Evaluación SEA

PARQUE FOTOVOLTAICO TRAIGUÉN

Rol 2152191552
SEA · DIA · Aprobado · 2021-06-18 · Región de La Araucanía · Solarnet Chile

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 2

CONSIDERANDO:

1°. Que, Solarnet Chile SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Solarnet Chile SpA Rut 76.823.007-2 Domicilio Eduardo Marquina #3937, oficina 1108, Vitacura, Santiago de Chile Teléfono 9-77852668 Nombre representante legal Claudio Alemany Rojas Rut representante legal 6.360.428-3 Domicilio representante legal Eduardo Marquina #3937, oficina 1108, Vitacura, Santiago de Chile Teléfono representante legal 9-77852668 Correo electrónico Titular o representante legal claudio.alemany@goldbecksolar.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de noviembre de 2021, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

- Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto. - Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales señalados en los artículos138, 140, 142, 160 del D.S. N° 40/2012, los que han sido informados favorable por los Servicios competentes. - No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. - El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 9 de diciembre de 2021, la Comisión de Evaluación de La Araucanía acordó calificar favorablemente el Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 29 de noviembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto, tiene por objetivo captar y transformar la energía solar en energía eléctrica para inyectar 9 MW a la red de distribución de la empresa distribuidora local “Frontel”. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Vida útil 30 años. De igual forma se contempla que dicho plazo puede aumentar considerando la potencial renovación y permanente mantenimiento de los equipos. Monto de inversión USD$ 10.000.000 aproximadamente. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de Las actividades que darán inicio a la ejecución del Proyecto corresponderán a las programadas en la fase de construcción. Se considerará que el Proyecto dará inicio a la ejecución de modo sistemático y permanente “una vez iniciada la preparación del sitio (limpieza) y el movimiento de tierra”.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 3

la ejecución Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrollará por fases.

X Proyecto modifica un Proyecto o actividad Si No El Proyecto no se desarrollará por fases.

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto no modifica ninguna RCA.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubicará en la comuna de Traiguén, provincia de Malleco, región de La Araucanía. Descripción de la localización El Proyecto consiste en la construcción y operación de una planta fotovoltaica que tendrá una potencia de salida nominal basada en la capacidad de los inversores para obtener 9 MW en el punto de interconexión, con un factor de potencia de 0,95. La capacidad de la planta fotovoltaica será de 12,64 MW y utilizará 21.420 módulos multicristalinos nominales de 590 Watts en condiciones de prueba estándar para generarlos. El terreno donde se emplazará el Proyecto tiene una superficie aproximada de 23,8 Ha. Para convertir la corriente continua en corriente alterna, se utilizarán inversores centralizados de 3 MVAs AC, reduciendo así el tiempo de inactividad, mantenimiento, duplicaciones de hardwares y fallos del sistema. La estructura portante de los paneles solares es de diseño seguidor de un eje horizontal. Un transformador en el skid subirá la tensión de salida de los inversores a 13,2 kV para la transmisión a través del poste de la red de distribución. Superficie El predio en el cual se ejecutará el Proyecto posee una superficie total aproximada de 23,8 hectáreas. La superficie a utilizar por las instalaciones del Proyecto será de aproximadamente 65.198,98 m2. El detalle se presenta a continuación en la siguiente tabla. Tabla 1. Superficies del proyecto. Superficie m2 ha Superficie de emplazamiento del proyecto 238.680 23,868 Instalación de faena 1.050,2 0,105 Superficie paneles 60.625 6,06 Camino interno permanente 3.480 0,348 Centros de transformación 36,42 0,0036 Baños 7,36 0,00073 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de las principales partes y obras consideradas en este Proyecto se presentan a continuación en las siguientes tablas. Tabla 2. Coordenadas de ubicación de instalaciones temporales (UTM, Huso 18H, Datum WGS84). Instalación vértice Coordenada UTM WGS84, Huso 18 Sur Superficie m2 Este Sur Zona Almacenamiento Abierto

a 712.302 5.762.010 800 b 712.323 5.762.009 c 712.319 5.761.969 d 712.300 5.761.970 Zona contenedores de residuos e 712.275 5.761.972 38 f 712.282 5.761.972 g 712.282 5.761.963 h 712.275 5.761.964 Zona generadora i 712.276 5.762.002 6 j 712.279 5.762.002 k 712.278 5.761.999 l 712.276 5.762.000 Zona Caseta de obra (Oficinas, Comedores, WC m 712.278 5.762.032 112,2 o 712.284 5.762.032

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 4

químicos, Vestuario) p 712.283 5.762.007 r 712.277 5.762.007 Zona Aparcamiento s 712.275 5.761.960 94 t 712.279 5.761.960 u 712.278 5.761.939 w 712.274 5.761.939 TOTAL 1.050,2

Tabla 3. Coordenadas de ubicación de instalaciones permanentes (UTM, Huso 18H, Datum WGS84). Instalación vértice Coordenada UTM WGS84, Huso 18 Sur Superficie m2 Este Sur Trafo 01 T1-1 712.130 5.761.932 18,21 T1-2 712.134 5.761.932 T1-3 712.134 5.761.926 T1-4 712.130 5.761.926 Trafo 02 T2-1 711.818 5.761.945 18,21 T2-2 711.822 5.761.945 T2-3 711.822 5.761.939 T2-4 711.818 5.761.939 Baños WC-1 712.315 5.761.950 7,36 WC-2 712.318 5.761.949 WC-3 712.317 5.761.946 WC-4 712.315 5.761.946 Zona paneles A 1 711.636 5.762.084 60.625

2 711.818 5.762.084 3 711.818 5.761.988 4 711.804 5.761.988 5 711.804 5.761.939 6 711.636 5.761.939 7 711.636 5.762.084 Zona paneles B 8 711.844 5.762.084 9 712.298 5.762.084 10 712.298 5.762.038 11 712.271 5.762.038 12 712.271 5.761.939 13 711.844 5.761.939 14 711.844 5.762.084 Zona paneles C 15 712.284 5.761.931 16 712.284 5.761.736 17 711.830 5.761.736 18 711.830 5.761.881 19 711.844 5.761.881 20 711.844 5.761.931 21 712.284 5.761.931 Zona paneles D 22 711.622 5.761.931 23 711.804 5.761.931 24 711.804 5.761.786 25 711.622 5.761.786 26 711.622 5.761.931 Caminos . 3.480 TOTAL 64.148,78

Caminos de acceso Para acceder al predio del Proyecto se debe transitar desde la comuna de Traiguén por la ruta R-86, en dirección oriente por aproximadamente nueve kilómetros, hasta la ruta R-818, en donde se deberá virar en dirección sur y continuar aproximadamente 300 metros hasta la entrada del proyecto.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 5

Imagen 1. Emplazamiento y ruta de acceso. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciació n e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 4.1 del ICE

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Instalación de Faena Estas instalaciones tienen por objetivo permitir la ejecución de los trabajos constructivos y corresponderán a una faena constructiva menor y provisoria. que se ubicará según la siguiente Imagen.

Imagen 2. Distribución instalaciones temporales (instalación de faena).

A continuación, se detallan las instalaciones: Oficinas: Destinadas para el personal que trabajará durante la fase de construcción. Instalación tipo container. Salas de reuniones: Destinadas al personal que trabajara durante la fase de construcción. Instalación tipo container. Baños químicos: Se habilitarán cinco baños químicos dotados de agua potable, que cumplirán con lo dispuesto en la normativa vigente (D.S. N°594/99).

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 6

Sala de cambio: Destinada para el uso del personal que trabajará durante la fase de construcción. Instalación tipo container. Comedor: Destinado para el uso del personal que trabajará durante la fase de construcción. Instalación tipo container. Sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos: Destinado para almacenar transitoriamente los residuos no peligrosos generados, se describe en detalle en el PAS 140 adjunto en anexo “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)” de la DIA. Sitio de almacenamiento de residuos peligrosos: Destinado para almacenar transitoriamente los residuos peligrosos generados, se describe en detalle en el PAS 142 adjunto en anexo “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)” de la DIA. Zona aparcamiento: Área abierta correspondientes a un aparcamiento de vehículos. Almacén abierto: Superficie destinada al acopio de materiales de construcción, entre otros, necesarios para la materialización del proyecto. Generador: Se habilitará un generador de energía para abastecer la instalación de faena durante la fase de construcción del proyecto. Este generador se albergará dentro de una caseta tipo container.

A continuación, en la siguiente tabla se indica el detalle de cada instalación nombrada anteriormente.

Tabla 4. Instalaciones temporales.

Estas instalaciones estarán distribuidas dentro de un área de 4.360 m2, definida como el área de instalación de faena.

Cierre perimetral El parque será cerrado con un cercado eslabonado de dos metros de alto en todo su perímetro. Se realizará mediante la ejecución de cimentaciones y el montaje de la valla. El área de emplazamiento del Proyecto estará cerrada en todo su perímetro mediante un cerco perimetral de aproximadamente dos metros de alto, el cual evitará el ingreso de personas y/o animales al parque. Camino de acceso e internos El camino de acceso al predio del Parque Fotovoltaico, se ubicará al sector este del terreno y comenzará en el punto que se puede observar en Imagen 3.

Imagen 3. Emplazamiento y ruta de acceso.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 7

La habilitación de caminos considerará la realización de un escarpe de unos 10 cm o menos, debido a que, como se indicó anteriormente, la mayor parte del terreno es plano. En total se habilitarán 3.480 m2 de caminos y serán de un ancho aproximado de 3,5 metros. Zanjas

Las zanjas que serán necesarias para enterrar los cables podrán tener diferentes tipos de geometrías, dependiendo del número de cables y tubos. Las zanjas para el cableado se ejecutarán, de acuerdo a la NCH 4/2003 8.2.16.1, con una profundidad mínima de 0,6 m y máxima de 0,8 m. Se asegurará en todo momento que el cable quede correctamente instalado sin haber recibido daño alguno y que se ofrezca seguridad frente a excavaciones realizadas por terceros. Tal como se mencionó anteriormente, las zanjas serán rellenadas con parte del material excavado cuidando siempre de poner encima el primer perfil de material removido (suelo fértil). Cimentación de los elementos constructivos

Las cimentaciones de instalaciones se realizarán en tres pasos: excavación, colocación de encofrados y armaduras, y hormigonado. Las distintas instalaciones se colocarán directamente sobre la cimentación, y según llegan en transporte especial a la obra, se descargan y posicionan con grúa. Construcción de obras civiles Dentro del área de paneles se construirán las bases de hormigón para el montaje de cada uno de los centros de transformación. Habilitación de Instalación de Faena La actividad de inicio de la fase de construcción será la habilitación del sector destinado al emplazamiento de la instalación de faena. Su georreferenciación se muestra en el Anexo Planos de la DIA. Habilitación de caminos La habilitación de caminos considerará la realización de un escarpe de unos 10 cm o menos, debido a que, como se indicó anteriormente, la mayor parte del terreno es plano. En total se habilitarán 3.480 m2 de caminos y serán de un ancho aproximado de 3,5 metros. Preparación del terreno Debido a que la topografía del terreno apenas presenta desniveles importantes, la distribución de los paneles se adaptará a las condiciones generales del terreno, no implicando la nivelación de éste. Por este motivo, se considera que el movimiento de tierra será mínimo, estimado en 500 m3. Dado que no se prevé un excesivo movimiento de tierra, el material de escarpe que se obtenga se reutilizará en el área del Proyecto para realizar las restauraciones necesarias, tanto en los trabajos de ejecución, como en las áreas a utilizar temporalmente en la construcción de las obras. Las excavaciones de zanjas y su posterior relleno, considera el colocar la primera capa de suelo removida en igual orden al momento de rellenar las zanjas para asegurar la conservación del suelo más fértil. Instalación de aisladores y conductores Finalmente, el tendido y la conexión de los cables serán realizados mediante las siguientes actividades: -Se instalará un conjunto de suspensión y anclaje, con poleas en sus extremos por dónde pasará el conductor. -Paso del cable guía por las poleas, desde el huinche al freno, dónde se une al conductor. -El tendido del conductor se realizará mediante huinche. Por último, los conductores se fijarán a las cadenas de suspensión y de anclaje, de forma mecánica para posteriormente instalar los accesorios tales como amortiguadores de vibración en los cables.

Montaje de estructuras de soporte e instalación de paneles El montaje de los equipos tendrá las siguientes características: -Estructura o plataforma. -Los paneles solares se instalarán sobre estructuras de soporte metálico, los cuales estarán fijados al terreno.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 8

fotovoltaicos. -El soporte de las estructuras se realizará mediante hincado directo de las estacas de soporte, sin necesidad de realizar grandes intervenciones en los suelos, ni construir fundaciones. Solo será necesaria la cimentación en casos de que el hincado no sea posible. A continuación, se describen los métodos que podrán realizarse para instalar la estructura de soporte: •Hincado directo: Consiste en la introducción directa de perfiles en el terreno. Estos perfiles son normalmente metálicos, conformados en forma de “C”, “Z” u “Ω” y sección variable, en función de la carga de compresión, tracción y cortante que deba resistir la estructura. Esto se puede llevar a cabo en zonas donde la dureza del terreno permita que el perfil pueda entrar en él sin más medios que el golpeteo superior producido por la acción mecánica de una hincadora pivotante, y de forma que dicho perfil no sufra deformaciones o torsiones excesivas. •Perforado, relleno con detritus procedente de la perforación e hincado del perfil: Una variante del proceso anterior es el hincado previa realización de un perforado. Se realiza un perforado de diámetro menor a la sección del perfil a hincar. El diámetro ha de ser mínimo 1 o 2 cm inferior a la diagonal de la sección del perfil, para favorecer que el rozamiento del perfil con el terreno mejore la resistencia de la estructura. El material extraído del hueco, compuesto principalmente por gravas de tamaño medio y grueso o arenas de tamaño grueso se tritura de forma que no quedan partículas gruesas. El material triturado debe verterse en el perforado y compactarse. Una vez rellenado el perforado se realiza la hinca del perfil metálico según el procedimiento descrito anteriormente (hincado directo). •Cimentación mediante pilote in situ: Este tipo de cimentación consiste en la realización de pilotes o micropilotes in situ. El proceso de ejecución del pilotado o micropilotado es el siguiente: Perforado del terreno mediante cualquier sistema de perforado tipo hélice o similar. Relleno del perforado con lechada de cemento. Hinca del perfil metálico en la lechada de cemento aun fresca. Si durante la excavación, el terreno excavado no tiene la consistencia adecuada y se produce el desmoronamiento del mismo, se podrá colocar una camisa de contención que servirá de revestimiento exterior del pilote. Una vez colocadas las estructuras de soporte se procederá a montar los paneles solares. •Cimentación superficial: La cimentación superficial puede ser resuelta mediante: Losa de cimentación: placa de hormigón apoyada sobre el terreno la cual reparte el peso y las cargas del edificio sobre toda la superficie de apoyo. Zapatas corridas o zapatas aisladas: consisten en un ancho prisma de hormigón (concreto) situado bajo los pilares de la estructura. Su función es transmitir al terreno las tensiones a que está sometida el resto de la estructura y anclarla. La elección de uno u otro tipo de cimentación se realizará en función de la presión admisible del terreno y de la carga que transmite la estructura al terreno. La realización de este método puede realizarse de las siguientes maneras: Introducción de la pata directamente en el hormigón. Este sistema requiere la colocación de la pata antes del fraguado del hormigón y un apuntalamiento de la misma para garantizar su verticalidad. Mediante base o placa de anclaje de la pata a la cimentación. Este sistema requiere que la base de anclaje de la pata se una al hormigón ya fraguado mediante pernos, de resistencia suficiente como para soportar la carga de tracción a la que se ve

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 9

sometida la estructura. Para la utilización de este sistema es necesario realizar previamente taladros en el hormigón endurecido que alojaran los pernos de anclaje u hormigonar la placa de anclaje junto con la zapata. En el presente proyecto, se realizará mayoritariamente el hincado directo y un bajo porcentaje de cimentación mediante pilote in situ.

Recursos naturales renovables Durante la fase de construcción, el agua para uso constructivo y para la humectación de caminos internos será adquirido a empresa autorizada que acredite autorización para su extracción. La estimación de consumo de agua para uso constructivo y humectación de caminos durante su máxima demanda será de 160 m3/mes en total. Por su parte, el consumo de agua potable máximo será de 6 m3/día. No se utilizarán otros recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: Para calcular las emisiones de este Proyecto en particular, se han identificado las distintas actividades emisoras de contaminantes atmosféricos, las que se detallan a continuación: - Escarpe - Excavación - Transferencia de Material - Resuspensión por tránsito de vehículos en caminos pavimentados - Resuspensión por tránsito de vehículos en caminos no pavimentados - Combustión de motores de vehículos - Combustión de maquinaria fuera de ruta

Tabla 5. Resumen Estimación de Emisiones Atmosféricas – Fase de construcción.

Cabe señalar que durante esta fase se realizará la humectación de los caminos como medida de control, cada vez que sea aplicable se realizaran registros de humectación de caminos, registro de declaración de emisiones y registro de inspecciones visuales cada vez que corresponda. Todo esto considerado en los días que se registre precipitaciones. Con el fin de disminuir las emisiones de polvo, el Titular considera las siguientes medidas: -Las vías de circulación serán humectadas durante la fase de construcción. -Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del predio del proyecto. -Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Velocidad restringida de camiones, con una velocidad máxima de 15 km/h en caminos internos. -Los vehículos estacionados mantendrán su motor apagado. -Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día. Para detalles en el Anexo C y D de la Adenda 1, se presentan los informes de “Estimación de emisiones atmosféricas” y de “Modelación de la calidad del aire”, respectivamente.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 10

Aguas servidas: Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada. La estimación de aguas servidas proviene del criterio establecido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) en el “Instructivo Evaluación de Cumplimiento DBO de la Norma N°609/1998 del Ministerio de Obras Públicas”, en el cual se indica que este cálculo se determinará en base al consumo de agua potable, establecido en el D.S N°594/99 (100 [L/trabajador/d]), multiplicado por un factor de recuperación de 0,8, estimándose un total de 4,8 m3/día. Es necesario indicar que no se generarán residuos industriales líquidos en esta fase del proyecto.

Ruido: A continuación, se presenta la ubicación y descripción de los puntos de medición de ruido, los cuales fueron seleccionados de acuerdo a su cercanía con las fuentes generadoras de ruido del Proyecto. La Tabla 6 entrega la ubicación y descripción de los receptores considerados, mientras que en la Imagen 4 se muestra su ubicación en torno al emplazamiento del Proyecto. Tabla 6. Ubicación y descripción de receptores.

Imagen 4. Ubicación de los puntos de medición. Vista general.

La modelación contempla todas las obras que están asociadas a la construcción del parque fotovoltaico, por lo cual, para su ejecución se tiene en consideración diversa maquinaria pesada. La maquinaria indicada no funciona de forma simultánea, sino que secuencialmente o en grupos de trabajo. Con la finalidad de representar un escenario conservador, se simuló el funcionamiento de todo el equipamiento asociado al frente de mayor emisión sonora, correspondiente al frente de “montaje de estructura”, con un Lw de 109.4 [dB(A)], el cual se replicó dos veces dentro del área del proyecto, además para la construcción de la línea de evacuación se consideró el frente de “compactación y nivelación de terreno”, el cual tiene un Lw de 107.1 [dB(A)]. Adicionalmente, se considera el generador eléctrico en la instalación de faenas. A continuación, se presenta un esquema del modelo representativo de la fase de

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 11

construcción. La maquinaria indicada no funciona de forma simultánea, sino que secuencialmente o en grupos de trabajo. Con la finalidad de representar un escenario conservador, se simuló el funcionamiento de todo el equipamiento asociado al frente de mayor emisión sonora, correspondiente al frente de “montaje de estructura”, con un Lw de 109.4 [dB(A)], el cual se replicó dos veces dentro del área del proyecto, además para la construcción de la línea de evacuación se consideró el frente de “compactación y nivelación de terreno”, el cual tiene un Lw de 107.1 [dB(A)]. Adicionalmente, se considera el generador eléctrico en la instalación de faenas.

