Evaluación SEA

Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud

Rol 2152962452
SEA · DIA · Aprobado · 2021-09-10 · Región de Los Lagos · Ilustre Municipalidad de Ancud

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Lagos

Califica Ambientalmente el proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud”

Puerto Montt

(Número y fecha al costado inferior izquierdo)

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 1° de febrero de 2022 y su Adenda Complementaria de 29 de agosto de 2022, del proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud”, presentado por Ilustre Municipalidad de Ancud con fecha 8 de septiembre de 2021.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud”.

3°. El Acta de Evaluación N°20221010967 de 4 de octubre de 2022, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos, de la sesión de fecha 30 de septiembre de 2022.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud” de fecha 30 de septiembre de 2022.

5°. El acuerdo de fecha 11 de octubre de 2022, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N°119046/146/2022 de fecha 03 de marzo de 2022 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental sobre nombramiento de Director Regional del Servicio para la Región de Los Lagos; y la Resolución Nº7, del 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, la Ilustre Municipalidad de Ancud (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Ilustre Municipalidad de Ancud Rut 69.230.100-5 Domicilio Blanco Encalada N°660, Ancud Teléfono 65-2487653 Nombre representante legal Carlos Heriberto Gómez Miranda Rut representante legal 9169195-7 Domicilio representante legal Blanco Encalada N°660, Ancud Teléfono representante legal 65-2487653 Correo electrónico Titular o representante legal carlos.gomez@muniancud.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de septiembre de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 11 de octubre de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 30 de septiembre de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Construir un nuevo cementerio municipal para la Comuna de Ancud, considerando el fin de la vida útil del actual cementerio municipal. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones g.1) Proyectos de desarrollo urbano que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento

g.1.2 se refiere a “Proyectos de equipamiento que correspondan a predios y/o edificios destinados en forma permanente a salud, educación, seguridad, culto, deporte, esparcimiento, cultura, comercio, servicios, fines científicos o sociales y que contemplen al menos una de las siguientes características”: g.1.2. b) superficie predial igual o mayor a veinte mil metros cuadrados (20.000 m²)

Vida útil La vida útil del Proyecto se encuentra asociada a su operación, lo cual, para efectos de un cementerio, se considera indefinida. Sin embargo, para efectos del SEIA, se considera una vida útil de 35 años. Monto de inversión USD $ 640.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución En virtud del artículo 16 del D.S. N°40/12 de MMA, la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del presente Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a la instalación de faena para la construcción.

Proyecto se desarrolla por etapas Si No En virtud del artículo 14 del D.S. N°40/12, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), se indica expresamente que el presente Proyecto no se desarrollará por etapas.

X Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En virtud del artículo 12 del D.S. N°40/12 del Ministerio del Medio Ambiente, el Proyecto es una obra nueva y no corresponde a una modificación de un proyecto existente. Si bien el sitio a ocupar funcionó anteriormente como un cementerio privado, tipo parque del recuerdo, el cual contaba con RCA, al adquirir el terreno la I. M. de Ancud no obtuvo dicha RCA, por lo que se efectuó el ingreso del Proyecto al SEIA, a fin de obtener una resolución de calificación ambiental para su funcionamiento.

X

Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Comuna de Ancud, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos. Descripción de la localización Durante el año 2020, la I. Municipalidad de Ancud, compra el inmueble rural denominado Lote B, ubicado en el sector de Pupelde, cuyo Rol es 1120-36. Este predio en el año 2010 obtuvo una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), Res. Exe. N°275, para el proyecto denominado “Parque Cementerio Jardín Ancud”, el cual funcionó por alrededor de 9 años. Por lo tanto, la I. Municipalidad de Ancud, ante la necesidad de un nuevo cementerio para la comuna, decide ocupar este inmueble adquirido, dándole el mismo uso como cementerio, ya no particular sino municipal. Superficie Superficie Unidad Predial: 3,54 has

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Vértices Polígono Este Norte Punto 1 599618.82 m 5359103.63 m Punto 2 599570.49 m 5359091.63 m Punto 3 599417.36 m 5359041.74 m Punto 4 599517.12 m 5358850.38 m Punto 5 599679.11 m 5358917.47 m Caminos de acceso El proyecto se encuentra ubicado en las afuera de la Ciudad de Ancud, sector rural, ubicado a la altura del kilómetro 1116,9 de la Ruta 5 Sur, cuyo acceso es por un camino vecinal en el Sector de Pupelde, ubicado a 400 m al Poniente de la Ruta 5 Sur, Ancud – Castro, vía que actualmente se encuentra con base ripiada.

Las coordenadas de acceso al predio por Ruta 5 Sur son: 599928.24 m E; 5359045.88 m N, y de acceso al predio son: 599615.15 m E; 5359107.05 m N.

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Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Cap.1 de la DIA (punto 1.2.9) Adenda Adenda Complementaria

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Movimientos de tierra y excavaciones Se realizarán rebajes, escarpes y nivelaciones del terreno, necesario para el emplazamiento de las obras; los excedentes provenientes de las nivelaciones y excavaciones deberán ser dispuestos en el mismo terreno, como relleno vegetal. Las excavaciones tendrán las dimensiones necesarias para contener las fundaciones y moldajes (hasta el sello de fundación). El relleno para el mejoramiento estructural del terreno se realizará con material estabilizado libre de materias orgánicas, deshechos o escombros; y se hará por capas horizontales y sucesivas de espesor variable según altura a rellenar con un máximo de 0,20 m cada una. Construcción de fundaciones y radier El hormigón podrá ser elaborado in situ o de planta (hormigón trasladado en camiones mixer); incluye todos los hormigones armados de fundaciones corridas, cimientos, sobrecimientos y vigas de fundación. Construcción de edificaciones Contempla lo siguiente: revestimiento exterior; revestimiento interior; puertas y ventanas; conexiones de agua, alcantarillado y electricidad. Construcción de estructura de muros y cubierta Se utilizará estructura resistente en base a madera de ulmo o pino impregnado, incluidas estructuras de muros perimetrales. Las maderas estructurales serán secas, con contenido de humedad inferior al 22%; y todas las maderas en contacto con el hormigón y bajo 1,0 m de altura en la estructura de tabiquería serán tratadas con carbonileo. Revestimientos exteriores Para revestimiento exterior de muros se contemplará fibrocemento tipo tejuela; y para revestimiento de cubierta se utilizará planchas de zinc acanalado de 0,4 mm, prepintado, cuyo traslapo será contrario al sentido de orientación de los vientos predominantes, afianzadas con tornillos zincados con golilla cóncava de acero y neopreno. Estacionamientos y accesos En el sector norte del terreno, en el área de estacionamientos se contempla el suministro e instalación de material gravo-arenoso homogéneamente revuelto. El material se ejecutará por capas sucesivas bien compactadas. Posteriormente se colocará sobre la superficie compactada, una capa de ripio de material orgánico y fino. Zonas de sepulturas y senderos Se construirán senderos para ir a las diferentes zonas de sepulturas del predio. Los caminos serán de ripio principalmente bien compactados. El sendero principal tiene una dimensión de 2,5 metros y los senderos secundarios 2 metros. Los caminos entre sepulturas tienen una separación de 1 metro entre sí. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción ni explotación de recursos naturales renovables asociados a la fase de construcción, ya que el predio corresponde principalmente a pradera y no se intervendrá la zona de bosque. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas (punto 1.7.4.1 de la DIA). Durante la fase de construcción se emitirá material particulado proveniente del movimiento de tierra, necesario para la preparación del terreno; se estima un total de 0,15 has a remover, equivalente a la superficie considerada para extraer la capa vegetal, para la habilitación de estacionamientos. Las emisiones atmosféricas del Proyecto fueron estimadas en base en lo establecido en la “Guía para Estimación de Emisiones Atmosféricas en la Región Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

Metropolitana” de la SEREMI del Medio Ambiente RM año 2020, la cual, a su vez, se basa en aplicar factores de emisión obtenidos de referencias del AP-42 de la EPA (Agencia Medioambiental de los Estados Unidos).

En las Tablas 5 y 6 del punto 1.7.4 de la DIA se presenta la estimación de emisiones atmosféricas para MP10 y MP2.5, en la fase de construcción, las que alcanzan los 137,07 y 36,78 kg/año para MP10 y MP2.5, respectivamente. Mientras que para NOx y SO2 se estima una generación de 349,77 y 0,66 kg/año, respectivamente. De acuerdo a la estimación de las emisiones del proyecto, éstas serían bajas y no generarían efectos en el medio ambiente, ya que ocuparán un mínimo de maquinaria, solo para labores puntuales. No obstante, se aplicarán las siguientes medidas preventivas de control de probables emisiones a la atmósfera: - Toda la maquinaria contará con las mantenciones indicadas por el fabricante y cumplirá con la normativa vigente. - Sellado o encarpado de carrocerías que transportan materiales que puedan emitir material particulado. - Humectación de camino cuando haya altas temperaturas

Residuos Líquidos (punto 1.7.4.2 de la DIA). En la fase de construcción se generarán residuos líquidos domésticos, producto del uso de baños químicos, los que se dispondrán en base a lo establecido en el Art. 24 del D.S. Nº594/99 del MINSAL.

Emisiones de ruido (punto 1.7.4.4 de la DIA). Se realiza un estudio de ruido para modelar los impactos que se puedan generar sobre los principales receptores cercanos del proyecto, de acuerdo con la siguiente imagen:

La exposición al ruido en los receptores solo se da en periodo diurno y en la Fase de Construcción, por lo tanto, las Tablas siguientes muestran el cumplimiento normativo de acuerdo al ruido percibido por el receptor, comparado con el límite diurno de acuerdo a la zona, para cada frente. Se evidencia que el nivel de ruido percibido en los receptores en presencia del ruido emitido desde la faena en la construcción del Proyecto, supera los límites máximos permitidos para el receptor R1 en la etapa de habilitación de terreno, mientras que en la etapa de obras civiles se supera el límite de acuerdo con lo establecido en la norma en el receptor R1 y R2, excepto en R3 (Tabla 12).

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Debido a la superación de la normativa, según tabla anterior, el Titular presenta propuestas de medidas de control de ruido:

a) Barreras acústicas perimetrales, según la norma ISO 9613-2:

Densidad superficial de la barrera de al menos 10 kg/m2.

La superficie de la barrera debe ser cerrada y sin fugas acústicas.

