas y trasladadas en camiones a otras instalaciones de Pucobre para su reutilización, o dispuestas en sitios autorizados de disposición final de residuos, de acuerdo a las características de peligrosidad de cada uno. Lo mismo ocurrirá con los Polvorines, que serán desmantelados, procediéndose a la descontaminación del suelo, retiro de los productos y destrucción o disposición final, la cual será efectuada por personal autorizado. Cierre de botaderos Contempla la colocación de un cordón de material estéril rodeando el perímetro de los botaderos, el cual impedirá el acceso de personas. Todo esto debidamente señalizado conforme a los riesgos, además los botaderos considerarán la estabilización de los taludes en el tiempo. Cierre de accesos Los caminos del área serán nivelados para contar con un drenaje que permita conducir las escorrentías cuando ocurran eventos meteorológicos, con el propósito de minimizar la erosión. Todos los accesos serán bloqueados con un pretil de seguridad cuya altura impida el acceso mediante vehículos, teniendo en consideración de no bloquear los caminos que lleven a propiedades mineras colindantes. Recursos naturales renovables El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables en la fase de cierre. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas.

MP10

Durante la fase de cierre se generarán emisiones atmosféricas de MP10 asociadas principalmente al desmantelamiento de instalaciones, estimándose en 3,57 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de cierre: - Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos. - Control de camiones, maquinarias y equipos

MP2,5

Durante la fase de cierre se generarán emisiones atmosféricas de MP2,5 asociadas principalmente al desmantelamiento de instalaciones, estimándose en 0,55 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de cierre: - Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos. - Control de camiones, maquinarias y equipos

MPS

Durante la fase de cierre se generarán emisiones atmosféricas de MP10 asociadas principalmente al desmantelamiento de instalaciones, estimándose en 13,04 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones durante la fase de cierre: - Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos. - Control de camiones, maquinarias y equipos

NOx

Durante la fase de cierre las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos, estimándose en 2,29 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

CO

Durante la fase de cierre las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos, estimándose en 0,40 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

SO2

Durante la fase de cierre las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos, estimándose en 0,06 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

COV

Durante la fase de cierre las emisiones de gases estarán asociadas principalmente al uso de maquinaria y a la combustión de vehículos, estimándose en 0,10 t/año.

Se contemplan las siguientes acciones de control de emisiones de gases:

  • Control de velocidad en caminos internos.
  • Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias.
  • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

Ruido y vibraciones

Dado que la maquinaria contemplada para la fase de cierre del Proyecto es la misma que se contempla para la fase de construcción, los resultados estimados de ruido y vibraciones son los mismos de la fase de construcción.

Aguas servidas

durante la fase de cierre, se utilizarán las instalaciones existentes para el manejo de aguas servidas hasta su retiro, posteriormente, se dispondrá de baños químicos y lavamanos portátiles en las áreas de trabajo, los cuales irán modificando su posición según el avance de las actividades de cierre, por lo que se considera su uso provisorio (menos de 6 meses) en cada una de sus posiciones, en cumplimiento con lo establecido en la normativa vigente. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Se estima una generación de residuos sólidos domésticos de 2,7 ton/mes, a partir de la mano de obra máxima de la fase de cierre (dos turnos de 30 trabajadores).

Los residuos serán retirados diariamente desde sus puntos de generación y almacenados temporalmente en contenedores dispuestos en el Patio de almacenamiento temporal de residuos de cada Instalación de faena. La recolección, transporte y disposición final en el Relleno Sanitario de la ciudad de Copiapó será realizada 3 veces por semana.

Residuos industriales no peligrosos

Se estima una generación de 1.250 kg/mes de residuos industriales no peligrosos, correspondiendo a excedentes metálicos, remanentes de construcción, maderas y chatarras.

Los residuos serán retirados diariamente desde sus puntos de generación hacia el patio de almacenamiento temporal de residuos, en este lugar, los residuos serán acopiados a granel según su tipo, para ser retirados quincenalmente por una empresa debidamente autorizada hasta Copiapó, donde serán dispuestos con destinatario autorizado.

Residuos sólidos peligrosos

Se estima una generación de 0,9 t/mes de residuos sólidos peligrosos, correspondiendo a EPP, trapos, huaipes y filtros contaminados con hidrocarburos, baterías Ni-Cd y aceites usados.

Los residuos se almacenarán temporalmente en la bodega de residuos peligrosos habilitada en cada Instalación de Faena, para ser retirados periódicamente, permaneciendo un período máximo de 6 meses. El retiro será realizado por transportistas autorizados, quienes lo derivarán a una instalación de tratamiento y disposición final autorizada por la Autoridad Sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. Partes y obras del Proyecto Tabla 4.3. Acciones del Proyecto Tabla 4.8. Fase de cierre

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Primer semestre del 2023. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de caminos Sector Deubree. Fecha estimada de término Segundo semestre del 2026. Parte, obra o acción que establece el término Término de la habilitación superficial en Sector Tránsito. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre del 2023. Parte, obra o acción que establece el inicio Actividad de extracción de mineral, desde el Sector Deubree, una vez realizada la habilitación de los primeros 30 metros del túnel hacia el interior de la Mina Subterránea. Fecha estimada de término Segundo semestre del 2034. Parte, obra o acción que establece el término Cese de las actividades de Pucobre y transporte del último camión con mineral a las Plantas de Proceso (Biocobre y San José). 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Primer semestre del 2035. Parte, obra o acción que establece el inicio Delimitación y señalización de posibles zonas de subsidencia. Fecha estimada de término Segundo semestre del 2035. Parte, obra o acción que establece el término Instalación de señalización de prohibición de ingreso y cierre de caminos con cordones de seguridad.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento en la concentración de material particulado y gases. Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto generará emisiones atmosféricas de material particulado (MP10 y MP2.5) y gases (CO, NOx, HC, SOx) en sus 3 fases. Las emisiones están asociadas en la fase de construcción principalmente a mejoramiento y construcción de caminos, habilitación de las instalaciones de apoyo y transporte de insumos, residuos y mano de obra. Por su parte, para la fase de operación, las emisiones están asociadas principalmente al tránsito por caminos no pavimentados, erosión eólica y transferencia de material. Durante la fase de cierre, las emisiones se atribuyen principalmente el desmantelamiento de instalaciones Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Aumento de niveles de ruido. Parte, obra o acción que lo genera Uso de maquinarias, tronaduras y tránsito vehicular. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1 Salud de la Población. Tabla 6.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. Respecto a la generación de emisiones atmosférica, el Proyecto generará emisiones atmosféricas de material particulado (MP10 y MP2.5) y gases (CO, NOx, HC, SO2) en sus 3 fases. De acuerdo a lo informado en el Anexo 4 de la Adenda, las emisiones están asociadas en la fase de construcción principalmente a mejoramiento y construcción de caminos, habilitación de las instalaciones de apoyo y transporte de insumos, residuos y mano de obra. Por su parte, para la fase de operación, las emisiones están asociadas principalmente al tránsito por caminos no pavimentados, erosión eólica y transferencia de material. Durante la fase de cierre, las emisiones se atribuyen principalmente el desmantelamiento de instalaciones.

Para evaluar los aportes de material particulado generados por el Proyecto, se realizó una modelación atmosférica mediante la aplicación del modelo “Calpuff,” para obtener una predicción de las concentraciones de material particulado respirable (PM10, PM2,5) y gases (NOx, SO2 y CO), que el Proyecto aportará, basándose en los campos de vientos y otras variables meteorológicas modeladas mediante WRF. Se consideraron 10 receptores interés correspondientes a estaciones de monitoreo, los que se presentan en la Tabla 4-53 del Anexo 5 de la Adenda. Además, en la Adenda complementaria, se agregaron 6 receptores de interés los que se detallan en la Tabla 108 de la Adenda complementaria.

El escenario modelado corresponde al año 4 de ejecución del Proyecto, correspondiente a la ejecución simultánea de las fases de construcción y operación, estimándose las emisiones en 48,11 t/año de MP10 y 13,11 t/año de MP2,5, siendo el escenario más desfavorable.

Como resultado de la modelación, se observó que en todos los receptores de interés los aportes de material particulado, MP10 y MP2,5, se aproximan a 0 ug/m³, toda vez que los valores resultan ser menores a 0,15 ug/m³ para la media anual de MP10 y 0,27 ug/m³ para el P98 de diario de MP10, no superando el 0,31% de la norma para todos los estadísticos de material particulado (MP2,5 y MP10). En cuanto a los gases SO2, NOx y CO, los aportes resultan ser menores al 0,11% de la norma para todos los estadísticos. El detalle se presenta en la Tabla 70 de la Adenda complementaria.

En base a lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera aportes significativos sobre los receptores en los contaminantes modelados, inclusive los que se encuentran en condición de saturación por superación de norma primaria de calidad del aire en las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla, correspondientes al MP10, y SO2, tal como lo indica el D.S. N° 15/2021, del MMA, que “Declara zona saturada por material particulado respirable (MP10) como concentración de 24 horas y anual, a la zona de Copiapó y Tierra Amarilla” y el D.S. N° 255/1993 del MINAGRI, que “Declara zona saturada por anhidrido sulfuroso el área circundante a la fundición Hernán Videla Lira, III región”.

Respecto a la generación de Ruido y vibraciones, se generarán emisiones de ruido en todas sus fases, asociadas principalmente al uso de maquinaria. En el Anexo 6 de la Adenda se presenta actualizado el inventario de emisiones de ruido y la modelación. Para evaluar el efecto del ruido en la salud de la persona se identificaron 10 receptores humanos. Para el análisis acústico del Proyecto se utilizó un modelo de ruido asistido por el software Predictor – LIMA, versión 2021, el cual permitió estimar el nivel de ruido generado por la maquinaria involucrada en las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Los resultados de dichas modelaciones sonoras arrojan niveles acústicos sobre los receptores que varían entre 16 y 43 dB(A) para la para el año 1 de ejecución del Proyecto, que corresponde al peor escenario, el cual se encuentra bajo el límite máximo permitido y por lo tanto cumple con los límites máximos permisibles para la zona donde se ubican los receptores de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA.

Por otra parte, los niveles de ruido asociados al uso de tronaduras se encuentran en el rango de cumplimiento de los criterios de referencia utilizados para su evaluación.

Los niveles de ruido estimados, asociados a los flujos vehiculares por los caminos de acceso al Proyecto, en los puntos de evaluación humanos se encuentran por debajo de los niveles de Exposición medidos, por lo que no generan alteración ni impacto sobre las comunidades cercanas al Proyecto.

Por otra parte, se estimaron y evaluaron las Velocidades Peak de Partículas (PPV) y los Niveles de Vibración (Lv) asociados a la ejecución del Proyecto, cuyos valores cumplen con el criterio de referencia internacional para la evaluación de daño estructural y de molestia.

Finalmente, el Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos e industriales peligrosos en todas sus fases. Sin embargo, no se prevé efectos adversos a la salud de la población por exposición a contaminantes en relación con su manejo e impactos sobre los recursos naturales renovables, debido a que el manejo de todos los residuos generados en las distintas fases del Proyecto se realizará en instalaciones autorizadas y, por tanto, considera un adecuado manejo de todos sus residuos y efluentes con el objeto de evitar la afectación a los recursos naturales renovables y salud de las personas. Se debe señalar que no existirán riesgos en el manejo de residuos ya que se realizará estrictamente al interior de las instalaciones habilitadas para tales fines y su retiro estará a cargo de empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes en el trasporte de dichos residuos a su sitio de disposición final autorizado.

Por todo lo anterior, y sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no tendrá efectos adversos significativos sobre el riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material particulado sedimentable Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Agua Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto generará emisiones atmosféricas de material particulado sedimentable en sus 3 fases. Las emisiones están asociadas en la fase de construcción principalmente a mejoramiento y construcción de caminos, habilitación de las instalaciones de apoyo y transporte de insumos, residuos y mano de obra. Por su parte, para la fase de operación, las emisiones están asociadas principalmente al tránsito por caminos no pavimentados, erosión eólica y transferencia de material. Durante la fase de cierre, las emisiones se atribuyen principalmente el desmantelamiento de instalaciones. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1 Aire Tabla 6.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.2 del ICE se concluye que el Proyecto no generará pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad como consecuencia de su degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, se descarta este efecto, debido a la condición inherente que presenta el suelo, tanto desde un punto de vista productivo como de la capacidad para producir y arraigar especies vegetales y sustentar especies animales. Estos suelos a causa de sus características principalmente químicas presentan dificultades para la presencia de vegetación no adaptada a estas condiciones o para el desarrollo de actividades agrícolas.

Por otra parte, respecto de las componentes flora y vegetación, tal como se presenta en el Anexo 9 “Actualización Caracterización de Flora y Vegetación” de la Adenda Complementaria, en el Área de Influencia se determinaron 7 especies listadas en alguna categoría de conservación oficial, de las cuales 5 están en Preocupación Menor (Cumulopuntia sphaerica, Eriosyce subgibbosa, Solanum brachyantherum, Krameria cistoidea y Eulychnia acida) y 2 en categoría Vulnerable Pyrrhocactus eriosyzoides y Pyrrhocactus confinis. De acuerdo a lo anterior y a partir de un microruteo realizado entre los días 2 y 6 de noviembre de 2021, se determinó que las especies en categoría de conservación y susceptibles a ser afectadas por las zonas de intervención directa en donde se emplazarán las partes y obras del Proyecto, corresponden únicamente a Pyrrhocactus confinis (en categoría Vulnerable) y Cumulopuntia sphaerica (en categoría de Preocupación Menor).

Se descarta que se genere un impacto significativo sobre la especie Pyrrhocactus confinis por cuanto la ejecución del Proyecto no disminuirá de forma significativa la distribución conocida de la especie, ya que la población a afectar corresponde al 0,1% de la extensión de la presencia de esta, según los registros de la ficha de la especie elaborada por el Ministerio de Medio Ambiente, 2019; y, por otro lado, se estima que el área de afectación de la especie equivale a 14,9 ha, lo que corresponde a menos del 1% de la superficie de ocupación conocida de la especie.

Sin perjuicio de lo anterior, para las especies Pyrrhocactus confinis y Cumulopuntia sphaerica se presenta un Plan de Manejo Biológico, que considera el rescate de dichas especies en las áreas a intervenir y su relocalización en zonas adecuadas, así como también, su posterior seguimiento, la actividad de rescate y relocalización considera un porcentaje de 100% de supervivencia para la especie Pyrrhocactus confinis, dada su clasificación de Vulnerable (D.S. N° 33/2011 MMA), por su parte para la especie Cumulopuntia sphaerica (Preocupación Menor), un porcentaje de 75%. Mayores antecedentes en la Tabla 9.4 de este documento.

Respecto a la fauna, el Titular realizó dos campañas de levantamiento en terreno. En la primera campaña se establecieron 30 estaciones de muestreo distribuidas en el área de influencia (2.139,1 ha). En estas estaciones se realizaron 24 transectos de búsqueda para anfibios, reptiles, aves y mamíferos, tres (3) líneas de trampeo de micromamíferos, una (1) cámaras trampas y dos (2) puntos de monitoreo nocturno (detector de quirópteros y playback de aves rapaces). Por su parte, en la segunda campaña de terreno se establecieron 45 estaciones de muestreo distribuidas en el área de influencia. En estas estaciones se realizaron 36 transectos de búsqueda para anfibios, reptiles, aves y mamíferos, cuatro (4) líneas de trampeo de micromamíferos, tres (3) cámaras trampas y dos (2) puntos de monitoreo nocturno (detector de quirópteros y playback de aves rapaces).

Como resultado de las campañas, se estableció una riqueza total de 24 especies: 2 de estas son reptiles, 19 corresponden a aves y 3 a mamíferos. Tres de las especies registradas se encuentran en alguna categoría de conservación, estas son: Lycalopex griseus (Preocupación menor, D.S. N° 33/2012 MMA), Liolaemus platei (Preocupación menor, D.S. N° 16/2016 MMA) y Liolaemus velosoi (Casi amenaza, D.S. N° 16/2016 MMA).

Se descarta que se genere un impacto significativo sobre la componente fauna, por cuanto no se identificaron especies en alguna categoría de amenaza, además, el área de Proyecto no corresponde a un hábitat de relevancia, toda vez que el sector donde se emplaza el Proyecto se encuentra con un grado de intervención antrópica medio, debido a la presencia de caminos y zonas de exploración minera, que han revertido la fisonomía original de la vegetación, reduciendo la superficie del ambiente de matorral, disminuyendo el hábitat disponible para la fauna local. De igual forma, las densidades de especies de baja movilidad en categoría de conservación identificadas en el área de influencia del Proyecto son bajas, para el caso de Liolaemus platei las densidades fueron de 1,7 individuos/ha en la primera campaña y 0,7 individuos/ha en la segunda campaña, en el caso de Liolaemus velosoi, las densidades fueron de 0,3 ind/ha y 1,7 ind/ha en la primera y segunda campaña, respectivamente.

Sin perjuicio de lo anterior, dado que se identificó la presencia de especies de baja movilidad, se propone un plan de perturbación controlada. El detalle del plan se desarrolla en la Tabla 9.1 de este documento.

