Rotonda Villarica
RCA Villarrica . REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía
Rotonda Villarrica RESOLUCIÓN EXENTA: (ver fecha y número digital en el costado izquierdo del documento) VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 30 de junio de 2021 y su Adenda Villarrica Inmobiliaria Altas Cumbres S.A. con fecha 05 de febrero de 2021. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto Villarrica 3°. El Acta de Evaluación N° 1 de 25 de febrero de 2021, del Comité Técnico de la Región de La Araucanía. 4 Villarrica 5°. El Acuerdo de la sesión N° 1/2022 de fecha 20 de enero de 2022, de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto Villarrica . 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto N°178 de fecha 12 de julio de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Víctor Manoli Nazal como Delegado Presidencial Regional de La Araucanía; la Resolución Exenta N°330 de 11 de noviembre de 2014 y su modificación mediante la Resolución Exenta N° 13 de fecha 10 de agosto de 2021 que Aprueban el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de La Araucanía y su modificación; la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; la Resolución RA N°119046/207/2021, de fecha 30 de junio de 2021, del Director Ejecutivo del Serv Directora Regional del SEA, Región de La Araucanía, designándose a doña Andrea Flies Lara. RCA Villarrica . CONSIDERANDO:
1°. Que, Inmobiliaria Altas Cumbres S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Villarrica Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Inmobiliaria Altas Cumbres S.A. Rut 96.714.060-0 Domicilio Av. Santa María 2160, Providencia. Teléfono 56 2 2373 9901 Nombre representante legal Diego Croquevielle Sánchez Rut representante legal 10.588.309-9 Domicilio representante legal Av. Santa María 2160, Providencia. Teléfono representante legal 56 2 2373 9901 Correo electrónico Titular o representante legal dcroquevielle@altas-cumbres.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de enero de 2022, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental IX Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: - El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto. - Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales señalados en los artículos 139, 140 y 142, del D.S. N° 40/2012, los que han sido informados favorable por los Servicios competentes. - No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. - El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 20 de enero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía acordó calific Villarrica íntegramente el contenido del ICE de 12 de enero de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES. Objetivo general. de un conjunto habitacional de 3 edificios, uno de 5 pisos y dos de 8 pisos.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones. h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.3) Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. Vida útil. El Proyecto considera una vida útil indefinida. Monto de inversión. USD $ 48.543.714,000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La primera faena que dará cuenta del inicio de la fase de construcción del Proyecto corresponde a la materialización del cierre perimetral. Proyecto se desarrolla por Si No El Proyecto tendrá una duración de 45 meses y RCA Villarrica . etapas. X
considera tres etapas constructivas, a continuación, se describe cada una de las etapas constructivas. Etapa N° 1: Esta etapa contempla la construcción de un edificio habitacional de 5 pisos y 3 subterráneos. Considera 84 departamentos y 56 estacionamientos. La superficie construida es de 9.161,31 m2 y la superficie predial es de 3.740 m2. Etapa N°2: Esta etapa contempla la construcción de un edificio habitacional de 8 pisos y 3 subterráneos. Considera 108 departamentos y 157 estacionamientos. La superficie construida es de 9.096,92 m2 y la superficie predial es de 4.239 m2. Etapa N° 3: Esta etapa contempla la construcción de un edificio habitacional de 8 pisos y un subterráneo más la construcción de 14 locales comerciales. Considera 108 departamentos y 157 estacionamientos vehiculares para residentes y 32 estacionamientos para locales comerciales. La superficie construida es de 9.184,27 m2 y la superficie predial es de 5.841 m2, y 1.232,37 m2 considerados en locales comerciales.
Imagen 1. Plano general del proyecto. Proyecto modifica un proyecto o actividad. Si No Corresponde a un proyecto nuevo y no forma parte de la modificación de algún proyecto existente. X
Proyecto modifica otra(s) RCA. Si No El proyecto no modifica ninguna RCA.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO. División político- administrativa El Proyecto se ubica en la Región de La Araucanía, Provincia de Cautín, específicamente en el sector urbano zona Z-2E, en la comuna de Villarrica. Descripción de la localización. El proyecto se emplazará en la comuna Villarrica, por la calle Avenida Costanera S /Nº ROL S.I.I Nº 505-365. Referente a los Instrumentos de Planificación Territorial existentes y según a la información indicada en el Certificado de Informaciones Previas (CIP), que se adjunta en el Anexo N°3 de la DIA, el proyecto se emplazará en un sector definido como Z-2E, la cual entre sus usos permitidos se encuentra el uso residencial y RCA Villarrica . equipamiento. Imagen 2. Ubicación del proyecto. Superficie. El proyecto se emplazará en predio que tiene una superficie de 13.820 m2. Las superficies la fase de construcción del proyecto se presentan a continuación: Tabla N° 1: Superficies del proyecto. Ítem Superficie (m2) Predial 13.820 Construcción 28.674,87
Coordenadas UTM en Datum WGS84. Tabla N° 2: Coordenadas UTM Datum WGS 84 Huso 18 Proyecto. Puntos Coordenadas Este Norte A 740.203 5.647.111 B 740.308 5.647.983 C 740.157 5.647.917
Caminos de acceso. El proyecto contará con un acceso, por la calle Avenida Costanera. Ingreso: - Norte: Avenida Costanera Proyecto. - Sur: Avenida Costanera- Proyecto. - Poniente: Avenida Costanera Proyecto. - Saturnino Epulef Avenida Costanera Proyecto. - Oriente: Saturnino Epulef Avenida Costanera Proyecto. Egreso: - Norte: Proyecto Avenida Costanera. - Sur: Proyecto Avenida Costanera - Poniente: Proyecto Avenida Costanera hacia el poniente. Proyecto Avenida Costanera hacia el sur Saturnino Epulef hacia el poniente. - Oriente: Proyecto Avenida Costanera hacia el sur Saturnino Epulef hacia el oriente. RCA Villarrica . Imagen 3, Vías de acceso.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones. Capítulo 4 del ICE.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN. Cierre perimetral. Como primera actividad se procederá con la construcción de un cierre perimetral para delimitar el área de trabajo. Este cierre está compuesto por una estructura de placas OSB de 2,4 a 6 m de altura. Demolición. Previo al inicio de materializar las obras, y debido a que en el lugar de emplazamiento del proyecto existen instalaciones que actualmente se encuentran en desuso, se llevará a cabo la demolición de ellas. Para esta actividad, se solicitará el respectivo permiso de demolición a la Municipalidad de Villarrica, una vez obtenida la Resolución Ambiental Favorable del proyecto. La superficie considerada a demoler es de aproximadamente 1.022 m2.
Los escombros de la demolición serán manejados como RESCON, siendo transportados y dispuestos por empresas con Resolución Sanitaria y dispuestos en botaderos autorizados Escarpe o extracción de la capa vegetal del suelo. Posterior a la demolición se efectuará la limpieza o escarpe del estrato superior de material vegetal con una profundidad de 15 cm, considerando el 100% de la superficie del terreno. Se removerán aproximadamente 2.487,6m3 de material, con un esponjamiento del 20%.
El material a descartar será dispuesto en botadero previamente establecido y autorizado por la autoridad sanitaria. Instalación de faenas. Esta instalación tendrá una superficie de 276 m2, la cual estará conformada por contenedores, los que se retirarán una vez terminada la fase de construcción del proyecto. La instalación considerará: Oficinas: Serán de tipo prefabricado, tipo contenedor, equipados RCA Villarrica . con todos los servicios necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades asociadas (sistema hídrico, de iluminación, servicios higiénicos, etc.). Comedores: Al interior de la instalación de faena, existirá un área destinada a la alimentación de los trabajadores. Con el fin de que los trabajadores se alimenten en un lugar con las condiciones óptimas. Baños: En la Instalación de faenas se dispondrá de un sector destinado a servicios higiénicos que contará con baños y duchas. En el caso que exista personal femenino dentro de las contrataciones, existirán baños exclusivos para damas según lo indica la normativa vigente (D.S. 594/99, del MINSAL). Bodegas de materiales: La bodega de materiales se ocupará para guardar los materiales que se utilizarán en la construcción del proyecto. Se almacenarán menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas (SP). Por este motivo, se utilizará una bodega provisoria común que cumplirá con las exigencias del D.S. N° 43 (Art 25 al 32 del párrafo II
Sector de acopio temporal de residuos domiciliarios: Para almacenar temporalmente los residuos domiciliarios y asimilables, se dispondrá de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, en los cuales se almacenarán las bolsas plásticas resistentes con los residuos, por otra parte, estos serán vaciados todos los días en contenedores de 1.100 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, donde se implementará un área de almacenamiento provisorio para estos residuos, la que tendrá las siguientes características: - Superficie aproximada de 12 m2. - Delimitada por rejas para impedir el acceso de vectores. - Acceso controlado. - Suelos impermeables y lavables. - Pisos no resbaladizos. - Se encontrará identificada como área de almacenamiento de residuos domiciliarios. - Contará con un letrero de no fumar. - Señalización de los elementos de protección personal que se deben utilizar para manipular este tipo de residuos. - Poseerá un extintor para casos de emergencias. Los contenedores serán retirados tres veces a la semana del recinto o cuando sea necesario por el servicio municipal. Para mayor detalle del sector de acopio temporal de residuos domiciliarios y asimilables se presenta el Permiso Ambiental Sectorial Nº140 en el Anexo Nº6 de la Adenda complementaria, el cual permite la acumulación de basura.
Sector de acopio temporal de RESCON: En la zona de residuos de la construcción se almacenarán todos los residuos que se generen en la fase de construcción de proyecto, es decir, escombros, maderas, restos de cartones, plásticos, ladrillos, metales, etc. Estos residuos serán transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía. Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos: Se contará con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos de aproximadamente 12 m2, la que se ubicará dentro del área del Proyecto que considerará las siguientes características: RCA Villarrica . En la bodega se colocarán en una zona visible las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega. La bodega tendrá un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan residuos peligrosos. Tabla N°3: Superficie de Instalaciones de faenas. {
Imagen 4. Ubicación instalación de faenas Etapa Nº 1 y Nº 2. Excavaciones. Esta partida está referida a la excavación masiva del proyecto. El volumen excavado será dispuesto en botadero autorizado. Esta faena se realizará con máquinas retroexcavadoras y camiones. El volumen total a excavar es de 77.197 m3 y considerando un esponjamiento de 20%, el volumen de material que será dispuesto en el botadero será de 92.636,40 m3. Estructuras. Luego de las demoliciones y de las excavaciones, se procederá con la construcción de fundaciones y obras de hormigón, muros y losas de la edificación. El acero para el hormigón armado, será cortado de acuerdo a la necesidad e incorporado en la construcción. Finalmente, el hormigón se encargará a una planta proveedora, y llegará a faena en camiones mixer, conforme a los programas y requerimientos de la obra. Tabla 4. Material que ingresará al predio (ton). Terminaciones. Los principales materiales a usar son cerámicas, adhesivos para cerámicas, planchas de yeso-cartón (tipo volcanita) y perfiles de acero galvanizado (tipo metalcon) para los tabiques. Todos estos materiales llegarán en camión a la obra los que serán descargados con minicargador o con la grúa torre, de acuerdo a disponibilidad RCA Villarrica . de los equipos. Obras exteriores. Se refiere a los cierres definitivos del Proyecto y a la materialización de acuerdo al estándar municipal de las aceras que enfrentan al Proyecto. Estacionamientos. La instalación de faenas contará con disponibilidad de estacionamientos para 5 vehículos en su interior. En la fase de operación se contempla la siguiente cantidad de estacionamientos: Tabla N° 5: Desglose estacionamientos. Tipo de estacionamiento Etapa única Residentes 321 Comerciales 32 Visitas 27 Total 353
Grupos electrógenos. La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faenas y los equipos asociados a ella será proporcionada mediante un grupo electrógeno de potencia nominal de 200 Kva el cual estará implantado dentro de dicha instalación hasta obtener empalme eléctrico. Para la fase de operación se contemplan tres (3) grupos electrógenos destinado a respaldar en caso de emergencia a cada edificio habitacional, el cual se ubicará en una sala cerrada en el subterráneo, Despeje y preparación del terreno. Se efectuará la limpieza o escarpe del estrato superior de material vegetal con una profundidad de 15 cm, considerando el 100% de la superficie del terreno. Se removerán aproximadamente 2.487,6 m3 de material, con un esponjamiento del 20%. El material a descartar será dispuesto en botadero previamente establecido y autorizado por la autoridad sanitaria. Construcción e instalación de faenas. La instalación de faenas consistirá principalmente en habilitar de faenas la cual considera una superficie total de 276 m2. Estas contemplarán oficinas administrativas, comedores, baños y duchas, estacionamientos camiones y vehículos livianos, bodega de materiales, zona de RESPEL, zona de sustancias inflamables, zona de RESCON, bodega de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, zona de carga y descarga y zona destinada a limpieza de camiones. Mantenimiento Oficinas Administrativas, comedor, duchas, vestidores y WC. El mantenimiento de las oficinas se efectuará todos los días aseo y limpieza de las oficinas administrativas, baños, vestidores, comedores, duchas y baños.
Mantenimiento de sector de acopio de residuos domiciliarios y bodega RESPEL. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. La frecuencia de retiro será de 3 veces por semana o cuando se requiera. En cuanto a los RESPEL en ningún caso se almacenarán por un período mayor a 6 meses. Mantenimiento Bodegas. Se realizará una vez al día la limpieza y aseo de la bodega. Y verificar el stock de los materiales que en ella se guardan. Recursos naturales renovables. Posterior a la demolición se efectuará la limpieza o escarpe del estrato superior de material vegetal con una profundidad de 15 cm, considerando el 100% de la superficie del terreno. Se removerán aproximadamente 2.487,6m3 de material, con un esponjamiento del 20%. RCA Villarrica . El material a descartar será dispuesto en botadero previamente establecido y autorizado por la autoridad sanitaria. Emisiones y efluentes. Emisiones atmosféricas: Estas se generarán durante la fase de construcción debido a las actividades de demolición, escarpe, excavación, motores y tránsito de vehículos pesados sobre caminos pavimentados y no pavimentados, uso de grupo electrógenos durante el primer año y maquinaria fuera de ruta. A continuación, se presentan las emisiones totales del proyecto durante la fase de construcción. Para más detalle, ver Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas en el Anexo Nº 6 de la DIA. Tabla 6. Estimación de emisiones atmosféricas en fase de construcción. El proyecto considera una serie de medidas de control, las cuales se detallan a continuación: - Aplicación de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas. La frecuencia del supresor de polvo será cada 3 meses y será implementada durante la actividad de escarpe y finalizará con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material. Además, se deberá llevar registro de la aplicación del supresor. - Realizar cierre perimetral, el cual estará compuesto por una estructura de placas OSB. - Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. - El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/h. - Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. - Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. - Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado. - Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. - Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.
Aguas Servidas: Se generarán en instalación de faenas, durante RCA Villarrica . todo el período de la fase de construcción. A continuación en la tabla, se presenta el detalle de aguas servidas a generar por cada etapa constructiva. Tabla 7. Generación de aguas servidas, fase de construcción.
