Parque Fotovoltaico Alagua
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua”
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 18 de febrero de 2021, mediante Resolución Exenta N° 133/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 04 de junio de 2021 y su Adenda Complementaria de fecha 05 de enero de 2022 del Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua” presentado por Solek Chile Services SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua”.
3°. El Acta de Evaluación N° 02/2022 de fecha 25/01/2022 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua” de fecha 28 de enero de 2022.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 07 de febrero de 2022.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; La ley N° 19.175, Ley Orgánica Constitucional Sobre Gobiernos y Administración Regional; en el Decreto Supremo N° 558 de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta RA N° 119046/83/2021, de 29 de enero de 2021, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 7/2019 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181 Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 21-02-2022 16:36:31:523 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 21-02-2022 16:36:35:186 UTC -03:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que Solek Chile Servicies SpA. (en adelante, el “Titular”) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Solek Chile Services SpA. Rut 76.411.169-9 Domicilio Badajoz 45 Oficina 15 B, Las Condes Teléfono +56 9 3115 5556 Nombre representante legal Víctor Opazo Carvallo Rut representante legal 8.357.119-5 Domicilio representante legal Badajoz 45 Oficina 15 B, Las Condes Teléfono representante legal +56 9 3115 5556 Correo electrónico Titular o representante legal opazo@solek.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de enero de 2022, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que: • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 132, 138, 140, 142 y Pronunciamiento al Art. 161 del D.S. Nº 40/2012 MMA; • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 07 de febrero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar favorablemente el Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 28 de enero de 2022, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto, tiene por objetivo captar y transformar la energía solar en energía eléctrica para inyectar a la red de distribuidora local, perteneciente al Sistema Eléctrico Nacional (SEN),
Descripción general del proyecto El Proyecto corresponde a la construcción y operación de un parque solar que utilizará la tecnología de módulos fotovoltaicos para la captación y transformación de energía solar a eléctrica, compuesto de 18.116 módulos fotovoltaicos. Este parque generará una potencia nominal de 9,78 MW a través de energías renovables no convencionales (ERNC), la que será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante una línea eléctrica de media tensión de 12 kV. La fase de construcción se realizará en 6 meses y la fase de cierre 5 meses, tal como se presenta en el cronograma de la Tabla 18 de la Adenda Complementaria. Mayores antecedentes en Tabla 18 de la Adenda Complementaria. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en virtud de lo establecido en la letra c) del artículo 10° letra de la Ley N°19.300 Bases Generales sobre el Medio Ambiente y el artículo 3° del D.S. N°40/12 Reglamento del SEIA, que dispone siguiente: “c) Centrales generadoras de energías mayores a 3 MW”. Vida útil 29 años Monto de inversión US$ 10.000.000 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de la Instalación de faenas
Proyecto se desarrolla por etapas SI NO Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el proyecto no se desarrollará por etapas.
X
Proyecto modifica un Proyecto o actividad SI NO En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, se declara que el Proyecto no corresponde a una modificación de algún proyecto.
X
Proyecto modifica otra(s) RCA Si No X No aplica.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubicará en HJ Los Hueviles Lotes 1, B y 5, comuna de Til Til, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana. Descripción de la localización La justificación de la localización del Proyecto se basa en la posibilidad de aprovechar el potencial solar de la zona, la que presenta un buen índice de radiación solar y punto de conexión cercano lo que hace muy ventajosa su conectividad. El emplazamiento resulta muy favorable para la instalación de un parque fotovoltaico debido a las siguientes características: • Resultados favorables de radiación solar corroborados mediante simulaciones de producción con los datos de radiación de diversas bases de datos certificadas. • El lugar se encuentra cercano a líneas de distribución existentes, lo que hace factible desde un punto de vista económico y técnico el desarrollo del proyecto y la evacuación de la energía eléctrica generada por el mismo. • Se encuentra cercano a los centros de demanda energética. Lo anterior, se alinea con la Política Energética 2050 cuyos desafíos consideran el impulso de una matriz energética renovable y el desarrollo de lineamientos para abordar los impactos medioambientales, locales y globales. Bajo este escenario, el Proyecto es un aporte para el desarrollo de tecnologías e innovación relacionada con la industria solar, promueve de forma directa las energías renovables en la matriz eléctrica del país, reducción de emisiones de GEI en el sector energético del país y aprovecha el recurso solar disponible de la zona donde se instalará. Superficie El Proyecto se implementará sobre un polígono de 14,46 ha de superficie, de las cuales 14,46 ha corresponde a la superficie en donde se consideran obras de intervención permanente y 255,9 m2 a la superficie de obras temporales, aproximadamente. Mayores antecedentes en Tabla 1 de la Adenda Complementaria y Tabla 6 de la Adenda. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de los vértices del polígono y referencias del proyecto son las siguientes: Tabla 1. Coordenadas del predio Vértice Este (m) Norte (m) V1 330.512 6.331.967 V2 330.642 6.331.879 V3 330.659 6.331.852 V4 330.769 6.331.895 V5 330.789 6.331.883 V6 330.795 6.331.883 V7 330.837 6.331.921 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
V8 330.916 6.331.952 V9 331.054 6.331.752 V10 330.632 6.331.453 V11 330.678 6.331.640 V12 330.631 6.331.762 V13 330.515 6.331.847 V14 330.452 6.331.924 FUENTE: Tabla 2 de la Adenda Complementaria.
Mayores antecedentes en Acápite Introductorio de la Adenda Complementaria. La ubicación de la LTE y postes se presenta en la Tabla 4 de la Adenda Complementaria. La ubicación de la instalación de faenas de la fase de construcción y cierre se presenta en la Tabla 2 de la Adenda Complementaria. La ubicación de las obras de la fase de cierre se presenta en la Tabla 25 de la Adenda. Caminos de acceso El acceso principal al área del Proyecto será realizado a durante todas sus fases por la calle pavimentada Cerro Blanco, ubicada en el km 38 de la Ruta 5 norte, por aproximadamente 500 metros hacia el poniente de la ciudad del Til Til – Comuna del Til Til –, para posteriormente girar hacia el sur por un camino de suelo natural por 730 metros hasta llegar al área de proyecto. Cabe señalar que el diseño del acceso hacia la vialidad pública se desarrollará y presentará en la Dirección Regional de Vialidad para su aprobación. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Ubicaciones de obras permanentes y temporales en el Anexo 1.1 y 2.1 de la Adenda Complementaria. En el Anexo 6.1 de la Adenda Complementaria se presentan los Certificados de Informaciones Previas (CIP) del terreno donde se emplaza el proyecto.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN PARTES Caminos internos Se habilitarán caminos internos que conecten el acceso del Proyecto con las áreas de instalación de faenas interiores, subestaciones y todas las obras y partes del parque fotovoltaico. Estos caminos estarán habilitados durante las tres fases del Proyecto, de manera de permitir el desplazamiento de máquinas, personal, equipos e insumos en las fases de construcción y cierre, así como el acceso del personal encargado de las labores de mantención y control de cualquier contingencia o emergencia en la fase de operación. Se considera habilitar caminos internos de un ancho de 4 metros y una longitud de 368 metros, abarcando una superficie total de 1.472 m2, los que quedarán habilitados con ripio para la fase de operación. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.6 de la DIA y acápite introductorio de la Adenda Complementaria. Cercos perimetrales El parque contará con un cierre perimetral consistente en una valla metálica, con una altura estimada de 2,5 m, la cual será instalada a través de una inserción directa en el suelo. Como medida de seguridad se instalarán señaléticas que indicarán la ubicación de las estructuras como de los riesgos asociados. Adicionalmente, se dejará un espacio entre el cierre perimetral y el parque fotovoltaico de al menos 5 metros de distancia, lo que servirá como un espacio de seguridad o corta fuegos en caso de incendios forestales. Este espacio estará libre de vegetación y se hará mantención cuatrimestral. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.7 de la DIA. Zonas de exclusión Corresponde a un área buffer de 20 m, donde se instalarán barreras Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
para resguardo de ejemplares de Prosopis chilensis perimetrales a modo de evitar potenciales accidentes que afecten ligeramente aquellos individuos aislados que quedan al interior de uno u otro campo fotovoltaico. La protección corresponde a la instalación de una malla raschel alrededor de los ejemplares de algarrobo indicados en la figura e individualizados en el Apéndice 2 del Anexo 3.3 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria. Bodega de Materiales Se considera habilitar dos bodegas de 29,3 m2 para el almacenaje de materiales, herramientas e insumos, de las cuales una se mantendrá para todas las fases del Proyecto. Estas bodegas serán de usos múltiples de manera, la cuales consistirán en un contenedor metálico tipo marítimo, el cual contará con racks de almacenamiento en su interior. Para el caso de los insumos con características de peligrosidad que se almacenen en dichas bodegas (en cantidades inferiores a 600 kg o l), se contará con racks de material liso, no absorbente y lavable, con baranda antivuelco en cada sección, sistema de control de derrames, señalización que indique el tipo de insumos que se almacena, se mantendrán a la vista las respectivas HDS y estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados. Lo anterior en cumplimiento del D.S. Nº 43/2016 del Ministerio de Salud. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Zona de acopio para residuos no peligrosos (RISES) Se habilitará una zona de 112 m2 para el acopio de residuos no peligrosos generados en todas las fases del Proyecto, donde se segregarán los residuos tales como pallets con su sello, fierros, pernos en desuso, maderas, plásticos, entre otros. Para el almacenamiento temporal se dispondrá en contenedores con capacidad de 500 y 20.000 l, dependiendo de las densidades y cantidades de cada residuo a generar. Los residuos serán enviados a sitios de disposición final por empresa autorizada en camiones batea, con una frecuencia de retiro mensual. Mayores antecedentes en Tabla 10 y Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Bodega de Residuos Peligrosos (RESPEL) Se habilitará una bodega de residuos peligrosos, en un espacio de 7,5 m2 de superficie debidamente delimitado, cercado y señalizado, la cual se utilizará durante todas las fases del Proyecto. Este sitio contará con señalética que identifique el tipo de residuos a disponer y las medidas de precaución para su manejo, elementos de seguridad personal y extintores de polvo químico seco para el control de posibles amagos de incendio. Las características de esta bodega darán cumplimiento al D.S. Nº 148/2003 del MINSAL. Mayores antecedentes en Tabla 10 y Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Estacionamiento de vehículos livianos Corresponde a un sitio de aproximadamente 77 m2 de superficie destinado para el uso exclusivo de vehículos livianos para el transporte de personal, el cual estará debidamente delimitado y señalizado. Se dispondrá que los vehículos livianos estacionen aculatados para facilitar su salida frente a cualquier emergencia o contingencia. Se complementa que dicha obra tendrá 5 estacionamientos para vehículos livianos. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Portería Corresponde a una caseta de control de acceso al Proyecto, la que contará con un guardia de seguridad, con una superficie unitaria de 7,4 m2 Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Baños Químicos En la zona de instalación de faenas se dispondrán de baños químicos para el personal, durante las fases de construcción y cierre, el número de ellos irá variando acorde al número de personas presentes en obras. La zona de baños químicos dispondrá de una superficie total de 4,3 m2. El servicio de la limpieza y mantención de estos será provisto por una empresa autorizada y la cual disponga finalmente en una planta de tratamiento de aguas residuales autorizada. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Oficinas Se instalarán 2 conteiner de acero destinados para las oficinas, las que contarán con los insumos necesarios para desempeñar las labores de los profesionales, correspondientes a computadores y otros elementos requeridos para el apoyo administrativo de la fase de construcción y cierre. Cada conteiner de oficina tendrá una superficie aproximada de 15 m2, sumando un total de 30 m2. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Estacionamiento de Maquinaria Corresponde a un sitio de 90 m2 de superficie destinado para el estacionamiento de maquinaria pesada del Proyecto, el cual contará con un sitio especialmente destinado para la recarga de combustible de la maquinaria que no puede ir por sus propios medios a una estación de servicio autorizada, y para reparaciones menores que deban realizarse en el sitio del Proyecto. La recarga de combustible se realizará con un camión surtidor de combustible de empresa autorizada, en un sitio protegido con una capa gruesa de arena, sobre la cual se instala una lona impermeable cubierta por otra capa de arena. Esto permitirá contener cualquier posible derrame por la recarga de combustible o por actividades de mantención o reparaciones menores de la maquinaria. Adicionalmente, se contará con baldes de arena que permitan contener cualquier derrame que se presente en el sitio del Proyecto. Esta arena contaminada, será retirada en bolsas de plástico selladas, almacenadas temporalmente en la bodega de residuos peligrosos. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Zona de Descarga y Acopio de Materiales Se considera la habilitación de un patio de acopio de material, cercano a la obra. Este patio será utilizado para el almacenaje temporal de materiales para la construcción con una superficie total de 60 m2 aproximadamente. A este sector llegarán los camiones y se realizará la actividad de descarga de materiales e insumos. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria y respuesta 1.11 de la Adenda. Área de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios Los residuos sólidos asimilables a domésticos (papeles, plásticos, residuos orgánicos de frutas, restos de comida, envoltorios de comida, entre otros) que serán generados en la fase construcción y cierre por las personas que estén en obra. Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de bolsas plásticas en contenedores herméticos debidamente señalizados. Se establece utilizar varios contenedores cuyas capacidades serán de 60 l y 110 l. Serán almacenamiento en un área de residuos sólidos domiciliarios de 2,8 m2 de superficie, considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N°594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Grupo electrógeno El suministro de energía eléctrica será mediante grupos electrógenos, se contará con un grupo para abastecer la instalación de faenas de 10 kVA y otro móvil de 5 kVA ubicado en los frentes de trabajo para la maquinaria que así lo requiera, con una superficie total de 2,6 m2 aproximadamente. Se designará un lugar específico en la instalación de faenas, en este lugar se ubicará el grupo electrógeno de 10 kVA el cual contará con un pretil, para la contención de eventuales derrames de combustible que pudieran ocurrir durante la carga de este. Para el grupo electrógeno móvil de 5 kVA también contará con un pretil móvil. En la eventualidad que sea necesario recargar el generador eléctrico, se habilitará un sector con material impermeabilizado, cubriendo la manguera del camión surtidor y el grupo electrógeno, utilizando un polietileno y una capa de 10 cm de espesor de arena, la cual actuará como medio de contención en caso de derrames. Mayores antecedentes en repuesta 1.3 de la Adenda Complementaria. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Sitio de recarga de La recarga de combustible de la maquinaria que no puede ir por sus Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
combustible propios medios a una estación de servicio autorizada en el sitio de estacionamiento de maquinaria al interior del predio durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. La recarga de combustible se realizará con un camión surtidor de combustible de empresa autorizada, en un sitio protegido con una capa gruesa de arena, sobre la cual se instala una lona impermeable cubierta por otra capa de arena. Esto permitirá contener cualquier posible derrame por la recarga de combustible o por actividades de mantención o reparaciones menores de la maquinaria. Adicionalmente, se contará con baldes de arena que permitan contener cualquier derrame que se presente en el sitio del Proyecto. Esta arena contaminada, será retirada en bolsas de plástico selladas, almacenadas temporalmente en la bodega de residuos peligrosos. Mayores antecedentes en respuesta 1.27 de la Adenda. Limpieza de ruedas Estará compuesto por una rejilla montada sobre la superficie del suelo, con un ancho suficiente para el paso de un camión. Al salir de faena, los vehículos pasarán sobre la rejilla removiendo restos de tierra, piedras y otros elementos de las ruedas. El sistema se desarrollará en dos fases: La primera fase corresponde a una rejilla que, como consecuencia del paso y peso del vehículo, este va limpiando las ruedas. La segunda fase corresponde a una continuación de la rejilla, pero con resaltos, donde a través del paso sobre ellos, son removidos los materiales que son arrastrados por el camión desde el interior del proyecto hacia la salida de este. En vista de lo anterior, se aclara que este sistema no requiere la utilización de agua para su funcionamiento. Una vez terminada la faena se desmonta y se retira. Mayores antecedentes en repuesta 1.39 de la Adenda. ACCIONES Habilitación de instalación de faenas Esta actividad considera el montaje de contenedores y su habilitación con muebles, estanterías y otros requeridos para el apoyo administrativo de la construcción. Adicionalmente, se habilitarán baños químicos, oficinas, bodegas, zonas de estacionamiento y descarga de materiales y sectores para el acopio temporal de residuos. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.1 de la DIA. Limpieza superficial y remoción de material Cabe indicar que no se realizará escarpe en el área de proyecto, considerando únicamente la limpieza del terreno, en las zonas que sea necesario, actividad que consiste principalmente en a la corta de vegetación y en el despeje superficial referido al despedregado de piedras de gran magnitud. Las excavaciones serán puntuales para el hincado de estructuras (aprox. 2,0 metros de profundidad) en el área de planta y para la implementación de los postes necesarios para albergar la línea de evacuación (aprox. 1,5 metros de profundidad). La tierra excavada será utilizada en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas) y de las áreas donde se implementen los postes (a modo de soporte), estimando en un peor escenario la utilización de excedente en nivelación de terreno. Por tanto, se confirma que el material excavado será reutilizado en su totalidad en el mismo terreno no generando excedentes que deban trasladados a otros sectores. Las actividades de nivelación se detallan en respuesta 1.24 de la Adenda. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.2 de la DIA. Instalación de cerco perimetral Para la instalación del cerco perimetral los pilares se atornillarán directamente al suelo y se extenderá la malla metálica, ajustándola manualmente a los pilares. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.3 de la DIA. Habilitación de caminos internos Se considera habilitar 1.472 m2 de camino interno, para los cuales se considera escarpar el terreno y compactar. Dado que estos caminos se mantendrán operativos para todas las fases del Proyecto, previo a la fase de operación se considera aplicar ripio y compactar. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.4 de la DIA. Ejecución canalizaciones Las zanjas que son necesarias para la disposición de los cables subterráneos pueden tener diferentes tipos de geometrías, dependiendo del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
eléctricas número de cables y tubos. Las dimensiones de las zanjas serán de un 1 metro de profundidad y de 1 metro de ancho. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.5 de la DIA. Hincado de pilotes Corresponde a la instalación en el terreno de las estructuras de soporte de las mesas de módulos fotovoltaicos, que consisten en pilotes de acero galvanizado que serán hincados directamente en el terreno a una profundidad máxima de 2 metros con el uso de una máquina hinca pilotes. Estos pilotes irán separados en al menos 3 metros entre sí, en todas direcciones. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.6 de la DIA. Montaje mecánico Esta actividad contempla el montaje de todas las estructuras no eléctricas del Proyecto, correspondiente a las siguientes: • Estructuras de soporte o pilotes (pilotes de acero galvanizado que serán hincadas directamente al terreno a una profundidad máxima de 2 metros). • Seguidores solares • Montaje de inversores • Montaje de estructuras de subestaciones transformadoras • Montaje de módulos fotovoltaicos • Montaje de postaciones para empalme eléctrico El montaje de postaciones para el empalme eléctrico consiste en realizar excavaciones de hasta 1,5 m de profundidad (postes) y hasta 6 metros de profundidad (torres), donde se instalarán los postes mediante grúa pluma, para luego realizar rellenos con el mismo material retirado, compactándolo con maquinaria. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.7.1 de la DIA. Montaje eléctrico y punto de conexión Una vez instalados los equipos, se procederá al montaje electromecánico y a la ejecución de otras obras civiles menores, tales como, canaletas, canalizaciones, etc. Además, se procederá al cableado, conexionado y pruebas de las instalaciones, incluyendo tanto equipos eléctricos, como los equipos de control, protección, supervisión, medida, telecomunicaciones, entre otros. A continuación, se indican los elementos que serán instalados: • Instalación de inversores (incluye control y vigilancia SCADA) • Racks (caja de conexión) • Distribución de interruptores de media tensión • Casetas eléctricas • Conexión de transformadores • Sistema de cableado (aéreo y subterráneo) • Equipos para empalme eléctrico • Distribución interna de baja tensión • Sistema de puesta a tierra • Sensor meteorológico Durante esta acción, también se contempla la instalación del poste para la línea de evacuación eléctrica, para lo cual se realizará excavación de 1,5 m de profundidad, luego de lo cual se instalará el poste mediante una grúa pluma, se vaciará concreto y finalmente se realizará relleno con el mismo material retirado, compactándolo con maquinaria. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.7.2 de la DIA. Retiro de instalaciones temporales y limpieza Para esta actividad se retirarán las instalaciones temporales como contenedores y otros, utilizados para esta fase. Lo anterior, se realizará de manera manual y cuando corresponda, mediante el uso de una grúa pluma. Adicionalmente, se realizará una limpieza general del terreno. Cabe señalar, que todos los residuos que se generen durante esta actividad serán retirados y transportados mediante empresas autorizadas, para su disposición final en sitios autorizados. Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.8 de la DIA. Flujo vehicular En promedio el flujo será de 30 vehículos al día y de 11 camiones al día. Mayores antecedentes en Tabla 11 de la Adenda Complementaria. Recursos naturales renovables El Proyecto durante su fase de construcción no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: Durante la fase de construcción se generarán emisiones a la atmosférica principalmente por las actividades movimiento de tierra, tránsito vehicular y emisiones de la combustión, de acuerdo a lo presentado en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria. A continuación, se presentan las emisiones del Proyecto durante la Fase de Construcción.
Tabla 3. Cuadro resumen con emisiones atmosféricas en fase de construcción (ton/año). Año Detalle Emisión (ton/año) SOx NOx MP10 MP2,5 1 Fase construcció n y operación 0,02 1,90 0,66 0,18 Límite PPDA 10 8 2,5 2 FUENTE. Tabla 42 del Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria.
