Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio
Califica Ambientalmente el proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio”.
Copiapó,
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 20 de septiembre de 2021 y su Adenda Complementaria de 23 de noviembre de 2021, del proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio”, presentado por Compañía Minera Maricunga con fecha 04 de junio de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio”.
3°. El Acta de Evaluación N° 20210310300614 de 17 de diciembre de 2021, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio” de 17 de diciembre de 2021.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión del 27 de diciembre de 2021 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y la Resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
H
á
G ill
B
h
V l
l
1°. Que, Compañía Minera Maricunga (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Compañía Minera Maricunga Rut 76.038.806-8 Domicilio Los Carrera # 6651, Copiapó. Teléfono 5222523420 Nombre representante legal Ximena Matas Quilodrán. Rut representante legal 9.441.878-k Domicilio representante legal Avenida Los Carrera Nº 6651, Copiapó Teléfono representante legal 5222523420 Correo electrónico Titular o representante legal Ximena.Matas@Kinross.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de diciembre de 2021, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 27 de diciembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 17 de diciembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El proyecto tiene por objetivo generar material de empréstito a utilizar en medidas de cierre definidas en la actualización del Plan de Cierre Faena Refugio. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.5) Proyectos de extracción de áridos y greda. Vida útil La vida útil del proyecto será de 12 meses, considerando una fase de construcción de 2 meses, fase de operación 9 meses y fase de cierre 1 mes. Monto de inversión USD $ 1.400.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El acto de inicio de la ejecución del proyecto será la demarcación zonas de extracción de empréstitos y de los caminos de acceso. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[X]
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se emplazará en la región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Tierra Amarilla. Descripción de la localización La justificación de la localización tiene relación con que las áreas de empréstitos se ubican en zonas desprovistas de vegetación, cercanas a la faena y a los puntos donde serán finalmente utilizados los materiales extraídos desde estas zonas de empréstitos, lo que permite minimizar las distancias de transporte al momento de utilizar el material generado. Adicionalmente, las áreas de extracción se ubican dentro de la propiedad superficial de CMM y el material identificado en dichas zonas se adecúa en gran medida a las características requeridas para su utilización. Superficie La superficie del proyecto será 107,9 ha, en Tabla 1-4 de la DIA, se presentan las superficies con obra asociada. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la Tabla 1-1 de la DIA, se presentas las coordenadas faena Refugio y en Tabla 1-2 de la DIA, se presentan las coordenadas de las áreas de empréstitos. Caminos de acceso El acceso al área del Proyecto se realizará ocupando los caminos de acceso existentes y que han sido utilizados regularmente por el Proyecto Refugio. El tránsito se realiza desde Copiapó tomando la ruta C - 33 (camino hacia Los Loros) hasta el desvío hacia el este hacia la Quebrada Carrizalillo, el cual lleva hasta el Río Jorquera, pasando por la Cuesta del Castaño. Desde el Río Jorquera se sigue por la Ruta C-611 hacia el noreste hasta el Río Figueroa, entrando por la Quebrada Seca hacia el Rancho del Gallo y desde ahí a la mina. Como accesos secundarios al Proyecto, se consideran el camino a través de la ruta internacional hacia Paso San Francisco, a través de la Ruta 31-Ch. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Apéndice 1-C de la DIA, se presenta la cartografía digital. En el Apéndice 4 de la Adenda, se presenta la cartografía digital.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte/obra
Instalación de Faenas
Está área será utilizada para el almacenamiento de equipos
menores, almacenamiento de herramientas, uso de oficinas del
contratista, entre otras actividades menores propias del Proyecto.
La instalación de faenas corresponde a infraestructura existente en
la actualidad al interior de la Faena Refugio, las cuales serán
utilizadas para los propósitos de este Proyecto, sin que las mismas
sean modificadas en su actual configuración y con ocasión del
Proyecto.
Caminos de acceso a zonas de
empréstitos
Corresponden a caminos existentes en la Faena Refugio, los cuales
requerirán en algunos tramos de obras de ensanchamiento para
permitir el tráfico de los equipos de movimiento de tierra desde y
hacia las zonas de empréstito. Estos caminos serán habilitados a
partir del ensanchamiento de los mismos a través de buldócer, y del
emparejamiento del terreno mediante motoniveladora. Los caminos
tendrán finalmente anchos de 16 m para los accesos a las zonas
Pancho y Orica (tráfico simple), mientras que un ancho de 27 m
No se considera sistema de abatimiento o control.
Ruido y vibraciones: Las emisiones de ruido corresponderán principalmente a la construcción de distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: camión pluma y camión cama Baja, bulldozer y motoniveladora. Asimismo, se generarán emisiones por vibraciones producto del uso de maquinaria hincadora la que genera un nivel típico de 87 VdB de emisión.
Efluentes:
Se generarán producto de la utilización de servicios higiénicos por
En esta fase no se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos.
Residuos industriales peligrosos, se generarán 20 kg/mes los que
serán segregados, separados y almacenados temporalmente en el
centro de Manejo de Residuos Peligrosos y manejados en base al
Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, siendo dispuestos
posteriormente en un relleno de seguridad autorizado. De acuerdo a
la autorización se presenta en el Apéndice 1-F de la DIA.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Tabla 4.2 y Tabla 4.6.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.6.1.2. Acciones.
Tabla 4.6.2 Suministros básicos.
Tabla 4.6.3 Productos generados.
Tabla 4.6.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas.
Tabla 4.6.4.3 Ruido.
Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones.
Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos.
Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Parte/obra
Zonas de empréstitos
Comprenden las zonas donde se extraerá el material de empréstito
requerido para ciertas obras de cierre de la Faena Refugio. Las
zonas de extracción son las siguientes:
• Zona de empréstito Pancho: esta zona tiene una superficie de 22,6
ha y un volumen de material disponible de 250.284 m3;
• Zona de empréstito Orica: esta zona tiene una superficie de 25,5
ha y un volumen de material disponible de 599.699 m3;
• Zona de empréstito Pila: esta zona tiene una superficie de 23,9 ha
y un volumen de material disponible de 1.676.039 m3. Para esta
zona se consideró un área de exclusión de 150 m sobre el eje de la
quebrada presente en la zona, la que fue calculada en forma
conservadora, teniendo en cuenta la crecida con periodo de retorno
de 200 años;
• Zona de empréstito Fase 4E rajo Verde Este: esta zona tiene una
superficie de 27,6 ha y un volumen de material disponible de
1.662.948 m2.