A continuación, se presenta un esquema del modelo representativo de la fase de construcción.

Imagen 5. Esquema modelo acústico para fase de construcción.

A continuación, se presentan los niveles de inmisión acústica estimados para las fases de construcción y cierre en cada punto de evaluación, juntamente con la evaluación de cumplimiento normativo. Los resultados se entregan mediante mapas de propagación sonora cuya coloración está referida a una altura de 1.5 [m] del suelo y tablas de valores.

Imagen 6. Mapa de propagación sonora según NPSeq en [dB(A)]. Fases de construcción y cierre. Vista general.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 12

Tabla 7. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA. Fases de construcción, periodo diurno.

La evaluación presentada en la tabla anterior indica que, durante la fase de construcción del proyecto, se dará cumplimiento a los máximos permitidos que establece la normativa en periodo diurno. Para mayores detalles del estudio de ruido se encuentran en el Anexo Estudio de impacto acústico de la DIA y en las observaciones aclaradas en la Adenda I. Vibraciones: La evaluación para vibración de maquinarias se realizó acorde a lo estipulado por la normativa “Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual”: Esta norma identifica dos tipos de impacto por vibraciones, el primero hace referencia al criterio de molestia, mientras que el segundo al criterio de daño. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibraciones transmitidos por suelo cuya influencia y percepción puedan generar molestia en los humanos influenciados y se subdivide en un criterio “General” y un “Análisis detallado”. El criterio general de FTA considera la cantidad de eventos vibratorios diarios y los clasifica en eventos frecuentes, ocasionales e infrecuentes, los cuales se definen en la Tabla 8, donde también se establecen diferentes límites según tipos de usos de suelo, clasificados como: altamente sensibles, residencial e institucional.

Tabla 8. Niveles máximos de referencia según FTA.

Para los puntos, el criterio de molestia se definirá con un máximo de referencia de 72 [VdB] para todos los puntos, el que corresponde a la Categoría 2 con eventos frecuentes. Para el Criterio de Daño este valor se establecerá en 0,2 [in/s] o 94 [VdB], el que corresponde a la categoría de edificación III. Tabla 9. Indicadores de vibración de distintas maquinarias, medidos a 25 [ft] de distancia.

Se puede observar que tanto las Velocidades Peak de Partículas (PPV) como los Niveles de Vibración (Lv) cumplen con los criterios de evaluación de referencia. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domésticos: Estos serán residuos generados en instalaciones como oficinas, salas de reuniones, comedores, etc. Estos residuos puede ser papeles, cartones y plásticos de menor tamaño, restos de comida, entre otros, y se almacenarán al interior de contenedores estancos y con tapa, debidamente rotulados, que estarán distribuidos por los puntos de generación de toda la instalación de faena. Estos residuos serán retirados por una empresa autorizada sanitariamente, la cual los trasladará hacia un lugar autorizado para su disposición final, con una frecuencia de dos veces por semana. La generación de residuos domésticos se estima en un kilo por día por persona, es decir, 60 kg/día. Durante la evaluación ambiental se ha solicitado el PAS 140, cuyos antecedentes se encuentran en el Anexo PAS de la Adenda I, PAS 140.

Residuos industriales no peligrosos:

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 13

Los residuos industriales no peligrosos que se generarán en el Proyecto durante su fase de construcción incluyen restos de cables, fierros, estructuras sobrantes, maderas y plásticos provenientes de envoltorios o embalajes de suministros y otros desechos propios de este tipo de obras. Se estima una generación de 1.000 kg/mes de este tipo de residuos, es decir 33,33 kg/día.

Tabla 10. Estimación de residuos industriales no peligrosos, fase de construcción.

Estos residuos se almacenarán transitoriamente a granel o en contenedores estancos y con tapa (según su tamaño), debidamente rotulados, al interior del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos que se habilitará para esta fase. Luego, los residuos serán trasladados mediante una empresa autorizada, hacia un sitio autorizado para su disposición final. La frecuencia de retiro de los residuos desde el sitio de almacenamiento hacia su disposición final, será cada 15 días, o cuando sea necesario a fin de no sobrepasar la capacidad máxima de almacenamiento. El detalle del sitio de almacenamiento se presenta en el PAS 140, adjunto en el anexo “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)” de la DIA.

Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos que se generarán y almacenarán durante la fase de construcción corresponderán principalmente a envases de pintura, envases de diluyente y paños contaminados con residuos inflamables. Estos residuos serán almacenados transitoriamente al interior de contenedores estancos y con tapa, debidamente rotulados, al interior del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos proyectado. Finalmente serán trasladados en transporte autorizado, hacia un relleno de seguridad autorizado para su disposición final. Se estima una generación mensual de 90 kg/mes, es decir 3 kg/día.

Tabla 11. Clase y cantidades de residuos peligrosos, fase de construcción.

Durante la evaluación ambiental se ha solicitado el PAS 142, cuyos antecedentes se encuentran en el Anexo PAS de la DIA, PAS 142.

Sustancias peligrosas, productos químicos: El funcionamiento del parque fotovoltaico no requerirá la utilización de productos químicos, por lo que no contempla su almacenamiento.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6 del ICE

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 14

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Cierre Perimetral El parque será cerrado con un cercado eslabonado de dos metros de alto en todo su perímetro. Se realizará mediante la ejecución de cimentaciones y el montaje de la valla. El área de emplazamiento del Proyecto estará cerrada en todo su perímetro mediante un cerco perimetral de aproximadamente dos metros de alto, el cual evitará el ingreso de personas y/o animales al parque.

Camino de acceso e internos El camino de acceso al predio del Parque Fotovoltaico, se ubicará al sector este del terreno y comenzará en el punto que se puede observar en Imagen 7.

Imagen 7. Emplazamiento y ruta de acceso.

La habilitación de caminos considerará la realización de un escarpe de unos 10 cm o menos, debido a que, como se indicó anteriormente, la mayor parte del terreno es plano. En total se habilitarán 3.480 m2 de caminos y serán de un ancho aproximado de 3,5 metros.

Celdas y módulos fotovoltaicos Las celdas fotovoltaicas son dispositivos electrónicos que convierten la energía luminosa (luz solar), en energía eléctrica. En simples palabras, la celda absorbe los fotones de la luz para liberar electrones que puede usar en una corriente eléctrica. Las celdas fotovoltaicas que se utilizarán en el Proyecto estarán formadas preferentemente por una delgada lámina de silicio (material semiconductor). Estas celdas serán de forma cuadrada, con un grosor que variará entre los 0,25 y los 0,35 mm y una superficie de más o menos 283 cm2. En la siguiente Imagen se muestra una celda fotovoltaica tipo.

Imagen 8. Imagen Celdas fotovoltaicas.

El módulo (panel fotovoltaico) lo compondrán celdas fotovoltaicas dispuestas geométricamente, conectadas en serie/paralelo unas con otras, mediante circuitos eléctricos conectados a los polos positivos y negativos de las celdas. Aparte de las celdas y los circuitos eléctricos que los unirán, los módulos estarán formados por los siguientes componentes o componentes similares: • Marco de aluminio o similar, cuya función será proporcionar rigidez mecánica. • Junta, protección frente a agentes atmosféricos (humedad, salinidad, etc.) • Vidrio solar, normalmente templado.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 15

• Encapsulado EVA, que le dará protección frente a la humedad. • TEDLAR, aislamiento eléctrico y sello contra humedad.

Imagen 9. Estructura estándar de un panel o módulo solar fotovoltaico.

El parque fotovoltaico estará compuesto por 21.420 módulos multicristalinos de 590 Watts cada uno. Estos módulos de generación de electricidad de corriente continua estarán conectados por línea para obtener una capacidad total del sistema de 12,64 MW. Para el presente proyecto, se propone utilizar módulos BiHiku CS7l 590P de Canadian Solar o equivalente, los cuales son adecuados para temperaturas ambiente de hasta 85˚C. La tolerancia de potencia de 0/+10 W posibilita obtener mayor potencia de salida mediante la reducción de las pérdidas por desajuste y el recubrimiento anti-reflectivo, incrementando la producción de energía. Los módulos serán UL y CEC, certificados. Los marcos estarán hechos de aluminio anodizado resistente a la corrosión generada en ambientes húmedos. Rama o String La conexión en serie de un grupo determinado de paneles fotovoltaicos, se denomina rama o string. Estas ramas se conectan en una caja de conexiones. El cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión (4 a 6 mm2 o similar) y serán de clase II 2-15 o aquella requerida por la normativa correspondiente, quiere decir esto que tendrán un doble aislamiento para prevenir los casos en que eventualmente se produzca un primer defecto. Caja de Conexiones Es el circuito de conexión donde se agrupan los circuitos eléctricos que conectan las celdas solares dentro del panel fotovoltaico, para dar la salida a la corriente generada y poder conectarlos en serie con otros paneles formando los strings. Suelen tener entre cuatro y seis circuitos, los cuales se agrupan en serie, dando salida a un circuito en corriente continua. La caja de conexiones será completamente estanca, para asegurar el aislamiento frente a la humedad, al agua y al polvo que producen una progresiva degradación en los circuitos.

Imagen10. Caja de conexión tipo. Conectores Son los elementos que permiten la conexión de unos módulos fotovoltaicos con otros, permitiendo la formación de los strings y son un elemento muy importante, ya que parte de la eficiencia del parque depende de su correcto funcionamiento. Los conectores serán de material de clase II (doble aislamiento). Los conectores estarán perfectamente cerrados evitando la entrada de polvo y humedad en su interior, para impedir la degradación de los mismos. Cajas de agrupación Son cuadros eléctricos a los cuales se conectan en paralelo una cantidad determinada de strings para formar un solo circuito de salida, el cual se dirige hacia el inversor. Las cajas de agrupación llevan como protecciones fusibles, colocados sobre bandejas portafusibles, los cuales están destinados a proteger los strings en caso de cortocircuitos. Además, para proteger las instalaciones contra

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 16

sobretensiones originadas por descargas atmosféricas, se colocarán descargadores conectados a tierra. Línea eléctrica de evacuación

La siguiente descripción corresponde a la línea de evacuación que inyectará la energía en el punto de conexión. Construcción de fundaciones: se realizará el despeje y la adecuación de todos los terrenos en dónde se emplazarán las estructuras. Para ello se hará un despeje de piedras o promontorios de tierra, entre otros obstáculos que existan en el área. Una vez despejada la franja, se ejecutarán las excavaciones en el terreno sobre el cual se construirán las fundaciones de los apoyos. Esta excavación será realizada mediante retroexcavadora o de forma manual, según corresponda, en los puntos sobre los que se montará cada una de las patas de cada estructura. Una vez terminadas las excavaciones, se ejecutarán las fundaciones de cada estructura mediante la colocación de moldajes y armaduras para ser rellenadas con hormigón. Montaje de las estructuras: la actividad comenzará con el montaje de las estructuras, esto se realizará mediante el tejido y empernado de todas las piezas entre sí, a modo de mecano. Cuando la sección inferior del apoyo se encuentre armada, se continuará con pluma y tecle o huinche manual, levantando las piezas superiores de la estructura y mediante sucesivos cambios de posición de la pluma, se dará término al armado completo del apoyo. Una vez montadas las estructuras, serán instalados los aisladores para luego comenzar con el tendido del cable conductor y cable de guardia cuando corresponda. Para ello se instalarán los equipos requeridos para el tendido tales como porta carrete y conductor, huinche y freno.

Estructura de Soporte La estructura utilizará un seguidor (a un eje) con un sistema de seguimiento de un eje horizontal. La conImagención propuesta utilizará un eje con una alineación norte-sur y rotación de los módulos sobre el eje en dirección este-oeste de ±55˚. Los postes de acero y todos los demás elementos de este material se someterán a un tratamiento de galvanizado en caliente para garantizar la integridad estructural del seguidor. Este proceso de galvanización en caliente satisface lo establecido en las siguientes normas internacionales:

• UNE-EN-ISO 1461 • UNE-EN-ISO 14713 • ASTMS 123 • NBR 10476

Imagen xx Caja de conexión tipo

Imagen 11. Estructura de soporte Centros de Transformación El Proyecto utilizará dos centros de transformación, los que estructuralmente serán contenedores de 15 m2, modificados y adaptados para estos fines. Estos centros albergarán los inversores y transformadores, descritos a continuación:

Inversores: Son dispositivos eléctricos que convierten la corriente continua en

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 17

corriente alterna a una determinada frecuencia mediante un transistor bipolar de puerta aislada (IGBT por sus siglas en inglés), el cual produce pulsos secuenciales en la corriente continua, los que dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siendo ésta la corriente alterna. Los inversores funcionan mediante seguimiento del punto de máxima potencia en cada momento, de forma que optimiza los valores de entrada de intensidad y tensión en corriente continua. Contarán con sistema de control que permitirá establecer la potencia inyectada y el factor de potencia, un sistema de monitorización que permitirá ver las diferentes variables del sistema y un sistema de comunicación para realizar monitoreo a distancia. Los inversores tendrán ventilación forzada para evitar la desconexión de estos, por aumento de temperatura. El parque fotovoltaico tendrá dos inversores centralizados, lo cual ofrece más generación de energía, mayor vida útil y mayor eficiencia de conversión. Cada inversor tendrá una potencia de 4600 kVA y podrán funcionar en una temperatura ambiente de -30 °C a + 60 °C. La única interfaz de control del inversor es el controlador, componente central de comunicaciones. Esta red de auto-conImagención elimina la necesidad de conImagención manual, a través de una conImagención automática y de detección de dispositivos, permitiendo la gestión completa a través de esta herramienta.

Imagen xx Imagen referencial de inversor.

Imagen 12. Inversor tipo Transformadores: Los transformadores eléctricos son elementos que transforman o modifican los valores de tensión y la intensidad que llega a su primario. Son indispensables como herramientas para aumentar la tensión de salida de los inversores antes de la conexión a la línea de evacuación de la energía del Proyecto hasta el punto de conexión. La planta utilizará dos transformadores elevadores, que convertirán la tensión de salida del inversor de 690 V a la tensión de distribución de la red a 13,2 kV. La con Imagención del transformador será DY11. Cableado Todos los cables a utilizar para la interconexión de los módulos fotovoltaicos y otros equipos, estarán protegidos contra la radiación solar, UV y condiciones ambientales de elevada temperatura ambiente. Las principales características del cableado a emplear se describen a continuación: •El cableado será dimensionado para asegurar una pérdida en forma de caída de tensión inferior al 1,5% de la tensión de trabajo para líneas AC. •El tendido del cableado en el seguidor discurrirá sobre bandejas para proteger los cables y evitar posibles incidentes al personal instalador y mantenedor. •El cableado de corriente continua se proyecta de doble aislamiento, adecuado para su uso en intemperie. •El cableado de la instalación se encontrará enterrado siempre que sea posible. Línea de evacuación de media tensión Se realizará la entrega de energía al sistema nacional mediante la concesionaria de distribución “Frontel”. Para lo anterior, el Proyecto evacuará la energía generada en el parque a través de una línea de evacuación de aproximadamente 90 metros, que se conectará al punto de conexión de la línea de distribución existente en la ciudad, la cual pasa por la ruta R-86, ubicada al norte del polígono del área de emplazamiento del proyecto.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 18

Imagen 13. Punto de conexión de la línea de trasmisión.

En la comuna donde se ubicará el proyecto, se identifica la existencia de una subestación primaria de distribución, correspondiente a la Subestación eléctrica de Traiguén, que se ubica aproximadamente a 9 km del proyecto. A esta estación el Proyecto inyectará su energía. Dicha subestación no es parte de este proyecto. A continuación, en la siguiente Imagen, se muestra la ubicación de la subestación eléctrica.

Imagen 14. Subestación eléctrica Traiguén. Verificación y puesta en marcha inicial.

Las siguientes actividades serán puntuales y se realizarán por única vez:

- Verificación de parámetros y puesta en marcha del parque solar. - Pruebas finales de puesta en servicio de los inversores, transformadores y celdas. Operación remota del parque. Una vez se realice el punto anterior y se asegure que el parque fotovoltaico está operando correctamente, comenzará la operación de este mismo de manera remota. Por lo que, en esta fase no se requerirá de personal permanente. Este monitoreo permitirá la medición de energía solar generada en el parque fotovoltaico, en tiempo real, es decir, resumirá la productividad de los paneles solares y permitirá determinar si existe algún problema en la producción de energía. Producción de electricidad. Consiste en la generación de energía eléctrica basada en la transformación de la radiación solar en energía eléctrica por medio de los paneles fotovoltaicos. Control de vegetación Durante la operación del parque, se deberá mantener la corta de vegetación que crecerá bajo los paneles fotovoltaicos mediante el servicio de una empresa contratista de manera física, sin ningún uso de sustancias químicas.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 19

Actividades de mantención y conservación

Tabla 12. Actividades y mantención. Actividades Frecuencia Inspección visual y mecánica de las condiciones generales del sitio para identificar los problemas aparentes, tales como: • Conexiones sueltas. • Corrosión. • Cubierta de vegetación. • Daños causados por animales. • Decoloración de los componentes.

Una vez cada trimestre La inspección visual de la almohadilla de montaje de transformadores: • Correcto funcionamiento. • Indicador de temperatura. • Metros.

Una vez cada trimestre Voltajes de circuito abierto a nivel de cadena de control. Una vez cada trimestre Prueba del tirón para la desconexión e interruptores para determinar el atasco. Una vez cada dos trimestres Exploraciones de infrarrojos del 5% del total de combinador y cajas de recombinador. Una vez cada dos trimestres Estaciones de datos de tiempo adicional de control sobre el terreno registro de lecturas en su caso probar y calibrar lecturas. Una vez por año o por las directrices de funcionamiento del fabricante. Eliminar el polvo de los disipadores de calor del inversor. Una vez al año Limpieza de paneles solares. Una vez por trimestre Limpieza general de los gabinetes de aire y filtros de aire y cambio inversor. Una vez al año Intercambiadores de calor limpiar y reponer. Cada cinco años o según las normas de operación del fabricante Comprobación de las marcas de par de apriete y el cableado apropiado conexiones a la fuerza de par de especificaciones designado. Una vez por año o por las directrices de funcionamiento del fabricante. Control del crecimiento de vegetación bajo los paneles solares. Dos veces al año Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Se realizarán las siguientes actividades a fin de cumplir con el total desmantelamiento de los elementos que componen la planta: •Desmontaje y retirada de los paneles: se realizará la desconexión de los paneles. Se procederá al desmontaje de los paneles fotovoltaicos de forma manual, y se cargarán a un camión para su transporte y entrega para reciclaje. •Desmontaje y retirada de los seguidores: desensamblaje de la estructura que une los paneles con las estructuras de los seguidores. Se retirarán las estructuras y se apilarán en un lugar destinado para ello desde el cual serán cargadas a un camión para la correcta gestión de entrega al titular. A su vez se extraerá el cableado, cuadros de protección y demás equipos incluidos en la instalación y de manera análoga se procederá a la correcta gestión de entrega al titular. •Desmontaje y retirada de los Centros de Transformación y Centros de Seccionamiento o de Entrega: se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada del conjunto del prefabricado de forma similar a como se instaló, con equipos de gran tonelaje y extrayéndolos en su conjunto para su transporte y entrega al titular o nuevo proyecto. •Retiro de hormigón: se realizará el retiro del hormigón utilizado para el apoyo de las estructuras y el hormigón (mortero) coloreado utilizado para la protección de cableado en las zanjas de media y baja tensión, dejando el suelo en las condiciones actuales del Proyecto.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 20

El desmontaje de todos los equipos eléctricos se realizará de forma manual con la ayuda de herramienta de mano, medios de elevación y medios de descarga en caso de ser necesaria. Cabe destacar que el método o planificación de trabajo consiste en términos generales en reutilizar todo material reciclable que se encuentre en el parque, es decir, reutilización de paneles solares que aún estén en condiciones de operar y generar energía; reciclaje total de los componentes de los paneles que ya no estén en condiciones de generar energía; reciclaje y reutilización de todo el equipamiento eléctrico que esté en condiciones de seguir operando, y reciclaje de este mismo tipo de material que ya no esté apto según su vida útil. Desmontaje y retirada de los paneles, seguidores y centros trasformadores Se realizarán las siguientes actividades a fin de cumplir con el total desmantelamiento de los elementos que componen la planta: •Desmontaje y retirada de los paneles: se realizará la desconexión de los paneles. Se procederá al desmontaje de los paneles fotovoltaicos de forma manual, y se cargarán a un camión para su transporte y entrega para reciclaje. •Desmontaje y retirada de los seguidores: desensamblaje de la estructura que une los paneles con las estructuras de los seguidores. Se retirarán las estructuras y se apilarán en un lugar destinado para ello desde el cual serán cargadas a un camión para la correcta gestión de entrega al titular. A su vez se extraerá el cableado, cuadros de protección y demás equipos incluidos en la instalación y de manera análoga se procederá a la correcta gestión de entrega al titular. •Desmontaje y retirada de los Centros de Transformación y Centros de Seccionamiento o de Entrega: se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada del conjunto del prefabricado de forma similar a como se instaló, con equipos de gran tonelaje y extrayéndolos en su conjunto para su transporte y entrega al titular o nuevo proyecto.