En relación al componente agua, En la fase de construcción, el agua potable bebestible será suministrada mediante dispensadores de 20 litros y su recarga se realizará conforme a las necesidades de las personas. Adicionalmente se entregará agua embotellada a cada trabajador. El consumo total promedio para todas las etapas de operación del Proyecto Minero Transito será de 0,91 l/s, presentando un valor máximo de 1,00 l/s para los años 3 y 12 de ejecución del Proyecto. Como parte del suministro hídrico, el Proyecto considera la habilitación de cuatro piscinas, las que se abastecerán principalmente de agua fresca proveniente desde la Planta San José (PSJ) y, en menor medida, desde el Pozo 11 del sector de Ojanco, ambos de propiedad del Titular. Es importante recalcar que el recurso hídrico que será utilizado en todas las fases del Proyecto está considerado en las autorizaciones que el Titular tiene actualmente vigente, específicamente en la RCA N° 42/2014. El caudal máximo a utilizar, de acuerdo al balance de agua presentado para el Proyecto, es de 1,00 l/s, el cual corresponde a un 0,85% del autorizado en la RCA antes mencionada.

Adicionalmente, se descartan la generación de ácidos desde los botaderos del Proyecto, sin perjuicio de ello, el Titular se ha comprometido a implementar 6 piezómetros de monitoreo. De modo complementario, y tal como se presentó en la Adenda, los botadores consideran la construcción de canales de contorno, con lo cual, el agua que proviene de las quebradas aledañas al depósito no entrará en contacto este, disminuyendo de manera efectiva cualquier efecto de drenajes mineros. A partir de lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará efectos adversos significativos en términos de magnitud y duración de impactos sobre el componente agua.

En relación al componente aire, durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán emisiones de material particulado sedimentable, siendo los principales aportes en el año 4 del Proyecto. Se modelaron las emisiones y en el punto de mayor concentración se estimó el aporte del Proyecto en 21,2 mg/m² día, lo que corresponde a un 10,60% de la norma anual de la Confederación Suiza, cuyo valor límite es de 200 mg/m2-día. En la Figura 45 de la Adenda se presentan las líneas de isodepositaciones de MPS y las formaciones vegetacionales identificadas en el área de influencia del Proyecto.

No se producirán efectos adversos sobre los recursos naturales como consecuencia de la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales, toda vez que el manejo de estos se hará bajo procedimientos establecidos y en lugares autorizados.

En relación al componente hidrología, de acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2.6 “Caracterización Ambiental Hidrológica” y Anexo 2.7 “Modelo Hidrogeológico”, ambos de la DIA, el Proyecto no generará descensos de acuíferos o aguas superficiales como consecuencia de sus obras y actividades en ninguna de sus fases. En cuanto a lo señalando en el Anexo 2.7 “Modelo Hidrogeológico”, el Proyecto se emplaza casi en su totalidad en rocas intrusivas competentes, por lo tanto, el sector posee una baja a nula importancia hidrogeológica, por lo que no constituye forma ningún acuífero de importancia. Si bien, existen potencias aluviales que rellenan quebradas compuestas por materiales de mayores permeabilidades que las rocas competentes, no existe un nivel piezométrico en la zona que evidencie un acuífero de importancia.

Por otra parte, en el área donde se desarrolla el Proyecto no existen vegas y/o bofedales, humedales, estuarios o turberas. Así como tampoco, el Proyecto no se localiza cerca de ningún glaciar que pudiera verse afectado por el desarrollo de este.

En conclusión, y sobre la base de los antecedentes analizados en detalle en el punto 6.2 del ICE, se descarta la existencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se identificaron Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. De acuerdo con lo señalado en el Anexo 2.19 de la DIA, “Caracterización de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, y en el punto 5.6 de la Adenda, en la localidad de Tierra Amarilla se identifican cultivos de medianos y pequeños agricultores, no obstante, en el área de emplazamiento del Proyecto no se identifica desarrollo de actividades agrícolas. Además, tal como se puede ver en la Figura 61 de la Adenda, se determinó un área de influencia de Calidad del Aire para receptores secundarios, como por ejemplo cultivos, en base a las isolíneas de Material Particulado Sedimentable (MPS), cuyo alcance no logra extenderse hasta la localidad de Tierra Amarilla. De todas formas, en dicha área de influencia de Calidad del Aire tampoco se identifica desarrollo agrícola, tal como se exhibe en la Figura 61 de la Adenda. Con lo anterior, se concluye que el Proyecto no afecta el desarrollo de cultivos presentes en el área de influencia de medio humano. Por otro lado, de acuerdo con la respuesta 1.54 de la Adenda, Anexo 11 de la Adenda y respuesta 1.16 de la Adenda Complementaria, en las cercanías del Proyecto existen 4 piques mineros, de los cuales 3 se identificaron inactivos, y uno de ellos, denominado Pique 2, está siendo trabajado desde fines de febrero de 2022. Aquí realizan sus labores 4 hombres, con edades que varían entre los 36 a 70 años. Todos ellos provienen de la comuna de Copiapó y se dedican de manera exclusiva a la pirquinería, con jornadas de trabajo de 8 horas, trasladándose diariamente a la faena desde sus residencias.

Tal como se puede ver en la Figura 9 de la Adenda Complementaria, el camino de acceso al Pique 2 utilizado por los pirquineros tiene una extensión de unos 3 km y coincide en un tramo de unos 800 metros con el camino denominado Tránsito, utilizado por el Proyecto. La habilitación del camino Tránsito comenzará en el año 4 del Proyecto y considera movimientos de tierra por corte, relleno y trabajos de tronaduras (10 tronaduras como máximo). La operación de este camino iniciará el año 5 hasta culminar el año 12 de vida útil del Proyecto. Dado este contexto, el Proyecto ha asumido el compromiso de otorgar todas las facilidades para que los trabajadores del Pique 2 sigan desarrollando su actividad pirquinera. Así, en la respuesta 1.16 de la Adenda Complementaria se señala que “Una vez que se inicien las obras para la habilitación del camino Tránsito, el Titular, otorgará todas las facilidades para mantener y/o mejorar las actuales condiciones de acceso y uso del camino hasta el Pique N°2. Además, es importante señalar que, al momento de realizar las tronaduras para el mejoramiento de caminos, estas actividades se coordinarán de manera previa y formal con los pirquineros del sector, además de autoridades competentes, de modo de garantizar su seguridad y no afectar el sector donde desarrollan sus actividades”.

Para lo anterior se considera un “Plan de Comunicación por tránsito de los Pirquineros desde la ruta C-397 hasta el Pique 2”, que se detalla en la Tabla 9.13 del presente documento, con el cual se busca informar anticipada y oportunamente a los pirquineros sobre distintas acciones que se realizarán en el camino del que hacen uso.

Con todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico por los pirquineros del área de influencia de medio humano.

En relación con el transporte aportado por el Proyecto, durante el año 4 de éste se registra el peak de la fase de operación con la fase de construcción simultánea. En este sentido, y según los datos aportados por las Tablas 6-49, 6-50, 6-51, 6-52, 6-53 y 6-54 del Anexo 19, Actualización Estudio Vial, de la Adenda; durante dicho año 4, que representaría el peor escenario, el Proyecto aporta un total de 32 viajes ida y vuelta por hora. Además, tal como se puede ver en la Figura 1 de la Adenda Complementaria, el Proyecto utilizará las rutas 31-CH, C-391 y C-397, y no tiene considerado usar la ruta C-33 en la localidad de Tierra Amarilla. Para descartar los efectos del presente literal, el Titular presentó un Estudio Vial en el Anexo 2.18 de la DIA, el que fue actualizado en el Anexo 19 de la Adenda. Este último anexo concluye que si bien los efectos del Proyecto no presentan un aumenta significativo en los tiempos de desplazamientos, se considera implementar de todas formas un “Plan de gestión de tránsito” para restringir el tránsito de camiones en horarios punta mañana (de 07:15 a 08:30 horas) y punta tarde (de 17:30 a 18:30 horas). Dicho compromiso se puede ver en detalle en la Tabla 9.8 de este documento.

De igual forma, no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, debido a que la mano de obra del Proyecto considera un máximo de 30 trabajadores para la fase de construcción, un máximo de 100 trabajadores para la fase de operación y un máximo de 30 trabajadores para la fase de cierre. El Proyecto no contempla la habilitación de instalaciones destinadas al alojamiento de los trabajadores en ninguna de sus fases, por lo que el personal será trasladado diariamente desde Tierra Amarilla y/o Copiapó. Así, debido a que no se produciría un aumento significativo de población flotante en el entorno del Proyecto, se prevé que el Proyecto no generaría una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Por último, de acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2.19 de la DIA, Caracterización de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, se concluye que en el área de emplazamiento del Proyecto no existe evidencia de manifestaciones de tradiciones, cultura o intereses comunitarios vinculados a sentimientos de arraigo o cohesión social de grupos humanos indígenas y no indígenas.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identificaron. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones protegidas. El proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni en áreas de desarrollo indígena, ni tampoco se encuentra cercano a poblaciones protegidas.

Por otro lado, las partes y obras del Proyecto intervendrán una superficie de 23,4 ha aproximadamente, las cuales se emplazan sobre el Sitio Prioritario Desierto Florido, lo cual corresponde a un 0,0035 % del total de la extensión del Sitio Prioritario. Dada la relevancia ambiental del Sitio Prioritario Desierto Florido se complementan los resultados expresados en el Anexo 2.8 “Caracterización de Flora y Vegetación” de la DIA con una “Caracterización de geófitas” (adjunta en el Apéndice B del Anexo 2.8). De la prospección efectuada en el Área de Influencia, no se detectó la presencia de plantas geófitas vivas o secas correspondientes al período de crecimiento de la temporada anterior (2019). La escasa pluviometría total del año anterior explicaría este resultado, ya que el agua caída fue insuficiente para humedecer convenientemente los bulbos, rizomas o túberes de las plantas geófitas y reactivar su crecimiento normalmente detenido durante la estación estival. Por otra parte, a partir de los trabajos de exploración subterránea, no se registró la presencia de rizomas o túberes. En la Adenda se efectuó una campaña adicional, con la cual es posible concluir que las lluvias de junio y agosto de 2021 no causaron un efecto significativamente positivo en la riqueza existente en el Área de Influencia. Adicionalmente, se realizó un microruteo entre los días 2 y 6 de noviembre de 2021, en el 100% del área de intervención del Proyecto, donde se identificó solo dos especies en categoría de conservación que corresponden a Pyrrhocactus confinis (Vulnerable) y Cumulopuntia sphaerica (Preocupación Menor).

Lo anterior se complementa considerando que el Proyecto no contempla hacer uso de recursos naturales que puedan ir en desmedro de la diversidad biológica del Sitio Prioritario. A raíz delo descrito anteriormente, se descarta una afectación significativa sobre la superficie de intercepción entre las partes y obras del Proyecto y el Sitio Prioritario Desierto Florido.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identificaron Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Respecto a la magnitud y duración en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico, no se generará una alteración significativa del valor paisajístico de las zonas de emplazamiento de las partes y obras del Proyecto respecto a la obstrucción de la visibilidad o la alteración de los atributos. Los fotomontajes evidencian que, si bien las obras generarán un cierto grado de intrusión visual sobre el paisaje, los elementos nuevos a incorporar sobre el paisaje no evidencian desequilibro e incoherencia con la escena del paisaje, sino por el contrario, dada la condición basal existente modificada por las actividades mineras e industriales, las obras pasan a ser una extensión e infraestructura complementaria a lo existente, generando una condición coherente, y en cierta medida, equilibrada. Por lo tanto, no se prevé una distracción de la vista de los observadores, considerando que la proporción de las obras y la existencia de instalaciones similares no generarán una sensación de dominancia sobre otros atributos en el paisaje.

Respecto a la modificación de atributos estéticos, si bien las obras del Proyecto modificarán las líneas y formas del paisaje, no se generarán fuertes contrastes ni tampoco introducirá luz natural o artificial. Debe considerarse que la tonalidad existente es mayoritariamente monocromática, salvo por ciertas singularidades de vegetación existente en algunos sectores próxima a la red vial. A su vez, tampoco se introducirán reflejos ni diversidades de tonalidades que impliquen una alteración cromática del paisaje, y, por ende, una alteración de la composición y calidad visual de la vista de los observadores. Lo anterior se justifica debido a que las obras proyectadas mantendrán las mismas tonalidades y no aumentarán el contraste existente en el paisaje.

Dado que para acceder al Portal Tránsito 1 el Proyecto utilizará un tramo del camino de acceso al museo de sitio Mina Tránsito, el Titular rectifica el uso definido para esta obra y en su reemplazo define un uso exclusivo de “servicio”, lo cual significa que por esta obra sólo se permitirá el tránsito de vehículos menores, en casos puntuales o cuando una emergencia lo requiera, para lo cual se estima una frecuencia quincenal (1 viaje cada 15 días). Respecto a la rutas públicas utilizadas para acceder al museo desde Copiapó o Tierra Amarilla, es posible señalar que, conforme al análisis de los tiempos de desplazamiento presentado en el Anexo 19 de la Adenda, se observa que el aporte del Proyecto no genera aumento de los tiempos de desplazamientos ni en la Ruta 31 CH ni en la Ruta C- 391, ya que la variación entre la situación base y la situación con Proyecto es de sólo 1 segundo. No se evidencia un deterioro sustancial de las condiciones operativas actuales, por lo tanto, no existe afectación a la fluidez del tránsito y en consecuencia tampoco afectación a los tiempos de desplazamiento de los usuarios.

Por lo anterior, se descarta que exista obstrucción del acceso al museo de Sitio Mina Tránsito dado que no existirá una limitación, menoscabo o impedimento del flujo de visitantes o turistas a dicha zona, que es de 4 a 9 personas por día, aproximadamente.

Por otro lado, respecto de la duración o magnitud con que se alteren zonas con valor turístico, la construcción del Portal Tránsito 1 será realizada desde el interior mina, empleando operaciones convencionales de perforación, por lo cual se descarta el uso de tronaduras en superficie para habilitar dicha obra. Adicionalmente, y tal como fue señalado en la respuesta 1.61.ii de la Adenda, durante la fase de construcción la tronadura más cercana al museo será aplicada para habilitar el Camino Tránsito 1, a aproximadamente 1.338 m de distancia, lo cual no generará daño estructural en el museo conforme a los resultados obtenidos en evaluación de niveles estimados para vibraciones por tronaduras. Respecto a la fase de operación, la evaluación de daño estructural por vibraciones en el Botadero Tránsito 1, no alcanzan a superar el criterio más restrictivo, de acuerdo a los resultados presentados en la respuesta 1.61.ii de la Adenda, que consideran al museo de sitio Mina Tránsito como receptor.

Del análisis realizado anteriormente se puede concluir que el Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona donde se emplaza.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Afectación a hallazgos arqueológicos. Parte, obra o acción que lo genera Para la habilitación del botadero de estériles Omega 1 se intervendrán dos sitios de carácter arqueológico TTO-025 y TTO-026. Adicionalmente, cinco sitios (TTO-029, TTO- 042, TTO-046, TTO-047 y TTO-063) se encuentran a menos de 50 m de distancia respecto de las obras. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Conforme a los resultados presentados en el Anexo 2.11 “Caracterización Patrimonio Cultural – Arqueología” de la DIA, se identificaron un total de 7 sitios de interés arqueológico, de los cuales 2 (TTO-025 y TTO-026) se encuentran dentro del área de intervención, mientras que los otros 5 (TTO-029, TTO-042, TTO-046, TTO-047 y TTO-063) se encuentran a menos de 50 m de distancia respecto de las obras. En la Tabla 2-1 del Anexo 12 de la Adenda se presenta el detalle de los sitios identificados. Respecto del sitio TTO-025, corresponde a una estructura rectangular 36 m² de aparataje rustico muy derruida, por su parte el sitio TTO-026 corresponde a un pique minero poco profundo. Cabe señalar que en 3 sitios se realizaron pozos de sondeos, no identificando elementos culturales subsuperficiales.

Los sitios identificados dentro de las áreas inspeccionadas corresponden posiblemente a ocupaciones históricas vinculadas a la minería artesanal, actividad que ha sido sustancial en la economía y relaciones sociales de las comunidades que habitaron el valle de Copiapó a lo largo de su historia, tal como se desprende de los antecedentes recopilados. Dado el carácter superficial de los sitios a ser afectados por el Proyecto (TTO-025 y TTO-026) se desarrollarán cuatro actividades complementarias: registro arquitectónico, levantamiento topográfico, levantamiento y documentación aerofotogramétrica y recolección superficial sistemática de todos los elementos visibles en cada sitio. Esto será realizado por un profesional titulado en arqueología con experiencia en la zona, y en el trabajo de rasgos arquitectónicos. Asimismo, se realizará la excavación del 100% del interior de cada estructura. Una vez se realice la recolección de la información se emitirá un informe al Consejo de Monumentos Nacionales con las actividades desarrollada. Todos los restos materiales recuperados de recolecciones superficiales y/o excavaciones serán derivados a especialistas para su posterior análisis especializado en laboratorio.

Por su parte, para los sitios TTO-29, TTO-042, TTO-46, TTO-47 y TTO-063 ubicados fuera del área de intervención del Proyecto, antes de iniciar la fase de construcción, se instalará un cerco altamente visible (con una altura mínima de 1,2 m), considerando un buffer de protección de 10 m desde los límites superficiales y/o subsuperficiales de los sitios. Asimismo, se instalará señalética que indique que se trata de un sitio protegido por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y que se prohíbe el acceso al lugar. Los cercos se mantendrán durante toda la fase de construcción y operación del Proyecto, con el objetivo de no generar afectaciones sobre los sitios resguardados y serán instalados considerando la supervisión de un/a profesional de la arqueología.

