Evaluación SEA

PMGD Eólico Urospora

Rol 2151174986
SEA · DIA · Aprobado · 2021-03-23 · Región de Los Lagos · Parque Eólico Urospora SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Lagos

Califica Ambientalmente el proyecto “PMGD Eólico Urospora”

Puerto Montt

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 27 de agosto de 2021 y su Adenda Complementaria de 3 de diciembre de 2021, del proyecto “PMGD Eólico Urospora”, presentado por Parque Eólico Urospora SpA con fecha 18 de marzo de 2021.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PMGD Eólico Urospora”.

3°. El Acta de Evaluación N°1 de 10 de enero de 2022 del Comité Técnico de la Región de Los Lagos.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “PMGD Eólico Urospora” de fecha 11 de enero de 2022.

5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 19 de enero de 2022.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PMGD Eólico Urospora”.

7º. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº7 de 2019, de la Contraloría General de la República.

H á G ill B h V l l CONSIDERANDO:

1°. Que, Parque Eólico Urospora SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PMGD Eólico Urospora” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social PMGD Parque Eólico Urospora SpA RUT Titular 77.303.198-3 Domicilio Avenida Nueva Providencia 2250 Of 1503, Providencia, Santiago Nombre Representante Legal María Ibáñez Brasó RUT Representante Legal 24.318.270-0 Domicilio representante legal Avenida Nueva Providencia 2250 Of 1503, Providencia, Santiago Correo electrónico Representante Legal mibanez@allibera.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de enero de 2022, el Director (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 de de dicho documento; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 de dicho documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 19 de enero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “PMGD Eólico Urospora”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 11 de enero de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, y sus respectivos anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es producir e inyectar al SEN un promedio de 28 GWh anuales de energía renovable no convencional (ERNC), mediante el aprovechamiento de la energía eólica por medio de 2 aerogeneradores con una capacidad total instalada del Proyecto. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil 30 años Monto de inversión USD $ 11.700.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución De acuerdo a lo solicitado en el Artículo 16 del D.S.Nº40/12 MMA, el hito de inicio de la ejecución del proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a la preparación de los suelos para la instalación de faenas.

Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político-administrativa El Proyecto se ubica en la Región de Los Lagos, Provincia de Chiloé, Comuna de Ancud, aproximadamente a 35 km de su centro urbano y a 17 km de Quemchi. Descripción de la localización El proyecto se localiza en un sector con un potencial eólico favorable, lo que garantiza la viabilidad del proyecto; el lugar de emplazamiento corresponde a terrenos planos, en la cima de un cerro, en un sector rural destinado a actividades silvoagropecuarias en el que no hay singularidades ambientales o de biodiversidad que puedan verse amenazadas por un proyecto de este tipo, y en el lugar no existen viviendas cercanas. El sector cuenta con accesos apropiados para transportar los equipos de mayor envergadura desde el puerto de desembarque. El proyecto será conectado directamente desde la línea de media tensión que conecta los aerogeneradores a la línea de distribución local que se encuentra paralelo a la Ruta W-15. Superficie Unidad Superficie (m2) Plataforma Aerogenerador 1 3.000 Plataforma Aerogenerador 2 3.000 Caminos: Internos 18.200 Zanjas de línea de MT 2.400 Instalación de faenas 3.000 Centro de Operaciones 500 Coordenadas UTM en Datum WGS84

Caminos de acceso El único punto de acceso al área de emplazamiento del Proyecto, corresponde al kilómetro 3,58 de la Ruta W-15.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Punto 4.1 del ICE, sobre ubicación del proyecto o actividad Punto 1.4 de la DIA

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN O1: Plataformas de montaje Se contará con una superficie unitaria aproximada de 2.000 m2, para la construcción de una plataforma estabilizada para el izado de los aerogeneradores y así permitir el acopio de los equipos y el trabajo de las grúas de montaje. O2: Centro de Operaciones El proyecto contará con un centro de operaciones, construido en una superficie total de 500 m2, a fin de permitir el monitoreo del parque eólico, las facilidades para el manejo de residuos y almacenamiento de insumos para la operación, como también el sistema sanitario para la gestión de las aguas servidas. O3: Caminos internos Se contempla la habilitación y mejoramiento de 2.400 metros de camino estabilizado de 6,0 m de ancho, con una sub-base granular de aproximadamente un espesor de 20 cm y base granular, utilizando una superficie total de 18.200 m2 O4: Cruces de cauces La construcción de las soluciones de atravieso de cables eléctricos serán realizadas simultáneamente con la implementación de las alcantarillas, por lo que no representa una intervención adicional. Los cauces que serán intervenidos cuentan con una caja de poca envergadura y escasa profundidad (levantamiento topográfico en Anexo 2 del Anexo 15 de la Adenda). O5: Línea de interconexión eléctrica de media tensión (MT) Se contempla la construcción de 2.400 m de línea soterrada, la cual irá paralela a los caminos, en zanjas de 1 x 1 m O6: Aerogeneradores La instalación de los 2 aerogeneradores constituye la obra principal del proyecto; siendo éstos los dispositivos que realizan la transformación de la energía eólica en energía eléctrica. Este tipo de aerogeneradores están constituidos por 4 componentes principales: - Aspas, que tendrán un diámetro máximo de 158 m. - Góndola, contiene todos los equipos necesarios para transformar la energía mecánica del eje principal en energía eléctrica y está ubicada en la parte superior de la torre. - Torre, compuesta por secciones cónicas ensambladas hasta lograr una altura máxima de 140 m. - Fundación (para cada aerogenerador), posee una superficie aproximada de 25 m de diámetro y una profundidad de 4 m y para su construcción se requiere una excavación unitaria de 1.960 m3. A1: Replanteo topográfico Consiste en el levantamiento topográfico del terreno con topografía de detalle para ubicar y cubicar con precisión las obras, incluyendo la demarcación perimetral del área de trabajo. A2: Preparación de áreas de trabajo y habilitación de caminos de acceso La preparación del terreno y caminos tiene por objetivo adecuar la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas y facilitar el acceso de camiones de envergadura que transportan las piezas de los aerogeneradores. Esta actividad consistirá en nivelar el terreno para crear una plataforma firme, estable y homogénea sobre la que se instalarán las obras civiles. Para ello serán necesarias operaciones de desmonte y terraplenado, que culminarán con la compactación del terreno hasta alcanzar el grado de compactación adecuado. A3: Construcción de obras físicas del proyecto Se instalarán oficinas de tipo modular, las que serán trasladadas a la obra mediante camiones. Además, se habilitarán obras anexas requeridas para la operación del área, tales como depósito de agua potable, baños químicos áreas de acopio, bodegas de acopio de materiales, Patio de Residuos Domiciliarios (RSD), Patio de Residuos Industriales No Peligrosos (RISES), Bodega RESPEL e instalación de equipos electrógenos. Los servicios higiénicos principales, la dotación de agua potable en la instalación de faena y baños químicos en frentes de trabajo, estarán a cargo de una empresa contratista competente autorizada por la Autoridad Sanitaria.

Construcción de plataformas. Se construirá una plataforma estabilizada, compactada y nivelada, para cada uno de los aerogeneradores, donde se apoyará la grúa telescópica principal y secundarias, para el izado de los aerogeneradores y así permitir el acopio de los equipos y el trabajo de las grúas de montaje, que en total suman una superficie aproximada de 4.000 m2.

Construcción de fundaciones de los aerogeneradores. La construcción de las fundaciones para los aerogeneradores implica la excavación total de 3.920 m3 (1.960 m3 por cada fundación, considerando zapatas de 25 m de diámetro x 4 m profundidad). las fundaciones estarán cimentadas con hormigón vibrado, sobre una armadura compuesta de mallas de acero dispuestas de forma radial y anular. Previamente, en caso de ser necesario, se realizará la mejora del terreno de apoyo mediante relleno compactado o columnas de grava y emplantillado. Una vez que la fundación esté cimentada, se rellenarán los contornos y la superficie de ésta, incorporando el material extraído.

A4: Transporte y montaje de aerogeneradores El transporte de componentes de los aerogeneradores se hará por tierra desde el puerto de Puerto Montt, desde dónde se cargarán barcazas de menor calado, las que trasladan los componentes aerogeneradores al Puerto de Chacao, en donde son cargados a camiones para su traslado final por la Ruta 5 y Ruta W-15 hasta llegar al punto de acceso del Proyecto.

Para el montaje de los aerogeneradores se utilizan las plataformas de montaje de 50 m x 40 m, cada una instalada al borde de la fundación. La suma de la superficie de las plataformas de cada uno de los aerogeneradores equivale a un área de trabajo total de 0,4 ha. Dichas plataformas serán áreas estabilizadas, compactadas y niveladas, donde se apoyará la grúa telescópica principal y al menos 2 grúas auxiliares. A5: Construcción línea de interconexión MT Los trabajos para las canalizaciones subterráneas se realizan de acuerdo a la siguiente secuencia: - Excavación de las canalizaciones subterráneas mediante retroexcavadora. - En el fondo de la zanja, se tiende el conductor de tierra, sobre el cual se extiende una capa de arena lavada de río. Luego se disponen los cables de media tensión y fibra óptica; y sobre ellos, se extiende otra capa de arena y sobre la que se colocará, en todo su recorrido, una placa de señalización y protección mecánica de polietileno que advierta de la existencia de cables eléctricos de media tensión por debajo de ella. - Sobre esta placa de protección, se extiende una capa de material seleccionado procedente de la excavación, que se compacta de forma manual y sobre la cual se coloca una cinta de señalización en todo su recorrido. Para finalizar el relleno de las zanjas se extiende una última capa de material seleccionado procedente de la excavación que se compacta de forma mecánica.

A6: Desarme y retiro de obras de apoyo transitorias Una vez que la construcción del Proyecto haya finalizado, se procederá al desarme y retiro de las instalaciones temporales de la obra. Una vez que se hayan desarmado y retirado las obras transitorias, el titular se compromete a restituir el terreno modificado a sus condiciones originales. Estas actividades implicarán la remoción o recubrimiento de las estructuras de hormigón, como cimientos de construcciones temporales, y la reposición de los suelos si existieren excedentes de suelo provenientes de las excavaciones Recursos naturales renovables - Agua: durante la fase de construcción se utilizará agua para abastecimiento de agua potable e industrial. - Suelo: se extraerá suelo durante las excavaciones para las obras del proyecto (alcantarillas, fundaciones de los aerogeneradores, construcciones, caminos). - Bosque nativo: se requiere de la corta de 0,52 hectáreas de bosque nativo del Tipo Forestal Siempreverde para las obras civiles del proyecto, el cual se ubica en las riberas aledañas a 3 cursos de agua, que debe atravesar el camino de acceso. - Plantaciones Forestales: se requiere la corta de 0,15 hectáreas de Plantaciones Forestales en suelos de Aptitud Preferentemente Forestal.

Emisiones y efluentes Emisión de Material Particulado: - MP 10: 9,14462 ton - MP 2,5: 1,03497 ton Emisión de Gases: - CO: 0,62988 ton - COV/HC: 2,28E-01 ton - NOx: 2,58602 ton Emisiones líquidas. Durante el período de máximo requerimiento de mano de obra, con un máximo estimado de 50 trabajadores, la producción de aguas servidas será de 7,5 m3/día, con un coeficiente de recuperación de 100%, como peor escenario. Ruido:

El aporte sonoro o inmisión del Proyecto sobre los receptores es menor a 37 dBA, en todos los Niveles de Presión Sonora modelados, en la peor condición de emisión y de propagación meteorológica, lo que podría ser comparado con el ruido de una biblioteca. En consecuencia, para todos los receptores del Área de Influencia del proyecto se cumplen las disposiciones del D.S. Nº38/11 del MMA. De acuerdo a información recaba en reuniones y en terreno, fue posible verificar que en las casas evaluadas como receptores no habitan miembros de la organización Lof Degañ, ni personas pertenecientes a Pueblos Indígenas. Por lo que los GHPPI que habitan en Degañ no serán afectados por el ruido generado por el proyecto en ninguna de sus fases; y, además, en el área analizada no existe ningún tipo de actividad cultural, ceremonia y/o sitios de relevancia cultural que puedan ser afectados por el ruido del Proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD). La recolección interna de los RSD está a cargo del personal de aseo en cada unidad del Proyecto, quiénes derivan las bolsas de residuos recolectadas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal en el patio de residuos. Durante la fase de construcción, estos residuos se componen principalmente de materia orgánica y en un porcentaje menor de papeles, cartones, plásticos, gomas, vidrios, metales, etc. La siguiente Tabla indica la cantidad máxima estimada de RSD a generar durante la fase de construcción del proyecto:

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP). Los RSINP que se producen durante esta fase, corresponden principalmente a despuntes de acero y fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, carretes, madera de embalaje, etc. El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados; en donde se determina la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales. En caso que ello no sea posible, los residuos son enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos son segregados por tipo y se evalua su potencialidad para ser reciclados. Durante la fase de construcción se genera un total aproximado de 279,49 toneladas de RSINP, durante 6 meses de faena; los cuales son retirados con una frecuencia semanal. Residuos Industriales Peligrosos (RIP). Durante la fase de construcción, se genera la mayor cantidad de RESPEL, los que corresponden a restos de aceites y lubricantes, grasas, paños, materiales absorbentes y envases contaminados, entre otros; residuos que son almacenados temporalmente, en contenedores primarios, dispuestos en los frentes de trabajo y otras instalaciones generadoras de residuos (oficinas, talleres, etc.).

Los residuos son trasladados a una bodega de acopio temporal (BAT) de RESPEL al interior de la instalación de faena, en dónde se mantienen temporalmente en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. Nº148/2003. La frecuencia de retiro de RESPEL no superará los 6 meses, siendo informada la Autoridad Sanitaria del lugar de disposición final de dichos residuos, con 48 horas de anticipación, por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP). Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.6.3 del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN O1: Aerogeneradores Los 2 aerogeneradores realizan la transformación de energía eólica en energía eléctrica; siendo sus componentes principales, los siguientes: - Aspas, que tendrán un diámetro máximo de 158 m. - Góndola, se ubica en la parte superior de la torre, contiene los equipos necesarios para transformar la energía mecánica del eje principal en energía eléctrica. - Torre, compuesta por secciones cónicas ensambladas hasta lograr una altura máxima de 140 m. - Fundación (para cada aerogenerador), posee una superficie aproximada de 25 m de diámetro y una profundidad de 4 m y para su construcción se requiere una excavación unitaria de 1.960 m3. O2: Caminos internos Se contempla la habilitación y mejoramiento de 2.400 metros de camino estabilizado de 6,0 m de ancho, con una sub-base granular de aproximadamente un espesor de 20 cm y base granular, utilizando una superficie total de 18.200 m2 O3: Atraviesos (alcantarillas) La construcción de las soluciones de atravieso de cables eléctricos se realiza simultáneamente con la implementación de las alcantarillas, por lo que no representa una intervención adicional. Los cauces intervenidos cuentan con una caja de poca envergadura y escasa profundidad (levantamiento topográfico en Anexo 2 del Anexo 15 de la Adenda). O4: Línea de interconexión eléctrica de media tensión (MT) Se contempla la construcción de 2.400 m de línea soterrada, la cual irá paralela a los caminos, en zanjas de 1 x 1 m O5: Centro de Operaciones El proyecto cuenta con un centro de operaciones, que se instala en una superficie total de 500 m2, con el fin de permitir el monitoreo del parque eólico, las facilidades para el manejo de residuos y almacenamiento de insumos para la operación, como también el sistema sanitario para la gestión de las aguas servidas. A1: Generación y transmisión de electricidad. El Proyecto genera un promedio de 28 GWh anuales por medio de 2 aerogeneradores de 4,5 MW de potencia nominal. La transmisión de la energía del Proyecto se lleva a cabo a través de una línea de transmisión de media tensión de 23 KV, soterrada que se conecta de manera directa a la línea de distribución local de la empresa SAESA. A2: Mantenimiento aerogeneradores Mantenimiento preventivo. La mantención preventiva comprende limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, según indicaciones del fabricante. El servicio de mantenimiento preventivo se realiza de forma continua. Considerando las características de las formaciones xerofíticas presentes en la franja de servidumbre y seguridad, se contempla eventualmente algún tipo de poda de vegetación y nula corta o descepado de vegetación.

Mantenimiento contra falla o correctivo. La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizan al sistema en el caso de detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que realiza el personal de mantenimiento o empresas especializadas, tanto del parque como de la línea de transmisión. Reparaciones ante eventos. La emergencia por falla del equipamiento en este tipo de sistemas es muy remota y en el evento de esta ocurrencia se requerirá de la participación de personal autorizado y especializado para la ejecución de las maniobras de reparación, comprobación de estados, lecturas de variables y todas las otras actividades relacionadas con la operación del sistema en su conjunto. Para las labores de mantenimiento, el Titular exigirá a los contratistas los elementos de seguridad y la planificación de las operaciones de acuerdo a lo dispuesto por D.S. Nº594/1999 del Ministerio de Salud. Productos generados Se contempla la construcción de 2.400 m de línea soterrada, la cual va paralela a los caminos, en zanjas de 1 x 1 m Recursos naturales renovables Durante la fase de operación el único recurso natural renovable que se utilizará es el viento Emisiones y efluentes Emisión de Material Particulado. Las emisiones de MP a la atmósfera, en la fase de operación, son mínimas y despreciables, producto exclusivamente del tránsito de vehículos livianos para labores de mantenimiento. - MP 10: 0,0286 ton/año - MP 2,5: 0,002803 ton/año

Emisión de Gases:

CO: 0,00104 ton/año

HC: 0,000164 ton/año

NOx: 0,00185 ton/año

Aguas servidas. Durante la operación se producen residuos líquidos provenientes de aguas servidas del personal en terreno. El proyecto requiere la presencia de 5 trabajadores sólo 4 veces al año. El manejo de estas aguas es a través de una fosa séptica con redes de drenaje (detalles en Anexo 3 Permisos Ambientales Sectoriales). Ruido. A fin de considerar un escenario más desfavorable, se estimó que el Proyecto operará siempre con los 2 aerogeneradores de manera simultánea, cada uno con una potencia acústica máxima de 108,1 dB(A) y una altura de buje de 140 m. De acuerdo a los resultados, se concluye que se cumplen las disposiciones normativas en relación a los límites de ruido permisibles del D.S.Nº38/11 del Ministerio de Medio Ambiente para Proyectos de Parques Eólicos en el SEIA. Emisiones lumínicas. Para evaluar el efecto del proyecto en la luminosidad se modeló la sombra intermitente utilizando el software WindPRO 3.4 y se verificó el cumplimiento de la normativa alemana y australiana de referencia (Estado de Victoria) de acuerdo a la aplicabilidad del Artículo 11 del D.S. N°40/12 del Ministerio de Medio Ambiente. Los receptores evaluados son las viviendas aledañas al parque en un radio de 2.000 m desde la base de cada aerogenerador. Los resultados reflejados en la modelación del peor escenario y caso real demandado por la norma alemana “Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalaciones de energía eólica (Versión 13.03.2002)” y australiana del Estado de Victoria, indican valores resultantes menores a los límites establecidos por dicha normativa, por lo que se descarta la incorporación adicional de medidas de control de sombra en los aerogeneradores Sombra intermintente o Shadow Flicker. El funcionamiento de los aerogeneradores podría producir el fenómeno de sombra intermitente o parpadeante (Shadow flicker), producido por el movimiento de las aspas, en los receptores más cercanos o aquellos con menores barreras naturales y artificiales y que tengan visual de alguno de los aerogeneradores.

Para descartar el efecto significativo por sobre los receptores se modeló con el software especializado de evaluación de parques eólicos WindPro 3.4, la sombra centelleante sobre receptores en un radio de 2.000 m y se utilizó de referencia la norma de Alemania; cumpliendo todos los receptores con la normativa analizada. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 11. Estudio Sombra Intermitente de la DIA.

En Adenda Complementaria se señala, respecto del riesgo para la salud de la población y sobre la alteración de los sistemas de vida y costumbres, el Titular levantó información adicional, el 11 y 12 de octubre de 2021, para verificar presencia de GHPPI en los receptores que recibirán sombra de acuerdo a la modelación presentada en Anexo 11 de la DIA. Se corrobora lo presentado en Adenda, en tanto el Receptor A pertenece a una persona indígena, y se agrega el Receptor B y C; correspondiendo todos los receptores a familia perteneciente a población protegida.

Según la Tabla anterior, el proyecto cumple con holgura las disposiciones de la normativa alemana de shadow flicker, sugerida por el SEA (2021) (30 horas/año caso peor y 8 horas/año caso real), pues la sombra en el caso real para los receptores A, B y C es menos de 16 minutos al año y para el caso peor menos de 3 horas al año. Se debe mencionar que la evaluación se realizó considerando la casa como si fuera un invernadero, es decir, con entrada de sombra intermitente incluso desde el techo, lo que corresponde a una condición irreal y al peor escenario. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD). Durante la fase de operación del Proyecto, se identifica la generación de RSINP en cantidades menores cercanas a los 50 kg/mes. Residuos Peligrosos (RESPEL). Los RESPEL corresponden al recambio de aceites eléctricos y mecánicos de aerogeneradores y transformador interior. El servicio de mantención será contratado a una empresa externa autorizada la cual será responsable del manejo, gestión y disposición final de estos residuos. La generación de residuos peligrosos durante la operación del proyecto se estima en 204,2 kg/año, por lo que al no generar una cantidad superior a 12 toneladas de RESPEL, no se hace necesario la presentación de un plan de manejo de residuos peligrosos a la Autoridad Sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7 del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas, especialmente las que sean prefabricadas. Las obras de hormigón se demolerán, de preferencia, enviando los residuos a sitios de disposición final autorizados, como residuo industrial no peligroso, de manera que no produzcan impacto negativo de ninguna especie. Las fundaciones de las estructuras de los aerogeneradores serán removidas hasta una profundidad mayor o igual a 30 cm, para posteriormente rehabilitar la superficie con la adición de suelo natural, a fin de permitir el restablecimiento de la vegetación, a través de procesos de sucesión ecológica. Los componentes de los aerogeneradores, luego de ser desmantelados, serán reciclados o reutilizados, según sea su estado de conservación. Restauración de las condiciones del emplazamiento Dado que el terreno no recibirá mayor preparación que las excavaciones de las fundaciones y habilitación de los 2.400 m de caminos, se considera una afección marginal sobre el suelo y la geoforma, el lugar quedará como en su estado anterior al finalizar la operación Prevención de futuras emisiones El Proyecto no considera futuras emisiones posterior al desmantelamiento. Mantención, conservación y supervisión Dada la baja intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del Proyecto. Recursos naturales renovables No aplica Emisiones y efluentes Emisión de Material Particulado: - MP 10: 9,14462 ton - MP 2,5: 1,03497 ton Emisión de Gases: - CO: 0,62988 ton - COV/HC: 2,28E-01 ton - NOx: 2,58602 ton Aguas servidas. La generación de aguas servidas corresponde a las aguas provenientes de los servicios higiénicos e instalaciones para el personal. Para la construcción y cierre, en los frentes de faena serán utilizados baños químicos, donde empresas autorizadas realizarás las labores de mantención y limpieza, así como el manejo y gestión de residuos. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD). La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal en el patio de residuos. Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP). Los RSINP que se producen durante esta fase, corresponden principalmente a restos derivados del desmantelamiento de las obras del proyecto, cuyo retiro se efectuará con frecuencia similar a fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.8 del ICE

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Una vez obtenida la resolución de calificación ambiental Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de faenas y movimiento de tierra Fecha estimada de término 6 meses luego de iniciada la fase de construcción Parte, obra o acción que establece el término Desarme y retiro de las instalaciones temporales de la obra 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Una vez finalizada la fase de construcción y obtenidos los permisos ambientales sectoriales Parte, obra o acción que establece el inicio Conexión y puesta en marcha del parque eólico (entrada en operación de los aerogeneradores) Fecha estimada de término 30 años (vida útil) Parte, obra o acción que establece el término Cese de la operación de los aerogeneradores 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Una vez finalizada la fase de operación Parte, obra o acción que establece el inicio Notificación a la SMA sobre el cese de operaciones Fecha estimada de término Un año desde el inicio de la fase de cierre Parte, obra o acción que establece el término Restablecimiento del terreno

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Afectación a la salud de la población producto de emisión de gases y material particulado. Parte, obra o acción que lo genera - Preparación de fundaciones, utilización de vehículos de gran envergadura, maquinaria pesada y transporte de insumos (Fase de Construcción) - Tránsito de camiones con materia prima y vehículos menores, maquinaria y equipos (Fase de Operación) - Tránsito de camiones y vehículos menores (Fase de Cierre) Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre

Impacto ambiental Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente Parte, obra o acción que lo genera - Preparación de fundaciones, utilización de maquinaria y transporte de insumos (Fase de Construcción) - Tránsito de camiones que ingresen al predio con materia prima y vehículos menores, maquinaria y equipos (Fase de Operación) - Tránsito de camiones y vehículos menores (Fase de Cierre) - Operación de generadores (no permanente) (Fase de Operación) Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre

Impacto ambiental Afectación a la salud de la población por el efecto de parpadeo de sombra o shadow flicker Parte, obra o acción que lo genera Operación de los aerogeneradores Fase en que se presenta Fase de operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.1 y 6.1 del ICE, sobre impactos ambientales y análisis de la generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. De acuerdo al análisis presentado en la Tabla 6.1 del ICE, se estima que el Proyecto no generará la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes, y de referencia, ni el aumento de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas, tanto por las emisiones atmosféricas, y el efecto de sombra parpadeante y que por tanto, no existe el riesgo a la salud de la población producto de la ejecución del Proyecto y en consecuencia, no es aplicable la causal de ingreso como EIA según la letra a) del artículo 5 del D.S N°40/2012.

