DELIMITACIÓN DE NUEVOS RECURSOS, PROYECTO QUETENA
Documento Digital N*: 202202101335 - Fecha: 14/06/2022
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LA
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena”
RESOLUCION EXENTA (ver número digital en costado inferior izquierdo)
Antofagasta, 14 de junio de 2022
VISTOS:
1%. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 01 de marzo de 2022 y su Adenda Complementaria de 04 de mayo de 2022, del Proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena”, presentado por CODELCO Chile, División Chuquicamata con fecha 14 de julio de 2021 y admitida a trámite con fecha 20 de julio de 2021.
2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena”.
3, El Acta de Evaluación N*54/2021 de 21 de septiembre de 2021, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.
4", El ICE de la DIA del Proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena” de fecha 26 de mayo de 2022.
5". El acuerdo N41/2022 del 03 de junio de 2022 de la sesión ordinaria N15 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
6”. La Resolución de Calificación Ambiental N* 0012/2013 de fecha 18 de enero de 2013 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, del Proyecto “Proyecto Quetena”, que se modifica a través de la presente Resolución.
7”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena”.
- Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N” 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); en la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución N? 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la Resolución Exenta RA N* 119046/205/2022 de fecha 23/05/2022 que nombra al Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta (“SEA Antofagasta”); y en el Decreto
1
Supremo N* 77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
1”. Que, CODELCO Chile, División Chuquicamata (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social CODELCO Chile, División Chuquicamata
Rut 61.704.000-k
Domicilio 11 Norte 1291 Villa Exótica — Edificio Institucional Calama Teléfono (56) 55 2366310
Nombre representante legal| Nicolás Rivera Rodríguez
Rut representante legal 14.119.793-2
Domicilio representante legal | 11 Norte 1291 Villa Exótica — Edificio Institucional Calama Teléfono representante legal | (56) 55 2327878
Correo electrónico Titular o | NRive008(Acodelco.cl
representante legal
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de mayo de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3”. Que, en sesión de N*15/2022, de fecha 03 de junio de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de mayo de febrero de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SELA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1, ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del Proyecto es complementar los datos geológicos previamente obtenidos para mejorar la precisión de la información del yacimiento Quetena, a fin de minimizar las incertidumbres y definir con mayor certeza el cuerpo mineralógico presente en la zona, para la posterior confirmación de las acciones futuras de explotación del yacimiento.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Según artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA):
i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los del carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda.
1.2). Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo minero, necesarias para la caracterización requerida y con el fin de establecer los planes mineros en los cuales se base la explotación programada de un yacimiento, que consideren cuarenta (40) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las regiones de Arica y Parinacota a la Región de Coquimbo, o veinte (20) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las regiones de Valparaíso a la Región de Magallanes y Antártica Chilena, incluida la región Metropolitana de Santiago.
Vida útil
El Proyecto comprende una vida útil de 24 meses. Para más detalle ver Tabla 1-3 de la Adenda de la DIA.
Monto de inversión
USD 4.800.000.
Gestión, acto O faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
El hito que iniciará la ejecución del Proyecto será la movilización de equipos y maquinaria al área del Proyecto.
Proyecto se desarrolla por etapas
Si No | El Proyecto no contempla el desarrollo del Proyecto
Xx] por etapas.
En la Tabla 1-2 de la Adenda de la DIA, se detalla la
Proyecto modifica un Si No :
proyecto o actividad RCA modificada por motivo del presente Proyecto. x Si No
Proyecto modifica otra(s) RCA
El Proyecto modifica la siguiente Resolución de
Calificación Ambiental:
Xx RCA N? 0012/2013 que califica favorablemente el Proyecto “Proyecto Quetena”.
4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
El Proyecto se emplazará al interior de las servidumbres mineras de la División Chuquicamata (en adelante “DCH”), en la región de Antofagasta, provincia de El Loa, comuna de Calama, a 1,5 km al noroeste del casco urbano de Calama y a 200 km aproximados al noreste de la ciudad de Antofagasta.
Descripción de la localización
El emplazamiento del Proyecto se justifica debido a que en esta área existen recursos minerales de cobre reconocidos y que, para su explotación, se requiere delimitar las incertidumbres geológicas.
Superficie 7,56 ha
Coordenadas UTM en Datum | Las coordenadas del Proyecto se visualizan en la Tabla 1-5 WGS84 Coordenadas Plataformas de Sondajes de la DIA.
Caminos de acceso Desde Calama, al Proyecto se accede por la ruta 24, tomando un desvío hacia el oeste de 6,1 km aproximadamente y transitando por un camino interno que conecta directamente al área de sondajes. En la Figura 1-5 de la DIA se detalla la ruta de acceso al Proyecto.
Referencia al expediente de | En Anexo 3 de la Adenda de la DIA, se presentan los planos del evaluación de los mapas, proyecto en formato pdf y en KML.
georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4:3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
El Proyecto no contempla la construcción de instalaciones auxiliares (oficinas, bodegas, patios de almacenamientos, entre otros), por cuanto, utilizará como infraestructura de apoyo el equipamiento existente en la División. En este sentido, para el almacenamiento de las muestras de los sondajes se utilizarán instalaciones existentes en propiedad de la DCH. En cuanto a las actividades asociadas a la habilitación de los accesos y plataformas de sondaje, dada la naturaleza de las prospecciones geológicas, estas se irán ejecutando de manera secuencial junto con los sondajes, de modo que, para mejor comprensión de la dinámica señalada, dichas actividades serán consideradas dentro de la fase de operación del Proyecto. Por lo expuesto anteriormente, el presente Proyecto no contempla una fase de construcción propiamente tal, debido a que, las habilitaciones necesarias para su ejecución se desarrollarán en la fase de operación.
Referencia al ICE | Para mayores antecedentes, ver numeral 4.5 del ICE del proyecto.
para mayores detalles sobre esta
fase.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Utilización de | El Proyecto no contempla instalación de faena. La muestrera se utilizará solo instalación de | para el almacenamiento de las muestras de sondaje.
faena Por otro lado, señalar que el Proyecto no requerirá la habilitación de un
campamento debido a la cercanía con la ciudad de Calama donde tendrán su operación base, alojamiento y alimentación,
Habilitación de | Habilitación Caminos Existentes: En el área del Proyecto existe una red de
caminos de | caminos principales y accesos a plataformas, producto de la actividad de accesos a | prospección y exploración geológica previa desarrollada en la zona. Los plataformas caminos de acceso existentes serán utilizados como vías principales y en caso
de requerir mantención se utilizará una motoniveladora.
Habilitación Caminos Nuevos: Para el caso de las nuevas plataformas, que no cuenten con accesibilidad, desde los caminos existentes, se proyectarán los nuevos accesos para alcanzar dichas plataformas, considerando la menor
distancia de acuerdo con la topografía del área. Los caminos de acceso se habilitarán utilizando motoniveladora y retroexcavadora o maquinaria similar. El material removido por estas labores será acumulado a un costado de la plataforma, de manera de utilizarlo posteriormente en las actividades de cierre.
El Proyecto considera la habilitación de las plataformas de perforación, lo cual consistirá en la nivelación del terreno mediante motoniveladora o similar, donde se emplazarán los equipos y maquinaria de perforación. Esta será de una superficie de 20 m de largo x 20 m de ancho, con una superficie por plataforma de aproximadamente 400 m?. Esta operación será realizada con maquinaria adecuada, Para más detalle ver numeral 1.6.1.3 del Capítulo 1 de la DIA.