Por otra parte, como se expuso en los antecedentes paleontológicos y en los resultados presentados en el Anexo 2.13 “Caracterización de Patrimonio Cultural – Paleontología” de la DIA, debido a la naturaleza de las unidades intrusivas del Cretácico (Kidlb, Kgdll, Kigrpc), éstas no son capaces de albergar fósiles, por lo que poseen un potencial paleontológico estéril (bajo a nulo). Para el miembro inferior de Formación Punta del Cobre (JKpc), la información paleontológica es escasa y sus rocas son mayoritariamente productos volcánicos, lo que sumado a la imposición de un metamorfismo de contacto por parte de los intrusivos anteriormente mencionados, se determina a esta Formación, un potencial paleontológico susceptible (medio a bajo). Mientras que las unidades sedimentarias correspondientes a Depósitos Aluviales activos e inactivos (Qla (1) y Qla (2)), debido a su inherente carácter sedimentario, sumado a la imposibilidad de descartar que alberguen elementos paleontológicos, han sido categorizados con un potencial paleontológico susceptible (bajo a medio).

Teniendo en cuenta el potencial paleontológico determinado y el tipo de obras que contempla la fase de construcción, el Titular implementará 2 compromisos ambientales “Protocolo frente a hallazgos paleontológicos no previstos” y “Charlas de inducción paleontológica” con el fin de prevenir una potencial alteración a sitios o hallazgos paleontológicos no previstos. Ambos compromisos se encuentran detallados en las Tablas 9.2 y 9.3 respectivamente, de este documento.

A partir de lo anterior, es posible indicar que el Proyecto no genera afectación sobre sitios con valor arqueológico, que correspondan a aquellos definidos en la Ley N° 17288. Tampoco el proyecto afectará sitos que pertenezcan al patrimonio cultural paleontológico, dada la baja probabilidad de encontrar este tipo de materiales en el área donde se desarrollarán las obras físicas del Proyecto.

Por otra parte, en el área de emplazamiento del Proyecto no han sido registrados antecedentes de lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena, a partir de lo cual el Proyecto no genera los efectos descritos en la letra b) del artículo 10 del RSEIA.

Por último, el Proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Para la habilitación del botadero de estériles Omega 1 se intervendrán dos sitios de carácter arqueológico TTO-025 y TTO-026. Adicionalmente, cinco sitios (TTO-029, TTO-042, TTO-046, TTO-047 y TTO-063) se encuentran a menos de 50 m de distancia respecto de las obras. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 1554 de fecha 11 de abril de 2023, el Consejo de Monumentos Nacionales se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA.

6.1.2. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, según se establece en el artículo 136 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la construcción de los siguientes botaderos de estériles: - Botadero Omega 1 - Botadero Omega 2 - Botadero Tránsito - Botadero Problema 1 - Botadero Deubree-Marta 1 - Botadero Deubree-Marta 2 - Botadero Revoltosa 1.

Adicionalmente, el Proyecto considera las siguientes unidades de acopio de mineral en superficie o stock piles: - Stock de minerales Omega 1 - Stock de minerales Omega 2 - Stock de minerales Tránsito - Stock de minerales Problema - Stock de minerales Marta - Stock de minerales Revoltosa Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento - Aplicar un plan de seguimiento Geomecánico durante la fase de operación. Dicho plan deberá incluir ensayos de laboratorio para los diferentes materiales a depositar en los botaderos y stocks, de manera de corroborar que las propiedades de los materiales (densidad, cohesión y ángulo de fricción) se mantienen. Lo anterior a fin de asegurar la estabilidad física durante y al término de la operación.

  • Aplicar un plan de seguimiento que asegure la Estabilidad Química de los Stock. Este plan deberá contemplar un sistema de monitoreo para verificar la estabilidad química durante la operación y al cierre de las instalaciones.

  • En relación con los Stock Pile se deberá cumplir con lo indicado respecto al tiempo máximo de permanencia. Además, se deberá establecer una distancia mayor a 20 m desde la parte baja del Stock Pile Problema hacia la ruta C-397 u otra instalación, distancia que podría ser verificada y/o ajustada en la tramitación sectorial.

  • Para el caso del Botadero de estériles Deubree Marta 1, se deberá incluir una medida de protección hacia la carretera y aumentar la distancia hacia esta, la cual podría ser verificada y/o ajustada en la tramitación sectorial.

  • Se deberán presentar las coordenadas definitivas del perímetro de los depósitos. Pronunciamiento del órgano competente SERNAGEOMIN, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 1642, de fecha 11 de abril de 2023, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, según se establece en el artículo 136 del Reglamento del SEIA.

6.1.3. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Aplica a todas las instalaciones del Proyecto. Las principales acciones que se realizarán en la fase de cierre son: - Cierre de portales - Cierre de instalaciones de apoyo - Desmantelamiento de instalaciones - Cierre de botaderos - Cierre de accesos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento - Las medidas de cierre pueden ajustarse conforme a futuras evaluaciones de riesgo, cambios tecnológicos, es decir motivos de carácter técnico. - Con respecto a las medidas de post cierre, la frecuencia, periodicidad, cubicación, materialidad y otros detalles de las medidas de post cierre, serán requeridos en su tramitación sectorial. Pronunciamiento del órgano competente SERNAGEOMIN, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 1642, de fecha 11 de abril de 2023, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.3. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA

6.1.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla habilitar 6 fosas sépticas, dicho sistema estará compuesto por una fosa séptica para el tratamiento de aguas servidas en cada uno de los sectores, los sistemas consideran un dren de infiltración como disposición final de las aguas servidas. Los sectores en donde se habilitarán dichas instalaciones son: - Instalación de Faena DM - Instalación de Faena CA - Garita Revoltosa - Garita Deubree - Garita Tránsito - Sector Planta de Tratamiento del Material Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 4773, de fecha 13 de abril de 2023, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

6.1.5. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En el desarrollo del Proyecto se generarán residuos domiciliarios o asimilables y residuos industriales no peligrosos, para los cuales se construirá un Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos en cada instalación de faena. Cada patio, considera una superficie de 150 m2, cierre perimetral de 1,8 m de altura de malla tipo biscocho y tendrá una capacidad máxima de almacenamiento de 350 m3. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 4773, de fecha 13 de abril de 2023, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.5. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA

6.1.6. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se habilitará una Bodega destinada al almacenamiento transitorio de Residuos Peligrosos (RESPEL) de 41,64 m2, ubicada en cada Instalación de Faena. Las Bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos cumplirán con las condiciones de almacenamiento establecidas en el artículo 33 del D.S. N° 148/2003 “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, Ministerio de Salud. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 4773, de fecha 13 de abril de 2023, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.6. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

6.1.7. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas, del artículo 155 del Reglamento del SEIA según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la habilitación de un canal de contorno diseñado para un caudal mayor o igual a 2 m3/s, llamado Canal SC-REV-CH-01 ubicado en el área Revoltosa Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente DGA, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 386, de fecha 14 de septiembre de 2022, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.7. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas, del artículo 155 del Reglamento del SEIA según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA.

6.1.8. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, considera la construcción y operación dentro de sus obras, de un sistema de saneamiento hídrico para aguas no contactadas, para las fases de operación y cierre, compuesto de 16 canales trapeciales, 15 de los cuales tienen un caudal inferior a los 2 m3/s, ubicados en los sectores Deubree, Tránsito y Omega. Las obras afectas al PAS 157 corresponde a los siguientes canales:

  • Área Deubree: o SC-DEM-CH-001 o SC-DEM-CH-002 o SC-DEM-CH-003 o SC-PRO-CH-001 o SC-PRO-CH-002 o SC-PRO-CH-003 o SC-PRO-CH-004 o SC-PRO-CH-005

  • Área Tránsito: o SC-TRA-CH-001 o SC-TRA-CH-002

  • Área Omega: o SC-OMA-CH-001 o SC-OMA-CH-002 o SC-OMA-CH-003 o SC-OMA-CH-004 o SC-OMA-CH-005 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente DGA, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 386, de fecha 14 de septiembre de 2022, se pronunció conforme con relación a este PAS.

En atención a que la DOH, Región de Atacama, no dio respuesta al Ord. N°2023030026, de fecha 28.03.2023, del SEA, Región de Atacama (Art. 58 del RSEIA), se da por otorgado favorablemente el PAS 157. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.8. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA

6.1.9. Permiso para Subdividir y Urbanizar Terrenos Rurales o para Construcciones Fuera de los Límites Urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la habilitación de Instalaciones de faena, Garitas y polvorines superficiales emplazados fuera del límite urbano de Tierra Amarilla. Las obras afectas al PAS 160 corresponde a: - Instalación de faena DM. - Instalación de faena CA. - Garita Revoltosa. - Garita Deubree. - Garita Tránsito. - Polvorín Superficial Deubree 1. - Polvorín Superficial Deubree 2. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N°193 de fecha 6 de abril de 2023, el SAG de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes.

A través del Ord. N°283 de fecha 12 de abril de 2023, La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.9. Permiso para Subdividir y Urbanizar Terrenos Rurales o para Construcciones Fuera de los Límites Urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación luminica Norma Decreto Supremo N° 43 de 2012, Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, 17 de diciembre de 2012, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se localiza en la Región de Atacama y requerirá de iluminación para las instalaciones de faenas, campamentos y demás instalaciones. Tales luminarias se instalarán principalmente al interior de recintos, aunque para resguardar la seguridad del trabajador, en algunas áreas se instalarán luminarias externas. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a la presente norma de emisión, utilizando luminarias acordes a lo establecido en la normativa Indicador que acredita su cumplimiento - Certificado de control luminométrico de las luminarias instaladas en el Proyecto emitido por el laboratorio autorizado por la SEC. - Declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en la cual indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las instalaciones que dan cumplimiento a la normativa sobre contaminación lumínica y de los certificados presentados a la SEC y SMA, todo lo cual se encontrará disponible en las oficinas de la faena para la fiscalización de la Autoridad competente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1. Decreto Supremo N° 43 de 2012.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera Norma Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2 de mayo de 1961, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas debido a la combustión de maquinaria y vehículos de transporte, emisiones por actividades de transporte, emisiones por movimientos de tierra, entre otros. Forma de cumplimiento A fin de controlar las emisiones atmosféricas, el Titular adoptará una serie de medidas entre las que se destacan: - Aplicación de supresor de polvo en caminos utilizados para el transporte de insumos, personal y materiales. - Control de velocidad en caminos internos. - Exigencia contractual a contratistas y personal propio, de revisión técnica al día de vehículos y maquinarias. - La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de mantención de caminos con aplicación de supresor de polvo. - Evidencia contractual de requerimientos a contratistas y personal propio. Forma de control y seguimiento - Verificación en terreno, de la realización de la humectación de superficies y caminos. - Revisión de los registros internos del catastro de vehículos. - Mantención de los registros a disposición de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1. Decreto Supremo Nº 144 de 1961.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera Norma Decreto Supremo Nº 279 de 1983, Aprueba Reglamento para el control de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna, 15 de julio de 1983, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos motorizados de combustión interna en sus fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Como acción de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados sean sometidos a mantenciones periódicas, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica y de emisión de gases al día, junto al respectivo permiso de circulación vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento Parque vehicular asociado al Proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica y de emisión de gases al día, los que se encontrarán disponibles para su inspección al interior de los vehículos. Forma de control y seguimiento - Registro y control del parque vehicular asociado al Proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica y de emisión de gases al día. - Registros a disposición de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2. Decreto Supremo Nº 279 de 1983.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera Norma Decreto Supremo N° 211 de 1991, Normas Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos, 18 de octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados livianos. Durante las fases del Proyecto habrá circulación vehicular liviana principalmente para el transporte del personal. Forma de cumplimiento Como acción de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día de los vehículos utilizados en la faena. Forma de control y Se contará con un registro de los certificados de revisión técnica para seguimiento los vehículos de propiedad de la empresa o terceros que se desempeñen en la faena, el que estará disponible para cuando la autoridad lo solicite. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.3. Decreto Supremo N° 211 de 1991.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones de vehículos motorizados Norma Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica, 8 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la utilización de maquinaria y vehículos motorizados medianos durante todas sus fases. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados medianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificados de revisión técnica al día. - Registros de mantenciones periódicas. Forma de control y seguimiento Se contará con un registro de los certificados de revisión técnica para los vehículos de propiedad de la empresa o terceros que se desempeñen en la faena, el que estará disponible para cuando la autoridad lo solicite. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4. Decreto Supremo Nº 54 de 1994.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera Norma Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Norma de Emisión a Vehículos Motorizados Pesados que Indica, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el uso de vehículos motorizados pesados para el transporte de materiales. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto durante todas sus fases cumplan con esta norma, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día de los vehículos utilizados en la faena. Forma de control y seguimiento Registro de los certificados de revisión técnica para los vehículos de propiedad de la empresa o terceros que se desempeñen en la faena, el que estará disponible para cuando la autoridad lo solicite. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.5. Decreto Supremo Nº 55 de 1994.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera Norma Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El suministro de energía eléctrica del Proyecto se realizará mediante el uso de grupos generadores de 250, 350 y 500 kVA. Forma de cumplimiento Se cumplirán los requisitos de este decreto supremo, declarando las emisiones del Proyecto correspondientes a las definidas por la utilización de equipos electrógenos (mayores a 20 kW) durante la fase de construcción, operación y cierre. El Titular se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl). Indicador que acredita su cumplimiento El indicador del cumplimiento es la realización de la Declaración de Emisiones en el Sistema de Ventanilla Única del RETC del Ministerio del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Certificados de declaraciones de emisiones realizadas durante el Proyecto y revisión de los registros internos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6. Decreto Supremo Nº 138 de 2005.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma Decreto Supremo Nº 38 de 2012, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, 11 de noviembre de 2011, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica En términos de emisión de ruido y vibraciones durante la fase de construcción, las principales fuentes tienen relación con el funcionamiento de maquinaria, y el uso de tronaduras en la habilitación del Camino Tránsito y el Portal Deubree Marta 1. Durante la fase de operación las principales fuentes de emisión se asocian al funcionamiento de maquinarias y equipos, aplicación de tronaduras en la habilitación de portales y transporte de minerales a las plantas existente Biocobre y San José. Dado que las actividades de la fase de cierre son similares a las descritas para la fase de construcción, y a que la maquinaria será utilizada con una menor intensidad y tiempos acotados, conservadoramente se estima que la emisión acústica y vibratoria será similar a la presentada en la fase de construcción. Forma de cumplimiento De acuerdo con el Estudio de Ruido y vibración presentado actualizado en el Anexo 6 de la Adenda, se concluye que el Proyecto da cumplimiento a los límites máximos establecidos al D.S. N° 38/2011 respecto a la emisión de ruido de fuentes fijas. Indicador que acredita su cumplimiento - Estudio de Ruido y vibración presentado actualizado en el Anexo 6 de la Adenda que acredita cumplimiento del Proyecto en todos los receptores identificados. - Resolución de Calificación Ambiental favorable. Forma de control y seguimiento Informe de resultados de campaña de medición de ruido en los receptores identificados durante la evaluación ambiental del Proyecto, con el fin de verificar que las emisiones acústicas no superan los límites máximos permisibles de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA enviado a la SMA. Mas antecedentes en la Tabla 9.5 de este documento. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7. Decreto Supremo Nº 38 de 2011.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Manejo de Residuos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 11 de diciembre de 1967, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos en cada una de sus fases, asociados a las actividades propias industriales, así como también asociadas a los trabajadores.

  • Residuos sólidos domésticos y asimilables Fase de construcción, operación y cierre: Se estima la generación de residuos domésticos y asimilables a domésticos, correspondientes a envases, papeles, envoltorios, restos de alimentos, y materiales de oficina.

  • Residuos industriales sólidos no peligrosos Fase de construcción: Se estima la generación de excedentes metálicos, remanentes de construcción, maderas y chatarras. Fase de operación: Se estima la generación de chatarras, gomas, maderas y mangas. Fase de cierre: Se estima la generación de excedentes metálicos, remanentes de construcción, maderas y chatarras. Forma de cumplimiento El Proyecto contempla la habilitación de un Patio de almacenamiento temporal para los residuos sólidos domésticos y no peligrosos.

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Los residuos generados serán almacenados temporalmente en el patio de residuos, desde donde serán retirados por empresas autorizadas para su transporte y disposición final en sitios debidamente autorizados. En el Anexo 3.5 de la DIA se presentan los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del artículo 140 para operación del Patio de almacenamiento temporal de residuos.

