PMGD Eólico Chara
Califica Ambientalmente el proyecto “PMGD Eólico Chara”
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 06 de septiembre de 2021 y su Adenda Complementaria de 16 de febrero de 2022, del proyecto “PMGD Eólico Chara”, presentado por Parque Eólico Chara SpA. con fecha 16 de abril de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara”.
3°. El Acta de la reunión, de fecha 18 de abril de 2021, realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “PMGD Eólico Chara”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N° 20221010614 de fecha de 22 de marzo de 2022, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos, realizado el 21 de abril de 2022.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” de 21 de marzo de 2022.
6°. El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 08 de abril de 2022.
7°. La Resolución Exenta Nº 145, de 20 de julio de 2021 del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara”.
- Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
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1°. Que, Parque Eólico Chara SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Parque Eólico Chara SpA Rut 77.266.417-6 Domicilio Av. Nueva Providencia 2250 Dpto. 1503. Santiago Teléfono 56957226890 Nombre representante legal Maria Ibáñez Brasó Correo electrónico representante legal mibanez@allibera.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de marzo de 2022, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, incluido los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y se han subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, con las condiciones o exigencias que se indican en el punto 11.3 del ICE.
3°. Que, en sesión de 09 de abril de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “PMGD Eólico Chara”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 21 de marzo de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
Tabla 4.1 Antecedentes generales del proyecto o actividad
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es producir e inyectar al SEN un promedio de
26,6 GWh anuales de energía renovable no convencional (ERNC),
mediante el aprovechamiento de la energía eólica por medio de 3
aerogeneradores con una capacidad total instalada del Proyecto de 16,5
MW.
Descripción
general
del proyecto
El proyecto consiste en la construcción y operación de tres (3)
aerogeneradores, de hasta 5,5 MW de potencia cada uno (16,5 MW en
total), y una línea eléctrica de media tensión (23 KV) que unirá a los
aerogeneradores y se conectará con la línea de distribución local, en el
punto de conexión N°629674 correspondiente al alimentador El Empalme
Calbuco. La inyección máxima de energía que tendrá el proyecto será de
9MW, para ello se tendrá un sistema de control que limite la potencia de
inyección a la red eléctrica.
Tipología
principal,
así como las aplicables
a sus partes, obras o
acciones
c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Vida útil
30 años
Monto de inversión
USD $ 11.700.000.- (once millones setecientos mil dólares americanos)
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del
inicio
de
la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
El hito de inicio de la ejecución del proyecto, de modo sistemático y
permanente, corresponde a la preparación de los suelos para la instalación
de faenas.
X Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No -
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No -
X
Tabla 4.2 Ubicación del proyecto o actividad División político- administrativa Región de Los Lagos, Provincia de Llanquihue, Comuna de Calbuco. Justificación de la localización La localización del Proyecto se justifica por el potencial eólico favorable, aptitud de los terrenos, lejanía de viviendas, accesos y cercanía a red eléctrica. Superficie Unidades temporales: 20.000 m2 Unidades permanentes: 29.004 m2 Total intervención: 49.004 m2 Superficie predial: 88,04 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Punto de acceso al predio: 649.937 E; 5.388.596 N Coordenadas emplazamiento aerogeneradores:
Caminos o vías de acceso El Proyecto tendrá sólo un punto de acceso, correspondiente al kilómetro 6,28 de la Ruta V-85.
Referencia
al
expediente
de
evaluación
de
los
mapas,
georreferenciación
e
Anexo 2 de la DIA.
Tabla 4.3. Partes y obras del proyecto Nombre Descripción Aerogeneradores Los aerogeneradores (3) que serán utilizados corresponden a turbinas eólicas de eje horizontal de tres aspas. Los aerogeneradores están constituidos por 4 componentes principales: -Las aspas son las encargadas de capturar la energía del viento y transmitirlas hacia el eje principal ubicado en la góndola. Las aspas tendrán un diámetro máximo de 158 m. -La góndola contiene todos los equipos necesarios para transformar la energía mecánica del eje principal en energía eléctrica. La góndola está ubicada en la parte superior de la torre. -La torre es una estructura metálica, soporta la góndola y está compuesta por secciones cónicas ensambladas hasta lograr una altura máxima de 140 m. La torre se monta sobre la fundación. -La fundación de cada aerogenerador posee una superficie aproximada de 25 m de diámetro y una profundidad de 4 m y para su construcción se requiere una excavación unitaria de 1.960 m3. La fundación está construida con una armadura de fierro y rellena con hormigón.
Línea
de
interconexión
eléctrica
de
media
tensión
Los aerogeneradores estarán interconectados mediante una línea eléctrica
soterrada de media tensión (23 KV), que conducirá la energía generada por
los aerogeneradores hasta la línea de distribución local, a través del poste
629674 de la empresa SAESA, ubicado dentro de los límites del predio en
la ruta V-85.
La línea soterrada irá paralela a los caminos, en zanjas de 1m de ancho y
1m de profundidad, y tendrá una longitud de 2.675 m.
Obra hidráulica de
acceso
Para dar continuidad al foso de drenaje que se encuentra paralelo a la ruta
es que se proyecta una obra atravieso correspondiente a un tubo PAD de
75cm de diámetro y 7,4m de largo, junto a muros de ala y boca a la entrada
y salida de la obra de atravieso.
Obra vial de acceso
Para el ingreso al área de emplazamiento del proyecto se proyecta un
acceso de 6m ancho de calzada, radios de giro de 15m, y cuñas de entrada
y salida de 20m de largo, además de soleras y bermas a cada lado de la
calzada. La superficie del acceso corresponde a 487m2, y su estructura
contempla una carpeta asfáltica de 70mm, una base granular de 150mm y
una sub-base granular de 150mm. Considerando los radios de giro de las
aspas, también será necesario intervenir temporalmente superficie
adicional de 420 m2.
Caminos internos
Para acceder a los frentes de trabajo se habilitarán caminos internos que
permitirán el tránsito de los vehículos que transportan los insumos, equipos
y maquinarias a los diferentes frentes de trabajo. Estos caminos, a su vez,
facilitarán la operación y mantenimiento de los aerogeneradores e
instalaciones eléctricas, una vez instalados y operando.
En total se contempla la habilitación y mejoramiento de 2.730 metros de
camino estabilizado de 6,0 m de ancho y contará con ancho variable de
acuerdo a la topografía. Contará con una subbase granular de
aproximadamente un espesor de 20 cm y base granular, que considere en
su diseño la vida útil del proyecto. Esta obra, considerando los anchos
variables por cortes y taludes, utiliza una superficie total de 16.929 m2.
Plataforma
de
montaje
Junto a cada uno de los aerogeneradores, se construirá una plataforma
estabilizada para el izado de los aerogeneradores y así permitir el acopio de
los equipos y el trabajo de las grúas de montaje. Esta plataforma contará
con una superficie unitaria aproximada de 3.000 m2.
Las dimensiones finales para cada sitio de izado dependerán de sus
características topográficas y la orientación de la plataforma, por lo que se
También contará con un sistema de alcantarillado particular y servicios
higiénicos.
Zona de acopio de
materiales
Se dispondrá de un área de 800 m² al interior de la instalación de faenas
para el acopio de materiales de construcción (Figura 2-14 de la DIA).
Adicionalmente, en cada plataforma de montaje, se habilitará una zona
para acopio de materiales de 500 m². Dichas áreas estarán destinadas al
almacenamiento y disposición de los materiales requeridos para la
construcción de los aerogeneradores y serán sectores nivelados y
compactados, con delimitación y señalética adecuada.
Patio de residuos
Durante su construcción, el proyecto generará residuos domésticos y
asimilables a domésticos (RSD), industriales no peligrosos (RSINP) e
En total, todas las áreas antes descritas correspondiente a las obras de apoyo transitorias que totalizarán una superficie de 1.500 m2 aproximadamente Área de lavado de camiones mixer Durante la fase de construcción se utilizará hormigón para las obras civiles del Proyecto, el cual será proporcionado en la faena mediante camiones mixer por un proveedor externo autorizado. Dichos camiones, una vez descargados, requerirán del lavado de sus canoas. Para estos efectos se instalará un área de lavado de las canoas de camiones mixer de hormigón, en el sector dos (2) de la instalación de faenas y de forma provisoria. Estas áreas serán desmanteladas una vez que los aerogeneradores sean instalados. En dicho sector también se instalará una piscina de decantación de aproximadamente 2,5 x 3m y 1,5 m de profundidad. Serán construidas en tierra e impermeabilizadas y revestidas con geomembrana. El fondo de la piscina será inclinado para permitir la limpieza de los sólidos sedimentados con una pala cargadora, y los desechos generados serán llevados a botadero autorizado. El fondo de cada piscina será de 1,5 metros aproximado en su parte más profunda. El fondo de las piscinas será inclinado en 2/3 de su longitud y llano en la zona más profunda. Eso arroja un volumen aproximado de 7,50 m3.
El lavado de canoas generará un efluente que es una mezcla de agua y
hormigón también conocido como "lechada de hormigón" la cual será
enviada a esta piscina de decantación/evaporación hermética, que permitirá
la decantación de los sólidos de hormigón y la reutilización de las aguas en
las mismas actividades de lavado.
Toda el agua contenida en las piscinas de decantación será reutilizada en la
El Proyecto no generará residuos industriales líquidos durante la etapa de operación y, durante el cierre, pueden considerarse los mismos procedimientos de manejo
Tabla 4.4. Fase de Construcción Tabla 4.4.1 Partes y obras Aerogeneradores Línea de interconexión eléctrica de media tensión Obra hidráulica de acceso Obras camino de acceso Caminos Internos Plataforma de montaje Centro de operaciones Instalación de faenas Zona de acopio de materiales Patio de residuos Área de lavado de camiones mixer
Tabla 4.4.2 Acciones
Nombre
Descripción
Preparación
de
terreno
y
construcción
de
caminos
Esta actividad consistirá en nivelar el terreno para crear una plataforma
firme, estable y homogénea sobre la que se instalarán las obras civiles del
Proyecto. Para esta nivelación del terreno, serán necesarias operaciones de
desmonte y terraplenado, que culminarán con la compactación del terreno
hasta alcanzar el grado de compactación adecuado.
Construcción de la
instalación de faenas
Las principales acciones requeridas para la construcción de la instalación de
faenas son:
Replanteo topográfico y demarcación del área de trabajo: Consiste en el
levantamiento topográfico del terreno con topografía de detalle para ubicar
y cubicar con precisión las obras, incluyendo la demarcación perimetral del
área de trabajo.
Escarpe: Consiste en la limpieza y extracción de material superficial de las
áreas de ocupación del trazado. En estas labores se utilizará maquinarias
adecuadas para evitar afectar la cubierta vegetal más allá de lo contemplado
Tabla 4.4.3 Suministros básicos
Nombre
Descripción
Energía eléctrica
Para el abastecimiento de energía eléctrica en los patios de maniobra se
utilizará un grupo electrógeno móvil de 10 KVA y, en el sector de la
instalación de faenas se recurrirá a un grupo electrógeno de hasta 50 KVA.
Insumos
de
construcción
Hormigón: Principal insumo para la conformación de las fundaciones de
cada aerogenerador. Cada fundación utilizará hasta 1.400 m3 de hormigón,
es decir, el proyecto requerirá de hasta 4.200 m3.
Estabilizado: Se requerirá para las fundaciones de las turbinas, plataformas
de montaje, para el tramo de tendido subterráneo y para la habilitación de
caminos, se utilizará un total de 5.000 m3 como máximo.
Acero estructural: Corresponden a las barras de acero corrugadas
fundamentales para la construcción del armado del hormigón de las zapatas
de las fundaciones. Se consideran 100 t/fundación, por lo que estima un
total requerido de 300 t.
Cableado eléctrico: Para la línea de media tensión de 23 KV se requerirán
de 2.700 metros de conductor eléctrico.
Maquinarias
fase
construcción
A continuación, se entrega un listado de la maquinaria estimada para las
actividades de la fase de construcción del proyecto. Cabe aclarar que el
listado a continuación no significa funcionamiento conjunto, ni tampoco
suma de maquinarias, ya que las mismas maquinas irán rotando y
desempeñando distintas funciones a lo largo de la secuencia del programa
de obras.
• Para caminos y plataformas:
1 Bulldozer (230 kW)
1 rodillo compactador (75 kW)
1 retroexcavadora (65 kW)
1 motoniveladora (130 kW)
1 grupo electrógeno móvil de 10 kVA.
• Para las fundaciones:
1 retroexcavadora (65 kW)
1 rodillo compactador (74kW)
1 bomba de hormigón (100 kW)
• Para la construcción de líneas internas:
1 camión pluma.
1 retroexcavadora (65 kW)
1 rodillo compactador (75 kW)
• Para el montaje de los Aerogeneradores:
1 grúa principal de 600 ton (270 kW) o similar
Tabla 4.4.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Nombre Descripción Agua Sobre la utilización de agua, se indica que el agua el agua industrial para utilizar durante la construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas. La cantidad de agua potable estimada en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado.
En cuanto a las aguas superficiales, las construcción y funcionamiento del proyecto no considera la afectación de dichas aguas. Se determinó que no existen cauces al interior del predio que deban ser intervenidos.
En relación con la protección de aguas subterráneas, según se informa en el anexo 2 del Anexo 09 de la Adenda, se realizaron calicatas geotécnicas a una profundidad de 4 m, una en cada localización de los aerogeneradores (3), se observó que en invierno y en ninguna de ella se registró presencia de nivel freático. A continuación, se muestran las columnas estratigráficas obtenidas de cada calicata.
Tabla 4.4.5 Emisiones a la atmósfera Nombre Descripción Gases y material particulado Las emisiones atmosféricas relevantes para el Proyecto, durante su fase de construcción, corresponderán a material particulado (MP10 /MP 2,5) y gases de combustión, las que provendrán principalmente de actividades como movimiento de tierra, excavaciones, tránsito de vehículos, motores de maquinaria y la operación de grupos electrógenos La estimación de emisiones durante la fase de construcción del proyecto, presentada en la DIA fue corregida y actualizada en el Adenda (Anexo 3), según se presenta a continuación:
Adicionalmente, el Proyecto presenta una evaluación diagnostica del Material Particulado MP10 utilizando el Screen View. Los valores que arroja el modelo indican el cumplimiento de la norma primaria de calidad de aire del D.S. (MINSAL) N°59/98 (Anexo 09 de la DIA).
Tabla 4.4.6 Emisiones líquidas Nombre Descripción Aguas servidas La generación de aguas servidas corresponderá a las aguas provenientes de los servicios higiénicos e instalaciones que se dispondrán para el personal de construcción del Proyecto. Durante el peak de construcción, con un máximo estimado de 50 trabajadores, la producción de aguas servidas será de 7,5 m3/día. A continuación, se indica la cantidad de agua servida a generar en la fase de construcción.
La gestión y tratamiento de las aguas servidas de los baños químicos, que serán habilitados en los frentes de trabajo, estará a cargo de una empresa externa con autorización sanitaria, la que será responsable de retirar estas aguas para su posterior tratamiento fuera de las instalaciones del proyecto. La frecuencia de retiro de estos residuos líquidos, se estima una frecuencia de retiro de cada 3 días en el periodo de máxima actividad de la construcción.
Tabla 4.4.7 Ruido
Nombre
Descripción
Ruido
Para caracterizar el ruido que generará el Proyecto en su fase de
construcción, y así estimar su efecto en el área de influencia, se realizó un
estudio acústico donde las mediciones y el análisis de datos fueron
realizados de acuerdo a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 38/11
del Ministerio del Medio Ambiente, que evalúa y califica la emisión de
ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad.
Para la predicción de los niveles de ruido, el modelo se desarrolló con el
software iNoise 2020, utilizando el método ISO 9613-2, considerando un
factor de suelo G=0.5. Cabe destacar que la mayoría de las faenas de
construcción se llevarán a cabo en horario diurno, con la excepción de la
faena de hormigonado de Fundaciones que por la forma en que se realiza,
corresponde a un proceso continuo que no puede ser detenido. Debido a
esta razón, existe la posibilidad de que a pesar de que esta faena comience
en periodo diurno, se extienda a periodo nocturno. Por otro lado, el
Proyecto contempla la faena de montaje de aerogeneradores durante
periodo diurno y nocturno, ya que por seguridad de la operación debe
Ya que durante la Fase de Construcción se podrían superar los límites establecidos por del D.S. N°38/11 del MMA, se incorporar Las siguientes medidas de control ambiental. Área de seguridad en torno a receptor R2: Se establece un área de seguridad de 30 [m] de radio en torno al receptor R2. Dentro de esta área no se podrá utilizar maquinaria pesada, tal como la retroexcavadora, rodillo compactador o camión pluma, permitiendo únicamente el trabajo de forma manual. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. En la siguiente figura se presenta un esquema del área de seguridad a implementar en el receptor R2. Zona de restricción de maquinaria: Se establece una zona de restricción de maquinaria, en la cual sólo estará permitido el uso de una (1) retroexcavadora. Esto quiere decir que dentro de esta zona estará restringido el uso de la maquinaria rodillo compactador y camión pluma. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. La medida busca disminuir la energía sonora recibida por los receptores R3 y R4. Se excluye de esta zona de restricción el área de seguridad alrededor de R2.
De esta forma, se realiza una nueva modelación, obteniendo los siguientes resultados.
Además de las medidas de control de ruido mencionadas en la DIA, se instalará barreras acústicas móviles de paneles aislantes absorbente, con dimensiones aproximadas de alto de 2,4 m y espesor 0,5 m con peso aproximado 15 kg/m2.
Por su parte, se evaluó el ruido asociado al transporte, utilizando como referencia el criterio establecido por la Normativa Suiza OPB 814.41, considerando un flujo diario por la ruta de acceso al Proyecto. Los resultados son los siguientes (Anexo 9 de la DIA):
Como se puede apreciar en la tabla, los flujos vehiculares proyectados para la fase de construcción
cumplen con los máximos permitidos establecidos en la OPB 814.41 para un grado de sensibilidad
II, es decir, zonas donde ninguna empresa perjudicial es autorizada, especialmente en las zonas de
habitación así como en aquellas reservadas a las construcciones e instalaciones públicas, siendo los
máximos permitidos relacionados al flujo vehicular corresponden a 60 y 50 [dB(A)], para el periodo
diurno y nocturno respectivamente
Tabla 4.4.8 Otras emisiones Nombre Descripción Vibraciones Para el estudio de este proyecto y tomando en cuenta que los receptores corresponden principalmente a viviendas de uso habitacional, se consideraron los receptores en términos de molestia, según impacto de vibraciones en la Categoría 2. Se tomó en cuenta la frecuencia de utilización de toda la maquinaria como “Eventos Frecuentes” (Más de 70 eventos al día). Por lo tanto, el nivel máximo de impacto de vibraciones es de 72 [VdB]. Para la evaluación del criterio de daño estructural y a modo de representar un escenario conservador, se considerarán todas las edificaciones en Categoría IV, es decir, edificios muy susceptibles al daño por vibraciones. De esta forma se considera un nivel máximo de velocidad peak de partícula (PPV) de 0.12 [in/s]. Para la verificación de la normativa” FTA Report No. 0123/18” se proyecta el nivel de vibración en cada receptor considerando el escenario más desfavorable, es decir, calculando el nivel de vibración cuando cada maquinaria se encuentra en funcionamiento simultáneo en cada faena, en el sector más cercano a cada receptor. Se aclara que, para la predicción de los niveles de vibración, se tomarán en cuenta las medidas de control ambiental implementadas para ruido. A partir de los resultados obtenidos por cada maquinaria en los receptores, se evalúa el cumplimiento normativo, considerando el escenario más desfavorable
Tabla 4.4.9 Residuos no peligrosos Nombre Descripción Residuos domiciliarios Residuos industriales no peligrosos Toda la madera de moldaje generada en terreno será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto será trasladado al patio de residuos para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “metal reciclable”, para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cerca de los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos o salvataje y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado
Por último, los excedentes de excavaciones se calculan en 5.124 m3, los cuales serán reutilizados como estabilizador y compactador en la habilitación de caminos, en otras obras de la construcción o tratados como residuo industrial no peligroso. Se estima una frecuencia de retiro de RSINP durante la fase de construcción de 1 vez a la semana.
Tabla 4.4.10 Residuos peligrosos Nombre Descripción Residuos peligrosos
Tabla 4.4.11 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Nombre Descripción Sustancias peligrosas El proyecto, en su fase de construcción, considera insumos que corresponden a sustancias peligrosas, tales como aceites y lubricantes. Estos insumos se encontrarán en la bodega de sustancias peligrosas. Para el manejo de estos componentes se instalará una bodega de sustancias peligrosas. La bodega tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados, y un sistema colector de eventuales derrames. Cumplirá con lo establecido en el D.S. N° 43/15, señalizada externa e internamente por pictogramas que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo con la NCh 2190 Of. 03. Cabe señalar que estos productos y sustancias serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones de la autoridad pertinente. La provisión de aceite de motor será realizada en lugares autorizados fuera del área del proyecto. No existirá mantención de maquinaria o vehículos dentro del área del Proyecto. Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto.
Tabla 4.5.2 Acciones Nombre Descripción Generación y transmisión de electricidad. El Proyecto generará un promedio de 26,6 GWh anuales por medio de 3 aerogeneradores de 5,5 MW de potencia nominal. La transmisión de la energía del Proyecto se llevará a cabo a través de una línea de transmisión de media tensión de 23 KV, la cual irá soterrada y se conectará de manera directa a la línea de distribución local de la empresa SAESA.
Mantenimiento aerogeneradores. Se realizarán mantenimientos preventivos correctivas y reparaciones. La mantención preventiva comprende limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, siguiendo estrictamente las indicaciones del fabricante. El servicio de mantenimiento preventivo será realizado de forma continua. Los intervalos de lubricación estándares se presentan a continuación:
La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que realizará el personal encargado de mantenimiento o empresas especializadas, tanto del parque como de la línea de transmisión. Reparaciones ante eventos: La emergencia por falla del equipamiento en este tipo de sistemas es muy remota y en el evento de esta ocurrencia se requerirá de la participación de personal autorizado y especializado para la ejecución de las maniobras de reparación, comprobación de estados, lecturas de variables y todas las otras actividades relacionadas con la operación del sistema en su conjunto.
Tabla 4.5.3 Suministros básicos
Nombre
Descripción
Energía
La energía eléctrica será proporcionada por un empalme al sistema eléctrico
del mismo proyecto o una solución particular de suministro.
Lubricantes
El principal insumo para la operación del sistema son los aceites lubricantes.
Cada aerogenerador requiere de 340 litros de lubricantes para todos sus
sistemas y su duración media es de 2 años. La tendencia indica que el
período de recambio para estos lubricantes de última generación puede
aumentar aún más, haciendo más largos los períodos libres de relubricación.
Los demás insumos utilizados, son menores y eventuales, dado que no habrá
dotación permanente durante la operación, y corresponderán a materiales
Tabla 4.5.4 Productos generados Nombre Descripción Generación eléctrica El Proyecto generará un promedio de 26,6 GWh anuales de energía renovable. Esta energía será entregada mediante una conexión directa de la línea de tensión media a la línea de distribución local de la empresa SAESA. Las características técnicas de los aerogeneradores del proyecto es la siguiente:
Tabla 4.5.5 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Nombre Descripción Durante la fase de operación el único recurso natural renovable que se utilizará es la fuerza del viento.
Tabla 4.5.6 Emisiones a la atmósfera Nombre Descripción Debido a la naturaleza del proyecto (energía eólica) y a las características de operación del mismo, se estima que las emisiones a la atmósfera de material particulado, durante su operación, serán mínimas y despreciables, produciéndose exclusivamente debido al tránsito de vehículos livianos para labores de mantenimiento. (Anexo 9 de la DIA). La estimación de emisiones es la siguiente:
4.5.7 Emisiones líquidas
Nombre
Descripción
Aguas servidas
Durante la operación se producirán residuos líquidos provenientes de
aguas servidas del personal en terreno. El proyecto requiere la presencia
de 5 trabajadores sólo 4 veces al año. La cantidad de aguas servidas
proyectadas en los días de mantenimiento y control, durante la operación
El manejo de estas aguas será a través de una fosa séptica con redes de drenaje. Se presentan más detalles en Anexo 3 Permisos Ambientales Sectoriales correspondiente. No se identifica la generación de algún tipo de residuo industrial líquido durante la fase de operación del proyecto.
Tabla 4.5.8 Ruido Nombre Descripción Ruido Para la fase de operación del proyecto, a modo de considerar un escenario más desfavorable, se estimó que el Proyecto operará siempre con los 3 aerogeneradores de manera simultánea, cada uno con una potencia acústica máxima de 108,1 dB(A) y una altura de buje de 140 metros. Para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4. El modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. Del mismo modo, para el levantamiento de los niveles basales en el área de influencia se consideraron las disposiciones de la Guía para la Aplicación del D.S. N°38/11 del MMA para Proyectos de Parques Eólicos en el SEIA”, y se tomaron rangos de velocidad de viento correspondientes a 6 a 8 m/s, 8 a 10 m/s y 10 a 12 m/s. (Anexo 4 de la DIA) En la siguiente Tabla se presentan los parámetros utilizados para realizar la modelación acústica:
La predicción de los niveles de ruido se hace en base a la operación de los 3 aerogeneradores del Proyecto funcionando simultáneamente, como el peor escenario. Las distancias entre cada receptor y aerogenerador se indican en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORTE Aerogenerador 1 Aerogenerador 2 Aerogenerador 3 R1 648411 5388408 923 478 452 R2 649836 5388583 2283 1778 1032 R3 649876 5388613 2355 1850 1134 R4 649908 5388572 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 649925 5388461 2383 1880 1165
La verificación del cumplimiento normativo en fase de operación, para horario diurno y nocturno, se
resume a continuación, y considera la peor condición de ruido, es decir, seleccionando el mínimo
valor de ruido de fondo:
Tabla 4.5.9 Otras emisiones Nombre Descripción Emisiones lumínicas (Shadow Flicker) Para evaluar el efecto del proyecto en la luminosidad se modeló la sombra intermitente utilizando el software WindPRO 3.4y se verificó el cumplimiento de la normativa alemana de acuerdo a la aplicabilidad del Artículo 11 del DS N°40/12 del MMA. Los receptores evaluados son las viviendas aledañas al parque en un radio de 2.000 m desde la base de cada aerogenerador. El análisis de efectos sombra se detalla en el Anexo 11 de la DIA. La ubicación de los receptores sensibles se representa en la siguiente imagen.
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores.
Tabla 4.5.10 Residuos no peligrosos
Nombre
Descripción
Tabla 4.5.10 Residuos peligrosos Nombre Descripción Residuos peligrosos Los RESPEL a generar por el proyecto en su fase de operación, corresponderán al recambio de aceites eléctricos y mecánicos de aerogeneradores, y su correspondiente transformador interior, realizado durante las labores de mantención de los aerogeneradores.
Tabla 4.5.11 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Nombre Descripción Sustancias peligrosas El funcionamiento del parque eólico requerirá de 340 l de aceites para todos sus sistemas y su duración media es de 2 años.
Tabla 4.6 Fase de cierre Tabla 4.6.1 Partes y obras La vida útil del proyecto se estima por un período de 30 años. Sin embargo, debido a las características de este tipo de instalaciones, se espera que el período de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo, tal como se establece anteriormente. Esto se logra mediante la continua renovación de los equipos de acuerdo a los programas de inspección y mantención y a la incorporación de innovaciones tecnológicas. Sin perjuicio de ello, indican las principales acciones a realizar en caso de realizar el cierre del proyecto.
Tabla 4.6.2 Acciones
Nombre
Descripción
Desmantelamiento o
aseguramiento
de
infraestructura
La acción tiene por objetivo retirar y desmantelar todo el mobiliario,
aerogeneradores, cables y cualquier instalación existente construida al tenor
del proyecto. Todas las construcciones que sean factibles de desmontar
serán desmanteladas, especialmente las que sean prefabricadas. Las obras de
hormigón se demolerán, de preferencia, enviando los residuos a sitios de
disposición final autorizados tratados como residuo industrial no peligroso,
de manera que no produzcan impacto negativo de ninguna especie.
Las fundaciones de las estructuras de los aerogeneradores, principal obra
constructiva del Proyecto, serán removidas hasta una profundidad mayor o
igual a 30 cm, para posteriormente rehabilitar la superficie con la adición de
suelo natural, que permita el restablecimiento de la vegetación, a través de
procesos de sucesión ecológica, cuya procedencia será debidamente
acreditada ante la autoridad ambiental.
Los componentes de los aerogeneradores, luego de ser desmantelados, serán
Se estima la siguiente generación de residuos durante esta fase:
Tabla 4.7 Cronología de las fases del proyecto o actividad
Tabla 4.7.1 Fase de Construcción
Fecha estimada de
inicio
Octubre 2022
Parte, obra o acción
que
establece
el
inicio
Preparación del terreno para la instalación de faenas.
Fecha estimada de
término
Abril 2023
Parte, obra o acción
que
establece
el
término
Establecimiento de aerogeneradores
Tabla 4.7.2 Fase de Operación
Fecha estimada de
inicio
Mayo 2023
Parte, obra o acción
que
establece
el
inicio
Conexión y puesta en marcha del Proyecto
Fecha estimada de
término
30 años posterior a la puesta en marcha
Parte, obra o acción Inicio de la fase de cierre
Cronograma Construcción
Cronograma Operación
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1 RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Aumento de la concentración de material particulado y gases
Parte, obra o acción que lo
genera
Preparación de terreno, excavaciones, habilitación de caminos,
tránsito vehicular y uso de equipos y maquinaria.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Aumento de los niveles basales de ruido
Parte, obra o acción que lo
genera
Uso de equipos y maquinaria, tránsito vehicular, funcionamiento
aerogeneradores
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Impacto ambiental
Efecto de parpadeo por proyección de sombras de aspas del
aerogenerador
Parte, obra o acción que lo
genera
Funcionamiento aerogeneradores
Sin perjuicio de que la magnitud de las emisiones será baja, se implementarán las siguientes medidas de control, las cuales permitirán reducir las emisiones atmosféricas anteriormente señaladas: • Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. • Todos los camiones y vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día. Para ello se exigirá copia de las revisiones técnicas. • Humectación de los caminos de internos, por medio del uso de camiones aljibe, preferentemente en verano. • Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertas completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel. • Se prohibirá la quema de cualquier tipo de desechos, vegetales o basura dentro de la obra. Por lo tanto, considerando la evaluación anteriormente realizada y otros antecedentes tales como: tipología del proyecto, mínima generación de emisiones contaminantes, temporalidad de la fase constructiva y su ubicación fuera de una zona declarada latente o saturada por material particulado fino o grueso, se concluye que el Proyecto, no generará efectos adversos sobre la calidad del componente aire ni sobre la salud de la población cercana al área de influencia del Proyecto
Adicionalmente, la evaluación diagnostica de material particulado MP10 modelada utilizando el Screen View, indica el cumplimiento de la norma primaria de calidad de aire del DS (MINSAL) N°59/98. Por lo que considerado la baja magnitud las emisiones totales anuales y las condiciones de naturales de ventilación de la zona, no se prevé riesgo para la salud de la población producto de las emisiones de material particulado y gases.
Conforme a los resultados del estudio de impacto acústico actualizado en el Anexo 4 de la DIA, los niveles de ruido modelado y proyectados para la fase de construcción y operación del Proyecto cumplen con los límites establecidos por el D.S. (MMA) N°38/2011. Para la fase de construcción del proyecto, se requerirá incorporación de medidas de control ambiental, las que se detalla en el punto 4.6.4.3 del presente informe, y que corresponden a; i) establecer un área de seguridad en torno al receptor R2 donde no se podrá utilizar maquinaria pesada, permitiendo únicamente el trabajo de forma manual, ii) establece una zona de restricción de maquinaria, en la cual sólo estará permitido el uso de una (1) retroexcavadora, esta medida busca disminuir la energía sonora recibida por los receptores R3 y R4. De esta forma, el nivel de ruido proyectados se estima serán los siguientes:
Además de las medidas de control de ruido mencionadas, se instalará barreras acústicas móviles de
paneles aislantes absorbente, con dimensiones aproximadas de alto de 2,4 m y espesor 0,5 m con
peso aproximado 15 kg/m2.
Para el caso de la fase de operación, la predicción de los niveles de ruido realizada en base a la operación simultánea de los 3 aerogeneradores, indica el cumplimiento normativo, para horario diurno y nocturno, según se aprecia en los siguientes resultados:
Cabe indicar que, a excepción de R1, los receptores identificados y demás viviendas se encuentran ubicados a una distancia superior a 500 m de los aerogeneradores, distancia mínima para el control de los impactos por ruido.
(Tabla de distancia en Adenda complementaria)
Por su parte, se evaluó el ruido asociado al transporte, utilizando como referencia el criterio establecido por la Normativa Suiza OPB 814.41, considerando un flujo diario por la ruta de acceso al Proyecto. Los resultados son los siguientes (Anexo 9 de la DIA):
Como se puede apreciar en la tabla, los flujos vehiculares proyectados para la fase de construcción cumplen con los máximos permitidos establecidos en la OPB 814.41 para un grado de sensibilidad II.
En tal sentido, se puede indicar que el Proyecto no generará afectación a la salud de la población, debido a las emisiones de ruido.
Durante la fase de construcción y operación se identificó la generación de aguas servidas producidas
por el personal y residuos líquidos derivados del lavado de camiones mixer. Para el manejo las
aguas servidas se utilizarán baños químicos en la fase de construcción y baños con sistema de
El Titular señala y describe en la DIA el manejo que dará a los residuos sólidos del proyecto (ver punto 4.6.5 y 4.7.6 del presente informe), los que serán almacenados en contenedores y bodegas que impidan su contacto directo con el suelo y el agua. No se identificaron cursos o cuerpos de aguas en el área de emplazamiento del proyecto.
Para la evaluación de la vibraciones se utilizó como referencia el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración Federal de Tránsito (FTA: Federal Transit administration) de USA. Esta norma regula los sistemas de transporte público estableciendo un criterio para la evaluación de los niveles de vibración relacionados con el tránsito vehicular y ferroviario superficial o subterráneo. La normativa identifica dos tipos de impacto producido por las vibraciones, que corresponden a molestia hacia las personas y daño sobre las estructuras. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración, que, transmitidos por el suelo, puedan generar molestia en los humanos receptores. Los criterios de impacto se definen de la siguiente forma:
Los resultados de la modelación para el escenario más desfavorables son los siguientes:
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia. En cuanto al efecto sombra intermitente. En Anexo 11 de esta DIA se entrega documento denominado “Análisis del efecto por sombra intermitente”. Este estudio toma como referencia la normativa de la República Federal de Alemania “Indicaciones para la determinación de la apreciación de emisiones ópticas de instalaciones eólicas (WEA-Schattenwurf-Hinweise, 2002). tiene por objeto evitar, de manera segura, las posibles molestias ocasionadas por la proyección intermitente de sombras. Para la extensión de la superficie de análisis, según la normativa, el área de sombreado resulta de la distancia desde el aerogenerador en la cual el 20% de la superficie del sol es ocultada por un aspa del rotor, o bien, una distancia de 2 kilómetros desde cada aerogenerador. En forma complementaria, y de acuerdo a la Asociación Danesa de la Industria del Viento (Danish Wind Industry Association1), a distancias entre 500 y 1000 m, la proyección intermitente de sombra no será observada, ya que la sombra de las turbinas se verá como un objeto fijo, y a una distancia superior a los 1.000 m señalados, el efecto no será perceptible por los observadores y/o residentes del sector. La ubicación de los receptores sensibles evaluados se representa en la siguiente imagen.
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores. En el Anexo 11 de la Adenda complementaria se presentan los resultados de las modelaciones de sombra permanente en Archivo kmz.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Nombre del Impacto
Pérdida, compactación del recurso suelo, activación de procesos
erosivos.
Parte, obra o acción que lo
genera
Habilitación de caminos interiores, plataforma de montaje,
fundación aerogenerador, línea de transmisión soterrada, instalación
de faenas.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Alteración de la calidad de las aguas subterráneas
Parte, obra o acción que lo
genera
Fundaciones de aerogeneradores
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Aumento de la concentración basal de gases y material particulado
Parte, obra o acción que lo
genera
Preparación de terreno, excavaciones, habilitación de caminos,
tránsito vehicular y uso de equipos y maquinaria.
En la DIA se presentó una caracterización del medio físico que incluyo la descripción del suelo (Anexo 6 de la DIA) complementado en la Adenda.
En Adenda se presentan los resultados del análisis de erosión, sobre la base del documento “Evaluación de impactos de riesgos de activación de procesos erosivos”, SAG (2016). Según la guía SAG el Proyecto se encuentra en la zona de riesgo de erosión IV. Se determinó que el área de emplazamiento del proyecto tiene un riesgo medio de concurrencia de procesos erosivos. No obstante, se debe tener en cuenta que la línea de media tensión será soterrada y, posteriormente, mantendrá una cubierta vegetal, que los caminos serán estabilizados y nivelados y contarán con obras para el manejo de aguas lluvias, que las plataformas de izado de los aerogeneradores serán construidas en suelo estabilizado y nivelado. Finalmente, la proporción de vegetación en relación a la vegetación del predio es muy menor (1,3 hectáreas) por lo que la cubierta vegetal, en conjunto con la escasa pendiente, permanecerán evitando procesos erosivos. Además, en Titular asumió la realización de un monitoreo preventivo de la erosión, como parte de los CAV.
La superficie incluida en el PAS 160 comprende la instalación de faena, que será de carácter
temporal y la superficie del centro de operaciones con baño, que serán de carácter permanente. La
superficie afecta al Informe Favorable para la Construcción (ex cambio de uso de suelo)
Por otra parte, el Titular señala que se removerán todas las estructuras de hormigón realizadas como obras transitorias, durante la etapa de construcción del proyecto. Además, aclara que, todas estas áreas, una vez retiradas las estructuras transitorias, serán restituidas a su condición original, siendo recubiertas con el suelo removido inicialmente. Lo anterior con el objeto de minimizar la pérdida de suelo.
Finalmente cabe indicar que no se prevé perdida de suelo por presencia de contaminantes, y que estos suelos presentan una alta intervención antrópica, al ser usados para cultivos de praderas y pastoreo de ganado bovino.
La descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo. El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC).
La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
El área de influencia para el componente de flora y vegetación comprende un buffer de 25 metros en torno a las obras y acciones del proyecto, debido a la incidencia del efecto borde (25 metros) sobre el bosque generado por la implementación del Proyecto, equivalente a una superficie afectada de 18,04 ha.
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el
Para la descripción del elemento fauna nativa, se realizó una caracterización ambiental que se
encuentra descrita en del Anexo 8 de la DIA. Sobre la base de lo anterior, Se estableció un total de
110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas.
Estas se componen por 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3
especies de reptiles. De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el
catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11
aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de
amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). Es importante destacar que la totalidad de los
reptiles y anfibios con distribución potencial se encuentran en alguna categoría de conservación.
Respecto al levantamiento de información de terreno, se realizó mediante dos campañas de terreno
ejecutadas en época de primavera 2020 y verano 2021, respectivamente. En la primera de estas se
realizó el levantamiento general de fauna (censos, transectos, playback nocturno) mientras que la
segunda campaña tuvo por objetivo ejecutar capturas vivas de micromamíferos (tramas Sherman),
instalación de trampas cámara y monitoreo nocturno de quirópteros (batdetector). El trabajo en
terreno en cada campaña estuvo a cargo de entre 2 profesionales, todos ellos especialistas en fauna
silvestre con un promedio de 10 horas de trabajo día/hombre, totalizando un esfuerzo de muestreo
de 140 horas/hombre. 46 En el Área de influencia del Proyecto fue posible identificar 7 tipos de
ambientes disponibles para fauna terrestre, los que correspondieron de mayor a menor superficie al
hábitat Plantación forestal, Bosque siempreverde, Matorral de Baccharis patagónica, Pradera de
exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles, Matorral arborescente de
Nothofagus antárctica y Otros usos de suelo. El primero de estos con 5,7 ha lo que representa el
32,2% del AI del Proyecto y el resto en menor proporción. Se aplicaron con éxito en cada uno de
estos ambientes, las metodologías propuestas tales como 8 censos o puntos de conteos de avifauna,
6 transectos pedestres (T) de reptiles, anfibios y búsqueda directa de signos de mamíferos, 1 trampa
cámara (TCAM), 3 puntos de playback nocturno (PB), 3 transectos de trampas Sherman (TSH) y 3
estaciones de registro de quirópteros (Q) totalizando 24 estaciones de muestreo de fauna terrestre. A
través de dicho esfuerzo de muestreo, fue posible registrar 40 especies de fauna silvestre
correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38
correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie
introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de
especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se
encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los anfibios,
destaca la riqueza de especies, las cuales se registraron a través de la observación directa y audición
de vocalización en coros (vocalizaciones), es así como se registró a Hylorina sylvatica (rana
esmeralda) con una abundancia relativa del 28,6%, cuyos registros se dieron en el ambiente Bosque
Siempreverde con 2 individuos (densidad igual a 25 ind/ha). Con igual abundancia relativa, se
registró a Batrachyla taeniata (ranita de antifaz), con el registro de un individuo (densidad 12,5
ind/ha) en el ambiente Bosque Siempreverde y un ejemplar en Plantación forestal (densidad 12,5
ind/ha). El resto de las especies de anfibios se presentaron en menores abundancias, con el registro
de un ejemplar de las especies Batrachyla leptopus (rana moteada), Eupsophus calcaratus (rana de
hojarasca austral) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Dentro de esta herpetofauna, 3
especies se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) (rana moteada, rana de hojarasca austral y rana
esmeralda) y 2 especies se encuentran en estado de conservación de “Casi amenazada” (NT) (ranita
de antifaz y sapito de cuatro ojos). Con relación a reptiles, se registró la presencia de una especie,
Liolaemus cyanogaster (lagartija de vientre azul), habiéndose registrado solo un (1) ejemplar en el
AI del Proyecto, en el ambiente Bosque Siempreverde con una densidad de 6,25 (ind/ha). Esta
especie se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE). 47 En cuanto a la avifauna registrada, las
especies más abundantes fueron Enicognathus leptorhynchus (choroy), con una abundancia relativa
del 13,33% (14 ejemplares en total en el AI del Proyecto), siendo más abundante en el ambiente
Matorral arborescente de Nothofagus antartica con una bandada de 7 individuos (densidad igual a
8,91 ind/ha), 6 individuos en Bosque Siempreverde (densidad igual a 3,82 ind/ha) y un solo
Cabe consignar que el Titular considera un plan de monitoreo de avifauna y quirópteros (Anexo 10 de la DIA), actualizado en el Anexo 10 del Adenda. Además, en el Anexo 8 de la DIA se acompaña un estudio de tránsito aéreo de las aves, en el área de emplazamiento de los aerogeneradores. Por otra parte, asume el compromiso ambiental voluntario Programa de flora y fauna, que incluye la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y las normas que regirán la construcción del proyecto. Así como el establecimiento de áreas de restricción de acceso, las que estarán debidamente señalizadas. También están prevista planes de contingencia en caso de atropello de fauna silvestre.
Dada la baja ocupación de las estructuras que componen el proyecto, la afectación de superficie de suelo es menor (aproximadamente 4 hectáreas) y no interfiere mayormente en la componente suelo respecto a su condición de línea de base. Los posibles impactos del proyecto sobre los suelos corresponden pérdida y compactación de suelo, y activación de proceso erosivos. Como se indicó la superficie efectivamente intervenida será de baja magnitud y, en cuanto a la línea de media tensión será soterrada y, posteriormente, mantendrá una cubierta vegetal. Además, los caminos serán estabilizados y nivelados y contarán con obras para el manejo de aguas lluvias, que las plataformas de izado de los aerogeneradores serán construidas en suelo estabilizado y nivelado de manera de minimizar procesos erosivos. Relacionado con esto último, el Titular asume el CAV monitoreo preventivo de erosión.
Con relación al agua, el proyecto no considera ninguna descarga de residuos de ninguna clase a cuerpos de aguas superficiales. Las aguas servidas serán manejadas en baños químicos y las demás tratadas mediante fosas sépticas e infiltradas en terreno. Sin embargo, dada la baja cantidad de aguas servidas a generar (máximo 0.75 m3/día) no se espera que ello incida ni afecte la calidad de aguas subterráneas.
Finalmente, las emisiones atmosféricas del proyecto se generarán de forma puntual y acotada durante la fase de construcción, donde se han considerado medidas de control para minimizar emisiones de material particulado y gases.
Dada las características del proyecto no se prevé la generación o aporte, tanto al agua como al suelo,
de contaminantes que se encuentre regulados por norma secundarias de calidad que les resulte
aplicable.
En cuanto a las emisiones de contaminantes al aire, tal como se señaló en el punto 4.6.4.1, las
emisiones de gases y material particulado ocurrirá fundamentalmente en la etapa de construcción,
siendo de muy baja cuantía como para alterar la calidad del aire a niveles y con ello se puedan
afectar la biota.
