SEA · DIA · Aprobado · 2021-03-23 · Región Metropolitana de Santiago · GR Villarrica SpA
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Resolución Exenta (N° digital en costado inferior izquierdo)
Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”
Santiago, (Fecha en costado inferior izquierdo)
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 23 de marzo
de 2021, mediante Resolución Exenta N° 224/2021 de la Comisión de Evaluación de la
Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 02 de agosto de 2021 y su Adenda
Complementaria de fecha 01 de octubre de 2021, de la “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”,
presentada por GR Villarrica SpA con fecha 18 de marzo de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado
que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de
la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de
la DIA del “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”.
3°. El Acta de Evaluación N° 09/2021 de fecha 19 de octubre de 2021, del Comité Técnico
de la Región Metropolitana.
4°. El ICE N° 202113109138 de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” de
fecha 28 de octubre de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 08 de
noviembre de 2021.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental
de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S.
Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la Ley N° 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el Supremo N° 256 de fecha 01 de octubre
de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y en la Resolución Exenta Nº
7/2019 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón..
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CONSIDERANDO:
1°. Que, GR Villarrica SpA (en adelante, el “Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Belén
6MW” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
GR VILLARRICA SpA
Rut
77.130.979-8
Domicilio
Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37,
Edificio Titanium
Teléfono
56 2 32519400
Nombre representante legal
Antonio Francisco Ros Mesa
Rut representante legal
13.831.549-5
Domicilio
representante
legal
Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37,
Edificio Titanium.
Teléfono representante legal
56 2 32519400
Correo electrónico Titular o
representante legal
rosantonio@grenergy.eu
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de octubre de 2021, el Servicio de
Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el
Proyecto, considerando que:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales
Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 160 y el pronunciamiento del
artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 MMA;
No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley
19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 08 de noviembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la
Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Planta
Fotovoltaica Belén 6MW”, aprobando íntegramente el contenido del ICE del 28 de octubre
de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a
lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la
presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la
descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto tiene por objetivo principal la generación de energía
eléctrica a partir de energía solar, la que será inyectada al Sistema
Eléctrico Nacional (en adelante, SEN).
Descripción general del
proyecto
El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta
fotovoltaica que utilizará la tecnología de sus paneles
fotovoltaicos para la captación y transformación de energía solar
a eléctrica. En virtud de la Tabla 1-4 y 1-34, ambas de la DIA la
potencia máxima que puede alcanzar el panel es de 580 Wp. En el
Anexo 19. Ficha de Resumen de la Adenda, el Titular actualizó el
número de paneles a 12.276 por lo que la potencia máxima
(nominal) del Proyecto seria de 7,120 MW. En virtud de las
mismas Tablas señaladas, el Titular indica las características del
panel
fotovoltaico
señalando
que
existiría
un
sobredimensionamiento, con lo que la potencia máxima (real) de
la planta será de 6 MW que serán inyectados al Sistema Eléctrico
Nacional (SEN).
La energía producida, convertida y transformada, será conducida
e inyectada al SEN mediante una Línea de Evacuación de Media
Tensión (23 kV) con una longitud aproximada de 83,3 metros, la
cual se conectará al alimentador “Aguas Claras” correspondiente
a la “Subestación lo Boza” de 23 kV de acuerdo a lo establecido
en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños
Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de
Media Tensión. La línea de Evacuación proyectada contempla un
ancho de faja de 3,5 m por lado y un ancho de línea de 1,0 m.
La superficie del Proyecto estará compuesta por obras
permanentes y temporales, las que abarcarán un total equivalente
a 139.203,92 m2 (13,92 hectáreas). La Fase de construcción
tendrá una duración de 6 meses (ver Cronograma del Proyecto en
acápite 1.3.7 de la DIA).
Tipología principal, así
como las aplicables a
sus partes, obras o
acciones
Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y
al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo
señalado en el literal:
“c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”.
Vida útil
30 años.
Monto de inversión
US$ 6,6 millones de dólares.
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta
del
inicio
de
la
ejecución
El hito de inicio corresponde a la “habilitación de instalación de
faena”, necesaria para la construcción de las obras, cuyo inicio se
prevé para el mes de febrero del año 2022.
Proyecto se desarrolla
por etapas
Si
No Respecto de lo previsto en el Artículo 14 del
Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA,
el proyecto no se desarrollará por etapas.
Ver acápite 1.5.3. de la DIA.
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del
Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, se
declara que el Proyecto no es una modificación
de un proyecto existente.
Ver acápite 1.5.1. de la DIA.
X
Proyecto
modifica
otra(s) RCA
Si
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División
político-
administrativa
El Proyecto se emplazará en la Región Metropolitana, en la
Provincia de Chacabuco, en la comuna de Lampa, cercano a
los sectores Callejón Miraflores, Chorrillos y La Primavera;
específicamente en el loteo Miraflores de Lipangue, parcela
37. En el Anexo 1-2 de la DIA se presentan los planos donde
el Proyecto se emplazará.
Justificación de la
localización
La localización del proyecto se justifica por los siguientes
aspectos:
-
El potencial de generación de energía, ya que
corresponde a una zona con un alto índice de
radiación solar y condiciones climáticas que permiten
obtener la energía directa del sol en casi todas las
épocas del año.
-
El área de emplazamiento cuenta con conectividad
eléctrica de fácil acceso, debido a las líneas de
transmisión y distribución existentes en el sector.
-
Es un área de fácil acceso, donde la ruta enrolada más
cercana se encuentra a 100 m respecto del área de
emplazamiento del Proyecto, entiéndase por esta el
Camino Lo Echevers. A partir de dicha ruta se
accederá a un camino existente que empalma
directamente con el área de Proyecto.
-
Los suelos utilizados para el área de emplazamiento
del Proyecto se clasifican suelos clase VI, de la serie
Taqueral, que presentan limitaciones desde continuas
hasta severas y opciones de cultivo restringidas para
pastos y uso forestal.
-
- El Proyecto no presenta incompatibilidad territorial,
debido a que se emplaza fuera del Límite Urbano
establecido para la comuna de Lampa.
(Ver acápite 1.4.5. de la DIA).
Superficie
La superficie del Proyecto estará compuesta por obras
permanentes y temporales, las que abarcarán una superficie
total equivalente a 139.203,92 m2 (13,92 ha).
El Proyecto contará además con una Línea de evacuación
eléctrica de 666,4 mt2 (0,067 ha), cuyas coordenadas se
presentan en la Tabla 1-8 y su superficie en la Tabla 1-30,
ambas de la DIA.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Las coordenadas UTM (DATUM WGS84, HUSO 19) del
polígono de emplazamiento del Proyecto se presenta a
continuación:
Tabla 1. Coordenadas geográficas UTM 19 S, DATUM WGS-84.
Vértice
Coordenadas
Este (m)
Norte (m)
A
330.996,49
6.309.428,44
B
331.151,09
6.309.452,22
C
331.150,53
6.309.468,86
D
331.212,10
6.309.505,78
E
331.268,94
6.309.369,40
F
331.290,21
6.309.235,99
G
331.290,63
6.309.188,14
H
331.288,67
6.308.933,22
I
331.044,71
6.308.937,31
J
331.046,76
6.309.003,16
K
331.037,08
6.309.051,68
L
330.978,31
6.309.258,01
M
331.020,97
6.309.264,18
Fuente: Tabla 1-7 de la DIA. Coordenadas Geográficas – Área de Planta.
Caminos de acceso
El acceso principal al área del Proyecto será realizado a
través del Camino Lo Echevers, desde donde se accede a un
camino interparcelario existente con longitud de 100 m
(aproximadamente), para empalmar al área del Proyecto.
Cabe mencionar que el Proyecto no contempla la habilitación
de caminos de acceso (Ver Figura 1-4. Acceso al Proyecto de
la DIA).
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información
complementaria sobre la
localización de sus partes,
obras y acciones
Localización y georreferenciación del Proyecto en Anexo
02 Kmz Shape de la Adenda.
Ver Anexo 1-2: Layout y Cartografías de la DIA.
Ver acápite 1.4.2.2 Coordenadas y Representación
Cartográfica Obras Temporales de la DIA.
Anexo 1 Adenda complementaria “Plano”.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
4.3.1.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre
Descripción
Instalación
de
faenas
Corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la
Fase de Construcción y Cierre. Este lugar estará destinado al
almacenamiento de insumos, materiales, herramientas, baños,
comedor, oficinas, estacionamiento de equipos y maquinarias. En
términos generales, estas instalaciones constituirán el centro de
operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en los distintos
frentes y los servicios de apoyo.
La Instalación de Faenas estará emplazada dentro del área de Proyecto
y se accederá a ella mediante la utilización del camino interno
habilitado al interior del predio. Las coordenadas de la ubicación
general de la Instalación de Faenas y el plano de emplazamiento se
pueden revisar en el Acápite 1.4.2.2 de la DIA, sobre representación
cartográfica de las obras temporales; y ver Tabla 1-32. Superficie
detalle de ocupación - Área de Instalación de Faena de la DIA.
Estas instalaciones se construirán en base a un sistema de módulos
metálicos de 40 pies promedio, con servicios incluidos tales como:
extintores, mobiliario, electricidad, entre otros. La energía será
provista por la empresa distribuidora local, además, como medida de
respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, entiéndase por
este (1) grupo electrógeno a Diésel de 5 kVA.
El Proyecto no considera la habilitación de campamentos, puesto que
el personal de construcción será preferentemente contratado en el
sector o comunas aledañas y trasladado al lugar de la construcción
mediante buses y/o camionetas de acercamiento mediante empresa
autorizada por la SEREMI del Ministerio de Transporte de
Telecomunicaciones (MTT).
El Titular cumplirá en todo momento con las disposiciones del D.S.
N° 594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL), “Aprueba
Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en
los Lugares de Trabajo”, también obtendrá todas las autorizaciones y
Permisos Ambientales Sectoriales necesarios para su funcionamiento.
La Instalación de Faenas contempla:
- Caseta de Control e Ingreso.
- Zona de Baños Químicos.
- Comedor.
- Oficinas.
- Estacionamiento de Vehículos Livianos.
- Estacionamiento de Maquinaria.
- Zona de Descarga de Materiales.
- Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales.
- Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Domiciliarios.
- Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales No
Peligrosos.
- Área de lavado de piscina de canoas mixer.
Mayores antecedentes sobre la obra Instalación de faenas, se presentan
en el acápite 1.6.3.1 del Capítulo 1. Descripción de Proyecto y Tabla
1-19. Coordenadas Geográficas – Instalación de Faenas de la DIA,
ambas de la DIA.
Cerco perimetral
El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero
hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura,
abarcando la totalidad del polígono de Planta. La distancia entre los
postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o
similar (Ver acápite 1.6.2.11 de la DIA).
Caseta de control
e ingreso
Se contempla la habilitación de una caseta al interior de la Instalación
de Faenas, la cual comprende una superficie de 26 m2. En dicha caseta
se ubicará un trabajador autorizado, el cual llevará un registro de
ingreso y salida del personal, insumos, maquinaria, entre otros. Ver
Tabla 1-28. Coordenadas Geográficas – Caseta de Control de Ingreso
de la DIA.
Zona
de
baños
químicos
La IF contará con un área para la habilitación de baños químicos que
abarcará una superficie de 20 m2 y dispondrá de baños químicos con
lavamanos y bomba de pie, porta papel higiénico, papelero,
dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Los
baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que
cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar
manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños
darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas
en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, sobre las “Aprueba Reglamento
Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo”. Ver Tabla 1-20. Coordenadas Geográficas – Zona de Baños
Químicos de la DIA.
Comedor
Al interior de la IF existirá un área destinada a la alimentación de los
trabajadores y que abarcará una superficie de 36,00 m2. No se
considera la preparación de alimentos, ya que éstos serán provistos a
través de un servicio externo que cuente con las autorizaciones
correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de
alimentos otorgados por la SEREMI de Salud respectiva. Sin perjuicio
de lo anterior, la instalación proyectada cumplirá con todos los
requisitos establecidos en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del
MINSAL, “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Ver Tabla 1-21.
Coordenadas Geográficas – Comedor de la DIA.
Oficinas
Serán de tipo modular para el personal administrativo-operativo que se
encargue de las diversas actividades y servicios requeridos para la
construcción del Proyecto. Dichas oficinas contarán con una superficie
de
36,00
m2,
que
albergarán
equipos
de
calefacción/aire
acondicionado, fotocopiadora, red computacional, entre otras. Ver
Tabla 1-22. Coordenadas Geográficas – Oficinas de la DIA.
Estacionamiento
de
vehículos
livianos
Se considera un área de estacionamiento de vehículos livianos que
abarcará una superficie de 40,00 m2, para exclusivo uso del personal
administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones y
servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Ver Tabla 1-
23. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Vehículos
Livianos de la DIA.
Estacionamiento
de maquinaria
La IF contará con un área de estacionamiento de maquinarias
utilizadas en obra y que abarcará una superficie de 100 m2,
debidamente delimitada y señalizada para estos efectos. Ver Tabla 1-
24. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Maquinarias de la
DIA.
Zona de descarga
de materiales
Contará con una superficie de 100,00 m2, que será utilizada para la
descarga de los suministros y materiales utilizados en las faenas
constructivas. Ver Tabla 1-25. Coordenadas Geográficas – Zona de
Descarga de Materiales de la DIA.
Zona
de
almacenamiento
temporal
de
materiales
La IF contara con un sector habilitado como bodega temporal de
insumos, estructuras y paneles para la construcción del Proyecto con
una superficie de 100,00 m2. Ver Tabla 1-27. Coordenadas
Geográficas – Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales de la
DIA.
Área
de
almacenamiento
temporal
de
residuos
domiciliarios
Su disposición se contempla en un lugar especialmente delimitado y
señalizado al interior de la Instalación de Faenas y que abarcará una
superficie de 16,00 m2, donde se dispondrán en cuatro (4)
contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con
capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la
percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de
ruedas con freno. De este modo se impide el escurrimiento de líquidos
percolados y se evita que los animales silvestres den vuelta los
basureros. Las áreas de acopio temporal de residuos domiciliarios
darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas
en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La frecuencia de retiro para los
residuos domésticos y asimilables será de mínimo tres (3) veces por
semana. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas
autorizadas por la SEREMI de Salud respectiva. El Proyecto no
considera el tratamiento de residuos de ningún tipo. Para mayores
antecedentes respecto al tipo de residuos generado ver Acápite 1.7.8
de la DIA, sobre cantidad y manejo de residuos. Ver Tabla 1-26.
Coordenadas Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos
Sólidos Domiciliarios de la DIA.
Área
de
almacenamiento
temporal
de
residuos
industriales
no
peligrosos
Contará con una superficie de 100,00 m2, en donde se almacenará
temporalmente el material reutilizable y materiales residuales no
peligrosos generados por el Proyecto durante la Fase de Construcción
(despuntes de aluminio y fierro; maderas, chatarra, restos de
soldadura, cables, plásticos, entre otros) en conformidad con lo
establecido por el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de
Salud. Estos residuos se ordenarán y segregarán para su posterior
reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados, y se
almacenarán en un contenedor tipo tolva con capacidad de 10,00 m3.
Los residuos se reciclarán destinándolos en conteneros para estos
efectos. La frecuencia de retiro para los residuos domésticos y
asimilables será de mínimo tres (3) veces por semana. La disposición
final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la
SEREMI de Salud respectiva. Ver Tabla 1-29. Coordenadas
Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos Industriales No
Peligrosos de la DIA.
Área de lavado de
piscina de canoas
mixer
El sitio o piscina de lavado de canoa de camiones mixer, corresponde
a una excavación de área 2 m x 2 m de área superficial, y una
profundidad de 1 m, permitiendo almacenar un volumen 4 m3.
Tal como señala el Titular en la respuesta 1.2 de la Adenda
Complementaria, durante la Fase de Construcción se requerirán como
máximo 69 camiones mixer de 8 m3, mientras que durante la
operación y cierre, no se requerirá hormigón. No obstante lo anterior,
se considerará la instalación de una zona de lavado de canoas de
hormigón al interior del predio la cual no ocupará productos químicos
extras para el limpiado de las canoas.
Las aguas residuales generadas del lavado de la betoneras y canoas de
camiones mixer, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda
Complementaria, se manejarán de acuerdo a lo siguiente:
-
Se excavará una piscina de 4m2 de superficie y una
profundidad de 1 m, la cual estará recubierta con polietileno
doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación.
-
Esta piscina será utilizada para lavar y verter la lechada de
cemento restante de las canoas de los camiones mixer, auto
hormigonera, y/o bomba estacionaria.
-
Se aplicará cada vez que se ejecute la faena de hormigonado.
-
El lavado de las canoas de camiones mixer, autohormigonera,
y/o bomba estacionaria se realiza diariamente después de ser
vaciado el hormigón premezclado. Se considera un volumen de
1,67 m3 de agua industrial al mes para esta actividad.
-
Se establece la prohibición de lavado de canoas de camiones
míxer, autohormigonera y/o bomba estacionaria en lugares no
autorizados para esta faena en la obra. Esto será indicado
mediante señalizaciones en obra.
-
Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua
residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá
mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de
escombros disponible en obra. Cabe señalar que se esperará
hasta que el agua residual se evapore para poder retirar la
lechada endurecida.
Cabe señalar que respecto del área reservada para el lavado de piscina
de canoas, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda
Complementaria, se tomarán las siguientes medidas:
-
Durante los periodos de lluvia, el sitio de lavado será cubierto
con un polietileno de alta densidad, para evitar que el agua
lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en el sitio de
lavado y se genere un eventual derrame.
-
La lechada se retirará una vez endurecida, fracturándola con un
martillo o similar y luego se trasladará a botadero autorizado.
-
Se llevará un registro de generación, manejo y eliminación.
-
Durante las tareas de lavado, habrá un operador atento a las
maniobras y riesgos asociados.
Adicionalmente en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, el
Titular se actualizó el Plan de Contingencia y Emergencia, el que
contempla medidas frente a riesgo de derrames de aguas residuales de
lavado de canoas, en el caso fortuito que ocurra algún evento de estas
características. Cabe señalar que el agua de lavado corresponde a
lechada de hormigón y su cantidad no superará los 20 litros/camión. El
cemento no presenta las características de un residuo peligroso y, por
tanto, la lechada no tendrá elementos contaminantes u otras sustancias
peligrosas susceptibles de contaminar el suelo o el agua debido su
acotada cantidad y sus características químicas. Sin perjuicio de lo
señalado, en el caso de que los residuos resultantes del lavado de
canoas de camiones mixer contengan trazas de grasas u otro
contaminante, estos serán manejados, transportados y dispuestos en
lugares Autorizados según lo normado en el D.S 148/2003 MINSAL.
Ver Figura 1. Dimensiones piscina de lavado de canoas de la Adenda
Complementaria.
Bodega Residuos
Peligrosos
(RESPEL)
Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento
de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00
m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las
diversas actividades del Proyecto (trapos y materiales menores
contaminados con grasa/aceite, etc.).
Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si
bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada
dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa
durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el
almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses)
durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto.
La frecuencia de retiro nunca superará los seis (6) meses a partir de la
generación de los residuos peligrosos, cumpliendo en todo momento
con lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. La disposición
final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la
SEREMI de Salud de la Región respectiva.
La Bodega RESPEL se emplazará al interior del área del Proyecto, y
dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del
MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de
Residuos Peligrosos”, siendo sus principales características las
siguientes:
- Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y
químicamente a los residuos almacenados.
- Contará con un cierre perimetral de 1,80 metros de altura, el cual
impedirá el libre acceso de personas y animales.
- La bodega se emplazará en un radier hormigón, con murallas de zinc
y techado de planchas de zinc-alum acanalado.
- Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como
humedad, temperatura y radiación solar.
- Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una
capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de
mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores
almacenados.
- Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh
2.190:2003.
- Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de
230 litros aproximadamente con tapa y asa metálica y también en un
maxicubo de 1.000 litros de capacidad.
- Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o
residuos en lugares no destinados para tales efectos. Quien fuera
sorprendido trasgrediendo las instrucciones señaladas para tal efecto,
se expondrá́ a medidas disciplinarias.
- Los trabajadores que manipulen estos tipos de residuos contarán con
todos los implementos de seguridad y habrán recibido una charla de
inducción sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos.
- Tendrá vías de escape accesibles en caso de emergencia y contará
con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y
capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales
combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total
de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie
total a proteger en la bodega de residuos peligrosos y se definirá según
lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del
Ministerio de Salud.
(Ver Tabla 1-15. Coordenadas Geográficas – Bodega de Residuos
Peligrosos; y acápite 1.6.2.8 de la DIA).
Estanque
de
almacenamiento
de agua potable
El abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases
del Proyecto será realizado mediante un “Sistema Particular de
Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de
un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de
10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable
para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y
lavamanos conectados a fosa séptica).
Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y
distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará
con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le
realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado
sectorialmente ante la SEREMI de Salud.
(Ver Tabla 1-16. Coordenadas Geográficas – Estanque de agua
potable; y acápite 1.6.2.9 de la DIA).
Camino interno
Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al
interior del área del Proyecto utilizado para el desplazamiento de los
trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de
Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y
desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas
durante la vida útil Proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio
de 4,00 metros y 650 metros de longitud (aproximadamente),
abarcando una superficie de 2.762 m2. Dicho camino contempla la
aplicación de supresor de polvo sobre éste durante las fases de
Construcción y Cierre del Proyecto.
(Ver acápite 1.6.2.12 de la DIA).
4.3.1.1.2 ACCIONES
Nombre
Descripción
Roce y despeje de
vegetación.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.1 Roce y Despeje de
Vegetación de la DIA, una de las primeras actividades constructivas es
el despeje del terreno, actividad que involucra la corta de vegetación
presente en el predio. Es importante mencionar que se privilegiará la
utilización de herramientas manuales (desbrozadoras, cortasetos,
motosierras) y maquinaria propia de la obra, cuando se requiera.
Habilitación de
Instalación de
Faenas.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.2 Habilitación de
Instalación de Faenas de la DIA, previo a la habilitación de cada uno
de los componentes de la Instalación de Faenas, se prevén trabajos de
limpieza, despeje y nivelación de la superficie, mediante el uso de
maquinaria estándar de construcción.
Posterior al acondicionamiento del terreno, se procederá al montaje de
las estructuras modulares tipo contenedor que conformarán la
Instalación de Faenas. En el acápite 1.6.3 de la DIA se describen cada
uno de los elementos que comprenderán la Instalación de Faenas,
mientras que en el acápite 1.4.2.2 de la DIA, se presenta gráficamente
la localización de la misma.
Movimiento de
tierras.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.3 Movimiento de tierras
de la DIA, previo a dicho movimiento, se realizará una demarcación
de la superficie donde se instalarán los módulos, dejando un corredor o
pasillo entre cada línea de módulos, el que será utilizado como vía de
acceso para instalación y montaje. Luego se marcarán los puntos en
donde se ubicarán las estructuras de soporte que sostendrán a los
módulos o paneles.
Posteriormente, se realizarán los trabajos de movimientos de tierras,
para la adecuación de caminos, zanjas por las que discurrirá el
cableado de la Planta, etc. Se procederá a la limpieza del terreno, en
las zonas que sea necesario, actividad que consiste en un despeje
superficial, referido al despedregado de piedras de gran magnitud.
La eliminación de la pedregosidad superficial será realizada mediante
métodos mecánicos y manuales; las piedras recogidas serán acopiadas
y cargadas a un camión mediante retroexcavadora.
El material excavado no será acumulado en sitios, sino que será
dispuesto en su gran mayoría en los bordes de la superficie donde se
va a excavar, para luego ser utilizado como material de relleno en el
mismo sitio. Conforme a lo expuesto, la tierra excavada será utilizada
en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en
ellas) y en la nivelación del mismo terreno, no generando excedentes
que deban ser acopiados y trasladados a otros sectores. El volumen
total a cargar y descargar durante la Fase de Construcción será de
2.290,7 m3.
La profundidad máxima de excavaciones no superará los 2,0 metros de
profundidad, necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2,00
metros), implementación de postes de acero galvanizado (malla) y las
postaciones necesarias para la implementación de la línea de
evacuación.
Habilitación de
camino interno.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.4 Habilitación de
camino interno de la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un
(1) camino interno emplazado al interior del polígono del Proyecto, el
cual será habilitado durante las faenas constructivas y se mantendrá
durante toda la vida útil del Proyecto.
Este camino será habilitado mediante la nivelación y posterior
compactación del mismo, contando con un ancho promedio de 4,5
metros y 614 metros de longitud.
No se considera la generación de residuos por esta actividad, ya que el
material será utilizado en la misma área de emplazamiento del
Proyecto (nivelación de terreno, relleno de zanjas, etc.). El camino
interno tendrá las características adecuadas para el acceso y
circulación del personal, materiales y maquinarias al área de Planta.
Aplicación de
supresor de polvo
en camino de
acceso y camino
interno.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.5 Aplicación de
supresor de polvo en camino de acceso y camino interno de la DIA, el
Proyecto considera la aplicación de un supresor de polvo en los
caminos internos y en el acceso. El producto a utilizar será
biodegradable de base orgánica, soluble en agua, sin interferencias
negativas con el medio ambiente y de alto rendimiento.
Según lo señalado en la Tabla 1-44 de la DIA, en relación a la
aplicación del supresor de polvo, el Titular se compromete a ejecutar
un Programa de aplicación y mantención con el objeto de minimizar
las emisiones de material particulado respirable generados por el
tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, con el fin de
evitar eventuales molestias a los habitantes del sector. Su
implementación será realizada en los acceso y caminos internos del
Proyecto, es decir, los emplazados al interior del área del Proyecto y
que serán utilizados para efectos de construcción y mantención de la
planta.
Respecto de la frecuencia de aplicación, está se realizará una única vez
previo al inicio de la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto. En
relación con su mantención, será una (1) vez por mes mientras duren
las faenas constructivas (6 meses). La aplicación del supresor de polvo
será realizada por un camión aljibe y solo requerirá agua industrial
para su mantención.
Respecto de su provisión, el Proyecto utilizará agua industrial
mediante proveedores autorizados conforme a lo siguiente:
a. Indicador que acredita cumplimiento:
▪ Registro de aplicación de supresor de polvo con fecha y hora
de aplicación, metros lineales o superficies aproximadas de
aplicación.
▪ Registro de monitoreo una vez aplicado el supresor de polvo.
b. Forma de control y seguimiento:
▪ Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los
registros de aplicación y monitoreos realizados en las oficinas de la
instalación de faena.
Instalación de
cerco perimetral.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.6 Instalación de cerco
perimetral de la DIA, se implementará un cerco perimetral que
corresponderá a una malla de acero hexagonal con postes de acero
galvanizado de 2,5 metros de altura. La distancia entre postes será de
2,5 metros o similar.
Montaje de
estructuras.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.7 Montaje de
estructuras de la DIA existirán dos tipos de montajes:
Montaje Mecánico: El montaje de las estructuras de los paneles solares
se llevará a cabo mediante el uso de las máquinas hincadoras que se
usarán para clavar los pilares (hincado de estructuras) donde van
montadas las estructuras soportantes de los paneles solares. Estos
pilares serán distribuidos directamente sobre la tierra y respetando una
distancia mínima entre los paneles de una estructura con respecto a la
otra de manera que eviten sombreado entre ellos. Esto se realizará con
la ayuda de camión grúa, lo cual no supondrá ningún peligro para los
trabajadores.
Montaje Eléctrico: Concierne a las actividades que le dan conexión
definitiva a la Planta para la generación de energía y transmisión al
Sistema Eléctrico Nacional. Estas acciones corresponden a la conexión
del cableado de los paneles fotovoltaicos, conexión de media tensión,
entre otras.
Pruebas de
energización y
puesta en marcha.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.8 Pruebas de
energización y puesta en marcha de la DIA, para probar su
funcionamiento y lograr una conexión exitosa de los equipos, se
consideran tres niveles de pruebas:
1) Pruebas de equipos: Estas pruebas serán todas pruebas locales,
realizadas precisamente a “pie de equipo”. Ello significa segregar
funcionalmente el equipo del sistema al que pertenece para poder
considerarlo como un subsistema o unidad de ensayo totalmente
independiente en sí misma. Tienen por objeto:
- Verificar que el montaje se haya realizado conforme a la
documentación técnica del Proyecto, a las instrucciones del proveedor
y a las reglas del buen arte.
- Verificar el correcto funcionamiento del equipo en cuestión,
mediante los controles indicados en las normas respectivas, manual del
fabricante y cualquier otra especificación especial previamente
señalada.
2) Pruebas de sistemas: En estas pruebas la unidad de ensayo
comprenderá a sistemas, sub-sistemas y/o conjuntos de equipos, con
sus correspondientes cables de interconexión, todos los cuales deberán
constituir unidades funcionales diferenciadas y sustanciales completas
en sí misma. Estas unidades se consideran como un todo indivisible a
los efectos de las pruebas. Para cada una de éstas existen protocolos de
ensayos respectivos, con las inspecciones relativas a cada función.
3) Pruebas conjuntas: Estas pruebas comprenderán el funcionamiento
del conjunto de los sistemas, interactuando simultáneamente. Un
listado resumido de ellos es el siguiente:
- Limpieza de paneles solares, equipos, etc.
- Disposición de todos los equipos, servicios y elementos en
condiciones de operación nominal y normal.
- Revisión final de toda la instalación.
- Verificación por simulación de distintas maniobras para la
energización.
Desmantelamiento
de obras
temporales.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.9 Desmantelamiento de
obras temporales de la DIA, terminadas las faenas constructivas se
retirará la Instalación de Faenas y todos los elementos ajenos a la
operación de la Planta Fotovoltaica, tomando las acciones necesarias
para readecuar las áreas intervenidas, es decir, se retirarán los
contenedores y áreas de trabajo dispuestas en estas zonas. Los
materiales de desecho de la Fase de Construcción se retirarán,
transportarán y dispondrán en lugares autorizados por la SEREMI de
Salud respectiva; además, se retirarán los equipos y las maquinarias
utilizadas en la obra. Una vez que se hayan retirado las instalaciones
temporales, se realizarán las actividades para restaurar la superficie
original. Se ejecutará una limpieza exhaustiva del área, verificando
que en las áreas de trabajo no queden vestigios de ningún tipo de
residuo.
4.3.1.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Agua
para
consumo humano
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.1 de la DIA, el
abastecimiento de agua potable se realizará mediante bidones sellados
de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI
de Salud respectiva. En atención a la mano de obra máxima
proyectada (68 trabajadores/mes) y considerando un abastecimiento de
150 L/trabajador/día (D.S. N° 594/1999 del MINSAL), se estima un
requerimiento de 10,20 m3 por día.
Agua industrial
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.2 de la DIA, el agua
industrial será transportada mediante camiones aljibes, y suministrada
por proveedores autorizados para estos efectos. Se estima un
requerimiento de 20 m3/mes. Para la Fase de Construcción se requerirá
de agua industrial para las actividades constructivas y para la
mantención del supresor de polvo (éste último será adquirido listo para
su aplicación mediante empresas especializadas, razón por la cual no
se contempla preparación en faena).
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.6 de la DIA, otro de los
recursos naturales a ser utilizados por el proyecto corresponde al
suministro de agua de uso industrial y agua potable. El consumo de
agua industrial se estima en 20 m3 por mes, mientras que el consumo
de agua potable se estima en 204 m3 por mes. Para ambos casos, se
considera la contratación del servicio de suministro de agua (industrial
y potable) a proveedores autorizados que cuenten con los respectivos
derechos de compra/venta de agua vigentes.
Servicios
higiénicos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.3 de la DIA, se
considera la utilización de baños químicos. En atención al mínimo de
artefactos, establecidos en el Artículo 23 del D.S. N° 594/1999 del
MINSAL
y
considerando
una
dotación
máxima
de
68
trabajadores/mes, se estiman cuatro (4) excusados con sus respectivos
lavatorios, para el uso de los trabajadores en obras. Los baños
químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente
con las autorizaciones sanitarias para realizar manejo, transporte y
disposición final de aguas residuales. Los baños dispondrán de
lavamanos con bomba de pie, porta papel higiénico, papelero,
dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación.
Suministro
eléctrico
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.4 de la DIA, el
suministro eléctrico será provisto por la empresa distribuidora local y,
además, como medida de respaldo ante un eventual corte del
suministro eléctrico, se contará con (1) generador de 5 kVA.
Alimentación
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.5 de la DIA, para la
alimentación de los trabajadores se considera un servicio de catering
local, ya que no se contempla la preparación de alimentos dentro de
las instalaciones, proyectando solo la implementación de un comedor,
el que estará completamente aislado de las áreas de trabajo y de
cualquier fuente de contaminación ambiental. El recinto mantendrá
condiciones higiénicas adecuadas según lo establecido en el Artículo
28 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La comida será preparada y
trasladada a la obra en raciones separadas para el consumo individual
de los trabajadores.
Maquinarias,
equipos
y
vehículos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.6 de la DIA, los vehículos y
maquinarias por utilizar en la fase de construcción se describen en la
siguiente tabla:
Tabla 3. Tipo de maquinarias, vehículos y actividad asociada para la Fase de
Construcción.
Vehículo o
maquinaria
Cantidad
Actividad
asociada
Retroexcavadora
2
Excavaciones de
terreno
Perforadora o
hincadora
4
Perforaciones
para hincado de
postes
Motoniveladora
1
Nivelación y
compactación de
terreno
Cargador frontal
1
Disposición de
material
Camión grúa
1
Montaje de
estructuras
Generador
1
Suministro
eléctrico
Camión mixer
3
Transporte de
hormigón
Camión rampla
3
Transporte de
paneles
Camión rampla
3
Transporte de
insumos
Camión pesado
1
Transporte de
residuos
peligrosos
Camión pesado
1
Transporte de
residuos no
peligrosos
Camión
1
Mantención de
baños químicos
Camión Aljibe
1
Traslado de agua
industrial para
actividades
constructivas
Camión Aljibe
1
Transporte de
agua potable
Camión Aljibe
1
Aplicación
Supresor de Polvo
Camión aljibe
1
Mantención
Supresor de Polvo
Bus
1
Transporte de
personal
Camioneta
4
Transporte de
personal
Camioneta
1
Traslado de agua
potable
Fuente: Tabla 1-41. Maquinarias y Vehículos – Fase de Construcción de la DIA.
Alojamiento
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.7 de la DIA, el personal
será preferentemente mano de obra local, razón por la cual no se
considera la habilitación de campamentos ni alojamiento en faena.
Combustible
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.8 de la DIA, el
abastecimiento de combustible será realizado en instalaciones externas
autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles
(SEC); por tanto, el Proyecto no contempla la implementación de
lugares de abastecimiento en faena.
Hormigón
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.10 de la DIA, se
utilizará hormigón (H25), preparado y abastecido mediante
proveedores autorizados para estos efectos, privilegiando los
proveedores regionales. Dicho material será utilizado en:
Fundación de salas eléctricas.
Fundaciones de bodega de materiales.
Fundación en postes de acero galvanizado de cerco perimetral.
En el caso del cerco perimetral se requiere de hormigón para los
apoyos que tienen una dimensión de 30 x 30 x 30 cm,
aproximadamente, estimando un total de 0,03 m3 por apoyo. El
hormigón será provisto por camiones mixer desde una empresa
proveedora que cuente con las autorizaciones vigentes para tal fin.