Para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Una vez se realice la conexión al sistema de alcantarillado público, las aguas servidas generadas serán descargadas a dicha red. Los sanitarios móviles serán transportados y dispuestos por empresas que posean autorización del SEREMI de salud. Ruido: Según el cronograma del Proyecto, las principales actividades se asociadas a la ejecución del Proyecto corresponden a las faenas de demolición, escarpe y excavación, y obra gruesa y terminaciones. Para los primeros dos escenarios (demolición y excavación) se considera un frente de trabajo para cada actividad operando a nivel de suelo (1,5 m. de altura); y, por otra parte, para la construcción de obra gruesa y terminaciones, dado que las fuentes de ruido se sitúan a nivel de suelo y en altura, se diferencian dos frentes de trabajo: uno relacionado con trabajos en altura y el otro a nivel de suelo. En las siguientes tablas se detalla la maquinaria que se utilizará durante esta fase, según la actividad constructiva a realizar, y se indican los Niveles de Presión Sonora (NPS) de emisión de cada fuente, a 10 metros, y sus niveles en banda de octava. Para efectos de modelación se consideran tres (3) frentes de trabajo: uno para las actividades de demolición, uno de construcción (excavación y obra gruesa a nivel de suelo) y el tercero para las actividades en altura. Cabe destacar que el Frente de Trabajo total asume que al menos una de cada maquinaria estará en funcionamiento simultáneamente formando el escenario más desfavorable, por lo que en la práctica se espera que los niveles generados sean más bajos. Tabla 8. Niveles de Presión Sonora de Maquinaria, Frente de Demolición Fase de Construcción Tabla 9. Niveles de Presión Sonora de Maquinaria, Frente de Construcción a Nivel de Suelo Fase de Construcción. RCA Villarrica . A continuación, se detalla los receptores identificados.
Imagen 5. Ubicación del proyecto y receptores humanos En la siguiente tabla se evalúan los niveles de ruido estimados para la fase de construcción. Cabe destacar que dichas actividades se realizarán únicamente en período diurno, por lo que la evaluación se realiza exclusivamente en este periodo horario. En las siguientes tablas se resumen los niveles de ruido estimados en los receptores. Cabe destacar que los frentes de trabajo se ubicaron en los sectores del Proyecto más cercanos a cada receptor. Tabla 10. Niveles de ruido estimados en receptores sin medidas fase de construcción. A continuación, se evalúa los niveles de ruido con medidas de control para cada uno de los receptores más cercanos. Tabla 11. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, demolición fase de construcción. Tabla 12. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, construcción etapa I fase de construcción. RCA Villarrica .
Tabla 13. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, construcción etapa II fase de construcción.
Tabla 14. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, construcción etapa III fase de construcción
Tabla 15. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, demolición fase de construcción - fauna.
Medidas de control: Barreras Acústicas: Se implementarán barreras acústicas perimetrales con alturas entre 2,4 y 6 m. Esta barrera debe ser de un material cuya densidad superficial sea, igual o superior, a 10 g/m2 (por ejemplo, paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. La atenuación por difracción sonora de esta medida es obtenida a través del software de modelación basado en la norma ISO 9613, no obstante, dicho procedimiento se puede resumir a través de la relación establecida por Maekawa: Imagen 6. método de atenuación sonora por difracción para RCA Villarrica . barreras, según maekawa. Cierre de Vanos: Consiste en confinar la emisión de ruido de trabajos al interior de la obra construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos, tanto de la obra gruesa como de terminaciones, con planchas de madera o similar que cumpla con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor). Barrera modular: Dicha medida corresponde a una barrera modular de madera OSB de 15 [mm] de espesor o similar, que presente las mismas características señaladas para las otras barreras del punto anterior, de al menos 2,4 [m] de altura, las cuales se ubicarán en el sector cercano a la fuente emisora obstaculizando directamente las emisiones que se generen por los equipos o actividades ruidosas. Las dimensiones de cada barrera modular van a depender de la extensión del foco de ruido o de la actividad que se esté ejecutando en la losa de avance, sin embargo, cada barrera considerará dos (2) pestañas extras de al menos 1,2 [m] de largo para cada lado la fuente de ruido a mitigar, formando un i acústico. Restricción de maquinaria: Se establece una restricción para el uso de camiones (tolva y mixer) durante la construcción de la Etapa III, de tal forma que se tenga una distancia mínima de 13 m entre los frentes de construcción y los receptores internos de las Etapa Nº 1 y Nº 2. Se puede observar que los niveles de ruido estimados para la fase de construcción cumplen con los límites máximos permisibles en todos los receptores. Para mayor información Anexo 5 de la Adenda. Dado que los niveles de velocidad de vibración (Lv) estimados en los receptores internos para la primera y segunda etapa se encuentran sobre el criterio de evaluación de molestia, a continuación, se presentan las medidas de control que se implementarán durante la fase de construcción. Como medida de control se establecerá una zona de restricción de la siguiente manera: Distancia de restricción, para uso de camiones (mixer y tolva), de 5 metros hacia el interior del área del Proyecto, para sector de receptores internos que se ubiquen en las etapas I y II. Dentro de esta zona se utilizarán maquinarias de menor tamaño o equipos manuales para reemplazar el camión mixer y camión tolva. Tabla 16. Evaluación de Daño Estructural por Vibraciones Fase de Construcción - Asentamientos humanos. Velocidades Peak de Partículas (PPV) Tabla 17. Evaluación de Daño Estructural por Vibraciones Fase de Construcción - Asentamientos humanos. Niveles de Vibración (Lv) RCA Villarrica .
Se puede observar que tanto las Velocidades Peak de Partículas (PPV) como los Niveles de Vibración (Lv) cumplen con los criterios de evaluación de referencia. Para mayor información Anexo 5 de la Adenda. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESCON: Se considera que para este tipo de proyecto se produce 0,25 m3 por metro cuadrado construido y 0,5 m3 por metro cuadrado demolido. De esta forma, se estima que para este proyecto se generarán en total 7.754,65 m3 de residuos de la construcción (incluye m3 generados por la demolición). En la siguiente tabla se muestran los residuos de la construcción desglosados por actividad. Tabla 18. Residuos de la construcción.
Manejo: Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto. Construido de acero, con toma enganche de alta resistencia, ganchos de encarpe para uso sobre camión. Posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía. La frecuencia de retiro de estos residuos será 2 veces a la semana o cuando sea necesario. Transporte: El transporte de los RESCON los efectuará una empresa autorizada y se realizará 2 veces a la semana o cuando sea necesario. Disposición: Los residuos serán derivados a disposición final autorizada. Para mayor detalle, Anexo 6 de la Adenda complementaria. Residuos Asimilables a Domiciliarios: Durante la fase de construcción, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. El cálculo de estos residuos se realiza con una tasa de generación de 0,54 Kg de residuos por habitante al día. Los valores resultantes de la determinación de residuos se muestran en la siguiente tabla.
RCA Villarrica . Tabla 19. Valores residuos asimilables a domiciliarios. Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrán de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, reforzados en su interior por una bolsa plástica resistente. Serán vaciados todos los días en contenedores de 1.100 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. La frecuencia de retiro será de 3 veces por semana o cuando se requiera. Para mayor detalle ver Anexo 6 PAS 140 de la Adenda Complementaria. RESPEL: El Proyecto en su fase de construcción generará residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. Respecto a este tipo de residuos, el titular del Proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. Cabe señalar, que los residuos acopiados en ningún caso se almacenarán por un período mayor a 6 meses. Tabla 20. Características de los residuos peligrosos. Estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, en contendedores de 200 litros de metal, donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el lugar de disposición final y empresa de transporte. Para mayor detalle, ver Anexo 8 PAS 142 de la DIA. Sustancias peligrosas: Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirán las siguientes cantidades de sustancias peligrosas las cuales serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes.
Tabla 21. Detalle de sustancias peligrosas. RCA Villarrica .
Estas sustancias se almacenarán en la bodega de materiales que cumplirá con el D.S 43 /2015. En ningún caso la cantidad almacenada de sustancias peligrosas superará las 3 toneladas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN. Estacionamientos. La instalación de faenas contará con disponibilidad de estacionamientos para 5 vehículos en su interior. En la fase de operación se contempla la siguiente cantidad de estacionamientos: Tabla N° 22: Desglose estacionamientos. Tipo de estacionamiento Etapa única Residentes 321 Comerciales 32 Visitas 27 Total 353
Grupos electrógenos. La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faenas y los equipos asociados a ella será proporcionada mediante un grupo electrógeno de potencia nominal de 200 Kva el cual estará implantado dentro de dicha instalación hasta obtener empalme eléctrico. Para la fase de operación se contemplan tres (3) grupos electrógenos destinado a respaldar en caso de emergencia a cada edificio habitacional, el cual se ubicará en una sala cerrada en el subterráneo. Edificios. El proyecto es de tipo inmobiliario con destino residencial, donde se contempla un conjunto habitacional de 3 edificios, uno de 5 pisos y dos de 8 pisos. El Proyecto contará con 320 departamentos habitacionales, 353 estacionamientos vehiculares distribuidos entre el sócalo y el primer piso, 162 estacionamientos para bicicletas y 14 locales comerciales. El proyecto presenta una superficie de construcción de 28.674,87 m2 y una superficie predial de 13.820 m2. Control de acceso. El conjunto habitacional considera accesos controlados al área residencial, los cuales estarán ubicados en el acceso peatonal. Salas de basura. Se contará con salas de basura con paredes, pisos y cielos de material liso, lavable, no absorbente y resistente a golpes, además de sistemas de ventilación en puertas, iluminación, provisión de agua para lavado del recinto, depósitos y desagües. Su espacio será suficiente para la manipulación de los recipientes de basura, asegurando el fácil acceso al recinto y el aislamiento del resto de las dependencias. Tendrá acceso restringido. Los ductos de ventilación tendrán rejillas para impedir el ingreso de insectos, roedores y demás vectores de interés sanitario. La ubicación de las salas de basura será en el primer piso. RCA Villarrica . Aguas Lluvias. Para dar solución a los requerimientos sobre las aguas lluvias, el proyecto considera captar, retener e infiltrar el 100% de las aguas mediante la captación e interceptación, de aquellas aguas que no puedan ser absorbidas producto de la impermeabilización del suelo natural. Para más detalles ver Anexo Nº 5 de la DIA. El objetivo de las obras de solución de aguas lluvias es mantener al menos la capacidad de retención e infiltración del terreno previo a la construcción del proyecto. Por lo mismo, para el dimensionamiento de las obras se busca que el caudal y volumen generado por las aguas lluvias, después de la construcción, no sea superior al generado previamente en condiciones naturales para tormentas menores. Locales comerciales. Se contempla la habilitación de 14 locales comerciales hacia el sector que da hacia Avenida Costanera.
Mantenimiento Grupos electrógenos. En la fase de operación se contempla la mantención preventiva de los grupos electrógenos de emergencia se realizará una vez al año y se realizarán mediante las siguientes actividades: para el motor cambio de filtros y de aceite lubricante, revisión de niveles, agua, aceite, combustible y revisión de la carga de la batería, además de limpieza y chequeo del motor en general. Respecto al alternador, se realizará una limpieza y chequeo de parámetros, los cuales se revisarán al momento de arrancar el generador para realizar pruebas y rangos de carga. Mantenimiento Áreas Verdes. Se efectuarán mantenciones mensuales a las áreas verdes de los edificios del conjunto inmobiliario por una empresa capacitada. Tránsito o circulación por movilidad de la población. Para esta fase del proyecto se consideran sólo viajes livianos pertenecientes a los dueños de los departamentos y visitantes. Por otra parte, el personal que trabaje en el conjunto habitacional o locales comerciales se trasladará a él utilizando sus propios medios de transporte. Operación del sistema de aguas lluvias. La mantención de la red de aguas lluvias, consistirá revisiones periódicas para la detección de fugas o daños a la instalación, y la revisión y limpieza de las cámaras sifón, estas deben ser revisadas y limpiadas cada 30 días y después de cada lluvia. Cualquier intervención posterior de algún tramo de la línea deberá ser sometida a las pruebas y limpieza correspondiente Para más detalles ver Anexo Nº 2 de la Adenda complementaria. Productos generados. El Proyecto no genera productos al ser de tipo inmobiliario Recursos naturales renovables. El Proyecto no contempla extraer o utilizar recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes. Emisiones atmosféricas: Estas se generarán durante la fase de operación debido al uso de los grupos electrógenos y calderas. A continuación, se presentan las emisiones totales del proyecto durante fase de operación. Tabla 23. Estimación de emisiones atmosféricas en fase de operación.
Para más detalle, ver Informe de Estimación de Emisiones RCA Villarrica . Atmosféricas en el Anexo Nº 6 de la DIA. Aguas servidas: Se generarán en los baños, duchas y cocinas, durante todo el período de la fase de operación. Tabla 24. Cantidad de Aguas servidas según población, fase de operación.
El proyecto considera la conexión al alcantarillado público, para ello cuenta con certificado de factibilidad de alcantarillado y agua potable. Ruido: Para la fase de operación se contemplan tres (3) grupos electrógenos destinado a respaldar en caso de emergencia a cada edificio habitacional, el cual se ubicará en una sala cerrada en el subterráneo, mientras que la salida de escape de gases estaría ubicada en el primer piso. Tabla 25. Evaluación resultados Fase de Operación Período Diurno y Nocturno - Asentamientos humanos.
Tabla 26. Evaluación resultados con medidas de control, Operación Etapa III Fase de construcción - Fauna.
Considerando las características del proyecto y con el objetivo de proteger de las emisiones de ruido a los habitantes de los edificios, la descarga de los grupos electrógenos contará con un silenciador catalizador que proveerá al menos 24 dB de pérdida por inserción, de manera conservadora. Cabe mencionar que, una vez instalados los equipos, se contempla efectuar una medición desde el departamento más cercano antes de que sea habitado, a modo de corroborar y cuantificar, en la práctica, la existencia de superación de los límites aplicables y determinar el diseño más específico de la medida de control de ruido antes citada. RCA Villarrica . Para mayor información en anexo 5 de la adenda. Vibraciones: Dada la naturaleza del Proyecto y las condiciones de Operación de un conjunto habitacional, no generará vibraciones en esta fase. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Asimilables a Domiciliarios: Durante la fase de operación, se generarán residuos sólidos domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes y visitantes de las viviendas, provenientes principalmente de las cocinas y baños. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando una tasa de generación de 0,54 kg de residuos por habitante al día. Tabla 27. Residuos domiciliarios en fase de Operación.
Los residuos serán retirados del Proyecto por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana. Los residuos domiciliarios serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado. Para mayor información ver Anexo N° 6 de la Adenda complementaria. Residuo Peligroso: Debido a la naturaleza del Proyecto, no se generarán residuos de carácter peligroso durante esta fase. Sustancias peligrosas: En la fase de operación del proyecto no se utilizarán o emplearán productos químicos o sustancias peligrosas, toda vez que el proyecto corresponde a un conjunto habitacional. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE. El proyecto no contempla fase de cierre.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO. 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN. Fecha estimada de inicio. - La primera etapa inicia una vez obtenida la RCA. - La segunda etapa terminado el primer edificio. - La tercera etapa comienza entregada los primeros edificios. Parte, obra o acción que establece el inicio. Ejecución del cierre perimetral del terreno. Fecha estimada de término. Dependiendo del inicio de las obras. Parte, obra o acción que establece el término. La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Villarrica. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN. Fecha estimada de inicio. Etapa N° 1: Recepción de las obras contempladas para un edificio habitacional de 5 pisos y 3 subterráneos. Etapa N°2: Recepción de las obras contempladas para el segundo edificio habitacional de 8 pisos y 3 subterráneos. Etapa N° 3: Recepción de obras para el tercer edificio habitacional de 8 RCA Villarrica . pisos y un subterráneo más la construcción de 14 locales comerciales. Considera 108 departamentos y 157 estacionamientos vehiculares para residentes y 32 estacionamientos para locales comerciales. Parte, obra o acción que establece el inicio. La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Villarrica. Fecha estimada de término. Se considera que el proyecto podría extender su vida útil de forma indefinida. Parte, obra o acción que establece el término. No aplica. 4.4.3. FASE DE CIERRE. Fecha estimada de inicio. El Proyecto no contempla fase de Cierre. Parte, obra o acción que establece el inicio. Fecha estimada de término. Parte, obra o acción que establece el término.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
Tabla 5.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. Impacto ambiental no significativo. - Aumento de material particulado y gases de combustión - Aumento en los niveles de ruido. Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada En el área de influencia existe presencia de población. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Emisiones atmosféricas: Estas se generarán durante la fase de construcción debido a las actividades de demolición, escarpe, excavación, motores y tránsito de vehículos pesados sobre caminos pavimentados y no pavimentados, uso de grupo electrógenos durante el primer año y maquinaria fuera de ruta. A continuación, se detalla las emisiones atmosféricas en fase de construcción Tabla 28. Estimación de emisiones atmosféricas en fase de construcción.