Residuos industriales sólidos no peligrosos Los residuos sólidos industriales no peligrosos serán retirados diariamente desde sus puntos de generación hacia el Patio de residuos, en este lugar, los residuos serán acopiados a granel según su tipo, para ser retirados quincenalmente por una empresa debidamente autorizada hasta Copiapó, donde serán dispuestos con destinatario autorizado. En el Anexo 3.5 de la DIA se presentan los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del artículo 140 para operación del Patio de almacenamiento temporal de residuos. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de RCA favorable con otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 140. - Mantención de un registro interno de los residuos que son generados y almacenados en lugares autorizados en las distintas fases del Proyecto. - Copia de autorización sanitaria de empresas que retirarán los distintos tipos de residuos. - Copia de autorización sanitaria de los lugares de disposición final de los distintos tipos de residuos. Forma de control y seguimiento Registro de los residuos que son generados y almacenados en lugares autorizados en las distintas fases del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8. Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos industriales sólidos peligrosos. Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos industriales peligrosos para cada una de sus fases, asociados a las actividades propias industriales.

Fase de construcción: Los residuos peligrosos corresponderán principalmente a residuos contaminados con aceites, grasas de vehículos, trapos contaminados, entre otros.

Fase de operación: Los residuos peligrosos de la fase de operación corresponderán principalmente a aceites usados, residuos contaminados y filtros de aceite generados en el contexto de las mantenciones a las maquinarias. Se estima una generación de 0,9 t de RESPEL mensuales.

Fase de cierre: Se ha estimado de manera conservadora, que durante la fase de cierre del Proyecto los RESPEL generados serán de similares características que los generados durante la fase de operación del Proyecto. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán dispuestos en tambores y contenedores, los cuales se mantendrán cerrados y bien rotulados en cumplimiento con la NCh 2.193 Of 03, serán almacenados temporalmente en una bodega para residuos peligrosos, que corresponderá a una bodega cerrada, techada, con base continua impermeable, resistente estructural y químicamente a este tipo de residuos, con capacidad de retención y contención de derrames, y que dará cumplimiento con el D.S. N° 148/03. El acceso a esta bodega será exclusivo para los operadores de dicho recinto. Los residuos serán retirados periódicamente, permaneciendo un período máximo de 6 meses. El retiro será realizado por transportistas autorizados, quienes lo derivarán a una instalación de tratamiento y disposición final autorizada por la SEREMI de Salud.

En el Anexo 3.6 de la DIA se presentan los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del artículo 142 para operación de la Bodega de residuos peligrosos. Indicador que acredita su - Obtención de RCA favorable con otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142. cumplimiento - Registro de entrada y salida de los residuos peligrosos desde los sitios de almacenamiento transitorio. - Registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado. - Declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Registro de los certificados de retiro y disposición final de residuos peligrosos en lugar autorizado, así como también de las respectivas declaraciones en el RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.9. Decreto Supremo Nº 148 de 2003.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 11 de diciembre de 1967, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará aguas servidas durante su construcción, operación y cierre, producto del uso de los servicios higiénicos. Forma de cumplimiento - Fase de construcción: Se dispondrán baños químicos y lavamanos portátiles en las áreas de trabajo, considerando el máximo de personal requerido por turno (30 trabajadores). Estos baños químicos se dispondrán como máximo a 75 m distancia del área de trabajo para dar cumplimiento al artículo N°25 del D.S. N° 594/1999 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Estos baños químicos irán modificando su posición según el avance de las obras y las necesidades de los trabajos de construcción del Proyecto, por lo que se considera su uso provisorio (menos de 6 meses) en cada una de sus posiciones. La limpieza y manejo los servicios higiénicos estará a cargo de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria Regional, dando cumplimiento al D.S. N° 594/2000 del Ministerio de Salud.

  • Fase de operación: Para dar solución a las aguas servidas generadas, se habilitarán 6 fosas sépticas en los siguientes sectores: Instalaciones de faena (2), Garitas de Acceso (3) y Planta de Tratamiento de mineral (1).

La mantención y limpieza de las fosas será ejecutada a través de una empresa que cuente con la autorización sanitaria para dichos efectos, a modo de evitar la generación de focos de infección y generación y/o atracción de vectores sanitarios.

En el Anexo 5 de la Adenda complementaria se presentan actualizados los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del artículo 138 para las fosas sépticas que serán habilitadas durante la ejecución del Proyecto.

  • Fase de cierre: Durante esta fase se utilizarán los servicios higiénicos y las correspondientes fosas sépticas hasta el cierre de dichas instalaciones. Posteriormente, respecto al uso de baños químicos, el retiro, mantención, transporte y disposición final de aguas servidas estará a cargo de una empresa externa que cuente con la autorización sanitaria para dichos efectos. Se contempla realizar la limpieza de los baños con una frecuencia de dos a tres días a la semana, conforme a la necesidad. Indicador que acredita su
  • Obtención de RCA favorable con otorgamiento del PAS 138 del cumplimiento RSEIA Resoluciones de aprobación del proyecto de sistema particular de alcantarillado y tratamiento de las aguas servidas.
  • Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos.
  • Resoluciones de aprobación del sistema particular de alcantarillado y fosa séptica. Forma de control y seguimiento
  • Se mantendrá a disposición de la SMA copia del contrato suscrito con el contratista y del registro de retiro de lodos.
  • Mantención a disposición de la SMA las resoluciones sanitarias correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10. Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Norma Decreto Supremo N° 43, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las actividades del Proyecto requieren del uso de sustancias peligrosas, las cuales serán almacenadas de forma transitoria en las bodegas a instalar al interior de cada una de las Instalaciones de Faenas, considerando las disposiciones del D.S. N° 43/2016 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Forma de cumplimiento Durante las distintas fases del Proyecto, las sustancias peligrosas serán almacenadas, identificas y clasificadas en conformidad a lo establecido en este reglamento, y dependiendo de sus características y cantidades, debidamente rotulados de acuerdo con lo establecido en la NCh. 2190 Of 2003 y NCh 382 Of 2013.

Las bodegas cumplirán con las exigencias constructivas establecidas en los artículos 25, 40, 41 y todo aquel aplicable del párrafo III del citado reglamento, en relación con un cierre perimetral de paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con techo liviano, y piso sólido resistente estructural y químicamente a las sustancias a almacenar, además de un sistema automático de detección de incendios y otro manual de extinción, y un sistema de control de derrames a través de un pretil de contención con capacidad para contener el volumen del contenedor de mayor capacidad que se almacene en su interior. Indicador que acredita su cumplimiento - Hojas de datos de seguridad en el sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas. - Autorización Sanitaria para el funcionamiento de los estanques de almacenamiento de combustible. - Procedimientos de operación respecto del almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento - Inventario de sustancias peligrosas almacenadas en Proyecto. - El Titular mantendrá disponible los procedimientos, las verificaciones de cumplimiento y las autorizaciones de almacenamiento, en caso de ser requerido por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11. Decreto Supremo N° 43 de 2015.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Combustibles líquidos Norma Decreto Supremo N° 160 de 2008, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinamiento, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, 26 de mayo de 2008, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para las actividades de todas las fases del Proyecto, se requiere el consumo de combustible. Para suministrar el combustible se habilitará un estanque tipo aéreo con una capacidad de 20 m3 para el almacenamiento de combustible, en cada Instalación de Faena, el cual será proporcionado por una empresa especialista que contará con las correspondientes autorizaciones legales para su funcionamiento. Forma de cumplimiento La construcción y operación del estanque de almacenamiento de combustible dará cumplimiento con lo estipulado en la normativa vigente.

La provisión de combustible se realizará por medio de un camión abastecedor que cuente con las respectivas autorizaciones y condiciones de seguridad. La carga de combustible a maquinarias y equipos que serán utilizados se hará en un área previamente definida, claramente demarcada y acondicionada para contener posibles derrames evitando así la contaminación del suelo circundante. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificado SEC del estanque de almacenamiento de combustible líquido. - Declaración de instalación de combustibles líquidos inscrita en la SEC. - Registro de las mantenciones y adquisición periódica de combustible, entregada por la empresa autorizada para su venta, transporte y distribución directa en faena. Además de la copia contrato para venta, transporte, abastecimiento y distribución. - Autorizaciones de los proveedores de combustibles (Resolución de autorización de transporte de combustibles). Forma de control y seguimiento Inspecciones periódicas con una frecuencia acorde con la Tabla II del artículo 37 del Decreto Supremo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12. Decreto Supremo N° 160 de 2008.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Explosivos. Norma Decreto Supremo Nº 400 de 1977, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°17.798, Sobre Control de Armas, 06 de diciembre de 1977, Ministerio de Defensa Nacional. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción y operación se utilizará explosivos para realizar las tronaduras destinadas a fracturar el material de sobrecarga y mineral. El Proyecto habilitará un total de 4 polvorines, 2 en superficie y 2 en interior mina, en Sector Deubree y Sector Tránsito. Forma de cumplimiento Los explosivos serán adquiridos, transportados, almacenados y manipulados, por empresas contratistas que cumplan con las disposiciones requeridas por la Ley y sus reglamentos. El Titular se asegurará, previamente al contrato de estas empresas, que cuenten con todas las autorizaciones necesarias para estas labores. Indicador que acredita su cumplimiento - Resolución de autorización sobre uso y manipulación de explosivos. - Autorización para el almacenamiento de explosivos. Forma de control y seguimiento - Registro de la autorización sobre uso y manipulación de explosivos. - Registro de la autorización para el almacenamiento de explosivos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13. Decreto Supremo N° 400 de 1977.

7.15 . COMPONENTE/MATERIA: Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras Norma Ley N° 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, 28 de octubre de 2011, Ministerio de Minería. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera en el cierre de sus faenas mineras actividades y medidas que tienden a minimizar el riesgo para la salud de las personas y el medio ambiente. Forma de cumplimiento Una vez concluida la vida útil del Proyecto, se dará curso a las actividades establecidas para el cierre de la faena minera. Las actividades de cierre se han planificado de acuerdo con las regulaciones vigentes y las prácticas aceptadas en la industria.

Sin perjuicio de las medidas de cierre específicas que se implementen, se ha establecido el criterio general del desarme, demolición, retiro y disposición de las instalaciones superficiales.

El Proyecto presenta los antecedentes del PAS del artículo 137 del RSEIA, para las instalaciones y actividades incorporadas en esta DIA, para así velar por la estabilidad física y química de las faenas de la industria extractiva minera, de manera de otorgar el debido resguardo a la vida y salud de las personas y medio ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Solicitud del PAS 137 y posterior aprobación del Plan de Cierre de faena minera otorgado por SERNAGEOMIN. Forma de control y seguimiento Seguimiento de la elaboración y tramitación del mencionado permiso ante SERNAGEOMIN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.14. Ley N° 20.551 de 2011.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley N° 19.473 de 1996, Sustituye Texto de la Ley N° 4.601, Sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil, 4 de septiembre de 1996, Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Área de emplazamiento de las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará estricto cumplimiento a la legislación vigente poniendo en conocimiento de los trabajadores la prohibición de caza o captura de las especies existentes en el sector, a objeto de que estos conozcan los alcances de esta prohibición.

Existirá prohibición de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre incluidos en el presente cuerpo normativo, así como también se encontrará prohibido el levantamiento de nidos, destrucción de madrigueras, recolección de huevos o crías y tenencia de animales domésticos que sean dañinos o potenciales competidores de la fauna silvestre presente en el área.

En caso de ocurrencia de cualquier accidente que afecte a una especie al interior del recinto, el Titular se compromete a tomar las medidas tendientes a hacerse cargo de ello y dando aviso oportuno al Servicio Agrícola Ganadero competente. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las inducciones y capacitaciones que se efectúen a los trabajadores para dar a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley. - Registro de la ocurrencia de accidentes y de las medidas tendientes a hacerse cargo de ello. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de las charlas informativas realizadas a los trabajadores de la empresa. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1. Ley N° 19.473 de 1996.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico y cultural Norma Ley Nº 17.288 de 1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925, 27 de enero de 1970, Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción se realizará escarpe, excavaciones y movimientos de tierra en general. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo 38 de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley y el artículo 23 del D.S. N° 484 que dicta el “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al CMN, para que este determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.

De manera preventiva, se capacitará a los trabajadores involucrado en las labores de movimiento de tierra respecto a la forma de proceder en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las acciones de capacitación realizadas sobre protección al patrimonio histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. - En caso de un hallazgo, elaboración de reporte que contemple la ubicación del hallazgo, las actividades que se estaban desarrollando, registro fotográfico del sitio y medida de resguardo implementada. - Carta de notificación al CMN en caso de hallazgo. Forma de control y - Verificación de registros de capacitaciones - Registro de reportes de hallazgos. seguimiento - Registro de cartas de notificación enviadas al CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2. Ley Nº 17.288 de 1970

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Registro de extracciones de agua Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Tener la trazabilidad entre los volúmenes de agua extraídos y los volúmenes utilizados por el Proyecto.

Descripción: El Titular deberá mantener un registro separado de las extracciones de aguas que requerirá el Proyecto en evaluación.

Justificación: Con el fin de verificar que el Proyecto no utilice aguas halladas en las labores de explotación minera. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Puntos de captación de agua.

Forma y oportunidad: La captación denominada PSJ 11, así como todas las obras de captación que alimentan la Piscina San José, deberán tener instalado un flujómetro que registre los caudales instantáneos y volúmenes totales, debidamente calibrado para el control de las extracciones de agua, conforme a lo establecido en la Resolución D.G.A. Región de Atacama (Exenta) N°564/2020 y, según los estándares establecidos en la Resolución D.G.A. Región de Atacama (Exenta) N°804/2019, así como las posteriores modificaciones que determine este Servicio. De igual forma, las obras deberán estar registradas en el software de Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) de la Dirección General de Aguas. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de extracciones. Forma de control y seguimiento Registro de extracciones de agua disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1. Condición o exigencia Registro de extracciones de agua.

8.2. Monitoreo hidrogeológico Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar pozos de monitoreo en los botaderos de estériles, para seguimiento ambiental y medir la calidad de las aguas subterráneas y así verificar que no estén afectas a contaminación por los botaderos.

Descripción: El Titular comprometió un monitoreo hidrogeológico en sector de botaderos en la respuesta 1.15 de la Adenda Complementaria, el cual es desarrollado en el Anexo 12 de la misma Adenda. Respecto de los parámetros químicos a monitorear, de detectarse niveles de agua en los piezómetros, el Titular deberá indicar previo a la ejecución del Proyecto y a través de un informe técnico, los parámetros químicos que se considerarán en el referido monitoreo hidrogeológico, así como acciones concretas de acción, frente a la eventual generación de niveles freáticos. De igual forma, el monitoreo hidrogeológico, se debe realizar en coordinación con la Unidad de Hidrología de la Dirección de Aguas Regional de Atacama.

Justificación: Con el fin de verificar que no se afecte la calidad de las aguas subterráneas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Puntos de los 6 pozos de monitoreo definidos en la Tabla 1 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria.

Forma y oportunidad: Se considera un monitorio de los piezómetros una vez terminada su construcción, y revisiones periódicas a las 24hrs, 48hrs y una semana después de un evento meteorológico con precipitaciones mayores a 2 milímetros en 24hrs. Indicador que acredite su cumplimiento - Informe técnico enviado a la autoridad con detalle de parámetros químicos que se considerarán en el monitoreo hidrogeológico y acciones concretas de acción, frente a la eventual generación de niveles freáticos. - Registros de piezómetros. Forma de control y seguimiento - Registro de envío de Informe técnico. - Registros de piezómetros disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2. Condición o exigencia Monitoreo hidrogeológico

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso ambiental voluntario Perturbación controlada para la especie Liolaemus platei y Liolaemus velosoi Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover el abandono e inducir el desplazamiento de las especies por sus propios medios, es decir, el traslado activo propio de los ejemplares de fauna de baja movilidad a sectores que no serán intervenidos por el Proyecto.

Descripción: La perturbación controlada consiste en remover en forma manual refugios potenciales (vegetación arbustiva, rocas y tierra) de las especies de interés, 1 a 10 días previos al inicio de actividades de remoción de vegetación o de movimiento de tierra (evitando la intervención de maquinaria).

Justificación: La perturbación controlada se justifica por la ejecución de obras que involucran remoción de sustrato y, por consiguiente, de potenciales hábitat de especies de baja movilidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas donde se emplazarán las partes y obras superficiales del Proyecto en los sectores Revoltosa, Deubree Marta, Tránsito y Omega, correspondientes a portales de acceso, botaderos, stock pile, chimeneas de ventilación, planta de tratamiento con tecnología Sorter, planta móvil tipo Scorpion e infraestructura de apoyo.

Forma: De acuerdo con la literatura, y a las características propias de la formación vegetal de las áreas a liberar, un esfuerzo de 1 a 5 ha/día con 3 profesionales se considera adecuado para este trabajo.

En términos secuenciales, la metodología a utilizar comprenderá las siguientes etapas:

  • Micro-ruteo previo en área de intervención y área receptora: Cuyo objetivo es establecer riquezas, abundancias y localizar posibles refugios para los reptiles a través de transectos en las obras y partes del Proyecto. Este se debe ejecutar entre 10 a 15 días antes del inicio de las actividades de construcción, y se replicará a medida que avance la construcción de las obras en los diferentes sectores (Revoltosa, Deubree, Tránsito y Omega).

  • Enriquecimiento ambiental: Con el fin de establecer refugios para albergar de una mejor manera a los animales perturbados, se considera la construcción de refugios o madrigueras usando materiales de origen natural propios del área, como rocas y ramas, que favorezcan el establecimiento de los animales perturbados. Esta etapa debe ejecutarse 15 a 10 días previo al inicio de la fase de construcción.

