Evaluación SEA

Parque Fotovoltaico Jotabeche

Rol 2150807733
SEA · DIA · Aprobado · 2021-02-19 · Región de Atacama · Parque Solar Jotabeche SpA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche” RESOLUCIÓN EXENTA (N° digital en costado inferior izquierdo) Copiapó,

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de 17 de febrero 2021, su Adenda de 31 de mayo 2021 y su Adenda Complementaria de 13 de agosto de 2021, del proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche”, presentado por Solek Chile Services SpA con fecha 19 de febrero de 2021.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche”.

3°. El Acta de Evaluación N°2021030062 de 09 de septiembre de 2021, del Comité Técnico de la Región de Atacama

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche” de 09 de septiembre de 2021.

5°. El acuerdo adoptado en la sesión del 20 de septiembre de 2021 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

H á G ill B h V l l 1°. Que, SOLEK CHILE SERVICES SPA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social SOLEK CHILE SERVICES SPA Rut 76.411.169-9 Domicilio Badajoz 45, Las Condes, Santiago Teléfono 56 966918576 Nombre representante legal Victor Emilio Alberto Opazo Carvallo Rut representante legal 8.357.119-5 Domicilio representante legal Badajoz 45, Las Condes, Santiago Teléfono representante legal 56 945594374 Correo electrónico Titular o representante legal b.ortega@solek.com; campos@solek.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de septiembre de 2021, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 de este documento; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 de este documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 20 de septiembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 09 de septiembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto, tiene por objetivo captar y transformar la energía solar en energía eléctrica para inyectar 9 MW a la red de distribuidora local, perteneciente al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW

Vida útil 29 años Monto de inversión USD $ 10.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de instalación de faenas Proyecto se desarrolla por Si No

etapas

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Tierra Amarilla. Justificación de la localización La localización del Proyecto resulta muy favorable para la instalación de un parque fotovoltaico ya que no existe en el predio flora en categoría de conservación, alta radiación solar y cercanos a líneas de distribución. Superficie 17 has Coordenadas UTM en Datum WGS84 Vértice Este Norte Vértice Este Norte VO1 376604 6946822 p01 376599 6946823 V02 376640 6946695 p02 376630 6946862 V03 376642 6946680 p03 376679 6946873 V04 376654 6946683 p04 376728 6946883 V05 376655 6946677 p05 376777 6946893 V06 376642 6946674 PoC 376794 6946896 V07 376682 6946528 V08 376257 6946371 V09 376252 6946442 V10 376176 6946478 V11 376170 6946614 V12 376243 6946696 V13 376590 6946817 V14 376628 6946866 V15 376793 6946900 V16 376795 6946893 V17 376632 6946859 V18 376602 6946821 Vértices 1-7: Vértices área total parque fotovoltaico Vértices p01-p05: Puntos línea de evacuación eléctrica PoC: Punto de conexión Caminos de acceso El acceso al predio del Parque Fotovoltaico Jotabeche se realizará directamente desde la Ruta C-350 Referencia al expediente de evaluación de los mapas, Tabla 1-6 del Capítulo 1 de la DIA, se presentan las coordenadas de los vértices del proyecto, en UTM. En la Figura 1-3, del mismo documento, se presenta la imagen general del proyecto, con sus georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones principales obras. En la Figura 3 de la Adenda, se presenta el detalle de la línea de evacuación proyectada y sus postaciones, el punto de conexión, además del camino de acceso. En la Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria se muestra el camino de acceso y rutas cercanas al proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes y obras Patio de Acopio Área destinada al almacenamiento de materiales utilizados durante la construcción y cierre de parque solar, considerando una zona de acopio de 60 m2. Utilizada principalmente para almacenamiento de los contenedores de paneles fotovoltaicos, inversores, cables y estructuras metálicas para la instalación de los paneles y posterior desmantelamiento de las mismas.

Estacionamiento de vehículos menores Espacio de 77 m2 de superficie destinado para el uso exclusivo de estacionamiento de vehículos menores al interior de la instalación de faenas, el cual estará debidamente delimitado y señalizado. Se dispondrá que los vehículos livianos estacionen aculatados para facilitar su salida frente a cualquier emergencia o contingencia.

Bodega de Residuos Peligrosos (RESPEL) Bodega modular de 7.5m2 donde se almacenarán los residuos generados que presentan alguna de las características de peligrosidad Las características de esta bodega darán cumplimiento al D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud. Dado que se contempla almacenar residuos peligrosos, se requiere la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial indicado en el artículo 142 del D.S. Nº 40/2012.

Zona de acopio de Residuos no Peligrosos (RISES) Sector destinado al acopio de residuos no peligrosos, tales como restos de cables, fierros, estructuras sobrantes, embalajes, plásticos, maderas, pallets con su sello y pernos en desuso. La zona de acopio contará con una superficie de 112m2. Dado que se contempla acumular RINP, se requiere la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial indicado en el artículo 140 del D.S. Nº 40/2012, por lo que en el Anexo 3.2 de la DIA Permiso Ambiental Sectorial 140, se presentan los contenidos técnicos y formales para su obtención, los que incluyen una descripción de las características del patio de residuos no peligrosos. Zona de acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios (RSD) Sector destinado al almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios (RSD) en contenedores debidamente condicionados y con tapa. Dicha zona contara con una superficie de 2,8m2. El área de almacenamiento proyectada contará con una base de material impermeable, continuo y resistente, con el fin de maximizar las medidas ante eventuales percolados que pudieran generarse.

Estacionamiento de maquinaria pesada Corresponde a un sitio de 90 m2 de superficie destinado para el estacionamiento de maquinaria pesada del Proyecto, el cual contará con un sitio especialmente destinado para la recarga de combustible de la maquinaria que no puede ir por sus propios medios a una estación de servicio autorizada, y para reparaciones menores que deban realizarse en el sitio del Proyecto. Dentro de esta área se contempla un sitio especialmente destinado para la recarga de combustible de la maquinaria que no puede ir por sus propios medios a una estación de servicio autorizada en el sitio de estacionamiento de maquinaria durante la fase de construcción y cierre del Proyecto.

Oficinas

Se instalarán dos container de acero destinados para las oficinas, de 30 m2 en total, las que contarán con los insumos necesarios para desempeñar las labores de los profesionales, correspondientes a computadores y otros elementos requeridos para el apoyo administrativo de la fase de construcción.

Portería Corresponde a una caseta de control de acceso al Proyecto, la que contará con un guardia de seguridad. Comprende un área de 7,4 m2.

Grupo electrógeno El suministro de energía eléctrica será mediante grupos electrógenos, se contará con un grupo para abastecer la instalación de faenas de 10 kVA y otro móvil de 5 kVA ubicado en los frentes de trabajo para la maquinaria que así lo requiera. Comprende un área de 3,1 m2. Se designará un lugar específico en la instalación de faenas, en este lugar se ubicará el grupo electrógeno de 10 kVA el cual contará con un pretil, para la contención de eventuales derrames de combustible que pudieran ocurrir durante la carga de este. Para el grupo electrógeno móvil de 5 kVA también contará con un pretil móvil.

Bodega de Materiales temporal Consistirá en un contenedor metálico tipo marítimo de 29 m2, el cual contará con racks de almacenamiento en su interior. Se contará con un rack diferenciado y señalizado para el almacenamiento de sustancias con características de peligrosidad.

Caminos Internos La habilitación de caminos considera la realización de un escarpe de unos 10 cm aproximadamente, los que estarán habilitados durante las 3 fases del Proyecto. Se considera habilitar 1.684 m2 de camino interno, para los cuales se considera escarpar el terreno y compactar. Dado que estos caminos se mantendrán operativos para todas las fases del Proyecto, se considera dentro de su diseño, la aplicación de Bischofita en caminos interiores y camino de acceso en fases de construcción y cierre. La Figura 1-4 de la DIA muestra los caminos internos del proyecto. Zanjas Zanjas necesarias para cableado subterráneo pueden tener diferentes tipos de geometrías dependiendo del número de tubos y cables. Se requiere de tres actividades para su colocación siendo estas, excavación, tendido de cables y/o tubos y relleno y compactación de zanjas. Las dimensiones de las zanjas serán de un 1 metro de profundidad y de 1 metro de ancho. Cierre perimetral El parque será vallado con un cercado eslabonado de 2 m de alto en todo su perímetro. Se realizará en dos fases correspondientes a la ejecución de cimentaciones para posterior montaje de la valla. Estas actividades se pueden solapar después del primer día de fraguado de hormigón El cierre perimetral o contara con elementos como puntas o alambres de púas. Como medida de seguridad se instalarán señaléticas que indicarán la ubicación de las estructuras como de los riesgos asociados. Adicionalmente, se dejará un espacio entre el cierre perimetral y el parque fotovoltaico de al menos 5 metros de distancia, lo que servirá como un espacio de seguridad o corta fuegos en caso de incendios forestales. Se instalará una cubierta vegetacional por el lado este del cerco perimetral, de manera de mimetizar la intervención con el entorno actual y no generar mayores intervenciones que afecten el componente. La Figura 1-14 de la DIA muestra el diseño de la Sección Cierre Perimetral. Baños químicos En la instalación de faenas y en los frentes de trabajo habrá temporalmente baños químicos portátiles. La utilización de baños químicos durante la fase de construcción será acotada solo a los frentes de trabajo de las actividades de prospección, la cual no superará los 6 meses de duración. De forma similar se realizará para la fase de cierre, al considerar no superar 5 meses de duración. Se implementará un procedimiento sistematizado de seguimiento de los residuos de aguas servidas que salgan de las instalaciones provenientes de los baños químicos. Los residuos serán manejados por una empresa que se encontrará debidamente autorizada para el manejo y disposición final de este tipo de residuos.

Acciones Habilitación de instalación de faenas Esta actividad considera el montaje de containers y su habilitación con muebles, estanterías y otros requeridos para el apoyo administrativo de la construcción. Adicionalmente, se habilitarán baños químicos, bodegas, zonas de estacionamiento y descarga de materiales y sectores para el acopio temporal de residuos. Solo 3500 m2 serán intervenidos directamente. Limpieza superficial y remoción de material Consiste principalmente en una limpieza superficial del terreno y la remoción de material presente en parte del terreno. No se realizará escarpe en el área de proyecto, considerando únicamente la limpieza del terreno, en las zonas que sea necesario, actividad que consiste principalmente en la corta de vegetación y en el despeje superficial referido al despedregado de piedras de gran magnitud. Las excavaciones serán puntuales para el hincado de estructuras (aprox. 2,0 metros de profundidad) en el área de planta y para la implementación de los postes necesarios para albergar la línea de evacuación (aprox. 1,5 metros de profundidad). La tierra excavada será utilizada en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas) y de las áreas donde se implementen los postes (a modo de soporte), estimando en un peor escenario la utilización de excedente en nivelación de terreno. Por tanto, se confirma que el material excavado será reutilizado en su totalidad en el mismo terreno no generando excedentes que deban trasladados a otros sectores. Instalación de cerco perimetral Para la instalación del cerco perimetral los pilares se atornillarán directamente al suelo y se extenderá la malla metálica, ajustándola manualmente a los pilares. La altura estimada de 2m, la cual será instalada a través de una inserción directa en el suelo. Como medida de seguridad se instalarán señaléticas que indicarán la ubicación de las estructuras como de los riesgos asociados. Una vez instalado, se proporcionará una cubierta vegetacional por el lado este del cerco perimetral, de manera de mimetizar la intervención con el entorno actual y no generar mayores intervenciones que afecten el componente. Detalles en el Anexo 3.5 sobre Compromisos Ambientales Voluntarios de la Adenda. Movimientos de tierra

Durante la fase de construcción se realizará escarpado el cual contempla principalmente el desbroce del terreno donde se ubicarán los caminos y excavaciones de zanjas para cableado e instalación de subestaciones transformadoras, entre otras, lo que en total implicará unos 1.985,7 m3 de movimiento de tierras. Caminos Internos Se considera habilitar 1.684 m2 de camino interno, para los cuales se considera escarpar el terreno y compactar. Dado que estos caminos se mantendrán operativos para todas las fases del Proyecto, se considera dentro de su diseño, la aplicación de Bischofita en caminos interiores y camino de acceso en fases de construcción y cierre. Montaje de estructuras Se contempla el montaje de todas las estructuras no eléctricas del Proyecto, correspondiente a las siguientes: ▪ Estructuras de soporte o pilotes (pilotes de acero galvanizado que serán hincadas directamente al terreno a una profundidad máxima de 2 metros). ▪ Seguidores solares ▪ Montaje de inversores ▪ Montaje de estructuras de subestaciones transformadoras ▪ Montaje de módulos fotovoltaicos ▪ Montaje de postaciones para empalme eléctrico El montaje de postaciones para el empalme eléctrico consiste en realizar excavaciones de hasta 1,5 m de profundidad, en una superficie de 1 m2 , donde se instalarán los postes mediante grúa pluma, para luego realizar rellenos con el mismo material retirado, compactándolo con maquinaria. Montaje eléctrico Una vez instalados los equipos, se procederá al montaje electromecánico y a la ejecución de otras obras civiles menores, tales como, canaletas, canalizaciones, etc. Además, se procederá al cableado, conexionado y pruebas de las instalaciones, incluyendo tanto equipos eléctricos, como los equipos de control, protección, supervisión, medida, telecomunicaciones, entre otros. Durante esta fase, también se contempla la instalación del poste para la línea de evacuación eléctrica, para lo cual se realizará excavación de 1,5 m de profundidad, luego de lo cual se instalará el poste mediante una grúa pluma, se vaciará concreto y finalmente se realizará relleno con el mismo material retirado, compactándolo con maquinaria. Frentes de trabajo El proyecto considera frentes de trabajos para la Instalación de paneles y estructuras, en los cuales se instalará la maquinaria necesaria, estacionamientos, baños químicos, dispensadores de agua potables, bodegas, etc. Conexión y puesta en marcha Esta acción consiste en verificación de parámetros; pruebas finales de puesta en servicio de los inversores, transformadores y celdas; y puesta en marcha de la planta solar. Retiro de instalaciones temporales y limpieza Para esta actividad se retirarán las instalaciones temporales como containers y otros, utilizados para esta fase. Lo anterior se realizará de manera manual y cuando corresponda, mediante el uso de una grúa pluma. Adicionalmente, se realizará una limpieza general del terreno. Cabe señalar que todos los residuos que se generen durante esta actividad serán retirados y transportados mediante empresas autorizadas, para su disposición final en sitios autorizados. Transporte Se contempla el mayor tránsito vehicular asociado al transporte de los materiales que se utilizan para la instalación del parque, estimándose en aproximadamente 5 camiones diarios y otros vehículos menores. Para el transporte de personal se considerarán buses de acercamiento en fase de construcción. También transporte en camioneta cuando sea necesario. Mayores detalles del trasporte en la Tabla 16 de la Adenda. Recursos naturales renovables Suelo: se removerá material de excavación y escarpe para caminos, el que principalmente se dispersará en el mismo terreno como material de relleno o nivelación. Del área total del proyecto sólo 5.184 m2 son intervenidos directamente por las obras de escarpe, correspondientes a caminos internos (1.684 m2), instalación de faenas (3.500 m2). Los inversores sólo se montan, no significando escarpe para su instalación.

Áridos: se considera una capa de 20 cm de arena para acolchonamiento de cables enterrados en zanjas, y se considera aplicación de capa de 15 cm aproximadamente de material para estabilización de instalación de faenas (3.500 m2). Por lo tanto, el total de áridos contemplados a utilizar por el proyecto es de aproximadamente 811,16 m3. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas. Las emisiones del Proyecto durante la fase de construcción (6 meses) según el Anexo 4.3 de la Adenda.

Forma de control de emisiones: ▪ Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. ▪ Certificado de mantenciones, para la maquinaria que o requiera de revisión técnica. ▪ Registro de entrada y salida de camiones con carga encarpados. ▪ Certificado de revisión técnica al día. ▪ Registro de entrada y salida de camiones con carga. ▪ Registro de humectación. ▪ Se establecerá “prohibición de quema de madera y hacer fuego”, de materiales o desechos. ▪ Capacitaciones a los trabajadores sobre la prevención de contaminación en las faenas. ▪ Se ejecutará un Programa de Humectación, como supresor de polvo en caminos internos y en todos los sectores de excavación de obras. El agua será aportada por un camión aljibe certificado.

Ruido. Durante la fase de construcción, los principales aportes de ruido en la faena serán producto del uso de maquinaria de construcción, el generador eléctrico y las actividades de carga de camiones. Se implementarán acciones de control de ruido las cuales consisten en la implementación de pantallas acústicas modulares móviles (de madera OBS y lana de fibra de vidrio) de 3.6m de altura, aplicados en forma local sobre la maquinaria utilizada, específicamente a las cercanas al receptor 2 (que supera en 6 dB). Para mayores detalles ver Anexo 1.5 de la DIA, “Estudio de impacto acústico y vibratorio”.

Vibraciones. Se aplicarán restricciones de distancias mínimas de ejecución de obras constructivas entre el receptor y el hincado de pilote de al menos 25 m para el receptor 2, y así cumplir con el criterio de molestia, para el cual los demás puntos evaluados no superan los máximos de referencia durante la fase de construcción. Emisiones líquidas o efluentes Se producirán emisiones líquidas provenientes de los servicios higiénicos usados por los trabajadores del proyecto en sus distintos frentes de trabajo. Los residuos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Durante la fase de construcción el volumen emitido será de aproximadamente 6,0 m3 /día provenientes de los baños químicos. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Consistentes en envases, restos de alimentos, papelería, entre otros, en una cantidad de 800 kg/mes. Serán dispuestos temporalmente en contenedores con tapa ubicados en los frentes de trabajo, serán retirados por una empresa autorizada y será trasladados a un relleno autorizado. Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores herméticos y serán retirados periódicamente, 2 a 3 veces por semana, por empresas autorizadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. Detalles en Anexo 5.2 de Adenda Complementaria. Residuos industriales no peligrosos. Estos se detallan, según tipo de residuos: - Pallets y maderas, 250 kg/mes - Fierros y metales, 350 kg/mes - Plásticos, 250 kg/mes - Escombros, 150 kg/mes Estos residuos serán almacenados en un sitio de acopio de 112 m2 el que cuenta con una tolva de 20 m2, los que serán dispuestos sitio autorizado o empresa de reciclaje autorizada. La periodicidad de retiro será 2 veces por semana. Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición final en sitios autorizados, los cuales al momento retirar y llevar a disposición final, extenderán un certificado para ello. Residuos sólidos peligrosos Los residuos peligrosos que sean generados por el Proyecto durante esta fase corresponden a: Envase vacío de WD-40 en aerosol (40 kg/año), Envases vacíos de Espuma de Poliuretano en aerosol (40 kg/año), Tarros de pintura vacíos, (10 kg/mes), Brochas usadas (12 kg/mes), Envases vacíos de diluyentes (10 kg/mes), Lubricantes Usados (12 kg/mes), Tóner de impresora (8 kg/mes), Pilas/batería (8 kg/mes), EPP Contaminado en desuso (10 kg/mes), Paños contaminados (10 kg/mes). Una vez generados serán llevados al Almacenamiento temporal en bodega RESPEL para posterior traslado y disposición en relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Los antecedentes del PAS 142 se presentan en el Anexo 3.3 de la DIA. Productos químicos y otras sustancias - Los productos químicos y otras sustancias que sean generados por el Proyecto durante esta fase corresponden a: Impermeabilizante (30 kg/mes), Tóner de impresora (7 kg/mes), Diluyente (25 kg/fase), Pintura líquida (30 kg/mes), Puente adherente (25 kg/mes), Adhesivos varios (10 kg/mes), Desmoldante (15 kg/mes), Espuma poliuretano (30 kg/fase), Aceites lubricantes (20 kg/mes), Pilar/ Baterías (7 kg/fase). - Combustibles: Con respecto a la carga de combustible (petróleo o bencina) se considera la instalación de una protección móvil (carpeta) con el fin de evitar la contaminación del suelo ante un eventual derrame mediante una membrana de HDPE sin utilizar arena para ningún efecto. Por su parte, los procesos de recarga para los grupos electrógenos se llevarán a cabo dentro de la instalación de faenas, sobre una carpeta de HDPE. Una vez generados serán llevados al almacenamiento de las sustancias se realizará de acuerdo a sus compatibilidades, en una misma bodega en la instalación de faenas. Cabe señalar que las cantidades de almacenamiento no superan los 600 kg o litros, por lo que el almacenamiento se realizará en conformidad con lo establecido en los Art.19 al 24. Del D.S. Nº43/2015 MINSAL. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras Tabla 4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.2. Suministros básicos Tabla 4.6.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.6.4. Emisiones y efluentes Tabla 4.6.5. Residuos 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y obras Estacionamiento de vehículos menores Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega de Residuos Peligrosos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Zona de acopio de Residuos no Peligrosos (RISES) Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Caminos Internos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Paneles Fotovoltaicos El proyecto considera la instalación de 19.656 paneles fotovoltaicos de 540 Wp o similares, comprendiendo un área total de 103.459 m2. Los paneles fotovoltaicos se instalarán sobre estructuras de soporte metálico los cuales estarán fijados al terreno. El soporte de las estructuras se realiza mediante hincado directo de las estacas de soporte, sin necesidad de realizar grandes intervenciones en los suelos, ni construir fundaciones solo será necesaria a cimentación en casos de que el hincado no sea posible. El módulo está formado por un cristal o lamina transparente superior, la cual lo protege de la intemperie (variables meteorológicas), dentro del cual se encuentra el sustrato conversor y sus conexiones eléctricas correspondientes. Los módulos que se han considerado para este proyecto se conforman en filas conectadas entre sí, lo que se denominará una “mesa”, las que se sitúan en los seguidores o trackers. Los paneles solares y equipos eléctricos, serán manejados y dispuestos en todo momento como Residuos Peligrosos. La distribución de los paneles fotovoltaicos se muestra en la Figura 1-4 de la DIA, y su redistribución en la Figura 2 de la Adenda Complementaria. Inversores Los inversores son los encargados de recibir la energía generada por los módulos fotovoltaicos en corriente directa (DC), para convertirla en corriente alterna (AC), de modo que se pueda inyectar al sistema de distribución, SEN. Los inversores tendrán una estructura metalizada y se hincarán directamente sobre el terreno del parque, sin necesidad de fundaciones de hormigón ni concreto. El Proyecto contempla la instalación de 39 inversores, comprendiendo un área total de 132 m2. La Tabla 1-13 de la DIA presenta la ubicación de los Inversores. Bodega de Materiales permanente Consistirá en un contenedor metálico tipo marítimo de 29 m2, el cual contará con racks de almacenamiento en su interior. Se contará con un rack diferenciado y señalizado para el almacenamiento de sustancias con características de peligrosidad.

Cierre perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Postes y punto de conexión Para la conexión del parque fotovoltaico al SEN se contempla la instalación de 5 postes de hormigón armado que tendrán una altura de 11,5 m y un ancho de 2,14 m en su parte más ancha, que es donde se sustentan los conductores, acompañado de una línea de evacuación con una longitud de 223 m. La Figura 1 de la Adenda muestra el diseño del poste eléctrico, y la Figura 2 y Figura 3 de la Adenda se representa en cartográfica la Línea de Evacuación, para detalles ver Anexo 1.2 de la ADENDA. La evacuación de la energía eléctrica generada por el proyecto se desarrolla a través de un punto de conexión hasta una línea eléctrica existente.

Zanjas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Subestaciones transformadoras Este equipo corresponde al transformador de potencia, donde se recibe toda la energía generada en el parque fotovoltaico y se adecua al novel de voltaje requerido para su inyección a la red de distribución. El Proyecto contempla la implementación de 3 substaciones transformadoras de 5,5 MVA cada una, comprendiendo un área total de 29 m2. La ubicación de estos centros se presenta en La Tabla 1-14 de la DIA, la planimetría incorporada en Anexo 1.2 de la DIA, y adjunta en el Anexo 1.1 de la ADENDA. Módulos Sanitarios y fosa séptica Estos módulos sanitarios consisten en construcciones modulares adaptados y equipados con 3 sanitarios, 3 urinarios (baño de hombres), 3 duchas y 3 lavamanos cada una. Se contempla instalar solo un módulo sanitario que ‘permanecerá en el área de instalación de faenas principal durante toda la fase de operación, y comprenderá un área de 18m2. El proyecto contempla la implementación de un “Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas” del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración” cuya capacidad máxima será 1.200 L/día L, la cual podrá abastecer los requerimientos en Fase de Operación considerando una dotación máxima de 8 trabajadores. Antecedentes más detallados al Permiso Ambiental Sectorial 138 en el Anexo 3.1 de la presente ADENDA Complementaria. Acciones Operación remota del Parque La operación del parque solar se realizará de manera remota, no se requerirá de personal permanente en las instalaciones. Actividades de Mantención Durante la fase de operación se realizarán actividades que corresponden a chequeos del funcionamiento del parque con el fin de detectar y corregir problemas. Serán realizados por personal externo autorizado y capacitado, por empresas autorizadas, cada 3 meses y durante 3 días hábiles. Estas actividades comprenden la limpieza de paneles, las inspecciones rutinarias y el mantenimiento correctivo. Producción de electricidad Durante la fase de operación se realizará la generación de energía eléctrica basada en la transformación de la radiación solar en energía eléctrica por medio de los paneles fotovoltaicos. Transporte Esta acción ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Productos generados Energía El proyecto, dada su naturaleza de planta fotovoltaica, generará 9 MW de potencia nominal, que se conectará a la red existente en el punto de conexión ubicado al interior del terreno en donde se emplazará el parque fotovoltaico. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Durante esta fase se contempla el mantenimiento, control y manejo de la vegetación en el área de Proyecto en forma mecánica, mediante la utilización de maquinaria liviana (desmalezadoras manuales), no se utilizarán herbicidas. El desmalezado durante esta fase será realizado en forma cuatrimestral, realizando el retiro inmediato de los residuos vegetales generados, minimizando la generación de vectores sanitarios y focos de incendio. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas. De los resultados obtenidos para Fase de Operación (Tabla 13 de la Adenda), se concluye que el principal aporte de material particulado se genera por los trabajos esporádicos realizados durante las tareas de mantención, lo que no produce emisiones de consideración. Para mayores antecedentes, ver Anexo 4.3 Inventario y Modelación de Emisiones Atmosféricas, de la ADENDA.

Emisiones líquidas o efluentes Se producirán emisiones líquidas provenientes de los servicios higiénicos usados por los trabajadores del proyecto en sus distintos frentes de trabajo. El volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de operación (mantenciones del Parque) será de aproximadamente 1,2 m3 /día, provenientes de “Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas” del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración”. Las aguas servidas serán manejadas mediante Fosa Séptica con Sistema de Infiltración conforme a lo indicado en el Anexo 5.1 PAS 138 de la Adenda Complementaria.

Ruido Los niveles obtenidos no superarán los máximos permitidos, tanto para el periodo diurno como nocturno.

Conforme a las mediciones y modelaciones realizadas se concluye que la totalidad de los receptores cumplen con los límites permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA sin la necesidad de implementar medidas de control de ruido. Detalles al respecto en el Anexo 1.5 Estudio de impacto acústico y vibratorio, de la DIA.

Vibraciones Durante la fase de operación se estimó que los niveles de velocidad de vibración asociados al Proyecto, bajo el escenario más desfavorable, y se concluyó que éstos no superan los límites establecidos en la normativa de referencia de la FTA. Se asume que el Proyecto no generará un impacto vibratorio negativo en los receptores cercanos al emplazamiento de este. Para mayores antecedentes, ver Anexo 1.5 de la DIA, Estudio de Ruido y Vibraciones.

Campos electromagnéticos Las emisiones de campos electromagnéticos que generará el Proyecto en la fase de operación serán emitidas por los Paneles Fotovoltaicos, Inversores, Subestaciones de Transformación y Línea Eléctrica. Dado lo anterior y conforme a los límites establecidos por la Comisión Internacional para la Protección contra la Radiación No Ionizante (ICNIRP por sus siglas en inglés), que establece un máximo recomendado de exposición a la radiación de campo magnético estático de 4 millones de mG, se estima que el campo magnético estático generado por los módulos fotovoltaicos (poco más de la milésima parte del nivel máximo recomendado)se encuentra dentro del rango seguro (a nivel normativo según ICNIRP) para los operarios en labores de mantenimiento y limpieza dentro del Proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Se estima una generación máxima de 48 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios (envases, restos de alimentos, papelería, entre otros.) en la Fase de Operación. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios de 1 kg/trabajador/día, y considerando una dotación máxima de 8 trabajadores. Serán retirados por el personal al término de cada jornada de mantención y se dispondrán los residuos fuera de las instalaciones en un lugar autorizado. En el Anexo 5.2 de Adenda Complementaria, se incorpora como indicador de cumplimiento en relación al D.S. N°594/99 del MINSAL.

Residuos sólidos industriales no peligrosos. Serán almacenados en un sitio de acopio de 112 m2 el que cuenta con una tolva de 20 m2, los que serán dispuestos sitio autorizado o empresa de reciclaje autorizada. La periodicidad de retiro de estos Residuos Industriales No Peligrosos, será mensual.

Residuos sólidos peligrosos. - Paneles fotovoltaicos: Se generarán aproximadamente 20,56 kg/mes* (17 módulos año). El manejo y disposición de los “Paneles fotovoltaicos en desuso”, será informando a la Autoridad mediante la ventanilla única del RETC (D.S. N° 1/2013 MMA).

  • Otros residuos peligrosos: Se generarán residuos sólidos provenientes de las actividades de mantención, tales como: aceites, lubricantes, huaipes, latas de lubricante (WD-40, tubos de espuma de poliuretano aislante), paños y EPP contaminados; los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL, en espera a su disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama.

Productos químicos y otras sustancias El Proyecto en evaluación no considera el almacenamiento de sustancias peligrosas de ningún tipo. No obstante, y ante eventuales requerimientos, estos serán abastecidos gradualmente conforme a las necesidades del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.7.1.1. Partes y obras Tabla 4.7.1.2. Acciones Tabla 4.7.2. Suministros básicos Tabla 4.7.3. Productos generados Tabla 4.7.4. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.7.5. Emisiones y efluentes Tabla 4.7.6. Residuos 4.3.3. FASE DE CIERRE Partes y obras Patio de Acopio Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Estacionamiento de vehículos menores Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Bodega de Residuos Peligrosos(RESPEL) Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Baños químicos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Grupo electrógeno Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Oficinas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Zona de acopio de Residuos no Peligrosos (RISES) Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Zona de acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios (RSD) Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Estacionamiento de maquinaria pesada Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Caminos Internos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Cierre perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Portería Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Bodega de Materiales temporal Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Acciones Desconexión de la línea eléctrica Detener la inyección del proyecto a la red, desconexión de obras físicas de instalaciones a red de media tensión. Habilitación de Instalaciones de Faena La habilitación de las Instalaciones de Faenas, la cual contará con todas las instalaciones necesarias para servir tanto a trabajadores como a las obras de cierre, contando con comedor, baños, bodegas de almacenamiento temporal de residuos, área de acopio de residuos no peligrosos y domésticos, baños, oficinas, entre otros. Desmontaje de estructuras A fin de cumplir con el total desmantelamiento de los elementos que componen la planta fotovoltaica: ▪ Desmantelamiento de todas las estructuras construidas en el Proyecto, tanto de los módulos fotovoltaicos, estructuras, cableado, caseta de equipos inversores, de vigilancia y transformadores. ▪ Desconexión de los módulos, para desmontarlos y cargarlos a un camión para el transporte y entrega a una empresa debidamente autorizada para que le dé una correcta disposición final, como por ejemplo el reciclado. ▪ Desmontaje de las estructuras de soporte, las cuales serán apiladas en un lugar destinado para esa actividad, las que serán cargadas a un camión para su transporte definitivo a una empresa debidamente autorizada para realizar el tratamiento y/o reciclado. ▪ Desconexión, desmontaje y retirada de los inversores, transformadores, equipos eléctricos, los cuales serán trasladados y gestionados por una empresa debidamente autorizada para su tratamiento final. Restauración de componentes ambientales que hayan sido afectado durante la ejecución del proyecto Finalizada el desmantelamiento de obras en fase de cierre, y debido a que las afectaciones sobre el terreno serán menores y relacionados sólo con las excavaciones de zanjas y fundaciones, y por tanto que la afección sobre el suelo y la geoforma es mínima, el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al desmantelar las obras y finalizar la operación. El proponente se compromete a restaurar la geoforma levemente alterada y dejar el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas presentadas en el Anexo 2.3 la DIA. Por otro lado, no se contempla restauración de vegetación debido a que la vegetación a remover es mínima. Desmontaje cerco perimetral e instalación de faenas y Limpieza del terreno Se realizará el retiro de todas las obras establecidas para el cierre de la planta. Se realizará el desmontaje del cerco perimetral. Luego se procederá a la limpieza del terreno y realizarán las actividades de descompactación del suelo. Transporte Esta acción ya fue descrita en el punto 4.3.1. de este documento. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase. Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera Las actividades que generan emisiones atmosféricas son muy similares al empleado en la fase de Construcción del proyecto y por tanto, los valores de emisiones atmosféricas so similares. El principal aporte de material particulado se asocia a transporte de vehículos y uso de equipos y maquinarias. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá un estricto control de emisiones conforme a la normativa aplicable, considerando dentro de su diseño y actividades la aplicación de Bischofita (o supresor con eficiencia similar) en camino no pavimentado interno y acceso con una eficiencia de al menos un 90%. Mantenido la humectación de caminos similares a lo indicado en la fase de construcción. Para mayores antecedentes, ver Anexo 4.3 Inventario y Modelación de Emisiones Atmosféricas, de la ADENDA.

Emisiones líquidas o efluentes Se producirán emisiones líquidas provenientes de los servicios higiénicos usados por los trabajadores del proyecto en sus distintos frentes de trabajo. Los residuos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Durante la fase de cierre el volumen emitido será de aproximadamente 6,0 m3 /día provenientes de los baños químicos.

Ruido Durante la fase de cierre, los principales aportes de ruido en la faena serán producto del uso de maquinaria de construcción el generador eléctrico y las actividades de carga de camiones. Se aplicarán las mismas acciones de control determinadas para la fase de construcción. Para más detalles ver el Anexo 1.5 Estudio de Ruido y Vibraciones, de la DIA. Vibraciones Se aplicarán las mismas acciones de control señaladas para la fase de construcción. Para mayores antecedentes, ver Anexo 1.5 de la DIA, Estudio de Ruido y Vibraciones.

