Evaluación SEA

Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV

Rol 2152965441
SEA · DIA · Aprobado · 2021-08-23 · Región de Antofagasta · Engie Energía Chile S.A.

es Documento Digital N*: 202202101177 - Fecha: 08/04/2022

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta

Califica Ambientalmente el proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 ky”.,

RESOLUCION EXENTA D.R, ANTOFAGASTA

(ver número digital en costado inferior izquierdo)

Antofagasta,

VISTOS:

1?, La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), del proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV”, presentada por Engie Energía Chile S.A., con fecha 18 de agosto de 2021 y admitida a trámite con fecha 23 de agosto 2021, su Adenda de 29 de diciembre 2021 y su Adenda Complementaria de 18 de febrero de 2022.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV”.

3". El Acta de Evaluación N%61 de fecha 21 de septiembre de 2021, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta,

4?. EJ ICE de la DIA del proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV” de 17 de marzo de 2022.

5”. El Acta N? 9 del 25 de marzo de 2022 de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV”.

7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”), en la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N” 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución N7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la Resolución Exenta RA N* 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta (“SEA Antofagasta”); y en el Decreto Supremo N? 77 del 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra al Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, Sra. Karen Behrens Navarrete, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

19, Que, Engie Energía Chile S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Engie Energía Chile S.A.

Rut 88.006.900-4

Domicilio Avenida Isidora Goyenechea N* 2800, Oficina 1601, Las Condes, Región Metropolitana.

Teléfono +56 (02) 23533200

Nombre representante legal Pablo Espinosa Aguirre

Rut representante legal 8.463.089-6

Domucilio representante legal Rómulo Peña 4008, Antofagasta.

Teléfono representante legal (56) 966569002

Correo electrónico Titular o | pablo.espinosa(MWengie.com

representante legal

22, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de marzo de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE; es posible descartar que genera ni presenta los efectos, características O circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

32, Que, en sesión de 25 de marzo de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 KV”, aprobando integramente el contenido del ICE de 17 de marzo de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4”, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El objetivo del Proyecto corresponde a la construcción y operación de una nueva Subestación (S/E) Eléctrica Seccionadora, con la finalidad de seccionar las líneas de transmisión 2x220 kV O Higgins - Coloso Circuito 1 y 1x110 kV Antofagasta - Altonorte, para así cumplir con lo estipulado en el Decreto Exento N* 4/2019 del Ministerio de Energía.

Tipología principal, así Art. 3 RSEIA:

como las aplicables a sus b. Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus partes, obras o acciones — | Subestaciones;

b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

b.2) Subestaciones.

Vida útil. La vida útil del Proyecto corresponderá a 30 años.

Monto de inversión USD $ 17.760.000

Gestión, acto oO faena El hito que establecerá el inicio del Proyecto será la contratación de mínima que da cuenta del | Mano de obra y la compra de bienes y servicios para la habilitación inicio de la ejecución. de la instalación de faena.

Proyecto se desarrolla por Si No etapas. 199) Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad

existente, eS Proyecto modifica otra(s) Si No RCA. Xx]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO *

División administrativa

político-

El proyecto se ubicará al costado oeste de la Ruta 5 Norte y al sur de la Ruta 28 Norte, más específicamente al costado sur del camino que conecta la Ruta 28 Norte con la Ruta B-510, a aproximadamente 15,9 km al sureste de la ciudad de Antofagasta, Comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.

Justificación de la

localización

La localización del proyecto se justifica con el requerimiento de la autoridad, mediante el Decreto Exento N%4 de 2019 del Ministerio de Energía, que “Fija Obras Nuevas de los Sistemas de Transmisión Nacional y Zonal que deben iniciar su proceso de Licitación o Estudio de Franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del Plan de Expansión del año 2017”, que incluye dentro de sus Obras Nuevas de Transmisión Zonal el Proyecto S/E Seccionadora Nueva La Negra 220/110, ubicada en la Región de Antofagasta,

Superficie

El área del proyecto poseerá una superficie de 67.341,6 n?, de las cuales 3.004 m? corresponderán a obras temporales y 64,337,6 m? corresponderán a obras permanentes.

Para más detalle ver Anexo A, sección 1.2.7. “Localización y superficie del Proyecto” y Anexo F “Información Cartográfica”, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.

Coordenadas UTM en

Las Coordenadas Geográficas actualizadas del Proyecto en UTM, Datum WGS84, se presentan en la Tabla 7-1 del Anexo H de la Adenda Complementaria de la DIA “Coordenadas Obras del Proyecto”.

Se habilitará un camino de acceso de aproximadamente 1.551 metros de longitud (siendo efectiva la construcción de solo 622,6 m de este tramo), y 6 metros de ancho que conectará la Ruta a Caleta Coloso con el ingreso a la subestación, el cual será de suelo compactado y se aplicará supresor de polvo con una eficiencia mínima del 95% en relación una vez al mes para controlar las emisiones de polvo durante la fase de construcción del proyecto.

Datum WGS84 Caminos o vias de acceso

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre

la localización de sus partes, obras y acciones

La ubicación de las Figuras y Archivos digitales se visualizan los Anexo A: “Listado de Figuras, Planos y Otros Archivos Georreferenciado” y Anexo F: “Información Cartográfica”, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Contratación de Mano de Obra.

El promedio de trabajadores será de 70 personas, con un peak estimado de 90 trabajadores. El horario de trabajo será en horario diurno. Para el transporte del personal, se contará con buses con capacidad de transporte para 45 personas, servicio que será subcontratado con un tercero.

Compra de Bienes y

El Proyecto requerirá importar una serie de piezas y materiales que habitualmente se transportan en embalajes de madera. Por lo anterior, y a fin de evitar riesgos asociados a la introducción de posibles plagas al país, se verificará que cada unidad de embalaje posea la marca exigida, según la Resolución N? 133/05, del SAG, en a lo menos dos caras externas visibles de cada unidad de embalaje, que indique el país de origen, el número del productor asignado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria y la identificación del tratamiento realizado,

Durante la fase de construcción se habilitará un acceso que conectará el camino que pasa por la Ruta 28 y la Ruta B-510, con la subestación, desde donde se conectará a los caminos internos que van a cada uno de los patios de la subestación.

El camino de acceso tendrá un ancho de 6 m y una longitud de 619 m,

mientras que los caminos interiores dentro de la subestación tendrán 4 metros de ancho y 805,7 metros de longitud aproximadamente.

Para más detalle ver numeral 1.4.1.3. de Anexo A de la Adenda de la DIA.

Contratación de Servicios.

Habilitación de Accesos y Caminos Internos.

Habilitación

Instalación de Faena.

En la Fase de Construcción del Proyecto se implementará y habilitará la Instalación de Faena, con el objeto de centralizar las actividades generales de control de Proyecto, administración, planificación y manejo de materiales, además de toda la infraestructura logística para la gestión de recursos materiales y humanos. Se considera utilizar instalaciones modulares para las dependencias.

La instalación de faena no contará con campamento para alojar a los trabajadores, ya que la mano de obra provendrá principalmente de sectores aledaños al Proyecto y aquella mano de obra especializada pernoctará en ciudades cercanas como Antofagasta. Por otro lado, se contará con comedor para los trabajadores.

Para más detalle ver numeral 1.4.1.4. de Anexo A de la Adenda de la DIA.

Movimientos de tierra.

Para la construcción de las distintas partes y obras del Proyecto se requerirá realizar movimientos de tierra asociados a las actividades de preparación de las áreas de la obra del Proyecto, tales como escarpe y excavaciones con el objeto de acondicionar el terreno sobre el cual se construirá la subestación.

Se estima el siguiente volumen para el movimiento de tierras:

Escarpe (m?) Excavación (m!) Relleno (m?) 9.716 11.895 65.984

Habilitación de Cerco Perimetral.

Se habilitará un cierre perimetral de 2 metros de altura a partir de una malla de simple torsión de diámetro nominal 2,75 mm.

Adicionalmente, en la parte superior de la malla se colocarán tres alambres de púas de calibre 12, resultando una altura de protección para el sistema de dos metros y medio (2,5 m).

Como medidas para evitar el ingreso de fauna con habilidades de excavación se habilitará doble cercado, conformado por los siguientes tipos:

  • Cercado Perimetral tipo bulldog rodeando el área de ambos patios, más las instalaciones de faena.

Cercado alrededor de los patios conformado por malla acmafor enterrada 20-30 cm.

Se construirán fundaciones para todos los equipos y estructuras en la subestación. La ubicación de cada fundación quedará determinada por los planos de detalles de equipos (Anexo B Información Cartográfica de la Adenda de la DIA).

Todo el abastecimiento de materiales, estructuras, hormigón, etc., será suministrado desde el interior del recinto, especificamente desde la instalación de faena, Se asegurará que las empresas externas que proveerán estos insumos estén autorizadas para ello.

Construcción de fundaciones para estructuras.

Montaje electromecánico.

Una vez terminadas las fundaciones y esperado el tiempo de fragie necesario del hormigón para ser cargado, se realizará el montaje de estructuras y de equipos, los cuales se realizarán por medio de camiones pluma y eventualmente grúas para el montaje de equipos de mayor envergadura,

Tanto las estructuras como los equipos se trasladarán desde la bodega, ubicada en la instalación de faena, hasta la ubicación final proyectada. Al momento de retirar los equipos de la bodega, el embalaje será dispuesto en la zona de residuos sólidos industriales.

Desarme y Retiro de

Una vez finalizada la construcción, se procederá al desarme y retiro de las

Instalaciones instalaciones temporales del Proyecto de forma secuencial, de acuerdo Temporales. con el avance constructivo,

Recursos naturales | Durante la Fase de Construcción no se contempla la extracción o renovables. explotación de recursos naturales renovables del tipo flora, fauna y suelo

Flora, fauna y suelo.

para satisfacer necesidades del Proyecto.

Emisiones y efluentes.