En base a la actualización de la estimación de emisiones de material particulado MP10 y de gases, realizada para la fase de construcción del Proyecto y presentada en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria, y su respectiva comparación con los límites máximos de emisión para los contaminantes establecidos en el D.S. N°31/2016 del MMA (PPDA) para la Región Metropolitana, se concluye que el proyecto no supera los límites establecidos en la normativa indicada por lo que no requiere compensar sus emisiones atmosféricas durante toda la fase de construcción. Al respecto de acuerdo a lo indicado por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio ORD. N° 71 de fecha 20/01/2022, esta se pronuncia conforme. Residuos líquidos: Aguas servidas: Se generarán residuos líquidos domésticos por parte del personal contratado. Para este efecto, se habilitarán baños químicos en la instalación de faena. El número de baños y los volúmenes de agua corresponderán a lo dispuesto por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se estima una tasa de generación de 120 m3/mes en el momento de máximo trabajo constructivo. Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados 2 veces por semana y manejados por una empresa autorizada. La zona de baños químicos dispondrá de una superficie total de 4,3 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 30 de la Adenda. Ruido y Vibraciones: Las emisiones de ruido del proyecto son generadas por: maquinaria y circulación de vehículos en caminos no pavimentados, las que se realizarán solo en horario diurno. Según los resultados presentados en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N° 38/2011 del MMA, al estar bajo los límites máximos permitidos sin requerir medidas de control para su cumplimiento. Cabe indicar que, las situaciones evaluadas corresponden a los escenarios de modelación más desfavorables. Para mayor detalle revisar Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria. Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N° 2292 de fecha 13/07/2021 el cual se pronuncia conforme. En el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria, se presentaron los antecedentes relativos a los niveles de vibraciones estimado en receptores del área de influencia del proyecto. De acuerdo a los resultados obtenidos respecto a vibraciones, se concluye los niveles de vibración estimados, tanto en receptores externos como internos, se encuentran bajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada, Transit Noise Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration – USA – May 2006. Mayores antecedentes en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos no peligrosos: Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: Se estima la generación de 0,8 ton/mes de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, los que serán almacenados temporalmente dentro de bolsas pláticas en contendores herméticos debidamente señalizados los que tendrán una capacidad entre 60 y 110 litros. Estos residuos serán retirados 2 a 3 veces por semana para luego ser dispuesto en lugar autorizado por la SEREMI de Salud. Mayores antecedentes en la Tabla 30 de la Adenda. Residuos industriales no peligrosos: Se estima la generación de 0,92 ton/mes de cables, chatarra, pallets, madera, fierros, metales, plásticos, peas eléctricas, escombros, etc. Los residuos serán separados y almacenados temporalmente en contenedores de metal y resistentes a condiciones ambientales. Los contendores serán de 500 a 20.000 litros de capacidad y estarán ubicados en una zona de 112 m2 debidamente señalizada. Dichos residuos serán retirados mensualmente para luego ser enviados a un relleno sanitario autorizado por una empresa acreditada por la SEREMI de Salud de la Región. Mayores antecedentes en la Tabla 30 de la Adenda. Cabe indicar, que la tierra excavada durante los procesos de hincado de pilotes e instalación de postes, será utilizada en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas) y de las áreas donde se implementen los postes (a modo de soporte), estimando en un peor escenario la utilización de excedente en nivelación de terreno. Por tanto, el material excavado será reutilizado en su totalidad en el mismo terreno no generando excedentes que deban trasladados a otros sectores. Mayores antecedentes en respuesta 4.11 de la Adenda y Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Residuos peligrosos: Durante la fase de construcción se estima la generación de residuos peligrosos provenientes de envase varios, restos de spray de zinc, espuma de poliuretano, entre otros en una cantidad de 0,11 ton/mes. Se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos de 7,5 m2, ubicada en la instalación de faenas. Allí se mantendrán los residuos en contenedores herméticos, identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N° 148/2003 MINSAL. La disposición de estos residuos se realizará cada 6 meses y estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud y serán llevados a un sitio de disposición autorizado por la SEREMI de Salud. Mayores antecedentes en la Tabla 30 de la Adenda. Sustancias peligrosas: Durante la fase de construcción del proyecto se utilizarán 199 kg aproximadamente de sustancias químicas las que serán almacenadas en una bodega dando cumplimiento a las exigencias del D.S. N°43/2015 del MINSAL en sus artículos del 25 al 32, párrafo II “De las Bodegas Comunes”. El Proyecto considera para el desarrollo de la fase de construcción la manipulación de productos químicos, como el Spray de Zinc y espuma de poliuretano. Mayores antecedentes en la Tabla 27 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN PARTES Y OBRAS Caminos internos Se habilitarán caminos internos que conecten el acceso del Proyecto con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
las áreas de instalación de faenas interiores, subestaciones y todas las obras y partes del parque fotovoltaico. Estos caminos estarán habilitados durante las tres fases del Proyecto, de manera de permitir el desplazamiento de máquinas, personal, equipos e insumos en las fases de construcción y cierre, así como el acceso del personal encargado de las labores de mantención y control de cualquier contingencia o emergencia en la fase de operación. Se considera habilitar caminos internos de un ancho de 4 metros y una longitud de 368 metros, abarcando una superficie total de 1.472 m2, los que quedarán habilitados con ripio para la fase de operación. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.6 de la DIA y acápite introductorio de la Adenda Complementaria. Cercos perimetrales El parque contará con un cierre perimetral consistente en una valla metálica, con una altura estimada de 2,5 m, la cual será instalada a través de una inserción directa en el suelo. Como medida de seguridad se instalarán señaléticas que indicarán la ubicación de las estructuras como de los riesgos asociados. Adicionalmente, se dejará un espacio entre el cierre perimetral y el parque fotovoltaico de al menos 5 metros de distancia, lo que servirá como un espacio de seguridad o corta fuegos en caso de incendios forestales. Este espacio estará libre de vegetación y se hará mantención cuatrimestral. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.7 de la DIA. Bodega de Materiales Se considera habilitar dos bodegas de 29,3 m2 para el almacenaje de materiales, herramientas e insumos, de las cuales una se mantendrá para todas las fases del Proyecto. Estas bodegas serán de usos múltiples de manera, la cuales consistirán en un contenedor metálico tipo marítimo, el cual contará con racks de almacenamiento en su interior. Para el caso de los insumos con características de peligrosidad que se almacenen en dichas bodegas (en cantidades inferiores a 600 kg o l), se contará con racks de material liso, no absorbente y lavable, con baranda antivuelco en cada sección, sistema de control de derrames, señalización que indique el tipo de insumos que se almacena, se mantendrán a la vista las respectivas HDS y estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados. Lo anterior en cumplimiento del D.S. Nº 43/2016 del Ministerio de Salud. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Zona de acopio para residuos no peligrosos (RISES) Se habilitará una zona de 112 m2 para el acopio de residuos no peligrosos generados en todas las fases del Proyecto, donde se segregarán los residuos tales como pallets con su sello, fierros, pernos en desuso, maderas, plásticos, entre otros. Para el almacenamiento temporal se dispondrá en contenedores con capacidad de 500 y 20.000 l, dependiendo de las densidades y cantidades de cada residuo a generar. Los residuos serán enviados a sitios de disposición final por empresa autorizada en camiones batea, con una frecuencia de retiro mensual. Mayores antecedentes en Tabla 10 y Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Bodega de Residuos Peligrosos (RESPEL) Se habilitará una bodega de residuos peligrosos, en un espacio de 7,5 m2 de superficie debidamente delimitado, cercado y señalizado, la cual se utilizará durante todas las fases del Proyecto. Este sitio contará con señalética que identifique el tipo de residuos a disponer y las medidas de precaución para su manejo, elementos de seguridad personal y extintores de polvo químico seco para el control de posibles amagos de incendio. Las características de esta bodega darán cumplimiento al D.S. Nº 148/2003 del MINSAL. Mayores antecedentes en Tabla 10 y Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Estacionamiento de vehículos livianos Corresponde a un sitio de aproximadamente 77 m2 de superficie destinado para el uso exclusivo de vehículos livianos para el transporte de personal, el cual estará debidamente delimitado y señalizado. Se dispondrá que los vehículos livianos estacionen aculatados para facilitar su salida frente a cualquier emergencia o contingencia. Se complementa que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
dicha obra tendrá 5 estacionamientos para vehículos livianos. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Módulos fotovoltaicos Los módulos o módulos fotovoltaicos estarán compuestos por el conjunto de celdas fotovoltaicas, las cuales corresponden a dispositivos electrónicos que transforman la energía radiante luminosa denominada como fotones, en energía eléctrica. La disposición de esto puede ser en serie y/o en paralelo a lo largo del módulo. El módulo está formado por un cristal o lamina transparente superior, la cual lo protege de la intemperie (variables meteorológicas), dentro del cual se encuentra el sustrato conversor y sus conexiones eléctricas correspondientes. Los módulos que se han considerado para este proyecto se conforman en filas conectadas entre sí, lo que se denominará una “mesa”, las que se sitúan en los seguidores o trackers. Existirán un total de 18.116 módulos fotovoltaicos. Cada tipo de celda es silicio mono cristalino y cada módulo tendrá una potencia de 540 Wp, en corriente continua (CC), resultando en una potencia instalada de 9,78 MW, inyectando 8,25 MW AC al Sistema Eléctrico Nacional. Los módulos fotovoltaicos cuentan con las siguientes características: • Marco de aluminio, cuya función es proporcionarle cierta rigidez mecánica. • Junta, protección frente a agentes atmosféricos (humedad, salinidad, etc.). • Vidrio Solar, normalmente templado y encapsulado, esto le da protección frente a la humedad. • Aislamiento eléctrico y sello contra humedad. • Caja de conexión y diodos de protección. • Cable y conectores para el enlace con otros módulos. Cada panel mide 2,11 m por 1,04 m. Una fila está compuesta por dos líneas de módulos, separados de la siguiente mesa por 2,13 m. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Estructuras de soportes Los módulos fotovoltaicos se instalarán sobre estructuras de soporte de acero galvanizado (mesas) con un eje horizontal orientado de norte a sur, las cuales tienen un sistema automatizado de seguimiento del sol que permite inclinar la mesa de este a oeste durante el día, de manera de maximizar la proporción de rayos solares que caen perpendicularmente sobre cada módulo. La altura mínima de las estructuras será de 0,5 m y la altura máxima será de 2,33 m, de manera de ajustar la mesa horizontalmente sobre el terreno y a la vez asegurar que el borde inferior de ésta y el suelo no se topen. Por otro lado, sirve para garantizar el acceso para su adecuada limpieza, además de evitar la presencia de vegetación sobre los módulos, o que les ocasionen sombra. Cada mesa va emplazada en el terreno por medio de tan sólo 5 soportes metálicos. Las estructuras de soporte son de acero galvanizado en caliente, para garantizar la resistencia a la corrosión y no contaminar el suelo o el agua. Estos soportes se fijarán directamente al terreno, a una profundidad de hasta 2 metros, lo cual se realizará a través de hincado, fundas o fundaciones, según el suelo lo permita. El hincado se realizará fijando o clavando directamente a la tierra el soporte de acero, no considerando la actividad de soldadura ni hormigonado, ni ocupando remaches o tornillos, lo que será factible dependiendo de las características litográficas y de resistencia de la tierra. Cuando se utilice una funda, se realizará un pre hincado con una herramienta especial y luego se procederá a hincar. Cuando las condiciones del suelo sean adversas, por abundancia de pedregosidad o dureza extrema, se utilizarán fundaciones, para lo cual se realizará una excavación cuya base se hormigonará para afirmar la estructura de soporte. Posteriormente el material extraído se volverá a usar en el mismo lugar, como material de relleno. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.2 de la DIA. Inversores Los inversores son las encargadas de recibir la energía generada por los módulos fotovoltaicos en corriente directa (DC), para convertirla en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
corriente alterna (AC), de modo que se pueda inyectar al sistema de distribución, SEN. Los inversores tendrán una estructura metalizada y se hincarán directamente sobre el terreno del parque, sin necesidad de fundaciones de hormigón ni concreto. El Proyecto contempla la instalación de 39 inversores. Los inversores a utilizar por el Proyecto corresponden a inversores de cadena trifásicos para exteriores, los que cuentan con un sistema de refrigeración avanzada, con ventiladores internos de servicio pesado. Además, se pueden desmontar fácilmente durante los ciclos de mantenimiento programado, mientras que el módulo de potencia se puede sustituir sin desmontar la caja de conexiones. Mayores antecedentes en la Tabla 14 de la Adenda. Subestación transformadora Este equipo corresponde al transformador de potencia, donde se recibirá toda la energía generada en el parque fotovoltaico y se adecuará al nivel de voltaje requerido para su inyección a la red de distribución. Es un equipo integrado que permitirá conectar hasta 36 inversores de cadena e incluirá un transformador optimizado de MT sumergido en aceite, un equipo de conmutación con aislamiento de gas, todas las protecciones y conexiones de BT necesarias para conectar el conjunto fotovoltaico y un conjunto de servicios auxiliares, con alimentación auxiliar independiente. Serán 3 subestaciones transformadoras de 5,5 MVA cada una. Este equipo compacto tiene las dimensiones adecuadas para su transporte e instalación dentro de un contenedor marítimo y está diseñado para, al menos, 30 años de funcionamiento. La fundación de la subestación se realizará sobre losas de hormigón armado prefabricado o sobre pilares de concreto armado. Se informa que el aceite dieléctrico presente en las subestaciones transformadoras se encuentra encapsulado de fábrica, no siendo necesario su recambio en toda la vida útil del proyecto, por lo que no se considera la generación de residuos peligrosos asociados a aceites dieléctricos. Adicionalmente, los equipos cuentan con un sistema de contención de derrame como medida de seguridad, por lo que, en caso de alguna falla del equipo, la totalidad del aceite será contenido en el sistema de contención que se encuentra debajo de ellos. Con respecto a las conexiones eléctricas, estas no se sulfatan, es decir, no requieren de limpieza ya que están construidas con cobre-aluminio y en el caso de que llegara a fallar, se cambia la conexión completa. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.4 de la DIA. Línea eléctrica Para la conexión del parque fotovoltaico al SEN se contempla la instalación de 20 postes –sin considerar el poste de Punto de Conexión PoC– de hormigón armado que tendrán una altura de 11,5 m y un ancho de 2,14 m en su parte más ancha, que es donde se sustentan los conductores y 5 torres (30 metros de altura), acompañado de una línea de evacuación de aproximadamente 1.831 metros de largo. Los antecedentes técnicos de la LTE se presentan en el Anexo 5.5 de la Adenda Complementaria. Distribución interna de baja tensión Se considera el suministro de energía eléctrica mediante un transformador MT/BT (Media Tensión/Baja Tensión), para los equipos de control electrónico, la comunicación de los inversores, el seguimiento y el sistema de alarma, los sistemas de refrigeración, iluminación y líneas eléctricas de las instalaciones, es decir, se utilizará para el funcionamiento interno del parque fotovoltaico en su conjunto. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.8.1 de la DIA. Sistema de puesta a tierra Corresponde a un circuito que conectará las partes metálicas con el suelo, definiendo así el potencial eléctrico de estas con relación a la superficie de la tierra. En el caso de falla eléctrica, o fenómenos naturales como, por ejemplo, caída de rayos, el sistema de puesta a tierra permitirá que la corriente fluya al suelo, garantizando la seguridad tanto de las personas como del parque. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.8.2 de la DIA. Sensor meteorológico Se contará con un sensor meteorológico, cuyo objetivo será supervisar el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
rendimiento del parque fotovoltaico. Los parámetros que medirá son: Irradiación solar de los módulos, Temperatura de los módulos, a través del sensor de temperatura para ser instalado en la parte posterior del módulo, Temperatura ambiente, Humedad, Velocidad y dirección del viento. La información que sea recopilada será registrada con el sistema de vigilancia SCADA o similar, los que se incluyen en la evaluación de energía, con el objetivo de verificar y supervisar la eficiencia del parque fotovoltaico. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.8.3 de la DIA. Módulos sanitarios Estos baños consisten en construcciones modulares adaptadas y equipadas con tres sanitarios, tres urinarios (baño de hombres), tres duchas y tres lavamanos cada una, con una superficie total de 18 m2. Se contempla instalar solo un módulo sanitario de carácter permanente. Mayores antecedentes en la Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Fosa séptica Se instalará una fosa séptica para contener las aguas servidas generadas por los trabajadores en los servicios higiénicos. El sistema de recolección y almacenamiento se compone de tres elementos: Red de PVC, fosa séptica y dren de infiltración. • Red de PVC sanitario: Se proyecta una red sanitaria de PVC que conduzca las aguas servidas desde los servicios higiénicos hasta la fosa séptica. • Fosa séptica: Se instalará una fosa horizontal. Esta unidad de tratamiento primario separará las partículas sólidas mediante sedimentación y degradación biológica de los desechos orgánicos, consiguiendo una reducción de la DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales (SST). • Dren de Infiltración: Se contempla la instalación de un Dren de Infiltración, donde el efluente tratado en la fosa séptica será conducido y dispuesto en el subsuelo. La fosa tendrá una capacidad nominal de 2000 L (capacidad útil de 1600 L). Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. ACCIONES Monitoreo y control Esta actividad se realizará de forma remota las 24 horas del día. Para esto se habilitará un enlace de internet inalámbrico que permita conectarse al sistema SCADA y al sistema de cámaras de seguridad. Mayores antecedentes en el acápite 1.8.1.4 de la DIA. Pruebas de energización y emisión del formulario 9 SEC/CGE: Puesta en servicio
Consiste en la revisión y comprobación del correcto funcionamiento de todos los dispositivos eléctricos con el fin de asegurar su adecuado comportamiento para dar cumplimiento de la normativa asociada. Los equipos que deben ser revisados corresponden a: Inversores, subestaciones de transformación, interruptores y distribución., Sistema de conexiones eléctricas interna, control de supervisión y del sistema de adquisición de datos (SCADA), están previstas pruebas funcionales en diferentes condiciones de operación realizada para cada equipo. Después de este paso, los dispositivos serán revisados todos juntos con el fin de comprobar el funcionamiento de todo el Parque Fotovoltaico. Mayores antecedentes en el acápite 1.8.1.1 de la DIA. Verificación y puesta en Marcha Inicial (Actividad puntual y única)
Esta acción consiste en verificación de parámetros; pruebas finales de puesta en servicio de los inversores, transformadores y celdas; y puesta en marcha de la planta solar. Mayores antecedentes en el acápite 1.8.1.2 de la DIA. Generación de Electricidad
Consiste en la generación de energía eléctrica basada en la transformación de la radiación solar en energía eléctrica por medio de los módulos fotovoltaicos. La energía eléctrica será generada a partir de la captura y transformación directa de la energía solar por medio de los módulos fotovoltaicos, siendo posteriormente agrupada y transferida a los inversores (de corriente continua a corriente alterna), para luego ser trasladada a los transformadores (adapta las condiciones de intensidad y tensión de la corriente). Finalmente, esta energía agrupada será inyectada al Sistema Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Eléctrico Nacional, SEN. Mayores antecedentes en el acápite 1.8.1.3 de la DIA. Operación Remota
La actividad principal de la fase de operación del Proyecto consiste en la producción de energía eléctrica, la cual será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional. Cabe tener presente que la operación del Parque Fotovoltaico es automatizada por lo que no se requerirá personal permanente. Mayores antecedentes en el acápite 1.8.1.4 de la DIA. Actividades de Mantención y Conservación
Las principales actividades de mantención y conservación en la fase de operación se describen a continuación: • Corte y desbrozado de hierbas y pastos: Se efectuará con una frecuencia cuatrimestral, debido al crecimiento vegetacional de la zona, a través de 3 trabajadores en un periodo de 3 días, los cuales estarán a cargo de la limpieza del terreno de hierbas y pastos, con el propósito de evitar el bloqueo de los módulos con el sol y el control de incendios. Los residuos orgánicos generados por esta actividad serán distribuidos uniformemente dentro del predio para su natural degradación. • Poda de árboles y arbustos bajo la LTE: Se efectuará con una frecuencia cuatrimestral, a través de 3 trabajadores en un periodo de 3 días, los cuales estarán a cargo de la poda de árboles y arbustos que se encuentren en la franja de seguridad de la LTE (7 metros) y que cuenten con una altura mínima de 5 metros, con el propósito de resguardar la seguridad en sectores donde los ejemplares se localicen cercanos a estructuras, conservando la distancia mínima de seguridad. Los residuos orgánicos generados por esta actividad serán trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Se aclara lo mencionado en la respuesta 1.5 de la Adenda Complementaria, indicando que los residuos orgánicos generados por la poda de árboles y arbustos que se encuentren en la franja de seguridad de la LTE (7 m) serán retirados conforme al avance de la actividad de poda, por tanto no se acopiarán bajo ninguna circunstancia en predios ni en costado de ruta, confirmando que serán retirados conforme avance de actividad de manera diaria, con el fin último de realizar traslado diario en un sitio de disposición final autorizado. • Mantenimiento preventivo y correctivo: Las acciones correctivas incluyen reapriete de conexiones, refuerzos de pintura, entre otros. Además, de acuerdo con el diagnóstico de mantenimiento preventivo, se consideran reparaciones de fallas detectadas en el sistema, ya sea en sus fases de producción, conversión, transformación y conducción, algunas acciones correctivas son: Sustitución de fusibles de los circuitos de corriente continua, Reseteo de equipos de control de motores, Reseteo de inversores, Sustitución de tarjetas electrónicas de comunicación o control, Sustitución de módulos fotovoltaicos; y Apriete de cables y conectores. El mantenimiento correctivo coincide con la periodicidad del mantenimiento preventivo, el cual será trimestral. En este escenario, y para efectos de cuantificación, las mantenciones preventivas serán realizadas por 3 trabajadores, por 3 días con frecuencia trimestral. • Limpieza de módulos fotovoltaicos: El mantenimiento preventivo de este ítem es esencial, ya que el no hacerlo implica la disminución hasta en un 30% los ingresos de la planta, debido a la contaminación de suciedad provocada por excrementos de pájaros, suciedad de construcción y mantenimiento (levantamiento de polvo de tierra). El procedimiento consiste en una limpieza “SunBrush Mobile”, un tractor hidráulico que contiene hasta 1.000 litros de agua con un cepillo de limpieza móvil. Este procedimiento será realizado por 2 trabajadores en un periodo de 6 días, de manera cuatrimestral y/o dependiendo de las condiciones climáticas o algún cambio en la productividad de la planta fotovoltaica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Mayores antecedentes en respuesta 1.30 de la Adenda. Flujo vehicular En promedio el flujo será de 3 vehículos al día y de 1 camiones al día. Mayores antecedentes en Tabla 11 de la Adenda Complementaria. Recursos naturales renovables El proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en la fase de operación. Productos generados La planta generará producirá energía mediante la conversión de energía solar en energía eléctrica por medio de 18.116 módulos para inyectar una potencia de 9,78 MW (potencia nominal) al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: De acuerdo al Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria, se considera como fuente de emisión el material particulado y gases provenientes del tránsito vehicular y actividades de mantención. En la siguiente tabla se muestran los totales de la estimación de emisiones en la Fase de Operación del Proyecto, clasificados por tipo de contaminante a nivel anual. A continuación, se presentan las emisiones del Proyecto durante la Fase de Operación.
Tabla 4. Cuadro resumen con emisiones atmosféricas en fase de operación (ton/año). Año Detalle Emisión (ton/año) SOx NOx MP10 MP2,5 2 al 29 Fase operación 0,0004 0,279 0,162 0,034 Límite PPDA 10 8 2,5 2 FUENTE. Tabla 43 del Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria.
En base a la actualización de la estimación de emisiones de material particulado MP10 y de gases HC, CO, NOx y SO2, realizada para la fase de operación del Proyecto y presentada en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria, y su respectiva comparación con los límites máximos de emisión para los contaminantes establecidos en el D.S. N°31/2016 del MMA (PPDA) para la Región Metropolitana, se concluye que el proyecto no supera los límites establecidos en la normativa indicada durante la fase de operación del Proyecto. Al respecto de acuerdo a lo indicado por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio ORD. N° 71 de fecha 20/01/2022, esta se pronuncia conforme. Emisiones líquidas: Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas): Debido a los servicios sanitarios, se generarán residuos líquidos domésticos por parte del personal contratado, los que serán manejados mediante fosa séptica con sistema de drenes y tendrá una capacidad de 1.600 litros y estará ubicado en una superficie de 10 m2. El retiro de las aguas servidas será cada 6 meses para luego ser dispuesto en lugar autorizado por la SEREMI de Salud. Se estima la generación de 1,2 m3/mes de este tipo de residuo. Mayores antecedentes en el Anexo 3.1 de la DIA, Tabla 20 de la Adenda y Anexo 5.2 PAS 138 de la Adenda Complementaria. Ruido y vibraciones: La principal fuente de ruido contemplada para la fase de operación corresponde a la mantención del parque fotovoltaico. Según los resultados presentados en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N°38/2011 del MMA para horario diurno y nocturno, al estar bajo los límites máximos permitidos. Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N° 2292 de fecha 13/07/2021 el cual se pronuncia conforme. En el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria, se presentaron los antecedentes relativos a los niveles de vibraciones estimado en receptores del área de influencia del proyecto. De acuerdo a los resultados obtenidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
respecto a vibraciones, se concluye los niveles de vibración estimados, tanto en receptores externos como internos, se encuentran bajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada, Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration – USA - May 2006. Mayores antecedentes en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos asimilables a domiciliarios: Se estima la generación máxima de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, será en promedio de 0,026 ton/mes, y será generado por los trabajadores que desarrollen las mantenciones de la planta. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán retirados en forma diaria, al momento de hacer las mantenciones, por lo que no se considera almacenamiento temporal en la planta. Mayores antecedentes en la Tabla 20 de la Adenda. Residuos industriales no peligrosos: Al tratarse de un proyecto con operación remota, solo se realizarán actividades de mantención durante las cuales se generarán restos de cables y chatarra en una cantidad aproximada de 0,2 ton/mes, los que serán almacenados temporalmente en contendores de 500 a 20.000 litros de capacidad en un sitio debidamente delimitado y señalizado de 112 m2, para luego ser retirados mensualmente por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Mayores antecedentes en la Tabla 20 de la Adenda. Residuos peligrosos: Durante la fase de operación se estima la generación de residuos peligrosos provenientes de envase varios, restos de spray de zinc, espuma de poliuretano, entre otros en una cantidad de 0,13 ton/mes. Se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos de 7,5 m2, ubicada en la instalación de faenas. Allí se mantendrán los residuos en contenedores herméticos, identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N° 148/2003 MINSAL. La disposición de estos residuos se realizará cada 6 meses y estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud y serán llevados a un sitio de disposición autorizado por la SEREMI de Salud. Cabe indicar que, se estima a generación de 5 kg/mes de paneles en desuso, los que serán manejados como residuos peligrosos a través de su almacenamiento temporal en bodega de residuos peligrosos. Mayores antecedentes en la Tabla 20 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE PARTES Caminos internos Se habilitarán caminos internos que conecten el acceso del Proyecto con las áreas de instalación de faenas interiores, subestaciones y todas las obras y partes del parque fotovoltaico. Estos caminos estarán habilitados durante las tres fases del Proyecto, de manera de permitir el desplazamiento de máquinas, personal, equipos e insumos en las fases de construcción y cierre, así como el acceso del personal encargado de las labores de mantención y control de cualquier contingencia o emergencia en la fase de operación. Se considera habilitar caminos internos de un ancho de 4 metros y una longitud de 368 metros, abarcando una superficie total de 1.472 m2, los que quedarán habilitados con ripio para la fase de operación. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.6 de la DIA y acápite introductorio de la Adenda Complementaria. Cercos perimetrales El parque contará con un cierre perimetral consistente en una valla metálica, con una altura estimada de 2,5 m, la cual será instalada a través de una inserción directa en el suelo. Como medida de seguridad se instalarán señaléticas que indicarán la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
ubicación de las estructuras como de los riesgos asociados. Adicionalmente, se dejará un espacio entre el cierre perimetral y el parque fotovoltaico de al menos 5 metros de distancia, lo que servirá como un espacio de seguridad o corta fuegos en caso de incendios forestales. Este espacio estará libre de vegetación y se hará mantención cuatrimestral. Mayores antecedentes en el acápite 1.6.2.7 de la DIA. Bodega de Materiales Se considera habilitar dos bodegas de 29,3 m2 para el almacenaje de materiales, herramientas e insumos, de las cuales una se mantendrá para todas las fases del Proyecto. Estas bodegas serán de usos múltiples de manera, la cuales consistirán en un contenedor metálico tipo marítimo, el cual contará con racks de almacenamiento en su interior. Para el caso de los insumos con características de peligrosidad que se almacenen en dichas bodegas (en cantidades inferiores a 600 kg o l), se contará con racks de material liso, no absorbente y lavable, con baranda antivuelco en cada sección, sistema de control de derrames, señalización que indique el tipo de insumos que se almacena, se mantendrán a la vista las respectivas HDS y estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados. Lo anterior en cumplimiento del D.S. Nº 43/2016 del Ministerio de Salud. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Zona de acopio para residuos no peligrosos (RISES) Se habilitará una zona de 112 m2 para el acopio de residuos no peligrosos generados en todas las fases del Proyecto, donde se segregarán los residuos tales como pallets con su sello, fierros, pernos en desuso, maderas, plásticos, entre otros. Para el almacenamiento temporal se dispondrá en contenedores con capacidad de 500 y 20.000 l, dependiendo de las densidades y cantidades de cada residuo a generar. Los residuos serán enviados a sitios de disposición final por empresa autorizada en camiones batea, con una frecuencia de retiro mensual. Mayores antecedentes en Tabla 10 y Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Bodega de Residuos Peligrosos (RESPEL) Se habilitará una bodega de residuos peligrosos, en un espacio de 7,5 m2 de superficie debidamente delimitado, cercado y señalizado, la cual se utilizará durante todas las fases del Proyecto. Este sitio contará con señalética que identifique el tipo de residuos a disponer y las medidas de precaución para su manejo, elementos de seguridad personal y extintores de polvo químico seco para el control de posibles amagos de incendio. Las características de esta bodega darán cumplimiento al D.S. Nº 148/2003 del MINSAL. Mayores antecedentes en Tabla 10 y Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Estacionamiento de vehículos livianos Corresponde a un sitio de aproximadamente 77 m2 de superficie destinado para el uso exclusivo de vehículos livianos para el transporte de personal, el cual estará debidamente delimitado y señalizado. Se dispondrá que los vehículos livianos estacionen aculatados para facilitar su salida frente a cualquier emergencia o contingencia. Se complementa que dicha obra tendrá 5 estacionamientos para vehículos livianos. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Portería Corresponde a una caseta de control de acceso al Proyecto, la que contará con un guardia de seguridad, con una superficie unitaria de 7,4 m2 Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Baños Químicos En la zona de instalación de faenas se dispondrán de baños químicos para el personal, durante las fases de construcción y cierre, el número de ellos irá variando acorde al número de personas presentes en obras. La zona de baños químicos dispondrá de una superficie total de 4,3 m2. El servicio de la limpieza y mantención de estos será provisto por una empresa autorizada y la cual disponga finalmente en una planta de tratamiento de aguas residuales autorizada. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Estos baños darán cumplimiento en todo momento a las disposiciones establecidas en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Oficinas Se instalarán 2 conteiner de acero destinados para las oficinas, las que contarán con los insumos necesarios para desempeñar las labores de los profesionales, correspondientes a computadores y otros elementos requeridos para el apoyo administrativo de la fase de construcción y cierre. Cada conteiner de oficina tendrá una superficie aproximada de 15 m2, sumando un total de 30 m2. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Estacionamiento de Maquinaria Corresponde a un sitio de 90 m2 de superficie destinado para el estacionamiento de maquinaria pesada del Proyecto, el cual contará con un sitio especialmente destinado para la recarga de combustible de la maquinaria que no puede ir por sus propios medios a una estación de servicio autorizada, y para reparaciones menores que deban realizarse en el sitio del Proyecto. La recarga de combustible se realizará con un camión surtidor de combustible de empresa autorizada, en un sitio protegido con una capa gruesa de arena, sobre la cual se instala una lona impermeable cubierta por otra capa de arena. Esto permitirá contener cualquier posible derrame por la recarga de combustible o por actividades de mantención o reparaciones menores de la maquinaria. Adicionalmente, se contará con baldes de arena que permitan contener cualquier derrame que se presente en el sitio del Proyecto. Esta arena contaminada, será retirada en bolsas de plástico selladas, almacenadas temporalmente en la bodega de residuos peligrosos. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Zona de Descarga y Acopio de Materiales Se considera la habilitación de un patio de acopio de material, cercano a la obra. Este patio será utilizado para el almacenaje temporal de materiales para la construcción con una superficie total de 60 m2 aproximadamente. A este sector llegarán los camiones y se realizará la actividad de descarga de materiales e insumos. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria y respuesta 1.11 de la Adenda. Área de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios Los residuos sólidos asimilables a domésticos (papeles, plásticos, residuos orgánicos de frutas, restos de comida, envoltorios de comida, entre otros) que serán generados en la fase construcción y cierre por las personas que estén en obra. Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de bolsas plásticas en contenedores herméticos debidamente señalizados. Se establece utilizar varios contenedores cuyas capacidades serán de 60 l y 110 l. Serán almacenamiento en un área de residuos sólidos domiciliarios de 2,8 m2 de superficie, considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N°594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Grupo electrógeno El suministro de energía eléctrica será mediante grupos electrógenos, se contará con un grupo para abastecer la instalación de faenas de 10 kVA y otro móvil de 5 kVA ubicado en los frentes de trabajo para la maquinaria que así lo requiera, con una superficie total de 2,6 m2 aproximadamente. Se designará un lugar específico en la instalación de faenas, en este lugar se ubicará el grupo electrógeno de 10 kVA el cual contará con un pretil, para la contención de eventuales derrames de combustible que pudieran ocurrir durante la carga de este. Para el grupo electrógeno móvil de 5 kVA también contará con un pretil móvil. En la eventualidad que sea necesario recargar el generador eléctrico, se habilitará un sector con material impermeabilizado, cubriendo la manguera del camión surtidor y el grupo electrógeno, utilizando un polietileno y una capa de 10 cm de espesor de arena, la cual actuará como medio de contención en caso de derrames. Mayores antecedentes en repuesta 1.3 de la Adenda Complementaria. Mayores antecedentes en Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Sitio de recarga de combustible La recarga de combustible de la maquinaria que no puede ir por sus propios medios a una estación de servicio autorizada en el sitio de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
estacionamiento de maquinaria al interior del predio durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. La recarga de combustible se realizará con un camión surtidor de combustible de empresa autorizada, en un sitio protegido con una capa gruesa de arena, sobre la cual se instala una lona impermeable cubierta por otra capa de arena. Esto permitirá contener cualquier posible derrame por la recarga de combustible o por actividades de mantención o reparaciones menores de la maquinaria. Adicionalmente, se contará con baldes de arena que permitan contener cualquier derrame que se presente en el sitio del Proyecto. Esta arena contaminada, será retirada en bolsas de plástico selladas, almacenadas temporalmente en la bodega de residuos peligrosos. Mayores antecedentes en respuesta 1.27 de la Adenda. Limpieza de ruedas Estará compuesto por una rejilla montada sobre la superficie del suelo, con un ancho suficiente para el paso de un camión. Al salir de faena, los vehículos pasarán sobre la rejilla removiendo restos de tierra, piedras y otros elementos de las ruedas. El sistema se desarrollará en dos fases: La primera fase corresponde a una rejilla que, como consecuencia del paso y peso del vehículo, este va limpiando las ruedas. La segunda fase corresponde a una continuación de la rejilla, pero con resaltos, donde a través del paso sobre ellos, son removidos los materiales que son arrastrados por el camión desde el interior del proyecto hacia la salida de este. En vista de lo anterior, se aclara que este sistema no requiere la utilización de agua para su funcionamiento. Una vez terminada la faena se desmonta y se retira. Mayores antecedentes en repuesta 1.39 de la Adenda. ACCIONES Habilitación de instalación de faenas Esta actividad considera el montaje de contenedores y su habilitación con muebles, estanterías y otros requeridos para el apoyo administrativo. Adicionalmente, se habilitarán baños químicos, oficinas, bodegas, zonas de estacionamiento y descarga de materiales y sectores para el acopio temporal de residuos. El titular velará por el estricto cumplimiento de las disposiciones del D.S. N°594/1999 del MINSAL y de todas las medidas y disposiciones anteriormente expuestas. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Desconexión de la línea eléctrica Se procederá a la desenergización de la línea desde la central, para luego proceder al retiro del cableado y desmontaje de los postes. Esta actividad se realizará por personal contratista según los procedimientos de trabajo que se encuentren vigentes. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Emisión del Formulario 11 a la SEC/CGE que formalizará la desconexión del Proyecto al Sistema de distribución Se procederá a la desenergización de la línea desde la central, para luego proceder al retiro del cableado y desmontaje de los postes. Esta actividad se realizará por personal contratista según los procedimientos de trabajo que se encuentren vigentes. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Desmontaje de las estructuras de soporte, inversoras y transformadoras
Se retirarán y desmantelarán todas las estructuras de soporte y equipamiento de la sala de servicios auxiliares y cualquier instalación existente (estructuras, cableado, etc.). Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Desmontaje de módulos fotovoltaicos
Será realizado por cuadrillas que procederán con el desenganche de los módulos de la estructura para su acopio y retiro por parte del proveedor. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Desmontaje eléctrico
Esta actividad se realizará por personal contratista según los procedimientos de trabajo que se encuentren vigentes, retirando los equipos del empalme con la distribuidora. El cableado subterráneo será retirado y las zanjas excavadas serán rellenadas con el mismo material removido. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Desmontaje del cerco perimetral y de instalaciones de faena
Para esta actividad se retirará el cerco perimetral y las instalaciones temporales como containers y otros, utilizados para esta fase. Lo anterior se realizará de manera manual y cuando corresponda, mediante el uso de una grúa pluma. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Limpieza del terreno
Adicionalmente, se realizará una limpieza general del terreno. Cabe señalar, que todos los residuos que se generen durante esta actividad serán retirados y transportados mediante empresas autorizadas, para su disposición final en sitios autorizados. Mayores antecedentes en respuesta 1.19 de la Adenda. Restaurar geoformas
Una vez haya finalizado el desmantelamiento de las obras e instalaciones del proyecto, se hayan retirado todas las instalaciones y el terreno se encuentra libre de residuos, escombros u otros; se procederá a descompactar el suelo en aquellos sectores donde la geomorfología haya sido levemente alterada producto de las obras, específicamente en las áreas donde se emplazara la Instalación de Faenas, Caminos Internos, Camino de Acceso, Subestaciones Transformadoras e Inversores, lo que totaliza una superficie de 6.462 hectáreas (3,3% del área total del parque). Las labores de descompactación se llevarán a cabo mediante un arado de cincel y/o rastra Offset de discos tirada por un tractor agrícola, esto sin alterar los horizontes del suelo, posterior a estas actividades se procederá a efectuar al menos 3 calicatas para verificar que los criterios de aproximación del suelo en el área del Parque sean los mismos que se obtuvieron en la línea de base según la Pauta para Estudios de Suelos SAG rectificada (2011) o la que se encuentre vigente a la fecha (ver Tabla 8). En caso de que la medición de los criterios sea distinta a la presentada en la línea de base, se repetirá el procedimiento de pasar la rastra Offset por toda la superficie del suelo involucrado, hasta comprobar que se alcanzaron los valores señalados. En relación al repoblamiento de la vegetación extraída, se acoge la solicitud respecto de incluir en la fase de cierre una evaluación de riesgo ambiental según la guía metodológica http://metadatos.mma.gob.cl/sinia/M2030GUI.pdf. o la que se encuentre vigente en el tiempo de término de proyecto, con el objeto de descartar afectación a los recursos naturales suelo y agua (superficial y/o subterráneo) y gestionar en caso de que corresponda la recuperación ambiental de este sitio en función de la Política Nacional de Suelos. Mayores antecedentes en respuesta 1.6 de la Adenda Complementaria. Flujo vehicular En promedio el flujo será de 30 vehículos al día y de 11 camiones al día. Mayores antecedentes en Tabla 11 de la Adenda Complementaria. Recursos naturales renovables El proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en la fase de cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: De acuerdo al Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria, se considera como fuente de emisión el desmantelamiento del parque, y tránsito de camiones. En la siguiente tabla se muestran los totales de la estimación de emisiones en la Fase de Cierre del Proyecto, clasificados por tipo de contaminante a nivel anual. A continuación, se presentan las emisiones del Proyecto durante la Fase de Cierre.
Tabla 5. Cuadro resumen con emisiones atmosféricas en fase de cierre (ton/año). Año Detalle Emisión (ton/año) SOx NOx MP10 MP2,5 30 Fase operación y cierre 0,02 1,90 0,659 0,179 Límite PPDA 10 8 2,5 2 FUENTE. Tabla 44 del Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria.
En base a la actualización de la estimación de emisiones de material particulado MP10 y de gases HC, CO, NOx y SO2, realizada para la fase de cierre del Proyecto y presentada en el Anexo 4.3 de la Adenda, y su respectiva comparación con los límites máximos de emisión para los contaminantes establecidos en el D.S. N°31/2016 del MMA (PPDA) para la Región Metropolitana, se concluye que el proyecto no supera los límites establecidos en la normativa indicada durante la fase de cierre del Proyecto. Al respecto de acuerdo a lo indicado por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio ORD. N° 71 de fecha 20/01/2022, esta se pronuncia conforme. Ruido: Las emisiones de ruido del proyecto son generadas por uso de maquinaria por desmantelacion, las que se realizarán solo en horario diurno. Según los resultados presentados en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N° 38/2011 del MMA, al estar bajo los límites máximos permitidos sin requerir medidas de control para dicho cumplimiento. Cabe indicar que, las situaciones evaluadas corresponden a los escenarios de modelación más desfavorables. Mayores antecedentes en el Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria. Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N° 2292 de fecha 13/07/2021 el cual se pronuncia conforme.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos líquidos Aguas servidas: Se generarán residuos líquidos domésticos por parte del personal contratado. Para este efecto, se habilitarán baños químicos en la instalación de faena. El número de baños y los volúmenes de agua corresponderán a lo dispuesto por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se estima una tasa de generación de 120 m3/mes en el momento de máximo trabajo constructivo. Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados 2 veces por semana y manejados por una empresa autorizada. La zona de baños químicos dispondrá de una superficie total de 4,3 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 20 de la Adenda. Residuos sólidos Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: Se estima que los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán de la fase de cierre serán los mismos que de la fase de construcción, por lo que se estima una generación de 0,8 ton/mes. Los residuos sólidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados temporalmente dentro de bolsas pláticas en contendores herméticos debidamente señalizados los que tendrán una capacidad entre 60 y 110 litros. Estos residuos serán retirados 2 a 3 veces por semana para luego ser dispuesto en lugar autorizado por la SEREMI de Salud. Mayores antecedentes en la Tabla 20 de la Adenda. Residuos industriales no peligrosos: Se estima la generación de 0,15 ton/mes de cables, chatarra, pallets, madera, fierros, metales, plásticos, peas eléctricas, escombros, etc. Los residuos serán separados y almacenados temporalmente en contenedores de metal y resistentes a condiciones ambientales. Los contendores serán de 500 a 20.000 litros de capacidad y estarán ubicados en una zona de 112 m2 debidamente señalizada. Dichos residuos serán retirados mensualmente para luego ser enviados a un relleno sanitario autorizado por una empresa acreditada por la SEREMI de Salud de la Región. Mayores antecedentes en la Tabla 20 de la Adenda. Residuos peligrosos: Durante la fase de construcción se estima la generación de residuos peligrosos provenientes de envase varios, restos de spray de zinc, espuma de poliuretano, entre otros en una cantidad de 0,05 ton/mes. Se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos de 7,5 m2, ubicada en la instalación de faenas. Allí se mantendrán los residuos en contenedores herméticos, identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N° 148/2003 MINSAL. La disposición de estos residuos se realizará cada 6 meses y estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud y serán llevados a un sitio de disposición autorizado por la SEREMI de Salud. Además, se estima la generación de 11.957 kg/mes de paneles en desuso los que serán almacenados en recipientes herméticos, identificados con su nombre y con el etiquetado que identifique el tipo de Residuo Peligroso al que pertenece (rombos de seguridad según clasificación). Se dispondrán de 4 contenedores metálicos con una capacidad de 200 litros cada uno y serán retirados cada 6 meses para posteriormente llevar a un sitio de reciclaje (DEGRAF), para lo cual el titular contara con certificado que acredite lo anterior. Mayores antecedentes en la Tabla 20 de la Adenda.
Sustancias peligrosas: Durante la fase de cierre del proyecto se utilizarán 39 kg aproximadamente de sustancias químicas las que serán almacenadas en una bodega dando cumplimiento a las exigencias del D.S. N°43/2015 del MINSAL en sus artículos del 25 al 32, párrafo II “De las Bodegas Comunes”. El Proyecto considera para el desarrollo de la fase de construcción la manipulación de productos químicos, como el Spray de Zinc y espuma de poliuretano. Mayores antecedentes en la Tabla 27 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.8 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Fines Agosto 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faenas Fecha estimada de término Fines de Febrero 2021 Parte, obra o acción que Cableado y conexión al SEN Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
establece el término 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Marzo 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Pruebas de energización y emisión de Formulario 9 a SEC(CGE: Puesta en servicio Fecha estimada de término Marzo 2051 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión del SEN 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Abril 2051 Parte, obra o acción que establece el inicio Emisión del Formulario 11 a la SEC/CGE que formalizará la desconexión del Proyecto al sistema de distribución. Fecha estimada de término Agosto 2051 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de instalación de faenas.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de las emisiones atmosféricas y aumento de las emisiones acústicas. Emisiones atmosféricas: Durante todas las fases del proyecto, los niveles de emisiones atmosféricas no superan el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), por tanto, el Titular no requiere compensar sus emisiones Además, se implementarán medidas de control de polvo para las fases de construcción y cierre entre ellas humectación de los frentes de trabajo, actividades que generen movimiento de tierra y faenas de limpieza, y aplicación de supresor de polvo en caminos internos sin pavimentar (considerando 10.1.4 del presente ICE). Otras medidas de control se detallan en el considerando 8.2.1 del presente ICE. Mayores antecedentes en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria. Ruido: Los niveles de ruidos generados en las fases de construcción, operación y cierre cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. N° 38/2011 del MMA. Mayores antecedentes en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria. Aguas servidas: Respecto de los residuos líquidos, se utilizarán baños químicos durante la fase de construcción y cierre, los cuales serán dispuestos y manejadas por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud RM. El Titular mantendrá en obra los registros (boletas, facturas u otros) que le permitan acreditar lo anterior. Por tanto, no se afectarán la calidad ambiental de los recursos naturales renovables respecto de la exposición de contaminantes. Durante la fase de operación se contará con un sistema particular de aguas servidas, a base de fosa séptica. Mayores antecedentes en la Tabla 30 de la Adenda y Anexo 5.2 PAS138 de la Adenda Complementaria. Vibraciones: Para el caso de las vibraciones, en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementatia, el Proyecto en ninguna de sus fases, superará los valores de vibraciones recomendados en el documento Transit Noise and Vibration Impact Assessment, y, en consecuencia, no generará riesgos a la salud de la población por esto. Residuos: Durante las fases de construcción y cierre, los residuos sólidos asimilables a domiciliarios y sólidos no peligrosos serán retirados y dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la SEREMI de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Salud. Mayores antecedentes en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Durante la fase de operación, los residuos domiciliarios serán retirados en forma diaria, al momento de hacer las mantenciones, por lo que no se considera almacenamiento temporal en la planta. Respecto de los residuos peligrosos de la fase de construcción, operación y cierre, estos serán manejados en la bodega de residuos peligrosos de acuerdo a los antecedentes del PAS del Art. 142 del Anexo 5.4 de la Adenda Complementaria y su transporte y disposición se efectuará por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.1 del ICE. El proyecto no genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental El Proyecto no afectará recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Suelo: Conforme a lo señalado en el Anexo 4.13 de la Adenda y a la caracterización edafológica, los suelos corresponden al Orden Mollisols, donde se encuentra un horizonte del tipo A sumamente grueso y desarrollado evolutivamente, en donde la cantidad de materia orgánica es notable, pensando en que las enmiendas que recibe el suelo por parte de plantas y otros factores es sumamente reducida. En el caso particular del área de estudio, existen tres tipos de horizontes C, uno de ellos completamente de origen aluvio coluvial, en donde se observa una gran cantidad de gravas frescas y carbonato de calcio; y el segundo es una mezcla entre el substrato aluvio coluvial y la meteorización de rocas graníticas típicas de la Cordillera de la Costa; y finalmente existen horizontes exclusivamente de carbonatos, incluso rocosos de color blanquecino y de gran tamaño. El proyecto generará una mínima erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas del suelo, principalmente en el momento de movimiento de tierra para el proceso de nivelación leve que debe realizarse al momento de la implantación de los pilotes del que sostienen los paneles fotovoltaicos. Sin embargo, la construcción y posterior operación del proyecto no impermeabilizará el terreno, así como tampoco favorecerá la erosión del área de influencia. A su vez, la vegetación nativa es inexistente en el área de influencia puesto que se trata de un predio con uso agrícola, por lo que la construcción del proyecto no supone la pérdida de biodiversidad. De acuerdo a la respuesta 4.11 de la Adenda Complementaria, cabe indicar que, para efectos de construcción del Proyecto no realizará escarpe en el área de proyecto, considerando únicamente la limpieza del terreno, en las zonas que sea necesario, actividad que consiste principalmente en a la corta de vegetación y en el despeje superficial referido al despedregado de piedras de gran magnitud. Por otro lado, las excavaciones serán puntuales para el hincado de estructuras (aprox. 2,0 metros de profundidad) en el área de planta y para la implementación de los postes y torres necesarios para albergar la línea de evacuación (aprox. 1,5 metros de profundidad para los postes y 6 m en el caso de las torres). La tierra excavada será utilizada en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas) y de las áreas donde se implementen los postes (a modo de soporte), estimando en un peor escenario la utilización de excedente en nivelación de terreno. Por tanto, se confirma que el material excavado será reutilizado en su totalidad en el mismo terreno no generando excedentes que deban trasladados a otros sectores. Durante la fase de operación las áreas bajo los paneles fotovoltaicos y de los inversores mantendrán su condición original durante todas las fases del Proyecto, por lo que estas áreas, las cuales corresponden a la mayor parte de la superficie del Proyecto, no estarán afecta a compactación, a impermeabilización ni a erosión. Esto último se justifica en que sus instalaciones son puntuales, ya que los soportes de las mesas con módulos fotovoltaicos e inversores van hincados directamente al suelo, a una distancia aproximada de 8 metros entre sí, donde los 5 soportes de cada mesa intervienen alrededor de 0,1 m2 de superficie del suelo al ser insertos, por lo que se conserva el suelo natural y la vegetación del estrato herbáceo existente, la que crecerá naturalmente. Adicionalmente, en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria, se presenta el Compromiso Ambiental Voluntario corresponde al Plan de Mejoramiento de Suelos. Mayores antecedentes en respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria. En base a lo anterior, el Proyecto no genera un efecto adverso significativo sobre el componente suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Flora: De acuerdo al Estudio de Flora y Vegetación del Anexo 4.5 de la Adenda, en el área de influencia del proyecto existe la presencia de individuos de Prosopis chilensis, en categoría de conservación vulnerable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
CAV Protección de ejemplares de algarrobo Tabla 34 de la Adenda Complementaria. Mayores antecedentes en respuesta 4.11 y 4.12 de la Adenda Complementaria. Referente a las unidades vegetacionales registradas en el área de influencia, cabe destacar que, las praderas abarcaron la mayor superficie con 50,12 há dominadas por la especie Rapistrum rugosum, representando aproximadamente el 95,39% del área de influencia. En segundo lugar, se encuentran las formaciones desprovistas de vegetación correspondiente a las zonas denudadas con el 3,69% del área de influencia; y finalmente la formación de Bosque que representa el 0,90% (0,47 há) del área de influencia. Respecto de la flora vascular presente en el área de influencia del Proyecto, se determinó durante las campañas de terreno, una riqueza florística de 17 especies. Del total florístico, cuatro especies poseen un origen fitogeográfico nativo no endémicas, una especie sin determinar y por último 12 especies son de origen exótico. Por otro lado, las familias más representadas corresponden a Asteraceae con cinco especies, Brassicaceae y Fabaceae con tres especies cada una. Respecto a la fisonomía de las plantas registradas, dominan aquellas catalogadas como herbáceas (13 taxa). En cuanto al estado de conservación de la flora, y tras la revisión de la normativa vigente y propuestas científico técnicas con ponderación legal, de las registradas, Prosopis chilensis se encuentra bajo categoría de conservación como vulnerable. De acuerdo con la densidad de especies leñosas nativas se registró Acacia caven, la cual presenta un total de 58 ind/ha, distribuidos en la pradera abierta con árboles con 6 ind/ha y 52 ind/ha en la formación Pradera semidensa con árboles. En el caso de la formación de Bosque muy abierto se estimaron 20 ind/ha de Prosopis chilensis siendo georreferenciados un total de 16 ejemplares en el área de influencia. De acuerdo con lo indicado por el titular en respuesta 4.12 de la Adenda Complementaria, ninguno de los individuos de esta especie será intervenidos, como tampoco su entorno directo en un radio de 20 m, para lo cual se tiene previsto el instalar barreras perimetrales de modo de evitar potenciales accidentes que afecten ligeramente a aquellos individuos aislados que quedan al interior de uno u otro campo fotovoltaico, se puede afirmar que, directamente, el proyecto no genera los efectos, características y/o circunstancias asociadas al literal b) del Art. 6 del D.S. N°40/2012 del MMA, como tampoco se prevé circunstancia alguna, ni indirecta ni sinérgica, que llegue a afectar el crecimiento o el desarrollo (hábitat), principalmente reproductivo, de los individuos de esta especie (Prosopis chilensis), aislados o en matrices vegetacionales leñosas, en el área, más allá de lo que actualmente, sin el proyecto, se ha verificado. Recientemente se ha planteado una variante en la disposición de los paneles solares de modo que, incluso los individuos de Prosopis chilensis que están fuera de la propiedad en que se plantea el Proyecto, queden en al menos 20 m de distancia de estas infraestructuras, considerando así un área buffer como principio precautorio de seguridad para todos y cada uno de los individuos de esta especie, aislados o en matrices vegetacionales consideradas legalmente como bosques. De acuerdo a lo anterior, se descarta cualquier posible afectación sobre el hábitat y los individuos de Prosopis chilensis ubicados al interior del área del Proyecto como fuera de este, en los mencionados Sectores 1 y 2 de la Figura 5 del Apéndice 4 Informe forestal del Anexo 4.5 de la Adenda. Mayores antecedentes en respuesta 4.6, 4.12 y Anexo 4.7 de la Adenda Complementaria. Fauna: Respecto del Estudio de Fauna presentada en el Anexo 4.4 de la Adenda Complementaria, se registró una riqueza de 16 especies, correspondientes a dos reptiles, 12 aves y dos mamíferos. 14 corresponden a especies nativas (87,5%) y dos a introducidas (12,5%). De las especies nativas, una (6,3%) es endémica del territorio nacional correspondiente a Philodryas chamissonis (De Gamboa, 2020). Se registraron tres especies listadas en categoría de conservación Preocupación menor y no se registraron especies listadas en categoría de conservación de amenaza. Se registraron dos especies de baja movilidad en baja abundancia, correspondientes a Liolaemus lemniscatus y Philodryas chamissonis. Ésta última, a su vez, es la única especie endémica registrada. No se registraron especies con poblaciones reducidas, ni especies de distribución restringida. De acuerdo a dicha caracterización, el Titular propone como compromisos ambientales voluntarios la implementación de disuasores de vuelo e instalación de aisladores de cadenas a lo largo de la LTE, un plan de medidas genéricas de fauna vertebrada terrestre y un plan de perturbación controlada de Philodryas chamissonis. En cuanto a los efectos que la luminaria pudiese causar a las especies de hábitos nocturnos presentes en el AI del Proyecto, cabe destacar que no se registraron aves de hábitos nocturnos, y el diseño de la luminaria. No obstante, con motivo de llevar a cabo un proyecto ambientalmente sustentable, el titular acoge la solicitud de la autoridad, tomando a su vez en consideración las medidas de protección señaladas por la Red de Observadores de Aves y Vida Silvestre de Chile, señaladas a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
continuación: • Se utilizarán luces cálidas por sobre luces frías (no se utilizarán luces LED). • Las luces se orientarán hacia el suelo y serán ubicadas a la menor altura posible. • Utilización de luminarias con protecciones tipo capucha (shielded lights). Las luces se protegerán de tal forma que las fuentes emisoras de luz no puedan ser observadas desde una vista lateral, interfiriendo su detección desde una vista aérea. A continuación, se indica un esquema con los diseños que serán utilizados. Mayores antecedentes en respuesta 4.4. de la Adenda Complementaria. Conforme a los antecedentes expuestos, es posible concluir que el Proyecto no generará efectos adversos significativos considerando la superficie con vegetación, flora, animales silvestres y biota se encuentra altamente intervenida. Suelo: El Proyecto consideran obras de intervención permanente en una superficie de 14,46 há de superficie y obras temporales en una superficie de 255,9 m2. De acuerdo a la caracterización de suelo del Anexo 2.3 de la Adenda, el predio donde se emplazará el Proyecto presenta suelos agrícolas que poseen severas limitaciones en cuanto a las propiedades de albergar biodiversidad dado que posee características de suelo alterado, estructuras de antiguo plantel de cerdos y riesgo de remoción en masa. De igual forma, el titular presenta como compromisos ambientales voluntarios un Plan de Mejoramiento de Suelos y un Monitoreo de suelos (ver Considerando 10.1.1 y 10.1.5 del presente ICE), con el objetico de mejorar una superficie de suelo de 14,5 há aproximadamente. Agua: El proyecto contempla uso de agua sólo desde camiones aljibes, los cuales contarás con los permisos y autorizaciones correspondientes para su uso. Como medio de verificación, el Titular se compromete a mantener registros en obra de estos permisos y facturas de adquisición ante eventuales fiscalizaciones. Finalmente, el titular indica que los proveedores seleccionados contarán con los respectivos derechos y permisos requeridos para extraer y explotar este recurso natural renovable (agua) como parte de su actividad, abasteciendo el requerimiento mediante camiones aljibes, de este modo las necesidades del recurso agua por parte del Titular, se satisfacen sin tener que recurrir a extraer o explotar este recurso. Aire: El titular en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria, presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas, donde indica que el Proyecto no requiere compensar sus emisiones, dado que el Proyecto no supera el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA) durante todas las fases del Proyecto. Residuos líquidos: El Proyecto instalarán baños químicos los que serán contratados a una empresa externa debidamente acreditada, de modo de asegurar su correcta mantención y el adecuado manejo de los residuos. En la fase de operación se contempla un sistema particular de aguas servidas a base de fosa séptica, según los antecedentes presentados en el Anexo 5.2 de la Adenda Complementaria.
Por otra parte, partir de los niveles de concentración contenidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes en Chile, conforme su ámbito de aplicación es posible indicar que dichas normas no aplican a las actividades del Proyecto, atendida su naturaleza y ubicación.
Además, en el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria, los resultados indican que las actividades asociadas al proyecto no superarán la norma “Effects of Noise on Wildife and Other Animals”, Metodología de 1971 perteneciente a la EPA, la que establece como referencia, un máximo de 85 dB para no generar efectos sobre la fauna silvestre.
Respecto del impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables: Sustancias peligrosas: Durante la fase de construcción y cierre se almacenarán sustancias peligrosas en bodega destinada para ello, dando cumplimiento a lo indicado en la norma D.S. N° 43/2015 del MINSAL. Residuos sólidos: Respecto de los residuos (domiciliarios, peligrosos y no peligrosos) generados durante la fase de construcción, operación y cierre, estos serán transportados y dispuestos conforme a lo establecido en la normativa vigente y en sitios autorizados por la SEREMI de Salud RM. Para el manejo de los residuos peligrosos durante las fases de construcción, operación y cierre, se implementará una bodega de residuos peligrosos de acuerdo a lo indicado en el D.S. N°148/2003 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
del MINSAL. Cabe indicar que, se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite el retiro autorizado y disposición final de los residuos en lugar autorizado. Mayores antecedentes en los Anexo 5.3 y 5.4 de la Adenda Complementaria. Recurso hídrico: De acuerdo a lo señalado en el Anexo 4.3 de la Adenda complementaria, el área de estudio presenta una quebrada sin nombre afluente al estero Peldehue, que se compone de una serie de brazos o cauces menores que se desprenden de las zonas más bajas, en particular, el proyecto se encuentra condicionado por el brazo poniente, el que capta sus aguas que se recogen desde los cerros Blanco, Las Tres Hermanas y Guanaco. Una serie de postes del Proyecto intersecta con estos brazos o cauces, sin embargo, según el modelo hidráulico presentado por el titular en Adenda Complementaria, el proyecto no generará intervención del cauce, dado que las obras del proyecto no se emplazan en zonas de inundación de cauces. Respecto de las aguas subterráneas, en respuesta 3.2 y Anexo 4.8 de la Adenda Complementaria, el titular no identificó napas colgadas y definió la profundidad de la napa entre los 25 y 42 metros bajo el nivel de terreno, teniendo un registro de 34.9 metros bajo el nivel del terreno, en el pozo de referencia VPC-1301-80 emplazado aproximadamente 600 metros del polígono del proyecto, por lo que el proyecto no genera intervención de la napa debido a que las obras las profundas corresponde a la base de las torres que se ubicará a 6 metros del suelo, por otra parte, respecto de la infiltraciones de aguas servidas desde la fosa séptica y drenes de infiltración, el titular indica que, dado que la zona vadosa (o zona no saturada del suelo) presenta espesores de entre 0 m hasta los 34 m de profundidad (profundidad de nivel freático), es que existe una importante capa de suelo donde se generaran los procesos de óxido reducción (reacciones aeróbicas), incluidas la conversión del carbono orgánico en CO2 y la nitrificación del amonio, por lo que se descarta una afectación al acuífero por la infiltración de los residuos líquidos domésticos. Considerando lo anterior, y en relación a la afectación asociada a la permanencia, disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro (aplicado a la calidad y cantidad de los recursos hídricos subterráneos), es posible afirmar que, según la información descrita del Proyecto, este no contempla la extracción de aguas subterráneas, considerando además que se emplaza en un sector donde el relleno presenta un escaso desarrollo en la zona de contacto roca-relleno, lo que se traduce en la no existencia de unidades acuíferas, por lo que no se identifican niveles freáticos, ni napas colgadas que puedan sufrir variaciones estacionales, ni afectaciones por las obras que conforman el Proyecto. Además, el proyecto no contempla realizar obras que pudiesen alcanzar ni afectar el flujo pasante, ni eventuales volúmenes de acuíferos, por lo que se descarta la merma en la disponibilidad de aguas a terceros por las obras del proyecto. Considerando lo anterior, las obras del proyecto no afectan la capacidad de regeneración o renovación del recurso, considerando que estas se encuentran casi en su totalidad sobre unidades rocosas que no conforman una unidad acuífera, por lo que no tendrán contacto con el acuífero, no contemplan extraer aguas ni tampoco pretende utilizar aguas de recarga del acuífero que puedan significar la afectación al recurso.
