Evaluación SEA

Planta Fotovoltaica Belén 6MW

Rol 2151190272
SEA · DIA · Aprobado · 2021-03-23 · Región Metropolitana de Santiago · GR Villarrica SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Resolución Exenta (N° digital en costado inferior izquierdo)

Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”

Santiago, (Fecha en costado inferior izquierdo)

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 23 de marzo de 2021, mediante Resolución Exenta N° 224/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 02 de agosto de 2021 y su Adenda Complementaria de fecha 01 de octubre de 2021, de la “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”, presentada por GR Villarrica SpA con fecha 18 de marzo de 2021.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”.

3°. El Acta de Evaluación N° 09/2021 de fecha 19 de octubre de 2021, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE N° 202113109138 de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” de fecha 28 de octubre de 2021.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 08 de noviembre de 2021.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Supremo N° 256 de fecha 01 de octubre de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y en la Resolución Exenta Nº 7/2019 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón..

H á G ill B h V l l CONSIDERANDO:

1°. Que, GR Villarrica SpA (en adelante, el “Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social GR VILLARRICA SpA Rut 77.130.979-8 Domicilio Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37, Edificio Titanium Teléfono 56 2 32519400 Nombre representante legal Antonio Francisco Ros Mesa Rut representante legal 13.831.549-5 Domicilio representante legal Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37, Edificio Titanium. Teléfono representante legal 56 2 32519400 Correo electrónico Titular o representante legal rosantonio@grenergy.eu

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de octubre de 2021, el Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:  Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;  Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 160 y el pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 MMA;  No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 08 de noviembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”, aprobando íntegramente el contenido del ICE del 28 de octubre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo principal la generación de energía eléctrica a partir de energía solar, la que será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (en adelante, SEN). Descripción general del proyecto El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta fotovoltaica que utilizará la tecnología de sus paneles fotovoltaicos para la captación y transformación de energía solar a eléctrica. En virtud de la Tabla 1-4 y 1-34, ambas de la DIA la potencia máxima que puede alcanzar el panel es de 580 Wp. En el Anexo 19. Ficha de Resumen de la Adenda, el Titular actualizó el número de paneles a 12.276 por lo que la potencia máxima (nominal) del Proyecto seria de 7,120 MW. En virtud de las mismas Tablas señaladas, el Titular indica las características del panel fotovoltaico señalando que existiría un sobredimensionamiento, con lo que la potencia máxima (real) de la planta será de 6 MW que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). La energía producida, convertida y transformada, será conducida e inyectada al SEN mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión (23 kV) con una longitud aproximada de 83,3 metros, la cual se conectará al alimentador “Aguas Claras” correspondiente a la “Subestación lo Boza” de 23 kV de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión. La línea de Evacuación proyectada contempla un ancho de faja de 3,5 m por lado y un ancho de línea de 1,0 m. La superficie del Proyecto estará compuesta por obras permanentes y temporales, las que abarcarán un total equivalente a 139.203,92 m2 (13,92 hectáreas). La Fase de construcción tendrá una duración de 6 meses (ver Cronograma del Proyecto en acápite 1.3.7 de la DIA). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en el literal: “c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”. Vida útil 30 años. Monto de inversión US$ 6,6 millones de dólares. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito de inicio corresponde a la “habilitación de instalación de faena”, necesaria para la construcción de las obras, cuyo inicio se prevé para el mes de febrero del año 2022. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto de lo previsto en el Artículo 14 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el proyecto no se desarrollará por etapas. Ver acápite 1.5.3. de la DIA.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no es una modificación de un proyecto existente. Ver acápite 1.5.1. de la DIA.

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplazará en la Región Metropolitana, en la Provincia de Chacabuco, en la comuna de Lampa, cercano a los sectores Callejón Miraflores, Chorrillos y La Primavera; específicamente en el loteo Miraflores de Lipangue, parcela 37. En el Anexo 1-2 de la DIA se presentan los planos donde el Proyecto se emplazará. Justificación de la localización La localización del proyecto se justifica por los siguientes aspectos: - El potencial de generación de energía, ya que corresponde a una zona con un alto índice de radiación solar y condiciones climáticas que permiten obtener la energía directa del sol en casi todas las épocas del año. - El área de emplazamiento cuenta con conectividad eléctrica de fácil acceso, debido a las líneas de transmisión y distribución existentes en el sector. - Es un área de fácil acceso, donde la ruta enrolada más cercana se encuentra a 100 m respecto del área de emplazamiento del Proyecto, entiéndase por esta el Camino Lo Echevers. A partir de dicha ruta se accederá a un camino existente que empalma directamente con el área de Proyecto. - Los suelos utilizados para el área de emplazamiento del Proyecto se clasifican suelos clase VI, de la serie Taqueral, que presentan limitaciones desde continuas hasta severas y opciones de cultivo restringidas para pastos y uso forestal. - - El Proyecto no presenta incompatibilidad territorial, debido a que se emplaza fuera del Límite Urbano establecido para la comuna de Lampa. (Ver acápite 1.4.5. de la DIA). Superficie La superficie del Proyecto estará compuesta por obras permanentes y temporales, las que abarcarán una superficie total equivalente a 139.203,92 m2 (13,92 ha). El Proyecto contará además con una Línea de evacuación eléctrica de 666,4 mt2 (0,067 ha), cuyas coordenadas se presentan en la Tabla 1-8 y su superficie en la Tabla 1-30, ambas de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas UTM (DATUM WGS84, HUSO 19) del polígono de emplazamiento del Proyecto se presenta a continuación:

Tabla 1. Coordenadas geográficas UTM 19 S, DATUM WGS-84. Vértice Coordenadas Este (m) Norte (m) A 330.996,49 6.309.428,44 B 331.151,09 6.309.452,22 C 331.150,53 6.309.468,86 D 331.212,10 6.309.505,78 E 331.268,94 6.309.369,40 F 331.290,21 6.309.235,99 G 331.290,63 6.309.188,14 H 331.288,67 6.308.933,22 I 331.044,71 6.308.937,31

J 331.046,76 6.309.003,16 K 331.037,08 6.309.051,68 L 330.978,31 6.309.258,01 M 331.020,97 6.309.264,18 Fuente: Tabla 1-7 de la DIA. Coordenadas Geográficas – Área de Planta. Caminos de acceso El acceso principal al área del Proyecto será realizado a través del Camino Lo Echevers, desde donde se accede a un camino interparcelario existente con longitud de 100 m (aproximadamente), para empalmar al área del Proyecto. Cabe mencionar que el Proyecto no contempla la habilitación de caminos de acceso (Ver Figura 1-4. Acceso al Proyecto de la DIA). Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones  Localización y georreferenciación del Proyecto en Anexo 02 Kmz Shape de la Adenda.  Ver Anexo 1-2: Layout y Cartografías de la DIA.  Ver acápite 1.4.2.2 Coordenadas y Representación Cartográfica Obras Temporales de la DIA.  Anexo 1 Adenda complementaria “Plano”. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.1.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción Instalación de faenas Corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la Fase de Construcción y Cierre. Este lugar estará destinado al almacenamiento de insumos, materiales, herramientas, baños, comedor, oficinas, estacionamiento de equipos y maquinarias. En términos generales, estas instalaciones constituirán el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en los distintos frentes y los servicios de apoyo. La Instalación de Faenas estará emplazada dentro del área de Proyecto y se accederá a ella mediante la utilización del camino interno habilitado al interior del predio. Las coordenadas de la ubicación general de la Instalación de Faenas y el plano de emplazamiento se pueden revisar en el Acápite 1.4.2.2 de la DIA, sobre representación cartográfica de las obras temporales; y ver Tabla 1-32. Superficie detalle de ocupación - Área de Instalación de Faena de la DIA. Estas instalaciones se construirán en base a un sistema de módulos metálicos de 40 pies promedio, con servicios incluidos tales como: extintores, mobiliario, electricidad, entre otros. La energía será provista por la empresa distribuidora local, además, como medida de respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, entiéndase por este (1) grupo electrógeno a Diésel de 5 kVA. El Proyecto no considera la habilitación de campamentos, puesto que el personal de construcción será preferentemente contratado en el sector o comunas aledañas y trasladado al lugar de la construcción mediante buses y/o camionetas de acercamiento mediante empresa autorizada por la SEREMI del Ministerio de Transporte de Telecomunicaciones (MTT). El Titular cumplirá en todo momento con las disposiciones del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL), “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, también obtendrá todas las autorizaciones y Permisos Ambientales Sectoriales necesarios para su funcionamiento. La Instalación de Faenas contempla: - Caseta de Control e Ingreso. - Zona de Baños Químicos. - Comedor. - Oficinas. - Estacionamiento de Vehículos Livianos. - Estacionamiento de Maquinaria. - Zona de Descarga de Materiales. - Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales. - Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Domiciliarios. - Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales No Peligrosos. - Área de lavado de piscina de canoas mixer.

Mayores antecedentes sobre la obra Instalación de faenas, se presentan en el acápite 1.6.3.1 del Capítulo 1. Descripción de Proyecto y Tabla 1-19. Coordenadas Geográficas – Instalación de Faenas de la DIA, ambas de la DIA. Cerco perimetral El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura, abarcando la totalidad del polígono de Planta. La distancia entre los postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o similar (Ver acápite 1.6.2.11 de la DIA). Caseta de control e ingreso Se contempla la habilitación de una caseta al interior de la Instalación de Faenas, la cual comprende una superficie de 26 m2. En dicha caseta se ubicará un trabajador autorizado, el cual llevará un registro de ingreso y salida del personal, insumos, maquinaria, entre otros. Ver Tabla 1-28. Coordenadas Geográficas – Caseta de Control de Ingreso de la DIA. Zona de baños químicos La IF contará con un área para la habilitación de baños químicos que abarcará una superficie de 20 m2 y dispondrá de baños químicos con lavamanos y bomba de pie, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, sobre las “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Ver Tabla 1-20. Coordenadas Geográficas – Zona de Baños Químicos de la DIA. Comedor Al interior de la IF existirá un área destinada a la alimentación de los trabajadores y que abarcará una superficie de 36,00 m2. No se considera la preparación de alimentos, ya que éstos serán provistos a través de un servicio externo que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos otorgados por la SEREMI de Salud respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, la instalación proyectada cumplirá con todos los requisitos establecidos en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL, “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Ver Tabla 1-21. Coordenadas Geográficas – Comedor de la DIA. Oficinas Serán de tipo modular para el personal administrativo-operativo que se encargue de las diversas actividades y servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Dichas oficinas contarán con una superficie de 36,00 m2, que albergarán equipos de calefacción/aire acondicionado, fotocopiadora, red computacional, entre otras. Ver Tabla 1-22. Coordenadas Geográficas – Oficinas de la DIA. Estacionamiento de vehículos livianos Se considera un área de estacionamiento de vehículos livianos que abarcará una superficie de 40,00 m2, para exclusivo uso del personal administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones y servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Ver Tabla 1- 23. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Vehículos Livianos de la DIA. Estacionamiento de maquinaria La IF contará con un área de estacionamiento de maquinarias utilizadas en obra y que abarcará una superficie de 100 m2, debidamente delimitada y señalizada para estos efectos. Ver Tabla 1- 24. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Maquinarias de la DIA. Zona de descarga de materiales Contará con una superficie de 100,00 m2, que será utilizada para la descarga de los suministros y materiales utilizados en las faenas constructivas. Ver Tabla 1-25. Coordenadas Geográficas – Zona de Descarga de Materiales de la DIA. Zona de almacenamiento temporal de materiales La IF contara con un sector habilitado como bodega temporal de insumos, estructuras y paneles para la construcción del Proyecto con una superficie de 100,00 m2. Ver Tabla 1-27. Coordenadas Geográficas – Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales de la DIA. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios Su disposición se contempla en un lugar especialmente delimitado y señalizado al interior de la Instalación de Faenas y que abarcará una superficie de 16,00 m2, donde se dispondrán en cuatro (4) contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. De este modo se impide el escurrimiento de líquidos percolados y se evita que los animales silvestres den vuelta los basureros. Las áreas de acopio temporal de residuos domiciliarios darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La frecuencia de retiro para los residuos domésticos y asimilables será de mínimo tres (3) veces por semana. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud respectiva. El Proyecto no considera el tratamiento de residuos de ningún tipo. Para mayores antecedentes respecto al tipo de residuos generado ver Acápite 1.7.8 de la DIA, sobre cantidad y manejo de residuos. Ver Tabla 1-26. Coordenadas Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios de la DIA. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos Contará con una superficie de 100,00 m2, en donde se almacenará temporalmente el material reutilizable y materiales residuales no peligrosos generados por el Proyecto durante la Fase de Construcción (despuntes de aluminio y fierro; maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, entre otros) en conformidad con lo establecido por el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Estos residuos se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados, y se almacenarán en un contenedor tipo tolva con capacidad de 10,00 m3. Los residuos se reciclarán destinándolos en conteneros para estos efectos. La frecuencia de retiro para los residuos domésticos y asimilables será de mínimo tres (3) veces por semana. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud respectiva. Ver Tabla 1-29. Coordenadas Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos Industriales No Peligrosos de la DIA. Área de lavado de piscina de canoas mixer El sitio o piscina de lavado de canoa de camiones mixer, corresponde a una excavación de área 2 m x 2 m de área superficial, y una profundidad de 1 m, permitiendo almacenar un volumen 4 m3. Tal como señala el Titular en la respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, durante la Fase de Construcción se requerirán como máximo 69 camiones mixer de 8 m3, mientras que durante la operación y cierre, no se requerirá hormigón. No obstante lo anterior, se considerará la instalación de una zona de lavado de canoas de hormigón al interior del predio la cual no ocupará productos químicos extras para el limpiado de las canoas. Las aguas residuales generadas del lavado de la betoneras y canoas de camiones mixer, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, se manejarán de acuerdo a lo siguiente: - Se excavará una piscina de 4m2 de superficie y una profundidad de 1 m, la cual estará recubierta con polietileno doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación. - Esta piscina será utilizada para lavar y verter la lechada de cemento restante de las canoas de los camiones mixer, auto hormigonera, y/o bomba estacionaria. - Se aplicará cada vez que se ejecute la faena de hormigonado. - El lavado de las canoas de camiones mixer, autohormigonera, y/o bomba estacionaria se realiza diariamente después de ser vaciado el hormigón premezclado. Se considera un volumen de 1,67 m3 de agua industrial al mes para esta actividad. - Se establece la prohibición de lavado de canoas de camiones míxer, autohormigonera y/o bomba estacionaria en lugares no autorizados para esta faena en la obra. Esto será indicado mediante señalizaciones en obra. - Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de escombros disponible en obra. Cabe señalar que se esperará hasta que el agua residual se evapore para poder retirar la lechada endurecida. Cabe señalar que respecto del área reservada para el lavado de piscina de canoas, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, se tomarán las siguientes medidas: - Durante los periodos de lluvia, el sitio de lavado será cubierto con un polietileno de alta densidad, para evitar que el agua lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en el sitio de lavado y se genere un eventual derrame. - La lechada se retirará una vez endurecida, fracturándola con un martillo o similar y luego se trasladará a botadero autorizado. - Se llevará un registro de generación, manejo y eliminación. - Durante las tareas de lavado, habrá un operador atento a las maniobras y riesgos asociados. Adicionalmente en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, el Titular se actualizó el Plan de Contingencia y Emergencia, el que contempla medidas frente a riesgo de derrames de aguas residuales de lavado de canoas, en el caso fortuito que ocurra algún evento de estas características. Cabe señalar que el agua de lavado corresponde a lechada de hormigón y su cantidad no superará los 20 litros/camión. El cemento no presenta las características de un residuo peligroso y, por tanto, la lechada no tendrá elementos contaminantes u otras sustancias peligrosas susceptibles de contaminar el suelo o el agua debido su acotada cantidad y sus características químicas. Sin perjuicio de lo señalado, en el caso de que los residuos resultantes del lavado de canoas de camiones mixer contengan trazas de grasas u otro contaminante, estos serán manejados, transportados y dispuestos en lugares Autorizados según lo normado en el D.S 148/2003 MINSAL.

Ver Figura 1. Dimensiones piscina de lavado de canoas de la Adenda Complementaria. Bodega Residuos Peligrosos (RESPEL) Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del Proyecto (trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses) durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. La frecuencia de retiro nunca superará los seis (6) meses a partir de la generación de los residuos peligrosos, cumpliendo en todo momento con lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. La Bodega RESPEL se emplazará al interior del área del Proyecto, y dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, siendo sus principales características las siguientes: - Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. - Contará con un cierre perimetral de 1,80 metros de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales. - La bodega se emplazará en un radier hormigón, con murallas de zinc y techado de planchas de zinc-alum acanalado. - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190:2003. - Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de 230 litros aproximadamente con tapa y asa metálica y también en un maxicubo de 1.000 litros de capacidad. - Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o residuos en lugares no destinados para tales efectos. Quien fuera sorprendido trasgrediendo las instrucciones señaladas para tal efecto, se expondrá́ a medidas disciplinarias. - Los trabajadores que manipulen estos tipos de residuos contarán con todos los implementos de seguridad y habrán recibido una charla de inducción sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos. - Tendrá vías de escape accesibles en caso de emergencia y contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger en la bodega de residuos peligrosos y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. (Ver Tabla 1-15. Coordenadas Geográficas – Bodega de Residuos Peligrosos; y acápite 1.6.2.8 de la DIA). Estanque de almacenamiento de agua potable El abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases del Proyecto será realizado mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y lavamanos conectados a fosa séptica). Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado sectorialmente ante la SEREMI de Salud. (Ver Tabla 1-16. Coordenadas Geográficas – Estanque de agua potable; y acápite 1.6.2.9 de la DIA). Camino interno Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al interior del área del Proyecto utilizado para el desplazamiento de los trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas durante la vida útil Proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio de 4,00 metros y 650 metros de longitud (aproximadamente), abarcando una superficie de 2.762 m2. Dicho camino contempla la aplicación de supresor de polvo sobre éste durante las fases de Construcción y Cierre del Proyecto. (Ver acápite 1.6.2.12 de la DIA). 4.3.1.1.2 ACCIONES Nombre Descripción Roce y despeje de vegetación. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.1 Roce y Despeje de Vegetación de la DIA, una de las primeras actividades constructivas es el despeje del terreno, actividad que involucra la corta de vegetación presente en el predio. Es importante mencionar que se privilegiará la utilización de herramientas manuales (desbrozadoras, cortasetos, motosierras) y maquinaria propia de la obra, cuando se requiera. Habilitación de Instalación de Faenas. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.2 Habilitación de Instalación de Faenas de la DIA, previo a la habilitación de cada uno de los componentes de la Instalación de Faenas, se prevén trabajos de limpieza, despeje y nivelación de la superficie, mediante el uso de maquinaria estándar de construcción. Posterior al acondicionamiento del terreno, se procederá al montaje de las estructuras modulares tipo contenedor que conformarán la Instalación de Faenas. En el acápite 1.6.3 de la DIA se describen cada uno de los elementos que comprenderán la Instalación de Faenas, mientras que en el acápite 1.4.2.2 de la DIA, se presenta gráficamente la localización de la misma. Movimiento de tierras. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.3 Movimiento de tierras de la DIA, previo a dicho movimiento, se realizará una demarcación de la superficie donde se instalarán los módulos, dejando un corredor o pasillo entre cada línea de módulos, el que será utilizado como vía de acceso para instalación y montaje. Luego se marcarán los puntos en donde se ubicarán las estructuras de soporte que sostendrán a los módulos o paneles. Posteriormente, se realizarán los trabajos de movimientos de tierras, para la adecuación de caminos, zanjas por las que discurrirá el cableado de la Planta, etc. Se procederá a la limpieza del terreno, en las zonas que sea necesario, actividad que consiste en un despeje superficial, referido al despedregado de piedras de gran magnitud. La eliminación de la pedregosidad superficial será realizada mediante métodos mecánicos y manuales; las piedras recogidas serán acopiadas y cargadas a un camión mediante retroexcavadora. El material excavado no será acumulado en sitios, sino que será dispuesto en su gran mayoría en los bordes de la superficie donde se va a excavar, para luego ser utilizado como material de relleno en el mismo sitio. Conforme a lo expuesto, la tierra excavada será utilizada en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas) y en la nivelación del mismo terreno, no generando excedentes que deban ser acopiados y trasladados a otros sectores. El volumen total a cargar y descargar durante la Fase de Construcción será de 2.290,7 m3. La profundidad máxima de excavaciones no superará los 2,0 metros de profundidad, necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2,00 metros), implementación de postes de acero galvanizado (malla) y las postaciones necesarias para la implementación de la línea de evacuación. Habilitación de camino interno. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.4 Habilitación de camino interno de la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un (1) camino interno emplazado al interior del polígono del Proyecto, el cual será habilitado durante las faenas constructivas y se mantendrá durante toda la vida útil del Proyecto. Este camino será habilitado mediante la nivelación y posterior compactación del mismo, contando con un ancho promedio de 4,5 metros y 614 metros de longitud. No se considera la generación de residuos por esta actividad, ya que el material será utilizado en la misma área de emplazamiento del Proyecto (nivelación de terreno, relleno de zanjas, etc.). El camino interno tendrá las características adecuadas para el acceso y circulación del personal, materiales y maquinarias al área de Planta. Aplicación de supresor de polvo en camino de acceso y camino interno. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.5 Aplicación de supresor de polvo en camino de acceso y camino interno de la DIA, el Proyecto considera la aplicación de un supresor de polvo en los caminos internos y en el acceso. El producto a utilizar será biodegradable de base orgánica, soluble en agua, sin interferencias negativas con el medio ambiente y de alto rendimiento. Según lo señalado en la Tabla 1-44 de la DIA, en relación a la aplicación del supresor de polvo, el Titular se compromete a ejecutar un Programa de aplicación y mantención con el objeto de minimizar las emisiones de material particulado respirable generados por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, con el fin de evitar eventuales molestias a los habitantes del sector. Su implementación será realizada en los acceso y caminos internos del Proyecto, es decir, los emplazados al interior del área del Proyecto y que serán utilizados para efectos de construcción y mantención de la planta. Respecto de la frecuencia de aplicación, está se realizará una única vez previo al inicio de la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto. En relación con su mantención, será una (1) vez por mes mientras duren las faenas constructivas (6 meses). La aplicación del supresor de polvo será realizada por un camión aljibe y solo requerirá agua industrial para su mantención. Respecto de su provisión, el Proyecto utilizará agua industrial mediante proveedores autorizados conforme a lo siguiente: a. Indicador que acredita cumplimiento: ▪ Registro de aplicación de supresor de polvo con fecha y hora de aplicación, metros lineales o superficies aproximadas de aplicación. ▪ Registro de monitoreo una vez aplicado el supresor de polvo. b. Forma de control y seguimiento: ▪ Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los registros de aplicación y monitoreos realizados en las oficinas de la instalación de faena. Instalación de cerco perimetral. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.6 Instalación de cerco perimetral de la DIA, se implementará un cerco perimetral que corresponderá a una malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura. La distancia entre postes será de 2,5 metros o similar. Montaje de estructuras. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.7 Montaje de estructuras de la DIA existirán dos tipos de montajes: Montaje Mecánico: El montaje de las estructuras de los paneles solares se llevará a cabo mediante el uso de las máquinas hincadoras que se usarán para clavar los pilares (hincado de estructuras) donde van montadas las estructuras soportantes de los paneles solares. Estos pilares serán distribuidos directamente sobre la tierra y respetando una distancia mínima entre los paneles de una estructura con respecto a la otra de manera que eviten sombreado entre ellos. Esto se realizará con la ayuda de camión grúa, lo cual no supondrá ningún peligro para los trabajadores. Montaje Eléctrico: Concierne a las actividades que le dan conexión definitiva a la Planta para la generación de energía y transmisión al Sistema Eléctrico Nacional. Estas acciones corresponden a la conexión del cableado de los paneles fotovoltaicos, conexión de media tensión, entre otras. Pruebas de energización y puesta en marcha. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.8 Pruebas de energización y puesta en marcha de la DIA, para probar su funcionamiento y lograr una conexión exitosa de los equipos, se consideran tres niveles de pruebas: 1) Pruebas de equipos: Estas pruebas serán todas pruebas locales, realizadas precisamente a “pie de equipo”. Ello significa segregar funcionalmente el equipo del sistema al que pertenece para poder considerarlo como un subsistema o unidad de ensayo totalmente independiente en sí misma. Tienen por objeto: - Verificar que el montaje se haya realizado conforme a la documentación técnica del Proyecto, a las instrucciones del proveedor y a las reglas del buen arte. - Verificar el correcto funcionamiento del equipo en cuestión, mediante los controles indicados en las normas respectivas, manual del fabricante y cualquier otra especificación especial previamente señalada. 2) Pruebas de sistemas: En estas pruebas la unidad de ensayo comprenderá a sistemas, sub-sistemas y/o conjuntos de equipos, con sus correspondientes cables de interconexión, todos los cuales deberán constituir unidades funcionales diferenciadas y sustanciales completas en sí misma. Estas unidades se consideran como un todo indivisible a los efectos de las pruebas. Para cada una de éstas existen protocolos de ensayos respectivos, con las inspecciones relativas a cada función. 3) Pruebas conjuntas: Estas pruebas comprenderán el funcionamiento del conjunto de los sistemas, interactuando simultáneamente. Un listado resumido de ellos es el siguiente: - Limpieza de paneles solares, equipos, etc. - Disposición de todos los equipos, servicios y elementos en condiciones de operación nominal y normal. - Revisión final de toda la instalación. - Verificación por simulación de distintas maniobras para la energización. Desmantelamiento de obras temporales. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.1.9 Desmantelamiento de obras temporales de la DIA, terminadas las faenas constructivas se retirará la Instalación de Faenas y todos los elementos ajenos a la operación de la Planta Fotovoltaica, tomando las acciones necesarias para readecuar las áreas intervenidas, es decir, se retirarán los contenedores y áreas de trabajo dispuestas en estas zonas. Los materiales de desecho de la Fase de Construcción se retirarán, transportarán y dispondrán en lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva; además, se retirarán los equipos y las maquinarias utilizadas en la obra. Una vez que se hayan retirado las instalaciones temporales, se realizarán las actividades para restaurar la superficie original. Se ejecutará una limpieza exhaustiva del área, verificando que en las áreas de trabajo no queden vestigios de ningún tipo de residuo. 4.3.1.2 SUMINISTROS BÁSICOS Agua para consumo humano De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.1 de la DIA, el abastecimiento de agua potable se realizará mediante bidones sellados de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. En atención a la mano de obra máxima proyectada (68 trabajadores/mes) y considerando un abastecimiento de 150 L/trabajador/día (D.S. N° 594/1999 del MINSAL), se estima un requerimiento de 10,20 m3 por día. Agua industrial De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.2 de la DIA, el agua industrial será transportada mediante camiones aljibes, y suministrada por proveedores autorizados para estos efectos. Se estima un requerimiento de 20 m3/mes. Para la Fase de Construcción se requerirá de agua industrial para las actividades constructivas y para la mantención del supresor de polvo (éste último será adquirido listo para su aplicación mediante empresas especializadas, razón por la cual no se contempla preparación en faena). De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.6 de la DIA, otro de los recursos naturales a ser utilizados por el proyecto corresponde al suministro de agua de uso industrial y agua potable. El consumo de agua industrial se estima en 20 m3 por mes, mientras que el consumo de agua potable se estima en 204 m3 por mes. Para ambos casos, se considera la contratación del servicio de suministro de agua (industrial y potable) a proveedores autorizados que cuenten con los respectivos derechos de compra/venta de agua vigentes. Servicios higiénicos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.3 de la DIA, se considera la utilización de baños químicos. En atención al mínimo de artefactos, establecidos en el Artículo 23 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL y considerando una dotación máxima de 68 trabajadores/mes, se estiman cuatro (4) excusados con sus respectivos lavatorios, para el uso de los trabajadores en obras. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Los baños dispondrán de lavamanos con bomba de pie, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Suministro eléctrico De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.4 de la DIA, el suministro eléctrico será provisto por la empresa distribuidora local y, además, como medida de respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, se contará con (1) generador de 5 kVA. Alimentación De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.5 de la DIA, para la alimentación de los trabajadores se considera un servicio de catering local, ya que no se contempla la preparación de alimentos dentro de las instalaciones, proyectando solo la implementación de un comedor, el que estará completamente aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental. El recinto mantendrá condiciones higiénicas adecuadas según lo establecido en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La comida será preparada y trasladada a la obra en raciones separadas para el consumo individual de los trabajadores. Maquinarias, equipos y vehículos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.6 de la DIA, los vehículos y maquinarias por utilizar en la fase de construcción se describen en la siguiente tabla:

