Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl
Califica Ambientalmente el proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl”
Resolución Exenta (N° digital en costado inferior izquierdo).
Copiapó
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 29 de diciembre de 2021 y su Adenda Complementaria de 18 de abril de 2022, del proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl”, presentado por Compañía Minera del Pacífico S.A. con fecha 18 de junio de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl”.
3°. El Acta de Evaluación N° 20220300612 de 17 de mayo de 2022, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl” de 17 de mayo de 2022.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión del 25 de mayo de 2022, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl”.
7°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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1°. Que, Compañía Minera del Pacífico S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Compañía Minera del Pacífico S.A. Rut 94.638.000-8 Domicilio Pedro Pablo Muñoz N° 675. Casilla 559, La Serena. Teléfono 2668000 Nombre representante legal John Patrick McNab Martín. Rut representante legal 7.035.070-k Domicilio representante legal Pedro Pablo Muñoz N° 675. Casilla 559, La Serena. Teléfono representante legal 2668000 Correo electrónico Titular o representante legal jmacnab@cmp.cl, cagodoy@cmp.cl, cmasson@cmp.cl, cagodoy@cmp.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de mayo de 2022, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 25 de mayo de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 17 de mayo de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo es la extracción y procesamiento de minerales de hierro provenientes de acopios existentes ubicados en los sectores de mina Adrianitas-Raúl, con la finalidad de aprovechar dichos recursos para la producción de preconcentrado de hierro. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.1) Proyectos de desarrollo minero sobre 5.000 ton/mes Vida útil La vida útil del proyecto será de 1 año y 10 meses, considerando una fase de construcción de 4 meses, una fase de operación de 1 año y 3 meses, y una fase de cierre de 3 meses. Monto de inversión USD $ 1,7 millones de dólares. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El acto que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto es la habilitación de las plataformas al interior de la faena para instalar la infraestructura del Proyecto. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X] Proyecto modifica un Si No
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se emplazará en la Región de Atacama, Provincia y Comuna de Copiapó, aproximadamente a 21 km al NW de la ciudad de Copiapó. Descripción de la localización La justificación de la localización del Proyecto está determinada por la actual ubicación de la Mina Adrianitas-Raúl, cuyo sector, luego de operaciones de anterior data ejecutadas por terceros, cuenta con acopios de mineral de hierro en condiciones de ser explotados. En particular, el Proyecto se justifica sobre la base de los siguientes antecedentes: - Disponibilidad del recurso mineral, mediante acopios de baja ley. - El lugar se encuentra relativamente cercano a los puntos de destino de la producción minera del Proyecto. - La habilitación de la Planta de Beneficio Móvil y demás instalaciones anexas, se realizará sin generar una modificación significativa del terreno, por cuanto se emplazarán sobre plataforma intervenidas. - El lugar cuenta con acceso y conectividad desde la ruta C-327 y C-351 hacia la ruta 5 Norte, al sur y norte de esta ruta, respectivamente. Superficie La superficie total del proyecto será de 24,3 ha. El detalle de la superficie a utilizar por sector del proyecto se presenta en Tabla 1- 2 del Capítulo 1 de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas UTM WGS84 del polígono en el cual se inserta el Proyecto son las siguientes: Vértices Coordenadas WGS84 H19S Este (m) Norte (m) V1 363.318 6.993.130 V2 364.313 6.993.127 V3 364.316 6.994.384 V4 363.317 6.994.381 Caminos de acceso El camino de acceso al proyecto será por la Ruta 5 Norte que se dirige a la ciudad de Caldera, hasta llegar al cruce con la Ruta C- 327, desde donde se recorren 19 km hasta llegar al sector del Proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En Anexo 11 de la DIA, se presentan los planos y kmz del proyecto. En Anexo 12 de la Adenda, se presenta la figura de emplazamiento de las edificaciones del proyecto y los planos de topografía de los sectores Adrianitas-Raúl.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Partes, obras
Sector de almacenamiento de
residuos
El Proyecto contempla un patio para el almacenamiento de residuos
sólidos, el que estará conformado por tres sectores destinados al
CO NOx SO2 COV 7,32 26,61 0,04 0,77
En Tabla 16 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, forma de mantenimiento, medio de verificación, etc.) y el Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presentan los planos donde se aplicarán las medidas, que corresponden a: - Humectación de caminos internos. - La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día.
Ruido y vibraciones: Las emisiones de ruido corresponderán principalmente a las distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: cargador frontal, retroexcavadora, camiones, motoniveladora, camión aljibe, rodillo compactador, camión puma y generador. La maquinaría que emite mayores cantidades de ruido son los camiones con 74 dBA. Para vibraciones se utiliza como caso más crítico las vibraciones generadas por la maquina Rodillo vibratorio que genera un nivel típico de 94 VdB de emisión.
Efluentes: Se generarán aguas servidas, para lo cual se instalarán
baños químicos, los que serán retirados una vez que se habiliten los
servicios higiénicos del Proyecto. Las aguas servidas de los baños
Residuos Industriales no peligrosos, se estima una generación de 500 kg/mes. Estos serán segregados al interior del Patio de residuos en forma temporal, junto con la identificación del sector para cada uno de estos residuos, para ser retirados por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos peligrosos, la cantidad de residuos peligrosos a generar
se presenta en Tabla 4-45, PAS 142 del Capítulo 4 de la DIA,
manejo será por medio de contenedores cerrados y debidamente
rotulados en la bodega de almacenamiento transitorio de residuos
peligrosos proyectada al interior de la instalación de faenas, para
luego ser retirado mediante empresas transportistas y serán
enviados a empresas destinatarias, todas ellas debidamente
autorizadas por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. La
frecuencia de retiro de estos residuos se realizará al menos cada dos
meses. Se mantendrá en la administración, los medios de
verificación de retiro y disposición final de los residuos.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Tabla 4.2 y Tabla 4.6.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.6.1.2. Acciones.
Tabla 4.6.2 Suministros básicos.
Tabla 4.6.3 Productos generados.
Tabla 4.6.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas.
Tabla 4.6.4.3 Ruido.
Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones.
Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos.
Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Parte, obra
Las obras para fase de Operación son las señaladas en el punto 4.3.1 de la fase de construcción.
Dichas obras se encuentran en el Sector de almacenamiento de residuos, Sector de Administración y
Sector Garita de Acceso Principal.
Por otra parte, también se incluyen las siguientes obras:
Acopios
El Proyecto contempla la extracción y procesamiento de minerales
de hierro provenientes de acopios ubicados en los sectores de mina
Adrianitas-Raúl. En la figura 1-7 de la DIA, se muestran los
En este sector se consideran las siguientes instalaciones: - Planta de beneficio móvil: Se procesarán del orden de 120.000 toneladas mensuales. El mineral será sometido a diversas etapas de chancado, clasificación en harneros y concentración magnética en seco, obteniéndose pre-concentrado de hierro que será transportado por camiones a faenas mineras que el Titular posee en la región de Atacama. En la Figura 1-11 del Capítulo 1 de la DIA, se presenta el Diagrama de Bloques del Proceso de Producción de preconcentrado. - Zona de producto y carguío de camiones: Para el carguío y transporte del mineral se utilizarán camiones de capacidad de tolva aproximada de 30 ton. Estos camiones realizarán el traslado del mineral desde los acopios hasta la planta de beneficio móvil y, posteriormente, el producto será cargado en camiones de la misma capacidad de tolva para su traslado fuera del área del Proyecto. - Cancha de acopio temporal de mineral mina: El Proyecto contempla la habilitación de un sector para el acopio del producto obtenido y para el carguío de camiones. - Baños y planta de tratamiento de aguas servidas: se construirá una PTAS en el sector de talleres y en el sector de planta de beneficio, la primera PTAS tendrá una capacidad de 2.5 m³ y se ubicará en la siguiente coordenada referencial Este: 363.623; Norte: 6.993.613, mientras que la otra PTAS tendrá una capacidad de 2.5 m³ y se ubicará en la siguiente coordenada referencial Este: 363.678; Norte: 6.993.562. - Taller de Mantenciones: En la faena se efectuarán mantenciones menores de rutina a los equipos. Esta construcción contará con un piso impermeable para el control de eventuales derrames, un radier de concreto y un colector de derrames. El área tendrá una superficie construida de 250 m². - Bodega. -Pañol y Patio de insumos: Se contempla la implementación de un pañol y un patio de insumos y materiales que serán utilizados en la fase de operación del Proyecto, los que contemplan una superficie del orden de 30 m2 y 230 m2, respectivamente. Botadero de rechazos El Proyecto contempla un botadero para los rechazos generados en el área de procesamiento de mineral. Se proyecta que el botadero de rechazos tenga, en planta, una forma ovalada con su eje longitudinal de aproximadamente 400 m y una altura máxima en su parte distal de 55 m. Tendrá una fisonomía similar a los depósitos existentes en el lugar. Acciones Periodo de Pruebas y Puesta en Marcha El Proyecto contempla un periodo de marcha blanca respecto de la implementación de la planta de beneficio. Como una etapa común para las componentes del Proyecto, se contempla una sub-etapa de prueba de equipos y puesta en marcha, en la que se realizarán actividades para probar el funcionamiento de los equipos y ajustar las operaciones hasta alcanzar el régimen estacionario de operación. Actividades de Mantención y Conservación El Proyecto contempla actividades de mantención de los equipos y maquinarias que se utilizarán en la extracción del mineral desde los acopios, en el sector de la planta de beneficio e instalaciones de administración. En tal sentido, se identifican diferentes tipos de mantenimiento y/o de conservación que serán:
-
Mantenimiento programado: esta actividad se realizará en aquellos equipos cuyos proveedores o fabricantes recomiendan
realizar mantenciones rutinarias. Estas mantenciones tienen por objeto sustituir o reparar los elementos sometidos a desgaste u obsolescencia. -
Mantenimiento no programado: esta actividad se realizará cuando un equipo presente fallas en su operación o funcionamiento. En esta oportunidad los equipos serán revisados con el objeto de identificar el problema y, en caso de ser necesario, realizar un recambio de piezas o del equipo completo.