Acopios
temporales
de
material útil
Corresponden al material útil que será extraído desde las zonas de
empréstito y que constituyen insumos para ciertas obras de cierre
de la Faena Refugio. Este material será consumido durante el
desarrollo del Proyecto en las obras de cierre. Estos son los
siguientes:
En Tabla III-1 de la Adenda se presenta la acción de control
(ubicación de la aplicación, el % de eficiencia, frecuencia de
aplicación, forma de mantenimiento, medio de verificación, etc.) y
corresponden a:
Ruido y vibraciones: Las emisiones de ruido corresponderán principalmente a la operación de distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: cargador frontal, camión tolva, bulldozer y grupo generador (40kV). Además, se generarán emisiones por vibraciones producto del uso de maquinaria bulldozer grande la que genera un nivel típico de 87 VdB de emisión.
Efluentes: Para el manejo de aguas servidas, se utilizarán los actuales sistemas sanitarios autorizados. En los frentes de trabajo, se utilizarán baños químicos. Los lodos asociados a los baños químicos serán retirados por empresas autorizadas, para luego ser dispuestos en sitios autorizados.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 1.300 kg/mes, los que serán llevados a disposición final al relleno Sanitario autorizado de Faena Refugio de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos, se generarán 8 m3 /mes, los que serán en parte comercializados y el resto llevado al Patio de Salvataje autorizado y finalmente dispuestos en un lugar autorizado de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
Residuos industriales peligrosos, se generarán 80kg/mes, los
residuos generados serán segregados y separados y almacenados
temporalmente en el centro de Manejo de Residuos Peligrosos
aprobado de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA y manejados en
base al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos (Apéndice 1-G de
la DIA), siendo dispuestos posteriormente en un relleno de
seguridad autorizado.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Tabla 4.2 y Tabla 4.7.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.7.1.2. Acciones.
Tabla 4.7.2 Suministros básicos.
Tabla 4.7.3 Productos generados.
Tabla 4.7.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas.
Tabla 4.7.5.3 Ruido.
Tabla 4.7.5.4 Otras emisiones.
Tabla 4.7.6.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos.
Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente.
4.3.3. FASE DE CIERRE
Parte/obra
La fase de cierre del Proyecto considera solo el desarrollo de las actividades asociadas al retiro de
las maquinarias y equipos relacionados al sistema de harneado, retiro de las estacas de demarcación
y retiro de los frentes de trabajo.
Acciones
Retiro de las maquinarias y
equipos
relacionados
al
sistema de harneado, retiro de
las estacas de demarcación y
retiro de los frentes de trabajo
La fase de cierre del Proyecto considera solo el desarrollo de
actividades relacionadas con la desmovilización de los frentes de
trabajo, retiro de estacas de demarcación, retiro del sistema de
harneado desde los frentes de trabajo y limpieza general de los
sectores. Lo anterior dado que (1) la excavación del material
considerará dejar taludes de no más de 18° de ángulo de corte,
Ruido y vibraciones: Las emisiones de ruido corresponderán principalmente a la operación de distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: camión pluma y camión cama baja. Asimismo, se generarán emisiones por vibraciones producto del uso de maquinaria bulldozer.
Efluentes: Para el manejo de aguas servidas, se utilizarán los actuales sistemas sanitarios autorizados en la Instalación de Faenas existente y campamento Rancho del Gallo. En los frentes de trabajo, se utilizarán baños químicos. Los lodos asociados a los baños químicos serán retirados por empresas autorizadas, para luego ser dispuestos en sitios autorizados Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 500 kg/mes, los que serán llevados a disposición final al relleno Sanitario autorizado de Faena Refugio de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos, se generarán 2 kg /mes, los que serán en parte comercializados y el resto llevado al Patio de Salvataje autorizado y finalmente dispuestos en un lugar autorizado de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
Residuos industriales peligrosos, no se generarán residuos
peligrosos en esta fase.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
Tabla 4.2 y Tabla 4.8.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.8.1.2. Acciones.
Tabla 4.8.2 Suministros básicos.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Agosto 2023. Parte, obra o acción que establece el inicio Demarcación zonas de extracción de empréstitos y de los caminos de acceso. Fecha estimada de término Septiembre 2023. Parte, obra o acción que establece el término Instalación del sistema de harneado. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Octubre 2023. Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio de extracción en la zona de empréstito Pila. Fecha estimada de término Junio 2024. Parte, obra o acción que establece el término Perfilamiento de taludes zona de empréstito Pancho. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Julio 2024. Parte, obra o acción que establece el inicio Retiro de las maquinarias y equipos asociados al sistema de harneado. Fecha estimada de término Julio 2024. Parte, obra o acción que establece el término Retiro de servicios en los frentes de trabajo.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
- Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones
de material particulado y gases.
Parte, obra o acción que lo genera
Las activades que generarán emisiones serán las
siguientes:
- Escarpe
- Nivelación
- Tránsito de Vehículos por Caminos no Pavimentados
- Combustión interna de motores de vehículos y
maquinaria
- Excavaciones
- Carga y Descarga de Material
El Proyecto generará ruido en todas sus fases, donde se presentó un estudio de ruido. Además, se identificó 1 receptor cercano al Proyecto. Se concluye que las emisiones de ruido esperadas para el proyecto no superarán los máximos permisibles que establece D.S. Nº 38/11 del MMA para el periodo diurno.
Por otra parte, respecto a las vibraciones y según el análisis presentado en el Apéndice 1 Estudio de Ruido y Vibraciones, durante las fases de construcción, operación y cierre se utilizan maquinarias que generan vibraciones, sin embargo, las proyecciones realizadas utilizando las maquinarias en los casos más críticos determinan que se cumple con la normativa de referencia FTA para el 1 receptor identificado en el sector. Se generarán efluentes líquidos en todas sus fases, se contempla el uso de baños químicos en los frentes de trabajo para todas las fases. En relación con el manejo de efluentes por el uso de baños químicos, éstos serán operados por empresa autorizada. De igual forma, el Titular cuenta con un procedimiento sistematizado de seguimiento de los residuos de aguas servidas que salgan de las instalaciones del Proyecto, por lo que se utilizaran servicios autorizados en la Instalación de Faenas existente y campamento Rancho del Gallo, las autorizaciones se presentan en el Apéndice 1-F de la DIA.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Pérdida de suelo.
Componente ambiental afectado
Suelo
Parte, obra o acción que lo genera
Por la extracción de material de las zonas de empréstito
Pancho, Orica, Pila y Fase 4E del rajo Verde Este.
Fase en que se presenta
Operación
Impacto ambiental
Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de
material particulado sedimentable.