Emisiones a la atmosfera:

Las emisiones a la atmósfera en la fase de construcción corresponden principalmente a material particulado respirable generado:

  • Operación de maquinaria y equipos, emisiones de vehículos.
  • — Tránsito de vehículos pesados y livianos.
  • Tránsito de vehículos en caminos pavimentados;

Las emisiones estimadas se detallan en la siguiente Tabla:

Fase SOz NOx |CO NA MPs | MPjo | MPS Construcción | 0,002 | 5,062 | 1,985 0,001 [0,785 | 2,078 | 7,821 (Uaño)

Forma de control de emisiones:

a) Para los caminos no pavimentados externos: Se aplicará supresor de polvo con una eficiencia mínima del 95%, el cual será mantenido una vez al mes o en la frecuencia recomendada por el fabricante, de acuerdo con la circulación de camiones que habrá durante la fase de construcción.

b) En relación con la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III (valores de emisión D.S. N* 55/1994, artículo 8 bis. del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

c) Las maquinarias utilizadas contarán con el estándar de tecnología Tier 2, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera.

d) Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. Los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones.

Para mayor detalle ver Anexo K de la Adenda de la DIA.

Emisiones líquidas o efluentes:

Durante la fase de construcción se generarán 13,5 mP/día de aguas servidas, correspondientes a una dotación máxima de 90 trabajadores, considerando una dotación de agua potable de 150 Vhab/día.

Las aguas servidas provenientes de los baños en la instalación de faena serán procesadas en un sistema de tratamiento consistente en fosa séptica, cuyas aguas tratadas serán infiltradas por medio de drenes.

Los sólidos generados en la fosa séptica serán retirados y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.

En el caso de los frentes de trabajo para la construcción de las líneas de transmisión eléctrica de 110 KV y 220 kV, se instalarán baños químicos Emisiones de Ruido:

Respecto a las emisiones de ruido, se indica que éstas se encuentran asociadas en su mayor parte a la maquinaria utilizada en la construcción del Proyecto.

En las Tabla 1- 13 a la Tabla 1- 18, de la Adenda de la DIA, se presentan los niveles de presión sonora generados por el proyecto en la Fase de Construcción para cada escenario modelado

Para más detalle ver Anexo O Medio Físico de la Adenda de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios:

Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos asimilables a domésticos, tales como restos orgánicos, envases, desechos de alimentos, papeles, cartones, entre otros, Se estima una generación de 90 kg/día.

En cuanto a los residuos sólidos asimilables a domésticos no asociados a las actividades de los trabajadores, éstos corresponden a papeles, restos de embalaje, entre otros, estimándose una generación de aproximadamente 0,25 t/mes (11,36 kg/día considerando mes de 22 días hábiles) durante toda la fase de construcción.

Los residuos serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados al interior de bolsas y distribuidos al interior de instalación de faena Posteriormente estos serán dispuestos y trasladados hasta un sitio de destino final autorizado por la SEREMI de Salud.

Residuos sólidos industriales no peligrosos:

Durante las obras de construcción, el principal tipo de residuos corresponderán a despuntes de madera y despuntes de fierro, cartones y plásticos. Estos serán almacenados de forma temporal en un sector debidamente señalizado, desde donde serán retirados y dispuestos en un sitio autorizado.

Se estima que en total se producirán 2,2 t/mes de residuos sólidos inertes industriales

Residuos peligrosos:

Durante la fase de construcción se generarán residuos industriales sólidos peligrosos, tales como envases con pintura, Tierra contaminadas aceites usados y grasas, materiales absorbentes contaminados con hidrocarburos. Se estima una generación de 30 k/mes los cuales serán almacenados temporalmente en sitio autorizado. Posteriormente, estos residuos serán dispuestos y trasladados hasta un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Se estima un requerimiento de 25.000 litros de combustible mensuales, los que serán suministrados directamente a las maquinarias desde un camión de suministro debidamente autorizado para este efecto. Además de insumos tales como pinturas, diluyentes, lubricantes.

Para mayor detalle ver Tabla 1. 22: “Proyección de Sustancias Fase de Construcción” del Anexo A de la Adenda,

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase,

Sección 4.5. Fase de construcción del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Contratación de Mano de Obra.

Durante la fase de operación del Proyecto se estima que se requerirá 7 trabajadores, los que serán esporádicos, enfocados en las actividades de mantenimiento y reparaciones, Se considera que los operarios deberán concurrir cada 4 meses a las dependencias del proyecto para realizar limpieza, ajustes, reparaciones o reemplazo de elementos, de manera de garantizar su Óptima productividad energética. Los trabajos tendrán una duración máxima de 3 días.

Operación de la

Subestación.

La Subestación (S/E) Nueva La Negra será desatendida, es decir operada remotamente (a distancia) desde el Centro de Control de Despacho de Energía de ENGIE, ubicado en la ciudad de Antofagasta, más específicamente en la Subestación Antofagasta. Esto implica que no habrá personal trabajando de forma permanente en la S/E Nueva La Negra y tampoco habrá personal que pernocte en la Subestación, ni para operar ni para vigilar sus instalaciones.

La Subestación necesitará de inspecciones y mantenimiento, actividades que se realizarán 3 veces al año. En cada oportunidad concurrirá a la Subestación una (1) cuadrilla de siete (7) mantenedores de ENGIE.

Mantenimiento: Mantenimiento Preventivo Básico.

Sobre la base de las anomalías detectadas durante las visitas de inspección, se realizará el mantenimiento preventivo de los equipos, las estructuras y conductores de la subestación.

Esta consistirá en el lavado de aislación e inspección mediante termografía para los conductores, además del análisis a los sistemas de telecomunicaciones y protección para verificar su correcto funcionamiento,

Estas actividades se realizarán dentro del perímetro de la subestación sin afectar al terreno o entorno.

Mantenimiento: Mantenimiento Correctivo Programado.

Las reparaciones que se ejecutarán a las instalaciones, tras las fallas detectadas en el sistema que comprometa la transmisión de energía. Su envergadura dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía que exista.

En el caso de producirse fallas mayores, estas se enfrentarán como reparaciones de emergencia ya que pueden condicionar la operación del sistema o producir la falla de este. Estas actividades se realizarán dentro del perímetro de la subestación sin afectar el terreno o entorno,

Mantenimiento: Reparaciones de Emergencia.

Comprenden reparaciones no programadas que puedan surgir por la intervención de terceros o daños provocados por la naturaleza a las instalaciones de las subestaciones.

Las actividades de reparación podrán requerir el uso de equipo mayor y de personal adecuado que afectará temporalmente el terreno en una zona limitada alrededor de una estructura dentro de la subestación a intervenir. Una vez terminadas estas reparaciones, se recolectarán los desechos y los residuos para ser depositados en vertederos autorizados para este efecto.

Productos generados.

Transmisión de energía.

El Proyecto considerará la transmisión de energía a través de la subestación, continuando por las líneas de transmisión originales O'Higgins — Coloso y Antofagasta — Alto Norte.

Recursos naturales

renovables. Flora, fauna, suelo y agua.

El Proyecto no considera extracción o explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes.

Emisiones a la atmósfera:

En la fase de operación se generarán emisiones atmosféricas producto del uso de camionetas del personal de mantención, que concurrirá a las dependencias del proyecto 3 veces al año, un Camión Lavador pluma y un Camión Limpiafosa.

Se presenta la estimación de emisiones atmosféricas totales en la Fase de Operación del proyecto (Tabla 1- 28), y también se presenta de forma separadas, aquellas que se emitirán fuera (Tabla 1- 26) y dentro (Tabla 1- 27) de la Zona de Reserva Industrial La Negra, de acuerdo con los resultados presentados en el Anexo K “Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda de la DIA, en donde se presenta en detalle el cálculo de emisiones durante esta fase.

Las emisiones estimadas se indican en las siguientes Tabla:

Fase SOz | NOx CO NH3 | MPos MPio MPS Operación | 0,0 [0,0136 | 0,0029 | 0,00 0,0014 | 0,0069 | 0,0266 (año)

Forma de control de emisiones:

  • Exigir a contratistas el empleo de camiones con mantenciones y revisiones al día.

Para más detalle ver Tabla 1-26; Tabla 1-27 y Tabla 1-28 del Anexo Á de la Adenda de la DIA.; Tabla AC- 10: “Medidas de control emisiones atmosféricas Fase de Operación” de la Adenda Complementaria de la DIA.

Emisiones líquidas o efluentes:

Se estima una generación aproximada de 1,05 m/día de aguas servidas, correspondientes a una dotación máxima de 7 trabajadores, considerando una dotación de agua potable de 150 lMab/día. Cabe mencionar que esta producción se llevará a cabo solamente cuando se realicen las actividades de mantención al interior de la subestación, las cuales serán cada cuatro meses y tendrán una duración entre 2 a 3 días por mantención, totalizando 3,15 m3 máximo por evento de mantención,

Las aguas servidas serán procesadas en un sistema de tratamiento consistente en fosa séptica, las que posteriormente serán infiltradas por medio de drenes. Los sólidos generados en la fosa séptica serán retirados anualmente por una empresa especializada en el rubro, la cual estará debidamente autorizada para realizar estas labores por la Autoridad Sanitaria

Emisiones de Ruido:

Respecto a las emisiones de ruido, éstas se generarán por el transporte del personal de mantención por las dependencias del proyecto. Los resultados de la modelación de los niveles de presión sonora generados por el proyecto en la fase de operación se presentan en la Tabla 1- 29 y Tabla 1- 30, de acuerdo con el detalle presentado en el Apéndice A, Anexo O “Medio Físico” de la Adenda de la DIA.

Al realizar mediciones se determinó que las actividades de operación y mantenimiento, el aporte máximo proyectado no superará los 33 dB(A) en el receptor, manteniéndose bajo norma establecida, dando cumplimiento al D.S. N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos domiciliarios y asimilables:

Se estima una generación aproximada de 7 k/día de residuos sólidos asimilables a domiciliarios durante la operación del proyecto, correspondientes a restos de alimentos, envoltorios, papeles, envases de plástico, cartón, vidrio, entre otros.