-
Mantenimiento sintomático: esta actividad se realizará en aquellos equipos cuyos proveedores o fabricantes recomiendan realizar inspecciones y/o evaluaciones rutinarias del estado de operación. Estas tienen por objeto prevenir fallas en los elementos sometidos a desgaste y/o fatiga. Por su parte, el Proyecto contempla actividades de mantención de mantención de caminos internos, lo que corresponderá principalmente a humectación de caminos, limpieza de señalética, reposición/reparación de señalética dañada. Productos generados Se procesará del orden de 120.000 toneladas mensuales de mineral de hierro, para producir del orden de 40.000 toneladas mensuales de preconcentrado de hierro. El producto generado será acopiado temporalmente en el sector de la planta de beneficio para luego ser trasladado a través de camiones fuera del área del Proyecto. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción ni explotación de recursos naturales renovables asociados a la fase de operación, solo la extracción del mineral de hierro desde los acopios existentes. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/año) que a continuación se indican: MP10 MP2,5 MPS 209,37 57,63 1.819,36
CO NOx SO2 COV 50,15 144,29 0,24 21,77
En Tabla 16 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, forma de mantenimiento, medio de verificación, etc.) y en Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presentan los planos de donde se aplicarán las medidas, que corresponden a: - Humectación de caminos internos. - Humectación material sector chancadores. - Cobertura de correas transportadoras y traspasos. - Bischofita u otro supresor de polvo de similares características. - La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día.
Ruido y vibraciones: Las emisiones de ruido corresponderán
principalmente a la operación de las distintas maquinarias
generadoras de ruido, a saber: cargador frontal, excavadora,
camiones, bulldozer/wheeldozer, motoniveladora, camión aljibe,
además de las maquinarias de la planta de beneficio a saber:
chancador primario, chancador secundario, chancador terciario,
correas transportadoras y grupo electrógeno 1000 Kva. La
maquinaría que emite mayores cantidades de son los chancadores
con 84 dBA a 10 metros.
Respecto a vibraciones, se utiliza como caso más crítico las
vibraciones generadas por la maquina cargador frontal el cual
posee la misma emisión que el resto de la maquinaria pesada
(bulldozer, motoniveladora y excavadora) la cual presentan una
operación de un nivel típico de 83 VdB de emisión.
Efluente: Se generarán aguas servidas en los 4 sectores: área de oficinas administrativas, el área de talleres, el sector de la planta de beneficio y en la garita de acceso. Cada área indicada contará además con una planta de tratamiento de aguas servidas, la que se localizará contigua a cada de servicio sanitario. El efluente tratado será utilizado y/o aprovechado para la humectación de los caminos internos del Proyecto, considerando, en lo que corresponda, las disposiciones establecidas en la NCh 1.333. Los lodos generados serán retirados a través de una empresa especializada y debidamente autorizada por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, para luego ser llevados a una planta de tratamiento que cuente con la resolución sanitaria para la disposición final o tratamiento de los lodos.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 70 kg/día, los que serán almacenados en contenedores o tambores al interior de la bodega, y serán retirados frecuentemente. Para luego ser retirados y transportados por una empresa autorizada para tales efectos y enviados a su destino de disposición final en relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos Industriales no peligrosos, se estima una generación de 500 kg/mes. Estos serán almacenados temporalmente al interior del patio de almacenamiento, para ser retirados por una empresa autorizada y ser depositados en sitios autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, por cuanto el retiro dependerá de las necesidades del Proyecto.
Residuos Peligrosos, las cantidades se presentan en la Tabla 4-46,
del Capítulo 4 PAS 142 de la DIA. Estos serán almacenados en
contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega en el
sector al interior del Patio de Almacenamiento Temporal de
Residuos Industriales, con una frecuencia menor a 6 meses de
retiro siendo dispuestos posteriormente en un relleno de seguridad
autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Tabla 4.2 y Tabla 4.7.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.7.1.2. Acciones.
Tabla 4.7.2 Suministros básicos.
Tabla 4.7.3 Productos generados.
Tabla 4.7.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas.
Tabla 4.7.5.3 Ruido.
Tabla 4.7.5.4 Otras emisiones.
Tabla 4.7.6.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos.
Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente
4.3.3. FASE DE CIERRE
Parte, obra
Las obras de la fase de cierre serán las descritas en el punto 4.3.1 Fase de Construcción y 4.3.2 Fase
de Operación. A continuación, se mencionas dichas obras:
Sector de almacenamiento de residuos
Sector de Administración
Sector Garita de Acceso Principal
Sector Planta de Procesamiento de Minerales y talleres de mantenimiento
Botadero de rechazos
Acciones
En Tabla 16 de la Adenda se presenta la acción de control (ubicación de la aplicación, frecuencia de aplicación, forma de mantenimiento, medio de verificación, etc.) y en Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presentan los planos de donde se aplicarán las medidas, que corresponden a: - Humectación de caminos internos. - La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día.
Ruido:
Efluentes: En la medida que se deshabiliten los servicios higiénicos del Proyecto, se habilitarán baños químicos los que será retirados al finalizar la fase de cierre del Proyecto. Las aguas servidas de los baños químicos serán retiradas del área del Proyecto y enviadas a un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias para su tratamiento y/o disposición final. Por su parte, el efluente tratado de los servicios higiénicos de la PTAS será utilizado para la humectación de los caminos internos del Proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se estima una generación de 45 kg/día, los que serán dispuestos en forma temporal en contenedores o tambores al interior de la bodega, los serán retirados frecuentemente. Su disposición final será en el relleno sanitario autorizado por SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos Industriales no peligrosos, la cantidad a generar será de 1 ton/mes. Estos serán acopiados en forma temporal al interior del sector de almacenamiento de residuos no peligrosos. Su traslado será al relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Residuos peligrosos, La cantidad será de 20 m3 en toda la fase, el manejo será por medio de contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos proyectada al interior de la instalación de faenas. La frecuencia de retiro será de una vez cada 15 días. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 y Tabla 4.8.1.1 Partes y obras. Tabla 4.8.1.2. Acciones. Tabla 4.8.2 Suministros básicos. Tabla 4.8.3.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.8.3.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.8.3.3 Ruido. Tabla 4.8.4.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.8.4.2 Residuos peligrosos
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio 15 de enero de 2023.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
El inicio de la ejecución del Proyecto está dado por la habilitación de las
plataformas al interior de la faena para instalar la infraestructura del
Proyecto.
Fecha estimada de
término
El término de la fase de construcción se verificará con la instalación de
la planta de beneficio.
Parte, obra o acción que
establece el término
15 de mayo de 2023.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
16 de mayo de 2023.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
La fase de operación se iniciará con la extracción del mineral.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
- Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones
de material particulado y gases.
El proyecto generará emisiones de material particulado y
gases en sus diferentes fases.
Parte, obra o acción que lo genera
Habilitación de Faenas
Movimientos de Tierra
Obras Civiles
Montaje Eléctrico
Periodo de Pruebas y Puesta en Marcha
Planta de beneficio
Actividades de Mantención y Conservación
Actividades de desmantelamiento
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre
Impacto ambiental
- Aumento de niveles de inmisión de ruido.
El proyecto generará emisiones de ruido en todas sus
fases, además se identificaron 4 receptores en el área de
influencia.
Parte, obra o acción que lo genera
Habilitación de Faenas
Movimientos de Tierra
Obras Civiles
Montaje Eléctrico
Periodo de Pruebas y Puesta en Marcha
Planta de beneficio
Actividades de Mantención y Conservación
Actividades de desmantelamiento
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre
Referencia al ICE para mayores
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.1
Por otra parte, respecto a las vibraciones y de acuerdo al Anexo 3 de la DIA, se utilizarán maquinaria que generen vibraciones, sin embargo, las proyecciones realizadas utilizando las maquinarias determinan que se cumplen con el criterio de referencia internacional para la evaluación de daño estructural y de molestia de acuerdo a la normativa de referencia FTA en los 4 receptores identificados en el sector.
Respecto a los residuos líquidos, el Proyecto contempla, para las fases de construcción y cierre, el uso de baños químicos. Además, para las fases de construcción, operación y cierre considera una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de lodos activados, en los 4 diferentes sectores de las instalaciones del proyecto, como lo son: Sector Administrativo, Sector Talleres, Garita de Acceso y Planta de Beneficio. En relación con el manejo de efluentes por el uso de baños químicos, éstos serán operados por empresa autorizada por la SEREMI de Salud, Región de Atacama y el efluente tratado de las PTAS será utilizado para la humectación de los caminos internos del Proyecto, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en la NCh 1.333. Para el debido manejo de los efluentes líquidos, el Titular presentó los antecedentes necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial 138 del RSEIA, el que se especifica en el Capítulo 6 de este documento.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
-Pérdida de suelo.
El proyecto se emplazará en una superficie de 24,3 ha, de
las cuales 14 ha corresponden a la superficie previamente
intervenida por las antiguas faenas mineras desarrolladas
en el sector, y las 10 ha restantes corresponden a la
superficie considerada para la habilitación del botadero de
rechazos.
En relación a la fauna, se registraron 2 especies que se encuentran en categoría de conservación;
Liolaemus nigromaculatus (Lagartija de mancha) Casi amenazada, Lycalopex griseus (Zorro chilla)
Conforme a las emisiones atmosféricas de material particulado MPS, se generará durante todas sus fases. Sin embargo, en el área de emplazamiento del Proyecto no hay normas secundarias de calidad ambiental vigentes, en cuanto a la vegetación que pudiera verse afectada, la cual se prevé no representa un riesgo para la flora, y recursos silvoagropecuarios, teniendo en consideración que las emisiones son bajas y la fase de operación será la que generará mayores emisiones en un periodo de 15 meses. Por otra parte, el Proyecto no producirá efectos adversos significativos sobre recursos naturales como consecuencia de la diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno, considerando que la caracterización Fauna Silvestre permiten aseverar que no existe en el área de influencia hábitat de relevancia para la fauna nativa, además en la zona del proyecto no se reconoce como un hábitat de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa.