Tabla 3. Tipo de maquinarias, vehículos y actividad asociada para la Fase de Construcción. Vehículo o maquinaria Cantidad Actividad asociada Retroexcavadora 2 Excavaciones de terreno Perforadora o hincadora 4 Perforaciones para hincado de postes Motoniveladora 1 Nivelación y compactación de terreno Cargador frontal 1 Disposición de material Camión grúa 1 Montaje de estructuras Generador 1 Suministro eléctrico Camión mixer 3 Transporte de hormigón Camión rampla 3 Transporte de paneles Camión rampla 3 Transporte de insumos Camión pesado 1 Transporte de residuos peligrosos Camión pesado 1 Transporte de residuos no peligrosos Camión 1 Mantención de baños químicos Camión Aljibe 1 Traslado de agua industrial para actividades constructivas Camión Aljibe 1 Transporte de agua potable Camión Aljibe 1 Aplicación Supresor de Polvo Camión aljibe 1 Mantención Supresor de Polvo Bus 1 Transporte de personal Camioneta 4 Transporte de personal Camioneta 1 Traslado de agua potable Fuente: Tabla 1-41. Maquinarias y Vehículos – Fase de Construcción de la DIA. Alojamiento De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.7 de la DIA, el personal será preferentemente mano de obra local, razón por la cual no se considera la habilitación de campamentos ni alojamiento en faena. Combustible De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.8 de la DIA, el abastecimiento de combustible será realizado en instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); por tanto, el Proyecto no contempla la implementación de lugares de abastecimiento en faena. Hormigón De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.5.10 de la DIA, se utilizará hormigón (H25), preparado y abastecido mediante proveedores autorizados para estos efectos, privilegiando los proveedores regionales. Dicho material será utilizado en:  Fundación de salas eléctricas.  Fundaciones de bodega de materiales.  Fundación en postes de acero galvanizado de cerco perimetral. En el caso del cerco perimetral se requiere de hormigón para los apoyos que tienen una dimensión de 30 x 30 x 30 cm, aproximadamente, estimando un total de 0,03 m3 por apoyo. El hormigón será provisto por camiones mixer desde una empresa proveedora que cuente con las autorizaciones vigentes para tal fin. En la respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, el Titular señala que el Proyecto no tendrá un uso intensivo de hormigón durante ninguna de sus fases y que para dimensionar la cantidad requerida, señala que durante la construcción se requerirá, como máximo, un total de 69 camiones mixer de 8 m3, mientras que durante la operación y cierre, no se requerirá hormigón. 4.3.1.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Suelo De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.6 de la DIA, las actividades constructivas del proyecto requieren la extracción de 2.290,7 m3 de suelo, proveniente de las excavaciones necesarias para la instalación de las obras permanentes, el que será reutilizado en los rellenos de las miasmas excavaciones. La ubicación de la extracción de suelo corresponde al área de cableado subterráneo, área de paneles, centros de transformación, salas de control y línea de evacuación (ver áreas y sus respectivas coordenadas en el acápite 1.4.2 y Anexo 2-3 Estudio Edafológico de la DIA). 4.3.1.4 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.1.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA Nombre Descripción Emisiones

De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.7.1 de la DIA, las principales fuentes de emisión de material particulado del Proyecto en la Fase de Construcción corresponden a actividades de construcción de las obras. Dichas actividades generadoras de emisiones se pueden resumir en:  Acondicionamiento de terreno (Compactación y Nivelación).  Excavación para habitación de caminos, zanjas, fundaciones de las estructuras de soporte micropilotes.  Carga y descarga de material.  Emisiones de maquinaria contemplada para las labores constructivas del proyecto.  Tránsito de camiones y vehículos por caminos no pavimentados.  Tránsito de camiones y vehículos por caminos pavimentados.  Generadores Diésel (grupo electrógeno de 5 kVA).

En base a lo estipulado por el PPDA de la Región Metropolitana, las emisiones estimadas para la fase de construcción del proyecto son inferiores a los límites establecidos en el PPDA. En el Anexo 1-3 de la DIA, se adjunta el Informe de Estimaciones de Emisiones Atmosféricas del Proyecto. El resumen de emisiones totales para la fase de construcción se presenta a continuación:

Tabla 4. Resumen de emisiones fase de construcción (t/año) Fase de Construcción SO2 NOx CO MP2. 5 MP10 MPS COV NH3 0,0101 1,4558 0,6604 0,1327 0,3623 1,3314 0,0846 0,0005 Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 75 del Anexo 1-3 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA.

Por lo anterior, el Proyecto no presenta emisiones que sean causal de una exigencia de compensación de emisiones en la fase de construcción para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 64 del D.S Nº 31/2016, “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”, del Ministerio de Medio Ambiente.

Las tasas de emisiones proyectadas para la fase de construcción son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. Sin perjuicio de lo anterior, y como se indica en el Capítulo 3 sobre Plan de Cumplimiento Legal de la DIA, el Titular se compromete a mantener un Programa de Cumplimiento conforme a la normativa aplicable, el cual incluye para el control de emisiones, lo siguiente: - Registro de aplicación de supresor de polvo. - Registro de mantenimiento del supresor de polvo. - Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista encargada. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista. - Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Certificado de mantenciones, para la maquinaria que o requiera de revisión técnica. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: fecha, hora y empresa contratista.

En relación con la aplicación del supresor de polvo, el Titular ejecutará un Programa de aplicación y mantención que tiene como objetivo minimizar las emisiones de material particulado respirable generados por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, con el fin de evitar eventuales molestias a los habitantes del sector (ver Tabla 1-44. Programa de Aplicación y Mantención de Supresor de Polvo de la DIA).

El detalle con los antecedentes referentes a esta materia, se presentan en el Anexo 1-3 “Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la DIA 4.3.1.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) Según señala el Titular en el acápite 1.7.9.1 de la DIA, el Proyecto contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la Instalación de Faenas. Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Dicha empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado. El Titular exigirá al contratista que durante el desarrollo de la Fase de Construcción mantenga un registro y copia de la documentación que acredite la disposición final de las aguas servidas. Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la Fase de Construcción será de aproximadamente 10,2 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 68 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Mayores antecedentes sobre esta materia en el punto 1.7.9.1 de la DIA. Residuos industriales líquidos El Titular señala en el punto 1.7.9.2 de la DIA que debido a las características propias del Proyecto no se contempla la generación de residuos industriales líquidos. El hormigón de las fundaciones será provisto por una empresa proveedora que cuente con las autorizaciones vigentes para tal fin, situación por la cual no se contempla el lavado de los camiones ni de sus ruedas en obra (IF), tarea que será llevada a cabo en las instalaciones del proveedor de este insumo. 4.3.1.4.3 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción Ruido Durante la fase de construcción es donde se producirá la mayor emisión de ruido del Proyecto, ya que involucra la utilización de maquinaria pesada para el movimiento de tierra en la excavación de zanjas y para la disposición de los paneles solares en el terreno. Dentro de las actividades constructivas se distinguen dos etapas: a) la primera corresponde a la “preparación de terreno”, que incluye las actividades de habilitación de la instalación de faenas, movimiento de tierras, habilitación de camino interno y de acceso y la instalación del cerco perimetral; b) la segunda etapa corresponde a “obras civiles”, que incluye el montaje de estructuras, montaje mecánico y montaje eléctrico. A pesar de que, según el cronograma, se estima que ambas etapas se podrían realizar el mismo mes, en ningún momento se encontrarán la totalidad de las maquinarias de ambas etapas operando de forma simultánea. Es por lo que la condición real y más desfavorable para los receptores corresponde a un escenario en el cual toda la maquinaria correspondiente a la “Preparación de terreno” opera de forma simultánea mientras que en otro escenario, toda la maquinaria correspondiente a “Obras civiles” opera de forma simultánea. Según la normativa ambiental vigente, el D.S. Nº 38/11 del MMA, el nivel máximo permitido para Zonas Rurales corresponderá al menor valor entre el nivel de ruido de fondo más 10 dB(A) y el nivel máximo para Zona III, obteniéndose los siguientes niveles máximos permitidos:

Tabla 5. Verificación Cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA Fase de Construcción con medidas de control ambiental. Actividad Receptor NPS Proyectado (dB(A)) Zonificación Límite Máximo Permisisble (dB(A)) Cumplimiento Preparación de terreno R1 59 Zona Rural 65 Cumple R2 57 Zona Rural 60 Cumple R3 58 Zona Rural 65 Cumple R4 51 Zona Rural 54 Cumple Obras Civiles R5 59 Zona Rural 65 Cumple R6 56 Zona Rural 60 Cumple R7 55 Zona Rural 65 Cumple R8 48 Zona Rural 54 Cumple Fuente: Tabla 14. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de Construcción del Anexo 18 de la Adenda.

Tal como se puede observar en la tabla anterior, luego de la implementación de las medidas de control ambiental propuestas por el Titular en el acápite 7.6 del Anexo 18 “Estudio de Ruido y Vibraciones” de la Adenda, las obras y actividades planificadas para la fase de construcción del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según D.S. N°38/11 del MMA durante el periodo diurno, en el cual se desarrollarán las actividades de construcción, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto. La medida de control ambiental a implementar es una “Barrera Acústica Móvil”, que será utilizada para toda maquinaria que se encuentre realizando actividades a menos de 160 [m] de los receptores R3 y R4 (para el caso de los receptores R1 y R2 no es necesaria esta medida ya que, incluso considerando la condición más desfavorable de operación de maquinarias, el límite máximo permitido no es superado). La barrera acústica móvil deberá tener una altura de 3.6 metros y un largo de, al menos, 10 metros, asegurando que se cubra toda la extensión de la maquinaria. El material de la barrera acústica móvil es de planchas de OSB de 15 [mm] de espesor y densidad superficial de al menos 10 [kg/m2]. Posee un revestimiento interior como material absorbente acústico del tipo lana mineral de roca, de 50 [mm] de espesor y densidad de 80kg/m3, para de esta forma asegurar una aislación mínima de Rw igual a 30 [dB].

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular ejecutará las siguientes obras y actividades como parte del cumplimiento normativo asociado al Decreto Supremo N° 47/1992 MINVU, sobre Ordenanza General de La Ley General de Urbanismo y Construcciones: - Desarrollo de las faenas de construcción exclusivamente en el periodo diurno, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. - Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso. - Mantención regular de los equipos. - Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido.

Complementariamente, en el Anexo 18 de la Adenda, se evaluaron las emisiones de ruido con flujo vehicular para la Fase de Construcción, en donde se muestran los resultados obtenidos mediante el método RLS-90 y modelado mediante el software iNoise2020. La evaluación se realizó mediante valores considerados según la aplicación de la norma Suiza OPB 814.41, los que se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 6. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Construcción - Flujo vehicular. Punto de Evaluación NPS Proyectado (dB(A)) Normativa Suiza OPB 814.41 Grado de sensibilidad Límite Máximo Permisible (dB(A)) Cumplimiento R1 23 Grado II 60 Bajo norma R2 17 Grado II 60 Bajo norma R3 19 Grado II 60 Bajo norma R4 14 Grado II 60 Bajo norma Tabla 15. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de construcción - Flujo vehicular del Anexo 18 de la Adenda.

Tal como se observa en la Tabla anterior, el aporte del flujo vehicular proyectado mediante el método alemán RLS- 90 y evaluado mediante normativa Suiza OPB 814-41, cumple con el estándar de referencia según los datos entregados por el titular, tanto en los receptores evaluados como en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta, esto considerando que los niveles límites según la normativa de referencia se alcanzan a los 5 [m] desde la ruta, área en la cual no existen viviendas ni edificaciones.

Para mayores antecedentes ver Anexo 18. Estudio de Ruido y Vibraciones, de la Adenda.

Al respecto, la SEREMI de Salud mediante Ord. N° 2674 de fecha 18 de agosto de 2021, señala que: “Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas de control de ruido y vibraciones, así como los compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace, la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos y la norma de referencia utilizada en la evaluación de ruido de tráfico vehicular “Ordonnance Sur La Protection Contre Le Bruit” OPB 814.41 de la Confederación Suiza”. 4.3.1.4.4 EMISIONES DE VIBRACIONES Nombre Descripción Vibraciones Según lo señalado en el Anexo 18. Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda, a partir de los resultados obtenidos por cada maquinaria en los receptores, se evalúa el cumplimiento normativo, considerando el escenario más desfavorable, según se presenta en la siguiente tabla:

Tabla 7. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa Preparación de terreno.

Fuente: Tabla 19. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa Preparación de terreno del Anexo 18 de la Adenda.

Tabla 8. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa Obras Civiles

Fuente: Tabla 20. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa Preparación de terreno del Anexo 18 de la Adenda.

Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia según los datos entregados por el titular.

Para ver más detalles, consultar Estudio de Ruido y Vibraciones adjunto en el Anexo 18 de la Adenda. 4.3.1.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS 4.3.1.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.8.2 de la DIA, el Proyecto contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos, alambres y restos de embalaje (0,20 m3/mes), los cuales serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición final en sitios autorizados, los cuales al momento retirar y llevar a disposición final, extenderán un certificado para ello. Lo anterior, constituirá el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente. Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP), ver Anexo 9 PAS 140 de la Adenda. Residuos domiciliarios y asimilables a estos (RSD) De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.8.1 de la DIA, se estima que se generará un máximo de 1,36 t/mes de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de Construcción. Estos residuos serán retirados periódicamente, tres (3) veces por semana, por empresas autorizadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos Sólidos Domiciliarios, ver Anexo 9 PAS 140 de la Adenda. 4.3.1.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Residuos peligrosos (RESPEL) De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.7.8.3 de la DIA, Los residuos peligrosos generados por las actividades constructivas del Proyecto (cuyo volumen promedio mensual será de 73,6 kg aprox.), corresponden a paños contaminados, EPP en desuso, paneles en desuso, entre otros, los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL emplazada al interior de la Instalación de Faenas, separada de otras bodegas, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N° 148/2003 MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. En relación con los paneles en desuso, se priorizará su reciclaje por parte de empresas autorizadas para reciclar este tipo de residuo. Para ello, el Titular solicitará un Certificado para acreditar el reciclaje y/o disposición final de los paneles por parte de una empresa autorizada para estos efectos. Las mantenciones de vehículos y maquinarias serán realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones autorizadas para estos efectos, razón por la cual no se contempla la generación de RESPEL por esta actividad. Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos peligrosos (RESPEL), ver Anexo 10 PAS 142 de la Adenda. Sustancias Peligrosas Según señala el Titular en el acápite 1.7.10 de la DIA, el Proyecto en evaluación no considera el almacenamiento de Sustancias Peligrosas de ningún tipo. No obstante, y ante eventuales requerimientos, estos serán abastecidos gradualmente conforme a las necesidades del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6. del ICE. 4.3.2 FASE DE OPERACIÓN 4.3.2.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.2.1.1 PARTES Y OBRAS. Nombre Descripción Cerco perimetral El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura, abarcando la totalidad del polígono de Planta. La distancia entre los postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o similar. (Ver acápite 1.6.2.11 de la DIA). Paneles Fotovoltaicos De acuerdo con la actualización realizada por el Titular en el Anexo 19 de la Ficha de Resumen de la Adenda, la Planta Fotovoltaica estará constituida por 12.276 paneles o módulos fotovoltaicos de 580 Wp c/u, cuya potencia máxima (nominal) será de 7,120 MW y una potencia máxima (real) de 6 MW que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Los paneles proyectados serán del tipo silicio monocristalino PERC de alto rendimiento. Estas características hacen que su rendimiento medido en condiciones STC (CEM Condiciones Estándar de Medida) sea superior al 15%. Asimismo, los paneles utilizados cumplirán con todas las especificaciones de calidad y seguridad necesarias para el funcionamiento de la Planta. Las características generales de los paneles son las siguientes: Tabla 2. Características Generales de los Paneles Solares. Número de paneles 12.276 Potencia unitaria panel 580 Wp c/u Material Silicio monocritalino Dimensiones del panel 2172 x 1303 x 40 mm c/u Rendimiento STC Superior a 15% Fuente: En base a la Tabla 1-34. Características Generales de Paneles Solares de la DIA y Anexo 19. Ficha de Resumen de la Adenda. Estructuras de Soporte De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.2 de la DIA, con el objeto de optimizar el rendimiento energético de las instalaciones fotovoltaicas, los módulos fotovoltaicos irán montados sobre una estructura con seguidor (estructura de soporte) a un eje Este-Oeste (E- O). Dicha estructura tiene la función principal de servir de soporte y fijación segura de los módulos fotovoltaicos, así como proporcionarles una inclinación y orientación adecuada, con el fin de obtener un máximo aprovechamiento de la energía solar incidente (Ver Tabla 1- 34. Características Generales de Paneles Solares de la DIA). Las estructuras de seguimiento solar estacional en un eje, con movimiento de E-O, también conocidas como “Tracker”, generan un aumento en la producción energética de la Planta, dado que la radiación solar incidente en la placa se acerca al óptimo, pues el seguidor buscará constantemente la perpendicularidad de los rayos solares, a diferencia de una estructura fija que está diseñada para maximizar la radiación generada al medio día. Las estructuras de soporte poseen una larga vida útil, un mantenimiento prácticamente nulo y es de gran resistencia frente a acciones agresivas de agentes ambientales. Para evitar sombreamientos entre estructuras consecutivas, se dejará entre ellas como mínimo la distancia recomendada por cálculo, además los seguidores contarán con un sistema de “back-tracking” que en cualquier caso limitaría este efecto. Las estructuras no necesitan cimentación, ya que serán hincadas en el terreno natural, a una profundidad de 1,5 metros aproximadamente. Esta característica de la estructura es muy importante para conservar la calidad actual del suelo, ya que, una vez finalizada la vida útil, se desmontarán las estructuras y el suelo quedará con sus actuales condiciones. Salas Eléctricas De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.3 de la DIA, para el funcionamiento de la Planta, se considera la implementación de dos (2) salas eléctricas que corresponden a instalaciones prefabricadas, que abarcarán una superficie aproximada de 56,56 m2 c/u, aprox. Cabe hacer presente que dichas instalaciones no requieren de personal en la planta, pues funcionan de forma autónoma y remota (Ver Tabla 1-10 y Tabla 1 – 11, ambas de la DIA, en donde se presentan las coordenadas geográficas de la Sala 1 y Sala 2, respectivamente). En cuanto a sus características, dichas salas estarán diseñadas de tal forma que todos los componentes se encontrarán integrados en una base metálica dentro de un “Diseño SKID” para facilitar el montaje de la instalación; lo que permitirá garantizar la calidad de todo el conjunto. Al tratarse de un “Diseño SKID” los componentes contarán con una configuración outdoor capaz de resistir las condiciones meteorológicas adversas. Las salas eléctricas “Diseño SKID” estarán compuestas por: - Dos transformadores 4800 y 3200 kVA 23 kV. - Un transformador para SSAA11 de potencia condicionada a los requerimientos de los servicios auxiliares. - Celdas (Celda de Línea y Celda de Protección). - Cuadros de protección BT Inversor. Ver Tabla 1-36. Características Físicas de la Salas Eléctrica de la DIA. La corriente eléctrica proveniente de las salas eléctricas será canalizada de forma subterránea hasta la salida del área de la Planta Fotovoltaica, donde se conectará mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión de 23 kV y una longitud aproximada de 83,3 metros, al alimentador “Aguas Claras” correspondiente a la “Subestación Lo Boza” de 23 kV, de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión. La Sala Eléctrica considera además: a. Inversores: son dispositivos eléctricos que convierten la corriente continua (CC) en corriente alterna (CA), la cual produce pulsos secuenciales en la corriente continua, los cuales dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siendo ésta la corriente alterna. b. Transformadores: Para la ejecución del Proyecto se contempla la implementación de tres (3) transformadores conforme a lo siguiente: - Dos transformadores 4800 y 3200 kVA 23 kV. - Un transformador para SSAA de potencia condicionada a los requerimientos de los servicios auxiliares. Los transformadores ubicarán en un área insonorizada al interior de la sala eléctrica. Celdas: Se encontrarán integradas dentro del SKID junto al transformador, y estarán formadas por un equipo de celdas de media tensión hasta 23 kV. En función de la configuración del Planta, los centros de transformación podrán contar con los siguientes tipos de celdas acondicionadas para su uso exterior: celda de Línea (una o dos unidades) y celda de Protección. Cableado De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.4 de la DIA, el tipo de cableado a utilizar son los siguientes: Cableado Corriente Continua: En el cableado destaca el tramo de interconexión entre las diferentes series formada por la unión de paneles hasta los inversores string donde se realiza la conversión de corriente continua a alterna. El cableado desde los módulos hasta los inversores string se llevará a cabo mediante un tramo superficial colocado a lo largo del eje de la propia estructura metálica de los módulos y será de tipo cobre estañado, flexible clase 5 y de 6 mm2 o 10 mm2 de sección, dependiendo de la distancia requerida. En el tramo de cruce de seguidores el cable irá por tubo soterrado hasta el inversor string. Cableado Corriente Alterna: Respecto al tramo de cables de corriente alterna de BT también se plantean dos (2) escenarios: - Escenario 1: Interconexión desde el transformador servicios auxiliares hasta los cuadros de BT ubicado en cada uno de los centros de transformación. - Escenario 2: Interconexión desde los cuadros de BT ubicados en los CT hasta el resto de los servicios auxiliares (comunicaciones, seguridad y otros). Línea de Evacuación Eléctrica De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.6.2.5 de la DIA, la energía producida, convertida y transformada, será conducida e inyectada al SEN mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión (23 kV) con una longitud aproximada de 83,3 metros, la cual se conectará al alimentador “Aguas Claras” correspondiente a la “Subestación Lo Boza” de 23 kV, de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión (Ver Tabla 1-8 y Tabla 1-30 de la DIA, en donde se presentan las coordenadas y la superficie de la línea, respectivamente). En cuanto a las especificaciones técnicas de la línea, los conductores serán unipolares debidamente protegidos contra la corrosión y tendrán una resistencia mecánica suficiente para soportar los esfuerzos a que puedan estar sometidos. La Línea de Evacuación considera una longitud de 83,3 metros aproximadamente, la cual contempla una franja de seguridad de 3,5 metros por lado y 1 metro de ancho. Se utilizarán únicamente cables de aislamiento de dieléctrico seco con las características esenciales siguientes: - Conductor: Aluminio compacto, sección circular, semirrígido clase 2. - Pantalla sobre el conductor: Corona de hilos de cobre. - Aislamiento: Polietileno reticulado (XLPE). - Cubierta: Polietileno. - Tipo seleccionado: RHZ1-OL 18/30 kV H16 Al. Bodega de Materiales Se proyecta la implementación de dos (2) bodegas para el almacenamiento de los materiales necesarios para el funcionamiento de la Planta. Dichas bodegas contarán con una superficie de 22,34 m2 y 29,65 m2 aprox., respectivamente y serán del tipo modular (ver Tabla 1-12. Coordenadas Geográficas – Bodega de Materiales 1 y Tabla 1-13. Coordenadas Geográficas – Bodega de Materiales 2 de la DIA; y acápite 1.6.2.6 de la DIA). Sala de Control Colindante a las bodegas de materiales se proyecta la implementación de una (1) sala de control, en la cual se realizarán actividades administrativas durante la ejecución de las actividades de mantención en la fase de operación. Esta sala contará con una superficie de 7,31 m2 y será de tipo de modular (Ver Tabla 1-14. Coordenadas Geográficas – Sala de control; y acápite 1.6.2.7 de la DIA). Bodega Residuos Peligrosos (RESPEL) Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del Proyecto (trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses) durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. La frecuencia de retiro nunca superará los seis (6) meses a partir de la generación de los residuos peligrosos, cumpliendo en todo momento con lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. La Bodega RESPEL se emplazará al interior del área del Proyecto, y dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, siendo sus principales características las siguientes: - Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. - Contará con un cierre perimetral de 1,80 metros de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales. - La bodega se emplazará en un radier hormigón, con murallas de zinc y techado de planchas de zinc-alum acanalado. - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190:2003. - Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de 230 litros aproximadamente con tapa y asa metálica y también en un maxicubo de 1.000 litros de capacidad. - Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o residuos en lugares no destinados para tales efectos. Quien fuera sorprendido trasgrediendo las instrucciones señaladas para tal efecto, se expondrá́ a medidas disciplinarias. - Los trabajadores que manipulen estos tipos de residuos contarán con todos los implementos de seguridad y habrán recibido una charla de inducción sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos. - Tendrá vías de escape accesibles en caso de emergencia y contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger en la bodega de residuos peligrosos y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. (Ver Tabla 1-15. Coordenadas Geográficas – Bodega de Residuos Peligrosos; y acápite 1.6.2.8 de la DIA). Estanque de almacenamiento de agua potable El abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases del Proyecto será realizado mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y lavamanos conectados a fosa séptica). Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado sectorialmente ante la SEREMI de Salud. (Ver Tabla 1-16. Coordenadas Geográficas – Estanque de agua potable; y acápite 1.6.2.9 de la DIA). Fosa séptica Según se indica en el acápite 1.6.2.10 Fosa séptica de la DIA, se considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración” cuya capacidad máxima será de 5 personas (1,2 m3), manteniéndose como una obra permanente durante toda la Fase Operación, para ser retirado una vez finalizada la Fase de Cierre. En esta misma área de 18,06 m2 estará ubicado el baño que corresponde a una instalación tipo modular de características constructivas similares a las bodegas, el que contará con WC y Lavamanos, cumpliendo con las disposiciones del D.S. 594/1999. Las tuberías de descarga de aguas servidas provenientes del baño (WC y Lavamanos) serán enviadas al sistema de disposición de aguas servidas que consiste en la fosa séptica con drenes de infiltración. Este sistema corresponde a un tratamiento primario donde se logra la decantación y degradación de los sólidos orgánicos presentes en las aguas servidas. El sistema de recolección y almacenamiento se compone de tres elementos: a. Red de PVC sanitario: Se proyecta una red sanitaria de PVC que conduzca las aguas servidas desde los servicios higiénicos hasta la fosa séptica. b. Fosa séptica: Se instalará una fosa horizontal. Esta unidad de tratamiento primario separará las partículas sólidas mediante sedimentación y degradación biológica de los desechos orgánicos, consiguiendo una reducción de la DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales (SST). c. Dren de Infiltración: Se contempla la instalación de un Dren de Infiltración, donde el efluente tratado en la fosa séptica será conducido y dispuesto en el subsuelo. Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia un dren de infiltración, mientras que los lodos generados serán retirados con una periodicidad seis (6) meses mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria respectiva.

Durante la fase de operación, el proyecto contará con un baño el cual tendrá una superficie igual a 7,3 m2. Este estará compuesto por un inodoro y un lavamanos.