Se dispondrá de un contenedor al interior de la subestación para el almacenamiento temporal de estos residuos, y estos serán llevados a lugares de disposición o reciclaje autorizados por la autoridad sanitaria al finalizar las rondas de mantención, por parte de una empresa especialista debidamente autorizada.

Para más detalle ver Tabla 1-31 del Anexo A de la Adenda de la DIA.

Residuos Industriales No Peligrosos:

Se generarán residuos industriales no peligrosos producto de las mantenciones preventivas y de las actividades de reparación (pernos, tornillos, alambres, entre otros). Estos serán almacenados de forma temporal en un sector debidamente señalizado, desde donde serán retirados y dispuestos finalmente o reciclados. Se estima que en total se producirán 10 kg de residuos sólidos industriales no peligrosos por evento de mantención.

Para más detalle ver Tabla 1-32 del Anexo A de la Adenda de la DIA.

Residuos peligrosos:

Los residuos peligrosos generados durante la operación del Proyecto serán equipos de protección personal contaminados con aceites, guaipes y paños con aceites. Se estima una generación de 2 kg por mantención, los cuales serán trasladados a disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente D.S. N? 148/2003 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos” por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria, con una frecuencia según necesidad y no superior a 6 meses.

Para más detalle ver Tabla 1-33 del Anexo A, de la Adenda de la DIA.

Productos químicos y

otras sustancias que

Solo se contempla el manejo y utilización de hidrocarburos destinados a la mantención de los equipos de la subestación, los que serán llevados a

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puedan afectar el

medio ambiente

las instalaciones por los encargados de la mantención de los equipos y luego retirados por los mismos para realizar mantenciones en otras subestaciones.

No se almacenará combustible durante la fase de operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección 4.6. del ICE.

4.3.3: FASE DE CIERRE

Habilitación de la |Se contemplará el montaje de las mismas instalaciones de faena Instalación de Faena. | consideradas para la Fase de Construcción del Proyecto.

Desmontaje de | Las actividades de desmantelamiento consistirán en el desarme y traslado estructuras, equipos e | de las estructuras, retirando las partes que componen cada estructura con instalaciones. la ayuda de una pluma y una grúa cuando sea posible, para luego trasladar

dichas partes a la base del contratista,

Emparejamiento de | Las fundaciones de las estructuras serán removidas hasta que estas queden superficies. debajo del nivel del suelo, para luego esparcir tierra proveniente del

mismo sector a fin de borrar evidencia de la existencia de las estructuras y dejar el terreno con características similares a las originales.

Retiro de conductores eléctricos.

Se desenergizará la línea, se realizará el retiro de los conductores desde las estructuras utilizando equipo de tendido y freno, al modo inverso de la instalación de conductores eléctricos.

Retiro de componentes de estructuras metálicas.

Una vez retirados los conductores, se realizará el desarmado de las estructuras con personal especializado en líneas de transmisión,

Retiro de escombros.

Se retirarán todos los escombros que pudieran haber quedado en el terreno producto de las obras de desmantelamiento del proyecto.

Prevención de Futuras Emisiones.

El área del Proyecto deberá quedar desprovista de elementos que generen emisiones de cualquier tipo, por lo cual, se tendrá especial cuidado de realizar el desmantelamiento de las obras de manera óptima y realizar el retiro del total de los residuos generados para su posterior disposición en sitios autorizados por empresas autorizadas, según la legislación vigente.

Mantención, conservación y supervisión que fueran necesarias,

Una vez finalizadas las actividades de prevención de futuras emisiones se harán supervisiones cada 4 meses el primer año, luego de terminada la actividad de desinstalación de los equipos y una vez que se compruebe que no quedaron elementos o daños permanentes en el área de emplazamiento de la subestación y el seccionamiento, se dará por finalizada la fase de cierre.

Recursos naturales

renovables.

No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta Fase.

Emisiones y efluentes.

Emisiones a la atmosfera:

Las actividades asociadas a la Fase de Cierre del Proyecto serán de menor envergadura que las acciones y actividades de la Fase de construcción, se considerarán las mismas emisiones indicadas para la fase de construcción.

Forma de control de emisiones:

a) Para los caminos no pavimentados externos: Se aplicará supresor de polvo con una eficiencia mínima del 95%, el cual será mantenido una vez al mes o en la frecuencia recomendada por el fabricante, de acuerdo con la circulación de camiones que habrá durante la fase de construcción.

b) En relación con la flota de camiones, se exigirá a los contratistas

el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma

Euro 11 (valores de emisión D.S. N* 55/1994, artículo 8 bis. del

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

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c) Las maquinarias utilizadas contarán con el estándar de tecnología Tier 2, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera.

d) Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte

de materiales. Los camiones con carga de material de las

excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona

impermeable en buenas condiciones.

Emisiones líquidas o efluentes:

Las actividades asociadas a la Fase de Cierre del Proyecto serán de menor envergadura que las acciones y actividades de la Fase de Construcción y Operación, para efectos de evaluación ambiental de la DIA, se considerarán las mismas emisiones indicadas para la fase de construcción.

Ruido:

Durante la fase de cierre, se generarán emisiones de ruido principalmente por las actividades del desmantelamiento, retiro de faena y estructuras. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N? 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle ver Apéndice A, Anexo O “Medio Físico” de la Adenda de la DIA.

Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios:

Las actividades asociadas a la fase de cierre del Proyecto serán de menor envergadura que las acciones y actividades de la fase de construcción y operación, se considerarán los mismos residuos asimilables a domiciliarios, indicados para la fase de construcción.

Residuos sólidos industriales no peligrosos:

Las actividades asociadas a la fase de cierre del Proyecto serán de menor envergadura que las acciones y actividades de la Fase de construcción y operación, se considerarán los mismos residuos industriales solidos no peligrosos, indicados para la fase de construcción.

Residuos peligrosos:

Durante la fase de cierre se generarán residuos industriales sólidos peligrosos, se considerarán los mismos residuos industriales sólidos no peligrosos, indicados para la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase,

Sección 4.7 del ICE,

4.4 CRONOLOGÍA DELAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1'Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Septiembre 2022.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Contratación de mano de obra y compra de bienes y servicios para la habilitación de la instalación de faena.

Fecha estimada de término

Agosto 2023

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Parte, obra o acción | Desmantelamiento de la instalación de faena y éxito en pruebas de que establece el | funcionamiento de la subestación.

término

4.4.2 Fase de Operación

Fecha estimada de | Septiembre 2023.

inicio

Parte, obra o acción | Entrada en operación de la subestación seccionadora.

que establece el inicio

Fecha estimada de | Septiembre 2053.

término

Parte, obra o acción | Desenergización de las instalaciones de la subestación.

que establece el término

4.4,3 Fase de Cierre

Fecha estimada de | Octubre 2053.

inicio

Parte, obra o acción | Contratación de mano de obra y habilitación de la instalación de faena.

que establece el inicio

Fecha estimada de | Septiembre 2054

término

Parte, obra o acción | Desmantelamiento de la instalación de faena.

que establece el término

5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos, como lo son las emisiones atmosféricas. Aumento de material

particulado y gases.

El proyecto no generará riesgo para la salud de la población.

El Proyecto en todas sus fases generará emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, derivadas principalmente de tránsito de vehículos en caminos pavimentados; tránsito de vehículos en caminos no pavimentados; y combustión de vehículos.

El Proyecto no generará la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas.

Lo anterior en base a la información presentada por el Titular en Anexo T de la Adenda de la DIA, se presentaron las emisiones atmosféricas del Proyecto, según lo indicado en el Anexo K, “Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda de la DIA. Los aportes del Proyecto obtenidos a través de la modelación con Calpuff, cuyos resultados se presentan en el Anexo L “Modelación de Calidad del Aire” de la Adenda de la DIA, en términos de concentraciones no son significativas.

12

Sin perjuicio de lo antes indicado, para minimizar la emisión atmosférica durante la fase de construcción del Proyecto se implementarán las siguientes medidas:

  • Enrelación con la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro 1H (valores de emisión D.S. N* 55/1994, artículo 8 bis).

  • Las maquinarias utilizadas contarán con la última tecnología, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera.

  • Se aplicará supresor de polvo en camino de acceso durante la fase de construcción.

Parte, obra o acción que lo genera.

Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 Ky.

Fase en que se presenta.

Todas las fases del proyecto.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este impacto específico.

Sección 5.1 y 6 del ICE,

Impacto ambiental.

Generación de ruido.

Las emisiones de ruido del Proyecto se asocian al funcionamiento de maquinarias y equipos durante las fases de construcción y cierre, y a la circulación de vehículos esporádicos, durante las actividades de mantención, en la fase de operación. En el Anexo T de la Adenda de la DIA, se presentan las fuentes de ruido para los escenarios de las etapas de construcción y operación del Proyecto. En el área de influencia de Ruido, se identificaron 4 receptores, donde se evaluó el cumplimiento de los niveles de presión sonora de fuentes fijas y aportados por el Proyecto en cada receptor

De acuerdo a esto, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente.

En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto cumplirá con límites permisibles del Decreto Supremo N*38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente,

Parte, obra o acción que lo genera,

  • Uso de maquinaria
  • Uso de Vehículos
  • Uso de equipos

Fase en que se presenta.

Construcción y cierre,

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico,

Sección 5,1 y 6 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental

Pérdida de superficie de suelo.

El Proyecto no generará impactos ambientales significativos sobre los recursos naturales renovables.

No se intervendrán recursos renovables escasos, únicos o representativos.

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Durante la fase de construcción y de cierre no se extraerán ni explotarán recursos renovables.

La capacidad del suelo para sustentar vida no se verá afectada producto de las obras del proyecto, por cuanto éstas no contemplan obras ni acciones que pudiesen afectar la calidad, ni las condiciones morfológicas, fisicoquímicas o biológicas del suelo durante el período en que el proyecto se emplace en el predio ya caracterizado.

Las emisiones del Proyecto no generarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, dada su lejanía al área de influencia del Proyecto.

El proyecto no requiere utilizar cuerpos o cursos de aguas en ninguna de sus fases. El agua requerida por el Proyecto será suministrada a través de empresas autorizadas,

Parte, obra o acción que lo genera

Movimientos de tierra.