Según la modelación efectuada (Anexo 04 de la DIA), las actividades constructivas del Proyecto, así como operación de los aerogeneradores, superan los niveles máximos de exposición (85 dB) recomendados para la fauna por la EPA solo a aproximadamente 10 m del punto de generación de ruido. Por lo que, si bien existe un área de afectación de la fauna por ruido, dadas las características ecológicas del área de influencia, no se encontraron sitios relevantes para nidificación, reproducción o alimentación de fauna silvestre, ya que se trata en gran medida de predios intervenidos forestalmente. El proyecto considera el manejo de sus productos y residuos conforme a la normativa vigente. En función de ello, no se prevén potenciales afecciones a los recursos naturales renovables. Se describe a continuación el manejo general contemplado. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: Los residuos sólidos domiciliaros generados en las fases de construcción y cierre serán manejados en contenedores estancos desde donde serán retirados para disposición final en un sitio autorizado con una frecuencia de 3 veces por semana. Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos domiciliarios por un máximo de 5 personas y cada 4 veces al año, que realizarán las actividades de mantenciones programadas y correctivas del parque. Dichos residuos serán retirados por el mismo contratista que realizará las actividades de mantención, para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Residuos Peligrosos: Estos residuos serán almacenados en bodegas de residuos peligrosos que se encontrará en la instalación de faenas durante la fase de construcción y cierre, segregados según compatibilidad de residuos, dichas bodegas cumplirán con las exigencias normativas. Durante la operación, no se almacenarán residuos peligrosos. Residuos Industriales No Peligrosos: Los residuos sólidos industriales no peligrosos en la fase de construcción se almacenarán temporalmente en patios de residuos industriales no peligrosos que tendrá lugar en la instalación de faenas, desde donde serán retirados por empresas autorizadas para su transporte para reciclaje, o bien a un sitio de disposición final autorizado. Estas instalaciones contarán con el permiso de la Autoridad Sanitaria. Durante la fase de operación los residuos industriales no peligrosos que pudieran generarse durante las actividades de mantenimiento se han estimado en 50 kg/mes o 150 kg cada trimestre que serán retirados por el mismo contratista que realizará las actividades de mantención, para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Sustancias Peligrosas: El proyecto utilizará sustancias químicas durante todas sus fases. Sólo se mantendrá en faena diésel para los grupos electrógenos. Durante la operación el uso de productos químicos se ciñe principalmente a aceites de recambio para los aerogeneradores. Esta tarea será realizada cada dos años, en promedio, y será realizada por empresas autorizadas quienes llevarán las sustancias durante la faena de recambio e inmediatamente retirarán los residuos peligrosos. No existiendo almacenamiento. Todas las instalaciones mencionadas tramitarán su funcionamiento ante la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. Por lo anterior y considerando que los residuos se manejarán conforme a la reglamentación vigente en instalaciones autorizadas para tales fines, la posibilidad de generar impactos sobre los recursos naturales renovables es nula.
El proyecto considera planes de prevención de contingencia y emergencia ante derrames de residuos y sustancias peligrosas (Anexo 5 de la DIA, complementados en el punto 14 de la Adenda).
El agua necesaria para la construcción y operación del proyecto será adquirida a una empresa externa con las autorizaciones correspondientes por parte de la autoridad competente. Se archivarán en las instalaciones de faenas los respaldos de las autorizaciones de extracción del proveedor de agua. En cuanto a las aguas superficiales y subsuperficiales, las construcción y funcionamiento del proyecto no considera la afectación de dichas aguas. No obstante, se intervendrá un desagüe de aguas lluvias paralelo a la ruta V-85 en el punto de acceso al Proyecto. Para el caso de las aguas superficiales no se contempla el uso de dichas aguas para las actividades del Proyecto ni tampoco se considera la descarga de efluentes en estos. No existen cauces al interior del predio que deban ser intervenidos. Lo anterior determina que el proyecto no afectará la calidad de las aguas superficiales y/o subsuperficiales.
En relación con la protección de aguas subterráneas, se realizaron calicatas geotécnicas a una profundidad de 4 m, una en cada localización de los aerogeneradores (3), en ninguna de ellas observó, en invierno, presencia de nivel freático.
El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional. Se plantea una CAV para el control de la especie invasora espinillo (Ulex europaeus)
5.3 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Alteración de sistemas de vidas y costumbres de grupos humanos Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Efecto de parpadeo por proyección de sombras de aspas del aerogenerador Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento aerogeneradores Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental Aumento de los niveles basales de ruido Parte, obra o acción que lo genera Uso de equipos y maquinaria, tránsito vehicular, funcionamiento aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.3 del ICE El proyecto se emplaza en un predio privado en el cual no se llevan a cabo actividades tradicionales, culturales y/o espirituales, de este modo, el proyecto no interviene o restringe el acceso a los recursos naturales utilizados por cualquier grupo humano. Se presentan antecedentes que permiten descartar afectación a Comunidad Indígena Weliwen, Asociación Indígena Antu Kalfu y Comunidad Indígena Werken Lafquen Mapu, descartando que obras y acciones del proyecto intervengan, alteren u obstaculicen prácticas tradicionales ya sea porque se desarrollan en lugares distantes y que no son intervenidos por las tareas de construcción y posterior operación del proyecto. Se descarta que el proyecto genere obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de tiempos de desplazamiento, para grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto.
La principal actividad que podrá ser percibida por los vecinos del sector es la utilización de la Ruta
V85, carretera que tiene una condición previa de alto uso. Para evaluar la magnitud del aporte del
Proyecto, circularán por la Ruta V-85, durante toda la fase de construcción, estimada en 6 meses,
2.478 vehículos, mientras que la Tasa Media Diaria Anual, según el Censo Vial (2018) promedio
verano, invierno y primavera es de 5.817 vehículos. Por lo tanto, el aumento en el flujo vehicular
vinculado a la construcción no representará una alteración del tránsito actual de la ruta. Además, el
acceso directo al área de emplazamiento del proyecto es a través de un camino privado que por su
naturaleza tiene una restricción de paso. Por otra parte, el acceso de camiones sobredimensionados
se producirá sólo durante 2 días y será coordinado con carabineros y contará con el permiso de la
Autoridad Vial. Particularmente para GHPPI, tales como Comunidad Indígena Weliwen,
Asociación Indígena Antu Kalfu y CI Werquen Lafquen, se señala que la utilización de la Ruta V-
85 será acotada, ya que sólo transitarán por ella vehículos mayores trasladando grandes
componentes lo cual será una actividad acotada tanto en tiempo como en cantidad ya que el
proyecto contempla sólo tres aerogeneradores. La actividad de transporte de componentes de los
aerogeneradores debe ser autorizada por Vialidad y tendrá un plan de transporte que contará con
comitiva y guardia de carabineros para evitar cualquier tipo de obstrucción en el camino
Respecto a la localidad de San Rafael, su incorporación al análisis se debe, por una parte, a la utilización de la Ruta V-843 que conecta el Puerto de Calbuco -donde desembarcarán componentes del proyecto- con la Ruta V 85 y, además, por la presencia en este sector de viviendas de socios de la Comunidad Indígena Raimapu. En este sentido, es necesario considerar que, al igual que la R V85, la carretera V-843 mantiene un alto flujo de vehículos como condición previa a las actividades del proyecto por lo que el traslado de los componentes no producirá una alteración significativa. Para el caso específico de los socios de la comunidad indígena, los antecedentes disponibles dan cuenta que no mantienen actividades tradicionales ni sitios de significación cultural asociados a la cultura mapuche que se relacionen con el entorno de la zona de San Rafael o la ruta V-843. En este sentido, el uso que hace la comunidad de esta vía es similar a la de otros vecinos del sector, sin filiación indígena, por lo que pueden aplicarse las mismas medidas. Finalmente, es importante mencionar que la fase de construcción del proyecto contempla una duración de seis meses, por lo que cualquier externalidad que se genere sólo será temporal y acotada.
El proyecto no interviene ni altera de manera a ninguna vía de comunicación, y por lo mismo no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos. En cuanto al transporte de carga sobredimensionada esta será acotada en el tiempo y contará por normativa con asistencia de carabineros y permiso de Vialidad.
Durante las obras de adecuación del acceso se implementarán medidas de control de velocidad y advertencia para evitar accidentes (CAV Control de Velocidad Máxima en Camino Acceso de Proyecto).
En particular se analizó la red de agua potable rural existente en la zona de acceso al proyecto donde se proyectan obras de acondicionamiento vial. Al respecto se aclaró que la tubería correspondiente a la Red Matriz de la APR La Campana que pasa entre el cerco de los predios y el canal, no se verá afectada, esto debido a que la tubería se encuentra a 1.2m de profundidad, además, se considera que en el sector del acceso se elevará la cota de terreno por lo que no se pasará a llevar la estructura de la Red Matriz de la APR La Campana y por tanto no se alterará el libre fluir de las aguas del APR que surte a los vecinos.
En relación a posible afectación de ruido a las actividades educativas, la escuela más próxima (Escuela Jean Piaget) se ubica a más de un kilómetro de aerogenerador más cercano, por lo que la atenuación natural de ruido, sumado a la condición acústica por la proximidad a la Ruta V-85 de la Escuela, hacen poco posible algún tipo de afectación provocada por el ruido a las actividades que se realizan dentro del establecimiento. Sumado a eso, el valor proyectado de inmisión para la fase de construcción en la Escuela es de 40 dBA, sin ningún tipo de medida de control acústica y para la fase de operación, el valor disminuye a 35 dBA. Vale decir que el MMA presenta como aceptable valores OCDE nocturnos de 55 dBA, mientras que OMS (2018) 45 dBA para parques eólicos en Europa. De este modo, el proyecto cumple bajo toda condición estándares internacionales de prestigio. En consecuencia, no hay antecedentes para prever una afectación o impacto a las actividades que realiza la Escuela Jean Piaget por la operación del Proyecto.
En el área de intervención del proyecto no existen lugares o sitios donde se manifiesten tradiciones, cultura o intereses comunitarios de ningún grupo humano, dado que el proyecto se emplaza en un predio privado donde se ejerce fundamentalmente actividades forestales.
Para GHPPI (Comunidad Indígena Weliwen, Asociación Indígena Antu Kalfu y CI Werquen Lafquen), presenta antecedentes, que dan cuenta que en el área de influencia del proyecto no se realizan ceremonias o prácticas comunitarias ni tampoco identifican un espacio exclusivo con las características necesarias para ser considerado culturalmente significativo. Dada las características modulares del Proyecto y la mínima generación de emisiones, efluentes y residuos, la construcción y operación del parque eólico no generará interferencias en el normal desarrollo de las actividades de los grupos humanos que se encuentran en las cercanías del Proyecto.
En Adenda Complementaria, se incorporan antecedentes obtenidos de primera fuente, concluyendo
que todos los entrevistados corroboraron la información presentada y expuesta en la DIA y Adenda
N°1 del proyecto, señalando que en el sector de La Campana y en el AI no se realiza ninguna
manifestación cultural o ceremonia indígena, como el We Tripantu u otra similar, y tampoco existen
lugares de significancia cultural en el área de influencia.
El proyecto no tiene la potencialidad de afectar o alterar las formas de organización de los GHPPI, ni tampoco altera sitios de carácter cultural o sitios sagrados para la población indígena. Del mismo modo, en el área de influencia del proyecto no hay decretos relacionados con otorgamiento de áreas de desarrollo indígena ni tampoco en algún territorio cercano, no se presentan reclamaciones de tierras, no hay inscritos derechos de agua indígenas, ni tampoco presencia de sitios sagrados o culturales cercanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a áreas, población o recursos protegidos Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Afectación de servicios ecosistémicos relevantes para la población local Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.4 del ICE La información presentada en la caracterización del medio humano (Anexo 12 de la DIA), dio cuenta a la inexistencia de comunidades indígenas, tierras indígenas y sitios de significación cultural en el área de influencia del proyecto. De acuerdo con lo anterior no se identificó personas o grupos humanos pertenecientes población protegida. Posteriormente, en la Adenda, se complementa la información sobre las comunidades Raimapu y Weliwen, sus integrantes y prácticas culturales (We Tripantu y Trafkintu), concluyendo que ésta últimas no se desarrollan en el área de influencia ni en las cercanías al área de emplazamiento de los aerogeneradores, por lo que no se identifica una afectación al desarrollo de esta ceremonia y prácticas, producto del desarrollo del proyecto. De acuerdo con la localización del área de emplazamiento del proyecto éste no se ubica en o próximo a un área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos o glaciares. Además, no corresponde a una zona con valor ambiental, ya que no se trata de un área con nula o baja intervención antrópica, sino que a una zona donde en los predios se han llevado a cabo actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Tampoco se identifica algún recurso natural protegido en el área de influencia
La información sobre población protegida levantada en la Adenda se obtuvo a través de entrevista
semiestructurada a la presidenta de la comunidad indígena Weliwén, Nancy Huenante, y a una
vecina invitada por la presidenta, en la que se aplicó una pauta de entrevista y se respondieron dudas
y consultas de las informantes. Estas informantes se consideran claves debido al manejo y
conocimiento que tienen del contexto territorial en donde se emplaza la comunidad indígena debido
a que corresponde a representantes de la organización y, por tanto, tienen información sobre las
actividades culturales de su propia comunidad. Cabe mencionar que, debido a la Pandemia de
Covid-19, este levantamiento de información primaria se realizó de manera telemática, utilizando
una pauta de entrevista semiestructurada. En la Tabla 6 de la Adenda se muestra la pauta con las
preguntas semiestructuradas que se aplicaron a los informantes claves en las entrevistas de medio
humano y a los GHPPI. Por último, la entrevista fue realizada de manera telemática a través de la
plataforma Zoom y grabada con previa autorización de las participantes. De esta manera, si bien no
se firma el consentimiento informado debido a que la entrevista fue remota, este fue entregado de
manera verbal autorizando la grabación de la entrevista. Tal como se indicó esta entrevista permitió
conocer las prácticas culturales realizadas por las comunidades y los lugares donde se desarrollan
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración del valor paisajístico o turístico del área Parte, obra o acción que lo genera Aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción y Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.5 del ICE De acuerdo con lo señalado en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Valor Turístico en el SEA (SEA, 2017), para que una zona posea valor turístico debe tener uno o más de los atributos: valor paisajístico, valor cultural y/o valor patrimonial; en tanto siempre debe presentarse la condición de atraer flujo de visitantes o turistas. El área de emplazamiento del Proyecto y de influencia, no hay presencia de algún atractivo turístico reconocido por el Sernatur, tampoco existe equipamiento ni infraestructura turística en el área aledaña al Proyecto, por tanto, se descarta obstrucción de acceso o alteración a zonas con valor turístico.
El artículo 9 del D.S. Nº40/2012 MMA, establece que “se entenderá que una zona tiene valor paisajístico cuando, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa”. Conforme a lo señalado en el Anexo 14 de la DIA, la zona donde del Proyecto se enmarca en la Macrozona Sur, subzona Llano Ondulado. A partir de las características evidenciadas en terreno, se puede mencionar que el área en análisis presenta escasos atributos paisajísticos, a partir, principalmente, de sus propiedades topográficas, las cuales dan cuenta de un pequeño sector plano, rodeado por suaves lomajes y ondulaciones, como también atributos otorgados por flora y fauna del sector. Si bien el área de influencia tiene atributos biofísicos que dan valor paisajístico, la flora del sector (principal atributo) es fundamentalmente exótica y tiene un marcado fin comercial. Esto ya que predominan las plantaciones forestales. En este sentido, la vegetación del sector se debe entender como una intervención antrópica, siendo una actividad productiva primaria en donde se han modificado las condiciones naturales de vegetación. Estas características, sumadas al típico asentamiento rural de la zona sur, genera que el área de influencia no sea única ni representativa, ni presente un sector con alto valor y calidad paisajística. En el análisis, se identificaron dos unidades de paisaje: La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y V-85, en pequeños caseríos, fundamentalmente La Campana, en cambio, la UP2 abarca la mayor extensión dentro del área de influencia dentro y fuera de las rutas, en el cual hay plantaciones de bosques y deforestaciones con praderas y matorrales. Ahora bien, en cuanto a la valoración de la calidad visual del paisaje, se concluye que el área de influencia (en conjunto las dos unidades de paisaje evaluadas) posee un valor bajo, donde el paisaje según sus atributos visuales (biofísicos, estéticos y estructurales) no tiene una calidad que haga a la zona única ni representativa. Por otra parte, al momento de analizar el área de influencia respecto a la situación sin Proyecto y la situación con Proyecto, mediante la creación de 3 fotomontajes, se deduce que los impactos que se generan en el paisaje debido a la instalación de las obras son de menor magnitud, no generando obstrucción visual ni alteración de los atributos visuales.
La instalación de aerogeneradores corresponde a un elemento que genera una diferencia en la lectura
visual del territorio. Sin embargo, la inclusión de estos, tanto en la fase de construcción como de
operación, no implica un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje.
En el Anexo 14 de la DIA se acompaña el estudio de paisaje. Este identificó 5 puntos de
observación (PO) a partir de los cuales se definieron cuencas visuales a partir de las cuales se
Los principales atributos del paisaje que se identifican corresponden al relieve, suelo, vegetación y fauna. Sin embargo, la vegetación en gran medida se caracteriza como una vegetación exótica ya que son plantaciones forestales, y una vegetación producto de los cultivos agrícolas, por lo que en términos vegetacionales esta se relaciona a un sistema productivo. Para el caso de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies, esta no está a simple vista de los posibles observadores, debiendo estar grandes tiempos observando el paisaje. Por lo tanto, si bien las obras pueden producir alteración en ciertos componentes del paisaje estas no genera un cambio sustancial en los atributos estéticos que otorgan cierto valor paisajístico al área, fundamentalmente debido a la pequeña superficie de suelo y bosques que serán intervenidos. Teniendo en cuenta además que se trata de un paisaje que contiene poca variedad de atributos, los cuales son recurrentes en la zona, sin elementos singulares que lo constituya como un paisaje único o representativo.
Como se indicó en el área de emplazamiento del Proyecto, no hay presencia de algún atractivo turístico reconocido por el Sernatur, así como tampoco existe equipamiento ni infraestructura turística en el área aledaña al Proyecto, por tanto, no existe obstrucción de acceso ni alteración a zonas con valor turístico
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO,
HISTÓRICO
Y,
EN
GENERAL,
LOS
PERTENECIENTES
AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
Alteración de patrimonio arqueológico y/o paleontológico
Parte, obra o acción que lo
genera
Excavaciones en terreno
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Afectación de sitios en que se lleven a cabo manifestaciones
culturales.
Parte, obra o acción que lo
genera
Construcción y operación de aerogeneradores
Fase en que se presenta
Construcción y Operación
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre este
impacto específico
Punto 6.6 del ICE
La DIA incorpora en su Anexo XV los resultados de una prospección arqueológica al área de
emplazamiento del proyecto, recorriéndose tanto los polígonos de las áreas donde se proyectan
instalaciones, como de los trazados de camino y línea soterrada, realizando transectas lineales y
paralelas, separadas de entre 15 a 20 metros de distancia entre ellas, considerando las condiciones
geográficas y vegetacionales del lugar, teniendo especial atención en la observación del suelo
descubierto y expuesto en porciones erosionadas de la cobertura vegetal, en caminos y senderos
internos y en cortes de zanjas, perfiles y pequeños taludes ocasionales 12 que exhiben la matriz del
suelo, aumentando la cobertura de revisión del área en estudio.
Conforme a los resultados de la prospección no arrojó registros de hallazgos arqueológicos en el
área abarcada por la inspección arqueológica, así como tampoco se observaron perfiles expuestos
que evidencien yacimientos estratificados en la zona de influencia del proyecto.
En términos generales los sectores inspeccionados poseen de buena a moderada accesibilidad, sin
embargo, la visibilidad de la superficie del suelo es de baja a nula en gran parte del área abarcada en
la presente inspección, con excepción de aquellas porciones del terreno erosionadas y previamente
intervenidas que exponen la matriz del suelo entre la densa cobertura vegetal. La obstrusividad de
los materiales es de baja a nula, debido a la cobertura vegetal predominante.
En consideración a lo anterior, el Titular efectuará, como parte de los compromisos ambientales
Por otra parte, el proyecto se emplaza sobre la unidad geológica denominada Sedimentos Glaciofluviales asociados a la Glaciación Llanquihue (Plgf1, según su sigla en la Hoja), en la cual existen antecedentes de hallazgos de gonfoterio (Stegomastodon platensis), y restos de madera a una distancia de 15 y 11 kilómetros del área de influencia del proyecto, respectivamente (Prado et al., 2005; Ingreso CMN Nº 2389-2021). En virtud de lo anterior, y con el objeto de evitar afectación a posibles hallazgos paleontológicos imprevistos, se solicitó y el Titular acogió la adopción de un CAV relativo a la implementación de charlas de inducción en paleontología a los trabajadores. No se evidencia existencia de Monumentos Nacionales en el área de emplazamiento del proyecto. Las obras del proyecto se desarrollan en terrenos actualmente agrícola-forestal que no cuentan con construcciones de ningún tipo, ni se emplaza en un área en que existan este tipo de elementos patrimoniales culturales. No existen a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, en el área de emplazamiento del proyecto ni en su área de influencia.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL
6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Servicios higiénicos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La solución sanitaria particular proyectada para recolectar las aguas servidas generadas en las instalaciones de faena contempla dos sistemas integrados de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario, que conducirán las aguas residuales desde los puntos de generación hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de PE de alta densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión aeróbica de las aguas residuales, para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje. La generación de aguas servidas corresponde a las aguas provenientes de los servicios higiénicos e instalaciones que se dispondrán para el personal durante la operación del proyecto. Vale mencionar que sólo habrá personal en el proyecto 4 veces al año, con un peak de 5 trabajadores, la producción de aguas servidas será de 30 m3/día.
Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo 3 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente Ord. N°10451, de fecha 20 de septiembre de 2021, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes ambientales del permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.1.1 del ICE
Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán acopiados
temporalmente en contenedores secundarios a la espera de su traslado y
disposición final. Esta área estará delimitada y contendrá letreros que
señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos
Domiciliarios”. Las áreas de almacenamiento en donde se dispondrán los
contenedores secundarios contarán con suelo estabilizado y cierre
perimetral de malla, de forma de impedir el ingreso de animales y
personas no autorizadas.
Los residuos industriales no peligrosos dependiendo su naturaleza y
posibilidad de valorización, se depositarán en contenedores diferenciados
o directamente en una explanada compactada que contará con un cierre
Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo 3 de la DIA Pronunciamiento del órgano competente Ord. N°10451, de fecha 20 de septiembre de 2021, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes ambientales del permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.1.2 del ICE
6.1.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos durante la fase de construcción y cierre, se requerirá de una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (BAT) ubicada en cada instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. Durante la fase de construcción, se generarán la mayor cantidad de RESPEL del proyecto y corresponderán a restos de aceites y lubricantes, grasas, paños, materiales absorbentes y envases contaminados, entre otros. Cabe destacar que las mantenciones de maquinarias y vehículos se realizarán en las instalaciones de los proveedores, fuera del área del proyecto. La bodega cumplirá, al menos, con las siguientes características: • Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. • Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. • Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. • Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. • Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. • Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003 y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios
El tipo y cantidad de residuos que se espera generar en cada fase es la
siguiente:
El período de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la BAT, en ningún caso excederá de 6 meses
Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo 3 de la DIA
Pronunciamiento del órgano competente Ord. N°10451, de fecha 20 de septiembre de 2021, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes ambientales del permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.1.3 del ICE
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.2.1 Permiso para corta de bosque nativo, según se establece en el artículo 148 del Reglamento del
SEIA
Fase del proyecto a la
cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la
que aplica
Instalación de las plataformas de operación y mantención, caminos
internos y línea soterrada media tensión
Condiciones
o
exigencias
específicas
para su otorgamiento
La superficie de corta o intervención de bosques nativos corresponderá a
1,55 hectáreas de bosque del Tipo Siempreverde.
El Titular no podrá ejecutar otras cortas de bosques, en sitios diferentes o
en otras superficies, no incluidas en los antecedentes del PAS 148
presentado en el Anexo 7A de la Adenda.
La superficie a reforestar será de 0,68 hectáreas con especies del mismo
tipo forestal Siempreverde a intervenir, cuya densidad total será de 1.600
plantas/ha. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen
presentarán condiciones similares al área intervenida con el propósito de
que permitan asegurar la sobrevivencia de los ejemplares plantados. Se
realizará en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta, de
preferencia ubicado en la misma provincia, la que debe ser como mínimo
equivalente a la de corta. El área a reforestar además deberá efectuarse
en suelos con clase de capacidad de uso entre VI y VII (Suelos de
Aptitud Preferentemente Forestal).
Respecto al monitoreo y seguimiento de la reforestación. El Titular se compromete a un seguimiento y monitoreo de la reforestación y plantación del nuevo bosque, por un período de 5 años, sobre la base del Art. 48 de la Ley 20.283, relacionado con el plazo de prescripción de las acciones destinadas a perseguir las infracciones a dicha Ley. CONAF considera que el plazo mínimo aceptable para seguimiento y monitoreo es el período de 5 años posterior a la fecha de verificación y acreditación de la sobrevivencia del 75% de las plantas, requerido después de 2 años desde la fecha de plantación. El plazo de seguimiento de la reforestación por 5 años citado, no libera al Titular de la responsabilidad legal, de cumplir con la recreación de los bosques cortados por las obras del proyecto y de asegurar su permanencia en el tiempo, objetivo último que busca la ley forestal. El Titular tiene la obligación de asegurar la protección de la reforestación involucrada, como parte del proceso de evaluación ambiental del proyecto. Entre las medidas requeridas está el resguardo contra amenazas y daños de otros agentes, como por ejemplo el ingreso de ganado al área de reforestación, de modo tal que se pueda lograr la permanencia y desarrollo natural del bosque en formación, el cual es el objetivo que persigue la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. El Titular deberá emitir Informes anuales del estado de la plantación, y de la actividad de seguimiento y protección realizada, con apoyo de registros fotográficos, planos, cartografía digital georreferenciada en Coordenadas UTM, Datum WGS 84, archivos Kmz, los que se deberán enviar a la SMA y CONAF, como parte de las obligaciones establecidas en el proceso de evaluación ambiental del proyecto.
Pronunciamiento del órgano competente Ord. N° 14-EA/2022 del 28 de febrero de 2022 de CONAF Región de Los Lagos.
Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.2.1 del ICE
6.2.2 Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, según se establece en el artículo 149 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Caminos internos y línea soterrada media tensión. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La superficie de corta o intervención de Bosques Nativos corresponderá a 0,62 hectáreas de plantaciones forestales de eucalipto (Eucalyptus globulus). El Titular no podrá ejecutar otras cortas de plantaciones, en sitios diferentes o en otras superficies, no incluidas en los antecedentes del PAS 149 presentado en el Anexo 7B de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Ord. N° 14-EA/2022 del 28 de febrero de 2022 de CONAF Región de Los Lagos. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.2.2 del ICE
Tabla 10.2.3 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los
límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA
Todas las construcciones son sobre terrenos rurales con Clase de Capacidad de Uso VI.
El proyecto no genera nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación y no genera pérdida o degradación del recurso natural suelo. Pronunciamiento del órgano competente Ord. N°127 del 10 de mayo de 2021de la SEREMI de Agricultura de la Región de Los Lagos. Se pronunció conforme con los antecedentes ambientales de la DIA. Ord. N° 21 del 10 de mayo de 2021 del SEREMI MINVU Región de Los Lagos. Se pronunció conforme con los antecedentes contenido en la DIA. Ord. N° 129 del 01 de marzo de 2022 del SAG Región de los Lagos. No presenta observaciones a los contenidos técnicos del PAS 160.
Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.2.3 del ICE
6°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
6.1 Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto
Tabla 6.1.1 Norma D.F.L. N° 458/1976 (MINVU) Ley General de Urbanismo y Construcciones
Componente/materia:
Construcciones en área rural
Otros cuerpos legales
D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU),
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC)
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que
aplica
Instalación de faenas y centro de operación con baño
Forma
de
cumplimiento
La DIA incorporó una caracterización del suelo en el área de influencia y
de las edificaciones que contempla el proyecto.
Indicador que acredita
su cumplimiento
La DIA y Adendas acompañan los antecedentes técnicos de carácter
ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las
Forma de control y seguimiento Las obras indicadas deberán contar con el otorgamiento del IFC previo a la ejecución de las obras. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
6.2 Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto
Tabla 6.2.1 Norma D.S. (MINSAL) Nº 725/1967. Código Sanitario Componente/materia: Manejo de residuos sólidos y líquidos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto generará residuos líquidos en la fase de construcción, correspondientes a las aguas servidas asociadas a la presencia de trabajadores y el funcionamiento de la zona de lavado de camiones mixer. El Proyecto generará residuos sólidos por la construcción de las obras correspondientes a excedentes materiales y excavación. Además, se prevé la generación de residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales sólidos y residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento El Titular ha indicado las condiciones y especificaciones técnicas que reunirán los lugares destinados a la acumulación y disposición final de las basuras y desperdicios del proyecto (PAS 140). Las aguas servidas, en la etapa de construcción, serán manejadas a través de baños químicos provistos por una empresa autorizada. Para la etapa de operación se contará con baño y sistema de alcantarillado particular (PAS 138). Para el lavado de camiones mixer se contará con una piscina decantadora, sin que se realice descarga de residuos líquidos a cursos o cuerpos de agua. Los residuos peligrosos generados en la fase de construcción serán segregados y almacenados transitoriamente en bodega habilitada para almacenar dicho tipo de residuos. Las características y antecedentes técnicos de la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos encuentran contenidos en el PAS 142 El período de almacenamiento no excederá los 6 meses y el retiro de los residuos peligrosos será realizado por empresas externas que cuenten con autorización sanitaria, tanto para el transporte como para la disposición final en lugar autorizado de éstos.
Indicador que acredita
su cumplimiento
La DIA acompaña los antecedentes técnicos de carácter ambiental
requeridos para el otorgamiento del permiso para las áreas de acumulación
temporal de residuos (residuos domésticos, residuos asimilables a
domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos), asociados al
PAS 140 del RSEIA y para el almacenamiento de residuos peligrosos
(PAS 142).
Por su parte presenta los contenidos técnicos ambientales para la
obtención del permiso para el sistema de alcantarillado particular (PAS
138)
Forma de control y
seguimiento
Aprobación/Obtención del PAS del artículo 140.
Aprobación/ Obtención del PAS del artículo 142.
Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de
residuos sólidos durante todas las fases (asimilables a domésticos y
residuos sólidos peligrosos).
Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos
expedidos del proyecto eólico, durante todas las fases.
Tabla 6.2.2 Norma D.S. (MINSAL) Nº 594/99, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Componente/materia: Manejo de residuos sólidos y líquidos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto generará efluentes líquidos en la fase de construcción, correspondientes a las aguas servidas asociadas a la presencia de trabajadores y el funcionamiento de la zona de lavado de camiones mixer. El proyecto generará residuos sólidos por la construcción de las obras correspondientes a excedentes materiales y excavación. Además, se prevé la generación de residuos sólidos domiciliarios y residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento El Titular describe en la DIA las acciones para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Párrafo III referidas al manejo y disposición de residuos industriales líquidos y sólidos, así como al artículo 26 del Reglamento referida al manejo de las aguas servidas. En la fase de construcción, las aguas servidas generadas serán manejadas en baños químicos. La instalación y limpieza de estos baños será realizado por una empresa autorizada para tales efectos. En la fase de operación, se prevé la utilización de baño con sistema de alcantarillado particular. El lavado de hormigón de camiones genera una fase sólida, que será retirada por una empresa autorizada, y una fase líquida la cual se espera sea evaporada o, en su defecto, retirada por una empresa autoriza, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado. Respecto a los residuos sólidos peligrosos serán segregados y almacenados transitoriamente en bodega habilitada para almacenar dicho tipo de residuos.
Indicador que acredita su cumplimiento La DIA acompaña los antecedentes técnicos de carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las áreas de acumulación temporal de residuos (residuos domésticos, residuos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos), asociados al PAS 140 del RSEIA y para el almacenamiento de residuos peligrosos (PAS 142). Por su parte presenta los contenidos técnicos ambientales para la obtención del permiso para el sistema de alcantarillado particular (PAS 138) Forma de control y seguimiento Se mantendrán copias de los contratos relativos a la(s) empresa(s) que proporcionará(n) los baños químicos requeridos durante la etapa de construcción y cierre. Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de retiro y disposición final de las aguas servidas y lodos producto del uso de baños químicos en la etapa de construcción y cierre. El Titular deberá mantener registro que permitan acreditar que la disposición final de los residuos sólidos se realiza en lugar autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
Tabla 6.2.3 Norma D.S. (MINSAL) Nº 148/03 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos
Peligrosos
Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores de 200 l de capacidad, herméticos y debidamente rotulados. Los residuos peligrosos serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, cuyas características se presentan en mayor detalle en los acápites correspondientes PAS 142 del Anexo 3 de la DIA. Los residuos peligrosos serán ubicados en la bodega considerando la incompatibilidad de éstos. Además, la bodega estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor y lejos de cursos de agua. La mayoría de los residuos peligrosos generados por el proyecto corresponden a residuos que se encuentran en la lista I y II del artículo 18 del D.S. N°148/03, por lo tanto, su manejo cumplirá con las disposiciones del presente decreto. La gestión y manejo de los residuos peligrosos estará a cargo de la empresa responsable de las mantenciones, la cual deberá estar debidamente autorizada para estos efectos, realizando su disposición final en un relleno de seguridad autorizado Indicador que acredita su cumplimiento La DIA acompaña los antecedentes técnicos de carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso del artículo 148 del RSEIA. Forma de control y seguimiento Autorización sanitaria la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada de realizar el transporte. - Autorización sanitaria de la empresa de disposición final de residuos peligrosos. El Titular deberá mantener registro que permitan acreditar que la disposición final de los residuos peligrosos se realiza en lugar autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
Tabla 6.2.4 Norma D.S. (MINSAL) Nº 43/16 del Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Manejo de sustancias peligrosas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto prevé la utilización de sustancias peligrosos. Almacenamiento temporal de sustancias peligrosas en dependencias del proyecto, específicamente en bodega de acopio de material durante la instalación de faena.
Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento al presente cuerpo normativo mediante almacenamiento de sustancias peligrosas en bodegas destinadas especialmente para este tipo de sustancias.
Indicador que acredita su cumplimiento El proyecto considera un lugar específico para el almacenamiento de este tipo de sustancias, así como planes de prevención de contingencia y emergencia asociados.
Forma de control y
seguimiento
Resolución autorización de bodega SUSPEL
Contrato con empresa autorizada para el transporte de diésel.
Revisión y registro por parte de profesional de oficina en el terreno del
estado de grupos electrógenos.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9 del ICE
Tabla 6.2.5 Norma D.S. (MMA) Nº 38/11 Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Componente/materia: Emisiones de ruidos provenientes de fuentes fijas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras de construcción y operación de aerogeneradores. Forma de cumplimiento A través de los resultados obtenidos de la predicción de los niveles de ruido, presentados en el Anexo 4 de la DIA se obtienen los siguientes resultados para la Fase de Construcción del Proyecto.
Debido a que la estimación indica que, durante la fase de construcción, se superarían, en algunos receptores, los límites establecidos por del D.S. N°38/11 del MMA, se incorporar las siguientes medidas de control ambiental: Área de seguridad en torno a receptor R2: Se establece un área de seguridad de 30 [m] de radio en torno al receptor R2. Dentro de esta área no se podrá utilizar maquinaria pesada, tal como la retroexcavadora, rodillo compactador o camión pluma, permitiendo únicamente el trabajo de forma manual. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. Zona de restricción de maquinaria: Se establece una zona de restricción de maquinaria, en la cual sólo estará permitido el uso de una (1) retroexcavadora. Esto quiere decir que dentro de esta zona estará restringido el uso de la maquinaria rodillo compactador y camión pluma. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. La medida busca disminuir la energía sonora recibida por los receptores R3 y R4. Se excluye de esta zona de restricción el área de seguridad alrededor de R2.
De esta forma, se realiza una nueva modelación, obteniendo los siguientes resultados.
Además de las medidas de control de ruido mencionadas previamente, se planteó en la Adenda la instalación de barreras acústicas móviles de paneles aislantes absorbente, con dimensiones aproximadas de alto de 2,4 m y espesor 0,5 m con peso aproximado 15 kg/m2.
Para la fase de operación del proyecto, se utilizó el software WindPRO 3.4.
El modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de
Predicción ISO 9613. Para el levantamiento de los niveles basales de ruido
en el área de influencia se consideraron las disposiciones de la Guía para la
Aplicación del D.S. N°38/11 del MMA para Proyectos de Parques Eólicos
La predicción de los niveles de ruido se hizo en base a la operación de los 3 aerogeneradores del Proyecto funcionando simultáneamente, como el peor escenario. Las distancias entre cada receptor y aerogenerador se indican en la siguiente tabla
La verificación del cumplimiento normativo en la fase de operación, para horario diurno y nocturno, se resume a continuación, tomando en cuenta la peor condición de ruido, es decir, seleccionando el mínimo valor de ruido de fondo:
Indicador que acredita su cumplimiento De acuerdo con los resultados de la modelación de ruido, el proyecto cumple con los límites máximos establecidos en la normativa.
Forma de control y seguimiento Verificación del D.S. N°38/2011 del MMA a través de monitoreos de ruido durante la construcción y operación del proyecto, según se detalla en el respectivo compromiso ambiental voluntario. Estos informes serán enviados a la SMA a través de la web SNIFA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
Tabla 6.2.6 D.S. N°75/1987 (MINTRATEL) Regulación de trasporte de escombros u otros materiales. Componente/materia: Transporte de materiales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales y excedentes de construcción.
Forma
de
cumplimiento
El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de
sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente,
deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o
plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a
la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado
periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que
transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en
camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de
éstos al suelo.
Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de
cláusulas contractuales
Indicador
que
acredita
su
-
Tabla 6.2.7 D.S. (MINVU) Nº 47/92 Regulación de trasporte de escombros u otros materiales. Componente/materia: Emisiones de polvo y material particulado Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto realizará actividades de construcción y cierre que generarán emisiones de polvo y material en suspensión. Al respecto cabe señalar que el artículo 5.8.3 de esta Ordenanza, en relación con las faenas constructivas, establece medidas orientadas a minimizar las emisiones de polvo en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición. A su vez el artículo 5.8.5 establece normas relativas al retiro de escombros. Forma de cumplimiento Las emisiones de material particulado y gases son menores y distribuidas en una extensión territorial acotada solamente al polígono del proyecto y al camino de acceso, tal como se presentan en el Anexo 03 de la Adenda. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: • Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. • Los vehículos circularán a 30 km/h durante la fase de construcción y cierre y a 60 km/h durante la operación como máximo. • Se realizará la humectación de caminos no pavimentados durante la fase de construcción del Proyecto, excluyendo los días con ocurrencia de precipitaciones. • Prohibición de realizar fogatas en faenas Indicador que acredita su cumplimiento Fiscalización, revisión y registro de cumplimiento por parte del Titular Forma de control y seguimiento Se deberá mantener disponibles para ser fiscalizados por la Autoridad, los registros de la realización de humectación de caminos.
Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
6.3 Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
Tabla 6.3.1 Norma Decreto Supremo N° 5/1998, Reglamento de la Ley de Caza
Componente/materia:
Fauna
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que
aplica
Todas las fases del proyecto implican intervenir el hábitat donde es
posible encontrar especies de fauna silvestre. En el área de influencia se
registró la presencia de 43 especies de fauna entre las que se cuentan 5
anfibios, un reptil, 35 aves y 2 mamíferos.
Forma
de
cumplimiento
El Proyecto no considera realizar caza o captura de ejemplares de
animales de especies protegidas para fines de investigación, para el
establecimiento de centros de reproducción o criaderos ni para la
utilización sustentable del recurso. Adicionalmente, y en consideración
de la presencia de reptiles y anfibios con baja movilidad, se realizarán
Tabla 6.3.2 Norma Ley Nº 17.288 Sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Patrimonio arqueológico y cultural
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Ejecución de actividades asociadas a la construcción de infraestructura necesaria para la implementación del proyecto.
Forma de cumplimiento Se realizó una prospección arqueológica al área de emplazamiento del proyecto no encontrando hallazgos arqueológicos en el área de influencia. Se mantendrá una supervisión directa por parte de un Arqueólogo durante las labores de escarpe y excavaciones del proyecto, lo que se incluye en el plan de monitoreo arqueológico, asumidos mediante un compromiso ambiental voluntario. El que incluye las siguientes acciones: 1. Realización de una charla de inducción al personal del proyecto preparada por un arqueólogo o licenciado en arqueología. 2. Efectuar un monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie. 3. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento del Reglamento de la Ley Nº 17.288. 4. De recuperarse materiales arqueológicos se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. . En caso de hallazgo de algún sitio u objeto de carácter histórico, arqueológico, antropológico o paleontológico, se paralizarán las obras de excavación y se dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales.
Indicador que acredita su cumplimiento Prospección arqueológica del área de influencia del proyecto (anexo 13 de la DIA) Forma de control y seguimiento • Informe monitoreo permanente durante la construcción • Registro de charlas de inducción arqueológica y paleontológica al personal de obras del Proyecto antes del inicio de la construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
Tabla 6.3.3 Norma Ley N° 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal Componente/materia: Vegetación
Fase del proyecto a la
Construcción
Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de contenidos técnicos y formales necesarios para la acreditación de los PAS 148 y 149. Forma de control y seguimiento Aprobación y ejecución de los planes de manejo forestal respectivos. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
Tabla 6.3.4 Norma D.S. (MINAGRI) Nº 93/08, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Componente/materia: Vegetación
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El área del proyecto presenta bosque nativo y plantaciones forestales que serán intervenidas por las obras. Forma de cumplimiento El plan de manejo del proyecto considera las normas de protección ambiental establecidas en la Ley N° 20.283 (medidas de protección ambiental, protección al establecimiento de la reforestación y protección contra incendios forestales). En él, se obliga a reforestar una superficie de terreno igual a la cortada (1,55 y 0,62 hectáreas de bosque nativo y plantaciones forestales, respectivamente). Las condiciones de reforestación se detallan en los planes de manejo forestal respectivos, que se acompañan en el Anexo 7A y 7B del Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de contenidos técnicos y formales necesarios para la acreditación de los PAS 148 y 149. Forma de control y seguimiento Aprobación y ejecución de los planes de manejo forestal respectivos. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9 del ICE
Tabla 6.3.5 Norma D.L. N° 701/74 sobre Fomento Forestal, actualizado, y sus Reglamentos Componente/materia: Vegetación
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que
El área del proyecto presenta bosque nativo y plantaciones forestales que
serán intervenidas por las obras.
7°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
Tabla 7.1 Condición o exigencia Plan de rescate y relocalización Impacto asociado Perdida de vegetación Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir la afectación de la especie Fascicularia bicolor
Descripción: Rescate y relocalización
Justificación: Se menciona la presencia de la especie en el Anexo 03, “Actualización Caracterización Ambiental de Flora y Vegetación Terrestre- de la Adenda complementaria, en Bosque del Tipo Forestal Siempreverde, Subtipo Forestal Renoval de Canelo (Bosque de Drimys winteri, Tepualia stipularis y Nothofagus nitida). Si bien Fascicularia bicolor no está aún en los listados de clasificación de especies del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), que es un proceso gradual, sí está identificada como especie en categoría de amenaza, en estado Vulnerable, según la publicación de Adriana Hoffmann y Ana Flores, 1989 (“The Conservation Status of Chilean Succulent Plants: A Preliminary Assesment”), Otras publicaciones científicas como ZIZKA et al (2009), señalan a Fascicularia bicolor también en la categoría Vulnerable. Lugar, forma y oportunidad de implementación Rescate de ejemplares de la especie, previo a la corta de bosques, demarcando antes las áreas de intervención, con señales físicas en terreno, y efectuando la búsqueda cuidadosa de Fascicularia bicolor en el área involucrada. También se deberá rescatar ejemplares post corta del Bosque, dado el crecimiento epífito de la especie. Se considera habilitar sistema de viverización temporal. Identificación y registro de información de los ejemplares detectados, a cargo de un profesional especialista en Flora, ubicación georreferenciada, fotografías, tipo de formación vegetal, entre otras. La Relocalización de ejemplares de la especie deberá efectuarse en sectores aledaños al sitio de rescate, en lo posible en el mismo ambiente o sitios equivalentes. Calendarización de la actividad de rescate y relocalización, seguimiento e indicadores
Tabla 7.2 Condición o exigencia Plan de monitoreo de avifauna Impacto asociado Perdida de ejemplares de aves (y quirópteros) por colisión Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Complementar y corregir CAV Lugar, forma y oportunidad de implementación -La información sobre tránsito aéreo que se informe deberá contener el mapa de vuelo, abundancia por aerogenerador e ISV por aerogenerador.
-Se deberá precisar que, al menos, para el período de primavera y verano, el horario de inicio de monitoreo de quirópteros no puede ser anterior a las 21:00 horas, toda vez que el horario crepuscular (momento de mayor probabilidad de detección para este taxón) está iniciando aproximadamente en la hora señalada.
-Se aclara que no es necesario contactar, como parte del protocolo de atención de fauna, al SAG para proceder con la atención y traslado del ejemplar a un centro de rescate o rehabilitación, el cual debe estar inscrito en los registros de Tenedores de Fauna Silvestre que administra el SAG. Indicador que acredite su cumplimiento - Forma de control y seguimiento -
Tabla 7.3 Condición o exigencia CAV Programa flora y fauna Impacto asociado Alteración de flora y fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Complementar CAV afectaciones a la flora y fauna Justificación: se señala que este compromiso se justifica porque “El proyecto intervendrá plantaciones forestales y bosque nativo donde anidan algunas especies de fauna singular. Lugar, forma y oportunidad de implementación El Titular deberá realizar un muestreo en el área a despejar para descartar la presencia de nidos, el que se deberá realizar con la suficiente antelación al inicio de las obras para dar tiempo a la aplicación de medidas de protección de nidos. En caso de ser necesario, se deberá tramitar el PAS 147 en atención a la evaluación realizada. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de resultados al SAG y SMA Forma de control y seguimiento -
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Tabla 8.1 Compromiso ambiental voluntario Plan de monitoreo de avifauna
Justificación: El Plan de Monitoreo de Aves justifica su desarrollo para profundizar el conocimiento sobre el comportamiento de la avifauna presente en el área de influencia con el proyecto instalado, identificando una visión estimativa de los reales efectos del proyecto sobre el componente aves. Por lo tanto, el plan permitirá evaluar como las aves se desarrollan en relación a la implementación del proyecto en sus distintas fases, de modo que se pueden detectar los efectos y tomar las medidas eventuales, respecto de la interacción de la comunidad de aves con los aerogeneradores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del proyecto
Forma: Los planes de monitoreo se iniciarán antes de la etapa de construcción y continuarán durante los primeros cuatro años de la etapa de operación. A) Etapa de Construcción: Con el objetivo de integrar mayores antecedentes ecológicos y de comportamiento poblacional que permitan contar con referencias adicionales que sustenten el análisis, la comparación y las inferencias sobre eventuales afectaciones a la fauna voladora, se realizarán monitoreos trimestrales una vez que el Proyecto esté declarado en Construcción. B) Etapa de operación: Este monitoreo tiene fundamentalmente tres objetivos, uno es evaluar potenciales cambios en las conductas de la avifauna y de los parámetros ecológicos luego de la operación de los aerogeneradores, segundo es verificar las colisiones y barotrauma de la fauna voladora y tercero determinar eventuales acciones para evitar impacto sobre las taxas objetivo. Durante esta etapa se implementará el plan de monitoreo ecológico los primeros cuatro años desde el inicio de la etapa de operación, considerando cuatro campañas anuales (1 en cada estación), totalizando 16 campañas de monitoreo. Además, en esta etapa se desarrollará un registro quincenal, por parte del encargado de recursos naturales y operarios, de la mortalidad de individuos en todos los aerogeneradores del Proyecto. Para esto, se realizará previo a la etapa de operación, una capacitación por parte de especialistas a los encargados y operarios.