(Ver Tabla 1-17. Coordenadas Geográficas – Fosa séptica con sistema de infiltración; y acápite 1.6.2.10 de la DIA). Camino interno Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al interior del área del Proyecto utilizado para el desplazamiento de los trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas durante la vida útil Proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio de 4,00 metros y 650 metros de longitud (aproximadamente), abarcando una superficie de 2.762 m2. Dicho camino contempla la aplicación de supresor de polvo sobre éste durante las fases de Construcción y Cierre del Proyecto. (Ver acápite 1.6.2.12 de la DIA). 4.3.2.1.2 ACCIONES. Nombre Descripción Operación remota. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.1.1 Operación Remota de la DIA, con posterioridad a las pruebas de energización y puesta en marcha se comenzará con la operación de la Planta, la cual será realizada en forma remota y en tiempo real, razón por la cual no requerirá de personal obra. Generación de electricidad. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.1.2 Generación de electricidad de la DIA, la Planta tendrá una potencia máxima (nominal) de 7,120 MW y una potencia máxima (real) de 6 MW. Se estima una generación de energía anual de 12.066 MW/h que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El Proyecto contempla una vida útil de 30 años, sin perjuicio de que se tome la decisión de extender la vida útil del Proyecto. Actividades de mantención y conservación. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.1.3 Actividades de mantención y conservación de la DIA, para el correcto funcionamiento de todos los componentes de la Planta Fotovoltaica se consideran las mantenciones preventivas y mantenciones correctivas. Las actividades de mantenimiento preventivo pueden ser de tipo mensual, trimestral, semestral y/o anual, las que se describen a continuación: - En las actividades mensuales se contemplan: inspección visual del cerco perimetral, accesos y sistemas de seguridad. Estas actividades no requieren en promedio más de 2 a 3 horas diurnas debido a que están orientadas a observar cómo va el funcionamiento del Planta. - En las actividades trimestrales se contemplan: revisión de las estructuras e integridad de paneles solares, revisión de extintores y limpieza de la caseta de centros de transformación (eliminación de polvo) y mantención de vegetación en el área de Proyecto. Para estas actividades tampoco se requiere más de 2 a 3 horas diurnas en promedio de trabajo. - En las actividades semestrales se contemplan: las limpiezas de paneles solares y revisión de inversores. Para ello sí se contempla más tiempo en promedio 3 días (jornadas diurnas), en este caso se coordinará con una empresa certificada que proporcione agua potable embotellada por una empresa certificada a los trabajadores que se encuentren temporalmente en Planta. - Las actividades anuales revisión de equipos de media tensión para verificar su correcto funcionamiento. Para estas actividades tampoco se requiere más de 2 a 3 horas diurnas en promedio de trabajo. En caso de mantenimiento correctivo, causado por fallas o averías, se coordina directamente con personal técnico local o empresas contratistas para su pronta resolución dependiendo de la severidad. Las actividades correctivas éstas se separan en dos: i) reemplazo de equipos o piezas menores tales como paneles solares, fusibles, interruptores, cámaras, luces, etc. y ii) reemplazo de equipos mayores como inversor, transformador, tramos de cables soterrados. Para el caso del reemplazo de equipos menores se estima una duración de 2 a 3 horas promedio con una frecuencia muy baja debido a que para ellos se realizan los mantenimientos preventivos mencionados anteriormente. En cuanto a las actividades mayores se estima una duración promedio de dos (2) días (jornadas diurnas) con una frecuencia muy baja o nula, en este caso se coordinará con una empresa certificada que proporcione agua potable embotellada por una empresa certificada a los trabajadores que se encuentren temporalmente en Planta. Para fallas más severas, el tiempo de inspección y reemplazo de equipos podría tomar más tiempo de lo previsto, dependiendo de la gravedad de los daños. Para ello se coordinará con una empresa certificada que proporcione agua potable embotellada por una empresa certificada a los trabajadores que se encuentren temporalmente en Planta. La Planta contará con un sistema de vigilancia compuesto por un conjunto de cámaras de video térmicas, con capacidad para detectar movimiento y emitir alarmas. Estas alarmas están conectadas con una central receptora de alarmas central con personal especializado que monitorean la Planta las 24 horas del día. En caso de eventos de seguridad este personal ejecuta protocolos de emergencia que incluyen el contacto con las autoridades locales (Carabineros, bomberos, entre otros). 4.3.2.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua potable De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.1 Agua Potable y para consumo humano de la DIA, el abastecimiento principal de agua potable durante la Fase de Operación del Proyecto será provisto mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y lavamanos conectados a fosa séptica). El agua será almacenada en EAA, cuya cantidad y características corresponderá a lo establecido en el D.S. N° 594/1999 MINSAL. El suministro de agua potable, necesario para el llenado del EAA, será contratado a una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, exigiendo los documentos que permitan acreditar el cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción, siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato. En atención a la mano de obra máxima proyectada (cinco (5) trabajadores/mes) y considerando un abastecimiento de 150 L/trabajadores/día (D.S. N° 594/1999 del MINSAL), el requerimiento de agua potable cada vez que los trabajadores asistan a mantenciones (programadas o eventuales por fallas) será de 0,75 m3/día. Agua industrial De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.2 Agua industrial de la DIA, debido a que se contempla la limpieza de los paneles solares con frecuencia estimada trimestral cuatro (4) ciclos de lavados, siendo uno al inicio del verano y otro al término del mismo, se requiere el uso de un sistema de hidrolavado de alta presión utilizando agua sin aditivos (desionizada), la que será adquirida de proveedores que cuenten con los correspondientes derechos de aprovechamiento de agua. El tiempo de limpieza es de 1 día/MW y el consumo de 5 m3/MW, estimándose un consumo de 120 m3 de agua anual. El sistema de limpieza considerado requiere el uso de agua sin ningún tipo de aditivos ni detergentes (agua desionizada). Por lo anterior, el requerimiento de agua industrial para el lavado de los paneles será de 120,00 m3/año. La frecuencia del lavado de los paneles se contempla en cuatro (4) veces por año, sin la utilización de ningún tipo de detergente. Según las respuestas 1.7 y 1.8 de la Adenda, el agua industrial será contratada a una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria, exigiendo los documentos que permitan acreditar el cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción, siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.7 de la DIA, se utilizará agua potable para los servicios higiénicos, estimándose un máximo de 180 m3 al año. De igual manera, se utilizará agua de uso industrial para el lavado de paneles, estimándose un máximo de 120 m3 por año. Servicios higiénicos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.3 Servicios higiénicos de la DIA, durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos líquidos domésticos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños, las que serán conducidas hacia un sistema consistente en una fosa séptica, cámara de inspección y dren de infiltración. Este sistema corresponde a un tratamiento primario donde se logra la decantación y degradación de los sólidos orgánicos presentes en las aguas servidas. El sistema de recolección consiste en una red de tuberías de PVC sanitario, que conducirán las aguas residuales desde los servicios higiénicos hacia la fosa séptica proyectada. Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia un dren de infiltración, mientras que los lodos generados serán retirados con una periodicidad 6 meses mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria respectiva. Mayores antecedentes en el Anexo 8 referente al PAS 138 del D.S N°40/2012 MMA Suministro Eléctrico De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.8.5.4 Suministro Eléctrico de la DIA, no se contempla el requerimiento de energía eléctrica externa para la operación del Proyecto, debido a que considera el autoabastecimiento a partir de la energía eléctrica generada. 4.3.2.3 PRODUCTOS GENERADOS La Planta tendrá una potencia nominal de 7,120 MW y una potencia máxima (real) de 6 MW. Se estima una generación de energía anual de 12.066 MW/h que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El Proyecto contempla una vida útil de 30 años, sin perjuicio de que se tome la decisión de extender la vida útil del Proyecto. 4.3.2.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Este proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades, en su fase de operación. 4.3.2.5 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.2.5.1 EMISIONES A LA ATMOSFÉRA Emisiones Debido a las características del Proyecto, no se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento será realizado según requerimiento. Por lo anterior, las emisiones estimadas para la fase de operación del proyecto serán inferiores a los límites establecidos en el PPDA. En el Anexo 1-3 de la DIA, se adjunta el Informe de Estimaciones de Emisiones Atmosféricas del Proyecto. El resumen de emisiones totales para la fase de operación se presenta a continuación:

Tabla 9. Resumen de emisiones fase de operación (t/año) Fase de construcción SO2 Noxa CO MP2.5 MP10 MPS COV NH3 0,0000 0,0062 0,0022 0,0116 0,0958 0,2962 0,0004 0,0000 Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 75 del Anexo 1-3 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA.

Por lo anterior, el Proyecto no presenta emisiones que sean causal de una exigencia de compensación de emisiones en la fase de operación para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 64 del D.S Nº 31/2016, “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”, del Ministerio de Medio Ambiente.

El detalle con los antecedentes referentes a esta materia, se presentan en el Anexo 1-3, “Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA”. 4.3.2.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) Según lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.10.1 de la DIA, durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de Operación (mantenciones de Planta) será de aproximadamente 0,75 m3/día, considerando un máximo de 5 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día (toda vez que se realicen mantenciones de la planta. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 1,2 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Los lodos serán retirados por un camión limpia fosa. Para mayores antecedentes ver Anexo 8 PAS 138 de la Adenda. Residuos industriales líquidos Según lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.10.2 de la DIA, debido a las características propias del Proyecto no se contempla la generación de Residuos Industriales Líquidos. Tampoco se generarán efluentes producto de la limpieza de los paneles, puesto que el agua utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, y por tanto no presenta contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Los paneles fotovoltaicos, en ninguna circunstancia liberan sustancias contaminantes producto de desperfectos o roturas, debido a que el material principal del cual están conformadas las celdas (Silicio monocristalino), permite garantizar seguridad e imposibilidad de generar derrames de sustancias peligrosas. 4.3.2.5.3 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción Ruido Para la Fase de Operación el Proyecto consideró las fuentes de ruido propias de las actividades de mantención y operación de la planta, las cuales fueron evaluadas para los receptores identificados. Los resultados del estudio acústico presentado verifican el cumplimiento de los límites máximos establecidos en el D.S. N°38/11 del MMA (ver Anexo 18 de la Adenda). Según la normativa ambiental vigente, el D.S. Nº 38/11 del MMA, el nivel máximo permitido para las Zonas Rurales corresponderá al menor valor entre el nivel de ruido de fondo más 10 dB(A) y el nivel máximo para Zona III, cuyos niveles máximos permitidos obtenidos se presentan a continuación:

Tabla 10. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de Operación Periodo diurno. Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite Máximo Permisible (DB(A)) Cumplimiento R1 54 65 Cumple R2 48 60 Cumple R3 50 65 Cumple R4 43 54 Cumple Fuente: Tabla 27. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de Operación Periodo diurno de la Adenda.

Tal como se puede observar en la tabla anterior, las actividades planificadas para la Fase de Operación del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según D.S. N°38/11 del MMA, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto.

Complementariamente, en el Anexo 18 de la Adenda, se evaluaron las emisiones de ruido con flujo vehicular para la Fase de Operación, en donde se muestran los resultados obtenidos mediante el método RLS- 90 y modelado mediante el software iNoise2020. La evaluación se realizó mediante valores considerados según la aplicación de la norma Suiza OPB 814.41, los que se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 11. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Operación - Flujo vehicular. Punto de Evaluación NPS Proyectado (dB(A)) Normativa Suiza OPB 814.41 Grado de sensibilidad Límite Máximo Permisible (dB(A)) Cumplimiento R1 20 Grado II 60 Bajo norma R2 14 Grado II 60 Bajo norma R3 16 Grado II 60 Bajo norma R4 12 Grado II 60 Bajo norma Tabla 28. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Operación - Flujo vehicular del Anexo 18 de la Adenda.

Tal como se observa en la Tabla anterior, el aporte del flujo vehicular proyectado mediante el método alemán RLS-90 y evaluado mediante normativa Suiza OPB 814-41, cumple con el estándar de referencia según los datos entregados por el titular, tanto en los receptores evaluados como en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta, esto considerando que los niveles límites según la normativa de referencia se alcanzan a los 3 [m] desde la ruta, área en la cual no existen viviendas ni edificaciones.

Para mayores antecedentes ver Anexo 18 Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda. 4.3.2.5.4 EMISIONES DE VIBRACIONES Nombre Descripción Vibraciones De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 8.7. del Anexo 18 de la Adenda, para la Fase de Operación no se contempla la generación de vibraciones de ningún tipo debido principalmente a las características del Proyecto, que no utiliza maquinaria pesada ni equipos susceptibles de generar vibraciones durante esta fase. Para el caso de vibraciones en la fase de operación, las proyecciones no superarán los límites establecidos por la normativa “Transit Noise and Vibration Impact Assessment”. Dicho lo anterior, se confirma que, durante la fase de operación, no se generarán impactos significativos en los receptores cercanos. Para mayores antecedentes ver Anexo 18. Estudio de Ruido y Vibraciones de la Adenda. 4.3.2.6 RESIDUOS 4.3.2.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos domiciliarios y asimilables a éstos (RSD) De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.9.1 de la DIA, el Proyecto no contará con mano de obra permanente debido a que su operación será realizada en forma remota, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones. Dado lo anterior, durante la Fase de Operación se estima una generación máxima de 0,1 t/mes de residuos sólidos domiciliarios. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.9.2 de la DIA, la Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos. 4.3.2.6.2 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS Residuos peligrosos De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.9.3 de la DIA, se generarán residuos sólidos peligrosos producto de los paneles en desuso, y residuos provenientes de las actividades de mantención, tales como: huaipes, latas de lubricantes, paños y EPP contaminados; los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL, en espera a su disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. Productos y sustancias químicas De acuerdo con lo señalado por el Titular en el acápite 1.8.11 de la DIA, el Proyecto no considera el almacenamiento de Sustancias Peligrosas de ningún tipo. No obstante, y ante eventuales requerimientos, estos serán abastecidos gradualmente conforme a las necesidades del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE 4.3.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción Instalación de faenas Corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la Fase de Construcción y Cierre. Este lugar estará destinado al almacenamiento de insumos, materiales, herramientas, baños, comedor, oficinas, estacionamiento de equipos y maquinarias. En términos generales, estas instalaciones constituirán el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en los distintos frentes y los servicios de apoyo. La Instalación de Faenas estará emplazada dentro del área de Proyecto y se accederá a ella mediante la utilización del camino interno habilitado al interior del predio. Las coordenadas de la ubicación general de la Instalación de Faenas y el plano de emplazamiento se pueden revisar en el Acápite 1.4.2.2 de la DIA, sobre representación cartográfica de las obras temporales; y ver Tabla 1-32. Superficie detalle de ocupación - Área de Instalación de Faena de la DIA. Estas instalaciones se construirán en base a un sistema de módulos metálicos de 40 pies promedio, con servicios incluidos tales como: extintores, mobiliario, electricidad, entre otros. La energía será provista por la empresa distribuidora local, además, como medida de respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, entiéndase por este (1) grupo electrógeno a Diésel de 5 kVA. El Proyecto no considera la habilitación de campamentos, puesto que el personal de construcción será preferentemente contratado en el sector o comunas aledañas y trasladado al lugar de la construcción mediante buses y/o camionetas de acercamiento mediante empresa autorizada por la SEREMI del Ministerio de Transporte de Telecomunicaciones (MTT). El Titular cumplirá en todo momento con las disposiciones del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL), “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, también obtendrá todas las autorizaciones y Permisos Ambientales Sectoriales necesarios para su funcionamiento. La Instalación de Faenas contempla: - Caseta de Control e Ingreso. - Zona de Baños Químicos. - Comedor. - Oficinas. - Estacionamiento de Vehículos Livianos. - Estacionamiento de Maquinaria. - Zona de Descarga de Materiales. - Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales. - Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Domiciliarios. - Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales No Peligrosos. - Área de lavado de piscina de canoas mixer.

Mayores antecedentes sobre la obra Instalación de faenas, se presentan en el acápite 1.6.3.1 del Capítulo 1. Descripción de Proyecto y Tabla 1-19. Coordenadas Geográficas – Instalación de Faenas de la DIA, ambas de la DIA. Caseta de control e ingreso Se contempla la habilitación de una caseta al interior de la Instalación de Faenas, la cual comprende una superficie de 26 m2. En dicha caseta se ubicará un trabajador autorizado, el cual llevará un registro de ingreso y salida del personal, insumos, maquinaria, entre otros. Ver Tabla 1-28. Coordenadas Geográficas – Caseta de Control de Ingreso de la DIA. Zona de baños químicos La IF contará con un área para la habilitación de baños químicos que abarcará una superficie de 20 m2 y dispondrá de baños químicos con lavamanos y bomba de pie, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL, sobre las “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Ver Tabla 1-20. Coordenadas Geográficas – Zona de Baños Químicos de la DIA. Comedor Al interior de la IF existirá un área destinada a la alimentación de los trabajadores y que abarcará una superficie de 36,00 m2. No se considera la preparación de alimentos, ya que éstos serán provistos a través de un servicio externo que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos otorgados por la SEREMI de Salud respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, la instalación proyectada cumplirá con todos los requisitos establecidos en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL, “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Ver Tabla 1-21. Coordenadas Geográficas – Comedor de la DIA. Oficinas Serán de tipo modular para el personal administrativo-operativo que se encargue de las diversas actividades y servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Dichas oficinas contarán con una superficie de 36,00 m2, que albergarán equipos de calefacción/aire acondicionado, fotocopiadora, red computacional, entre otras. Ver Tabla 1-22. Coordenadas Geográficas – Oficinas de la DIA. Estacionamiento de vehículos livianos Se considera un área de estacionamiento de vehículos livianos que abarcará una superficie de 40,00 m2, para exclusivo uso del personal administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones y servicios requeridos para la construcción del Proyecto. Ver Tabla 1- 23. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Vehículos Livianos de la DIA. Estacionamiento de maquinaria La IF contará con un área de estacionamiento de maquinarias utilizadas en obra y que abarcará una superficie de 100 m2, debidamente delimitada y señalizada para estos efectos. Ver Tabla 1- 24. Coordenadas Geográficas – Estacionamiento de Maquinarias de la DIA. Zona de descarga de materiales Contará con una superficie de 100,00 m2, que será utilizada para la descarga de los suministros y materiales utilizados en las faenas constructivas. Ver Tabla 1-25. Coordenadas Geográficas – Zona de Descarga de Materiales de la DIA. Zona de almacenamiento temporal de materiales La IF contara con un sector habilitado como bodega temporal de insumos, estructuras y paneles para la construcción del Proyecto con una superficie de 100,00 m2. Ver Tabla 1-27. Coordenadas Geográficas – Zona de Almacenamiento Temporal de Materiales de la DIA. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios Su disposición se contempla en un lugar especialmente delimitado y señalizado al interior de la Instalación de Faenas y que abarcará una superficie de 16,00 m2, donde se dispondrán en cuatro (4) contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. De este modo se impide el escurrimiento de líquidos percolados y se evita que los animales silvestres den vuelta los basureros. Las áreas de acopio temporal de residuos domiciliarios darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La frecuencia de retiro para los residuos domésticos y asimilables será de mínimo tres (3) veces por semana. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud respectiva. El Proyecto no considera el tratamiento de residuos de ningún tipo. Para mayores antecedentes respecto al tipo de residuos generado ver Acápite 1.7.8 de la DIA, sobre cantidad y manejo de residuos. Ver Tabla 1-26. Coordenadas Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos Sólidos Domiciliarios de la DIA. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos Contará con una superficie de 100,00 m2, en donde se almacenará temporalmente el material reutilizable y materiales residuales no peligrosos generados por el Proyecto durante la Fase de Construcción (despuntes de aluminio y fierro; maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, entre otros) en conformidad con lo establecido por el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Estos residuos se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados, y se almacenarán en un contenedor tipo tolva con capacidad de 10,00 m3. Los residuos se reciclarán destinándolos en conteneros para estos efectos. La frecuencia de retiro para los residuos domésticos y asimilables será de mínimo tres (3) veces por semana. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud respectiva. Ver Tabla 1-29. Coordenadas Geográficas – Área de Almacenamiento de Residuos Industriales No Peligrosos de la DIA. Área de lavado de piscina de canoas mixer El sitio o piscina de lavado de canoa de camiones mixer, corresponde a una excavación de área 2 m x 2 m de área superficial, y una profundidad de 1 m, permitiendo almacenar un volumen 4 m3. Tal como señala el Titular en la respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, durante la Fase de Construcción se requerirán como máximo 69 camiones mixer de 8 m3, mientras que durante la operación y cierre, no se requerirá hormigón. No obstante lo anterior, se considerará la instalación de una zona de lavado de canoas de hormigón al interior del predio la cual no ocupará productos químicos extras para el limpiado de las canoas. Las aguas residuales generadas del lavado de la betoneras y canoas de camiones mixer, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, se manejarán de acuerdo a lo siguiente: - Se excavará una piscina de 4m2 de superficie y una profundidad de 1 m, la cual estará recubierta con polietileno doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación. - Esta piscina será utilizada para lavar y verter la lechada de cemento restante de las canoas de los camiones mixer, auto hormigonera, y/o bomba estacionaria. - Se aplicará cada vez que se ejecute la faena de hormigonado. - El lavado de las canoas de camiones mixer, autohormigonera, y/o bomba estacionaria se realiza diariamente después de ser vaciado el hormigón premezclado. Se considera un volumen de 1,67 m3 de agua industrial al mes para esta actividad. - Se establece la prohibición de lavado de canoas de camiones míxer, autohormigonera y/o bomba estacionaria en lugares no autorizados para esta faena en la obra. Esto será indicado mediante señalizaciones en obra. - Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de escombros disponible en obra. Cabe señalar que se esperará hasta que el agua residual se evapore para poder retirar la lechada endurecida. Cabe señalar que respecto del área reservada para el lavado de piscina de canoas, según señala el titular en respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria, se tomarán las siguientes medidas: - Durante los periodos de lluvia, el sitio de lavado será cubierto con un polietileno de alta densidad, para evitar que el agua lluvia se mezcle con el agua residual acumulada en el sitio de lavado y se genere un eventual derrame. - La lechada se retirará una vez endurecida, fracturándola con un martillo o similar y luego se trasladará a botadero autorizado. - Se llevará un registro de generación, manejo y eliminación. - Durante las tareas de lavado, habrá un operador atento a las maniobras y riesgos asociados. Adicionalmente en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, el Titular se actualizó el Plan de Contingencia y Emergencia, el que contempla medidas frente a riesgo de derrames de aguas residuales de lavado de canoas, en el caso fortuito que ocurra algún evento de estas características. Cabe señalar que el agua de lavado corresponde a lechada de hormigón y su cantidad no superará los 20 litros/camión. El cemento no presenta las características de un residuo peligroso y, por tanto, la lechada no tendrá elementos contaminantes u otras sustancias peligrosas susceptibles de contaminar el suelo o el agua debido su acotada cantidad y sus características químicas. Sin perjuicio de lo señalado, en el caso de que los residuos resultantes del lavado de canoas de camiones mixer contengan trazas de grasas u otro contaminante, estos serán manejados, transportados y dispuestos en lugares Autorizados según lo normado en el D.S 148/2003 MINSAL.

Ver Figura 1. Dimensiones piscina de lavado de canoas de la Adenda Complementaria. Bodega Residuos Peligrosos (RESPEL) Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 9,00 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del Proyecto (trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Esta bodega esta descrita dentro de las obras permanentes ya que, si bien será implementada al inicio de la construcción y estará ubicada dentro del polígono de la instalación de faenas, estará operativa durante toda la vida útil del proyecto, es decir, considera el almacenamiento temporal de residuos peligrosos (máximo 6 meses) durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. La frecuencia de retiro nunca superará los seis (6) meses a partir de la generación de los residuos peligrosos, cumpliendo en todo momento con lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. La disposición final de residuos estará a cargo de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. La Bodega RESPEL se emplazará al interior del área del Proyecto, y dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, siendo sus principales características las siguientes: - Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. - Contará con un cierre perimetral de 1,80 metros de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales. - La bodega se emplazará en un radier hormigón, con murallas de zinc y techado de planchas de zinc-alum acanalado. - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190:2003. - Los residuos generados serán clasificados en tambores rotulados de 230 litros aproximadamente con tapa y asa metálica y también en un maxicubo de 1.000 litros de capacidad. - Estará absolutamente prohibido almacenar o depositar desechos o residuos en lugares no destinados para tales efectos. Quien fuera sorprendido trasgrediendo las instrucciones señaladas para tal efecto, se expondrá́ a medidas disciplinarias. - Los trabajadores que manipulen estos tipos de residuos contarán con todos los implementos de seguridad y habrán recibido una charla de inducción sobre el manejo de estos al inicio de los trabajos. - Tendrá vías de escape accesibles en caso de emergencia y contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos, será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan en su interior. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger en la bodega de residuos peligrosos y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. (Ver Tabla 1-15. Coordenadas Geográficas – Bodega de Residuos Peligrosos; y acápite 1.6.2.8 de la DIA). Estanque de almacenamiento de agua potable El abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases del Proyecto será realizado mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y lavamanos conectados a fosa séptica). Desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. El EAA contará con un sistema automático de dosificación de cloro, al cual se le realizarán monitoreos de cloro residual, sistema que será tramitado sectorialmente ante la SEREMI de Salud. (Ver Tabla 1-16. Coordenadas Geográficas – Estanque de agua potable; y acápite 1.6.2.9 de la DIA). Cerco perimetral El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura, abarcando la totalidad del polígono de Planta. La distancia entre los postes de acero (acerco) será de 2,5 metros aproximadamente, o similar. (Ver acápite 1.6.2.11 de la DIA). Camino interno Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al interior del área del Proyecto utilizado para el desplazamiento de los trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas durante la vida útil Proyecto. Este camino tendrá un ancho promedio de 4,00 metros y 650 metros de longitud (aproximadamente), abarcando una superficie de 2.762 m2. Dicho camino contempla la aplicación de supresor de polvo sobre éste durante las fases de Construcción y Cierre del Proyecto. (Ver acápite 1.6.2.12 de la DIA). 4.3.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.1 de la DIA, una vez concluida la vida útil del Proyecto se realizará el retiro de las obras permanentes, entiéndase por estas: paneles, estructuras de soporte, salas eléctricas, bodega RESPEL y bodegas de materiales. Previo al desmantelamiento, se habilitará una Instalación de Faenas, la cual contará con todas las instalaciones necesarias para servir tanto a trabajadores como a las obras de cierre, entre las que se encuentran: comedor, oficinas, área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios, área de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, entre otros. Cada una de las obras será desarmada y acopiada dentro del mismo terreno según el tipo de residuos del que se trate. Luego de ello, cada uno de estos residuos será transportado, mediante vehículos especialmente habilitados y autorizados para este fin, a sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. El retiro y disposición de paneles fotovoltaicos será realizado priorizando en todo momento el reciclaje de los mismos a través de una empresa autorizada para estos efectos. Para acreditar lo anterior, el Titular solicitará un Certificado que permita verificar el reciclaje y/o disposición final de los paneles, el cual se mantendrá disponible en obra ante eventuales fiscalizaciones. Cabe destacar que, ante la eventualidad de no poder reciclar los paneles, estos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva, conforme a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. En este sentido, se aclara que todas las fases del Proyecto, incluida la Fase de Cierre, contempla la existencia de una Bodega RESPEL conforme a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 MINSAL. En dicha bodega se realizará el almacenamiento temporal de estos paneles a la espera de reciclaje y/o disposición final de los mismos. Restaurar la geoforma o De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.2 de la DIA, dado que las afectaciones sobre el terreno serán menores y relacionados sólo con morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad. las excavaciones de zanjas, construcción de cercos, obras y caminos internos sobre suelo plano, y por tanto que la afección sobre el suelo y la geoforma es mínima, el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al desmantelar las obras, finalizar la operación y rellenar a nivel las excavaciones de los elementos mencionados; restaurando la geoforma levemente alterada y dejar el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas. Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.3 de la DIA, debido a las características propias del Proyecto, no contempla realizar ningún tipo de medición y/o seguimiento a variables ambientales como emisiones o residuos. La mantención, conservación y supervisión que sean necesarias. De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.1.4 de la DIA, debido a las características propias del Proyecto, no contempla realizar ningún tipo de mantención, conservación y supervisión. 4.3.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Agua para consumo humano De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.1 de la DIA, el Proyecto mantendrá el abastecimiento de agua potable mediante bidones sellados de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Se considera una dotación de 2 litros por persona/día, trasladados de forma semanal, cantidad que será establecida en las cláusulas de contrato con las respectivas empresas. Considerando la mano de obra máxima proyectada para la Fase de Cierre (23 trabajadores/mes) y un abastecimiento de 150 L/trabajadores/día (D.S. N° 594/1999 del MINSAL), el requerimiento agua potable será de 3,45 3/día. Agua industrial De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.2 de la DIA, en relación con el requerimiento de agua industrial, el Proyecto no contempla la humectación de caminos de ningún tipo, razón por la cual no se requiere agua industrial para estos efectos. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo en camino de acceso e interno. Tampoco se contempla requerimiento de agua para la aplicación del supresor de polvo, debido a que este será adquirido directamente en empresas proveedoras del servicio, listo para su aplicación. Servicios higiénicos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.3 de la DIA, en atención al mínimo de artefactos, establecidos en el Artículo 23 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL y considerando una dotación máxima de 23 trabajadores/mes, se estiman dos (2) baños químicos con sus respectivos lavatorios para el uso de los trabajadores en obras. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños dispondrán de lavamanos con bomba de pie, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. Se dará cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en los Artículos 24, 25 y 26 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL, sobre las “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, principalmente en lo que respecta a: - Número mínimo de artefactos, se aprovisionará en base a la tabla del Artículo 23 del citado Decreto. - Baños químicos instalados a menos de 75 metros del área de trabajo. - La descarga de las aguas servidas de los baños químicos se realizará en lugar autorizado, acreditándose, mediante la mantención en la obra de copia de la factura u otro documento del transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos. En la Instalación de Faenas, se mantendrá un registro de las mantenciones de los sanitarios químicos utilizados. Dicho registro contendrá: fecha de limpieza, nombre y firma del operador que realiza el servicio (empresa contratista), cantidad de sanitarios a los que se les realizó mantención. Este registro estará disponible para la Autoridad Sanitaria cuando ésta lo requiera. Suministro eléctrico De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.4 de la DIA, se prevé la utilización de un (1) generador de 5 kVA, que se ubicará sobre una base continua, impermeable y con sistema de contención de derrames. Alimentación De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.5 de la DIA, para la alimentación de los trabajadores en la Fase de Cierre se considera un servicio de catering local, ya que no se contempla la preparación de alimentos dentro de las instalaciones, proyectando solo la implementación de un comedor, el que estará completamente aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental. Este recinto mantendrá condiciones higiénicas adecuadas según lo establecido en el Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL. La comida será preparada y trasladada a la obra en raciones separadas para el consumo individual de los trabajadores. Maquinarias, equipos y vehículos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.6 de la DIA. Respecto de los medios de transporte a utilizar, durante la Fase de Operación estos serán:

Tabla 12. Tipo de maquinarias, vehículos y actividad asociada para la Fase de Operación. Vehículo o maquinaria Cantidad Actividad asociada Retroexcavadora 2 Movimientos de tierra Motoniveladora 1 Nivelación y compactación de terreno Cargador frontal 1 Disposición de material Camión grúa 1 Montaje de estructuras Generador 1 Suministro eléctrico Camión 3 Mantención baños químicos Camioneta 3 Transporte agua potable Camioneta 1 Transporte de personal Bus 1 Transporte de personal Camión Aljibe 1 Traslado de agua industrial para humectación de caminos Camión Pesado 1 Transporte RESPEL Camión Rampla 1 Retiro de paneles (Reciclaje o disposición final) Camión Rampla 4 Retiro de insumos (Reciclaje o disposición final) Camión Pesado 1 Transporte residuos no peligrosos Fuente: Tabla 1-69. Maquinarias y Vehículos – Fase de Cierre de la DIA. Combustible De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.7 de la DIA, el abastecimiento de combustible necesario para la mantención y conservación de la Planta será realizado en instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), por tanto, el Proyecto no contempla la implementación de lugares de abastecimiento en faena. Sustancias peligrosas De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.5.8 de la DIA, debido a las características propias del Proyecto, no se requerirá de sustancias peligrosas para las faenas de cierre. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas de ningún tipo. 4.3.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES El Proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de Recursos naturales. 4.3.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA Nombre Descripción Emisiones atmosféricas De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.7.1 de la DIA, para la Fase de Cierre las principales fuentes de emisión de material particulado del Proyecto corresponden a:  Acondicionamiento de terreno (Compactación y Nivelación).  Carga y descarga de material.  Emisiones de maquinaria contemplada para las labores de cierre proyecto.  Tránsito de camiones y vehículos por caminos no pavimentados.  Tránsito de camiones y vehículos por caminos pavimentados  Generadores Diésel (grupo electrógeno de 5 kVA)

Las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de cuatro (4) meses. En el Anexo 1-3 de la DIA, se adjunta el Informe de Estimaciones de Emisiones Atmosféricas del Proyecto. El resumen de emisiones totales para la Fase de Cierre se presenta a continuación:

Tabla 13. Resumen de emisiones Fase de Cierre (t/año) Fase de Construcción SO2 NOx CO MP2.5 MP10 NH3 0,0065 0,7308 0,3207 0,0589 0,1807 0,0003 Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 75 del Anexo 1-3 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA.

Por lo anterior, el Proyecto no presenta emisiones que sean causal de una exigencia de compensación de emisiones en la fase de cierre para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 64 del D.S Nº 31/2016, “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”, del Ministerio de Medio Ambiente. 4.3.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.9.1 de la DIA, se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la Instalación de Faenas. Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Dicha empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado. El Titular exigirá al contratista que durante el desarrollo de la Fase de Construcción mantenga un registro y copia de la documentación que acredite la disposición final de las aguas servidas. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de Cierre será de aproximadamente 2,76 m3/día, considerando un máximo de 23 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Para mayores antecedentes ver Anexo 8 PAS 138 de la Adenda. Residuos industriales líquidos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.9.2 de la DIA, debido a las características propias del Proyecto no se contempla la generación de residuos industriales líquidos durante la Fase de Cierre. 4.3.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción Ruido Durante la Fase de Cierre del Proyecto, se estima que se realizarán actividades de desmantelamiento y retiro de instalaciones y retiro de residuos, durante un periodo de 4 meses. Las actividades durante esta fase se desarrollarán durante periodo diurno por lo que la evaluación normativa se aplicará durante dicho periodo de acuerdo a lo establecido por el D.S. N°38/11 del MMA. A través de los resultados obtenidos de la predicción de los niveles de ruido (Anexo 18 de la Adenda), se obtienen los siguientes resultados (se presenta el resultado para la condición más desfavorable para cada receptor):

Tabla 14. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de Cierre Periodo diurno. Receptor Nivel proyectado (dBA) Límite Máximo Permisible (DB(A)) Cumplimiento R1 60 65 Cumple R2 57 60 Cumple R3 59 65 Cumple R4 52 54 Cumple Fuente: Tabla 33 del Anexo 18 de la Adenda. Verificación Cumplimiento D.S. Nº38/11 del MMA – Fase de Cierre.

Según los resultados presentados, las obras y actividades planificadas para la Fase de Cierre del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según D.S. N°38/11 del MMA durante el periodo diurno, en el cual se desarrollarán las actividades, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto.

Complementariamente, en el Anexo 18 de la Adenda, se evaluaron las emisiones de ruido con flujo vehicular para la Fase de Cierre, en donde se muestran los resultados obtenidos mediante el método RLS- 90 y modelado mediante el software iNoise2020. La evaluación se realizó mediante valores considerados según la aplicación de la norma Suiza OPB 814.41, los que se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 15. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Cierre - Flujo vehicular. Punto de Evaluación NPS Proyectado (dB(A)) Normativa Suiza OPB 814.41 Grado de sensibilidad Límite Máximo Permisible (dB(A)) Cumplimiento R1 23 Grado II 60 Bajo norma R2 17 Grado II 60 Bajo norma R3 19 Grado II 60 Bajo norma R4 14 Grado II 60 Bajo norma Tabla 34. Verificación cumplimiento OPB 814.41 - Fase de Cierre - Flujo vehicular del Anexo 18 de la Adenda.

Tal como se observa en la Tabla anterior, el aporte del flujo vehicular proyectado mediante el método alemán RLS- 90 y evaluado mediante normativa Suiza OPB 814-41, cumple con el estándar de referencia según los datos entregados por el titular, tanto en los receptores evaluados como en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta, esto considerando que los niveles límites según la normativa de referencia se alcanzan a los 5 [m] desde la ruta, área en la cual no existen viviendas ni edificaciones.

Para mayores antecedentes ver Anexo 18. Estudio de Ruido y Vibraciones, de la Adenda. 4.3.3.4.4 EMISIONES DE VIBRACIONES Nombre Descripción Vibraciones La fase de cierre del Proyecto considera actividades asociadas al desmantelamiento de la infraestructura, retiro de equipos, limpieza y despeje dejando el terreno en una condición similar a la original de las áreas intervenidas, a través de la utilización de retroexcavadora, motoniveladora, cargador frontal, camión grúa, camión pesado y camión aljibe. Con todo, a partir de los resultados obtenidos por cada maquinaria en los receptores, que son presentados por el Titular en el Anexo 18 de la Adenda, se puede evaluar el cumplimiento normativo, considerando el escenario más desfavorable.

Por lo anterior, se estima que en la Fase de Cierre no se emitirán niveles mayores que los de la Fase de Construcción. Con todo, en el acápite 9.9.2 del Anexo 18 de la Adenda, a partir de los resultados obtenidos por cada maquinaria en los receptores, se evalúa el cumplimiento normativo, considerando el escenario más desfavorable, según se presenta en la siguiente tabla:

Tabla 16. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa Preparación de terreno.

Fuente: Tabla 37. Evaluación de molestia y daño estructural por vibración – Etapa Preparación de terreno del Anexo 18 de la Adenda.

De esta manera, el impacto generado por las vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration” cumple con el estándar de referencia según los datos entregados por el Titular, en todos los receptores. 4.3.3.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS 4.3.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos asimilables a domésticos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.8.1 de la DIA, el Proyecto estima que se generará un máximo de 0,46 t/mes de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de Cierre. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios de 1 kg/trabajador/día, y considerando una dotación máxima de 23 trabajadores, durante un periodo de 20 días/mes (jornada laboral de lunes a viernes). Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores herméticos implementado en la Instalación de Faenas y serán retirados tres (3) veces por semana y enviados a sitios autorizados. Los contenedores estarán debidamente señalizados en el frente de trabajo móvil y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP), ver Anexo 9 PAS 140 de la Adenda. Residuos sólidos industriales no peligrosos De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.8.2 de la DIA, el Proyecto contempla la generación de chatarras, cables, estructuras, revestimiento de tuberías, módulos, elementos de protección personal EPP desechados. El Proyecto estima que la cantidad y manejo de este tipo de residuos será de 1.040 m3/mes. Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición final en sitios autorizados, los cuales al momento retirar y llevar a disposición final, extenderán un certificado para ello. Lo anterior, constituirá el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente. Ante la eventualidad de generar materiales de embalajes, tales como maderas y otros que puedan constituir vector de eventuales plagas, se dará cumplimiento a todo lo establecido por Resolución Exenta N° 133/2005 MINAGRI, el cual “Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera”. Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP), ver Anexo 9 PAS 140 de la Adenda. 4.3.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio. Febrero de 2022. Parte, obra o acción que establece el inicio. Habilitación de la Instalación de Faena. Fecha estimada de término. Julio de 2022. Parte, obra o acción que establece el término. Desmantelamiento de la instalación de faena. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Agosto de 2022. Parte, obra o acción que establece el inicio. Aviso al SEN de la Inyección de Energía. Fecha estimada de término. Agosto 2052. Parte, obra o acción que establece el término. El hito asociado al término de la fase de operación corresponde al inicio de la fase de cierre. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio. Septiembre 2052. Parte, obra o acción que establece el inicio. Habilitación de Instalación de Faena para el desmantelamiento de la Planta. Fecha estimada de término. Diciembre 2052. Parte, obra o acción Desmovilización instalación de faenas. Residuos peligrosos (Respel) De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.8.3 de la DIA, la Fase de Cierre del Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos correspondientes a paneles fotovoltaicos en desuso, debido a su eliminación, ya que estos serán retirados para ser reciclados (paneles) o destinados a un sitio de disposición final autorizado (trasformadores u otros equipos) por la SEREMI de Salud respectiva, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en Planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. Sin perjuicio, de lo anterior, durante la Fase de Cierre se contempla la generación de residuos peligrosos del tipo paño contaminados, EPP en desuso, en una cantidad estimada de 3,00 kg/mes, los que serán almacenados en la Bodega RESPEL ubicada al interior de la Instalación de Faena y retirados cada seis (6) meses. Para mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos peligrosos (RESPEL), ver Anexo 10 PAS 142 de la Adenda. Productos y sustancias químicas De acuerdo con lo señalado en el acápite 1.9.10 de la DIA, no se contempla la generación de productos químicos y otras sustancias durante la Fase de Cierre del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.8 del ICE. que establece el término.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS. Impacto ambiental no significativo 1 Generación acotada en el tiempo de material particulado debido a las faenas de acondicionamiento del terreno y movimiento de tierras (fase de construcción) y retiro de las instalaciones (fase de cierre). Parte, obra o acción que lo genera - Construcción de la planta fotovoltaica y la línea de transmisión. - Tránsito de vehículos pesados y livianos durante el periodo de construcción del proyecto. Fase en que se presenta Construcción y cierre. Impacto ambiental no significativo 2 Generación de ruido debido a las faenas de acondicionamiento del terreno y movimiento de tierras (fase de construcción) y retiro de las instalaciones durante (fase de cierre). Parte, obra o acción que lo genera - Construcción de la planta fotovoltaica y la línea de transmisión. - Operación de maquinaria y tránsito de vehículos pesados y livianos durante el periodo de construcción del proyecto. Fase en que se presenta Construcción y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto no significativo Capítulo 5.1 y 6.1 Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra a) de la Ley 19.300: - De acuerdo con lo señalado en el ANEXO 1-3 de Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA, en el periodo en donde habrá la mayor cantidad de labores constructivas, dichas emisiones estarán constituidas por material particulado y gases de combustión producto del desarrollo de actividades relacionadas con obras de excavación, movimientos de tierra (incluye, compactación y nivelación del terreno), tránsito vehicular (maquinaria de construcción, camiones y vehículos livianos) y uso de generadores eléctricos. Es así como, los mayores niveles se generarán en la Fase de Construcción, que se extiende por un plazo máximo de 6 meses, con una valoración de MP10 de 0,36 toneladas/año, disminuyendo ostensiblemente durante la Fase de Operación, puesto que en esta fase las emisiones atmosféricas se reducen exclusivamente al tránsito de vehículos livianos que transportará al personal del Contratista que realizará las mantenciones programadas o correctivas y la limpieza de paneles, con un valor de MP10 de 0,09 toneladas/año. Para la Fase de Cierre se considera un promedio de 0,18 toneladas/año, teniendo en consideración que la duración de esta fase es de 4 meses. Dada las condiciones propias del Proyecto, que considera la construcción y operación de una planta fotovoltaica que utiliza el sol como fuente única de generación eléctrica y ante la inexistencia de procesos de combustión que generen emisiones de contaminantes atmosféricos, el Titular señala en el Capítulo 6. Conclusiones del Anexo 1-3 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA, que el Proyecto no generará las condiciones de superación, aumento o disminución significativos de los valores de Normas Primarias de Calidad Ambiental, y por consiguiente el Proyecto no sobrepasará los límites establecidos en el D.S. N° 31/2016, del MMA, por tanto, no requiere compensar sus emisiones atmosféricas en la fase de construcción, operación o cierre.

- De acuerdo con los antecedentes del Anexo 1-4 - Estudio de Ruido y Vibraciones de la DIA y Anexo 18 de la Adenda, respecto a las emisiones de ruido, las emisiones más significativas se presentarán durante la Fase de Construcción del Proyecto, debido a las actividades a ser llevadas a cabo en los frentes de trabajo de “movimiento de tierras” y “obras civiles”. Los resultados presentados por el Titular en el Anexo 1-4 - Estudio de Ruido y Vibraciones de la DIA y Anexo 18 de la Adenda, indicaron que se cumplen los requerimientos dispuestos en el D.S. 38/2011 para la totalidad de los puntos evaluados considerados como receptores sensibles. Según lo señalado por el Titular en el acápite 7.6 del Anexo 18 de la Adenda, la medida de control ambiental a implementar es una “Barrera Acústica Móvil”, que será utilizada para toda maquinaria que se encuentre realizando actividades a menos de 160 [m] de los receptores R3 y R4 identificados en dicho Anexo. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular ejecutará las siguientes obras y actividades como parte del cumplimiento normativo asociado al Decreto Supremo N° 47/1992 MINVU, sobre Ordenanza General de La Ley General de Urbanismo y Construcciones: Desarrollo de las faenas de construcción exclusivamente en el periodo diurno, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas; Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso; Mantención regular de los equipos; y Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido. Durante la Fase de Operación las emisiones acústicas se encuentran asociadas a las actividades de mantención y operación de la planta, siendo éstas últimas insignificantes, pues la planta fotovoltaica será operada en forma remota. Por último, durante la Fase de Cierre, estas emisiones serán menores a los resultados obtenidos para la fase de construcción, debido al menor uso de maquinaria y menor intensidad de trabajo (4 meses).

- El proyecto generará residuos líquidos y sólidos, cuya forma de manejo de disposición final será realizada en todo momento conforme a la normativa ambiental y sanitaria aplicable, dando cumplimiento a dichas disposiciones. Junto con estas medidas, se implementarán los Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142: • Respecto de los residuos líquidos domésticos se contempla, para la Fase de Construcción, su generación debido al uso de servicios higiénicos que existirán en el área de la Instalación de Faenas. Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas, durante esta fase, será de aproximadamente 10,2 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 68 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Durante la Fase de Operación, se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante esta fase (mantenciones de Planta) será de aproximadamente 0,75 m3/día, considerando un máximo de 5 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Para la Fase de Cierra, se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la Instalación de Faenas. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de Cierre será de aproximadamente 2,76 m3/día, considerando un máximo de 23 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Con el propósito de prever la aparición de malos olores, el Titular presentó un Plan de Contingencias y Emergencias (ver 7.1.10 del presente documento) cuyas acciones o medidas a implementar tienen que ver con evitar el riesgo de que las aguas servidas generen olores molestos. Entre estas medidas se encuentran que los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas. Por último, las características del sistema de manejo de aguas servidas se presentan en el Anexo 8. PAS 138 de la Adenda. • Respecto de los residuos sólidos domiciliarios, para la Fase de Construcción éstos serán generados en las instalaciones de faenas y corresponderán, principalmente, a restos orgánicos, papeles y plásticos. Se estima que para esta fase se generará un máximo de 1,36 ton/mes de residuos sólidos domiciliarios. Para la Fase de Operación, el Proyecto no contará con mano de obra permanente debido a que su operación será realizada en forma remota, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones, por lo que se estima una generación máxima de 0,1 t/mes de residuos sólidos domiciliarios. Para la Fase de Cierre, se estima que se generará un máximo de 0,46 t/mes de residuos sólidos domiciliarios. • En relación con los residuos sólidos industriales no peligrosos, para la Fase de Construcción se contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos, alambres y restos de embalaje (0,20 m3/mes). La Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos. Para la Fase de Cierre, el proyecto contempla la generación de chatarras, cables, estructuras, revestimiento de tuberías, módulos, elementos de protección personal EPP desechados, estimándose una cantidad de 1.040 m3/mes. • Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos, para la Fase de Construcción se generarán debido a las actividades constructivas del Proyecto (cuyo volumen promedio mensual será de 73,6 kg aprox.) y corresponden a paños contaminados, EPP en desuso, paneles en desuso, entre otros, los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL emplazada al interior de la Instalación de Faenas. Para la Fase de Operación, éstos se generarán producto de los paneles en desuso, y residuos provenientes de las actividades de mantención, tales como, huaipes, latas de lubricantes, paños y EPP contaminados; los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL, estimándose una tasa de generación de 6,0 kg/mes. Para la Fase de Cierre, el Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos, ya que los paneles fotovoltaicos en desuso serán retirados para ser reciclados o destinados a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud respectiva.

En síntesis, del análisis de los literales 1.7.8, 1.7.9, 1.7.10, 1.8.9, 1.8.10, 1.8.11, 1.9.8, 1.9.9 y 1.9.10 del Capítulo 1 Descripción del Proyecto de la DIA, así como de los Anexos 9 y 10 de la Adenda, es posible concluir que el Proyecto en cada una de sus fases realizará un manejo adecuado de cada una de las emisiones y efluentes que se generen, razón por la que no existirán impactos ambientales adversos significativos en los recursos naturales renovables involucrados en su ejecución. Respecto del componente ambiental aire, también se debe considerar lo señalado en el literal a) recientemente desarrollado. Del análisis anteriormente expuesto, es posible concluir que la ejecución del Proyecto no genera riesgos para la salud de la población, ya que se da cumplimiento a la normativa relacionada con emisiones atmosféricas, a su vez, se cumple con las exigencias y condiciones expuestas por estos cuerpos normativos. De esta forma el Titular cumple con los objetivos de las normas primarias de calidad ambiental. Respecto de las emisiones de ruido, éstas se encuentran por debajo de los límites establecidos por el D.S. N° 38/2011 MMA. Finalmente, el manejo de residuos generados por el Proyecto se realizará con estricto apego a la normativa sanitaria aplicable en cada caso y se contará con todas las autorizaciones ambientales y sectoriales que son exigibles para su manejo y disposición final. De esta forma es posible concluir que el Proyecto en ninguna de sus fases constituirá un riesgo para la salud de las personas.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo El Proyecto no afectará recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11 letra b) de la Ley 19.300:  Suelo: De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-2 Caracterización Ambiental Medio Físico de la DIA, para el componente suelo, el Proyecto y su área de influencia, contempla una intervención de 14,5 ha con capacidad de uso de suelo VI. Esta superficie corresponde al 0,0012% de los suelos de cultivo en la región. Además, la clase de uso de suelo VI presenta limitaciones desde continuas hasta severas y opciones de cultivo restringidas para pastos y uso forestal. Las acciones derivadas de la construcción presentan un impacto menor y permiten la conservación de este componente dado que durante la excavación de zanjas para el cableado soterrado, el material removido será utilizado para el relleno de éstas y esparcido dentro del mismo predio, no existiendo retiro de excedentes fuera del predio. La profundidad máxima de excavaciones no superará los 2 metros de profundidad, necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2 metros). La caracterización del componente suelo, presentada por el Titular en el Anexo 2-2- de la DIA, concluyó que el proyecto Planta Fotovoltaica Belén 6 MW, localizado en la comuna de Lampa, provincia de Chacabuco, dentro de la Región del Metropolitana, requiere un compromiso voluntario productivo debido a la pérdida de suelo con potencial agrícola en una relación de 1:1 hectáreas para Suelos con Capacidad de Uso Clase II y III. Para mayor información respecto del PAS 160 y las condiciones y fundamentos para justificar el Compromiso Voluntario ver puntos i a viii de la respuesta 5.3. y Anexo 2. Actualización de Compromisos Ambientales Voluntarios de la Adenda Complementaria, así como Anexo 11. Actualización PAS 160 de la Adenda. En el Anexo 4. Ficha de Resumen de la Adenda Complementaria, el Titular señala que dada la disposición de los paneles solares en estructuras empotradas con pilotes, la afectación de superficie de suelo es menor y no interfiere mayormente en la componente suelo respecto a su condición de línea de base, aclarándose que la profundidad máxima de excavaciones no superará los 2 metros de profundidad, necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2 metros). Al momento de desmantelar las instalaciones, se realizará la recuperación del suelo realmente ocupado siendo su afectación completamente reversible.

 Flora y vegetación terrestre: En el acápite 5.2.3 Flora y 6. Conclusiones del Anexo 2-5. Caracterización de Flora y Vegetación de la DIA, se informa que el Proyecto se emplaza en una superficie de 13,92 ha. Según lo señalado por el Titular en el acápite 5.2.2 del Anexo 2-5 de la DIA, no se identificaron áreas con presencia de formaciones afectas a la ley Nº 20.283 y fomento forestal del Ministerio de Agricultura. En cuanto a los procesos de clasificación de especies (RCE) y los listados de carácter nacional actualmente disponibles, se determinó que no se registran especies bajo categoría de conservación. Respecto con las singularidades ambientales del área sólo se registró una especie endémica; Frankenia salina. Según señala el Titular en la respuesta 4.24 de la Adenda, dado que el Proyecto intervendrá principalmente las áreas en donde se construirán los paneles y las áreas en donde existirá servidumbre eléctrica, y considerando que en estas áreas no se registraron especies en categorías de conservación, es que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la flora del Área de Influencia.

 Fauna Terrestre: De acuerdo con lo señalado por el Titular del Proyecto en el Anexo 2-. Caracterización de Fauna Silvestre de la DIA, en el Área de influencia del Proyecto fue posible identificar 8 tipos de ambientes disponibles para fauna terrestre. en el acápite 5.2.4 del Anexo 2-4 de la DIA que, a través de las distintas metodologías, se registraron 14 especies de fauna silvestre correspondientes a un (1) reptil, doce (12) aves y un (1) mamífero. No se registraron anfibios dentro del AI del Proyecto, ni señales ni hábitats idóneos para su desarrollo y establecimiento. Del total de especies, 12 correspondieron a especies nativas del territorio nacional, una (1) endémica y una (1) especie introducida. La especie endémica correspondió a Liolaemus tenuis (lagartija esbelta). De la misma forma, una especie se encuentra en categoría de conservación vigente correspondiente a la totalidad de reptiles registrados (Liolameus tenuis). Esta especie se encuentra en categoría de “Preocupación menor” (LC) (D.S N°19/2012 MMA). En virtud de lo anterior, el Titular levantó un Compromiso Voluntario para la Fase de Construcción, cuyo objetivo es “inducir el desplazamiento de los individuos de las especies de baja movilidad que se encuentran en el área de intervención del Proyecto, para que de esta manera no se afecte a los individuos de Liolaemus tenuis (lagartija esbelta) encontrados en el área del proyecto” y consiste en la remoción en forma manual de refugios (vegetación, rocas y piedras) de las especies de interés previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras (SAG, 2012). Esta medida, a su vez contempla el retiro de los restos de vegetación y piedras para evitar una futura recolonización de las especies. Respecto a la abundancia y densidad de la fauna registrada, en lo que concierne a los anfibios, en el acápite 5.2.4.1 de la DIA, el Titular señala que no se registró su presencia dentro o cercano al área del proyecto, ni señales o hábitats idóneos para su desarrollo y establecimiento. Finalmente cabe comentar que aun cuando se registraron especies de baja movilidad referidas al reptil Liolaemus tenuis, este se registró en baja abundancia y densidad, además es una especie que no presenta problemas de conservación, dado que según el Reglamento de Clasificación de especies (RCE) esta se encuentra categorizada en “Preocupación menor” (LC, D.S N°19/2012 MMA). Adicionalmente se realizó un estudio de quirópteros, que se presenta en el Anexo 14 de la Adenda. Los resultados señalaron que es posible que la baja actividad de quirópteros en el área se deba a su ausencia en el AI del Proyecto y/o a las bajas temperaturas que se registraron durante la campaña, así como también a la ausencia de cuerpos de agua en el AI del Proyecto y/o por la presencia de humo proveniente de la quema de basura en el terreno vecino, todos factores que limitan o dificultan la presencia de quirópteros en el AI del Proyecto. Tadarida brasiliensis (murciélago de cola libre), es un murciélago nativo del territorio nacional. Según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), se encuentra clasificada en estado de “Preocupación menor” (DS 06/2017 MMA) dado que “NO cumple con los umbrales de ninguno de los criterios para ser clasificada en alguna de las categorías de amenaza de UICN 3.1 (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable) y su amplia distribución indica que no está próxima a satisfacer los criterios” (Ficha técnica Tadarida brasiliensis disponible en especies.mma.gob.cl). Según la UICN (2001), una especie se considera bajo Preocupación menor (Least Concern) cuando, tras ser evaluada por la UICN, no cumple ninguno de los criterios de las categorías en peligro, en peligro crítico, vulnerable o casi amenazado de la Lista Roja elaborada por la organización.