Habilitación de plataformas niveladas Habilitación de estacionamiento
en plataforma
El Proyecto considera para cada área de trabajo una zona para estacionamiento de vehículos, 2 camionetas y 1 camión, éstos se habilitarán utilizando motoniveladora y retroexcavadora o maquinaria similar. El material removido por estas labores será acumulado, de manera de utilizarlo posteriormente en las actividades de cierre.
Perforación de | Se considera la realización de 54 sondajes los que tendrán una profundidad sondajes aire | promedio de 630 m, que fluctuarán entre los 321 m a los 1.080 m de largo. reverso con | Para la perforación de los sondajes, se seguirá la siguiente secuencia: recuperación — de 1) Instalación de equipo detritos 2) Funcionamiento aire reverso con recuperación de detritos
3) Desinstalación y traslado de equipos de sondajes
Para más detalle ver numeral 1.6.1.6 del Capítulo 1 de la DIA. Actividades de | Para la ejecución del Proyecto, se requiere constantemente la mantención de mantención y equipos de perforación, maquinarias y equipos menores. Estas mantenciones conservación se clasifican en tres:
Mantención diaria programada, mantención de partes y reparación mayores.
Recursos naturales
El Proyecto no contempla la extracción o explotación de ningún tipo de
renovables recurso natural renovable. Cabe señalar que, los sondajes tienen un objetivo geológico y no contempla la extracción ni explotación de agua.
Emisiones y a) Emisiones Atmosféricas: En la fase de operación del Proyecto, las
efluentes emisiones se generarán debido a las siguientes actividades: construcción de
plataformas, traslado de materiales equipos y personal, y la operación de la máquina de sondaje. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:
Contaminante (t/año) Fase MPio Operación | 2,027
MP5 0,994
[90 2,663
HC 0,008
NOs 12,245
SOs 0,807
El Proyecto considera como forma de manejo o abatimiento de emisiones la aplicación de bischofita en todos los caminos del Proyecto, humectación de caminos no pavimentados, humectación excavaciones y/o escarpe y Revisiones técnicas y mantenciones al día.
Para más detalle ver Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
b) Aguas servidas; El Proyecto generará aguas servidas por el uso de baños químicos en las diferentes áreas de trabajo (plataformas). El volumen a generar por el Proyecto se estima en aproximadamente 0,0218 ls (1,89
m'/día), de los cuales, un 20% corresponderá al de los baños químicos. El resto de las aguas servidas serán generadas en las instalaciones de los contratistas que tendrán en Calama, las cuales se encontrarán debidamente autorizadas. Como forma de manejo, los baños químicos serán operados por una empresa contratista especializada en el manejo de este tipo de residuos, la cual deberá tener autorización sanitaria. La limpieza se realizará 3 veces a la semana.
c) Ruido: Durante la fase de operación, se generarán emisiones de ruido provenientes del uso de maquinarias retroexcavadoras, motoniveladora, perforadora y generador. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver Anexo 4 de la DIA y ver Figura V-26 “Niveles de ruido y grupos humanos” de la Adenda de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos sólidos domésticos: Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables, los que estarán compuestos básicamente de papeles, cartones, envases etc. Se estima una generación de 210 kg/mes, los cuáles serán almacenados temporalmente en contenedores de plástico con tapa, los que permanecerán cerrados para evitar la proliferación de vectores sanitarios y/u olores y serán recolectados diariamente. Cabe señalar que, estos residuos serán recolectados por el sistema de recolección de residuos domésticos existente al interior de la División, los que serán enviados al vertedero de la puerta 4 que tiene autorizado la división por la Res N” 5928/1997 del Servicio de Salud,
b) Residuos industriales no peligrosos: Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de bolsas de papel y plásticas, cartones de embalaje, maderas, bidones metálicos y/o plásticos, restos de tuberías plásticas, trozos de metal, aceros de perforación desechados y piezas o partes metálicas de desgaste de las maquinarias. Se estima una generación máxima de 25 kg/mes.
Estos residuos se dispondrán durante las faenas operacionales, al interior de tambores o contenedores adecuados y rotulados. Finalizadas las labores de perforación, estos contenedores serán retirados y transportados hasta los lugares de disposición de la División Chuquicamata, con una frecuencia diaria.
La chatarra metálica, será almacenada en el patio de chatarra, ubicado en el sector km 6 en Chuquicamata, autorizado mediante Resolución Exenta N* 3542/2002, del Servicio de Salud de Antofagasta. Los restos de correas y HDPE se dispondrán en el vertedero de la puerta 4,
c) Industriales Peligrosos: Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de tierra contaminada, lubricantes y fluidos hidráulicos usados. Se estima una generación de 12,5 kg/mes de tierra contaminada y 359 kg/mes de lubricantes y aceites usados.
Los lubricantes y aceites se dispondrán en tambores de 200 litros para su retiro de la plataforma una vez que se generen. Se dispondrán en los patios de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos de la División,
autorizados por Res N” 2982/2010 y N”2984/2010 ambos de la SEREMI de Salud región de Antofagasta.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del proyecto.
4.3.3. FASE DE CIERRE
Actividades de Desmantelamiento o Aseguramiento de la Estabilidad de la Infraestructura utilizadas por el Proyecto o Actividad
El proyecto considera el retiro de equipos y máquinas, el cierre de las plataformas de perforación, así como el término y sellado de sondajes.
Actividades de Restauración de la
Geoforma o Morfología, Vegetación y cualquier otro Componente Ambiental que haya sido
Afectado durante la Ejecución del Proyecto
Debido a la ausencia de excavaciones o movimientos de tierras considerables, y dadas las características del terreno, no se realizarán actividades para restaurar las geoformas.
Prevención de | Debido a la naturaleza del Proyecto, y considerando que se desarrollará un futuras emisiones | desmantelamiento de estructuras, no se consideran potenciales futuras para evitar la emisiones que puedan afectar el ecosistema.
afectación del
ecosistema
incluido el aire,
suelo y agua
Actividades de | Por la naturaleza del Proyecto, no se consideran implementar actividades de Mantención, mantención, ya que, no se consideran obras remanentes, así como tampoco Conservación y actividades de conservación y supervisión mientras se desarrollan las Supervisión actividades de cierre.
necesarias
Recursos naturales
Durante esta fase no se contempla la extracción o explotación de ningún tipo
renovables de recurso natural renovable. Emisiones y a) Emisiones Atmosféricas: En la fase de cierre del Proyecto, las emisiones efluentes se generarán debido a las siguientes actividades: sellado de los pozos, retiro
de maquinaria, limpieza de las plataformas y cierre de accesos; las cuales
serán de menor magnitud que aquellas generadas durante la fase de operación. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:
Contaminante (t/año)
Fase MP MPoas co HC NOs SOx Cierre | <2,0271 | <0,9940 | <2,6613 | <0,0083 | <12,2454 | <0,8079 (5
(*) Las emisiones de la fase de cierre no fueron estimadas, ya que las mayores emisiones se generan en la fase de operación, debido a que se realizan un mayor número de actividades. Por lo cual las emisiones generadas durante la fase de cierre serán inferiores a las generadas durante la fase de operación, Para más detalle ver Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
El Proyecto considera como forma de manejo o abatimiento de emisiones la aplicación de bischofita en todos los caminos del Proyecto, humectación de caminos no pavimentados, humectación excavaciones y/o escarpe y Revisiones técnicas y mantenciones al día,
b) Aguas servidas: Durante la fase de cierre se generarán aguas servidas por el uso de baños químicos en las diferentes áreas de trabajo (plataformas). El volumen a generar por el Proyecto se estima en aproximadamente 0,0218 l/s (1,89 m*/día), de los cuales, un 20% corresponderá al de los baños químicos. El resto de las aguas servidas serán generadas en las instalaciones de los contratistas que tendrán en Calama, las cuales se encontrarán debidamente autorizadas.
Forma de manejo: Los baños químicos serán operados por una empresa contratista especializada en el manejo de este tipo de residuos, la cual deberá tener autorización sanitaria. La limpieza se realizará 3 veces a la semana.
c) Ruido: Las emisiones de ruido generadas durante el cierre del Proyecto estarán dadas principalmente por el uso de la maquinaria necesaria para el sellado de los pozos, limpieza de las plataformas y cierre de accesos. Se estima que las emisiones de ruido generadas durante esta fase serán menores a las generadas durante la fase de operación, dada la menor envergadura de las actividades. Cabe señalar que, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N” 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos sólidos asimilables a domésticos: En la fase de cierre no se generan residuos diferentes a la fase de operación ya que ambas fases se ejecutarán de forma paralela. Por lo tanto, el cierre de los sondajes estará integrado con la operación de estos, es por ello que se mantiene lo señalado para la fase de operación.
Para más detalle ver Tabla 1-15. Cuadro resumen residuos operación y cierre de la Adenda de la DIA.
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: En la fase de cierre no se
generan residuos diferentes a la fase de operación ya que ambas fases se ejecutarán de forma paralela. Por lo tanto, el cierre de los sondajes estará integrado con la operación de estos, es por ello que se mantiene lo señalado para la fase de operación. Para más detalle ver Tabla 1-15. Cuadro resumen residuos operación y cierre de la Adenda de la DIA.
c) Residuos sólidos industriales peligrosos: En la fase de cierre no se generan residuos diferentes a la fase de operación ya que ambas fases se ejecutarán de forma paralela. Por lo tanto, el cierre de los sondajes estará integrado con la operación de estos, es por ello que se mantiene lo señalado para la fase de operación. Para más detalle ver Tabla 1-15. Cuadro resumen residuos operación y cierre de la Adenda de la DIA.
Referencia al ICE | Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del proyecto.
para mayores detalles sobre esta fase.
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de No contempla inicio
Parte, obra o acción que | No aplica establece el inicio
Fecha estimada de No aplica término
Parte, obra o acción que | No aplica establece el término
4.4.2, FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de Noviembre 2022 inicio
Parte, obra o acción que | Movilización de equipos y maquinaria, establece el inicio
Fecha estimada de Noviembre 2024 término
Parte, obra o acción que | Retiro equipos y maquinaria. establece el término
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio | Noviembre 2022
Parte, obra o acción que | Inicio sellado de pozos establece el inicio
Fecha estimada de | Noviembre 2024 término
Parte, obra o acción que | Desocupación de la instalación de faena existente. establece el término
5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto no significativo El proyecto no generará riesgo para la salud de la población.
El Proyecto considera la generación de emisiones de material particulado y gases producto de las actividades de la construcción de plataformas, traslado de materiales equipos y personal, y la operación de la máquina de sondaje.
No obstante, de acuerdo con la modelación de emisiones atmosféricas, presentado en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria de la DIA, las emisiones generadas por la ejecución del Proyecto serán poco significativas.
Por lo anterior, no existe una superación de normativa primaria de calidad del aire para ninguno de los contaminantes evaluados, por lo cual, el Proyecto no generará riesgo para la salud de la población.
Parte, obra o acción que lo genera Caminos y plataformas. Fase en que se presenta Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores Capítulo 6.1 del ICE.
detalles sobre este impacto específico
5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRELA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto no significativo Suelo: Instalación de las plataformas de sondaje.
El Proyecto considera la alteración de las características fisicoquímicas del suelo, debido principalmente a la habilitación de la instalación de faenas y a la ejecución de sondajes. Sin embargo, no existirá una pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar la biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
Una vez finalizadas las actividades de término y sellados de sondajes se procederá a cerrar la plataforma de perforación, para lo cual se realizarán las siguientes actividades:
« Se retirarán todas las instalaciones de apoyo (contenedores) y herramientas de perforación.
= Se retirarán todos los materiales de muestreo, + Se verificarán los aspectos del estado de los pozos.
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» Se verificará la condición de la tapa de pozo.
-
Se limpiará y retirarán todos los materiales sobrantes de las áreas de perforación utilizadas.
-
Se retirarán las maquinarias utilizadas en las distintas áreas operacionales.
» Se dejarán limpias las diferentes áreas utilizadas para las labores de prospección.
- Se cerrarán los accesos a las diferentes plataformas con material del lugar, sectores que serán semi-compactados para que se asemejan a su condición original.
Agua: El proyecto no generará alteración del recurso hídrico.
El Proyecto utilizará exclusivamente agua envasada para el consumo humano, la que será traída desde Calama y distribuida en faena, mediante dispensadores.
El Proyecto no considera la extracción de aguas subterráneas ni descargas de efluentes que pudieran afectar la calidad de las aguas de los recursos hídricos continentales. Tampoco contempla el trasvase de cuenca, ni tampoco la intervención de la zona acuífera existente.
Aire: Alteración de la calidad del aire.
En todas sus fases del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, derivadas de las actividades de sondaje y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, no obstante, de acuerdo con el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas y la modelación de emisiones, ambos presentados en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria de la DIA, las emisiones generadas por la ejecución del Proyecto serán poco significativas.
Por lo anterior señalado, el proyecto cumple con las normas primarias de calidad del aire y, en consecuencia, no existen otras emisiones que puedan superar las concentraciones establecidas en las normas secundarias, por lo que, el proyecto no generará alteración de la calidad del aire que pueda afectar a los recursos naturales renovables,
Flora y vegetación: El proyecto no generará afectación a la flora y vegetación.
El Proyecto se emplazará en un área donde se determinó la inexistencia de flora y vegetación, debido a lo cual, la
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totalidad de la superficie fue descrita como desierto absoluto.
No se encontraron vestigios de formaciones vegetales, por lo que, no existe ninguna singularidad de este componente ambiental.
Para más detalle ver Anexo 8 “Caracterización Ambiental Flora y Vegetación” de la Adenda de la DIA.
Fauna:
El proyecto no generará afectación sobre fauna.
De acuerdo con la caracterización ambiental presentada en el Anexo 9 de la Adenda de la DIA, la riqueza en el Al fue baja, registrando la presencia de tres especies, correspondiente al Corredor de Teresa (Microlophus theresioides), Guanaco (Lama guanicoe) y jote de cabeza roja (Cathartes aura).
Con relación a lo anterior, y, de acuerdo con los resultados obtenidos y las características del proyecto, no se prevé la afectación de fauna por concepto de las superficies involucradas por el Proyecto.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Suelo.
Parte, obra o acción que lo genera
Actividades de la construcción de plataformas, traslado de materiales equipos y personal, y la operación de la máquina de sondaje.
Fase en que se presenta
Operación y Cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capitulo 6.2 del ICE,
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto no significativo
El proyecto no generará alteración sobre GHPPI.
El receptor humano más cercano al Proyecto corresponde a la toma de la Quebrada del Río San Salvador ubicada a 1 km.
Sin embargo, de acuerdo con el Anexo 10 de la Adenda y en el análisis SAD que se presenta en la pregunta 3.1 de la Adenda de la DIA, se prevé que el desarrollo del Proyecto no intervendrá ni restringirá espacios y/o acceso a recursos naturales que sean utilizados como sustento económico por un grupo humano, o que sean utilizados para usos tradicionales.
El Proyecto no generará impactos ambientales sobre reasentamiento de comunidades humanas o alteración
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significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Parte, obra o acción que lo genera
No Aplica.
Fase en que se presenta
No Aplica.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6.3 del ICE.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto no significativo
El proyecto no generará alteración sobre áreas protegidas.
El Proyecto se sobrepone al Área Bajo Protección Oficial “Calama-Yalquincha” (DGA R,E. N” 87/2006), que corresponde a un acuífero que alimenta vegas y bofedales según lo indicado en el OF.ORD. N* 130844/201 del SEA.
Respecto al análisis del literal g) del artículo 6 del RSEIA, en el sector donde principalmente se desarrollarán las labores de sondajes propuestos, los parámetros hidráulicos para el acuífero inferior fluctúan para la conductividad hidráulica (K) entre 0,1 a 0,5 (m/día), por lo que, se descarta que se puedan alcanzar surgencias de tipo artesianas en los pozos.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
No aplica.
Parte, obra o acción que lo genera
Plataformas y Caminos.
Fase en que se presenta
Operación y Cierre
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6.4 del ICE.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto no significativo
El proyecto no generará alteración de los atributos del paisaje.
El Proyecto se emplazará sobre un área altamente intervenida donde existen actividades mineras actualmente en operación. De esta forma, el Proyecto al emplazarse en este sitio no alterará negativamente las formas que se insertan en el paisaje.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
No aplica.
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detalles sobre este impacto específico
Parte, obra o acción que lo genera No Aplica. Fase en que se presenta No Aplica. Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6.5 del ICE.
PATRIMONIO CULTURAL
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL
Impacto no significativo
El proyecto no generará alteración del patrimonio cultural, Las actividades del Proyecto se emplazarán al interior del área evaluada por el EIA del Proyecto Quetena, en terrenos de propiedad de Codelco, el cual ya se encuentra intervenido por actividad minera previa, no registrándose manifestaciones culturales o de folclore de alguna comunidad al interior de esta área. De acuerdo con el informe antropológico adjunto en el Anexo 10 de la Adenda de la DIA, la actividad más cercana correspondería a las actividades que se realizan en el Cerro La Cruz. Por lo tanto, el Proyecto no afectará lugares o sitios en los que se lleven a cabo manifestaciones de cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, que pudieran ser afectados por sus obras y/o actividades.
Además, cabe señalar que en el área de influencia se detectaron 6 elementos patrimoniales. Estos corresponden a 5 hallazgos aislados de data histórica (restos de botellas y un fragmento cerámico) y un sitio arqueológico, el cual corresponde a un rasgo lineal denominado To-1B, ya que, se trataría de un ramal del RL To-1 (sitio identificado con anterioridad).
El Proyecto no considera la intervención de estos hallazgos y para ello, se considera realizar charlas de capacitación a los trabajadores del Proyecto, aplicación de cercos y monitoreo durante las labores de remoción de material, cuyos resultados serán informados al CMN y a la SMA.
Parte, obra o acción que lo genera
Plataformas y caminos de acceso.
Fase en que se presenta
Operación y Cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6.6 del ICE.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
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6.1.1. Permiso para la ejecución del plan de cierre de una faena minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SELA.
la cual corresponde
Fase del Proyecto a — | Fase de cierre,
Parte, obra o acción a | Plataforma y accesos a plataformas.
que aplica Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 7 de la Adenda de la DIA, actualizado en Pregunta HLl1 de la Adenda complementaria.
Condiciones o No existen condiciones o exigencias.
exigencias
específicas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del | Mediante Oficio N* 2181, de fecha 18 de mayo de 2022, SERNAGEOMIN órgano competente de la Región de Antofagasta, se pronunció conforme condicionado a los antecedentes presentados por el titular, otorgando el PAS 137.
7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Compatibilidad territorial.
NORMA
Ordenanza N* 001/2018 - Ordenanza municipal medioambiental de la comuna de Calama.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Se dará cumplimiento en todo lo que sea aplicable al Proyecto, especialmente, en materia de manejo y disposición de residuos, cumpliendo con dar aviso previo a la I. Municipalidad de Calama de las actividades que correspondan, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza, y entregar los certificados y documentos exigidos por la misma, con relación al retiro de residuos sólidos y líquidos y las autorizaciones de las empresas transportistas de dichos residuos, entre otros.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Copia de los certificados y avisos previos entregados a la ustre Municipalidad de Calama, cuando corresponda.
Forma de control y seguimiento
Revisión y verificación periódica por parte del Proyecto de los indicadores de cumplimiento. El titular mantendrá la información disponible y actualizada en caso de ser requerida por la autoridad con competencias de fiscalización (I. Municipalidad de Calama o SMA, según corresponda), ya sea en el área de ejecución del Proyecto, o en las plataformas de registro correspondientes, de acuerdo con las instrucciones que la SMA establezca.
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Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.1. del ICE.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre.
Forma de cumplimiento
El encargado del establecimiento registrará en la plataforma la información requerida y su modificación, en caso de que sea pertinente,
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Comprobante de declaración de generación de emisiones y residuos realizada a través del Sistema de Ventanilla Unica, RETC.
-
Comprobante de cambio o actualización de datos del establecimiento, en caso de que sea pertinente.
Forma de control y seguimiento
Verificación anual de ingreso de datos de generación de residuos y emisiones del Proyecto en el RETC, y su actualización, en caso de que sea necesario.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.2. del ICE.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
Decreto N*75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Condiciones para el transporte de cargas que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y Cierre.
Forma de cumplimiento
Los camiones utilizados contarán con tolvas que no permitan la caída de material durante su transporte.
- Los camiones que transporten tierra o escombros por caminos públicos, y especificamente en zonas urbanas serán encarpados.
« Las medidas previamente descritas serán exigidas de forma contractual al contratista encargado del transporte de materiales.
Indicador que acredita su cumplimiento
= Control visual de la implementación de las medidas.
- Copia del contrato donde se exija el cumplimiento de las medidas propuestas.
Forma de control y seguimiento
Supervisión permanente del encargado de obras.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.3. del ICE,
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7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción y Cierre.
Forma de cumplimiento
» Encarpado de camiones cuando se transite por camino público.
- Todos los vehículos asociados al proyecto tendrán sus revisiones técnicas aprobadas y vigentes.
« Se revisará que las mantenciones recomendadas por los fabricantes se encuentren al día.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Control visual de encarpado de camiones.
-
Registro de revisiones técnicas y mantenciones de todos los vehículos,
Forma de control y seguimiento
- Supervisión permanente del encargado de obras.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.4. del ICE.
7.5. COMPONENTE/MATE!
RIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
Decreto Supremo N*4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Normas de emisión de contaminantes aplicables alos vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre,
Forma de cumplimiento
Los vehículos motorizados que se utilicen durante las distintas fases del Proyecto cumplirán los límites máximos de emisión señalados en la norma, lo que se comprobará mediante la exigencia de los certificados de revisión técnica al día para todos los vehículos motorizados ya sean propios, contratistas, subcontratistas o de los proveedores. Por otra parte, el Titular verificará que todo vehículo motorizado inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuente con el rótulo que garantiza que cumple con los límites máximos de emisión, establecidos por la normativa. A todos los vehículos que se utilicen se les harán las mantenciones recomendadas por el fabricante y las adicionales que se requieran, para garantizar un óptimo funcionamiento de los equipos y así asegurar que las emisiones se mantengan dentro de los rangos permitidos.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Registro de mantención de maquinarias y camiones.
-
Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica, de gases y las mantenciones al día.
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Forma de control y seguimiento
Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases y mantenciones al día.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.5. del ICE.
7.6. COMPONENTE/MATE
RIA: Manejo de Aguas Servidas.
NORMA
Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967 del Ministerio de Salud Código Sanitario (última modificación Ley N"21.030/2017 Ministerio de Salud).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Fase de operación
La mantención de los baños químicos estará a cargo de una empresa autorizada, asegurando que la disposición de los residuos líquidos se realice en un lugar que cuente con los permisos correspondientes. La limpieza será tres veces a la semana.
Fase de cierre
Respecto a estos residuos, su manejo será el mismo al contemplado para la fase de operación del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá copia de:
-
Se tendrá a disposición de la autoridad el registro de manejo y retiro de aguas servidas provenientes de baños químicos de la empresa autorizada que presten el servicio,
-
Autorización sanitaria de empresa proveedora de baños químicos. » Autorización sanitaria lugar de tratamiento y disposición final de los residuos.
-
Registro de limpieza de los baños químicos y del traslado a disposición final de las aguas servidas.
Forma de control y seguimiento
El titular verificará que se cuente con los indicadores de cumplimiento y mantendrá la información actualizada en los sistemas de seguimiento correspondientes.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.6. del ICE.
7.7. COMPONENTE/MATE!
RIA: Ruido.
NORMA
Decreto Supremo N*38/2011 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre.
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Forma de cumplimiento
El cumplimiento normativo se verificará mediante la ejecución de un monitoreo de ruido durante la fase de operación según el D.S. N*38/2011 del MMA.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Informe de monitoreo.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá el registro del resultado del monitoreo realizado durante la fase de operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.7. del ICE.
7.8. COMPONENTE/MATE
RIA: Residuos Sólidos no Peligrosos.
NORMA
Decreto con Fuerza de Ley N725/1967 del Ministerio de Salud Código Sanitario (última modificación Ley N21.030/2017 Ministerio de Salud).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Fase de operación y cierre
- Residuos sólidos asimilables a domésticos
Estos residuos se almacenarán en contenedores de plástico con tapa, los que permanecerán cerrados para evitar la proliferación de vectores sanitarios y/u olores y serán recolectados por el sistema de recolección de residuos domésticos existente al interior de la División, los que serán enviados al vertedero de la puerta 4 que tiene autorizado la División mediante la Resolución N*5928/1997 del Servicio de Salud de Antofagasta, que se acompaña en el Anexo 10 de la DIA. Estas actividades se realizarán de acuerdo con lo establecido en el procedimiento PRO.022.SIG del Sistema de Gestión Ambiental, que se acompaña en el Anexo 9 de la DIA.
- Residuos industriales no peligrosos
Estos residuos se dispondrán al interior de tambores o contenedores adecuados para el tipo de residuo, los que serán retirados y transportados diariamente. Estas actividades se realizarán de acuerdo con lo establecido en el procedimiento PRO.022.SIG del Sistema de Gestión Ambiental, que se acompaña en el Anexo 9 de la DIA. Las condiciones de transporte y las características de los contenedores se regirán, según lo establecido en el Instructivo INS.078, SIG, el que se presenta en el Anexo 9 de la DIA. En cuanto al almacenamiento de chatarra metálica, se realizará en el patio de chatarra, ubicado en el sector de km 6 en Chuquicamata, el que cuenta con autorización sanitaria mediante Resolución Exenta N3542 del 08 de agosto de 2002, del Servicio de Salud de Antofagasta, cuya copia se adjunta en el Anexo 10 de la DIA. Los restos de correas y HDPE se disponen en el vertedero de la puerta 4 que cuenta con autorización para residuos domésticos e industriales no peligrosos, cuya resolución N5928/1997 del Servicio de Salud de Antofagasta se acompaña en el Anexo 10 de la DIA.
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» Residuos industriales peligrosos
Estos serán almacenados transitoriamente en recipientes o tambores con tapa y se dispondrán en el Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos autorizado de la División, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento PRO.022.SIG del Sistema de Gestión Ambiental, que se acompaña en el Anexo 9 de la DIA, Desde este lugar, serán retirados por empresas autorizadas, en un período menor a seis meses. Las resoluciones N2982/2010 y N2984/2010 de la Seremi de Salud de Antofagasta que autoriza el lugar de almacenamiento se acompaña en el Anexo 10 de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Copias de las autorizaciones sanitarias de los sitios de manejo transitorio y de sitio de disposición final; y de los titulares del transporte y disposición final de residuos. Comprobante de declaración de generación de emisiones y residuos realizada a través del Sistema de Ventanilla Única, RETC.
Forma de control y
- Se mantendrá a disposición de la autoridad el Registro de ingreso
seguimiento de los residuos domésticos, asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos a sitios autorizados. + Cumplimiento de las condiciones exigencias establecidas en la RCA, cuyo seguimiento y fiscalización corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Referencia al ICE para Ver Tabla 8.1.8. del ICE.
mayores detalles
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Peligrosos.
NORMA
Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Forma de cumplimiento
Fase de operación
Los residuos industriales peligrosos serán almacenados transitoriamente en recipientes o tambores con tapa y se dispondrán en el Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos autorizado de la División, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento PRO.022.SIG del Sistema de Gestión Ambiental, que se acompaña en el Anexo 9 de la DIA. Desde este lugar, serán retirados por empresas autorizadas, en un período menor a seis meses. Las resoluciones N”2982/2010 y N*”2984/2010 de la Seremi de Salud de Antofagasta que autoriza el lugar de almacenamiento se acompaña en el Anexo 10 de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá copia de:
-
Autorización sanitaria de sitio temporal de la División y sitio de disposición final.
-
Autorización sanitaria de la empresa responsable del transporte y disposición final de residuos.
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- Comprobante de declaración de generación de emisiones y residuos realizada a través del Sistema de Ventanilla Unica, RETC.
Forma de control y seguimiento
El titular verificará que se cuente con los indicadores de cumplimiento y mantendrá la información actualizada en los sistemas de seguimiento correspondientes.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.9. del ICE,
7.10. COMPONENTE/MATE
RIA: Contaminación Lumínica.
NORMA
Decreto Supremo N43/2012 del Ministerio de Medio Ambiente Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Forma de cumplimiento
El Proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena” no modifica lo señalado en el proyecto original, estas luminarias adicionales, al igual que el resto de las luminarias con las que contará el Proyecto, cumplirán los estándares de emisión establecidos por la norma, para evitar que la proyección de luminosidad hacia los cielos, contando con sus respectivos certificados de aprobación de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, respaldado por informes de ensayos y laboratorio de organismos técnicos autorizados.
Indicador que acredita su cumplimiento
Certificados que acreditan el cumplimiento de las especificaciones técnicas.
Forma de control y seguimiento
El titular verificará que se cuente con los certificados respectivos al momento de adquirir los equipos que se requieran.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.10. del ICE,
7.11. COMPONENTE/MATE,
RIA: Sustancias Peligrosas.
NORMA
Decreto Supremo N*43/2016 del Ministerio de Salud Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Fase cel Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre.
Forma de cumplimiento
El almacenamiento y manejo de estos insumos, se realizará dependiendo del tipo. Su almacenamiento se hará siguiendo los lineamientos del presente Reglamento, en lugares autorizados para tal fin. Estas sustancias serán manejadas bajo condiciones de seguridad apropiadas para el tipo de compuesto, considerando
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medidas de control permanentes y plan de emergencia frente a contingencias, con las capacitaciones adecuadas al personal correspondiente.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Copias de los procedimientos de seguridad establecidos por División Chuquicamata.
-
Hojas de datos de seguridad a disposición de la autoridad fiscalizadora en el sitio de almacenamiento.
-
Registro de capacitaciones al personal que interviene en manipulación de sustancias peligrosas.
-
Plan de emergencias del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
-
Se contará con registro de ingreso y salida de la bodega de SUSPEL.
-
HDS de las sustancias almacenadas disponibles para todos los trabajadores en la entrada de la bodega de SUSPEL.
» Señalización correspondiente a las sustancias almacenadas.
-
Capacitación de los trabajadores que manejen sustancias peligrosas.
-
Registro del mantenimiento de la bodega de SUSPEL,
-
Todos los documentos se encontrarán disponibles en las oficinas administrativas del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.1.11. del ICE.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica.
NORMA
Decreto Supremo N*43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Forma de cumplimiento
El encargado del establecimiento registrará en la plataforma la información requerida y su modificación, en caso de que sea pertinente. En la fase de cierre no se utilizará iluminación nocturna, dado que esta actividad se realizará en jornada diurna.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Comprobante de declaración de generación de emisiones y residuos realizada a través del Sistema de Ventanilla Unica, RETC.
-
Comprobante de cambio o actualización de datos del establecimiento, en caso de que sea pertinente.
Forma de control y
Verificación anual de ingreso de datos de generación de residuos y
seguimiento emisiones del Proyecto en el RETC, y su actualización, en caso de que sea necesario. Referencia al ICE para Ver Tabla 8.1.12. del ICE.
mayores detalles
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Fauna
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NORMA
Ley 4.601/1929 (Ley 19.473/1996) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Disposiciones por que se regirá la caza en el territorio de la República,
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre,
Forma de cumplimiento
Como se sefialó, el Proyecto no considera la intervención ni tampoco la explotación de fauna silvestre, El Proyecto efectuará una instrucción a todos sus trabajadores propios y contratistas sobre la prohibición de cazar ejemplares de fauna u otra forma de afectación, en caso de que éstos fuesen avistados durante la ejecución del Proyecto. Además, se considera realizar la perturbación contralada para reptiles. Adicionalmente, se implementarán medidas preventivas en orden a mantener los recipientes de residuos sólidos domésticos, en buen estado y cubiertos, con la finalidad de evitar la dispersión de residuos en las inmediaciones, los cuales pueden servir de atracción para la presencia de fauna silvestre,
Indicador que acredita su cumplimiento
- Registro de la capacitación a los trabajadores.
*« Registro de mantención que verifique el estado de los recipientes de residuos domésticos,
- Reforzamiento de la señalética presente.
Forma de control y seguimiento
Registro de capacitación a los trabajadores, de la cual se llevará un registro escrito.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.2.1. del ICE.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural.
NORMA
Ley N*17.288/70 del Ministerio de Educación Legisla sobre Monumentos Nacionales
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación y cierre
Forma de cumplimiento
Tal como se indicó anteriormente, el Proyecto no intervendrá elementos patrimoniales de acuerdo con lo identificado en la Caracterización Ambiental de arqueología (Anexo 12 de la DIA y Anexo 6 de la Adenda). Sin perjuicio de ello, ante la eventual aparición de restos arqueológicos y/o paleontológicos no previstos durante la ejecución de las obras, se cumplirá con lo establecido en el artículo 26? de la Ley N? 17.288, paralizando en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos; e informando al Gobernador Provincial, a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Además, el Proyecto efectuará una capacitación a los trabajadores de su faena (propios y contratistas), a cargo del área de medio ambiente de la división, con el objeto de informar las prácticas correctas conforme a la Ley de Monumentos
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Nacionales y su Reglamento y charlas de inducción de paleontología a cargo de un/a paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN. Así mismo, se contempla el monitoreo permanente por un arqueólogo durante las labores de movimiento de tierras.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro del aviso al Gobernador provincial, a la SMA y Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), en caso de detectarse algún hallazgo arqueológico.
Forma de control y
Registro escrito de la última capacitación anual efectuada a los
mayores detalles
seguimiento trabajadores y registro del aviso en caso de haberse efectuado un hallazgo. Referencia al ICE para Ver Tabla 8.2.2, del ICE.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Agua Potable.
NORMA
Decreto N*446/2006 del Ministerio de Salud Declara normas oficiales de la República de Chile.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del Proyecto.
Forma de cumplimiento
- El Titular exigirá las autorizaciones, permisos de funcionamiento y venta de agua potable a las empresas que presten servicios de abastecimiento de agua ya sea para consumo o para servicios higiénicos
Indicador que acredita su cumplimiento
- Abastecimiento de agua potable de fuentes autorizadas.
- Se complementará el abastecimiento con bidones y dispensadores.
Forma de control y seguimiento
= Registro de abastecimiento de agua potable disponible en oficinas administrativas del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Tabla 8.2.3. del ICE.
8", Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1. Condición: El Titular queda condicionado a que los residuos generados en el Proyecto sean retirados diariamente desde sus puntos de segregación, desde los frentes de trabajo:
Para el caso de los residuos peligrosos, estos deberán ser trasladados al sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos autorizado según Resolución Exenta N*2982/20210 y N?2984/2010, ambas de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta.
Los residuos asimilables domésticos deberán ser retirados con una frecuencia diaria y ser dispuestos finalmente en relleno sanitario de propiedad del Titular, según la Resolución Exenta N”5928/1997 de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta.
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Respecto de los residuos industriales no peligrosos, estos deberán ser almacenados diariamente en sitio autorizado de propiedad del Titular aprobado mediante Resolución Exenta N*3542/2002 de la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta.
Al respecto, se deberá mantener un registro diario con los comprobantes de los retiros de los residuos, el cual deberá estar disponible en la instalación de faena.
8.2. Condición: El Titular deberá invitar e informar a la SEREMI de Agricultura de la Región de Antofagasta, a todas las actividades que éste desarrolle con las comunidades agrícolas.
9” Que, el proyecto contará con las siguientes exigencias:
Tabla 9.1. Exigencia: Informe Sondajes.
Impacto asociado
Infiltración a napas subterráneas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Cierre Proyecto.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Entrega de información características sondajes. Descripción: Completo informe con las características finales de cada sondaje (profundidad, diámetro, inclinación, estratigrafía), que incluya la caracterización hidrogeológica de la zona, la ocurrencia de aguas subterráneas, y el proceso de sellado para cada sondaje.
Justificación: Respaldo de la entrega a la SMA.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: No aplica.
Forma: Debe considerar la entrega de la profundidad, diámetro, inclinación, estratigrafía de todos los sondajes realizados en la campaña, que incluya la caracterización hidrogeológica de la zona, la ocurrencia de aguas subterráneas, y el proceso de sellado para cada sondaje.
Oportunidad: al término de la campaña de sondaje.
Indicador que acredite su cumplimiento
Ingreso a la plataforma SMA del informe.
Forma de control y seguimiento
El Titular asume como compromiso voluntario la presentación anual de un completo informe con las características finales de cada sondaje (profundidad, diámetro, inclinación, estratigrafia), que incluya la caracterización hidrogeológica de la zona, la ocurrencia de aguas subterráneas, y el proceso de sellado para cada sondaje, el cual será entregado a la Dirección General de Aguas, Región de Antofagasta.
Este informe será enviado a la DGA y a la SMA al cabo de 30 días del término de la campaña de sondaje.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más detalle ver Tabla 10.2.1. del ICE.
10*. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso el siguiente compromiso ambientales voluntario:
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10.1. Compromiso ambiental voluntario: Compromiso ambiental voluntario creación de un Centro de Biodiversidad en Calama.
Impacto asociado
No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y Post -Cierre del Proyecto.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: 1) El fomento y desarrollo de la investigación local sobre la biodiversidad, especificamente en fauna de baja movilidad;
ii) En la conservación de especies locales con problemas de preservación.
iii) Difusión y fomento de proyectos de biodiversidad asociados a estudios de fauna local.
Descripción: El Centro de Biodiversidad se emplazará en primera instancia en las instalaciones de la Corporación de Cultura y Turismo de Calama, específicamente en las instalaciones disponibles a la fecha en el parque Borde Rio, en el sector denominado “cafetería” o en un lugar donde se defina por parte del Titular. Esta instalación cuenta con dos pisos de construcción sólida de aproximadamente 350 m? distribuidos en ambos pisos. No obstante, es posible que pueda ser algún otro lugar donde se defina por parte del Titular, tratando de mantener las mismas condiciones inicialmente consideradas.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: En el parque Borde Río, en el sector denominado “cafetería”, o en un lugar donde se defina por parte del Titular, para lo cual se firmará un acuerdo de colaboración con la institución que corresponda.
Forma: La instalación será previamente acondicionada con equipos necesarios para la implementación de un laboratorio, una sala de fomento y educación ambiental y una sección de criaderos y conservación de especies de fauna local de baja movilidad que actualmente se encuentre en alguna Categoría de Conservación de Amenaza (en peligro y/o vulnerables). Además, contará con bioterio, zona de cuarentena, entre otros sectores que son necesarios para un correcto manejo del centro.
Oportunidad de implementación: Posterior al acondicionamiento del Centro de Biodiversidad, se gestionará su funcionamiento por cinco años, con posibilidad de renovación. En cuanto a la dotación de personal técnico, se financiará la implementación técnica, los cuales serán capacitados por profesionales del Instituto de Ecología y Biodiversidad de la Universidad de Chile u otro con el objetivo de dar cumplimiento a los lineamientos de conservación asociado a la fauna local.
Indicador que acredite su cumplimiento
Firma del acuerdo de colaboración. Implementación de las instalaciones en la Corporación de Cultura y Turismo de Calama o en lugar donde se defina por parte del Titular.
Forma de control y seguimiento
No aplica.
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Referencia al ICE para mayores detalles
Para más detalle ver Tabla 10.1.1. del ICE.
11”, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,
son las siguientes:
11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
11,1.1. Medida en caso de sismos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases,
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones o medidas a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a la prevención de las contingencias de sismo.
-
Establecimiento de zonas de seguridad.
-
Realización de simulacros de emergencia en cada campaña. » Capacitación del personal en labores de rescate y
emergencia.
Objetivo: Controlar los efectos de los sismos.
Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: En cada plataforma e instalación de faena.
Indicador de cumplimiento: % de cumplimiento de las medidas de monitoreo y control.
Forma de control y seguimiento
Acreditar implementación y cumplimiento de disposiciones específicas:
-
Reglamento de Emergencia Divisional
-
Planes Local de Emergencia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.del ICE.
11.1.2, Eventos de precipitaciones
intensas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones o medidas a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a la prevención de las contingencias de precipitaciones intensas. * Establecimiento de zonas de seguridad.
» Capacitación del personal en labores de rescate y emergencia.
*» Seguimiento al pronóstico del tiempo atmosférico entre 7 a 14 días.
Objetivo: controlar los efectos de intensas precipitaciones.
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Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: en cada plataforma e instalación de faena.
Indicador de cumplimiento: % de cumplimiento de las medidas de monitoreo y control.
Forma de control y seguimiento
Acreditar implementación y cumplimiento de disposiciones específicas:
+» Reglamento de Emergencia Divisional.
» Planes Locales de Emergencia.
« Plan de acción frente a condiciones climáticas adversas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.2.del ICE.
11.1.3. Derrame de sustancias.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones o medidas a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a la prevención de las contingencias de derrames.
» Cuando se recepcione combustible/lubricantes se realizará una revisión al estado de los envases y/o contenedores; en caso de que estén en mal estado serán trasvasijados a envases/contenedores que se encuentren en buenas condiciones estructuralmente, lo cual sólo podrá realizarse por personal debidamente capacitado.
» El personal que manipule el combustible/lubricantes y/o residuos peligrosos, estará capacitado en la materia, de tal forma que evite el derrame durante su manipulación.
» El lugar de almacenamiento estará debidamente acondicionado,
» Cuando se requiera lubricar las máquinas de sondaje, se colocará un geotextil adicional sobre el geotextil existente que se instaló inicialmente bajo la sonda.
» Se contará con material para contener un derrame en caso de ocurrencia.
» En caso de ocurrencia, se tomará una muestra en la zona afectada (posterior a la limpieza) y en una estación control para verificar la efectividad de la medida aplicada. Los análisis deberán realizarse en laboratorios certificados por el INN. Se utilizará como referencia la Guía Metodológica para la gestión de suelos con potencial presencia de contaminantes o las NCh 3400/1: Calidad de Suelos: Directrices para el diseño de programas de muestreo y la NCh 3400/2: Calidad de Suelos: Directrices sobre técnicas de muestreo.
Objetivo: Evitar que se produzcan derrames.
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Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: en cada plataforma e instalación de faena.
Indicador de cumplimiento: % de cumplimiento de las medidas preventivas.
Forma de control y seguimiento
Acreditar la implementación y cumplimiento de las disposiciones específicas en:
-
Reglamento de Emergencia Divisional,
-
Plan de manejo de emergencias con sustancias peligrosas Divisional.
-
Plan de Manejo de Residuos Peligrosos Divisional.
-
Procedimiento de Reporte e investigación de incidentes operacionales con consecuencia ambiental.
-
Procedimiento Manejo y Disposición de Residuos Divisional.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.3.del ICE.