Excavaciones. Tránsito vehicular. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores | Sección 5.2 y 6 del ICE.

detalles sobre este impacto específico

Impacto ambiental

Alteración de flora y vegetación terrestre

Flora y Vegetación:

Dentro del área de influencia del Proyecto, se identificaron 2 unidades de recubrimiento de suelo: áreas urbanas e industriales (12,07% del área de influencia) y áreas sin vegetación (87,93% del área de influencia).

No se registraron especies de vegetación de ningún tipo en el área de influencia del proyecto, razón por la cual tampoco se registraron especies en categoría de conservación oficial, definidas según el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación definidas según el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación (D.S. 29/2011 del MMA).

Fauna Terrestre: El proyecto no generará afectación sobre fauna.

Para el área de influencia se describe una fauna potencial característica de ambientes desérticos compuesta principalmente por aves, reptiles y mamíferos pequeños que suelen convivir con altos niveles de perturbación antrópica, en donde la actividad humana que ha alterado su hábitat natural ha obligado a esta fauna silvestre a adaptarse a la presencia de actividad industrial, o quedar refugiada en aquellos lugares donde la perturbación es menos intensa. En la campaña de terreno no se registraron especies de reptiles, anfibios ni mamíferos en el área de influencia, sólo se observaron 3 individuos de aves: un (1) individuo de la especie Coragyps atratus (Jote de cabeza negra) y dos (2) individuos de la especie Cathartes aura

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(Jote de cabeza colorada) sobrevolando a 20 metros de distancia del área de la Subestación Nueva La Negra.

Para más detalle ver Anexo P Caracterización Ambiental de los Ecosistemas Terrestres de la Adenda de la DIA.

Agua:

Dadas las características del Proyecto, la magnitud de sus emisiones, el manejo de sus residuos y efluentes, sumado a la duración de la construcción, de las actividades a desarrollar, es posible señalar que no revestirá una afectación al componente agua que implique un impacto significativo sobre dicho recurso. Lo anterior, de acuerdo con lo justificado en los literales a) y b) del acápite 2.3.2 del Anexo T de la Adenda de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera

No aplica

Fase en que se presenta

No aplica

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Mayor detalle en Sección 5.2 y 6 del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

Impacto ambiental

El Proyecto no generará impactos ambientales sobre reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

El Proyecto no obstruirá ni restringirá al acceso y uso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Asimismo, tampoco se considera la afectación significativa de dichos recursos sobre el área de influencia del Proyecto.

No se identificaron viviendas o indicios de que grupos humanos estén utilizando el área de influencia del Proyecto.

El Proyecto no considera el reasentamiento de comunidades humanas,

En base a los antecedentes de la caracterización de Uso del Territorio y su Relación con la Planificación Territorial, Anexo R de la Adenda de la DIA y de Medio Humano, Anexo S de la Adenda de la DIA, el área del Proyecto corresponde a terrenos públicos, dentro del sector industrial La Negra, el cual se encuentra destinado por la planificación comunal a los usos de tipo industrial e infraestructura relacionada (sanitaria, energética, entre otras).

Parte, obra o acción que lo genera

No aplica.

Fase en que se presenta

No aplica,

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Mayor detalle ver el Capítulo 3 de la DIA; Sección 5.3 del ICE y 6 del ICE.

15

Impacto ambiental

La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

El Proyecto no generará obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos. Lo anterior se sustenta en los antecedentes presentados en la caracterización del medio humano.

En cuanto al tránsito vehicular durante la fase d construcción, se realizará por la ruta 28, ruta 5 y un camino que actualmente se utiliza para llegar al sector de Caleta Coloso.

Se destaca que el flujo de camiones alcanzará un peak de 4 vehículos/día, destacando que esta ruta corresponde a una carretera con la capacidad de soportar el flujo adicional ya mencionado. Durante la fase de operación, las mantenciones serán puntuales, por lo que, la circulación vehicular será mínima. Por lo anterior, el proyecto no generará obstrucción para la circulación ni conectividad, y no aumentará tiempos de desplazamiento ni de transeúntes ni vehicular.

Parte, obra o acción que lo genera

No aplica.

Fase en que se presenta

No aplica.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Mayor detalle ver Sección 5.3 del ICE y 6 del ICE.

  1. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Impacto ambiental

Generar alteraciones a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental,

El Proyecto no generará impactos ambientales respecto a la localización y valor ambiental del territorio.

En el área de influencia del Proyecto no existen poblaciones protegidas.

En el área de influencia del Proyecto no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

En el acápite 2.2.2.2.5 del Anexo T de la Adenda de la DIA, se presenta la distancia a la que se encuentran los sitios de protección más cercanos respecto al Proyecto. Se desprende que el Proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares, y no hay territorios con valor ambiental cercanos.

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El Proyecto se emplaza en un valle con gran antropización, marcado por las actividades productivas industriales. Conforme a lo indicado en la caracterización de los atractivos turísticos, el Proyecto no se emplaza en un área declarada como zona o centro de interés turístico nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley N*1.224 de 1975

El Proyecto no se relacionará, ni intervendrá áreas donde habite población protegida por leyes especiales (Ley N*19.253).

Parte, obra o acción que lo genera.

Todas las obras del Proyecto.

Fase en que se presenta.

Todas las partes del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores. detalles sobre este impacto específico.

Sección 5.4. del ICE y 6 del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA

, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL

VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.

Impacto ambiental.

Obstrucción de la visibilidad de una zona con valor paisajístico:

El Proyecto no generará ningún tipo de obstrucción de la visibilidad, ni transitoria y/o permanente de zonas con valor paisajístico.

Parte, obra o acción que lo genera.

Todas las obras del Proyecto.

Fase en que se presenta.

Todas las partes del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto especifico.

Mayor detalle en la Sección 5.5 del ICE. y 6 del ICE.

Impacto ambiental

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor paisajístico.

El Proyecto, en ninguna de sus fases generará ni alterará, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona, puesto que en su área de influencia no existen zonas de este tipo.

La Caracterización Ambiental de Paisaje y Recursos Escénicos, presentado en el Anexo M de la Adenda de la DIA, indican que la valoración del Paisaje a través del método indirecto entregó un valor bajo en el área del Proyecto, dado principalmente por la escasa presencia de elementos morfológicos, considerando la presencia de vegetación y agua que puede destacar en el paisaje. El resto de los atributos analizados presentó una Baja a Media Valoración.

Los resultados del Estudio de Preferencias Paisajísticas, como método directo indicaron que en la UP en la que se ubicará el proyecto (UP-04) el paisaje ha sido considerado por la mayor parte de los encuestados como “Agradable”, con una valoración de 5,7 en escala numérica, mientras que las actividades observadas se consideraron “Sin Interés”, con una valoración de 4,9. Respecto a los elementos del paisaje, todos los elementos del paisaje,

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incluidos el Relieve y lo Antrópico presentan escasa valoración, sin existir valoraciones mayores a “Media”. Finalmente, en cuanto a la calidad del paisaje, esta UP fue evaluada por la mayoría de los encuestados con una calidad “Baja” (con el 47%). En cuanto a la realización de los fotomontajes, la calidad del paisaje en comparación a la situación con y sin proyecto, no provoca cambios ni perdida en la calidad visual del sector. Las partes y obras se dispondrán según lo indicado en los fotomontajes presentados por el Titular.

Parte, obra o acción que lo genera

Todas las obras del Proyecto.

Fase en que se presenta

Todas las partes del Proyecto.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL

PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental,

Intervención a monumentos nacionales de aquellos definidos por la Ley N*17.288, El Proyecto no considera impactos asociados a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico o los pertenecientes al patrimonio cultural,

No se prevé la generación de impactos ambientales significativos o no significativos sobre las componentes arqueológicas, paleontológicas, históricas o de patrimonio cultural, ya que, si bien se detectó la presencia de hallazgos en el área de emplazamiento del Proyecto, se tomarán todas las medidas tendientes a evitar una afectación sobre esta componente.

Durante la prospección arqueológica en el área de influencia del proyecto no se registraron hallazgos arqueológicos que estén protegidos por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Sin embargo, a 71,2 m del área de influencia del proyecto, se identificó un hallazgo aislado de tipo histórico. Este hallazgo corresponde a un poste de tendido madera que se encuentra quebrado, sobresaliendo aproximadamente 110 cm del suelo, además está asociado a fragmentos de tensores de luz de loza de color blanca y algunos fragmentos de metal.

En virtud de lo anterior, a partir del análisis del artículo 10 del RSEIA se concluye que el Proyecto no alterará ni intervendrá significativamente monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

Parte, obra o acción que lo genera.

Movimiento de tierra.

Fase en que se presenta,

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Ver más detalles en Sección 5.6 del ICE y 6 del ICE.

Impacto ambiental.

La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún

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pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

Según lo informado por la Oficina Regional CONADI, Antofagasta, mediante el Oficio N* 152 de fecha 13 de septiembre de 2021, se confirma que en el Al del Proyecto se verificó la inexistencia de tierras indígenas, Áreas de desarrollo Indígenas, ni comunidades Indígenas, en las proximidades del Proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera.

Todas las obras del Proyecto

Fase en que se presenta

Todas las fases del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Ver más detalles en Sección 5.6 del ICE y 6 del ICE,

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1.1*Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies; aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SETA:

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

-Para el sistema de tratamiento y disposición final de aguas servidas consistentes en fosa séptica con infiltración mediante drenes.

Presentados por el Titular en el Anexo 3-1 de la DIA y actualizado en el Anexo C de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias | No existen condiciones o exigencias. específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N* 296 de fecha 02 de marzo del 2022 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular, otorgando el permiso.

6.1.2:Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta:de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier: clase o: para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección; industrialización, comercio o disposición final'de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA:

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos.

Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 3-2 de la DIA y Anexo D de la Adenda complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias | No se establecen condiciones su otorgamiento, específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N* 296 de fecha 02 de marzo del 2022 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular, otorgando el permiso

19

6.1.3 Permiso para todo sitio

establece en el Artículo 142 del Reglamento del SEÍA.

destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se

Fase del proyecto a la cual corresponde

Todas las Fases del Proyecto.