 El Proyecto no presenta obras y/o actividades capaces de generar impactos negativos significativos sobre los siguientes componentes: - Suelo: Respecto de las obras y/o actividades que ejecutará el Proyecto y que guardan relación con el presente componente, se encuentran la construcción y habilitación de caminos, instalación faenas, instalación paneles solares y demás edificaciones detalladas en el numeral 1.7 y 1.8 del Capítulo Descripción de Proyecto de la DIA. La ejecución de dichas obras conlleva la pérdida de suelo por concepto de excavaciones, compactación, entre otros. No obstante, la intervención se encontrará acotada a las obras del Proyecto tal como se declara en el Anexo 2-3 Estudio Edafológico Detallado de la DIA.

- Agua: El Proyecto no prevé la intervención de fuentes de aguas superficiales o subterráneos, por lo que no se generarán impactos relativos al presente recurso natural. De acuerdo a lo señalado ninguna de sus obras interceptará los esteros y canales de regadío que se encuentran en el área de estudio, tal como se señala en el Anexo 2-2 Caracterización Ambiental Medio Físico de la DIA. Al respecto, es necesario resaltar que se encuentra a una distancia superior a los 500 metros de un brazo secundario del Estero Lampa y a una distancia que ronda los 1.500 metros del estero Colina (al este). Además, de acuerdo con la modelación hidráulica realizada para determinar el área de inundación, el terreno no estaría afecto a inundaciones por efecto del brazo Secundario del Estero Lampa, resultados consistentes con los obtenidos por el Plan Maestro de aguas lluvias para dicho cuerpo de agua. Adicionalmente, se identifican singularidades tales como el relleno existente y la ruta “Camino Lo Echevers” que actúan como barrera natural ante eventuales inundaciones desde otro sector, estando estas obras al menos dos metros sobre la cota donde se emplazaran los paneles fotovoltaicos, tal como se informa en el Anexo 5 Estudio de Riesgo de Inundación de la Adenda.

- Aire: Según las características del Proyecto, en cuanto a la generación de emisiones atmosféricas, éstas corresponden a material particulado (MPS, MP10 y MP2,5) y gases de combustión de motores (NOx, SOx, CO y HC), descritos en la sección 1.7 7, 1.8.8 y 1.9.7 del Capítulo Descripción de Proyecto de la DIA, en donde se presenta que las cantidades son poco significativas para todas las Fases del Proyecto. Por último, dado los resultados obtenidos en la modelación de dispersión de emisiones, presentados en el Anexo 1-3 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA, en el peor escenario correspondiente al año 1 (fase de construcción más fase de operación), se informa que el Proyecto no generará riesgo para la salud de la población en su área de influencia, ya que no se sobrepasa ninguna de las normas primarias de calidad de aire evaluadas.

 Conforme a la caracterización ambiental, particularmente para los componentes de Flora y Vegetación (Anexo 2-5 de la DIA) y Fauna Terrestre (Anexo 2-4 de la DIA), es posible señalar que en el área del Proyecto no presenta singularidades ambientales de relevancia. Dado lo anterior, es posible indicar que no se generará afectación significativa sobre la biota por el Proyecto.

 El proyecto no utilizará sustancias químicas que puedan afectar los recursos naturales renovables, en ninguna de las fases del Proyecto tal como se indica en los acápites 1.7.10 (construcción) 1.8.11 (operación) y 1.9.10 (cierre) de la DIA.

 Considerando que en el área de influencia no se evidenciaron singularidades ambientales, no se prevé la generación de impactos producto de la emisión acústica de éste.

 En el acápite 1.7.9 del Capítulo Descripción de la DIA, en donde se describe el manejo y disposición final de los residuos generados por el Proyecto, se establece que el Proyecto dará un manejo adecuado a cada uno de los residuos que se generarán con su ejecución, dando cumplimiento a la normativa sanitaria aplicable, que se obtendrán las autorizaciones que la Autoridad sectorial y ambiental requiere, por lo que la ejecución del proyecto no generará impactos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables. De acuerdo con lo anterior, no se prevé el uso de productos químicos u otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables (1.7.10 de la DIA). Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto considera la ejecución de todas las acciones contenidas en el Anexo 5 “Plan de Contingencias y Emergencias Actualizado” de la Adenda Complementaria.

 El proyecto no intervendrá recursos hídricos, puesto que el agua necesaria para la construcción y operación será adquirida a una empresa que cuente con las respectivas autorizaciones de extracción de aguas por parte de la autoridad competente, por lo que tampoco afectará cauces superficiales y/o subsuperficiales. Además, tal como se señala en el acápite 1.8.5 del Capítulo 1 de la DIA, el abastecimiento principal de agua potable durante la Fase de Operación del Proyecto será provisto mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable” a través de la implementación de un (1) Estanque de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 10 m3 para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños y lavamanos conectados a fosa séptica).

 El Proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ningún tipo de especie de flora o fauna exóticas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.2 del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental no significativo No existen impactos significativos sobre comunidades humanas o alteración de los sistemas de vida o costumbres de grupos humanos. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en la letra c) del artículo 11° de la Ley 19.300: - Como se indica en el Anexo 2-7 de la DIA. Caracterización Ambiental de Medio Humano, existe la presencia de un conjunto de viviendas con fines residenciales y predios adyacentes de destinación agrícola. A excepción de Callejón Miraflores, que también posee un uso residencial definido, éste se distingue de los sectores denominados Chorrillos y La Primavera, por poseer un uso ampliamente industrial además del uso agrícola. - El Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, toda vez que la ubicación de las obras, partes y actividades del proyecto, tanto en fase de construcción, operación y cierre se circunscriben al interior de un predio privado donde actualmente no existen viviendas ni habitantes, y donde todas las actividades desarrolladas en la fase de construcción serán ejecutadas por empresas contratistas externas, las cuales cumplirán con todos los permisos necesarios para la ejecución de las obras. En tanto, el punto de evacuación de la línea de media tensión se encuentra en área de servidumbre al lado oriente de Camino Lo Echevers. - De acuerdo al Anexo 2-7 Caracterización del Medio Humano de la DIA (Punto 5.1.3 Rutas, Medios de Transporte y Flujos de Desplazamiento), la vialidad del área de influencia se estructura en torno al uso de la Ruta G – 16 (Camino Lo Echevers), donde los sectores de Callejón Miraflores, Chorrillos y La Primavera poseen accesos independientes para ingresar o egresar a cada uno de estos asentamientos. En tanto, los desplazamientos hacia y desde el AI se realizan con fines de abastecimiento, educación, salud y trabajo con destino a la capital comunal Lampa y comunas de la RM ubicadas al sur, desde donde los vehículos se distribuyen a partir del cinturón Américo Vespucio. - En contraste con dichos antecedentes, las rutas a ser utilizadas por los vehículos del proyecto comparten con los habitantes del AI el uso del Camino Lo Echevers hacia el sur y norte del AI, siendo una ruta concurrida por todo tipo de vehículos. Sin embargo, los viajes de vehículos asociados al proyecto en la fase de construcción solo tendrán una duración de 6 meses (duración limitada en el tiempo). - En el Capítulo 1. Descripción del Proyecto de la DIA, el Titular indica que el Proyecto cuenta con su propio acceso al área de emplazamiento, el que se encuentra a 440 metros del acceso más cercano a alguno de los sectores del medio humano, que en este caso corresponde al sector de Callejón Miraflores. - En la respuesta 3.1 de la Adenda Complementaria, el Titular señala que, considerando que durante la fase de operación el flujo vial es prácticamente nulo, que el número de vehículos que utilizarán las vías mencionadas durante la construcción del proyecto no será mayor a 250 vehículos al mes, la estacionalidad de uso es de sólo 6 meses, la distribución mensual decreciente del uso y el servicio actual que brinda la ruta es mayor a 500 vehículos, es posible señalar que no se espera alguna afectación, durante la construcción, que cause obstrucción del camino, dificultad para acceder a bienes y servicios o demoras en el tránsito y el libre desplazamiento. En consecuencia, el uso de la infraestructura vial durante la construcción del Proyecto no presenta los Efectos, Características o Circunstancias detallados en literal b) del Artículo 7 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente y por tanto no se trata de un impacto ambiental de carácter significativo. - De acuerdo con la respuesta 3.2 de la Adenda Complementaria, el Titular señala que el Proyecto no prevé la generación de los efectos, características o circunstancias indicadas en el artículo 7 letra a) del Reglamento, dado que la ubicación de las obras, partes y actividades del proyecto, tanto la fase de construcción, operación y cierre se circunscriben al interior del predio del Proyecto y lo relacionado al trazado y punto de evacuación de la línea de media tensión se encuentran en un área de servidumbre al lado oriente de Camino Lo Echevers. - Además, durante la Fase de Operación, la Planta Fotovoltaica no requerirá de actividades in situ, ya que operará de forma remota y en tiempo real, limitándose solo a actividades de mantención. En tanto, en la Fase de Cierre el proyecto contempla únicamente el desmantelamiento de obras, retiro de maquinarias, y limpieza y cierre del sector. - En virtud de lo anterior, se determina que el proyecto no utilizará ni interferirá con ninguno de los accesos del AI, producto de que cuenta con acceso propio desde el Camino Lo Echevers y el flujo de vehículos en la Fase de Construcción tiene una duración máxima de 6 meses, descartándose efectos significativos sobre las circunstancias asociadas a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez que las rutas o accesos internos de los 3 sectores del AI no serán utilizados ni intervenidos. - De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, el único equipamiento comunitario con fines organizacionales identificado en el área de influencia del Proyecto corresponde a la Sede Vecinal de la Junta de Vecinos Los Chorrillos, asentamiento del cual forma parte el Sector de Chorrillos que se encuentra al interior del polígono del AI del proyecto. No obstante, según lo señalado por el Titular en el acápite 6.1.4 del Anexo 2-7 de la DIA, la sede vecinal se encuentra fuera del área de influencia, por lo que los socios de la organización se desplazan hacia dicha localidad a través de los accesos internos de Chorrillos 2 y Chorrillos 3 que enlazan con Chorrillos 1. En el mismo acápite 6.1.4 del Anexo 2-7, el Titular señala que las vías de acceso al proyecto, correspondientes a Camino Lo Echevers y el acceso propio con el cual cuenta el proyecto no repercuten en los desplazamientos de los usuarios del AI con fines organizacionales u otras actividades que se desarrollen en la sede vecinal. - En el área de influencia del Proyecto no existen espacios públicos u otro tipo de equipamiento que puedan ser utilizados con fines recreativos, administrativos, comerciales, o afines, descartándose cualquier efecto que emane de la vialidad. - En el caso de la infraestructura básica de los predios, se identifican predios agrícolas, viviendas, industrias y elementos afines del medio construido (bodegas), algunos de estos colindantes con el área de proyecto. - Por último, el recurso hídrico para el riego de los cultivos se obtiene mediante la extracción de agua mediante sondajes en pozos. Sin embargo, dicha fuente de agua no será intervenida ni utilizada por el proyecto, el cual se abastecerá en todas sus etapas desde un distribuidor autorizado (que cumpla con la regulación correspondiente D.S N°594/1999 MINSAL), trasladándose el recurso con camiones aljibe, almacenándose en estanques ubicados dentro de la Instalación de Faenas. - De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, en el AI del Proyecto no se lleva a cabo ningún tipo de celebración o manifestación de la cultura local que se traduzca en festividades o ritos, a excepción de la realización de misas comunes que se realizan habitualmente en la Iglesia Metodista Aguas Claras, ubicada en el Sector de La Primavera. - En cuanto a la circunstancia relacionada con la posible pérdida de cohesión social o sentimientos de arraigo, los socios de la Junta de Vecinos de Chorrillos asisten con baja frecuencia a las reuniones que la organización lleva a cabo en la sede vecinal ubicada fuera del área de influencia y los desplazamientos a dicho recinto son realizados a través de vías que no serán utilizadas ni intervenidas por el proyecto, según lo señalado por el Titular en el acápite 6.1.5 del Anexo 2-7 de la DIA. - Respecto de la Dimensión Antropológica (Punto 5.3.5 Lugares de interés turístico y cultural. Sentimiento de arraigo e identidad del Anexo 2-7 de la DIA), el Titular indica que los principales elementos de arraigo se vinculan a la relación con la tierra, sus tradiciones y el pasado comunal reciente como polo importante de desarrollo agrícola dentro de la Región Metropolitana, que se ha mantenido vigente. Las formas de vida rural constituyen uno de los principales elementos identitarios, toda vez que el AI se encuentra en zona eminentemente rural, en donde se mezcla un pasado campesino, con un presente igualmente ligado a los trabajos en la tierra, pero con elementos nuevos de la modernidad asociados a la actividad industrial y llegada de inmigrantes, entre otros. - Respecto a dichos antecedentes, se puede señalar que en base al descarte de efectos significativos realizado para los literales a), b) y c) el uso y forma de ocupación de los predios pertenecientes al AI no serán alterados, mientras que el desplazamiento y acceso a los mismos no serán afectados, lo que permitirá el desarrollo de formas de vida de los grupos humanos del área de influencia, por lo que se descarta afectación en términos del literal d). - De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, el Proyecto no se contrapone con el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, ya que se encuentran lejanos a los lugares donde acontecen las manifestaciones de la cultura, ritos y/o festividades. Por lo demás, se indica que no existen ni comunidades ni organizaciones indígenas registradas en CONADI. De acuerdo con lo anterior, el Proyecto tampoco generará reasentamiento de comunidades, pues estas no están presentes en el sector.

Por lo anterior, considerando la ubicación del Proyecto, el grado de intervención de la zona y la existencia de grupos humanos fuera del área del proyecto, se concluye que el Proyecto no afectará a ninguno de éstos en sus fases de construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.3 del ICE 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera impacto a poblaciones, recursos y/o áreas protegidas. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en la letra d) del artículo 11° de la Ley 19.300: - De acuerdo con el Anexo 2-7. Caracterización del Medio Humano de la DIA, el Proyecto no se localiza en o cercano a población protegida. Tal como se señala en dicho documento, tanto dentro del área de influencia del proyecto, como en sus inmediaciones, habría presencia menor de pueblos originarios, contándose con algunas personas del pueblo mapuche, que habrían llegado desde el sur después de la reforma agraria a trabajar como campesinos. Sin embargo, no se desarrollarían actividades tradicionales de la cultura en ninguno de los tres sectores que componen el AI. - Tampoco se identificaron Sitios de Significación Cultural, perteneciente a alguna cultura habitante del territorio, ni en el sector de Chorrillos, de La Primavera, ni de Miraflores. - Por lo tanto, el área de emplazamiento del Proyecto no corresponde a terrenos de propiedad de comunidades indígenas o bajo la Ley Indígena (Ley N° 19.253), así como tampoco se identifican reclamos o pretensiones por parte de comunidades indígenas sobre estos terrenos, no existe un área de desarrollo indígena, ni derechos de aguas indígenas, de esta forma, no existen antecedentes para prever susceptibilidad de afectación a población protegida por parte del proyecto. - Por lo anteriormente expuesto, en el área cercana al proyecto no habita población protegida por leyes especiales, que puedan ser afectados por las actividades, partes y obras del Proyecto. - En el área de influencia del Proyecto no existen poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.4 del ICE. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental no significativo El Proyecto no genera alteración sobre los atributos del paisaje, ni genera alteraciones sobre el valor turístico. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en la letra e) del artículo 11° de la Ley 19.300: - Según lo señalado por el Titular en el Capítulo 2 de la DIA, el Proyecto no obstruirá la visibilidad a una zona con valor paisajístico y no generará o presentará alteración en términos de duración o magnitud del valor paisajístico o turístico de la zona. Ello, se debe principalmente a la inexistencia de zonas con valor paisajístico o turístico asociadas al sector de emplazamiento del Proyecto. - De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-9. Estudio de Paisaje de la DIA, el área de influencia del Proyecto se enmarca en la Macrozona Sur, subzona cuencas y valles. A partir de las características evidenciadas en terreno, se puede mencionar que el área de análisis presentó escasos atributos paisajísticos. En efecto, si bien el área de influencia tiene atributos biofísicos que dan valor paisajístico, la flora del sector (principal atributo) es exótica y tiene un marcado fin comercial. Esto ya que predomina en gran parte los cultivos agrícolas. En este sentido, la vegetación del sector se debe entender como una intervención antrópica, siendo una actividad productiva primaria en donde se han modificado las condiciones naturales de vegetación. Esto último, sumado al típico asentamiento rural del centro-sur del país, genera que el área de influencia no sea única ni representativa de un sector con alto valor y calidad paisajística. - En cuanto a la valoración de la calidad visual del paisaje, el Titular señala en el Anexo 2-9 Estudio de Paisaje de la DIA que el área de influencia (en conjunto las dos unidades de paisaje evaluadas) posee un valor Bajo, donde el paisaje según sus atributos visuales (biofísicos, estéticos y estructurales) no tiene una calidad que haga a la zona única ni representativa. - Al momento de analizar el área de influencia respecto a la situación sin Proyecto y la situación con Proyecto, mediante la creación de 1 fotomontaje, el Titular señal en el acápite 5. Conclusiones del Anexo 2-9 de la DIA que no se producen impactos en el paisaje debido a la instalación de las obras, puesto que éstas no generan una obstrucción visual ni alteración de los atributos visuales. - De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-9. Estudio de Paisaje de la DIA, no se generará afectación sobre el valor paisajístico, ya que la intervención del Proyecto se limita a los espacios específicos en donde las obras más expuestas serán los paneles que son obras de baja altura. En el Anexo mencionado, se presentan los antecedentes que señalan que el área donde se emplazan las obras del Proyecto posee escaso valor paisajístico. - De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-6 Medio Antropizado de la DIA, todos los atractivos turísticos identificados en el área de estudio se encuentran ubicados a más de 8 km respecto a la ubicación del Proyecto, siendo los atractivos turísticos más cercanos Lamparaiso Flyfishing y ExpoLampa ubicados a 8,3 y 8,5 km de distancia del Proyecto, respectivamente. - Finalmente, se identificó una Zona de Interés Turístico (ZOIT) en la Región Metropolitana de Santiago, correspondiente a San José de Maipo, la cual está a más de 37 km de distancia respecto a la ubicación del Proyecto.

De acuerdo con lo indicado anteriormente, el Proyecto no genera ni presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona según lo señalado en el artículo 9° del D.S N° 40/2012 del MMA, toda vez que el Proyecto no obstruirá la visibilidad a una zona con valor paisajístico y no generará o presentará alteración en términos de duración o magnitud del valor paisajístico o turístico de la zona. Ello, se debe principalmente a la inexistencia de zonas con valor paisajístico o turístico asociadas al sector de emplazamiento del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.5. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental no significativo. No se reconoce la existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, susceptible de ser afectado producto de la localización o de las partes, obras y acciones del Proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en la letra f) del artículo 11° de la Ley 19.300: - En el área de influencia patrimonial del Proyecto no existen sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En efecto, de con lo presentado en el Anexo 2-10 componente arqueología y en el Anexo 2-11 componente paleontología de la DIA, dentro del área de influencia del Proyecto no se registra la presencia de monumentos nacionales, Monumentos Históricos, Zonas Típicas, Santuarios de la Naturaleza, y Monumentos Públicos. Para el componente arqueológico se realizaron actividades de prospección, las cuales no evidenciaron registros de hallazgos de carácter arqueológico y/o históricos asociadas al área del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de registrar hallazgos arqueológicos durante las actividades o ejecución de las obras, se paralizarán las actividades en el área del hallazgo y se dará aviso inmediatamente al CMN, con el fin de determinar los pasos a seguir según lo señalado en la Ley 17.288/1970 del Ministerio de Educación. y su Reglamento. - De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 2-7. Caracterización de Medio Humano de la DIA, el proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. Además, al interior del área de influencia no se identificó la existencia de comunidades y/o asociaciones indígenas, como tampoco de algún tipo de actividad o manifestación cultural relacionada con el componente étnico.

De acuerdo con lo indicado anteriormente, en el área del Proyecto y en sus alrededores no existe la presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, tampoco se registra la presencia de asociaciones indígenas bajo la Ley Indígena (Ley N°19.253). Lo anterior se puede apreciar en el consultar Anexo 11. Medio Humano Actualizado de la Adenda, donde se presenta la línea de base de medio humano actualizada y desde donde es posible identificar que no se presentan manifestaciones de cultura o folclore que puedan ser afectadas por las actividades del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.6.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Tabla 6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la instalación de servicios higiénicos (baño y lavamanos) que enviarán las aguas servidas a una fosa séptica con drenes, solución sanitaria que estará operativa durante la fase de operación del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Por lo anterior, el Proyecto considera la instalación de servicios higiénicos (baño y lavamanos) que enviarán las aguas servidas a una fosa séptica con drenes. Dicha solución sanitaria estará operativa durante la fase de operación del Proyecto toda vez que para la Fase de Operación de generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos del personal encargado de las mantenciones de la planta. Como se estima un máxima de cinco (5) trabajadores para esta fase, la producción de aguas servidas será de 0,75 m3 con un coeficiente de recuperación de 100%. Tal como se mencionó más arriba, para esta fase se utilizará un tratamiento simple que está basado en una fosa séptica de 1,2 m3 de capacidad, cuyas aguas tratadas serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración. La fosa séptica permitirá realizar un tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos: a) separación física; y b) fermentación anaeróbica. Luego de un período de retención de entre uno a tres días, el efluente que sale cargado de materia orgánica en suspensión debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que consiste en disponer estas aguas en el suelo por medio de drenes de infiltración. Para la instalación de la fosa séptica se presentarán los antecedentes necesarios para obtener los permisos de la autoridad sanitaria. La fosa séptica se ubicará distante de cualquier curso de agua superficial (intermitente o permanente), por lo que cumple con ubicarse a una distancia superior a 20 m. ce cualquier cuerpo de agua presente en los alrededores. Para el retiro de los lodos de la fosa, el servicio de limpieza se efectuará, al menos, dos veces al año o cada seis meses. El material será retirado por una empresa debidamente autorizada y dispuesto en una planta de tratamiento o en un sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria. En la Tabla 1 del Anexo 8. PAS 138 de la Adenda se puede encontrar las coordenadas en donde se ubicará la fosa séptica. Consultar mayores antecedentes en dicho Anexo Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de agosto de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda.

6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Tabla 6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se habilitará un sector en la instalación de faena, para almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos y una Zona de Almacenamiento de Residuos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios que serán generados durante la construcción del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se habilitará un sector en la instalación de faena, para almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos y una Zona de Almacenamiento de Residuos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios que serán generados durante la construcción del proyecto: a. Área de residuos industriales no peligrosos: Los residuos industriales no peligrosos serán manejados por un sistema integrado de 2 componentes. Primero serán almacenados en contenedores primarios en los diferentes frentes de faenas para posteriormente ser depositados en contenedores secundarios en los patios de residuos industriales. b. Área de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán manejados por un sistema integrado de 2 componentes. Primero serán almacenados en contenedores primarios dentro de bolsas plásticas en su lugar de origen, posteriormente, en contenedores secundarios en zona residuos domiciliarios. En la Figura 1 del Anexo 9. PAS 140 de la Adenda se muestra el plano de instalación de faenas. Dicha zona de residuos domiciliarios de la fase de construcción se ubicará al norte de la instalación de Faenas (1), mientras que el patio de residuos industriales no peligrosos en el sur de la IF (10). En el Anexo 1 de la Adenda se adjuntan los planos de instalaciones permanentes y temporales donde se muestran en mejor detalle la disposición de estas instalaciones de manejo de residuos. No se realizará tratamiento a los residuos. El proyecto solamente considera acopio temporal de residuos. Durante la fase de construcción, se estima una producción de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) de 1 kg/trabajador/día, con un máximo estimado de 1,36 t/mes. Estos residuos se recolectarán con una frecuencia de 3 veces a la semana, en máxima actividad, por un tercero autorizado, y serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. La generación total de residuos industriales no peligrosos se estima en 0,2 m3 por mes, y se espera un retiro 3 veces por semana. La Fase de Operación del Proyecto será realizada en forma remota y en tiempo real, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones de la Planta Fotovoltaica, por lo que los residuos generados producto de esta actividad serán retirados por los mismos trabajadores, en la medida que se generen, para su posterior disposición en sitios autorizados. En cuanto a la Fase de Cierre, se esperan 0,46 t/mes de residuos domiciliarios y se recolectarán 3 veces a la semana. Por su parte, se espera 1.040 m3/mes de residuos industriales no peligrosos que serán recolectados y llevados a sitios de disposición final autorizados con la misma frecuencia. En la Tabla 1 y Tabla 2 del Anexo 9 se presenta la cuantificación y caracterización de residuos para la Fase de construcción y cierre, respectivamente. Ver mayores antecedentes en el Anexo 9. PAS 140 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de agosto de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda y ORD. N° 3226 de fecha 20 de octubre de 2021 de la Seremi de Salud donde se pronuncia complementando Oficio ORD. N° 2674

6.1.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos Tabla 6.1.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos durante la Fase de Construcción, Operación y Cierre, se requerirá de una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (BAT) ubicada en la instalación de faenas. Durante la Fase de Operación la Bodega de Residuos Peligrosos se mantendrá. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Para la fase de construcción y cierre se contempla la habilitación de una bodega de acopio de residuos peligrosos la que se ubicará dentro de la instalación de faenas y que se mantendrá en funcionamiento durante la Fase de Operación. Dicha bodega contra con una superficie de 7 m2. Ver mayores antecedentes en el Anexo 10. PAS 142 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de agosto de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda y ORD. N° 3226 de fecha 20 de octubre de 2021 de la Seremi de Salud donde se pronuncia complementando Oficio ORD. N° 2674

6.1.4 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos Tabla 6.1.4 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Las edificaciones del proyecto que requieren el permiso de construcción fuera del límite urbano corresponden a obras constructivas permanentes y temporales. En consecuencia, le son aplicables las disposiciones del presente PAS a las siguientes obras del Proyecto:

Tabla 17. Obras Temporales que requieren del IFC durante la Fase de Construcción. Obras Temporales Superficie m2 ha Comedor 36 0,003 Oficinas 36 0,003 Caseta de Control e Ingreso 36 0,003 Área lavado de canoas mixer 4 0,0004 Total Superficie Obras Temporales 112 0,0112 Fuente: Anexo 6. Actualización PAS 160 de la Adenda Complementaria.

Tabla 18. Obras Permanentes que requieren del IFC durante la Fase de Construcción. Obras Permanentes Obra Superficie (m2) Paneles solares (12.276 unidades) 94.746,64 Salas eléctricas (2) 106,84 Bodega de materiales (1 Sala de control) 29,74 Bodega de materiales (2) 29,74 Bodega de Residuos Peligrosos 9,00 Fosa séptica 18,00 Baño y ducha 7,30 Estanque de agua potable 11,70 Caminos internos 2.782,00 Total superficie de las Obras Permanentes 97.740,96 Fuente: Anexo 6. Actualización PAS 160 de la Adenda Complementaria.