Residuos Residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Durante esta fase se utilizarán instalaciones similares a las utilizadas en la fase de construcción, para el acopio temporal de los RSD por el Proyecto. Las cantidades de generación han sido homologadas a la fase señalada.

Residuos sólidos industriales no peligrosos. Durante esta fase se utilizarán instalaciones similares a las utilizadas en la fase de construcción, para el acopio temporal de los RSINP por el Proyecto. Las cantidades de generación han sido homologadas a la fase señalada.

Residuos sólidos peligrosos. Los residuos peligrosos que sean generados por el Proyecto durante esta fase corresponden a: Envase vacío de WD-40 en aerosol (10 kg/año),Envases vacíos de Espuma de Poliuretano en aerosol (10 kg/año),Tarros de pintura vacíos (5 kg/mes),Brochas usadas (5 kg/mes),Envases vacíos de diluyentes (4 kg/mes),Lubricantes Usados (4 kg/mes),Tóner de impresora (2kg/mes),Pilas/batería (2 kg/mes),EPP Contaminado en desuso (4 kg/mes), Paños contaminados (4 kg/mes), Paneles fotovoltaicos (19.656 unidades app). Una vez generados serán dispuestos en el Almacenamiento temporal en bodega RESPEL para posterior traslado y disposición en relleno de seguridad autorizado. El retiro será realizado con una periodicidad máxima de 6 meses. Productos químicos y otras sustancias - Combustibles: Con respecto a la carga de combustible (petróleo o bencina) se considera la instalación de una protección móvil (carpeta) con el fin de evitar la contaminación del suelo ante un eventual derrame mediante una membrana de HDPE sin utilizar arena para ningún efecto. Por su parte, los procesos de recarga para los grupos electrógenos se llevarán a cabo dentro de la instalación de faenas, sobre una carpeta de HDPE.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.8.1.1. Partes y obras Tabla 4.8.1.2. Acciones Tabla 4.8.2. Suministros básicos Tabla 4.8.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.8.4. Emisiones y efluentes Tabla 4.8.5. Residuos

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Diciembre 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faenas Fecha estimada de término Mayo 2022 Parte, obra o acción que establece el término Conexión al SEN y puesta en marcha 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Junio 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Pruebas de energización y emisión de Formulario 9 a SEC/CGE: Puesta en servicio Fecha estimada de término Junio 2051 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión del SEN 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Julio 2052 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión a la red de distribución Fecha estimada de término Noviembre 2052 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de faenas y limpieza del terreno

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de concentración de material particulado y gases. En atención a los antecedentes presentados en el Anexo 4.3 de la Adenda, donde se presenta el detalle del inventario de emisiones y modelación atmosférica, el Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante las fases de construcción y cierre. Parte, obra o acción que lo genera • Movimientos de tierra • Limpieza superficial y remoción de material • Transporte. • Frentes de trabajos. • Construcción línea de evacuación eléctrica. Fase en que se presenta Construcción y cierre Impacto ambiental Aumento de niveles de ruido en receptores cercanos. El proyecto aumentará los niveles de ruido en el receptor denominado punto 2 (vivienda), ubicado a 16m de distancia, entre el parque fotovoltaico y la línea de trasmisión eléctrica. Parte, obra o acción que lo genera Durante la fase de construcción y cierre, los principales aportes de ruido en la faena serán producto del uso de maquinaria de construcción movimiento de tierra y habilitación de caminos, por el uso de maquinarias (motoniveladora, retroexcavadora, hincadora, entre otras) y las actividades de carga de camiones. Fase en que se presenta Construcción y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1 Salud de la Población. Tabla 6.1 Las mayores emisiones del Proyecto se generarán en la construcción (6 meses) según el Anexo 4.3 de la Adenda. Conforme al análisis del literal, la estimación de emisiones presentada para las actividades del Proyecto en las fases de construcción, operación y cierre, permiten definir que éstas no generan la superación de los valores establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes, dado que de acuerdo a las concentraciones de MP10 y MP2,5 obtenidas a través de los resultados obtenidos indican que son menores, toda vez que las actividades serán desarrolladas de forma puntual y acotadas en espacio y tiempo. Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto ha propuesto una serie de acciones de control de emisiones para las fases de construcción y cierre según se han detallado en la Tabla 4.6.4.1 y Tabla 4.7.5.1 del capítulo 4 del ICE. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.1 del ICE, se concluye que respecto de las emisiones atmosféricas, durante el proceso de evaluación se realizó una estimación de emisiones para todas las fases del Proyecto, concluyendo que éstas serán acotadas en el tiempo y de baja magnitud, tanto para material particulado como para gases.

Respecto a la generación de Ruido y vibraciones, el Proyecto generará emisiones de ruido en todas sus fases debido al desarrollo de sus actividades. Para verificar el cumplimiento de la normativa señalada, en los receptores sensibles identificados, se desarrolló un Estudio de ruido y de Vibraciones adjuntado en el Anexo 1.5 de la DIA, complementado en Adenda y Adenda Complementaria, donde se han identificado los distintos receptores (5) que podrían verse afectados por el Proyecto, todos ubicados en zona rural. De acuerdo con los resultados obtenidos para las distintas fases (construcción, operación y cierre), se verifica que en el receptor 2 (a 16 m de distancia) habrá un incremento del ruido, sin embargo el Proponente ha considerado que en fase de construcción y cierre implementará pantallas acústicas modulares móviles de 3.6 m. de altura, aplicados en forma local sobre la maquinaria utilizada durante las faenas de construcción, específicamente a las cercanas al receptor 2, la extensión de la barrera dependerá del tamaño de las fuentes, abarcando al menos 10 m. para cada lado (20 m. en total) adicionales a la extensión del área que ocupan las mismas. Adicional a lo anterior se contemplan las siguientes acciones: - Desarrollo de las faenas de construcción exclusivamente en el periodo diurno. De lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. - Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso. - Mantención regular de los equipos. - Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido. Con lo anterior, se puede concluir el cumplimiento de los niveles NPC máximos establecidos por el D.S. N° 38/11 MMA con medidas de control en los receptores identificados (véase tablas 37 y 38 del Anexo 1.5 de la DIA). Sin perjuicio de lo anterior, el Proponente ejecutará un Programa de Monitoreo de ruido para corroborar la Efectividad de las Acciones de Control Propuesta (barreras acústicas modulares). Por otra parte, respecto a las vibraciones y según el análisis presentado en el Anexo 1.5 “Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA, durante las fases de construcción y cierre se utilizan maquinarias que generan vibraciones, sin embargo, las proyecciones realizadas utilizando las maquinarias en los casos más críticos determinan que no se cumple con la normativa de referencia FTA que considera el criterio de daño sobre estructuras, mientras que para el criterio de molestia en los habitantes, para el receptor 2 identificados en el sector. Dado lo anterior, se aplicarán restricciones de distancias mínimas de ejecución de obras constructivas entre el receptor y el hincado de pilote de al menos 25 [m] para el punto 2, y así cumplir con el criterio de molestia, para el cual los demás puntos evaluados no superan los máximos de referencia durante la etapa de construcción. Por lo anterior, se puede concluir que con la ejecución del proyecto no se presenta un riesgo para la salud de la población.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Aumento de concentración de material particulado y gases. En atención a los antecedentes presentados en el Anexo 4.3 de la Adenda, donde se presenta el detalle del inventario de emisiones y modelación atmosférica, el Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante las fases de construcción y cierre. Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera • Movimientos de tierra • Limpieza superficial y remoción de material • Transporte. • Frentes de trabajos. • Construcción línea de evacuación eléctrica. Fase en que se presenta Construcción y cierre Impacto ambiental Afectación a especies de avifauna. Dado el tipo de proyecto, se presenta la posible afectación debido a electrocución y colisión en todas las partes y obras del proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera • Movimientos de tierra y compactación. • Frentes de trabajos. • Construcción línea de evacuación eléctrica. • Construcción obras civiles. • Habilitación de terreno y Caminos interno. • Despeje superficial. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Afectación a especies de fauna de baja movilidad. En el área del Proyecto se ha detectado la presencia de la especie de reptiles Liolaemus atacamensis y Liolaemus velosoi, las cuales se encuentran en categoría de conservación Preocupación Menor y Casi Amenazada, respetivamente. Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera • Movimientos de tierra y compactación. • Frentes de trabajos. • Construcción línea de evacuación eléctrica. • Construcción obras civiles. • Habilitación de terreno y Caminos interno. • Despeje superficial. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1 Aire Tabla 5.2.2.2 Fauna, Tabla 8.1.11 Avifauna, Tabla 11.1.2. Perturbación controlada de fauna. Tabla 6.2 En cuanto a la magnitud y duración de los impactos sobre el aire, el Proyecto generará emisiones atmosféricas de material particulado MPS, durante todas sus fases. Sin embargo, en el área de emplazamiento del Proyecto no hay normas secundarias de calidad ambiental vigentes, en cuanto a la vegetación que pudiera verse afectada, la cual se prevé no representa un riesgo para la flora, y recursos silvoagropecuarios, teniendo en consideración que las emisiones son bajas y la fase de construcción será la que generará mayores emisiones y en un periodo acotado de 6 meses. En consecuencia, el Proyecto no genera un impacto significativo en relación a la condición actual existente para el recurso. Respecto a la avifauna (sólo fase de operación del Proyecto) en caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, el Titular deberá tomar contacto con el encargado regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. En cuanto a especies de fauna de baja movilidad, en el área del Proyecto se ha detectado la presencia de 2 especies de reptiles Liolaemus atacamensis y Liolaemus velosoi, las cuales se encuentran en categoría de conservación Preocupación Menor y Casi Amenazada, respetivamente. Como parte de la estrategia, se propone Inducir el desplazamiento de los individuos de las especies de baja movilidad que se encuentren en el área de intervención del Proyecto, mediante acciones de perturbación controlada. Mayores antecedentes en Tabla 11.1.2 Perturbación controlada de fauna, del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se identifican impactos Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3 El proyecto se encuentra ubicado en la localidad de Totoralillo, comuna de Tierra Amarilla, perteneciente a la Provincia de Copiapó y Región de Atacama. El polígono del proyecto considera un predio de aproximadamente 16,7 hectáreas en total, donde los paneles solares cubrirán 103.459 m2 de esa superficie. El proyecto se ve rodeado de predios sin actividad o sitios eriazos, por lo que se realiza un análisis sobre los potenciales receptores cercanos a este. Las actividades desarrolladas colindantes al proyecto corresponden principalmente a actividades agrícolas, habitacionales aisladas, industrial, sitios eriazos y otros usos. Con respecto a las actividades silvoagropecuarias, son principalmente relacionadas a viñedos, dependiendo de la estacionalidad anual y características del predio. Dentro del área de influencia del Proyecto se identifica un caserío compuesto por no más de entre 7 a 9 viviendas aisladas, que presentan una dispersión regular de forma lineal a un costado de la ruta principal (Ruta C-350), a través de la cual acceden a un desplazamiento Norte-sur para realizar sus actividades de índole económico o de bienestar social, en las localidades de Nantoco o en la Ciudad de Tierra Amarilla. De acuerdo a la encuesta propia realizada por el Proyecto se contabilizan 30 personas residentes en el área del Proyecto. En el levantamiento de información primaria, como con la herramienta digital de la CONADI, se identificaron 6 comunidades indígenas, ubicadas principalmente en la Ciudad de Tierra Amarilla, fuera del área de influencia del proyecto. Algunas de ellas son: COLLA LA APACHETA DE TIERRA AMARILLA y COLLA AYLLU ROJAS QUISPE, siendo la más cercana la primera mencionada que se encuentra en la localidad de Punta del Cobre a 11,5 km aproximadamente del proyecto. Las principales rutas utilizadas por los habitantes del área de influencia son las Rutas 31 CH, C-33 y C-350, de las cuales serás utilizadas mayormente las vías que conectan al predio del Proyecto con el área urbana de la comuna de Tierra Amarilla, es decir, la Ruta C-33 y Ruta C-350. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.3 del ICE se concluye que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identifican impactos Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4 El Proyecto no intervendrá o afectará a los recursos y áreas protegidas presentes en la región de Atacama (Parques Nacionales, Santuario de la Naturaleza, Reserva Nacional, Monumentos Nacionales, Zonas de Interés Turístico, sitio RAMSAR, Bienes Nacionales Protegidos, Área Marina Costera Protegida y área de Reserva Marina). Por otra parte, en la Región de Atacama existen 4 sitios prioritarios, de los cuales, sólo el sitio denominado Desierto Florido se encuentra cercano al emplazamiento del Proyecto a una distancia aproximada de 1,6 km, sin embargo, no se verá afectado por las obras o actividades del Proyecto. Los antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5 El Proyecto se sitúa en un predio privado, que limita al Norte con la ruta C-350. Particularmente en el área de estudio, asociado al paisaje circundante a la Ruta C-350 tiene como directriz visual paisajes con gran actividad antrópica en relación a las construcciones y viviendas que conforman el sector y su desarrollo. El núcleo urbano más cercano corresponde al área urbana de la Localidad de Nantoco. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.5 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona de emplazamiento del Proyecto.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6 En el área de influencia del proyecto, conforme a los antecedentes presentados en el Capítulo 2 y su Anexo 2.7 de la DIA, se realizó una inspección arqueológica en la totalidad del área de influencia del proyecto, en donde no se identificaron hallazgos o monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y paleontológico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.6 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Módulos sanitarios y fosa séptica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Medio de verificación de retiro de lodos, se menciona en el Anexo 5.2 de Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Oficio N°9864 de fecha 30 de agosto de 2021 se pronunció conforme respecto de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Zona de acopio de Residuos no Peligrosos (RISES) Zona de acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 5.2 de Adenda Complementaria, se incorpora como indicador de cumplimiento en relación al D.S. N°594/99 la autorización expresa del MINSAL para residuos no peligrosos y domiciliarios Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Oficio N°9864 de fecha 30 de agosto de 2021 se pronunció conforme respecto de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de Residuos Peligrosos Condiciones o exigencias No hay específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Oficio N°9864 de fecha 30 de agosto de 2021 se pronunció conforme respecto de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3

6.1.4 Permiso para Subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos (Cambio de Uso de Suelo), según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras temporales y permanentes del Proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente El SAG, Región de Atacama, mediante ORD. Nº588/2021 de fecha 30 de agosto de 2021, se pronunció conforme en relación con este PAS.

La SEREMI del MINVU, Región de Atacama, mediante ORD. N°576, de fecha 05 de julio de 2021, se pronunció conforme en relación con este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4.

7°. Que el proyecto no se encuentra emplazado en área regulada por un instrumento de planificación territorial, por lo que no es aplicable lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA.

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

8.1. COMPONENTE/MATERIA: General Norma D.S N° 1, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que Regula el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de proyecto

Forma de cumplimiento El Titular se compromete a cumplir la obligación de informar a la Autoridad, derivadas de los D.S N 138/2005 MINSAL y D.S N148/2003 MINSAL, mediante la ventanilla única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento - Se ingresará al sistema de ventanilla única, según las disposiciones que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. - Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. - Se realizará la declaración de emisiones pertinentes. Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración. Forma de control y seguimiento Registro en plataforma RETC actualizada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1 Decreto N° 1 de 2013

8.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 144, de 1961, del Ministerio de Salud que establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de cualquier Naturaleza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Durante la fase de construcción se generarán emisiones a la atmósfera. Las principales fuentes de generación durante la fase de construcción se concentrarán en el tránsito de vehículos y por el movimiento de tierra, y transporte de materiales.

Fase de operación: Se generarán emisiones muy reducidas, relacionadas principalmente a la circulación de vehículos menores para realizar labores de mantenimiento.

Fase de cierre: Las emisiones atmosféricas están asociadas al desmantelamiento de las instalaciones y al tránsito de vehículos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.2 de la Adenda sobre “Estimación y Modelación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre: - Se exigirá a los contratistas que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados deban detener sus motores. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. - El transporte de materiales será realizado con la carga cubierta. - La mantención de la maquinaria será realizada de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - Humectación en frentes de trabajo y aplicación de Bischofita u otro supresor de polvo similar en caminos internos. La aplicación del supresor de polvo se realizará una vez por fase, en una superficie de 2.687 m2 mediante camión aljibe. - Velocidad restringida de camiones, con una velocidad máxima de 30 km/h en caminos internos. Cuando los vehículos vayan cargados, se reducirá la velocidad a 20 km/h por los caminos internos. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre: - Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizados. - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. - Registro de aplicación de supresor de polvo. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre: - Se asignará un encargado quien verificará: registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta y registros de aplicación de supresor de polvo. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la autoridad Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2 Decreto Supremo Nº 144 de 1961

8.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas Norma D.S N° 4, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción - Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos y por el movimiento de tierra y transporte de materiales Fase de operación: - Se generarán en bajas cantidades, gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención. Fase de cierre - Se generarán emisiones relacionadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales y residuos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.2 de la Adenda sobre “Estimación y Modelación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre - Los vehículos motorizados que serán utilizados durante la ejecución del proyecto cumplirán con la norma de emisión vigente, tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán sus respectivas mantenciones periódicas. Respecto a la maquinaria que no requiera el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantenciones permanentes. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Certificado de mantenciones, para la maquinaria que o requiera de revisión técnica. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Periódicamente se revisarán los certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas y certificados de mantenciones. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.3 Decreto Supremo N° 4/1994

8.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 54, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Norma para vehículos motorizados medianos que indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: - Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos por transporte de insumos y materiales. Fase de operación - Se generarán en bajas cantidades, gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención. Fase de cierre - Se generarán emisiones relacionadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales y residuos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.3 de la Adenda “Inventario y Modelación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre: - Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su Fase de construcción y cierre cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.4 Decreto Supremo N° 54/1994

8.5. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas Norma D.S. N°55, de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción - Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos por transporte de insumos y materiales. Fase de operación - No se considera el uso de vehículos pesados. Fase de cierre - Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos por traslado de materiales y residuos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.3 de la Adenda “Inventario y Modelación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre - Se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados que participen en el desarrollo del proyecto contar con el permiso de circulación y la revisión técnica al día. - Los vehículos motorizados portarán el sello verde autoadhesivo que acredite la certificación relativa al cumplimiento de los límites de emisiones establecidos. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados pesados contar con mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y Fase de construcción y cierre seguimiento - Periódicamente se revisarán los registros y/o certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrá los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.5 Decreto Supremo N° 55/1994

8.6. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas Norma D.S N° 211, de 1991, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Fija Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción - Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos por transporte de insumos y materiales. Fase de operación - Se generarán en bajas cantidades, gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención. Fase de cierre - Se generarán emisiones relacionadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales y residuos. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases se detallan en el Anexo 4.2 de la Adenda “Inventario y Modelación de emisiones atmosféricas”. Forma de cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.6 Decreto Supremo N° 211/1991

8.7. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas Norma D.S N° 75, de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción - Durante esta fase y ante la eventualidad que las actividades el proyecto requieran de materiales e insumos enumerados en el Artículo 2 del presente cuerpo legal, estos serán transportados mediante carga cubierta. Fase de operación - La operación de la planta será realizada en forma remota, y no requerirá de insumos u otro material que deba ser transportado de forma permanente. No obstante, se realizarán mantenciones, las que podrían requerir del transporte de algún tipo de material o insumo. Fase de cierre - Las actividades del proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el artículo 2 del presente cuerpo legal, los que transportados por las rutas de acceso al proyecto. Forma de cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre: - El proponente exigirá que los cambiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. - Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Proponente a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - Registro de entrada y salida de camiones con carga - Cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre Se mantendrá registro disponible en las dependencias del proyecto para ser fiscalizado por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.7 Decreto Supremo N° 75/1987

8.8. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas Norma D.S N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla labores de movimiento de tierra, tránsito por caminos estabilizados y transporte de carga. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre - Se realizará aplicación de supresor de polvo. - Todos los materiales serán trasladados con carga cubierta. - No se depositarán materiales y elementos de trabajo en el espacio público. - Mantener adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. - Registro de aplicación de supresor de polvo. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Se asignará un encargado quien verificará los registros de aplicación de supresor de polvo, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta y registros de aplicación de supresor de polvo en caminos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.8 Decreto Supremo N° 47/1992

8.9 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas Norma D.S. N° 38, de 2011, Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción - Las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la habilitación de obras temporales y a la construcción de las obras permanentes, entiéndase por estas; utilización de maquinarias para las actividades de movimientos de tierra, transporte de materiales, excavaciones, perforaciones para implementar las estructuras de soporte de los paneles, entre otra. Fase de operación - No se estiman emisiones de ruido relevantes durante la operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento será realizado según requerimiento. Fase de cierre - El cálculo de emisiones de ruido, las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la habilitación de obras temporales y al desmantelamiento de las obras permanentes, entiéndase por estas; utilización de maquinarias para las actividades de movimientos de tierra, transporte de materiales, excavaciones, perforaciones para implementar las estructuras de soporte de los paneles, entre otra. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre: - Barreras acústicas modulares móviles, estos elementos deberán ser aplicados en forma local sobre la maquinaria utilizada durante las faenas de construcción del proyecto, específicamente las actividades cercanas al receptor 2, conforme a las características señaladas en detalle en Anexo 1.5 de la DIA, sobre estudio de ruido y vibraciones. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - Registro fotográfico de la implementación de las barreras acústicas. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Se mantendrán los registros fotográficos disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.9 Decreto Supremo N° 38 de 2011

8.10. COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma D.S N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Construcción y cierre - Instalación de faena, consumo de agua potable por parte de los trabajadores en las faenas constructivas. Operación - Parque fotovoltaico en general, consumo de agua potable por parte de los trabajadores que asistirán a planta de forma esporádica (mantenciones). Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre - El agua para el consumo de los trabajadores será provista mediante bidones sellados de agua purificada 20 litros, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de salud de la Región de Atacama. Estos bidones serán dispuestos en la instalación de faenas para el consumo de los trabajadores. Fase de operación - El proyecto incorpora la implementación de un “Estanque de agua potable” que será implementado una vez finalizada la fase de construcción, para quedar operativo durante la fase de operación, conforme a las necesidades técnicas en obra. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - El agua potable para el consumo de los trabajadores será suministrada mediante bidones de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de salud de la Región de Atacama. - Respecto al agua potable necesaria para el funcionamiento de los servicios higiénicos, el proponente subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada para la prestación de este servicio. Dicha empresa será la encargada de la mantención y retiro de los baños químicos portátiles con lavamanos, duchas. - Antes del inicio de las obras, se comunicará a la SEREMI de Salud Región de Atacama el proveedor encargado del suministro. Las copias de comprobantes de este convenio, así como el registro de los volúmenes adquiridos, se mantendrán en la instalación de faenas para facilitar la fiscalización en los casos que se requiera. Fase de operación - Implementación de un estanque de agua potable con sistema de cloración - Contrato con empresa debidamente autorizada por la SEREMI de Salud Región de Atacama, exigiendo los documentos que permitan acreditar el cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción, siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato. - Contratos y guías de despacho con empresas autorizadas encargas del abastecimiento agua potable mediante bidones sellados de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Registro de la compra de agua potable a proveedores autorizados - Copia de la autorización sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua potable - Registro de mantención de los servicios higiénicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. - Copia de la autorización sanitaria de la empresa encargada de la mantención de los baños portátiles. Fase de operación - Registro de implementación de estanques - Registro de la compra de agua potable a proveedores autorizados para recarga de estanques - Copia de la autorización sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua potable - Registro de mantención de los servicios higiénicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.10 Decreto Supremo N° 725 de 1967

8.11. COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma D.S. N° 594, de 1999, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Construcción y cierre - Instalación de faena, consumo de agua potable por parte de los trabajadores en las faenas constructivas. Operación - Parque en general, consumo de agua potable por parte de los trabajadores que asistirán a planta de forma esporádica. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre - El agua para el consumo de los trabajadores será provista mediante bidones sellados de agua purificada 20 litros, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Estos dispensadores serán dispuestos en la instalación de faenas para el consumo de los trabajadores. Fase de operación - El proyecto incorpora la implementación de un “Estanque de agua potable” que será implementado una vez finalizada la fase de construcción para quedar operativo durante la fase de operación. Conforme a las necesidades técnicas en obra. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - El agua potable para el consumo de los trabajadores será suministrada mediante bidones sellados de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Estos dispensadores serán dispuestos en la instalación de faenas para el consumo de los trabajadores en la fase de construcción y cierre. Cabe hacer presente que la cantidad de agua potable suministrada dará cumplimiento en todo momento a lo establecido en el presente Decreto, en especial en lo que se refiere a cantidad y calidad de la misma. - Respecto al agua potable necesaria para el funcionamiento de los servicios higiénicos, el proponente subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada para la prestación de este servicio. Dicha empresa será la encargada de la mantención y retiro de los baños químicos portátiles con lavamanos, duchas. - Antes del inicio de las obras, se comunicará a la SEREMI de Salud Región de Atacama el proveedor encargado del suministro. Las copias de comprobantes de este convenio, así como el registro de los volúmenes adquiridos, se mantendrán en la instalación de faenas para facilitar la fiscalización en los casos que se requiera. Fase de operación - Implementación de un estanque de agua potable con sistema de cloración - Contrato con empresa debidamente autorizada por la SEREMI de Salud Región de Atacama, exigiendo los documentos que permitan acreditan el cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción, siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato. - Contratos y guías de despacho con empresas autorizadas encargas del abastecimiento agua potable mediante bidones sellados de agua purificada, adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Registro de la compra de agua potable a proveedores autorizados - Copia de la autorización sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua potable - Registro de mantención de los servicios higiénicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos - Copia de la autorización sanitaria de la empresa encargada de la mantención de los baños portátiles. Fase de operación - Registro de implementación de estanques - Registro de la compra de agua potable a proveedores autorizados para recarga de estanques - Copia de la autorización sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua potable - Registro de mantención de los servicios higiénicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. - Copia de la autorización sanitaria de la empresa encargada de la mantención de los baños portátiles. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.11 Decreto Supremo N° 594 de 1999

8.12 COMPONENTE/MATERIA: Suelo Norma Decreto N° 458 de 1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica Obras permanentes - Paneles, subestación transformadora, inversores, bodega RESPEL, bodegas de almacenamiento de materiales; módulos sanitarios. Obras temporales - Baños químicos, oficinas, portería, bodega de almacenamiento temporal. Forma de cumplimiento El proyecto se emplaza en un área rural, fuera de los límites urbanos definidos por los Planes Reguladores existentes. Se contempla solicitar cambio de uso de suelo para edificaciones temporales y permanentes, requeridas para la construcción y operación del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción - Obtención de la aprobación ambiental del PAS 160 del D.S N40/2012 MMA, mediante RCA. - Obtención de informe favorable para la construcción (IFC) de la SEREMI de Agricultura. Forma de control y seguimiento Fase de construcción - Los antecedentes del PAS 160, se encontrarán disponibles en la página del e-SEIA para revisión de la Autoridad. - Los antecedentes del IFC se encontrarán disponibles en Planta ante eventuales fiscalizaciones por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.12 Norma Decreto N° 458 de 1975

8.13. COMPONENTE/MATERIA: Suelo Norma D.S. N° 47 de 1992 del Ministerio de vivienda y urbanismo, fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras permanentes: - Paneles, subestación transformadora, inversores, bodega RESPEL, bodegas de almacenamiento de materiales; módulos sanitarios Obras temporales: - Baños químicos, oficinas, portería, bodega de almacenamiento temporal. Forma de cumplimiento El proyecto se emplaza en un área rural, fuera de los límites urbanos definidos por los Planes Reguladores existentes, se contempla solicitar cambio de uso de suelo para edificaciones temporales y permanentes, requeridas para la construcción y operación del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción - Obtención de la aprobación ambiental del PAS 160 del D.S N40/2012 MMA, mediante RCA. - Obtención de informe favorable para la construcción (IFC) de la SEREMI de Agricultura. Forma de control y seguimiento Fase de construcción - Los antecedentes del PAS 160, se encontrarán disponibles en la página del e-SEIA para revisión de la Autoridad. - Los antecedentes del IFC se encontrarán disponibles en Planta ante eventuales fiscalizaciones por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.13 Decreto Supremo N° 47 de 1992

8.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Los trabajadores en obra generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y asimilable a domiciliarios, compuestos principalmente restos de alimentos, papel, plásticos y cartón. También se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos compuestos principalmente por material de escarpe y excavaciones provenientes del despeje del terreno y los movimientos de tierra necesarios para la implementación de las estructuras de soporte de los paneles. Se contará con la adecuada segregación de los residuos industriales no peligrosos, al interior del área de almacenamiento. Fase de operación No se contará con mano de obra permanente, debido a que su operación será realizada en forma remota y en tiempo real, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones. En virtud de esto los RSD serán retirados por los mismos trabajadores en la medida que se generen. Fase de cierre Los trabajadores generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y asimilable a domiciliarios compuestos principalmente restos de alimentos, papel, plástico y cartón. Asimismo, durante esta fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos del tipo estructuras, enfierraduras, cableado, entre otras cosas. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción y cierre - Instalación de faena Fase de operación - Parque en general Forma de cumplimiento Fase de construcción - Los residuos domiciliarios serán almacenados en un contenedores señalizados y herméticos en áreas de almacenamiento temporal al interior de la instalación de faenas y considerando las especificaciones establecidas en el art. 18 del D.S N 594/1999 del MINSAL. - Los residuos industriales no peligrosos del tipo de material de escarpe y excavaciones, se clara que estos serán redistribuidos en el terreno, en la medida de lo posible, de lo contrario serán retirados conforme a su generación y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de salud de la Región de Atacama. - El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 140 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Fase de operación - Los residuos generados producto de esta actividad serán retirados por los mismos trabajadores, en la medida que se generen, para que disposición en lugares autorizados. - Contempla la generación de residuos industriales no peligrosos - El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 140 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Fase de cierre - Los residuos domiciliarios serán almacenados contendores herméticos debidamente señalizado en la instalación de faena y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S N 594/1999 del MINSAL. - Los residuos industriales no peligrosos serán retirados en la medida que se generen y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de salud de la Región de Atacama. - El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 140 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción y cierre - Autorización ambiental del PAS 140, otorgada en el marco de la RCA respectiva. - Autorización sanitaria del PAS 140, otorgada de forma sectorial por la SEREMI de salud de la Región de Atacama. - Autorización sanitaria de empresa transportista. - Autorización sanitaria de lugar de disposición final - Registro de retiro de residuos - Registro de la declaración de Residuos Industriales No Peligrosos en SINADER del Sistema Ventanilla Única del RETC. Fase de operación - Establecimiento de cláusulas, en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención. En ellas se exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI respectiva. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Se mantendrá las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Fase de operación - Se mantendrán copias de los contratos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.14 Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967

8.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.S. N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Se dispone que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo deberá contar con autorización sanitaria y cumplir con los art. 16, 17, 18, 19 y 20. Se generarán residuos líquidos de origen domésticos a lo que se dará cumplimiento al art. 24 y 26 destinándolos a una disposición final autorizada. Se indica que se deben acreditar antecedentes del transportista y destinatario final debidamente autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Se declarará la cantidad y calidad de los residuos industriales generados diferenciando los peligrosos de los no peligrosos. El proyecto contempla la generación de residuos en sus distintas fases. Se instalará bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, contenedor de acopio de residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios los que deberán cumplir con el D.S 594. Forma de cumplimiento Residuos domésticos o asimilables a domésticos - Serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados en fases de construcción y cierre, de manera de evitar arrastre y presencia de vectores, éstos serán almacenados temporal y posteriormente retirados por empresas autorizadas.

Residuos industriales no peligrosos - Serán dispuestos en un contenedor cerrado para su posterior retiro y disposición final por parte de una empresa autorizada.

Residuos peligrosos

Se instalará una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL que cumplirá con todas las condiciones del D.S N 148/03 MINSAL. - Se contará con la adecuada segregación de los residuos industriales no peligrosos al interior del área de almacenamiento. - El transporte y disposición final de los residuos generados, será realizado por empresas autorizadas. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá registro del transporte y disposición de los residuos generados, así como autorización sanitaria de los sectores de almacenamiento. - Se solicitará autorización sanitaria para el retiro del predio de los residuos industriales no peligrosos generados. Forma de control y seguimiento Verificación de los respectivos registros, fiscalización del SMA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.15 Decreto Supremo N° 594 de 1999

8.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Decreto Supremo N° 1 de 2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Se generarán residuos peligrosos producto de las actividades durante las fases del proyecto y se almacenarán temporalmente en la bodega específica del residuo. Forma de cumplimiento El encargado del establecimiento designado por el Proponente realizará las declaraciones a través del RETC, incluso de aquellos residuos generados en actividades de mantención por las empresas contratistas. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de las declaraciones, el cual puede ser visualizado en la plataforma electrónica del RETC. Forma de control y seguimiento Verificación de los respectivos registros y declaraciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.16 Decreto Supremo N° 1 de 2013

8.17. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967 del Ministerio de Salud Pública. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción y cierre Instalación de baños químicos, cuyo mantenimiento y gestión estará a cargo de una empresa autorizada. Fase de operación - Se considera la implementación de una fosa séptica. El manejo y mantención de la Planta será por una empresa especializada y autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Forma de cumplimiento Se mantendrán en la faena, copias de los contratos pertinentes a la fosa séptica. Indicador que acredita su cumplimiento Copia del contrato de empresa especializada en la mantención y manejo de la fosa. Forma de control y Fiscalizaciones por parte de la SEREMI de Salud de la Región de seguimiento Atacama y SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.17 Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967

8.18. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos Norma D.S. N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción y cierre - Instalación de baños químicos, cuyo mantenimiento y gestión estará a cargo de una empresa autorizada. Todas las fases - Servicios higiénicos. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre - El proponente dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente normativa de análisis, como también proveerá a los trabajadores de servicios higiénicos y de agua potable necesaria. - Para la mantención de los baños químicos se contratará una empresa autorizada.

Fase de operación - Se contará con un sistema de alcantarillado particular. La mantención y limpieza de la planta de tratamiento de aguas servidas, será realizada por una empresa contratista que cuente con las autorizaciones correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán en la planta, copias de los contratos relativos a la empresa que proporcionará los servicios de mantención de los baños químicos y de la aprobación de la Planta de tratamiento de aguas servidas. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la SEREMI de Salud de la Región de Atacama o SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.18 Decreto Supremo N° 594 de 1999

8.19. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos Norma D.S. N° 148 de 2004 del Ministerio de Salud, reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará residuos peligrosos durante las fases de construcción operación, los cuales serán dispuestos de manera temporal en una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, donde permanecerán por un máximo de seis meses almacenados, para ser transportados y dispuestos de manera definitiva en un relleno de seguridad autorizado mediante empresas de transporte autorizadas para el traslado de este tipo de residuos. Forma de cumplimiento Todas las fases - Los residuos serán almacenados en una BAT para los residuos peligrosos generados en faena y retirados cada seis meses. Fase de operación - El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 142 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre - Autorización ambiental del PAS 142, otorgada en el marco de la RCA respectiva. - Autorización sanitaria del PAS 142, otorgada de forma sectorial por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. - Autorización sanitaria de empresa transportista. - Autorización sanitaria de lugar de disposición final. - Registro de retiro de residuos. - Registro de la declaración de residuos industriales peligrosos en sistemas ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre - Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. - Registro de retiro de residuos - Autorización sanitaria de empresa transportista. - Autorización sanitaria de lugar de disposición final. - Registro de retiro de residuos - Registro de la declaración de residuos industriales peligrosos en sistema ventanilla única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.19 Decreto Supremo N° 148 de 2004

8.20. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos Norma Ley N° 20.920 de 2016, del Ministerio de Medio Ambiente. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla la generación de paneles y “paneles en desuso”, “aparatos eléctricos y electrónicos” y “envases y embalajes” en todas las fases del proyecto, cuyo el manejo y disposición será realizado como RESPEL, informando a la Autoridad la cantidad generada y luego de disposición final mediante la ventanilla única del RETC. Forma de cumplimiento El proponente se compromete a cumplir la obligación de informar a la autoridad, todas las obligaciones derivadas del artículo 2 de la presente ley. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre - Ingresará al sistema de ventanilla única, según las disposiciones que establece normas básicas para aplicación RETC. - Obtendrá el identificador y contraseña requeridos. - Realizará la declaración de emisiones pertinentes. - Mantendrá el registro generado por el sistema. El proponente conforma que el retiro y disposición de paneles fotovoltaicos en desuso será realizado priorizando en todo momento el reciclaje de os mismos a través de una empresa autorizada para estos efectos. Para acreditarlo, se solicitará un certificado que permita verificar el reciclaje y/o disposición final de los paneles, el cual se mantendrá disponible en obra ante eventuales fiscalizaciones. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre Se mantendrá la plataforma RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.20 Ley 20.920 de 2016

8.21. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma D.S. N° 75 de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales, insumos y residuos. Forma de cumplimiento El proponente cumplirá, a través de sus contratistas, con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras cosas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en la entrada de la planta, a través de una lista de chequeo que permita verificar el estado de los materiales o insumos que se reciban. Asimismo, se elaborará una lista de chequeo que permita corroborar el estado de los materiales o residuos que sea necesario retirar desde la planta. Forma de control y seguimiento Mantención permanente de registros en planta disponibles para eventuales fiscalizaciones por parte de la autoridad. Referencia al ICE para Tabla 9.1.21 Decreto Supremo N° 75 de 1987 mayores detalles

8.22. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma Decreto con fuerza de Ley N° 850, de 1998, Ministerio de Obras Públicas, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas u el D.E.L N° 206, de 1960, Ley de Caminos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales, insumos y residuos. Forma de cumplimiento El proponente cumplirá, a través de sus contratistas, con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras cosas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en la entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas. Forma de control y seguimiento - Vigilancia permanente del estado de los caminos transitados. - Mantener registro de entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.22 Decreto con fuerza Ley N° 850 de 1998

8.23. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma Ley N° 20.879 de 2015 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Sanciona el Transporte de Desechos hacia Vertederos Clandestinos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Tránsito de residuos en cada una de las fases del proyecto, que involucre la disposición final, se realizará en sitios autorizados por la SEREMI de Salud Región de Atacama. Forma de cumplimiento Se contará con certificados emitidos por el transportista y sitio de disposición final autorizados, que den cuenta el despacho y disposición final de los residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizarán el transporte y disposición final de los residuos con los sitios autorizados por la SEREMI de Salud Región de Atacama. los cuales emitirán un certificado que demuestre dichas acciones. Forma de control y seguimiento Verificación de los respectivos registros y declaraciones. Referencia al ICE para Tabla 9.1.23 Ley N° 20.879 de 2015 mayores detalles

8.24. COMPONENTE/MATERIA: Emisión Lumínica Norma D.S. N° 43, de 2012, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 686 de 1998 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Área de parque fotovoltaico Forma de cumplimiento Fase de operación El proyecto dará cumplimiento a esa norma de emisión, presentando a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), previo a la ejecución del Proyecto el formulario y antecedentes indicados en el sitio web de la SMA. Durante las distintas fases el proyecto cumplirá esta norma mediante la adquisición de luminarias certificadas cuya emisión no sea mayor a los límites máximos permitidos establecidos en el Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Todas las fases - Certificado con reporte previo a la puesta en marcha del Proyecto a la SMA. - Certificado proveedor de luminaria que indique las emisiones de la luminaria a instalar. - Registro de inspecciones del estado de luminaria. - Declaración de RETC. Forma de control y seguimiento Todas las fases - Copia del certificado otorgado por la SMA previo al funcionamiento de la planta fotovoltaica que acredite que cumple con normativa vigente. - Se mantendrán los registros de las inspecciones y certificado del proveedor de luminaria en faena. - Copia de la declaración de RETC en plataforma electrónica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.24 Decreto Supremo N° 43 de 2012

8.25. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Fauna Norma Decreto Ley N° 3.557 de 1981 del Ministerio de Agricultura, Establece disposiciones sobre protección agrícola Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto en todas sus fases generará residuos y efluentes. Forma de cumplimiento El proyecto no contempla disposición de residuos en el suelo. Los residuos y efluentes de todas las fases del proyecto serán dispuestos conforme a la normativa vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Contrato de retiro de residuos peligrosos y residuos sólidos domiciliarios con empresa especializada. - Presentación y aprobación por parte de la SEREMI de Salud Región de Atacama del área para el almacenamiento de RESPEL y RSD. - Habilitación del área de almacenamiento de residuos peligrosos de acuerdo con el proyecto aprobado por la SEREMI de Salud Región de Atacama. - Planilla de registro de ingreso/salida de vehículos recolectores de residuos. - Declaración de emisión de RESPEL. - Aprobación Ambiental, mediante RCA de PAS 138, PAS 140 y PAS 142. - Autorización sanitaria de instalaciones asociadas a PAS 138, PAS 140 y PAS 142. Forma de control y seguimiento Todos los residuos serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados en todas las fases del Proyecto, de manera de evitar, éstos serán almacenados temporal y posteriormente retirados por empresas autorizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.1. Decreto Ley N° 3.557/1981

8.26. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación Norma Decreto de Ley N° 656 de 1925 del Ministerio de Tierras y Colonización Ley de Bosques Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras Forma de cumplimiento Se realizó una Caracterización Ambiental, donde no se registraron especies con problemas de conservación, por lo que es posible concluir que la flora asociada al área no presenta elementos a considerar en el ámbito de la conservación (Ver Anexo 4.4 de la Adenda). Indicador que acredita su cumplimiento Caracterización Ambiental (Ver Anexo 4.4 de la Adenda)

Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.2. Decreto de Ley N 656/1925

8.27. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación Norma Decreto Supremo N° 68 de 2008 del Ministerio de Agricultura y Subsecretaría de Agricultura que Establece, aprueba y oficializa nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras. Forma de cumplimiento Se realizó una Caracterización Ambiental, donde no se registraron especies con problemas de conservación, por lo que es posible concluir que la flora asociada al área no presenta elementos a considerar en el ámbito de la conservación (Ver Anexo 4.3 de la Adenda) Indicador que acredita su cumplimiento Caracterización Ambiental (Ver Anexo 4.3 de la Adenda)

Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.3.Decreto Supremo N 68/2008

8.28. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Decreto N° 29 de 2011 del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Acción de clasificación de especies silvestres según sus estados de conservación Forma de cumplimiento El proponente contempla la ejecución de un Plan de Perturbación Controlada con el fin de evitar la eventual afectación de estas especies. Indicador que acredita su cumplimiento - Realización de un plan de perturbación controlada, considerando que presenta especies de reptiles endémicos y con una abundancia considerable para un proyecto areal. - Aviso al SAG respecto del inicio del Plan de Perturbación Controlada. Forma de control y seguimiento Visación de Plan de Perturbación Controlada por parte de SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.4. Decreto N° 29/2011

8.29. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Terrestre Norma Ley N° 19.473 de 1966, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre caza, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°5, de 1998, modificado por el Decreto Supremo N°53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras Forma de cumplimiento El proponente contempla la ejecución de un Plan de Perturbación Controlada con el fin de evitar la eventual afectación de estas especies. Indicador que acredita su cumplimiento - Realización de un plan de perturbación controlada, considerando que presenta especies de reptiles endémicos y con una abundancia considerable para un proyecto areal. - Aviso al SAG respecto del inicio del Plan de Perturbación Controlada. Forma de control y seguimiento Visación de Plan de Perturbación Controlada por parte de SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.5. Ley N 19.473/1996

8.30. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural y Arqueológico Norma - Ley N° 17.288, de 1970, Ley sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación Pública. - Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, Decreto Supremo N° 484/1990 del Ministerio de Educación Pública. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación de caminos interiores, excavaciones y movimiento de material por montaje de los paneles fotovoltaicos. Forma de cumplimiento - Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral mayo al afloramiento detectado. En el caso que se presenten un nivel paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. - Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontológico o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Proponente del proyecto. - Se deberá delimitar y señalizar correctamente el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. - Se deberá notificar al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución. La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional paleontológico, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Proponente, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Proponente, considerando la ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S N 484 de 1990. - Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los trabajadores del Proyecto tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN. Arqueología - Implementar un monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogos y/o licenciados en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto. - Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el arqueólogo en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes: I. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. II. Descripción de matriz y materialidad encontrada en cada obra de excavación. III. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. IV. Planos y fotos de los distintos frentes de excavación y sus diferentes fases de avances. V. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador. VI. De evidencia restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservación implementada - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26 de la ley 17.288 de Monumentos Nacionales. VII. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden. VIII. El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. IX. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final de monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. Indicador que acredita su cumplimiento - En caso de hallazgos se le comunicará al Consejo de Monumentos Nacionales. - Avisos realizados al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras. - Informe arqueológico Forma de control y seguimiento En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.6. Ley N° 17.288 de 1970 Tabla Reglamento N° 484 de 1990

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Mejoramiento en la Capacidad de Riego en Fundo Iglesia Colorada Impacto asociado No Aplica. No obstante, se estima el uso temporal del suelo con CUS II y III para efectos de construcción del proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar la capacidad de riego y aumentar la productividad en predios con problemas de almacenaje y seguridad de riego.

Descripción: Con el objetivo de compensar la superficie CUS II y III que será utilizada de manera temporal por el proyecto Parque Fotovoltaico Jotabeche, se ha realizado una búsqueda de terrenos para realizar mejoras ya sea en la calidad del suelo o en la productividad de éste. Cabe aclarar que se ha descartado encontrar suelos mejorables, ya que los cambios físicos y morfológicos que pueden lograrse en el valle de Copiapó no generarán un aumento productivo notable, a diferencia de las mejoras en el riego.

Se identificó para la implementación de este CAV, el Fundo Iglesia Colorada en la comuna de Tierra Amarilla. El predio posee cerca de 70 hectáreas productivas que son regadas mediante un acumulador de agua de 28.000 m3. No obstante, en el diseño no se contempló la utilización de una geomembrana para evitar la pérdida por infiltración, provocando la pérdida diaria de agua en aproximadamente 3.150 m3/día, afectando la productividad del predio.

Para ello, se propone una solución mediante la reparación del acumulador de agua existente de 28.000 m3 mediante la utilización de geomembrana. Esta geomembrana tendrá 1mm de espesor y una superficie de 12.662 m2, anclada a las coronas que se encuentran en los muros del acumulador de agua, reduciendo así la pérdida de agua por infiltración.

El mejoramiento del acumulador de agua compensará la pérdida productiva de alrededor de 17,69 hectáreas según lo calculado en el Apéndice A del Anexo 3.3, lo que cubre la superficie a utilizar de CUS II y III por el Proyecto Parque Fotovoltaico Jotabeche, correspondiente a 15,45 hectáreas.

Justificación: Con la recuperación de la capacidad máxima de acumulación del tranque existe un potencial productivo mayor para la totalidad de las hectáreas presentadas en el CAV (Todos los antecedentes en el Apéndice A del Anexo 3.3 de la Adenda). El promedio de producción de 2.000 cajas por hectárea puede mejorar sustancialmente, si se logra fertilizar y regar en períodos de desarrollo crítico de los cuarteles. La recuperación de productividad señalada permitirá así abatir el efecto de la ocupación temporal de suelo agrícola debido al emplazamiento del Proyecto Parque Fotovoltaico Jotabeche. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: 15,45 hectáreas ubicados en el Fundo Iglesia Colorada, comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.

Forma: Para la implementación del compromiso, se consideran las siguientes actividades. - Realización de canales de anclajes en corona del acumulador - Posicionamiento de geotextil, el cual protegerá la geomembrana ante posibles daños por rajaduras, considerándose la misma superficie necesaria que la geomembrana (12.662 m2) - Posicionamiento de geomembrana de 12.662 m2 - Soldadura de Geomembrana - Llenado de Acumulador - Seguimiento de la obra - Entrega de informe final del Compromiso Ambiental Voluntario Oportunidad de Implementación: Previo al inicio de la Fase de Construcción del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento - Entrega de un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) que de cuenta del estado final del terreno en donde se ejecutará el CAV luego de las labores realizadas. - Entrega de informe de avance de obras a SMA y SAG durante la ejecución del CAV Forma de control y seguimiento Registro de envío de informes a la SMA y SAG Región de Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1 Mejoramiento en la Capacidad de Riego en Fundo Iglesia Colorada

9.2. Plan de Perturbación Controlada de Fauna Impacto asociado Inducir el desplazamiento de los individuos de las especies de baja movilidad que se encuentren en el área de intervención del Proyecto, para que, de esta manera, no se afecte a los individuos de las especies (Liolaemus velosoi y Liolaemus atacamensis) encontrados en el AI del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducir el desplazamiento de los individuos de las especies de baja movilidad que se encuentren en el área de intervención del Proyecto. De acuerdo a lo mencionado en el Anexo 2.2 de la DIA Caracterización de Fauna Terrestre, las especies registradas dentro del área de influencia del Proyecto corresponde a Liolaemus velosoi y Liolaemus atacamensis.

Descripción: El PPC se implementará en los sectores del AI del Proyecto en donde se Liolaemus velosoi y Liolaemus atacamensis con especial énfasis en los lugares donde se realizará nivelaciones de terreno o movimientos de tierra, entre otras actividades propias de la construcción del Proyecto. Los esfuerzos de perturbación se concentrarán en sectores específicos dentro de estas áreas, los cuales serán definidos de acuerdo a lo observado durante un recorrido previo para identificar los lugares donde se observen ejemplares de reptiles. Esto se realizará antes del inicio de la fase de construcción, de tal modo que, si se observan ejemplares de la especie objetivo, existirán plazos para implementar el Plan.

Justificación: Minimizar eventual afectación de las especies Liolaemus velosoi y Liolaemus atacamensis por efecto de la construcción del Proyecto. Para mayor información, en el Apéndice A se adjunta en detalle el Plan de Perturbación de Fauna en el Anexo 2.2 de la DIA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Parque (véase Lugar de la Tabla 11.1.2 del ICE) Forma: suponiendo un caso de condiciones meteorológicas ideales (soleado y temperatura sobre los 25°C), se deberán ejecutar las siguientes actividades, en orden cronológico: - El procedimiento será realizado por especialistas con experiencia en este tipo de actividades. Se realizará un recorrido previo, con la finalidad de identificar los sectores donde se registren las especies objetivo de este PPC, ya sean áreas de descanso, asoleamiento, entre otros. Una vez obtenida esta información, se dirigirán los esfuerzos a estos sectores. - Posteriormente, una vez asegurada la disponibilidad de nuevos hábitats (Pircas elaboradas con escombros) se producirán perturbaciones en el área definida, mediante la remoción manual de potenciales refugios (madrigueras, roqueríos menores, rocas, etc.), los restos vegetales serán sacados y trasladados hacia los nuevos habitad enriquecidos. El acceso a predios vecinos para la deposición de restos vegetales u otros elementos de hábitats será previamente acordado y con autorización correspondiente, las que quedarán a disposición una vez se determinen los sitios destino que permitan entregar las mejores condiciones de habitabilidad para las especies relocalizadas. Esta actividad se ejecutará en el horario diurno con temperatura adecuada para las actividades diarias de las especies, es decir entre las 18:00 a 22:00 hrs (tomando en cuenta los hábitos nocturnos de la especie). Es necesario realizar el hincapié, que una vez que se remueven los potenciales refugios, el individuo perturbado será inducido su huida hacia las áreas receptoras, fuera del AI del proyecto e idealmente hacia los hábitats ya mejorados - Es importante mencionar que esta medida no debe ser entendida como un “ahuyentamiento” aleatorio, pues debe desarrollarse de modo que entregue certezas mínimas sobre la dirección del desplazamiento de los individuos y el lugar hacia donde se dirigirán, siendo necesario aumentar el esfuerzo empleado en la perturbación y sus objetivos planteados.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción, no más allá de 7 días previo a comenzar la actividad de despeje de vegetación o de los movimientos de tierra en el área del polígono. Para mayor información, en el Apéndice A del Anexo 2.2 de la DIA, se adjunta en detalle el Plan de Perturbación de Fauna. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en la ausencia de individuos en el área perturbada, durante el recorrido de verificación. Por lo tanto, el PPC será considerado efectivo cuando al realizar el recorrido de verificación no se observen ejemplares de la especie objetivo. En caso de observar individuos durante este recorrido, se implementará nuevamente la metodología propuesta en este Plan, con el fin de perturbar a los ejemplares que hayan ingresado nuevamente al área. De este modo, la medida debe aplicarse hasta liberar por completo el área a intervenir. Para mayor información, en el Apéndice A del Anexo 2.2 de la DIA, se adjunta en detalle el Plan de Perturbación de Fauna. Forma de control y seguimiento Al término de la implementación del compromiso y el posterior seguimiento, se realizará un informe que dé cuenta de las especies perturbadas. Este informe estará disponible para eventuales consultas y/o fiscalizaciones por parte de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2 Compromiso ambiental voluntario Plan de Perturbación Controlada de Fauna.

9.3. Monitoreo Arqueológico Impacto asociado No Aplica. No obstante, el sitio posee gran potencial para el asentamiento humano, por lo que se busca actuar frente a posibles hallazgos arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un monitoreo arqueológico permanente durante las obras y actividades asociadas a los movimientos de tierras, con la finalidad de velar por la no afectación de los elementos patrimoniales identificados y posibles nuevos hallazgos detectados durante la ejecución de las obras. Descripción: De acuerdo a lo requerido por el Consejo de Monumentos Nacionales en su ORD N°2489, se implementará un plan de monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto. Justificación: Minimizar eventual afectación frente a hallazgos arqueológicos, mediante la acción preventiva y temprana dando aviso a la autoridad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los Frentes de Trabajo Forma: suponiendo un caso de condiciones meteorológicas ideales (soleado y temperatura sobre los 25°C), se deberán realizar informes mensuales, elaborados por un arqueólogo o licenciado en arqueología, remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes. i. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. ii. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. iii. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. iv. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes fases de avances. v. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. vi. De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: a. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). b. Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. c. Medidas de protección y/o conservación implementada. d. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. vii. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). viii. El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora oportunidad: Durante la fase de construcción, en cada frente de trabajo a medida que se ejecuten las obras de remoción o excavación de tierras y material vegetal, en el área del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en la ausencia hallazgos arqueológicos que n sean declarados y manejados como lo establece la Ley. En caso de cualquier hallazgo, se procederá como lo establece la Ley, generando una Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). Generando una descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. Implementando las medidas de protección y/o conservación implementada, y dejando constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Forma de control y seguimiento Una vez al mes se realizará un informe que dé cuenta de los posibles hallazgos. Este informe será remitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Arqueológico

9.4. Charlas de inducción hallazgos arqueológicos Impacto asociado No Aplica. No obstante, el sitio posee gran potencial para el asentamiento humano, por lo que se busca actuar frente a posibles hallazgos arqueológicos. Fase del Proyecto a la Construcción que aplica Objetivo, descripción y justificación Objetivo: protección del patrimonio cultural a través de charlas de inducción patrimonial -arqueológicas, que difundan de manera efectiva el manejo de los restos arqueológicos y/o históricos del Proyecto frente a un posible hallazgo. Descripción: Se llevarán a cabo charlas de inducción a todo el personal involucrado en la fase de construcción del Proyecto, respecto de la normativa nacional que protege el patrimonio cultural y sobre cómo proceder en caso de encontrar un hallazgo. Justificación: Con la finalidad de entregar protección a los elementos patrimoniales, y evitar su eventual afectación, se procede a la realización de charlas a trabajadores durante las actividades de movimiento de tierra, antes del inicio de cada obra. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los Frentes de Trabajo Forma: Al inicio de cada obra, se procederá a capacitar a los trabajadores. En caso de ingreso de nuevos trabajadores, se realizarán capacitaciones mensuales. Se considerarán los siguientes tópicos: i. Definición de Patrimonio Cultural. ii. Descripción del Marco legal que rige sobre la protección patrimonial. iii. Breve Historia cultural de la zona. iv. Tipos de evidencias arqueológicas susceptibles de ser encontradas en el área de Influencia del Proyecto. v. Reconocimiento de factores de riesgo de daño sobre sitios o elementos patrimoniales. vi. Procedimientos a seguir ante nuevos hallazgos y ante eventuales efectos sobre elementos arqueológicos del área del Proyecto. Oportunidad: El procedimiento para seguir ante la eventual aparición de restos arqueológicos y/o paleontológicos no previstos durante la ejecución de las obras, consiste en dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), procediendo según lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Los informes se realizarán de forma mensual. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá un registro de asistencia a las charlas. Además, se mantendrán disponibles los siguientes antecedentes en caso que la Autoridad lo requiera: i. Lista con nombre y firma de los trabajadores que asistan a la charla. ii. Registro fotográfico de la realización de las charlas. iii. Curriculum vitae de quien dicte la charla, que deberá ser licenciado en arqueología o arqueólogo. Forma de control y seguimiento Una vez al mes se realizará un informe que dé cuenta de los posibles hallazgos. Este informe será remitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4 Compromiso ambiental voluntario: Charlas de inducción hallazgos arqueológicos

9.5. Generación de Instancias para la Contratación de Mano de Obra Local Impacto asociado Impacto positivo. Previo al inicio de la fase de construcción se generarán instancias que permitan favorecer la contratación de mano de obra local, en la medida que estos cumplan con los requerimientos para cada función. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar instancias que permitan favorecer la contratación de mano de obra local, en la medida que estos cumplan con los requerimientos para cada función. Descripción: El Proponente se compromete a generar instancias para seleccionar mano de obra mediante los organismos municipales. Las contrataciones serán realizadas en función del cumplimiento de los requisitos para desarrollar cada una de las funciones requeridas. Justificación: Privilegiar la mano de obra local al promover empleos de calidad para hombres y mujeres de Tierra Amarrilla. El Proponente aclara que la Fase de Construcción será acotada, estimando un máximo de 6 meses, donde el requerimiento de mano de obra será en su mayoría especializado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Municipalidad de Buin y/u Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) Tierra Amarrilla. Forma: Para llevar a cabo las contrataciones, se trabajará con organismos públicos competentes, entiéndase por estos; Municipalidad de Tierra Amarilla y/u Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de Tierra Amarilla. Oportunidad: Previo y/o inicio a la Fase de Construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega de requerimiento de mano de obra por parte de SOLEK a OMIL de Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, previo y/o al inicio de fase construcción” Forma de control y seguimiento Registro una vez de entrega de documento requiriendo mano de obra para faenas a OMIL de Ilustre Municipalidad de Tierra Amarrilla Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5 Compromiso ambiental voluntario: Generación de Instancias para la Contratación de Mano de Obra Local

9.6. Cortina vegetacional en el perímetro del Proyecto colindante a Ruta C-350. Impacto asociado Intervención en el Paisaje propio del área de emplazamiento del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se realizará un cierre perimetral con vegetación arbórea en el perímetro del proyecto que resulta colindante con la Ruta C-350 cuyo fin es actuar como barrera visual o pantalla y de esta forma reducir la intrusión visual del Proyecto sobre el paisaje. Esta barrera o cortina visual Descripción: El diseño de la cortina vegetal estará compuesto por especies vegetales adaptables a las condiciones ambientales del lugar y presentes en el entorno inmediato del Proyecto. Por lo tanto, se asegura su viabilidad en cuanto a las facilidades de adaptación a diferentes suelos y condiciones climáticas. Con respecto a la elección de las especies, éstas fueron escogidas según los criterios: - Adaptabilidad a las características climáticas de la zona. Se tuvo en cuenta que, dentro de sus cualidades, estuviera la resistencia a la exposición a la luz solar, a las bajas temperaturas registradas durante algún periodo del año y baja necesidad hídrica. - Aporte en cuanto a diseño del paisajísmo. Se seleccionaron según sus características de color, estatura, forma y textura, tratando de que, entre los diferentes tipos de especies arbóreas y/o arbustivas, se complementes en sus tonalidades, algunas de éstas aportando color, y otras basándose en la forma en que desarrolla su crecimiento. De este modo, las especies seleccionadas irán acorde a las características climáticas propias del valle del Río Copiapó, considerándose especies capaces de consolidarse en suelos áridos y que requieren poco riego como Schinus molle, la cual será utilizada como especie principal en la cortina vegetal. Justificación: Esta medida se justifica ya que constituye una medida de control para evitar cualquier impacto o intrusión visual sobre los observantes desde la Ruta C-350 y que se pudiera producir por efecto de la implementación del Parque Fotovoltaico Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Perímetro colindante a la Ruta C-350 en un tramo de 304 metros de longitud. Forma: Para la implementación de la cortina vegetal se consideran los siguientes pasos. - Preparación y nivelación del terreno. Se considerará la franja a intervenir quedando ésta libre de malezas, piedras, basuras y escombros. - Definición del trazado. Se definirá el trazado a lo largo de 304 metros del cerco perimetral, marcando una línea desde el cerco hasta el interior considerando un ancho de 1 metro y otra línea de 0,75 metros. Éstas serán utilizadas Lugar, forma y como líneas de plantación de la especie Schinus molle a lo largo del cerco perimetral a una distancia mínima de 0,75 oportunidad de metros de éste. La especie se plantará a 1 metro de distancia del cerco y la distancia entre las especies está dada en implementación plan de plantación. Se considerará para la definición del trazado 1 individuo de la especie Schinus molle cada 2 metros de distancia, por lo que se contempla la plantación de aproximadamente 152 individuos en total. - Respecto al riego de estas especies, la actividad se realizará durante la fase de construcción y operación, con la frecuencia suficiente para mantener una hidratación óptima del suelo, la cual garantice un crecimiento y desarrollo adecuado para los distintos vegetales integrantes de la barrera visual. El agua proveniente del riego será suministrada mediante proveedores debidamente autorizados por la SEREMI de Salud Región de Atacama, no utilizándose agua de riego proveniente de cauces naturales o artificiales bajo ninguna circunstancia. En el Apéndice B de Anexo 3.5 de la ADENDA se adjunta el plano de ubicación de las especies que serán plantadas. Oportunidad de implementación: Se implementará la cortina vegetal durante la fase de construcción del Proyecto. Las mantenciones y riego de la cortina vegetal serán realizadas durante la fase de construcción y operación hasta su adecuada consolidación en el terreno. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de las medidas implementadas. Forma de control y seguimiento Se generará un informe con el registro fotográfico de la medida una vez se finalice su implementación. Dicho informe será remitido a la Superintendencia de medioambiente en un plazo no superior a 15 días hábiles de finalizada la plantación o franja perimetral. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6 Compromiso ambiental voluntario: Cortina vegetacional en el perímetro del Proyecto colindante a Ruta C-350.

9.7. Incorporación de señalética en vehículos asociados al proyecto Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se implementará en todos los vehículos asociados a las actividades del Proyecto, tanto propios como de contratistas, señalética visible de al menos 20 metros, esto con el objetivo de que se identifique al Proponente y al Proyecto en cuestión. Descripción: La señalética que se implementará tendrá las siguientes características y presentará la siguiente información; - Señalética de al menos 20 metros - Estará ubicado en puntos estratégicos del vehículo (parabrisas, en puertas laterales y parte trasera del vehículo), para que sean identificados fácilmente por transeúntes - Contendrá: ✓ Logo y nombre de la empresa al que representa ✓ Número de Contacto ✓ En caso de que sean vehículos propios, se incorporará el nombre del Proyecto en cuestión - Serán de tipo letreros, adhesivos u otros Justificación: Esta medida se justifica ya que constituye una medida de control para que los vehículos puedan ser identificados fácilmente en caso de accidentes u otras contingencias Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En todos los vehículos asociados al proyecto (tanto propios como de contratistas. Forma: En cada uno de los vehículos asociados al Proyecto, se instalarán señaléticas del tipo letrero y/o adhesivos y otros, que identifiquen al Proponente. Esta señalética estará ubicada puntos estratégicos del vehículo (parabrisas, en puertas laterales y parte trasera del vehículo). Oportunidad: La señalética será implementada de manera previa a la fase de construcción, operación y cierre. Durante el transcurso de las fases recién mencionada, se verificará que todos los vehículos, tanto propios como de contratistas cuenten con la señalética correspondiente. En el caso de que esta se encuentre deficiente o no se encuentre disponible, esta será reinstalada en el lugar correspondiente del vehículo. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de las medidas implementadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible el registro fotográfico y una planilla en la que se registren todos los vehículos utilizados que cuentan con la señalética instalada, también se mantendrá el registro de aquellos que hayan sido cambiadas o reinstaladas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.7 Compromiso ambiental voluntario: Incorporación de señalética en vehículos asociados al proyecto

9.8. Programa de Monitoreo de Ruido - Todos los receptores de ruido Impacto asociado Aumento en los niveles de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se implementará durante la fase de construcción y cierre, un Programa de Monitoreo de Ruido mensual (1 vez por mes), con el fin de evitar que los niveles de ruido permitidos no sean sobrepasados para todos receptores sensibles identificados en el Anexo 1.5 de la DIA. Descripción: Se implementará un plan de monitoreo mensual durante la fase de construcción y cierre, mediante la medición de los niveles de ruido en todos los receptores sensible identificados en el Anexo 1.5 de la DIA. Justificación: Esta medida se justifica ya que constituye una medida de control para que los niveles normativos de ruido no sean superados y para tomar medidas en el caso de que sean superados. Dichas medidas quedaron establecidas en la respuesta a la observación 27 y 28 de la ADENDA y reiterado a continuación: - Reemplazo de la barrera acústica con otra con las mismas características técnicas para minimizar ruido que las establecidas en el Estudio de Ruido y Vibraciones (ver Anexo 1.5 de la DIA) con la adición de una cumbrera, situación que aumentaría el nivel de minimización de ruido y por tanto aumentaría de forma relevante el ruido en receptor; - Esta medida de control considera las mismas características técnica e indicaciones de aplicación que la en el Estudio de Ruido y Vibraciones incorporado en el Anexo 1.5 de la DIA, no obstante, considera la incorporación adicional de una cumbrera que forme un ángulo de 60° con el eje vertical de la barrera, posicionada según la ubicación de la fuente.

  • Dependiendo de los resultados se podrían incluir las siguientes medidas:
  • Encapsulamiento local a maquinas
  • Silenciadores a escapes de maquinarias
  • Cierre perimetral al sitio de faenas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizarán las mediciones de ruido programadas en el monitoreo de ruido, en el receptor en donde se presentaría la superación de norma de acuerdo con el D.S. 38/2011 del MMA en todos los receptores establecidos e identificaos en el Anexo 1.5 de la DIA. Forma: Se realizarán las mediciones mensuales de ruido de forma mensual. La primera medición se realizará al inicio del primer mes, la segunda medición al inicio del segundo mes, la tercera medición al inicio del tercer mes, para así terminar con una sexta medición al inicio del último mes de la fase de construcción. Los resultados se compararán con los máximos permitidos declarados, asegurándose de que se esté cumpliendo con la normativa vigente. En caso contrario, se realizarán lo siguiente: • En caso de que la medición de ruido no cumpla con el máximo permitido, se procederá a disminuir la cantidad de maquinaria en operación simultánea y se repetirá la medición; • Si en la segunda instancia de medición de ruido no se cumple con el máximo permitido, se detendrán las maquinarias de mayor emisión de ruido y se repetirá la medición; • Si en la tercera instancia de medición de ruido no se cumple con el máximo permitido, se detendrá la obra cercana hasta la instalación de las medidas de mitigación de ruido necesarias que aseguren el cumplimiento del D.S. 38/2011 del MMA. Estas podrán incluir una o varias de las siguientes medidas: ✓ Encapsulamiento local a maquinas; ✓ Silenciadores a escapes de maquinarias; ✓ Cierre perimetral al sitio de faenas. Oportunidad: El programa de monitoreo de ruido se implementará durante la fase de construcción, considerando mediciones de ruido mensuales en el receptor R2 Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las mediciones realizadas Registro de los certificados de calibración de instrumentos Registro de los resultados obtenidos Forma de control y seguimiento Al finalizar la fase de construcción, se emitirá un informe respectivamente, el cual será envidos a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.8 Compromiso ambiental voluntario: Programa de Monitoreo de Ruido - Todos los receptores de ruido

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo de Sismos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto Acciones o medidas a implementar - Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. - Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. - Tener con fácil acceso botiquín con los implementos básicos, linterna con pilas y una radio. - Capacitar a los trabajadores sobre el uso de las zonas de seguridad, y de la importancia de mantenerlas disponibles. - En el área del proyecto estarán disponibles los planes de evacuación para estos eventos. - El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto, darán cumplimiento a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. Forma de control y seguimiento - Controlar periódicamente que se dé cumplimiento a lo siguiente: • Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. • Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. • Tener con fácil acceso botiquín con los implementos básicos, linterna con pilas y una radio. - Verificar en terreno los letreros que indican las vías de evacuación disponibles. - Verificar que se hayan realizado capacitaciones a los trabajadores. - Tener en obra los registros de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.1. Riesgo de Sismos

10.1.2. Riesgo de inundación de cauces naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las actividades asociadas a las fases de construcción, operación y cierre. Acciones o medidas a implementar - Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger; se dispondrá, que se verifique el estado y funcionamiento de tableros y sistemas eléctricos. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá actualizada la información de los reportes meteorológicos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.2. Riesgo de inundación de cauces naturales

10.1.3. Riesgo de evento meteorológico extremo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Fases de construcción y cierre: - Ubicación de la Instalación de Faenas alejadas de zonas propensas a eventuales deslizamientos de tierra. - Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área - El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecen a normas o estándares internacionales de residencia - En caso de inestabilidad climática (lluvia, nieve o tormentas eléctricas), todo el personal deberá resguardarse en zonas seguras. De todos modos, ante inundaciones (por lluvias intensas) se realizarán las siguientes medidas concretas: • El personal al momento de detectar la contingencia debe informar inmediatamente al Jefe del área. • El Jefe de área indicará la detención todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento. • Disminuir la velocidad de la inundación con la utilización de arena y la construcción de barreras de contención con materiales adecuados para ello. • Si la situación lo amerita, se debe refugiar al personal en sectores más elevados Fase de Operación Cabe señalar que la operación se realizará de forma remota por lo tanto las medidas a implementar son principalmente para las mantenciones preventivas y limpieza de paneles. Estas medidas serán las mismas adoptadas para la construcción y cierre del proyecto. Sin embargo, es importante mencionar que el parque es constantemente monitoreado por cámaras de seguridad y ante eventos de lluvias fuertes se realizarán visitas para hacer revisiones de seguridad y mantención. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de capacitaciones periódicas de procedimientos y/o protocolos de seguridad ante condiciones climáticas adversas, haciendo hincapié en riesgos de inundaciones y remociones en masa. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.3. Riesgo de evento meteorológico extremo

10.1.4. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de Faenas Acciones o medidas a implementar Para minimizar eventuales efectos ambientales derivados de fuga o derrame de residuos, se proveerá al personal a cargo de las herramientas y elementos de contención de derrames, tales como: - Palas - Escobillones - Arena o producto similar para la absorción de producto - Recipientes - Guantes - Tambores vacíos - Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el Jefe de Operación y Mantenimiento del Proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos: - Los sitios de almacenamiento de residuos estarán debidamente señalizados y delimitados. - Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. - Los residuos domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos comprometidos (2 a 3 veces por semana) evitando así la generación de vectores Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.4. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos

10.1.5. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de Faenas Acciones o medidas a implementar Para minimizar eventuales efectos ambientales derivados de fuga o derrame de residuos, se proveerá al personal a cargo de las herramientas y elementos de contención de derrames, tales como: - Palas - Escobillones - Arena o producto similar para la absorción de producto - Recipientes - Guantes - Tambores vacíos - Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el Jefe de Operación y Mantenimiento del Proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Residuos peligrosos: - Ante riesgo o situación de posible derrame de residuos peligrosos dentro del área del Proyecto se dará aviso inmediato al jefe de oficina del Proponente en terreno quien comandará las acciones durante la contingencia. - Se movilizará maquinaria para realizar pretiles para contener derrame. - Se colectarán los residuos peligrosos y suelos que hayan sido contaminados. - Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, la empresa contratista se comunicará con jefe de oficina del Proponente quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinará el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia. Una vez terminada la contingencia, el jefe de oficina del Proponente elaborará un informe de la contingencia y dará aviso correspondiente a SEREMI de Salud de la Región de Atacama y SMA. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.5. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Peligros

10.1.6. Riesgo de emisión de olores en sector de fosa séptica Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Fosa séptica Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar estarán enfocada al correcto funcionamiento de la fosa séptica, razón por la cual se contempla: - El retiro y disposición final de los lodos será realizado de forma anual (fase de operación) y mensual (durante fase de cierre) hacia un sitio Autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. - Se considera la inspección periódica de la fosa séptica, de forma semestral durante la fase de operación y mensual durante el cierre. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras y estanques de bombeo; verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. - Se llevará el registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las Autorizaciones de los sitios de destino final. - Se llevará registro de las inspecciones realizadas al a fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto. Finalmente se aclara que las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá en planta una copia del Permiso Ambiental Sectorial 138 que apruebe el uso de la fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. - Se mantendrá en planta la Aprobación Sectorial del PAS 138 otorgado por la seremi respectiva ante eventuales fiscalizaciones. - Se mantendrán en planta los registros de las inspecciones de la fosa séptica. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas; detención de fosa, recambio de cámaras, estanques de bombeo etc. - Se mantendrán en planta los registros de los retiros de los lodos con la periodicidad comprometida (de forma semestral durante la fase de operación y mensual durante el cierre). - Se mantendrán en planta los registros de las empresas que provean el transporte de los lodos generados (Autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama) y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.6. Riesgo de emisión de olores en sector de fosa séptica

10.1.7. Riesgo de Derrame de Aguas Servidas Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las actividades Acciones o medidas a implementar - Se detendrán el flujo de aguas servidas hacia el sistema y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. - Se procederá a contener el derrame inmediatamente con un kit de control, que estará habilitado en las instalaciones. - Los trabajadores encargados del control de derrame deberán operar con todos los elementos de protección personal dispuestos. - Los residuos generados serán dispuestos en sitios autorizados. - Una vez solucionado el problema se reanudarán las labores - Se evaluará si corresponde realizar alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Forma de control y seguimiento - Charlas Obligación de Informar (ODI). - Capacitación de los Planes de Emergencias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.7. Riesgo de Derrame de Aguas Servidas

10.1.8. Derrame de Sustancias Peligrosas Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Mala manipulación o inadecuado almacenamiento de residuos peligrosos, insumos con características de peligrosidad u otras sustancias, roturas de mangueras u otras piezas de vehículos o equipos de trabajo. Acciones o medidas a implementar - No se realizarán operaciones de mantención de camiones ni maquinaria al interior del predio. Si por causa mayor se debiera efectuar la reparación de alguna maquinaria o camión dentro del predio, ésta deberá realizarse sobre una lona impermeable que se extenderá en el suelo. - Verificar que las maquinarias cuenten con sus mantenciones al día para evitar derrames de combustible. - Mantener todo residuo peligroso debidamente almacenado en el sitio habilitado. - Los residuos peligrosos se almacenarán en un área designada y autorizada especialmente para ello. El área será construida de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud. - Todo insumo producto (con potencial de derrame) que no se esté utilizando, se deberá mantener cerrado o contenido. - Todo recipiente que almacene residuos peligrosos o insumos se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene. - Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en sectores que cuenten con la debida protección en el suelo. - Mantener a la vista y disposición de todos los trabajadores, las Hojas de Datos de Seguridad de cada uno de los productos que se manejan en el Proyecto. - Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurran. Forma de control y seguimiento - Verificar que se cumplan en totalidad las medidas de prevención. - Exigir que los camiones y equipos de apoyo cuenten con sus mantenciones al día. - Verificar y tener en obra, registros de capacitaciones realizadas en materias de prevención de derrames y en la forma de actuar para controlarlos, en caso de que ocurra. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.8. Derrame de Sustancias Peligrosas

10.1.9. Incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las actividades asociadas las fases de construcción, operación y cierre. Acciones o medidas a implementar Incendio en instalaciones - Los materiales combustibles e inflamables deben mantenerse lejos de los procesos de alta temperatura, chispas o presencia de ignición. - Establecer prohibición de encender fuego al interior de las áreas de trabajo. - No estará permitido fumar en el área circundante a la bodega de almacenaje de RESPEL. Esta prohibición se materializará a través de un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega. - Mantener orden o aseo en todos los lugares de trabajo, específicamente se deberá tener especial precaución en que el perímetro de la bodega de RESPEL se mantendrá limpio, libre de maleza y de cualquier obstáculo. - Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajadores conozcan las zonas de seguridad definidas. - Revisar instalaciones eléctricas existentes y reparar fallas o falencias. - Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios. - Instalación de extintores, los que deberán cumplir las siguientes condiciones: o Los extintores serán sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado. o Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo. o En caso que los extintores se encuentren dispuestos en la intemperie, se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. o Los trabajadores deben estar instruidos en el empleo y uso de extintores, y saber dónde se encuentran. - Verificar que se cumplan en totalidad las medidas de prevención. Forma de control y seguimiento - Verificar que los extintores sean sometidos a revisión y mantención, además de que se encuentren ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo y, en caso de que se ubiquen a la intemperie, que cuenten con un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. - Verificar en terreno el orden y aseo de las instalaciones. - Verificar en terreno el estado de las instalaciones eléctricas. - Verificar que los trabajadores no fumen en las áreas de trabajo. - Verificar que los trabajadores no enciendan fogatas u otros fuegos. - Verificar y tener en obra los registros de la realización de las capacitaciones a los trabajadores sobre todas las medidas de prevención y control de incendio. - Verificar y tener en obra los registros de capacitaciones realizadas en materias de uso y manejo de los equipos y extintores de incendio, las vías de evacuación, las zonas de seguridad, la identificación de los peligros, enfatizando en la prohibición de hacer fuego dentro y fuera del Proyecto. - Verificar periódicamente que se realicen las podas a la vegetación que crezca al interior el Proyecto y para el espacio de seguridad entre el cierre perimetral y el Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.9. Incendio.

10.1.10. Afectación a Fauna Silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases. Parte, obra o acción asociada Toda área de emplazamiento del proyecto. Acciones o medidas a implementar - Previo al inicio de los trabajos se capacitará a los trabajadores sobre las medidas a considerar para la protección de la fauna que eventualmente podría transitar en el área del Proyecto. - Para evitar la atracción de fauna y disminuir la probabilidad de accidentes, se manejarán y dispondrán los residuos sólidos asimilables a domiciliarios como basura y restos de comida en contenedores cerrados en todo momento, de manera que se impida que estos generen focos de atracción de fauna silvestre. - Regular la velocidad máxima dentro del área del parque fotovoltaico de 15 - 20 km/hr. - Instalación de señaléticas en áreas de frecuente presencia de animales, donde se indique a los conductores que conserven precaución. - Capacitar a los. trabajadores en términos de la afectación de fauna silvestre. Forma de control y seguimiento - Verificar y tener en obra, registro de capacitaciones realizadas al personal acerca de la protección de la fauna silvestre. - Inspección visual de las señaléticas en lugares correspondientes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.10. Afectación a Fauna Silvestre.

10.1.11. Colisión de Aves. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Fase de Operación - Capacitación al personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto para las Aves heridas. Forma de control y seguimiento Fase de Operación - Registro de las actividades de capacitación del personal. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.11. Colisión de Aves.

10.1.12. Accidentes de Tránsito Asociados al Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos que se consideran utilizar para el transporte de pasajeros, materiales, etc. Acciones o medidas a implementar - Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. Forma de control y seguimiento - Se exigirá que todos los vehículos y maquinarias cuenten con sus revisiones técnicas y gases al día, así como sus permisos de circulación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.12. Accidentes de Tránsito Asociados al Proyecto

10.1.13. Accidentes de Trabajadores Asociados al Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Parte, obra o acción asociada Operación de maquinaria, condiciones sanitarias del ambiente laboral, manejo de residuos o sustancias peligrosas, entre otros. Acciones o medidas a implementar Fase de Construcción - Durante esta Fase se contará con un experto en seguridad a tiempo completo que al inicio de la fase de construcción realizará capacitaciones a los trabajadores acerca de los riesgos de su trabajo y la forma de minimizarlos y evitarlos. - Será responsabilidad del contratista bajo supervisión del mandante, el proveer al personal de los elementos de seguridad que permitan la protección de la vida y la salud de los trabajadores, tales como a cascos, lentes de seguridad, guantes, ropa de seguridad, entre otros. Todo lo anterior con el objetivo de disminuir a niveles mínimo los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo

Fase de Cierre - El Contratista principal implementará un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma segura el desmantelamiento de las obras durante esta fase. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de: - Inspección y mantención de equipos. - Elementos de protección personal - Inducciones al personal de trabajos específicos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de trabajo, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.13. Accidentes de Tránsito Asociados al Proyecto

10.1.14. Rotura de Paneles Fotovoltaicos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Instalación de paneles fotovoltaicos en la Fase de Construcción, en la Fase de Operación (generación de electricidad y actividades de mantención y conservación), y desmantelamiento durante la Fase de Cierre. Acciones o medidas a implementar Fase de construcción y cierre - Se capacitará al personal de obra, para dar aviso inmediato ante desperfectos o trizamientos de paneles, los cuales serán retirados por la empresa proveedora del servicio o encargada de reciclaje. Esta capacitación será realizada por personal idóneo, en un lugar adecuado y habilitado para tal fin. Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio sobre los paneles que amerite su reemplazo, se procederá su retiro, y éste será tratado como Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser reciclado para ser destinado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. - Lo anterior será establecido mediante cláusulas de contrato con las empresas encargadas de realizar el servicio.

Fase de operación El Sistema de Vigilancia remoto, en línea y en tiempo real, permitirá, en el momento identificar un desperfecto en los paneles y su respectiva revisión para posterior recambio. Asimismo, estos desperfectos o roturas podrán ser identificados mediante inspecciones y/o mantenciones en planta. - Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio sobre los paneles que amerite su reemplazo, se procederá su retiro, y éste será tratado como Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser reciclado para ser destinado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. Lo anterior será establecido mediante cláusulas de contrato con las empresas encargadas de realizar el servicio. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre - Se elaborarán registros de las capacitaciones realizadas al personal específico sobre la revisión del estado de los paneles fotovoltaicos y aviso de recambio en caso de ser necesario. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. - Se elaborarán registros de las inspecciones periódicas de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos.

Fase de operación Se elaborarán registros de las inspecciones periódicas de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos. Cabe hacer presente que la revisión de roturas de paneles, durante la Fase de Operación, será realizada por personal especializado y capacitado para estas labores mediante mantenciones programadas, esto último considerando que no existirá mano de obra en Planta (permanentes) por tanto no se requerirá de capacitaciones durante fase de operación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.14. Rotura de Paneles Fotovoltaicos.

10.1.15. Hallazgos Arqueológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase Construcción Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Lo anterior debido a que Proyecto se enmarca en una zona sensible en cuanto potencial arqueológico, debido a la relevancia que los ríos y cursos de agua han tenido desde tiempos primigenios para el asentamiento humano, especialmente en aquellos espacios desérticos que caracterizan el norte de Chile. Para mayor detalle ver Anexo 2.7 de la DIA. Acciones o medidas a implementar - Ante el posible hallazgo de restos artefactuales, ecofactuales y/o paleontológicos durante las obras que involucren movimientos de tierra, se debe dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, con el fin de proteger el Patrimonio Cultural y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales Nº 17.288) Forma de control y seguimiento - Registro fotográfico de implementación de cercado y señalética de hallazgos. - Registro del levantamiento aerofotogramétrico. - Registro del estudio historiográfico. - Registro de seguimiento de estado de conservación y comparación con los datos que se registren durante los meses de Monitoreo Arqueológico Permanente (MAP) en la ejecución de la obra. - Registro de inducciones al personal en relación a la componente Arqueología y Patrimonio Cultural. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.15. Hallazgos Arqueológicos

10.1.16. Contacto entre el efluente proveniente desde el Sistema de tratamiento de aguas servidas y el acuífero de la cuenca del Río Copiapó Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Fosa Séptica Acciones o medidas a implementar - Se realizarán charlas a los trabajadores sobre las medidas a tomar en caso de riesgo de contacto entre el efluente proveniente desde el sistema de tratamiento de aguas servidas y el acuífero de la cuenca del Río Copiapó. - Se considera la inspección periódica de la fosa séptica, de forma semestral durante la fase de operación y mensual durante el cierre. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras y estanques de bombeo; verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. - Dar aviso inmediato en caso de detectar un mal funcionamiento en la fosa séptica y sus partes. Forma de control y seguimiento - Charlas Obligación de Informar (ODI). - Capacitación de los Planes de Emergencias. - Se mantendrá en planta una copia del Permiso Ambiental Sectorial 138 que apruebe el uso de la fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. - Se mantendrá en planta la Aprobación Sectorial del PAS 138 otorgado por la seremi respectiva ante eventuales fiscalizaciones. - Se mantendrán en planta los registros de las inspecciones de la fosa séptica. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas; detención de fosa, recambio de cámaras, estanques de bombeo etc. Referencia al ICE o documentos Anexo 6 de la Adenda Complementaria del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.16. Contacto entre el efluente proveniente desde el Sistema de tratamiento de aguas servidas y el acuífero de la cuenca del Río Copiapó

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Riesgo de Sismos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones a implementar Durante el sismo o terremoto - Mantener la calma, no dejar que el pánico domine a las personas. - Nunca evacuar el predio durante el sismo, buscar refugio en interior, en la medida de lo posible en las zonas seguras. - Cortar la energía eléctrica y alejarse de cables cortados, ya que pueden estar energizados. Apagar equipos eléctricos.

Después del sismo o terremoto - Verificar si a consecuencia del sismo se hayan producido derrames de sustancias peligrosas o residuos peligrosos. De existir un derrame, se trabajará en su contención acorde a lo señalado en el numeral 6.4 del presente plan. - Tomar precauciones con cristales rotos y otros materiales potencialmente cortantes. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - No utilizar el teléfono a menos que sea estrictamente necesario, no se deben saturar innecesariamente las líneas telefónicas. - Es pertinente mantener una radio portátil para obtener información. - Posterior a las inspecciones realizadas a todas las instalaciones de la planta, el personal encargado de la emergencia autorizará el reinicio de las actividades laborales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Atacama y a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.1. Riesgo de Sismos

10.2.2. Riesgo de inundación de cauces naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las actividades asociadas a las fases de construcción, operación y cierre. Acciones a implementar - Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas. - Se procederá a cerrar la zona inundada y se prohibirá el ingreso o circulación de vehículos y peatones en el lugar afectado. - Verificar superficialmente, la existencia de algún derrame de sustancia peligrosa en el área anegada. - El barro o agua que se encuentra contaminado, será extraído y se almacenará como residuo peligroso. - Por otra parte, luego de la extracción de agua superficial, verificar que no se hayan generado derrames de sustancias peligrosas a consecuencia de la inundación. De evidenciar suelo inerte contaminado, se procederá a retirar el suelo y se dispondrá en sitio habilitado, acorde a lo señalado en el numeral 6.4 del presente plan. - Una vez que se haya contenido la emergencia, la jefatura deberá evaluar si se está en condiciones de operativas similares a las condiciones originales antes de la inundación Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Aplica sólo en caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos o de que se configure algún otro riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Atacama y a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.2. Riesgo de inundación de cauces naturales

10.2.3. Riesgo de evento meteorológico extremo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones a implementar - Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten riesgos. - Las acciones o medidas concretas corresponden a: • El personal al momento de detectar la contingencia debe informar inmediatamente al jefe del área. • El jefe de área indicará la detención todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento y dará aviso de inmediato a carabineros y unidades de rescate. • El personal será evacuado a zonas seguras de mayor altura, a la espera de rescate. Una vez finalizada la emergencia se analizará la situación e instalaciones a fin de regresar a obra de manera segura. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe de equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante Condiciones Climáticas Adversas, las que se sujetan a una ocurrencia tenga efectos sobre el medio ambiente, previo evaluación interna y valoración de este para ser informado. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.3. Riesgo de evento meteorológico extremo

10.2.4. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de Faenas Acciones a implementar Residuos asimilares a domiciliarios e industriales no peligrosos: - Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos se dará aviso inmediato al encargado correspondiente, quien será el encargado de monitorear la contingencia. - Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio. - Se movilizará la maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. - Una vez contenida la emergencia se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será enviado a sitio de disposición final autorizado. - El jefe de oficina se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase los límites establecidos para el Proyecto (área del Proyecto), o dentro del área de este, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la SEREMI de Salud Región de Atacama y SMA la situación a través de un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.4. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos

10.2.5. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de Faenas Acciones a implementar Residuos Peligrosos: • Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. • Definir el equipo necesario y el plan de acción. • Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. • Colectar y envasar el material contaminado. • Muestrear el suelo durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado para comparar los daños generados. • Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN). • Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): - Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. - Descontaminar todos los equipos. - Envasar todo el material contaminado para descarte. - Colectar muestras para certificación. - Acciones Finales: Documentación (Reporte Final) - Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. - Mapa o dibujo del lugar. - Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. - Fotografías. - Información de la propiedad dañada y/o perjudicada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase los límites establecidos para el Proyecto (área del Proyecto), o dentro del área del mismo, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la SEREMI de Salud Región de Atacama y SMA la situación a través de un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.5. Riesgo de Falla en Sistema de Almacenamiento de Residuos Peligrosos

10.2.6. Riesgo de emisión de olores en sector de fosa séptica Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Fosa séptica Acciones o medidas a - En caso de detectar falla en el sistema que derive implementar malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. - Una vez detectada la falla en la fosa, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. - Durante la construcción, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se utilizará una retroexcavadora para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada y se comunicará con el fabricante para solicitar una fosa de recambio. - Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. - Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizado. - El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a de la Región de Atacama de lo ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

  • Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes.
  • Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.6. Riesgo de emisión de olores en sector de fosa séptica

10.2.7. Riesgo de Derrame de Aguas Servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las actividades Acciones o medidas a implementar Ante un eventual derrame, el personal en obra deberá: - Cortar inmediatamente la generación del derrame de aguas servidas - Contener el agua servida en algún tipo de estanque, bandejas de recogida de derrames o disponer de material impermeable para ello polietileno). - Cuantificar el efecto generado mediante un registro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarada a los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.7. Riesgo de Derrame de Aguas Servidas.

10.2.8. Derrame de Sustancias Peligrosas Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Mala manipulación o inadecuado almacenamiento de residuos peligrosos, insumos con características de peligrosidad u otras sustancias, roturas de mangueras u otras piezas de vehículos o equipos de trabajo. Acciones o medidas a implementar En caso de que, a pesar de las medidas preventivas o por causa de un movimiento sísmico o por abastecimiento de combustible, se produzca un derrame, se deberá realizar las acciones que a continuación se indica: - Se debe identificar la fuente de origen del problema y detener el derrame, si es que esta actividad no presenta riesgos a la salud de las personas. - Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, para actuar de manera inmediata en caso que sea necesario - Para el control del derrame, se necesitará el kit para control de derrames que contiene (guantes plásticos, pala, sacos con arena, tierra o aserrín, cordones absorbentes, botas y recipiente impermeable) y luego construir un pretil con arena, tierra o aserrín, u otro material, para evitar que se expanda el material. - Una vez controlado el derrame se deberá remover el material contaminado (por ejemplo, la misma arena o tierra utilizada para contener el derrame) y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos del Proyecto. - En caso que el derrame se haya producido sobre el terreno natural, proceder al retiro de la capa de suelo afectada y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos del Proyecto. Posteriormente se restablecerá el suelo a su condición original en cuanto a cobertura y profundidad, lo cual se demostrará a través de fotografías tomadas con el antes y después del retiro del terreno natural contaminado. - El material recuperado se almacenará en contenedores con tapa dentro de la bodega de residuos peligrosos para luego ser dispuesto en sitio autorizado por la SEREMI de Salud Región de Atacama.

En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. - En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de accidentes)”.

En la eventualidad de que se produzca un accidente que involucre sustancias peligrosas dentro del predio o en carretera, con generación de residuos peligrosos, se comunicará el hecho inmediatamente a la SMA, y se enviará un pre-informe dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro y un informe final dentro de los 15 días siguientes. El informe final incluirá lo siguiente: • Causa del accidente. • Cantidad y tipo de sustancia. • Fecha y hora del siniestro. • Localización y superficie afectada. • Fotografías. Forma de control y seguimiento En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Atacama y a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.8. Derrame de Sustancias Peligrosas

10.2.9. Incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todas las actividades asociadas las fases de construcción, operación y cierre. Acciones o medidas a implementar Incendios en instalaciones - Comunicar al jefe directo inmediatamente. - Activar alarma de incendio. - Usar los extintores solo si es un fuego incipiente y si se saben operar. - Cortar la energía eléctrica en el sector afectado, en caso de que corresponda. - Si se determina como incendio declarado, se hará lo siguiente: o Se dará inicio a la extinción del fuego utilizando extintores. o Para accionar el extintor se debe retirar el seguro con una mano, mientras que con la otra se debe dirigir el chorro en forma de abanico a la base del fuego. o Al acercarse a un fuego para combatirlo con un extintor, se debe tener el viento a la espalda para poder aproximarse más y estar resguardado de las llamas. o Nunca debe emplear un extintor a base de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizados. o El fuego se propaga rápidamente por lo que no hay que arriesgarse innecesariamente. o Solo se deben enfrentar fuegos pequeños, por lo tanto, si no se logra controlar en dos minutos, evacuar rápidamente, pero sin correr. o Una vez extinguido el fuego, se revisará el lugar, asegurando no dejar focos que pudieran reavivar el fuego.

- En caso de que no sea posible combatir el fuego mediante el uso de extintores, contactar inmediatamente a Bomberos y Ambulancia, en caso de ser necesario. - Procurar mantener alejadas del lugar del siniestro, a personas ajenas a la faena y/o personal que no esté capacitado para enfrentar la contingencia. - De encontrarse personas heridas, se darán los primeros auxilios y a la Ambulancia. - De no ser posible el control del fuego sin mayores riesgos, proceder a evacuación del área donde se esté produciendo el incendio y esperar la llegada de organismos de reacción en una zona segura. Una vez decretado el fin de la emergencia, la persona con mayor rango o jerarquía o el Encargado de Prevención de Riesgos, deberá determinar si es seguro retornar a las áreas de trabajo (por ejemplo, que no existan materiales que puedan caer sobre un trabajador o la existencia de brasas que puedan reiniciar el incendio, u otros que impidan el normal desarrollo de las actividades). Forma de control y seguimiento A través de la página web de la Superintendencia de Medio Ambiente, luego de ocurrida la emergencia (sólo en caso de incendios forestales). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.9. Incendio.

10.2.10. Afectación a Fauna Silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases. Parte, obra o acción asociada Toda área de emplazamiento del proyecto. Acciones o medidas a implementar En caso de una eventual afectación a la fauna silvestre, se informará al jefe de faena de lo ocurrido y una vez controlada la situación se registra el accidente en un formulario previamente definido.

Si el animal se encuentra herido, pero puede moverse por sí solo: - Asegurar perturbación mínima, para así evitar que el individuo se estrese, como no gritar, no correr y no realizar movimientos bruscos con el cuerpo ni con elemento alguno. - En paralelo, se deberá contar con un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar además de procedimientos necesarios. Cabe destacar que estará previamente definido el centro de rescate de fauna más cercano al lugar, el cual estará autorizado por el SAG, en caso de tener que trasladar al ejemplar afectado. - No realizar ningún tipo de salvataje salvo que sea estrictamente necesario, debido al riesgo para el trabajador como del animal. Si el animal se encuentra herido, pero no puede moverse por sí solo: - Asegurar perturbación mínima, para así evitar que el individuo se estrese, como no gritar, no correr y no realizar movimientos bruscos con el cuerpo ni con elemento alguno. - En paralelo, se deberá contar con un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar además de procedimientos necesarios. Cabe destacar que estará previamente definido el centro de rescate de fauna más cercano al lugar y que se encuentre autorizados por el SAG. - No realizar ningún tipo de salvataje salvo que sea estrictamente necesario, debido al riesgo para el trabajador como del animal.

Si el animal se encuentra sin vida:

El animal no deberá ser manipulado salvo si se encuentra en medio de un camino y utilizando los E.P.P. necesarios. Si se trata de un animal de mayor tamaño, se deberá contar con la ayuda e implementos necesarios para su manipulación. - En paralelo, se deberá contar con un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar además de los procedimientos necesarios para determinar la causa de muerte del animal. Cabe destacar que estará previamente definido el centro de rescate de fauna más cercano al lugar y que se encuentre autorizado por el SAG. - Previo a la llegada del SAG, se aislará el área con conos de seguridad vial.

Cabe desatacar que posteriormente a la afectación del ejemplar, se informarán las acciones realizadas con resultados al SAG, además se deberá informar a la SMA con copia al SAG. Forma de control y seguimiento Se dará aviso inmediatamente al SAG informando del siniestro y posteriormente a la SMA con copia al SAG a través de su plataforma web. Referencia al ICE o documentos Anexo 6 de la Adenda Complementaria del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.10. Afectación a Fauna Silvestre.

10.2.11. Colisión de Aves. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Fase de Operación - El causante de la contingencia o quien encuentre aves heridas deberá informar inmediatamente al encargado o al coordinador de emergencia. - Si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar de forma interna (mediante registro) las circunstancias del mismo (lugar, hora, responsables, medidas existentes en la zona) a objeto de prevenir la ocurrencia de nuevos atropellos. - En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario. - Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de stress. - En el caso que el personal no pueda realizar la captura del animal con seguridad, se dará aviso al Centro del Rescate y al SAG para que se hagan cargo de su retiro. - Una vez atendida la emergencia, se deberá generar un reporte de lo sucedido. - Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental a objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y difusión de planes y/o programas protección de fauna silvestre. - El proponente gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados. - Respecto a la avifauna (sólo fase de operación del Proyecto) en caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, se deberá tomar contacto con el encargado regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. Forma de control y seguimiento Fase de Operación: Según corresponda se tomará contacto telefónico inmediatamente con el SAG y la SMA y en un plazo no mayor a 10 días hábiles se les enviará un reporte de lo acontecido. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.11. Colisión de Aves.

10.2.12. Accidente de Tránsito Asociados al Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos que se consideran utilizar para el transporte de pasajeros, materiales, etc. Acciones o medidas a implementar - Se informará al superior inmediato o jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). - Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. - Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. - Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Forma de control y seguimiento Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Atacama y a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Referencia al ICE o documentos Anexo 6 de la Adenda Complementaria del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.12. Accidente de Tránsito Asociados al Proyecto.

10.2.13. Accidentes de Trabajadores Asociados al Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Parte, obra o acción asociada Operación de maquinaria, condiciones sanitarias del ambiente laboral, manejo de residuos o sustancias peligrosas, entre otros. Acciones o medidas a implementar - Para ambas fases se mantendrá un registro de los posibles accidentes que ocurran al interior del área del proyecto. - El personal se encargará de que el trabajador reciba la asistencia preliminar y asistencia médica correspondiente. Forma de control y seguimiento N/A Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.13. Accidentes de Trabajadores Asociados al Proyecto.

10.2.14. Rotura de Paneles Fotovoltaicos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Instalación de paneles fotovoltaicos en la Fase de Construcción, en la Fase de Operación (generación de electricidad y actividades de mantención y conservación), y desmantelamiento durante la Fase de Cierre. Acciones o medidas a implementar Fase de construcción, operación y cierre - Tras haber detectado en el Área del Proyecto uno o más paneles fotovoltaicos con desperfectos, roturas, daños o cualquier otro perjuicio, se informará al Jefe de Operación y Mantenimiento y se dará inicio al procedimiento de reemplazo de éste, por uno en adecuadas condiciones. - Los paneles fotovoltaicos catalogados como residuo peligroso serán almacenados retirados por la misma empresa proveedora del servicio o por una empresa recicladora. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción, operación y cierre - En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web en un plazo no superior de 24 horas. - Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.14. Rotura de Paneles Fotovoltaicos

10.2.15. Hallazgos Arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase Construcción Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Lo anterior debido a que Proyecto se enmarca en una zona sensible en cuanto potencial arqueológico, debido a la relevancia que los ríos y cursos de agua han tenido desde tiempos primigenios para el asentamiento humano, especialmente en aquellos espacios desérticos que caracterizan el norte de Chile. Para mayor detalle ver Anexo 2.7 de la DIA. Acciones o medidas a implementar Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos y al Consejo de Monumentos Nacionales para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte del personal especializado previa visación del Consejo. - Implementar mecanismos de seguridad para la protección y delimitación perimetral de elementos arqueológicos y/o paleontológicos presentes en las áreas de trabajo consideradas en el proyecto. Esta delimitación se realiza a través de un cercado perimetral. - Los hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos serán protegidos estableciéndose una franja de seguridad (buffer) en torno a cada uno de los perímetros y puntos detectados, con un mínimo de 10 m de radio desde el límite del hallazgo. - Instalación de letreros de señalización, fuera de los cercos, que indiquen “Zona de Restricción, Ley Nº 17. 288”. Forma de control y seguimiento - En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web en un plazo no superior de 24 horas. - Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. - En caso que aplique (derive de MAP) Informe Arqueológico. - Registro de aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en caso de ocurrir un hallazgo arqueológico. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.15. Hallazgos Arqueológicos.

10.2.16. Contacto entre el efluente proveniente desde el Sistema de tratamiento de aguas servidas y el acuífero de la cuenca del Río Copiapó Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Fosa Séptica Acciones o medidas a - Se detendrán el flujo de aguas servidas hacia el sistema y se implementar dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. - Se procederá a contener el derrame inmediatamente con un kit de control, que estará habilitado en las instalaciones. - Los trabajadores encargados del control de derrame deberán operar con todos los elementos de protección personal dispuestos. - Los residuos generados serán dispuestos en sitios autorizados. - Una vez solucionado el problema se reanudarán las labores - Se evaluará si corresponde realizar alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Forma de control y seguimiento - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda Complementaria Tabla 8.1.16. Contacto entre el efluente proveniente desde el Sistema de tratamiento de aguas servidas y el acuífero de la cuenca del Río Copiapó

11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

15°. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche”, de SOLEK CHILE SERVICES SPA

2°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Jotabeche” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Distribución:

Sr. Victor Emilio Opazo Carvallo Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Gobierno Regional, Región de Atacama I. Municipalidad de Tierra Amarilla Superintendencia de Medio Ambiente