Fase de construcción:
El proyecto considera en la fase de construcción una serie de medidas de control las que se detallan a continuación: RCA Villarrica . - Aplicación de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas. La frecuencia del supresor de polvo será cada 3 meses y será implementada durante la actividad de escarpe y finalizará con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material. Además, se deberá llevar registro de la aplicación del supresor. - Realizar cierre perimetral, el cual estará compuesto por una estructura de placas OSB. - Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. - El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. - Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. - Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. - Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado. - Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. - Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.
Fase de operación:
En la fase de operación se generarán emisiones por el uso de grupos electrógenos y calderas, las que se detallan a continuación:
Tabla 29, Estimación de emisiones atmosféricas en fase de operación.
Para más detalle, ver Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas en el Anexo Nº 6 de la DIA.
Aguas Lluvias: Proyecto no supone la alteración de la dinámica de escurrimiento de aguas lluvias; lo anterior, en tanto no se generarán obras destinadas al desvío de aguas ni se producirá una impermeabilización de la superficie. Aguas Servidas: El tiempo y lugar donde se generarán en instalación de faenas, durante todo el período de la fase de construcción. Tabla 30. Generación de aguas servidas, fase de construcción RCA Villarrica . Sistema de abatimiento o control: Para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Una vez se realice la conexión al sistema de alcantarillado público, las aguas servidas generadas serán descargadas a dicha red.el plazo máximo para dicha conexión es 6 meses. Los sanitarios móviles serán transportados y dispuestos por empresas que posean autorización del SEREMI de salud. Fase de operación: Se generarán en los baños, duchas y cocinas, durante todo el período de la fase de operación. Tabla 31. Cantidad de Aguas servidas según población, fase de operación. El predio cuenta con certificado de factibilidad de alcantarillado y agua potable, por lo que las aguas servidas serán descargadas al alcantarillado. La SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. N° A20-2031 de la fecha 6 de enero de 2022. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Fase construcción: Según el cronograma del Proyecto, las principales actividades se asociadas a la ejecución del Proyecto corresponden a las faenas de demolición, escarpe y excavación, y obra gruesa y terminaciones. Para los primeros dos escenarios (demolición y excavación) se considera un frente de trabajo para cada actividad operando a nivel de suelo (1,5 m. de altura); y, por otra parte, para la construcción de obra gruesa y terminaciones, dado que las fuentes de ruido se sitúan a nivel de suelo y en altura, se diferencian dos frentes de trabajo: uno relacionado con trabajos en altura y el otro a nivel de suelo. En las siguientes tablas se detalla la maquinaria que se utilizará durante esta fase, según la actividad constructiva a realizar, y se indican los Niveles de Presión Sonora (NPS) de emisión de cada fuente, a 10 metros, y sus niveles en banda de octava. Para efectos de modelación se consideran tres (3) frentes de trabajo: uno para las actividades de demolición, uno de construcción (excavación y obra gruesa a nivel de suelo) y el tercero para las actividades en altura. Cabe destacar que el Frente de Trabajo total asume que al menos una de cada maquinaria estará en funcionamiento simultáneamente formando el escenario más desfavorable, por lo que en la práctica se espera que los niveles generados sean más bajos. RCA Villarrica . Tabla 32. Niveles de Presión Sonora de Maquinaria, Frente de Demolición Fase de Construcción. Tabla 33. Niveles de Presión Sonora de Maquinaria, Frente de Construcción a Nivel de Suelo Fase de Construcción.
Identificación de los receptores: Imagen 7. Ubicación del proyecto y receptores humanos.
Tabla 34. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, demolición fase de construcción.
Tabla 35. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, construcción etapa I fase de construcción. Tabla 36. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, construcción etapa II fase de construcción. Tabla 37. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, construcción etapa III fase de construcción RCA Villarrica .
Tabla 38. Evaluación de niveles de ruido con medidas de control, demolición fase de construcción - fauna. Medidas de Control: Cierres perimetrales: El Proyecto contempla implementar un cierre perimetral cuya altura oscila entre 2,4 y 6 [m]. Este Cierre Perimetral tendrá características de Barrera Acústica cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Cierre de vanos: Consiste en confinar la emisión de ruido de trabajos al interior de la obra construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos, tanto de la obra gruesa como de terminaciones, con planchas de madera o similar que cumpla con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor). Barrera modular: Dicha medida corresponde a una barrera modular de madera OSB de 15 [mm] de espesor o similar, que presente las mismas características señaladas para las otras barreras del punto anterior, de al menos 2,4 [m] de altura, las cuales se ubicarán en el sector cercano a la fuente emisora obstaculizando directamente las emisiones que se generen por los equipos o actividades ruidosas. Las dimensiones de cada barrera modular van a depender de la extensión del foco de ruido o de la actividad que se esté ejecutando en la losa de avance, sin embargo, cada barrera considerará dos (2) pestañas extras de al menos 1,2 [m] de largo para cada lado la fuente de ruido a mitigar, formando una e o. Restricción de maquinaria: se establece una restricción para el uso de camiones (tolva y mixer) durante la construcción de la Etapa III, de tal forma que se tenga una distancia mínima de 13 m entre los frentes de construcción y los receptores internos de las Etapa Nº 1 y Nº 2. Se puede observar que los niveles de ruido estimados para la fase de construcción cumplen con los límites máximos permisibles en todos los receptores. Para la fase de operación se contemplan tres (3) grupos RCA Villarrica . electrógenos destinado a respaldar en caso de emergencia a cada edificio habitacional, el cual se ubicará en una sala cerrada en el subterráneo, mientras que la salida de escape de gases estaría ubicada en el primer piso. A continuación, se presenta la tabla de evaluación normativa sobre los receptores. Para más detalle ver Informe de Acústica en el Anexo Nº 5 de la Adenda. Tabla 39. Evaluación resultados Fase de Operación Período Diurno y Nocturno - Asentamientos humanos. Tabla 40. Evaluación resultados con medidas de control, Operación Etapa III Fase de construcción - Fauna. Para mayor información Anexo 5 de la Adenda. El organismo con competencia ambiental, en este caso la SEREMI de Salud se pronunció conforme, mediante el ORD. NºA20-2031 de fecha 06 de enero de 2022. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. El Proyecto genera emisiones atmosféricas por material particulado y gases, sin embargo, estas no superan las concentraciones máximas indicado en la norma, para ninguna de las distancias evaluadas como ya se ha mencionado anteriormente. En tanto las emisiones de ruido (ver Anexo 5 de la Adenda), para todos los receptores se cumple la normativa durante la fase de construcción y operación. Finalmente, el Proyecto no considera la generación de efluentes o uso de químicos que puedan afectar el recurso hídrico y suelo. En consecuencia y conforme a los antecedentes expuestos, se indica que no existirá exposición a contaminantes para la población ya que no existirán emisiones ni efluentes adicionales a los ya mencionados y los residuos que se generen serán manejados conforme a la normativa vigente y mediante empresas autorizadas. Para mayor detalle ver Anexo 6 PAS 140 de la Adenda complementaria y Anexo RCA Villarrica . 6: PAS 142 actualizado adjunto a la Adenda 1.
El organismo con competencia ambiental, en este caso la SEREMI de Salud se pronunció conforme, mediante el ORD. NºA20-2031 de fecha 06 de enero de 2022. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Fase de construcción: Residuos de la construcción: con una generación total de 7.550,25 m3 (RESCON por construcción). Residuos asimilables a domiciliarios: generados principalmente en el comedor y oficinas administrativas de la faena. Se estima una cantidad de 0,27 m3/días generados por los trabajadores de la obra. Residuos peligrosos: con una generación promedio de 2,01 m3/mes de envases de pinturas, solvente, paños impregnados en solventes y grasas, tarros con residuos de aceites lubricantes. Los residuos generados en esta fase serán almacenados según lo establece la normativa ambiental vigente. En el Anexo N° 6 de la Adenda (PAS 140) y Anexo 6 Adenda complementaria, (PAS142).
Fase de operación: Residuos asimilables a domiciliarios: se generarán 1,79 m3/días provenientes de los habitantes y visitantes de las viviendas y equipamiento cultural. Estos residuos serán almacenados en la sala de basuras de los condominios. Los residuos serán retirados por el camión municipal de la comuna de Villarrica. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana. El organismo con competencia ambiental, en este caso la SEREMI de Salud se pronunció conforme, mediante el ORD. NºA20-2031 de fecha 06 de enero de 2022. Conclusión: Conforme a los antecedentes expuestos, es posible concluir que el proyecto no generará ni presentará riesgo para la salud de la población, debido de la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones y/o residuos, ya que se realizará un manejo adecuado de éstos, conforme a lo establecido por la normativa ambiental vigente y en las medidas propuestas durante la evaluación ambiental del proyecto.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el Impacto ambiental no significativo. - Pérdida de suelo. - Aumento de material particulado y gases de combustión Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Los antecedentes del proceso de evaluación ambiental dan cuenta que no existe presencia de este tipo de recursos dentro del área de influencia del proyecto.
a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, Acorde al Instrumento de Planificación Territorial aplicable, el Proyecto inmobiliario se emplazará en un sitio que se encuentra inmerso en una zona urbana, el RCA Villarrica . compactación o presencia de contaminantes. cual ha sido alterado intensivamente removiendo por completo la vegetación original, por lo cual ha disminuido considerablemente su potencial agrícola. Es por esto que el desarrollo del Proyecto no afectará la permanencia del recurso, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional a futuro y no alterará la capacidad de regeneración o renovación del recurso (debido a la previa alteración de este), producto de que se emplazará en una zona urbana regulada.
Debido a la intervención intensiva, se evidencia una disminución completa de su capacidad de sustento para la vida u otras funciones en el ecosistema, por lo tanto, la construcción y operación del proyecto no atentará a las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies.
A modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptarán medidas preventivas durante la fase de construcción en relación a los residuos sólidos, líquidos y las sustancias peligrosas a utilizar, disponiendo de zonas de almacenamiento acondicionadas para evitar el derrame de contaminantes, para lo cual se solicitará los permisos ambientales sectoriales correspondientes (Anexo Nº 8 de la Adenda).
Durante la fase de operación, se dispondrá de salas de acumulación de residuos sólidos domiciliarios, ubicadas en el subterráneo, posteriormente los residuos serán trasladados a la zona de pre-carguío ubicada en el primer piso.
De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no genera efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 6º letra a) del D.S. 40. Por otra parte, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo se pronunció conforme a través de su ORD. N°0634, de fecha 20 de julio de 2021. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Según el estudio realizado de flora y vegetación, presente en el Anexo Nº 4 de la DIA, Descripción del predio, el área de estudio se encuentra dentro del área urbana de la ciudad de Villarrica, por lo que los elementos del componente flora y vegetación han sido modificados por actividades antrópicas, removiendo por completo la vegetación original. En el área de estudio predomina la vegetación de origen alóctono.
Según el levantamiento de información realizado en diciembre de 2020 en el área de estudio, es posible señalar que se encontraron 47 especies de flora vascular terrestre.
La gran mayoría de las especies registradas son de origen alóctono (78,72%), mientras que el 21,28% corresponden a especies nativas. No se registraron especies de origen endémico en el área de estudio. La forma de vida dominante según su representatividad fue la estrata herbácea con un 74,47% de las especies, mientras que la estrata arbórea representó un 12,77%, al igual que la estrata arbustiva. No se detectó la RCA Villarrica . presencia de especies clasificadas en categorías de conservación.
La fauna observada en el área de estudio se detalla a continuación. Se identificaron 68 individuos clasificados en 21 especies de aves, pertenecientes a 17 familias y a 7 órdenes, siendo el taxa más abundante registrado en el área de estudio, representando un 93,15% de los individuos registrados. Las especies más abundante fueron el fío- fío (Elaenia albiceps) con un 16,44%, seguido de la tórtola (Zenaida auriculata) con un 9,59% de representatividad.
Se identificaron 4 individuos de reptiles, 3 correspondientes a la especie de lagarto chileno (Liolaemus chilensis) y 1 correspondiente a la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis). Estas especies presentan un 4,11% y un 1,37 % de representatividad respectivamente. Se registró la presencia la especie conejo europeo, mediante el avistamiento de un individuo y la existencia de fecas. Esta especie, de origen alóctono, posee una representatividad de 1,37% respecto del total de individuos observados.
De las 24 especies observadas, 4 son de carácter alóctono,6 de origen nativo y 1 de origen endémico. No se evidenció la presencia de especies con problemas de conservación, ni con distribución reducida en el área de estudio. Las áreas protegidas más cercanas son el Parque Nacional Villarrica y la Reserva Nacional Villarrica, los cuales se encuentran a más de 19 y 24 kilómetros respectivamente.
Adicionalmente, por el tipo de proyecto, no se generarán emisiones que pudieran generar efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales renovables y, por otro lado, el proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado para realizar las descargas de aguas servidas donde corresponde, a modo de no afectar a los recursos naturales renovables. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Como se señaló en los literales anteriores de este Artículo, el Proyecto no genera efectos sobre las componentes suelo y aire. En el caso de la componente aire, las afectaciones serán asociadas a emisiones de baja magnitud de material particulado y gases, las que tendrán carácter puntual y transitorias sólo durante la fases de construcción mientras que para la componente de suelo se prevé que las obras constructivas respeten los horizontes del suelo, exista control de la compactación aplicada y no contempla el uso de sustancias químicas para el control de vegetación por lo que no se difiere de las condiciones de línea base de forma significativa.
En cuanto al recurso hidrológicos, el predio posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado y agua potable administrado por Aguas Araucanía S.A., cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 5 de la DIA. Y, durante la fase de operación del proyecto, no se contemplan impactos sobre este componente ya que RCA Villarrica . las aguas servidas se descargarán al sistema de alcantarillado público, por lo que la magnitud y duración del impacto del proyecto sobre el componente, no lo afectarán de manera significativa. Referente al recurso hídrico subterráneo, se realizó un análisis con el pozo Villarrica de la DGA, el cual como promedio de las mediciones realizadas desde 2011 a 2021 se obtuvo una profundidad de 24,16 m. Dicho pozo se encuentra a una distancia aproximada de 3 km del Proyecto. Es importante señalar que el nivel de obras civiles del Proyecto no alcanza el nivel de la napa freática, ya que el nivel de trabajo es hasta aproximadamente los 6 m de profundidad. Referente al recurso hídrico subterráneo, se realizó un análisis con el pozo Villarrica de la DGA, el cual como promedio de las mediciones realizadas desde 2011 a 2021 se obtuvo una profundidad de 24,16 m. Dicho pozo se encuentra a una distancia aproximada de 3 km del Proyecto. Es importante señalar que el nivel de obras civiles del Proyecto no alcanza el nivel de la napa freática, ya que el nivel de trabajo es hasta aproximadamente los 6 m de profundidad.
Por último, el origen de las aguas que se utilizarán para el proyecto será del suministro de agua potable que tiene el predio con Aguas Araucanía S.A. Por lo tanto, los recursos hídricos subterráneos no se verán afectados en cuanto a calidad ni cantidad ya que no se contempla la intervención en ellos.