Parte, obra o acción a la que aplica

Patio de Almacenamiento Transitorio de Residuos Peligrosos. Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 3.3 de la DIA, actualizados en el Anexo E de la Adenda Complementaria de la DÍA.

Condiciones O exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecen exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el ORD N* ?363 de fecha 16 de marzo de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda complementaria de la DIA y otorga el permiso.

6.14 Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA

Parte u obra a la que aplica

Instalaciones Subestación Seccionadora. Los antecedentes asociados a este pronunciamiento se detallan en el Anexo J de la Adenda de la DIA.

Calificación de la parte u obra

Se califica Inofensiva.

Condiciones o exigencias | No se establecen condiciones para su otorgamiento. específicas del pronunciamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el ORD N*363 de fecha 16 de marzo de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda de la DIA y califica la instalación.

7*, Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de

carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Desarrollo Urbano II Región”.

7.1. Resolución N*7/205 del Gobierno Regional de Antofagasta, que promulga “Plan Regional de

Componente/materia: Ordenamiento Territorial

Norma Resolución N*7/205 del Gobierno Regional de Antofagasta, que promulga “Plan Regional de Desarrollo Urbano II Región”.

Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley N“458/1975, del Ministerio de

Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de Urbanismo u Construcciones”.

  • Decreto Supremo N*47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”,

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las obras y acciones del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto se emplazará sobre el Área de Usos Múltiples Condicionados (AUMC), la cual “presenta una aptitud ambiental para desarrollar un conjunto de actividades, aunque es posible excluir algunas en particular debidos a las externalidades que éstas puedan producir sobre una componente ambiental” (Res. N*7 — Antofagasta, de marzo de 2005),

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Indicador que acredita su

Certificado de Informaciones Previas.

cumplimiento

Forma de control y| No aplica. seguimiento

Referencia al ICE para | Tabla N? 8.1.1 del ICE.

mayores detalles

7.2. Decreto Supremo N*47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”.

Componente/materia: Ordenamiento Territorial

Norma Decreto Supremo N*47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”.

Otros cuerpos legales | Decreto con Fuerza de Ley N*458/1975, del Ministerio de

asociados Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de

Urbanismo u Construcciones”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto se emplaza dentro del área delimitada por el Plan Regulador Comunal, específicamente en el Plan Seccional La Negra, en el área ZUDC-09 Zona de Reserva Industrial.

El proyecto cumplirá con lo estipulado en el Plan Regulador Comunal de Antofagasta, especialmente las actividades permitidas en la Zona de Reserva Industrial ZUDC-09.

Indicador que acredita su

Resolución que apruebe la compatibilidad territorial.

cumplimiento

Forma de control y | - Certificado de Informaciones Previas,

seguimiento - Solicitud de la Calificación Técnica Industrial de las instalaciones del proyecto en operación.

Referencia al ICE para | Tabla N* 8.1.2 del ICE.

mayores detalles

7.3. Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud; que: “Establece norma para evitar Emanaciones o Contaminaciones de cualquier naturaleza”.

Componente/materia:

Emisiones a la Atmósfera

Norma

Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud, que “Establece norma para evitar Emanaciones o Contaminaciones de cualquier naturaleza”.

Otros cuerpos legales

Decreto N*1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Titular cumplirá en su totalidad lo dispuesto en este Decreto Supremo. En tal sentido, se menciona que sólo se utilizarán vehículos y camiones que cuenten con sus revisiones técnicas al día; se exigirá al contratista que presente al inicio del servicio un programa de mantención para cada tipo de maquinaria y vehículo que contemple su servicio; se realizarán mantenciones periódicas de las maquinarias y equipos utilizados en las faenas; y se exigirá

21

que el transporte de materiales se realice de acuerdo a lo que establece el Reglamento, en Decreto Supremo N%75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Se realizará la implementación de humectación de caminos y los camiones con carga de material de las excavaciones sólo circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Revisión técnica de vehículos al día.
  • Humectación de caminos.
  • Mantenciones de maquinarias y equipos.

Forma de control

seguimiento

y

  • Inspección visual de las medidas señaladas.
  • Registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos en dependencias administrativas del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N? 8.2.1 del ICE.

7.4. Resolución Exenta N*144/2020 del Ministerio del Medio Ambiente.que “Aprueba Norma Básica pata la implementación de modificación al Reglamento del: Registro. de Emisiones y

Transferencias. de Contaminan

tes”,

Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera

Norma Resolución Exenta N*144/2020 del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Norma Básica para la implementación de modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes”.

Otros cuerpos legales | Decreto N*1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que

asociados Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias

de Contaminantes, RETC”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Titular del Proyecto cumplirá con la obligación de declarar sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes normados, y en caso de ser procedente actualizará su razón social, cambio de titularidad, cese de funciones o cierre de establecimiento, y envío de documentación a través del Sistema de Ventanilla Única habilitado para tal efecto.

Así mismo el Titular cumplirá con su obligación de declarar en Sistema de Desempeño Ambiental, y su Declaración Jurada Anual.

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de la Declaración de las emisiones de los equipos de grupo electrógeno realizada a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RECT) en su página web https://vu.mma, gob.cl/

Forma de control y | Registro derespaldo en dependencias administrativas del Proyecto. seguimiento Referencia al ICE para | Tabla N” 8.2.2 del ICE.

mayores detalles

7.5. Decreto Supremo: N*75/1987-del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones: que “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”.

Componente/materia:

Emisiones a la Atmósfera

Norma

Decreto Supremo N*75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”

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Otros cuerpos legales

Norma Chilena 2190 de 2003 de “Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para identificación de riesgos”.

Decreto Supremo N298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. Decreto Supremo N294/1984 del Ministerio de Obras Públicas, que “Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuerza de Ley N206, de 1960, del mismo Ministerio”, modificado por la Ley N*19,474 de 1996.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Se exigirá a los contratistas de los servicios de transporte de material el cumplimiento de la norma enunciada.

Los camiones con carga asociados al Proyecto que circulen por vías públicas serán cubiertos con lona en caso de ser necesario y sujeta firmemente para impedir el desprendimiento de material y fuga de polvo.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Inspección visual de cubierta de la carga de los camiones.
  • Todo el transporte de materiales para la construcción debe realizarse en camiones encarpados.

Forma de control y | Registro de las inspecciones en dependencias administrativas del seguimiento Proyecto. Referencia al ICE para | Tabla N* 8.2.3 del ICE.

mayores detalles

7.6.: Decreto Supremo N*211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomtunicaciones, que “Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera.

Norma Decreto Supremo N*211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Otros cuerpos legales | Decreto Supremo N*4/1994 del Ministerio de Transportes y

asociados Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de

contaminantes aplicables a los vehículos motorizados”.

Decreto Supremo N*55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehiculos motorizados pesados que indica”.

Decreto Supremo N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica”.

Decreto Supremo N*279/1983 del Ministerio de Salud, que establece el “Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Las emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de proveedores, deberán cumplir los requerimientos establecidos en este Decreto.

Se verificará que los vehículos motorizados livianos estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 01 de septiembre de 1994 y que porten el sello autoadhesivo que

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acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones. Aquellos que no lo porten no serán admitidos.

Indicador que acredita su

  • Revisión técnica al día de camiones y vehículos.

cumplimiento Foma de control y | Registro de revisiones técnicas de camiones y vehículos en las seguimiento dependencias administrativas del Proyecto.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Tabla N? 8.2.4 del ICE.

7.6. Decreto N“59/1998, “Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los. Valores que definen Situaciones De Emergencia, «del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”.

Componente/materia:

Emisiones a la Atmósfera

Norma

Decreto N*59/1998, “Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los Valores que definen Situaciones De Emergencia, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”.

Otros cuerpos legales

Decreto Supremo N*4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados”.

Decreto Supremo N*211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Decreto Supremo N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica”.

Decreto Supremo N*55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica”,

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante todas las fases del Proyecto se adoptarán las medidas necesarias para controlar y minimizar las emisiones de material particulado, humectando caminos internos con camiones aljibe y exigiendo a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día, así como también que el transporte de materiales se realice de acuerdo con lo que establece el Reglamento, en Decreto Supremo N*75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Indicador que acredita su

  • Revisión técnica al día de camiones y vehículos.

cumplimiento - Registro de aplicación de supresor de polvo en camino de acceso. Forma de control y |- Inspección visual de camiones con carga cubierta y señales de seguimiento control de velocidad al interior de la obra.

  • Registro de revisión técnica de los camiones en dependencias administrativas del Proyecto.

  • Registro de aplicación de supresor de polvo en camino de acceso, el cual incluirá la fecha de aplicación, el nombre y la firma del encargado de la actividad, el sector o camino en dónde se llevó a cabo, la cantidad de agua o producto utilizado y la frecuencia de aplicación, manteniéndose en dependencias administrativas del Proyecto.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Tabla N? 8.2.5 del ICE.

24

7:7.: Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud que “Establece obligación de declarar

emisiones que indica”.

Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera.

Norma Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud que “Establece obligación de declarar emisiones que indica”.

Otros cuerpos legales | No aplica.

asociados

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto contemplará la utilización de equipos electrógenos. Se realizará oportunamente la declaración de emisiones de los equipos electrógenos de acuerdo a lo establecido en el art. 3 del Decreto.

Indicador que acredita su

Obtención de certificado de la declaración de las emisiones según lo

cumplimiento indicado en el Decreto.

Forma de control y | Copia del registro con certificados en dependencias administrativas seguimiento del Proyecto.

Referencia al 1CE para | Tabla N? 8.2.6 del ICE.

mayores detalles

7.8. :D.S. N43/2012, Ministerio del! Medio:Ambiente que Establece norma de: emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir. de la revisión del Decreto N686, de 1998, del Ministerio de Economía; Fomento y Reconstrucción.