  • Implementación de la perturbación controlada: Tiene por objetivo provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de baja movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes, removiendo en forma manual refugios potenciales (vegetación arbustiva, rocas, piedras y tierra) de las especies de interés, lo que permitirá disminuir o evitar la afectación de las especies identificadas que habitan el área del Proyecto. Esta etapa también debe ser implementada de 5 a 10 días antes del inicio de la fase de construcción del Proyecto, con el fin de lograr su efectividad. Se elaborará un informe que acredite la realización de esta etapa.

  • Micro-ruteo en área de intervención y área receptora: establecer riquezas y abundancias para los reptiles ahuyentados. Este se debe ejecutar entre 1 a 5 días antes del inicio de las actividades de construcción.

Posterior a la ejecución del Plan de perturbación controlada, se ejecutará un Plan de seguimiento:

  • Para evaluar el éxito del desplazamiento de los individuos perturbados, se efectuará una revisión ocular a los transectos preestablecidos durante la actividad de micro-ruteo inicial en el área receptora.

  • Esta etapa permite analizar la riqueza del ensamble, la abundancia de las especies y el grado de desplazamiento de los animales perturbados.

  • Inicialmente el plan de seguimiento se llevará a cabo en el hábitat receptor por medio de monitoreos a los 15, 30 y 45 días de realizada la perturbación. Posteriormente se continuará con monitoreos trimestrales el primer y segundo año.

Los parámetros que determinarán el éxito del compromiso se detallan a continuación:

  • Grado de desplazamiento: Comparación de las abundancias que se registren en la inspección previo y posterior a la perturbación controlada. Se considera que será efectiva cuando la abundancia posterior sea igual o mayor al de la abundancia inicial en el área receptora.

  • Presencia de reproducción: A partir de monitoreos trimestrales realizados en el año 1 y años 2, se analizará la presencia de reproducción de individuos de las especies objetivo en el área receptora. En caso de observar presencia de hembras con crías y/o presencia de individuos juveniles de las especies objetivo, se considerará exitosa la medida, dado que esto indicará que la perturbación no afectó los hábitos reproductivos de las especies. En caso de no observar presencia de reproducción ni de individuos juveniles, se extenderá el monitoreo por un año adicional.

  • Área proyectada para la perturbación versus el área efectivamente perturbada: Se realizará la perturbación controlada en los sectores aledaños a las zonas donde se detectó la presencia de las especies, considerando un buffer de 200 m en torno a las obras a perturbar. Se considera abarcar el 100% del área de intervención directa del Proyecto.

Oportunidad: Los protocolos del plan de perturbación deben realizarse dentro de un plazo máximo de 1 a 15 días antes del inicio de las actividades de remoción de sustrato y vegetación. Esta restricción se considera necesaria para impedir la recolonización del área despoblada por otros animales. Considerando la estacionalidad del área, las actividades deben desarrollarse cuando las condiciones climáticas sean favorables a la actividad de estos, privilegiando los días soleados, durante los cuales los reptiles se encuentran más activos y por lo tanto son más detectables, lo cual favorece los movimientos de dispersión al hábitat receptor.

El Plan de seguimiento se llevará a cabo a los 15, 30 y 45 días de realizada la perturbación. Posteriormente se realizarán monitoreos trimestrales el primer y segundo año de ejecución del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de actividad de ejecución de la medida. - Registro fotográfico de los refugios construidos. - Se realizará un informe con los resultados del plan de perturbación controlada cada vez que sea implementado, y un informe al finalizar cada plan de monitoreo, los que estarán a disposición de la Autoridad. Forma de control y seguimiento - Se realizará un seguimiento del Plan de Perturbación a los 15, 30 y 45 días de su ejecución y monitoreos trimestrales el primer y segundo año del Proyecto, con el fin de evaluar el éxito del desplazamiento de los individuos perturbados, lo cual se ejecuta a través de una revisión ocular a los transectos preestablecidos durante la actividad de micro-ruteo inicial. - Se efectuarán informes de seguimiento que den cuenta del cumplimiento de la acción y efectividad de la medida implementada, los que estarán a disposición de la Autoridad. - Se enviará un informe a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) con los resultados del plan de perturbación controlada, en un plazo no mayor a 30 días hábiles de la realización del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1. Compromiso ambiental voluntario Perturbación controlada para la especie Liolaemus platei y Liolaemus velosoi

9.2. Compromiso ambiental voluntario Protocolo frente a hallazgos paleontológicos no previstos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Determinar el plan de acción a seguir durante la fase de construcción del Proyecto, ante hallazgos paleontológicos imprevistos.

Descripción: Implementación de un protocolo de acción orientado a la protección de posibles hallazgos paleontológicos no previstos, el que consta de las siguientes acciones:

a) Se detendrán las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 m de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple se considerarán 2 m desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, para hallazgos puntuales y en donde no se presenta un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, se despejará la zona al menos a 5 m de distancia del hallazgo, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel.

b) Se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo y a un paleontólogo profesional, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente de Pucobre. El paleontólogo evaluará si las obras deberán ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior.

c) Se delimitará y señalizará correctamente con un banderín u otra señalética vistosa y adecuada el área para la protección del hallazgo, según el perímetro estimado declarado en los acápites precedentes. Adicional a la señalética, se dispondrá de un cerco perimetral de 1 m de altura, para limitar y resguardar el hallazgo.

d) Se notificará al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) acerca del hallazgo no previsto, señalando las coordenadas UTM (DATUM WGS 84) de ubicación, acompañando la notificación con un registro fotográfico de buena resolución (tomas en primer plano, tomas de detalle, con escala y tomas del contexto en general). La notificación será informada al CMN por el profesional paleontólogo (u otro representante del Titular), en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El Titular se acogerá a las acciones que sean solicitadas por el CMN, en el marco de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación Decreto Supremo N° 484 de 1990.

Justificación: Prevenir una potencial alteración a sitios o hallazgos paleontológicos no previstos por el desconocimiento de su relevancia para el patrimonio cultural. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Partes y obras del Proyecto donde se realicen excavaciones.

Forma: Aplicación del protocolo frente a hallazgos no previstos.

Oportunidad: El protocolo será implementado siempre que se realice un hallazgo paleontológico no previsto. Asimismo, el protocolo será comunicado a los trabajadores durante las charlas de inducción paleontológicas. Estas charlas deberán ser realizadas por un paleontólogo que cumpla el perfil profesional establecido por el Consejo de Monumentos Nacionales. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros fotográficos de la delimitación y señalética implementada entorno al hallazgo. - Registros fotográficos del cerco perimetral de 1 m de altura. - Notificación realizada al CMN acerca del hallazgo no previsto enviada en un plazo no mayor a cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Forma de control y seguimiento - Informe anual a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2. Compromiso ambiental voluntario Protocolo frente a hallazgos paleontológicos no previstos

9.3. Compromiso ambiental voluntario Charlas de inducción paleontológica Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Brindar conocimiento a los trabajadores del Proyecto, sobre la naturaleza y condiciones del componente paleontología.

Descripción: Las charlas serán preparadas por un Paleontólogo/a, que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines, y en ellas se explicará la naturaleza y condiciones del componente paleontológico existente en el área del Proyecto y la legislación vigente que protege dichos componentes. Además, se dará conocimiento del protocolo de acción en caso de hallazgos no previstos detallado en el compromiso ambiental voluntario “Protocolo frente hallazgos paleontológicos no previstos”.

Justificación: Prevenir una potencial alteración a sitios o hallazgos paleontológicos no previstos por el desconocimiento de su relevancia para el patrimonio cultural. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de Faena DM (ubicada al norte del Stock Pile Problema del Sector Deubree) y CA (ubicada al oeste del Botadero de estériles Tránsito, del Sector Tránsito).

Forma: Charlas inductivas e informativas en faena.

Oportunidad: Las charlas serán impartidas a los trabajadores antes de iniciar sus actividades, cada vez que ingrese una nueva persona o empresa contratista nueva, durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Informe semestral del Paleontólogo/a de las charlas ejecutadas durante el periodo, el que incluirá: - Lista de asistencia de los trabajadores a la charla y registro fotográfico de las actividades. - Temario de las charlas de inducción impartidas a los trabajadores, que incluya los aspectos de paleontología descritos en este compromiso ambiental voluntario. Forma de control y seguimiento - Informe anual a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3. Compromiso ambiental voluntario Charlas de inducción paleontológica

9.4. Compromiso ambiental voluntario Rescate y relocalización de Pyrrhocactus confinis y Cumulopuntia sphaerica Impacto asociado Afectación de individuos de las especies Pyrrhocactus confinis y Cumulopuntia sphaerica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Presentar medidas ambientales para las especies en categoría de conservación Pyrrhocactus confinis (Vulnerable) y Cumulopuntia sphaerica (Preocupación Menor) que se intervendrán en las zonas de emplazamiento de las partes y obras del Proyecto.

Descripción: El compromiso consiste en la extracción de individuos completos de las especies Pyrrhocactus confinis y Cumulopuntia sphaerica (rescate), presentes en el área de intervención directa del Proyecto donde crecen espontáneamente, y su movilización hacia otro sitio donde serán replantados (relocalización), incluyendo todas las acciones preliminares e intermedias de investigación, técnicas de extracción, transporte y establecimiento.

Justificación: El rescate y relocalización se justifica por la habilitación de las obras del Proyecto que involucran remoción de sustrato y, por consiguiente, pérdida de individuos en categoría de conservación Pyrrhocactus confinis (Vulnerable) y Cumulopuntia sphaerica (Preocupación Menor). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso será implementado en el sitio de rescate y sitio de relocalización presentados en la Figura 1 del Anexo 2 de la Adenda complementaria. Se aclara que la superficie de afectación de las especies objetivo equivale a 14,9 ha y que se intervendrán 149 ejemplares de Pyrrhocactus confinis y 50 individuos de Cumulopuntia sphaerica. La selección del sitio de relocalización alcanza una superficie de 23,48 ha y fue escogida en función de las características topográficas, sustrato, flora acompañante y densidad de esta.

Forma: El rescate y relocalización de individuos se realizará de acuerdo con la siguiente metodología específica:

  • Reconocimiento en terreno: En esta primera etapa se analizará cada individuo catastrado en el micro ruteo inicial. Para tal efecto se registrarán los siguientes atributos: ▪ Fotografía. ▪ Coordenadas UTM. ▪ Posición topográfica. ▪ Altitud. ▪ Pendiente. ▪ Exposición. ▪ Estado fitosanitario. ▪ Características del sustrato. ▪ Especies acompañantes.

De esta manera, se obtendrá el perfil exacto del tamaño, estado y características generales y puntuales del medio ocupado por la especie y una caracterización de las comunidades donde la especie participa.

  • Rescate de individuos: Una vez identificados los individuos, a cada uno se le marcará el lado de orientación Norte con el objetivo de plantarlos con la misma orientación que tenían en el sitio original. Posteriormente serán extraídos en bloque, utilizando principalmente palas y eventualmente (para facilitar extracción) chuzos.

Una vez extraídos, cada individuo será llevado de inmediato a un área de mantención y cuidados que Sociedad Punta del Cobre habilitará para tales efectos.

Dicha área corresponderá a un sitio, previamente preparado, donde se construirá una plataforma de madera, con patas de un metro de altura, a objeto de permitir la ventilación de los individuos. Esta estructura será cubierta con malla del tipo raschel, de manera de proteger los individuos del exceso de insolación en espera del trasplante. En esta área y con el objetivo de evitar la infección de los individuos extraídos, se aplicará a las raíces, un fungicida de amplio espectro. Dependiendo de las condiciones en que se encuentre el individuo después de la extracción, estos permanecerán de 1 a 15 días en el área para posteriormente ser trasladados debidamente cubiertos (para evitar desecación) a un área de aclimatación y se agregará enraizante con el fin de aumentar la probabilidad de asentamiento de los individuos una vez trasplantados.

  • Relocalización de individuos: Se confeccionarán fosos de tamaño apropiado a cada individuo, los cuales, serán trasplantados de manera individual en cada una de las fosas. En los lugares de relocalización se procederá a la plantación manteniendo la orientación original del individuo enterrando cada uno sobre el sustrato preparado. Una vez instalado se procederá a un riego de establecimiento, muy suave de 5 litros por cada individuo.

Finalmente, a cada ejemplar relocalizado se identificará mediante un número correlativo y se le registrarán lo mismos atributos listados en el punto 1 (Reconocimiento en terreno) con la finalidad de comparar los sitios de ubicación antes y después de la relocalización. Es decir, se registrará: ▪ Fotografía (individuos y sector donde se rescató) ▪ Coordenadas UTM ▪ Identificación correlativa (código) ▪ Posición topográfica ▪ Altitud ▪ Pendiente ▪ Exposición ▪ Estado fitosanitario ▪ Características del sustrato ▪ Especies acompañantes.

Cabe señalar que los sitios de relocalización serán demarcados y se les colocará señalética informativa sobre la importancia de estas áreas, con el fin de resguardarlas de futuras intervenciones.

Adicionalmente se implementará un plan de seguimiento y monitoreo para asegurar la efectividad del compromiso, el cual considera: - En el primer año se realizará una evaluación de prendimiento con una periodicidad trimestral. Posteriormente, y a partir del segundo hasta el quinto año, se realizará una evaluación anual donde se monitoreará el estado sanitario y vigor de los individuos relocalizados. - Se llevará un registro de las eventuales causas observadas de pérdida o daño generado en el caso de existir y se generarán programas de reposición en el caso de ser necesario. - Se realizará, además, un análisis de causa de pérdida o daño a partir de las cuales se propondrán medidas correctivas a ser aplicadas con la posterior revisión del éxito de estas medidas. - Los informes de cada monitoreo considerarán la sobrevivencia, estado fitosanitario y vigor de los individuos plantados, además de un registro fotográfico. Estos informes estarán disponibles en todo momento a solicitud de la Autoridad. Cabe señalar que el indicador de éxito que determine el cumplimiento del compromiso corresponderá al prendimiento de las especies relocalizadas el cual será de 100% para Pyrrhocactus confinis (Vulnerable) y 75% para Cumulopuntia sphaerica (Preocupación Menor).

Oportunidad: El rescate y relocalización de individuos se implementará al menos 60 días previos a la construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros fotográficos de las actividades. - Informe con la metodología y resultados obtenidos al término del rescate y relocalización de individuos. - Informes trimestrales realizados durante el primer año con la evaluación de prendimiento. Forma de control y seguimiento - Se enviará un informe a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) con los resultados del rescate y relocalización, en un plazo no mayor a 30 días hábiles de la realización del compromiso. - En el primer año se realizará una evaluación de prendimiento con una periodicidad trimestral. Posteriormente, y a partir del segundo hasta el quinto año, se realizará una evaluación anual donde se monitoreará el estado sanitario y vigor de los individuos relocalizados. Estos informes estarán disponibles en todo momento a solicitud de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4. Compromiso ambiental voluntario Rescate y relocalización de Pyrrhocactus confinis y Cumulopuntia sphaerica

9.5. Compromiso ambiental voluntario Campaña de monitoreo de ruido Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Efectuar una campaña de medición de ruido en los receptores identificados durante la evaluación ambiental del Proyecto, con el fin de verificar que las emisiones acústicas no superan los límites máximos permisibles de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA.

Descripción: Se efectuaran una campaña de medición de ruido en los puntos receptores identificados en el Anexo 2.3 de la DIA, utilizando como procedimiento lo especificado en el artículo 19° letra b) del D.S. N° 38/11 del MMA para la obtención de ruido de fondo, es decir, se registrará el NPSeq(A) en forma continua, descartando los ruidos ocasionales tales como pasos de vehículos cercanos, ladridos de perros cercanos, etc., obteniendo su valor cada 5 minutos hasta la estabilización de la lectura (diferencia aritmética entre dos registros consecutivos menor o igual a 2 dB), considerando como valor el último de los niveles registrados.

A partir de los niveles de ruido registrados se elaborará un informe con la evaluación del cumplimiento normativo en todos los receptores, de acuerdo con lo establecido en el D.S. N° 38/11 del MMA, que posteriormente será enviado a la SMA en un plazo no mayor a 30 días hábiles desde efectuadas las mediciones.

Para la evaluación de la emisión de ruido en los receptores se aplicará la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo N° 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Justificación: Verificar el cumplimiento de los valores obtenidos en la modelación de ruido. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medición de ruido será efectuada en los 10 puntos receptores identificados en el Anexo 2.3 de la DIA y presentados en la Tabla 3 del Anexo 2 de la Adenda complementaria.

Forma: Los niveles de presión sonoras serán obtenidos a través de equipos listados a continuación: - Sonómetro Integrador. - Calibrador acústico. - Pantalla anti-viento. - Trípode 1,5 m. - GPS. - Cámara fotográfica digital.

Oportunidad: La medición será realizada en el escenario más desfavorable del Proyecto, correspondiente al año 1 de ejecución del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros de las mediciones efectuadas en terreno. - Registro fotográfico de la actividad. Forma de control y seguimiento - Informe con los resultados obtenidos en terrenos y evaluación normativa de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA, que será enviado a la SMA en un plazo no mayor a 30 días hábiles desde efectuadas las mediciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5. Compromiso ambiental voluntario Campaña de monitoreo de ruido

9.6. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo arqueológico Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y Objetivo: Evitar la afectación de hallazgos arqueológicos no revistos.

justificación Descripción: Implementar un monitoreo arqueológico permanente efectuado por un arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología durante el escarpe, remoción de superficie y/o excavación subsuperficial requerida para habilitar las obras superficiales del Proyecto.

Justificación: Prevenir una potencial alteración a sitios o hallazgos arqueológicos no previstos por el desconocimiento de su relevancia para el patrimonio cultural. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Partes y obras del Proyecto cuya habilitación requiera actividades de escarpe, remoción de superficie y/o excavación sub-superficial.

Forma: Monitoreo arqueológico permanente a cargo de un arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología, durante las actividades de escarpe, remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto.

Oportunidad: El monitoreo se implementará con ocasión de actividades de escarpe, remoción de la superficie y excavación sub-superficial durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Correcto desarrollo del monitoreo arqueológico durante la fase de construcción del Proyecto, y elaboración de informes los meses en que se realicen las visitas del profesional en el área. Forma de control y seguimiento Se remitirá a la SMA un informe de monitoreo mensual durante el periodo en que se realicen actividades de escarpe, remoción de superficie y/o excavación sub- superficial, el cual será elaborado por el/la profesional a cargo de la actividad de monitoreo, en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que incluirá los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) De evidenciarse restos arqueológicos, se incorporará: − Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). − Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. − Medidas de protección y/o conservación implementadas. − Constancia de aviso del hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. f) Seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar en los sitios TTO-029, TTO-042, TTO-046, TTO-047 y TTO-063. g) El informe final de monitoreo dará cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluirá la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren por motivo de esta actividad. Previo rescate de hallazgos no previstos se solicitará el permiso de intervención arqueológica, en conformidad con lo descrito en el artículo 7 del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. h) Cada informe final de monitoreo incluirá el destino de los materiales rescatados y un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. El Titular solventará los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo arqueológico

9.7. Compromiso ambiental voluntario Charlas de inducción arqueológica Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Brindar conocimiento a los trabajadores del Proyecto, sobre la naturaleza y condiciones del componente arqueología.

Descripción: Las charlas serán preparadas por un arqueólogo/a, que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines, y en ellas se explicará la naturaleza y condiciones del componente arqueológico existente en el área del Proyecto y la legislación vigente que protege dichos componentes.

Justificación: Prevenir una potencial alteración a sitios o hallazgos arqueológicos no previstos por el desconocimiento de su relevancia para el patrimonio cultural. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de Faena DM y CA.

Forma: Charlas inductivas e informativas en faena.

Oportunidad: Las charlas serán impartidas a los trabajadores antes de iniciar sus actividades, cada vez que ingrese una persona o empresa contratista nueva, durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Informe semestral del arqueólogo/a de las charlas ejecutadas durante el periodo, el que incluirá: - Lista de asistencia de los trabajadores a la charla y registro fotográfico de las actividades. - Temario de las charlas de inducción impartidas a los trabajadores. - Informe anual a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Forma de control y seguimiento Envío a la SMA del Informe semestral realizado por el arqueólogo/a que dicta las charlas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7. Compromiso ambiental voluntario Charlas de inducción arqueológica

9.8. Compromiso ambiental voluntario Plan de gestión de tránsito Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un plan de gestión de tránsito en horarios de mayor demanda vial, a modo de evitar un aumento en el tiempo de desplazamiento de los usuarios de las rutas públicas que utilizará el Proyecto para el transporte de mineral.

Descripción: El compromiso consiste en restringir el tránsito de camiones, con ocasión del Proyecto, por rutas públicas que se contemplan utilizar para transportar el mineral extraído hacia la Planta Biocobre y Planta San José. Esta prohibición de circulación se implementará en los horarios punta mañana de 7:15 a 8:30 horas y punta tarde de 17:30 a 18:30 horas.

Justificación: Si bien el flujo vehicular del Proyecto no genera un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, el compromiso se aplicará de manera preventiva en los horarios con mayores flujos vehiculares. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se implementará en todas las rutas públicas que forman parte de los trayectos utilizados por el Proyecto para transportar el mineral extraído hacia las plantas de proceso Biocobre y San José, las cuales se identifican a continuación: - Ruta 1 a Planta Biocobre: C-397, C-391 y 31-CH (Avenida Copayapu). - Ruta 2 a Planta Biocobre: C-391 y 31-CH. • Ruta a Planta San José: C-397.

Forma: Se aplicará la restricción del tránsito de camiones con ocasión del Proyecto en horario punta mañana y punta tarde. En las garitas de acceso se mantendrá el registro de la salida/entrada de camiones, con el cual se verificará la restricción en los horarios comprometidos.

Oportunidad: restricción del tránsito de camiones será aplicada en horario punta mañana de 7:15 a 8:30 horas y en punta tarde de 17:30 a 18:30 horas. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de salida/entrada de camiones de transporte de mineral realizados en las garitas de control de acceso del Proyecto. Forma de control y seguimiento Informe anual a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8. Compromiso ambiental voluntario Plan de gestión de tránsito

9.9. Compromiso ambiental voluntario Charla informativa del patrimonio cultural paleontológico en colegio de Tierra Amarilla. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Brindar conocimiento a los escolares de la comuna de Tierra Amarilla sobre la importancia del componente paleontológico.

Descripción: El Titular del Proyecto en conjunto con la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla gestionará el desarrollo de una charla en un colegio de la comuna de Tierra Amarilla. La charla será preparada por un profesional Paleontólogo/a, y en ella se explicará la naturaleza, condiciones e importancia del componente paleontológico existente en la comuna.

Justificación: Informar a la comunidad dada la importancia del patrimonio cultural paleontológico existente en la comuna de Tierra Amarilla. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Un colegio de la comuna de Tierra Amarilla que definirán conjuntamente el Titular del Proyecto y la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla.

Forma: Una charla informativa para escolares de la comuna de Tierra Amarilla.

Oportunidad: La programación será acordada entre el Titular del Proyecto y la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla. Indicador que acredite su cumplimiento - Lista de los escolares que participen de la charla. - Registro fotográfico de la actividad. - Temario de la charla informativa impartida a los escolares. Forma de control y seguimiento Informe a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9. Compromiso ambiental voluntario Charla informativa del patrimonio cultural paleontológico en colegio de Tierra Amarilla

9.10. Compromiso ambiental voluntario Notificación de tronaduras Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla sobre las tronaduras que serán efectuadas por ocasión del Proyecto.

Descripción: El Titular informará a la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla sobre la intensidad, georreferenciación y horarios en que se efectuarán tronaduras por ocasión del Proyecto. Las notificaciones serán enviadas vía correo electrónico a la dirección medioambiente@tierramarilla.com.

Justificación: Evitar alteraciones y/o molestias en la comunidad producto de la detonación de tronaduras. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Oficinas administrativas del Proyecto donde se redactarán las notificaciones que serán enviadas vía correo electrónico a la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, a través de la dirección medioambiente@tierramarilla.com.

Forma: Notificaciones informativas sobre la intensidad, georreferenciación y horarios en que se efectuarán tronaduras por ocasión del Proyecto, enviadas vía correo electrónico a la dirección medioambiente@tierramarilla.com.

Oportunidad: La notificación será enviada tres días antes de que se efectúen las detonaciones. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las notificaciones enviadas vía correo electrónico a la dirección medioambiente@tierramarilla.com. Forma de control y seguimiento Informe anual a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10. Compromiso ambiental voluntario Notificación de tronaduras

9.11. Compromiso ambiental voluntario Contratación de mano de obra local Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar instancias que permitan favorecer la contratación de mano de obra local, en la medida que estos cumplan con los requerimientos para cada función.

Descripción: Para las fases del Proyecto, se requerirá de la contratación de mano de obra, para ello el Titular implementará acciones que fomenten y prioricen la contratación local. Para su implementación se coordinará con la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la Municipalidad de Tierra Amarilla, con el fin de informar respecto de los perfiles requeridos para los distintos cargos.

De este modo, el municipio respectivo podrá revisar, en su base de datos, la información de trabajadores que cumplan con los requisitos necesarios para el desarrollo de las labores requeridas y puedan participar del proceso de postulación correspondiente.

Una vez obtenida la RCA, se definirá la fecha de inicio de las actividades y se establecerá las coordinaciones con el Municipio correspondiente. La información será entregada a las empresas contratistas, para que puedan privilegiar a estos trabajadores.

Justificación: Fomentar la empleabilidad local, dando oportunidades a las comunidades cercanas al Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla.

Forma: Reuniones con la OMIL de la Municipalidad correspondiente.

Oportunidad: Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se les solicitará a los contratistas, que prioricen la contratación de trabajadores bajo estas vías, solicitando el porcentaje en su cartera de colaboradores. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de reuniones con la OMIL. - Planilla con el personal contratado, al inicio de cada fase, a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla. - Informes de empresas contratistas que registren número de trabajadores de la comuna. Forma de control y seguimiento Informe anual a la Superintendencia de Medio Ambiente con antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11. Compromiso ambiental voluntario Contratación de mano de obra local

9.12. Compromiso ambiental voluntario Señalética de identificación en camiones del Proyecto Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar a los camiones mineros que circulen por ocasión del Proyecto en rutas públicas de Tierra Amarilla y Copiapó.

Descripción: Todos los camiones que transporten mineral oxidado y sulfurado desde el área de emplazamiento del Proyecto hasta la Planta Biocobre y Planta San José, respectivamente, portarán una señalética de identificación que indicará (en un tamaño visible, al menos a 20 m) el nombre del Titular, el nombre del Proyecto Minero Tránsito y un número de contacto.

Justificación: Facilitar a la comunidad la identificación de los camiones mineros del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se implementará en todas las rutas públicas que forman parte del trayecto utilizado por el Proyecto para transportar el mineral extraído hacia las plantas de proceso Biocobre y San José identificadas a continuación: - Ruta 1 a Planta Biocobre: C-397, C-391 y 31-CH (Avenida Copayapu). - Ruta 2 a Planta Biocobre: C-391 y 31-CH. - Ruta a Planta San José: C-397.

Forma: Colocar una señalética en cada camión de transporte de mineral del Proyecto, lo cual será verificado en las garitas de control de acceso.

Oportunidad: Las señaléticas serán portadas durante toda la fase de operación del Proyecto, instancia en la que se hará mayor utilización de rutas públicas. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de verificación de la señalética en la salida/entrada de camiones mineros del Proyecto, realizado en las garitas de control de acceso. Forma de control y seguimiento Informe anual a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.12. Compromiso ambiental voluntario Señalética de identificación en camiones del Proyecto

9.13. Compromiso ambiental voluntario Plan de Comunicación por tránsito de los Pirquineros desde la ruta C-397 hasta el Pique 2 Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Elaborar un Plan de Comunicaciones dirigido a los trabajadores pirquineros del Pique 2.

Descripción: El Plan de Comunicaciones que se describe más adelante, estará dirigido a las 4 personas (varones), que trabajan desde el 28 de febrero del 2022 en el Pique 2 y que fueron caracterizadas en la Adenda, quienes hacen uso de la huella que tiene una extensión de 3 km y que se ubica entre la ruta C-397 y el Pique 2.

Este Plan de Comunicación busca informar anticipada y oportunamente a los pirquineros, sobre distintas acciones que se realizarán respecto del camino del que hacen uso. En particular, los contenidos abordarán las fases, duración de los trabajos y horarios en que se realizará la intervención del camino, teniendo especial énfasis la información asociada a las tareas de las tronaduras. En este Plan se busca, además, entregar respuesta a las consultas, reclamos y sugerencias, a través de las siguientes herramientas:

  • “Folleto de Información”

Se realizará el diseño e impresión de 1 Folleto que entregue los datos sobre las fases del Proyecto (construcción, operación y cierre) y como se vincula con el Camino de acceso al Pique 2. Los contenidos estarán referidos al tipo de obras a realizar, plazos de las obras y horarios entre otros datos que sean pertinentes.

Este Folleto contendrá los datos de contacto para establecer el canal de comunicación entre los Pirquineros del Pique 2 y el Titular, que corresponden a: Dirección de “correo electrónico” y “número de teléfono”.

  • “Correo electrónico”

El Titular habilitará una dirección de correo electrónico para el uso exclusivo del Proyecto donde los Pirquineros se podrán comunicar. Este será revisado diariamente en jornada y horario laboral por la persona encargada de comunicaciones/relaciones del Proyecto.

  • “Número telefónico para comunicación”

El Titular habilitará un número de teléfono que estará a cargo de la persona designada para las comunicaciones/relaciones del Proyecto, para comunicarse con el representante de los Pirquineros del Pique 2. Este número funcionará en jornada y horario laboral.

Este Plan de Comunicaciones se mantendrá operativo durante todas las fases del Proyecto.

Justificación: Implementar el Plan de Comunicaciones mediante la entrega de información anticipada a cada fase del Proyecto en formato impreso y establecer los mecanismos de comunicación entre el Titular y los pirquineros del Pique 2 a través de métodos físico y digitales que permitan responder oportunamente. Lugar, forma y oportunidad de implementación El Plan de Comunicaciones considera las siguientes herramientas de comunicación el lugar, forma y oportunidad de implementación se describen a continuación:

  • “Folleto de Información”

Se hará entrega del Folleto de información y canales comunicación en el lugar de trabajo de la persona encargada/representante/líder de los 4 pirquineros del Pique 2. En este proceso de entrega se levantará una Ficha de Recepción de Folleto, esto como respaldo de la entrega de folletos según la fase del Proyecto, donde se identificará el nombre y sus dos apellidos, fecha, firma y número de folletos recibidos.

  • “Correo electrónico” y “Número telefónico”

Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto estará operativo en días y horarios laborales del Proyecto.

Se establece un plazo máximo de respuesta de 7 días hábiles desde recibida la carta o correo electrónico y de 24 horas para responder el mensaje vía telefónica (llamado, SMS o WhatsApp). Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores que respalden el cumplimiento serán los siguientes:

  • Folleto de Información.

Se mantendrá en 1 archivo físico y digital de los siguientes documentos, ejemplar impreso de el/los Folleto según cada fase del Proyecto y ejemplar de las Fichas de Recepción de Folleto entregadas.

  • “Correo electrónico” y “Número telefónico”

La correspondencia recibida vía correo electrónico tendrá una copia digital, así como las respuestas enviadas y los mensajes vía telefónica serán registrados y archivados.

El medio de verificación de la implementación de la medida correctiva será un Informe Ejecutivo con registro fotográfico, en caso de que aplique. Forma de control y seguimiento Se emitirá un Informe a la SMA, una vez finalizada cada fase del Proyecto con todas las tareas antes señaladas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.13. Compromiso ambiental voluntario Plan de Comunicación por tránsito de los Pirquineros desde la ruta C-397 hasta el Pique 2

9.14. Compromiso ambiental voluntario Manejo de aguas de descarte de proyecto preexistente en sector Revoltosa 1. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar que las aguas de descarte de proyecto preexistente en el sector Revoltosa 1 puedan estar en contacto permanente con el suelo natural.

Descripción: En relación al flujo de agua superficial asociado al sector del Proyecto denominado Portal Revoltosa 1, por constituir aguas de descarte de un proceso preexistente, se formula como propuesta de manejo, que estas sean direccionadas hacia las piscinas de almacenamiento de agua industrial que formarán parte del presente Proyecto Minero Tránsito.

Justificación: La reutilización de las aguas se propone como una mejora de una condición subestándar en materia de la conservación y protección de los recursos hídricos en el sector Revoltosa 1, evitando una posible afectación del componente suelo.

Por otra parte, se limitará o eliminará el riesgo de que, debido a causas naturales como sismos o precipitaciones intensas, estas aguas escurran hacia otros sectores ubicados aguas abajo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector Revoltosa 1, en las coordenadas UTM WGS 84 aproximadas N 6.953.484 m y E: 366.580 m.

Forma: Retiro del agua de descarte de un proceso preexistente sector Revoltosa 1, mediante un manejo adecuado de dichas aguas.

Oportunidad: Se efectuará en un plazo de un año después de obtenida la RCA que autorice ambientalmente el Proyecto Minero Tránsito. Indicador que acredite su cumplimiento Informe a la autoridad de la instalación de sistemas de desvío de las aguas de descarte hacia las piscinas del Proyecto Minero Tránsito para su reutilización en la operación minera subterránea. Forma de control y seguimiento Informe único a la SMA con los antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.14. Compromiso ambiental voluntario Manejo de aguas de descarte de proyecto preexistente en sector Revoltosa 1

9.15. Compromiso ambiental voluntario Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir la cantidad de emisiones generadas por el tránsito de vehículos en los procesos de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Descripción: El Proyecto considera sobre sus caminos internos no pavimentados asegurar una eficiencia de abatimiento que alcance el 96% mediante la implementación de un supresor de polvo.

El supresor de polvo seleccionado está compuesto por los productos Ecodust (Eco) y Ligcar (Lig), los cuales aumentan el tamaño de partículas polucionables de los caminos de tierra, permitiendo retener la humedad en tiempos secos y la impermeabilidad del terreno en tiempos húmedos o lluviosos, disminuyendo progresivamente la presencia de material fino en forma de polvo. Este tratamiento permite mejorar la calidad del terreno y aumentar la vida útil del camino. El terreno no se corrige una vez tratado, solo requiere de mantenciones. La descripción de los compuestos del supresor de polvo se detalla a continuación:

  • Ecodust: Es un compuesto líquido de características humectantes, ligantes y aglomerantes, insoluble en agua al momento de secarse. Este compuesto se une con el sustrato logrando ligar las partículas finas de polvo.
  • Ligcar: Es un potenciador del efecto compactador del producto, el que además posee efecto higroscópico.
  • Ecolig: Corresponde a una mezcla preparada de Ecodust y Ligcar.