Por lo que la magnitud y duración del impacto del proyecto sobre el componente, no lo afectarán de manera significativa. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. Emisiones atmosféricas: El Proyecto generará emisiones de material particulado y de gases durante la fase de construcción y operación proveniente de las actividades de demolición, escarpe, excavaciones, movimiento de tierra (carga y descarga), circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados y operación de grupos electrógenos y calderas. Cabe destacar dichas emisiones serán acotadas en el tiempo y circunscritas al lugar donde se realiza la obra. Además, el Proyecto ha considerado emplear las medidas de abatimiento y control de emisiones, las cuales se presentan en el Anexo Nº 6 de la DIA, Emisiones Atmosféricas.
Efluentes líquidos: Respecto de las aguas servidas, el proyecto cuenta factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por Aguas Araucanía S.A., tanto en la fase de construcción como en la fase de operación. Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizarán baños químicos, que serán manejados por una empresa autorizada. En las oficinas de faenas se tendrá un registro de su disposición o facturas.
Lavado de ruedas: Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, RCA Villarrica . se generarán residuos líquidos industriales. Para esto se implementará un sistema que consistirá en una zona que contará con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, serán conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacenará las aguas de lavado. Los residuos generados serán tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectuará su disposición final en conformidad a la normativa aplicable. Lavado de canoas: Se indica que se generará una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre estará cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. En cuanto a las aguas residuales, se generarán aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que serán almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta será limpiada con camiones a medida que se vaya completando. En consideración a los antecedentes señalados, no se superarán los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Según el Informe de Fauna presentado en el Anexo Nº 4 de la DIA, Se identificaron 68 individuos clasificados en 21 especies de aves, pertenecientes a 17 familias y a 7 órdenes, siendo el taxa más abundante registrado en el área de estudio, representando un 93,15% de los individuos registrados. Las especies más abundante fueron el fío- fío (Elaenia albiceps) con un 16,44%, seguido de la tórtola (Zenaida auriculata) con un 9,59% de representatividad. Se identificaron 4 individuos de reptiles, 3 correspondientes a la especie de lagarto chileno (Liolaemus chilensis) y 1 correspondiente a la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis). Estas especies presentan un 4,11% y un 1,37 % de representatividad respectivamente. Se registró la presencia la especie conejo europeo, mediante el avistamiento de un individuo y la existencia de fecas. Esta especie, de origen alóctono, posee una representatividad de 1,37% respecto del total de individuos observados. De las 24 especies observadas, 4 son de carácter alóctono, 6 de origen nativo y 1 de origen endémico. No se evidenció la presencia de especies con problemas de conservación, ni con distribución reducida en el área de estudio. Por otro lado, en el Estudio de Impacto Acústico (Anexo Nº 5 de la Adenda) se analiza la emisión de ruido del Proyecto en dichos sectores en términos del nivel de presión sonora proyectado de acuerdo con las RCA Villarrica . modelaciones expresado en decibeles lineales (dB) sin ponderación frecuencial para representar el impacto sobre las especies correspondientes. Tabla 41. Se reconocen 3 zonas de receptores fauna, los cuales se indican a continuación:
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Como ya se mencionó en el respectivo Artículo 5° letra d) del RSEIA, no se generarán impactos o exposición a contaminantes. Las sustancias utilizadas y residuos generados serán, según lo declarado en el Capítulo 1 del Informe Consolidado de Evaluación; almacenados, manipulados, transportados y dispuestos en lugares autorizados en cumplimiento con la normativa vigente, por lo tanto, no existirá afectación de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Además, cabe señalar que como se menciona respecto del Artículo 6° letra a) del RSEIA. En consecuencia y conforme a los antecedentes expuestos, no habrá efectos adversos sobre los recursos naturales renovables en el Área del Proyecto por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y cualquier otra sustancia, lo anterior en función de las condiciones en que estos serán transportados, almacenados, utilizados y eventualmente dispuestos en sitios autorizados según corresponda. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. El Proyecto no considera la intervención de caudales o volúmenes de los recursos hídricos superficiales ni subterráneos en ninguna de sus fases, como tampoco realizará trasvasije de una cuenca o subcuenca hidrográfica (subterránea o superficial) a otra. En particular: - No se intervendrán aguas subterráneas según lo indicado en el Articulo 6 letra a) del RSEIA. - No se intervendrán cuerpos o cursos de agua según lo indicado en el Articulo 6 letra a) del RSEIA. - No existen vegas ni bofedales en y/o cercanos al área del Proyecto. - No existen áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas en y/o cercanos al área del Proyecto. - No existen glaciares en y/o cercanos al área del Proyecto.
Al respecto, el Proyecto no considera la generación de efluentes o uso de químicos que puedan afectar el recurso hídrico y suelo. g.1) No aplica. El predio donde se emplazará el proyecto no contiene aguas fósiles. g.2) No aplica, el predio donde se emplazará el proyecto no contiene cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3) No aplica, el sitio donde se construirá el proyecto RCA Villarrica . no posee vegas y /o bofedales que pudieran verse afectadas por las actividades de construcción y operación. g.4) No aplica, el proyecto no afectará los niveles de aguas subterráneas o superficiales que irriguen a zonas de humedales, estuarios y turberas. g.5) No aplica, el proyecto no se emplazará en las proximidades o superficies de glaciares. g.6) No aplica, en la construcción del proyecto no se introducirán especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
Del análisis efectuado es posible señalar que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ningún tipo de especie de flora o fauna exóticas. En todo momento se dará cumplimiento a La Ley de Caza N°19.473 de 1996 la que establece en su Artículo 25º que la introducción al territorio nacional de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, que puedan perturbar el equilibrio ecológico y la conservación del patrimonio ambiental a que se refiere la letra b) del Artículo 2° de la Ley N°19.300. Conclusión: La ejecución del proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad ni calidad de los recursos naturales renovables.
Tabla 5.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental no significativo. No aplica. Las obras del proyecto se realizan en un terreno privado y no se contemplan obras o acciones que intervengan rutas de tránsito presentes en el área de influencia del proyecto. Existencia de grupos humanos en el área de influencia. Existen grupos humanos dentro del área de influencia del Proyecto. Reasentamiento de comunidades humanas. El Proyecto Rotonda Villarrica no genera reasentamiento de comunidades humanas. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Durante el proceso de la evaluación ambiental se constató que, el terreno donde se emplazará el Proyecto corresponde a un terreno privado, zonificado Z-2E, según el Plan Regulador Comunal de Villarrica, en el cual actualmente no existe actividad agrícola, según lo indicado por el titular en las observaciones de terreno, ni en el análisis de información la presencia de individuos o grupos de personas que ingresen al predio y realicen algún tipo de actividad productiva, social o cultural. Tampoco se observado la existencia de algún tipo de recurso natural que sea de uso de sustento económico para las personas en el área de influencia del proyecto. Lo mismo ocurre con el área de influencia del Proyecto, donde se constató que las actividades RCA Villarrica . económicas existentes se llevan a cabo al interior de terrenos privados, de manera formal o informal, no existiendo explotación de ningún tipo de recurso natural que pudiera ser afectado por la construcción u operación del Proyecto. Del mismo modo, tampoco se detectó que existan grupos que accedan a recursos naturales para usos tradicionales en los espacios públicos del área de influencia. En relación a las características del terreno donde se emplazará el proyecto, este, posee una superficie de 1,38 hectáreas, el cual se encuentra en una zona urbanizada según lo establece el Plan Regulador de Villarrica, el cual indica que para la zona Z-2E los usos permitidos son el uso residencial y equipamiento, entre otros, por lo que el proyecto se emplazará de acuerdo a los usos de suelos admitidos. Por lo tanto, el Proyecto no intervendrá en su área de emplazamiento el uso ni restringirá el acceso a ningún tipo de recurso natural, sea para fines económicos o tradicionales. En definitiva, se descarta la existencia de afectación negativa o significativa dentro del Área de Influencia del Proyecto en el sentido que se intervengan, usen o restrinja el acceso a recursos naturales que sirvan de sustento económico o para usos tradicionales de personas o grupos humanos.
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Dados los antecedentes presentados por el titular en el estudio de transporte en anexo N° 4 de la DIA, se indica que el proyecto, no presenta alteración, obstrucción o restricción a la conectividad o libre circulación peatonal o vehicular a bienes, servicios o infraestructura básica, adicionalmente en su operación no se incorporaran cierre ni desvío de veredas o calzadas. en el caso de los peatones, se constata las bandas peatonales tienen suficiente capacidad para la circulación a flujo libre, por lo que no existe posibilidad de aumentos en los tiempos de desplazamiento. desde el punto de vista del transporte en vehículo particular, el proyecto no produce alteraciones significativas a la libre circulación debido a que su aporte en la saturación del sector es menor.
Por su parte, en la adenda, se indica de acuerdo con el cuadro de flujo de vehículos pesados (fig. 9 adenda) la situación más desfavorable ocurre durante el año 2 de construcción con un máximo de 3 vehículos pesado hora operando en el área de influencia. Por lo que el titular establece medidas de manejo ambiental para la etapa de construcción que tiene relación con el tránsito de camiones de carga o pesados, tendiente a reducir las emisiones de polvo en suspensión que pudiera afectar a la seguridad de trabajadores, personas y vehículos de particulares. las cuales se describen en el siguiente cuadro:
RCA Villarrica . Tabla 42. Medidas de abatimiento y control.
Se agrega que para la etapa de operación según lo señalado en el informe de transporte del anexo N° 4 del DIA, se estima que el flujo total de vehículos livianos alcanza sus máximos en periodos punta mañana y punta tarde con un máximo de 42 vehículos por hora. para el manejo de este nivel de flujo vehicular adicional el titular ha planteado las siguientes medidas de mitigación del EISTU: Demarcaciones: Demarcar línea de detención, leyenda PARE lo ceda el paso, achurados y línea de aproximación en la intersección de Av. Costanera Pucara y camino Villarrica Pucón. además de demarcar línea continua de separación de pista, en Av. Costanera Pucara entre camino Villarrica Pucón y deslinde sur del proyecto. Demarcar dos flechas direccionales, achurados, leyenda lento, línea segmentada de separación de pista, en Av. Costanera Pucara, frente al proyecto. demarcar dos flechas direccionales, dos leyendas solo, línea segmentada de separación de pista, en Av. Costanera Pucara frente al proyecto. Demarcar línea de aproximación, línea de detención y dos símbolos ceda el paso, en el retorno ubicado en Av. Costanera Pucara. demarcar línea continua de separación de pista y dos leyendas lento, en Av. Costanera Pucara, entre el retorno y el paso de cebra elevado. y demarcar paso de cebra elevado, línea de detención y línea de aproximación zigzag en Av. Costanera Pucara. Señalización: Una señal pare en el acceso de egreso del proyecto y una señal de dirección obligada frente al acceso de egreso del proyecto. Se instalan 2 balizas peatonales para el paso de cebra RCA Villarrica . elevado, ubicado en Av. Costanera Pucara.
Por lo tanto y en base a lo expuesto, desde el punto de vista de la movilidad y libre circulación de las personas y grupos humanos que actualmente residen en el área de influencia del proyecto, se concluye que estos no se verán afectados sus tiempos de desplazamiento en ninguno de los modos utilizados, ya sean motorizados como no motorizados. Todo lo anterior permite indicar que este proyecto no impactará de ninguna forma en cuanto a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de las personas y en su entorno. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Para la fase de construcción como de operación del Proyecto, no se va a intervenir ni afectar el acceso o la calidad de bienes, servicios, equipamientos o infraestructura básica. En este sentido, para la fase de construcción, el titular se ajusta a las normativas y procedimientos que son obligatorios de cumplir y que aseguraran la no intervención de servicios básicos como agua potable, alcantarillado o red eléctrica y, en caso de producirse algún tipo de consecuencia no prevista por causa del proceso constructivo, el titular incorpora un protocolo de contingencias y emergencias que se debe seguir, tanto en relación a las acciones a implementar por el Titular como por las empresas proveedoras de servicios. Del mismo modo, las medidas de control referentes a la emisión de ruidos, material particulado y otras materias propias de una construcción de gran envergadura, cumplen con las normativas aplicable vigentes en nuestro país. Asimismo, el Proyecto, al estar situado en una ciudad como Villarrica, no contempla que en su fase de construcción se produzcan desplazamientos de mano de obra para residir en la comuna de Villarrica, por lo que no se construirán campamentos ni infraestructura habitacional para los trabajadores de la obra. Además, esto implica que no se espera que los trabajadores ejerzan algún tipo de presión sobre los servicios sociales básicos. Respecto a la fase de operación del Proyecto, se espera que el aumento de la población sea de un máximo de 992 personas, integrando los departamentos del permiso de edificación identificada, cuyo total contempla 320 departamentos. Este aumento poblacional en el sector no se espera que genere incrementos de uso que superen las capacidades de carga ni de la red eléctrica ni del sistema de agua potable y alcantarillado del sector, lo que queda plasmado en los certificados y permisos que otorgan las empresas de servicios para autorizar una obra de estas características, adjuntados en Anexo 5 de la DIA. En base a los antecedentes expuestos, se concluye que el proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o RCA Villarrica . infraestructura básica, debido a que tanto el acceso como los bienes, equipamientos y servicios no serán utilizados y/o alterados por la construcción del proyecto. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Dentro del Área de influencia del Proyecto no se detectó la realización de prácticas tradicionales o culturales por parte de individuos o grupos de personas que pudieran implicar algún grado de arraigo, debido a que el predio es particular y actualmente se encuentra deshabitado. Según los antecedentes del anexo del medio humano de la DIA, el titular ind el levantamiento de información se constató que la gente del sector no reconoce poseer ningún tipo de vínculo especial con este predio ni le otorga relevancia cultural, social o
En relación con las actividades sociales que se realizan en el área de influencia del Proyecto, no se detectaron prácticas comunitarias que sean susceptibles de ser impactadas de manera significativa por el Proyecto, ya sea durante su operación o construcción. En cuanto a la Feria Costanera Villarrica, y respecto a la fase de operación, se espera que la nueva población que llegue a habitar el Proyecto compre en esta feria, lo que supone un impacto positivo para las ventas de los feriantes, fortaleciendo así la actividad económica, y no debiendo generar problemas de funcionamiento, ya que no se reporta algún nivel relevante de saturación en su funcionamiento normal. Respecto a las actividades religiosas, se identificó que se realizarían al interior de la Parroquia San Francisco de Villarrica y de la Catedral Sangrado Corazón de Jesús Inmaculada, por lo que no se espera que se puedan ver interrumpidas por alguna actividad asociada al Proyecto en su etapa de construcción, dado que, por ordenanza de construcción, las faenas se deben interrumpir en estas fechas, por lo que descartan impactos negativos significativos. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. En el área de influencia del proyecto no se constató la existencia de grupos humanos indígenas, ni tampoco se evidencian actividades de expresión cultural, por lo que se descarta impactos respecto del ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios. Al respecto durante la fase de construcción del Proyecto no contempla intervención fuera del área de Proyecto, descartándose impacto negativo significativo sobre el espacio que corresponde al Centro Cultural Mapuche Asociación Wenteche Mapu. En este sentido, y además de la distancia, las partes, obras y acciones del Proyecto no tienen intervención directa ni indirecta sobre este espacio, el cual corresponde a un lugar delimitado (cercado) y previamente intervenido por las actividades de la ciudad. Además, ninguna de las actividades realizadas por la asociación se realiza fuera del terreno, así como tampoco se utilizan calles o sectores públicos adyacentes. Por tanto, las partes, obras y acciones del Proyecto no generarán efectos significativos sobre los RCA Villarrica . espacios donde la asociación se reúne y lleva a cabo manifestaciones tradicionales. De esta forma, CONADI se ha pronunciado conforme respecto del proyecto a través de su Ord. N°137 publicado en el expediente electrónico con fecha 04/03/2021. Puede ser revisado en el siguiente link:
https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/03/04/3c4_137_C ONADI.pdf
Conclusión: De acuerdo con lo anterior se puede concluir que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos al área del Proyecto en ninguna de sus fases.