El destino de las obras temporales dentro de la instalación de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades constructivas de la obra durante su construcción, incluyendo instalaciones para el personal como comedor, bodegas de residuos, casetas subcontratistas y oficinas administrativas. Por su parte, los paneles fotovoltaicos constituyen la obra principal del Proyecto durante la operación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. En el caso de este permiso, al Proyecto le son aplicables las disposiciones del presente PAS a las siguientes obras temporales durante la fase de construcción: a) comedor; b) oficinas; y c) caseta de control e ingreso, lo que corresponde a una superficie 108 m2. En cuanto a las obras temporales corresponden: a) Paneles fotovoltaicos; b) Sala eléctrica 1; c) Sala eléctrica 2; d) Bodega de materiales 1; e) Sala de control; f) Bodega de materiales 2; g) Bodega de residuos peligrosos; y e) Caminos internos, las que corresponden a una superficie de 97.701,76 m2. El destino de las obras temporales dentro de la instalación de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades constructivas de la obra durante su construcción, incluyendo instalaciones para el personal como comedor, bodegas de residuos, casetas subcontratistas y oficinas administrativas. Los paneles fotovoltaicos constituyen la obra principal del Proyecto durante la operación. En la en la Figura 1 del Anexo 6 se presenta el plano de ubicación que señala la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público y en el En el Anexo 1-2 de la DIA se presentan los planos de emplazamiento de las edificaciones permanentes y temporales del Proyecto. Ver mayores antecedentes en Anexo 6. Actualización PAS 160 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Agricultura, a través de su Ord. N° 236 de fecha 12 de agosto de 2021, se pronunció conforme. La SEREMI de Vivienda y Urbanismo, a través de su Ord. N° 2529 de fecha 18 de agosto de 2021, se pronunció conforme. El SAG, a través de su Ord. N° 1692 de fecha 14 de octubre de 2021, se pronunció conforme señalando que “El área del compromiso ambiental voluntario deberá mantenerse en producción mientras dure el proyecto fotovoltaico”.

6.2. Pronunciamientos ambientales sectoriales 6.2.1. Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje. Tabla 6.2.1 Pronunciamiento sobre calificación de instalaciones industriales y de bodegaje según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto se emplaza en un área regulada por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. En específico, el proyecto se emplaza en un área de interés silvoagropecuario mixto I.S.A.M. 4. Por lo anterior, el proyecto necesita el Pronunciamiento de la autoridad sanitaria a efectos de establecer la calificación industrial. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para el otorgamiento de este Permiso consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Sin embargo, el Proyecto no considera realizar subdivisiones ni urbanizaciones. Las edificaciones del proyecto que requieren el permiso de construcción fuera del límite urbano corresponden a obras constructivas permanentes y temporales del Proyecto, tales como: a) comedor; b) oficinas; y c) caseta de control e ingreso, las que contemplan una superficie de 108 m2. En el caso de las obras permanentes se consideran En cuanto a las obras temporales corresponden: a) Paneles fotovoltaicos; b) Sala eléctrica 1; c) Sala eléctrica 2; d) Bodega de materiales 1; e) Sala de control; f) Bodega de materiales 2; g) Bodega de residuos peligrosos; y e) Caminos internos, las que corresponden a una superficie de 97.701,76 m2. El destino de las obras temporales dentro de la instalación de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades constructivas de la obra durante su construcción, incluyendo instalaciones para el personal como comedor, bodegas de residuos, casetas subcontratistas y oficinas administrativas. Por su parte, los paneles fotovoltaicos constituyen la obra principal del Proyecto durante la operación. en la Figura 1 del Anexo 11, se presenta el plano de ubicación que señala la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. En el Anexo 1-2 de la DIA, se presentan los planos de emplazamiento de las edificaciones permanentes y temporales del Proyecto. Ver mayores antecedentes en Anexo 11. Pronunciamiento 161 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio ORD. N° 2674 de fecha 18 de agosto de 2021, se pronunció conforme sobre la Adenda, señalando que: “El pronunciamiento enunciado en el artículo 161 indica sobre la Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje. Pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, deberá emitirse durante el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto o actividad. Con tal objeto, en el marco de la referida evaluación de impacto ambiental y para emitir su pronunciamiento, la autoridad sanitaria deberá considerar sólo las exigencias ambientales de la calificación. Al respecto, esta Autoridad Sanitaria califica la instalación como INOFENSIVA, siempre que controles sus molestias dentro de su propio predio e instalaciones”.

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. Normas relacionadas con el emplazamiento del proyecto

7.1.1. D.S. Nº 31/17, Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la región Metropolitana de Santiago. Tabla 7.1.1. D.S. Nº31/17, Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la región Metropolitana de Santiago. Componente/materia Emisiones atmosféricas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Emisiones provocadas por acciones del Proyecto durante cada una de sus fases Forma de cumplimiento. En el Anexo 1-3 del capítulo1 de la presente DIA, se entrega la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto. En el acápite 4.7 de dicho Anexo, se entrega un análisis del cumplimiento normativo del plan de prevención y descontaminación atmosférica de la RM, en donde se demuestra que el proyecto cumple con los límites del plan, por lo que no debe realizar compensación de emisiones. Además, para asegurar el control de las emisiones, el titular ejecutará las siguientes medidas: - Se aplicará un supresor de polvo en el camino de acceso y caminos internos con un 70% de eficiencia de abatimiento durante las fases de construcción y cierre. - Se exigirá una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exigirá un límite velocidad de los vehículos dentro del área del Proyecto de 30 km/h. - Se exigirá a las contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumpliendo con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados” DS Nº55/94 MINTRATEL. Indicador que acredita su cumplimiento. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. - Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento. Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.

7.1.2. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): art. 55. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. DS N° 47/1992 (OGUC): art. 2.1.19. Tabla 7.1.2. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): art. 55. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. DS N° 47/1992 (OGUC): art. 2.1.19. Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): art. 55. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. DS N° 47/1992 (OGUC): art. 2.1.19. D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S. N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Las actividades de construcción y cierre del Proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el presente cuerpo legal, que serán transportados por las rutas de acceso al Proyecto. Forma de cumplimiento. Las emisiones de material particulado y gases son menores y distribuidas en una extensión territorial acotada al polígono del Proyecto y al camino de acceso no pavimentado, tal como se presentan en el Anexo 1-3 – Estimación de Emisiones Atmosféricas de la DIA. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: - Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. - Se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para todos los vehículos dentro del área de faena. Todos los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento. - Revisión y registro de cumplimiento de las medidas anteriores por parte del Titular. - Catastro de vehículos y fechas de respectivas de revisiones técnicas y/o mantenciones. Forma de control y seguimiento. Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.

7.1.3. D.S. N°144/61 del Ministerio de Salud que “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”. Tabla 7.1.3. Norma: D.S. N°144/1961 MINSAL. Componente/materia Calidad del aire y Emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales D.S. N° 4/1994 MTT; D.S. N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU; D.S. N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones: el Proyecto generará emisiones de material particulado y gases de combustión debido a las actividades de excavación, tránsito de vehículos pesados, movimientos de tierra, entre otras. También existirán emisiones de material particulado producto de la combustión interna de maquinarias y vehículos Forma de cumplimiento. Tal como señala el Anexo 1-3 de la DIA, las emisiones de material particulado y gases son menores, principalmente durante la construcción y distribuidas en una extensión territorial acotada, debido al tránsito de vehículos y maquinarias al interior del Proyecto y por vías pavimentadas externas. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: - Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. - Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. - Se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas.

Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas: - Los grupos electrógenos utilizados en la fase de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. - Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. - Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento. Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la autoridad.

7.1.4. D.S. N° 279/83 del Ministerio de Salud “Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna”. Tabla 7.1.4. Norma: D.S. N° 279/1983 MINSAL. Componente/materia Transporte y emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S. N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU; D.S. N°138/2005 MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones: se emplearán vehículos motorizados para diferentes funciones tales como el transporte de insumos, equipos y transporte de personal. Forma de cumplimiento. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. - Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento. Se mantendrán los registros de la revisión técnica de los vehículos disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la autoridad.

7.1.5. D.S. N° 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”. Tabla 7.1.5. Norma: D.S. N°75/1987 MINTRATEL. Componente/materia Transporte, residuos y emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S. N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU; D.S. N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones: el Proyecto contempla actividades de transporte de carga (movimiento de tierra) para la realización de sus obras y/o actividades durante su fase de construcción y cierre. Forma de cumplimiento. El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Raschel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento. Registro en instalación de faenas de cumplimiento, por parte de encargado ambiental o prevencionista de riesgos. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la autoridad.

7.1.6. D.S. N° 4/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control”. Tabla 7.1.6. Norma: D.S. N° 4/1994 MINTRATEL. Componente/materia Transporte y emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N°54/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU; D.S. N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones: se emplearán vehículos motorizados para diferentes funciones como traslado de insumos, equipos y transporte de personas en las distintas fases del Proyecto. Forma de cumplimiento. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. - Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la autoridad.

7.1.7. Resolución Nº1/95, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica”. Tabla 7.1.7. Norma: D.S. N° 158/1980 Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia Transporte y emisiones atmosféricas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones. Forma de cumplimiento. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con los antecedentes que acrediten sus dimensiones al momento de transportar los materiales y residuos del proyecto. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, mantención, limpieza y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento. Exigencias contractuales a contratistas sobre dimensiones y pesos de los vehículos utilizados en función a las labores del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la autoridad.

7.1.8. Ley N° 20.879/2015. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Sanciona el Transporte de desechos hacia vertederos clandestinos. Tabla 7.1.8. Norma: Ley N° 20.879/2015 Mintratel. Componente/materia Residuos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos que serán llevados por terceros autorizados a lugares de disposición final. Forma de cumplimiento. En la fase de construcción y cierre para llevar a cabo el cumplimiento de la Ley 20.879 se solicitará a las empresas que hagan retiro de los residuos que entreguen certificación que éstos serán dispuestos en lugares autorizados. Lo anterior, será solicitado de manera contractual, manteniendo en faena copia de los permisos y certificados que acrediten el cumplimiento normativo de los sitios de disposición final. Para el caso de la fase de operación, se determinará de manera contractual que tanto personal del titular como terceros encargados de mantenciones dispongan los residuos sólidos generados debido a estas acciones en sitios autorizados, manteniendo en obra certificado que acredite la disposición. Indicador que acredita su cumplimiento. Compromisos contractuales y certificados de disposición de residuos. Forma de control y seguimiento Se mantendrán certificados de disposición de residuos actualizados para revisión de la autoridad.

7.1.9. D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”. Tabla 7.1.9. Norma: D.S. N° 38/2011 MMA. Componente/materia Ruido. Otros cuerpos legales D.F.L. Nº 725/1967 MINSAL; D.S. Nº 594/1999 MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Generación de emisiones acústicas debido a las labores constructivas durante la fase de construcción, funcionamiento de equipos durante la fase de operación y desmantelamiento del parque durante la fase de cierre. Forma de cumplimiento. El resultado del estudio de impacto acústico que se presenta en el Anexo 10 de la Adenda indica que la predicción de los niveles de ruido del Proyecto cumple con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N° 38/11 del MMA, no produciendo impacto acústico significativo dentro para las comunidades y viviendas cercanas al Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. - Estudio de impacto acústico presentado en Anexo 10 de la Adenda donde se verifica el cumplimiento normativo Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la autoridad.

7.1.10. D.S. Nº594/1999, “Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Tabla 7.1.10. Norma: D.S. N° 594/1999 Ministerio de Salud. Componente/materia Aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. - Instalación de faenas y frentes de trabajo. - Actividades de mantención. Forma de cumplimiento. Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: - Instalación de baños químicos en frentes de trabajo e instalación de módulos con baños y duchas en la instalación de faenas durante la construcción. - Evacuación de las aguas servidas de los servicios higiénicos hacia un sistema de tratamiento compuesto por fosa séptica y drenes de infiltración durante la operación del Proyecto. Este sistema se implementará para la construcción y se mantendrá durante la fase de operación. Ver antecedentes en Anexo 8 de la Adenda Indicador que acredita su cumplimiento. - Copia de autorización de SEREMI de Salud a empresa de baños químicos. - Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. - Resolución sanitaria de autorización de proyecto y funcionamiento de sistema de alcantarillado particular y fosa séptica para operación Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.

7.1.11. DFL N° 725/1967 del Ministerio de Salud “Código Sanitario”. Tabla 7.1.11. Norma: DFL N° 725/1967 del MINSAL. Código Sanitario. Componente/materia. Aguas Servidas. Otros cuerpos legales. D.S. N° 594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Generación de aguas servidas: instalación de faenas, frentes de trabajo y actividades de mantención. Forma de cumplimiento. - Durante la construcción y cierre el proyecto utilizará baños químicos como solución sanitaria. - Durante la operación, se utilizará una fosa séptica. Para ello se presentan en Anexo 8 de la Adenda (PAS 138) de la DIA antecedentes técnicos para la autorización de una solución sanitaria Indicador que acredita su cumplimiento. - Copia de autorización de SEREMI de Salud a empresa de baños químicos. - Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. - Resolución sanitaria de autorización de proyecto y funcionamiento de sistema de alcantarillado particular y fosa séptica Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles los registros de las autorizaciones sanitarias para la fiscalización de la autoridad.

7.1.12. D.S. N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”. Tabla 7.1.12. Norma: D.S. N° 1/2013 del MMA. Componente/materia: Residuos y productos de reciclaje. Otros cuerpos legales. D.F.L Nº725/1967 MINSAL; Ley 20.417; Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos domiciliarios e industriales sólidos no peligrosos. sustancias a la que aplica. Forma de cumplimiento. El Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos, emisiones y productos prioritarios (paneles y embalajes) a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home, cuando corresponda. También se informará a través del Sistema REP según lo consignado en el artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920/2016 del MMA, donde se indican entre otras exigencias, que “Mientras no entren en vigencia los decretos supremos que establezcan las metas y otras obligaciones asociadas de cada producto prioritario, el Ministerio podrá requerir a los productores de productos prioritarios señalados en el artículo 10 (de la Ley N°20.920), informar anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes”. Indicador que acredita su cumplimiento. En el caso de generar más de 12 ton/año de residuos no peligrosos, el Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home. Forma de control y seguimiento Declaraciones anuales en RETC, en el caso de generar más de 12 ton/año de residuos no peligrosos.

7.1.13. Ley N° 20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje”. Tabla 7.1.13. Norma: Ley N° 20.920/2016 MMA. Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales. D.S. N° 594/1999 MINSAL; D.F.L N° 725/1967 MINSAL; Ley 20.920. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán productos prioritarios de acuerdo a la Ley, susceptibles de ser reciclados. El Proyecto generará, durante todas sus fases, residuos asimilables a domiciliarios y residuos sólidos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados en un sitio de almacenamiento temporal acondicionado para cada tipo de residuo. Los módulos que presenten fallas o averías durante la fase de operación serán retirados de la zona del parque y dispuestos en sitios de disposición final autorizados o según amerite, destinados a reciclaje. Forma de cumplimiento. Para llevar a cabo el cumplimiento de la ley REP, se entiende que los titulares o administradores de proyectos fotovoltaicos pasarán a ser “productores de productos prioritarios” por importar paneles solares a Chile para la construcción y operación de sus proyectos, situación que debe ser regulada a través de los respectivos decretos de aparatos eléctricos y electrónicos y de envases y embalajes, cuando estos entren en vigencia. Por mientras, se deberán seguir las indicaciones del artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920/2016 del MMA, y declarar paneles, cajas y embalajes a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento. Declaraciones anuales en RETC. Forma de control y seguimiento - Comprobante de servicio entregado por el gestor autorizado. - Chequeo de impresión de comprobantes de carga de información disponible en oficinas del Proyecto

7.1.14. D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Tabla 7.1.14. Norma: D.S. N° 148/2003 del MINSAL. Componente/materia Residuos sólidos industriales peligrosos. Otros cuerpos legales D.S. N° 594/1999 MINSAL; D.F.L N° 725/1967 MINSAL; Ley 20.920. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica - Trabajos relativos a construcción y cierre. - Trabajos de mantención. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud, la autorización para un patio de residuos industriales no peligrosos. El Titular también presentará a la SEREMI de Salud una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que generará, diferenciando claramente los residuos. Los antecedentes ambientales del PAS 142 se presentan en Anexo 10 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento - Oficios de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de la Bodega de residuos peligrosos. - Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la autoridad.

7.1.15. D.S. N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica”. Tabla 7.1.15. Norma: D.S. N° 54/1994 MINTRATEL. Componente/materia Transporte, calidad del aire y emisiones atmosféricas. Otros cuerpos legales. D.S. N° 144/1961 MINSAL; D.S. N° 4/1994 MTT; D.S. N° 211/1991 MTT; D.S. N° 75/1987 MTT; D.S. N° 47/1992 MINVU; D.S. N°138/2005 MINSAL; D.S. N° 279/1983 MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones: se emplearán vehículos motorizados para diferentes funciones como traslado de insumos, equipos y transporte de personas en las distintas fases del Proyecto. Forma de cumplimiento. El Titular del proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento. - Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. - Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles los registros en las dependencias del Proyecto para la fiscalización de la Autoridad.

7.1.16. D.S. N° 18 de 2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Tabla 7.1.16. Norma: D.S. N° 18/2001 MINTRATEL. Componente/materia Vialidad. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Emisiones atmosféricas durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto los vehículos de carga circularán por vías públicas en horarios comprendidos entre 11:00 a las 17:00 horas. Indicador que acredita su cumplimiento. Planilla de registro de ingreso y egreso de camiones a obras, en el que se especificarán los horarios de salida y entrada, patente del vehículo, carga y nombre del conductor a cargo. Existencia de contrato con proveedores donde se exija el cumplimiento de esta normativa. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.

7.2. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)

7.2.1. Ley N° 17.288/1970 del Ministerio de Educación sobre Monumentos Nacionales. Legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes N° 16.617 y 16.719; deroga Decreto Ley N° 651, de 17 de octubre de 1925. Tabla 7.2.1 Norma: Ley N° 17.288 del MINEDUC. Componente/materia: Patrimonio Cultural y Arqueológico. Otros cuerpos legales. D.S. Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. De acuerdo con lo señalado por el Titular en el Anexo 2-10 de la DIA, en la etapa correspondiente a las labores de prospección arqueológica no se registraron hallazgos de carácter arqueológico y/o históricos asociadas al área del Proyecto, después de recorrer el 100% del AI del Proyecto. Forma de cumplimiento. Para evitar cualquier alteración a elementos culturales no registrados, el Proyecto implementará durante la fase de construcción, ante su eventual hallazgo, las siguientes medidas de prevención, protección y conservación del patrimonio cultural arqueológico: 1. Realización de una charla de inducción arqueológica y paleontológica al personal del proyecto, preparada por un licenciado en arqueología o arqueólogo y paleontólogo, respectivamente, previo al inicio de la fase de construcción, en donde el contenido de estas charlas debe abordar el objetivo de la labor arqueológica y paleontología, su marco legal, el componente arqueológico y paleontológico que se podría encontrar en el área (acompañado de material gráfico) y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se deberá remitir a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales, una constancia de los asistentes a las inducciones realizadas previo al inicio de las obras, junto a sus firmas y los contenidos de esta, así como una síntesis de los comentarios, observaciones y preguntas. 2. Monitoreo arqueológico y paleontológico permanente de las actividades de excavación del proyecto. 3. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto, se realizarán las siguientes acciones: i. Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, por ejemplo) se considerarán 2 metros desde los hallazgos más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. Para el caso paleontológico, si se presenta un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. ii. Dar aviso de manera inmediata al profesional arqueólogo o paleontólogo, según sea el hallazgo o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. iii. Proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. iv. Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro representante del proponente, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990 Indicador que acredita su cumplimiento. - Registro de charla de inducción del personal. - Registro del monitoreo Forma de control y seguimiento. - Comprobantes de reporte en la plataforma de la SMA

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Condición o exigencia 1: Recurso Hídrico. Tabla 8.1. Condición o exigencia Recurso Hídrico. Impacto asociado Recurso Hídrico. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Condición o exigencia La DGA de la Región Metropolitana, mediante Ordinario N° 1045 de fecha 16 de agosto de 2021, señaló lo siguiente: 1. “Este Servicio fundamenta su pronunciamiento Conforme, según se detalla más adelante y en virtud de los antecedentes presentados por el Titular del proyecto, considerando cumplimiento normativo durante el proceso de evaluación de impacto ambiental.Que, tal como se informó al Titular durante el proceso de evaluación, el área de proyecto se localiza en un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Santiago Norte (Acuífero Maipo), de acuerdo con la Resolución DGA N° 286, del 01 de septiembre de 2005 modificada por Resolución D.G.A N° 231, del 11 de octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las Fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico. 2. Que, en la Respuesta 1.18 del Adenda 1 el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de un afloramiento de aguas en Fase de Construcción, medida que debe estar contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, pues dicha medida resulta relevante para la evaluación ambiental del proyecto, pues se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA. Por tanto, la medida a aplicar es la siguiente: “Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva”. 3. Que, en la Respuesta 1.19 del Adenda 1 el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos del área de proyecto, medida que debe estar contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, Por tanto, la medida a aplicar es la siguiente: “En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.” 4. Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. a) Que, durante el proceso de evaluación se informó al Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final siendo necesario mantener un registro, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico. Al respecto, en la Respuesta 5.12 del Adenda el Titular declaró: “El titular aclara que, en la fase de construcción se generarán excavaciones menores para la construcción de cercos y zanjas, cuyo material será reutilizado en su máxima capacidad, por lo que los escombros generados en estas faenas corresponderán exclusivamente a restos de hormigón sobrante, lo mismo que cables, tornillos, alambres u otros materiales para la puesta de los equipos eléctricos y cierre. Por sus características, estos elementos no contienen sustancias peligrosas siendo almacenadas de manera temporal en el Patio de Acopio de este tipo de residuos (véase en detalle en el Anexo 3-2 de la DIA). De la misma forma para la fase de cierre, ya que los residuos sólidos generados corresponderán a los sobrantes del proceso de desmantelar los elementos inertes o que no presentan sustancias peligrosas. Por el contrario, cualquier residuo sólido generado que contenga restos de sustancias peligrosas o elementos que puedan causar detrimento a la calidad de la napa por lixiviación serán dispuestos en la Bodega RESPEL, según se indica en el Anexo 10 de la ADENDA, cuya superficie cuenta con un sistema de retención de derrames o lixiviados, de manera tal que no filtrarán en el suelo y, por tanto, percolarán hacia el nivel freático. Lo antes mencionado, se presenta en detalle en la respuesta a la observación 1.20 de la ADENDA, en específico en la Figura 4”. b) Que, en relación con la acequia sin revestimiento, ubicada de forma paralela hacia el oeste a una distancia mínima de 10 metros del Proyecto aproximadamente, el Titular deberá asegurar que la ubicación del cierre perimetral del proyecto permita el acceso al cauce por parte de la administración de este para ejercer las obligaciones de limpieza y mantenimiento que establece el Código de Aguas. Ello, a fin de que el proyecto fotovoltaico contribuya a respetar la limpieza de las aguas y no se afecte la calidad de las aguas. c) Que, en atención a la aplicabilidad del artículo 8.2.1.1 lera a.2) del PRMS y de Acuífero Somero del área de proyecto como lo señala la consulta 4.17, debiendo precisar que esta consulta no se refiere al Área de Riesgo de Inundación de Cauces Naturales y Cuerpos de Agua (Art. 8.2.1.1 letra a.1.4. del PRMS), según indica el Titular, y que sin embargo también aplica a este proyecto, se debe tener en cuenta que el Titular declaró en la referida Respuesta lo siguiente: “[…] en el Anexo 2-3 Estudio de Suelos de la DIA, se pueden apreciar calicatas 12 calicatas realizadas con profundidades entre 1,15 a 1,45 metros sobre las cuales no se registraron afloramientos de agua […]”. d) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.6 del Adenda 1 el Titular declaró: “El Titular señala que, de acuerdo con el Catastro de Derechos de Agua Concedidos de la Región Metropolitana, correspondiente a la Dirección General de Aguas (DGA), y como se presenta en la 1 del predio del Proyecto no se encuentran pozos con Derechos de Aprovechamiento legalmente constituidos, así como tampoco existen derechos superficiales. Al respecto de la provisión de aguas para las distintas faenas del Proyecto, se indica que éstas serán provisionadas por terceros, que cuenten con los permisos para la extracción actualmente vigentes y en norma, manteniendo en obra o faena registro de estos permisos, por lo que se descarta que el proyecto utilice agua subterráneas o superficiales de pozos cercanos del predio”. e) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.7 del Adenda 1 el Titular declaró: “El titular acoge la observación e indica que será solicitud a los proveedores externos de aguas industriales contar con los registros que acrediten la correcta y en norma extracción de agua a partir de las cuales proveerán al Proyecto (acápite 1.7.5.2 de la DIA). Estos documentos serán mantenidos en obra en caso de fiscalización”. f) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 4.19 del Adenda 1 el Titular declaró: “Tal como se señaló en la respuesta a consulta 1.11 de la presente ADENDA, el Proyecto no pretende realizar modificaciones sobre las pendientes existentes debido a que su uso agrícola actual lo mantienen perfilado y sobre esa condición el Proyecto se podrá implantar. En este sentido, no se prevén efectos o modificaciones al drenaje actual del terreno que alteren o incrementen la escorrentía superficial y/o infiltración de lluvias obras de manejo de aguas lluvias y en consecuencia, no proyectan obras ni cambios en el sistema de drenaje de la zona del proyecto”. g) Que, respecto del Compromiso Ambiental Voluntario de Mejoramiento de Suelos en la comuna de Melipilla, el Titular no declara el origen del agua ser utilizada en el compromiso (subterránea o superficial). Al respecto, es necesario precisar que el Titular debe tener presente que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorgan a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a la disposición de Código de Aguas en sus artículos 5° y siguientes. Por lo tanto, no se podrá hacer uso de aguas sin contar con los derechos de aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA”.

8.2. Condición o exigencia 2: Recurso Suelo. Tabla 8.2. Condición o exigencia Recurso Suelo. Impacto asociado Suelo. Fase del Proyecto a la que aplica Operación y Cierre. Condición o exigencia El Servicio Agrícola Ganadero (SAG), de la Región Metropolitana, mediante Ordinario N° 1692 de fecha 14 de octubre de 2021, señaló lo siguiente: “PAS 160 El titular cumple con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento Permiso Ambiental Sectorial descritos en el Art 160 del DS Nº40, del 2012, del Ministerio del Medio Ambiente. El área del compromiso ambiental voluntario deberá mantenerse en producción mientras dure el proyecto fotovoltaico.

FASE DE CIERRE El titular deberá restituir la condición inicial del suelo en el área del proyecto, independiente de los valores de densidad aparente que presente, cumpliendo con la condición basal que fue descrita en la línea base de suelo es decir todos los criterios establecidos en la Pauta SAG para la clase II y III de Capacidad Uso de Suelo”.

8.3. Condición o exigencia 3: Vialidad Tabla 8.3. Condición o exigencia Vialidad Impacto asociado Vialidad. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Condición o exigencia La Seremi de Obras Públicas de la RM, a través de su Oficio ORD. N° 223/2021 (sea-seia-adenda) del 16 de agosto de 2021, señaló lo siguiente: “El titular podrá dar inicio a las obras del proyecto, cuando se cuente en forma previa con la aprobación del proyecto de Acceso Vial, y, el mismo, se encuentre materializado en terreno con anticipación y con la respectiva recepción de La Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS”

8.4. Condición o exigencia 4: Vialidad. Tabla 8.4. Condición o exigencia Vialidad. Impacto asociado Vialidad. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Condición o exigencia La Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 1881/2021 SRM-RM del 16 de abril de 2021, señaló lo siguiente: 1. “Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. 2. No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. 3. Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. 4. Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. 5. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. 6. Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita. 7. El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. 8. Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. 9. Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. 10. Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. 11. No se realizará acopio de materiales en la vía pública. 12. Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. 13. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 14. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.”

8.5. Condición o exigencia 5: Seguridad. Tabla 8.5. Condición o exigencia Seguridad. Impacto asociado Seguridad, Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Condición o exigencia La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) de la Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 8536 del 31 de marzo de 2021, señaló lo siguiente: 1. “El abastecimiento de combustibles para la maquinaria pesada y equipos en faena, de realizares a través de camión surtidor de combustible, de la DIA en comento, debe cumplir con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, modificado por los Decreto Supremo N° 101/2013 y N° 138/2016, ambos del Ministerio de Energía y el referido camión surtidor debe contar con la Declaración de Camión Tanque de Combustibles Líquidos ante esta Superintendencia. 2. D.F.L. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores. 3. D.S. Nº 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”. 4. D.S. N° 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones posteriores. 5. D.S. N° 244 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que "Aprueba Reglamento para Medios de generación No Convencionales y Pequeños Medios de Generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores. 6. Resolución Exenta Nº 321, del 21 de julio de 2014, del Ministerio de Energía, que dictó la “Norma Técnica con exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema Interconectado Central”, y sus modificaciones posteriores. 7. Resolución Exenta N° 329 de 2013, de la Comisión Nacional de Energía que modifica y aprueba texto refundido de la “Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión” y sus modificaciones posteriores. 8. D.S. N° 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCH Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984". 9. D.S. N° 4188 de 1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”. 10. D.S. N° 1261 de1957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”. 11. Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”. 12. Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos". 13. El generador de 5 kVA de capacidad nominal, de respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, mencionado en el numeral 1.7.5.4 Suministro Eléctrico, de la sección 1.7.5 Suministros Básicos, del CAPÍTULO 1 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, deberán contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”. 14. Las instalaciones interiores de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, para la fase de construcción del Proyecto, conectada a la empresa distribuidora local y al generador, citado en el numeral 13 precedente y destinada al autoabastecimiento a partir de la energía eléctrica generada para la operación del Proyecto, mencionadas en el numeral 1.8.5. Suministro Eléctrico, de la sección 1.8.5 Suministros Básicos, del CAPÍTULO 1 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO, de la DIA en comento, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante esta Superintendencia, mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia” y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

8.6. Condición o exigencia 6: Recurso Suelo. Tabla 8.6. Condición o exigencia Recurso Suelo. Impacto asociado Suelo. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Condición o exigencia La SEREMI de Agricultura de la Región Metropolitana de Santiago, mediante Ordinario N° 236 de fecha 12 de agosto de 2021, señaló lo siguiente: “Efectuar un seguimiento a los 5 -7 años respecto del comportamiento de las condiciones físicas del suelo, en especial de la tosca descrita. Incluir informe de resultado de este compromiso”.

8.7. Condición o exigencia 7: Emisiones, Aguas Servidas, Residuos. Tabla 8.7. Condición o exigencia Emisiones, Aguas Servidas, Residuos. Impacto asociado Emisiones, Aguas Servidas, Residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Condición o exigencia La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, mediante Ordinario N° 2674 de fecha 18 de agosto de 2021, señaló lo siguiente: “En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada. Condicionado a las precisiones y/o consideraciones que se establecen en los Ord. Nº1319/2021 de esta Autoridad Sanitaria Regional y lo siguiente: 1. Normativa de carácter ambiental aplicable 1.1 Emisiones de ruido No se tienen observaciones en materia de acústica ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias, basadas en las medidas de control de ruido y vibraciones, así como los compromisos señalados por el propio titular, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace, la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos y la norma de referencia utilizada en la evaluación de ruido de tráfico vehicular “Ordonnance Sur La Protection Contre Le Bruit” OPB 814.41 de la Confederación Suiza.

8.8. Condición o exigencia 8: Instrumento de Planificación Territorial. Tabla 8.8. Condición o exigencia Instrumento de Planificación Territorial. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Condición o exigencia La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana de Santiago, mediante Ordinario N° 2529 de fecha 18 de agosto de 2021, señaló lo siguiente: “(…) El proyecto queda condicionado a que: Una vez obtenida la RCA favorable, el titular, deberá solicitar en forma sectorial el informe favorable que debe emitir esta secretaria, señalado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para la asignación de normas de urbanización, el que debe ser solicitado por el dueño del predio o predios (al momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones del proyecto, incluidos los paneles fotovoltaicos. El titular obtenga la calificación de instalaciones industriales a que se refiere el art. 4.14.2 de la OGUC (art. 161 del Título VII del Decreto Supremo Nº 40/13) durante el proceso de evaluación del proyecto en cuestión. El titular obtenga la aprobación de un estudio fundado por el organismo competente, según lo indicado por el Art. 2.1.17 de OGUC, debido a que el terreno se ubica en un área de riesgo de inundación de cauces naturales y afloramiento de napa freática”.

8.9. Condición o exigencia 9: Residuos. Tabla 8.9. Condición o exigencia Residuos. Impacto asociado Residuos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Condición o exigencia La SEREMI de Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, mediante Ordinario N° 837 de fecha 17 de agosto de 2021, señaló lo siguiente: “Disponer de un registro en obra, de los talleres autorizados donde se realice la mantención de los vehículos y maquinarias que se utilizarán en el proyecto, observándose que el titular en la respuesta 1.12.i declara que: "Respecto a los residuos producto de la mantención de los vehículos y maquinarias se indica que estos serán generados fuera del predio del proyecto, en sitios autorizados"; lo anterior a objeto de acreditar la adecuada gestión de los residuos peligrosos generados por la mencionada actividad.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Mejoramiento de Suelos. Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario Mejoramiento de Suelos. Impacto no significativo asociado Pérdida de suelo con potencial agrícola. Fase en que aplica Construcción y Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar y/o rehabilitar una superficie de suelo equivalente a la que será utilizada por las obras del proyecto que se emplazarán en suelos clase II y III. Descripción: El proyecto Planta Fotovoltaica Belén 6 MW, localizado en la comuna de Lampa, provincia de Chacabuco, dentro de la Región del Metropolitana, requiere un compromiso voluntario productivo debido a la pérdida de suelo con potencial agrícola en una relación de 1:1 hectáreas. En base a las observaciones del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y por el SEREMI de Agricultura, de la Región Metropolitana, se establece proporcionar un mejoramiento sustancial de la superficie de suelo a mejorar, generando posteriormente una mejora de sus limitantes agrícolas tales como pedregosidad subsuperficial, propiedades químicas o fiscomorfológicas estructurales, aparición de duripán, entre otras. Esto incluye 14.5 hectáreas del emplazamiento del proyecto fotovoltaico, que corresponden a suelos con una Capacidad de Uso de provecho productivo. En el marco del proyecto, la empresa de energías renovables utilizará un total de 14.5 hectáreas catalogadas en el estudio edafológico presentado en la DIA, como Clase II y III; por tanto y según lo acordado con las autoridades competentes, el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) debe enmendar y producir un mejoramiento de 14.5 hectáreas, idealmente dentro de la Región del Metropolitana. El CAV se elaboró con estricto apego a los lineamientos y recomendaciones contenidos en la Guía de Evaluación Ambiental: Recurso Natural Suelo (G- PR.GA-05) año 2011” (SAG, 2011a), cuyo numeral 6.3, considera medidas de mejoramiento de suelos y medidas de rehabilitación de suelos. Dentro de las técnicas de mejoramiento de suelos se requiere cumplir con ciertos antecedentes prediales y de manejo, entre los cuales se encuentran: - Ubicación administrativa del predio, esto incluyendo los límites que definirán el polígono a mejorar. - Estudio edafológico acotado para definir las características del suelo a mejorar y así además definir las técnicas a implementar para el mejoramiento de suelo. - Descripción de cada técnica a utilizar para llevar a cabo el mejoramiento, adjunto con un cronograma de actividades dentro del Compromiso Ambiental Voluntario (CAV), además de inclusión de posibles usos futuros de dicho suelo. El CAV se basa en la aplicación de una o más de las labores antes detalladas sobre un terreno en particular, con lo cual se producirá un mejoramiento medible en alguno de los parámetros utilizados para determinar la capacidad de uso de los suelos. Para la determinación de las capacidades de uso de los suelos, se han utilizado los parámetros establecidos en la Pauta para Estudio de Suelos (SAG, 2011b). Justificación: El Proyecto requiere presentar el CAV debido a que una porción del área de estudio en donde se emplazaría este se efectuaría en un suelo con Capacidad de Uso de Suelo Clase II y III. Lugar, forma y oportunidad de implementa ción Lugar: Pivote Lara, propiedad de Agrícola Robledal Ltda., Comercial Guitre Ltda., Guillermo Enrique Manzor Ureta y Luis Lara Retamal, en el sector de Lumbrera de Puangue, comuna de Melipilla. Los roles involucrados son: 2022-360; 2022-73; 2022:72; 2022-80; 2022-81. Forma: Como procedimiento general se utilizó, en una primera instancia, para la identificación de los suelos de los predios, la información entregada por CIREN (2006) a través de las Ortoimágenes correspondientes y respaldadas por el Estudio Agrológico de la Región Metropolitana (CIREN, 1996). Con dicha información se logró una aproximación de la Capacidad de Uso de Suelo. Además, de aquello se utilizó Google Earth Pro y el servidor Bing para la extracción de imágenes satelitales y para analizar y procesar la información entregada por las diferentes fuentes se utilizó el software Quantum GIS 2.14 (QGIS). En base a lo expuesto anteriormente, la búsqueda de terrenos aptos para un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV), se orientó a las áreas con mayor potencial agrícola, ya sea de secano o bajo condiciones de regadío, las cuales normalmente se enfrentan a problemas de micro relieve accidentado, profundidad efectiva limitada, drenaje insuficiente y/o pedregosidad abundante. Para el caso específico del proyecto fotovoltaico Belén, se solicitó la búsqueda de terrenos con características edáficas limitantes que estén asociadas a Capacidades de Uso de Suelo IV, especialmente asociados a la Serie Pudahuel, que presenta una clara problemática con un duripán arenoso compactado por sílice. En lo que se refiere a la descripción del compromiso se debe señalar que: - El compromiso voluntario consta de dos etapas, que se describen a continuación: a. Selección de predios posibles: corresponde a la primera etapa y consiste en la identificación, selección y caracterización edafológica de 14.5 ha de suelos Clase IV, localizados en la comuna de Melipilla en suelos que pertenecen principalmente a la Serie Pudahuel, a ser rehabilitados. Al finalizar esta etapa se realizará un informe que presente como antecedentes entre otras cosas el rol de la propiedad, serie de suelo, características edáficas, medidas que se realizarán y análisis de suelos correspondientes. b. Aplicación de la medida de rehabilitación de suelo: corresponde a la segunda etapa y considera la aplicación del subsolado para la descompactación del suelo o la ruptura del duripán, entre otras medidas, en las 14.5 ha de suelos previamente seleccionadas. Al finalizar esta etapa se realizará un informe que contenga los resultados de la aplicación de la medida junto con las conclusiones. En este punto se deben agregar actividades de rehabilitación de los suelos post-subsolado, ya que parte del duripán aflora en superficie, tanto en fragmentos de gran tamaño, como medios y pequeños. Se procedió a buscar suelos en los que se puedan realizar mitigaciones y mejoras permanentes en el recurso suelo, con Capacidad de Uso de Suelo Clase III y IV, en las comunas de María Pinto y Melipilla. Precisamente el requerimiento de las autoridades, de generar suelos productivos para habilitar nuevos terrenos para plantaciones y cultivos, es lo que permite considerar dicha superficie como potenciales áreas del CAV proyectado, ahora bien, existen limitaciones que se deben buscar para poder mejorarlas con técnicas agronómicas medibles y visibles tanto para productores como autoridades. Posteriormente se realizaron campañas de terreno dentro de las comunas de María Pinto y Melipilla, en donde finalmente se decidió llevar a cabo el trabajo de terreno dentro de las propiedades de Agrícola Robledal Ltda. y Comercial Guitre Ltda., en el sector de Lumbrera de Puangue en la comuna de Melipilla, en donde se realizaron calicatas para corroborar la información entregada por las fuentes anteriormente señaladas, Minagri y CIREN. Se debe destacar que existen dos propiedades que se expresan en el cuadro 1 que se encuentran en proceso de cambio de propietario hacia la Agrícola Robledal Ltda., de hecho todo el pivote de riego que se presentará en este informe funciona como una sola unidad productiva, se divide en este caso en los propietarios solamente para ser concordantes con la información entregada por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Dentro del predio se encuentra claramente una limitante típica de la Serie Pudahuel (PUD), que es la aparición de una estrata cementada con características de duripán, sobre todo cuando el perfil de suelo se encuentra seco. En este informe se proponen técnicas agronómicas con enfoque en la mejora del drenaje y de la profundidad efectiva, para así mejorar la penetración e incursión radicular en el recurso suelo, y así mejorar la capacidad productiva de los suelos, especialmente para el establecimiento de cultivos frutales, ya que existen bastantes proyectos futuros de incursión en distintos cultivos frutícolas, desplazando parte de lo que tradicionalmente tanto Agrícola Robledal Ltda., así como también Comercial Guitre Ltda., se han dedicado a producir, que es maíz, tanto para alimentación avícola, como para la agroindustria de los snacks. Una vez presentada la superficie por parte del propietario, se procedió a catalogar el suelo y su Capacidad de Uso de Suelo durante las campañas de terreno realizada durante los meses de abril y mayo del 2021. Del total de lo presentado en este pivote de riego (Pivote Lara), este informe se enfocará en las 14.5 hectáreas necesarias y que serán descritas con posteridad en este informe para así ser utilizadas como parte del mejoramiento productivo por la pérdida de recurso suelo productivo en la comuna de Lampa, debido a la construcción del Proyecto Fotovoltaico Belén. A continuación, se presentan la totalidad de las 14.5 hectáreas analizadas, dentro del Pivote Lara (total 38ha).

 Características generales del terreno seleccionado. Los parámetros edafológicos generales encontrados en el predio de la comuna de Melipilla, para la ejecución de un Compromiso Ambiental Voluntario son los siguientes: - La profundidad efectiva real del suelo se ve limitada fuertemente por la aparición de un hardpan (duripán) o en algunos casos un fragipán que ha sido reblandecido por inclemencias climáticas, principalmente riego tardío de maíz. Además, por pertenecer a la Serie Pudahuel, es irregular en cuanto a profundidad efectiva, siendo las partes más bajas del campo, las con algunos problemas claros de drenaje. - Tanto el duripán como el fragipán limitan fuertemente el desarrollo radicular de los cultivos, así como también la infiltración y percolación del agua. - Movimientos horizontales del agua debido a lomajes suaves. - Desuniformidad de cultivo, debido a riego con pivote central en suelos con diferentes profundidades efectivas.

 Técnica por implementar en el Compromiso Ambiental Voluntario. En base a las características edafológicas anteriormente señaladas, a continuación, se describen las técnicas a utilizar y el fundamento teórico de cada una de ellas: - Subsolado: tanto las arenas pumicíticas con sílice que componen el duripán como otros materiales particulados más finos deben ser fracturados para así mejorar la profundidad efectiva del suelo, así como también la percolación del agua y la exploración y penetración de las raíces. Se ultilizará en primer lugar un Bulldozer D9 con un subsolado de un metro para fracturar primitivamente el duripán en una dirección. Posteriormente, se utilizarán máquinas excavadoras (30tons) con un equipo tridente (garra) capaz de penetrar a los menos 90cm del suelo, para así asegurar una mejora productiva sustancial del suelo comprometido. Se utiliza tridente de forma posterior al bulldozer, y en direcciones contrarias para así lograr la total fractura del duripán. - Extracción de fragmentos de gran tamaño: Se procederá a la extracción de fragmentos de duripán que queden en superficie, y los cuales no pueden ser mullidos por los diferentes equipos de preparación de suelos. Estos fragmentos de gran tamaño serán retirados por camiones tolvas a sectores prediales que se encuentren en desuso, normalmente esquinas entre pivotes. - Pulverización de fragmentos medios: Se utilizará la máquina Xpel 220 para así poder triturar los fragmentos de tamaño medio que queden en superficie, y que aún generen alguna problemática para las labores de preparación de suelos, siembra o cosecha. - Nivelación: Se debe utilizar un equipo de nivelación para asegurar que la utilización del subsolado no desniveló el terreno en forma tal que el pivote de riego no tenga problemas para desarrollar sus funciones. - Rastra: Posterior al paso de los equipos nombrados anteriormente, es necesario rastrear el terreno, para así asegurar que no queden grandes de duripán en superficie que dificultarían otras labores agrícolas como la siembra.

Oportunidad de Implementación: Durante la fase de construcción Proyecto.

Para mayores antecedentes revisar el Anexo 2 – Actualización de CAV de la Adenda Complementaria. Indicador de cumplimien to. Los indicadores para evaluar la calidad de las labores realizadas se exponen a continuación y se incluyen Indicadores de avance o parciales e Indicadores finales. En base a la información recabada en las mediciones se harán las correcciones del caso si fuesen necesarias para completar las especificaciones indicadas. En la tabla dispuesta a continuación, aparecen los parámetros a considerar en el seguimiento de la implementación del plan del mejoramiento de suelos establecido con anterioridad, en él se desglosan los objetivos a alcanzar y los indicadores de cumplimiento establecidos por los especialistas, además de su metodología.

Tabla 19. Labores e indicadores de avance del CAV Labores de Mejoramiento de Suelo Objetivo Indicador de Cumplimiento Método logía Intensidad de Muestreo Parámetro Aprobación Subsolado Bulldozer D9 Fracturar en un sentido el duripán al menos a 80cm de profundi Profundidad del subsolado a 80 cm. Martill o de penetra ción ligera debe ingresa r con 25 muestras por hectárea 20 cumplen con enterrarse a 80 cm de profundidad dad, para así facilitar faenas de excavado res facilida d al suelo (en fractura s) Subsolado con tridente (garra) Lograr des compacta r el suelo y traer a superfici e fragment os de duripán de tamaño grande, medio y pequeño Profundidad del subsolado a 80 cm. Realiza r calicata para observa r fractura del horizon te C2m, observa r mezcla del recurso suelo en los 70 cm trabaja dos Dos muestras por hectárea 80% de las muestras cumplen con el indicador Nivelación Eliminar huellas de maquinar ia, nivelar nuevame nte el terreno. En ningún punto del área de estudio la pendiente debe superar el 4% Medici ón topográ fica Dos muestras por hectárea Un 70% de las mediciones debe cumplir con el indicador Retiro de fragmentos de gran tamaño Retirar mediante carga de camiones tolvas con excavado ra de 14 ton No se deben observar fragmentos de más de 30 cm de diámetro en superficie Formar cuadran tes de 50 m2. Una por hectárea 80% de los muestreos no deben tener fragmentos superiores a 30 cm de diámetro Moledora de piedras Facma Xpel 220 Eliminar fragment os de tamaño medio Fragmentos de duripán en superficie no deben superar en promedio los 4 cm de diámetro Formar cuadran tes de 50 m2 Una por hectárea 80% de los muestreos no deben tener fragmentos superiores a 4 cm de diámetro Rastra Rotura de fragment os de duripán y terrones de tamaño medio y pequeño Porcentaje de fragmentos de duripán menores a 3 cm en superficie Medir pedreg osidad en área de 1 x 1 m 15 muestras por hectárea Poseer fragmentos de duripán de diámetro menos a 25 cm en superficie (al menos 85%) Fuente: Tabla s/n del Anexo 2. Actualización Compromisos Voluntarios de la Adenda Complementaria El objetivo de que todos los parámetros cumplan las expectativas y sean catalogadas como eficientes, es precisamente habilitar los terrenos para hacer del suelo, un recurso productivo ya sea dentro del área de la fruticultura, o bien, dentro de los cultivos extensivos. Forma de control y seguimiento Se estregará un informe a la autoridad competente que dé cuenta del estado final del terreno en donde ejecutará el CAV luego de las labores realizadas. A partir de lo señalado por la SEREMI de Agricultura de la Región Metropolitana de Santiago, mediante Ordinario N° 236 de fecha 12 de agosto de 2021, el titular deberá “Efectuar un seguimiento a los 5 -7 años respecto del comportamiento de las condiciones físicas del suelo, en especial de la tosca descrita. Incluir informe de resultado de este compromiso”.

9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Monitoreo y charla arqueológica. Tabla 9.2. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo y charla arqueológica. Impacto no significativo asociado Afectación al patrimonio arqueológico (verificación que no se generen impactos de significancia). Fase en que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se espera el resguardo de los potenciales elementos patrimoniales no detectados en el levantamiento de la LdB Arqueológica del proyecto (Anexo 2-10 de la DIA) y que los trabajadores tengan nociones respecto a esta componente, para poder reconocerla. Descripción: Se realizará una charla previa al inicio de las actividades de movimiento de tierras superficiales y subsuperficiales (excavaciones de zanjas de cableado y centros de transformación). Además, durante las faenas de excavación (excavaciones de zanjas de cableado y centros de transformación) se realizará un monitoreo arqueológico permanente. Ambas actividades serán realizadas por arqueólogo/a o licenciado en arqueología, según lineamiento establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales. Justificación: Resguardo de los potenciales elementos patrimoniales no detectados en el levantamiento de la LdB Arqueológica del proyecto debido a alta obstrusividad del predio de las partes y obras del proyecto (Anexo 2-10 de la DIA). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio del proyecto, específicamente en las zonas de excavaciones. Forma: Previo al inicio de la fase de construcción, específicamente antes de las faenas de excavación, se llevará a cabo una charla de inducción y capacitación a los trabajadores y profesionales encargados de estas faenas, donde se especifiquen conceptos tales como la normativa aplicable para la protección del patrimonio arqueológico y la forma de reconocimiento de potenciales hallazgos no identificados. Esta capacitación contará con una presentación, la firma de los participantes y fotografías de esta. Por otro lado, se considera un monitoreo permanente a las actividades de excavación por parte del especialista, de tal como de proteger y salvaguardar los potenciales hallazgos no identificados debido al movimiento de la capa superficial y subsuperficial de suelo producto de las excavaciones (zanjas de cableado y centros de transformación). Ambas actividades, tanto capacitación como monitoreo serán realizadas por arqueólogo/a o licenciado en arqueología, según lineamiento establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales. Oportunidad: Charla previa al inicio de la fase de construcción; Monitoreo será realizado durante el primer mes de la fase de construcción, en cuyo tiempo se realizarán todas las faenas de excavaciones según se especifica en el acápite 1.7.1.3 de la DIA. Indicador de cumplimiento Lugar: Predio del proyecto, específicamente en las zonas de excavaciones. Forma: Previo al inicio de la fase de construcción, específicamente antes de las faenas de excavación, se llevará a cabo una charla de inducción y capacitación a los trabajadores y profesionales encargados de estas faenas, donde se especifiquen conceptos tales como la normativa aplicable para la protección del patrimonio arqueológico y la forma de reconocimiento de potenciales hallazgos no identificados. Esta capacitación contará con una presentación, la firma de los participantes y fotografías de esta. Por otro lado, se considera un monitoreo permanente a las actividades de excavación por parte del especialista, de tal como de proteger y salvaguardar los potenciales hallazgos no identificados debido al movimiento de la capa superficial y subsuperficial de suelo producto de las excavaciones (zanjas de cableado y centros de transformación). Ambas actividades, tanto capacitación como monitoreo serán realizadas por arqueólogo/a o licenciado en arqueología, según lineamiento establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales. Oportunidad: Charla previa al inicio de la fase de construcción; Monitoreo será realizado durante el primer mes de la fase de construcción, en cuyo tiempo se realizarán todas las faenas de excavaciones según se especifica en el acápite 1.7.1.3 de la DIA. Forma de control y seguimiento Reporte único enviado a la SMA con copia al CMN, treinta (30) días hábiles con posterioridad de haberse realizado la charla previa al inicio de las actividades de movimiento de tierras superficiales y subsuperficiales.

9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Comunicación sobre tránsito de Proyecto. Tabla 9.3. Compromiso ambiental voluntario Comunicación sobre tránsito de Proyecto. Impacto no significativo asociado No aplica. Fase en que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar interferencia en el desplazamiento de la población producto del paso de vehículos por el Camino Lo Echevers durante la fase de construcción del Proyecto. Descripción: El Titular implementará Comunicación con la población aledaña para informar del desplazamiento de camiones transportando insumos y materiales durante la fase de construcción del Proyecto. Justificación: Por viajes de vehículos y camiones, fundado en el transporte de materiales de construcción e insumos eléctricos, el Titular dará aviso a los representantes de las organizaciones comunitarias identificadas en el área de influencia del Proyecto (Anexo 2-7 de la DIA), a saber: - Junta de Vecinos La Primavera. - Junta de Vecinos Los Chorrillos. - Comité de adelanto los Aires de Miraflores. - La comunicación tendrá como finalidad informar sobre camiones y vehículos circulantes por Proyecto; horario de desplazamiento de camiones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Camino Lo Echevers. Forma: Se entregará información a Junta de Vecinos de sector vía telefónica y/o correo electrónico, dando a conocer flujo vehicular que tendrá el Proyecto y estableciendo canal de comunicación claro para recibir comentarios por parte de vecinos/as. Esto implica, por parte del Titular, la designación de un encargado y el establecimiento y desarrollo de un medio de comunicación expedito. Oportunidad de Implementación: durante fase de construcción. Indicador de cumplimiento. Respaldo digital de los correos o mensajes enviados a los dirigentes. Forma de control y seguimiento Registro de comunicación con información entregada en oficina de instalación de faenas.