El supresor de polvo alcanza una eficiencia del 95% a partir del primer mes de tratamiento, mejorando progresivamente conforme avanza su aplicación, logrando alcanzar al menos una eficiencia de un 97,7%. Para alcanzar las eficiencias deseadas se aplicará la dosificación recomendada por el proveedor del producto.

En Apéndice A del Anexo 4 de la Adenda se adjunta el Informe técnico de medición de eficiencia supresor de polvo utilizado en caminos no pavimentados.

Justificación: El Titular ha incorporado en el diseño del Proyecto acciones destinadas a poder abatir adecuadamente las emisiones de material particulado que se estima se generarán producto del tránsito de camiones mineros en caminos no pavimentados. Estas acciones consideran la aplicación de un supresor de polvo en los caminos superficiales, detallados en el presente documento. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos interiores del Proyecto.

Forma: La aplicación del supresor de polvo se realizará uniformemente por medio de un camión aljibe equipado con una barra de riego con aspersores y una bomba autónoma, con el fin de asegurar un riego constante y homogéneo. La motobomba contará con una válvula de corte que será controlada desde la cabina, a fin de evitar derrames de solución cuando el camión se detenga. También contará con un velocímetro, o en su defecto, un tacómetro que permita medir las revoluciones del motor, a fin de controlar la velocidad del camión para una aplicación uniforme.

Oportunidad: En específico la aplicación de impacto (primer mes), se realizará siguiendo las especificaciones detalladas a continuación:

  • Día 1: Cargar camión con 9 m³ de agua. Trasvasijar 500 litros de Ecodust (2 tambores y medio) a camión aljibe cargado con agua previamente. Esparcir el producto en los 500 metros lineales delimitados para la prueba.
  • Día 2: Cargar camión con 7 m³ de agua. Trasvasijar 500 litros de Ligcar (diluidos en 2.5 IBC) a camión aljibe cargado con agua previamente. Esparcir el producto en los 500 metros lineales delimitados para la prueba.
  • Día 15: Cargar camión con 9 m³ de agua. Trasvasijar 500 litros de Ecolig (2 tambores y medio) a camión aljibe cargado con agua previamente. Esparcir el producto en los 500 metros lineales delimitados para la prueba.

Las dosificaciones recomendadas para un año de tratamiento se presentan en la Tabla 63 de la Adenda. Indicador que acredite su cumplimiento - Medición de emisiones de material particulado con un equipo portátil (Dustmate), que cuantificará el nivel de emisión de Material Particulado que se producirá en la interfaz entre el neumático y la superficie del camino tratado. - Elaboración de un informe que incluirá los antecedentes del proveedor, la fecha y periodo de aplicación, registro fotográfico de la condición del camino antes y después de la aplicación, documentación de la prueba de eficiencia realizada del supresor, dosis de preparación y aplicación del supresor de polvo. - Registro de las fechas de cada aplicación por mantención. Forma de control y seguimiento Informe de las mediciones de eficiencia del supresor enviado semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.15. Compromiso ambiental voluntario Plan de aplicación de supresor de polvo en caminos internos

9.16. Compromiso ambiental voluntario Sistema de Mitigación de Polvos (SMP)” en chancador de la Planta Scorpion Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir la cantidad de emisiones generadas en el proceso de selección del material de la Planta Scorpion y Planta Sorter.

Descripción: Se implementará un “Sistema de Mitigación de Polvos (SMP)” basado en la aplicación de espuma derivada de surfactantes orgánicos que permite controlar el polvo en suspensión gracias a sus propiedades tensoactivas y de humectación. Esta tecnología permite controlar eficientemente la emisión de polvos alcanzando una mitigación sobre el 80%.

La aplicación de este producto reduce el consumo de agua en los procesos de humectación, siendo requerido para esta actividad un flujo de 0,05 l/s, que será provisto desde la cachimba de la Planta San José.

Justificación: El uso de aspersores en el chancador otorga mayor humedad al material reduciendo las emisiones generadas en el proceso de selección del material de la Planta Scorpion y Planta Sorter. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Chancador de la Planta Scorpion.

Forma: Aplicación permanente de la espuma al mineral que ingresa al chancador de la Planta Scorpion.

Oportunidad: Durante la operación del del chancador. Indicador que acredite su cumplimiento - Inspección visual. - Plan de mantención preventivo y correctivo del SMP ejecutado mensualmente. Forma de control y seguimiento Registro de mantenciones mensuales adjuntas en un informe emitido semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.16. Compromiso ambiental voluntario Sistema de Mitigación de Polvos (SMP)” en chancador de la Planta Scorpion

9.17. Compromiso ambiental voluntario Encapsulamiento de correas transportadoras en Planta Scorpion y Planta Sorter Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y Objetivo: Reducir la cantidad de emisiones generadas en el proceso de selección del material de la Planta Scorpion y Planta Sorter. justificación

Descripción: La medida consiste en encapsular todas las correas transportadoras utilizadas en la Planta Scorpion y Planta Sorter.

Justificación: El transporte de material a través de correas transportadoras genera emisiones de material particulado por erosión. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Correas transportadoras de la Planta Scorpion y Planta Sorter.

Forma: Instalación de una cobertura en cada correa transportadora de la Planta Scorpion y Planta Sorter.

Oportunidad: El encapsulamiento de las correas se realizará previo inicio de las actividades de transporte y se mantendrá durante toda la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección visual. Forma de control y seguimiento Registro de fotográfico enviado semestralmente en un informe emitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.17. Compromiso ambiental voluntario Encapsulamiento de correas transportadoras en Planta Scorpion y Planta Sorter

9.18. Compromiso ambiental voluntario Instalación de malla perimetral en acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir la cantidad de emisiones generadas por erosión en los acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter.

Descripción: La medida consiste en instalar una malla entorno a los acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter.

Justificación: acopio de material genera emisiones de material particulado por erosión. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter.

Forma: Instalación de malla perimetral en acopios transitorios.

Oportunidad: La implementación de esta medida se realizará previo inicio de las actividades de acopio y se mantendrá durante toda la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección visual. Forma de control y seguimiento Registro de fotográfico enviado semestralmente en un informe emitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.18. Compromiso ambiental voluntario Instalación de malla perimetral en acopios transitorios de la Planta Scorpion y Planta Sorter

9.19. Compromiso ambiental voluntario Control de camiones, maquinarias y equipos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir las emisiones de material particulado y gases de combustión.

Descripción: Se restringe la circulación de vehículos exclusivamente dentro de los caminos habilitados para dicho fin y se define una velocidad máxima de tránsito en caminos internos de 40 km/h.

Además, la medida considera el control de la operación de la maquinaria para acotar las emisiones de gases de combustión a aquellas tareas que sean necesarias. Tanto vehículos como maquinaria contarán con la documentación actualizada, así como también con un registro de mantención para el uso que tendrán.

Justificación: El tránsito de vehículos por caminos no pavimentados corresponde a la principal fuente de emisión de material particulado del Proyecto, y el uso de maquinarias contribuye con la emisión de gases de combustión. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento de las partes y obras del Proyecto.

Forma: Los caminos internos estarán debidamente demarcados y señalizados, y se exigirá a los conductores transitar sin superar la velocidad máxima establecida. Se mantendrá el registro de las horas de operación de las maquinarias de tal forma de poder planificar las mantenciones anticipadamente.

Oportunidad: La medida será informada al personal previo inicio de la fase de construcción y será exigida durante toda la ejecución del Proyecto. Por otra parte, las mantenciones serán programadas de acuerdo al uso de cada maquinaria y/o vehículo. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros de la toma de conocimiento de la medida por parte de todo el personal que operará equipos y maquinarias del Proyecto. - Programación de las mantenciones. - Registro de las mantenciones realizadas a equipos y maquinarias. Forma de control y seguimiento Registros correspondientes enviados semestralmente en un informe emitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.19. Compromiso ambiental voluntario Control de camiones, maquinarias y equipos

9.20. Compromiso ambiental voluntario Tránsito de camiones con carga cubierta Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir las emisiones atmosféricas por efecto del transporte de material con mineral.

Descripción: Esta medida se enmarca en el cumplimiento del D.S. N° 75, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece condiciones para el transporte de carga, y consiste en cubrir los camiones que transportarán el material desde el área de emplazamiento del Proyecto hasta las plantas de proceso Biocobre y San José.

Justificación: Evitar la caída de material que produzca polvo en rutas públicas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Rutas C-397, C-391 y 31-CH (Avenida Copayapu) utilizadas por el Proyecto.

Forma: Se cubrirán los camiones con carga que se dirijan a las plantas de proceso Biocobre y San José. Durante el tránsito por rutas públicas se mantendrá cubierto en su totalidad y eficazmente el material con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas que impida su dispersión al aire.

Oportunidad: Se mantendrá el tránsito de camiones con carga cubierta durante toda la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico e inspección visual de la cobertura. - Registro de la salida de los camiones con carga cubierta desde el área de emplazamiento del Proyecto. Forma de control y seguimiento Envío de los registros correspondiente adjuntos en un informe emitido semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.20. Compromiso ambiental voluntario Tránsito de camiones con carga cubierta

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo de Derrame de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos por accidentes que involucre la afectación de cauces naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Transporte de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos a través de rutas existentes. Acciones o medidas a implementar - Establecer líneas claras de responsabilidad en cuestiones de seguridad, protección, prevención de escapes, capacitación y respuestas de emergencia mediante acuerdos escritos establecidos con los transportistas que sirvan para este propósito. - Exigir que los transportistas implementen planes y adopten aptitudes de respuesta ante emergencia adecuados, y que tomen las medidas pertinentes para el manejo de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos. - Los conductores tendrán licencia de conducción adecuada para la clase de vehículo a utilizar y realizarán una buena conducción del vehículo. - Todos los conductores son responsables del vehículo y/o maquinaria a su cargo y tendrán la obligación de respetar la señalización de tránsito. - Capacitaciones de conducción segura al conductor de forma continua. - Capacitar al personal sobre las medidas de emergencia para controlar un derrame de sustancias o residuos peligrosos. - Prohibición de conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol o de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. - Prohibición de estacionar o detenerse durante el trayecto en sitios no permitidos. - Todos los vehículos contarán con la documentación en vigor exigida por la legislación aplicable: permiso de circulación, certificado de seguro obligatorio, revisión técnica, etc. - Los vehículos y/o camiones contarán con extintores portátiles del tipo ABC y elementos de protección personal. - Se realizará un mantenimiento preventivo de camiones y vehículos. - La carga transportada no podrá exceder el peso máximo que las características técnicas de los vehículos permitan. - Revisión diaria de los vehículos y/o camiones previa conducción. - Todo vehículo será apto para el terreno a recorrer. Forma de control y seguimiento - Documentación exigida a los conductores. - Registro de las capacitaciones. - Documentación de vehículos y camiones: permiso de circulación, certificado de seguro obligatorio, revisión técnica, etc. - Registro de las mantenciones preventivas de camiones y vehículos. - Registro de la revisión diaria de los vehículos y/o camiones previa conducción. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1. Riesgo de Derrame de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos por accidentes que involucre la afectación de cauces naturales

10.1.2. Riesgo de Incendios al Interior de la Faena Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras ubicadas en superficie. Acciones o medidas a implementar - Ubicar extintores adecuados en número y especificación para combatir el fuego, de acuerdo a normativa aplicable (D.S. N° 594/1999, artículo 44, Ministerio de Salud). Se ubicarán cercanos a probables fuentes de incendio, en posición que sean accesibles y de acuerdo con lo que establece la NCh. N° 1433. - Determinar áreas como potencialmente incendiarias, de acuerdo con un análisis de riesgos. - Lugar de instalación de extintores demarcado claramente y con la señalización correspondiente visible a la distancia y desde varios ángulos. La altura más práctica para colocarlos al alcance del común de las personas es 1,5 metros sobre el nivel del piso. - Considerar, en general, extintores de polvo químico seco (PQS) de 10 Kgs., y de Dióxido de Carbono para extinguir incendios eléctricos, ubicados en las proximidades de tableros eléctricos. - Está estrictamente prohibido fumar al interior de cualquier recinto cerrado, cerca o en los sectores de almacenamientos de combustibles o sustancias peligrosas, cerca o dentro de polvorines. - Contar con señalética adecuada. - Revisar permanentemente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. - Realizar capacitaciones programadas al menos una vez al año a todos los trabajadores. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación en uso de extintores. - Revisión visual de los extintores. - Registros de mantención de extintores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción Tabla 7.1.2. Riesgo de Incendios al Interior de la Faena detallada

10.1.3. Riesgo de Potencial alteración de hallazgos arqueológicos o paleontológicos no identificados Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena. Acciones o medidas a implementar - Comunicar internamente y dar aviso formal al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en caso de identificar un hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto. - Informar al personal sobre las medidas a implementar y los resguardos que se debe tomar para evitar dañar el material del hallazgo - Aislar el hallazgo de manera visible con una cinta (tipo peligro) o con una barrera blanda, considerando una zona de seguridad (buffer) de 5 a 10 m para cautelar que, en caso de una intromisión a los límites del cerco, no se altere el material del hallazgo. Forma de control y seguimiento - Registro de hallazgos. - Registro de cartas de notificación enviadas al CMN. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3. Riesgo de Potencial alteración de hallazgos arqueológicos o paleontológicos no identificados

10.1.4. Riesgo de Derrame de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos por accidentes que involucre la afectación de cauces naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Partes y obras superficiales del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se adecuará la pendiente de los cortes en aquellas áreas de emplazamiento de las obras (especialmente en la construcción de caminos), si aplica según las características de estabilidad del suelo. - Se realizarán monitoreos a los cortes de taludes y terraplenes de tal manera de detectar posibles deficiencias en el manejo de taludes, que puedan dar origen a situaciones de riesgo. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos. Forma de control y seguimiento - Los jefes de obra contarán con la información necesaria para saber cuándo estén en zonas con riesgo de remoción en masa. - Se tendrá copia del plan de evacuación en las oficinas administrativas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4. Riesgo de Remociones en masa.

10.1.5. Riesgo de Precipitaciones equivalente a un periodo de retorno T > 100 años (precipitación extrema) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Las lluvias estacionales podrían causar deslizamientos, por lo cual, para evitar inundaciones derivadas de crecidas originadas por precipitaciones con 100 años y 200 años de periodo de retorno, se proyecta implementar un plan de manejo de aguas no contactadas que consiste en la construcción de 14 canales de sección trapezoidal. Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ante frentes de mal tiempo son: - Capacitar a los trabajadores sobre el plan de emergencias. - Mantener todos los equipos, maquinarias, materiales, instalaciones e insumos, en buenas condiciones, para realizar el trabajo. - Realizar reuniones de preemergencia con la supervisión de la faena para evaluar el pronóstico y planes de acción a seguir. - Comenzar las operaciones e ingreso a las áreas de trabajo, solo cuando el jefe de turno haya dado las autorizaciones correspondientes. - Siempre debe existir comunicación radial. - Revisar los canales de comunicación entre faenas (teléfono satelital, líneas telefónicas, etc.). - Contar con plan de evacuación del personal de faena.

Adicionalmente, ante eventos naturales se considerarán los siguientes umbrales para la activación de los Planes de Acciones: - Para los eventos de lluvia, la inspección visual de la obra se activará posterior a cualquier evento de lluvia que genere escurrimientos en la obra de conducción. Asimismo, se realizará una inspección previa a la temporada invernal. Forma de control y seguimiento - Registro de las inspecciones visuales. - Registro de capacitaciones. - Registro de reuniones de preemergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5. Riesgo de Precipitaciones equivalente a un periodo de retorno T > 100 años (precipitación extrema).