Componente ambiental afectado
Aire
Parte, obra o acción que lo genera
Las activades que generarán emisiones serán las
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.2 del ICE, el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3 En cuanto al literal a) del Art 7 del RSEIA, el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Dado que el proyecto se emplaza en una zona industrial específicamente en la Faena Refugio esta área intervenida no posee relación con Grupos Humanos y Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas de la Comuna de Tierra Amarilla. El flujo vehicular se centra principalmente en las rutas C-611, y alternativamente, la CH-31 y C- 601-C-607. El Proyecto en ninguna de sus fases provocará un efecto negativo en los tiempos de desplazamiento, como tampoco provocará la obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad. Además, el proyecto se desarrolla dentro del predio que cuenta con servidumbre legal y en ningún caso se altera el acceso ni a bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica. El proyecto no impedirá ni dificultará el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión de los grupos humanos que se emplazan fuera del área de influencia del Proyecto.
Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4 En el área donde se realizarán las obras y acciones del proyecto, que se circunscribe al área industrial de la Faena Refugio y su entorno inmediato, no existen humedales protegidos. Sin embargo, a 10 km al sur del área del proyecto, se localiza el Sitio Ramsar Complejo Laguna del Negro Francisco – Laguna Santa Rosa. Este sitio se encuentra alejado del proyecto a más de 10 km, por tanto, no se verá afectado de ninguna forma por las obras del proyecto.
Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.4 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración de poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL
VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6 Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.6 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Zonas de empréstitos Pancho, Orica y Pila. Se implementará un plan de rescate y relocalización de reptiles la especie Liolaemus patriciaiturrae (Lagarto de Patricia Iturra). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 678/2021 del 04 de octubre de 2021, el SAG de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.1
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.
Norma
Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar
emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2
de mayo de 1961, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Todas las Fases del Proyecto.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Tránsito por caminos no pavimentados, extracción, selección, carga y
descarga de material.
Forma de cumplimiento
Las emisiones de material particulado y gases de combustión
provenientes de las actividades del Proyecto en sus etapas de
construcción y operación han sido estimadas, dando como resultado
valores bajos de concentraciones que se verifican principalmente en
el entorno de las fuentes, al interior del área industrial de la faena
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº 4 de 1994, modificado por D.S. N°58/2004 Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, 29 de enero de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Operación de vehículos y maquinaria asociados a las obras y actividades del Proyecto. Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinarias cumplirán con las concentraciones máximas establecidas en las Normas de Emisión de Contaminantes aplicables a los Vehículos Motorizados. Se verificará que los motores de camiones y maquinarias cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del certificado de revisión técnica al día, lo que asegurará que los motores operen en buenas condiciones, sin superar la norma de calidad. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de mantención de maquinarias y camiones. • Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica, de gases y las mantenciones al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en oficina todos los registros de mantención y documentación que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.2. Decreto Supremo Nº 4/1994.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Movimiento de maquinarias y vehículos asociados a la ejecución de las obras y actividades del Proyecto. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Se exigirá que los vehículos motorizados cuenten con sus revisiones técnica, de gases y las mantenciones al día, para que operen en óptimas condiciones. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los documentos que certifiquen que los vehículos cumplen con la presente norma de emisión (permiso de circulación, mantenciones al día, revisión técnica de gases). Forma de control y seguimiento Se mantendrá en oficina todos los registros de mantención y documentación que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica de gases. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.4. Decreto Supremo Nº 55 de 1994.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.
Norma
Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar
emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de operación.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Generación de energía a través de grupos electrógenos en zonas de
empréstitos, para la ejecución de las obras y acciones del proyecto.
Forma de cumplimiento
El Titular dará cumplimiento a las obligaciones por la vía de efectuar
declaración anual de emisiones generadas por los equipos
electrógenos sujetos a esta normativa, de conformidad con lo
establecido en el D.S. Nº 1/2013 del MMA, que aprueba el
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto N° 1/2013, Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC, 02 de enero de 2013, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de emisiones y residuos en instalación de faenas, campamento y frentes de trabajo durante la ejecución de las obras y acciones del proyecto. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a las obligaciones por la vía del reporte anual de emisiones y residuos, a través del sistema de ventanilla única RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del Reporte anual de emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes en RETC. Forma de control y seguimiento Mantener en oficina para cuando la autoridad lo requiera el registro de declaración jurada anual de emisiones y residuos en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.6. Decreto Supremo Nº 1/2013.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma Decreto Supremo Nº 38 de 2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, 11 de noviembre de 2011, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Funcionamiento de vehículos, maquinaria y equipos asociados a la ejecución de las obras y actividades del Proyecto. Forma de cumplimiento Dada la ubicación del Proyecto en zona rural, según los resultados del estudio de ruido adjunto en Apéndice 13 de la Adenda, para las fases de construcción y operación, cumpliendo con los límites normativos para este tipo de zona. En la fase de cierre el nivel de actividad es muy bajo por tanto se asumen niveles de ruido aun menores que la fase de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde a los resultados de la modelación del nivel de presión sonora asociado a la fase de operación y cierre, presentados em el Apéndice 13 de la Adenda, donde se verifica el cumplimiento de la normativa. Forma de control y seguimiento Revisión del Informe de ruido ambiental y verificación de las condiciones de descripción de proyecto por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.7. Decreto Supremo Nº 38 de 2011.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos domésticos e industriales sólidos no peligrosos y
Efluentes líquidos.
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 31 de
enero de 1968, Ministerio de Salud.
Otros
cuerpos
legales
asociados
Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones
sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 29 de abril
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto no generará este tipo de residuos en esta fase.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 20 kg/mes los que serán segregados, separados y almacenados temporalmente en el centro de Manejo de Residuos Peligrosos y manejados en base al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, siendo dispuestos posteriormente en un relleno de seguridad autorizado la autorización se presenta en el Apéndice 1-F de la DIA.
Efluentes líquidos: Se estima una tasa de emisión de 2,3 m3 /día por un período de 2 meses. Para el manejo de aguas servidas, se utilizarán los actuales sistemas sanitarios autorizados de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA. En los frentes de trabajo, se utilizarán baños químicos. Los lodos asociados a los baños químicos serán retirados por empresas autorizadas, para luego ser dispuestos en sitios autorizados.
Fase de Operación: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 1.300 kg/mes, los que serán llevados a disposición final al relleno Sanitario autorizado de Faena Refugio de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto generará 8 m3 /mes, los que serán en parte comercializados y el resto llevado al Patio de Salvataje autorizado y finalmente dispuestos en un lugar autorizado de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto
generará 80kg/mes, los cuales serán segregados y separados y
almacenando temporalmente en el centro de Manejo de Residuos
Peligrosos aprobado de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA y
manejados en base al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos
(Apéndice 1-G de la DIA), siendo dispuestos posteriormente en un
relleno de seguridad autorizado.
Efluentes líquidos: se utilizarán los actuales sistemas sanitarios autorizados de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA. En los frentes de trabajo, se utilizarán baños químicos. Se estima una generación de 4,3 m3/día. Los lodos asociados a los baños químicos serán retirados por empresas autorizadas, para luego ser dispuestos en sitios autorizados.
Fase de Cierre: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán 500 kg/mes, los que serán llevados a disposición final al relleno Sanitario autorizado de Faena Refugio de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto generará 2 kg /mes, los que serán en parte comercializados y el resto llevado al Patio de Salvataje autorizado y finalmente dispuestos en un lugar autorizado de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: en esta fase no se generarán este tipo de residuos.
Efluentes líquidos: se utilizarán los actuales sistemas sanitarios autorizados en la Instalación de Faenas existente y campamento Rancho del Gallo. En los frentes de trabajo, se utilizarán baños químicos. Se estima una generación de 1,5 m3/día. Los lodos asociados a los baños químicos serán retirados por empresas autorizadas, para luego ser dispuestos en sitios autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de retiro de los lodos por la empresa autorizada que preste el servicio y el registro de disposición final autorizada. Registro del retiro de todos los residuos. Forma de control y seguimiento Se tendrá a disposición de la autoridad el registro de retiro de los lodos por la empresa autorizada que preste el servicio y el registro de disposición final autorizada. Se mantendrá registro del retiro de lodos correspondiente de los baños químicos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.8. Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Efluentes líquidos.
Norma
Decreto Supremo Nº 236 de 1926, Reglamento General De
Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes,
Cámaras
De
Contacto,
Cámaras
Absorbentes
y
Letrinas
Domiciliarias, del Ministerio de Salud Pública.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Todas las Fases del Proyecto.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Generación de aguas servidas en Instalación de faena, frentes de
trabajo y Campamento Rancho del Gallo durante la ejecución de las
obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Durante las fases de construcción, operación y cierre, se utilizarán las
plantas de tratamiento y sistemas sanitarios autorizados para la faena
Refugio en los sectores habilitados de acuerdo al Apéndice 1-F de la
DIA.
En los frentes de trabajo se utilizarán baños químicos. Los lodos
asociados a los baños químicos serán retirados por empresas
autorizadas, para luego ser dispuestos en sitios autorizados.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registro de retiro de los lodos por la empresa autorizada que preste el
servicio y el registro de disposición final autorizada.
Registro del retiro de lodos correspondiente de los baños químicos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrá la documentación de autorización que aprueba el
sistema de alcantarillado particular y el registro de retiro de los lodos
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Industriales Peligrosos Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Generación, manejo almacenamiento y transporte de residuos industriales peligrosos asociados a la mantención de la maquinaria utilizada para la ejecución de obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los residuos peligrosos serán segregados, separados y almacenados temporalmente en el centro de Manejo de Residuos Peligrosos y manejados en base al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, siendo dispuestos posteriormente en un relleno de seguridad autorizado la autorización se presenta en el Apéndice 1- F de la DIA.
Fase de Operación: Los Residuos Peligrosos serán segregados y separados y almacenando temporalmente en el centro de Manejo de Residuos Peligrosos aprobado de acuerdo al Apéndice 1-F de la DIA y manejados en base al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos (Apéndice 1-G de la DIA), siendo dispuestos posteriormente en un relleno de seguridad autorizado.
Fase de Cierre: en esta fase no se generarán este tipo de residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la Declaración de Residuos Peligrosos (SIDREP). Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro en el RETC al día e histórico; disponibles en oficina del proyecto. Verificación de que se cuente con Registro de declaración y retiro de residuos en SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.11. Decreto Supremo Nº 148 de 2003.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Combustibles
Norma
Decreto Supremo N° 160/2008, Reglamento de Seguridad para las
instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte,
almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles
líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Todas las Fases del Proyecto.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Uso de combustible para vehículos, equipos y maquinarias para la
ejecución de las partes, obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Al interior de las instalaciones de CMM existe una estación de
servicio debidamente autorizada que cumple con todos los requisitos
del presente reglamento, que distribuye petróleo para personal propio
y contratista.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Especificaciones contractuales con la empresa que otorga el servicio
de abastecimiento de combustible, declaración de las instalaciones de
almacenamiento de combustibles ante la SEC.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán los registros de especificaciones contractuales con la
empresa que otorga el servicio de abastecimiento de combustible y la
declaración de las instalaciones de almacenamiento de combustibles,
a disposición de la autoridad fiscalizadora.
Referencia al ICE para Tabla 8.1.12. Decreto Supremo Nº 160/2008.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica Norma Decreto Supremo N°43/2013 Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Dispositivos de producción de luz para la ejecución de las actividades asociadas al Proyecto. Forma de cumplimiento El sistema de luminarias que se instalará en las zonas de empréstitos cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N°43/2013 utilizando luminarias acordes a lo establecido en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de los artefactos de alumbrado en relación con la regulación de la contaminación lumínica. Forma de control y seguimiento Se mantendrá a disposición de la autoridad el certificado de los artefactos de alumbrado en relación con la regulación de la contaminación lumínica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.13. Decreto Supremo Nº 43 de 2013.
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Ley Nº 19.473 de 1996, Ley de Caza, septiembre de 1996, Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Zonas de extracción de empréstitos Orica, Pancho y Pila. Forma de cumplimiento El proyecto requiere la captura de individuos de la especie de reptil Liolaemus patriciaiturrae (Lagarto de Patricia Iturra), categorizado como Vulnerables por el D.S N°16/2016, a objeto de implementar un Plan de Rescate y relocalización, razón por la cual se incluye la presentación del Permiso Ambiental Sectorial 146. Cabe señalar que se realizarán charlas de inducción al personal para informar que en el área del proyecto Refugio está prohibida la captura o caza ejemplares, alimentar a la fauna silvestre, así como tampoco se permitirá recolectar huevos ni crías en el área del Proyecto, ni en sus inmediaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de Rescate y relocalización de la especie Liolaemus patriciaiturrae (Lagarto de Patricia Iturra). Forma de control y seguimiento Resolución de Calificación Ambiental Favorable del Proyecto. Autorización sectorial SAG (PAS 146). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1. Ley Nº 19.473 de 1996.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural.
Norma
Ley Nº 17.288 de 1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales;
Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga Decreto Ley 651, de 17
de octubre de 1925, 27 de enero de 1970, Ministerio de Educación.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Durante la ejecución de las obras se realizarán movimientos de tierra,
lo que podría afectar recursos arqueológicos y paleontológicos no
superficiales.