En cuanto a la componente recurso hídrico, el proyecto no contempla la extracción de aguas superficiales permanentes ni intermitentes y tampoco aguas subterráneas. El proyecto se emplaza en la cuenca Costeras e Islas Río Salado – Río Copiapó, en la subcuenca Costeras entre Quebrada del Morado y Río Copiapó, se identifica un cauce sin nombre, el cual será denominado Quebrada Sin Nombre. Dicho cauce se ubica en el sector sur-oriente del proyecto, estando asociado a una cuenca de carácter endorreica. En la zona del Proyecto existe una serie de sondajes de exploración minera, que han permitido realizar una serie de mediciones de nivel de agua al interior de 30 sondajes geotécnicos, de los cuales solo los sondajes ADR 1001, ADR 1002, ADR 1005 y ADR 1007 dieron cuenta de niveles en su interior, los que presentan variaciones del nivel del agua y que dan cuenta de su origen antrópico, producto de las labores de perforación.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.2 del ICE, el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
5.3.
REASENTAMIENTO
DE
COMUNIDADES
HUMANAS
O
ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3
El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como
sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal,
espiritual o cultural. Dado que el proyecto se emplaza en un área no habitada por Grupos Humanos
y Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. Estos se localizan a 17 km y 18 km,
respectivamente en línea recta del Proyecto. Por lo tanto, y según los antecedentes presentados, el
proyecto no contempla el uso de recursos naturales utilizados como sustento económico.
Durante la fase de construcción, operación y cierre no generará un aumento significativo en los
tiempos de desplazamiento, como tampoco provocará la obstrucción o restricción a la libre
circulación o conectividad. Se concluye que el flujo vehicular se centra principalmente en las rutas
C-327 y C-351 y Ruta 5 Norte. El Proyecto en ninguna de sus fases provocará un efecto negativo en
los tiempos de desplazamiento, como tampoco provocará la obstrucción o restricción a la libre
circulación o conectividad.
El proyecto no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura
básica disponible. Dado que, en ningún caso se altera el acceso ni a bienes, equipamiento, servicios
o infraestructura básica. En consecuencia, no se prevé un efecto negativo a la alteración al acceso o
a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
El desarrollo del proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura
o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de
Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. Dado que los GHPPI no desarrollan
actividades tradicionales donde se emplazarán obras y actividades del Proyecto. Los GHPPI más
cercanos al área del Proyecto son la Comunidad Indígena Kakan y a la Comunidad Indígena
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4 Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.4 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración de poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5 Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.5 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona de emplazamiento del Proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6 Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.6 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, del artículo 136
del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Fase de operación.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Botadero de rechazos.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Capítulo 4 de la
DIA, PAS 136 y actualizado en el Anexo 1 de la Adenda, PAS 136.
Condiciones o
exigencias
específicas para su
otorgamiento
No se establecieron.
Pronunciamiento del
órgano competente
Mediante oficio ORD. N° 418 del 18 de enero de 2022, SERNAGEOMIN,
Región de Atacama, se pronuncia conforme.
6.1.2. Permiso para la ejecución del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación. Parte, obra o acción a la que aplica Plan de Cierre del proyecto minero. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Capítulo 4 de la DIA, PAS 137 y actualizado en el Anexo 1 de la Adenda, PAS 137. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 418 del 18 de enero de 2022, SERNAGEOMIN, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.2
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto realizara un tratamiento de aguas servidas, mediante 4 Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), en diferentes sectores de las instalaciones del proyecto, como lo son: Sector Administrativo, Sector Talleres, Garita de Acceso y Planta de Beneficio. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Capítulo 4 de la DIA, PAS 138, complementado en el Anexo 1 de la Adenda, PAS 138 y actualizado en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, PAS 138. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 3434/2022 del 25 de abril de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.3
6.1.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de
tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios
de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a
la que aplica
El proyecto, generará residuos correspondientes a: residuos asimilables a
domésticos y residuos no peligrosos construyendo un Patio de
Almacenamiento Temporal de Residuos.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Capítulo 4 de la
DIA, PAS 140, complementado en el Anexo 1 de la Adenda, PAS 140 y
actualizado en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, PAS 140.
Condiciones o
exigencias
No se establecieron.
6.1.5. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto, generará residuos peligrosos, por lo que se construirá una Bodega de almacenamiento temporal. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Capítulo 4 de la DIA PAS 142. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 3434/2022 del 25 de abril de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.5
6.1.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la habilitación de edificaciones e infraestructura, el Capítulo 4 PAS 160 de la DIA, se presentan las instalaciones afectas al PAS, con una superficie de 1.245 m2 (0,12 ha). Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Capítulo 4 PAS 160 de la DIA y en el Anexo 12 de la Adenda, se presenta el Plano de edificaciones del PAS 160. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 39/2022 del 12 de enero de 2022, el SAG, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Mediante oficio ORD. N° 060 del 13 de enero de 2022, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.6
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial.
Norma
Decreto Supremo N°47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo,
Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y
Construcciones.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Faenas mineras. Norma Ley 20.551/2011, modificada por la Ley 20.819/2015, del Ministerio de Minería. Ley sobre Cierre de faenas e Instalaciones Mineras. Otros cuerpos legales D.S. N° 41/2012 Reglamento de la Ley de faena e instalaciones Mineras. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto consiste en la extracción y procesamiento de minerales de hierro provenientes de tres acopios ubicados en los sectores de Mina Adrianitas-Raúl, con la finalidad de producir minerales preconcentrados de hierro. Forma de cumplimiento El Titular cumplirá con las obligaciones de esta Ley que resulten aplicables al Proyecto. Particularmente, presentará una actualización del Plan de Cierre conforme a lo establecido en la Ley Nº 20.551 de Cierre de Faenas e instalaciones Mineras, publicada en el Diario Oficial el pasado 11 de noviembre de 2011. En el Anexo 1 de la Adenda se presenta la actualización de los contenidos técnicos y formales necesarios del PAS 137. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución aprobatoria del Plan de Cierre emitida por SERNAGEOMIN, Región de Atacama. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las condiciones contenidas en la RCA y el PAS 137. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.2. Ley 20.551 de 2011
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire.
Norma
Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar
emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Durante todas las fases del proyecto se utilizarán generadores para
energizar el proyecto, la potencia del grupo electrógeno en fase de
construcción y cierre será de 1.000 KVA.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2 de mayo de 1961, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Actividades generadoras de emisiones atmosféricas como tránsito de camiones, maquinaria, movimiento de tierra, generador eléctrico, extracción de material, procesamiento de material, etc. Forma de cumplimiento Para controlar las emisiones atmosféricas se realizará lo siguiente: - Restricción de velocidad en caminos internos. - Humectación de caminos internos. - Incorporación de bischofita en camino de acceso desde la Ruta C- 327. - Exigencia a contratistas y personal propio, de mantención y revisión técnica al día de vehículos y maquinarias. Indicador que acredita su cumplimiento - Planilla de control interno en la cual se reporte, de acuerdo a la frecuencia comprometida, la humectación de caminos y aplicación de bischofita o aglomerante. - Registro de actividades del camión aljibe. - Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases y mantenciones al día. Forma de control y seguimiento - Planilla de control interno en la cual se reporte, de acuerdo a la frecuencia comprometida, la humectación de caminos y aplicación de bishofita o aglomerante. - Registro de actividades del camión aljibe. - Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases y mantenciones al día. Las que se mantendrán en la administración de faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2. Decreto Supremo N° 144 de 1961
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto, se utilizarán vehículos pesados para preparación del terreno, movimientos de tierra, extracción de material, desmantelamiento, entre otras actividades; se producirán emanaciones de gases generados por la combustión interna de estos. Forma de cumplimiento Permiso de circulación, revisión técnica de gases y mantenciones al día de los vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases y mantenciones al día, así como el permiso de circulación. Forma de control y seguimiento Durante todas las fases del Proyecto, se mantendrá el registro de las revisiones técnicas y de gases de los vehículos al día, los que se mantendrán disponibles en la administración de faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4. Decreto Supremo N° 55/1994
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Aire.
Norma
Decreto Supremo Nº 4 de 1994, modificado por D.S. N°58/2004
Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Aire. Norma Decreto Supremo Nº 211 de 1991, que establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos que indica, 18 de octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto requiere el uso de vehículos motorizados en las distintas fases. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos al día de los vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de circulación, revisión técnica de gases y mantenciones al día de los vehículos. Forma de control y seguimiento Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases y mantenciones al día, así como el permiso de circulación, a disposición de la autoridad en oficina del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6. Decreto Supremo N° 211/1991
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.
Norma
Decreto Supremo N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que
establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que
indica.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto considera fuentes emisoras de ruido durante todas las
fases del proyecto. Receptores identificados en el Estudio de Ruido y
Vibraciones.
Forma de cumplimiento
Si bien se generará ruido durante todas las fases del Proyecto, la
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica. Norma Decreto Supremo N°43/2013 Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto durante todas sus fases utilizará luminarias. Forma de cumplimiento El Proyecto durante todas sus fases utilizará luminarias. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto considera que el diseño de las luminarias evite la proyección de luminosidad hacia o en dirección al cielo. El Proyecto utilizará aquellas luminarias que se encuentren certificadas por la SEC, que cumplan con el diseño y características acordes a esta norma de emisión Forma de control y seguimiento Certificado SEC de las luminarias. Verificación del estado a las luminarias una vez se encuentren operativas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8. Decreto Supremo N° 43 de 2013
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos domésticos e industriales sólidos no peligrosos y
Efluentes líquidos.
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 31 de
enero de 1968, Ministerio de Salud.
Otros cuerpos legales
Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones
sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 29 de abril
de 2000, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto contará con patio de almacenamiento temporal para los
residuos domésticos, sólidos no peligrosos y peligrosos.
Respecto a los efluentes líquidos en fase de construcción se considera
un sistema modular de lodos activados.
Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 55 kg/día, que serán dispuestos temporalmente en recipientes. Estos contenedores serán ubicados distintas áreas. Los residuos domésticos serán retirados frecuentemente. Para luego ser retirados y transportados por una empresa autorizada para tales efectos y enviados a su destino de disposición final en relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto generará 500 kg/mes. Estos serán segregados al interior del Patio de residuos en forma temporal, junto con la identificación del sector para cada uno de estos residuos, para ser retirados por una empresa autorizada y dispuestos en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto a generar se presenta en Tabla 4-45, PAS 142 del Capítulo 4 de la DIA, manejo será por medio de contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos proyectada al interior de la instalación de faenas, para luego ser retirado mediante empresas transportistas y serán enviados a empresas destinatarias, todas ellas debidamente autorizadas por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Efluentes líquidos: Para la habilitación de la instalación de faena se instalarán baños químicos. Las aguas servidas de los baños químicos serán retiradas por una empresa autorizada y serán enviadas a un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias para su tratamiento y/o disposición final. Además, se considera la instalación de una PTAS en 4 sectores: Sector Administrativo, Sector Talleres, Garita de Acceso y Planta de Beneficio. El efluente tratado será utilizado para la humectación de los caminos internos del Proyecto, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en la NCh 1.333. Los lodos generados serán retirados por empresas especializada y debidamente autorizada por la SEREMI de Salud, Región de Atacama correspondiente, para luego ser llevados a una planta de tratamiento que cuente con la resolución sanitaria para la disposición final o tratamiento de los lodos.
Fase de Operación: Los Residuos Domésticos a generar por el Proyecto serán 70 kg/día, los que serán almacenados en contenedores o tambores al interior de la bodega, y serán retirados frecuentemente. Para luego ser retirados y transportados por una empresa autorizada para tales efectos y enviados a su destino de disposición final en relleno sanitario autorizado.
Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a generar
por el proyecto será de 500 kg/mes. Estos serán almacenados
temporalmente al interior del patio de almacenamiento, para ser
retirados por una empresa autorizada para ser depositados en sitios
autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, por
cuanto el retiro dependerá de las necesidades del Proyecto.
Los Residuos Peligrosos a generar se presentan en la Tabla 4-46, del Capítulo 4 PAS 142 de la DIA. Estos serán almacenados en contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega en el sector al interior del Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales, con una frecuencia menor a 6 meses de retiro siendo dispuestos posteriormente en un relleno de seguridad autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Efluentes líquidos: Durante la operación de Proyecto se instalará una PTAS en los 4 los sectores: área de oficinas administrativas, el área de talleres, el sector de la planta de beneficio y en la garita de acceso. El efluente tratado será utilizado y/o aprovechado para la humectación de los caminos internos del Proyecto, considerando, en lo que corresponda, las disposiciones establecidas en la NCh 1.333. Los lodos generados serán retirados a través de una empresa especializada y debidamente autorizada por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, para luego ser llevados a una planta de tratamiento que cuente con la resolución sanitaria para la disposición final o tratamiento de los lodos.
Fase de Cierre: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 45 kg/día, los que serán dispuestos en forma temporal en contenedores o tambores al interior de la bodega, los serán retirados frecuentemente. Su disposición final será en el relleno sanitario autorizado por SEREMI de Salud, Región de Atacama.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto generará 1 ton/mes. Estos serán acopiados en forma temporal al interior del sector de almacenamiento de residuos no peligrosos. Su traslado será al relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 20 m3 en toda la fase, el manejo será por medio de contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos proyectada al interior de la instalación de faenas. La frecuencia de retiro será de una vez cada 15 días. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Efluentes líquidos: Se generarán aguas servidas que provendrán de los servicios higiénicos del Proyecto (plantas de tratamiento). En la medida que se deshabiliten los servicios higiénicos del Proyecto, se habilitarán baños químicos. El efluente, de los baños químicos será retirado del área del Proyecto y enviadas a un lugar que cuente con las autorizaciones sanitarias para su tratamiento y/o disposición final. Por su parte, el efluente tratado de la PTAS será utilizado para la humectación de los caminos internos del Proyecto.
Por lo anterior, durante el proceso de evaluación se presentaron para
la fase de construcción, operación y cierre los requisitos técnicos y
formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de
los Artículos 138 del RSEIA.
Para la fase de construcción, operación y cierre se presentaron los
requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos
ambientales sectoriales de los Artículos 140 y 142 del RSEIA.
Indicador que acredita su
cumplimiento
•
Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan
acreditar que los sitios de disposición final de los residuos se
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Industriales Peligrosos. Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se generan residuos peligrosos los que serán manejados y almacenados temporalmente en bodegas. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto a generar se presenta en Tabla 4-45, PAS 142 del Capítulo 4 de la DIA, manejo será por medio de contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos proyectada al interior de la instalación de faenas, para luego ser retirado mediante empresas transportistas y serán enviados a empresas destinatarias, todas ellas debidamente autorizadas por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Fase de Operación: Los Residuos Peligrosos a generar se presentan en la Tabla 4-46, del Capítulo 4 PAS 142 de la DIA. Estos serán almacenados en contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega en el sector al interior del Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales, con una frecuencia menor a 6 meses de retiro siendo dispuestos posteriormente en un relleno de seguridad autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Fase de Cierre: Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 20 m3 en toda la fase, el manejo será por medio de contenedores cerrados y debidamente rotulados en la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos proyectada al interior de la instalación de faenas. La frecuencia de retiro será de una vez cada 15 días. Los RSP serán llevados a rellenos de seguridad autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
La bodega se construirá de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°
148 que regula el manejo de los residuos peligrosos, además, los
residuos estarán etiquetados de acuerdo a lo establecido en la Norma
Chilena 2.190 Of 93.
Indicador que acredita su cumplimiento - Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada. - Autorización para el almacenaje de residuos peligrosos. - Registros de declaración en SIDREP. - Aprobación del PAS del artículo 142 RSEIA. Obtención de Autorización Sanitaria de funcionamiento de la bodega de almacenamiento de residuos sólidos peligrosos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos peligrosos. Registro de lugar de disposición final. Registro en el RETC al día e histórico; disponibles en faena. Verificación de que se cuente con Registro de declaración y retiro de residuos en SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10. Decreto Supremo N° 148 de 2004
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma Decreto Supremo N° 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases se requerirá del transporte de insumos y productos. Forma de cumplimiento El Titular, exigirá a las empresas contratistas encargadas del transporte, (Terceros subcontratistas y/o proveedores) y a personal propio, cumplir con las condiciones del presente cuerpo legal, según sea el material que transporten. Se utilizarán los vehículos idóneos y la adopción de medidas que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, como el control de velocidad de los camiones. Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de un registro de control al ingreso y salida de los vehículos al interior de la faena. - Registro de carga de cada camión. Forma de control y seguimiento Se mantendrá a solicitud de la Autoridad fiscalizadora registro de carga de cada camión y del control de ingreso y salida al interior de la faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11. Decreto Supremo N° 75 de 1987
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte.
Norma
Decreto Supremo N° 298/1994 Ministerio de Transporte y
Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas
por Calles y Caminos”.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fases operación.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto utilizará caminos públicos para el transporte de carga de
sustancias peligrosas (combustibles, otros). Estos serán transportados
por terceros (contratistas y proveedores) quienes utilizarán los
caminos públicos de acceso al Proyecto.
Forma de cumplimiento
Se exigirá a las empresas contratistas encargadas del transporte de
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural. Norma Ley N°17.288/70 del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 484 de 1990, Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, 02 de abril de 1991, Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las fases del proyecto. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288. Se paralizará la obra en el sector del hallazgo y se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales para efectuar lo que dicte este organismo según, donde se contratará a un profesional arqueólogo que llevará a cabo tal procedimiento. En caso de ocurrencia de nuevos hallazgos, se procederá a detener la obra del área involucrada y se avisará a las Autoridades Competentes en la materia, (Consejo de Monumentos Nacionales y Gobernación Provincial, Región de Atacama), quienes indicarán las medidas atingentes al caso. Se realizará capacitación al personal en caso de identificar hallazgos arqueológicos. Indicador que acredita su cumplimiento No se realizará intervención de hallazgos arqueológicos. Forma de control y seguimiento En caso de que se produzca un hallazgo, tanto el aviso realizado ante las autoridades como las gestiones practicadas serán registradas y quedarán a disposición de la autoridad en caso de futuras fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1. Ley N° 17.288 de 1970
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Monitoreo a los niveles freáticos y calidad de las aguas
Impacto asociado
Calidad del recurso hídrico.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción, operación y cierre.
Objetivo, descripción y
Objetivo: Vigilar la generación de eventuales escorrentías subterráneas
Descripción: el Titular deberá implementar un monitoreo con la finalidad de asegurar el correcto seguimiento a la calidad del agua en caso de evidenciarse la presencia de esta. A su vez, deberá idear una metodología que permita discriminar aguas contactadas, de aguas no contactadas y de aguas de proceso, basado en sus características químicas. Como insumo para lo anterior, deberá caracterizar químicamente las actuales aguas detectadas en los sondajes ADR 1001, ADR 1002, ADR 1005 y ADR 1007 que son los pozos donde se evidenció agua, e implementar un nuevo pozo aguas abajo de todas las obras, previo a la ejecución de las obras del proyecto.
Justificación: Descartar una eventual alteración a los recursos hídricos subterráneos del sistema subterráneo aguas abajo del proyecto, debido a la ejecución del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El Titular deberá utilizar los pozos construidos en el sector donde se desarrollará el Proyecto (ADR 1001, ADR 1002, ADR 1005 y ADR 1007), más el nuevo pozo que deberá implementar aguas abajo de todas las obras, de la cuenca definida en el Apartado 4.1.2 del Análisis de Cuencas presentado en el Informe de Hidrología adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
Forma: Los pozos existentes, y el pozo que se solicita implementar aguas abajo, deberán acondicionarse para reconocer niveles de agua subterránea en la interfaz de contacto de la unidad de roca y la unidad no consolidada (depósito de arena), así como en la columna de la unidad de roca, considerando como base del monitoreo a la roca sana o no fracturada.