Así como tampoco se superarán los valores de la norma de ruido nacional y que, por tanto, no existe el riesgo a la salud de la población producto de la ejecución del Proyecto y, en consecuencia, no es aplicable la causal de ingreso como EIA según la letra b) del artículo 5 del D.S N°40/2012.

Se estima, además, que ni la población ni los recursos naturales renovables estarán expuestos a contaminantes generados por las emisiones y efluentes del Proyecto ya que éstos serán manejados de manera estricta considerando la aplicación de medidas de gestión y control ambiental y el cumplimiento de la normativa relacionada, por lo cual no es aplicable la causal de ingreso como EIA según la letra c) del artículo 5 del D.S N°40/2012.

Dada la naturaleza del Proyecto, se contempla la generación de residuos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos en todas sus fases; el manejo de todos los residuos es diferenciado para cada fase, y tiene por objetivo evitar cualquier exposición de éstos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; por lo que se concluye que no se generarán impactos sobre dichas componentes ambientales derivados de la exposición a contaminantes provenientes de los residuos generados, debido al manejo de residuos propuesto por el Titular, y por lo tanto, no es aplicable la letra d) del artículo 5 del D.S N°40/2012.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones o nivelaciones de terreno Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Activación de procesos erosivos Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Aumento del tránsito de vehículos pesados y obras de construcción de atraviesos Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a la calidad del recurso agua Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Obras de construcción de atraviesos vehiculares Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire producto de emisiones de MP Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de camiones y maquinaria pesada, y operación de maquinaria y equipos Fase en que se presenta Construcción y operación

Impacto ambiental Afectación a la calidad del aire producto de emisiones de gases Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de camiones y maquinaria pesada, y operación de maquinaria y equipos Fase en que se presenta Construcción y operación

Impacto ambiental Pérdida de vegetación por corta de bosque Componente ambiental afectado Flora y vegetación Parte, obra o acción que lo genera Corta o tala de bosque nativo Excavaciones y edificaciones Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Pérdida de biodiversidad de flora y vegetación nativa Componente ambiental afectado Flora y vegetación Parte, obra o acción que lo genera Corta o tala de bosque nativo Excavaciones y edificaciones Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación a fauna terrestre Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones y edificaciones Emisiones, descargas de efluentes y residuos sólidos generados por el proyecto. Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Afectación de avifauna y quirópteros Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Operación de aerogeneradores Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.2 y 6.2 del ICE, sobre impactos ambientales y análisis de la generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. Considerando la envergadura de la intervención en relación a sostener la biodiversidad y su afectación, así como la posibilidad de revertir los efectos generados por las obras temporales y en la fase de cierre, es posible concluir que al proyecto no le es aplicable la letra a) del artículo 6 del D.S N°40/2012 en ninguna de sus fases, como causal de ingreso como EIA.

Se estima que la biota intervenida y la afectación generada, en consideración a la biodiversidad, las especies en categoría, las medidas de control ambiental, los planes de manejo y monitoreo, presentados en la DIA y sus Adendas permiten señalar que al proyecto no le es aplicable la letra b) del artículo 6 del D.S N°40/2012 en ninguna de sus fases, como causal de ingreso como EIA.

Con los antecedentes presentados, es posible concluir que las obras y acciones del proyecto no generarán impactos significativos sobre el suelo, agua, aire y biota respecto a las condiciones de línea de base, por tanto, no le son aplicables, en ninguna de sus fases y como causal de ingreso mediante un EIA, las letras c), d), e), f), g) y h) del artículo 6 del D.S N°40/2012; por cuanto, además del cumplimiento normativo, se contemplan medidas de control durante todas las fases del proyecto.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Afectación al sistema de vida y costumbres de Grupos Humanos Parte, obra o acción que lo genera Obras y acciones Fase en que se presenta Construcción y operación

Impacto ambiental Afectación al libre desplazamiento de las personas Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos y maquinaria Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.3 y 6.3 del ICE, sobre impactos ambientales y análisis de la generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. Según los antecedentes aportados en la DIA y sus Adenda, el Proyecto se instala en un predio privado en el cual no se realiza ninguna actividad de carácter cultural o espiritual, así como aquellas de carácter productivo, que pudieran desarrollar los habitantes del área de influencia, es posible concluir que sus obras y acciones no tendrán impactos significativos sobre los grupos humanos, incluidos los GHPPI. Por otra parte, el proyecto no tendrá efectos de obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Dada las características modulares del Proyecto y la mínima generación de emisiones, efluentes y residuos, la construcción y operación del parque eólico no generará interferencias en el normal desarrollo de las actividades de los grupos humanos del área de influencia.

El proyecto no tiene la potencialidad de afectar o alterar las formas de organización de los GHPPI, ni tampoco de alterar sitios de carácter cultural o sitios sagrados para la población indígena, por cuánto se trata de un predio privado; y, dado que en el área de influencia no hay áreas de desarrollo indígena, no se presentan reclamaciones de tierras, no hay inscritos derechos de agua indígenas, ni presencia de sitios sagrados o culturales cercanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No aplica Componente ambiental afectado No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.4 y 6.4 del ICE, sobre impactos ambientales y análisis de la generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. De acuerdo a los antecedentes aportados en la DIA y sus Adenda, en el área de influencia del Proyecto no hay presencia de áreas protegidas o sitios prioritarios, siendo el sitio más cercano el Parque Nacional Chiloé – sector Chepu, distante a más de 19 km.

El Proyecto no se encuentra próximo a áreas de desarrollo indígena o comunidades indígenas y se localiza a más de 3 km de vivienda entregada por CONADI bajo las disposiciones del Artículo 20a) de la Ley Indígena, la que se vería afectada. En cuanto a las celebraciones y festividades de los habitantes del área de influencia, éstas se realizan principalmente en el cruce Degañ. Por tanto, en base a los antecedentes presentados en la DIA y sus Adenda, es posible señalar que los GHPPI y la comunidad en general no son susceptibles de ser afectados por el Proyecto; así como las actividades culturales tampoco son afectadas o perjudicas por la ejecución del Proyecto.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica Componente ambiental afectado No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.5 y 6.5 del ICE, sobre impactos ambientales y análisis de la generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. Si bien una porción del Archipiélago de Chiloé presenta una Zona declarada como de Interés Turístico (ZOIT declarada en el D.O. de fecha 12 de agosto de 2019), el Proyecto no se localiza dentro de la delimitación de dicha ZOIT. En el área de emplazamiento del Proyecto no hay presencia de atractivos turísticos reconocidos por SERNATUR, y tampoco existe equipamiento ni infraestructura turística en dicha área.

De acuerdo a las características evidenciadas en terreno, se puede indicar que el área de emplazamiento del Proyecto presenta escasos atributos paisajísticos, a partir, de sus propiedades topográficas, las cuales dan cuenta de un pequeño sector plano, rodeado por suaves lomajes y ondulaciones, como también atributos otorgados por la flora y fauna del sector. Si bien el área de influencia tiene atributos biofísicos que dan valor paisajístico, la flora y vegetación corresponden a plantaciones forestales y cultivos agrícolas, con fines comerciales. Por tanto, en base al análisis efectuado, el Titular justifica que el proyecto no genera una alteración significativa del valor paisajístico o turístico del área de influencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.6 y 6.6 del ICE, sobre impactos ambientales y análisis de la generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. El Proyecto no se localiza en o alrededor de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288, sea terrestre o subacuático, conforme a la revisión realizada de los listados publicados en http://www.monumentos.cl ; no obstante, el Titular realizó prospecciones arqueológicas sobre toda el área de intervención del Proyecto, no registrándose elementos culturales. En el área del Proyecto no se realizan manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano; dado que el área de influencia se caracteriza por predios destinados a plantaciones forestales y agrícolas, sin un uso productivo y/o cultural para la población local. 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

Al presente proyecto no aplican permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según establece el Artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de alcantarillado y disposición de aguas servidas Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, será el establecido en el artículo 71 letra b) primera parte, del Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario.

El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. Para recolectar las aguas servidas generadas en las instalaciones de faena se contemplan dos sistemas integrados de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde los puntos de generación hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a fosas sépticas de PE de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión aeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje. Para el diseño y cálculo de las redes de la solución sanitaria, así como la selección de los elementos del sistema, se utilizan las indicaciones de la NCh 1105.cR2008, de forma de asegurar el correcto funcionamiento del sistema.

b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. El proyecto durante su fase de construcción cuenta con 1 sistema sanitario localizado en el centro de operaciones. En la siguiente figura se representa la ubicación del sistema sanitario con relación a los límites del proyecto, incluyendo la fosa, en el límite superior del centro de operaciones.

c) Generación de aguas servidas. La generación de aguas servidas corresponde a las aguas provenientes de los servicios higiénicos e instalaciones que se disponen para el personal durante la operación del proyecto. Sólo habrá personal en el proyecto 4 veces al año, con un peak de 5 trabajadores, siendo la producción de aguas servidas de 0,75 m3/día, con un coeficiente de recuperación de 100%. Para la operación será de 5 trabajadores. En la Tabla 1 se indica la cantidad de agua servida a generar en la fase de construcción y operación.

d) Características físico – químicas de las aguas servidas. Las aguas residuales domiciliarias que se generan durante las fases de construcción y operación presentan las características propias de las aguas residuales urbanas, según la siguiente Tabla:

d) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. El tratamiento consiste en dos procesos en serie, un primer proceso de separación física de sólidos y la posterior biodegradación anaeróbica. - Separación física: En este proceso las partículas pesadas (sólidos) a través de la sedimentación gravitacional decantan y se depositan en el fondo de la fosa formando lodos. Por su parte, las partículas más ligeras y las grasas permanecen en suspensión o flotando en la fosa. - Fermentación anaerobia: En este proceso, por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, se descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los lodos y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxígeno a los 5 días) en un 35% y los SST (Sólidos en suspensión totales) en un 65%. Luego de un período de retención entre 1 día, el efluente clarificado es dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración. Por su parte, la porción sólida (lodos) que queda en la fosa es retirada anualmente por un servicio de limpiafosa. El material residual es retirado por empresa autorizada y dispuesto en un sistema de alcantarillado que cuenta con planta de tratamiento, o en otro sitio debidamente autorizado.

e) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. Durante la operación se implementa una fosa séptica contigua a la sala de control. Se presenta el cálculo de las dimensiones de la fosa séptica y la red de drenes durante la fase de construcción:

Cálculo Dimensiones Fosa Séptica Centro de Control durante Fase de Operación a) Bases de Diseño Población máxima (N): 5. Dotación Agua Potable (D): 150 l/hab/día. Caudal Máximo Diario (Q): 750 l/día. Coeficiente de Recuperación (Cr): 1 Período de Retención del Agua Servida: 1 día

b) Cálculo del volumen de la Fosa Séptica. El volumen se obtiene aplicando la fórmula siguiente: V = N x D x T +100 x N x Lf Donde: N x D x T= Volumen de agua de la dotación servida incluyendo período de retención. 100 x N x Lf = Volumen de lodos generados por la dotación servida

Detallando cada una las variables se tienen que: V: Volumen total de la fosa, en l. N: Número de habitantes (5 personas como máximo) D: Dotación de aguas servidas, en litros por habitante en un día (150 l/hab/día) T: Período de retención en días. (1 día). Lf: Contribución de lodos frescos.

La contribución de lodos frescos se obtiene de la siguiente ecuación: Lf =1,8 x10−3 D

Reemplazando para una dotación (D) igual a 150 l/hab/día, la contribución de lodos frescos resulta ser de 0,27 l/hab/día.

Considerando este valor el volumen de lodos generado para la dotación servida sería: - N x D x T= 750 l/día - 100 x N x Lf= 135 l/día

De esta forma, el volumen mínimo de la fosa séptica (V) será de 885 l (app. 1 m³/día).

c) Dimensiones de la Fosa Séptica Operación. Por disponibilidad de mercado, se proyectará una fosa de 1 m3 para dar mayor autonomía al sistema.

Cálculo Sistema de Absorción Centro de Control durante Fase de Operación. Se considera un sistema de absorción a través de zanjas de infiltración para el efluente de fosa séptica. Para asegurar el funcionamiento de éste se utilizará el coeficiente de absorción K analizado cuantitativamente en terreno en el área de emplazamiento del sistema.

De los valores entregados en terrenos se tienen los siguientes resultados: K instalación Subestación Centro de Operaciones =45 l/m2/día

Área de Infiltración. Para obtener la superficie necesaria para infiltrar el efluente de la fosa séptica, se realiza el siguiente cálculo: S = Q/K S: Área de infiltración, en m2 Q: Caudal total de aguas a infiltrar (750 l/día) K: Coeficiente absorción para drenes en l/m2/día (45 l/m2/día).

Utilizando la ecuación para área de infiltración y para las características del suelo del área de emplazamiento del sistema de absorción, se obtiene un área de infiltración igual 16,67 m2.

Utilizando zanjas de infiltración, el largo de éstas se puede calcular de la siguiente forma: L = S/ A Donde: L: Largo de la zanja en m. A: Ancho de la zanja en m. Se emplea A: 1,2 m

Utilizando la ecuación para calcular el largo de la zanja de infiltración y para las características del suelo del área de emplazamiento del sistema de absorción, se obtiene que el largo del sistema de drenaje es de aproximadamente 13,88 m. Mayores antecedentes del proyecto y su memoria técnica se presentan en el informe para la formalización del permiso sectorial.

f) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. El sistema de evacuación y recolección de aguas servidas corresponde a un sistema cerrado, por lo que no hay contacto de estos residuos líquidos con las aguas lluvias.

g) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. El sistema de tratamiento y disposición fue descrito en las letras a) y e) del presente PAS.

h) Descripción general de la generación y manejo de lodos. Dado que las aguas servidas corresponden a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contienen sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentan características de peligrosidad.

Los lodos generados corresponden al tipo estabilizados y son retirados por empresa externa autorizada, una vez cada año durante la operación; disponiéndose los residuos en sitio autorizado. En la Tabla 3, se indica la caracterización físico-química de lodos estabilizados:

Se estima una generación de lodos de 0,27 l/día por trabajador, lo que representa en la situación peak de 5 trabajadores para la fase de operación de 1,35 l día.

Los lodos son retirados anualmente mediante camión limpia fosas, por empresa autorizada y dispuestos en lugar autorizado. El Titular llevará el control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información para control de la Autoridad.

Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos son requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final.

i) Programa de monitoreo. Considerando las dimensiones y uso de la solución sanitaria, el proyecto no considera el monitoreo del efluente de la fosa séptica en la cámara de distribución.

j) Plan de contingencias. El Plan de Contingencias se presenta en el Anexo 17 de Adenda, no obstante, para situaciones derivadas del mal funcionamiento del sistema particular de alcantarillado se procede de la siguiente manera: - Una vez detectada la falla en la fosa, el Encargado de Seguridad y Ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpiafosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. - En el caso de que la generación de olor tuviera su origen en la fosa séptica, se contemplan las siguientes medidas: Inspeccionar las cámaras y estanques de bombeo; Verificar el funcionamiento de todos los elementos del sistema; Verificar la cobertura de los estanques y finalmente dosificación con productos enzimáticos. - Durante la construcción, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se utilizará una retroexcavadora para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada y se comunicará con el fabricante para solicitar una fosa de recambio. - Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. - Una vez superada la contingencia se recolectará el material contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizado. - El Encargado de Seguridad y Ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a SEREMI de Salud.

k) Plan de emergencia. El Plan de Emergencias se presenta en el Anexo 5 de la DIA, pero para situaciones de emergencias en el funcionamiento del sistema sanitario se procederá de la siguiente manera: - Suspender uso de servicios higiénicos. - Movilizar al área de fosas una retroexcavadora que construirá pretiles de contención. - Retiro de aguas por camión limpia fosas. - Movilizar baños químicos al área del proyecto. - Retiro de materiales contaminados y disposición en sitio autorizado. Comunicar situación a Seremi Salud de la región.

Detalles sobre la actualización PAS se presenta en Anexo 12 de Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, en su Oficio CP Nº10216 de fecha 09 de septiembre de 2021, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adendas y señala que se acredita el cumplimiento de los antecedentes técnicos y formales para obtener los PAS de los Artículos 138, 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto y Tabla 10.2.1 del ICE

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según establece el Artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Se habilitará un sector en la Instalación de Faena, para el almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos y, residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios que serán generados durante la construcción del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción.

El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Generales: a.1. Descripción y planos del sitio. Se habilitará un sector en la Instalación de Faena para el almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos y, residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios generados durante la construcción del proyecto. El Patio de Residuos considera 2 áreas o componentes: - Patio de residuos industriales no peligrosos: El primer componente de gestión se realiza en los frentes de trabajo, donde los residuos son seleccionados y acopiados, determinándose su factibilidad de reutilización inmediata. En caso que ello no sea posible, los residuos son enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la Instalación de Faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema, en dónde los residuos son segregados por tipo y se evalua su potencialidad para ser reciclados. - Patio de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán manejados por un sistema integrado de 2 componentes: primero son almacenados en contenedores primarios dentro de bolsas plásticas en su lugar de origen; luego, en contenedores secundarios en la bodega de residuos domiciliarios.

En la fase de operación, no se considera habilitar un área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y/o asimilables a domiciliarios; ni una bodega para almacenamiento temporal de residuos industriales pues los contratistas que realizan la mantención en terreno, retiran todos los residuos que de ello se generen, disponiéndolos en el lugar autorizado.

a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes o temperatura y precipitación. El sector geográfico donde se emplaza el Proyecto es la subsubcuenca costera vertiente Norte entre Punta Quetrelquen y Río Chepu, que cubre un área de 116.740 ha, perteneciente a la Subcuenca Isla Chiloé que cuenta con una extensión de 840.030 ha y a la cuenca Islas Chiloé y circundantes que abarca 996.300 ha. El patrón de comportamiento estudiado a lo largo de los años es bastante regular.

En relación a las precipitaciones, el comportamiento de la curva a lo largo de los años es relativamente regular. Dentro del período de estudio, la media anual varía desde los 184 mm en el año 2017, hasta los 543,7 mm durante el año 2018 y el año 2019 registra un promedio de 773,1 mm.

La zona se caracteriza por concentrar el mayor volumen de precipitaciones durante los meses de otoño e invierno, mientras que en los meses de verano el volumen disminuye considerablemente. El invierno del año 2017 fue particularmente seco, con un promedio de precipitaciones de 299,2 mm (septiembre registra solo 90,2 mm).

El invierno del año 2019 fue bastante lluvioso presentando un promedio de 2.046,7 mm caídos. El período estival presenta eventos de lluvias puntuales y aisladas, los cuales se concentran a fines de dicho período. En los meses de diciembre, enero y febrero el promedio de precipitaciones fue de 58 mm caídos. Durante el verano, el promedio de precipitaciones fue de 72,8 mm. El período invernal registra el mayor número de precipitaciones, promediando 1.215,4 mm.

Otros aspectos abordados en el Anexo 3 de la DIA, respecto de los antecedentes de los PAS, corresponde a la radiación solar, humedad relativa, y al régimen de vientos.

Régimen de vientos. Respecto a la variable velocidad del viento, se observa una disminución de ésta durante los meses de enero, febrero, marzo y abril con valores que oscilan entre los 1,1 y 1,9 km/h; por otro lado, el peak se presenta durante los meses invernales, específicamente entre junio, julio y agosto, con un promedio de valores de 1,9 km/h.

La velocidad promedio anual del viento para el período de estudio corresponde a 1,8 km/h. Además, marzo se presenta como el mes con menor velocidad promedio (1,5 km/h), mientras que agosto y octubre son los meses con la velocidad promedio más alta (2,2 km/h). La dirección promedio del viento en la Comuna de Ancud es Suroeste, tal como se muestra en la siguiente figura:

a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. No se realizará tratamiento a los residuos; ya que solo se considera su acopio temporal.

Durante la fase de construcción, se estima una producción de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios de 1,1 kg/trabajador/día, con un máximo estimado de 55 kg diarios para una dotación máxima de 50 trabajadores. Estos residuos se recolectan con una frecuencia de 3 veces a la semana, en máxima actividad, por un tercero autorizado, y son dispuestos en sitio de disposición final autorizado. Según experiencia de la Empresa Titular en parques similares en construcción, se puede señalar que la generación total de residuos industriales no peligrosos se estima en alrededor de 279,49 ton/fase; sin considerar los excedentes de las excavaciones que serán reutilizados en el terreno.

En la tabla siguiente se presenta la estimación y caracterización de los residuos para la fase de construcción:

Durante la fase de operación, el personal visita la planta 4 veces al año, por tanto, se considera la generación de un total aproximado de RSD de 5,5 kg/día (por visita). Estos residuos son almacenados en contenedores herméticos dentro de bolsas selladas y son retirados de forma inmediata para ser dispuestos en un sitio de disposición final autorizado. Adicionalmente, durante la fase de operación, se prevé una escasa generación de RSINP y de acuerdo con la experiencia de la empresa se establece en 50 kg/día (por visita):

a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. No se realiza tratamiento a los residuos, dado que solo se considera acopio temporal de residuos.

a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. Medidas de control de material particulado y emisión de gases: - Los camiones con carga que se desplacen fuera de la obra serán cubiertos con lonas para evitar el desprendimiento de material. - Se realizará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinarias y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas. - Se utilizarán contenedores con tapa que permanecerán cerrados - La maquinaria utilizada contará con su documentación al día, especialmente en lo referido a los certificados de emisiones y revisión técnica. - Se prohibirá la quema de residuos y materiales combustibles (madera, material vegetal, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo). - Los camiones que se encuentren detenidos al interior de las obras por un tiempo prolongado deberán mantener sus motores apagados. - Cada trabajador que ingrese a la obra será capacitado en las medidas ambientales aplicables al Proyecto.

Manejo de residuos. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) serán manejados en un sistema de dos componentes, el primero será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación (frentes de trabajo durante la construcción y centro de operaciones durante la operación), en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en el patio de residuos en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final.

La recolección interna de los RSD está a cargo del personal de aseo, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal en el patio de residuos. Las bolsas que contienen los residuos son cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva es inmediatamente repuesta en el contenedor vacío.

Los contenedores son de polietileno inyectado de alta densidad, con resistencia térmica y mecánica, herméticos y con tapa; con un volumen desde 100 a 1.000 litros de capacidad. Se tomarán todas las precauciones necesarias para evitar la dispersión de residuos durante la maniobra de trasvasije, además, el personal recolectará inmediatamente cualquier residuo que resulte disperso por acción del viento. Estos contenedores se ubicarán en el área de almacenamiento, el cual contará con un cierre perimetral y señalización adecuada.

El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domiciliarios, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Durante la construcción y en su período de máxima producción, la frecuencia de recolección será de 3 veces a la semana. La recolección y disposición final adecuada de estos residuos estará a cargo del servicio de recolección municipal o de una empresa externa autorizada, quienes llevarán los residuos a un relleno sanitario u otro sitio de disposición final autorizado.

Durante la fase de construcción, estos residuos estarán compuestos principalmente de materia orgánica y en un porcentaje menor de otros componentes como papeles, cartones, plásticos, gomas, vidrios, metales, etc.

Residuos Industriales No Peligrosos. Los residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) son aquellos desechos inertes que por sus características, formas o volumen no son asimilables a residuos sólidos domiciliarios, pero no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. N°148/2004 “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”.

Los RSINP que se producen durante la construcción corresponden principalmente a despuntes de acero y fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, cables, plásticos, carretes, madera de embalaje, etc. Estos residuos serán manejados mediante un sistema de dos componentes: el primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados, en dónde se determina la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales. En caso que ello no sea posible, los residuos son enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la Instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema; allí los residuos son segregados por tipo y se evalúa nuevamente su potencialidad para ser reciclados.

Los residuos son transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva u otros que se emplean en la obra.

La madera de moldaje generada en terreno es seleccionada según su posibilidad de reutilización; y la que pueda ser reutilizada se acopia en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra mientras que el resto es trasladado al patio de residuos para posteriormente ser dispuesto en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes son depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., son acopiados cerca de los frentes de faenas para luego ser reutilizados en relleno o para ser llevados al patio de residuos o salvataje y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado.

a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. El proyecto solamente considera almacenamiento temporal de residuos y por lo tanto no existirán procesos de tratamiento que generen rechazos.

a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. El proyecto solamente considera almacenamiento temporal de residuos y por lo tanto no existirán procesos de tratamiento que generen rechazos.

En cuanto al seguimiento de los residuos generados, se contará con un registro de salidas de camiones con residuos y su respectivo comprobante de recepción de estos por parte de la empresa o municipalidad dueña del sitio autorizado de disposición final.

a.8. Plan de contingencias. Ante cualquier situación de contingencia derivada del manejo y almacenamiento de residuos no peligrosos, domiciliarios y asimilables a domiciliarios se considera la ejecución del siguiente protocolo: - Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos, se dará aviso inmediato al encargado de monitorear la contingencia. - Si la contingencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados de inmediato (mediante proveedor autorizado) a un sitio de disposición final. - El encargado se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. - Si la contingencia ocurre en el tránsito desde el sitio de almacenamiento transitorio disposición final, el encargado ambiental y de seguridad de la empresa contratista, definirá el correcto proceder en la restauración del terreno afectado. - Una vez terminada la contingencia se elaborará un informe de lo sucedido y se comunicará el hecho a la SEREMI de Salud de la Región.

a.9. Plan de emergencia. Durante la fase de construcción, es donde se podría generar emergencias en el manejo de los residuos producto de los mayores volúmenes de residuos a manejar. Ante una emergencia se procederá de la siguiente manera: - Dar aviso al encargado de monitorear la emergencia. - Movilizar maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. - Una vez contenida la emergencia, se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será enviado a sitio de disposición final autorizado. - Una vez terminada la emergencia se elaborará un informe de lo sucedido y se comunicará el hecho a la SEREMI de Salud.

b) Tratándose de una estación de transferencia, además de lo señalado precedentemente: b.1 Descripción del sistema de carga y descarga de residuos. b.2. Plan de medición y monitoreo de emisiones gaseosas. b.3. Diseño del sistema de captación, conducción y manejo de líquidos lixiviados y de cualquier otro residuo líquido que se genere. b.4. Descripción y diseño de zona de almacenamiento transitorio de residuos, si se contempla. El proyecto no corresponde a una estación de transferencia.

c) Tratándose de plantas de manejo de residuos orgánicos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): c.1. Descripción del sistema perimetral de intercepción y evacuación de escorrentías superficiales. c.2. Descripción del sistema de recolección y evacuación de las aguas que precipiten sobre la planta. c.3. Descripción del sistema de monitoreo de la calidad del agua subterránea. c.4. Programa de control de parámetros críticos de la operación de la planta. El proyecto no contará con una planta de manejo de residuos orgánicos.

d) Tratándose de una planta de incineración, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): d.1. Programa de control de parámetros críticos de la operación del sistema. d.2. Plan de medición y monitoreo de emisiones gaseosas. El proyecto no contará con una planta de incineración.

e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. • Características del patio de residuos residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Este tipo de residuos serán acopiados temporalmente en contenedores secundarios a la espera de su traslado y disposición final, en área delimitada y que contará con letreros adecuados. Las áreas de almacenamiento en donde se dispondrán los contenedores secundarios, contarán con suelo estabilizado y cierre perimetral de malla, de forma de impedir el ingreso de animales y personas no autorizadas. Las características referenciales de estos contenedores, se presenta a en la siguiente tabla:

• Características de la bodega de residuos industriales no peligrosos. Los residuos industriales no peligrosos dependiendo su naturaleza y posibilidad de valorización, se depositarán en contenedores diferenciados o directamente en una explanada compactada que contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura, en base a perfiles tubulares y malla metálica o similar, que impida el libre acceso de personas y animales y contará con señalética de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003. No se considerará la instalación de estructura de techumbre.

• Medidas de protección de condiciones ambientales. El almacenamiento de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos se realizará en contenedores con tapa los cuales se mantendrán sellados para evitar la emisión de olores molestos, derrames de líquidos y de atracción de vectores sanitarios. Estos contenedores estarán dispuestos en una superficie sólida con cierre perimetral para evitar el ingreso de perros y ratones. Los residuos domiciliarios serán retirados de la instalación de faena 3 veces a la semana en períodos de mayor producción y serán derivados por personal autorizado hacia un sitio de disposición final. Por su parte, los residuos industriales no peligrosos serán retirados 1 vez a la semana o de acuerdo con la necesidad. Por otro lado, el Titular se compromete a mantener en buenas condiciones de orden y limpieza los lugares de generación y almacenamiento temporal de residuos, especialmente en los sectores donde se colocarán contenedores o acopiarán escombros. De la misma forma, se inducirá a todos los trabajadores a un manejo responsable de los residuos industriales no peligrosos y basuras domiciliarias.

e.2. Capacidad máxima de almacenamiento Las bodegas de residuos contarán –en conjunto- con una capacidad máxima de almacenamiento cercana a los 100 m3.

e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. Al interior del patio, los residuos serán dispuestos en forma ordenada, dentro de contenedores y a granel. • Residuos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios Este tipo de residuos será dispuesto en contenedores secundarios herméticos en la instalación de faenas con capacidad de 10.000 a 60.000 l o similar con tapas apropiadas para impedir el ingreso de vectores sanitarios y la proliferación de olores molestos, siendo señalizados como “Basura Domiciliaria”. • Residuos Industriales No Peligrosos. Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados temporalmente sobre el suelo y/o en contenedores, dentro del área demarcada con cerco perimetral. Para el transporte y la disposición final se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades. A modo de detalle, los excedentes de excavación serán dispuestos a granel. La madera residual será ordenada en pilas de no más de 3 m mantenida a la intemperie, de la misma forma el fierro será apilado a la intemperie y los despuntes serán depositados en contenedores identificados como Metal Reciclable. Otros restos, como escombros y residuos menores serán acopiados en los frentes de faenas y posteriormente en la bodega de residuos para ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, en su Oficio CP Nº10216 de fecha 09 de septiembre de 2021, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adendas y señala que se acredita el cumplimiento de los antecedentes técnicos y formales para obtener los PAS de los Artículos 138, 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto y Tabla 10.2.2 del ICE

6.2.3. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos es el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos; según establece el Artículo 142 del Reglamento del SEIA.. Fase del proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos industriales peligrosos. Todos los residuos serán manejados bajo sistemas de gestión diseñados para el proyecto y serán acopiados temporalmente en espera de su disposición final. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

• Descripción del sitio de almacenamiento Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos durante la fase de construcción y cierre, se requerirá de una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (BAT) ubicada en cada instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003; etiquetado que se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. Durante la fase de construcción, se generarán la mayor cantidad de RESPEL del proyecto y corresponderán a restos de aceites y lubricantes, grasas, paños, materiales absorbentes y envases contaminados, entre otros. Cabe destacar que las mantenciones de maquinarias y vehículos se realizarán en las instalaciones de los proveedores, fuera del área del proyecto.

• Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales La bodega cumplirá, al menos, con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del D.S. Nº148/2003 del MINSAL que se mencionan a continuación: - Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. - Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales; y estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. - Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003 y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios.

• Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento A continuación, la Tabla 7 presenta el tipo y las cantidades de residuos peligrosos que generará el proyecto durante la fase de construcción y operación.

El período de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la BAT, en ningún caso excederá de 6 meses. Durante la operación del Proyecto, la empresa encargada de las mantenciones del parque será la responsable de la gestión y manejo de estos residuos, sin perjuicio de la responsabilidad final del Titular. Esta empresa deberá estar debidamente autorizada para estos efectos, realizando su disposición final adecuada fuera de las instalaciones del Proyecto.

• Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. Estos residuos serán gestionados mediante un sistema de manejo de dos componentes. El primer componente del sistema de manejo tiene por objetivo el almacenamiento temporal en los puntos de generación. Para este fin se utilizarán contenedores primarios, dispuestos en los frentes de trabajo y otras instalaciones generadoras de estos residuos (oficinas, talleres, etc.). Todos estos contenedores serán herméticos, sellados con tapa, de fácil traslado y tendrán capacidad suficiente para contener el volumen de residuos peligrosos generados en el período de frecuencia de retiro.

Posteriormente, los residuos serán trasladados a una bodega de acopio temporal (BAT) de RESPEL al interior de la instalación de faena durante la construcción. Esta bodega representa el segundo componente del sistema de manejo. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos.

La BAT corresponde a un recinto cerrado y especialmente habilitado, siguiendo los criterios de diseño y las exigencias contenidas en los artículos correspondientes al Título IV “Del Almacenamiento” del D.S. N°148/2004 y luego retirados por empresa con autorización sanitaria para su disposición final en un relleno de seguridad autorizado, u otro sitio que determine la autoridad competente. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos.

La frecuencia de retiro de RESPEL no superará los 6 meses, y serán informados con 48 horas de anticipación a la SEREMI de Salud de Los Lagos por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP).

Las medidas de manejo anteriormente descritas, sumada a la materialidad de la BAT que cumplirá las disposiciones del D.S.Nº148/2003 del MINSAL, aseguran la no afectación de los componentes ambientales (agua, suelo, aire) y aseguran que no se pondrá en riesgo la salud de la población.

• Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento La BAT tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

• Plan de contingencias - Ante riesgo o situación de posible derrame de residuos peligrosos dentro del área del proyecto se dará aviso inmediato al encargado, quien comandará las acciones durante la contingencia. - Se movilizará maquinaria para realizar pretiles para contener derrame. - Se colectarán los residuos y suelos que hayan sido contaminados. - Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, la empresa contratista se comunicará con el encargado, quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinarán el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia. - Una vez terminada la contingencia, el encargado elaborará un informe de la contingencia y dará aviso correspondiente a SEREMI de Los Lagos.

• Plan de emergencia. Ante una situación de emergencia se consideran las siguientes acciones: • Acciones para la contención inicial - Asegurar el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal. - Hacer uso del equipo de protección personal apropiado. - Prevenir el esparcimiento del material, empleando materiales absorbentes como turba u otro material. - Determinar el límite físico del eventual derrame.

• Acciones para el derrame de residuos peligrosos (se aplicarán según corresponda para derrames en suelos) - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. - Definir el equipo necesario y el plan de acción. - Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. - Colectar y envasar el material contaminado. - Muestrear y analizar los alrededores del suelo, superficie contaminada para determinar los residuos de contaminación.

• Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda) - Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. - Descontaminar todos los equipos. - Envasar todo el material contaminado para descarte. - Colectar muestras para certificación.

• Acciones Finales: Documentación (Reporte Final) - Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos - Mapa o dibujo del lugar - Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar - Fotografías - Información de la propiedad dañada y/o perjudicada.

Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, en su Oficio CP Nº10216 de fecha 09 de septiembre de 2021, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adendas y señala que se acredita el cumplimiento de los antecedentes técnicos y formales para obtener los PAS de los Artículos 138, 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto y Tabla 10.2.3 del ICE

6.2.4. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, será el establecido en el inciso 1° del Artículo N°90 de la Ley N°4.601, sobre Caza, modificada por la Ley N°19.473, que sustituye el texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y artículo 609 del Código Civil; según establece el Artículo 146 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de Bosque Nativo y movimiento de tierra Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el proyecto de caza o captura sea adecuado para la especie y para los fines indicados. La caza o captura de animales de las especies protegidas, en el medio silvestre, solo se podrá efectuar en sectores o áreas determinadas y previa autorización del Servicio Agrícola y Ganadero.

Dado lo anterior, se procederá a realizar un Plan de Rescate y Relocalización de anfibios, con el objetivo de reubicar a los ejemplares que pudiesen verse afectados por las actividades asociadas a la fase de construcción del Proyecto, medida tendiente a disminuir el impacto por mortalidad de fauna de baja movilidad y/o en categoría de conservación. Para esto se capturarán ejemplares de las especies objetivo de acuerdo con los resultados obtenidos en la Caracterización de Fauna silvestre, las que corresponden a: Batrachyla taenita (Rana de antifaz), Batrachyla leptopus (Rana moteada) y Eupsophus calcaratus (Rana de hojarasca austral).

Las capturas deberán realizarse de forma previa a la intervención de roce y despeje de la vegetación y/o avance de la maquinaria para acondicionar el terreno, instalación de faenas y emplazamiento de obras. El procedimiento de captura y relocalización será documentado mediante un informe a ser presentado a la Autoridad Ambiental, en el plazo que estipule la resolución de autorización de la dirección regional del SAG, y una vez que el Proyecto sea calificado favorablemente.

a) De tratarse de caza o captura para fines de investigación, se presentará un proyecto de investigación científica que contendrá: a.1. Descripción del proyecto. El Proyecto consiste en la construcción y operación de dos aerogeneradores para la generación de electricidad localizados en la comuna de Ancud, provincia de Chiloé, región de Los Lagos.

a.2. Especies, sexo y número de ejemplares estimados a cazar o capturar. Durante la caracterización del componente fauna silvestre se registró la presencia de tres especies de anfibios nativos en el ambiente de bosque nativo siempreverde, por lo tanto susceptibles de ser afectadas por el Proyecto. En la siguiente tabla se presentan las especies a las cuales está enfocado el plan de rescate y relocalización, su taxonomía, origen y estado de conservación. En caso de que durante la ejecución del plan se observen otras especies de baja movilidad en categoría de conservación, se procederá a la captura y eventual rescate independiente de si hayan sido registradas durante la caracterización de fauna silvestre de la DIA (con autorización del permiso de captura). Lo anterior en consideración de que el objetivo principal de esta medida es la conservación de biodiversidad y evitar su afectación.

Sexo de las especies a capturar. No es posible determinar a priori el sexo de los ejemplares a rescatar, sin embargo, se maximizará el rescate tanto de machos como de hembras.

Número de ejemplares estimados a capturar. En base a las abundancias de anfibios registrados dentro de la Caracterización del Componente Fauna Silvestre de la DIA, se presentan las densidades (ind/ha) en la siguiente tabla, además de la cantidad de referencia de individuos que podrían estar presentes en el área de emplazamiento del Proyecto al momento de iniciar las obras según la superficie total de cada ambiente disponible para fauna identificado en el AI del Proyecto. De la densidad calculada se espera capturar y relocalizar al menos un 50% de los ejemplares estimados.

a.3. Estado de la población a intervenir. Batrachyla taeniata (Rana de antifaz) Anfibio nativo de Chile y Argentina, se distribuye en Chile desde la Provincia de Aconcagua hasta la Provincia de Capitán Arturo Prat (Aysén) desde el nivel del mar hasta los 1.000 m de altitud. Es una rana de tamaño mediano, de entre 23 a 42 mm de longitud hocico-cloaca, de cuerpo esbelto con patas largas y delgadas. Dedos terminados en puntas redondeados. Dedos libres con membrana interdigital muy reducida. Cabeza algo puntiaguda con anillo timpánico visible externamente. Piel lisa, con algunas excepciones en individuos de zonas insulares que presentan suaves granulaciones. Coloración que varía entre café, terracota y beige en la zona dorsal y color crema centralmente. Presenta una característica franja pigmentada a cada lado del rostro, que va desde las narinas hasta el tímpano, a modo de un antifaz. Ojos negros con borde superior amarillo. Pupilas horizontales (Cei 1962, Rabanal & Núñez 2008). Las amenazas de esta especie se asocian a la pérdida y degradación de hábitat producto de la agricultura, plantaciones silvícolas, y extensas sequías (Veloso & Núñez 2003). De acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RC) la especie se encuentra en categoría “Casi Amenazada” dado que no cumple con los umbrales de ninguno de los criterios para ser clasificada en alguna de las categorías de amenaza de UICN (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable). Batrachyla leptopus (Rana moteada), Batrachyla leptopus se distribuye en Chile y Argentina. En Chile, tiene una amplia distribución que va desde Concepción hasta la región de Aysén (Formas & Brieva 2000, Rabanal & Núñez 2008), altitudinalmente, alcanza hasta los 1.000 m, según Rabanal & Núñez (2008) y hasta los 2.000 m según Veloso & Navarro (1988). Es un anfibio de tamaño pequeño, de entre 23 y 35 mm de longitud corporal. Tiene el cuerpo esbelto y las extremidades delgadas, con dedos finos y de puntas ensanchadas. Los dedos son libres y la membrana interdigital es muy reducida. La cabeza y el hocico son redondeados y la piel es suavemente granulosa. Hay una gran variación en la coloración, que consiste en manchas irregulares grises, terracotas, verdosas o cafés oscuras sobre un fondo más claro, gris o crema. La región ventral es de color crema, con manchas oscuras irregulares y difuminadas de extensión variable. Las extremidades presentan brazaletes oscuros de pigmento. Ojos con pupilas horizontales y anillo timpánico visible externamente (Rabanal & Núñez 2008). En cuanto a las amenazadas de esta especie Rabanal & Núñez (2008) indican que algunas poblaciones se han visto afectadas por las actividades forestales. Su estado de conservación en Chile es de “Preocupación Menor” (LC) debido a que no cumple con los umbrales de ninguno de los criterios para ser clasificada en alguna de las categorías de amenaza de UICN (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable), y su amplia distribución indica que no está próxima a satisfacer los criterios.

Eupsophus calcaratus (Rana de hojarasca austral) Especie nativa de Chile y Argentina, en Chile se distribuye entre la localidad de Tres Chiflones (40°03’S, 73°47’O, Región de Los Ríos) y Puerto Bertrand (47°02’S, 72°49’O, Región de Aysén), y altitudinalmente desde el nivel del mar hasta los 600 m (Núñez 2003, Rabanal & Núñez 2008). E. calcaratus es una rana de tamaño mediano (31-36 mm de longitud hocico-cloaca), cabeza más ancha que larga y hocico redondeado. Las extremidades anteriores son robustas y las anteriores delgadas, con dedos libres y ortejos (dedos de la pata posterior) con membrana interdigital reducida. Piel con pocas granulaciones, pero muchas manchas y reticulaciones. La coloración es muy variable, habitualmente con un fondo claro con manchas oscuras irregulares y sobre la cabeza una mancha característica en forma de reloj de arena. La coloración ventral también es muy variable, siendo los más comunes los colores crema, amarillos y grises, con manchas o sin ellas. Los ojos son de color negro con la porción superior del iris dorado y la pupila horizontal. El anillo timpánico es visible externamente (Rabanal & Núñez 2008). Rabanal & Núñez (2008) muestran, además, el calcar, una espuela cutánea que posee en el talón, característica de esta especie y que sirvió para designarla. Respecto a sus amenazas corresponden principalmente la degradación y destrucción general del hábitat debido a la deforestación, las actividades forestales e introducción de especies arbóreas exóticas (Úbeda et al. 2004, Rabanal & Núñez 2008). Su estado de conservación en Chile es de “Preocupación menor” (LC) dado que no cumple con los umbrales de ninguno de los criterios para ser clasificada en alguna de las categorías de amenaza de UICN (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable). Y su amplia distribución indica que no está próxima a satisfacer los criterios.

a.4. Metodologías de caza, captura y manejo. Para el rescate y relocalización, se seguirán los lineamientos propuestos por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, 1996) y el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG, 2004). Cabe destacar que previo a las capturas se obtendrá el permiso correspondiente, otorgado por el Departamento de Protección de los Recursos Naturales, del Servicio Agrícola y Ganadero para dar cumplimiento a la Ley de Caza.

Dadas las características de acceso a los puntos de registro de anfibios en el área del Proyecto, el número de ejemplares comprometidos a capturar y las clases de fauna involucradas en este plan, la campaña de rescate y relocalización tendrá un esfuerzo de muestreo de 108 horas/hombre, llevada a cabo por 4 profesionales durante 3 días (9 horas diarias).

Para las especies de anfibios, el principal método de captura es de tipo manual, es decir, los individuos adultos y juveniles recién metamorfoseados serán colectados con la mano usando guante de nitrilo (sin talco), siguiendo los protocolos de bioseguridad. En ambientes terrestres, se realizará una búsqueda minuciosa visual y manual en eventuales refugios, ya sea, entre la vegetación, en tocones, troncos de árboles, en sectores húmedos o cercanos al agua y bajo rocas y hojarasca. Para individuos es estado larvario, que preferentemente se encontrarán en ambientes acuáticos, se privilegiará la captura mediante redes de paso o chinguillo, que permite capturarlos a distintas profundidades con mayor facilidad. Se llevará un control de los individuos rescatados, de manera de recopilar datos que permitan determinar el éxito del programa de rescate además de permitir realizar un seguimiento de los ejemplares relocalizados. Para lograr este seguimiento, se marcarán todos los individuos con tintas vitales en la región ventral o en las extremidades posteriores. Las técnicas de marcaje con pintura constituyen una de las marcas temporales menos invasivas del mercado, estas pueden ser aplicadas directamente sobre la piel de los individuos ya que no son tóxicas (Bustamante et al., 2009). El uso de marcas de pintura puede utilizarse en estudios de corto plazo permitiendo el reconocimiento individual de los especímenes relocalizados (SAG, 2014).

En una ficha de terreno se registrarán los siguientes datos: • Especie (nombre científico y común) • Medidas biométricas (longitud estándar (SVL) y largo total (LT) en cm) • Peso (uso de dinamómetro o balanza que permita medir gramos) • Sexo (hembra o macho) • Rango etario (juvenil o adulto) • Observaciones generales (parásitos, entre otros) • Código o número de marcaje del ejemplar.

a.5. Lugar de captura y destino de los animales. a.5.1) Área de rescate El lugar de rescate y/u origen de las especies objetivo corresponderá al área de corta de vegetación del área de influencia del componente fauna silvestre descrita en el Anexo “Caracterización de Fauna silvestre” de la DIA (Figura 1). El área de rescate posee una superficie de 0,33 ha compuesto por el ambiente Bosque Nativo.

a.5.2) Área de relocalización Para determinar el área de relocalización y/o destino de los ejemplares se evaluaron los posibles sitios cercanos al área de influencia en función de la metodología propuesta por Bustamante et al., 2009. Por lo tanto, para la caracterización de dichas áreas se incluyeron los siguientes criterios: • Área (superficie): el hábitat receptor debe ser similar en tamaño al hábitat original que será intervenido. • Distancia: la ubicación del sitio de relocalización no debe estar alejado de la distribución histórica de las especies. Se sabe además que los individuos relocalizados tienen mayor probabilidad de sobrevivencia cuando están en un ambiente con recursos a los que están familiarizados (SAG, 2014). • Perturbaciones: el grado de perturbaciones antrópicas debe ser similar en el sitio de relocalización, ya que la susceptibilidad de las especies amenazadas puede influir en las posibilidades de que se establezcan exitosamente en el nuevo hábitat. Es por ello que los sitios definidos deben presentar similitud entre sus perturbaciones. Adicionalmente, se deberá evaluar la presencia de otros proyectos cercanos que pudiesen influir en el hábitat receptor. • Depredadores: la presencia de depredadores podría afectar negativamente en la sobrevivencia de los individuos, es por ello que en cada sitio potencial se deberá identificar las especies tope o depredadores próximos. • Representatividad de ambientes: los ambientes del polígono original deben ser similares al sitio a relocalizar.

Con relación a estos criterios, se definieron dos áreas de relocalización denominadas R1 y R2. Cabe destacar que ambas áreas seleccionadas están dentro del mismo predio en el que se emplazará el Proyecto, por lo tanto, se cuenta con la autorización del propietario. En la siguiente tabla se presentan las características de cada zona de relocalización:

A continuación, se muestra la ubicación geográfica de los sitios de relocalización propuestos, con relación al AI del Proyecto.

Con respecto a la calidad de los sitios de relocalización como hábitat, durante la Caracterización de fauna silvestre, específicamente durante las campañas de primavera, verano e invierno, se verificó en terreno que existen fuentes de alimento (insectos) y se identificaron refugios para anfibios, tales como troncos caídos, hojarasca y rocas, además de la presencia de sectores húmedos. Cabe destacar que estos conforman microhábitats idóneos para las especies de objetivo de este plan.

Respecto de las especies de anfibios identificadas en ambas áreas de relocalización durante la campaña de primavera, se registró la presencia de Batrachyla leptopus y Eupsophus calcaratus (Tabla 4):

Considerando lo antes descrito, se puede señalar que el área de relocalización cumple con los siguientes requisitos: • El hábitat del área de relocalización es similar al sitio de origen, y presenta una calidad adecuada debido a la disposición de su vegetación, disponibilidad de alimento y refugios. • El área cuenta con la presencia de las mismas especies de anfibios a relocalizar. • La flora y fauna presente en el área de relocalización conforman un hábitat diverso en recursos. • El área de relocalización se encuentra a una distancia que permite la continuidad del hábitat de las especies a relocalizar.

a.6. Condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio. Los ejemplares serán depositados en cajas de plástico transparentes y herméticas con suficiente ventilación (agujeros), de aproximadamente 15 litros (estilo caja Wenbox con mango) con elementos en su interior que permitan simular el hábitat de las especies capturadas (agua, hojas y ramas). Cada especie tendrá su caja en particular y en caso de ser necesario se separarán por grupo etario para evitar posibles agresiones. Las cajas con especies capturadas deberán ubicarse en lugares con ventilación, sombra, lejos de la lluvia o cualquier elemento que pueda ser perjudicial para la integridad de los ejemplares. Dadas las condiciones de terreno el transporte será realizado a través de caminata por los profesionales, con máxima precaución, evitando ruido y movimientos bruscos.

a.7. Cronograma de actividades a realizar y periodo en el que se solicita el permiso. La autorización de captura deberá solicitarse, en forma previa a las labores de rescate y relocalización, a la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de la región de estudio. Esta solicitud contendrá la información actualizada al momento de realizar la operación. Los profesionales a cargo de las labores de rescate deberán cumplir con lo indicado en la Resolución Exenta que permita la captura. Por lo tanto, de forma previa al comienzo de la actividad, se deberá dar aviso de captura al SAG, con la cantidad de días hábiles de anticipación que estipule dicha resolución. El Plan de Rescate y Relocalización de fauna será ejecutado mediante una campaña de forma previa (5 días antes como máximo) a la intervención y/o al avance de la maquinaria de construcción y emplazamiento de obras, idealmente realizándose justo antes de la ejecución de la remoción de roce y despeje de vegetación durante la etapa de construcción. Lo anterior, permite que se evite o se disminuya el repoblamiento del área de influencia del Proyecto o área del rescate, con las especies objetivo. El inicio de las actividades anteriormente mencionadas queda supeditadas a las fechas de solicitud y otorgamiento de los permisos de captura necesarios, ya que el objetivo es realizar las actividades lo más cercano posible al inicio de la etapa de construcción, para evitar cambios en las condiciones ambientales que comprometan los resultados del rescate. A continuación, se detalla el cronograma asociado a las actividades consideraras en el presente documento (Tabla 5):

Monitoreo y Éxito de la Medida de Manejo. De manera de verificar que los individuos relocalizados se encuentren en buenas condiciones y sean capaces de sobrevivir, se implementará un monitoreo posterior al rescate y relocalización. Esto con el fin de detectar el estado general de las poblaciones reubicadas y el éxito de la medida adoptada. El monitoreo contempla el seguimiento de anfibios dentro de las zonas de relocalización. Estos monitoreos se realizarán en 3 campañas de forma posterior a la campaña de captura, la primera se realizará 7 días posteriores a la relocalización, la segunda a los 30 días y la tercera a los 90 días. Las metodologías a implementar son las mismas que para la etapa de rescate. Cada campaña tendrá un esfuerzo de muestreo de 36 horas/hombre, llevada a cabo por 2 profesionales durante 2 días (9 horas de trabajo).

El total de las campañas de monitoreo tendrá un esfuerzo de muestreo de 108 horas/hombre. En cada una de las campañas se deberán identificar los individuos marcados y no marcados presentes en el nuevo hábitat, con el objeto de evaluar la proporción de individuos que se mantienen o que se van del hábitat receptor. En esta etapa se estima el porcentaje de individuos recapturado (% recaptura = N° individuos marcados vistos y capturados/versus el total de individuos relocalizados).

Además, tanto para aquellos individuos marcados que logren ser recapturados como para aquellos capturados sin marca, se tomaran los siguientes datos: • Medidas biométricas (longitud estándar (SVL) y largo total (LT) en cm) • Peso (g) • Sexo (hembra o macho) • Rango etario (juvenil o adulto) • Observaciones generales (autotomía caudal, entre otros). • Remarcar en caso de ser necesario (sólo monitoreo de 7 días).

Estos datos permitirán generar inferencias sobre el éxito de la permanencia de los individuos marcados en el nuevo hábitat. Para el caso de los individuos no marcados (originarios de las zonas de relocalización) se estimará la abundancia de las especies objetivo. Esta abundancia se calculará de la misma forma establecida en la línea base de fauna, con el objeto de comparar el estado de las poblaciones y con ello el éxito del rescate. Los indicadores de éxito de la medida son los siguientes:

Rescate y relocalización: • Rescate del total de especies descritas en la Caracterización de fauna silvestre de la DIA. • Tasa de captura: en base a los individuos registrados y la heterogeneidad de sus densidades, se espera la captura de al menos el 50% de la población estimada (ver Tabla 2). • Tasa de sobrevivencia de individuos relocalizados: en base al total de individuos rescatados, se espera una sobrevida total del 100% de ejemplares capturados. Etapa de seguimiento: • Tasa de recaptura de animales rescatados: Se espera una recaptura al menos el 20% de ejemplares relocalizados. • Tasa de registro: se espera el registro de todas las especies relocalizadas.

Reporte Autoridad Ambiental. Finalizadas las acciones de rescate y relocalización, se deberá realizar un informe que dé cuenta de las labores realizadas y de la verificación o éxito de la medida. Este informe deberá ser entregado a la autoridad ambiental a los 3 meses como máximo después de realizar el plan. Este informe seguirá los lineamientos establecidos en la Res. Ex. 223/2015 de la SMA y contendrá entre otros lo siguiente: • Fotografías del proceso de rescate y relocalización, porcentaje de individuos relocalizados y track de recorridos. • Coordenadas de rescate y relocalización, junto a cartografía adecuada. • Planillas con los datos morfométricos y otros, levantados en terreno • Nº de especialistas a cargo junto con el esfuerzo realizado en la campaña. • Conclusiones sobre el éxito de la medida. • Anexos del permiso de captura.

Detallles se presentan en Anexo 18 de Adenda Pronunciamiento del órgano competente El SAG Región de Los Lagos, en su Oficio ORD.Nº812 de fecha 22 de diciembre de 2021, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adendas y señala que se acredita el cumplimiento de los antecedentes técnicos y formales para el PAS del Artículo 146 del Reglamento del SEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto y Tabla 10.2.4 del ICE

6.2.5. Permiso para la corta de bosque nativo. El permiso para la corta de bosque nativo, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1, será el establecido en el artículo 5° de la Ley N°20.283 sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal; según establece el Artículo 148 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de bosque nativo Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en reforestar o regenerar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada, con especies del mismo tipo forestal.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los que se adjuntan en Anexo 13 de Adenda, y corresponden a los siguientes:

a.1. Antecedentes generales del Proyecto. Corresponden a los presentados en la DIA y en el Plan de Manejo ante CONAF. a.2. El predio objeto de intervención es el siguiente: El proyecto se materializará en un predio de 251 hectáreas, y la superficie ocupada directamente por las obras de caminos, áreas de montaje, sitio de aerogeneradores, es de 3,01 hectáreas. Considera un camino interno de 2.400 metros de longitud, con un ancho de 6 metros.

El proyecto se emplaza en zonas intervenidas respecto de la cobertura vegetacional original, mediante la actual existencia de praderas, y con formaciones boscosas remanentes en riberas de 3 cursos de agua y sectores aledaños.

El proyecto considera la intervención y corta de 0,52 hectáreas de Bosque Nativo del Tipo Forestal Siempreverde, necesaria para la ejecución de las obras, el cual se ubica en las riberas aledañas a 3 cursos de agua, que debe atravesar el camino de acceso. Se incluye la corta de 0,15 hectáreas de Plantaciones forestales de la especie Eucaliptus globulus en suelos de Aptitud Preferentemente Forestal (APF).

b) Descripción de las obras asociadas a la intervención.

b.1. Objetivos de la Corta: El objetivo de la corta responde a la construcción del Proyecto PMGD Eólico Urospora compuesto por 2 Aerogeneradores, que permitirán la generación de energía eléctrica a partir de la energía eólica, enmarcándose en las Energías Renovables no Convencionales (ERNC). Las obras asociadas que provocarán esta intervención corresponden a la implementación de caminos internos y extensión de la Línea soterrada de MT. Dichas obras requerirán de la intervención de 0,44 ha de Bosque Nativo.

b.2. Descripción de las actividades a realizar: La superficie total del proyecto abarca 3,11 ha. El camino de acceso y la línea de media tensión cubren 2,06 ha de las que 0,44 ha son Bosque Nativo Tipo Forestal Siempreverde. Para todas las obras implicadas es necesario despejar completamente la superficie de la vegetación existente. En consecuencia, será necesaria la corta y descepado de 0,44 ha de vegetación que de acuerdo con la legislación vigente corresponde a Bosque Nativo.

c). Descripción del área y especies a intervenir

c.1.Descripción del área a intervenir: Según detalle presentado en Anexo 13 de Adenda, sobre actualización del PAS 148.

c.1.1. Coordenadas/Huso /Datum (WGS 84) Según detalle presentado en Anexo 13 de Adenda, sobre actualización del PAS 148.

c.1.2. Uso actual del suelo.

c.1.3. Suelos: Las áreas a intervenir se ubican en Suelo de Capacidad de Uso III y VII para el cual se señalan algunas referencias como Pendiente (%) y superficie de éstos.

Predio Nº Área Nº Clase capacidad de uso de los suelos Pendiente media (%) Superficie (ha) 1 R1.1 III 0 - 16% 0,09 R1.2 VII 0 - 16% 0,12 R2.1 III 0 - 16% 0,09 R2.1 VII 0 - 16% 0,14

c.1.4. Recursos hídricos: Respecto de los recursos hídricos, en el siguiente cuadro se presenta los cursos hídricos presentes en las cercanías del Predio a objeto de intervención, para el cual se señalan algunas referencias como por ejemplo temporalidad, la distancia al área a intervenir y el ancho estimado de éstos.

Predio Nº Área Nº

Masas o cursos de agua

Temporalidad Distancia al área a intervenir (m) Ancho del cauce (m) 1 R1.1 Cauce Estacional Cruza 1,3 R1.2 Cauce Estacional Cruza 1,6 R2.1 Cauce Estacional 85 1,8 R2.2 Cauce Estacional Cruza 1,8

c.1.5. Vegetación: Para caracterizar la vegetación, que pertenece al Tipo Forestal Siempreverde, se registró información en diez (10) parcelas de muestreo de 500 m2 cada una repartidas al azar sobre toda el área en que se encuentra el área de intervención. En específico en el área a intervenir se registró seis (6) parcelas con bosque nativo. La información obtenida permitió determinar qué áreas corresponden a Bosque Nativo (con una cobertura de especies arbóreas superior al 10%), y cuáles no.

De las 3,11 ha del área total de intervención del Proyecto, 0,44 ha corresponden a Bosque Nativo del Tipo Forestal Siempreverde. En estos bosques, la especies dominantes son Amomyrtus luma, Drimys winteri, Eucryphia cordifolia, Laureliopsis philippiana, Amomyrtus meli, Gevuina avellana y Luma apiculata. Entre las especies arbustivas, Berberis empetrifolia, Berberis linearifolia y Fuchsia magelanica. En el área, a intervenir no se avistaron especies de flora con problemas de conservación.

Predio Nº Area Nº Tipo forestal Superficie (ha) Especies dominantes Densidad (ind./ha) Estructura actual Estado de desarrollo Estado sanitario 1 R1.1 Siempreverde 0,09 Amomyrtus luma (205/ha) Drimys winteri (260/ha) Eucryphia cordifolia (280/ha) Laureliopsis philippiana (30/ha) Amomyrtus meli (140/ha) Gevuina avellana (40/ha) Luma apiculata (73/ha) Irregular Monte bravo a Latizal Fustal Bueno

R1.2 Siempreverde 0,12 R2.1 Siempreverde 0,09 R2.2 Siempreverde 0,14

c.2. Resumen presencia de vegetación. c.3. Análisis de la intervención de la flora presente en el área de influencia.

d) Condiciones de la reforestación o regeneración

El Titular se compromete a la reforestación con especies del mismo tipo forestal Siempreverde a intervenir, correspondientes a Bosque Nativo, cuya densidad total será de 1.600 plantas/ha.

d.1. Superficie. 0, 44 hectáreas

d.1.1. De la corta.

d.2. Tipo Forestal. Tipo Forestal Siempreverde

d.2.1. De la reforestación. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen presentarán condiciones similares al área intervenida con el propósito de que permitan asegurar la sobrevivencia de los ejemplares plantados. Se realizará en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta, de preferencia ubicado en la misma provincia, la que debe ser como mínimo equivalente a la de corta. El área a reforestar además deberá efectuarse en suelos con clase de capacidad de uso entre VI y VII (Suelos de Aptitud Preferentemente Forestal).

e) Medidas de protección

e.1. Protección ambiental e.1.1. Medidas de protección para flora y fauna nativa: - Se cortará la vegetación exclusivamente aprobada y autorizada para la construcción de las obras del Proyecto y que es objeto del presente Plan; - Se delimitará el área a despejar de vegetación con estacas de madera y/o con señalización de color llamativo, con el fin de que el personal de terreno enmarque sus áreas de corta establecidas en el presente plan de manejo y no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella; - Durante la fase de construcción, para evitar el levantamiento de material particulado que pudiese adherirse a las hojas de los árboles adyacentes al camino de acceso, producto del tránsito de vehículos a las obras del proyecto, ésta será prevenida con la instalación de una malla raschel de 1,8 m de altura al lado del camino (hacia el bosque) y supresor de polvo al menos dos veces al día con el fin de evitar el levantamiento de partículas hacia los árboles; - Se capacitará al personal sobre el cuidado de la flora existente en las áreas aledañas del proyecto mediante charlas semanales de cinco minutos; - Se prohibirá todo tipo de actividad que pueda provocar alteración de hábitat y a los recursos naturales, tanto dentro del área de proyecto como fuera de él; - Se contempla la construcción de un cierre perimetral, con el objeto de impedir el ingreso de animales domésticos y silvestres a la faena; - Se prohibirá al interior de los predios de corta y reforestación, la caza o captura de animales, mediante inducciones al personal y la instalación en cada predio, de un letrero alusivo a la prohibición de esta actividad, así como también estará prohibido alimentar a la fauna silvestre; - Para la fauna nativa se pondrá en práctica medidas de mitigación sobre las especies a través del método de perturbación contralada sugerida por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); - No se permitirá la tenencia de perros en las zonas de faenas que impliquen un riesgo hacia la fauna silvestre de la zona; en el caso de que se incorporarán a la zona de trabajo inesperadamente, estos deberán ser retirados del lugar; - Capacitación a personal del proyecto sobre el eventual cruce de animales, indicando la prohibición de uso de bocinas en el caso de encuentro con fauna en área de tránsito de vehículos; - El acceso al predio estará controlado, restringiendo el ingreso a personas ajenas a las obras. - Los residuos domésticos serán almacenados en contenedores herméticos y luego retirados para posteriormente ser depositados en vertederos autorizados. De modo de evitar la contaminación y presencia de roedores en el sector; y - Se prohibirá el uso del fuego y la quema. La prohibición del uso del fuego evitará la ocurrencia de accidentes que conlleven la pérdida de ambientes para la flora y la fauna. Esta medida será materializada mediante una reglamentación interna y la instalación de señalética, tanto en el área de obras del proyecto como en el camino de acceso; - La puesta en práctica de las medidas arriba enunciadas se estima son suficientes y realistas para la mantención de la fauna presente en el sector y, de este modo, conservar la diversidad biológica del país.

e.1.2. Medidas de protección para el suelo:

El movimiento de tierra, necesario para la construcción de las obras temporales y permanentes se efectuará estrictamente sólo en aquellas zonas delimitadas y autorizadas, con el objeto de minimizar la alteración de las características naturales del terreno y su geoforma, de tal forma de evitar la activación de procesos erosivos; - Durante la etapa de construcción del Proyecto, queda estrictamente prohibido al personal de terreno depositar en el suelo residuos domésticos, industriales o peligrosos. Dichos elementos serán depositados en contenedores habilitados para tales fines, y serán retirados periódicamente por empresas autorizadas; - El acceso y tránsito de vehículos livianos y equipo pesado será controlado por el contratista y se llevará a cabo sólo por caminos definidos y habilitados para tales fines, razón por la que se minimizará la compactación de suelos producto del tránsito vehicular. Se privilegiará el uso de huellas y caminos existentes; - No se empleará fuego como medio para realizar roce y eliminación de residuos de la corta, con el objeto de no alterar los componentes orgánicos del suelo; - La eliminación de la vegetación en el área de intervención se efectuará mediante cortas a tala rasa, de manera sectorizada. Los ejemplares cortados serán desramados y trozados en terreno, para luego ser extraídos por caminos existentes minimizando la alteración del suelo; - La carga de combustible y/o mantención de maquinaría se efectuará en áreas exclusivas recubiertas con geomembranas u otra capa impermeable protectora del suelo para evitar la contaminación por posibles derrames de hidrocarburos u otras sustancias. En caso de haber contaminación del suelo, se procederá a controlar y limpiar inmediatamente el derrame, para posteriormente hacer retiro del suelo contaminado y luego ser llevado a la bodega de residuos peligrosos a la espera de su disposición final por las empresas autorizadas;

e.2. Protección al establecimiento de la reforestación. - Se contará con cerco perimetral para evitar el ingreso de ganado y de vehículos al interior de las áreas de reforestación como tampoco se permitirá el ingreso de personas ajenas a las faenas. Previo a las labores de plantación, el cerco perimetral será revisado de manera constante para asegurar la exclusión efectiva y así proteger las plántulas establecidas. - Se efectuará una preparación previa del suelo pudiendo realizarse subsolado en caso de ser necesario y según lo permita la pendiente y topografía, para asegurar de esta manera el establecimiento de la plántula y favorecer su desarrollo radicular. - La plantación se hará tradicional en hileras para cada ejemplar que sea plantado, con el objeto de facilitar el amplio desarrollo posterior de la copa y del sistema radicular ramificado. - Se extraerán las piedras de tamaño mayor en la eventualidad de que aparezcan. Si es necesario, se aplicará tierra de hoja para rellenar. De este modo las plantas tendrán suficiente espacio para que se desarrolle su sistema radicular. Un espacio menor hace que las plantas queden constreñidas y su crecimiento se ve perjudicado. - Se instalará una malla de protección a cada ejemplar plantado, la que será confeccionada con malla rashell o similar. Esta protección evitará el ramoneo de los ejemplares por la fauna residente, además de conferir protección contra la radiación, barrera contra el viento y mitigar la pérdida de humedad del suelo y del ejemplar. - Una vez efectuada la plantación, las plántulas recibirán un riego inicial o de establecimiento de 3 litros al momento de la plantación el que dependerá de las condiciones de humedad del suelo y del estado de la temporada invernal de la zona. De acuerdo al monitoreo y seguimiento de la plantación, se aplicará riego en el caso de que la plantación lo requiera durante el primer año, el cual irá disminuyendo progresivamente durante el segundo año hasta retirar el riego por completo a finales de este. El riego estará sujeto al monitoreo y seguimiento de la plantación lo que permitirá definir la frecuencia de este considerando las proyecciones pluviométricas de la temporada invernal en la zona. De esta manera se evitará que la plantación presente una humedad sostenida, la que podría presentar malas condiciones de sanidad y alta probabilidad de aparición de organismos patógenos producto del exceso de riego. - Lo anterior, será realizado para cumplir con el 75% de prendimiento a finales del primer año. En caso contrario, y con el objetivo de cumplir con el porcentaje de éxito de la plantación, se evaluarán medidas de reposición de ejemplares y la implementación de riego quincenal durante el primer semestre del segundo año y una disminución del riego paulatina durante el segundo semestre. - La mantención de la reforestación se realizará al menos durante dos (2) años a contar de la plantación de los individuos. - Se realizarán un programa de monitoreo y seguimiento, con el objeto de asegurar que las plantas se desarrollen en forma normal y/o detectar a tiempo, problemas que puedan afectar la sobrevivencia de la plantación. Este monitoreo constará de un seguimiento del Estado sanitario, Vigor, Porcentaje de Sobrevivencia, Altura y Diámetro promedio de la Plantación. - La frecuencia de monitoreo y seguimiento será mensual durante el primer año de la plantación y, en caso de registrar un porcentaje de sobrevivencia igual o mayor al 75%, será semestral durante el segundo. Posteriormente a los dos (2) años se continuará el seguimiento por cinco (5) años de manera semestral. En caso contrario, se mantendrá el monitoreo mensual, con el objetivo de responder a tiempo ante eventuales factores que atenten contra el éxito de la plantación. - A finales de cada año de reforestación se emitirá un informe del estado de la plantación y de la actividad de seguimiento y protección realizada, con apoyo de registros fotográficos, planos, cartografía digital georreferenciada en Coordenadas UTM, Datum WGS 84, archivos Kmz, que se remitirá SMA y CONAF.

En Adenda Complementaria se incorpora lo siguiente: - Se realizarán un programa de monitoreo y seguimiento, con el objeto de asegurar que las plantas se desarrollen en forma normal y/o detectar a tiempo, problemas que puedan afectar la sobrevivencia de la plantación. Este monitoreo constará de un seguimiento del Estado sanitario, Vigor, Porcentaje de Sobrevivencia, Altura y Diámetro promedio de la Plantación. - La frecuencia de monitoreo y seguimiento será mensual durante el primer año de la plantación y, en caso de registrar un porcentaje de sobrevivencia igual o mayor al 75%, será semestral durante el segundo. Posteriormente a los dos (2) años se continuará el seguimiento por cinco (5) años de manera semestral. En caso contrario, se mantendrá el monitoreo mensual, con el objetivo de responder a tiempo ante eventuales factores que atenten contra el éxito de la plantación. - A finales de cada año de reforestación se emitirá un informe del estado de la plantación y de la actividad de seguimiento y protección realizada, con apoyo de registros fotográficos, planos, cartografía digital georreferenciada en Coordenadas UTM, Datum WGS 84, archivos Kmz, que se remitirá SMA y CONAF.

e.3. Protección contra incendios forestales. Los desechos del roce de vegetación como troncos, serán apilados y ordenados, para posteriormente ser retirados del sector. Con respecto a las ramas y hojas de árboles, así como los restos de la corta de arbustos será ordenado en fajas de manera de desmenuzarlo y/o compactarlo, para posteriormente disponerlo a orilla de camino para ser retirados. Sin perjuicio, de que éstas puedan ser distribuidas en forma homogénea para su descomposición natural como materia orgánica de rápida descomposición a través del chipeo. Ahora bien, en cuanto a la programación del retiro de los excedentes de la corta, estos serán realizados de manera inmediata a finalizar la ejecución de la tala rasa de bosques hacia un sitio de disposición final autorizado, conservando el registro de entrega en la faena. De esta manera no permanecerá material leñoso y/o vegetal en las inmediaciones de las obras del Proyecto.

A continuación, se presenta las Medidas de Protección Contra Incendios Forestales, considerando Medidas de Prevención y Medidas de Control:

a) Medidas de Prevención. Se deberá considerar la realización de charlas de capacitación tanto para el personal de planta como para los propios trabajadores de las obras. Estas charlas deberán tratar temas relativos a la prevención de incendios como: la Prohibición del uso del fuego en áreas de trabajo, así como las instrucciones de práctica básica sobre el combate de incendios, las formas de organizarse y construir colectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado. El momento de estas capacitaciones, será previo al inicio de cualquier actividad de las obras y deberán ser realizadas por un profesional acreditado, el cual cuente con la suficiente pertinencia y experiencia en estos temas.

Adicionalmente se deberá informar al personal de los riesgos asociados a cada actividad, y de las medidas tendientes a prevenir estos riesgos. Esta información deberá ser transmitida con letreros especialmente diseñados, así como en las capacitaciones que el encargado realice. Además, se entregarán nociones teóricas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales.

Se deberá proceder a la instalación de señaléticas y/o afiches que indiquen los pasos a seguir en caso de presentarse algún siniestro. Así como letreros que prohíban fumar y la realización de fogatas en el área del proyecto.

Además, en estos letreros se indicará la prohibición de botar basura, cigarrillos, restos vegetales, entre otros, a modo de evitar la acumulación de material combustible en las dependencias y entorno de las obras. Dicho material interpretativo, deberá contener al menos los números telefónicos de Bomberos, Carabineros y CONAF, para hacer frente ante una eventual emergencia.