Por último, el Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.2 del ICE. El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental De acuerdo a lo expuesto por el titular en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria, referido a la actualización de la situación base de medio humano de los dos asentamientos humanos que componen el AIMH (Área de influencia Medio Humano) del Proyecto de las comunas de Talagante y de El Monte respectivamente. Mayores antecedentes en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria. Reasentamiento de comunidades humanas Al respecto se aclara que el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, pues no existe ningún grupo humano que haga uso del área definida para la construcción del proyecto, de manera permanente o temporal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Mayores antecedentes en el Anexo 4.7 de la Adenda. De acuerdo a lo expuesto en el Anexo 4.7 de la presente Adenda, referido a la línea de base de medio humano, el sustento económico de la población del área de influencia (la cual corresponde a la localidad de Huertos Familiares), están relacionadas al comercio al por mayor y menor, y la agricultura, sin embargo, este último presenta ofertas laborales de carácter temporal, durante el proceso de cosecha y packing de los frutos, por lo que durante la temporada de invierno la población queda desempleada. Otras de las actividades productivas son las relacionadas a la industria, por la presencia de fábricas al costado de la Ruta 5 Norte, donde la población trabaja principalmente como obreros operarios. Complementariamente, los grupos humanos residentes en Huertos Familiares no hacen uso del predio en el cual se ubicará el Proyecto, el cual además posee acceso restringido. Respecto a las integrantes de la Asociación Indígena Willkamapu, declararon que no utilizan dicho sector para realizar celebraciones de la cultura mapuche (se realizan en la casa de María Llancamil, en la Medialuna de Huertos Familiares, en el Monumento Memorial a Manuel Rodríguez y en Caleu), ni para extracción de recursos naturales que sirvan de sustento para el grupo humano en cuestión. Respecto de las posibles actividades agrícolas que se desarrollan en el entorno del Proyecto, cabe indicar que, el curso de agua existente en el emplazamiento del Proyecto, la Quebrada Polpaico actualmente funciona trasladando aguas tratadas, y también transporta aguas lluvias, cuando ocurren. Además, la Quebrada Polpaico se encuentra condicionada por la existencia de infraestructura y faenas asociadas a actividades de extracción y procesamiento de áridos y materiales térreos. En concordancia con lo anterior, de los usos de suelo identificados en el área de influencia de Medio Humano, las obras, partes y acciones del Proyecto se localizan en una zona donde no se desarrollan actividades agrícolas. No se prevé impactos relativos a la intervención, uso o restricción del acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Mas antecedentes en el Anexo 4.7 Informe Caracterización del Medio Humano de la Adenda. De acuerdo a lo descrito en el Anexo 4.10 de la Adenda, el Proyecto no representa un deterioro de las condiciones operativas de cada tramo analizado, dado que en la mayoría de los tramos se mantiene el mismo nivel de servicio con y sin Proyecto tanto en la Fase de Construcción como Fase de Operación. Se debe considerar que en la fase de Construcción se estima que el aporte mayor se realizará en el Tramo 3 y 4 con 26 viajes/día y en la fase de Operación será, para el mismo tramo, 4 viajes al día. Si bien existen cambios de nivel de servicio en los escenarios analizados (Fase de Construcción y Operación en Tramo 3- 1, punta tarde), con cambio en el nivel de servicio de A a B, ello no representa una alteración significativa en las condiciones operativas presente en el Caso Base, ya que el nivel de servicio B, aún mantiene una condición de flujo estable, donde los usuarios puedes escoger sus velocidades de desplazamiento, sin afectación a terceros. Cabe indicar que, la calle San Ignacio, Camino a Noviciado y calle Bilbao presentan nivel de servicio F y E, lo cual representa baja capacidad vial de reserva, sin embargo, esta situación es basal y no atribuible al Proyecto. En este sentido, el aporte del Proyecto no altera las condiciones operativas del Caso Base 2022 en dichas rutas, dado que el aporte en dichos tramos es, a lo más, 2 camiones al día. Ahora bien, con respecto a las intersecciones modeladas, para la Fase de Construcción y Fase de Operación, presentan buenos indicadores ya que el grado de saturación máximo bordea el 39% para la intersección de Ruta 5 con Camino a Cerro blanco en el periodo punta tarde (PT). En cuanto a las demoras promedios, están bordean los 2 segundos y el largo de cola alcanza a 1 vehículo en el caso más desfavorable. Lo anterior significa que el Proyecto no evidencia variaciones significativas en el tránsito vehicular y el aumento en los tiempos de desplazamientos, en los tramos viales analizados e intersecciones, respecto a los registrados en la situación sin Proyecto (Caso Base 2022), manteniéndose las mismas condiciones operativas (mismo nivel del servicio y una leve variación del grado de saturación). En consecuencia, los efectos del Proyecto son catalogados como leves. En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades y en sus distintas fases no obstruirá o restringirá la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. El Proyecto no requerirá del uso de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, toda vez que contará con infraestructura propia para dar solución a todas las necesidades que pudiesen surgir durante su ejecución. Mas antecedentes en el Anexo 4.7 Informe Caracterización del Medio Humano de la Adenda. De acuerdo a lo indicado por el titular en el Anexo 4.7 Caracterización de Medio Humano de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Adenda, con respecto a las manifestaciones de cultura identificadas, en la comuna de Til Til destacan: La Fiesta de la Tuna, Conmemoración de la muerte Manuel Rodríguez, Fiesta de la Chilenidad, Expo de Til Til Microempresarios. En términos religiosos, las festividades celebradas dentro de la comuna son: Cuasimodo, Procesión de la Virgen de la Merced. Adicionalmente, existen actividades permanentes en Centro Cultural Til Til, donde se realizan talleres artísticos y de artesanía para la población. Además de la conformación de la orquesta sinfónica infantil de Til Til. Dentro de las tradiciones campesinas, algunas de las tradiciones que se mantienen son: realización de rodeos, cuasimodo, en proceso de recuperación los Bailes Chinos de Caleu y la antigua costumbre de llevar los muertos en “andas” hacia el cementerio. Sobre la manifestación de tradiciones en el área de influencia, el titular menciona que la mayoría se realizan en el centro urbano de la comuna, sin embargo, las actividades que se realizan en Huertos Familiares son: Rodeo para las fiestas patrias, Feria de la Mujer y Carrera Familiar, Fiesta de Navidad, Día del Niño y Fiesta de los adultos mayores. Estas se realizan en la medialuna del sector, en la Plaza Central. Para la fiesta de navidad se cierra calle 1 oriente entre 4 y 5 sur. Así mismo, también se desarrollan actividades culturales sin una programación específica, tales como: reproducción de películas, documentales o presentación de bandas de música en la plaza central de Huertos Familiares. En términos de ritos y celebraciones, se indica que la comunidad indígena reconocida en el sector realiza la celebración del WETRIPANTÜ para el año nuevo mapuche durante el mes de junio, para el solsticio de invierno. Estas celebraciones se llevan a cabo en su mayoría dentro del sector urbano de Huertos Familiares, específicamente en la Plaza Central, en la sede de la Junta de Vecinos, estadio y medialuna del sector. Para el caso de la celebración del WETRIPANTÜ esta se lleva a cabo en un predio familiar de los integrantes de la asociación indígena Willkamapu y en una ocasión se llevó a cabo en el monumento a Manuel Rodríguez. No obstante, en las entrevistas se indica que esta celebración no tiene un lugar específico de realización y se desarrolla de acuerdo al contexto, la organización con otras asociaciones del sector norte de la región y los lugares disponibles a la fecha de realización durante el mes de junio. En cuanto a sitios de significancia cultural y comunitaria, se encuentra destacada la plaza central de Huertos Familiares, como un sector en donde se concentra la juventud y la población en general para el desarrollo de actividades sociales. También se menciona las sedes de las juntas vecinales ubicadas al costado de la plaza, como también la radio comunitaria “Renacer”. No obstante, ninguna actividad mencionada desarrollada por la Asociación Willkamapu anteriormente se lleva a cabo fuera del sector de Huertos Familiares. Respecto del proyecto, este no presenta obras ni acciones dentro del área de Huertos Familiares este sector, junto con esto no se menciona el uso de la Ruta 5 como parte de las manifestaciones culturales siendo esta ruta la principal vía de acceso al Proyecto. Junto con esto las ceremonias de carácter indígena son realizadas dentro del sector de Huertos Familiares y no utilizan rutas ni sectores utilizados por el proyecto. En vista de lo anterior, el Proyecto no se contrapone con el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, además, el Proyecto tampoco generará reasentamiento de comunidades humanas. En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades y en sus distintas fases no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo humano. Así tampoco, altera las formas de organización social particular de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Según Censo de Población y Vivienda de 2017, 11.498 personas censadas en la comuna de Til Til se consideran perteneciente a un pueblo indígena u originario, lo que representa al 7,76% del total comunal. Respecto de la población encuestada que declara sentirse parte de alguna etnia en la comuna de Til Til, predomina la etnia mapuche, con un 81,04%, seguida aquellos pertenecientes a la etnia aymara, con un 5,74%. Finalmente, un 4,21% se siente perteneciente a la etnia diaguita. Según los registros de CONADI (2021), existen dos asociaciones indígenas reconocidas por la institución en la comuna de Til Til, ubicadas en el centro urbano, corresponde a la asociación indígena Unión de Raíces Indígenas y la asociación indígena Willka Mapu, conformadas en los años 2011 y 2013, respectivamente. Según registros de Organizaciones Comunitarias de la Municipalidad de Til Til, existen dos asociaciones indígenas en la comuna, ubicadas en la comuna de Polpaico, la asociación indigena KÜLA WINKUL y la asociación indígena MAPUREWE, conformadas en los años 2017 y 2018, respectivamente. El sector que comprende el área de influencia del proyecto Parque Fotovoltaico “Alagua” en la comuna de Til Til corresponde a la localidad de Huertos Familiares. Según los microdatos del Censo de Población y Vivienda de 2017, 346 personas censadas en Huertos Familiares se consideran Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
perteneciente a un pueblo indígena u originario, lo que representa al 8,27% del total de habitantes del área de influencia. Respecto de la población encuestada, declaran sentirse parte de alguna etnia, predomina la etnia mapuche, con un 84,10%, seguida aquellos pertenecientes a la etnia diaguita, con un 7,51%. En el área de influencia existe la Asociación Indígena Willkamapu, que si bien está inscrita en CONADI en el centro urbano de Til Til, por procesos posteriores a su creación, actualmente las integrantes residen en Huertos Familiares. La asociación cuenta con un total de 16 integrantes de los cuales 11 personas se mantienen participando de forma activa. Las integrantes corresponden a la segunda generación de mapuches, que en búsqueda de oportunidades, migró a la Región Metropolitana. En cuanto al uso de los recursos, los miembros de la comunidad no utilizan recursos naturales para la subsistencia. Dentro de la comunidad, el principal y único rito que se realiza es la celebración de wetripantu o año nuevo indígena. En relación con el lugar de realización de estas ceremonias esta ha tenido lugar en diferentes espacios y no tiene un sitio exclusivo para su ejecución. Esta ha sido llevada a cabo en la media luna de Huertos Familiares, en los terrenos de la familia Llancamil y durante el año 2020 se realizó en el Monumento memorial a Manuel Rodríjuez, en conjunto con otras asociaciones de la zona norte de la Región Metropolitana. No se identifican autoridades tradicionales y/o espirituales tales como longkos, werkenes, machis u otros. El patrimonio cultural indígena de los integrantes de la asociación radica en aspectos culturales abstractos propios de la cultura mapuche y que no están ligados a sectores territoriales sino más bien de las personas que lo ostentan. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.3 del ICE El proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No aplica El proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación (de los considerados para efectos del análisis del art. 11 de la Ley 19.300), humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. De acuerdo a la información presentada por el titular en el Capítulo 2 de la DIA, el sector que comprende el área de influencia del proyecto corresponde a la localidad de Huertos Familiares en la comuna de Til Til. Según los microdatos del Censo de Población y Vivienda de 2017, 346 personas censadas en Huertos Familiares se consideran perteneciente a un pueblo indígena u originario, lo que representa al 8,27% del total de habitantes del área de influencia. Respecto de la población encuestada, declaran sentirse parte de alguna etnia, predomina la etnia mapuche, con un 84,10%, seguida aquellos pertenecientes a la etnia diaguita, con un 7,51%. El área de influencia del Proyecto no se encuentra en o colindante a sitios prioritarios para la conservación de la diversidad, encontrándose el más cercano a 23 km de Colina – Lo Barnechea, a 5 km de Humedad de Batuco, a 7 km de Fundo Huechun, a 16 km de Chacabuco - Peldehue y a 21 km de Colliguay. Asimismo, se encuentra a 10,20 km de Áreas protegidas privadas “Propietarios Fundo Las Mercedes, Altos de Chicauma Lampa”, a 20, 88 km del Fundo Romeral y a 28 km de la Reserva ecológica oasis de la Campana; a 29 km del Parque nacional La Campana. De acuerdo a lo descrito en el acápite introductorio de la Adenda Complementaria, el Proyecto intervendrá una superficie de 14,46 ha, y no contempla acciones y/o actividades en alguna área colocada bajo protección oficial, con lo que se descarta la afectación a cualquier recurso o área protegida A partir de lo establecido anteriormente, el área de Proyecto no posee un bajo valor ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.4 del ICE. El proyecto no se localizará en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
El área de emplazamiento del proyecto no presenta un valor paisajístico, cultural y/o patrimonial significativo, dado que el titular determinó una unidad de paisaje con características de homogeneidad, denominada Pradera Matorral, la cual obtuvo una calidad visual del paisaje con valoración Media de sus atributos biofísicos, estéticos y estructurales. Ver Anexo 4.6 de la Adenda Complementaria. De acuerdo a lo presentado por el titular en la caracterización ambiental del paisaje del área del Proyecto (Anexo 4.7 de la Adenda Complementaria), el área de influencia está contenida en tres (3) cuencas visuales, obtenidas desde rutas e infraestructura públicas y que tienen un potencial de visibilidad hacia el área de emplazamiento del Proyecto. Teniendo como antecedente que las formas del paisaje son estables y persistentes, donde el factor de cambio o transformación del paisaje por estacionalidad es mínimo, las condiciones de visibilidad, intervisibilidad y amplitud de cuencas visuales, permiten que exista un grado de exposición medio del territorio y que, por tanto, se pueda acceder visualmente hacia las obras. Sobre esto, el titular identifica una unidad de paisaje correspondiente a Pradera Matorral, cuyos atributos visuales presentan una baja calidad visual, y no posee características atractivas para los observadores comunes. Con el fin de generar una simulación y visualización de impactos que tendrá el Proyecto, se realizó la evaluación de dos (2) puntos de observación, desde donde es posible identificar observadores y, que están asociados a infraestructura urbana: pasarela peatonal (PO3) y a un paradero (PO1). De acuerdo a la simulación proyectada, fue posible determinar que, si bien existirá una alteración en el paisaje, puesto que implicará la intrusión de un nuevo elemento a la zona de emplazamiento, considerando la horizontalidad del relieve, el tamaño de las cuencas visuales y las características de las obras, no se generará una alteración negativa significativa puesto que se mantendrá la calidad de los atributos biofísicos y estéticos que componen el paisaje de la zona de emplazamiento. Por otra parte, fue posible determinar que las obras formarán parte del fondo escénico apreciado por los observadores comunes y que se mantendrá la accesibilidad visual al entorno inmediato. Por tanto, sobre la instalación de las partes y obras del proyecto, se determinó que no generarán una alteración en términos significativos, ya que se trata de un paisaje que contiene muy poca variedad de atributos, puesto que corresponde a áreas urbanizadas modificadas en su composición y estructura, no constituyendo un paisaje único o representativo en la zona. Según lo antes señalado, no se obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico. En síntesis, el Proyecto no generará efectos significativos en cuanto a la visibilidad del área o sobre los atributos de una zona que a su vez se ha determinado no presenta valor paisajístico. De acuerdo con lo indicado en el Anexo 4.6 de la Adenda Complementaria, no se identifica una alteración en términos significativos de los atributos, ya que se trata de un paisaje que contiene muy poca variedad de atributos, comunes y/o recurrentes en la subzona, constituyéndose como un paisaje con intervención antrópica, donde destaca principalmente la vegetación como atributo que le da valor a la UP. Como se mencionó anteriormente, en el área de Proyecto se identificó una unidad paisajística y el análisis de los atributos que lo componen, entregaron como resultado que en la UP Pradera Matorral, valoran sus atributos visuales con una calidad visual baja. De acuerdo a lo anterior, el proyecto no alterará los atributos biofísicos del paisaje. Como se mencionó anteriormente, en el área de Proyecto se identificó una unidad paisajística y el análisis de los atributos que lo componen, entregaron como resultado que en la UP Pradera Matorral, valoran sus atributos visuales con una calidad visual baja. De acuerdo a lo anterior, el proyecto no alterará los atributos turísticos del paisaje. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.5 del ICE. El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No Aplica. Conforme a la información entregada por el titular en la caracterización arqueológica del área del Proyecto (Anexo 4.6 de la Adenda), es posible indicar que en el área de influencia del Proyecto no existen Monumentos Nacionales declarados en las categorías Monumento Histórico, Zona Típica o Monumento Público. El monumento más cercano de este tipo corresponde a las Casas patronales de la ex Hacienda Polpaico, ubicada a 3,9 kilómetros del área de Influencia. A raíz de lo anterior, se desprende que el Monumento más cercano al área de influencia del proyecto, no se verá afectado de ninguna manera. Por otra parte, de acuerdo a la información obtenida a partir de la caracterización arqueológica sub- Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
superficial realizada en los elementos patrimoniales identificados en el área de influencia del Proyecto, se afectarán once hallazgos aislados (AA02, AA03, AA06, AA07, AA08, AA09, AA10, AA14, AA15, AA19 y AA20) y parte de un sitio arqueológico (AL01_SA). Frente a esta situación, en el Anexo 5.1 de la Adenda Complementaria se presentan los antecedentes para el otorgamiento del PAS del Art. 132 del D.S. N°40/2012 del MMA, con el fin de rescatar los elementos patrimoniales indicados mediante recolecciones superficiales y excavaciones de rescate. En complemento, en el Anexo 3.3 de Compromisos Ambientales Voluntarios (CAV) de la Adenda Complementaria, se incluye la protección de la porción del sitio AL01_SA que no se verá afectada por las obras del Proyecto, el cual considera un área de 1.833 m2, así como también se presentan los CAV Inducción sobre patrimonio cultural y monitoreo arqueológico permanente. Conforme a lo expuesto, se confirma que el Proyecto no interviene o modifica ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. Acorde a lo indicado por el titular en el Anexo 4.6 de la Adenda y 5.1 de la Adenda Complementaria, de la caracterización arqueológica sub-superficial realizada en los elementos patrimoniales identificados en el área de influencia del Proyecto, se afectarán once hallazgos aislados (AA02, AA03, AA06, AA07, AA08, AA09, AA10, AA14, AA15, AA19 y AA20) y parte de un sitio arqueológico (AL01_SA). Frente a esta situación, en el Anexo 5.1 de la Adenda Complementaria se presentan los antecedentes para el otorgamiento del PAS del Art. 132 del D.S. N°40/2012 del MMA, con el fin de rescatar los elementos patrimoniales indicados mediante recolecciones superficiales y excavaciones de rescate. Acorde a lo información entregada por el Titular en el Anexo 4.7 de la Adenda, se presenta la descripción de medio humano, donde es posible identificar que no se presentan manifestaciones de cultura o folclore que puedan ser afectadas por las actividades del Proyecto. En el área de influencia existe la Asociación Indígena Willkamapu, que, si bien está inscrita en CONADI en el centro urbano de Til Til, por procesos posteriores a su creación, actualmente las integrantes residen en Huertos Familiares. La asociación cuenta con un total de 16 integrantes de los cuales 11 personas se mantienen participando de forma activa. Las integrantes corresponden a la segunda generación de mapuches, que en búsqueda de oportunidades, migró a la Región Metropolitana. En cuanto al uso de los recursos, los miembros de la comunidad no utilizan recursos naturales para la subsistencia. Dentro de la comunidad, el principal y único rito que se realiza es la celebración de wetripantu o año nuevo indígena. En relación con el lugar de realización de estas ceremonias esta ha tenido lugar en diferentes espacios y no tiene un sitio exclusivo para su ejecución. Esta ha sido llevada a cabo en la media luna de Huertos Familiares, en los terrenos de la familia Llancamil y durante el año 2020 se realizó en el Monumento memorial a Manuel Rodríjuez, en conjunto con otras asociaciones de la zona norte de la Región Metropolitana. No se identifican autoridades tradicionales y/o espirituales tales como longkos, werkenes, machis u otros. El patrimonio cultural indígena de los integrantes de la asociación radica en aspectos culturales abstractos propios de la cultura mapuche y que no están ligados a sectores territoriales sino más bien de las personas que lo ostentan. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.6 del ICE. El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso para para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Escarpe Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Atendiendo a los resultados de la prospección arqueológica presentada en el Anexo 5.1 de la Adenda Complementaria, el titular registro 8 hallazgos aislados, 2 de concentración y 1 sitio arqueológico de 18.334 m2. La carta de la institución depositaria es incorporada en Apéndice 3 del Anexo 5.1 de la ADENDA Complementaria. Una vez concluidos los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
análisis, serán embalados y trasladados según lineamientos CMN. Mayores antecedentes en el Anexo 5.1 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante Oficio ORD. N°387 de fecha 21/01/2022, se pronuncia conforme con las siguientes condiciones: “El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) da conformidad a los antecedentes entregados del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. N° 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos. En caso de que el proyecto llegase a ser aprobado ambientalmente, deberá ser tramitado por un/a arqueólogo/a profesional ante el CMN. a) Se acoge la propuesta de realizar un rescate arqueológico mediante recolección superficial de los hallazgos y concentraciones AA02, AA03, AA06, AA07, AA08, AA09, AA14, AA15, AA19 y AA20. b) Respecto al sitio AL01_SA, se acoge la propuesta de realizar un rescate del 20% de sitio mediante la excavación de unidades de 2x2 metros dentro del área del proyecto. No obstante, se solicita realizar la recolección del 100% del material presente en superficie y no el 50% como se indica en el documento. c) Una vez el proyecto cuente con RCA favorable, se deberá ingresar el Formulario de Solicitud Arqueológica al CMN con la propuesta de rescate de los sitios identificados. En ella se deberá incluir un mapa de densidad corregido del sitio AL01_SA, indicando las áreas de densidad baja, media y alta, según densidad de restos por metro cúbico o restos por litro. El mapa deberá ser elaborado utilizando intervalos más equitativos, ya que en el mapa presentado la mayoría del sitio corresponde a una misma categoría de densidad. En la propuesta de rescate se deberá indicar la distribución de las unidades, según las diferentes categorías de densidad del sitio arqueológico. d) Se acoge la propuesta de protección del sector del sitio AL01_SA que no va a ser afectado por las obras del proyecto, mediante la instalación de cercado y señalética. El cercado deberá implementarse dejando un buffer de 10 metros alrededor del sitio de acuerdo con sus límites. Esta actividad deberá ser supervisada por un/a arqueólogo/a o Licenciado/a en Arqueología y comunicada al CMN a través de un informe. Estos cercos deberán ser instalados previo al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) debiendo permanecer hasta el final de estas, de tal manera de proteger el sitio arqueológico durante la etapa de ejecución de las obras del proyecto. Los cercos son provisionales y por lo tanto deberán ser retirados una vez que finalicen las actividades del proyecto, actividad que también deberá ser informada al CMN. Se deberá remitir a la SMA y CMN un informe acerca de la implementación de estas medidas de protección, el cual deberá incluir fotografías del proceso”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.1 del ICE.
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Fosa séptica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se contempla un sistema particular de aguas servidas a base de una fosa séptica con sistema de drenes de infiltración y tendrá una capacidad de 2.000 litros. El retiro de las aguas servidas será cada 6 meses para luego ser dispuesto en lugar autorizado por la SEREMI de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Salud. Mayores antecedentes en el Anexo 5.1 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N°2292 de fecha 13/07/2021, se pronuncia conforme señalando que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.2 del ICE.
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Acopio de residuos industriales no peligrosos y residuos domiciliarios.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Residuos domiciliarios: Durante la fase de construcción y cierre, los residuos generados en los frentes de trabajo serán almacenados temporalmente dentro de bolsas plásticas en contenedores tapados, en el lugar de generación para luego ser llevados al área de almacenamiento residuos sólidos domiciliarios una vez al día, donde se almacenarán en contendores de capacidad de 60 y 110 litros. Estos residuos serán retirados 2 a 3 veces a la semana y trasladados a un sitio de disposición final autorizado. En el caso de la fase de operación, estos residuos serán retirados por el personal al término de cada jornada de mantención y se dispondrán los residuos fuera de las instalaciones en un lugar autorizado. Se estima la generación de 800 kg/mes de estos residuos en cada una de las fases (construcción y cierre). Residuos industriales no peligrosos: Los residuos industriales no peligrosos en todas las fases serán trasladados desde su lugar de generación hasta la zona de acopio para RISES, separando los residuos en contenedores especialmente habilitados para cables, chatarra, pallets, madera, fierros y metales, plásticos, piezas eléctricas en desuso, escombros, módulos fotovoltaicos en desuso, entre otros. Contará con un portón para controlar el acceso, donde sólo podrá ingresar personal autorizado para ello. Los contenedores serán de metal y resistentes a condiciones ambientales. Según la estimación de RISES, se utilizarán contenedores con capacidad de 500 y 20.000 l, dependiendo de las densidades y cantidades de cada residuo a generar. Preliminarmente, se estima que los RISES serán retirados con una frecuencia de 30 días por una empresa autorizada hacia un sitio de disposición final igualmente autorizado, lo que podrá ser ajustado a la tasa real de generación observada ser enviados a lugar de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región. Mayores antecedentes en la Tabla 7 del Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N°2292 de fecha 13/07/2021, se pronuncia conforme señalando que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.3 del ICE.
6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
que aplica
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos de 7,5 m2, ubicada en la instalación de faenas. Allí se mantendrán los residuos en contenedores herméticos, identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N° 148/2003 MINSAL. La disposición de estos residuos se realizará cada 6 meses y estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud y serán llevados a un sitio de disposición autorizado por la SEREMI de Salud. Mayores antecedentes en la Tabla 30 de la Adenda y Anexo 5.4 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N°2292 de fecha 13/07/2021, se pronuncia conforme señalando que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.1.4 del ICE.
6.1.5. Pronunciamiento de Calificación de instalaciones industriales y de bodegajes según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El Proyecto consiste en la construcción y operación de un Parque Solar Fotovoltaico que producirá energía mediante la conversión de energía solar en energía eléctrica por medio de 18.116 módulos fotovoltaicos, para inyectar una potencia nominal de 9,78 MW al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El Proyecto se implementará sobre un polígono de 14,33 ha de superficie. El Proyecto considera la construcción y/o montaje de las siguientes obras, equipos y componentes permanentes: • Módulos fotovoltaicos • Estructura soportante • Inversores • Subestacion transformadora • Caminos internos • Cerco perimetral • Línea de Evacuación Eléctrica • Distribución interna de baja tensión • Sistema de puesta a tierra • Sensor meteorológico • Bodega de RESPEL • Módulos sanitarios • Bodega de materiales • Fosa séptica • Estacionales de vehículos livianos • Zona de acopio de residuos no peligrosos En el Anexo 5.5 de la Adenda Complementaria de la Adenda Complementaria se presentan mayores antecedentes. Respecto del plano de planta del Proyecto, éste se encuentra en el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. ORD. N° 2292 de fecha 13/07/2021, se señala que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del Pronunciamiento, calificando la actividad como Inofensiva. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9.2 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto Tabla 7.1 Norma Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S N° 31/2016 del Ministerio de Medio Ambiente, que Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de la fase de construcción, operación y cierre Forma de cumplimiento En el Anexo 3.2 de la Adenda, se presenta el Estudio de Emisiones Atmosféricas actualizado, donde se presenta el cálculo y el cumplimiento al presente Decreto. De acuerdo a los resultados obtenidos en dicho estudio y en comparación con los límites máximos de emisión para los contaminantes establecidos en el D.S. N°31/2016 del MMA (PPDA para la Región Metropolitana), se concluye que el proyecto no requiere compensar sus emisiones para todas las fases del proyecto. Además, se contemplan las medidas de control que se indican a continuación: • Durante la fase de construcción y cierre, se humectarán frentes de trabajo, áreas de tránsito al interior de la Instalación de Faenas y para actividades que generen movimientos de tierras (carga y descarga de camiones, excavaciones). Para este efecto, se implementará un camión aljibes, previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino. Se considera para caminos sin pavimentar del proyecto, el uso de supresor de polvo marca Suppol (o similar) para el cual se cuenta con mediciones de eficiencia en aplicaciones de caminos sin pavimentar en la Región Metropolitana, con un valor medido de 93% de eficiencia. • Se velará por el cumplimiento de esta norma exigiendo por parte del Titular a los contratistas: el transporte en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería; y vehículos utilizados en la faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. • El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. • Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto. • Se exigirá que los vehículos y maquinarias que se encuentren detenidos y sin operar, mantengan sus motores apagados. • Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector. Al respecto de acuerdo a lo indicado por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio ORD. N° 71 de fecha 20/01/2022, esta se pronuncia conforme. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de humectación. • Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
• Registro fotográfico de camiones con carga cubierta en fase de construcción. • Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación • Registro de señaléticas que restrinjan la velocidad máxima Forma de control y seguimiento • Libro de revisión técnica de los vehículos. • Libro de registro fotográfico de los camiones con carga cubierta. • Señalética de velocidad máxima permitida. • Registro de la humectación en actividades que generen movimientos de tierra.
Tabla 7.2. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D. S N° 144/1961, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza. Otros cuerpos legales D.S Nº 47/1992 MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción y cierre, se humectarán frentes de trabajo, áreas de tránsito al interior de la Instalación de Faenas y para actividades que generen movimientos de tierras (carga y descarga de camiones, excavaciones). Para este efecto, se implementará un camión aljibes, previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino. Se considera para caminos sin pavimentar del proyecto, el uso de supresor de polvo marca Suppol (o similar) para el cual se cuenta con mediciones de eficiencia en aplicaciones de caminos sin pavimentar en la Región Metropolitana, con un valor medido de 93% de eficiencia. Se velará por el cumplimiento de esta norma exigiendo por parte del Titular a los contratistas: el transporte en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería; y vehículos utilizados en la faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías interiores del recinto. Se exigirá que los vehículos y maquinarias que se encuentren detenidos y sin operar, mantengan sus motores apagados. Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector. Mayores antecedentes en la Tabla 38 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento • Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. • Registro fotográfico de camiones con carga cubierta en fase de construcción: Fecha, hora y empresa contratista. • Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación • Registro de señaléticas que restrinjan la velocidad máxima. • Registro de la humectación en actividades que generen movimientos de tierra. • Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. • Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento • Libro de revisión técnica de los vehículos. • Libro de registro fotográfico de los camiones con carga cubierta. • Señalética de velocidad máxima permitida. Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado.
Tabla 7.3 Norma Establece los Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica Componente/materia: Emisiones sonoras Norma D.S Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica. Otros cuerpos legales asociados D.S. Nº47/1992, MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), artículo 5.8.4 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones. Forma de cumplimiento En el Anexo 4.5 de la Adenda Complementaria se presentan los antecedentes para justificar que el proyecto cumple con los límites máximos permitidos en el D.S. N°38/2011 del MMA para todas las fases del proyecto. las medidas de control del proyecto para cada una de las fases del Proyecto. El Titular implementará las siguientes medidas de control de ruido, como parte del cumplimiento normativo asociado a la presente norma: • Desarrollo de las faenas de construcción exclusivamente en el periodo diurno, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. • Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso. • Mantención regular de los equipos. • Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N°2292 de fecha 13/07/2021 se pronuncia conforme. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico de las medidas a implementar en cada una de las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro y control de mantenimiento las fuentes de ruido declaradas.
Tabla 7.4 Norma que obliga a declarar emisiones que indica Componente/materia: Emisiones Norma D.S. Nº 138/2005, Ministerio del Medio Salud que “Establece la obligación de declarar emisiones que indica” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica
Equipos electrógenos Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción y cierre se tiene contemplado el uso de un grupo electrógeno de 5 kVA en los frentes de trabajo y un grupo electrógeno de 10 kVA en la instalación de faenas para proveer de energía eléctrica. Indicador que acredita su cumplimiento
El Titular cumplirá con declarar sus emisiones, anualmente, a través del formulario electrónico disponible en el sistema de ventanilla única RECT, página web http://vu.mma.gob.cl del Ministerio el Medio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Ambiente. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso a la plataforma de reporte anual de emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes.
Tabla 7.5 Norma que aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC Componente/materia: Residuos y emisiones Norma D.S Nº 1/2013, Ministerio del Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento El Titular cumplirá con declarar sus emisiones, anualmente, a través del formulario electrónico disponible en el sistema de ventanilla única RECT, página web http://vu.mma.gob.cl del Ministerio del Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso a la plataforma de reporte anual de emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes. Forma de control y seguimiento Revisión anual de cada declaración de emisiones realizada.
Tabla 7.6 Código Sanitario y Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Residuos y emisiones atmosféricas Norma D.F.L N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Otros cuerpos legales D.S N° 594/1999, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Emisiones: Dar cumplimiento a las medidas indicadas en la Tabla 8.2.1 del ICE.
Residuos: Durante la fase de construcción, operación y cierre, se habilitará una zona de acopio para residuos industriales no peligrosos, ubicada en la instalación de faenas. La frecuencia de retiro se evaluará según la cantidad generada de manera de no provocar un grado de acumulación que entorpezca el correcto manejo del área de acopio. Sin perjuicio de lo anterior, se considerará el retiro cada 30 días por una empresa autorizada. Su traslado y disposición final se realizará en cumplimiento de la normativa ambiental. Con respecto a los residuos peligrosos, en el caso de los paneles fotovoltaicos que se encuentran averiados o defectuosos, se dispondrán en un área destinada exclusivamente a su acopio manejándose como residuos peligrosos. Respecto a otros residuos peligrosos, estos corresponderán principalmente a trapos y EPP contaminados, pilas/baterías, lubricantes usados, envases de pinturas vacíos, brochas usadas y paneles en desuso. Estos residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores metálicos al interior de las bodegas RESPEL, las cuales darán cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 33 del D.S. N°148/03 de MINSAL. Durante la construcción, operación y cierre del Proyecto, se contempla la habilitación de una bodega de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
residuos peligrosos al interior del área del Proyecto. La frecuencia de retiro hacia el lugar de disposición final será variable de acuerdo a las actividades desarrolladas en cada fase del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, se considerará el retiro semestral de este tipo de residuos. Su traslado y disposición final se realizará en cumplimiento de la normativa ambiental. Por lo demás, se elaborará la declaración de residuos peligrosos correspondiente en el SIDREP al momento del retiro de los RESPEL, respectivamente. Mayores antecedentes en los Anexos 5.3 y 5.3 de la Adenda Complementaria. Durante las fases de construcción y cierre será necesario utilizar baños químicos, considerando que: • El número mínimo de artefactos se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N°594/1999 del MINSAL. • Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. • El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. Para la fase operación implementará una fosa séptica con sistema de infiltración, cuyas aguas serán incorporadas al suelo mediante drenes de infiltración. Tendrá una cuya capacidad máxima será de 1,6 m3/día, la cual podrá abastecer los requerimientos de la Fase de Operación (mano de obra máxima de 8 trabajadores). Se realizará el retiro de lodos de la fosa a través de un servicio de limpia fosas con una frecuencia semestral, o con mayor frecuencia si se requiere. El material será retirado por una empresa debidamente autorizada y dispuesto en una planta de tratamiento o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región Metropolitana. Mayores antecedentes en la Tabla 30 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Emisiones: • Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas (Check-list), y registro fotográfico de las medidas de control. • Declaración de emisiones en el RECT, informe anual de monitoreo y copia de las revisiones técnicas al día. Residuos: • Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. • Autorización sanitaria de construcción y funcionamiento del sitio para almacenamiento temporal de RSD, temporal de RSINP, temporal de RESPEL. • Registro de retiro de los residuos por parte del transportista autorizado. • Copia de la autorización sanitaria del transportista a cargo del retiro de los residuos. • Copia de la autorización sanitaria de la empresa a cargo de la disposición final de los residuos. • Declaración de RESPEL realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Remitir registro de los residuos generados en fase de construcción con su respectiva documentación de respaldo (boleta, factura, guía de despacho, certificado de destinatario, etc.), a la Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente RMS, SEREMI de Salud RMS.
Tabla 7.7. Norma: Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Componente/materia: Residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Norma D.S N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de residuos peligrosos Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos se almacenarán en un sector que cumplirá las condiciones descritas en el Anexo 5.4 de la Adenda Complementaria. El periodo de almacenaje de los residuos en este recinto no excederá los 6 meses. El retiro y disposición final de estos residuos se realizará mediante empresas autorizadas. Indicador que acredita su cumplimiento • Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada. • Resoluciones sanitarias correspondientes a la aprobación del proyecto y de funcionamiento de las bodegas para el almacenamiento de los residuos peligrosos. ▪ Declaración de Residuos Peligrosos (RETC) (Sidrep, http://sidrep.minsal.gov.cl) Forma de control y seguimiento • Registro en obra de los comprobantes de retiro, transporte y disposición final por personas autorizadas. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización. ▪ Libro de autorizaciones y registros disponibles y actualizados para fiscalización de la Autoridad.
Tabla 7.8. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma D.S N° 43/2015, que “Aprueba el Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” del MINSAL. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción y cierre, se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas en pequeñas cantidades, correspondiente a spray de zinc, espuma de poliuretano, entre otras. Para su almacenamiento, se indica que, estas sustancias se almacenarán en la bodega de materiales que cumplirá con el D.S N°43/2015 del MINSAL. Estas sustancias se encontrarán en cantidades inferiores a las establecidas en el art. 20 del D.S N°43/2015 del MINSAL, por lo cual su almacenamiento será en una gaveta de sustancias peligrosas, la cual contará con las condiciones de seguridad requeridas en los art 21, 22, 23 y 24 del mismo reglamento. Estas serán transportadas por servicios autorizados por la SEREMI de Salud y los residuos generados serán por el manejo de estas sustancias serán almacenados en la bodega de acopio de residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento • La bodega SUSPEL dispondrá con hojas de seguridad y plan de emergencia en caso de derrames. • Registros de transporte de sustancias peligrosas, llevados a cabo por empresas autorizadas. • Registros de almacenamiento de las sustancias peligrosas, en bodega SUSPEL cumpliendo con normativa vigente. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán disponibles los registros atingentes a la normativa para la revisión de la autoridad fiscalizadora.
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Tabla 7.9 Ley 20.920 del Ministerio del Medio Ambiente que Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. (Ley REP) Componente/materia: Residuos Norma Ley 20.920 del Ministerio del Medio Ambiente que Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. (Ley REP) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones Forma de cumplimiento Para llevar a cabo el cumplimiento de la ley REP, se entiende que los titulares o administradores de proyectos fotovoltaicos pasarán a ser “productores de productos prioritarios” por importar paneles solares a Chile para la construcción y operación de sus proyectos, situación que debe ser reglada a través de los respectivos decretos de aparatos eléctricos y electrónicos y de envases y embalajes, cuando estos entren en vigencia. Por mientras, se deberán seguir las indicaciones del artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920/2016 del MMA, y declarar paneles, cajas y embalajes a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de los residuos envases y embalajes en el RETC.
7.2 Normas relacionadas con Patrimonio cultural
Tabla 7.2.1. Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Patrimonio cultural Norma Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra
Forma de cumplimiento Ante el hallazgo de materiales arqueológicos, antropológicos o paleontológicos, con ocasión de cualquier movimiento de tierra del Proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se informará de inmediato y por escrito al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Se contemplan las siguientes acciones: • Se detendrán las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que éste es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del Proyecto. • Se delimitará y señalizará correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
que limite y resguarde el hallazgo. • Se notificará al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación. Asimismo, este protocolo se incluirá en las charlas de inducción a los trabajadores del Proyecto tomando en cuenta para ello la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que evidencie la paralización de las obras en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico. Forma de control y seguimiento No aplica
7.3 Normas relacionadas con vialidad del Proyecto
Tabla 7.3.1 Norma que “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964 y del D.F.L N° 206, de 1960”, sobre Construcción y Conservación de Caminos. Componente/materia: Vialidad Adyacente Norma D.F.L Nº 850/1998, Ministerio de Obras Públicas, “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964 y del D.F.L N° 206, de 1960”, sobre Construcción y Conservación de Caminos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular Forma de cumplimiento El Titular gestionará el transporte y disposición final de todos los desechos a través de empresas que cuenten con las Resoluciones sanitarias correspondientes, en todas las fases del Proyecto. Además, mantendrá el registro de los certificados de disposición final en las oficinas del Proyecto para acreditar el cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento • Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RSINP. • Registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final. • Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RESPEL. Declaración de Residuos Peligrosos (RETC) (Sidrep, http://sidrep.minsal.gov.cl) Forma de cumplimiento Se mantendrán autorizaciones y registros disponibles y actualizados para revisión de la Autoridad.
Tabla 7.3.2. Norma de emisiones vehículos motorizados livianos Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control” Otros cuerpos normativos D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma sobre vehículos motorizados livianos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se Fase de construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular Forma de cumplimiento Sólo se utilizarán vehículos y maquinarias que cuenten con sus revisiones técnicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permitirá verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto.
Tabla 7.3.3. Reglamento de transporte de cargas peligrosas por calles y camino Componente/materia: Vialidad Adyacente Norma D.S N° 298/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamento de transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular Forma de cumplimiento El transporte de sustancias peligrosas será efectuado en camiones especialmente dispuestos para esto y por empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas. El titular exigirá contractualmente a las empresas encargadas del transporte de este tipo de sustancias, que esta actividad se realice conforme a los requerimientos de este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de inspección visual de los vehículos.
Forma de control y seguimiento Libro de registro fotográfico de los vehículos que transporten cargas peligrosas (como, por ejemplo, sustancias peligrosas).
Tabla 7.3.4. Norma que establece Dimensiones Máximas a Vehículos Que Indica Componente/materia: Vialidad Adyacente Norma D.S N° 158/1980, Ministerio de Obras Públicas, “Establece los pesos brutos máximos en carreteras y en vías urbanas” y Resolución N° 1/1995, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Dimensiones Máximas a Vehículos Que Indica”. Otros cuerpos normativos D.S Nº 200/93 del Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular Forma de cumplimiento No se contempla la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del anillo de Américo Vespucio, en cuanto no es parte de las rutas del Proyecto. Sin embargo, los servicios de transportes de materiales y carga del Proyecto cumplirán con las disposiciones de esta Ley, estableciendo un control de ingreso a contratistas de transporte. Además, se cumplirá con los pesos establecidos en la presente Resolución. Sin embargo, cuando se requiera transportar componentes y/o insumos que superen los límites de peso y/o volumen indicados en la normativa en comento, se solicitarán los permisos respectivos a la Dirección de Vialidad Regional. Indicador que acredita su cumplimiento • Control de ingreso y su respectivo registro a contratistas de transporte. • Capacitación (inducción) a trabajadores nuevos a cargo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
conducción de camiones. Forma de control y seguimiento • Libro de control de ingreso de los vehículos a la obra, disponibles y actualizados para revisión de la Autoridad. • Revisión periódica de cláusulas en contratos. • Registros de inducción.
Tabla 7.3.5. Norma que establece condiciones para el transporte de cargas que indica Componente/materia: Emisiones a la atmósfera Norma D.S N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Flujo vehicular Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro fotográfico de camiones con carga y lista de chequeo. • Registro de la actividad de inspección visual in situ de camiones con carga y al registro de chequeo de carga. Forma de control y seguimiento • Control y seguimiento de revisión técnica al día y visualización del sello verde adherido en buen estado. • Inspección visual al ingreso y/o Salida del Proyecto respecto de que todo vehículo que transporte carga cuente con protección para evitar caídas.
Tabla 7.3.6. Norma que establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados y medianos Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S N° 55/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados” Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 54/94 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión aplicable a vehículos motorizados medianos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, serán las establecidas en esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento de revisión técnica al día y visualización del sello verde adherido en buen estado.
7.4 Normas relacionadas con fauna
Tabla 7.4.1. Reglamento Ley de Caza Componente/materia: Fauna Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Norma Decreto N° 5 del Ministerio de Agricultura, “Reglamento Ley de Caza” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se respetarán las prohibiciones establecidas en la Ley y su Reglamento, en particular en los artículos 3°de la Ley y 4° del Reglamento (caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre en categoría de conservación); 5° de la Ley (levantar nidos, destruir madrigueras y recolectar huevos y crías) y 7° de la Ley (caza o captura en ciertas áreas). Durante todas las fases se realizarán capacitaciones al personal. Se especificará la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos, o recolectar huevos o crías, así mismo, se prohibirá la alimentación de animales domésticos y silvestres. Se dará aviso oportuno al SAG, en caso de accidentes o capturas durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Forma de cumplimiento • Registro de realización de capacitaciones. • Registro de aviso en caso de accidentes o capturas de fauna. Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantendrán los registros de las charlas y fotografías realizadas a disposición de la Autoridad para fiscalizaciones. • Registro en faena de los eventos de accidentes o capturas de fauna y su respectivo aviso a la Autoridad según Plan de contingencias y emergencias.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Condición o Exigencia 1 8.1. Condición o exigencia 1: Transporte y vialidad adyacente Impacto no significativo asociado Aumento de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Condición • El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, de la Región Metropolitana, en su Oficio. ORD. N°6120 de fecha 12/03/2021, el que señala: “1.Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. 2. No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. 3. Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. 4. Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. 5. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. 6. Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita. 7. El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. 8. Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. 9. Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. 10. Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. 11. No se realizará acopio de materiales en la vía pública”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
8.2. Condición o Exigencia 2 8.2. Condición o exigencia 2: Recursos hídricos Impacto no significativo asociado Recursos hídricos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Condición • El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, en su Oficio. ORD. N°53 de fecha 20/01/2022, el que señala: “Que, tal como se informó al Titular durante el proceso de evaluación, el área de proyecto se encuentra en el Sector Chacabuco Polpaico (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico. Que, tal como se señaló al Titular durante el proceso de evaluación, debe tener presente que, como parte del proyecto, la Fase de Cierre debe considerar el pleno restablecimiento del escurrimiento natural de las aguas en su condición original. Que, en la Respuesta 1.12 del Adenda Complementaria el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de un afloramiento de aguas (napas colgadas u otras) en Fase de Construcción, medida que resulta relevante para la evaluación ambiental del proyecto, pues se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA. La medida debe estar contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias y corresponde a la siguiente: “Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales”. Que, en la DIA el Titular establece aplicar la siguiente medida en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos del área de proyecto, medida que resulta relevante para la evaluación ambiental del proyecto, pues se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA. La medida debe estar contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias y corresponde a la siguiente: “En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.” Que, tal como se señaló durante el proceso de evaluación, el Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final siendo necesario mantener un registro, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico. Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.3 del Adenda 1 el Titular declaró: “Es importante aclarar que, durante la fase de construcción, el cierre perimetral del Proyecto no impedirá el acceso a los cursos de agua presentes en el área del Proyecto, dado que estos se emplazan fuera del área donde se instalarán las partes y obras del Proyecto, por ende, las actividades de limpieza y mantenimiento por parte de la administración de canalistas que están a cargo de los canales colindantes al área del parque, podrán ser ejecutadas sin ningún problema. Lo anterior se evidencia en la Actualización del Estudio de Hidrología adjunto en el Anexo 4.8 de la ADENDA. Sin prejuicio de lo anterior, de necesitarse acceso al predio, el administrador de este procederá de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Código de Aguas, por lo que, en virtud la administración del parque fotovoltaico dará las facilidades de acceso y paso para las correspondientes labores de limpieza y gestión de las aguas a los administradores de canales colindantes al Proyecto. De acuerdo a lo anterior, las medidas que se contemplan se encuentran asociadas al libre tránsito al interior del área del parque fotovoltaico, previa solicitud a la administración del parque, para acceder a la servidumbre de los canales y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
todas otras necesarias para que los usuarios del canal puedan ejercer los derechos de agua correspondientes”. Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.28 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se acoge la solicitud y el Titular informa que el abastecimiento de agua para las labores de humectación de frentes de trabajo, para las fases de construcción y cierre, y el abastecimiento de agua destinada para el lavado de módulos fotovoltaicos durante la fase de operación; será adquirido mediante proveedores autorizados para estos efectos, donde se exigirá a la empresa proveedora que cuente con los permisos y autorizaciones correspondientes. Conforme a lo expuesto, y como medio de verificación, el Titular se compromete a mantener registros en obra de estos permisos y facturas de adquisición ante eventuales fiscalizaciones. Finalmente, se hace presente que los proveedores seleccionados contarán con los respectivos derechos y permisos requeridos para extraer y explotar este recurso natural renovable (agua) como parte de su actividad, abasteciendo el requerimiento mediante camiones aljibes, de este modo las necesidades del recurso agua por parte del Titular, se satisfacen sin tener que recurrir a extraer o explotar este recurso”. Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.41 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se informa que el proyecto no contempla sistema de saneamiento y evacuación de aguas lluvias, por lo que no se han definido obras en esa materia. Lo anterior se debe a que el Proyecto con sus actividades, no modificará el sistema de escorrentías existente en el predio, por lo que las aguas podrán escurrir e infiltrar de manera natural”. Que, respecto del Compromiso Ambiental Voluntario de Mejoramiento de Suelos, el Titular no declara el origen del agua ser utilizada en el compromiso (subterránea o superficial). Al respecto, es necesario precisar que el Titular debe tener presente que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorgan a los particulares el derecho de aprovechamiento sobre ellas, en conformidad a la disposición de Código de Aguas en sus artículos 5° y siguientes. Excepcionalmente, podrá permitirse el uso de ciertas aguas, como es el caso del artículo 11 del Código, el cual permite “servirse de las aguas lluvias que corren por un camino público”, o el artículo 44 del Código que permite el uso de derrames que escurren a predios vecinos sin necesidad de obtener un derecho de aprovechamiento, hipótesis específicamente reguladas en el mismo Código. Por lo tanto, el Titular sólo podrá hacer uso de las aguas en caso de contar con los derechos de aprovechamiento respectivos o encontrarse en algunas de las hipótesis legales de uso de las mismas, según corresponda. Que, se debe tener presente que en la Respuesta 9.23 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se acoge la solicitud y una vez obtenida la RCA favorable se procederá de acuerdo a lo exigido por la normativa vigente”, ello respecto de la declaración de la disposición de aguas tratadas mediante drenes de infiltración durante la Fase de Operación para dar cumplimiento al procedimiento de caracterización de las aguas ante la Superintendencia del Medio Ambiente, según lo establece la Resolución Exenta N° 483 del 25 de mayo de 2017, que Aprueba Procedimiento Técnico para la Aplicación del Decreto Supremo MINSEGPRES 46/2002 (http://www.sma.gob.cl/index.php/normas-de-emision) y así determinar si el establecimiento emisor califica o no como fuente emisora, considerando entre otros procedimientos y según corresponda, la posterior presentación ante DGA RMS del respectivo Estudio de Vulnerabilidad de Acuífero, según lo señalado en el Manual para la Aplicación del Concepto de Vulnerabilidad de Acuíferos (DGA. 2004) establecido en la Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas D.S. N°46/2002 del MINSEGPRES”.
8.3. Otras condiciones
8.3. Condición o exigencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en la respuesta 1.3 de la Adenda Complementaria indica: “el Proyecto mantendrá un registro fotográfico en faena del tránsito de vehículos del proyecto por el camino de acceso interno, además del aviso de inicio de la fase de construcción del Proyecto”.
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en la respuesta 1.6 de la Adenda Complementaria, referida a la medida de restaurar la geomorfa: “Para verificar el éxito de la medida o actividad propuesta para la restauración de la geomorfa, además de la densidad aparente, se medirán los siguientes parámetros en los 12 puntos de muestreo correspondientes a las calicatas indicadas en el Anexo 4.13 de la Adenda. Estos parámetros se encuentran indicados en la Pauta para Estudios de Suelos SAG, rectificada (2011) como parámetros descriptivos de suelos que permiten la clasificación de Clase de Capacidad de Uso, correspondientes a: 1. Profundidad, 2. Pendiente, 3. Pedregosidad superficial y 4. Drenaje. Las medidas por considerar una vez terminado la fase de cierre del proyecto en zonas de alto impacto procederán de la siguiente forma: o Una vez terminada la fase de cierre del Proyecto y una vez se haya hecho el retiro de todas las estructuras construidas, se realizará un análisis de densidad en los primeros 0,25 m de profundidad, se medirá la profundidad efectiva del suelo, la pendiente, predregosidad y drenaje. De esta forma se podrá cuantificar el efecto del Proyecto en la compactación del lugar con relación a las condiciones anteriores a este. o Si los valores medidos, superan los determinados en forma previa a la fase de construcción del Proyecto, se ejecutarán las medidas (que se describen a continuación), y se medirá nuevamente la densidad del suelo superficial. o Subsolado: el área afectada será trabajada con una excavadora equipada con garra, con el propósito de fracturar la capa compactada subsuperficial sin invertir el suelo superficial. o Equipo de nivelación con pala diagonal impulsado por tractor de 85HP. o Rastra de discos: Posterior al subsolado, se aplicará una labranza secundaria, superficial mediante una rastra de discos con el objetivo de disgregar los terrones. o Determinación de densidad aparente. o Repetición total o parcial de las medidas en caso de ser necesario. Los indicadores que determinarán el éxito de las actividades de restauración serán los parámetros de caracterización y evolución, que corresponden a la densidad aparente del suelo. El seguimiento de la compactación se realiza previo al inicio de la fase de construcción, para cuantificar la compactación histórica del lugar y cómo evoluciona en el transcurso del proyecto. Con los resultados de laboratorio posteriores a la realización de las medidas (última etapa), se evaluará la necesidad de aplicar nuevamente la medida propuesta (descompactación) y se elaborará un informe que identificará en cada punto de control la obtención de los siguientes datos: o Georreferenciación del punto de control. o Compactación existente previa a la instalación de la obra del sector o unidad. o Compactación existente una vez finalizada la fase cierre. o Compactación existente posterior a la aplicación de la medida (en caso de ser necesaria la implementación de la medida). Los parámetros descriptivos serán medidos una vez finalizadas las actividades de restauración de la geomorfa, y serán comparados según los resultados obtenidos en la etapa previa a la ejecución del Proyecto según se presentan en el Anexo 4. 13 de la Adenda y en el apéndice 1 del Anexo 5.2 de la presente Adenda Complementaria y según los parámetros que entrega la Pauta para Estudios de Suelos SAG, rectificada (2011). En cuanto a las estructuras que se posan sobre lozas de cemento, estas deben ser destruidas y retiradas del lugar, para así ser llevadas a un centro de acopio autorizado”. Mayores antecedentes en la Tabla 8 de la Adenda Complementaria”.
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en la respuesta 12.1 de la Adenda Complementaria: “se mantendrán en faenas copias de los registros de mantenciones, revisiones técnicas, fotografía y contratos con proveedores donde se acredite la exigencia de utilizar maquinaria que cumpla con la tecnología TIER II”.
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en la respuesta 1.4 de la Adenda, referido a: “(…) horario de trabajo durante la fase de construcción y cierre será de lunes a viernes en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
horario diurno, en jornadas de 08:00 a 18:00 horas”.
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en la respuesta 1.34 de la Adenda, que indica que el titular mantendrá registro actualizado en faena de los talleres autorizados en la comuna para la mantención de vehículos y maquinarias.
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en las respuestas 9.1 a la 9.23 de la Adenda: “El abastecimiento de combustible desde instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); que se realizará para vehículos pesados dispuestos en terreno y vehículos livianos, señalado en el numeral1.7.5.4 Combustible de la sección 1.7.5 Suministros Básicos del CAPÍTULO 1.DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, de la DIA en comento, debe cumplir con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, modificado por los Decreto Supremo N°101/2013 y N° 138/2016, ambos del Ministerio de Energía y de realizarse mediante camiones aljibes o surtidores, dichos camiones deben contar con la correspondiente Declaración de Camión Tanque de Combustibles Líquidos ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles”.