9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: Programa Perturbación Controlada Liolaemus tenuis (lagartija esbelta). Tabla 9.4. Compromiso ambiental voluntario Programa Perturbación Controlada Liolaemus tenuis (lagartija esbelta). Impacto no significativo asociado Fauna (especie de baja movilidad): inducir el desplazamiento de los individuos de las especies de baja movilidad que se encuentran en el área de intervención del Proyecto, para que de esta manera no se afecte a los individuos de Liolaemus tenuis (lagartija esbelta) encontrados en el área del proyecto Fase en que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectación, durante la fase de construcción, a Liolaemus tenuis (lagartija esbelta). Descripción: El Titular implementará una Perturbación Controlada de Liolaemus tenuis (lagartija esbelta). Esta acción consiste en la remoción en forma manual de refugios (vegetación, rocas y piedras) de las especies de interés previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras (SAG, 2012). Esta medida, a su vez contempla el retiro de los restos de vegetación y piedras para evitar una futura recolonización de las especies. Justificación: Presencia de esta especie en el área de intervención del Proyecto. En cuanto a lo metodológico, esta se fundamenta en los lineamientos entregados por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), en la “Guía de Evaluación Ambiental: Componente Fauna Silvestre” (SAG, 2016) y en la “Guía Técnica Para Implementar Medidas de Rescate/Relocalización y Perturbación Controlada” (Torres y Murra, et al. 2015). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de intervención del Proyecto. Forma: Se realizará la actividad en el total de la superficie de intervención del Proyecto, requiriéndose la intervención de tres (3) profesionales, por dos días. Para determinar el éxito del programa de perturbación controlada se desarrollarán las siguientes acciones: - Asegurar que la población fue efectivamente desplazada (estimación riqueza y abundancia). - Evaluar la localización final de la población. - Evaluar la re-ocupación de los ambientes liberados en el caso en que las obras no se ejecuten inmediatamente. - Asegurar que las áreas donde serán desplazados los individuos se mantienen en óptimas condiciones. Oportunidad de Implementación: Previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto Indicador de cumplimiento. Posterior a las actividades de perturbación, se realizará un recorrido a pie, con la finalidad de verificar la ausencia de ejemplares de las especies objetivo de este Plan. De este modo, el indicador de éxito consistirá en la ausencia de individuos en el área perturbada (indicador: n° de individuos visualizados antes y después de la perturbación). Por lo tanto, el presente plan se considerará efectivo, cuando, al realizar el recorrido de verificación no se observaron ejemplares de las especies objetivos. En caso de observar individuos durante este recorrido, se deberá implementar nuevamente la metodología propuesta en este Plan, con el fin de perturbar a los ejemplares que hayan ingresado nuevamente al área. De este modo, la medida debe aplicarse hasta liberar por completo el área a intervenir. Una vez aseguradas las zonas perturbadas, se darán por liberadas permitiendo el ingreso de maquinaria para el roce y despeje de vegetación y/o acondicionamiento de suelo para el inicio de construcción de obras. Forma de control y seguimiento Todos los resultados provenientes del plan de perturbación controlada serán documentados en un informe el cual será presentado a la SMA y SAG treinta días hábiles luego de haberse realizado las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras. Este documento, deberá tener como mínimo los siguientes apartados: - Caracterización del sitio de origen y destino al momento de la ejecución del plan. - Registros fotográficos de la ejecución de la medida y especies avistadas. - Los resultados y principales hallazgos del plan de perturbación controlada. - Conclusiones sobre el éxito de la medida

9.5. Compromiso ambiental voluntario 5: Restitución a la Condición Original de Suelo. Tabla 9.5. Compromiso ambiental voluntario Restitución a la Condición Original de Suelo. Impacto no significativo asociado Uso de suelo por obras permanentes. Fase en que aplica Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restituir la condición de suelo en el área del Proyecto. Descripción: Una vez terminada la fase de cierre del Proyecto y una vez se haya hecho el retiro de todas las estructuras construidas, se realizará un análisis de densidad en los primeros 0,25 m de profundidad. De esta forma se podrá cuantificar el efecto del Proyecto en la compactación del lugar con relación a las condiciones anteriores a este. Si los valores densidad aparente superan los determinados en forma previa a la fase de construcción del Proyecto, se ejecutarán las medidas propuestas y se medirá nuevamente la densidad del suelo superficial. Justificación: Realizar las acciones necesarias para mantener las propiedades edafológicas y biológicas del suelo una vez ejecutada la fase de cierre del Proyecto. Lugar, forma y Lugar: Las medidas por considerar una vez terminado el proyecto en oportunidad de implementación zonas de alto impacto en cuanto a densidad aparente (compactación del suelo), estas son zanjas, y zonas de caminos interiores, principalmente. Forma: - Subsolado: el área afectada será trabajada con arado escarificador. En el caso particular del suelo del proyecto Planta Fotovoltaica Belén 6 MW, es de crucial importancia utilizar un escarificador y no un arado de vertedera, debido a la salinidad existente en el suelo, cuya formación y evolución genética ha generado un alto pH y una elevada conductividad eléctrica (CE). - Equipo de nivelación con pala diagonal impulsado por tractor de 85HP. - Rastra de discos: Posterior al subsolado, se aplicará una labranza secundaria, superficial mediante una rastra de discos con el objetivo de disgregar los terrones. - Determinación de densidad aparente. - Repetición total o parcial de las medidas en caso de ser necesario. Oportunidad de Implementación: Una vez terminada la fase de cierre del Proyecto y una vez se haya hecho el retiro de todas las estructuras construidas. Indicador de cumplimiento. Los indicadores que determinarán el éxito de las actividades de restauración serán los parámetros de caracterización y evolución, que corresponden a la densidad aparente del suelo. Por lo tanto, se caracterizará la compactación del suelo en puntos de control (los cuales serán determinados previo a la fase de construcción donde el especialista recorre los sectores y definirá los puntos de control, dejando registro fotográfico y toma de muestra del suelo del punto de control evaluado), determinando la densidad aparente del suelo. En consecuencia, se procurará restaurar la densidad del suelo lo más símil a las condiciones previas a la construcción. El seguimiento de la compactación se realiza previo al inicio de la Fase de Construcción para cuantificar la compactación histórica del lugar y cómo evoluciona en el transcurso del proyecto. Con los resultados de laboratorio posteriores a la realización de las medidas (última etapa), se evaluará la necesidad de aplicar nuevamente la medida propuesta (descompactación) y se elaborará un informe que identificará en cada punto de control la obtención de los siguientes datos: - Georreferenciación del punto de control. - Compactación existente previa a la instalación de la obra del sector o unidad. - Compactación existente una vez finalizada la fase cierre. - Compactación existente posterior a la aplicación de la medida (en caso de ser necesaria la implementación de la medida). Una vez ejecutada la medida en el cierre del proyecto (descompactación), se realiza la última medición de densidad para verificar si la medida requiere re ejecutarse en el caso que la compactación del suelo no sea igual o menor a la encontrada previo a la construcción. Por otra parte, el Titular se compromete a muestrear las condiciones físicas, químicas y biológicas del suelo del área del proyecto al inicio de la fase de construcción, para así generar una muestra testigo, que será finalmente en la que se basarán manejos posteriores. Este análisis se realizará en puntos de control distribuidos en el área del proyecto (los cuales serán determinados previo a la fase de construcción). Dichas muestras testigo debe tomar en consideración los siguientes parámetros: Tabla 20. Parámetros de muestreo Propiedades Parámetros por considerar Física Densidad aparente (terrón), densidad real, retención de humedad, espacio poroso. Química pH, Conductividad eléctrica, materia orgánica, nitrógeno disponible, fósforo disponible, potasio disponible, Cationes intercambiables (Ca, Mg, K,Na), CIC, microelementos disponibles (Fe, Mn, Zn, Cu, B), RAS, Aniones (CI, SO4, HCO3). Biológica Análisis de nematodos, análisis fitopatológico, Multi residuos. De acuerdo con lo señalado por el Titular en la respuesta 1.1 de la Adenda Complementaria, una vez finalizada la fase de cierre del Proyecto, se realizará un segundo muestreo de tales propiedades, de tal manera de poder cuantificar el efecto del Proyecto en la compactación en el lugar con relación a las condiciones anteriores a este. Forma de control y seguimiento Una vez ejecutada la medida (finalizada la fase de cierre), se enviarán los informes que den cuenta de las medidas a la SMA y SAG, con un mes posterior a ser realizado los estudios de laboratorio.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

Tabla 10.1.1. Riesgo o contingencia 1: Sismo. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre: - Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. - En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. - El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. - En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente.

Fase de Operación: Se realizará charla de inducción a los operarios encargados de mantención, las cuales abarcarán plan de evacuación, zonas de seguridad, programa de comunicaciones, etcétera. Forma de control y seguimiento Todas las Fases: Existirá registro de todos los procedimientos de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.2. Riesgo o contingencia 2: Riesgo de remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre: - Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. - En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. Fase de Operación: Se realizará charla de inducción a los operarios encargados de mantención, las cuales abarcarán plan de evacuación, zonas de seguridad, programa de comunicaciones, etc. Forma de control y seguimiento Todas las fases: Existirá registro de todas las capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.3. Riesgo o contingencia 3: Derrames. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento de sustancias y combustibles. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todas las fases del Proyecto: - La manipulación de productos químicos se realizará acorde a la normativa vigente. - Se capacitará al personal que manipule este tipo de productos. - Aun cuando no se contemple el almacenamiento de productos peligrosos en faena, se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud, esto considerando que los equipos y maquinarias en obra utilizan productos de este tipo (combustibles y aceites lubricantes). - Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud (Kit de Derrames). - Los transformadores contarán con pretil y geomembrana. - En las emergencias que afecten al componente suelo y que impliquen remoción de éste, se tomarán muestras de suelo durante y posterior al incidente, con el objetivo de verificar el éxito de la medida implementada en el lugar, se debe señalar los responsables del seguimiento de las acciones implementadas. Además, se considerará la toma de muestras en sectores no afectados por la emergencia, para obtener valores de comparación. Los análisis serán realizados en laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Normalización (INN) Forma de control y seguimiento Todas las fases del Proyecto: Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de productos químicos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización Referencia a documentos del expediente de evaluación que Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda contenga la descripción detallada Complementaria.

Tabla 10.1.4. Riesgo o contingencia 4: Riesgo de Derrames de aguas residuales de lavado de canoas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizarán capacitaciones a los trabajadores en relación al procedimiento de contingencia asociado. - El procedimiento considera instalar un polietileno grueso impermeable, como medida de protección para evitar la contaminación del suelo, el cual será revisado periódicamente con el fin de detectar cualquier imperfección o desgaste de material. - Se dispondrá de sistemas preventivos con el objeto de evitar derrames accidentales por fugas o roturas de las canaletas de los camiones hormigoneros. - Se privilegiará el uso de camiones que dispongan sus propios sistemas de retención de derrames o vertidos accidentales. - Para evitar algún tipo de goteo o filtración, se comprobará que las canaletas se encuentren en buen estado, además de encontrarse vacías antes del siguiente proceso de hormigonado y su posterior lavado Forma de control y seguimiento Todas las fases del Proyecto: Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre el lavado de canoas. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.5. Riesgo o contingencia 5: Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de Faena. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todas las fases del Proyecto: Para minimizar eventuales efectos ambientales derivados de fuga o derrame de residuos, se proveerá al personal a cargo de las herramientas y elementos de contención de derrames, tales como: - Palas. - Escobillones. - Arena o producto similar para la absorción de producto. - Recipientes. - Guantes. - Tambores vacíos. - Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el jefe de Operación y Mantenimiento del Proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición.

Residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos Fase de construcción y cierre: - Los sitios de almacenamiento de residuos estarán debidamente señalizados y delimitados. - Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. - Los residuos domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos comprometidos evitando así la generación de vectores. Fase de operación: La fase de operación no contempla mano de obra en planta, razón por la cual no se contempla el almacenamiento de residuos domiciliarios, siendo retirados de forma diaria conforme a la ejecución de las mantenciones. Forma de control y seguimiento Todas las fases del Proyecto: Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.6. Riesgo o contingencia 6: Riesgo de Incendio. Fase del Proyecto a la que aplicas Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre: - Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. - Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. - Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto, conforme a lo indicado en la O.G.U.C. y guías de almacenamiento de sustancias químicas emitidas por el Servicio de Salud. - Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). - En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA. Fase de Operación: - Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. - Bajo ninguna circunstancia se contempla el almacenamiento de materiales en las instalaciones de EPV. - En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA. - Se contará con un Sistema de Videovigilancia, el cual está compuesto por los siguientes elementos: a. Sistema perimetral térmico, para detectar y reconocer intrusiones con la ayuda de cámaras termias con el objeto de proteger el perímetro de planta y sus accesos. b. Sistema de supervisión de campo, utilizando las cámaras móviles tipo domo como complemento de las cámaras térmicas y como elemento de supervisión técnico de la planta. c. Sistema de transmisión de alarmas, (integrado en central de alarmas) para gestionar y tramitar las incidencias a la Central Receptora de alarmas y, posteriormente previa verificación, comunicas a las fuerzas de seguridad del Estado. d. Sistema disuasorio básico, mediante un Kit de balizamiento acústico/visual ubicado en cada columna del perímetro, así como un puesto central de audio en local y con conexión remota (streaming de audio). e. Sistema de control de accesos, mediante un sistema de activación desactivación del sistema de seguridad. f. Sistema de integración, que permita unificar todo el equipamiento en una única interface con el usuario final para simplificar la gestión.

Transmisión de la alarma: El Proyecto contará con un Sistema de Videovigilancia que contará con una Central de Alarmas, que recibirá las alarmas del sistema perimetral. Módulo Interface de Intrusión, que integrará el sistema de seguridad perimetral con la Central de Alarmas de la Planta, para poder enviar las incidencias a la Central Receptora de Alarmas. Medidas de prevención: Reducción del riesgo de ocurrencia: a) De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso al número de emergencia 132 de Bomberos; b) Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.7. Riesgo o contingencia 7: Riesgo por Accidentes de Tránsito asociados al Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos por utilizar en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Todas las fases del Proyecto: - Se dispondrá de señalización clara, visible y adecuada, tanto diurna como nocturna, lo cual será presentado para consideración de la Dirección de Vialidad antes de su instalación. - Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. - Todos los vehículos y maquinarias deberán estar en buen estado, contarán con sus revisiones técnicas y gases vigentes, así como sus permisos de circulación al día, tal como lo indica la normativa. - El personal a contratar para manejar los camiones o maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (Nº 18.290). - Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. - El transporte de materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. - Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito. - El peso de los camiones cargados no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones a todos los trabajadores del Proyecto durante la Fase de Construcción del Proyecto. Las capacitaciones se realizarán al momento de ingreso del trabajador y se reforzará en forma permanente a lo largo de la Fase de Construcción. De forma adicional, se mantendrá un registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.8. Riesgo o contingencia 8: Riesgo de rotura de paneles fotovoltaicos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de Paneles fotovoltaicos durante la fase de construcción, en la fase de operación (generación de electricidad y actividades de mantención y conservación), y desmantelamiento de los paneles durante la fase de cierre. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre: - Se capacitará al personal de obra, para dar aviso inmediato ante desperfectos o trizaduras de paneles, los cuales serán retirados por la empresa proveedora del servicio o encargada de reciclaje. Esta capacitación será realizada por personal idóneo, en un lugar adecuado y habilitado para tal fin. Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que, ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio sobre los paneles que amerite su reemplazo, se procederá su retiro, y éste será tratado como Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser reciclado para ser destinado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. - Lo anterior será establecido mediante cláusulas de contrato con las empresas encargadas de realizar el servicio. Fase de Operación: El Sistema de Vigilancia remoto, en línea y en tiempo real, permitirá, en el momento identificar un desperfecto en los paneles y su respectiva revisión para posterior recambio. Asimismo, estos desperfectos o roturas podrán ser identificados mediante inspecciones y/o mantenciones en Planta. Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que, ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio sobre los paneles que amerite su reemplazo, se procederá su retiro, y éste será tratado como Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser reciclado para ser destinado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. Lo anterior será establecido mediante cláusulas de contrato con las empresas encargadas de realizar el servicio. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: - Se elaborarán registros de las capacitaciones realizadas al personal específico sobre la revisión del estado de los paneles fotovoltaicos y aviso de recambio en caso de ser necesario. - Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. - Se elaborarán registros de las inspecciones de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos. Fase de Operación: - Se elaborarán registros de las inspecciones de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos. - Cabe hacer presente que la revisión de roturas de paneles, durante la fase de operación, será realizada por personal especializado y capacitado para estas labores mediante mantenciones programadas, esto último considerando que no existirá mano de obra en planta (permanentes) por tanto no se requerirá de capacitaciones durante fase de operación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.9. Riesgo o contingencia 9: Riesgo de derrame de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica durante operación y baños químicos durante construcción y cierre. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ante cualquier falla, ya sea de baños químicos o fosa, se dejará inmediatamente de usar el servicio y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. - Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. - En el caso de baños químicos estos serán reemplazados de inmediato. - En el caso de la fosa, se instalarán de inmediato un baño químico y se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. - Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema y/o restituido el baño químico, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. - Luego de la restitución del servicio se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Forma de control y seguimiento Verificación del estado del sistema sanitario. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.10. Riesgo o contingencia 10: Riesgo de emisión de hedores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo se realizará las siguientes medidas: - Los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas. Forma de control y seguimiento - Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. - Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.11. Riesgo o contingencia 11: Accidentes e incidentes con Fauna Silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el fin de reducir los riesgos de accidentes e incidentes con Fauna Silvestre se deberán ejecutar las siguientes medidas: - Durante la fase de construcción, y cada vez que se realice una faena que requiera el uso de maquinarias, se realizará una revisión visual y pedestre de la zona a intervenir, de modo de verificar que no se vea afectada la posible fauna silvestre. En caso de encontrar fauna en mal estado o herida, se llevarán a cabo las medidas protocolares indicadas para el caso de emergencia. De igual manera, al momento de habilitar zonas paras las instalaciones de faenas. - Se implementarán límites de velocidad para los trabajadores y operarios que se encuentren operando vehículos durante todas las fases del Proyecto. Los límites serán informados a todo el personal y las empresas contratistas durante las distintas fases. - Se instalará señalética respecto a la velocidad máxima permitida. - Se realizará capacitación a los trabajadores, una vez en cada fase del proyecto, en las que también se abordará el manejo de los residuos, la prohibición de alimentar a la fauna silvestre - para evitar el acercamiento de fauna silvestre-, la prohibición de tenencia perros, entre otros Forma de control y seguimiento Registro de cada capacitación que incluya listado de asistentes, profesionales a cargo, y registro fotográfico. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.1.12. Riesgo o contingencia 12: Afloramiento de aguas subterráneas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de excavación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para descartar el riesgo de inundación el Titular del Proyecto realizó un Estudio de Riesgo Fluvial, que se encuentra en el Anexo 5 de la Adenda, señalando en este que para determinar el área de inundación fue necesario realizar una modelación hidráulica y comparar las cotas de los ejes hidráulicos calculados con las cotas de terreno. A partir de lo indicado en el Anexo 5 de la Adenda, se verifica que el terreno no estaría afecto a inundaciones por efecto del brazo Secundario del Estero Lampa, resultados consistentes con los obtenidos por el Plan Maestro de aguas lluvias para dicho cuerpo de agua. Adicionalmente, se identifican singularidades tales como el relleno existente y la ruta “Camino Lo Echevers” que actúan como barrera natural ante eventuales inundaciones desde otro sector, estando estas obras al menos dos metros sobre la cota donde se emplazaran los paneles fotovoltaicos. El estudio de la profundidad de la napa freática se realizó considerando como la peor condición los niveles más someros registrados en los pozos de monitoreo de la zona. Se consideraron los registros de los pozos de observación de la Dirección General de Aguas (DGA): “Asentamiento El Taqueral”, “Asentamiento Lo Vargas”, “Entel Batuco”, “Fundo La Cadellada”, “Fundo La Laguna”, “Fundo Santa Rosa de Lampa”, “Parcela 4 el Valle Chicauma”, “Asentamiento La Laguna”, “Fundo El Almendral”, “Fundo Santa Erminia”, “Pozo Crucero Peralillo”, “Aeropuerto Pudahuel”, “Parcela 62 Noviciado”, “Hijuela El Olivo” y “Pozos Casas de Colo Colo”. Estos corresponden a todos los pozos de monitoreo de la cuenca de la subcuenca Mapocho Bajo, que tienen datos entre los años para los últimos 10 años. A partir de los datos precedentes se modela el nivel freático mediante una interpolación en el software ArcGIS 10.5. En el área del Proyecto, la profundidad de la napa oscila entre 9,8 y 10,2 metros. Finalmente, se aclara que la profundidad máxima de excavaciones no superará los 2,0 metros de profundidad, necesarios para el hincado de estructuras (1,5-2,00 metros), implementación de postes de acero galvanizado (malla) y las postaciones necesarias para la implementación de la línea de evacuación. Entonces, estas obras estrían más de siete metros por encima de la napa en su escenario más desfavorable. Dicho lo anterior, es importante aclarar que de acuerdo con los resultados obtenidos en el Anexo 5 de la Adenda, el proyecto no contempla obras de intervención de cauces (canal, zanja acequia) y, adicionalmente, no considera ningún tipo de descarga hacia cuerpos de agua naturales o artificiales. Adicionalmente, tal como se presentó en el estudio de infiltración del PAS 138 (Anexo PAS 3-1 de la DIA), se desarrolló para dicho estudio una calicata de 3 m de profundidad para dicho ensayo sin tener afloramiento de la napa. Forma de control y seguimiento Conocimiento previo del sector intervenir a partir de las capacitaciones realizadas, lectura de planos y del estudio de la profundidad de la napa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

Tabla 10.2.1. Situación de emergencia 1: Sismo. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las Fases: Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: - No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. - No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. - Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. - El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia  Ante un eventual sismo que afecte un componente ambiental se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).  El Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, si corresponde, deberá emitirse en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: - Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; detallando obra afecta por la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). - La identificación de las obras afectadas por la contingencia. - La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (biodiversidad, medio humano). - La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (biodiversidad, medio humano) afectados por una emergencia y/o contingencia. Para una eficiente aplicación de los planes de contingencia expuestos, se deberá contar con una comunicación expedita con los actores externos relevantes, para ello el jefe de Emergencias mantendrá comunicación con las siguientes entidades: - Cuerpo de Bomberos de El Monte. - Mutualidad que utilice el titular Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.2. Situación de emergencia 2: Riesgo de remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área y obras del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases del Proyecto: - Ante un eventual riesgo de remoción en masa, el personal dará aviso inmediatamente al Jefe de Emergencias quien informará a los coordinadores de área y encargados de prevención de riesgos. - Se activará el Plan de Comunicaciones establecido en el Plan de Emergencias. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras, y si es necesario se evacuará a todo el personal, hacia las zonas de seguridad. Se evaluarán daños en la estructura física del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No Aplica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.3. Situación de emergencia 3: Derrames. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento de sustancias y combustibles. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases del Proyecto: - Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. - Se deberá atender en primer lugar a personas heridas o intoxicadas si las hubiere. - Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre el material derramado. - Se deberá mantener los materiales combustibles lejos del material derramado. - Se deberá eliminar todas las fuentes de ignición. - Evaluar gravedad de la situación para alarmas de fuego. - Avisar a los servicios de emergencia externos tales como hospitales, bomberos y carabineros. - Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. - Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. - Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o serrín. - Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. - Mantener a los trabajadores alejados del área de derrame. - Colecte el derrame en recipientes, si esto es posible de hacer sin riesgos. Si se genera agua contaminada, debe ser recuperada en contenedores destinados a este fin. - Una vez concluida las tareas de control, recolectar los materiales y/o productos utilizados para el control del derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e identificados hasta su retiro por una empresa autorizada. - El jefe de Emergencia deberá emitir un informe técnico sobre las causas que originaron la emergencia, Jefe de Operación y Mantenimiento.

En caso de ocurrencia de un derrame (accidente) que comprometa los recursos hídricos, se informará antes de 24 horas a la SMA, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes) Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Todas las fases del Proyecto: Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un periodo no mayor a 24 horas, indicando al menos lo siguiente: - Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de producto o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). - Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. - Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria

Tabla 10.2.4. Situación de emergencia 4: Riesgo de Derrames de aguas residuales de lavado de canoas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área y obras del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases del Proyecto: - Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. - Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre el material derramado. - Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. - Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. - Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o serrín. - Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. - Mantener a los trabajadores alejados del área de derrame. - Colecte el derrame en recipientes, si esto es posible de hacer sin riesgos. Si se genera agua contaminada, debe ser recuperada en contenedores destinados a este fin. - Una vez concluida las tareas de control, recolectar los materiales y/o productos utilizados para el control del derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e identificados hasta su retiro por una empresa autorizada. - El Jefe de Emergencia deberá emitir un informe técnico sobre las causas que originaron la emergencia, Jefe de Operación y Mantenimiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Todas las fases del Proyecto: Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un periodo no mayor a 24 horas, indicando al menos lo siguiente: - Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de producto o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). - Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. - Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.5. Situación de emergencia 5: Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de Faena. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases del Proyecto:

Residuos asimilares a domiciliarios e industriales no peligrosos: - Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos se dará aviso inmediato al encargado correspondiente, quien será el encargado de monitorear la contingencia. - Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio. - Se movilizará la maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. - Una vez contenida la emergencia se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será enviado a sitio de disposición final autorizado. El jefe de oficina se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Todas las fases del Proyecto: En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase los límites establecidos para el Proyecto (área del Proyecto), o dentro del área de este, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la autoridad Sanitaria y SMA la situación a través de un informe dentro de las 24 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: - Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). - Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.6. Situación de emergencia 6: Riesgo de Incendio. Fase del Proyecto a la que aplicas Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las Fases del proyecto: - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. - Se activará el procedimiento contra incendios. Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. - Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web. Así mismo se entregará un informe dentro de las 24 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: - Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). - Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.7. Situación de emergencia 7: Riesgo por Accidentes de Tránsito asociados al Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos por utilizar en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las Fases del Proyecto: - Se informará al superior inmediato o Jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). - Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. - Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. - Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia  Ante un eventual accidente que afecte un componente ambiental se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).  El Informe deberá emitirse en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: - Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). - La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo o agua). - La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, biodiversidad, medio humano). - La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (suelo, agua, biodiversidad, medio humano) afectados por una emergencia y/o contingencia.  Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos y no peligrosos generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.  Para una eficiente aplicación de los planes de contingencia expuestos, se deberá contar con una comunicación expedita con los actores externos relevantes, para ello el jefe de Emergencias mantendrá comunicación con las siguientes entidades: - Cuerpo de Bomberos de El Monte. - Mutualidad que utilice el titular Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria

Tabla 10.2.8. Situación de emergencia 8: Riesgo de rotura de paneles fotovoltaicos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de Paneles fotovoltaicos durante la fase de construcción, en la fase de operación (generación de electricidad y actividades de mantención y conservación), y desmantelamiento de los paneles durante la fase de cierre. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todas las fases del Proyecto: - Tras haber detectado en el Área del Proyecto uno o más paneles fotovoltaicos con desperfectos, roturas, daños o cualquier otro perjuicio, se informará al Jefe de Operación y Mantenimiento y se dará inicio al procedimiento de reemplazo de éste, por uno en adecuadas condiciones. - Los paneles fotovoltaicos catalogados como residuo peligroso serán almacenados retirados por la misma empresa proveedora del servicio o por una empresa recicladora. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Todas las fases del Proyecto: - En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA. - Asimismo, se entregará un informe dentro de las 24 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región respectiva Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.9. Situación de emergencia 9: Riesgo de derrame de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica durante operación y baños químicos durante construcción y cierre. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán o reemplazarán baños químicos mientras dure la emergencia. En caso de ocurrencia de un derrame que comprometa los recursos hídricos, se informará antes de 24 horas a la SMA, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará los organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.10. Situación de emergencia 10: Riesgo de emisión de hedores. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará a los organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria

Tabla 10.2.11. Situación de emergencia 11: Accidentes e incidentes con Fauna Silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de alguna de estas emergencias se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: 1. Identificación de la especie (ficha de reporte de accidente) y aviso a la autoridad pertinente en un plazo no mayor a 72 horas desde ocurrido el incidente. 2. Rescate. 3. Alojamiento temporal y traslado. 4. Rehabilitación y Liberación 5. Completar registro o ficha de reporte en formato predeterminado. Lo puntos anteriores serán complemente a costo del titular del proyecto. Además, el o los ejemplares rescatados serán dispuestos en centros de rescates autorizados por el SAG Regional. Cabe indicar que, el titular se hará cargo de todo el costo que signifique el rescate, mantenimiento, traslado, recuperación, rehabilitación y liberación, en caso de ser requerido, de la fauna silvestre accidentada. Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará un informe que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de fauna silvestre en las inmediaciones del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oficina Regional del Superintendencia del Medio Ambiente y Oficina Regional del SAG. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

Tabla 10.2.12. Situación de emergencia 12: Afloramiento de aguas subterráneas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de excavación. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de la situación descrita, se procederá considerando las siguientes actividades: - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. - Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. Se acompañará de imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 horas. - Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, se dará aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de aguas subterráneas, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la SMA cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Actualizado, Anexo 5 Adenda Complementaria.

  1. Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  5. Que, para que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  8. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW”, de GR Villarrica SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 160 y del pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Belén 6MW” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Emardo Christian Hantelmann Godoy Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago

AFA/JGM/JMM/FCP

Distribución:

Firmado por: Arturo Farias Alcaino Fecha: 22/11/2021 17:21:26 CLST Emardo Christian Hantelma nn Godoy Firmado digitalmente por Emardo Christian Hantelmann Godoy Fecha: 2021.11.22 17:38:49 -03'00'