Retiro de hormigón Se realizará el retiro del hormigón utilizado para el apoyo de las estructuras y el hormigón (mortero) coloreado utilizado para la protección de cableado en las zanjas de media y baja tensión, dejando el suelo en las condiciones actuales del Proyecto. El desmontaje de todos los equipos eléctricos se realizará de forma manual con la ayuda de herramienta de mano, medios de elevación y medios de descarga en caso de ser necesaria. Cabe destacar que el método o planificación de trabajo consiste en términos generales en reutilizar todo material reciclable que se encuentre en el parque, es decir, reutilización de paneles solares que aún estén en condiciones de operar y generar energía; reciclaje total de los componentes de los paneles que ya no estén en condiciones de generar energía; reciclaje y reutilización de todo el equipamiento eléctrico que esté en condiciones de seguir operando, y reciclaje de este mismo tipo de material que ya no esté apto según su vida útil. Restauración Dado que las afectaciones sobre el terreno serán menores y relacionados sólo con las excavaciones de zanjas y fundaciones, y por tanto que la afección sobre el suelo y la geoforma será mínima, el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al desmantelar las obras y finalizar la operación. El titular se compromete a restaurar la geoforma levemente alterada y a dejar el sitio de manera similar a las condiciones iniciales de suelo y geomorfológicas. Por otro lado, no se contempla restauración de vegetación debido a que la vegetación a remover es mínima. Prevención de futuras emisiones Con el cierre del Proyecto no se prevén emisiones futuras que puedan provocar afectación del ecosistema terrestre y que por tanto deban ser prevenidas. Mantención, conservación y supervisión El Proyecto no contempla actividades de mantención, conservación y/o supervisión durante la fase de cierre ni posterior a ella, dada la baja intervención de las obras del proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes. Recursos naturales renovables Durante la fase de operación el recurso natural renovable que se utilizará será la radiación solar y el agua para la limpieza de paneles, estimándose un consumo anual de 50 m3/año. El agua para la limpieza de paneles será desmineralizada y será provista por la empresa autorizada encargada de las tareas de mantención. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas: Las principales emisiones atmosféricas que se generarán durante la fase de operación corresponderán a las de material particulado MPS, MP10 y MP2,5 generadas principalmente por actividades como: • Resuspensión por tránsito de vehículos;

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 21

• Combustión de motores de vehículos. Tabla 13. Resumen Estimación de Emisiones Atmosféricas – Fase de operación.

Aunque presentan valores ostensiblemente más bajos que en la construcción, las emisiones obtenidas para la fase de operación del Proyecto presentan sus valores más altos con el MPS resuspendido por el tránsito de vehículos en caminos pavimentados (4,7 kg). Le siguen en importancia las emisiones de MPS resuspendido en caminos no pavimentados (2,7 kg). En tercer lugar, se encuentran las emisiones de NOx producido en los motores de los vehículos al circular en caminos pavimentados (1,4 kg). Para detalles en el Anexo C y D de la Adenda 1, se presentan los informes de “Estimación de emisiones atmosféricas” y de “Modelación de la calidad del aire”, respectivamente.

Aguas servidas: Para la fase de operación se estima una población usuaria máxima de cinco personas, quienes serán los encargados de realizar las tareas de mantención y limpieza en el parque fotovoltaico durante cinco días, cada tres meses. De acuerdo a lo anterior, anualmente, el total de días de actividades de mantención durante la fase de operación será de veinte días. La dotación de consumo de agua potable se estima en 150 L/día/persona, por lo que se estima una generación de aguas servidas de 0,15 m3/día/persona, con un coeficiente de recuperación del 100%. Para esta fase se utilizará un tratamiento simple, que consiste en una fosa séptica convencional con una capacidad útil de tratamiento de 1.050 L/día de aguas servidas, que serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración. La Napa Freática en el lugar de emplazamiento del Proyecto es mayor a 15 metros. Las etapas de tratamiento contempladas para la fosa séptica se enmarcan en lo dispuesto en el Decreto N°236/26, “Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias”, del Ministerio de Salud”. El agua servida recolectada desde los distintos puntos de generación será conducida hacia la fosa séptica mediante una red de tuberías. El sistema, además, estará constituido por dos cámaras continúas interconectadas, correspondientes a los procesos de fermentación anaeróbica y la de oxidación. Finalmente, el sistema contempla la implementación de un sistema de drenes de la infiltración. Esta fosa se proyecta en el área de instalación de faena, tal como se indica a continuación y sus coordenadas se indican en la tabla 14:

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 22

Imagen 15. Ubicación de los baños, fase operación. Tabla 14. Coordenadas de los baños, fase operación

El detalle del sistema de alcantarillado particular se muestra en el PAS 138, adjunto en Anexo B de la Adenda complementaria, “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)”.

Ruido: El parque fotovoltaico contará con paneles los cuales funcionan de forma remota, con sistema de vigilancia en tiempo real, donde solo se requieren mantenciones esporádicas según programación.

Las principales fuentes de ruido para efectos del análisis acústico de la fase de operación del Proyecto corresponden al funcionamiento de 3 inversores los cuales se encuentran distribuidos al interior del parque, además de 3 subestaciones transformadoras, con una potencia de 3060 [KVA] cada una. A continuación, se presentan los niveles de inmisión acústica estimados para la fase de operación, conjuntamente con la evaluación de cumplimiento normativo. Los resultados se entregan mediante mapas de propagación sonora cuya coloración está referida a una altura de 1.5 [m] del suelo y tablas de valores. A continuación, se entrega un diagrama con la distribución de los focos de ruido considerados en el modelo de operación.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 23

Imagen 16: Distribución focos de ruido en fase de operación

Imagen 17. Mapa de propagación sonora según NPSeq en [dB(A)]. Fase de operación.

Tabla 15. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA. Fase de operación.

Se puede observar que los niveles obtenidos para la fase de operación no superan los máximos permitidos, tanto para el periodo diurno como nocturno.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 24

Para mayores detalles del estudio de ruido se encuentran en el Anexo Estudio de impacto acústico de la DIA y en las observaciones aclaradas en la Adenda I. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domésticos y asimilables a domésticos: Estos residuos podrán ser papeles, cartones y plásticos de menor tamaño, restos de comida, entre otros, y se almacenarán al interior de contenedores estancos y con tapa, debidamente rotulados. Estos residuos serán gestionados por la empresa contratista encargada de las mantenciones de inmediato y se dispondrán finalmente en un sitio autorizado. La generación de residuos domésticos por mantención se estima en un kilo por día por persona, por lo que se estiman 5 kg/día.

Residuos sólidos no peligrosos: Los residuos no peligrosos que se generarán en las distintas mantenciones serán cartones, films o restos de embalaje y paneles solares en mal estado o en desuso, entre otros. La cantidad de residuos podrá variar entre 100 y 150 kg por mantención, los cuales serán gestionados de inmediato por la empresa contratista encargada de las mantenciones y se dispondrán finalmente en un sitio autorizado. Se estima una generación de 30 kg/día, considerando el caso más desfavorable.

Residuos peligrosos: No se generarán residuos peligrosos durante las mantenciones.

Sustancias peligrosas, productos químicos: El funcionamiento del parque fotovoltaico no requerirá la utilización de productos químicos, por lo que no contempla su almacenamiento. De ser necesaria su utilización, serán provistos y manejados por la empresa que realizará las mantenciones. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Cabe señalar que estas fechas están condicionadas a la obtención de la RCA y los permisos necesarios para la ejecución del presente proyecto.

Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación del sector destinado a emplazar la instalación de faena, junto con los movimientos de tierra respectivos. Fecha estimada de término Mayo 2022 Parte, obra o acción que establece el término Retiro de la instalación de faena. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Octubre 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio de verificación y puesta en marcha Fecha estimada de término Octubre 2052 Parte, obra o acción que establece el término Cese de operación remota 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Octubre 2052

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 25

Parte, obra o acción que establece el inicio Desmantelamiento de las instalaciones Fecha estimada de término Abril 2053 Parte, obra o acción que establece el término Retiro de instalaciones de faena de empresa encargada de actividades de cierre.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Impacto ambiental Aumento de material particulado y gases de combustión. Debido a las emisiones de material particulado producto del tránsito vehicular y las emisiones de gases por la operación de grupos electrógenos, la utilización de maquinaria y vehículos motorizados.

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada “Durante el proceso de evaluación ambiental, se han identificado los siguientes receptores:

Imagen 18. Ubicación del Proyecto y Receptores. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Emisiones atmosféricas:

La fase del Proyecto que generará mayor emisión atmosférica será la de construcción, donde sus principales emisiones corresponderán a las de material particulado MPS, MP10 y MP2,5 generadas principalmente por actividades como:

• Escarpe; • Excavaciones; • Transferencia de material; • Resuspensión por tránsito de vehículos; • Combustión de motores de vehículos; • Combustión de maquinaria fuera de ruta; • Grupo electrógeno (generador).

Por lo anterior, se determina el Área de Influencia (AI) para esta fase, que corresponde al “peor” escenario del proyecto.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 26

Reglamento. La estimación de emisiones se realizó en base a lo descrito en el documento “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas para Proyectos Inmobiliarios” publicado por el Ministerio de Medio Ambiente año 2012 y AP-42, Compilation of Air Pollutant Emission Factors, USEPA.

Área de Influencia: Debido a los bajos resultados de emisión mostrados anteriormente, el AI del Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén” para esta componente se define considerando los límites del terreno en donde se emplazará el proyecto, en una superficie de 23,8 ha.

Imagen 19. Área de influencia componente aire. Las emisiones de contaminantes atmosféricos obtenidas para las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se presentan en la Tabla 16, Tabla 17 y Tabla 18, respectivamente.

Tabla 16. Resumen Estimación de Emisiones Atmosféricas – Fase de construcción.

Tabla 17. Resumen Estimación de Emisiones Atmosféricas – Fase de operación.

Tabla 18. Resumen Estimación de Emisiones Atmosféricas – Fase de

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 27

cierre.

A partir de los resultados obtenidos, se puede concluir que las mayores emisiones de contaminantes atmosféricos que se generarán durante la fase de construcción del Proyecto.

Aunque presentan valores ostensiblemente más bajos que en la construcción, las emisiones obtenidas para la fase de operación del Proyecto presentan sus valores más altos con el MPS resuspendido por el tránsito de vehículos en caminos pavimentados.

Las emisiones más altas que se obtuvieron para la fase de cierre del Proyecto corresponden al NOx generado por la operación de la maquinaria fuera de ruta. Considerando los antecedentes, se concluye que las emisiones del Proyecto son bajas, esto en concordancia con el tipo, magnitud y duración de las fases de construcción, operación y cierre. Con el fin de disminuir las emisiones de polvo, se considera las siguientes medidas: -Las vías de circulación serán humectadas durante la fase de construcción. -Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del predio del proyecto. -Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Velocidad restringida de camiones, con una velocidad máxima de 15 km/h en caminos internos. -Los vehículos estacionados mantendrán su motor apagado. -Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día.

Durante la fase de construcción se realizará la humectación de caminos internos (los días que no haya precipitaciones).

Finalmente, cabe destacar que el Proyecto, no se encuentra dentro de ninguna zona que haya sido declarada latente o saturada por algún contaminante atmosférico, es decir, no está regulada por ningún Plan de Prevención y/o Descontaminación Atmosférica vigente.

Mayores antecedentes se encuentran en el Estudio de emisiones atmosféricas, Anexo C y D de la Adenda I. Aguas Lluvias: Proyecto no supone la alteración de la dinámica de escurrimiento de

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 28

aguas lluvias; lo anterior, en tanto no se generarán obras destinadas al desvío de aguas ni se producirá una impermeabilización de la superficie. Aguas Servidas: Para la fase de construcción,los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada. La estimación de aguas servidas proviene del criterio establecido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) en el “Instructivo Evaluación de Cumplimiento DBO de la Norma N°609/1998 del Ministerio de Obras Públicas”, en el cual se indica que este cálculo se determinará en base al consumo de agua potable, establecido en el D.S N°594/99 (100 [L/trabajador/d]), multiplicado por un factor de recuperación de 0,8, estimándose un total de 4,8 m3/día. Es necesario indicar que no se generarán residuos industriales líquidos a causa del desarrollo de esta fase del proyecto. Para la fase de operación se estima una población usuaria máxima de cinco personas, quienes serán los encargados de realizar las tareas de mantención y limpieza en el parque fotovoltaico durante cinco días, cada tres meses. De acuerdo a lo anterior, anualmente, el total de días de actividades de mantención durante la fase de operación será de veinte días. La dotación de consumo de agua potable se estima en 150 L/día/persona, por lo que se estima una generación de aguas servidas de 0,15 m3/día/persona, con un coeficiente de recuperación del 100%. Para esta fase se utilizará un tratamiento simple, que consiste en una fosa séptica convencional con una capacidad útil de tratamiento de 1.050 L/día de aguas servidas, que serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración. La Napa Freática en el lugar de emplazamiento del Proyecto es mayor a 15 metros. Las etapas de tratamiento contempladas para la fosa séptica se enmarcan en lo dispuesto en el Decreto N°236/26, “Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias”, del Ministerio de Salud”. El agua servida recolectada desde los distintos puntos de generación será conducida hacia la fosa séptica mediante una red de tuberías. El sistema, además, estará constituido por dos cámaras continúas interconectadas, correspondientes a los procesos de fermentación anaeróbica y la de oxidación. Finalmente, el sistema contempla la implementación de un sistema de drenes de la infiltración. Esta fosa se proyecta en el área de instalación de faena, tal como se indica a continuación y sus coordenadas se indican en la Imagen 17.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 29

Imagen 20. Ubicación fosas sépticas El detalle del sistema de alcantarillado (fosa séptica) se muestra en el PAS 138, adjunto en Anexo F de la Adenda 1, “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)”. En la fase de cierre las aguas servidas a generar serán las provenientes de baños químicos. El retiro y disposición final será llevado a cabo por una empresa autorizada para dicho fin, que además será la responsable de darle mantenimiento respectivo cuando se requiera. Cabe señalar que, considerando que la fase de construcción se extenderá por seis meses, se utilizarán baños químicos portátiles para el total de trabajadores y que cumplirán con lo dispuesto en el D.S. N°594/2000 del MINSAL. El organismo con competencias ambiental, en este caso la SEREMI de Salud se pronunció conforme, mediante el ORD. NºA20-1782 de fecha 17 de noviembre de 2021. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Durante la evaluación ambiental, el titular realizó la modelación de niveles de ruido para la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto cuyos resultados y análisis de cumplimento normativo, se presentan a continuación.

Fase de Construcción: A continuación, se presenta la ubicación y descripción de los puntos de medición de ruido, los cuales fueron seleccionados de acuerdo a su cercanía con las fuentes generadoras de ruido del Proyecto. La Tabla 46, entrega la ubicación y descripción de los receptores considerados, mientras que en la Imagen 17 se muestra su ubicación en torno al emplazamiento del Proyecto.

Tabla 19. Ubicación y descripción de receptores.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 30

Imagen 21. ubicación en torno al emplazamiento del Proyecto.

La modelación contempla todas las obras que están asociadas a la construcción del parque fotovoltaico, por lo cual, para su ejecución se tiene en consideración diversa maquinaria pesada. Las potencias acústicas asignadas a las fuentes de ruido se obtuvieron principalmente a partir de los valores contenidos en el anexo C de la norma británica BS 5228-1:2009, “Code of practice for noise and vibration control on construction and open sites”, los cuales son comparables en magnitud a mediciones realizadas por Gerard Ingeniería Acústica SpA a maquinarias en proyectos similares.

A continuación, se presenta un esquema del modelo representativo de la fase de construcción.

Imagen 22. Esquema modelo acústico para fase de construcción.

A continuación, se presentan los niveles de inmisión acústica estimados para las fases de construcción y cierre en cada punto de evaluación, juntamente con la evaluación de cumplimiento normativo. Los resultados se entregan mediante mapas de propagación sonora cuya coloración está referida a una altura de 1.5 [m] del suelo y tablas de valores.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 31

Imagen 23. Mapa de propagación sonora según NPSeq en [dB(A)]. Fases de construcción y cierre. Vista general.

Tabla 20. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA. Fases de construcción, periodo diurno.

Nota: Valores aproximados al entero más cercano.

Se puede observar que los valores obtenidos no superan los máximos permitidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA, presentando una holgura de 4 a 29 [dB]. Fase Operación: Las principales fuentes de ruido para efectos del análisis acústico de la fase de operación del Proyecto corresponden al funcionamiento de 3 inversores los cuales se encuentran distribuidos al interior del parque, además de 3 subestaciones transformadoras, con una potencia de 3060 [KVA] cada una. A continuación, se presentan los niveles de inmisión acústica estimados para la fase de operación, conjuntamente con la evaluación de cumplimiento normativo. Los resultados se entregan mediante mapas de propagación sonora cuya coloración está referida a una altura de 1.5 [m] del suelo y tablas de valores.

Los niveles de potencia acústica se determinaron a partir de las especificaciones técnicas de los equipos y fichas técnicas de maquinaria con equivalencia técnica.

A continuación, se entrega un diagrama con la distribución de los focos de ruido considerados en el modelo de operación.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 32

Imagen 24. Distribución focos de ruido en fase de operación

Imagen 25. Mapa de propagación sonora según NPSeq en [dB(A)]. Fase de operación.

Tabla 21. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA. Fase de operación.

Nota: Valores aproximados al entero más cercano.

Se puede observar que los niveles obtenidos para la fase de operación no superan los máximos permitidos, tanto para el periodo diurno como nocturno. Fase de Cierre: Para la fase de cierre se utilizará, en menor cantidad, maquinaria similar a la utilizada en la fase de construcción, por lo que no existirá una mayor emisión de ruido. Producto de lo anterior, sólo será necesario evaluar el caso más desfavorable el cual estará dado por la fase de construcción. A continuación, se presentan los niveles de inmisión acústica estimados para las fases cierre en cada punto de evaluación, juntamente con la evaluación de cumplimiento normativo. Los resultados se

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 33

entregan mediante mapas de propagación sonora cuya coloración está referida a una altura de 1.5 [m] del suelo y tablas de valores.

Imagen 26: Mapa de propagación sonora según NPSeq en [dB(A)]. Fases de cierre. Vista general.

Tabla 22. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA. Fases de cierre, periodo diurno.