En la respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, el Titular señala
que el Proyecto no tendrá un uso intensivo de hormigón durante
ninguna de sus fases y que para dimensionar la cantidad requerida,
señala que durante la construcción se requerirá, como máximo, un
total de 69 camiones mixer de 8 m3, mientras que durante la operación
y cierre, no se requerirá hormigón.
4.3.1.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Suelo
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.6 de la DIA, las
actividades constructivas del proyecto requieren la extracción de
2.290,7 m3 de suelo, proveniente de las excavaciones necesarias para
la instalación de las obras permanentes, el que será reutilizado en los
rellenos de las miasmas excavaciones. La ubicación de la extracción
de suelo corresponde al área de cableado subterráneo, área de paneles,
centros de transformación, salas de control y línea de evacuación (ver
áreas y sus respectivas coordenadas en el acápite 1.4.2 y Anexo 2-3
Estudio Edafológico de la DIA).
4.3.1.4 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.1.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre
Descripción
Emisiones
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.7.1 de la DIA, las
principales fuentes de emisión de material particulado del Proyecto en
la Fase de Construcción corresponden a actividades de construcción de
las obras. Dichas actividades generadoras de emisiones se pueden
resumir en:
Acondicionamiento de terreno (Compactación y Nivelación).
Excavación para habitación de caminos, zanjas, fundaciones de
las estructuras de soporte micropilotes.
Carga y descarga de material.
Emisiones de maquinaria contemplada para las labores
constructivas del proyecto.
Tránsito
de
camiones
y
vehículos
por
caminos
no
pavimentados.
Tránsito de camiones y vehículos por caminos pavimentados.
Generadores Diésel (grupo electrógeno de 5 kVA).
En base a lo estipulado por el PPDA de la Región Metropolitana, las
emisiones estimadas para la fase de construcción del proyecto son
inferiores a los límites establecidos en el PPDA. En el Anexo 1-3 de la
DIA, se adjunta el Informe de Estimaciones de Emisiones
Atmosféricas del Proyecto. El resumen de emisiones totales para la
fase de construcción se presenta a continuación:
Tabla 4. Resumen de emisiones fase de construcción (t/año)
Fase de
Construcción
SO2
NOx
CO
MP2.
5
MP10
MPS
COV
NH3
0,0101
1,4558
0,6604
0,1327
0,3623
1,3314
0,0846
0,0005
Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 75 del Anexo 1-3 Estimación de
Emisiones Atmosféricas de la DIA.
Por lo anterior, el Proyecto no presenta emisiones que sean causal de
una exigencia de compensación de emisiones en la fase de
construcción para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 64 del D.S
Nº 31/2016, “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica
para la Región Metropolitana de Santiago”, del Ministerio de Medio
Ambiente.
Las tasas de emisiones proyectadas para la fase de construcción son
temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6)
meses. Sin perjuicio de lo anterior, y como se indica en el Capítulo 3
sobre Plan de Cumplimiento Legal de la DIA, el Titular se
compromete a mantener un Programa de Cumplimiento conforme a la
normativa aplicable, el cual incluye para el control de emisiones, lo
siguiente:
-
Registro de aplicación de supresor de polvo.
-
Registro de mantenimiento del supresor de polvo.
-
Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias
sobre la detención de motores cuando no estén siendo
utilizadas.
-
Registro de revisiones técnicas al día.
-
Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha,
hora y empresa contratista encargada.
-
Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en
el que conste: fecha, hora y empresa contratista.
-
Certificado de revisión técnica al día, con registro de las
patentes respectivas de cada vehículo en ruta.
-
Certificado de mantenciones, para la maquinaria que o requiera
de revisión técnica.
-
Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en
el que conste: fecha, hora y empresa contratista.
En relación con la aplicación del supresor de polvo, el Titular
ejecutará un Programa de aplicación y mantención que tiene como
objetivo minimizar las emisiones de material particulado respirable
generados por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados,
con el fin de evitar eventuales molestias a los habitantes del sector (ver
Tabla 1-44. Programa de Aplicación y Mantención de Supresor de
Polvo de la DIA).
El detalle con los antecedentes referentes a esta materia, se presentan
en el Anexo 1-3 “Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas”
de la DIA
4.3.1.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos
domésticos
(Aguas servidas)
Según señala el Titular en el acápite 1.7.9.1 de la DIA, el Proyecto
contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso
de los servicios higiénicos presentes en la Instalación de Faenas. Los
residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados
acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se
subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada
ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Dicha
empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final
de las aguas servidas en un lugar autorizado. El Titular exigirá al
contratista que durante el desarrollo de la Fase de Construcción
mantenga un registro y copia de la documentación que acredite la
disposición final de las aguas servidas. Se estima que el volumen de
las aguas servidas generadas durante la Fase de Construcción será de
aproximadamente 10,2 m3/día, considerando una mano de obra
máxima de 68 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día.
Mayores antecedentes sobre esta materia en el punto 1.7.9.1 de la
DIA.
Residuos
industriales
líquidos
El Titular señala en el punto 1.7.9.2 de la DIA que debido a las
características propias del Proyecto no se contempla la generación de
residuos industriales líquidos. El hormigón de las fundaciones será
provisto por una empresa proveedora que cuente con las
autorizaciones vigentes para tal fin, situación por la cual no se
contempla el lavado de los camiones ni de sus ruedas en obra (IF),
tarea que será llevada a cabo en las instalaciones del proveedor de este
insumo.
4.3.1.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido
Durante la fase de construcción es donde se producirá la mayor
emisión de ruido del Proyecto, ya que involucra la utilización de
maquinaria pesada para el movimiento de tierra en la excavación de
zanjas y para la disposición de los paneles solares en el terreno. Dentro
de las actividades constructivas se distinguen dos etapas: a) la primera
corresponde a la “preparación de terreno”, que incluye las actividades
de habilitación de la instalación de faenas, movimiento de tierras,
habilitación de camino interno y de acceso y la instalación del cerco
perimetral; b) la segunda etapa corresponde a “obras civiles”, que
incluye el montaje de estructuras, montaje mecánico y montaje
eléctrico. A pesar de que, según el cronograma, se estima que ambas
etapas se podrían realizar el mismo mes, en ningún momento se
encontrarán la totalidad de las maquinarias de ambas etapas operando
de forma simultánea. Es por lo que la condición real y más
desfavorable para los receptores corresponde a un escenario en el cual
toda la maquinaria correspondiente a la “Preparación de terreno” opera
de forma simultánea mientras que en otro escenario, toda la
maquinaria correspondiente a “Obras civiles” opera de forma
simultánea.
Según la normativa ambiental vigente, el D.S. Nº 38/11 del MMA, el
nivel máximo permitido para Zonas Rurales corresponderá al menor
valor entre el nivel de ruido de fondo más 10 dB(A) y el nivel máximo
para Zona III, obteniéndose los siguientes niveles máximos
permitidos:
Tabla 5. Verificación Cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA Fase de
Construcción con medidas de control ambiental.
Actividad
Receptor
NPS
Proyectado
(dB(A))
Zonificación
Límite
Máximo
Permisisble
(dB(A))
Cumplimiento
Preparación
de terreno
R1
59
Zona Rural
65
Cumple
R2
57
Zona Rural
60
Cumple
R3
58
Zona Rural
65
Cumple
R4
51
Zona Rural
54
Cumple
Obras
Civiles
R5
59
Zona Rural
65
Cumple
R6
56
Zona Rural
60
Cumple
R7
55
Zona Rural
65
Cumple
R8
48
Zona Rural
54
Cumple
Fuente: Tabla 14. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de
Construcción del Anexo 18 de la Adenda.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, luego de la
implementación de las medidas de control ambiental propuestas por el
Titular en el acápite 7.6 del Anexo 18 “Estudio de Ruido y
Vibraciones” de la Adenda, las obras y actividades planificadas para la
fase de construcción del Proyecto cumplen con los máximos
permitidos según D.S. N°38/11 del MMA durante el periodo diurno,
en el cual se desarrollarán las actividades de construcción, en todos los
receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros
receptores más alejados al Proyecto. La medida de control ambiental a
implementar es una “Barrera Acústica Móvil”, que será utilizada para
toda maquinaria que se encuentre realizando actividades a menos de
160 [m] de los receptores R3 y R4 (para el caso de los receptores R1 y
R2 no es necesaria esta medida ya que, incluso considerando la
condición más desfavorable de operación de maquinarias, el límite
máximo permitido no es superado). La barrera acústica móvil deberá
tener una altura de 3.6 metros y un largo de, al menos, 10 metros,
asegurando que se cubra toda la extensión de la maquinaria. El
material de la barrera acústica móvil es de planchas de OSB de 15
[mm] de espesor y densidad superficial de al menos 10 [kg/m2]. Posee
un revestimiento interior como material absorbente acústico del tipo
lana mineral de roca, de 50 [mm] de espesor y densidad de 80kg/m3,
para de esta forma asegurar una aislación mínima de Rw igual a 30
[dB].
Sin perjuicio de lo anterior, el Titular ejecutará las siguientes obras y
actividades como parte del cumplimiento normativo asociado al
Decreto Supremo N° 47/1992 MINVU, sobre Ordenanza General de
La Ley General de Urbanismo y Construcciones:
-
Desarrollo de las faenas de construcción exclusivamente en el
periodo diurno, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas.
-
Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso.
-
Mantención regular de los equipos.
-
Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto
sistemas de control de ruido.
Complementariamente, en el Anexo 18 de la Adenda, se evaluaron las
emisiones de ruido con flujo vehicular para la Fase de Construcción,
en donde se muestran los resultados obtenidos mediante el método
RLS-90 y modelado mediante el software iNoise2020. La evaluación
se realizó mediante valores considerados según la aplicación de la
norma Suiza OPB 814.41, los que se presentan en la siguiente tabla:
Tabla 6. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Construcción - Flujo
vehicular.
Punto de
Evaluación
NPS
Proyectado
(dB(A))
Normativa Suiza OPB 814.41
Grado de
sensibilidad
Límite
Máximo
Permisible
(dB(A))
Cumplimiento
R1
23
Grado II
60
Bajo norma
R2
17
Grado II
60
Bajo norma
R3
19
Grado II
60
Bajo norma
R4
14
Grado II
60
Bajo norma
Tabla 15. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de construcción - Flujo
vehicular del Anexo 18 de la Adenda.
Tal como se observa en la Tabla anterior, el aporte del flujo vehicular
proyectado mediante el método alemán RLS- 90 y evaluado mediante
normativa Suiza OPB 814-41, cumple con el estándar de referencia
según los datos entregados por el titular, tanto en los receptores
evaluados como en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta,
esto considerando que los niveles límites según la normativa de
referencia se alcanzan a los 5 [m] desde la ruta, área en la cual no
existen viviendas ni edificaciones.
Para mayores antecedentes ver Anexo 18. Estudio de Ruido y
Vibraciones, de la Adenda.
Al respecto, la SEREMI de Salud mediante Ord. N° 2674 de fecha 18
de agosto de 2021, señala que:
“Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proyecto sea calificado
ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar
establecidas las exigencias, basadas en las medidas de control de
ruido y vibraciones, así como los compromisos señalados por el
propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos
permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de
emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la
reemplace, la norma de referencia utilizada en la evaluación de las
vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la
Federal Transport Administration de Estados Unidos y la norma de
referencia utilizada en la evaluación de ruido de tráfico vehicular
“Ordonnance Sur La Protection Contre Le Bruit” OPB 814.41 de la
Confederación Suiza”.
4.3.1.4.4 EMISIONES DE VIBRACIONES
Nombre
Descripción
Vibraciones
Según lo señalado en el Anexo 18. Estudio de Ruido y Vibraciones de
la Adenda, a partir de los resultados obtenidos por cada maquinaria en
los receptores, se evalúa el cumplimiento normativo, considerando el
escenario más desfavorable, según se presenta en la siguiente tabla:
Tabla 7. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa
Preparación de terreno.
Fuente: Tabla 19. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa
Preparación de terreno del Anexo 18 de la Adenda.
Tabla 8. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa
Obras Civiles
Fuente: Tabla 20. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa
Preparación de terreno del Anexo 18 de la Adenda.
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones,
proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and
Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la
Administración
federal
de
tránsito
(FTA:
Federal
Transit
administration), cumple con el estándar de referencia según los datos
entregados por el titular.
Para ver más detalles, consultar Estudio de Ruido y Vibraciones
adjunto en el Anexo 18 de la Adenda.
4.3.1.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.3.1.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Residuos sólidos
industriales
no
peligrosos
(RSINP)
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.8.2 de la DIA, el
Proyecto contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de
cables, tornillos, alambres y restos de embalaje (0,20 m3/mes), los
cuales serán retirados periódicamente por empresas especializadas,
para su disposición final en sitios autorizados, los cuales al momento
retirar y llevar a disposición final, extenderán un certificado para ello.
Lo anterior, constituirá el medio de verificación o indicador de
cumplimiento de la legislación vigente.
Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los
Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP), ver Anexo 9
PAS 140 de la Adenda.
Residuos
domiciliarios
y
asimilables a estos
(RSD)
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.8.1 de la DIA, se estima
que se generará un máximo de 1,36 t/mes de residuos sólidos
domiciliarios en la Fase de Construcción. Estos residuos serán
retirados periódicamente, tres (3) veces por semana, por empresas
autorizadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares
que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos.
Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los
Residuos Sólidos Domiciliarios, ver Anexo 9 PAS 140 de la Adenda.
4.3.1.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
Nombre
Descripción
Residuos
peligrosos
(RESPEL)
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.8.3 de la DIA, Los
residuos peligrosos generados por las actividades constructivas del
Proyecto (cuyo volumen promedio mensual será de 73,6 kg aprox.),
corresponden a paños contaminados, EPP en desuso, paneles en
desuso, entre otros, los cuales serán almacenados temporalmente en la
Bodega RESPEL emplazada al interior de la Instalación de Faenas,
separada de otras bodegas, cumpliendo con lo establecido en el D.S.
N° 148/2003 MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre
Manejo de Residuos Peligrosos”.
En relación con los paneles en desuso, se priorizará su reciclaje por
parte de empresas autorizadas para reciclar este tipo de residuo. Para
ello, el Titular solicitará un Certificado para acreditar el reciclaje y/o
disposición final de los paneles por parte de una empresa autorizada
para estos efectos.
Las mantenciones de vehículos y maquinarias serán realizadas fuera
del área del Proyecto, en instalaciones autorizadas para estos efectos,
razón por la cual no se contempla la generación de RESPEL por esta
actividad.
Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los
Residuos peligrosos (RESPEL), ver Anexo 10 PAS 142 de la Adenda.
Sustancias
Peligrosas
Según señala el Titular en el acápite 1.7.10 de la DIA, el Proyecto en
evaluación no considera el almacenamiento de Sustancias Peligrosas
de ningún tipo. No obstante, y ante eventuales requerimientos, estos
serán abastecidos gradualmente conforme a las necesidades del
Proyecto.
Referencia al ICE
para
mayores
detalles sobre esta
fase.
Capítulo 4.6. del ICE.
4.3.2 FASE DE OPERACIÓN
4.3.2.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.2.1.1 PARTES Y OBRAS.
Nombre
Descripción
Cerco perimetral
El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero
hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura,
abarcando la totalidad del polígono de Planta. La distancia entre los
postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o
similar.
(Ver acápite 1.6.2.11 de la DIA).
Paneles
Fotovoltaicos
De acuerdo con la actualización realizada por el Titular en el Anexo
19 de la Ficha de Resumen de la Adenda, la Planta Fotovoltaica estará
constituida por 12.276 paneles o módulos fotovoltaicos de 580 Wp
c/u, cuya potencia máxima (nominal) será de 7,120 MW y una
potencia máxima (real) de 6 MW que serán inyectados al Sistema
Eléctrico Nacional (SEN).
Los paneles proyectados serán del tipo silicio monocristalino PERC de
alto rendimiento. Estas características hacen que su rendimiento
medido en condiciones STC (CEM Condiciones Estándar de Medida)
sea superior al 15%. Asimismo, los paneles utilizados cumplirán con
todas las especificaciones de calidad y seguridad necesarias para el
funcionamiento de la Planta.
Las características generales de los paneles son las siguientes:
Tabla 2. Características Generales de los Paneles Solares.
Número de
paneles
12.276
Potencia unitaria
panel
580 Wp c/u
Material
Silicio
monocritalino
Dimensiones del
panel
2172 x 1303 x 40
mm c/u
Rendimiento
STC
Superior a 15%
Fuente: En base a la Tabla 1-34. Características Generales de Paneles Solares de la
DIA y Anexo 19. Ficha de Resumen de la Adenda.
Estructuras
de
Soporte
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.2 de la DIA, con el
objeto de optimizar el rendimiento energético de las instalaciones
fotovoltaicas, los módulos fotovoltaicos irán montados sobre una
estructura con seguidor (estructura de soporte) a un eje Este-Oeste (E-
O). Dicha estructura tiene la función principal de servir de soporte y
fijación segura de los módulos fotovoltaicos, así como proporcionarles
una inclinación y orientación adecuada, con el fin de obtener un
máximo aprovechamiento de la energía solar incidente (Ver Tabla 1-
34. Características Generales de Paneles Solares de la DIA).
Las estructuras de seguimiento solar estacional en un eje, con
movimiento de E-O, también conocidas como “Tracker”, generan un
aumento en la producción energética de la Planta, dado que la
radiación solar incidente en la placa se acerca al óptimo, pues el
seguidor buscará constantemente la perpendicularidad de los rayos
solares, a diferencia de una estructura fija que está diseñada para
maximizar la radiación generada al medio día.
Las estructuras de soporte poseen una larga vida útil, un
mantenimiento prácticamente nulo y es de gran resistencia frente a
acciones agresivas de agentes ambientales.
Para evitar sombreamientos entre estructuras consecutivas, se dejará
entre ellas como mínimo la distancia recomendada por cálculo,
además los seguidores contarán con un sistema de “back-tracking” que
en cualquier caso limitaría este efecto.
Las estructuras no necesitan cimentación, ya que serán hincadas en el
terreno natural, a una profundidad de 1,5 metros aproximadamente.
Esta característica de la estructura es muy importante para conservar la
calidad actual del suelo, ya que, una vez finalizada la vida útil, se
desmontarán las estructuras y el suelo quedará con sus actuales
condiciones.
Salas Eléctricas
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.3 de la DIA, para el
funcionamiento de la Planta, se considera la implementación de dos
(2) salas eléctricas que corresponden a instalaciones prefabricadas, que
abarcarán una superficie aproximada de 56,56 m2 c/u, aprox. Cabe
hacer presente que dichas instalaciones no requieren de personal en la
planta, pues funcionan de forma autónoma y remota (Ver Tabla 1-10 y
Tabla 1 – 11, ambas de la DIA, en donde se presentan las coordenadas
geográficas de la Sala 1 y Sala 2, respectivamente).
En cuanto a sus características, dichas salas estarán diseñadas de tal
forma que todos los componentes se encontrarán integrados en una
base metálica dentro de un “Diseño SKID” para facilitar el montaje de
la instalación; lo que permitirá garantizar la calidad de todo el
conjunto. Al tratarse de un “Diseño SKID” los componentes contarán
con una configuración outdoor capaz de resistir las condiciones
meteorológicas adversas.
Las salas eléctricas “Diseño SKID” estarán compuestas por:
- Dos transformadores 4800 y 3200 kVA 23 kV.
- Un transformador para SSAA11 de potencia condicionada a los
requerimientos de los servicios auxiliares.
- Celdas (Celda de Línea y Celda de Protección).
- Cuadros de protección BT Inversor.
Ver Tabla 1-36. Características Físicas de la Salas Eléctrica de la DIA.
La corriente eléctrica proveniente de las salas eléctricas será
canalizada de forma subterránea hasta la salida del área de la Planta
Fotovoltaica, donde se conectará mediante una Línea de Evacuación
de Media Tensión de 23 kV y una longitud aproximada de 83,3
metros, al alimentador “Aguas Claras” correspondiente a la
“Subestación Lo Boza” de 23 kV, de acuerdo a lo establecido en la
Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de
Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión.
La Sala Eléctrica considera además:
a. Inversores: son dispositivos eléctricos que convierten la
corriente continua (CC) en corriente alterna (CA), la cual
produce pulsos secuenciales en la corriente continua, los cuales
dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siendo ésta la corriente
alterna.
b. Transformadores: Para la ejecución del Proyecto se contempla
la implementación de tres (3) transformadores conforme a lo
siguiente:
-
Dos transformadores 4800 y 3200 kVA 23 kV.
-
Un transformador para SSAA de potencia condicionada a los
requerimientos de los servicios auxiliares.
Los transformadores ubicarán en un área insonorizada al
interior de la sala eléctrica.
Celdas: Se encontrarán integradas dentro del SKID junto al
transformador, y estarán formadas por un equipo de celdas de media
tensión hasta 23 kV. En función de la configuración del Planta, los
centros de transformación podrán contar con los siguientes tipos de
celdas acondicionadas para su uso exterior: celda de Línea (una o dos
unidades) y celda de Protección.
Cableado
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.4 de la DIA, el tipo de
cableado a utilizar son los siguientes:
Cableado Corriente Continua: En el cableado destaca el tramo de
interconexión entre las diferentes series formada por la unión de
paneles hasta los inversores string donde se realiza la conversión de
corriente continua a alterna.
El cableado desde los módulos hasta los inversores string se llevará a
cabo mediante un tramo superficial colocado a lo largo del eje de la
propia estructura metálica de los módulos y será de tipo cobre
estañado, flexible clase 5 y de 6 mm2 o 10 mm2 de sección,
dependiendo de la distancia requerida. En el tramo de cruce de
seguidores el cable irá por tubo soterrado hasta el inversor string.
Cableado Corriente Alterna: Respecto al tramo de cables de corriente
alterna de BT también se plantean dos (2) escenarios:
- Escenario 1: Interconexión desde el transformador servicios
auxiliares hasta los cuadros de BT ubicado en cada uno de los centros
de transformación.
- Escenario 2: Interconexión desde los cuadros de BT ubicados en los
CT hasta el resto de los servicios auxiliares (comunicaciones,
seguridad y otros).
Línea
de
Evacuación
Eléctrica
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.5 de la DIA, la energía
producida, convertida y transformada, será conducida e inyectada al
SEN mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión (23 kV)
con una longitud aproximada de 83,3 metros, la cual se conectará al
alimentador “Aguas Claras” correspondiente a la “Subestación Lo
Boza” de 23 kV, de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica de
Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación
Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión (Ver Tabla
1-8 y Tabla 1-30 de la DIA, en donde se presentan las coordenadas y
la superficie de la línea, respectivamente).
En cuanto a las especificaciones técnicas de la línea, los conductores
serán unipolares debidamente protegidos contra la corrosión y tendrán
una resistencia mecánica suficiente para soportar los esfuerzos a que
puedan estar sometidos.
La Línea de Evacuación considera una longitud de 83,3 metros
aproximadamente, la cual contempla una franja de seguridad de 3,5
metros por lado y 1 metro de ancho.
Se utilizarán únicamente cables de aislamiento de dieléctrico seco con
las características esenciales siguientes:
-
Conductor: Aluminio compacto, sección circular, semirrígido
clase 2.
-
Pantalla sobre el conductor: Corona de hilos de cobre.
-
Aislamiento: Polietileno reticulado (XLPE).
-
Cubierta: Polietileno.
-
Tipo seleccionado: RHZ1-OL 18/30 kV H16 Al.
Bodega
de
Materiales
Se proyecta la implementación de dos (2) bodegas para el
almacenamiento de los materiales necesarios para el funcionamiento
de la Planta. Dichas bodegas contarán con una superficie de 22,34 m2
y 29,65 m2 aprox., respectivamente y serán del tipo modular (ver
Tabla 1-12. Coordenadas Geográficas – Bodega de Materiales 1 y
Tabla 1-13. Coordenadas Geográficas – Bodega de Materiales 2 de la
DIA; y acápite 1.6.2.6 de la DIA).
Sala de Control
Colindante a las bodegas de materiales se proyecta la implementación
de una (1) sala de control, en la cual se realizarán actividades
administrativas durante la ejecución de las actividades de mantención
en la fase de operación. Esta sala contará con una superficie de 7,31
m2 y será de tipo de modular (Ver Tabla 1-14. Coordenadas
Geográficas – Sala de control; y acápite 1.6.2.7 de la DIA).
Bodega Residuos
Peligrosos
(RESPEL)
Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento
de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00
m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las
diversas actividades del Proyecto (trapos y materiales menores
contaminados con grasa/aceite, etc.).
Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si
bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada
dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa
durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el
almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses)
durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto.
La frecuencia de retiro nunca superará los seis (6) meses a partir de la
generación de los residuos peligrosos, cumpliendo en todo momento
con lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. La disposición
final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la
SEREMI de Salud de la Región respectiva.
La Bodega RESPEL se emplazará al interior del área del Proyecto, y
dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del
MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de
Residuos Peligrosos”, siendo sus principales características las
siguientes:
- Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y
químicamente a los residuos almacenados.
- Contará con un cierre perimetral de 1,80 metros de altura, el cual
impedirá el libre acceso de personas y animales.
- La bodega se emplazará en un radier hormigón, con murallas de zinc
y techado de planchas de zinc-alum acanalado.
- Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como
humedad, temperatura y radiación solar.
- Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una
capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de
mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores
almacenados.
- Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh
2.190:2003.
- Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de
230 litros aproximadamente con tapa y asa metálica y también en un
maxicubo de 1.000 litros de capacidad.
- Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o
residuos en lugares no destinados para tales efectos. Quien fuera
sorprendido trasgrediendo las instrucciones señaladas para tal efecto,
se expondrá́ a medidas disciplinarias.
- Los trabajadores que manipulen estos tipos de residuos contarán con
todos los implementos de seguridad y habrán recibido una charla de
inducción sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos.
- Tendrá vías de escape accesibles en caso de emergencia y contará
con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y
capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales
combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total
de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie
total a proteger en la bodega de residuos peligrosos y se definirá según
lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del
Ministerio de Salud.
(Ver Tabla 1-15. Coordenadas Geográficas – Bodega de Residuos
Peligrosos; y acápite 1.6.2.8 de la DIA).
Estanque
de
almacenamiento
de agua potable
El abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases
del Proyecto será realizado mediante un “Sistema Particular de
Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de
un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de
10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable
para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y
lavamanos conectados a fosa séptica).
Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y
distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará
con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le
realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado
sectorialmente ante la SEREMI de Salud.
(Ver Tabla 1-16. Coordenadas Geográficas – Estanque de agua
potable; y acápite 1.6.2.9 de la DIA).
Fosa séptica
Según se indica en el acápite 1.6.2.10 Fosa séptica de la DIA, se
considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas
servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración” cuya
capacidad máxima será de 5 personas (1,2 m3), manteniéndose como
una obra permanente durante toda la Fase Operación, para ser retirado
una vez finalizada la Fase de Cierre. En esta misma área de 18,06 m2
estará ubicado el baño que corresponde a una instalación tipo modular
de características constructivas similares a las bodegas, el que contará
con WC y Lavamanos, cumpliendo con las disposiciones del D.S.
594/1999. Las tuberías de descarga de aguas servidas provenientes del
baño (WC y Lavamanos) serán enviadas al sistema de disposición de
aguas servidas que consiste en la fosa séptica con drenes de
infiltración.
Este sistema corresponde a un tratamiento primario donde se logra la
decantación y degradación de los sólidos orgánicos presentes en las
aguas servidas. El sistema de recolección y almacenamiento se
compone de tres elementos:
a. Red de PVC sanitario: Se proyecta una red sanitaria de PVC
que conduzca las aguas servidas desde los servicios higiénicos
hasta la fosa séptica.
b. Fosa séptica: Se instalará una fosa horizontal. Esta unidad de
tratamiento primario separará las partículas sólidas mediante
sedimentación y degradación biológica de los desechos
orgánicos, consiguiendo una reducción de la DBO5 y Sólidos
Suspendidos Totales (SST).
c. Dren de Infiltración: Se contempla la instalación de un Dren de
Infiltración, donde el efluente tratado en la fosa séptica será
conducido y dispuesto en el subsuelo.
Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia un
dren de infiltración, mientras que los lodos generados serán retirados
con una periodicidad seis (6) meses mediante camiones limpia fosas y
dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria
respectiva.
Durante la fase de operación, el proyecto contará con un baño el cual
tendrá una superficie igual a 7,3 m2. Este estará compuesto por un
inodoro y un lavamanos.
(Ver Tabla 1-17. Coordenadas Geográficas – Fosa séptica con sistema
de infiltración; y acápite 1.6.2.10 de la DIA).
Camino interno
Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al
interior del área del Proyecto utilizado para el desplazamiento de los
trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de
Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y
desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas
durante la vida útil Proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio
de 4,00 metros y 650 metros de longitud (aproximadamente),
abarcando una superficie de 2.762 m2. Dicho camino contempla la
aplicación de supresor de polvo sobre éste durante las fases de
Construcción y Cierre del Proyecto.
(Ver acápite 1.6.2.12 de la DIA).
4.3.2.1.2 ACCIONES.
Nombre
Descripción
Operación remota. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.1.1 Operación Remota de
la DIA, con posterioridad a las pruebas de energización y puesta en
marcha se comenzará con la operación de la Planta, la cual será
realizada en forma remota y en tiempo real, razón por la cual no
requerirá de personal obra.
Generación
de
electricidad.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.1.2 Generación de
electricidad de la DIA, la Planta tendrá una potencia máxima
(nominal) de 7,120 MW y una potencia máxima (real) de 6 MW. Se
estima una generación de energía anual de 12.066 MW/h que serán
inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El Proyecto
contempla una vida útil de 30 años, sin perjuicio de que se tome la
decisión de extender la vida útil del Proyecto.
Actividades
de
mantención
y
conservación.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.1.3 Actividades de
mantención y conservación de la DIA, para el correcto funcionamiento
de todos los componentes de la Planta Fotovoltaica se consideran las
mantenciones preventivas y mantenciones correctivas.
Las actividades de mantenimiento preventivo pueden ser de tipo
mensual, trimestral, semestral y/o anual, las que se describen a
continuación:
-
En las actividades mensuales se contemplan: inspección visual
del cerco perimetral, accesos y sistemas de seguridad. Estas
actividades no requieren en promedio más de 2 a 3 horas
diurnas debido a que están orientadas a observar cómo va el
funcionamiento del Planta.
-
En las actividades trimestrales se contemplan: revisión de las
estructuras e integridad de paneles solares, revisión de
extintores y limpieza de la caseta de centros de transformación
(eliminación de polvo) y mantención de vegetación en el área
de Proyecto. Para estas actividades tampoco se requiere más de
2 a 3 horas diurnas en promedio de trabajo.
-
En las actividades semestrales se contemplan: las limpiezas de
paneles solares y revisión de inversores. Para ello sí se
contempla más tiempo en promedio 3 días (jornadas diurnas),
en este caso se coordinará con una empresa certificada que
proporcione agua potable embotellada por una empresa
certificada a los trabajadores que se encuentren temporalmente
en Planta.
-
Las actividades anuales revisión de equipos de media tensión
para verificar su correcto funcionamiento. Para estas
actividades tampoco se requiere más de 2 a 3 horas diurnas en
promedio de trabajo.
En caso de mantenimiento correctivo, causado por fallas o averías, se
coordina directamente con personal técnico local o empresas
contratistas para su pronta resolución dependiendo de la severidad. Las
actividades correctivas éstas se separan en dos: i) reemplazo de
equipos o piezas menores tales como paneles solares, fusibles,
interruptores, cámaras, luces, etc. y ii) reemplazo de equipos mayores
como inversor, transformador, tramos de cables soterrados.
Para el caso del reemplazo de equipos menores se estima una duración
de 2 a 3 horas promedio con una frecuencia muy baja debido a que
para ellos se realizan los mantenimientos preventivos mencionados
anteriormente. En cuanto a las actividades mayores se estima una
duración promedio de dos (2) días (jornadas diurnas) con una
frecuencia muy baja o nula, en este caso se coordinará con una
empresa certificada que proporcione agua potable embotellada por una
empresa
certificada
a
los
trabajadores
que
se
encuentren
temporalmente en Planta.
Para fallas más severas, el tiempo de inspección y reemplazo de
equipos podría tomar más tiempo de lo previsto, dependiendo de la
gravedad de los daños. Para ello se coordinará con una empresa
certificada que proporcione agua potable embotellada por una empresa
certificada a los trabajadores que se encuentren temporalmente en
Planta.
La Planta contará con un sistema de vigilancia compuesto por un
conjunto de cámaras de video térmicas, con capacidad para detectar
movimiento y emitir alarmas. Estas alarmas están conectadas con una
central receptora de alarmas central con personal especializado que
monitorean la Planta las 24 horas del día. En caso de eventos de
seguridad este personal ejecuta protocolos de emergencia que incluyen
el contacto con las autoridades locales (Carabineros, bomberos, entre
otros).
4.3.2.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Agua potable
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.1 Agua Potable y para
consumo humano de la DIA, el abastecimiento principal de agua
potable durante la Fase de Operación del Proyecto será provisto
mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua
Potable” a través de la implementación de un (1) Estanque de
Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el
almacenamiento y posterior distribución de agua potable para
consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y lavamanos
conectados a fosa séptica).
El agua será almacenada en EAA, cuya cantidad y características
corresponderá a lo establecido en el D.S. N° 594/1999 MINSAL. El
suministro de agua potable, necesario para el llenado del EAA, será
contratado a una empresa debidamente autorizada por la Autoridad
Sanitaria, exigiendo los documentos que permitan acreditar el
cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción,
siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato.
En atención a la mano de obra máxima proyectada (cinco (5)
trabajadores/mes) y considerando un abastecimiento de 150
L/trabajadores/día (D.S. N° 594/1999 del MINSAL), el requerimiento
de agua potable cada vez que los trabajadores asistan a mantenciones
(programadas o eventuales por fallas) será de 0,75 m3/día.
Agua industrial
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.2 Agua industrial de la
DIA, debido a que se contempla la limpieza de los paneles solares con
frecuencia estimada trimestral cuatro (4) ciclos de lavados, siendo uno
al inicio del verano y otro al término del mismo, se requiere el uso de
un sistema de hidrolavado de alta presión utilizando agua sin aditivos
(desionizada), la que será adquirida de proveedores que cuenten con
los correspondientes derechos de aprovechamiento de agua. El tiempo
de limpieza es de 1 día/MW y el consumo de 5 m3/MW, estimándose
un consumo de 120 m3 de agua anual.
El sistema de limpieza considerado requiere el uso de agua sin ningún
tipo de aditivos ni detergentes (agua desionizada). Por lo anterior, el
requerimiento de agua industrial para el lavado de los paneles será de
120,00 m3/año. La frecuencia del lavado de los paneles se contempla
en cuatro (4) veces por año, sin la utilización de ningún tipo de
detergente.
Según las respuestas 1.7 y 1.8 de la Adenda, el agua industrial será
contratada a una empresa debidamente autorizada por la Autoridad
Sanitaria, exigiendo los documentos que permitan acreditar el
cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción,
siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.7 de la DIA, se utilizará
agua potable para los servicios higiénicos, estimándose un máximo de
180 m3 al año. De igual manera, se utilizará agua de uso industrial
para el lavado de paneles, estimándose un máximo de 120 m3 por año.
Servicios
higiénicos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.3 Servicios higiénicos
de la DIA, durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán
residuos líquidos domésticos correspondientes a las aguas servidas
provenientes de los baños, las que serán conducidas hacia un sistema
consistente en una fosa séptica, cámara de inspección y dren de
infiltración. Este sistema corresponde a un tratamiento primario donde
se logra la decantación y degradación de los sólidos orgánicos
presentes en las aguas servidas.
El sistema de recolección consiste en una red de tuberías de PVC
sanitario, que conducirán las aguas residuales desde los servicios
higiénicos hacia la fosa séptica proyectada. Las aguas de salida
(efluente) serán conducidas por tubería hacia un dren de infiltración,
mientras que los lodos generados serán retirados con una periodicidad
6 meses mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares
autorizados
por
la
Autoridad Sanitaria respectiva.
Mayores
antecedentes en el Anexo 8 referente al PAS 138 del D.S N°40/2012
MMA
Suministro
Eléctrico
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.4 Suministro Eléctrico
de la DIA, no se contempla el requerimiento de energía eléctrica
externa para la operación del Proyecto, debido a que considera el
autoabastecimiento a partir de la energía eléctrica generada.
4.3.2.3 PRODUCTOS GENERADOS
La Planta tendrá una potencia nominal de 7,120 MW y una potencia máxima (real) de 6
MW. Se estima una generación de energía anual de 12.066 MW/h que serán inyectados al
Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El Proyecto contempla una vida útil de 30 años, sin
perjuicio de que se tome la decisión de extender la vida útil del Proyecto.
4.3.2.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Este proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales renovables para
satisfacer sus necesidades, en su fase de operación.
4.3.2.5 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.2.5.1 EMISIONES A LA ATMOSFÉRA
Emisiones
Debido a las características del Proyecto, no se estiman emisiones
atmosféricas relevantes durante la operación de la Planta Fotovoltaica,
toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde
además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y
mantenimiento será realizado según requerimiento. Por lo anterior, las
emisiones estimadas para la fase de operación del proyecto serán
inferiores a los límites establecidos en el PPDA. En el Anexo 1-3 de la
DIA, se adjunta el Informe de Estimaciones de Emisiones
Atmosféricas del Proyecto. El resumen de emisiones totales para la
fase de operación se presenta a continuación:
Tabla 9. Resumen de emisiones fase de operación (t/año)
Fase de
construcción
SO2
Noxa
CO
MP2.5
MP10
MPS
COV
NH3
0,0000
0,0062
0,0022
0,0116
0,0958
0,2962
0,0004
0,0000
Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 75 del Anexo 1-3 Estimación de
Emisiones Atmosféricas de la DIA.
Por lo anterior, el Proyecto no presenta emisiones que sean causal de
una exigencia de compensación de emisiones en la fase de operación
para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 64 del D.S Nº 31/2016,
“Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región
Metropolitana de Santiago”, del Ministerio de Medio Ambiente.
El detalle con los antecedentes referentes a esta materia, se presentan
en el Anexo 1-3, “Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA”.
4.3.2.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos
domésticos
(Aguas servidas)
Según lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.10.1 de la DIA,
durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos
líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los
baños utilizados
durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Se
estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas
durante la Fase de Operación (mantenciones de Planta) será de
aproximadamente 0,75 m3/día, considerando un máximo de 5
trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día (toda vez que se
realicen mantenciones de la planta.
Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán
conducidas hasta una fosa séptica de 1,2 m3 de capacidad
correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente,
el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante
drenes de infiltración. Los lodos serán retirados por un camión limpia
fosa.
Para mayores antecedentes ver Anexo 8 PAS 138 de la Adenda.
Residuos
industriales
líquidos
Según lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.10.2 de la DIA,
debido a las características propias del Proyecto no se contempla la
generación de Residuos Industriales Líquidos. Tampoco se generarán
efluentes producto de la limpieza de los paneles, puesto que el agua
utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su
defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha
agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua
lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, y por tanto no
presenta contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o
cursos superficiales o subterráneos. Los paneles fotovoltaicos, en
ninguna circunstancia liberan sustancias contaminantes producto de
desperfectos o roturas, debido a que el material principal del cual están
conformadas las celdas (Silicio monocristalino), permite garantizar
seguridad e imposibilidad de generar derrames de sustancias
peligrosas.
4.3.2.5.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido
Para la Fase de Operación el Proyecto consideró las fuentes de ruido
propias de las actividades de mantención y operación de la planta, las
cuales fueron evaluadas para los receptores identificados. Los
resultados del estudio acústico presentado verifican el cumplimiento
de los límites máximos establecidos en el D.S. N°38/11 del MMA (ver
Anexo 18 de la Adenda).
Según la normativa ambiental vigente, el D.S. Nº 38/11 del MMA, el
nivel máximo permitido para las Zonas Rurales corresponderá al
menor valor entre el nivel de ruido de fondo más 10 dB(A) y el nivel
máximo para Zona III, cuyos niveles máximos permitidos obtenidos se
presentan a continuación:
Tabla 10. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de
Operación Periodo diurno.
Receptor
Nivel
proyectado
(dBA)
Límite
Máximo
Permisible
(DB(A))
Cumplimiento
R1
54
65
Cumple
R2
48
60
Cumple
R3
50
65
Cumple
R4
43
54
Cumple
Fuente: Tabla 27. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de
Operación Periodo diurno de la Adenda.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, las actividades
planificadas para la Fase de Operación del Proyecto cumplen con los
máximos permitidos según D.S. N°38/11 del MMA, en todos los
receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros
receptores más alejados al Proyecto.
Complementariamente, en el Anexo 18 de la Adenda, se evaluaron las
emisiones de ruido con flujo vehicular para la Fase de Operación, en
donde se muestran los resultados obtenidos mediante el método RLS-
90 y modelado mediante el software iNoise2020. La evaluación se
realizó mediante valores considerados según la aplicación de la norma
Suiza OPB 814.41, los que se presentan en la siguiente tabla:
Tabla 11. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Operación - Flujo
vehicular.
Punto de
Evaluación
NPS
Proyectado
(dB(A))
Normativa Suiza OPB 814.41
Grado de
sensibilidad
Límite
Máximo
Permisible
(dB(A))
Cumplimiento
R1
20
Grado II
60
Bajo norma
R2
14
Grado II
60
Bajo norma
R3
16
Grado II
60
Bajo norma
R4
12
Grado II
60
Bajo norma
Tabla 28. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Operación - Flujo
vehicular del Anexo 18 de la Adenda.
Tal como se observa en la Tabla anterior, el aporte del flujo vehicular
proyectado mediante el método alemán RLS-90 y evaluado mediante
normativa Suiza OPB 814-41, cumple con el estándar de referencia
según
los datos entregados por el titular, tanto en los receptores evaluados
como en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta, esto
considerando que los niveles límites según la normativa de referencia
se alcanzan a los 3 [m] desde la ruta, área en la cual no existen
viviendas ni edificaciones.
Para mayores antecedentes ver Anexo 18 Estudio de Ruido y
Vibraciones de la Adenda.
4.3.2.5.4 EMISIONES DE VIBRACIONES
Nombre
Descripción
Vibraciones
De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 8.7. del Anexo
18 de la Adenda, para la Fase de Operación no se contempla la
generación de vibraciones de ningún tipo debido principalmente a las
características del Proyecto, que no utiliza maquinaria pesada ni
equipos susceptibles de generar vibraciones durante esta fase.
Para el caso de vibraciones en la fase de operación, las proyecciones
no superarán los límites establecidos por la normativa “Transit Noise
and Vibration Impact Assessment”. Dicho lo anterior, se confirma que,
durante la fase de operación, no se generarán impactos significativos
en los receptores cercanos.
Para mayores antecedentes ver Anexo 18. Estudio de Ruido y
Vibraciones de la Adenda.
4.3.2.6 RESIDUOS
4.3.2.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos
domiciliarios
y
asimilables a éstos
(RSD)
De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.9.1 de la
DIA, el Proyecto no contará con mano de obra permanente debido a
que su operación será realizada en forma remota, requiriendo mano de
obra solo para efectos de mantenciones. Dado lo anterior, durante la
Fase de Operación se estima una generación máxima de 0,1 t/mes de
residuos sólidos domiciliarios.
Residuos sólidos
industriales
no
peligrosos
(RSINP)
De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.9.2 de la
DIA, la Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación
de este tipo de residuos.
4.3.2.6.2 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
Residuos
peligrosos
De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.9.3 de la
DIA, se generarán residuos sólidos peligrosos producto de los paneles
en desuso, y residuos provenientes de las actividades de mantención,
tales como: huaipes, latas de lubricantes, paños y EPP contaminados;
los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL,
en espera a su disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI
de Salud de la Región respectiva.
Productos
y
sustancias
químicas
De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.11 de la
DIA, el Proyecto no considera el almacenamiento de Sustancias
Peligrosas de ningún tipo. No obstante, y ante eventuales
requerimientos, estos serán abastecidos gradualmente conforme a las
necesidades del Proyecto.
Referencia al ICE
para
mayores
detalles sobre esta
fase.
Capítulo 4.7 del ICE.
4.3.3. FASE DE CIERRE
4.3.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.3.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre
Descripción
Instalación
de
faenas
Corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la
Fase de Construcción y Cierre. Este lugar estará destinado al
almacenamiento de insumos, materiales, herramientas, baños,
comedor, oficinas, estacionamiento de equipos y maquinarias. En
términos generales, estas instalaciones constituirán el centro de
operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en los distintos
frentes y los servicios de apoyo.
La Instalación de Faenas estará emplazada dentro del área de Proyecto
y se accederá a ella mediante la utilización del camino interno
habilitado al interior del predio. Las coordenadas de la ubicación
general de la Instalación de Faenas y el plano de emplazamiento se
pueden revisar en el Acápite 1.4.2.2 de la DIA, sobre representación
cartográfica de las obras temporales; y ver Tabla 1-32. Superficie
detalle de ocupación - Área de Instalación de Faena de la DIA.
Estas instalaciones se construirán en base a un sistema de módulos
metálicos de 40 pies promedio, con servicios incluidos tales como:
extintores, mobiliario, electricidad, entre otros. La energía será
provista por la empresa distribuidora local, además, como medida de
respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, entiéndase por
este (1) grupo electrógeno a Diésel de 5 kVA.
El Proyecto no considera la habilitación de campamentos, puesto que
el personal de construcción será preferentemente contratado en el
sector o comunas aledañas y trasladado al lugar de la construcción
mediante buses y/o camionetas de acercamiento mediante empresa
autorizada por la SEREMI del Ministerio de Transporte de
Telecomunicaciones (MTT).
El Titular cumplirá en todo momento con las disposiciones del D.S.
N° 594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL), “Aprueba
Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en
los Lugares de Trabajo”, también obtendrá todas las autorizaciones y
Permisos Ambientales Sectoriales necesarios para su funcionamiento.
La Instalación de Faenas contempla:
- Caseta de Control e Ingreso.
- Zona de Baños Químicos.
- Comedor.
- Oficinas.
- Estacionamiento de Vehículos Livianos.
- Estacionamiento de Maquinaria.
- Zona de Descarga de Materiales.
- Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales.
- Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Domiciliarios.
- Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales No
Peligrosos.
- Área de lavado de piscina de canoas mixer.
Mayores antecedentes sobre la obra Instalación de faenas, se presentan
en el acápite 1.6.3.1 del Capítulo 1. Descripción de Proyecto y Tabla
1-19. Coordenadas Geográficas – Instalación de Faenas de la DIA,
ambas de la DIA.
Caseta de control
e ingreso
Se contempla la habilitación de una caseta al interior de la Instalación
de Faenas, la cual comprende una superficie de 26 m2. En dicha caseta
se ubicará un trabajador autorizado, el cual llevará un registro de
ingreso y salida del personal, insumos, maquinaria, entre otros. Ver
Tabla 1-28. Coordenadas Geográficas – Caseta de Control de Ingreso
de la DIA.
Zona
de
baños
químicos
La IF contará con un área para la habilitación de baños químicos que
abarcará una superficie de 20 m2 y dispondrá de baños químicos con
lavamanos y bomba de pie, porta papel higiénico, papelero,
dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Los
baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que
cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar
manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños
darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas
en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, sobre las “Aprueba Reglamento
Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo”. Ver Tabla 1-20. Coordenadas Geográficas – Zona de Baños
Químicos de la DIA.
Comedor
Al interior de la IF existirá un área destinada a la alimentación de los
trabajadores y que abarcará una superficie de 36,00 m2. No se
considera la preparación de alimentos, ya que éstos serán provistos a
través de un servicio externo que cuente con las autorizaciones
correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de
alimentos otorgados por la SEREMI de Salud respectiva. Sin perjuicio
de lo anterior, la instalación proyectada cumplirá con todos los
requisitos establecidos en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del
MINSAL, “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Ver Tabla 1-21.
Coordenadas Geográficas – Comedor de la DIA.
Oficinas
Serán de tipo modular para el personal administrativo-operativo que se
encargue de las diversas actividades y servicios requeridos para la
construcción del Proyecto. Dichas oficinas contarán con una superficie
de
36,00
m2,
que
albergarán
equipos
de
calefacción/aire
acondicionado, fotocopiadora, red computacional, entre otras. Ver
Tabla 1-22. Coordenadas Geográficas – Oficinas de la DIA.
Estacionamiento
de
vehículos
livianos
Se considera un área de estacionamiento de vehículos livianos que
abarcará una superficie de 40,00 m2, para exclusivo uso del personal
administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones y
servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Ver Tabla 1-
23. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Vehículos
Livianos de la DIA.
Estacionamiento
de maquinaria
La IF contará con un área de estacionamiento de maquinarias
utilizadas en obra y que abarcará una superficie de 100 m2,
debidamente delimitada y señalizada para estos efectos. Ver Tabla 1-
24. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Maquinarias de la
DIA.
Zona de descarga
de materiales
Contará con una superficie de 100,00 m2, que será utilizada para la
descarga de los suministros y materiales utilizados en las faenas
constructivas. Ver Tabla 1-25. Coordenadas Geográficas – Zona de
Descarga de Materiales de la DIA.
Zona
de
almacenamiento
temporal
de
materiales
La IF contara con un sector habilitado como bodega temporal de
insumos, estructuras y paneles para la construcción del Proyecto con
una superficie de 100,00 m2. Ver Tabla 1-27. Coordenadas
Geográficas – Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales de la
DIA.
Área
de
almacenamiento
temporal
de
residuos
domiciliarios
Su disposición se contempla en un lugar especialmente delimitado y
señalizado al interior de la Instalación de Faenas y que abarcará una
superficie de 16,00 m2, donde se dispondrán en cuatro (4)
contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con
capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la
percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de
ruedas con freno. De este modo se impide el escurrimiento de líquidos
percolados y se evita que los animales silvestres den vuelta los
basureros. Las áreas de acopio temporal de residuos domiciliarios
darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas
en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La frecuencia de retiro para los
residuos domésticos y asimilables será de mínimo tres (3) veces por
semana. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas
autorizadas por la SEREMI de Salud respectiva. El Proyecto no
considera el tratamiento de residuos de ningún tipo. Para mayores
antecedentes respecto al tipo de residuos generado ver Acápite 1.7.8
de la DIA, sobre cantidad y manejo de residuos. Ver Tabla 1-26.
Coordenadas Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos
Sólidos Domiciliarios de la DIA.
Área
de
almacenamiento
temporal
de
residuos
industriales
no
peligrosos
Contará con una superficie de 100,00 m2, en donde se almacenará
temporalmente el material reutilizable y materiales residuales no
peligrosos generados por el Proyecto durante la Fase de Construcción
(despuntes de aluminio y fierro; maderas, chatarra, restos de
soldadura, cables, plásticos, entre otros) en conformidad con lo
establecido por el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de
Salud. Estos residuos se ordenarán y segregarán para su posterior
reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados, y se
almacenarán en un contenedor tipo tolva con capacidad de 10,00 m3.
Los residuos se reciclarán destinándolos en conteneros para estos
efectos. La frecuencia de retiro para los residuos domésticos y
asimilables será de mínimo tres (3) veces por semana. La disposición
final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la
SEREMI de Salud respectiva. Ver Tabla 1-29. Coordenadas
Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos Industriales No
Peligrosos de la DIA.
Área de lavado de
piscina de canoas
mixer
El sitio o piscina de lavado de canoa de camiones mixer, corresponde
a una excavación de área 2 m x 2 m de área superficial, y una
profundidad de 1 m, permitiendo almacenar un volumen 4 m3.
Tal como señala el Titular en la respuesta 1.2 de la Adenda
Complementaria, durante la Fase de Construcción se requerirán como
máximo 69 camiones mixer de 8 m3, mientras que durante la
operación y cierre, no se requerirá hormigón. No obstante lo anterior,
se considerará la instalación de una zona de lavado de canoas de
hormigón al interior del predio la cual no ocupará productos químicos
extras para el limpiado de las canoas.
Las aguas residuales generadas del lavado de la betoneras y canoas de
camiones mixer, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda
Complementaria, se manejarán de acuerdo a lo siguiente:
-
Se excavará una piscina de 4m2 de superficie y una
profundidad de 1 m, la cual estará recubierta con polietileno
doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación.
-
Esta piscina será utilizada para lavar y verter la lechada de
cemento restante de las canoas de los camiones mixer, auto
hormigonera, y/o bomba estacionaria.
-
Se aplicará cada vez que se ejecute la faena de hormigonado.
-
El lavado de las canoas de camiones mixer, autohormigonera,
y/o bomba estacionaria se realiza diariamente después de ser
vaciado el hormigón premezclado. Se considera un volumen de
1,67 m3 de agua industrial al mes para esta actividad.
-
Se establece la prohibición de lavado de canoas de camiones
míxer, autohormigonera y/o bomba estacionaria en lugares no
autorizados para esta faena en la obra. Esto será indicado
mediante señalizaciones en obra.
-
Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua
residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá
mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de
escombros disponible en obra. Cabe señalar que se esperará
hasta que el agua residual se evapore para poder retirar la
lechada endurecida.
Cabe señalar que respecto del área reservada para el lavado de piscina
de canoas, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda
Complementaria, se tomarán las siguientes medidas:
-
Durante los periodos de lluvia, el sitio de lavado será cubierto
con un polietileno de alta densidad, para evitar que el agua
lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en el sitio de
lavado y se genere un eventual derrame.
-
La lechada se retirará una vez endurecida, fracturándola con un
martillo o similar y luego se trasladará a botadero autorizado.
-
Se llevará un registro de generación, manejo y eliminación.
-
Durante las tareas de lavado, habrá un operador atento a las
maniobras y riesgos asociados.
Adicionalmente en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, el
Titular se actualizó el Plan de Contingencia y Emergencia, el que
contempla medidas frente a riesgo de derrames de aguas residuales de
lavado de canoas, en el caso fortuito que ocurra algún evento de estas
características. Cabe señalar que el agua de lavado corresponde a
lechada de hormigón y su cantidad no superará los 20 litros/camión. El
cemento no presenta las características de un residuo peligroso y, por
tanto, la lechada no tendrá elementos contaminantes u otras sustancias
peligrosas susceptibles de contaminar el suelo o el agua debido su
acotada cantidad y sus características químicas. Sin perjuicio de lo
señalado, en el caso de que los residuos resultantes del lavado de
canoas de camiones mixer contengan trazas de grasas u otro
contaminante, estos serán manejados, transportados y dispuestos en
lugares Autorizados según lo normado en el D.S 148/2003 MINSAL.
Ver Figura 1. Dimensiones piscina de lavado de canoas de la Adenda
Complementaria.
Bodega Residuos
Peligrosos
(RESPEL)
Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento
de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00
m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las
diversas actividades del Proyecto (trapos y materiales menores
contaminados con grasa/aceite, etc.).
Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si
bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada
dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa
durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el
almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses)
durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto.
La frecuencia de retiro nunca superará los seis (6) meses a partir de la
generación de los residuos peligrosos, cumpliendo en todo momento
con lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. La disposición
final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la
SEREMI de Salud de la Región respectiva.
La Bodega RESPEL se emplazará al interior del área del Proyecto, y
dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del
MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de
Residuos Peligrosos”, siendo sus principales características las
siguientes:
- Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y
químicamente a los residuos almacenados.
- Contará con un cierre perimetral de 1,80 metros de altura, el cual
impedirá el libre acceso de personas y animales.
- La bodega se emplazará en un radier hormigón, con murallas de zinc
y techado de planchas de zinc-alum acanalado.
- Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como
humedad, temperatura y radiación solar.
- Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una
capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de
mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores
almacenados.
- Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh
2.190:2003.
- Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de
230 litros aproximadamente con tapa y asa metálica y también en un
maxicubo de 1.000 litros de capacidad.
- Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o
residuos en lugares no destinados para tales efectos. Quien fuera
sorprendido trasgrediendo las instrucciones señaladas para tal efecto,
se expondrá́ a medidas disciplinarias.
- Los trabajadores que manipulen estos tipos de residuos contarán con
todos los implementos de seguridad y habrán recibido una charla de
inducción sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos.
- Tendrá vías de escape accesibles en caso de emergencia y contará
con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y
capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales
combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total
de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie
total a proteger en la bodega de residuos peligrosos y se definirá según
lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del
Ministerio de Salud.
(Ver Tabla 1-15. Coordenadas Geográficas – Bodega de Residuos
Peligrosos; y acápite 1.6.2.8 de la DIA).
Estanque
de
almacenamiento
de agua potable
El abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases
del Proyecto será realizado mediante un “Sistema Particular de
Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de
un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de
10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable
para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y
lavamanos conectados a fosa séptica).
Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y
distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará
con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le
realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado
sectorialmente ante la SEREMI de Salud.
(Ver Tabla 1-16. Coordenadas Geográficas – Estanque de agua
potable; y acápite 1.6.2.9 de la DIA).
Cerco perimetral
El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero
hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura,
abarcando la totalidad del polígono de Planta. La distancia entre los
postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o
similar.
(Ver acápite 1.6.2.11 de la DIA).
Camino interno
Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al
interior del área del Proyecto utilizado para el desplazamiento de los
trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de
Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y
desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas
durante la vida útil Proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio
de 4,00 metros y 650 metros de longitud (aproximadamente),
abarcando una superficie de 2.762 m2. Dicho camino contempla la
aplicación de supresor de polvo sobre éste durante las fases de
Construcción y Cierre del Proyecto.
(Ver acápite 1.6.2.12 de la DIA).
4.3.3.1.2 ACCIONES
Nombre
Descripción
Desmantelar o
asegurar la
estabilidad de la
infraestructura
utilizada por el
proyecto o
actividad
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.1 de la DIA, una vez
concluida la vida útil del Proyecto se realizará el retiro de las obras
permanentes, entiéndase por estas: paneles, estructuras de soporte,
salas eléctricas, bodega RESPEL y bodegas de materiales.
Previo al desmantelamiento, se habilitará una Instalación de Faenas, la
cual contará con todas las instalaciones necesarias para servir tanto a
trabajadores como a las obras de cierre, entre las que se encuentran:
comedor, oficinas, área de almacenamiento temporal de residuos
domiciliarios, área de almacenamiento temporal de residuos no
peligrosos, entre otros.
Cada una de las obras será desarmada y acopiada dentro del mismo
terreno según el tipo de residuos del que se trate. Luego de ello, cada
uno de estos residuos será transportado, mediante vehículos
especialmente habilitados y autorizados para este fin, a sitios de
disposición final autorizados por la SEREMI de Salud respectiva.
El retiro y disposición de paneles fotovoltaicos será realizado
priorizando en todo momento el reciclaje de los mismos a través de
una empresa autorizada para estos efectos. Para acreditar lo anterior, el
Titular solicitará un Certificado que permita verificar el reciclaje y/o
disposición final de los paneles, el cual se mantendrá disponible en
obra ante eventuales fiscalizaciones.
Cabe destacar que, ante la eventualidad de no poder reciclar los
paneles, estos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI
de Salud respectiva, conforme a lo establecido en el D.S. N° 148/2003
del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de
Residuos Peligrosos”. En este sentido, se aclara que todas las fases del
Proyecto, incluida la Fase de Cierre, contempla la existencia de una
Bodega RESPEL conforme a lo establecido en el D.S. N° 148/2003
MINSAL. En dicha bodega se realizará el almacenamiento temporal
de estos paneles a la espera de reciclaje y/o disposición final de los
mismos.
Restaurar
la
geoforma
o
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.2 de la DIA, dado que
las afectaciones sobre el terreno serán menores y relacionados sólo con
morfología,
vegetación
y
cualquier
otro
componente
ambiental
que
haya sido afectado
durante
la ejecución del
proyecto o
actividad.
las excavaciones de zanjas, construcción de cercos, obras y caminos
internos sobre suelo plano, y por tanto que la afección sobre el suelo y
la geoforma es mínima, el lugar quedará plenamente como en su
estado anterior al desmantelar las obras, finalizar la operación y
rellenar a nivel las excavaciones de los elementos mencionados;
restaurando la geoforma levemente alterada y dejar el sitio similar a
las condiciones basales de suelo y geomorfológicas.
Prevenir futuras
emisiones desde
la ubicación del
proyecto o
actividad, para
evitar la
afectación del
ecosistema
incluido el aire,
suelo y agua.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.3 de la DIA, debido a
las características propias del Proyecto, no contempla realizar ningún
tipo de medición y/o seguimiento a variables ambientales como
emisiones o residuos.
La mantención,
conservación y
supervisión que
sean necesarias.
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.4 de la DIA, debido a
las características propias del Proyecto, no contempla realizar ningún
tipo de mantención, conservación y supervisión.
4.3.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Agua
para
consumo humano
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.1 de la DIA, el
Proyecto mantendrá el abastecimiento de agua potable mediante
bidones sellados de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados
por la SEREMI de Salud respectiva. Se considera una dotación de 2
litros por persona/día, trasladados de forma semanal, cantidad que será
establecida en las cláusulas de contrato con las respectivas empresas.
Considerando la mano de obra máxima proyectada para la Fase de
Cierre
(23
trabajadores/mes)
y
un
abastecimiento
de
150
L/trabajadores/día (D.S. N° 594/1999 del MINSAL), el requerimiento
agua potable será de 3,45 3/día.
Agua industrial
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.2 de la DIA, en relación
con el requerimiento de agua industrial, el Proyecto no contempla la
humectación de caminos de ningún tipo, razón por la cual no se
requiere agua industrial para estos efectos. El Proyecto considera la
aplicación de supresor de polvo en camino de acceso e interno.
Tampoco se contempla requerimiento de agua para la aplicación del
supresor de polvo, debido a que este será adquirido directamente en
empresas proveedoras del servicio, listo para su aplicación.
Servicios
higiénicos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.3 de la DIA, en
atención al mínimo de artefactos, establecidos en el Artículo 23 del
D.S. N° 594/1999 del MINSAL y considerando una dotación máxima
de 23 trabajadores/mes, se estiman dos (2) baños químicos con sus
respectivos lavatorios para el uso de los trabajadores en obras.
Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada
que cuente con las autorizaciones sanitarias para realizar manejo,
transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños
dispondrán de lavamanos con bomba de pie, porta papel higiénico,
papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y
ventilación.
Se dará cumplimiento en todo momento a las disposiciones
establecidas en los Artículos 24, 25 y 26 del D.S. N° 594/1999 del
MINSAL, sobre las “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones
Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”,
principalmente en lo que respecta a:
-
Número mínimo de artefactos, se aprovisionará en base a la
tabla del Artículo 23 del citado Decreto.
-
Baños químicos instalados a menos de 75 metros del área de
trabajo.
-
La descarga de las aguas servidas de los baños químicos se
realizará en lugar autorizado, acreditándose, mediante la
mantención en la obra de copia de la factura u otro documento
del transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos.
En la Instalación de Faenas, se mantendrá un registro de las
mantenciones de los sanitarios químicos utilizados. Dicho registro
contendrá: fecha de limpieza, nombre y firma del operador que realiza
el servicio (empresa contratista), cantidad de sanitarios a los que se les
realizó mantención. Este registro estará disponible para la Autoridad
Sanitaria cuando ésta lo requiera.
Suministro
eléctrico
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.4 de la DIA, se prevé la
utilización de un (1) generador de 5 kVA, que se ubicará sobre una
base continua, impermeable y con sistema de contención de derrames.
Alimentación
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.5 de la DIA, para la
alimentación de los trabajadores en la Fase de Cierre se considera un
servicio de catering local, ya que no se contempla la preparación de
alimentos dentro de las instalaciones, proyectando solo la
implementación de un comedor, el que estará completamente aislado
de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación
ambiental. Este recinto mantendrá condiciones higiénicas adecuadas
según lo establecido en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del
MINSAL. La comida será preparada y trasladada a la obra en raciones
separadas para el consumo individual de los trabajadores.
Maquinarias,
equipos
y
vehículos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.6 de la DIA. Respecto
de los medios de transporte a utilizar, durante la Fase de Operación
estos serán:
Tabla 12. Tipo de maquinarias, vehículos y actividad asociada para la Fase de
Operación.
Vehículo o
maquinaria
Cantidad
Actividad
asociada
Retroexcavadora
2
Movimientos de
tierra
Motoniveladora
1
Nivelación y
compactación de
terreno
Cargador frontal
1
Disposición de
material
Camión grúa
1
Montaje de
estructuras
Generador
1
Suministro
eléctrico
Camión
3
Mantención baños
químicos
Camioneta
3
Transporte agua
potable
Camioneta
1
Transporte de
personal
Bus
1
Transporte de
personal
Camión Aljibe
1
Traslado de agua
industrial para
humectación de
caminos
Camión Pesado
1
Transporte
RESPEL
Camión Rampla
1
Retiro de paneles
(Reciclaje o
disposición final)
Camión Rampla
4
Retiro de insumos
(Reciclaje o
disposición final)
Camión Pesado
1
Transporte
residuos no
peligrosos
Fuente: Tabla 1-69. Maquinarias y Vehículos – Fase de Cierre de la DIA.
Combustible
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.7 de la DIA, el
abastecimiento de combustible necesario para la mantención y
conservación de la Planta será realizado en instalaciones externas
autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles
(SEC), por tanto, el Proyecto no contempla la implementación de
lugares de abastecimiento en faena.
Sustancias
peligrosas
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.8 de la DIA, debido a
las características propias del Proyecto, no se requerirá de sustancias
peligrosas para las faenas de cierre. Cabe destacar que las
mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados
serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla
el almacenamiento de sustancias peligrosas de ningún tipo.
4.3.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El Proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de Recursos naturales.
4.3.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre
Descripción
Emisiones
atmosféricas
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.7.1 de la DIA, para la
Fase de Cierre las principales fuentes de emisión de material
particulado del Proyecto corresponden a:
Acondicionamiento de terreno (Compactación y Nivelación).
Carga y descarga de material.
Emisiones de maquinaria contemplada para las labores de
cierre proyecto.
Tránsito
de
camiones
y
vehículos
por
caminos
no
pavimentados.
Tránsito de camiones y vehículos por caminos pavimentados
Generadores Diésel (grupo electrógeno de 5 kVA)
Las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se
emitirán durante un período máximo de cuatro (4) meses. En el Anexo
1-3 de la DIA, se adjunta el Informe de Estimaciones de Emisiones
Atmosféricas del Proyecto. El resumen de emisiones totales para la
Fase de Cierre se presenta a continuación:
Tabla 13. Resumen de emisiones Fase de Cierre (t/año)
Fase de
Construcción
SO2
NOx
CO
MP2.5
MP10
NH3
0,0065
0,7308
0,3207
0,0589
0,1807
0,0003
Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 75 del Anexo 1-3 Estimación de
Emisiones Atmosféricas de la DIA.
Por lo anterior, el Proyecto no presenta emisiones que sean causal de
una exigencia de compensación de emisiones en la fase de cierre para
cumplir con lo dispuesto en el Artículo 64 del D.S Nº 31/2016, “Plan
de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región
Metropolitana de Santiago”, del Ministerio de Medio Ambiente.
4.3.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos
domésticos
(Aguas servidas)
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.9.1 de la DIA, se
contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso
de los servicios higiénicos presentes en la Instalación de Faenas. Los
residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados
acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se
subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada
ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Dicha
empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final
de las aguas servidas en un lugar autorizado. El Titular exigirá al
contratista que durante el desarrollo de la Fase de Construcción
mantenga un registro y copia de la documentación que acredite la
disposición final de las aguas servidas.
Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas
durante la Fase de Cierre será de aproximadamente 2,76 m3/día,
considerando un máximo de 23 trabajadores consumiendo 150
L/trabajador/día.
Para mayores antecedentes ver Anexo 8 PAS 138 de la Adenda.
Residuos
industriales
líquidos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.9.2 de la DIA, debido a
las características propias del Proyecto no se contempla la generación
de residuos industriales líquidos durante la Fase de Cierre.
4.3.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido
Durante la Fase de Cierre del Proyecto, se estima que se realizarán
actividades de desmantelamiento y retiro de instalaciones y retiro de
residuos, durante un periodo de 4 meses. Las actividades durante esta
fase se desarrollarán durante periodo diurno por lo que la evaluación
normativa se aplicará durante dicho periodo de acuerdo a lo
establecido por el D.S. N°38/11 del MMA. A través de los resultados
obtenidos de la predicción de los niveles de ruido (Anexo 18 de la
Adenda), se obtienen los siguientes resultados (se presenta el resultado
para la condición más desfavorable para cada receptor):
Tabla 14. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de Cierre
Periodo diurno.
Receptor
Nivel
proyectado
(dBA)
Límite
Máximo
Permisible
(DB(A))
Cumplimiento
R1
60
65
Cumple
R2
57
60
Cumple
R3
59
65
Cumple
R4
52
54
Cumple
Fuente: Tabla 33 del Anexo 18 de la Adenda. Verificación Cumplimiento D.S.
Nº38/11 del MMA – Fase de Cierre.
Según los resultados presentados, las obras y actividades planificadas
para la Fase de Cierre del Proyecto cumplen con los máximos
permitidos según D.S. N°38/11 del MMA durante el periodo diurno,
en el cual se desarrollarán las actividades, en todos los receptores
evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más
alejados al Proyecto.
Complementariamente, en el Anexo 18 de la Adenda, se evaluaron las
emisiones de ruido con flujo vehicular para la Fase de Cierre, en
donde se muestran los resultados obtenidos mediante el método RLS-
90 y modelado mediante el software iNoise2020. La evaluación se
realizó mediante valores considerados según la aplicación de la norma
Suiza OPB 814.41, los que se presentan en la siguiente tabla:
Tabla 15. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Cierre - Flujo vehicular.
Punto de
Evaluación
NPS
Proyectado
(dB(A))
Normativa Suiza OPB 814.41
Grado de
sensibilidad
Límite
Máximo
Permisible
(dB(A))
Cumplimiento
R1
23
Grado II
60
Bajo norma
R2
17
Grado II
60
Bajo norma
R3
19
Grado II
60
Bajo norma
R4
14
Grado II
60
Bajo norma
Tabla 34. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Cierre - Flujo vehicular
del Anexo 18 de la Adenda.
Tal como se observa en la Tabla anterior, el aporte del flujo vehicular
proyectado mediante el método alemán RLS- 90 y evaluado mediante
normativa Suiza OPB 814-41, cumple con el estándar de referencia
según los datos entregados por el titular, tanto en los receptores
evaluados como en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta,
esto considerando que los niveles límites según la normativa de
referencia se alcanzan a los 5 [m] desde la ruta, área en la cual no
existen viviendas ni edificaciones.
Para mayores antecedentes ver Anexo 18. Estudio de Ruido y
Vibraciones, de la Adenda.
4.3.3.4.4 EMISIONES DE VIBRACIONES
Nombre
Descripción
Vibraciones
La fase de cierre del Proyecto considera actividades asociadas al
desmantelamiento de la infraestructura, retiro de equipos, limpieza y
despeje dejando el terreno en una condición similar a la original de las
áreas intervenidas, a través de la utilización de retroexcavadora,
motoniveladora, cargador frontal, camión grúa, camión pesado y
camión aljibe. Con todo, a partir de los resultados obtenidos por cada
maquinaria en los receptores, que son presentados por el Titular en el
Anexo 18 de la Adenda, se puede evaluar el cumplimiento normativo,
considerando el escenario más desfavorable.
Por lo anterior, se estima que en la Fase de Cierre no se emitirán
niveles mayores que los de la Fase de Construcción. Con todo, en el
acápite 9.9.2 del Anexo 18 de la Adenda, a partir de los resultados
obtenidos por cada maquinaria en los receptores, se evalúa el
cumplimiento normativo, considerando el escenario más desfavorable,
según se presenta en la siguiente tabla:
Tabla 16. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa
Preparación de terreno.
Fuente: Tabla 37. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa
Preparación de terreno del Anexo 18 de la Adenda.
De esta manera, el impacto generado por las vibraciones, proyectado y
evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact
Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de
tránsito (FTA: Federal Transit administration” cumple con el
estándar de referencia según los datos entregados por el Titular, en
todos los receptores.
4.3.3.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.3.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Residuos sólidos
asimilables
a
domésticos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.8.1 de la DIA, el
Proyecto estima que se generará un máximo de 0,46 t/mes de residuos
sólidos domiciliarios en la Fase de Cierre. Este cálculo proviene de la
tasa de generación de residuos domiciliarios de 1 kg/trabajador/día, y
considerando una dotación máxima de 23 trabajadores, durante un
periodo de 20 días/mes (jornada laboral de lunes a viernes).
Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores
herméticos implementado en la Instalación de Faenas y serán retirados
tres (3) veces por semana y enviados a sitios autorizados. Los
contenedores estarán debidamente señalizados en el frente de trabajo
móvil y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo
18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones).
Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los
Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP), ver Anexo 9
PAS 140 de la Adenda.
Residuos sólidos
industriales
no
peligrosos
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.8.2 de la DIA, el
Proyecto contempla la generación de chatarras, cables, estructuras,
revestimiento de tuberías, módulos, elementos de protección personal
EPP desechados. El Proyecto estima que la cantidad y manejo de este
tipo de residuos será de 1.040 m3/mes.
Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas
especializadas, para su disposición final en sitios autorizados, los
cuales al momento retirar y llevar a disposición final, extenderán un
certificado para ello. Lo anterior, constituirá el medio de verificación o
indicador de cumplimiento de la legislación vigente.
Ante la eventualidad de generar materiales de embalajes, tales como
maderas y otros que puedan constituir vector de eventuales plagas, se
dará cumplimiento a todo lo establecido por Resolución Exenta N°
133/2005 MINAGRI, el cual “Establece Regulaciones Cuarentenarias
para el Ingreso de Embalajes de Madera”.
Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los
Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP), ver Anexo 9
PAS 140 de la Adenda.
4.3.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
Nombre
Descripción
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha
estimada
de
inicio.
Febrero de 2022.
Parte, obra o acción
que establece el inicio.
Habilitación de la Instalación de Faena.
Fecha
estimada
de
término.
Julio de 2022.
Parte, obra o acción
que
establece
el
término.
Desmantelamiento de la instalación de faena.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de
inicio
Agosto de 2022.
Parte, obra o acción
que establece el inicio.
Aviso al SEN de la Inyección de Energía.
Fecha estimada de
término.
Agosto 2052.
Parte, obra o acción
que establece el
término.
El hito asociado al término de la fase de operación corresponde al inicio
de la fase de cierre.
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de
inicio.
Septiembre 2052.
Parte, obra o acción
que establece el inicio.
Habilitación de Instalación de Faena para el desmantelamiento de
la Planta.
Fecha estimada de
término.
Diciembre 2052.
Parte, obra o acción
Desmovilización instalación de faenas.
Residuos
peligrosos
(Respel)
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.8.3 de la DIA, la Fase de
Cierre del Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos
correspondientes a paneles fotovoltaicos en desuso, debido a su
eliminación, ya que estos serán retirados para ser reciclados (paneles)
o destinados a un sitio de disposición final autorizado (trasformadores
u otros equipos) por la SEREMI de Salud respectiva, razón por la cual
no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de
residuos en Planta, toda vez que serán retirados en la medida que se
generen.
Sin perjuicio, de lo anterior, durante la Fase de Cierre se contempla la
generación de residuos peligrosos del tipo paño contaminados, EPP en
desuso, en una cantidad estimada de 3,00 kg/mes, los que serán
almacenados en la Bodega RESPEL ubicada al interior de la
Instalación de Faena y retirados cada seis (6) meses.
Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los
Residuos peligrosos (RESPEL), ver Anexo 10 PAS 142 de la Adenda.
Productos
y
sustancias
químicas
De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.10 de la DIA, no se
contempla la generación de productos químicos y otras sustancias
durante la Fase de Cierre del Proyecto.
Referencia al ICE
para
mayores
detalles sobre esta
fase.
Capítulo 4.8 del ICE.
que establece el
término.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la
inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la
Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD
Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto ambiental no significativo 1
Generación acotada en el tiempo de material
particulado
debido
a
las
faenas
de
acondicionamiento del terreno y movimiento de
tierras (fase de construcción) y retiro de las
instalaciones (fase de cierre).
Parte, obra o acción que lo genera
- Construcción de la planta fotovoltaica y la línea
de transmisión.
- Tránsito de vehículos pesados y livianos durante
el periodo de construcción del proyecto.
Fase en que se presenta
Construcción y cierre.
Impacto ambiental no significativo 2
Generación de ruido debido a las faenas de
acondicionamiento del terreno y movimiento de
tierras (fase de construcción) y retiro de las
instalaciones durante (fase de cierre).
Parte, obra o acción que lo genera
-
Construcción de la planta fotovoltaica y la
línea de transmisión.
-
Operación de maquinaria y tránsito de
vehículos pesados y livianos durante el periodo de
construcción del proyecto.
Fase en que se presenta
Construcción y cierre.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto no
significativo
Capítulo 5.1 y 6.1
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta
riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes,
emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra a) de la Ley
19.300:
-
De acuerdo con lo señalado en el ANEXO 1-3 de Estimación de Emisiones
Atmosféricas de la DIA, en el periodo en donde habrá la mayor cantidad de labores
constructivas, dichas emisiones estarán constituidas por material particulado y gases
de combustión producto del desarrollo de actividades relacionadas con obras de
excavación, movimientos de tierra (incluye, compactación y nivelación del terreno),
tránsito vehicular (maquinaria de construcción, camiones y vehículos livianos) y uso
de generadores eléctricos. Es así como, los mayores niveles se generarán en la Fase
de Construcción, que se extiende por un plazo máximo de 6 meses, con una
valoración de MP10 de 0,36 toneladas/año, disminuyendo ostensiblemente durante
la Fase de Operación, puesto que en esta fase las emisiones atmosféricas se reducen
exclusivamente al tránsito de vehículos livianos que transportará al personal del
Contratista que realizará las mantenciones programadas o correctivas y la limpieza
de paneles, con un valor de MP10 de 0,09 toneladas/año. Para la Fase de Cierre se
considera un promedio de 0,18 toneladas/año, teniendo en consideración que la
duración de esta fase es de 4 meses.
Dada las condiciones propias del Proyecto, que considera la construcción y
operación de una planta fotovoltaica que utiliza el sol como fuente única de
generación eléctrica y ante la inexistencia de procesos de combustión que generen
emisiones de contaminantes atmosféricos, el Titular señala en el Capítulo 6.
Conclusiones del Anexo 1-3 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA, que
el Proyecto no generará las condiciones de superación, aumento o disminución
significativos de los valores de Normas Primarias de Calidad Ambiental, y por
consiguiente el Proyecto no sobrepasará los límites establecidos en el D.S. N°
31/2016, del MMA, por tanto, no requiere compensar sus emisiones atmosféricas en
la fase de construcción, operación o cierre.
-
De acuerdo con los antecedentes del Anexo 1-4 - Estudio de Ruido y Vibraciones de
la DIA y Anexo 18 de la Adenda, respecto a las emisiones de ruido, las emisiones
más significativas se presentarán durante la Fase de Construcción del Proyecto,
debido a las actividades a ser llevadas a cabo en los frentes de trabajo de
“movimiento de tierras” y “obras civiles”. Los resultados presentados por el Titular
en el Anexo 1-4 - Estudio de Ruido y Vibraciones de la DIA y Anexo 18 de la
Adenda, indicaron que se cumplen los requerimientos dispuestos en el D.S. 38/2011
para la totalidad de los puntos evaluados considerados como receptores sensibles.
Según lo señalado por el Titular en el acápite 7.6 del Anexo 18 de la Adenda, la
medida de control ambiental a implementar es una “Barrera Acústica Móvil”, que
será utilizada para toda maquinaria que se encuentre realizando actividades a menos
de 160 [m] de los receptores R3 y R4 identificados en dicho Anexo. Sin perjuicio de
lo anterior, el Titular ejecutará las siguientes obras y actividades como parte del
cumplimiento normativo asociado al Decreto Supremo N° 47/1992 MINVU, sobre
Ordenanza General de La Ley General de Urbanismo y Construcciones: Desarrollo
de las faenas de construcción exclusivamente en el periodo diurno, de lunes a
viernes de 08:00 a 18:00 horas; Minimización del ruido del uso de alarmas de
retroceso; Mantención regular de los equipos; y Correcta utilización de los equipos
que tengan por defecto sistemas de control de ruido. Durante la Fase de Operación
las emisiones acústicas se encuentran asociadas a las actividades de mantención y
operación de la planta, siendo éstas últimas insignificantes, pues la planta
fotovoltaica será operada en forma remota. Por último, durante la Fase de Cierre,
estas emisiones serán menores a los resultados obtenidos para la fase de
construcción, debido al menor uso de maquinaria y menor intensidad de trabajo (4
meses).
-
El proyecto generará residuos líquidos y sólidos, cuya forma de manejo de
disposición final será realizada en todo momento conforme a la normativa ambiental
y sanitaria aplicable, dando cumplimiento a dichas disposiciones. Junto con estas
medidas, se implementarán los Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142:
• Respecto de los residuos líquidos domésticos se contempla, para la Fase de
Construcción, su generación debido al uso de servicios higiénicos que
existirán en el área de la Instalación de Faenas. Se estima que el volumen de
las aguas servidas generadas, durante esta fase, será de aproximadamente
10,2 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 68 trabajadores
consumiendo 150 L/trabajador/día. Durante la Fase de Operación, se
generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas
provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y
conservación de la Planta. Se estima que el volumen promedio de las aguas
servidas generadas durante esta fase (mantenciones de Planta) será de
aproximadamente 0,75 m3/día, considerando un máximo de 5 trabajadores
consumiendo 150 L/trabajador/día. Para la Fase de Cierra, se contempla la
generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios
higiénicos presentes en la Instalación de Faenas. Se estima que el volumen
promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de Cierre será de
aproximadamente 2,76 m3/día, considerando un máximo de 23 trabajadores
consumiendo 150 L/trabajador/día.
Con el propósito de prever la aparición de malos olores, el Titular presentó
un Plan de Contingencias y Emergencias (ver 7.1.10 del presente
documento) cuyas acciones o medidas a implementar tienen que ver con
evitar el riesgo de que las aguas servidas generen olores molestos. Entre
estas medidas se encuentran que los servicios higiénicos se conectarán a una
fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas. Por último,
las características del sistema de manejo de aguas servidas se presentan en el
Anexo 8. PAS 138 de la Adenda.
• Respecto de los residuos sólidos domiciliarios, para la Fase de Construcción
éstos serán generados en las instalaciones de faenas y corresponderán,
principalmente, a restos orgánicos, papeles y plásticos. Se estima que para
esta fase se generará un máximo de 1,36 ton/mes de residuos sólidos
domiciliarios. Para la Fase de Operación, el Proyecto no contará con mano
de obra permanente debido a que su operación será realizada en forma
remota, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones, por lo
que se estima una generación máxima de 0,1 t/mes de residuos sólidos
domiciliarios. Para la Fase de Cierre, se estima que se generará un máximo
de 0,46 t/mes de residuos sólidos domiciliarios.
• En relación con los residuos sólidos industriales no peligrosos, para la Fase
de Construcción se contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes
de cables, tornillos, alambres y restos de embalaje (0,20 m3/mes). La Fase de
Operación del Proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos.
Para la Fase de Cierre, el proyecto contempla la generación de chatarras,
cables, estructuras, revestimiento de tuberías, módulos, elementos de
protección personal EPP desechados, estimándose una cantidad de 1.040
m3/mes.
• Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos, para la Fase de
Construcción se generarán debido a las actividades constructivas del
Proyecto (cuyo volumen promedio mensual será de 73,6 kg aprox.) y
corresponden a paños contaminados, EPP en desuso, paneles en desuso,
entre otros, los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega
RESPEL emplazada al interior de la Instalación de Faenas. Para la Fase de
Operación, éstos se generarán producto de los paneles en desuso, y residuos
provenientes de las actividades de mantención, tales como, huaipes, latas de
lubricantes, paños y EPP contaminados; los cuales serán almacenados
temporalmente en la Bodega RESPEL, estimándose una tasa de generación
de 6,0 kg/mes. Para la Fase de Cierre, el Proyecto no contempla la
generación de residuos peligrosos, ya que los paneles fotovoltaicos en desuso
serán retirados para ser reciclados o destinados a un sitio de disposición final
autorizado por la SEREMI de Salud respectiva.
En síntesis, del análisis de los literales 1.7.8, 1.7.9, 1.7.10, 1.8.9, 1.8.10, 1.8.11, 1.9.8, 1.9.9
y 1.9.10 del Capítulo 1 Descripción del Proyecto de la DIA, así como de los Anexos 9 y 10
de la Adenda, es posible concluir que el Proyecto en cada una de sus fases realizará un
manejo adecuado de cada una de las emisiones y efluentes que se generen, razón por la que
no existirán impactos ambientales adversos significativos en los recursos naturales
renovables involucrados en su ejecución.
Respecto del componente ambiental aire, también se debe considerar lo señalado en el
literal a) recientemente desarrollado.
Del análisis anteriormente expuesto, es posible concluir que la ejecución del Proyecto no
genera riesgos para la salud de la población, ya que se da cumplimiento a la normativa
relacionada con emisiones atmosféricas, a su vez, se cumple con las exigencias y
condiciones expuestas por estos cuerpos normativos. De esta forma el Titular cumple con
los objetivos de las normas primarias de calidad ambiental.
Respecto de las emisiones de ruido, éstas se encuentran por debajo de los límites
establecidos por el D.S. N° 38/2011 MMA. Finalmente, el manejo de residuos generados
por el Proyecto se realizará con estricto apego a la normativa sanitaria aplicable en cada
caso y se contará con todas las autorizaciones ambientales y sectoriales que son exigibles
para su manejo y disposición final.
De esta forma es posible concluir que el Proyecto en ninguna de sus fases constituirá un
riesgo para la salud de las personas.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD
DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA
Y AIRE
Impacto ambiental no significativo El Proyecto no afectará recursos naturales renovables
escasos, únicos o representativos.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta
riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes,
emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra b) de la Ley
19.300:
Suelo: De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-2 Caracterización
Ambiental Medio Físico de la DIA, para el componente suelo, el Proyecto y su área
de influencia, contempla una intervención de 14,5 ha con capacidad de uso de suelo
VI. Esta superficie corresponde al 0,0012% de los suelos de cultivo en la región.
Además, la clase de uso de suelo VI presenta limitaciones desde continuas hasta
severas y opciones de cultivo restringidas para pastos y uso forestal. Las acciones
derivadas de la construcción presentan un impacto menor y permiten la
conservación de este componente dado que durante la excavación de zanjas para el
cableado soterrado, el material removido será utilizado para el relleno de éstas y
esparcido dentro del mismo predio, no existiendo retiro de excedentes fuera del
predio. La profundidad máxima de excavaciones no superará los 2 metros de
profundidad, necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2 metros).
La caracterización del componente suelo, presentada por el Titular en el Anexo 2-2-
de la DIA, concluyó que el proyecto Planta Fotovoltaica Belén 6 MW, localizado en
la comuna de Lampa, provincia de Chacabuco, dentro de la Región del
Metropolitana, requiere un compromiso voluntario productivo debido a la pérdida de
suelo con potencial agrícola en una relación de 1:1 hectáreas para Suelos con
Capacidad de Uso Clase II y III. Para mayor información respecto del PAS 160 y las
condiciones y fundamentos para justificar el Compromiso Voluntario ver puntos i a
viii de la respuesta 5.3. y Anexo 2. Actualización de Compromisos Ambientales
Voluntarios de la Adenda Complementaria, así como Anexo 11. Actualización PAS
160 de la Adenda.
En el Anexo 4. Ficha de Resumen de la Adenda Complementaria, el Titular señala
que dada la disposición de los paneles solares en estructuras empotradas con pilotes,
la afectación de superficie de suelo es menor y no interfiere mayormente en la
componente suelo respecto a su condición de línea de base, aclarándose que la
profundidad máxima de excavaciones no superará los 2 metros de profundidad,
necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2 metros). Al momento de
desmantelar las instalaciones, se realizará la recuperación del suelo realmente
ocupado siendo su afectación completamente reversible.
Flora y vegetación terrestre: En el acápite 5.2.3 Flora y 6. Conclusiones del Anexo
2-5. Caracterización de Flora y Vegetación de la DIA, se informa que el Proyecto se
emplaza en una superficie de 13,92 ha. Según lo señalado por el Titular en el acápite
5.2.2 del Anexo 2-5 de la DIA, no se identificaron áreas con presencia de
formaciones afectas a la ley Nº 20.283 y fomento forestal del Ministerio de
Agricultura. En cuanto a los procesos de clasificación de especies (RCE) y los
listados de carácter nacional actualmente disponibles, se determinó que no se
registran especies bajo categoría de conservación. Respecto con las singularidades
ambientales del área sólo se registró una especie endémica; Frankenia salina. Según
señala el Titular en la respuesta 4.24 de la Adenda, dado que el Proyecto intervendrá
principalmente las áreas en donde se construirán los paneles y las áreas en donde
existirá servidumbre eléctrica, y considerando que en estas áreas no se registraron
especies en categorías de conservación, es que el Proyecto no generará efectos
adversos significativos sobre la flora del Área de Influencia.
Fauna Terrestre: De acuerdo con lo señalado por el Titular del Proyecto en el Anexo
2-. Caracterización de Fauna Silvestre de la DIA, en el Área de influencia del
Proyecto fue posible identificar 8 tipos de ambientes disponibles para fauna
terrestre. en el acápite 5.2.4 del Anexo 2-4 de la DIA que, a través de las distintas
metodologías, se registraron 14 especies de fauna silvestre correspondientes a un (1)
reptil, doce (12) aves y un (1) mamífero. No se registraron anfibios dentro del AI del
Proyecto, ni señales ni hábitats idóneos para su desarrollo y establecimiento. Del
total de especies, 12 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una
(1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica correspondió a
Liolaemus tenuis (lagartija esbelta). De la misma forma, una especie se encuentra en
categoría de conservación vigente correspondiente a la totalidad de reptiles
registrados (Liolameus tenuis). Esta especie se encuentra en categoría de
“Preocupación menor” (LC) (D.S N°19/2012 MMA). En virtud de lo anterior, el
Titular levantó un Compromiso Voluntario para la Fase de Construcción, cuyo
objetivo es “inducir el desplazamiento de los individuos de las especies de baja
movilidad que se encuentran en el área de intervención del Proyecto, para que de
esta manera no se afecte a los individuos de Liolaemus tenuis (lagartija esbelta)
encontrados en el área del proyecto” y consiste en la remoción en forma manual de
refugios (vegetación, rocas y piedras) de las especies de interés previo al inicio de
las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras (SAG, 2012).
Esta medida, a su vez contempla el retiro de los restos de vegetación y piedras para
evitar una futura recolonización de las especies.
Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los
anfibios, en el acápite 5.2.4.1 de la DIA, el Titular señala que no se registró su
presencia dentro o cercano al área del proyecto, ni señales o hábitats idóneos para su
desarrollo y establecimiento.
Finalmente cabe comentar que aun cuando se registraron especies de baja movilidad
referidas al reptil Liolaemus tenuis, este se registró en baja abundancia y densidad,
además es una especie que no presenta problemas de conservación, dado que según
el Reglamento de Clasificación de especies (RCE) esta se encuentra categorizada en
“Preocupación menor” (LC, D.S N°19/2012 MMA).
Adicionalmente se realizó un estudio de quirópteros, que se presenta en el Anexo 14
de la Adenda. Los resultados señalaron que es posible que la baja actividad de
quirópteros en el área se deba a su ausencia en el AI del Proyecto y/o a las bajas
temperaturas que se registraron durante la campaña, así como también a la ausencia
de cuerpos de agua en el AI del Proyecto y/o por la presencia de humo proveniente
de la quema de basura en el terreno vecino, todos factores que limitan o dificultan la
presencia de quirópteros en el AI del Proyecto. Tadarida brasiliensis (murciélago de
cola libre), es un murciélago nativo del territorio nacional.
Según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), se encuentra clasificada
en estado de “Preocupación menor” (DS 06/2017 MMA) dado que “NO cumple con
los umbrales de ninguno de los criterios para ser clasificada en alguna de las
categorías de amenaza de UICN 3.1 (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro
Crítico, En Peligro o Vulnerable) y su amplia distribución indica que no está
próxima a satisfacer los criterios” (Ficha técnica Tadarida brasiliensis disponible en
especies.mma.gob.cl). Según la UICN (2001), una especie se considera bajo
Preocupación menor (Least Concern) cuando, tras ser evaluada por la UICN, no
cumple ninguno de los criterios de las categorías en peligro, en peligro crítico,
vulnerable o casi amenazado de la Lista Roja elaborada por la organización.
El Proyecto no presenta obras y/o actividades capaces de generar impactos negativos
significativos sobre los siguientes componentes:
-
Suelo: Respecto de las obras y/o actividades que ejecutará el Proyecto y que guardan
relación con el presente componente, se encuentran la construcción y habilitación de
caminos, instalación faenas, instalación paneles solares y demás edificaciones
detalladas en el numeral 1.7 y 1.8 del Capítulo Descripción de Proyecto de la DIA.
La ejecución de dichas obras conlleva la pérdida de suelo por concepto de
excavaciones, compactación, entre otros. No obstante, la intervención se encontrará
acotada a las obras del Proyecto tal como se declara en el Anexo 2-3 Estudio
Edafológico Detallado de la DIA.
-
Agua: El Proyecto no prevé la intervención de fuentes de aguas superficiales o
subterráneos, por lo que no se generarán impactos relativos al presente recurso
natural. De acuerdo a lo señalado ninguna de sus obras interceptará los esteros y
canales de regadío que se encuentran en el área de estudio, tal como se señala en el
Anexo 2-2 Caracterización Ambiental Medio Físico de la DIA. Al respecto, es
necesario resaltar que se encuentra a una distancia superior a los 500 metros de un
brazo secundario del Estero Lampa y a una distancia que ronda los 1.500 metros del
estero Colina (al este). Además, de acuerdo con la modelación hidráulica realizada
para determinar el área de inundación, el terreno no estaría afecto a inundaciones
por efecto del brazo Secundario del Estero Lampa, resultados consistentes con los
obtenidos por el Plan Maestro de aguas lluvias para dicho cuerpo de agua.
Adicionalmente, se identifican singularidades tales como el relleno existente y la
ruta “Camino Lo Echevers” que actúan como barrera natural ante eventuales
inundaciones desde otro sector, estando estas obras al menos dos metros sobre la
cota donde se emplazaran los paneles fotovoltaicos, tal como se informa en el
Anexo 5 Estudio de Riesgo de Inundación de la Adenda.
-
Aire: Según las características del Proyecto, en cuanto a la generación de emisiones
atmosféricas, éstas corresponden a material particulado (MPS, MP10 y MP2,5) y
gases de combustión de motores (NOx, SOx, CO y HC), descritos en la sección 1.7
7, 1.8.8 y 1.9.7 del Capítulo Descripción de Proyecto de la DIA, en donde se
presenta que las cantidades son poco significativas para todas las Fases del Proyecto.
Por último, dado los resultados obtenidos en la modelación de dispersión de
emisiones, presentados en el Anexo 1-3 Estimación de Emisiones Atmosféricas de
la DIA, en el peor escenario correspondiente al año 1 (fase de construcción más fase
de operación), se informa que el Proyecto no generará riesgo para la salud de la
población en su área de influencia, ya que no se sobrepasa ninguna de las normas
primarias de calidad de aire evaluadas.
Conforme a la caracterización ambiental, particularmente para los componentes de
Flora y Vegetación (Anexo 2-5 de la DIA) y Fauna Terrestre (Anexo 2-4 de la DIA),
es posible señalar que en el área del Proyecto no presenta singularidades
ambientales de relevancia. Dado lo anterior, es posible indicar que no se generará
afectación significativa sobre la biota por el Proyecto.
El proyecto no utilizará sustancias químicas que puedan afectar los recursos
naturales renovables, en ninguna de las fases del Proyecto tal como se indica en los
acápites 1.7.10 (construcción) 1.8.11 (operación) y 1.9.10 (cierre) de la DIA.
Considerando que en el área de influencia no se evidenciaron singularidades
ambientales, no se prevé la generación de impactos producto de la emisión acústica
de éste.
En el acápite 1.7.9 del Capítulo Descripción de la DIA, en donde se describe el
manejo y disposición final de los residuos generados por el Proyecto, se establece
que el Proyecto dará un manejo adecuado a cada uno de los residuos que se
generarán con su ejecución, dando cumplimiento a la normativa sanitaria aplicable,
que se obtendrán las autorizaciones que la Autoridad sectorial y ambiental requiere,
por lo que la ejecución del proyecto no generará impactos adversos significativos
sobre los recursos naturales renovables. De acuerdo con lo anterior, no se prevé el
uso de productos químicos u otras sustancias que puedan afectar los recursos
naturales renovables (1.7.10 de la DIA). Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto
considera la ejecución de todas las acciones contenidas en el Anexo 5 “Plan de
Contingencias y Emergencias Actualizado” de la Adenda Complementaria.
El proyecto no intervendrá recursos hídricos, puesto que el agua necesaria para la
construcción y operación será adquirida a una empresa que cuente con las
respectivas autorizaciones de extracción de aguas por parte de la autoridad
competente, por lo que tampoco afectará cauces superficiales y/o subsuperficiales.
Además, tal como se señala en el acápite 1.8.5 del Capítulo 1 de la DIA, el
abastecimiento principal de agua potable durante la Fase de Operación del Proyecto
será provisto mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua
Potable” a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de
Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior
distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos
(baños y lavamanos conectados a fosa séptica).
El Proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ningún tipo de
especie de flora o fauna exóticas.
Referencia al ICE para mayores
detalles
sobre
este
impacto
específico
Capítulo 6.2 del ICE.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS
HUMANOS
Impacto
ambiental
no
significativo
No existen impactos significativos sobre comunidades
humanas o alteración de los sistemas de vida o
costumbres de grupos humanos.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta
alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en
consideración a lo dispuesto en la letra c) del artículo 11° de la Ley 19.300:
-
Como se indica en el Anexo 2-7 de la DIA. Caracterización Ambiental de Medio
Humano, existe la presencia de un conjunto de viviendas con fines residenciales y
predios adyacentes de destinación agrícola. A excepción de Callejón Miraflores, que
también posee un uso residencial definido, éste se distingue de los sectores
denominados Chorrillos y La Primavera, por poseer un uso ampliamente industrial
además del uso agrícola.
-
El Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración
significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, toda vez que
la ubicación de las obras, partes y actividades del proyecto, tanto en fase de
construcción, operación y cierre se circunscriben al interior de un predio privado
donde actualmente no existen viviendas ni habitantes, y donde todas las actividades
desarrolladas en la fase de construcción serán ejecutadas por empresas contratistas
externas, las cuales cumplirán con todos los permisos necesarios para la ejecución
de las obras. En tanto, el punto de evacuación de la línea de media tensión se
encuentra en área de servidumbre al lado oriente de Camino Lo Echevers.
-
De acuerdo al Anexo 2-7 Caracterización del Medio Humano de la DIA (Punto 5.1.3
Rutas, Medios de Transporte y Flujos de Desplazamiento), la vialidad del área de
influencia se estructura en torno al uso de la Ruta G – 16 (Camino Lo Echevers),
donde los sectores de Callejón Miraflores, Chorrillos y La Primavera poseen accesos
independientes para ingresar o egresar a cada uno de estos asentamientos. En tanto,
los desplazamientos hacia y desde el AI se realizan con fines de abastecimiento,
educación, salud y trabajo con destino a la capital comunal Lampa y comunas de la
RM ubicadas al sur, desde donde los vehículos se distribuyen a partir del cinturón
Américo Vespucio.
-
En contraste con dichos antecedentes, las rutas a ser utilizadas por los vehículos del
proyecto comparten con los habitantes del AI el uso del Camino Lo Echevers hacia
el sur y norte del AI, siendo una ruta concurrida por todo tipo de vehículos. Sin
embargo, los viajes de vehículos asociados al proyecto en la fase de construcción
solo tendrán una duración de 6 meses (duración limitada en el tiempo).
-
En el Capítulo 1. Descripción del Proyecto de la DIA, el Titular indica que el
Proyecto cuenta con su propio acceso al área de emplazamiento, el que se encuentra
a 440 metros del acceso más cercano a alguno de los sectores del medio humano,
que en este caso corresponde al sector de Callejón Miraflores.
-
En la respuesta 3.1 de la Adenda Complementaria, el Titular señala que,
considerando que durante la fase de operación el flujo vial es prácticamente nulo,
que el número de vehículos que utilizarán las vías mencionadas durante la
construcción del proyecto no será mayor a 250 vehículos al mes, la estacionalidad
de uso es de sólo 6 meses, la distribución mensual decreciente del uso y el servicio
actual que brinda la ruta es mayor a 500 vehículos, es posible señalar que no se
espera alguna afectación, durante la construcción, que cause obstrucción del camino,
dificultad para acceder a bienes y servicios o demoras en el tránsito y el libre
desplazamiento. En consecuencia, el uso de la infraestructura vial durante la
construcción del Proyecto no presenta los Efectos, Características o Circunstancias
detallados en literal b) del Artículo 7 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio
Ambiente y por tanto no se trata de un impacto ambiental de carácter significativo.
-
De acuerdo con la respuesta 3.2 de la Adenda Complementaria, el Titular señala que
el Proyecto no prevé la generación de los efectos, características o circunstancias
indicadas en el artículo 7 letra a) del Reglamento, dado que la ubicación de las
obras, partes y actividades del proyecto, tanto la fase de construcción, operación y
cierre se circunscriben al interior del predio del Proyecto y lo relacionado al trazado
y punto de evacuación de la línea de media tensión se encuentran en un área de
servidumbre al lado oriente de Camino Lo Echevers.
-
Además, durante la Fase de Operación, la Planta Fotovoltaica no requerirá de
actividades in situ, ya que operará de forma remota y en tiempo real, limitándose
solo a actividades de mantención. En tanto, en la Fase de Cierre el proyecto
contempla únicamente el desmantelamiento de obras, retiro de maquinarias, y
limpieza y cierre del sector.
-
En virtud de lo anterior, se determina que el proyecto no utilizará ni interferirá con
ninguno de los accesos del AI, producto de que cuenta con acceso propio desde el
Camino Lo Echevers y el flujo de vehículos en la Fase de Construcción tiene una
duración máxima de 6 meses, descartándose efectos significativos sobre las
circunstancias asociadas a la obstrucción o restricción a la libre circulación,
conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez
que las rutas o accesos internos de los 3 sectores del AI no serán utilizados ni
intervenidos.
-
De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, el
único equipamiento comunitario con fines organizacionales identificado en el área
de influencia del Proyecto corresponde a la Sede Vecinal de la Junta de Vecinos Los
Chorrillos, asentamiento del cual forma parte el Sector de Chorrillos que se
encuentra al interior del polígono del AI del proyecto. No obstante, según lo
señalado por el Titular en el acápite 6.1.4 del Anexo 2-7 de la DIA, la sede vecinal
se encuentra fuera del área de influencia, por lo que los socios de la organización se
desplazan hacia dicha localidad a través de los accesos internos de Chorrillos 2 y
Chorrillos 3 que enlazan con Chorrillos 1. En el mismo acápite 6.1.4 del Anexo 2-7,
el Titular señala que las vías de acceso al proyecto, correspondientes a Camino Lo
Echevers y el acceso propio con el cual cuenta el proyecto no repercuten en los
desplazamientos de los usuarios del AI con fines organizacionales u otras
actividades que se desarrollen en la sede vecinal.
-
En el área de influencia del Proyecto no existen espacios públicos u otro tipo de
equipamiento que puedan ser utilizados con fines recreativos, administrativos,
comerciales, o afines, descartándose cualquier efecto que emane de la vialidad.
-
En el caso de la infraestructura básica de los predios, se identifican predios
agrícolas, viviendas, industrias y elementos afines del medio construido (bodegas),
algunos de estos colindantes con el área de proyecto.
-
Por último, el recurso hídrico para el riego de los cultivos se obtiene mediante la
extracción de agua mediante sondajes en pozos. Sin embargo, dicha fuente de agua
no será intervenida ni utilizada por el proyecto, el cual se abastecerá en todas sus
etapas desde un distribuidor autorizado (que cumpla con la regulación
correspondiente D.S N°594/1999 MINSAL), trasladándose el recurso con camiones
aljibe, almacenándose en estanques ubicados dentro de la Instalación de Faenas.
-
De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, en el
AI del Proyecto no se lleva a cabo ningún tipo de celebración o manifestación de la
cultura local que se traduzca en festividades o ritos, a excepción de la realización de
misas comunes que se realizan habitualmente en la Iglesia Metodista Aguas Claras,
ubicada en el Sector de La Primavera.
-
En cuanto a la circunstancia relacionada con la posible pérdida de cohesión social o
sentimientos de arraigo, los socios de la Junta de Vecinos de Chorrillos asisten con
baja frecuencia a las reuniones que la organización lleva a cabo en la sede vecinal
ubicada fuera del área de influencia y los desplazamientos a dicho recinto son
realizados a través de vías que no serán utilizadas ni intervenidas por el proyecto,
según lo señalado por el Titular en el acápite 6.1.5 del Anexo 2-7 de la DIA.
-
Respecto de la Dimensión Antropológica (Punto 5.3.5 Lugares de interés turístico y
cultural. Sentimiento de arraigo e identidad del Anexo 2-7 de la DIA), el Titular
indica que los principales elementos de arraigo se vinculan a la relación con la tierra,
sus tradiciones y el pasado comunal reciente como polo importante de desarrollo
agrícola dentro de la Región Metropolitana, que se ha mantenido vigente. Las
formas de vida rural constituyen uno de los principales elementos identitarios, toda
vez que el AI se encuentra en zona eminentemente rural, en donde se mezcla un
pasado campesino, con un presente igualmente ligado a los trabajos en la tierra, pero
con elementos nuevos de la modernidad asociados a la actividad industrial y llegada
de inmigrantes, entre otros.
-
Respecto a dichos antecedentes, se puede señalar que en base al descarte de efectos
significativos realizado para los literales a), b) y c) el uso y forma de ocupación de
los predios pertenecientes al AI no serán alterados, mientras que el desplazamiento y
acceso a los mismos no serán afectados, lo que permitirá el desarrollo de formas de
vida de los grupos humanos del área de influencia, por lo que se descarta afectación
en términos del literal d).
-
De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, el
Proyecto no se contrapone con el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura
o intereses comunitarios, ya que se encuentran lejanos a los lugares donde acontecen
las manifestaciones de la cultura, ritos y/o festividades. Por lo demás, se indica que
no existen ni comunidades ni organizaciones indígenas registradas en CONADI. De
acuerdo con lo anterior, el Proyecto tampoco generará reasentamiento de
comunidades, pues estas no están presentes en el sector.
Por lo anterior, considerando la ubicación del Proyecto, el grado de intervención de la zona
y la existencia de grupos humanos fuera del área del proyecto, se concluye que el Proyecto
no afectará a ninguno de éstos en sus fases de construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores
detalles
sobre
este
impacto
específico
Capítulo 6.3 del ICE
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES
PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO
EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto
ambiental
no
significativo
El Proyecto no genera impacto a poblaciones, recursos
y/o áreas protegidas.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto no se localiza en o próximo a
poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales
protegidos ni glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del
territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en la letra d) del
artículo 11° de la Ley 19.300:
-
De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, el
Proyecto no se localiza en o cercano a población protegida. Tal como se señala en
dicho documento, tanto dentro del área de influencia del proyecto, como en sus
inmediaciones, habría presencia menor de pueblos originarios, contándose con
algunas personas del pueblo mapuche, que habrían llegado desde el sur después de
la reforma agraria a trabajar como campesinos. Sin embargo, no se desarrollarían
actividades tradicionales de la cultura en ninguno de los tres sectores que componen
el AI.
-
Tampoco se identificaron Sitios de Significación Cultural, perteneciente a alguna
cultura habitante del territorio, ni en el sector de Chorrillos, de La Primavera, ni de
Miraflores.
-
Por lo tanto, el área de emplazamiento del Proyecto no corresponde a terrenos de
propiedad de comunidades indígenas o bajo la Ley Indígena (Ley N° 19.253), así
como tampoco se identifican reclamos o pretensiones por parte de comunidades
indígenas sobre estos terrenos, no existe un área de desarrollo indígena, ni derechos
de aguas indígenas, de esta forma, no existen antecedentes para prever
susceptibilidad de afectación a población protegida por parte del proyecto.
-
Por lo anteriormente expuesto, en el área cercana al proyecto no habita población
protegida por leyes especiales, que puedan ser afectados por las actividades, partes y
obras del Proyecto.
-
En el área de influencia del Proyecto no existen poblaciones, recursos y áreas
protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y
glaciares, susceptibles de ser afectados.
Referencia al ICE para mayores
detalles
sobre
este
impacto
específico
Punto 6.4 del ICE.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN,
DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto
ambiental
no
significativo
El Proyecto no genera alteración sobre los atributos del
paisaje, ni genera alteraciones sobre el valor turístico.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta
alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo
dispuesto en la letra e) del artículo 11° de la Ley 19.300:
-
Según lo señalado por el Titular en el Capítulo 2 de la DIA, el Proyecto no obstruirá
la visibilidad a una zona con valor paisajístico y no generará o presentará alteración
en términos de duración o magnitud del valor paisajístico o turístico de la zona. Ello,
se debe principalmente a la inexistencia de zonas con valor paisajístico o turístico
asociadas al sector de emplazamiento del Proyecto.
-
De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-9. Estudio de Paisaje de
la DIA, el área de influencia del Proyecto se enmarca en la Macrozona Sur, subzona
cuencas y valles. A partir de las características evidenciadas en terreno, se puede
mencionar que el área de análisis presentó escasos atributos paisajísticos. En efecto,
si bien el área de influencia tiene atributos biofísicos que dan valor paisajístico, la
flora del sector (principal atributo) es exótica y tiene un marcado fin comercial. Esto
ya que predomina en gran parte los cultivos agrícolas. En este sentido, la vegetación
del sector se debe entender como una intervención antrópica, siendo una actividad
productiva primaria en donde se han modificado las condiciones naturales de
vegetación. Esto último, sumado al típico asentamiento rural del centro-sur del país,
genera que el área de influencia no sea única ni representativa de un sector con alto
valor y calidad paisajística.
-
En cuanto a la valoración de la calidad visual del paisaje, el Titular señala en el
Anexo 2-9 Estudio de Paisaje de la DIA que el área de influencia (en conjunto las
dos unidades de paisaje evaluadas) posee un valor Bajo, donde el paisaje según sus
atributos visuales (biofísicos, estéticos y estructurales) no tiene una calidad que haga
a la zona única ni representativa.
-
Al momento de analizar el área de influencia respecto a la situación sin Proyecto y
la situación con Proyecto, mediante la creación de 1 fotomontaje, el Titular señal en
el acápite 5. Conclusiones del Anexo 2-9 de la DIA que no se producen impactos en
el paisaje debido a la instalación de las obras, puesto que éstas no generan una
obstrucción visual ni alteración de los atributos visuales.
-
De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-9. Estudio de Paisaje de
la DIA, no se generará afectación sobre el valor paisajístico, ya que la intervención
del Proyecto se limita a los espacios específicos en donde las obras más expuestas
serán los paneles que son obras de baja altura. En el Anexo mencionado, se
presentan los antecedentes que señalan que el área donde se emplazan las obras del
Proyecto posee escaso valor paisajístico.
-
De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-6 Medio Antropizado de
la DIA, todos los atractivos turísticos identificados en el área de estudio se
encuentran ubicados a más de 8 km respecto a la ubicación del Proyecto, siendo los
atractivos turísticos más cercanos Lamparaiso Flyfishing y ExpoLampa ubicados a
8,3 y 8,5 km de distancia del Proyecto, respectivamente.
-
Finalmente, se identificó una Zona de Interés Turístico (ZOIT) en la Región
Metropolitana de Santiago, correspondiente a San José de Maipo, la cual está a más
de 37 km de distancia respecto a la ubicación del Proyecto.
De acuerdo con lo indicado anteriormente, el Proyecto no genera ni presenta alteración
significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una
zona según lo señalado en el artículo 9° del D.S N° 40/2012 del MMA, toda vez que el
Proyecto no obstruirá la visibilidad a una zona con valor paisajístico y no generará o
presentará alteración en términos de duración o magnitud del valor paisajístico o turístico de
la zona. Ello, se debe principalmente a la inexistencia de zonas con valor paisajístico o
turístico asociadas al sector de emplazamiento del Proyecto.
Referencia al ICE para mayores
detalles
sobre
este
impacto
específico
Capítulo 6.5.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto
ambiental
no
significativo.
No se reconoce la existencia de monumentos sitios con
valor antropológico, arqueológico, histórico y, en
general, los pertenecientes al patrimonio cultural,
susceptible de ser afectado producto de la localización
o de las partes, obras y acciones del Proyecto.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta
alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en
general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en la letra
f) del artículo 11° de la Ley 19.300:
-
En el área de influencia patrimonial del Proyecto no existen sitios con valor
antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio
cultural. En efecto, de con lo presentado en el Anexo 2-10 componente arqueología
y en el Anexo 2-11 componente paleontología de la DIA, dentro del área de
influencia del Proyecto no se registra la presencia de monumentos nacionales,
Monumentos Históricos, Zonas Típicas, Santuarios de la Naturaleza, y Monumentos
Públicos. Para el componente arqueológico se realizaron actividades de prospección,
las cuales no evidenciaron registros de hallazgos de carácter arqueológico y/o
históricos asociadas al área del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de
registrar hallazgos arqueológicos durante las actividades o ejecución de las obras, se
paralizarán las actividades en el área del hallazgo y se dará aviso inmediatamente al
CMN, con el fin de determinar los pasos a seguir según lo señalado en la Ley
17.288/1970 del Ministerio de Educación. y su Reglamento.
-
De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-7. Caracterización de
Medio Humano de la DIA, el proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a
cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna
comunidad o grupo humano. Además, al interior del área de influencia no se
identificó la existencia de comunidades y/o asociaciones indígenas, como tampoco
de algún tipo de actividad o manifestación cultural relacionada con el componente
étnico.
De acuerdo con lo indicado anteriormente, en el área del Proyecto y en sus alrededores no
existe la presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes
especiales, tampoco se registra la presencia de asociaciones indígenas bajo la Ley Indígena
(Ley N°19.253). Lo anterior se puede apreciar en el consultar Anexo 11. Medio Humano
Actualizado de la Adenda, donde se presenta la línea de base de medio humano actualizada
y desde donde es posible identificar que no se presentan manifestaciones de cultura o
folclore que puedan ser afectadas por las actividades del Proyecto.
Referencia al ICE para mayores
detalles
sobre
este
impacto
específico
Capítulo 6.6.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales,
asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier
obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final
de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.
Tabla 6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de
cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición
final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. según se establece en el artículo
138 del Reglamento del SEIA.
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Operación.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto considera la instalación de servicios higiénicos
(baño y lavamanos) que enviarán las aguas servidas a una
fosa séptica con drenes, solución sanitaria que estará
operativa durante la fase de operación del Proyecto.
Condiciones
o
exigencias
específicas
para
su
otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que las
condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a
la salud de la población. Por lo anterior, el Proyecto
considera la instalación de servicios higiénicos (baño y
lavamanos) que enviarán las aguas servidas a una fosa
séptica con drenes. Dicha solución sanitaria estará
operativa durante la fase de operación del Proyecto toda
vez que para la Fase de Operación de generarán aguas
servidas provenientes de los servicios higiénicos del
personal encargado de las mantenciones de la planta.
Como se estima un máxima de cinco (5) trabajadores para
esta fase, la producción de aguas servidas será de 0,75 m3
con un coeficiente de recuperación de 100%. Tal como se
mencionó más arriba, para esta fase se utilizará un
tratamiento simple que está basado en una fosa séptica de
1,2 m3 de capacidad, cuyas aguas tratadas serán
incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración.
La fosa séptica permitirá realizar un tratamiento de las
aguas servidas mediante dos procesos: a) separación física;
y b) fermentación anaeróbica.
Luego de un período de retención de entre uno a tres días,
el efluente que sale cargado de materia orgánica en
suspensión debe ser sometido a un tratamiento posterior
(secundario) que consiste en disponer estas aguas en el
suelo por medio de drenes de infiltración. Para la
instalación de la fosa séptica se presentarán los
antecedentes necesarios para obtener los permisos de la
autoridad sanitaria.
La fosa séptica se ubicará distante de cualquier curso de
agua superficial (intermitente o permanente), por lo que
cumple con ubicarse a una distancia superior a 20 m. ce
cualquier cuerpo de agua presente en los alrededores.
Para el retiro de los lodos de la fosa, el servicio de limpieza
se efectuará, al menos, dos veces al año o cada seis meses.
El material será retirado por una empresa debidamente
autorizada y dispuesto en una planta de tratamiento o en un
sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria.
En la Tabla 1 del Anexo 8. PAS 138 de la Adenda se puede
encontrar las coordenadas en donde se ubicará la fosa
séptica. Consultar mayores antecedentes en dicho Anexo
Pronunciamiento del órgano
competente
La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de
Santiago, en su oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de agosto
de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda.
6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier
planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la
instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización,
comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
Tabla 6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de
cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la
instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio
o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el
artículo 140 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Construcción y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Se habilitará un sector en la instalación de faena, para
almacenamiento temporal de los residuos industriales no
peligrosos y una Zona de Almacenamiento de Residuos
Domiciliarios y asimilables a domiciliarios que serán
generados durante la construcción del proyecto.
Condiciones
o
exigencias
específicas
para
su
otorgamiento
Se habilitará un sector en la instalación de faena, para
almacenamiento temporal de los residuos industriales no
peligrosos y una Zona de Almacenamiento de Residuos
Domiciliarios y asimilables a domiciliarios que serán
generados durante la construcción del proyecto:
a. Área de residuos industriales no peligrosos: Los
residuos industriales no peligrosos serán manejados
por un sistema integrado de 2 componentes.
Primero serán almacenados en contenedores
primarios en los diferentes frentes de faenas para
posteriormente ser depositados en contenedores
secundarios en los patios de residuos industriales.
b. Área de residuos domiciliarios y asimilables a
domiciliarios:
Los
residuos
domiciliarios
y
asimilables a domiciliarios serán manejados por un
sistema integrado de 2 componentes. Primero serán
almacenados en contenedores primarios dentro de
bolsas
plásticas
en
su
lugar
de
origen,
posteriormente, en contenedores secundarios en
zona residuos domiciliarios.
En la Figura 1 del Anexo 9. PAS 140 de la Adenda se
muestra el plano de instalación de faenas. Dicha zona de
residuos domiciliarios de la fase de construcción se ubicará
al norte de la instalación de Faenas (1), mientras que el
patio de residuos industriales no peligrosos en el sur de la
IF (10). En el Anexo 1 de la Adenda se adjuntan los planos
de instalaciones permanentes y temporales donde se
muestran en mejor detalle la disposición de estas
instalaciones de manejo de residuos.
No se realizará tratamiento a los residuos. El proyecto
solamente considera acopio temporal de residuos. Durante
la fase de construcción, se estima una producción de
residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD)
de 1 kg/trabajador/día, con un máximo estimado de 1,36
t/mes. Estos residuos se recolectarán con una frecuencia de
3 veces a la semana, en máxima actividad, por un tercero
autorizado, y serán dispuestos en un sitio de disposición
final autorizado por la Autoridad Sanitaria. La generación
total de residuos industriales no peligrosos se estima en 0,2
m3 por mes, y se espera un retiro 3 veces por semana.
La Fase de Operación del Proyecto será realizada en forma
remota y en tiempo real, requiriendo mano de obra solo
para efectos de mantenciones de la Planta Fotovoltaica, por
lo que los residuos generados producto de esta actividad
serán retirados por los mismos trabajadores, en la medida
que se generen, para su posterior disposición en sitios
autorizados.
En cuanto a la Fase de Cierre, se esperan 0,46 t/mes de
residuos domiciliarios y se recolectarán 3 veces a la
semana. Por su parte, se espera 1.040 m3/mes de residuos
industriales no peligrosos que serán recolectados y
llevados a sitios de disposición final autorizados con la
misma frecuencia. En la Tabla 1 y Tabla 2 del Anexo 9 se
presenta la cuantificación y caracterización de residuos
para la Fase de construcción y cierre, respectivamente.
Ver mayores antecedentes en el Anexo 9. PAS 140 de la
Adenda.
Pronunciamiento del órgano
competente
La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de
Santiago, en su Oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de
agosto de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda y
ORD. N° 3226 de fecha 20 de octubre de 2021 de la
Seremi de Salud donde se pronuncia complementando
Oficio ORD. N° 2674
6.1.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos
Tabla 6.1.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos
según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Para el almacenamiento temporal de residuos industriales
peligrosos durante la Fase de Construcción, Operación y
Cierre, se requerirá de una bodega de acopio temporal de
residuos peligrosos (BAT) ubicada en la instalación de
faenas. Durante la Fase de Operación la Bodega de
Residuos Peligrosos se mantendrá.
Condiciones
o
exigencias
específicas
para
su
otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que el
almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad
de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la
salud de la población.
Para la fase de construcción y cierre se contempla la
habilitación de una bodega de acopio de residuos
peligrosos la que se ubicará dentro de la instalación de
faenas y que se mantendrá en funcionamiento durante la
Fase de Operación. Dicha bodega contra con una superficie
de 7 m2.
Ver mayores antecedentes en el Anexo 10. PAS 142 de la
Adenda.
Pronunciamiento del órgano
competente
La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de
Santiago, en su Oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de
agosto de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda y
ORD. N° 3226 de fecha 20 de octubre de 2021 de la
Seremi de Salud donde se pronuncia complementando
Oficio ORD. N° 2674
6.1.4 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de
los límites urbanos
Tabla 6.1.4 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera
de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Construcción.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Las edificaciones del proyecto que requieren el permiso de
construcción fuera del límite urbano corresponden a obras
constructivas permanentes y temporales. En consecuencia,
le son aplicables las disposiciones del presente PAS a las
siguientes obras del Proyecto:
Tabla 17. Obras Temporales que requieren del IFC durante
la Fase de Construcción.
Obras Temporales
Superficie
m2
ha
Comedor
36
0,003
Oficinas
36
0,003
Caseta de Control e
Ingreso
36
0,003
Área lavado de canoas
mixer
4
0,0004
Total Superficie Obras
Temporales
112
0,0112
Fuente: Anexo 6. Actualización PAS 160 de la Adenda
Complementaria.
Tabla 18. Obras Permanentes que requieren del IFC
durante la Fase de Construcción.
Obras Permanentes
Obra
Superficie (m2)
Paneles solares (12.276 unidades)
94.746,64
Salas eléctricas (2)
106,84
Bodega de materiales (1 Sala de
control)
29,74
Bodega de materiales (2)
29,74
Bodega de Residuos Peligrosos
9,00
Fosa séptica
18,00
Baño y ducha
7,30
Estanque de agua potable
11,70
Caminos internos
2.782,00
Total superficie de las Obras
Permanentes
97.740,96
Fuente: Anexo 6. Actualización PAS 160 de la Adenda
Complementaria.
El destino de las obras temporales dentro de la instalación
de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades
constructivas de la obra durante su construcción,
incluyendo instalaciones para el personal como comedor,
bodegas de residuos, casetas subcontratistas y oficinas
administrativas. Por su parte, los paneles fotovoltaicos
constituyen la obra principal del Proyecto durante la
operación.
Condiciones
o
exigencias
específicas
para
su
otorgamiento
Los requisitos para su otorgamiento consisten en no
originar nuevos núcleos urbanos al margen de la
planificación urbana y no generar pérdida o degradación
del recurso natural suelo.
En el caso de este permiso, al Proyecto le son aplicables las
disposiciones del presente PAS a las siguientes obras
temporales durante la fase de construcción: a) comedor; b)
oficinas; y c) caseta de control e ingreso, lo que
corresponde a una superficie 108 m2. En cuanto a las obras
temporales corresponden: a) Paneles fotovoltaicos; b) Sala
eléctrica 1; c) Sala eléctrica 2; d) Bodega de materiales 1;
e) Sala de control; f) Bodega de materiales 2; g) Bodega de
residuos peligrosos; y e) Caminos internos, las que
corresponden a una superficie de 97.701,76 m2.
El destino de las obras temporales dentro de la instalación
de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades
constructivas de la obra durante su construcción,
incluyendo instalaciones para el personal como comedor,
bodegas de residuos, casetas subcontratistas y oficinas
administrativas. Los paneles fotovoltaicos constituyen la
obra principal del Proyecto durante la operación.
En la en la Figura 1 del Anexo 6 se presenta el plano de
ubicación que señala la posición relativa del predio
respecto de los terrenos colindantes y del espacio público y
en el En el Anexo 1-2 de la DIA se presentan los planos de
emplazamiento de las edificaciones permanentes y
temporales del Proyecto.
Ver mayores antecedentes en Anexo 6. Actualización PAS
160 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano
competente
La SEREMI de Agricultura, a través de su Ord. N° 236 de
fecha 12 de agosto de 2021, se pronunció conforme.
La SEREMI de Vivienda y Urbanismo, a través de su Ord.
N° 2529 de fecha 18 de agosto de 2021, se pronunció
conforme.
El SAG, a través de su Ord. N° 1692 de fecha 14 de
octubre de 2021, se pronunció conforme señalando que “El
área del compromiso ambiental voluntario deberá
mantenerse en producción mientras dure el proyecto
fotovoltaico”.
6.2. Pronunciamientos ambientales sectoriales
6.2.1. Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje.
Tabla 6.2.1 Pronunciamiento sobre calificación de instalaciones industriales y de bodegaje
según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El proyecto se emplaza en un área regulada por el Plan
Regulador Metropolitano de Santiago. En específico, el
proyecto
se
emplaza
en
un
área
de
interés
silvoagropecuario mixto I.S.A.M. 4. Por lo anterior, el
proyecto necesita el Pronunciamiento de la autoridad
sanitaria a efectos de establecer la calificación industrial.
Condiciones
o
exigencias
específicas
para
su
otorgamiento
Los requisitos para el otorgamiento de este Permiso
consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen
de la planificación urbana y no generar pérdida o
degradación del recurso natural suelo. Sin embargo, el
Proyecto
no
considera
realizar
subdivisiones
ni
urbanizaciones.
Las edificaciones del proyecto que requieren el permiso de
construcción fuera del límite urbano corresponden a obras
constructivas permanentes y temporales del Proyecto, tales
como: a) comedor; b) oficinas; y c) caseta de control e
ingreso, las que contemplan una superficie de 108 m2. En
el caso de las obras permanentes se consideran En cuanto a
las
obras
temporales
corresponden:
a)
Paneles
fotovoltaicos; b) Sala eléctrica 1; c) Sala eléctrica 2; d)
Bodega de materiales 1; e) Sala de control; f) Bodega de
materiales 2; g) Bodega de residuos peligrosos; y e)
Caminos internos, las que corresponden a una superficie de
97.701,76 m2.
El destino de las obras temporales dentro de la instalación
de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades
constructivas de la obra durante su construcción,
incluyendo instalaciones para el personal como comedor,
bodegas de residuos, casetas subcontratistas y oficinas
administrativas. Por su parte, los paneles fotovoltaicos
constituyen la obra principal del Proyecto durante la
operación.
en la Figura 1 del Anexo 11, se presenta el plano de
ubicación que señala la posición relativa del predio
respecto de los terrenos colindantes y del espacio público.
En el Anexo 1-2 de la DIA, se presentan los planos de
emplazamiento de las edificaciones permanentes y
temporales del Proyecto.
Ver mayores antecedentes en Anexo 11. Pronunciamiento
161 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano
competente
La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de
Santiago, en su Oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de
agosto de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda,
señalando que:
“El pronunciamiento enunciado en el artículo 161 indica
sobre la Calificación de instalaciones industriales y de
bodegaje. Pronunciamiento a que se refiere el artículo
4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones, deberá emitirse durante el proceso de
evaluación de impacto ambiental del proyecto o actividad.
Con tal objeto, en el marco de la referida evaluación de
impacto ambiental y para emitir su pronunciamiento, la
autoridad sanitaria deberá considerar sólo las exigencias
ambientales de la calificación.
Al respecto, esta Autoridad Sanitaria califica la instalación
como INOFENSIVA, siempre que controles sus molestias
dentro de su propio predio e instalaciones”.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la
forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la
siguiente:
7.1.
Normas relacionadas con el emplazamiento del proyecto
7.1.1. D.S. Nº 31/17, Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para
la región Metropolitana de Santiago.
Tabla 7.1.1. D.S. Nº31/17, Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica
para la región Metropolitana de Santiago.
Componente/materia
Emisiones atmosféricas.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Emisiones provocadas por acciones del Proyecto durante cada
una de sus fases
Forma de cumplimiento.
En el Anexo 1-3 del capítulo1 de la presente DIA, se entrega la
estimación de emisiones atmosféricas del proyecto. En el
acápite 4.7 de dicho Anexo, se entrega un análisis del
cumplimiento
normativo
del
plan
de
prevención
y
descontaminación atmosférica de la RM, en donde se demuestra
que el proyecto cumple con los límites del plan, por lo que no
debe realizar compensación de emisiones.
Además, para asegurar el control de las emisiones, el titular
ejecutará las siguientes medidas:
-
Se aplicará un supresor de polvo en el camino de acceso
y caminos internos con un 70% de eficiencia de
abatimiento durante las fases de construcción y cierre.
-
Se exigirá una cobertura a los materiales que sean
transportados en camiones tolva.
-
Se exigirá un límite velocidad de los vehículos dentro del
área del Proyecto de 30 km/h.
-
Se exigirá a las contratistas, mediante cláusulas incluidas
en los contratos, la obligación de mantener las
maquinarias en perfecto estado de modo de evitar
emisiones por motores con fallas.
Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día
cumpliendo con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos
Motorizados Pesados” DS Nº55/94 MINTRATEL.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
- Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y
revisiones técnicas.
- Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en
instalación de faenas del proyecto.
Forma
de
control
y
seguimiento.
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.1.2. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): art. 55. Ordenanza General
de Urbanismo y Construcciones. DS N° 47/1992 (OGUC): art. 2.1.19.
Tabla 7.1.2. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): art. 55. Ordenanza
General de Urbanismo y Construcciones. DS N° 47/1992 (OGUC): art. 2.1.19.
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas.
Otros cuerpos legales
Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): art. 55.
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. DS N°
47/1992 (OGUC): art. 2.1.19.
D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S.
N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987
MTT; D.S.
N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Las actividades de construcción y cierre del Proyecto requerirán
de materiales e insumos enumerados en el presente cuerpo legal,
que serán transportados por las rutas de acceso al Proyecto.
Forma de cumplimiento.
Las emisiones de material particulado y gases son menores y
distribuidas en una extensión territorial acotada al polígono del
Proyecto y al camino de acceso no pavimentado, tal como se
presentan en el Anexo 1-3 – Estimación de Emisiones
Atmosféricas de la DIA.
Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de
material particulado, el Titular considera las siguientes medidas:
-
Se exigirá una cobertura a los materiales que son
transportados en camiones.
-
Se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para todos
los vehículos dentro del área de faena.
Todos los vehículos y maquinarias contarán con su revisión
técnica al día.
Indicador que acredita su
cumplimiento.
-
Revisión y registro de cumplimiento de las medidas
anteriores por parte del Titular.
-
Catastro de vehículos y fechas de respectivas de
revisiones técnicas y/o mantenciones.
Forma
de
control
y
seguimiento.
Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrán los registros
disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización
de la Autoridad.
7.1.3. D.S. N°144/61 del Ministerio de Salud que “Establece normas para evitar
emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”.
Tabla 7.1.3. Norma: D.S. N°144/1961 MINSAL.
Componente/materia
Calidad del aire y Emisiones atmosféricas.
Otros cuerpos legales
D.S. N° 4/1994 MTT; D.S. N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991
MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU; D.S.
N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la
generación de emisiones: el Proyecto generará emisiones de
material particulado y gases de combustión debido a las
actividades de excavación, tránsito de vehículos pesados,
movimientos de tierra, entre otras. También existirán emisiones
de material particulado producto de la combustión interna de
maquinarias y vehículos
Forma de cumplimiento.
Tal como señala el Anexo 1-3 de la DIA, las emisiones de
material particulado y gases son menores, principalmente
durante la construcción y distribuidas en una extensión
territorial acotada, debido al tránsito de vehículos y maquinarias
al interior del Proyecto y por vías pavimentadas externas.
Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de
material particulado, el Titular considera las siguientes medidas:
-
Se exigirá una cobertura a los materiales que son
transportados en camiones.
-
Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del
área de faena.
-
Se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas.
Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las
siguientes medidas:
-
Los grupos electrógenos utilizados en la fase de
construcción tendrán sus mantenciones al día, para que
se desempeñen de acuerdo con los parámetros del
fabricante.
-
Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria
de combustión interna contarán con las mantenciones
recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica
al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales
con las empresas contratistas a cargo de las faenas de
construcción y abandono del Proyecto
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Exigencias
contractuales
a
contratistas
sobre
mantenciones y revisiones técnicas.
-
Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en
instalación de faenas del proyecto.
Forma
de
control
y
seguimiento.
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la autoridad.
7.1.4. D.S. N° 279/83 del Ministerio de Salud “Reglamento para el control de la emisión
de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna”.
Tabla 7.1.4. Norma: D.S. N° 279/1983 MINSAL.
Componente/materia
Transporte y emisiones atmosféricas.
Otros cuerpos legales
D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S.
N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987
MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU; D.S. N°138/2005 MINSAL.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la
generación de emisiones: se emplearán vehículos motorizados
para diferentes funciones tales como el transporte de insumos,
equipos y transporte de personal.
Forma de cumplimiento.
Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con
su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las
mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará
exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de
cláusulas contractuales.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Exigencias
contractuales
a
contratistas
sobre
mantenciones y revisiones técnicas.
-
Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en
instalación de faenas del proyecto.
Forma
de
control
y
seguimiento.
Se mantendrán los registros de la revisión técnica de los
vehículos disponibles en las dependencias del Proyecto para
fiscalización de la autoridad.
7.1.5. D.S. N° 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece
Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”.
Tabla 7.1.5. Norma: D.S. N°75/1987 MINTRATEL.
Componente/materia
Transporte, residuos y emisiones atmosféricas.
Otros cuerpos legales
D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S.
N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 47/1992
MINVU; D.S. N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983
MINSAL.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la
generación de emisiones: el Proyecto contempla actividades de
transporte de carga (movimiento de tierra) para la realización de
sus obras y/o actividades durante su fase de construcción y
cierre.
Forma de cumplimiento.
El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del
contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales
señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y
eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier
otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera
(no se utilizará malla Raschel), lo cual será revisado
periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos
que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo
realicen en camiones 100% estancos que impidan el
escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará
exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de
cláusulas contractuales.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
Registro en instalación de faenas de cumplimiento, por parte de
encargado ambiental o prevencionista de riesgos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la autoridad.
7.1.6. D.S. N° 4/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece
Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los
Procedimientos para su Control”.
Tabla 7.1.6. Norma: D.S. N° 4/1994 MINTRATEL.
Componente/materia
Transporte y emisiones atmosféricas.
Otros cuerpos legales
D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991
MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU;
D.S. N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la
generación de emisiones: se emplearán vehículos motorizados
para diferentes funciones como traslado de insumos, equipos y
transporte de personas en las distintas fases del Proyecto.
Forma de cumplimiento.
Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con
su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las
mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará
exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de
cláusulas contractuales.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Exigencias
contractuales
a
contratistas
sobre
mantenciones y revisiones técnicas.
-
Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en
instalación de faenas del proyecto.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la autoridad.
7.1.7. Resolución Nº1/95, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica”.
Tabla 7.1.7. Norma: D.S. N° 158/1980 Ministerio de Obras Públicas.
Componente/materia
Transporte y emisiones atmosféricas.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la
generación de emisiones.
Forma de cumplimiento.
Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con
los antecedentes que acrediten sus dimensiones al momento de
transportar los materiales y residuos del proyecto. Lo anterior se
exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas
contratistas a cargo de las faenas de construcción, mantención,
limpieza y abandono del Proyecto.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
Exigencias contractuales a contratistas sobre dimensiones y
pesos de los vehículos utilizados en función a las labores del
proyecto.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la autoridad.
7.1.8. Ley N° 20.879/2015. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Sanciona el
Transporte de desechos hacia vertederos clandestinos.
Tabla 7.1.8. Norma: Ley N° 20.879/2015 Mintratel.
Componente/materia
Residuos.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán
residuos que serán llevados por terceros autorizados a lugares de
disposición final.
Forma de cumplimiento.
En la fase de construcción y cierre para llevar a cabo el
cumplimiento de la Ley 20.879 se solicitará a las empresas que
hagan retiro de los residuos que entreguen certificación que
éstos serán dispuestos en lugares autorizados. Lo anterior, será
solicitado de manera contractual, manteniendo en faena copia de
los permisos y certificados que acrediten el cumplimiento
normativo de los sitios de disposición final.
Para el caso de la fase de operación, se determinará de manera
contractual que tanto personal del titular como terceros
encargados de mantenciones dispongan los residuos sólidos
generados debido a estas acciones en sitios autorizados,
manteniendo en obra certificado que acredite la disposición.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
Compromisos contractuales y certificados de disposición de
residuos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán certificados de disposición de residuos
actualizados para revisión de la autoridad.
7.1.9. D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que “Establece Norma de
Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”.
Tabla 7.1.9. Norma: D.S. N° 38/2011 MMA.
Componente/materia
Ruido.
Otros cuerpos legales
D.F.L. Nº 725/1967 MINSAL; D.S. Nº 594/1999 MINSAL.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Generación de emisiones acústicas debido a las labores
constructivas durante la fase de construcción, funcionamiento de
equipos durante la fase de operación y desmantelamiento del
parque durante la fase de cierre.
Forma de cumplimiento.
El resultado del estudio de impacto acústico que se presenta en
el Anexo 10 de la Adenda indica que la predicción de los
niveles de ruido del Proyecto cumple con los niveles máximos
permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N° 38/11
del MMA, no produciendo impacto acústico significativo dentro
para las comunidades y viviendas cercanas al Proyecto.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Exigencias
contractuales
a
contratistas
sobre
mantenciones y revisiones técnicas.
-
Estudio de impacto acústico presentado en Anexo 10 de
la Adenda donde se verifica el cumplimiento normativo
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la autoridad.
7.1.10. D.S. Nº594/1999, “Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.
Tabla 7.1.10. Norma: D.S. N° 594/1999 Ministerio de Salud.
Componente/materia
Aguas servidas.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
-
Instalación de faenas y frentes de trabajo.
-
Actividades de mantención.
Forma de cumplimiento.
Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular
realizará las siguientes acciones:
-
Instalación de baños químicos en frentes de trabajo e
instalación de módulos con baños y duchas en la
instalación de faenas durante la construcción.
-
Evacuación de las aguas servidas de los servicios
higiénicos hacia un sistema de tratamiento compuesto
por fosa séptica y drenes de infiltración durante la
operación del Proyecto. Este sistema se implementará
para la construcción y se mantendrá durante la fase de
operación.
Ver antecedentes en Anexo 8 de la Adenda
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Copia de autorización de SEREMI de Salud a empresa
de baños químicos.
-
Registros en instalación de faenas del retiro y
disposición final de residuos de baños químicos por
empresa autorizada.
-
Resolución sanitaria de autorización de proyecto y
funcionamiento de sistema de alcantarillado particular y
fosa séptica para operación
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.1.11. DFL N° 725/1967 del Ministerio de Salud “Código Sanitario”.
Tabla 7.1.11. Norma: DFL N° 725/1967 del MINSAL. Código Sanitario.
Componente/materia.
Aguas Servidas.
Otros cuerpos legales.
D.S. N° 594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre
Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo”
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Generación de aguas servidas: instalación de faenas, frentes de
trabajo y actividades de mantención.
Forma de cumplimiento.
-
Durante la construcción y cierre el proyecto utilizará
baños químicos como solución sanitaria.
-
Durante la operación, se utilizará una fosa séptica. Para
ello se presentan en Anexo 8 de la Adenda (PAS 138) de
la DIA antecedentes técnicos para la autorización de una
solución sanitaria
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Copia de autorización de SEREMI de Salud a empresa
de baños químicos.
-
Registros en instalación de faenas del retiro y
disposición final de residuos de baños químicos por
empresa autorizada.
-
Resolución sanitaria de autorización de proyecto y
funcionamiento de sistema de alcantarillado particular y
fosa séptica
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán disponibles los registros de las autorizaciones
sanitarias para la fiscalización de la autoridad.
7.1.12. D.S. N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del
Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”.
Tabla 7.1.12. Norma: D.S. N° 1/2013 del MMA.
Componente/materia:
Residuos y productos de reciclaje.
Otros cuerpos legales.
D.F.L Nº725/1967 MINSAL; Ley 20.417; Resolución Exenta
Nº 1.139/2013 MMA.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán
residuos domiciliarios e industriales sólidos no peligrosos.
sustancias
a
la
que
aplica.
Forma de cumplimiento.
El Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos,
emisiones y productos prioritarios (paneles y embalajes) a través
de
la
plataforma
del
RETC
http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home, cuando corresponda.
También se informará a través del Sistema REP según lo
consignado en el artículo segundo transitorio de la Ley N°
20.920/2016 del MMA, donde se indican entre otras exigencias,
que “Mientras no entren en vigencia los decretos supremos que
establezcan las metas y otras obligaciones asociadas de cada
producto prioritario, el Ministerio podrá requerir a los
productores de productos prioritarios señalados en el artículo
10 (de la Ley N°20.920), informar anualmente, a través del
Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes”.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
En el caso de generar más de 12 ton/año de residuos no
peligrosos, el Titular del proyecto realizará la declaración de sus
residuos
a
través
de
la
plataforma
del
RETC
http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home.
Forma
de
control
y
seguimiento
Declaraciones anuales en RETC, en el caso de generar más de
12 ton/año de residuos no peligrosos.
7.1.13. Ley N° 20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Marco para
la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al
Reciclaje”.
Tabla 7.1.13. Norma: Ley N° 20.920/2016 MMA.
Componente/materia:
Residuos sólidos.
Otros cuerpos legales.
D.S. N° 594/1999 MINSAL; D.F.L N° 725/1967 MINSAL; Ley
20.920.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán
productos prioritarios de acuerdo a la Ley, susceptibles de ser
reciclados. El Proyecto generará, durante todas sus fases,
residuos asimilables a domiciliarios y residuos sólidos
industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados en un
sitio de almacenamiento temporal acondicionado para cada tipo
de residuo. Los módulos que presenten fallas o averías durante
la fase de operación serán retirados de la zona del parque y
dispuestos en sitios de disposición final autorizados o según
amerite, destinados a reciclaje.
Forma de cumplimiento.
Para llevar a cabo el cumplimiento de la ley REP, se entiende
que los titulares o administradores de proyectos fotovoltaicos
pasarán a ser “productores de productos prioritarios” por
importar paneles solares a Chile para la construcción y
operación de sus proyectos, situación que debe ser regulada a
través de los respectivos decretos de aparatos eléctricos y
electrónicos y de envases y embalajes, cuando estos entren en
vigencia. Por mientras, se deberán seguir las indicaciones del
artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920/2016 del
MMA, y declarar paneles, cajas y embalajes a través del
Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes
(RETC).
Indicador que acredita
su cumplimiento.
Declaraciones anuales en RETC.
Forma
de
control
y
seguimiento
-
Comprobante de servicio entregado por el gestor
autorizado.
-
Chequeo de impresión de comprobantes de carga de
información disponible en oficinas del Proyecto
7.1.14. D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de
Residuos Peligrosos”.
Tabla 7.1.14. Norma: D.S. N° 148/2003 del MINSAL.
Componente/materia
Residuos sólidos industriales peligrosos.
Otros cuerpos legales
D.S. N° 594/1999 MINSAL; D.F.L N° 725/1967 MINSAL; Ley
20.920.
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
-
Trabajos relativos a construcción y cierre.
-
Trabajos de mantención.
Forma de cumplimiento
Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular
solicitará ante la SEREMI de Salud, la autorización para un
patio de residuos industriales no peligrosos. El Titular también
presentará a la SEREMI de Salud una declaración en que conste
la cantidad y calidad de los residuos industriales que generará,
diferenciando claramente los residuos. Los antecedentes
ambientales del PAS 142 se presentan en Anexo 10 de la
Adenda.
Indicador que acredita
su cumplimiento
-
Oficios de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y
funcionamiento de la Bodega de residuos peligrosos.
-
Registros de recepción de residuos por parte de empresa
encargada de disposición final.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del
Proyecto para fiscalización de la autoridad.
7.1.15. D.S. N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que
“Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica”.
Tabla 7.1.15. Norma: D.S. N° 54/1994 MINTRATEL.
Componente/materia
Transporte, calidad del aire y emisiones atmosféricas.
Otros cuerpos legales.
D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S. N°
211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N° 47/1992
MINVU; D.S.
N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la
generación de emisiones: se emplearán vehículos motorizados
para diferentes funciones como traslado de insumos, equipos y
transporte de personas en las distintas fases del Proyecto.
Forma de cumplimiento.
El Titular del proyecto cumple con las disposiciones del
presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos
motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día y
mantenciones recomendadas por el fabricante, además del
correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el
cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre
la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas
contratistas a través de cláusulas contractuales.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Exigencias
contractuales
a
contratistas
sobre
mantenciones y revisiones técnicas.
-
Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en
instalación de faenas del proyecto
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán disponibles los registros en las dependencias del
Proyecto para la fiscalización de la Autoridad.
7.1.16. D.S. N° 18 de 2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Tabla 7.1.16. Norma: D.S. N° 18/2001 MINTRATEL.
Componente/materia
Vialidad.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
Emisiones atmosféricas durante la fase de construcción.
Forma de cumplimiento.
Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto los
vehículos de carga circularán por vías públicas en horarios
comprendidos entre 11:00 a las 17:00 horas.
Indicador que acredita
su cumplimiento.
Planilla de registro de ingreso y egreso de camiones a obras, en
el que se especificarán los horarios de salida y entrada, patente
del vehículo, carga y nombre del conductor a cargo.
Existencia de contrato con proveedores donde se exija el
cumplimiento de esta normativa.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación
que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a
implementar, así como su verificación periódica.
7.2.
Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora,
suelo, agua, patrimonio cultural)
7.2.1. Ley N° 17.288/1970 del Ministerio de Educación sobre Monumentos Nacionales.
Legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes N° 16.617 y 16.719; deroga
Decreto Ley N° 651, de 17 de octubre de 1925.
Tabla 7.2.1 Norma: Ley N° 17.288 del MINEDUC.
Componente/materia:
Patrimonio Cultural y Arqueológico.
Otros cuerpos legales.
D.S. Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento
sobre
Excavaciones
y/o
Prospecciones
Arqueológicas,
Antropológicas y Paleontológicas”.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento.
Construcción.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias
a
la
que
aplica.
De acuerdo con lo señalado por el Titular en el Anexo 2-10 de la
DIA, en la etapa correspondiente a las labores de prospección
arqueológica
no
se
registraron
hallazgos
de
carácter
arqueológico y/o históricos asociadas al área del Proyecto,
después de recorrer el 100% del AI del Proyecto.
Forma de cumplimiento.
Para evitar cualquier alteración a elementos culturales no
registrados, el Proyecto implementará durante la fase de
construcción, ante su eventual hallazgo, las siguientes medidas
de prevención, protección y conservación del patrimonio
cultural arqueológico:
1. Realización de una charla de inducción arqueológica y
paleontológica al personal del proyecto, preparada por
un
licenciado
en
arqueología
o
arqueólogo
y
paleontólogo, respectivamente, previo al inicio de la fase
de construcción, en donde el contenido de estas charlas
debe abordar el objetivo de la labor arqueológica y
paleontología,
su
marco
legal,
el
componente
arqueológico y paleontológico que se podría encontrar
en el área (acompañado de material gráfico) y los
procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se deberá
remitir a la Superintendencia de Medio Ambiente y al
Consejo de Monumentos Nacionales, una constancia de
los asistentes a las inducciones realizadas previo al inicio
de las obras, junto a sus firmas y los contenidos de esta,
así como una síntesis de los comentarios, observaciones
y preguntas.
2. Monitoreo arqueológico y paleontológico permanente de
las actividades de excavación del proyecto.
3. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o
paleontológico deberá proceder según lo establecido en
los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de
Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del
Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o
prospecciones
arqueológicas,
antropológicas
y
paleontológicas, informando de inmediato y por escrito
al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este
organismo determine los procedimientos a seguir, cuya
implementación deberá ser efectuada por el titular del
proyecto, se realizarán las siguientes acciones:
i.
Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al
menos 2 metros de distancia alrededor del punto
donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple
(formando un nivel, por ejemplo) se considerarán
2 metros desde los hallazgos más alejados del
centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de
que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro
de un nivel con abundancia con continuidad
lateral
(horizontal)
mayor
al
afloramiento
detectado. Para el caso paleontológico, si se
presenta un nivel (estrato) paleontológico, es
necesario despejar más la zona, de manera de
delimitar claramente la potencia de este nivel.
ii.
Dar aviso de manera inmediata al profesional
arqueólogo o paleontólogo, según sea el hallazgo
o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo
de los trabajos en el área del hallazgo,
informando
de
su
localización
exacta
al
departamento de Medio Ambiente, o similar, que
represente al titular del proyecto.
iii.
Proceder a delimitar y señalizar correctamente
(señalética, banderín) el área para su protección.
Se deberá disponer para ello de la señalética
adecuada que indique la restricción de ingreso al
sector, acompañado de un cerco perimetral (2
metros de alto) que limite y resguarde el
hallazgo.
iv.
Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo
no
previsto,
utilizando
coordenadas
UTM
(DATUM WGS 84) y registro fotográfico de
buena resolución (con tomas en primer plano, de
detalle, con escala y del contexto en general). La
notificación deberá ser informada al CMN por
el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de
Medio Ambiente, u otro representante del
proponente, en un plazo máximo de cinco días
hábiles desde la fecha de descubrimiento del
hallazgo. El CMN determinará las medidas a
implementar por parte del titular, considerando la
Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el
Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990
Indicador que acredita
su cumplimiento.
-
Registro de charla de inducción del personal.
-
Registro del monitoreo
Forma
de
control
y
seguimiento.
-
Comprobantes de reporte en la plataforma de la SMA
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias,
en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1.
Condición o exigencia 1: Recurso Hídrico.
Tabla 8.1. Condición o exigencia Recurso Hídrico.
Impacto asociado
Recurso Hídrico.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Todas las fases del proyecto.
Condición
o
exigencia
La DGA de la Región Metropolitana, mediante Ordinario N° 1045 de
fecha 16 de agosto de 2021, señaló lo siguiente:
1. “Este Servicio fundamenta su pronunciamiento Conforme,
según se detalla más adelante y en virtud de los antecedentes
presentados por el Titular del proyecto, considerando
cumplimiento normativo durante el proceso de evaluación de
impacto ambiental.Que, tal como se informó al Titular
durante el proceso de evaluación, el área de proyecto se
localiza en un Área de Restricción para nuevas extracciones
de aguas subterráneas, Sector Santiago Norte (Acuífero
Maipo), de acuerdo con la Resolución DGA N° 286, del 01 de
septiembre de 2005 modificada por Resolución D.G.A N°
231, del 11 de octubre de 2011, el Titular debe tener presente
que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en
todas las Fases del proyecto para evitar impactos en la
calidad y niveles del recurso hídrico.
2. Que, en la Respuesta 1.18 del Adenda 1 el Titular acoge
aplicar la siguiente medida en caso de un afloramiento de
aguas en Fase de Construcción, medida que debe estar
contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y
Emergencias, pues dicha medida resulta relevante para la
evaluación ambiental del proyecto, pues se encuentra
asociada a las eventuales situaciones de riesgo o
contingencia que pueden generar los efectos, características
o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA.
Por tanto, la medida a aplicar es la siguiente:
“Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de
Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus
Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la
SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de
afloramiento de agua, señalando las medidas que ha
aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera
preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes
actividades:
i.
Verificar la calidad del agua mediante toma de
muestras a través de laboratorio acreditado, que
asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas
(dispuestas), es de similar calidad natural a la de las
aguas de la fuente donde corresponda su disposición
final.
ii.
Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los
volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin
que esto además le permita al Titular diseñar las
medidas para el control de la estabilidad de los
taludes en el sector del afloramiento.
iii.
Enviar de inmediato los resultados de los análisis
químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un
Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al
Titular que acompañe imágenes fotográficas (con
fecha) describa los procedimientos seguidos y el
análisis y discusión de los resultados respecto de la
calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y
caudales, así como las respectivas conclusiones y
recomendaciones para la gestión de dichas aguas
(disposición final).
iv.
Una vez comprobada la naturaleza de la situación
acaecida, mediante los ensayos y mediciones
solicitados, se analizará la medida de gestión
definitiva en conjunto con la Autoridad.
v.
El Titular deberá informar el resultado de las
acciones implementadas, comunicando la fecha cierta
en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo
menor a 24 h.
vi.
Si el afloramiento de aguas responde a un escenario
permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios
suficientes y necesarios que permitan determinar la
posibilidad de alcanzar una solución definitiva”.
3. Que, en la Respuesta 1.19 del Adenda 1 el Titular acoge
aplicar la siguiente medida en caso de accidente/derrame
que
afecte
los
recursos
hídricos
superficiales
y/o
subterráneos del área de proyecto, medida que debe estar
contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y
Emergencias, Por tanto, la medida a aplicar es la siguiente:
“En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte
los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es
necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del
Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a
continuación:
i.
Descripción
del
accidente,
indicando
lugar,
identificación de la sustancia, área de influencia,
duración y magnitud del evento y principales
impactos ambientales.
ii.
Detalles de cada acción y medida de mitigación
utilizadas durante el evento de contaminación.
iii.
Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos
superficiales y/o subterráneos afectados y su medio
ambiente asociado y resultados de los monitoreos
inmediatos en el área de influencia.
iv.
En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de
Descontaminación de la zona, metodología, y
evaluación de la efectividad de las medidas, para ser
aprobado por la Autoridad.”
4. Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de
Evaluación de Impacto Ambiental.
a) Que, durante el proceso de evaluación se informó al
Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la
construcción provenientes de excavaciones y los
catalogados como escombros, generados en la Fase de
Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio
autorizado para su disposición final, no podrán contener
sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un
detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o
lavado de suelo en el sitio de disposición final siendo
necesario mantener un registro, a fin de comprobar que
los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento
del recurso hídrico. Al respecto, en la Respuesta 5.12 del
Adenda el Titular declaró: “El titular aclara que, en la
fase de construcción se generarán excavaciones menores
para la construcción de cercos y zanjas, cuyo material
será reutilizado en su máxima capacidad, por lo que los
escombros generados en estas faenas corresponderán
exclusivamente a restos de hormigón sobrante, lo mismo
que cables, tornillos, alambres u otros materiales para la
puesta de los equipos eléctricos y cierre. Por sus
características, estos elementos no contienen sustancias
peligrosas siendo almacenadas de manera temporal en el
Patio de Acopio de este tipo de residuos (véase en detalle
en el Anexo 3-2 de la DIA). De la misma forma para la
fase de cierre, ya que los residuos sólidos generados
corresponderán a los sobrantes del proceso de
desmantelar los elementos inertes o que no presentan
sustancias peligrosas. Por el contrario, cualquier residuo
sólido generado que contenga restos de sustancias
peligrosas o elementos que puedan causar detrimento a
la calidad de la napa por lixiviación serán dispuestos en
la Bodega RESPEL, según se indica en el Anexo 10 de la
ADENDA, cuya superficie cuenta con un sistema de
retención de derrames o lixiviados, de manera tal que no
filtrarán en el suelo y, por tanto, percolarán hacia el
nivel freático. Lo antes mencionado, se presenta en
detalle en la respuesta a la observación 1.20 de la
ADENDA, en específico en la Figura 4”.
b) Que, en relación con la acequia sin revestimiento,
ubicada de forma paralela hacia el oeste a una distancia
mínima de 10 metros del Proyecto aproximadamente, el
Titular deberá asegurar que la ubicación del cierre
perimetral del proyecto permita el acceso al cauce por
parte de la administración de este para ejercer las
obligaciones de limpieza y mantenimiento que establece
el Código de Aguas. Ello, a fin de que el proyecto
fotovoltaico contribuya a respetar la limpieza de las
aguas y no se afecte la calidad de las aguas.
c) Que, en atención a la aplicabilidad del artículo 8.2.1.1
lera a.2) del PRMS y de Acuífero Somero del área de
proyecto como lo señala la consulta 4.17, debiendo
precisar que esta consulta no se refiere al Área de Riesgo
de Inundación de Cauces Naturales y Cuerpos de Agua
(Art. 8.2.1.1 letra a.1.4. del PRMS), según indica el
Titular, y que sin embargo también aplica a este
proyecto, se debe tener en cuenta que el Titular declaró
en la referida Respuesta lo siguiente: “[…] en el Anexo
2-3 Estudio de Suelos de la DIA, se pueden apreciar
calicatas 12 calicatas realizadas con profundidades entre
1,15 a 1,45 metros sobre las cuales no se registraron
afloramientos de agua […]”.
d) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.6 del
Adenda 1 el Titular declaró: “El Titular señala que, de
acuerdo con el Catastro de Derechos de Agua
Concedidos de la Región Metropolitana, correspondiente
a la Dirección General de Aguas (DGA), y como se
presenta en la 1 del predio del Proyecto no se encuentran
pozos con Derechos de Aprovechamiento legalmente
constituidos, así como tampoco existen derechos
superficiales. Al respecto de la provisión de aguas para
las distintas faenas del Proyecto, se indica que éstas
serán provisionadas por terceros, que cuenten con los
permisos para la extracción actualmente vigentes y en
norma, manteniendo en obra o faena registro de estos
permisos, por lo que se descarta que el proyecto utilice
agua subterráneas o superficiales de pozos cercanos del
predio”.
e) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.7 del
Adenda 1 el Titular declaró: “El titular acoge la
observación e indica que será solicitud a los proveedores
externos de aguas industriales contar con los registros
que acrediten la correcta y en norma extracción de agua
a partir de las cuales proveerán al Proyecto (acápite
1.7.5.2 de la DIA). Estos documentos serán mantenidos
en obra en caso de fiscalización”.
f) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 4.19 del
Adenda 1 el Titular declaró: “Tal como se señaló en la
respuesta a consulta 1.11 de la presente ADENDA, el
Proyecto no pretende realizar modificaciones sobre las
pendientes existentes debido a que su uso agrícola actual
lo mantienen perfilado y sobre esa condición el Proyecto
se podrá implantar. En este sentido, no se prevén efectos
o modificaciones al drenaje actual del terreno que alteren
o incrementen la escorrentía superficial y/o infiltración
de lluvias obras de manejo de aguas lluvias y en
consecuencia, no proyectan obras ni cambios en el
sistema de drenaje de la zona del proyecto”.
g) Que, respecto del Compromiso Ambiental Voluntario de
Mejoramiento de Suelos en la comuna de Melipilla, el
Titular no declara el origen del agua ser utilizada en el
compromiso (subterránea o superficial). Al respecto, es
necesario precisar que el Titular debe tener presente que
las aguas son bienes nacionales de uso público y se
otorgan a los particulares el derecho de aprovechamiento
de ellas, en conformidad a la disposición de Código de
Aguas en sus artículos 5° y siguientes. Por lo tanto, no se
podrá hacer uso de aguas sin contar con los derechos de
aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA”.
8.2.
Condición o exigencia 2: Recurso Suelo.
Tabla 8.2. Condición o exigencia Recurso Suelo.
Impacto asociado
Suelo.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Operación y Cierre.
Condición
o
exigencia
El Servicio Agrícola Ganadero (SAG), de la Región Metropolitana,
mediante Ordinario N° 1692 de fecha 14 de octubre de 2021, señaló
lo siguiente:
“PAS 160
El titular cumple con los requisitos técnicos y formales para el
otorgamiento Permiso Ambiental Sectorial descritos en el Art 160
del DS Nº40, del 2012, del Ministerio del Medio Ambiente. El área
del compromiso ambiental voluntario deberá mantenerse en
producción mientras dure el proyecto fotovoltaico.
FASE DE CIERRE
El titular deberá restituir la condición inicial del suelo en el área del
proyecto, independiente de los valores de densidad aparente que
presente, cumpliendo con la condición basal que fue descrita en la
línea base de suelo es decir todos los criterios establecidos en la
Pauta SAG para la clase II y III de Capacidad Uso de Suelo”.
8.3.
Condición o exigencia 3: Vialidad
Tabla 8.3. Condición o exigencia Vialidad
Impacto asociado
Vialidad.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción y operación.
Condición
o
exigencia
La Seremi de Obras Públicas de la RM, a través de su Oficio ORD.
N° 223/2021 (sea-seia-adenda) del 16 de agosto de 2021, señaló lo
siguiente:
“El titular podrá dar inicio a las obras del proyecto, cuando se
cuente en forma previa con la aprobación del proyecto de Acceso
Vial, y, el mismo, se encuentre materializado en terreno con
anticipación y con la respectiva recepción de La Dirección Regional
de Vialidad del MOP RMS”
8.4.
Condición o exigencia 4: Vialidad.
Tabla 8.4. Condición o exigencia Vialidad.
Impacto asociado
Vialidad.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción.
Condición
o
exigencia
La Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región
Metropolitana, a través de su Oficio N° 1881/2021 SRM-RM del 16
de abril de 2021, señaló lo siguiente:
1. “Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al
interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como
para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de
Uso Público para efectuar esta labor.
2. No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública,
durante los trabajos realizados en la fase de construcción del
proyecto.
3. Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de
carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de
manera tal que no afecte la vialidad pública.
4. Para la fase de construcción se realizará una planificación
de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión
o filas de vehículos en la calzada.
5. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión
técnica y de gases al día.
6. Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y
descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo
permita.
7. El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito
adecuado de vehículos y peatones.
8. Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales
como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros
de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia.
9. Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas
de carga y descarga de camiones.
10. Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de
señalización de tránsito de obras provisorias.
11. No se realizará acopio de materiales en la vía pública.
12. Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de
Transportes que establece que los vehículos que transporten
desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean
sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo,
estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa
alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que
produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc.
Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los
materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas,
u otro sistema que impida su dispersión al aire.
13. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus
modificaciones
del
Ministerio
de
Transportes
y
Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de
vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo
Vespucio.
14. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se
solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5
"Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para
Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y
sus Anexos.”
8.5.
Condición o exigencia 5: Seguridad.
Tabla 8.5. Condición o exigencia Seguridad.
Impacto asociado
Seguridad,
Fase del Proyecto a
la que aplica
Todas las fases del proyecto.
Condición
o
exigencia
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) de la
Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 8536 del 31 de marzo
de 2021, señaló lo siguiente:
1. “El abastecimiento de combustibles para la maquinaria
pesada y equipos en faena, de realizares a través de camión
surtidor de combustible, de la DIA en comento, debe cumplir
con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo
N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, “Reglamento de Seguridad para las
Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación,
Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento
de Combustibles Líquidos”, modificado por los Decreto
Supremo N° 101/2013 y N° 138/2016, ambos del Ministerio
de Energía y el referido camión surtidor debe contar con la
Declaración de Camión Tanque de Combustibles Líquidos
ante esta Superintendencia.
2. D.F.L. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía,
Fomento
y
Reconstrucción,
“Fija
texto
refundido,
coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº
1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos,
en
materia
de
energía
eléctrica”
(LGSE)
y
sus
modificaciones posteriores.
3. D.S. Nº 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija
Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”.
4. D.S. N° 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la
Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros
de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones
posteriores.
5. D.S. N° 244 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, que "Aprueba Reglamento para Medios de
generación No Convencionales y Pequeños Medios de
Generación establecidos en la Ley General de Servicios
Eléctricos" y sus modificaciones posteriores.
6. Resolución Exenta Nº 321, del 21 de julio de 2014, del
Ministerio de Energía, que dictó la “Norma Técnica con
exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el
Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema
Interconectado Central”, y sus modificaciones posteriores.
7. Resolución Exenta N° 329 de 2013, de la Comisión Nacional
de Energía que modifica y aprueba texto refundido de la
“Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños
Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de
Media Tensión” y sus modificaciones posteriores.
8. D.S. N° 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCH
Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y
deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984".
9. D.S. N° 4188 de 1955, del Ministerio del Interior,
aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de
Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad.
“Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.
10. D.S. N° 1261 de1957, del Ministerio del Interior, aprobatorio
de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y
Paralelismos de Líneas Eléctricas”.
11. Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la
puesta en servicio de una instalación interior”.
12. Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso
de PCB en equipos eléctricos".
13. El generador de 5 kVA de capacidad nominal, de respaldo
ante un eventual corte del suministro eléctrico, mencionado
en el numeral 1.7.5.4 Suministro Eléctrico, de la sección
1.7.5 Suministros Básicos, del CAPÍTULO 1 DESCRIPCIÓN
DE PROYECTO, de la DIA en comento, deberán contar con
su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por
un Organismo de Certificación autorizado por esta
Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo
establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que
aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos
Eléctricos y de Combustibles”.
14. Las instalaciones interiores de electricidad que se proyecten,
provisorias o permanentes, para la fase de construcción del
Proyecto, conectada a la empresa distribuidora local y al
generador, citado en el numeral 13 precedente y destinada al
autoabastecimiento a partir de la energía eléctrica generada
para la operación del Proyecto, mencionadas en el numeral
1.8.5. Suministro Eléctrico, de la sección 1.8.5 Suministros
Básicos, del CAPÍTULO 1 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO,
de la DIA en comento, previo a su puesta en servicio,
deberán ser declaradas ante esta Superintendencia, mediante
instaladores
eléctricos
de la
Clase correspondiente,
autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de
1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de
Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de
acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución
Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y
Plazos de Tramitación para la presentación de las
Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta
Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución
Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta
Superintendencia” y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración
de Instalación Eléctrica Interior”.
8.6.
Condición o exigencia 6: Recurso Suelo.
Tabla 8.6. Condición o exigencia Recurso Suelo.
Impacto asociado
Suelo.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Operación.
Condición
o
exigencia
La SEREMI de Agricultura de la Región Metropolitana de Santiago,
mediante Ordinario N° 236 de fecha 12 de agosto de 2021, señaló lo
siguiente:
“Efectuar un seguimiento a los 5 -7 años respecto del
comportamiento de las condiciones físicas del suelo, en especial de
la tosca descrita. Incluir informe de resultado de este compromiso”.
8.7.
Condición o exigencia 7: Emisiones, Aguas Servidas, Residuos.
Tabla 8.7. Condición o exigencia Emisiones, Aguas Servidas, Residuos.
Impacto asociado
Emisiones, Aguas Servidas, Residuos.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Condición
o
exigencia
La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago,
mediante Ordinario N° 2674 de fecha 18 de agosto de 2021, señaló lo
siguiente:
“En base a la revisión del documento citado anteriormente, este
órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la
Adenda antes mencionada.
Condicionado a las precisiones y/o consideraciones que se
establecen en los Ord. Nº1319/2021 de esta Autoridad Sanitaria
Regional y lo siguiente:
1. Normativa de carácter ambiental aplicable
1.1 Emisiones de ruido
No se tienen observaciones en materia de acústica ambiental.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proyecto sea calificado
ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán
quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas de
control de ruido y vibraciones, así como los compromisos señalados
por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites
máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece
“Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o
la que la reemplace, la norma de referencia utilizada en la
evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact
Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados
Unidos y la norma de referencia utilizada en la evaluación de ruido
de tráfico vehicular “Ordonnance Sur La Protection Contre Le
Bruit” OPB 814.41 de la Confederación Suiza.
8.8.
Condición o exigencia 8: Instrumento de Planificación Territorial.
Tabla 8.8. Condición o exigencia Instrumento de Planificación Territorial.
Impacto asociado
No aplica.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Operación.
Condición
o
exigencia
La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana
de Santiago, mediante Ordinario N° 2529 de fecha 18 de agosto de
2021, señaló lo siguiente:
“(…) El proyecto queda condicionado a que:
Una vez obtenida la RCA favorable, el titular, deberá solicitar en
forma sectorial el informe favorable que debe emitir esta secretaria,
señalado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y
Construcciones, para la asignación de normas de urbanización, el
que debe ser solicitado por el dueño del predio o predios (al
momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se
otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones
del proyecto, incluidos los paneles fotovoltaicos.
El titular obtenga la calificación de instalaciones industriales a que
se refiere el art. 4.14.2 de la OGUC (art. 161 del Título VII del
Decreto Supremo Nº 40/13) durante el proceso de evaluación del
proyecto en cuestión.
El titular obtenga la aprobación de un estudio fundado por el
organismo competente, según lo indicado por el Art. 2.1.17 de
OGUC, debido a que el terreno se ubica en un área de riesgo de
inundación de cauces naturales y afloramiento de napa freática”.
8.9.
Condición o exigencia 9: Residuos.
Tabla 8.9. Condición o exigencia Residuos.
Impacto asociado
Residuos
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Condición
o
exigencia
La SEREMI de Medio Ambiente de la Región Metropolitana de
Santiago, mediante Ordinario N° 837 de fecha 17 de agosto de 2021,
señaló lo siguiente:
“Disponer de un registro en obra, de los talleres autorizados donde
se realice la mantención de los vehículos y maquinarias que se
utilizarán en el proyecto, observándose que el titular en la respuesta
1.12.i declara que: "Respecto a los residuos producto de la
mantención de los vehículos y maquinarias se indica que estos serán
generados fuera del predio del proyecto, en sitios autorizados"; lo
anterior a objeto de acreditar la adecuada gestión de los residuos
peligrosos generados por la mencionada actividad.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso
los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1.
Compromiso ambiental voluntario 1: Mejoramiento de Suelos.
Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario Mejoramiento de Suelos.
Impacto no
significativo
asociado
Pérdida de suelo con potencial agrícola.
Fase en que
aplica
Construcción y Operación.
Objetivo,
descripción
y
justificación
Objetivo: Mejorar y/o rehabilitar una superficie de suelo equivalente a la que
será utilizada por las obras del proyecto que se emplazarán en suelos clase II
y III.
Descripción: El proyecto Planta Fotovoltaica Belén 6 MW, localizado en la
comuna de Lampa, provincia de Chacabuco, dentro de la Región del
Metropolitana, requiere un compromiso voluntario productivo debido a la
pérdida de suelo con potencial agrícola en una relación de 1:1 hectáreas. En
base a las observaciones del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y por el
SEREMI de Agricultura, de la Región Metropolitana, se establece
proporcionar un mejoramiento sustancial de la superficie de suelo a mejorar,
generando posteriormente una mejora de sus limitantes agrícolas tales como
pedregosidad subsuperficial, propiedades químicas o fiscomorfológicas
estructurales, aparición de duripán, entre otras. Esto incluye 14.5 hectáreas
del emplazamiento del proyecto fotovoltaico, que corresponden a suelos con
una Capacidad de Uso de provecho productivo.
En el marco del proyecto, la empresa de energías renovables utilizará un
total de 14.5 hectáreas catalogadas en el estudio edafológico presentado en la
DIA, como Clase II y III; por tanto y según lo acordado con las autoridades
competentes, el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) debe enmendar y
producir un mejoramiento de 14.5 hectáreas, idealmente dentro de la Región
del Metropolitana.
El CAV se elaboró con estricto apego a los lineamientos y recomendaciones
contenidos en la Guía de Evaluación Ambiental: Recurso Natural Suelo (G-
PR.GA-05) año 2011” (SAG, 2011a), cuyo numeral 6.3, considera medidas
de mejoramiento de suelos y medidas de rehabilitación de suelos.
Dentro de las técnicas de mejoramiento de suelos se requiere cumplir con
ciertos antecedentes prediales y de manejo, entre los cuales se encuentran:
-
Ubicación administrativa del predio, esto incluyendo los límites que
definirán el polígono a mejorar.
-
Estudio edafológico acotado para definir las características del suelo
a mejorar y así además definir las técnicas a implementar para el
mejoramiento de suelo.
-
Descripción de cada técnica a utilizar para llevar a cabo el
mejoramiento, adjunto con un cronograma de actividades dentro del
Compromiso Ambiental Voluntario (CAV), además de inclusión de
posibles usos futuros de dicho suelo.
El CAV se basa en la aplicación de una o más de las labores antes detalladas
sobre un terreno en particular, con lo cual se producirá un mejoramiento
medible en alguno de los parámetros utilizados para determinar la capacidad
de uso de los suelos.
Para la determinación de las capacidades de uso de los suelos, se han
utilizado los parámetros establecidos en la Pauta para Estudio de Suelos
(SAG, 2011b).
Justificación: El Proyecto requiere presentar el CAV debido a que una
porción del área de estudio en donde se emplazaría este se efectuaría en un
suelo con Capacidad de Uso de Suelo Clase II y III.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementa
ción
Lugar: Pivote Lara, propiedad de Agrícola Robledal Ltda., Comercial Guitre
Ltda., Guillermo Enrique Manzor Ureta y Luis Lara Retamal, en el sector de
Lumbrera de Puangue, comuna de Melipilla. Los roles involucrados son:
2022-360; 2022-73; 2022:72; 2022-80; 2022-81.
Forma: Como procedimiento general se utilizó, en una primera instancia,
para la identificación de los suelos de los predios, la información entregada
por CIREN (2006) a través de las Ortoimágenes correspondientes y
respaldadas por el Estudio Agrológico de la Región Metropolitana (CIREN,
1996). Con dicha información se logró una aproximación de la Capacidad de
Uso de Suelo. Además, de aquello se utilizó Google Earth Pro y el servidor
Bing para la extracción de imágenes satelitales y para analizar y procesar la
información entregada por las diferentes fuentes se utilizó el software
Quantum GIS 2.14 (QGIS).
En base a lo expuesto anteriormente, la búsqueda de terrenos aptos para un
Compromiso Ambiental Voluntario (CAV), se orientó a las áreas con mayor
potencial agrícola, ya sea de secano o bajo condiciones de regadío, las cuales
normalmente se enfrentan a problemas de micro relieve accidentado,
profundidad efectiva limitada, drenaje insuficiente y/o pedregosidad
abundante. Para el caso específico del proyecto fotovoltaico Belén, se
solicitó la búsqueda de terrenos con características edáficas limitantes que
estén asociadas a Capacidades de Uso de Suelo IV, especialmente asociados
a la Serie Pudahuel, que presenta una clara problemática con un duripán
arenoso compactado por sílice.
En lo que se refiere a la descripción del compromiso se debe señalar que:
-
El compromiso voluntario consta de dos etapas, que se describen a
continuación:
a. Selección de predios posibles: corresponde a la primera etapa y
consiste en la identificación, selección y caracterización edafológica
de 14.5 ha de suelos Clase IV, localizados en la comuna de Melipilla
en suelos que pertenecen principalmente a la Serie Pudahuel, a ser
rehabilitados. Al finalizar esta etapa se realizará un informe que
presente como antecedentes entre otras cosas el rol de la propiedad,
serie de suelo, características edáficas, medidas que se realizarán y
análisis de suelos correspondientes.
b. Aplicación de la medida de rehabilitación de suelo: corresponde a la
segunda etapa y considera la aplicación del subsolado para la
descompactación del suelo o la ruptura del duripán, entre otras
medidas, en las 14.5 ha de suelos previamente seleccionadas. Al
finalizar esta etapa se realizará un informe que contenga los
resultados de la aplicación de la medida junto con las conclusiones.
En este punto se deben agregar actividades de rehabilitación de los
suelos post-subsolado, ya que parte del duripán aflora en superficie,
tanto en fragmentos de gran tamaño, como medios y pequeños.
Se procedió a buscar suelos en los que se puedan realizar mitigaciones y
mejoras permanentes en el recurso suelo, con Capacidad de Uso de Suelo
Clase III y IV, en las comunas de María Pinto y Melipilla. Precisamente el
requerimiento de las autoridades, de generar suelos productivos para habilitar
nuevos terrenos para plantaciones y cultivos, es lo que permite considerar
dicha superficie como potenciales áreas del CAV proyectado, ahora bien,
existen limitaciones que se deben buscar para poder mejorarlas con técnicas
agronómicas medibles y visibles tanto para productores como autoridades.