Los resultados específicos de los informes serán los siguientes: 1. Riqueza
específica de las aves y quirópteros 2. Abundancia de las aves y quirópteros
3. Frecuencia de vuelo por rango de horario y estación; 4. Identificación de
Oportunidad: Durante la operación. Indicador que acredite su cumplimiento Realización de las campañas: Campaña trimestral durante la construcción. Campañas trimestrales durante los cuatro primeros años de operación Forma de control y seguimiento Generación y envío de informe de monitoreo. Los Informes expondrán información de la variabilidad espacio - temporal del comportamiento de la avifauna en el área del proyecto en relación con lo informado en Anexo 09 de la Adenda Complementaria Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11 del ICE
Tabla 8.2 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo de ruido Impacto asociado Aumento de los niveles basales de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, y por consiguiente las modelaciones realizadas para la DIA.
Descripción: El Titular desarrollará un informe técnico, enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en el que se detalle la metodología de medición y los niveles medidos en terreno, tanto en fase de construcción como de operación, en el marco de la normativa vigente.
Justificación Implementación de medidas de control de ruido para verificar el cumplimiento normativo en el receptor R1, R2, R3 y R4. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Monitoreos durante fase de construcción en el receptor R1, R2, R3 y R4. Monitoreos trimestrales durante el primer año de operación en el receptor R1, R2, R3 y R4.
Forma: mediante monitoreo en el receptor definido.
Oportunidad: Fase de construcción: Un monitoreo cuando se realicen las
actividades de construcción más cercanas al R1, R2, R3 y R4 y se lleven a
cabo las medidas de control de ruido, incluida la pantalla acústica. Fase de
operación: Desde la entrada en funcionamiento del parque eólico, se
efectuará un monitoreo trimestral, en horario diurno y nocturno, el primer
año de operación.
Indicador
que
acredite
su
cumplimiento
Resultados de monitoreo, respecto del cumplimiento normativo en cada
receptor.
Forma de control y
seguimiento
Generación de informes y reportes a la Superintendencia de Medio
Ambiente (SMA).
Tabla 8.3 Compromiso ambiental voluntario Programa flora y fauna Impacto asociado Alteración de flora y fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a la flora y fauna
Descripción y justificación: El proyecto intervendrá plantaciones forestales y bosque nativo donde anidan algunas especies de fauna singular. El Titular manifiesta el compromiso de capacitar a los trabajadores de forma de disminuir las intervenciones en estos ambientes. Para ello, además de la capacitación, las afectaciones sobre estos ambientes serán claramente limitadas al área de intervención de manera que los trabajadores ni maquinaria ingrese a zonas donde no habrá construcción. Del mismo modo, las acciones de construcción serán estrictamente las necesarias para evitar perturbación de la fauna presente con baja movilidad y se definirán, antes de la construcción, áreas delimitadas con señalética con restricción de acceso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia de biota.
Forma: Se realizará inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y sobre las normas que regirán la construcción del proyecto. Del mismo modo, antes de la construcción, se establecerán áreas de restricción de acceso, las que estarán debidamente señalizadas.
Frecuencia: Una vez la capacitación y la delimitación de áreas durante toda la construcción.
Oportunidad: Durante toda la fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá el registro de las inducciones a los trabajadores y fotografía de la delimitación en obra de los sectores sin acceso. Forma de control y seguimiento Se presentará, a los 3 meses de iniciada la obra, un reporte con las inducciones y el estado de las delimitaciones. Se entregará al terminar la obra un informe final. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11 del ICE
Tabla 8.4 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo arqueológico durante fase de construcción
Impacto asociado
Alteración de patrimonio arqueológico y/o paleontológico
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción, durante las actividades de escarpe y excavación en todas
las obras
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Evitar la remoción, destrucción y deterioro de hallazgos
arqueológicos. Descripción: Durante la construcción, se realizará un
monitoreo durante toda actividad de remoción de tierras, así como
también a las áreas de reforestación vinculadas a los PAS 148 y 149,
siendo realizado por un profesional competente, licenciado en arqueología
o arqueólogo.
Justificación: Para alcanzar el objetivo de evitar la remoción, destrucción, deterioro y traslado de potenciales hallazgos arqueológicos presentes en el área de influencia del proyecto, se llevará a cabo la acción de vigilancia permanente, por parte de un profesional arqueólogo o licenciado en arqueología, de las actividades de escarpe y excavación superficial del terreno en todas las obras que se requieran durante la fase constructiva. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Frentes de trabajo donde se lleve a cabo acciones de escarpe y excavación de terreno, por ejemplo, plataforma de operación, construcción de caminos, entre otros.
Forma: • Reunión de coordinación del especialista con el Inspector técnico de obra, identificación de las obras relevantes (escarpe y excavación), y definición del programa de trabajo. Se elaborará un protocolo que indique las acciones a seguir ante hallazgos no previstos, estableciendo tanto los canales de comunicación, como a los distintos responsables. • Se implementará un monitoreo arqueológico durante la fase de construcción del proyecto, el cual deberá desarrollarse de la siguiente forma: Monitoreo arqueológico permanente por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie, y excavación y/o disposición de material. • Durante el monitoreo, se implementará un libro de comunicación (o bitácora) donde el arqueólogo deje constancia de las actividades desarrolladas como, por ejemplo, implementación y mantención de medidas, ejecución de charlas de capacitación, reporte de hallazgos no previstos, etc. Este libro deberá ser anexado al informe mensual de monitoreo arqueológico.
Oportunidad: Las acciones de vigilancia relacionadas al presente compromiso, se llevará de forma permanente en la etapa de construcción, específicamente durante las obras de escarpe y excavación.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Se realizarán informes técnicos mensuales de monitoreo arqueológico. El
informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un
plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá
incluir los siguientes antecedentes:
a. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del
mes, con fecha.
b. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en
cada obra de excavación.
c. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en
libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a.
d. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de
excavación y sus diferentes etapas de avances.
e. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de
asistentes con la firma de cada trabajador/a.
f. De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar:
f.1 Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y
específicas de los hallazgos (en alta resolución). f.2 Descripción detallada
del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del
proyecto. f.3 Medidas de protección y/o conservación implementada. f.4
Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido
en el art. 26 de la Ley17.288 de Monumentos Nacionales. f.5 Planilla de
registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios
definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en:
Tabla 8.5 Compromiso ambiental voluntario Inducción arqueológica y paleontológica para trabajadores del proyecto Impacto asociado Alteración de patrimonio arqueológico y/o paleontológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, durante las actividades de escarpe y excavación en todas las obras Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso tiene por objetivo velar por la protección del patrimonio cultural a través de charlas de inducción patrimonial sobre la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y la difusión de manera efectiva las medidas de acción ante eventuales hallazgos de elementos arqueológicos y/o históricos del Proyecto Descripción: Se realizará una inducción del personal adscrito a los frentes de trabajo respectivo sobre la protección y características del componente arqueológico y paleontológico. Las charlas serán ejecutadas de forma previo al inicio de obras y cada vez que ingrese una empresa contratista nueva al proyecto. Justificación: Con la finalidad de entregar protección a eventuales elementos patrimoniales y evitar su eventual afectación, se procede a la realización de charlas a trabajadores y presencia de un especialista en el área de arqueología y en el área de la paleontología Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia arqueológica del proyecto y zonas de excavación.
Forma: El arqueólogo capacitará a todo el personal de la obra mediante charlas de inducción educativas de cuidado y valoración del patrimonio cultural y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se deberán realizar charlas de inducción – por el/la arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a los/las trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo antes del inicio de cada obra.
Tabla 8.6 Compromiso ambiental voluntario Señaléticas en lugar de reforestación Impacto asociado Pérdida de vegetación Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso tiene por objetivo velar por la correcta reforestación en cuanto PAS 148 y 149 del Proyecto.
Descripción: Se instalarán letreros de señalización en el área de reforestación futura. El texto de los letreros, en un tamaño tal que asegure la legibilidad, deberá quedar regulado en los planes de manejo de corta a nivel sectorial, y deberá informar lo siguiente: • Identificación del proyecto (DIA), que genera la obligación de reforestar. • N° de Resolución aprobatoria de CONAF acerca del Plan de Manejo de corta de bosques para ejecutar obras civiles. • Año de reforestación. • Especies forestales utilizadas, densidad y superficie.
Justificación: Entregar información del cumplimiento legal de reforestación de los PAS 148 y 149 Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de reforestación (zona visible). Forma: Instalación de letrero Oportunidad: se realizará al inicio de la reforestación Indicador que acredite su cumplimiento Fotografía con instalación de la señalética. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte con la instalación de la señalética que será enviada a la SMA y CONAF Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11 del ICE
Tabla 8.7 Compromiso ambiental voluntario para control de Ulex europaeus Impacto asociado - Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: evitar el establecimiento de la especie invasora Ulex europaeus.
Descripción: El titular implementará las siguientes medidas consisten con el
Justificación: La frecuencia de monitoreo tiene por objetivo robustecer las medidas preventivas en contra del establecimiento de Ulex europaeus. Lo anterior, considerando el potencial invasivo de la especie en cuestión, de manera que se impida la colonización y establecimiento de la especie producto de las perturbaciones que generarán las obras del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: obras del Proyecto.
Forma: Los registros de labores de mantención tendrán un ítem de presencia o no de la especie Ulex europaeus. En caso de que haya presencia, se procederá a extraer de raíz los ejemplares presentes en las obras del proyecto, previo a su época de floración y fructificación.
Oportunidad de implementación: Durante la operación Indicador que acredite su cumplimiento Registros de labores que contengan un ítem sobre la presencia o no de Ulex europaeus. Forma de control y seguimiento Registros de labores que contengan un ítem sobre la presencia o no de Ulex europaeus en las oficinas administrativas del proyecto, los cuales estarán a disposición de la autoridad ambiental para eventos de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11 del ICE
Tabla 8.8 Compromiso ambiental voluntario Control de velocidad máxima en camino acceso de proyecto Impacto asociado Alteración sistemas de vidas y costumbres de grupos humanos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar interacciones negativas con las actividades socio económicas que se realizan en el área de influencia del proyecto.
Descripción: El titular manifiesta el compromiso de instalar señaléticas de advertencia, de forma consensuada con la Autoridad Vial, referida a la presencia del acceso al proyecto en la ruta V-85.
Justificación: Existe circulación de vehículos por la Ruta V-85 en donde se instalará el acceso al proyecto, de modo que existirán interacciones con el flujo de transporte del proyecto
Forma: Previo a la fase de construcción se incorporarán señaléticas en un radio de 500 metros de la ruta V-85 desde el acceso del Proyecto o de acuerdo a lo considerado por la Autoridad Vial. Oportunidad: La señalética durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de señaléticas Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles en faena los antecedentes en caso de que la Autoridad lo requiera, referidos a registros fotográficos de señalética. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11 del ICE
Tabla 8.9 Compromiso ambiental voluntario Plan de contratación de mano de obra local Impacto asociado - Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Considerando el requerimiento de mano de obra local de parte del Proyecto, se generarán instancias para promover la contratación de mano obra local en la Comuna de Calbuco, preferentemente en las localidades del área de influencia.
Descripción: El titular manifiesta el compromiso de ocupar plazas de puestos laborales del Proyecto, priorizando mano de obra local disponible, que provenga de la comuna de Calbuco, preferentemente en las localidades del área de influencia.
Justificación: Generar empleo en la comuna de Calbuco, mediante puestos de trabajo en el proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se implementará en la comuna de Calbuco.
Forma: El titular se compromete a desarrollar en conjunto con las unidades de empleo del municipio de Calbuco, a través de OMIL (Oficina Municipal de Intermediación Laboral) u otra instancia comunal, un proceso de llenado de vacantes laborales que permitan cubrir puestos de trabajo de mano de obra calificada para los trabajos requeridos. Este proceso se desarrollará en forma previa al inicio de la fase de construcción y cierre, ante lo cual el Titular desarrollará un diagnóstico de los puestos de trabajo que requerirá.
Oportunidad: Se realizará previo al inicio de la fase de construcción y cierre
del proyecto
Indicador
que
acredite
su
cumplimiento
Se mantendrá registros a disposición de la autoridad, los que se encontrarán
en la instalación de faenas durante la fase de construcción y cierre del
Proyecto de los siguientes documentos: • Registro de publicación de
vacantes en las unidades de empleo del municipio de Calbuco, a través de
OMIL (Oficina Municipal de Intermediación Laboral) u otra instancia
comunal. • Actas de reuniones con Municipio (unidad de empleo), en caso
de su realización. • Registros de contrataciones de mano de obra local
perteneciente a la comuna de Calbuco (con origen y/o residencia). Catastro
de mano de obra, realizado con información de la mano de obra disponible
en la OMIL de la comuna de Calbuco.
Forma de control y Se elaborará un informe al inicio de la fase de construcción y cierre, que
Tabla 8.10 Compromiso ambiental voluntario Dotación de energía eléctrica para sede del agua potable rural “La Campana” Impacto asociado - Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dotar de energía eléctrica a la sede de Agua Potable Rural “La Campana” mediante la instalación de un sistema fotovoltaico de hasta 9kw de potencia.
Descripción: En el marco de relaciones de buena vecindad, el titular colaborará con energía eléctrica a la sede de Agua Potable Rural “La Campana”, durante toda la vida útil del proyecto. De manera específica, se procederá a instalar módulos fotovoltaicos de 2 m x 1 m o similar, en el terreno de la sede de Agua Potable Rural, de acuerdo a lo que los beneficiarios estimen más conveniente. Así, se podrá de dotar de hasta 9 kw de potencia, enfocado al autoconsumo y así disminuir los costos eléctricos de la APR. Para llevar a cabo estas obras, se contratará empresa especialista para su implementación, bajo régimen netbilling o autoconsumo puro, según factibilidad eléctrica, lo cual será llevado a cabo durante los primeros seis meses de la fase de construcción del Proyecto. Este sistema de generación fotovoltaico será mantenido por el titular con una frecuencia anual durante los primeros 2 años y posteriormente se capacitará al personal que indique la APR para puedan realizar las mantenciones de la instalación a partir del año 3.
Justificación: Se propone este compromiso, en el marco de relaciones de buena vecindad, entre el Titular del Proyecto y la comunidad local, favoreciendo el uso de tecnologías renovables que no liberan gases de efecto invernadero promotores del cambio climático. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sede Agua Potable Rural “La Campana” de la localidad La Campana.
Forma: Se procederá a realizar la instalación de paneles solares y conexiones eléctricas en la sede del Agua Potable Rural “La Campana”.
Oportunidad: La implementación de los trabajos de dotación de energía
eléctrica será realizada durante los primeros seis meses de la fase de
construcción del Proyecto
Indicador
que
acredite
su
cumplimiento
Se realizará un reporte a la SMA cuando la instalación este construida.
Forma de control y
seguimiento
Registros de mantenciones anuales durante los 2 primeros años y registro de
la capacitación que serán reportados a la SMA
Tabla 8.11 Compromiso ambiental voluntario Charla a alumnos y profesores de la escuela rural “La campana” y “Jean Piaget” Impacto asociado - Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar charlas sobre el funcionamiento de los parques eólicos y su interacción con el medio ambiente a la Escuela rural “La Campana” y Escuela Jean Piaget.
Descripción: El titular manifiesta el compromiso de capacitar a los alumnos de las escuelas mencionadas mediante charlas en terreno (en el proyecto eólico) profundizando sobre aspecrtos propios de las energías renovables y contribución al cambio climático con actividades didácticas y exploraciones en terreno.
Justificación: Se pretende entregar a los alumnos y profesores de las escuelas mencionadas antecedentes sobre funcionamiento de tecnologías de energía no contaminante y cómo éstas contribuyen a los objetivos del Milenio y políticas nacionales que están orientadas a la reducción de gases de efecto invernadero. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Escuela rural “La Campana”, Escuela “Jean Piaget” y Proyecto.
Forma: Capacitación en Terreno de 1 día completo.
Oportunidad: Se realizará al semestre siguiente en que el proyecto esté operando Indicador que acredite su cumplimiento Informe y fotografía de realización de la Charla. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte con el detalle de la charla en terreno a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11 del ICE
Tabla 8.12 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo preventivo erosión Impacto asociado Activación de procesos erosivos. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar presencia de procesos erosivos en áreas utilizadas por el proyecto.
Descripción: Para el desarrollo de esta evaluación se utilizará la metodología “Parcelas de Clavos de Erosión” que será aplicada en los 3 sectores con pendientes con riesgo medio clasificados por la pendiente. (Figura 7 de la Adenda Complementaria).
Justificación: Es potencialmente posible que se produzcan fenómenos
Forma: Se realizará la metodología de parcelas de clavos de erosión, en 5 parcelas por sector con un área de 4 m2 (2 m X 2 m), con nueve varillas marcadas distribuidas a una distancia de 50 cm una de otra, esto permitirá medir la cantidad de suelo erosionado en un periodo de tiempo determinado, calculado bajo el indicador: m3/ha/año. Básicamente se trata de marcar cortes en el terreno ocasionados por erosión, y de esta forma medir el espesor de la capa de suelo perdida en un determinado periodo de tiempo.
Oportunidad: Durante los 3 primeros años de operación del Proyecto. 6 meses posterior al término de la construcción, 12 meses y 24 meses posterior al inicio de la operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de Procesos Erosivos con periodicidad anual. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte anual que será presentado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 11 del ICE
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
Tabla 9.1 Funcionamiento deficiente del almacenamiento temporal de aguas servidas
Fase del proyecto a la que
aplica
Fase de Construcción, Operación y Cierre
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Baños químicos, fosa séptica y drenes de drenaje
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir la contingencia
La localización y tipo de sistema se seleccionará considerando las
características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto.
• Se contratarán servicios que cuenten con todos sus permisos al día,
asegurándose de que sean responsables en el servicio entregado
• Para la fase de operación, se instruirá al personal del Proyecto y al
contratista encargado, sobre el sistema de fosa séptica estanca de aguas
servidas del Proyecto y sus eventuales situaciones de riesgo o
contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y
reuniones.
• La limpieza de la fosa séptica se realizará posterior a las actividades
de mantención que consideré la presencia de trabajadores en terrenos,
con la finalidad de mantener el sistema de manera óptima para el
próximo periodo de mantención y ocupar el límite de la capacidad de
estos.
• En caso de derrame, se realizará la detención en el uso de los
servicios sanitarios, para posteriormente solucionar la fuga detectada.
• Se procederá a incorporar material de contención sobre la fuga de
aguas servidas
Forma
de
control
y
seguimiento
• Mantener un registro de asistencia a las capacitaciones
• Se realizará un registro fotográfico del sector de emplazamiento de
los baños químicos y la fosa séptica.
Tabla 9.2 Plan de prevención de contingencias en caso de almacenamiento RSD e industriales no
peligrosos
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de Construcción, Operación y Cierre
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Sitio de almacenamiento temporal de RSD y asimilable, sitio de
almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y las rutas de
transporte hasta esos sitios
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre
generación de residuos del Proyecto, manejo, disposición final y sus
eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades
de capacitación como charlas y reuniones.
• La localización y tipo de contenedores de residuos domésticos y
sitios de acopio de residuos industriales se seleccionarán considerando
las características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto.
• Para que el sitio de almacenamiento temporal no llegue a su máxima
capacidad. los residuos serán retirados 3 veces a la semana en caso de
los RSD, y 1 vez a la semana para los RSINP. En caso de ser
necesario, se aumentará frecuencia de retiro.
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se llevará un registro de asistencia a las capacitaciones.
• Se realizará un registro fotográfico del emplazamiento del sitio de
almacenamiento temporal de RSD y asimilables, y del sitio de
almacenamiento de residuos industriales,
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
la descripción detallada
Punto 14 de la Adenda
Acciones o medida a
implementar
para
controlar la emergencia
-
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA
de la activación del Plan
-
Referencia a documentos
-
Tabla 9.3 Plan de prevención de contingencias en caso de derrame de residuos peligrosos
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de Construcción, Operación y Cierre
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Transporte y almacenamiento temporal de residuos peligrosos
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre
la generación de RESPEL del Proyecto, disposición final y sus
eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades
de capacitación como charlas y reuniones.
• La localización, tipo de contenedores de RESPEL y bodega de
almacenamiento de RESPEL, se seleccionará considerando los
requisitos del D.S 148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de
Residuos Peligrosos y las características naturales del terreno de
emplazamiento del Proyecto.
• Se contará con un cierre perimetral para el sector de almacenamiento
temporal, de esta forma no existirá el riesgo de ingreso de personas,
animales u otro vector.
• El sitio de almacenamiento temporal se encontrará protegido contra
las condiciones ambientales como la humedad, lluvias, temperaturas,
etc.
• Se contará con un sistema de recolección en caso de un posible
derrame, con una capacidad superior al volumen del contenedor con
mayor capacidad y no inferior al 50% del volumen total de los
contenedores almacenados.
• Los residuos contarán con la señalización de acuerdo a la NCh 2.190
Of. 93. • Se contará con vías de escape en caso de una emergencia y
con extintores de incendio cuyo tipo, potencial de extinción y
capacidad en kilos, se determinará en base a los materiales
combustibles e inflamables que sean depositados en ella. El número
total de extintores, su ubicación y señalización se definirá según lo
dispuesto en el D.S. N°594/1999 sobre Condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
• Se dispondrá de señalización en el sitio de almacenamiento temporal
que haga énfasis en que corresponden a residuos peligros.
• Los residuos peligrosos almacenados temporalmente se mantendrán
por un plazo máximo de 6 meses. Además, se contará con un sistema
de registro del retiro de los residuos peligrosos el que considera
cantidad, peso, volumen y destino.
• Durante la fase de operación, se contratará a una empresa externa
autorizada, que se encargará de las mantenciones del Parque Eólico.
Esta empresa será la responsable de la gestión, manejo y disposición
final adecuada de los residuos peligrosos generados, para lo cual
deberá cumplir con la legislación vigente sobre la materia y coordinar
las acciones respectivas con la autoridad competente, adicionalmente
se le solicitará contar con las cantidades de residuos que se transportan.
• El transportista de los residuos peligrosos deberá contar con licencia
de conducir adecuada, contando además con la capacitación necesaria
para saber cómo actuar ante un posible derrame.
• Los conductores de los vehículos de transporte contarán con
capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que
transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control
de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos
asociados al manejo de residuos peligrosos).
• En caso de generarse derrames fuera del almacenamiento temporal se
contará con un kit de control para dichos derrames, el que corresponde
a material de contención y los EPP necesarios para que los
trabajadores lo puedan retirar.
En caso de derrame de aceite:
• Se deberá informar de la emergencia a los encargados establecidos y
las personas que se encuentren cercanas a la zona afectada, dando a
conocer el tipo y lugar de la emergencia.
• El jefe de turno deberá organizar acciones para aplicar material de
contención en el lugar.
• Las sustancias recuperadas del derrame serán enviadas al sitio de
almacenamiento de RESPEL y, serán retirados y dispuestos bajo esta
Tabla 9.4 Plan de prevención de contingencia en caso de derrame de sustancias peligrosas
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de Construcción, Operación y Cierre
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Transporte y almacenamiento temporal de sustancias peligrosas
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre
cómo actuar en caso de derrames de sustancias peligrosas y sus
eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades
de capacitación como charlas y reuniones.
• Todas las sustancias utilizadas en las etapas del Proyecto serán
transportadas por Empresas Autorizadas que se encuentren cumpliendo
la legislación vigente.
• Todas las sustancias peligrosas serán marcadas con los distintivos
especificados en la NCh N°2190 sobre Transporte de sustancias
peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos.
• Se dará fiel cumplimiento a lo establecido en el D.S. 298 Reglamento
transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.
• El transportista de las sustancias peligrosas deberá contar con licencia
de conducir adecuada, contando además con la capacitación necesaria
para saber cómo actuar ante un posible derrame.
• En caso de generarse derrames de sustancias peligrosas se contará
con un kit de control para dichos derrames, el que corresponde a
material de contención y los EPP necesarios para que los trabajadores
lo puedan retirar.
• Los conductores de los vehículos de transporte contarán con
capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que
transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control
de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos
asociados al manejo de residuos peligrosos).
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se llevará un registro de asistencia a las capacitaciones. • Se
solicitarán las autorizaciones sanitarias de la empresa encargada de
suministrar con sustancias peligrosas al Proyecto. • El transporte de
sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas,
que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias,
sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse
en caso de declaración del riesgo. suministrar con sustancias peligrosas
al Proyecto.
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
la descripción detallada
Punto 14 de la Adenda.
Acciones o medida a
implementar
para
controlar la emergencia
-
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA
-
Tabla 9.5 Plan de prevención de contingencias en caso de manipulación deficiente de combustibles
líquidos
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de Construcción, Operación y Cierre
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Trasvasije de combustible (carga in situ).
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Instruir y capacitar al personal del Proyecto y a los contratistas
encargados, sobre la carga in situ de combustible dentro de las
instalaciones del Proyecto.
• En caso de generarse derrames de combustible se contará con un kit
de control para dichos derrames, el que corresponde a material de
contención y los Elementos de Protección Personal necesarios para que
los trabajadores lo puedan retirar.
• Las zonas de carga de combustible se encontrarán claramente
definidas y demarcadas.
• El distribuidor autorizado deberá presentar los registros que den
cuenta que el camión surtidor de combustible cumple lo establecido en
el D.S. 160 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
• El transportista de combustible deberá contar con licencia de
conducir adecuada, contando además con la capacitación necesaria
para saber cómo actuar ante un posible derrame.
• Cada camión que preste servicio al proyecto deberá portar extintores
a base de polvo químico seco, con su correspondiente sello de
seguridad y etiqueta con fecha de revisión y vencimiento, y deberán
estar en una adecuada condición de uso, con su carga completa y
ubicada de tal manera que puedan utilizarse en forma rápida y
expedita. La revisión de su estado se efectuará a lo menos cada 15 días
durante la fase de construcción y cierre.
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se llevará un registro de asistencia a las capacitaciones.
• Se solicitará a las empresas contratistas las autorizaciones
pertinentes.
• Se realizarán revisiones periódicas a las áreas de carga y aledañas.
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
la descripción detallada
Punto 14 de la Adenda.
Acciones o medida a
implementar
para
controlar la emergencia
• Se deberá mantener la calma.
• Se deberá proceder a identificar el tipo de material peligroso que fue
derramado.
• Se deberá informar al jefe de terreno la emergencia indicando el tipo
y lugar del suceso.
• En caso de que no se cuente con EPP (Elemento de protección
personal) se deberá evitar el contacto con el producto.
• En caso de que se encuentren personas lesionadas se deberá alejarlas
del lugar.
• Si observa que en el sector hay personas inconscientes, no tratar de
rescatarlas, deberá alejarse del lugar y esperar a que llegue el personal
calificado.
• Evacué el área por las vías señalizadas.
• Después de cada simulacro o emergencia, el Plan de Emergencia se
debe reevaluar, con el fin de actualizar, complementar y adecuar su
información.
• Se deberá eliminar toda fuente de ignición en el sector del derrame.
Tabla 9.6 Plan de prevención de contingencias en caso de presencia de sitios arqueológicos no
registrados previamente
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de Construcción
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Todas las obras del Proyecto
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Instruir y capacitar al personal del Proyecto antes de comenzar los
trabajos de excavación respecto a lo establecido en la Ley N°17.288
sobre Monumentos Nacionales y Normales Relacionadas.
• Quedará estrictamente establecido que todas las actividades de
construcción deberán realizarse dentro de los límites del área del
Proyecto.
• Se mantendrá en terreno, un arqueólogo/a o licenciado en
arqueología de forma permanente durante la construcción del
Proyecto, en toda obra que requiera de remoción, escarpe, excavación
y/o movimiento de tierra.
• En caso de hallazgo, se deberá dar aviso al Consejo de Monumentos
Nacionales.
• En caso de hallazgo, se deberá esperar a que todos los restos
encontrados sean
removidos
y
puestos
en resguardo, para
posteriormente continuar con la construcción.
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se llevará un registro de asistencia a las capacitaciones.
• En caso de un hallazgo arqueológico se realizarán informes
respectivos para acreditar la adecuada gestión de este.
• En caso de realizar una nueva actividad, o modificación del Proyecto,
se realizará el respectivo levantamiento e informe arqueológico.
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
la descripción detallada
Punto 14 de la Adenda.
Acciones o medida a
implementar
para
controlar la emergencia
• En caso de que, en algún momento durante la construcción del
proyecto se produzca algún hallazgo arqueológico, se deberá proceder
a denunciar el hallazgo de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Monumentos Nacionales N°17.288.
• Se deberán detener las obras en el lugar donde se generó el hallazgo,
hasta que el sector sea estudiado por un arqueólogo o un profesional
idóneo.
• Se deberá dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.
• Se deberá esperar a que todos los restos encontrados sea rescatados y
Tabla 9.7 Plan de prevención de contingencias en caso de incendio
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Todas las obras del Proyecto
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre buenas prácticas
para evitar la generación de incendios.
• Se contará con un inventario de peligros y estudios de riesgos de
incendio.
• Se formulará un plan escrito de prevención de incendios. • Se
ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio.
• Se deberán suministrarán cantidades suficientes del tipo correcto de
extintores y equipo auxiliar como mangueras, hidratantes y rociadores,
a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la
instalación.
• El equipo de extinción debe ubicarse cerca de los puntos probables de
incendio, pero no tan cerca para que se dañen o no se les pueda usar
durante un incendio. Los extintores a base de agua no deben ubicarse
cerca del equipo eléctrico ni utilizarse en este tipo de equipo.
• En cuanto a los equipos de extinción estos deben tener ubicaciones
marcadas de manera clara y uniforme, contar con acceso al equipo libre
de obstrucción, cantidad, tipo y números indicados en un plano.
Además, se realizarán las recargas o cambios necesarios para contar
con la calidad, confiabilidad e integridad de este equipo.
• Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la ubicación y
el correcto uso de los extintores.
• Se establecerán zonas libres de riegos donde el personal podrá fumar,
en el resto de las zonas del Proyecto se encontrará prohibido esta
actividad.
• El almacenamiento de líquidos inflamables en las áreas de
construcción se realizará en recintos a prueba de fuego, con un pretil
suficiente para contener cualquier derrame.
• Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de quemar basura,
quemar vegetación para despejar, realizar asados, o cualquier actividad
que pueda llegar a ser una fuente de incendio.
• Se dispondrán de elementos necesarios para combatir cualquier
amago de fuego o incendio, según lo establecido en la normativa
vigente.
• Se realizarán cortafuegos para combatir los incendios forestales que
puedan afectar la infraestructura del Proyecto.
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se contará con documentos de inventario de peligros, plan de
prevención de incendios y programa de entrenamiento.
• Se contará con un registro de ejercicios periódicos contra incendios.
• Se contará con el plano de extintores y registro de mantención de
extintores.
Tabla 9.8 Plan de prevención de contingencias en caso de incendio forestal Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Capacitación a los trabajadores y operarios sobre prevención de incendios forestales. • Se instalarán letreros cercanos al proyecto visibles desde caminos públicos que contengan información sobre prevención de incendios forestales como por ejemplo no botar colillas de cigarro, no realizar fogatas, no botar basura, etc.. y los respectivos números de contacto de las Autoridades relacionadas a este tipo de eventos. • Se realizarán constantes limpiezas a las fajas de los caminos, la faja del tendido eléctrico y limpieza alrededor de toda la instalación que pudiese verse afectada por un incendio forestal como aerogeneradores y LT para que no entre en contacto con vegetación o material fino seco o muerto. • Se deberá contar con implementos a lo largo de las instalaciones para poder combatir o prestar servicio en caso de un incendio forestal. • Se instalarán cortafuegos y corta combustibles a lo largo de las instalaciones del Proyecto
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se realizará un registro fotográfico de cada señalética y de la
mantención de esta. • Se realizará una mantención de cortafuegos y
corta combustibles. • Se llevará un registro de cada vez que se realicen
limpiezas en la faja de los caminos o del tendido eléctrico
Referencia a documentos
del
expediente
de
Punto 14 de la Adenda.
Tabla 9.9 Plan de prevención de contingencias en caso de incendio forestal
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir la contingencia
• Se realizarán charlas de capacitación al personal asociado al
Proyecto, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los
procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos
naturales como, por ejemplo: Protocolo de evacuación a la(s) zona(s)
de seguridad del Proyecto y la entrega de datos de contacto e
información ante emergencia por eventos naturales.
• Se deberán mantener las áreas de trabajo en condiciones de orden y
limpieza, para una rápida evacuación.
• Se deberá evitar ubicar materiales en altura sin medios de protección
adecuados.
• Se demarcarán las áreas de evacuación dirigidas a zona de seguridad.
• Se deberá mantener planos de emergencias en las diferentes áreas de
la instalación, en los cuales se identificarán las vías de escape, zonas de
seguridad y los equipos de extinción.
• Se deberá mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. • Se
realizarán simulacros de emergencia y se evaluará la respuesta del
personal.
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se llevará un registro de asistencia a capacitación.
• Se llevará un registro fotográfico de las condiciones de las zonas de
seguridad.
• Se generará un informe con las medidas de contingencias ejecutadas.
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
la descripción detallada
Punto 14 de la Adenda.
Acciones o medida a
implementar
para
controlar la emergencia
• Dependiendo de la magnitud del sismo, se procederá a la activación
de la alarma para avisar al personal que se debe evacuar el lugar.
• Los trabajadores se deberán reunir en la zona de seguridad y
mantenerse en el lugar hasta que la situación vuelva a normalidad.
Tabla 9.10 Plan de prevención de contingencias en caso de emisión de ruido por fallas mecánicas
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de operación.
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Aerogenerador
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Se realizarán mantenciones periódicas de tipo preventivas de acuerdo
a lo establecido en los manuales operativos y de mantenimiento de la
empresa fabricante. Las mantenciones contemplan el recorrido de una
vez al mes por las instalaciones, donde se inspeccionarán los
equipamientos del Proyecto.
• Se realizará un monitoreo precautorio como compromiso ambiental
voluntario durante el primer año de operación.
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se llevará un registro escrito de las observaciones, en caso de que las
hubiese.
• Se presentará a la Superintendencia del Medio Ambiente el
monitoreo precautorio
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
la descripción detallada
Punto 14 de la Adenda.
Acciones o medida a
implementar
para
controlar la emergencia
• Recepción de la denuncia formal por parte de los residentes del área
afectada por ruidos.
• Medición de ruido en los sectores donde se encuentran emplazados
los afectados, las mediciones se generarán tanto en horario diurno
como nocturno.
• En caso de que se verifique que el ruido supera los máximos
permisibles establecidos en la normativa se procederá a la detención
del funcionamiento de los aerogeneradores.
• Posteriormente se deberá investigar la fuente y causa de la falla que
genera el alza de ruido.
• Una vez identificada se deberá proceder a la reparación, para
posteriormente, realizar una nueva medición de ruido en los lugares
afectados.
• Una vez solucionado el problema. se procederá a informar a los
denunciantes sobre el problema, los valores obtenidos de las
mediciones y las reparaciones realizadas
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA
de la activación del Plan
En caso de que se haya comprobado la existencia de ruidos
(superación de los máximos permisibles) y se hayan implementado las
medidas mencionadas, se elaborará un informe de lo sucedido, el que
será remitido a la SMA para su evaluación.
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
Punto 14 de la Adenda.
Tabla 9.11 Plan de prevención de contingencias en caso de afloramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fundaciones de los aerogeneradores Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se realizarán pozos para identificar la existencia y altura del agua subterránea presente en los lugares de excavación de manera de confirmar (o desestimar) la presencia de aguas cercanas a la superficie. • En caso de encontrar presencia de aguas subterráneas, se definirán una serie de medidas técnicas para que la construcción de la fundación no afecte la cantidad ni calidad del recurso hídrico. • Las excavaciones se realizarán preferentemente durante los meses de menor precipitación, con la finalidad de que no se presente esta situación. Forma de control y seguimiento Se generarán informes con la información recopiladas y las medidas a implementar. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 14 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cuando exista presencia de afloramiento de aguas subterráneas se procederá a detener las excavaciones. • Se utilizarán equipos de drenajes y bombas sumergibles, los que permitirán el bombeo temporal del agua hasta que se finalice la construcción de la fundación. • Una vez finalizada la construcción se retirarán todos los elementos utilizados para que el terreno vuelva a las condiciones iniciales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de que se presente afloramiento de aguas subterráneas, se dará aviso a la SMA dentro de un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento que se informa; se elaborará un informe de lo sucedido, el que será remitido a la SMA para su evaluación. DGA Dirección Regional de Aguas, Los Lagos. Dirección: O´Higgins 451, Piso 7, Puerto Mont. Teléfonos: (2) 2449 4000 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 14 de la Adenda.
Tabla 9.12 Plan de prevención de contingencias en caso de atropello de fauna silvestre
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Caminos y accesos al proyecto
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir la contingencia
• Se implementarán límites de velocidad para los trabajadores y
operarios que se encuentren operando vehículos durante todas las fases
del Proyecto. Estos límites de velocidad serán informados a todo el
personal y las empresas contratistas durante todas las fases.
• Se instalará señalética respecto a las velocidades permitidas.
• Se desarrollarán capacitaciones a los trabajadores.
• Se instalará señalética que avise sobre el posible cruce de fauna en
lugares definidos previamente, en base a los levantamientos realizados
para esta componente.
Forma
de
control
y
seguimiento
• Se generará un informe de las ubicaciones de toda la señalética, con
los respectivos mantenimientos o recambio si fuera necesario.
• Se presentarán los registros de asistencia a las capacitaciones
Tabla 9.13 Plan de prevención de contingencias en caso de afectación indirecta a cuerpos de agua
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Obras permanentes del proyecto
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• Mantención y retiro periódico de residuos industriales desde el área
de almacenamiento temporal.
• Revisión post mantención, del área de emplazamiento de los
aerogeneradores (y zonas aledañas) para verificar la inexistencia de
residuos relacionados a esta actividad. En caso de que se encuentren
residuos industriales en las zonas aledañas al proyecto, estos serán
llevados a los sitios de disposición final o almacenamiento temporal,
dependiendo de la fase.
• En caso de encontrar algún tipo de residuo peligroso, como envases
de lubricantes o telas contaminadas con este tipo de solución, se
retirará el residuo y se llevará a un sitio de disposición final o área de
almacenamiento temporal para RESPEL, dependiendo de la fase.
Además, se evaluará la necesidad de retirar el suelo en donde se
encontró el residuo, en caso de que hubieran ocurrido pequeños
derrames en el área alrededor del residuo.
Forma
de
control
y
seguimiento
• El responsable de seguridad y salud se encargará de realizar las tareas
de seguimiento del plan de prevención de contingencias en la obra,
mediante la recopilación de todos los informes de registros de
incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se
encargará de recopilar registros referidos a tareas de capacitación,
simulacros, entrega de EPP, etc., como medio para identificar, prevenir
o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar,
Tabla 9.14 Plan de prevención de contingencias en caso de eventual colapso de piscina de
decantación
Fase del proyecto a la
que aplica
Fase de operación.
Emplazamiento,
parte,
obra o acción asociada
Piscinas de decantación del sistema de lavado de canoas de camiones
mixer.
Acciones o medidas a
implementar
para
prevenir
la
contingencia
• En el caso que no fuese posible la evaporación total del agua de
alguna de las piscinas de decantación, estos efluentes serán
considerarán como riles, los cuales serán retirados por empresas
Sanitarias autorizadas, y dispuestos en una planta de tratamiento
autorizada.
• Además, se dispondrá de una cubierta de material impermeable que
cubra las piscinas de decantación en caso que la fase de construcción se
realice en periodo invernal, para evitar el ingreso de aguas lluvias por
precipitación directa, y así, evitar el potencial rebalse de estas piscinas
Forma
de
control
y
seguimiento
Registro fotográfico de la cobertura de las piscinas de decantación
durante periodos de lluvias intensas.
Referencia a documentos
del
expediente
de
evaluación que contenga
la descripción detallada
Punto 14 de la Adenda.
Acciones o medida a
implementar
para
• En el caso que no fuese posible la evaporación total del agua de
alguna de las piscinas de decantación, estos líquidos se considerarán
Tabla 9.15 Plan de prevención de contingencias en caso de colapso de la infraestructura de los aerogeneradores Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Aerogeneradores. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Forma de control y seguimiento - Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se realizará una inspección del lugar afectado y se evaluarán los daños de estructura como el que se pudiese haber generado en los alrededores. • En caso de que se vean afectadas personas se procederá a dar aviso a los servicios de emergencia. • Se delimitará la(s) zona(s) afectada(s) con el fin de poder informar a la comunidad de la presencia de colapso. • Se procederá a tomar acciones para volver al normal funcionamiento, tales como arreglar o sustituir un aerogenerador, restaurar partes de la línea de transmisión, etc. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso a la SMA dentro de un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento que se informa. En caso de que exista un colapso de la infraestructura y se hayan evaluado daños, posibles consecuencias y alternativas para volver a normal funcionamiento, se elaborará un informe de lo sucedido, el que será remitido a la SMA para su evaluación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 14 de la Adenda.
- Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.
11.1 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
Observante: Francisca Cecilia Mellado Gajardo
Observación: La construcción de este proyecto conlleva un impacto estético en el paisaje que genera molestia en la población local, además los aerogeneradores emiten sonidos, sin embargo resulta ser grave, es cuando están en funcionamiento las palas o las aspas de los generadores ...[…] molesto, dice que en energía limpia pero ¿a qué costo? se supone que queremos vivir en paz tranquilidad, alejado de los sonidos (autos, fábricas, etc) Queremos tener toda esas esperanzas de vivir en tranquilidad y para qué hablar de los impactos sobre flora y fauna, pérdida de cobertura vegetal, desplazamiento de aves, afectación de la comunidad de reptiles y de los anfibios, etc. Las zonas naturales protegidas deberían quedar al margen del desarrollo, no queremos consecuencias ambientales de esta manera de concebir y llevar adelante las reservas naturales, la necesidad de preservar determinadas especies animales y vegetales o ecosistemas, como en deber y compromiso de nosotros con el cuidado y protección de la vida en el planeta. Y por último, las turbinas eólicas pueden causar daño a los s. humanos y animales, si las instalaciones están demasiado cerca de las zonas habitadas, los síntomas que sufren las personas que viven cerca de la zona de ubicación de las turbinas eólicas son: Inestabilidad, desequilibrio, vértigo, náuseas, sensación de presión en el oído o posible pérdida auditiva. No pretendo que mi familia viva con tapones auditivos toda la vida. Gracias.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
De lo manifestado por el observante es posible inferir preocupaciones relacionadas con el impacto paisajístico de las estructuras eólicas, las emisiones de ruido, la afectación de flora y fauna nativa en el sector, alteración de áreas naturales protegidas y riesgos para la salud física de la población derivado de las emisiones de ruido.
Respecto al impacto estético sobre el paisaje, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) realizó un estudio (Anexo 14 de la DIA) que tenía por objeto efectuar una descripción y caracterización del paisaje, determinar su valor paisajístico y la calidad de este, en el área de influencia, de manera de posibilitar, finalmente, la evaluación del impacto sobre dicho elemento del medio ambiente.
Los criterios y la forma de llevar a cabo la caracterización y evaluación del impacto sobre el paisaje
han sido desarrollada por el Servicio de Evaluación Ambiental, y se encuentran contenidas en la
guía técnica “Guía para la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico en el SEIA”
(SEA, 2019). El estudio presentado en la DIA se ajusta a los requerimientos técnicos establecidos
en la mencionada guía, y a partir de ello se tiene que los atributos relevantes del paisaje en zona de
emplazamiento del proyecto, es decir, aquellas cualidades naturales del paisaje que permiten
evaluar su calidad corresponden a los siguientes:
De lo anterior se desprende la vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje. Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector. En cuanto al aporte en el valor paisajístico de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies en el área, esta no es fácilmente observable al contemplar el paisaje, por lo que no resulta en un atributo destacado.
Siguiendo con el análisis sobre el paisaje, en área de influencia se identificaron dos unidades de paisaje distinguibles, la primera de ellas denominada “Unidad Asentamiento Rural” (UP1) y la segunda llamada “Unidad Plantación Forestal” (UP2). La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y V-85, y corresponde a sectores con pequeños caseríos. La UP2, en cambio, abarca la mayor parte del área de influencia y está constituidas por mosaicos irregulares compuestos por bosques nativo, plantaciones forestales, sectores desforestados, praderas y matorrales. Dado que el proyecto se localiza fundamentalmente en esta última unidad de paisaje, el estudio realizó la descripción y valoración de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de la unidad de paisaje “Plantación forestal” de manera de determinar si posee o no carácter único o representativos. Los resultados señalan que más de la mitad de los atributos analizados se evalúan en la categoría “Baja”. Existe un atributo que recaen en la categoría Destacada y dos en la categoría Media, obteniéndose una valoración de calidad visual Baja.
Cabe indicar que la Guía para la evaluación del impacto paisajístico del SEA (2019) indica que “Se
consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y
además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría
baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los
atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta,
entonces el paisaje presenta una calidad visual baja. Al final de este proceso de valoración se debe
concluir si la zona posee o no valor paisajístico. En el caso que se determine que en la zona existen
uno o más atributos biofísicos que le otorgan una calidad que la hace única y representativa,
entonces ésta posee valor paisajístico. Por el contrario, si la zona no presenta esta característica,
se puede concluir que la zona no posee valor paisajístico”.
Resulta conveniente señalar que, si bien el paisaje constituye un componente del medio ambiente, sólo se considera un objeto de protección para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se encuentre en una zona con valor paisajístico, entendiendo una zona con valor paisajístico como aquella que, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, lo que no ocurre en este caso, debido a la baja calidad visual que actualmente posee el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto.