10.1.6. Riesgo de Sismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena. Acciones o medidas a implementar - Diseñar la infraestructura del Proyecto considerando parámetros que cumplan con la regulación vigente y las prácticas habituales en materia de operación de actividades mineras. - Instruir a los trabajadores respecto de las medidas a implementar ante la ocurrencia de un evento natural. Forma de control y seguimiento - Se tendrá registro de las charlas impartidas a los trabajadores, donde se les indicará cuales son las zonas de seguridad y qué deben hacer en caso de sismos. - Se mantendrá un registro de las inducciones a los trabajadores, indicando los contenidos tratados, y el listado de asistentes con su respectiva firma. - Se mantendrá registro de las inspecciones a las instalaciones y equipos de emergencia Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6. Riesgo de Sismo

10.1.7. Riesgo de falla significativa en sistema séptico Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Sistema séptico (Fosas sépticas). Acciones o medidas a implementar - Inspecciones regulares en las fosas sépticas para evaluar los estados de los procesos, equipos y obras asociadas. - Capacitar al personal del Proyecto y al contratista encargado, sobre el proceso y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación. - Verificar periódicamente la limpieza de las tuberías de conducción de aguas servidas hacia las Fosas sépticas, para evitar derrames. - Verificar periódicamente la integridad de las tuberías de conducción, confirmando que no presenten roturas ni fisuras, en especial en los sectores con uniones, de manera de evitar filtraciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en las oficinas el registro de las mantenciones e inspecciones preventivas realizadas a las Fosas sépticas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.7. Riesgo de Falla significativa en sistema séptico

10.1.8. Riesgo de derrumbe, socavamiento, hundimiento o deslizamiento de materiales en un nivel subterráneo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Mina subterránea. Acciones o medidas a implementar - Inspecciones visuales constantes para identificar posibles áreas que presenten riesgos de derrumbes al interior de la mina. - Evaluaciones geotécnicas y geomecánicas preventivas. - Delimitación de zonas de tránsito. - Diseño e implementación de señalética, cercos o pretiles. - Definición de áreas seguras y zonas de evacuación al identificar galerías que se encuentren con riesgo de derrumbe, cerrándolas en caso de que sea pertinente. - Desarrollar estudios de la estabilidad global y local de la mina para proyectar su comportamiento. - Remover bloques y estructuras mineralizadas colgando o con inestabilidad, para evitar situaciones de riesgo a los trabajadores. - Mantener limpias, visibles y en buen estado las señaléticas de vía de evacuación y refugios. - Revisión periódica de la condición física de las escaleras en chimeneas mina. - Mantener operativos todos los refugios de emergencia en interior mina. Forma de control y seguimiento - Reporte geomecánico de la mina. - Evaluación de refugios y sus adecuadas condiciones de uso. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8. Riesgo de Derrumbe, socavamiento, hundimiento o deslizamiento de materiales en un nivel subterráneo

10.1.9. Riesgo de Alumbramiento de aguas subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Superficie instalación minera. Acciones o medidas a implementar - Evaluaciones geotécnicas y geomecánicas preventivas. - Bloqueo, cierres y señaléticas perimetrales en superficie. - Contar con sistemas de monitoreo superficial. - Desarrollar estudios de la estabilidad geotécnicos del sector a explotar para proyectar su comportamiento. Forma de control y seguimiento - Reporte geomecánico de la mina. - Inspección visual para identificar señaléticas, cercos o pretiles superficiales. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.9. Riesgo de Alumbramiento de aguas subterráneas

10.1.10. Riesgo de Choque, colisión o atropello de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Actividades de transporte realizadas en las rutas internas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Mantener la restricción de velocidad de los vehículos livianos es de 40 km/h, en cambio para equipos y vehículos pesado, la velocidad se restringe a 30 km/h al interior de la faena. - Instalación de señalética en los sectores que corresponda e instalación de reductores de velocidad. - Implementar programa de manejo a la defensiva y control de velocidad para todos los conductores, propios y contratistas. - En el caso de advertir fauna en los caminos, los conductores deberán reducir la velocidad o detenerse hasta que los animales dejen y se alejen del camino. - El personal habilitado como conductor será personal calificado, con licencia de conducir al día y con capacitación específica para manejo en la faena minera. Forma de control y seguimiento - Registros de instalación y mantención de señalética y reductores de velocidad. - Reportes de incidentes de conductores con fauna en rutas. - Registro de implementación de programa de manejo a la defensiva. - Reportes al SAG de accidentes donde se involucre fauna silvestre. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.10. Riesgo de Choque, colisión o atropello de fauna

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Riesgo de Derrame de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos por accidentes que involucre la afectación de cauces naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Transporte de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos a través de rutas existentes. Acciones a implementar Acciones iniciales: - Reconocer visualmente el material comprometido y de ser posible, contener y/o detener el derrame. - Identificar la magnitud del área que abarca la emergencia y su posible propagación hacia áreas vecinas. - Dar aviso de la emergencia a supervisor y a brigada de emergencia. - Dar aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria, DGA y SMA, indicando el curso en el cual se derramó el producto e identificando este mismo.

Acciones para manejar el derrame: - Definir el equipo necesario (incluidos los EPP) y el plan de acción. - Detener el derrame. - De ser posible, recuperar el material en un contenedor apropiado para para almacenarlo y limpiar todas las áreas afectadas. - Colectar y envasar el material contaminado.

Acciones para informar a la Autoridad: - Presentar a la Autoridad ambiental (SMA y DGA) un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias" en caso de que ocurra un evento desafortunado que afecte un curso de agua, el cual será emitido en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el siniestro. - El Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias tendrá el siguiente contenido: ▪ Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. ▪ Identificación del curso de agua potencialmente afectado. ▪ Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. ▪ Registro fotográfico. ▪ Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas, tomar las acciones de control correspondientes.

Acciones para el seguimiento de las aguas superficiales potencialmente: - Se realizará el seguimiento de las aguas superficiales potencialmente afectadas mediante el monitoreo de las características fisicoquímicas del cauce involucrado en el evento. Dicho monitoreo, se efectuará en el punto que se produjo el derrame, 500 m aguas arriba y de 500 m aguas abajo del derrame, con la finalidad de evaluar la dilución del contaminante. Cada uno de los puntos de monitoreo será georreferenciado en Datum WGS-84 huso 19 Sur. En base a lo anterior, los puntos de muestreo serán: ▪ Punto 0: lugar del derrame (inmediatamente aguas abajo del derrame). ▪ Punto 1: 500 m aguas arriba del derrame. ▪ Punto 2: 500 m aguas abajo del derrame.

  • La frecuencia de monitoreo se establece a continuación: ▪ Día del derrame: Una vez ocurrido el evento se realizarán muestreos en cada uno de los puntos de interés. ▪ Del día 2 al día 10 de ocurrido el derrame: se realizará un monitoreo diario en cada punto, el cual cesará una vez que todos los parámetros analizados se encuentren dentro de los umbrales definidos.

  • A partir de las características químicas de la sustancia/residuo involucrado en el evento se definirán los parámetros a medir ante un derrame, no obstante, en todo muestreo se medirá: ▪ pH. ▪ Temperatura. ▪ Sólidos totales disueltos. ▪ Sólidos totales suspendidos y sedimentables. ▪ DBO5. ▪ DQO. ▪ Conductividad eléctrica.

- Los resultados del seguimiento serán proporcionados a la Autoridad en un plazo máximo de 30 días desde ocurrido el evento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de una emergencia de carácter ambiental o que tenga efectos sobre el medio ambiente, se avisará a la SMA de la Región de Atacama como parte de la activación de los protocolos ante emergencias.

Se presentará a la Autoridad ambiental y DGA un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias", el cual será emitido en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1. Riesgo de Derrame de sustancias, material minero y/o residuos peligrosos por accidentes que involucre la afectación de cauces naturales

10.2.2. Riesgo de Incendios al Interior de la Faena Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras ubicadas en superficie. Acciones a implementar - Dar aviso de la emergencia vía radial. - Retirar al personal del área de peligro. - Comunicar de inmediato a la supervisión y experto en prevención de riesgos. - Dar aviso de inmediato a personal capacitado en uso de extintores para que acuda al lugar de la emergencia con un extintor, y pedir apoyo a la brigada de emergencia de Pucobre. - Usar el extintor más cercano, siempre que se encuentre capacitado. - Dar aviso a todo el personal que abandone el área, si el incendio ocurre en lugares donde haya peligro de inflamación o explosión por depósitos de sustancias de estas características. - Retirar a todo el personal del área y dejar actuar exclusivamente a la brigada de emergencia de Pucobre, si el incendio está fuera de control. No se debe arriesgar la integridad de ninguna persona. - Solicitar apoyo a bomberos de Tierra Amarilla y/o Copiapó en el caso de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Según corresponda, a partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2. Riesgo de Incendios al Interior de la Faena.

10.2.3. Riesgo de Potencial alteración de hallazgos arqueológicos o paleontológicos no identificados Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena. Acciones a implementar Se ejecutará el “Protocolo frente a hallazgos paleontológicos no previstos” descrito en la Tabla 9.2 de este documento, considerando las siguientes acciones: - Se detendrán las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 m de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple se considerarán 2 m desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, para hallazgos puntuales y en donde no se presenta un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, se despejará la zona al menos a 5 m de distancia del hallazgo, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. - Se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo y a un paleontólogo profesional, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente de Pucobre. El paleontólogo evaluará si las obras deberán ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior. - Se delimitará y señalizará correctamente con un banderín u otra señalética vistosa y adecuada el área para la protección del hallazgo, según el perímetro estimado declarado en los acápites precedentes. Adicional a la señalética, se dispondrá de un cerco perimetral de 1 m de altura, para limitar y resguardar el hallazgo. - Se notificará al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) acerca del hallazgo no previsto, señalando las coordenadas UTM (DATUM WGS 84) de ubicación, acompañando la notificación con un registro fotográfico de buena resolución (tomas en primer plano, tomas de detalle, con escala y tomas del contexto en general). La notificación será informada al CMN por el profesional paleontólogo (u otro representante del Titular), en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El Titular se acogerá a las acciones que sean solicitadas por el CMN, en el marco de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación Decreto Supremo N°484 de 1990. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Según corresponda, a partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3. Riesgo de Potencial alteración de hallazgos arqueológicos o paleontológicos no identificados

10.2.4. Riesgo de Remociones en masa Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Partes y obras superficiales del Proyecto. Acciones a implementar - Se dará aviso de inmediato al jefe de operaciones quien informará a los encargados de prevención de riesgos. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas cuando la Autoridad regional, SERNAGEOMIN, ONEMI y/o Carabineros de Chile, hayan informado que el área se encuentra fuera de peligro. - Se activará el Plan de Comunicaciones, que especifica según la magnitud del evento. La información se obtendrá de los organismos estatales (ONEMI, SERNAGEOMIN, etc.). Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. - Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. - En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. - Un especialista en prevención de riesgo inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Según corresponda, a partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4. Riesgo de Remociones en masa

10.2.5. Riesgo de Precipitaciones equivalente a un periodo de retorno T > 100 años (precipitación extrema) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar Las acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia ante un evento de mal tiempo dependerán de la alerta del frente climático:

Alerta 1: - Solicitar información sobre las zonas seguras. - Verificar buses disponibles ante la posibilidad de evacuar personal. - Verificar el estado de caminos para evacuación. - Verificar pronósticos de clima para próximas 12 horas. - Mantener control de ingreso de personal y visitas. - Verificar la disponibilidad de la ambulancia.

Alerta 2: - Restringir accesos de vehículos a los botaderos. - Verificar estado de zonas seguras. - Mantener abiertas posibles vías de rescate ante una eventual evacuación. - Definir envío de equipos a estacionamientos habilitados para enfrentar evacuación. - Estar preparados ante la posible detención de las operaciones. - Mantener contacto con Recursos Humano.

Alerta 3: - Coordinar el traslado de personal a lugares seguros. - Controlar cualquier vehículo que se encuentre en tránsito. - Mantener contacto con Recursos Humano. - Retirar al personal y detener operaciones.

Alerta 4 (Post emergencia): - Limpieza de caminos de accesos. - Evaluar condiciones de rampas de acceso, botaderos, estacionamientos, etc., antes de retomar las operaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Según corresponda, a partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5. Riesgo de Precipitaciones equivalente a un periodo de retorno T > 100 años (precipitación extrema)

10.2.6. Riesgo de Sismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todo el Proyecto o Faena. Acciones a implementar - Se deberá caminar hacia las zonas de seguridad preestablecidas y demarcadas. - Buscar protección inmediata, manteniéndose alejado de ventanas y postes eléctricos. Si se encuentra en una zona de riesgo, utilizar las vías de evacuación hacia las zonas de seguridad preestablecidas. - Detenerse a un costado del camino si va conduciendo, encender las luces de emergencia y esperar el término del movimiento telúrico. - Desconectar, si es posible, equipos eléctricos y apagar las fuentes de calor. - Detener bombas y accionar válvulas para impedir derrames, en caso de que el evento ocurra durante una maniobra de descarga de combustibles. - Estar atento a las instrucciones de la jefatura. - Alejarse inmediatamente de áreas donde existan estanques, cañerías, y redes de abastecimiento líquido, especialmente si estos son combustibles o inflamables. Mantenerse fuera del posible curso que estos podrían tomar en caso de romperse el depósito o cañería que los contiene. - No utilizar el teléfono, ya que es necesario dejar este para los servicios de emergencia y puede provocar una congestión en las líneas. - Comprobar, una vez terminado el movimiento sísmico, el normal funcionamiento de los equipos de trabajo y estar atento a las informaciones de la jefatura por si es necesario evacuar. - Evaluar, por parte de la Supervisión de la empresa, las condiciones del piso, bordes del talud, presencia de rocas sueltas en los bancos de extracción. - Retornar a las actividades laborales solo cuando la jefatura lo indique. - Solicitar atención médica de emergencia, en caso de existir heridos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Según corresponda, a partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6. Riesgo de Sismo.

10.2.7. Riesgo de falla significativa en sistema séptico Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Sistema séptico (Fosas sépticas). Acciones a implementar - Habilitación temporal de baños modulares o baños químicos en caso de fallas en el sistema séptico. De ser requerido, gestionar el retiro de las aguas servidas y/o lodos mediante uso de camiones limpia fosas autorizados hasta solucionar la falla. - Retiro de materiales contaminados y disposición en sitio autorizado, en caso de filtraciones. - Elaborar reporte final con la descripción del incidente en cuestión incluyendo cronología de los eventos y fotografías del evento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Según corresponda, a partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.7. Riesgo de Falla significativa en sistema séptico

10.2.8. Riesgo de Derrumbe, socavamiento, hundimiento o deslizamiento de materiales en un nivel subterráneo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Mina subterránea. Acciones a implementar - Evaluación del área afectada por personal geomecánico. - Definición de bloqueo parcial y/o total de las operaciones. - Cercado de zonas de derrumbe o deslizamiento. - Dirigirse a los refugios correspondientes e informar a jefe directo. - Establecer señaléticas de advertencia de peligro. - Elaborar reporte que indique la investigación de lo sucedido. - Control y monitoreo del área afectada por personal geomecánico y operaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Según corresponda, a partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8. Riesgo de Derrumbe, socavamiento, hundimiento o deslizamiento de materiales en un nivel subterráneo

10.2.9. Riesgo de alumbramiento de aguas subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Superficie instalación minera. Acciones a implementar - Evaluar área afectada, implicancia y extensión del afloramiento que pueda impactar operaciones mineras subterráneas. - Aislar en superficie sector afectado por evento a partir de cierres perimetrales de la zona aflorada. - Informar al Gerente de Operaciones Mina y aplicar protocolo de emergencia. - Elaborar reporte que indique la investigación de lo sucedido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan A partir de los procedimientos internos, se emitirá a la Autoridad correspondiente (SMA y DGA Región de Atacama), un reporte escrito dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad.

En el reporte se indicarán los procedimientos ejecutados para controlar la emergencia, precisando la siguiente información: fecha, lugar, nombre y cargo del responsable que ejecuta las medidas, descripción de lo sucedido, área comprometida, duración y magnitud del evento, ubicación y cuantificación de volúmenes asociados por unidad de tiempo. Se adjuntarán registros fotográficos (con fecha y hora) que evidencien las medidas de contención, control, corrección y mantención aplicadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.9. Riesgo de Alumbramiento de aguas subterráneas

10.2.10. Riesgo de choque, colisión o atropello de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Actividades de transporte realizadas en las rutas internas del Proyecto. Acciones a implementar - Detener la marcha del vehículo y verificar la condición del animal desde una distancia prudente. - Avisar al encargado ambiental de la faena, informando ubicación del accidente y especie da fauna silvestre afectada. - Reportar este incidente al área ambiental de Pucobre lo cual permitirá reconocer la presencia o ausencia de fauna silvestre en las rutas de operación, identificar el tipo de fauna y las rutas de uso habitual o aleatorio de fauna y planificar la implementación o reubicación de señalética, construir un mapa de las zonas de riesgo de atropello de fauna silvestre y evaluar el riesgo y la adecuación del Plan de Contingencias. - Proceder a la captura y traslado del individuo con lesión evidente, imposibilitados de auxiliarse por sí mismos. El Titular se hará responsable, respecto a su atención, tratamiento y destino final, incluyendo todos los costos asociados. - Llenar ficha de registro con los datos de él o los individuos afectados, la que será remitida al SAG. - Realizar la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de control correspondientes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de presentarse un incidente, se emitirá a la Autoridad correspondiente, un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia. Este reporte se emitirá dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento, a través de las vías de comunicación formal con la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.10. Riesgo de Choque, colisión o atropello de fauna

11° La DIA del proyecto “Proyecto Minero Tránsito” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario La Tercera, ambos con fecha 01 de octubre de 2021. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Candelaria entre el lunes 04 y viernes 08 de octubre de 2021, según consta en el certificado, de fecha 13 de octubre de 2021, emitido por la misma radio. Con fecha 15 de octubre de 2021 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N° 19.300.

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

16°. Que, para que el proyecto “Proyecto Minero Tránsito” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Minero Tránsito”, de Sociedad Punta del Cobre S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Proyecto Minero Tránsito” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Proyecto Minero Tránsito” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 136, 137, 138, 140, 142, 155, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Proyecto Minero Tránsito” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Verónica Eufemia Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

VOP/JES/EVS

Distribución: Sr. David Isaac Sanz Rodríguez Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Gobierno Regional, Región de Atacama I. Municipalidad de Tierra Amarilla I. Municipalidad de Copiapó Superintendencia Del Medio Ambiente