Oportunidad: La construcción del pozo adicional y la remisión de la
respectiva minuta técnica de habilitación, deberán ser ejecutados previo a
la fase de construcción y mantenerse operativo durante toda la vida útil
del proyecto.
En cuanto a la caracterización de la calidad de las aguas de los 5 pozos
(ADR 1001, ADR 1002, ADR 1005 y ADR 1007, más el nuevo pozo)
deberá realizarse previo a la ejecución del proyecto.
En cuanto al plan de monitoreo este deberá realizarse durante toda la vida
útil del proyecto en forma mensual, habiéndose o no detectado la
presencia de niveles freáticos.
Indicador que acredite
su cumplimiento
- Habilitación del nuevo pozo solicitado y los pozos existentes ADR 1001,
ADR 1002, ADR 1005 y ADR 1007.
- Presentación de las minutas técnicas de la habilitación de los pozos.
- Inspecciones en terreno.
Forma de control y
seguimiento
- Envió a la SMA, Región de Atacama y a la DGA, Región de Atacama
de la minuta técnica de la habilitación e implementación (perfiles
estratigráficos, profundidad de perforación, etc.) del nuevo pozo y los
pozos existentes de verificación de niveles freáticos, previo a la fase de
construcción del proyecto.
- Envió a la SMA, Región de Atacama del Informe técnico con los
resultados de la caracterización de la calidad de las aguas de los pozos
ADR 1001, ADR 1002, ADR 1005 y ADR 1007 existente, realizado
durante los meses de marzo y abril de 2022, incorporando la data
histórica, más el nuevo pozo que deberá implementarse aguas abajo de
todas las obras del proyecto, previo a la fase de construcción del proyecto.
8.2. Implementación de acciones por potenciales infiltraciones de proyecto. Impacto asociado Calidad del recurso hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la generación de eventuales escorrentías subterráneas originadas ya sea, por infiltración de aguas pluviales contactadas con obras del proyecto frente a eventos extremos de precipitación, o por infiltraciones en las aguas subterráneas emplazadas aguas abajo del Proyecto.
Descripción: el Titular deberá incluir en el plan de prevención de contingencias y emergencias, medidas concretas que permitan evitar la contactación de las obras del proyecto con eventuales escorrentías de aguas superficiales, con la finalidad de asegurar el correcto funcionamiento de las obras del proyecto.
Justificación: Descartar una eventual alteración a los recursos hídricos subterráneos, debido a la ejecución del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Plan de Contingencias y Emergencias, medidas y acciones concretas para evitar la contactación de las obras del Proyecto.
Forma: El Titular deberá presentar un plan de acción a infiltraciones del proyecto que incluya medidas concretas a implementar frente a la constatación de niveles de agua subterránea en los de pozos a monitorear, así como la metodología a través de la cual determinará la procedencia de dichas aguas (pluviales, de proceso o contactadas), la que debe considerar el análisis hidroquímico de las aguas eventualmente detectadas.
Oportunidad: El plan de acción a infiltraciones del proyecto deberá ser definido y aprobado previo a la ejecución del proyecto y, deberá mantenerse durante toda la vida útil (fases de construcción, operación y cierre).
Indicador que acredite su cumplimiento - Presentación y aprobación del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de calidad de aguas subterráneas, a la DGA, Región de Atacama.
Forma de control y seguimiento - Envió del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de calidad de aguas subterráneas a la DGA, Región de Atacama, el cual debe ser aprobado por esta autoridad previo a la ejecución del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2. Condición o exigencia Implementación de acciones por potenciales infiltraciones de proyecto.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Control para material particulado
Descripción: el Proyecto considera implementar medidas de control de material particulado, con el objeto de prevenir y controlar la generación de emisiones a la atmósfera, destacando las siguientes: • La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día. • No se realizará ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles. • En cuanto a la humectación de caminos internos, esta se realizará a lo menos 3 vez al día; a objeto de reducir el consumo de agua, se adicionará al agua de humectación un aglomerante cada 2 meses. • El Proyecto contempla incorporar supresor de polvo desde el punto de acceso de la ruta C-327 hasta el sector de la garita de acceso. • La planta de beneficio móvil contará con todas las correas y traspasos encapsuladas. • Encarpado de carrocerías que transportan materiales y minerales fuera del área del Proyecto.
Justificación: Las actividades del Proyecto consideran el tránsito de vehículos para el traslado de insumos, productos, personal y residuos, lo que se desarrollará por caminos no pavimentados al interior de la faena y en el camino interno de acceso al proyecto. Por su parte, la planta de beneficio considera la emisión de material particulado producto del procesamiento del mineral. En cuanto al encarpado de camiones, la medida busca controlar las emisiones de material particulado que se pudieran desprender de la tolva del camión cuando éste se encuentre en circulación fuera del área del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La humectación se aplicará en los caminos internos del Proyecto. Por su parte, la aplicación de bischofita se realizará en el camino interno de acceso al proyecto, en el tramo comprendido entre la Ruta C-327 y la garita de acceso. La prohibición de quema de madera, las mantenciones de la maquinaria su aplicación se considera íntegramente al interior del Proyecto. Respecto del encarpado de camiones, esto se realizará para el traslado del producto fuera del área del Proyecto.
Forma: Tanto la humectación de los caminos internos como la aplicación del supresor de polvo se realizarán por medio de camiones aljibes.
Oportunidad:
La humectación de los caminos internos del proyecto se realizará tres
veces al día, cuando las condiciones climáticas lo ameriten.
Respecto del encapsulamiento de correas y traspasos, estos se
implementarán al inicio de la operación de la planta de beneficio.
En cuanto el encarpado de camiones, esto se ejecutará durante la fase de
operación del proyecto.
En cuanto a las mantenciones de la maquinaria, esto se ejecutará durante
todas las fases del proyecto.
Indicador que acredite
Respecto de la humectación de caminos internos y la aplicación de
9.2. Contratación de mano de obra local. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contratación de mano de obra local
Descripción: el Proyecto contempla la contratación de mano de obra local, así como empresas locales, para la fase de construcción, operación y cierre, cuyas acciones serán coordinadas con la OMIL del Municipio correspondiente.
Justificación: El Proyecto priorizará la adjudicación de servicios a proveedores locales, dichas contrataciones se podrán ejecutar en la medida que la mano de obra o las empresas locales cuenten con las capacidades técnicas y/o autorizaciones para la ejecución de los servicios vinculados al Proyecto, según corresponda. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Corresponde a la mano de obra que cumplirá sus funciones en el área del Proyecto.
Forma: El Proyecto realizará acciones de contratación de mano de obra coordinadas con la OMIL del Municipio correspondiente. Se priorizará la adjudicación de servicios a proveedores locales, dichas contrataciones se podrán ejecutar en la medida que la mano de obra o las empresas locales cuenten con las capacidades técnicas y/o autorizaciones para la ejecución de los servicios vinculados al Proyecto, según corresponda.
Oportunidad: El compromiso voluntario se ejecutará durante la fase de construcción, operación y cierre, según lo indicado en la respuesta a la observación 4.1 de la Adenda Complementaria, sobre los hitos de inicio y término de cada fase. Indicador que acredite su cumplimiento Al inicio de cada fase se entregará, como medio de verificación, a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Copiapó, la planilla con el personal contratado. Forma de control y seguimiento La forma de seguimiento se realizará a través de la planilla señalada en el ítem anterior, sobre el indicador que acredita el cumplimiento del compromiso voluntario. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2. Compromiso ambiental voluntario Contratación de mano de obra local.
9.3. Señalética en vehículos CMP.
Impacto asociado
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica
Todas las fases del Proyecto
Descripción: se incorporará señalética visible al menos a 20 metros en vehículos de CMP.
Justificación: En todas las fases del Proyecto los vehículos contarán con señalética que los identifique. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se ejecutará en los vehículos de CMP.
Forma: Los vehículos de propiedad de CMP contarán con señalética que identifica el nombre del Proyecto, el Titular y un número de contacto para atención de posibles reclamos.
Oportunidad: El compromiso voluntario se ejecutará durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Al inicio de cada fase se mantendrá en faena, como medio de verificación, un informe que presentará fotografías de la señalética de los distintos vehículos que utilizará CMP en la faena. Forma de control y seguimiento La forma de seguimiento se realizará a través del informe señalado en el ítem anterior, sobre el indicador que acredita el cumplimiento del compromiso voluntario. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3 Compromiso ambiental voluntario Señalética en vehículos CMP.
9.4. Perturbación controlada. Impacto asociado Perturbación de fauna de baja movilidad. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: perturbación controlada de reptiles. Descripción: Se realizará una perturbación controlada de reptiles en el área correspondiente al camino de acceso al Proyecto. Justificación: Se contempla que los ejemplares sean desplazados a los lugares circundantes desde donde fueron identificados, por lo que no se contempla que sus hábitos reproductivos se vean afectados. En tal sentido, se contempla que la perturbación controlada se realice sobre una superficie aproximada de 1,3 ha. se contempla al menos 6 metros de avance de perturbación, considerando una línea recta de avance, lo que arroja una tasa de avance mínima de 0,0036 hectáreas diarias Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se ejecutará en aquellos sectores donde fue identificada la especie Liolaemus nigromaculatus en el camino de acceso al Proyecto.
Forma: la perturbación controlada de fauna debe realizarse dentro de un periodo máximo de 5 días previo al inicio de los trabajos, con el fin de evitar el retorno de los individuos hacia las áreas a intervenir. Para ello, se considera una remoción de las piedras y vegetación que pudieran servir de refugio, cada vez que se tenga certeza de que los individuos no los estén utilizando. El detalle de la metodología se presentó en el Anexo 5 de la DIA.
Oportunidad: El compromiso voluntario se ejecutará previo a la fase de
construcción del Proyecto.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Con el fin de evaluar la efectividad de la medida, y de acuerdo con lo
descrito en la “Guía Técnica para Implementar Medidas de
Rescate/Relocalización y Perturbación Controlada” (Torres-Mura et al.,
2014), se realizarán dos monitoreos posteriores a la implementación del
9.5. Protección hallazgo arqueológico. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Protección de hallazgo arqueológico.