Posteriormente se realizaron campañas de terreno dentro de las comunas de
María Pinto y Melipilla, en donde finalmente se decidió llevar a cabo el
trabajo de terreno dentro de las propiedades de Agrícola Robledal Ltda. y
Comercial Guitre Ltda., en el sector de Lumbrera de Puangue en la comuna
de Melipilla, en donde se realizaron calicatas para corroborar la información
entregada por las fuentes anteriormente señaladas, Minagri y CIREN. Se
debe destacar que existen dos propiedades que se expresan en el cuadro 1
que se encuentran en proceso de cambio de propietario hacia la Agrícola
Robledal Ltda., de hecho todo el pivote de riego que se presentará en este
informe funciona como una sola unidad productiva, se divide en este caso en
los propietarios solamente para ser concordantes con la información
entregada por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Dentro del predio se encuentra claramente una limitante típica de la Serie
Pudahuel (PUD), que es la aparición de una estrata cementada con
características de duripán, sobre todo cuando el perfil de suelo se encuentra
seco. En este informe se proponen técnicas agronómicas con enfoque en la
mejora del drenaje y de la profundidad efectiva, para así mejorar la
penetración e incursión radicular en el recurso suelo, y así mejorar la
capacidad productiva de los suelos, especialmente para el establecimiento de
cultivos frutales, ya que existen bastantes proyectos futuros de incursión en
distintos cultivos frutícolas, desplazando parte de lo que tradicionalmente
tanto Agrícola Robledal Ltda., así como también Comercial Guitre Ltda., se
han dedicado a producir, que es maíz, tanto para alimentación avícola, como
para la agroindustria de los snacks.
Una vez presentada la superficie por parte del propietario, se procedió a
catalogar el suelo y su Capacidad de Uso de Suelo durante las campañas de
terreno realizada durante los meses de abril y mayo del 2021. Del total de lo
presentado en este pivote de riego (Pivote Lara), este informe se enfocará en
las 14.5 hectáreas necesarias y que serán descritas con posteridad en este
informe para así ser utilizadas como parte del mejoramiento productivo por
la pérdida de recurso suelo productivo en la comuna de Lampa, debido a la
construcción del Proyecto Fotovoltaico Belén. A continuación, se presentan
la totalidad de las 14.5 hectáreas analizadas, dentro del Pivote Lara (total
38ha).
Características generales del terreno seleccionado.
Los parámetros edafológicos generales encontrados en el predio de la
comuna de Melipilla, para la ejecución de un Compromiso Ambiental
Voluntario son los siguientes:
-
La profundidad efectiva real del suelo se ve limitada fuertemente por
la aparición de un hardpan (duripán) o en algunos casos un fragipán
que ha sido reblandecido por inclemencias climáticas, principalmente
riego tardío de maíz. Además, por pertenecer a la Serie Pudahuel, es
irregular en cuanto a profundidad efectiva, siendo las partes más
bajas del campo, las con algunos problemas claros de drenaje.
-
Tanto el duripán como el fragipán limitan fuertemente el desarrollo
radicular de los cultivos, así como también la infiltración y
percolación del agua.
-
Movimientos horizontales del agua debido a lomajes suaves.
-
Desuniformidad de cultivo, debido a riego con pivote central en
suelos con diferentes profundidades efectivas.
Técnica por implementar en el Compromiso Ambiental Voluntario.
En base a las características edafológicas anteriormente señaladas, a
continuación, se describen las técnicas a utilizar y el fundamento teórico de
cada una de ellas:
-
Subsolado: tanto las arenas pumicíticas con sílice que componen el
duripán como otros materiales particulados más finos deben ser
fracturados para así mejorar la profundidad efectiva del suelo, así
como también la percolación del agua y la exploración y penetración
de las raíces. Se ultilizará en primer lugar un Bulldozer D9 con un
subsolado de un metro para fracturar primitivamente el duripán en
una dirección. Posteriormente, se utilizarán máquinas excavadoras
(30tons) con un equipo tridente (garra) capaz de penetrar a los menos
90cm del suelo, para así asegurar una mejora productiva sustancial
del suelo comprometido. Se utiliza tridente de forma posterior al
bulldozer, y en direcciones contrarias para así lograr la total fractura
del duripán.
-
Extracción de fragmentos de gran tamaño: Se procederá a la
extracción de fragmentos de duripán que queden en superficie, y los
cuales no pueden ser mullidos por los diferentes equipos de
preparación de suelos. Estos fragmentos de gran tamaño serán
retirados por camiones tolvas a sectores prediales que se encuentren
en desuso, normalmente esquinas entre pivotes.
-
Pulverización de fragmentos medios: Se utilizará la máquina Xpel
220 para así poder triturar los fragmentos de tamaño medio que
queden en superficie, y que aún generen alguna problemática para las
labores de preparación de suelos, siembra o cosecha.
-
Nivelación: Se debe utilizar un equipo de nivelación para asegurar
que la utilización del subsolado no desniveló el terreno en forma tal
que el pivote de riego no tenga problemas para desarrollar sus
funciones.
-
Rastra: Posterior al paso de los equipos nombrados anteriormente, es
necesario rastrear el terreno, para así asegurar que no queden grandes
de duripán en superficie que dificultarían otras labores agrícolas
como la siembra.
Oportunidad de Implementación: Durante la fase de construcción Proyecto.
Para mayores antecedentes revisar el Anexo 2 – Actualización de CAV de la
Adenda Complementaria.
Indicador
de
cumplimien
to.
Los indicadores para evaluar la calidad de las labores realizadas se exponen a
continuación y se incluyen Indicadores de avance o parciales e Indicadores
finales.
En base a la información recabada en las mediciones se harán las
correcciones
del
caso
si
fuesen
necesarias
para
completar
las
especificaciones indicadas.
En la tabla dispuesta a continuación, aparecen los parámetros a considerar en
el seguimiento de la implementación del plan del mejoramiento de suelos
establecido con anterioridad, en él se desglosan los objetivos a alcanzar y los
indicadores de cumplimiento establecidos por los especialistas, además de su
metodología.
Tabla 19. Labores e indicadores de avance del CAV
Labores de
Mejoramiento
de Suelo
Objetivo
Indicador de
Cumplimiento
Método
logía
Intensidad de
Muestreo
Parámetro
Aprobación
Subsolado
Bulldozer D9
Fracturar
en un
sentido el
duripán
al menos
a 80cm
de
profundi
Profundidad
del
subsolado a
80 cm.
Martill
o de
penetra
ción
ligera
debe
ingresa
r con
25 muestras
por
hectárea
20 cumplen
con
enterrarse a
80 cm de
profundidad
dad, para
así
facilitar
faenas de
excavado
res
facilida
d al
suelo
(en
fractura
s)
Subsolado con
tridente
(garra)
Lograr
des
compacta
r el
suelo y
traer a
superfici
e
fragment
os de
duripán
de
tamaño
grande,
medio y
pequeño
Profundidad
del
subsolado a 80
cm.
Realiza
r
calicata
para
observa
r
fractura
del
horizon
te C2m,
observa
r
mezcla
del
recurso
suelo
en los
70 cm
trabaja
dos
Dos
muestras
por
hectárea
80% de las
muestras
cumplen con
el indicador
Nivelación
Eliminar
huellas
de
maquinar
ia,
nivelar
nuevame
nte el
terreno.
En ningún
punto
del área de
estudio la
pendiente
debe
superar el 4%
Medici
ón
topográ
fica
Dos
muestras
por
hectárea
Un 70% de
las
mediciones
debe cumplir
con el
indicador
Retiro de
fragmentos de
gran tamaño
Retirar
mediante
carga de
camiones
tolvas
con
excavado
ra de 14
ton
No se deben
observar
fragmentos de
más de 30 cm
de diámetro en
superficie
Formar
cuadran
tes
de 50
m2.
Una por
hectárea
80% de los
muestreos
no
deben tener
fragmentos
superiores a
30 cm de
diámetro
Moledora de
piedras
Facma
Xpel 220
Eliminar
fragment
os de
tamaño
medio
Fragmentos de
duripán en
superficie no
deben superar
en promedio
los
4 cm de
diámetro
Formar
cuadran
tes
de 50
m2
Una por
hectárea
80% de los
muestreos
no
deben tener
fragmentos
superiores a
4 cm de
diámetro
Rastra
Rotura
de
fragment
os de
duripán y
terrones
de
tamaño
medio y
pequeño
Porcentaje de
fragmentos de
duripán
menores a 3
cm
en superficie
Medir
pedreg
osidad
en área
de 1 x
1 m
15 muestras
por
hectárea
Poseer
fragmentos
de duripán
de
diámetro
menos a 25
cm en
superficie (al
menos 85%)
Fuente: Tabla s/n del Anexo 2. Actualización Compromisos Voluntarios de la Adenda
Complementaria
El objetivo de que todos los parámetros cumplan las expectativas y sean
catalogadas como eficientes, es precisamente habilitar los terrenos para hacer
del suelo, un recurso productivo ya sea dentro del área de la fruticultura, o
bien, dentro de los cultivos extensivos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se estregará un informe a la autoridad competente que dé cuenta del estado
final del terreno en donde ejecutará el CAV luego de las labores realizadas.
A partir de lo señalado por la SEREMI de Agricultura de la Región
Metropolitana de Santiago, mediante Ordinario N° 236 de fecha 12 de agosto
de 2021, el titular deberá “Efectuar un seguimiento a los 5 -7 años respecto
del comportamiento de las condiciones físicas del suelo, en especial de la
tosca descrita. Incluir informe de resultado de este compromiso”.
9.2.
Compromiso ambiental voluntario 2: Monitoreo y charla arqueológica.
Tabla 9.2. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo y charla arqueológica.
Impacto
no
significativo
asociado
Afectación al patrimonio arqueológico (verificación que no se
generen impactos de significancia).
Fase en que aplica
Construcción.
Objetivo,
descripción
y
justificación
Objetivo: Se espera el resguardo de los potenciales elementos
patrimoniales no detectados en el levantamiento de la LdB
Arqueológica del proyecto (Anexo 2-10 de la DIA) y que los
trabajadores tengan nociones respecto a esta componente, para poder
reconocerla.
Descripción: Se realizará una charla previa al inicio de las
actividades de movimiento de tierras superficiales y subsuperficiales
(excavaciones de zanjas de cableado y centros de transformación).
Además, durante las faenas de excavación (excavaciones de zanjas
de cableado y centros de transformación) se realizará un monitoreo
arqueológico permanente. Ambas actividades serán realizadas por
arqueólogo/a o licenciado en arqueología, según lineamiento
establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales.
Justificación: Resguardo de los potenciales elementos patrimoniales
no detectados en el levantamiento de la LdB Arqueológica del
proyecto debido a alta obstrusividad del predio de las partes y obras
del proyecto (Anexo 2-10 de la DIA).
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Predio del proyecto, específicamente en las zonas de
excavaciones.
Forma: Previo al inicio de la fase de construcción, específicamente
antes de las faenas de excavación, se llevará a cabo una charla de
inducción y capacitación a los trabajadores y profesionales
encargados de estas faenas, donde se especifiquen conceptos tales
como la normativa aplicable para la protección del patrimonio
arqueológico y la forma de reconocimiento de potenciales hallazgos
no identificados. Esta capacitación contará con una presentación, la
firma de los participantes y fotografías de esta.
Por otro lado, se considera un monitoreo permanente a las
actividades de excavación por parte del especialista, de tal como de
proteger y salvaguardar los potenciales hallazgos no identificados
debido al movimiento de la capa superficial y subsuperficial de suelo
producto de las excavaciones (zanjas de cableado y centros de
transformación). Ambas actividades, tanto capacitación como
monitoreo serán realizadas por arqueólogo/a o licenciado en
arqueología, según lineamiento
establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales.
Oportunidad: Charla previa al inicio de la fase de construcción;
Monitoreo será realizado durante el primer mes de la fase de
construcción, en cuyo tiempo se realizarán todas las faenas de
excavaciones según se especifica en el acápite 1.7.1.3 de la DIA.
Indicador
de
cumplimiento
Lugar: Predio del proyecto, específicamente en las zonas de
excavaciones.
Forma: Previo al inicio de la fase de construcción, específicamente
antes de las faenas de excavación, se llevará a cabo una charla de
inducción y capacitación a los trabajadores y profesionales
encargados de estas faenas, donde se especifiquen conceptos tales
como la normativa aplicable para la protección del patrimonio
arqueológico y la forma de reconocimiento de potenciales hallazgos
no identificados. Esta capacitación contará con una presentación, la
firma de los participantes y fotografías de esta.
Por otro lado, se considera un monitoreo permanente a las
actividades de excavación por parte del especialista, de tal como de
proteger y salvaguardar los potenciales hallazgos no identificados
debido al movimiento de la capa superficial y subsuperficial de suelo
producto de las excavaciones (zanjas de cableado y centros de
transformación). Ambas actividades, tanto capacitación como
monitoreo serán realizadas por arqueólogo/a o licenciado en
arqueología, según lineamiento
establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales.
Oportunidad: Charla previa al inicio de la fase de construcción;
Monitoreo será realizado durante el primer mes de la fase de
construcción, en cuyo tiempo se realizarán todas las faenas de
excavaciones según se especifica en el acápite 1.7.1.3 de la DIA.
Forma de control y
seguimiento
Reporte único enviado a la SMA con copia al CMN, treinta (30) días
hábiles con posterioridad de haberse realizado la charla previa al
inicio de las actividades de movimiento de tierras superficiales y
subsuperficiales.
9.3.
Compromiso ambiental voluntario 3: Comunicación sobre tránsito de Proyecto.
Tabla 9.3. Compromiso ambiental voluntario Comunicación sobre tránsito de Proyecto.
Impacto
no
significativo asociado
No aplica.
Fase en que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Evitar interferencia en el desplazamiento de la población
producto del paso de vehículos por el Camino Lo Echevers
durante la fase de construcción del Proyecto.
Descripción: El Titular implementará Comunicación con la
población aledaña para informar del desplazamiento de camiones
transportando insumos y materiales durante la fase de construcción
del Proyecto.
Justificación:
Por viajes de vehículos y camiones, fundado en el transporte de
materiales de construcción e insumos eléctricos, el Titular dará
aviso a los representantes de las organizaciones comunitarias
identificadas en el área de influencia del Proyecto (Anexo 2-7 de
la DIA), a saber:
-
Junta de Vecinos La Primavera.
-
Junta de Vecinos Los Chorrillos.
-
Comité de adelanto los Aires de Miraflores.
-
La comunicación tendrá como finalidad informar sobre
camiones y vehículos circulantes por Proyecto; horario de
desplazamiento de camiones.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Camino Lo Echevers.
Forma: Se entregará información a Junta de Vecinos de sector vía
telefónica y/o correo electrónico, dando a conocer flujo vehicular
que tendrá el Proyecto y estableciendo canal de comunicación
claro para recibir comentarios por parte de vecinos/as. Esto
implica, por parte del Titular, la designación de un encargado y el
establecimiento y desarrollo de un medio de comunicación
expedito.
Oportunidad de Implementación: durante fase de construcción.
Indicador
de
cumplimiento.
Respaldo digital de los correos o mensajes enviados a los
dirigentes.
Forma de control y
seguimiento
Registro de comunicación con información entregada en oficina de
instalación de faenas.
9.4.
Compromiso ambiental voluntario 4: Programa Perturbación Controlada Liolaemus
tenuis (lagartija esbelta).
Tabla 9.4. Compromiso ambiental voluntario Programa Perturbación Controlada Liolaemus
tenuis (lagartija esbelta).
Impacto
no
significativo
asociado
Fauna (especie de baja movilidad): inducir el desplazamiento de los
individuos de las especies de baja movilidad que se encuentran en el
área de intervención del Proyecto, para que de esta manera no se
afecte a los individuos de Liolaemus tenuis (lagartija esbelta)
encontrados en el área del proyecto
Fase en que aplica
Construcción.
Objetivo,
descripción
y
justificación
Objetivo: Evitar afectación, durante la fase de construcción, a
Liolaemus tenuis (lagartija esbelta).
Descripción: El Titular implementará una Perturbación Controlada
de Liolaemus tenuis (lagartija esbelta). Esta acción consiste en la
remoción en forma manual de refugios (vegetación, rocas y piedras)
de las especies de interés previo al inicio de las actividades de
despeje de vegetación o de movimiento de tierras (SAG, 2012). Esta
medida, a su vez contempla el retiro de los restos de vegetación y
piedras para evitar una futura recolonización de las especies.
Justificación: Presencia de esta especie en el área de intervención del
Proyecto. En cuanto a lo metodológico, esta se fundamenta en los
lineamientos entregados por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG),
en la “Guía de Evaluación Ambiental: Componente Fauna Silvestre”
(SAG, 2016) y en la “Guía Técnica Para Implementar Medidas de
Rescate/Relocalización y Perturbación Controlada” (Torres y Murra,
et al. 2015).
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Área de intervención del Proyecto.
Forma: Se realizará la actividad en el total de la superficie de
intervención del Proyecto, requiriéndose la intervención de tres (3)
profesionales, por dos días. Para determinar el éxito del programa de
perturbación controlada se desarrollarán las siguientes acciones:
-
Asegurar que la población fue efectivamente desplazada
(estimación riqueza y abundancia).
-
Evaluar la localización final de la población.
-
Evaluar la re-ocupación de los ambientes liberados en el caso
en que las obras no se ejecuten inmediatamente.
-
Asegurar que las áreas donde serán desplazados los
individuos se mantienen en óptimas condiciones.
Oportunidad de Implementación: Previo al inicio de la fase de
construcción del Proyecto
Indicador
de
cumplimiento.
Posterior a las actividades de perturbación, se realizará un recorrido a
pie, con la finalidad de verificar la ausencia de ejemplares de las
especies objetivo de este Plan. De este modo, el indicador de éxito
consistirá en la ausencia de individuos en el área perturbada
(indicador: n° de individuos visualizados antes y después de la
perturbación). Por lo tanto, el presente plan se considerará efectivo,
cuando, al realizar el recorrido de verificación no se observaron
ejemplares de las especies objetivos. En caso de observar individuos
durante este recorrido, se deberá implementar nuevamente la
metodología propuesta en este Plan, con el fin de perturbar a los
ejemplares que hayan ingresado nuevamente al área. De este modo,
la medida debe aplicarse hasta liberar por completo el área a
intervenir. Una vez aseguradas las zonas perturbadas, se darán por
liberadas permitiendo el ingreso de maquinaria para el roce y despeje
de vegetación y/o acondicionamiento de suelo para el inicio de
construcción de obras.
Forma de control y
seguimiento
Todos los resultados provenientes del plan de perturbación
controlada serán documentados en un informe el cual será presentado
a la SMA y SAG treinta días hábiles luego de haberse realizado las
actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras.
Este documento, deberá tener como mínimo los siguientes apartados:
-
Caracterización del sitio de origen y destino al momento de la
ejecución del plan.
-
Registros fotográficos de la ejecución de la medida y especies
avistadas.
-
Los resultados y principales hallazgos del plan de
perturbación controlada.
-
Conclusiones sobre el éxito de la medida
9.5.
Compromiso ambiental voluntario 5: Restitución a la Condición Original de Suelo.
Tabla 9.5. Compromiso ambiental voluntario Restitución a la Condición Original de Suelo.
Impacto
no
significativo
asociado
Uso de suelo por obras permanentes.
Fase en que aplica
Cierre.
Objetivo,
descripción
y
justificación
Objetivo: Restituir la condición de suelo en el área del Proyecto.
Descripción: Una vez terminada la fase de cierre del Proyecto y una
vez se haya hecho el retiro de todas las estructuras construidas, se
realizará un análisis de densidad en los primeros 0,25 m de
profundidad. De esta forma se podrá cuantificar el efecto del
Proyecto en la compactación del lugar con relación a las condiciones
anteriores a este. Si los valores densidad aparente superan los
determinados en forma previa a la fase de construcción del Proyecto,
se ejecutarán las medidas propuestas y se medirá nuevamente la
densidad del suelo superficial.
Justificación: Realizar las acciones necesarias para mantener las
propiedades edafológicas y biológicas del suelo una vez ejecutada la
fase de cierre del Proyecto.
Lugar,
forma
y Lugar: Las medidas por considerar una vez terminado el proyecto en
oportunidad
de
implementación
zonas de alto impacto en cuanto a densidad aparente (compactación
del suelo), estas son zanjas, y zonas de caminos interiores,
principalmente.
Forma:
-
Subsolado: el área afectada será trabajada con arado
escarificador. En el caso particular del suelo del proyecto
Planta Fotovoltaica Belén 6 MW, es de crucial importancia
utilizar un escarificador y no un arado de vertedera, debido a
la salinidad existente en el suelo, cuya formación y evolución
genética ha generado un alto pH y una elevada conductividad
eléctrica (CE).
-
Equipo de nivelación con pala diagonal impulsado por tractor
de 85HP.
-
Rastra de discos: Posterior al subsolado, se aplicará una
labranza secundaria, superficial mediante una rastra de discos
con el objetivo de disgregar los terrones.
-
Determinación de densidad aparente.
-
Repetición total o parcial de las medidas en caso de ser
necesario.
Oportunidad de Implementación: Una vez terminada la fase de cierre
del Proyecto y una vez se haya hecho el retiro de todas las estructuras
construidas.
Indicador
de
cumplimiento.
Los indicadores que determinarán el éxito de las actividades de
restauración serán los parámetros de caracterización y evolución, que
corresponden a la densidad aparente del suelo. Por lo tanto, se
caracterizará la compactación del suelo en puntos de control (los
cuales serán determinados previo a la fase de construcción donde el
especialista recorre los sectores y definirá los puntos de control,
dejando registro fotográfico y toma de muestra del suelo del punto de
control evaluado), determinando la densidad aparente del suelo.
En consecuencia, se procurará restaurar la densidad del suelo lo más
símil a las condiciones previas a la construcción.
El seguimiento de la compactación se realiza previo al inicio de la
Fase de Construcción para cuantificar la compactación histórica del
lugar y cómo evoluciona en el transcurso del proyecto. Con los
resultados de laboratorio posteriores a la realización de las medidas
(última etapa), se evaluará la necesidad de aplicar nuevamente la
medida propuesta (descompactación) y se elaborará un informe que
identificará en cada punto de control la obtención de los siguientes
datos:
-
Georreferenciación del punto de control.
-
Compactación existente previa a la instalación de la obra del
sector o unidad.
-
Compactación existente una vez finalizada la fase cierre.
-
Compactación existente posterior a la aplicación de la medida
(en caso de ser necesaria la implementación de la medida).
Una vez ejecutada la medida en el cierre del proyecto
(descompactación), se realiza la última medición de densidad para
verificar si la medida requiere re ejecutarse en el caso que la
compactación del suelo no sea igual o menor a la encontrada previo a
la construcción.
Por otra parte, el Titular se compromete a muestrear las condiciones
físicas, químicas y biológicas del suelo del área del proyecto al inicio
de la fase de construcción, para así generar una muestra testigo, que
será finalmente en la que se basarán manejos posteriores. Este
análisis se realizará en puntos de control distribuidos en el área del
proyecto (los cuales serán determinados previo a la fase de
construcción). Dichas muestras testigo debe tomar en consideración
los siguientes parámetros:
Tabla 20. Parámetros de muestreo
Propiedades
Parámetros por considerar
Física
Densidad
aparente
(terrón),
densidad
real,
retención
de
humedad, espacio poroso.
Química
pH,
Conductividad
eléctrica,
materia
orgánica,
nitrógeno
disponible,
fósforo
disponible,
potasio disponible, Cationes
intercambiables (Ca, Mg, K,Na),
CIC, microelementos disponibles
(Fe, Mn, Zn, Cu, B), RAS, Aniones
(CI, SO4, HCO3).
Biológica
Análisis de nematodos, análisis
fitopatológico, Multi residuos.
De acuerdo con lo señalado por el Titular en la respuesta 1.1 de la
Adenda Complementaria, una vez finalizada la fase de cierre del
Proyecto, se realizará un segundo muestreo de tales propiedades, de
tal manera de poder cuantificar el efecto del Proyecto en la
compactación en el lugar con relación a las condiciones anteriores a
este.
Forma de control y
seguimiento
Una vez ejecutada la medida (finalizada la fase de cierre), se
enviarán los informes que den cuenta de las medidas a la SMA y
SAG, con un mes posterior a ser realizado los estudios de
laboratorio.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de
Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
Tabla 10.1.1. Riesgo o contingencia 1: Sismo.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las obras del proyecto.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Fase de Construcción y Cierre:
- Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se
dispondrá de planes de evacuación para estos
eventos, indicando cuales son los sectores más
susceptibles de ser afectados, lo que será
difundido al personal.
- Se definirán zonas de seguridad y se elaborará
un Plan de Evacuación de Emergencia para cada
subcontrato de construcción, el que incluirá un
programa
de
comunicaciones,
cuyo
cumplimiento será́ verificado y controlado por el
asesor en prevención de riesgos del Titular.
- En cada una de las fases del Proyecto, se
capacitará al personal, adoptando acciones
físicas, emocionales y técnicas que permitan
proteger la integridad de todas las personas
expuestas a los eventos, con objeto que puedan
desarrollar sus respectivos trabajos con total
normalidad.
- El diseño de ingeniería y la construcción de las
Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas
o estándares nacionales e internacionales de
resistencia sísmica.
- En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de
las Fases del Proyecto, se activará el Plan de
Emergencias.
Asimismo,
se
realizará
un
monitoreo del área afectada para evaluar y se
informará de los daños a la Autoridad Pertinente.
Fase de Operación:
Se realizará charla de inducción a los operarios
encargados de mantención, las cuales abarcarán
plan de evacuación, zonas de seguridad, programa
de comunicaciones, etcétera.
Forma de control y seguimiento
Todas las Fases:
Existirá registro de todos los procedimientos de
capacitaciones
realizadas.
Este
registro
se
encontrará presente en planta y/o en zona de
Instalación de Faena según la fase que se esté
ejecutando
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.2. Riesgo o contingencia 2: Riesgo de remoción en masa.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Toda el área y obras del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Fase de Construcción y Cierre:
-
Previo al inicio de cada Fase del Proyecto,
se dispondrá de planes de evacuación para
estos eventos, indicando cuales son los
sectores más susceptibles de ser afectados,
lo que será difundido al personal.
-
Se definirán zonas de seguridad y se
elaborará un Plan de Evacuación de
Emergencia para cada subcontrato de
construcción, el que incluirá un programa
de comunicaciones, cuyo cumplimiento
será́ verificado y controlado por el asesor
en prevención de riesgos del Titular.
-
En cada una de las fases del Proyecto, se
capacitará al personal, adoptando acciones
físicas,
emocionales
y
técnicas
que
permitan proteger la integridad de todas las
personas expuestas a los eventos, con
objeto
que
puedan
desarrollar
sus
respectivos trabajos con total normalidad.
Fase de Operación:
Se realizará charla de inducción a los operarios
encargados de mantención, las cuales abarcarán
plan de evacuación, zonas de seguridad, programa
de comunicaciones, etc.
Forma de control y seguimiento
Todas las fases: Existirá registro de todas las
capacitaciones
realizadas.
Este
registro
se
encontrará presente en planta y/o en zona de
Instalación de Faena según la fase que se esté
ejecutando.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.3. Riesgo o contingencia 3: Derrames.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Bodega de almacenamiento de sustancias y
combustibles.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Todas las fases del Proyecto:
-
La manipulación de productos químicos se
realizará acorde a la normativa vigente.
-
Se capacitará al personal que manipule este
tipo de productos.
-
Aun
cuando
no
se
contemple
el
almacenamiento de productos peligrosos
en faena, se dispondrá de elementos que
permitan la contención de derrames de
mediana magnitud, esto considerando que
los equipos y maquinarias en obra utilizan
productos de este tipo (combustibles y
aceites lubricantes).
-
Se dispondrá en esta área de elementos que
permitan la contención de derrames de
mediana magnitud (Kit de Derrames).
-
Los transformadores contarán con pretil y
geomembrana.
-
En las emergencias que afecten al
componente
suelo
y
que
impliquen
remoción de éste, se tomarán muestras de
suelo durante y posterior al incidente, con
el objetivo de verificar el éxito de la
medida implementada en el lugar, se debe
señalar los responsables del seguimiento
de las acciones implementadas. Además,
se considerará la toma de muestras en
sectores no afectados por la emergencia,
para obtener valores de comparación. Los
análisis serán realizados en laboratorios
acreditados por el Instituto Nacional de
Normalización (INN)
Forma de control y seguimiento
Todas las fases del Proyecto:
Se elaborarán registros de capacitación al personal
específico sobre la manipulación de productos
químicos.
Estos
registros
se
mantendrán
actualizados y disponibles en el área de ejecución
del Proyecto, para su presentación en el caso de
ser solicitado por el órgano del estado con
competencia de fiscalización
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5
Adenda
contenga la descripción detallada
Complementaria.
Tabla 10.1.4. Riesgo o contingencia 4: Riesgo de Derrames de aguas residuales de lavado
de canoas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Toda el área y obras del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
-
Se
realizarán
capacitaciones
a
los
trabajadores en relación al procedimiento
de contingencia asociado.
-
El procedimiento considera instalar un
polietileno grueso impermeable, como
medida de protección para evitar la
contaminación del suelo, el cual será
revisado periódicamente con el fin de
detectar cualquier imperfección o desgaste
de material.
-
Se dispondrá de sistemas preventivos con
el objeto de evitar derrames accidentales
por fugas o roturas de las canaletas de los
camiones hormigoneros.
-
Se privilegiará el uso de camiones que
dispongan
sus
propios
sistemas
de
retención
de
derrames
o
vertidos
accidentales.
-
Para evitar algún tipo de goteo o filtración,
se comprobará que las canaletas se
encuentren en buen estado, además de
encontrarse vacías antes del siguiente
proceso de hormigonado y su posterior
lavado
Forma de control y seguimiento
Todas las fases del Proyecto:
Se elaborarán registros de capacitación al personal
específico sobre el lavado de canoas. Estos
registros se mantendrán actualizados y disponibles
en el área de ejecución del Proyecto, para su
presentación en el caso de ser solicitado por el
órgano
del
estado
con
competencia
de
fiscalización.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.5. Riesgo o contingencia 5: Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de
Residuos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Instalación de Faena.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Todas las fases del Proyecto:
Para minimizar eventuales efectos ambientales
derivados de fuga o derrame de residuos, se
proveerá al personal a cargo de las herramientas y
elementos de contención de derrames, tales como:
-
Palas.
-
Escobillones.
-
Arena o producto similar para la absorción
de producto.
-
Recipientes.
-
Guantes.
-
Tambores vacíos.
-
Ante la detección de una eventual rotura de
los contenedores, el jefe de Operación y
Mantenimiento del Proyecto se contactará
con
la
empresa
distribuidora
de
contenedores para su reposición.
Residuos asimilables a domiciliarios e industriales
no peligrosos
Fase de construcción y cierre:
-
Los sitios de almacenamiento de residuos
estarán
debidamente
señalizados
y
delimitados.
-
Se contará con señalización de seguridad y
el personal a cargo del manejo y
manipulación de los residuos contará con
el uso de Elementos de Protección
Personal adecuados, como por ejemplo
guantes resistentes, pechera o delantal
impermeable y botas de goma.
-
Los residuos domésticos se dispondrán
dentro
de
contenedores
de
basura
fabricados de HDPE o similar, con tapa y
sistema de ruedas con freno.
-
El almacenamiento será ordenado y no se
obstruirán vías de ingreso. Deberá ser
retirado en los tiempos comprometidos
evitando así la generación de vectores.
Fase de operación:
La fase de operación no contempla mano de obra
en planta, razón por la cual no se contempla el
almacenamiento de residuos domiciliarios, siendo
retirados de forma diaria conforme a la ejecución
de las mantenciones.
Forma de control y seguimiento
Todas las fases del Proyecto:
Se elaborarán registros de capacitación al personal
específico sobre la manipulación de residuos.
Estos registros se mantendrán actualizados y
disponibles en el área de ejecución del Proyecto.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.6. Riesgo o contingencia 6: Riesgo de Incendio.
Fase del Proyecto a la que aplicas
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las áreas del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Fase de Construcción y Cierre:
-
Se realizará la mantención periódica de las
instalaciones
eléctricas
utilizadas
en
faenas.
-
Se realizará una capacitación a los
trabajadores en el manejo de sustancias
peligrosas en el procedimiento de trabajo
seguro para las actividades que puedan
presentar riesgos de incendio.
-
Los materiales inflamables se mantendrán
en forma ordenada y clasificada al interior
del recinto, conforme a lo indicado en la
O.G.U.C. y guías de almacenamiento de
sustancias
químicas
emitidas
por
el
Servicio de Salud.
-
Se dispondrá en las bodegas destinadas
para almacenamiento de herramientas
ubicadas en las instalaciones de faenas, de
los elementos básicos requeridos para
combatir cualquier amago de fuego o
incendio, según lo establecido por la
normativa
vigente
en
esta
materia
(extintores,
mangueras,
tambores
con
arena, etc.).
-
En caso de originarse un incendio que no
pueda ser controlado por el personal, se
dará aviso por radio a carabineros y
bomberos. Cualquier incidente de esta
naturaleza será informado a la SMA.
Fase de Operación:
-
Los materiales inflamables utilizados en la
Operación
(mantenciones)
serán
trasladados a diario, al momento de
utilizarlos y serán retirados una vez
terminadas las mantenciones.
-
Bajo ninguna circunstancia se contempla el
almacenamiento de materiales en las
instalaciones de EPV.
-
En caso de originarse un incendio que no
pueda ser controlado por el personal, se
dará aviso por radio a carabineros y
bomberos. Cualquier incidente de esta
naturaleza será informado a la SMA.
-
Se
contará
con
un
Sistema
de
Videovigilancia, el cual está compuesto
por los siguientes elementos:
a. Sistema
perimetral
térmico,
para
detectar y reconocer intrusiones con la
ayuda de cámaras termias con el objeto
de proteger el perímetro de planta y sus
accesos.
b. Sistema de supervisión de campo,
utilizando las cámaras móviles tipo
domo como complemento de las
cámaras térmicas y como elemento de
supervisión técnico de la planta.
c. Sistema de transmisión de alarmas,
(integrado en central de alarmas) para
gestionar y tramitar las incidencias a la
Central Receptora de alarmas y,
posteriormente
previa
verificación,
comunicas a las fuerzas de seguridad
del Estado.
d. Sistema disuasorio básico, mediante un
Kit de balizamiento acústico/visual
ubicado
en
cada
columna
del
perímetro, así como un puesto central
de audio en local y con conexión
remota (streaming de audio).
e. Sistema
de
control
de
accesos,
mediante un sistema de activación
desactivación del sistema de seguridad.
f. Sistema de integración, que permita
unificar todo el equipamiento en una
única interface con el usuario final para
simplificar la gestión.
Transmisión de la alarma: El Proyecto contará con
un Sistema de Videovigilancia que contará con
una Central de Alarmas, que recibirá las alarmas
del sistema perimetral. Módulo Interface de
Intrusión, que integrará el sistema de seguridad
perimetral con la Central de Alarmas de la Planta,
para poder enviar las incidencias a la Central
Receptora de Alarmas.