El estudio de paisaje evaluó, finalmente, si la actual calidad del paisaje (Baja) se verá mermada como resultado de la instalación del proyecto. Para ello se efectuó una simulación mediante fotomontaje de la situación “sin proyecto” y la situación “con proyecto”. Los fotomontajes pretenden simular como se visualizarán las obras del proyecto, desde puntos de observación representativos o habituales de un observador común. En este caso, el fotomontaje se realizó desde tres (3) puntos de observación distintos. En ellos se aprecia que, debido a la altura que poseerán los aerogeneradores, serán visibles, aunque debido a la distancia de los puntos de observación y la presencia obstáculos visuales (vegetación) en ciertos lugares su vista será parcial. Si bien existirá un impacto sobre el paisaje debido a la incorporación de un elemento artificial en el paisaje, no habrá una pérdida relevante de los atributos naturales que caracterizan en paisaje ni se obstruirá su visibilidad.
En cuanto a las emisiones de ruidos producto del funcionamiento de las aspas de los aerogeneradores, cabe indicar que, efectivamente, las centrales eólicas constituyen una actividad que genera emisiones de ruido hacia la comunidad y, por lo tanto, constituye una fuente emisora regulada por el D.S. (MMA) N° 38/2011, que establece la norma de emisión de ruidos generados por las fuentes que en ella se indican. En tal sentido, los proyectos de generación de energía eólica deben demostrar el cumplimiento de dicha normativa ambiental, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, como ocurre en este caso. La norma mencionada indica los procedimientos de medición del ruido y el método de obtención del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC), valor que finamente se compara con el límite de la norma para el caso específico. No obstante, dada la especificidad de las características del ruido de parques eólicos, es necesario definir los aspectos relevantes que relacionan las características de la emisión de esta fuente, en relación a la normativa. Para lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental publicó la “Guía para la aplicación del D.S. N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA”, la que debe ser considerada como referencia por los proyectos sometidos a evaluación de impacto, en orden a elaborar sus estudios de emisión de ruidos. La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo. La evaluación del cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores identificados en el área de influencia y que corresponden a los más cercanos a los aerogeneradores, cuyas distancias a los aerogeneradores se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORT E Aerogenera dor 1 Aerogenera dor 2 Aerogenera dor 3 R1 64841 1 53884 08 923 478 452 R2 64983 6 53885 83 2283 1778 1032 R3 64987 6 53886 13 2355 1850 1134 R4 64990 8 53885 72 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 64992 5 53884 61 2383 1880 1165
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable para el receptor. Dicha condición en un parque eólico se dará bajo una caracterización del ruido de fondo en ausencia de otras fuentes y la condición de mayor emisión de la fuente que se está evaluando. Existen condiciones particulares en donde puede ser identificada la mayor emisión de ruido del parque eólico, y condiciones en donde a la vez, existe el menor ruido de fondo, la cual sucede típicamente bajo condiciones de velocidad de viento mediana-alta (6 a 12 m/s). En consecuencia, se determinaron los siguientes niveles de ruido de fondo y con ello los límites máximos permitidos para la zona rural a distintos rangos de velocidades de viento, tanto diurno como nocturno, según se muestra en la siguiente Tabla:
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y compararlos con los límites máximos establecidos de acuerdo a lo señalado en la normativa. La verificación del cumplimiento normativo se presenta en la siguientes Tablas:
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites
máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores
evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los
resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular
realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el
primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno;
cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente.
.
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de
operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia
del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector.
Vinculado con las emisiones de ruido, el observante plantea el riesgo para la salud de las personas que conllevaría la exposición al ruido. Sobre lo manifestado, se ha de señalar que el riesgo al que se refiere el artículo 11, letra a), de la Ley N° 19.300 es el tipo de riesgo asociado a la presencia de contaminantes en el medio ambiente o riesgo por exposición a, entre otros, agentes físicos como es el ruido). Conviene aclarar que la sola presencia de contaminantes en el ambiente no constituye necesariamente un riesgo para la salud de las personas. Para que se genere o presente riesgo para la salud debe existir una fuente contaminante, un receptor, que en este caso corresponde la población humana, y la posibilidad de que el contaminante (ruido en este caso) alcance el punto donde se localiza el receptor. Dado que, de acuerdo a los estudios de ruido acompañados a la DIA, la población próxima -es decir aquella que se ubica a una distancia en la cual los niveles proyectados de ruido se igualan al menor de los niveles que caracterizan la situación basal- estará expuesta a la fuente de peligro correspondiente al ruido, se debe evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el artículo 11 de la Ley. Para realizar dicha evaluación debe verificarse el criterio preceptuado en el artículo 5° del Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, donde se señala que, para evaluar si se genera o presenta dicho riesgo, debe considerarse la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente.
En tal sentido se puede indicar que los niveles de ruido producidos por la operación el proyecto no reviste un riesgo para la salud de las personas, ya que no se ven superados los límites que indica la norma. Por otra parte, a excepción de la vivienda identificada como R1 en el estudio de ruido, que se ubica a aproximadamente 500 m del aerogenerador más cercano, la distancia a las viviendas ubicada a orilla de la ruta V-85 es mayor a 1 km, por lo que si bien están en el área de propagación de ruido éste no serán en niveles que puedan llegar a afectar la salud física de las personas (causar inestabilidad, desequilibrio, vértigo, náuseas, sensación de presión en el oído o posible pérdida auditiva, como plantea el observante), puesto que niveles de ruidos de 46 dB, que son los máximos proyectados en los receptores, es una magnitud moderada y equivalentes a valores habituales, por ejemplo, al producido al interior de los hogares.
Además de la exposición de la población a emisiones de ruido, se ha considerado las principales
emisiones del proyecto, que corresponderán a material particulado (MP10 /MP 2,5) y gases de
combustión, las que provendrán principalmente de actividades como movimiento de tierra,
excavaciones, tránsito de vehículos, motores de maquinaria y la operación de grupos electrógenos.
Sin perjuicio de que la magnitud de las emisiones será baja, se implementarán las siguientes medidas de control, las cuales permitirán reducir las emisiones atmosféricas anteriormente señaladas: • Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. • Todos los camiones y vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día. Para ello se exigirá copia de las revisiones técnicas. • Humectación de los caminos de internos, por medio del uso de camiones aljibe, preferentemente en verano. • Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertas completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel. • Se prohibirá la quema de cualquier tipo de desechos, vegetales o basura dentro de la obra. Por lo tanto, considerando la evaluación anteriormente realizada y otros antecedentes tales como: tipología del proyecto, mínima generación de emisiones contaminantes, temporalidad de la fase constructiva y su ubicación fuera de una zona declarada latente o saturada por material particulado fino o grueso, se concluye que el Proyecto, no generará efectos adversos sobre la calidad del componente aire ni sobre la salud de la población cercana al área de influencia del Proyecto Adicionalmente, la evaluación diagnostica de material particulado MP10 modelada utilizando el Screen View, indica el cumplimiento de la norma primaria de calidad de aire del DS (MINSAL) N°59/98. Por lo que considerado la baja magnitud las emisiones totales anuales y las condiciones de naturales de ventilación de la zona, no se prevé riesgo para la salud de la población producto de las emisiones de material particulado y gases.
También se evaluó la generación manejo de residuos líquidos y sólidos. Durante la fase de construcción y operación se identificó la generación de aguas servidas producidas por el personal y residuos líquidos derivados del lavado de camiones mixer. Para el manejo las aguas servidas se utilizarán baños químicos en la fase de construcción y baños con sistema de alcantarillado particular para la fase de operación. Para el manejo de las aguas residuales del lavado de camiones se emplearán piscinas de decantación impermeabilizadas. No se contempla la descarga de efluentes al medio y con ello afectar los recursos suelo o agua del sector que pudiese derivar en una afectación a la salud de la población. El Titular señala y describe en la DIA el manejo que dará a los residuos sólidos del proyecto, los que serán almacenados en contenedores y bodegas que impidan su contacto directo con el suelo y el agua.
Para el caso de las vibraciones, la evaluación se utilizó como referencia el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración Federal de Tránsito (FTA: Federal Transit administration) de USA. Esta norma regula los sistemas de transporte público estableciendo un criterio para la evaluación de los niveles de vibración relacionados con el tránsito vehicular y ferroviario superficial o subterráneo. La normativa identifica dos tipos de impacto producido por las vibraciones, que corresponden a molestia hacia las personas y daño sobre las estructuras. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración, que, transmitidos por el suelo, puedan generar molestia en los humanos receptores. Los criterios de impacto se definen de la siguiente forma:
Los resultados de la modelación para el escenario más desfavorables son los siguientes:
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia.
Finalmente, en Anexo 11 de esta DIA se entrega documento denominado “Análisis del efecto por sombra intermitente”. Este estudio toma como referencia la normativa de la República Federal de Alemania “Indicaciones para la determinación de la apreciación de emisiones ópticas de instalaciones eólicas (WEA-Schattenwurf-Hinweise, 2002). tiene por objeto evitar, de manera segura, las posibles molestias ocasionadas por la proyección intermitente de sombras. Para la extensión de la superficie de análisis, según la normativa, el área de sombreado resulta de la distancia desde el aerogenerador en la cual el 20% de la superficie del sol es ocultada por un aspa del rotor, o bien, una distancia de 2 kilómetros desde cada aerogenerador.
En forma complementaria, y de acuerdo a la Asociación Danesa de la Industria del Viento (Danish Wind Industry Association1), a distancias entre 500 y 1000 m, la proyección intermitente de sombra no será observada, ya que la sombra de las turbinas se verá como un objeto fijo, y a una distancia superior a los 1.000 m señalados, el efecto no será perceptible por los observadores y/o residentes del sector. La ubicación de los receptores sensibles evaluados se representa en la siguiente imagen.
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado
por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los
límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la
proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera
las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la
incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores. En el Anexo 11
En cuanto a los impactos sobre flora y fauna, pérdida de cobertura vegetal, desplazamiento de aves, afectación de la comunidad de reptiles y de los anfibios, se ha de señalar que la DIA acompaño estudios de caracterización de la flora y vegetación (Anexo 7 y Anexo 3 de la Adenda complementaria) y fauna (Anexo 8), complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna.
Los estudios de fauna realizados permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación, endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). Es importante destacar que la totalidad de los reptiles y anfibios con distribución potencial se encuentran en alguna categoría de conservación. No obstante, la potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los anfibios,
destaca la riqueza de especies, las cuales se registraron a través de la observación directa y audición
de vocalización en coros (vocalizaciones), es así como se registró a Hylorina sylvatica (rana
esmeralda) con una abundancia relativa del 28,6%, cuyos registros se dieron en el ambiente Bosque
Siempreverde con 2 individuos (densidad igual a 25 ind/ha). Con igual abundancia relativa, se
registró a Batrachyla taeniata (ranita de antifaz), con el registro de un individuo (densidad 12,5
ind/ha) en el ambiente Bosque Siempreverde y un ejemplar en Plantación forestal (densidad 12,5
ind/ha). El resto de las especies de anfibios se presentaron en menores abundancias, con el registro
de un ejemplar de las especies Batrachyla leptopus (rana moteada), Eupsophus calcaratus (rana de
hojarasca austral) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Dentro de esta herpetofauna, 3
especies se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) (rana moteada, rana de hojarasca austral y rana
esmeralda) y 2 especies se encuentran en estado de conservación de “Casi amenazada” (NT) (ranita
de antifaz y sapito de cuatro ojos).
Con relación a reptiles, se registró la presencia de una especie, Liolaemus cyanogaster (lagartija de vientre azul), habiéndose registrado solo un (1) ejemplar en el AI del Proyecto, en el ambiente Bosque Siempreverde con una densidad de 6,25 (ind/ha). Esta especie se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
En cuanto a la avifauna registrada, las especies más abundantes fueron Enicognathus leptorhynchus (choroy), con una abundancia relativa del 13,33% (14 ejemplares en total en el AI del Proyecto), siendo más abundante en el ambiente Matorral arborescente de Nothofagus antartica con una bandada de 7 individuos (densidad igual a 8,91 ind/ha), 6 individuos en Bosque Siempreverde (densidad igual a 3,82 ind/ha) y un solo ejemplar en el ambiente Plantación forestal (densidad igual a 0,64 ind/ha). Le sigue en abundancia relativa Curaeus curaeus (tordo) con una abundancia relativa de 7,62%, cuya presencia más abundante fue registrada en el ambiente Plantación forestal con 4 individuos y una densidad de 2,55 ind/ha. El resto de la avifauna registrada se presentó con menores abundancias que las descritas anteriormente. Toda la avifauna registrada, excepto el tordo, se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
Respecto de los mamíferos, destaca la presencia de las especies nativas Abrothrix sanborni (ratón negro de Sanborn) y Oligoryzomys longicaudatus (ratón de cola larga), aunque ambos en bajas abundancias.
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. La superficie de corta de vegetación es de 1,55 hectáreas de bosque nativo y 0,62 hectáreas de plantaciones forestales. En cuanto a las especies con problemas de conservación por su alta movilidad y utilización de diversos hábitats no se espera que la población de la especie choroy se vea mermada con ocasión de ejecución del proyecto. Por su parte, la fauna con baja movilidad, anfibios y reptiles, es las más susceptible de verse afectada por el desarrollo de las obras, especialmente por aquellas que implican remoción y compactación de suelo. Respecto de estos grupos de fauna se indican sus atributos, que dan cuenta de los lugares y condiciones de hábitat.
Lo anterior lleva a concluir que, si bien existirá una alteración de su hábitat y con ello probablemente la pérdida de los ejemplares que allí habitan, ello ocurrirá puntualmente por lo que, incluso a nivel local, no se verá alterada la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. Por otra parte, se contempla un plan un plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de atropello de fauna silvestre.
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo
(Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las
aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión
existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información
respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia,
así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base
en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se
obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el
área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor
promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área
del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como
En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC). La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente Tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el
proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149
para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de
Tal como se expuso para el caso de la fauna, conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Finalmente, respecto a lo planteado respecto a que “...las zonas naturales protegidas deberían quedar al margen del desarrollo… y la necesidad de preservar determinadas especies animales y vegetales o ecosistemas, cabe indicar que la DIA se refiere al emplazamiento del proyecto dentro o en las proximidades a áreas protegidas, señalando que el éste no se localiza en o próximo a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, acompañando un plano de ubicación del proyecto en relación dichas área. De igual manera, el análisis territorial efectuado por el Servicio de Evaluación Ambiental, durante la evaluación del proyecto, descartó que el proyecto se encuentre en dicha circunstancia, establecida en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. En cuanto al valor ambiental del territorio, tal como da cuenta en informe de suelo y vegetación, el área de emplazamiento del proyecto, aunque mantiene una composición florística dominada por especies nativas, no se encuentra en una condición natural, pues existe un importante grado de intervención antrópica por plantaciones forestales y degradación de los suelos. Cabe indica que el artículo 6 del RSEIA prescribe que “Se entenderá que un territorio cuenta con valor ambiental cuando corresponda a un territorio con nula o baja intervención antrópica y provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad”.
Observante: Alicia Alejandra Sánchez Sotomayor
Observación: ¿Cómo se pretende NO afectar la contaminación lumínica debido a las luces de seguridad aeronáutica que llevan las turbinas y demás instalaciones? ¿Cómo pretenden reforestar casi 1 hectárea […] ¿Cómo nos aseguran que la flora y fauna no se afectara, si no hay un estudio de impacto Ambiental, sólo una declaración? - ¿Al modificar un paisaje natural, para convertirse en otro intervenido y artificial ¿cómo me afecta en lo visual? - ¿qué sucede si alguien ha visto por el sector una especie en extinción? - ¿Cómo pueden construir en un lugar con tanta población y escuelas? - ¿Cuál es el efecto negativo al sacar las ranas de su hábitat? - ¿Qué sucede con los niños con el síndrome de aspecto autista?
En relación a la contaminación lumínica nuestro país cuenta con una norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, D.S.(MMA) N°43/2012. Sin embargo, esta norma está enfocada a proteger la calidad astronómica de los cielos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, por lo que no resulta aplicable al proyecto.
Si bien la DIA no describe el tipo de luces de navegación que utilizará, ello se encuentra normado y corresponde a una exigencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) hace a cualquier estructura igual o mayor a 45 m de altura, de manera de advertir obstáculos a la navegación aérea, como sucede también con las antenas de celulares y comunicación. Dentro del tipo de luces permitidas por la DGAC, para estructuras de las características de los aerogeneradores, la Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos (SAG, 2015) se sugiere la utilización de luces tipo A y B (siempre que no sean usadas con luces de baja intensidad, dado que estas son de tipo continuo), es decir, luces blancas, de mediana intensidad, con destellos simultáneos; y luces rojas, mediana intensidad, con destellos simultáneos (solas o en combinación con luces de baja intensidad). Lo anterior debido a que la literatura internacional señala que los factores más importantes en la atracción de las aves a la luz son la intensidad y frecuencia con que ésta se emite, más que el color, indicándose que cuanto más largo es el período de oscuridad entre destellos de luz, las aves serían menos propensas a sentirse atraídas o desorientadas. La citada guía, recomienda sobre la iluminación del parque eólico que las luces de navegación se ubiquen en las góndolas de la turbina, evitando la iluminación a nivel del suelo. Además, se propone iluminar solo las turbinas de los extremos, delimitando la forma del parque, disparar las luces de manera sincronizada y que el resto de la iluminación se active por medio de sensores de manera de reducir al mínimo la contaminación lumínica del área. Finalmente, cabe desatacar que el proyecto contará con 3 aerogeneradores dispuestos linealmente, situados a más de 100 m de altura y 1000 m de la carretera, por lo que no representa riesgo de encandilamiento o distracción en la conducción de vehículos.
La ejecución de las obras del proyecto requerirá de la corta o intervención de vegetación correspondiente a bosque nativo y plantaciones forestales. De acuerdo a los contenidos técnicos de los permisos ambientales sectoriales 148 y 149 de Reglamento del SEIA, presentados en los Anexos 7A y 7B de la Adenda, respectivamente; las áreas corresponden a: corta de 1,55 hectáreas de bosque nativo del Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo 0,69 hectáreas, Siempreverde de Ñirre 0,70 hectáreas y Siempreverde de Tepú 0,16 hectáreas), y corta de 0,62 hectáreas de plantaciones de eucalipto. todas ellas localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras del proyecto.
Al respecto, la normativa sectorial obliga a reforestar una superficie equivalente a aquella cortada. En tal sentido, el Titular declara que, para el caso del bosque nativo, realizará la reforestación con especies del mismo tipo forestal Siempreverde a intervenir, cuya densidad total será de 1.600 plantas/ha. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen presentarán condiciones similares al área intervenida con el propósito de que permitan asegurar la sobrevivencia de los ejemplares plantados. La reforestación se realizará en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta, de preferencia ubicado en la misma provincia, la que debe ser como mínimo equivalente a la de corta. El área a reforestar se efectuará en suelos con clase de capacidad de uso entre VI y VII (Suelos de Aptitud Preferentemente Forestal).
Predio Nº Área a reforestar Año Clase Capac Uso Tipo de vegetación actual en el lugar a reforestar Especie Densidad pl/ha Nº Superficie (ha) Por definir Por definir 0,68 2024 VI-VII Por definir Tipo Forestal Siempreverde 1.600 Total 0,68
Para el caso de las plantaciones forestales de eucalipto, el Titular declara que realizará la
reforestación con el mismo tipo forestal a intervenir, correspondientes a Eucalyptus globulus, cuya
densidad total será de 1.100 plantas/ha. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen
Predio Área a reforestar
Clase Tipo de Especie Densidad Nº Nº Superficie (ha) Año Capac Uso vegetación actual
pl/ha Por definir Por definir 0,62 2024 VI-VII Por definir Eucalyptus globulus 1.100 Total 0,62
Respecto la forma de aseguran que la flora y fauna no se afectará, y la necesidad del proyecto de elaborar un EIA y no una DIA, cabe indicar lo siguiente:
En primer lugar, resulta necesario aclarar en que situaciones se requiere una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y cuándo es pertinente la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Sobre ello, cabe indicar que corresponde en primera instancia al Titular del proyecto definir la modalidad de ingreso de su proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ya sea a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Para ello, debe analizar el artículo 11 de la Ley N° 19.300, donde se establece que los proyectos que se presentan al SEIA lo harán presentando un DIA, salvo que generen o presenten, a lo menos, uno los efectos, características o circunstancias que allí se indican, en cuyo caso requerirán la elaboración de un EIA.
Una vez presentado el proyecto el procedimiento de evaluación de impacto ambiental en el SEIA, y conforme a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA, se debe verificar el tipo de proyecto y la vía de evaluación que debe seguir, así como los contenidos a que se refiere el Titulo II y los artículos 28 y 29 del reglamento. Este proceso de admisión a trámite fue realizado, comprobando que la presentación, en este caso la DIA, cumplía con los requisitos formales de presentación, incluidos los contenidos mínimos pues la revisión de fondo es parte del proceso de evaluación. Ahora bien, el procedimiento de evaluación ambiental contempla instancias para solicitar al Titular del proyecto aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de la información, salvo que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) determine que adolece de información relevante o esencial -entendiendo por relevante aquella información indispensable para la compresión del proyecto como unidad y por esencial la requerida para determinar que no se generan los efectos, características o circunstancias (ECC) del artículo 11 de la Ley-, que no pueda ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, lo que deriva necesariamente de la trascendencia de la información omitida; o bien se determine que el proyecto requiere la elaboración de un EIA, por quedar de manifiesto en los antecedentes presentados que se genera un ECC que dan origen a la necesidad de presentar un EIA. Dicho análisis fue llevado a cabo por el SEA y consideró la opinión fundada de los órganos de la administración del estado (OAECA) que participaron de la evaluación ambiental del proyecto, determinando que no concurrían las condiciones expresadas, continuando con el procedimiento de evaluación ambiental y procediendo a elaborar el Informe Consolidad de Aclaraciones Rectificaciones o ampliaciones (ICSARA) a la DIA.
Por último, cabe indicar que la presentación de la DIA al actual procedimiento de evaluación ambiental concluirá con la calificación ambiental de mismo por parte de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, donde se establecerá finalmente, entre otros aspectos, si el proyecto genera o no alguno de los ECC del artículo 11 del Ley que dan origen a la necesidad de presentar un EIA y, consecuentemente, en caso así se determine, rechazar la presentación a través de una DIA, por requerir un EIA.
Aclarada forma de ingreso de un proyecto al SEIA y la tramitación, es posible referirse a los
antecedentes que debe contener una DIA para su evaluación y descartar que requiera un EIA. En
este sentido, el Reglamento del SEIA establece los contenidos mínimos de información y
antecedentes de deben acompañar una DIA. Entre ellos se señalan: “Los antecedentes necesarios
que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11
Respecto al impacto estético sobre el paisaje, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) realizó un estudio (Anexo 14 de la DIA) que tenía por objeto efectuar una descripción y caracterización del paisaje, determinar su valor paisajístico y la calidad del mismo en el área de influencia, de manera de posibilitar, finalmente, la evaluación del impacto sobre dicho elemento del medio ambiente.
Los criterios y la forma de llevar a cabo la caracterización y evaluación del impacto sobre el paisaje han sido desarrollada por el Servicio de Evaluación Ambiental, y se encuentran contenidas en una guía técnica “Guía para la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico en el SEIA” (SEA, 2019). El estudio presentado en la DIA se ajusta a los requerimientos técnicos establecidos en la mencionada guía, y a partir de ello se tiene que los atributos relevantes del paisaje en zona de emplazamiento del proyecto, es decir, aquellas cualidades naturales del paisaje que permiten evaluar su calidad, corresponden a los siguientes:
De lo anterior se desprende la vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje. Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector. En cuanto al aporte en el valor paisajístico de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies en el área, esta no es fácilmente observable al contemplar el paisaje, por lo que no resulta en un atributo destacado.
Siguiendo con el análisis sobre el paisaje, en área de influencia se identificaron dos unidades de
paisaje distinguibles, la primera de ellas denominada “Unidad Asentamiento Rural” (UP1) y la
segunda llamada “Unidad Plantación Forestal” (UP2). La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y
V-85, y corresponde a sectores con pequeños caseríos. La UP2, en cambio, abarca la mayor parte
del área de influencia y está constituidas por mosaicos irregulares compuestos por bosques nativo,
plantaciones forestales, sectores desforestados, praderas y matorrales. Dado que el proyecto se
localiza fundamentalmente en esta última unidad de paisaje, el estudio realizó la descripción y
valoración de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de la unidad de paisaje “Plantación
forestal” de manera de determinar si posee o no carácter único o representativos. Los resultados
Cabe indicar que la Guía para la evaluación del impacto paisajístico del SEA (2019) indica que “Se consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta, entonces el paisaje presenta una calidad visual baja. Al final de este proceso de valoración se debe concluir si la zona posee o no valor paisajístico. En el caso que se determine que en la zona existen uno o más atributos biofísicos que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, entonces ésta posee valor paisajístico. Por el contrario, si la zona no presenta esta característica, se puede concluir que la zona no posee valor paisajístico”.
Resulta conveniente señalar que, si bien el paisaje constituye un componente del medio ambiente, sólo se considera un objeto de protección para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se encuentre en una zona con valor paisajístico, entendiendo una zona con valor paisajístico como aquella que, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, lo que no ocurre en este caso, debido a la baja calidad visual que actualmente posee el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto.
El estudio de paisaje evaluó, finalmente, si la actual calidad del paisaje (Baja) se verá mermada
como resultado de la instalación del proyecto. Para ello se efectuó una simulación mediante
fotomontaje de la situación “sin proyecto” y la situación “con proyecto”. Los fotomontajes
pretenden simular como se visualizarán las obras del proyecto, desde puntos de observación
representativos o habituales de un observador común. En este caso, el fotomontaje se realizó desde
tres (3) puntos de observación distintos. En ellos se aprecia que, debido a la altura que poseerán los
aerogeneradores, serán visibles, aunque debido a la distancia de los puntos de observación y la
presencia obstáculos visuales (vegetación) en ciertos lugares su vista será parcial. Si bien existirá un
impacto sobre el paisaje debido a la incorporación de un elemento artificial en el paisaje, no habrá
una pérdida relevante de los atributos naturales que caracterizan en paisaje ni se obstruirá su
visibilidad.
Sobre la presencia de observación de especies en extinción en el área, se ha de señalar que uno de los aspectos que deben ser abordados en la elaboración y presentación de una DIA es caracterización de la flora y fauna en el área de emplazamiento del proyecto. Como se ha indicado, la DIA acompaña dichos estudios en los Anexo 7 y 8 de la DIA, en ellos se listan las especies que potencialmente pueden encontrase en el área, considerando a antecedentes bibliográficos que han reportado presencia de las especies en la zona o que se por su rango de distribución pudiesen encontrarse en el área. Además, de ellos la información es complementada con muestreos y observaciones en terreno, de modo de verificar cuáles realmente ocupan el área de emplazamiento del proyecto. Si bien es cierto, los tiempos de observación en terreno son acotados y puede que debido a ellos no se lleguen a detectar todas las especies presentes (principalmente de fauna), resulta en una buena aproximación a la situación real. Con la información así recabada, se obtiene la lista de especies potencialmente presentes en el área y las registradas en terreno, procediendo posteriormente a revisar el estado de conservación en que se encuentra cada una de ellas, de acuerdo las listas oficiales.
Sin perjuicio de lo anterior, los estudios realizados en el área emplazamiento del proyecto señalan que existe un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). Es importante destacar que la totalidad de los reptiles y anfibios con distribución potencial se encuentran en alguna categoría de conservación. No obstante, la potencialidad anterior, las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT). Por lo tanto, no se registraron en terreno especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico.
Por su parte, respecto al estado de conservación de la flora, según el listado de clasificación de especies, se registraron 3 especies bajo categoría de conservación, correspondientes a 2 helechos Blechnum cordatum (costilla de vaca), Blechnum hastatum y un árbol Drimys winteri (canelo), todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC). Además, se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). Respecto a la eventual presencia de alerce (Fitzroya cupressoides), el Titular realizó una campaña de prospección el día 10 de julio de 2021, que descartó la presencia de la especie en formaciones de bosque que sean alteradas por el Proyecto.
En cuanto al emplazamiento de las obras del proyecto, éste tendrá un sólo un punto de acceso, correspondiente al kilómetro 6,28 de la Ruta V-85 y se inserta dentro de un predio privado de aproximadamente 80 hectáreas.
El estudio de medio humano del Anexo 12 de la DIA indica que el sector de La Campana se ubica al norte de la zona urbana de Calbuco, articulado en función de la Ruta V-85 la cual se conecta con la Carretera Panamericana en dirección al norte. A través de la información obtenida mediante entrevistas, se da cuenta de una zona habitada a través de parcelas, pertenecientes a grupos familiares que las han ido heredando y dividiendo con el objetivo de adaptarlas a las necesidades de las nuevas generaciones. Las viviendas se encuentran dispersas a lo largo del camino que lleva hasta el polígono del proyecto y se aprecia una concentración en el punto que conecta esta ruta privada con la carretera V – 85. Además, en el mismo lugar es posible encontrar algunos servicios como comercio menor, iglesias e infraestructura comunitaria (sede social). El estudio reconoce la existencia de dos escuelas: la escuela rural La Campana de Calbuco, de dependencia municipal del DAEM y la escuela de enseñanza básica particular subvencionada Jean Piaget. Indica el Titular, que el Censo (2017) arroja un total de 171 personas en el sector La Campana.
Además, cabe indicar en el estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA, se identifican los 5 receptores
más cercanos a los aerogeneradores, cuyas distancias se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9
Adenda complementaria). En ellas se aprecia que la escuela más próxima se ubica a as de un
kilómetro de aerogenerador más cercano, por lo que la atenuación natural de ruido, sumado a la
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORT E Aerogenera dor 1 Aerogenera dor 2 Aerogenera dor 3 R1 64841 1 53884 08 923 478 452 R2 64983 6 53885 83 2283 1778 1032 R3 64987 6 53886 13 2355 1850 1134 R4 64990 8 53885 72 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 64992 5 53884 61 2383 1880 1165
Finalmente, sobre la preocupación por lo que pueda suceder con niños del espectro autista debido a la ejecución del proyecto, cabe indica que los estudios y análisis realizados en la presentación de la DIA buscan determinar si producto de su construcción y operación se genera o presenta riesgo para la salud de la población. Sin embargo, ello se realiza de manera general o amplia, sin atender situaciones especiales o particulares como la que se plantea. No obstante, cabe indicar que debido a la distancia de los aerogeneradores respecto a viviendas los niveles de ruido proyectados serán de baja magnitud e inferiores a los establecidos en la normativa ambiental, según se muestra a continuación:
Observante: Flavio Segundo Gallardo Almonacid
Observación: 1.- existencia de colegios. 2.- población sobre 300 familias. 3.- existencia de 4 predios con parcelación. 4.- Bosque nativo con aves, animales como manadas de pudú.
Si bien la observación no señala expresamente preguntas o inquietudes, se entiende que manifiesta preocupación por la existencia de colegios, población y parcelaciones (puntos 1, 2 y 3) cercanas al área de emplazamiento del proyecto, así como fauna nativa en el sector (punto 4). Respecto a su consideración en el proceso de evaluación ambiental se puede señalar lo siguiente:
En cuanto a lo planteado en los puntos 1 2 y 3, al emplazamiento de las obras del proyecto, éste tendrá un sólo un punto de acceso, correspondiente al kilómetro 6,28 de la Ruta V-85 y se inserta dentro de un predio privado de aproximadamente 80 hectáreas.
El estudio de medio humano del Anexo 12 de la DIA indica que el sector de La Campana se ubica al norte de la zona urbana de Calbuco, articulado en función de la Ruta V-85 la cual se conecta con la Carretera Panamericana en dirección al norte. A través de la información obtenida mediante entrevistas, se da cuenta de una zona habitada a través de parcelas, pertenecientes a grupos familiares que las han ido heredando y dividiendo con el objetivo de adaptarlas a las necesidades de las nuevas generaciones. Las viviendas se encuentran dispersas a lo largo del camino que lleva hasta el polígono del proyecto y se aprecia una concentración en el punto que conecta esta ruta privada con la carretera V – 85. Además, en el mismo lugar es posible encontrar algunos servicios como comercio menor, iglesias e infraestructura comunitaria (sede social). El estudio reconoce la existencia de dos escuelas: la escuela rural La Campana de Calbuco, de dependencia municipal del DAEM y la escuela de enseñanza básica particular subvencionada Jean Piaget. Indica el Titular, que el Censo (2017) arroja un total de 171 personas en el sector La Campana.
Además, cabe indicar en el estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA, se identifican los 5 receptores más cercanos a los aerogeneradores, que actualmente existe, cuyas distancias se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria). En ellas se aprecia que la escuela más próxima se ubica a más de un kilómetro de aerogenerador más cercano.
Receptor
Coordenadas UTM
Distancia a receptor [m]
ESTE
NORT
E
Aerogenera
dor 1
Aerogenera
dor 2
Aerogenera
dor 3
R1
64841
1
53884
08
923
478
452
R2
64983
53885
2283
1778
1032
La proximidad de grupos humanos fue tomada en cuenta para evaluar el riesgo a la salud de la población, debido a las emisiones de ruido y vibraciones (anexo 4 de la DIA), durante la fase de construcción y operación del proyecto, el efecto sombra intermitente sobre receptores cercanos (Anexo 11 de la DIA), así como el análisis de alteración de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos (Anexo 12 de la DIA) debido a las obras y acciones del proyecto, incluida la gestión vial (punto 1.1. de la Adenda complementaria).
Respecto al punto 4 de la observación ciudadana, se puede señalar que la imagen satelital de área de emplazamiento del proyecto, presentada más arriba, da cuenta del proceso de parcelación de terrenos cercanos (ubicada al sur del proyecto), las intervenciones forestales y la cobertura vegetacional del área. La vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje de la zona. Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector, situación que se ve acrecentada con el proceso de parcelación existente.
Sobre la presencia de flora y fauna en el sector, se ha de señalar que la DIA acompaño estudios de caracterización de la flora y vegetación (Anexo 7 y Anexo 3 de la Adenda complementaria) y fauna (Anexo 8), complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna.
En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan
Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró
una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres
especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las
cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora
presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI
mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una
composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la
nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de
Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys
winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se
registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a
Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de
conservación “Preocupación menor” (LC).
La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149 para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de Bosque Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo (0,69 hectáreas), Siempreverde de Ñirre (0,70 hectáreas) y Siempreverde de Tepú (0,16 hectáreas), y 0,62 hectáreas de Plantaciones de Eucalipto, localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras del proyecto.
Conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
En cuanto a la fauna, los estudios acompañados a la DIA permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación, endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). Cabe señalar que el Pudú (Pudu puda) se encuentra listada entre las especies potenciales de encontrar en el área, siendo su estado de conservación vulnerable (VU). Sin embargo, no fue registrada en las observaciones en terrenos llevas a cabo por el Titular.
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de
las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o
quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se
debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las
condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de
dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean
escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se
considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de
Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA,
2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las
obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que
posee el predio. La superficie de corta de vegetación es de 1,55 hectáreas de bosque nativo y 0,62
hectáreas de plantaciones forestales. En cuanto a las especies con problemas de conservación por su
alta movilidad y utilización de diversos hábitats no se espera que la población de la especie choroy
se vea mermada con ocasión de ejecución del proyecto. Por su parte, la fauna con baja movilidad,
anfibios y reptiles es las más susceptible de verse afectada por el desarrollo de las obras,
especialmente por aquellas que implican remoción y compactación de suelo. Sin embargo, debido a
los atributos y hábitat disponibles para estas especies se concluye que, si bien existirá una alteración
de su hábitat y con ello probablemente la pérdida de los ejemplares que allí habitan, ello ocurrirá
puntualmente por lo que, incluso a nivel local, no se verá alterada la presencia, permanencia y
desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas. Sin perjuicio de lo anterior,
el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que
contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo (Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia, así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como peligrosos y, por lo tanto, con mayor sensibilidad a colisión con aerogeneradores. Dentro de éstas destacan Coragyps atratus (Jote de cabeza negra) y Theristicus melanopis (Bandurria), dado que pueden alcanzar alturas mayores (altura de riesgo de colisión). Sin embargo, la probabilidad de colisión dependerá también de las características del conjunto de aerogeneradores. En esta caso, el proyecto considera la instalación de solo tres aerogeneradores distanciados entre sí por más de 400 m, y una distancia mínima aproximada de las aspas al suelo de 60 m. Considerando que todos los vuelos registrados en el estudio fueron a una altura máxima de 50 m, y que la separación entre cada aerogenerador permitirá la existencia de “corredores aéreos” que permitirían la libre circulación de la avifauna que transita por el área de influencia, se estima que existe una zona de baja probabilidad de impacto por colisión. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un plan de monitoreo de aves (compromiso ambiental voluntario) que tiene por objetivo, durante la fase de operación del proyecto, evaluar potenciales cambios en las conductas de la avifauna y de los parámetros ecológicos luego de la operación de los aerogeneradores, verificar las colisiones y barotrauma de la fauna voladora y determinar eventuales acciones para evitar impacto sobre las taxas objetivo.
Observante: Andrea Gioretti Maldonado Sanchez
Observación: 1.- Quien asegura que durante la instalación no haya problemas con remoción de tierras pérdida de vegetación, por ende, de la fauna nativa. Desborde e incremento de erosión. […] de la zona y alrededor que sirve a la agricultura directa e indirectamente a la comunidad, la razón que sustenta alimenticiamente de estos productos 3,- ¿cómo se contrarresta la contaminación visual? si los habitantes del sector quisieran hacer actividad? de turismo fo... la vida salud, al aire libre. 4.- Quien asegura que la contaminación auditiva que generan las aspas no sea dañina para la salud de los seres vivos, humanos y animales. 5.- Al instalarse las torres afectan directamente al ecosistema natural del sector donde flora y fauna se desarrolla en armonía. 6.- porqué intervienen un territorio donde vive mayormente tercera edad, que ya trabajó toda su vida para la construcción del país. 7.-tenemos derechos constitucionales de vivir en ambientes libre de contaminación.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
- El proyecto contempla la realización de obras permanente y temporales que de identifican y
detallan en la DIA
Las obras mencionadas implican acciones tales como la preparación de terreno y estabilización de caminos, corta de vegetación y excavaciones, por lo que está previsto la intervención de una superficie total 49.004 m2. Por su parte, la superficie de provista de bosque nativo y plantaciones forestales que deberá ser cortada para la ejecución de las obras del proyecto será de 1,55 hectáreas y 0,62 hectáreas, respectivamente. Es por ello que en la evaluación ambiental de proyecto considera el impacto que este podría provocar en los recursos naturales renovables suelo, vegetación y fauna nativa.
Para el caso del suelo, las acciones por excavaciones, compactación e impermeabilización implican pérdida directa de recurso y su capacidad para sustentar biodiversidad. Como se indicó la superficie de suelo intervenida por el proyecto será de 4,9 hectáreas, todo ello ubicado al interior del predio particular de 80 hectáreas donde se emplazará, sin que se contemplen intervenciones de suelo en otras áreas. En la DIA se presentó una caracterización del medio físico que incluyo la descripción del suelo (Anexo 6 de la DIA) complementado en la Adenda. En términos productivos, los suelo a intervenir corresponden clase de capacidad de uso VI, según se detalla a continuación, y de acuerdo a la “Pauta para el estudio de suelo” (SAG, 2016), son suelos con limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos. Su uso fundamental es pastoreo y para explotación forestal. Ello quiere decir que no corresponden a suelos que sean apropiados para el desarrollo de prácticas agrícolas.
En cuanto al incremento de la erosión, en la Adenda se presentan los resultados del análisis de erosión, sobre la base del documento “Evaluación de impactos de riesgos de activación de procesos erosivos”, (SAG, 2016). Según la guía SAG, el Proyecto se encuentra en la zona de riesgo de erosión IV. De la aplicación de la metodología se determinó que el área de emplazamiento del proyecto tiene un riesgo medio de concurrencia de procesos erosivos. No obstante, se debe tener en cuenta que la línea de media tensión será soterrada y, posteriormente, mantendrá una cubierta vegetal, que los caminos serán estabilizados y nivelados y contarán con obras para el manejo de aguas lluvias, que las plataformas de izado de los aerogeneradores serán construidas en suelo estabilizado y nivelado. Finalmente, la proporción de vegetación en relación a la vegetación del predio es muy menor (1,3 hectáreas) por lo que la cubierta vegetal, en conjunto con la escasa pendiente, permanecerán evitando procesos erosivos. Además, en Titular asumió la realización de un monitoreo preventivo de la erosión, como parte de los CAV.
- La contaminación visual está referida en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al impacto estético sobre el paisaje, sobre el particular la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) realizó un estudio (Anexo 14 de la DIA) que tenía por objeto efectuar una descripción y caracterización del paisaje, determinar su valor paisajístico y la calidad del mismo en el área de influencia, de manera de posibilitar, finalmente, la evaluación del impacto sobre dicho elemento del medio ambiente.
Los criterios y la forma de llevar a cabo la caracterización y evaluación del impacto sobre el paisaje
han sido desarrollada por el Servicio de Evaluación Ambiental, y se encuentran contenidas en una
guía técnica “Guía para la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico en el SEIA”
(SEA, 2019). El estudio presentado en la DIA se ajusta a los requerimientos técnicos establecidos
en la mencionada guía, y a partir de ello se tiene que los atributos relevantes del paisaje en zona de
De lo anterior se desprende la vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje. Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector. En cuanto al aporte en el valor paisajístico de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies en el área, esta no es fácilmente observable al contemplar el paisaje, por lo que no resulta en un atributo destacado.
Siguiendo con el análisis sobre el paisaje, en área de influencia se identificaron dos unidades de paisaje distinguibles, la primera de ellas denominada “Unidad Asentamiento Rural” (UP1) y la segunda llamada “Unidad Plantación Forestal” (UP2). La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y V-85, y corresponde a sectores con pequeños caseríos. La UP2, en cambio, abarca la mayor parte del área de influencia y está constituidas por mosaicos irregulares compuestos por bosques nativo, plantaciones forestales, sectores desforestados, praderas y matorrales. Dado que el proyecto se localiza fundamentalmente en esta última unidad de paisaje, el estudio realizó la descripción y valoración de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de la unidad de paisaje “Plantación forestal” de manera de determinar si posee o no carácter único o representativos. Los resultados señalan que más de la mitad de los atributos analizados se evalúan en la categoría “Baja”. Existe un atributo que recaen en la categoría Destacada y dos en la categoría Media, obteniéndose una valoración de calidad visual Baja.
Cabe indicar que la Guía para la evaluación del impacto paisajístico del SEA (2019) indica que “Se
consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y
además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría
baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los
atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta,
entonces el paisaje presenta una calidad visual baja. Al final de este proceso de valoración se debe
concluir si la zona posee o no valor paisajístico. En el caso que se determine que en la zona existen
uno o más atributos biofísicos que le otorgan una calidad que la hace única y representativa,
Resulta conveniente señalar que, si bien el paisaje constituye un componente del medio ambiente, sólo se considera un objeto de protección para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se encuentre en una zona con valor paisajístico, entendiendo una zona con valor paisajístico como aquella que, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, lo que no ocurre en este caso, debido a la baja calidad visual que actualmente posee el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto.
El estudio de paisaje evaluó, finalmente, si la actual calidad del paisaje (Baja) se verá mermada como resultado de la instalación del proyecto. Para ello se efectuó una simulación mediante fotomontaje de la situación “sin proyecto” y la situación “con proyecto”. Los fotomontajes pretenden simular como se visualizarán las obras del proyecto, desde puntos de observación representativos o habituales de un observador común. En este caso, el fotomontaje se realizó desde tres (3) puntos de observación distintos. En ellos se aprecia que, debido a la altura que poseerán los aerogeneradores, serán visibles, aunque debido a la distancia de los puntos de observación y la presencia obstáculos visuales (vegetación) en ciertos lugares su vista será parcial. Si bien existirá un impacto sobre el paisaje debido a la incorporación de un elemento artificial en el paisaje, no habrá una pérdida relevante de los atributos naturales que caracterizan en paisaje ni se obstruirá su visibilidad.
Dado que el proyecto no genera una alteración significativa del valor paisajístico no se plantean medidas para contrarrestar ellos. Cabe indicar que del análisis se concluye que el proyecto si bien será notorio, no obstruirá de la visibilidad de una zona con valor paisajístico. Por su parte, la alteración de atributos biofísicos (vegetación) será de baja magnitud, siendo la alteración de atributos el estético por la introducción de elementos artificiales, el hecho más importante. Sin embargo, ello no genera alteración significativa del valor paisajístico de una zona, pues se determinó que la calidad visual el área es baja y dicha condición no será afectada por el proyecto.
Finalmente, sobre el desarrollo de actividades turísticas, cabe indicar que la evaluación ambiental considera la situación existe del medio ambiente, sin que resulte procedente tener en cuenta situaciones hipotéticas. En tal sentido, respecto a la realización de actividades turísticas se ha de señalar que, de acuerdo a lo señalado por el Titular en la DIA y Sernatur Región de Los Lagos, en su informe contenido en el oficio Ord, N°63 del 14 de abril de 2021, en el territorio donde se encuentra emplazado el proyecto y su área de influencia, no se encuentran atractivos turísticos ni servicios de turismo registrados en Sernatur que puedan verse afectados por la ejecución y funcionamiento de este proyecto.
4.- En cuanto a las emisiones de ruidos producto del funcionamiento de las aspas de los
aerogeneradores, cabe indicar que, efectivamente, las centrales eólicas constituyen una actividad
que genera emisiones de ruido hacia la comunidad y, por lo tanto, constituye una fuente emisora
regulada por el D.S. (MMA) N° 38/2011, que establece la norma de emisión de ruidos generados
por las fuentes que en ella se indican. En tal sentido, los proyectos de generación de energía eólica
deben demostrar el cumplimiento de dicha normativa ambiental, durante el procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, como ocurre en este caso. La norma mencionada indica los
procedimientos de medición del ruido y el método de obtención del Nivel de Presión Sonora
Corregido (NPC), valor que finamente se compara con el límite de la norma para el caso específico.
No obstante, dada la especificidad de las características del ruido de parques eólicos, es necesario
definir los aspectos relevantes que relacionan las características de la emisión de esta fuente, en
relación a la normativa. Para lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental publicó la Guía para
la aplicación del D.S. N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de
emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA,
la que debe ser considerada como referencia por los proyectos sometidos a evaluación de impacto,
en orden a elaborar sus estudios de emisión de ruidos. La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara”
incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente
el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles
de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo. La evaluación del
cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores identificados en el área de influencia y que
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORTE Aerogenerador 1 Aerogenerador 2 Aerogenerador 3 R1 648411 5388408 923 478 452 R2 649836 5388583 2283 1778 1032 R3 649876 5388613 2355 1850 1134 R4 649908 5388572 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 649925 5388461 2383 1880 1165
El DS N° 38/2011 MMA establece los niveles máximos permisibles para diferentes zonas establecidas a los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) y además para zonas rurales. Particularmente, para las zonas rurales los niveles máximos de ruido permisible tienen directa relación con el nivel de ruido de fondo en dicha zona, como se muestra en la siguientes Tabla.
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable para el receptor. Dicha condición en un parque eólico se dará bajo una caracterización del ruido de fondo en ausencia de otras fuentes y la condición de mayor emisión de la fuente que se está evaluando. Existen condiciones particulares en donde puede ser identificada la mayor emisión de ruido del parque eólico, y condiciones en donde a la vez, existe el menor ruido de fondo, la cual sucede típicamente bajo condiciones de velocidad de viento mediana-alta (6 a 12 m/s). En consecuencia, se determinaron los siguientes niveles de ruido de fondo y con ello los límites máximos permitidos para la zona rural a distintos rangos de velocidades de viento, tanto diurno como nocturno, según se muestra en la siguiente Tabla:
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y compararlos con los límites máximos establecidos de acuerdo a lo señalado en la normativa. La verificación del cumplimiento normativo se presenta en la siguientes Tablas:
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno; cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de
operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia
del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector.
Vinculado con las emisiones de ruido, el observante plantea el riesgo para la salud de las personas que conllevaría la exposición al ruido. Sobre lo manifestado, se ha de señalar que el riesgo al que se refiere el artículo 11, letra a), de la Ley N° 19.300 es el tipo de riesgo asociado a la presencia de contaminantes en el medio ambiente o riesgo por exposición a, entre otros, agentes físicos como es el ruido). Conviene aclarar que la sola presencia de contaminantes en el ambiente no constituye necesariamente un riesgo para la salud de las personas. Para que se genere o presente riesgo para la salud debe existir una fuente contaminante, un receptor, que en este caso corresponde la población humana, y la posibilidad de que el contaminante (ruido en este caso) alcance el punto donde se localiza el receptor. Dado que, de acuerdo a los estudios de ruido acompañados a la DIA, la población próxima -es decir aquella que se ubica a una distancia en la cual los niveles proyectados de ruido se igualan al menor de los niveles que caracterizan la situación basal- estará expuesta a la fuente de peligro correspondiente al ruido, se debe evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el artículo 11 de la Ley. Para realizar dicha evaluación debe verificarse el criterio preceptuado en el artículo 5° del Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, donde se señala que, para evaluar si se genera o presenta dicho riesgo, debe considerarse la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente.
En tal sentido se puede indicar que los niveles de ruido producidos por la operación el proyecto no reviste un riesgo para la salud de las personas, ya que no se ven superados los límites que indica la norma. Por otra parte, a excepción de la vivienda identificada como R1 en el estudio de ruido, que se ubica a aproximadamente 500 m del aerogenerador más cercano, la distancia a las viviendas ubicada a orilla de la ruta V-85 es mayor a 1 km, por lo que si bien están en el área de propagación de ruido éste no serán en niveles que puedan llegar a afectar la salud física de las personas (causar inestabilidad, desequilibrio, vértigo, náuseas, sensación de presión en el oído o posible pérdida auditiva, como plantea el observante), puesto que niveles de ruidos de 46 dB, que son los máximos proyectados en los receptores, es una magnitud moderada y equivalentes a valores habituales, por ejemplo, al producido al interior de los hogares.
Además de la exposición de la población a emisiones de ruido se ha considerado las principales
emisiones del proyecto, que corresponderán a material particulado (MP10 /MP 2,5) y gases de
combustión, las que provendrán principalmente de actividades como movimiento de tierra,
excavaciones, tránsito de vehículos, motores de maquinaria y la operación de grupos electrógenos.
Sin perjuicio de que la magnitud de las emisiones será baja, se implementarán las siguientes medidas de control, las cuales permitirán reducir las emisiones atmosféricas anteriormente señaladas: • Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. • Todos los camiones y vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día. Para ello se exigirá copia de las revisiones técnicas. • Humectación de los caminos de internos, por medio del uso de camiones aljibe, preferentemente en verano. • Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertas completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel. • Se prohibirá la quema de cualquier tipo de desechos, vegetales o basura dentro de la obra. Por lo tanto, considerando la evaluación anteriormente realizada y otros antecedentes tales como: tipología del proyecto, mínima generación de emisiones contaminantes, temporalidad de la fase constructiva y su ubicación fuera de una zona declarada latente o saturada por material particulado fino o grueso, se concluye que el Proyecto, no generará efectos adversos sobre la calidad del componente aire ni sobre la salud de la población cercana al área de influencia del Proyecto Adicionalmente, la evaluación diagnostica de material particulado MP10 modelada utilizando el Screen View, indica el cumplimiento de la norma primaria de calidad de aire del DS (MINSAL) N°59/98. Por lo que considerado la baja magnitud las emisiones totales anuales y las condiciones de naturales de ventilación de la zona, no se prevé riesgo para la salud de la población producto de las emisiones de material particulado y gases.
También se evaluó la generación manejo de residuos líquidos y sólidos. Durante la fase de construcción y operación se identificó la generación de aguas servidas producidas por el personal y residuos líquidos derivados del lavado de camiones mixer. Para el manejo las aguas servidas se utilizarán baños químicos en la fase de construcción y baños con sistema de alcantarillado particular para la fase de operación. Para el manejo de las aguas residuales del lavado de camiones se emplearán piscinas de decantación impermeabilizadas. No se contempla la descarga de efluentes al medio y con ello afectar los recursos suelo o agua del sector que pudiese derivar en una afectación a la salud de la población. El Titular señala y describe en la DIA el manejo que dará a los residuos sólidos del proyecto, los que serán almacenados en contenedores y bodegas que impidan su contacto directo con el suelo y el agua.
Para el caso de las vibraciones, la evaluación se utilizó como referencia el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración Federal de Tránsito (FTA: Federal Transit administration) de USA. Esta norma regula los sistemas de transporte público estableciendo un criterio para la evaluación de los niveles de vibración relacionados con el tránsito vehicular y ferroviario superficial o subterráneo. La normativa identifica dos tipos de impacto producido por las vibraciones, que corresponden a molestia hacia las personas y daño sobre las estructuras. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración, que, transmitidos por el suelo, puedan generar molestia en los humanos receptores. Los criterios de impacto se definen de la siguiente forma:
Los resultados de la modelación para el escenario más desfavorables son los siguientes:
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia.
Finalmente, en Anexo 11 de esta DIA se entrega documento denominado “Análisis del efecto por sombra intermitente”. Este estudio toma como referencia la normativa de la República Federal de Alemania “Indicaciones para la determinación de la apreciación de emisiones ópticas de instalaciones eólicas (WEA-Schattenwurf-Hinweise, 2002). tiene por objeto evitar, de manera segura, las posibles molestias ocasionadas por la proyección intermitente de sombras. Para la extensión de la superficie de análisis, según la normativa, el área de sombreado resulta de la distancia desde el aerogenerador en la cual el 20% de la superficie del sol es ocultada por un aspa del rotor, o bien, una distancia de 2 kilómetros desde cada aerogenerador. En forma complementaria, y de acuerdo a la Asociación Danesa de la Industria del Viento (Danish Wind Industry Association1), a distancias entre 500 y 1000 m, la proyección intermitente de sombra no será observada, ya que la sombra de las turbinas se verá como un objeto fijo, y a una distancia superior a los 1.000 m señalados, el efecto no será perceptible por los observadores y/o residentes del sector. La ubicación de los receptores sensibles evaluados se representa en la siguiente imagen.
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado
por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los
límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la
proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera
las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la
incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores. En el Anexo 11
Finalmente, sobre los efectos de del ruido en la fauna, de acuerdo a la modelación efectuada (Anexo 04 de la DIA), las actividades constructivas del proyecto, así como operación de los aerogeneradores, superan los niveles máximos de exposición (85 dB) recomendados para la fauna por la EPA solo a aproximadamente 10 m del punto de generación de ruido, decayendo a medida que se aleja de la fuente emisora. Por lo que, si bien existe un área de afectación de la fauna por ruido en la fase de construcción, se espera se produzca un desplazamiento natural de la fauna a áreas adyacentes más silenciosas. Para la fase de operación, se infiere que tiene que los niveles de ruido superiores a 85 [dB (Z)] se producen cercanos al aspa del aerogenerador, por lo que, dada su altura, a nivel del suelo los niveles de ruido habrán decaído y no superarán los 85 [dB(Z)], fuera del área intervenida por el proyecto (en Anexo 11 Adenda complementaria se presenta kmz con mapa de ruido). Por otra parte, cabe indicar que no se encontraron sitios relevantes para nidificación, reproducción o alimentación de fauna silvestre en el área de intervención, ya que se trata en gran medida de predios intervenidos forestalmente. Por lo que no se espera que dicho impacto altere significativamente a la fauna local.
- En cuanto a la afectación al ecosistema natural donde flora y fauna se desarrolla en armonía, se indica que la DIA incorporó antecedentes sobre la flora y fauna existente en el lugar (Estudios de caracterización de la flora y vegetación en Anexo 7, y de fauna en Anexo 8, complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna), con el objeto de evaluar los efectos que se producirían en ella, producto de las obras y acciones del proyecto.
Los estudios de fauna realizados permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación, endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). Es importante destacar que la totalidad de los reptiles y anfibios con distribución potencial se encuentran en alguna categoría de conservación. No obstante, la potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los anfibios, destaca la riqueza de especies, las cuales se registraron a través de la observación directa y audición de vocalización en coros (vocalizaciones), es así como se registró a Hylorina sylvatica (rana esmeralda) con una abundancia relativa del 28,6%, cuyos registros se dieron en el ambiente Bosque Siempreverde con 2 individuos (densidad igual a 25 ind/ha). Con igual abundancia relativa, se registró a Batrachyla taeniata (ranita de antifaz), con el registro de un individuo (densidad 12,5 ind/ha) en el ambiente Bosque Siempreverde y un ejemplar en Plantación forestal (densidad 12,5 ind/ha). El resto de las especies de anfibios se presentaron en menores abundancias, con el registro de un ejemplar de las especies Batrachyla leptopus (rana moteada), Eupsophus calcaratus (rana de hojarasca austral) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Dentro de esta herpetofauna, 3 especies se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) (rana moteada, rana de hojarasca austral y rana esmeralda) y 2 especies se encuentran en estado de conservación de “Casi amenazada” (NT) (ranita de antifaz y sapito de cuatro ojos).
Con relación a reptiles, se registró la presencia de una especie, Liolaemus cyanogaster (lagartija de vientre azul), habiéndose registrado solo un (1) ejemplar en el AI del Proyecto, en el ambiente Bosque Siempreverde con una densidad de 6,25 (ind/ha). Esta especie se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
En cuanto a la avifauna registrada, las especies más abundantes fueron Enicognathus leptorhynchus (choroy), con una abundancia relativa del 13,33% (14 ejemplares en total en el AI del Proyecto), siendo más abundante en el ambiente Matorral arborescente de Nothofagus antartica con una bandada de 7 individuos (densidad igual a 8,91 ind/ha), 6 individuos en Bosque Siempreverde (densidad igual a 3,82 ind/ha) y un solo ejemplar en el ambiente Plantación forestal (densidad igual a 0,64 ind/ha). Le sigue en abundancia relativa Curaeus curaeus (tordo) con una abundancia relativa de 7,62%, cuya presencia más abundante fue registrada en el ambiente Plantación forestal con 4 individuos y una densidad de 2,55 ind/ha. El resto de la avifauna registrada se presentó con menores abundancias que las descritas anteriormente. Toda la avifauna registrada, excepto el tordo, se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
Respecto de los mamíferos, destaca la presencia de las especies nativas Abrothrix sanborni (ratón negro de Sanborn) y Oligoryzomys longicaudatus (ratón de cola larga), aunque ambos en bajas abundancias.
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de
las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o
quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se
debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las
condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de
dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean
escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se
considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de
Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA,
2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las
obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que
posee el predio. La superficie de corta de vegetación es de 1,55 hectáreas de bosque nativo y 0,62
hectáreas de plantaciones forestales. En cuanto a las especies con problemas de conservación por su
Lo anterior lleva a concluir que, si bien existirá una alteración de su hábitat y con ello probablemente la pérdida de los ejemplares que allí habitan, ello ocurrirá puntualmente por lo que, incluso a nivel local, no se verá alterada la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. Por otra parte, se contempla un plan un plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de atropello de fauna silvestre.
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo
(Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las
aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión
existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información
respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia,
En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan
Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró
una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres
especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las
cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora
presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI
mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una
composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la
nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de
Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys
winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se
registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a
Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de
conservación “Preocupación menor” (LC).
La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149 para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de Bosque Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo (0,69 hectáreas), Siempreverde de Ñirre (0,70 hectáreas) y Siempreverde de Tepú (0,16 hectáreas), y 0,62 hectáreas de Plantaciones de Eucalipto, localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras del proyecto.
Tal como se expuso para el caso de la fauna, conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Finalmente, cabe indicar que la DIA se refiere al emplazamiento del proyecto dentro o en las
proximidades a áreas protegidas, señalando que el éste no se localiza en o próximo a recursos y
áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un
territorio con valor ambiental, acompañando un plano de ubicación del proyecto en relación dichas
área. De igual manera, el análisis territorial efectuado por el Servicio de Evaluación Ambiental,
durante la evaluación del proyecto, descartó que el proyecto se encuentre en dicha circunstancia,
establecida en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. En cuanto al valor ambiental del territorio, tal
como da cuenta en informe de suelo y vegetación, el área de emplazamiento del proyecto, aunque
mantiene una composición florística dominada por especies nativas, no se encuentra en una
condición natural, pues existe un importante grado de intervención antrópica por plantaciones
forestales y degradación de los suelos. Cabe indica que el artículo 6 del RSEIA prescribe que “Se
entenderá que un territorio cuenta con valor ambiental cuando corresponda a un territorio con nula o
- En cuanto al por qué se interviene un territorio donde vive mayormente tercera edad, se ha de señalar en que el desarrollo y ejecución del proyecto en evaluación corresponden a una iniciativa privada y, como tal, la localización del proyecto es definida por el propio Titular, ya que actualmente no existen instrumentos de ordenamiento territorial que ordenen o restrinja en emplazamiento de este tipo de proyectos. Sin perjuicio de lo anterior, la ejecución requiere que se verifique que éste cumple con las exigencias ambientales y sectoriales que les son aplicables.
En el marco de la evaluación ambiental, en la presentación de la DIA el Titular justifica la localización del proyecto por: a) Potencial eólico favorable: De acuerdo al monitoreo y modelaciones realizadas en el sector, se garantiza la viabilidad del proyecto. b) Aptitud de los terrenos: Los terrenos escogidos corresponden a terrenos planos en la cima de un cerro, en un sector rural destinado a actividades silvoagropecuarias. En el sector no hay singularidades ambientales o de biodiversidad que puedan verse amenazadas por un proyecto de este tipo. c) Lejanía de viviendas: El proyecto se instala en un lugar donde no existen viviendas cercanas. d) Accesos: El sector cuenta con accesos apropiados para transportar los equipos de mayor envergadura desde el puerto de desembarque. e) Cercanía a red de eléctrica: El proyecto será conectado directamente desde la línea de media tensión que conecta los aerogeneradores a la línea de distribución local que se encuentra paralelo a la Ruta V-85.
En cuanto al emplazamiento de las obras del proyecto, éste tendrá un sólo un punto de acceso, correspondiente al kilómetro 6,28 de la Ruta V-85 y se inserta dentro de un predio privado de aproximadamente 80 hectáreas.
El estudio de medio humano del Anexo 12 de la DIA indica que el sector de La Campana se ubica
al norte de la zona urbana de Calbuco, articulado en función de la Ruta V-85 la cual se conecta con
la Carretera Panamericana en dirección al norte. A través de la información obtenida mediante
entrevistas, se da cuenta de una zona habitada a través de parcelas, pertenecientes a grupos
familiares que las han ido heredando y dividiendo con el objetivo de adaptarlas a las necesidades de
las nuevas generaciones. Las viviendas se encuentran dispersas a lo largo del camino que lleva hasta
el polígono del proyecto y se aprecia una concentración en el punto que conecta esta ruta privada
con la carretera V – 85. Además, en el mismo lugar es posible encontrar algunos servicios como
comercio menor, iglesias e infraestructura comunitaria (sede social).
- Sobre el derecho constitucional a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente señala en su artículo primero que: “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularán por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia”. Es así como la Ley contiene obligaciones, tanto para el Estado como para las personas, desatándose entre ellas, el deber del Estado de facilitar la participación ciudadana y la creación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), que corresponden a un instrumento de gestión destinado a la evaluación y predicción de los impactos ambientales que puedan generar los proyectos y actividades que se realizan en el país y que, de acuerdo a la ley, requieran ser evaluado. Es precisamente en el marco del SEIA, que determinados proyectos, como el caso sustanciado, tienen la obligación de evaluar el impacto ambiental que producirán de manera previa a su ejecución. Este procedimiento, a cargo del Servicio de Evaluación Ambiental, se lleva a cabo entonces, en este caso, en base la Declaración de Impacto Ambiental presentada, con el objeto de determinar si el impacto ambiental del proyecto se ajusta a las normas vigentes.
Observante: Alicia del Carmen Sotomayor Agüero
Observación: ¿qué pasa si se escucha los ruidos más de 500mts? - ¿por qué intervienen un lugar tranquilo donde hay mucha población de la tercera edad? - ¿si la emisión de los ruidos va a depender de [...] - ¿Cómo afecta, tanto a aves como a murciélagos, en el control de plagas como los roedores? - ¿las turbinas por qué no son instaladas en zonas desérticas y despobladas?
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
La “Guía para la aplicación del DS N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA” (SEA, 2020), explica algunos conceptos relevantes del ruido de los aerogeneradores y parque eólico. En dicho documento se señala que un aerogenerador puede producir ruido a partir de las distintas fuentes que lo componen, siendo posible clasificar las emisiones acústicas de aerogeneradores en ruido mecánico y ruido. El ruido mecánico es aquel producido por los equipos y maquinarias ubicados en el interior de la góndola: generador eléctrico, caja multiplicadora, sistemas de frenos, hidráulicos, orientación, entre otros. El ruido aerodinámico es la parte dominante del ruido de un aerogenerador y es generado por el flujo del aire alrededor de la superficie de las palas. Este ruido puede ser percibido a grandes distancias, dependiendo de las condiciones atmosféricas y configuración del parque eólico. Por otro lado, los fenómenos de propagación y percepción del ruido de aerogeneradores tienen directa relación con las características del entorno. La propagación del ruido está directamente relacionada a la dirección del viento. El ruido de un parque eólico se puede propagar a grandes distancias, incluso mayores a 2 km, por esta razón las distancias mínimas de separación entre viviendas y aerogeneradores, adoptadas por diferentes países y estados, van desde los 500 m hasta los 2 km. Cabe indicar que, nuestro país no existe una norma que fije una distancia mínima entre viviendas y aerogeneradores.
Ahora bien, el DIA presentada analiza generación y propagación del ruido producido por los
aerogeneradores. las centrales eólicas constituyen una actividad que genera emisiones de ruido
hacia la comunidad y, por lo tanto, constituye una fuente emisora regulada por el D.S. (MMA) N°
38/2011, que establece la norma de emisión de ruidos generados por las fuentes que en ella se
indican. En tal sentido, los proyectos de generación de energía eólica deben demostrar el
cumplimiento de dicha normativa ambiental, durante el procedimiento de evaluación de impacto
ambiental, como ocurre en este caso. La norma mencionada indica los procedimientos de medición
del ruido y el método de obtención del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC), valor que
finamente se compara con el límite de la norma para el caso específico. No obstante, dada la
especificidad de las características del ruido de parques eólicos, es necesario definir los aspectos
relevantes que relacionan las características de la emisión de esta fuente, en relación a la normativa.
La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo.
Como primer aspecto, es dable indicar que se definió el área donde el ruido podría alterar a los niveles basales de presión sonora. Para esto se considera como nivel basal de presión sonora, el valor de ruido de fondo (es decir, sin proyecto) más bajo obtenido durante la campaña de mediciones en periodo diurno 39.6 [dB(A)] para Fase de Construcción. Para la Fase de Operación, a partir de la medición continua, se considera que el valor de ruido de fondo más bajo es de 37.3 [dB(A)]. A partir de los cálculos, para la Fase de Construcción se determina un área de influencia con radio de 2.951 [m] a partir de los límites perimetrales del Proyecto. Esto considerando que la suma energética de las fuentes involucradas en la Fase de Construcción presenta un nivel total de potencia sonora estimada en 117 [dB(A)]. Por otro lado, para la Fase de Operación se determina un área de influencia con radio de 967 [m] desde la base de cada Aerogenerador. Esto considerando que, durante la Fase de Operación, los aerogeneradores tendrán un nivel de potencia sonora máximo de 108.1 [dB(A)]. A continuación, se presenta el Área de Influencia para la Fase de Construcción y Fase de Operación
Por lo tanto, como como logra apreciar y se señala la distancia a la que espera se pueda ver alterado los niveles basales de ruido y puedan llegar a ser percibidos supera los 500 m. No obstante, corresponden también evaluar dicho incremento del nivel basal de ruido respecto a los límites que permitido por la norma de emisión de ruidos para una zona rural.
La evaluación del cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores representativos identificados en el área de influencia y que corresponden a los más cercanos a los aerogeneradores, cuyas distancias a los mismos se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORTE Aerogenerador 1 Aerogenerador 2 Aerogenerador 3 R1 648411 5388408 923 478 452 R2 649836 5388583 2283 1778 1032 R3 649876 5388613 2355 1850 1134 R4 649908 5388572 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 649925 5388461 2383 1880 1165
El DS N° 38/2011 MMA establece los niveles máximos permisibles para diferentes zonas establecidas a los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) y además para zonas rurales. Particularmente, para las zonas rurales los niveles máximos de ruido permisible tienen directa relación con el nivel de ruido de fondo en dicha zona, como se muestra en la siguientes Tabla.
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la
fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la
condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y compararlos con los límites máximos establecidos de acuerdo a lo señalado en la normativa. La verificación del cumplimiento normativo se presenta en la siguientes Tablas:
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites
máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores
evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los
resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular
realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el
primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno;
cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector. De ella se infiere que a medida que los receptores se alejan de las fuentes emisoras los niveles de ruido a los que son expuesto decrece.
También se evaluaron los niveles de ruidos producidos en la fase de construcción del proyecto (Anexo 4 de la DIA) donde se obtuvieron los siguientes resultados:
Debido a que los receptores, en este caso, se ubica cerca de los sectores donde materializarán las
obras de acceso y construcción del camino, y los valores de ruido producidos por los equipos y
maquinaria, se podrían superar los límites establecidos por del D.S. N°38/11 del MMA. Por lo
tanto, se incorporar las siguientes medidas de control ambiental.
Área de seguridad en torno a receptor R2: Se establece un área de seguridad de 30 [m] de radio en
torno al receptor R2. Dentro de esta área no se podrá utilizar maquinaria pesada, tal como la
retroexcavadora, rodillo compactador o camión pluma, permitiendo únicamente el trabajo de forma
manual. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá
durante toda esta fase. En la siguiente figura se presenta un esquema del área de seguridad a
implementar en el receptor R2.
Zona de restricción de maquinaria: Se establece una zona de restricción de maquinaria, en la cual
sólo estará permitido el uso de una (1) retroexcavadora. Esto quiere decir que dentro de esta zona
estará restringido el uso de la maquinaria rodillo compactador y camión pluma. Esta medida deberá
implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. La medida
De esta forma, se realiza una nueva modelación, obteniendo los siguientes resultados.
Además de las medidas de control de ruido mencionadas en la DIA, se instalará barreras acústicas móviles de paneles aislantes absorbente, con dimensiones aproximadas de alto de 2,4 m y espesor 0,5 m con peso aproximado 15 kg/m2.
Por otra parte, se evaluó el ruido asociado al transporte, utilizando como referencia el criterio establecido por la Normativa Suiza OPB 814.41, considerando un flujo diario por la ruta de acceso al Proyecto. Los resultados son los siguientes (Anexo 9 de la DIA):
Como se puede apreciar en la tabla, los flujos vehiculares proyectados para la fase de construcción cumplen con los máximos permitidos establecidos en la OPB 814.41 para un grado de sensibilidad II, es decir, zonas donde ninguna empresa perjudicial es autorizada, especialmente en las zonas de habitación así como en aquellas reservadas a las construcciones e instalaciones públicas, siendo los máximos permitidos relacionados al flujo vehicular corresponden a 60 y 50 [dB(A)], para el periodo diurno y nocturno, respectivamente.
En cuanto al por qué se interviene un territorio donde vive mayormente tercera edad, y por qué el proyecto no se instala en zonas desérticas y despobladas. Se ha de señalar en que el desarrollo y ejecución del proyecto en evaluación corresponden a una iniciativa privada y, como tal, la localización del proyecto es definida por el propio Titular, ya que actualmente no existen instrumentos de ordenamiento territorial que ordenen o restrinja en emplazamiento de este tipo de proyectos. Sin perjuicio de lo anterior, la ejecución requiere que se verifique que éste cumple con las exigencias ambientales y sectoriales que les son aplicables.
En el marco de la evaluación ambiental, en la presentación de la DIA el Titular justifica la localización del proyecto por: a) Potencial eólico favorable: De acuerdo al monitoreo y modelaciones realizadas en el sector, se garantiza la viabilidad del proyecto. b) Aptitud de los terrenos: Los terrenos escogidos corresponden a terrenos planos en la cima de un cerro, en un sector rural destinado a actividades silvoagropecuarias. En el sector no hay singularidades ambientales o de biodiversidad que puedan verse amenazadas por un proyecto de este tipo. c) Lejanía de viviendas: El proyecto se instala en un lugar donde no existen viviendas cercanas. d) Accesos: El sector cuenta con accesos apropiados para transportar los equipos de mayor envergadura desde el puerto de desembarque. e) Cercanía a red de eléctrica: El proyecto será conectado directamente desde la línea de media tensión que conecta los aerogeneradores a la línea de distribución local que se encuentra paralelo a la Ruta V-85.
El estudio de medio humano del Anexo 12 de la DIA indica que el sector de La Campana se ubica al norte de la zona urbana de Calbuco, articulado en función de la Ruta V-85 la cual se conecta con la Carretera Panamericana en dirección al norte. A través de la información obtenida mediante entrevistas, se da cuenta de una zona habitada a través de parcelas, pertenecientes a grupos familiares que las han ido heredando y dividiendo con el objetivo de adaptarlas a las necesidades de las nuevas generaciones. Las viviendas se encuentran dispersas a lo largo del camino que lleva hasta el polígono del proyecto y se aprecia una concentración en el punto que conecta esta ruta privada con la carretera V – 85. Además, en el mismo lugar es posible encontrar algunos servicios como comercio menor, iglesias e infraestructura comunitaria (sede social).
En relación a la afectación de aves y murciélagos, y con ello el control de plagas como los roedores, se puede indicar que la DIA acompaño en el Anexo 8 un estudio de caracterización de la fauna en complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna, todo ello con el objeto de evaluar los efectos que se producirían sobre la fauna y, particularmente, sobre la avifauna, producto de las obras y acciones del proyecto.
Los muestreos realizados en el área de influencia del proyecto permitieron registrar 6 especie de aves rapaces. Para el caso de los quirópteros, en cambio, los monitoreos acústicos nocturnos no detectaron su presencia (Anexo 8 de la DIA). Las aves rapaces corresponden a las siguientes:
Familia Nombre científico Nombre común estado de conservación RCE UINC Ley de caza Accipitridae Circus cinereus Vari - LC B/E Cathartidae Cathartes aura Jote de cabeza colorada - LC B Cathartidae Coragyps atratus Jote de cabeza negra - LC B Falconidae Milvago chimango Tiuque - LC B/E Falconidae Caracara plancus Traro - LC - Strigidae Glaucidium nanum Chuncho - LC B/E
De acuerdo con la legislación nacional, para ninguna de ellas se encuentra clasificada su categoría
de conservación. Por su parte, la evaluación de la UICN (Unión Internacional para la Conservación
de la Naturaleza) indica que todas estas se encuentran en “Preocupación menor”. En cuanto a lo
Observante: Delfín Sánchez M
Observación: ¿Cómo puede asegurar que no se destruya el medio ambiente? ¿Si no hay un Estudio de Impacto Ambiental? - Los lugareños han tenido la suerte de ver manadas de Pudu, ¿qué sucede […] - somos personas de la tercera edad que lo único que queremos es la tranquilidad y disfrutar un paisaje natural en nuestro entorno. ¿qué sucede con intervenir un paisaje y transformarlo en artificial? - Los árboles nativos son irremplazables ¿al forestar no es lo mismo? - ¿Por qué el sistema es tan autoritario, y no piensan en las personas primero? - ¿cómo pueden asegurar que la destrucción de los pájaros sea la mínima? - ¿Qué sucede con la contaminación lumínica? - ¿Cómo me pueden asegurar que los ruidos no se van a sentir a más de 500mts?
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
En primer lugar, resulta necesario aclarar en qué situaciones se requiere una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y cuándo es pertinente la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Sobre ello, cabe indicar que corresponde en primera instancia al Titular del proyecto definir la modalidad de ingreso de su proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ya sea a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Para ello, debe analizar el artículo 11 de la Ley N° 19.300, donde se establece que los proyectos que se presentan al SEIA lo harán presentando un DIA, salvo que generen o presenten, a lo menos, uno los efectos, características o circunstancias que allí se indican, en cuyo caso requerirán la elaboración de un EIA.
Una vez presentado el proyecto el procedimiento de evaluación de impacto ambiental en el SEIA, y
conforme a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA, se debe verificar el tipo de
proyecto y la vía de evaluación que debe seguir, así como los contenidos a que se refiere el Titulo II
y los artículos 28 y 29 del reglamento. Este proceso de admisión a trámite fue realizado,
comprobando que la presentación, en este caso la DIA, cumplía con los requisitos formales de
presentación, incluidos los contenidos mínimos pues la revisión de fondo es parte del proceso de
evaluación. Ahora bien, el procedimiento de evaluación ambiental contempla instancias para
solicitar al Titular del proyecto aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de la información, salvo
que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) determine que adolece de información relevante o
esencial -entendiendo por relevante aquella información indispensable para la compresión del
proyecto como unidad y por esencial la requerida para determinar que no se generan los efectos,
características o circunstancias (ECC) del artículo 11 de la Ley-, que no pueda ser subsanada
mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, lo que deriva necesariamente de la
trascendencia de la información omitida; o bien se determine que el proyecto requiere la
elaboración de un EIA, por quedar de manifiesto en los antecedentes presentados que se genera un
Por último, cabe indicar que la presentación de la DIA al actual procedimiento de evaluación ambiental concluirá con la calificación ambiental de mismo por parte de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, donde se establecerá finalmente, entre otros aspectos, si el proyecto genera o no alguno de los ECC del artículo 11 del Ley que dan origen a la necesidad de presentar un EIA y, consecuentemente, en caso así se determine, rechazar la presentación a través de una DIA, por requerir un EIA.
Aclarada forma de ingreso de un proyecto al SEIA y la tramitación, es posible referirse a los antecedentes que debe contener una DIA para su evaluación y descartar que requiera un EIA. En este sentido, el Reglamento del SEIA establece los contenidos mínimos de información y antecedentes de deben acompañar una DIA. Entre ellos se señalan: “Los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental…”. Esto implica que no por el ser un DIA no debe presentar información sobre, los distintos elementos del medio ambiente que pudiesen verse afectados.
Ahora bien, de lo expuesto queda de manifiesto que los proyectos que deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA) lo hacen porque son susceptibles de causar impacto y, si bien, ellos deben ajustarse a las normas ambientales vigentes y reducir los efectos adversos que pudiesen provocar, su ejecución afecta determinados elementos o componentes del medio ambiente.
En cuanto al avistamiento de pudú, los estudios acompañados a la DIA permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación, endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). Cabe señalar que el Pudú (Pudu puda) se encuentra listada entre las especies potenciales de encontrar en el área, siendo su estado de conservación vulnerable (VU). Sin embargo, no fue registrada en las observaciones en terrenos llevas a cabo por el Titular.
De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). No obstante, la potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. La superficie de corta de vegetación es de 1,55 hectáreas de bosque nativo y 0,62 hectáreas de plantaciones forestales. En cuanto a las especies con problemas de conservación por su alta movilidad y utilización de diversos hábitats no se espera que la población de la especie choroy se vea mermada con ocasión de ejecución del proyecto. Por su parte, la fauna con baja movilidad, anfibios y reptiles, es las más susceptible de verse afectada por el desarrollo de las obras, especialmente por aquellas que implican remoción y compactación de suelo. Sin embargo, debido a los atributos y hábitat disponibles para estas especies se concluye que, si bien existirá una alteración de su hábitat y con ello probablemente la pérdida de los ejemplares que allí habitan, ello ocurrirá puntualmente por lo que, incluso a nivel local, no se verá alterada la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. Por otra parte, se contempla un plan un plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de atropello de fauna silvestre, que puede ser aplicado en caso de afectar algún ejemplar de Pudú.
En lo que respecta al paisaje natural del entorno, ello está referida en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al impacto estético sobre el paisaje, sobre el particular la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) realizó un estudio (Anexo 14 de la DIA) que tenía por objeto efectuar una descripción y caracterización del paisaje, determinar su valor paisajístico y la calidad del mismo en el área de influencia, de manera de posibilitar, finalmente, la evaluación del impacto sobre dicho elemento del medio ambiente.
De lo anterior se desprende la vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje. Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector. En cuanto al aporte en el valor paisajístico de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies en el área, esta no es fácilmente observable al contemplar el paisaje, por lo que no resulta en un atributo destacado.
Siguiendo con el análisis sobre el paisaje, en área de influencia se identificaron dos unidades de paisaje distinguibles, la primera de ellas denominada “Unidad Asentamiento Rural” (UP1) y la segunda llamada “Unidad Plantación Forestal” (UP2). La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y V-85, y corresponde a sectores con pequeños caseríos. La UP2, en cambio, abarca la mayor parte del área de influencia y está constituidas por mosaicos irregulares compuestos por bosques nativo, plantaciones forestales, sectores desforestados, praderas y matorrales. Dado que el proyecto se localiza fundamentalmente en esta última unidad de paisaje, el estudio realizó la descripción y valoración de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de la unidad de paisaje “Plantación forestal” de manera de determinar si posee o no carácter único o representativos. Los resultados señalan que más de la mitad de los atributos analizados se evalúan en la categoría “Baja”. Existe un atributo que recaen en la categoría Destacada y dos en la categoría Media, obteniéndose una valoración de calidad visual Baja.
Cabe indicar que la Guía para la evaluación del impacto paisajístico del SEA (2019) indica que “Se
consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y
además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría
baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los
Resulta conveniente señalar que, si bien el paisaje constituye un componente del medio ambiente, sólo se considera un objeto de protección para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se encuentre en una zona con valor paisajístico, entendiendo una zona con valor paisajístico como aquella que, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, lo que no ocurre en este caso, debido a la baja calidad visual que actualmente posee el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto.
El estudio de paisaje evaluó, finalmente, si la actual calidad del paisaje (Baja) se verá mermada como resultado de la instalación del proyecto. Para ello se efectuó una simulación mediante fotomontaje de la situación “sin proyecto” y la situación “con proyecto”. Los fotomontajes pretenden simular como se visualizarán las obras del proyecto, desde puntos de observación representativos o habituales de un observador común. En este caso, el fotomontaje se realizó desde tres (3) puntos de observación distintos. En ellos se aprecia que, debido a la altura que poseerán los aerogeneradores, serán visibles, aunque debido a la distancia de los puntos de observación y la presencia obstáculos visuales (vegetación) en ciertos lugares su vista será parcial. Si bien existirá un impacto sobre el paisaje debido a la incorporación de un elemento artificial en el paisaje, no habrá una pérdida relevante de los atributos naturales que caracterizan en paisaje ni se obstruirá su visibilidad.
Sobre la observación vinculada a la corta de árboles nativos y la reforestación, se puede señalar que la ejecución de las obras del proyecto requerirá de la corta o intervención de vegetación correspondiente a bosque nativo y plantaciones forestales. De acuerdo a los contenidos técnicos de los permisos ambientales sectoriales 148 y 149 de Reglamento del SEIA, presentados en los Anexos 7A y 7B de la Adenda, respectivamente; las áreas corresponden a: corta de 1,55 hectáreas de bosque nativo del Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo 0,69 hectáreas, Siempreverde de Ñirre 0,70 hectáreas y Siempreverde de Tepú 0,16 hectáreas), y corta de 0,62 hectáreas de plantaciones de eucalipto. todas ellas localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras del proyecto.
Al respecto, la normativa sectorial obliga a reforestar una superficie equivalente a aquella cortada. En tal sentido, el Titular declara que, para el caso del bosque nativo, realizará la reforestación con especies del mismo tipo forestal Siempreverde a intervenir, cuya densidad total será de 1.600 plantas/ha. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen presentarán condiciones similares al área intervenida con el propósito de que permitan asegurar la sobrevivencia de los ejemplares plantados. La reforestación se realizará en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta, de preferencia ubicado en la misma provincia, la que debe ser como mínimo equivalente a la de corta. El área a reforestar se efectuará en suelos con clase de capacidad de uso entre VI y VII (Suelos de Aptitud Preferentemente Forestal).
Predio Nº Área a reforestar Año Clase Capac Uso Tipo de vegetación actual en el lugar a reforestar Especie Densidad pl/ha Nº Superficie (ha) Por definir Por definir 0,68 2024 VI-VII Por definir Tipo Forestal Siempreverde 1.600 Total 0,68
Para el caso de las plantaciones forestales de eucalipto, el Titular declara que realizará la reforestación con el mismo tipo forestal a intervenir, correspondientes a Eucalyptus globulus, cuya densidad total será de 1.100 plantas/ha. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen presentarán condiciones similares al área intervenida con el propósito de que permitan asegurar la sobrevivencia de los ejemplares plantados. La reforestación se realizará en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta, de preferencia ubicado en la misma provincia, la que debe ser como mínimo equivalente a la de corta. El área a reforestar se efectuará en suelos con clase de capacidad de uso entre VI y VII (Suelos de Aptitud Preferentemente Forestal).
Clase Tipo de Especie Densidad Nº Nº Superficie (ha) Año Capac Uso vegetación actual
pl/ha Por definir Por definir 0,62 2024 VI-VII Por definir Eucalyptus globulus 1.100 Total 0,62
Como una condición a al pronunciamiento favorable respecto al permiso para corta de bosque nativo (PAS 148), CONAF señala en su oficio Ord. 14-EA/2022 del 28 de febrero de 2022, plantea la exigencia de efectuar el monitoreo y seguimiento de la reforestación, señalando que ésta tiene como objetivo, procurar que se cumpla con la reforestación obligatoria, y el establecimiento del nuevo bosque. Para ello el Titular tiene la obligación de asegurar la protección de la reforestación involucrada. Entre las medidas requeridas está el resguardo contra amenazas y daños de otros agentes, como por ejemplo el ingreso de ganado al área de reforestación, de modo tal que se pueda lograr la permanencia y desarrollo natural del bosque en formación, el cual es el objetivo que persigue la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), corresponden a un instrumento de gestión destinado a la evaluación y predicción de los impactos ambientales que puedan generar los proyectos y actividades que se realizan en el país y que, de acuerdo a la ley, requieran ser evaluado. Se trata de un procedimiento administrativo preventivo y reglado (D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente), que establece, entre otras cosas, la forma de evaluar el impacto ambiental de los proyectos y las actuaciones que corresponde sean realizadas por las partes involucradas (Titular, órganos de la administración del Estado con competencia ambiental y la ciudadanía).
En cuanto a la afectación pájaros, se indica que la DIA incorporó antecedentes sobre la fauna existente en el lugar (Estudios de caracterización de fauna en Anexo 8). En particular sobre las aves se desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo (Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia, así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como peligrosos y, por lo tanto, con mayor sensibilidad a colisión con aerogeneradores. Dentro de éstas destacan Coragyps atratus (Jote de cabeza negra) y Theristicus melanopis (Bandurria), dado que pueden alcanzar alturas mayores (altura de riesgo de colisión). Sin embargo, la probabilidad de colisión dependerá también de las características del conjunto de aerogeneradores. En esta caso, el proyecto considera la instalación de solo tres aerogeneradores distanciados entre sí por más de 400 m, y una distancia mínima aproximada de las aspas al suelo de 60 m. Considerando que todos los vuelos registrados en el estudio fueron a una altura máxima de 50 m, y que la separación entre cada aerogenerador permitirá la existencia de “corredores aéreos” que permitirían la libre circulación de la avifauna que transita por el área de influencia, se estima que existe una zona de baja probabilidad de impacto por colisión. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un plan de monitoreo de aves (compromiso ambiental voluntario) que tiene por objetivo, durante la fase de operación del proyecto, evaluar potenciales cambios en las conductas de la avifauna y de los parámetros ecológicos luego de la operación de los aerogeneradores, verificar las colisiones y barotrauma de la fauna voladora y determinar eventuales acciones para evitar impacto sobre las taxas objetivo
En relación a la contaminación lumínica nuestro país cuenta con una norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, D.S.(MMA) N°43/2012. Sin embargo, esta norma está enfocada a proteger la calidad astronómica de los cielos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, por lo que no resulta aplicable al proyecto.
Si bien la DIA no describe el tipo de luces de navegación que utilizará, ello se encuentra normado y
corresponde a una exigencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) hace a
La “Guía para la aplicación del DS N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA (SEA, 2020), explica algunos conceptos relevantes del ruido de los aerogeneradores y parque eólico. En dicho documento se señala que un aerogenerador puede producir ruido a partir de las distintas fuentes que lo componen, siendo posible clasificar las emisiones acústicas de aerogeneradores en ruido mecánico y ruido. El ruido mecánico es aquel producido por los equipos y maquinarias ubicados en el interior de la góndola: generador eléctrico, caja multiplicadora, sistemas de frenos, hidráulicos, orientación, entre otros. El ruido aerodinámico es la parte dominante del ruido de un aerogenerador y es generado por el flujo del aire alrededor de la superficie de las palas. Este ruido puede ser percibido a grandes distancias, dependiendo de las condiciones atmosféricas y configuración del parque eólico. Por otro lado, los fenómenos de propagación y percepción del ruido de aerogeneradores tienen directa relación con las características del entorno. La propagación del ruido está directamente relacionada a la dirección del viento. El ruido de un parque eólico se puede propagar a grandes distancias, incluso mayores a 2 km, por esta razón las distancias mínimas de separación entre viviendas y aerogeneradores, adoptadas por diferentes países y estados, van desde los 500 m hasta los 2 km. Cabe indicar que, nuestro país no existe una norma que fije una distancia mínima entre viviendas y aerogeneradores.
Ahora bien, el DIA presentada analiza generación y propagación del ruido producido por los aerogeneradores. las centrales eólicas constituyen una actividad que genera emisiones de ruido hacia la comunidad y, por lo tanto, constituye una fuente emisora regulada por el D.S. (MMA) N° 38/2011, que establece la norma de emisión de ruidos generados por las fuentes que en ella se indican. En tal sentido, los proyectos de generación de energía eólica deben demostrar el cumplimiento de dicha normativa ambiental, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, como ocurre en este caso. La norma mencionada indica los procedimientos de medición del ruido y el método de obtención del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC), valor que finamente se compara con el límite de la norma para el caso específico. No obstante, dada la especificidad de las características del ruido de parques eólicos, es necesario definir los aspectos relevantes que relacionan las características de la emisión de esta fuente, en relación a la normativa. Para lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental publicó la Guía para la aplicación del D.S. N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA, la que debe ser considerada como referencia por los proyectos sometidos a evaluación de impacto, en orden a elaborar sus estudios de emisión de ruidos.
La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo.
Por lo tanto, como como logra apreciar y se señala la distancia a la que espera se pueda ver alterado los niveles basales de ruido y puedan llegar a ser percibidos supera los 500 m. No obstante, corresponden también evaluar dicho incremento del nivel basal de ruido respecto a los límites que permitido por la norma de emisión de ruidos para una zona rural.
La evaluación del cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores representativos identificados en el área de influencia y que corresponden a los más cercanos a los aerogeneradores, cuyas distancias a los mismos se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORTE Aerogenerador 1 Aerogenerador 2 Aerogenerador 3 R1 648411 5388408 923 478 452 R2 649836 5388583 2283 1778 1032 R3 649876 5388613 2355 1850 1134 R4 649908 5388572 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 649925 5388461 2383 1880 1165
El DS N° 38/2011 MMA establece los niveles máximos permisibles para diferentes zonas establecidas a los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) y además para zonas rurales. Particularmente, para las zonas rurales los niveles máximos de ruido permisible tienen directa relación con el nivel de ruido de fondo en dicha zona, como se muestra en la siguientes Tabla.
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la
fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la
condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y compararlos con los límites máximos establecidos de acuerdo a lo señalado en la normativa. La verificación del cumplimiento normativo se presenta en la siguientes Tablas:
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites
máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores
evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los
resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular
realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el
primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno;
cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector. De ella se infiere que a medida que los receptores se alejan de las fuentes emisoras los niveles de ruido a los que son expuesto decrece.
También se evaluaron los niveles de ruidos producidos en la fase de construcción del proyecto (Anexo 4 de la DIA) donde se obtuvieron los siguientes resultados:
Debido a que los receptores, en este caso, se ubica cerca de los sectores donde materializarán las
obras de acceso y construcción del camino y los veles de ruido producidos por los equipos y
maquinaria, se podrían superar los límites establecidos por del D.S. N°38/11 del MMA. Por lo
tanto, se incorporar las siguientes medidas de control ambiental.