Debe ser ubicada a una distancia no mayor a 10 m del frente de ruido que se desea atenuar.

Se deberán considerar, además, factores climáticos (humedad, lluvia y viento) y tener presente que las barreras acústicas deben mantener sus características durante todo el periodo en que se desarrolle la obra, por lo tanto, es necesario desarrollar un programa de mantención que asegure sus características acústicas en el tiempo. Al respecto, se propone que las barreras sean paneles de madera OSB desmontables con espesor mínimo 15 mm. Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad, es recomendable que estos cierres estén a una distancia de 50 cm de las panderetas de una casa habitación (si corresponde). La barrera completa deberá ser protegida de los factores climáticos (humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorepelente, y tendrán una altura de a lo menos 2,4 m.

b) Restricción de maquinaria. Durante los trabajos de habilitación de terreno se restringirá el uso de la retroexcavadora en un radio menor a 20 m del receptor identificado R1, por lo tanto, estos trabajos deben ser realizados mediante maniobras manuales, utilizando palas y chuzos. Para el caso de las obras civiles, se restringe el uso de otras maquinarias, de tal forma que cada vez que se utilice el esmeril no se podrá utilizar ninguna maquinaria adicional.

Estimación de niveles de ruido con medidas de control. Se realiza la modelación de los niveles de ruido generados durante la Fase de Construcción y Cierre para el periodo diurno, considerando la implementación de medidas de control de ruido antes indicadas. Dicha modelación se realiza con el funcionamiento simultáneo de los equipos y con las peores condiciones climáticas (10° de temperatura y 70% de humedad), siendo el escenario más desfavorable. Se muestra el cumplimiento normativo de acuerdo al ruido percibido por los receptores, comparado con el límite de acuerdo a la zona, y con la implementación de las medidas de control. Se evidencia que el nivel de ruido percibido en los receptores en presencia del ruido emitido desde cada frente de trabajo disminuye y se encuentra por debajo de los límites máximos permitidos para los receptores identificados como R1 y R2, receptores en donde se evidenciaba una superación del límite.

Con los resultados obtenidos, se concluye que los niveles de ruido en los receptores identificados como R1 y R2, en presencia de la construcción de las obras y con las medidas de control propuestas, cumplen los umbrales establecidos en la norma D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Para la determinación del área de influencia, se estima la distancia hasta la cual los potenciales niveles de ruido descienden al menor de los valores de entre todos los niveles de ruido de fondo medidos y el nivel basal de ruido considerado para un área rural respecto a la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA” del año 2019. Se obtiene un área de influencia de 1.584 m a la redonda. Es importante destacar que todos los cálculos determinan la condición más desfavorable.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que Residuos Sólidos. En la fase de construcción se generarán escombros y residuos inertes. Estos serán llevados a un sitio de disposición autorizado en los operativos de residuos voluminosos que realiza la Municipalidad de Ancud. Serán retirados finalizadas las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

puedan afectar el medio ambiente. actividades de construcción.

Residuos sólidos domiciliarios. Se considera para la fase de construcción un máximo de 15 personas trabajando; por lo que considerando el informe del año 2021 del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) Ancud y los datos de población atendida, se calcula que la Producción Per Cápita (PPC) de RSD de la Comuna de Ancud del 2021, la cual sería equivalente a 0,79 kg/hab/día.

Por lo tanto, se estima una producción de residuos totales de 11,85 kg/día y alrededor de 82,95 kg/semana, por lo que, considerando un tiempo de ejecución de 7 meses de la fase de construcción, al término de dicha fase se estarían generando 2,32 ton/año de RSD. Este tipo de residuos serán llevados al sitio de disposición final autorizado de la I. Municipalidad de Ancud, con una frecuencia de retiro diaria de manera diaria.

Residuos industriales no peligrosos. La estimación de generación de residuos de la construcción se realizó considerando una generación de 0,2 m3 de residuos por cada m2 de edificaciones, según lo señalado en documento “Proposición de un Plan para la Regularización de la Disposición Final de Residuos provenientes de las Actividades de la Construcción en la Región Metropolitana” (CONAMA, 1994). Como residuos de la fase de construcción se considera: despuntes de madera y desechos de moldajes, alambres, y plásticos provenientes de envoltorios de suministros, y saldos de terminaciones como yeso, cartón picado, restos de zinc, fibrocemento, cerámicas quebradas, entre otros. Considerando que las edificaciones corresponden a un espacio de 116,75 m2, la cantidad de residuos a generar es 23,35 m3, equivalente a 5,83 ton/año de residuos.

Estos residuos industriales no peligrosos serán dispuestos en contenedores, separados a los residuos sólidos domésticos (RSD) y serán enviados al Vertedero Industrial KMD en Los Ángeles.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6. Fase de Construcción

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Accesos y estacionamientos Se considera un área de estacionamiento de 1415 m2, equivalente a una cantidad de 42 espacios para estacionamiento. Caminos interiores Se considera un espacio de circulación de 1341 m2, correspondiente a caminos internos por el cementerio, para llegar a las diferentes áreas de sepultura. Los caminos internos principales están sobre una base de estabilizado compactado. Área administrativa y casa de cuidador Se considera la construcción de la casa para el cuidador del cementerio, que consta de una habitación, cocina-comedor y baño. Una bodega para los panteoneros y guardar herramientas y una oficina de administración, que cuenta con 2 baños (1 de minusválidos) y área de administración. Esta construcción considera un total de 149,20 m2. En Anexo N°2 de la DIA se presentan los planos de edificaciones. Áreas de Sepulturas Las sepulturas estarán distribuidas en zona individuales, tipo sarcófago, tipo nichos en altura y fosa común; y se ajustarán a lo establecido en el Decreto N°357/1970, “Reglamento General de Cementerio”, en su artículo 35. Tendrán 2,20 m de largo y 90 cm de ancho, cuando son destinos a adultos y 1,43 m por 70 cm cuando son destinados a niños menores de 10 años; siendo, de 1,30 m la profundidad de la fosa, en ambos casos. Las sepulturas en las zonas del cementerio tipo parque del recuerdo contaran con sarcófago. Venta de Sepulturas La venta de sepulturas contempla: sepulturas bajo césped, tipo Parque con sarcófago; en nichos en altura; sitios individuales. Sepultaciones Corresponde a la disposición de la urna en una sepultura bajo tierra, o en un nicho según sea el caso. Reducción de restos No se detalla Exhumación interior del recinto No se detalla Mantención del predio, áreas generales Se considera la mantención de las instalaciones y de las áreas verdes que comprenderá el Cementerio. Productos generados No corresponde Recursos naturales renovables No se considera la extracción de recursos naturales en esta fase del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas (punto 1.8.3.1 de la DIA). Las emisiones atmosféricas de la operación del Proyecto están dadas por el tránsito de vehículos producto de la operación del recinto, y se describen en el Anexo 14 de la Adenda:

Las emisiones de material particulado alcanzan los 1.575,2 y 156,4 kg/año para MP10 y MP2.5, respectivamente; mientras que para NOx y SO2 se estima una generación de 27,9 y 0,03 kg/año, respectivamente. Observándose que las principales emisiones corresponden a material particulado respirable MP10 y en menor medida a material particulado fino respirable MP2.5.

De acuerdo con la estimación de las emisiones del proyecto, las emisiones a la atmósfera son bajas y no generarán efectos en el medio ambiente, ya que ocupará el mínimo de maquinaria y para labores puntuales. No obstante, lo anterior, se aplicarán las siguientes medidas preventivas de control y abatimiento para la reducción de emisiones a la atmósfera: Medida de abatimiento: Humectación de caminos no pavimentados, como también al momento de realizar el escarpe y el movimiento de tierra. Medidas de control: Con respecto a los gases generados por la combustión de los motores de las maquinarias, camiones existirá medidas de control para este tipo de emisiones, las cuales se mencionan a continuación: - Mantenciones adecuadas a la maquinaria, camiones según lo estipulado en las especificaciones técnicas. - Revisión técnica al día de los vehículos.

Respecto a la fase de operación solo se generará MP por movimiento de tierra en menor grado, ya que gran parte de la tierra que se remueva será para la creación de tumbas, y esta misma será ocupada nuevamente para tapar las sepulturas. No se ocupan maquinaria para la excavación de tumbas. Residuos Líquidos. La operación del Proyecto generará aguas servidas derivadas del uso de servicios higiénicos del personal, se estima que estas alcanzarán a 1 m3/día como máximo al día considerando una producción promedio de 25 l de aguas servidas de tipo rural al día por habitante (GIBA), ahora esto considerando una vivienda donde se viva 24 horas, y el tiempo de funcionamiento del recinto de 10 horas en promedio. Estas aguas serán derivadas a la fosa séptica para su tratamiento. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domésticos y asimilables. Durante la fase de operación se generarán residuos domésticos adicionales debido a la dotación de mano de obra de 3 personas que son contratadas por el Municipio desde el punto de vista administrativo y los visitantes al cementerio. La generación de residuos sólidos asimilables a domiciliario será producto de la alimentación de los trabajadores, de las actividades asociadas a las oficinas de administración del cementerio y las labores de limpieza, como también por las visitas de las personas al campo santo, los que corresponderán principalmente a restos de comida, envases plásticos, vidrio, latas, papeles y cartones.

La estimación de la cantidad de residuos se realizó considerando una tasa de generación de residuos asimilables a domiciliarios equivalente a 0,12 kg/d por trabajador y también por visitante (Edjabou et al, 2015). Considerando que en el cementerio trabajan 3 personas fijas, se obtiene como resultado la generación de 0,36 kg/día y 0,13 ton/año de residuos sólidos asimilables a domiciliarios (considerando 7 días/semana).