Descripción: se identificó un hallazgo a los pies del acopio 12, a una distancia aproximada de 10 m. de éste.
Justificación: para cumplir con el objetivo de protección, se realizará un cercado perimetral del hallazgo y se realizarán charlas de inducción a los trabajadores por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: el hallazgo arqueológico se ubica a los pies del acopio 12, a una distancia de 10 m.
Forma: Se considera realizar las siguientes acciones: • Cercado perimetral del hallazgo • Placa que identifique el hallazgo y el nombre del Proyecto • Charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología- a las/los trabajadores del proyecto sobre la ubicación del hallazgo y su conservación. • Informe anual que dé cuenta del estado del hallazgo durante toda la vida útil del Proyecto.
Oportunidad: durante la fase de construcción del Proyecto se implementará el cercado perimetral del hallazgo y se implementará la placa que lo identifique. En todas las fases del Proyecto se realizarán charlas de inducción de los trabajadores, realizada por un arqueólogo o licenciado en arqueología. Finalmente, se considera la elaboración de un informe anual que dé cuenta del estado del hallazgo durante toda la vida útil del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se elaborará un informe anual que dé cuenta del estado del hallazgo y las medidas implementadas.
Forma de control y seguimiento Se registrará en un informe, previo a la fase de operación, la implementación de las acciones correspondientes al cerco perimetral y a la placa identificatoria. A través de los informes anuales se dará cuenta del estado del hallazgo y las medidas implementadas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 Compromiso ambiental voluntario Protección hallazgo arqueológico.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Accidentes en Caminos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Parte, obra o acción asociada
Tránsito de vehículos.
Acciones o medidas a implementar
Las siguientes medidas preventivas se establecerán como
mínimo para reducir el riesgo de accidentes en caminos:
• El personal contratado para conducir camiones, buses o
maquinarias, será personal calificado, con licencia de
conducir Clase A al día;
• Todo el personal que conduzca al interior de la faena
contará con una charla específica de seguridad acerca de los
riesgos asociados a la conducción en una operación minera.
• Se establecerá un sistema de licencias internas emitidas por
la empresa;
• Los vehículos que transporten maquinaria, materiales y
productos contarán con las señalizaciones exigidas por la
legislación vigente. El peso de los camiones cargados no
deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las
rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se
obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de
Vialidad en cada caso;
• Además de lo exigido por la ley, los camionetas y vehículos
de transporte de personal que circulen dentro de las
instalaciones del Proyecto contarán con los implementos de
seguridad usuales utilizados en las faenas mineras, esto es
balizas, pértigas, barra antivuelco, etc.; y
• El transporte de combustible y otros materiales se realizará
de acuerdo a lo estipulado en la legislación vigente
Forma de control y seguimiento
Las siguientes medidas de control se establecerán como
mínimo en caso de ocurrir un evento de accidente caminero:
• El personal de contará con capacitación básica sobre
primeros auxilios. Esto será también exigido por contrato
para los conductores y auxiliares de las empresas que brinden
el servicio de transporte de personal. Los vehículos deberán
contar con los elementos básicos de primeros auxilios en
cantidad y calidad suficiente;
• Los vehículos deberán contar con un sistema de
comunicación que permita dar aviso oportuno en caso de
ocurrencia de cualquier evento o accidente. El Departamento
de Prevención de Riesgos establecerá y dará a conocer los
números telefónicos y/o frecuencias de emergencias;
• El transportista o personal del área dará aviso inmediato al
Titular del Proyecto (Área de Prevención de Riesgos) a través
de los números y/o frecuencias de emergencias;
• El personal transportista o encargado del área procederá a
demarcar el área del derrame con cinta u otro medio de
advertencia de peligro, impidiendo el acceso a la zona con el
derrame.
• Se deberá verificar que el área en donde se produjo el
derrame quede libre de residuos; y
• En caso de que el derrame sea durante el transporte de
productos, el transportista coordinará con el Titular del
Proyecto (Área de Prevención de Riesgos), para regularizar la
situación en la vía pública.
• Se registrará el evento en el sistema de reportes de
incidentes y se investigará el origen del derrame, de modo de
10.1.2. Derrame de Materiales Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Parte, obra o acción asociada
Sector bodegas de insumos.
Acciones o medidas a implementar
Las siguientes medidas preventivas se establecerán como
mínimo para reducir el riesgo de derrames de materiales
peligrosos:
• El transporte de sustancias peligrosas, tales como
combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se
regirán por las disposiciones de la legislación vigente en
Chile, específicamente el D.S. N°298/94 del Ministerio de
Transporte y Telecomunicaciones que reglamenta transporte
de cargas peligrosas por calles y caminos. La empresa velará
que todo vehículo destinado a estas funciones cumpla los
procedimientos y cuente con los elementos de seguridad
exigidos por dicha normativa;
• Todo vehículo de transporte de sustancias peligrosas,
contará con elementos para control de derrames que permitan
una respuesta rápida ante la ocurrencia de un evento de este
tipo;
• Todo conductor de vehículos que trasporten sustancias
peligrosas deberá conocer los riesgos asociados a la sustancia
que
transporta
y
deberá
estar
capacitado
en
los
procedimientos básicos de respuesta ante eventos y
emergencias potenciales. Esto se exigirá por contrato a las
empresas que presten el servicio de transporte;
• Se llevará un registro en la obra, que permita cuantificar las
cantidades recibidas, utilizadas y en stock. Asimismo, el
transportista llevará un registro de las cantidades que
transporta; • El Proyecto proveerá todos los recursos que
garanticen un transporte seguro para este tipo de elementos.
• Almacenamiento y manejo: - Se dispondrá de un área
especial de almacenamiento para estos materiales, la cual
estará señalizada de acuerdo con lo establecido en NCh
2190.Of 2003; - Los tambores de combustibles y aceite se
dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con
el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y
corrosión de los mismos por efecto del contacto directo entre
los tambores y el suelo;
- Se dispondrá en esta área de elementos para la contención y
manejo de derrames;
- La carga de combustible a maquinarias y equipos
utilizados, se hará en un área previamente definida y
claramente demarcada. Para aquellos equipos tales como
palas y tractores que sean cargados directamente en terreno a
través de camiones aljibes, se establecerá un procedimiento
específico, que restringirá el acceso de personas al sitio
durante el carguío y describirá los pasos a seguir para evitar
todo tipo de riesgos incluido los derrames al piso. Estos
camiones aljibes contarán con elementos de contención de
10.1.3. Incendio en el Área de Faenas.
10.1.4. Por Eventos Naturales. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación o cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del proyecto. Acciones o medidas a implementar Las siguientes medidas preventivas se establecerán como mínimo para reducir el riesgo asociado a los eventos naturales antes mencionados: • Todas las construcciones y edificios del Proyecto cumplirán cabalmente la normativa sísmica vigente. • El Departamento de Prevención de Riesgos definirá procedimientos de respuesta y planes de evacuación del personal en caso de producirse estos eventos naturales catastróficos. Toda instalación constará de vías de escape claramente señalizadas y se identificará “puntos seguros” de reunión, para que el personal evacuado se resguarde mientras espera instrucciones. El personal tanto propio como contratista, será capacitado en estos procedimientos de respuesta y planes de evacuación. Forma de control y seguimiento Las siguientes medidas de control se establecerán como mínimo en caso de ocurrir los eventos naturales antes mencionados: • La Gerencia en conjunto con el Departamento de Prevención de Riesgos establecerán las medidas de control a seguir de acuerdo con la magnitud y características de los daños ocasionados por el evento natural, siendo la evacuación de las personas será la primera prioridad de ocurrir un evento de magnitud. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE, en Anexo 9 y Anexo 2 Observación 1.13.7 ambas de la Adenda.
10.1.5. Plagas Cuarentenarias en Embalajes.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción.
Parte, obra o acción asociada
Embalajes de equipos.
Acciones o medidas a implementar
• Se exigirá en los contratos de compra de insumos desde el
exterior que los embalajes de madera estén libres de corteza
y que la madera haya tenido algún tratamiento; y
• En las bodegas se mantendrá un estricto control de modo de
reducir al máximo el riesgo de ingreso de plagas y
enfermedades. Se revisará cada unidad de embalaje a fin de
asegurar que presente la marca que indique el país de origen,
el número del productor asignado por la Organización
Nacional de Protección Fitosanitaria y la identificación del
tratamiento realizado.
Forma de control y seguimiento
• En el caso que se detecte la presencia accidental de corteza,
daños producidos por insectos o plagas cuarentenarias en los
medios de transporte, partidas o embalajes de madera
provenientes del extranjero, se comunicará, en carácter de
urgente a la Oficina del SAG correspondiente, a objeto de
proceder a tomar las medidas más eficientes y en forma
oportuna para tales fines, como pueden ser la destrucción
inmediata de embalajes, incineración o fumigación.
10.1.6. Operación de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Plantas de tratamiento de aguas servidas.
Acciones o medidas a implementar
1. Falla en el suministro de energía eléctrica
Medidas de Prevención: La PTAS cuenta con un grupo
electrógeno capaz de suministrar la energía necesaria para el
normal funcionamiento de la operación, el que respalda el
equipamiento de la planta de tratamiento.
2. Caudal superior a caudal de diseño de la planta de
tratamiento.
Medidas de Prevención:
• El cálculo de caudal de diseño, incluye los aportes de las
aguas
servidas,
proyectado
para
tratar
el
caudal
correspondiente.
• Debido a los factores de seguridad utilizados en el diseño
de este tipo de obras civiles, es poco probable que se
sobrepase la capacidad de tratamiento de la planta, pero si
esto llegase a ocurrir, se activaran los sistemas de
protecciones acordes a la contingencia.
3. Presencia de elementos contaminantes en las aguas
servidas.