Componente/materia:

Contaminación lumínica

Norma

D.S. N43/2012, Ministerio del Medio Ambiente que Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Otros cuerpos legales

Resolución Exenta N“2475/2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente que “Deroga Resolución N475, de 2016, de la Superintendencia del Medio Ambiente; Dicta instrucciones generales sobre deberes de Remisión de Información para Fuentes Emisoras reguladas por la Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Decreto Supremo N*43, de 2012, del Ministerio del medio Ambiente; y Aprueba nueva modalidad de reporte”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de operación y cierre,

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

A todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto se ubica en la Región de Antofagasta, por lo que rige el presente Decreto, que establece ciertas restricciones lumínicas para preservar la calidad astronómica de los cielos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Bio Bío. No obstante, lo anterior, se implementarán las siguientes medidas:

  • Las luminarias dispondrán de dispositivos para dirigir la iluminación directamente a las áreas de trabajo y no hacia arriba o hacia los costados.

  • Se instalarán pantallas atenuadoras de brillo.

  • Se apagarán las luminarias cuando se concluyan las tareas operacionales.

  • Seutilizarán luminarias y sistemas de iluminación que cuenten con las certificaciones aprobadas por los laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

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Plazos:

e Capacitación sobre acciones frente a sismos: antes de ingresar afaena.

e Sellado de contenedores: durante instalación de sitios de almacenamiento.

Lugar de Implementación: TIFF, sector de patios, zona de

acopio deresiduos peligrosos.

Oportunidad: Previo al inicio de las obras del proyecto.

Indicadores de Cumplimiento:

e Registro de las capacitaciones, indicando contenidos y listado deasistentes más su firma,

e Registro de la realización de simulacros.

Forma de control y seguimiento + Se mantendrá un registro de las capacitaciones a los trabajadores, indicando los contenidos tratados y el listado de asistentes con su respectiva firma.

e Mantención en obra del registro de la realización de simulacros,indicando los contenidos tratados y el listado de asistentes con su respectiva firma.

Referencia al ICE o documentos Para mayor detalle ver tabla 7.1.1 del ICE.

del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

9:1.2. Riesgo o contingencia porincendio o explosión en el área de trabajo.

Riesgo o contingencia Incendio o amago de incendio producido dentro de las instalaciones o áreas de trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción, operación y cierre,

Emplazamiento, parte, obra o | Instalación de faena y frentes de trabajo. acción asociada

Acciones o medidas a| Descripción de las acciones o medidas de Prevención:

implementar para prevenir la | Se informará e instruirá a los trabajadores y personal técnico

contingencia que participa en los trabajos respecto de las normas de prevención, detección y supresión de incendios durante los

trabajos. En este sentido dicha información estará referida a

los siguientes tópicos:

e Advertencia sobre el uso de agentes iniciadores de incendios.

e Instrucciones precisas sobre las acciones inmediatas a tomar en caso de originarse un incendio, tales como: forma de dar aviso, detallar ubicación del siniestro y el tipo de material quees afectada por el fuego.

  • Todos los empleados serán capacitados en el uso de extintores;

e Se contará con extintores, instalados en lugares señalizados, identificables, de fácil acceso y libres de obstáculo. Además, estarán debidamente señalizados, dando así cumplimiento a loestablecido por los Artículos N? 44 y siguientes del “Decreto Supremo N” 594/99”;

  • Los extintores serán sometidos a revisiones preventivas, disponiendo de extintores de reemplazo durante las mantenciones;

  • Se prohibirá fumar en áreas de trabajo y excepto en aquellos lugares de esparcimiento expresamente

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autorizados;

Todos los vehículos contarán con sus extintores según

reglamentación,

El almacenamiento y transporte de combustible se realiza

bajo las normas establecidas por el Proveedor, la

Compañiía y la normativa vigente.

Se inspeccionan regularmente los estanques de almacenamiento de combustibles, según las disposiciones señaladas en el D.S. N” 160/2008 del Ministerio de Economía que establece el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Se entregará y capacitará respecto del Plan de Prevención

de Contingencias y Emergencias a todo el personal de

faena.

Se inducirá al personal sobre las medidas a tomar para

prevenirincendios y/o explosiones.

Supervisión periódica de las actividades con potencial de

generar incendios y/o explosiones.

El encargado de prevención de riesgos verificará que los

dispositivos de seguridad se encuentren en un rango

óptimo de funcionamiento, y que los extintores portátiles

estén siempre al alcance frente a maniobras de

emergencias.

Objetivo: Evitar incendios y/o explosiones generadas por cualquiera de las situaciones anteriormente mencionadas y proteger a los trabajadores.

Plazos:

Inducción y capacitaciones sobre prohibiciones y medidas deprevención: previo al ingreso a faena. Instalación de extintores: una vez iniciada la fase de construcción.

Inspección de extintores y sitio de almacenamiento de combustible: una vez por semana.

Lugar de implementación: Oficinas de instalación de faena ybodega.

Oportunidad: Previo al inicio de las obras del Proyecto, Indicador de Cumplimiento:

Registro de las Inducciones sobre procedimiento frente aincendios o explosiones y uso de extintores.

Registro de Charlas Obligación de Informar.

Registro de las capacitaciones del Plan de Contingencia yEmergencias,

Registro de los planes de evacuación, si es que se desarrollan.

Registro de entrada, almacenamiento y uso de combustibles.

Forma de control y seguimiento

Mantención en obra del registro de las Inducciones sobre procedimiento frente a incendios o explosiones y uso de extintores.

Mantención en obra del registro de Charlas Obligación de Informar.

Mantención en obra del registro de las capacitaciones del

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Plande Contingencia y Emergencias. Mantención en obra del registro de los planes de evacuación, si es que se desarrollan.

Mantención en obra del registro de almacenamiento y uso de combustibles.

entrada,

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que

contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver tabla 7.1.2 del ICE.

9.1.3. Riesgo o conting;

encia por derrame de sustancias o residuos peligrosos.

Riesgo o contingencia

Derrame de sustancias químicas, combustible, insumos O residuos.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra O acción asociada

"Todas las obras o actividades de la fase de construcción de la subestación.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Descripción de las acciones o medidas de Prevención:

Capacitación e instrucción del personal en temas claves sobre medio ambiente. Se exigirá a los contratistas que participen en la fase de construcción del Proyecto, la realización de capacitaciones al personal a través charlas sobre cómo evitar la contaminación, el uso correcto de equipos y herramientas, medidas de protección, por ende, se exigirá que los contratistas mantengan un registro actualizado de las actividades decapacitación, como, por ejemplo: el no vertimiento de residuos, sustancias químicas, o materias.

Mantención de la limpieza y orden. Las áreas de faena se mantendrán limpias y ordenadas en la fase de construcción del Proyecto, con el fin de evitar la contaminación.

Manejo adecuado de residuos. Segregación in situ de residuos domésticos y asimilables, residuos industriales no peligrosos y peligrosos, los que serán retirados directamente del área de faena y destinados a sus centros de acopio.

Fijación al suelo de los baños químicos mediante el uso deestacas, para evitar su volcamiento,

Los frentes de trabajo se encontrarán lejanos a cursos de agua, los cuales contarán con elementos de contención como arena u otro.

El suministro de combustible será realizado por un proveedorautorizado en una zona delimitada para este propósito.

Se contará en terreno con un kit de control de derrames queincluirá material absorbente, pala y bolsa de polietileno.

Objetivo: Prevenir y reducir el riesgo de derrame de sustancias oresiduos peligrosos. Plazos;

Capacitación e inducción sobre gestión de residuos y/o sustancias peligrosas y combate frente a derrames: previo a ingreso a faena.

Instalación de bodega e instrumentos para gestión y

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combate de derrames: Una vez iniciada la fase de construcción. Lugar de implementación: HEF, zona de acopio de residuospeligrosos, zona de carga de combustible y bodega de materiales, Oportunidad: Previo al inicio de las obras del Proyecto. Indicadores de cumplimiento: e Listado de asistencia del personal a las capacitaciones, incluyendo fecha y relator. Respaldo de chequeos del estado de sistemas de contención dederrames y de la condición de los contenedores para este tipo de residuo, indicando fecha de la revisión y encargado

Forma de control y seguimiento

Se inducirá al personal sobre las medidas a tomar para prevenirderrames. Se mantendrá un registro de las inducciones al personal.

Se mantendrá un registro de los chequeos del estado y condición de los sistemas de contención de derrames y contenedores deresiduos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver tabla 7,1.3 del ICE.

9.1.4. Riesgo o contingencia por interacción con fauna silvestre.

Riesgo o contingencia

Interacción con fauna silvestre,

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del proyecto.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Descripción de las acciones o medidas de Prevención:

e Prohibición de alimentar a fauna que pudiera acercarse a las áreas de faena del Proyecto. Prohibición de introducción de animales domésticos al área del proyecto. Prohibición de circular fuera de los caminos habilitados, ya sea apie, o en vehículos y maquinarias. Á su vez, se establecerá una velocidad máxima permisible de 30 km/h en los caminos internos del Proyecto. Se restringirá el ingreso de personas ajenas hacia zonas detrabajo, para no incrementar la presencia humana en hábitats poco disturbados. Asimismo, se restringirá el desplazamiento del personal fuera de las zonas designadas para el desarrollo delProyecto. Prohibición de capturar o dar cacería a ejemplares de fauna, como tampoco estará permitido realizar recolección de huevosy crías en la totalidad del área del Proyecto. En los distintos sectores de intervención del Proyecto y según sus características particulares, se instalarán letreros con la siguiente indicación, o similar:

  • “Prohibido cazar, capturar o perturbar especies de

faunanativa. Ley de Caza 19.473”.

  • “No circular fuera de los caminos establecidos”,

» “Prohibido el ingreso de animales domésticos”.

» “No alimentar a la fauna silvestre”,

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  • “30 km/h Velocidad máxima permisible para caminos internos”

  • “Advertencia: Presencia de fauna nativa”

  • Capacitar al personal de faena acerca de las especies de fauna que pudiesen encontrarse en la zona y el comportamiento adecuado a adoptar, dando la instrucción obligatoria de:

  • NO alimentar a la fauna silvestre.