Se puede observar que los valores obtenidos no superan los máximos permitidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA, presentando una holgura de 4 a 29 [dB]. El organismo con competencia ambiental, en este caso la SEREMI de Salud se pronunció conforme, mediante el ORD. NºA20-1782 de fecha 17 de noviembre de 2021. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Como se mencionó en el literal a), el Proyecto genera emisiones atmosféricas por material particulado y gases, sin embargo, estas no superan lo indicado en la norma, para ninguna de las distancias evaluadas como ya se ha mencionado anteriormente. En cuanto a las emisiones de ruido (ver anexo estudio de impacto acústico), Se puede observar que los valores obtenidos no superan los máximos permitidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA, presentando una holgura de 4 a 29 [dB]. Finalmente, el Proyecto no considera la generación de efluentes o uso de químicos que puedan afectar el recurso hídrico y suelo. Los únicos efluentes serán los provenientes de los lavados de paneles y las aguas servidas provenientes de los trabajadores, las aguas de lavado como se ha mencionado serán sólo con agua, por lo que, no constituirán un Residuo Liquido Industrial (RIL) que deba ser tratado y las aguas servidas provenientes de los baños químicos y lavamanos, serán retirados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, quien realizará disposición final en un lugar autorizado. El organismo con competencia ambiental, en este caso la SEREMI de Salud se pronunció conforme, mediante el ORD. Nº A20-1782 de fecha 17 de noviembre de 2021. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Las partes y obras del Proyecto se posicionan en un terreno apto para el emplazamiento del Proyecto, en un área rural de la comuna de Traiguén, en un terreno artificializado con actividades agrícolas, y cuyas acciones en ningún caso consideran la exposición al suelo, agua o aire, a contaminantes debido al manejo de residuos, dado que el Proyecto realizará un correcto manejo, sin generar efectos significativos a dichos recursos renovables. En la fase de construcción, se generan los siguientes residuos:

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 34

Residuos domésticos y asimilables: Estos serán residuos generados en instalaciones como oficinas, salas de reuniones, comedores, etc. Estos residuos pueden ser papeles, cartones y plásticos de menor tamaño, restos de comida, entre otros, y se almacenarán al interior de contenedores estancos y con tapa, debidamente rotulados, que estarán distribuidos por los puntos de generación de toda la instalación de faena. Estos residuos serán retirados por una empresa autorizada sanitariamente, la cual los trasladará hacia un lugar autorizado para su disposición final, con una frecuencia de dos veces por semana. La generación de residuos domésticos se estima en un kilo por día por persona, es decir, 60 kg/día. Residuos industriales no peligrosos: Los residuos industriales no peligrosos que se generarán en el Proyecto durante su fase de construcción, incluyen restos de cables, fierros, estructuras sobrantes, maderas y plásticos provenientes de envoltorios o embalajes de suministros y otros desechos propios de este tipo de obras. Se estima una generación de 1.000 kg/mes de este tipo de residuos, es decir 33,33 kg/día.

Tabla 23. Estimación de residuos industriales no peligrosos, fase de construcción.

Estos residuos se almacenarán transitoriamente a granel o en contenedores estancos y con tapa (según su tamaño), debidamente rotulados, al interior del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos que se habilitará para esta fase. Luego, los residuos serán trasladados mediante una empresa autorizada, hacia un sitio autorizado para su disposición final. La frecuencia de retiro de los residuos desde el sitio de almacenamiento hacia su disposición final será cada 15 días, o cuando sea necesario a fin de no sobrepasar la capacidad máxima de almacenamiento.

El detalle del sitio de almacenamiento se presenta en el PAS 140, adjunto en el anexo “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)” de la DIA.

Estos residuos se almacenarán transitoriamente a granel o en contenedores estancos y con tapa (según su tamaño), debidamente rotulados, al interior del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos que se habilitará para esta fase. Luego, los residuos serán trasladados mediante una empresa autorizada, hacia un sitio autorizado para su disposición final. La frecuencia de retiro de los residuos desde el sitio de almacenamiento hacia su disposición final será cada 15 días, o cuando sea necesario a fin de no sobrepasar la capacidad máxima de almacenamiento. El detalle del sitio de almacenamiento se presenta en el PAS 140, adjunto en el anexo “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)” de la DIA. Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos que se generarán y almacenarán durante la fase de construcción corresponderán principalmente a envases de pintura, envases de diluyente y paños contaminados con residuos inflamables. Estos residuos serán almacenados transitoriamente al interior de contenedores estancos y

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 35

con tapa, debidamente rotulados, al interior del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos proyectado. Finalmente serán trasladados en transporte autorizado, hacia un relleno de seguridad autorizado para su disposición final. Se estima una generación mensual de 90 kg/mes, es decir 3 kg/día. Durante la evaluación ambiental se ha solicitado el PAS 142, cuyos antecedentes se encuentran en el Anexo PAS de la DIA, PAS 142. Y fue informado favorable por la SEREMI de Salud mediante el ORD. N°A20-1782 de fecha 17 de noviembre de 2021.

Tabla 24. Clase y cantidades de residuos peligrosos, fase de construcción.

Residuos líquidos: Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada. La estimación de aguas servidas proviene del criterio establecido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) en el “Instructivo Evaluación de Cumplimiento DBO de la Norma N°609/1998 del Ministerio de Obras Públicas”, en el cual se indica que este cálculo se determinará en base al consumo de agua potable, establecido en el D.S N°594/99 (100 [L/trabajador/d]), multiplicado por un factor de recuperación de 0,8, estimándose un total de 4,8 m3/día. El detalle del sistema de alcantarillado (fosa séptica) se muestra en el PAS 138, adjunto en Anexo F de la Adenda 1, “Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)”. Es necesario indicar que no se generarán residuos industriales líquidos a causa del desarrollo de esta fase del proyecto.

En la fase de operación del proyecto, la cual se realizará de forma remota y con visitas de mantención al área de la planta solar, se estiman los siguientes residuos: Residuos domésticos y asimilables a domésticos: No se generarán residuos durante esta fase, ya que no existirá personal permanente. Todos los residuos generados durante las mantenciones serán gestionados de inmediato por la empresa contratista encargada, y se dispondrán finalmente en sitios autorizados. Residuos sólidos no peligrosos: Los residuos no peligrosos que se generarán en las distintas mantenciones serán cartones, films o restos de embalaje y paneles solares en mal estado o en desuso, entre otros. La cantidad de residuos podrá variar entre 100 y 150 kg por mantención, los cuales serán gestionados de inmediato por la empresa contratista encargada de las mantenciones y se dispondrán finalmente en un sitio autorizado. Se estima una generación de 30 kg/día, considerando el caso más desfavorable. Residuos peligrosos: No se generarán residuos peligrosos durante las mantenciones. Residuos líquidos: Se generarán aguas servidas producto del uso de los servicios sanitarios que estarán disponibles en el parque. La estimación de aguas servidas proviene del criterio establecido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) en el “Instructivo Evaluación de Cumplimiento DBO de la Norma N°609/1998 del Ministerio de Obras Públicas”, en la cual se indica que este cálculo se determinará en base al consumo de agua potable, establecido en el D.S. N°594/2000 MINSAL (100 l/trabajador/día), multiplicado por un

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 36

factor de recuperación de 0,8. La cantidad estimada a generar según lo anterior es de 0,4 m3/día.

Durante la evaluación ambiental se ha solicitado el PAS 142, cuyos antecedentes se encuentran en el Anexo PAS de la DIA, PAS 142.

El organismo con competencia ambiental, en este caso la SEREMI de Salud se pronunció conforme, mediante el ORD. NºA20-1782 de fecha 17 de noviembre de 2021. Conclusión: Conforme a los antecedentes expuestos, es posible concluir que el Proyecto no generará ni presentará riesgo para la salud de la población, debido de la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones y/o residuos, ya que se realizará un manejo adecuado de éstos, conforme a lo establecido por la normativa ambiental vigente.

Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental Pérdida del suelo Aumento de material particulado y gases de combustión Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Los antecedentes del proceso de evaluación ambiental dan cuenta que no existe presencia de este tipo de recursos dentro del área de influencia del proyecto. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El Proyecto se emplazará en una zona de 23,8 hectáreas que se encuentran intervenidas históricamente por la acción humana y por la magnitud de sus obras, no generará pérdida de suelo o de sus capacidades para sustentar biodiversidad. Sin embargo, el emplazamiento de las obras del Proyecto generará pérdida temporal de productividad de suelo clase III, presente en la totalidad del predio del proyecto. Por esta misma razón, el titular del Proyecto se hace cargo de este efecto y presenta en el anexo de la DIA “Compromiso Ambiental Voluntario (CAV)”, el beneficio de otro suelo destinado a la producción agrícola, mediante un Proyecto de riego. Es importante destacar, que los proyectos fotovoltaicos no intervienen de mala manera el suelo, al contrario, lo mantienen sin intervenir constantemente durante 30 años o más, lo cual genera un efecto positivo en el suelo con el tiempo según distintos estudios. Sin embargo, el Titular agrega otro compromiso, el cual consta de realizar subsolado en el predio en donde se emplazará el proyecto, considerando la totalidad de las 23,8 hectáreas, las cuales quedarán aptas para la actividad agropecuaria. Por otro lado, el Proyecto no considera la realización de mantenciones de vehículos, maquinarias y equipos al interior del predio, esto se realizará fuera del área de emplazamiento del Proyectoen lugares autorizados. También, con la finalidad de evitar el lavado de equipos en terreno y garantizar que no se dispersarán residuos de hormigón dentro o fuera del área del proyecto, es que el Titular ha decidido utilizar losas de hormigón armado prefabricado, por lo que no requerirá mezclar hormigón en el área del proyecto. Las losas de hormigón prefabricado permitirán eliminar los procesos de cimentación declarados en el proyecto, y estas provendrán de una empresa acreditada y que cuente con los permisos de operación y producción vigentes. Por último, se indica que la carga de combustible se realizará fuera del área del proyecto, en sitios autorizados para ello. Sin embargo, en caso de ocurrir un derrame, se considerarán las siguientes medidas:

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 37

-Los derrames de líquidos en tierra se deben contener mediante pretil de contención. -Disponer del equipo adecuado y disponibilidad inmediata para el manejo del derrame. -Se deberá impedir que el líquido alcance cursos de agua, quebradas y otros lugares que pueda dañar el ecosistema. Estas actividades se encuentran en detalle en el Anexo A de la Adenda complementaria. Por lo señalado anteriormente, se establece que el Proyecto no afectará a esta componente. Los organismos con competencias ambiental, en este caso son SEREMI de Agricultura se pronunció conforme, mediante el ORD. Nº9427 de fecha 16 de noviembre de 2021. SAG se pronunció conforme, mediante el ORD. Nº1005 de fecha 18 de noviembre de 2021.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Se realizaron estudios de fauna, flora y vegetación para determinar las especies existentes en el lugar de emplazamiento del proyecto. Para el caso de flora y vegetación, se determinó lo siguiente: Se registró una riqueza taxonómica de seis especies de flora vascular, la cual, en su totalidad, es de origen alóctono. Asimismo, la forma de vida predominante corresponde a las hierbas perennes (5 especies; 83,3%). Respecto a los rangos de distribución de las especies detectadas, no se registraron especies con rango de distribución restringido a la región de la Araucanía. Por otro lado, no se registraron especies clasificadas en alguna categoría de conservación oficial. En relación con los recubrimientos de suelo y formaciones vegetales identificados en terreno, no se identificaron unidades de vegetación que califiquen como bosque nativo de acuerdo a la normativa vigente. Asimismo, el área de influencia no intercepta con áreas colocadas bajo protección oficial. No se registraron unidades cartográficas ambientalmente singulares para el componente flora y vegetación en el área de influencia. Para el caso de fauna, se determinó lo siguiente: En relación a las especies registradas, estas se encuentran listadas dentro de las especies posibles de encontrar en la zona, debido a que son especies adaptables a efectos antropológicos en el ambiente. Del total de especies identificadas, sólo Choroy (Enicognathus leptorhynchus), presenta estado de conservación según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) debido principalmente a la perdida de hábitat. No obstante, no es necesario tomar medidas de protección específicas para esta especie, debido a la alta movilidad de ésta. Además, cabe mencionar que no se presentará una mayor perturbación en la fauna silvestre que la ya existente, por lo tanto, no se ejercerán impactos sobre este componente. Lo descrito anteriormente se presenta en detalle en los anexos “Estudio de flora y vegetación” y “Estudio de fauna” de la DIA. Por lo descrito anteriormente, se establece que el Proyecto no generará impacto en estos componentes.

c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Respecto del componente suelo, el Proyecto no contempla la ocupación de nuevas áreas susceptibles a ser impactadas por sus actividades, ya que el Proyecto se emplazará en una zona delimitada y ya intervenida por la acción humana. Sin embargo y como se mencionó anteriormente, el emplazamiento de las obras del Proyecto generará pérdida temporal de productividad de suelo clase III, por lo que el titular del Proyecto presenta en el anexo “Compromiso Ambiental Voluntario”, el beneficio de otro suelo destinado a la producción agrícola, mediante un Proyecto de riego. Por otra parte, se adjunta en anexo “Estudio de hidrogeología”, los resultados que muestran que la napa freática está ubicada a 15 metros bajo el nivel del suelo, por lo que el presente Proyecto no tiene

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 38

interacción con ésta y no afectará la calidad de sus aguas. Además, el Proyecto tampoco interactuará con aguas superficiales, ya que dentro del predio no existen cauces, ríos u otros cuerpos de agua que puedan verse afectados. Por último, de acuerdo a los resultados presentados en el análisis del artículo 5, letra a) en cuanto a las emisiones generadas por el proyecto, se infiere que no generarán riesgos para la salud de la población. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. El área de emplazamiento del Proyecto no presenta normas secundarias de calidad ambiental. No obstante, de acuerdo a las condiciones de base de cada componente, los estudios realizados respecto a emisiones atmosféricas, hidrogeología, fauna, flora y vegetación y también los argumentos y datos presentados en esta DIA, se declara que el Proyecto no afectará significativamente el suelo, agua, aire, fauna, flora y vegetación. Dado lo anterior, se estima que no se generarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de recursos naturales renovables. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Como se indica en detalle en el Anexo Estudio de impacto acústico de la DIA, las emisiones sonoras que generará el Proyecto en sus diversas fases de desarrollo cumplen con los límites de emisión de ruido indicados en el D.S. N° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente en todos sus puntos receptores. Por otro lado, y de acuerdo a los resultados de caracterización de fauna silvestre, presentados en el Anexo Estudio flora y vegetación de la DIA (Caracterización Fauna Silvestre), se concluye que el Proyecto no afecta la permanencia de las especies en estado de conservación, ni su capacidad de regeneración o renovación, ni la alteración de las condiciones que hacen posible su permanencia y desarrollo, no generando efectos significativos sobre la cantidad ni calidad de los recursos naturales renovables en particular sobre la fauna nativa. En efecto, el análisis de línea de base confirma que el área donde se instalará el Proyecto se ubica en una superficie artificializada con cultivos agrícolas, por lo que corresponde a un área antrópica. Además, confirma la ausencia de especies que se encuentren amenazadas según lo expresado en el RCA (VU o “Vulnerable”, EN o “En Peligro”, ni CR o “En Peligro Crítico”). Por otro lado, los datos de abundancia y densidad de fauna silvestre son bajos (ver anexo Estudio flora y vegetación), y no son cifras que representen efectos significativos para las especies por las acciones del Proyecto. Además, las especies encontradas, en su mayoría responden de buena manera a la perturbación a través del alejamiento, dicho lo anterior las especies identificadas en terreno, al verse amenazadas se alejarán de las zonas a intervenir, disminuyendo la probabilidad de afectación a los individuos identificados. Tomando en consideración los antecedentes expuestos,

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 39

se concluye que el Proyecto no genera efectos significativos sobre la cantidad ni calidad de los recursos naturales renovables, en particular sobre la fauna nativa. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Las sustancias químicas manejadas y los residuos sólidos y líquidos generados por el proyecto serán gestionados de acuerdo a la normativa aplicable y a los procedimientos de la empresa, de tal manera que no generen efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. Los residuos sólidos serán almacenados correctamente en sitios habilitados para ello, para luego ser retirados y dispuestos finalmente en lugares debidamente autorizados. Por otro lado, no se considera el almacenamiento de sustancias peligrosas dentro del predio del Proyecto en ninguna de sus fases. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: G.1) Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. El Proyecto no contempla la explotación o intervención de cuerpos de agua subterránea que contengan aguas milenarias y/o fósiles. G.2) Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. El Proyecto no contempla la explotación de cuerpos o cursos de agua en que se generen fluctuaciones de niveles. G.3) Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. El Proyecto no contempla la explotación o intervención de recursos hídricos que afecte vegas y/o bofedales. G.4) Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El Proyecto no contempla la explotación o intervención de recursos hídricos que afecten humedales, estuarios y turberas. G.5) La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. El Proyecto no contempla la explotación o intervención de recursos hídricos que afecten a glaciares.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto en análisis, es un Proyecto nuevo, que comprende la construcción y operación de una planta solar fotovoltaica, cuyo objetivo es captar energía solar, y transformarla en energía eléctrica. El Proyecto no conlleva la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Conclusión: La ejecución del Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad ni calidad de los recursos naturales renovables.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 40

Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental No aplica, ya que el Proyectos e ubicará en un predio privado, no encontrándose cercana a algún Área de Desarrollo Indígena (ADI), tampoco se presentan comunidades ni asociaciones que se vieran afectadas. Existencia de grupos humanos en el área de influencia Existen grupos humanos dentro del área de influencia del proyecto, específicamente se han identificado los receptores de ruido. Respecto de comunidades indígenas, no existen en el área de influencia del proyecto. Reasentamiento de comunidades humanas No aplica, el Proyecto no considera el reasentamiento de comunidades humanas. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Durante el proceso de evaluación ambiental se ha establecido que, el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que, según el levantamiento de información primaria realizada por el titular, Anexo Medio Humano, Numeral 6.1.2 P. 46 de la DIA, refiere que, “En el área de influencia del proyecto, se pudo detectar usos de suelo agrícola y forestal. Por una parte, tenemos los predios productivos agrícolas, destinados al cultivo de trigo, cebada, avena o raps que representan la mayor superficie al interior del polígono, pero también hallamos en menor cantidad y superficie, predios con árboles de Avellanos Europeos y frutales que tienen sistema de riego por goteo abastecidos por pozo profundo. El uso de suelo forestal, corresponde a un predio frente al lugar de emplazamiento del parque fotovoltaico, que corresponde a una plantación de monocultivo de pino radiata”. Se agrega que “el área de influencia se encuentra fuera del límite urbano establecido por el Plan Regulador de Traiguén corresponde, por tanto, a zona rural”. Adicionalmente en Adenda 1, se complementa la información (P. 49) y se indica que, “a) El uso actual del predio corresponde a uso agrícola con presencia de cultivos de Trigo (monocultivo), el cual no presenta formaciones boscosas o cuerpos de agua en su interior. El uso de suelo agrícola corresponde al 90% del uso de suelo presente dentro del área de influencia, seguido por una plantación forestal de Pino. b) Tal como se mencionó en el estudio de Hidrogeología presente en la DIA del proyecto, la napa de agua presente no será intervenida ya que ésta se encuentra a 15 metros de profundidad. El hincado de los soportes de paneles fotovoltaicos no superarán los 2 metros de profundad y las zanjas no superarán los 0,8 metros”. Respecto del recurso aguas subterráneas, en Adenda 1, el titular indica que la napa caracterizada como “napa colgada”, que los materiales que tengan potencial contacto con esta, se asegurarán que no exista ningún tipo de transferencia de agua y humedad hacia el suelo, evitando así infiltraciones puntuales no deseadas. En este sentido, todos los materiales que pudiesen tomar contacto con aguas subterráneas serán de acero galvanizado, material que evita los procesos anteriormente

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 41

descritos. Por otra parte, los organismos técnicos con competencia ambiental, en este caso el SAG, se pronuncia con observaciones a la DIA y Adenda 1, respecto que el titular debe incorporación de PAS 160, compensación por perdida de suelo clase III. A través del ORD. N° 585 de fecha 13 de julio de 2021 y el Ord. 744 de fecha 9 de septiembre de 2021. Pronunciamiento disponible a través del siguiente vinculo del expediente electrónico: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docI d=0a/71/959ffd8447f0dd8f34237a22dee7e28b5715 En este contexto, en la Adenda complementaria, P 15 y 16, numeral 7.2. se incorpora el compromiso voluntario de compensación en suelos Clase III, y se señala la incorporación de los suelos donde se inserta el Proyecto fotovoltaico a la actividad agropecuaria terminado el periodo de ejecución. Respecto a este punto, Agricultura en la Adenda 1, se pronuncia conforme a través del ORD. N° 9388 del 20/09/2021. Pronunciamiento disponible a través del siguiente vínculo del expediente electrónico: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/09/22/fa4_9388_SEREMI_Agricu ltura.pdf Durante el proceso de evaluación se constató que en el área de influencia del proyecto, los recursos naturales utilizados por los habitantes del sector como: el suelo para uso agrícola, el agua de pozo para consumo, el cajón y quebradas del Rio Traiguén, utilizadas o proyectadas para el uso como recurso turístico para los habitantes de la localidad de “Quichamahuída” y los habitantes del sector, no se verán afectadas por la materialización de las partes, obras y acciones del proyecto, dadas las características del Proyecto y su localización, permiten descartar algún impacto a estos recursos, su obtención y/o explotación, en cualquiera de las fases de ejecución del mismo. En relación con lo anterior, el organismo con competencia, en este caso CONADI se ha manifestado conforme mediante el Ord. Nº453, de fecha 15/07/2021. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Durante el proceso de evaluación ambiental, se considera que, la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, no se afectará la libre circulación, conectividad o un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, dado que según el levantamiento de información primaria, descrita en la Caracterización del Medio Humano, numeral 6.1.3, P.48, se indica que: “En relación con la conectividad y vías de acceso, el área de influencia se encuentra interceptada por la ruta R- 86 que es la principal y única vía de acceso para las viviendas del sector hacia los centros urbanos de Victoria hacia el oriente y Traiguén hacia el poniente y hacia la capital Regional Temuco, a través del empalme a la ruta 5 sur”. El titular menciona en la DIA, en el capítulo de Análisis del Art. 11, P. 77 “el único camino secundario utilizado por el Proyecto que corresponde al tramo inicial de la ruta R-818, que será utilizado para el acceso de los vehículos al predio del parque fotovoltaico, no se verá afectado por la circulación de vehículos asociados al proyecto, dado que el flujo de tránsito permanente es muy bajo y no existirán interrupciones del flujo en ninguna de las fases del proyecto. El mayor flujo se registraría durante el proceso de movimiento de tierras y preparación del terreno, actividad que será realizada al interior del predio, por lo que no ocasionará inconveniente a los habitantes del

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 42

sector”. En la Adenda 1, se agrega que “a) La construcción del parque, como todo proyecto, requiere del transporte de insumos y otros materiales para realizar las obras correspondientes. Considerando lo anterior, el titular habilitará el acceso al Proyecto en la ruta R-818 y no en la R-86, que es la ruta principal del sector, con la finalidad de no obstruir el tráfico al momento de ingresar al parque.