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se
procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley
N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del
Reglamento de la Ley N° 17.288. Se paralizará la obra en el sector
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1. Monitoreo de Guanacos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Censar las poblaciones de Lama guanicoe que utilizan el sector como zona de tránsito, revolcaderos y defecaderos, y determinar potenciales vías de tránsito de las poblaciones en el área del Proyecto. Descripción: Se propone orientar un monitoreo poblacional, en función del Plan Nacional de Conservación del Guanaco (2010-2015), con énfasis en el estudio de densidades y distribución en el área del Proyecto, composición etaria y género. Además de datos de historia natural, como reproducción y hábitos alimentarios in situ. Justificación: La obtención de números de individuos por estación, en el área de influencia del Proyecto demostrará la existencia de rutas de tránsito del Guanaco en el área, uso del área, temporalidad en el uso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios de avistamiento en zonas de empréstitos Pancho, Orica y Pila
Forma: Protocolo Metodológico Esencialmente, en cada sitio de
observación, se recorrerá en lo posible a pie la zona de estudio (entorno de
los empréstitos), se registrarán los recorridos del equipo mediante GPS
Oportunidad: El monitoreo se mantendrá durante la vida útil del Proyecto, con una frecuencia trimestral. Las campañas de campo tendrán una extensión de tres días y el equipo de monitoreo estará conformado por dos a tres especialistas Indicador que acredite su cumplimiento Cada campaña deberá asociarse a un informe, que dé cuenta de los resultados obtenidos en cada campaña para observaciones de densidad, sexo, alimentación y definición de eventuales rutas, incorporando registros fotográficos y cartografía adecuada. Forma de control y seguimiento Se emitirá un informe en un plazo de 20 días de finalizada cada campaña. El Titular deberá entregar dichos informes a SMA, CONAF y SAG, Región de Atacama y/o a quién determine la autoridad ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.1.
8.2. Charlas de inducción sobre el patrimonio arqueológico Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar a conocer a los trabajadores del Proyecto antecedentes sobre el patrimonio arqueológico del área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos.
Descripción: Charlas de inducción sobre la arqueología del área general, sobre la importancia del cuidado del patrimonio, así como los elementos del patrimonio cultural que se podría encontrar en el área y el procedimiento a seguir en caso de hallazgo. Esta charla estará a cargo de un profesional arqueólogo.
Justificación: Protección del patrimonio cultural. Lugar, forma y oportunidad de implementación Las charlas se realizarán a cada trabajador al inicio de su período de contrato, y formarán parte de los requisitos para la acreditación. Indicador que acredite su cumplimiento 1. Programa de cada charla 2. Registros de asistencia a las charlas Forma de control y seguimiento Informe con antecedentes de la implementación del compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.2.
8.3. Humectación de Empréstitos
Impacto asociado
- Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material
particulado y gases.
- Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material
particulado.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Operación
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Humectar la zona de harneado de material durante la extracción
de empréstitos, de manera de minimizar la emisión de material
particulado.
Descripción: Se realizará una aplicación constante en el proceso de harneado mediante el uso de aspersores, con una alimentación máxima diaria de 40 m3/día.
Justificación: El compromiso se justifica considerando que el proceso de harneado es el que tiene una mayor generación de material particulado, y la humectación se aplica de manera de minimizar las emisiones de material particulado de la actividad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Zonas de empréstito Pancho, Orica y Pila, durante el proceso de harneado del material.
Forma: Aplicación constante de agua en zona de harneado mediante aspersores, con alimentación máxima diaria de 40 m3/día
Oportunidad: Durante el proceso de harneado del material durante la selección de material. Indicador que acredite su cumplimiento 1. Registro del número de camiones aljibes utilizados para transportar el agua a las zonas de empréstitos. 2. Fotografías de la actividad de humectación. Forma de control y seguimiento Reporte trimestral con registro de camiones aljibes y fotografías de la actividad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.3.
8.4. Monitoreo Bofedal del Río La Gallina Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Hacer seguimiento a parámetros de biota acuática, calidad del agua y condición vegetacional en el bofedal del Río La Gallina.
Descripción: Se realizará un monitoreo de variables de biota acuático, calidad del agua y condición vegetacional en el punto más cercano del bofedal del río La Gallina a las áreas del Proyecto. Los parámetros a monitorear serán los siguientes: • Biota Acuática: Zooplancton, fitoplancton, fitobentos y zoobentos. • Calidad del Agua: Mediciones in situ de pH, temperatura y Conductividad Eléctrica y parámetros de laboratorio (pH, Conductividad eléctrica, Solidos Totales Disueltos, Solidos Suspendidos Totales, Fósforo, Nitrógeno Total, Calcio, Magnesio, Sodio, Potasio, Cloruro, Carbonatos, Bicarbonatos, Sulfato, Hidrocarburos totales, Aluminio, Arsénico, Boro, Cadmio, Cianuro, Cobalto, Cobre, Cromo total, Hierro, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plomo y Zinc. • Condición Vegetacional: A partir de transectos “Point Quadrat” se determinarán parámetros de Frecuencia Específica, Contribución Específica, Presencia y Contacto.
Justificación: El compromiso se justifica considerando que puede existir
un riesgo de afectación del bofedal del río de La Gallina por la extracción
de empréstito desde las canteras, dado que estas se encuentran a
aproximadamente 3 km del bofedal.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: El lugar de monitoreo comprende el punto más cercano del bofedal
a las áreas de empréstitos. Las coordenadas referenciales de este punto
son las siguientes:
Punto
Coordenada UTM Datum WGS 84
Este (m)
Norte (m)
Forma: • Biota acuática: Se tomarán muestras para cada uno de los parámetros, las que serán depositadas en frascos plásticos y luego llevadas a laboratorio para su identificación. En base a los resultados se realizará un análisis de índices ecológicos. • Calidad del Agua: Se tomará muestra de agua superficial. Para estos efectos se tendrá en cuenta la NCh 411/1 1996 calidad del agua – Muestreo – Parte 1: Guía para el diseño de programas de muestreo; la NCh 411/2 1996 calidad del agua – Muestreo – Parte 2: Guía sobre técnicas de muestreo; y la NCh 411/3 1996 Calidad del agua – Muestreo – Parte 3: Guía sobre la reservación y manejo de las muestras. • Condición de la vegetación: Se definirá en una primera campaña la ubicación exacta del punto de observación. La captura de información en cada punto de observación se realizará mediante la instalación de línea de lectura con la metodología del “Point Quadrat”.
Oportunidad: La frecuencia de monitoreo será la siguiente: • Un evento de monitoreo antes de comenzar la fase de construcción. • Un evento de monitoreo cada 3 meses durante la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Informes de resultados de monitoreo de biota acuática, calidad del agua y condición vegetacional. Forma de control y seguimiento Registro trimestral con fotografías de la actividad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.4.
8.5. Aplicación Protocolo y Vigilancia de Aves Caídas Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Detectar la eventual caída o desorientación de las aves por efecto de la iluminación nocturna de las áreas de empréstitos y elaborar un plan de contingencia para tratar los efectos sobre las aves.
Descripción: Se realizará un muestreo de posibles aves caídas en un radio
de 100 metros desde los frentes de trabajos en la operación nocturna en
Justificación: El compromiso se justifica considerando que la iluminación del trabajo nocturno puede tener el riesgo de provocar la desorientación y caída de aves que circulen por el sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Una vez establecidos los frentes de trabajo en cada área de empréstito para trabajos nocturnos, se implementará un perímetro de muestreo en el entorno de éstos, el que estará equidistante a la localización de la iluminación y a una distancia aproximada de 100 m.
Forma: El muestreo de aves se realizará mientras se encuentre operativa la plataforma y se iniciará a las 08:00 AM. El muestreo será realizado por el supervisor del frente de trabajo operativo con iluminación nocturna. Este considerará un recorrido del perímetro previamente delineado o marcado con el GPS, con el fin de detectar cualquier ave presente en el área definida. El encargado de realizar el recorrido llevará una planilla diaria, donde se dejará constancia del área de empréstito y frente de trabajo monitoreado, su ubicación, la fecha del muestreo, nombre del responsable y su firma. En caso de encontrar un ave caída o posada, se le asignará un número correlativo (1, 2, 3 ... n) y, en caso de ser posible, se precisará la especie, anotando también la hora de avistamiento, la localización (UTM) y su situación. Adicionalmente se tomarán fotografías del ejemplar. En caso de avistar un ave posada en el interior del área de muestreo, ya sea quieta o evidentemente desorientada, ésta quedará en observación. El encargado de la inspección volverá al sitio algún tiempo más tarde (en principio podrá ser un par de horas), para verificar que se haya ido o bien para detectar su recurrencia en el lugar. Si persiste su presencia, se deberá determinar que el individuo no presente problemas de movilidad y que es capaz de huir por sus propios medios ante un estímulo de acercamiento. En caso contrario, la situación se reportará al Encargado de Medio Ambiente, y éste evaluará la situación y recomendará las acciones a seguir. En principio, el Encargado informará telefónicamente la situación al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) Regional solicitando asistencia remota y/o en terreno. Eventualmente, y en coordinación con el SAG, si el individuo es calificado como herido por la Autoridad, se procederá a implementar el Plan de Contingencias “Atropello o daños de fauna” que se presentó en la Tabla 6 del Apéndice 10 de la Adenda.
Oportunidad: El muestreo de aves se realizará diariamente, mientras se
encuentre operativo un frente de trabajo con iluminación nocturna y se
iniciará a las 08:00 AM.
Indicador que acredite Registro de planilla diaria de monitoreo.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS 9.1.1. Derrames de combustibles, aceites o lubricantes Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Zonas de extracción de empréstitos, Instalación de Faenas, caminos. Acciones o medidas a implementar En relación a residuos peligrosos: • Disponer los residuos peligrosos (RESPel) segregadamente y en los contenedores destinados para tal efecto. • Uso obligatorio de implementos de seguridad (buzo desechable, anteojos de seguridad, botas de seguridad, máscara respiratoria con filtro gas y vapor en caso de ser necesario, y guantes de látex industrial o nitrilo). • Al interior de faena, en todo momento se escoltará al vehículo encargado del retiro de RESPel. • Para el transporte de RESPel, chequear que el transportista esté autorizado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, así como el cumplimiento de las demás disposiciones del Plan de Contingencia de Transporte de RESP (el Apéndice 8-1 del Apéndice 8 de la Adenda). • Al interior de faena, está prohibido el lavado de vehículos que transportan RESPel.
En relación a combustibles, aceites y lubricantes:
• Capacitación a todo personal que desarrolle
actividades permanentes y/o de visita en relación
a los RESPel, sean de la Compañía o Contratista.
• Para el transporte de combustibles, chequear el
cumplimiento de las disposiciones del Plan de
Contingencia
de
Transporte
de
RESPel
(Apéndice 8-1 del Apéndice 8 de la Adenda).
• Periódicamente y conforme al programa de
inspecciones se abordarán posibles riesgos de
derrames y consideraciones especiales para
contención
y
control
de
los
mismos,
observaciones que quedarán registradas conforme
a la metodología de control existentes. (ver
Apéndice 8-2 Reglamento de emergencias CMM
del Apéndice 8 de la Adenda.).
• Cada responsable de área debe realizar catastro
de los riesgos de derrame de sustancias
peligrosas de sus áreas y entregar criticidad en
una matriz donde deberá plasmar planes de
contingencia.
• El personal usará el equipo de protección
9.1.2. Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto.
Acciones o medidas a implementar
• Velar por el cuidado de todos los sistemas y
equipos
de
protección
contra
incendios
existentes.
• Cuidar e informar inmediatamente cualquier
anormalidad en sistemas y equipos de protección
contra incendio en los recintos de la compañía.
• Tener una especial preocupación por que se
mantenga el orden y aseo de las zonas de trabajo.
• Inspeccionar y verificar que tanto, las salidas de
emergencia como los equipos de combate de
incendio se mantengan libres de obstáculos.
• Cumplir que el almacenamiento y transporte de
combustible se realice sólo bajo las normas
establecidas por la Compañía.
• Queda prohibido a todo trabajador de la
Compañía, fumar o encender fuegos en todos los
recintos no autorizados de la Compañía.
• Si se detecta instalaciones eléctricas en mal
9.1.3. Riesgos Naturales - Nevazón
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Sectores de empréstitos, Instalación de Faenas,
Campamento.
Acciones o medidas a implementar
• Las velocidades máximas permitidas dentro de
las faenas serán de 30 km/Hora.
• Transitar a VELOCIDADES MENORES,
especialmente si existe nieve o hielo en el
camino o condiciones meteorológicas adversas.
• Respetar las señalizaciones existentes en el
trayecto, especialmente las referidas a los límites
permitidos de velocidad.
• Cuando esté nevando en ALERTA 2 (ver
Apéndice 8-4 Procedimiento de Invierno del
Apéndice 8 de la Adenda), debe conducir
atentamente, observando constantemente las
laderas
del
camino,
a
fin
de
detectar
desprendimientos de nieve o piedras.
• Si por alguna razón debe detenerse en el
trayecto, asegúrese bien que el lugar de
detención no sea una zona de avalanchas.
• Detenerse siempre si se presenta viento blanco
o escasa visibilidad.
• Jamás se debe detener en un sector de quebrada
donde exista acumulación de nieve por efectos
del viento. Solamente se debe detener en las
“cuchillas” o “bordes” de las laderas de cerros,
donde la acumulación de nieve siempre será
menor.
• Si la detención no se produce en zona de
rodados, deberá encender inmediatamente las
luces intermitentes, y proseguir la marcha
solamente cuando su visibilidad sea clara.
9.1.4. Riesgos Naturales – Avalancha Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Áreas del entorno de los empréstitos. Acciones o medidas a implementar • La Superintendencia de Control de Pérdidas informará al comité de operación invierno sobre condiciones meteorológicas que favorezcan la generación de avalanchas. • La información respectiva deberá ser canalizada a través del Comité de Operaciones, a fin de que el Jefe de Operación Invierno disponga las medidas preventivas que correspondan. • La Superintendencia de Control de Pérdidas en conjunto con el comité de operación invierno evaluarán en terreno el riesgo de avalancha, identificando las zonas de mayor riesgo, proponiendo al Jefe de Operación Invierno las medidas de control correspondientes. • Cierres preventivos en períodos críticos climáticos. • Restricción de acceso a áreas de susceptibilidad de avalanchas. • Señalización que indique área de mayor acumulación de nieve y/o que este bajo susceptibilidad de avalanchas. Forma de control y seguimiento • Verificación climática. • Inspección zonas de riesgo. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Apéndice 8 de la Adenda.
9.1.5. Riesgos Naturales – Tormenta eléctrica
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Zonas de empréstitos, instalación de faenas,
9.1.6. Afloramientos de Aguas Subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Zonas de extracción de empréstitos Orica, Pancho y Pila. Acciones o medidas a implementar • Excavaciones a máximo 15 m en sectores donde las napas están a profundidades mayores que 60 m. • Las inducciones a los trabajadores incluirán información sobre las medidas a tomar en caso de un afloramiento de aguas subterráneas. • Durante la ejecución de la extracción de empréstito, se verificará en terreno que se cumpla con las profundidades máximas de excavación establecidas. Forma de control y seguimiento Registro de profundidad de excavaciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE y Apéndice 8 de la Adenda.
9.1.7. Atropello o daños de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Caminos de circulación del Proyecto. Acciones o medidas a implementar • Los vehículos transitarán únicamente por las rutas establecidas para el Proyecto. • Los vehículos contarán con medios de comunicación para dar inmediato aviso de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Emergencias CMM (Apéndice 8-2 del Apéndice 8 de la Adenda). Forma de control y seguimiento Registro de uso de caminos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.7 del ICE y Apéndice 8 de la Adenda.
9.1.8. Afectación del bofedal del río La Gallina
9.2. PLAN DE EMERGENCIAS
9.2.1. Derrames de combustibles, aceites o lubricantes.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Zonas de extracción de empréstitos, Instalación
de Faenas, caminos.
Acciones a implementar
Toda persona que detectara un derrame debiera
en forma inmediata alertar en forma inmediata,
de acuerdo a lo indicado en Apéndice 8-2 del
Apéndice 8 de la Adenda Reglamento de
emergencias CMM.
• Si el derrame, conforme a lo evaluado por el
trabajador no presenta riesgos este puede ser
detenido, cerrando la fuente que lo generó y/o
contenerlo utilizando medio control y contención
de derrames, conforme a lo indicado en Apéndice
8-2 del Apéndice 8 de la Adenda.
• Los conductores cuentan con aparato de
telefonía, por el cual se comunicará directamente
ante cualquier emergencia a la base de datos
telefónicos adosados en cabina de vehículo de
transporte, de acuerdo a lo indicado en Apéndice
8-2 del Apéndice 8 de la Adenda.
• La respuesta dependerá del grado de la
contingencia (1 al 5), de acuerdo a lo indicado en
9.2.2. Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto.
Acciones a implementar
• En caso de detectar humo o llama, activar el
pulsador de alarma más cercano y dar la
ALARMA DE INCENDIO a viva voz y/o por el
medio de comunicación más cercano.
9.2.3. Riesgos Naturales - Nevazón
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Parte, obra o acción asociada
Sectores de empréstitos, Instalación de Faenas,
Campamento.
Acciones a implementar
• Si el vehículo, equipo y/o maquinaria, es
detenido por viento blanco y/o tormenta de
nieve, lo primero que debe hacer el conductor es
conservar la calma y comunicar la situación
producida y su ubicación correspondiente, de
acuerdo a lo indicado en el Apéndice 8-4
Procedimiento de Invierno del Apéndice 8 de la
Adenda.
• A continuación, debe evaluar la emergencia,
planificar el trabajo de acuerdo con los recursos
que se poseen, actuando en equipo y nunca en
forma aislada. Tener Comunicación constante
con el líder de la caravana y/o Jefe de Operación
Invierno.
• Intentar, dentro de lo posible, ubicar el vehículo
en una posición no expuesta al viento y fuera de
las áreas de riesgos de avalanchas de nieve y de
desprendimiento de piedras, manteniendo las
luces intermitentes encendidas.
• Verificar el estado físico y anímico del o los
pasajeros,
manteniéndose
abrigado
y
recomendando lo mismo a ellos.
• Se debe mantener limpio el parabrisas y las
plumillas del hielo acumulado.
• Se debe beber líquido, para evitar la
deshidratación y se debe racionar los alimentos.
• Se debe evitar la Hipotermia, manteniéndose
con ropa seca.
• SE DEBE MANTENER EL VEHICULO
VENTILADO, para disponer del oxígeno
suficiente dentro de la cabina.
• Se debe mantener el vehículo con el motor
funcionando y la calefacción encendida, en lo
posible en el mínimo para evitar cambios
9.2.4. Riesgos Naturales – Avalancha
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Áreas del entorno de los empréstitos.
Acciones a implementar
• El Jefe de Operación Invierno impartirá las
instrucciones a la Superintendencia de Control
de Pérdidas, quien alertará a la Brigada de
Rescate para:
a. Aislar las zonas de riesgo, cortando y
señalizando los caminos afectados.
b. Efectuar el control de avalancha recomendado.
c.
Asegurar
la
zona
afectada
mediante
inspecciones en terreno.
• Al encontrarse frente a una avalancha o frente a
indicios que indican la posibilidad de ocurrencia
de
una
avalancha,
se
debe
reaccionar
rápidamente, porque este fenómeno es, por lo
general, el aviso de otras que pudieren pasar por
el lugar en que la persona se encuentra.
• Se debe mantener permanentemente la atención
a posibles desprendimientos desde la ladera
sobre la cual se transita.
• Una avalancha es más veloz que Usted, por lo
tanto, escape lo más rápidamente posible siempre
en forma lateral, nunca en la dirección de la
trayectoria de la avalancha.
• Si es atrapado por una avalancha, trate de
permanecer en forma horizontal sobre la
superficie.
• Si está obligado a continuar sobre la superficie,
procure nadar en el flujo de nieve, tratando
siempre de mantenerse encima.
• Cuando la avalancha pierda velocidad a medida
que va avanzando trate de nadar con ella, además
ir cavando espacios para permitir respirar.