  • NO golpear ni maltratar de ninguna forma a fauna silvestre.

  • NO capturar, domesticar ni manipular de ninguna forma a lafauna silvestre, a menos que se trate de un incidente.

  • NO obligar a la fauna silvestre a beber agua después de unincidente.

» NO sostener a la fauna silvestre desde sus zonas lesionadasdespués de un incidente.

  • — Respetar el límite de velocidad en áreas industriales de 30 km/hrvehículos menores y 20 km/h vehículos mayores y maquinaria pesada.

e Disposición de residuos en sectores autorizados, residuos domésticos contenidos en contenedores cerrados.

e Para evitar el fenómeno de encandilamiento (Dazzling,

Spotlighting) en aves o mamíferos, se utilizarán luminarias de luz cálida, con una distribución de intensidad luminosa máxima, para un ángulo gama igual a 90", que esté comprendida entre 0,00 y 0,49 candelas por cada 1.000 lúmenes del flujo de la lámpara (Art. 6? del Decreto N* 686/1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción). La charla de inducción (charlas ODI para acreditación de personal) considerada para todo el personal en obra, tendrácomo fin el difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el proyecto, además de una sección que considere la protección de la fauna silvestre.

  • Información respecto de los números de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y los centros de rehabilitación autorizados por el Servicio.

Objetivo: Capacitar y reducir el riesgo de afectación a la fauna

silvestre.

Plazos:

se Charlas de capacitación e inducción: 1 semana una vez iniciadala fase de construcción.

  • Instalación de señaléticas sobre límite de velocidad y prohibiciones: 1 semana una vez iniciada la fase de construcción.

Lugar de implementación: TIFF, acceso al Proyecto,

caminosinternos.

Oportunidad: Previo al inicio de las obras del Proyecto.

Indicadores de cumplimiento:

  • Listado de asistencia del personal a las capacitaciones y charlas, incluyendo fecha y relator.
  • Registro de inspección planeada a las áreas citadas

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anteriormente, indicando fecha de la revisión y encargado.

Forma de control y seguimiento

  • Registro de las capacitaciones a los trabajadores sobre las prohibiciones en cuanto a la fauna silvestre que se encuentre enel Proyecto.

  • Registro fotográfico de los letreros instalados en las instalaciones.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver tabla 7.1.4 del ICE.

9.1.5. :Riesgo:o contingencia por interferencia accidental de sitios con valor cultural.

Riesgo o contingencia

Interferencia accidental de sitios con valor cultural.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del proyecto.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Descripción de las acciones o medidas de Prevención:

Para los sitios que no se verán afectados por la ejecución del Proyecto, se consideran las siguientes medidas de protección preventivas:

  • Se confeccionará un mapa de distribución de recursos medioambientales y patrimoniales del sitio detectado, además de aquellos sitios alejados asociados a otros proyectos. Este material quedará a disposición de todas las áreas y empresas contratistas que realicen actividades en el sector.

  • Se Instalarán cercos claramente visibles de al menos 120 cm de altura, que delimiten el perímetro del sitio detectado.

e Por medio de charlas de inducción se capacitará a todos los trabajadores respecto de la importancia patrimonial e histórica de los sitios y de la legislación vigente. La capacitación incluirá los procedimientos a realizar en caso de un hallazgo arqueológico no previsto y el trato de los sitios arqueológicos yalocalizados.

Objetivo: Prevenir y reducir el riesgo de afectación a sitios

con valorpatrimonial y cultural.

Plazos:

  • Charlas de capacitación e inducción: 1 semana una vez iniciadala fase de construcción.

  • Instalación de cercos y confección de mapa: 2 semanas una vez iniciada la fase de construcción.

Lugar de implementación: IFF y sitios

identificados.

Oportunidad: Previo al inicio de las obras del Proyecto.

Indicadores de cumplimiento:

  • Listado de asistencia del personal a las capacitaciones y charlas, incluyendo fecha y relator.

Forma de control y seguimiento

  • Registro de las capacitaciones a los trabajadores sobre la importancia patrimonial e histórica de los sitios, procedimientos a realizar en caso de un hallazgo arqueológico no previsto y el trato del sitio arqueológico ya identificado.

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Registro fotográfico de los cercos instalados.

Mediante un registro interno de intervención de sitios con valor cultural ocurridas en área de emplazamiento del Proyecto.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver tabla 7.1.5 del ICE.

9.2. PLAN DE EMERGENCIAS

9.2.1 Riesgo o contingencia por sismo.

Riesgo o contingencia Movimientos sísmicos.

Fase del proyecto a la que aplica | Fase de Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o | Todas las obras o actividades de la Fase de acción asociada Construcción del Proyecto.

implementar para controlar la | * emergencia

Acciones o medida al Descripción de las acciones o medidas de Control:

Ante un sismo de gran intensidad, los trabajadores deberán resguardarse en un lugar seguro preestablecido, Se suspenderá el suministro eléctrico, de gases licuados, de petróleo y se cerraran llaves o válvulas de control de gases o líquidos peligrosos como medida preventiva.

Se deben aislar las áreas donde existan estanques, cañerías, y redes de abastecimiento — líquido, especialmente si estos son corrosivos, combustibles o inflamables. El personal debe mantenerse fuera del posible curso que puedan tomar éstos encaso de romperse el depósito o cañería que los contiene.

Luego, se debe evaluar si los recursos naturales están en peligrode ser alcanzados por estas sustancias y actuar en consecuencia con los elementos correspondientes al procedimiento deDerrames de Sustancias y/o Residuos Peligrosos.

Suspender todas las actividades, detener los equipos y desenergizar los electrodomésticos. Alejarse de cables eléctricosaéreos o edificios en altura, ya que pueden caer. En edificaciones, buscar el dintel de una puerta o muebles que presenten el triángulo de la sobre vivencia (agachado en posición fetal al lado de mueble). Si está en terreno, el personaldebe alejarse de taludes y paredes,

Si hay un trabajador ejecutando un trabajo en altura, debe mantener su posición hasta que termine el sismo y evitar ubicarse en la trayectoria de caída de objetos.

Evaluar vía de escape y ubicar punto de evacuación, Ubicar extintor y gabinete de redes de incendio.

Todo el personal debe permanecer alejado de lugares con potencial de incendio, hasta poder evaluar la situación general de los elementos iniciadores de fuego.

Una vez concluido el sismo, se verificará la estabilidad de las estructuras principales y restablecer los procesos y operaciones.

Se realizará contacto interno con cada una de las áreas para la evaluación de daños. Dependiendo de los daños se realizará llamado a las autoridades competentes.

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Ante un evento sísmico de envergadura, primero debe evaluarse la ocurrencia de lesiones en el personal y contratistas y posteriormente que la situación está controlada para los trabajadores, se deben evaluar las instalaciones e infraestructura mayores, para determinar si se han producido daños al medio ambiente.

Se debe verificar que todo tipo de excavaciones esté libre de personal y luego que esto está asegurado, se debe evaluar que la obra no sufra desmoronamientos que puedan afectar losrecursos bióticos.

Objetivo: Salvaguardar la integridad y vida de los trabajadores.

Plazos: Inmediatamente o 10 minutos posteriores al accidente.

Lugar de implementación: Lugar del suceso dentro del sitio deemplazamiento del Proyecto.

Indicadores de cumplimiento:

Respaldo de chequeos del estado de cumplimiento de las medidas e informe de aspectos ambientales involucrado en la emergencia, indicando fecha, hora, afectados y medidas implementadas.

Oportunidad y vias de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Una vez controlados los riesgos críticos y realizada la atención de primeros auxilios y ambulancias, el supervisor dará aviso al Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). En función de la magnitud y naturaleza de la emergencia, el procedimiento de comunicación considerará daraviso y solicitar apoyo a las entidades correspondientes, Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes.

El reporte será generado de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N*885/2016 SMA, y cargado en la plataformadigital en un plazo no mayor a 24 horas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver tabla 7.1.1. del ICE.

9.2.2. Riesgo o contingencia por incendio o explosión en el área de trabajo.

Riesgo o contingencia

Incendio o amago de incendio producido dentro de las instalaciones o áreas de trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre,

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Instalación de faena y frentes de trabajo.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Descripción de las acciones o medidas de Control:

Ante un eventual inicio o que exista peligro de producirse un incendio, comunicar alarma a viva voz y tratar de sofocarlo inmediatamente con los medios que estén al alcance y que correspondan según procedimientos.

Toda persona que detecte un incendio debe mantener la calma, evacuar el área e informar claramente activando el

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flujode comunicaciones.

e En caso necesario, se procederá al corte de energía eléctrica, combustible, gases, productos químicos, etc.

e Si existiera la posibilidad de explosiones o propagación violentade fuego, el Jefe a cargo del sector ordenará la evacuación delpersonal a un área segura, verificando que ésta se cumpla en su totalidad.

  • Elresponsable o encargado deberá decidir si es necesario solicitar la ayuda de servicios externos para detener el fuego (bomberos).

  • En caso de amagos eléctricos (grupo electrógeno, sala eléctrica, equipos eléctricos en general) utilizar extintor de CO» en primera instancia, de lo contrario utilizar extintor de POS. No utilizar agua ni extintores de espuma a menos que los equipos o instalaciones hayan sido desenergizadas.

  • Encaso de amagos por materiales combustibles comunes utilizar extintores PQS o red húmeda.

  • En caso de que el fuego no pueda ser controlado (incendio) deberá darse el aviso de emergencia al supervisor más cercano.

Objetivo: Evitar otros accidentes y salvaguardar la integridad

y vidade los trabajadores.

Plazos: Inmediatamente o máximo 10 minutos posteriores al

accidente.

Lugar de implementación: Lugar del suceso dentro del

sitio deemplazamiento del Proyecto.

Indicadores de cumplimiento:

e Respaldo de chequeos del estado de cumplimiento de las medidas indicando fecha, hora, afectados y medidas implementadas.