Cumplimiento de los siguientes cuerpos normativos: “a. D.F.L. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores. b. D.S. Nº 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”. c. D.S. N° 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones posteriores. d. D.S. N° 244 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que "Aprueba Reglamento para Medios de generación No Convencionales y Pequeños Medios de Generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores e. Resolución Exenta Nº 321, del 21 de julio de 2014, del Ministerio de Energía, que dictó la “Norma Técnica con exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema Interconectado Central”, y sus modificaciones posteriores. f. Resolución Exenta N° 329 de 2013, de la Comisión Nacional de Energía que modifica y aprueba texto refundido de la “Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión” y sus modificaciones posteriores. g. D.S. N° 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCH Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984". h. D.S. N° 4188 de 1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”. i. D.S. N° 1261 de1957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas ”. j. Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”. k. Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos"”.
“Los grupos electrógenos para el suministro de energía eléctrica de la instalación de faenas de 10 KVA y otro móvil de 5 KVA, de capacidad nominal, ubicado en los frentes de trabajo para la maquinaria que así lo requiera, mencionados en el numeral 1.6.3.2.6 Grupo electrógeno de la sección1.6.3.2 Instalación de Faenas y en el numeral 1.7.5.1 Suministro Eléctrico de la sección 1.7.5 Suministros Básicos correspondientes al CAPÍTULO 1DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, de la DIA en comento, deberán contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la SEC, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles””.
“Las instalaciones interiores de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, para la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
fase de construcción del Proyecto, conectada a las unidades de grupos electrógenos, citados en el numeral 13precedente, como la energía que fuese necesaria para la operación del parque fotovoltaico (iluminación, cámaras, herramientas para mantenciones, etc.) que será suministrada directamente desde la red de distribución a la que se conecta e inyecta la energía el PFV, mediante instalaciones eléctricas mencionadas en el numeral 1.8.5.1 Suministro Eléctrico de la sección 1.8.5 Suministros Básicos, del CAPÍTULO 1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, de la DIA en comento, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la SEC, mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de la Superintendencia” y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior””.
“Respecto del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias adjunto en el Anexo 1.6 de la DIA, el titular deberá tener presente lo establecido en la Resolución N° 885/2016 que establece “Normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental” y la Resolución N°1610/2018 que “Dicta instrucción de carácter general sobre deberes de actualización de Planes de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencias, y remisión de antecedentes de competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, a través del sistema RCA”, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente”.
“a. El titular deberá considerar que en su generalidad, el manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición. b. Respecto de los residuos domiciliarios generados en la fase deconstrucción y cierre, el titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, estos residuos deben ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad. c. El titular deberá disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción (restos de hormigón, enfierraduras, materiales sintéticos, madera, etc.), en botaderos o en pozo con planes de recuperación de suelos, autorizados por esta Secretaría Ministerial de Salud, procediendo a informar del lugar seleccionado. El listado de los lugares autorizados aparece en www.asrm.cl. d. Es responsabilidad del titular del proyecto, la instalación, mantención y limpieza de los servicios higiénicos provisorios, a saber, los baños químicos y duchas con recinto de vestuario para la totalidad de los trabajadores, durante la fase de construcción del proyecto. e. La provisión de servicios higiénicos para los trabajadores deberá ajustarse en todo momento a las exigencias establecidas en el D.S. 594/99del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias ambientales básicas en los lugares de trabajo” y sus modificaciones, en lo que se refiere a cantidad, ubicación, transporte y limpieza de estas instalaciones. f. El proyecto deberá, en todo momento, contar con abastecimiento de agua potable para sus trabajadores que cumpla con la calidad establecida en el D.S. 735/69, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones según D.S. Nº 131/06 y D.S. N° 76/09 y el D.S. 594/99, del MINSAL”.
“El proyecto se ubica en el eje de las quebradas NN40 Polpaico 1 y 2, sin embargo, presenta un estudio geológico que clasifica el riesgo de remoción en masa de moderado a bajo. Téngase presente que, al momento de solicitar el permiso de edificación debe dar cumplimiento al Art. 2.1.17 de la O.G.U.C”.
“Que, en caso de hallazgo paleontologico no previsto: Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se deberán considerar 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. b. Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. c. Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se deberá disponer para ello dela señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. d. Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990”.
“El titular deberá, previo al inicio de las obras de construcción, solicitar el Permiso de Edificación en la Ilustre Municipalidad de Til Til”
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en las respuestas 9.25 a la 9.27 de la Adenda, referidas a: “Respecto de las Líneas de Transmisión Eléctrica u otras instalaciones permanentes, todo acceso, paralelismo y atravieso que se verifique en la faja vial de rutas MOP, debe ser revisado, aprobado y autorizado, bajo las condiciones que ella establezca, de acuerdo a los Arts 40 y 41 del D.F.L N°850/1997 del MOP, y las instrucciones sobre Paralelismo y Atraviesos en Caminos Públicos. Para mayor precisión se solicita presentar archivo .KMZ donde indique en detalle la línea de transmisión eléctrica al punto de conexión”
“El titular deberá dar cumplimiento al Artículo 2.2.3. de la OGUC, referido a: “La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación o demolición de edificios, no generan, por sí solas, obligación de ejecutar obras de urbanización, sin perjuicio de las reposiciones que corresponda realizar en el espacio público por eventuales daños producidos por las faenas de construcción propias del proyecto”. Por tanto, se solicita restaurar a su estado original cualquier vía, espacio, u otra infraestructura pública que resultase afectada por acciones y actividades del Proyecto”.
“Cualquier iniciativa o acción que producto del proyecto pudiere eventualmente implicar algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada y aprobada por los Servicios competentes del MOP”.
• El titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en las respuestas 9.29 y 9.30 de la Adenda, referidas a: “El Proyecto cumplirá con los pesos establecidos en la Res. N°1/1995 y del D.F.L. 1/2009 ambos del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Sin embargo, cuando se requiera transportar componentes y/o insumos que superen los límites de peso y/o volumen indicados en la normativa en comento, se solicitarán los permisos respectivos a la Dirección de Vialidad Regional”.
“Todas las temáticas relacionadas a la Accesibilidad y Conectividad Vial deben desarrollarse teniendo siempre en consideración, entre otros antecedentes concernientes, el Manual de Carreteras Volumen 9 de la Dirección de Vialidad del MOP, sobre Estudios y Criterios Ambientales en Proyectos Viales””. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.2.4 del ICE.
La Comisión de Evaluación estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto:
8.4. Condición o Exigencia 4 8.4. Condición o exigencia 4: Ley de Urbanismo y Construcciones Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Condición • El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, de la Región Metropolitana, en su Oficio. ORD. N°90 de fecha 04/02/2022, el que señala: “a) El titular debe respetar el área verde planificada, de acuerdo a lo informado en el Certificado de Informaciones Previas relativa a la Quebrada Polpaico. b) Debe presentar Estudio de Riesgo aprobado, frente a la DOM”.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Plan de mejoramiento de suelos Fase en que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejora de una superficie de suelo en relación a sus limitantes en proporción 1:1 hectáreas para suelos de clase II y clase III. Lo anterior totaliza una superficie de 14,5 ha. Descripción: Mejoramiento sustancial de una superficie de suelo ubicado en la Región Metropolitana, esto con estricto apego a los lineamientos y recomendaciones contenidos en la Guía de Evaluación Ambiental: Recurso Natural Suelo (G-PR.GA-05) año 2011” (SAG, 2011), cuyo numeral 6.3, considera medidas de mejoramiento de suelos y medidas de rehabilitación de suelos. Para mayor detalle respecto al “Plan de Mejoramiento de Suelos” y sus archivos digitales, ver Apéndice A del Anexo 3.3. de la Adenda Complementaria. Justificación: Se propone debido a que una porción del suelo en donde se emplazará el Proyecto que cuenta con Capacidad de Uso de Suelo Clase II y III.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El suelo que se propone mejorar se encuentra ubicado en el predio de “Comercial Guitre Ltda”, de “Guillermo Enrique Manzor Ureta” y de “Eduardo Lara Retamal”. Todos ubicados en la comuna de Melipilla, Región Metropolitana, y abarcarán una superficie total de 14,5 hectáreas entre los tres (3) predios. Forma: Las técnicas a utilizar y el fundamento teórico de cada una de ellas se resume a continuación: • Subsolado: Tanto las arenas pumicíticas con sílice que componen el duripán como otros materiales particulados más finos deben ser fracturados para así mejorar la profundidad efectiva del suelo, así como también la percolación del agua y la exploración y penetración de las raíces. Se ultilizará en primer lugar un Bulldozer D9 con un subsolado de un metro para fracturar primitivamente el duripán en una dirección. Posteriormente, se utilizarán máquinas excavadoras (30tons) con un equipo tridente (garra) capaz de penetrar a los menos 90cm del suelo, para así asegurar una mejora productiva sustancial del suelo comprometido. Se utiliza tridente de forma posterior al bulldozer, y en direcciones contrarias para así lograr la total fractura del duripán. • Extracción de fragmentos de gran tamaño: Se procederá a la extracción de fragmentos de duripán que queden en superficie, y los cuales no pueden ser mullidos por los diferentes equipos de preparación de suelos. Estos fragmentos de gran tamaño serán retirados por camiones tolvas a sectores prediales que se encuentren en desuso, normalmente esquinas entre pivotes. • Pulverización de fragmentos medios: Se utilizará la máquina Xpel 220 para así poder triturar los fragmentos de tamaño medio que queden en superficie, y que aún generen alguna problemática para las labores de preparación de suelos, siembra o cosecha. • Nivelación: Se debe utilizar un equipo de nivelación para asegurar que la utilización del subsolado no desniveló el terreno en forma tal que el pivote de riego no tenga problemas para desarrollar sus funciones. • Rastra: Posterior al paso de los equipos nombrados anteriormente, es necesario rastrear el terreno, para así asegurar que no queden fragmentos grandes de duripán en superficie que dificultarían otras Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
labores agrícolas como la siembra. La ubicación de los testigos se presenta en la Tabla 58 y Figura 31 de la Adenda Complementaria. Para mayor detalle respecto al Plan de Mejoramiento de Suelos y sus archivos digitales, ver Apéndice A del Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria. Oportunidad de implementación: Al inicio de la Fase de Construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento Se entregará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que dé cuenta del estado final del terreno en donde se ejecutará el PMS luego de las labores realizadas. Forma de control y seguimiento El compromiso ambiental propuesta es de carácter definitivo, ya que propone una mejora física de una de las características evolutivas intrínsecas de la Serie Pudahuel. A nivel productivo, el titular se compromete a entregar un informe quinquenal de productividad del suelo comprometido, en donde además se observe la permanencia de la fracturación del duripán de la Serie Pudahuel, la profundidad de raíces y la densidad aparente de los horizontes A, B y C del suelo. Estos seguimientos se realizarán en los años 5, 10, 15, 20, 25 y 30 de la vida útil del Proyecto. Registro de envío de reporte a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.1 del ICE.
9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Plan de perturbación controlada de Philodryas chamissonis Fase en que aplica Fase de construcción
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la pérdida de individuos de la especie Philodryas chamissonis presentes en las áreas de intervención directa del Proyecto, a través de la inducción del desplazamiento inducido de potenciales ejemplares en el AI del Proyecto hacia zonas adyacentes previo a cualquier intervención. Descripción: Al interior del área de emplazamiento de obras áreales y lineales se procederá a la búsqueda dirigida de ejemplares de la especie Philodryas chamissonis, a través de recorridos pedestres libres que contemplen un barrido de todas las áreas. La superficie de ocupación de obras áreales en el sector de emplazamiento del parque fotovoltaico es de 12,75 ha, mientras que la línea de transmisión (1.831 m de longitud) y camino de acceso (730 m de longitud) suman una superficie de ocupación de 1,57 ha. En total, el proyecto contempla una superficie de intervención directa de 14,33 ha (Tabla N°2, Adenda). Una vez detectados ejemplares de la especie objetivo, se procederá a remover gradualmente el piso vegetacional y/o zonas de refugio de éstos y todos los sitios que eventualmente pudiesen ofrecer refugios temporales o permanentes durante la aplicación del compromiso. La desestructuración de los potenciales refugios se realizará de forma direccionada hacia el borde más cercano del área de perturbación. De esta forma, se inducirá el desplazamiento de los ejemplares hacia fuera del AI. Esta actividad se realizará de forma manual, sin intervención de maquinaria, con el objetivo de proteger la integridad de los ejemplares. En consideración a la especie baja densidad de Philodryas chamissonis en el AI del Proyecto, la cual fue registrada únicamente mediante una muda en uno de los siete transectos, se aplicará un esfuerzo de 4 profesionales especialistas con experiencia en actividades de perturbación, durante 2 días efectivos de trabajo en terreno. Luego de ejecutada exitosamente la medida, se procederá al ingreso de maquinaria al área de perturbación dentro de un plazo máximo de 5 días, con el objetivo de evitar recolonización de individuos. En caso de registrarse ejemplares en el Área de perturbación se realizará un enriquecimiento de hábitat en el sector receptor, fuera de Área de perturbación. El enriquecimiento consistirá en la confección de pircas de piedras y/o rocas, de altura aprox. 30 cm, de ubicación aleatoria. Se confeccionarán 5 pircas por cada Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
ejemplar desplazado hacia el Área receptora. Este enriquecimiento favorece el establecimiento de los ejemplares aumentando la capacidad de carga del ambiente receptor y minimizando la probabilidad de recolonización. Justificación: La aplicación de la medida se justifica en los planteamientos propuestos por la autoridad en la Guía SAG 20141 (Clave decisión N°3) apunta a minimizar las interacciones entre la fauna silvestre y el Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se efectuará en el área de emplazamiento de obras, cuya superficie es de 14,33 ha (ver Tabla N°2 de la Adenda Complementaria). Forma: El compromiso será llevado a cabo por un equipo de cuatro profesionales durante dos días de trabajo efectivo en terreno. Los integrantes del equipo profesional contarán con al menos tres años de experiencia en la aplicación de esta medida. El cronograma del CAV se presenta en la Tabla 55 de la Adenda Complementaria. Oportunidad de Implementación: Las actividades de perturbación controlada se llevarán a cabo previo a cualquier intervención en el Área de Influencia. Indicador de cumplimiento Se considerará que la medida fue exitosa solo si después de la implementación del seguimiento de la medida se comprueba la ausencia de ejemplares en el área de intervención. En caso de registrar y desplazar ejemplares, se realizará registro fotográfico del enriquecimiento de hábitat en el Área receptora. Se guardará registro de todos los recorridos pedestres de búsqueda de ejemplares, presentándolos en cartografías temáticas en el informe asociado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.1.2 del ICE.
9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Plan de medidas genéricas de fauna vertebrada terrestre Fase en que aplica Todas las fases del proyecto
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer medidas genéricas tendientes a evitar afectación sobre el componente ambiental fauna terrestre durante la fase de construcción del Proyecto. Descripción: Se contempla la realización de charlas a los trabajadores (única charla por trabajador según respuesta 2.2. de la Adenda Complementaria), establecimiento de límites de velocidad vehículos, cercos perimetrales, prohibición de caza, tenencia y alimentación de fauna. A continuación, se detallan las medidas genéricas a implementar: a) Se instruirá al personal mediante charlas de capacitación. En las charlas de inducción del personal, se incluirá una inducción sobre la potencial presencia de fauna nativa en el área de emplazamiento de las obras y su etología. Se aproximarán a los efectos generados por el proyecto y a las medidas de protección para este componente, incluidas las listadas a continuación. La charla tendrá una duración máxima de 60 minutos, durante los cuales se expondrán los siguientes contenidos referentes al componente fauna vertebrada terrestre, y a la Ley de Caza y su reglamento. o Valor ecológico y patrimonial de los ecosistemas terrestres y la fauna nativa que los componen: En este tópico se revisarán características generales de los ambientes de fauna presentes en el área de influencia del Proyecto. o Especies de fauna terrestre descritas para el Área de Influencia: En este tópico se revisarán las especies más abundantes de cada grupo taxonómico de las 27 especies registradas en el Área de Influencia del Proyecto (Tabla 6, Anexo 2.1 Línea de base de fauna vertebrada terrestre, DIA). Adicionalmente, de forma preventiva, se indicarán las especies potenciales listadas en categoría de conservación (Tabla 3, Anexo 2.1 Línea de base de fauna vertebrada terrestre, DIA). o Artículos de interés de la Ley de Caza y su Reglamento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
(D.S. N°5/1998 MINAGRI): En este tópico se presentarán artículos relevantes de interés de la Ley de Caza, indicados a continuación: o Artículo 2°. Para efectos de esta Ley, se entenderá: ▪ Fauna silvestre, bravía o salvaje: todo ejemplar de cualquier especie animal, que viva en estado natural, libre o independiente del hombre, en un medio terrestre o acuático, sin importar cual sea su fase de desarrollo, exceptuados los animales domésticos y los domesticados, mientras conserven, estos últimos la costumbre de volver al amparo o dependencia del hombre. ▪ Caza: acción o conjunto de acciones tendientes al apoderamiento de especímenes de la fauna silvestre, por la vía de darles muerte. La caza puede ser mayor o menor. Se entiende por caza mayor la de animales que en su estado adulto alcanzan normalmente un peso de cuarenta o más kilogramos, aunque al momento de su caza su peso sea inferior a éste. Se entiende por caza menor la de animales que en su estado adulto alcanzan habitualmente un peso inferior a dicha cifra. ▪ Especies protegidas: todas las especies de vertebrados e invertebrados de la fauna silvestre que sean objeto de medidas de preservación. ▪ Hábitat: lugar o tipo de ambiente al que se encuentra naturalmente asociada la existencia de un organismo o población animal. o Artículo 3: Prohíbase en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras, y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. o Artículo 5: Queda prohibido, en toda época levantar nidos, destruir madrigueras, recolectar huevos y crías, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas. Sin perjuicio de lo anterior en casos calificados, el Servicio Agrícola y Ganadero podrá autorizar la recolección de huevos y crías con fines científicos o de reproducción. o Artículo 9: La caza o captura de animales de las especies protegidas, en el medio silvestre, sólo se podrá efectuar en sectores o áreas determinadas y previa autorización del Servicio Agrícola y Ganadero. Estos permisos serán otorgados cuando el interesado acredite que la caza o captura de los ejemplares es necesaria para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos, para la utilización sustentable del recurso o para controlar la acción de animales que causen graves perjuicios al ecosistema. o Artículo 22: Todo tenedor de animales, vivos o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
muertos, pertenecientes a especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o escasamente conocidas y protegidas deberá acreditar su legítima procedencia o su obtención en conformidad con esta ley, a requerimiento de autoridad competente. o Artículo 29: Se sancionará con multa de una a veinticinco unidades tributarias mensuales, con la retención de las armas de fuego de caza por el término de seis meses y con la suspensión del permiso de caza, cuando fuere procedente, e inhabilitación para obtenerlo por un período de hasta cuatro años a quienes: ▪ Cazaren o capturaren especímenes de caza permitida fuera de las temporadas de caza; ▪ Cazaren o capturaren sin las autorizaciones correspondientes, en los lugares a que se refiere el Artículo 7º y en los que se determinen en conformidad con el Artículo 4º, o sin estar en posesión del correspondiente permiso o carné. ▪ Vendieren o dieren un destino distinto a las especies provenientes de una caza o captura autorizada para determinados fines; ▪ No obedecieren a los requisitos hechos en conformidad a esta ley y su reglamento de parte de los encargados de control de caza o de los inspectores ad honorem, y ▪ Incurrieren en cualquier otra infracción de esta ley que no tenga establecida una sanción expresa. o Artículo 30: Se sancionará con prisión en su grado medio a máximo, con multa de tres a cincuenta unidades tributarias mensuales y con el comiso de las armas o instrumentos de caza o captura, a quienes: ▪ Cazaren, capturen o comerciaren especies de la fauna silvestre cuya caza o captura se encuentre prohibida; ▪ Comerciaren indebidamente con especies de las señaladas en el inciso segundo del Artículo 22; ▪ Se valieren de métodos de atracción o captura, o de terceros, para proveerse de animales a que se refiere la letra a), provenientes del medio natural, vivos o muertos, o de partes o productos de los mismos; o Artículo 31: Se sancionará con presidio menor en sus grados mínimo a medio, con multa de cinco a cien unidades tributarias mensuales y con el comiso de las armas o instrumentos de caza o de captura, a quienes cazaren, capturen o comerciaren habitualmente especies de la fauna silvestre cuya caza o captura esté prohibida o de las señaladas en el Artículo 22 b) Se establecerán límites de velocidad al interior de las rutas del proyecto, correspondiente a 30 km/hora lo que permitirá una oportuna reacción por parte del conductor en caso de avistar algún ejemplar de fauna terrestre. Lo anterior se establecerá mediante señalética informativa en los caminos de acceso y dentro de las obras del Proyecto, indicando la presencia de fauna nativa de baja movilidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
c) Se reforzarán los cercos perimetrales de todo el Proyecto, por debajo de las estructuras se implementará un sistema de barrera que impida el paso de fauna silvestre o asilvestrada potencial del área de influencia, mediante un soterramiento de 30 cm del cerco perimetral. d) Como consideraciones generales con respecto a la fauna: - Se prohíbe cazar, molestar y/o maltratar cualquier especie de animal. - Se prohíbe capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras/nidos o recolectar huevos y crías en las instalaciones provisorias y definitivas del proyecto. - Prohibición de acceso y tenencia de animales dentro de las instalaciones. - Prohibición de acumular basura en sectores no autorizados y la mantención de cercos perimetrales, con la finalidad de no atraer animales silvestres a las instalaciones e) Ante cualquier evento de contingencia o emergencia con fauna silvestre el Titular deberá proceder según lo indicado en el artículo tercero de la Resolución Exenta N°885/2016 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Justificación: La aplicación de medidas genéricas apunta a minimizar las interacciones entre la fauna silvestre y las actividades y obras del Proyecto, siendo pertinente para el caso del Proyecto en relación a la riqueza registrada. Mayores antecedentes en respuesta 2.2. de la Adenda Complementaria.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas serán impartidas en las instalaciones de faena en el Área de Influencia del Proyecto. Forma: Las charlas serán impartidas por un profesional especialista en medio ambiente, y tendrán una duración máxima de 60 minutos. Las charlas contarán con apoyo de diapositivas que contengan los tópicos mencionados en grupo de no más de 30 personas. Se realizará sólo 1 charla para trabajador, previo a su ingreso a las obras del Proyecto, según se indica en respuesta 9.10 de la Adenda Complementaria. Oportunidad de Implementación: Durante el ingreso de trabajadores a las obras del Proyecto, durante todas sus fases. Todos los trabajadores que asociadas a las actividades del Proyecto (incluyendo contratistas) deberán recibir la charla. Indicador de cumplimiento En cada charla se firmarán listados de participación que acrediten que el 100% de los trabajadores que ingresen a las obras del Proyecto reciban la charla. Se estregará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que dé cuenta del estado final del terreno en donde ejecutará el PMS luego de las labores realizadas, que incluya registro fotográfico de las charlas y otras acciones indicadas. Forma de control y seguimiento Registro de envío de Reporte a la SMA.
Referencia al ICE para mayores detalles 10.1.3 del ICE
9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: Compromiso ambiental voluntario Aprendizaje y fortalecimiento de capacidades locales sobre ERNC. Fase en que aplica Fase de operación
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover el conocimiento respecto del funcionamiento de la generación de energías renovables no convencionales en la comuna de Til Til, a través del desarrollo de capacidades locales. Descripción: Con el fin de promover la difusión del funcionamiento de proyectos ERNC y generar planes de colaboración respecto a pasantías entre los estudiantes de la comuna de Til Til. El Titular se compromete a realizar visitas guiadas y pasantías al Proyecto. Justificación: Incentivar el conocimiento y desarrollo de competencias de la comunidad sobre la generación de energías renovables no convencionales (ERNC) y promover capacidades locales respecto de las ERNC. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto, comuna de Til Til. Forma: En coordinación con la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) del municipio de Til Til, se programará una visita anual a las instalaciones de parques en operación, durante los 5 primeros años a partir de la entrada en operación del Proyecto. A través de la DAEM se difundirá a los establecimientos educacionales sobre la oportunidad de visitar las instalaciones del Titular y conocer sus operaciones. En dicha visita se realizarán charlas, talleres y actividades de extensión y difusión que permitan concientizar sobre la generación de energía renovable no convencionales a los jóvenes que asistan a las visitas. Cuando se realicen dichas visitas, se contará con todas las medidas sanitarias correspondiente, siempre y cuando las autoridades permitan la realización de este tipo de actividades. Los temas logísticos serán coordinados por parte del Titular (mini buses y fechas). Por otro lado, se desarrollarán dos veces al año capacitaciones abiertas a la comunidad de Huertos Familiares, abordando la historia de las energías limpias, beneficios de la energía solar, a nivel ecosistémico y a nivel comunitario, entre otros. En el caso de que las condiciones sanitarias lo ameriten, las capacitaciones se realizarán por videoconferencia. Al finalizar cada capacitación, se entregará un certificado de logro, indicando la instancia y los contenidos abordados. Oportunidad de implementación: - Visitas guiadas: 1 vez al año, durante los 5 primeros años a partir de la fase de operación del Proyecto. - Capacitaciones: 2 veces al año, durante los 5 primeros años de la fase de operación del Proyecto. Indicador de cumplimiento • Registro de divulgación en municipio y DAEM. • Registro fotográfico de cada una de las visitas. • Registro del listado de los visitantes. • Generación de informe sobre el desarrollo de cada visita, los contenidos mostrados a los estudiantes, sectores visitados y asistencia de estudiantes, el cual será enviado a la DAEM. • Registro del listado de asistencia de las capacitaciones desarrolladas. • Copia del material audiovisual presentado en cada capacitación. • Copia de los certificados de logro entregados. Registro fotográfico de cada capacitación. Forma de control y seguimiento Registros disponibles en las oficinas administrativas del Titular.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 del ICE
9.5. Compromiso ambiental voluntario 5: Monitoreo de suelos Fase en que aplica Fase de construcción y operación
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar un seguimiento exhaustivo de los cambios que se pudiesen producir a lo largo de la duración del Proyecto, tomando en cuenta las propiedades del suelo en que se emplazará el área del parque fotovoltaico. Descripción: Se realizarán monitoreos en las fases de construcción y operación del Proyecto para verificar que no se realiza alteración del suelo en que se emplaza el Parque Fotovoltaico. En cada monitoreo se contempla el muestreo de un testigo definido cada 3 hectáreas, junto con la medición de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo, específicamente en el área de parque. Conforme a lo anterior se contempla: - Muestreo previo a la fase de construcción: Se levanta una muestra testigo en base a la que se genera posteriormente un punto de comparación para las próximas muestras. Se estima la recolección de una muestra testigo previo al inicio de la fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
- Muestreo al final de la fase de construcción: La segunda muestra testigo será recogida al finalizar la fase de construcción.
- Muestreo durante operación cada 5 años: Luego de la segunda muestra testigo (final fase construcción) se considera una tercera muestra cinco (5) años después del inicio de la fase de operación. Esta acción se reiterará cada cinco (5) años hasta llegar al término de la fase de operación. Asociado a cada muestreo se elaborará un informe de resultados que registre los resultados de análisis y realice comparación de los cambios respecto a la situación inicial.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Parque Fotovoltaico, definida previamente y que se mantendrá en el tiempo para que los muestreos sean representativos. Debido a la Serie de Suelos presente y su origen, se debe realizar el muestreo cada 3 hectáreas. Forma: Realización de muestras considerando propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo por profesional atingente. Elaboración de informe acorde a cada fase. Oportunidad de implementación: Acorde a cada fase, se generarán distintos muestreos conforme a lo siguiente: - Muestreo previo a la fase de construcción. - Muestreo al final de la fase de construcción - Muestreo durante la fase de operación cada 5 años. Hasta el término de la fase. Se contempla un total de 7 muestreos considerando dos (2) muestreos de fase de construcción y cinco (5) de fase de operación. Indicador de cumplimiento • Elaboración de un primer informe de condiciones de propiedades del suelo en el área de parque fotovoltaico (situación basal). Elaboración de informes con cada toma de muestras, en el cual se indique explícitamente comparación entre situación inicial o anterior, y situación observada en muestreo. Forma de control y seguimiento Se remitirá a la SMA y al SAG cada informe de monitoreo de suelos en un plazo no superior a 15 días hábiles tras la realización del muestreo de testigo de suelo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 del ICE
9.6. Compromiso ambiental voluntario 6: Mimetización de las obras en el paisaje. Fase en que aplica Fase de operación
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir el contraste de las obras en el paisaje, mediante la mimetización de las obras del Proyecto. Descripción Se ocultarán las obras del Proyecto sobre el paisaje por medio de la creación de una barrera visual vegetal, mediante la plantación de Schinus latifolius (molle), Caesalpinia spinosa (tara) y Escallonia illinita (yerba del barraco) debido a su origen nativo, y a sus características de vida, que incluyen un rápido crecimiento, altura promedio óptima, alta longevidad y su compatibilidad con las condiciones biogeográficas del área donde se realizará la medida. Justificación: La eventual construcción del Proyecto y sus obras, implicaría cambios en los atributos estéticos del paisaje. Lo anterior se vería reflejado en la incorporación de nuevos colores, en aquellos sectores que aún mantienen cierta naturalidad. A través de las medidas descritas, se espera disminuir el contraste de las obras en el paisaje y contribuir a la captura de material particulado en el emplazamiento del Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se realizará sobre el cerco perimetral Proyecto. Forma: El plan de trabajo consiste en la plantación en base a triángulo o trebolillo, con dos hileras de plantación. El distanciamiento entre los individuos será de 4 m y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
estarán provistos de tutor. En cuanto a los alcances para realizar las actividades recién señaladas, se indica lo siguiente: Actividad Programa Riego • En temporada estival (primavera-verano), el riego se realizará con frecuencia quincenal durante los primeros 2 años de construcción, aplicando una cantidad de agua de al menos • En temporada invernal (otoño-invierno), el riego se realizará una vez al mes durante los primeros 2 años de construcción, aplicando una cantidad de agua, definida según las condiciones meteorológicas del mes. El método de riego será mediante el paso de un camión aljibe por el límite predial del Proyecto. Poda • Se resguardará la seguridad en sectores donde los ejemplares se localicen cercanos a estructuras, conservando la distancia mínima de seguridad. • Se resguardará la seguridad en la red vial asociada, manteniendo la visibilidad de la vía y sus señaléticas. Replante • Habiendo transcurrido dos meses de efectuada la plantación, se evaluará la mortandad de individuos, procediendo entonces a un replante de aquellos que no hayan logrado prendimiento o se encuentren dañados. • Una vez establecida la cortina, se repondrán aquellos individuos que sufran algún deterioro irreparable. Actividades adicionales • En la plantación, se utilizarán plantas provenientes de vivero autorizado, que asegure la calidad de las plantas. Deben ser plantas vigorosas, libres de enfermedades, turgentes y de color verde intenso. • La plantación se realizará a mediados de otoño, aprovechando así las lluvias que generen humedad suficiente en el suelo. • Se dispondrán en casillas construidas en forma manual, de 40 x 40 x 40 cm. para proteger a los individuos ante posibles ataques de lagomorfos. • Al interior de la casilla, se adicionará en primer término, fertilizante y sustrato mullido, libre de piedras, para luego ubicar la planta y cubrir totalmente la casilla. FUENTE. Anexo 3.3. de la Adenda Complementaria.
Al término de la plantación se elaborará un informe inicial que dé cuenta de la implementación de la medida, el cual describirá los sectores plantados, n° de individuos plantados, estado fitosanitario de estos, entre otros. Durante los primeros dos años del proyecto (fase de construcción de 6 meses y los primeros 18 meses de la fase de operación) la mantención de la plantación se realizará semanalmente. Luego, en el tercer año (a contar del mes 19 de la fase de operación) se realizarán mantenciones trimestrales. Posteriormente, a contar del mes 31 de la fase de operación, se realizarán mantenciones anuales. Para evaluar la eficacia de la medida se realizarán monitoreos semestrales para verificar el éxito de la medida durante dos años (6 meses de la fase de construcción y los primeros 18 meses de la fase de operación); y luego en forma anual durante la fase de operación y cierre. El reporte de monitoreo contendrá fotografías panorámicas del área donde se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
emplazará la medida y mostrará las situaciones con y sin Proyecto. Estos registros serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente. Oportunidad de implementación: El compromiso será ejecutado en todas las fases del Proyecto. Indicador de cumplimiento • Presencia n° de individuos. • N° de fuste de individuos. • Optima condición vegetativa de las especias. • Optimo despliegue y desarrollo del follaje. Optima floración, fructificación, entre otros. Registro fotográfico de disminución de la visualización de las obras. Forma de control y seguimiento • Informes de monitoreo semestrales y anuales (según corresponda), incluyendo registro fotográfico. Registros disponibles en las oficinas administrativas del Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6 del ICE
9.7. Compromiso ambiental voluntario 7: Instalación de disuasores de vuelo Fase en que aplica Fase de operación
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de colisión de aves contra la línea de transmisión. Descripción: Los disuasores de vuelo son dispositivos que se instalan en el tendido eléctrico con el objetivo de aumentar su visibilidad por parte de las aves que se desplazan a su alrededor. Los disuasores de vuelo a utilizar corresponden al tipo colgante y giratorio. Cada dispositivo tendrá dimensiones, en su sección de aumento de visibilidad, de 20 cm de largo desde el cable de guardia. Justificación: La medida adoptada se justifica en base a los lineamientos entregados en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” (SAG, 2015), donde se indica que la principal medida de abatimiento para el impacto de colisión es la implementación de disuasores de vuelo para aumentar la visibilidad de tendidos.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los disuasores de vuelo se instalarán a lo largo del tendido de la línea de transmisión mientras que los aisladores se instalarán en todos los postes y torres y fases de la LTE. Forma: Siguiendo los lineamientos establecidos por SAG (2015), los disuasores de vuelo se instalarán con una frecuencia de 10 m sobre el cable de guardia de la línea de transmisión (siguiente figura). De esta forma, se instalarán aproximadamente 119 dispositivos.
Frecuencia de instalación de disuasores de vuelo
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Fuente: Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria
Mayores antecedentes en la Tabla 36 de la Adenda Complementaria. Dependiendo de la forma en que se monte la línea sobre la cruceta dependerá el tipo de aislante, siendo el más efectivo, de acuerdo a lo señalado por SAG (2015) el aislante de 60 cm que se instala por debajo de la cruceta cuando los cables van por esta zona del poste. Objetivo: cuantificar el número de colisiones. Metodología: dos profesionales realizarán recorridos a velocidad constante en forma de zigzag, interceptando cada uno de los postes de manera alternada. La distancia sugerida a abarcar, a cada lado del eje del tendido, es de 40-50 m. Durante cada trayecto entre postes los observadores evaluarán la presencia de carcasas de individuos colisionados.
Esquema del muestreo de seguimiento
Fuente: Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria
Datos levantados: Se levantarán los datos presentados en la Tabla 1 (SAG, 2014), los cuales incluyen coordenadas UTM, especie, sexo, rango etario, momento aproximado de la muerte, estado del cadáver, entre otros, además del registro fotográfico de las estructuras y dispositivos instalados. Para ello ver tabla “Ficha de reporte de accidente” de la Tabla 1 del Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria. Equipo: Dos profesionales especialistas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Frecuencia: Se efectuará una campaña de frecuencia mensual durante el primer año. Cada campaña tendrá una duración de 1 día y será llevada a cabo por dos profesionales. Informe: Se elaborará un informe que será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Servicio Agrícola y Ganadero. El informe final (luego de la campaña N°12) será un consolidado de los resultados levantados. Oportunidad: Los dispositivos se instalarán durante la instalación del cable de guardia, durante la fase de construcción. Indicador de cumplimiento • Registro fotográfico de la instalación de los dispositivos durante la fase de construcción. Informe final consolidando resultados levantados. Forma de control y seguimiento • Registro de envío de Reporte a la SMA y SAG. Registros disponibles en las oficinas administrativas del Titular. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7 del ICE
9.8. Compromiso ambiental voluntario 8: Protección de ejemplares de algarrobo Fase en que aplica Fase de construcción
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger los ejemplares de algarrobos que se encuentran dentro de los límites del proyecto o a menos de 20 metros de éste. Descripción: Protección mediante la instalación de una malla raschel alrededor de los ejemplares de algarrobo indicados en la figura e individualizados en el Apéndice 2 del Anexo 3.3 de la Adenda, donde se encuentran los archivos kmz con la ubicación de los ejemplares a proteger, mientras que la cartografía se muestra a continuación de esta tabla y su detalle en Anexo 1.3 de la presente Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
FUENTE: Extraído del Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las siguientes coordenadas correspondiente a la ubicación de los algarrobos
Especie Coordenadas UTM WGS 19S Este Norte Prosopis chilensis 330.997 6.331.729 Prosopis chilensis 330.903 6.331.911 Prosopis chilensis 330.905 6.331.903 Prosopis chilensis 330.791 6.331.900 Prosopis chilensis 330.586 6.331.772 Prosopis chilensis 330.595 6.331.777 Prosopis chilensis 330.538 6.331.816 Prosopis chilensis 330.616 6.331.747 Prosopis chilensis 330.622 6.331.752 FUENTE. Extraído del Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria.
Forma: Para la protección de los ejemplares de algarrobo se seguirán los siguientes pasos: • Demarcación del área a cercar: Desde la ubicación del algarrobo se medirá un radio de 20 metros alrededor de éste y se marcará en el piso el perímetro de la circunferencia generada utilizando para ello cal o similar. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
• Cercado: Se instalará un cierre perimetral mediante postes de pino impregnado de 3” a 4” de diámetro y 2,44 metros de altura separados cada 3 metros y reforzados cada 9 metros. Los postes estarán enterrados al menos 50 cm bajo el nivel del suelo. Una vez finalizada la instalación de los postes se procederá a cerrar con malla raschel el perímetro. Se utilizará malla de color verde. Oportunidad de Implementación: Previo al inicio de la Fase de Construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento Se estregará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que dé cuenta del estado inicial del cercado de cada ejemplar de algarrobo. Forma de control y seguimiento Registro de envío de Reporte a la SMA.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8 del ICE
9.9. Compromiso ambiental voluntario 9: Contratación mano de obra local Fase en que aplica Fase de construcción y cierre
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contribuir a la empleabilidad de los habitantes del área de influencia del Proyecto y comuna de Til Til. Descripción: Se privilegiará la subcontratación de personas de la comuna, con el fin de promover la generación de empleo. Lo anterior estará sujeto al perfil del puesto de trabajo, la disponibilidad del servicio requerido ya sea de acuerdo a capacidad como a la temporada de contrato para la ejecución de las obras. Justificación: Se establece este compromiso debido al interés del Titular de acoger principios de responsabilidad social empresarial Mayores antecedentes en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de obras del Proyecto Parque Fotovoltaico Alagua. Forma: Una vez obtenida la RCA favorable del proyecto, se presentará a la OMIL de la comuna de Til Til, un listado de cargos asociados a la contratación de personal del sector, dentro de los cuales se considera electricista, armadores, personal para cercado perimetral, personal para movimientos de tierra, operarios generales, entre otros. Oportunidad de implementación: Previo al inicio de la fase de Construcción. Indicador de cumplimiento • Acta de reunión y/o entrega de información a la OMIL de Til Til. Contratos de trabajo. Forma de control y seguimiento • Planillas del personal contratado. Registro de actas de reunión y/o entrega de información a la OMIL de Til Til. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9 del ICE
9.10. Compromiso ambiental voluntario 10: Monitoreo arqueológico permanente. Fase en que aplica Fase de construcción
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener el monitoreo constante del sedimento que está siendo removido producto de las actividades de construcción, para actuar de manera oportuna frente a un hallazgo patrimonial no previsto. Descripción: Un profesional de la arqueología (licenciado o titulado) deberá supervisar visualmente los frentes de trabajo que involucren movimientos de tierra (despejes, escarpes y excavaciones) para detectar tempranamente y de manera oportuna eventuales vestigios arqueológicos existentes en contexto estratigráfico. Justificación: Debido a la posibilidad de ocurrencia de hallazgos no previstos en contexto estratigráficos, es necesario contar permanentemente con un profesional de la arqueología. Basado en el fundamento que los Monumentos Arqueológicos constituyen un bien del Estado que debe ser Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
protegido, con base en los art. 26 y 23 del D.S 484/1990 MINEDUC, todos los hallazgos imprevistos deberán ser informados inmediatamente a la autoridad.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Influencia del Proyecto y particularmente la superficie de emplazamiento de las obras que requieren de movimientos de tierra. Este compromiso ambiental voluntario se realizará cuando se ejecuten cualquier obra que involucre movimientos de tierra. Forma: Un profesional de la arqueología supervisará las obras y actividades que involucren movimientos de suelo, ya sea ejecutados en forma manual o con maquinaria, desde el despeje hasta las excavaciones. Esto se realizará mediante la inspección visual en cada frente de trabajo mientras dure la fase de construcción. Durante el monitoreo se deberá registrar lo siguiente: • Coordenada geográfica en UTM (WSG84, Huso 19J) y descripción de la obra que se está ejecutando con la maquinaria u de forma manual. Tomar registro fotográfico con escala métrica y orientaciones cardinal. Se deben describir los distintos frentes de excavación y la profundidad de éstos • Descripción de la matriz en los frentes de trabajo monitoreados detallando la litología o sedimento expuesto y tomar un registro fotográfico panorámico y de detalle de los perfiles expuestos con escala métrica y orientación cardinal. • De evidenciarse restos arqueológicos, se incorporará ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos en alta resolución. Una descripción detallada del estado de conservación y si hubiese afectación por las obras del proyecto. Se detallarán igualmente las medidas de protección y/o conservaciones implementadas. En conjunto con esto, se avisará de forma inmediata al CMN para determinar las acciones a seguir. De ser necesario, se elaborará el Formulario de Solicitud Arqueológica con base en el artículo 7 del D.S N° 484/1990, para solicitar el rescate de los elementos. • Se elaborará un reporte semanal que será la base de los informes mensuales de monitoreo. • Se llevará un registro de constancia semanal en libro de obras que firma el monitor y el encargado de obras. • Adicionalmente se deberá considerar la elaboración del informe final que contenga todas las labores realizadas, en conjunto con las charlas ejecutadas y los potenciales vestigios evidenciados y si corresponde, rescatados. Oportunidad: El monitoreo en terreno se llevará a cabo de forma permanente desde el inicio hasta el término de las actividades asociadas a movimientos de tierra, durante la fase de construcción del Proyecto. Este debe ocurrir de forma permanente y en cada frente de trabajo abierto. Indicador de cumplimiento Registro diario de cada visita de monitoreo en un libro de obras que además de ser firmado por el monitor y el encargado de obras, será remitido en los informes mensuales. Este informe al ser remitido a la SMA y el comprobante que se genere en el sistema electrónico será el indicador de cumplimiento. Así mismo, el informe final del monitoreo dará cuenta de la ejecución a cabalidad de este compromiso. Forma de control y seguimiento ▪ Los informes de monitoreo serán remitidos mensualmente a la SMA y al CMN, suscrito por el profesional de la arqueología encargado del monitoreo. El plazo máximo de entrega son 15 días hábiles después del último día de monitoreo del mes. Así mismo, el informe final permitirá el seguimiento hasta la etapa final de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10 del ICE
9.11 Compromiso ambiental voluntario 11: Inducciones sobre Patrimonio Cultural Fase en que aplica Fase de construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Instruir y concientizar al personal de faena sobre la presencia, el valor ambiental y aspectos legales y reglamentarios de los elementos patrimoniales, particularmente los referidos a Monumentos Arqueológicos definidos en el Título V de la Ley N° 17.288. Descripción: Se realizarán charlas de inducción sobre el patrimonio arqueológico en las inducciones de hombre nuevo durante la fase de construcción, orientadas a todos los trabajadores de faena. Se entregan los lineamientos básicos para la conservación del patrimonio presente en el área del Proyecto y que hacer para su salvaguarda en caso de ocurrencia de hallazgos no previstos. Justificación: Al concientizar a las personas sobre el valor e importancia del patrimonio arqueológico, se logra con mayor eficacia la protección y salvaguarda de éste. Involucrando a todo el personal en esta labor, se genera una red más amplia de saberes en torno a los cuidados de los elementos patrimoniales. El trabajador informado podrá detectar o evitar a tiempo acciones que puedan afectar los eventuales restos arqueológicos que se identifiquen durante la construcción del proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se desarrollará de forma virtual o presencial en las dependencias del Titular. Forma: La información contenida en las charlas, será diseñada por un profesional de la arqueología (licenciado o titulado) y se utilizará un software digital (Power Point, Canva u otro). La información mínima que deberán contener las charlas será: los objetos de estudio de la arqueología, antecedentes de la arqueología local y del área del Proyecto, las medidas de protección y salvaguarda comprometidas con la autoridad, la normativa (leyes y reglamentos nacionales) que regula la protección del patrimonio y las intervenciones en sitios arqueológicos, además de un protocolo en caso de hallazgos no previstos estipulando las medidas de protección del hallazgo, reportes a la autoridad y acciones a seguir. Se realizará por un arqueólogo o licenciado en arqueología, quien expondrá la charla mientras duren las obras de construcción del Proyecto, principalmente los movimientos de tierra asociados, y cuando sea requerido. Oportunidad: Se dictarán durante la fase de construcción, previo al inicio de las obras y durante la ejecución de éstas, a cualquier trabajador nuevo que requiera ingresar al área de influencia del Proyecto. Indicador de cumplimiento Registro de asistencia firmado por los participantes. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán los registros indicados en obras y serán adjuntados en el informe mensual de monitoreo arqueológico permanente. Comprobante de ingreso a la Superintendencia del Medio Ambiente de los informes mensuales y final de monitoreo arqueológico. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11 del ICE.
9.12 Compromiso ambiental voluntario 12: Cercado y señalización sitios arqueológicos Fase en que aplica Fase de construcción
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger elementos patrimoniales que no serán afectados por las obras del Proyecto. Descripción: Se implementará el cercado provisorio y señalización del 10% del sitio arqueológico AL01_SA que no será afectado por las obras del Proyecto. El sector corresponde a la porción sur-este del sitio arqueológico. El cerco será de carácter provisorio, de mínimo 1,2 m de altura, con los materiales que el Titular estime conveniente (malla faenera o galvanizada). Se deberán instalar al menos 3 señaléticas que prohíban el paso de personas y maquinaria, señalando la protección del sitio por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Justificación: Se cercará el área del elemento patrimonial que no se encuentra al interior del Proyecto, con el fin de evitar su afectación por las obras y/o actividades durante la fase de construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Proyecto PFV Alagua. Forma: El cerco será de carácter provisorio, de mínimo 1,2 m de altura, con los materiales que el Titular estime conveniente (malla faenera o galvanizada). Se deberán instalar al menos 3 señaléticas que prohíban el paso de personas y maquinaria, señalando la protección del sitio por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. La actividad deberá ser supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología. Oportunidad: Antes del inicio de la fase de construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento Ingreso a la SMA de informe de cercado del elemento patrimonial. Forma de control y seguimiento • Se realizarán revisiones constantes del estado de conservación del cerco y señalética, reparándolo en caso de que corresponda. Las inspecciones y reparaciones serán reportadas mensualmente en el informe mensual de monitoreo arqueológico permanente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.12 del ICE.
9.13 Compromiso ambiental voluntario 13: Plan de comunicación con la comunidad Fase en que aplica Fase de construcción
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: mantener informada a la comunidad con respecto a la posible generación de ruidos molestos producto de las actividades del Proyecto, información sobre las fuentes emisoras, medidas de control, entre otros, actuando como un instrumento intermediario entre las comunidades aledañas y el Titular del Proyecto. Descripción: Se contará con un mecanismo de comunicación y plan comunicacional entre el Titular del Proyecto y la comunidad durante toda la fase de construcción del Proyecto. Justificación: Se considera relevante mantener una comunicar directa y fluida con las comunidades vecinas al Proyecto a modo de mantener informados del cronograma de las obras, las fases del proyecto y las medidas de control asociadas a la generación de ruidos molestos. Junto con esto con la implementación de este compromiso voluntario se incorpora un canal de comunicación directo con las comunidades con el objetivo de canalizar sugerencias, dudas e inquietudes que el proyecto pudiese generar en los grupos humanos residentes en el área.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área de influencia de Medio Humano. Forma: se presentará a las comunidades de forma previa al inicio de la fase de construcción (tres meses antes) las siguientes actividades: - Descripción del proyecto enfocado en las diversas actividades de construcción y operación del mismo. - Cronograma y duración de las obras - Canales de comunicación para la recepción de reclamos o sugerencias (incluyendo datos de contacto correo electrónico, teléfono de contacto, presentación de encargados de relacionamiento comunitario). - Plazos de respuesta de posibles reclamos y sugerencias - Plazos de implementación de modificación o cambios en el cronograma de las obras asociados a reclamos y sugerencias. Estas actividades serán comunicadas a las comunidades de las siguientes formas: - Reuniones explicativas mensuales con las comunidades parte del área de influencia del Proyecto. - Se mantendrá un registro de la calendarización informada por las comunidades respecto actividades que puedan generar ruidos molestos, cuáles serán las medidas de control asociadas y la forma de adaptación horaria de las obras que puedan generar ruidos molestos del Proyecto. - La entrega del material visual se realizará una vez al mes, e incluye la firma de recepción del comunicado por parte de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
receptores a ser informados. Respecto de las consultas, quejas, comentarios, etc., se habilitarán diferentes mecanismos (correo electrónico, número de contacto y libro en obra). Para ello, se considera lo siguiente: - Cada correo o llamado que ingrese por el mecanismo será respondido, en la medida que haya datos de identificación y contacto del remitente. - Las respuestas serán: o Recepción de la comunicación (recibo de comentarios, quejas, denuncias, recomendaciones, etc., provenientes de la población de los mecanismos de comunicación dispuestos): No podrá superar 2 días hábiles. o Respuesta sobre el contenido de la consulta, reclamo o sugerencia: No podrá superar 5 días hábiles. Adicionalmente a lo anterior, el Titular con una frecuencia bisemanal, mantendrá informadas a las comunidades vecinas por medio de las juntas de vecinos y organizaciones locales, de la programación de actividades que pudiesen generar ruidos molestos durante la fase de construcción. Oportunidad: tres meses antes del inicio de la fase de construcción y durante todo el tiempo que dure la fase de construcción. Indicador de cumplimiento • Informes trimestrales de comunicaciones recibidas, clasificadas por tipo (consulta, reclamo o sugerencia), categorización del tópico que abordan y status de la respuesta (tipo de respuesta y plazos). • Actas de las reuniones bisemanales con las juntas de vecinos y organizaciones locales. • Actas de las reuniones explicativas mensuales. • Registro de listas de asistencias de las reuniones con la comunidad. • Informe indicando adecuaciones realizadas a raíz de las comunicaciones recibidas. Registro de recepción de información visual del Proyecto (registro de firmas y registro fotográfico). Forma de control y seguimiento Informes enviados a la SMA al finalizar el primer mes de la fase de construcción. Así mismo, se enviarán reportes durante los 30 días posteriores al término de la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.13 del ICE.
9.14 Compromiso ambiental voluntario 14: Programa de aplicación y seguimiento de supresor de polvo Fase en que aplica Fase de construcción y cierre
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar las emisiones de material particulado respirable con el fin de evitar eventuales molestias a los habitantes del sector ni a los cultivos existentes en las cercanías del Proyecto. Descripción: Se aplicará un supresor de Polvo marca Suppol o similar en los caminos de acceso del proyecto sin pavimentar. Justificación: Aplicación de Supresor de Polvo
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Camino de acceso y caminos internos del Proyecto, entiéndase por estos últimos los emplazados al interior del área del Proyecto, utilizados para efectos de construcción y mantención de del proyecto Forma: La aplicación del Supresor de Polvo no requerirá de “agua industrial” ya que su abastecimiento será realizado por un proveedor listo para para su aplicación. Además, la aplicación del supresor no requiere que el camino sea humectado, por tanto, se descarta la necesidad del insumo “agua industrial” para humectación previo al supresor. Oportunidad: • Primera Aplicación: primer mes de construcción (habilitación de caminos). Mantención: cada 30 días. Indicador de • Registro de aplicación de supresor con fecha y hora de aplicación, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
cumplimiento metros lineales o superficies aproximadas de aplicación. • Registro fotográfico de la implementación de la medida. Reporte de implementación a SMA. Forma de control y seguimiento • Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los registros de aplicación y monitoreos realizados en las oficinas de la instalación de faena respectiva. Copia de ingreso/envío de Reporte ante SMA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.14 del ICE.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. Riesgo de Incendio Riesgo o contingencia Incendio Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Incendios en instalaciones • Los materiales combustibles o inflamables deben mantenerse lejos de los procesos con alta temperatura, chispas o presencia de ignición. • Establecer prohibición de encender fuego al interior de las áreas de trabajo. • No estará permitido fumar en el área circundante a la bodega de almacenaje de RESPEL. Esta prohibición se materializará a través de un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega. • Mantener orden o aseo en todos los lugares de trabajo, específicamente se deberá tener especial precaución en que el perímetro de la bodega de RESPEL se mantendrá limpio, libre de maleza y de cualquier obstáculo. • Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajadores conozcan las zonas de seguridad definidas. • Revisar instalaciones eléctricas existentes y reparar fallas o falencias. • Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios. • Instalación de extintores, los que deberán cumplir las siguientes condiciones: • Los extintores serán sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado. • Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo. • En caso que los extintores se encuentren dispuestos en la intemperie, se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. • Los trabajadores deben estar instruidos en el empleo y uso de extintores, y saber dónde se encuentran. • Líderes de evacuación: Se conformará un equipo de intervención que estará encargado de evacuar al personal, llevándolo a una zona de seguridad establecida, además de extinguir el foco de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
incendio de ser posible. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de sustancias u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Incendios que afecten a vegetación aledaña al Proyecto • No estará permitido fumar en las áreas de trabajo. • No se permitirá al personal depositar basuras ni otro tipo de residuos en el suelo. • Los trabajadores no encenderán fogatas, no quemarán basuras, desperdicios ni desechos • Se instalarán letreros con señalética de “No Fumar”, “No encender fogatas” y de “No quemar basura” con letra en tamaño adecuado para la lectura por parte de un usuario peatón o vehicular. • Se capacitará a los trabajadores sobre el uso y manejo de los equipos y extintores de incendio, las vías de evacuación, las zonas de seguridad, la identificación de los peligros, enfatizando en la prohibición de hacer fuego dentro y fuera del Proyecto. • Se programarán podas semestrales o trimestrales a la vegetación que crezca en el sector del parque fotovoltaico, donde los residuos generados serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado. Se aclara lo mencionado en la respuesta 1.16 y en la tabla 23 de la Adenda, indicando que los residuos orgánicos generados por la poda de árboles y arbustos que se encuentren en la franja de seguridad de la LTE (7 m) serán retirados conforme al avance de la actividad de poda, por tanto no se acopiarán bajo ninguna circunstancia en predios ni en costado de ruta, confirmando que serán retirados conforme avance de actividad de manera diaria, con el fin último de realizar traslado diario en un sitio de disposición final autorizado. • Se realizarán mantenciones periódicas a los sitios de almacenamiento de residuos además de una correcta gestión al momento de disponer los residuos generados por el proyecto. • Cabe destacar que como primera actividad se construirá un cierre perimetral por todo el predio del Proyecto que consistirá en una valla metálica, que contará con una altura de 2,5 metros, además se dejará un espacio entre el cierre y el Proyecto fotovoltaico de al menos 5 metros de distancia, que servirá como un espacio de seguridad en caso de incendios forestales, este espacio estará libre de vegetación y se harán mantenciones cuatrimestrales, además esta valla evitará que personal externo pueda ingresar al predio. Forma de control y seguimiento • Verificar que los extintores sean sometidos a revisión y mantención, además de que se encuentren ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo y, en caso de que se ubiquen a la intemperie, que cuenten con un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. • Verificar en terreno el orden y aseo de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
instalaciones. • Verificar en terreno el estado de las instalaciones eléctricas. • Verificar que los trabajadores no fumen en las áreas de trabajo. • Verificar que los trabajadores no enciendan fogatas u otros fuegos. • Verificar y tener en obra los registros de la realización de las capacitaciones a los trabajadores sobre todas las medidas de prevención y control de incendio. • Verificar y tener en obra los registros de capacitaciones realizadas en materias de uso y manejo de los equipos y extintores de incendio, las vías de evacuación, las zonas de seguridad, la identificación de los peligros, enfatizando en la prohibición de hacer fuego dentro y fuera del Proyecto. • Verificar periódicamente que se realicen las podas a la vegetación que crezca al interior el Proyecto y para el espacio de seguridad entre el cierre perimetral y el Proyecto. En relación a las verificaciones antes mencionadas, el titular deberá contar con un registro de ellas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Incendios en instalaciones • Comunicar al jefe directo inmediatamente. • Activar alarma de incendio. • Usar los extintores solo si es un fuego incipiente y si se saben operar. • Cortar la energía eléctrica en el sector afectado, en caso de que corresponda. • Si se determina como incendio declarado, se hará lo siguiente: o Se dará inicio a la extinción del fuego utilizando extintores. o Para accionar el extintor se debe retirar el seguro con una mano, mientras que con la otra se debe dirigir el chorro en forma de abanico a la base del fuego. o Al acercarse a un fuego para combatirlo con un extintor, se debe tener el viento a la espalda para poder aproximarse más y estar resguardado de las llamas. o Nunca debe emplear un extintor a base de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizados. o El fuego se propaga rápidamente por lo que no hay que arriesgarse innecesariamente. o Solo se deben enfrentar fuegos pequeños, por lo tanto, si no se logra controlar en dos minutos, evacuar rápidamente, pero sin correr. o Una vez extinguido el fuego, se revisará el lugar, asegurando no dejar focos que pudieran reavivar el fuego. • En caso de que no sea posible combatir el fuego mediante el uso de extintores, contactar inmediatamente a Bomberos y Ambulancia, en caso de ser necesario. • Procurar mantener alejadas del lugar del siniestro, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
a personas ajenas a la faena y/o personal que no esté capacitado para enfrentar la contingencia. • De encontrarse personas heridas, se darán los primeros auxilios y a la Ambulancia. • De no ser posible el control del fuego sin mayores riesgos, proceder a evacuación del área donde se esté produciendo el incendio y esperar la llegada de organismos de reacción en una zona segura. • Una vez decretado el fin de la emergencia, la persona con mayor rango o jerarquía o el Encargado de Prevención de Riesgos, deberá determinar si es seguro retornar a las áreas de trabajo (por ejemplo, que no existan materiales que puedan caer sobre un trabajador o la existencia de brasas que puedan reiniciar el incendio, u otros que impidan el normal desarrollo de las actividades).
Incendios que afecten a vegetación aledaña al Proyecto • Si se determina como incendio declarado, se hará lo siguiente: o Se activará la alarma de incendio. o Comunicar al jefe directo. o En medida de lo que se pueda, el personal que se encuentre más cerca y disponible del lugar en cuestión, comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles en ese momento, ya sean palas para el cortafuegos, extintores, agua, baldes con arena o maquinaria mecanizada y en caso de que no sea posible su control, se deberá dar aviso de inmediato a Bomberos, CONAF y ONEMI. o Se programarán podas de mantención cuatrimestrales a la vegetación que crezca en el sector del parque fotovoltaico, donde los residuos generados serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado. Adicionalmente, se dejará un espacio entre el cierre perimetral y el parque fotovoltaico de al menos 5 metros de distancia, lo que servirá como un espacio de seguridad o corta fuegos en caso de incendios forestales evitando la afectación de predios colindantes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • El Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, si corresponde, deberá emitirse en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: o Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; detallando obra afecta por la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). o La identificación del área afectada y su extensión. o La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, biodiversidad, medio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
humano). o La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (suelo, biodiversidad, medio humano) afectados por una emergencia y/o contingencia. o En caso de incendio que afecte a la vegetación aledaña al Proyecto, se deberá dar aviso a CONAF y ONEMI. Referencia al ICE Capítulo 7.1.1. del ICE
10.2. Riesgo 2: Riesgo de derrame al recurso hídrico Riesgo o contingencia Riesgo de derrame al recurso hídrico Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Dar cumplimiento al D.S. N° 298/1994 y la legislación aplicable al transporte de sustancias peligrosas. • Capacitación al conductor para responder frente a accidentes con derrame de sustancias. • Etiquetar con distintivos de seguridad (NCh N°°2190 “transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos”). • Inducción para el llenado de hojas de datos de seguridad – hojas de transporte de residuos peligrosos. • Aquellas sustancias que se almacenen en envases deberán estar siempre cerrados, en posición vertical y se mantendrá permanentemente material absorbente a disposición para el control del derrame de éste. • Todas las sustancias químicas serán adquiridas a proveedores autorizados. • Se contará, en faena, con las hojas de datos de seguridad de las sustancias peligrosas almacenadas. • Mantener instruido al personal del protocolo aplicable al manejo proyectado de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. • Señalización: Los lugares y áreas de trabajo se deberán mantener identificadas las zonas de manipulación o acopio de sustancias peligrosas en las bodegas de almacenamiento. • Se dispondrá permanentemente y de forma estratégica de extintores portátiles o rodantes de polvo químico seco o CO2, los cuales serán revisados anualmente. • Utilizar vías y pasos habilitados para los trabajos en las bodegas de almacenamiento de sustancias. • Comunicar al Jefe directo las deficiencias con el fin de corregirlas. • Mantener limpieza del lugar de trabajo. Forma de control y seguimiento • Registros de capacitaciones • Registro de instalación de señaléticas Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
informará antes de 24 horas, a la SMA, indicando lo siguiente: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aviso en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la DGA. Referencia al ICE Capítulo 7.1.2. del ICE
10.3. Riesgo 3: Sismo Riesgo o contingencia Sismo Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades del proyecto Acciones o medida a implementar para prevenir la contingencia • Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. • Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. • Tener con fácil acceso botiquín con los implementos básicos, linterna con pilas y una radio. • Capacitar a los trabajadores sobre el uso de las zonas de seguridad, y de la importancia de mantenerlas disponibles. • En el área del proyecto estarán disponibles los planes de evacuación para estos eventos. • El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto, darán cumplimiento a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. • Líderes de evacuación: Se conformará un equipo de intervención el cual estará encargado de evacuar al personal, llevándolo a una zona de seguridad establecida. • Se mantendrán equipos especiales de radio, con el fin de mantener en todo momento las comunicaciones. • Realización de simulacros. • Que exista un registro diario del ingreso y salida del personal que se encuentra en las instalaciones. • Hacer inspecciones regulares a las instalaciones, verificando que se encuentren en óptimas condiciones, y alertar cuando se encuentren dañadas. Forma de control y seguimiento • Controlar periódicamente que se dé cumplimiento a lo siguiente: o Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
o Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. o Tener con fácil acceso botiquín con los implementos básicos, linterna con pilas y una radio. • Verificar en terreno los letreros que indican las vías de evacuación disponibles. • Registro que se hayan realizado capacitaciones a los trabajadores. • Tener en obra los registros de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. • Posterior al sismo, se deberá verificar que se encuentre todo el personal a salvo, chequeándolo a través del registro de ingreso. Se suspenderán las faenas hasta corroborar técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Durante el sismo o terremoto: • Mantener la calma, no dejar que el pánico domine a las personas. • Nunca evacuar el predio durante el sismo, buscar refugio en interior, en la medida de lo posible en las zonas seguras. • Cortar la energía eléctrica y alejarse de cables cortados, ya que pueden estar energizados. Apagar equipos eléctricos. • El personal debe responder al evento según lo instruido en la capacitación realizada. • En caso de sismo se realizará la evacuación hacia las zonas de seguridad definidas. Terminado el movimiento sísmico, el Jefe de Emergencias impartirá las instrucciones en caso de ser necesario evacuar. • La evacuación se realizará por las vías de emergencia hacia zonas de seguridad correspondientes en el área del Proyecto, lideradas por los encargados en cada sector.
Después del sismo o terremoto • Verificar si a consecuencia del sismo se hayan producido derrames de sustancias peligrosas o residuos peligrosos. De existir un derrame, se trabajará en su contención acorde a lo señalado en el acápite 6.4 del Anexo 4.1 de la Adenda. • Tomar precauciones con cristales rotos y otros materiales potencialmente cortantes. • Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. • No utilizar el teléfono a menos que sea estrictamente necesario, no se deben saturar innecesariamente las líneas telefónicas. • El reingreso al lugar de trabajo se hará efectivo, solo cuando el Jefe de Emergencia lo indique. • Posterior a las inspecciones realizadas a todas las instalaciones de la planta, el personal encargado de la emergencia autorizará el reinicio de las actividades laborales. • Posterior a la revisión del personal, un especialista en estructuras eléctricas revisará las instalaciones del Proyecto, para descartar daños que pudiesen poner en riesgo al personal o el funcionamiento del sistema eléctrico. Oportunidad y vías de comunicación a Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
la SMA de la activación del Plan ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud. Referencia al ICE Capítulo 7.1.3 del ICE
10.4. Riesgo 4: Situación de riesgo o contingencia Riesgo de afloramiento de aguas subterráneas Riesgo o contingencia Riesgo de afloramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Hincado de estructura soportante de paneles fotovoltaicos y desmantelamiento de paneles y postes. Acciones o medida a implementar para prevenir la contingencia Previo al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planos del área del Proyecto que den cuenta de las áreas más susceptibles un posible afloramiento de la napa. Forma de control y seguimiento Registro de disposición de planos e información a trabajadores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante posibles afloramientos las aguas serán captadas y reintegradas al cauce natural más próximo, tal como lo indica el Art 129° bis del Código de Aguas (DFL 112/81 Ministerio de Justicia). Lo anterior actividad que se efectuará de forma rápida, mediante bobeo, a objeto de evitar cualquier contacto que pueda generar cambios sustantivos en la calidad de las aguas. Previo al bombeo y reintegración de las aguas se realizará: • Verificación la calidad del agua del afloramiento mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Se efectuarán pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento (solo en caso de ser necesario). • Enviar de los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. Lo anterior acompañado de imágenes fotográficas (con fecha) describiendo los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. • El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) antes de las 24 h, señalando lo que se indica a continuación: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la autoridad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente, vía telefónica en un plazo menor a 24 horas. En específico, el informe contendrá al menos: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; duración del evento; acciones de control ejecutadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión. • Las técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron. • Todos los resultados y análisis que forman parte de las medidas a implementar ante la emergencia (anteriormente descrita). Referencia al ICE Capítulo 7.1.4 del ICE
10.5 Riesgo 5: Riesgo de inundación Riesgo o contingencia Riesgo de inundación Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades Acciones o medida a implementar para prevenir la contingencia • Revisión periódica de los pronósticos meteorológicos para el área del Proyecto. Si se anuncia que se producirán lluvias intensas, se despejarán y limpiarán las zonas de circulación de aguas lluvias. • Estar atento a los comunicados emitidos por la Autoridad Regional ONEMI en relación a lluvias intensas. • Demarcación y señalización de las vías de evacuación. • Prohibir la ejecución de trabajos a la intemperie durante el desarrollo de un evento meteorológico extremo. • Líderes de evacuación: Se conformará un equipo de intervención que estará encargado de evacuar al personal, llevándolo a una zona de seguridad establecida. • Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger; se dispondrá, que se verifique el estado y funcionamiento de tableros y sistemas eléctricos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
• Se capacitará a los trabajadores de Proyecto fotovoltaico en las medidas o acciones a llevar a cabo en la ocurrencia de estas situaciones. Forma de control y seguimiento • Verificar en terreno, que las vías de evacuación de aguas lluvias estén limpias y libres de obstáculos. • Verificar en terreno, que no se estén realizando trabajos que necesiten energía eléctrica, o que utilicen sustancias peligrosas. • Verificar que se ejecutaron las inspecciones preventivas, respecto de equipos, herramientas o maquinarias que requieran protección, y del funcionamiento de sistemas eléctricos. • Verificar que cuenten con reportes meteorológicos actualizados. • Verificar que se hayan desplazado los contenedores con sustancias peligrosas a zonas seguras, en caso de requerirlo. • Verificar y tener en obra registros de capacitación en términos de inundación. • Verificar que los contenedores para el almacenamiento de sustancias peligrosas estén ubicados seguros y que sean menos propensos a verse afectos por inundaciones. En relación a las verificaciones antes mencionadas, el titular deberá contar con un registro de ellas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas. • Todo el personal que se encuentre en el parque debe abandonar inmediatamente sus dependencias y acudir a un lugar seguro fuera del lugar afectado. • En caso que la inundación destruya alguna obra, material, equipo o maquinaria del Proyecto, se procederá a retirarla y se dispondrá en un sitio habilitado. • Verificar superficialmente, la existencia de algún derrame de sustancia peligrosa en el área anegada. • En caso de verificarse algún derrame de sustancia peligrosa, el barro o agua que se encuentra contaminado, será extraído y se almacenará como residuo peligroso. • Por otra parte, luego de la extracción de agua superficial, verificar que no se hayan generado derrames de sustancias peligrosas a consecuencia de la inundación. De evidenciar suelo inerte contaminado, se procederá a retirar el suelo y se dispondrá en sitio habilitado. • Una vez que se haya contenido la emergencia, la jefatura deberá evaluar si se está en condiciones de operativas similares a las condiciones originales antes de la inundación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, si corresponde, deberá emitirse en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: • Antecedentes de la inundación (causa; fecha; hora; obras afectadas por la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). • La identificación del área afectada y su extensión. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. • En caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos, o del eventual traslado por el cauce de material, equipo o maquinaria que pueda configurar algún otro riesgo ambiental aguas abajo del área inundada, se realizará la identificación de la eventual sustancia o residuo peligroso involucrada, área de influencia afectada, y principales impactos ambientales. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. Evaluación de los efectos sobre los recursos edáficos, hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes). Referencia al ICE Capítulo 7.1.5 del ICE
10.6. Riesgo 6: Riesgo de tormenta eléctrica Riesgo o contingencia Riesgo de tormenta eléctrica Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades Acciones o medida a implementar para prevenir la contingencia • Revisión periódica de los pronósticos meteorológicos para el área del Proyecto. • Estar atento a los comunicados emitidos por la Autoridad Regional ONEMI en relación a frentes del mal tiempo, lluvia o viento. • Demarcación y señalización de las vías de evacuación. • Prohibir la ejecución de trabajos a la intemperie durante el desarrollo de un evento meteorológico extremo. • Líderes de evacuación: Se conformará un equipo de intervención que estará encargado de evacuar al personal, llevándolo a una zona de seguridad establecida. Forma de control y seguimiento Obligación de asistir a capacitación o instrucción a todo el personal involucrado (directo e indirecto), cuya asistencia será obligatoria y quedará registrada. El registro de la capacitación quedará en las instalaciones de la empresa mandante y contratistas en caso de ser solicitadas por algún servicio fiscalizador. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Todo el personal que se encuentre en el parque debe abandonar inmediatamente sus dependencias y acudir a un lugar seguro fuera de la instalación, hasta que haya evidencias claras de que ha finalizado la tormenta eléctrica. • Se esperará un mínimo de 1 hora tras finalizar la tormenta para regresar al parque. • Durante la fase de operación, se prohíbe la entrada a la subestación y, bajo ninguna situación, el uso del teléfono de la subestación o teléfono móvil. • Si la instalación es alcanzada por un rayo y se aprecian daños visibles, debe desconectar la alimentación eléctrica y ponerse en contacto con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
el Jefe de Emergencia para que coordine las inspecciones correspondientes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, si corresponde, deberá emitirse en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: - Antecedentes del evento meteorológico extremo (tipo y causa; fecha; hora; obras afectadas por la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). - La identificación del área afectada y su extensión. - La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia al ICE Capítulo 7.1.6 del ICE.
10.7. Riesgo 7: Riesgo de remoción en masa Riesgo o contingencia Riesgo de remoción en masa Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades Acciones o medida a implementar para prevenir la contingencia • Uso obligatorio de elementos de protección personal (EPP). • Se instalará señalización informativa indicando zonas de seguridad, puntos de encuentro y vías de evacuación, dirigidas a todo personal, en particular en los frentes de trabajo a trabajadores, operadores, maquinarias y equipos. • Prohibición de depositar o acopiar materiales bajo la respectiva cota de seguridad. • Se procurará mantener la seguridad de las excavaciones abiertas, acuñando y aplicando sostenimientos (pernos, mallas, hormigón proyectado, entre otros) para estabilizar los taludes excavados conforme al respectivo ciclo de su proceso constructivo, sean éstos provisorios o definitivos. • Los trabajos de movimiento de tierra se realizarán procurando la intervención sólo del terreno necesario, evitando intervenir fuera del terreno al planificado. • Se instalará señalización en aquellos lugares que presenten mayor susceptibilidad de ocurrencia de derrumbes, deslizamiento o caída de rocas. • Se implementarán medidas de contención en sectores de obras que se evalúen sensibles a deslizamientos. • Ocurrido un sismo de gran magnitud, se iniciará vuelo mediante dron para inspeccionar la zona vulnerable a experimentar grandes remociones en masa. • Se realizará inspección periódica durante eventos de lluvias intensas y actividad sísmica para ordenar el despeje y habilitación de la vía, y evaluación que confirme una reposición de la condición estable. • Mantener debidamente instruido al personal de faena para prevenir y enfrentar un evento de remoción en masa según las medidas y acciones descritas en el presente plan. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
Forma de control y seguimiento • Comprobación visual respecto de la instalación de señalización. • Registro de las inspecciones periódicas durante eventos de lluvias intensas y actividad sísmica y de la evaluación realizada. • Obligación de asistir a capacitación o instrucción a todo el personal involucrado (directo e indirecto), cuya asistencia será obligatoria y quedará registrada. El registro de la capacitación quedará en las instalaciones de la empresa mandante y contratistas en caso de ser solicitadas por algún servicio fiscalizador Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Información periódica sobre las predicciones meteorológicas y el estado de la situación. • Se estará atento a las instrucciones que emanen de la Autoridad. • En caso de obstrucción de los caminos, se reestablecerá la conectividad para vehículos de emergencia a través del trabajo conjunto entre los contratistas, operadores y maquinaria que estén trabajando durante la construcción del Proyecto. • Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y al Jefe de emergencias. • Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Jefe de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. • En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. • Un especialista en prevención de riesgo inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, si corresponde, deberá emitirse en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; obras afectadas por la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). • La identificación del área afectada y su extensión. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia Referencia al ICE Capítulo 7.1.7 del ICE
10.8. Riesgo 8: Riesgo de derrame de sustancias peligrosa Riesgo o contingencia Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • No se realizarán operaciones de mantención de camiones ni maquinaria al interior del predio. Si Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
por causa mayor se debiera efectuar la reparación de alguna maquinaria o camión dentro del predio, ésta deberá realizarse sobre una lona impermeable que se extenderá en el suelo. • Verificar que las maquinarias cuenten con sus mantenciones al día para evitar derrames de combustible. • Mantener todo residuo peligroso debidamente almacenado en el sitio habilitado. • Los residuos peligrosos se almacenarán en un área designada y autorizada especialmente para ello. El área será construida de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 148/2003, del MINSAL. • Todo insumo, residuo o sustancia (con potencial de derrame) que no se esté utilizando, se deberá mantener cerrado o contenido, en posición vertical y se mantendrá permanentemente material absorbente a disposición para el control de posibles derrames. • Todo recipiente que almacene residuos peligrosos o insumos se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene. • Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en sectores que cuenten con la debida protección en el suelo. • Mantener a la vista y disposición de todos los trabajadores, las Hojas de Datos de Seguridad de cada uno de los productos que se manejan en el Proyecto. • Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurran. Forma de control y seguimiento • Verificar que se cumplan en totalidad las medidas de prevención. • Exigir que los camiones y equipos de apoyo cuenten con sus mantenciones al día. • Verificar y tener en obra, registros de capacitaciones realizadas en materias de prevención de derrames y en la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurra. • Se exigirá al contratista disponer de señaléticas correspondientes. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que, a pesar de las medidas preventivas o por causa de un movimiento sísmico, inundación o abastecimiento de combustible, se produzca un derrame, se deberá realizar las acciones que a continuación se indica: • Se debe identificar la fuente de origen del problema y detener el derrame, si es que esta actividad no presenta riesgos a la salud de las personas. • Identificar las características de seguridad del residuo o sustancia peligrosa en la hoja de seguridad (identificar los riesgos asociados a la salud, tipos de elementos de protección personal, formas de extinción, efectos en el medio ambiente entre otros antecedentes). Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, para actuar de manera inmediata en caso que sea necesario. • Para el control del derrame, se utilizará el kit para control de derrames que contiene (guantes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
plásticos, pala, sacos con arena, tierra o aserrín, cordones absorbentes, botas y recipiente impermeable) y luego construir un pretil con arena, tierra o aserrín, u otro material, para evitar que se expanda el material. • Una vez controlado el derrame se deberá remover el material contaminado (por ejemplo, la misma arena o tierra utilizada para contener el derrame) y se almacenarán los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por está Autoridad Sanitaria. • Este tipo de residuos, por sus características, será considerado un residuo peligroso, por lo que, para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en planta autorizada, se dará cumplimiento a lo indicado en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. • en caso que el derrame se haya producido sobre el terreno natural, proceder al retiro de la capa de suelo afectada y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos del Proyecto. Posteriormente se restablecerá el suelo a su condición original en cuanto a cobertura y profundidad, lo cual se demostrará a través de fotografías tomadas con el antes y después del retiro del terreno natural contaminado. • El material recuperado se almacenará en contenedores con tapa dentro de la bodega de residuos peligrosos para luego ser dispuesto en sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria. • Una vez retirado el material contaminado, se tomarán muestras en la zona afectada y en una estación control se verificará la efectividad de las medidas aplicadas. Los análisis se realizarán en laboratorio certificados por el INN. • Para minimizar posibles afectaciones derivadas de fuga o derrame de residuos, el personal a cargo contará con: Palas, Escobillones, Arena o producto similar para la absorción de producto, Recipientes, Guantes Y Tambores vacíos En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos edáficos, hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de control utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
la SMA de la activación del Plan Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud. Referencia al ICE Capítulo 7.1.8 del ICE
10.9. Riesgo 9: Accidente de fauna silvestre Riesgo o contingencia Riesgo de afectación de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Previo al inicio de los trabajos se capacitará a los trabajadores sobre las medidas a considerar para la protección de la fauna que eventualmente podría transitar en el área del Proyecto. • Para evitar la atracción de fauna y disminuir la probabilidad de accidentes, se manejarán y dispondrán los residuos sólidos asimilables a domiciliarios como basura y restos de comida en contenedores cerrados en todo momento, de manera que se impida que estos generen focos de atracción de fauna silvestre. • Regular la velocidad máxima dentro del área del parque fotovoltaico de 20 km/hr. • Instalación de señaléticas en áreas de frecuente presencia de animales, donde se indique a los conductores que conserven precaución. Forma de control y seguimiento • Verificar y tener en obra, registro de capacitaciones realizadas al personal acerca de la protección de la fauna silvestre. • Inspección visual de las señaléticas en lugares correspondientes. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de un eventual accidente a la fauna silvestre, se informará al jefe de faena de lo ocurrido y una vez controlada la situación se registra el accidente en un formulario previamente definido. Si el animal se encuentra herido: • Asegurar perturbación mínima, para así evitar que el individuo se estrese, como no gritar, no correr y no realizar movimientos bruscos con el cuerpo ni con elemento alguno. • En paralelo, se deberá contar con un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar además de procedimientos necesarios. Cabe destacar que estará previamente definido el centro de rescate de fauna más cercano al lugar, el cual estará autorizado por el SAG, en caso de tener que trasladar al ejemplar afectado. • No realizar ningún tipo de salvataje salvo que sea estrictamente necesario, debido al riesgo para el trabajador como del animal. Si el animal se encuentra sin vida: • El animal no deberá ser manipulado salvo si se encuentra en medio de un camino y utilizando los E.P.P. necesarios. Si se trata de un animal de mayor tamaño, se deberá contar con la ayuda e implementos necesarios para su manipulación. • En paralelo, se contactará a un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar además de los procedimientos necesarios para determinar la causa de muerte del animal. Cabe Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
destacar que estará previamente definido el centro de rescate de fauna más cercano al lugar y que se encuentre autorizado por el SAG. • Previo a la llegada del SAG, se aislará el área con conos de seguridad vial. Cabe destacar que posteriormente al accidente, se informarán las acciones realizadas con resultados al SAG, además se deberá informar a la SMA con copia al SAG. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso inmediatamente al SAG informando del siniestro y posteriormente a la SMA con copia al SAG a través de su plataforma web. Referencia al ICE Capítulo 7.1.9
10.10. Riesgo 10: Riesgo de emisión de olores en sector fosa séptica debido a fallas. Riesgo o contingencia Riesgo de emisión de olores en sector fosa séptica debido a fallas. Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones o medidas a implementar estarán enfocada al correcto funcionamiento de la fosa séptica, razón por la cual se contempla: • El retiro y disposición final de los lodos será realizado de forma anual (fase de operación) y mensual (durante fase de cierre) hacia un sitio Autorizado por la SEREMI de Salud respectiva. • Se considera la inspección periódica de la fosa séptica, de forma semestral durante la fase de operación y mensual durante el cierre. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras y estanques de bombeo; verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. • Se llevará el registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las Autorizaciones de los sitios de destino final. • Se llevará registro de las inspecciones realizadas al a fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto. • Finalmente se aclara que las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá en planta una copia del Permiso Ambiental Sectorial 138 que apruebe el uso de la fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. • Se mantendrá en planta la Aprobación Sectorial del PAS 138 otorgado por la seremi respectiva ante eventuales fiscalizaciones. • Se mantendrán en planta los registros de las inspecciones de la fosa séptica. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas; detención de fosa, recambio de cámaras, estanques de bombeo etc. • Se mantendrán en planta los registros de los retiros de los lodos con la periodicidad comprometida (de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
forma semestral durante la fase de operación y mensual durante el cierre). • Se mantendrán en planta los registros de las empresas que provean el transporte de los lodos generados (Autorizadas por la SEREMI de Salud Regional) y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. • Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. • Una vez detectada la falla en la fosa, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpiafosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. • Durante la construcción, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se utilizará una retroexcavadora para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada y se comunicará con el fabricante para solicitar una fosa de recambio. • Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. • Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizado. • El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a SEREMI de Salud de lo ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se emitirá un informe a la SMA, en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; residuo relacionado con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo o agua). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, biodiversidad, medio humano). • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (suelo, agua, biodiversidad, medio humano) afectados por una emergencia y/o contingencia. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181
posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Para una eficiente aplicación de los planes de contingencia expuestos, se deberá contar con una comunicación expedita con los actores externos relevantes, para ello el Jefe de Emergencias mantendrá comunicación con las siguientes entidades: Cuerpo de Bomberos, Hospital o centro asistencial más cercano y Mutualidad que utilice el titular. Referencia al ICE Capítulo 7.1.10
11°. Que, durante el proceso de evaluación no se realizó un proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16°. Que, para que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua”, de Solek Chile Servicies SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140 y 142 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, califica la actividad como inofensiva.
5°. Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Alagua” no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.
7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Emardo Christian Hantelmann Godoy Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Jeannette Patricia Morales Morales Directora (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181 Firmado Digitalmente por Jeannette Patricia Morales Morales Fecha: 21-02-2022 16:33:35:339 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Emardo Christian Hantelma nn Godoy Firmado digitalmente por Emardo Christian Hantelmann Godoy Fecha: 2022.02.22 10:21:04 -03'00'
JMM/JGM/JCAA/SFPL
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Victor Emilio Opazo Carvallo b.ortega@solek.com CONAF, Región Metropolitana de Santiago alex.madariaga@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago <ernesto.rios@mop.gov.cl, doris.aguila@mop.gov.cl> DOH, Región Metropolitana de Santiago paula.marin@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana <corrego@interior.gov.cl, jcanals@gobiernosantiago.cl, ccastro@gobiernosantiago.cl> Ilustre Municipalidad de Til-Til alcaldesa.aburto@tiltil.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago jorge.hernandez@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago esariego@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago < omar.sabat@minagri.gob.cl> SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago cacevedo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago crodrigueza@desarrollosocial.gob.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago gmendez@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago helga.balichp@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago aquezada@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago fkuskinen@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago PCofre.rm@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago felipe.infante@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM jnazal@minvu.cl Servicio Nacional de Pesca, Región Metropolitana de Santiago rmonserrat@sernapesca.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena emunoz@conadi.gov.cl Servicio Nacional de Geología y Minería <jorge.vargas@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Subsecretaría de Pesca y Acuicultura eanderson@subpesca.cl,gromero@subpesca.cl, cjavalquinto@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2155205181