Área de seguridad en torno a receptor R2: Se establece un área de seguridad de 30 [m] de radio en
torno al receptor R2. Dentro de esta área no se podrá utilizar maquinaria pesada, tal como la
retroexcavadora, rodillo compactador o camión pluma, permitiendo únicamente el trabajo de forma
manual. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá
durante toda esta fase. En la siguiente figura se presenta un esquema del área de seguridad a
implementar en el receptor R2.
Zona de restricción de maquinaria: Se establece una zona de restricción de maquinaria, en la cual
sólo estará permitido el uso de una (1) retroexcavadora. Esto quiere decir que dentro de esta zona
estará restringido el uso de la maquinaria rodillo compactador y camión pluma. Esta medida deberá
implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. La medida
De esta forma, se realiza una nueva modelación, obteniendo los siguientes resultados.
Además de las medidas de control de ruido mencionadas en la DIA, se instalará barreras acústicas móviles de paneles aislantes absorbente, con dimensiones aproximadas de alto de 2,4 m y espesor 0,5 m con peso aproximado 15 kg/m2.
Por otra parte, se evaluó el ruido asociado al transporte, utilizando como referencia el criterio establecido por la Normativa Suiza OPB 814.41, considerando un flujo diario por la ruta de acceso al Proyecto. Los resultados son los siguientes (Anexo 9 de la DIA):
Como se puede apreciar en la tabla, los flujos vehiculares proyectados para la fase de construcción cumplen con los máximos permitidos establecidos en la OPB 814.41 para un grado de sensibilidad II, es decir, zonas donde ninguna empresa perjudicial es autorizada, especialmente en las zonas de habitación así como en aquellas reservadas a las construcciones e instalaciones públicas, siendo los máximos permitidos relacionados al flujo vehicular corresponden a 60 y 50 [dB(A)], para el periodo diurno y nocturno, respectivamente.
Observante: René Andrés Maldonado Maldonado
Observación: 1.- ¿Por qué no se informa a la ciudadanía que se va a presentar un proyecto de o que va a afectar en un impacto ambiental a la comunidad? 2.- ¿Cómo Uds. me aseguran que no va a ver efectos adversos en la flora y fauna al construir e instalar estos generadores? 3.- […] 4.- ¿Qué beneficios ecológicos dejan estos proyectos eólicos para el medio ambiente nativo? 5.- ¿qué pasa con la contaminación lumínica? 6.- ¿a qué velocidad de vientos se hicieron las pruebas de movimiento de las aspas? 7.- ¿cómo Uds. me aseguran que el ruido que van a generar las aspas son las del informe? 8.- ¿por qué habiendo lugares costeros con buena intensidad de vientos Uds. vienen a intervenir un entorno pasivo y agradable para el medio ambiente? 9.- ¿las generadoras eólicas van a afectar a las aves cazadoras de roedores? 10.- ¿cómo van a contrarrestar la contaminación visual?
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
1.- La Ley N° 19.300 entrega al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) la responsabilidad de
administrar el SEIA y desarrollar la participación ciudadana, la cual se inicia cuando el titular de un
proyecto presenta la DIA (cuando corresponda) o el EIA al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA). El artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 establece que la participación ciudadana
Conforme a la responsabilidad que recae en el SEA y lo establecido en el Reglamento del SEIA, el aviso de ingreso de la DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” a evaluación ambiental en el SEIA fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el Diario La Tercera con fecha 5 de mayo de 2021. Además, de ordenó al Titular y realizar la difusión radial del ingreso de su proyecto al SEIA y la posibilidad de la ciudadanía de solicitar el inicio de un proceso de participación ciudadana, la que se llevó a cabo por medio de la radio Calbuco 90.3 FM, entre los días 4 y 10 de mayo de 2021, según consta en el certificado del 20 de mayo de 2021 emitido por la misma radioemisora. Dentro del plazo legal establecido se recibieron las solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana de parte de organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica vigente y personas naturales. Con fecha 20 de julio de 2021 se dictó la Resolución N°145 por parte del Director Regional SEA Los Lagos, mediante la cual se ordena el inicio del proceso de participación ciudadana, y el día 27 de julio de 2021 se publica Extracto de dicha Resolución en el Diario Oficial y Diario El Llanquihue.
Con el propósito de establecer mecanismos que aseguren la participación informada de la comunidad en el proceso de evaluación ambiental, se realizaron las actividades que a continuación se indican:
Tabla N°1.2. Actividades de Participación Ciudadana Actividades presenciales Lugar Fecha Taller de apresto El Tambor – La Campana 04-08-2021 Taller de apresto de la participación y diálogo con el Titular (1) El Tambor – La Campana 12-08-2021 Taller de apresto de la participación y diálogo con el Titular (2) El Tambor – La Campana 12-08-2021
2.- En cuanto a los impactos sobre flora y fauna, pérdida de cobertura vegetal, desplazamiento de aves, afectación de la comunidad de reptiles y de los anfibios, se ha de señalar que la DIA acompaño estudios de caracterización de la flora y vegetación (Anexo 7 y Anexo 3 de la Adenda complementaria) y fauna (Anexo 8), complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna.
Los estudios de fauna realizados permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su
entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y
aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como
objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de
influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación,
endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente
fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a
partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17
especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la
DIA). De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36
especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9
anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y
VU) o casi amenazada (NT). Es importante destacar que la totalidad de los reptiles y anfibios con
distribución potencial se encuentran en alguna categoría de conservación. No obstante, la
potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en
terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140
horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1)
reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del
territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue
Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se
Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los anfibios, destaca la riqueza de especies, las cuales se registraron a través de la observación directa y audición de vocalización en coros (vocalizaciones), es así como se registró a Hylorina sylvatica (rana esmeralda) con una abundancia relativa del 28,6%, cuyos registros se dieron en el ambiente Bosque Siempreverde con 2 individuos (densidad igual a 25 ind/ha). Con igual abundancia relativa, se registró a Batrachyla taeniata (ranita de antifaz), con el registro de un individuo (densidad 12,5 ind/ha) en el ambiente Bosque Siempreverde y un ejemplar en Plantación forestal (densidad 12,5 ind/ha). El resto de las especies de anfibios se presentaron en menores abundancias, con el registro de un ejemplar de las especies Batrachyla leptopus (rana moteada), Eupsophus calcaratus (rana de hojarasca austral) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Dentro de esta herpetofauna, 3 especies se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) (rana moteada, rana de hojarasca austral y rana esmeralda) y 2 especies se encuentran en estado de conservación de “Casi amenazada” (NT) (ranita de antifaz y sapito de cuatro ojos).
Con relación a reptiles, se registró la presencia de una especie, Liolaemus cyanogaster (lagartija de vientre azul), habiéndose registrado solo un (1) ejemplar en el AI del Proyecto, en el ambiente Bosque Siempreverde con una densidad de 6,25 (ind/ha). Esta especie se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
En cuanto a la avifauna registrada, las especies más abundantes fueron Enicognathus leptorhynchus (choroy), con una abundancia relativa del 13,33% (14 ejemplares en total en el AI del Proyecto), siendo más abundante en el ambiente Matorral arborescente de Nothofagus antartica con una bandada de 7 individuos (densidad igual a 8,91 ind/ha), 6 individuos en Bosque Siempreverde (densidad igual a 3,82 ind/ha) y un solo ejemplar en el ambiente Plantación forestal (densidad igual a 0,64 ind/ha). Le sigue en abundancia relativa Curaeus curaeus (tordo) con una abundancia relativa de 7,62%, cuya presencia más abundante fue registrada en el ambiente Plantación forestal con 4 individuos y una densidad de 2,55 ind/ha. El resto de la avifauna registrada se presentó con menores abundancias que las descritas anteriormente. Toda la avifauna registrada, excepto el tordo, se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
Respecto de los mamíferos, destaca la presencia de las especies nativas Abrothrix sanborni (ratón negro de Sanborn) y Oligoryzomys longicaudatus (ratón de cola larga), aunque ambos en bajas abundancias.
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del
Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su
estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla
taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies
endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución
restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y
Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. La superficie de corta de vegetación es de 1,55 hectáreas de bosque nativo y 0,62 hectáreas de plantaciones forestales. En cuanto a las especies con problemas de conservación por su alta movilidad y utilización de diversos hábitats no se espera que la población de la especie choroy se vea mermada con ocasión de ejecución del proyecto. Por su parte, la fauna con baja movilidad, anfibios y reptiles es las más susceptible de verse afectada por el desarrollo de las obras, especialmente por aquellas que implican remoción y compactación de suelo. Respecto de estos grupos de fauna se indican sus atributos, que dan cuenta de los lugares y condiciones de hábitat.
Lo anterior lleva a concluir que, si bien existirá una alteración de su hábitat y con ello probablemente la pérdida de los ejemplares que allí habitan, ello ocurrirá puntualmente por lo que, incluso a nivel local, no se verá alterada la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. Por otra parte, se contempla un plan un plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de atropello de fauna silvestre.
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo
(Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las
aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión
existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información
respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia,
así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base
en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se
obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el
área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor
promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área
del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como
En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC). La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el
proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149
para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de
Tal como se expuso para el caso de la fauna, conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Finalmente, cabe indicar que la DIA se refiere al emplazamiento del proyecto dentro o en las proximidades a áreas protegidas, señalando que el éste no se localiza en o próximo a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, acompañando un plano de ubicación del proyecto en relación dichas área. De igual manera, el análisis territorial efectuado por el Servicio de Evaluación Ambiental, durante la evaluación del proyecto, descartó que el proyecto se encuentre en dicha circunstancia, establecida en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. En cuanto al valor ambiental del territorio, tal como da cuenta en informe de suelo y vegetación, el área de emplazamiento del proyecto, aunque mantiene una composición florística dominada por especies nativas, no se encuentra en una condición natural, pues existe un importante grado de intervención antrópica por plantaciones forestales y degradación de los suelos. Cabe indica que el artículo 6 del RSEIA prescribe que “Se entenderá que un territorio cuenta con valor ambiental cuando corresponda a un territorio con nula o baja intervención antrópica y provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad”.
4.- Respecto a los beneficios ecológicos que dejan estos proyectos eólicos para el medio ambiente, el Titular plantea que, al tratarse de una fuente de generación eléctrica producida mediante la utilización de un recurso natural renovable no convencional, como lo es el viento, contribuirá a disminuir la generación de gases de efecto invernadero, responsables del cambio climático. Sin perjuicio de lo anterior, dado que se trata de un proyecto proyectos que debe someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA) en forma obligatoria, es susceptibles de causar impacto y, si bien, ellos deben ajustarse a las normas ambientales vigentes y reducir los efectos adversos que pudiesen provocar, su ejecución afecta determinados elementos o componentes del medio ambiente en su área de influencia.
5.- En relación a la contaminación lumínica nuestro país cuenta con una norma de emisión para la
regulación de la contaminación lumínica, D.S.(MMA) N°43/2012. Sin embargo, esta norma está
enfocada a proteger la calidad astronómica de los cielos de las regiones de Antofagasta, Atacama y
Coquimbo, por lo que no resulta aplicable al proyecto.
Si bien la DIA no describe el tipo de luces de navegación que utilizará, ello se encuentra normado y corresponde a una exigencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) hace a cualquier estructura igual o mayor a 45 m de altura, de manera de advertir obstáculos a la navegación aérea, como sucede también con las antenas de celulares y comunicación. Dentro del tipo de luces permitidas por la DGAC, para estructuras de las características de los aerogeneradores, la Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos (SAG, 2015) se sugiere la utilización de luces tipo A y B (siempre que no sean usadas con luces de baja intensidad, dado que estas son de tipo continuo), es decir, luces blancas, de mediana intensidad, con destellos simultáneos; y luces rojas, mediana intensidad, con destellos simultáneos (solas o en combinación con luces de baja intensidad). Lo anterior debido a que la literatura internacional señala que los factores más importantes en la atracción de las aves a la luz son la intensidad y frecuencia con que ésta se emite, más que el color, indicándose que cuanto más largo es el período de oscuridad entre destellos de luz, las aves serían menos propensas a sentirse atraídas o desorientadas. La citada guía, recomienda sobre la iluminación del parque eólico que las luces de navegación se ubiquen en las góndolas de la turbina, evitando la iluminación a nivel del suelo. Además, se propone iluminar solo las turbinas de los extremos, delimitando la forma del parque, disparar las luces de manera sincronizada y que el resto de la iluminación se active por medio de sensores de manera de reducir al mínimo la contaminación lumínica del área. Finalmente, cabe desatacar que el proyecto contará con 3 aerogeneradores dispuestos linealmente, situados a más de 100 m de altura y 1000 m de la carretera, por lo que no representa riesgo de encandilamiento o distracción en la conducción de vehículos.
-
De acuerdo a las características técnicas de los aerogeneradores la velocidad del viento para iniciar la generación eléctrica es de 3,0 m/s, mientras que la velocidad a la cual se produce la desconexión del aerogenerador es de 25 m/s. Por su parte las mediciones de ruido producidas por el funcionamiento de los aerogeneradores consideran a distintos rangos de velocidades de viento, las que fueron de 6-8 de 8-10 y de 10-12 m/s.
-
Dada la especificidad de las características del ruido producidos por los parques eólicos, es necesario definir los aspectos relevantes que relacionan las características de la emisión de esta fuente, en relación a la normativa. Para lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental publicó la “Guía para la aplicación del D.S. N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA”, la que debe ser considerada como referencia por los proyectos sometidos a evaluación de impacto, en orden a elaborar sus estudios de emisión de ruidos.
La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo, desarrollada bajo los criterios de la citada guía.
Sin perjuicio de lo anterior, se debe tener en cuenta que, aunque se utilizan de modelos de
predicción aceptados internacionalmente, están sujetos a errores en las estimaciones. Para abordar
lo anterior y verificar los resultados de la modelación, se puede, como el caso del compromiso
ambiental voluntario de este proyecto, implementar un programa de monitoreo de ruido, con el fin
- En cuanto al localización del proyecto, se ha de señalar que el desarrollo y ejecución del proyecto corresponden a una iniciativa privada y, como tal, es definida por el propio Titular, ya que actualmente no existen instrumentos de ordenamiento territorial que ordenen o restrinja en emplazamiento de este tipo de proyectos. Sin perjuicio de lo anterior, la ejecución requiere que se verifique que éste cumple con las exigencias ambientales y sectoriales que les son aplicables.
En el marco de la evaluación ambiental, en la presentación de la DIA el Titular justifica la localización del proyecto por: a) Potencial eólico favorable: De acuerdo al monitoreo y modelaciones realizadas en el sector, se garantiza la viabilidad del proyecto. b) Aptitud de los terrenos: Los terrenos escogidos corresponden a terrenos planos en la cima de un cerro, en un sector rural destinado a actividades silvoagropecuarias. En el sector no hay singularidades ambientales o de biodiversidad que puedan verse amenazadas por un proyecto de este tipo. c) Lejanía de viviendas: El proyecto se instala en un lugar donde no existen viviendas cercanas. d) Accesos: El sector cuenta con accesos apropiados para transportar los equipos de mayor envergadura desde el puerto de desembarque. e) Cercanía a red de eléctrica: El proyecto será conectado directamente desde la línea de media tensión que conecta los aerogeneradores a la línea de distribución local que se encuentra paralelo a la Ruta V-85.
En cuanto al emplazamiento de las obras del proyecto, éste tendrá un sólo un punto de acceso, correspondiente al kilómetro 6,28 de la Ruta V-85 y se inserta dentro de un predio privado de aproximadamente 80 hectáreas.
- En relación a la afectación de aves cazadoras de roedores, se puede indicar que la DIA acompaño en el Anexo 8 un estudio de caracterización de la fauna en complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna, todo ello con el objeto de evaluar los efectos que se producirían sobre la fauna y, particularmente, sobre la avifauna, producto de las obras y acciones del proyecto.
Los muestreos realizados en el área de influencia del proyecto permitieron registrar 6 especie de aves rapaces. Las aves rapaces corresponden a las siguientes:
De acuerdo con la legislación nacional, para ninguna de ellas se encuentra clasificada su categoría de conservación. Por su parte, la evaluación de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) indica que todas estas se encuentran en “Preocupación menor”. En cuanto a lo estipulado en la Ley de Caza, 5 de ellas son beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, y de estas mismas, 3 son también beneficiosas para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales. Ahora bien, se considera que el proyecto no generará efectos significativos sobre las aves rapaces, ya que ninguna de ellas presenta un riesgo de colisión evidente, principalmente por sus factores estructurales, como también por el escaso el número de aerogeneradores (3) y su disposición espacial. En cuanto a los factores biológicos de las aves rapaces, se cuenta con que estas no poseen problemas de maniobrabilidad por su baja carga alar (relación entre el largo de las alas y el peso del ave) (SAG, 2015), lo que las hace menos susceptibles a la colisión con aerogeneradores. Además, según el estudio de tránsito aéreo, no se registraron aves en vuelos de altura de riesgo (mayores a 60 metros), lo que, si bien no quiere decir que sea una condición permanente, se induce que las aves del sector no frecuentan alturas de riesgo. Finalmente, se puede indicar que el Titular ha comprometido la realización de un plan de monitoreo de aves y quirópteros, durante la fase de operación del proyecto, evaluar potenciales cambios en las conductas de la avifauna y de los parámetros ecológicos luego de la operación de los aerogeneradores, verificar las colisiones y barotrauma de la fauna voladora y determinar eventuales acciones para evitar impacto sobre las taxas objetivo (Anexo 9 del Adenda Complementaria).
- En relación a la contaminación visual, ella está referida en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al impacto estético sobre el paisaje, sobre el particular la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) realizó un estudio (Anexo 14 de la DIA) que tenía por objeto efectuar una descripción y caracterización del paisaje, determinar su valor paisajístico y la calidad del mismo en el área de influencia, de manera de posibilitar, finalmente, la evaluación del impacto sobre dicho elemento del medio ambiente.
Los criterios y la forma de llevar a cabo la caracterización y evaluación del impacto sobre el paisaje
han sido desarrollada por el Servicio de Evaluación Ambiental, y se encuentran contenidas en una
guía técnica “Guía para la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico en el SEIA”
(SEA, 2019). El estudio presentado en la DIA se ajusta a los requerimientos técnicos establecidos
en la mencionada guía, y a partir de ello se tiene que los atributos relevantes del paisaje en zona de
emplazamiento del proyecto, es decir, aquellas cualidades naturales del paisaje que permiten
evaluar su calidad corresponden a los siguientes:
De lo anterior se desprende la vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje. Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector. En cuanto al aporte en el valor paisajístico de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies en el área, esta no es fácilmente observable al contemplar el paisaje, por lo que no resulta en un atributo destacado.
Siguiendo con el análisis sobre el paisaje, en área de influencia se identificaron dos unidades de paisaje distinguibles, la primera de ellas denominada “Unidad Asentamiento Rural” (UP1) y la segunda llamada “Unidad Plantación Forestal” (UP2). La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y V-85, y corresponde a sectores con pequeños caseríos. La UP2, en cambio, abarca la mayor parte del área de influencia y está constituidas por mosaicos irregulares compuestos por bosques nativo, plantaciones forestales, sectores desforestados, praderas y matorrales. Dado que el proyecto se localiza fundamentalmente en esta última unidad de paisaje, el estudio realizó la descripción y valoración de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de la unidad de paisaje “Plantación forestal” de manera de determinar si posee o no carácter único o representativos. Los resultados señalan que más de la mitad de los atributos analizados se evalúan en la categoría “Baja”. Existe un atributo que recaen en la categoría Destacada y dos en la categoría Media, obteniéndose una valoración de calidad visual Baja.
Cabe indicar que la Guía para la evaluación del impacto paisajístico del SEA (2019) indica que “Se
consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y
además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría
baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los
atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta,
entonces el paisaje presenta una calidad visual baja. Al final de este proceso de valoración se debe
concluir si la zona posee o no valor paisajístico. En el caso que se determine que en la zona existen
uno o más atributos biofísicos que le otorgan una calidad que la hace única y representativa,
Resulta conveniente señalar que, si bien el paisaje constituye un componente del medio ambiente, sólo se considera un objeto de protección para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se encuentre en una zona con valor paisajístico, entendiendo una zona con valor paisajístico como aquella que, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, lo que no ocurre en este caso, debido a la baja calidad visual que actualmente posee el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto.
El estudio de paisaje evaluó, finalmente, si la actual calidad del paisaje (Baja) se verá mermada como resultado de la instalación del proyecto. Para ello se efectuó una simulación mediante fotomontaje de la situación “sin proyecto” y la situación “con proyecto”. Los fotomontajes pretenden simular como se visualizarán las obras del proyecto, desde puntos de observación representativos o habituales de un observador común. En este caso, el fotomontaje se realizó desde tres (3) puntos de observación distintos. En ellos se aprecia que, debido a la altura que poseerán los aerogeneradores, serán visibles, aunque debido a la distancia de los puntos de observación y la presencia obstáculos visuales (vegetación) en ciertos lugares su vista será parcial. Si bien existirá un impacto sobre el paisaje debido a la incorporación de un elemento artificial en el paisaje, no habrá una pérdida relevante de los atributos naturales que caracterizan en paisaje ni se obstruirá su visibilidad.
Dado que el proyecto no genera una alteración significativa del valor paisajístico no se plantean medidas para contrarrestar sus efectos. Cabe indicar que del análisis se concluye que el proyecto si bien será notorio, no obstruirá de la visibilidad de una zona con valor paisajístico. Por su parte, la alteración de atributos biofísicos (vegetación) será de baja magnitud, siendo la alteración de atributos el estético por la introducción de elementos artificiales, el hecho más importante. Sin embargo, ello no genera alteración significativa del valor paisajístico de una zona, pues se determinó que la calidad visual el área es baja y dicha condición no será afectada por el proyecto.
Observante: Ximena Paillao Valenzuela - Asociación Indígena Antucalfu
Observación: Como Asociación Indigena no estamos de acuerdo por repercusiones a futuras; que puedan desarrollarse en las comunidades vecinales como: la salud de niños con Autismo severo, adultos mayores con vértigo y problemas al corazón y cercanía de escuela de niños y ambientalmente una deforestación de árboles nativos y desarmonía de fauna nativa, que interrumpe el ciclo natural de la biodiversidad natural del ambiente y más la escasez hídrica. Pero al ajustarse el proyecto de "PMGD Eólico Chara" como comunidad indígena y vecinal del sector Las Fiscas, Campana y Putenio, queremos que se de el cumplimiento y apoyo a lo hablado de parte de la empresa "PMGD". - Como aporte investigativo del cuidado del medio ambiente de flora nativa y fauna nativa. - También se de cumplimiento a la Ley de Energía Equidad Energética de parte de "PMGD" para la comunidad se vea beneficiada por parte del proyecto, de no tener alzas de cobranzas de luz "energía". - Y como tratado pacífico de dialogo y conocimiento encarecemos que la empresa pueda cumplir lo prometido de parte de "PMGD".
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
Sobre la preocupación por lo que pueda suceder con niños del espectro autista, adultos mayores con
vértigo y problemas al corazón, así como la cercanía de escuelas, debido a la ejecución del
proyecto, cabe indica que los estudios y análisis realizados en la presentación de la DIA buscan
determinar si producto de su construcción y operación se genera o presenta riesgo para la salud de
la población. Sin embargo, ello se realiza de manera general o amplia, sin atender situaciones
especiales o particulares como la que se plantea. No obstante, cabe indicar que debido a la distancia
En cuanto a las emisiones de ruidos producto del funcionamiento de las aspas de los aerogeneradores, cabe indicar que, efectivamente, las centrales eólicas constituyen una actividad que genera emisiones de ruido hacia la comunidad y, por lo tanto, constituye una fuente emisora regulada por el D.S. (MMA) N° 38/2011, que establece la norma de emisión de ruidos generados por las fuentes que en ella se indican. En tal sentido, los proyectos de generación de energía eólica deben demostrar el cumplimiento de dicha normativa ambiental, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, como ocurre en este caso. La norma mencionada indica los procedimientos de medición del ruido y el método de obtención del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC), valor que finamente se compara con el límite de la norma para el caso específico. No obstante, dada la especificidad de las características del ruido de parques eólicos, es necesario definir los aspectos relevantes que relacionan las características de la emisión de esta fuente, en relación a la normativa. Para lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental publicó la Guía para la aplicación del D.S. N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA, la que debe ser considerada como referencia por los proyectos sometidos a evaluación de impacto, en orden a elaborar sus estudios de emisión de ruidos. La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo. La evaluación del cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores identificados en el área de influencia y que corresponden a los más cercanos a los aerogeneradores, cuyas distancias a los aerogeneradores se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORT E Aerogenera dor 1 Aerogenera dor 2 Aerogenera dor 3 R1 64841 1 53884 08 923 478 452 R2 64983 6 53885 83 2283 1778 1032 R3 64987 6 53886 13 2355 1850 1134 R4 64990 8 53885 72 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 64992 5 53884 61 2383 1880 1165
El DS N° 38/2011 MMA establece los niveles máximos permisibles para diferentes zonas establecidas a los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) y además para zonas rurales. Particularmente, para las zonas rurales los niveles máximos de ruido permisible tienen directa relación con el nivel de ruido de fondo en dicha zona, como se muestra en la siguientes Tabla.
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la
fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la
condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable
para el receptor. Dicha condición en un parque eólico se dará bajo una caracterización del ruido de
fondo en ausencia de otras fuentes y la condición de mayor emisión de la fuente que se está
evaluando. Existen condiciones particulares en donde puede ser identificada la mayor emisión de
ruido del parque eólico, y condiciones en donde a la vez, existe el menor ruido de fondo, la cual
sucede típicamente bajo condiciones de velocidad de viento mediana-alta (6 a 12 m/s). En
consecuencia, se determinaron los siguientes niveles de ruido de fondo y con ello los límites
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y compararlos con los límites máximos establecidos de acuerdo a lo señalado en la normativa. La verificación del cumplimiento normativo se presenta en la siguientes Tablas:
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno; cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de
operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia
del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector.
Vinculado con las emisiones de ruido, el observante plantea el riesgo para la salud de las personas que conllevaría la exposición al ruido. Sobre lo manifestado, se ha de señalar que el riesgo al que se refiere el artículo 11, letra a), de la Ley N° 19.300 es el tipo de riesgo asociado a la presencia de contaminantes en el medio ambiente o riesgo por exposición a, entre otros, agentes físicos como es el ruido). Conviene aclarar que la sola presencia de contaminantes en el ambiente no constituye necesariamente un riesgo para la salud de las personas. Para que se genere o presente riesgo para la salud debe existir una fuente contaminante, un receptor, que en este caso corresponde la población humana, y la posibilidad de que el contaminante (ruido en este caso) alcance el punto donde se localiza el receptor. Dado que, de acuerdo a los estudios de ruido acompañados a la DIA, la población próxima -es decir aquella que se ubica a una distancia en la cual los niveles proyectados de ruido se igualan al menor de los niveles que caracterizan la situación basal- estará expuesta a la fuente de peligro correspondiente al ruido, se debe evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el artículo 11 de la Ley. Para realizar dicha evaluación debe verificarse el criterio preceptuado en el artículo 5° del Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, donde se señala que, para evaluar si se genera o presenta dicho riesgo, debe considerarse la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente.
En tal sentido se puede indicar que los niveles de ruido producidos por la operación el proyecto no reviste un riesgo para la salud de las personas, ya que no se ven superados los límites que indica la norma. Por otra parte, a excepción de la vivienda identificada como R1 en el estudio de ruido, que se ubica a aproximadamente 500 m del aerogenerador más cercano, la distancia a las viviendas ubicada a orilla de la ruta V-85 es mayor a 1 km, por lo que si bien están en el área de propagación de ruido éste no serán en niveles que puedan llegar a afectar la salud física de las personas (causar inestabilidad, desequilibrio, vértigo, náuseas, sensación de presión en el oído o posible pérdida auditiva, como plantea el observante), puesto que niveles de ruidos de 46 dB, que son los máximos proyectados en los receptores, es una magnitud moderada y equivalentes a valores habituales, por ejemplo, al producido al interior de los hogares.
Además de la exposición de la población a emisiones de ruido se ha considerado las principales
emisiones del proyecto, que corresponderán a material particulado (MP10 /MP 2,5) y gases de
combustión, las que provendrán principalmente de actividades como movimiento de tierra,
excavaciones, tránsito de vehículos, motores de maquinaria y la operación de grupos electrógenos.
Sin perjuicio de que la magnitud de las emisiones será baja, se implementarán las siguientes medidas de control, las cuales permitirán reducir las emisiones atmosféricas anteriormente señaladas: • Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. • Todos los camiones y vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día. Para ello se exigirá copia de las revisiones técnicas. • Humectación de los caminos de internos, por medio del uso de camiones aljibe, preferentemente en verano. • Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertas completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel. • Se prohibirá la quema de cualquier tipo de desechos, vegetales o basura dentro de la obra. Por lo tanto, considerando la evaluación anteriormente realizada y otros antecedentes tales como: tipología del proyecto, mínima generación de emisiones contaminantes, temporalidad de la fase constructiva y su ubicación fuera de una zona declarada latente o saturada por material particulado fino o grueso, se concluye que el Proyecto, no generará efectos adversos sobre la calidad del componente aire ni sobre la salud de la población cercana al área de influencia del Proyecto Adicionalmente, la evaluación diagnostica de material particulado MP10 modelada utilizando el Screen View, indica el cumplimiento de la norma primaria de calidad de aire del DS (MINSAL) N°59/98. Por lo que considerado la baja magnitud las emisiones totales anuales y las condiciones de naturales de ventilación de la zona, no se prevé riesgo para la salud de la población producto de las emisiones de material particulado y gases.
También se evaluó la generación manejo de residuos líquidos y sólidos. Durante la fase de construcción y operación se identificó la generación de aguas servidas producidas por el personal y residuos líquidos derivados del lavado de camiones mixer. Para el manejo las aguas servidas se utilizarán baños químicos en la fase de construcción y baños con sistema de alcantarillado particular para la fase de operación. Para el manejo de las aguas residuales del lavado de camiones se emplearán piscinas de decantación impermeabilizadas. No se contempla la descarga de efluentes al medio y con ello afectar los recursos suelo o agua del sector que pudiese derivar en una afectación a la salud de la población. El Titular señala y describe en la DIA el manejo que dará a los residuos sólidos del proyecto, los que serán almacenados en contenedores y bodegas que impidan su contacto directo con el suelo y el agua.
Para el caso de las vibraciones, la evaluación se utilizó como referencia el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración Federal de Tránsito (FTA: Federal Transit administration) de USA. Esta norma regula los sistemas de transporte público estableciendo un criterio para la evaluación de los niveles de vibración relacionados con el tránsito vehicular y ferroviario superficial o subterráneo. La normativa identifica dos tipos de impacto producido por las vibraciones, que corresponden a molestia hacia las personas y daño sobre las estructuras. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración, que, transmitidos por el suelo, puedan generar molestia en los humanos receptores. Los criterios de impacto se definen de la siguiente forma:
Los resultados de la modelación para el escenario más desfavorables son los siguientes:
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia.
Finalmente, en Anexo 11 de esta DIA se entrega documento denominado “Análisis del efecto por sombra intermitente”. Este estudio toma como referencia la normativa de la República Federal de Alemania “Indicaciones para la determinación de la apreciación de emisiones ópticas de instalaciones eólicas (WEA-Schattenwurf-Hinweise, 2002). tiene por objeto evitar, de manera segura, las posibles molestias ocasionadas por la proyección intermitente de sombras. Para la extensión de la superficie de análisis, según la normativa, el área de sombreado resulta de la distancia desde el aerogenerador en la cual el 20% de la superficie del sol es ocultada por un aspa del rotor, o bien, una distancia de 2 kilómetros desde cada aerogenerador. En forma complementaria, y de acuerdo a la Asociación Danesa de la Industria del Viento (Danish Wind Industry Association1), a distancias entre 500 y 1000 m, la proyección intermitente de sombra no será observada, ya que la sombra de las turbinas se verá como un objeto fijo, y a una distancia superior a los 1.000 m señalados, el efecto no será perceptible por los observadores y/o residentes del sector. La ubicación de los receptores sensibles evaluados se representa en la siguiente imagen.
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores. En el Anexo 11 de la Adenda complementaria se presentan los resultados de las modelaciones de sombra permanente en Archivo kmz.
En relación a lo manifestado sobre deforestación de árboles nativos y desarmonía de fauna nativa, que interrumpe el ciclo natural de la biodiversidad natural del ambiente, se ha de señalar que dichos aspectos se abordan en la evaluación de la siguiente manera:
En cuanto a los impactos sobre flora y fauna, pérdida de cobertura vegetal, desplazamiento de aves, afectación de la comunidad de reptiles y de los anfibios, se ha de señalar que la DIA acompaño estudios de caracterización de la flora y vegetación (Anexo 7 y Anexo 3 de la Adenda complementaria) y fauna (Anexo 8), complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna.
Los estudios de fauna realizados permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación, endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). Es importante destacar que la totalidad de los reptiles y anfibios con distribución potencial se encuentran en alguna categoría de conservación. No obstante, la potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los anfibios,
destaca la riqueza de especies, las cuales se registraron a través de la observación directa y audición
de vocalización en coros (vocalizaciones), es así como se registró a Hylorina sylvatica (rana
esmeralda) con una abundancia relativa del 28,6%, cuyos registros se dieron en el ambiente Bosque
Siempreverde con 2 individuos (densidad igual a 25 ind/ha). Con igual abundancia relativa, se
registró a Batrachyla taeniata (ranita de antifaz), con el registro de un individuo (densidad 12,5
ind/ha) en el ambiente Bosque Siempreverde y un ejemplar en Plantación forestal (densidad 12,5
ind/ha). El resto de las especies de anfibios se presentaron en menores abundancias, con el registro
de un ejemplar de las especies Batrachyla leptopus (rana moteada), Eupsophus calcaratus (rana de
hojarasca austral) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Dentro de esta herpetofauna, 3
especies se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) (rana moteada, rana de hojarasca austral y rana
Con relación a reptiles, se registró la presencia de una especie, Liolaemus cyanogaster (lagartija de vientre azul), habiéndose registrado solo un (1) ejemplar en el AI del Proyecto, en el ambiente Bosque Siempreverde con una densidad de 6,25 (ind/ha). Esta especie se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
En cuanto a la avifauna registrada, las especies más abundantes fueron Enicognathus leptorhynchus (choroy), con una abundancia relativa del 13,33% (14 ejemplares en total en el AI del Proyecto), siendo más abundante en el ambiente Matorral arborescente de Nothofagus antartica con una bandada de 7 individuos (densidad igual a 8,91 ind/ha), 6 individuos en Bosque Siempreverde (densidad igual a 3,82 ind/ha) y un solo ejemplar en el ambiente Plantación forestal (densidad igual a 0,64 ind/ha). Le sigue en abundancia relativa Curaeus curaeus (tordo) con una abundancia relativa de 7,62%, cuya presencia más abundante fue registrada en el ambiente Plantación forestal con 4 individuos y una densidad de 2,55 ind/ha. El resto de la avifauna registrada se presentó con menores abundancias que las descritas anteriormente. Toda la avifauna registrada, excepto el tordo, se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
Respecto de los mamíferos, destaca la presencia de las especies nativas Abrothrix sanborni (ratón negro de Sanborn) y Oligoryzomys longicaudatus (ratón de cola larga), aunque ambos en bajas abundancias.
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. La superficie de corta de vegetación es de 1,55 hectáreas de bosque nativo y 0,62 hectáreas de plantaciones forestales. En cuanto a las especies con problemas de conservación por su alta movilidad y utilización de diversos hábitats no se espera que la población de la especie choroy se vea mermada con ocasión de ejecución del proyecto. Por su parte, la fauna con baja movilidad, anfibios y reptiles es las más susceptible de verse afectada por el desarrollo de las obras, especialmente por aquellas que implican remoción y compactación de suelo. Respecto de estos grupos de fauna se indican sus atributos, que dan cuenta de los lugares y condiciones de hábitat.
Lo anterior lleva a concluir que, si bien existirá una alteración de su hábitat y con ello probablemente la pérdida de los ejemplares que allí habitan, ello ocurrirá puntualmente por lo que, incluso a nivel local, no se verá alterada la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. Por otra parte, se contempla un plan un plan de prevención de contingencia y emergencia en caso de atropello de fauna silvestre.
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo
(Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las
aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión
existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información
respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia,
así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base
en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se
obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el
área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor
promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área
del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como
En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC). La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el
proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149
para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de
Tal como se expuso para el caso de la fauna, conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Finalmente, cabe agregar que el proyecto no se localiza en o próximo a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, acompañando un plano de ubicación del proyecto en relación dichas área. De igual manera, el análisis territorial efectuado por el Servicio de Evaluación Ambiental, durante la evaluación del proyecto, descartó que el proyecto se encuentre en dicha circunstancia, establecida en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. En cuanto al valor ambiental del territorio, tal como da cuenta en informe de suelo y vegetación, el área de emplazamiento del proyecto, aunque mantiene una composición florística dominada por especies nativas, no se encuentra en una condición natural, pues existe un importante grado de intervención antrópica por plantaciones forestales y degradación de los suelos. Cabe indica que el artículo 6 del RSEIA prescribe que “Se entenderá que un territorio cuenta con valor ambiental cuando corresponda a un territorio con nula o baja intervención antrópica y provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad”.
En lo que se refiera a la escasez hídrica, se indica que el agua industrial para utilizar durante la
construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la
autoridad competente. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor
de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas. La cantidad de agua potable estimada
en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra
máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado. En cuanto a las aguas superficiales, las
construcción y funcionamiento del proyecto no considera la afectación de dichas aguas. Se
determinó que no existen cauces al interior del predio que deban ser intervenidos. En relación con la
protección de aguas subterráneas, según se informa en el anexo 2 del Anexo 09 de la Adenda, se
realizaron calicatas geotécnicas a una profundidad de 4 m, una en cada localización de los
aerogeneradores (3), se observó que en invierno y en ninguna de ella se registró presencia de nivel
freático. A continuación, se muestran las columnas estratigráficas obtenidas de cada calicata.
En lo que respecta al cumplimiento del apoyo conversado de parte de la empresa a la comunidad, tales como aporte investigativo del cuidado del medio ambiente de flora nativa y fauna nativa y Ley de Energía Equidad Energética de parte de "PMGD" que para la comunidad se vea beneficiada por parte del proyecto, de no tener alzas de cobranzas de luz "energía"; se indica que como aporte investigativo al cuidado del medio ambiental el Titular ha asumido el compromiso ambiental voluntario de dictar “Charla a alumnos y profesores de la Escuela rural “La Campana” y “Jean Piaget”, según se detalla a continuación:
CAV - Charla a alumnos y profesores de la Escuela rural “La Campana” y “Jean Piaget” Impacto asociado No aplica Componente ambiental involucrado
Medio Humano Fase del Proyecto a la que aplica Construcción: Aplica Operación: Aplica Cierre: No Aplica
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar charlas sobre el funcionamiento de los parques eólicos y su interacción con el medio ambiente a la Escuela rural “La Campana” y Escuela Jean Piaget.
Descripción: El titular manifiesta el compromiso de capacitar a los alumnos de las escuelas mencionadas mediante charlas en terreno (en el proyecto eólico) profundizando sobre aspectos propios de las energías renovables y contribución al cambio climático con actividades didácticas y exploraciones en terreno.
Justificación: Se pretende entregar a los alumnos y profesores de las escuelas mencionadas antecedentes sobre funcionamiento de tecnologías de energía no contaminante y cómo éstas contribuyen a los objetivos del Milenio y políticas nacionales que están orientadas a la reducción de gases de efecto invernadero. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Escuela rural “La Campana”, Escuela “Jean Piaget” y Proyecto Forma: Capacitación en Terreno de 1 día completo Oportunidad: Se realizará al semestre siguiente en que el proyecto esté operando. Indicador que acredite su cumplimiento Informe y fotografía de realización de la Charla. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte con el detalle de la charla en terreno a la SMA.
En cuanto a la Ley de Energía Equidad Energética el Titular informa que dicha Ley creó el
reconocimiento a la generación local, que aplica un descuento al precio nudo promedio de energía
para las comunas intensivas en producción eléctrica, reduciéndose el cargo para los clientes
regulados de esas zonas. Este descuento, sin embargo, es absorbido por las comunas no
Finalmente, cabe mencionar que el proyecto contempla dos compromisos ambientales voluntarios relacionados con apoyo a los habitantes del sector: Contratación de mano de obra local, para la fase de construcción del proyecto; y Dotación de energía eléctrica (paneles solares) para sede de agua potable rural de “La Campana”.
Observante: Comunidad indígena Kume Waiwen
Observación: La comunidad indígena Küme Walwen de Yaco Alto, Isla Quihua, comuna de Calbuco, inscrita en el registro de Comunidades y Asociaciones Indígenas de CONADI, bajo N°1006: quiere dentro de la participación ciudadana del proyecto Parque Eólico Chara en el sector LA Campana-Calbuco, expresar su opinión de rechazo al proyecto, porque no aporta ningún valor a los ciudadanos y habitantes de Calbuco. NO contempla compensaciones por usar nuestros caminos, nuestro suelo, nuestras aguas; tampoco contempla compensación en el costo de la luz domiciliaria, y no incluye un programa de planes de emergencia en caso de desastres o catástrofes naturales, y en caso de fallas en su estructura metálica. Junto con lo anterior, sentimos que se trata de un negocio para unas pocas personas foráneas a nuestra comuna. Con todo lo expuesto, reiteramos nuestro rechazo al proyecto Parque Eólico Chara.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
En lo referente a las medidas de compensación, cabe señalar que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 y el Titulo VI del Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Plan de medidas de mitigación, reparación y compensación se deben adoptar para eliminar, minimizar, reparar, restaurar o compensar los efectos ambientales adversos del proyecto o actividad, cuando los proyectos se someten bajo la forma de un Estudio de Impacto Ambiental. La medida de compensación tiene por finalidad producir o generar un efecto positivo alternativo y equivalente a un efecto adverso identificado, que no sea posible mitigar o reparar. Por lo tanto, dado que el proyecto se sometió a evaluación bajo la forma de una DIA no contempla compensaciones.
De acuerdo con la descripción del proyecto los caminos a utilizar dentro de la comuna son la ruta V-843 y V-85, bajo tuición de Vialidad, las que no requerirán adecuaciones para el transporte de carga sobredimensionada, proveniente del Puerto Calbuco. Además, se utilizará el camino vecinal mediante el cual se accede al predio donde se emplazará el proyecto. Para esto último se requerirá la adecuación temporal, en base a una carpeta de material granular compactado y a la ocupación de un área de 420 m2 de un predio particular colindante con el camino vecinal (Anexo 1 Adenda complementaria).
En el marco de la evaluación ambiental se ha propuesto un compromiso ambiental voluntario, vinculado con el uso de los caminos, pero que guarda relación con la seguridad vial en el acceso, según se detalla continuación:
CAV Control de Velocidad Máxima en Camino Acceso de Proyecto. Impacto asociado No aplica Componente ambiental involucrado Medio Humano Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar interacciones negativas con las actividades socio económicas que se realizan en el área de influencia del Proyecto. Descripción: El titular manifiesta el compromiso de instalar señaléticas de advertencia, de forma consensuada con la Autoridad Vial, referida a la presencia del acceso al Proyecto en la vía V-85.
Justificación:
Existe circulación de vehículos por la Ruta V-85 en donde se
instalará el acceso al proyecto, de modo que existirán interacciones
con el flujo de transporte del Proyecto.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar:
Ruta V-85 camino que da acceso al Proyecto
Forma:
Previo a la fase de construcción se incorporarán señaléticas en un
radio de 500 metros de la ruta V-85 desde el acceso del Proyecto o
de acuerdo a lo considerado por la Autoridad Vial.
Oportunidad:
La señalética durante la fase de construcción.
Indicador que acredite su
cumplimiento
Registro fotográfico de señaléticas.
Forma de control y
seguimiento
Se mantendrán disponibles en faena los antecedentes en caso de que la
Autoridad lo requiera, referidos a registros fotográficos de señalética.
En cuanto al uso del suelo el proyecto se desarrollará al interior de un predio privado de 80 hectáreas, siendo la superficie de suelo intervenida por el proyecto de aproximadamente 5 hectáreas. Además, como se indicó se contempla la construcción de obras de acceso al predio desde la Ruta V-85, lo que requerirá la intervención de la faja fiscal y una superficie de 420 m2 de un predio particular. En la imagen se aprecia la ubicación de las obras del proyecto y el predio en el cual emplazará.
Sobre la utilización de agua, se indica que el agua el agua industrial para utilizar durante la construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas. La cantidad de agua potable estimada en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado. En cuanto a las aguas superficiales, las construcción y funcionamiento del proyecto no considera la afectación de dichas aguas. Se determinó que no existen cauces al interior del predio que deban ser intervenidos. En relación con la protección de aguas subterráneas, según se informa en el anexo 2 del Anexo 09 de la Adenda, se realizaron calicatas geotécnicas a una profundidad de 4 m, una en cada localización de los aerogeneradores (3), se observó que en invierno y en ninguna de ella se registró presencia de nivel freático. A continuación, se muestran las columnas estratigráficas obtenidas de cada calicata.
Sobre la compensación en la cuenta de la luz domiciliaria el Titular señala que, la Ley de Energía
Equidad Energética creó el reconocimiento a la generación local, que aplica un descuento al precio
nudo promedio de energía para las comunas intensivas en producción eléctrica, reduciéndose el
cargo para los clientes regulados de esas zonas. Este descuento, sin embargo, es absorbido por las
Sobre la existencia de planes de emergencia en caso de desastres o catástrofes naturales, y en caso de fallas en su estructura metálica. Se indica que el proyecto contempla los siguientes planes de contingencia y emergencia, relacionados (Punto 14 Adenda):
Plan de prevención de contingencias en caso de incendio
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las obras del Proyecto
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
• Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre
buenas prácticas para evitar la generación de incendios.
• Se contará con un inventario de peligros y estudios de
riesgos de incendio.
• Se formulará un plan escrito de prevención de incendios.
• Se ejecutarán ejercicios periódicos contra incendio.
• Se deberán suministrarán cantidades suficientes del tipo
correcto de extintores y equipo auxiliar como mangueras,
hidratantes y rociadores, a fin de lidiar con los diversos
tipos de riesgos de incendio en la instalación.
• El equipo de extinción debe ubicarse cerca de los puntos
probables de incendio, pero no tan cerca para que se dañen
o no se les pueda usar durante un incendio. Los extintores
a base de agua no deben ubicarse cerca del equipo
eléctrico ni utilizarse en este tipo de equipo.
• En cuanto a los equipos de extinción estos deben tener
ubicaciones marcadas de manera clara y uniforme, contar
con acceso al equipo libre de obstrucción, cantidad, tipo y
números indicados en un plano. Además, se realizarán las
recargas o cambios necesarios para contar con la calidad,
confiabilidad e integridad de este equipo.
• Todos los trabajadores deberán tener en conocimiento la
ubicación y el correcto uso de los extintores.
• Se establecerán zonas libres de riegos donde el personal
podrá fumar, en el resto de las zonas del Proyecto se
encontrará prohibido esta actividad.
• El almacenamiento de líquidos inflamables en las áreas
de construcción se realizará en recintos a prueba de fuego,
con un pretil suficiente para contener cualquier derrame.
• Se encontrará prohibido utilizar fuego con el fin de
quemar basura, quemar vegetación para despejar, realizar
asados, o cualquier actividad que pueda llegar a ser una
fuente de incendio.
• Se dispondrán de elementos necesarios para combatir
cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido
en la normativa vigente.
• Se realizarán cortafuegos para combatir los incendios
forestales que puedan afectar la infraestructura del
Proyecto.
Forma de control y seguimiento
• Se contará con documentos de inventario de peligros,
plan de prevención de incendios y programa de
Plan de prevención de contingencias en caso de incendio forestal
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
• Capacitación a los trabajadores y operarios sobre
prevención de incendios forestales.
• Se instalarán letreros cercanos al proyecto visibles desde
caminos públicos que contengan información sobre
prevención de incendios forestales como por ejemplo no
botar colillas de cigarro, no realizar fogatas, no botar
basura, etc.. y los respectivos números de contacto de las
Autoridades relacionadas a este tipo de eventos.
• Se realizarán constantes limpiezas a las fajas de los
caminos, la faja del tendido eléctrico y limpieza alrededor
de toda la instalación que pudiese verse afectada por un
incendio forestal como aerogeneradores y LT para que no
entre en contacto con vegetación o material fino seco o
muerto.
• Se deberá contar con implementos a lo largo de las
instalaciones para poder combatir o prestar servicio en
caso de un incendio forestal.
• Se instalarán cortafuegos y corta combustibles a lo largo
de las instalaciones del Proyecto
Forma de control y seguimiento • Se realizará un registro fotográfico de cada señalética y de la mantención de esta. • Se realizará una mantención de cortafuegos y corta combustibles. • Se llevará un registro de cada vez que se realicen limpiezas en la faja de los caminos o del tendido eléctrico Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 14 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se deberá mantener la calma. • Se deberá avisar a CONAF, bomberos y carabineros de la presencia de un incendio forestal. • Se deberá evacuar al personar y/o equipamiento. • Se activará un pulsador de alarma de incendio. • Se deberá cortar las fuentes de suministros y de energía eléctrica. • Se prestarán los servicios disponibles en el lugar a CONAF, bomberos y carabineros, para poder controlar el incendio. • En caso de que el incendio haya afectado a las obras del Proyecto, se procederá a realizar una cuantificación de los daños. • Se procederá a remediar los daños para poder volver a funcionar de forma normal Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de que un incendio forestal se presente en el terreno del Proyecto, que pudiese afectar parte de la infraestructura, se dará aviso a la SMA dentro de un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento que se informa; se procederá a generar un informe con los antecedentes recopilados por CONAF, los daños generados y las medidas tomadas, para posteriormente ser enviado a la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 14 de la Adenda.
Plan de prevención de contingencias en caso de incendio forestal
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
• Se realizarán charlas de capacitación al personal
asociado al Proyecto, sobre los riesgos naturales del área
de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante
situaciones de emergencia por eventos naturales como, por
ejemplo: Protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de
seguridad del Proyecto y la entrega de datos de contacto e
información ante emergencia por eventos naturales.
• Se deberán mantener las áreas de trabajo en condiciones
de orden y limpieza, para una rápida evacuación.
• Se deberá evitar ubicar materiales en altura sin medios de
protección adecuados.
• Se demarcarán las áreas de evacuación dirigidas a zona
de seguridad.
• Se deberá mantener planos de emergencias en las
diferentes áreas de la instalación, en los cuales se
identificarán las vías de escape, zonas de seguridad y los
equipos de extinción.
• Se deberá mantener teléfonos de emergencia en una zona
Plan de prevención de contingencias en caso de colapso de la infraestructura de los aerogeneradores
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Aerogeneradores.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
-
Forma de control y seguimiento
-
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
-
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
• Se realizará una inspección del lugar afectado y se
evaluarán los daños de estructura como el que se pudiese
haber generado en los alrededores.
• En caso de que se vean afectadas personas se procederá a
dar aviso a los servicios de emergencia.
• Se delimitará la(s) zona(s) afectada(s) con el fin de poder
informar a la comunidad de la presencia de colapso.
• Se procederá a tomar acciones para volver al normal
funcionamiento, tales como arreglar o sustituir un
aerogenerador, restaurar partes de la línea de transmisión,
etc.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso a la SMA dentro de un plazo no superior a
24 horas de ocurrido el evento que se informa. En caso de
que exista un colapso de la infraestructura y se hayan
Observante: Eduardo Andrés Yañez Sánchez
Observación: Soy vecino del Sector "La Campana" estoy en contra del proyecto "Chara" por causas dañinas que provocan las torres eólicas como: erosión del suelo, desertificación, contaminación de las aguas, ruido, estrés, salud, etc
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
Atendiendo los impactos ambientales que menciona el observante cabe señalar que lo indicado se relaciona con las materias que son objeto de análisis y evaluación en este tipo de proyectos. En efecto, durante el proceso de evaluación ambiental se han incorporado antecedentes sobre la erosión del suelo, posible afectación de las aguas subterráneas, ruido y riesgo para la salud de la población, como se detalla a continuación:
Sobre el suelo y la erosión: El proyecto contempla la realización de obras permanente y temporales que de identifican y detallan en la DIA
Las obras mencionadas implican acciones tales como la preparación de terreno y estabilización de caminos, corta de vegetación y excavaciones, por lo que está previsto la intervención de una superficie total 49.004 m2. Por su parte, la superficie de provista de bosque nativo y plantaciones forestales que deberá ser cortada para la ejecución de las obras del proyecto será de 1,55 hectáreas y 0,62 hectáreas, respectivamente. Es por ello que en la evaluación ambiental de proyecto considera el impacto que este podría provocar en los recursos naturales renovables suelo, vegetación y fauna nativa.
Para el caso del suelo, las acciones por excavaciones, compactación e impermeabilización implican
pérdida directa de recurso y su capacidad para sustentar biodiversidad. Como se indicó la superficie
de suelo intervenida por el proyecto será de 4,9 hectáreas, todo ello ubicado al interior del predio
particular de 80 hectáreas donde se emplazará, sin que se contemplen intervenciones de suelo en
otras áreas. En la DIA se presentó una caracterización del medio físico que incluyo la descripción
del suelo (Anexo 6 de la DIA) complementado en la Adenda. En términos productivos, los suelo a
intervenir corresponden clase de capacidad de uso VI, según se detalla a continuación, y de acuerdo
a la “Pauta para el estudio de suelo” (SAG, 2016), son suelos con limitaciones muy severas que los
hacen inadecuados para los cultivos. Su uso fundamental es pastoreo y para explotación forestal.
Ello quiere decir que no corresponden a suelos que sean apropiados para el desarrollo de prácticas
agrícolas.
En cuanto al incremento de la erosión, en la Adenda se presentan los resultados del análisis de erosión, sobre la base del documento “Evaluación de impactos de riesgos de activación de procesos erosivos”, (SAG, 2016). Según la guía SAG, el Proyecto se encuentra en la zona de riesgo de erosión IV. De la aplicación de la metodología se determinó que el área de emplazamiento del proyecto tiene un riesgo medio de concurrencia de procesos erosivos. No obstante, se debe tener en cuenta que la línea de media tensión será soterrada y, posteriormente, mantendrá una cubierta vegetal, que los caminos serán estabilizados y nivelados y contarán con obras para el manejo de aguas lluvias, que las plataformas de izado de los aerogeneradores serán construidas en suelo estabilizado y nivelado. Finalmente, la proporción de vegetación en relación a la vegetación del predio es muy menor (1,3 hectáreas) por lo que la cubierta vegetal, en conjunto con la escasa pendiente, permanecerán evitando procesos erosivos. Además, en Titular asumió la realización de un monitoreo preventivo de la erosión, como parte de los CAV.
Sobre el uso y contaminación de las aguas: El agua el agua industrial para utilizar durante la construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas. La cantidad de agua potable estimada en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado. En cuanto a las aguas superficiales, las construcción y funcionamiento del proyecto no considera la afectación de dichas aguas. Se determinó que no existen cauces al interior del predio que deban ser intervenidos. En relación con la protección de aguas subterráneas, según se informa en el anexo 2 del Anexo 09 de la Adenda, se realizaron calicatas geotécnicas a una profundidad de 4 m, una en cada localización de los aerogeneradores (3), se observó que en invierno y en ninguna de ella se registró presencia de nivel freático. A continuación, se muestran las columnas estratigráficas obtenidas de cada calicata.
Por otra parte, el proyecto desarrolla en el Anexo 01 del Adenda los criterios conceptuales de diseño para el manejo de aguas lluvias del Proyecto. Y aunque el proyecto no utilizará elementos que puedan contaminar aguas, se evita que las aguas lluvias tomen contacto con excavaciones, acopios y otros, con el fin de evitar arrastre de sólidos hacia fuentes de agua.
Sobre el ruido: La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo.
Como primer aspecto, es dable indicar que se definió el área donde el ruido podría alterar a los
niveles basales de presión sonora. Para esto se considera como nivel basal de presión sonora, el
valor de ruido de fondo (es decir, sin proyecto) más bajo obtenido durante la campaña de
mediciones en periodo diurno 39.6 [dB(A)] para Fase de Construcción. Para la Fase de Operación, a
partir de la medición continua, se considera que el valor de ruido de fondo más bajo es de 37.3
[dB(A)]. A partir de los cálculos, para la Fase de Construcción se determina un área de influencia
La evaluación del cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores representativos identificados en el área de influencia y que corresponden a los más cercanos a los aerogeneradores, cuyas distancias a los mismos se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORT E Aerogenera dor 1 Aerogenera dor 2 Aerogenera dor 3 R1 64841 1 53884 08 923 478 452 R2 64983 6 53885 83 2283 1778 1032 R3 64987 6 53886 13 2355 1850 1134 R4 64990 8 53885 72 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 64992 5 53884 61 2383 1880 1165
El DS N° 38/2011 MMA establece los niveles máximos permisibles para diferentes zonas establecidas a los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) y además para zonas rurales. Particularmente, para las zonas rurales los niveles máximos de ruido permisible tienen directa relación con el nivel de ruido de fondo en dicha zona, como se muestra en la siguientes Tabla.
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable para el receptor. Dicha condición en un parque eólico se dará bajo una caracterización del ruido de fondo en ausencia de otras fuentes y la condición de mayor emisión de la fuente que se está evaluando. Existen condiciones particulares en donde puede ser identificada la mayor emisión de ruido del parque eólico, y condiciones en donde a la vez, existe el menor ruido de fondo, la cual sucede típicamente bajo condiciones de velocidad de viento mediana-alta (6 a 12 m/s). En consecuencia, se determinaron los siguientes niveles de ruido de fondo y con ello los límites máximos permitidos para la zona rural a distintos rangos de velocidades de viento, tanto diurno como nocturno, según se muestra en la siguiente Tabla:
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los
receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de
cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación
computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores
evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno; cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de
operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia
del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector. De ella se infiere que a medida que los receptores se alejan de las fuentes emisoras los niveles de ruido a los que son expuesto decrece.
También se evaluaron los niveles de ruidos producidos en la fase de construcción del proyecto (Anexo 4 de la DIA) donde se obtuvieron los siguientes resultados:
Debido a que los receptores, en este caso, se ubica cerca de los sectores donde materializarán las obras de acceso y construcción del camino y los niveles de ruido producidos por los equipos y maquinaria, se podrían superar los límites establecidos por del D.S. N°38/11 del MMA. Por lo tanto, se incorporar las siguientes medidas de control ambiental. Área de seguridad en torno a receptor R2: Se establece un área de seguridad de 30 [m] de radio en torno al receptor R2. Dentro de esta área no se podrá utilizar maquinaria pesada, tal como la retroexcavadora, rodillo compactador o camión pluma, permitiendo únicamente el trabajo de forma manual. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. En la siguiente figura se presenta un esquema del área de seguridad a implementar en el receptor R2. Zona de restricción de maquinaria: Se establece una zona de restricción de maquinaria, en la cual sólo estará permitido el uso de una (1) retroexcavadora. Esto quiere decir que dentro de esta zona estará restringido el uso de la maquinaria rodillo compactador y camión pluma. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. La medida busca disminuir la energía sonora recibida por los receptores R3 y R4. Se excluye de esta zona de restricción el área de seguridad alrededor de R2.
De esta forma, se realiza una nueva modelación, obteniendo los siguientes resultados.
Además de las medidas de control de ruido mencionadas en la DIA, se instalará barreras acústicas móviles de paneles aislantes absorbente, con dimensiones aproximadas de alto de 2,4 m y espesor 0,5 m con peso aproximado 15 kg/m2.
Por otra parte, se evaluó el ruido asociado al transporte, utilizando como referencia el criterio establecido por la Normativa Suiza OPB 814.41, considerando un flujo diario por la ruta de acceso al Proyecto. Los resultados son los siguientes (Anexo 9 de la DIA):
Como se puede apreciar en la tabla, los flujos vehiculares proyectados para la fase de construcción cumplen con los máximos permitidos establecidos en la OPB 814.41 para un grado de sensibilidad II, es decir, zonas donde ninguna empresa perjudicial es autorizada, especialmente en las zonas de habitación así como en aquellas reservadas a las construcciones e instalaciones públicas, siendo los máximos permitidos relacionados al flujo vehicular corresponden a 60 y 50 [dB(A)], para el periodo diurno y nocturno, respectivamente.
Sobre el riesgo para la salud de la población: Además de la exposición de la población a emisiones de ruido se ha considerado las principales emisiones del proyecto, que corresponderán a material particulado (MP10 /MP 2,5) y gases de combustión, las que provendrán principalmente de actividades como movimiento de tierra, excavaciones, tránsito de vehículos, motores de maquinaria y la operación de grupos electrógenos. Esta situación ocurrirá en mayor medida durante la fase de construcción, siendo las cantidades estimadas las siguientes (Anexo 9 de al DIA):
Sin perjuicio de que la magnitud de las emisiones será baja, se implementarán las siguientes
medidas de control, las cuales permitirán reducir las emisiones atmosféricas anteriormente
señaladas:
• Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo
de evitar emisiones por motores con fallas.
• Todos los camiones y vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día.
Para ello se exigirá copia de las revisiones técnicas.
• Humectación de los caminos de internos, por medio del uso de camiones aljibe, preferentemente
en verano.
• Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán
cubiertas completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
• Se prohibirá la quema de cualquier tipo de desechos, vegetales o basura dentro de la obra. Por lo
tanto, considerando la evaluación anteriormente realizada y otros antecedentes tales como: tipología
del proyecto, mínima generación de emisiones contaminantes, temporalidad de la fase constructiva
y su ubicación fuera de una zona declarada latente o saturada por material particulado fino o grueso,
se concluye que el Proyecto, no generará efectos adversos sobre la calidad del componente aire ni
También se evaluó la generación manejo de residuos líquidos y sólidos. Durante la fase de construcción y operación se identificó la generación de aguas servidas producidas por el personal y residuos líquidos derivados del lavado de camiones mixer. Para el manejo las aguas servidas se utilizarán baños químicos en la fase de construcción y baños con sistema de alcantarillado particular para la fase de operación. Para el manejo de las aguas residuales del lavado de camiones se emplearán piscinas de decantación impermeabilizadas. No se contempla la descarga de efluentes al medio y con ello afectar los recursos suelo o agua del sector que pudiese derivar en una afectación a la salud de la población. El Titular señala y describe en la DIA el manejo que dará a los residuos sólidos del proyecto, los que serán almacenados en contenedores y bodegas que impidan su contacto directo con el suelo y el agua.
Para el caso de las vibraciones, la evaluación se utilizó como referencia el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración Federal de Tránsito (FTA: Federal Transit administration) de USA. Esta norma regula los sistemas de transporte público estableciendo un criterio para la evaluación de los niveles de vibración relacionados con el tránsito vehicular y ferroviario superficial o subterráneo. La normativa identifica dos tipos de impacto producido por las vibraciones, que corresponden a molestia hacia las personas y daño sobre las estructuras. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración, que, transmitidos por el suelo, puedan generar molestia en los humanos receptores. Los criterios de impacto se definen de la siguiente forma:
Los resultados de la modelación para el escenario más desfavorables son los siguientes:
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia.
Finalmente, en Anexo 11 de esta DIA se entrega documento denominado “Análisis del efecto por sombra intermitente”. Este estudio toma como referencia la normativa de la República Federal de Alemania “Indicaciones para la determinación de la apreciación de emisiones ópticas de instalaciones eólicas (WEA-Schattenwurf-Hinweise, 2002). tiene por objeto evitar, de manera segura, las posibles molestias ocasionadas por la proyección intermitente de sombras. Para la extensión de la superficie de análisis, según la normativa, el área de sombreado resulta de la distancia desde el aerogenerador en la cual el 20% de la superficie del sol es ocultada por un aspa del rotor, o bien, una distancia de 2 kilómetros desde cada aerogenerador. En forma complementaria, y de acuerdo a la Asociación Danesa de la Industria del Viento (Danish Wind Industry Association1), a distancias entre 500 y 1000 m, la proyección intermitente de sombra no será observada, ya que la sombra de las turbinas se verá como un objeto fijo, y a una distancia superior a los 1.000 m señalados, el efecto no será perceptible por los observadores y/o residentes del sector. La ubicación de los receptores sensibles evaluados se representa en la siguiente imagen.
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores. En el Anexo 11 de la Adenda complementaria se presentan los resultados de las modelaciones de sombra permanente en Archivo kmz.
Observante: Marcela Sánchez Sotomayor
Observación: Como vecina del sector donde quieren instalar torre eólica proyecto "Chara"; considero que este proyecto no es de necesidad para la comunidad del sector ni para la comunidad en general, ya que no existe déficit energético, por lo contrario, los únicos beneficiados es la empresa del proyecto. Es sabido que las torres generan contaminación lumínica debido a las luces de seguridad aeronáutica, las alteraciones ambientales especialmente en la fase de instalación por remoción de tierras, perdida de vegetación, en este proyecto son casi 5 hectáreas de bosque nativo que se destruiría, que jamás se podrán recuperar, el daño ambiental visual que afectará a todos los vecinos, solo apelo a la empatía con los que vivimos en este sector que elegimos este lugar por la tranquilidad y belleza natural.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
En relación a la contaminación lumínica, nuestro país cuenta con una norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, D.S.(MMA) N°43/2012. Sin embargo, esta norma está enfocada a proteger la calidad astronómica de los cielos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, por lo que no resulta aplicable al proyecto.
Si bien la DIA no describe el tipo de luces de navegación que utilizará, ello se encuentra normado y
corresponde a una exigencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) hace a
cualquier estructura igual o mayor a 45 m de altura, de manera de advertir obstáculos a la
El proyecto contempla la realización de obras permanente y temporales que de identifican y detallan en la DIA
Las obras mencionadas implican acciones tales como la preparación de terreno y estabilización de caminos, corta de vegetación y excavaciones, por lo que está previsto la intervención de una superficie total 49.004 m2. Por su parte, la superficie de provista de bosque nativo y plantaciones forestales que deberá ser cortada para la ejecución de las obras del proyecto será de 1,55 hectáreas y 0,62 hectáreas, respectivamente. Es por ello que en la evaluación ambiental de proyecto considera el impacto que este podría provocar en los recursos naturales renovables suelo, vegetación y fauna nativa.
Para el caso del suelo, las acciones por excavaciones, compactación e impermeabilización implican pérdida directa de recurso y su capacidad para sustentar biodiversidad. Como se indicó la superficie de suelo intervenida por el proyecto será de 4,9 hectáreas, todo ello ubicado al interior del predio particular de 80 hectáreas donde se emplazará, sin que se contemplen intervenciones de suelo en otras áreas. En la DIA se presentó una caracterización del medio físico que incluyo la descripción del suelo (Anexo 6 de la DIA) complementado en la Adenda. En términos productivos, los suelo a intervenir corresponden clase de capacidad de uso VI, según se detalla a continuación, y de acuerdo a la “Pauta para el estudio de suelo” (SAG, 2016), son suelos con limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos. Su uso fundamental es pastoreo y para explotación forestal. Ello quiere decir que no corresponden a suelos que sean apropiados para el desarrollo de prácticas agrícolas.
En cuanto al incremento de la erosión, en la Adenda se presentan los resultados del análisis de
erosión, sobre la base del documento “Evaluación de impactos de riesgos de activación de procesos
erosivos”, (SAG, 2016). Según la guía SAG, el Proyecto se encuentra en la zona de riesgo de
Sobre la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC). La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el
proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149
para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de
Bosque Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo (0,69 hectáreas),
Siempreverde de Ñirre (0,70 hectáreas) y Siempreverde de Tepú (0,16 hectáreas), y 0,62 hectáreas
de Plantaciones de Eucalipto, localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras
del proyecto.
Tal como se expuso para el caso de la fauna, conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Respecto al impacto estético sobre el paisaje, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) realizó un estudio (Anexo 14 de la DIA) que tenía por objeto efectuar una descripción y caracterización del paisaje, determinar su valor paisajístico y la calidad del mismo en el área de influencia, de manera de posibilitar, finalmente, la evaluación del impacto sobre dicho elemento del medio ambiente.
Los criterios y la forma de llevar a cabo la caracterización y evaluación del impacto sobre el paisaje han sido desarrollada por el Servicio de Evaluación Ambiental, y se encuentran contenidas en una guía técnica “Guía para la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico en el SEIA” (SEA, 2019). El estudio presentado en la DIA se ajusta a los requerimientos técnicos establecidos en la mencionada guía, y a partir de ello se tiene que los atributos relevantes del paisaje en zona de emplazamiento del proyecto, es decir, aquellas cualidades naturales del paisaje que permiten evaluar su calidad corresponden a los siguientes:
De lo anterior se desprende la vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje.
Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y
plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las
condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector. En cuanto al aporte en el valor
paisajístico de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies en el área, esta no es
fácilmente observable al contemplar el paisaje, por lo que no resulta en un atributo destacado.
Siguiendo con el análisis sobre el paisaje, en área de influencia se identificaron dos unidades de paisaje distinguibles, la primera de ellas denominada “Unidad Asentamiento Rural” (UP1) y la segunda llamada “Unidad Plantación Forestal” (UP2). La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y V-85, y corresponde a sectores con pequeños caseríos. La UP2, en cambio, abarca la mayor parte del área de influencia y está constituidas por mosaicos irregulares compuestos por bosques nativo, plantaciones forestales, sectores desforestados, praderas y matorrales. Dado que el proyecto se localiza fundamentalmente en esta última unidad de paisaje, el estudio realizó la descripción y valoración de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de la unidad de paisaje “Plantación forestal” de manera de determinar si posee o no carácter único o representativos. Los resultados señalan que más de la mitad de los atributos analizados se evalúan en la categoría “Baja”. Existe un atributo que recaen en la categoría Destacada y dos en la categoría Media, obteniéndose una valoración de calidad visual Baja.
Cabe indicar que la Guía para la evaluación del impacto paisajístico del SEA (2019) indica que “Se consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta, entonces el paisaje presenta una calidad visual baja. Al final de este proceso de valoración se debe concluir si la zona posee o no valor paisajístico. En el caso que se determine que en la zona existen uno o más atributos biofísicos que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, entonces ésta posee valor paisajístico. Por el contrario, si la zona no presenta esta característica, se puede concluir que la zona no posee valor paisajístico”.
Resulta conveniente señalar que, si bien el paisaje constituye un componente del medio ambiente, sólo se considera un objeto de protección para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se encuentre en una zona con valor paisajístico, entendiendo una zona con valor paisajístico como aquella que, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, lo que no ocurre en este caso, debido a la baja calidad visual que actualmente posee el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto.
El estudio de paisaje evaluó, finalmente, si la actual calidad del paisaje (Baja) se verá mermada
como resultado de la instalación del proyecto. Para ello se efectuó una simulación mediante
fotomontaje de la situación “sin proyecto” y la situación “con proyecto”. Los fotomontajes
pretenden simular como se visualizarán las obras del proyecto, desde puntos de observación
representativos o habituales de un observador común. En este caso, el fotomontaje se realizó desde
tres (3) puntos de observación distintos. En ellos se aprecia que, debido a la altura que poseerán los
aerogeneradores, serán visibles, aunque debido a la distancia de los puntos de observación y la
presencia obstáculos visuales (vegetación) en ciertos lugares su vista será parcial. Si bien existirá un
impacto sobre el paisaje debido a la incorporación de un elemento artificial en el paisaje, no habrá
una pérdida relevante de los atributos naturales que caracterizan en paisaje ni se obstruirá su
visibilidad.
Observante: Comunidad indígena Weliwen
Observación: El proyecto Chara, será de gran impacto ambiental en nuestro sector, debido a que en la zona tenemos avistamiento de pudú, de sapito de cuatro ojos, monito del monte y otras especies que no se pueden cambiar de hábitat. Al igual que la destrucción de bosque y rotura de napas subterráneas. Al igual que la destrucción de flora y fauna en general. La contaminación acústica, debido al sonido y vibraciones que las torres generar, esto por la preocupación que genera en nuestros vecinos ya que se encuentra escuelas en las cercanías.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación
ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de
En cuanto a la fauna, los estudios acompañados a la DIA permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación, endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). Cabe señalar que el Pudú (Pudu puda) se encuentra listada entre las especies potenciales de encontrar en el área, siendo su estado de conservación vulnerable (VU). Sin embargo, no fue registrada en las observaciones en terrenos llevas a cabo por el Titular.
De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). No obstante, la potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de
las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o
quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se
debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las
condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de
dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean
escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo (Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia, así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como peligrosos y, por lo tanto, con mayor sensibilidad a colisión con aerogeneradores. Dentro de éstas destacan Coragyps atratus (Jote de cabeza negra) y Theristicus melanopis (Bandurria), dado que pueden alcanzar alturas mayores (altura de riesgo de colisión). Sin embargo, la probabilidad de colisión dependerá también de las características del conjunto de aerogeneradores. En esta caso, el proyecto considera la instalación de solo tres aerogeneradores distanciados entre sí por más de 400 m, y una distancia mínima aproximada de las aspas al suelo de 60 m. Considerando que todos los vuelos registrados en el estudio fueron a una altura máxima de 50 m, y que la separación entre cada aerogenerador permitirá la existencia de “corredores aéreos” que permitirían la libre circulación de la avifauna que transita por el área de influencia, se estima que existe una zona de baja probabilidad de impacto por colisión. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un plan de monitoreo de aves (compromiso ambiental voluntario) que tiene por objetivo, durante la fase de operación del proyecto, evaluar potenciales cambios en las conductas de la avifauna y de los parámetros ecológicos luego de la operación de los aerogeneradores, verificar las colisiones y barotrauma de la fauna voladora y determinar eventuales acciones para evitar impacto sobre las taxas objetivo.
Sobre las aguas subterráneas, se ha de señalar que el agua industrial para utilizar durante la
construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la
autoridad competente. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor
de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas. La cantidad de agua potable estimada
en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra
máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado. En cuanto a las aguas superficiales, las
construcción y funcionamiento del proyecto no considera la afectación de dichas aguas. Se
determinó que no existen cauces al interior del predio que deban ser intervenidos. En relación con la
protección de aguas subterráneas, según se informa en el anexo 2 del Anexo 09 de la Adenda, se
realizaron calicatas geotécnicas a una profundidad de 4 m, una en cada localización de los
aerogeneradores (3), se observó que en invierno y en ninguna de ella se registró presencia de nivel
freático. A continuación, se muestran las columnas estratigráficas obtenidas de cada calicata.
En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC). La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el
proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149
para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de
Tal como se expuso para el caso de la fauna, conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Sobre el ruido: La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo.
Como primer aspecto, es dable indicar que se definió el área donde el ruido podría alterar a los niveles basales de presión sonora. Para esto se considera como nivel basal de presión sonora, el valor de ruido de fondo (es decir, sin proyecto) más bajo obtenido durante la campaña de mediciones en periodo diurno 39.6 [dB(A)] para Fase de Construcción. Para la Fase de Operación, a partir de la medición continua, se considera que el valor de ruido de fondo más bajo es de 37.3 [dB(A)]. A partir de los cálculos, para la Fase de Construcción se determina un área de influencia con radio de 2.951 [m] a partir de los límites perimetrales del Proyecto. Esto considerando que la suma energética de las fuentes involucradas en la Fase de Construcción presenta un nivel total de potencia sonora estimada en 117 [dB(A)]. Por otro lado, para la Fase de Operación se determina un área de influencia con radio de 967 [m] desde la base de cada Aerogenerador. Esto considerando que, durante la Fase de Operación, los aerogeneradores tendrán un nivel de potencia sonora máximo de 108.1 [dB(A)]. A continuación, se presenta el Área de Influencia para la Fase de Construcción y Fase de Operación
Por lo tanto, como como logra apreciar y se señala la distancia a la que espera se pueda ver alterado los niveles basales de ruido y puedan llegar a ser percibidos supera los 500 m. No obstante, corresponden también evaluar dicho incremento del nivel basal de ruido respecto a los límites que permitido por la norma de emisión de ruidos para una zona rural.
La evaluación del cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores representativos identificados
en el área de influencia y que corresponden a los más cercanos a los aerogeneradores, cuyas
distancias a los mismos se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor Coordenadas UTM Distancia a receptor [m] ESTE NORT E Aerogenera dor 1 Aerogenera dor 2 Aerogenera dor 3 R1 64841 1 53884 08 923 478 452 R2 64983 6 53885 83 2283 1778 1032 R3 64987 6 53886 13 2355 1850 1134 R4 64990 8 53885 72 2320 1815 1099 R5 (Escuela Jean Pieaget) 64992 5 53884 61 2383 1880 1165
El DS N° 38/2011 MMA establece los niveles máximos permisibles para diferentes zonas establecidas a los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) y además para zonas rurales. Particularmente, para las zonas rurales los niveles máximos de ruido permisible tienen directa relación con el nivel de ruido de fondo en dicha zona, como se muestra en la siguientes Tabla.
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable para el receptor. Dicha condición en un parque eólico se dará bajo una caracterización del ruido de fondo en ausencia de otras fuentes y la condición de mayor emisión de la fuente que se está evaluando. Existen condiciones particulares en donde puede ser identificada la mayor emisión de ruido del parque eólico, y condiciones en donde a la vez, existe el menor ruido de fondo, la cual sucede típicamente bajo condiciones de velocidad de viento mediana-alta (6 a 12 m/s). En consecuencia, se determinaron los siguientes niveles de ruido de fondo y con ello los límites máximos permitidos para la zona rural a distintos rangos de velocidades de viento, tanto diurno como nocturno, según se muestra en la siguiente Tabla:
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y compararlos con los límites máximos establecidos de acuerdo a lo señalado en la normativa. La verificación del cumplimiento normativo se presenta en la siguientes Tablas:
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno; cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de
operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia
del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector. De ella se infiere que a medida que los receptores se alejan de las fuentes emisoras los niveles de ruido a los que son expuesto decrece.
También se evaluaron los niveles de ruidos producidos en la fase de construcción del proyecto (Anexo 4 de la DIA) donde se obtuvieron los siguientes resultados:
Debido a que los receptores, en este caso, se ubica cerca de los sectores donde materializarán las obras de acceso y construcción del camino y los niveles de ruido producidos por los equipos y maquinaria, se podrían superar los límites establecidos por del D.S. N°38/11 del MMA. Por lo tanto, se incorporar las siguientes medidas de control ambiental. Área de seguridad en torno a receptor R2: Se establece un área de seguridad de 30 [m] de radio en torno al receptor R2. Dentro de esta área no se podrá utilizar maquinaria pesada, tal como la retroexcavadora, rodillo compactador o camión pluma, permitiendo únicamente el trabajo de forma manual. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. En la siguiente figura se presenta un esquema del área de seguridad a implementar en el receptor R2. Zona de restricción de maquinaria: Se establece una zona de restricción de maquinaria, en la cual sólo estará permitido el uso de una (1) retroexcavadora. Esto quiere decir que dentro de esta zona estará restringido el uso de la maquinaria rodillo compactador y camión pluma. Esta medida deberá implementarse al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante toda esta fase. La medida busca disminuir la energía sonora recibida por los receptores R3 y R4. Se excluye de esta zona de restricción el área de seguridad alrededor de R2.
Además de las medidas de control de ruido mencionadas en la DIA, se instalará barreras acústicas móviles de paneles aislantes absorbente, con dimensiones aproximadas de alto de 2,4 m y espesor 0,5 m con peso aproximado 15 kg/m2.
Por otra parte, se evaluó el ruido asociado al transporte, utilizando como referencia el criterio establecido por la Normativa Suiza OPB 814.41, considerando un flujo diario por la ruta de acceso al Proyecto. Los resultados son los siguientes (Anexo 9 de la DIA):
Como se puede apreciar en la tabla, los flujos vehiculares proyectados para la fase de construcción cumplen con los máximos permitidos establecidos en la OPB 814.41 para un grado de sensibilidad II, es decir, zonas donde ninguna empresa perjudicial es autorizada, especialmente en las zonas de habitación así como en aquellas reservadas a las construcciones e instalaciones públicas, siendo los máximos permitidos relacionados al flujo vehicular corresponden a 60 y 50 [dB(A)], para el periodo diurno y nocturno, respectivamente.
Sobre el riesgo para la salud de la población: Además de la exposición de la población a emisiones de ruido se ha considerado las principales emisiones del proyecto, que corresponderán a material particulado (MP10 /MP 2,5) y gases de combustión, las que provendrán principalmente de actividades como movimiento de tierra, excavaciones, tránsito de vehículos, motores de maquinaria y la operación de grupos electrógenos. Esta situación ocurrirá en mayor medida durante la fase de construcción, siendo las cantidades estimadas las siguientes (Anexo 9 de al DIA):
Sin perjuicio de que la magnitud de las emisiones será baja, se implementarán las siguientes
medidas de control, las cuales permitirán reducir las emisiones atmosféricas anteriormente
señaladas:
• Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo
de evitar emisiones por motores con fallas.
• Todos los camiones y vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día.
Para ello se exigirá copia de las revisiones técnicas.
• Humectación de los caminos de internos, por medio del uso de camiones aljibe, preferentemente
en verano.
• Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán
cubiertas completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
• Se prohibirá la quema de cualquier tipo de desechos, vegetales o basura dentro de la obra. Por lo
tanto, considerando la evaluación anteriormente realizada y otros antecedentes tales como: tipología
del proyecto, mínima generación de emisiones contaminantes, temporalidad de la fase constructiva
También se evaluó la generación manejo de residuos líquidos y sólidos. Durante la fase de construcción y operación se identificó la generación de aguas servidas producidas por el personal y residuos líquidos derivados del lavado de camiones mixer. Para el manejo las aguas servidas se utilizarán baños químicos en la fase de construcción y baños con sistema de alcantarillado particular para la fase de operación. Para el manejo de las aguas residuales del lavado de camiones se emplearán piscinas de decantación impermeabilizadas. No se contempla la descarga de efluentes al medio y con ello afectar los recursos suelo o agua del sector que pudiese derivar en una afectación a la salud de la población. El Titular señala y describe en la DIA el manejo que dará a los residuos sólidos del proyecto, los que serán almacenados en contenedores y bodegas que impidan su contacto directo con el suelo y el agua.
Para el caso de las vibraciones, la evaluación se utilizó como referencia el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración Federal de Tránsito (FTA: Federal Transit administration) de USA. Esta norma regula los sistemas de transporte público estableciendo un criterio para la evaluación de los niveles de vibración relacionados con el tránsito vehicular y ferroviario superficial o subterráneo. La normativa identifica dos tipos de impacto producido por las vibraciones, que corresponden a molestia hacia las personas y daño sobre las estructuras. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración, que, transmitidos por el suelo, puedan generar molestia en los humanos receptores. Los criterios de impacto se definen de la siguiente forma:
Los resultados de la modelación para el escenario más desfavorables son los siguientes:
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia.
Finalmente, en Anexo 11 de esta DIA se entrega documento denominado “Análisis del efecto por
sombra intermitente”. Este estudio toma como referencia la normativa de la República Federal de
Alemania “Indicaciones para la determinación de la apreciación de emisiones ópticas de
instalaciones eólicas (WEA-Schattenwurf-Hinweise, 2002). tiene por objeto evitar, de manera
segura, las posibles molestias ocasionadas por la proyección intermitente de sombras. Para la
extensión de la superficie de análisis, según la normativa, el área de sombreado resulta de la
distancia desde el aerogenerador en la cual el 20% de la superficie del sol es ocultada por un aspa
del rotor, o bien, una distancia de 2 kilómetros desde cada aerogenerador. En forma
complementaria, y de acuerdo a la Asociación Danesa de la Industria del Viento (Danish Wind
Industry Association1), a distancias entre 500 y 1000 m, la proyección intermitente de sombra no
será observada, ya que la sombra de las turbinas se verá como un objeto fijo, y a una distancia
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores. En el Anexo 11 de la Adenda complementaria se presentan los resultados de las modelaciones de sombra permanente en Archivo kmz.
Observante: Comunidad Indígena Huirimilla
Observación: 1. Este proyecto se pretende instalar a pocos metros de un colegio. 2. Se dice que estas torres llevaran luces en sus aspas, lo cual puede generar distracción en los conductores ya que está uy cerca de la carretera principal que por ende es de alto tráfico de vehículos de alto tonelaje. 3. Se habla del ruido que generan las aspas, lo cual puede afectar la salud de adultos mayores de poblaciones cercanas. 4. La preocupación de los productores Apícolas de los alrededores que estos ruidos espanten a sus abejas. 5. la posible tala de Bosque nativo, destrucción y exterminio de lugares de recolección de hierbas medicinales. La intervención de napas subterráneas por la profundidad que van instaladas estas torres. 6. Como comunidad Indigena no vemos ningún beneficio, solo nos trae preocupación por lo agresivo que significa para nuestra mapu en la intervención de todo nuestro entorno.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
1.- En cuanto al emplazamiento de las obras del proyecto, éste tendrá un sólo un punto de acceso,
correspondiente al kilómetro 6,28 de la Ruta V-85 y se inserta dentro de un predio privado de
aproximadamente 80 hectáreas.
El estudio de medio humano del Anexo 12 de la DIA indica que el sector de La Campana se ubica al norte de la zona urbana de Calbuco, articulado en función de la Ruta V-85 la cual se conecta con la Carretera Panamericana en dirección al norte. A través de la información obtenida mediante entrevistas, se da cuenta de una zona habitada a través de parcelas, pertenecientes a grupos familiares que las han ido heredando y dividiendo con el objetivo de adaptarlas a las necesidades de las nuevas generaciones. Las viviendas se encuentran dispersas a lo largo del camino que lleva hasta el polígono del proyecto y se aprecia una concentración en el punto que conecta esta ruta privada con la carretera V – 85. Además, en el mismo lugar es posible encontrar algunos servicios como comercio menor, iglesias e infraestructura comunitaria (sede social). El estudio reconoce la existencia de dos escuelas: la escuela rural La Campana de Calbuco, de dependencia municipal del DAEM y la escuela de enseñanza básica particular subvencionada Jean Piaget.
Además, cabe indicar en el estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA, se identifican los 5 receptores más cercanos a los aerogeneradores, que actualmente existe, cuyas distancias se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria). En ellas se aprecia que la escuela más próxima se ubica a más de un kilómetro de aerogenerador más cercano, por lo que la atenuación natural de ruido, sumado a la condición acústica por la proximidad a la Ruta V-85 de la Escuela, hacen poco posible algún tipo de afectación provocada por el ruido a las actividades que se realizan dentro del establecimiento. Sumado a eso, el valor proyectado de inmisión para la fase de construcción en la Escuela es de 40 dBA, sin ningún tipo de medida de control acústica y para la fase de operación, el valor disminuye a 35 dBA. Vale decir que el MMA presenta como aceptable valores OCDE nocturnos de 55 dBA, mientras que OMS (2018) 45 dBA para parques eólicos en Europa. De este modo, el proyecto cumple bajo toda condición estándares internacionales de prestigio. En consecuencia, no hay antecedentes para prever una afectación o impacto a las actividades que realiza la Escuela Jean Piaget por la operación del Proyecto.
Receptor
Coordenadas UTM
Distancia a receptor [m]
ESTE
NORT
E
Aerogenera
dor 1
Aerogenera
dor 2
Aerogenera
dor 3
R1
64841
1
53884
08
923
478
452
R2
64983
6
53885
83
2283
1778
1032
R3
64987
6
53886
13
2355
1850
1134
R4
64990
8
53885
72
2320
1815
1099
R5
(Escuela
Jean
Pieaget)
64992
53884
2383
1880
1165
La proximidad de grupos humanos fue tomada en cuenta para evaluar el riesgo a la salud de la población, debido a las emisiones de ruido y vibraciones (anexo 4 de la DIA), durante la fase de construcción y operación del proyecto, el efecto sombra intermitente sobre receptores cercanos (Anexo 11 de la DIA), así como el análisis de alteración de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos (Anexo 12 de la DIA) debido a las obras y acciones del proyecto, incluida la gestión vial (punto 1.1. de la Adenda complementaria).
-
Si bien la DIA no describe el tipo de luces de navegación que utilizará, ello se encuentra normado y corresponde a una exigencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) hace a cualquier estructura igual o mayor a 45 m de altura, de manera de advertir obstáculos a la navegación aérea, como sucede también con las antenas de celulares y comunicación. Dentro del tipo de luces permitidas por la DGAC, para estructuras de las características de los aerogeneradores, la Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos (SAG, 2015) se sugiere la utilización de luces tipo A y B (siempre que no sean usadas con luces de baja intensidad, dado que estas son de tipo continuo), es decir, luces blancas, de mediana intensidad, con destellos simultáneos; y luces rojas, mediana intensidad, con destellos simultáneos (solas o en combinación con luces de baja intensidad). Lo anterior debido a que la literatura internacional señala que los factores más importantes en la atracción de las aves a la luz son la intensidad y frecuencia con que ésta se emite, más que el color, indicándose que cuanto más largo es el período de oscuridad entre destellos de luz, las aves serían menos propensas a sentirse atraídas o desorientadas. La citada guía, recomienda sobre la iluminación del parque eólico que las luces de navegación se ubiquen en las góndolas de la turbina, evitando la iluminación a nivel del suelo. Además, se propone iluminar solo las turbinas de los extremos, delimitando la forma del parque, disparar las luces de manera sincronizada y que el resto de la iluminación se active por medio de sensores de manera de reducir al mínimo la contaminación lumínica del área. Finalmente, cabe desatacar que el proyecto contará con 3 aerogeneradores dispuestos linealmente, situados a más de 100 m de altura y 1000 m de la carretera, por lo que no representa riesgo de encandilamiento o distracción en la conducción de vehículos.
-
En cuanto a las emisiones de ruidos producto del funcionamiento de las aspas de los aerogeneradores, cabe indicar que, efectivamente, las centrales eólicas constituyen una actividad que genera emisiones de ruido hacia la comunidad y, por lo tanto, constituye una fuente emisora regulada por el D.S. (MMA) N° 38/2011, que establece la norma de emisión de ruidos generados por las fuentes que en ella se indican. En tal sentido, los proyectos de generación de energía eólica deben demostrar el cumplimiento de dicha normativa ambiental, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, como ocurre en este caso. La norma mencionada indica los procedimientos de medición del ruido y el método de obtención del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC), valor que finamente se compara con el límite de la norma para el caso específico. No obstante, dada la especificidad de las características del ruido de parques eólicos, es necesario definir los aspectos relevantes que relacionan las características de la emisión de esta fuente, en relación a la normativa. Para lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental publicó la Guía para la aplicación del D.S. N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, para proyectos de parques eólicos en el SEIA, la que debe ser considerada como referencia por los proyectos sometidos a evaluación de impacto, en orden a elaborar sus estudios de emisión de ruidos. La DIA del proyecto “PMGD Eólico Chara” incorporó, en su Anexo 4, un estudio de ruido (y vibraciones) tendiente a caracterizar acústicamente el entorno, mediante mediciones de niveles de ruido de fondo, efectuar la predicción de los niveles de ruido con la ejecución del proyecto y verificar el cumplimiento normativo. La evaluación del cumplimiento normativo se realizó en 5 receptores identificados en el área de influencia y que corresponden a los más cercanos a los aerogeneradores, cuyas distancias a los aerogeneradores se señalan en la siguiente Tabla (punto 4.9 Adenda complementaria):
Receptor
Coordenadas UTM
Distancia a receptor [m]
ESTE
NORT
E
Aerogenera
dor 1
Aerogenera
dor 2
Aerogenera
dor 3
R1
64841
1
53884
08
923
478
452
R2
64983
53885
2283
1778
1032
El DS N° 38/2011 MMA establece los niveles máximos permisibles para diferentes zonas establecidas a los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) y además para zonas rurales. Particularmente, para las zonas rurales los niveles máximos de ruido permisible tienen directa relación con el nivel de ruido de fondo en dicha zona, como se muestra en la siguientes Tabla.
El ruido de fondo es aquel ruido que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. La medición de la fuente emisora busca reflejar la condición de mayor exposición al ruido, de modo que se represente la condición más desfavorable para el receptor. Dicha condición en un parque eólico se dará bajo una caracterización del ruido de fondo en ausencia de otras fuentes y la condición de mayor emisión de la fuente que se está evaluando. Existen condiciones particulares en donde puede ser identificada la mayor emisión de ruido del parque eólico, y condiciones en donde a la vez, existe el menor ruido de fondo, la cual sucede típicamente bajo condiciones de velocidad de viento mediana-alta (6 a 12 m/s). En consecuencia, se determinaron los siguientes niveles de ruido de fondo y con ello los límites máximos permitidos para la zona rural a distintos rangos de velocidades de viento, tanto diurno como nocturno, según se muestra en la siguiente Tabla:
El estudio de ruido del Anexo 4 de la DIA da cuenta que, para realizar la predicción de ruido en los receptores, producto de la operación del parque, se utilizó el software WindPRO 3.4 y el modelo de cálculo utilizado por el software corresponde al Modelo de Predicción ISO 9613. La modelación computacional permitió obtener los niveles de inmisión de ruido en cada uno de los receptores evaluados, en periodo diurnos y nocturnos y para las distintas velocidades de viento consideradas, y compararlos con los límites máximos establecidos de acuerdo a lo señalado en la normativa. La verificación del cumplimiento normativo se presenta en la siguientes Tablas:
Por lo tanto, es posible sostener que, durante la operación del proyecto no se superarán los limites máximo de presión sonora (ruido) establecidos en la normativa ambiental en los receptores evaluados, que son los más próximos a los aerogeneradores. Cabe indicar que para verificar los resultados de la modelación de ruido y el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, el Titular realizará, como un Compromiso Ambiental Voluntario, un monitoreo de ruido trimestral, durante el primer año de operación del proyecto, en el receptor R1, R2, R3 y R4, en horario diurno y nocturno; cuyo informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente
En la siguiente figura se presenta el nivel de presión sonora proyectado [dB(A)] para la fase de
operación, además de su interacción espacial con los receptores identificados en el área de influencia
del Proyecto.
De manera adicional, en el Anexo 11 del Adenda complementaria se acompaña un archivo en formato kmz que permite visualizar los niveles de ruido modelados, proyectados sobre la imagen satelital que entrega Google Earth de manera de poder conocer cuál será el nivel de ruido provocado por el proyecto en cada vivienda del sector.
Vinculado con las emisiones de ruido, el observante plantea el riesgo para la salud de las personas que conllevaría la exposición al ruido. Sobre lo manifestado, se ha de señalar que el riesgo al que se refiere el artículo 11, letra a), de la Ley N° 19.300 es el tipo de riesgo asociado a la presencia de contaminantes en el medio ambiente o riesgo por exposición a, entre otros, agentes físicos como es el ruido). Conviene aclarar que la sola presencia de contaminantes en el ambiente no constituye necesariamente un riesgo para la salud de las personas. Para que se genere o presente riesgo para la salud debe existir una fuente contaminante, un receptor, que en este caso corresponde la población humana, y la posibilidad de que el contaminante (ruido en este caso) alcance el punto donde se localiza el receptor. Dado que, de acuerdo a los estudios de ruido acompañados a la DIA, la población próxima -es decir aquella que se ubica a una distancia en la cual los niveles proyectados de ruido se igualan al menor de los niveles que caracterizan la situación basal- estará expuesta a la fuente de peligro correspondiente al ruido, se debe evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el artículo 11 de la Ley. Para realizar dicha evaluación debe verificarse el criterio preceptuado en el artículo 5° del Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, donde se señala que, para evaluar si se genera o presenta dicho riesgo, debe considerarse la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente.
En tal sentido se puede indicar que los niveles de ruido producidos por la operación el proyecto no reviste un riesgo para la salud de las personas, ya que no se ven superados los límites que indica la norma. Por otra parte, a excepción de la vivienda identificada como R1 en el estudio de ruido, que se ubica a aproximadamente 500 m del aerogenerador más cercano, la distancia a las viviendas ubicada a orilla de la ruta V-85 es mayor a 1 km, por lo que si bien están en el área de propagación de ruido éste no serán en niveles que puedan llegar a afectar la salud física de las personas (causar inestabilidad, desequilibrio, vértigo, náuseas, sensación de presión en el oído o posible pérdida auditiva, como plantea el observante), puesto que niveles de ruidos de 46 dB, que son los máximos proyectados en los receptores, es una magnitud moderada y equivalentes a valores habituales, por ejemplo, al producido al interior de los hogares.
Además de la exposición de la población a emisiones de ruido se ha considerado las principales
emisiones del proyecto, que corresponderán a material particulado (MP10 /MP 2,5) y gases de
combustión, las que provendrán principalmente de actividades como movimiento de tierra,
excavaciones, tránsito de vehículos, motores de maquinaria y la operación de grupos electrógenos.
Sin perjuicio de que la magnitud de las emisiones será baja, se implementarán las siguientes medidas de control, las cuales permitirán reducir las emisiones atmosféricas anteriormente señaladas: • Se exigirá a los contratistas, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. • Todos los camiones y vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día. Para ello se exigirá copia de las revisiones técnicas. • Humectación de los caminos de internos, por medio del uso de camiones aljibe, preferentemente en verano. • Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material serán cubiertas completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel. • Se prohibirá la quema de cualquier tipo de desechos, vegetales o basura dentro de la obra. Por lo tanto, considerando la evaluación anteriormente realizada y otros antecedentes tales como: tipología del proyecto, mínima generación de emisiones contaminantes, temporalidad de la fase constructiva y su ubicación fuera de una zona declarada latente o saturada por material particulado fino o grueso, se concluye que el Proyecto, no generará efectos adversos sobre la calidad del componente aire ni sobre la salud de la población cercana al área de influencia del Proyecto Adicionalmente, la evaluación diagnostica de material particulado MP10 modelada utilizando el Screen View, indica el cumplimiento de la norma primaria de calidad de aire del DS (MINSAL) N°59/98. Por lo que considerado la baja magnitud las emisiones totales anuales y las condiciones de naturales de ventilación de la zona, no se prevé riesgo para la salud de la población producto de las emisiones de material particulado y gases.
También se evaluó la generación manejo de residuos líquidos y sólidos. Durante la fase de construcción y operación se identificó la generación de aguas servidas producidas por el personal y residuos líquidos derivados del lavado de camiones mixer. Para el manejo las aguas servidas se utilizarán baños químicos en la fase de construcción y baños con sistema de alcantarillado particular para la fase de operación. Para el manejo de las aguas residuales del lavado de camiones se emplearán piscinas de decantación impermeabilizadas. No se contempla la descarga de efluentes al medio y con ello afectar los recursos suelo o agua del sector que pudiese derivar en una afectación a la salud de la población. El Titular señala y describe en la DIA el manejo que dará a los residuos sólidos del proyecto, los que serán almacenados en contenedores y bodegas que impidan su contacto directo con el suelo y el agua.
Para el caso de las vibraciones, la evaluación se utilizó como referencia el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración Federal de Tránsito (FTA: Federal Transit administration) de USA. Esta norma regula los sistemas de transporte público estableciendo un criterio para la evaluación de los niveles de vibración relacionados con el tránsito vehicular y ferroviario superficial o subterráneo. La normativa identifica dos tipos de impacto producido por las vibraciones, que corresponden a molestia hacia las personas y daño sobre las estructuras. El criterio de molestia está relacionado con los niveles de vibración, que, transmitidos por el suelo, puedan generar molestia en los humanos receptores. Los criterios de impacto se definen de la siguiente forma:
Los resultados de la modelación para el escenario más desfavorables son los siguientes:
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia.
Finalmente, en Anexo 11 de esta DIA se entrega documento denominado “Análisis del efecto por sombra intermitente”. Este estudio toma como referencia la normativa de la República Federal de Alemania “Indicaciones para la determinación de la apreciación de emisiones ópticas de instalaciones eólicas (WEA-Schattenwurf-Hinweise, 2002). tiene por objeto evitar, de manera segura, las posibles molestias ocasionadas por la proyección intermitente de sombras. Para la extensión de la superficie de análisis, según la normativa, el área de sombreado resulta de la distancia desde el aerogenerador en la cual el 20% de la superficie del sol es ocultada por un aspa del rotor, o bien, una distancia de 2 kilómetros desde cada aerogenerador. En forma complementaria, y de acuerdo a la Asociación Danesa de la Industria del Viento (Danish Wind Industry Association1), a distancias entre 500 y 1000 m, la proyección intermitente de sombra no será observada, ya que la sombra de las turbinas se verá como un objeto fijo, y a una distancia superior a los 1.000 m señalados, el efecto no será perceptible por los observadores y/o residentes del sector. La ubicación de los receptores sensibles evaluados se representa en la siguiente imagen.
Los resultados obtenidos de la modelación indican que, en el peor escenario y caso real demandado
por la norma alemana, los valores resultantes en cada uno de los receptores son menores a los
límites establecidos por dicha normativa, que no considera como muy molesto el efecto de la
proyección intermitente, si la duración máxima del sombreado astronómicamente posible no supera
las 30 horas por año calendario ni los 30 minutos por día calendario, por lo que el Titular descarta la
incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores. En el Anexo 11
- Respecto a la posible afectación de productores apícolas, el Titular presenta antecedentes bibliográficos en el Adenda complementaria (páginas 83-87), los cuales señalan que: Las abejas son insectos evidentemente sociales y se ha registrado información de abejas obreras que han recorrido más de 12 km para colectar su alimento. Este fenómeno sólo se produce cuando existe escasez de alimento en los sectores aledaños a las colmenas, pues el insecto optimiza su energía recolectando néctar y agua desde su entorno más cercano. Las abejas pecoreadoras (u obrera), en la mayor parte de los casos, vuelan en un radio no mayor de 2 km alrededor de la colmena y, en general, si la cosecha es abundante se concentran en un radio de 500 a 600 m alrededor de la colmena (Butler, 195441; Philippe (1989). Winston (1998) señala que las abejas son abundantes hasta 112 m de un apiario con 64 colonias y disminuyen drásticamente a los 300 m de éste. Observaciones hechas por Phillipe (1989), indican que las abejas pecorean en un área de 7,5 x 6 m cuando el néctar es abundante, por lo que, en la práctica, el árbol polinizador no debe encontrarse a más de 6 m de los árboles a polinizar cuando la variedad es auto estéril. Adicionalmente, en el contexto de la evidencia empírica o real, el Titular señala que: Existen al menos 3 apiarios conocidos por el Titular cercanos a parques eólicos en funcionamiento, uno es al apiario del Parque Eólico Lebu- Toro (https://www.parqueeolicolebu.cl). Otro caso de producción exitosa de miel cercano a parques eólicos es el Parque Eólico Ucuquer, el cual cuenta con una docena de colmenas que estaban antes de la construcción y operación del parque y hoy producen miel sin afectación alguna. También puede mencionarse los apiarios cercanos al Parque Eólico Esperanza en Negrete.
Figura 35. Apicultura Parque Eólico Ucuquer Fuente: Colección fotográfica TEBAL
Figura 36. Apicultura Parque Eólico Esperanza I Fuente: Colección fotográfica TEBAL
Por lo tanto, a partir de los antecedentes presentados, tanto bibliográficos como empíricos, no se espera que exista una afectación a los productores apícolas ubicados en las localidades aledañas. Considerando la distancia que separa los aerogeneradores de los límites prediales donde se emplaza el proyecto y los posibles lugares donde se desarrolla la actividad productiva.
- En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI mantiene ecosistemas naturales, y si bien estos se encuentran degradados, aún mantienen una composición florística dominada por especies nativas. Se identificaron 14 especies incluidas en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura), de las cuales solo una presenta estado de conservación “Preocupación menor” (Drimys winteri). En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registraron 3 especies bajo Categoría de Conservación en el AI del Proyecto, correspondientes a Blechnum cordatum, Blechnum hastatum y Drimys winteri, todas clasificadas en estado de conservación “Preocupación menor” (LC). La disminución de la superficie de las vegetacionales se resume en la siguiente tabla:
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149 para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de Bosque Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo (0,69 hectáreas), Siempreverde de Ñirre (0,70 hectáreas) y Siempreverde de Tepú (0,16 hectáreas), y 0,62 hectáreas de Plantaciones de Eucalipto, localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras del proyecto.
Conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Respecto a lugares utilizados para recolección de hierbas medicinales por grupos humanos pertenecientes pueblos indígenas, los antecedentes presentados en la DIA dan cuenta que las obras del proyecto se emplazan en un terreno privado donde no se llevan a cabo actividades tradicionales, culturales y/o espirituales, de este modo, el proyecto no interviene o restringe el acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico de grupos humanos indígenas o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
Sobre las aguas subterráneas, se ha de señalar que el agua industrial para utilizar durante la
construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la
autoridad competente. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor
de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas. La cantidad de agua potable estimada
en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra
máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado. En cuanto a las aguas superficiales, las
Observante: Comunidad Indígena Mapu Lafken
Observación: 1. Solicitud de Participación Ciudadana ya que no se especifica en este ítem. 2. El proyecto Chara, será de gran impacto ambiental en nuestro sector, debido a que en la zona tenemos avistamiento de pudú, de sapito de cuatro ojos, monito del monte y otras especies que no se pueden cambiar de hábitat. Al igual que la destrucción de bosque y rotura de napas subterráneas. Al igual que la destrucción de flora y fauna en general 4.- se ve un posible impacto y repercusión en la calidad de vida de las familias de la comunidad calbucana.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
- Respecto a la solicitud de participación ciudadana, se señala que dentro del plazo legal establecido para ello se dos (2) solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana de parte de organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica vigente y cincuenta y nueve (59) solicitudes de parte de personas naturales directamente afectadas. Con fecha 20 de julio de 2021 se dictó la Resolución N°145 por parte del Director Regional SEA Los Lagos, mediante la cual se ordena el inicio del proceso de participación ciudadana, y el día 27 de julio de 2021 se publica Extracto de dicha Resolución en el Diario Oficial y Diario El Llanquihue.
Con el propósito de establecer mecanismos que aseguren la participación informada de la comunidad en el proceso de evaluación ambiental, se realizaron las actividades que a continuación se indican:
Actividades de Participación Ciudadana Actividades presenciales Lugar Fecha Taller de apresto El Tambor – La Campana 04-08-2021 Taller de apresto de la participación y diálogo con el Titular (1) El Tambor – La Campana 12-08-2021 Taller de apresto de la participación y diálogo con el Titular (2) El Tambor – La Campana 12-08-2021
De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). No obstante, la potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de
las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o
quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se
debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las
condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de
dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean
escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se
considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de
Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA,
2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo (Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia, así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como peligrosos y, por lo tanto, con mayor sensibilidad a colisión con aerogeneradores. Dentro de éstas destacan Coragyps atratus (Jote de cabeza negra) y Theristicus melanopis (Bandurria), dado que pueden alcanzar alturas mayores (altura de riesgo de colisión). Sin embargo, la probabilidad de colisión dependerá también de las características del conjunto de aerogeneradores. En esta caso, el proyecto considera la instalación de solo tres aerogeneradores distanciados entre sí por más de 400 m, y una distancia mínima aproximada de las aspas al suelo de 60 m. Considerando que todos los vuelos registrados en el estudio fueron a una altura máxima de 50 m, y que la separación entre cada aerogenerador permitirá la existencia de “corredores aéreos” que permitirían la libre circulación de la avifauna que transita por el área de influencia, se estima que existe una zona de baja probabilidad de impacto por colisión. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un plan de monitoreo de aves (compromiso ambiental voluntario) que tiene por objetivo, durante la fase de operación del proyecto, evaluar potenciales cambios en las conductas de la avifauna y de los parámetros ecológicos luego de la operación de los aerogeneradores, verificar las colisiones y barotrauma de la fauna voladora y determinar eventuales acciones para evitar impacto sobre las taxas objetivo.
En cuanto a la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan
Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró
una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres
especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las
cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora
presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149 para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de Bosque Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo (0,69 hectáreas), Siempreverde de Ñirre (0,70 hectáreas) y Siempreverde de Tepú (0,16 hectáreas), y 0,62 hectáreas de Plantaciones de Eucalipto, localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras del proyecto.
Conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Respecto a lugares utilizados para recolección de hierbas medicinales por grupos humanos
pertenecientes pueblos indígenas, los antecedentes presentados en la DIA dan cuenta que las obras
del proyecto se emplazan en un terreno privado donde no se llevan a cabo actividades tradicionales,
Sobre las aguas subterráneas, se ha de señalar que el agua industrial para utilizar durante la construcción del proyecto será adquirida a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Se estima que el requerimiento de agua para uso industrial alcanzará un valor de 10 m3/día en el periodo de mayores labores constructivas. La cantidad de agua potable estimada en el periodo de mayor demanda será de 7.500 l/día en el periodo de contratación de mano de obra máxima, y también será adquirido a proveedor autorizado. En cuanto a las aguas superficiales, las construcción y funcionamiento del proyecto no considera la afectación de dichas aguas. Se determinó que no existen cauces al interior del predio que deban ser intervenidos. En relación con la protección de aguas subterráneas, según se informa en el anexo 2 del Anexo 09 de la Adenda, se realizaron calicatas geotécnicas a una profundidad de 4 m, una en cada localización de los aerogeneradores (3), se observó que en invierno y en ninguna de ella se registró presencia de nivel freático. A continuación, se muestran las columnas estratigráficas obtenidas de cada calicata.
Respecto a la afectación de la calidad de vida de las personas de la comunidad calbucana, resulta conveniente precisar que para la delimitación del Área de Influencia (AI) de los Sistemas de Vida y Costumbres de los Grupos Humanos (SVCGH) relacionados al Proyecto, la “Guía de Descripción de Área de Influencia de Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos en el SEIA” (SEA; 2020), indica que ella : “(…)representa el alcance espacial o espacio geográfico donde se perciben uno o más impactos de un proyecto o actividad sobre este objeto de protección y, por lo tanto, es el área desde donde se obtiene la información necesaria para evaluar si dichos impactos son o no significativos. Por lo tanto, el área de influencia del proyecto se definió considerando los siguientes aspectos: i) Predio donde se instalarán los aerogeneradores ubicados en la localidad conocida como La Campana. I) Caminos de acceso correspondientes al cruce entre la Ruta V-85 y un camino privado que lleva a la zona de emplazamiento de los aerogeneradores. De forma complementaria, se consideró en el análisis de posibles afectaciones producto del tránsito de camiones sobredimensionados desde el puerto San José a través de la Ruta V-843 y V-85 hasta el predio donde se emplazarán los aerogeneradores.
Los posibles impactos que tendrían incidencia en la calidad de vida de los habitantes del área de
influencia del proyecto se presentan en las siguientes Tablas:
Sobre lo anterior se tiene que el proyecto se emplaza en un predio privado en el cual no se llevan a cabo actividades tradicionales, culturales y/o espirituales, de este modo, el proyecto no interviene o restringe el acceso a los recursos naturales utilizados por cualquier grupo humano, descartando que obras y acciones del proyecto intervengan, alteren u obstaculicen prácticas tradicionales ya sea porque se desarrollan en lugares distantes y que no son intervenidos por las tareas de construcción y posterior operación del proyecto.
En cuanto a la que el proyecto genere obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o
aumento significativo de tiempos de desplazamiento, para grupos humanos que habitan en el área
de influencia del proyecto. Cabe indicar que la principal actividad que podrá ser percibida por los
vecinos del sector es la utilización de la Ruta V85, carretera que tiene una condición previa de alto
uso. Para evaluar la magnitud del aporte del Proyecto, circularán por la Ruta V-85, durante toda la
fase de construcción, estimada en 6 meses, 2.478 vehículos, mientras que la Tasa Media Diaria
Anual, según el Censo Vial (2018) promedio verano, invierno y primavera es de 5.817 vehículos.
Por lo tanto, el aumento en el flujo vehicular vinculado a la construcción no representará una
alteración del tránsito actual de la ruta. Además, el acceso directo al área de emplazamiento del
En lo que tiene relación con la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos, se informa que:
El transporte de carga sobredimensionada esta será acotada en el tiempo y contará por normativa con asistencia de carabineros y permiso de la Autoridad Vial. Respecto a la localidad de San Rafael, su incorporación al análisis se debe, por una parte, a la utilización de la Ruta V-843 que conecta el Puerto de Calbuco -donde desembarcarán componentes del proyecto- con la Ruta V 85 y, además, por la presencia en este sector de viviendas de socios de la Comunidad Indígena Raimapu. En este sentido, es necesario considerar que, al igual que la R V85, la carretera V-843 mantiene un alto flujo de vehículos como condición previa a las actividades del proyecto por lo que el traslado de los componentes no producirá una alteración significativa. Para el caso específico de los socios de la comunidad indígena, los antecedentes disponibles dan cuenta que no mantienen actividades tradicionales ni sitios de significación cultural asociados a la cultura mapuche que se relacionen con el entorno de la zona de San Rafael o la ruta V-843. En este sentido, el uso que hace la comunidad de esta vía es similar a la de otros vecinos del sector, sin filiación indígena, por lo que pueden aplicarse las mismas medidas. Finalmente, es importante mencionar que la fase de construcción del proyecto contempla una duración de seis meses, por lo que cualquier externalidad que se genere sólo será temporal y acotada.
Se analizó la red de agua potable rural existente en la zona de acceso al proyecto donde se proyectan obras de acondicionamiento vial. Al respecto se aclaró que la tubería correspondiente a la Red Matriz de la APR La Campana que pasa entre el cerco de los predios y el canal, no se verá afectada, esto debido a que la tubería se encuentra a 1.2m de profundidad, además, se considera que en el sector del acceso se elevará la cota de terreno por lo que no se pasará a llevar la estructura de la Red Matriz de la APR La Campana y por tanto no se alterará el libre fluir de las aguas del APR que surte a los vecinos.
Por otra parte, en el área de intervención del proyecto no existen lugares o sitios donde se manifiesten tradiciones, cultura o intereses comunitarios de ningún grupo humano, dado que el proyecto se emplaza en un predio privado donde se ejerce fundamentalmente actividades forestales. Para GHPPI (Comunidad Indígena Weliwen, Asociación Indígena Antu Kalfu y CI Werquen Lafquen), presenta antecedentes, que dan cuenta que en el área de influencia del proyecto no se realizan ceremonias o prácticas comunitarias ni tampoco identifican un espacio exclusivo con las características necesarias para ser considerado culturalmente significativo.
Dada las características modulares del Proyecto y la mínima generación de emisiones, efluentes y residuos, la construcción y operación del parque eólico no generará interferencias en el normal desarrollo de las actividades de los grupos humanos que se encuentran en las cercanías del Proyecto.
En Adenda Complementaria, se incorporan antecedentes obtenidos de primera fuente, concluyendo que todos los entrevistados corroboraron la información presentada y expuesta en la DIA y Adenda N°1 del proyecto, señalando que en el sector de La Campana y en el AI no se realiza ninguna manifestación cultural o ceremonia indígena, como el We Tripantu u otra similar, y tampoco existen lugares de significancia cultural en el área de influencia.
El proyecto no tiene la potencialidad de afectar o alterar las formas de organización de los GHPPI, ni tampoco altera sitios de carácter cultural o sitios sagrados para la población indígena. Del mismo modo, en el área de influencia del proyecto no hay decretos relacionados con otorgamiento de áreas de desarrollo indígena ni tampoco en algún territorio cercano, no se presentan reclamaciones de tierras, no hay inscritos derechos de agua indígenas, ni tampoco presencia de sitios sagrados o culturales cercanos.
Observante: Noel Franco Painamun Puel
Observación: Junto con saludar por medio del presente expreso mi opinión: Me niego rotundamente a la construcción del proyecto parque eólico PMGD Chara, el cual va en contra de toda la naturaleza y el cuidado del medio ambiente que nos rodea. Si bien tengo el conocimiento que el proyecto se presenta como una energía renovable para la comunidad, no se hablan de hablan de los puntos que en contra que esto conlleva. Como la alteración en los paisajes donde estas torres se instalarán que perfectamente se podrían instalar en el mar en los bordes costeros y no en medio de las comunidades indígenas y entre personas naturales. Además de la destrucción total del habitad animal y vegetal del terreno escogido. Punto en el cual la empresa expreso la intención de trasladar la fauna nativa y animal a un nuevo hogar. La cual según estudios de años no es posible, ya que los humedales son creaciones naturales y que no son creadas por el ser humano. Dicho esto además agrego, los animales no son como nosotros los cuales si podemos adaptarnos a distintos lugares y hábitats. una vez mas la mano del hombre juega a ser dios. Además, expreso la necesidad de que los estudios que realiza la empresa se hagan sobre el impacto ambiental. Son las personas que habitan en dicho lugar quienes conocen mejor sus tierras, el suelo, sus bosques, lo que los favorece y sus necesidades. Para finalizar y no menos importante, como nos aseguramos que le energía producida beneficie a la comunidad?. Es bien sabido por proyectos anteriores y estudios de estos mismos que toda energía producida beneficia solo a las grandes empresas mineras y nunca a las personas comunidades y la comuna en general. Por tanto, este proyecto solo nos perjudica como vecinos, familia y comunidad. El mejor ejemplo de proyectos realizados en la comuna y que nunca se cumplieron fue la instalación de la Bencinera Copec donde ellos como empresa aseguraron que el combustible en Calbuco seria el mas económico de la región lo cual hasta el día de hoy es todo lo contrario siendo hoy el mas caro de la región, a eso sumarle la destrucción de la carretera por los camiones de alto tonelaje. Y mas importante aun, la empresa Saesa en este último año subieron las cuentas de miles de habitantes de Calbuco, hecho al cual nunca hubo respuesta mas que ellos no contaban con el personal para la toma de este servicio. O sea al final PAGAMOS LO QUE A ELLOS COMO EMPRESA SE LES DA LA GANA, COBRANDO CUENTAS INJUSTAS Y ERRONEAS EN SU COBRO. Es así como tomamos todos estos antecedentes y no confiamos ni estamos dispuestos a la entrega del territorio para este proyecto que solo busca destruir y seguir enriqueciendo al empresariado.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente:
Con relación a los aspectos ambientales del proyecto en evaluación contenidos en su observación, se indica lo siguiente:
Sobre la alteración del paisaje la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) realizó un estudio (Anexo 14 de la DIA) que tenía por objeto efectuar una descripción y caracterización del paisaje, determinar su valor paisajístico y la calidad de este, en el área de influencia, de manera de posibilitar, finalmente, la evaluación del impacto sobre dicho elemento del medio ambiente.
Los criterios y la forma de llevar a cabo la caracterización y evaluación del impacto sobre el paisaje
han sido desarrollada por el Servicio de Evaluación Ambiental, y se encuentran contenidas en una
guía técnica “Guía para la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico en el SEIA” (SEA,
2019). El estudio presentado en la DIA se ajusta a los requerimientos técnicos establecidos en la
mencionada guía, y a partir de ello se tiene que los atributos relevantes del paisaje en zona de
emplazamiento del proyecto, es decir, aquellas cualidades naturales del paisaje que permiten
evaluar su calidad corresponden a los siguientes:
De lo anterior se desprende la vegetación es el atributo que más destaca en la valoración del paisaje. Sin embargo, si se analiza dicho componente se aprecia que en ella confluyen vegetación nativa y plantaciones forestales, lo que evidencia una intervención antrópica que ha modificado las condiciones naturales de la vegetación y del paisaje del sector. En cuanto al aporte en el valor paisajístico de la fauna, si bien hay diversidad y presencia media de especies en el área, esta no es fácilmente observable al contemplar el paisaje, por lo que no resulta en un atributo destacado.
Siguiendo con el análisis sobre el paisaje, en área de influencia se identificaron dos unidades de paisaje distinguibles, la primera de ellas denominada “Unidad Asentamiento Rural” (UP1) y la segunda llamada “Unidad Plantación Forestal” (UP2). La UP1 se presenta a lo largo de las rutas 5 y V-85, y corresponde a sectores con pequeños caseríos. La UP2, en cambio, abarca la mayor parte del área de influencia y está constituidas por mosaicos irregulares compuestos por bosques nativo, plantaciones forestales, sectores desforestados, praderas y matorrales. Dado que el proyecto se localiza fundamentalmente en esta última unidad de paisaje, el estudio realizó la descripción y valoración de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales de la unidad de paisaje “Plantación forestal” de manera de determinar si posee o no carácter único o representativos. Los resultados señalan que más de la mitad de los atributos analizados se evalúan en la categoría “Baja”. Existe un atributo que recaen en la categoría Destacada y dos en la categoría Media, obteniéndose una valoración de calidad visual Baja.
Cabe indicar que la Guía para la evaluación del impacto paisajístico del SEA (2019) indica que “Se
consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y
además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría
baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los
atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta,
entonces el paisaje presenta una calidad visual baja. Al final de este proceso de valoración se debe
concluir si la zona posee o no valor paisajístico. En el caso que se determine que en la zona existen
uno o más atributos biofísicos que le otorgan una calidad que la hace única y representativa,
Resulta conveniente señalar que, si bien el paisaje constituye un componente del medio ambiente, sólo se considera un objeto de protección para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se encuentre en una zona con valor paisajístico, entendiendo una zona con valor paisajístico como aquella que, siendo perceptible visualmente, posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa, lo que no ocurre en este caso, debido a la baja calidad visual que actualmente posee el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto.
El estudio de paisaje evaluó, finalmente, si la actual calidad del paisaje (Baja) se verá mermada como resultado de la instalación del proyecto. Para ello se efectuó una simulación mediante fotomontaje de la situación “sin proyecto” y la situación “con proyecto”. Los fotomontajes pretenden simular como se visualizarán las obras del proyecto, desde puntos de observación representativos o habituales de un observador común. En este caso, el fotomontaje se realizó desde tres (3) puntos de observación distintos. En ellos se aprecia que, debido a la altura que poseerán los aerogeneradores, serán visibles, aunque debido a la distancia de los puntos de observación y la presencia obstáculos visuales (vegetación) en ciertos lugares su vista será parcial. Si bien existirá un impacto sobre el paisaje debido a la incorporación de un elemento artificial en el paisaje, no habrá una pérdida relevante de los atributos naturales que caracterizan en paisaje ni se obstruirá su visibilidad.
Sobre el lugar de emplazamiento, se ha de señalar que el desarrollo y ejecución del proyecto corresponden a una iniciativa privada y, como tal, es definida por el propio Titular. En dicho desarrollo corresponderá que previo a su ejecución de cumplimiento a las exigencias normativas sectoriales y ambientales que requiere este tipo de proyectos. En el marco de la evaluación ambiental, en la presentación de la DIA el Titular justifica la localización del proyecto por: a) Potencial eólico favorable: De acuerdo al monitoreo y modelaciones realizadas en el sector, se garantiza la viabilidad del proyecto. b) Aptitud de los terrenos: Los terrenos escogidos corresponden a terrenos planos en la cima de un cerro, en un sector rural destinado a actividades silvoagropecuarias. En el sector no hay singularidades ambientales o de biodiversidad que puedan verse amenazadas por un proyecto de este tipo. c) Lejanía de viviendas: El proyecto se instala en un lugar donde no existen viviendas cercanas. d) Accesos: El sector cuenta con accesos apropiados para transportar los equipos de mayor envergadura desde el puerto de desembarque. e) Cercanía a red de eléctrica: El proyecto será conectado directamente desde la línea de media tensión que conecta los aerogeneradores a la línea de distribución local que se encuentra paralelo a la Ruta V-85.
En cuanto al emplazamiento de las obras del proyecto, éste tendrá un sólo un punto de acceso, correspondiente al kilómetro 6,28 de la Ruta V-85 y se inserta dentro de un predio privado de aproximadamente 80 hectáreas.
El estudio de medio humano del Anexo 12 de la DIA indica que el sector de La Campana se ubica al norte de la zona urbana de Calbuco, articulado en función de la Ruta V-85 la cual se conecta con la Carretera Panamericana en dirección al norte. A través de la información obtenida mediante entrevistas, se da cuenta de una zona habitada a través de parcelas, pertenecientes a grupos familiares que las han ido heredando y dividiendo con el objetivo de adaptarlas a las necesidades de las nuevas generaciones. Las viviendas se encuentran dispersas a lo largo del camino que lleva hasta el polígono del proyecto y se aprecia una concentración en el punto que conecta esta ruta privada con la carretera V – 85. Además, en el mismo lugar es posible encontrar algunos servicios como comercio menor, iglesias e infraestructura comunitaria (sede social). El estudio reconoce la existencia de dos escuelas: la escuela rural La Campana de Calbuco, de dependencia municipal del DAEM y la escuela de enseñanza básica particular subvencionada Jean Piaget.
Se ha de señalar que la DIA acompaño estudios de caracterización de la flora y vegetación (Anexo 7 y Anexo 3 de la Adenda complementaria) y fauna (Anexo 8), complementado en la Adenda con un estudio de tránsito aéreo de avifauna.
Los estudios de fauna realizados permitieron caracterizar el área a intervenir por el proyecto y su entorno (área de influencia), a través de la identificación de especies observadas en terreno y aquellas potencialmente presentes, de acuerdo a datos bibliográficos. Los estudios tuvieron como objetivo poder determinar la riqueza de especies de fauna vertebrada terrestre en el área de influencia del Proyecto, identificar aquellas especies que presentan problemas de conservación, endemismo, o singularidades, así como determinar áreas o sectores sensibles para el componente fauna silvestre en el área. Se estableció un total de 110 especies potenciales para el área de estudio a partir de las fuentes bibliográficas mencionadas. Estas se compondrían de 81 especies de aves, 17 especies de mamíferos, 9 especies de anfibios y 3 especies de reptiles (Tabla 20 del Anexo 8 de la DIA). De acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Medio ambiente y el catálogo (RCE), 36 especies potenciales se encuentran en alguna categoría de conservación (11 aves, 13 mamíferos, 9 anfibios, 3 reptiles). De este total, 12 especies se encuentran en categoría de amenaza (CR, EN y VU) o casi amenazada (NT). Es importante destacar que la totalidad de los reptiles y anfibios con distribución potencial se encuentran en alguna categoría de conservación. No obstante, la potencialidad anterior las especies observadas y registradas durante las campañas de muestreo en terreno (realizadas en los meses de diciembre 2020 y enero 2021, durante un total de 140 horas/hombre) corresponden a 40 especies de fauna silvestre correspondientes a 5 anfibios, un (1) reptil, 31 aves y 3 mamíferos. Del total de especies, 38 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica fue Enicognathus leptorhynchus (choroy). A su vez, del total de especies registradas 10 especies se encuentran en categoría de conservación vigente, 8 de ellas se encuentran en categoría de “Preocupación menor” (LC) y 2 en categoría de “Casi amenazada” (NT).
Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los anfibios, destaca la riqueza de especies, las cuales se registraron a través de la observación directa y audición de vocalización en coros (vocalizaciones), es así como se registró a Hylorina sylvatica (rana esmeralda) con una abundancia relativa del 28,6%, cuyos registros se dieron en el ambiente Bosque Siempreverde con 2 individuos (densidad igual a 25 ind/ha). Con igual abundancia relativa, se registró a Batrachyla taeniata (ranita de antifaz), con el registro de un individuo (densidad 12,5 ind/ha) en el ambiente Bosque Siempreverde y un ejemplar en Plantación forestal (densidad 12,5 ind/ha). El resto de las especies de anfibios se presentaron en menores abundancias, con el registro de un ejemplar de las especies Batrachyla leptopus (rana moteada), Eupsophus calcaratus (rana de hojarasca austral) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Dentro de esta herpetofauna, 3 especies se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) (rana moteada, rana de hojarasca austral y rana esmeralda) y 2 especies se encuentran en estado de conservación de “Casi amenazada” (NT) (ranita de antifaz y sapito de cuatro ojos).
Con relación a reptiles, se registró la presencia de una especie, Liolaemus cyanogaster (lagartija de vientre azul), habiéndose registrado solo un (1) ejemplar en el AI del Proyecto, en el ambiente Bosque Siempreverde con una densidad de 6,25 (ind/ha). Esta especie se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
En cuanto a la avifauna registrada, las especies más abundantes fueron Enicognathus leptorhynchus (choroy), con una abundancia relativa del 13,33% (14 ejemplares en total en el AI del Proyecto), siendo más abundante en el ambiente Matorral arborescente de Nothofagus antartica con una bandada de 7 individuos (densidad igual a 8,91 ind/ha), 6 individuos en Bosque Siempreverde (densidad igual a 3,82 ind/ha) y un solo ejemplar en el ambiente Plantación forestal (densidad igual a 0,64 ind/ha). Le sigue en abundancia relativa Curaeus curaeus (tordo) con una abundancia relativa de 7,62%, cuya presencia más abundante fue registrada en el ambiente Plantación forestal con 4 individuos y una densidad de 2,55 ind/ha. El resto de la avifauna registrada se presentó con menores abundancias que las descritas anteriormente. Toda la avifauna registrada, excepto el tordo, se encuentran en estado de conservación de “Preocupación menor” (LC) según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
Respecto de los mamíferos, destaca la presencia de las especies nativas Abrothrix sanborni (ratón negro de Sanborn) y Oligoryzomys longicaudatus (ratón de cola larga), aunque ambos en bajas abundancias.
Dados los resultados anteriormente expuestos, la fauna presente en el área de emplazamiento del
Proyecto presenta las siguientes singularidades: i) Presencia de especies clasificadas según su
estado de conservación como amenazadas, incluyendo la categoría “Casi Amenazadas”: Batrachyla
taeniata (ranita de antifaz) y Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), ii) Presencia de especies
endémicas: Enicognathus leptorhynchus (choroy), iii) Presencia de especies de distribución
restringida o cuya población es reducida o baja en número: Batrachyla taeniata (ranita de antifaz) y
Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos). Consecuentemente, resulta necesario evaluar si, producto
de la ejecución de las obras y acciones del proyecto, se producirán efectos adversos significativos
sobre la fauna, atendiendo los criterios generales señalados en el inciso segundo del artículo 6° del
Reglamento del SEIA y las consideraciones específicas que dicho artículo se detallan.
Producto de las acciones de corta de vegetación y preparación del terreno se afectará el hábitat de las especies identificadas, así como también se prevé que exista pérdida de ejemplares de aves o quirópteros por colisión o barotrauma debido a la operación de los aerogeneradores. No obstante, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en su área de influencia existe fauna que se considera escasa y representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. La superficie de corta de vegetación es de 1,55 hectáreas de bosque nativo y 0,62 hectáreas de plantaciones forestales. En cuanto a las especies con problemas de conservación por su alta movilidad y utilización de diversos hábitats no se espera que la población de la especie choroy se vea mermada con ocasión de ejecución del proyecto. Por su parte, la fauna con baja movilidad, anfibios y reptiles es las más susceptible de verse afectada por el desarrollo de las obras, especialmente por aquellas que implican remoción y compactación de suelo. Respecto de estos grupos de fauna se indican sus atributos, que dan cuenta de los lugares y condiciones de hábitat.
En cuanto a las aves, en general, la DIA desarrolló de manera adicional un estudio de tránsito aéreo (Anexo 8 de la Adenda complementaria), de manera de conocer el uso del espacio aéreo por las aves, lo que se utiliza como una herramienta para identificar los factores de riesgos de colisión existentes en el área de emplazamiento de un proyecto eólico. Con ello se obtuvo información respecto de las direcciones, altura y tipo de vuelo que realizan las aves dentro del área de influencia, así como de la presencia de especies de aves con riesgo de colisión, entre otros aspectos. Con base en los factores de susceptibilidad y comportamiento descritos en la metodología del estudio, se obtuvieron los índices de sensibilidad (ISA) para cada especie que fue observada en tránsito en el área de estudio. De las 19 especies registradas en el AI del Proyecto, 10 de ellas superan el valor promedio obtenido para el ISA. Lo anterior significa que el 52,6% de la avifauna que habita el área del Proyecto corresponde a especies con comportamientos que pueden ser considerados como peligrosos y, por lo tanto, con mayor sensibilidad a colisión con aerogeneradores. Dentro de éstas destacan Coragyps atratus (Jote de cabeza negra) y Theristicus melanopis (Bandurria), dado que pueden alcanzar alturas mayores (altura de riesgo de colisión). Sin embargo, la probabilidad de colisión dependerá también de las características del conjunto de aerogeneradores. En esta caso, el proyecto considera la instalación de solo tres aerogeneradores distanciados entre sí por más de 400 m, y una distancia mínima aproximada de las aspas al suelo de 60 m. Considerando que todos los vuelos registrados en el estudio fueron a una altura máxima de 50 m, y que la separación entre cada aerogenerador permitirá la existencia de “corredores aéreos” que permitirían la libre circulación de la avifauna que transita por el área de influencia, se estima que existe una zona de baja probabilidad de impacto por colisión. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará un plan de monitoreo de aves (compromiso ambiental voluntario) que tiene por objetivo, durante la fase de operación del proyecto, evaluar potenciales cambios en las conductas de la avifauna y de los parámetros ecológicos luego de la operación de los aerogeneradores, verificar las colisiones y barotrauma de la fauna voladora y determinar eventuales acciones para evitar impacto sobre las taxas objetivo.
Sobre la afectación de la flora y vegetación, la descripción general del componente vegetacional se presentó en el Anexo 7 de la DIA y se complementó en el Adenda, donde se amplió el área prospectada a 100 m alrededor de las obras y acciones del proyecto. De acuerdo al estudio realizado, se identificaron siete formaciones vegetales en el área de influencia del proyecto: Bosque siempreverde, Plantación forestal, Matorral de Baccharis patagonica, Matorral arborescente de Nothofagus antárctica, Pradera de exóticas asilvestradas, Pradera de exóticas asilvestradas con árboles y Otros usos de suelo, en donde la segunda formación, dominada por Eucalyptus globulus, presentó la mayor cobertura, mientras que el bosque siempreverde presentó la segunda mayor cobertura, lo que demuestra que el AI se encuentra intervenida, pero aún mantiene áreas con un ecosistema con dominancia de especies nativas, al menos en el estrato arbóreo y arbustivo.
El Proyecto afectará bosque nativo, específicamente bosque siempreverde, en donde dominan
Drimys winteri, Amomyrtus luma, Podocarpus nubigenus y Nothofagus nitida. Además, se registró
una singularidad ambiental en el AI, correspondiente a la presencia de especies endémicas (tres
especies), correspondientes a Chusquea quila, Nothofagus nitida y Raukaua laetevirens, de las
cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación. En términos generales de la flora
presente en el AI, la mayoría de las especies son nativas (53,49 %). Esto demuestra que el AI
Las áreas con bosque del tipo siempreverde y plantaciones forestales que se intervendrán por el proyecto han sido incluidas en la tramitación del PAS 148 para la corta de bosque nativo y PAS 149 para la corta de plantaciones forestales. Cuyo detalle corresponde a: corta de 1,55 hectáreas de Bosque Tipo Forestal Siempreverde (Subtipo Forestal: Renoval de Canelo (0,69 hectáreas), Siempreverde de Ñirre (0,70 hectáreas) y Siempreverde de Tepú (0,16 hectáreas), y 0,62 hectáreas de Plantaciones de Eucalipto, localizadas en áreas aledañas al camino principal del predio y obras del proyecto.
Tal como se expuso para el caso de la fauna, conforme a la descripción de la vegetación y las acciones que la afectará, se debe dilucidar si dicho impacto es de tal magnitud que se afecte la permanencia, altere las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo, o bien, la capacidad de regeneración de dichos recursos naturales, poniendo especial énfasis en aquellos que sean propios del país que sean escasos, único o representativos. En tal sentido, en el área de influencia existe flora que se considera representativa, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015), debido a su endemismo, no obstante, no hay especie vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Por otra parte, las obras del proyecto intervienen directamente una superficie de suelo de 4,9 hectáreas de las 88 que posee el predio. De ellas la superficie de corta de vegetación representan un área menor, de las cuales sólo 1,55 hectáreas corresponden de bosque nativo. Por lo tanto, se considera que el impacto sobre la flora sólo tendrá efectos puntuales, no viéndose comprometida la presencia, permanencia y desarrollo de las especies con problemas de conservación identificadas, por acción del proyecto. Para el caso de la vegetación arbórea sometida a planes de manejos forestal, como parte de la exigencia normativa, se llevará a cabo la reforestación de una superficie equivalente con el mismo tipo forestal. Por otra parte, al igual que para el caso de la fauna, el Titular incorpora un compromiso ambiental voluntario denominado “Programa flora y fauna” que contempla la inducción de los trabajadores en terreno sobre cuidado de flora y fauna, y el establecimiento de áreas de restricción de acceso, de manera de evitar intervenir otros sectores fuera de los previstos en la DIA. También asociado al componente vegetacional, la DIA se considera el desarrollo de un plan de control de la especie invasora “espinillo” (Ulex Europeaus), de manera de evitar su proliferación en las áreas intervenidas, con lo que también se espera no se vea perjudicada el proceso de recolonización de las especies nativas en los sectores en donde ello resulte posible.
Sobre eventuales beneficios por la generación de energía hacia la comunidad, se ha de señalar que el Titular plantea que la Ley de Energía Equidad Energética creó el reconocimiento a la generación local, que aplica un descuento al precio nudo promedio de energía para las comunas intensivas en producción eléctrica, reduciéndose el cargo para los clientes regulados de esas zonas. Este descuento, sin embargo, es absorbido por las comunas no generadoras, provocando un subsidio entre ellas. En paralelo, estableció que las tarifas máximas que las distribuidoras pueden cobrar a sus clientes residenciales no deben superar el 10% del promedio nacional, lo que se subsidia con aportes de los clientes residenciales con consumos mayores a 200 kWh y, de ser necesario, también con el resto de los regulados. Actualmente, tanto la generación como la transmisión no registran mayores diferencias en sus valores a lo largo del país, en cambio la distribución de electricidad presenta valores desiguales, según la densidad poblacional de cada zona. Agrega que, Calbuco entraría en la categoría de una comuna que subsidia a otras al no tener inyección de energía a la red de distribución local. En este sentido el proyecto “PMGD Eólico Chara”, aportaría directamente a la baja de la cuenta de la luz de la comunidad del sector, a largo plazo, gracias a la generación de energía que éste produciría.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el proyecto “PMGD Eólico Chara” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “PMGD Eólico Chara”, de Parque Eólico Chara SpA.
2°. Certificar que el proyecto “PMGD Eólico Chara” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “PMGD Eólico Chara” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 148, 149 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
5°. Certificar que el proyecto “PMGD Eólico Chara” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.
7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Giovanna Moreira Almonacid Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Giovanna
Elvira Moreira
Almonacid
Firmado
digitalmente por
Giovanna Elvira
Moreira Almonacid
Fecha: 2022.05.02
09:58:46 -04'00'
Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
SST/JHS/MSA/CVC
Distribución:
Firmado por: Sergio Sanhueza Trivino Fecha: 23/04/2022 01:05:01 CLT