Oportunidad y vías de Una vez controlados los riesgos críticos y realizada la comunicación a la SMA de la | atención de primeros auxilios y ambulancias, el supervisor activación del Plan de| daráaviso al Representante Legal de la activación del plan de Emergencia emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). En función de la magnitud y naturaleza de la emergencia, el procedimiento de comunicación considerará dar aviso y solicitar apoyo a las entidades correspondientes. Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes. e El reporte será generado de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N*885/2016 SMA, y cargado en la plataforma digital en un plazo no mayor a 24 horas.

e Generar el informe preliminar en un máximo de 72 horas de ocurrido el incidente.

  • Generar y enviar el informe final en un plazo máximo de 15 días de ocurrido el incidente.

Referencia al ICE o documentos | Para mayor detalle ver tabla 7.1.2. del ICE. del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

44

9.2.3. Riesgo o contingencia por derrame de sustancias o residuos peligrosos.

Riesgo o contingencia

Derrame de sustancias químicas, combustible, insumos o residuos.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las obras o actividades de la fase de construcción de la subestación.

Acciones o «medida a implementar para controlar la emergencia

Descripción de las acciones o medidas de Control:

e Informar al Supervisor y al Especialista Ambiental en turno.

*e Cubrir con mezcla de arena seca, carbonato de sodio o tierra, nunca aserrín.

  • Antes de retirar el residuo, se debe verificar que la mezcla de absorción se encuentre seca antes de almacenarla, en casocontrario se debe agregar mayor cantidad de material absorbente,

e El contenedor donde se almacenarán los residuos debe ser de un material resistente al residuo.

e Se tomarán muestras de la zona afectada, posterior a la limpieza,así como de una estación control para verificar la efectividad dela medida, siguiendo los lineamientos planteados en la “Guía metodológica para la gestión de suelos con potencial presencia de contaminantes” y/o la NCh 3400/1: “Calidad de suelos. Directrices para el diseño de programas de muestreo” y la NCh 3400/2 “Calidad de suelos. Directrices sobre técnicas de muestreo”.

Objetivo: Salvaguardar la integridad de los trabajadores

y evitarafectación a recursos naturales,

Plazos: Inmediatamente o máximo 15 minutos posteriores

alaccidente.

Lugar de implementación: Lugar del suceso dentro del

sitio deemplazamiento del Proyecto.

Indicadores de cumplimiento:

e Respaldo de chequeos del estado de cumplimiento de las medidas e informe de aspectos ambientales involucrado en la emergencia, indicando fecha, hora, afectados y medidas implementadas.

e Copia de la documentación del transporte y de la disposición final de los residuos peligrosos generados acorde a lo especificado en el D.S. N*148/2003 del Minsal.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

  • Ante la ocurrencia de un evento de derrame sobre el suelo, se notificará en un plazo no mayor a 24 horas a la SMA sobre el evento ocurrido y las medidas tomadas, incluyendo la toma de muestras de suelo en el lugar del evento y en un punto de control no lejano. Posteriormente, las muestras serán llevadas a laboratorios certificados por el INN y se generará un informe con los resultados de dichas muestras. Una vez se tengan estos resultados se enviará a la SMA el reporte que incorpore estos resultados, así como con el porcentaje de éxito de las medidas tomadas para evitar la contaminación del suelo.

». El reporte será generado de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N*885/2016 SMA, y

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cargado en la plataformadigital en un plazo no mayor a 24 horas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver tabla 7.1.3. del ICE.

9.2.4, Riesgo'o contingencia por interacción con fauna silvestre.

Riesgo o contingencia

Interacción con fauna silvestre.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del proyecto.

Acciones Oo medida a implementar para controlar la emergencia

Descripción de las acciones o medidas de Control:

En caso de accidente, afectación o atropello de animales, el Titular dará aviso al departamento de Medio Ambiente de la Compañía y se trasladará al individuo a un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, para que se le practiquen los procedimientos necesarios para resguardar su vida (curaciones,cirugías, etc.).

Si posterior al incidente el individuo queda sin problemas de movilidad y se escapa, se reportará inmediatamente el incidentea la Unidad de Medio Ambiente indicando lugar, hora, y especieafectada. Á su vez, esta unidad informará de manera inmediata al SAG.

Dependiendo de la gravedad del incidente, el rescate y trasladodel animal será diferente, El médico veterinario prestará asistencia remota, si es necesario, al trabajador o al equipo de trabajadores para capturar y trasladar en vehículos de la empresa al ejemplar para una evaluación médica en la consulta.En caso de que el veterinario lo requiera, éste será quien se trasladará a terreno de la forma más rápida posible para realizarla evaluación médica en el lugar del incidente.

Si el diagnóstico del veterinario determina que el individuo quedó sin vida a causa de atropellamiento, caída de material o cualquier otro factor interno o externo, el personal capacitado dará aviso al Departamento de Medio Ambiente, quienes tomarán las acciones correspondientes en conjunto con el Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre y posteriormente se emitirá un informe a modo de dejar un registro, dando cuenta de la situación ocurrida. En dicho informese hará distinción de las condiciones de mortalidad por causas naturales o por efecto de las actividades de la subestación. Además, se realizará una investigación en la que se estudiarán las causas del incidente y se ejecutarán medidas de control para disminuir la probabilidad de nueva ocurrencia, El veterinario es el único capacitado para establecer en qué condiciones se encuentra el animal, por lo tanto, no se ejecutarán acciones posteriores a la evaluación del profesional sin su consentimiento.

En caso de que el animal haya quedado herido y de ser necesarioserá llevado al centro de rehabilitación para el desarrollo de esteproceso.

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Posteriormente, para las condiciones de traslado, los animales serán liberados en las áreas específicas de relocalización para cada especie, cuya elección se realizará en base a unametodología establecida a partir de la asesoría de profesionalesexpertos en la materia y en forma coordinada con el Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre.

El titular realizará seguimiento de las acciones que determine este centro de rehabilitación en cuanto a la liberación del ejemplar y emitirá un informe al SAG que dé cuenta de esta acción a fin de registrar el procedimiento.

Objetivo: Salvaguardar la integridad y vida del animal. Plazos: Inmediatamente o máximo 15 minutos posteriores alaccidente. Aviso al SAG en máximo 24 horas,

Lugar de implementación: Lugar del suceso dentro del

sitio deemplazamiento del Proyecto. Indicadores de cumplimiento:

Respaldo de chequeos del estado de cumplimiento de las medidas e informe de aspectos ambientales involucrado en la emergencia, indicando fecha, hora, afectados, medidas implementadas y registro fotográfico.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Una vez controlados los riesgos críticos, el supervisor dará avisoal Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). En función de la magnitud y naturaleza de la emergencia, el procedimiento de comunicación considerará daraviso y solicitar apoyo a las entidades correspondientes (SAG).

Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes. El reporte será generado de acuerdo con los

lineamientos indicados en la R.E. N*885/2016 SMA, y cargado en la plataformadigital en un plazo no mayor a 24 horas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver tabla 7.1.4. del ICE.

9.2.5. Riesgo o contingencia por interferencia accidental de sitios con valor cultural.

Riesgo o contingencia

Interferencia accidental de sitios con valor cultural.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Descripción de acciones o medidas de Control:

Paralizar los trabajos en el frente donde se haya producido la afectación del elemento patrimonial.

Dar aviso al supervisor y/o encargado de medioambiente de la empresa.

Ante la eventualidad de que se realice un hallazgo patrimonial no previsto, se procederá según lo establecido en los Artículos N* 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de

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Monumentos Nacionales y los artículos N20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

e Realizar informe o reporte de daño ambiental (según los protocolosque tengan).

Objetivo: Notificar y proteger posibles hallazgos patrimoniales.

Plazos: Inmediatamente o máximo 15 minutos posteriores alaccidente,

Lugar de implementación: Lugar del suceso dentro del sitio deemplazamiento del Proyecto.

Indicadores de cumplimiento:

  • Realizar informe o reporte de daños para la identificación deafectaciones en sitio, realizado por un profesional calificado.

e Levantamiento de las acciones o medidas ejecutadas.

Oportunidad y vías de| * Dar aviso a la autoridad competente del incidente

comunicación a la SMA de la ambiental, adjuntando el incidente y una evaluación del activación del Plan de daño, informe que será realizado por arqueólogo / Emergencia. paleontólogo.

e El reporte será generado de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N*”885/2016 SMA, y cargado en la plataforma digital en un plazo no mayor a 24 horas.

Referencia a documentos del | Anexo G Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias expediente de evaluación que | de la Adenda Complementaria, contenga la descripción detallada

Referencia al ICE o documentos | Para mayor detalle ver tabla 7.1.5. del ICE.

del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

10%. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

11”. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena minima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4* de la presente Resolución.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá

informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

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  1. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

14?, Que, para que el proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos,

16”. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  1. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SETA.

18”, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero,

RESUELVO:

1”. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV”, de Engie Energía Chile S.A.

  1. Certificar que el proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  2. Certificar que el proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y pronunciamiento artículo 161, Calificando la instalación como Inofensiva del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4, Certificar que el proyecto “Subestación Seccionadora Nueva La Negra 110/220 kV” no genera los efectos, caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4" del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante el/la Director/a del Servicio de Evaluación

Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

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ONILL//

ME ens Navarrete

¡RGP/FMC/TBC/JCG Distribución:

(Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales. (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios. (Il CONAF, Región de Antofagasta. (ID) DGA, Región de Antofagasta. (ID) Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. (II) DOH, Región de Antofagasta. (ID) Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. (ID SAG, Región de Antofagasta. (ID) SEC, Región de Antofagasta. (II) SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. (II) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. (II) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. (ID) SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. 0) SE RIEDA de Malal A Eso de Antofagasta. El len re de Antofagasta. de ól 4 A giadey Urbanismo, Región de Antofagasta. )-SEREMI-04cgRG AMS o04;¡Región de Antofagasta. SEREZÓNMOP REJeorónisatofagasta.

Y ON Región de Antofagasta.

(1D Servidió Nacional Turismo, Región de Antofagasta. e Ilustre Municipalidad de Antofagasta.

  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta.

.

e

Titular. Superintendencia del Medio Ambiente.

ecomunicaciones, Región de Antofagasta.

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[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 50]