Medidas de Prevención:
• Se controlará con una frecuencia mayor el contenido de
oxígeno disuelto en el reactor
• Se investigará el alcance y origen de la descarga mediante
la revisión de las cámaras de inspección de la red de
alcantarillado
4. Presencia de Vectores
Medidas de Prevención: La Planta de Tratamiento contará
con sistemas de control para roedores, arácnidos e insectos
rastreros y voladores.
5. Episodios de Malos Olores, generados en la planta.
Medidas de Prevención: El diseño de la PTAS no prevé la
emanación de malos olores producto de su operación, pero en
caso de una eventual contingencia de malos olores en la
Planta, se procederá a detener su funcionamiento.
Forma de control y seguimiento
1. Falla en el suministro de energía eléctrica
Medidas de Control:
• Con un sistema de respaldo, se evita que, a causa de fallas
del suministro de energía eléctrica, se afecte la continuidad
operativa en el sistema de tratamiento.
• El grupo electrógeno funciona con petróleo como
combustible asegurando, en todo momento, de una
autonomía mínima.
2. Caudal superior a caudal de diseño de la planta de
tratamiento
Medidas de Control:
• En situaciones de lluvias prolongadas, se controlará en
forma constante el caudal de ingreso a la PTAS.
• Si la condición de bombeo a caudal máximo horario, se
10.1.7. Transporte de residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Transporte de residuos peligrosos.
Acciones o medidas a implementar
Durante el transporte de insumos y/o productos químicos
peligrosos y residuos peligrosos, existe el riesgo potencial de
accidentes vehiculares en la ruta, que pueden provocar el
derrame de las sustancias transportadas.
Medidas de Prevención:
• Cabe señalar que el Titular del proyecto trabajará con
empresas debidamente autorizadas para el traslado de
materiales a en las distintas fases del Proyecto.
• La empresa transportista deberá asegurar un adecuado
transporte de insumos, ante algún inconveniente mecánico de
los camiones, contando con un sistema rápido de asistencia
en ruta.
Forma de control y seguimiento
Medidas de Control:
• En caso de ser necesario, la empresa transportista deberá
enviar otro camión en reemplazo del vehículo con problemas
durante el trayecto hasta la disposición final de los residuos.
• El transportista debe dar aviso inmediatamente al Titular en
caso de alguna contingencia durante el transporte de los
residuos.
• Para el caso de incendios o desastres naturales, se le exigirá
a la empresa transportista contar con un procedimiento
adecuado a magnitud de la contingencia.
10.1.8. Eventos Climatológicos Extremos de Lluvia. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del proyecto. Acciones o medidas a implementar • El Área de Gestión de Riesgos definirá procedimientos de respuesta y planes de evacuación del personal en caso de producirse estos eventos naturales catastróficos. Toda instalación constará de vías de escape claramente señalizadas y se identificará “puntos seguros” de reunión, para que el personal evacuado se resguarde mientras espera instrucciones. El personal tanto propio como contratista, será capacitado en estos procedimientos de respuesta y planes de evacuación. • Todo el personal que se encuentra en las inmediaciones de rajos y botaderos deberán alejarse de estos hacia una zona de seguridad establecida. Forma de control y seguimiento • La Gerencia en conjunto con el Área de Gestión de Riesgos establecerán las medidas de acción a seguir de acuerdo con la magnitud y características de los efectos ocasionados por el evento natural, siendo la evacuación de las personas la primera prioridad de ocurrir un evento de magnitud. • Comunicar inmediatamente al Área de Gestión de Riesgos cualquier anomalía en la estabilidad de rajos y botaderos luego de ocurrida la contingencia. • Con respecto a los eventos de lluvia, en consideración a eventuales flujos temporales menores que puedan alcanzar al Proyecto, se deberán tener como medidas de control y manejo pretiles o sistemas de contención, según sea el caso, para conducir esos flujos hacia el sistema interno de manejo de aguas lluvias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8 del ICE, en Anexo 9 y Anexo 2 Observación 1.13.7 ambas de la Adenda.
10.1.9. Temporales de viento extremos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del proyecto.
Acciones o medidas a implementar
• Información sobre la previsión de tormentas.
• Alejarse de objetos metálicos.
• Identificar lugares adecuados en los que los trabajadores
puedan refugiarse.
• No refugiarse bajo elementos prominentes solitarios.
• Nunca se debe correr.
Forma de control y seguimiento
• Interrumpir los trabajos en caso de fuertes vientos.
• Suspender la manipulación de maquinaria.
• Evitar los trabajos en altura.
10.1.10. Atropello de Fauna.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Tránsito de vehículos.
Acciones o medidas a implementar
Las siguientes medidas preventivas corresponden a medidas
de carácter restrictivo, educativo y otras medidas orientadas a
prevenir el riesgo de atropello:
• Se exigirá a los conductores respectar la velocidad de
circulación en caminos internos de acceso al área del
Proyecto.
• Se exigirá a los conductores respetar la señalización de
tránsito interna del Proyecto.
• Se realizarán inducciones a los conductores sobre la
presencia de fauna en el área del Proyecto. Se informará a
todo el personal que participe del Proyecto respecto de la
fauna silvestre presente en el área del Proyecto, de las zonas
de mayor ocupación por fauna y las especies en categoría de
conservación existentes. Además, se les dará a conocer el
Plan comunicacional a seguir en caso de atropello o
afectación a Fauna.
• Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores
fuera de caminos habilitados y establecidos.
• Prohibición de alimentar especies silvestres.
• Prohibición de botar residuos fuera de los lugares
establecidos.
Forma de control y seguimiento
El control y seguimiento de las medidas indicadas, se basará
en la comprobación y chequeo por parte del encargado
ambiental, de la correcta implementación de señalética
restrictiva conductual (medidas prohibitivas), entrega de
material educativo visual y escrito según corresponda
(medidas educativas) y la instalación de señalética vehicular
(medidas de tránsito vehicular).
• El conductor deberá detener el vehículo inmediatamente
después de percatarse del atropello.
• El conductor deberá dar aviso inmediato al departamento de
prevención de riesgos.
• Aviso inmediato a encargado ambiental.
• Suspensión de actividades frente a una situación de
emergencia con fauna, en un perímetro que garantice la
seguridad del ejemplar afectado y el personal a cargo.
• Manejo del ejemplar solo por personal autorizado.
• Coordinación de acciones de atención y traslado
directamente, si lo amerita la situación, con un Centro de
Rescate y/o Rehabilitación cercano y validado por el SAG.
• Se emitirá un informe que contenga al menos los siguientes
puntos: a) Fecha y hora del accidente b) Descripción de lo
sucedido, c) Descripción de las acciones realizadas, d) Causas
y/o condiciones identificadas y e) Medidas requeridas para
controlar las causas identificadas. Este informe será enviado
al SAG.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. Accidentes en Caminos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación o cierre. Parte, obra o acción asociada Tránsito de vehículos. Acciones a implementar Se dará aviso al personal de seguridad de CMP. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las autoridades y organismos considerados y a los que se dará aviso en caso de situaciones de emergencias, según el tipo de emergencias y de sus competencias, son: • SEREMI de Salud, Región de Atacama • Superintendencia del Medio Ambiente • SERNAGEOMIN, Región de Atacama • CONAF, Región de Atacama • Municipalidad / Gobernación Provincial • Inspección de Trabajo (accidentes graves de trabajadores) • Instituto de Seguridad del Trabajo • Carabineros A estos organismos e instituciones se les informará de acuerdo a los formularios definidos por la organización y a sus competencias, que incluye la descripción del suceso, el sector afectado o trabajador accidentado, tipo de emergencia, medio ambiente afectado, medidas de control y causas probables entre otros aspectos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE, en Anexo 9 y Anexo 2 Observación 1.13.7 ambas de la Adenda.
10.2.2. Derrame de Materiales Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Parte, obra o acción asociada
Sector bodegas de insumos.
Acciones a implementar
El Trabajador que detecte el derrame deberá ejecutar las
siguientes acciones:
▪ Alertar con los medios a su alcance (teléfono, radio,
personalmente, etc.) al Operador de la Sala de Despacho,
debiendo:
- Identificarse con su nombre y cargo o función.
- Señalar el lugar donde ocurre el evento, indicando puntos
de referencia.
- Describir lo que observó.
10.2.3. Incendio en el Área de Faenas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del proyecto.
Acciones a implementar
▪ Tratar de extinguir el incendio con los elementos adecuados
ubicados en el sector y según el entrenamiento recibido.
▪ Una vez extinguido el incendio recolectar los materiales y/o
productos utilizados para el control del incendio, colocarlos
en envases adecuados, cerrados e identificados para darles un
tratamiento final responsable.
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan
Las autoridades y organismos considerados y a los que se
dará aviso en caso de situaciones de emergencias, según el
tipo de emergencias y de sus competencias, son:
• SEREMI de Salud, Región de Atacama
• Superintendencia del Medio Ambiente
• SERNAGEOMIN, Región de Atacama
• CONAF, Región de Atacama
• Municipalidad / Gobernación Provincial
• Inspección de Trabajo (accidentes graves de trabajadores)
• Instituto de Seguridad del Trabajo
• Carabineros
A estos organismos e instituciones se les informará de
10.2.4. Eventos Naturales.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del proyecto.
Acciones a implementar
Minimizar lesiones a causa de inundaciones en el rajo u otras
instalaciones del Proyecto, y orientar acciones de carácter
preventivo, de respuesta y mitigación de los efectos en
instalaciones
y
procesos
mineros.
Respuesta de
la
Organización Trabajador que Detecte la Inundación Deberá
ejecutar las siguientes acciones:
▪ Alertar con los medios a su alcance (teléfono, radio,
personalmente, etc.) al Operador de la Sala de Despacho,
debiendo:
- Identificarse con su nombre y cargo o función.
- Señalar el lugar donde ocurre el evento, indicando puntos
de referencia.
- Describir lo que observó.
- Si dispone de los conocimientos para operar equipos de
movimiento de tierras en caso de una inundación, y no existe
riesgo para su integridad física, deberá usarlos para controlar
la inundación.
- Evacuar el área inundada y cortar suministros de
combustibles y energía eléctrica si corresponde. No regresar
al área sin equipamiento ni entrenamiento adecuado.
- Concurrir a la Zona de Seguridad señalada por el Operador
de la Sala de Despacho, llevando consigo a las visitas que se
encontraren en su área de trabajo.
- Mientras permanezca en la Zona de Seguridad asignada,
deberá obedecer las instrucciones del Coordinador.
• Operador de la Sala de Despacho Al recibir la información
de cualquier persona de la existencia de una inundación,
deberá Registrar:
- Identificación con nombre y cargo o función de la persona
que comunicó el hecho.
- El lugar donde ocurre el evento y puntos de referencia.
- Detalle de la información recibida.
- Verificar de inmediato la veracidad de lo informado por el
denunciante, empleando los recursos disponibles para ello
(teléfono, radio, circuitos cerrados, etc.).
▪ Activar la alarma mediante aviso por comunicación radial y
vía telefónica indicando:
- Tipo de emergencia.
- Lugar de ocurrencia.
- Zona de Seguridad más próxima a la emergencia, que quede
fuera del área de posible.
-inundación.
- Informar de inmediato, empleando los recursos disponibles
10.2.5. Plagas Cuarentenarias en Embalajes. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Parte, obra o acción asociada Embalajes de equipos. Acciones a implementar En el caso que se detecte la presencia accidental de corteza, daños producidos por insectos o plagas cuarentenarias en los medios de transporte, partidas o embalajes de madera provenientes del extranjero, se comunicará, en carácter de urgente a la Oficina del SAG correspondiente, a objeto de proceder a tomar las medidas más eficientes y en forma oportuna para tales fines, como pueden ser la destrucción inmediata de embalajes, incineración o fumigación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Las autoridades y organismos considerados y a los que se dará aviso en caso de situaciones de emergencias, según el tipo de emergencias y de sus competencias, son: •SEREMI de Salud, Región de Atacama • Superintendencia del Medio Ambiente • SERNAGEOMIN, Región de Atacama • CONAF, Región de Atacama • Municipalidad / Gobernación Provincial • Inspección de Trabajo (accidentes graves de trabajadores) • Instituto de Seguridad del Trabajo • Carabineros A estos organismos e instituciones se les informará de acuerdo a los formularios definidos por la organización y a sus competencias, que incluye la descripción del suceso, el sector afectado o trabajador accidentado, tipo de emergencia, medio ambiente afectado, medidas de control y causas probables entre otros aspectos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE, en Anexo 9 y Anexo 2 Observación 1.13.7 ambas de la Adenda.
10.2.6. Operación de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.
Acciones a implementar
En caso de falla de algún sistema de tratamiento, se procederá
a su detención y revisión.
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan
Las autoridades y organismos considerados y a los que se
dará aviso en caso de situaciones de emergencias, según el
tipo de emergencias y de sus competencias, son:
• SEREMI de Salud, Región de Atacama
• Superintendencia del Medio Ambiente
• SERNAGEOMIN, Región de Atacama
• CONAF, Región de Atacama
• Municipalidad / Gobernación Provincial
• Inspección de Trabajo (accidentes graves de trabajadores)
• Instituto de Seguridad del Trabajo
• Carabineros
A estos organismos e instituciones se les informará de
acuerdo a los formularios definidos por la organización y a
10.2.7. Transporte de residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Transporte de residuos peligrosos.
Acciones a implementar
Derrames de Productos o residuos peligrosos:
▪ En caso de detectarse un derrame, se deberá dar aviso de
inmediato al primer supervisor del área.
▪ El Supervisor de área dará aviso al Jefe de Brigada de
Emergencia.
▪ Se dará orden de paralizar inmediatamente las faenas.
▪ Se evacuará el área afectada a fin de no exponer
innecesariamente al personal.
▪ Si el derrame fuera pequeño y no implica riesgo,
intervendrá la Brigada de Emergencia, de lo contrario, se
avisará a Portería o Recepción para que llamen a los
servicios de bomberos, carabineros y otros que se estimen
necesarios.
▪ Establecer las causas del derrame para tomar las medidas
preventivas oportunas que eviten nuevos episodios.
▪ Bloquear desagües de alcantarillas y aguas lluvias, para
evitar que el producto ingrese a efluentes.
▪ Evitar chispas o llamas abiertas en el sector.
▪ Actuar de acuerdo al tipo de producto derramado y ficha de
seguridad.
▪ Iniciar las acciones para controlar el derrame o detener la
fuga hasta la llegada de ayuda si ésta fue requerida,
utilizando los elementos absorbentes dispuestos en el sector.
▪ Una vez concluida las tareas de control, recolectar los
materiales y/o productos utilizados para el control del
derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e
identificados para darles un tratamiento final responsable.
▪ A continuación se comunicará a empresa autorizada por
SEREMI de Salud, Región de Atacama, que retira los
residuos peligrosos de la planta.
▪ Rellenar la ficha reporte para derrames de combustible
anexa a este documento.
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan
Las autoridades y organismos considerados y a los que se
dará aviso en caso de situaciones de emergencias, según el
tipo de emergencias y de sus competencias, son:
• SEREMI de Salud, Región de Atacama
• Superintendencia del Medio Ambiente
• SERNAGEOMIN, Región de Atacama
• CONAF, Región de Atacama
• Municipalidad / Gobernación Provincial
• Inspección de Trabajo (accidentes graves de trabajadores)
• Instituto de Seguridad del Trabajo
• Carabineros
10.2.8. Eventos Climatológicos Extremos de Lluvia.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del proyecto.
Acciones a implementar
Minimizar lesiones a causa de inundaciones en el rajo u otras
instalaciones del Proyecto, y orientar acciones de carácter
preventivo, de respuesta y mitigación de los efectos en
instalaciones y procesos mineros.
• Respuesta de la Organización.
Trabajador que Detecte la Inundación Deberá ejecutar las
siguientes acciones:
▪ Alertar con los medios a su alcance (teléfono, radio,
personalmente, etc.) al Operador de la Sala de Despacho,
debiendo:
- Identificarse con su nombre y cargo o función.
- Señalar el lugar donde ocurre el evento, indicando puntos
de referencia.
- Describir lo que observó.
- Si dispone de los conocimientos para operar equipos de
movimiento de tierras en caso de una inundación, y no existe
riesgo para su integridad física, deberá usarlos para controlar
la inundación.
- Evacuar el área inundada y cortar suministros de
combustibles y energía eléctrica si corresponde. No regresar
al área sin equipamiento ni entrenamiento adecuado.
- Concurrir a la Zona de Seguridad señalada por el Operador
de la Sala de Despacho, llevando consigo a las visitas que se
encontraren en su área de trabajo.
- Mientras permanezca en la Zona de Seguridad asignada,
deberá obedecer las instrucciones del Coordinador.
• Operador de la Sala de Despacho
Al recibir la información de cualquier persona de la
existencia de una inundación, deberá Registrar:
- Identificación con nombre y cargo o función de la persona
que comunicó el hecho.
- El lugar donde ocurre el evento y puntos de referencia.
- Detalle de la información recibida.
- Verificar de inmediato la veracidad de lo informado por el
denunciante, empleando los recursos disponibles para ello
(teléfono, radio, circuitos cerrados, etc.).
▪ Activar la alarma mediante aviso por comunicación radial y
vía telefónica indicando:
- Tipo de emergencia.
- Lugar de ocurrencia.
- Zona de Seguridad más próxima a la emergencia, que quede
10.2.9. Temporales de viento extremos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del proyecto.
Acciones a implementar
En un evento de vientos extremos, el operador de sala de
despacho deberá realizar las siguientes acciones:
▪ Identificación con nombre y cargo o función de la persona
que comunicó el hecho.
▪ El lugar donde ocurre el evento y puntos de referencia.
▪ Detalle de la información recibida.
▪ Verificar de inmediato la veracidad de lo informado por el
denunciante, empleando los recursos disponibles para ello
(teléfono, radio, circuitos cerrados, etc.).
▪ Activar la alarma mediante aviso por comunicación radial y
vía telefónica indicando:
- Tipo de emergencia.
- Lugar de ocurrencia.
- Zona de Seguridad más próxima a la emergencia, que quede
fuera del área de posible.
- inundación.
- Informar de inmediato, empleando los recursos disponibles
para ello (teléfono, radio, circuitos cerrados, etc.), al
Coordinador General, al Jefe Operativo de turno y al Jefe de
Prevención de Riesgos.
Oportunidad y vías de
Las autoridades y organismos considerados y a los que se
10.2.10. Atropello de Fauna.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Tránsito de vehículos.
Acciones a implementar
En caso de haber animales lesionados, se debe solicitar la
intervención del personal de prevención de riesgos para que
acuda al lugar del accidente. Se deberán realizar las
siguientes acciones:
▪ Inmovilizar al animal
▪ Trasladar al animal a un lugar techado para evitar su
deshidratación
▪ Lavar las heridas con agua
▪ Contacto con un veterinario, cuando la situación así lo
amerita, el cual los capacitará en las medidas a seguir de
ocurrir un accidente donde se vea intervenida la fauna
silvestre y además prestará asesoría remota en el caso de
encontrar a un animal accidentado.
▪ Aviso al Servicio Agrícola Ganadero regional (SAG) y al
Centro de rescate de fauna silvestre correspondiente a la
región, con quienes se coordinará el traslado del ejemplar
accidentado a un lugar en el que pueda recibir la atención
requerida, cuando corresponda.
▪ Manejo del ejemplar solo por personal autorizado.
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan
Las autoridades y organismos considerados y a los que se
dará aviso en caso de situaciones de emergencias, según el
tipo de emergencias y de sus competencias, son:
• SEREMI de Salud, Región de Atacama
• Superintendencia del Medio Ambiente
• SERNAGEOMIN, Región de Atacama
• CONAF, Región de Atacama
• Municipalidad / Gobernación Provincial
• Inspección de Trabajo (accidentes graves de trabajadores)
• Instituto de Seguridad del Trabajo
• Carabineros
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
-
Que, para que el proyecto “Aprovechamiento de Acopios de Minerales de Hierro Adrianitas-Raúl” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.