Imagen 27. Ingreso al proyectyo ruta R-818 Por otro lado, es importante señalar que las fases en donde existirá un mayor flujo de vehículos serán la de construcción y cierre, las que solo tendrán una duración de cinco y seis meses, respectivamente. Independiente de lo anterior, se declara que este flujo no será significativo, dado la baja complejidad de las obras de construcción y cierre de un parque fotovoltaico (no son obras mayores) y que, como medida de gestión, el ingreso y salida de los vehículos requeridos para desarrollar los trabajos, no será realizado en simultáneo. Al respecto, durante la fase de operación del proyecto, no se requerirán vehículos pesados, ya que el funcionamiento del parque será de forma remota, por lo que no se requiere equipo en terreno, exceptuando mantenciones puntuales, que consideran un pequeño número de personal que se trasladará en vehículos livianos-camionetas. En este contexto, se considera que el proyecto, no generará efectos significativos sobre los procesos de transporte en las rutas R-86 ni R- 818, durante las distintas fases del proyecto. b) En el Anexo C y D de la Adenda 1, el titular, adjunta informes de estimación de emisiones atmosféricas y modelación de la calidad del aire. Según los resultados de estos informes las emisiones atmosféricas serán mínimas, al igual que la dispersión de los contaminantes. En comparación con la normativa primaria y secundaria de calidad del aire vigente, el estudio de modelación de la calidad del aire demuestra que las concentraciones de contaminantes no sobrepasan los límites establecidos, ni están cerca de ellos, por lo que el Proyecto no generará afectación significativa en las labores y producción agrícola por la emisión de polvo en suspensión, que pudiesen alcanzar las siembras, y deterioro de los caminos”. En relación con lo anterior, el organismo con competencia, en este caso CONADI se ha manifestado conforme mediante el Ord. Nº 453/2021, de fecha 15/07/2021 c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios Dentro de las conclusiones del proceso de evaluación ambiental del Proyecto y en base a la información levantada y descrita en la caracterización del Medio Humano de la DIA, el Proyecto no afectará

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 43

o infraestructura básica. las dimensiones constitutivas y el bienestar de los grupos humanos presentes en el área de influencia.

Al respecto, en la DIA, Caracterización del Medio Humano, numeral 6.5.4. se describe el Equipamiento del territorio en el área de influencia, se incluye la Tabla 30, donde se presenta el Equipamiento e infraestructura disponible en el área de influencia y sectores adyacentes.

Al respecto se indica que la dotación de equipamiento más significativa del territorio es de carácter comunitario, que corresponden a sedes sociales de pequeña superficie y construidas de material liviano. Asimismo, la cancha de futbol de Quichamahuída y el culto evangélico ubicado en terrenos de la comunidad Chanco Marihual, que, según el titular, corresponden a equipamiento de escala comunitaria o local. En términos de equipamiento e infraestructura, el territorio rural donde se pretende emplazar el proyecto, se encuentra en un evidente estado de rezago. El alto grado de ruralidad del sector y la baja ocupación humana del territorio, dificultan el desarrollo de proyectos que permitan dotar de servicios básicos a los residentes del sector del cruce Quichamahuida- Quino.

Mayores antecedentes se encuentran en el Anexo del Medio Humano (P. 86 -91), disponible en el expediente electrónico del proyecto:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/06/11/Anexo_Estudio_de_medio_ humano.pdf

En este contexto y la información disponible se concluye que el Proyecto no alterará el acceso o la calidad de bienes, servicios, equipamiento o infraestructura básica disponible en el área de influencia, en ninguna de las fases del proyecto. En relación con lo anterior, el organismo con competencia, en este caso CONADI se ha manifestado conforme mediante el Nº 453/2021, de fecha 15/07/2021. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Durante el proceso de evaluación ambiental, se considera que, el Proyecto no dificultará ni generará impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, por lo que el Proyecto no generará alteraciones a los sistemas de vida y costumbres del grupo humano, y de reasentamiento del mismo, es decir, las personas que habitan el área de influencia, no verán alterada, transformada o impactada la forma en la cual desarrollan su vida cotidiana, su relación con el entorno, el desarrollo de actividades sociales, productivas, culturales o religiosas, por la ejecución de cualquiera de las fases del proyecto. Al respecto, el titular en el 6.3.1 del Anexo del Medio humano de la DIA (P. 58- 61) señala las Manifestaciones culturales de los asentamientos del área de influencia, incorpora la Tabla 25. Manifestaciones de la cultura Local y la Imagen 24. Con la Distribución espacial de las manifestaciones culturales identificadas aledañas al emplazamiento del proyecto:

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 44

Imagen 28. Guillatún We Tripantu

Al respecto el titular menciona que, dada la distancia entre el predio de emplazamiento del Proyecto y la zona de realización de las manifestaciones sociales identificadas, el Proyecto no puede afectar de ninguna forma a la normal realización de estas actividades por la barrera física de Plantación de Avellanos Europeos que divide el predio particular que colinda con el proyecto, que actúa como contención principalmente para las emisiones de ruido (cumple con la normativa) y polvo en suspensión.

Imagen 29. Feria costumbrita Quichamahuía

Se agrega que, en relación a la presencia de organizaciones sociales en el sector, solo se identifica a la Junta de Vecinos de Quichamahuída, organización territorial que se encuentra vigente y operativa. En cuanto a la presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área de influencia, el titular indica en el numeral 6.3.2 del Anexo del Medio humano de la DIA “que no se detectó en el área de influencia superposición de tierras de comunidades indígenas o presencia de familias o grupos humanos pertenecientes a pueblos originarios”. Como fuente de información se consultó el Sistema de Información Territorial Indígena (S.I.T.I. 2.0) de la CONADI, en el cual no aparecen comunidades indígenas, títulos de merced o compras de tierra indígena, para el Área de influencia del proyecto. Sin embargo, se identificaron dos comunidades indígenas distantes a un kilómetro del predio de emplazamiento del proyecto, en dirección hacia el poniente, estas corresponden a la comunidad “Francisco Huilcaleo 2” y la comunidad “Chanco Marihual Bajo”. La Imagen a continuación nos muestra los predios de las comunidades señaladas según el visualizador del SITI de CONADI.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 45

Imagen 30. Predios indígenas cercanos al área de influencia del proyecto. La comunidad Francisco Huilcaleo 2, es una comunidad indígena perteneciente a la comuna de Traiguén que se asienta el año 2004 en el sector rural ex Fundo San José, aproximadamente 1.500 metros al poniente del cruce Quichamahuída. Un total de 32 integrantes de la comunidad provenientes de Lumaco, que fueron beneficiados con dos predios cuya superficie alcanza las 300 há. La compra de tierras se realiza por el articulo 20B de la ley 19.253, siendo la primera comunidad del sector en poseer derecho de copropiedad. En la actualidad los integrantes pertenecientes a dicha comunidad indígena son 26, de los cuales solo siete familias habitan en el predio de compra de tierra. Los predios de esta comunidad se emplazan en ambos costados de la ruta R-86, sin embargo, las viviendas de los habitantes del sector se concentran cercanas a la carretera. En la Imagen a continuación, podemos apreciar el polígono en color azul donde se distribuyen espacialmente las viviendas de la comunidad.

Imagen 31. distribución espacial del asentamiento humano de la comunidad La comunidad indígena de Chanco Marihual Bajo, posee un territorio de 260 hectáreas en el sector ex fundo San José, cercano al cruce de Quichamahuida-Quino, a la altura del kilómetro 20 del camino Victoria – Traiguén. La comunidad se instaló en sector el año 2002, en el predio adquirido a través del artículo 20 letra b, de la ley 19.253. Esta comunidad está conformada por 45 familias. El predio de esta comunidad es el más cercano al área de influencia del proyecto, se

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 46

emplaza a 1.030 metros al poniente del predio del Proyecto y a 220 metros al poniente del límite perimetral del área de influencia.

Imagen 32. Distribución espacial del asentamiento humano de la comunidad Chanco Marihual En Adenda 1, Numeral 4.3.3 (P.52), se incorpora las distancias de las localidades y comunidades indígenas en relación al proyecto.

Tabla 25. Distancia Proyecto y lugares de asentamiento.

En este sentido y en base a la información dispuesta en el proceso de evaluación ambiental del proyecto, se indica que no se identificaron afectaciones significativas en esta dimensión, tanto para el Área de Influencia, como para las localidades próximas al emplazamiento del proyecto, dadas las características de dicha iniciativa, como también las distancias de las comunidades indígenas “Francisco Huilcaleo 2” y comunidad “Chanco Marihual Bajo l” y los sectores poblados más próximos al Proyecto que, si bien no están dentro del área de influencia del proyecto, el titular las incorpora en el análisis y caracterización para descartar eventuales afectaciones.

Para mayor detalle sobre la información presentada anteriormente, se puede revisar en el “Estudio de Medio Humano”, adjunto en la DIA, disponible en el expediente electrónico del proyecto: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/06/11/Anexo_Estudio_de_medio_ humano.pdf

Al respecto el organismo técnico con competencia ambiental, en este caso CONADI, se pronuncia conforme en la DIA a través de su ORD. Nº 453/2021, de fecha 15/07/2021. Pronunciamiento disponible a través del siguiente vínculo del expediente electrónico del proyecto: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/07/20/0f9_453_CONADI.pdf En relación con lo anterior, el organismo con competencia, en este caso CONADI se ha manifestado conforme mediante el Nº 453/2021, de fecha 15/07/2021. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas En el área de emplazamiento del proyecto, no existen asentamiento de familias o grupos humanos de población indígena.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 47

precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Conclusión: De acuerdo con lo anterior se puede concluir que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos.

Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Impacto ambiental No aplica Existencia de poblaciones protegidas Se descarta la existencia de población protegida en el área de influencia del proyecto. Cabe mencionar que, el organismo con competencia, en este caso CONADI se ha manifestado conforme mediante el Nº 453/2021, de fecha 15/07/2021. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental En el área de influencia del Proyecto no se encuentra dentro o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o algún territorio con valor ambiental, tal como se encuentran definidos en este artículo y por tanto no ingresa dentro de esta categoría de impactos Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. Con respecto a población protegida, durante el proceso de evaluación ambiental y a partir de los antecedentes presentados por el titular en el Anexo del Medio Humano de la DIA, se indica que, en el área de Influencia del proyecto, no se encuentra cercana a algún Área de Desarrollo Indígena (ADI), tampoco se presentan comunidades que se vieran afectados sus sistemas de vida y costumbres. A su vez, tampoco se considera intervenir las áreas vinculadas a las expresiones culturales que se realicen en la Comuna de Traiguén como tampoco la intervención significativa de las rutas de tránsito. Al respecto, y según fuente de información del Sistema de Información Territorial Indígena (S.I.T.I. 2.0) de la CONADI, en el cual no aparecen comunidades indígenas, títulos de merced o compras de tierra indígena, para el área de influencia del proyecto. Sin embargo, se identificaron dos comunidades indígenas distantes a un kilómetro del predio de emplazamiento del proyecto, en dirección hacia el poniente, estas corresponden a la comunidad “Francisco Huilcaleo 2” y la comunidad “Chanco Marihual Bajo”.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 48

Imagen 33. Predios indígenas cercanos al área de influencia del Proyecto En Adenda 1, Numeral 4.3.3 (P.52), se incorpora las distancias de las localidades y comunidades indígenas en relación al proyecto.

Tabla 26. Distancia Proyecto y lugares de asentamiento

Para mayor detalle sobre la información presentada anteriormente, se puede revisar en el “Estudio de Medio Humano”, adjunto en la DIA, disponible en el expediente electrónico del proyecto: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/06/11/Anexo_Estudio_de_medio_ humano.pdf Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. En base a las características del proyecto, se descartan afectaciones a las comunidades indígenas más próximas, las que, si bien no están dentro del área de influencia del proyecto, fueron incorporadas en el análisis para determinar eventuales afectaciones. El Proyecto no interviene de los sistemas de vida y costumbres de vida de población protegida y en el normal desarrollo cotidiano de la comunidad “Francisco Huilcaleo 2” y comunidad “Chanco Marihual Bajo l”, que son aquellas que se encuentran más cercanas al proyecto. En relación a territorios con valor ambiental, el área de influencia corresponde a un área ya artificializada con actividades antrópicas agrícolas, por lo que el emplazamiento del Proyecto no generará afectación al valor ambiental del territorio, por cuando éste ya se encuentra modificado, y el Proyecto se encontrará en un sector sin presencia de áreas protegidas, por lo que se establece que no generará efectos sobre áreas protegidas. Al respecto el organismo técnico con competencia ambiental, en este caso CONADI, se pronuncia conforme en la DIA a través de su ORD. Nº 453/2021, de fecha 15/07/2021. Pronunciamiento disponible a través del siguiente vínculo del expediente electrónico del proyecto:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/07/20/0f9_453_CONADI.pdf

Conclusión: De acuerdo con lo anterior se puede concluir que el Proyecto no afectará a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 49

Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Impacto ambiental No aplica, ya que el Proyecto no generará o presentará alteraciones de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, pertenecientes al patrimonio cultural. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. No existen monumentos con declaratoria (histórico, arqueológico, zona típica) en el área de influencia en donde se desarrollará el Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén”. Además, en el estudio arqueológico, los resultados de la inspección arqueológica dan cuenta de la inexistencia de hallazgos arqueológicos y elementos patrimoniales. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyectoo actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. En el área de influencia del Proyecto no se presentan Monumentos Nacionales definidos por la Ley N°17.288. Como ya se ha mencionado, el Proyecto se desarrollará dentro de un predio intervenido, sin embargo, en caso de registrarse algún hallazgo en cualquier fase del proyecto, se dará aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, en cumplimiento con lo establecido por la Ley N°17.288 y su reglamento. Adicionalmente, se señala que el Organismos con Competencia Ambiental, en este caso Consejo de Monumentos Nacionales se ha pronunciado conforme mediante el Ord. N°4184 de fecha 22 de septiembre de 2021. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Según los antecedentes ya expuestos, el presente Proyecto no afectará sitios pertenecientes al patrimonio cultural, ya que no se encuentran dentro del área de influencia definida. Las áreas donde se desarrollará el Proyecto corresponden a un lugar intervenido. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de registrarse algún hallazgo en cualquier fase del proyecto, se dará aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, en cumplimiento con lo establecido por la Ley N°17.288 y su reglamento. Adicionalmente, se señala que el Organismos con Competencia Ambiental, en este caso Consejo de Monumentos Nacionales se ha pronunciado conforme mediante el Ord. N°4184 de fecha 22 de septiembre de 2021. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. El Proyecto no se encontrará próximo a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, que puedan ser afectadas por su ejecución. La información expuesta en este literal y en los anteriores (a, b y c), se ratifica en el anexo “Estudio de arqueología”, adjunto en la presente DIA. Adicionalmente, se señala que el Organismos con Competencia Ambiental, en este caso Consejo de Monumentos Nacionales se ha pronunciado conforme mediante el Ord. N°4184 de fecha 22 de septiembre de 2021. Conclusión: El Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 50

antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Baños en fase de operación Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. N° A20-1782 de la fecha 16 de noviembre de 2021. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. N° A20-1782 de la fecha 16 de noviembre de 2021. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos 142 del reglamento del SEIA

Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la Fase de construcción y cierre

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 51

cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Sitio de almacenamiento de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. N° A20-1782 de la fecha 16 de noviembre de 2021. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos 160 del Reglamento del SEIA. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones temporales y permanentes Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Por otra parte, los organismos técnicos con competencias ambientales, en este caso el SAG, se pronunció conforme a través de su ORD. N° 1005/2021, de fecha 18 de noviembre de 2021, SEREMI de Agricultura, se pronunció conforme a través de su ORD. N° 9427, de fecha 16 de noviembre de 2021, SEREMI de Vivienda y Urbanismo conforme a través de su ORD. N° 847, de fecha 20 de septiembre de 2021. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE Componente/materia D.S. N° 100/2005 Minsegpres Constitución Política de La República de Chile. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. La Constitución Política de 1980, que en su artículo 19 Nº 8 asegura a todas las personas El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”. Agrega en el mismo inciso que “es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”. Su inciso segundo señala que “la ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente. Norma Decreto Supremo N°100/2005, Ministerio de Secretaría General de la Presidencia. Artículo 19, N°8. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 52

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y acciones del proyecto.

Forma de cumplimiento El Proyecto desarrollará sus actividades en cumplimiento a la legislación ambiental vigente

Mediante la presentación de la DIA, se somete el Proyecto al SEIA de manera previa para su ejecución

Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto y el cumplimiento de sus normas y condiciones. Forma de control y seguimiento Resolución de Calificación Ambiental publicada por la autoridad y fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

LEY 19.300 SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE Componente/materia Medio ambiente/ protección del medio ambiente/ conservación de los recursos naturales. Norma Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente N°19.300/1994, Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°40/2012, reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y acciones del proyecto.

Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental según lo establecido en la letra c) del artículo 10 de la ley, mediante una Declaración de Impacto Ambiental, dado que no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11. Indicador de cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto y el cumplimiento de sus normas y condiciones. Forma de control y seguimiento Resolución de Calificación Ambiental publicada por la autoridad y fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

DECRETO SUPREMO N°40/13 Componente/materia Medio ambiente/ protección del medio ambiente/ conservación de los recursos naturales. Norma Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y acciones del proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental según lo establecido en la letra c del artículo 3 del reglamento. Indicador de cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto y el cumplimiento de sus normas y condiciones. Forma de control y seguimiento Resolución de Calificación Ambiental publicada por la autoridad y fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 53

RESOLUCIÓN EXENTA N°1.518/2013 Componente/materia Normativa de carácter general/Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°574 Exenta, de 2012.Ministerio del Medio Ambiente. Norma Resolución Exenta N°1.518/2013 Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento Entrega adecuada en plazo, forma y modo de la información solicitada a la Superintendencia del Medio Ambiente. Indicador de cumplimiento Constancia de la entrega de información, cuando corresponda, en cualquiera de sus formas, ante el registro de la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de los compromisos y obligaciones adquiridos durante el proceso de evaluación ambiental. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°30/2012 Componente/materia Normativa de carácter general/ Aprueba reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación. Ministerio del Medio Ambiente. Norma Decreto Supremo N°30/2012 Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento En caso de ser necesario, el titular del Proyecto cumplirá de manera estricta con las disposiciones de este reglamento. Indicador de cumplimiento Constancia de la entrega de información, en cualquiera de sus formas, ante el registro de la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Disponibilidad de la documentación en el Proyecto para su fiscalización (Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación, según corresponda). Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°31/2012 Componente/materia Normativa de carácter general/ Aprueba reglamento del sistema nacional de información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de sanciones. Ministerio del Medio Ambiente. Norma Decreto Supremo N°31/2012 Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyectoa la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto.

Forma de cumplimiento Entrega adecuada en plazo, forma y modo de la información solicitada, conforme a las disposiciones establecidas o instrucciones de la Superintendencia del Medio Ambiente. Indicador de cumplimiento Constancia de la entrega de información, en cualquiera de sus formas, ante el registro de la Superintendencia del Medio Ambiente.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 54

Forma de control y seguimiento Disponibilidad de la documentación en el Proyecto para su fiscalización. Asimismo, se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental SMA actualizada. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

RESOLUCIÓN N°223/2015 Componente/materia Normativa de carácter general/ Instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Norma Resolución N°223/2015, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento Entrega adecuada en plazo, forma y modo de la información solicitada, a la Superintendencia del Medio Ambiente. Indicador de cumplimiento Comprobante electrónico de la entrega de información emitido por la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Disponibilidad de la documentación en el Proyecto para su fiscalización. Asimismo, se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental SMA actualizada. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

RESOLUCIÓN EXENTA N°885/2016 Componente/materia Normativa de carácter general/ Sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del sistema de seguimiento ambiental. Norma Resolución N°885/2016, Ministerio del Medio Ambiente Artículo 1 Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto.

Forma de cumplimiento Mantener informada a la Superintendencia de Medio Ambiente ante cualquier Aviso, Contingencia e Incidente de acuerdo a la presente resolución. Indicador de cumplimiento Comprobante de remisión de avisos, contingencias e incidentes, emitido por el sistema. Forma de control y seguimiento Disponibilidad de la documentación en el Proyecto para su fiscalización. Asimismo, se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental SMA actualizada. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°1/2013 Componente/materia Emisiones/Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Norma Decreto Supremo N°1/2013, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones de grupo electrógeno, residuos domésticos y asimilables a domésticos, residuos industriales sólidos no peligrosos y peligrosos.

Se procederá a declarar anualmente las emisiones provenientes del

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 55

Forma de cumplimiento funcionamiento del grupo electrógeno de respaldo, de los residuos industriales sólidos no peligrosos y peligrosos generados por el proyecto, a través del sistema de ventanilla única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).

Indicador de cumplimiento Comprobante de declaración anual de emisiones de fuentes fijas. Comprobante de declaración anual de residuos industriales sólidos no peligrosos. Comprobante de declaración anual de residuos industriales sólidos peligrosos. Forma de control y seguimiento

Se declararán anualmente las emisiones de los grupos electrógenos asociados al Proyecto, en la plataforma que la Autoridad disponga para tales efectos (RETC). Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°144/1961 Componente/materia Aire/Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Norma Decreto Supremo N°144/1961, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán emisiones (polvo principalmente) por el tránsito de vehículos, movimientos de tierra (preparación de los caminos internos) y transporte de materiales. Durante la fase de operación se generarán emisiones muy reducidas, relacionadas principalmente a la circulación de vehículos menores para realizar labores de mantenimiento. Durante la fase de cierre las emisiones atmosféricas estarán asociadas al desmantelamiento de las instalaciones y al tránsito de vehículos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el anexo “Estimación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Velocidad restringida de camiones, con una velocidad máxima de 15 km/h en caminos internos. Los vehículos estacionados mantendrán su motor apagado. Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día. Durante la fase de construcción se realizará la humectación de caminos internos (los días que no haya precipitaciones). Indicador de cumplimiento Registro de inspección visual de camiones encarpados. Registros de mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones, vehículos menores y maquinarias utilizadas. Registro de las declaraciones de emisiones atmosféricas de los generadores a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Registro de humectación de caminos (fase de construcción). Forma de control y seguimiento Se verificará el registro de las revisiones técnicas de todos los vehículos y equipos de la obra, así como también los registros de humectación de caminos, registro de declaración de emisiones y registro de inspecciones visuales cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°4/ 1992 Componente/materia Aire/ Establece Normas de Emisión de Material Particulado a Fuentes estacionarias puntuales y grupales (uso de Grupos Electrógenos). Norma Decreto Supremo N°4/1992, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 56

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la construcción se contempla el uso de un equipo generador de 160 kVA, para dar suministro eléctrico a la instalación de faena. Forma de cumplimiento El Titular declarará las emisiones del grupo electrógeno que utilizará. Indicador de cumplimiento Registros anuales de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Se declararán anualmente las emisiones del grupo electrógeno asociado al proyecto, en la plataforma que la Autoridad disponga para tales efectos (RETC). Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°138/2005 Componente/materia Aire/ Establece obligación de declarar emisiones que indica. Norma Decreto Supremo N°138/2005, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la construcción se contempla el uso de un equipo generador de 160 kVA, para dar suministro eléctrico a la instalación de faena. Forma de cumplimiento El Titular declarará las emisiones del grupo electrógeno que utilizará. Indicador de cumplimiento Registros anuales de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Se declararán anualmente las emisiones del grupo electrógeno asociado al proyecto, en la plataforma que la Autoridad disponga para tales efectos (RETC). Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia Aire/ Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Norma Decreto Supremo N°47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo Artículo 5.8.3 Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla labores de movimiento de tierra, tránsito por caminos internos y transporte de carga. Forma de cumplimiento Con el fin de disminuir las emisiones de polvo, el Titular considera las siguientes medidas: Las vías de circulación serán humectadas durante la fase de construcción. Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del predio del proyecto. Indicador de cumplimiento Registro de humectación de caminos en fase de construcción. Registro de inspección visual de camiones encarpados. Bitácora con registro de señalética de control de velocidad. Forma de control y seguimiento Se verificarán los registros de humectación de caminos, registro de declaración de emisiones y registro de inspecciones visuales cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°4/1994 Componente/materia Aire/ Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Norma Decreto Supremo N°4/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales No aplica.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 57

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados, monóxido de carbono e hidrocarburos. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilicen en todas las fases del proyecto, contarán con la revisión técnica al día. Indicador de cumplimiento Registro de revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Se verificará el registro de las revisiones técnicas de todos los vehículos y equipos de la obra cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°211/1991 Componente/materia Aire/ Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Norma Decreto Supremo N°211/1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados livianos. Forma de cumplimiento Los vehículos livianos que se utilicen en todas las fases del proyecto, contarán con la revisión técnica al día. Indicador de cumplimiento Registro de revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Se verificará el registro de las revisiones técnicas de los vehículos livianos cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°54/1994 Componente/materia Aire/ Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica. Norma Decreto Supremo N°54/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados medianos. Forma de cumplimiento Los vehículos medianos que se utilicen en todas las fases del proyecto contarán con la revisión técnica al día. Indicador de cumplimiento Registro de revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Se verificará el registro de las revisiones técnicas de los vehículos medianos cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°55/1994 Componente/materia Aire/ Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Norma Decreto Supremo N°55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Fases de construcción, operación y cierre.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 58

cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados pesados. Forma de cumplimiento Los vehículos pesados que se utilicen en todas las fases del proyecto, contarán con la revisión técnica al día. Indicador de cumplimiento Registro de revisión técnica al día de los vehículos pesados. Forma de control y seguimiento Se verificará el registro de las revisiones técnicas de los vehículos pesados cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°75/1987

Aire/Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Norma Decreto Supremo N°75/1987, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto. Forma de cumplimiento Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Indicador de cumplimiento Registro de inspección visual de camiones. Forma de control y seguimiento Se verificarán los registros de inspecciones visuales cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°279/1983 Componente/materia Aire/Aprueba Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna. Norma Decreto Supremo N°279/1983, Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados, monóxido de carbono. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilicen en todas las fases del Proyecto contarán con la revisión técnica al día. Indicador de cumplimiento Registro de revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Se verificará el registro de las revisiones técnicas de los vehículos pesados cada vez que corresponda. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°38/2011 Componente/materia Ruido/ Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Norma Decreto Supremo N°38/2011, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del proyecto, se generará ruido principalmente de las actividades de preparación de caminos, tránsito de vehículos y maquinaria de construcción y montaje. Solo se trabajará durante el día.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 59

Durante la fase de operación, las emisiones serán mínimas y se asocian a los vehículos que transitarán durante las labores de mantención. Durante la fase de cierre las emisiones de ruido serán las generadas por las actividades propias de desmantelamiento de la infraestructura. Forma de cumplimiento Se realizó un estudio de impacto acústico (anexo Estudio de impacto acústico de la DIA), donde se indica que no se superarán los límites permisibles de acuerdo a la normativa vigente. Indicador de cumplimiento Estudio de impacto acústico Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las condiciones establecidas en el estudio realizado. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.F.L. N°725/1968 Componente/materia Agua/ Código Sanitario Norma D.F.L. N°725/1968 Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará efluentes líquidos en las fases de construcción, operación y cierre, correspondientes a las aguas servidas asociadas a la presencia de trabajadores. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Las aguas servidas a generar serán las provenientes de baños químicos. El retiro y disposición final será llevado a cabo por una empresa autorizada para dicho fin, que además será la responsable de darle mantenimiento respectivo cuando se requiera. Cabe señalar que, considerando que la fase de construcción se extenderá por cinco meses, se utilizarán baños químicos portátiles para el total de trabajadores y que cumplirán con lo dispuesto en el D.S. N°594/2000 del MINSAL. Fase de operación: Se habilitará un sistema de alcantarillado particular. En el anexo F Adenda I (PAS) se presentan los antecedentes relativos al Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 138 del D.S. N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase de cierre: Las aguas servidas a generar serán las provenientes de baños químicos. El retiro y disposición final será llevado a cabo por una empresa autorizada para dicho fin, que además será la responsable de darle mantenimiento respectivo cuando se requiera. Cabe señalar que, considerando que la fase de construcción se extenderá por seis meses, se utilizarán baños químicos portátiles para el total de trabajadores y que cumplirán con lo dispuesto en el D.S. N°594/2000 del MINSAL. Indicador de cumplimiento Fases de construcción y cierre: Copia de la resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Salud que autoriza la operación de la empresa que realizará el manejo de los baños químicos y retiro de las aguas servidas. Fase de operación: En el marco del SEIA, pronunciamiento favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Salud en lo que respecta a los antecedentes presentados del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 138. En el ámbito sectorial, resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Salud que aprueba la operación del sistema de alcantarillado. Forma de control y seguimiento Se mantendrán registros de las autorizaciones mencionadas. El Titular tendrá copia de las autorizaciones indicadas cuando se requieran, para revisión de las autoridades. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°735/1969 Componente/materia Agua/ Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano. Norma D.S. N°735/1969 Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, El Proyecto suministrará agua potable embotellada a sus trabajadores para

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 60

emisión, residuo o sustancias a la que aplica bebida, mientras que, para los baños, el agua será almacenada en estanques cumpliendo con los requerimientos de la Autoridad sectorial para estos efectos. Forma de cumplimiento Fase de construcción: El proveedor deberá mantener la provisión de agua necesaria para la operación de los servicios sanitarios. El agua cumplirá con la NCh 409/2005 para agua potable. El agua para beber se suministrará a través de bidones de agua sellados (20 litros), etiquetados y adquiridos a una empresa autorizada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud y, los cuales serán instalados en las oficinas al interior de la instalación de faena. También se mantendrán botellas individuales para el consumo durante la faena en los frentes de trabajo. Fase de operación: el suministro de agua potable suficiente para los trabajadores fijos de la planta será suministrado a través de bidones de agua de 20 litros y estanque para el almacenamiento de agua potable. Por otro lado, para los trabajadores requeridos para las mantenciones, las respectivas empresas contratistas se encargarán de proveer el agua potable en las cantidades suficientes de acuerdo con lo indicado en el D.S. N°594/2000 del MINSAL. Fase de cierre: el suministro de agua potable para los trabajadores requeridos para las actividades de cierre será provisto por las respectivas empresas contratistas, en las cantidades suficientes de acuerdo con lo indicado en el D.S. N°594/2000 del MINSAL. Indicador de cumplimiento Comprobantes de abastecimiento de agua embotellada. Copia Resolución Sanitaria de la empresa que provea los servicios de agua potable. Forma de control y seguimiento Registro mensual de comprobantes de abastecimiento de agua embotellada. Registro de las autorizaciones sanitarias. Revisión en forma periódica del estado de artefactos, además cuando se realicen mantenciones y/o reparaciones, se mantendrá archivado este registro. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

NCH N°409/2005 Componente/materia Agua/ Norma Chilena oficial de calidad del agua potable Norma NCH N°409/2005 INN Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto suministrará agua potable embotellada a sus trabajadores para bebida, mientras que, para baños y duchas, el agua será almacenada en estanques cumpliendo con los requerimientos de la Autoridad sectorial para estos efectos. Forma de cumplimiento Fase de construcción: El proveedor deberá mantener la provisión de agua necesaria para la operación de los servicios sanitarios. El agua cumplirá con la NCh 409/2005 para agua potable. El agua para beber se suministrará a través de bidones de agua sellados (20 litros), etiquetados y adquiridos a una empresa autorizada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud y, los cuales serán instalados en las oficinas al interior de la instalación de faena. También se mantendrán botellas individuales para el consumo durante la faena en los frentes de trabajo. Fase de operación: el suministro de agua potable suficiente para los trabajadores fijos de la planta será suministrado a través de: bidones de agua de 20 litros y estanque para el almacenamiento de agua potable. Por otro lado, para los trabajadores requeridos para las mantenciones, las respectivas empresas contratistas se encargarán de proveer el agua potable en las cantidades suficientes de acuerdo con lo indicado en el D.S. N°594/2000 del MINSAL. Fase de cierre: el suministro de agua potable para los trabajadores requeridos para las actividades de cierre será provisto por las respectivas empresas contratistas, en las cantidades suficientes de acuerdo con lo indicado en el D.S. N°594/2000 del MINSAL. Indicador de cumplimiento Comprobantes de abastecimiento de agua embotellada y certificación de

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 61

cumplimiento de NCh N°409/2005 INN. Copia Resolución Sanitaria de la empresa que provea los servicios de agua potable y mantención de artefactos. Forma de control y seguimiento Registro mensual de comprobantes de abastecimiento de agua embotellada. Registro de las autorizaciones sanitarias. Revisión en forma periódica del estado de artefactos, además cuando se realicen mantenciones y/o reparaciones, se mantendrá archivado este registro. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°41/2018 Componente/materia Agua/ Reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe. Regula las condiciones en que se efectúa la distribución de agua potable mediante el uso de camiones aljibe, a fin de garantizar el suministro de un producto inocuo que asegure la salud de la población. Norma D.S. N°41/2018 MINSAL Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto suministrará agua potable embotellada a sus trabajadores para bebida, mientras que, para baños y duchas, el agua será almacenada en estanques y será provista por camiones aljibe. Forma de cumplimiento El agua potable suministrada por los camiones aljibes, cumplirá con las condiciones sanitarias básicas establecidas en este Decreto. Indicador de cumplimiento Se contará en la instalación de faena con un registro de la adquisición del agua y la autorización sanitaria de la empresa que lo provee. Forma de control y seguimiento Registro mensual de comprobantes de abastecimiento de agua embotellada. Registro de las autorizaciones sanitarias. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.F.L. N°725/1968 Componente/materia Residuos Sólidos/ Código Sanitario Norma D.F.L. N°725/1968 Ministerio de Salud Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo. Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes RETC Ley 20.879/2015 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Sanciona el Transporte de Desechos hacia Vertederos Clandestinos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplicable a los sectores de acumulación y almacenamiento de residuos, dispuestos en las instalaciones de faena. El transporte de residuos en cada una de las fases del proyecto, que involucre la disposición final, se realizará en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. Cabe destacar que solamente se considera almacenamiento temporal de residuos en instalaciones del Proyecto para las fases de construcción y cierre, ya que en la fase de operación los residuos que se generen estarán asociados puntualmente a las actividades de mantención y serán retirados inmediatamente. Forma de cumplimiento El manejo de los residuos, tanto peligrosos como no peligrosos se realizará acorde a lo indicado en las normativas vigentes sobre la materia. El retiro, transporte y disposición final de los residuos estará a cargo de empresas que cuenten con autorización sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud para ejercer dichas actividades. Se considera recolección municipal

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 62

para los residuos asimilables a domiciliarios. En el anexo “PAS” de la DIA se presentan los antecedentes relativos a los Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en los artículos 140 y 142 del D.S. N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Indicador de cumplimiento En el marco del SEIA, pronunciamiento favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Salud en lo que respecta a los antecedentes presentados de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 140 y 142. En el ámbito sectorial, resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Salud que aprueba la operación de los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento El Titular tendrá copia de las autorizaciones indicadas cuando se requieran, para revisión de las autoridades. Registro de retiro de residuos, otorgado por la empresa contratista autorizada sanitariamente para el transporte de estos. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.F.L. N°1/1990 Componente/materia Residuos Sólidos/ Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Norma D.F.L. N°1/1990 Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Cabe destacar que solamente se considera almacenamiento temporal de residuos no peligrosos en instalaciones del Proyecto para las fases de construcción y cierre, ya que en la fase de operación los residuos que se generen estarán asociados puntualmente a las actividades de mantención y serán retirados inmediatamente. Forma de cumplimiento El manejo de los residuos, tanto peligrosos como no peligrosos se realizará acorde a lo indicado en las normativas vigentes sobre la materia. El retiro, transporte y disposición final de los residuos estará a cargo de empresas que cuenten con autorización sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud para ejercer dichas actividades. En el anexo “PAS” de la DIA se presentan los antecedentes relativos a los Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en los artículos 140 y 142 del D.S. N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Indicador de cumplimiento En el marco del SEIA, pronunciamiento favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Salud en lo que respecta a los antecedentes presentados de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 140 y 142. En el ámbito sectorial, resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Salud que aprueba la operación de los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de control y seguimiento El Titular tendrá copia de las autorizaciones indicadas cuando se requieran, para revisión de las autoridades. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°148/2003 Componente/materia Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos Norma Decreto Supremo N°148/2003, Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos en las fases de construcción y cierre. Se considera almacenamiento temporal de residuos peligrosos en instalaciones del Proyecto para las fases de construcción y cierre.

El manejo de estos residuos se realizará acorde a lo indicado en las normativas vigentes sobre la materia. En el anexo “PAS” de la DIA se presentan los antecedentes relativos al

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 63

Forma de cumplimiento Permiso Ambiental Sectorial (PAS) establecido en el artículo 142 del RSEIA. El retiro, transporte y disposición final de los residuos estará a cargo de empresas que cuenten con autorización sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud para ejercer dichas actividades. Los residuos peligrosos no permanecerán almacenados por un periodo mayor a seis meses. Indicador de cumplimiento En el marco del SEIA, pronunciamiento favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Salud en lo que respecta al Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142. En el ámbito sectorial, resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Salud que aprueba la operación del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento El Titular tendrá copia de las autorizaciones indicadas cuando se requieran, para revisión de las autoridades. Registro de envío de residuos peligrosos a sitio autorizado. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

LEY MARCO N°20.920/2016 Componente/materia Normativa de carácter general / Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje Norma Ley N°20.920/2016, Ministerio de Medio Ambiente Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación “paneles en desuso”, en todas las fases del proyecto. Para todo lo anterior, se informará a la Autoridad la cantidad generada y lugar de disposición final mediante la ventanilla única del RETC. Forma de cumplimiento Una vez aprobado el Proyecto y emitida su Resolución de Calificación Ambiental favorable se acogerá a las indicaciones de esta Ley y en los casos que sea aplicable. Indicador de cumplimiento El Titular exigirá que el retiro de los residuos a reciclar se realice por una empresa que se encargue de dicho reciclaje, exigiéndose las autorizaciones correspondientes. Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes disponible en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro y seguimiento de los residuos entregados a gestores autorizados para su reciclaje. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

LEY N°17.288/1970 Componente/materia Arqueología/ Legisla sobre monumentos nacionales Norma Ley N°17.288/1970, Ministerio de Educación Pública, Legisla Sobre Monumentos Nacionales, modifica la Ley N°16.617 y Ley N°16.719, deroga el D.L. N°651 de 17 de octubre de 1925. Incluyen disposiciones de la Ley N°20.021 que la modifican Otros cuerpos legales D.S. N°484/1990, Reglamento de la ley N°17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la ejecución de una planta fotovoltaica en un terreno donde no se evidencia presencia de bienes patrimoniales. Sin perjuicio de ello, el Titular tendrá en consideración la normativa aplicable en materia de Patrimonio Cultural para estos en caso de eventuales hallazgos durante el desarrollo de las excavaciones asociadas a la fase de construcción. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 64

Ley 17.288. De producirse la anterior, el titular paralizará las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este último organismo, disponga los pasos a seguir, cuya implementación deberá ser realizada por el Titular del proyecto. Indicador de cumplimiento En caso de ocurrencia de hallazgos, el indicador de cumplimiento será la notificación de aviso que el Titular enviará a las autoridades competentes y los documentos resultantes de las gestiones necesarias para resguardar los bienes patrimoniales. Forma de control y seguimiento En caso de requerirse, el Titular acordará con el Consejo de Monumentos Nacionales la forma de control y seguimiento específico para el hallazgo. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

D.S. N°594/2000 Componente/materia Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Norma D.S. N° 594/2000 Ministerio de Salud Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto proveerá agua potable, servicios higiénicos, comedores y equipos de protección personal a sus trabajadores. Durante todas las fases del Proyecto se generarán ruidos, y se producirán y dispondrá residuos sólidos transitoriamente. Forma de cumplimiento Si bien gran parte de las disposiciones que establece el D.S. N°594/2000 constituyen materias no ambientales para efectos de su aplicación en el SEIA, se deja en claro que el Titular cumplirá con todas las disposiciones establecidas en este Decreto y otros aplicables en materia de: Agua potable; Servicios higiénicos; Comedores; Residuos líquidos; Residuos sólidos y otros aspectos que puedan surgir en las distintas fases del proyecto. Para las materias que competen como normativa ambiental aplicable para efectos del SEIA, a continuación, se especifica la forma de cumplimiento: Art. 17: El Proyecto no evacuará efluentes líquidos de ninguna naturaleza a napas de agua subterránea de los subsuelos ni en canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general. Cabe destacar que, por ser una planta fotovoltaica, no se generarán relaves industriales o mineros, ni aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza. El Proyecto considera durante sus fases de construcción y cierre la utilización de baños químicos que cumplirán con lo dispuesto en el D.S. N°594 del MINSAL, respecto a la cantidad y ubicación de estos baños químicos. Durante la fase de operación se habilitará un sistema de alcantarillado (fosa séptica). En el anexo (PAS) se presentan los antecedentes relativos al Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 138 del D.S. N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Cabe destacar que no se generarán residuos líquidos industriales. Art. 18: El Proyecto generará residuos sólidos peligrosos en la fase de construcción y cierre, y residuos no peligrosos durante todas sus fases, los que serán debidamente almacenados transitoriamente en sitios específicamente diseñados para tales fines (PAS 140 y PAS 142) y serán retirados por empresas autorizadas para su disposición final. El Proyecto considera durante todas sus fases de ejecución la utilización de baños químicos que cumplirán con lo dispuesto en el D.S. N°594 del MINSAL, respecto a la cantidad y ubicación de estos baños químicos. El manejo de los efluentes de los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente. Cabe destacar que no se generarán residuos líquidos industriales. Art. 19: El Titular realizará el transporte y disposición final de los residuos sólidos generados por medio de empresas externas debidamente autorizadas por la Autoridad Sanitaria. El Titular tendrá copia en la obra de las autorizaciones de las empresas externas que realicen el transporte, el

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 65

tratamiento, o la disposición final de los residuos sólidos generados. Art. 20: El Titular llevará un registro de la cantidad y calidad de los residuos sólidos que genere, diferenciando claramente los residuos peligrosos. Art. 24: El Proyecto considera durante sus fases de construcción y cierre la utilización de baños químicos que cumplirán con lo dispuesto en el D.S. N°594 del MINSAL, respecto a la cantidad y ubicación de estos baños químicos. Durante la fase de operación se habilitará un sistema de alcantarillado (fosa séptica). En el anexo (PAS) se presentan los antecedentes relativos al Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 138 del D.S. N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. • Art. 26: Cabe destacar que no se generarán residuos líquidos industriales. • Art. 42: El almacenamiento de materiales se realizará por procedimientos y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. Indicador de cumplimiento Comprobantes de abastecimiento de agua potable embotellada. Comprobantes de recepción, manejo, mantenimiento y retiro de baños químicos. Comprobantes de retiro de residuos sólidos y autorizaciones de las empresas externas. Resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Salud que aprueba la operación de los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de control y seguimiento El Titular tendrá copia de las autorizaciones indicadas cuando se requieran, para revisión de las autoridades. Referencia del ICE Capítulo 8 del ICE

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: Compromiso ambiental N°1: Proyecto de mejoramiento en disponibilidad de agua a nivel predial con fines de mejoramiento de suelos Componente Ambiental Suelo Impacto Ambiental no significativo No aplica. Tipo de medida Medida voluntaria de mejora de características productivas de suelo en la región de La Araucanía. Lo anterior se presenta como un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) por el impedimento de usar temporalmente 23 ha de suelo clase III por el emplazamiento del Proyecto fotovoltaico. Nombre de la medida “Proyecto de mejoramiento en disponibilidad de agua a nivel predial con fines de mejoramiento de suelos”. Fase del Proyecto a la que se aplica Construcción y operación. Objetivos de la medida El objetivo del compromiso voluntario que se presenta es el aumento de la seguridad de riego de suelos ubicados en la región de La Araucanía. El aumento de la seguridad del riego, que afectará la productividad de los suelos, se pretende alcanzar mediante la construcción de obras de riego y de la realización de actividades complementarias a estas obras. Descripción de la medida Se incorporará una superficie igual a 23 hectáreas de secano al riego mediante un sistema de riego por aspersión tipo carrete, de riego con red de distribución intrapredial. Cabe destacar que el predio donde se ejecutará el CAV es de secano, por lo que la proporción entre la superficie del PFV y la del CAV puede ser 1:2, es decir, la superficie del CAV podría ser de 12.00 has. Justificación de la medida Considerando las instrucciones del SAG en el documento: “Consideraciones para definir compromisos ambientales voluntarios en el marco del PAS 160- IFC para proyectos fotovoltaicos que no generen impactos significativos” y específicamente lo expresado en el punto 7 de dicho documento, donde se indican los compromisos ambientales voluntarios que permiten mejorar las características productivas de un suelo, y específicamente en el punto a) para obras de riego: “Obras de riego que permitan incorporar nueva superficie bajo riego, sean estas a través del aumento de la capacidad de almacenaje de agua a través de acumulación nocturna, del mejoramiento de la conducción de agua al predio evitando pérdidas o permitiendo un ingreso homogéneo al

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 66

canal de distribución, implementación de riego tecnificado en sistemas que ya cuentan con un sistema de riego, pero de baja eficiencia”, se ha considerado presentar este Proyecto en predios con un nivel productivo que se ve limitado debido a la falta de disponibilidad de agua de riego de acuerdos a los antecedentes mencionados anteriormente. En cuanto a la temporalidad y magnitud del recurso afectado se asimilarán a los considerados en el Proyecto PF TRAIGUÉN, esto es, 30 años y 23 has. Lugar de la medida El CAV se implementará en el sector Quillén de la comuna de Perquenco, beneficiando al Predio que comprende los Roles SII: 203-19, 203-20 y 203- 50, propiedad de la Sociedad Agrícola Franco Boke & Cía Limitada, Rut N°78.604.870-2. La distribución de los roles y predios del sector se aprecia en la siguiente Imagen:

Fuente: Anexo Compromiso Ambiental Voluntario (DIA) Imagen 34. La distribución de los roles y predios

Forma y oportunidad de implementación

El CAV se implementará en un período de 1 mes, efectuándose al momento de energizar el parque, o sea, cuando el Proyecto comience a vender la electricidad (fase de operación), priorizando como fecha idónea e inicio de las obras en los meses de otoño-invierno del año 2022. Estas fechas son tentativas y dependerán de la fecha de emisión de la RCA favorable, la obtención de permisos sectoriales, como otros factores del desarrollo del Proyecto, por lo que, la ejecución del CAV, queda sujeta al inicio de la fase de operación del PFV TRAIGUÉN. Indicador de cumplimiento Para la ejecución de las obras se contratará una empresa externa con un contrato contra avance de obras. Se dispondrá de la gestión de un ITO (Inspector Técnico de Obras) externo que genere reportes semanales, para el titular, SMA y otros servicios u organismos, como el SAG, si así lo solicitan, dando cuenta del cumplimiento del avance de las obras, y controle el fiel cumplimiento en la ejecución de éstas, con lo planteado en el Proyecto CAV. Al final de la obra se realizará un Acta de Recepción de las Obras que deberá ser firmada por el Titular, o quién este designe y otro organismo como el SAG si así lo solicitara, y el agricultor beneficiado. Además, se ratificará en ese acto el acuerdo de mantención y buen uso de la obra de riego por parte de los agricultores beneficiados, siendo el Agricultor el responsable de la mantención de las obras durante el período que dure el CAV. Forma de control Los informes serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente región de la Araucanía. Plan de mantenimiento La vida útil del carrete puede superar los 30 años dependiendo de si se realiza un plan de mantenimiento de los componentes en general. Se considera en la propuesta una jornada de capacitación de las obras de riego la que será de cargo del proveedor del equipo y considera capacitar al regante en montaje, desmontaje y plan de mantención del equipo. Dado lo anterior el regante se comprometerá a la mantención de la obra en cada temporada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 67

Compromiso ambiental N°2: Monitoreo anual de fauna Componente Ambiental Fauna Impacto Ambiental no significativo No aplica. Tipo de medida Medida voluntaria de monitoreo anual de fauna dentro del área de influencia del proyecto. Nombre de la medida “Monitoreo anual de fauna”. Fase del Proyecto a la que se aplica Construcción, operación y cierre. Objetivos de la medida Monitorear una vez al año las especies identificadas en la línea de base de fauna presentada en la DIA. Identificar e informar, en caso de que corresponda, nuevas especies que sean observadas en las campañas de monitoreo realizadas. Descripción de la medida Se realizará un monitoreo anual de las especies registradas en la línea de base presentada en esta DIA. Este monitoreo será realizado por profesionales especialistas en fauna, dentro del área de influencia del Proyecto definido en el Anexo “Estudio de Fauna” presentado en la DIA. Justificación de la medida Posibilidad de existencia de especies protegidas en el área de influencia del proyecto. Lugar de la medida El monitoreo será realizado al interior del área de influencia (color verde) definida para la componente “fauna”, la cual se muestra en la siguiente Imagen: Fue nte: Anexo Estudio de Fauna (DIA) Imagen 35. Imagen de sitio de monitoreo para el componente fauna

Forma y oportunidad de implementación

El monitoreo se realizará durante la estación de primavera de cada año, en el mes de octubre. Será realizado por profesionales especialistas y su duración será de un día, pudiendo extenderse a dos días. El primer monitoreo será realizado durante la fase de construcción, en el mes de octubre del año 2022. Esta fecha es tentativa y dependerá de la fecha de emisión de la RCA favorable, la obtención de permisos sectoriales, como otros factores del desarrollo del Proyecto. Indicador de cumplimiento El profesional especialista entregará un informe de respaldo al Titular una vez realizado el monitoreo, de acuerdo a lo establecido en resolución N°223/2015. Forma de control Cada vez que se ejecute la medida, el Titular enviará el informe correspondiente a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola Ganadero, en un plazo no superior a 60 días. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 68

Compromiso ambiental N°3: Subsolado Componente Ambiental Suelo Impacto Ambiental no significativo No aplica. Tipo de medida Medida voluntaria para incorporar el suelo del Proyecto a la actividad agropecuaria. Nombre de la medida “Subsolado”. Fase del Proyecto a la que se aplica Cierre. Objetivos de la medida Incorporar el suelo del Proyecto a la actividad agropecuaria. Mejorar la capacidad productiva de suelo agrícola. Descripción de la medida Se soltará la pedregosidad subsuperficial y mejorará la profundidad efectiva del suelo, la aireación, el drenaje, estructura, humedad, entre otros, los cuales son factores que permitirán que futuros cultivos tengan un mejor acceso a nutrientes promoviendo, además, la actividad biológica del suelo. El subsolado de cierta forma liberará la vegetación existente para luego ser reintegrada en procesos posteriores. Además de remover la pedregosidad anteriormente mencionada, se procederá a fracturar y romper el duripán existente en profundidad para así ser mezclado con horizontes superficiales. Justificación de la medida Considerando lo indicado en Pauta de IFC del Servicio Agrícola Ganadero. Esta medida incorporará la totalidad del área intervenida por el Proyecto a la actividad agropecuaria. Lugar de la medida Se realizará en el área de influencia del proyecto, la que comprende una superficie de 23,8 Ha. En la siguiente Imagen se presenta esta área: Fue nte: Anexo Estudio de Suelo (DIA) Imagen 36. Área del proyecto

Forma y oportunidad de implementación

Para llevar a cabo esta medida, se utilizarán máquinas excavadoras con un equipo tridente (garra) o balde, capaz de penetrar sobre los 70 cm el suelo, o un bulldozer del mismo tonelaje con garras del mismo largo. Esta medida se realizará durante la fase de cierre, una vez que se hayan retirado todas las obras permanentes (baños, paneles, transformadores, otros) del área de influencia del proyecto. Será la última actividad que se realizará durante la fase de cierre. Según las fechas indicadas en la DIA, esta actividad debería realizarse durante el mes de abril del año 2053. Esta fecha es tentativa y dependerá de la fecha de emisión de la RCA favorable, la obtención de permisos sectoriales, como otros factores del desarrollo del Proyecto. Indicador de cumplimiento Se entregará al Titular un informe al finalizar la actividad, el cual incluirá una pequeña descripción de las actividades realizadas y registros fotográficos asociados a estas mismas. Forma de control Una vez ejecutada la medida, el Titular enviará el informe correspondiente a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola Ganadero, en

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 69

un plazo no superior a 60 días.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Tabla 9.1. Riesgo Ocurrencia de siniestros naturales y/o antrópicos Riesgo o contingencia Riesgos de tipo natural originados por fenómenos ajenos a las actividades del Proyecto, tales como, eventos climáticos, meteorológicos y sísmicos. Son considerados también en esta categoría los riesgos asociados a incendios en las instalaciones del Proyecto, que puedan originarse principalmente por el mal manejo de la carga y descarga de combustibles, etc. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Los trabajadores deberán utilizar elementos de protección personal (EPP) en todo momento adecuados a las actividades que realizan. El administrador de la construcción u obras, prevencionista de riesgos y/o jefe de terreno deberán visualizar el área antes de comenzar a trabajar. Capacitación periódica a los trabajadores acerca del plan de emergencia y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello la posibilidad de accidentes de los trabajadores de la planta. Se realizará, un inventario de actividades críticas potenciales de generar un incendio durante cada fase de proyecto. Se elaborará un programa de instrucción y realización de simulacros de amago de incendios. En las áreas de trabajos e instalación de faenas se dispondrá de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio (extintores, tambores con arena, etc.) Se implementarán medios de evacuación y puntos de encuentro definidos en el plan de evacuación del personal. El personal será capacitado entre otros temas de seguridad, en prevención y control de incendios. Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una eventual rápida evacuación. Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. Se prohibirá encender fogatas en la faena. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones. Revisión de condiciones de cada zona. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de vientos fuertes o temporales, los trabajadores deberán dejar de realizar cualquier actividad en donde se encuentran. Utilizarán el respectivo barbiquejo para tener sujeción del casco, para evitar que su casco vuele o resulte en un impedimento visual producto del viento imperante. Si los vientos son persistentes, el administrador de la obra, prevencionista de riesgos y/o jefe de terreno deberán detener las labores y desalojar a los trabajadores a un punto en donde el impacto del viento sea mínimo, procurando la visualización del área, para detectar objeto que sean arrancados levantados por el viento y puedan impactar a los trabajadores. En caso de sismos, se deberá mantener la calma, controlando posibles casos de pánico. Desalojar al personal del lugar de trabajo para dirigirse a las zonas de seguridad establecidas, en donde no deberá existir peligro de caída de objetos, materiales, etc. No tratar de salvar objetos arriesgando la vida.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 70

Si el movimiento sísmico es demasiado fuerte y los trabajadores no puedan mantenerse en pie, se deberá solicitar que se sienten en el suelo y esperar que deje de temblar para poder pararse. Permanecer en alerta, se debe recordar que después de un sismo existirán replicas. Verificar que el personal se encuentra en su totalidad y en buen estado, ayudando a aquellos que lo necesitan. Prestar atención de primeros auxilios a personal que resulte accidentado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de ocurrencia a través de la página web de la SMA Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE

Tabla 9.2. Derrame de combustibles Riesgo o contingencia El funcionamiento de vehículos, equipos y maquinaria motorizada, implica inevitablemente la existencia de riesgos de derrames de combustibles en terreno natural, los que pueden provocar contaminación del suelo y/o cauces, dañando a la vegetación y fauna del lugar. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Abastecimiento de combustible Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se capacitará al personal en el manejo de residuos, combustibles y aceites, así como de los procedimientos a efectuar en caso de derrames y primeros auxilios. La velocidad de circulación dentro de las faenas y en los caminos internos no deben exceder los 15 km/h. Se prohibirá la circulación de camiones en la zona de obras cuando las condiciones de iluminación no sean óptimas. Habrá prohibición absoluta de efectuar, la descarga y transferencia de combustibles en áreas que no correspondan a los sitios destinados para estos fines. Se mantendrán elementos que permitan la contención de derrames pequeños y medianos. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones. Registros fotográficos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Los derrames de líquidos en tierra se deben contener mediante pretil de contención. Disponer del equipo adecuado y disponibilidad inmediata para el manejo del derrame. Se deberá impedir que el líquido alcance curso de agua, quebradas y otros lugares que pueda dañar el ecosistema. En caso de derrame por combustibles, se debe eliminar de inmediato todas las posibles fuentes de ignición, en un radio no menor de 50 metros, considere cigarrillos, interruptores no protegidos, motores en

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 71

funcionamiento, etc.) Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia a través de la página web de la SMA Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.3. Intervención de hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos Riesgo o contingencia Intervención de hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos dentro del área del proyecto. Fase del Proyecto que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Principalmente, durante el movimiento de tierra y escarpe de material. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Realización de charlas, al personal involucrado en el movimiento de material, supervisores y otros. Forma de control y seguimiento. Registros fotográficos. Registro de charlas y capacitaciones. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. En caso de que se registre un hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se deberá dar cumplimiento a la Ley 17.288, que establece que toda persona que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos del carácter mencionado, debe dar aviso inmediatamente del descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia. En caso de ocurrencia a través de la página web de la SMA Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.4. Nidificación de aves y presencia de polluelos Riesgo o contingencia Durante todas fases del Proyecto, los vehículos de transporte de material y personal utilizarán caminos existentes y caminos nuevos especialmente habilitados para dar acceso al parque. En este contexto, la actividad de transporte involucra el riesgo de atropello de polluelos y nidos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades relacionadas al manejo de vehículos y maquinarias Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se prohibirá la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Instalación de señalética que indique a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. La circulación de vehículos se realizará exclusivamente por caminos habilitados y establecidos. En caso de avistamiento de animales en las vías o cercanos a ella, el conductor empleará el aviso sonoro (bocina) para ahuyentarla. Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al encargado, quien se contactará con un Centro de Rescate Validado por el SAG en la región, en qué circunstancias se encuentra el ejemplar,

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 72

Tabla 9.4. Nidificación de aves y presencia de polluelos además del lugar y condiciones del entorno. De acuerdo con esto el encargado ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Cuando se identifique un nido presente en terreno (suelo), se procederá a cercarlo con ramas. A este cerco se le realizará un cierre perimetral de 1 metro de diámetro con malla de cerco. Se instruirá a la empresa contratista que, en el área del Proyecto, los vehículos transitarán a una velocidad máxima de 15 km/h. Forma de control y seguimiento Señalética que indique límite de velocidad Registro de inducciones a los trabajadores Registro y documentación de implementación de equipos y señalética. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia El trabajador involucrado reportará inmediatamente el incidente al responsable dentro de la empresa, indicando lugar, hora, y especie afectada. El responsable dentro de la empresa informará de manera inmediata al Servicio Agrícola y Ganadero Regional. En el sitio del suceso, y si la fauna no ha resultado herida producto del atropello, se procederá a ubicar al animal a un costado del camino, en caso de que sea de menor tamaño, y se deberá esperar la llegada de especialistas. Esta actividad se realizará con especial cuidado y utilizando luces de emergencia de vehículo y triángulos reflectantes que ubicarán a una distancia prudente para advertir a usuarios de la ruta. Si el animal es de mayor tamaño, el personal solamente se encargará de ubicar la señalética para advertir a los usuarios hasta la llegada de personal encargado. El rescate de ejemplares dependerá de la gravedad del accidente. En caso de ser necesario, el encargado del Proyecto solicitará la asesoría de un profesional idóneo (médico veterinario perteneciente al centro de rehabilitación más cercano). El profesional deberá dar las instrucciones de forma remota al trabajador, el cual deberá rescatar al individuo afectado y trasladarlo a la consulta veterinaria para su evaluación. Si el trabajador no pudiese prestar asistencia al ejemplar lesionado, el médico veterinario deberá trasladarse al área del Proyecto para una evaluación médica en el lugar. En caso de ser necesario, los ejemplares serán trasladados a centros de rehabilitación aptos para el desarrollo de este proceso, en coordinación con el Servicio Agrícola y Ganadero Regional. Posteriormente serán liberados en las cercanías del lugar en el que ocurrió el incidente, o sitios indicados por la autoridad competente. Si se constata la muerte del ejemplar, se reportará inmediatamente a la autoridad responsable de la empresa, quien a su vez informará inmediatamente al Servicio Agrícola y Ganadero Regional. Se realizará una investigación en la cual se estudiarán las causas del incidente y se ejecutarán medidas de control, con la finalidad de disminuir la probabilidad de ocurrencia de incidentes. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias En caso de ocurrencia a través de la página web de la SMA Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.5. Efectos adversos que se pueda ocasionar a la fauna (avistamiento o atropello) Riesgo o contingencia Durante todas fases del Proyecto, los vehículos de transporte de material y personal utilizarán caminos existentes y caminos nuevos especialmente habilitados para dar acceso al parque. En este contexto, la actividad de transporte involucra el riesgo de atropello de animales silvestres. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 73

Tabla 9.5. Efectos adversos que se pueda ocasionar a la fauna (avistamiento o atropello) Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividades relacionadas al manejo de vehículos y maquinarias Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se prohibirá la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Instalación de señalética que indique a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. La circulación de vehículos se realizará exclusivamente por caminos habilitados y establecidos. En caso de avistamiento de animales en las vías o cercanos a ella, el conductor empleará el aviso sonoro (bocina) para ahuyentarla. Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al encargado (quien se contactará con un Centro de Rescate Validado por el SAG en la región) en qué circunstancias se encuentra el ejemplar(es) (lugar y condiciones del entorno). De acuerdo con esto el encargado ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Se instruirá a la empresa contratista que, en el área del Proyecto, los vehículos transitarán a una velocidad máxima de 15 km/h. Adición de disuasores de vuelo o salvapájaros en tendido eléctrico. Estos se ubicarán a una distancia aproximada de 1,5 metros entre cada uno. Forma de control y seguimiento Señalética que indique límite de velocidad Registro de inducciones al trabajador. Registro y documentación de implementación de equipos y señalética. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir atropello, colisión de fauna y/o hallazgo de fauna herida, se ejecutarán las siguientes medidas destinadas de respuesta: El trabajador involucrado reportará inmediatamente el incidente al responsable dentro de la empresa, indicando lugar, hora, y especie afectada. El responsable dentro de la empresa informará de manera inmediata al Servicio Agrícola y Ganadero Regional. En el sitio del suceso, y si la fauna no ha resultado herida producto del atropello, se procederá a ubicar al animal a un costado del camino, en caso de que sea de menor tamaño, y esperar la llegada de especialistas. Esta actividad se realizará con especial cuidado y utilizando luces de emergencia de vehículo y triángulos reflectantes que ubicarán a una distancia prudente para advertir a usuarios de la ruta. Si el animal es de mayor tamaño, el personal solamente se encargará de ubicar la señalética para advertir a los usuarios hasta la llegada de personal encargado. El rescate de ejemplares dependerá de la gravedad del accidente. En caso de ser necesario, el encargado del Proyecto solicitará la asesoría de un profesional idóneo (médico veterinario perteneciente al centro de rehabilitación más cercano). El profesional dará las instrucciones de forma remota al trabajador, el cual deberá rescatar al individuo afectado y trasladarlo a la consulta veterinaria para su evaluación. Si el trabajador no pudiese prestar asistencia al ejemplar lesionado, el médico veterinario deberá trasladarse al área del Proyecto para una evaluación médica en el lugar. En caso de ser necesario, los ejemplares serán trasladados a centros de rehabilitación aptos para el desarrollo de este proceso, en coordinación con el Servicio Agrícola y Ganadero Regional. Posteriormente serán liberados en las cercanías del lugar en el que ocurrió el incidente, o sitios indicados por la autoridad competente. Si se constata la muerte del ejemplar, se reportará inmediatamente a la autoridad responsable de la empresa, quien a su vez informará inmediatamente al Servicio Agrícola y Ganadero Regional. Se realizará una investigación en la cual se estudiarán las causas del incidente y se ejecutarán medidas de control, con la finalidad de disminuir la probabilidad de ocurrencia de incidentes.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 74

Tabla 9.5. Efectos adversos que se pueda ocasionar a la fauna (avistamiento o atropello) Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencias En caso de ocurrencia a través de la página web de la SMA Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.6. Incendios Riesgo o contingencia Incendios Fase del Proyecto que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Al interior de toda el área de emplazamiento del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Todo personal se encontrará capacitado en el uso y manejo de extintores, tal como lo señala en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud. Se conformarán brigadas de emergencia que estarán capacitadas para actuar en caso de amago de incendio. Se efectuarán visitas de inspección periódicas para identificar la existencia de situaciones que deban ser modificadas para evitar potenciales incendios. Se dispondrá en las instalaciones de faenas, planos con la ubicación de los extintores (sólo en las fases de construcción y cierre). En las zonas donde existe riesgo de incendios se implementará herramientas básicas para el combate del fuego. Tener especial preocupación por mantener el orden y aseo. Inspeccionar y verificar que las vías de evacuación como los sistemas que combate los incendios se mantengan libres de obstáculos y bien señalizados. Si detecta instalaciones eléctricas en mal estado, comunicarlo a la jefatura para realizar la reparación inmediatamente. Antes de abandonar los lugares de trabajo desconectar aparatos que necesiten suministro eléctrico y de combustible. Desechos vegetales retirados y dispuestos en lugares autorizados. Forma de control y seguimiento. Registro de capacitaciones de los trabajadores. Boleta o factura de compra de extintores. Documento, boleta o factura que acredite la disposición final autorizada de los residuos vegetales. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. En caso de detectar humo o llama, se dará aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por medio de comunicación más cercano (teléfono u otros). En caso de escuchar la alerta de incendio, dirigirse con extintores rápido al sitio de amago, solo si está capacitado para usarlo, de lo contrario evacue a las zonas de seguridad. Dirigirse a las zonas de seguridad, por medio de las vías de evacuación demarcadas. Evacuar ordenadamente, evitar el pánico, caminar a la velocidad normal, sin correr. No tener actitudes temerarias, que puedan poner en riesgo la integridad física de otras personas. Ayude a evacuar a personas que presenten problemas. Si su ropa prendiera con fuego, no corra, déjese caer al piso y comience a rodar una y otra vez, hasta lograr sofocar las llamas, cúbrase el rostro con las manos. Nunca se devuelva, si ha logrado salir. Se mantendrán extintores en lugares accesibles, libre de todas clases de obstáculos. Entrenamiento de trabajadores en el manejo de equipos extintores. Llamar a bomberos y equipos especializados en caso de que no sea posible controlarlo internamente. En caso de que la emergencia se descontrole los trabajadores deberán evacuar la zona. Se realizará mantenimiento preventivo de las conexiones eléctricas coordinado entre el control de producción del Proyecto y los operarios especialista en

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 75

electricidad. Realización de la mantención, tanto preventiva como correctiva, de los paneles e inversores en corriente continua por personal calificado para evitar corto circuitos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia. Dar aviso telefónico (45-2940321) a la SMA, Oficina Regional de la Araucanía. Posteriormente, y en un máximo de 48 horas se enviará un informe de los ocurrido a la oficina de la SMA, ubicada en: San Martín Nº745, oficina 604, Edificio Uno, Temuco. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.7. Riesgo de falla en la fosa séptica Riesgo o contingencia Falla en fosa séptica y producción de malos olores Fase del Proyecto que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Sistema de alcantarillado particular Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Se inspeccionará de manera periódica el sistema de bombas de impulsión de agua, funcionamiento general del sistema y verificación de fugas o filtraciones por fatiga de materiales. Bajo ninguna circunstancia se vaciará y/o lavará la fosa séptica, ya que de esta forma se interrumpe el proceso de degradación de la materia orgánica por falta de bacterias aeróbicas, lo que conlleva a un mal funcionamiento del equipo. Forma de control y seguimiento. Registros de las inspecciones de la fosa séptica. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre éstas; detención de fosa, recambio de cámaras, estanques de bombeo, etc. Registros de los retiros de los lodos. Registros de las empresas que provean el transporte de los lodos generados (Autorizadas por la SEREMI de Salud) y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Capacitación del plan de contingencias. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. Mantener el contacto de empresas especializadas para revisar y realizar reparaciones del sistema. Aislamiento del conducto fallido para evitar la fuga y minimizar la perdida de agua a tratar. Para ello la instalación cuenta con elementos de control tal como válvulas de aislamiento que puedes seccionar partes de la instalación para este fin descrito. Una vez detectada la falla en el sistema de alcantarillado o en cualquiera de los depósitos que la integran, el jefe de la obra dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas servidas contenidas en el depósito dañado de la planta de tratamiento. Las aguas retiradas serán derivadas a un sitio de disposición final autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos de forma inmediata y hasta la reparación de la avería detectada. Durante la emergencia, además del retiro de las aguas servidas se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos. El jefe de planta se comunicará con el fabricante para solicitar la reparación del mismo, y en caso de no ser posible ésta, solicitar un depósito de recambio. En el caso de desborde aguas servidas, se retirará con palas y elementos de protección personal (guantes, lentes, zapatos de seguridad, mascarillas, etc.) la tierra que se haya impregnado con el agua vertida debido a la falla antes mencionada. Esta tierra será recolectada en un contenedor especial y llevada para su disposición final a un lugar autorizado para tal fin por la autoridad sanitaria competente. Terminados los trabajos de reparación, se limpiarán y se desinfectarán todas las áreas o elementos que tuvieron contacto con las aguas servidas. Se retirarán los materiales contaminados y se dispondrán en sitio autorizado, de acuerdo a la materialidad. El jefe de planta elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 76

SEREMI de Salud, SEA y SMA de lo ocurrido. Disponer de baños químicos temporales mientras dure la falla para evitar el uso de la instalación principal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia. Dar aviso telefónico (45-2940321) a la SMA, Oficina Regional de la Araucanía, SEREMI de Salud de la Araucanía. Posteriormente, y en un máximo de 48 horas se enviará un informe de los ocurrido a la oficina de la SMA, ubicada en: San Martín Nº745, oficina 604, Edificio Uno, Temuco. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.8. Manejo de residuos industriales no peligrosos Riesgo o contingencia Derrame de residuos no peligrosos Fase del Proyectoque aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Las instalaciones de faenas y frentes de trabajo, así como el sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos se mantendrán limpios y ordenados. Se supervisará el retiro de los residuos por empresa externa autorizada, con el fin de que se realice correctamente. Se programarán los retiros y la disposición final de los residuos. Se registrarán en planilla la generación y salida de residuos. Se capacitará a los trabajadores en el manejo de residuos. El sitio de almacenamiento de residuos estará bien delimitado y será de acceso restringido sólo al personal autorizado. Forma de control y seguimiento. Registro de capacitaciones de los trabajadores. Registros fotográficos. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. Se contactará a la empresa externa encargada del retiro y se solicitará la reanudación del servicio a la brevedad, en el caso de que exista capacidad de almacenamiento de residuo en los sitios destinados para ello. Se contratará a otra empresa externa que efectúe un retiro de emergencia, en caso de que la empresa contratista a cargo del retiro no cumpla con lo solicitado, en el caso de que los sitios de almacenamiento temporal de residuos estén llenos. En caso de que factores externos (cortes de camino, movilizaciones u otros casos) impidan el traslado de los residuos fuera del área del Proyecto, el jefe o supervisor a cargo suspenderá las labores en sus dependencias. Respecto a emergencias relacionadas al manejo de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios y residuos industriales no peligrosos, se contarán con contenedores extras en caso de sobrepasar la capacidad de almacenamiento y/o reemplazo de contenedores dañados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia. Dar aviso telefónico (45-2940321) a la SMA, Oficina Regional de la Araucanía y al SEREMI de Salud de la Araucanía (56) 45-2551656 - (56) 45-2551686.8 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.9. Manejo de residuos industriales peligrosos Riesgo o contingencia Derrame de residuos peligrosos Fase del Proyecto que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. El sitio de almacenamiento de residuos peligrosos contemplará las especificaciones técnicas establecidas en el artículo 33, 34 y 35 del D.S N° 148/2003, del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 77

Residuos Peligrosos”. Las instalaciones de faenas y frentes de trabajo, así como el sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos se mantendrán limpios y ordenados. Se supervisará el retiro de los residuos por empresa externa autorizada, con el fin de que se realice correctamente. Se programarán los retiros y la disposición final de los residuos. Se registrarán en planillas la generación y salida de residuos. Se capacitará a los trabajadores en el manejo de residuos peligrosos. El sitio de almacenamiento de residuos estará bien delimitado y será de acceso restringido sólo al personal autorizado. El sitio de almacenamiento estará dotado de techo para la protección contra lluvias y del sol. Además, contará con un piso que impedirá infiltraciones de líquidos peligrosos hacia el suelo, contención de derrames y en general todas las indicaciones que la normativa señala a este respecto. Los residuos generados y almacenados serán trasladados por medio de un contratista autorizado o por personal de la empresa dependiendo de la cantidad. Forma de control y seguimiento. Registro de capacitaciones de los trabajadores. Registros fotográficos. Evaluar los riesgos a que se exponen los trabajadores que realizarán esta labor, identificando el elemento derramado y apoyándose con la Hoja de Datos de Seguridad del producto. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. En caso de derrame de residuos peligrosos, el personal que detecte el derrame deberá alejarse de inmediato del sector e impedir que otras personas se acerquen, e informar de inmediato al supervisor para que acuda personal especializado a controlar el derrame. Estos derrames deben ser recuperados en contenedores destinados para esta finalidad y tratados como residuos peligrosos. Para derrames mayores se deben construir muros de contención que impidan la propagación del derrame a otras instalaciones, utilizando como materiales de contención arena, tierra, aserrín, o si la situación lo permite, la utilización de plásticos o gomas que cumplan la misma función. El material que se utilice para el control del derrame debe ser el mínimo posible, evitando generar una mayor cantidad de residuos. Los líquidos confinados por los sistemas de contención deben ser recogidos en el menor tiempo posible, para su posterior envío al sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. Si la presencia de un evento natural produjera cortes de caminos que impidan al transportista hacer el retiro de los residuos peligrosos hacia la bodega temporal o al sitio de disposición final, en este sitio de acopio se podrán almacenar los residuos peligrosos hasta 6 meses. Si existen complicaciones que impidan el traslado de los residuos peligrosos, se encargará dicho transporte a otro contratista igualmente autorizado sanitariamente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia. Dar aviso telefónico (45-2940321) a la SMA, Oficina Regional de la Araucanía, SEREMI de Salud de La Araucanía. Posteriormente, y en un máximo de 48 horas se enviará un informe de los ocurrido a la oficina de la SMA, ubicada en: San Martín Nº745, oficina 604, Edificio Uno, Temuco Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.10 Afloramiento napa subterránea Riesgo o contingencia Afloramiento napa subterránea Fase del Proyecto que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Hincado de pilotes Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Se utilizarán materiales constructivos que no alteren las propiedades fisicoquímicas de las aguas. La construcción del Proyecto contemplará básicamente el armado e

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 78

implementación de paneles mediante hincado de estructuras que vienen listas para su implementación, actividades que no requieren del uso de sustancias peligrosas u tóxicas. Los materiales que tengan potencial contacto con aguas subterráneas asegurarán que no exista ningún tipo de transferencia de agua y humedad hacia el suelo, evitando así infiltraciones puntuales no deseadas. Todos los materiales que pudiesen tomar contacto con aguas subterráneas serán de acero galvanizado, material que evita los procesos anteriormente descritos, además de no alterar las propiedades fisicoquímicas de las aguas. Se supervisarán en todo momento las actividades de hincado de pilotes y/o movimientos de tierra. Forma de control y seguimiento. Registro de compra de materiales constructivos nombrados anteriormente. Registros fotográficos Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. En caso encontrar aguas, estas serán captadas y reintegradas al acuífero, mediante motobomba de baja capacidad, ya que en las cercanías del emplazamiento del Proyecto no existe un cauce natural en el cual se puedan descargar las aguas. La anterior actividad se efectuará de forma rápida, mediante bombeo, a objeto de evitar cualquier contacto que pueda generar cambios sustantivos en la calidad de las aguas. En caso extremo de que el afloramiento de aguas responda a un escenario permanente, el Titular desarrollará los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia. Dar aviso telefónico (45-2940321) a la SMA, Oficina Regional de la Araucanía, SEREMI de Salud de La Araucanía. Posteriormente, y en un máximo de 48 horas se enviará un informe de los ocurrido a la oficina de la SMA, ubicada en: San Martín Nº745, oficina 604, Edificio Uno, Temuco Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

  1. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base a los antecedentes recogidos durante la evaluación ambiental, en la cual se estableció que no hay con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área de influencia en que se desarrollará el Proyecto.

  2. Que, durante el proceso de evaluación ambiental no hubo solicitud de apertura del proceso de participación ciudadana, conforme en lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se generaron observaciones por parte de la comunidad, respecto al proyecto.

  3. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  4. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

  5. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

RCA “Parque Fotovoltaico Traiguén” 79

  1. Que, para que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  3. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  4. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  5. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén”, de Solarnet Chile SpA.

2°. Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Traiguén” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese