PROYECTO ODATA SAN BERNARDO
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO”
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 24 de mayo de 2021, mediante Resolución Exenta N°388/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 08 de septiembre de 2021 y su Adenda Complementaria de fecha 12 de noviembre de 2021, del “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO”, presentada por Mauricio Alegría Agusto en representación de ODATA CHILE S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) N°202113109176 de la DIA del “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO” de fecha 02 de diciembre de 2021.
3°. El Acta de Evaluación Nº06/2021 de fecha 23 de noviembre de 2021 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE N° 202113109176 de la DIA del “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO” de fecha 02 de diciembre de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 13 de diciembre de 2021.
6°. La Resolución Exenta N°20211300127 de fecha 03 de septiembre de 2021 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago, que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (en adelante, “Reglamento del SEIA” o “RSEIA”); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto Supremo N° 256, de fecha 01 de octubre de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el artículo 80 del DFL 29/2005 que FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO; y en la Resolución N°7, de fecha 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098 Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 24-12-2021 12:03:30:543 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 24-12-2021 12:03:33:132 UTC -03:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, ODATA CHILE S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social ODATA CHILE S.A. Rut 77.128.355-1. Domicilio Apoquindo N°3472, Oficina 901 B, Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Teléfono +56 2 27577619. Nombre representante legal Mauricio Esteban Alegría Agusto. Rut representante legal 12.485.124-6. Domicilio representante legal Apoquindo N°3472, Oficina 901 B, Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Teléfono representante legal +56 2 27577619. Correo electrónico Titular o representante legal mauricio.alegria@odatacolocation.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE N°202113109176, de fecha 02 de diciembre de 2021, el Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
• Cumple con la normativa ambiental aplicable vigente; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142 y 156, además del pronunciamiento del artículo 161 del D.S. N°40/2012 del MMA; • No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11° de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 13 de diciembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO”, íntegramente el contenido del ICE N°202113109176, de fecha 02 de diciembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación, se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo la construcción y operación de un centro de almacenamiento de información de datos tecnológicos (datacenter), en la Comuna de San Bernardo, Provincia de Maipo, Región Metropolitana de Santiago. Descripción general del proyecto El Proyecto consiste en la consiste en la construcción y operación de un centro de almacenamiento de información de datos tecnológicos o datacenter, donde se albergarán equipos electrónicos y tecnológicos necesarios para alojar sistemas informáticos que puedan procesar, servir o almacenar datos. Adicionalmente, se considera toda la infraestructura auxiliar para el correcto funcionamiento de estas instalaciones, tales como sistemas de climatización, sistemas de respaldo eléctrico de emergencia, sistemas de control de incendios, y un sistema de distribución en líneas de baja tensión (12,5 kV) y otra conexión en alta tensión (110 kV), ambas desde la subestación Lo Espejo-Panamericana hasta el proyecto, para bajar la tensión eléctrica de 110 a 12,5 kV. Además, considera un total de 135 estacionamientos vehiculares, de los cuales 2 unidades corresponden a vehículos pesados o camiones. Las instalaciones consideran una superficie total Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.1. ANTECEDENTES GENERALES construida de 35.800 m2, en un terreno de 7 ha de superficie predial. La fase de construcción tendrá una duración de 5 años, en 4 subetapas según cronograma presentado en la Tabla 1-10 de la DIA, y que corresponden a las siguientes: • Subetapa 1: contempla la construcción del 100% del edificio y las instalaciones auxiliares, tales como la subestación eléctrica, caminos internos, cierres perimetrales, caseta, oficinas, control de acceso, planta de tratamiento entre otros. Igualmente se realizará la habilitación de los primeros módulos de equipamiento informático y de tecnología con sus respectivos equipos auxiliares (generadores, salas eléctricas, sistema de enfriamiento, etc.). • Subetapa 2: consiste en la habilitación del segundo módulo de equipamiento informático y de tecnología junto a la instalación de sus respectivos equipos auxiliares. • Subetapa 3: contempla la habilitación del siguiente módulo de equipamiento informático y de tecnología con sus respectivos equipos auxiliares. • Subetapa 4: contempla la habilitación de un cuarto módulo de equipamiento informático y de tecnología con sus respectivos equipos auxiliares. Más antecedentes en el punto 1.5.1 de la DIA. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De acuerdo con el artículo 10 de la Ley N°19.300 y el artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”), el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) según lo señalado en los literales: Tipología principal “ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de: (…) ñ.3 Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos (80.000 kg).” Dado que el proyecto contempla el almacenamiento de 860 m3 de combustible Diesel (equivalentes a 731 ton aproximadamente) para los generadores de emergencia, por lo que se cumple con lo preceptuado en el literal ñ.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA. Tipología secundaria “b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. (…) b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte.” Dado que el proyecto considera la construcción de una Subestación Eléctrica propia que recibirá la energía tanto en media como en alta tensión y sus respectivas líneas de transmisión proveniente de la Subestación Lo Espejo-Panamericana, cumpliendo con las condiciones del literal b.2 del artículo 3° del Reglamento del SEIA. Vida útil 30 años. Monto de inversión USD $250.000.000.- Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta De acuerdo con lo indicado en el punto 1.2.9 de la DIA, el acto o faena mínima que dará cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.1. ANTECEDENTES GENERALES del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA modo sistemático y permanente corresponde a la instalación de contenedor de oficinas para la instalación de faenas. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No Respecto de lo previsto en el Artículo 14 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el proyecto no se desarrollará por etapas, según se indica en el punto 1.2.11 de la DIA.
X Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No Respecto de lo previsto en el Artículo 12 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el Proyecto corresponde a un proyecto según se indica en el punto 1.2.5 de la DIA.
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No Corresponde a un proyecto nuevo, por ende, no modifica ningún proyecto o actividad sometido a evaluación ambiental con Resolución de Calificación Ambiental (“RCA”) vigente, según se indica en el punto 1.2.5 de la DIA.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplazará en la Región Metropolitana, Provincia del Maipo, Comuna de San Bernardo, específicamente en la propiedad ubicada en Avenida Lo Espejo N°3474. Justificación de la localización Según la información presentada por el Titular en el punto 1.3.5 de la DIA, la localización del Proyecto obedece a la condición de zona industrial que presenta el terreno de emplazamiento de acuerdo con lo dispuesto en el Instrumento de Planificación Territorial que regula la zona, correspondiente al Plan Regulador de San Bernardo. Por otra parte, según el Certificado de Informaciones Previas (CIP) N°560/2021, de fecha 21 de abril de 2021, otorgado por la Dirección de Obras de la I.M. de San Bernardo, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda, el predio en el que se ejecutará el proyecto se emplaza en área urbana, específicamente en la zona “ZI1 Industrial Exclusiva Molesta e Inofensiva”, del Plan Regulador Comunal (en adelante “PRC”) de la comuna de San Bernardo, vigente desde el año 2006, la que permite entre sus usos actividades productivas y servicios de carácter industrial de tipo molesto o inofensivo. No presentándose incompatibilidad territorial del proyecto respecto al citado instrumento normativo. Superficie De acuerdo con lo señalado en el punto 1.3.3 de la DIA, el predio en el que se emplaza el Proyecto tiene una superficie aproximada de 7 ha, y la superficie construida total del proyecto corresponde a 35.800 m2, que se distribuyen según la siguiente Tabla: Tabla 4.2.1: Detalle de superficie construida del Proyecto. Instalación Superficie (m2) Edificio Administrativo 1.400 Bloque Data Center 1 10.050 Bloque Data Center 2 10.050 Bloque Auxiliar 4.000 Zonas de Generadores 4.500 Central de enfriamiento (plataforma chillers) 4.700 Subestación eléctrica 1.100 Total 35.800 Fuente: Tabla 1-2 y Tabla 1-5 de la DIA, y Plano Actualizado Proyecto del Anexo 1 de la Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla, se presentan las coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 19 S, del emplazamiento del proyecto: Tabla 4.2.2: Coordenadas del emplazamiento del proyecto. Vértice Coordenadas UTM Datum WGS 84 H19S Este Norte A 341.162,35 6.288.654,94 B 341.439,97 6.288.538,34 C 341.317,17 6.288.340,48 D 341.001,39 6.288.521,40 E 341.028,04 6.288.572,63 F 341.091,44 6.288.535,51 Fuente: Figura 1-2: Ubicación general del proyecto y Tabla 1-4 Coordenadas de referencia de la DIA y Anexo 7 KMZ Obras del Proyecto de la Adenda. Caminos de acceso De acuerdo con lo indicado en el punto 1.3.4 de la DIA, se accede al Proyecto desde el poniente a través de Avenida Lo Espejo que conecta con la calle camino al San Esteban. En la Figura 1-3 de la DIA se visualizan las vías de acceso al Proyecto. Según lo indicado en la Tabla 1 del Anexo 2.6 Caracterización de Medio Humano de la DIA, las rutas a utilizar durante la fase de construcción corresponden a Avenida Lo Espejo, en el tramo correspondiente a las intersecciones de camino San Esteban y la ruta 5, para dirigirse desde y hacia las comunas de Maipú y Cerrillos. Y en fase de operación serán las mismas rutas. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones • Punto 1.3 Localización del proyecto y Figura 1-2 de la DIA • Tabla 1-3: Superficies construidas del proyecto de la DIA • Punto 1.3.4. Caminos o vías de acceso, Figura 1-3 de la DIA. • Anexo 1. Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. • Archivos en formato KMZ del Anexo 7 Planos de la Adenda.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.1 Partes y obras Nombre Descripción Instalación de faenas (IF) Se habilitará un área destinada a la instalación de faenas para las 4 subetapas de la fase de construcción del proyecto, la que se ubicará en el sector nororiente del predio, y tendrá una superficie aproximada de 8.000 m2. Considera la habitación de las siguientes instalaciones: • Oficinas. • Estacionamientos. • Caminos internos. • Baños. • Sala de cambio. • Comedor. • Tienda de trabajo. • Sitios de almacenamiento de residuos. • Bodega y almacenamiento de insumos y suministros. • Garita de seguridad. Las que contarán con cierre perimetral y subdivisiones internas con el fin de manejar de forma diferenciada los residuos que se generen. El esquema de la Instalación de Faenas se presenta en el Plano 02 Áreas Temporales del Anexo 7 de la Adenda. Mayores detalles en los puntos 1.4.2 y 1.5.1.1 ambos de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas El proyecto considera la implementación de un sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas en fase de construcción, consistente en una red de tuberías descargando de forma gravitacional hasta una planta elevadora (PEAS) a su respectiva planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), que serán 3. Cada PTAS modular de lodos activados que será habilitada, contará como mínimo con 3 fases de tratamiento, incluyendo tratamiento primario, tratamiento biológico con aireación y clarificación. Finalmente, el efluente será conducido a una cámara de desinfección a modo de asegurar la eliminación de patógenos para su posterior infiltración a través de drenes. En la Tabla 1 y Figura 1 del Anexo 3-1 PAS 138 de la Adenda, se presentan sus coordenadas y emplazamiento dentro de la IF. Más antecedentes en el Anexo 3-1 PAS 138 de la DIA y los puntos 3.1 y 3.2 de la Adenda. Patio de Almacenamie nto Temporal de Residuos Sólidos Los residuos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos que se generarán durante la construcción del Proyecto se almacenarán en un patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos de 200 m2 de superficie, al interior de la IF. Dicho Patio tendrá dos sectores un sector para acopio de residuos asimilables a domésticos y otro para residuos sólidos industriales no peligrosos, cada uno de 100 m2 de superficie, según las siguientes características: • El sitio de residuos asimilables a domésticos tendrá techumbre, cierre perimetral con malla Acma, de a lo menos 1,8 m de altura y suelo compactado, estará delimitado y contará con señalética. Se instalarán contenedores plásticos o metálicos con tapa, donde se acumularán los residuos asimilables a domésticos del área de instalaciones y frentes móviles. • El sitio de residuos no peligrosos tendrá un cierre perimetral con malla Acma, suelo compactado, estará delimitado y contará con señalética. Se privilegiará el almacenamiento temporal de aquellos residuos industriales que puedan ser valorizados, reutilizados o reciclados. Además de almacenar residuos industriales no peligrosos destinados a retiro y disposición final. En la Tabla 1 y Figura 1 del Anexo 3-2 PAS 140 de la Adenda, se presenta sus coordenadas y emplazamiento dentro de la IF. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA y los puntos 3.3 y 3.4 de la Adenda. Bodega de almacenamien to temporal de residuos peligrosos (RESPEL) La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos tendrá una superficie de 100 m2, con pretil para la contención de derrames, perímetro cerrado y accesos controlados. La bodega dará cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/2003 de MINSAL “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” y cumplirá las siguientes condiciones: • Contarán con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales; • Serán construidas de forma de evitar la contaminación del suelo o de las aguas. Para evitar cualquier escurrimiento o derrame de residuos líquidos, contarán con un pretil o pozo receptor, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Su base será continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; • Serán techadas y protegidas de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Tendrán una sección abierta entre los muros y el techo para favorecer la ventilación, considerando los tipos de residuos y el volumen total de éstos; • Estarán señalizadas con letreros, en los que se indicará que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo con la NCh 2.190 Of.2003. Contarán con vías de escape accesibles, en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. En la Tabla 1 y Figura 1 del Anexo 3-3 PAS 142 de la Adenda, se presenta sus Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN coordenadas y emplazamiento dentro de la IF. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA y los puntos 3.5 y 3.6 de la Adenda. Sistema de lavado de ruedas El Proyecto hará uso de un sistema de ruediluvio, o comerciales similares, para lavado de ruedas, el que consistirá en un radier de lavado o superficie impermeabilizada, con recolección de las aguas, conectado a una cámara de separación de fases, que permitirá reutilizar el agua. En las Figuras 1-10 y 1-11 de la DIA se presentan los esquemas referenciales del sistema a utilizar por el proyecto. Se utilizará aproximadamente 10 litros por rueda con un peak diario de 360 litros/día, lo cual será recirculado en el sistema. Los residuos rescatados en cámara de separación de fases (los cuales corresponderán en mayor parte de tierra y arenas), serán retirados por una empresa especializada y autorizada. Más antecedentes en el punto 1.5.8.1.1 de la DIA, en el Anexo 1-2 de la DIA se presenta plano esquemático del sistema de lavado de ruedas, y el detalle de su ubicación en el Plano 02 Áreas temporales del Anexo 7 de la Adenda. Sistema de lavado de canoas Consistente en un sistema de lavado manual (a presión) conectado a una piscina para que el agua producto del lavado de las canoas de los camiones mixer sea vertida ahí, la que tendrá las siguientes características: • Se excavará en terreno natural, revestida con material impermeabilizante (HDPE), tanto en el fondo como en sus paredes, con la finalidad que impida cualquier posibilidad de filtración que genere contaminación del terreno natural. Perimetralmente se conformará un pretil con el mismo material de la excavación para asegurar los bordes de lámina impermeabilizante. • Estará debidamente señalizada con la leyenda “Lavado Canoa Camión Mixer y Camión Bomba”, además de “Ingreso sólo Personal Autorizado” y “Peligro caída”. • Deberá contar con una barrera dura perimetral en el contorno de la piscina, la cual no debe dificultar el acceso de camiones y de maquinaria para su posterior retiro. • Dispondrá de un tope o pretil para asegurar el posicionamiento del camión en el proceso de lavado y descarga En la Figura 1-12 de la DIA se presenta un esquema referencial del sistema a utilizar por el proyecto. Se considera que se utilizarán 20 litros de agua para el lavado estimando un aproximado de 900 litros semanales. Para la disposición del líquido resultante, se considera una piscina con dimensiones de basales de 2m x 3m, y una altura de 30 cm, con lo cual se tendrá un factor de seguridad sobre el 100%, por lo que la piscina de evaporación tendrá capacidad suficiente para un retiro semanal de los residuos sólidos generados. El diseño evitará el ingreso de aguas lluvias superficiales a la piscina. En los casos que la piscina alcance un 80% de su capacidad, se coordinará el retiro por empresas autorizadas y disposición de los residuos a lugares autorizados. Más antecedentes en el punto 1.5.8.1.2 de la DIA, en el Anexo 1-2 de la DIA se presenta plano esquemático del sistema de lavado de canoas, y el detalle de su ubicación en el Plano 02 Áreas temporales del Anexo 7 de la Adenda. Sistema particular de agua potable Según lo indicado en el punto 1.5.5.4.1 de la DIA, el proyecto no cuenta con factibilidad sanitaria para el abastecimiento de agua potable, por emplazarse fuera del área de concesión sanitaria, según consta en el Ordinario N° 178/SMAPA, de fecha 28 de abril de 2021, adjunto en el Anexo 2 de la Adenda, por lo que considera entre sus instalaciones un sistema particular de agua potable, que de acuerdo a lo informado en el puto 1.15 de la Adenda, deberá estar debidamente aprobado y autorizado por la SEREMI de Salud, según lo dispuesto en DFL 1/90 del MINSAL, que determina las materias que requieren autorización sanitaria. Dicho sistema considera estanques de regulación, bomba centrifuga, red de cañería y artefactos de acuerdo con caudal máximo. En el Anexo 12 de la Adenda se presentan las características generales del sistema de abastecimiento de agua potable para todas las fases del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.2 Acciones Nombre Descripción Movimientos de Tierra Escarpe: El escarpe del sitio implica remover una capa aproximada de 0,30 m, la que será retirada y dispuesta en un lugar autorizado. Se estima que el escarpe de la totalidad del terreno será de 22.380 m3. Excavaciones: Posterior al escarpe se procederá a la nivelación del terreno para lo cual se realizarán excavaciones, en un volumen estimado de 129.365 m3. Relleno: Los volúmenes asociados a relleno corresponden a 15.910 m3. Más antecedentes en el punto 1.5.1.2 de la DIA y el detalle de las cubicaciones se presenta en la Tabla 1-7 de la DIA. Obras civiles Una vez habilitado el terreno y con posterioridad a las actividades de movimiento de tierras, se iniciarán las obras civiles del proyecto considerando las siguientes: • Accesos vehiculares. • Calles y aceras interiores. • Estacionamientos. • Caminos y rampas. • Se consideran fundaciones para los edificios y equipamiento. • Losas y radiares para edificios, zonas de generadores y centrales de enfriamiento. • Sistema de recolección e infiltración de aguas lluvias. • Redes interiores, red de incendio, agua potable, aguas grises, electricidad, datos y telefonía. • Construcción de muros cortafuego. • Construcción de pretiles perimetrales en las áreas de manejo de combustible, cámaras de contención de derrames y cámaras separadoras de aceite. Mayores antecedentes en el punto 1.5.1.3. de la DIA. Montaje, obras e instalaciones En estas actividades se contemplan los montajes de las estructuras metálicas que forman parte de los edificios que componen el proyecto, como son: • Fundaciones: Fue una premisa para implementar pilotes de hormigón y bloques de cimientos. Este enfoque se revisará de acuerdo con las características sísmicas de la región, la regulación local y el desarrollo de proyectos, así como las evaluaciones de terreno (SPT). • Estructura: Losa de hormigón sobre rasante y estructurada por columnas y vigas de hormigón prefabricado, para las áreas de los generadores, así como la plataforma de los enfriadores. • Techumbres: Paneles sándwich de techo con aislamiento térmico EPS soportados por una estructura metálica. • Paredes: La capa exterior se basa en paneles de hormigón prefabricados aislados ensamblados en el piso del Data Center. Bloques de hormigón para mampostería y ventanas de vidrio en marcos de aluminio en pisos de oficinas. Adicionalmente se realiza el montaje de los equipos e instalaciones auxiliares necesarios para el funcionamiento del Proyecto: • Instalación del equipamiento eléctrico y del sistema de enfriamiento. • Montaje de los estanques de combustible. • Montaje de generadores eléctricos. • Instalación de equipos de aire acondicionado y sistemas de refrigeración por aire. Mayores antecedentes en el punto 1.5.1.4. de la DIA. Instalación subestación eléctrica Las acciones para la construcción de la Subestación Eléctrica del Proyecto corresponden a las siguientes: • Construcción de las salas de control y Celdas. • Construcción de Puesta a Tierra. • Fundaciones de Soporte de Equipos y Marcos de Línea. • Canalizaciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN • Estructuras de Soporte de Equipos y Marcos de Línea. • Tendido de Conductores, Cadenas de Aisladores y Herrajes. • Tendido, Cableado y Conexionado. • Excavaciones de la construcción de estructuras y equipos principales de la Subestación. Mayores antecedentes en el punto 1.5.1.6 de la DIA. Transporte de equipos y materiales de construcción Durante la fase de construcción se requerirá transportar materiales de construcción, estructuras, equipos, insumos, residuos y personal. Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones. Los materiales e insumos serán suministrados por terceros y transportados por camiones de empresas autorizadas externas al Titular del Proyecto. Los flujos vehiculares se presentan en la siguiente tabla. Tabla 4.3.1.2.1: Flujo vehicular en fase de construcción Tipo de viaje Viajes/año Subetapa 1 Residuos sólidos 192 Camión áridos - relleno - grava 2781 Camión insumos construcción 1800 Camión chatarra 12 Camión Respel 24 Camión Hormigonero 10 m3 1200 Camionetas 4x4 y Furgonetas 960 Bus 1440 Camión Tanque (combustible) 240 Camión Aljibe 20.000L o similar 288 Subetapas 2, 3 y 4 Camionetas 4x4 y Furgonetas 960 Bus 1440 Camión Tanque (combustible) 240 Fuente: elaboración propia a partir de Tablas 1-8 y 1-9 de la DIA, obtenidas del Anexo 1-3 Informe de estimación de emisiones atmosféricas de la DIA, y actualizado en el Anexo 3 de la Adenda. Más antecedentes en el punto 1.5.1.7 de la DIA. 4.3.1.3 Suministros básicos Energía eléctrica Según lo indicado en el punto 1.5.5.1 de la DIA, las actividades de construcción, funcionamiento de las instalaciones de faena, luminarias y equipos eléctricos, serán abastecidas por medio de un empalme provisorio para la faena, el que provendrá desde la red pública de abastecimiento eléctrico. Igualmente se tiene previsto utilizar para algunas actividades de construcción el uso de generadores eléctricos por temas de seguridad laboral (distancia entre puntos de conexión y de uso). La ubicación del grupo de electrógeno de la instalación de faenas se presenta en el Plano 02 Áreas temporales del Anexo 7 de la Adenda. Agua Agua potable Según lo indicado en el punto 1.5.5.4 de la DIA, el abastecimiento de agua potable se realizará mediante camiones aljibe, que alimentará el sistema particular de agua potable del proyecto, dado que no cuenta con factibilidad sanitaria para este suministro, por emplazarse fuera del área de concesión sanitaria. Lo anterior, puede constatarse en el Oficio Ordinario N° 178/SMAPA, de fecha 28 de abril de 2021, adjunto en el Anexo 2 de la Adenda. Para el sistema particular de agua potable se han clasificado dos tipos de usuarios en función de su rol en el uso de las instalaciones: • Mano de Obra Directa: utilizan inodoros, lavamanos y duchas. Su permanencia en las instalaciones es temporal en la hora de entrada y a la salida del turno, el resto del tiempo está ubicado en el frente de trabajo. Se ha supuesto un 85% de personal directo y una dotación de 150 litros/hab./día. • Mano de Obra Indirecta: utilizan inodoros y lavamanos, en horario entre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 9:00 a 18:00 hrs y la hora de colación se realizará fuera de estas dependencias. Se ha considerado un 15% de personal indirecto y una dotación de 120 litros/hab./día. En la Tabla 3 de la Adenda se detalla la cantidad estimada de usuarios de las instalaciones del proyecto según la clasificación anterior, las dotaciones y los consumos diarios estimados, llegando a un consumo máximo diario en la subetapa 1, donde el caudal promedio diario alcanza un valor de 71,73 m3/día. Para las siguientes subetapas 2, 3 y 4, se reduce el personal de construcción a 132 personas máximo, razón por la cual el caudal medio diario se reduce a 19,2 m3/día. De acuerdo con lo indicado en el punto 1.6 de la Adenda Complementaria, el agua que se utilizará en el sistema particular de agua potable será abastecida mediante proveedores o sanitarias autorizadas, y en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria se presenta el Certificado GC030/2021, de fecha 11 de noviembre de 2021, de la empresa sanitaria Aguas Santiago Poniente, el cual otorga la factibilidad de suministro de agua potable, mediante camión aljibe, por un volumen estimado de 72 m3, durante la fase de construcción. Más antecedentes en el Anexo 12 de la Adenda y punto 1.15 de la Adenda y punto 1.6 de la Adenda Complementaria. Agua industrial El Proyecto requerirá agua industrial para humectación de los frentes de trabajos y de los caminos que lo requieran, la que se estima en 5 m3/día. Las actividades de humectación serán realizadas mediante camión aljibe. Dado lo anterior, no se requerirá almacenar agua industrial en la faena. Más antecedentes en Ficha Resumen del Anexo 2 de la Adenda Complementaria. Servicios higiénicos La instalación de faenas contará con un sistema de alcantarillado particular, cuyos detalles y antecedentes se presentan en el Anexo 3-1 PAS 138 de la DIA. El proyecto se irá implementando en subetapas, condicionando el sistema de tratamiento, el que debe atender a las 493 personas que contempla la subetapa 1, por considerar la mayor cantidad de usuarios, para posteriormente ir implementado las siguientes subetapas. En lo que respecta a los frentes de trabajo móviles se proveerán baños químicos de acuerdo con lo que establece el D.S. N° 594/99 del MINSAL y así cumplir con el distanciamiento a servicios higiénicos que establece dicha normativa. Más antecedentes en el punto 1.5.5.5. de la DIA Combustible Para las faenas de construcción se requerirá de diésel para abastecer la maquinaria y equipos en terreno que se utilizarán para las faenas constructivas. El combustible en este caso será abastecido por camiones autorizados para estos efectos. Además, los vehículos podrán abastecerse también en estaciones de servicio cercanas al proyecto. Más antecedentes en Ficha Resumen del Anexo 2 de la Adenda Complementaria. Hormigón Para la construcción del se requerirá de hormigón para las fundaciones y losas requeridas para la instalación de la infraestructura que el Data Center requiere. Este será suministrado por terceros autorizados. Se estima un total de 12.000 m3 de hormigón aproximadamente, mediante camiones mixer (de hasta 10 m3). Más antecedentes en Ficha Resumen del Anexo 2 de la Adenda Complementaria. Maquinaria y equipos Para la fase constructiva se utilizarán las maquinarias, vehículos y equipos que permitan desarrollar las distintas actividades de construcción del Data Center. A continuación, se listan los principales: • Rodillo – 5 equipos. • Plataforma Elevadora – 29 equipos. • Motoniveladora – 3 equipos. • Generador – 5 equipos. • Grúa – 12 equipos. • Minicargador – 5 equipos. • Retroexcavadora – 8 equipos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN • Camión cisterna de agua – 5 equipos. • Camión de volteo – 5 equipos. • Camionetas y furgonetas • Camión Tanque (combustible) • Camión Aljibe de capacidad 20 m3 • Camión Hormigonero de capacidad 10 m3 • Camión grúa • Camiones para el transporte de insumos y residuos Más antecedentes en el punto 1.5.5.8 de la DIA 4.3.1.4 Recursos naturales renovables De acuerdo con lo indicado en el punto 1.5.6 de la DIA, el proyecto no contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales en su fase de construcción. 4.3.1.5 Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas Durante la fase de construcción se generará material particulado en las actividades que consideren movimientos de tierra. Estas actividades corresponden a los escarpes, habilitación de plataformas y caminos, construcción de fundaciones, carga y transporte de material y el traslado de vehículos y maquinarias por caminos no pavimentados. Del mismo modo, se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada en esta fase. De acuerdo con la estimación de emisiones presentada en el Anexo 3 de la Adenda, las emisiones del proyecto en la fase de construcción son las siguientes: Tabla 4.3.1.5.1: Emisiones atmosféricas en fase de construcción (t/año) Año Emisiones del Proyecto (t/año) MP10 MP2,5 PTS NOX CO SOX HC NH3 Año 1 7.73 1.91 30.77 3.66 2.55 0.08 0.31 0.00 Año 2 2.47 0.53 11.23 1.57 0.39 0.12 0.04 0.00 Año 3 0.37 0.12 1.77 0.70 0.44 0.02 0.05 0.00 Año 4 0.39 0.14 1.79 0.96 0.64 0.03 0.08 0.00 Año 5 0.38 0.13 1.77 0.74 0.47 0.02 0.06 0.00 Lim PPDA 2,5 2.0
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10
- Fuente: Tabla 58 del Anexo 3 de la Adenda. De acuerdo con lo anterior, y atendido que las emisiones máximas de MP equivalentes de la Fase de construcción, correspondiente al año 1, de la Tabla 58 del Anexo 3 de la Adenda, superan los límites establecidos de MP2,5 equivalente y de MP10 equivalente, de acuerdo con el literal a) del artículo en el artículo 64 del D.S.31/2016 MMA, el Proyecto deberá compensar las emisiones totales de Material Particulado equivalente en un 120%. Como medida de control, se considera la humectación de los frentes de trabajo y caminos interiores no pavimentados. El Proyecto además dará cumplimiento a las medidas de control de emisiones descritas en el artículo 5.8.3 de la OGUC, según corresponda a las características del proyecto. Con todo, con el objeto de controlar las emisiones, se establecerán las siguientes medidas: • La habilitación de los terrenos se iniciará humectando con agua los correspondientes frentes de trabajo en un área de hasta 100 m2 de superficie, siempre antes de comenzar con los movimientos de tierra. Lo anterior, utilizando un camión aljibe de aproximadamente 10 m3 de capacidad. • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. • Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores. Mayores antecedentes en el Anexo 3 de la Adenda. La SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio Ord. N°969 de fecha 23 de septiembre de 2021, se pronuncia conforme respecto de estos antecedentes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Emisiones acústicas Durante la fase de construcción, el ruido se producirá fundamentalmente debido a la maquinaria que se utilizará en la preparación del terreno, y la faena de construcción, montaje de estructuras y equipos, además de la construcción de la línea eléctrica asociada. A partir de los antecedentes presentados, la ubicación y disposición de las fuentes de ruido, la ubicación de los receptores cercanos y los niveles basales obtenidos en terreno se concluye que, por medio de la implementación de la barrera acústica perimetral, la construcción del proyecto no supera los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el DS 38/11 del MMA. Mayores detalles en Anexo 4 de la Adenda Complementaria La SEREMI de Salud, mediante oficio Ord. N°3653 de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronunció conforme respecto de estos antecedentes. Vibraciones Tomando como norma de referencia la Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration, el criterio de daño se definió para la categoría de edificación III, con un máximo de referencia de 0,2 [pulgadas/s]. Por otra parte, para el criterio de molestia se definió con un máximo de referencia de Categoría 3 para los receptores que corresponden a uso comercial/industrial, cuyo nivel máximo de vibraciones corresponderá a 75 [VdB]. Según los resultados presentados en la tabla 15 del informe Caracterización de ruido y vibraciones, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, para la fase de construcción del Proyecto, los valores de velocidad peak de partículas (PPV) fluctúan entre 0,00040089 y 0,02447153 [pulgadas/s], mientras que los valores de Nivel de Vibración (Lv) varían entre 32 y 68 [VdB], considerando el escenario más desfavorable ubicando el rodillo, en los sectores del Proyecto más cercanos a los puntos receptores, por lo que no existe superación de los límites de la norma de referencia en la fase de operación. Mayores detalles en Anexo 4 de la Adenda Complementaria. La SEREMI de Salud, mediante oficio Ord. N°3653 de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronunció conforme respecto de estos antecedentes. Aguas Servidas Se estima una generación máxima de 71,32 m3/día de aguas servidas domésticas, tomando como referencia un factor de recuperación de 0,8 del total del consumo de agua potable, la que será dispuesta en el sistema particular de aguas servidas. Lo anterior, asociado a la instalación de faena ubicada en el Data Center. Para el caso de los baños químicos que se encontrarán dispuestos en los frentes de trabajo, estos serán gestionados y retirados por una empresa autorizada y especializada la cual contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Más antecedentes en el punto 1.5.8.1 de la DIA. Residuos industriales líquidos (RILes) Sistema de lavado de ruedas Se considera utilizar aproximadamente 10 litros por rueda con un peak diario de 360 litros/día, lo cual será recirculado en el sistema. Los residuos rescatados en cámara de separación de fases (los cuales corresponderán en mayor parte de tierra y arenas), serán retirados por una empresa especializada y autorizada, la cual dispondrá el residuo de acuerdo con el análisis de peligrosidad a realizar, que será realizado según necesidad. Más antecedentes en el punto 1.5.8.1.1 de la DIA. Sistema de lavado de canoas Se considera que se utilizarán 20 litros de agua para el lavado estimando un aproximado de 900 litros semanales. Para la disposición del líquido resultante, se considera una piscina con dimensiones de basales de 2m x 3m, y una altura de 30 cm, con lo cual se tendrá un factor de seguridad sobre el 100%, por lo que la piscina de evaporación tendrá capacidad suficiente para un retiro semanal de los residuos sólidos generados. El diseño evitará el ingreso de aguas lluvias superficiales a la piscina. En los casos que la piscina alcance un 80% de su capacidad, se coordinará el retiro por empresas autorizadas y disposición de los residuos a lugares autorizados. Más antecedentes en el punto 1.5.8.1.2 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.6 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos Residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSA) El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, envases y elementos similares. Se estima una generación de 1 kg/día por persona; por lo tanto, se estima una generación máxima de 17,9 t/mes, de residuos sólidos domiciliarios, aproximadamente. Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados en cada uno de los frentes de trabajo y en la faena de construcción. Diariamente serán retirados para su almacenamiento temporal en un contenedor que se ubicará en el patio de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Desde este lugar, los residuos serán retirados dos a tres veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. Más Antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA. Residuos industriales La construcción del Data Center generará residuos industriales sólidos no peligrosos. Se estima una generación máxima de 17,36 t/mes de chatarra y restos de madera, principalmente embalajes y materiales, según el siguiente detalle: Tabla 4.3.1.6.1: Estimación de residuos industriales no peligrosos en fase de construcción (t/mes) Tipo de residuos Cantidad estimada (t/mes) Chatarra 4,3 Cartón 1,7 Papel 0,56 Restos de madera 4,9 Plásticos 3,6 Cables u otros similares 2,3 Total 17,36 Fuente: Tabla 18 del punto 3.4 de la Adenda. Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en la instalación de faena, desde donde, dos a tres veces por semana (dependiendo de la cantidad acumulada) serán retirados al sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, para su clasificación de acuerdo si tienen o carecen de valor comercial. Estos residuos tendrán un lugar cerrado específico para almacenamiento, con control de acceso y señalización específica, separación entre materiales distintos, y protección para ellos. Si bien se priorizará la reutilización y venta de estos residuos, en caso de que ello no sea posible se almacenarán en contenedores hasta su retiro y transporte por una empresa autorizada hasta un sitio autorizado para su disposición final. Más Antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA, y el punto 3.4 de la Adenda. Residuos peligrosos (RESPEL) Los residuos peligrosos que generarán en la fase de construcción del Proyecto serán almacenados en contenedores con tapa, en la bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, la frecuencia de retiro será Cada 6 meses como máximo (semestral), y su disposición final será en lugar autorizado por la SEREMI de Salud. A continuación, un resumen en donde se indica el tipo de residuo peligroso generado en esta fase:
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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Tabla 4.3.1.6.2: Estimación de RESPEL en fase de construcción (t/mes) Residuo Cantidad estimada (t/mes) Aceites lubricantes y petróleo usados 0,077 Filtros de aceite y petróleo 0,036 Envases de aceite y grasa 0,263 Envases de pintura 0,304 Material absorbente 0,023 Total RESPEL 0,703 Fuente: Tabla 3 del Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA. El almacenamiento como la distribución de los contenedores y la definición de espacios adecuados, estará basada en la aplicación de la tabla de incompatibilidades de residuos peligrosos (artículo 87 del D.S. 148/2003 del MINSAL). Mas antecedentes en el punto 3-3 PAS 142 de la DIA. Sustancias peligrosas (SUSPEL) Las sustancias peligrosas que se utilizarán durante la fase de construcción se detallan en la siguiente tabla: Tabla 4.3.1.6.3: Estimación de SUSPEL para la fase de construcción Subetapa Producto Clasificación NCh 382/2004 Cantidad máxima (kg/mes) Subetapa 1 Pinturas y Solventes Clase 3, Líquido Inflamable 5.598 Adhesivos Clase 3, Líquido Inflamable 733 Barnices Clase 3, Líquido Inflamable 27 Cilindros de Nitrógeno Clase 2, División 2.2. Gas comprimido 20 m3/mes Membrana asfáltica Clase 9, misceláneas 1.733 Subetapa 2 Pinturas y Solventes Clase 3, Líquido Inflamable 1.192 Adhesivos Clase 3, Líquido Inflamable 157 Barnices Clase 3, Líquido Inflamable 6 Cilindros de Nitrógeno Clase 2, División 2.2. Gas comprimido 4,26 m3/mes Membrana asfáltica Clase 9, misceláneas 369 Subetapa 3 Pinturas y Solventes Clase 3, Líquido Inflamable 2.214 Adhesivos Clase 3, Líquido Inflamable 290 Barnices Clase 3, Líquido Inflamable 11 Cilindros de Nitrógeno Clase 2, División 2.2. Gas comprimido 7,91 m3/mes Membrana asfáltica Clase 9, misceláneas 686 Subetapa 4 Pinturas y Solventes Clase 3, Líquido Inflamable 1.192 Adhesivos Clase 3, Líquido Inflamable 157 Barnices Clase 3, Líquido Inflamable 6 Cilindros de Nitrógeno Clase 2, División 2.2. Gas comprimido 4,26 m3/mes Membrana asfáltica Clase 9, misceláneas 369 Fuente: Tabla 1-11 de la DIA Los envases sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en cumplimiento al Título II Párrafo II del D.S. N°43/16 del Ministerio de Salud. Más antecedentes en el punto 1.5.5.6. de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de construcción en el Capítulo 4.6 del ICE.
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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN 4.3.2.1 Partes y obras Nombre Descripción Edificio principal El proyecto considera la construcción de un edificio principal que estará compuesto por módulos, bloques de sistemas auxiliares y un bloque administrativo. El proyecto contempla seis módulos compuestos por las siguientes unidades: • Salas de Colocación (espacio para la instalación de racks para servidores y otros equipos). • Pasillos técnicos. • Subestaciones Unitarias. • Corredores de Circulación. Todos estos módulos de Data center, se ubican al interior del edificio principal. Los respectivos módulos auxiliares, cada uno ocupa una superficie aproximada de 3.841,37 m². Dichos módulos consideran las siguientes instalaciones: • Salas de Conectividad. • Bodega. • Pasillos técnicos. • Oficinas Auxiliares. • Áreas de carga y descarga de camiones. El bloque administrativo, utilizará una superficie aproximada de 1.400 m². Los edificios administrativos, consideran las siguientes partes: • Oficinas. • Bodegas. • Baños. • Comedores. • Instalaciones Administrativas. • Central de Monitoreo. Más antecedentes en el punto 1.4.1.1. de la DIA, y el detalle de su ubicación en la Figura 1-5 de la DIA y el Anexo 1 Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. Zona de generadores Corresponde a las zonas donde se emplazarán los grupos electrógenos o generadores de emergencia. Estos funcionan en régimen stand by para garantizar la operación sin interrupción en caso de cortes de suministro de energía. El proyecto contempla 32 generadores, según el siguiente detalle para cada subetapa: • Subetapa 1: 10 generadores de 3.000 kW y 2 generadores de 2.000 kW • Subetapa 2: 5 generadores de 3.000 kW. • Subetapa 3: 10 generadores de 3.000 kW. • Subetapa 4: 5 generadores de 3.000 kW. En el Anexo 1-9 de la DIA, se presentan las especificaciones técnicas de los generadores. Más antecedentes en el punto 1.4.1.2. de la DIA, y el detalle de su ubicación en la Figura 1-5 de la DIA, y el Anexo 1 Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. Sistemas de almacenamiento de combustible Para garantizar la operación continua del Proyecto, se requiere un sistema de respaldo de generadores, los que deberán contar con suministro de combustible para su funcionamiento en casos excepcionales. Para abastecer a los generadores cada uno de estos tendrá su estanque superficial respectivo, y el sistema tendrá además dos estanques de uso complementario. Las características del sistema de combustibles por subetapas del proyecto son las siguientes: • Subetapa 1: 12 tanques de 25 m3 (1 tanque dedicado por generador) y 1 tanque de 30 m3 • Subetapa 2: 5 tanques de 25 m3 (1 tanque dedicado por generador) • Subetapa 3: 10 tanques de 25 m3 (1 tanque dedicado por generador) y 1 tanque de 30 m3 • Subetapa 4: 5 tanques de 25 m3 (1 tanque dedicado por generador) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN En total el combustible se almacenará en 34 tanques, alcanzando una capacidad de almacenamiento total de 860 m3 (equivalentes a 731 ton aproximadamente). Cabe señalar que los tanques de almacenamiento de combustible cumplirán con las normas de diseño establecidas en el D.S. N° 160/2008 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Más antecedentes en el punto 1.4.1.3 de la DIA, y el detalle de su ubicación en la Figura 1-5 de la DIA y el Anexo 1 Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. Salas eléctricas El Proyecto con todas las subetapas finalizadas contempla 27 salas eléctricas con sus respectivos transformadores de tensión, celdas, paneles de distribución, sistemas de UPS y baterías. Todas las salas eléctricas contarán con control de temperatura y equipos de climatización de precisión, así como las respectivas características de ventilación según normativa internacional. Más antecedentes en el punto 1.4.1.4 de la DIA Sistema de enfriamiento El sistema de enfriamiento que contempla el proyecto consiste en equipos de enfriamiento modulares por subetapa (Chillers). El sistema considera un total de 32 Chillers y, corresponde a un circuito cerrado, no tendrá pérdidas de agua por enfriamiento o evaporación y no hay purga por descarga del sistema. Las partes que componen al sistema de enfriamiento por subetapa corresponden a: • Subetapa 1: 12 Chillers. • Subetapa 2: 5 Chillers. • Subetapa 3: 10 Chillers. • Subetapa 4: 5 Chillers. Cada sistema cuenta con el sistema de bombas de impulsión y distribución, así como de un estanque de acumulación de agua helada de 7,5 m3 por cada Chiller, por lo que se requieren de 240 m3 de agua para llenar por completo el sistema, el detalle se presenta en la tabla 2 de la Adenda. Las únicas pérdidas posibles que se pudieran generar, de manera muy eventual, por goteos en las conexiones, se estima en unos 50 litros al año. El agua a utilizar será adquirida a proveedores autorizados. Mas antecedentes en el punto 1.11 de la Adenda. Salas de TI y de telecomunicacion es Las salas de TI corresponden al lugar donde se encuentran los dispositivos y equipos para el manejo de datos. Estas salas deben estar climatizadas por lo que cuentan con equipos de climatización (CRAHs) los que se localizan en los pasillos técnicos. Las salas de telecomunicaciones corresponden al lugar donde se conectan las fibras ópticas de datos de proveedores externos. Más antecedentes en los puntos 1.4.1.6 y 1.4.1.8 ambos de la DIA, y el detalle de su ubicación en el Anexo 1 Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. Sistema de distribución eléctrica (subestación eléctrica del proyecto) El proyecto considera un sistema de distribución en líneas de baja tensión (12,5 kV) desde la subestación Lo Espejo-Panamericana hasta el panel de medición en el sitio en la primera subetapa del proyecto. Y posteriormente se considera otra conexión en alta tensión (110 kV) también desde la subestación Lo Espejo-Panamericana a la subestación del Proyecto que permitirá bajar la tensión eléctrica de 110 a 12,5 kV. La subestación Lo Espejo-Panamericana es contigua al predio de ODATA lo que permite que las conexiones se realicen de manera soterrada. Más antecedentes en el punto 1.4.1.10 de la DIA, y el detalle de su ubicación en la Figura 1-6 de la DIA y el Anexo 1 Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. Sistema de control de incendios El sistema de control de incendios contempla una central que se ubica en la sala de seguridad, ubicada en el edificio administrativo, que cuenta con un panel sistema de monitoreo que abarca todo el predio del Proyecto. Contará con un sistema de detección de incendio, el que funcionará por medio de: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN • Sensores (detectores de humo - precoces y normales, de calor instalados), dentro de los bloques de TI, Bloques Auxiliares y Bloques Administrativos, así como en las centrales de enfriamiento, zonas de generadores, patios eléctricos y subestación. • Este sistema de detección operará de forma independiente a la red eléctrica general, conectándose a la vez con el sistema de generación de electricidad de emergencia, asegurando así el funcionamiento toda vez que haya una emergencia. • El sistema contará con sprinklers automáticos (double interlock pre- action), así como también se contará con extintores manuales y red húmeda. Para suministrar agua a la red, se contará con dos estanques enterrados con sus respectivas bombas y sistema de tuberías. Más antecedentes en el punto 1.4.1.9 de la DIA, y el detalle de su ubicación en el Anexo 1 Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. Zonas de carga y descarga de combustible Según lo indicado en el punto 1.35 de la Adenda, las zonas de carga y descarga de combustibles, corresponden a zonas impermeabilizadas y con sistemas de contención independientes, con el fin de no permitir que eventuales derrames en la zona de carga, lleguen a tomar contacto con sistema de evacuación de aguas lluvias, a los sistemas de alcantarillado, drenajes o cursos de agua. Para ello, la zona de carga de los tanques, estarán provistos de pretiles en su perímetro, que conduzcan hasta una cámara separadora o sistema de conducción de derrames que permitan contenerlo. Lo anterior, cumpliendo con lo establecido en el artículo 147 del D.S. N°160/2008 del MINECON. Además, según lo indicado en el punto 6.2 de la Adenda, el sector de descarga de combustible y de grupos electrógenos considera las siguientes características constructivas: • Pretiles en las zonas de descarga de combustible sobre su perímetro. • Los estanques de almacenamiento de combustible contarán con doble pared, cañerías de doble pared, cámaras separadores de aceites e hidrocarburos. • La cámara de contención de derrames contará con sensores de detección de fugas, los que se activarán cada vez que exista un derrame. • Los sistemas de distribución de combustible contemplan un sistema de contención formado por cañerías de doble pared que evitarán el derrame del combustible y lo conducirán gravitacionalmente hasta la cámara de contención de derrames de la zona de carga. • El diseño de estanques, cañerías e instalaciones se realizará con elevados estándares de seguridad y en cumplimiento de la normativa asociada. • Al hormigón se le aplicará un agente impermeabilizante existente en el mercado. Todas las instalaciones y construcciones antes mencionadas se realizarán previo al montaje de los equipos, especialmente de los generadores. Sistema de recolección e infiltración de aguas lluvias Según lo indicado en el punto 13.1 de la Adenda, el sistema la solución prevista para el sistema de drenaje de aguas lluvias consiste en: • Uso de canales de aguas lluvia en los extremos de los puntos más bajos de las cubiertas; • Captación con rejillas hemisféricas en la losa central del edificio. La cubierta general del edificio cuenta con una pendiente del 10%, dirigiendo las aguas para las canales de aguas lluvias ubicadas en los puntos más bajos. Las diferentes situaciones que existen en el proyecto son: • El agua será dirigida para las canales de aguas lluvias en los extremos y serán captadas por columnas verticales y después conectadas a la red de drenaje. • Las aguas de lluvia serán direccionadas a través de tuberías horizontales, por encima de la losa central, una parte para la zona de oficinas y otra parte para la fachada del edificio. • - Las aguas de lluvia de la losa central del edificio serán dirigidas para la red de drenaje en el lado opuesto de las oficinas, a través de cámaras de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN inspección dentro del edificio. El recorrido de la red de drenaje será realizado por cámaras decantadoras y posteriormente descargadas en bloques de drenes del tipo “cubro dren”, infiltrando el agua en el terreno. El dimensionamiento de sistema de aguas lluvias fue realizado adoptándose una precipitación de 90 mm/h/m2, con un período de retorno de 10 años, en 24 horas. Para conductores verticales, fueron adoptadas las recomendaciones de la norma chilena NCh 777/1. El proyecto de aguas lluvias considerará un programa de mantención permanente, a lo largo de la vida útil del proyecto, para garantizar la operabilidad de la solución de aguas lluvias propuesta. La instalación será realizada estrictamente de acuerdo con las normativas vigentes. Más antecedentes en el punto 13.1 de la Adenda. Accesos, caminos y estacionamientos El proyecto considera un acceso peatonal por Av. Lo Espejo y otro que será el principal a través de camino San Esteban. El camino interno se compone de una calle perimetral al edificio principal. El acceso será el mismo para la fase de construcción y operación. Más antecedentes en el punto 1.4.1.10 de la DIA. Según lo indicado en el punto 1.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto contempla un total de 133 estacionamientos para vehículos livianos y 2 para camiones, dando cumplimiento a la normativa pertinente. El detalle de ubicación de las partes mencionadas se presenta en el Anexo 1 Plano actualizado del proyecto de la Adenda Complementaria. Sistema particular de agua potable Según lo indicado en el punto 1.5.5.4.1 de la DIA, el proyecto no cuenta con factibilidad sanitaria para el abastecimiento de agua potable, por emplazarse fuera del área de concesión sanitaria, según consta en el Ordinario N° 178/SMAPA, de fecha 28 de abril de 2021, adjunto en el Anexo 2 de la Adenda, por lo que considera entre sus instalaciones un sistema particular de agua potable, que de acuerdo a lo informado en el puto 1.15 de la Adenda, deberá estar debidamente aprobado y autorizado por la SEREMI de Salud, según lo dispuesto en DFL 1/90 del MINSAL, que determina las materias que requieren autorización sanitaria. Dicho sistema considera estanques de regulación, bomba centrifuga, red de cañería y artefactos de acuerdo a caudal máximo. En el Anexo 12 de la Adenda se presentan las características generales del sistema de abastecimiento de agua potable para todas las fases del proyecto. Sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas El proyecto considera la implementación de un sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas en fase de operación, consistente en una red de tuberías descargando de forma gravitacional hasta una planta elevadora (PEAS) a su respectiva planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), que será una de tipo modular de lodos activados, y contará como mínimo con 3 fases de tratamiento, incluyendo tratamiento primario, tratamiento biológico con aireación y clarificación. Finalmente, el efluente será conducido a una cámara de desinfección a modo de asegurar la eliminación de patógenos para su posterior infiltración a través de drenes. En la Tabla 1 y Figura 2 del Anexo 3-1 PAS 138 de la Adenda, se presentan sus coordenadas y emplazamiento dentro de las instalaciones del proyecto Más antecedentes en el Anexo 3-1 PAS 138 de la DIA y los puntos 3.1 y 3.2 de la Adenda. Bodegas de Residuos Asimilables a domésticos y Residuos No Peligrosos. Para la fase de operación y cierre el proyecto contará con 2 bodegas de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos de 13,26 m2 cada una, las que tendrán techumbre y radier para evitar el contacto de los residuos con el suelo natural, un cerco, de a lo menos 1,8 m de altura, para delimitar la instalación en relación con las otras partes y obras del proyecto. Los residuos sólidos asimilables a domésticos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. Diariamente serán retirados para su almacenamiento temporal en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN un contenedor que se ubicará en la bodega de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Desde este lugar, los residuos serán retirados 3 a 4 veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en los frentes de trabajo. Periódicamente (una a tres veces por semana, dependiendo de la acumulación) serán retirados y trasladados la bodega de Residuos Industriales sólidos no peligrosos, donde serán almacenados en forma ordenada a granel. Se priorizará la reutilización y venta de estos materiales. En caso de que ello no sea posible en la etapa de construcción, se almacenaran en el conteiner tipo roll-off abierto de 20 m3 (como mínimo) y para la etapa de operación en contenedores de menor tamaño hasta su retiro por una empresa autorizada que lo transportará hacia un sitio autorizado para su disposición final. En la Tabla 1 y Figura 2 del Anexo 3-2 PAS 140 de la Adenda, se presenta sus coordenadas y emplazamiento dentro de las instalaciones del proyecto. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA y los puntos 3.3 y 3.4 de la Adenda. Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL) La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos tendrá una superficie de 13,26 m2, con pretil para la contención de derrames, perímetro cerrado y accesos controlados. La bodega dará cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/2003 de MINSAL “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” y cumplirá las siguientes condiciones: • Contarán con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales; • Serán construidas de forma de evitar la contaminación del suelo o de las aguas. Para evitar cualquier escurrimiento o derrame de residuos líquidos, contarán con un pretil o pozo receptor, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Su base será continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; • Serán techadas y protegidas de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Tendrán una sección abierta entre los muros y el techo para favorecer la ventilación, considerando los tipos de residuos y el volumen total de éstos; • Estarán señalizadas con letreros, en los que se indicará que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo con la NCh 2.190 Of.2003. Contarán con vías de escape accesibles, en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. En la Tabla 2 y Figura 2 del Anexo 3-3 PAS 142 de la Adenda, se presenta sus coordenadas y emplazamiento dentro de las instalaciones del proyecto. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA y los puntos 3.5 al 3.10 de la Adenda. 4.3.2.2 Acciones Nombre Descripción Operación del Data Center La operación se iniciará con la entrada en actividad del primer bloque de Data Center (subetapa 1), el que entrará en operación apenas se finalice su construcción. Posteriormente, finalizada la construcción de la subetapa 2, comenzará su operación. Lo mismo sucederá con el tercer y cuarto bloque (subetapa 3 y subetapa 4, respectivamente)., según cronograma de la fase de operación presentado en la Figura 1-13 de la DIA. La operación del Data Center es 24x7. No obstante lo anterior, en términos de actividades, estas se limitan a la operación de técnicos eléctricos y mecánicos que realizan las operaciones de mantención, principalmente. Los equipos de trabajo actúan en 3 áreas distintas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN • Actividades de operación: rondas diarias y asistencias a llamados; • Actividades de mantención: mantenciones preventivas, correctivas y preventivas; • Actividades de operación asistida: acompañamiento técnico de cualquier actividad de campo; • Monitoreo de los Sistemas y elaboración de Informes de Gestión. Más antecedentes en el punto 1.6.1. de la DIA. Actividades de mantención y conservación. Para el desarrollo de las actividades de mantención, se contemplan las siguientes actividades: Plan de Mantención, Operación y Control • El Plan de Mantención, Operación y Control describe las actividades de mantención, operación y control del Data Center. Determina como y con qué regularidad serán realizadas las actividades de mantención preventiva y predictiva, como serán realizadas las maniobras en los equipos y sistemas, y que controlar. Además de los parámetros y limites operacionales para cada control. Programación de Actividades • Cronograma de mantención: Contiene todas las actividades y la regularidad de las mantenciones que serán realizadas en cada equipo. Un equipo puede tener regularidades diferentes, recomendadas para cada actividad de mantención a ser realizada. • Alcance Técnico: Relativo a “como” la mantención debe ser realizada, con los siguientes pasos: medición, limpieza, sustitución de componentes, reajustes, entre otros. Más antecedentes en el punto 1.6.5 de la DIA y Figuras 1-14 y 1-15 de la DIA. 4.3.2.3 Suministros básicos Energía La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones será obtenida a través de la conexión entre la Subestación eléctrica del Proyecto y la conexión mediante un empalme con la Subestación Lo Espejo- Panamericana. Más antecedentes en el punto 1.6.6.2.1 de la Adenda. Agua potable Agua potable Para la fase de operación del proyecto, al igual que para la construcción, se considera un sistema particular de agua potable, el que se abastecerá por camiones autorizados, provistos por empresas sanitarias que cuenten con las autorizaciones respectivas (Punto 1.6.6.2.1 de la DIA). En el Anexo 12 de la Adenda se presenta el detalle del sistema particular de agua potable. Las personas que utilicen las dependencias será personal interno tales como operarios técnicos, administrativos, personal de apoyo e incluso algunas personas de visita. Sólo en algunos casos específicos se considera el uso de duchas. En base a lo anterior, se han clasificado dos tipos de usuarios en la operación: • Usuarios tipo 1: utilizan sólo inodoros y lavamanos. Para ello se ha considerado un 90% de personal administrativo y una dotación de 120 litros/hab./día. • Usuarios tipo 2: utilizan inodoros, lavamanos y duchas. En este caso se ha supuesto un 10% de personal de aseo y una dotación de 150 litros/hab./día. En la Tabla 4 de la Adenda se detalla la cantidad estimada de usuarios de las instalaciones del proyecto según la clasificación anterior, las dotaciones y los consumos diarios estimados, llegando a un consumo máximo diario al final del período (operación completa del datacenter) con un caudal diario de 19,32 m3/día promedio. De acuerdo con lo indicado en el punto 1.6 de la Adenda Complementaria, el agua que se utilizará en el sistema particular de agua potable será abastecida mediante proveedores o sanitarias autorizadas, y en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria se presenta el Certificado GC030/2021, de fecha 11 de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN noviembre de 2021, de la empresa sanitaria Aguas Santiago Poniente, el cual otorga la factibilidad de suministro de agua potable, mediante camión aljibe, por un volumen estimado de 20 m3, durante la fase de operación. Más antecedentes en el Anexo 12 de la Adenda y punto 1.15 de la Adenda y punto 1.6 de la Adenda Complementaria. Agua industrial Según lo indicado en el punto 1.6.6.2.2 de la DIA, se estima el uso de agua para las diversas actividades del Data Center, asociado a limpieza, jardín, red de incendio, en una cantidad de 72,5 m³/mes. De acuerdo con lo indicado en el punto 1.11 de la Adenda, el proyecto requiere un consumo de agua industrial de 240 m3 de agua para llenar por completo el sistema de enfriamiento para las 4 subetapa y 32 Chillers, se considera un llenado único durante la puesta en marcha de los equipos. Esta agua provendrá de proveedores autorizados dada las características fisicoquímicas que se requieren. Al tratarse de un circuito cerrado, no tendrá pérdidas de agua por enfriamiento o evaporación y no hay purga por descarga del sistema. Las únicas pérdidas posibles que se pudieran generar, de manera muy eventual, por goteos en las conexiones, se estima en unos 50 litros al año. Más antecedentes en el punto 1.11 de la Adenda. Servicios higiénicos Para los servicios higiénicos de la fase de operación, el proyecto contará con un sistema particular de alcantarillado, debido a que se encuentra fuera de la zona de concesión de la sanitaria, por lo que no existe factibilidad de conexión a la red pública de alcantarillado, según consta en el Ordinario N°178/SMAPA, de fecha 28 de abril de 2021, adjunto en el Anexo 2 de la Adenda. Los servicios higiénicos del Data Center se ubicarán en el edificio administrativo. Más detalles en el Anexo 3-1 PAS 138 de la DIA. Las consideraciones técnicas para el tratamiento de aguas servidas desde la fase de construcción hasta la de operación definitiva, pasando por un período mixto, son las que se indican a continuación: • Personal administrativo: 10 % del total. • Personal general no administrativo: 90 % del total. • Consumo de agua personal administrativo: 120 l/persona-día. • Consumo agua personal no administrativo: 150 l/persona-día. • Carga orgánica unitaria personal adm.: 35 gr DBO5/persona-día. • Carga orgánica unitaria personal no adm.: 35 gr DBO5/persona-día. De acuerdo con la programación del proyecto global, se tienen tres períodos característicos: • De 0 a 20 meses: 497 personas, 68.82 m3/día y 17,4 kg BDO5/día; 348 PE. • De 20 a 70 meses: 289 personas, 38.52 m3/día y 10,12 kg BDO5/día; 202 PE. • De 70 meses en adelante: 157 personas, 19.32 m3/día y 5,5 kg BDO5/día; 110 PE. (con PE = persona equivalente, la que descarga 200 l/día y 50 gr DBO5/día). Más antecedentes en los puntos 3.1 y 3.2 de la Adenda. Combustible Según lo indicado en el punto 1.6.6.4 de la DIA, para la fase de operación, el principal insumo de características peligrosas corresponde al Diesel, ya que se contempla el almacenamiento de 860 m³, correspondiente al almacenamiento de los estanques que abastecen a los generadores en caso de cortes de energía. En Anexo 1-7 de la DIA se adjunta análisis de riesgo del almacenamiento de Diesel. 4.3.2.4 Productos generados Según se indica en el punto 1.6.7 de la DIA, la fase de operación del Proyecto no considera la generación productos, sólo su almacenamiento. 4.3.2.5 Recursos naturales renovables Según señala el Titular en el punto 1.6.8 de la DIA, el Proyecto no prevé la extracción de recursos naturales para su operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN 4.3.2.6 Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas Las principales fuentes de emisión de material particulado y gases del proyecto corresponden a las actividades de circulación de vehículos por vías internas y externas pavimentadas, circulación interna y externa de vehículos y Grupo electrógeno. De acuerdo con la estimación de emisiones presentada en el Anexo 3 de la Adenda, las emisiones del proyecto en la fase de operación son las siguientes: Tabla 4.3.2.6.1: Emisiones atmosféricas en fase de operación (t/año) Año Emisiones del Proyecto (t/año) MP10 MP2,5 PTS NOX CO SOX HC NH3 Año 2 0.80 0.20 3.60 1.01 0.48 0.00 0.02 0.00 Año 3 0.65 0.21 3.11 1.28 0.64 0.00 0.02 0.00 Año 4 0.68 0.24 3.14 1.85 0.97 0.01 0.02 0.00 Año 5 0.74 0.29 3.20 2.78 1.50 0.01 0.02 0.00 Año 6 en adelante 0.77 0.33 3.24 3.43 1.88 0.01 0.02 0.00 Lim PPDA 2,5 2.0
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10
- Fuente: Tabla 81 del Anexo 3 de la Adenda. Al considerar el traslape de emisiones para las fases de construcción y operación según cronograma, se obtiene: • AÑO 1 (F1) actividades asociadas a la Fase de Construcción (movimiento de tierras + SHELL en F1). No hay Operación en este año. • AÑO 2 (F1+F2) término de construcción y puesta en marcha de operación de F1 + Obras civiles F2 • AÑO 3 (F2+F3) término de construcción y puesta en marcha de F2 + operación de F1 • AÑO 4 (F3) término de construcción de F3 + operación de F1 y F2 +puesta en marcha de F3 • AÑO 5 (F4) construcción y comienzo de operación de F4 + operación de F1, F2 y F3. • AÑO 6 en adelante(F1+F2+F3+F4) operación de todos los módulos. Luego de realizar la conversión a MP10 equivalente por año, su ponderación al 120% y la fracción generada por combustión en % según el análisis del D.S. 31/2016, se obtienen los siguientes montos: Tabla 4.3.2.6.2: Conversión de MP2.5 y MP10 según D.S. Nº31/2016 por año Año MP10eq (t/año) MP10eq al 120% (t/año) Fracción por combustión (%) 1 8.18 9.82 8.11 2 3.61 4.33 13.67 3 1.27 1.52 27.62 4 1.42 1.70 35.22 5 1.54 1.85 40.38 6 en adelante 1.18 1.42 50.38 Fuente: Tabla 95 del Anexo 3 de la Adenda. Respecto a las emisiones generadas por el Proyecto “ODATA SAN BERNARDO” y en base al cumplimiento del D.S. N° 31/2016 que Establece Plan de Prevención y Descontaminación para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA) en su Artículo 64, se concluye que: • El periodo en el cual se generan emisiones de material particulado respirable (MP10) por parte del Proyecto y que superan los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 corresponden a los años, Año 1 y Año 2 y alcanza un máximo de 7.73 t/año y 3.26 t/año respectivamente. • El periodo en el cual se generan las emisiones de material particulado respirable fino (MP2.5) por parte del Proyecto y que superan los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 corresponden a los años, Año 1 y Año 2 y alcanzan un máximo de 1.91 t/año y 0.73 t/año. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN • El Proyecto no genera superación de los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 y para los gases de combustión NOx, CO y SOx. En el Anexo 3 de la Adenda, se presenta una propuesta de Plan de Compensación de Emisiones conforme indica el artículo 64 del PPDA. Mayores antecedentes en el Anexo 3 de la Adenda. La SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio Ord. N°969 de fecha 23 de septiembre de 2021, se pronunció conforme respecto de estos antecedentes. Emisiones acústicas Durante la fase de operación se consideran las emisiones de ruido asociadas a los equipos generadores, sistemas de enfriamiento, entre otros. De acuerdo con lo indicado en la Tabla 14 del informe de Ruido y vibraciones, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, existe superación normativa en el período nocturno en el receptor R1-2 con un nivel de 54 [dB(A)], asociada a la operación de emergencia de los grupos electrógenos. Para cumplir con el límite de 50 [dB(A)] para el horario nocturno, se implementará una barrera acústica en el hacia el deslinde este de 7 metros de altura y 55 de longitud con el objetivo de obstaculizar la propagación de ruido hacia este receptor, esta barrera, se encontrará a aproximadamente 6 m de los generadores y protegerá desde el generador 2-E hasta el generador 6-A, abarcado una longitud de 55 m como se expresó anteriormente. Esta barrera se construirá con un material cuya densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2. En la Tabla 16 del citado anexo se indican las coordenadas de ubicación referenciales de la barrera y en la Figura 7 la ubicación, altura, longitud y posición relativa de la barrera. En virtud de lo anterior, se indica que el proyecto, en la fase de operación cumple con los limites diurnos y nocturnos establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA. Mayores detalles en Anexo 4 de la Adenda ComplementariaLa SEREMI de Salud, mediante Oficio Ord. N°3656 de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronunció conforme respecto de estos antecedentes. Vibraciones De acuerdo a lo indicado en el punto 4.5.3 del informe de Ruido y vibraciones, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, dada la naturaleza del Proyecto y las condiciones de funcionamiento de un data center, donde los equipos son estáticos y cuentan con sistemas anti vibratorio en su diseño, se asume que en la fase de operación no se generarán emisiones vibratorias o bien, tendrán una magnitud inferior a las estimadas para la fase de construcción, donde no existe superación de la norma de referencia. Más antecedentes en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria. La SEREMI de Salud, mediante Oficio Ord. N°3656 de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronunció conforme respecto de estos antecedentes. Aguas Servidas La generación de residuos líquidos durante esta fase está directamente asociada a la mano de obra, ya que corresponderá a aguas servidas. Se estima una generación máxima de 19,32 m3/d para la operación del proyecto. Más antecedentes en el punto 1.6.10.1.1 de la DIA. Residuos líquidos industriales En la fase de operación no se generarán residuos líquidos industriales. En el caso de generarse derrames de combustibles, estos serán tratados como residuos peligrosos, en contenedores aptos. y cumpliendo con toda la normativa correspondiente. Más antecedentes en el punto 1.6.10.1.2 de la DIA. Campos electromagnéticos De acuerdo a lo indicado en el punto 1.6.9.3 de la DIA, la operación de las instalaciones del proyecto, es específico la subestación eléctrica, genera campos electromagnéticos de baja y alta frecuencia, y para analizar su magnitud se acogió como norma de referencia la recomendación publicada por la ICNIRP (Guidelines for limiting exposure to time varying electric and magnetic fields (1 Hz – 100 kHz)), que establece 5.000 [V/m] para el campo eléctrico y 200 [micro Tesla] para la inducción magnética. De acuerdo con la modelación de campos electromagnéticos, presentada en el Anexo 1-5 de la DIA, se indica que: • La magnitud máxima de inducción magnética existente a un metro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN altura sobre el suelo en torno a la línea operando en 23 kV es 4,50 [micro Tesla] (equivalente a 45,0[mili Gauss] y en el borde del Área de Influencia es 2,83[micro Tesla] (equivalente a 28,3[mili Gauss], inferior al límite de 200 [micro Tesla] o 2.000 [mili Gauss], considerado internacionalmente como seguro. • La magnitud de radio interferencia generada por la línea aérea a la distancia y frecuencia de norma es -11,60 [dB/uV/m], valor que indica que no genera interferencia y es inferior al límite establecido por la norma canadiense, de 43 [dB/uV/m]. • En tramo de línea soterrada, el campo magnético máximo a 1m sobre la superficie es 150 [micro Tesla], inferior al límite de 200 [micro Tesla] establecido por la ICNIRP como seguro. Por lo que el titular señala en el punto 1.6.9.3 de la DIA que las instalaciones del proyecto no superan los valores establecidos por la norma de referencia, respecto de campos electromagnéticos de baja y alta frecuencia. 4.3.2.7 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos Residuos sólidos asimilables a domiciliarios El Proyecto generará residuos sólidos asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en residuos orgánicos, papeles, cartones y latas. Se estima una generación de 3,76 t/mes. Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. Diariamente serán retirados para su almacenamiento temporal en un contenedor que se ubicará en el patio de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Desde este lugar, los residuos serán retirados 3 a 4 veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA, y el punto 3.4 de la Adenda. Residuos sólidos industriales no peligrosos Los residuos sólidos industriales no peligrosos durante la fase de operación provendrán de embalajes y materiales principalmente, por lo que serán de muy baja magnitud. Se estima una generación de 0,36 toneladas/mes. Estos residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados localizados próximos a los lugares de trabajo para luego ser retirados y trasladados desde dichos sectores al sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA. Residuos peligrosos (RESPEL) En la siguiente tabla se presenta el detalle de la generación de residuos peligrosos en fase de operación. Tabla 4.3.2.7.1: Generación de residuos peligrosos en fase de operación. Tipo de residuo Cantidad ton/mes Borras de combustible 0,17 Desechos de la limpieza estanques 0,042 Fluidos para limpiar circuitos eléctricos y conexiones 0,029 Material tecnológico con contenido peligroso 0,030 EPP en desuso 0,030 Baterías en desuso 0,015 Luminarias en desuso 0,025 Restos de envases 0,030 Restos de utilizados en higienización de baños 0,040 Antigases 0,010 Bombas en desuso 0,167 Aceites lubricantes y petróleo usados 0,029 Filtros de aceite y petróleo 0,015 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Envases de aceite y grasa 0,101 Envases de pintura 0,058 Material absorbente 0,009 Total 0,8 Fuente: Tabla 20 del punto 3.10 de la Adenda. Los RESPEL serán acopiados temporalmente en contenedores tapados y herméticos al interior de la bodega de residuos peligrosos para su posterior retiro por parte de empresas autorizados para transportarlos a un relleno de seguridad autorizado. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA, y los punto 3.5 al 3.10 de la Adenda. Sustancias peligrosas (SUSPEL) Para la fase de operación, el principal insumo de características peligrosas corresponde al Diesel, ya que se contempla el almacenamiento de 860 m³, correspondiente al almacenamiento de los estanques que abastecen a los generadores en caso de cortes de energía. En Anexo 1-7 de la DIA se adjunta análisis de riesgo del almacenamiento de Diesel. Además, se contempla el uso de aceites lubricantes estimado en 4,8 m³ y 58 l/día de alcohol gel. En el Anexo 1-8 de la DIA se presentan las Hojas de Seguridad de las sustancias peligrosas a utilizar por el Proyecto. Más antecedentes en el punto 1.6.6.4 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de operación en el Capítulo 4.7 del ICE.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.3. FASE DE CIERRE 4.3.3.1. Partes y obras Instalación de faenas (IF) Corresponde a la misma definición entregada para la fase de construcción en el punto 4.3.1.1. de la presente RCA. Sistema particular de agua potable Corresponde a la misma definición entregada para la fase de operación en el punto 4.3.2.1. de la presente RCA. Bodegas de Residuos Asimilables a domésticos y Residuos No Peligrosos. Corresponde a la misma definición entregada para la fase de operación en el punto 4.3.2.1. de la presente RCA. Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL) Corresponde a la misma definición entregada para la fase de operación en el punto 4.3.2.1. de la presente RCA. 4.3.3.2 Acciones Nombre Descripción Desmantelamiento y retiro de equipos Durante la fase de cierre se realizará el retiro de todos los equipos e instalaciones internas que componen al Data Center, es decir, el desmantelamiento de ambos edificios que componen el Data Center, el desarme y desmontaje de los equipos eléctricos, de enfriamiento, entre otros. En caso de llevarse a cabo esta fase no se contempla la demolición de la infraestructura que compone el Data Center. En el caso de realizarse retiro de estanques de combustible, previo a la ejecución, se avisará a las autoridades competentes tales como SEREMI de Salud, SEC, Dirección de Obras Municipales según corresponda. Además de lo mencionado se enviará un informe a la SEC con la siguiente información: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.3. FASE DE CIERRE • Identificación de la instalación • Fecha de cierre y/o extracción • Identificación de los elementos de la instalación a ser cerrados y/o extraídos • Procedimiento de cierre y/o extracción a emplear. El retiro se realizará dando cumplimiento a los artículos 107 al 117 del D.S N°160/08 “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones Y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”. Más antecedentes en el punto 1.7.1.1 de la DIA Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad Para la fase de abandono del Proyecto, cumplirá con todas las exigencias legales y ambientales vigentes, se retirarán los equipos, elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Más antecedentes en el punto 1.7.1.2 de la DIA Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante el proyecto o actividad La fase de cierre o abandono del proyecto no contempla la demolición de la infraestructura del Data Center. No obstante, de ejecutarse actividades de demolición, las actividades de restauración del terreno consistirán en un proceso de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado estructuras de peso (área de instalaciones) y caminos, permitiendo devolver la estructura y aumentar la aireación del suelo. En virtud de que el suelo cumple funciones a nivel ambiental, mediante la sustentación de vegetación permanente y efímera, las acciones de descompactación permitirán un repoblamiento natural del área recuperada, sin necesidad de intervención humana. De esta manera, se facilitará además el repoblamiento por parte de la fauna nativa. Más antecedentes en el punto 1.7.1.3 de la DIA. 4.3.3.3 Suministros básicos Nombre Descripción Energía eléctrica El suministro eléctrico será abastecido mediante el uso de empalme provisorio. Más antecedentes en el punto 1.7.5.2 de la DIA. Agua potable El abastecimiento de agua potable, en el caso de ejecutarse esta fase, será a través de camiones aljibe, tal como se considera para la operación. Más antecedentes en el punto 1.7.5.3 de la DIA. Servicios higiénicos En los frentes de trabajo se instalarán baños químicos modulares que serán manejados, retirados, transportados y dispuestos en destino final por una empresa especializada autorizada, la cual contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Más antecedentes en el punto 1.7.7.1.1 de la DIA. Combustible El combustible será abastecido por empresas autorizadas, no considerándose almacenamiento durante las faenas de cierre. Más antecedentes en el punto 1.7.5.1 de la DIA. 4.3.3.4 Recursos naturales renovables Acorde a las características del proyecto, el proyecto no contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales (Anexo 2 de la Adenda Complementaria). 4.3.3.5 Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas De acuerdo con la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto del Anexo 3 de la Adenda, durante la fase de cierre se realizarán las obras de desmontaje de los equipos, lo que conlleva tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados además del uso de la maquinaria respectiva, y tendrá una duración aproximada de 3 meses. El detalle de la estimación de emisiones de esta fase se presenta en la Tabla 92 del Anexo 3 de la Adenda, de la que se concluye que el Proyecto no genera superación de los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 para los gases de combustión NOx, CO y SOx y Materiales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.3. FASE DE CIERRE particulados para la Fase de Cierre. Tabla 4.8.4.1.1: Emisiones fase de cierre (t/año). Fase de cierre Emisión (toneladas/año) MP10 MP2.5 PTS NOX CO SOX HC NH3 Año 31 0.10 0.03 0.45 0.16 0.10 0.00 0.01 0.00 Fuente: Tabla 92 del Anexo 3 de la Adenda Mayores antecedentes en el Anexo 3 de la Adenda. La SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio Ord. N°969 de fecha 23 de septiembre de 2021, se pronuncia conforme. Emisiones acústicas y vibraciones De acuerdo con lo indicado en el punto 4.6 del informe de Ruido y vibraciones, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, para la fase de cierre se utilizará maquinaria similar a la utilizada en la fase de construcción, pero de menor envergadura y de manera más acotada en el tiempo. Por ello, las posibles emisiones en la fase de cierre se entienden contenidas en la modelación de la fase de construcción, las que no superan los límites normativos. La SEREMI de Salud, mediante Oficio Ord. N°3656 de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronunció conforme. Aguas Servidas Se generará un máximo de 144 m3/mes (4,8 m3/día), considerando un factor de recuperación de 0,8 litros del total del consumo de agua potable y la máxima dotación durante esta fase (40 personas). Estos residuos serán descargados al alcantarillado público, al igual que en las fases de construcción y operación. En los frentes de trabajo se instalarán baños químicos modulares que serán manejados, retirados, transportados y dispuestos en destino final por una empresa especializada autorizada, la cual contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Mayores antecedentes en el punto 1.7.7.1 de la DIA. Residuos industriales líquidos Debido a las características propias del Proyecto no se contempla la generación de residuos industriales líquidos durante la Fase de Cierre. Más antecedentes en el punto 1.7.7.1 de la DIA. 4.3.3.6 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Residuos no peligrosos Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Se generará una cantidad máxima de 0,9 t/mes (considerando 1,2 kg/día por persona) y consistirán básicamente en restos de comida, plásticos y papeles. Estos residuos serán dispuestos (en origen) en bolsas plásticas al interior de contenedores cerrados, instalados en cada uno de los frentes de desmantelamiento, desde donde serán diariamente retirados para su disposición en el mismo sector al interior del edificio administrativo de la fase de operación. Desde el sitio de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios estos serán retirados dos a tres veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA y punto 3.4 de la Adenda. Residuos sólidos industriales no peligrosos Se estima una generación de 2,4 t/mes de chatarra, cartón y/o papel y 0,6 toneladas/mes de restos de madera, plásticos, cables y otros similares. Estos residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en los frentes de trabajo desde donde, dos a tres veces por semana (dependiendo de la cantidad acumulada), serán retirados y trasladados al sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos dependiendo ubicados al interior del edificio administrativo.
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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.3. FASE DE CIERRE Dicho sector consistirá en un recinto cerrado donde se almacenarán los residuos no peligrosos, para luego ser retirados por empresa autorizada llevar a disposición final. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA. Residuos peligrosos Corresponderán tanto a sólidos contaminados con hidrocarburos/pintura/adhesivos (paños, huaipes, EPPs en desuso, entre otros), y restos de tierra, arena y aserrines contaminados con hidrocarburos. Se estima una generación máxima de 0,55 t/mes (6,6 ton/año) de este tipo de residuos, que se generarán en actividades de mantenciones menores de equipos y vehículos como por el uso de combustible en maquinarias y generador eléctrico. Estos residuos serán dispuestos temporalmente en la misma bodega de residuos peligrosos en funcionamiento desde las fases de construcción y operación del proyecto, al interior de contenedores exclusivos diferenciados de acuerdo con la peligrosidad de los residuos, los cuales se acumularán hasta que se alcance aproximadamente un 80% de la capacidad de la bodega o una vez transcurrido un periodo de tiempo de almacenamiento no mayor a seis meses. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA y el punto 3.9 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores detalles sobre la fase de operación en capítulo 4.8 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Marzo de 2022 (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de contenedores de oficinas para la instalación de faenas (Punto 1.2.9 de la DIA). Fecha estimada de término Marzo de 2027 (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de las instalaciones de faena (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Agosto de 2023 (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Parte, obra o acción que establece el inicio Puesta en marcha del primer bloque (subetapa 1) (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Fecha estimada de término Diciembre del 2053 (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento del primer bloque de Data Center (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Enero de 2054 (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Parte, obra o acción que establece el inicio Informar a la autoridad del inicio de la fase de cierre del proyecto (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Fecha estimada de término Abril de 2054 (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria). Parte, obra o acción que establece el término Desenergización del Data Center (Punto 4.1 de la Adenda Complementaria).
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5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11° de la Ley N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo 1 Aumento de las emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: excavaciones, nivelación, compactación, transferencia de material, carguío y volteo de camiones, acopio de material, circulación de camiones por vías internas y externas, pavimentadas y no pavimentadas, circulación externa de vehículos y de maquinarias fuera de ruta, y funcionamiento de grupos electrógenos. Operación: tránsito y funcionamiento de vehículos y grupo de electrógenos del datacenter. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental no significativo 2 Aumento en los niveles de ruido. Parte, obra o acción que lo genera Construcción: Las principales fuentes de ruido corresponden a excavación y movimiento de tierra, pavimentación, instalaciones de estructuras. Operación: En fase de operación el ruido se asocia al funcionamiento de los grupos electrógenos. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental no significativo 3 Generación de campos electromagnéticos. Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento Subestación Eléctrica Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 5.1 “Salud de la Población”, Tabla 5.1 del ICE Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra a) de la Ley N°19.300. Emisiones Atmosféricas: De acuerdo con el Estudio de Emisiones actualizado del Anexo 3 de la Adenda, el proyecto supera los límites establecidos en forma simultánea de MP2.5 y MP10 equivalente por el PPDA D.S. N° 31/2016 para el año 1 Fase de Construcción, y el año 2 de la Fase de Construcción + Operación, por lo cual debe compensar en un 120% las emisiones de MP10, en este caso las correspondientes al Año 1 Fase de Construcción dado a que corresponde al año de mayor emisión (8.18 t/año MP equivalente, y 9.82 t/año al 120%). En el Anexo 3 de la Adenda, se presentó la Propuesta preliminar del Programa de Compensación de Emisiones. Ruido: De acuerdo con el Estudio de ruido y vibraciones del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, los niveles de ruido, asociados a la fase de construcción del proyecto, cumplen con los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA, los resultados de dichas modelaciones sonoras arrojan niveles acústicos sobre los receptores de hasta 64 [dB(A)] para la fase de construcción en periodo diurno lo que daría cumplimiento con lo establecido por el D.S. N° 38/11 del MMA. Por su parte en la operación del proyecto se observa que las modelaciones sonoras arrojan niveles de hasta 37[dB(A)] sobre los receptores, los cuales se encuentran en cumplimiento de los limites diurnos y nocturnos establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA. Cabe señalar que dada la superación normativa en período nocturno estimada en los receptores R1-2 y, debido a la emisión de ruido asociada a la operación en emergencia del proyecto, se implementará una barrera acústica en el deslinde este de 7 metros de altura y 55 de longitud con el objetivo de obstaculizar la propagación de ruido hacia este receptor. Esta barrera, se encontrará a aproximadamente 6m de los generadores y protegerá desde el generador 2-E hasta el generador 6- A, abarcado una longitud de 55 m. Esta barrera se construirá con un material cuya densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2. Mayores antecedentes en el punto 6.1 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria Vibraciones: Durante la fase de construcción las principales actividades asociadas a la generación de vibración corresponden a las faenas constructivas con rodillo compactador. Los niveles de vibración Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS estimados cumplen con los límites máximos propuestos según lo establecido en la Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration. Por su parte, para la fase de operación, y dada la naturaleza del Proyecto y las condiciones de funcionamiento de un data center, en donde los equipos son estáticos y cuentan con sistemas anti vibratorio en su diseño, se asume que éstas no generarán emisiones vibratorias o bien, tendrán una magnitud inferior a las estimadas para la fase de construcción. Para la fase de cierre se utilizará maquinaria similar a la utilizada en la fase de construcción, pero de menor envergadura y de manera más acotada en el tiempo. Por ello, las posibles emisiones en la fase de cierre se entienden contenidas en la modelación de la fase de construcción, las que no superan los límites normativos. Más antecedentes en el Estudio de ruido y vibraciones del Anexo 4 de la Adenda Complementaria. Campos electromagnéticos De acuerdo con la modelación de campos electromagnéticos, presentada en el Anexo 1-5 de la DIA, se indica que la magnitud máxima de inducción magnética existente a un metro de altura sobre el suelo en torno a la línea operando en 23 kV es 4,50 [micro Tesla] (equivalente a 45,0[mili Gauss] y en el borde del Área de Influencia es 2,83[micro Tesla] (equivalente a 28,3[mili Gauss], inferior al límite de 200 [micro Tesla] o 2.000 [mili Gauss], considerado internacionalmente como seguro. La magnitud de radio interferencia generada por la línea aérea a la distancia y frecuencia de norma es -11,60 [dB/uV/m], valor que indica que no genera interferencia y es inferior al límite establecido por la norma canadiense, de 43 [dB/uV/m]. En tramo de línea soterrada, el campo magnético máximo a 1m sobre la superficie es 150 [micro Tesla], inferior al límite de 200 [micro Tesla] establecido por la ICNIRP como seguro. Por lo que las instalaciones del proyecto no superan los valores establecidos por la norma de referencia, respecto de campos electromagnéticos de baja y alta frecuencia. Efluentes líquidos: • Fase de construcción: se estima una generación máxima de 71,32 m3/día de aguas servidas domésticas, tomando como referencia un factor de recuperación de 0,8 del total del consumo de agua potable, la que será dispuesta en el sistema particular de aguas servidas. Lo anterior, asociado a la instalación de faena ubicada en el Data Center. Según la información presentada en el punto 1.5.8.1.1 de la DIA, el Proyecto hará uso de un sistema de ruediluvio, o comerciales similares, para lavado de ruedas, el que consistirá en un radier de lavado o superficie impermeabilizada, con recolección de las aguas, conectado a una cámara de separación de fases, que permitirá reutilizar el agua, se considera que se utilizará aproximadamente 10 litros por rueda con un peak diario de 360 litros/día, lo cual será recirculado en el sistema, no existiendo descarga a napas subterráneas ni cauces superficiales. De acuerdo con lo señalado en el punto 1.5.8.1.2 de la DIA, se considera que se utilizarán 20 litros de agua para el lavado estimando un aproximado de 900 litros semanales. Para la disposición del líquido resultante, se considera una piscina con dimensiones de basales de 2 m x 3 m, y una altura de 30 cm, con lo cual se tendrá un factor de seguridad sobre el 100%, por lo que la piscina de evaporación tendrá capacidad suficiente para un retiro semanal de los residuos sólidos generados. El diseño evitará el ingreso de aguas lluvias superficiales a la piscina. En los casos que la piscina alcance un 80% de su capacidad, se coordinará el retiro por empresas autorizadas y disposición de los residuos a lugares autorizados. • Fase de operación: la generación de residuos líquidos durante esta fase está directamente asociada a la mano de obra, ya que corresponderá a aguas servidas. Se estima una generación máxima de 19,32 m3/d para la operación del proyecto, estos residuos serán dispuestos en el sistema de alcantarillado particular descrito en el Anexo 3-1 (PAS 138) de la DIA (punto 1.6.10.1 de la DIA). • Fase de cierre: se generará un máximo de 144 m3/mes (4,8 m3/día), considerando un factor de recuperación de 0,8 litros del total del consumo de agua potable y la máxima dotación durante esta fase (40 personas). Estos residuos serán dispuestos en el sistema de Alcantarillado particular de la fase de operación, de ejecutarse el desmantelamiento (punto 1.7.7.1 de la DIA). Residuos • Fase de construcción: se estima una generación de 1 kg/día por persona; por lo tanto, se estima una generación máxima de 17,74 t/mes, de residuos sólidos domiciliarios, correspondientes a papeles, envases y elementos similares, y una generación máxima de 17,36 t/mes de chatarra y restos de madera, principalmente embalajes y materiales. Los que serán almacenados temporalmente en el patio de residuos sólidos no peligrosos, para su posterior retiro y disposición final en sitios autorizados. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS y en los puntos 3.3 y 3.4 de la Adenda. Respecto a residuos peligrosos, se estima una generación de 0,703 ton/mes, correspondientes a guaipes contaminados, aceites usados y bidones contaminados, asociados a actividades de mantención menor de equipos y vehículos, así como el uso de combustible en maquinarias y grupo electrógeno. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA y los punto 3.5 al 3.10 de la Adenda. • Fase de operación: se estima una generación de 3,76 ton/mes de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, correspondientes a residuos orgánicos, papeles, cartones y latas., y 0,36 ton/mes de residuos sólidos industriales no peligrosos provenientes de embalajes y materiales principalmente, por lo que serán de baja magnitud. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA y los puntos 3.3 y 3.4 de la Adenda. Respecto a los residuos peligrosos, se estima una generación de 0,8 ton/mes de residuos producto de actividades de mantención, los que serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos de la fase de operación del proyecto por un periodo de almacenamiento no mayor a seis meses. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA y en los puntos 3.5 al 3.10 de la Adenda. • Fase de cierre: se estima una generación de máxima de 0,9 t/mes (considerando 1 kg/día por persona) de residuos sólidos domiciliarios, y consistirán básicamente en restos de comida, plásticos y papeles, y 2,4 t/mes de chatarra, cartón y/o papel y 0,6 toneladas/mes de restos de madera, plásticos, cables y otros similares. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA y los puntos 3.3 y 3.4 de la Adenda. Respecto a los residuos peligrosos, correspondientes a paños, huaipes, EPPs en desuso, entre otros, contaminados con hidrocarburos, restos de pintura y adhesivos como a tierras, arena y aserrines contaminados con hidrocarburos, se estima una generación máxima de 0,55 t/mes debido tanto al desarrollo de actividades de mantenciones menores de equipos y vehículos como por el uso de combustible en maquinarias y generador eléctrico, los que serán dispuestos temporalmente en la misma bodega de residuos peligrosos de la fase de operación del proyecto por un periodo de almacenamiento no mayor a seis meses. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 144 de la DIA y en los puntos 3.5 al 3.10 de la Adenda. En virtud de lo anterior, se concluye que no se generarán riesgos para la salud de la población derivados de la emisión de efluentes, emisiones y del manejo de residuos, ya que éstos serán gestionados de acuerdo con su naturaleza, cumpliendo la normativa vigente en cada caso, desde la generación hasta su disposición final, y por ende no se expondrá a la población aledaña al Proyecto a contaminantes de ningún tipo. Mayores antecedentes en capítulo 6.1., Tabla 6.1. del ICE.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto Ambiental no significativo El Proyecto no genera impactos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El área del proyecto no posee recursos renovables escasos, únicos o representativos, dado que se emplaza en una zona urbana e industrial según señala el IPT aplicable (PRC San Bernardo), como puede apreciarse en la Fotografía 2-1 Sector del área de emplazamiento del Data Center de la DIA. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra b) de la Ley N°19.300. Suelo: El Proyecto se emplaza en un sector urbano, tal como se señala en la caracterización del predio y su entorno, en el punto 2.1.1 de la DIA, y según lo informado en el Certificado de Informaciones Previas (Anexo 4 de la Adenda). El área del proyecto no posee recursos renovables escasos, únicos o representativos, dado que se emplaza en una zona que se encuentra intervenida y antropizada, por lo que la ejecución de este Proyecto no genera pérdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad. Flora y fauna: • De acuerdo con la información presentada en el Anexo 2-4 Flora y vegetación de la DIA, en el área de influencia del proyecto se registraron 60 especies de plantas vasculares. En relación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE con el origen geográfico de las especies se encontró que 14 (24%) son nativas con una sola de carácter endémico de Chile; las alóctonas asilvestradas y cultivadas alcanzan, a su vez, a 39 (76%). Predominan las hierbas anuales con un 50 % (30 especies), seguidas por las hierbas perennes con 27 % (16 especies), los árboles, 13 % (ocho especies) y los arbustos, 10% (seis especies). Ninguna de las especies nativas se encuentra en alguna categoría de amenaza ni de conservación. El área de emplazamiento del datacenter corresponde a una zona de cultivos antiguos, donde los límites están dados por redes viales dentro de una matriz industrial y corresponde a una pradera estacional con predominio de especies alóctonas con algunos árboles exóticos plantados en sus límites. • En cuanto a la componente fauna a partir de su caracterización (Anexo 2-3 de la DIA), en el estudio en terreno, hecho en febrero de 2021, se registraron 20 especies de vertebrados, un reptil, 17 especies de aves y dos mamíferos. No se observó la presencia de anfibios. Entre las aves hay 15 especies nativas y dos introducidas; no hay especies endémicas de Chile y los dos mamíferos silvestres son introducidos. No hay especies amenazadas de extinción; y todas las especies introducidas son además consideradas dañinas. No se identifican singularidades para la fauna ni tampoco para el suelo y la flora. No hay especies con distribución geográfica restringida y el proyecto no se localiza cerca del límite de distribución geográfica de alguna de las especies nativas. El proyecto no compromete especies sensibles, ni funciones ecológicas o procesos y servicios ecosistémicos reconocibles o destacables, la mayoría de las especies son residentes en la región, sin embargo, hay algunas especies de aves migratorias, visitantes de verano como el fiofío y migradores locales como la golondrina chilena y la golondrina lomo negro, ambas con poblaciones fluctuantes en la zona central. Suelo, agua y aire: • El terreno donde se emplazará el proyecto que posee una superficie de 7 ha, el cual se encuentra según el Certificado de Informaciones Previas (CIP) N°560/2021 de fecha 21 de abril de 2021, otorgado por la Dirección de Obras de la I.M. de San Bernardo, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda, en área urbana, que está intervenida y antropizada. • Dada la no factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado de aguas servidas de la empresa sanitaria del sector, según consta en el Ordinario N° 178/SMAPA de fecha 28 de abril de 2021, del Anexo 2 de la Adenda, el proyecto considera un sistema particular de agua potable y un sistema particular de tratamientos de aguas servidas, cuyas características se presentan en el Anexo 12 de la Adenda, en cumplimiento con la normativa. Finalmente, el suministro de agua potable se realizará mediante camión aljibe de proveedor autorizado, según consta en el Certificado – GC-030/2021, de fecha 11 de noviembre de 2021 emitido por la empresa Aguas Santiago Poniente, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. No se espera un detrimento del recurso hídrico. • El Proyecto generará emisiones de material particulado y de gases durante las fases de construcción, operación y cierre, las cuales superarán los límites establecidos en el D.S. N°31/2016 (PPDA), el año 1 y 2 de la fase de construcción y operación, y requerirá de la presentación de un Plan de Compensación de Emisiones (PCE) (Anexo 3 de la Adenda). Normas secundarias: Respecto de los niveles de concentración contenidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes en Chile, conforme su ámbito de aplicación es posible indicar que dichas normas no aplican a las actividades del Proyecto, atendida su naturaleza y ubicación. Fauna y ruido: De acuerdo con la caracterización de fauna realizada (Anexo 2-3 de la DIA y Anexo 5 de la Adenda) no hay hábitats de relevancia de especies nativas que puedan verse afectadas respecto de su nidificación, reproducción o alimentación. Manejo de sustancias y productos químicos: • Durante la fase de construcción operación y cierre del Proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios o asimilables, residuos sólidos industriales no peligrosos y residuos peligrosos, lo que se detallan en el Capítulo 4 del ICE, y que serán manejados, almacenados, transportados y dispuestos, en conformidad a lo establecido en la legislación vigente, por lo que no afectarán recursos naturales renovables. Más antecedentes en los Anexos 3-2 PAS 140 y 3-3 PAS 142 de la DIA y los puntos 3.3 al 3.10 de la Adenda. • Durante las fases de construcción y operación del proyecto se utilizarán sustancias químicas, entre las cuales se encuentran principalmente petróleo diésel, pinturas, diluyentes, entre otros, las que serán manejadas de acuerdo con la normativa vigente. En el Capítulo 4 del presente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE ICE, se detalla la estimación de las sustancias químicas a utilizar, y en el Anexo 1-8 de la DIA las hojas de seguridad de las mismas. En el Anexo 1-7 de la DIA, se presenta el Análisis de Riesgos de eventos por almacenamiento combustible líquido. Recursos hídricos: El Proyecto no genera impactos a un volumen o caudal de recursos hídricos que contengan aguas fósiles vegas y/o bofedales áreas, zonas de humedales, estuarios, turberas y glaciares. En cuanto a la hidrogeología, el proyecto se desarrolla sobre unidades acuíferas pertenecientes al sistema hidrogeológico Maipo Mapocho, que de acuerdo con la DGA (2015) corresponde a una importancia hidrogeológica Alta a Media. Esto en los sectores donde hay presencia de materiales de edad cuaternaria. Cabe destacar que ninguna de las obras, partes y acciones del proyecto tendrá interacción con el agua subterránea. De acuerdo con las estaciones de control piezométrico seleccionado se observa que el nivel piezométrico en el sector se encuentra a una profundidad mayor que 50 metros. Lo anterior, se corrobora con el análisis de la información de los pozos de la red hidrométrica que permite identificar que los niveles se encuentran a gran profundidad y que a partir, aproximadamente, desde el año 2010, la tendencia en los tres pozos analizados es a la profundización de los niveles. Se muestra gráficamente la evolución de los niveles piezométricos en estos pozos, comparándolos con la cota topográfica promedio del área del Proyecto, se observa que de manera general para los últimos 11 años de registros 2010 -2020, la diferencia de cota entre el terreno del proyecto y el nivel piezométrico es de entre 80 y 120 metros aproximadamente. Más antecedentes en el Anexo 6 Mecánica de suelos de la Adenda. Según lo indicado en el punto 6.18 de la Adenda, el proyecto no altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso, referido a la alteración de cauces y álveos de aguas superficiales. Al respecto, el proyecto contempla la ejecución del acceso, el que se realizará por camino San Esteban y que contempla el paso sobre un tramo del canal El Bajo que se encuentra abovedado y cuyos antecedentes se presentan en el PAS 156 (Anexo 5 de la Adenda Complementaria). Introducción de especies exóticas: El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Mayores antecedentes en capítulo 6.2., Tabla 6.2. del ICE.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo 1 Aumento en flujo de transporte y tiempos de desplazamiento. Parte, obra o acción que lo genera Flujo de camiones por las acciones de la construcción. Flujo de camiones asociado a la operación del datacenter. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE sobre este impacto no significativo específico Capítulo 5.2. “Alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, Tabla 5.2. del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en la letra c) del artículo 11° de la Ley 19.300. Letra a) del artículo 7° del RSEIA: Según los antecedentes presentados en el informe de Medio Humano del Anexo 2-6 de la DIA, el proyecto se encuentra inserto en un sector de carácter industrial, “ZI1 Industrial Exclusiva Molesta e Inofensiva”, del Plan Regulador Comunal (en adelante “PRC”) de la comuna de San Bernardo, vigente desde el año 2006, en el que no se identifican actividades productivas relacionadas a la explotación y/o uso de recursos naturales. A través de fuentes primarias y secundarias, se pudo conocer que las actividades económicas en las que se desempeña la población, y que son su fuente laboral, se asocian a prestación de servicios, siendo profesionales de distintas áreas y en el sector industrial cercano. A su vez, según el listado de Comunidades y Asociaciones indígenas de CONADI, se pudo identificar que existen 3 asociaciones indígenas en la comuna de San Bernardo y 3 en la comuna de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Lo Espejo. Sin embargo, estas se localizan fuera del área de influencia. No se identificaron lugares de significación cultural, ni actividades o manifestaciones culturales que dependan de la utilización de recursos naturales. Además, cabe mencionar que el proyecto se emplaza a un costado de la caletera de Autopista central y Avenida Lo Espejo, utilizando como vía de acceso esta última para acceder al área de proyecto en su fase de construcción, por lo cual no tendrá relación con los grupos humanos que se encuentran en el área de influencia. Misma situación ocurre con las líneas de tensión, que va desde la Subestación hacía el área de proyecto. Más antecedentes en el punto 6 del Anexo 2-6 de la DIA. Letra b) del artículo 7° del RSEIA: Según lo indicado en el punto 6 del Anexo 2-6 de la DIA, se realizó un análisis del flujo de transporte y las rutas a utilizar durante la fase de construcción del proyecto y su posible relación con la movilidad espacial de la población. En relación con la movilidad de la población como se mencionó en la dimensión geográfica, los sectores residenciales próximos al área de influencia, cuentan con equipamientos y servicios próximos y ejes estructurantes que los conectan con otros sectores que proveen de dichos servicios, no identificándose movilidad hacia el área del proyecto respecto a estas. En el caso del área residencial ubicada en la comuna de Lo Espejo, esta hace uso principalmente de Avenida Lo Espejo y presenta vías de acceso y salida en paralelo a las rutas estructurantes, tales como Autopista central y ruta 5. Cabe señalar que el tramo de Avenida Lo Espejo, comprendido entre las intersecciones del camino San Esteban y Ruta 5, se utiliza principalmente para dirigirse hacia la comuna de Maipú y Cerrillos y mantiene un alto flujo de camiones sobredimensionados, vehículos particulares y locomoción colectiva. En el caso de las áreas residenciales de la comuna de San Bernardo, es decir Villa Nocedal N°1 y Pérez Ossa, estas hacen uso principalmente de camino Las Acacias y Camino Lonquén, las cuales no tienen interacción con las rutas utilizadas por el proyecto. Durante la fase de operación, el transporte se asocia a vehículos de traslado de trabajadores que llegarán al área industrial utilizando las vías cercanas al proyecto, pudiendo utilizar las dependencias internas del Data Center como estacionamiento. Según se lo complementado en el punto 5.7 de la Adenda, el titular realizó una modelación de tránsito en la intersección importante más cercana al acceso del proyecto, correspondiente al empalme de Av. Lo Espejo con Camino San Esteban. Se evaluó la hora punta en la fase de mayor flujo (8:00 a 9:00 am), determinada como la fase de construcción del proyecto, con un máximo estimado de 20 veh/h, con el corte temporal al año 2023 (se considera un factor de crecimiento de 5%). Respecto a la distribución de los flujos, se observa una mayor concentración vehicular entre las 7:00 y 8:00 horas, alcanzando un flujo de aproximadamente 1977 veh/hora. La mayor participación de vehículos está compuesta por vehículos livianos, con un total de 16.204 vehículos durante el periodo evaluado; esto representa el 74,1% del flujo registrado. Por su parte, el flujo de vehículos pesados es de 25,9% (5675 vehículos en todo el período); la presencia de vehículos pesados se asocia a los diversos usos industriales en la zona. El indicador de demora promedio permite visualizar los tiempos de desplazamiento en Punta Mañana (PM) situación actual (AC_PM), situación base (BA_PM), situación con proyecto (CP_PM); entre la situación con proyecto y la situación base se observa un incremento de 0,7. Si se contrasta el incremento en el tiempo de desplazamiento en situación con proyecto, con el tiempo de desplazamiento vehicular en situación actual, se observa una variación marginal. En cuanto a desplazamientos peatonales y de ciclos, dado que el proyecto no considera acciones en desmedro de la infraestructura existente de veredas, y no existe infraestructura de ciclovías en el área de influencia, se puede concluir que no causa ningún tipo de afectaciones negativas. En conclusión, es posible indicar que el Proyecto no obstruirá o restringirá la libre circulación, conectividad ni generará un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de las comunidades que se encuentran en el Área de Influencia del Proyecto. Mayores detalles Anexo 2-6 de la DIA, puntos 6.20 y 6.21 de la Adenda y 5.7 de la Adenda Complementaria. Letra c) del artículo 7° del RSEIA: De acuerdo con la información presentada en el Anexo 2-6 de la DIA, los elementos técnicos en relación con el abastecimiento de energía eléctrica, combustible, agua potable, servicios higiénicos, alimentación, transporte, y los residuos proyectados, serán abastecido al interior del área de proyecto, por las empresas prestadoras de servicios correspondientes. Así mismo, para la fase de operación los servicios de energía eléctrica, combustible, agua potable, servicios higiénicos, transporte y residuos serán subministrados al interior del establecimiento del proyecto. En consideración de lo anterior, se descarta la alteración al acceso o calidad de los servicios e Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS infraestructura básica durante la fase de construcción, operación y cierre del proyecto, puesto que los trabajadores del proyecto contarán con equipamientos y servicios básicos al interior de las instalaciones de faenas proyectadas, de forma independiente a la infraestructura utilizada por la comunidad en el área de influencia del proyecto. Asimismo, el Proyecto no considera realizar modificaciones al equipamiento e infraestructura presente en el sector. Mayores detalles en el Anexo 2-6 de la DIA. Letra d) del artículo 7° del RSEIA: En cuanto a la dificultad o impedimento para el ejercicio de manifestaciones culturales que afecten los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, el área de influencia del proyecto no presenta aspectos, atributos o sitios vinculados al ejercicio de manifestaciones o intereses comunitarios que pudieran verse impedidos por las obras y actividades del proyecto. En este sentido, el área aproximativa inserta en las comunas de San Bernardo, Cerrillos y Lo Espejo presentan dentro de sus principales características la constante interacción con las actividades del área industrial colindante, lo cual es definido desde los PRC de cada comuna. A nivel de los GHPPI, cabe destacar que existen 3 asociaciones indígenas en la comuna de San Bernardo y 3 en la comuna de Lo Espejo. Sin embargo, estas se localizan fuera del área de influencia, lo cual fue confirmada a través de información obtenida desde CONADI 2021. Tal como se presenta en el presente documento, estas asociaciones se ubican desde los 2 y hasta los 8 km de distancia respecto al área del proyecto, no presentando interacción con sitios, ceremonias o manifestaciones realizadas por estos. Más antecedentes en Anexo 2-6 de la DIA. En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental no significativo El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en la letra d) del artículo 11° de la Ley 19.300: • Respecto de poblaciones protegidas, cabe señalar que existen 3 asociaciones indígenas en la comuna de San Bernardo y 3 en la comuna de Lo Espejo. Sin embargo, estas se localizan fuera del área de influencia, lo cual fue confirmada a través de información obtenida desde CONADI. Tal como se presenta en el Anexo 2-6 de la DIA, estas asociaciones se ubican desde los 2 y hasta los 8 km de distancia respecto al área del proyecto, no presentando interacción con las mismas. • Según lo indicado en el punto 2.1.1.6 de la DIA, el Proyecto se emplazará fuera de áreas colocadas bajo protección oficial y/o áreas protegidas, como también fuera de sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad. Adicionalmente, no se registraron antecedentes que den cuenta que, en el territorio, en donde se emplazarán las obras del Proyecto, existan ecosistemas que presenten atributos de escasez o unicidad, o que posean poca representatividad. Lo anterior, teniendo en consideración que el proyecto se emplazará en una zona de uso industrial de la comuna de San Bernardo, “ZI1 Industrial Exclusiva Molesta e Inofensiva”, del Plan Regulador Comunal (en adelante “PRC”) de la comuna de San Bernardo, vigente desde el año 2006. Por lo tanto, del análisis efectuado al Artículo 8° del RSEIA, el proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones protegidas, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles. Mayores antecedentes en capítulo 6.4, Tabla 6.4 del ICE.
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5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental no significativo El Proyecto se emplaza en un sector en que no existe valor paisajístico ni turístico. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en la letra e) del artículo 11° de la Ley 19.300: • El terreno donde se desarrolla el Proyecto se emplaza al interior de los límites urbanos de la comuna de San Bernardo y se encuentra normado, por el Plan Regulador Comunal (PRC) vigente desde el año 2006 y sus modificaciones posteriores. El sector donde se emplaza el Proyecto se encuentra con un considerable grado de intervención antrópica, tomando en cuenta que en la zona existe en su mayoría un uso productivo industrial al igual que en los alrededores. • Adicionalmente el Proyecto, no se encuentran emplazados en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo la Ley N°20.423 del 2010, como tampoco en zonas declaradas bajo la Ley N°1.224, siendo las más cercanas la ZOIT de San José de Maipo, emplazada a 19,42 km de distancia. • el proyecto se emplaza en una zona industrial consolidad de la comuna de San Bernardo. Por lo tanto, el proyecto no se emplaza en un sector que tenga atributos paisajísticos que pudieran verse afectados por el proyecto. Según lo anterior, el área de Proyecto no posee atributos que la conviertan en un territorio único, escaso y/o representativo, sobre los cuales se pueda producir alguna obstrucción desde la visibilidad de observadores durante la ejecución del Proyecto. En virtud de lo anterior, el Proyecto no obstruirá la visibilidad ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico y turístico. Mayores antecedentes en capítulo 6.5, Tabla 6.5 del ICE.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental no significativo Conforme a los antecedentes presentados en el Anexo C Caracterización Ambiental del Predio y su Entorno de la DIA, actualizados en el Anexo Q Actualización antecedentes bibliográficos del informe arqueológico y KMZ tracks de prospección de la Adenda, no se reconoce la existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, susceptible de ser afectado producto de la localización o de las partes, obras y acciones del Proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en la letra f) del artículo 11° de la Ley 19.300: • De acuerdo con los antecedentes presentados en la Caracterización Arqueológica del Anexo 1 de la Adenda, en el área de influencia del Proyecto se descarta la presencia de sitios arqueológicos o Monumentos Nacionales, dado que la prospección arqueológica no registró elementos arqueológicos presentes en el área de las obras del proyecto. • Respecto al área de influencia del proyecto, se identifica el sector denominado como zona típica “Pueblo Lo Espejo” (2002), el cual se ubica en la calzada norte de avenida Lo Espejo, a 1,5 km del área del proyecto, no presentándose afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, en cuanto al uso del tramo definido en Avenida Lo Espejo. A nivel de los GHPPI, cabe destacar que existen 3 asociaciones indígenas en la comuna de San Bernardo y 3 en la comuna de Lo Espejo. Sin embargo, estas se localizan fuera del área de influencia, lo cual fue confirmada a través de información obtenida desde CONADI. Tal como se presenta en el Anexo 2-6 de la DIA, estas asociaciones se ubican desde los 2 y hasta los 8 km de distancia respecto al área del proyecto, no presentando interacción con sitios, ceremonias o manifestaciones realizadas por estos. Por lo cual, el proyecto o actividad no genera ni presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Mayores antecedentes en capítulo 6.6, Tabla 6.6 del ICE.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: • Planta de tratamiento de aguas servidas con capacidad suficiente para un peak de 493 usuarios. Operación • Planta de tratamiento de aguas servidas con capacidad suficiente para un peak de 157 usuarios Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El proyecto considera la implementación de dos sistemas de tratamiento (uno en fase de construcción y uno en fase de operación), cada uno con un sistema de recolección consistente en una red de tuberías descargando de forma gravitacional hasta una planta elevadora (PEAS) a su respectiva planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS). Cada PTAS modular de lodos activados que será habilitada, contará como mínimo con 3 fases de tratamiento, incluyendo tratamiento primario, tratamiento biológico con aireación y clarificación. Finalmente, el efluente será conducido a una cámara de desinfección a modo de asegurar la eliminación de patógenos para su posterior infiltración a través de drenes. Las consideraciones técnicas para el tratamiento de aguas servidas desde la fase de Construcción hasta la de Operación Definitiva, pasando por un período mixto, son las que se indican a continuación: • Personal administrativo: 10 % del total. • Personal general no administrativo: 90 % del total. • Consumo de agua personal administrativo: 120 l/persona- día. • Consumo agua personal no administrativo: 150 l/persona- día. • Carga orgánica unitaria personal adm.: 35 gr DBO5/persona-día. • Carga orgánica unitaria personal no adm.: 35 gr DBO5/persona-día. De acuerdo con la programación del proyecto global, se tienen tres períodos característicos: • De 0 a 20 meses: 497 personas, 68.82 m3/día y 17,4 kg BDO5/día; 348 PE. • De 20 a 70 meses: 289 personas, 38.52 m3/día y 10,12 kg BDO5/día; 202 PE. • De 70 meses en adelante: 157 personas, 19.32 m3/día y 5,5 kg BDO5/día; 110 PE. (con PE = persona equivalente, la que descarga 200 l/día y 50 gr DBO5/día). Más antecedentes en el Anexo 3-1 PAS 138 de la DIA y los puntos 3.1 y 3.2 de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud RM, mediante Oficio Ord. N°3653, de fecha 22 de noviembre de 2021, y Oficio Ordinario N°3747 de fecha 02 de diciembre de 2021, se pronuncia conforme Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA. respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en el PAS 138 para las fases de construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1 del ICE
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción • Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos. Operación y cierre • Bodegas de Residuos Asimilables a domésticos y de Residuos No Peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Construcción Los residuos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos que se generarán durante la construcción del Proyecto se almacenarán en un patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos de 200 m2 de superficie, al interior de la IF. Dicho Patio tendrá dos sectores un sector para acopio de residuos asimilables a domésticos y otro para residuos sólidos industriales no peligrosos, cada uno de 100 m2 de superficie, según las siguientes características: • El sitio de residuos asimilables a domésticos tendrá techumbre, cierre perimetral con malla Acma, de a lo menos 1,8 m de altura y suelo compactado, estará delimitado y contará con señalética. Se instalarán contenedores plásticos o metálicos con tapa, donde se acumularán los residuos asimilables a domésticos del área de instalaciones y frentes móviles. • El sitio de residuos no peligrosos tendrá un cierre perimetral con malla Acma, suelo compactado, estará delimitado y contará con señalética. Se privilegiará el almacenamiento temporal de aquellos residuos industriales que puedan ser valorizados, reutilizados o reciclados. Además de almacenar residuos industriales no peligrosos destinados a retiro y disposición final. Operación y cierre Para la fase de operación y cierre el proyecto contará con 2 bodegas de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos de 13,26 m2 cada una, las que tendrán techumbre y radier para evitar el contacto de los residuos con el suelo natural, un cerco, de a lo menos 1,8 m de altura, para delimitar la instalación en relación con las otras partes y obras del proyecto. • Los residuos sólidos asimilables a domésticos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. Diariamente serán retirados para su almacenamiento temporal en un contenedor que se ubicará en la bodega de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Desde este lugar, los residuos serán retirados 3 a 4 veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. • Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en los frentes de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA. trabajo. Periódicamente (una a tres veces por semana, dependiendo de la acumulación) serán retirados y trasladados la bodega de Residuos Industriales sólidos no peligrosos, donde serán almacenados en forma ordenada a granel. Se priorizará la reutilización y venta de estos materiales. En caso de que ello no sea posible en la etapa de construcción, se almacenaran en el conteiner tipo roll- off abierto de 20 m3 (como mínimo) y para la etapa de operación en contenedores de menor tamaño hasta su retiro por una empresa autorizada que lo transportará hacia un sitio autorizado para su disposición final. Más antecedentes en el Anexo 3-2 PAS 140 de la DIA y los puntos 3.3 y 3.4 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud RM, mediante Oficio Ord. N°3653, de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en el PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2 del ICE
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos de para la fase de construcción tendrá una superficie de 100 m2 y para la fase de operación y cierre tendrá una superficie de 13,26 m2, ambas con pretil para la contención de derrames, perímetro cerrado y accesos controlados. Las bodegas darán cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/2003 de MINSAL “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” y cumplirá las siguientes condiciones: • Contarán con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales; • Serán construidas de forma de evitar la contaminación del suelo o de las aguas. Para evitar cualquier escurrimiento o derrame de residuos líquidos, contarán con un pretil o pozo receptor, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Su base será continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; • Serán techadas y protegidas de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Tendrán una sección abierta entre los muros y el techo para favorecer la ventilación, considerando los tipos de residuos y el volumen total de éstos; • Estarán señalizadas con letreros, en los que se indicará que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo con la NCh 2.190 Of.2003. Contarán con vías de escape accesibles, en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA. Más antecedentes en el Anexo 3-3 PAS 142 de la DIA y los puntos 3.5 al 3.10 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud RM, mediante Oficio Ord. N°3653, de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en el PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.3 del ICE.
6.1.4. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Acceso por el camino San Esteban, el cual se proyecta que cruza el canal de riego El Bajo. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La obra consiste en dos accesos viales que corresponden a la entrada y la salida del proyecto durante la fase de operación. Ambos permitirán el tránsito vehicular entre el centro de almacenamiento de datos y el camino San Esteban, atravesando el canal El Bajo en 2 puntos de su tramo abovedado. Dado que en la actualidad el canal se encuentra encajonado bajo el nivel de terreno, las obras de acceso no afectarán su escurrimiento en ningún caso, toda vez que su construcción se proyecta por sobre la clave del ducto existente. Mayores antecedentes en el Anexo 5 PAS 156 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección General de Aguas (DGA) RM, mediante Oficio Ord. N° 1527, de fecha 17 de noviembre de 2021, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales del PAS del artículo 156, señalando lo siguiente: “1.2.1 Las obras de atravieso (dos accesos viales) son descritas en el acápite 6.2 del Anexo 5 PAS 156 y se ubican en las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 que se señalan en el acápite 6.1.2 del referido Anexo. 1.2.2 En el acápite 6.4 del Anexo 5 PAS 156, el Titular compromete las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras, que indica. 1.2.3 En el acápite 6.5 del Anexo 5 PAS 156, el Titular compromete el Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la Fase de Construcción que se indica. 1.2.4 Se precisa que el Titular deberá presentar ante DGA RMS, todos aquellos antecedentes que solicite el Servicio de manera sectorial, en caso de que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.4 del ICE.
7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando el proyecto como Actividad Molesta.
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8°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
8.1. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS Norma 1 D.S. N°31/2016 del MMA, Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado producto de los movimientos de tierra, carga, descarga de material y transporte de materiales e insumos. Además, se generarán emisiones gaseosas producto del tránsito de camiones, vehículos menores, maquinarias y generadores eléctricos de apoyo. En la fase de operación se generarán emisiones producto del tránsito vehicular y de la operación, cuando se realicen mantenciones a los generadores eléctricos de emergencia. En la fase de cierre se generarán emisiones atmosféricas como consecuencia de la maquinaria y camiones necesarios para desmantelar los equipos, ya que no se demolerá la infraestructura edificada. Lo anterior, en caso de ejecutarse el cierre. Forma de cumplimiento En la fase de construcción se mantendrán humectadas las superficies interiores de la obra. Además, los equipos y maquinarias usados para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. El uso de generadores eléctricos de apoyo se condicionará a los límites de emisión de la norma. Las emisiones de la fase de construcción superarán en el año 1 y 2 los límites a que se refiere el artículo 64 del PPDA, por lo que requiere compensar sus emisiones de MP10 y MP2.5. Conforme a lo anterior, se presentará un Plan de Compensación de Emisiones. En la fase de operación los vehículos considerados, contarán con las revisiones y mantenciones al día, con el fin de que su funcionamiento sea óptimo y con ello minimizar las emisiones de material particulado y gases por combustión. En la fase de cierre, de ejecutarse, sólo se considera el desmantelamiento sin demolición de la infraestructura. Se adjunta en el Anexo 3 de la Adenda el informe de Emisiones Atmosféricas. La SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio Ord. N°969 de fecha 23 de septiembre de 2021, se pronuncia conforme con la estimación de emisiones, condicionado a: “Respecto del cumplimiento del D.S. Nº31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación para la Región Metropolitana” (PPDA). 1.- Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1: Tabla 1: Emisiones de MP10 a compensar del proyecto “Odata San Bernardo” Año Fase MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 1 Construcción + Operación AÑO 8,18 9,82 8,11% 2 Construcción + Operación AÑO 3,61 4,33 13,67% Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
8.1. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS Tabla 95 del Anexo 3 de emisiones de la Adenda. Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios: • Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. • Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. • Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. • Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Finalmente, cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones. • 2.- Mantener en el sitio de obras un registro que dé cuenta de las medidas de abatimiento propuestas por el titular y que corresponden a la humectación de los caminos no pavimentados, el cual deberá ser individualizado en caso de requerir los registros de aplicación del programa ante posibles fiscalizaciones.” Indicador que acredita su cumplimiento • Presentar y aprobar un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) definitivo (post RCA) ante la SEREMI del Medio Ambiente respectiva, previo al inicio de la ejecución (construcción) del proyecto para los años 1 y 2 de la fase de construcción. • Copia de la Resolución aprobatoria del PCE definitivo emanada de la SEREMI del Medio Ambiente, de fecha previa al inicio de ejecución de las construcciones, y comprobante de entrega de la información emanado del Registro de Seguimiento de RCA de la plataforma electrónica de la SMA. • Declaración de emisiones en la Plataforma del RETC anualmente, de los generadores para la etapa de construcción y generadores de emergencia de la operación. Forma de control y seguimiento • Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas. • Ejecución del Plan de compensación de emisiones aprobado por la Seremi del Medio Ambiente RM Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.1. del ICE. Norma 2 D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud que “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza” Otras normas relacionadas D.S. Nº1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción se generará material particulado en las actividades que consideren movimientos de tierra y el traslado de vehículos y maquinarias por caminos no pavimentados. Del mismo modo, se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada en esta fase. Se estima que durante la fase de operación del Proyecto se generarán emisiones no significativas de material particulado o gases producto de la utilización de vehículos. Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, se generarían emisiones atmosféricas que corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores, producidos en las actividades de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
8.1. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS reacondicionamiento del terreno. Estas fuentes emisoras, tal como en la fase de construcción, serán transitorias y de pequeña escala. Forma de cumplimiento Durante todas las fases todos los vehículos y maquinarias utilizados en el Proyecto contarán con su respectiva revisión técnica y/o mantenciones según corresponda. Como medida de control para la fase de construcción se considera la humectación de los frentes de trabajo y caminos interiores, lo cual se hará con agua proporcionada por un camión aljibe. En la fase de construcción los equipos y maquinarias usados para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Para el control de emisiones se considera la humectación de caminos no pavimentados. Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. Se declararán en el RETC las emisiones asociadas a la operación de los grupos electrógenos en caso de emergencia. En la fase de operación los vehículos considerados, contarán con las revisiones y mantenciones al día, con el fin de que su funcionamiento sea óptimo y con ello minimizar las emisiones de material particulado y gases por combustión. La generación de emisiones por parte de los grupos electrógenos estará asociada a las labores de mantención de estos. En la fase de cierre se humectarán en forma frecuente las zonas de desplazamiento y de trabajo, para minimizar las emisiones de material particulado producto de las desmantelamiento y movimientos de carga de materiales de demolición a camiones. También se instalará encarpados o lonas a los camiones que transporten residuos fuera de la obra, además de exigir que todo vehículo y maquinaria cuente con sus revisiones técnicas y mantenciones al día para minimizar sus emisiones de gases de combustión. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de actividades de humectación, los que darán cuenta de la frecuencia en que ésta se realiza. • Registros, certificados de revisión técnica y mantención de vehículos. • Registro de inspecciones efectuadas a vehículos con carga. Forma de control y seguimiento • Copia de las revisiones técnicas vigentes y registro de mantenciones de los vehículos utilizados en el proyecto. • Mantención de todos los registros, disponibles para fiscalización por parte de la autoridad. • Verificación en terreno del cumplimiento de las medidas detalladas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.2. del ICE. Norma 3 D.S. N°138/2005 del MINSAL Establece obligación de declarar emisiones que indica. Otras normas relacionadas D.S. Nº 4/1992 del Ministerio de Salud MINSAL que “Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales”. D.S. Nº1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • Fases de construcción y cierre: Para abastecer de energía eléctrica al Proyecto se contará con generadores de energía para actividades específicas. • Fase de operación: Para la fase de operación se contará con grupos electrógenos de emergencia en caso de cortes de energía. Forma de cumplimiento Fases de construcción y cierre: • Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N° 144/2020 MMA que Aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. • Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
8.1. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS • Se realizará la declaración de emisiones pertinentes. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro del Formulario de Declaración de Emisiones de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración. Referencia para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.3. del ICE. Norma 4 D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Tránsito vehicular: Se considerará el uso de vehículos para el transporte de estructuras, equipos, áridos, hormigón y otros insumos. Forma de cumplimiento El transporte de insumos y materiales por zonas urbanas se realizará con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales; además se realizarán inspecciones visuales al momento del despacho para corroborar las condiciones del transporte de materiales, utilizando una lista de chequeo que estará disponible en la faena. Indicador que acredita su cumplimiento Inspecciones realizadas efectivamente a los vehículos con carga. Estipulación en contratos con empresas subcontratistas de exigencia de transportar insumos y materiales por zonas urbanas con la sección de carga de los camiones cubierta con lonas. Forma de control y seguimiento Registro indicado disponible en faena para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.4 del ICE. Norma 5 D.S. Nº 211/91 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Norma Sobre Emisión de Vehículos Motorizados Livianos” Otras normas relacionadas D.S. Nº4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control”. D.S. Nº 54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica”. D.S. Nº 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos, principalmente durante las fases de construcción y cierre, asociados al transporte de materiales y personal. Durante la fase de operación los viajes serán insignificantes. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente. El titular exigirá a sus contratistas contar con vehículos con tecnología moderna y concordante con los valores descritos. Se restringirá el uso de maquinaria cuya antigüedad sea superior a 12 años Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día. Vehículos utilizados en el Proyecto con permisos de circulación y revisión técnica al día. Mantenciones de vehículos realizadas efectivamente. Forma de control y Revisión de la certificación técnica de los vehículos utilizados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
8.1. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS seguimiento disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1 y Tabla 8.1.5 del ICE.
8.2. COMPONENTE/MATERIA: RUIDO Norma 1 D.S. Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”. Otras normas relacionadas D.S. Nº47/1992 del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), artículo 5.8.4. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, el ruido se producirá fundamentalmente debido a la maquinaria que se utilizará en la preparación del terreno, y la faena de construcción de fijaciones y montaje. Se identificaron 6 receptores, para lo que se tuvo en cuenta aspectos tales como, existencia de viviendas, distancia al proyecto y accesibilidad. Para la fase de operación del Proyecto se estima la generación de ruido producto de la operación del sistema de enfriamiento y generadores, principalmente. Durante la fase de cierre, se generará ruido asociado principalmente a la maquinaria que se utilizará para el desmantelamiento. Durante todas las fases del proyecto se cumplirá con los límites establecidos en la referida norma de emisión, no sobrepasando los niveles de presión sonora establecidos para la zona III y no existirá afectación a receptores sensibles cercanos al proyecto. Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto se cumplirá con los límites establecidos en la referida norma, no sobrepasando los niveles de presión sonora establecidos para la Zona III. del D.S. Nº38/11 del MMA, según corresponda, y no existirá afectación a receptores sensibles cercanos al Proyecto. Para lo anterior, el Proyecto en su fase de construcción cumple con los límites establecidos para horario diurno. Para la fase de operación, el proyecto cumple con los límites establecidos para horario diurno y nocturno. Los resultados de la modelación del impacto acústico del Proyecto y los datos se entregan de manera detallada en el Anexo 4 de la Adenda complementaria.
La SEREMI de Salud, mediante Oficio Ord. N°3653 de fecha 22 de noviembre de 2021, se pronuncia conforme, condicionada a: • “En caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas de control de ruido y vibraciones, así como los compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace y de la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos.”. Indicador que acredita su cumplimiento No superación de los niveles máximos permitidos en la norma. Forma de control y seguimiento Fiscalización y verificación en terreno del cumplimiento de la norma por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.7. del ICE.
8.3. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS Norma 1 D.F.L. N°725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”. Otras normas relacionadas D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
8.3. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS Trabajo”. D.S. Nº1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos asimilables a domésticos, residuos no peligrosos y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Fase de construcción Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados en cada uno de los frentes de trabajo y en la faena de construcción. Diariamente serán retirados para su almacenamiento temporal en un contenedor que se ubicará en el patio de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Desde este lugar, los residuos serán retirados dos a tres veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en la instalación de faena, desde donde, dos a tres veces por semana (dependiendo de la cantidad acumulada) serán retirados al sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. Estos residuos tendrán un lugar cerrado específico para almacenamiento, con control de acceso y señalización específica, separación entre materiales distintos, y protección para ellos. Si bien se priorizará la reutilización y venta de estos residuos, en caso de que ello no sea posible se almacenarán en contenedores hasta su retiro y transporte por una empresa autorizada hasta un sitio autorizado para su disposición final. Fase de operación Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. Diariamente serán retirados para su almacenamiento temporal en un contenedor que se ubicará en los patios de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Desde estos lugares, los residuos serán retirados 3 a 4 veces por semana por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final. Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados localizados próximos a los lugares de trabajo para luego ser retirados y trasladados desde dichos sectores a los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos ubicados en sus respectivos módulos, dependiendo si tales residuos tienen o carecen de valor comercial. Fase de cierre Los residuos domiciliarios serán dispuestos (en origen) en bolsas plásticas al interior de contenedores cerrados de HDPE (de 240 litros de capacidad) instalados en cada uno de los frentes de desmantelamiento, desde donde serán diariamente retirados para su disposición en un contenedor (hermético y cerrado) de capacidad igual o superior a 5 m3 que se ubicará en un sector al interior de un “patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos”. Los residuos no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en los frentes de trabajo desde donde, dos a tres veces por semana (dependiendo de la cantidad acumulada), serán retirados y trasladados al sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos dependiendo si tales residuos tienen o carecen de valor comercial. Respecto a residuos peligrosos: • En cada fase de desarrollo del proyecto se habilitará una bodega de residuos peligrosos que contará con las condiciones sanitarias y de seguridad que corresponden para el almacenamiento temporal de tales residuos. • Al interior de la bodega los residuos peligrosos serán dispuestos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
8.3. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS temporalmente en contenedores metálicos que se retirarán periódicamente de la misma. • El transporte y disposición final de los residuos se realizará a través de empresas que cuenten con autorización sanitaria vigente. • Se pondrá a disposición del transportista las respectivas hojas de seguridad de los correspondientes residuos. • Se cumplirá con el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos”. • Se mantendrá registro de existencia en bodega de los residuos. Indicador que acredita su cumplimiento • Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°140 otorgado para la construcción y funcionamiento de los sitios destinados al almacenamiento transitorio de residuos sólidos. • Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°142 otorgado para la construcción y funcionamiento de la bodega destinada al almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. • Declaración de residuos (RETC) realizada. • Residuos retirados en los plazos establecidos hacia sus destinos de disposición final correspondientes. • Autorización sanitaria de sitios de disposición final de los residuos. • Permiso sectorial para la construcción y funcionamiento obtenido. • Mantención y registro en bodega de los retiros de residuos. Forma de control y seguimiento • Mantención de copia de los permisos y autorizaciones pertinentes. • Mantención de copia de los comprobantes de declaración en SINADER en caso de corresponder (RETC). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.8. del ICE. Norma 2 D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas. Bodega de residuos peligrosos del data center. Forma de cumplimiento • En cada fase de desarrollo del proyecto se habilitará una bodega de residuos peligrosos que contará con las condiciones sanitarias y de seguridad que corresponden para el almacenamiento temporal de tales residuos. • Al interior de la bodega los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores metálicos que se retirarán periódicamente de la misma. • El transporte y disposición final de los residuos se realizará a través de empresas que cuenten con autorización sanitaria vigente. • Se pondrá a disposición del transportista las respectivas hojas de seguridad de los correspondientes residuos. • Se cumplirá con el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos”. Se mantendrá registro de existencia en bodega de los residuos. Indicador que acredita su cumplimiento • Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°142 otorgado para la construcción y funcionamiento de la bodega destinada al almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. • Declaración de residuos (RETC) realizada. • Permiso sectorial para la construcción y funcionamiento obtenido. • Mantención y registro en bodega de los retiros de residuos. Forma de control y seguimiento • Autorización de Proyecto y funcionamiento de la bodega de RESPEL y registro de inducción a los trabajadores en estas materias. • Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.9. del ICE.
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8.4. COMPONENTE/MATERIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS Norma 1 D.S. N° 43/2015 del Ministerio de Salud que “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el almacenamiento de pequeñas cantidades de sustancias peligrosas y se dará cumplimiento a lo establecido en los Artículos 13, 23 y 24 establecidas en este Reglamento. Forma de cumplimiento Habilitación de un lugar adecuado para el almacenamiento de tales sustancias al interior de la bodega de repuestos que se implementará en el área de instalaciones para la fase de construcción y se mantendrá operativa hasta el fin de la fase de cierre del proyecto. Las características constructivas del sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas corresponderán a las aplicables a una bodega común y, entre otras, será construida con paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso; además, contará con un sistema de control de derrame, por medio de bandejas de contención, y un sistema de detección de incendios. Realización de inspecciones a la bodega de sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento • Instalaciones adecuadas para el almacenamiento y en buen estado permanente. • Las Hojas de Seguridad de las sustancias peligrosas que se utilizan estarán disponibles, para las personas que las pudiesen requerir, en el lugar de almacenamiento. • Inspecciones a la bodega de repuestos efectivamente realizadas. Forma de control y seguimiento • Autorización sanitaria de bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. • Verificación en terreno del correcto manejo de sustancias peligrosas. • Mantención de copia de las Hojas de Seguridad en el lugar de almacenamiento de sustancias peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.10. del ICE. Norma 2 D.S. N°160/2008.Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto contempla el almacenamiento de combustible, principalmente para el uso de generadores de emergencia. Forma de cumplimiento El Proyecto se regirá por las disposiciones de seguridad de este decreto, de manera de disminuir, controlar y/o eliminar los eventuales riesgos en el manejo y uso de los combustibles. El combustible será almacenado en tanques superficiales, considerando 32 tanques por cada generador, más dos tanques que abastecerán a los tanques de los generadores. Los estanques de combustible darán cumplimiento a esta normativa en cuanto a sus características de diseño, materialidad y funcionamiento. En ese sentido estarán debidamente certificados por la SEC. Indicador que acredita su cumplimiento Certificación SEC de los estanques de combustible. Forma de control y seguimiento • Verificación en terreno del correcto manejo de combustible. • Copia de la certificación de la SEC de los estanques. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.11. del ICE.
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8.5. COMPONENTE/MATERIA: VIALIDAD ADYACENTE Norma 1 D.S. N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. “Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos”. Otras normas relacionadas D.S. Nº200/1993 del Ministerio de Obras Públicas que “Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País” D.F.L. N°850/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del DFL. Nº 206, de 1960. (Artículos 36 y 40). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento El Titular sólo utilizará vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma. El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento • Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso de que sea necesario solicitarlos. • Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantendrá un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos.
• Verificación de la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. • Revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.12. del ICE. Norma 2 D.S. N° 18/2001, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, o acción a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Se dará pleno cumplimiento a esta norma, haciendo obligatoria las exigencias emanadas de ella a las empresas contratistas de la obra. Además, se respetarán los horarios de restricción establecidos en la presente norma, para el tránsito de los camiones afectos según sus propias características. Indicador que acredita su cumplimiento • Se contará con un registro de las exigencias realizadas a los contratistas y un registro interno del transporte por las zonas reguladas por esta norma. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá disponible a la autoridad copia del registro de exigencias y el registro interno de un registro interno del transporte por las zonas reguladas por esta norma. • Actas de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.1. y Tabla 8.1.6. del ICE.
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8.6. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL Norma 1 Ley N°17.288 del Ministerio de Educación sobre Monumentos Nacionales. Otras normas relacionadas Decreto Supremo Nº484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de tierra y preparación del terreno. Forma de cumplimiento En el área de levantamiento de información no se identificaron hallazgos de carácter patrimonial que se encuentran protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, no obstante, se consideran medidas en la fase de construcción del Proyecto específicamente a los movimientos de tierra. En el caso de realizar algún tipo de descubrimiento patrimonial, se cumplirá con lo establecido en los Artículos 26º y 27º de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos 20º y 23º del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Por lo tanto, ante algún hallazgo durante las actividades de construcción, se paralizarán en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos y se procederá a informar al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. De este modo se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 38, respecto al daño en un monumento nacional, o afectare de cualquier modo su integridad. Indicador que acredita su cumplimiento • Registros de Informes al Consejo de Monumentos en caso de producirse un hallazgo patrimonial. • Registro de paralización de obras, en caso de hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos. • Registros en caso de producirse un hallazgo, consistente en: 1. Informe de hallazgo suscrito por un arqueólogo. 2. Envió de informe al CMN. 3. Pronunciamiento del CMN. Forma de control y seguimiento • Verificación del registro escrito de aviso a las autoridades competentes ante eventuales hallazgos y delimitación del área. • Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.2. y Tabla 8.2.1. del ICE.
9°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300:
9.1. Condición o exigencia 1 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo Cumplir normativas y condiciones establecidas por el Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU), Región Metropolitana de Santiago. Condición El Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU), Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio Ord. N°2117, de fecha 29 de junio de 2021, establece que: “…se deberá tener presente que los proyectos de pavimentación y de aguas lluvias en vías públicas, previo a su ejecución, deberán ser presentados a revisión y aprobación en el SERVIU Metropolitano, teniendo presente la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS). Para esta etapa se deberá tener presente lo siguiente: Se informa que las obras proyectadas en la Av. Lo Espejo, de deberán materializarse según el perfil definitivo de esta vía, de acuerdo al Proyecto de Ingeniería Mejoramiento Ensanche Av. Lo Espejo.” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
9.1. Condición o exigencia 1 Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.1 del ICE.
9.2. Condición o exigencia 2 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación. Objetivo Cumplir con lo establecido por la SEREMI de Obras Públicas, Región Metropolitana de Santiago Condición La SEREMI de Obras Públicas, Región Metropolitana de Santiago, mediante Oficio Ord. N°250/2021 (sea-seia-adenda), de fecha 23 de septiembre de 2021, establece las siguientes condiciones y precisiones: “Dada la proximidad de la ruta Autopista Central y Caletera General Velásquez; incluir en el Plan de Contingencias y Emergencias a la Inspección Fiscal de la Dirección General de Concesiones de la Ruta, a la Sociedad Concesionaria de la vía, y, a la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS (Jefatura Provincial de Vialidad del Maipo).” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.2 del ICE.
9.3. Condición o exigencia 3 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo Cumplir con lo establecido por la SEREMI de Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago. Condición La SEREMI de Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago, mediante Oficio Ord. N°969, de fecha 23 de septiembre de 2021, establece la siguiente condición: “Respecto del cumplimiento del D.S. Nº31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación para la Región Metropolitana” (PPDA). 1.- Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1: Tabla 1: Emisiones de MP10 a compensar del proyecto “Odata San Bernardo” Año Fase MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 1 Construcción + Operación AÑO 8,18 9,82 8,11% 2 Construcción + Operación AÑO 3,61 4,33 13,67% Tabla 95 del Anexo 3 de emisiones de la Adenda. Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios: • Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. • Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. • Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. • Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
9.3. Condición o exigencia 3 Finalmente, cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones. 2.- Mantener en el sitio de obras un registro que dé cuenta de las medidas de abatimiento propuestas por el titular y que corresponden a la humectación de los caminos no pavimentados, el cual deberá ser individualizado en caso de requerir los registros de aplicación del programa ante posibles fiscalizaciones.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.3 del ICE.
9.4. Condición o exigencia 4 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo Cumplir con lo establecido por la Ilustre Municipalidad de San Bernardo. Condición La Ilustre Municipalidad de San Bernardo, mediante Oficio Ord. N°1087, de fecha 23 de septiembre de 2021, da su conformidad a la evaluación del proyecto condicionado a: “Plan de cumplimiento Compromisos Ambientales Voluntarios. Se solicita al Titular informe y se comprometa con porcentajes y cantidades respecto de los compromisos ambientales voluntarios suscritos.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.4 del ICE.
9.5. Condición o exigencia 5 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo Cumplir con lo indicado por la Dirección General de Aguas (DGA), Región Metropolitana de Santiago. Condición La Dirección General de Aguas, Región Metropolitana de Santiago, mediante Oficio Ord. N°1527, de fecha 17 de noviembre de 2021, establece las siguientes condiciones: “(…) 4. (…) “Ante el potencial afloramiento de aguas, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua en Fase de Construcción, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
9.5. Condición o exigencia 5 (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva”. 5. (…) “En caso de ocurrencia de un accidente que afecte los recursos hídricos subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes).” 6. Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental a) Que, el Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final siendo necesario mantener un registro, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico. b) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.11 del Adenda 1 el Titular declaró: “El sistema de enfriamiento que contempla el proyecto consiste en equipos de enfriamiento modulares por subetapa (Chillers). El sistema considera un total de 32 Chillers y, al tratarse de un circuito cerrado, no tendrá pérdidas de agua por enfriamiento o evaporación y no hay purga por descarga del sistema. Las únicas pérdidas posibles que se pudieran generar, de manera muy eventual, por goteos en las conexiones, se estima en unos 50 litros al año. Cada sistema cuenta con el sistema de bombas de impulsión y distribución, así como de un estanque de acumulación de agua helada de 7,5 m3 por cada Chiller, por lo que se requieren de 240 m3 de agua para llenar por completo el sistema. El agua a utilizar será adquirida a proveedores autorizados”. c) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 6.2 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se hace presente que la profundidad de la napa, se encuentra entre 65 y 80 m aproximadamente y las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
9.5. Condición o exigencia 5 fundaciones no debieran superar los 5 m”. d) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 8.11 del Adenda 1 el Titular declaró: “El Titular acoge la observación y declara que dará cumplimiento en todo momento a lo establecido en el procedimiento de caracterización de las aguas tratadas a disponer mediante drenes de infiltración y, en caso de ser aplicable su calificación como fuente emisora, se presentará el respectivo Estudio de Vulnerabilidad del Acuífero acorde a lo indicado por la autoridad y lo establecido por la normativa”. e) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.2 del Adenda Complementaria el Titular declaró: “Al respecto, el titular acoge la observación, y aclara que tanto los estanques como las tuberías e infraestructura asociada al almacenamiento de combustible, es en superficie. Lo anterior, dando cumplimiento con lo establecido en los artículos 107 al 117 del D.S N°160/08 “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, en lo que a estanques superficiales se refiere, más explícitamente, en lo indicado en los artículos 107, 108, 109, 114, 116 y 117 de dicho Reglamento. Hecha la aclaración en el párrafo anterior, los estanques superficiales, tal como se indicó en el plano del Anexo 7 de la Adenda, contarán con pretiles y losas impermeabilizadas que impiden, ante contingencias, la eventual contaminación del suelo con hidrocarburos producto de derrames y, por consiguiente, el evitar potenciales efectos en las aguas subterráneas y cauces superficiales existentes. En caso de ejecutarse la fase de cierre, las actividades a realizar serían el desmantelamiento y retiro de los equipos asociados al Proyecto, no considerándose la demolición de la infraestructura del Data Center, por lo que no se contempla la demolición de las losas de hormigón. Si durante esta actividad se presentan contingencias o emergencias, se procederá según lo indicado en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias presentado en el Anexo 1-6 de la DIA”. f) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.6 del Adenda Complementaria el Titular declaró: “El Titular aclara que el agua que se utilizará en el sistema particular de agua potable será abastecida mediante proveedores o sanitarias autorizadas. En el Anexo 3 se presenta el certificado GC030/2021 de la empresa sanitaria Aguas Santiago Poniente con la factibilidad de suministro solicitada. El Titular aclara que no cuenta con derechos de aguas constituidos y no contempla adquirirlos.”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.5 del ICE.
9.6. Condición o exigencia 6 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo Cumplir con lo establecido por la SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago. Condición La SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago, mediante Oficio Ord. N°3653 de fecha 22 de noviembre de 2021, indica que: “1. NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE 1.1. RUIDO 1.1.1 En caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas de control de ruido y vibraciones, así como los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace y de la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos.” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.6 del ICE.
9.7. Condición o exigencia 7 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo Cumplir con los requerimientos efectuados por la Ilustre Municipalidad de San Bernardo en el marco de la evaluación ambiental Condición Según lo indicado en el Oficio Ordinario N°786 de fecha 06 de agosto de 2021, de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, en el respecto Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA), se solicitó la suscripción de compromisos ambientales voluntarios, los cuales fueron acogidas en el capítulo 12 de la Adenda. En lo particular se señalan los siguientes: “12.7. Se solicita al titular considerar como Compromiso Ambiental Voluntario el incorporar en sus líneas de desarrollo una vinculación directa con los colegios técnicos profesionales de la comuna de San Bernardo, respecto de visitas a las instalaciones y eventualmente desarrollo de prácticas y pasantías a estudiantes de la comuna. Respuesta: El Titular acoge la observación e informa que el Proyecto evaluará la alternativa de incorporar en sus líneas de desarrollo una vinculación directa con los colegios técnicos profesionales de la comuna de San Bernardo, respecto de visitas a las instalaciones y eventualmente desarrollo de prácticas y pasantías a estudiantes de la comuna. 12.8. Se solicita al titular considerar como Compromiso Ambiental Voluntario establecer una vinculación institucional directa con la Municipalidad de San Bernardo en el apoyo tecnológico y soporte informático que propenda en la modernización de las plataformas informáticas institucionales a fin de aportar con el impulso al desarrollo local. Respuesta: El Titular se compromete a establecer los vínculos con la Municipalidad con el fin de determinar el grado de apoyo en esta materia que el proyecto pueda aportar. No obstante, no quedará reflejado en el marco del proceso de evaluación ambiental toda vez que se debe generar un proyecto con el respectivo diagnóstico y establecer los grados de cooperación, las cuales no serán parte de la presente evaluación. 12.9. Se solicita al titular considerar como Compromiso Ambiental Voluntario la instalación de luminarias solares en sectores cercanos al proyecto, como Pérez Ossa, Santa Pamela y Rinconada de Chena, que presentan déficits de iluminación pública. Respuesta: El Titular acoge la observación e informa que el Proyecto evaluará la alternativa de instalar luminarias solares en sectores cercanos al Proyecto, no comprometiendo en este proceso de evaluación la localización de estas luminarias.”
Al respecto La Ilustre Municipalidad de San Bernardo, mediante Oficio Ord. N°1087, de fecha 23 de septiembre de 2021, da su conformidad a la evaluación del proyecto condicionado a: “Plan de cumplimiento Compromisos Ambientales Voluntarios. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
9.7. Condición o exigencia 7 Se solicita al Titular informe y se comprometa con porcentajes y cantidades respecto de los compromisos ambientales voluntarios suscritos”.
Posteriormente, en el capítulo 9 de la Adenda Complementaria, específicamente en los puntos 9.3, 9.4 y 9.5, el Titular rectifica sus respuestas de la Adenda e informa no acoger los CAVs solicitados.
En consideración a que la conformidad de la I.M. de San Bernardo se supeditó a la ejecución de los compromisos ambientales voluntarios adscritos en la Adenda, esta Dirección Regional estima que el Titular deberá complementar los antecedentes técnicos necesarios para la ejecución de los siguientes compromisos:
a. CAV Evaluar alternativa de Vinculación directa con los colegios técnicos profesionales de la comuna de San Bernardo.
El Titular deberá presentar a la I. Municipalidad de San Bernardo previo al inicio de la fase de operación del Proyecto (año 2) un Plan orientado al fortalecimiento de las relaciones comunitarias, el cual deberá contener la propuesta de actividades de vinculación con los establecimientos educacionales de la comuna, la cual deberá al menos considerar 2 actividades en la comuna. Este Plan deberá en su forma e implementación estar coordinado con el municipio respectivo para su materialización la cual deberá ser ejecutada durante el primer año de operación del proyecto.
b. Evaluar alternativa de Instalar luminarias solares en sectores cercanos al Proyecto. De acuerdo a las siguientes condiciones.
El Titular deberá presentar a la I. Municipalidad de San Bernardo previo al inicio de la fase de operación del Proyecto (año 2) un “Proyecto de Iluminación para vías públicas y/o áreas verdes” aledañas al Data Center. Este plan deberá en su forma e implementación estar coordinado con el municipio respectivo para su materialización, el cual deberá ser ejecutado previo al inicio de la operación del proyecto.
En cuanto al sitio de implementación de este compromiso, el titular deberá observar lo indicado por I. Municipalidad de San Bernardo respecto a los sectores factibles y disponibles de beneficiar, los cuales presentan déficit de iluminación pública, siendo estos los sectores cercanos al proyecto: Pérez Ossa, Santa Pamela y Rinconada de Chena. Dicho Proyecto de Iluminación deberá considerar al menos una cantidad no inferior a 30 luminarias, estando este orientado principalmente a dotar de iluminación vías y/o espacios públicos en la comuna.
c. Evaluar alternativa de Vinculación institucional directa con la Municipalidad de San Bernardo.
Esta Dirección Regional de SEA estima que el presente compromiso no se vincula directamente con aspecto ambientales, por tanto, se acoge lo señalado por el Titular en respuesta 9.4 de la Adenda complementaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.7 del ICE.
9.8. Condición o exigencia 8 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
9.8. Condición o exigencia 8 Objetivo Cumplir normativas y condiciones establecidas por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago. Condición La SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago, mediante su Oficio Ord. N°29252/2021 SRM-RM, de fecha 01 de diciembre de 2021, establece las siguientes condiciones:
“1. El Titular deberá ingresar un Informe de mitigación vial (IMIV) por 130 estacionamientos según lo que indica el Decreto 30/2017 y materializar las medidas de mitigación que se soliciten, antes de la recepción final de las obras. 2. Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. 3. En la fase de construcción se debe considerar: a) El ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. b) No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. c) Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. d) Se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. e) Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. f) Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita. g) El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. h) Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. i) Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. j) Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. 4. Cumplir el D.S. N°75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por casusa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. 5. Se deberá dar cumplimiento al Decreto N°18 de 2011 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 6. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N°5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.”
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- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
10.1 Compromiso ambiental voluntario 1: Inducción del patrimonio cultural a trabajadores relacionados con actividades de excavación y protocolo ante eventual hallazgo. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores sobre conservación del patrimonio cultural, entregándoles herramientas para la identificación de fósiles de importancia y así como también las instrucciones respecto del protocolo a seguir ante un eventual hallazgo arqueológico o paleontológico. Descripción: Un profesional competente en aspectos de arqueología y paleontología realizara una charla de inducción en temas relativos a conceptos básicos de arqueología y paleontología, así como la valoración del patrimonio cultural nacional y protocolo de hallazgos inesperados. Justificación: De acuerdo con los antecedentes el Proyecto se emplazará en áreas altamente intervenidas por acción antrópica, sin embargo, no se puede descartar la posibilidad de aparición de algún resto paleontológico o arqueológico en profundidad. En este contexto es necesario que el personal que realiza excavaciones y movimientos de tierra en el proyecto cuente con las nociones básicas, protocolos y procedimientos necesarios ante la aparición de algún hallazgo de este tipo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas pueden ser efectuadas tanto en oficinas, salas de reunión y de ser necesario, en terreno siempre y cuando se otorguen todas las facilidades al paleontólogo para efectuar la presentación. Esta medida se llevará a cabo, respecto de los trabajadores nuevos que ingresen al proyecto durante la fase de construcción y que estén relacionados con actividades de excavación. Forma: Se preparará y presentará un material audiovisual basado en la información existente de patrimonio cultural presente en el área del Proyecto. Además, el material audiovisual informará sobre los procedimientos con que cuenta el Proyecto, y así prevenir que los trabajadores puedan desarrollar conductas inapropiadas con sitios paleontológicos y piezas fósiles, de ser encontrados en alguna etapa del proyecto. Oportunidad: Esta medida se implementará durante la etapa de construcción del Proyecto, las charlas serán aplicadas antes de que el respectivo trabajador comience sus labores en el Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a la inducción de todos los nuevos trabajadores y registro de su aprobación. Forma de control y seguimiento Informe semestral a la Superintendencia del Medio Ambiente con las actividades de inducción realizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.1 del ICE.
10.2 Compromiso Ambiental Voluntario 2: Instalación de luminarias solares Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Instalación de luminarias exteriores. Descripción: El titular se compromete a la instalación de luminarias solares en los sectores cuya factibilidad técnica sea viable, tales áreas como estacionamientos, cierres perimetrales, entre otras que no afecten la operación misma del datacenter. Justificación: Uso de energías renovables. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: emplazamiento del proyecto Forma: Según quede establecido en el proyecto eléctrico respectivo. Oportunidad: La implementación de las iluminarias y termos solares, se realizará una vez que se inicie la fase de operación del proyecto. Indicador que acredite su Aprobación del proyecto eléctrico. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
10.2 Compromiso Ambiental Voluntario 2: Instalación de luminarias solares cumplimiento Forma de control y seguimiento Se inspeccionará el avance de las instalaciones y se informará una vez se ejecuten. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.2 del ICE.
10.3 Compromiso Ambiental Voluntario 3: Monitoreo arqueológico permanente Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar posibles hallazgos no detectados previamente, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial que se ejecuten en la fase de construcción del Proyecto. Descripción: Se realizará monitoreo arqueológico permanente durante las actividades que impliquen movimientos de tierra en la fase de construcción del Proyecto, con el fin de identificar oportunamente posibles hallazgos. Justificación: Debido a la existencia de antecedentes arqueológicos en la comuna de San Bernardo, la Autoridad ha solicitado la implementación de un monitoreo arqueológico permanente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas de trabajo donde se realicen movimientos de tierra. Forma: El monitoreo arqueológico se ejecutará mediante la presencia permanente de un arqueólogo monitor mientras se realicen movimientos de tierra durante la fase de construcción del Proyecto. Este monitoreo aplicará tanto para movimientos de tierra efectuados con maquinaria como manualmente. A partir de esta actividad se remitirá a la SMA un informe de monitoreo elaborado por el especialista de forma mensual, el que incluirá lo siguiente: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. En caso de evidenciar restos arqueológicos, se incorporará al informe: • Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). • Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. • Medidas de protección y/o conservación implementadas. • Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. • Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). • Se pondrá en conocimiento al Municipio de San Bernardo todo hallazgo de carácter paleontológico, arqueológico o histórico que se pudiese generarse en las labores de construcción del proyecto. El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
10.3 Compromiso Ambiental Voluntario 3: Monitoreo arqueológico permanente encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Oportunidad: Las medidas descritas se aplicarán durante toda la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Informe de monitoreo arqueológico mensual. • Informe final de monitoreo. • Avisos realizados al CMN, ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras. Forma de control y seguimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA contra entrega de los informes mensuales e informe final de monitoreo arqueológico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.3 del ICE.
10.4 Compromiso Ambiental Voluntario 4: Especies nativas en proyecto de paisajismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incorporar al proyecto de paisajismo la implementación de especies nativas de bajo consumo hídrico. Descripción: El proyecto incorporará especies nativas sugeridas en las áreas verdes proyectadas del proyecto, tal como lo indican las recomendaciones establecidas en el “Manual Técnico de Construcción y Requisitos Mínimo para Parques, Plazas, Áreas Verdes y Áreas Deportivas”. Justificación: El Proyecto de Paisajismo, una vez elaborado será presentado a la Ilustre Municipalidad San Bernardo (DOM). Se señalarán todas las especies a incorporar en dicho proyecto y además se cumplirán con los requerimientos solicitados por el organismo evaluador. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área de emplazamiento del proyecto áreas verdes del Proyecto. Forma: Incorporación de especies de bajo consumo hídrico en las áreas verdes del Proyecto. Oportunidad: El proyecto de paisajismo se desarrollará durante la fase de construcción (previo a la recepción final del Proyecto). Indicador que acredite su cumplimiento Aprobación del proyecto de Paisajismo, con la autorización de la DOM. Forma de control y seguimiento Se dará aviso a la autoridad (DOM) del inicio y termino del proyecto de paisajismo. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.4 del ICE.
10.5 Compromiso Ambiental Voluntario 5: Contratación de Mano de Obra Local Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promoción de contratación de mano de obra local. Descripción: El Titular tomará contacto con la OMIL de San Bernardo, para entregar información respecto de los perfiles y competencias del personal de los puestos de trabajo que requerirá el Proyecto y que podrá ofrecer a la comuna. Justificación: La medida está justificada en el interés del Titular por el desarrollo local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas del proyecto, en la comuna de San Bernardo. Forma: El Titular tomará contacto con la OMIL de San Bernardo, para entregar información respecto de los perfiles y competencias del personal de los puestos de trabajo que requerirá el Proyecto y que podrá ofrecer a la comuna. Oportunidad: La contratación de trabajadores se iniciará (en caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
10.5 Compromiso Ambiental Voluntario 5: Contratación de Mano de Obra Local presentar personal calificado) previa a la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Comunicación del Titular con la OMIL de San Bernardo, informando respecto de los perfiles y competencias del personal de los puestos de trabajo que requerirá el Proyecto y que podrá ofrecer a la comuna. Seguimiento y registro de las postulaciones realizadas a través de la OMIL. Forma de control y seguimiento Al finalizar el proceso de contratación, se enviará a la OMIL un informe con el listado de las personas que fueron contratadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.5 del ICE.
Tabla 10.1.6 Compromiso Ambiental Voluntario 6: Suministro Eléctrico mediante ERNC Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: suministro eléctrico entre el 80% y 100% de ERNC. Descripción: el Titular contempla que el suministro eléctrico del proyecto sea realizado mediante ERNC (entre un 80 y 100%). Justificación: uso de energías renovables. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: comuna de San Bernardo. Forma: suministro de ERNC por parte de la empresa eléctrica que abastecerá al Proyecto. Oportunidad: durante la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Presentación de un Certificado IREC o EAC, generado por la empresa suministradora de energía eléctrica. Forma de control y seguimiento Presentación de un Certificado IREC o EAC, generado por la empresa suministradora de energía eléctrica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.6 del ICE.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
11.1 Riesgo o contingencia 1 “Sismo” Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se consideran las siguientes acciones: • Disponer de vías de evacuación claramente señalizada. • Disponer de zonas de seguridad libres de caída de elementos y de fácil acceso. • Tener preparado y ubicado en lugares estratégicos un kit de emergencias (Linterna y pilas de repuesto, Botiquín, agua). • Realizar simulacros de evacuación. • Realizar capacitación de primeros auxilios. • Se establece un procedimiento general ante cualquier movimiento telúrico, sin embargo, cuando la intensidad y la duración del evento sean de una magnitud mayor, habrá procedimientos específicos que el personal deberá respetar para no generar una situación de riesgo. Forma de control y seguimiento • Libro y/o registro de mantenciones, Registro fotográfico de señalizaciones, y libro de registro de capacitaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Los procedimientos generales que se aplican en todo tipo de eventos sísmicos son: • Mantener la calma y ubicarse en zona de seguridad para sismos. • Protegerse bajo elementos firmes. • En caso de estar conduciendo, se recomienda disminuir paulatinamente la velocidad y aparcar en zona donde no reciba Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
11.1 Riesgo o contingencia 1 “Sismo” caídas de objetos. • Estar atento a comunicaciones de radio en canal dedicado a emergencias. • Apagar cualquier fuente de calor que pudiese iniciar un incendio. • De estar en andamios o estructuras móviles permanecer en la zona hasta que el evento se detenga. Si los sismos alcanzan una mayor magnitud, es decir, si el personal presenta problemas para mantener el equilibrio y se pueden provocar daños en zonas extensas, se recomienda tomar las siguientes medidas: • Todo personal debe buscar refugio y adoptar la posición “cuclillas”, para una vez terminado el evento, evacuar a zona de seguridad. • Se prohíbe la evacuación en vehículos. • El Líder de Emergencia, o en su defecto el Coordinador suplente de emergencia, en conjunto con el jefe del departamento HSE deberán asegurarse de que todo su equipo esté en la zona de seguridad. Además, si se encuentra al interior de los edificios se deberá tener presente: • Mantenerse alejado de vidrios, ventanas, puertas exteriores, paredes y cualquier objeto que pudiera caer encima como lámparas y muebles. • Utilizar una estructura firme para refugiarse. • Permanecer en el interior del edificio hasta que pase el temblor, salga sólo cuando esté seguro de que este haya finalizado. • Tener presente que puede cortarse el suministro eléctrico y que alarmas de incendios pueden fallar. • No utilizar ascensores. Si se encuentra en el exterior o en zonas de patio, tener presente: • Quedarse en su lugar hasta que termine el sismo, alejado de edificios, focos y cables de alumbrado público. • El mayor peligro se presenta directamente fuera de los edificios, en las salidas y junto a las paredes exteriores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en un plazo no mayor a 24 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1. y Tabla 7.1.1 del ICE
11.2. Riesgo o contingencia 2: “Afloramiento de Aguas Subterráneas” Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de Nivelación de Terreno y Excavaciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se consideran las siguientes acciones o medidas: • Construcción de las fundaciones a una distancia vertical amplia respecto del límite superior de la napa. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
11.2. Riesgo o contingencia 2: “Afloramiento de Aguas Subterráneas” • Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas. • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. • El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva (…)” Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Informe de incidente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1. y Tabla 7.1.2 del ICE
11.3. Riesgo o contingencia 3 “Fugas de gas y explosiones” Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Trabajos mecánicos, trabajos eléctricos y trabajos de instrumentación. Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Se consideran las siguientes acciones: • Elaboración de procedimientos y procesos para prevenir la ocurrencia de contingencias • Capacitación del personal en acciones preventivas para contingencias. • Revisión del Plan de Prevención, una vez al año o cuando ocurra una emergencia. Ante fugas de gas se deberán tomar todas las medidas para prevenir una inflamación, aislando el sector de posibles fuentes de ignición en un radio de 30 m, evitando que el gas penetre en las alcantarillas. Esta condición debe ser evaluada por bomberos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Los procedimientos generales que se aplican en todo tipo de eventos son: • Al momento de detectar una fuga de gas se deberá evacuar inmediatamente al personal del área e informar de forma rápida a las industrias o edificios cercanos, para prevenir una posible explosión. • Queda estrictamente prohibido ingresar al área una vez que se ha desarrollado la evacuación, sin antes tener las mediciones correspondientes de los equipos autorizados y los certificados de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
11.3. Riesgo o contingencia 3 “Fugas de gas y explosiones” no peligrosidad, de lo contrario se solicitará la presencia de bomberos como apoyo técnico para asegurar la no presencia de gas u otro compuesto gaseoso que pueda ocasionar daños a los trabajadores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en un plazo no mayor a 24 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1. y Tabla 7.1.3 del ICE
11.4. Situación de riesgo o contingencia 4 “Incendio” Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Aplica a todas las partes y obras Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Se consideran las siguientes acciones: Para la fase de construcción y cierre: • Equipamiento de combate conforme al tipo y volumen de combustible. Para la fase de operación: • Procedimientos de operación segura del sistema. • Capacitación permanente del personal a cargo. • Instalación de señalética conforme a normativa vigente. • Programación de revisiones y mantenciones preventivas de equipos e infraestructura. • Uso de Equipamiento de Protección Personal (EPP) cuando lo requieran las tareas que desempeñan. • Mantener áreas con riesgo de incendio demarcadas, señalizadas y con indicaciones. • Establecer y demarcar las zonas de seguridad. • Realizar simulacros. • Realizar capacitaciones en control de incendio, uso y manejo de extintores. De igual forma se han establecido medidas para reaccionar y combatir posibles amagos de incendio tales como: • Generación de un plan de control de emergencias. • Conformación de cadena de mando y brigada contra incendio. Forma de control y seguimiento • Libro y/o registro de mantenciones, Registro fotográfico de señalizaciones, y libro de registro de capacitaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las condiciones de seguridad que deben ser implementadas en las distintas áreas del proyecto, con tal de evitar o prevenir posibles amagos de incendio: Fase de construcción: Áreas generales. • Al menos un extintor de polvo químico seco (ABC) de 10 Kg de capacidad deberá ubicarse en las áreas de trabajo para las actividades de construcción. • Donde la construcción/cierre se esté realizando en varios niveles, deberá existir al menos un extintor de polvo químico (ABC) por nivel. Fase de operación: Áreas de almacenamiento y abastecimiento de combustibles. • Las áreas secundarias de almacenamiento de combustibles deberán contar con extintores de polvo químico seco ABC de 10 Kg. • Deberán contar con sistema contra incendios y alarmas de humo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
11.4. Situación de riesgo o contingencia 4 “Incendio” • Deberán estar conectados o cercanos a una red húmeda contra incendios. Áreas Misceláneos: • Deberán contar con extintores portátiles de Polvo Químico ABC, basado en la carga combustible del edificio. Vehículos, buses y equipo móvil: • Todo vehículo que ingrese u opere dentro del proyecto deberá disponer de a lo menos un extintor de polvo químico seco de 6 Kg. Los trabajadores capacitados están autorizados para combatir incendios incipientes en los casos en que: • Puedan combatir el fuego de manera segura en sus ropas normales de trabajo. • No sea necesario que se arrastren o adopten otras acciones evasivas para evitar humo y calor. • No sea necesario que utilicen ropa de protección térmica o equipos de respiración autónoma que puedan combatir el fuego con extintores portátiles. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en un plazo no mayor a 24 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1. y Tabla 7.1.4 del ICE.
Tabla 11.5. Situación de riesgo o contingencia 4 “Contaminación de Aguas Subterráneas” Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Generadores y patios eléctricos. Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Se consideran las siguientes acciones: Las obras contempladas para la impermeabilización del sector de descarga de combustible y de grupos electrógenos son las siguientes: • Pretiles en las zonas de descarga de combustible sobre su perímetro. • Los estanques de almacenamiento de combustible contarán con doble pared, cañerías de doble pared, cámaras separadores de aceites e hidrocarburos. • La cámara de contención de derrames contará con sensores de detección de fugas, los que se activarán cada vez que exista un derrame. • Los sistemas de distribución de combustible contemplan un sistema de contención formado por cañerías de doble pared que evitarán el derrame del combustible y lo conducirán gravitacionalmente hasta la cámara de contención de derrames de la zona de carga. • El diseño de estanques, cañerías e instalaciones se realizará con elevados estándares de seguridad y en cumplimiento de la normativa asociada. • Al hormigón se le aplicará un agente impermeabilizante existente en el mercado. • Todas las instalaciones y construcciones antes mencionadas se realizarán previo al montaje de los equipos, especialmente de los generadores. Junto con las obras asociadas al sector de descarga de combustible y de ubicación de los generadores, el proyecto ha considerado las siguientes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
Tabla 11.5. Situación de riesgo o contingencia 4 “Contaminación de Aguas Subterráneas” obras en el sitio del proyecto, para evitar el detrimento de los recursos hídricos durante su operación: • Las fundaciones de equipamiento serán de una losa de hormigón armado. Se considera la instalación de armaduras, inserto de acero y moldajes, para luego hormigonar. • Losas y radieres de hormigón armado para los pisos del Proyecto. • Losas de refuerzo de cubierta de metal para controlar la fisuración del piso. • Aceras, pavimentos, rampas y escalones de hormigón. Como medidas de prevención adicionales a las obras constructivas de impermeabilización, se contará con: • Controles periódicos de las instalaciones y equipos destinados a almacenar sustancias peligrosas • Mantenimiento de todos aquellos equipos, instalaciones u obras que puedan representar un riesgo de filtración de sustancias que puedan lixiviar hacia las napas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales del área de proyecto en Fase de construcción, operación y cierre: superficiales y/o subterráneos, en Fase de Construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en un plazo no mayor a 24 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1. y Tabla 7.1.5 del ICE.
Tabla 11.6. Situación de riesgo o contingencia 6 “Derrames de Sustancias Peligrosas y Combustibles” Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sector de descarga y almacenamiento de combustible, y bodegas de almacenamiento de Sustancias Peligrosas y grupos electrógenos. Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Se consideran las siguientes acciones : Las obras contempladas para la impermeabilización del sector de descarga de combustible y de grupos electrógenos son las siguientes: • Pretiles en las zonas de descarga de combustible sobre su perímetro. • Los estanques de almacenamiento de combustible contarán con doble pared, cañerías de doble pared, cámaras separadores de aceites e hidrocarburos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
Tabla 11.6. Situación de riesgo o contingencia 6 “Derrames de Sustancias Peligrosas y Combustibles” • La cámara de contención de derrames contará con sensores de detección de fugas, los que se activarán cada vez que exista un derrame. • Los sistemas de distribución de combustible contemplan un sistema de contención formado por cañerías de doble pared que evitarán el derrame del combustible y lo conducirán gravitacionalmente hasta la cámara de contención de derrames de la zona de carga. • El diseño de estanques, cañerías e instalaciones se realizará con elevados estándares de seguridad y en cumplimiento de la normativa asociada. • Al hormigón se le aplicará un agente impermeabilizante existente en el mercado. • Todas las instalaciones y construcciones antes mencionadas se realizarán previo al montaje de los equipos, especialmente de los generadores. Junto con las obras asociadas al sector de descarga de combustible y de ubicación de los generadores, el proyecto ha considerado las siguientes obras en el sitio del proyecto, para evitar el detrimento de los recursos hídricos durante su operación: • Las fundaciones de equipamiento serán de una losa de hormigón armado. Se considera la instalación de armaduras, inserto de acero y moldajes, para luego hormigonar. • Losas y radieres de hormigón armado para los pisos del Proyecto. • Losas de refuerzo de cubierta de metal para controlar la fisuración del piso. • Aceras, pavimentos, rampas y escalones de hormigón. Como medidas de prevención adicionales a las obras constructivas de impermeabilización, se contará con: • Controles periódicos de las instalaciones y equipos destinados a almacenar sustancias peligrosas • Mantenimiento de todos aquellos equipos, instalaciones u obras que puedan representar un riesgo de filtración de sustancias que puedan lixiviar hacia las napas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El procedimiento general será el siguiente: • Se informará inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). • Se deberá informar toda la descripción del incidente, indicando lugar específico de ocurrencia, cuantificación y caracterización completa de la sustancia vertida, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales estimados. Además, se detallará cada acción y medida de control utilizadas durante el evento de contaminación. • Se propondrá, en caso de que corresponda, a la autoridad, una metodología de evaluación para estimar el posible efecto sobre los recursos hídricos subterráneos y realizar monitoreos inmediatos del área de influencia del accidente. • Se propondrá, en caso de que corresponda, a la autoridad, un programa de medidas de descontaminación y una metodología de evaluación de la efectividad de las medidas. • Se propondrá, en caso de que corresponda, a la autoridad, el monitoreo y seguimiento de aquellas variables ambientales afectadas con la ocurrencia del evento. • El aviso a la SMA incluirá la descripción del equipamiento utilizado para el manejo de emergencias, su ubicación, y los tiempos estimados de respuesta para los accidentes y, en caso de accidentes y de ser necesario, se presentará un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
Tabla 11.6. Situación de riesgo o contingencia 6 “Derrames de Sustancias Peligrosas y Combustibles” Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en un plazo no mayor a 24 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7.1. y Tabla 7.1.6 del ICE.
Tabla 11.7. Situación de riesgo o contingencia 7 “Emisión de Olores” Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sector de PTAS. Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia y/o emergencia Se consideran las siguientes acciones o medidas: Fuente de olor Causas Solución o acción preventiva Red de Recolección de Aguas Servidas Acumulación de sólidos. Se considera realizar inspecciones periódicas a las redes de recolección, a modo de realizar limpieza de las mismas toda vez que sea necesario. Tratamiento Aeróbico Falla de Sopladores de aire. Solución: Dar aviso inmediato a la entidad encargada de la mantención. Revisar térmicos. Trabajar en Manual y dar aviso inmediato a la entidad encargada de la operación. Acción Preventiva: Se contará con Sopladores Stand-By, a modo de contar con respaldo de equipos críticos. Disposición Final Calidad del agua tratada no cumple con DS 46/MINSEGPRES Solución: Dar aviso inmediato a la entidad encargada de la mantención. Ajustar parámetros de funcionamiento de la PTAS. Acción Preventiva: Se contará con Autocontroles para cumplimiento de Normativa y ajustes de parámetros oportunos (Cloración y otros). Acumulación de Lodos Tiempo de retención de lodos mayor al necesario. Acción Preventiva: Se realizarán inspecciones regulares para verificar la capacidad de la acumulación. Se mantendrán en constante aireación, para minimizar la generación de olores y evitar se vuelvan sépticos. Forma de control y seguimiento Acción Preventiva: Se realizarán inspecciones regulares para verificar la capacidad de la acumulación. Se mantendrán en constante aireación, para minimizar la generación de olores y evitar se vuelvan sépticos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en un plazo no mayor a 24 horas desde la ocurrencia de la emergencia, según lo establecido en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA, señalando las medidas aplicadas hasta ese momento. Lo anterior de se realizará a través del sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de Capítulo 7.1. y Tabla 7.1.7 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
Tabla 11.7. Situación de riesgo o contingencia 7 “Emisión de Olores” evaluación que contenga la descripción detallada
- Que, durante el proceso de participación ciudadana desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación. El Servicio de Evaluación Ambiental y la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana han dado estricto cumplimiento a la normativa que rige dicho proceso, realizando todas las labores y actividades que las normas le mandatan en el marco de la evaluación del Proyecto “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO”. En este sentido, se detallan las siguientes labores y actividades:
12.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
De las observaciones ingresadas a la Dirección Regional del SEA Región Metropolitana, todas cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA.
12.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
- Observante: Sara Elena Torres Riveros
Observación: Quiero expresar mi preocupación y completo rechazo hacia el proyecto de planta de tratamiento de aguas que va a estar localizada próxima a mi villa. Ya contamos con una planta de tratamiento (La Farfana), y nuestra calidad de vida se vio afectada de manera importante y directa por motivo de los olores que esta emana hasta el día de hoy. Considerando que el nuevo proyecto se encuentra localizado más cerca del área residencial, es de suma importancia expresar nuestra preocupación como vecinos ya que contando con esta experiencia previa, somos los más afectados directamente por este tipo de proyectos.
Evaluación técnica de la observación: La observación no es pertinente toda vez que no hace referencia al proyecto en evaluación.
- Observante: Mario Alejandro Pastore Ortiz
Observación: Ley N°19300, Art.2 letra d), de acuerdo con la cercanía de la construcción de la planta de un sector urbano, se considera una alta generación de contaminantes en el aire, el que en este caso incluye, compuestos, sustancias, derivados químicos o biológicos, en un sector residencial, compuesto además por 2 colegios de gran tamaño, además de CESFAM ubicados a metros de la construcción de la planta, constituyendo un riesgo a la salud a las personas, a la calidad de vida de la población, además de la preservación de la Naturaleza.
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
En la respuesta 6.15 de la Adenda (enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/09/08/20119_Adenda_Odata_San_Bernardo.pdf), el Titular presenta un análisis actualizado que permite confirmar o justificar la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias establecidos en el Art. 5 del D.S. N° 40/2012 del MMA, que se replica a continuación:
Artículo 5: El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su Proyecto o actividad genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará la presencia de población en el área de influencia, cuya salud pueda verse afectada por:
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Letra a): La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento.
Emisiones a la atmósfera: Las emisiones del Proyecto se generan principalmente en superficie y están asociadas a las actividades de construcción y operación para el área de instalaciones, entre otras y al tránsito de vehículos y operación de maquinaria. Lo anterior considerando que las actividades asociadas a la fase de construcción del Proyecto, es donde se concentra el mayor nivel de emisiones, son acotadas en el tiempo y de baja dispersión al generarse en la superficie del terreno.
Emisiones (t/año) AÑOS MP10 MP2,5 PTS NOX CO SOX HC NH3 AÑO 1 7.73 1.91 30.77 3.66 2.55 0.08 0.31 0.0033 AÑO 2 3.26 0.73 14.84 2.58 0.87 0.13 0.06 0.0005 AÑO 3 1.02 0.33 4.88 1.99 1.09 0.03 0.07 0.0003 AÑO 4 1.08 0.38 4.93 2.80 1.61 0.03 0.09 0.0010 AÑO 5 1.11 0.42 4.97 3.52 1.98 0.03 0.07 0.0007 AÑO 6 - 30 0.77 0.33 3.24 3.43 1.88 0.01 0.02 0.0001 AÑO 31 0.10 0.03 0.45 0.16 0.10 0.00 0.01 0.0002
Respecto a las emisiones generadas por el Proyecto “ODATA SAN BERNARDO” y en base al cumplimiento del D.S. N° 31/2016 que Establece Plan de Prevención y Descontaminación para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA) en su Artículo 64, se concluye que:
• El periodo en el cual se generan emisiones de material particulado respirable (MP10) por parte del Proyecto y que superan los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 corresponden a los años, Año 1 y Año 2 y alcanza un máximo de 7.73 t/año y 3.26 t/año respectivamente. • El periodo en el cual se generan las emisiones de material particulado respirable fino (MP2.5) por parte del Proyecto y que superan los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 corresponden a los años, Año 1 y Año 2 y alcanzan un máximo de 1.91 t/año y 0.73 t/año. • El Proyecto no genera superación de los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 y para los gases de combustión NOx, CO y SOx. • El Proyecto no genera superación de los límites establecidos en el Artículo 64 D.S. N°31/2016 para los gases de combustión NOx, CO y SOx y Materiales particulados para la Fase de Cierre.
Por lo tanto, de acuerdo con el análisis expuesto el Proyecto sobrepasa los límites sobre las condiciones expuestas en el D.S 31/2016 en la Fase de Construcción. De acuerdo con esto, el Proyecto deberá compensar sus emisiones en el año 1 y 2 de la fase de construcción.
En virtud de lo anterior, el titular presentará un Programa de Compensación de emisiones basado en las cantidades finales a compensar para el cual analizará las alternativas costo efectivas que le permita concretar dicho Programa.
No obstante, cabe destacar que el proyecto no genera la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas.
El resumen de las emisiones se presenta en la actualización en Anexo 3 de la Adenda (enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/09/08/8ef_Anexo_3_Actualizacion_emisiones.zip)
Letra b): La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento.
Emisiones de ruido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
• Se identificaron seis (6) zonas de receptores, todos dentro del límite urbano, principalmente con usos industriales, ubicados en el sector aledaño al Proyecto en Zona III. del D.S. Nº38/11 del MMA según los usos de suelos permitidos en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago y de las comunas de San Bernardo y Cerrillos • Se efectuaron modelaciones acústicas configurando escenarios desfavorables, para la fase de construcción y operación, en los cuales se distribuyeron frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias operando simultáneamente, en los sectores del Proyecto más cercanos a los receptores. • Los resultados de dichas modelaciones sonoras arrojan niveles acústicos sobre los receptores de hasta 64 [dB(A)] para la fase de construcción en periodo diurno lo que daría cumplimiento con lo establecido por el D.S. N° 38/11 del MMA. Por su parte en la operación del proyecto se observa que las modelaciones sonoras arrojan niveles de hasta 45[dB(A)] sobre los receptores, lis cuales se encuentran en cumplimiento de los limites diurnos y nocturnos establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA. • Si bien el Proyecto tiene asociada la emisión de Ruido y Vibraciones, de acuerdo con los antecedentes presentados en este estudio y los resultados obtenidos, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y por lo tanto no generan riesgo para la salud de la población en virtud de lo definido en el Artículo 5 del Reglamento del SEIA (D.S Nº 40/2012 del MMA).
Mayores detallen en Anexo 4 Actualización Estudio Acústico y de Vibraciones de la Adenda complementaria (enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/11/12/04_Estudio_de_Ruido_y_Vibraciones_Actualizado.zip).
Letra c): La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso de que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
El Proyecto genera emisiones atmosféricas (ver anexo 3 Adenda, enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/09/08/8ef_Anexo_3_Actualizacion_emisiones.zip), emisiones electromagnéticas (ver anexo 1-5 DIA, enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/05/18/20119_Campos_electromagneticos.pdf) y de ruido (ver anexo 4 de la Adenda complementaria, enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/11/12/04_Estudio_de_Ruido_y_Vibraciones_Actualizado.zip), que se encuentran dentro de los parámetros de la normativa vigente y normas de referencia respectivamente, por lo que es posible evaluar el riesgo sobre la base de los criterios indicados en los literales anteriores. Por ello, tal como se indicó en las letras a) y b) precedentes, no se generará efectos significativos sobre la salud de la población a causa de las emisiones atmosférica, electromagnéticas o ruido del Proyecto.
Letra d): La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
El Proyecto generará residuos sólidos y líquidos tal como se indica en el numeral 2.5 del capítulo 2 de la DIA (enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/05/18/Cap_2_Antecedentes_que_justifican_art_11.pdf). Tanto los residuos sólidos como líquidos generados en el Proyecto serán manejados de acuerdo con la normativa vigente, y las labores de retiro, transporte, tratamiento y/o disposición de estos serán realizadas mediante empresas externas autorizadas.
Además, se presenta una tabla con los sectores residenciales cercanos al Proyecto, junto a una figura (ver figura 2 Anexo 6 Adenda Complementaria, enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/11/12/06_Anexo_Icsara_PAC.zip) que da cuenta de la ubicación de cada uno de estos.
Comuna Sector residencial Distancia (m) San Bernardo El Nocedal 1 3.103 San Bernardo Rinconada de Chena 5.230 Lo Espejo Zona residencial 220 San Bernardo Perez Ossa 3.194
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- Observante: María Verónica Flores Ortiz
Observación: Residuos Liquidos: ¿Quién nos asegura que en caso de fuga no se inunden las casas o pasajes?, debido que, todo el sector cuenta con un grave problema de alcantarillado, el cual se ve claramente sobrepasado cuando llueve, es por esto que no me imagino lo que pasará si llega a ocurrir una fuga significativa.
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Dadas las características del proyecto, el Titular reitera que no tiene factibilidad de conexión con la empresa sanitaria del sector, por lo que requerirá de la instalación de un sistema propio de agua potable y aguas servidas, por lo que el funcionamiento del Proyecto no afectará el abastecimiento residencial de agua potable ni el funcionamiento del alcantarillado público.
Adicionalmente, el proyecto en ninguna de sus etapas tendrá un volumen de agua tal que pudiese generar algún tipo de inundación en sectores residenciales.
- Observante: Pamela Andrea Ramírez Morales
Observación: EN EL PUNTO 1.6.6.2.1 AGUA POTABLE: “Agua potable Para la fase de operación del proyecto, al igual que para la construcción, se considera un sistema particular se abastecimiento de agua potable, el que se abastecerá por camiones autorizados, provistos por empresas sanitarias que cuenten con las autorizaciones respectivas Se considera un estanque con un factor de seguridad de 150% adicional al consumo diario"
SE PIDE AL TITULAR, QUE MENCIONE QUE EMPRESA LOS PROVEERA DE AGUA POTABLE, ORIGEN DE ESAS AGUAS (EL TITULAR DEL PROYECTO CARECE DE DERECHOS DE AGUA), CANTIDAD Y CONTINUIDAD DE RECARGAS, SI EL AGUA RECIBE ALGUN TRATAMIENTO ESPECIAL (QUIMICO-FISICO) DECLARARLO.
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Se acoge la observación y el Titular aclara que el agua que se utilizará en el sistema particular de agua potable será abastecida mediante proveedores o sanitarias autorizadas. En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria (enlace https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/11/12/03_Factibilidad_de_suministro_de_agua_de_proveedor_ autorizado.zip) se presenta el certificado de factibilidad de la empresa sanitaria Aguas Santiago Poniente S.A..
Se estima el abastecimiento mediante camiones aljibe de entre 2 y 3 camiones al día en la fase de construcción en el momento de mayor concentración de personal y durante la operación un camión al día.
Observación: "En el caso del sistema de enfriamiento se considera un llenado único durante la puesta en marcha de los equipos. Esta agua provendrá de proveedores autorizados dada las características fisicoquímicas que se requieren." también declarar cuánta agua producto del enfriamiento se pierde por evaporación, condensación u otro fenómeno.”
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
El sistema de enfriamiento que contempla el proyecto consiste en equipos de enfriamiento modulares por subetapa (Chillers). El sistema considera un total de 32 Chillers y, al tratarse de un circuito cerrado, no tendrá pérdidas de agua por enfriamiento o evaporación y no hay purga por descarga del sistema. Las únicas pérdidas posibles que se pudieran generar, de manera muy eventual, por goteos en las conexiones, se estima en unos 50 litros al año.
Cada sistema cuenta con un sistema de bombas de impulsión y distribución, así como de un estanque de acumulación de agua helada de 7,5 m3 por cada Chiller, por lo que se requieren de 240 m3 de agua para llenar por completo el sistema. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
Los Chillers se cargan con agua por una sola vez, las características fisicoquímicas del agua son de alta calidad sin minerales u otros componentes que generen incrustaciones en las tuberías por lo que deberá ser abastecida por un proveedor autorizado.
Estos sistemas aumentan la eficiencia del sistema al reducir el consumo de agua y el uso de energía eléctrica en más de un 30% respecto de un sistema convencional, lo cual presenta además una reducción en los costos de operación y mantenimiento del proyecto.
Subetapas operación N° Chillers Agua enfriamiento (m3) Subetapa 1 12 90 Subetapa 2 5 37,5 Subetapa 3 10 75 Subetapa 4 5 37,5 Total operación 32 240
El sistema de enfriamiento por agua consiste en una serie de intercambiadores de energía térmica agua-aire sin contacto directo entre sí (Chillers) lo que permite enfriar el agua con aire, agua que se recircula de manera indefinida dentro del sistema en circuito cerrado lo que evita pérdidas de agua ya que fluyen dentro de serpentines disminuyen el calor emitido por las salas del Data Center. Tal como se muestra en el siguiente esquema:
Observación: Que se declare expresamente que el agua no será depositada en alcantarillado bajo ningún pretexto ni de urgencia, ni de emergencia
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
El Titular se permite aclarar que el Proyecto no cuenta con factibilidad de conexión directa con la empresa sanitaria pública, además, se compromete a que sus aguas industriales en caso de algún tipo de contingencia no serán descargadas al sistema de tratamiento particular.
En el caso que el sistema de enfriamiento posee los respectivos estanques de acumulación de agua, en caso de que uno de los sistemas fallase, los estanques de almacenamiento están diseñados para contener el volumen de agua de cada circuito, por lo que no se prevé un derrame de agua.
Es importante mencionar que el titular diseña y construye bajo estándares donde se asegura de que el sistema no requiere el recambio de agua para su funcionamiento.
Observación: Medidas de contingencia en caso de derrames de esas aguas al suelo
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
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El titular considera medidas de alta eficiencia para contingencias de derrames de agua, primeramente, tiene estanques de almacenamiento para la cantidad total del agua existente en cada uno de los sistemas hidráulicos.
Por otro lado, según lo indicado en el punto 1.26 de la Adenda, el sistema de enfriamiento que contempla el proyecto consiste en equipos de enfriamiento modulares (Chillers). El sistema al tratarse de un circuito cerrado no tendrá pérdidas de agua por enfriamiento o evaporación y no hay purga por descarga del sistema, por lo que no se espera la generación de residuos líquidos producto de la operación normal del sistema. Para el caso de mantenciones de los estanques, estos no serán vaciados, ni tampoco se intervendrá el contenido de estos, por tratarse de circuitos cerrados, por lo que no se espera la generación de residuos producto de estas mantenciones.
Observación: El titular no menciona aspectos de impactos sinérgicos, que sumatoriamente producen externalidades negativas, considerando impactos ambientales indirectos o acumulativos, porque se debe contemplar un conjunto de proyectos con características similares en el sector
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Según se establece en el artículo 19 del RSEIA, las Declaraciones de Impacto Ambiental no incorporan como contenido la evaluación de impactos sinérgicos. En consideración, es relevante mencionar que el proyecto propone medidas y compromisos donde se hace cargo de sus externalidades.
- Observante: Karina Soledad Leyton Espinoza
Observación: ¿Almacenarán combustible? ¿Cuántos lts? ¿Cuáles son los riesgos asociados? Incendio? (por que mencionaron una torre de agua para incendios) Cuanto sería el radio de riesgo según la cantidad de lts de combustible?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Para la fase de operación se contempla un almacenamiento máximo de 860 m³ de Diesel (equivalentes a 731 toneladas), para los 34 estanques que abastecen a los generadores en caso de cortes de energía.
Los riesgos asociados al proyecto se detallan en el Anexo 1-6 de la DIA (enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/05/18/20119_Plan_de_contingencias_y_emergencias.pdf), correspondiente al Plan de contingencias y emergencias.
Las zonas de carga y descarga de combustibles, corresponden a zonas impermeabilizadas y con sistemas de contención independientes, con el fin de no permitir que eventuales derrames en la zona de carga, lleguen a tomar contacto con el suelo, napas freáticas y/o cursos de agua superficiales.
A mayor abundamiento, en las zonas de carga de diésel se toman las medidas pertinentes para que el combustible que pudiera derramarse no alcance a los sistemas de alcantarillado, drenajes o cursos de agua. Para ello, la zona de carga de los tanques, estarán provistos de pretiles en su perímetro, que conduzcan hasta una cámara separadora o sistema de conducción de derrames que permitan contenerlo.
Lo anterior, cumpliendo con lo establecido en el artículo 147° del D.S N°160/2008 del MINECON. Cabe señalar que en ningún documento se menciona una “torre de agua para incendios”, dado que el proyecto no considera dicha instalación. No obstante, el proyecto considera un sistema de protección de incendios, el que considera los siguientes equipos:
• Red de incendio con reserva de agua de 810 m3 en dos estanques subterráneos de 405 m3 cada uno • Sistemas de detección y extinción de incendio en todas las áreas críticas de la instalación • Estaciones de extintores ABC según indica el D.S. 594 del MINSAL que reglamenta “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas En Los Lugares de Trabajo” • Equipamiento de seguridad para operación de recepción y descarga de camiones de CL de proveedores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
Además, dentro de los componentes del sistema de detección de incendios se puede mencionar:
• Panel de la Central de Incendio • Detección convencional de incendio instalada en el forro • Detección Precoz instalado en las CRAHs • Extintores de incendio – Polvo químico y gas carbónico • Actuador manual de botonera • Sistema de automatizado de monitoreo
Observación: ¿Por qué no se hizo participación ciudadana antes de la solicitud?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
En relación con las actividades de participación previas al ingreso, se indica que el titular realizó gestiones para efectuarlas, no obstante, por el contexto sanitario no se concretaron.
En específico, se analizó la ejecución de acercamientos tempranos, no obstante, estos ponían en riesgo la salud de las personas de parte de la comunidad como del equipo de parte del proyecto, no obstante, se realizaron presentaciones previas a los municipios mediante los canales públicos (Ley de Lobby) de tal manera de generar un canal activo y válido de comunicación, que cumpliera con los estándares cuidado de la salud de las personas involucradas.
Observación: ¿Por qué solo mencionan 2 estaciones si el proyecto incluye 3 comunas?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
El Proyecto se encuentra ubicado en la comuna de San Bernardo. No obstante, el área de influencia concluida de los estudios y evaluaciones socio ambientales determinaron que se debían considerar las dos comunas (San Bernardo y Cerrillos) dentro del área de influencia.
No obstante, según lo indicado en el punto 5.6 de la Adenda Complementaria, respecto al uso de Av. Lo Espejo en la sección de la comuna Lo Espejo, el proyecto solo considera el uso asociado al abastecimiento de combustibles, entre el tramo comprendido por Calle San Esteban y la estación de combustibles JVL, mientras que el uso asociado al traslado de chatarra y Respel, utiliza el empalme hacia Autopista Central, a través de la avenida Don Miguel Ángel, ubicada a un costado de dicha autopista, en dirección norte. Finalmente, el traslado de insumos de construcción, áridos y hormigón se realizará en dirección poniente, utilizando el viraje en U, ubicado en Av. Lo Espejo. Por tanto, el área residencial de la comuna Lo Espejo es abordada a modo de contexto en la línea de base, y en esta se identifican distintos equipamientos educacionales, de seguridad y salud que no presentan interacción con las actividades de transporte del proyecto, que puedan generar efectos, características y/o circunstancias en atención al artículo 11 c) de la ley 19.300.
Observación: ¿Qué tipo de residuos peligrosos tendrá el proyecto? ¿Dónde se hará el abandono de esos residuos?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
En el marco de los residuos peligrosos, el proyecto generará básicamente guaipes contaminados, aceites usados y bidones contaminados, con una estimación de 0,703 t/mes. Los cuales califican como residuos industriales sólidos peligrosos acotados a la fase de construcción en la fase de construcción del Proyecto, debido a actividades de mantención menor de equipos y vehículos, así como el uso de combustible en maquinarias y grupo electrógeno. Estos residuos consistirán básicamente en guaipes contaminados, aceites usados y bidones contaminados, con una estimación de 0,703 t/mes.
Por su parte, los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente en una bodega de residuos peligrosos, al interior de contenedores exclusivos, diferenciados de acuerdo con la peligrosidad de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
los residuos, los cuales se acumularán hasta que se alcance aproximadamente un 80% de la capacidad de la bodega o una vez transcurrido un periodo de tiempo de almacenamiento de seis meses.
En relación con la fase de Operación, se indica que el proyecto generará un total de 0,8 t/mes. Estos residuos consistirán principalmente en Borras de combustible, desechos de la limpieza estanques, fluidos para limpiar circuitos eléctricos y conexiones, material tecnológico con contenido peligroso, EPP desuso, las baterías en desuso, luminarias en desuso, restos de envases, restos de utilizados en higienización de baños, antigases, bombas en desuso, Aceites lubricantes y petróleo usados, Filtros de aceite y petróleo, Envases de aceite y grasa, Envases de pintura y Material absorbente
Ante una eventual fase de cierre del Proyecto, se estima generar Sólidos contaminados con Hidrocarburos/pintura/adhesivos (paños, huaipes, EPPs en desuso, etc.) y Tierras, arena y aserrines contaminados con hidrocarburos.
Finalmente, periódicamente (máximo 6 meses) estos residuos serán retirados por una empresa autorizada y trasladados a un lugar de disposición final autorizado, de acuerdo con lo dispuesto en el D.S.N 148/2003.
Observación: ¿Cuál es el impacto del tránsito a la comunidad y como pretenden eliminar ese impacto? ¿Mientras dure la edificación del galpón, cuanto será el tráfico de camiones? ¿Cuanto será el tránsito de trabajadores?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
De acuerdo con lo indicado en la Adenda en la respuesta 6.20 (enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/09/08/20119_Adenda_Odata_San_Bernardo.pdf), no se visualizan potenciales efectos respecto de la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
En las tablas 3 y 4 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria (enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/11/12/06_Anexo_Icsara_PAC.zip), se muestran los viajes según vehículo, clasificados como livianos o pesados, y según la naturaleza de traslado, identificando los correspondientes a traslado de personal (pers) y traslado de materiales, insumos y residuos (mat/ins).
De acuerdo con el reporte, se determina que la mayor cantidad de viajes está asociada a la construcción de la subetapa 1, con un total de 20 viajes/hora en un escenario desfavorable.
En la siguiente tabla se presentan los movimientos registrados, así como los resultados desagregados por movimiento y por hora (veh/h):
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Para complementar lo anterior, se presenta a continuación un gráfico que representa la proporción según tipo de movimientos registrados en la intersección para visualizar los tienen mayor participación:
En la gráfica se puede observar que la mayor parte de los flujos está representada por los movimientos directos desde el poniente, y desde el oriente directo, (41 y 21), y denota muy poca participación desde el poniente a la derecha (movimiento 40), y desde el sur a la derecha (movimiento 30), con lo que se verifica que la mayor parte del flujo se registra en Av. Lo Espejo, con un registro de 10.000 vehículos durante 13 horas.
Respecto a la distribución de los flujos, se observa una mayor concentración vehicular entre las 7:00 y 8:00 horas, alcanzando un flujo de aproximadamente 1977 veh/hora. Con la información reportada también se analiza la distribución por tipo de vehículo y se presenta a continuación:
Hora vl vp Total veh/h 7:00 a 8:00 1644 333 1977 8:00 a 9:00 1442 475 1917 9:00 a 10:00 1193 569 1762 10:00 a 11:00 973 539 1512 11:00 a 12:00 1104 587 1691 12:00 a 13:00 1074 535 1609 13:00 a 14:00 1112 519 1631 14:00 a 15:00 1221 487 1708 15:00 a 16:00 1256 537 1793 16:00 a 17:00 1217 415 1632 17:00 a 18:00 1439 298 1737 18:00 a 19:00 1301 208 1509 19:00 a 20:00 1228 173 1401 Total tipo veh 16204 5675
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Tipo Vehículo Veh/13H % Vehículos Livianos 16204 74,1 Camiones 5675 25,9 Total 21879 100
Lo anterior muestra que la mayor participación de vehículos está compuesta por vehículos livianos, con un total de 16.204 vehículos durante el periodo evaluado; esto representa el 74,1% del flujo registrado. Por su parte, el flujo de vehículos pesados es de 25,9% (5675 vehículos en todo el período); la presencia de vehículos pesados se asocia a los diversos usos industriales en la zona.
Dado el traslape entre fases de construcción y operación, se presentan los siguientes análisis que permiten verificar el año o período con mayor cantidad de flujo y que, en consecuencia, será el período crítico:
Lo anterior da cuenta de que la mayor cantidad de viajes corresponde al año 1; La fase crítica corresponde a la fase de construcción, con 20 veh en la peor hora. Tomando en consideración la distribución según tipo de vehículo la estimación de demanda de viajes por hora en el año de mayor flujo se resume en la siguiente tabla:
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Construcción Periodo crítico (año) Total veh/h vl/h vp/h 1 20 3 17
En virtud de lo anterior y considerando la peor condición de flujo medida entre las 07:00 y 08:00, correspondiente a 1977 veh/h, si consideramos que para el proyecto la fase crítica corresponde a la fase de construcción, con 20 veh/h en la peor hora, esto implica un aporte del proyecto de aproximadamente un 1,01% a la peor condición actual.
Respecto a la fase de operación, la respuesta 6.21 de la Adenda (enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/09/08/20119_Adenda_Odata_San_Bernardo.pdf) señala lo siguiente:
La fase de operación inicia parcialmente (funcionamiento de subetapa 1) al finalizar la construcción del primer módulo; la distribución de viajes en el tiempo de duración de la etapa de operación es homogénea. A continuación, se reportan los viajes proyectados:
De acuerdo con lo anterior, se determina un total de 7 viajes/hora en un escenario desfavorable en la etapa de operación del proyecto.
De acuerdo con lo indicado en la respuesta anterior, considerando la peor condición de flujo medida entre las 07:00 y 08:00, correspondiente a 1977 veh/h, si consideramos que para el proyecto la fase de operación considera 7 veh/h en la peor hora, esto implica un aporte del proyecto, para la fase de operación, de aproximadamente un 0,35% en términos de flujo vehicular.
Observación: ¿Cuantos trabajadores planean emplear, serán de la comuna?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Como parte de los compromisos de la empresa con la comunidad, el titular indica que para el proceso de contratación de mano de obra se tiene considerado tomar contacto con la OMIL de las comunas que forman parte del área de influencia del proyecto y entregar información respecto de los perfiles y competencias del personal de los puestos de trabajo que se requerirán.
Es importante mencionar que el titular no puede asegurar un número ni porcentaje de trabajadores a contratar en la comuna, no obstante, se dará prioridad a la contratación local.
Por su parte, el titular quiere mencionar que durante la fase de construcción se requerirá un máximo de 493 personas, mientras que la fase de operación se contempla a un total de 157 personas, las que se distribuyen en 116 personas en horario diurno y 41 personas en horario nocturno.
Observación: El uso del agua se ha priorizado para uso empresarial, habrá impacto o baja de presión para l@s vecin@s? ¿Consumo de agua promedio mensual de toda la planta? Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Dadas las características del proyecto, el Titular reitera que no tiene factibilidad de conexión con la empresa sanitaria del sector, por lo que requerirá de la instalación de un sistema propio de agua potable y alcantarillado, por lo que el funcionamiento del Proyecto no afectará el abastecimiento residencial de agua potable, dicho de otra forma, no habrá baja en la presión de agua en la comuna a causa del proyecto Odata San Bernardo.
Por otro lado, el consumo de agua potable mensual para la fase de construcción del proyecto se estima en 71,73 m3/día (máximo diario en subetapa 1), mientras que en la fase de operación se estima en 19,32 m3/día promedio, la que será provista mediante camión aljibe de terceros autorizados
Observación: ¿Cuantos equipos se instalarán?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Para la operación del data center, el proyecto considera 27 salas eléctricas con sus respectivos transformadores de tensión, celdas, paneles de distribución, sistemas de UPS y baterías, un sistema de enfriamiento compuesto por 32 Chillers, y 32 grupos electrógenos de emergencia (en caso de corte de suministro eléctrica), salas de tecnologías de la información, salas eléctricas y de telecomunicaciones, además de un sistema de control de incendios.
Observación: ¿Cumplen con la responsabilidad social empresarial en la comuna que impactan?
Evaluación técnica de la observación: La observación es pertinente toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
El titular indica que parte de las políticas de la empresa consideran una gestión activa con la comunidad. Por su parte, también indica que Odata tiene altos estándares y políticas de gestión con las comunidades y mantendremos los canales de comunicación abiertos en pro de un plan de relacionamiento con la comunidad.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098
del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162° y artículo 163°, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
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RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO”, de ODATA CHILE S.A.
2°. Certificar que el “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 156 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó el proyecto como Molesto.
5°. Certificar que el “PROYECTO ODATA SAN BERNARDO” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Emardo Hantelmann Godoy Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
AFA/JGM/JAA/NVU
Distribución: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098 Firmado por: Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 24/12/2021 12:00:03 CLST Emardo Christian Hantelma nn Godoy Firmado digitalmente por Emardo Christian Hantelmann Godoy Fecha: 2021.12.27 11:46:50 -03'00'
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Mauricio Esteban Alegría Agusto mauricio.alegria@odatacolocation.com CONAF, Región Metropolitana de Santiago alex.madariaga@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago <ernesto.rios@mop.gov.cl, doris.aguila@mop.gov.cl> DOH, Región Metropolitana de Santiago paula.marin@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana <corrego@interior.gov.cl, jcanals@gobiernosantiago.cl, ccastro@gobiernosantiago.cl> Ilustre Municipalidad de Cerrillos <alcaldeaguirre@mcerrillos.cl , ambiental@mcerrillos.cl, llagos@mcerrillos.cl> Ilustre Municipalidad de San Bernardo ncuevas@sanbernardo.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago miguel.valenzuela@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago esariego@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago < omar.sabat@minagri.gob.cl> SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago cacevedo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago crodrigueza@desarrollosocial.gob.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago gmendez@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago helga.balichp@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago aquezada@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago mjerrazuriz@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sgallardo@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago felipe.infante@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM jnazal@minvu.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena emunoz@conadi.gov.cl Servicio Nacional de Geología y Minería <david.montenegro@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2154397098