Medidas de prevención: Reducción del riesgo de
ocurrencia: a) De la vigilancia y el aviso a la
autoridad: se mantendrá vigilancia permanente a
fin de poder detectar oportunamente cualquier
amago de incendio. En caso de ocurrir un evento
de incendio, desde teléfonos celulares y de red
fija, se dará aviso al
número de emergencia 132 de Bomberos; b) Del
control de riesgo: se tomarán todas las medidas
que posibiliten reducir el riesgo de incendios,
entre
estas,
realizar
capacitaciones
a
los
trabajadores respecto de la prohibición de hacer
fuego al interior de las áreas del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Se elaborarán registros de capacitación que se
realizará a la brigada de emergencias sobre el uso
de elementos de protección y el combate contra
incendios.
Estos
registros
se
mantendrán
actualizados y disponibles en el área de ejecución
del Proyecto, para su presentación en el caso de
ser solicitado por el órgano del estado con
competencia de fiscalización.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.7. Riesgo o contingencia 7: Riesgo por Accidentes de Tránsito asociados al
Proyecto.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Caminos externos e internos por utilizar en las
distintas fases del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Todas las fases del Proyecto:
-
Se dispondrá de señalización clara, visible
y adecuada, tanto diurna como nocturna, lo
cual será presentado para consideración de
la Dirección de Vialidad antes de su
instalación.
-
Se exigirá por contrato, el cumplimiento de
toda la legislación aplicable al transporte
de pasajeros o carga, materia cuyo
cumplimiento
se
inspeccionará
periódicamente.
-
Todos los vehículos y maquinarias deberán
estar en buen estado, contarán con sus
revisiones técnicas y gases vigentes, así
como sus permisos de circulación al día,
tal como lo indica la normativa.
-
El personal a contratar para manejar los
camiones o maquinarias será personal
calificado, con licencia de conducir al día.
Se les exigirá licencia según lo señalado en
la Ley de Tránsito (Nº 18.290).
-
Los vehículos que transporten maquinaria
y materiales contarán con la señalización
exigida por la legislación chilena.
-
El transporte de materiales se realizará de
acuerdo con lo establecido en la legislación
vigente.
-
Se capacitará a todo trabajador cuya
función sea la operación de vehículos y/o
maquinaria
sobre
el
reglamento
del
tránsito.
-
El peso de los camiones cargados no
deberá exceder los máximos permitidos de
acuerdo a las rutas/puentes que se estén
utilizando. En caso contrario, se obtendrán
los
permisos correspondientes de la
Dirección de Vialidad
Forma de control y seguimiento
Registro de capacitaciones a todos los trabajadores
del Proyecto durante la Fase de Construcción del
Proyecto. Las capacitaciones se realizarán al
momento de ingreso del trabajador y se reforzará
en forma permanente a lo largo de la Fase de
Construcción.
De forma adicional, se mantendrá un registro de
las mantenciones de vehículos y maquinaria al día,
y un registro fotográfico del buen estado de la
señalética presente en los caminos internos del
Proyecto.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.8. Riesgo o contingencia 8: Riesgo de rotura de paneles fotovoltaicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Instalación de Paneles fotovoltaicos durante la
fase de construcción, en la fase de operación
(generación de electricidad y actividades de
mantención y conservación), y desmantelamiento
de los paneles durante la fase de cierre.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Fase de Construcción y Cierre:
-
Se capacitará al personal de obra, para dar
aviso inmediato ante desperfectos o
trizaduras de paneles, los cuales serán
retirados por la empresa proveedora del
servicio o encargada de reciclaje. Esta
capacitación será realizada por personal
idóneo, en un lugar adecuado y habilitado
para tal fin. Se enfatizará en el aviso y
cambio inmediato que, ante rotura, daño,
desperfecto o cualquier perjuicio sobre los
paneles que amerite su reemplazo, se
procederá su retiro, y éste será tratado
como Residuo Peligroso (RESPEL) o
pudiendo ser reciclado para ser destinado a
un sitio de disposición final autorizado por
la SEREMI de Salud, razón por la cual no
se
contempla
la
acumulación
y/o
almacenamiento de este tipo de residuos en
planta, toda vez que serán retirados en la
medida que se generen.
-
Lo anterior será establecido mediante
cláusulas de contrato con las empresas
encargadas de realizar el servicio.
Fase de Operación:
El Sistema de Vigilancia remoto, en línea y en
tiempo real, permitirá, en el momento identificar
un desperfecto en los paneles y su respectiva
revisión para posterior recambio. Asimismo, estos
desperfectos o roturas podrán ser identificados
mediante inspecciones y/o mantenciones en
Planta.
Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que,
ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio
sobre los paneles que amerite su reemplazo, se
procederá su retiro, y éste será tratado como
Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser
reciclado para ser destinado a un sitio de
disposición final autorizado por la SEREMI de
Salud, razón por la cual no se contempla la
acumulación y/o almacenamiento de este tipo de
residuos en planta, toda vez que serán retirados en
la medida que se generen.
Lo anterior será establecido mediante cláusulas de
contrato con las empresas encargadas de realizar el
servicio.
Forma de control y seguimiento
Fase de Construcción y Cierre:
-
Se
elaborarán
registros
de
las
capacitaciones
realizadas
al
personal
específico sobre la revisión del estado de
los paneles fotovoltaicos y aviso de
recambio en caso de ser necesario.
-
Estos registros se mantendrán actualizados
y disponibles en el área de ejecución del
Proyecto, para su presentación en el caso
de ser solicitado por el órgano del estado
con competencia de fiscalización.
-
Se elaborarán registros de las inspecciones
de los paneles fotovoltaicos para llevar un
seguimiento de su estado con tal de
detectar de forma temprana posibles
desperfectos.
Fase de Operación:
-
Se elaborarán registros de las inspecciones
de los paneles fotovoltaicos para llevar un
seguimiento de su estado con tal de
detectar de forma temprana posibles
desperfectos.
-
Cabe hacer presente que la revisión de
roturas de paneles, durante la fase de
operación, será realizada por personal
especializado y capacitado para estas
labores
mediante
mantenciones
programadas, esto último considerando
que no existirá mano de obra en planta
(permanentes) por tanto no se requerirá de
capacitaciones durante fase de operación.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias
Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.
Tabla 10.1.9. Riesgo o contingencia 9: Riesgo de derrame de aguas servidas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las Fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Fosa séptica durante operación y baños químicos
durante construcción y cierre.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Ante cualquier falla, ya sea de baños químicos o
fosa, se dejará inmediatamente de usar el servicio
y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta,
según corresponda a la fase en la que ocurre el
imprevisto.
- Se indicará a los trabajadores que los servicios
higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se
solucione el problema.
- En el caso de baños químicos estos serán
reemplazados de inmediato.
- En el caso de la fosa, se instalarán de inmediato
un baño químico y se realizará la inspección del
sistema para verificar la causa del problema y se
tomarán
las medidas correspondientes para
solucionar el imprevisto.
- Una vez solucionado el problema y comprobado
el funcionamiento del sistema y/o restituido el
baño químico, se comunicará a los trabajadores
que los servicios higiénicos se encuentran
habilitados.
- Luego de la restitución del servicio se evaluará si
el sistema requiere alguna modificación para
evitar un nuevo evento de este tipo.
Forma de control y seguimiento
Verificación del estado del sistema sanitario.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
- Plan de Prevención de Contingencias y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.10. Riesgo o contingencia 10: Riesgo de emisión de hedores.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Fosa séptica.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Las acciones o medidas a implementar están
enfocadas a la generación de aguas servidas, ya
que tienen probabilidad de generar olores
molestos, para evitar este riesgo se realizará las
siguientes medidas:
- Los servicios higiénicos se conectarán a una fosa
séptica para el tratamiento primario de las aguas
servidas.
Forma de control y seguimiento
- Se llevará un registro de las empresas que
provean el transporte de residuos y se mantendrá
copia de la resolución sanitaria que permita su
funcionamiento.
- Se mantendrá un calendario mensual, en el cual
se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser
enviado a la empresa que provea el servicio de
forma tal de coordinar con anticipación el retiro de
los residuos.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
- Plan de Prevención de Contingencias y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.11. Riesgo o contingencia 11: Accidentes e incidentes con Fauna Silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las Fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Toda el área del Proyecto y caminos de acceso.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Con el fin de reducir los riesgos de accidentes e
incidentes con Fauna Silvestre se deberán ejecutar
las siguientes medidas:
-
Durante la fase de construcción, y cada vez
que se realice una faena que requiera el uso
de maquinarias, se realizará una revisión
visual y pedestre de la zona a intervenir, de
modo de verificar que no se vea afectada la
posible fauna silvestre. En caso de
encontrar fauna en mal estado o herida, se
llevarán a cabo las medidas protocolares
indicadas para el caso de emergencia. De
igual manera, al momento de habilitar
zonas paras las instalaciones de faenas.
-
Se implementarán límites de velocidad
para los trabajadores y operarios que se
encuentren operando vehículos durante
todas las fases del Proyecto. Los límites
serán informados a todo el personal y las
empresas contratistas durante las distintas
fases.
-
Se instalará señalética respecto a la
velocidad máxima permitida.
-
Se realizará capacitación a los trabajadores,
una vez en cada fase del proyecto, en las
que también se abordará el manejo de los
residuos, la prohibición de alimentar a la
fauna
silvestre
-
para
evitar
el
acercamiento
de
fauna
silvestre-,
la
prohibición de tenencia perros, entre otros
Forma de control y seguimiento
Registro de cada capacitación que incluya listado
de asistentes, profesionales a cargo, y registro
fotográfico.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.1.12. Riesgo o contingencia 12: Afloramiento de aguas subterráneas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Obras de excavación.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Para descartar el riesgo de inundación el Titular
del Proyecto realizó un Estudio de Riesgo Fluvial,
que se encuentra en el Anexo 5 de la Adenda,
señalando en este que para determinar el área de
inundación fue necesario realizar una modelación
hidráulica y comparar las cotas de los ejes
hidráulicos calculados con las cotas de terreno. A
partir de lo indicado en el Anexo 5 de la Adenda,
se verifica que el terreno no estaría afecto a
inundaciones por efecto del brazo Secundario del
Estero Lampa, resultados consistentes con los
obtenidos por el Plan Maestro de aguas lluvias
para dicho cuerpo de agua. Adicionalmente, se
identifican singularidades tales como el relleno
existente y la ruta “Camino Lo Echevers” que
actúan como barrera natural ante eventuales
inundaciones desde otro sector, estando estas
obras al menos dos metros sobre la cota donde se
emplazaran los paneles fotovoltaicos.
El estudio de la profundidad de la napa freática se
realizó considerando como la peor condición los
niveles más someros registrados en los pozos de
monitoreo de la zona. Se consideraron los
registros de los pozos de observación de la
Dirección
General
de
Aguas
(DGA):
“Asentamiento El Taqueral”, “Asentamiento Lo
Vargas”, “Entel Batuco”, “Fundo La Cadellada”,
“Fundo La Laguna”, “Fundo Santa Rosa de
Lampa”,
“Parcela
4
el
Valle
Chicauma”,
“Asentamiento
La
Laguna”,
“Fundo
El
Almendral”, “Fundo Santa Erminia”, “Pozo
Crucero
Peralillo”,
“Aeropuerto
Pudahuel”,
“Parcela 62 Noviciado”, “Hijuela El Olivo” y
“Pozos Casas de Colo Colo”. Estos corresponden
a todos los pozos de monitoreo de la cuenca de la
subcuenca Mapocho Bajo, que tienen datos entre
los años para los últimos 10 años.
A partir de los datos precedentes se modela el
nivel freático mediante una interpolación en el
software ArcGIS 10.5. En el área del Proyecto, la
profundidad de la napa oscila entre 9,8 y 10,2
metros.
Finalmente, se aclara que la profundidad máxima
de excavaciones no superará los 2,0 metros de
profundidad, necesarios para el hincado de
estructuras (1,5-2,00 metros), implementación de
postes de acero galvanizado (malla) y las
postaciones necesarias para la implementación de
la línea de evacuación. Entonces, estas obras
estrían más de siete metros por encima de la napa
en su escenario más desfavorable.
Dicho lo anterior, es importante aclarar que de
acuerdo con los resultados obtenidos en el Anexo
5 de la Adenda, el proyecto no contempla obras de
intervención de cauces (canal, zanja acequia) y,
adicionalmente, no considera ningún tipo de
descarga hacia cuerpos de agua naturales o
artificiales.
Adicionalmente, tal como se presentó en el estudio
de infiltración del PAS 138 (Anexo PAS 3-1 de la
DIA), se desarrolló para dicho estudio una calicata
de 3 m de profundidad para dicho ensayo sin tener
afloramiento de la napa.
Forma de control y seguimiento
Conocimiento previo del sector intervenir a partir
de las capacitaciones realizadas, lectura de planos
y del estudio de la profundidad de la napa.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
Tabla 10.2.1. Situación de emergencia 1: Sismo.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las obras del proyecto.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las Fases:
Ante un eventual riesgo sísmico, el personal
deberá proceder de la siguiente manera:
- No abandonar las instalaciones durante el sismo,
ya que esto constituye un riesgo.
- Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o
cualquier lugar desde donde podrían caer
objetos.
- Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas,
umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero
siempre alejándose de ventanas y ventanales.
- No
encender
fósforos,
velas
u
objetos
inflamables en el interior del edificio durante o
después del sismo. Deben apagarse todos los
fuegos y llamas abiertas que existan, además de
cortar el suministro de gas que pudiese estar
habilitado.
- Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer
en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la
zona de seguridad más cercana.
- Una vez iniciada la evacuación, por ningún
motivo se podrá volver a las instalaciones.
- El coordinador de la emergencia autorizará el
reintegro a las funciones normales.
Finalmente, el reintegro de los trabajadores será
autorizado
sólo
después
que
se
haya
inspeccionado
personalmente
todas
las
dependencias de la Planta, y cuando estas ofrezcan
las condiciones de seguridad necesarias.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Ante un eventual sismo que afecte un
componente ambiental se dará aviso a la
Superintendencia del Medio Ambiente
(SMA).
El Informe a la Superintendencia del
Medio Ambiente, si corresponde, deberá
emitirse en un plazo no superior a 24 horas
de ocurrida la contingencia, el cual deberá
incluir:
-
Antecedentes del accidente (tipo y
causa; fecha; hora; detallando obra
afecta por la contingencia; duración
del evento; acciones de control
ejecutadas;
personas
afectadas,
entre otras).
-
La identificación de las obras
afectadas por la contingencia.
-
La identificación y explicación de
la(s) posible(s) técnicas(s) y/o
acción(es) que se implementaron
para limpiar el o los recursos
naturales que hayan sido afectados
(biodiversidad, medio humano).
-
La identificación de los parámetros
representativos y las normativas
(nacionales e internacionales de
referencia)
que
utilizará
para
monitorear
los
componentes
ambientales (biodiversidad, medio
humano)
afectados
por
una
emergencia y/o contingencia.
Para una eficiente aplicación de los planes de
contingencia expuestos, se deberá contar con una
comunicación expedita con los actores externos
relevantes, para ello el jefe de Emergencias
mantendrá comunicación con las siguientes
entidades:
-
Cuerpo de Bomberos de El Monte.
-
Mutualidad que utilice el titular
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.2. Situación de emergencia 2: Riesgo de remoción en masa.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Toda el área y obras del Proyecto.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las fases del Proyecto:
-
Ante un eventual riesgo de remoción en
masa,
el
personal
dará
aviso
inmediatamente al Jefe de Emergencias
quien informará a los coordinadores de
área y encargados de prevención de
riesgos.
-
Se activará el Plan de Comunicaciones
establecido en el Plan de Emergencias.
-
Dependiendo de la magnitud del evento, se
paralizarán inmediatamente las obras, y si
es necesario se evacuará a todo el personal,
hacia las zonas de seguridad.
Se evaluarán daños en la estructura física del
proyecto.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
No Aplica.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.3. Situación de emergencia 3: Derrames.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Bodega de almacenamiento de sustancias y
combustibles.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las fases del Proyecto:
-
Avisar de la situación al superior inmediato
o al Jefe de Emergencia.
-
Se deberá atender en primer lugar a
personas heridas o intoxicadas si las
hubiere.
-
Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre
el material derramado.
-
Se
deberá
mantener
los
materiales
combustibles lejos del material derramado.
-
Se deberá eliminar todas las fuentes de
ignición.
-
Evaluar gravedad de la situación para
alarmas de fuego.
-
Avisar a los servicios de emergencia
externos tales como hospitales, bomberos y
carabineros.
-
Se deberá socorrer en primer lugar a las
personas lesionadas si las hubiere.
-
Los encargados de controlar el derrame,
primeramente, deben acondicionarse con
los elementos de protección personal.
-
Bloquear desagües de alcantarillas, para
evitar que el producto ingrese a estas
instalaciones, contener el derrame con
material disponible en el lugar mediante
diques o cordones (zanjas) de arena, sacos
de arena, tierra y/o serrín.
-
Marcar la zona de derrame con señales que
adviertan de la situación.
-
Mantener a los trabajadores alejados del
área de derrame.
-
Colecte el derrame en recipientes, si esto es
posible de hacer sin riesgos. Si se genera
agua contaminada, debe ser recuperada en
contenedores destinados a este fin.
-
Una vez concluida las tareas de control,
recolectar los materiales y/o productos
utilizados para el control del derrame,
colocarlos en envases adecuados, cerrados
e identificados hasta su retiro por una
empresa autorizada.
-
El jefe de Emergencia deberá emitir un
informe técnico sobre las causas que
originaron
la
emergencia,
Jefe
de
Operación y Mantenimiento.
En caso de ocurrencia de un derrame (accidente)
que comprometa los recursos hídricos, se
informará antes de 24 horas a la SMA, indicando
lo siguiente:
i.
Descripción del accidente, indicando lugar,
identificación de la sustancia, área de
influencia, duración y magnitud del evento
y principales impactos ambientales.
ii.
Detalles de cada acción y medida de
mitigación utilizadas durante el evento de
contaminación.
iii.
Evaluación de los efectos sobre los
recursos
hídricos
superficiales
y/o
subterráneos
afectados
y
su
medio
ambiente asociado y resultados de los
monitoreos inmediatos en el área de
influencia.
iv.
En caso de ser necesario, un Programa de
Medidas de Descontaminación de la zona,
metodología,
y
evaluación
de
la
efectividad de las medidas, para ser
aprobado por la Autoridad. (sólo en caso
de accidentes)
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Todas las fases del Proyecto:
Una vez concluidas las acciones post emergencia,
el
Titular
entregará
un
documento
a
la
Superintendencia del Medio Ambiente, en un
periodo no mayor a 24 horas, indicando al menos
lo siguiente:
-
Antecedentes de la empresa (fecha, hora,
tipo
de
emergencia,
causa
de
la
emergencia, tipo de producto o residuo
relacionada con la emergencia, duración
del evento, acciones de control asumidas
en el lugar, personas afectadas durante la
emergencia, entre otros).
-
Antecedentes
de
los
componentes
afectados por la emergencia.
-
Antecedentes de los procedimientos y
acciones ejecutadas, como por ejemplo
remoción de suelos
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria
Tabla 10.2.4. Situación de emergencia 4: Riesgo de Derrames de aguas residuales de lavado
de canoas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Toda el área y obras del Proyecto.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las fases del Proyecto:
-
Avisar de la situación al superior inmediato
o al Jefe de Emergencia.
-
Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre
el material derramado.
-
Se deberá socorrer en primer lugar a las
personas lesionadas si las hubiere.
-
Los encargados de controlar el derrame,
primeramente, deben acondicionarse con
los elementos de protección personal.
-
Bloquear desagües de alcantarillas, para
evitar que el producto ingrese a estas
instalaciones, contener el derrame con
material disponible en el lugar mediante
diques o cordones (zanjas) de arena, sacos
de arena, tierra y/o serrín.
-
Marcar la zona de derrame con señales que
adviertan de la situación.
-
Mantener a los trabajadores alejados del
área de derrame.
-
Colecte el derrame en recipientes, si esto es
posible de hacer sin riesgos. Si se genera
agua contaminada, debe ser recuperada en
contenedores destinados a este fin.
-
Una vez concluida las tareas de control,
recolectar los materiales y/o productos
utilizados para el control del derrame,
colocarlos en envases adecuados, cerrados
e identificados hasta su retiro por una
empresa autorizada.
-
El Jefe de Emergencia deberá emitir un
informe técnico sobre las causas que
originaron
la
emergencia,
Jefe
de
Operación y Mantenimiento.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Todas las fases del Proyecto:
Una vez concluidas las acciones post emergencia,
el
Titular
entregará
un
documento
a
la
Superintendencia del Medio Ambiente, en un
periodo no mayor a 24 horas, indicando al menos
lo siguiente:
-
Antecedentes de la empresa (fecha, hora,
tipo
de
emergencia,
causa
de
la
emergencia, tipo de producto o residuo
relacionada con la emergencia, duración
del evento, acciones de control asumidas
en el lugar, personas afectadas durante la
emergencia, entre otros).
-
Antecedentes
de
los
componentes
afectados por la emergencia.
-
Antecedentes de los procedimientos y
acciones ejecutadas, como por ejemplo
remoción de suelos
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.5. Situación de emergencia 5: Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento
de Residuos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Instalación de Faena.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las fases del Proyecto:
Residuos asimilares a domiciliarios e industriales
no peligrosos:
-
Ante situaciones no comprendidas en el
manejo normal de residuos se dará aviso
inmediato al encargado correspondiente,
quien será el encargado de monitorear la
contingencia.
-
Si la emergencia corresponde a rotura de
contenedores de residuos, se procederá a la
limpieza y retiro de residuos los que serán
enviados al área de acopio.
-
Se movilizará la maquinaria para retiro de
residuos y preparación de pretiles si la
situación lo amerita.
-
Una vez contenida la emergencia se
procederá a la cuantificación y retiro del
material
que
posiblemente
sea
contaminado con residuos. Este material
será enviado a sitio de disposición final
autorizado.
El jefe de oficina se contactará con la empresa
distribuidora de contenedores para su reposición
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Todas las fases del Proyecto:
En el eventual suceso de una emergencia que
sobrepase los límites establecidos para el Proyecto
(área del Proyecto), o dentro del área de este,
calificándose ésta como emergencia general, se
comunicará a la autoridad Sanitaria y SMA la
situación a través de un informe dentro de las 24
horas posteriores a la emergencia generada.
Una vez concluidas las acciones post emergencia,
el
Titular
entregará
un
documento
a
la
Superintendencia del Medio Ambiente, indicando
al menos lo siguiente:
-
Antecedentes de la empresa (fecha, hora,
tipo
de
emergencia,
causa
de
la
emergencia, tipo de sustancia o residuo
relacionada con la emergencia, duración
del evento, acciones de control asumidas
en el lugar, personas afectadas durante la
emergencia, entre otros).
-
Antecedentes
de
los
componentes
afectados por la emergencia.
Antecedentes de los procedimientos y acciones
ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.6. Situación de emergencia 6: Riesgo de Incendio.
Fase del Proyecto a la que aplicas
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las áreas del Proyecto.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las Fases del proyecto:
-
Se activará la alarma de incendio.
-
Se dará aviso de inmediato al Jefe de
Emergencias
y
al
Coordinador
de
Emergencias.
-
Se
activará
el
procedimiento
contra
incendios. Se utilizará extintores para
extinguir el fuego, sólo si el siniestro es
controlable.
-
Todo el personal se deberá reunir en una
zona de seguridad, se hará recuento y se
verificará que nadie permanezca en las
dependencias.
-
Si no es posible controlar la situación se
dará aviso inmediato a Bomberos y
Carabineros
y
se
evacuará
a
los
trabajadores hacia las zonas de seguridad.
-
Se inspeccionará el área verificando la
presencia de heridos. Si este fuera el caso,
se trasladará de inmediato hasta un centro
asistencial.
-
Sólo podrán reactivarse las actividades una
vez que el siniestro este controlado.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
En el eventual suceso de una emergencia se
comunicará con la SMA a través de su página
web. Así mismo se entregará un informe dentro de
las 24 horas posteriores a la emergencia generada.
Cualquier incidente de esta naturaleza será
informado también a la SEREMI de Salud de la
Región.
Una vez concluidas las acciones post emergencia,
el
Titular
entregará
un
documento
a
la
Superintendencia del Medio Ambiente, indicando
al menos lo siguiente:
-
Antecedentes de la empresa (fecha, hora,
tipo
de
emergencia,
causa
de
la
emergencia, tipo de sustancia o residuo
relacionada con la emergencia, duración
del evento, acciones de control asumidas
en el lugar, personas afectadas durante la
emergencia, entre otros).
-
Antecedentes
de
los
componentes
afectados por la emergencia Antecedentes
de
los
procedimientos
y
acciones
ejecutadas, como por ejemplo remoción de
suelos
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.7. Situación de emergencia 7: Riesgo por Accidentes de Tránsito asociados al
Proyecto.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Caminos externos e internos por utilizar en las
distintas fases del Proyecto.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las Fases del Proyecto:
-
Se informará al superior inmediato o Jefe
de emergencias del accidente y se
dimensionará la emergencia.
-
Se clasificará el evento accidente de
tránsito (leve, serio, grave).
-
Se activará el Plan de Comunicaciones con
Ambulancia, Bomberos y Carabineros,
informando acerca de la ocurrencia del
accidente, la gravedad de éste y la
identificación de las personas y vehículos
involucrados.
-
Se demarcará el área afectada, prohibiendo
el ingreso a la zona del accidente.
-
Se inspeccionará, por parte del personal
calificado, el área verificando la presencia
de heridos. Si este fuera el caso se
trasladará de inmediato hasta un centro
asistencial.
-
Una vez controlada la situación, se
procederá
a
restaurar
la
vialidad
disponiendo equipos y maquinaria para
ayudar a despejar la ruta en el más breve
plazo
(una
vez
que
la
autoridad
responsable lo autorice).
-
Se dará aviso oportuno a las compañías de
seguros involucradas.
-
Se entregará información oportuna a los
encargados en la empresa.
-
Se registrará e informará el accidente en un
formulario previamente definido.
-
Se realizará una completa descripción de la
respuesta
frente
a
la
emergencia,
recolectando todas las evidencias posibles,
con el fin de hacer las correcciones que el
caso amerite y mejorar los procedimientos
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Ante un eventual accidente que afecte un
componente ambiental se dará aviso a la
Superintendencia del Medio Ambiente
(SMA).
El Informe deberá emitirse en un plazo no
superior a 24 horas de ocurrida la
contingencia, el cual deberá incluir:
- Antecedentes del accidente (tipo y causa;
fecha; hora; sustancia relacionada con la
contingencia;
duración
del
evento;
acciones de control ejecutadas; personas
afectadas, entre otras).
- La identificación del área afectada y su
extensión (ya sea en el suelo o agua).
- La identificación y explicación de la(s)
posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se
implementaron para limpiar el o los
recursos
naturales
que
hayan
sido
afectados (suelo, agua, biodiversidad,
medio humano).
- La identificación de los parámetros
representativos
y
las
normativas
(nacionales e internacionales de referencia)
que
utilizará
para
monitorear
los
componentes ambientales (suelo, agua,
biodiversidad, medio humano) afectados
por una emergencia y/o contingencia.
Un
protocolo
aplicable
al
manejo
proyectado de los residuos sólidos y no
peligrosos generados en el marco de una
contingencia como posibles derrames de
sustancias peligrosas u otra, el cual deberá
considerar
las
directrices
normativas
aplicables a esta materia.
Para una eficiente aplicación de los planes
de contingencia expuestos, se deberá
contar con una comunicación expedita con
los actores externos relevantes, para ello el
jefe
de
Emergencias
mantendrá
comunicación con las siguientes entidades:
- Cuerpo de Bomberos de El Monte.
- Mutualidad que utilice el titular
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria
Tabla 10.2.8. Situación de emergencia 8: Riesgo de rotura de paneles fotovoltaicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Instalación de Paneles fotovoltaicos durante la
fase de construcción, en la fase de operación
(generación de electricidad y actividades de
mantención y conservación), y desmantelamiento
de los paneles durante la fase de cierre.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Todas las fases del Proyecto:
-
Tras haber detectado en el Área del
Proyecto uno o más paneles fotovoltaicos
con
desperfectos,
roturas,
daños
o
cualquier otro perjuicio, se informará al
Jefe de Operación y Mantenimiento y se
dará inicio al procedimiento de reemplazo
de éste, por uno en adecuadas condiciones.
-
Los paneles fotovoltaicos catalogados
como residuo peligroso serán almacenados
retirados por la misma empresa proveedora
del servicio o por una empresa recicladora.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Todas las fases del Proyecto:
-
En el eventual suceso de una emergencia
se comunicará con la SMA.
-
Asimismo, se entregará un informe dentro
de las 24 horas posteriores a la emergencia
generada. Cualquier incidente de esta
naturaleza será informado también a la
SEREMI de Salud de la Región respectiva
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.9. Situación de emergencia 9: Riesgo de derrame de aguas servidas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las Fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Fosa séptica durante operación y baños químicos
durante construcción y cierre.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
- En caso de detectar falla en el sistema que derive
malos olores persistentes, se procederá a la
clausura de los servicios higiénicos y todas las
actividades que descargan en ella.
- Se habilitarán o reemplazarán baños químicos
mientras dure la emergencia.
En caso de ocurrencia de un derrame que
comprometa los recursos hídricos, se informará
antes de 24 horas a la SMA, indicando lo
siguiente:
i.
Descripción del accidente, indicando lugar,
identificación de la sustancia, área de
influencia, duración y magnitud del evento
y principales impactos ambientales.
ii.
Detalles de cada acción y medida de
mitigación utilizadas durante el evento de
contaminación.
iii.
Evaluación de los efectos sobre los
recursos
hídricos
superficiales
y/o
subterráneos
afectados
y
su
medio
ambiente asociado y resultados de los
monitoreos inmediatos en el área de
influencia.
iv.
En caso de ser necesario, un Programa de
Medidas de Descontaminación de la zona,
metodología,
y
evaluación
de
la
efectividad de las medidas, para ser
aprobado por la Autoridad. (sólo en caso
de accidentes).
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
- Se notificará de forma inmediata (menos de 24
horas), luego de ocurrida y declara la emergencia
mediante vía telefónica a la Superintendencia del
Medio Ambiente y SEREMI de Salud.
- Una vez controlada la emergencia, en un plazo
no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un
“Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y
declarará los organismos competentes.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
- Plan de Prevención de Contingencias y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.10. Situación de emergencia 10: Riesgo de emisión de hedores.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Fosa séptica.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
-
En caso de detectar falla en el sistema que
derive
malos
olores
persistentes,
se
procederá a la clausura de los servicios
higiénicos y todas las actividades que
descargan en ella.
-
Se habilitarán baños químicos mientras
dure la emergencia.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
- Se notificará de forma inmediata (menos de 24
horas), luego de ocurrida y declara la emergencia
mediante vía telefónica a la Superintendencia del
Medio Ambiente y SEREMI de Salud.
- Una vez controlada la emergencia, en un plazo
no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un
“Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y
declarará a los organismos competentes.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria
Tabla 10.2.11. Situación de emergencia 11: Accidentes e incidentes con Fauna Silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las Fases del Proyecto.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Toda el área del Proyecto y caminos de acceso.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
En caso de ocurrencia de alguna de estas
emergencias se aplicará un procedimiento que
seguirá los siguientes pasos:
1. Identificación de la especie (ficha de
reporte de accidente) y aviso a la autoridad
pertinente en un plazo no mayor a 72 horas
desde ocurrido el incidente.
2. Rescate.
3. Alojamiento temporal y traslado.
4. Rehabilitación y Liberación
5. Completar registro o ficha de reporte en
formato predeterminado.
Lo puntos anteriores serán complemente a costo
del titular del proyecto. Además, el o los
ejemplares rescatados serán dispuestos en centros
de rescates autorizados por el SAG Regional.
Cabe indicar que, el titular se hará cargo de todo el
costo que signifique el rescate, mantenimiento,
traslado, recuperación, rehabilitación y liberación,
en caso de ser requerido, de la fauna silvestre
accidentada.
Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará
un informe que consolide y sistematice la
detección de ejemplares muertos y/o heridos de
fauna silvestre en las inmediaciones del Proyecto.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Oficina Regional del Superintendencia del Medio
Ambiente y Oficina Regional del SAG.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
Tabla 10.2.12. Situación de emergencia 12: Afloramiento de aguas subterráneas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción.
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Obras de excavación.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
En caso de ocurrencia de la situación descrita, se
procederá considerando las siguientes actividades:
-
Verificar la calidad del agua mediante
toma de muestras a través de laboratorio
acreditado, que asegure que la calidad de
las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es
de similar calidad natural a la de las aguas
de la fuente donde corresponda su
disposición final.
-
Efectuar
pruebas
hidráulicas
para
determinar los volúmenes y caudales de
agua comprometidos, a fin de que esto
además le permita al Titular diseñar las
medidas para el control de la estabilidad de
los taludes en el sector del afloramiento.
-
Enviar de inmediato los resultados de los
análisis químicos y pruebas hidráulicas a la
SMA, en un Informe que detalle los
hechos. Se acompañará de imágenes
fotográficas (con fecha) describa los
procedimientos seguidos y el análisis y
discusión de los resultados respecto de la
calidad (parámetros de la NCh 409),
volúmenes y caudales, así como las
respectivas
conclusiones
y
recomendaciones para la gestión de dichas
aguas (disposición final).
-
Una vez comprobada la naturaleza de la
situación acaecida, mediante los ensayos y
mediciones solicitados, se analizará la
medida de gestión definitiva en conjunto
con la Autoridad.
-
El Titular deberá informar el resultado de
las acciones implementadas, comunicando
la fecha cierta en que se pudo controlar el
afloramiento, en un plazo menor a 24
horas.
-
Si el afloramiento de aguas responde a un
escenario permanente, el Titular deberá
incurrir en los estudios suficientes y
necesarios que permitan determinar la
posibilidad de alcanzar una solución
definitiva.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Ante un potencial afloramiento de aguas durante
la Fase de Construcción del proyecto, se dará
aviso inmediato a la Superintendencia del Medio
Ambiente, en un plazo menor a 24 horas, acerca
de la ocurrencia de afloramiento de aguas
subterráneas, señalando las medidas que ha
aplicado hasta ese momento. La activación de las
acciones de emergencia será comunicada a la
SMA cuando sucedan, a través de un reporte que
contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas
tomadas y registros, el que será cargado al Sistema
de Seguimiento Ambiental de la RCA del
proyecto habilitado en el sitio web de la SMA.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda
Complementaria.
-
Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme
a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones
por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información
respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones,
reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en
general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las
obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones
Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto
de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro
Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos
sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma
toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de
las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la
gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el
Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá
informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el
inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” pueda ejecutarse, deberá cumplir
con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de
la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de
impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias
para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección
Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la
ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo
a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del
SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un
cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del
SEIA, deberá someterse al SEIA.
19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente
Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través
de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta
Fotovoltaica Belén 6MW”, de GR Villarrica SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” cumple con la normativa de
carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” cumple con los requisitos de
carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los
artículos 138, 140, 142, 160 y del pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del
Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” no genera los efectos,
características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad
de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su
ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente
acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a
lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de
Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la
notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Emardo Christian Hantelmann Godoy
Delegado Presidencial
Presidente Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago
Arturo Nicolás Farías Alcaíno
Director Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago
AFA/JGM/JMM/FCP
Distribución:
Firmado por: Arturo
Farias Alcaino
Fecha: 22/11/2021
17:21:26 CLST
Emardo
Christian
Hantelma
nn Godoy
Firmado
digitalmente por
Emardo Christian
Hantelmann
Godoy
Fecha: 2021.11.22
17:38:49 -03'00'