Planta Fotovoltaica Clementine
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule • Califica Ambientalmente el proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine" Resolución Exenta N° 20210700195 Talca 25 de Noviembre de 2021 VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 30 de julio de 2021 y su Adenda Complementaria de 23 de septiembre de 2021, del proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine", presentado por GR Huacano SpA con fecha 23 de marzo de 2021. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine". 3°. El Acta de Evaluación N°22/2021 de fecha 30 de julio de 2021, del Comité Técnico de la Región del Maule. 4°. El ICE de la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine" de 25 de octubre de 2021. 5°. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 11 de noviembre de 2021. 6°. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión. 7°. La resolución exenta digital N° 20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del "Intendente Regional" por el "Delegado Presidencial Regional". 8°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule. 9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine". 9°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en el Decreto Número 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Juan Eduardo Prieto Correa, como Delegado Presidencial Regional de la Región del Maule; en la Resolución Afecta N° 62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule; y en la Resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url — https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 CONSIDERANDO: 1°. Que, GR Huacano SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social GR Huacano SpA Rut 76.978.638-4 Domicilio Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37, Edificio Torre Titanium, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Teléfono +56 232519400 Nombre representante legal Antonio Francisco Ros Mesa Rut representante legal 13.831.549-5 Domicilio representante legal Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37, Edificio Torre Titanium, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Teléfono representante legal +56 (2) 232519400 Correo electrónico Titular o representante legal croias@grenergy.eu, msantonio@grenergs.eu 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de octubre de 2021, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los respectivos Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, en sesión de fecha 11 de noviembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine", aprobando íntegramente el contenido del ICE de 25 de octubre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El proyecto consiste en la construcción y operación de una central solar fotovoltaica con una potencia instalada de 10,79 MW, mediante la instalación de 18.612 paneles fotovoltaicos con una potencia nominal de 580 Wp cada uno, unidades anexas, además de una línea de evacuación de 13,8 kV de una longitud de 0,6 km., en la comuna de Maule (parque solar) y en la comuna de San Clemente (línea de evacuación). Descripción general del proyecto El proyecto consiste en la construcción y operación de una central solar fotovoltaica con una potencia instalada de 10,79 MW, mediante la instalación de 18.612 paneles fotovoltaicos con una potencia nominal de 580 Wp cada uno, unidades anexas, además de una línea de evacuación de 13,8 kV de una longitud de 0,6 km, todo lo anterior en una superficie de 29,99 hectáreas. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones En virtud de lo señalado en la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417, y el D.S. N°40/12 del MMA, el proyecto debe someterse al SETA por cuanto concurre el presupuesto señalado en el literal c) del artículo 10 de la citada ley, así como el literal c) del artículo 3 del D.S. N°40/12. El XsEl 1". Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E:1 https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Al respecto el D.S. N°40/12 señala lo siguiente: "Artículo 3. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW." De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresa al SEIA ya que generará una potencia neta de 10,79 MW. Tipología Secundaria: no tiene. Vida útil 30 años. Una vez iniciada la operación, plazo que se podrá extender en la medida que se evalué la viabilidad, factibilidad económica, y se consulte previamente al organismo con competencia ambiental lo declarado respecto a la continuidad de su operación. Monto de inversión USD $ 9.900.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que da inicio corresponde a la habilitación de la instalación de faena Proyecto se desarrolla por etapas Si No El proyecto no estima proceder en su fase de construcción en etapas, la habilitación de las 29,99 hectáreas, serán simultáneas al momento de la instalación de los módulos de paneles solares. x Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto, sometido a evaluación ambiental por medio de la presente Declaración de Impacto Ambiental, no corresponde a la modificación de un proyecto que comenzó a operar antes de la entrada en vigencia del SETA, ya que es un proyecto nuevo a desarrollar en un área nueva. x Proyecto modifica otra RCA Si No Se trata de un proyecto nuevo. X 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se localizará en la Región del Maule, en la Provincia de Talca, específicamente en las comunas de Maule (área de planta) y San Clemente (línea de media tensión), próximo a sector Las Mercedes. Descripción de la localización El emplazamiento del proyecto se justifica porque se emplaza en la proximidad de infraestructura eléctrica existente, a los centros de distribución de energía, lo cual se traduce en una minimización de las obras a realizar. Superficie Superficie destinada a la unidad planta 29,99 ha. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas UTM Huso 19s, Datum WGS 84 son las siguientes: Tabla N°1. Coordenadas del .ro ecto, área . lanta fotovoltaica. Vértice Este (E) Norte A 265.603,45 6.064.115,62 B 265.616,00 6.064.120,50 C 265.688,50 6.064.128,00 D 265.713,00 6.064.134,00 E 265.741,28 6.064.136,50 F 265.772,08 6.064.135,00 G 265.812,50 6.064.139,00 H 265.854,00 6.064.147,50 I 265.897,54 6.064.151,00 J 265.949,50 6.064.171,50 K 265.973,50 6.064.194,00 El fi Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url [3 https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 ed etl tw te/ 17:1 ti/ W ttl Cc/ > y a aaa aaa aa ayaa a aa> > < z z
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265.988,34 6.064.202,07 266.005,50 6.064.200,00 266.019,00 6.064.196,00 266.105,00 6.064.166,00 266.162,00 6.064.153,50 266.295,00 6.064.113,00 266.303,66 6.064.133,67 266.342,08 6.064.104,50 266.427,50 6.064.069,00 266.445,21 6.064.059,01 266.527,00 6.063.962,50 266.539,50 6.063.944,50 266.550,50 6.063.923,50 266.579,00 6.063.896,50 266.594,89 6.063.877,23 266.589,00 6.063.862,00 266.589,00 6.063.849,00 266.593,00 6.063.834,50 266.572,96 6.063.782,49 266.549,18 6.063.802,00 266.524,00 6.063.808,00 266.483,50 6.063.825,00 266.454,96 6.063.834,78 266.445,54 6.063.820,09 266.428,00 6.063.821,54 266.423,00 6.063.814,00 266.437,00 6.063.793,50 266.397,68 6.063.725,82 266.528,22 6.063.665,56 266.446,96 6.063.475,48 266.184,28 6.063.592,29 266.179,50 6.063.598,00 266.174,50 6.063.599,12 266.165,50 6.063.599,50 266.114,89 6.063.631,51 266.126,47 6.063.660,00 266.140,00 6.063.679,90 266.155,00 6.063.727,90 266.175,43 6.063.777,00 266.184,80 6.063.814,50 266.184,80 6.063.814,50 266.194,91 6.063.857,16 266.181,50 6.063.870,50 266.156,78 6.063.886,00 266.073,50 6.063.913,50 266.048,50 6.063.926,50 266.023,50 6.063.945,00 266.002,00 6.063.955,00 265.979,00 6.063.961,00 265.881,67 6.064.001,39 265.777,20 6.064.044,62 265.749,50 6.064.053,42 265.668,00 6.064.092,94 265.628,50 6.064.104,00 Fuente: Tabla N°4 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Tabla N°2. Coordenadas del proyecto, Línea de Evacuación Eléctrica. Vértice Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.582 6.063.842 B i 266.587 6.063.833 C 266.612 6.064.820 D 266.872 6.064.439 Fuente: Tabla N°5 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Caminos de acceso El acceso principal al área del proyecto será realizado a través de la Ruta K-675, la cual empalma directamente con el área de proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones a) b) c) Anexo 1-2 planos de la DIA. Anexo 1 del Adenda. Anexo 8 del Adenda complementaria. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Paneles fotovoltaicos El proyecto estará conformado por 18.612 paneles o módulos fotovoltaicos de 580 Wp c/u, que tendrán en conjunto una potencia de generación máxima de 9 MW de energía eléctrica. Los paneles proyectados serán del tipo Trina Bifacial. Estas características hacen que su rendimiento medido en condiciones STC (CEM Condiciones Estándar de Medida) sea superior al 15%. Cabe hacer presente que los paneles utilizados cumplirán con todas las especificaciones de calidad y seguridad necesarias para el funcionamiento de la Planta. Estructuras de soporte Los módulos fotovoltaicos irán montados sobre una estructura con seguidor (estructura de soporte) a un eje Este Oeste (E-0). Dicha estructura tiene la función principal de servir de soporte y fijación segura de los módulos fotovoltaicos, así como proporcionarles una inclinación y orientación adecuada, con el fin de obtener un máximo aprovechamiento de la energía solar incidente. Cabe hacer presente que para evitar sombreamientos entre estructuras consecutivas, se dejará entre ellas como mínimo la distancia recomendada por cálculo, además los seguidores contarán con un sistema de "back- tracking" que en cualquier caso limitaría este efecto. Las estructuras no necesitan cimentación, ya que serán hincadas en el terreno natural, a una profundidad de 1,5 metros aproximadamente. Salas eléctricas Para el funcionamiento de la Planta, se considera la implementación de dos (2) salas eléctricas que corresponden a instalaciones prefabricadas, que abarcarán una superficie aproximada de 56,77 m2 c/u. Cabe hacer presente que dichas instalaciones no requieren de personal en planta, pues funcionan de forma autónoma y remota. Las salas eléctricas estarán compuestas por: • 2 Transformadores 4800 y 3200 kVA 13,8 kV. • 1 Transformador para SSAA de potencia condicionada a los requerimientos de los servicios auxiliares. • Celdas de Línea y Celda de Protección. • Cuadros protección BT Inversor. La corriente eléctrica proveniente de las salas eléctricas será canalizada de forma subterránea hasta la salida del área de la Planta Fotovoltaica, donde se conectará mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión de 13,8 kV y una longitud aproximada de 0,66 km, a alimentador correspondiente a la "Subestación Eléctrica San Clemente" de 13,8 kV, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión. Las coordenadas de esta obra, se presentan a continuación: E 19 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Tabla N°3. Coordenadas Geográficas - Sala Eléctrica 1. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S .~..._____....... A Coordenada Este (m) 266.344 Coordenada Norte (E_I-9_ 6.063.832 B 266.352 6.063.832 C 266.352 6.063.828 D 266.350 6.063.828 E 266.350 6.063.825 F 266.348 6.063.825 G 266.348 6.063.822 H 266.344 6.063.822 Fuente: Tabla N°2 del Anexo 1 del Adenda complementaria. Tabla N°4. Coordenadas Geográficas - Sala Eléctrica 2. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.142 6.064.042 B 266.150 6.064.042 C 266.150 6.064.038 D 266.148 6.064.038 E 266.148 6.064.035 F 266.146 6.064.035 G 266.146 6.064.032 H 266.142 6.064.032 Fuente: Tabla N°3 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Cableado Cableado Corriente Continua: El cableado desde los módulos hasta los inversores string se llevará a cabo mediante un tramo superficial colocado a lo largo del eje de la propia estructura metálica de los módulos y será de tipo cobre estañado, flexible clase 5 y de 6 mm2 o 10 mm2 de sección, dependiendo de la distancia requerida. En el tramo de cruce de seguidores el cable irá por tubo soterrado hasta el inversor string. El cable utilizado en corriente continua hasta el inversor es de tipo AL XZ1 (S) 240 mm2 0,6/1kV, no propagador del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida especialmente diseñado para instalaciones solares fotovoltaicas (plantas solares, instalaciones sobre tejado, etc). Las líneas dispuestas desde las cajas de series hasta el inversor serán dobles en los casos en los que las distancias lo requieran. El cableado desde cuadros de series hasta los inversores, irán enterrados bajo zanja. Cableado Corriente Alterna: Respecto al tramo de cables de corriente alterna de BT también se plantean dos (2) escenarios: • Escenario 1: Interconexión desde el transformador servicios auxiliares hasta los cuadros de BT ubicado en cada uno de los centros de transformación. Escenario 2: Interconexión desde los cuadros de BT ubicados en los CT hasta el resto de servicios auxiliares (comunicaciones, seguridad y otros). Línea de evacuación eléctrica La energía producida, convertida y transformada, será conducida e inyectada al SEN mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión (13,8 kV) con una longitud aproximada de 0,66 km, la cual se conectará al alimentador correspondiente a la "Subestación Eléctrica San Clemente" de 13,8 kV, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión. En cuanto a las especificaciones técnicas de la línea, se aclara que los conductores serán unipolares debidamente protegidos contra la corrosión y tendrán una resistencia mecánica suficiente para soportar los esfuerzos a que puedan estar sometidos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Es preciso reiterar que la Línea de Evacuación considera una longitud aproximada de 660 metros aproximadamente, la cual contempla una franja de seguridad de 3,5 metros por lado y 1 metro de ancho. Se utilizarán únicamente cables de aislamiento de dieléctrico seco con las características esenciales siguientes: • Conductor: Aluminio compacto, sección circular, semirígido clase 2. • Pantalla sobre el conductor: Corona de hilos de cobre. • Aislamiento: Polietileno reticulado (XLPE). • Cubierta: Polietileno. • Tipo seleccionado: RHZI-OL 18/30 kV H16 Al. A continuación, se presentan las coordenadas de la obra: Tabla N°5. Coordenadas Geográficas - Línea de Evacuación Eléctrica. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este(m) Coordenada Norte (m) A 266.582 6.063.842 B 266.587 6.063.833 C 266.612 6.063.820 D 266.872 6.064.439 Fuente: Tabla N°4 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Bodega de materiales Se proyecta la implementación de dos (2) bodegas para el almacenamiento de los materiales necesarios para el funcionamiento de la Planta. Dichas bodegas contarán con una superficie de 22,35 m2 y 29,63 m2 aprox., respectivamente y serán del tipo modular. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°6. Coordenadas Geográficas - Bodega de Materiales 1. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S
Coordenada Este (m) í Coordenada Norte (m) A B _................
266.358,21 6,063.825,12.. _,.... 266.366,21 6.063.825,22 C 266.366,20 6.063.822,79 D 266.358,21 6.063.822,79 Tabla N°7. Fuente: Tabla N°5 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Coordenadas Geográficas - Bodega de Materiales 2. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (iii) Coordenada Norte (m) A 266.358,20 6.063.828,66 B 266.370,37 6.063.828,67 C 266.370,36 6.063.826,23 D 266358,20 6.063.826,23 Fuente: Tabla N°6 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Sala de control Colindante a las una (1) sala de durante la ejecución operación. Esta de modular. A continuación, Tabla bodegas de materiales se proyecta la implementación de control, en la cual se realizarán actividades administrativas de las actividades de mantención en la fase de sala contará con una superficie de 7,31 m2 y será de tipo se presentan las coordenadas de las obras: N°8. Coordenadas Geográficas — Sala de control. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) 1 Coordenada Norte (m) A 266.366,21 1 6.063.825,22 B 266.370,38 1 6.063.825,22 C 266.370,37 1 6.063.822,79 E "E fi Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url ▪ https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 D l 266.366,20 I 6.063.822,79 Fuente: Tabla N°7 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Bodega de residuos Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento de peligrosos Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del proyecto (aceites residuales, trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses) durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. La frecuencia de retiro nunca superará los seis (6) meses a partir de la generación de los residuos peligrosos, cumpliendo en todo momento con lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. La Bodega RESPEL se emplazará al interior del área de proyecto, y dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL, que "Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos", siendo sus principales características las siguientes: • Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. • Contará con un cierre perimetral de 1,80 metros de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales. • La bodega se emplazará sobre una base continua de HDPE, con murallas de zinc y techado de planchas de zinc-alum acanalado. • Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. • Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. • Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190:2003. • Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de 230 litros aproximadamente con tapa y asa metálica y también en un maxicubo de 1.000 litros de capacidad. • Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o residuos en lugares no destinados para tales efectos. Quien fuera sorprendido trasgrediendo las instrucciones señaladas para tal efecto, se expondrá a medidas disciplinarias. • Los trabajadores que manipulen estos tipos de residuos contarán con todos los implementos de seguridad y habrán recibido una charla de inducción sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos. • Tendrá vías de escape accesibles en caso de emergencia y contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger en la bodega de residuos peligrosos y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. De conformidad a lo establecido por el D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, se solicitará la Autorización Sanitaria a la SEREMI de Salud, región del Maule. E "AH W, <". Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url o " https://validadonsea.goliclivalidar/2154229228 A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°9. Coordenadas Geográficas - Bodega de Residuos Peligrosos. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.561,17 6.063.861,48 B 266.562,75 6.063.858,95 C 266.565,32 6.063.860,55 D 266.563,71 6.063.863,08 Fuente: Tabla N°8 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Estanques de almacenamiento de agua potable Durante la operación, el abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases del proyecto será realizado mediante un "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable" a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (batíos y lavamanos conectados a fosa séptica). Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado sectorialmente ante la SEREMI de Salud, región del Maule. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°10. Coordenadas Geográficas — Estanque de Agua. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (LI) Coordenada Norte (m) A 266.380,63 6.063.824,06 B 266.384,52 6.063.824,06 C 266.384,52 6.063.821,05 D 266.380,63 6.063.821,05 Fuente: Tabla N°9 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Cerco perimetral El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura, abarcando la totalidad del polígono de planta. La distancia entre los postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o similar. Camino interno Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al interior del área del proyecto utilizado para el desplazamiento de los trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas durante la vida útil proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio de 4,50 metros y 744,89 metros de longitud. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°11. Coordenadas Geográficas - Camino Interno. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.159 6.064.055 B 266.160 6.063.928 C 266.199 6.063.861 D 266.175 6.063.775 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 E 266.175 6.063.728 F 266.258 6.063.852 G 266.397 6.063.852 H 266348 6.064.835 1 266.585 6.063.813 J 266.585 6.063.813 Fuente: Tabla N°12 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Instalación de faenas La Instalación de Faenas (IF), corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la Fase de Construcción. Este lugar estará destinado al almacenamiento de insumos, materiales y herramientas, que contará con baños químicos, comedor, oficinas, estacionamiento de equipos y maquinarias. En términos generales, estas instalaciones constituirán el centro logístico desde donde se coordinarán los trabajos constructivos del proyecto. La instalación de faenas estará emplazada dentro del área de proyecto y se accederá a ella mediante la utilización del camino interno habilitado al interior del predio. Las coordenadas de la ubicación general de la Instalación de Faenas y el plano de emplazamiento de la misma se muestran en el Acápite O del presente Capítulo, sobre representación cartográfica de las obras temporales. Estas instalaciones se construirán en base a un sistema de módulos metálicos de 40 pies promedio, con servicios incluidos tales como: extintores, mobiliario, electricidad, entre otros. La energía será provista por la empresa distribuidora local, además, como medida de respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, entiéndase por este (1) grupo electrógeno a Diésel de 5 kVA. Cabe destacar que el proyecto no considera la habilitación de campamentos. El personal de construcción será preferentemente contratado en los sectores aledaños de la comuna de Maule y/o San Clemente, y trasladado al lugar de la construcción mediante buses y/o camionetas de acercamiento mediante empresa autorizada por la SEREMI del Ministerio de Transporte de Telecomunicaciones (MTT). El Titular cumplirá en todo momento con las disposiciones del D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL), "Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo", también obtendrá todas las autorizaciones y Permisos Ambientales Sectoriales necesarios para su funcionamiento. La instalación estará conformada por las siguientes componentes: • Caseta de Control e Ingreso. • Zona de Baños Químicos. • Comedor. • Oficinas. • Estacionamiento de Vehículos Livianos. • Estacionamiento de Maquinaria. • Zona de Descarga de Materiales. • Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales. • Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Domiciliarios. • Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales No Peligrosos. • Bodega de Acopio Temporal de Residuos Peligrosos. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°12. Coordenadas Geográficas — Instalación de Faenas. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (ni) Coordenada Norte (m) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 A 266.561 6.063.914 B 266.588 6.063.869 C 266.570 6.063.846 D 266.537 6.063.898 Fuente: Tabla N°13 del Anexo 7 del Adenda complementaria Caseta de control e ingreso Para efectos de control, se contempla la instalación de una caseta al interior de la Instalación de Faenas, la cual comprende una superficie de 29,74 m2 y cuyas características constructivas corresponden a un módulo prefabricado tipo container modular. En dicha caseta se ubicará un trabajador autorizado, el cual llevará un registro de ingreso y salida del personal, insumos, maquinaria, entre otros. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°13. Coordenadas Geográficas — Caseta de Control de Ingreso. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.563,62 6.063.857,59 B 266.566,15 6.063.859,19 C __ __. 266.572,57 T 6.063.849,05 D 266.570,03 6.063.847,59 Fuente: Tabla N°14 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Zona de baños químicos La IF contará con un área para la habilitación de baños químicos que abarcará una superficie de 16,00 m2 y dispondrá de baños químicos con lavamanos y bomba de pie, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, sobre las "Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo ". A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°14. Coordenadas Geográficas - Zona de Baños Químicos. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m)
A 266.562,06 6.063.904,01 B 266.564,92 6.063.905,79 C 266.568,27 6.063.900,81 D 266.565,41 6.063.899,06 Fuente: Tabla N°15 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Comedor Al interior de la IF existirá un área destinada a la alimentación de los trabajadores y que abarcará una superficie de 36,00 m2. Es importante mencionar que esta instalación no considera la preparación de alimentos, ya que éstos serán provistos a través de un servicio externo que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos otorgados por la SEREMI de Salud, región del Maule. Sin perjuicio de lo anterior, la instalación proyectada cumplirá con todos los requisitos establecidos en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL, "Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo". A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°151. Coordenadas Geográficas - Comedor. rl ' Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url ' • ' O https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 UTM 19 S
_Proyección Coordenada Este (m) 1 mm Coordenada Norte (m)
A 266.571,53 6.063.889,78 B 266.574,08 6.063.891,36 C 266.580,40 1 6.063.881,15 D 266.577,83 6.063.879,59 Fuente: Tabla N°16 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Oficinas La Instalación de Faenas contará con oficinas del tipo modular para el personal administrativo operativo que se encargue de las diversas actividades y servicios requeridos para la construcción del proyecto. Dichas oficinas contarán con una superficie de 36,00 m2, que albergarán equipos de calefacción/aire acondicionado, fotocopiadora, red computacional, entre otras. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°162. Coordenadas Geo: áficas — Oficinas. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.578,11 6.063.879,11 B 266.580,64 6.063.880,75 C 266.587,07 6.063.870,61 D 266.584,54 6.063.869,00 Fuente: Tabla N°17 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Estacionamiento de vehículos livianos Al interior de la IF se considera un área de estacionamiento de vehículos livianos que abarcará una superficie de 50,00 m2, para exclusivo uso del personal administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones y servicios requeridos para la construcción del proyecto. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°17. Coordenadas Geográficas - Estacionamiento de Vehículos Livianos. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (I) A 266.548,20 6.063.905,64 B 266.561,34 6.063.914,08 C 266.562,62 6.063.911,52 D 266.549,52 6.063.902,33 Fuente: Tabla N°18 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Estacionamiento de maquinarias La IF contará un área de estacionamiento de maquinarias utilizadas en obra y que abarcará una superficie de 100 m2, debidamente delimitada y señalizada para estos efectos. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°18. Coordenadas Geográficas — Estacionamiento de Maquinarias. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.537,44 6.063.898,79 B 266.546,17 6.063.904,07 C 266.551,51 6.063.895,45 D 266.543,04 6.063.890,10 Fuente: Tabla N°19 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Zona de descarga de materiales La zona de descarga de materiales contará con una superficie de 100,00 m2, que será utilizada para la descarga de los suministros y materiales utilizados en las faenas constructivas. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Tabla N°19. Coordenadas Geográficas — Zona de Descarga de Materiales. Vértice Coordenadas Coordenada Este (m) Proyección DATUM WGS 84 UTM 19 S
Coordenada Norte (m) A 266.543,46 6.063.889,44 B 266.551,95 6.063.894,77 C 266.557,25 6.063.886,28 D 266.548,76 6.063.880,98 Fuente: Tabla N°20 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Zona de almacenamiento temporal de materiales La IF contara con estructuras y paneles de 100,00 m2. A continuación, Tabla N°20. un sector habilitado como bodega temporal de insumos, para la construcción del proyecto con una superficie se presentan las coordenadas de las obras: Coordenadas Geográficas — Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S
..... Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 266.549,12 6.063.880,43 B 266.557,58 6.063.885,76 C 266.562,91 6 063 877 20 D 266.554,42 6.063.871,94 Fuente: Tabla N°21 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Zona de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios El proyecto contempla en un lugar especialmente Instalación de dispondrán en material similar, para evitar la sistema de ruedas líquidos percolador basureros. Las cumplimiento D.S. N° 594/1999 La frecuencia de mínimo tres (3) a cargo de empresas Maule. Cabe señalar que ningún tipo. A continuación, Tabla N°21. la disposición temporal de residuos domiciliarios delimitado y señalizado al interior de la Faenas y que abarcará una superficie de 16,00 m2, donde se cuatro (4) contenedores de basura fabricados en HDPE o con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético percolación de lixiviados, contando además con tapa y con freno. De este modo se impide el escurrimiento de y se evita que los animales silvestres den vuelta los áreas de acopio temporal de residuos domiciliarios darán en todo momento a las disposiciones establecidas en el del MINSAL. retiro para los residuos domésticos y asimilables será de veces por semana. La disposición final de residuos estará autorizadas por la SEREMI de Salud, región del el proyecto no considera el tratamiento de residuos de se presentan las coordenadas de las obras: Coordenadas Geográficas - Área de Almacenamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios. Vértice Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este (ni) Coordenada Norte (m) A 266.567,80 6.063.897,89 B 266.569,53 6.063.898,93 C 266.573,64 6.063.892,08 D 266.571,93 6.063.891,04 Fuente: Tabla N°22 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Zona de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos Esta área contará con una superficie de 100,00 m2 se almacenará temporalmente el material reutilizable y materiales residuales no peligrosos generados por el proyecto durante la fase de construcción (despuntes de aluminio y fierro; maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, entre otros) en conformidad con lo establecido por el 11 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Artículo 18 del D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud. Estos residuos se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados, y se almacenarán en un contenedor tipo tolva con capacidad máxima de 10,00 m3. Cabe hacer presente que se los residuos se reciclaran en la medida de lo posible, destinándolos en contenedores para estos efectos. A continuación, se presentan las coordenadas de las obras: Tabla N°22. Coordenadas Geográficas — Área de Almacenamiento de Residuos Industriales No Peligrosos. Vértice A Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S Coordenada Este en1 266.554,49 Coordenada Norte (In" 6.063.871,95 B 266.562,91 6.063.877,22 C 266.568,55 6.063.868.34 D 266.560,09 6.063.863,03 Fuente: Tabla N°23 del Anexo 7 del Adenda complementaria. Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos. La IF contará con una bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos, la cual estará encargada del almacenamiento temporal de los residuos peligrosos que se generen durante la construcción del proyecto. En esta bodega, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003 del MINSAL. La bodega será de tipo modular prefabricada, la cual será adquirida a un proveedor que cuente con certificación vigente, y cumplirá con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del DS N°148/2003 del MINSAL que se mencionan a continuación: • Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. • Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. • Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. • Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. • Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. • Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003 y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. Las coordenadas de esta obra se encuentran en la Tabla N°9. Coordenadas Geográficas - Bodega de Residuos Peligrosos, del presente Informe Consolidado de Evaluación (ICE). Roce y despeje de vegetación El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura, abarcando la totalidad del polígono de planta. La distancia entre los postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o similar. Habilitación de Instalación de Faenas Previo a la habilitación de cada uno de los componentes de la Instalación de Faenas, se prevén trabajos de limpieza, despeje y nivelación de la superficie, mediante el uso de maquinaria estándar de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E , . https://validador.sea.gob.c1Nalidar/2154229228 Posterior al acondicionamiento del terreno, se procederá al montaje de las estructuras modulares tipo contenedor que conformarán la Instalación de Faenas. Movimiento de tierras Previo a los movimientos de tierras, se realizará una demarcación de la superficie donde se instalarán los módulos, dejando un corredor o pasillo entre cada línea de módulos, el que será utilizado como vía de acceso para instalación y montaje. Luego se marcarán los puntos en donde se ubicarán las estructuras de soporte que sostendrán a los módulos o paneles. Posteriormente, se realizarán los trabajos de movimientos de tierras, para la adecuación de caminos, zanjas por las que discurrirá el cableado de la Planta, etc. Se procederá a la limpieza del terreno, en las zonas que sea necesario, actividad que consiste en un despeje superficial, referido al despedregado de piedras de gran magnitud. La eliminación de la pedregosidad superficial será realizada mediante métodos mecánicos y manuales, las piedras recogidas serán acopiadas y cargadas a un camión mediante retroexcavadora. Al respecto, se aclara que el material excavado no será acumulado en sitios, sino que será dispuesto en su gran mayoría en los bordes de la superficie donde se va a excavar, para luego ser utilizado como material de relleno en el mismo sitio. Conforme a lo expuesto, la tierra excavada será utilizada en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas) y en la nivelación del mismo terreno, no generando excedentes que deban ser acopiados y trasladados a otros sectores. El volumen total para cargar y descargar durante la fase de Construcción en escarpe y excavaciones corresponde a 3.341 m3. Es preciso indicar que durante la ejecución de las labores de excavación o cualquier otra asociada a la construcción, no se contempla el uso de explosivos, de manera que se descartan desde ya cualquier impacto relativo a emisiones atmosféricas y acústicas por este motivo. Finahnente, se aclara que la profundidad máxima de excavaciones no superará los 2 metros de profundidad, necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2 metros), implementación de postes de acero galvanizado (malla) y las postaciones necesarias para la implementación de la línea de evacuación. Habilitación de camino interno El proyecto contempla la habilitación de un (1) camino interno emplazado al interior del polígono del proyecto, el cual será habilitado durante las faenas constructivas y se mantendrá durante toda la fase de operación del proyecto. Este camino será habilitado mediante nivelación y posterior compactación de este, contando con un ancho promedio de 4,50 metros y 744,89 metros de longitud. Habilitación de camino de acceso El proyecto contempla la habilitación de camino de acceso, de 6 metros de largo por 6,52 metros de largo desde la ruta K-675. Aplicación de supresor de polvo El proyecto considera la aplicación de un supresor de polvo en los caminos internos y en el acceso. Instalación de cerco perimetral Se implementará un cerco perimetral que corresponderá a una malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura. La distancia entre postes será de 2,5 metros o similar. Se aclara que el cerco perimetral no tendrá alambres de púas. Montaje de estructuras Montaje Mecánico: El montaje de las estructuras de los paneles solares se llevará a cabo mediante el uso de las máquinas hincadoras que se usarán para clavar los pilares (hincado de estructuras) donde van montadas las estructuras soportantes de los paneles solares. Estos pilares serán distribuidos directamente sobre la tierra y respetando una distancia mínima entre los paneles de una estructura con respecto a la otra de manera que eviten sombreado entre ellos. Esto se realizará con la ayuda de camión grúa, lo cual no supondrá ningún peligro para los trabajadores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.ciNalidar/2154229228 Montaje Eléctrico: Concierne a las actividades que le dan conexión definitiva a la Planta para la generación de energía y transmisión al Sistema Eléctrico Nacional. Estas acciones corresponden a la conexión del cableado de los paneles fotovoltaicos, conexión de media tensión, entre otras. Pruebas de energización y puesta en marcha Para probar su funcionamiento y lograr una conexión exitosa de los equipos, se consideran tres niveles de pruebas: Pruebas de equipos Estas pruebas serán todas pruebas locales, realizadas precisamente a "pie de equipo". Ello significa segregar funcionalmente el equipo del sistema al que pertenece para poder considerarlo como un sub-sistema o unidad de ensayo totalmente independiente en sí misma. Tienen por objeto: • Verificar que el montaje se haya realizado conforme a la documentación técnica del proyecto, a las instrucciones del proveedor y a las reglas del buen arte. • Verificar el correcto funcionamiento del equipo en cuestión, mediante los controles indicados en las normas respectivas, manual del fabricante y cualquier otra especificación especial previamente señalada. Pruebas de sistemas En estas pruebas la unidad de ensayo comprenderá a sistemas, sub- sistemas y/o conjuntos de equipos, con sus correspondientes cables de interconexión, todos los cuales deberán constituir unidades funcionales diferenciadas y sustanciales completas en sí misma. Estas unidades se consideran como un todo indivisible a los efectos de las pruebas. Para cada una de éstas existen protocolos de ensayos respectivos, con las inspecciones relativas a cada función. Pruebas conjuntas Estas pruebas comprenderán el funcionamiento del conjunto de los sistemas, interactuando simultáneamente. Un listado resumido de ellos es el siguiente: • Limpieza de paneles solares, equipos, etc. • Disposición de todos los equipos, servicios y elementos en condiciones de operación nominal y normal. • Revisión final de toda la instalación. • Verificación por simulación de distintas maniobras para la energización. Desmantelamiento obras temporales de Terminadas las faenas constructivas se retirará la instalación de faenas y todos los elementos ajenos a la operación de la Planta Fotovoltaica, tomando las acciones necesarias para readecuar las áreas intervenidas, es decir, se retirarán los contenedores y áreas de trabajo dispuestas en estas zonas. Los materiales de desecho de la Fase de Construcción se retirarán, transportarán y dispondrán en lugares autorizados por la SEREMI de Salud, región del Maule; además, se retirarán los equipos y las maquinarias utilizadas en la obra. Una vez que se hayan retirado las instalaciones temporales, se realizarán las actividades para restaurar la superficie original. Se ejecutará una limpieza exhaustiva del área, verificando que en las áreas de trabajo no _queden vestigios de ningún tipo de residuo. Recursos naturales renovables El proyecto por las características de sus partes, acciones y obras no considera extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en esta fase. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas: • SO2: 0,0100 ton/año. • NOx: 1,4149 ton/año. • CO: 0,6504 ton/año. • MP2,5: 0,1204 ton/año. fi Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 • MPio: 0,2319 ton/ario. • MPs: 0,8328 ton/año. • COV: 0,0828 ton/año. • NH3: 0,0005 ton/año. Las principales fuentes de emisión de material particulado del proyecto corresponden a las relativas a las actividades de construcción de las obras: Excavación, movimiento de tierra (incluye, compactación y nivelación del terreno), levantamiento de polvo por tránsito vehicular (maquinaria de construcción, tránsito de camiones y vehículos livianos) y emisiones por combustión (generadores y tránsito de camiones). A continuación, se resumen las principales actividades generadoras de emisiones: • Acondicionamiento de terreno (Compactación y Nivelación). • Excavación para habitación de caminos, zanjas, fundaciones de las estructuras de soporte micropilotes, SE, etc. • Carga y descarga de material. • Emisiones de maquinaria contemplada para las labores constructivas del proyecto. • Tránsito de camiones y vehículos por caminos no pavimentados. • Tránsito de camiones y vehículos por caminos pavimentados. • Generadores Diésel (grupo electrógeno de 5 kVA). Cabe destacar finalmente que las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. De manera adicional, se incluye las siguientes medidas: Forma de control de emisiones: • Registro de aplicación de supresor de polvo. • Registro de mantenimiento del supresor de polvo. • Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. • Registro de revisiones técnicas al día. • Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista encargada. • Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. • Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. • Certificado de mantenciones, para la maquinaria que o requiera de revisión técnica. Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. b) Residuos líquidos domésticos: Se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la Instalación de Faenas. Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada por la Autoridad Sanitaria. Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la fase de construcción será de aproximadamente 10,2 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 68 trabajadores consumiendo 150 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Fuente: figura 8 del Anexo 1-4 de la DIA. L/trabajador/día. c) Emisiones acústicas: En el Anexo 1-4 de la DIA complementada con las respuestas 2.1 y el Anexo 6 del Adenda se presenta las emisiones acústicas, en los mencionados documentos se identifican y se describen los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por el proyecto figura 3 y la tabla 2 del Anexo 1-4 de la DIA, además, en dicho informe se hace presente que durante la fase de construcción, las emisiones de ruido que se generarían son aquellas asociadas a las siguientes actividades de la construcción del proyecto: • Roce y despeje de vegetación. • Habilitación de la instalación de faenas. • Movimiento de tierras. • Habilitación camino interno. • Aplicación de supresor de polvo. • Instalación del cerco perimetral. • Montaje de estructuras. • Montaje mecánico. • Montaje eléctrico. • Pruebas energización y puesta en marcha. • Desmantelamiento de obras temporales. Con todo lo expuesto, se evalúan las emisiones acústicas con respecto a los límites establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. Cabe señalar, que los receptores, están emplazados en una zona rural de acuerdo con lo establecido en el D.S. N°38/11 del MMA y que debido a las actividades desarrollas para la construcción del proyecto, se implementara la siguiente medida de control: Se implementará la utilización de pantalla acústica modular durante esta fase. La barrera acústica deberá tener una altura de 2 metros y considerar una cumbrera de 1 metro de longitud angulada a 30° respecto al eje de elevación de la barrera. El material de la barrera acústica es de planchas de OSB de 15 mm de espesor y densidad superficial de al menos 10 kg/m', por otro lado, posee un revestimiento interior como material absorbente acústico del tipo lana mineral de roca, de 50 mm de espesor y densidad de 80kg/m3. A continuación, se presentan ejemplos de barrera acústica. Imagen N°1. Barreras acústicas modulares. La barrera acústica deberá implementarse desde antes del inicio de la Etapa de Preparación de terreno y deberá permanecer durante toda la duración de la fase de construcción. A continuación se presenta la ubicación de la barrera, presentando las coordenadas UTM DATUM WSG84 (19H), de cada vértice del tramo de la barrera: Tabla N°23. Ubicación barrera acústica modular. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E , https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Vértice Este Norte B1 266118 6063639 B2 266117 6063637
B3 266139 6063621 B4 266167 6063604 B5 266175 6063605 B6 B7 266182 6063602 6063596 266188 B8 266444 6063482 B9 266446 6063486 Fuente: Tabla 15 del Anexo 1-4 de la DIA. Con todo lo expuesto y de acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo ya señalado complementado con los antecedentes del Adenda, se establece que los niveles de emisión se encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 MMA. Respecto a la generación de vibraciones debido a las actividades de construcción del proyecto, se adjunta el Anexo 1-4 de la DIA, en el mencionado anexo, se evalúan las vibraciones. Proyectando y evaluando de acuerdo al "Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18" de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration). En el estudio se concluye que se cumple con el estándar de referencia y no se genera molestia ni efectos adversos sobre los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por el proyecto figura 3 y la tabla 2 del Anexo 1-4 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente, a) Residuos sólidos domésticos y asimilables a estos: Se estima que se generará un máximo de 1,36 times de residuos sólidos domiciliarios en la fase de construcción. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios equivalente a 1 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 68 trabajadores y un periodo de trabajo de 20 días/mes (jornada laboral de lunes a viernes). Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores herméticos debidamente señalizados en las instalaciones de faenas, considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Estos residuos serán retirados periódicamente, tres (3) veces por semana, por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. b) Residuos industriales no peligrosos: El proyecto contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos, alambres y restos de embalaje. La cantidad estimada corresponde a 0,20 m3/mes. Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas autorizadas, para su disposición final en sitios autorizados, todos los cuales deben ser autorizados por la Autoridad Sanitaria. c) Residuos peligrosos: Paños contaminados, EPP en desuso, aceites usados • Cantidad mensual: 3,0 kg/mes. • Total: 18,0 kg. • Almacenamiento: Serán almacenados en la Bodega RESPEL ubicada al interior de la instalación de faena. Serán retirados cada seis (6) meses y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud región del Maule. Paneles en desuso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 • Cantidad mensual: 2 unidades en promedio (70,6 kg/mes) • Total: 2 unidades en promedio (70,6 kg) • Se hace presente respecto a los paneles en desuso, que en lo posible se reciclaran por parte de empresas autorizadas para reciclar este tipo de residuo. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.6.1.1 Partes y obras del proyecto. Tabla 4.6.1.2 Acciones. Tabla 4.6.3 Recursos naturales renovables. Tabla 4.6.4.1; 4.6.4.2 y 4.6.4.3 Emisiones. Tabla 4.6.5.1; 4.6.5.2 Residuos. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Salas Eléctricas Las salas eléctricas conformadas por: • Inversores. • Transformadores. • Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado • Cableado corriente continua • Cableado corriente alterna Línea de Evacuación Eléctrica. La energía producida, convertida y transformada, será conducida e inyectada al SEN mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión (13,8 kV) con una longitud aproximada de 0,66 km, la cual se conectará al alimentador correspondiente a la "Subestación Eléctrica San Clemente" de 13,8 kV, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión. En cuanto a las especificaciones técnicas de la línea, se aclara que los conductores serán unipolares debidamente protegidos contra la corrosión y tendrán una resistencia mecánica suficiente para soportar los esfuerzos a que puedan estar sometidos. Es preciso reiterar que la Línea de Evacuación considera una longitud aproximada de 660 metros aproximadamente, la cual contempla una franja de seguridad de 3,5 metros por lado y 1 metro de ancho Bodegas de Materiales. Se proyecta la implementación de dos (2) bodegas para el almacenamiento de los materiales necesarios para el funcionamiento de la Planta. Dichas bodegas contarán con una superficie de 22,35 in2 y 29,63 m2 aprox., respectivamente y serán del tipo modular. Sala de control Colindante a las bodegas de materiales se proyecta la implementación de una (1) sala de control, en la cual se realizarán actividades administrativas durante la ejecución de las actividades de mantención en la fase de operación. Esta sala contará con una superficie de 7,31 m2 y será de tipo de modular. Bodega de residuos peligrosos Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del proyecto (aceites residuales, trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses) durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. Estanques de almacenamiento de agua potable Durante la operación, el abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases del proyecto será realizado mediante un "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable" a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y lavamanos conectados a fosa séptica). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado sectorialmente ante la SEREMI de Salud, región del Maule. Fosa séptica con drenes de infiltración Se considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo "Fosa Séptica con Sistema de Infiltración" cuya capacidad máxima será de 5 personas (1,2 m3), manteniéndose como una obra permanente durante toda la Fase Operación, para ser retirado una vez finalizada la fase de cierre. Este sistema corresponde a un tratamiento primario donde se logra la decantación y degradación de los sólidos orgánicos presentes en las aguas servidas. El sistema de recolección y almacenamiento se compone de tres elementos: Red de PVC, fosa séptica y dren de infiltración. • Red de PVC sanitario: Se proyecta una red sanitaria de PVC que conduzca las aguas servidas desde los servicios higiénicos hasta la fosa séptica. • Fosa séptica: Se instalará una fosa horizontal. Esta unidad de tratamiento primario separará las partículas sólidas mediante sedimentación y degradación biológica de los desechos orgánicos, consiguiendo una reducción de la DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales (SST). • Dren de Infiltración: Se contempla la instalación de un Dren de Infiltración, donde el efluente tratado en la fosa séptica será conducido y dispuesto en el subsuelo. Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia un dren de infiltración, mientras que los lodos generados serán retirados con una periodicidad seis (6) meses mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria respectiva. Baño Durante la fase de operación, el proyecto contará con un baño el cual tendrá una superficie igual a 7,3 m2. Cerco perimetral El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura, abarcando la totalidad del polígono de planta. La distancia entre los postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o similar. Camino interno Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al interior del área del proyecto utilizado para el desplazamiento de los trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (fase de construcción), actividades de mantención (fase de operación) y desmantelamiento (fase de cierre), entre otras actividades proyectadas durante la vida útil proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio de 4,50 metros y 744,89 metros de longitud. Operación remota Posterior a las Pruebas de energización y puesta en marcha se comenzará con la operación de la Planta, la cual será realizada en forma remota y en tiempo real, razón por la cual no requerirá de personal obra. Generación electricidad de Se estima una generación de energía anual de 18.896 MW/h que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Actividades mantención conservación de y Para el correcto funcionamiento de todos los componentes de la Planta Fotovoltaica se consideran as mantenciones preventivas y mantenciones correctivas. Las actividades de mantenimiento preventivo pueden ser de tipo mensual, trimestral, semestral y/o anual, las que se describen a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 • En las actividades mensuales se contemplan: inspección visual del cerco perimetral, accesos y sistemas de seguridad. Estas actividades no requieren en promedio más de 2 a 3 horas diurnas debido a que están orientadas a observar cómo va el funcionamiento del Planta. • En las actividades trimestrales se contemplan: revisión de las estructuras e integridad de paneles solares, revisión de extintores y limpieza de la caseta de centros de transformación (eliminación de polvo) y mantención de vegetación en el área de proyecto. Para estas actividades tampoco se requiere más de 2 a 3 horas diurnas en promedio de trabajo. • En las actividades semestrales se contemplan: las limpiezas de paneles solares y revisión de inversores. Para ello sí se contempla más tiempo en promedio 3 días (jornadas diurnas), en este caso se coordinará con una empresa certificada que proporcione agua potable embotellada por una empresa certificada a los trabajadores que se encuentren temporalmente en Planta. • Las actividades anuales revisión de equipos de media tensión para verificar su correcto funcionamiento. Para estas actividades tampoco se requiere más de 2 a 3 horas diurnas en promedio de trabajo. En caso de mantenimiento correctivo, causado por fallas o averías, se coordina directamente con personal técnico local o empresas contratistas para su pronta resolución dependiendo de la severidad. Las actividades correctivas éstas se separan en dos: i) Reemplazo de equipos o piezas menores tales como paneles solares, fusibles, interruptores, cámaras, luces, etc. ii) Reemplazo de equipos mayores como inversor, transformador, tramos de cables soterrados. Para el caso del reemplazo de equipos menores se estima una duración de 2 a 3 horas promedio con una frecuencia muy baja debido a que para ellos se realizarán los mantenimientos preventivos ya indicados en esta resolución. En cuanto a las actividades mayores se estima una duración promedio de dos (2) días (jornadas diurnas) con una frecuencia muy baja o nula, en este caso se coordinará con una empresa certificada que proporcione agua potable embotellada por una empresa certificada a los trabajadores que se encuentren temporalmente en Planta. Para fallas más severas, el tiempo de inspección y reemplazo de equipos podría tomar más tiempo de lo previsto, dependiendo de la gravedad de los daños. Para ello se coordinará con una empresa certificada que proporcione agua potable embotellada a los trabajadores que se encuentren temporalmente en Planta. Se reitera que la Planta cuenta con un sistema de vigilancia compuesto por un conjunto de cámaras de video térmicas, con capacidad para detectar movimiento y emitir alarmas. Estas alarmas están conectadas con una central receptora de alarmas central con personal especializado que monitorean la Planta las 24 horas del día. En caso de eventos de seguridad este personal ejecuta protocolos de emergencia que incluyen el contacto con las autoridades locales (Carabineros, bomberos, entre otros). Productos generados El proyecto generará energía eléctrica que finalmente será inyectada al SEN, será aproximadamente potencia instalada de 8,5 MW, dicha energía será evacuada a la red de distribución existente mediante una línea de evacuación. - Recursos renovables naturales El proyecto por las características de sus partes, acciones y obras no considera extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en esta fase. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas: • SO2: 0,0000 ton/año • NOx: 0,0074 ton/año Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 • CO: 0,0029 ton/ario • MP2,5:0,0079 ton/ario • MP o:0,0491 ton/año • MPS: 0,1790 ton/ario • COV: 0,0006 ton/año • NH3:0,0000 ton/año Debido a las características propias del proyecto, no se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento será realizado según requerimiento. b) Residuos líquidos domésticos: Durante la fase de operación del proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la planta. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de Operación (mantenciones de planta) será de aproximadamente 0,75 m3/día, considerando un máximo de 5 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día (toda vez que se realicen mantenciones de la planta). c) Emisiones acústicas: En el Anexo 1-4 de la DIA complementada con las respuestas 2.1 y el Anexo 6 del Adenda se presenta las emisiones acústicas, en los mencionados documentos se identifican y se describen los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por el proyecto figura 3 y la tabla 2 del Anexo 1-4 de la DIA, además, en dicho informe se hace presente que durante la fase de operación, las emisiones de ruido que se generarían son aquellas asociadas a las siguientes actividades: El efecto que el ruido de la maquinaria utilizada para la mantención del proyecto sobre los receptores. Por otro lado, en esta fase se evalúa la emisión por parte las 2 Salas eléctricas. Cada sala eléctrica tendrá en su interior un Transformador (de 4.8 [MVA] y 3.2 respectivamente). El transformador aumenta la tensión de operación y eleva las condiciones de la red eléctrica de distribución existente a la cual se conectará la planta, radiando un ruido cuya sensación característica es de un "zumbido eléctrico". Además, se evaluará la emisión por parte de los Inversores. El inversor es un dispositivo eléctrico que convierte la Corriente Continua en Corriente Alterna a una determinada frecuencia mediante un puente Insulated Gate Bipolar Transistor (IGBT). El inversor tiene ventilación forzada ya que se produce un aumento de temperatura propio de la electrónica de potencia del sistema y la temperatura ambiente. Esta ventilación es para evitar la desconexión del inversor por aumento de temperatura. Los inversores emiten nivel de presión sonora debido a la extracción y admisión de aire. Cada Sala Eléctrica contará con tres inversores. Finalmente, se evalúa el ruido producto del efecto corona de la línea de media tensión. El efecto corona se produce por la ionización del aire que rodea a los conductores de tensión cuya sección es circular, manifestándose como un halo luminoso que adopta la forma de una corona, produciendo un ruido de tipo "tono puro" en baja frecuencia del sonido. Cabe destacar que para líneas eléctricas de media tensión, con una tensión equivalente igual a 13.8 [kV], el mido por efecto corona puede considerarse despreciable, de todas fonnas se realiza la evaluación, calculando el nivel de ruido generado mediante la metodología alemana Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validadonsea.gob.clivalidar/2154229228 FGH. Cabe destacar que en el receptor R2, el nivel generado por el proyecto en su fase de operación podría alcanzar el límite máximo permisible, no superando este límite. Este nivel alcanzado se genera principalmente por la maquinaria de mantención del parque, la cual se incorporó al modelo funcionando de forma simultánea, situación que es poco probable que se genere dado que corresponden a actividades a ser desarrolladas por distintos contratos de mantención, por lo que la probabilidad de que coincidan es muy remota. Sin embargo, se implementará la siguiente medida: La programación de mantención del parque, bajo ningún caso se realizará las actividades de "Retiro de lodos desde fosa séptica (Camión Limpiafosa)", "Transporte de residuos peligrosos (Camión Pesado)" y "Transporte de agua potable (Camión Aljibe)" de forma simultánea. Con todo lo expuesto, se evalúan las emisiones acústicas con respecto a los límites establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. Cabe señalar, que los receptores, están emplazados en una zona rural de acuerdo con lo establecido en el D.S. N°38/11 del MMA. De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo ya señalado y complementado con los antecedentes del Adenda, se establece que los niveles de emisión se encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 MMA. Residuos, productos a) Residuos sólidos domésticos y asimilables a estos: químicos y otras Se estima una generación máxima de 0,1 t/mes de residuos sólidos sustancias que puedan afectar el medio ambiente. domiciliarios en la fase de operación. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios de 1 kg/trabajador/día, y considerando una dotación máxima de 5 trabajadores. b) Residuos peligrosos: • Paños contaminados, EPP en desuso: Cantidad mensual: 6,0 kg/mes. Total: 2.160,0 kg. Almacenamiento: Serán almacenados en la Bodega RESPEL ubicada al interior de la instalación de faena. Serán retirados cada seis (6) meses y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud región del Maule. • Paneles en desuso. Cantidad mensual: 4 unidades/año. Total: (141,2 kg/año) 120 unidades en promedio; (4.236 kg/fase). Almacenamiento: Serán almacenados en la Bodega RESPEL ubicada al interior de la Instalación de Faena. Serán retirados cada seis (6) meses y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Se hace presente respecto a los paneles en desuso, que en lo posible se reciclaran por parte de empresas autorizadas para reciclar este tipo de residuo. Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos peligrosos producto de los paneles en desuso, y residuos provenientes de las actividades de mantención, tales como: guaipes, latas de lubricantes, paños y EPP contaminados; los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL, en espera a su disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud de la Región del Maule. Referencia al ICE para Tabla 4.7.1.1 Partes y obras. mayores detalles sobre Tabla 4.7.1.2 Acciones. esta fase. Tabla 4.7.2 Suministros básicos Tabla 4.7.3 Productos generados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea .gob.cl/validar/2154229228 Tabla 4.7.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.7.5.1; 4.7.5.2 y 4.7.5.3 Emisiones y efluentes. Tabla 4.7.6.1; 4.7.6.2 Residuos. 4.3.3. FASE DE CIERRE Instalación de faena Previo a la habilitación de cada uno de los componentes de la instalación de faenas, se prevén trabajos de limpieza, despeje y nivelación de la superficie, mediante el uso de maquinaria estándar de construcción. Posterior al acondicionamiento del terreno, se procederá al montaje de las estructuras modulares tipo contenedor que conformarán la Instalación de Faenas. Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Una vez concluida la vida útil del proyecto se realizará el retiro de las obras permanentes, entiéndase por estas: paneles, estructuras de soporte, salas eléctricas, bodega RESPEL y bodegas de materiales. Previo al desmantelamiento, se habilitará una instalación de faenas, la cual contará con todas las instalaciones necesarias para servir tanto a trabajadores como a las obras de cierre, entre las que se encuentran: comedor, oficinas, área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios, área de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, entre otros. Cada una de las obras será desarmada y acopiada dentro del mismo terreno según el tipo de residuos del que se trate. Luego de ello, cada uno de estos residuos será transportado, mediante vehículos especialmente habilitados y autorizados para este fin, a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud región del Maule. Se hace presente respecto a los paneles en desuso, que en lo posible se reciclaran por parte de empresas autorizadas para reciclar este tipo de residuo. Cabe destacar que, ante la eventualidad de no poder reciclar los paneles, estos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva, conforme a lo establecido en el D.S. N°148/2003 del MINSAL que "Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos". En este sentido, se aclara que todas las fases del proyecto, incluida la Fase de Cierre, contempla la existencia de una Bodega RESPEL conforme a lo establecido en el D.S. N°148/2003 MINSAL. En dicha bodega se realizará el almacenamiento temporal de estos paneles a la espera de reciclaje y/o disposición final de los mismos. Restauración Dado que las afectaciones sobre el terreno serán menores y relacionados sólo con las excavaciones de zanjas, construcción de cercos, obras y caminos internos sobre suelo plano, y por tanto que la afección sobre el suelo y la geoforma es mínima, el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al desmantelar las obras, finalizar la operación y rellenar a nivel las excavaciones de los elementos mencionados. El titular se compromete a restaurar la geoforma levemente alterada y dejar el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.8.1.1 Partes y obras. Tabla 4.8.1.2 Acciones. 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO N 4:12..'y)149BODOIriiiiek Fecha estimada de inicio Febrero del año 2022. Parte, obra o acción que Habilitación de la instalación de Faena. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 il fi establece el inicio Fecha estimada de término Julio de 2022. Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento de la instalación de faena. A :TASE DE OPERAÓI(519. '
' , . •., , Fecha estimada de inicio Agosto del año 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Generación de electricidad. Fecha estimada de término Agosto del año 2052. Parte, obra o acción que establece el término Inicio fase de cierre. 4:4:3.:FÁSEpE CIERRE . . , Fecha estimada de inicio Septiembre del año 2052. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de Instalación de Faena para el desmantelamiento de la Planta. Fecha estimada de término Diciembre del año 2052. Parte, obra o acción que establece el término Fin de retiro de elementos físicos desde el predio de emplazamiento del proyecto. 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada El AI (Área de Influencia) del proyecto corresponde a Entidad Las Mercedes Norte, 'Caserío', localidad Duao comuna Maule; entidad las Mercedes, 'Hijuela-parcelas', localidad Duao comuna Maule; y entidad La Armonía, Tundo-estancia', localidad El Bolsico comuna Maule. Esto comprende el camino Ruta K-675 en dirección Duao (Comuna Maule) hasta Bolsico (Comuna San Clemente), cruzando los fundos La Armonía y La Ballica. Impacto ambiental Aumento en las concentraciones de material particulado y otros contaminantes. Parte, obra o acción que lo genera Las emisiones generadas durante la fase de construcción se encuentran relacionadas a las siguientes actividades: Emisiones directas • Nivelación compactación excavación. • Transferencia de material (carga y descarga de camiones). • Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al interior del proyecto. • Combustión en maquinaria, generadores y vehículos. Emisiones indirectas • Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al exterior del proyecto. • Tránsito de vehículos por caminos pavimentados fuera del proyecto. • Emisiones de combustión en vehículos. Las emisiones generadas durante la fase de operación se encuentran relacionadas a las siguientes actividades: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Emisiones directas • Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al interior del proyecto. • Combustión en vehículos y generador de emergencia. Emisiones indirectas • Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al exterior del proyecto. • Tránsito de vehículos por caminos pavimentados fuera del proyecto. • Emisiones por combustión en vehículos. Fase en twsp...2•eserl C2JIstrucciit j i. oplrL
Impacto ambiental Aumento en las emisiones acústicas. Parte, obra o acción que lo genera las emisiones de ruido que se generarían son aquellas asociadas a las siguientes actividades de la construcción del proyecto: • Roce y despeje de vegetación. • Habilitación de la instalación de faenas. • Movimiento de tierras. • Habilitación camino interno. • Aplicación de supresor de polvo. • Instalación del cerco perimetral. • Montaje de estructuras. • Montaje mecánico. • Montaje eléctrico. • Pruebas energización y puesta en marcha. • Desmantelamiento de obras temporales. Durante la fase de operación, las emisiones de ruido que se generarían son aquellas asociadas a las siguientes actividades: • El efecto que el ruido de la maquinaria utilizada para la mantención del proyecto sobre los receptores. • La emisión de 2 Salas eléctricas. • Los Inversores. • Efecto corona de la línea de media tensión. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Punto 6.1 del ICE. El proyecto no genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) El proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faenas, así como las actividades asociadas al funcionamiento de la planta fotovoltaica. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto es • ecífico Capítulo 6. Punto 6.2 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SIS I hMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. El proyecto no generará alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos cercanos al área del proyecto. El proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas. El proyecto no generará alteración en los flujos habituales de transporte, no se obstruirá la conectividad y/o la circulación de los caminos de acceso al emplazamiento del proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faenas, así como las actividades asociadas al funcionamiento de la planta fotovoltaica. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Punto 6.3 del ICE. El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Localización y valor ambiental del territorio. El proyecto no se ubica cercano a poblaciones protegidas. Está ubicado en un terreno intervenido agrícolamente, la cual no posee valor ambiental. El proyecto no se ubica cercano a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares. Está ubicado en un terreno perteneciente a la comuna de Maule, la cual no posee valor ambiental. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) El proyecto no se emplaza en poblaciones protegidas (pueblos indígenas). o en áreas cercanas. El Proyecto no se localiza en o próximo a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio. Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faenas, así como las actividades asociadas al funcionamiento de la planta fotovoltaica. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Punto 6.4 del ICE. Por lo anteriormente expuesto, es posible indicar que durante ambas fases del Proyecto no se afectará la localización o el valor ambiental del territorio. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Valor paisajístico o turístico. O '1;1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Ei https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 La zona donde se emplazará el proyecto no posee valor turístico. El área de influencia del proyecto carece de valor paisajístico. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) El proyecto no interviene, obstruye ni se emplaza en zonas con la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El proyecto no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área de desarrollo agrícola. El proyecto no interviene, obstruye ni alteran los atributos en zonas con valor paisajístico. El proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área de desarrollo agrícola. Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faenas, así como las actividades asociadas al funcionamiento de la planta fotovoltaica. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Punto 6.5 del ICE. El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental El proyecto no genera impacto, ya que, no se detectaron hallazgos arqueológicos en el área del proyecto. El área del Proyecto no presenta monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural que pudiesen verse afectados por su construcción. Parte, obra o acción que lo genera Instalaciones de faenas, así como la habitabilidad de las viviendas. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6. Punto 6.6. del ICE. El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de tratamiento de aguas servidas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los antecedentes relativos al permiso se encuentran señalados en el Anexo 8 de la Adenda. Referencia al ICE Capítulo 10. Punto 10.13 . del ICE. E 'E ▪ Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 para mayores detalles 6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega temporal para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, residuos domiciliarios y asimilables y de paneles fotovoltaicos en desuso. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los antecedentes relativos al permiso se encuentran señalados en el Anexo 4 de la Adenda complementaria. Presentar planos de las instalaciones con los detalles y las características estructurales de los sectores habilitados para el almacenamiento de residuos )22_pdir.o..122ara la fase de construcción y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.2. del ICE. 6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega temporal de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los antecedentes relativos al permiso se encuentran señalados en el Anexo 10 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.3. del ICE. 6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Obras permanentes como: caminos interiores, de acceso, paneles fotovoltaicos, cabinas, estación de control, de distribución. Obras temporales como: container almuerzo, oficina, duchas, baños, cabinas repuesto taller, bodegas para paneles, RESPEL y SUSPEL. Condiciones exigencias específicas para otorgamiento o su Los antecedentes relativos al permiso se encuentran señalados en el Anexo 11 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10. Punto 10.1.4. del ICE. 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1. COMPONENTE/MATERIA: Medio Construido Ley N°458/1976 del M1NVU. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) Otros cuerpos legales D.S. N°47/1992, del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Fase del Proyecto a la que Fase de construcción. El MEI fi Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url m https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 aplica o en la que se dará cum • limiento Parte, obra o acción a la que a•lica Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la rece ción munici sal del •ro ecto. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable, el proyecto solicitará el correspondiente Permiso de Edificación. Además de la autorización en el marco del Permiso Ambiental Sectorial Mixto (PASM) N°160. En ese Permiso y posterior Recepción de Obras se verificará el cumplimiento a todas las exigencias de la O.G.U.C. Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Urbanización y Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la recepción municipal del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.1.1 del ICE. 7.2. COMPONENTE/MATERIA: General. Norma D.F.L. N°725/1967 del MINSAL. Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Lugar temporal de acopio de residuos, bodega de almacenamiento de residuos y baños químicos en el área de proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto solicitará autorización sanitaria en todas las actividades a desarrollar. Cumplimiento de todas las exigencias necesarias en materias tales como ambiente laboral, ruidos, prevención de riesgos, mitigación de impactos, etc. La Disposición final de los residuos industriales se realizará fuera del predio, en instalaciones debidamente autorizadas. El transporte, igualmente, será encargado a terceros que cuenten con autorización sanitaria. Al respecto, se deberá solicitar las autorizaciones correspondientes oportunamente ante la Autoridad Sanitaria y realizará la respectiva declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere. Fase de construcción y cierre: Se instalarán baños químicos en la instalación de faena por empresas especializadas que cuenten con autorización de la Autoridad Sanitaria. Su sustitución periódica e higienización la llevará a cargo la empresa, así como la posterior gestión de los residuos que generen. Fase de operación: se contará con fosa séptica. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria para los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. Registros de ingreso, retiro, transporte y disposición final de los residuos en sus instalaciones y hacia terceros autorizados. Comprobante de compra y provisión de dispensadores de agua. Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. Registro de retiro y mantenciones de los baños químicos. Autorización sanitaria para el proyecto y funcionamiento de sistema de alcantarillado particular y fosa séptica. Forma de control y seguimiento Se llevará un estricto control del retiro de los baños químicos móviles, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado. El procedimiento de control consistirá en: • Mantener el registro del retiro de los baños químicos en el libro de obra. • El registro contará con "hojas de envío de residuos a terceros O E n- Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url 0 https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 para su eliminación." • Las hojas de envío precisarán la siguiente información: Fecha de envío. Numeración y/o denominación interna del residuo. Cantidad o volumen. Nombre de la instalación de eliminación. Fecha de recepción en la instalación de eliminación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.1 del ICE. 7.3. COMPONENTE/MATERIA: Temática general. Norma D.S. N°594/99 y sus modificaciones del MINSAL. Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Lugar temporal de acopio de residuos, bodega de almacenamiento de residuos y baños químicos en el área de proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto generará residuos domésticos y solidos industriales. En el almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos de distinta índole que se generen en la construcción y operación del proyecto, se cumplirá con el ordenamiento jurídico vigente en la materia. Fase de construcción y cierre: Se instalarán baños químicos en la instalación de faena por empresas especializadas que cuenten con autorización de la Autoridad Sanitaria. Su sustitución periódica e higienización la llevará a cargo la empresa, así como la posterior gestión de los residuos que generen. Fase de operación: se contará con fosa séptica. Dar cumplimiento al artículo 19 del D.S. N°594/99 del MINSAL para la fase de operación, en cuento a la solicitud de la autorización final fuera del predio, acreditando que el retiro inmediato de los residuos asimilables a domiciliarios y los residuos no peligrosos generados por las actividades de mantención, será realizado por empresas y destinatarios autorizados por la Autoridad Sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Sanitaria a recintos construidos. Comprobante de compra y provisión de dispensadores de agua. Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. Registro de retiro y mantenciones de los baños químicos. Autorización sanitaria para el proyecto y funcionamiento de sistema de alcantarillado particular y fosa séptica. Forma de control y seguimiento Se llevará un estricto control del retiro de los baños químicos móviles, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado. El procedimiento de control consistirá en: • Mantener el registro del retiro de los baños químicos en el libro de obra. • El registro contará con "hojas de envío de residuos a terceros para su eliminación." • Las hojas de envío precisarán la siguiente información: Fecha de envío. Numeración y/o denominación interna del residuo. Cantidad o volumen. Nombre de la instalación de eliminación. Fecha de recepción en la instalación de eliminación. Mantener la autorización en el marco del artículo 19 del D.S. N°594/99 del MINSAL para la fase de operación, en cuento a la oso ,k, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 solicitud de la autorización final fuera del predio, acreditando que el retiro inmediato de los residuos asimilables a domiciliarios y los residuos no peligrosos generados por las actividades de mantención, será realizado por empresas y destinatarios autorizados por la Autoridad Sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.2 del ICE. 7.4. COMPONENTE/MATERIA: Residuos y emisiones. Norma D.S. N°1/2013 del MMA. Aprueba reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Lugar temporal de acopio de residuos, bodega de almacenamiento de residuos peligrosos Forma de cumplimiento El proponente solicitará clave para operar con la Ventanilla única, por tanto, se compromete a declarar las emisiones, residuos y transferencia de contaminantes del presente proyecto, acorde a lo especificado en el D.S. N°1/2013 MMA, lo anterior, cuando se más de 12 ton/año de residuos peligrosos y no peligrosos. _genere Indicador que acredita su cumplimiento Registros de reportes periódicos y de inscripción en el RETC. Se mantendrá un registro y se verificará la información declarada. Lo anterior, cuando se genere más de 12 ton/ario de residuos peligrosos y no peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.3 del ICE. 7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N°144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto, incluyendo la generación de emisiones. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del proyecto, los vehículos contarán con sus revisiones técnicas al día, se transportarán los materiales en camiones con carga cubierta y se implementará humectación de caminos no pavimentados durante esta fase ya que esta práctica disminuye la emisión por re-suspensión de material particulado. El Proponente considera las siguientes medidas: • Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. • Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. • Se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas. Para el control de emisiones de gases el proyecto considera las siguientes medidas: • Los grupos electrógenos utilizados en la fase de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de 11115
<". Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado revisiones técnicas al día/ Procedimiento y registro de humectación de caminos/ Se'ñalética asociada al control de velocidad. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.4 del ICE. 7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas. Norma D.S. N°38/2011 del MMA. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las instalaciones del proyecto. Forma de Los niveles de emisión en la fase de construcción, operación y cierre se cumplimiento encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 MMA, de acuerdo al estudio acústico adjunto en el Anexo 1-4 de la DIA complementada con las respuestas 2.1 y el Anexo 6 del Adenda. Sin embargo, el proponente la siguiente medida de control necesaria para dar cumplimiento a los niveles establecidos en este decreto. Se implementará la utilización de pantalla acústica modular durante esta fase. La barrera acústica deberá tener una altura de 2 metros y considerar una cumbrera de 1 metro de longitud angulada a 30° respecto al eje de elevación de la barrera. El material de la barrera acústica es de planchas de OSB de 15 mm de espesor y densidad superficial de al menos 10 kg/m2, por otro lado, posee un revestimiento interior como material absorbente acústico del tipo lana mineral de roca, de 50 mm de espesor y densidad de 80kg/m3. A continuación, se presentan ejemplos de barrera acústica. Imagen N°2. Barreras acústicas modulares. ,1 , , , 1 i ; 5 — l , --, , 1 . 7 Fuente: figura 8 del Anexo 1-4 de la DIA. La barrera acústica deberá implementarse desde antes del inicio de la Etapa de Preparación de terreno y deberá permanecer durante toda la duración de la fase de construcción. A continuación, se presenta la ubicación de la barrera, presentando las coordenadas UTM DATUM WSG84 (19H), de cada vértice del tramo de la barrera: Tabla N°24 Ubicación barrera acústica modular. Vértice Este Norte B1 266118 6063639 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 B2 i 266117 B3 I 266139
6063637 ............._____ .. 6063621 B4 i 266167 6063604 • --- ----- ------ - B5 266175 6063605 B6 266182 6063602 B7 266188 6063596 B8 266444 6063482 B9 1 266446 6063486 Fuente: Tabla 15 del Anexo 1-4 de la DIA Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico de implementación de medidas de control. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.5 del ICE. 7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas, vialidad y transporte. Norma D.S. N°75/1987 del MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento El transporte de materiales se efectuará a través de un transportista autorizado, con la carga cubierta con lonas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales en el sustrato. Antes de comenzar la operación de transporte deberán verificarse las condiciones de carga de los vehículos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de revisiones en planta para verificar las medidas establecidas. Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.6 del ICE. 7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos. Norma Ley 20.920 "Marco para la Gestión de residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje", del MMA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán productos prioritarios de acuerdo a la Ley, susceptibles de ser reciclados. Forma de cumplimiento El proponente realizará la declaración de sus residuos, emisiones y productos prioritarios (paneles y embalajes) a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home cuando corresponda. También se informará a través del Sistema REP según lo consignado en el artículo segundo transitorio de la Ley N°20.920/2016 del MMA, donde se indican entre otras exigencias, que "Mientras no entren en vigencia los decretos supremos que establezcan las metas y otras obligaciones asociadas de cada producto prioritario, el Ministerio podrá requerir a los productores de productos prioritarios señalados en el artículo 10 (de la Ley N°20.920), informar anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes". 1; 1 i1111 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Es importante considerar que, para efecto de los grupos electrógenos, el proyecto no se somete a esta normativa dado que los estos tienen una potencia máxima de 5 kVA equivalente a 4 Kw, en fase de construcción y cierre, mientras que la operación será autoabastecida razón por la cual no se requiere de ningún grupo electrógeno. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizarán las declaraciones anuales en RETC, de acuerdo a lo señalado en la Circular 23/2006 del MTNSAL, la cual establece que la declaración de grupos electrógeno aplica aquellos grupos electrógeno de potencia superior a 20 kW. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Referencia para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.7 del ICE. 7.8 COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos. Norma D.S. N°148/2003 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Lugar de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a las exigencias del presente Reglamento en lo que respecta al manejo de Residuos Peligrosos (RESPEL). Se mantendrá registro de todas las actividades que estén relacionadas con la generación de residuos, almacenaje y disposición final de los residuos peligrosos. Se utilizarán contenedores especialmente diseñados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente identificados y sellados. Serán retirados por una empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de declaraciones, acorde a lo especificado en el D.S. N°1/2013 MMA, lo anterior, cuando se genere más de 12 ton/año de residuos peligrosos y no peligrosos. Copia de recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos. Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados. Registro de destinatarios finales. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.8 del ICE. 7.10 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N°138/2005 del MINSAL. Establece obligación de declarar emisiones que indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto, incluyendo la de emisiones. ~generación Forma de cumplimiento El proponente cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.c1), dando cumplimiento al D.S. N°1/2013 Reglamento del RETC, de acuerdo a lo señalado en la Circular 23/2006 del MINSAL, la cual establece que la declaración de grupos electrógeno aplica aquellos grupos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 electrógeno de potencia superior a 20 kW. Indicador que acredita su Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de cumplimiento todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla Única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N°1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC. Todo lo anterior, de acuerdo a lo señalado en la Circular 23/2006 del MINSAL, la cual establece que la declaración de grupos electrógeno aplica aquellos grupos electrógeno de potencia superior a 20 kW. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.9 del ICE. 7.11 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Arqueológico. Norma Ley 17.288, MINEDUC, modificada por Ley 20.423, Ley sobre monumentos nacionales Otros cuerpos legales D.S. N°484/91 del Ministerio de Educación, que establece el Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas y obras civiles. Forma de cumplimiento Se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, procediendo según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento de la Ley N°17.288. Hallazgos paleontológicos: • Se detendrán inmediatamente de las obras en un radio de 2 metros de distancia de la ubicación del hallazgo. En caso de ser hallazgos múltiples, Se detendrán inmediatamente de las obras en un radio de 2 metros de distancia desde los especímenes más alejados al centro del lugar del hallazgo. • Se despejará la zona en caso de ser un estrato paleontológico, hasta la clara delimitación de la potencia del nivel. • Se dará Aviso inmediato de la ubicación exacta al jefe de obras del sector del hallazgo y al departamento de medio ambiente del proyecto. • Se delimitará y señalizará el área del hallazgo, indicando la restricción de ingreso del personal y terceros al sector, además de un cierre perimetral de 2 m de alto, para limitar y resguardar el hallazgo. • Se georreferenciará el hallazgo con coordenadas UTM (DATUM WGS84) y se realizará un registro fotográfico con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto general del área del hallazgo. • Se implementarán las medidas solicitadas y recomendadas por el CMN en relación al hallazgo. • Se reanudarán, de ser posible, las obras en el área del hallazgo una vez se resuelva en su totalidad lo estipulado por el CMN en relación al hallazgo puntual. Indicador que acredita su cumplimiento • Informe arqueológico trimestral e informe fmal de monitoreo durante labores de excavación subsuperfícial. • Informe paleontológico semestral desarrollado por paleontólogo que cuente con un perfil afín a lo sugerido por el CMN. El E ‹- Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Ei https://va lidador.sea.go b.ci/val id a r/2154229228 Forma de control seguimiento y Comprobantes de reporte al CMN en la plataforma de la SMA. Referencia al ICE mayores detalles para Capítulo 9. Punto 9.3.1 del ICE. 8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300: 8.1. Condición o exigencia manejo de los residuos forestales Impacto asociado Aire Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar que los residuos forestales sean dispuestos en lugar autorizado y no se permita su utilización como leña. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aplicará a las siguientes acciones de la fase de construcción: Roce y despeje de vegetación. Forma: 3 veces a la semana, de acuerdo con el plan de manejo de residuos sólidos domiciliarios o asimilables a estos. Oportunidad: Coordinación para el transporte y disposición de los residuos a sitio autorizado. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de ingreso de residuos a sitio autorizado. Forma de control y seguimiento Registro de ingreso de residuos a sitio autorizado, mediante certificado de disposición del establecimiento receptor; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11. Punto 11.2.1 del ICE. 8.2. Condición o exigencia colisión de avifauna Impacto asociado Fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Lugar, forma Y oportunidad de implementación Lugar: Línea de evacuación. Forma: Se utilizarán únicamente cables de aislamiento dielectrico seco con las características esenciales siguientes: • Conductor: aluminio compacto, sección circular, semirrígida clase A. • Pantalla sobre el conductor: polietileno reticulado (XLPE). • Aislamiento: polietileno reticulado (XLPE). • Cubierta: polietileno reticulado (XLPE). Las características técnicas del cableado a utilizar permiten el posicionamiento de las aves sin generar riesgo de electrocución, o de ruptura del cableado ante eventuales colisiones. En consideración de la integración y análisis de los factores estructurales de la Línea de Evacuación de Media Tensión, los factores biológicos de las aves registradas dentro del Área de Influencia, y los factores propios del sitio, el Titular estima que el riesgo de colisión y electrocución de avifauna con el tendido del proyecto es despreciable, y por lo tanto no se requerirán resguardos adicionales. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA. Referencia al ICE para Capítulo 11. Punto 11.2.2 del ICE. O o https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 'O° • .‘1;1- ‹ Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url mayores detalles 8.3. Condición o exigencia Impacto asociado Residuos Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Dar cumplimiento al artículo 19 del D.S. N°594/99 del MINSAL para la fase de operación, en cuento a la solicitud de la autorización final fuera del predio, acreditando que el retiro inmediato de los residuos asimilables a domiciliarios y los residuos no peligrosos generados por las actividades de mantención, será realizado por empresas y destinatarios autorizados por la Autoridad Sanitaria. Para la tramitación del Permisos Ambientales Sectoriales del artículo 140 de manera sectorial, se deberá presentar planos de las instalaciones con los detalles y las características estructurales de los sectores habilitados para el almacenamiento de residuos no peligroso para la fase de construcción y cierre. Forma de control y seguimiento • Mantener la autorización en el marco del artículo 19 del D.S. N°594/99 del MINSAL para la fase de operación, en cuento a la solicitud de la autorización final fuera del predio, acreditando que el retiro inmediato de los residuos asimilables a domiciliarios y los residuos no peligrosos generados por las actividades de mantención, será realizado por empresas y destinatarios autorizados por la Autoridad Sanitaria. • Presentar planos sectorialmente de las instalaciones con los detalles y las características estructurales de los sectores habilitados para el almacenamiento de residuos no peligroso para la fase de construcción y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9. Punto 9.2.2 del ICE. Capítulo 10. Punto 10.1.2 del ICE. 9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 9.1. Compromiso ambiental voluntario mejoramiento de suelos Impacto asociado Suelo Fase del Proyecto a la gue aplica Construcción, operación y cierre. _ Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar y/o rehabilitar una superficie de suelo equivalente a la que será utilizada por las obras del proyecto que se emplazarán en suelos clase III. Descripción: Compromiso voluntario para el mejor resolver del Informe Favorable de las Construcciones (IFC), para impactos no significativos por pérdida temporal de uso agrícola de suelos productivos, en proyectos fotovoltaicos. Justificación: Para un mejor resolver del IFC sobre criterios no ambientales, se presenta un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV), debido a que una porción del área donde se emplaza el proyecto, se efectúa en un suelo con capacidad de uso de suelo clase III. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio de la región del Maule. Forma: Como procedimiento general se utilizó, para la identificación de los suelos de los predios, la información entregada por CIREN (2019) a través de las Ortoimágenes correspondientes y respaldadas por el Estudio Agrológico de la Región del Maule (CIREN, 2012). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 En base a lo expuesto anteriormente, la búsqueda de terrenos aptos para el CAV se orientó a las áreas con mayor potencial agrícola, ya sea de secano o bajo condiciones de regadío, las cuales normalmente se enfrentan a problemas de micro relieve accidentado, profundidad efectiva limitada, drenaje insuficiente y/o pedregosidad abundante. Oportunidad: Durante la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores para evaluar la calidad de las labores realizadas se exponen en el expediente y se incluyen Indicadores de avance o parciales e Indicadores finales. En base a la información recabada en las mediciones se harán las correcciones del caso si fuesen necesarias para completar las especificaciones indicadas. Forma de control y seguimiento Se estregará un informe al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la región del Maule que dé cuenta del estado final del terreno en donde ejecutará el CAV luego de las labores realizadas. Además de ello se entregará un informe de avance de las obras a la empresa contratante y al SAG, región del Maule, mientras se ejecuta el CAV. Registro de envío de Reporte a la SMA, de la ejecución del CAV ejecutado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11. Punto 11.1.1 del ICE. 9.2. Compromiso ambiental voluntario monitoreo de ruido Impacto asociado Ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar el cumplimiento de los límites establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores cercanos. Descripción: Desarrollo de monitoreo de ruido en periodo diurno para las fases de construcción y cierre de manera mensual y durante los primeros 6 meses de iniciada cada fase indicada. Justificación: Dada la implementación de barreras acústicas, es que se propone el siguiente monitoreo de seguimiento para determinar la efectividad de este sistema de atenuación de ruido. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo se desarrollará en los mismos puntos de monitoreo definidos DIA: Tabla en la caracterización N°25. Puntos de monitoreo DATUM de ruido presentado definidos, wsg84 (1911). Zonificación .
en Coordenadas Uso en Anexo 1-4 de la UTM Coordenadas i Receptor
Descripción ....... D.S. N° 38/11 MMA efectivo De suelo Este ....... Norte ..______ Rl Vivienda habitacional de I piso aledaña a SE san clemente, al norte del proyecto Zona rural Habitaciona I 26690 7 60644 15 R2 Vivienda habitacional de 1 piso al este del proyecto Zona rural Habitaciona 1 26658 7 60637 02 R.3 Vivienda habitacional de 1 piso al sur del proyecto Zona rural Habitaciona I 26627 5 60635 04 R4 Vivienda habitacional de I piso al sur del proyecto Zona rural Habitaciona 1 26610 1 60635 28 Fuente: Tabla adjunta en la tabla 2 del Anexo 6 del Adenda complementaria. Forma: Las mediciones se realizarán conforme a lo establecido en el D.S. N°38/11 del MMA. y de acuerdo al formato de la R.E.223/2015 de la SMA. • Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url .,. https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Oportunidad de Implementación: Durante la fase de construcción y cierre del proyecto (primeros 6 meses de la fase de construcción y 4 meses de cierre). Indicador que acredite su cumplimiento Informes con los resultados del monitoreo mensual los cuales serán reportados a la SM Forma de control y seguimiento Comprobantes de envío de reporte a la SMA en el sistema de seguimiento de RCA del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11. Punto 11.1.2 del ICE. 9.3. Compromiso ambiental voluntario control de cuerpos de agua superficial en la construcción de la línea de evacuación Impacto asociado Potencial alteración de la calidad del agua Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre de línea de evacuación de media tensión (LMT) (postación) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar derrame accidental de sustancias químicas en cuerpos de agua superficiales. Descripción: Aun cuando no se contemple el almacenamiento de sustancias químicas en faena, se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud (kit de control de derrames). Justificación: contar con una medida que permita dar certeza de que no se afectarán la calidad de las aguas de cursos superficiales cercanos, a pesar de la que las obras de postación estén a más de 21,9 m de distancia, esto considerando que los equipos y maquinarias en obra utilizan productos de este tipo (combustibles y aceites lubricantes). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de construcción de los postes N°6, N°7 y N°8. Imagen N°2. Área de construcción de los postes. Y , e Leyenda e demora,
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- . ., .1. 4 sy -........ ........... ,-- ;11 ; • Fuente: Imagen adjunta en la tabla 3 del Anexo 6 del Adenda complementaria. Forma: Se dispondrá de kit de control de derrame en la instalación de faena y se realizará capacitación al personal específico sobre esta medida. Oportunidad de Implementación: durante la fase de construcción y cierre del proyecto (específicamente las labores relacionadas a la LMT). Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de la implementación del kit de control de derrame en la instalación de faenas. Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre esta medida. Forma de control y Comprobantes de envío de registro fotográfico y de charlas de <". Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url , https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 seguimiento capacitación en la instalación de faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11. Punto 11.1.3 del ICE. 9.4. Compromiso ambiental voluntario control de cuerpos de agua superficial depósito de basuras y escombros Impacto asociado Potencial alteración de la calidad del agua Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre, en particular, las siguientes acciones: • Roce y despeje de vegetación • Habilitación/desmantelamiento de instalación de faena Instalación/desmantelamiento de cerco perimetral Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar que los residuos de escombros y basuras no se depositen sobre cauces ubicados en el área de influencia del proyecto. Descripción: Inspección semanal de cursos de agua en canales de regadío (Canales N°1 y N°2), para corroborar la no presencia de escombros o basura en ellos durante la fase de construcción del proyecto. En caso de registrar elementos ajenos al caudal, se realizará el retiro inmediato de lo hallado y disponer en el lugar debido. Justificación: contar con una medida que permita dar certeza de que no se afectarán la calidad de las aguas de cursos superficiales cercanos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Canales N°1 y N°2 Forma: Se asignará encargado de inspeccionar los Canales N°1 y N°2. En caso de registrar elementos ajenos al caudal, se realizará el retiro inmediato de lo hallado y disponer en el lugar debido. Oportunidad de Implementación: Durante la fase de construcción y cierre, inspección forma semanal. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de la inspección y planilla de registro con resultado de la inspección. Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre esta medida. Forma de control y seguimiento Comprobantes de envío de registro fotográfico/escrito y de charlas de pacitación en la instalación de faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11. Punto 11.1.4 del ICE. 9.5. Com iromiso ambiental voluntario caracterización limnolótica Impacto asociado Potencial alteración de la calidad del agua Fase del Proyecto a la que aplica Previo a las actividades de construcción de la LMT Objetivo, descripción y justificación Obietivo: Determinar la presencia de fauna íctica nativa en Canal N°1 y N°2 en el entorno de la faja de la línea de evacuación de media tensión (faja de 3,5 m por lado de la LMT). Descripción: Se desarrollará caracterización de fauna íctica a través de la metodología de pesca de investigación previa a la fase de construcción del proyecto. Justificación: Contar con información complementaria sobre dichos canales de riego, aun cuando no serán intervenidos por el proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Canal N°1 y N°2 en el entorno de la faja de la línea de evacuación de media tensión (faja de servidumbre de 3,5 m por lado). Forma: Se ejecutará la actividad de pesca de investigación en Canal N°1 y Canal N°2, siguiendo lo propuesto en la "Guía metodológica y protocolos de muestreo de flora y fauna acuática en aguas continentales de Chile" 111 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url [3, https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 (Fuente: FIPA N° 2016-46) en particular lo relacionado a la sección 2 referida al procedimiento de levantamiento de información. Oportunidad de Implementación: Una vez obtenida la RCA favorable del proyecto y previo al inicio de las actividades de construcción de la LMT del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Solicitud de autorización de la autoridad para la realización de la pesca de investigación. Desarrollo de las actividades de terreno y de informe que den cuenta de los resultados. Forma de control y seguimiento Reporte a la autoridad de los resultados a través del sistema de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11. Punto 11.1.5 del ICE. 10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS 10.1.1. Riesgo o contingencia riesgo de sismos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar Fase de construcción y cierre: Previo al inicio de cada Fase del proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. En cada una de las fases del proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. Fase de operación: En la fase de operación se realizarán charlas de inducción a los operarios encargados de mantención, las cuales abarcarán plan de evacuación, zonas de seguridad, programa de comunicaciones etcétera. Forma de control y seguimiento Todas las fases Existirá registro de todos los procedimientos de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url 13 https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: • No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. • Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. • Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, • escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. • No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. • Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. • Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. • El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. • Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Sin comunicación a la SMA. Emergencia Referencia al ICE o documentos del Anexo 2 del Adenda complementaria. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8. Punto 8.1.1 del ICE. 10.1.2. Riesgo o contingencia riesgo por derrame accidental de RESPEL en cuerpos de agua superficiales Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción asociada Almacenamiento y manejo de residuos peligrosos Acciones o medidas a implementar • Se capacitará al personal que manipule este tipo de residuos, en las instalaciones de faenas. paños contaminados y otros desechos aceitosos se almacenarán en área RESPEL, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. Forma de control y seguimiento • Copia de contrato celebrado con empresa autorizada de realizar el retiro de los residuos en fase de construcción y cierre. • Se mantendrán registros de entrada/salida de residuos peligrosos. • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos. Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • El chofer, operador u otro dará aviso Inmediato al Supervisor Directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga. • Se procederá a llamar al número de emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar de la emergencia. • Verifique las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario cave zanjas para desviar los flujos. • Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto el comité de emergencias, la ITO y el Titular contarán con un listado de teléfonos con todos los servicios, municipalidades, bomberos y carabineros de cada localidad involucrada en el proyecto. • Se informará a la Dirección General de Aguas, Servicio Nacional de Pesca Regional y organizaciones de canalistas involucradas y pertinentes para realizar el corte de aguas arriba y aguas abajo del cauce. • Se deberá determinar la extensión del derrame, especificando sus características y su trayectoria. Igualmente se deberá identificar posibles recursos naturales y bienes muebles e inmuebles posiblemente afectados. • La empresa deberá identificar y detallar las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto Ambiental y la restauración del medio. Esto deberá considerar duración, equipos a emplear, personal requerido, métodos y el área que se restaurará. Adicionalmente la empresa contratará los servicios profesionales de una empresa especialista en este tipo de derrames, para asegurar el restablecimiento del área afectada, esto se realizará en forma inmediata al término de la emergencia, de forma de establecer un cronograma de restauración. • Se elaborará, un programa de seguimiento o monitoreo post derrame. Se deberá llevar un registro mediante fotografías el área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y áreas limpias. • Deberá realizarse un muestreo del sedimento del fondo del curso afectado a fm de certificar que se ha extraído toda la contaminación del lugar. El monitoreo y sus parámetros deberán tener relación con elementos relacionados o indicadores de la sustancia derramada, Ph, Sólidos Totales Disueltos, Hidrocarburos, Plomo, Arsénico, Fierro, etc. Se deberá muestrear corno referencia los parámetros estipulados en el Decreto Supremo Número 90/2000 del MINSEGPRES, sobre norma de emisión a cursos de agua y/o Norma Chilena 1333 para Diferentes Usos del agua: Uso Riego — Recreacional — Bebida de Animales. Adicionalmente se contratarán los servicios especializados de una auditoria externa para la verificación del cumplimiento del programa de seguimiento y monitoreo hasta la verificación de la descontaminación del medio afectado. • Finalmente, y una vez remediada el área afectada, se deberán enviar copias de los resultados y de los informes de las auditorías externas realizadas en el lugar a los organismos fiscalizadores gubernamentales para garantizar la limpieza del curso de agua. El!,;11:1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url • https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Oportunidad y vías de comunicación a Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de la SMA de la activación del Plan de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de Emergencia ocurrido el evento que se informa. Además, se informará de la emergencia oportunamente al Servicio de Pesca Regional en un plazo máximo de 24 horas. Referencia al ICE o documentos del Anexo 2 del Adenda complementaria. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8. Punto 8.1.2 del ICE. 10.1.3. Riesgo o contingencia riesgo de derrame de productos químicos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Toda el área de la obra Acciones o medidas a implementar Todas las fases • La manipulación de productos químicos se realizará acorde a la normativa vigente. • Se capacitará al personal que manipule este tipo de productos. • Aun cuando no se contemple el almacenamiento de productos peligrosos en faena, se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud, esto considerando que los equipos y maquinarias en obra utilizan productos de este tipo (combustibles y aceites lubricantes). • Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud (Kit de Derrames). • Los transformadores contarán con pretil y geomembrana. • En las emergencias que afecten al componente suelo y que impliquen remoción de éste, se tomarán muestras de suelo durante y posterior al incidente, con el objetivo de verificar el éxito de la medida implementada en el lugar, se debe señalar los responsables del seguimiento de las acciones implementadas. Además, se considerará la toma de muestras en sectores no afectados por la emergencia, para obtener valores de comparación. Los análisis serán realizados en laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Normalización (INN). Forma de control y seguimiento Todas las fases Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de productos químicos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases • Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. • Se deberá atender en primer lugar a personas heridas o intoxicadas si las hubiere. • Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre el material derramado. • Se deberá mantener los materiales combustibles lejos del material derramado. • Se deberá eliminar todas las fuentes de ignición. • Evaluar gravedad de la situación para alarmas de fuego. • Dar aviso a los servicios de emergencia externos tales E • O Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url : https://validador.sea.gob.ci/validar/2154229228 como hospitales, bomberos y carabineros. • Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. • Los encargados de controlar el derrame, primeramente deben acondicionarse con los elementos de protección personal. • Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o serrín. • Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. • Mantener a los trabajadores alejados del área de derrame. • Colecte el derrame en recipientes, si esto es posible de hacer sin riesgos. Si se genera agua contaminada, debe ser recuperada en contenedores destinados a este fin. • Una vez concluida las tareas de control, recolectar los materiales y/o productos utilizados para el control del derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e identificados hasta su retiro por una empresa autorizada. • El Jefe de Emergencia deberá emitir un informe técnico sobre las causas que • originaron la emergencia, Jefe de Operación y Mantenimiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Todas las fases Emergencia Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de producto o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. • Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. Referencia al ICE o documentos del Anexo 2 del Adenda complementaria. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8. Punto 8.1.3 del ICE. 10.1.4. Riesgo o contingencia riesgo falla en sistema de almacenamiento de residuos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Instalación de Faena. Acciones o medidas a implementar Todas las fases Para minimizar eventuales efectos ambientales derivados de fuga o derrame de residuos, se proveerá al personal a cargo de las herramientas y elementos de contención de derrames, tales como: • Palas • Escobillones • Arena o producto similar para la absorción de producto • Recipientes • Guantes • Tambores vacíos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 • Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el Jefe de Operación y Mantenimiento del proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos Fase de construcción y cierre: • Los sitios de almacenamiento de residuos estarán debidamente señalizados y delimitados. • Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. • Los residuos domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. • El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos comprometidos evitando así la generación de vectores. Fase de operación: • La fase de operación no contempla mano de obra en planta, razón por la cual no se contempla el almacenamiento de residuos domiciliarios, siendo retirados de forma diaria conforme a la ejecución de las mantenciones. Residuos peligrosos: • Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. • La fase de operación contempla la generación de RESPEL por efecto del recambio de paneles en desuso, los cuales serán retirados en la medida que se realice el cambio, razón por la cual no se contempla almacenamiento en planta de este tipo de residuos. Forma de control y seguimiento Todas las fases: Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases Residuos asimilares a domiciliarios e industriales no peligrosos: • Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos se dará aviso inmediato al encargado correspondiente, quien será el encargado de monitorear la contingencia. • Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio. • Se movilizará la maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. • Una vez contenida la emergencia se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será EZ11 1". Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url 0 . https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 enviado a sitio de disposición final autorizado. • El Jefe de oficina se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Residuos Peligrosos: • Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. • Definir el equipo necesario y el plan de acción. • Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. • Colectar y envasar el material contaminado. • Muestrear y analizar los alrededores del suelo, superficie contaminada para determinar los residuos de contaminación. • Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): • Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. • Descontaminar todos los equipos. • Envasar todo el material contaminado para descarte. • Acciones Finales: Documentación (Reporte Final) • Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. • Mapa o dibujo del lugar. • Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. • Fotografías. • Información de la propiedad dañada y/o perjudicada. Oportunidad y vías de comunicación a Todas las fases la SMA de la activación del Plan de En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase Emergencia los límites establecidos para el proyecto (área del proyecto), o dentro del área del mismo, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la autoridad Sanitaria y SMA la situación a través de un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia • Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. Referencia al ICE o documentos del Anexo 2 del Adenda complementaria. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8. Punto 8.1.4 del ICE. 10.1.5. Riesgo o contingencia riesgo de incendio Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del proyecto. Acciones o medidas a implementar Fase de Construcción y Cierre: • Se realizará una capacitación a los trabajadores en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio y El!,"` O •.•:,j Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E "1.151 https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 adicionalmente se capacitará en el proceder de manejo de un amago de incendio. Las temáticas de la capacitación serán: N/ Plan de comunicación de emergencias. N/ Manejo de extintores. N/ Plan de vigilancia y prevención de incendios. • Durante la fase de construcción se realizará el roce y despeje de vegetación, cuyos residuos serán enviados a lugar autorizado tal como lo ha solicitado la autoridad en el proceso ambiental (respuesta a consulta 1.5 de Adenda). Lo mismo aplicará para las acciones de despeje de vegetación durante la fase de operación. • Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. • Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto, conforme a lo indicado en la O.G.U.C. y guías de almacenamiento de sustancias químicas emitidas por el Servicio de Salud. • Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). • En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA. Fase de Operación • Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. • Bajo ninguna circunstancia se contempla el almacenamiento de materiales en las instalaciones, incluido restos vegetales, los que serán enviado destino autorizado. • En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA. • Se contará con un Sistema de Videovigilancia, el cual está compuesto por los siguientes elementos: N/ Sistema perimetral térmico, para detectar y reconocer intrusiones con la ayuda de cámaras termicas con el objeto de proteger el perímetro de planta y sus accesos. N/ Sistema de supervisión de campo, utilizando las cámaras móviles tipo domo como complemento de las cámaras térmicas y como elemento de supervisión técnico de la planta. / Sistema de transmisión de alarmas, (integrado en central de alarmas) para gestionar y tramitar las incidencias a la Central Receptora de alarmas y, posteriormente previa verificación, comunicas a las fuerzas de seguridad del Estado. N/ Sistema disuasorio básico, mediante un Kit de balizamiento acústico/visual ubicado en cada III <". Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Ei , https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 a Leyetfda LslromstloTreyencldn Incendl UnetilAT Caminos bk., 11.4 do roeu5c15n Panklés Unto perheual al« InstlecOn de henos Imagen N°4. Instalación de letreros de emergencia. °alom. W3ó.8/ lomo 18S 25100 columna del perímetro, así corno un puesto central de audio en local y con conexión remota (streaming de audio). V Sistema de control de accesos, mediante un sistema de activación desactivación del sistema de seguridad. Sistema de integración, que permita unificar todo el equipamiento en una única interface con el usuario final para simplificar la gestión. Señalización: Durante la fase de construcción se contempla la instalación de 8 letreros de prevención de emergencias y prohibición de uso de fuego: Imagen N°3. Letreros de prevención de emergencias. Fuente: imagen del Anexo 2 del Adenda complementaria. Fuente: imagen del Anexo 2 del Adenda complementaria. Vía de evacuación El área de evacuación se realizará desde los caminos interiores hasta al acceso del proyecto en ruta K-675. Imagen N°5. Instalación de letreros de emergencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url , https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Leyenclá — lila do «macen ptá. Ulto -Un» da avocuxlri Paneles — toca palmotral inataticieÑ e* benes °Mor/u do coonionodas. UTM Detion: ViGS414 hm 19$ A65400 Fuente: imagen del Anexo 2 del Adenda complementaria. Transmisión de la alarma El proyecto contará con un Sistema de Videovigilancia que contará con una Central de Alarmas, que recibirá las alarmas del sistema perimetral. Módulo Interface de Intrusión, que integrará el sistema de seguridad perimetral con la Central de Alarmas de la Planta, para poder enviar las incidencias a la Central Receptora de Alarmas. Medidas de prevención Reducción del riesgo de ocurrencia: • De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso al número de emergencia 132 de Bomberos. Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del proyecto. Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Fase de Construcción, Operación y Cierre • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios. Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. Forma de control y seguimiento Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia • Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria. Capítulo 8. Punto 8.1.5 del ICE. 10.1.6. Riesgo o contingencia riesgo por derrame accidental de RESPEL en cuerpos de agua superficiales Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos a utilizar en las distintas fases del proyecto. Acciones o medidas a implementar Fase de Construcción, Operación y Cierre: • Se dispondrá de señalización clara, visible y adecuada, tanto diurna como nocturna, lo cual será presentado para consideración de la Dirección de Vialidad antes de su instalación. • Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. • Todos los vehículos y maquinarias deberán estar en buen estado, contarán con sus revisiones técnicas y gases vigentes, así como sus permisos de circulación al día, tal como lo indica la normativa. • El personal a contratar para manejar los camiones o maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (N° 18.290). • Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. • El transporte de materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. • Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito. • El peso de los camiones cargados no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 1k,
que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones a todos los trabajadores del proyecto durante la Fase de Construcción del proyecto. Las capacitaciones se realizarán al momento de ingreso del trabajador y se reforzará en forma permanente a lo largo de la Fase de Construcción. De forma adicional, se mantendrá un registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción. Operación y Cierre • Se informará al superior inmediato o Jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. • Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). • Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. • Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. • Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). • Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. • Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. • Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. • Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Sin comunicación a la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria. Capítulo 8. Punto 8.1.6 del ICE. 10.1.7. Riesgo o contingencia riesgo de rotura de paneles fotovoltaicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de Paneles fotovoltaicos durante la fase de construcción, en la fase de operación (generación de electricidad y actividades de mantención y conservación), y desmantelamiento de los paneles durante la fase de cierre. Acciones o medidas a implementar Fase de Construcción, y Cierre: H.,'El '..11" Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E P% https://validador.sea.00b.clivalidar/2154229228 Se capacitará al personal de obra, para dar aviso inmediato ante desperfectos o trizaduras de paneles, los cuales serán retirados por la empresa proveedora del servicio o encargada de reciclaje. Esta capacitación será realizada por personal idóneo, en un lugar adecuado y habilitado para tal fin. Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio sobre los paneles que amerite su reemplazo, se procederá su retiro, y éste será tratado como Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser reciclado para ser destinado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. Lo anterior será establecido mediante cláusulas de contrato con las empresas encargadas de realizar el servicio. Fase de Operación: El Sistema de Vigilancia remoto, en línea y en tiempo real, permitirá, en el momento identificar un desperfecto en los paneles y su respectiva revisión para posterior recambio. Asimismo, estos desperfectos o roturas podrán ser identificados mediante inspecciones y/o mantenciones en Planta. Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio sobre los paneles que amerite su reemplazo, se procederá su retiro, y éste será tratado como Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser reciclado para ser destinado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. Lo anterior será establecido mediante cláusulas de contrato con las empresas encargadas de realizar el servicio. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción v Cierre • Se elaborarán registros de las capacitaciones realizadas al personal específico sobre la revisión del estado de los paneles fotovoltaicos y aviso de recambio en caso de ser necesario. • Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. • Se elaborarán registros de las inspecciones de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos. Fase de Operación Se elaborarán registros de las inspecciones de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos. Cabe hacer presente que la revisión de roturas de paneles, durante la fase de operación, será realizada por personal especializado y capacitado para estas labores mediante mantenciones programadas, esto último considerando que no existirá mano de obra en planta (permanentes) por tanto no se requerirá de capacitaciones durante fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E , https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 operación. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases del proyecto: • Tras haber detectado en el Área del proyecto uno o más paneles fotovoltaicos con desperfectos, roturas, daños o cualquier otro perjuicio, se informará al Jefe de Operación y Mantenimiento y se dará inicio al procedimiento de reemplazo de éste, por uno en adecuadas condiciones. • Los paneles fotovoltaicos catalogados como residuo peligroso serán almacenados retirados por la misma empresa proveedora del servicio o por una empresa recicladora. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Todas las fases del provecto: • En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA. Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región respectiva. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria. Capítulo 8. Punto 8.1.7 del ICE. 10.1.8. Riesgo o contingencia riesgo por hallazgos arqueológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar Ejecución de un Programa de capacitación que incluirá un módulo dedicado a nociones de arqueología, impartidos por especialistas en la materia, es decir, por un que permita capacitar a los trabajadores respecto al tipo de hallazgos que pueden enfrentar y los procedimientos a seguir. La inducción se impartirá a todo el personal, tanto propio como externo, que trabaje durante la construcción del proyecto. El módulo será diseñado por el arqueólogo monitor y se deberá enfatizar en la protección legal de estas. Forma de control y seguimiento • Registro de las actividades de capacitación del personal. Registros de monitoreos con los respectivos reportes. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. • Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 superior a cargo de los trabajos y al Consejo de Monumentos Nacionales para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte de personal especializado (arqueólogo o paleontólogo) previa visación del Consejo. • Implementar mecanismos de seguridad para la protección y delimitación perimetral de elementos arqueológicos y/o paleontológicos presentes en las áreas de trabajo consideradas en el proyecto. Esta delimitación se realiza a través de un cercado perimetral • Los hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos serán protegidos estableciéndose una franja de seguridad (buffer) en torno a cada uno de los perímetros y puntos detectados, con un mínimo de 10 m de radio desde el límite del hallazgo. Instalación de letreros de señalización, fuera de los cercos, indiquen "Zona de Restricción, Ley N° 17. 288". _que Oportunidad y vías de comunicación a • En el eventual suceso de una emergencia se la SMA de la activación del Plan de comunicará con la SMA y CMN. Emergencia • Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post - emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente y al CMN, indicando las medidas tomadas para protección del patrimonio cultural. Referencia al ICE o documentos del Anexo 2 del Adenda complementaria. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8. Punto 8.1.8 del ICE. 10.1.9. Riesgo o contingencia riesgo de hallazgos paleontológico Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, excavaciones en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar Ejecución de un Programa de capacitación que incluirá un módulo dedicado a nociones de paleontología, impartidos por especialistas en la materia, es decir, por un que permita capacitar a los trabajadores respecto al tipo de hallazgos que pueden enfrentar y los procedimientos a seguir. La inducción se impartirá a todo el personal, tanto propio como externo, que trabaje durante la construcción del proyecto. El módulo será diseñado por el arqueólogo monitor y se deberá enfatizar en la protección legal de estas Forma de control y seguimiento • Registro de las actividades de capacitación del personal. • Registros de monitoreos con los respectivos reportes. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto. Implementación de protocolo a seguir en caso de hallazgos imprevistos. El protocolo detalla las acciones a seguir en caso de hallar especímenes en concordancia con la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, 2016). En ausencia del profesional paleontólogo en las obras, vigilar el cumplimiento de dicho protocolo quedará a cargo del encargado de obras y su personal quienes deberán adscribirse al mismo. • Detención localizada de obras: En caso de hallar posibles fósiles durante la ejecución de cualquiera de las etapas del proyecto, deberán detenerse las obras en el lugar del hallazgo en forma inmediata. Las obras podrán continuar en otros puntos por fuera del perímetro de protección (ver Punto 4.2) y en caso de hallarse nuevos puntos con restos fósiles, deberá procederse de acuerdo al protocolo en cada caso. • Definición del perímetro de protección: Se establecerá un perímetro de seguridad que abarque un radio de 2 metros alrededor del punto donde se produjo el hallazgo, dentro del cual no podrán realizarse obras y solo tendrán acceso los profesionales responsables. Este perímetro debe ser correctamente delimitado y señalizado. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al área y un cerco perimetral que limite y asegure el resguardo del hallazgo. En el caso de hallazgos múltiples se considerarán un perímetro a 2 m desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Si el hallazgo parece formar una capa continua del subsuelo, es decir, si se encuentran fósiles en múltiples puntos distantes a una profundidad similar, deberá ordenarse la detención total de las obras que involucren remoción de tierras hasta que el CMN evalúe la situación. • Informar a los profesionales responsables: Dar aviso inmediato al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en la zona del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. Estos deberán dar aviso del hallazgo al CMN. Notificación y evaluación del CMN: Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo, para lo cual deberá emitirse un breve reporte en el cual se indique la naturaleza del hallazgo, las medidas de protección tomadas en el punto de hallazgo, su ubicación usando coordenadas UTM (Datuin WGS 84) y un registro fotográfico de el o los especímenes y donde se hallaron. La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Posteriormente el CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 y Reglamento DS 13 . 9 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url O https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 N°484. Estas pueden incluir el inicio de monitoreos paleontológicos periódicos o permanentes, la realización de calicatas exploratorias y/o la creación de colecciones de referencia, entre otros; para lo cual deberá solicitarse un permiso de excavaciones. Las obras suspendidas solo podrán retomarse una vez se manifestaciones y la existencia de sanciones ante su destrucción o saqueo premeditado cuente con la autorización del CMN. Oportunidad y vías de comunicación a En el eventual suceso de una emergencia se comunicará la SMA de la activación del Plan de con la SMA. Emergencia Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post - emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente y al CMN, indicando las medidas tomadas para protección del patrimonio cultural. Referencia al ICE o documentos del Anexo 2 del Adenda complementaria. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8. Punto 8.1.9 del ICE. 10.1.10. Riesgo o contingencia riesgo por derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Parte, obra o acción asociada Fosa séptica durante operación y baños químicos durante construcción y cierre. Acciones o medidas a implementar Ante cualquier falla, ya sea de baños químicos o fosa, se dejará inmediatamente de usar el servicio y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. • Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. • En el caso de baños químicos estos serán reemplazados de inmediato. • En el caso de la fosa, se instalarán de inmediato un baño químico y se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. • Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema y/o restituido el baño químico, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. Luego de la restitución del servicio se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Forma de control y seguimiento Verificación del estado del sistema sanitario Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. Se habilitarán o reemplazarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 de la emergencia ocurrida y declarará los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria. Capítulo 8. Punto 8.1.10 del ICE. 10.1.11. Riesgo o contingencia riesgo por hedores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Fosa séptica Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo se realizará las siguientes medidas: • Los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas. Forma de control y seguimiento • Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. • Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. • Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. • Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" de la emergencia ocurrida y declarará a los at or lisi gLi-ios competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria. Capítulo 8. Punto 8.1.11 del ICE. 10.1.12. Riesgo o contingencia riesgo por incendios forestales Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto Acciones o medidas a implementar Para el caso particular de incendios en áreas de trabajo o focos de incendio alrededor del proyecto, se procederá a capacitar a los trabajadores en el uso del extintor manual - ya sea el trabajador capacitado o algún miembro de la brigada- mediante los siguientes pasos: • Llevar el extinguidor al lugar de amago • Sacar el seguro en el lugar de amago • Dirigir la boquilla del extinguidor hacia la base de las llamas. • Mantener el extinguidor en forma vertical y apriete la válvula de descarga. El .T Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 • Mover rápidamente la boquilla en forma de abanico de lado a lado, cubriendo el área de fuego con el agente extinguidor. Además, habrá herramientas e implementos básicos para el combate inicial de un incendio, los cuales serán proporcionados y ubicados en las instalaciones del proyecto y se utilizará la maquinaria presente en el proyecto al momento del amago (camiones, retroexcavadoras, bulldozers u otros) para apoyo. Una vez realizados los pasos anteriores y luego de controlado el amago, se procederá a realizar el sistema de notificación descrito a continuación. El sistema de notificación girará en torno al Responsable de Seguridad, quien centralizará las comunicaciones y activará, dependiendo del nivel del evento, un procedimiento de notificación El proceso de notificación de una emergencia empezará con el reporte inicial de la misma. Una vez ocurrido el evento será responsabilidad del trabajador o testigo, reportar del evento al Responsable de Seguridad utilizando cualquier medio que se encuentre disponible (radio, teléfono, en persona, etc.). El responsable de Seguridad entregará un reporte a todas las autoridades ambientales competentes, conforme el listado en el tablón de anuncios de la obra que permita tener información de sus locaciones y números telefónicos, siendo dicho listado de conocimiento de todas aquellas personas que estén trabajando en las actividades del proyecto. El reporte inicial será como el siguiente: • Llamar al responsable de Seguridad y Salud del área donde se encuentra. En caso de no poder contactar con él se comunicará el evento a su superior, Jefe de Obra o persona responsable, que informará inmediatamente al Responsable de Seguridad y Salud. • Identificarse y describir la escena, teniendo en cuenta los siguientes datos: nombre, ubicación, descripción de la Emergencia (indicar peligros, cantidad de heridos si los hay, gravedad de las lesiones, etc.), descripción del entorno de la escena. Enterado del evento, el Responsable de Seguridad y Salud informará comunicará la contingencia al Jefe de Obra. En el caso de que el control del foco de incendio sea infructuoso, el Responsable de Seguridad procederá a notificar y coordinar con CONAF y/o Bomberos la participación de brigadas profesionales de combate de incendios. Para el caso de incendios forestales aledaños a las áreas de trabajo y, dada la magnitud de dichos eventos, se procederá a llamar a los números de emergencia 130 y 132 de CONAF y Bomberos respectivamente y, paralelamente, evacuar al personal que pudiese estar presente en el proyecto. Forma de control y seguimiento Una vez que se le haya avisado a CONAF sobre la emergencia se procederá a prestar todos los servicios disponibles para poder ayudar a contener el incendio y de esta manera proteger la infraestructura del proyecto y lo que se encuentre en sus alrededores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228 Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se deberá mantener la calma • Se deberá avisar a CONAF de la presencia de un incendio forestal • Se deberá evacuar al personar y/o equipamiento • Si se tiene cerca un pulsador de alarma de incendio se deberá activar • Si se conoce el proceso se deberá cortar las fuentes de suministros y de energía eléctrica • Se prestarán los servicios disponibles en el lugar a CONAF para poder controlar el incendio En caso de que el incendio haya afectado a las obras del proyecto se procederá a realizar una cuantificación de los daños Oportunidad y vías de comunicación a En caso de que un incendio forestal se presente en el la SMA de la activación del Plan de terreno del proyecto, que pudiese afectar parte de la Emergencia infraestructura se procederá a generar un informe con los antecedentes recopilados por CONAF, los daños generados y las medidas tomadas posteriormente. Luego será remitido a la SMA. Referencia al ICE o documentos del Anexo 2 del Adenda complementaria. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8. Punto 8.1.12 del ICE. 10.1.13. Riesgo o contingencia riesgo por atropello de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto y caminos de acceso Acciones o medidas a implementar Con el fin de reducir el riesgo de atropello a la fauna silvestre se deberán ejecutar las siguientes medidas y acciones: Se implementarán límites de velocidad para los trabajadores y operarios que se encuentren operando vehículos durante todas las fases del proyecto. Los límites serán informados a todo el personal y las empresas contratistas durante las distintas fases. Se instalará señalética respecto a la velocidad máxima permitida. Se realizará capacitación a los trabajadores, una vez en cada fase del proyecto, en las que también se abordará el manejo de los residuos, la prohibición de alimentar a la fauna silvestre - para evitar el acercamiento de fauna silvestre-, la prohibición de tenencia perros, entre otros. Forma de control y seguimiento Registro de cada capacitación que incluya listado de asistentes, profesionales a cargo, y registro fotográfico. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de alguna de estas emergencias se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: Identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente Rescate Alojamiento temporal y traslado Rehabilitación y Liberación Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará un informe que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de fauna silvestre en las inmediaciones del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oficina Regional del Superintendencia del Medio Ambiente y Oficina Regional del SAG Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria. Capítulo 8. Punto 8.1.13 del ICE. 11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto. 12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fm de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 16. Que, para que el proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 17. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 18. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 19. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 20. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine", de GR Huacano SpA. 111.-Arl Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 Juan Eduar Delegado P Presidente Comisió Región del Fir ado por: René Alejandro Christen Fer ández Fecha: 25/11/2021 12:01:48 CLST 2°. Certificar que el proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto "Planta Fotovoltaica Clementine" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese René Alejandro Christen Fernández Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región del Maule RCF/PCT/PIJ Distribución: Antonio Francisco Ros Mesa CONAF, Región del Maule DGA, Región del Maule Dirección de Vialidad, Región del Maule DOH, Región del Maule Gobierno Regional, Región del Maule Ilustre Municipalidad de Teno SAG, Región del Maule SEC, Región del Maule 1 I 3E - . Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E , https://validador.sea.gob.cl/validar/2154229228 SEREMI de Agricultura, Región del Maule SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Maule SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Maule SEREMI de Energía, Región del Maule SEREMI de Salud, Región del Maule SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI MOP, Región del Maule CONADI, Región del Biobío SERNAGEOMIN, Zona Sur Consejo de Monumentos Nacionales Intendente Regional, Región del Maule Superintendencia del Medio Ambiente CC: Encargada Participación Ciudadana Oficial de Partes E AIII Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url = ek,
0 https://validador.sea.gob.clivalidar/2154229228