Considerando un flujo aproximado de 100 visitantes al día, se obtiene la generación de 12 kg/día y 4,38 ton/año de residuos sólidos asimilables a domiciliarios (considerando 7 días/semana). Obteniéndose un total de residuos sólidos asimilables a domiciliario de 12,36 kg/día y 4,51 ton/año. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7. Fase de Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura No corresponde Restauración No corresponde Prevención de futuras emisiones No corresponde Mantención, conservación y supervisión El proyecto contempla mantenciones permanentes de áreas verdes e instalaciones Recursos naturales renovables No se considera la extracción de recursos naturales en esta fase del Proyecto. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas. Las emisiones atmosféricas de la fase de cierre se describen en el Anexo 14 de la Adenda, según se indica a continuación:

Residuos líquidos. Los residuos líquidos serán almacenados en el sistema de alcantarillado (fosa séptica) y retirados con una frecuencia de una vez al año, para su tratamiento en una planta de tratamiento autorizada.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domésticos y asimilables. Durante esta fase se generarán residuos, por parte de las personas que visitan a deudos y de trabajadores del recinto. Se estima la misma generación que la de la fase de operación. Obteniéndose un total de residuos sólidos asimilables a domiciliario de 12,36 kg/día y 4,51 ton/año. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.8. Fase de Cierre

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio Una vez obtenida la calificación ambiental y los correspondientes permisos y autorizaciones Parte, obra o acción que establece el inicio El hito de inicio de la fase de construcción corresponde a la instalación de faena para la construcción. Fecha estimada de término 7 meses después del inicio Parte, obra o acción que establece el término Retiro de instalaciones provisorias 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio Una vez finalizada la fase de construcción Parte, obra o acción que establece el inicio El hito de inicio de la fase de operación corresponde al inicio de las sepultaciones Fecha estimada de término 35 años (según se aclara en Adenda Complementaria) Parte, obra o acción que establece el término Corresponde a la última sepultación en el predio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio Este tipo de proyecto no tiene etapa de abandono, cuando se cumpla su vida útil proyectada, se debe mantener el recinto en las mismas condiciones de limpieza, seguridad, atención, servicios higiénicos, etc. Parte, obra o acción que establece el inicio El hito de inicio de la fase de cierre es con la sepultura del último espacio disponible del predio. Fecha estimada de término Existirá un permanente movimiento en el tiempo, ya que la gente visitará a sus deudos en el lugar de forma indefinida, por lo que no puede dejar de funcionar el lugar. Parte, obra o acción que establece el término El Proyecto no contempla el término de su vida útil. Lo anterior, de acuerdo con el artículo 16 del D.S. Nº357/1970 del Ministerio de Salud, el que señala que los terrenos dedicados a cementerios deberán ser única, exclusiva e irrevocablemente destinados a este objeto.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Afectación salud de la población por emisiones de material particulado Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra y excavaciones Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación salud de la población por emisiones de ruido Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra y excavaciones Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capitulo 5 del ICE, Tabla 5.1. De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, por cuanto: - El área del Proyecto se encuentra rodeada de predios rústicos utilizados, principalmente, para actividades menores de pastoreo y siembra, encontrándose 3 predios con casas en el entorno cercano al proyecto, a 100, 250 y 300 m de distancia. - Durante la ejecución del proyecto habrá emisiones de material particulado, producto de movimientos de tierra, equivalentes a 0,16214 ton/año de MP10 y 0,01622 ton/año de MP2.5, las que se estiman bajas. - Al interior del predio del Proyecto no habrá vías de circulación de vehículos, y solo se considera el uso de maquinaria para el movimiento de tierra durante 2 semanas en la fase de construcción. - Dado que el emplazamiento del proyecto es en área rural, se estima que habrá una buena ventilación atmosférica, además de la presencia de una barrera natural (bosque) que mitiga la propagación de emisiones acústicas y atmosféricas hacia receptores cercanos. - Según el Estudio Acústico (Anexo 15 de la DIA) y al comparar el nivel sonoro estimado con los máximos permisibles, definidos para cada punto receptor, se verifica que las faenas constructivas del Proyecto no generarán emisiones por sobre los límites del D.S. Nº38/11 del MMA, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica; siendo durante la fase de construcción, cuando se generará mayor ruido, debido al uso de maquinaria para movimiento de tierra. - Respecto de los residuos producidos por el proyecto, no existe riesgo para la salud de la población, dado que éstos serán de tipo domiciliarios, producidos por las personas que utilizan los servicios y el personal del cementerio. Se dispondrán en recipientes cerrados de plástico, los cuales serán retirados 2 veces a la semana por personal municipal y destinados a lugar autorizado para su disposición final. Los tipos de residuos que se generarán en la fase de construcción serán: o Residuos asimilables a domiciliarios: generados por la alimentación de trabajadores y de actividades asociadas a las oficinas de administración de la faena; corresponderán principalmente a restos de comida, envases plásticos, vidrio, latas, papeles y cartones, los que serán acopiados en contenedores cerrados a un costado de la instalación de faenas, para luego ser trasladados a sitio de disposición final autorizado, con frecuencia de 2 veces por semana. o Residuos sólidos no peligrosos, propios de la construcción, como despuntes de fierro, maderas, excedentes de las excavaciones, entre otros; los que serán acopiados temporalmente, para luego ser trasladados a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

vertedero industrial autorizado (KDM - Los Ángeles).

Respecto de la componente recursos hídricos, si bien la vulnerabilidad de acuífero es alta y el nivel freático es variable en el área de influencia del Proyecto, se considera como límites de sepultación antes de 1,60 m, a fin de resguardar dicha componente y evitar su contaminación. Lo anterior, además del cumplimiento de lo establecido en el Reglamento General de Cementerios, en base a las dimensiones de tumbas y hermeticidad de urnas. - Durante la fase de construcción, los recursos naturales renovables (agua, aire y tierra) no se verán afectados por el proyecto, debido a que: o Las aguas servidas generadas provenientes de los baños químicos, serán retiradas por empresa autorizada, la que será responsable de su disposición final. o Las emisiones de material particulado a la atmósfera producidas por el movimiento de tierras y circulación de vehículos o maquinarias, serán controladas mediante la implementación de medidas de control tales como humectación de caminos de accesos y áreas de trabajo entre otras. - En la fase de operación, las aguas servidas generadas tendrán un manejo mediante un sistema de alcantarillado particular, y retirando los lodos generados en este proceso para su disposición final en un sitio autorizado. - La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire será de características no significativas, siempre y cuando se cumpla con las medidas de control y manejo para cada uno de los residuos antes descritos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra y excavaciones Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Contaminación del suelo Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción, preparación de hormigón in situ, contacto con restos y escombros Fase en que se presenta Construcción y Operación

Impacto ambiental Alteración de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Actividades de construcción, preparación de hormigón in situ, contacto con restos y escombros Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Contaminación de las aguas subterráneas Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Disposición de cuerpos en la tierra (fosas) Fase en que se presenta Operación

Impacto ambiental Afectación de la calidad del aire por emisiones atmosféricas Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra y excavaciones Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a la vegetación presente en el área de influencia del proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

Componente ambiental afectado Flora Parte, obra o acción que lo genera Corta de vegetación, movimiento de tierra y excavaciones Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a la fauna (anfibios) presente en el área de influencia del proyecto Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Corta de vegetación, movimiento de tierra y excavaciones Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE, Tablas 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3, 5.2.4.1 y 5.2.4.2 De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, por cuanto: - Se considera remoción de tierra durante la fase de construcción para la nivelación del terreno y posterior construcción de edificaciones y estacionamientos, que equivalen a 142 m2 en edificaciones y 1415 m2 en estacionamiento, un total de área intervenida de 1557 m2 respecto a los 3,54 has que contempla el proyecto. - La tierra removida será dispuesta dentro del mismo predio, evitando de esta forma la pérdida suelo, toda vez que ésta será dispuesta para sustentar los jardines y áreas verdes del Parque Cementerio. - Según el Informe Agronómico Complementario (Anexo 8 de Adenda Complementaria), el suelo corresponde a suelo con características de Clase IV, los que presentan severas limitaciones de uso que restringen la elección de cultivos. - Las obras y acciones del Proyecto no afectarán significativamente a especies de fauna o de flora en categoría de conservación, dado que éste se emplaza en un área intervenida, por actividades antrópicas del antiguo cementerio y no habrá nueva corta de vegetación; lo anterior, sumado a la baja abundancia de especies detectadas en la campaña en terreno realizada y la caracterización de fauna (Anexo N°13 de la DIA). - En Adenda Complementaria se presentó el Informe Complementario de Anfibios actualizado (Anexo 7), según el cual se descartan los efectos, características y circunstancias del Art.11 de la Ley 19.300, sobre dicha componente. - Los productos químicos, residuos y demás sustancias y materiales contemplados en la ejecución del Proyecto, no afectarán la calidad ambiental de los recursos naturales renovables; dado que los residuos sólidos, domésticos y asimilables a domésticos, así como los residuos industriales serán manejados conforme a la normativa ambiental vigente y llevados a un sitio de disposición final autorizado. - Los efluentes líquidos generados durante las distintas fases del Proyecto corresponderán a aguas servidas, las que serán enviados a una planta de tratamiento de RILes en la fase de construcción; y, dispuestos mediante drenes de infiltración, durante la fase de operación y cierre, mientras que los lodos acumulados en la fosa séptica serán retirados y traslados a un sitio de disposición autorizado. - El proyecto no realizará descarga de aguas lluvias a cauces naturales, sino que dispondrá las aguas mediante canaletas que evacuan a pozos absorbentes y la infiltración natural en el predio donde se ubica el cementerio. Los residuos de escombros y materiales de construcción serán depositados en una tolva metálica hermética, por lo tanto, las aguas lluvias no tomarán contacto con éstos. El Titular señala que no se realizarán obras de drenaje dado que la profundidad de las excavaciones será de 1.30 m y la profundidad de la napa, según estudio de Vulnerabilidad de Acuífero, esta entre 1.63 y 10.33 m.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No corresponde Parte, obra o acción que lo genera No corresponde Fase en que se presenta No corresponde Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE, Tabla 5.3 De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300; lo anterior, por cuanto el proyecto se emplaza dentro de un área rural en la cual hay escasa presencia de habitantes y viviendas y no hay presencia de GHPPI.

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En el predio, se construyó y operó un cementerio particular denominado “Parque Cementerio Jardín Ancud”; próximas al predio del Proyecto, se identifican 3 receptores, que corresponden a viviendas que se construyeron en forma posterior a la instalación del cementerio particular el año 2009.

De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, se desprende que el Proyecto no generará obstrucción a la libre circulación o un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, ya que la vía principal de acceso es la Ruta 5 Sur y las viviendas particulares se encuentran más próximas a dicha ruta.

El Proyecto no altera el acceso a la calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica; y, por otro lado, su ejecución permitirá el aumento en la frecuencia del servicio de retiro de RSD del sector a 2 veces por semana, por lo que aumentaría el acceso a un servicio básico. Tampoco se prevé que el Proyecto, en ninguna de sus fases, genere dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo; ni tampoco generará reasentamiento de comunidades humanas ni su desplazamiento y reubicación.

Según se menciona en el Capítulo 2 de la DIA, información actualizada en Anexo N°13 de Adenda Complementaria, de acuerdo a la caracterización de Medio Humano realizada por el Titular a través de entrevistas a los residentes del área de influencia del proyecto, ninguna de las personas que viven en el sector tiene como sustento económico el uso de recursos naturales o el uso de los recursos naturales para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Respecto de la obstrucción o restricción a la libre circulación o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos del área de influencia, para acceder a sus predios, se indica, en la DIA, que si bien los habitantes utilizan la ruta de acceso al actual cementerio para el ingreso a sus viviendas, el Proyecto no ocasiona detención de vehículos en dicha ruta, ya que contempla estacionamientos propios al interior del recinto, evitando obstaculizar el flujo normal de vehículos y transeúntes.

En relación con los servicios y equipamientos básicos utilizados por los grupos humanos del área de influencia del Proyecto, éstos se encuentran principalmente en el área urbana de la comuna, es decir la ciudad de Ancud. Respecto al acceso a servicios básicos, las viviendas obtienen agua para consumo humano a través de pozo o noria particulares. La luz eléctrica se obtiene por conexión a la red pública y la generación de aguas servidas se realiza por medio de fosa séptica o pozo negro. Los ocupantes de los predios se abastecen, principalmente, de compras realizadas en área urbana, y los bienes y servicios complementarios que requieren los adquieren en centros comunales, debiendo movilizarse en vehículo particular.

El Proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, debido a que, en el área de emplazamiento y su entorno inmediato, no se registran manifestaciones de tipo cultural que puedan verse afectadas por su construcción y operación.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No corresponde Componente ambiental afectado No corresponde Parte, obra o acción que lo genera No corresponde Fase en que se presenta No corresponde Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE, Tabla 5.4 De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300; lo anterior, por cuanto, el proyecto se emplaza en un área en donde no hay presencia de población protegida. Según información obtenida de CONADI, la comunidad indígena más cercana se ubica a más de 3 km del proyecto, y corresponde a la Comunidad Indígena Pupelde Bajo. No obstante, durante la evaluación del Proyecto se solicitó, al Titular, proporcionar mayores antecedentes relativos a dicha comunidad, indicando cuál es su espacio territorial y si éste abarca el lugar de emplazamiento del Proyecto, información que fue aportada en Adenda, descartándose la afectación a población protegida.

De acuerdo a antecedentes presentados en la DIA, en el área de influencia del Proyecto no existen áreas protegidas, siendo las presentes en Chiloé las identificadas en el Registro Nacional de Áreas Protegidas, del Ministerio de Medio Ambiente: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

- Santuario de la naturaleza “Humedales de la cuenca de Chepu”, superficie de 2.902,95 ha, que se ubica en la cuenca del Río Chepu, en las comunas de Ancud y Dalcahue - Parque Nacional Chiloé, comunas de Ancud, Castro, Chonchi y Dalcahue; superficie de 42.567,78 ha. - Monumento Nacional de Chile, Islotes de Puñihuil, comuna de Ancud, superficie de 8,64 ha. - Reserva Marina Pullinque, comuna de Ancud, superficie de 773,03 ha.

De acuerdo a información presentada en la DIA, no se encuentran humedales protegidos cercanos al lugar de emplazamiento del proyecto (Ilustración 30. Mapa ubicación principales humedales provincia de Chiloé. Fuente: Humedales Chiloé).

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No corresponde Componente ambiental afectado No corresponde Parte, obra o acción que lo genera No corresponde Fase en que se presenta No corresponde Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE, Tabla 5.5 De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, sobre el paisaje y el turismo, por lo que no se predicen impactos significativos. Lo anterior, por cuanto, en el lugar de emplazamiento del Proyecto, y debido a su naturaleza y ubicación, no se obstruirá la visibilidad, alterará recursos, obstruirá el acceso, ni intervendrá en ningún momento zonas con valor paisajístico o turístico.

En la DIA y sus Adenda se analizó si la zona de emplazamiento del Proyecto posee atributos con valor paisajístico, a través del ZOIT y del PLADETUR de la Comuna de Ancud. Considerando la cartografía respectiva contenida en la ZOIT Archipiélago de Chiloé, el Proyecto se ubicaría al interior de dicha ZOIT, sin embargo, éste no afectaría ninguno de los objetivos, planes o líneas de acción establecidas en dicho instrumento territorial. Y, según los antecedentes revisados en el PLADETUR de Ancud, no existe denominación de alguna zona con valor turístico o paisajístico cercana al sector del emplazamiento del proyecto; por lo que su ejecución no afectaría dichas componentes. En conclusión, el proyecto no afectará el valor turístico del lugar, debido a que no restará calidad significativa a los diferentes atributos biofísicos, estructurales o estéticas del paisaje.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No corresponde Parte, obra o acción que lo genera No corresponde Fase en que se presenta No corresponde Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE, Tabla 5.6 De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible concluir que el proyecto no generará los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, sobre el patrimonio cultural, por cuanto en el área de emplazamiento del proyecto no hay existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

En la DIA se presenta resultados de una prospección arqueológica en la zona de emplazamiento del Proyecto (Anexo N°14), según los cuales no se registraron materiales patrimoniales en superficie, como tampoco entidades de carácter arqueológico. Por su parte, en el área donde se ejecutará el Proyecto no existen Monumentos Nacionales declarados en las categorías de históricos, Santuarios de la Naturaleza y zonas típicas. Finalmente, el Proyecto no se localiza en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones culturales o folclóricas de algún pueblo, comunidad o grupo humano, que puedan ser afectados por éste. De acuerdo a la información analizada, el área de emplazamiento del proyecto no se encuentra dentro, ni próxima a un Monumento Histórico o Cultural y no existen antecedentes de ninguna especie, que den cuenta de la existencia de sitios con valor antropológico insertos en el área. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

El proyecto no contempla permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, será el establecido en el artículo 71 letra b) primera parte, del Decreto con Fuerza de Ley N°725 de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario”, según se establece en el Artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla la construcción de sistema de alcantarillado y agua potable particular. En Capitulo 4. “Permiso Ambiental Sectorial N°138”, se desarrollan los contenidos técnicos y formales. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. El proyecto dispondrá de un sistema de alcantarillado particular domiciliario durante la fase de operación, para la evacuación de los residuos líquidos y sólidos de los diferentes artefactos provenientes de las edificaciones, desde donde se proyectó una red de tuberías, que conducirá el agua servida hasta la fosa séptica para posteriormente ser infiltrada mediante un sistema de drenes. Este sistema contempla cámaras desgrasadoras, cámaras de inspección, una fosa séptica de volumen total 3.500 litros y su correspondiente pozo absorbente. El trámite será ingresado para tramitación ante la Autoridad Sanitaria de la Comuna de Ancud. Respecto a la mantención del sistema, se implementarán un sistema de inspecciones periódicas para detectar cualquier inconveniente de funcionamiento y una programación de limpieza del sistema de 1 vez al año.

b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. En Anexo N°8 se adjunta plano del proyecto de alcantarillado:

c) Generación de aguas servidas. Las aguas servidas serán generadas desde los servicios higiénicos disponibles para los deudos que visiten el campo santo. El caudal de aguas servidas está directamente relacionado con el número de personas que usarán estas instalaciones, además del personal fijo que se encontrara en el recinto de 3 personas. Se considera una fosa séptica de 3.500 litros y un promedio de generación de aguas servidas de 25 l/persona.

d) Características físico - químicas de las aguas servidas. La caracterización de las aguas servidas se realiza considerando la bibliografía (Metcalf &Eddy de Ingeniería de Aguas Residuales), donde se indican los parámetros relacionados con sólidos totales, término que engloba la materia en suspensión, la materia sedimentable, la materia coloidal y la materia disuelta y la DBO. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. El sistema se encuentra compuesto por cámaras desgrasadoras, cámaras de inspección, una fosa séptica de volumen total 3.500 litros y su correspondiente pozo absorbente.

f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. El efluente tratado será infiltrado por medio de un pozo de infiltración.

g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. El proyecto no contempla desagües de aguas lluvia.

h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. Se contempla que los artefactos sanitarios de la red de Alcantarillado Particular, descarguen a una fosa séptica de capacidad 3.500 l, y su correspondiente pozo absorbente, de 2 m (ancho) x 2 m (largo) x 2 (alto) m. Dado que en el sector donde se emplaza la propiedad no existe red de alcantarillado público de Aguas Servidas, se adoptará un sistema de fosa séptica y pozo absorbente (infiltración al terreno). Se considera un periodo de limpieza mínimo de una vez al año, tanto para la fosa séptica como para el pozo absorbente.

i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. Los lodos serán retirados por una empresa externa autorizada.

j) Programa de monitoreo. No aplica, el sistema corresponde a un sistema de tratamiento consistente en una cámara compacta, cuyos detalles se presentan en el Anexo N°8 - Plano red de alcantarillado de la DIA. Sin embargo, se revisará la cámara (fosa séptica) cada 3 meses a fin de verificar el nivel de residuos líquidos acumulados e ir monitoreando sus niveles, para así evitar posibles rebalses del sistema.

k) Plan de contingencias. El plan de emergencia y contingencias del proyecto se presenta en el Anexo N°9 de la DIA

l) Plan de emergencia. El plan de emergencia y contingencias del proyecto se presenta en el Anexo N°9 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente Seremi de Salud Región de Los Lagos: - Oficio CP N°11217 / 2021, sobre DIA - Oficio CP N°1175 / 2022, sobre Adenda - Oficio CP N°9201 / 2022, sobre Adenda Complementaria Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1, Capitulo 10 del ICE

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley Nº725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción, según se establece en el Artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto en la fase de construcción y cierre requiere de la instalación temporal de un lugar destinado a la acumulación para residuos sólidos domiciliarios y residuos industriales no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Los contenidos técnicos y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

otorgamiento formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento se resumen a continuación:

a.1. Descripción y planos del sitio.

Fase de Construcción. En esta fase, los residuos sólidos no peligrosos así como los RSD serán retirados de manera diaria conforme sean generados; por empresa externa autorizada.

Fase de operación y cierre. En estas fases los residuos sólidos no peligrosos así como los RSD serán acopiados temporalmente en zona habilitada como punto de retiro de camión recolector.

a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. En la DIA se presentan la descripción de las variables meteorológicas del área de influencia del proyecto.

a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. En los puntos 1.5.1.5, 1.7.4.3, 1.8.3.3 del Capítulo sobre descripción del Proyecto, de la DIA se presenta la estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos que se generarían durante las distintas fases del Proyecto.

a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. Para el manejo de los residuos sólidos el Proyecto no considera construir una planta de tratamiento de residuos sólidos ni ningún tipo de obras civiles asociadas.

a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. En la DIA y sus Adenda se indica que se hará un adecuado manejo sanitario de las distintas áreas de acumulación de los residuos, evitando la formación de focos de insalubridad que afecten el entorno y permitiendo resguardar la salud y el bienestar de los trabajadores. Para esto, el manejo sanitario y tratamiento de los residuos generados al interior de Proyecto se hará diferenciado según la tipología del residuo (doméstico, industrial y peligroso). Esto implica la existencia de zonas segregadas de manera de evitar posibles mezclas de residuos.

a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. No existirán rechazos, ya que no se efectuará ningún tipo de tratamiento a los residuos sólidos generados en las diferentes fases del proyecto.

a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. No aplica, ya que no se efectuará ningún tipo de tratamiento a los residuos sólidos generados en las distintas fases de proyecto.

a.8. Plan de contingencias. En los Anexo 9 de la DIA y Anexo 10 de Adenda se presenta detalles del Plan de Contingencias en caso de imposibilidad de retiro de residuos sólidos.

a.9. Plan de Emergencias. En los Anexo 9 de la DIA y Anexo 10 de Adenda se presenta detalles del Plan de Contingencias en caso de imposibilidad de retiro de residuos sólidos.

e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9):

e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.

e.2. Capacidad máxima de almacenamiento.

e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.

Pronunciamiento del órgano competente Seremi de Salud Región de Los Lagos: - Oficio CP N°11217 / 2021, sobre DIA - Oficio CP N°1175 / 2022, sobre Adenda - Oficio CP N°9201 / 2022, sobre Adenda Complementaria Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2, Capitulo 10 del ICE

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6.2.3. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del D.S. Nº148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, según se establece en el Artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto en su fase de construcción utilizará residuos peligrosos, para lo cual requiere del permiso de almacenamiento temporal de éstos, según detalles presentados en el Anexo 15 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción del sitio de almacenamiento. Durante la fase de construcción del proyecto se contempla un sitio de acopio temporal de residuos peligrosos correspondiente a una bodega de residuos peligrosos, cuyo diseño se regirá según lo dispuesto en el D.S. Nº148/2003, artículo 33, a saber: - Tener una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. - Contar con un cierre perimetral de, a lo menos, 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. - Estar techado y protegido de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. - Tener una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contar con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. En la fase de construcción los residuos peligrosos serán almacenados en una bodega habilitada para tal efecto por un periodo máximo de 3 meses, luego del cual, la empresa constructora se encargará de realizar el traslado a sitio de disposición autorizado. Las características de la bodega se especifican a continuación: - Bodega de tipo modular, con una superficie útil de 2,5 m2, cuyas características constructivas se presentan en Tabla 2 (punto 4.2 del Anexo) - Los residuos estarán almacenados al interior de la bodega en contenedores que cumplan con el artículo 8 del D.S. N°148. - La bodega contará en su interior con kit Antiderrames, a fin de contener posibles escurrimientos o derrames. - La bodega contará con señalización según Norma Chilena NCh 2190 Of 93. - Medidas de protección de condiciones ambientales. La bodega de acopio de residuos peligrosos estará techada de tal manera de impedir el ingreso de aguas lluvias y el contacto de los residuos con el exterior. El piso de la bodega contará con un sistema de contención de derrame, con resistencia de carga de 1.2 ton/m2, lo que permite una superficie sólida para los residuos a almacenar y permite que los derrames ocurridos dentro de la bodega caigan directamente al sistema de contención habilitado.

c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. - Clase de residuos: Los residuos peligrosos que se generarán durante la fase de construcción corresponderán principalmente a envases y materiales contaminados con solventes, barnices, pinturas, resinas, adhesivos y selladores. - Cantidad de residuos: Se estimó la cantidad de residuos peligrosos generados en esta fase considerando que 4% (en peso) del total de residuos de construcción corresponden a residuos peligrosos, de acuerdo a lo indicado en el Plan Nacional de residuos de construcción y demolición (2001-2006) de la Comunidad de Madrid. - Considerando este porcentaje, se generarían aproximadamente 0,23 toneladas de residuos peligrosos (0,38 m3 considerando una densidad de 0,6 ton/m3). Esta cantidad de residuos será generada a lo largo de los 7 meses que dura la fase de construcción, es decir, una tasa de generación promedio de 0,05 m3/mes. - Capacidad máxima de residuos y periodo de almacenamiento. De acuerdo a lo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

estipulado en el D.S. N°148 los residuos peligrosos deben permanecer almacenados por un periodo máximo de 6 meses. Sin embargo, se contempla un retiro de residuos peligrosos cada 3 meses conforme a su generación.

d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. Las medidas para minimizar cualquier mecanismo que pudiera afectar la calidad del agua, aire y suelo que ponga en riesgo la salud de la población son las siguientes: - Capacitación de los trabajadores encargados del transporte y acopio de los residuos peligrosos en la fase de construcción. - Utilización de elementos de protección personal por parte de los trabajadores que manipulan los residuos peligrosos. - La bodega y los contenedores en su interior estarán debidamente rotulados para la correcta disposición de los residuos peligrosos, según lo dispuesto en el Artículo 4 de D.S. N°148.

e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. Las bodegas cuentan con un sistema de contención de derrames, a través de bateas de retención incorporadas en la bodega, dando cumplimiento a que el volumen de contención no sea menor que el contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, de acuerdo a lo indicado por la norma sanitaria. El volumen de contención de la bodega RESPEL de 2,5 m2 es de 625 litros.

f) Plan de contingencias. En el punto 4.6 del Anexo 15 de la Adenda se detalla los planes de contingencia propuestos por el Titular.

g) Plan de emergencia. En el punto 4.7 del Anexo 15 de la Adenda, se detalla los planes de contingencia propuestos por el Titular. El objetivo de estas medidas es controlar la emergencia y/o minimizar sus efectos sobre el medio ambiente y la población. Esto debe considerarse solo como referencial, puesto que la empresa constructora adjudicataria de la etapa de ejecución debe elaborar sus propios planes de emergencia en función de la programación de la obra y las características de su propuesta.

En el caso de ocurrir una emergencia, se informará de lo ocurrido a la brevedad posible a la Superintendencia de Medio Ambiente y a los organismos del Estado con competencias, vía telefónica y mediante correo electrónico. De acuerdo a los formularios definidos por la organización y a sus competencias se enviará informe que explique la emergencia y que incluya la siguiente información: fecha y hora del evento, duración, localización área afectada y extensión, principales efectos del evento, medidas de control y reparación aplicadas y plan de seguimiento, en los casos que se requiera. Se entregará un informe de la contingencia ocurrida al organismo competente en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Pronunciamiento del órgano competente Seremi de Salud Región de Los Lagos: - Oficio CP N°11217 / 2021, sobre DIA - Oficio CP N°1175 / 2022, sobre Adenda - Oficio CP N°9201 / 2022, sobre Adenda Complementaria Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3, Capitulo 10 del ICE

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6.2.4 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 UF que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos, corresponderá a la autorización e informes favorables que se establecen respectivamente en los incisos 3° y 4° del artículo 55 del D.F.L. Nº458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones; según se establece en el Artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto se emplazará en el área rural de la Comuna de Ancud, fuera de los límites urbanos regulados por el Plan Regulador Comunal. En Anexo N°3 “Permiso Ambiental Sectorial N°160” se desarrollan los contenidos técnicos y formales: - Plano de emplazamiento de las Edificaciones. - Certificado de ruralidad. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditarse su cumplimiento están divididos en letra a) y letra b)

a) De tratarse de subdivisiones y urbanizaciones. No aplica al presente proyecto.

b) De tratarse de construcciones.:

b.1. Destino de la edificación. Se trata de una infraestructura cuyos destinos son:

Oficina administrativa y bodega

Casa cuidador

Servicios Higiénicos.

Con un total de 149,2 m², dicha construcción se ejecutará con fundación corrida de hormigón armado, radier, estructura de muros y cubierta en madera, revestimientos exteriores en tejuela de fibrocemento, revestimientos interiores en madera y cerámico, pavimentos de cerámico y PVC, puertas de madera y ventanas de PVC.

Respecto al Alcantarillado Particular, se contará con un sistema de fosa-dren, por lo tanto, se realizarán las conexiones necesarias para la evacuación de aguas servidas. También se conectará al suministro de agua potable desde un pozo; y un sistema de electricidad particular conectado a empalme.

b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. Las instalaciones se emplazarán de forma aislada en el predio que se ubica aproximadamente a 400 m sector Poniente desde el cruce Ruta 5 Sur.

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b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones. En Anexo N°2 de la DIA se adjunta plano de “Obras proyectadas”, se aprecia la ubicación georreferenciada de las instalaciones de administración, con respecto a las otras áreas de distribución del predio.

b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más sobresalientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. Se adjunta en Anexo N°2 de la DIA, el “Plano de obras proyectadas” contiene la planta, plano de emplazamiento, elevaciones y detalles de las edificaciones:

b.5. Caracterización del suelo. El predio cuenta con una solicitud de cambio de uso de suelo para “equipamiento”, por parte del dueño anterior, para la construcción de un cementerio, la cual fue aprobada mediante Res.Exe. N°186 del 18 de junio del 2010 (se adjunta Resolución en Anexo N°5 de la DIA), donde se aprueba para el predio Lote B, Rol N°1120-36, ubicado en el sector de Pupelde, Comuna de Ancud, Provincia de Chiloé, destinado a equipamiento (habilitar un cementerio parque, con oficina, baños y áreas verdes). De acuerdo al informe agronómico presentado en dicha oportunidad, en el año 2009, el terreno al cual se le solicita el Cambio de Uso del Suelo, se clasifica dentro de la Clase IV de secano, presentando una topografía de lomajes suaves.

En la DIA se presenta el Informe Agronómico del año 2009, según el cual se pudo observar diferencias en la profundidad del suelo, sin embargo, otras características como textura y color son similares. De acuerdo al informe entregado por la estratigrafía del suelo (Anexo N°5 de la DIA), se realizaron 2 calicatas. A fin de verificar los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

antecedentes mencionados, que fueron presentados en la DIA “Parque Cementerio Jardín Ancud”, en julio de 2021, se volvieron a realizar estudios de mecánica de suelo en el terreno a través de 3 calicatas, cuyos antecedentes obtenidos se adjuntan en Anexo N°10 de la DIA. De acuerdo con dicho informe, sobre mecánica de suelos, el lugar de emplazamiento es una zona donde el suelo se presenta regular, sin presencia de alteraciones ni singularidades geomorfológicas que lo puedan comprometer, sin pendientes ni desniveles importantes de terreno ni diferencias sustanciales en geometría. El suelo se presenta homogéneo con estratigrafías horizontales, sin cambios significativos hasta la cota de exploración.

En Anexo 8 de Adenda Complementaria, se presenta un Informe Agronómico Complementario, cuya finalidad es caracterizar el recurso suelo y medir el impacto del proyecto sobre el mismo, haciendo un análisis general del recurso suelo y su interacción con el clima, el medio ambiente y la composición física del mismo (mayo 2022). La evaluación y caracterización del suelo se realiza en base a las muestras obtenidas de 8 calicatas, a una profundidad que varían desde 1 hasta 1,9 metros, llegando hasta el estrato de piedras y rocas. A esa profundidad no se encontraron signos de agua o inundación. Las 8 calicatas, evidenciaron un suelo sin variabilidad entre una y otra, el suelo presentaba en el estrato más profundo piedras de tamaño medio.

El objetivo de dicho estudio fue generar un diagnóstico de las capacidades de uso del recurso suelo respecto al tipo de suelo, textura y estructura del mismo; y, obtener una clasificación del suelo y una evaluación de impacto del proyecto Cementerio Pupelde sobre el recurso suelo, de acuerdo a la superficie y tipo de suelo presente en el lugar.

En resumen, y de acuerdo con la caracterización de las 8 calicatas, el suelo se describe como: - Profundidad: Profundo - Pendiente: Fuertemente inclinado - Pedregosidad superficial: Abundante - Clases de drenaje: Drenaje imperfecto - Textura: Franco arcillosa - Pedregosidad subsuperficial: Moderada - Erosión: No aparente

En relación con el PAS del Artículo 160, en Icsara Complementario se solicitó ampliar y/o aclarar la información presentada en Adenda, a fin de complementar el muestreo descriptivo realizado, aumentando y justificando tanto la cantidad de calicatas a evaluar, así como su ubicación espacial; aclarar cuál fue la forma de determinar la textura del suelo, toda vez que se tomaron muestras a tres profundidades, sin separar la textura por estrata y la asignada al perfil en estudio; describir la condición del suelo, dado que, si bien se clasifica la erosión del suelo como moderada, no se presenta la información que permita respaldar dicha clasificación. Al respecto, en Anexo 8 de Adenda Complementaria, el Titular presenta un nuevo informe, en dónde aumenta la cantidad de calicatas en el sitio, adicionando 6 nuevas calicatas, llegando a un total de 8, cubriendo la totalidad de paños del cementerio, con lo que se logra una representatividad del estudio, permitiendo inferir que las características del suelo analizado han sido cubiertas en su totalidad. De acuerdo con las observaciones realizadas en terreno (calicatas N°1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8), el suelo no presenta una variabilidad significativa, siendo este número de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

calicatas, adecuado para describir el suelo del sitio en estudio. De acuerdo con los criterios de aproximación descritos en el informe agronómico original, se mantiene lo afirmado en relación con que los criterios de aproximación son descritos a cabalidad con este número de calicatas. De acuerdo con las 8 calicatas realizadas, se concluye que el terreno en su totalidad (3,54 ha) corresponde a la clase IV. Pronunciamiento del órgano competente ORD. N°626/2021 del 4.10.2021, del SAG, sobre DIA. ORD. N°105/2022 del 16.02.2022, del SAG, sobre Adenda ORD. N°639/2022 del 13.09.2022, del SAG, sobre Adenda Complementaria ORD. Nº31/2021 del 05.10.202, de SEREMI de Vivienda y Urbanismo, sobre Adenda ORD. N°190 del 24.09.2021 de la Seremi de Agricultura, sobre DIA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4, Capitulo 10 del ICE

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. Norma Ley Nº19.300/1994 (modificada por la Ley 20.417) Componente/materia: Medio Ambiente e institucionalidad Norma Ley Nº19.300/1994, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre “Bases Generales del Medio Ambiente”. Modificada por la Ley Nº20.417/2010. Otros cuerpos legales D.S. Nº40 de 2012, Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo al artículo 8 de la Ley 19.300, los proyectos o actividades señalados en su artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. El presente Proyecto corresponde a la construcción y habilitación de un Parque Cementerio, en la comuna de Ancud, por lo que constituye uno de los proyectos listados en el artículo 10 letra g) de la Ley. Forma de cumplimiento Cumplimiento de las normativas ambientales vigentes, a través del ingreso al SEIA mediante una DIA a fin de obtener la correspondiente RCA. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del proyecto a evaluación y obtención de RCA Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1. del Capítulo 9 del ICE

7.2. Norma D.S. Nº40, de 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Componente/materia: Medio Ambiente/SEIA Norma D.S. N°40/2012, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. Otros cuerpos legales asociados Ley Nº 19.300 (modificada por la Ley 20.417) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Según lo que establece el artículo 8 de la Ley 19.300, los proyectos o actividades señalados en su artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. El presente Proyecto corresponde a la construcción y habilitación de un Cementerio Municipal en la comuna de Ancud, constituyendo de esta manera uno de los proyectos listados en el artículo 10 letra g) de la Ley. El Proyecto constituye por sí solo una actividad de las listadas en el artículo 3° del RSEIA. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a las exigencias establecidas en la normativa para el ingreso del proyecto a través de una DIA, en la cual se establecen todas las medidas necesarias para el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del proyecto a evaluación y obtención de RCA Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2. del Capítulo 9 del ICE

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7.3. Norma “Reglamento general de cementerios” Componente/materia: Salud Norma D.S. N°357/1970, del Ministerio de Salud, “Reglamento general de cementerios”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades propias de la construcción y operación de un cementerio Forma de cumplimiento Certificados y permisos sectoriales. Indicador que acredita su cumplimiento Autorizaciones sectoriales Forma de control y seguimiento SEREMI de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.1. del Capítulo 9 del ICE

7.4. Norma Decreto con fuerza de Ley Nº725/ Código Sanitario. Componente/materia: Residuos sólidos / Aguas servidas Norma D.F.L N°725/ 1967, del Ministerio de Salud, “Código Sanitario” Otros cuerpos legales asociados D.S.Nº594/ Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de RSD / Sistema particular de tratamiento de aguas servidas Forma de cumplimiento Los residuos sólidos domiciliarios que se generen en cualquiera de las fases del proyecto, serán retirados por los camones recolectores de la I. Municipalidad de Ancud y serán depositados en su sitio de disposición correspondiente a la comuna Ancud. Forma de cumplimiento: Certificados de disposición final. En la DIA se presentan los antecedentes del PAS 140, para el almacenamiento temporal de residuos sólidos.

Durante la fase de construcción, las áreas de trabajo serán dotada con baños químicos, conforme a lo exigido por el D.S. N°594/99 “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” con las modificaciones introducidas por el D.S. Nº201/2001 del Minsal. Para la fase de operación se considera la utilización del sistema sanitario existente, para lo cual se presentan los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del PAS del Artículo 138 del Reglamento del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de retiro de RSD / Autorización sanitaria de alcantarillado Forma de control y seguimiento SMA y Seremi de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.2. del Capítulo 9 del ICE

7.5. Norma D.S. Nº594/ Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Residuos líquidos / Residuos sólidos En Guía SEIA se establece que solo los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 24 inciso segundo, 26 y 42 del DS. N°594/1999 es normativa de carácter ambiental aplicable a los proyectos y actividades que se someten al SEIA. Norma D.S N°594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” Otros cuerpos legales asociados D.F.L N°725/ 1967, del Ministerio de Salud, “Código Sanitario” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sistema particular de tratamiento de aguas servidas y bodegas de almacenamiento temporal de residuos sólidos. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a lo establecido en la normativa, respecto a suministro de servicios higiénicos y circuito de agua potable. En la fase de construcción se contará con baños instalados a menos de 75 m del área de trabajo. En fase de operación y cierre, el proyecto contempla una oficina Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

administrativa con 2 baños de acceso público. Resolución Sanitaria para alcantarillado particular. Comprobante de retiro y disposición final de líquidos desde la fosa séptica.

Fase de construcción y cierre: Las aguas servidas se generarán producto del uso de baños químicos en la instalación de faenas; los que serán retirados periódicamente, y los residuos serán enviados a un lugar de disposición final autorizado.

Fase de operación: Las aguas servidas serán enviadas a un sistema de tratamiento particular, implementado a través de una fosa séptica; para lo cual se presentan los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del PAS del Artículo 138 del Reglamento del SEIA.

En la DIA se presentan los antecedentes del PAS 140, para el almacenamiento temporal de residuos sólidos. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria de alcantarillado Comprobante de retiro de baños químicos. Forma de control y seguimiento SMA y Seremi de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.3. del Capítulo 9 del ICE

7.6. Norma D.S. N°38/2012 Emisión de Ruidos Generados por Fuentes Fijas que Indica Componente/materia: Ruido Norma D.S. N°38/2011, del Ministerio de Medio Ambiente, “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”. Otros cuerpos legales asociados D.F.L N°725 de 1967, Código Sanitario, del Ministerio de Salud. Ley 19.300 de Bases Generales sobre Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Excavaciones y construcción de partes y obras del proyecto Desmantelamiento de instalaciones, en caso necesario Forma de cumplimiento De acuerdo a los resultados del estudio de ruido, que se presenta en Anexo 2 de la DIA y al Registro de certificado de revisión técnica de maquinaria y vehículos, se demuestra el cumplimiento de esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se corroborará que el nivel de ruido esté dentro de lo permitido según la zonificación y límites que establece la norma. Forma de control y seguimiento SMA y Seremi de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.4. del Capítulo 9 del ICE

7.7. Norma “D.S N°144/ 1961, del Ministerio de Salud, Norma para evitar emanaciones o contaminaciones de cualquier naturaleza” Componente/materia: Aire - Emisiones a la atmosfera y calidad del aire Norma D.S N°144/1961, del Ministerio de Salud, Norma para evitar emanaciones o contaminaciones de cualquier naturaleza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los gases, humos, polvo o emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y, si corresponde, certificado de revisión técnica de los vehículos Forma de control y seguimiento SMA y Seremi de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.5. del Capítulo 9 del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

7.8. Norma “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” Componente/materia: Residuos peligrosos Norma “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos Actividades propias de las obras de construcción Forma de cumplimiento En la eventualidad de ocurrir un derrame de combustible producto del uso de maquinaria, el sector será aislado y retirado, el cual será tratado como residuo peligroso. Este residuo será depositado en un tambor y enviado, a través de una empresa autorizada, a un lugar de disposición final. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de retiro de residuos por empresas autorizadas. Forma de control y seguimiento SMA y SEREMI de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.6. del Capítulo 9 del ICE

7.9. Norma Ley N°20.283/2008, del Ministerio de Agricultura, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, y sus Reglamentos Componente/materia: Bosque Norma Ley N°20.283/2008, del Ministerio de Agricultura, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, y sus Reglamentos, entre ellos el Reglamento General (D.S. N°93 de 2008, MINAGRI) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Corta de bosque Forma de cumplimiento Si bien el proyecto no considera ningún tipo de tala de bosques o árboles, de igual forma se considera lo señalado en esta norma. Forma de cumplimiento: En caso de corresponder, se solicitarán las autorizaciones que correspondan a esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Solicitud de autorización en caso de que corresponda Forma de control y seguimiento SMA y CONAF Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.1. del Capítulo 9 del ICE

7.10. Norma “Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales” Componente/materia: Bosque Norma D.S. N°82/2010, del Ministerio de Agricultura, “Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimiento de tierra y excavaciones Forma de cumplimiento Las obras y actividades del Proyecto considerarán lo establecido en esta norma. Forma de cumplimiento: En caso de corresponder, se solicitarán las autorizaciones que correspondan a esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Solicitud de autorización en caso de que corresponda Forma de control y seguimiento SMA y CONAF Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.2. del Capítulo 9 del ICE

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7.11. Norma “Ley de Fomento Forestal” Componente/materia: Bosque Norma D.L. N°701/1974, del Ministerio de Agricultura, y sus Reglamentos (D.S.N°193 de 1998; D.S. N°259 de 1980). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Corta de bosque Forma de cumplimiento Las obras y actividades del Proyecto considerarán lo establecido en esta norma. Forma de cumplimiento: En caso de corresponder, se solicitarán las autorizaciones que correspondan a esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Solicitud de autorización en caso de que corresponda Forma de control y seguimiento SMA y CONAF Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.3. del Capítulo 9 del ICE

7.12. Norma “Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación” Componente/materia: Flora y Fauna Norma D.S. N°29/2011, del Ministerio de Medio Ambiente, “Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Corta de bosque, movimiento de tierra y excavaciones Forma de cumplimiento Al ser el lugar de emplazamiento del proyecto un sector rural, se dejará prohibirá la caza, manipulación y alimentación de fauna. Forma de cumplimiento: Realización de capacitación a los trabajadores con la indicación de prohibición de cazar, levantar nidos, dentro del área del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Solicitud de autorización en caso de que corresponda Forma de control y seguimiento SMA y Seremi de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.4. del Capítulo 9 del ICE

7.13. Norma “Ley de Caza” Componente/materia: Fauna Norma Ley 19.473/1996 Ley de Caza, Ministerio de Agricultura, y su reglamento D. S. Nº5/1998 Reglamento de Caza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Corta de bosque, movimiento de tierra y excavaciones Forma de cumplimiento Quedará estrictamente prohibido la caza o captura de ejemplares de fauna silvestre en la zona de emplazamiento del proyecto. Forma de cumplimiento: Charla de capacitación a personal, incorporación de letreros en el lugar. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones Forma de control y seguimiento SMA y SAG Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.5. del Capítulo 9 del ICE

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7.14. Norma “Ley sobre Monumentos Nacionales” Componente/materia: Arqueología Norma D.S. Nº17.288/1970, Ley sobre Monumentos Nacionales, Ministerio de Educación Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Excavaciones y/o movimiento de tierra Forma de cumplimiento En el área del Proyecto, se realizó una inspección arqueológica que no da cuenta de la presencia de restos de valor patrimonial arqueológico. De igual forma, la revisión bibliográfica no indica la presencia de sitios arqueológicos o elementos con declaratoria en el área del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, el titular del Proyecto se compromete que, ante la eventualidad de hallazgos de elementos patrimoniales durante las actividades de construcción, se informará a las autoridades correspondientes en virtud de la Ley N°17.288. Indicador que acredita su cumplimiento Reporte de hallazgos de elementos patrimoniales encontrados al CMN, en caso que aplique.

Forma de control y seguimiento Informes a SMA y al CMN Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.6 del Capítulo 9 del ICE

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300:

8.1. La SEREMI de Agricultura, en su pronunciamiento sobre la DIA, oficio ORD.N°190 del 24.09.2022, mediante el cual señala su conformidad, señalando que el Titular presenta antecedentes que permiten acreditar que es propietario del Lote B, Rol 1120-36, de 3,54 has; además, acompaña la Resolución Exenta N°186 del año 2010, que informa favorablemente el cambio de uso de 4,04 has, compuesta por los Lotes B de 5,54 has Rol 1120-36 y Lote 2 C2 de 0,5 has Rol 1120-62, con ello se concluye que el Lote B, de propiedad de la Municipalidad de Ancud, el uso al cual se debe destinar es a equipamiento para habilitar un cementerio parque con oficinas baños, estacionamientos y áreas verdes. Por lo que la Municipalidad de Ancud deberá, por la vía sectorial, precisar si las construcciones que menciona en la presente evaluación ambiental corresponde a las ya autorizadas o se trata de nuevas construcciones que pretende levantar en el Lote B, en atención a que la imagen satelital aportada en la página 3 del Anexo 6 de la DIA, en el recuadro destacado, no se aprecian construcciones. Dependiendo de la respuesta que se otorgue deberá solicitar la modificación de la Resolución Exenta N°186 y del Informe Técnico N°015 del año 2010, en términos de aumentar el coeficiente de constructibilidad y de ocupación del suelo y la tipología del cementerio para el Lote B.

8.2. La SEREMI de Vivienda y Urbanismo, en su pronunciamiento sobre la Adenda, oficio ORD. Nº 31/2021 del 05.10.2021, señala que el Proyecto debe tramitarse de acuerdo a lo señalado en el Artículo N°55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, respecto de las construcciones en el área rural y el Informe técnico que el MINVU debe realizar para este caso. Agrega que “Se observa que los antecedentes presentados en el expediente datan del año 2009-2010, no adjuntando el Informe técnico N° 15-E-DDU6-2010, al cual se hace mención. Complementariamente se indica que los Informes Técnicos Favorables para la construcción en terrenos rurales IFC, así como las exigencias de urbanización y otros aspectos técnico legales del presente informe de Cambio de Uso de Suelo quedarán de hecho caducadas si el interesado no presentare los estudios de urbanización correspondientes dentro de un plazo de 2 años, a contar de la fecha de la Resolución del S.A.G. Región de “Los Lagos”. Por este motivo, se debe volver a tramitar dicha solicitud en la Seremi de Vivienda y Urbanismo región de Los Lagos, con el proyecto actualizado y los antecedentes correspondientes”.

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9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. CAV “Monitoreo Calidad de Aguas Subterráneas” Impacto asociado Alteración de la calidad de aguas subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación El Titular se compromete a realizar monitoreo de la calidad de aguas subterráneas a través de la toma de muestras de agua en 2 pozos de aguas en el Cementerio Pupelde.

Objetivo: Monitorear semestralmente el estado de calidad de las aguas permanente asociada a la operación del proyecto.

Descripción: Se examinará la calidad del agua de dos pozos de consumo humano a fin de comparar los resultados e identificar la influencia que pueda tener el proyecto sobre la calidad de las aguas.

Justificación: Se han caracterizado 2 pozos de agua subterránea en el área de influencia del Cementerio Pupelde, estableciendo una línea base de parámetros susceptibles de ser afectados por las funciones normales del cementerio. La comparación de la calidad de las aguas en un punto aguas arriba con otro, aguas abajo del proyecto permitirá detectar si ha ocurrido algún tipo de afectación.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los puntos a monitorear son los que se mencionan a continuación.

Tabla 1. Pozos de Monitoreo

El pozo 1 está a las afueras del cementerio y se utiliza para consumo humano en un predio vecino al cementerio, propiedad de un particular; mientras que el pozo 2 está en el terreno del cementerio y es utilizado para consumo humano y regadío.

Forma: Toma de muestras en terreno por organismos autorizados. En la Tabla a continuación se enumeran los parámetros a analizar en las muestras de aguas superficiales, se comparan principalmente respecto a la línea de base del proyecto. Según detalle presentado en Anexo 15 de Adenda Complementaria. Las mediciones de temperatura, pH, OD, Turbiedad y conductividad se harán parámetros que se puedan monitorear con equipos en el sitio como en laboratorio. De los parámetros medidos, cobran relevancia el nitrógeno total, que reúne a los demás analitos medidos (Nitrógeno amoniacal, nitrato, nitrito y NTK), el fósforo total, Aceites y grasas y OD, ya que son parámetros que pudiesen ser afectados por la descomposición de los cuerpos humanos enterrados en el cementerio.

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Oportunidad: El primer muestreo se realizará dentro del semestre que inicie operación el cementerio. Posteriormente se continuará el monitoreo de manera semestral, hasta completar su fase de operación.

Indicador que acredite su cumplimiento Contrato con laboratorio para captación y análisis de muestras Informes de análisis de laboratorio. Forma de control y seguimiento - Revisión de los registros en oficina Administrativa. - Inspección por la autoridad ambiental según solicitud. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.11 del Capítulo 11 del ICE

9.2. CAV “Infografía sobre Cuidado Medioambiente y Turismo dentro de la Comuna, al interior del proyecto del Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud” Impacto asociado

No corresponde Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fomentar en la comunidad el cuidado de Medioambiente y los sectores turísticos en el archipiélago.

Descripción: Se incorpora en el acceso del cementerio, zona oficinas administrativas folletería para el público que asista al recinto respecto a temáticas de medioambiente y turismo.

Justificación: Si bien el proyecto del nuevo Cementerio no es un objetivo turístico en sí mismo, se contempla incorporar en su acceso, infografía relativa a su entorno geográfico, caminos de acceso a lugares más cercanos, biodiversidad, paisajismo, lugares de interés turístico e información relativa a los servicios que ofrece tanto la comuna como el propio campo santo, además del manejo de residuos para reciclaje y basura dentro del recinto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de Administración del Cementerio.

Forma: Estante que contenga la información comprometida en el área interna del cementerio, para que los visitantes puedan visualizarla.

Oportunidad: Se considera la incorporación de esta infografía dentro del primer semestre que inicie operación el cementerio. Se irá actualizando la infografía y folletería de manera semestral. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de actualización periódica de stand informativo Forma de control y seguimiento Revisión de los registros en oficina Administrativa. - Inspección por la autoridad ambiental según solicitud. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.12 del Capítulo 11 del ICE

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  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. Incendio Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación, Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras y partes del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitar continuamente al personal respecto a riegos presentes del proyecto asociados a posibles focos de mayor riesgo de generación de incendios y respecto al presente plan de emergencia. La periodicidad de las capacitaciones deberá ser establecida por un profesional del área de prevención de riesgos.

En los lugares de trabajo e instalaciones de faena, se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, tales como extintores portátiles, mangueras, tambores con arena, herramientas manuales, etc., de acuerdo a las exigencias establecidas por la autoridad competente. Estos elementos estarán ubicados en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo, según la normativa vigente.

Por otra parte, se aplicarán los procedimientos definidos en plan de emergencia, que contempla: - Demarcación y señalización de las vías de evacuación, las cuales deberán permanecer en todo momento, libres de cualquier elemento que las obstruya. - Prohibición de prender fuego en todas las instalaciones del proyecto. - Prohibición de quemar aceites, grasas, neumáticos, residuos y desechos sólidos en general. - Habilitación de zonas especiales para fumadores Forma de control y seguimiento Si algún trabajador se ve enfrentado a un principio de incendio, deberá proceder de inmediato a comunicar la situación a la encargada (o) del cementerio, este a su vez se comunicara con bomberos de la comuna de Ancud para que acudan a la emergencia, la persona encargada tendrá la obligación de comunicarse con su jefatura directa, el cual escalara la noticia a lo más alto de la jerarquía de mandos de la Ilustre Municipalidad de Ancud, se deberá comenzar el desalojo ordenado del recinto, paralelo a esta acción, quienes se encuentren en las cercanías inmediatas al lugar del principio de incendio, deberán extinguir el fuego con los equipos extintores portátiles existentes para este tipo de emergencia, estos se encuentran en lugares estratégicos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9 de la DIA Anexo 10 de Adenda

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Una vez se dé por finalizada la contingencia, se procederá a realizar un recorrido por el perímetro de las instalaciones para asegurar la no afectación de algún componente ambiental por el incendio, ya sea suelo, agua, flora o fauna. En caso de algún tipo de afectación al componente de flora, se reincorporará las especies afectadas. Para lo que fauna en caso de que algún animal ya sea doméstico o silvestre se encuentre herido se procederá a ser capturado y enviado a un centro de rehabilitación para su tratamiento. Respecto al suelo, la zona afectada será recuperada. Si existiese algún tipo de contaminación a suelo o agua por algún tipo de sustancia se procederá a realizar protocolo de derrame presente en este mismo plan de contingencia.

Todo evento será registrado, en la medida de lo posible, a fin de detallar: - Sitio del evento - Fecha - Causa - Descripción de medidas inmediatas aplicadas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

- Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.1 del Capítulo 8 del ICE

10.2. Sismo

Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación, Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras y partes del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Si bien no es posible prevenir el riesgo asociado a movimientos telúricos al proyecto, se realizará la siguiente medida asociada: - Capacitar continuamente a todo el personal respecto al plan de emergencia ante sismos. - Las instalaciones del Proyecto se diseñarán según las normas y/o estándares nacionales e internacionales para la resistencia sísmica. - Realizar charlas de capacitación a trabajadores, sobre riesgos y procedimientos a ejecutar. - Mantener las áreas de trabajo en orden y limpieza para facilitar la evacuación ante eventos naturales. - Demarcar las áreas de evacuación y zona de seguridad. - Mantener planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad. - Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de trabajadores. Instalación de señalética adecuada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9 de la DIA Anexo 10 de Adenda

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Al producirse un sismo (movimiento telúrico), se debe permanecer en su puesto de trabajo y mantener la calma (Oficina de administración cementerio), solo si existe peligro de caída de objetos cortantes (vidrios), u objetos golpeantes (cajas, archivadores, luminaria), se deberá proteger bajo el dintel de una puerta o bajo su escritorio o mesa, en caso de que el movimiento telúrico sea demasiado fuerte, realizar el desalojo total del recinto. Lo primero es mantener la calma, el orden individual y de grupo es primordial, aunque se debe actuar rápido, hay que evitar el pánico (gritos, carreras, etc.). Preocúpese de las personas más expuestas al riesgo, especialmente adultos con problemas físicos. Cuídese de muebles pesados que puedan volcarse con el sismo. Aléjese de las ventanas, los vidrios podrían estallar a raíz de la torsión de las paredes. No trate de salvar objetos materiales arriesgando su vida. Use las vías de escape hacia la Zona de seguridad previamente establecida, no salga al exterior por lugares improvisados, puede existir peligro de caídas de muro, cornisas, cables eléctricos, etc. Si no es posible acceder a la Zona de seguridad previamente establecida, tiéndase en posición fetal, lo más cerca de muebles firmes, ellos podrán dar lugar a la formación de un “triángulo de la vida”, en el cual podrán esperar ayuda en el caso de desprendimiento de murallas y techos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.2 del Capítulo 8 del ICE

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10.3. Derrame de sustancias peligrosas

Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas o partes del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se mantendrán y ejecutarán las siguientes medidas para prevenir la contingencia: - Las faenas durante toda la fase de construcción contarán con una bodega de sustancias peligrosas acorde a las exigencias del D.S. N°43/2016. - Las faenas durante toda la fase de construcción contarán con una bodega de residuos peligrosos acorde a las exigencias del D.S. N°148/2003. - Se dispondrá de un Plan de emergencias específico para el control de derrames de sustancias y residuos peligrosos, ya sean combustibles, aceites o lubricantes. - Se realizarán capacitaciones semestrales al personal en temas de manejo y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de trabajadores. Registro de Simulacro de Emergencia. Registro de materiales absorbentes y contenedores disponibles en las áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9 de la DIA Anexo 10 de Adenda

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se dispondrá de una estación de emergencias que cuente con un kit antiderrames totalmente equipado, tanto en la bodega de residuos peligrosos como en la bodega de sustancias peligrosas; dicho kit contará con elementos de protección personal básicos (guantes de nitrilo, antiparras de policarbonato y cubre calzado), material absorbente (como vermiculita), material de limpieza (pala, escoba, paño absorbente y bolsas negras). En caso de materializarse un evento de contaminación del suelo por derrame de sustancias peligrosas, se seguirá el siguiente plan de acción: i. Realizar las labores de limpieza del área afectada; ii. Utilizar elementos de contención de derrames menores a fin de detener el derrame; iii. Las personas a cargo de la labor de limpieza deben utilizar los EPP adecuados y contarán con las capacitaciones correspondientes; iv. Despejar y delimitar el área afectada; v. Prohibir el acceso a personas ajenas a la zona afectada; vi. No tocar el producto derramado con las manos; vii. Absorber el derrame mediante sistema de paños absorbentes o turba para luego proceder al retiro del suelo contaminado utilizando palas o escobillones y disponer en contenedores rotulados con el residuo a descartar; viii. Desechar los elementos de protección personal utilizados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.3 del Capítulo 8 del ICE

10.4. Imposibilidad de retiro de RSD

Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación, Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Lugar de disposición temporal de residuos sólidos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Administrador del Cementerio tendrá una coordinación permanente con el Director de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la Municipalidad, el cual informara de manera previa si los camiones poseen las capacidades para alcanzar a retirar todos los RSD que se encuentren en el cementerio los días de recolección establecidos. A partir de esto el administrador del cementerio deberá realizar las gestiones correspondientes para disponer de contenedores extras en el recinto del proyecto, los cuales se instalarán en la zona de acopio de residuos domiciliarios y asimilables con objeto de aumentar la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610

capacidad máxima de acopio temporal de residuos. Forma de control y seguimiento Registro de despacho de RSD Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 9 de la DIA Anexo 10 de Adenda

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que no se pueda retirar los RSD del cementerio de acuerdo con la frecuencia establecida imposibilitando el retiro por calendario, se tomaran las siguientes acciones para controlar la contingencia: - Una vez identificada la colmatación de residuos en los contenedores, el administrador del cementerio deberá realizar las gestiones correspondientes para la instalación de más contenedores extras en el recinto del proyecto, los cuales se instalarán en la zona de acopio de residuos domiciliarios y asimilables con objeto de aumentar la capacidad máxima de acopio temporal de residuos. - En caso de llenarse el lugar de acopio, se traerán bateas externas de empresa contratista para almacenar RSD en el cementerio, las cuales serán retiradas una vez sean vaciadas por el camión recolector y se supere la contingencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de declararse una emergencia las comunicaciones iniciales serán centralizadas e informadas a los órganos competentes en base a la contingencia ocurrida en un plazo máximo de 24 horas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.4 del Capítulo 8 del ICE

11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción de este.

14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

15°. Que, para que el proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

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17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud”, de Ilustre Municipalidad de Ancud.

2°. Certificar que el proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Construcción Cementerio Municipal Sector Pupelde, Comuna de Ancud” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Giovanna Moreira Almonacid Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610 Giovanna Elvira Moreira Almonacid Firmado digitalmente por Giovanna Elvira Moreira Almonacid Fecha: 2022.10.20 10:51:41 -03'00'

Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

SST/JHS/MSA/PSP

Distribución:

Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Carlos Heriberto Gómez Miranda carlos.gomez@muniancud.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONADI, Región de Los Lagos valtamirano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos gobernador@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Ancud carlos.gomez@muniancud.cl SAG, Región de Los Lagos cristian.andrade@sag.gob.cl SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos tania.salas@minagri.gob.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos rmassa@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos <citurriaga@mma.gob.cl, ngesell.10@mma.gob.cl> SEREMI MOP, Región de Los Lagos daniel.olhabe@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl CC: Encargado/a de PAC Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2157291610 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 19/10/2022 17:44:48 CLST