Entre las medidas preventivas que serán aplicadas durante la ejecución del proyecto, particularmente en épocas de sequía, destacan aquellas orientadas a la reducción del riesgo de ocurrencia: - Reducción del riesgo de ocurrencia: como norma general, se tratará que las faenas de corta sean efectuadas en épocas de bajo riesgo de ocurrencia de incendios. - Vigilancia: Existirá una inspección técnica a cargo del titular. Dentro de sus funciones estará la detección permanente de acciones y condiciones inseguras que estén produciéndose durante el desarrollo de las faenas. La inspectoría comunicará las deficiencias anotadas al contratista, con el objeto de que se corrijan las fallas y deficiencias observadas. - Control del riesgo: Se controlará el acceso a las faenas, impidiendo el acceso a personas ajenas a la faena. Los caminos de acceso podrán actuar como áreas libres de vegetación y/o cortafuegos para el desplazamiento del personal, brigadistas o maquinaria las que se mantendrán despejadas, esto bajo una supervisión rutinaria por parte del jefe de obra. - Reducción del peligro de ocurrencia: La ordenación de combustible, comprenderá el apilado ordenado de troncos durante la faena de corta dentro de la faja para ser retirados posteriormente. Las ramas y hojas de árboles, será ordenado en fajas y dispuestos a orilla de camino para ser retirados. - Comportamiento básico del personal en el proyecto: Los operarios tendrán prohibido fumar durante las faenas de corta, además, tendrán prohibición absoluta de encender fogatas. - Herramientas y equipos de combate: En caso de ocurrencia de algún amago de incendio, se utilizarán los equipos y herramientas utilizados para realizar el trabajo de descepado de los ejemplares, así como también las herramientas de combate de incendios forestales que deben estar presentes en todo momento en el lugar de la faena y que serán de fácil acceso para todo el personal capacitado. Las bombas de espalda mencionadas deberán estar siempre cargadas a plena capacidad con agua y deberán disponer de un estanque móvil cercano para recarga de las bombas de a lo menos 1000 litros. - Maquinaria y equipos de apoyo: La maquinaria de apoyo será la misma utilizada en las obras de construcción del proyecto. - Comunicaciones: Se designará una persona que estará a cargo de disponer o instruir el traslado de recursos y personal si fuere necesario, así como realizar coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales de combate de incendios.

b) Medidas de Control. Durante la ejecución de los trabajos de corta, especialmente en épocas de sequía, se consideran las siguientes medidas de control: - Detección oportuna: Contar con el equipamiento de comunicación para recibir las instrucciones para iniciar el combate. - Organización de medios de combate: en caso de ocurrir un siniestro se adoptarán inicialmente las siguientes medidas: • El personal que se encuentre más cerca del incendio, dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como tipo de combustible que se está quemando, cantidad de combustible y recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso al lugar, estimación de la superficie afectada hasta el momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas locales, especialmente dirección y fuerza del viento y, en especial si se requiere de más personal para el combate. • El personal que se encuentre disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatir de inmediato, construyendo las líneas de control que sean necesarias. En primera instancia, asumirá la responsabilidad el técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio. • Esta persona organizará a su personal, hará rápidamente una evaluación de los valores afectados y será quien proporcione las informaciones vía radial. • La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF, la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de este y demás antecedentes, con el objeto de que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. • El encargado de las comunicaciones dará primera prioridad a las referidas al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del incendio en el caso que sea necesario o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. • El jefe de cuadrilla dará primera prioridad al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del siniestro, si fuese necesario, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. • Si CONAF envía brigadistas contra incendios al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre en el lugar se pondrá a las órdenes del jefe de incendio. - Capacitación del personal: • Se instruirá al personal que efectúe la corta, sobre los riesgos que implica esta faena. Además, se le entregarán nociones técnicas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales. • Se proporcionará al personal la instrucción práctica básica sobre el combate de incendios forestales, las formas de organizarse y construir efectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado de CONAF. • Comportamiento básico del personal durante un siniestro: los operarios seguirán las instrucciones del jefe de incendio designado y adoptarán las medidas de seguridad que se les indiquen. • Herramientas y Equipos de apoyo: además de los equipos y herramientas que se utilicen para realizar faenas de roce, se implementarán herramientas básicas para el combate inicial de un incendio, tales como: palas, rozones, rastrillos y bombas de espalda. • Maquinaria y equipos de apoyo: la maquinaria y equipo de apoyo será la misma utilizada en las obras de habilitación de caminos, es decir, camiones, palas mecánicas y bulldozers. - Comunicaciones: • Se dotará de un teléfono celular o equipo de radio al jefe de cada cuadrilla que esté realizando faenas en los diversos frentes de trabajo, con el objeto de que den comunicación inmediata ante cualquier emergencia producida durante las faenas. • En cada estructura de operación del proyecto, se designará una persona que tendrá como objetivo recibir la información de las cuadrillas de trabajo, disponer o instruir el traslado de mayores recursos y persona, además, si fuese necesario realizará coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales contra el combate de incendios. Esta persona estará equipada con un teléfono celular o equipo de radio, cumpliendo además otras funciones que le sean asignadas. - Manipulación de combustibles: considerando que para cortar la vegetación se emplearán motosierras que usan combustible: • Se instruirá al personal para que el combustible sea manipulado de la manera más cuidadosa posible, bajo altos estándares de seguridad. • Combustibles no se podrán almacenar en el lugar, y el traslado del combustible se realizará en envases estancos, sellados y seguros. • La recarga de los estanques de motosierras en el bosque se hará en un lugar desprovisto de vegetación. Si no existe este lugar, se habilitará un área de al menos dos metros cuadrados y se cuidará de no derramar combustible.

f) Cartografía georrefenciada

f.1. Plano de Corta y Reforestación de Bosque nativo para ejecutar Obras Civiles. Se adjunta en Anexo 13 de Adenda, Plano predial donde se detalla el área de corta. También se adjuntan los archivos digitales que permitieron elaborar este estudio en formato Shapefile.

Pronunciamiento del órgano competente CONAF, Región de Los Lagos, en su oficios ORD. Nº40-EA/2021 del 16.12.2021, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adenda, dado que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable y con los requisitos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de los PAS de los Artículos 148 y 149 del Reglamento del SEIA; y, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

• El Titular deberá tramitar ante CONAF- Oficina Provincial Chiloé, una vez calificado ambientalmente el proyecto, los respectivos Planes de Manejo de corta y reforestación de Bosques Nativos y de Plantaciones Forestales para ejecutar Obras Civiles. • El Titular está obligado a reforestar a lo menos una superficie similar a la que cortará, para recrear el Tipo Forestal Siempreverde, involucrado en la corta, y de manera análoga para la reforestación de Plantaciones. • En Adenda Complementaria, en Anexo 2, se presentó el informe “Actualización de Caracterización Ambiental de Flora y Vegetación Terrestre”, con antecedentes para el Área de Influencia de Flora y Vegetación, de 55,8 hectáreas en total, que comprende la superficie de emplazamiento de las obras permanentes y temporales, más un buffer periférico de 100 m alrededor de las obras, líneas de evacuación eléctrica y camino de acceso interno. • El Informe de Flora vascular y Vegetación identifica el Tipo Forestal Siempreverde, SubTipo Renovales de Canelo. • Se incorpora Cartografía digital georreferenciada actualizada, de localización obras del proyecto, área de Influencia de Flora y Vegetación, sectores de intervención y corta de bosques. • Seguimiento y monitoreo de la Reforestación, por eríodo de 5 años, posterior a la fecha de verificación y acreditación de la sobrevivencia del 75 % de las plantas, la cual se debe realizar después de 2 años desde la fecha de plantación. • Se deberá tener especial cuidado al efectuar la reforestación con las especies tolerantes señaladas en el PAS N°148, a las cuales se debe establecer con medidas de protección respecto de la radiación solar, y evitar plantar en un área abierta. • Se deberá asegurar la protección de la reforestación, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto; entre las medidas requeridas está el resguardo contra amenazas y daños de otros agentes (ingreso de ganado al área de reforestación), a fin de lograr la permanencia y desarrollo natural del bosque en formación (Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal). • El Titular deberá emitir Informes anuales del estado de la plantación y de la actividad de Seguimiento y protección realizada, con apoyo de registros fotográficos, planos, cartografía digital georreferenciada en Coordenadas UTM, Datum WGS 84, archivos Kmz, los que se deberán enviar a la SMA y CONAF.

Referencia al ICE para mayores detalles Punto y Tabla 10.2.5 del ICE

6.2.6. Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, según establece el Artículo 149 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de plantaciones forestales Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Antecedentes del o los predios objeto de intervención.

b) Descripción de las obras asociadas a la intervención. El objetivo de la corta responde a la construcción del Proyecto “PMGD Eólico Urospora” compuesto por 2 Aerogeneradores, que permitirán la generación de energía eléctrica a partir de la energía eólica, enmarcándose en las Energías Renovables no Convencionales (ERNC). Las obras asociadas que provocarán esta intervención corresponden a la implementación de caminos internos y extensión de la Línea soterrada de MT. Dichas obras requerirán de la intervención de 0,13 ha de Plantación forestal de Eucalyptus globulus.

c) Descripción del área y especies a intervenir.

Suelos. A continuación, se muestra una descripción detallada del suelo con capacidad de Uso asociados al área de intervención.

Recursos hídricos. Respecto de los recursos hídricos, en el siguiente cuadro se presenta el curso hídrico presente en las cercanías del área de intervención, para el cual se señalan algunas referencias como por ejemplo temporalidad, la distancia al área a intervenir y el ancho estimado de éstos.

Vegetación. La vegetación a intervenir, corresponde a plantaciones forestales de Eucalyptus globulus, tal como puede apreciarse en la siguiente tabla de descripción de vegetación en las áreas a intervenir que se presenta a continuación.

- Descripción general

- Flora con problemas de conservación. No se registraron especies en categoría de conservación. - Fauna con problemas de conservación. La información que se presenta en la siguiente tabla corresponde a los resultados de la Línea de Base de Fauna Terrestre del Proyecto “PMGD Eólico Urospora” con respecto al estado de conservación vigente, según los procesos de clasificación de especies.

d) Condiciones de la reforestación.

De la Corta

De la Reforestación. El Titular se compromete a la reforestación con especies del mismo tipo forestal a intervenir, correspondientes a Eucalyptus globulus, cuya densidad total será de 2.600 plantas/ha. Respecto al área a reforestar, los sitios que se seleccionen presentarán condiciones similares al área intervenida con el propósito de que permitan asegurar la sobrevivencia de los ejemplares plantados. Se realizará en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta, de preferencia ubicado en la misma provincia, la que debe ser como mínimo equivalente a la de corta. El área a reforestar además deberá efectuarse en suelos con clase de capacidad de uso entre VI y VII (Suelos de Aptitud Preferentemente Forestal).

e) Medidas de protección. Medidas de protección de Suelos:  El movimiento de tierra, necesario para la construcción de las obras temporales y permanentes se efectuará estrictamente sólo en aquellas zonas delimitadas y autorizadas, con el objeto de minimizar la alteración de las características naturales del terreno y su geoforma, de tal forma de evitar la activación de procesos erosivos;  Durante la etapa de construcción del Proyecto, queda estrictamente prohibido al personal de terreno depositar en el suelo residuos domésticos, industriales o peligrosos. Dichos elementos serán depositados en contenedores habilitados para tales fines, y serán retirados periódicamente por empresas autorizadas;  El acceso y tránsito de vehículos livianos y equipo pesado será controlado por el contratista y se llevará a cabo sólo por caminos definidos y habilitados para tales fines, razón por la que se minimizará la compactación de suelos producto del tránsito vehicular. Se privilegiará el uso de huellas y caminos existentes;  No se empleará fuego como medio para realizar roce y eliminación de residuos de la corta, con el objeto de no alterar los componentes orgánicos del suelo;  La eliminación de la vegetación en el área de intervención se efectuará mediante cortas a tala rasa, de manera sectorizada. Los ejemplares cortados serán desramados y trozados en terreno, para luego ser extraídos por caminos existentes minimizando la alteración del suelo;  La carga de combustible y/o mantención de maquinaría se efectuará en áreas exclusivas recubiertas con geomembranas u otra capa impermeable protectora del suelo para evitar la contaminación por posibles derrames de hidrocarburos u otras sustancias. En caso de haber contaminación del suelo, se procederá a controlar y limpiar inmediatamente el derrame, para posteriormente hacer retiro del suelo contaminado y luego ser llevado a la bodega de residuos peligrosos a la espera de su disposición final por las empresas autorizadas.

Medidas de protección Flora y Fauna:  Se cortará la vegetación exclusivamente aprobada y autorizada para la construcción de las obras del Proyecto y que es objeto del presente Plan.  Se delimitará el área a despejar de vegetación con estacas de madera y/o con señalización de color llamativo, con el fin de que el personal de terreno enmarque sus áreas de corta establecidas en el presente plan de manejo y no afecte ni dañe la vegetación que se encuentre fuera de ella.  Durante la etapa de construcción, para evitar el levantamiento de material particulado que pudiese adherirse a las hojas de los árboles adyacentes al camino de acceso, producto del tránsito de vehículos a las obras del proyecto, ésta será prevenida con la instalación de una malla raschel de 1,8 m de altura al lado del camino (hacia el bosque) y supresor de polvo al menos dos veces al día con el fin de evitar el levantamiento de partículas hacia los árboles;  Se capacitará al personal sobre el cuidado de la flora existente en las áreas aledañas del proyecto mediante charlas semanales de cinco minutos;  Se prohibirá todo tipo de actividad que pueda provocar alteración de hábitat y a los recursos naturales, tanto dentro del área de proyecto como fuera de él;  Se contempla la construcción de un cierre perimetral, con el objeto de impedir el ingreso de animales domésticos y silvestres a la faena;  Se prohibirá al interior de los predios de corta y reforestación, la caza o captura de animales, mediante inducciones al personal y la instalación en cada predio, de un letrero alusivo a la prohibición de esta actividad, así como también estará prohibido alimentar a la fauna silvestre;  Para la fauna nativa se pondrá en práctica medidas de mitigación sobre las especies a través del método de perturbación contralada sugerida por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG);  No se permitirá la tenencia de perros en las zonas de faenas que impliquen un riesgo hacia la fauna silvestre de la zona; en el caso de que se incorporarán a la zona de trabajo inesperadamente, estos deberán ser retirados del lugar;  Capacitación a personal del proyecto sobre el eventual cruce de animales, indicando la prohibición de uso de bocinas en el caso de encuentro con fauna en área de tránsito de vehículos;  El acceso al predio estará controlado, restringiendo el ingreso a personas ajenas a las obras.  Los residuos domésticos serán almacenados en contenedores herméticos y luego retirados para posteriormente ser depositados en vertederos autorizados. De modo de evitar la contaminación y presencia de roedores en el sector; y  Se prohibirá el uso del fuego y la quema. La prohibición del uso del fuego evitará la ocurrencia de accidentes que conlleven la pérdida de ambientes para la flora y la fauna. Esta medida será materializada mediante una reglamentación interna y la instalación de señalética, tanto en el área de obras del proyecto como en el camino de acceso;  La puesta en práctica de las medidas arriba enunciadas se estima son suficientes y realistas para la mantención de la fauna presente en el sector y, de este modo, conservar la diversidad biológica del país.

Medidas de protección de Cursos hídricos y quebradas:  Durante la etapa de construcción, así como en la etapa de operación, no existirá descarga de aguas de ningún tipo, como tampoco de materiales a las quebradas aledañas al área de proyecto;  Se prohibirá depositar y/o arrojar residuos de cualquier tipo, sean líquidos o sólidos, provenientes del proyecto, en zonas próximas a quebradas y cursos de agua;  No se impedirá u obstruirá el libre escurrimiento de las aguas de los cauces naturales, y se privilegiará llevar a cabo las obras durante los períodos de menor precipitación;  Durante las faenas de corta no se permitirá vaciar o depositar residuos líquidos o sólidos domésticos o industriales en los cursos de agua, incluyendo ramas, hojas o troncos. De igual modo, no se efectuará obras que originen derrames de material a los cursos de agua; y;  El lavado de maquinarias y vehículos se llevará a cabo en áreas habilitadas para tales actividades procurando que dichas áreas estén lejos de cursos de agua tanto temporales como permanentes.

Protección al establecimiento de la reforestación:  Se contará con cerco perimetral para evitar el ingreso de ganado y de vehículos al interior de las áreas de reforestación como tampoco se permitirá el ingreso de personas ajenas a las faenas. Previo a las labores de plantación, el cerco perimetral será revisado de manera constante para asegurar la exclusión efectiva y así proteger las plántulas establecidas.  Se efectuará una preparación previa del suelo pudiendo realizarse subsolado en caso de ser necesario y según lo permita la pendiente y topografía, para asegurar de esta manera el establecimiento de la plántula y favorecer su desarrollo radicular.  La plantación se hará tradicional en hileras para cada ejemplar que sea plantado, con el objeto de facilitar el amplio desarrollo posterior de la copa y del sistema radicular ramificado. Se extraerán las piedras de tamaño mayor en la eventualidad de que aparezcan. Si es necesario, se aplicará tierra de hoja para rellenar. De este modo las plantas tendrán suficiente espacio para que se desarrolle su sistema radicular. Un espacio menor hace que las plantas queden constreñidas y su crecimiento se ve perjudicado.  Se instalará una malla de protección a cada ejemplar plantado, la que será confeccionada con malla rashell o similar. Esta protección evitará el ramoneo de los ejemplares por la fauna residente, además de conferir protección contra la radiación, barrera contra el viento y mitigar la pérdida de humedad del suelo y del ejemplar.  Una vez efectuada la plantación, las plántulas recibirán un riego inicial o de establecimiento de 3 litros al momento de la plantación el que dependerá de las condiciones de humedad del suelo y del estado de la temporada invernal de la zona. De acuerdo al monitoreo y seguimiento de la plantación, se aplicará riego en el caso de que la plantación lo requiera durante el primer año, el cual irá disminuyendo progresivamente durante el segundo año hasta retirar el riego por completo a finales de este. El riego estará sujeto al monitoreo y seguimiento de la plantación lo que permitirá definir la frecuencia de este considerando las proyecciones pluviométricas de la temporada invernal en la zona. De esta manera se evitará que la plantación presente una humedad sostenida, la que podría presentar malas condiciones de sanidad y alta probabilidad de aparición de organismos patógenos producto del exceso de riego.  Lo anterior, será realizado para cumplir con el 75% de prendimiento a finales del primer año. En caso contrario, y con el objetivo de cumplir con el porcentaje de éxito de la plantación, se evaluarán medidas de reposición de ejemplares y la implementación de riego quincenal durante el primer semestre del segundo año y una disminución del riego paulatina durante el segundo semestre.  La mantención de la reforestación se realizará al menos durante dos (2) años a contar de la plantación de los individuos.  Se realizarán un programa de monitoreo y seguimiento, con el objeto de asegurar que las plantas se desarrollen en forma normal y/o detectar a tiempo, problemas que puedan afectar la sobrevivencia de la plantación. Este monitoreo constará de un seguimiento del Estado sanitario, Vigor, Porcentaje de Sobrevivencia, Altura y Diámetro promedio de la Plantación.  La frecuencia de monitoreo y seguimiento será mensual durante el primer año de la plantación y, en caso de registrar un porcentaje de sobrevivencia igual o mayor al 75%, será semestral durante el segundo. Posteriormente a los dos (2) años se continuará el seguimiento por cinco (5) años de manera semestral. En caso contrario, se mantendrá el monitoreo mensual, con el objetivo de responder a tiempo ante eventuales factores que atenten contra el éxito de la plantación.  A finales de cada año de reforestación se emitirá un informe del estado de la plantación y de la actividad de seguimiento y protección realizada, con apoyo de registros fotográficos, planos, cartografía digital georreferenciada en Coordenadas UTM, Datum WGS 84, archivos Kmz, que se remitirá SMA y CONAF.

Plagas y enfermedades  Se hará monitoreo y seguimiento con el fin de detectar cualquier foco de plagas o enfermedades en las áreas de reforestación. En general se monitoreará el estado sanitario de la plantación al menos 3 veces por año durante el primer y segundo año. En caso de la detección de alguna plaga o enfermedad, se dará aviso a SAG y CONAF Regional, con el fin de solicitar ayuda para el control. En caso de constatarse muerte o daños severos, que impidan el crecimiento de los individuos plantados, serán repuestos con plantas de la misma especie.

Medidas de Prevención, Mitigación y Control de Incendios Forestales en la Reforestación  Como Medidas de Prevención, se procederá a la Instalación y mantención de letrero visible en el área de reforestación, de fácil lectura, con medidas mínimas de 3m x 2m, a una altura no inferior a los 2m, en lugares de acceso al predio en sectores adyacentes al predio de transito regular o en caminos principales circundantes, que contenga la Identificación del proyecto (DIA), que genera la obligación de reforestar, N° de Resolución aprobatoria de CONAF acerca del Plan de Manejo de corta de bosques para ejecutar obras civiles, Año de reforestación, Especies forestales utilizadas, densidad y superficie, nombre del predio y los siguientes números de emergencias: CONAF 130, BOMBEROS 132, CARABINEROS 133. El letrero podrá además informar a la comunidad la importancia de la prevención de incendios forestales y medidas básicas de prevención en cuanto al riesgo que implica el encender fuego en ambientes naturales (por ejemplo: no realizar fogatas; evitar botar basuras, cigarrillos, fósforos, u otros).  El cerco perimetral de protección al área de reforestación podrá impedir el tránsito de personas desde sectores habitados, sectores turísticos, caminos, líneas férreas, cultivos agrícolas e infraestructura crítica, entre otros, hacia el recurso a proteger.  Como Medidas de Mitigación, se contemplará el uso de los propios caminos de acceso al área de reforestación y/o huellas existentes, como Fajas libres de vegetación y/o fajas cortafuegos. De acuerdo al Monitoreo y Seguimiento de la Plantación, se procederá a la mantención anual de dichas fajas, para la eliminación de potenciales especies de herbáceas o arbustos menores que podrían haberse desarrollado en el área. La eliminación o roce de las especies vegetales se podrá ejecutar tanto de manera manual o mecánica utilizando las herramientas adecuadas para dar curso a este trabajo, evitando de esta manera alternativas químicas o uso del fuego para su control.  En épocas de verano y de riesgos de incendios, se deberán incrementar las acciones de vigilancia de la plantación para detectar oportunamente la eventual presencia de fuego, de manera que permita dar aviso oportunamente a CONAF o instituciones del Sistema de Protección Civil como Carabineros, Bomberos, entre otros, ante la existencia de focos de incendio, de manera de facilitar un combate rápido y eficiente.  Finalmente, como Medidas de Control de Incendios Forestales en la Reforestación se contemplan las mismas medidas de control estipuladas a continuación en el Ítem de Protección contra incendios forestales determinadas en el presente Plan de manejo.

Protección contra incendios forestales: A continuación, se presenta las Medidas de Protección Contra Incendios Forestales, considerando Medidas de Prevención y Medidas de Control:

a) Medidas de Prevención Se deberá considerar la realización de charlas de capacitación tanto para el personal de planta como para los propios trabajadores de las obras. Estas charlas deberán tratar temas relativos a la prevención de incendios como: la Prohibición del uso del fuego en áreas de trabajo, así como las instrucciones de práctica básica sobre el combate de incendios, las formas de organizarse y construir colectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado. El momento de estas capacitaciones, será previo al inicio de cualquier actividad de las obras y deberán ser realizadas por un profesional acreditado, el cual cuente con la suficiente pertinencia y experiencia en estos temas.

Adicionalmente se deberá informar al personal de los riesgos asociados a cada actividad, y de las medidas tendientes a prevenir estos riesgos. Esta información deberá ser transmitida con letreros especialmente diseñados, así como en las capacitaciones que el encargado realice. Además, se entregarán nociones teóricas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales.

Se deberá proceder a la instalación de señaléticas y/o afiches que indiquen los pasos a seguir en caso de presentarse algún siniestro. Así como letreros que prohíban fumar y la realización de fogatas en el área del proyecto.

Además, en estos letreros se indicará la prohibición de botar basura, cigarrillos, restos vegetales, entre otros, a modo de evitar la acumulación de material combustible en las dependencias y entorno de las obras. Dicho material interpretativo, deberá contener al menos los números telefónicos de Bomberos, Carabineros y CONAF, para hacer frente ante una eventual emergencia.

Entre las medidas preventivas que serán aplicadas durante la ejecución del proyecto, particularmente en épocas de sequía, destacan aquellas orientadas a la reducción del riesgo de ocurrencia:  Reducción del riesgo de ocurrencia: como norma general, se tratará que las faenas de corta sean efectuadas en épocas de bajo riesgo de ocurrencia de incendios.  Vigilancia: Existirá una inspección técnica a cargo del titular. Dentro de sus funciones estará la detección permanente de acciones y condiciones inseguras que estén produciéndose durante el desarrollo de las faenas. La inspectoría comunicará las deficiencias anotadas al contratista, con el objeto de que se corrijan las fallas y deficiencias observadas.  Control del riesgo: Se controlará el acceso a las faenas, impidiendo el acceso a personas ajenas a la faena. Los caminos de acceso podrán actuar como áreas libres de vegetación y/o cortafuegos para el desplazamiento del personal, brigadistas o maquinaria las que se mantendrán despejadas, esto bajo una supervisión rutinaria por parte del jefe de obra.  Reducción del peligro de ocurrencia: La ordenación de combustible, comprenderá el apilado ordenado de troncos durante la faena de corta dentro de la faja para ser retirados posteriormente. Las ramas y hojas de árboles, será ordenado en fajas y dispuestos a orilla de camino para ser retirados.  Comportamiento básico del personal en el proyecto: Los operarios tendrán prohibido fumar durante las faenas de corta, además, tendrán prohibición absoluta de encender fogatas.  Herramientas y equipos de combate: En caso de ocurrencia de algún amago de incendio, se utilizarán los equipos y herramientas utilizados para realizar el trabajo de descepado de los ejemplares, así como también las herramientas de combate de incendios forestales que deben estar presentes en todo momento en el lugar de la faena y que serán de fácil acceso para todo el personal capacitado. Las bombas de espalda mencionadas deberán estar siempre cargadas a plena capacidad con agua y deberán disponer de un estanque móvil cercano para recarga de las bombas de a lo menos 1000 litros.  Maquinaria y equipos de apoyo: La maquinaria de apoyo será la misma utilizada en las obras de construcción del proyecto.  Comunicaciones: Se designará una persona que estará a cargo de disponer o instruir el traslado de recursos y personal si fuere necesario, así como realizar coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales de combate de incendios.

b) Medidas de Control  Durante la ejecución de los trabajos de corta, especialmente en épocas de sequía, se consideran las siguientes medidas de control:  Detección oportuna: Contar con el equipamiento de comunicación para recibir las instrucciones para iniciar el combate.  Organización de medios de combate: en caso de ocurrir un siniestro se adoptarán inicialmente las siguientes medidas: - El personal que se encuentre más cerca del incendio, dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como tipo de combustible que se está quemando, cantidad de combustible y recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso al lugar, estimación de la superficie afectada hasta el momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas locales, especialmente dirección y fuerza del viento y, en especial si se requiere de más personal para el combate. - El personal que se encuentre disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatir de inmediato, construyendo las líneas de control que sean necesarias. En primera instancia, asumirá la responsabilidad el técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio. - Esta persona organizará a su personal, hará rápidamente una evaluación de los valores afectados y será quien proporcione las informaciones vía radial. - La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF, la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de este y demás antecedentes, con el objeto de que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. - El encargado de las comunicaciones dará primera prioridad a las referidas al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del incendio en el caso que sea necesario o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. - El jefe de cuadrilla dará primera prioridad al incendio y dispondrá el traslado del personal al lugar del siniestro, si fuese necesario, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. - Si CONAF envía brigadistas contra incendios al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre en el lugar se pondrá a las órdenes del jefe de incendio.  Capacitación del personal: - Se instruirá al personal que efectúe la corta, sobre los riesgos que implica esta faena. Además, se le entregarán nociones técnicas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales. - Se proporcionará al personal la instrucción práctica básica sobre el combate de incendios forestales, las formas de organizarse y construir efectivamente líneas rudimentarias de control de fuego, a fin de combatir preliminarmente cualquier foco de incendio hasta que llegue el personal especializado de CONAF. - Comportamiento básico del personal durante un siniestro: los operarios seguirán las instrucciones del jefe de incendio designado y adoptarán las medidas de seguridad que se les indiquen. - Herramientas y Equipos de apoyo: además de los equipos y herramientas que se utilicen para realizar faenas de roce, se implementarán herramientas básicas para el combate inicial de un incendio, tales como: palas, rozones, rastrillos y bombas de espalda. - Maquinaria y equipos de apoyo: la maquinaria y equipo de apoyo será la misma utilizada en las obras de habilitación de caminos, es decir, camiones, palas mecánicas y bulldozers.  Comunicaciones: - Se dotará de un teléfono celular o equipo de radio al jefe de cada cuadrilla que esté realizando faenas en los diversos frentes de trabajo, con el objeto de que den comunicación inmediata ante cualquier emergencia producida durante las faenas. - En cada estructura de operación del proyecto, se designará una persona que tendrá como objetivo recibir la información de las cuadrillas de trabajo, disponer o instruir el traslado de mayores recursos y persona, además, si fuese necesario realizará coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales contra el combate de incendios. Esta persona estará equipada con un teléfono celular o equipo de radio, cumpliendo además otras funciones que le sean asignadas.  Manipulación de combustibles: considerando que para cortar la vegetación se emplearán motosierras que usan combustible: - Se instruirá al personal para que el combustible sea manipulado de la manera más cuidadosa posible, bajo altos estándares de seguridad. - Combustibles no se podrán almacenar en el lugar, y el traslado del combustible se realizará en envases estancos, sellados y seguros. - La recarga de los estanques de motosierras en el bosque se hará en un lugar desprovisto de vegetación. Si no existe este lugar, se habilitará un área de al menos dos metros cuadrados y se cuidará de no derramar combustible.

En Adenda Complementaria se agrega que los desechos del roce de vegetación como troncos, serán apilados y ordenados, para posteriormente ser retirados del sector. Con respecto a las ramas y hojas de árboles, así como los restos de la corta de arbustos será ordenado en fajas de manera de desmenuzarlo y/o compactarlo, para posteriormente disponerlo a orilla de camino para ser retirados. Sin perjuicio, de que éstas puedan ser distribuidas en forma homogénea para su descomposición natural como materia orgánica de rápida descomposición. Ahora bien, en cuanto a la programación del retiro de los excedentes de la corta, de manera inmediata a finalizar la ejecución de la tala rasa de bosques hacia un sitio de disposición final autorizado, conservando el registro de entrega en la faena. De esta manera no permanecerá material leñoso y/o vegetal en las inmediaciones de las obras del Proyecto.

Como medidas de protección para el manejo de la reforestación, se contempla lo siguiente:

En materia de manejo de la competencia se realizará control mecánico o manual de malezas en el lugar de plantación, durante los primeros dos años de modo de evitar la competencia de la planta, para de esta manera favorecer su desarrollo radicular y la captación de agua de precipitaciones. - Se contemplará el uso de los propios caminos de acceso al área de reforestación y/o huellas existentes, como Fajas libres de vegetación y/o fajas cortafuegos. De acuerdo al Monitoreo y Seguimiento de la Plantación, se procederá a la mantención anual de dichas fajas, para la eliminación de potenciales especies de herbáceas o arbustos menores que podrían haberse desarrollado en el área. La eliminación o roce de las especies vegetales se podrá ejecutar tanto de manera manual o mecánica utilizando las herramientas adecuadas para dar curso a este trabajo, evitando de esta manera alternativas químicas o uso del fuego para su control. - En relación a la aplicación de fertilizantes se debe señalar que las plantas provenientes de vivero deberán contar con un tratamiento adecuado en cuanto a riegos, fertilización, una buena relación tallo/raíz y DAC (Diámetro a la altura del cuello) y altura no menor de 45-50 cm. Se encargará la producción de las plantas en un vivero especializado, que cumpla con los estándares o protocolos de producción. Las plantas tendrán una edad de dos años en vivero. Este aspecto es fundamental para la programación de la reforestación en terreno. El suministro de ejemplares deberá provenir de la compra a viveros de la región, de preferencia proveniente de las cercanías de la comuna de Ancud. Se privilegiará que las semillas utilizadas para la producción de plantas en vivero sean de origen local. - La plantación se hará, en lo posible, después de ocurridas abundantes lluvias que hayan infiltrado el suelo. Posterior a ello se aplicará fertilizante (NPK forestal, 8-20-16) granulado a cada planta. Este fertilizante se aplicará en una sola dosis de 100 gramos por planta, aplicado al momento de la plantación en dos hoyos ubicados a 20 cm de la base de la planta y a 20 cm de profundidad. No se aceptará productos ni dosis diferentes.

f) Cartografía georreferenciada. En Anexo 14 de Adenda se adjunta a este documento el plano predial donde se detalla el área de corta. También se adjuntan los archivos digitales que permitieron elaborar este estudio en formato Shapefile.

Anexo 3 Adenda Complementaria se actualizan PAS 148 y 149

Pronunciamiento del órgano competente CONAF, Región de Los Lagos, en su oficios ORD. Nº40-EA/2021 del 16.12.2021, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adenda, dado que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable y con los requisitos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de los PAS de los Artículos 148 y 149 del Reglamento del SEIA; y, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

Referencia al ICE para mayores detalles

Punto y Tabla 10.2.6 del ICE

6.2.7. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según establece el Artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras de construcción e instalación de alcantarillas para atraviesos vehiculares, correspondiente al proyecto de modificación de cauces identificados como “Estero Obras 1” y “Estero Obras 3” ubicado en el Fundo Los Aromos, en el Sector Degañ, número de rol 1194-10

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El permiso para efectuar modificaciones de cauce, será el establecido en el artículo 41 e inciso 1º del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, siempre que no se trate de obras de regularización o defensa de cauces naturales. El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentase para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a) Descripción del lugar de emplazamiento de la obra. El Proyecto se localiza en Chile, región de Los Lagos, comuna de Ancud. El área donde se emplaza el Parque y se construirán las obras hidráulicas se encuentra dentro del predio, cuya superficie total es de aproximadamente 251 ha. Se accede al Proyecto utilizando la Ruta 5 Sur hasta el cruce con la ruta W-15 y 3,8 km al este se encuentra el acceso al proyecto.

Las obras corresponden a la solicitud de aprobación del proyecto de modificación de cauces identificados como “Estero Obras 1” y “Estero Obras 3” ubicado en el Fundo Los Aromos, en el Sector Degañ, número de rol 1194-10. Lo anterior surge de la necesidad de habilitar dicho predio para la construcción del proyecto “Parque Eólico Urospora”.

Al predio donde se emplazará el parque eólico lo cruzan 3 cauces, Estero1, Estero 2 y Estero 3. Sin embargo, el PAS 156 solo se aplica a dos de estos, “Estero 1” y “Estero 3”, ya que, según lo mencionado en la ICSARA, con fecha 4 de mayo de 2021, tras ser consultada la Cartografía Oficial de Instituto Geográfico Militar H-77, escala 1:50.000, donde se encuentra definido el trazado de dos de los 3 cauces que se requiere modificar, solo se describen 2 esteros sin nombre, los que corresponderían a los “Estero 1” y “Estero 3”. En ese sentido, el Permiso Ambiental Sectorial 156 aplica sobre los “Estero 1” y “Estero 3”.

Para determinar el caudal, se realizó un estudio hidrológico de los cauces en estudio, en donde se determinaron los siguientes valores:

b) Descripción de la obra y sus fases.

b.1 Detallar tipo de obra, función, características constructivas y dimensiones básicas. Las obras de arte proyectadas corresponden a: 1. Cruces de canal mediante tubo 2. Cruce de canal cajón doble Las especificaciones técnicas sobre tipo de obra, características constructivas, materiales y dimensiones se encuentran en el Apéndice PAS 156.

b.2 Incluir una descripción de la etapa de construcción, operación y cierre si corresponde. Construcción Las obras de construcción se ajustarán íntegramente a lo establecido en el Manual de Carreteras Volumen N°4. Plano de Obras Tipo (MOP). Específicamente en la sección 4.600, Puentes y Pasarelas. Se presenta una solución tipo para el cruce de los cauces en base a una alcantarilla o cajón doble.

El proyecto corresponde a la construcción y operación de un Parque Eólico para la generación de energía eléctrica mediante la instalación y empleo de 2 aerogeneradores y otras instalaciones complementarias requeridas para la operación del parque, que generará energía limpia y confiable a través de la construcción de una central generadora, cuya potencia instalada será de hasta 9MW. La superficie total del Proyecto es de 251 hectáreas. Para acceder a los aerogeneradores, se requiere atravesar esteros naturales, generando a su vez un camino interno de conexión del Proyecto.

La construcción de las obras de atravieso se realizará en la época de primavera-verano, por lo que para la instalación de las obras de atravieso se desviará el flujo de los esteros, para así poder limpiar los fondos de los cauces e instalar los tubos PAD, terminadas las labores, se limpiarán los remanentes de material para luego restituir el flujo.

Adicionalmente, se considera un banco de ductos en el costado del camino, este se ubicará a una profundidad mínima de 0,60m con el fin de dar una adecuada protección a los ductos de acero, los cuales llevarán en su interior los conductores eléctricos

Descripción Obras Atravieso Estero 1. Las obras correspondientes al Atravieso Estero 1 corresponden a un tubo PAD de 1,5m de diámetro y de 12m (aprox) de largo. Junto a esto se construirán muros de boca y ala a ambos lados del atravieso. Las dimensiones y el detalle del tubo PAD y de los muros de boca, se encuentran en el “Anexo 01. Planimetría”.

Una vez habilitado el atravieso, se procederá a limpiar el área de trabajo, extrayendo el material dispersable producto del acondicionamiento del área que pueda ser arrastrado por el agua, tras lo cual el flujo de agua podrá ser reestablecido.

Descripción Obras Atravieso Estero 3. Las obras correspondientes al Atravieso Estero 3 corresponden a un tubo PAD de 1m de diámetro y de 10m (aprox) de largo. Junto a esto se construirán muros de boca y ala a ambos lados del atravieso. Las dimensiones y el detalle del tubo PAD y de los muros de boca, se encuentran en el “Anexo 01. Planimetría”.

Detalle de las obras de atravieso se presentan en el Anexo 4.1, del Anexo 15. Actualización PAS 156, adjunto en Adenda, en documento referido a las especificaciones técnicas de las obras.

c) Estimación de los plazos y periodos de construcción de las obras. El cronograma corresponde a las obras de los atraviesos 1 y 3, estas se realizarán en un total de 3 meses. Para más detalles sobre el cronograma del proyecto consultar el Anexo 5.

Cronograma:

d) Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras.

Con el objetivo de evitar efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras, tanto en la fase de construcción como operación del Proyecto, se consideran las siguientes medidas: - Catastro de situación de cauces. Previo al inicio de las obras, se inspeccionarán los cauces y se dejará registro de su situación inicial. - Realizar una constante capacitación a los trabajadores sobre la importancia de no contaminar los cauces, prohibiendo la eliminación de desechos en los cursos, así como en sectores aledaños. - Prohibir estrictamente el acceso a los cauces a personas y/o maquinaria ajena a las obras del Proyecto. - Cuando se concluyan las obras de cruce, se procederá a inspeccionar y retirar escombros y todo tipo de material que pudiese haber quedado en las riberas producto de la construcción de las obras. Lo anterior busca evitar el acarreo futuro de material frente a eventos de precipitación en el sector.

En específico, respecto de las medidas que se tomarán para evitar la alteración indirecta sobre estos cauces durante la fase de construcción, se pueden señalar: - No se realizará ninguna actividad en el canal hasta esté completamente habilitado y operando. - Los trabajos en el atravieso se delimitarán solo a las áreas estrictamente necesarias para instalar las obras de atravieso. - Una vez instaladas las obras de atravieso, se realizará una inspección y limpieza de las áreas de trabajo a fin de retirar cualquier desecho u escombro que pudiese haberse generado. - Una vez recibida el área de trabajo limpia y el atravieso habilitado el flujo será devuelto al cauce, aumentando el caudal paulatinamente hasta alcanzar el total de su caudal original, para evitar generar turbulencia y suspender sedimentos. - Se realizará un registro fotográfico de todo el procedimiento de habilitación de cada uno de los 3 atraviesos sobre cauces artificiales. - Se realizará una prueba de calidad de agua antes y después de la ejecución de la obra, se mantendrá registro en obra. - Toda la maquinaria y/o equipos en contacto con el agua de los cauces, deberá ser desinfectada (e.g. detergente biodegradable, solución de cloro), para evitar la propagación de la microalga invasora Didymosphenia geminata (Didymo)

En el Anexo 4.1, del Anexo 15. Actualización PAS 156, adjunto en Adenda, en documento referido a las especificaciones técnicas de las obras, se detallan los procedimientos de preparación del área de trabajo, en dónde se señala lo siguiente:

Despeje de vegetación. Esta sección se refiere a los trabajos de desmonte y eliminación de la vegetación existente dentro de las áreas de trabajo del Proyecto, donde el emplazamiento de las obras lo requiera. Se incluye, además, el despeje de las áreas de construcción de estructuras, de emplazamientos de canales, fosos, contrafosos y de otras obras del Proyecto. En general, la actividad que aquí se describe, deberá llevarse a cabo previo a la construcción de las obras que la requieran, por lo que podrá programarse su ejecución parcializada según las necesidades.

Áreas que deben despejarse. La superficie natural del terreno deberá ser despejada de árboles, troncos, tocones, matorrales y arbustos, hasta una profundidad no menor que 0,30 m por debajo de la superficie, así como de los escombros, desechos y todo otro material objetable dentro de los siguientes límites: - Zonas de emplazamientos de canales, fosos y contrafosos y otras obras de drenaje, hasta 0,5 m más afuera de las líneas de borde; - Toda el área del cauce de los escurrimientos naturales dentro de los límites definidos por el proyecto;

Remoción y desechos de los materiales. Los materiales removidos deberán trasladarse a botaderos autorizados, debiéndose cumplir con lo establecido en la sección 5.003 del MCV5 2020, Consideraciones Ambientales Generales. Algunas de estas consideraciones son: - Se tomarán todas las precauciones para evitar el vertido de material durante el transporte, como por ejemplo, contar con lonas de recubrimiento, envases herméticos u otros. - Los trabajos de transporte de materiales deberán programarse y adecuarse, de manera de evitar daños a caminos públicos y servicios de utilidad pública. - Cuando el transporte incluya calles o caminos públicos, se deberá procurar medios para asegurar que los vehículos no excedan los pesos por eje máximos autorizados. - Se deberá evitar la compactación de suelos debido al tránsito innecesario de maquinaria, sobre todo en aquellas áreas que no formen parte de la infraestructura básica de la obra vial.

Requerimientos generales Las áreas donde deban realizarse excavaciones deberán limpiarse de toda vegetación, de acuerdo con lo dispuesto en la sección 1.101 Despeje y limpieza. Asimismo, deberá retirarse todo el suelo vegetal. A no ser que en el proyecto se indique de otra manera, las excavaciones para la construcción de alcantarillas de tubos de hormigón, de metal corrugado o de polietileno de alta densidad, incluso alcantarillas de cajón de hormigón armado u otras obras señaladas en el proyecto, deberán efectuarse después de construido un relleno artificial.

Las excavaciones deberán ejecutarse de acuerdo con las líneas, cotas y pendientes señaladas en el Proyecto u otras Secciones de estas EETT, debiendo el Contratista tomar todas las precauciones para la perturbación del suelo contiguo a la excavación sea mínima.

La profundidad de las excavaciones para la construcción de las obras deberá dar cabida a una cama de apoyo de material granular o radier de hormigón (emplantillado) según corresponda. Cuando el fondo de dichas excavaciones esté compuesto por suelos orgánicos, inestables o que no puedan ser compactados debido a su contenido de humedad natural, se podrá autorizar su retiro hasta alcanzar una profundidad adecuada.

Excavaciones para fundaciones de Ductos y Obras Varias. Las excavaciones para la instalación de ductos, colocación de elementos prefabricados e incluso para fundar elementos estructurales que no sean de hormigón, tales como gaviones, enrocados, muros de mampostería u otros, deberán tener las dimensiones, cotas, alineamientos y taludes indicados en el Proyecto o en otras Secciones de estas EETT.

Durante las excavaciones, las zanjas deberán mantenerse totalmente libres de agua, para lo que se deberá proceder, en el caso de ser necesario, Agotamiento. Las cotas de fondo de las excavaciones no deberán variar en ningún punto en más de 20mm sobre o por debajo de las cotas establecidas en el Proyecto. Agotamiento. Las excavaciones deberán mantenerse libres de agua mientras éstas se realicen y, en especial, durante la preparación del sello de fundación, la colocación del hormigón y el período de endurecimiento mínimo requerido, para que éste no se lave. Para ello, se deberá construir cualquier obra provisoria que permita conducir o desviar las aguas fuera de la zona de las obras. Cuando no fuese posible mantener libre de agua el área de las excavaciones mediante obras gravitacionales, se deberán instalar y mantener operando motobombas, mangueras, conductos deslizantes y todos los dispositivos necesarios que permitan mantener el agua a un nivel inferior al del fondo de las obras permanentes. Durante el bombeo se deberá tener la precaución de no producir socavaciones en partes de las obras o alterar las propiedades de los suelos.

e) Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase de construcción. Durante la fase de construcción de las obras de cruce, se monitoreará la calidad del agua en el cauce según las siguientes consideraciones: - Se definirá un punto aguas arriba y uno aguas abajo del cruce, como estaciones de monitoreo. - La frecuencia de monitoreo será única y se realzará cuando haya agua en los cauces. - Los parámetros para analizar corresponden a los definidos en la NCh 1333/78, requisitos de calidad de agua para riego.

Pronunciamiento del órgano competente La DGA, Región de Los Lagos, en sus oficios ORD. Nº1104 del 07.09.2021 y Nº1814 del 15.12.2021, se pronuncia conforme con la DIA y sus Adenda, dado que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable y no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y con los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del PAS del Artículo 156 del Reglamento del SEIA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Punto y Tabla 10.2.7 del ICE

6.2.8. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según establece el Artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras temporales y permanentes Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

b) De tratarse de construcciones:

b.1. Destino de la edificación. En consideración a circulares específicas de la autoridad en la materia, las edificaciones del proyecto que requieren el permiso de construcción fuera del límite urbano, corresponden a obras constructivas permanentes y temporales del Proyecto, incluyendo a los propios aerogeneradores, ya que éstos igualmente se consideran construcciones en el área rural que deben cumplir con todas las disposiciones del ordenamiento jurídico vigente, incluyendo lo dispuesto por el Art. 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Por tal motivo le son aplicables las disposiciones del presente PAS a las siguientes obras del Proyecto:

El destino de las obras temporales dentro de la instalación de faenas permitirá satisfacer todas las necesidades constructivas de la obra durante su construcción, incluyendo instalaciones para el personal como comedor, bodegas, oficinas, enfermería y otras. Durante la operación sólo se requiere IFC para el centro de operación. Los aerogeneradores no requieren a razón de la DDU 450/2020.

b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. Se presenta en el Plano L1-UROSPORA. Emplazamiento del Anexo 16 de la Adenda y a continuación una figura referencial del proyecto frente a predios colindantes y espacio público.

b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones. En Planos L2 - UROSPORA. Obras Permanente, L3 - UROSPORA. Obras Temporales y L4 – UROSPORA. Obras Temporales del Anexo 16 la Adenda, se presentan los planos de emplazamiento de las edificaciones permanentes y temporales del Proyecto.

b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. En Planos L2 - UROSPORA. Obras Permanente, L3 - UROSPORA. Obras Temporales y L4 – UROSPORA. Obras Temporales del Anexo 16 la Adenda, se presentan los planos de emplazamiento de las edificaciones permanentes y temporales del Proyecto.

b.5. Caracterización del suelo. De acuerdo a la caracterización edafológica y descripción de la(s) clase(s) de uso de los suelo(s) realizada en el área de influencia del Proyecto, que integró información de gabinete y análisis en terreno, en coherencia con la Pauta actualizada de clasificación de suelos del SAG (2011), los suelos presentes en el área de influencia corresponden a CCU IVs2.

El suelo descrito en las calicatas no corresponde a los suelos descritos por CIREN (2003) en el AI del proyecto. En las calicatas observadas se describió un suelo de pendiente fuertemente inclinada, profundo; de texturas medias, franco; con un horizonte oscuro en superficie, rico en materia orgánica; clasificados como CCU IVs2 principalmente por su pendiente fuertemente inclinada.

Detalles en Anexo 16 de Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Agricultura, en su oficio ORD.Nº171 del 02.09.2021, se pronuncia conforme con la DIA y su Adenda, y señala que la DIA presenta los antecedentes técnicos y formales para acreditar el PAS del Artículo 160 del Reglamento del SEIA.

En Adenda, el Titular aclara la observación planteada por la SEREMI de Agricultura, respecto del Capítulo sobre los Permisos Ambientales Sectoriales, punto b.5. Caracterización del suelo, éste se describe como de pendiente fuertemente inclinada, profundo, de textura media, franco; considerando que dichas características tipifican un suelo frágil, con alto riesgo de deslizamiento a las partes bajas, se solicita indicar las medidas a adoptar al realizar la remoción del horizonte superior de suelo, para la construcción de las obras permanentes, especialmente respecto a la base que debe construirse para levantar los aerogeneradores y así evitar la pérdida de suelo, cumpliendo con el objetivo de evitar la pérdida del recurso Suelo.

Referencia al ICE para mayores detalles Punto y Tabla 10.2.8 del ICE 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Medio Ambiente Norma Ley N°19.300, Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones. El Proyecto se encuentra en el listado de Proyectos que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por tratarse de un Proyecto de generación eléctrica de más de 3 MW, lo que representa su tipología principal, debiendo ingresar vía una Declaración de Impacto Ambiental, ya que éste no produce los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Forma de cumplimiento Se seguirán todas las disposiciones de la Ley 19.300 y sus modificaciones. Es responsabilidad de los titulares del proyecto, desarrollar las actividades del proyecto protegiendo el bienestar de las personas y del medio ambiente en todas sus fases

Indicador que acredita su cumplimiento Para cumplir esta normativa, el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental. La elaboración de la DIA se justifica en que el proyecto no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley Nº 20.417 que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Obtención y cumplimiento de RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. y Servicios competentes Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Medio Ambiente Norma D.S. N°40/2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 letra c) y b1) del Reglamento, el Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Por otra parte, analiza y concluye acerca de los efectos, características o circunstancias descritas en los Artículos 5º a 10º del presente reglamento, que aclaran y desagregan lo criterios del Artículo 11º de la Ley N° 19.300, que definen la pertinencia de presentar una DIA. Forma de cumplimiento En virtud de lo establecido en este cuerpo legal, el proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de una Declaración de Impacto Ambiental, la cual expone que cumple con la legislación ambiental aplicable, entrega los antecedentes de que no requiere presentarse un Estudio de Impacto Ambiental, entre otros aspectos normados en este cuerpo legal. Indicador que acredita su cumplimiento Para cumplir esta normativa, el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental y bajo las topologías indicadas. La elaboración de una Declaración de Impacto Ambiental se justifica en que el proyecto no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley Nº 20.417 que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. Por último, se incluyen todos los contenidos establecidos en este reglamento.

El proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), toda vez que se trata de una Central generadoras de energía mayores a 3 MW (literal c del artículo 3 de este Reglamento) y consta de una línea de alta tensión soterrada (literal b1 del artículo 3 de este Reglamento). Adicionalmente, se presenta bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental, ya que éste no produce alguno de los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10° del Decreto en análisis.

En el Capítulo 3 de la DIA se justifica la pertinencia de ingreso al SEIA de este Proyecto a través de una DIA. Este proyecto en particular ingresa al SEIA según lo indicado en la, “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”. Forma de control y seguimiento Obtención y cumplimiento de RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. y Servicios competentes Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Auto denuncia y Planes de Reparación. Norma D.S. Nº30/2013, Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases

Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso eventual de cometer alguna infracción de aquellas de competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, y de optar por esta vía. Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de autodenuncia, programa de cumplimiento y/o plan de reparación ambiental, en caso de que se requiera. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro y seguimiento de autodenuncias, programas y planes actualizados, lo cual se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Reglamento del Sistema de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones Norma D.S. Nº31/2013, Aprueba Reglamento del Sistema de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Una vez aprobado el Proyecto y emitida su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable se acogerá a las indicaciones de este decreto y en los casos que sea aplicable. Para la Fase de Operación el Titular proporcionará a la Superintendencia los antecedentes identificados en el Párrafo 2° de la presente en conformidad con el Artículo 8, 9 y 10 de la misma. Los plazos, forma y modo de proporcionar información se realizará de acuerdo con las instrucciones de carácter general de la Superintendencia, privilegiando los medios electrónicos. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de información según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro y seguimiento de autodenuncias, programas y planes actualizados. Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Seguimiento Ambiental Norma Resolución Exenta N°844/2012– Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Una vez obtenida la resolución de calificación ambiental favorable, el Proyecto deberá someterse a la fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de haber cumplido con las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.518/2013. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de informes de seguimiento ambiental a la Superintendencia del Medio Ambiente mediante el sistema electrónico, con toda la información exigida en la RCA, durante todas las fases del proyecto. El proyecto al tener inscrita la nueva RCA en el sistema y teniendo establecido el plan de seguimiento ambiental tendrá que elaborar un Informe Ambiental con los contenidos mínimos establecidos en el artículo14 de esta resolución. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Seguimiento y fiscalización ambiental Norma Resolución Exenta N°1518/2013, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº574 Exenta, de 2012 - Superintendencia de Medio Ambiente Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Los titulares de RCA favorables que se otorguen desde el 28 de febrero de 2014 en adelante, deberán cargar en la plataforma web creada por esta Superintendencia la información requerida dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la respectiva RCA.

Sin perjuicio de lo anterior, la Resolución establece que los titulares de RCA, deberán informar a la Superintendencia toda modificación en la información requerida, dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la notificación del acto en que autorice su modificación.

Una vez que se obtenga una RCA favorable, el titular, dentro del plazo de 15 días desde que se le notifique la Resolución, ingresará a http://www.sma.gob.cl, y se realizarán las gestiones para obtener el usuario y contraseña, y se completará el formulario presente en la plataforma web, del modo exigido por la Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Medio Ambiente, Aseo y Ornato Comunal Norma Ordenanza Municipal sobre Medio Ambiente, Aseo y Ornato Comunal. Ordenanza Municipal N°12. Fecha: 2 noviembre 2011 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Para dar cumplimiento a lo establecido en la esta Ordenanza, el Titular del Proyecto solicitará, posterior a la aprobación de la RCA, los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales, y todos lo que la entidad amerite pertinente. Asimismo, se dará estricto cumplimiento a las disposiciones del Capítulo VII relacionado con el manejo de residuos, Capítulo IX relacionado con efluentes, Capítulo X relacionado con los PMF, Capítulo XI, aunque no fue localizado el pompón, se prohibirá su corte y cosecha y Capítulo XIII en relación a ruidos molestos. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). - Obtención de Permisos Ambientales Sectoriales - Monitoreos de variables ambientales - Obtención permisos de la I. M de Ancud Forma de control y seguimiento - La Municipalidad Ancud, es la facultada para realizar inspecciones, pruebas, mediciones y análisis de niveles de contaminación. - Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 55/1994. Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica - Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de vehículos pesados. Forma de cumplimiento Se exigirá tanto a los que utilicen camiones como a los que utilicen maquinaria pesada, el correspondiente plan de mantención y la revisión técnica vigente. Los camiones portarán el sello autoadhesivo que acredite la certificación del cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Dada la envergadura del proyecto y las tablas de flujo de camiones incluidas en la presente evaluación ambiental se ha establecido que no se generarán emisiones de gases que superen los niveles establecidos en el D.S. Nº 55 de la referencia. Forma de control y seguimiento En la Fase de Construcción y eventual Cierre el Titular exigirá a todos los contratistas como parte de las bases técnicas para la ejecución de los trabajos contratados. Durante la Fase de Operación el Titular solicitará como parte integrante de las bases técnicas para la realización de los trabajos que las empresas contratistas cumplan con revisiones técnicas al día y el registro de las mantenciones. Información que los contratistas deberán entregar anualmente al Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº211/1991 Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Livianos que Indica - Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de vehículos livianos Forma de cumplimiento Todos los vehículos livianos utilizados durante las fases de construcción, operación y eventual cierre, contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisión técnica al día y/o sello verde adherido al parabrisas del vehículo y mantenciones periódicas. El registro de mantenciones se mantendrá al interior de los vehículos y/o en el libro de obras. Forma de control y seguimiento El Titular solicitará como parte integrante de las bases técnicas para la realización de los trabajos que las empresas contratistas cumplan con revisiones técnicas al día y el registro de las mantenciones. Información que los contratistas deberán entregar anualmente al Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº54/1994 - Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados medianos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de vehículos medianos Forma de cumplimiento Todos los vehículos livianos utilizados durante las fases de construcción, operación y eventual cierre, contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisión técnica al día. El registro de mantenciones se mantendrá al interior de los vehículos y/o en el libro de obras. Forma de control y seguimiento El Titular exigirá a todos los contratistas como parte de las bases técnicas como exigencia para la ejecución de los trabajos contratados, contar con revisión técnica de cada vehículo que participe en el Proyecto.

Durante la Fase de Operación el Titular solicitará como parte integrante de las bases técnicas para la realización de los trabajos que las empresas contratistas cumplan con revisiones técnicas al día y el registro de las mantenciones. Información que los contratistas deberán entregar anualmente al Titular Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de Trabajo. Residuos y emisiones. Norma D.S. N°594/1999-MINSAL, Aprueba el Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre se considera la generación de aguas servidas en los frentes de trabajo, para lo cual se dispondrá de baños químicos en dichas instalaciones.

Durante la fase de operación, se considera la generación de aguas servidas durante los trabajos de mantención de los aerogeneradores, para lo que se construirá una fosa séptica. Forma de cumplimiento En Guía SEIA se establece que solo los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 24 inciso segundo, 26 y 42 del DS. N°594/1999 es normativa de carácter ambiental aplicable a los proyectos y actividades que se someten al SEIA.

  1. En cuanto a la relación con el artículo 16, cabe indicar que el Proyecto no considera la generación de residuos líquidos industriales, por lo tanto, no se considera su descarga a la red pública de alcantarillado, como tampoco a cuerpos de agua natural (superficial o subterráneo). Tampoco considera la descarga de sustancias peligrosas.
  2. Una empresa autorizada se hará cargo de la instalación de los baños químicos, su mantención y del retiro periódico de las aguas residuales que generará el Proyecto.
  3. El titular prohibirá todo tipo de descarga del contenido líquido de baños químicos en lugares no autorizados.

En la DIA y sus Adendas se presentan los técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del PAS del Artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Residuos sólidos. Durante todas las fases del proyecto se separarán los residuos sólidos no peligroso y asimilables a domésticos de los peligrosos. Los no peligrosos y asimilables a domésticos serán almacenados en contenedores cerrados y bodega de residuos, para ser finalmente retirados periódicamente por el aseo municipal. Los antecedentes para acreditar el cumplimiento del PAS 140, se presentan en la DIA y se complementan en sus Adenda.

En el caso de los peligrosos, el transporte como la disposición final se realizará mediante empresas autorizadas. En el caso de los residuos peligrosos, adjunto a la DIA y Adenda se presenta los antecedentes para el PAS 142, correspondiente al permiso de almacenamiento temporal de RESPEL.

Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán copias de los contratos relativos a la(s) empresa(s) que proporcionará(n) los baños químicos requeridos durante la etapa de construcción y cierre.

Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de retiro y disposición final de las aguas servidas y lodos producto del uso de baños químicos en la fase de construcción y cierre y de lodos durante la operación

Autorización de sistema particular de aguas servidas del proyecto, según antecedentes para aprobación del PAS del Articulo 138 del Reglamento del SEIA

Autorización de bodega de almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos, y de residuos peligrosos, según antecedentes para aprobación de los PAS de los Artículos 140 y 142 del Reglamento del SEIA, respectivamente. Forma de control y seguimiento Las autorizaciones correspondientes se mantendrá́n disponibles para fiscalización de la autoridad ambiental y sanitaria (SMA y SEREMI de Salud) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Código Sanitario Norma D.F.L. N°725/1968-MINSAL. Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Generación de aguas residuales y de residuos sólidos Forma de cumplimiento Durante las fases de construcción, las áreas de trabajo serán dotada con baños químicos, conforme a lo exigido por el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” con las modificaciones introducidas por el D.S. 201/2001 del Ministerio de Salud.

Los residuos sólidos asimilables a domésticos serán dispuestos de acuerdo a lo establecido en el Código Sanitario y a los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del PAS del Artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Todos los residuos generados en las obras del Proyecto serán clasificados y acopiados según tipo dentro de las bodegas de residuos de la instalación de faenas de las fases de construcción y cierre, para posteriormente ser transportados y dispuestos por una empresa autorizada en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Durante las fases de construcción y cierre, se contará con una bodega temporal de almacenamiento de residuos peligrosos. Durante la fase de operación, los residuos peligrosos producto de las mantenciones de los aerogeneradores serán retirados inmediatamente del área del Proyecto para su disposición final en un relleno autorizado para tales efectos. La empresa contratista a cargo de las mantenciones será la responsable del manejo y disposición final de los residuos peligrosos durante la fase de operación.

Cabe destacar que, si bien el transporte de residuos sólidos será encargado a un tercero, se exigirá a éste que tenga autorización sanitaria para funcionar, y que reúna los requisitos para ésta, conforme al artículo 81 de la presente norma.

Una vez obtenida la RCA Favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos: - Bodega de acopio residuos domiciliarios y asimilables; y residuos industriales no peligrosos; - Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en los acápites correspondientes a los PAS N°140 y 142 del Anexo 3 de la presente DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización de sistema particular de aguas servidas del proyecto, según antecedentes para aprobación del PAS del Articulo 138 del Reglamento del SEIA. - Autorización de las bodegas de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios e industriales, así como de residuos peligrosos, según antecedentes para aprobación de los PAS de los Artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA, respectivamente. - Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos durante todas las fases (asimilables a domésticos y residuos sólidos peligrosos). - Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos del proyecto eólico, durante todas las fases. - Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final (asimilables a domésticos y residuos sólidos peligrosos) donde serán enviados dichos residuos sólidos, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Fiscalización de la SMA y de la Autoridad Sanitaria. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos Norma D.S. Nº148. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos Actividades propias de las obras de construcción y operación del proyecto Forma de cumplimiento Artículos 4, 6, 7, 8, 18, 25 del D.S.Nº148. En la fase de construcción, se generarán aceites, lubricantes, grasas, guaipes, materiales absorbentes y otros residuos menores calificados como peligrosos. Durante la fase de operación, se generarán residuos tipo RESPEL producto del recambio de aceites mecánicos de los aerogeneradores, cuya gestión y manejo estará a cargo de la empresa responsable de las mantenciones, la cual deberá estar debidamente autorizada para estos efectos, realizando su disposición final adecuada fuera de las instalaciones del Proyecto.

Durante la fase de cierre se producirán residuos similares a la fase de construcción. Los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores de 200 l de capacidad, herméticos y debidamente rotulados; los residuos peligrosos serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuyas características se presentan en mayor detalle en los acápites correspondientes PAS 142 del Anexo 03 de la DIA.

Los residuos peligrosos serán ubicados en la bodega considerando la incompatibilidad de éstos. Además, la bodega estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor y lejos de cursos de agua. La mayoría de los RESPEL generados por el Proyecto corresponden a residuos que se encuentran en la lista I y II del artículo 18 del D.S. N°148/03, por lo tanto, su manejo cumplirá con las disposiciones del presente decreto. La gestión y manejo de los RESPEL estará a cargo de la empresa responsable de las mantenciones, la cual deberá estar debidamente autorizada para estos efectos, realizando su disposición final en un relleno de seguridad autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación/ Obtención del PAS del artículo 142. - Obtención de Autorización Sanitaria de funcionamiento de la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos. - Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos peligrosos, durante todas las fases del Proyecto. - Se mantendrá un registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos por el proyecto eólico, durante todas las fases del Proyecto. Copias de SIDREP en caso de que aplique. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y SEREMI de Salud. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma D.S. Nº43. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento temporal de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento Artículo 1° El presente reglamento establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. Estas disposiciones regirán preferentemente sobre lo establecido en materias de almacenamiento en el decreto Nº 157 de 2005, del Ministerio de Salud, Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico y de lo establecido en el artículo 42 del decreto Nº 594 de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Los estanques de almacenamiento de combustibles líquidos deberán cumplir las exigencias dispuestas en el Decreto Nº90 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

El Proyecto almacenará sustancias peligrosas (aceite de motor, grasa lubricante, lubricante aerosol, pinturas y diluyente) durante la construcción del proyecto. Estos insumos se almacenarán en la bodega de sustancias peligrosas.

El Proyecto tramitará con la Autoridad Sanitaria el permiso para el almacenamiento de diésel durante la construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato con empresa autorizada para el transporte de sustancias peligrosas. Revisión y registro por parte de profesional de oficina en el terreno del estado de grupos electrógenos. Forma de control y seguimiento SMA y SEREMI de Salud. Fiscalización anual que las condiciones y funciones de la bodega se mantengan según lo prescribe la normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Emisión de Ruidos Norma D.S. Nº38/2012 - MINSEGPRES, Aprueba norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del decreto Nº146, de 1997 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Maquinaria utilizada para la construcción, circulación de vehículos motorizados Uso de generadores eléctricos de respaldo

Forma de cumplimiento Este Decreto, en su numeral IV, establece los Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos.

El Proyecto generará emisiones de ruido durante la fase de construcción y cierre, debido al funcionamiento de maquinaria pesada y el tránsito de vehículos. En la Fase de Operación, el ruido provendrá del funcionamiento de los aerogeneradores, que generan el denominado ruido aerodinámico producto del roce del viento contra las aspas.

El titular ha entregado antecedentes que permiten verificar el estricto cumplimiento de los niveles máximos regulados por el D.S. N°38/2011 del MMA. Detalles en Anexo 04 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento - Verificación del D.S. N°38/2011 del MMA a través de monitoreos de ruido durante la operación del proyecto. - Estos informes serán enviados a la SMA a través de la web SNIFA. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y SEREMI de Salud

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Registro de emisiones y transferencia de contaminantes Norma D.S. Nº1 de 2013. Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos sólidos no peligrosos, industriales y peligrosos Obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento El presente reglamento regula el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), el cual dispondrá de manera sistematizada, por fuente o agrupación de fuentes, la naturaleza, caudal y concentración de emisiones de contaminantes que sean objeto de una norma de emisión.

Además, el registro contemplará la declaración o estimación de emisiones, residuos y transferencias de aquellos contaminantes que no se encuentran regulados en una norma de emisión, plan de descontaminación, u otra regulación vigente, cuando se trate de emisiones que corresponden a fuentes difusas, o que se estiman debido a que se encuentran en convenios internacionales suscritos por Chile. Las estimaciones las realizará el Ministerio del Medio Ambiente mediante la información que entreguen los diferentes órganos de la Administración del Estado.

Asimismo, registrará la naturaleza, volumen y destino de los residuos sólidos generados por los establecimientos, de conformidad a lo dispuesto en el presente reglamento Se cumplirá declarando en caso de que se generen anualmente más de 12 toneladas de residuos no sometidos a reglamentos específicos, a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), de acuerdo al artículo 26 del citado Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento EL Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home

El proyecto realizará todas las declaraciones de emisiones que le correspondan a través de esta plataforma; Emisiones de Riles, Emisiones Atmosféricas, Residuos Peligrosos, Residuos Sólidos Industriales (SINADER), Declaración de Informes de Producción, Gastos de Protección Ambiental y Declaración Jurada Anual. Se mantendrá el sistema de ventanilla única del RETC, actualizado. Se mantendrá un registro, en el que conste la realización de las respectivas declaraciones. Este registro se mantendrá disponible y actualizado, para fiscalización de la autoridad.

Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y SEREMI de Medio Ambiente.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Registro de emisiones y transferencia de contaminantes Norma Resolución Exenta N°1.139 de 2014, Aprueba Norma Básica para Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Durante la etapa de construcción, operación y cierre se generarán residuos domiciliarios, industriales y peligrosos. Forma de cumplimiento La resolución establece que para la puesta en funcionamiento del Sistema de Ventanilla Única del RETC es necesario dictar reglas básicas para el mejor funcionamiento del Registro y en especial para los trámites de ingreso al sistema por parte de los establecimientos.

Se mantendrá actualizado el encargado del establecimiento. Se realizará anualmente Declaración Jurada Anual Indicador que acredita su cumplimiento El Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home Declaraciones anuales en RETC. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y SEREMI de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Registro de emisiones de contaminantes Norma Resolución Exenta Nº138 de 2004 del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Durante la etapa de construcción, operación y cierre se utilizarán grupos electrógenos para el suministro eléctrico de la instalación de faenas y respaldo en el caso de operación. Forma de cumplimiento Se realizará la declaración de fuentes de emisión conforme a los procedimientos establecidos para tal efecto y se informará sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles, en la forma que esta norma señala, conforme a los artículos 1°, 2° y 3° del D.S.Nº138. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá a disposición de la Autoridad: • Formulario ingreso de declaración de emisiones. • Obtención de certificado de declaración de emisiones según lo indica este Decreto. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y SEREMI de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Fauna silvestre Norma Ley Nº19.473, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil y D.S. Nº5, aprueba Reglamento de la Ley De Caza Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Corta de bosque nativo y plantaciones forestales; construcción atraviesos; operación del proyecto Forma de cumplimiento Artículo 3º Ley: Prohíbase en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. El reglamento señalará la nómina de las especies a que se refiere el inciso anterior.

Por su parte, el artículo 5º dispone que se prohíbe en toda época, levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos o crías, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas. Además, el artículo 7º, prohíbe la caza o captura en y desde caminos públicos. Por último, el artículo 9º autoriza la caza y captura de animales de las especies protegidas, en el medio silvestre, sólo en sectores y áreas determinadas y previa autorización del SAG.

Asimismo, respecto de las demás especies, podrá establecer vedas, temporadas y zonas de caza y captura; número de ejemplares que podrán cazarse o capturarse por jornada, temporada o grupo etario y demás condiciones en que tales actividades podrán desarrollarse.

En el área de influencia se registró la presencia de 43 especies de fauna entre las que se cuentan 5 anfibios, un reptil, 35 aves y 2 mamíferos. - Anfibios: Ranita de antifaz (Batrachyla taeniata), Sapito de cuatro ojos (Pleurodema thaul), Rana de hojarasca austral (Eupsophus calcaratus), Rana arbórea (Hylorina sylvatica) y Rana moteada (Batrachyla leptopus). - Reptiles: Lagartija pintada (Liolaemus pictus). - Aves: Bandurria (Theristicus melanopis), Chucao (Scelorchilus rubecula), Hued hued (Pteroptochos tarnii), Torcaza (Patagioenas araucana), Choroy, y el Concón (Strix rufipes). - Mamíferos: Pudú (Pudu pudu) y Zorro sp (Lycalopex sp). Indicador que acredita su cumplimiento En consideración de la presencia de reptiles y anfibios con baja movilidad se realizarán inducciones a todos los trabajadores y se distribuirán folletos informativos. Del mismo modo, todas las acciones constructivas se circunscribirán sólo a los sitios determinados, evitando además el tránsito de trabajadores, vehículos y maquinaria fuera de las áreas de faena o caminos habilitados para tal efecto.

Además, dada la presencia de aves, se presenta un plan de monitoreo como compromiso ambiental voluntario y el cual se detalla como Anexo 10 de la DIA. Forma de control y seguimiento Registro de folletos impresos entregados a trabajadores. Registro de charlas de capacitación sobre cuidado de flora y fauna Informe de Monitoreo enviado a la SMA y al SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Fauna silvestre Norma D.S. Nº65/15, Aprueba Modificación del Reglamento de la Ley De Caza. Aprobada con D.S. N°5/98 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto no considera realizar caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos ni para la utilización sustentable del recurso. Forma de cumplimiento El Proyecto no considera realizar caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos ni para la utilización sustentable del recurso.

Adicionalmente, y en consideración de la presencia de reptiles y anfibios con baja movilidad se realizarán inducciones a todos los trabajadores y se distribuirán folletos informativos. Del mismo modo, todas las acciones constructivas se circunscribirán sólo a los sitios determinados, evitando además el tránsito de trabajadores, vehículos y maquinaria fuera de las áreas de faena o caminos habilitados para tal efecto.

Además, dada la presencia de aves, se presenta un plan de monitoreo como compromiso ambiental voluntario y el cual se detalla como Anexo 10 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de folletos impresos entregados a trabajadores. Registro de charlas de capacitación sobre cuidado de flora y fauna Informe de Monitoreo enviado a la SMA y al SAG. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y el SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación Norma Ley Nº 20.283, Ley de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fecha de Publicación: 30 de Julio de 2008. Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de Bosque Nativo y de Plantaciones Forestales Forma de cumplimiento Artículo 5º.- Toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la Corporación. Deberá cumplir, además, con lo prescrito en el decreto ley Nº 701, de 1974. Los planes de manejo aprobados deberán ser de carácter público y estar disponibles en la página web de la Corporación para quien lo solicite.

El área del Proyecto presenta Bosque Nativo y Plantaciones Forestales, que serán intervenidas por el proyecto por lo que se presentan los correspondientes planes de manejo, de acuerdo a los Artículos 148 y 149 del D.S N°40/12 del MMA en Anexo 13 y 14 de la Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación y Ejecución del PMF de forma integral. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y CONAF Región de Los Lagos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.22. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación Norma D.S. Nº 93, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fecha de Publicación: 05 de octubre de 2009. Ministerio de Agricultura Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de Bosque Nativo y de Plantaciones Forestales Forma de cumplimiento En su título primero entrega las definiciones de plan de manejo forestal, plan de manejo forestal de preservación, plan de trabajo, entre otras. En su título segundo entrega las directrices sobre planes de manejo y planes de trabajo y sus respectivos procedimientos y autorizaciones.

El área del Proyecto presenta Bosque Nativo y Plantaciones Forestales, que serán intervenidas por el proyecto por lo que se presentan los correspondientes planes de manejo, de acuerdo a los Artículos 148 y 149 del D.S N°40/12 del MMA en Anexo 13 y 14 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación y Ejecución del PMF de forma integral. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y CONAF Región de Los Lagos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

7.23. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico, histórico y cultural Norma Ley N°17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales y D.S. N°484, Reglamento de la Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fecha Publicación: 4 febrero 1970 (Ley) y 02 abril 1991 (Reglamento). Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de Bosque Nativo y de Plantaciones Forestales; Excavaciones, movimiento de tierra. La prospección arqueológica y la revisión de antecedentes bibliográficos para el área de influencia del Proyecto no presentaron evidencias de sitios o hallazgos arqueológicos aislados, así como tampoco la presencia de Monumentos Históricos, Zonas típicas, Santuarios de la Naturaleza y Monumentos Públicos. Forma de cumplimiento Artículo 1° Ley: Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley.

Artículo 26° Ley: Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la responsabilidad civil solidaria de los empresarios o contratistas a cargo delas obras, por los daños derivados del incumplimiento de la obligación de denunciar el hallazgo.

Artículo 27° Ley: Las piezas u objetos a que se refiere el artículo anterior serán distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento. Artículo 23° Reglamento: Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.

Los objetos o especies encontradas se distribuirán según se determina en el artículo 21° de este reglamento.

Para levantar información arqueológica, se realizó una prospección en terreno, en donde se logró cubrir la totalidad de la superficie destinada al proyecto correspondiente al terreno a ocupar por 2 aerogeneradores eólicos, plataformas, caminos internos, trazado eléctrico soterrado, sumado al área a utilizar por las áreas temporales, no encontrando hallazgos arqueológicos en el área de influencia.

Independiente de esto, se tomarán las siguientes medidas de conservación y preservación del patrimonio cultural arqueológico:

  1. Realización de una charla de inducción al personal del proyecto preparada por un arqueólogo o licenciado en arqueología.
  2. Efectuar un monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie.
  3. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento del Reglamento de la Ley Nº 17.288.
  4. De recuperarse materiales arqueológicos se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Indicador que acredita su cumplimiento Informe monitoreo permanente durante la construcción Registro de charlas de inducción arqueológica al personal de obras del Proyecto antes del inicio de la construcción. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SMA y Consejo de Monumentos Nacionales Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE

8º. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Plan de Monitoreo de Rutas de Avifauna y Quirópteros

Impacto asociado Afectación de avifauna y quirópteros por operación de aerogeneradores Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/operación Pre - Construcción: Un monitoreo previo a la construcción (condición basal). Construcción: Durante fase de construcción. Operación: Desde el primer mes de operación hasta el cuarto año de operación. Cierre: No aplica. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: ejecutar un Plan de Monitoreo que permita la obtención de información para la toma de decisiones relacionadas a la protección de la avifauna y los quirópteros del Área de Influencia del Proyecto. Adicionalmente, se tienen los siguientes objetivos específicos: • Determinar el tránsito aéreo, riqueza y abundancia de avifauna durante la operación del Proyecto. • Determinar el comportamiento de las aves en relación con los aerogeneradores del Proyecto. • Determinar la frecuencia de vuelo por rangos horarios diarios. • Determinar la frecuencia de vuelo estacional. • Obtener registro de mortandad producto de colisiones. • Tomar medidas de protección de acuerdo con los resultados que se obtengan en el avance del plan.

Descripción: El titular implementará un Plan de Monitoreo, el cual involucra el estudio de la diversidad y patrones de vuelo en diversos períodos estacionales, de modo de poder comparar los cambios que pueden sufrir las especies con el emplazamiento del proyecto. Lo anterior, de acuerdo con los siguientes puntos: • Identificar especies de aves y número de ejemplares presentes en el área de estudio. • Recopilar información respecto de las direcciones, altura, y tipo de vuelo que realizan las aves presentes en el área de estudio • Determinar presencia de especies de aves con riesgo de colisión Reportar esfuerzos de muestreo, y resultados principales hallazgos • Analizar potencial afectación sobre la avifauna del proyecto • Proponer las medidas en función de los resultados para proteger las especies de avifauna registradas.

Además, se establece que en caso de ocurrir un evento de colisión durante el monitoreo se registrarán los detalles contando con la siguiente información:

  • Especie afectada - Estado reproductivo de la especie (juvenil, adulto, cría, indeterminado) - Estado de carcasa (reciente, descompuesto, huesos, depredado) - Aerogenerador asociado - Fecha - Condiciones climáticas

Junto con lo anterior, el Plan de Monitoreo considera un registro quincenal de mortalidad de individuos en los aerogeneradores del Proyecto, en base a la búsqueda de carcasas, técnica consistente en la recolección periódica de ejemplares impactados por los aerogeneradores, la cual será realizada por el encargado de recursos naturales y/u operarios capacitados.

Justificación: El Plan de Monitoreo de Aves justifica para identificar los reales efectos del proyecto sobre el componente aves y quirópteros en términos de colisiones, barotrauma u otro tipo de afectación ecológica. Por lo tanto, el plan permitirá evaluar como la fauna voladora se desarrolla en relación a la implementación del proyecto en sus distintas fases, de modo que se pueden detectar los efectos y tomar las medidas, respecto de la interacción de la comunidad de aves y quirópteros con los aerogeneradores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área de influencia del Proyecto.

Forma: a través de monitoreos realizados por personal capacitado en el área de influencia del Proyecto.

Oportunidad: Las campañas de monitoreo se iniciarán antes de la etapa de construcción y continuarán durante los primeros cuatro años de la etapa de operación.

Indicador que acredite su cumplimiento Generación de informe de monitoreo de avifauna según las siguientes campañas: - Pre - Construcción: Un monitoreo previo a la construcción (condición basal). - Construcción: Dos campañas anuales durante fase de construcción - Operación: Campañas estacionales durante los primeros cuatro años de operación. - Cierre: No aplica.

Los Informes expondrán información de la variabilidad espacio - temporal del comportamiento de la avifauna y la evaluación de riesgo de colisión en el área del proyecto. Forma de control y seguimiento Se entregará al Servicio Agrícola y Ganadero (departamento de Recursos Naturales) y la Superintendencia de Medio Ambiente y Seremi de Medio Ambiente lo siguiente: - Informe semestral de mortandad de ejemplares producto de eventuales colisiones. - Informe anual de resumen de los resultados como: riqueza de especies, mortandad, aerogeneradores críticos, entre otros. Este informe será de utilidad para la toma de decisiones respecto a las medidas para la disminución de posibles efectos negativos y ajustar el plan de monitoreo. - Terminado el total de campañas (16) se hará entrega de un informe final correspondiente a los resultados sobre rutas migratorias, efecto de los aerogeneradores, cambios en la conducta de las aves frente a aerogeneradores, estacionalidad, frecuencia de vuelo por rangos horarios. Referencia Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11, Punto 11.1 del ICE

8.2. Monitoreo de Ruido en Fase de Operación

Impacto asociado Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Estimar los niveles de inmisión en los receptores más cercanos y eventualmente verificar el cumplimiento del D.S.Nº38/11 del MMA, y por consiguiente las modelaciones realizadas en Anexo 2 de la adenda.

Descripción: El Titular desarrollará un Informe técnico, enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en el que se detalle la metodología de medición y los niveles medidos en terreno en fase de operación, en el marco de la normativa vigente. Desde la entrada en funcionamiento del parque eólico, se efectuará un monitoreo trimestral, en horario diurno y nocturno, el primer año de operación y monitoreo semestral los siguientes 3 años de operación, en todos los receptores considerados en la DIA.

Justificación: Con el monitoreo se estimará fehacientemente la inmisión del proyecto y permitirá verificar el cumplimiento normativo en los receptores aledaños al proyecto y desarrollar un plan de monitoreo durante la construcción y operación para cotejar el cumplimiento del D.S.Nº 38/11 del MMA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área de influencia del proyecto de ruido, en donde se localizan los receptores sensibles evaluados en la DIA.

Forma: mediante monitoreos en los receptores definidos en la DIA.

Oportunidad: Desde la entrada en funcionamiento del parque eólico, se efectuará un monitoreo trimestral, en horario diurno y nocturno, el primer año de operación y monitoreo semestral los siguientes 3 años de operación, en todos los receptores considerados en la DIA. Indicador que acredite su cumplimiento Resultados de monitoreo, respecto del cumplimiento normativo en cada receptor. Forma de control y seguimiento Generación de informes y reportes a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11, Punto 11.1.2 del ICE

8.3. Monitoreo de Activación de Procesos Erosivos

Impacto asociado Activación de procesos erosivos por aumento del tránsito de vehículos pesados y obras de construcción de atraviesos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Analizar la presencia de procesos erosivos durante los primeros 3 años posterior a la construcción del Proyecto.

Descripción: Se elaborarán informes que serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en los que se especificarán los detalles de los resultados del monitoreo de las zonas susceptibles a riesgos de erosión en el área del Proyecto. Éstas acciones se llevarán a cabo de forma trimestral, y se extenderán durante tres años desde el inicio de la fase de operación.

Justificación: Para alcanzar el objetivo de analizar la presencia de procesos erosivos durante la etapa de operación, se llevará a cabo el monitoreo para definir si se está ante la activación de proceso erosivo en zonas intervenidas por el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tres sectores relacionados con la intervención del Proyecto en los tres cursos de agua presentes.

Forma: Se utilizará la metodología “Parcelas de Clavos de Erosión” que será aplicada en los 3 sectores mencionados en los cauces ya que cuentan con pendientes con riesgo de erosión.

Oportunidad: El monitoreo se llevará a cabo durante los tres primeros años de la fase de operación, por medio de inspecciones trimestrales.

Indicador que acredite su cumplimiento Resultados de monitoreo, que serán presentados por medio de informes remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Se generarán informes que serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11, Punto 11.1.6 del ICE

8.4. Monitoreo de Calidad del Agua

Impacto asociado Afectación a la calidad del recurso agua por obras de construcción de atraviesos vehiculares Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Determinar la calidad de agua de acuerdo a la NCH 1333 en cuanto calidad de riego.

Descripción: Se analizará la calidad de agua de riego según la NCh 1333 en los tres puntos de intervención de esteros.

Justificación: El Proyecto intervendrá 3 esteros que podrían ser contaminados.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tres sectores relacionados con la intervención del Proyecto en los tres cursos de agua presentes.

Forma: Se analizarán los parámetros del NCh 1333.

Oportunidad: El monitoreo se llevará a cabo antes de iniciar la construcción de las alcantarillas, y posteriormente en dos ocasiones una vez construidas las soluciones, en primavera e invierno.

Indicador que acredite su cumplimiento Reportes del informe de laboratorio que serán presentados por medio de informes remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Se generarán informes que serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11, Punto 11.7 del ICE

8.5. Monitoreo Arqueológico durante el movimiento de tierra de la Fase Constructiva del Proyecto

Impacto asociado No identificado Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la remoción, destrucción y deterioro de elementos patrimoniales. Descripción: Durante la construcción, se realizará un monitoreo permanente durante toda actividad de remoción de tierras realizado por un profesional competente, licenciado/a en arqueología o arqueólogo/a. Justificación: Para alcanzar el objetivo de evitar la remoción, destrucción, deterioro y traslado de potenciales hallazgos arqueológicos presentes en el área de influencia del proyecto, se llevará a cabo la acción de vigilancia permanente, por parte de un/a profesional arqueólogo/a, de las actividades de escarpe y excavación del terreno en todas las obras que se requieran durante la fase constructiva. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Frentes de trabajo donde se lleve a cabo acciones de escarpe y excavación de terreno, por ejemplo, plataforma de operación, construcción de caminos, entre otros.

Forma: Reunión de coordinación del especialista con el Inspector técnico de obra, identificación de las obras relevantes (escarpe y excavación), y definición del programa de trabajo. Se elaborará un protocolo que indique las acciones a seguir ante hallazgos no previstos, estableciendo tanto los canales de comunicación, como a los distintos responsables. • Se implementará un monitoreo arqueológico durante la fase de construcción del proyecto, el cual deberá desarrollarse de la siguiente forma: Monitoreo arqueológico permanente por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie, y excavación y/o disposición de material. • Durante el monitoreo, se implementará un libro de comunicación (o bitácora) donde el arqueólogo deje constancia de las actividades desarrolladas como, por ejemplo, implementación y mantención de medidas, ejecución de charlas de capacitación, reporte de hallazgos no previstos, etc. Este libro deberá ser anexado al informe mensual de monitoreo arqueológico.

Oportunidad: Las acciones de vigilancia relacionadas al presente compromiso, se llevará de forma permanente en la etapa de construcción, específicamente durante las obras de escarpe y excavación.

Indicador que acredite su cumplimiento Se realizarán informes técnicos mensuales de monitoreo arqueológico, que serán remitidos a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Forma de control y seguimiento Se enviarán informes mensuales de cumplimiento ambiental, que contendrá los indicadores que acreditan el cumplimiento del presente compromiso y será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente a través de la plataforma Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11, Punto 11.3 del ICE

8.6. Inducción Arqueológica, Fauna y Flora para Trabajadores

Impacto asociado Pérdida de vegetación por corta de bosque Pérdida de biodiversidad de flora y vegetación nativa Afectación a fauna terrestre Afectación de avifauna y quirópteros Fase del Proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso tiene por objetivo velar por la protección del patrimonio natural y cultural a través de: - Charlas de inducción patrimonial sobre la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. - Difundir mediante folletería a todos los trabajadores en terreno. - Difundir de manera efectiva las medidas de acción ante eventuales hallazgos de elementos arqueológicos y/o históricos, avistamientos o interacciones con fauna, y hallazgos de especímenes de flora y vegetación protegida en el área del Proyecto.

Descripción: Se realizará una inducción al personal que realizará trabajos en los frentes que requieran de escarpes y excavaciones respectivo sobre la protección y características del componente arqueológico, y una inducción a todo el personal relacionado con las obras del Proyecto acerca de la protección y características de los componentes fauna y flora. Las Charlas serán ejecutadas de forma previo al inicio de obras y cada vez que ingrese una empresa contratista nueva al Proyecto. Del mismo modo, se entregará folletería para la difusión del cuidado y protección del material cultural y natural.

Justificación: Con la finalidad de entregar protección a eventuales elementos naturales y patrimoniales y evitar su eventual afectación, se procede a la realización de charlas y/o difusión con folletería a trabajadores y presencia de un especialista en cada área mencionada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área influencia de flora y vegetación, fauna y arqueológica del Proyecto y zonas de excavación.

Forma: El especialista del área (flora, fauna o arqueología), capacitará a al personal de la obra relacionado con el movimiento de tierras mediante charlas de inducción educativas de cuidado y valoración del patrimonio cultural y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Asimismo, se ofrecerá folletería para los trabajadores relacionado con la protección de los elementos culturales.

Oportunidad: se llevará de forma permanente en la etapa de construcción, específicamente durante las obras de escarpe y excavación. Al inicio de esta actividad se deberá elaborar y difundir el Protocolo de Acción ante hallazgos arqueológicos no previstos. Se entregarán a medida que ingresen los trabajadores la folletería. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá disponible los siguientes antecedentes en caso de que la autoridad lo requiera: - Lista con nombre y firma de los trabajadores que asistan a la charla de inducción - Currículo vitae de quien dicta la charla. - Folleto impreso - Reporte mensual por el profesional, registrando fecha, hora de inicio y termino de actividades, ubicación georreferenciada, descripción de actividades y registro fotográfico. El reporte será presentado al CMN dentro de 30 días hábiles, posteriores a la realización de las charlas. Forma de control y seguimiento Se elaborarán informes mensuales de cumplimiento ambiental, que contendrá los indicadores que acreditan el cumplimiento del presente compromiso y será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente a través de la plataforma Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11, Punto 11.4 del ICE

8.7. Carteles con Señalética en Faenas sobre Cuidado de Patrimonio Natural

Impacto asociado No identificado Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir el impacto sobre el patrimonio natural durante la etapa de construcción.

Descripción: Para todos aquellos sitios naturales de interés de preservación que se emplacen en el área de influencia del proyecto y que no serán intervenidos por las obras, se implementará la instalación de señalética de manera de no afectarlos por obra o actividad alguna del Proyecto, así como también para todos aquellos hallazgos no previstos que pudieran encontrarse en la fase de construcción.

Justificación: Para alcanzar el objetivo de prevenir el impacto sobre el patrimonio natural identificado durante la etapa de construcción, se llevará a cabo la implementación de señales informativas, destinadas a proteger dicho patrimonio natural. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del Proyecto y en cada hallazgo no previsto que pueda ser identificado durante la etapa constructiva del proyecto

Forma: Esta actividad deberá ser supervisada por un especialista del área; estas señaléticas deberán ser instaladas antes del inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) y deberán durar hasta el final de las mismas, de tal manera de proteger los sitios de patrimonio natural durante la etapa de construcción del proyecto.

Oportunidad: La acción de implementar señales informativas se llevará a cabo durante fase constructiva, y posteriormente se realizará una supervisión mensual del estado éstas durante todas las obras de escarpe y excavación, en esta fase. Indicador que acredite su cumplimiento Se realizará un registro fotográfico de que cuenta de la implementación del compromiso. También se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente Forma de control y seguimiento Revisión periódica del estado de carteles por parte del Titular Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11, Punto 11.5 del ICE 9º. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las que se detallan en el Anexo 5 de la DIA y en Anexo 17 de la Adenda, de las cuales se presentan algunas de las principales:

9.1. Colisión de especies de avifauna y quirópteros Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Alrededor de cada aerogenerador Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Luces de navegación ubicadas en las góndolas de los aerogeneradores (de preferencia), los que marcan el perímetro del parque eólico. La programación de los destellos debe ser de tal manera que estos sean simultáneos y que el periodo de oscuridad entre cada uno sea amplio. - Pintado de patrones en las aspas de los aerogeneradores, preferentemente púrpura (Long et al., 2011) o negro. Corresponde al pintado de patrones distintos en cada aspa, de manera de que no se repitan entre las aspas del mismo aerogenerador. Otra forma es juntar todos estos segmentos pintados en un aspa, dando como resultado un aspa de color sólido. En cuanto al tipo de pintura, esta será de tipo UV o antireflectante

Forma de control y seguimiento Durante la fase de operación se desarrollará un registro, por parte de los operarios, de la mortalidad de individuos en todos los aerogeneradores del Proyecto. Para esto, se realizará previo a la etapa de operación, una capacitación por parte de especialistas a los encargados y operarios. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia En caso de que producto de la colisión de avifauna (o barotrauma) de quirópteros, se encuentre un ejemplar muerto (carcasa), este se recogerá y dispondrá en contenedor de residuos.

En caso de que producto de la colisión de avifauna (o barotrauma) de quirópteros, se encuentre un ejemplar herido se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: - Identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente, - Rescate - Alojamiento temporal y traslado, - Rehabilitación y liberación.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia - Protocolos internos e información oportuna a la SMA - En caso de la detección de fauna herida, se dará aviso a la SMA de la activación del plan como máximo 24 horas ocurrido el hallazgo. - Se elaborará un informe que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de fauna silvestre en las inmediaciones del Proyecto, los que serán remitidos a la SMA de la Región de Los Lagos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexos 5 de la DIA y Anexo 17 de la Adenda Capítulo 8, Punto 8.1.1 del ICE

9.2. Funcionamiento deficiente del almacenamiento temporal de Aguas Servidas Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Baños químicos, fosa séptica y drenes de drenaje Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - En caso de falla de los baños químicos durante la construcción se contactará en un plazo no superior a las 24 hrs, a la Empresa Sanitaria responsable de los baños, para realizar el recambio y mantención requerida. También se considera contactar a otra Empresa Sanitaria autorizada para hacer de remplazo y resolver un eventual brote de malos olores y proliferación de vectores. - La localización y tipo de sistema se seleccionará considerando las características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto. - Se contratarán servicios que cuenten con todos sus permisos al día, asegurándose de que sean responsables en el servicio entregado - Para la fase de operación, se instruirá al personal del Proyecto y al contratista encargado, sobre el sistema de fosa séptica estanca de aguas servidas del Proyecto y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. - La limpieza de la fosa séptica se realizará posterior a las actividades de mantención que consideré la presencia de trabajadores en terrenos, con la finalidad de mantener el sistema de manera óptima para el próximo periodo de mantención y ocupar el límite de la capacidad de Estos - En caso de derrame, se realizará la detención en el uso de los servicios sanitarios, para posteriormente solucionar la fuga detectada. - Se procederá a incorporar material de contención sobre la fuga de aguas servidas. Forma de control y seguimiento - Mantener un registro de asistencia a las capacitaciones - Se realizará un registro fotográfico del sector de emplazamiento de los baños químicos y la fosa séptica. - Se mantendrá un informe de la cantidad de veces que ha sido limpiado el almacenamiento temporal de aguas servidas Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia - Protocolos internos e información oportuna a la SMA - Se dará aviso a la SMA dentro de un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento que se informa. - Si como consecuencia de un mal funcionamiento del sistema de almacenamiento temporal de aguas servidas se genera un derrame y por consiguiente una afectación a los recursos naturales se procederá a generar un informe que será remitido a la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexos 5 de la DIA y Anexo 17 de la Adenda Capítulo 8, Punto 8.1.2 del ICE

9.3. Almacenamiento deficiente de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitio de almacenamiento temporal de RSD y asimilable, sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y las rutas de transporte hasta esos sitios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre generación de residuos del Proyecto, manejo, disposición final y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. - La localización y tipo de contenedores de residuos domésticos y sitios de acopio de residuos industriales se seleccionarán considerando las características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto. - Para que el sitio de almacenamiento temporal no llegue a su máxima capacidad. los residuos serán retirados 3 veces a la semana en caso de los RSD, y 1 vez a la semana para los RSINP. En caso de ser necesario, se aumentará frecuencia de retiro. Forma de control y seguimiento - Se llevará un registro de asistencia a las capacitaciones. - Se realizará un registro fotográfico del emplazamiento del sitio de almacenamiento temporal de RSD y asimilables, y del sitio de almacenamiento de residuos industriales Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Protocolos internos e información oportuna a la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexos 5 de la DIA y Anexo 17 de la Adenda Capítulo 8, Punto 8.1.3 del ICE

9.4. Derrame de Sustancias Peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Fases de Construcción, Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte y almacenamiento temporal de sustancias peligrosas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre cómo actuar en caso de derrames de sustancias peligrosas y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. - Todas las sustancias utilizadas en las etapas del Proyecto serán transportadas por Empresas Autorizadas que se encuentren cumpliendo la legislación vigente. - Todas las sustancias peligrosas serán marcadas con los distintivos especificados en la NCh N°2190 sobre Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos. - Se dará fiel cumplimiento a lo establecido en el D.S. 298 Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. - El transportista de las sustancias peligrosas deberá contar con licencia de conducir adecuada, contando además con la capacitación necesaria para saber cómo actuar ante un posible derrame. - En caso de generarse derrames de sustancias peligrosas se contará con un kit de control para dichos derrames, el que corresponde a material de contención y los EPP necesarios para que los trabajadores lo puedan retirar. - Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de residuos peligrosos Forma de control y seguimiento - Se llevará un registro de asistencia a las capacitaciones. - Se solicitarán las autorizaciones sanitarias de la empresa encargada de suministrar con sustancias peligrosas al Proyecto. - El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. suministrar con sustancias peligrosas al Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Protocolos internos e información oportuna a la SMA Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexos 5 de la DIA y Anexo 17 de la Adenda Capítulo 8, Punto 8.1.4 del ICE

9.5. Colapso de la infraestructura de los Aerogeneradores o Línea de Transmisión Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Aerogeneradores y Línea de Transmisión Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizará una inspección del lugar afectado y se evaluarán los daños de estructura como el que se pudiese haber generado en los alrededores. - En caso de que se vean afectadas personas se procederá a dar aviso a los servicios de emergencia. - Se delimitará la(s) zona(s) afectada(s) con el fin de poder informar a la comunidad de la presencia de colapso - Se procederá a tomar acciones para volver al normal funcionamiento, tales como arreglar o sustituir un aerogenerador, restaurar partes de la LT, etc. Forma de control y seguimiento Una vez que se haya constatado la presencia del colapso, se procederá a dar aviso a las jefaturas sobre las labores de contención, para que posteriormente se tomen medidas al respecto y se puedan determinar las acciones necesarias de realizar para volver al normal funcionamiento Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso a la SMA dentro de un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento que se informa. En caso de que exista un colapso de la infraestructura y se hayan evaluado daños, posibles consecuencias y alternativas para volver a normal funcionamiento, se elaborará un informe de lo sucedido, el que será remitido a la SMA para su evaluación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexos 5 de la DIA y Anexo 17 de la Adenda

Además de las contingencias y emergencias antes descritas, en el Anexo 5 de la DIA y en el Anexo 17 de Adenda, se identificación y detallan otras situaciones que pueden darse durante las distintas fases del Proyecto, las que corresponden a las siguientes: - Manipulación deficiente de combustibles líquidos - Presencia de sitios arqueológicos no registrados previamente - Incendios - Incendios forestales - Sismos - Generación de ruido por fallas mecánicas - Afloramiento de aguas subterráneas - Atropello de fauna silvestre - Afectaciones indirectas a cuerpos de agua

10º. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

11º. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4º de la presente Resolución.

12º. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13º. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

14º. Que, para que el proyecto “PMGD Eólico Urospora” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15º. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16º. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 17º. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

18º. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “PMGD Eólico Urospora”, de Parque Eólico Urospora SpA.

2°. Certificar que el proyecto “PMGD Eólico Urospora” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “PMGD Eólico Urospora” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 149, 156 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “PMGD Eólico Urospora” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4º del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Carlos Guillermo Geisse Mac-Evoy Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos

MSA/JHS/PSP/psp Distribución: CONADI, Región de Los Lagos CONAF, Región de Los Lagos Consejo de Monumentos Nacionales DGA, Región de Los Lagos SAG, Región de Los Lagos SEC, Región de Los Lagos SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos Carlos Guillermo Geisse Mac-Evoy Firmado digitalmente por Carlos Guillermo Geisse Mac-Evoy Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=DECIMA - REGION DE LOS LAGOS, l=Puerto Montt, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/acuerdoterceros, title=Delegado y Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Carlos Guillermo Geisse Mac-Evoy, email=cgeisse@interior.gob.cl Fecha: 2022.03.03 11:21:48 -03'00' SEREMI de Energía, Región de Los Lagos SEREMI de Salud, Región de Los Lagos SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos SEREMI MOP, Región de Los Lagos SERNAGEOMIN, Zona Sur Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos

Firmado por: Sergio Sanhueza Trivino Fecha: 02/02/2022 15:33:03 CLST