• Haga un esfuerzo para salir. En caso de que no
pueda, conserve la calma y espere el rescate. No
se desespere y ahorre sus energías. En caso de
9.2.5. Riesgos Naturales – Tormenta eléctrica
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases
Parte, obra o acción asociada
Zonas de empréstitos, instalación de faenas,
campamento y caminos.
Acciones a implementar
• Ante la inminencia de una tormenta eléctrica se
recomienda separarse a una distancia superior a
100 metros de cualquier estructura metálica que
no posea una protección o malla a tierra. Se debe
buscar refugio provisorio en lugares secos,
cavernas,
depresión
del
terreno,
valles
profundos, al pie de cuestas, bajo riscos
sobresalientes y mantener la mayor distancia
posible de los lugares que se describen en el
Apéndice 7-5 Procedimiento de invierno.
• Si se encuentra sólo en un área expuesta y
siente que su cabello se eriza, está indicando que
está aumentando la condición propicia para la
9.2.6. Afloramientos de Aguas Subterráneas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Operación.
Parte, obra o acción asociada
Zonas de extracción de empréstitos Orica,
Pancho y Pila.
Acciones a implementar
• Cese de las obras en el sector de afloramiento.
• Efectuar pruebas hidráulicas para determinar
los
volúmenes
y
caudales
de
agua
comprometidos, a fin de que esto además le
permita al Titular diseñar las medidas para el
control de la estabilidad de los taludes en el
sector del afloramiento.
• Enviar de inmediato los resultados de las
pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que
detalle los hechos, con imágenes fotográficas
(con fecha) y descripción de los procedimientos
seguidos, volúmenes y caudales, así como las
respectivas conclusiones y recomendaciones para
la gestión de dichas aguas.
• Una vez comprobada la naturaleza de la
situación acaecida, mediante las mediciones
realizadas, se analizará la medida de gestión
definitiva en conjunto con la Autoridad.
• Se informará el resultado de las acciones
implementadas, comunicando la fecha cierta en
que se pudo controlar el afloramiento, en un
plazo menor a 24 h.
• Si el afloramiento de aguas responde a un
escenario permanente, desarrollaran estudios que
permitan determinar la posibilidad de alcanzar
una solución definitiva, o bien determinar si
responde a un cambio sustantivo de las variables
evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas
las condiciones o medidas ambientales.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
Las acciones en relación a la comunicación de la
activación del Plan de Emergencia son las
siguientes:
•
El
responsable
de
activar
flujo
de
comunicaciones es el encargado de Garita Mina
y Equipo de Respuesta a Emergencia CMM.
• Aviso a la SMA, de acuerdo a lo establecido en
la Resolución Exenta Nº 885 de 2016 de esta
9.2.7. Atropello o daños de fauna
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Parte, obra o acción asociada
Caminos de circulación del Proyecto.
Acciones a implementar
• De ocurrir un incidente con la fauna como
atropellos, o atrapamientos o cualquier evento
que cause daño a la fauna, se debe detener
inmediatamente las actividades en el área del
evento.
• Personal involucrado debe informar de
inmediato a la Brigada de Emergencia quien es
el encargado de activar el flujo de comunicación
cuando ocurra un incidente ambiental.
• Delimitación del área del incidente.
• Aviso al SAG y SMA para alertar de la
emergencia.
• El Titular tomará contacto inmediato con
especialistas
veterinarios
en
Copiapó,
solventando la totalidad de los gastos asociados.
• En caso de muerte de un ejemplar, se prestará
el apoyo necesario para investigar la situación.
• Preparación y emisión de informes de incidente
a SAG, CONAF y SMA.
• Recapacitación al personal sobre respeto,
medidas de control y protección de fauna.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
Será obligación de todos los trabajadores
incluidas las empresas contratistas, comunicar de
inmediato a sus jefaturas directas todo incidente
operacional de atropello de fauna silvestre del
que haya sido testigo o tenga conocimiento por
cualquier medio. Las acciones en relación a la
comunicación de la activación del Plan de
Emergencia son las siguientes:
•
El
responsable
de
activar
flujo
de
comunicaciones es el encargado de Garita Mina
y Equipo de Respuesta a Emergencia CMM.
• Aviso a la SMA, de acuerdo a lo establecido en
la Resolución Exenta Nº 885 de 2016 de esta
institución, que establece la forma de reportar
avisos, contingencias e incidentes de titulares de
proyectos con RCA a través del Sistema de
Seguimiento Ambiental. Los reportes serán los
9.2.8. Afectación del bofedal del río La Gallina
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento empréstito Pila en sector de
quebrada sin nombre.
Acciones a implementar
En caso de producirse una crecida de la quebrada
que alcance el área de extracción de empréstitos,
se realizarán las siguientes acciones:
• Abandonar/evacuar el sector y restringir el
acceso al área afectada.
• Realizar una inspección del área afectada,
incluyendo registro fotográfico.
• Elaborar un informe con los antecedentes de la
emergencia y evaluación de sectores dañados y
propuestas de rehabilitación si corresponde.
• Si corresponde, iniciar procedimientos de
limpieza y rehabilitación.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
Se analizará la pertinencia de aviso a la SMA de
acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta
Nº 885 de 2016 de esta institución, que establece
la forma de reportar avisos, contingencias e
incidentes de titulares de proyectos con RCA a
través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
En caso de ocurrir una emergencia que afecte
algún componente ambiental, se presentará un
“Informe
Preliminar
de
Emergencia
y/o
Contingencias”, en un plazo no superior a 48 de
haber ocurrido el evento a la SMA y SEREMI
del Medio Ambiente Región de Atacama. Los
contenidos del informe serán los siguientes:
• Antecedentes relativos al evento o accidente
(tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo,
emisiones al aire u otra relacionada con la
contingencia; duración del evento; acciones de
control
ejecutadas;
individuos
o
sistemas
afectados, entre otros).
• La identificación del área afectada y su
extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de
agua, o en el aire).
• La identificación y explicación de la(s)
posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se
implementaron para limpiar el o los recursos
naturales que hayan sido afectados (suelo, agua,
ecosistemas y especies).
• Un protocolo aplicable al manejo proyectado
de los residuos sólidos (peligrosos y no
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
-
Que, para que el proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio”, de Compañía Minera Maricunga.
2°. Certificar que el proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el artículo 146 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Extracción de Material de Empréstito Faena Refugio” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
FIRMA_INTEN> Patricio Urquieta García Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama
Verónica Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Atacama
AEC/FSH/ICC
Firmado Digitalmente por
Veronica Eufemia
Ossandon Pizarro
Fecha: 03-01-2022
20:09:02:325 UTC -03:00
Razón: Firma Electrónica
Avanzada
Lugar: SGC