11.1.4. Incendio,
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones o medidas a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a la prevención de las contingencias de incendio:
» Mantener operativos (funcionando, señalizados y despejados) equipos y sistemas contra incendios.
- Mantener instruido al personal en la ubicación y uso de equipos contra incendios.
» Mantener debidamente instruido al personal en el riesgo.
= Determinar zonas de seguridad.
Objetivo: Evitar que se produzcan incendios.
Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: en cada plataforma e instalación de faena.
Indicador de cumplimiento: Registro de inspección de terreno de equipos de control de incendio y señalética, y registro de capacitación al personal de equipos y sistemas contra incendio.
Forma de control y seguimiento
- Inspección de terreno cada 2 semanas.
- Revisión de registro de capacitación cada 2 semanas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.4.del ICE.
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11.2. PLAN DE EMERGENCIAS
11.2.1. Medidas en caso de sismos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a las emergencias producto de un sismo.
» Evacuación a las zonas de mayor seguridad del lugar de trabajo.
» Ejecución del procedimiento de evacuación y de actuación durante la emergencia.
« Posterior al evento se verificará que la cantidad total de personas que participen del Proyecto, se encuentren a salvo; para lo cual tendrán que mantener diariamente un registro de ingresos y salidas de personas.
- Durante las fases de operación y cierre, una vez ocurrido el evento, se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores.
Objetivo: Controlar los efectos de un sismo.
Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: En cada plataforma y caminos.
Indicador de cumplimiento: N? de incidentes ambientales asociados a eventos sísmicos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se activará el Plan de Emergencia divisional cuando ocurra un incidente, y que tenga consecuencias ambientales y/o a la población, a través de la plataforma que la SMA dispone para ello.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.1.del ICE.
11.2.2. Eventos de precipitaciones
intensas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases,
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a las emergencias producto de precipitaciones intensas.
» Evacuación a las zonas de mayor seguridad del lugar de trabajo.
» Ejecución del procedimiento de evacuación y de actuación durante la emergencia.
- Posterior al evento, se verificará que la cantidad total de personas que participen del Proyecto, se encuentren a salvo;
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para lo cual tendrán que mantener diariamente un registro de ingresos y salidas de personas.
- Durante las fases de operación y cierre, una vez ocurrido el evento, se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores.
Objetivo: controlar los efectos de intensas precipitaciones. Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: en cada plataforma y camino.
Indicador de cumplimiento: N* de incidentes ambientales asociados a eventos climáticos adversos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se activará el Plan de Emergencia divisional cuando ocurra un incidente, y que tenga consecuencias ambientales y/o a la población, a través de la plataforma que la SMA dispone para ello,
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7,2.del ICE.
11.2.3. Derrame de sustancias.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases,
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a las emergencias producto de derrames.
- En caso de haber derrames hacia el terreno natural, se procederá a extraer todo el material contaminado.
» La operación será con personal calificado.
» El área del derrame se aislará de inmediato.
- Utilizar elementos de protección personal (EPP) adecuados.
-
Verificar el lugar del derrame, detener la filtración y/o contener el producto con arena u otro absorbente impidiendo la contaminación de cursos de agua, alcantarillas o subterráneos.
-
Recuperar la mayor cantidad de producto posible.
-
Limpiar los residuos del producto incluyendo la contención, absorbiendo el material derramado con paños absorbentes o material absorbente para hidrocarburos.
-
Recolectar e identificar los residuos resultantes de la limpieza del derrame para su posterior disposición.
-
Remover la parte afectada preparar con el resto de los residuos para su posterior disposición.
-
Se tomarán muestras en la zona afectada (posterior a la limpieza) y en una estación control para verificar la efectividad de la medida aplicada, los análisis deberán realizarse en laboratorios certificados por el INN.
-
El muestreo utilizará como referencia la Guía Metodológica para la gestión de suelos con potencial presencia de
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contaminantes o las NCh 3400/1: Calidad de Suelos: Directrices para el diseño de programas de muestreo y la NCh 3400/2: Calidad de Suelos: Directrices sobre técnicas de muestreo.
Objetivo: Controlar derrames.
Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: en cada plataforma y camino. Indicador de cumplimiento: N* de incidentes asociados a derrames.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se activará el Plan de Emergencia divisional cuando ocurra un incidente, y que tenga consecuencias ambientales y/o a la población, a través de la plataforma que la SMA dispone para ello. En caso de derrames que afecten caminos públicos o cuerpos de agua se informará según corresponda:
-
Dirección de Vialidad, regional y provinciales, eventuales accidentes que se desarrollen en cualquier camino público,
-
Jefaturas Provinciales de Vialidad: Oficina Provincial de Vialidad de Antofagasta, fono 552422305.
-
Dirección Regional de Aguas, en los avisos de emergencia ante eventos que comprometan cursos o cuerpos de agua. Fono: 552422266
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Para más detalle ver Tabla 7.3.del ICE.
11.2,4. Incendio.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases,
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones.
Acciones a implementar
Descripción: Se consideran medidas asociadas a las emergencias de incendio.
» Evacuación a las zonas de mayor seguridad del lugar de trabajo.
- Ejecución del procedimiento de evacuación y de actuación durante la emergencia.
*» Aviso de acuerdo con el listado actualizado de teléfonos de emergencia. Objetivo: Controlar situaciones de incendios. Plazos: Durante las fases del proyecto (Operación y Cierre, considerando que no tiene etapa de construcción).
Lugar de implementación: en cada plataforma y caminos.
Indicador de cumplimiento: N? de incidentes ambientales asociados a incendios.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se activará el Plan de Emergencia divisional cuando ocurra un incidente, y que tenga consecuencias ambientales y/o a la población, a través de la plataforma que la SMA dispone para ello.
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Referencia al ICE o documentos | Para más detalle ver Tabla 7.4.del ICE, del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13", Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción de este,
15, Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16”. Que, para que el proyecto “Delimitación de Nuevos. Recursos, Proyecto Quetena” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17*. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos,
18*. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19". Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio
de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA,
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20%. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena”, de CODELCO Chile, División Chuquicamata.
-
Certificar que el proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 137 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4?. Certificar que el proyecto “Delimitación de Nuevos Recursos, Proyecto Quetena” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la
necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
- Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.
residenta Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
Región de Antofagasta
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KBN/CGD/RGP/FMC/TBC/DTZ/dtz
Distribución:
(Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales, (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios. (ID) CONAF, Región de Antofagasta.
(ID) DGA, Región de Antofagasta.
(ID Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta.
(ID) DOH, Región de Antofagasta.
(1D) Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta, (1) SAG, Región de Antofagasta.
(ID) SEC, Región de Antofagasta.
(ID) SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta.
(ID SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. (ID) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. (1D) SEREMI de Energía, Región de Antofagasta,
(ID) SEREMI de Minería, Región de Antofagasta.
(ID) SEREMI de Salud, Región de Antofagasta.
(ID) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.
(ID SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. (ID) SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
(1) SEREMI MOP, Región de Antofagasta.
(ID) SERNAGEOMIÍN, Región de Antofagasta.
(II) Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta.
Tlustre Municipalidad de Calama.
Gobierno Regional, Región de Antofagasta.
Titular.
Superintendencia del Medio Ambiente.
Firmado Digitalmente por Ramón Ernesto Guajardo Perines
Fecha: 14-06-2022 12:25:08:315 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada
Lugar: SGC
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