Tabla 5.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Impacto ambiental no significativo No aplica. El proyecto no provoca las afectaciones sobre poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, consideradas en este artículo, así como tampoco afecta el valor ambiental del territorio en que se emplazara, debido a que en el área de influencia del proyecto no se encuentran las componentes ambientales citadas anteriormente. Existencia de poblaciones protegidas Se descarta la existencia de población protegida en el área de influencia del proyecto. Cabe mencionar que, el organismo con competencia, en este caso CONADI se ha manifestado conforme mediante el Ord. N° Nº137/2021, de fecha 04/03/2021. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental En el área de influencia del proyecto no se encuentra dentro o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o algún territorio con valor ambiental, tal como se encuentran definidos en este artículo y por tanto no ingresa dentro de esta categoría de impactos. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. Con respecto a población protegida, durante el proceso de evaluación ambiental y a partir de los antecedentes presentados por el titular en el anexo 4 del Medio Humano de la DIA, se indica que en el Área de Influencia del proyecto no se existe población protegida o algún Área de Desarrollo Indígena. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial cabe destacar que el proyecto no se localiza en o próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, ya que está inserto en la comuna de Villarrica, en un área urbanizada del cual entre los usos de suelos permitidos se encuentra el de residencial y equipamiento. Es posible determinar que el área de influencia del proyecto inmobiliario Rotonda Villarrica no se encuentra dentro, RCA Villarrica . consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. colindante o cercano a los sitios prioritarios para la conservación.
Los sitios protegidos más próximos son Parque Nacional Villarrica y la Reserva Nacional Villarrica, los cuales se encuentran a más de 19 y 24 kilómetros respectivamente, del emplazamiento del proyecto.
Por lo tanto, del análisis efectuado al Artículo 8° del RSEIA, el proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones protegidas, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles. Conclusión: De acuerdo con lo anterior se puede concluir que el Proyecto no afectará a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares.
Tabla 5.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Impacto ambiental no significativo. La comuna de Villarrica se caracteriza por poseer valor turístico por lo que el proyecto incrementará su desarrollo por ser viviendas de veraneo. Existencia de valor turístico. Existencia de valor turístico bajo Existencia de valor paisajístico. De acuerdo a la evaluación de paisaje, el proyecto se ubica en una zona con valor paisajístico dada por el lago Villarrica. De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El área del Proyecto está inserta en la región biogeog mando parte de la zona sur de Chile (Cabrera & Willink, 1973). Esta zona se extiende desde el río Biobío hasta el golfo de Corcovado, al sur de la isla grande de Chiloé. Se encuentra entre los paralelos 38°S y 43°S. Se ubica dentro del Macrobioclima Templado, que se caracteriza por la ausencia de un periodo estival de déficit hídrico, de al menos de dos meses consecutivos (Luebert; Pliscoff, P. 2006). La precipitación media anual es de 2361 mm y la temperatura media anual es de 11.1 C aproximadamente. (Climate- Data). Los observadores potenciales se asocian al área urbana de la comuna de Villarrica, y a los visitantes del Lago Villarrica dentro de la misma comuna. Además, se debe considerar también a los turistas que se dirigen a distintas zonas de la ZOIT Araucanía Lacustre, los cuales podrían pasar por el costado del Proyecto. A partir de lo anterior, y en complemento con una evaluación en terreno, se recorrieron aquellas zonas con alto flujo de potenciales observadores peatonales y vehiculares, y se determinaron 7 puntos de observación, los cuales se encuentran distribuidos principalmente en el área urbana de la comuna, la orilla del lago, y el lago en particular. La delimitación de las cuencas visuales se realizó la herramienta Viewshed del SIG QGIS. El análisis de RCA Villarrica . Intervisibilidad corresponde a la superposición de los mapas generados para cada punto de observación (PO). Como resultado se obtiene la extensión y delimitación del Área de Influencia específica para el componente paisaje: En general, se obtiene que existen barreras visuales alrededor del área de interés que limitan parcial o completamente la visualización hacia el área del Proyecto desde cada Punto designado. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 9° letra a) del D.S. N° 40/2012. Adicionalmente, se señala que el Organismo con Competencia Ambiental, en este caso SERNATUR se ha pronunciado conforme mediante el Ord. N°208 de fecha 31/12/2021. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. La identificación y descripción de los atributos biofísicos se realizaron mediante el análisis en conjunto de imágenes satelitales, fotografías, y recorrido pedestre en el área en donde se realizará el proyecto. En base a análisis de fotointerpretación complementado con la evaluación en terreno, se definieron cuatro Unidades de Paisaje (UP) en el área de influencia del componente paisaje del Proyecto, las que corresponden a la UP 1 (Área urbana), UP 2 (Formación vegetacional leñosa alta), UP 3 (Formación de praderas con presencia de leñosas), y la UP 4 (Lago Villarrica).
De acuerdo a los resultados presentados en el anexo 4 de la DIA, se obtiene que la valoración para cada Unidad de Paisaje son las siguientes: - UP 1 Área Urbana: Paisaje de calidad Baja. - UP 2 Formación vegetacional leñosa alta: Paisaje de calidad Media. - UP 3 Formación vegetacional de pradera con presencia de leñosas: Paisaje de calidad Baja. - UP 4 Lago Villarrica: Paisaje de calidad Media.
Dicho lo anterior, se indica que las Unidades Paisajísticas definidas en el área de influencia del componente presentaron una valoración de paisaje media y baja debido a la característica de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales. En particular, los atributos biofísicos de la superficie evaluada se encuentran sujeta continuamente a modificaciones y perturbaciones de origen antrópico, lo que imposibilita la existencia de singularidades u otras características que les otorguen un mayor valor. De lo anterior, se concluye que la construcción y operación de un proyecto inmobiliario no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. Adicionalmente, se señala que el Organismo con Competencia Ambiental, en este caso SERNATUR se ha pronunciado conforme mediante el Ord. N°208 de fecha RCA Villarrica . 31/12/2021. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Se determinó como área de influencia para evaluar el valor turístico del proyecto al territorio comprendido por los límites de la Comuna de Villarrica. Para la determinación del valor turístico en el área de influencia del proyecto, se identificaron los atributos que otorgan dicho valor y que corresponden al valor paisajístico, cultural, patrimonial y a la condición de atraer un flujo de visitantes o turistas. La tabla siguiente, presenta la magnitud del valor turístico definido para cada una de las variables. En ella se evidencia que la comuna de Villarrica tiene valor turístico Alto, puesto que 3 de las 4 variables presentan la máxima magnitud definida por la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental: Valor Turístico del SEA. Tabla 43. Magnitud del valor turístico
A partir de lo anterior, se puede concluir que el proyecto emplazado en la Comuna de Villarrica presenta un valor turístico alto en consideración a que presenta los siguientes atributos: - Presenta valor paisajístico medio a bajo, debido a la baja calidad visual de sus atributos biofísicos, estéticos y estructurales. - Presenta valor cultural alto, en cuanto a que tiene atractivos turísticos de distintas jerarquías, categorías y tipos. - Presenta valor patrimonial alto, debido a la cantidad de prestadores de servicios, destinos turísticos, ZOIT y SNASPE dentro de la comuna. Finalmente, todos estos atributos permiten atraer un flujo de visitantes y/o turistas de gran relevancia, lo cual se respalda con los valores encontrados en fuentes oficiales sobre visitantes y pernoctaciones en la Comuna de Villarrica. El área de intervención directa del proyecto coincide espacialmente con atractivos y destinos turísticos de relevancia comunal, ya que se encuentra inserto dentro de la ciudad. Sin embargo, la ejecución y operación del proyecto Rotonda Villarrica no perjudica el valor turístico de la zona, es más, se podría señalar que la llegada de nuevos habitantes al sector aumente el flujo de visitantes hacia los atractivos turísticos cercanos al área de estudio, aumentando así el valor turístico de la zona en cuestión. En consecuencia, se concluye que el proyecto inmobiliario no alterará de forma negativa el valor turístico de la Comuna de Villarrica, si no que podría potenciar el desarrollo de servicios y/o actividades turísticas en las diferentes jerarquías encontradas, en especial las desarrolladas a nivel local. Adicionalmente, se señala que el Organismo con Competencia Ambiental, en este caso SERNATUR se ha pronunciado conforme mediante el Ord. N°208 de fecha 31/12/2021. RCA Villarrica . Conclusión: El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
Tabla 5.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Impacto ambiental no significativo. El proyecto no genera un impacto ambiental producto de alteración del patrimonio cultural. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El emplazamiento y operación del proyecto no conlleva alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. El Proyecto se ubica dentro del área urbana de la ciudad de Villarrica. En torno al predio del proyecto se observa la presencia edificaciones de altura media, el lago Villarrica y otros sitios con edificaciones bajas y vegetación. Desde el punto de vista arqueológico no fue posible distinguir ningún elemento de interés patrimonial a nivel superficial, debido a que la visibilidad es muy baja al igual que la obstrusividad, dado por la alta abundancia de vegetación arbustiva y bosque. En aquellas zonas en donde esto si fue posible, tampoco fue posible identificar elementos de interés cultural. A partir de la inspección en terreno y de la revisión de antecedes es posible señalar lo siguiente: El área de influencia inspeccionada de forma superficial no arrojó resultados positivos en torno a elementos de interés patrimonial en ninguna de sus categorías. El caso de identificar hallazgos arqueológicos durante la fase de construcción el titular deberá actuar conforme a lo estipulado en la Ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales, paralizando las obras en el área de hallazgos y notificar de inmediato a Consejo de Monumentos Nacionales. El MOP por su parte, en el catastro de cuencas priorizadas y sitios arqueológicos no registra sitios próximos o en el área de influencia del proyecto (UTMA-MOP 1994). En el caso de CMN, se encuentran los siguientes sitios declarados para la comuna: Sitio Villarrica. El titular se compromete a realizar el microruteo arqueológico, este, se realizará inmediatamente posterior a las actividades de tala, remoción y limpieza de vegetación y previo a cualquier tipo de escarpes, excavación o depósito de material, con al menos dos (2) meses de anticipación. Por lo tanto y bajo los antecedentes presentados, el RCA Villarrica . Proyecto no contempla la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación en forma permanente del Monumento Nacional mencionado. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. No aplica, ya que el proyecto no conlleva el deterioro o modificación permanente de algún lugar o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la comuna de Villarrica. La revisión de antecedentes bibliográficos para el área del proyecto indica que no existen bienes patrimoniales y culturales protegidos por ley en el área directa del proyecto. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. De acuerdo con la información proporcionada por CONADI, así como la de los propios habitantes de la localidad, el área del Proyecto no se encuentra cercana a algún Área de Desarrollo Indígena (ADI), tampoco se presentan comunidades ni asociaciones que se vieran afectadas sus estilos de vida y/o hábitat junto con reiterar que es un predio privado sin acceso para la comunidad, se descarta la afectación a lugares en que se realicen manifestaciones culturales. Conclusión: De acuerdo con lo anterior se puede concluir que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos al área del Proyecto en ninguna de sus fases.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA.
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Sitio de almacenamiento de residuos industriales. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. El titular compromete para la fase de construcción: - Un sistema y zona de lavado de ruedas de camiones. Contará con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, serán conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacenará las aguas de lavado, las cuales serán tratadas y dispuestas en lugares autorizados sanitariamente. - Una zona a habilitar para el lavado de canoas de camiones mixer y máquinas de bombea de hormigón. Consistirá en una zona excavada de 4 m2 y una profundidad de 0,5 m, la cual estará cubierta por un polietileno de alta densidad con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en RCA Villarrica . los distintos procesos y etapas de obra. Esta piscina será utilizada para lavar y verter la lechada de cemento restante de las canoas de los camiones mixer y/o máquina de bombeo de hormigón. El agua residual será almacenada en una fosa séptica plástica de 2.400 litros con retiro y limpieza periódica. Sin embargo, no informa claramente el volumen de residuo líquido a generar por cada una de las actividades de lavado, información que deberá presentar durante la tramitación sectorial de la resolución de aprobación y/o autorización sanitaria, acreditando capacidad suficiente para el almacenamiento temporal. Pronunciamiento del órgano competente. La SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. N° A20-2031 de la fecha 6 de enero de 2022. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles. Anexo 6 de la Adenda complementaria.
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde. Construcción- Operación. Parte, obra o acción a la que aplica. Sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. El titular compromete:
Fase de construcción:
- Una superficie destinada para el almacenamiento temporal de RESCON de 28,5 m2, en la cual los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto. - Una bodega de Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables (RSDyA) de 18 m2, con piso impermeable y lavable, con una inclinación del 1% hacia el exterior, paredes lisas y lavables, cielo liso lavable sin esquinas ni rendijas. El acceso a agua potable se encuentra por fuera de la sala para el posterior lavado de los recipientes y/o sala en general. Contará con 7 contenedores de 240 L de capacidad cada uno, que serán retirado tres veces a la semana del recinto o cuando sea necesario por el servicio municipal.
Fase de operación: Una sala de basura ubicada en el primer piso de cada torre. Estas acumularán los residuos que conduce el ducto de basura de cada torre a la espera del retiro municipal. La sala de basura de la torre 1 tendrá 15 contenedores de 240 litros, y la torre 2 y 3, tendrán 17 contenedores de 240 litros, respectivamente, en una superficie RCA Villarrica . aproximada de 21, 31 y 30 m2 respectivamente. Pronunciamiento del órgano competente. La SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. N° A20-2031 de la fecha 6 de enero de 2022. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles. Anexo 6 de la Adenda complementaria. 6.1.3. El permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.
El permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde. Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica. Sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. No hay. Pronunciamiento del órgano competente. La SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. N° A20-2031 de la fecha 6 de enero de 2022. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles. Anexo 8 de la DIA.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Constitución Política de la República de Chile. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Conforme lo establecido en la Carta Fundamental, el Titular del Proyecto debe desarrollar su actividad económica dando cumplimiento a la normativa que le resulta aplicable, así como a las limitaciones y condiciones que las normas imponen para la ejecución del Proyecto y la protección del medio ambiente. Forma de cumplimiento. Se respeta la garantía constitucional mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el ingreso del proyecto al SEIA, y el reconocimiento de la institucionalidad creada para el efecto.
En este sentido, el Proyecto se ajustará a todas las disposiciones constitucionales, sometiéndose al sistema de evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la Ley.
El Titular da cumplimiento al texto constitucional, mediante el ingreso del Proyecto al SEIA para su calificación por parte de la Autoridad, dando así cumplimiento de la totalidad de normativa vigente en el país. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador se verifica mediante la presentación del Proyecto, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA ), para su calificación y posterior obtención de una RCA favorable, otorgada por la Comisión de Evaluación Ambiental. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. RCA Villarrica .
COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma. Ley N° 19.300, Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Artículos 8,9 y 10. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados No aplica Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. ingresado a evaluación por medio de la presente DIA, contempla la construcción y operación de un conjunto habitacional mixto con 3 torres de 5 y 8 pisos cada uno, con un total de 320 departamentos, 353 estacionamientos distribuidos en tres subterráneos y 162 estacionamientos para bicicletas, considera la habilitación 14 locales comerciales. El proyecto presenta una superficie de construcción de 8.674,87 m2 y una superficie predial de 13.820 m2.
A su vez, el Proyecto se somete a evaluación mediante una DIA dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como se detalla y concluye en el Capítulo Nº 2 de la DIA. Forma de cumplimiento. El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquella tipificada en el artículo 10 letra a) y h) de la Ley N° 19.300.
De esta forma, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la LBGMA, mediante el ingreso del proyecto al SEIA, a través de un DIA, dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como se detalla y concluye en el Capítulo Nº 2 de esta DIA. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, a fin de posteriormente obtenerla RCA favorable. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad ambiental (SMA).
COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma. D.S. N° 40/2012 del Ministerio Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. onda Villarr medio de la presente DIA, contempla la construcción y operación de un conjunto habitacional mixto con 3 torres de 5 y 8 pisos cada uno, con un total de 320 departamentos, 353 estacionamientos distribuidos en tres subterráneos y 162 estacionamientos para bicicletas, considera la habilitación 14 locales comerciales. El proyecto presenta una superficie de construcción de 8.674,87 m2 y una superficie predial de 13.820 m2. El proyecto considera tres etapas constructivas, la cual tendrán una duración de 45 meses en total. A su vez, el Proyecto se somete a evaluación mediante una DIA dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como RCA Villarrica . se detalla y concluye en el Capítulo Nº 2 de la DIA. Forma de cumplimiento. El titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 3 letra h.1.3) del RSEIA.
Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300, mediante el ingreso del presente proyecto al SEIA, a través de una DIA, dado que el Proyecto no presenta los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del RSEIA. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, a fin de posteriormente obtener la RCA favorable. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad ambiental (SMA).
COMPONENTE/MATERIA: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma. D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Fase de construcción: las principales emisiones atmosféricas se encuentran asociadas a las siguientes actividades: - Demolición. - Escarpe. - Excavaciones. - Movimientos de tierra (carga y descarga de tierra). - Circulación de vehículos por caminos pavimentados. - Circulación de vehículos por caminos no pavimentados. - Motores de vehículos y maquinaria de construcción. - Grupo electrógeno.
Por otra parte, se generarán gases propios de la combustión de maquinarias y equipos utilizados en las diversas actividades de esta fase.
Fase de operación: emisiones asociadas a la operación de grupos electrógenos y calderas. Forma de cumplimiento. Fase de construcción: El cálculo de la estimación de emisiones del Proyecto se realizó aplicando los factores de emisión y fórmulas propuestas por la Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU, complementando esta información con la indicada por SEREMI RM del Ministerio del Medio Ambiente en el a para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Pr .
Fase de operación: Durante la fase de operación las principales emisiones de atmosféricas se encuentran asociadas a la operación de grupos electrógenos y calderas. Los valores estimados de emisiones atmosféricas para esta fase serán acotadas. Para mayor detalle, se adjunta en Anexo Nº 6 de la DIA, la Estimación de Emisiones Atmosféricas del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento. Fase de Construcción: Así mismo, se llevará un registro de la aplicación del supresor de polvo en caminos no pavimentados, en donde se indicará: RCA Villarrica . - Producto. - Duración. - Día/hora. - Cantidad. - Quien aplica y firma. - Supervisor y firma. - Toda la documentación del camión trasportador. Este registro estará disponible en obra para su fiscalización. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). - Mantención del registro de humectaciones en obra para fiscalización por parte de la autoridad.
- Revisión de registros y mantenciones.
COMPONENTE/MATERIA: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma. D.S. Nº 138/ 2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El Proyecto contempla utilizará grupos electrógenos de emergencia durante la fase de operación. Forma de cumplimiento. El titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº 1/2013 Reglamento del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento. Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos disponibles para revisión de la autoridad.
COMPONENTE/MATERIA: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma. D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, el transporte de los insumos, equipos y maquinaria de construcción se efectuará principalmente a través de camiones, dando cumplimiento con lo dispuesto en el D.F.L. N° 1, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del Tránsito.
Durante la fase de construcción se dispondrán de estacionamientos para maquinaria de construcción y vehículos menores. Cada uno de estos será señalizado conforme lo disponga el prevencionista de riesgos. Forma de cumplimiento. Se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Se mantendrá un registro de las revisiones técnicas al día. RCA Villarrica . Indicador que acredita su cumplimiento. Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las fases del proyecto, disponibles para la autoridad.
COMPONENTE/MATERIA: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma. D.S. N° 55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. En la fase de construcción del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados. Forma de cumplimiento. Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento. Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación por parte de la autoridad.
COMPONENTE/MATERIA: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma. D.S. N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma. Forma de cumplimiento. Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento. Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación, por parte de autoridad.
COMPONENTE/MATERIA: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma. D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. La construcción del Proyecto involucra movimientos de tierra y tránsito vehicular para transportar tanto el material propio de la construcción como material excedente de la faena. Por lo anterior las disposiciones de este cuerpo reglamentario le son aplicables. Forma de cumplimiento. Se implementarán las medidas de control de emisiones y de RCA Villarrica . manejo ambiental que se describen a continuación. Para mayor información en el anexo 6 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento. Ejecución en terreno de las medidas descritas. Adicionalmente se llevará un registro del cumplimiento de dichas medidas. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas para su revisión por parte de la autoridad sanitaria.
COMPONENTE/MATERIA: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma. D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Se considerará el uso de vehículos el transporte de estructuras, equipos, materiales y otros insumos, generando emisiones a la atmósfera. Forma de cumplimiento. El titular del Proyecto cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones. Indicador que acredita su cumplimiento. - Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena. - Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida. - Registro de mantención y certificado de revisiones técnica al día. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). - Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas por los contratistas. - Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida.
COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma. D.S. Nº 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de construcción. Se trata principalmente de fuentes móviles y esporádicas, acotadas exclusivamente a las faenas.
En la fase de operación del proyecto contempla el uso de grupos electrógenos, estos, no generarán inmisiones sonorosas en dB(A) que superen los límites máximos permisibles de acuerdo a las zonas en que se encuentran ubicados los receptores. Forma de cumplimiento. En la fase de construcción, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Proyecto Rotonda Villarrica, cumplirá con los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7° del Decreto Supremo N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.
En la fase de operación, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Rotonda Villarrica, cumplirá con los Límites Máximos Permisibles.
Por tanto, se concluye que el ruido generado por el proyecto no RCA Villarrica . COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma. D.S. Nº 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. superará los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA. Indicador que acredita su cumplimiento. Ejecución del Proyecto en los términos descritos de manera de asegurar que las emisiones acústicas correspondan a aquellas que han sido estimadas. Ejecución y mantención de las medidas de control de ruido adoptadas. Cabe mencionar que, una vez instalados los equipos, se contempla efectuar una medición desde el departamento más cercano antes de que sea habitado, a modo de corroborar y cuantificar, en la práctica, la existencia de superación de los límites aplicables y determinar el diseño más específico de la medida de control de ruido antes citada. Para mayor información en anexo 5 de la adenda. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación en terreno y fiscalización de las medidas de control de ruido por parte de la autoridad.
Componente/Materia. Agua potable. Norma. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Relación con el proyecto o parte, obra o acción a la que aplica. El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante las fases de construcción y operación. Forma de cumplimiento. Considerando que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado y agua potable administrado por Aguas Araucanía S.A., el suministro se realizará mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizarán baños químicos los cuales serán manejados por una empresa autorizadas, en las oficinas de faenas se tendrá un registro de su disposición o facturas.
Para el consumo de agua potable, se almacenará agua en contenedores conectados a los servicios higiénicos, en cantidad y calidad según lo establecido en el D.S. Nº 594/99, del Ministerio de Salud.
Durante la fase de Operación, se indica que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por Aguas Araucanía S.A., cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 5 de la DIA. El suministro se realizará mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad. Indicador que acredita su cumplimiento. Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual deberá verificarse en terreno y contar con los registros del agua suministrada para los frentes de trabajo, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua proveídos. Forma de control y seguimiento. Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones RCA Villarrica . Componente/Materia. Agua potable. indicadas.
COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos. Norma. D.F.L. N° 725/1968, Del Ministerio De Salud, Modificado Por La Ley N° 20.380, De 2009, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de Construcción y Operación. Otros Cuerpos Legales Asociados No Aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor.
No se generarán residuos industriales líquidos, ya que no se realizará ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto. además, no se ejecutará lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementará justo antes de la salida del predio.
Durante la fase de operación del conjunto habitacional se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de los edificios, las cuales descargarán al alcantarillado público. no se generarán residuos industriales líquidos. Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas.
El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora. dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la seremi de salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.
Durante la fase de operación, las aguas servidas generadas por el proyecto serán descargadas a la red de alcantarillado pública. Indicador que acredita su cumplimiento. Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención.
Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas.
Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la seremi de salud. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del Proyecto). Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos Norma. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. RCA Villarrica . Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. No se generarán residuos industriales líquidos, ya que no se realizará ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto. Además, no se ejecutará lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementará justo antes de la salida del predio.
Durante la fase de operación del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de los edificios, las cuales descargarán al alcantarillado público. No se generarán residuos industriales líquidos. Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas.
El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.
Durante la fase de operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto serán descargadas a la red de alcantarillado pública. Indicador que acredita su cumplimiento. - Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención.
- Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas.
- Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Norma. D.F.L. Nº 725/1967 del Ministerio de Salud, que Establece el Código Sanitario y D.F.L. N° 1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción se generarán residuos no peligrosos, entre los que están residuos de la construcción y los residuos sólidos domiciliarios provenientes principalmente del comedor y los baños.
Por último, se generarán residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.
Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos RCA Villarrica . domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas, baños, oficinas. Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción: Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables a domésticos, se dispondrán de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en contenedores de 1.100 L que estarán en la sala de basura general. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Para el manejo de los residuos peligrosos, estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el capítulo 4.6 de este documento. El titular del proyecto le exigirá a la empresa encargada de construir el proyecto, efectuar la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración. Indicador que acredita su cumplimiento. Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA.
Registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.
Copia de la autorización sectorial que otorgue los PAS 140 y 142.
COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Norma. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. Asimismo, se generarán residuos sólidos no peligrosos consistentes en madera, cartones, metales, etc. Por último, se generarán residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.
Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos RCA Villarrica . COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Norma. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas, baños, oficinas. Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción: Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables a domésticos, se dispondrán de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en contenedores de 1.100 L que estarán en la sala de basura general. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Para el manejo de los residuos peligrosos, estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el capítulo 4.6 de este documento. El titular del proyecto le exigirá a la empresa encargada de construir el proyecto, efectuar la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.
COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Norma. D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, se generarán residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de RCA Villarrica . COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Norma. D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. pegamentos y envases de aceites y barnices. Forma de cumplimiento. Estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte.
En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames.
El titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. La empresa encargada de construir el proyecto efectuará la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración. Se solicitará el PAS 142 para la autorización de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, establecido en el artículo 142 del Reglamento.
Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos peligrosos del Proyecto, así como de las declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación en terreno del indicador de cumplimiento, además de contar con los registros comprometidos.
COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Norma. D.S. N° 1/2013, del Minist amento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de cumplimiento. Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Revisión de los registros y declaraciones.
COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Norma. D.S. N° 18/1993, del Ministerio de Obr las empresas generadoras de carga que se refiere el inciso 5º del Artículo 54 del Decreto M.O.P. Nº 294 de 1984, modificado por la Ley 19.171 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Relación con el proyecto o parte, obra o acción a la que aplica. El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y peligrosos. RCA Villarrica . Forma de cumplimiento. s aquella que anualmente produce 60.000 toneladas o más
En las tablas siguientes se presenta más detalles sobre los materiales que ingresan y egresan del predio, con el fin de evaluar si califican en la categoría dora de Carga
Tabla 44. Material que ingresará al predio (ton). Material Cantidad en toneladas Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Acero 117,37 110,04 106,13 120,31 Hormigón 7089,58 6647,55 6410,92 7267,2 Total 7.206,95 6.757,59 6.517,05 7.387,4 8 Fuente: Elaboración propia.
Tabla 45. Material que egresará al predio (ton). Material Cantidad en toneladas Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 RESCO N 2151,77 2986,51 6211,38 8124,79 RSD 21,38 21,38 21,38 16,038 Total 2.173,15 3.007,89 6.232,76 8.140,82 Fuente: Elaboración propia.
Debido a lo presentado en las tablas anteriores, se indica que el titular no se encuentra dentro de la categoría de Empresas Generadoras de Carga, por lo que cumplirá con lo establecido en D.S. 18/93 del MOP. Estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, en contendedores de 200 litros de metal, donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el lugar de disposición final y empresa de transporte. Para mayor detalle, ver Anexo 8 PAS 142 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento. Revisión de los registros y declaraciones.
COMPONENTE/MATERIA: Flora. Norma. D.L. Nº 3.557, de 1981, Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El proyecto considera la utilización de madera para el embalaje de los equipos. Forma de cumplimiento. El Titular asegurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exigirá en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma.
Asimismo, se dará aviso al SAG para que este ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique. Indicador que acredita su Registro interno actualizado que contenga la información de los RCA Villarrica . COMPONENTE/MATERIA: Flora. Norma. D.L. Nº 3.557, de 1981, Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. cumplimiento. embalajes utilizados en el proyecto.
Los residuos serán almacenados en cumplimiento de las normas aplicables y se contará con copia de las autorizaciones de los recintos de almacenamiento. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Se mantendrá disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el proyecto, y copia de las autorizaciones de los recintos de almacenamiento de residuos.
COMPONENTE/MATERIA: Flora. Norma. R.E. Nº 133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. (Modificada mediante Resolución Exenta N° 2.859/2007, del Servicio Agrícola y Ganadero). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción del Proyecto. Otros cuerpos legales asociados. No aplica Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El Proyecto considera la utilización de madera para el embalaje de los equipos. Forma de cumplimiento. El Titular asegurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exigirá en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma.
Asimismo, se dará aviso al SAG para que éste ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique. Indicador que acredita su cumplimiento. Registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el proyecto y actas del SAG. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Se mantendrá disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el proyecto y acta de visita del SAG (de corresponder).
COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural y Paisaje. Norma. Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación del Proyecto. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras. Forma de cumplimiento. En el caso que durante la construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procederá según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas y el artículo 23 del D.S. N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. RCA Villarrica . Indicador que acredita su cumplimiento. Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda.
COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural y Paisaje. Norma. D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación del Proyecto. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras. Forma de cumplimiento. En el caso que durante la construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procederá según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento. Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda.
COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma. D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, sobre Construcción y Conservación de Caminos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento. En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos.
El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento. Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso que sea necesario solicitarlos.
COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma. Resolución N° 1, de 1995, Ministerio de Obras Públicas, Establece RCA Villarrica . dimensiones máximas a vehículos que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de Construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento. Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile. Indicador que acredita su cumplimiento. Autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantendrá un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y registro.
COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma. Decreto Supremo Nº 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento. Sólo utilizará vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.
El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento. Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma. Resolución N° 19/1984, modificado por Decreto Nº 1.665/2002 del Ministerio de Obras Públicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento. Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso que sean aplicables. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
RCA Villarrica . COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma. D.F.L. N° 1/2007, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción y operación, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento. Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso de que sean aplicables. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma. D.S. N°200/1993 del MOP Establece Pesos Máximos A Los Vehículos Para Circular En Las Vías Urbanas Del País. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El Proyecto considera el transporte de maquinaria y de materiales durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento. El Titular sólo utilizará vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.
El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento. Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
COMPONENTE/MATERIA: Combustibles y Sustancias Peligrosas. Norma. D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, los combustibles y lubricantes requeridos en faena, serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional.
No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los lugares de faena. Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
Durante la fase de operación se considera el almacenamiento de combustible en los estanques del grupo electrógeno de esta fase. Forma de cumplimiento. Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados en los poblados RCA Villarrica . cercanos, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
Los estanques de combustibles requeridos para la operación del Proyecto cumplirán con las normas de diseño y seguridad establecidas en el Reglamento y su funcionamiento será previamente informado a la SEC. Indicador que acredita su cumplimiento. Contar con certificados de los estanques provistos por un instalador autorizado por la SEC y registro ante dicha autoridad. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Copia física de los certificados de los estanques de combustibles provistos por instalador autorizado por la SEC y copia física de los registros indicados.
COMPONENTE/MATERIA: Combustibles y Sustancias Peligrosas. Norma. D.S. Nº 43/2016, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Se requerirán sustancias peligrosas de clasificación inflamable (adhesivos y pinturas). Forma de cumplimiento. Se requerirán de sustancias peligrosas las cuales serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes.
Para el almacenamiento de sustancias peligrosas se utilizará una bodega que cumplirá con las exigencias del D.S. Nº 43/2016. Indicador que acredita su cumplimiento. Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa.
Adicionalmente, se llevará un registro de las sustancias peligrosas almacenadas para la ejecución del Proyecto. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Verificación en terreno y revisión del registro de las sustancias almacenadas disponibles para la autoridad.
COMPONENTE/MATERIA: Combustibles y Sustancias Peligrosas. Norma. Resolución N° 610/1982, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorinados (PCB) en Equipos Eléctricos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El Proyecto contempla el uso de grupos electrógenos en su fase de construcción y operación. Forma de cumplimiento. El Titular cumplirá con la prohibición del uso de binefilos policlorados (PCB), como fluido dieléctrico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador de cumplimiento es la no utilización en el Proyecto de bifenilos policlorinados (PCB) por parte del titular. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). Copia de las especificaciones técnicas de los equipos utilizados en el Proyecto y Acta de fiscalización.
COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial. Norma. D.F.L. Nº 458/75 y D.S. Nº 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El área del Proyecto se encuentra regulada por el Plan Regulador Comunal de Villarrica. Forma de cumplimiento. Según el Plan de Regulador Comunal de Villarrica, el terreno donde se emplazará el proyecto se encuentra en la Zona Z-2E, el cual admite RCA Villarrica . dentro de sus usos permitidos admite el residencial y equipamiento. Indicador que acredita su cumplimiento. El proyecto se encuentra admitido conforme a la luz de las normas urbanísticas vigentes. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). El proyecto se encuentra admitido conforme a la luz de las normas urbanísticas vigentes.
COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial. Norma. Plan Regulador Comunal Villarrica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación del Proyecto. Otros cuerpos legales asociados. No aplica. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El área del Proyecto se encuentra dentro del límite urbano por lo que se rige por el Plan Regulador Comunal de Villarrica. Forma de cumplimiento. Según el Plan de Regulador Comunal de Villarrica, el terreno donde se emplazará el proyecto se encuentra en la Zona Z-2E, el cual admite dentro de sus usos permitidos admite el residencial y equipamiento. Indicador que acredita su cumplimiento. El proyecto se encuentra admitido conforme a la luz de las normas urbanísticas vigentes. Forma de control y seguimiento (identificada por fase del proyecto). El proyecto se encuentra admitido conforme a la luz de las normas urbanísticas vigentes.
COMPONENTE/MATERIA. Norma. D.S. Nº 43/2017, del Ministerio Medio Ambiente, que declara Zona Saturada Fosforo Disuelto la cuenca del Lago Villarrica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Fase de construcción y operación. Relación con el proyecto o parte, obra o acción a la que aplica. El proyecto se encuentra en las cercanías del Lago Villarrica, en la zona urbana del proyecto por lo que está en su área de influencia. Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción del Proyecto el Titular cumplirá con las medidas exigidas para que no lleguen filtraciones de nutrientes al Lago Villarrica.
Durante la fase de operación se controlará que las aguas servidas sean descargadas a la red de alcantarillado público
Durante ambas fases se cuenta con la factibilidad de agua potable y alcantarillado, por lo que los residuos líquidos serán dispuestos de la forma correcta. Indicador que acredita su cumplimiento. El indicador de cumplimiento es la no filtración de nutrientes al lago Forma de control y seguimiento. Durante ambas fases se cuenta con la factibilidad de agua potable y alcantarillado, por lo que los residuos líquidos serán dispuestos en la red de alcantarillado.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de ruido. Impacto asociado. Posible emisión de ruidos que supere los límites establecidos en la norma D.S. N°38/2011 MMA. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. RCA Villarrica . Objetivo, descripción y justificación. Objetivo: controlar las emisiones de ruido, vigilando no superar lo dispuesto en la correspondiente normativa, antes señalada. Descripción: Se realizará un monitoreo de ruido mensual, considerando todos los receptores evaluados en el proyecto, durante toda la fase de construcción de este. En caso de que el informe de monitoreo arroje alteraciones, se tomarán las medidas propuestas por el profesional a cargo, para mantener las emisiones dentro de los límites permisibles. Cabe mencionar que, una vez instalados los equipos, se contempla efectuar una medición desde el departamento más cercano antes de que sea habitado, a modo de corroborar y cuantificar, en la práctica, la existencia de superación de los límites aplicables y determinar el diseño más específico de la medida de control de ruido antes citada. Justificación: La medición indicará los niveles de ruido generados por las obras, permitiendo controlar las actividades generadoras de éste. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: El monitoreo se realizará en los receptores de ruido, evaluados en el Informe de Impacto Acústico presentado en la DIA de proyecto, de forma de corroborar explícitamente, que el proyecto no sobrepasa los límites permisibles establecidos en el D.S. 38/2011. Forma: El monitoreo se realizará con un instrumento que permita captar el nivel de ruido en el punto a evaluar, el cual deberá estar calibrado. Una vez obtenidos los resultados se realizará un informe en el cual será reportado a través de la página de seguimiento ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente y remitido a la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Oportunidad. Durante la fase de construcción del proyecto, hasta que se finalicen las actividades generadoras de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento. Se presentará a la Superintendencia un Informe de Monitoreo de ruido trimestral. En él se indicará el cumplimiento de los niveles máximos de ruido por parte de la obra e incluirá lo siguiente:
Tabla 46 . Medidas de control establecidas con descripción y registro fotográfico. Punto de monitoreo Coordenadas UTM (m), WGS84 Zonificación Límite máximo permitido Valor medido ¿Cumple?
Estos serán entregados dentro de los 5 primero días hábiles de cada mes. Forma de control y seguimiento. Entrega de los resultados del monitoreo de ruido, en un plazo de 2 semanas después de realizado, a la Superintendencia del Medioambiente y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Compromiso ambiental voluntario: Mantenimiento Placas OSB. Impacto asociado. Posible emisión de ruidos que supere los límites establecidos en la norma D.S. N°38/2011 MMA. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Objetivo, descripción y justificación. Objetivo: Realizar revisión y mantención de las placas de OSB, utilizadas como barreras modulares, cierres perimetrales y cierres de vanos. Descripción: Se realizará una revisión y mantención de las placas OSB utilizadas como barreras modulares, cierres perimetrales y cierres de vanos cada 3 meses durante toda la fase de construcción de este para que se mantengan las propiedades de aislación de ruido, En caso de que el informe de monitoreo arroje alteraciones, se tomarán las medidas propuestas por el profesional a cargo, para mantener las emisiones dentro de los límites permisibles. Además, se informará a la autoridad sobre la implementación de la medida de acuerdo a la frecuencia de ejecución con registro fotográfico. Justificación: Mantener las placas de OSB en sus mejores condiciones para RCA Villarrica . cumplir su objetivo. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: La revisión y mantención se realizará en las placas OSB, para que se mantengan las propiedades de aislación de ruido. Forma: Se realizará una revisión y mantención cada 3 meses, considerando todas las placas OSB usadas en el proyecto, durante toda la fase de construcción de este. Oportunidad. Durante la fase de construcción del proyecto, hasta que se finalicen las actividades generadoras de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento. Se presentará a la Superintendencia un Informe de Revisión y Mantención trimestral. En él se indicará el estado de las placas OSB para que se mantengan las propiedades de aislación de ruido:
Este será entregado dentro de los 5 primero días hábiles de cada mes, cada 3 meses. Forma de control y seguimiento. Se informará a la autoridad sobre la implementación de la medida de acuerdo a la frecuencia de ejecución con registro fotográfico.
Compromiso ambiental voluntario: Microruteo arqueológico. Impacto asociado. Posible hallazgo de un material arqueológico. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Objetivo descripción y justificación . Objetivo: Realizar un microruteo en una sola etapa, mediante transectas equidistantes a un máximo de 10 m entre sí. Descripción: El titular se compromete a realizar el microruteo arqueológico, este, se realizará inmediatamente posterior a las actividades de tala, remoción y limpieza de vegetación y previo a cualquier tipo de escarpes, excavación o depósito de material, con al menos dos (2) meses de anticipación. Justificación: De acuerdo con los antecedentes conocidos para el área y el factor que afecta la inspección arqueológica, correspondiente a la visibilidad muy baja consignada en la Línea Base de arqueología, debido principalmente a la capa vegetal presente. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: En cada frente de trabajo de las inmediatamente posterior a las actividades de tala, remoción y limpieza de vegetación y previo a cualquier tipo de escarpes, excavación o depósito de material, con al menos dos (2) meses de anticipación. Forma: El microruteo arqueológico durante la fase de construcción, inmediatamente posterior a las actividades de tala, remoción y limpieza de vegetación y previo a cualquier tipo de escarpes, excavación o depósito de material, con al menos dos (2) meses de anticipación. Oportunidad: Se realizará en todas las actividades que impliquen escarpe de terreno y remoción de superficie y/o excavación sub-superficial. Indicador que acredite su cumplimiento. Se remitirá a la Superintendencia de Medio Ambiente, un informe del microruteo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el microruteo. RCA Villarrica . Forma de control y seguimiento. Informe emitido a la SMA.
Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Arqueológico y Charla de Inducción Arqueológica. Impacto asociado. Posible daño a patrimonio arqueológico. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Objetivo descripción y justificación. Objetivo: Supervisar, por parte de un profesional especialista, los procesos de excavación y trabajos en obras, y capacitar a los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área. Descripción: El titular se compromete a realizar charlas de inducción a los trabajadores del proyecto por parte de un especialista antes del inicio de cada etapa que implique remoción de terreno. En las charlas mencionadas se incluirán contenidos respecto al componente arqueológico, así como de los procedimientos a seguir en caso de realizarse algún hallazgo. En cuanto a los monitoreos arqueológicos, se indica que se realizarán en cada frente de trabajo durante las actividades de escarpe y movimiento de tierra. Justificación: De acuerdo con los antecedentes conocidos para el área y el factor que afecta la inspección arqueológica, correspondiente a la visibilidad muy baja consignada en la Línea Base de arqueología, debido principalmente a la capa vegetal presente. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: En cada frente de trabajo. Forma: Las charlas de inducción serán realizadas antes del inicio de cada etapa, y el monitoreo arqueológico durante la fase de construcción, en las obras de limpieza y escarpe del terreno, y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial. Oportunidad: Capacitar a los trabajadores y supervisar los procesos de excavación y trabajos en obras. Indicador que acredite su cumplimiento. Se remitirá a la Superintendencia de Medio Ambiente, un informe mensual de monitoreo, elaborado por el especialista, en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el respectivo mes, el que deberá incluir lo siguiente:
a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifiquen los días monitoreados por el/la arqueólogo/a o licenciado/a(s) en arqueología. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes. f) En caso de hallazgo de restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. - Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento de las medidas de prevención y las recomendaciones a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, entre otros). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, RCA Villarrica . y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos, se deberá incluir una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Téngase presente que, para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el artículo 7 del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, su destino definitivo será indicado al momento de entregar el informe final del monitoreo, y se deberá remitir un documento oficial de la institución museográfica que aprueba la recepción de los materiales arqueológicos. Téngase presente que el Proyecto deberá solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Forma de control y seguimiento. Informe de la realización de la charla, disponible en la instalación de faenas del proyecto.
Compromiso ambiental voluntario: Punto Limpio. Impacto asociado. No aplica. Fase del proyecto a la que aplica. Operación. Objetivo descripción y justificación. Objetivo: Contribuir al aumento en el reciclaje de residuos en el Proyecto en operación. Descripción: Se materializará un punto limpio al interior del Proyecto y bandejas ecológicas en cada piso, para segregar los residuos como: botellas plásticas, papel y vidrio, lo cual se coordinará previamente con la Seremi de Medio Ambiente y la Ilustre Municipalidad de Villarrica. Justificación: El Proyecto para incentivar el reciclaje durante la operación del Proyecto, necesita contar un área de acopio de uso exclusivo de reciclaje. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Al interior de las instalaciones del Proyecto, se habilitará un espacio para separar residuos. Forma: Habilitando puntos limpios dentro del proyecto. Oportunidad: El Punto Limpio debe entrar en operación, en conjunto con la operación del edificio. Indicador que acredite su cumplimiento. Punto limpio materializado al interior del Proyecto. Forma de control y seguimiento. Verificar en terreno el funcionamiento del Punto Limpio.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. Plan de prevención de contingencias y emergencias. Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes:
Riesgo: Derrame de Sustancias y Residuos Peligrosos/fase de Construcción. Riesgo o contingencia. Derrame de sustancias y residuos peligrosos aplicado a la bodega de sustancias peligrosas y manipulación de sustancias peligrosas en frente de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Bodega de sustancias peligrosas y manipulación de sustancias peligrosas en frente de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. - Toda faena deberá poseer un archivo con Hojas de Seguridad (HDS) de productos según norma NCh 2190. Será responsabilidad del Encargado de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de la Obra el RCA Villarrica . Riesgo: Derrame de Sustancias y Residuos Peligrosos/fase de Construcción. mantener actualizado este registro durante todo el desarrollo de la faena. - Mantener las sustancias peligrosas al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de sustancias. - Mantener los residuos peligrosos al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de residuos. - Disponer en stock, en un sector de libre acceso y señalizado, los elementos de contención de derrames. - Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos - Establecer capacitaciones continuas al personal respecto a los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames. - Implementar planes de contención y reparación del suelo contaminado por derrame de sustancias. - Vigilar de manera permanente los recipientes contenedores de basura tipo domiciliaria y peligrosa, con la finalidad de verificarlos y, en caso de deterioro, proceder al recambio. Forma de control y seguimiento. Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante el derrame de alguna sustancia peligrosa, deberá informar de inmediato a su supervisor directo, quien a su vez dará aviso al Encargado de Prevención de Riesgos y al Encargado de Calidad especificando el sector o lugar donde ha ocurrido. - Revise la Hoja de Seguridad (HDS) del producto derramado y verifique las medidas de control especificada tanto para el personal como para el ambiente. El Administrador de la Obra, autorizará una intervención una vez cumplidos los requisitos de resguardo y protección indicados en HDS. El material neutralizado, según las especificaciones mencionadas en la HDS correspondiente, se recogerá del lugar para disposición final en vertedero autorizado. - No intentar acercarse al lugar. Procurar aislar el sector con cinta de peligro. Se requiere la participación de personal especializado. - Deberá quitarse inmediatamente la ropa contaminada y lavarse la piel con agua. - Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, deberá colocarse los EPP adecuados al riesgo de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos deberá alejarse de la zona de derrame. - No se deberá limpiar un derrame si el producto está reaccionando, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa. - Apagar todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable). - Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente, evitando que el residuo alcance alcantarillas. - Detener la fuga o el derrame lo antes posible, regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando la válvula o una manguera con fuga, o colocando en el lugar un recipiente para recuperar el producto. - Cubrir y cerrar los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias, en caso de encontrarse cerca al área del derrame. - De manera posterior al control del derrame, los residuos recuperados y el material impregnado (material absorbente) deberán ser almacenados en contenedores con tapa, al interior de la bodega de residuos peligrosos. - Los residuos recuperados y almacenados serán dispuestos finalmente en sitios autorizados por la autoridad competente, manteniéndose un RCA Villarrica . Riesgo: Derrame de Sustancias y Residuos Peligrosos/fase de Construcción. registro de la disposición final en obra. Ante la eventualidad de que un derrame se descargue o amenace con descargar, en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se deberá informar de forma inmediata a carabineros y bomberos. - Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo el nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural. - Se deberá evitar cualquier fuente de chispas, llamas o superficies calientes cercanas al lugar de derrame. - En cuanto a la limpieza y disposición de residuos generados, se deberán tomar las siguientes acciones: - El material de contención deberá ser recogido con pala y escobillón, minimizando la generación de polvo y dispuesto en un recipiente limpio, siendo tapado y rotulado como residuo peligroso, e identificando claramente el residuo que contiene. - Todo el equipo de contención, limpieza y de protección personal deberá ser revisado y descontaminado para su reutilización. Si lo anterior no es factible, deberá desecharse como residuo peligroso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Ante la eventualidad que se produzca una contingencia de derrame o vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos subterráneo y/o superficiales, se deberá informar de manera inmediata a la Dirección General de Aguas de la Región señalando lo siguiente:
- Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado, y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. - En caso de ser necesario, implementar un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, incluyendo metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA (solo en caso de accidentes). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Incendio / Fase de Construcción. Riesgo o contingencia. Incendio en instalación de faenas o en la ejecución de las obras. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. - Áreas de almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles. - Almacenamiento de químicos a granel. - Acumulación de materiales de desecho combustibles. - Medios provisorios de calentamiento (por ejemplo, eléctrico, propano y gas natural). - Cableado y equipos eléctricos. - Tareas de soldadura, en especial soldadura y corte por encima del nivel de la cabeza. - Motores de combustión interna, incluidas las chispas del escape. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente. - Especial preocupación por el orden y aseo, especialmente en faenas donde se desarrollen actividades generadoras de residuos peligrosos. - Verificar que las vías de evacuación y los sistemas y equipos de combate de incendio se mantengan libres de obstáculos y bien señalizados. RCA Villarrica . Riesgo Incendio / Fase de Construcción. - Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, deberá contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. - El número total de extintores dependerá de la superficie a proteger. Para mayor detalle, ver artículo 46° del D.S. 594/99 - Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. - Los extintores ubicados a la intemperie se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. Podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia. - Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil, y de los residuos que se manejan. - Vigilar que el almacenamiento y transporte de sustancias combustibles e inflamables, cumplan con las normas establecidas, envases metálicos, rotulados y con tapa cierre de seguridad. - Realizar simulacros para comprobar la Planificación. Forma de control y seguimiento. Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - En caso de detectar humo o llama, se dará aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.). - Conserve la calma. Si existe un principio de incendio, la o las personas que lo detectan, deberán, si es posible, controlarlo por medio del uso de extintor (nadie debe combatir un fuego si no está capacitado para ello y no se debe intentar controlarlo si ve en peligro su integridad física). Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados. En forma paralela se debe llamar a Bomberos. - Cortar la energía eléctrica y el gas, si lo hay. - No abrir puertas ni ventanas, porque con el aire el fuego se extiende. - Detener el aire acondicionado o ventiladores, si existen. - Si es necesario evacuar, se debe interrumpir completamente las actividades y conservar la calma. Seguir las instrucciones aquí establecidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un de Emergencia y/o Contingencias e será presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: - Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuos, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc). - La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). - La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). - Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Derrumbes / Fase de Construcción. Riesgo o contingencia. Derrumbes. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Emplazamiento, parte, obra o Desprendimientos de la Construcción. RCA Villarrica . Riesgo Derrumbes / Fase de Construcción. acción asociada. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. - Efectuar un retiro permanente de los escombros, con objeto de mantener el área despejada. - Apuntalar la estructura de apoyo cuando se trabaje con carga. - Delimitar el área de trabajo. - Emplear elementos de protección personal. Forma de control y seguimiento. Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. Avisar al supervisor directo o solicitar ayuda al personal cercano. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a e Emergencia y/o Contingencia Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos:
- Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.). - La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). - La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). - Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. - El Encargado Medioambiental deberá generar una acción preventiva incluyendo la investigación de la causa y remitir copia de este por correo electrónico al Constructor de la Obra y al encargado de Prevención de Riesgos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Afloramiento de Aguas Subterráneas/ Fase de Construcción. Riesgo o contingencia. Afloramiento de aguas subterráneas. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Construcción del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. No aplica. Forma de control y seguimiento. No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - Detener las actividades en el frente de trabajo. - Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. - En caso de que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). - Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración. - Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. - Ante la eventualidad se dará aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región de La Araucanía, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea, en conjunto se seguirá el protocolo dispuesto por la Dirección General de Aguas ante una RCA Villarrica . Riesgo Afloramiento de Aguas Subterráneas/ Fase de Construcción. emergencia de este tipo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
- Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. - Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Erupción Volcánica / Fase de Construcción. Riesgo o contingencia. Erupción Volcánica en instalación de faenas o en la ejecución de las obras. Fase del proyecto a la que aplica. Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. - Áreas de almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles. - Almacenamiento de químicos a granel. - Acumulación de materiales de desecho combustibles. - Medios provisorios de calentamiento (por ejemplo, eléctrico, propano y gas natural). - Cableado y equipos eléctricos. - Tareas de soldadura, en especial soldadura y corte por encima del nivel de la cabeza. - Motores de combustión interna, incluidas las chispas del escape. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. - En faenas ubicadas en zonas de alto riesgo volcánico, es posible que se produzcan erupciones volcánicas sin previo aviso. En la instalación de faena se deberá ubicar un afiche informativo con la información preventiva de cuidado de riesgo frente a una erupción volcánica: - Tenga preparados botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. y algunas provisiones en sitio conocido por todos. Sepa cómo desconectar la luz, el gas y el agua. - Informarse sobre el Plan de Emergencia de la ONEMI para evacuación en caso de Alerta Roja. RCA Villarrica . Riesgo Erupción Volcánica / Fase de Construcción. - Confeccione un directorio telefónico para, en caso de necesidad, poder llamar a Protección Civil, Bomberos, Asistencia Sanitaria o Policía. Forma de control y seguimiento. No Aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. Ante una Alerta Roja Volcánica: - Detener las actividades en el frente de trabajo - Mantener la calma - Mantenerse informado con una radio o televisión a pilas - Si las autoridades indican evacuar, desconectar la energía eléctrica y cerrar las llaves de agua y gas. - Protegerse. Cubrir la boca, nariz y oídos con paños húmedos - Trasladarse a una zona de seguridad, determinada por las autoridades. - No volver al lugar de trabajo hasta que las autoridades indiquen que es seguro hacerlo Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. El coordinador de emergencia será responsable de las comunicaciones tanto internas como externas, a fin de poner en conocimiento a los organismos pertinentes de la activación del Plan de Emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Incendio/ Fase de Operación. Riesgo o contingencia. Incendio. Fase del proyecto a la que aplica. Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Edificios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. - Capacitación del Plan de Contingencia y Emergencia a los dueños y arrendatarios de las viviendas. - Verificar las instalaciones por el personal del departamento de bomberos. - Rutas de salida demarcadas. - Mantener con sus mantenciones al día los detectores de humo, red húmeda y seca. - Evite sobrecargar los cables con extensiones o equipos de alto consumo. - Cambie cables eléctricos siempre que este perforados o con peladuras. Forma de control y seguimiento. No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - Dar la alarma. - Verificar de inmediato el punto exacto y magnitud de la emergencia. - Usar extintor o Red Húmeda si es posible. - Apagar equipos eléctricos y cortar suministro de gas (locales). - Cerrar puertas, ventanas y cualquier acceso de aire. - El Coordinador de Seguridad o el conserje llamarán a Bomberos. - Procure calmar a los más nerviosos. - Los líderes deben iniciar la evacuación. - Los Líderes deben revisar su piso y asegurarse que no quedan personas rezagadas o refugiadas en espacios como baños o shaft. - Los Líderes, antes de salir a las escaleras, comprobarán el estado de la vía de evacuación. Es importante ir cerrando puertas y ventanas para retrasar la acción del fuego. En caso de quedar atrapado por el fuego deberá utilizarse el siguiente rapamiento en Ca
Atrapamiento en caso de incendio:
Cierre las puertas de su dependencia.
Acumule toda el agua que sea posible.
Moje frazadas o toallas y colóquelas por dentro para sellar las junturas.
Retire las cortinas y otros materiales combustibles de la cercanía de ventanas y balcones. - Trate de destacar su presencia desde la ventana. Llame a conserjería o a Bomberos para indicarles donde se encuentra, aunque ellos ya hayan RCA Villarrica . Riesgo Incendio/ Fase de Operación. llegado. - Mantenga la calma, el rescate puede llegar en unos momentos. - Si debe abandonar las dependencias, recuerde palpar las puertas antes de abrirlas. A medida que avanza, cierre puertas a su paso. - Si encuentra un extintor en su camino, llévelo consigo. - Si el sector es invadido por el humo, arrástrese tan cerca del suelo como sea posible, recomendándose proveerse de una toalla mojada o pañuelo para cubrir la boca y nariz. - Si su vestimenta se prendiera con fuego ¡no corra!, déjese caer al piso y comience a rodar una y otra vez hasta sofocar las llamas, cúbrase el rostro con las manos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. El coordinador de emergencia será responsable de las comunicaciones tanto internas como externas, a fin de poner en conocimiento a los organismos pertinentes de la activación del Plan de Emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Sismo/ Fase de Operación. Riesgo o contingencia. Sismo. Fase del proyecto a la que aplica. Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Edificios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. - Recuerde que las viviendas se diseñaron a prueba de terremotos. - Tenga preparados botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. y algunas provisiones en sitio conocido por todos. Sepa cómo desconectar la luz, el gas y el agua. - Informarse sobre el Plan de Emergencia. - Confeccione un directorio telefónico para, en caso de necesidad, poder llamar a Protección Civil, Bomberos, Asistencia Sanitaria o Policía. Forma de control y seguimiento. No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - Mantener la calma y trasmitirla a los demás. - Aléjese de ventanas o de elementos colgantes y en altura que pudieran caer. - Ayude a ancianos y discapacitados, llevándolos a un lugar seguro. - No abandone el edificio ni se traslade internamente. - En caso de ser necesario, busque un lugar seguro, como debajo de dinteles de puertas o vigas soportantes, mesas o muebles resistentes. - Apague equipos eléctricos y artefactos a gas. - Aléjese de cables cortados que puedan ya estar energizados. - Si fuera necesario evacuar, el Coordinador de Seguridad o su reemplazante lo avisarán oportunamente, toda vez que el movimiento telúrico haya concluido.Si existieran personas lesionadas, pida la presencia de Primeros Auxilios o Ambulancia.Si alguna persona se encuentra en otro piso distinto al suyo durante un siniestro deberá someterse a las instrucciones del Líder de Evacuación respectivo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. No aplica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
RCA Villarrica . Riesgo Fuga de Gas/ Fase de Operación. Riesgo o contingencia. Fuga de gas. Fase del proyecto a la que aplica. Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Edificios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Realizar inspección una vez al año de la instalación de gas de las viviendas. Forma de control y seguimiento. No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - No encienda ni apague ninguna luz o equipo eléctrico, la chispa del interruptor o rotor del motor podría encender los gases acumulados. - Ventile inmediatamente el lugar, abriendo puertas y ventanas. - El personal del edificio deberá cortar el suministro de gas, si es necesario. - Nunca busque fugas con fuego. - De ser necesario, inicie la Evacuación del edificio. - Llame a la empresa de gas abastecedora del edificio. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. No aplica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Fuga de Agua o Inundación/ Fase de Operación. Riesgo o contingencia. Fuga de agua o inundación. Fase del proyecto a la que aplica. Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Edificios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Realizar inspección una vez al año de la instalación de agua de las viviendas. Forma de control y seguimiento. No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. - Cortar el suministro de agua y eléctrico de la zona afectada. - Personal del edificio debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la empresa sanitaria para que solucione la situación. - Ubicar en altura objetos, insumos y otros, que pudiesen ser afectados por el contacto con el agua, en especial aparatos eléctricos. - Se debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la Municipalidad que se encargue de la situación. - Dependiendo de la magnitud de la inundación, ordenar la Evacuación de la parte afectada. Si está dentro de su hogar: - Escuche la radio o televisión para estar informado de la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo. - Corte la luz, agua y gas y evacue su hogar si la situación lo amerita o las autoridades lo indican. Si está en el exterior: - Suba a un lugar alto y permanezca allí. - Evite caminar por aguas en movimiento. Hasta 15 centímetros de agua en movimiento pueden hacerle caer. Si está en la calle, tenga precaución al caminar sobre agua, ya que las tapas de las cámaras de agua suelen salirse debido a la presión, y usted puede caer en dicha apertura. Si está en un auto: - Si llega a un área inundada, dé la vuelta y tome otra dirección. - Si el auto se detiene o se atasca, abandónelo de inmediato y suba a un lugar RCA Villarrica . Riesgo Fuga de Agua o Inundación/ Fase de Operación. alto. - Si la situación lo amerita o las autoridades lo indican, evacue su hogar lo antes posible. - Escuche una radio a pilas para saber sobre la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. No aplica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
Riesgo Erupción Volcánica / Fase de Operación. Riesgo o contingencia. Erupción Volcánica en fase de operación. Fase del proyecto a la que aplica. Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada. Edificios. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. - Tenga preparados botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. y algunas provisiones en sitio conocido por todos. - Sepa cómo desconectar la luz, el gas y el agua. - Informarse sobre el Plan de Emergencia. - Confeccione un directorio telefónico para, en caso de necesidad, poder llamar a Protección Civil, Bomberos, Asistencia Sanitaria o Policía. Forma de control y seguimiento. No Aplica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. No Aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Mantener la calma y trasmitirla a los demás. - Mantenerse informado con una radio o televisor a pilas. - Si las autoridades indican evacuar, desconectar la energía eléctrica y cerrar las llaves de agua y gas. - Protegerse. Cubrir la boca, nariz y oídos con paños húmedos. - Trasladarse con la familia a una zona de seguridad. - No volver al hogar hasta que las autoridades indiquen que es seguro hacerlo - Si existieran personas lesionadas, pida la presencia de Primeros Auxilios o Ambulancia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia. No Aplica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. Anexo Nº 7 del ICE.
- Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base a los antecedentes recogidos durante la evaluación ambiental, en la cual se estableció que no hay con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área de influencia en que se desarrollará el Proyecto.
RCA Villarrica . 11. Que, durante el proceso de evaluación ambiental no hubo solicitud de apertura del proceso de participación ciudadana, conforme en lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se generaron observaciones por parte de la comunidad, respecto al Proyecto.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
14. tonda Villarrica con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental IX Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de I Villarrica , de Inmobiliaria Altas Cumbres S.A.
2°. Certificar que el proyecto Villarrica cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto Villarrica cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139, 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Rotonda Villarrica genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto. RCA Villarrica . - Ilustre Municipalidad de Villarrica - Gobierno Regional, Región de La Araucanía - Superintendencia de Medio Ambiente: contactorca@sma.gob.cl C/c: - Rotonda Villarrica - Archivo SEA Región de La Araucanía Firmado Digitalmente por andrea veronica flies lara Fecha: 26-01-2022 22:40:09:909 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC